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147 LA RELIGIÓN COMO RESPUESTA JURÍDICA (Significados jurídicos de la religión - Aportes a la “Jurirreligiosidad”) (*) Resumen: Se consideran las influencias de la religión en el Derecho construyendo el mundo religioso y el mundo jurídico según dimensiones sociales, lógicas y axiológicas, con especial referencia al catolicismo, el Islam y el calvinismo. Abstract: This paper considers the influences of religion in Law, building the religious world and the legal world according to social, logical and axiological dimentions, with special reference to Catholicism, Islam and Calvinism. Palabras clave: Religión. Derecho. Religión y Derecho. Integrativismo. Tridimen- sionalismo. Mundo religioso. Mundo Jurídico. Catolicismo. Islam. Calvinismo. Key words: Religion. Law. Religion and Law. Integrativism. Tridimensionalism. Religious World. Juridical World. Catholicism. Islam. Calvinism. I. Ideas básicas a) El mundo jurídico 1. La propuesta integrativista tridimensionalista de la teoría trialista del mundo jurídico para la construcción del objeto de la ciencia del Derecho incluye en éste repartos 1 de lo que favorece o perjudica a la vida humana (*) En memoria de Max Weber (Maximilian Carl Emil Weber (1864 – 1920). Documento de trabajo para las Áreas de Derecho Comparado e Historia del Derecho del Centro de Investigaciones de Filosofía Jurídica y Filosofía Social de la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional de Rosario. 1 La noción de reparto fue utilizada ya por Aristóteles (v. por ej. ARISTÓTELES, v. gr. “Ética Nicomaquea”, V, 5 y 6, 1133b, 1134b, en “Obras”, trad. Francisco de P. Samaranch, Madrid, Aguilar, 1964, pág. 1234; trad. Salvador Rus Rufino y Joaquín Meabe, 2ª. ed., Madrid, Tecnos, 2011, pág. 185; además c. VILLEY, Michel, “Philosophie du droit”, 2ª. ISSN 2314-128X www.centrodefilosofia.org.ar / Revista de Filosofía Jurídica y Social Nº 34

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LA RELIGIÓN COMO RESPUESTA JURÍDICA

(Significados jurídicos de la religión - Aportes a la “Jurirreligiosidad”) (*)

Resumen: Se consideran las influencias de la religión en el Derecho construyendo el mundo religioso y el mundo jurídico según dimensiones sociales, lógicas y axiológicas, con especial referencia al catolicismo, el Islam y el calvinismo.

Abstract: This paper considers the influences of religion in Law, building the religious world and the legal world according to social, logical and axiological dimentions, with special reference to Catholicism, Islam and Calvinism. Palabras clave: Religión. Derecho. Religión y Derecho. Integrativismo. Tridimen-sionalismo. Mundo religioso. Mundo Jurídico. Catolicismo. Islam. Calvinismo.

Key words: Religion. Law. Religion and Law. Integrativism. Tridimensionalism. Religious World. Juridical World. Catholicism. Islam. Calvinism.

I. Ideas básicas

a) El mundo jurídico 1. La propuesta integrativista tridimensionalista de la teoría trialista del mundo jurídico para la construcción del objeto de la ciencia del Derecho incluye en éste repartos 1 de lo que favorece o perjudica a la vida humana

(*) En memoria de Max Weber (Maximilian Carl Emil Weber (1864 – 1920).

Documento de trabajo para las Áreas de Derecho Comparado e Historia del Derecho del Centro de Investigaciones de Filosofía Jurídica y Filosofía Social de la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional de Rosario.

1 La noción de reparto fue utilizada ya por Aristóteles (v. por ej. ARISTÓTELES, v. gr. “Ética Nicomaquea”, V, 5 y 6, 1133b, 1134b, en “Obras”, trad. Francisco de P. Samaranch, Madrid, Aguilar, 1964, pág. 1234; trad. Salvador Rus Rufino y Joaquín Meabe, 2ª. ed., Madrid, Tecnos, 2011, pág. 185; además c. VILLEY, Michel, “Philosophie du droit”, 2ª.

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(dimensión sociológica) captados por normas (dimensión normológica) y valorados por un complejo de valores que culmina en la justicia (dimensión dikelógica 2) 3. Desde una perspectiva más dinámica, cabe considerar en el objeto jurídico la actividad vinculada al aprovechamiento de las oportunidades para realizar repartos captada por normas y valorada por un complejo de valores que culmina en la justicia 4. Se considera “potencia” a lo que favorece a la vida humana e “impotencia” a lo que la perjudica. Aunque la vida humana es muy difícil de conceptuar, es imprescindible referirse a ella porque vivimos. Pretender que los juristas no se remitan a nuestra vida sería tan insostenible como aspirar a que no lo hicieran los médicos. La remisión a la vida admite que se comprendan jurídicamente todos sus despliegues, biológicos, económicos, religiosos, lingüísticos, científicos, artísticos, etc.

ed., París, Dalloz, t. I, 1978, págs. 65/6 (le partage); “La Justicia en Aristóteles”, en Civitas Digital, http://civitasdigital.wordpress.com/2012/01/07/569/, 7-1-2013).

2 La expresión “dikelogía” fue empleada por Altusio, en un sentido relativamente diferente.

3 Efectuamos una propuesta en parte distinta de la originaria planteada por Werner Goldschmidt.

4 Acerca del integrativismo tridimensionalista de la teoría trialista del mundo jurídico es posible v. por ej. v. GOLDSCHMIDT, Werner, “Introducción filosófica al Derecho”, 5a. ed., Bs. As., Depalma, 1976; “La ciencia de la justicia. Dikelogía”, Madrid, Aguilar, 1958 (2ª. ed., Bs. As., Depalma, 1986); “Justicia y verdad”, Bs. As., La Ley, 1978; CIURO CALDANI, Miguel Angel, “Derecho y política”, Bs. As., Depalma, 1976; “Estudios de Filosofía Jurídica y Filosofía Política”, Rosario, Fundación para las Investigaciones Jurídicas, 1982/4; “Estudios Jusfilosóficos”, Rosario, Fundación para las Investigaciones Jurídicas, 1986; “La conjetura del funcionamiento de las normas jurídicas. Metodología Jurídica”, Rosario, Fundación para las Investigaciones Jurídicas, 2000, Cartapacio de Derecho, http://www.cartapacio.edu.ar/ojs/index.php/mundojuridico /article/view/961/795 21-5-2013; “Metodología Dikelógica”, Rosario, Fundación para las Investigaciones Jurídicas, 2007, Cartapacio http://www.cartapacio.edu.ar/ojs/index. php/mundojuridico/article/view/1003/883, 21-5-2013; “Distribuciones y repartos en el mundo jurídico”, Rosario, UNR Editora, 2012, Centro de Investigaciones de Filosofía Jurídica y Filosofía Social, http://www.centrodefilosofia.org.ar/index.htm, 21-5-2013; “Bases del pensamiento jurídico”, Rosario, UNR Editora, 2012. En general, v. Centro de Investigaciones de Filosofía Jurídica y Filosofía Social, http://www.centrodefilosofia. org.ar/ , 21-5-2013; Facultad de Derecho de la Unicen, Portal Cartapacio de Publicaciones Jurídicas, http://www.cartapacio.edu.ar/index.cgi?wid_seccion=2&wid_ item=3 , 21-5-2013.

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(Significados jurídicos de la religión - Aportes a la “Jurirreligiosidad”) (*)

Resumen: Se consideran las influencias de la religión en el Derecho construyendo el mundo religioso y el mundo jurídico según dimensiones sociales, lógicas y axiológicas, con especial referencia al catolicismo, el Islam y el calvinismo.

Abstract: This paper considers the influences of religion in Law, building the religious world and the legal world according to social, logical and axiological dimentions, with special reference to Catholicism, Islam and Calvinism. Palabras clave: Religión. Derecho. Religión y Derecho. Integrativismo. Tridimen-sionalismo. Mundo religioso. Mundo Jurídico. Catolicismo. Islam. Calvinismo.

Key words: Religion. Law. Religion and Law. Integrativism. Tridimensionalism. Religious World. Juridical World. Catholicism. Islam. Calvinism.

I. Ideas básicas

a) El mundo jurídico 1. La propuesta integrativista tridimensionalista de la teoría trialista del mundo jurídico para la construcción del objeto de la ciencia del Derecho incluye en éste repartos 1 de lo que favorece o perjudica a la vida humana

(*) En memoria de Max Weber (Maximilian Carl Emil Weber (1864 – 1920).

Documento de trabajo para las Áreas de Derecho Comparado e Historia del Derecho del Centro de Investigaciones de Filosofía Jurídica y Filosofía Social de la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional de Rosario.

1 La noción de reparto fue utilizada ya por Aristóteles (v. por ej. ARISTÓTELES, v. gr. “Ética Nicomaquea”, V, 5 y 6, 1133b, 1134b, en “Obras”, trad. Francisco de P. Samaranch, Madrid, Aguilar, 1964, pág. 1234; trad. Salvador Rus Rufino y Joaquín Meabe, 2ª. ed., Madrid, Tecnos, 2011, pág. 185; además c. VILLEY, Michel, “Philosophie du droit”, 2ª.

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(dimensión sociológica) captados por normas (dimensión normológica) y valorados por un complejo de valores que culmina en la justicia (dimensión dikelógica 2) 3. Desde una perspectiva más dinámica, cabe considerar en el objeto jurídico la actividad vinculada al aprovechamiento de las oportunidades para realizar repartos captada por normas y valorada por un complejo de valores que culmina en la justicia 4. Se considera “potencia” a lo que favorece a la vida humana e “impotencia” a lo que la perjudica. Aunque la vida humana es muy difícil de conceptuar, es imprescindible referirse a ella porque vivimos. Pretender que los juristas no se remitan a nuestra vida sería tan insostenible como aspirar a que no lo hicieran los médicos. La remisión a la vida admite que se comprendan jurídicamente todos sus despliegues, biológicos, económicos, religiosos, lingüísticos, científicos, artísticos, etc.

ed., París, Dalloz, t. I, 1978, págs. 65/6 (le partage); “La Justicia en Aristóteles”, en Civitas Digital, http://civitasdigital.wordpress.com/2012/01/07/569/, 7-1-2013).

2 La expresión “dikelogía” fue empleada por Altusio, en un sentido relativamente diferente.

3 Efectuamos una propuesta en parte distinta de la originaria planteada por Werner Goldschmidt.

4 Acerca del integrativismo tridimensionalista de la teoría trialista del mundo jurídico es posible v. por ej. v. GOLDSCHMIDT, Werner, “Introducción filosófica al Derecho”, 5a. ed., Bs. As., Depalma, 1976; “La ciencia de la justicia. Dikelogía”, Madrid, Aguilar, 1958 (2ª. ed., Bs. As., Depalma, 1986); “Justicia y verdad”, Bs. As., La Ley, 1978; CIURO CALDANI, Miguel Angel, “Derecho y política”, Bs. As., Depalma, 1976; “Estudios de Filosofía Jurídica y Filosofía Política”, Rosario, Fundación para las Investigaciones Jurídicas, 1982/4; “Estudios Jusfilosóficos”, Rosario, Fundación para las Investigaciones Jurídicas, 1986; “La conjetura del funcionamiento de las normas jurídicas. Metodología Jurídica”, Rosario, Fundación para las Investigaciones Jurídicas, 2000, Cartapacio de Derecho, http://www.cartapacio.edu.ar/ojs/index.php/mundojuridico /article/view/961/795 21-5-2013; “Metodología Dikelógica”, Rosario, Fundación para las Investigaciones Jurídicas, 2007, Cartapacio http://www.cartapacio.edu.ar/ojs/index. php/mundojuridico/article/view/1003/883, 21-5-2013; “Distribuciones y repartos en el mundo jurídico”, Rosario, UNR Editora, 2012, Centro de Investigaciones de Filosofía Jurídica y Filosofía Social, http://www.centrodefilosofia.org.ar/index.htm, 21-5-2013; “Bases del pensamiento jurídico”, Rosario, UNR Editora, 2012. En general, v. Centro de Investigaciones de Filosofía Jurídica y Filosofía Social, http://www.centrodefilosofia. org.ar/ , 21-5-2013; Facultad de Derecho de la Unicen, Portal Cartapacio de Publicaciones Jurídicas, http://www.cartapacio.edu.ar/index.cgi?wid_seccion=2&wid_ item=3 , 21-5-2013.

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La propuesta trialista no es una teoría cerrada, sino de una complejidad pura y abierta, superadora de las inclinaciones a la mezcla en complejidades impuras, de las mutilaciones de las simplicidades puras y de los planteos “clausurados”, que al fin son también siempre relativas simplificaciones y mutilaciones 5.

2. La construcción integrativista tridimensionalista de la teoría

trialista del mundo jurídico muestra que los problemas reciben respuestas 6 que interesan en sus alcances, su dinámica y sus situaciones.

5 Como lo señaló hace décadas Werner Goldschmidt -el maestro germano-hispano-

argentino fundador del trialismo- hoy urge alcanzar una “complejidad pura” (es posible c. GOLDSCHMIDT, Werner, “Introducción filosófica al Derecho” cit., pág. XVII; la edición de referencia es la 4ª. –prólogo–, Bs. As., Depalma, 1972). Cabe c. nuestros artículos “El trialismo, filosofía jurídica de la complejidad pura”, en “El Derecho”, t. 126, págs. 884 y ss.; “El Derecho Internacional Privado y su complejidad pura”, en “Investigación y Docencia”, págs. 3 y ss. También puede v. DABOVE, María Isolina. “El Derecho como complejidad de “saberes” diversos”, en “Cartapacio”, N° 4, Sección Conferencias y Disertaciones, 2003. Cabe c. BOCCHI, Gianluca y CERUTI, Mauro (rec.), “La sfida della complessità”, trad. Gianluca Bocchi y Maria Maddalena Rocci, 10ª. ed., Milán, Feltrinelli, 1997; MORIN, Edgar, “Introducción al pensamiento complejo”, trad. Marcelo Pakman, 7ª. reimp., Barcelona, Gedisa, 2004. En general es viable c. también por ej. ULLOA CUÉLLAR, Ana Lilia (Dra.), “Naturaleza y didáctica de la Lógica Jurídica”, http://www.filosoficas.unam.mx/~Tdl/02-2/021003ulloa.htm, 5-2-2013; Complexity Digest, http://www.comdig.org/, 5-2-2013; Réseau Intelligence de la Complexité, http://www.mcxapc.org/ , 5-2-2013. Coincidiendo con Edgar Morin consideramos que no solamente la sociedad es compleja, también lo es cada átomo del ser humano; el hombre nos resulta un ser jurídicamente complejo y las decisiones han de mostrarlo (v. MORIN, op. cit., pág. 88). También vale c. GALATI, Elvio Diego, “La Teoría Trialista del mundo jurídico y el pensamiento complejo de Edgar Morin. Coincidencias y complementariedades de dos complejidades” (tesis doctoral Facultad de Derecho de la Universidad Nacional de Rosario, 26 de abril de 2010); También v. LAPENTA, Eduardo Víctor – RONCHETTI, Alfredo Fernando (eds.) “Derecho y complejidad”, Tandil, Universidad Nacional de Centro de la Provincia de Buenos Aires, 2011; "Veintidós años después: la Teoría de las Respuestas Jurídicas y Vitales y la problemática bioética en la postmodernidad", en "Bioética y Bioderecho”, Nº 3, págs. 83 y ss.

6 Es posible ampliar en nuestros trabajos “Aportes para una teoría de las respuestas jurídicas", Rosario, Consejo de Investigaciones de la Universidad Nacional de Rosario, 1976 (reedición en “Investigación ...” cit., Nº 37, págs. 85/140), Cartapacio, http://www.cartapacio.edu.ar/ojs/index.php/mundojuridico/article/viewFile/959/793, 3-

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Los alcances son reconocibles en lo material, espacial, temporal y personal. En relación con los alcances de los problemas, las respuestas pueden ser plenas, “semiplenas” (“infraplenas”) o exorbitantes (“supra-plenas”). Si se considera que hay un problema de contrato, una respuesta contractual es plena, una respuesta de medida precautoria es semiplena y una respuesta penal es exorbitante.

La dinámica puede ser de “plusmodelación”, “minusmodelación” y sustitución de dichos alcances. Con miras a encontrar los nombres que reflejen las distintas variaciones, es posible decir que en la plusmodelación en lo fáctico y lo ideal 7 la respuesta se expande; en la plusmodelación sólo en lo fáctico ocurre su sobreactuación y en la plusmodelación sólo ideal se produce la inflación. Si la minusmodelación es en lo fáctico y lo ideal, la solución se reduce; en la minusmodelación sólo en lo fáctico hay vacia-miento y en minusmodelación sólo ideal ocurre la deflación. Según que la sustitución se produzca en ambos despliegues o principalmente en uno de ellos se presenta su suplantación total, fáctica o ideal.

Las situaciones pueden ser de aislamiento, coexistencia de unidades independientes, dominación, aislamiento y desintegración.

Los alcances, la dinámica y las situaciones pueden establecerse de maneras directas o indirectas. Por ejemplo: los alcances materiales, espaciales, temporales y personales pueden ampliarse, más allá de los despliegues directos, en otros indirectos abiertos por la intermaterialidad, la inter-espacialidad 8, la intertemporalidad 9 y la interpersonalidad 10. Así, v. gr., los alcances espaciales directos pueden extenderse por los caminos indirectos

3-2013; "Veintidós años después: la Teoría de las Respuestas Jurídicas y Vitales y la problemática bioética en la postmodernidad" cit.

7 Lo ideal puede ser normológico o axiológico. 8 Se puede ampliar en nuestro trabajo “El Derecho Universal”, Rosario, Fundación para

las Investigaciones Jurídicas, 2001; también cabe referir Cartapacio, http://www.carta pacio.edu.ar/ojs/index.php/mundojuridico/article/viewFile/1359/1549, 5-3-2013.

9 Es posible ampliar en nuestros “Estudios de Historia del Derecho”, Rosario, Fundación para las Investigaciones Jurídicas, 2000, Cartapacio, http://www.cartapacio.edu.ar/ojs/ index.php/mundojuridico/article/viewFile/1359/1549, 5-3-2012.

10 Cabe ampliar en nuestro artículo “Aportes para la comprensión del Derecho Privado de una nueva era (El Derecho Interpersonal como proyección del Derecho Internacional Privado – Contribuciones para la interdisciplinariedad interna del Derecho – Afirmación de una sociedad pluralista)”, en “Investigación …”cit., Nº 43, págs. 21/35, http://www. centrodefilosofia.org.ar/IyD/IyD43_4.pdf, 5-3-2013.

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La propuesta trialista no es una teoría cerrada, sino de una complejidad pura y abierta, superadora de las inclinaciones a la mezcla en complejidades impuras, de las mutilaciones de las simplicidades puras y de los planteos “clausurados”, que al fin son también siempre relativas simplificaciones y mutilaciones 5.

2. La construcción integrativista tridimensionalista de la teoría

trialista del mundo jurídico muestra que los problemas reciben respuestas 6 que interesan en sus alcances, su dinámica y sus situaciones.

5 Como lo señaló hace décadas Werner Goldschmidt -el maestro germano-hispano-

argentino fundador del trialismo- hoy urge alcanzar una “complejidad pura” (es posible c. GOLDSCHMIDT, Werner, “Introducción filosófica al Derecho” cit., pág. XVII; la edición de referencia es la 4ª. –prólogo–, Bs. As., Depalma, 1972). Cabe c. nuestros artículos “El trialismo, filosofía jurídica de la complejidad pura”, en “El Derecho”, t. 126, págs. 884 y ss.; “El Derecho Internacional Privado y su complejidad pura”, en “Investigación y Docencia”, págs. 3 y ss. También puede v. DABOVE, María Isolina. “El Derecho como complejidad de “saberes” diversos”, en “Cartapacio”, N° 4, Sección Conferencias y Disertaciones, 2003. Cabe c. BOCCHI, Gianluca y CERUTI, Mauro (rec.), “La sfida della complessità”, trad. Gianluca Bocchi y Maria Maddalena Rocci, 10ª. ed., Milán, Feltrinelli, 1997; MORIN, Edgar, “Introducción al pensamiento complejo”, trad. Marcelo Pakman, 7ª. reimp., Barcelona, Gedisa, 2004. En general es viable c. también por ej. ULLOA CUÉLLAR, Ana Lilia (Dra.), “Naturaleza y didáctica de la Lógica Jurídica”, http://www.filosoficas.unam.mx/~Tdl/02-2/021003ulloa.htm, 5-2-2013; Complexity Digest, http://www.comdig.org/, 5-2-2013; Réseau Intelligence de la Complexité, http://www.mcxapc.org/ , 5-2-2013. Coincidiendo con Edgar Morin consideramos que no solamente la sociedad es compleja, también lo es cada átomo del ser humano; el hombre nos resulta un ser jurídicamente complejo y las decisiones han de mostrarlo (v. MORIN, op. cit., pág. 88). También vale c. GALATI, Elvio Diego, “La Teoría Trialista del mundo jurídico y el pensamiento complejo de Edgar Morin. Coincidencias y complementariedades de dos complejidades” (tesis doctoral Facultad de Derecho de la Universidad Nacional de Rosario, 26 de abril de 2010); También v. LAPENTA, Eduardo Víctor – RONCHETTI, Alfredo Fernando (eds.) “Derecho y complejidad”, Tandil, Universidad Nacional de Centro de la Provincia de Buenos Aires, 2011; "Veintidós años después: la Teoría de las Respuestas Jurídicas y Vitales y la problemática bioética en la postmodernidad", en "Bioética y Bioderecho”, Nº 3, págs. 83 y ss.

6 Es posible ampliar en nuestros trabajos “Aportes para una teoría de las respuestas jurídicas", Rosario, Consejo de Investigaciones de la Universidad Nacional de Rosario, 1976 (reedición en “Investigación ...” cit., Nº 37, págs. 85/140), Cartapacio, http://www.cartapacio.edu.ar/ojs/index.php/mundojuridico/article/viewFile/959/793, 3-

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Los alcances son reconocibles en lo material, espacial, temporal y personal. En relación con los alcances de los problemas, las respuestas pueden ser plenas, “semiplenas” (“infraplenas”) o exorbitantes (“supra-plenas”). Si se considera que hay un problema de contrato, una respuesta contractual es plena, una respuesta de medida precautoria es semiplena y una respuesta penal es exorbitante.

La dinámica puede ser de “plusmodelación”, “minusmodelación” y sustitución de dichos alcances. Con miras a encontrar los nombres que reflejen las distintas variaciones, es posible decir que en la plusmodelación en lo fáctico y lo ideal 7 la respuesta se expande; en la plusmodelación sólo en lo fáctico ocurre su sobreactuación y en la plusmodelación sólo ideal se produce la inflación. Si la minusmodelación es en lo fáctico y lo ideal, la solución se reduce; en la minusmodelación sólo en lo fáctico hay vacia-miento y en minusmodelación sólo ideal ocurre la deflación. Según que la sustitución se produzca en ambos despliegues o principalmente en uno de ellos se presenta su suplantación total, fáctica o ideal.

Las situaciones pueden ser de aislamiento, coexistencia de unidades independientes, dominación, aislamiento y desintegración.

Los alcances, la dinámica y las situaciones pueden establecerse de maneras directas o indirectas. Por ejemplo: los alcances materiales, espaciales, temporales y personales pueden ampliarse, más allá de los despliegues directos, en otros indirectos abiertos por la intermaterialidad, la inter-espacialidad 8, la intertemporalidad 9 y la interpersonalidad 10. Así, v. gr., los alcances espaciales directos pueden extenderse por los caminos indirectos

3-2013; "Veintidós años después: la Teoría de las Respuestas Jurídicas y Vitales y la problemática bioética en la postmodernidad" cit.

7 Lo ideal puede ser normológico o axiológico. 8 Se puede ampliar en nuestro trabajo “El Derecho Universal”, Rosario, Fundación para

las Investigaciones Jurídicas, 2001; también cabe referir Cartapacio, http://www.carta pacio.edu.ar/ojs/index.php/mundojuridico/article/viewFile/1359/1549, 5-3-2013.

9 Es posible ampliar en nuestros “Estudios de Historia del Derecho”, Rosario, Fundación para las Investigaciones Jurídicas, 2000, Cartapacio, http://www.cartapacio.edu.ar/ojs/ index.php/mundojuridico/article/viewFile/1359/1549, 5-3-2012.

10 Cabe ampliar en nuestro artículo “Aportes para la comprensión del Derecho Privado de una nueva era (El Derecho Interpersonal como proyección del Derecho Internacional Privado – Contribuciones para la interdisciplinariedad interna del Derecho – Afirmación de una sociedad pluralista)”, en “Investigación …”cit., Nº 43, págs. 21/35, http://www. centrodefilosofia.org.ar/IyD/IyD43_4.pdf, 5-3-2013.

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de interespacialidad de la recepción y de la imitación del Derecho extranjero, producida en el Derecho Internacional Privado 11.

El reconocimiento de las variaciones y las situaciones puede producirse aprovechando la problemática del Derecho Internacional Privado tradicional en cuanto a calificaciones, cuestión previa, fraude, reenvío y rechazo (orden público).

Asimismo es relevante reconocer cuáles son los denominadores particulares y comunes de los problemas y las respuestas 12.

b) El mundo jurídico y el mundo religioso 3. Es relevante construir otras propuestas integrativistas tridimensio-

nalistas trialistas permitiendo así el diálogo entre el Derecho y otras áreas. Para nuestro caso, importa en especial la propuesta que se refiere al mundo religioso 13. Conforme a la propuesta de integrativismo tridimensionalista 11 Un enfoque interreligioso puede ayudar a comprender que en el ámbito jusprivatista

internacional Savigny, de familia de origen calvinista, luterano, con relaciones de parentesco por afinidad con católicos y vinculado con el liberal Guillermo de Humboldt, pudiera sostener la combinación de lo individual y lo comunitario y la aplicación del Derecho más vinculado al caso; en otros términos, el respeto al elemento extranjero (es posible ampliar en nuestra “Reseña de un homenaje jusprivatista internacional a Federico Carlos de Savigny”, en “Investigación …” cit., Nº 44, págs. 155 y ss., Cartapacio, http://www.cartapacio.edu.ar/ojs/index.php/iyd/article/viewFile/1411/1634, 28-7-2013).

12 Acerca de los denominadores particulares y comunes es posible ampliar en. nuestros “Estudios de Filosofía Jurídica y Filosofía Política”, Rosario, Fundación para las Investigaciones Jurídicas”, t. II, 1984, págs. 205 y ss.

13 En cuanto a la discutida etimología y significación de la palabra “religión”, cabe c. por ej. COROMINAS, Religión, en Wikipedia, http://es.wikipedia.org/wiki/Religi% C3%B3 n#Etimolog.C3.ADa, 23-4-2013; Etimología de Religión, http://etimologias.dechile.net/ ?religio.n, 23-4-2013; Terminología, Religión, http://www.archicompostela.org/ecume nismo/Terminolog%C3%ADa.htm (de Lumieira (1997), nn. 34-35, Prontuario Sobre Las Sectas y Nuevos Movimientos Religiosos, Victoriano RENEDO HINOJAL, pp. 115-126) 23-4-2013; CICERO, “De natura deodorum”, con trad. al inglés de H. Rackham, M. A., Cambridge, Massachussets,- Londres, Harvard, Heinemann, reimp. 1967, http://ia600302.us.archive.org/27/items/denaturadeorumac00ciceuoft/denaturadeorumac00ciceuoft.pdf, 27-4-2013. Estimamos conveniente atender al sentido de “re-ligión” como religamiento del Universo, incluyendo a la Divinidad. Unir de nuevo al Universo. Es posible v. REAL ACADEMIA ESPAÑOLA, “Diccionario de la Lengua Española”, Vigésima segunda edición, “religión. (Del lat. religĭo, -ōnis). 1. f. Conjunto de creencias

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trialista del mundo religioso han de incorporarse en éste una realidad social de actos religiosos, es decir, de “re-ligamiento” (dimensión sociológica) 14,

o dogmas acerca de la divinidad, de sentimientos de veneración y temor hacia ella, de normas morales para la conducta individual y social y de prácticas rituales, principalmente la oración y el sacrificio para darle culto. 2. f. Virtud que mueve a dar a Dios el culto debido. 3. f. Profesión y observancia de la doctrina religiosa. 4. f. Obligación de conciencia, cumplimiento de un deber. La religión del juramento.5. f. orden (‖ instituto religioso)., http://lema.rae.es/drae/?val=religi%C3%B3n, 23-4-2013. Cabe c. por ej. Filosofía de la Religión, http://mercaba.org/DicTF/TF_religion_06.htm, 19-6-2013; Nacional Geographic, ¿Qué es la religión?, http://www.nationalgeographic. es/viaje-y-culturas/culturas-y-civilizaciones/que-es-la-religion, 19-6-2013; Filosofía y religión, Doxa, http://www.cervantesvirtual.com/FichaMateria.html?Ref=145541&id Grupo=estudiosCriticos&portal=4, 31-7-2013. Siempre es interesante tener presente el debate acerca de la posibilidad de la Teología Política. V. por ej. AGUSTÍN (San), “La Ciudad de Dios”, Iglesia Reformada, http://www.iglesiareformada.com/Agustin_ciudad.html, 14-7-.2013; SCHMITT, Carl, “Teología Política” (rec.), Scribd, http://es.scribd.com/doc/75321037/Carl-Schmitt-Teologia-Politica-1-y-2, 12-7-2013; “El concepto de lo político”, trad. Eduardo Molina y Vedia y Raúl Crisafio, Buenos Aires, Folios, 1984; “Catolicismo romano y forma política”, trad. Pedro Madrigal, Madrid, Tecnos, 2011, Scribd, http://es.scribd.com/doc/ 138414695/Schmitt-Catolicismo-romano-y-forma-politica, 12-7-2013; también cabe c. SIRCZUK, Matías, “Teología política y modernidad. Carl Schmitt y el pensamiento político posfundacional”, en ”Res Publica”, 25, págs. 199 y ss., http://saavedrafajardo. um.es/WEB/archivos/respublica/numeros/25/09.pdf, 12-7-2013; FRANK, Daniel H., “Political philosophy in classical Islam”, http://www.muslimphilosophy.com/ip/rep/ H012, 14-7-2013 ; ROLDÁN, Alberto F., “La ética social y política en Juan Calvino. Algunos desafíos para América Latina”, en “Teología y cultura”, 6, 11, págs. 33 y ss., http://www.teologiaycultura.com.ar/arch_rev/vol_11/alberto_calvino_latinoamerica.pdf, 14-7-2013; GATIS, George Joseph, “La teoría política de Juan Calvino”, http://www. contra-mundum.org/castellano/gatis/PoliticaCalvino.pdf, 14-7-2013. Acerca de la Filosofía de la Religión puede v. por ej. Josef Pieper Arbeitstelle, Teología Filosófica y Filosofía de la Religión, http://josef-pieper-arbeitsstelle.de/index.php?id=105&L=2, 15-7-2013. Dejamos en el horizonte los importantes casos de la masonería y la filantropía puramente tal. Nacional Geographic, ¿Qué es la religión?, http://www.national geographic.es/viaje-y-culturas/culturas-y-civilizaciones/que-es-la-religion, 19-6-2013.

14 En cuanto al significado diverso de las religiones en la Economía, tema estrechamente relacionado con los significados en el Derecho, cabe recordar la gran obra de Max WEBER “La ética protestante y el espíritu del capitalismo”, trad. Luis Legaz Lacambra, 2ª. ed., Barcelona, Península 1973, trad. José Chávez Martínez, 9ª ed., Puebla, Premia, 2004, http://www.lacomunitatinconfessable.cat/wp-content/uploads/2009/06/weber-max-la-etica-protestante-y-el-espiritu-del-capitalismo.pdf, 1-4-2013. Acerca de las diversas religiones, es posible c. por ej. KÖNIG, Franz (Dr.) (dir.), “Cristo y las Religiones de la Tierra”, trad. Ramón Valdés del Toro, 2ª. ed., Madrid, Biblioteca

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de interespacialidad de la recepción y de la imitación del Derecho extranjero, producida en el Derecho Internacional Privado 11.

El reconocimiento de las variaciones y las situaciones puede producirse aprovechando la problemática del Derecho Internacional Privado tradicional en cuanto a calificaciones, cuestión previa, fraude, reenvío y rechazo (orden público).

Asimismo es relevante reconocer cuáles son los denominadores particulares y comunes de los problemas y las respuestas 12.

b) El mundo jurídico y el mundo religioso 3. Es relevante construir otras propuestas integrativistas tridimensio-

nalistas trialistas permitiendo así el diálogo entre el Derecho y otras áreas. Para nuestro caso, importa en especial la propuesta que se refiere al mundo religioso 13. Conforme a la propuesta de integrativismo tridimensionalista 11 Un enfoque interreligioso puede ayudar a comprender que en el ámbito jusprivatista

internacional Savigny, de familia de origen calvinista, luterano, con relaciones de parentesco por afinidad con católicos y vinculado con el liberal Guillermo de Humboldt, pudiera sostener la combinación de lo individual y lo comunitario y la aplicación del Derecho más vinculado al caso; en otros términos, el respeto al elemento extranjero (es posible ampliar en nuestra “Reseña de un homenaje jusprivatista internacional a Federico Carlos de Savigny”, en “Investigación …” cit., Nº 44, págs. 155 y ss., Cartapacio, http://www.cartapacio.edu.ar/ojs/index.php/iyd/article/viewFile/1411/1634, 28-7-2013).

12 Acerca de los denominadores particulares y comunes es posible ampliar en. nuestros “Estudios de Filosofía Jurídica y Filosofía Política”, Rosario, Fundación para las Investigaciones Jurídicas”, t. II, 1984, págs. 205 y ss.

13 En cuanto a la discutida etimología y significación de la palabra “religión”, cabe c. por ej. COROMINAS, Religión, en Wikipedia, http://es.wikipedia.org/wiki/Religi% C3%B3 n#Etimolog.C3.ADa, 23-4-2013; Etimología de Religión, http://etimologias.dechile.net/ ?religio.n, 23-4-2013; Terminología, Religión, http://www.archicompostela.org/ecume nismo/Terminolog%C3%ADa.htm (de Lumieira (1997), nn. 34-35, Prontuario Sobre Las Sectas y Nuevos Movimientos Religiosos, Victoriano RENEDO HINOJAL, pp. 115-126) 23-4-2013; CICERO, “De natura deodorum”, con trad. al inglés de H. Rackham, M. A., Cambridge, Massachussets,- Londres, Harvard, Heinemann, reimp. 1967, http://ia600302.us.archive.org/27/items/denaturadeorumac00ciceuoft/denaturadeorumac00ciceuoft.pdf, 27-4-2013. Estimamos conveniente atender al sentido de “re-ligión” como religamiento del Universo, incluyendo a la Divinidad. Unir de nuevo al Universo. Es posible v. REAL ACADEMIA ESPAÑOLA, “Diccionario de la Lengua Española”, Vigésima segunda edición, “religión. (Del lat. religĭo, -ōnis). 1. f. Conjunto de creencias

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trialista del mundo religioso han de incorporarse en éste una realidad social de actos religiosos, es decir, de “re-ligamiento” (dimensión sociológica) 14,

o dogmas acerca de la divinidad, de sentimientos de veneración y temor hacia ella, de normas morales para la conducta individual y social y de prácticas rituales, principalmente la oración y el sacrificio para darle culto. 2. f. Virtud que mueve a dar a Dios el culto debido. 3. f. Profesión y observancia de la doctrina religiosa. 4. f. Obligación de conciencia, cumplimiento de un deber. La religión del juramento.5. f. orden (‖ instituto religioso)., http://lema.rae.es/drae/?val=religi%C3%B3n, 23-4-2013. Cabe c. por ej. Filosofía de la Religión, http://mercaba.org/DicTF/TF_religion_06.htm, 19-6-2013; Nacional Geographic, ¿Qué es la religión?, http://www.nationalgeographic. es/viaje-y-culturas/culturas-y-civilizaciones/que-es-la-religion, 19-6-2013; Filosofía y religión, Doxa, http://www.cervantesvirtual.com/FichaMateria.html?Ref=145541&id Grupo=estudiosCriticos&portal=4, 31-7-2013. Siempre es interesante tener presente el debate acerca de la posibilidad de la Teología Política. V. por ej. AGUSTÍN (San), “La Ciudad de Dios”, Iglesia Reformada, http://www.iglesiareformada.com/Agustin_ciudad.html, 14-7-.2013; SCHMITT, Carl, “Teología Política” (rec.), Scribd, http://es.scribd.com/doc/75321037/Carl-Schmitt-Teologia-Politica-1-y-2, 12-7-2013; “El concepto de lo político”, trad. Eduardo Molina y Vedia y Raúl Crisafio, Buenos Aires, Folios, 1984; “Catolicismo romano y forma política”, trad. Pedro Madrigal, Madrid, Tecnos, 2011, Scribd, http://es.scribd.com/doc/ 138414695/Schmitt-Catolicismo-romano-y-forma-politica, 12-7-2013; también cabe c. SIRCZUK, Matías, “Teología política y modernidad. Carl Schmitt y el pensamiento político posfundacional”, en ”Res Publica”, 25, págs. 199 y ss., http://saavedrafajardo. um.es/WEB/archivos/respublica/numeros/25/09.pdf, 12-7-2013; FRANK, Daniel H., “Political philosophy in classical Islam”, http://www.muslimphilosophy.com/ip/rep/ H012, 14-7-2013 ; ROLDÁN, Alberto F., “La ética social y política en Juan Calvino. Algunos desafíos para América Latina”, en “Teología y cultura”, 6, 11, págs. 33 y ss., http://www.teologiaycultura.com.ar/arch_rev/vol_11/alberto_calvino_latinoamerica.pdf, 14-7-2013; GATIS, George Joseph, “La teoría política de Juan Calvino”, http://www. contra-mundum.org/castellano/gatis/PoliticaCalvino.pdf, 14-7-2013. Acerca de la Filosofía de la Religión puede v. por ej. Josef Pieper Arbeitstelle, Teología Filosófica y Filosofía de la Religión, http://josef-pieper-arbeitsstelle.de/index.php?id=105&L=2, 15-7-2013. Dejamos en el horizonte los importantes casos de la masonería y la filantropía puramente tal. Nacional Geographic, ¿Qué es la religión?, http://www.national geographic.es/viaje-y-culturas/culturas-y-civilizaciones/que-es-la-religion, 19-6-2013.

14 En cuanto al significado diverso de las religiones en la Economía, tema estrechamente relacionado con los significados en el Derecho, cabe recordar la gran obra de Max WEBER “La ética protestante y el espíritu del capitalismo”, trad. Luis Legaz Lacambra, 2ª. ed., Barcelona, Península 1973, trad. José Chávez Martínez, 9ª ed., Puebla, Premia, 2004, http://www.lacomunitatinconfessable.cat/wp-content/uploads/2009/06/weber-max-la-etica-protestante-y-el-espiritu-del-capitalismo.pdf, 1-4-2013. Acerca de las diversas religiones, es posible c. por ej. KÖNIG, Franz (Dr.) (dir.), “Cristo y las Religiones de la Tierra”, trad. Ramón Valdés del Toro, 2ª. ed., Madrid, Biblioteca

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captados lógicamente (dimensión lógica) y valorados por un complejo de valores que culmina en la santidad (dimensión axiológica, quizás específica-mente “teológica”). Desde una perspectiva más dinámica, cabe considerar la actividad vinculada al aprovechamiento de las oportunidades para realizar actos religiosos captada lógicamente y valorada por valores teológicos.

4. El mundo jurídico y el mundo religioso están siempre recíproca-

mente presentes, en medidas más o menos conscientes y amplias. Sobre todo, sin sostener coincidencias totales que consideramos empobrecedoras 15, advertimos que el mundo religioso se manifiesta en el mundo jurídico y a su vez constituye un horizonte de él 16.

de Autores Cristianos, 1968/70; BELLOC, Hilaire, “Las grandes herejías”, trad. Pedro de Olazábal, Bs. As., Sudamericana, 1966; LAFUENTE, Enzo, “Reseña de las principa-les religiones del mundo”, Apocatastasis, http://www.apocatastasis.com/religiones.php, 16-5-2013; Diversos diccionarios referidos en Todos tus libros, http://www.todostus libros.com/busquedas, 16-5-2013; http://listado.mercadolibre.cl/diccionario-bascio-de-las-religiones, 16-5-2013. V. no obstante por ej. SCHUON, Frithof, “De La unidad trascendente de las religiones”, trad. Jesús García Varela, Palma de Mallorca, Olañeta, 2004.

15 Como de cierto modo ocurre en el Islam. 16 Es posible c. VAGGIONE, Juan Marco, “Dios y la ley. Las influencias religiosas en el

Derecho”, (“Las influencias de lo religioso en el derecho es uno de los roles que requieren de renovados análisis.”; se trata “La identidad religiosa como dimensión jurídica”…), http://biblioteca.clacso.edu.ar/gsdl/collect/ar/ar-013/index/assoc/D4465.dir/ sec8003p.pdf, 19-6-2013; “Archives de philosophie du droit”, t. 38, “Droit et religion”, París, Sirey, 1993, además t, 18, “Dimensions religieuses du droit (notamment sur l’apport de Saint Thomas d’Aquin)”, Sirey, 1973; “Annuaire Droit et Religion”, Presses Universitaires d’Aix-Marseille; Droit des religions.net, http://www.droitdesreligions. net/, 7-7-2013; Chair in Law and Religions, Université catholique de Louvain, http://www.uclouvain.be/en-chaire-droit-religions, 7-7-2013; Oxford Journal of Law and Religion, http://ojlr.oxfordjournals.org/, 7-7-2013; Centre for Law and Religion, http://www.law.cf.ac.uk/clr/, 7-7-2013; Center for Law and Religion, st.johns university, http://www.stjohns.edu/academics/graduate/law/academics/centers/lawreligion, 7-7-2013; International Consortium for Law and Religion Studies, http://www.iclars.org/, 7-7-2013; Law & Religion, http://org.law.rutgers.edu/publications/law-religion/Home.shtml, 7-7-2013; Center for the Study of Law and Religion, http://cslr.law.emory.edu/, 7-7-2013: Journal of Law and Religion, Hamline University, School of Law, http://law.hamline.edu/jlr/index.html, 7-7-2013; International Center for Law and Religion Studies, J. Leuben Clark Law School, http://www.iclrs.org/, 7-7-2013; “Diritto e Religioni”, Luigi Pellegrini Editore; Österreichisches Archiv für Recht & Religion, Plöchl; “Recht und Religion”, Max Planck-Institut für eropäische rechtsgeschicthe,

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Nos instalamos en la proyección jurídica de la religión, de cierto modo parte de la “Jurirreligiosidad” en sentido amplio. Así como hay, por ejemplo, una importante Juridicidad que se brinda la Religión a sí misma, según el ejemplo del Derecho Canónico, una Religiosidad del Derecho 17, una Sociología de la Religión 18, etc., desenvolvemos una Juridicidad por la Religión en el sentido de las proyecciones religiosas en el Derecho 19. Nuestro interés presente difiere del Derecho Eclesiástico “interno”, como lo es el Derecho Canónico, y el Derecho Eclesiástico “externo”, que la sociedad hace para la Religión. Es la presencia de la Religión en el Derecho 20.

El trialismo jurídico evidencia que es relevante tener en cuenta la pre-sencia mayor o menor de la religión, de maneras conscientes o inconscientes, en toda manifestación del Derecho, sea en las dimensiones sociológica, normológica o dikelógica. En este caso, deseamos evidenciar el sentido de la religión como respuesta jurídica 21. La religión constituye en mucho la

http://www.rg.mpg.de/de/forschung/recht-religion/, 7-7-2013. La escisión que separa a lo religioso de lo público, por ejemplo en el secularismo, es a nuestro parecer una simplificación que mutila la gran riqueza del tema de estudio. Muchas veces se sostiene que nunca se desarrolló una juridicidad sin algún contenido de afirmación o negación de la religiosidad.

17 El Derecho significa cierto grado de “re-ligiosidad”. 18 Acerca de la Sociología de la Religión es posible v. por ej. DURKHEIM, Emile, “Las

formas elementales de la vida religiosa”, México, Colofón, http://www.arnaldomartinez. net/sociologia/durkheim_Las_formas.pdf, 2-4-2013; WEBER, op. cit.; Sociología de la Religión http://es.wikipedia.org/wiki/Sociolog%C3%ADa_de_la_religi%C3%B3n, 1-4-2013; IX. Sociología de la religión, http://mercaba.org/DicT/TF_religion_09.htm, 1-4-2013. En cuanto a la Historia de la Religión se puede c. por ej. DIEZ DE VELASCO, Francisco, “Introducción a la historia de las religiones”, 3ª. ed., Madrid, Trotta, 2002.

19 Vale tener en cuenta, sin embargo, otras influencias en la religiosidad y el Derecho, por ejemplo las de carácter económico. No entramos a la polémica entre weberianos y marxistas.

20 Se dice que “Una religión es un conjunto comparable a un organismo vivo, que se desarrolla según leyes necesarias y precisas; se puede, pues, denominarla un organismo espiritual, o social por su aspecto más exterior; pero es siempre un organismo y no una construcción de convenciones arbitrarias, por lo que los elementos constitutivos de una religión no se pueden considerar al margen de su unidad interna, como si se tratase de unos hechos cualesquiera.” (SCHUON, op. cit., pág. 137). Tal vez algo análogo pueda afirmarse del Derecho.

21 V. WEBER, op. cit., págs. 17/8.

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captados lógicamente (dimensión lógica) y valorados por un complejo de valores que culmina en la santidad (dimensión axiológica, quizás específica-mente “teológica”). Desde una perspectiva más dinámica, cabe considerar la actividad vinculada al aprovechamiento de las oportunidades para realizar actos religiosos captada lógicamente y valorada por valores teológicos.

4. El mundo jurídico y el mundo religioso están siempre recíproca-

mente presentes, en medidas más o menos conscientes y amplias. Sobre todo, sin sostener coincidencias totales que consideramos empobrecedoras 15, advertimos que el mundo religioso se manifiesta en el mundo jurídico y a su vez constituye un horizonte de él 16.

de Autores Cristianos, 1968/70; BELLOC, Hilaire, “Las grandes herejías”, trad. Pedro de Olazábal, Bs. As., Sudamericana, 1966; LAFUENTE, Enzo, “Reseña de las principa-les religiones del mundo”, Apocatastasis, http://www.apocatastasis.com/religiones.php, 16-5-2013; Diversos diccionarios referidos en Todos tus libros, http://www.todostus libros.com/busquedas, 16-5-2013; http://listado.mercadolibre.cl/diccionario-bascio-de-las-religiones, 16-5-2013. V. no obstante por ej. SCHUON, Frithof, “De La unidad trascendente de las religiones”, trad. Jesús García Varela, Palma de Mallorca, Olañeta, 2004.

15 Como de cierto modo ocurre en el Islam. 16 Es posible c. VAGGIONE, Juan Marco, “Dios y la ley. Las influencias religiosas en el

Derecho”, (“Las influencias de lo religioso en el derecho es uno de los roles que requieren de renovados análisis.”; se trata “La identidad religiosa como dimensión jurídica”…), http://biblioteca.clacso.edu.ar/gsdl/collect/ar/ar-013/index/assoc/D4465.dir/ sec8003p.pdf, 19-6-2013; “Archives de philosophie du droit”, t. 38, “Droit et religion”, París, Sirey, 1993, además t, 18, “Dimensions religieuses du droit (notamment sur l’apport de Saint Thomas d’Aquin)”, Sirey, 1973; “Annuaire Droit et Religion”, Presses Universitaires d’Aix-Marseille; Droit des religions.net, http://www.droitdesreligions. net/, 7-7-2013; Chair in Law and Religions, Université catholique de Louvain, http://www.uclouvain.be/en-chaire-droit-religions, 7-7-2013; Oxford Journal of Law and Religion, http://ojlr.oxfordjournals.org/, 7-7-2013; Centre for Law and Religion, http://www.law.cf.ac.uk/clr/, 7-7-2013; Center for Law and Religion, st.johns university, http://www.stjohns.edu/academics/graduate/law/academics/centers/lawreligion, 7-7-2013; International Consortium for Law and Religion Studies, http://www.iclars.org/, 7-7-2013; Law & Religion, http://org.law.rutgers.edu/publications/law-religion/Home.shtml, 7-7-2013; Center for the Study of Law and Religion, http://cslr.law.emory.edu/, 7-7-2013: Journal of Law and Religion, Hamline University, School of Law, http://law.hamline.edu/jlr/index.html, 7-7-2013; International Center for Law and Religion Studies, J. Leuben Clark Law School, http://www.iclrs.org/, 7-7-2013; “Diritto e Religioni”, Luigi Pellegrini Editore; Österreichisches Archiv für Recht & Religion, Plöchl; “Recht und Religion”, Max Planck-Institut für eropäische rechtsgeschicthe,

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Nos instalamos en la proyección jurídica de la religión, de cierto modo parte de la “Jurirreligiosidad” en sentido amplio. Así como hay, por ejemplo, una importante Juridicidad que se brinda la Religión a sí misma, según el ejemplo del Derecho Canónico, una Religiosidad del Derecho 17, una Sociología de la Religión 18, etc., desenvolvemos una Juridicidad por la Religión en el sentido de las proyecciones religiosas en el Derecho 19. Nuestro interés presente difiere del Derecho Eclesiástico “interno”, como lo es el Derecho Canónico, y el Derecho Eclesiástico “externo”, que la sociedad hace para la Religión. Es la presencia de la Religión en el Derecho 20.

El trialismo jurídico evidencia que es relevante tener en cuenta la pre-sencia mayor o menor de la religión, de maneras conscientes o inconscientes, en toda manifestación del Derecho, sea en las dimensiones sociológica, normológica o dikelógica. En este caso, deseamos evidenciar el sentido de la religión como respuesta jurídica 21. La religión constituye en mucho la

http://www.rg.mpg.de/de/forschung/recht-religion/, 7-7-2013. La escisión que separa a lo religioso de lo público, por ejemplo en el secularismo, es a nuestro parecer una simplificación que mutila la gran riqueza del tema de estudio. Muchas veces se sostiene que nunca se desarrolló una juridicidad sin algún contenido de afirmación o negación de la religiosidad.

17 El Derecho significa cierto grado de “re-ligiosidad”. 18 Acerca de la Sociología de la Religión es posible v. por ej. DURKHEIM, Emile, “Las

formas elementales de la vida religiosa”, México, Colofón, http://www.arnaldomartinez. net/sociologia/durkheim_Las_formas.pdf, 2-4-2013; WEBER, op. cit.; Sociología de la Religión http://es.wikipedia.org/wiki/Sociolog%C3%ADa_de_la_religi%C3%B3n, 1-4-2013; IX. Sociología de la religión, http://mercaba.org/DicT/TF_religion_09.htm, 1-4-2013. En cuanto a la Historia de la Religión se puede c. por ej. DIEZ DE VELASCO, Francisco, “Introducción a la historia de las religiones”, 3ª. ed., Madrid, Trotta, 2002.

19 Vale tener en cuenta, sin embargo, otras influencias en la religiosidad y el Derecho, por ejemplo las de carácter económico. No entramos a la polémica entre weberianos y marxistas.

20 Se dice que “Una religión es un conjunto comparable a un organismo vivo, que se desarrolla según leyes necesarias y precisas; se puede, pues, denominarla un organismo espiritual, o social por su aspecto más exterior; pero es siempre un organismo y no una construcción de convenciones arbitrarias, por lo que los elementos constitutivos de una religión no se pueden considerar al margen de su unidad interna, como si se tratase de unos hechos cualesquiera.” (SCHUON, op. cit., pág. 137). Tal vez algo análogo pueda afirmarse del Derecho.

21 V. WEBER, op. cit., págs. 17/8.

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profundidad de la estructura cultural que se manifiesta en el Derecho 22. Se trata de apreciar los significados jurídicos tridimensionales de la religiosidad.

Actuando como denominadores particulares que buscan denomina-dores comunes, la justicia y la santidad tienen relaciones importantes, a veces por inclusión y en otros casos por exclusión. Cada tema jurídico es mejor comprendido si se aprecian las influencias que tienen en él los despliegues atribuidos a la religión, sea consciente o inconscientemente, desde una posición de afirmación, negación o suspenso de la divinidad.

5. La teoría de las respuestas jurídicas y culturales permite

considerar específicamente los alcances, la dinámica y las situaciones de las religiones en sí y entre sí y de éstas respecto del mundo jurídico 23. Según la manera en que la construyamos, la religión puede ser una respuesta semiplena o exorbitante, no plena, para las cuestiones jurídicas. En principio no podría ser una respuesta plena, porque hemos admitido que las consideramos espacios diferentes. Por ejemplo, convertir el incumplimiento de un contrato en un pecado es una respuesta jurídicamente exorbitante.

El catolicismo ha procurado dominar reiterada e intensamente el Derecho estatal pero, como el Reino no es de este mundo, su pretensión dominante ha sido menor que la del Islam, donde en gran medida hay una dominación absorbente del mundo religioso respecto del mundo jurídico.

En la Edad Media las respuestas religiosas católicas dominaban a menudo a las jurídicas, con el tiempo se ha abierto camino cierta relativa coexistencia de respuestas independientes. Al fin, el fundador del cristianis-mo enseñó, como hemos referido, que el Reino no es de este Mundo24 y que hay que dar al César lo que es del César y a Dios lo que es de Dios 25. En el

22 Es posible ampliar en nuestros artículos "Derecho y cultura", en "Anales" de la

Academia Nacional de Derecho y Ciencias Sociales de Córdoba", tomo XXXIV (año académico 1995), págs. 101 y ss.; “Aportes a la Culturología Jurídica. Los hitos y los paradigmas de la cultura jurídica”, en “Investigación ...” cit., Nº 38 (2005), págs. 9/49.

23 También es interesante conocer los alcances, la dinámica y las situaciones de las religiones.

24 Jn, 18:36, Catholic.net, http://biblia.catholic.net/home.php?option=versiculo&id=1362& pagina=2, 27-7-2013.

25 Mt, 22:21, Catholic.net, http://biblia.catholic.net/home.php?option=versiculo&id=348& pagina=2, 27-7-2013.

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Islam, hay una muy fuerte dominación de la religión respecto del Derecho 26. Se dice incluso que estaba en la esencia de la predicación de Mahoma que los aspectos jurídicos de la nueva fe se desarrollaran mucho más y alcanzaran para el Islam una importancia mucho mayor que los aspectos dogmáticos 27. El calvinismo limitó más los espacios atribuidos a la religio-sidad, aunque quizás planteó una orientación de lo jurídico más intensa.

Como hemos de referir, la dominación de la religión sobre la juridicidad ha tenido una de sus manifestaciones más intensas en el Derecho de Familia. En el ámbito cristiano hay cierta minusmodelación, fáctica y conceptual, o al menos por vaciamiento, de la influencia de la religión sobre lo jurídico, v. gr. en el abandono al menos parcial del modelo excluyente del matrimonio heterosexual como práctica y como concepto 28.

Un problema actual en cuanto a relaciones de dominación o co-existencia entre el catolicismo y el Derecho estatal es el que se ha producido en la calificación del matrimonio igualitario (homosexual) 29. Un ámbito que

26 Es posible v. CABRERA, Hashim, “Significado de la palabra Islam”, WebIslam,

http://www.webislam.com/articulos/60796-significado_de_la_palabra_islam.html, 16-7-3013 (“En una aproximación lingüística, la palabra islam procede de la raíz árabe s-l-m que significa al mismo tiempo ‘sometimiento’ y ‘paz’ (salam). El significado literal de musulmán (muslim) es “aquel que se somete o se adecua a lo único real”. Por ello el significado de la palabra árabe islam sería aproximadamente la de “sometimiento o adecuación a la Realidad Única, a Dios”.”).

27 GOTTSCHALK, op. cit., pág. 32. 28 Los alcances del matrimonio y la unión civil muestran que el primero tiene más

proyecciones materiales, llegando a comprometer muy ampliamente la personalidad; ha logrado durante mucho tiempo reconocimiento espacial internacional y posee más pretensión temporal, habiéndose sostenido durante largo tiempo su duración hasta la separación por la muerte, pero tiene más limitación personal. En este sentido, en general quienes pueden relacionarse en unión civil son más que quienes pueden casarse. Para los partidarios de la admisión del matrimonio entre homosexuales, matrimonio igualitario, la respuesta matrimonial tradicional era infraplena al problema de esas parejas; para los adversarios la respuesta matrimonial que lo incluye es exorbitante. (V. por ej. Pew Research Center, Pew Research Social & Demographic Trends, November, 18, 2010, The Decline of Marriage And Rise of New Families, http://www.pewsocialtrends.org/ 2010/11/18/the-decline-of-marriage-and-rise-of-new-families/, 2-3-2013; GONZÁLEZ, Laura, “Las parejas se casan menos y más tarde”, en La Voz Ciudadanos, 06-01-2013, http://www.lavoz.com.ar/ciudadanos/parejas-se-casan-menos-mas-tarde, 2-3-2013).

29 Nos referimos en especial al catolicismo, pero las tres religiones son fuertemente hostiles a la homosexualidad. En países islámicos suele haber persecución legal de la homosexualidad (sobre las raíces bíblicas de esta orientación, se puede v. TRUJILLO,

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profundidad de la estructura cultural que se manifiesta en el Derecho 22. Se trata de apreciar los significados jurídicos tridimensionales de la religiosidad.

Actuando como denominadores particulares que buscan denomina-dores comunes, la justicia y la santidad tienen relaciones importantes, a veces por inclusión y en otros casos por exclusión. Cada tema jurídico es mejor comprendido si se aprecian las influencias que tienen en él los despliegues atribuidos a la religión, sea consciente o inconscientemente, desde una posición de afirmación, negación o suspenso de la divinidad.

5. La teoría de las respuestas jurídicas y culturales permite

considerar específicamente los alcances, la dinámica y las situaciones de las religiones en sí y entre sí y de éstas respecto del mundo jurídico 23. Según la manera en que la construyamos, la religión puede ser una respuesta semiplena o exorbitante, no plena, para las cuestiones jurídicas. En principio no podría ser una respuesta plena, porque hemos admitido que las consideramos espacios diferentes. Por ejemplo, convertir el incumplimiento de un contrato en un pecado es una respuesta jurídicamente exorbitante.

El catolicismo ha procurado dominar reiterada e intensamente el Derecho estatal pero, como el Reino no es de este mundo, su pretensión dominante ha sido menor que la del Islam, donde en gran medida hay una dominación absorbente del mundo religioso respecto del mundo jurídico.

En la Edad Media las respuestas religiosas católicas dominaban a menudo a las jurídicas, con el tiempo se ha abierto camino cierta relativa coexistencia de respuestas independientes. Al fin, el fundador del cristianis-mo enseñó, como hemos referido, que el Reino no es de este Mundo24 y que hay que dar al César lo que es del César y a Dios lo que es de Dios 25. En el

22 Es posible ampliar en nuestros artículos "Derecho y cultura", en "Anales" de la

Academia Nacional de Derecho y Ciencias Sociales de Córdoba", tomo XXXIV (año académico 1995), págs. 101 y ss.; “Aportes a la Culturología Jurídica. Los hitos y los paradigmas de la cultura jurídica”, en “Investigación ...” cit., Nº 38 (2005), págs. 9/49.

23 También es interesante conocer los alcances, la dinámica y las situaciones de las religiones.

24 Jn, 18:36, Catholic.net, http://biblia.catholic.net/home.php?option=versiculo&id=1362& pagina=2, 27-7-2013.

25 Mt, 22:21, Catholic.net, http://biblia.catholic.net/home.php?option=versiculo&id=348& pagina=2, 27-7-2013.

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Islam, hay una muy fuerte dominación de la religión respecto del Derecho 26. Se dice incluso que estaba en la esencia de la predicación de Mahoma que los aspectos jurídicos de la nueva fe se desarrollaran mucho más y alcanzaran para el Islam una importancia mucho mayor que los aspectos dogmáticos 27. El calvinismo limitó más los espacios atribuidos a la religio-sidad, aunque quizás planteó una orientación de lo jurídico más intensa.

Como hemos de referir, la dominación de la religión sobre la juridicidad ha tenido una de sus manifestaciones más intensas en el Derecho de Familia. En el ámbito cristiano hay cierta minusmodelación, fáctica y conceptual, o al menos por vaciamiento, de la influencia de la religión sobre lo jurídico, v. gr. en el abandono al menos parcial del modelo excluyente del matrimonio heterosexual como práctica y como concepto 28.

Un problema actual en cuanto a relaciones de dominación o co-existencia entre el catolicismo y el Derecho estatal es el que se ha producido en la calificación del matrimonio igualitario (homosexual) 29. Un ámbito que

26 Es posible v. CABRERA, Hashim, “Significado de la palabra Islam”, WebIslam,

http://www.webislam.com/articulos/60796-significado_de_la_palabra_islam.html, 16-7-3013 (“En una aproximación lingüística, la palabra islam procede de la raíz árabe s-l-m que significa al mismo tiempo ‘sometimiento’ y ‘paz’ (salam). El significado literal de musulmán (muslim) es “aquel que se somete o se adecua a lo único real”. Por ello el significado de la palabra árabe islam sería aproximadamente la de “sometimiento o adecuación a la Realidad Única, a Dios”.”).

27 GOTTSCHALK, op. cit., pág. 32. 28 Los alcances del matrimonio y la unión civil muestran que el primero tiene más

proyecciones materiales, llegando a comprometer muy ampliamente la personalidad; ha logrado durante mucho tiempo reconocimiento espacial internacional y posee más pretensión temporal, habiéndose sostenido durante largo tiempo su duración hasta la separación por la muerte, pero tiene más limitación personal. En este sentido, en general quienes pueden relacionarse en unión civil son más que quienes pueden casarse. Para los partidarios de la admisión del matrimonio entre homosexuales, matrimonio igualitario, la respuesta matrimonial tradicional era infraplena al problema de esas parejas; para los adversarios la respuesta matrimonial que lo incluye es exorbitante. (V. por ej. Pew Research Center, Pew Research Social & Demographic Trends, November, 18, 2010, The Decline of Marriage And Rise of New Families, http://www.pewsocialtrends.org/ 2010/11/18/the-decline-of-marriage-and-rise-of-new-families/, 2-3-2013; GONZÁLEZ, Laura, “Las parejas se casan menos y más tarde”, en La Voz Ciudadanos, 06-01-2013, http://www.lavoz.com.ar/ciudadanos/parejas-se-casan-menos-mas-tarde, 2-3-2013).

29 Nos referimos en especial al catolicismo, pero las tres religiones son fuertemente hostiles a la homosexualidad. En países islámicos suele haber persecución legal de la homosexualidad (sobre las raíces bíblicas de esta orientación, se puede v. TRUJILLO,

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fue en cierto tiempo dominio del Derecho Canónico ha adoptado un modelo fuertemente rechazado por el catolicismo.

Se trata al, fin, del significado que tiene para el mundo jurídico toda expresión religiosa, de manera relativamente análoga al significado económico de las religiones referido por Max Weber. Las vinculaciones entre religión y Derecho han sido pensadas de diversas maneras. Con fines de ejemplifica-ción, cabe recordar que para Montesquieu el espíritu de las leyes emergía de modos destacables del clima, el terreno, la economía, la población y la religión 30. Saint-Simon incluyó a los sacerdotes como protagonistas del poder de la etapa teológica que quitaba a los productores su producción 31. Según la dialéctica de Hegel, la religión es un momento del espíritu absoluto posterior al Derecho, la moral y la eticidad, pertenecientes al espíritu objetivo, y al arte, otro momento del espíritu absoluto. A su vez, la religión es anterior a la culminación del espíritu absoluto en la filosofía 32. Marx remitió al Derecho a la superestructura social y consideró a la religión en la ideología, pero tampoco dejó afuera la influencia de ésta en el Derecho 33. En nuestro caso, según lo anticipado, sin desconocer dichas posibilidades en una trama de complejidad de influencias recíprocas, nos referiremos, a la influencia de la religión en el Derecho. Creemos que realidades como la que emerge de la composición de la juridicidad argentina y de su relación con la de otros países justifican con amplitud el estudio de la influencia religiosa en

Jorge L., “¿Hay Salvación Para el Homosexual?”, Vida Eterna Ministries, http://www. vidaeterna.org/index.php/preguntas/1-evangelismo-salvacion/220-salvacion-homosexual. html, 27-7-2013; RAMÍREZ, Paco – SALAZAR, Rafael, “Gays y lesbianas en el mundo musulmán”, Islam y Homosexualidad, http://islamgay.blogspot.com.ar/, 27-7-2013).

30 MONTESQUIEU, “El espíritu de las leyes”, en La Editorial Virtual, http://www. laeditorialvirtual.com.ar/Pages2/Montesquieu/EspirituLeyes_01.html, 5-5-2013.

31 SAINT-SIMON, “Catecismo político de los industriales”, trad. Luis David de los Arcos, 4ª. ed. en B. I. F., Bs. As., Aguilar, 1964.

32 HEGEL, G. W. F., “Principios de la Filosofía del Derecho”, ed. Sudamericana, presentación parcial, http://books.google.com.ar/books?id=dwia16xSue0C&printsec= frontcover&hl=es#v=onepage&q&f=false, 5-5-2013.

33 MARX, K. & ENGELS, F., “La ideología alemana”, en Marxists Internet Archive: Marx & Engels, tomado de trad. W. Roces, Montevideo, Pueblos Unidos, 1959, http://www.marxists.org/espanol/m-e/1846/ideoalemana/, 5-5-2013; Filosofía Contem-poránea, Marx, Ideología, http://www.e-torredebabel.com/Historia-de-la-filosofia/Filo sofiacontemporanea/Marx/Marx-Ideologia.htm, 5-5-2013, Materialismo Histórico, http:// www.e-torredebabel.com/Historia-de-la-filosofia/Filosofiacontemporanea/Marx/Marx-M aterialismoHistorico.htm, 5-5-2013 (teoría materialista de la historia).

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el Derecho 34. Atender a las influencias de las religiones en el Derecho no significa

adoptar ninguna posición religiosa. Parafraseando a Max Weber, podemos decir que no pensamos dedicar una sola palabra a discutir qué relación de valor existe entre las distintas religiones estudiadas comparativamente 35.

6. Hemos seleccionado como modelos de expresiones religiosas y su

influencia en el Derecho al catolicismo 36, el calvinismo 37 y el Islam 38. Tal vez el catolicismo y el calvinismo puedan ser considerados también como muestras de la gran unidad “cristianismo”, al punto que a veces alteramos el orden histórico de los tres ejemplos, pero para los propósitos de este trabajo se muestran claramente diferenciados para ser tratados en sentido amplio como “religiones”. Al fin, las diversidades del catolicismo y el calvinismo explican en mucho las diferencias de la cultura jurídica “occidental” y la de países como el nuestro.

En cuanto a las raíces, se afirma que el catolicismo no hizo su aparición repentinamente, sino es el producto de las tres potencias del sacerdocio de Israel, la cruz del Calvario, y la organización mundial del Imperio Romano. Se dice asimismo que el calvinismo ya fue aprehendido por San Agustín; y mucho antes de Agustín, había sido proclamado a la ciudad de las siete colinas por el Apóstol en su Epístola a los Romanos; y que a San Pablo le llegó desde Israel y sus profetas, aun desde las tiendas de los patriarcas. En esta explicación, el Islam junta el monismo de Israel, el “profeta” de Nazaret, y la tradición de los kuraishitas. Y aun el paganismo de

34 Es posible ampliar, por ejemplo, en nuestro artículo “Bases culturales del Derecho

argentino”, en “Revista del Centro de Investigaciones de Filosofía Jurídica y Filosofía Social”, Nº 27, págs. 113/126, Cartapacio, http://www.cartapacio.edu.ar/ojs/index.php/ centro/article/viewFile/605/485, 19-6-2013.

35 WEBER, op. cit., pág. 20. Aunque intuimos una respuesta afirmativa, no afirmamos ni negamos que la actitud religiosa vaya a ser perdurable en el desenvolvimiento humano.

36 Ya en el siglo II se hablaba de Iglesia católica, es decir, Iglesia “universal”. Aunque la expresión “católica” es utilizada por otras orientaciones religiosas, en nuestro caso al emplear los términos Iglesia y catolicismo nos referimos a la Iglesia Católica Apostólica Romana. Acerca del catolicismo v. por ej. Anexo 1.

37 Es posible c. acerca del calvinismo Anexo 2. 38 Con referencia al Islam y a las diversas religiones y sus relaciones, se puede v. el Anexo

3.

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fue en cierto tiempo dominio del Derecho Canónico ha adoptado un modelo fuertemente rechazado por el catolicismo.

Se trata al, fin, del significado que tiene para el mundo jurídico toda expresión religiosa, de manera relativamente análoga al significado económico de las religiones referido por Max Weber. Las vinculaciones entre religión y Derecho han sido pensadas de diversas maneras. Con fines de ejemplifica-ción, cabe recordar que para Montesquieu el espíritu de las leyes emergía de modos destacables del clima, el terreno, la economía, la población y la religión 30. Saint-Simon incluyó a los sacerdotes como protagonistas del poder de la etapa teológica que quitaba a los productores su producción 31. Según la dialéctica de Hegel, la religión es un momento del espíritu absoluto posterior al Derecho, la moral y la eticidad, pertenecientes al espíritu objetivo, y al arte, otro momento del espíritu absoluto. A su vez, la religión es anterior a la culminación del espíritu absoluto en la filosofía 32. Marx remitió al Derecho a la superestructura social y consideró a la religión en la ideología, pero tampoco dejó afuera la influencia de ésta en el Derecho 33. En nuestro caso, según lo anticipado, sin desconocer dichas posibilidades en una trama de complejidad de influencias recíprocas, nos referiremos, a la influencia de la religión en el Derecho. Creemos que realidades como la que emerge de la composición de la juridicidad argentina y de su relación con la de otros países justifican con amplitud el estudio de la influencia religiosa en

Jorge L., “¿Hay Salvación Para el Homosexual?”, Vida Eterna Ministries, http://www. vidaeterna.org/index.php/preguntas/1-evangelismo-salvacion/220-salvacion-homosexual. html, 27-7-2013; RAMÍREZ, Paco – SALAZAR, Rafael, “Gays y lesbianas en el mundo musulmán”, Islam y Homosexualidad, http://islamgay.blogspot.com.ar/, 27-7-2013).

30 MONTESQUIEU, “El espíritu de las leyes”, en La Editorial Virtual, http://www. laeditorialvirtual.com.ar/Pages2/Montesquieu/EspirituLeyes_01.html, 5-5-2013.

31 SAINT-SIMON, “Catecismo político de los industriales”, trad. Luis David de los Arcos, 4ª. ed. en B. I. F., Bs. As., Aguilar, 1964.

32 HEGEL, G. W. F., “Principios de la Filosofía del Derecho”, ed. Sudamericana, presentación parcial, http://books.google.com.ar/books?id=dwia16xSue0C&printsec= frontcover&hl=es#v=onepage&q&f=false, 5-5-2013.

33 MARX, K. & ENGELS, F., “La ideología alemana”, en Marxists Internet Archive: Marx & Engels, tomado de trad. W. Roces, Montevideo, Pueblos Unidos, 1959, http://www.marxists.org/espanol/m-e/1846/ideoalemana/, 5-5-2013; Filosofía Contem-poránea, Marx, Ideología, http://www.e-torredebabel.com/Historia-de-la-filosofia/Filo sofiacontemporanea/Marx/Marx-Ideologia.htm, 5-5-2013, Materialismo Histórico, http:// www.e-torredebabel.com/Historia-de-la-filosofia/Filosofiacontemporanea/Marx/Marx-M aterialismoHistorico.htm, 5-5-2013 (teoría materialista de la historia).

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el Derecho 34. Atender a las influencias de las religiones en el Derecho no significa

adoptar ninguna posición religiosa. Parafraseando a Max Weber, podemos decir que no pensamos dedicar una sola palabra a discutir qué relación de valor existe entre las distintas religiones estudiadas comparativamente 35.

6. Hemos seleccionado como modelos de expresiones religiosas y su

influencia en el Derecho al catolicismo 36, el calvinismo 37 y el Islam 38. Tal vez el catolicismo y el calvinismo puedan ser considerados también como muestras de la gran unidad “cristianismo”, al punto que a veces alteramos el orden histórico de los tres ejemplos, pero para los propósitos de este trabajo se muestran claramente diferenciados para ser tratados en sentido amplio como “religiones”. Al fin, las diversidades del catolicismo y el calvinismo explican en mucho las diferencias de la cultura jurídica “occidental” y la de países como el nuestro.

En cuanto a las raíces, se afirma que el catolicismo no hizo su aparición repentinamente, sino es el producto de las tres potencias del sacerdocio de Israel, la cruz del Calvario, y la organización mundial del Imperio Romano. Se dice asimismo que el calvinismo ya fue aprehendido por San Agustín; y mucho antes de Agustín, había sido proclamado a la ciudad de las siete colinas por el Apóstol en su Epístola a los Romanos; y que a San Pablo le llegó desde Israel y sus profetas, aun desde las tiendas de los patriarcas. En esta explicación, el Islam junta el monismo de Israel, el “profeta” de Nazaret, y la tradición de los kuraishitas. Y aun el paganismo de

34 Es posible ampliar, por ejemplo, en nuestro artículo “Bases culturales del Derecho

argentino”, en “Revista del Centro de Investigaciones de Filosofía Jurídica y Filosofía Social”, Nº 27, págs. 113/126, Cartapacio, http://www.cartapacio.edu.ar/ojs/index.php/ centro/article/viewFile/605/485, 19-6-2013.

35 WEBER, op. cit., pág. 20. Aunque intuimos una respuesta afirmativa, no afirmamos ni negamos que la actitud religiosa vaya a ser perdurable en el desenvolvimiento humano.

36 Ya en el siglo II se hablaba de Iglesia católica, es decir, Iglesia “universal”. Aunque la expresión “católica” es utilizada por otras orientaciones religiosas, en nuestro caso al emplear los términos Iglesia y catolicismo nos referimos a la Iglesia Católica Apostólica Romana. Acerca del catolicismo v. por ej. Anexo 1.

37 Es posible c. acerca del calvinismo Anexo 2. 38 Con referencia al Islam y a las diversas religiones y sus relaciones, se puede v. el Anexo

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Babilonia y Egipto por un lado, y de Grecia y Roma por el otro lado; que está orgánicamente relacionado con lo que estaba detrás de estas culturas, precediendo la prosperidad de sus vidas. 39 Se cuenta que después de una de sus últimas peregrinaciones, el Profeta dijo “Religión y Derecho son como las dos caras, convexa y cóncava, de una misma articulación.” 40 Suele decirse que el Islam es credo y sociedad. Desde el punto de vista occidental, el Islam es una respuesta exorbitante a problemas jurídicos. En cambio, según lo ya expuesto, para el cristianismo el Reino no es de este mundo y hay que dar al César lo que es del César y a Dios lo que es de Dios. Para el Islam, las respuestas cristianas jurídicas e incluso religiosas son soluciones infraplenas.

También es viable advertir la quizás minusmodelación actual de la presencia del cristianismo en cuanto a su recepción en la juridicidad estatal. Tal vez quepa referirse a cierta paganización de algunos aspectos de la vida de varias sociedades tradicionalmente remitidas al cristianismo 41. La dinámica de plusmodelación, minusmodelación y sustitución se expresa en la conversión y la apostasía.

Consideramos, en suma, que los alcances, la dinámica y las relaciones de las tres orientaciones religiosas respecto del Derecho se distinguen 42 con claridad y a nuestro parecer son muy ilustrativas acerca del tema de nuestro interés 43.

39 KUYPER, (Kuijper), Abraham, “Exposiciones sobre el calvinismo”, Seis exposiciones

presentadas en la Universidad de Princeton, 1898 bajo los auspicios de la Fundación L. P. Stone, con adaptaciones de Jaime Zapata Rodríguez, pág. 40, http://www.todopen samientocautivo.com/wp-content/plugins/download-monitor/download.php?id=76, 14-5-2013.

40 “El Islam no es sólo una fe. Es, consecuentemente, el derecho de toda su sociedad, acaso la única sociedad que vive bajo el imperio de una ley emanada de Dios” (ESTÉVEZ BRASA, op. cit., pág. 577). En el marco islámico suele decirse que la administración de justicia es una Ley de Dios y una práctica del Sagrado Profeta, que debe ser seguida (ESTÉVEZ BRASA, op. cit., pág. 533).

41 Tal vez la tarea que, quizás con gran calidad sacerdotal y humana, está encarando Francisco, se haga sumamente difícil o imposible por diversas causas que incluyen en lugar destacado la esclerosis a la que fue sometido por varias décadas el patrimonio doctrinario del catolicismo.

42 Cabe reconocer también que poseen importantes co-incidencias que parten de cierto modo de una misma divinidad creadora.

43 Las “tres” religiones influyen en diversidades materiales, espaciales, temporales y personales del Derecho (en realidad tal vez dos religiones, una considerada en dos

MIGUEL ÁNGEL CIURO CALDANI

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II. Presencia del mundo religioso en el mundo jurídico

1. El mundo jurídico en general

a) Dimensión sociológica 7. La dimensión sociológica del integrativismo tridimensionalista

planteado en la teoría trialista del mundo jurídico abarca adjudicaciones de potencia e impotencia, es decir, de lo que favorece o perjudica a la vida humana 44. Las adjudicaciones son distribuciones originadas por la naturaleza 45, las influencias humanas difusas o el azar y repartos producidos por la conducta de seres humanos determinables. Su desenvolvimiento ocurre en el despliegue de la fuerza, sea o no poder; éste es en especial fuerza aplicada por unos seres humanos sobre otros.

Sin pronunciarnos acerca de la existencia de la divinidad, estimamos que las condiciones relativamente naturales, sobre todo biológicas, pero también psicológicas, y las influencias humanas difusas de la economía, la lengua, la demografía, el arte, la ciencia, la percepción del tiempo, etc. actúan mucho en la religión y a través de ella en el Derecho. La religión y el Derecho son en la naturaleza y la cultura.

Es especialmente relevante el sentido inverso. La influencia de la religión en el Derecho se produce, a través de sus distribuciones y sus actos religiosos, en las distribuciones jurídicas y en los repartos. Mucho de lo que sucede en el Derecho es de origen religioso, aunque a su vez ambos se entrelacen con otras causas.

La religión es uno de los sentidos de las influencias humanas difusas que, incluyendo también a la concepción del mundo, la economía, la lengua, la población, la historia, la ciencia, el arte, etc. están presentes en la dimensión sociológica del mundo jurídico. La presencia del azar vinculada a la noción de milagro como causalidad sobrenatural, puede abrir camino a la

orientaciones bien diversas). Es posible ampliar en nuestros trabajos AS. VS., “Bases culturales del derecho comparado”, en “El derecho en red. Estudios en homenaje al profesor Mario G. Losano”, Madrid, Dykinson, 2006.

44 Werner Goldschmidt se refería al ser. 45 La diferenciación de la naturaleza y la cultura no es nítida, pero suele resultar útil para la

mejor comprensión de los problemas.

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Babilonia y Egipto por un lado, y de Grecia y Roma por el otro lado; que está orgánicamente relacionado con lo que estaba detrás de estas culturas, precediendo la prosperidad de sus vidas. 39 Se cuenta que después de una de sus últimas peregrinaciones, el Profeta dijo “Religión y Derecho son como las dos caras, convexa y cóncava, de una misma articulación.” 40 Suele decirse que el Islam es credo y sociedad. Desde el punto de vista occidental, el Islam es una respuesta exorbitante a problemas jurídicos. En cambio, según lo ya expuesto, para el cristianismo el Reino no es de este mundo y hay que dar al César lo que es del César y a Dios lo que es de Dios. Para el Islam, las respuestas cristianas jurídicas e incluso religiosas son soluciones infraplenas.

También es viable advertir la quizás minusmodelación actual de la presencia del cristianismo en cuanto a su recepción en la juridicidad estatal. Tal vez quepa referirse a cierta paganización de algunos aspectos de la vida de varias sociedades tradicionalmente remitidas al cristianismo 41. La dinámica de plusmodelación, minusmodelación y sustitución se expresa en la conversión y la apostasía.

Consideramos, en suma, que los alcances, la dinámica y las relaciones de las tres orientaciones religiosas respecto del Derecho se distinguen 42 con claridad y a nuestro parecer son muy ilustrativas acerca del tema de nuestro interés 43.

39 KUYPER, (Kuijper), Abraham, “Exposiciones sobre el calvinismo”, Seis exposiciones

presentadas en la Universidad de Princeton, 1898 bajo los auspicios de la Fundación L. P. Stone, con adaptaciones de Jaime Zapata Rodríguez, pág. 40, http://www.todopen samientocautivo.com/wp-content/plugins/download-monitor/download.php?id=76, 14-5-2013.

40 “El Islam no es sólo una fe. Es, consecuentemente, el derecho de toda su sociedad, acaso la única sociedad que vive bajo el imperio de una ley emanada de Dios” (ESTÉVEZ BRASA, op. cit., pág. 577). En el marco islámico suele decirse que la administración de justicia es una Ley de Dios y una práctica del Sagrado Profeta, que debe ser seguida (ESTÉVEZ BRASA, op. cit., pág. 533).

41 Tal vez la tarea que, quizás con gran calidad sacerdotal y humana, está encarando Francisco, se haga sumamente difícil o imposible por diversas causas que incluyen en lugar destacado la esclerosis a la que fue sometido por varias décadas el patrimonio doctrinario del catolicismo.

42 Cabe reconocer también que poseen importantes co-incidencias que parten de cierto modo de una misma divinidad creadora.

43 Las “tres” religiones influyen en diversidades materiales, espaciales, temporales y personales del Derecho (en realidad tal vez dos religiones, una considerada en dos

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II. Presencia del mundo religioso en el mundo jurídico

1. El mundo jurídico en general

a) Dimensión sociológica 7. La dimensión sociológica del integrativismo tridimensionalista

planteado en la teoría trialista del mundo jurídico abarca adjudicaciones de potencia e impotencia, es decir, de lo que favorece o perjudica a la vida humana 44. Las adjudicaciones son distribuciones originadas por la naturaleza 45, las influencias humanas difusas o el azar y repartos producidos por la conducta de seres humanos determinables. Su desenvolvimiento ocurre en el despliegue de la fuerza, sea o no poder; éste es en especial fuerza aplicada por unos seres humanos sobre otros.

Sin pronunciarnos acerca de la existencia de la divinidad, estimamos que las condiciones relativamente naturales, sobre todo biológicas, pero también psicológicas, y las influencias humanas difusas de la economía, la lengua, la demografía, el arte, la ciencia, la percepción del tiempo, etc. actúan mucho en la religión y a través de ella en el Derecho. La religión y el Derecho son en la naturaleza y la cultura.

Es especialmente relevante el sentido inverso. La influencia de la religión en el Derecho se produce, a través de sus distribuciones y sus actos religiosos, en las distribuciones jurídicas y en los repartos. Mucho de lo que sucede en el Derecho es de origen religioso, aunque a su vez ambos se entrelacen con otras causas.

La religión es uno de los sentidos de las influencias humanas difusas que, incluyendo también a la concepción del mundo, la economía, la lengua, la población, la historia, la ciencia, el arte, etc. están presentes en la dimensión sociológica del mundo jurídico. La presencia del azar vinculada a la noción de milagro como causalidad sobrenatural, puede abrir camino a la

orientaciones bien diversas). Es posible ampliar en nuestros trabajos AS. VS., “Bases culturales del derecho comparado”, en “El derecho en red. Estudios en homenaje al profesor Mario G. Losano”, Madrid, Dykinson, 2006.

44 Werner Goldschmidt se refería al ser. 45 La diferenciación de la naturaleza y la cultura no es nítida, pero suele resultar útil para la

mejor comprensión de los problemas.

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referencia al azar en sentido jurídico 46. La falta de causalidad del azar en el mundo jurídico y el milagro son de cierto modo afines.

Según Schuon “Se puede decir que la particularidad del cristianismo consiste en que se funda en primer lugar en el milagro, que se perpetúa en la Eucaristía (en este caso más en el catolicismo), mientras que el Islam se funda ante todo en la Idea, sostenida por medios humanos, pero con la ayuda divina, y perpetuada en la Revelación coránica, de la que la oración ritual es, en cierto modo, la actualización renovada sin cesar.” 47

Pese a que la conciencia sea sólo religiosa, aunque se crea que se está actuando únicamente en la religión, los actos religiosos tienen función repartidora.

8. Referirse a las distribuciones y especialmente a los repartos

producidos por la religión tiene gran valor para desenmascarar despliegues jurídicos cuyos sentidos suelen quedar ocultos. Éste es uno de los aspectos en que puede considerarse la denuncia de la religión como ideología que oculta la realidad y es “opio de los pueblos”.

La religión está profundamente vinculada con la fuerza, sea en sentidos de resistencia, como lo ejemplifican los mártires cristianos, o de dominación, según lo muestran los despliegues de conquista e inquisitoriales. En diversas medidas, las tres religiones que nos ocupan son expresiones de resistencia, conquista e “inquisición”. La fuerza religiosa se entrelaza con la fuerza jurídica.

9. La percepción religiosa respecto de la naturaleza tiene gran

importancia en el Derecho. Las tres religiones conciben que la naturaleza ha sido creada por una divinidad todopoderosa, que constituye de cierto modo, tal vez sobre todo en la presencia cristiana en Occidente, una perspectiva de

46 La referencia al milagro se vincula con la fe. Se afirma que “La fe es, a priori, una

disposición natural del alma para admitir lo sobrenatural; será pues, esencialmente, una intuición de lo sobrenatural provocada por la Gracia, la cual será, a su vez, actualizada mediante la actitud de confianza ferviente. Cuando, mediante la Gracia, la Fe se haya vuelto completa, será disuelta en el Amor, que es Dios; por eso, desde el punto de vista teológico, los Bienaventurados del Cielo ya no tienen Fe, puesto que ven el objeto de ésta: Dios, que es Amor o Beatitud.” (SCHUON, op. cit., pág. 175).

47 SCHUON, op. cit., pág. 155.

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grandiosidad. El Dios creador es único, persona, omnipotente 48, omnisciente y omnipresente 49 y según el cristianismo se encarnó en Jesús. Junto a la apertura mental griega, al sentido práctico romano y a la referencia de individualidad en comunidad germánica, esa remisión a la divinidad hace la “talla” del hombre occidental y sus perspectivas jurídicas. La creencia de los cristianos en esa divinidad encarnada incrementa la grandiosidad de la pretensión humana que la toma como modelo, aunque de cierto modo aparta de la consideración cósmica 50. Tal vez haya cierta tensión entre el pecado de la tentación “seréis como dioses” y la divinidad de la “Persona encarnada”.

El catolicismo se ha referido y algunas veces se remite al Dios omnipotente con la idea de Pantocrátor (todopoderoso, Maiestas Domini), en general no utilizada en el protestantismo. El Pantocrátor es Dios Todo-poderoso o Cristo 51, considerablemente autoritario y mayestático, con la titularidad de la justicia divina. Se trata del Dios que inspira temor, a diferencia del que se caracteriza por la triunfante identificación por el amor. El franciscanismo, con su gran respeto y amor por la “creación”, incluyendo los astros, es por el contrario una muestra de apertura al Cosmos 52. Quizás

48 La omnipotencia de Dios es expresada, por ejemplo, en la resignificación enorme de las

Bienaventuranzas. Acerca de las Bienaventuranzas cabe ampliar en nuestras “Perspectivas Jurídicas”, Rosario, Fundación para las Investigaciones Jurídicas, 1985, págs. 289 y ss.

49 En diversas perspectivas, casi innombrable e irrepresentable. 50 Varía el alcance de referencia de la divinidad a la humanidad: puede ser, por ej., el

individuo, la persona, la comunidad, la Iglesia (v. por ej. SCHELER, Max, “L’homme et l’histoire” (rec.), trad, M. Dupuy, París, Aubier, 1955).

51 “Ungido”. 52 Esa apertura, que consideramos fuertemente requerida por la conciencia de este tiempo,

es la que refería Einstein (v. por ej. EINSTEIN, “El sentimiento cósmico religioso”, en WILBER, Ken (ed.), HEISENBERG y otros, “Cuestiones cuánticas”, trad. Pedro de Casso, 10ª ed., Barcelona, Kairós, 2007, págs. 156 y ss.). En un sentido relativamente afín cabe mencionar v. gr. TEILHARD DE CHARDIN, Pierre, “Las direcciones del porvenir”, trad. Francisco Pérez Gutiérrez”, Madrid, Taurus, 1974; Razón y Pensamiento Cristiano, miércoles, febrero 27, 2013, Hans Küng: Hacia una teología universal, Producción y realización: Centro de Medios Audiovisuales de la UNED, http://www. revista-rypc.org/2013/02/hans-kung-hacia-una-teologia-universal.html, 14-7-2013. Es posible c. CASTILLO BARROS, Oscar (fr.), “San Francisco y la ecología“, Biblioteca Católica Digital, http://mercaba.org/FICHAS/capuchinos.cl/san_francisco_y_ la_ecologia.htm, 12-5-2013; EIJAN, Samuel, P. O.F.M., “Franciscanismo Ibero-Americano (microform) en la historia, la literatura y el arte“, http://archive.org/stream/ MN5088ucmf_0/MN5088ucmf_0_djvu.txt, 12-5-2013.

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referencia al azar en sentido jurídico 46. La falta de causalidad del azar en el mundo jurídico y el milagro son de cierto modo afines.

Según Schuon “Se puede decir que la particularidad del cristianismo consiste en que se funda en primer lugar en el milagro, que se perpetúa en la Eucaristía (en este caso más en el catolicismo), mientras que el Islam se funda ante todo en la Idea, sostenida por medios humanos, pero con la ayuda divina, y perpetuada en la Revelación coránica, de la que la oración ritual es, en cierto modo, la actualización renovada sin cesar.” 47

Pese a que la conciencia sea sólo religiosa, aunque se crea que se está actuando únicamente en la religión, los actos religiosos tienen función repartidora.

8. Referirse a las distribuciones y especialmente a los repartos

producidos por la religión tiene gran valor para desenmascarar despliegues jurídicos cuyos sentidos suelen quedar ocultos. Éste es uno de los aspectos en que puede considerarse la denuncia de la religión como ideología que oculta la realidad y es “opio de los pueblos”.

La religión está profundamente vinculada con la fuerza, sea en sentidos de resistencia, como lo ejemplifican los mártires cristianos, o de dominación, según lo muestran los despliegues de conquista e inquisitoriales. En diversas medidas, las tres religiones que nos ocupan son expresiones de resistencia, conquista e “inquisición”. La fuerza religiosa se entrelaza con la fuerza jurídica.

9. La percepción religiosa respecto de la naturaleza tiene gran

importancia en el Derecho. Las tres religiones conciben que la naturaleza ha sido creada por una divinidad todopoderosa, que constituye de cierto modo, tal vez sobre todo en la presencia cristiana en Occidente, una perspectiva de

46 La referencia al milagro se vincula con la fe. Se afirma que “La fe es, a priori, una

disposición natural del alma para admitir lo sobrenatural; será pues, esencialmente, una intuición de lo sobrenatural provocada por la Gracia, la cual será, a su vez, actualizada mediante la actitud de confianza ferviente. Cuando, mediante la Gracia, la Fe se haya vuelto completa, será disuelta en el Amor, que es Dios; por eso, desde el punto de vista teológico, los Bienaventurados del Cielo ya no tienen Fe, puesto que ven el objeto de ésta: Dios, que es Amor o Beatitud.” (SCHUON, op. cit., pág. 175).

47 SCHUON, op. cit., pág. 155.

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grandiosidad. El Dios creador es único, persona, omnipotente 48, omnisciente y omnipresente 49 y según el cristianismo se encarnó en Jesús. Junto a la apertura mental griega, al sentido práctico romano y a la referencia de individualidad en comunidad germánica, esa remisión a la divinidad hace la “talla” del hombre occidental y sus perspectivas jurídicas. La creencia de los cristianos en esa divinidad encarnada incrementa la grandiosidad de la pretensión humana que la toma como modelo, aunque de cierto modo aparta de la consideración cósmica 50. Tal vez haya cierta tensión entre el pecado de la tentación “seréis como dioses” y la divinidad de la “Persona encarnada”.

El catolicismo se ha referido y algunas veces se remite al Dios omnipotente con la idea de Pantocrátor (todopoderoso, Maiestas Domini), en general no utilizada en el protestantismo. El Pantocrátor es Dios Todo-poderoso o Cristo 51, considerablemente autoritario y mayestático, con la titularidad de la justicia divina. Se trata del Dios que inspira temor, a diferencia del que se caracteriza por la triunfante identificación por el amor. El franciscanismo, con su gran respeto y amor por la “creación”, incluyendo los astros, es por el contrario una muestra de apertura al Cosmos 52. Quizás

48 La omnipotencia de Dios es expresada, por ejemplo, en la resignificación enorme de las

Bienaventuranzas. Acerca de las Bienaventuranzas cabe ampliar en nuestras “Perspectivas Jurídicas”, Rosario, Fundación para las Investigaciones Jurídicas, 1985, págs. 289 y ss.

49 En diversas perspectivas, casi innombrable e irrepresentable. 50 Varía el alcance de referencia de la divinidad a la humanidad: puede ser, por ej., el

individuo, la persona, la comunidad, la Iglesia (v. por ej. SCHELER, Max, “L’homme et l’histoire” (rec.), trad, M. Dupuy, París, Aubier, 1955).

51 “Ungido”. 52 Esa apertura, que consideramos fuertemente requerida por la conciencia de este tiempo,

es la que refería Einstein (v. por ej. EINSTEIN, “El sentimiento cósmico religioso”, en WILBER, Ken (ed.), HEISENBERG y otros, “Cuestiones cuánticas”, trad. Pedro de Casso, 10ª ed., Barcelona, Kairós, 2007, págs. 156 y ss.). En un sentido relativamente afín cabe mencionar v. gr. TEILHARD DE CHARDIN, Pierre, “Las direcciones del porvenir”, trad. Francisco Pérez Gutiérrez”, Madrid, Taurus, 1974; Razón y Pensamiento Cristiano, miércoles, febrero 27, 2013, Hans Küng: Hacia una teología universal, Producción y realización: Centro de Medios Audiovisuales de la UNED, http://www. revista-rypc.org/2013/02/hans-kung-hacia-una-teologia-universal.html, 14-7-2013. Es posible c. CASTILLO BARROS, Oscar (fr.), “San Francisco y la ecología“, Biblioteca Católica Digital, http://mercaba.org/FICHAS/capuchinos.cl/san_francisco_y_ la_ecologia.htm, 12-5-2013; EIJAN, Samuel, P. O.F.M., “Franciscanismo Ibero-Americano (microform) en la historia, la literatura y el arte“, http://archive.org/stream/ MN5088ucmf_0/MN5088ucmf_0_djvu.txt, 12-5-2013.

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esté próximo a la religiosidad cósmica que puede ser necesaria en nuestros días. Los significados jurídicos del Pantocrátor y la referencia franciscana son muy diversos.53

La religión actúa en el mundo jurídico como influencia humana difusa, por ejemplo, promoviendo “climas” de referencia a las distribuciones y los repartos. Quizás pueda sostenerse que la religiosidad, con diversas manifestaciones, es parte del “inconsciente colectivo” de la humanidad que se expresa a su vez en el Derecho.

Sin entrar en especificidades de fuerte referencia cósmica a veces consideradas cercanas al panteísmo, como las del franciscanismo, cabe tener en cuenta que el catolicismo posee importante remisión a la “naturaleza”, aunque sea pasada por el tamiz de la esencia. Entiende que es prerrogativa de la inteligencia humana dominar las energías de la naturaleza irracional y orientarlas hacia un fin en conformidad con el bien del hombre 54. La

Según Kuyper tanto Lutero como Calvino lucharon por una comunión directa con Dios; pero Lutero la tomó del lado subjetivo, antropológico, y no del objetivo, cosmológico, como lo hizo Calvino. Afirmó que el punto de partida de Lutero fue el principio especial-soterológico de la fe que justifica; mientras el principio mucho más extensivo de Calvino sostuvo el principio general cosmológico de la soberanía de Dios (KUYPER, op. cit., pág. 13).

53 Según Kuyper, del paganismo se puede decir que tiene una estima demasiado alta del mundo, y entonces tanto está atemorizado por él, como se pierde en él; por el otro lado, el islamismo tiene una estima demasiado baja del mundo, se burla de él, y triunfa sobre él al estirarse hacia el mundo visionario de un paraíso sensual (KUYPER, op. cit., pág. 19). Al fin, como suele ocurrir con las mentalidades profundamente religiosas, los calvinistas – siguiendo camino de los católicos - se inclinarían por Bernardo de Clairvaux y Santo Tomás de Aquino y no por Heráclito y Aristóteles. Dentro de la supuestamente más moderna vertiente calvinista, así lo sostuvo el teólogo Abraham Kuyper (KUYPER, op. cit., pág. 98). Sin embargo, en una línea de discutible delimitación, dice que la libertad es para la ciencia genuina lo que es para nosotros el aire que respiramos. … pues la libertad de la ciencia no consiste en libertinaje o iniquidad, sino en ser liberado de todos los lazos no naturales, no naturales porque no son arraigados en su principio vital (KUYPER, op. cit., pág. 105).

54 Es posible c. Carta Encíclica Humana Vitae de S. S. Pablo VI, http://www.vatican.va/ holy_father/paul_vi/encyclicals/documents/hf_p-vi_enc_25071968_humanae-vitae_sp. html, 16-6-2013. También la Carta Encíclica Casti Connubii del Papa Pío XI, http:// www.vatican.va/holy_father/pius_xi/encyclicals/documents/hf_p-xi_enc_31121930_cas ti-connubii_sp.html, 23-5-2013.

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Doctrina Social de la Iglesia enseña que el Creador ha confiado a los hombres la tarea de ordenar la naturaleza creada según su designio 55.

El calvinismo, más abstracto, brinda a la naturaleza menos considera-ción e incluso puede haber contribuido a la viabilización de la dominación de la naturaleza por la Revolución Industrial y a la continuidad de la juridiza-ción comercialista que la ha acompañado. Se afirma que con el calvinismo el hombre empezó a entender como un deber sagrado la sujeción de la naturaleza con sus fuerzas y tesoros escondidos, un deber impuesto por las ordenanzas originales del paraíso: “Señoread en ellos” 56.

Se discute el papel que el Islam adjudica a la naturaleza. Es claro que no se aparta de ella. A veces se ha dicho que se burla de ella, otros afirman por el contrario que no la considera como algo profano, de modo que mantiene una visión unitaria e integral del hombre con ella, viendo en la armonía cósmica, en su orden mismo, la expresión de la Gracia Divina, de la “Barakah" contenida en la Creación. Según esta posición, el musulmán buscaría esa Gracia “natural”, no viviendo contra una naturaleza “profana”, desprovista de contenido trascendente, pues no existe nada que no haya sido creado por Allah, que no tenga en su raíz y en su existencia el sello de Su Poder 57. Sea por uno u otro camino, incluso el Paraíso islámico tiene caracteres más “materiales” que el cristiano.

10. De cierto modo, los Estados, sobre todo cuando son “religiosos”,

se apoyan en distribuciones de creencias religiosas difundidas en su población, según ocurrió de maneras destacadas, pero diferentes, con el “Sacro” Imperio Romano Germánico 58 en cuanto al catolicismo; con los califatos referidos al Islam 59 y con el gobierno de Calvino en Ginebra 60. En nuestro tiempo cabe

55 Gn 1 : 28, Catholic.net, http://biblia.catholic.net/home.php?option=versiculo&id=1&

pagina=2, 28-7-2013. V. PONTIFICIO CONSEJO “JUSTICIA Y PAZ”, op. cit. 56 KUYPER, op. cit., pág. 16. 57 CABRERA, Hasim, “Hombre y Naturaleza”, WebIslam, http://www.webislam.com/

articulos/17991-hombre_y_naturaleza.html, 16-6-2013. 58 El Imperio comenzó a prepararse por impulso de la Iglesia Católica Apostólica Romana

en 800 y se formalizó en 962; se inició su minusmodelación fáctica con el nacimiento de los Estados modernos y su minusmodelación conceptual final ocurrió en 1806.

59 V. por ej. El Visir, ¿Qué es el califato?, http://elvisir.blogspot.com.ar/p/que-es-el-califato.html, 23-4-2013. Suele afirmarse que Califas eran los príncipes sarracenos que, como sucesores de Mahoma, ejercieron la suprema potestad religiosa y civil en algunos

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esté próximo a la religiosidad cósmica que puede ser necesaria en nuestros días. Los significados jurídicos del Pantocrátor y la referencia franciscana son muy diversos.53

La religión actúa en el mundo jurídico como influencia humana difusa, por ejemplo, promoviendo “climas” de referencia a las distribuciones y los repartos. Quizás pueda sostenerse que la religiosidad, con diversas manifestaciones, es parte del “inconsciente colectivo” de la humanidad que se expresa a su vez en el Derecho.

Sin entrar en especificidades de fuerte referencia cósmica a veces consideradas cercanas al panteísmo, como las del franciscanismo, cabe tener en cuenta que el catolicismo posee importante remisión a la “naturaleza”, aunque sea pasada por el tamiz de la esencia. Entiende que es prerrogativa de la inteligencia humana dominar las energías de la naturaleza irracional y orientarlas hacia un fin en conformidad con el bien del hombre 54. La

Según Kuyper tanto Lutero como Calvino lucharon por una comunión directa con Dios; pero Lutero la tomó del lado subjetivo, antropológico, y no del objetivo, cosmológico, como lo hizo Calvino. Afirmó que el punto de partida de Lutero fue el principio especial-soterológico de la fe que justifica; mientras el principio mucho más extensivo de Calvino sostuvo el principio general cosmológico de la soberanía de Dios (KUYPER, op. cit., pág. 13).

53 Según Kuyper, del paganismo se puede decir que tiene una estima demasiado alta del mundo, y entonces tanto está atemorizado por él, como se pierde en él; por el otro lado, el islamismo tiene una estima demasiado baja del mundo, se burla de él, y triunfa sobre él al estirarse hacia el mundo visionario de un paraíso sensual (KUYPER, op. cit., pág. 19). Al fin, como suele ocurrir con las mentalidades profundamente religiosas, los calvinistas – siguiendo camino de los católicos - se inclinarían por Bernardo de Clairvaux y Santo Tomás de Aquino y no por Heráclito y Aristóteles. Dentro de la supuestamente más moderna vertiente calvinista, así lo sostuvo el teólogo Abraham Kuyper (KUYPER, op. cit., pág. 98). Sin embargo, en una línea de discutible delimitación, dice que la libertad es para la ciencia genuina lo que es para nosotros el aire que respiramos. … pues la libertad de la ciencia no consiste en libertinaje o iniquidad, sino en ser liberado de todos los lazos no naturales, no naturales porque no son arraigados en su principio vital (KUYPER, op. cit., pág. 105).

54 Es posible c. Carta Encíclica Humana Vitae de S. S. Pablo VI, http://www.vatican.va/ holy_father/paul_vi/encyclicals/documents/hf_p-vi_enc_25071968_humanae-vitae_sp. html, 16-6-2013. También la Carta Encíclica Casti Connubii del Papa Pío XI, http:// www.vatican.va/holy_father/pius_xi/encyclicals/documents/hf_p-xi_enc_31121930_cas ti-connubii_sp.html, 23-5-2013.

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Doctrina Social de la Iglesia enseña que el Creador ha confiado a los hombres la tarea de ordenar la naturaleza creada según su designio 55.

El calvinismo, más abstracto, brinda a la naturaleza menos considera-ción e incluso puede haber contribuido a la viabilización de la dominación de la naturaleza por la Revolución Industrial y a la continuidad de la juridiza-ción comercialista que la ha acompañado. Se afirma que con el calvinismo el hombre empezó a entender como un deber sagrado la sujeción de la naturaleza con sus fuerzas y tesoros escondidos, un deber impuesto por las ordenanzas originales del paraíso: “Señoread en ellos” 56.

Se discute el papel que el Islam adjudica a la naturaleza. Es claro que no se aparta de ella. A veces se ha dicho que se burla de ella, otros afirman por el contrario que no la considera como algo profano, de modo que mantiene una visión unitaria e integral del hombre con ella, viendo en la armonía cósmica, en su orden mismo, la expresión de la Gracia Divina, de la “Barakah" contenida en la Creación. Según esta posición, el musulmán buscaría esa Gracia “natural”, no viviendo contra una naturaleza “profana”, desprovista de contenido trascendente, pues no existe nada que no haya sido creado por Allah, que no tenga en su raíz y en su existencia el sello de Su Poder 57. Sea por uno u otro camino, incluso el Paraíso islámico tiene caracteres más “materiales” que el cristiano.

10. De cierto modo, los Estados, sobre todo cuando son “religiosos”,

se apoyan en distribuciones de creencias religiosas difundidas en su población, según ocurrió de maneras destacadas, pero diferentes, con el “Sacro” Imperio Romano Germánico 58 en cuanto al catolicismo; con los califatos referidos al Islam 59 y con el gobierno de Calvino en Ginebra 60. En nuestro tiempo cabe

55 Gn 1 : 28, Catholic.net, http://biblia.catholic.net/home.php?option=versiculo&id=1&

pagina=2, 28-7-2013. V. PONTIFICIO CONSEJO “JUSTICIA Y PAZ”, op. cit. 56 KUYPER, op. cit., pág. 16. 57 CABRERA, Hasim, “Hombre y Naturaleza”, WebIslam, http://www.webislam.com/

articulos/17991-hombre_y_naturaleza.html, 16-6-2013. 58 El Imperio comenzó a prepararse por impulso de la Iglesia Católica Apostólica Romana

en 800 y se formalizó en 962; se inició su minusmodelación fáctica con el nacimiento de los Estados modernos y su minusmodelación conceptual final ocurrió en 1806.

59 V. por ej. El Visir, ¿Qué es el califato?, http://elvisir.blogspot.com.ar/p/que-es-el-califato.html, 23-4-2013. Suele afirmarse que Califas eran los príncipes sarracenos que, como sucesores de Mahoma, ejercieron la suprema potestad religiosa y civil en algunos

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referirse de manera principal a las Repúblicas Islámicas de Irak y Afganistán. “Por lo menos en la teoría del derecho sagrado, el Estado musulmán y la comunidad musulmana son idénticos: un Dios, un profeta, una comunidad.” 61 Se sostiene que por esto en el Islam no se necesitó una organización eclesiástica autónoma como en Occidente. Se suscitan, sí, conflictos entre quienes quieren una teocracia fanatizada y gobiernos exis-tentes que pretenden ser verdaderos defensores de la teocracia pero de facto conciertan amplios compromisos con ideas combatidas por los fanáticos 62.

11. El carácter más o menos teocéntrico, antropocéntrico o cosmo-

céntrico de las distribuciones originadas en concepciones del mundo sostenidas por las religiones posee gran influencia en el mundo jurídico. El cristianismo tiene en general una concepción teocéntrica, que resulta más radical en el calvinismo que en el catolicismo, intermediado por la Iglesia, pero quizás esa concepción sea más intensa, al menos como mención permanente, en la referencia del Islam.

Diversos enfoques se orientan en distintos sentidos, por ejemplo, el catolicismo es más antropocéntrico en cuanto atribuye más libertad y posee una Iglesia más institucionalizada que significa más organicidad mediadora de la presencia de la divinidad. En el calvinismo la vinculación del ser

territorios musulmanes (REAL ACADEMIA ESPAÑOLA, op. cit., califa, http://lema. rae.es/drae/?val=califa, 23-4-2013.

60 Acerca de la relación del calvinismo con el Estado desde la perspectiva de Abraham Kuyper, diferenciada de la Ilustración, puede v. por ej. DAÑEILUK, Daniel, “Abraham Kuyper”, Iglesia Reformada, http://www.iglesiareformada.com/Biografia_Kuyper_Abra ham.html, 21-7-2013 (Los ideales políticos de Kuyper eran protestante ortodoxos y contrarrevolucionarios.- Rechazó el concepto de soberanía popular al estilo francés en el cual todos los derechos se originaban a partir del individuo. Tampoco concordaba con el concepto de soberanía al estilo alemán, que proponía que todos los derechos surgían a partir del estado. Su visión para la sociedad holandesa consistía en un modelo propio que partía de la base del pensamiento protestante. Consideró el papel del Estado como factor importante para sostener la moralidad de la gente.- Kuyper favoreció la monarquía de la Casa de Orange, aunque expuso su desacuerdo en las intromisiones reales en las cuestiones religiosas. Así es que formuló la idea de dividir la política secular de la religión, propugnando la separación de la Iglesia y el Estado. - Los liberales y los socialistas fueron sus opositores naturales, en tanto que mantuvo buena relación con la minoría católica.).

61 GOTTSCHALK, op. cit., pág. 52. 62 Íd.

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humano con la divinidad es más directa 63. En la orientación del teólogo jurista francés, del Padre celestial del Nuevo Testamento, tan humanamente comprensible, que goza con la vuelta del pecador como se alegra la pobre mujer que recupera los céntimos perdidos, surge un ser trascendente e inaccesible a toda humana comprensión, que desde la eternidad asigna a cada cual su destino según designios totalmente inescrutables, y que dispone hasta el más mínimo detalle en el cosmos 64. Jesús es más divino-humano en el catolicismo que en el calvinismo 65. Pese a los detalles con que los dirige, 63 Se sostiene que Calvino era el primero en dibujar la línea que se extiende inmediata-

mente de Dios al hombre, y del hombre a Dios; que además, en todos los países luteranos, la Reforma se originó desde los príncipes y no desde el pueblo, y por tanto pasó debajo del poder del magistrado, el cual asumió su posición oficial en la iglesia como su sumo obispo, y por tanto fue incapaz de cambiar la vida social o política de acuerdo con su principio. (KUYPER, op. cit., pág. 13).

64 WEBER, op. cit., págs. 122/3. 65 El papel del Espíritu Santo aparece muy en primer plano en lo que atañe a la creación y

conservación del cosmos, al gobierno general del linaje humano y a su actividad especial en cada uno de los creyentes y en la Iglesia. El significado de la humanidad de Cristo pasa a segundo plano. La doctrina de Calvino, y más tarde también la calvinista, es fuertemente teocéntrica. Lo que a Calvino le preocupa siempre es la soberanía de Dios, su libertad absoluta, su omnipotencia (con tendencia a hacer de Dios el único agente), su providencia y - sólo como una consecuencia de esto - la doble predestinación del hombre, su elección o condenación. (WITTE, Johannes, “Calvinismo”, http://mercaba.org/Mundi/ calvinismo.htm, 20-7-2013). En general en cuanto al milenario debate acerca de la identidad de Jesús cabe ampliar por ej. en nuestro trabajo "Meditación de "El Anticristo" de F. Nietzsche", en Investigación..." cit., Nº 8, págs. 27 y ss., Cartapacio, http://www.cartapacio.edu.ar/ojs/ index.php/iyd/article/viewFile/105/84, 22-7-2013; v. NIETZSCHE, Friedrich, “El Anti-cristo”, Filosofía del Derecho UNR, Documentos de Interés, https://sites.google.com/ site/filosofiadelderechounr/documentos-de-interes, 22-7-2013; Nietzsche en Castellano, De El Anticristo, http://www.nietzscheana.com.ar/textos/de_el_anticristo.htm, 22-7-2013; FLORES d’ARCAIS, Paolo, “La invención del Dios cristiano”, trad. José Luis Sandoval, Madrid, Trotta, 2012; 10 pruebas históricas de la existencia de Jesús, Taringa, http://www.taringa.net/posts/apuntes-y-monografias/6892396/10-pruebas-historicas-de-la-existencia-de-Jesus.html, 22-7-2013;ecwiki, Primeros Documentos Históricos sobre Jesucristo, http://ec.aciprensa.com/wiki/Primeros_Documentos_Hist%C3%B3ricos_sobre _Jesucristo#.Ue30uKxTAb4, fuente Maas, Anthony. "Early Historical Documents on Jesus Christ." The Catholic Encyclopedia. Vol. 8. New York: Robert Appleton Company, 1910, http://www.newadvent.org/cathen/08375a.htm, Traducido por Silvina Sironi Pisano. L H M, 22-7-2013; VIDAL MANZANARES, César, “El Jesús histórico: Flavio Josefo”, Evidencias del Cristianismo, http://edc.evidenciasdelcristianismo.com/? p=451, 22-7-2013.

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referirse de manera principal a las Repúblicas Islámicas de Irak y Afganistán. “Por lo menos en la teoría del derecho sagrado, el Estado musulmán y la comunidad musulmana son idénticos: un Dios, un profeta, una comunidad.” 61 Se sostiene que por esto en el Islam no se necesitó una organización eclesiástica autónoma como en Occidente. Se suscitan, sí, conflictos entre quienes quieren una teocracia fanatizada y gobiernos exis-tentes que pretenden ser verdaderos defensores de la teocracia pero de facto conciertan amplios compromisos con ideas combatidas por los fanáticos 62.

11. El carácter más o menos teocéntrico, antropocéntrico o cosmo-

céntrico de las distribuciones originadas en concepciones del mundo sostenidas por las religiones posee gran influencia en el mundo jurídico. El cristianismo tiene en general una concepción teocéntrica, que resulta más radical en el calvinismo que en el catolicismo, intermediado por la Iglesia, pero quizás esa concepción sea más intensa, al menos como mención permanente, en la referencia del Islam.

Diversos enfoques se orientan en distintos sentidos, por ejemplo, el catolicismo es más antropocéntrico en cuanto atribuye más libertad y posee una Iglesia más institucionalizada que significa más organicidad mediadora de la presencia de la divinidad. En el calvinismo la vinculación del ser

territorios musulmanes (REAL ACADEMIA ESPAÑOLA, op. cit., califa, http://lema. rae.es/drae/?val=califa, 23-4-2013.

60 Acerca de la relación del calvinismo con el Estado desde la perspectiva de Abraham Kuyper, diferenciada de la Ilustración, puede v. por ej. DAÑEILUK, Daniel, “Abraham Kuyper”, Iglesia Reformada, http://www.iglesiareformada.com/Biografia_Kuyper_Abra ham.html, 21-7-2013 (Los ideales políticos de Kuyper eran protestante ortodoxos y contrarrevolucionarios.- Rechazó el concepto de soberanía popular al estilo francés en el cual todos los derechos se originaban a partir del individuo. Tampoco concordaba con el concepto de soberanía al estilo alemán, que proponía que todos los derechos surgían a partir del estado. Su visión para la sociedad holandesa consistía en un modelo propio que partía de la base del pensamiento protestante. Consideró el papel del Estado como factor importante para sostener la moralidad de la gente.- Kuyper favoreció la monarquía de la Casa de Orange, aunque expuso su desacuerdo en las intromisiones reales en las cuestiones religiosas. Así es que formuló la idea de dividir la política secular de la religión, propugnando la separación de la Iglesia y el Estado. - Los liberales y los socialistas fueron sus opositores naturales, en tanto que mantuvo buena relación con la minoría católica.).

61 GOTTSCHALK, op. cit., pág. 52. 62 Íd.

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humano con la divinidad es más directa 63. En la orientación del teólogo jurista francés, del Padre celestial del Nuevo Testamento, tan humanamente comprensible, que goza con la vuelta del pecador como se alegra la pobre mujer que recupera los céntimos perdidos, surge un ser trascendente e inaccesible a toda humana comprensión, que desde la eternidad asigna a cada cual su destino según designios totalmente inescrutables, y que dispone hasta el más mínimo detalle en el cosmos 64. Jesús es más divino-humano en el catolicismo que en el calvinismo 65. Pese a los detalles con que los dirige, 63 Se sostiene que Calvino era el primero en dibujar la línea que se extiende inmediata-

mente de Dios al hombre, y del hombre a Dios; que además, en todos los países luteranos, la Reforma se originó desde los príncipes y no desde el pueblo, y por tanto pasó debajo del poder del magistrado, el cual asumió su posición oficial en la iglesia como su sumo obispo, y por tanto fue incapaz de cambiar la vida social o política de acuerdo con su principio. (KUYPER, op. cit., pág. 13).

64 WEBER, op. cit., págs. 122/3. 65 El papel del Espíritu Santo aparece muy en primer plano en lo que atañe a la creación y

conservación del cosmos, al gobierno general del linaje humano y a su actividad especial en cada uno de los creyentes y en la Iglesia. El significado de la humanidad de Cristo pasa a segundo plano. La doctrina de Calvino, y más tarde también la calvinista, es fuertemente teocéntrica. Lo que a Calvino le preocupa siempre es la soberanía de Dios, su libertad absoluta, su omnipotencia (con tendencia a hacer de Dios el único agente), su providencia y - sólo como una consecuencia de esto - la doble predestinación del hombre, su elección o condenación. (WITTE, Johannes, “Calvinismo”, http://mercaba.org/Mundi/ calvinismo.htm, 20-7-2013). En general en cuanto al milenario debate acerca de la identidad de Jesús cabe ampliar por ej. en nuestro trabajo "Meditación de "El Anticristo" de F. Nietzsche", en Investigación..." cit., Nº 8, págs. 27 y ss., Cartapacio, http://www.cartapacio.edu.ar/ojs/ index.php/iyd/article/viewFile/105/84, 22-7-2013; v. NIETZSCHE, Friedrich, “El Anti-cristo”, Filosofía del Derecho UNR, Documentos de Interés, https://sites.google.com/ site/filosofiadelderechounr/documentos-de-interes, 22-7-2013; Nietzsche en Castellano, De El Anticristo, http://www.nietzscheana.com.ar/textos/de_el_anticristo.htm, 22-7-2013; FLORES d’ARCAIS, Paolo, “La invención del Dios cristiano”, trad. José Luis Sandoval, Madrid, Trotta, 2012; 10 pruebas históricas de la existencia de Jesús, Taringa, http://www.taringa.net/posts/apuntes-y-monografias/6892396/10-pruebas-historicas-de-la-existencia-de-Jesus.html, 22-7-2013;ecwiki, Primeros Documentos Históricos sobre Jesucristo, http://ec.aciprensa.com/wiki/Primeros_Documentos_Hist%C3%B3ricos_sobre _Jesucristo#.Ue30uKxTAb4, fuente Maas, Anthony. "Early Historical Documents on Jesus Christ." The Catholic Encyclopedia. Vol. 8. New York: Robert Appleton Company, 1910, http://www.newadvent.org/cathen/08375a.htm, Traducido por Silvina Sironi Pisano. L H M, 22-7-2013; VIDAL MANZANARES, César, “El Jesús histórico: Flavio Josefo”, Evidencias del Cristianismo, http://edc.evidenciasdelcristianismo.com/? p=451, 22-7-2013.

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también el Dios del Islam está relativamente lejano de la concreción de los hombres.

El individuo católico puede y tal vez suele ser más confiado en los demás, en tanto el calvinista tiende a la exclusividad de la confianza en Dios, sin confiar demasiado en la ayuda y la amistad de los otros hombres 66. El católico tiene más proyección ideal comunitaria. El calvinista es más individualista, piensa más en sí 67, pero esto no impide que en el obrar al fin pueda comprometerse con la sociedad más que el católico. El hombre calvinista no confía en la ayuda de los demás hombres, caídos en un pecado para ellos irreversible 68. Llega a los demás hombres a través de Dios. A diferencia de los primeros momentos de la Reforma, el calvinismo significa una revalorización del Derecho 69.

El Islam presenta a un Dios en quien se puede y debe confiar profundamente 70, pero quizás al no estar encarnado resulta más distante de los hombres que en el cristianismo. No es un Dios-Hombre. Pese a su carácter fuertemente teocéntrico a semejanza del calvinismo el Islam no posee la consistencia institucional del catolicismo. Se sostiene, sin embargo que, pese a su carácter fuertemente teocéntrico no encarnado, de cierto modo a semejanza del cristianismo el Islam considera al ser humano -por el interés que Alá le dirige- como centro del universo, como elemento a partir del que gira todo el universo 71.

Siguiendo la línea fundacional judía, las tres religiones son al fin geo-céntricas 72 con la respectiva limitación del compromiso cosmocéntrico 73, no ignorado pero sí marginado en el mundo de hoy donde puede resultar

66 WEBER, op. cit., pág. 126. 67 V. íd., pág. 128. 68 Íd., pág. 158. 69 Es posible c. RIVERA GARCÍA, Antonio, “Republicanismo calvinista”, Murcia, Marín,

1999, págs. 55 y ss., http://saavedrafajardo.um.es/WEB/archivos/respublica/vol/Libro00 43.pdf, 20-6-2013.

70 Sobre la confianza como tawakkul, v. por ej. http://www.al-islam.org/nutshell/files/ tawakkul-es.pdf, 23-7-2013.

71 Es posible v. el trabajo del Ayatullah Muhammad Husein Fadlallah “El ser humano en el Islam”, en WebIslam, http://www.webislam.com/articulos/62371-el_ser_humano_en_el_ islam.html, 20-6-2013.

72 Se puede v. KUYPER, op. cit., pág. 46. 73 Se afirma que Dios creó el Cosmos de una manera geocéntrica (v. KUYPER, op. cit.,

pág. 46).

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imprescindible. En la actitud vital del calvinismo se nota el influjo de la filosofía hebraica, sobria y empapada a la par del sentimiento de lo divino y cristalizada en gran medida en los libros quizás más leídos por los puritanos: las sentencias de Salomón y muchos de los Salmos, en los que se puede advertir un marcado carácter racional 74.

En el Islam la presencia de la sociedad en las vidas de los individuos es mayor que en catolicismo y el calvinismo. Incluso penetra profundamente en la conciencia. Se hace fuerte referencia a una comunidad islámica, una ciudad islámica, relativamente análoga al catolicismo 75.

12. En cuanto a la concepción de la orientación del tiempo, muy

significativa jurídicamente, las tres religiones lo dirigen a la posible Salvación, aunque ésta tenga sentidos diferentes. El cristianismo en general produjo un gran cambio con la asignación de un sentido más fuerte al tiempo, como temporalidad de la salvación. En mucho influyó en el desarrollo de la Filosofía del Tiempo y de la Historia 76.

El catolicismo y el Islam poseen una temporalidad que podría ser representada con una semirrecta hacia la salvación 77. En el calvinismo se trata más del conocimiento de la salvadora elección divina. Las ideas “supratemporales” de resurrección de los muertos, juicio final, paraíso, purgatorio e infierno son factores de gran poder expansivo a la sociedad civil, principalmente de la Iglesia, pero al fin no del todo ajenas al calvinismo y el Islam. Es así, aunque se haya aclarado que el paraíso y el infierno son al fin comunión o exclusión de la comunión con el Dios vivo y no se puntualice qué individuos están en ninguno de los tres 78. El Islam se refiere, por ejemplo, a la resurrección, el paraíso y el infierno e incluso al

74 WEBER, op. cit., 158, trad. Chávez Martínez 75 V. http://www.guiadelmundo.org.uy/cd/special_features/La_civilizaci_n_isl_mica_.html,

20-6-2013. 76 En relación con el tema es posible v. por ej. GUNN, J. Alexander, “El problema del

tiempo”, trad. Mario Merlino, Bs. As., Hyspamérica, 1986. También se pueden c. nuestros “Estudios de Historia del Derecho” cits.

77 Apoyado de cierto modo en la semirrecta católica el positivismo pensó en la semirrecta hacia el progreso.

78 V. Catecismo de la Iglesia Católica, http://www.vatican.va/archive/catechism_sp/p123 a12_sp.html, 1-5-2013. Corán, sobre el infierno y el paraíso por ej. Parte I, Sura 2, 81/2; Parte 8, Sura 7.

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también el Dios del Islam está relativamente lejano de la concreción de los hombres.

El individuo católico puede y tal vez suele ser más confiado en los demás, en tanto el calvinista tiende a la exclusividad de la confianza en Dios, sin confiar demasiado en la ayuda y la amistad de los otros hombres 66. El católico tiene más proyección ideal comunitaria. El calvinista es más individualista, piensa más en sí 67, pero esto no impide que en el obrar al fin pueda comprometerse con la sociedad más que el católico. El hombre calvinista no confía en la ayuda de los demás hombres, caídos en un pecado para ellos irreversible 68. Llega a los demás hombres a través de Dios. A diferencia de los primeros momentos de la Reforma, el calvinismo significa una revalorización del Derecho 69.

El Islam presenta a un Dios en quien se puede y debe confiar profundamente 70, pero quizás al no estar encarnado resulta más distante de los hombres que en el cristianismo. No es un Dios-Hombre. Pese a su carácter fuertemente teocéntrico a semejanza del calvinismo el Islam no posee la consistencia institucional del catolicismo. Se sostiene, sin embargo que, pese a su carácter fuertemente teocéntrico no encarnado, de cierto modo a semejanza del cristianismo el Islam considera al ser humano -por el interés que Alá le dirige- como centro del universo, como elemento a partir del que gira todo el universo 71.

Siguiendo la línea fundacional judía, las tres religiones son al fin geo-céntricas 72 con la respectiva limitación del compromiso cosmocéntrico 73, no ignorado pero sí marginado en el mundo de hoy donde puede resultar

66 WEBER, op. cit., pág. 126. 67 V. íd., pág. 128. 68 Íd., pág. 158. 69 Es posible c. RIVERA GARCÍA, Antonio, “Republicanismo calvinista”, Murcia, Marín,

1999, págs. 55 y ss., http://saavedrafajardo.um.es/WEB/archivos/respublica/vol/Libro00 43.pdf, 20-6-2013.

70 Sobre la confianza como tawakkul, v. por ej. http://www.al-islam.org/nutshell/files/ tawakkul-es.pdf, 23-7-2013.

71 Es posible v. el trabajo del Ayatullah Muhammad Husein Fadlallah “El ser humano en el Islam”, en WebIslam, http://www.webislam.com/articulos/62371-el_ser_humano_en_el_ islam.html, 20-6-2013.

72 Se puede v. KUYPER, op. cit., pág. 46. 73 Se afirma que Dios creó el Cosmos de una manera geocéntrica (v. KUYPER, op. cit.,

pág. 46).

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imprescindible. En la actitud vital del calvinismo se nota el influjo de la filosofía hebraica, sobria y empapada a la par del sentimiento de lo divino y cristalizada en gran medida en los libros quizás más leídos por los puritanos: las sentencias de Salomón y muchos de los Salmos, en los que se puede advertir un marcado carácter racional 74.

En el Islam la presencia de la sociedad en las vidas de los individuos es mayor que en catolicismo y el calvinismo. Incluso penetra profundamente en la conciencia. Se hace fuerte referencia a una comunidad islámica, una ciudad islámica, relativamente análoga al catolicismo 75.

12. En cuanto a la concepción de la orientación del tiempo, muy

significativa jurídicamente, las tres religiones lo dirigen a la posible Salvación, aunque ésta tenga sentidos diferentes. El cristianismo en general produjo un gran cambio con la asignación de un sentido más fuerte al tiempo, como temporalidad de la salvación. En mucho influyó en el desarrollo de la Filosofía del Tiempo y de la Historia 76.

El catolicismo y el Islam poseen una temporalidad que podría ser representada con una semirrecta hacia la salvación 77. En el calvinismo se trata más del conocimiento de la salvadora elección divina. Las ideas “supratemporales” de resurrección de los muertos, juicio final, paraíso, purgatorio e infierno son factores de gran poder expansivo a la sociedad civil, principalmente de la Iglesia, pero al fin no del todo ajenas al calvinismo y el Islam. Es así, aunque se haya aclarado que el paraíso y el infierno son al fin comunión o exclusión de la comunión con el Dios vivo y no se puntualice qué individuos están en ninguno de los tres 78. El Islam se refiere, por ejemplo, a la resurrección, el paraíso y el infierno e incluso al

74 WEBER, op. cit., 158, trad. Chávez Martínez 75 V. http://www.guiadelmundo.org.uy/cd/special_features/La_civilizaci_n_isl_mica_.html,

20-6-2013. 76 En relación con el tema es posible v. por ej. GUNN, J. Alexander, “El problema del

tiempo”, trad. Mario Merlino, Bs. As., Hyspamérica, 1986. También se pueden c. nuestros “Estudios de Historia del Derecho” cits.

77 Apoyado de cierto modo en la semirrecta católica el positivismo pensó en la semirrecta hacia el progreso.

78 V. Catecismo de la Iglesia Católica, http://www.vatican.va/archive/catechism_sp/p123 a12_sp.html, 1-5-2013. Corán, sobre el infierno y el paraíso por ej. Parte I, Sura 2, 81/2; Parte 8, Sura 7.

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purgatorio 79. La Primera sura del Corán se remite al Rey en el día del juicio 80. El Libro de los musulmanes refiere un paraíso detalladamente considerado y con placeres materiales 81 y también especifica los alcances del infierno que, para los musulmanes, no es lugar de castigo eterno 82. Los protestantes creen en la resurrección, en el paraíso y el infierno. La existencia del purgatorio es una afirmación cuestionada. Se cree que es una simple manera de afirmar el poder, también económico, de la Iglesia 83. El calvinismo lo niega de manera enfática: hay quienes nacen elegidos y otros para la condenación eterna 84.

La duración atribuida al tiempo tiene significado en su totalidad. La presentación de la felicidad en el “más allá” permite a menudo soportar la injusticia en este mundo, aunque hay quienes se preocupan por acompañar la referencia a la felicidad en otro mundo con la remisión a la dicha y la superación en este mundo 85. 79 ASIN PALACIOS, Miguel - RIBERA, Julián, “La escatología musulmana en la Divina

Comedia”, Madrid, E. Maestre, 1919, pág. 85, http://books.google.com.ar/books?id=-MCEAAAAIAAJ&pg=PA100&lpg=PA100&dq=islam+purgatorio+infierno&source=bl&ots=Qq8Qn0sLvq&sig=CSEa1zfAr-RJm0fFRTKnVaOdx8w&hl=es-419&sa=X&ei=_ IuRUcvjHOrb0wHwuYCQBA&ved=0CCIQ6AEwAg#v=onepage&q=islam%20purgatorio%20infierno&f=false, 13-5-2013.

80 En otros casos se hace referencia al Día de la retribución (Corán, trad. Abdel Ghani Melara Navío cit., 1. Sura que abre (El Libro), 3).

81 V. por ej. WebIslam, Paraíso, http://foro.webislam.com/showthread.php?9341-Para%E Dso, 2-5-2013.

82 Se puede v. RONCESVALLES, María de (Hna.), “El infierno en el Islam”, Catholic.net, http://es.catholic.net/ecumenismoydialogointerreligioso/786/2600/articulo.php?id=10369, 2-5-2013.

83 Es posible v. GENDRON, Mike, “El Purgatorio: ¿fuego purificador o fábula mortal?”, en Unidos contra la Apostasía, http://contralaapostasia.com/2011/03/05/el-purgatorio-%C2%BFfuego-purificador-o-fabula-mortal/, 2-5-2013.

84 Afirma Kuyper que no queda ninguna posibilidad de salvación después de la muerte para aquellos que no estuvieron unidos con Cristo durante esta vida presente. No se pudo dejar lugar para misas por los muertos, ni para un llamado al arrepentimiento al otro lado de la tumba, como lo defienden ahora los teólogos alemanes. Todas estas transiciones procesionales y graduales fueron consideradas por Calvino como algo que destruye el contraste absoluto entre la esencia de la Iglesia en el cielo, y su forma imperfecta aquí en la tierra. La Iglesia en la tierra no envía su luz arriba al cielo, sino la Iglesia en el cielo tiene que enviar su luz abajo a la Iglesia en la tierra. (KUYPER, op. cit., pág. 48).

85 Se puede v. por ej. TEILHARD DE CHARDIN, Pierre, “El fenómeno humano”, trad. M. Crusafont Pairó, Madrid, Taurus, 1971; GARCÍA CARTAGENA, Mariano, “Teilhard de Chardin y su visión del hombre”, http://www.prosol.es/Main/escritos/teilhard.htm, 28-7-2013.

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Es relevante que el cómputo del tiempo y el calendario juliano-gregoriano establecido por el cristianismo católico, comenzando con el año uno (del no bien referido nacimiento de Jesús) se haya impuesto en gran medida en todo el Planeta 86. También vale recordar, sin embargo, que el Islam mantiene su cómputo del tiempo según el comienzo en la huída de Mahoma a Medina. Las dos religiones cristianas utilizan, además, un calen-dario de referencia lunisolar, en tanto el calendario musulmán es lunar 87.

Los nombres dados al tiempo constituyen expresión de poder cultural y jurídico, aunque éste a menudo no sea considerado. Tal vez baste recordar, por ejemplo, que el domingo es el Día del Señor. Los nombres de los días y los meses también suelen reflejar poderes muy antiguos. La Revolución Francesa procuró “revolucionar” el tiempo con la adopción de un nuevo calendario 88.

Kuyper hace referencia a un sistema cultural dualista establecido según el catolicismo que se expresa más enfáticamente en la práctica del carnaval, dando a la religión un dominio pleno sobre el alma durante las semanas de la cuaresma, pero dejando a la carne una oportunidad para que antes de descender a este valle de tristeza, vacíe completamente la copa del placer, para no decir del gozo de la locura 89. Podría decirse también que el cristianismo pasa de la tragedia que se produciría el Jueves y el Viernes Santos, con la muerte del Justo, al drama de su victoria en la Pascua. Las relaciones, en este caso de religión y tiempo, entre la abstinencia y la explosión, la tragedia y el drama, Eros y Tanatos y el Ello, el Super-Yo y el Yo son bases para la construcción de lo jurídico.

86 TORO y LLACA, J., “El calendario actual en Occidente y sus orígenes”, http://www.

iag.csic.es/museo/docs/calendario_origenes.pdf, 18-6-2013. También por ej. AGIRREGA-BIRIA AGIRRE, Mikel, “Semana Santa: ¿por qué cae en fechas diferentes?”, Diócesis de Canarias, http://www.diocesisdecanarias.es/preguntarespuesta/fe-catolica/semana-santa-por-que-cae-en-fechas-diferentes.html, 18-6-2013. Es posible c. Conmemoraciones, Feliz Navidad! … Gregoriana, http://alsurdeunhorizonte.com/category/ucrania/kiev/con memoraciones/, 18-6-2013. Tal vez merezca alguna consideración que el calvinista Joseph Justus Scaliger criticó al calendario gregoriano y el jesuita Cristoph Calvius lo defendió.

87 Tiempos litúrgicos, http://www.fcpeace.com/spanish/eucaristia/litu_tiempos.htm, 18-6-2013.

88 Es posible v. Almanaques y Calendarios, http://www.elalmanaque.com/Calendarios/cal-republicano.htm, 18-6-2013.

89 KUYPER, op. cit., pág. 40.

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purgatorio 79. La Primera sura del Corán se remite al Rey en el día del juicio 80. El Libro de los musulmanes refiere un paraíso detalladamente considerado y con placeres materiales 81 y también especifica los alcances del infierno que, para los musulmanes, no es lugar de castigo eterno 82. Los protestantes creen en la resurrección, en el paraíso y el infierno. La existencia del purgatorio es una afirmación cuestionada. Se cree que es una simple manera de afirmar el poder, también económico, de la Iglesia 83. El calvinismo lo niega de manera enfática: hay quienes nacen elegidos y otros para la condenación eterna 84.

La duración atribuida al tiempo tiene significado en su totalidad. La presentación de la felicidad en el “más allá” permite a menudo soportar la injusticia en este mundo, aunque hay quienes se preocupan por acompañar la referencia a la felicidad en otro mundo con la remisión a la dicha y la superación en este mundo 85. 79 ASIN PALACIOS, Miguel - RIBERA, Julián, “La escatología musulmana en la Divina

Comedia”, Madrid, E. Maestre, 1919, pág. 85, http://books.google.com.ar/books?id=-MCEAAAAIAAJ&pg=PA100&lpg=PA100&dq=islam+purgatorio+infierno&source=bl&ots=Qq8Qn0sLvq&sig=CSEa1zfAr-RJm0fFRTKnVaOdx8w&hl=es-419&sa=X&ei=_ IuRUcvjHOrb0wHwuYCQBA&ved=0CCIQ6AEwAg#v=onepage&q=islam%20purgatorio%20infierno&f=false, 13-5-2013.

80 En otros casos se hace referencia al Día de la retribución (Corán, trad. Abdel Ghani Melara Navío cit., 1. Sura que abre (El Libro), 3).

81 V. por ej. WebIslam, Paraíso, http://foro.webislam.com/showthread.php?9341-Para%E Dso, 2-5-2013.

82 Se puede v. RONCESVALLES, María de (Hna.), “El infierno en el Islam”, Catholic.net, http://es.catholic.net/ecumenismoydialogointerreligioso/786/2600/articulo.php?id=10369, 2-5-2013.

83 Es posible v. GENDRON, Mike, “El Purgatorio: ¿fuego purificador o fábula mortal?”, en Unidos contra la Apostasía, http://contralaapostasia.com/2011/03/05/el-purgatorio-%C2%BFfuego-purificador-o-fabula-mortal/, 2-5-2013.

84 Afirma Kuyper que no queda ninguna posibilidad de salvación después de la muerte para aquellos que no estuvieron unidos con Cristo durante esta vida presente. No se pudo dejar lugar para misas por los muertos, ni para un llamado al arrepentimiento al otro lado de la tumba, como lo defienden ahora los teólogos alemanes. Todas estas transiciones procesionales y graduales fueron consideradas por Calvino como algo que destruye el contraste absoluto entre la esencia de la Iglesia en el cielo, y su forma imperfecta aquí en la tierra. La Iglesia en la tierra no envía su luz arriba al cielo, sino la Iglesia en el cielo tiene que enviar su luz abajo a la Iglesia en la tierra. (KUYPER, op. cit., pág. 48).

85 Se puede v. por ej. TEILHARD DE CHARDIN, Pierre, “El fenómeno humano”, trad. M. Crusafont Pairó, Madrid, Taurus, 1971; GARCÍA CARTAGENA, Mariano, “Teilhard de Chardin y su visión del hombre”, http://www.prosol.es/Main/escritos/teilhard.htm, 28-7-2013.

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Es relevante que el cómputo del tiempo y el calendario juliano-gregoriano establecido por el cristianismo católico, comenzando con el año uno (del no bien referido nacimiento de Jesús) se haya impuesto en gran medida en todo el Planeta 86. También vale recordar, sin embargo, que el Islam mantiene su cómputo del tiempo según el comienzo en la huída de Mahoma a Medina. Las dos religiones cristianas utilizan, además, un calen-dario de referencia lunisolar, en tanto el calendario musulmán es lunar 87.

Los nombres dados al tiempo constituyen expresión de poder cultural y jurídico, aunque éste a menudo no sea considerado. Tal vez baste recordar, por ejemplo, que el domingo es el Día del Señor. Los nombres de los días y los meses también suelen reflejar poderes muy antiguos. La Revolución Francesa procuró “revolucionar” el tiempo con la adopción de un nuevo calendario 88.

Kuyper hace referencia a un sistema cultural dualista establecido según el catolicismo que se expresa más enfáticamente en la práctica del carnaval, dando a la religión un dominio pleno sobre el alma durante las semanas de la cuaresma, pero dejando a la carne una oportunidad para que antes de descender a este valle de tristeza, vacíe completamente la copa del placer, para no decir del gozo de la locura 89. Podría decirse también que el cristianismo pasa de la tragedia que se produciría el Jueves y el Viernes Santos, con la muerte del Justo, al drama de su victoria en la Pascua. Las relaciones, en este caso de religión y tiempo, entre la abstinencia y la explosión, la tragedia y el drama, Eros y Tanatos y el Ello, el Super-Yo y el Yo son bases para la construcción de lo jurídico.

86 TORO y LLACA, J., “El calendario actual en Occidente y sus orígenes”, http://www.

iag.csic.es/museo/docs/calendario_origenes.pdf, 18-6-2013. También por ej. AGIRREGA-BIRIA AGIRRE, Mikel, “Semana Santa: ¿por qué cae en fechas diferentes?”, Diócesis de Canarias, http://www.diocesisdecanarias.es/preguntarespuesta/fe-catolica/semana-santa-por-que-cae-en-fechas-diferentes.html, 18-6-2013. Es posible c. Conmemoraciones, Feliz Navidad! … Gregoriana, http://alsurdeunhorizonte.com/category/ucrania/kiev/con memoraciones/, 18-6-2013. Tal vez merezca alguna consideración que el calvinista Joseph Justus Scaliger criticó al calendario gregoriano y el jesuita Cristoph Calvius lo defendió.

87 Tiempos litúrgicos, http://www.fcpeace.com/spanish/eucaristia/litu_tiempos.htm, 18-6-2013.

88 Es posible v. Almanaques y Calendarios, http://www.elalmanaque.com/Calendarios/cal-republicano.htm, 18-6-2013.

89 KUYPER, op. cit., pág. 40.

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REVISTA DE FILOSOFÍA JURÍDICA Y SOCIAL

171

La influencia de la religión en la consideración del tiempo contribuye en gran medida a la construcción de la temporalidad jurídica.

13. Se debaten, por ejemplo entre orientaciones más weberianas o

marxistas, los alcances de la influencia de la economía en la religión y de ésta en la economía. No es nuestro propósito penetrar en esa discusión.

En relación con la economía, cabe referir que parte del catolicismo tiene cierta percepción hostil al capitalismo; en este sentido conserva el mensaje vital de Jesús en cuanto a la que se considera elección del medio social pobre de la Encarnación y expresiones suyas relativamente hostiles a la riqueza, como la muy célebre referida al ingreso de los ricos al Reino de los Cielos 90. La línea franciscana mantiene esta orientación, al menos como regla de la Orden. Distinta es la percepción de la riqueza sostenida por el Opus Dei, prelatura fuertemente remitida a la acción en el trabajo y la empresa. La doctrina católica se manifiesta sobre todo en limitaciones a los excesos capitalistas en la Doctrina Social de la Iglesia.

El significado referido al éxito en los negocios como evidencia de la elección divina hace del calvinismo la religiosidad más afín al capitalismo 91. Sea cual fuere su relación, de base o resultado, con el capitalismo, nos parece claro que -según la posición weberiana- ese significado fue uno de los pilares del desarrollo de la racionalidad capitalista 92. Según Kuyper, el calvinismo exaltó a las clases medias a posiciones de honor, elevó, purificó y ennobleció la vida moral por la seriedad puritana 93.

El Islam, con su fuerte disciplina coránica, refiere reglas morales que tampoco resultan afines al capitalismo, e incluso la recepción de éste en ámbitos islámicos ha provocado importantes conflictos. Hay, no obstante, orientaciones musulmanas no descartables que tienden al desenvolvimiento

90 Es más fácil para un camello pasar por el ojo de una aguja que para un rico entrar en el

Reino de Dios (Mc 10:25; además Mt. 19:24 y Lc. 18:25); también cabe hacer referencia a la Bienaventuranza de los pobres, a parte de la tradición Patrística, v. gr. en San Basilio Magno (Basilio el Grande), Doctor de la Iglesia de Cesarea, http://www.corazones.org/ santos/basilio.htm, 1-5-2013, etc. Es posible v. asimismo por ej. todos uno, desde la fuente, La Pobreza Evangélica del Pesebre y de la Cruz Lc. 2, 7; Fil 2, 1-11, http://www.todosuno.org/tufuentepepc.htm, 1-5-2013.

91 V. WEBER, op. cit. 92 Otros atribuyen el desarrollo del capitalismo a la Escolástica tardía, pero parece que los

hechos no lo confirman. 93 KUYPER, op. cit., pág. 28.

MIGUEL ÁNGEL CIURO CALDANI

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económico 94. De cierto modo, en relación con el calvinismo, las enseñanzas del Islam, fuertemente referidas a la moderación de la economía con miras a la justicia, tienen relativa proximidad con las de la Iglesia Católica 95.

Las diversas vinculaciones de la religión con la economía la relacionan también, de maneras diferentes, con el Derecho.

14. La religión se relaciona asimismo con la lengua y a través de ésta

con el Derecho. Salvo el Evangelio según San Mateo, escrito en arameo, la lengua que según parece hablaba Jesús 96, las otras tres versiones fueron redactadas en griego 97. Una vez que el latín, lengua del Imperio Romano se convirtió en lengua litúrgica de la Iglesia 98 sirvió para que la Institución se comunicara con muy amplios alcances 99, pero también como instrumento de dominación. Con el tiempo, el latín se fue alejando del resto de la cultura, incluso del Derecho estatal y se la fue sustituyendo por lenguas locales, romances o no.

El mantenimiento desde el poder de una lengua que otros no pueden comprender, como era el caso del latín, produce sobre éstos un poder mucho mayor. Por ejemplo, Paulo VI advirtió que el latín podía aislar de las comunidades reales que integraban la Institución 100. La puja entre católicos conservadores y progresistas en materia lingüística continúa.

94 COLLADO MEDINA, José, “El Islam y la Economía”, en WebIslam, http://www.

webislam.com/articulos/18013-el_islam_y_la_economia.html, 1-5-2013. 95 Se puede v. el artículo de Abdallah Yusuf (Néstor D. Pagano) “Introducción a la

Economía en el Islam” en WebIslam, http://www.webislam.com/articulos/25872-intro duccion_a_la_economia_en_el_islam.html, 1-5-2013.

96 V. WALKER CISNEROS, Ignacio, “¿Qué idioma hablaba Jesucristo?”, en Catholic.net, fuente cristiandad.org, http://es.catholic.net/comunicadorescatolicos/580/2289/articulo. php?id=14749, 23-7-2013; no obstante se puede c. HAMP, Douglas, “The Language of Jesus”, prólogo por Brian Brodersen, DouglasHamp.com, http://www.douglashamp.com/ descubriendo-el-lenguaje-de-jesus/, 23-7-2013.

97 Jesús de Nazaret. Los Evangelios. Autores, fechas y destinatarios, http://www.historia lago.com/xto_03205_evangelios_01.htm, 23-7-2013.

98 Incluso oficial de la Santa Sede. 99 Es posible v. por ej. FONTÁN, Antonio, “El latín, lengua de la Iglesia”, Navarrensis

Universitas Studiorum, http://dspace.unav.es/dspace/bitstream/10171/13849/1/IC_II-I_ 09.pdf, 2-5-2013.

100 En relación con el tema se puede v. por ej. MOORE, Brian R. P., “Por qué el latín es la lengua de la Iglesia Católica”, en Liturgia Tradicional, http://lamisadesiempre.blog spot.com.ar/2011/02/por-que-el-latin-es-la-lengua-de-la_20.html, 2-5-2013. Dice este

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La influencia de la religión en la consideración del tiempo contribuye en gran medida a la construcción de la temporalidad jurídica.

13. Se debaten, por ejemplo entre orientaciones más weberianas o

marxistas, los alcances de la influencia de la economía en la religión y de ésta en la economía. No es nuestro propósito penetrar en esa discusión.

En relación con la economía, cabe referir que parte del catolicismo tiene cierta percepción hostil al capitalismo; en este sentido conserva el mensaje vital de Jesús en cuanto a la que se considera elección del medio social pobre de la Encarnación y expresiones suyas relativamente hostiles a la riqueza, como la muy célebre referida al ingreso de los ricos al Reino de los Cielos 90. La línea franciscana mantiene esta orientación, al menos como regla de la Orden. Distinta es la percepción de la riqueza sostenida por el Opus Dei, prelatura fuertemente remitida a la acción en el trabajo y la empresa. La doctrina católica se manifiesta sobre todo en limitaciones a los excesos capitalistas en la Doctrina Social de la Iglesia.

El significado referido al éxito en los negocios como evidencia de la elección divina hace del calvinismo la religiosidad más afín al capitalismo 91. Sea cual fuere su relación, de base o resultado, con el capitalismo, nos parece claro que -según la posición weberiana- ese significado fue uno de los pilares del desarrollo de la racionalidad capitalista 92. Según Kuyper, el calvinismo exaltó a las clases medias a posiciones de honor, elevó, purificó y ennobleció la vida moral por la seriedad puritana 93.

El Islam, con su fuerte disciplina coránica, refiere reglas morales que tampoco resultan afines al capitalismo, e incluso la recepción de éste en ámbitos islámicos ha provocado importantes conflictos. Hay, no obstante, orientaciones musulmanas no descartables que tienden al desenvolvimiento

90 Es más fácil para un camello pasar por el ojo de una aguja que para un rico entrar en el

Reino de Dios (Mc 10:25; además Mt. 19:24 y Lc. 18:25); también cabe hacer referencia a la Bienaventuranza de los pobres, a parte de la tradición Patrística, v. gr. en San Basilio Magno (Basilio el Grande), Doctor de la Iglesia de Cesarea, http://www.corazones.org/ santos/basilio.htm, 1-5-2013, etc. Es posible v. asimismo por ej. todos uno, desde la fuente, La Pobreza Evangélica del Pesebre y de la Cruz Lc. 2, 7; Fil 2, 1-11, http://www.todosuno.org/tufuentepepc.htm, 1-5-2013.

91 V. WEBER, op. cit. 92 Otros atribuyen el desarrollo del capitalismo a la Escolástica tardía, pero parece que los

hechos no lo confirman. 93 KUYPER, op. cit., pág. 28.

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económico 94. De cierto modo, en relación con el calvinismo, las enseñanzas del Islam, fuertemente referidas a la moderación de la economía con miras a la justicia, tienen relativa proximidad con las de la Iglesia Católica 95.

Las diversas vinculaciones de la religión con la economía la relacionan también, de maneras diferentes, con el Derecho.

14. La religión se relaciona asimismo con la lengua y a través de ésta

con el Derecho. Salvo el Evangelio según San Mateo, escrito en arameo, la lengua que según parece hablaba Jesús 96, las otras tres versiones fueron redactadas en griego 97. Una vez que el latín, lengua del Imperio Romano se convirtió en lengua litúrgica de la Iglesia 98 sirvió para que la Institución se comunicara con muy amplios alcances 99, pero también como instrumento de dominación. Con el tiempo, el latín se fue alejando del resto de la cultura, incluso del Derecho estatal y se la fue sustituyendo por lenguas locales, romances o no.

El mantenimiento desde el poder de una lengua que otros no pueden comprender, como era el caso del latín, produce sobre éstos un poder mucho mayor. Por ejemplo, Paulo VI advirtió que el latín podía aislar de las comunidades reales que integraban la Institución 100. La puja entre católicos conservadores y progresistas en materia lingüística continúa.

94 COLLADO MEDINA, José, “El Islam y la Economía”, en WebIslam, http://www.

webislam.com/articulos/18013-el_islam_y_la_economia.html, 1-5-2013. 95 Se puede v. el artículo de Abdallah Yusuf (Néstor D. Pagano) “Introducción a la

Economía en el Islam” en WebIslam, http://www.webislam.com/articulos/25872-intro duccion_a_la_economia_en_el_islam.html, 1-5-2013.

96 V. WALKER CISNEROS, Ignacio, “¿Qué idioma hablaba Jesucristo?”, en Catholic.net, fuente cristiandad.org, http://es.catholic.net/comunicadorescatolicos/580/2289/articulo. php?id=14749, 23-7-2013; no obstante se puede c. HAMP, Douglas, “The Language of Jesus”, prólogo por Brian Brodersen, DouglasHamp.com, http://www.douglashamp.com/ descubriendo-el-lenguaje-de-jesus/, 23-7-2013.

97 Jesús de Nazaret. Los Evangelios. Autores, fechas y destinatarios, http://www.historia lago.com/xto_03205_evangelios_01.htm, 23-7-2013.

98 Incluso oficial de la Santa Sede. 99 Es posible v. por ej. FONTÁN, Antonio, “El latín, lengua de la Iglesia”, Navarrensis

Universitas Studiorum, http://dspace.unav.es/dspace/bitstream/10171/13849/1/IC_II-I_ 09.pdf, 2-5-2013.

100 En relación con el tema se puede v. por ej. MOORE, Brian R. P., “Por qué el latín es la lengua de la Iglesia Católica”, en Liturgia Tradicional, http://lamisadesiempre.blog spot.com.ar/2011/02/por-que-el-latin-es-la-lengua-de-la_20.html, 2-5-2013. Dice este

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Sin perjuicio de las derivaciones modernas de la lengua árabe originaria y las “traducciones”, el Islam mantiene el texto único del Corán en dicha lengua, en que Mahoma se expresó 101. Las traducciones del Corán a lenguas distintas del árabe no son consideradas tales sino interpretaciones, hechas en general con fines didácticos.

Calvino puso énfasis en el uso de la lengua francesa, que fue básica en su Reforma. El uso del francés por Calvino y el empleo del alemán por Lutero tuvo gran significación para la afirmación de esas lenguas. Uno de los muy importantes aportes de la Reforma a la cultura, no sólo general sino específicamente religiosa, lingüística y jurídica, incluyendo el desarrollo de las democracias y de la opinión pública, fue la traducción de la Biblia a las lenguas modernas.

El capitalismo, relacionado al fin con la lengua inglesa utilizada más a menudo por sectores calvinistas, ha contribuido a que a través de ésta se desenvolviera otro gran fenómeno de dominación, por ejemplo, en el curso de la globalización/marginación 102. La autonomía “universal” que suele

autor: “Algo extraño ha ocurrido con la cuestión del latín: el Papa que inicia el Concilio Vaticano II (Juan XXIII) escribe un magnífico documento para dar nueva vida a la lengua de la Iglesia, pero el Papa que cierra dicho Concilio (Paulo VI) asiste a su entierro: “Para quienes perciben la belleza, la fuerza, la sacralidad expresiva del latín, la sustitución del mismo por la lengua vulgar supondrá ciertamente un sacrificio grande. Perdemos de ese modo, el lenguaje de los siglos cristianos, nos convertimos en intrusos y profanos en el recinto de la expresión sagrada; perdemos incluso gran parte del estupendo e incomparable tesoro artístico y espiritual que es el canto gregoriano. Tenemos pues motivo para entristecernos y hasta turbarnos. ¿Con qué substituiremos esta lengua angelical? Se trata de un sacrificio de inestimable valor”. Pero luego justifica el abandono del latín con estas palabras: “…vale mucho más entender el contenido de la plegaria que conservar los viejos ropajes con los que se había revestido; vale mucho más la participación del pueblo, de este pueblo moderno ávido de palabra clara, inteligible, traducible a la conversación profana” (Audiencia General del 26-XI-1969). También se puede v. aciprensa, Versiones de la Biblia, http://www.aciprensa.com/Biblia/versiones. htm, 2-5-2013. Cabe recordar la reforma católica del obispo Francisco Jiménez de Cisneros a la que se debe la publicación de la magna Biblia Políglota Complutense, en la que en paralelo aparecen los textos en griego, hebreo, latín y caldeo.

101 En tiempos de Mahoma el elemento unitivo de Arabia era la lengua, el árabe (GOTTSCHALK, op. cit., pág. 9.

102 Es posible ampliar en nuestro artículo "Análisis cultural de la internacionalidad, la globalización y la integración", en "Revista del Centro de Investigaciones ..." cit., Nº 24, págs.41/56.

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desenvolverse en el Derecho Internacional Privado es una expresión de la globalización en la que tiende a predominar el empleo del inglés. Quizás algunos piensen que la posición dominante mediante el inglés es una muestra de la elección divina sostenida por el calvinismo dentro del protestantismo, justificatoria de dominación jurídica.

El máximo apego a la lengua originaria está en el Islam y un fuerte intento de voluntad comunicacional se produjo con la versión de la Biblia a lenguas locales que utilizó también el protestantismo calvinista. Un inte-rrogante valioso es la relación que puede tener el mantenimiento de un texto con la movilidad cultural, también en el ámbito jurídico.

Una lengua refiere, aunque sea de manera oculta, un esquema religioso, jurídico y de poder. La vinculación de la religión con el Derecho a través de la lengua se relaciona con el horizonte Jurilingüístico del mundo jurídico 103.

15. También es relevante la posición en cuanto a la población

(posición demográfica) desde la que una religión influye en el Derecho. Una actitud ante la población requiere al fin una compleja actitud jurídica. Cabe decir también que la política poblacional es un despliegue relevante de la estrategia jurídica. En general las tres orientaciones religiosas se pronuncian por la apertura a las posibilidades de reproducción tradicionales 104. Aunque la cuestión es debatida dentro de diversas orientaciones cristianas, dada su estructura vertical, que le permite más uniformidad, la Iglesia tiene actitudes especialmente claras y rígidas en cuanto al rechazo del aborto y a la limita-ción de la vida sexual dentro del matrimonio y con fines reproductivos. Pone especial énfasis en oponerse a los métodos anticonceptivos y asimismo a los métodos de concepción no “naturales”. En general el calvinismo rechaza el

103 Cabe ampliar en nuestros artículos “El verbo en el antecedente de la norma jurídica (un

aporte a la “Jurilingüística” con especial referencia a la lengua española)”, en “Revista del Centro de Investigaciones …” cit. Nº 32, págs. 17/26; “Dos nuevos aportes a la Jurilingüística”, en “Investigación …” cit., Nº 44, págs. 23/54.

104 En cuanto al catolicismo, v. por ej. la Carta Encíclica Humanae cit.; Instrucción Donum Vitae, Congregación para la doctrina de la fe, http://www.vatican.va/roman_curia/ congregations/cfaith/documents/rc_con_cfaith_doc_19870222_respect-for-human-life_s p.html, 22-6-2013; aciprensa, La Iglesia ante la fecundación artificial, http://www. aciprensa.com/vida/fecundacion/iglesia.htm, 22-6-2013. También la Carta Encíclica Casti Connubii cit.

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Sin perjuicio de las derivaciones modernas de la lengua árabe originaria y las “traducciones”, el Islam mantiene el texto único del Corán en dicha lengua, en que Mahoma se expresó 101. Las traducciones del Corán a lenguas distintas del árabe no son consideradas tales sino interpretaciones, hechas en general con fines didácticos.

Calvino puso énfasis en el uso de la lengua francesa, que fue básica en su Reforma. El uso del francés por Calvino y el empleo del alemán por Lutero tuvo gran significación para la afirmación de esas lenguas. Uno de los muy importantes aportes de la Reforma a la cultura, no sólo general sino específicamente religiosa, lingüística y jurídica, incluyendo el desarrollo de las democracias y de la opinión pública, fue la traducción de la Biblia a las lenguas modernas.

El capitalismo, relacionado al fin con la lengua inglesa utilizada más a menudo por sectores calvinistas, ha contribuido a que a través de ésta se desenvolviera otro gran fenómeno de dominación, por ejemplo, en el curso de la globalización/marginación 102. La autonomía “universal” que suele

autor: “Algo extraño ha ocurrido con la cuestión del latín: el Papa que inicia el Concilio Vaticano II (Juan XXIII) escribe un magnífico documento para dar nueva vida a la lengua de la Iglesia, pero el Papa que cierra dicho Concilio (Paulo VI) asiste a su entierro: “Para quienes perciben la belleza, la fuerza, la sacralidad expresiva del latín, la sustitución del mismo por la lengua vulgar supondrá ciertamente un sacrificio grande. Perdemos de ese modo, el lenguaje de los siglos cristianos, nos convertimos en intrusos y profanos en el recinto de la expresión sagrada; perdemos incluso gran parte del estupendo e incomparable tesoro artístico y espiritual que es el canto gregoriano. Tenemos pues motivo para entristecernos y hasta turbarnos. ¿Con qué substituiremos esta lengua angelical? Se trata de un sacrificio de inestimable valor”. Pero luego justifica el abandono del latín con estas palabras: “…vale mucho más entender el contenido de la plegaria que conservar los viejos ropajes con los que se había revestido; vale mucho más la participación del pueblo, de este pueblo moderno ávido de palabra clara, inteligible, traducible a la conversación profana” (Audiencia General del 26-XI-1969). También se puede v. aciprensa, Versiones de la Biblia, http://www.aciprensa.com/Biblia/versiones. htm, 2-5-2013. Cabe recordar la reforma católica del obispo Francisco Jiménez de Cisneros a la que se debe la publicación de la magna Biblia Políglota Complutense, en la que en paralelo aparecen los textos en griego, hebreo, latín y caldeo.

101 En tiempos de Mahoma el elemento unitivo de Arabia era la lengua, el árabe (GOTTSCHALK, op. cit., pág. 9.

102 Es posible ampliar en nuestro artículo "Análisis cultural de la internacionalidad, la globalización y la integración", en "Revista del Centro de Investigaciones ..." cit., Nº 24, págs.41/56.

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desenvolverse en el Derecho Internacional Privado es una expresión de la globalización en la que tiende a predominar el empleo del inglés. Quizás algunos piensen que la posición dominante mediante el inglés es una muestra de la elección divina sostenida por el calvinismo dentro del protestantismo, justificatoria de dominación jurídica.

El máximo apego a la lengua originaria está en el Islam y un fuerte intento de voluntad comunicacional se produjo con la versión de la Biblia a lenguas locales que utilizó también el protestantismo calvinista. Un inte-rrogante valioso es la relación que puede tener el mantenimiento de un texto con la movilidad cultural, también en el ámbito jurídico.

Una lengua refiere, aunque sea de manera oculta, un esquema religioso, jurídico y de poder. La vinculación de la religión con el Derecho a través de la lengua se relaciona con el horizonte Jurilingüístico del mundo jurídico 103.

15. También es relevante la posición en cuanto a la población

(posición demográfica) desde la que una religión influye en el Derecho. Una actitud ante la población requiere al fin una compleja actitud jurídica. Cabe decir también que la política poblacional es un despliegue relevante de la estrategia jurídica. En general las tres orientaciones religiosas se pronuncian por la apertura a las posibilidades de reproducción tradicionales 104. Aunque la cuestión es debatida dentro de diversas orientaciones cristianas, dada su estructura vertical, que le permite más uniformidad, la Iglesia tiene actitudes especialmente claras y rígidas en cuanto al rechazo del aborto y a la limita-ción de la vida sexual dentro del matrimonio y con fines reproductivos. Pone especial énfasis en oponerse a los métodos anticonceptivos y asimismo a los métodos de concepción no “naturales”. En general el calvinismo rechaza el

103 Cabe ampliar en nuestros artículos “El verbo en el antecedente de la norma jurídica (un

aporte a la “Jurilingüística” con especial referencia a la lengua española)”, en “Revista del Centro de Investigaciones …” cit. Nº 32, págs. 17/26; “Dos nuevos aportes a la Jurilingüística”, en “Investigación …” cit., Nº 44, págs. 23/54.

104 En cuanto al catolicismo, v. por ej. la Carta Encíclica Humanae cit.; Instrucción Donum Vitae, Congregación para la doctrina de la fe, http://www.vatican.va/roman_curia/ congregations/cfaith/documents/rc_con_cfaith_doc_19870222_respect-for-human-life_s p.html, 22-6-2013; aciprensa, La Iglesia ante la fecundación artificial, http://www. aciprensa.com/vida/fecundacion/iglesia.htm, 22-6-2013. También la Carta Encíclica Casti Connubii cit.

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aborto 105. Al menos varios sectores del calvinismo rechazan también los medios de concepción no “naturales”. El Islam rechaza el aborto, pero su posición acerca del origen de la vida humana es menos rígida que en el catolicismo 106. La religión enseñada por Mahoma acepta la reproducción asistida cuando sea realizada entre los cónyuges legítimos. La inseminación artificial y la fecundación in Vitro están permitidas para concretar lo que el Islam recomienda, es decir, la procreación y la descendencia, que se hallan entre los propósitos principales del matrimonio. En caso contrario se considera adulterio. El Islam rechaza la donación de esperma.

Las religiones que nos ocupan difieren de la actitud del economista y pastor anglicano Thomas Robert Malthus y sus seguidores quienes, de diferentes maneras, restringen la reproducción 107. Como Malthus escribió en contra de las leyes que protegían a los pobres, cabe pensar que sus ideas se deben más a ser economista que pastor. El catolicismo refiere la repro-ducción a la naturaleza; el “maltusianismo” e indirectamente el calvinismo,

105 V. por ej. Político Calvinista, Aborto - O grito silencioso de um pequeno inocente. "O

grito silencioso" apresentado pelo Dr. Nathanson, famoso médico ex-abortista norte americano., http://politicocalvinista.blogspot.com.ar/2013/06/video-aborto-o-grito-silen cioso-de-um.html, 23-6-2013; también cabe referir de Antonio Cruz Suárez, “Católicos y protestantes ante el dilema del aborto”, ProtestanteDigital.com, http://www.protestante digital.com/ES/Magacin/articulo/2079/Catolicos-y-protestantes-ante-el-dilema-del-abor to, 19/7/2013.

106 Se puede v. ANTEQUERA, Luis, “Del aborto en el islam”, en WebIslam, http://www. webislam.com/articulos/61128-del_aborto_en_el_islam.html, 23-6-2013.

107 Difieren en ello de la actitud del economista y pastor anglicano Thomas Robert Malthus y sus seguidores que, de diferentes maneras, se refieren a la restricción de la reproducción (la mayoría de las veces y en las fuentes más confiables se dice que Malthus era pastor anglicano y en otros casos se afirma que era calvinista). Como Malthus escribió en contra de las leyes que protegían a los pobres, cabe pensar que sus ideas se deben más a ser economista que pastor. Se pueden v. MALTHUS, Thomas, “An Essay on the Principle of Population”, Rod Hay's Archive for the History of Economic Thought, McMaster University, Canadá, https://www.marxists.org/reference/subject/economics/ malthus/index.htm, 22-6-2013; Malthusianismo, http://04malthusianismo.blogspot.com. ar/2009/04/1-thomas-malthus-y-el-principio-de.html, 22-6-2013 (se citan precedentes de diferentes culturas); Las leyes de los pobres o los pobres por ley, http://bibliotecadigital. ilce.edu.mx/sites/ciencia/volumen2/ciencia3/070/htm/sec_30.htm, 22-6-2013; SARUKHÁN, José, “Las musas de Darwin”, IV: La del labio leporino, 2ª. ed., México, Fondo de Cultura Económica, 1998, http://bibliotecadigital.ilce.edu.mx/sites/ciencia/volumen2/ ciencia3/070/htm/sec_2.htm, http://bibliotecadigital.ilce.edu.mx/sites/ciencia/volumen2/ ciencia3/070/htm/toc.htm, 22-6-2013.

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sujeto a la elección divina, la remite más a las posibilidades económicas. El Islam encauza la reproducción por recorridos matrimoniales más amplios que los cristianos, el sexo se considera una actividad placentera, incluso un deber. No hay que marginar que Jesús vive la abstinencia de la carne y Mahoma se casó varias veces.

Los significados asignados a la población influyen en la organización del Derecho de Familia, el Derecho de la Seguridad Social, la protección de las partes débiles, etc. Es posible que a la Revolución Industrial y la Revolu-ción Demográfica en este tiempo las acompañe la llamada Revolución Reproductiva 108 y el catolicismo, el calvinismo y el Islam la encaran de maneras diferenciables 109.

16. La religión se interrelaciona con el arte y ambas, vinculadas, in-

fluyen en el Derecho 110. El estilo gótico empleado en muchas construc-ciones religiosas medievales correspondió a un momento de incremento de la riqueza burguesa en el capitalismo y al tiempo de nacimiento del Derecho Comercial y el Derecho “Internacional” Privado medieval. La Contra-rreforma impulsó al barroco y ambos aportaron al poder absolutista de los reyes que practicaban el catolicismo. Tal vez la agresiva sencillez de edificios como los de las Torres Gemelas, bastión del capitalismo, corres-pondía en su simple elevación a la referencia divina simple del calvinismo.

108 Es posible v. PÉREZ DÍAZ, Julio, “La Revolución Reproductiva”, Apuntes de

Demografía, http://sociales.cchs.csic.es/jperez/pags/RRweb/RRweb.htm, 22-6-2013. 109 Se puede ampliar en nuestros artículos "Una cuestión axial del Bioderecho: la posición

del jurista en la tensión actual entre economía y vida "inútil"", en "Bioética ..." cit., Nº 1, págs. 41/42, Cartapacio, http://www.cartapacio.edu.ar/ojs/index.php/byb/article/view File/219/122, 22-6-2013; “Globalización/marginación: ¿Implosión demográfica?”, en “Bioética ...” cit., Nº 5, págs. 9/14, Cartapacio, http://www.cartapacio.edu.ar/ojs/index. php/byb/article/viewFile/236/139, 22-6-2013. V. Naciones Unidas, Conferencias sobre Población, http://www.cinu.org.mx/temas/ desarrollo/dessocial/poblacion/conf_pop.htm, 23-6-2013; United Nacions Population Found, http://www.unfpa.org/public/, 23-6-2013; en cuanto a la religión, http://www. unfpa.org/public/site/global/search-results?q=religion, 23-6-2013; en relación con el catolicismo, http://www.unfpa.org/public/site/global/search-results?q=catholic, 23-6-2013; International Union for the Scientific Styudy of Population, Unión internacional para el estudio científico de la población, http://www.iussp.org/, 23-6-2013.

110 El Partenón era un templo expresado en el abierto y elegante orden dórico que correspondió al sentido de la democracia griega.

ISSN 2314-128X

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aborto 105. Al menos varios sectores del calvinismo rechazan también los medios de concepción no “naturales”. El Islam rechaza el aborto, pero su posición acerca del origen de la vida humana es menos rígida que en el catolicismo 106. La religión enseñada por Mahoma acepta la reproducción asistida cuando sea realizada entre los cónyuges legítimos. La inseminación artificial y la fecundación in Vitro están permitidas para concretar lo que el Islam recomienda, es decir, la procreación y la descendencia, que se hallan entre los propósitos principales del matrimonio. En caso contrario se considera adulterio. El Islam rechaza la donación de esperma.

Las religiones que nos ocupan difieren de la actitud del economista y pastor anglicano Thomas Robert Malthus y sus seguidores quienes, de diferentes maneras, restringen la reproducción 107. Como Malthus escribió en contra de las leyes que protegían a los pobres, cabe pensar que sus ideas se deben más a ser economista que pastor. El catolicismo refiere la repro-ducción a la naturaleza; el “maltusianismo” e indirectamente el calvinismo,

105 V. por ej. Político Calvinista, Aborto - O grito silencioso de um pequeno inocente. "O

grito silencioso" apresentado pelo Dr. Nathanson, famoso médico ex-abortista norte americano., http://politicocalvinista.blogspot.com.ar/2013/06/video-aborto-o-grito-silen cioso-de-um.html, 23-6-2013; también cabe referir de Antonio Cruz Suárez, “Católicos y protestantes ante el dilema del aborto”, ProtestanteDigital.com, http://www.protestante digital.com/ES/Magacin/articulo/2079/Catolicos-y-protestantes-ante-el-dilema-del-abor to, 19/7/2013.

106 Se puede v. ANTEQUERA, Luis, “Del aborto en el islam”, en WebIslam, http://www. webislam.com/articulos/61128-del_aborto_en_el_islam.html, 23-6-2013.

107 Difieren en ello de la actitud del economista y pastor anglicano Thomas Robert Malthus y sus seguidores que, de diferentes maneras, se refieren a la restricción de la reproducción (la mayoría de las veces y en las fuentes más confiables se dice que Malthus era pastor anglicano y en otros casos se afirma que era calvinista). Como Malthus escribió en contra de las leyes que protegían a los pobres, cabe pensar que sus ideas se deben más a ser economista que pastor. Se pueden v. MALTHUS, Thomas, “An Essay on the Principle of Population”, Rod Hay's Archive for the History of Economic Thought, McMaster University, Canadá, https://www.marxists.org/reference/subject/economics/ malthus/index.htm, 22-6-2013; Malthusianismo, http://04malthusianismo.blogspot.com. ar/2009/04/1-thomas-malthus-y-el-principio-de.html, 22-6-2013 (se citan precedentes de diferentes culturas); Las leyes de los pobres o los pobres por ley, http://bibliotecadigital. ilce.edu.mx/sites/ciencia/volumen2/ciencia3/070/htm/sec_30.htm, 22-6-2013; SARUKHÁN, José, “Las musas de Darwin”, IV: La del labio leporino, 2ª. ed., México, Fondo de Cultura Económica, 1998, http://bibliotecadigital.ilce.edu.mx/sites/ciencia/volumen2/ ciencia3/070/htm/sec_2.htm, http://bibliotecadigital.ilce.edu.mx/sites/ciencia/volumen2/ ciencia3/070/htm/toc.htm, 22-6-2013.

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sujeto a la elección divina, la remite más a las posibilidades económicas. El Islam encauza la reproducción por recorridos matrimoniales más amplios que los cristianos, el sexo se considera una actividad placentera, incluso un deber. No hay que marginar que Jesús vive la abstinencia de la carne y Mahoma se casó varias veces.

Los significados asignados a la población influyen en la organización del Derecho de Familia, el Derecho de la Seguridad Social, la protección de las partes débiles, etc. Es posible que a la Revolución Industrial y la Revolu-ción Demográfica en este tiempo las acompañe la llamada Revolución Reproductiva 108 y el catolicismo, el calvinismo y el Islam la encaran de maneras diferenciables 109.

16. La religión se interrelaciona con el arte y ambas, vinculadas, in-

fluyen en el Derecho 110. El estilo gótico empleado en muchas construc-ciones religiosas medievales correspondió a un momento de incremento de la riqueza burguesa en el capitalismo y al tiempo de nacimiento del Derecho Comercial y el Derecho “Internacional” Privado medieval. La Contra-rreforma impulsó al barroco y ambos aportaron al poder absolutista de los reyes que practicaban el catolicismo. Tal vez la agresiva sencillez de edificios como los de las Torres Gemelas, bastión del capitalismo, corres-pondía en su simple elevación a la referencia divina simple del calvinismo.

108 Es posible v. PÉREZ DÍAZ, Julio, “La Revolución Reproductiva”, Apuntes de

Demografía, http://sociales.cchs.csic.es/jperez/pags/RRweb/RRweb.htm, 22-6-2013. 109 Se puede ampliar en nuestros artículos "Una cuestión axial del Bioderecho: la posición

del jurista en la tensión actual entre economía y vida "inútil"", en "Bioética ..." cit., Nº 1, págs. 41/42, Cartapacio, http://www.cartapacio.edu.ar/ojs/index.php/byb/article/view File/219/122, 22-6-2013; “Globalización/marginación: ¿Implosión demográfica?”, en “Bioética ...” cit., Nº 5, págs. 9/14, Cartapacio, http://www.cartapacio.edu.ar/ojs/index. php/byb/article/viewFile/236/139, 22-6-2013. V. Naciones Unidas, Conferencias sobre Población, http://www.cinu.org.mx/temas/ desarrollo/dessocial/poblacion/conf_pop.htm, 23-6-2013; United Nacions Population Found, http://www.unfpa.org/public/, 23-6-2013; en cuanto a la religión, http://www. unfpa.org/public/site/global/search-results?q=religion, 23-6-2013; en relación con el catolicismo, http://www.unfpa.org/public/site/global/search-results?q=catholic, 23-6-2013; International Union for the Scientific Styudy of Population, Unión internacional para el estudio científico de la población, http://www.iussp.org/, 23-6-2013.

110 El Partenón era un templo expresado en el abierto y elegante orden dórico que correspondió al sentido de la democracia griega.

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El ateísmo y el relativo paganismo de la posmodernidad se manifiestan en un arte fracturado y en la pluralidad democrática y capitalista financiera, etc. 111

El catolicismo implantó muchas veces la dominación religiosa de las artes, que en gran medida crecieron según su cauce, sufriendo o superando pretensiones de censura. De las tres religiones consideradas, parece ser la más vinculada con la magnífica herencia Griega y Romana y con el despliegue general de las artes. El Islam se refiere a las artes orientándolas selectivamente: por ejemplo, en sus versiones más duras rechaza la escultura y las figuras humanas y quizás sea que en compensación tuvo grandes desarrollos arquitectónicos y geométricos 112. El calvinismo las dejó en libertad y en relación con esto se suele justificar el menor desarrollo que en comparación con el espacio católico tuvieron varias de ellas en los países calvinistas 113. El catolicismo incluye fuerte referencia al despliegue senti-mental que confluye a menudo en el arte. El puritanismo tiene al respecto una actitud de apartamiento 114.

El canto gregoriano, plegaria cantada que expresa religiosidad y una de las más hermosas manifestaciones del arte occidental, fue en su momento una muestra de la relación de dominación del arte y la cultura en general por el sentido religioso 115; los himnos calvinistas, referidos selectivamente a los Salmos, son incluso parte destacada del culto 116; el Islam desconfía de las posibilidades del canto religioso y por eso a menudo sólo se puede “cantar” el Corán. En gran medida dominar o liberar al arte - desde esta perspectiva en relación con la religión- es dominar o liberar espacios para el Derecho. 111 V. HAUSER, Arnold, “Introducción a la Historia del Arte”, trad. Felipe González Vicén,

3ª ed., Madrid, Guadarrama, 1973. Se puede ampliar también en nuestro artículo "El Derecho y el Arte", en "Boletín del Centro de Investigaciones de Filosofía Jurídica y Filosofía Social", Nº 14, págs. 37 y ss., http://www.cartapacio.edu.ar/ojs/index.php/ centro/article/ view/398/308, 4-5-2013.

112 CANTO, Gustavo del, “El arte islámico: Los movimientos de Alá. Una visión islámica de las artes”, en WebIslam, http://www.webislam.com/articulos/31045-el_arte_islamico _los_movimientos_de_ala.html, 17-6-2013.

113 Se puede v. por ej. KUYPER, op. cit., págs. 20 y 76. 114 WEBER, op. cit., pág. 125, trad. Chávez Martínez 115 Cabe relacionarlo con la frase que había dicho San Agustín “El que canta bien, ora dos

veces”. 116 ISBELL, Sherman Rev., “Las únicas canciones dignas de Dios son recibidas de Él. Un

análisis de Juan Calvino sobre el uso de los Salmos en el culto de Dios”, trad. Edgar A. Ibarra Jr., Presbiteriano Reformado, http://www.presbiterianoreformado.org/doctrina/ calvinoylossalmos.php, 17-6-2013.

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A través del arte, la religión influye especialmente en la rama jurídica particular Derecho del Arte.

17. La relación de la religión con la ciencia corresponde también a

influencias de ambas, vinculadas, en el Derecho. El “re-ligamiento” puede frenar el avance de la mentalidad abierta que suelen requerir las ciencias. Sin embargo, no nos parecería acertado desconocer los aportes de científicos de las tres religiones a la ciencia, ni negar que los países reformados fueron espacio donde se produjeron más despliegues al respecto.

Tal vez no sea irrelevante que, a diferencia del sentido más radical y trascendente de la transustanciación sostenida por el catolicismo, el calvinis-mo, nacido en tiempos de avances de las ciencias naturales, sólo concibe a la eucaristía como una presencia espiritual de Jesús o una representación de la última cena. El calvinismo suele invocar su prescindencia de intervención en el campo científico y el desenvolvimiento que éste tuvo en los países donde se lo practica 117. Parece claro que los mayores avances científicos y técnicos de la modernidad se han producido en países con fuerte presencia evangélica, en los últimos tiempos con fuerte presencia calvinista 118. No obstante, es posible recordar que, por ejemplo, hubo relaciones de afinidad entre la Inquisición católica, la condena a la ciencia de Galileo y el poder absoluto de la Iglesia; entre la “Inquisición” calvinista que ejecutó al científico Servet y el poder absoluto de Calvino 119. No se han de ignorar tampoco la relación entre la confianza en la razón y la experiencia, no apoyada ni referida a las religiones, y el más fácil desenvolvimiento de la ciencia en los últimos siglos 120 ni el gran esfuerzo para lograr el diálogo

117 Según KUYPER, la recepción y la reflexión intelectual de nuestra conciencia del

cosmos, en lo cual consiste toda ciencia, forma una esfera enteramente distinta de la iglesia (KUYPER, op. cit., pág. 106, conc. págs. 19, 20. 74/5, 80, 94, 98. 104. 109 y 110).

118 En estos días puede v. por ej. Embryo Screening IVF Breakthrough Produces Baby Connor, Medical News Today, http://www.medicalnewstoday.com/articles/262998.php, 25-7-2013.

119 En cuanto a los conflictos religiosos del investigador y teólogo Miguel Servet con el catolicismo y el calvinismo, es posible v. CORNER, Dan, “El Lado Oscuro de Calvino”, http://www.alcanceevangelistico.org/juancalvino.htm, 19-6-2013.

120 Según Kuyper, el calvinismo cultivó el amor a la ciencia, restauró a la ciencia su dominio, liberó a la ciencia de ataduras no naturales y encontró una solución del inevitable conflicto científico (KUYPER, op. cit., pág. 92). También se puede c. KUYPER,

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El ateísmo y el relativo paganismo de la posmodernidad se manifiestan en un arte fracturado y en la pluralidad democrática y capitalista financiera, etc. 111

El catolicismo implantó muchas veces la dominación religiosa de las artes, que en gran medida crecieron según su cauce, sufriendo o superando pretensiones de censura. De las tres religiones consideradas, parece ser la más vinculada con la magnífica herencia Griega y Romana y con el despliegue general de las artes. El Islam se refiere a las artes orientándolas selectivamente: por ejemplo, en sus versiones más duras rechaza la escultura y las figuras humanas y quizás sea que en compensación tuvo grandes desarrollos arquitectónicos y geométricos 112. El calvinismo las dejó en libertad y en relación con esto se suele justificar el menor desarrollo que en comparación con el espacio católico tuvieron varias de ellas en los países calvinistas 113. El catolicismo incluye fuerte referencia al despliegue senti-mental que confluye a menudo en el arte. El puritanismo tiene al respecto una actitud de apartamiento 114.

El canto gregoriano, plegaria cantada que expresa religiosidad y una de las más hermosas manifestaciones del arte occidental, fue en su momento una muestra de la relación de dominación del arte y la cultura en general por el sentido religioso 115; los himnos calvinistas, referidos selectivamente a los Salmos, son incluso parte destacada del culto 116; el Islam desconfía de las posibilidades del canto religioso y por eso a menudo sólo se puede “cantar” el Corán. En gran medida dominar o liberar al arte - desde esta perspectiva en relación con la religión- es dominar o liberar espacios para el Derecho. 111 V. HAUSER, Arnold, “Introducción a la Historia del Arte”, trad. Felipe González Vicén,

3ª ed., Madrid, Guadarrama, 1973. Se puede ampliar también en nuestro artículo "El Derecho y el Arte", en "Boletín del Centro de Investigaciones de Filosofía Jurídica y Filosofía Social", Nº 14, págs. 37 y ss., http://www.cartapacio.edu.ar/ojs/index.php/ centro/article/ view/398/308, 4-5-2013.

112 CANTO, Gustavo del, “El arte islámico: Los movimientos de Alá. Una visión islámica de las artes”, en WebIslam, http://www.webislam.com/articulos/31045-el_arte_islamico _los_movimientos_de_ala.html, 17-6-2013.

113 Se puede v. por ej. KUYPER, op. cit., págs. 20 y 76. 114 WEBER, op. cit., pág. 125, trad. Chávez Martínez 115 Cabe relacionarlo con la frase que había dicho San Agustín “El que canta bien, ora dos

veces”. 116 ISBELL, Sherman Rev., “Las únicas canciones dignas de Dios son recibidas de Él. Un

análisis de Juan Calvino sobre el uso de los Salmos en el culto de Dios”, trad. Edgar A. Ibarra Jr., Presbiteriano Reformado, http://www.presbiterianoreformado.org/doctrina/ calvinoylossalmos.php, 17-6-2013.

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A través del arte, la religión influye especialmente en la rama jurídica particular Derecho del Arte.

17. La relación de la religión con la ciencia corresponde también a

influencias de ambas, vinculadas, en el Derecho. El “re-ligamiento” puede frenar el avance de la mentalidad abierta que suelen requerir las ciencias. Sin embargo, no nos parecería acertado desconocer los aportes de científicos de las tres religiones a la ciencia, ni negar que los países reformados fueron espacio donde se produjeron más despliegues al respecto.

Tal vez no sea irrelevante que, a diferencia del sentido más radical y trascendente de la transustanciación sostenida por el catolicismo, el calvinis-mo, nacido en tiempos de avances de las ciencias naturales, sólo concibe a la eucaristía como una presencia espiritual de Jesús o una representación de la última cena. El calvinismo suele invocar su prescindencia de intervención en el campo científico y el desenvolvimiento que éste tuvo en los países donde se lo practica 117. Parece claro que los mayores avances científicos y técnicos de la modernidad se han producido en países con fuerte presencia evangélica, en los últimos tiempos con fuerte presencia calvinista 118. No obstante, es posible recordar que, por ejemplo, hubo relaciones de afinidad entre la Inquisición católica, la condena a la ciencia de Galileo y el poder absoluto de la Iglesia; entre la “Inquisición” calvinista que ejecutó al científico Servet y el poder absoluto de Calvino 119. No se han de ignorar tampoco la relación entre la confianza en la razón y la experiencia, no apoyada ni referida a las religiones, y el más fácil desenvolvimiento de la ciencia en los últimos siglos 120 ni el gran esfuerzo para lograr el diálogo

117 Según KUYPER, la recepción y la reflexión intelectual de nuestra conciencia del

cosmos, en lo cual consiste toda ciencia, forma una esfera enteramente distinta de la iglesia (KUYPER, op. cit., pág. 106, conc. págs. 19, 20. 74/5, 80, 94, 98. 104. 109 y 110).

118 En estos días puede v. por ej. Embryo Screening IVF Breakthrough Produces Baby Connor, Medical News Today, http://www.medicalnewstoday.com/articles/262998.php, 25-7-2013.

119 En cuanto a los conflictos religiosos del investigador y teólogo Miguel Servet con el catolicismo y el calvinismo, es posible v. CORNER, Dan, “El Lado Oscuro de Calvino”, http://www.alcanceevangelistico.org/juancalvino.htm, 19-6-2013.

120 Según Kuyper, el calvinismo cultivó el amor a la ciencia, restauró a la ciencia su dominio, liberó a la ciencia de ataduras no naturales y encontró una solución del inevitable conflicto científico (KUYPER, op. cit., pág. 92). También se puede c. KUYPER,

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entre la religión y la ciencia que hicieron teólogos católicos “marginados” como el Padre Pierre Teilhard de Chardin 121.

Se discute mucho el papel del Islam en relación con la ciencia. Si bien el nivel científico de los musulmanes en diversos aspectos fue durante varios siglos relativamente muy alto, se dice superior al de los cristianos, suele afirmarse que ello se debió a que actuaron como intermediarios de descubrimientos de otras culturas y que desde hace también varios siglos esos avances se han detenido. Se afirma que el no desdeñable desarrollo científico en el Islam 122 se hizo a pesar de éste, porque hubo que dejar al margen la fe en la permanente posibilidad de que Dios cambiara el Universo 123. Parece que la estructura social impuesta en el Corán impide los progresos de varias de

Abraham, la parte “El Calvinismo y la Ciencia”, http://www.iglesiareformada.com/ Kuyper_Calvinismo_Ciencia.html, 18-6-2013.

121 A nuestro parecer, el catolicismo y la cultura en general deben mucho al aporte que intentó hacer, con grandes resistencias internas, el Padre Pierre Teilhard de Chardin para el diálogo entre el cristianismo, la cultura científica e incluso el despliegue del Cosmos (cabe recordar, por ejemplo: TEILHARD DE CHARDIN, Pierre, “El fenómeno humano”, cit.; NUÑEZ DE CASTRO, Ignacio, “La Biofilosofía de Teilhard de Chardin”, http://www.centro-pignatelli.org/documentos/NUCASTROTeilhard.pdf, 14-7-2013; asimismo, en relación más humana con el tema, cabe c. BOFF, Leonardo, “Evangelio del Cristo cósmico. Hacia una nueva conciencia planetaria”, Madrid, Trotta, 2009; “Cristianismo. Lo mínimo de lo mínimo”, trad. María José Gavito Milano, Madrid, Trotta, 2013, “Hacia una nueva conciencia planetaria. Leonardo Boff reflexiona en un nuevo libro sobre el Evangelio del Cristo Cósmico”, nota de María Dolores Prieto Santana, Tendencias de las Religiones, http://www.tendencias21.net/Hacia-una-nueva-conciencia-planetaria_a4343.html,12-7-2013).

122 Es posible v. HAMZA, Abdelmalik, “El legado científico del mundo islámico”, http: / /www.libreria-mundoarabe.com/Boletines/n%BA70%20Abr.09/LegadoCientifico. htm, 24-7-2013.

123 Se sostiene a veces que la contribución de los musulmanes a la ciencia ocurrió a pesar del Islam más que debido a él. Se afirma que los académicos ortodoxos islámicos rechazaban absolutamente toda concepción del universo que implicara leyes físicas consistentes, debido a la absoluta autonomía de Alá, que no podía ser restringida por leyes naturales. A su parecer, las leyes naturales eran nada más que meros hábitos de expresión, por parte de Alá, y podrían ser discontinuadas en el tiempo. Sin embargo, tal vez el voluntarismo teológico no sea incompatible con el desarrollo de la ciencia. (es posible v. WOODS, Thomas E., “How the Catholic Church Built Western Civilization”, cabe c. http://astore.amazon.com/theimaginativeconservative-20/detail/1596983280, 24-7-2013).

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las que en Occidente consideramos ciencias sociales y humanas, por ejemplo la antropología, la psicología, etc. 124

A través de la ciencia la religión influye de manera particular en la rama jurídica específica Derecho de la Ciencia 125.

18. La relación de la religión con la filosofía y de ambas en conjunto

con el Derecho tiene depende de manera considerable de la disciplina de que se trate. Las vinculaciones frecuentes entre religión y filosofía tienen momentos relativamente fáciles y en otros casos muy difíciles. Tal vez el “re-ligamiento” no sea muy compatible con la intensa pregunta que en-tendemos ha de tener la filosofía. La metafísica a veces es una sustitución de la religión; la gnoseología puede conmoverla. En cuanto a las tensiones, cabe recordar que la filosofía tuvo que recurrir a la teoría de la “doble verdad” para superar barreras que se oponían a su desarrollo.

Cuando la religión influye en la filosofía, como lo hace en el tomismo, de notorias raíces católicas y de fuerte referencia metafísica, tiende a formar un régimen más fuerte que cuando esa proyección se debilita, por ejemplo, si se toman el teísmo de los filósofos o el agnosticismo. Los ámbitos dominados por el calvinismo tuvieron fuertes desarrollos capitalistas y democráticos, pero no filosóficos originales profundos. Vale recordar, sin embargo, que en Holanda Descartes encontró en cierto tiempo un clima de libertad 126, que Spinoza vivió, como pudo, en ese país y que la redacción de “El Capital” se logró en la Inglaterra influida, en medida no desatendible, 124 En relación con el debate acerca del tema es posible v. por ej. Departamento de Ciencias

de la Salud, Los árabes y la Medicina. Al-Andalus, http://www.juntadeandalucia.es/ averroes/ies_boabdil/departamentos/medicina.htm, 4-5-2013; TheReligionofPeace.com Presenta: Los Mitos del Islam, http://www.thereligionofpeace.com/Espanol/Mitos-De-Islam.htm#science, 4-5-2013.

125 BERGEL, Meny Doctor, “Fe y razón. Religión y ciencia. Del monoteísmo revelado (Moisés) a los sistemas axiomáticos (Hilbert)”, Conferencia pronunciada por el Académico Correspondiente Dr. Meny Bergel en la Academia Nacional de Ciencias de Buenos Aires en la reunión realizada el 15 de agosto de 2006, en especial “Luces y sombras en las interrelaciones religión-ciencia”, págs. 21 y ss., http://www.cienciay religion.org/articulos/pdfs/bergel.pdf, 19-6-2013.

126 Dijo el calvinista Kuyper que la Iglesia debe retirarse al dominio de la gracia particular, y más allá de su gobierno, se encuentra el dominio amplio y libre de la gracia común (suele decirse también “general”). Destacó que Descartes, obligado a salir de la Francia católico-romana, encontró en la Holanda calvinista un asilo seguro (KUYPER, “Exposiciones …” cit., pág. 108).

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entre la religión y la ciencia que hicieron teólogos católicos “marginados” como el Padre Pierre Teilhard de Chardin 121.

Se discute mucho el papel del Islam en relación con la ciencia. Si bien el nivel científico de los musulmanes en diversos aspectos fue durante varios siglos relativamente muy alto, se dice superior al de los cristianos, suele afirmarse que ello se debió a que actuaron como intermediarios de descubrimientos de otras culturas y que desde hace también varios siglos esos avances se han detenido. Se afirma que el no desdeñable desarrollo científico en el Islam 122 se hizo a pesar de éste, porque hubo que dejar al margen la fe en la permanente posibilidad de que Dios cambiara el Universo 123. Parece que la estructura social impuesta en el Corán impide los progresos de varias de

Abraham, la parte “El Calvinismo y la Ciencia”, http://www.iglesiareformada.com/ Kuyper_Calvinismo_Ciencia.html, 18-6-2013.

121 A nuestro parecer, el catolicismo y la cultura en general deben mucho al aporte que intentó hacer, con grandes resistencias internas, el Padre Pierre Teilhard de Chardin para el diálogo entre el cristianismo, la cultura científica e incluso el despliegue del Cosmos (cabe recordar, por ejemplo: TEILHARD DE CHARDIN, Pierre, “El fenómeno humano”, cit.; NUÑEZ DE CASTRO, Ignacio, “La Biofilosofía de Teilhard de Chardin”, http://www.centro-pignatelli.org/documentos/NUCASTROTeilhard.pdf, 14-7-2013; asimismo, en relación más humana con el tema, cabe c. BOFF, Leonardo, “Evangelio del Cristo cósmico. Hacia una nueva conciencia planetaria”, Madrid, Trotta, 2009; “Cristianismo. Lo mínimo de lo mínimo”, trad. María José Gavito Milano, Madrid, Trotta, 2013, “Hacia una nueva conciencia planetaria. Leonardo Boff reflexiona en un nuevo libro sobre el Evangelio del Cristo Cósmico”, nota de María Dolores Prieto Santana, Tendencias de las Religiones, http://www.tendencias21.net/Hacia-una-nueva-conciencia-planetaria_a4343.html,12-7-2013).

122 Es posible v. HAMZA, Abdelmalik, “El legado científico del mundo islámico”, http: / /www.libreria-mundoarabe.com/Boletines/n%BA70%20Abr.09/LegadoCientifico. htm, 24-7-2013.

123 Se sostiene a veces que la contribución de los musulmanes a la ciencia ocurrió a pesar del Islam más que debido a él. Se afirma que los académicos ortodoxos islámicos rechazaban absolutamente toda concepción del universo que implicara leyes físicas consistentes, debido a la absoluta autonomía de Alá, que no podía ser restringida por leyes naturales. A su parecer, las leyes naturales eran nada más que meros hábitos de expresión, por parte de Alá, y podrían ser discontinuadas en el tiempo. Sin embargo, tal vez el voluntarismo teológico no sea incompatible con el desarrollo de la ciencia. (es posible v. WOODS, Thomas E., “How the Catholic Church Built Western Civilization”, cabe c. http://astore.amazon.com/theimaginativeconservative-20/detail/1596983280, 24-7-2013).

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las que en Occidente consideramos ciencias sociales y humanas, por ejemplo la antropología, la psicología, etc. 124

A través de la ciencia la religión influye de manera particular en la rama jurídica específica Derecho de la Ciencia 125.

18. La relación de la religión con la filosofía y de ambas en conjunto

con el Derecho tiene depende de manera considerable de la disciplina de que se trate. Las vinculaciones frecuentes entre religión y filosofía tienen momentos relativamente fáciles y en otros casos muy difíciles. Tal vez el “re-ligamiento” no sea muy compatible con la intensa pregunta que en-tendemos ha de tener la filosofía. La metafísica a veces es una sustitución de la religión; la gnoseología puede conmoverla. En cuanto a las tensiones, cabe recordar que la filosofía tuvo que recurrir a la teoría de la “doble verdad” para superar barreras que se oponían a su desarrollo.

Cuando la religión influye en la filosofía, como lo hace en el tomismo, de notorias raíces católicas y de fuerte referencia metafísica, tiende a formar un régimen más fuerte que cuando esa proyección se debilita, por ejemplo, si se toman el teísmo de los filósofos o el agnosticismo. Los ámbitos dominados por el calvinismo tuvieron fuertes desarrollos capitalistas y democráticos, pero no filosóficos originales profundos. Vale recordar, sin embargo, que en Holanda Descartes encontró en cierto tiempo un clima de libertad 126, que Spinoza vivió, como pudo, en ese país y que la redacción de “El Capital” se logró en la Inglaterra influida, en medida no desatendible, 124 En relación con el debate acerca del tema es posible v. por ej. Departamento de Ciencias

de la Salud, Los árabes y la Medicina. Al-Andalus, http://www.juntadeandalucia.es/ averroes/ies_boabdil/departamentos/medicina.htm, 4-5-2013; TheReligionofPeace.com Presenta: Los Mitos del Islam, http://www.thereligionofpeace.com/Espanol/Mitos-De-Islam.htm#science, 4-5-2013.

125 BERGEL, Meny Doctor, “Fe y razón. Religión y ciencia. Del monoteísmo revelado (Moisés) a los sistemas axiomáticos (Hilbert)”, Conferencia pronunciada por el Académico Correspondiente Dr. Meny Bergel en la Academia Nacional de Ciencias de Buenos Aires en la reunión realizada el 15 de agosto de 2006, en especial “Luces y sombras en las interrelaciones religión-ciencia”, págs. 21 y ss., http://www.cienciay religion.org/articulos/pdfs/bergel.pdf, 19-6-2013.

126 Dijo el calvinista Kuyper que la Iglesia debe retirarse al dominio de la gracia particular, y más allá de su gobierno, se encuentra el dominio amplio y libre de la gracia común (suele decirse también “general”). Destacó que Descartes, obligado a salir de la Francia católico-romana, encontró en la Holanda calvinista un asilo seguro (KUYPER, “Exposiciones …” cit., pág. 108).

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por el calvinismo. Además, los Estados Unidos de América fueron refugio para muchos filósofos perseguidos en Europa. El propio Hans Kelsen encontró su lugar en ese país 127. En el Islam tal vez la presencia filosófica fue más de recepción y difusión que de producción original, quizás porque la presencia religiosa se hizo demasiado profunda. El florecer relativamente temprano de la filosofía en el Islam, coincidente con su “Edad de Oro”, se fue atenuando. El régimen, muy penetrado por la religión, no deja mayor espacio para la filosofía y su fuerza innovadora en el Derecho 128.

19. A través del libre albedrío, en el catolicismo las distribuciones de

referencia divina dejan un importante espacio a la libertad 129 y a la conducta repartidora de los fieles, en cambio el Islam y el calvinismo afirman de maneras diversas la predestinación 130, donde dicha conducción, en la medida que exista, es más instrumental a la decisión de la divinidad.

127 La “Estatua de la Libertad” es un símbolo caprichoso apropiado. 128 No obstante v. por ej. Filosofía islámica, http://ramasdelafilosofia.com/filosofia-

islamica/, 17-6-2013. Es posible ampliar en nuestras “Lecciones de Historia de la Filosofía del Derecho”, Rosario, Fundación para las Investigaciones Jurídicas, 1991/4 (reedición en “Aportes Iusfilosóficos para la construcción del Derecho: Metodología Jurídica. Lecciones de Historia de la Filosofía del Derecho. La conjetura del funcionamiento de las normas jurídicas” (recopilación), Rosario, Zeus, 2008).

129 Cabe referir las afirmaciones tridentinas y del molinismo sin penetrar, sin embargo, en el pelagianismo. En el catolicismo se plantea el “misterio del libre albedrío” y la predestinación resulta una paradoja especialmente intensa.

130 La predestinación es asociada a la omnisciencia y omnipotencia divinas. Sobre la salvación en el Islam v. por ej. de Abdelkáder Muhámmad Alí “Allah, el Islam, el Hombre…”, 13/09/2007, WebIslam, http://www.webislam.com/articulos/32137-allah _el_islam_el_hombre.html,%201-4-2013, 20-7-2013. C. por ej. Corán, Parte 13, Sura 14, 11. V. BERGER, Peter Ludwig, “Predestinación en Islam y calvinismo. El Dosel sagrado: para una teoría sociológica de la religión”, Google Books, http://books.google.com.ar/ books?id=gc8HgsjKdhYC&pg=PA114&lpg=PA114&dq=comparacion+calvinismo+islam&source=bl&ots=HlTXMZ0rak&sig=N5Lcda611dqcN804rKN-bItZ7hM&hl=es-419& sa=X&ei=nSp7UfPgDcGBrAGVk4DgDw&ved=0CCEQ6AEwAg , 26-4-2013; CANTON RODRÍGUEZ, José, “La Religión ante la Tercera República Española” Google Books, http://books.google.com.ar/books?id=nsY29ChtWvQC&pg=PA117&dq=comparacion+calvinismo+islam&hl=es-419&sa=X&ei=-ix7UeTlG4jmrAH77IG4DA&ved=0CD0Q6A EwBw, 26-4-2013 (comparación del calvi-nismo y el Islam). Suele decirse que el Islam es el calvinismo del Oriente, o a la inversa (ApoLogos, La Hermenéutica Calvinista, http://apologos.net/hermcalvin1.html#axzz2 RhybmRkL, 21-7-2013). En cuanto a la

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La referencia católica al libre albedrío genera sentidos de culpa que son superados mediante el perdón 131. Se llama a veces al catolicismo con especial intensidad “la religión del perdón”132, pero éste se encuentra en importante relación con el planteo de la culpa. Se dice que la Iglesia es “culpógena” y facilitadora de perdón 133. Por otra parte, con sentidos agus-tinianos opuestos al maniqueísmo y al pelagianismo 134, pero sobre todo en base al propio ejemplo de Jesús que, principalmente según el catolicismo, es redentor de toda la Humanidad, cabe atender a las faltas humanas en una empresa de “corredención” colectiva. Jesús, el paradigma de la inocencia, asumió las culpas de los demás; el individuo debe asemejarse a él. La creencia musulmana en la predestinación suele ser denominada “fatalismo”. A diferencia de la intermediación sacerdotal católica, en el Islam sólo a Dios le corresponde el perdón, que se presenta relativamente accesible. Única-mente puede haber sabios que asesoren al creyente para comprender su culpa y elaborar su penitencia 135. El calvinismo encomienda a laicos ser pastores, ancianos (“presbíteros”), enseñantes (doctores) y laicos 136.

relación entre el catolicismo y el protestantismo puede v. la polémica producción de José L. Aranguren “Catolicismo y protestantismo como formas de existencia” (1952), “Catolicismo día tras día” (1955), reescrito posterior-mente con el título “Contralectura del catolicismo” (1978) y la obra en que se levanta acta de los veinte años del itinerario en donde se produce, según su título: “La crisis del catolicismo”.

131 En cuanto al perdón religioso en general, es posible v. Buddhachannel, El perdón, a través de las religiones, http://www.buddhachannel.tv/portail/spip.php?article19732, 30-4-2013.

132 Cabe tener en cuenta el gran poder de la confesión y al propio tiempo su efecto liberador, Periodismo Digital, Religión Digital, El catolicismo ha convertido la confesión en un instrumento peligroso, http://blogs.periodistadigital.com/religion.php/2009/08/28/p2449 64, 30-4-2013. V. por ej. asimismo Buzón Católico, Culpabilidad, http://www.buzon catolico.es/escueladevida/crecercomopersonas/culpabilidad.html, 30-4-2013; El perdón, http://www.justforcatholics.org/s4.htm. 30-4-2013.

133 Que al fin, obviamente, produce Dios. 134 Se puede ampliar en nuestro artículo "San Agustín, polémico defensor de la pantonomía

de la justicia", en "Investigación..." cit., Nº 17, págs. 109 y ss. 135 Es posible v. el trabajo del Dr. Abderrahmán Cherif-Chergui Marini “La culpa en el

Islam”, en http://www.atopos.es/pdf_12/33-48_La%20culpa%20en%20el%20Islam.pdf, 3-5-2013. Se suele destacar que en el Islam no se utiliza la noción de pecado sino de transgresión. No habiendo pecado original, se acentúa la responsabilidad individual. (Es posible v. de Abdullah Bartoll Ríus “¿Es el Islam una religión? Apuntes para la Creación de un

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por el calvinismo. Además, los Estados Unidos de América fueron refugio para muchos filósofos perseguidos en Europa. El propio Hans Kelsen encontró su lugar en ese país 127. En el Islam tal vez la presencia filosófica fue más de recepción y difusión que de producción original, quizás porque la presencia religiosa se hizo demasiado profunda. El florecer relativamente temprano de la filosofía en el Islam, coincidente con su “Edad de Oro”, se fue atenuando. El régimen, muy penetrado por la religión, no deja mayor espacio para la filosofía y su fuerza innovadora en el Derecho 128.

19. A través del libre albedrío, en el catolicismo las distribuciones de

referencia divina dejan un importante espacio a la libertad 129 y a la conducta repartidora de los fieles, en cambio el Islam y el calvinismo afirman de maneras diversas la predestinación 130, donde dicha conducción, en la medida que exista, es más instrumental a la decisión de la divinidad.

127 La “Estatua de la Libertad” es un símbolo caprichoso apropiado. 128 No obstante v. por ej. Filosofía islámica, http://ramasdelafilosofia.com/filosofia-

islamica/, 17-6-2013. Es posible ampliar en nuestras “Lecciones de Historia de la Filosofía del Derecho”, Rosario, Fundación para las Investigaciones Jurídicas, 1991/4 (reedición en “Aportes Iusfilosóficos para la construcción del Derecho: Metodología Jurídica. Lecciones de Historia de la Filosofía del Derecho. La conjetura del funcionamiento de las normas jurídicas” (recopilación), Rosario, Zeus, 2008).

129 Cabe referir las afirmaciones tridentinas y del molinismo sin penetrar, sin embargo, en el pelagianismo. En el catolicismo se plantea el “misterio del libre albedrío” y la predestinación resulta una paradoja especialmente intensa.

130 La predestinación es asociada a la omnisciencia y omnipotencia divinas. Sobre la salvación en el Islam v. por ej. de Abdelkáder Muhámmad Alí “Allah, el Islam, el Hombre…”, 13/09/2007, WebIslam, http://www.webislam.com/articulos/32137-allah _el_islam_el_hombre.html,%201-4-2013, 20-7-2013. C. por ej. Corán, Parte 13, Sura 14, 11. V. BERGER, Peter Ludwig, “Predestinación en Islam y calvinismo. El Dosel sagrado: para una teoría sociológica de la religión”, Google Books, http://books.google.com.ar/ books?id=gc8HgsjKdhYC&pg=PA114&lpg=PA114&dq=comparacion+calvinismo+islam&source=bl&ots=HlTXMZ0rak&sig=N5Lcda611dqcN804rKN-bItZ7hM&hl=es-419& sa=X&ei=nSp7UfPgDcGBrAGVk4DgDw&ved=0CCEQ6AEwAg , 26-4-2013; CANTON RODRÍGUEZ, José, “La Religión ante la Tercera República Española” Google Books, http://books.google.com.ar/books?id=nsY29ChtWvQC&pg=PA117&dq=comparacion+calvinismo+islam&hl=es-419&sa=X&ei=-ix7UeTlG4jmrAH77IG4DA&ved=0CD0Q6A EwBw, 26-4-2013 (comparación del calvi-nismo y el Islam). Suele decirse que el Islam es el calvinismo del Oriente, o a la inversa (ApoLogos, La Hermenéutica Calvinista, http://apologos.net/hermcalvin1.html#axzz2 RhybmRkL, 21-7-2013). En cuanto a la

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La referencia católica al libre albedrío genera sentidos de culpa que son superados mediante el perdón 131. Se llama a veces al catolicismo con especial intensidad “la religión del perdón”132, pero éste se encuentra en importante relación con el planteo de la culpa. Se dice que la Iglesia es “culpógena” y facilitadora de perdón 133. Por otra parte, con sentidos agus-tinianos opuestos al maniqueísmo y al pelagianismo 134, pero sobre todo en base al propio ejemplo de Jesús que, principalmente según el catolicismo, es redentor de toda la Humanidad, cabe atender a las faltas humanas en una empresa de “corredención” colectiva. Jesús, el paradigma de la inocencia, asumió las culpas de los demás; el individuo debe asemejarse a él. La creencia musulmana en la predestinación suele ser denominada “fatalismo”. A diferencia de la intermediación sacerdotal católica, en el Islam sólo a Dios le corresponde el perdón, que se presenta relativamente accesible. Única-mente puede haber sabios que asesoren al creyente para comprender su culpa y elaborar su penitencia 135. El calvinismo encomienda a laicos ser pastores, ancianos (“presbíteros”), enseñantes (doctores) y laicos 136.

relación entre el catolicismo y el protestantismo puede v. la polémica producción de José L. Aranguren “Catolicismo y protestantismo como formas de existencia” (1952), “Catolicismo día tras día” (1955), reescrito posterior-mente con el título “Contralectura del catolicismo” (1978) y la obra en que se levanta acta de los veinte años del itinerario en donde se produce, según su título: “La crisis del catolicismo”.

131 En cuanto al perdón religioso en general, es posible v. Buddhachannel, El perdón, a través de las religiones, http://www.buddhachannel.tv/portail/spip.php?article19732, 30-4-2013.

132 Cabe tener en cuenta el gran poder de la confesión y al propio tiempo su efecto liberador, Periodismo Digital, Religión Digital, El catolicismo ha convertido la confesión en un instrumento peligroso, http://blogs.periodistadigital.com/religion.php/2009/08/28/p2449 64, 30-4-2013. V. por ej. asimismo Buzón Católico, Culpabilidad, http://www.buzon catolico.es/escueladevida/crecercomopersonas/culpabilidad.html, 30-4-2013; El perdón, http://www.justforcatholics.org/s4.htm. 30-4-2013.

133 Que al fin, obviamente, produce Dios. 134 Se puede ampliar en nuestro artículo "San Agustín, polémico defensor de la pantonomía

de la justicia", en "Investigación..." cit., Nº 17, págs. 109 y ss. 135 Es posible v. el trabajo del Dr. Abderrahmán Cherif-Chergui Marini “La culpa en el

Islam”, en http://www.atopos.es/pdf_12/33-48_La%20culpa%20en%20el%20Islam.pdf, 3-5-2013. Se suele destacar que en el Islam no se utiliza la noción de pecado sino de transgresión. No habiendo pecado original, se acentúa la responsabilidad individual. (Es posible v. de Abdullah Bartoll Ríus “¿Es el Islam una religión? Apuntes para la Creación de un

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El calvinismo sostiene con firmeza la depravación de la naturaleza moral humana, de modo que es necesaria la gracia soberana de Dios en la salvación. Una persona es salvada en tanto otra es condenada no por la voluntad, la fe o alguna otra virtud de ella, sino por la elección soberana de Dios para tener misericordia. Aunque la persona debe actuar para creer y ser salva, esta obediencia de fe es el regalo de Dios. Dios completa la salvación de pecadores. Únicamente Dios puede salvar, y no todos somos salvos; Él no ha escogido salvarnos a todos. La religión del teólogo jurista francés sostiene que el Hijo de Dios murió para salvar a un número limitado de pecadores y el llamado de la gracia es irresistible. De un cierto modo próximo a San Pablo y a San Agustín, Calvino pensó que las enseñanzas católicas del Concilio de Trento en relación con el libre albedrío 137 estaban demasiado

Lenguaje Islámico Castellano”, WebIslam, http://www.webislam.com/articulos/18344-es_el_islam_una_religion.html, 26-7-2013.

136 Los nombres pueden variar. El sistema de gobierno eclesiástico entre los presbiterianos es de cierto modo una democracia representativa, ni un gobierno jerárquico como el de la Iglesia Católica, ni completamente congregacional como el de las iglesias bautistas. En la organización presbiteriana existen los Presbíterios, el Sínodo y la Asamblea General. Cada uno tiene sus propias funciones. El Presbiterio, está formado por ministros y ancianos y ejerce supervisión sobre las congregaciones de un área determinada; el Sínodo se compone de ministros y ancianos-representantes de las congregaciones de un número específico de presbiterios y la Asamblea General es la corte de apelación final. Ella representa a toda la iglesia. Creen que ninguna iglesia cristiana puede reclamar posesión exclusiva de un sistema de gobierno eclesiástico que hubiese sido autorizado por Cristo. En otros ámbitos se dice que los pastores son líderes de la comunidad, los ancianos atienden a las costumbres y disciplinas, los diáconos se ocupan de la beneficencia y los doctores interpretan la Biblia y enseñan a la juventud. También hay organizaciones que tienen ancianos gobernantes. Dice Kuyper que el calvinismo proclamó la igualdad absoluta de todos los que se involucran en el servicio de la iglesia, y se negó a atribuir a sus líderes y oficiales algún otro carácter que el de ministros (este significa siervos) (KUYPER, “Exposiciones …” cit., pág. 48).

137 Se pueden v. por ej. Sacrosanto, Ecuménico y General Concilio de Trento, La Justificación, Sesión VI, Biblioteca Electrónica Cristiana, http://multimedios.org/docs/ d000436/p000001.htm, 28-4-2013; Concilio de Trento, Los sacramentos de la penitencia y de la extremaunción, Sesión XIV, Biblioteca Electrónica Cristiana, http://multimedios. org/docs/d000436/p000003.htm#2-p0.8.1.1, 28-9-2012; DÍAZ RIOFRÍO, José María, “Años 1545-1563/ Concilio de Trento: Reforma Católica, en Dpto. Religión, 4º ESO, Curso 2008/9, http://www.gecoas.com/religion/historia/moderna/1545Mo.htm, 28-4-2013.

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cercanas al pelagianismo. El calvinismo es especialmente cuidadoso en rechazar la intermediación.

Ante la idea de un Dios bueno, surge la necesidad de explicar el mal que, pese a múltiples debates, a menudo se remite a la opción humana por el pecado. Para la concepción judeo-cristiana-islámica hay un pecado original del cual, según el catolicismo, Jesús con su sacrificio redimió a todos los hombres; conforme al Islam Dios exculpó a los hombres a través de Adán y Eva al salir del Paraíso Terrenal, y en el calvinismo con su sacrificio Jesús redimió a los elegidos. Suele destacarse en el Islam que Dios ordenó a los padres remotos descender a la Tierra y ser enemigos los unos de los otros. En las proyecciones religiosas hacia el Derecho, las opciones por la referencia al pecado compartido y de redención o de perdón al salir del Paraíso poseen gran significación. El pecado y la redención compartidos promueven una “empresa moral” colectiva de la humanidad.

El espacio de libertad repartidor es de gran relevancia para la cons-trucción de las soluciones jurídicas. Incluso tiene relación con la legitimidad de las penas. No se ha de creer, sin embargo, que el fatalismo excluye la legitimidad de las penas; simplemente tiende a remitirlas no a la elección de los sujetos sino a la defensa de quienes las aplican.

20. Los repartos pueden ser reconocidos en cuanto a sus elementos:

los repartidores (conductores), los recipiendarios (beneficiados y gravados), los objetos (potencias e impotencias), las formas (los caminos previos a los repartos: procesales o de mera imposición y negociales o de mera adhesión) y las razones (incluyendo móviles, razones alegadas 138 y razones “objetivas”, que atribuye la sociedad cuando considera que los repartos son valiosos).

Los actos religiosos, que a su vez son repartos, se reconocen en cuanto a los actores/repartidores que los conducen (sacerdotes, fieles, etc.); los recipiendarios que reciben las potencias y las impotencias; los objetos que son las potencias y las impotencias adjudicadas por los actos religiosos; las formas, es decir los caminos recorridos antes de producir los actos/ repartos religiosos y las razones, abarcando los móviles de quienes producen los actos/repartos, las razones que éstos alegan y las razones objetivas que atribuyen las sociedades cuando consideran que los actos/repartos religiosos son valiosos.

138 Un tema de interés es el de la relación entre las razones alegadas y la predicación.

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El calvinismo sostiene con firmeza la depravación de la naturaleza moral humana, de modo que es necesaria la gracia soberana de Dios en la salvación. Una persona es salvada en tanto otra es condenada no por la voluntad, la fe o alguna otra virtud de ella, sino por la elección soberana de Dios para tener misericordia. Aunque la persona debe actuar para creer y ser salva, esta obediencia de fe es el regalo de Dios. Dios completa la salvación de pecadores. Únicamente Dios puede salvar, y no todos somos salvos; Él no ha escogido salvarnos a todos. La religión del teólogo jurista francés sostiene que el Hijo de Dios murió para salvar a un número limitado de pecadores y el llamado de la gracia es irresistible. De un cierto modo próximo a San Pablo y a San Agustín, Calvino pensó que las enseñanzas católicas del Concilio de Trento en relación con el libre albedrío 137 estaban demasiado

Lenguaje Islámico Castellano”, WebIslam, http://www.webislam.com/articulos/18344-es_el_islam_una_religion.html, 26-7-2013.

136 Los nombres pueden variar. El sistema de gobierno eclesiástico entre los presbiterianos es de cierto modo una democracia representativa, ni un gobierno jerárquico como el de la Iglesia Católica, ni completamente congregacional como el de las iglesias bautistas. En la organización presbiteriana existen los Presbíterios, el Sínodo y la Asamblea General. Cada uno tiene sus propias funciones. El Presbiterio, está formado por ministros y ancianos y ejerce supervisión sobre las congregaciones de un área determinada; el Sínodo se compone de ministros y ancianos-representantes de las congregaciones de un número específico de presbiterios y la Asamblea General es la corte de apelación final. Ella representa a toda la iglesia. Creen que ninguna iglesia cristiana puede reclamar posesión exclusiva de un sistema de gobierno eclesiástico que hubiese sido autorizado por Cristo. En otros ámbitos se dice que los pastores son líderes de la comunidad, los ancianos atienden a las costumbres y disciplinas, los diáconos se ocupan de la beneficencia y los doctores interpretan la Biblia y enseñan a la juventud. También hay organizaciones que tienen ancianos gobernantes. Dice Kuyper que el calvinismo proclamó la igualdad absoluta de todos los que se involucran en el servicio de la iglesia, y se negó a atribuir a sus líderes y oficiales algún otro carácter que el de ministros (este significa siervos) (KUYPER, “Exposiciones …” cit., pág. 48).

137 Se pueden v. por ej. Sacrosanto, Ecuménico y General Concilio de Trento, La Justificación, Sesión VI, Biblioteca Electrónica Cristiana, http://multimedios.org/docs/ d000436/p000001.htm, 28-4-2013; Concilio de Trento, Los sacramentos de la penitencia y de la extremaunción, Sesión XIV, Biblioteca Electrónica Cristiana, http://multimedios. org/docs/d000436/p000003.htm#2-p0.8.1.1, 28-9-2012; DÍAZ RIOFRÍO, José María, “Años 1545-1563/ Concilio de Trento: Reforma Católica, en Dpto. Religión, 4º ESO, Curso 2008/9, http://www.gecoas.com/religion/historia/moderna/1545Mo.htm, 28-4-2013.

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cercanas al pelagianismo. El calvinismo es especialmente cuidadoso en rechazar la intermediación.

Ante la idea de un Dios bueno, surge la necesidad de explicar el mal que, pese a múltiples debates, a menudo se remite a la opción humana por el pecado. Para la concepción judeo-cristiana-islámica hay un pecado original del cual, según el catolicismo, Jesús con su sacrificio redimió a todos los hombres; conforme al Islam Dios exculpó a los hombres a través de Adán y Eva al salir del Paraíso Terrenal, y en el calvinismo con su sacrificio Jesús redimió a los elegidos. Suele destacarse en el Islam que Dios ordenó a los padres remotos descender a la Tierra y ser enemigos los unos de los otros. En las proyecciones religiosas hacia el Derecho, las opciones por la referencia al pecado compartido y de redención o de perdón al salir del Paraíso poseen gran significación. El pecado y la redención compartidos promueven una “empresa moral” colectiva de la humanidad.

El espacio de libertad repartidor es de gran relevancia para la cons-trucción de las soluciones jurídicas. Incluso tiene relación con la legitimidad de las penas. No se ha de creer, sin embargo, que el fatalismo excluye la legitimidad de las penas; simplemente tiende a remitirlas no a la elección de los sujetos sino a la defensa de quienes las aplican.

20. Los repartos pueden ser reconocidos en cuanto a sus elementos:

los repartidores (conductores), los recipiendarios (beneficiados y gravados), los objetos (potencias e impotencias), las formas (los caminos previos a los repartos: procesales o de mera imposición y negociales o de mera adhesión) y las razones (incluyendo móviles, razones alegadas 138 y razones “objetivas”, que atribuye la sociedad cuando considera que los repartos son valiosos).

Los actos religiosos, que a su vez son repartos, se reconocen en cuanto a los actores/repartidores que los conducen (sacerdotes, fieles, etc.); los recipiendarios que reciben las potencias y las impotencias; los objetos que son las potencias y las impotencias adjudicadas por los actos religiosos; las formas, es decir los caminos recorridos antes de producir los actos/ repartos religiosos y las razones, abarcando los móviles de quienes producen los actos/repartos, las razones que éstos alegan y las razones objetivas que atribuyen las sociedades cuando consideran que los actos/repartos religiosos son valiosos.

138 Un tema de interés es el de la relación entre las razones alegadas y la predicación.

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21. La conducción religiosa suele tener una gran fuerza, aunque es diferente según se trate de la figura divina atribuida a Jesús, mártir por los pecados del mundo, de Mahoma, un profeta que fue jefe religioso y militar o de un jurista teólogo reformador como Calvino 139; de los sacerdotes católicos, los diáconos calvinistas o los imanes y sabios, ulamas y alfaquíes islámicos. La jerarquización institucional e incluso sacramental de los sacerdotes católicos no existe en el calvinismo ni en el Islam. Los sacerdotes son pensados de cierto modo como constructores de “puentes” calificados institucionalmente entre Dios y los hombres. Por eso el Papa es Sumo Pontífice. En el calvinismo y el Islam se invocan sólo calificaciones de saber o morales, que se consideran de servicio. Aunque en los hechos existan caracterizaciones al menos “parasacerdotales” en alguna medida afines a las del catolicismo, los conductores invocados por el calvinismo y el Islam son los propios creyentes.

Decía Kuyper que en todas las religiones no cristianas sin excepción se consideran necesarios a los intercesores humanos; y en el área del mismo cristianismo, el intercesor se metió nuevamente en la escena, en la virgen bendita, en el ejército de ángeles, en los santos y mártires, y en la jerarquía sacerdotal del clero; sostenía que incluso, aunque Lutero se levantó contra toda mediación sacerdotal, la iglesia que lleva su nombre renovó con su título de “ecclesia docens” el oficio del mediador y administrador de misterios. Afirmaba Kuyper que en este punto también es Calvino, y él solo, quien al-canzó la realización plena del ideal de la religión pura espiritual. La religión, como él la comprendió, tiene que realizar “nullis mediis interpositis” 140. En el calvinismo los hombres son más protagonistas de sus propias vidas.

Suele afirmarse, a nuestro parecer no sin razón, que el catolicismo no exigió que los creyentes trabajaran, como lo hace el protestantismo, ni siquiera como lo piensa el Islam. El catolicismo jerarquiza el trabajo, pero no 139 Se dice que “los grandes hombres espirituales, sean cuales sean sus respectivos grados,

manifiestan o bien una sublimación, o bien una norma. El primer caso es el de Buda y Cristo, así como el de todos los santos monjes o ermitaños, y el segundo el de Abraham, Moisés y Muhammad, así como el de todos los santos que viven en el mundo, como los santos monarcas y guerreros; la actitud de unos se corresponde con las palabras de Cristo “Mi Reino no es de este mundo”, y la actitud de los otros con las palabras “Venga a nosotros tu Reino”” (SCHUON, op. cit., págs. 144/5). Suele afirmarse que Mahoma es en el Islam un intermediador de excelencia como lo es la Virgen en el cristianismo (SCHUON, op. cit., págs.150 y ss.).

140 KUYPER, “Exposiciones …” cit., pág. 35.

MIGUEL ÁNGEL CIURO CALDANI

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lo requiere con la intensidad de las otras dos religiones. En el Islam la actividad económica es de cierto modo adoración: el trabajo con una buena intención y ejecutado de acuerdo a lo permitido en las leyes es considerado como tal.

Un despliegue de alta significación en cuanto a los autores de los actos religiosos es la amplia caracterización de referencia religiosa de los profesionales, generalizada en la creencia protestante. Es más, el protestan-tismo vincula la conducción profesional a una misión impuesta por Dios, y en el calvinismo se trata de comprobar la fe en la vida profesional 141. Los calvinistas de la época heroica del capitalismo se consideraban “santos” (héroes) seguros de sí mismos 142 y trabajaban en ese sentido 143.

22. En el marco del cristianismo es en especial relevante el debate

acerca de quiénes son recipiendarios beneficiados de la Redención. En el catolicismo son todos los seres humanos. El calvinismo tiene un sentido selectivo, referido a los elegidos 144, que da curso a una estructura clasista, de cierta manera de castas por lo inmodificable, que a veces resulta sólo aparentemente democrática 145. El relativo espíritu democrático del calvinismo 141 V. WEBER, op. cit., pág. 155. 142 Íd., pág. 138. 143 “No es, pues, un azar que se diese el nombre de “metodistas” a los adeptos del último

gran renacimiento de las ideas puritanas en el siglo XVIII, así como el siglo XVII se había aplicado a sus antecesores espirituales la calificación análoga de “precisistas”.” (WEBER, op. cit., págs. 150/1).

144 Incluso en fuerte conflicto con los arminianos (es posible v. por ej. iglesiareformada. com, www.iglesiareformada.com, 16-4-2013; SEATON, W. J., “Los Cinco Puntos del Calvinismo”, trad. Gabriella Rodríguez, Biblioteca, http://www.iglesiareformada.com/ Seaton_Cinco_Puntos.html, 16-4-2013; iglesia.net, Los Cinco Puntos del Calvinismo, http://forocristiano.iglesia.net/showthread.php/46392-Los-Cinco-Puntos-del-Calvinismo (resumen-la-doctrina-calvinista), 16-4-2013). El calvinismo presentaba una evidente similitud con el luteranismo, pero ofrecía mayor rigor lógico, radicalismo y organización. Calvino afirmó, como Lutero, que la única fuente de la fe es la Biblia, libremente interpretada por cada creyente. Pero respecto de la salvación sostuvo el concepto de la predestinación, es decir, la creencia de que Dios eligió de antemano a los hombres, a unos para la salvación (los elegidos) y a otros para la condenación eterna (los réprobos). Este estricto concepto fatalista constituye uno de los rasgos característicos de la doctrina de Calvino.

145 Cabe recordar que el célebre teórico del calvinismo Abraham Kuyper dijo que si el calvinismo pone nuestra entera vida humana inmediatamente ante Dios, entonces sigue que todos, hombres o mujeres, ricos o pobres, débiles o fuertes, aburridos o talentosos,

ISSN 2314-128X

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21. La conducción religiosa suele tener una gran fuerza, aunque es diferente según se trate de la figura divina atribuida a Jesús, mártir por los pecados del mundo, de Mahoma, un profeta que fue jefe religioso y militar o de un jurista teólogo reformador como Calvino 139; de los sacerdotes católicos, los diáconos calvinistas o los imanes y sabios, ulamas y alfaquíes islámicos. La jerarquización institucional e incluso sacramental de los sacerdotes católicos no existe en el calvinismo ni en el Islam. Los sacerdotes son pensados de cierto modo como constructores de “puentes” calificados institucionalmente entre Dios y los hombres. Por eso el Papa es Sumo Pontífice. En el calvinismo y el Islam se invocan sólo calificaciones de saber o morales, que se consideran de servicio. Aunque en los hechos existan caracterizaciones al menos “parasacerdotales” en alguna medida afines a las del catolicismo, los conductores invocados por el calvinismo y el Islam son los propios creyentes.

Decía Kuyper que en todas las religiones no cristianas sin excepción se consideran necesarios a los intercesores humanos; y en el área del mismo cristianismo, el intercesor se metió nuevamente en la escena, en la virgen bendita, en el ejército de ángeles, en los santos y mártires, y en la jerarquía sacerdotal del clero; sostenía que incluso, aunque Lutero se levantó contra toda mediación sacerdotal, la iglesia que lleva su nombre renovó con su título de “ecclesia docens” el oficio del mediador y administrador de misterios. Afirmaba Kuyper que en este punto también es Calvino, y él solo, quien al-canzó la realización plena del ideal de la religión pura espiritual. La religión, como él la comprendió, tiene que realizar “nullis mediis interpositis” 140. En el calvinismo los hombres son más protagonistas de sus propias vidas.

Suele afirmarse, a nuestro parecer no sin razón, que el catolicismo no exigió que los creyentes trabajaran, como lo hace el protestantismo, ni siquiera como lo piensa el Islam. El catolicismo jerarquiza el trabajo, pero no 139 Se dice que “los grandes hombres espirituales, sean cuales sean sus respectivos grados,

manifiestan o bien una sublimación, o bien una norma. El primer caso es el de Buda y Cristo, así como el de todos los santos monjes o ermitaños, y el segundo el de Abraham, Moisés y Muhammad, así como el de todos los santos que viven en el mundo, como los santos monarcas y guerreros; la actitud de unos se corresponde con las palabras de Cristo “Mi Reino no es de este mundo”, y la actitud de los otros con las palabras “Venga a nosotros tu Reino”” (SCHUON, op. cit., págs. 144/5). Suele afirmarse que Mahoma es en el Islam un intermediador de excelencia como lo es la Virgen en el cristianismo (SCHUON, op. cit., págs.150 y ss.).

140 KUYPER, “Exposiciones …” cit., pág. 35.

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lo requiere con la intensidad de las otras dos religiones. En el Islam la actividad económica es de cierto modo adoración: el trabajo con una buena intención y ejecutado de acuerdo a lo permitido en las leyes es considerado como tal.

Un despliegue de alta significación en cuanto a los autores de los actos religiosos es la amplia caracterización de referencia religiosa de los profesionales, generalizada en la creencia protestante. Es más, el protestan-tismo vincula la conducción profesional a una misión impuesta por Dios, y en el calvinismo se trata de comprobar la fe en la vida profesional 141. Los calvinistas de la época heroica del capitalismo se consideraban “santos” (héroes) seguros de sí mismos 142 y trabajaban en ese sentido 143.

22. En el marco del cristianismo es en especial relevante el debate

acerca de quiénes son recipiendarios beneficiados de la Redención. En el catolicismo son todos los seres humanos. El calvinismo tiene un sentido selectivo, referido a los elegidos 144, que da curso a una estructura clasista, de cierta manera de castas por lo inmodificable, que a veces resulta sólo aparentemente democrática 145. El relativo espíritu democrático del calvinismo 141 V. WEBER, op. cit., pág. 155. 142 Íd., pág. 138. 143 “No es, pues, un azar que se diese el nombre de “metodistas” a los adeptos del último

gran renacimiento de las ideas puritanas en el siglo XVIII, así como el siglo XVII se había aplicado a sus antecesores espirituales la calificación análoga de “precisistas”.” (WEBER, op. cit., págs. 150/1).

144 Incluso en fuerte conflicto con los arminianos (es posible v. por ej. iglesiareformada. com, www.iglesiareformada.com, 16-4-2013; SEATON, W. J., “Los Cinco Puntos del Calvinismo”, trad. Gabriella Rodríguez, Biblioteca, http://www.iglesiareformada.com/ Seaton_Cinco_Puntos.html, 16-4-2013; iglesia.net, Los Cinco Puntos del Calvinismo, http://forocristiano.iglesia.net/showthread.php/46392-Los-Cinco-Puntos-del-Calvinismo (resumen-la-doctrina-calvinista), 16-4-2013). El calvinismo presentaba una evidente similitud con el luteranismo, pero ofrecía mayor rigor lógico, radicalismo y organización. Calvino afirmó, como Lutero, que la única fuente de la fe es la Biblia, libremente interpretada por cada creyente. Pero respecto de la salvación sostuvo el concepto de la predestinación, es decir, la creencia de que Dios eligió de antemano a los hombres, a unos para la salvación (los elegidos) y a otros para la condenación eterna (los réprobos). Este estricto concepto fatalista constituye uno de los rasgos característicos de la doctrina de Calvino.

145 Cabe recordar que el célebre teórico del calvinismo Abraham Kuyper dijo que si el calvinismo pone nuestra entera vida humana inmediatamente ante Dios, entonces sigue que todos, hombres o mujeres, ricos o pobres, débiles o fuertes, aburridos o talentosos,

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es interno, pero hacia el exterior significa una posición fuertemente elitista, quizás afín a las afirmaciones de Tertuliano -a nuestro parecer equivocadas- de que la única verdad es la que se conserva en la Iglesia o, más, entre los arrebatados por una nueva efusión del Espíritu 146. Entre las mayores vías de constitución de recipiendarios gravados están la imposición de una creencia o la “excomunión”.

El Islam mejoró en su nacimiento la condición de las mujeres, pero a diferencia del catolicismo y el calvinismo, que evolucionan hacia su igualdad con el hombre, la religión enseñada por Mahoma recomienda que sean “cuidadas”, que sus esposos sean “bondadosos” con ellas, pero no las equipara a los varones 147. En relativa semejanza con el judaísmo histórico, el Islam admite la poligamia.

como criaturas de Dios y como pecadores perdidos, no tienen ningún derecho de enseñorearse unos de los otros, y estamos como iguales ante Dios, y en consecuencia iguales de hombre a hombre. Por tanto no podemos reconocer ninguna distinción entre los hombres, aparte de aquellas que han sido impuestas por Dios mismo, en cuanto Él dio a uno autoridad sobre el otro, o enriqueció a uno con más talentos que al otro, para que el hombre con más talentos sirva al que tiene menos, y en él le sirva a su Dios. Por tanto, el calvinismo condena no solamente toda esclavitud abierta y sistemas de casta, sino también toda esclavitud encubierta de la mujer y del pobre; es opuesto a toda jerarquía entre los hombres; no tolera ninguna aristocracia excepto aquella que sea capaz, sea en persona o en familia, por la gracia de Dios, de exhibir una superioridad para engrandecerse a sí mismo no por orgullo ambicioso, sino para invertirla en servicio de Dios. Así tuvo que encontrar el calvinismo su expresión en la interpretación democrática de la vida; en proclamar la libertad de las naciones; y en no descansar hasta que tanto política como socialmente cada persona, simplemente por el hecho de ser humano, sea reconocida, respetada y tratada como una criatura creada según la semejanza de Dios. Esto no era un producto de la envidia. No era el hombre de clase baja que redujo a su superior a su propio nivel para usurpar la posición más alta, sino que eran todos los hombres arrodillados juntamente a los pies del Santo de Israel (KUYPER, “Exposiciones …” cit., págs. 17/8).

146 Se afirma: Por tanto, aborrecemos absolutamente la blasfemia de aquellos que aseveran que los hombres que viven equitativa y justamente serán salvos sin importar que religión profesen. Porque así como no hay salvación sin Cristo Jesús, de la misma manera ninguno tendrá parte de la vida, salvo aquellos quienes el Padre les ha dado a Cristo Jesús …" (Confesión de Escocia, Cap. XVI, 4, 5). (v. La Confesión Escocesa, 1560, http://www.hombrereformado.org/confesion-de-escocesa, 23-6-2013; VELAZCO MEDINA, op. y cap. cits.)

147 V. por ej. Portal del Islam Tradicional, Matrimonio, Mujer y Géneros en el Islam, http://peru-islam.blogspot.com.ar/2010/08/matrimonio-mujer-y-generos-en-el-islam.html,

MIGUEL ÁNGEL CIURO CALDANI

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Una línea problemática jurídica acerca de los recipiendarios que ha penetrado de diferentes maneras a las religiones es el nepotismo.

23. El debate acerca de qué es potencia e impotencia en los actos

religiosos como despliegues jurídicos es también significativo. Se trata de lo que favorece o perjudica a la vida humana, pero entendidas desde la perspectiva de la religión. En el cristianismo vale atender de manera especial a las potencias que anuncian en gran tensión las Bienaventuranzas.

Para los católicos la potencia se desarrolla en la “salvación” del alma y la llegada al Paraíso o el Purgatorio y en cierta espontaneidad vital y cierta contemplación. La institucionalidad eclesiástica permite manejar la fuerte fuente de potencias e impotencias de la inclusión y la exclusión (“excomunión”). En otro plano más “mundano”, cabe referir la relación de las potencias e impotencias religiosas con el arte y la ciencia, a veces muy favorable y en otros casos restrictiva. La intervención de la Iglesia en las grandes realizaciones en el campo artístico conserva hoy expresiones magníficas. Mucho se ha discutido, en distintas circunstancias y creencias, acerca de posibles concentraciones de beneficios en sectores católicos “clericales”. La crítica al catolicismo en este sentido ha sido especialmente fuerte y uno de los motivos -al menos alegado- de la Reforma.

Para los calvinistas, la referencia a la salvación como potencia jurídica se modifica ante la creencia en la predestinación. No hay Purgatorio y el Paraíso es concedido por predestinación. En concordancia con la manifesta-ción de la elección divina por el éxito rige, por ejemplo, la fuerte regla de que el tiempo es oro. Aunque prescinde de intervenciones en el arte y la ciencia, el calvinismo se considera espacio paralelo favorable al desenvolvi-miento que ésta tuvo en la modernidad.

El Islam anuncia que a través suyo se encuentran la puerta al Paraíso, la salvación del fuego eterno del infierno y el perdón de todos los pecados pasados. Se trata de un Dios fuerte, misericordioso pero que castiga. También se mencionan beneficios del Islam a la sociedad, para la ciencia y la civilización 148, aunque parece que los resultados de los últimos siglos no

18-6-2013; “La familia islámica”, de Sabora Uribe, WebIslam, http://www.webislam. com/articulos/18081-la_familia_islamica.html, 18-6-2013.

148 The Religión of Islam, Los beneficios del Islam, http://www.islamreligion.com/es/ category/43/, 18-6-2013; Capítulo 2, Algunos beneficios del Islam, http://www.islam-guide.com/es/ch2-1.htm y ss., 18-6-2013.

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es interno, pero hacia el exterior significa una posición fuertemente elitista, quizás afín a las afirmaciones de Tertuliano -a nuestro parecer equivocadas- de que la única verdad es la que se conserva en la Iglesia o, más, entre los arrebatados por una nueva efusión del Espíritu 146. Entre las mayores vías de constitución de recipiendarios gravados están la imposición de una creencia o la “excomunión”.

El Islam mejoró en su nacimiento la condición de las mujeres, pero a diferencia del catolicismo y el calvinismo, que evolucionan hacia su igualdad con el hombre, la religión enseñada por Mahoma recomienda que sean “cuidadas”, que sus esposos sean “bondadosos” con ellas, pero no las equipara a los varones 147. En relativa semejanza con el judaísmo histórico, el Islam admite la poligamia.

como criaturas de Dios y como pecadores perdidos, no tienen ningún derecho de enseñorearse unos de los otros, y estamos como iguales ante Dios, y en consecuencia iguales de hombre a hombre. Por tanto no podemos reconocer ninguna distinción entre los hombres, aparte de aquellas que han sido impuestas por Dios mismo, en cuanto Él dio a uno autoridad sobre el otro, o enriqueció a uno con más talentos que al otro, para que el hombre con más talentos sirva al que tiene menos, y en él le sirva a su Dios. Por tanto, el calvinismo condena no solamente toda esclavitud abierta y sistemas de casta, sino también toda esclavitud encubierta de la mujer y del pobre; es opuesto a toda jerarquía entre los hombres; no tolera ninguna aristocracia excepto aquella que sea capaz, sea en persona o en familia, por la gracia de Dios, de exhibir una superioridad para engrandecerse a sí mismo no por orgullo ambicioso, sino para invertirla en servicio de Dios. Así tuvo que encontrar el calvinismo su expresión en la interpretación democrática de la vida; en proclamar la libertad de las naciones; y en no descansar hasta que tanto política como socialmente cada persona, simplemente por el hecho de ser humano, sea reconocida, respetada y tratada como una criatura creada según la semejanza de Dios. Esto no era un producto de la envidia. No era el hombre de clase baja que redujo a su superior a su propio nivel para usurpar la posición más alta, sino que eran todos los hombres arrodillados juntamente a los pies del Santo de Israel (KUYPER, “Exposiciones …” cit., págs. 17/8).

146 Se afirma: Por tanto, aborrecemos absolutamente la blasfemia de aquellos que aseveran que los hombres que viven equitativa y justamente serán salvos sin importar que religión profesen. Porque así como no hay salvación sin Cristo Jesús, de la misma manera ninguno tendrá parte de la vida, salvo aquellos quienes el Padre les ha dado a Cristo Jesús …" (Confesión de Escocia, Cap. XVI, 4, 5). (v. La Confesión Escocesa, 1560, http://www.hombrereformado.org/confesion-de-escocesa, 23-6-2013; VELAZCO MEDINA, op. y cap. cits.)

147 V. por ej. Portal del Islam Tradicional, Matrimonio, Mujer y Géneros en el Islam, http://peru-islam.blogspot.com.ar/2010/08/matrimonio-mujer-y-generos-en-el-islam.html,

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Una línea problemática jurídica acerca de los recipiendarios que ha penetrado de diferentes maneras a las religiones es el nepotismo.

23. El debate acerca de qué es potencia e impotencia en los actos

religiosos como despliegues jurídicos es también significativo. Se trata de lo que favorece o perjudica a la vida humana, pero entendidas desde la perspectiva de la religión. En el cristianismo vale atender de manera especial a las potencias que anuncian en gran tensión las Bienaventuranzas.

Para los católicos la potencia se desarrolla en la “salvación” del alma y la llegada al Paraíso o el Purgatorio y en cierta espontaneidad vital y cierta contemplación. La institucionalidad eclesiástica permite manejar la fuerte fuente de potencias e impotencias de la inclusión y la exclusión (“excomunión”). En otro plano más “mundano”, cabe referir la relación de las potencias e impotencias religiosas con el arte y la ciencia, a veces muy favorable y en otros casos restrictiva. La intervención de la Iglesia en las grandes realizaciones en el campo artístico conserva hoy expresiones magníficas. Mucho se ha discutido, en distintas circunstancias y creencias, acerca de posibles concentraciones de beneficios en sectores católicos “clericales”. La crítica al catolicismo en este sentido ha sido especialmente fuerte y uno de los motivos -al menos alegado- de la Reforma.

Para los calvinistas, la referencia a la salvación como potencia jurídica se modifica ante la creencia en la predestinación. No hay Purgatorio y el Paraíso es concedido por predestinación. En concordancia con la manifesta-ción de la elección divina por el éxito rige, por ejemplo, la fuerte regla de que el tiempo es oro. Aunque prescinde de intervenciones en el arte y la ciencia, el calvinismo se considera espacio paralelo favorable al desenvolvi-miento que ésta tuvo en la modernidad.

El Islam anuncia que a través suyo se encuentran la puerta al Paraíso, la salvación del fuego eterno del infierno y el perdón de todos los pecados pasados. Se trata de un Dios fuerte, misericordioso pero que castiga. También se mencionan beneficios del Islam a la sociedad, para la ciencia y la civilización 148, aunque parece que los resultados de los últimos siglos no

18-6-2013; “La familia islámica”, de Sabora Uribe, WebIslam, http://www.webislam. com/articulos/18081-la_familia_islamica.html, 18-6-2013.

148 The Religión of Islam, Los beneficios del Islam, http://www.islamreligion.com/es/ category/43/, 18-6-2013; Capítulo 2, Algunos beneficios del Islam, http://www.islam-guide.com/es/ch2-1.htm y ss., 18-6-2013.

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los confirman 149. De diversas maneras las tres religiones pretenden una fuerte influen-

cia en el conjunto de la vida, de maneras destacadas en la problemática de la salud 150 y en especial en la vida sexual 151, con relevantes consecuencias jurídicas. La dominación de la vida sexual es un camino para la dominación de la vida toda y, consecuentemente, del Derecho. En este marco es signi-ficativo el celibato sacerdotal católico. Cuando se desconoce la relevancia de lo religioso en el intercambio jurídico se penetra en el terreno de la simonía 152.

La religión tiene diferentes alcances en la composición de las personas de los fieles. La relativa “externalidad” del catolicismo permite

149 En cuanto a los dones de Alá puede v. por ej. Corán, Parte IV, Sura 16, 18 (“Si tratáis de

enumerar los dones de Allah no podréis contarlos, es cierto que Allah es Perdonador, Compasivo”).

150 Es posible v. GONZÁLEZ VALDÉS, Teresa L., “Las creencias religiosas y su relación con el proceso salud-enfermedad”, en “Revista Electrónica de Psicología Iztacala”, 7, 2, http://www.iztacala.unam.mx/carreras/psicologia/psiclin/2004-2b/vol7no2art2.pdf, 19-6-2013.

151 PATXI-LOIDI, “Visión cristiana de la sexualidad”,”Cuadernos Fe y Justicia”, 8 Ediciones EGA. Bilbao-1987, http://mercaba.org/FICHAS/CATECUMENADO/patxi/ loidi_08.htm, 19-6-2013; PINILLA MONROY, Germán Monseñor, “La comprensión de la sexualidad”, El Catolicismo.com.co, http://www.elcatolicismo.com.co/?idcategoria= 17269, 19-6-2013; Iglesia Presbiteriana de Monte Sión, La sexualidad y la posmodernidad, http://iglesiapresbiterianamontesion.blogspot.com.ar/2012/06/la-sexuali dad-y-posmodernidad.html#!/2012/06/la-sexualidad-y-posmodernidad.html, 19-6-2013; Campamento de Adolescentes, “Generación de nuevos retos”, Integridad sexual, http:// www.presbirioja.org/noticias/2012/campamentoadolescentes/integridad_sexual.php, 19-6-2013; PRADO, Abdenur, “Sexualidad en el Islam” (“… la sexualidad y el placer son dones de Dios, y rehusar a ellos es una vanidad y una torpeza. El cuerpo humano es como un campo para la labranza, generador de goce y de sosiego. Existe una cortesía en el amor, y respetar esa cortesía no implica ninguna represión, ni la aceptación de límites contrarios a la naturaleza humana. La cortesía en el amor es el signo de la superación de la crueldad y de la zafiedad en las relaciones sexuales, de la hipocresía y del puritanismo. La dulzura de trato, la conversación y las caricias son la llave de la unión. Toda intimidad es intimidad con Al-lâh.”), WebIslam, http://www.webislam.com/ articulos/28450-sexualidad_en_el_islam.html, 19-6-2013. Aunque los regímenes esta-tales sean diversos, sostuvo Kuyper que el “amor libre” y el concubinato pueden tratar de disolver el lazo más sagrado; pero para la gran mayoría de nuestra raza, el matrimonio sigue siendo el fundamento de la sociedad humana, y la familia mantiene su posición como esfera primordial en la sociología (KUYPER, “Exposiciones …”cit., pág. 75).

152 Es posible ampliar por ej. en Simonía, http://www.corazones.org/diccionario/simonia. htm, 24-7-2013.

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continuar la práctica en caso de pérdida de la fe. Cuando un calvinista pierde la fe puede desmoronarse o no encontrar la manera de relacionarse con los demás; tal vez esto influya en los crímenes más masivos. Parece que la pérdida de la fe en el Islam no ocasiona graves perjuicios a la persona. Tal vez sea relevante que muchos emigrantes se han convertido a otros credos y han podido recomponer sus vidas sin mayores dificultades, pero se debate sobre las consecuencias que impone la comunidad religiosa 153.

24. En cuanto a la forma, las fuertes creencias de las tres religiones

encaminan y pueden limitar las posibilidades de audiencia procesal. Pueden conducir con facilidad al bloqueo de la audiencia. Así lo muestra, por ejemplo, la Inquisición. La creencia en la predestinación puede marginar el sentido de amplia audiencia del proceso. Se destaca que en el Islam los delitos para los que el Corán señala una pena (como la impudicia y la calumnia de un musulmán, la embriaguez, el latrocinio y el bandolerismo) son castigados con dureza, pero para que se ejecute la pena es necesaria la libre confesión del acusado 154. La idea de libertad suele suscitar en general, sin embargo, mucha discusión.

En el catolicismo la forma de los sacramentos y de la misa es tradicionalmente rígida, contando con cierta elasticidad en la homilía, aunque en los últimos tiempos se han ido produciendo innovaciones relativas al respecto. El Concilio Ecuménico Vaticano II produjo importantes cambios en términos de humanización de formas que habían perdido su significado, como el uso obligatorio del latín en las misas. La Iglesia asigna gran valor a la Liturgia y a las formas en general 155. De las tres religiones la más formal, con una liturgia cargada a menudo de cierta ostentación es la católica. Se

153 V. por ej. PRADO, Abdennur, “Libertad de conciencia y apostasía en el Islam”,

WebIslam, http://www.webislam.com/articulos/31562-libertad_de_conciencia_y_aposta sia_en_el_islam.html, 26.7-2013.

154 GOTTSCHALK, op. cit., pág. 52. 155 Se puede v. REYES, Arturo, “La liturgia, ¿qué es?”, Catholic. net, http://es.catholic.net/

conocetufe/423/2215/articulo.php?id=2297, 15-7-2013 (“…se considera a la liturgia como el ejercicio del sacerdocio de Jesucristo. En ella, los signos sensibles significan y, cada uno a su manera, realizan la santificación del hombre, y así el Cuerpo Místico de Cristo, es decir, la Cabeza y sus miembros ejerce el culto publico íntegro. En consecuencia, toda celebración litúrgica por ser obra de Cristo Sacerdote y de su cuerpo, que es la Iglesia, es acción sagrada por excelencia, cuya eficacia, con el mismo título y el mismo grado, no la iguala ninguna otra acción de la Iglesia.”)

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los confirman 149. De diversas maneras las tres religiones pretenden una fuerte influen-

cia en el conjunto de la vida, de maneras destacadas en la problemática de la salud 150 y en especial en la vida sexual 151, con relevantes consecuencias jurídicas. La dominación de la vida sexual es un camino para la dominación de la vida toda y, consecuentemente, del Derecho. En este marco es signi-ficativo el celibato sacerdotal católico. Cuando se desconoce la relevancia de lo religioso en el intercambio jurídico se penetra en el terreno de la simonía 152.

La religión tiene diferentes alcances en la composición de las personas de los fieles. La relativa “externalidad” del catolicismo permite

149 En cuanto a los dones de Alá puede v. por ej. Corán, Parte IV, Sura 16, 18 (“Si tratáis de

enumerar los dones de Allah no podréis contarlos, es cierto que Allah es Perdonador, Compasivo”).

150 Es posible v. GONZÁLEZ VALDÉS, Teresa L., “Las creencias religiosas y su relación con el proceso salud-enfermedad”, en “Revista Electrónica de Psicología Iztacala”, 7, 2, http://www.iztacala.unam.mx/carreras/psicologia/psiclin/2004-2b/vol7no2art2.pdf, 19-6-2013.

151 PATXI-LOIDI, “Visión cristiana de la sexualidad”,”Cuadernos Fe y Justicia”, 8 Ediciones EGA. Bilbao-1987, http://mercaba.org/FICHAS/CATECUMENADO/patxi/ loidi_08.htm, 19-6-2013; PINILLA MONROY, Germán Monseñor, “La comprensión de la sexualidad”, El Catolicismo.com.co, http://www.elcatolicismo.com.co/?idcategoria= 17269, 19-6-2013; Iglesia Presbiteriana de Monte Sión, La sexualidad y la posmodernidad, http://iglesiapresbiterianamontesion.blogspot.com.ar/2012/06/la-sexuali dad-y-posmodernidad.html#!/2012/06/la-sexualidad-y-posmodernidad.html, 19-6-2013; Campamento de Adolescentes, “Generación de nuevos retos”, Integridad sexual, http:// www.presbirioja.org/noticias/2012/campamentoadolescentes/integridad_sexual.php, 19-6-2013; PRADO, Abdenur, “Sexualidad en el Islam” (“… la sexualidad y el placer son dones de Dios, y rehusar a ellos es una vanidad y una torpeza. El cuerpo humano es como un campo para la labranza, generador de goce y de sosiego. Existe una cortesía en el amor, y respetar esa cortesía no implica ninguna represión, ni la aceptación de límites contrarios a la naturaleza humana. La cortesía en el amor es el signo de la superación de la crueldad y de la zafiedad en las relaciones sexuales, de la hipocresía y del puritanismo. La dulzura de trato, la conversación y las caricias son la llave de la unión. Toda intimidad es intimidad con Al-lâh.”), WebIslam, http://www.webislam.com/ articulos/28450-sexualidad_en_el_islam.html, 19-6-2013. Aunque los regímenes esta-tales sean diversos, sostuvo Kuyper que el “amor libre” y el concubinato pueden tratar de disolver el lazo más sagrado; pero para la gran mayoría de nuestra raza, el matrimonio sigue siendo el fundamento de la sociedad humana, y la familia mantiene su posición como esfera primordial en la sociología (KUYPER, “Exposiciones …”cit., pág. 75).

152 Es posible ampliar por ej. en Simonía, http://www.corazones.org/diccionario/simonia. htm, 24-7-2013.

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continuar la práctica en caso de pérdida de la fe. Cuando un calvinista pierde la fe puede desmoronarse o no encontrar la manera de relacionarse con los demás; tal vez esto influya en los crímenes más masivos. Parece que la pérdida de la fe en el Islam no ocasiona graves perjuicios a la persona. Tal vez sea relevante que muchos emigrantes se han convertido a otros credos y han podido recomponer sus vidas sin mayores dificultades, pero se debate sobre las consecuencias que impone la comunidad religiosa 153.

24. En cuanto a la forma, las fuertes creencias de las tres religiones

encaminan y pueden limitar las posibilidades de audiencia procesal. Pueden conducir con facilidad al bloqueo de la audiencia. Así lo muestra, por ejemplo, la Inquisición. La creencia en la predestinación puede marginar el sentido de amplia audiencia del proceso. Se destaca que en el Islam los delitos para los que el Corán señala una pena (como la impudicia y la calumnia de un musulmán, la embriaguez, el latrocinio y el bandolerismo) son castigados con dureza, pero para que se ejecute la pena es necesaria la libre confesión del acusado 154. La idea de libertad suele suscitar en general, sin embargo, mucha discusión.

En el catolicismo la forma de los sacramentos y de la misa es tradicionalmente rígida, contando con cierta elasticidad en la homilía, aunque en los últimos tiempos se han ido produciendo innovaciones relativas al respecto. El Concilio Ecuménico Vaticano II produjo importantes cambios en términos de humanización de formas que habían perdido su significado, como el uso obligatorio del latín en las misas. La Iglesia asigna gran valor a la Liturgia y a las formas en general 155. De las tres religiones la más formal, con una liturgia cargada a menudo de cierta ostentación es la católica. Se

153 V. por ej. PRADO, Abdennur, “Libertad de conciencia y apostasía en el Islam”,

WebIslam, http://www.webislam.com/articulos/31562-libertad_de_conciencia_y_aposta sia_en_el_islam.html, 26.7-2013.

154 GOTTSCHALK, op. cit., pág. 52. 155 Se puede v. REYES, Arturo, “La liturgia, ¿qué es?”, Catholic. net, http://es.catholic.net/

conocetufe/423/2215/articulo.php?id=2297, 15-7-2013 (“…se considera a la liturgia como el ejercicio del sacerdocio de Jesucristo. En ella, los signos sensibles significan y, cada uno a su manera, realizan la santificación del hombre, y así el Cuerpo Místico de Cristo, es decir, la Cabeza y sus miembros ejerce el culto publico íntegro. En consecuencia, toda celebración litúrgica por ser obra de Cristo Sacerdote y de su cuerpo, que es la Iglesia, es acción sagrada por excelencia, cuya eficacia, con el mismo título y el mismo grado, no la iguala ninguna otra acción de la Iglesia.”)

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dice que la tiara papal, la jerarquía, la misa, etc., son nada más que el resultado de un solo pensamiento fundamental: que Dios entra en una relación con la criatura por medio de un enlace místico, el cual es la Iglesia -no en el sentido de un organismo místico, sino como una institución visible, palpable y tangible-. 156

Incluso se defiende a la Liturgia y la forma diciendo que son el legado de los siglos; claro está, de los tiempos en que también en el ámbito exterior las personas eran incluso atemorizadas con la forma. Nos parece que esos despliegues están lejos del marco que eligió para sí el Fundador. La estructura y la forma de la Iglesia se asemejan en cambio mucho a un ámbito imperial. Cada ser humano tiene su propia religiosidad y la forma puede unir, pero también distancia de los demás e incluso tiende a provocar rechazo, sobre todo en días de secularización como los actuales.

En el Islam la noción de culto es menos formal. Si bien suele considerarse culto a la oración, el ayuno y el pago de la contribución social, se dice que cada persona encuentra muy alentador que sus acciones sean consideradas por Dios como actos de adoración. Esto la conduce a la búsqueda de agradar a Dios en todas sus acciones, a una tendencia a rea-lizarlas lo mejor posible, ya sea observado por otros o estando a solas, dado que Dios está siempre presente y es el que todo lo sabe 157. En principio, el imán se sitúa delante de los demás fieles en las mezquitas y sirve de guía para realizar el ritual de oración, aunque no es obligatorio seguirle. Suele afirmarse que en el ámbito ortodoxo cada musulmán puede ser su propio imán, con tal de que sepa rezar correctamente, y que el desempeño de imán existe sólo mientras dura la oración. Aunque en teoría sea así y la elección de los imanes corresponde en principio a las comunidades, en la práctica hay alguna profesionalización, con personas que siguen estudios específicos, e incluso cabe destacar el poder del clero en los ámbitos chiítas. Los ayatolás son eruditos en la religión 158.

156 V. KUYPER, “Exposiciones …” cit., pág. 11. 157 V. BADRÁN, Alí Alejandro, “El concepto de culto en el Islam. Una hora en búsqueda

de sabiduría vale más que rezar durante 70 años”, WebIslam, http://www.webislam.com/ articulos/40348-el_concepto_de_culto_en_el_islam.html, 11-7-2013.

158 Se puede v. por ej. Acerca de los ayatolás, expertos superiores del chiísmo: http://es. thefreedictionary.com/_/dict.aspx?rd=1&word=ayatollah , 17-4-2013, http://es.wikipedia. org/wiki/Ayatol%C3%A1, 17-4-2013.

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En el calvinismo la creatividad del pastor tiene más posibilidades que en el catolicismo. Aunque prepara con cuidado su intervención, la lectura, los comentarios y los himnos tienen que dar imagen de más espontaneidad 159. Se afirma no obstante que en la actitud vital del calvinista se nota el influjo de la filosofía hebraica, sobria y embebida del sentimiento de lo divino, cristalizada en los libros más leídos por los puritanos: las sentencias de Salomón y muchos de los Salmos, en los que anida marcado carácter racional 160.

Tal vez la formalidad religiosa permita la subsistencia de cierta religiosidad aún en casos de pérdida de la fe, según parece ocurrir en el catolicismo, pero a su vez la formalidad afirma la dominación y quizás pueda viabilizar la hipocresía. Con palabras de Hegel, cabría decir que “En la Iglesia católica lo externo es, pues, lo determinante y lleva a la esfera de la libertad absoluta todo lo inespiritual y lo no libre, que a cada paso encon-tramos en el catolicismo.” 161 Las tres religiones ponen cuidado en la formación de quienes orientarán su fe y sus prácticas 162.

25. Dentro del planteo de las razones de los actos/repartos religiosos,

con las pertinentes proyecciones jurídicas, cabe considerar los móviles, las razones alegadas y las razones que atribuyen las sociedades cuando consideran que dichos repartos son valiosos. En cuanto a los móviles y las razones alegadas de los repartos, cabe referir que las obras, que el catolicismo considera más parte del medio de salvación, el calvinismo tiene como signo de la elección divina. La polémica cristiana entre la salvación

159 V. BARON, Ronald, “Pastor protestante”, http://mercaba.org/Rialp/P/pastor_protestante.

htm, 11-7-2013 (Dice por ej. “De todas las fisuras que separan del catolicismo a las distintas confesiones protestantes, quizá la más profunda sea el concepto divergente de la naturaleza y función del ministerio en la Iglesia.”).

160 WEBER, op. cit., pág. 158. 161 HEGEL, Georg Wilhelm Friedrich, “Lecciones sobre la filosofía de la historia

universal”, trad. José Gaos, 2ª ed. en Alianza Universidad, Madrid, 1982, pág. 617. 162 V. por ej. Pontifical Gregorian University, http://www.unigre.it/home_page_en.php, 11-

7-2013; MORENA, Rafael de la, “Al Azhar, la Universidad emblemática del Islam”, en WebIslam, http://www.webislam.com/articulos/60851-al_azhar_la_universidad_emblema tica_del_islam.html; Seminario Islámico online, http://www.ensenarme.org/moodle/, 11-7-2013. El propio Calvino fundó en 1559 la Universidad de Ginebra en 1559 (http:// www.unige.ch/international/presentation_en.html, 11-7-2013, en cuanto a la Facultad de Teología, http://www.unige.ch/theologie/index.html, 11-7-2013).

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dice que la tiara papal, la jerarquía, la misa, etc., son nada más que el resultado de un solo pensamiento fundamental: que Dios entra en una relación con la criatura por medio de un enlace místico, el cual es la Iglesia -no en el sentido de un organismo místico, sino como una institución visible, palpable y tangible-. 156

Incluso se defiende a la Liturgia y la forma diciendo que son el legado de los siglos; claro está, de los tiempos en que también en el ámbito exterior las personas eran incluso atemorizadas con la forma. Nos parece que esos despliegues están lejos del marco que eligió para sí el Fundador. La estructura y la forma de la Iglesia se asemejan en cambio mucho a un ámbito imperial. Cada ser humano tiene su propia religiosidad y la forma puede unir, pero también distancia de los demás e incluso tiende a provocar rechazo, sobre todo en días de secularización como los actuales.

En el Islam la noción de culto es menos formal. Si bien suele considerarse culto a la oración, el ayuno y el pago de la contribución social, se dice que cada persona encuentra muy alentador que sus acciones sean consideradas por Dios como actos de adoración. Esto la conduce a la búsqueda de agradar a Dios en todas sus acciones, a una tendencia a rea-lizarlas lo mejor posible, ya sea observado por otros o estando a solas, dado que Dios está siempre presente y es el que todo lo sabe 157. En principio, el imán se sitúa delante de los demás fieles en las mezquitas y sirve de guía para realizar el ritual de oración, aunque no es obligatorio seguirle. Suele afirmarse que en el ámbito ortodoxo cada musulmán puede ser su propio imán, con tal de que sepa rezar correctamente, y que el desempeño de imán existe sólo mientras dura la oración. Aunque en teoría sea así y la elección de los imanes corresponde en principio a las comunidades, en la práctica hay alguna profesionalización, con personas que siguen estudios específicos, e incluso cabe destacar el poder del clero en los ámbitos chiítas. Los ayatolás son eruditos en la religión 158.

156 V. KUYPER, “Exposiciones …” cit., pág. 11. 157 V. BADRÁN, Alí Alejandro, “El concepto de culto en el Islam. Una hora en búsqueda

de sabiduría vale más que rezar durante 70 años”, WebIslam, http://www.webislam.com/ articulos/40348-el_concepto_de_culto_en_el_islam.html, 11-7-2013.

158 Se puede v. por ej. Acerca de los ayatolás, expertos superiores del chiísmo: http://es. thefreedictionary.com/_/dict.aspx?rd=1&word=ayatollah , 17-4-2013, http://es.wikipedia. org/wiki/Ayatol%C3%A1, 17-4-2013.

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En el calvinismo la creatividad del pastor tiene más posibilidades que en el catolicismo. Aunque prepara con cuidado su intervención, la lectura, los comentarios y los himnos tienen que dar imagen de más espontaneidad 159. Se afirma no obstante que en la actitud vital del calvinista se nota el influjo de la filosofía hebraica, sobria y embebida del sentimiento de lo divino, cristalizada en los libros más leídos por los puritanos: las sentencias de Salomón y muchos de los Salmos, en los que anida marcado carácter racional 160.

Tal vez la formalidad religiosa permita la subsistencia de cierta religiosidad aún en casos de pérdida de la fe, según parece ocurrir en el catolicismo, pero a su vez la formalidad afirma la dominación y quizás pueda viabilizar la hipocresía. Con palabras de Hegel, cabría decir que “En la Iglesia católica lo externo es, pues, lo determinante y lleva a la esfera de la libertad absoluta todo lo inespiritual y lo no libre, que a cada paso encon-tramos en el catolicismo.” 161 Las tres religiones ponen cuidado en la formación de quienes orientarán su fe y sus prácticas 162.

25. Dentro del planteo de las razones de los actos/repartos religiosos,

con las pertinentes proyecciones jurídicas, cabe considerar los móviles, las razones alegadas y las razones que atribuyen las sociedades cuando consideran que dichos repartos son valiosos. En cuanto a los móviles y las razones alegadas de los repartos, cabe referir que las obras, que el catolicismo considera más parte del medio de salvación, el calvinismo tiene como signo de la elección divina. La polémica cristiana entre la salvación

159 V. BARON, Ronald, “Pastor protestante”, http://mercaba.org/Rialp/P/pastor_protestante.

htm, 11-7-2013 (Dice por ej. “De todas las fisuras que separan del catolicismo a las distintas confesiones protestantes, quizá la más profunda sea el concepto divergente de la naturaleza y función del ministerio en la Iglesia.”).

160 WEBER, op. cit., pág. 158. 161 HEGEL, Georg Wilhelm Friedrich, “Lecciones sobre la filosofía de la historia

universal”, trad. José Gaos, 2ª ed. en Alianza Universidad, Madrid, 1982, pág. 617. 162 V. por ej. Pontifical Gregorian University, http://www.unigre.it/home_page_en.php, 11-

7-2013; MORENA, Rafael de la, “Al Azhar, la Universidad emblemática del Islam”, en WebIslam, http://www.webislam.com/articulos/60851-al_azhar_la_universidad_emblema tica_del_islam.html; Seminario Islámico online, http://www.ensenarme.org/moodle/, 11-7-2013. El propio Calvino fundó en 1559 la Universidad de Ginebra en 1559 (http:// www.unige.ch/international/presentation_en.html, 11-7-2013, en cuanto a la Facultad de Teología, http://www.unige.ch/theologie/index.html, 11-7-2013).

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por la fe, por la fe más las obras o por la elección divina es intensa 163. La salvación por la fe se vincula más a los móviles y la que exige la fe y las obras atiende más a los objetos de los repartos.

Las religiones suelen servir de móviles de los repartos. Se dice por ejemplo, con gran fuerza expresiva, que en la esfera del calvinismo, como también en la Declaración de la Independencia de los Estados Unidos de América, las rodillas se doblan ante Dios, mientras las cabezas se levantan orgullosamente frente al hombre. Pero en la Revolución Francesa, desde el punto de vista de la soberanía del pueblo, el puño se cierra de manera desafiante contra Dios, mientras el hombre se arrastra ante sus prójimos, adornando su humillación con la ficción de que hace miles de años algunos hombres de los cuales nadie se acuerda, acordaron un contrato político, o como ellos lo llamaron, “contrato social” 164.

De la razonabilidad que las religiones logran en cuanto a la materia, el tiempo, el espacio y las personas depende su influencia en el Derecho. Mucho se discute acerca del seguimiento que provoca esa razonabilidad. Tal vez haya una declinación del número de seguidores cristianos en Europa y un incremento en otras áreas, por ejemplo en África 165. Parece que hay un aumento en el número de los integrantes del Islam.

Además, vale tener en cuenta que en muchos países, quizás sobre todo donde imperan el catolicismo y el calvinismo, existen diferentes grados de seguimiento concreto, entre quienes adhieren más a la religiosidad y los que se remiten más al sentido racional de la modernidad. Sin embargo, vale tener en cuenta que la posmodernidad significa cierta reducción de la racionalidad, en afinidad con la religiosidad tradicional 166.

A diferencia de la convivencia externa con el Islam, ahora algunos países de Europa encuentran su presencia en el interior. Esta presencia

163 La discusión entre la fe y las obras ocupó a Pablo (fe) y a Santiago (fe más obras). La

referencia a la predestinación y a la fe es característica del protestantismo. Es posible v. got Questions?org, ¿Es la salvación por fe solamente, o por fe más obras?, http://www. gotquestions.org/Espanol/Fe-solamente.html, 15-7-2013.

164 V. por ej. KUYPER, “Esposiciones …” cit., pág. 73. 165 Los 10 países insólitos donde más crece el cristianismo, http://www.fluvium.org/textos/

iglesia/igl411.htm, 19-6-2013. 166 Es posible ampliar en nuestro artículo, en colaboración con Mario E. Chaumet,

"Perspectivas jurídicas "dialécticas" de la medievalidad, la modernidad y la post-modernidad", en "Investigación..." cit., Nº 21, págs. 67 y ss.

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suscita cuestiones muy nuevas y reacciones muy diversas 167. Asimismo, la diversidad religiosa es un factor que se considera con miras al ingreso de Turquía en la Unión, teniendo en cuenta, por ejemplo, el grado de comprensión recíproca que podrían tener las dos partes del nuevo ámbito a construir 168.

En los espacios español e hispanoamericano, incluyendo a la Argentina, hay un sector más hispánico tradicional y otro anglofrancés, con distintas composiciones religiosas profundas y sus pertinentes influencias jurídicas. El primero fue reforzado por la inmigración española e itálica meridional y la relativa asimilación indígena. Es más católico, organicista, intervencionista, paternalista, con afinidades románticas. El segundo, reforzado por influencias norteamericanas, es afín a la Reforma y a veces agnóstico o ateo, es más contractualista, abstencionista y liberal, con inter-relaciones ilustradas e iluministas 169.

El Derecho argentino sería muy diverso si no tuviera una fuerte presencia básica católica y de inmigración española e italiana meridional e

167 Islamhoy, Musulmanes europeos en Alemania, una realidad visible, http://islamhoy.com/

actualidad/noticias-actualidad/musulmanes-europeos-en-alemania-una-realidad-visible/, 29-7-2013; LEILLEN, Samuel Lic., “Los musulmanes representan un difícil desafío para Europa”, Aurora, http://www.aurora-israel.co.il/articulos/israel/Opinion/52149/, 29-7-2013; LOZANO, Javier, “El peligro de una Europa de mayoría musulmana”, http:// www.libertaddigital.com/mundo/caminamos-hacia-una-europa-musulmana-1276414162/, 29-7-2013; Gobierno de España, Portal de Cultura de Defensa, La influencia social del Islam en la Unión Europea, http://www.portalcultura.mde.es/publicaciones/publica ciones/Defensa_y_Seguridad/publicacion_4035.html, 29-7-2013; MILOSEVICH, Mira, “El Islam europeo, entre la integración y la radicalización”, http://www.fundacionfaes. org/file_upload/publication/pdf/20130423150759el-islam-europeo-entre-la-integracion-y -la-radicalizacion.pdf, 29-7-2013. Precisamente, en la presencia del Islam en Europa pueden presentarse diferentes temas de interés a esclarecer mediante la teoría de las res-puestas jurídicas (alcances, plusmodelación, minusmodelación, sustitución, aislamiento, coexistencia, integración, desintegración, etc.).

168 Es posible v. por ej. ABELLÁN, Lucía, “La UE fustiga a Ankara y aplaza la reactivación de las negociaciones”, El País Internacional, http://internacional.elpais. com/internacional/2013/06/25/actualidad/1372151759_847480.html, 29-7-2013; Unión Europea reabre proceso de adhesión de Turquía, lanacion mundo, http://www.nacion. com/mundo/Union-Europea-negociacion-adhesion-Turquia_0_1349865088.html, 29-7-2013; La entrada de Turquía en la UE tiene el apoyo internacional y rechazo social, diariovasco.com, http://www.diariovasco.com/agencias/20130709/mas-actualidad/mundo/ entrada-turquia-tiene-apoyo-institucional_201307091327.html, 29-7-2013; Unión Euro-pea. Ampliación, http://europa.eu/pol/enlarg/index_es.htm, 29-7-2013.

169 Se puede ampliar en nuestro artículo “Bases culturales del Derecho argentino” cit.

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por la fe, por la fe más las obras o por la elección divina es intensa 163. La salvación por la fe se vincula más a los móviles y la que exige la fe y las obras atiende más a los objetos de los repartos.

Las religiones suelen servir de móviles de los repartos. Se dice por ejemplo, con gran fuerza expresiva, que en la esfera del calvinismo, como también en la Declaración de la Independencia de los Estados Unidos de América, las rodillas se doblan ante Dios, mientras las cabezas se levantan orgullosamente frente al hombre. Pero en la Revolución Francesa, desde el punto de vista de la soberanía del pueblo, el puño se cierra de manera desafiante contra Dios, mientras el hombre se arrastra ante sus prójimos, adornando su humillación con la ficción de que hace miles de años algunos hombres de los cuales nadie se acuerda, acordaron un contrato político, o como ellos lo llamaron, “contrato social” 164.

De la razonabilidad que las religiones logran en cuanto a la materia, el tiempo, el espacio y las personas depende su influencia en el Derecho. Mucho se discute acerca del seguimiento que provoca esa razonabilidad. Tal vez haya una declinación del número de seguidores cristianos en Europa y un incremento en otras áreas, por ejemplo en África 165. Parece que hay un aumento en el número de los integrantes del Islam.

Además, vale tener en cuenta que en muchos países, quizás sobre todo donde imperan el catolicismo y el calvinismo, existen diferentes grados de seguimiento concreto, entre quienes adhieren más a la religiosidad y los que se remiten más al sentido racional de la modernidad. Sin embargo, vale tener en cuenta que la posmodernidad significa cierta reducción de la racionalidad, en afinidad con la religiosidad tradicional 166.

A diferencia de la convivencia externa con el Islam, ahora algunos países de Europa encuentran su presencia en el interior. Esta presencia

163 La discusión entre la fe y las obras ocupó a Pablo (fe) y a Santiago (fe más obras). La

referencia a la predestinación y a la fe es característica del protestantismo. Es posible v. got Questions?org, ¿Es la salvación por fe solamente, o por fe más obras?, http://www. gotquestions.org/Espanol/Fe-solamente.html, 15-7-2013.

164 V. por ej. KUYPER, “Esposiciones …” cit., pág. 73. 165 Los 10 países insólitos donde más crece el cristianismo, http://www.fluvium.org/textos/

iglesia/igl411.htm, 19-6-2013. 166 Es posible ampliar en nuestro artículo, en colaboración con Mario E. Chaumet,

"Perspectivas jurídicas "dialécticas" de la medievalidad, la modernidad y la post-modernidad", en "Investigación..." cit., Nº 21, págs. 67 y ss.

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suscita cuestiones muy nuevas y reacciones muy diversas 167. Asimismo, la diversidad religiosa es un factor que se considera con miras al ingreso de Turquía en la Unión, teniendo en cuenta, por ejemplo, el grado de comprensión recíproca que podrían tener las dos partes del nuevo ámbito a construir 168.

En los espacios español e hispanoamericano, incluyendo a la Argentina, hay un sector más hispánico tradicional y otro anglofrancés, con distintas composiciones religiosas profundas y sus pertinentes influencias jurídicas. El primero fue reforzado por la inmigración española e itálica meridional y la relativa asimilación indígena. Es más católico, organicista, intervencionista, paternalista, con afinidades románticas. El segundo, reforzado por influencias norteamericanas, es afín a la Reforma y a veces agnóstico o ateo, es más contractualista, abstencionista y liberal, con inter-relaciones ilustradas e iluministas 169.

El Derecho argentino sería muy diverso si no tuviera una fuerte presencia básica católica y de inmigración española e italiana meridional e

167 Islamhoy, Musulmanes europeos en Alemania, una realidad visible, http://islamhoy.com/

actualidad/noticias-actualidad/musulmanes-europeos-en-alemania-una-realidad-visible/, 29-7-2013; LEILLEN, Samuel Lic., “Los musulmanes representan un difícil desafío para Europa”, Aurora, http://www.aurora-israel.co.il/articulos/israel/Opinion/52149/, 29-7-2013; LOZANO, Javier, “El peligro de una Europa de mayoría musulmana”, http:// www.libertaddigital.com/mundo/caminamos-hacia-una-europa-musulmana-1276414162/, 29-7-2013; Gobierno de España, Portal de Cultura de Defensa, La influencia social del Islam en la Unión Europea, http://www.portalcultura.mde.es/publicaciones/publica ciones/Defensa_y_Seguridad/publicacion_4035.html, 29-7-2013; MILOSEVICH, Mira, “El Islam europeo, entre la integración y la radicalización”, http://www.fundacionfaes. org/file_upload/publication/pdf/20130423150759el-islam-europeo-entre-la-integracion-y -la-radicalizacion.pdf, 29-7-2013. Precisamente, en la presencia del Islam en Europa pueden presentarse diferentes temas de interés a esclarecer mediante la teoría de las res-puestas jurídicas (alcances, plusmodelación, minusmodelación, sustitución, aislamiento, coexistencia, integración, desintegración, etc.).

168 Es posible v. por ej. ABELLÁN, Lucía, “La UE fustiga a Ankara y aplaza la reactivación de las negociaciones”, El País Internacional, http://internacional.elpais. com/internacional/2013/06/25/actualidad/1372151759_847480.html, 29-7-2013; Unión Europea reabre proceso de adhesión de Turquía, lanacion mundo, http://www.nacion. com/mundo/Union-Europea-negociacion-adhesion-Turquia_0_1349865088.html, 29-7-2013; La entrada de Turquía en la UE tiene el apoyo internacional y rechazo social, diariovasco.com, http://www.diariovasco.com/agencias/20130709/mas-actualidad/mundo/ entrada-turquia-tiene-apoyo-institucional_201307091327.html, 29-7-2013; Unión Euro-pea. Ampliación, http://europa.eu/pol/enlarg/index_es.htm, 29-7-2013.

169 Se puede ampliar en nuestro artículo “Bases culturales del Derecho argentino” cit.

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REVISTA DE FILOSOFÍA JURÍDICA Y SOCIAL

195

injertos más reformados, de cierta manera calvinistas, anglofranceses y con algunas influencias norteamericanas. El cumplimiento de las reglas sería más intenso, quizás porque se ha extendido la búsqueda sin límites del provecho propio. Pese a la excelencia de muchas individualidades, se trata de un país de la permanente transgresión, más referida a una Institución del perdón que a la remisión directa a Dios. En la Argentina y otros países latinoamericanos y de la Europa meridional católica la transgresión fáctica individualista es demasiado frecuente. Los países del hemisferio Norte calvinistas se remiten a una individualidad formal 170, los católicos a un discurso social y una demasiado frecuente práctica individualista.

Las dificultades de los Reyes de España para hacer cumplir las relativamente generosas Leyes de Indias, la práctica del contrabando y el imaginario de la inmigración golondrina contribuyeron a producir en las individualidades argentinas más empresas vitales personales que colectivas.

El conflicto entre los dos sectores de nuestra cultura se muestra, por ejemplo, en el comienzo de la aplicación del Código Civil, inspirado en la propiedad privada y la libertad de contratación, a cuyo servicio se implementó una estrategia que incluía la llegada de docentes norteamericanos, portadores de ideas protestantes, y en el lamento del gaucho en la primera parte de “Martín Fierro” (1871 y 1872) 171.

Con miras a la relación entre la religión y la razonabilidad social, no es irrelevante que el calvinismo haya nacido en la mente de un jurista de

170 No hay que desconocer, sin embargo, que también tiene más rigor material la herencia

luterana. Quizás influya asimismo la individualidad en comunidad de la cultura germánica.

171 Se pueden v. por ej. YORNET, Cecilia, “La historia de las maestras norteamericanas que trajo Sarmiento”, Fundación Bataller, http://www.sanjuanalmundo.com/nuestra_historia/ paginas/maestras_de_sarmiento.php, 23-6-2013; Historias, Instituciones, Personajes, de Alejandro Kesting, Las maestras norteamericanas que trajo Sarmiento, http://www. cementeriobritanico.org/perhistbritchacarita/lasmaesar.html, 24-6-2013. En realidad, no todos los docentes fueron mujeres, y continuaron viniendo incluso después de la muerte de Sarmiento (hasta 1898). Es posible ampliar, por ej., en nuestro trabajo “La cultura jurídica argentina en sus expresiones literarias capitales. Significados jurídicos de Facundo y Martín Fierro”, en CALVO GONZALEZ, José (dir.), “Implicación Derecho Literatura. Contribuciones a una Teoría literaria del Derecho”, Granada, Comares, 2008, ISBN 978-8498363449, págs. 71 y ss. Un caso de conflicto entre la religiosidad más hispánica tradicional y la monarquía afrancesada lo muestra la expulsión de los jesuitas del imperio de Carlos III.

MIGUEL ÁNGEL CIURO CALDANI

196

cultura continental y tuviera su cuna en el ámbito republicano de Ginebra, pero tampoco lo es, por ejemplo, la vinculación del calvinismo con el autoritarismo bóer en Sudáfrica.

26. El catolicismo y el calvinismo tienen, en diversos, grados com-

ponentes griegos 172, romanos 173, judeocristianos 174 y germánicos 175 que en algunos ámbitos católicos conviven con ciertas influencias árabes musul-manas. La Reforma es coetánea del Renacimiento grecorromano, pero éste se produjo en países católicos. Tal vez pueda sostenerse que el elemento antiguo más perdurable en la actualidad es el romano encarnado en los Estados Unidos de América. En este caso, la caracterización práctica romana vaciaría la fuerte religiosidad calvinista.

Aunque el calvinismo contribuyó a la formación del capitalismo, su distancia respecto del pensamiento moderno es, en algún sentido, mayor que la del catolicismo. La Iglesia se refiere más al libre albedrío y a la razón; el calvinismo es moderno en el sentido de la fuerte individualidad y la aprecia-ción del éxito económico.

En relación con el Islam, el catolicismo y el calvinismo tienen en común sólo cierta aceptación musulmana del legado judeocristiano. A medida que el catolicismo y sobre todo el calvinismo recorrieron los senderos de la modernidad, la diferencia real con el Islam se hicieron más marcadas.

Pese a que las presencias formales son muy diversas, parece que en los marcos del cristianismo América Latina, Irlanda y los Estados Unidos de América son los ámbitos donde la adhesión religiosa es mayor. América Latina e Irlanda son espacios de fuertes presencias católicas, aunque se desarrollan en diversos grados otras creencias religiosas 176.

172 De espíritu prometeico, arte antropocéntrico, filosofía y democracia. 173 De sentido práctico y desarrollo del Derecho Privado. 174 De creencia en un Dios único, creador, persona, omnisciente, omnipresente y omni-

potente, casi innombrable e irrepresentable, que se encarnó y enseñó las Bienaventuranzas, que la ley ha sido hecha para el hombre y el Reino no es de este mundo (se puede ampliar en nuestros “Estudios de Historia del Derecho” cits.).

175 Con un sentido de individualidad en comunidad y jerarquización de la mujer. 176 Sobre el catolicismo en el mundo es posible c. por ej., http://www.taringa.net/posts/

imágenes/12448344/El-Catolicismo-en-el-Mundo.html. Cabe c. CERVANTES-ORTIZ, Leopoldo, “Un calvinismo global”, Protestante Digital.com, http://www.protestante digital.com/ES/Magacin/articulo/1430/Un-calvinismo-global, 10-5-2013.

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injertos más reformados, de cierta manera calvinistas, anglofranceses y con algunas influencias norteamericanas. El cumplimiento de las reglas sería más intenso, quizás porque se ha extendido la búsqueda sin límites del provecho propio. Pese a la excelencia de muchas individualidades, se trata de un país de la permanente transgresión, más referida a una Institución del perdón que a la remisión directa a Dios. En la Argentina y otros países latinoamericanos y de la Europa meridional católica la transgresión fáctica individualista es demasiado frecuente. Los países del hemisferio Norte calvinistas se remiten a una individualidad formal 170, los católicos a un discurso social y una demasiado frecuente práctica individualista.

Las dificultades de los Reyes de España para hacer cumplir las relativamente generosas Leyes de Indias, la práctica del contrabando y el imaginario de la inmigración golondrina contribuyeron a producir en las individualidades argentinas más empresas vitales personales que colectivas.

El conflicto entre los dos sectores de nuestra cultura se muestra, por ejemplo, en el comienzo de la aplicación del Código Civil, inspirado en la propiedad privada y la libertad de contratación, a cuyo servicio se implementó una estrategia que incluía la llegada de docentes norteamericanos, portadores de ideas protestantes, y en el lamento del gaucho en la primera parte de “Martín Fierro” (1871 y 1872) 171.

Con miras a la relación entre la religión y la razonabilidad social, no es irrelevante que el calvinismo haya nacido en la mente de un jurista de

170 No hay que desconocer, sin embargo, que también tiene más rigor material la herencia

luterana. Quizás influya asimismo la individualidad en comunidad de la cultura germánica.

171 Se pueden v. por ej. YORNET, Cecilia, “La historia de las maestras norteamericanas que trajo Sarmiento”, Fundación Bataller, http://www.sanjuanalmundo.com/nuestra_historia/ paginas/maestras_de_sarmiento.php, 23-6-2013; Historias, Instituciones, Personajes, de Alejandro Kesting, Las maestras norteamericanas que trajo Sarmiento, http://www. cementeriobritanico.org/perhistbritchacarita/lasmaesar.html, 24-6-2013. En realidad, no todos los docentes fueron mujeres, y continuaron viniendo incluso después de la muerte de Sarmiento (hasta 1898). Es posible ampliar, por ej., en nuestro trabajo “La cultura jurídica argentina en sus expresiones literarias capitales. Significados jurídicos de Facundo y Martín Fierro”, en CALVO GONZALEZ, José (dir.), “Implicación Derecho Literatura. Contribuciones a una Teoría literaria del Derecho”, Granada, Comares, 2008, ISBN 978-8498363449, págs. 71 y ss. Un caso de conflicto entre la religiosidad más hispánica tradicional y la monarquía afrancesada lo muestra la expulsión de los jesuitas del imperio de Carlos III.

MIGUEL ÁNGEL CIURO CALDANI

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cultura continental y tuviera su cuna en el ámbito republicano de Ginebra, pero tampoco lo es, por ejemplo, la vinculación del calvinismo con el autoritarismo bóer en Sudáfrica.

26. El catolicismo y el calvinismo tienen, en diversos, grados com-

ponentes griegos 172, romanos 173, judeocristianos 174 y germánicos 175 que en algunos ámbitos católicos conviven con ciertas influencias árabes musul-manas. La Reforma es coetánea del Renacimiento grecorromano, pero éste se produjo en países católicos. Tal vez pueda sostenerse que el elemento antiguo más perdurable en la actualidad es el romano encarnado en los Estados Unidos de América. En este caso, la caracterización práctica romana vaciaría la fuerte religiosidad calvinista.

Aunque el calvinismo contribuyó a la formación del capitalismo, su distancia respecto del pensamiento moderno es, en algún sentido, mayor que la del catolicismo. La Iglesia se refiere más al libre albedrío y a la razón; el calvinismo es moderno en el sentido de la fuerte individualidad y la aprecia-ción del éxito económico.

En relación con el Islam, el catolicismo y el calvinismo tienen en común sólo cierta aceptación musulmana del legado judeocristiano. A medida que el catolicismo y sobre todo el calvinismo recorrieron los senderos de la modernidad, la diferencia real con el Islam se hicieron más marcadas.

Pese a que las presencias formales son muy diversas, parece que en los marcos del cristianismo América Latina, Irlanda y los Estados Unidos de América son los ámbitos donde la adhesión religiosa es mayor. América Latina e Irlanda son espacios de fuertes presencias católicas, aunque se desarrollan en diversos grados otras creencias religiosas 176.

172 De espíritu prometeico, arte antropocéntrico, filosofía y democracia. 173 De sentido práctico y desarrollo del Derecho Privado. 174 De creencia en un Dios único, creador, persona, omnisciente, omnipresente y omni-

potente, casi innombrable e irrepresentable, que se encarnó y enseñó las Bienaventuranzas, que la ley ha sido hecha para el hombre y el Reino no es de este mundo (se puede ampliar en nuestros “Estudios de Historia del Derecho” cits.).

175 Con un sentido de individualidad en comunidad y jerarquización de la mujer. 176 Sobre el catolicismo en el mundo es posible c. por ej., http://www.taringa.net/posts/

imágenes/12448344/El-Catolicismo-en-el-Mundo.html. Cabe c. CERVANTES-ORTIZ, Leopoldo, “Un calvinismo global”, Protestante Digital.com, http://www.protestante digital.com/ES/Magacin/articulo/1430/Un-calvinismo-global, 10-5-2013.

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REVISTA DE FILOSOFÍA JURÍDICA Y SOCIAL

197

Los sectores profundos de los Estados Unidos de América son reservas de afinidad calvinista. Varias de las Trece Colonias originales estadounidenses fueron establecidas por colonos ingleses que querían practicar en libertad su religión. la colonia de la Bahía de Massachusetts fue establecida por puritanos (de influencia afín al calvinismo), Pennsylvania por los cuáqueros, Maryland por los católicos y Virginia por los anglicanos. Cabe recordar el activismo social que, pese a su número muy limitado, han practicado los cuáqueros, por ejemplo, en su temprana condena a la esclavitud. Hay lealtades de sectores cristianos, calvinistas o católicos, con el Partido Republicano, sobre todo los católicos de origen cubano, pero también hay miembros de las dos orienta-ciones que votan al Partido Demócrata.

Pese a la confesión congregacionista que invoca el presidente Obama, algunos norteamericanos llegan a considerar que es musulmán, pero a veces siendo católicos igual le brindan su apoyo político. En Brasil, el país con mayor población católica, hubo un presidente presbiteriano y otro luterano 177 y hay una fuerte e influyente presencia evangélica incluso entre los diputados federales 178. También en México hay importante presencia evangélica 179.

En el ámbito del Islam, hay países muy fuertemente adheridos a esa religión, como Afganistán, Irak, Pakistán y Mauritania, y otros donde la convivencia interreligiosa mejora en diferentes grados 180. Es relevante la problemática jurídica que plantean las minorías musulmanas en Europa. Podría decirse que, además de la problemática internacional, o sea inter-espacial, se suscita nuevamente una relevante cuestión interpersonal. África Negra es escenario de la presencia de las tres religiones, quizás con

177 Es posible v. RAMOS, Marcos Antonio, “Entre la política, la demografía y la religión”,

HSP Corner, Diario Las Américas, 08-04-2012, http://www.humbertosanpedro.com/ entre-la-politica-la-demografia-y-la-religion-2/, 22-6-2013.

178 Se puede v. Marcha, Brasil, los evangelistas y una ley medieval, http://www.marcha. org.ar/1/index.php/elmundo/105-brasil/3740-brasil-los-evangelistas-y-una-ley-medieval, 23-5-2013.

179 No obstante, en cuanto al calvinismo en Latinoamérica v. por ej. CERVANTES-ORTIZ, L., “Hacia un calvinismo latinoamericano (1986)”, Hacia el jubileo de Juan Calvino (2009), http://calvino-jubileo-2009.blogspot.com.ar/2006/11/hacia-un-calvinismo-latino americano.html, 23-6-2013.

180 Es posible c. mediterráneo sur, Estados islámicos, http://www.mediterraneosur.es/fondo/ islaestados.html, 20-6-2013. Pese al origen parcializado, cabe c. por ej. aciprensa, El Islam por países, http://www.aciprensa.com/controversias/Islam/islam4.htm, 20-6-2013.

MIGUEL ÁNGEL CIURO CALDANI

198

importante incremento del cristianismo 181. La religiosidad y la juridicidad como vehiculizadoras de la forma y

las razones de los repartos tienen senderos de fácil o difícil recorridos según los casos. Sobre todo hay dificultades porque la religiosidad suele rechazar socialmente al hereje y al infiel.

27. Aunque el Derecho se desarrolla en relaciones de fuerza, cabe

diferenciar los repartos en dos grandes clases: autoritarios y autónomos. Los autoritarios se desenvuelven por imposición y realizan el valor poder. Los autónomos se desarrollan por acuerdo y satisfacen el valor cooperación.

Pese a que los actos religiosos son también expresiones de fuerza y la religión lleva en sí al menos cierto poder de sus conductores, pueden desarrollarse dichos actos de maneras autoritaria o autónoma. En el catolicismo y el Islam las relaciones de poder en materia religiosa son notorias, sin embargo los musulmanes sunnitas sostienen que el califa debe ser nombrado por consenso de la comunidad 182. El poder de la Iglesia como intérprete autorizado y en ciertos casos del Papa como intérprete infalible es

181 Cabe c. por ej. Kalipedia, Diversidad de la población mundial, http://ar.kalipedia.com/

geografia-general/tema/geografia-poblacion/graficos-distribucion-mundial-principales.ht ml?x1=20070417klpgeogra_73.Ees&x=20070417klpgeogra_67.Kes, 22-6-2013; Wiki-pedia, Anexo: Principales grupos religiosos, http://es.wikipedia.org/wiki/Anexo:Principa les_grupos_religiosos#Tendencias_en_la_adhesi.C3.B3n, 22-6-2013; File: Wikimedia commons, Prevailing World religions map.png, http://commons.wikimedia.org/wiki/ File:Prevailing_world_religions_map.png, 22-6-2013; Europa vive un declive del cristia-nismo ligado a su desplome demográfico, económico y político, ForumLibertas.com, http://www.forumlibertas.com/frontend/forumlibertas/noticia.php?id_noticia=26297, 22-6-2013.

182 Hans Küng: “Hay un cisma en la Iglesia entre la cúpula jerárquica y las bases”. Ralf Caspary, Hans Küng: “Diagnóstico: enferma terminal. ¿Se puede salvar aún la Iglesia?”. “El papado actual es una institución de dominio que divide. El Papa divide a la Iglesia”, trad. Ana Moreno, MO CE OP, http://www.moceop.net/spip.php?article1351 , 18-4-2013. Es posible v. asimismo KÜNG, Hans, “¿Tiene salvación la Iglesia”, Madrid, Trotta, 2013. Una crítica del autoritarismo en la Iglesia puede v. por ej. en DREWERMANN, Eugen, “Clérigos”, trad. Dionisio Mínguez-Fernández, Madrid, Trotta, 2005. No obstante en cuanto a la “Teología de la Liberación” es posible v. SOBRINO, Jon y otros, “Cambio social y pensamiento cristiano en América Latina”, Madrid, Trotta, 1993. En cuanto al califa, representante del Profeta, v. por ej. GOTTSCHALK, op. cit., págs.52 y ss. Los musulmanes chiítas se remiten a los descendientes del Profeta como divina-mente autorizados para gobernar la comunidad.

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Los sectores profundos de los Estados Unidos de América son reservas de afinidad calvinista. Varias de las Trece Colonias originales estadounidenses fueron establecidas por colonos ingleses que querían practicar en libertad su religión. la colonia de la Bahía de Massachusetts fue establecida por puritanos (de influencia afín al calvinismo), Pennsylvania por los cuáqueros, Maryland por los católicos y Virginia por los anglicanos. Cabe recordar el activismo social que, pese a su número muy limitado, han practicado los cuáqueros, por ejemplo, en su temprana condena a la esclavitud. Hay lealtades de sectores cristianos, calvinistas o católicos, con el Partido Republicano, sobre todo los católicos de origen cubano, pero también hay miembros de las dos orienta-ciones que votan al Partido Demócrata.

Pese a la confesión congregacionista que invoca el presidente Obama, algunos norteamericanos llegan a considerar que es musulmán, pero a veces siendo católicos igual le brindan su apoyo político. En Brasil, el país con mayor población católica, hubo un presidente presbiteriano y otro luterano 177 y hay una fuerte e influyente presencia evangélica incluso entre los diputados federales 178. También en México hay importante presencia evangélica 179.

En el ámbito del Islam, hay países muy fuertemente adheridos a esa religión, como Afganistán, Irak, Pakistán y Mauritania, y otros donde la convivencia interreligiosa mejora en diferentes grados 180. Es relevante la problemática jurídica que plantean las minorías musulmanas en Europa. Podría decirse que, además de la problemática internacional, o sea inter-espacial, se suscita nuevamente una relevante cuestión interpersonal. África Negra es escenario de la presencia de las tres religiones, quizás con

177 Es posible v. RAMOS, Marcos Antonio, “Entre la política, la demografía y la religión”,

HSP Corner, Diario Las Américas, 08-04-2012, http://www.humbertosanpedro.com/ entre-la-politica-la-demografia-y-la-religion-2/, 22-6-2013.

178 Se puede v. Marcha, Brasil, los evangelistas y una ley medieval, http://www.marcha. org.ar/1/index.php/elmundo/105-brasil/3740-brasil-los-evangelistas-y-una-ley-medieval, 23-5-2013.

179 No obstante, en cuanto al calvinismo en Latinoamérica v. por ej. CERVANTES-ORTIZ, L., “Hacia un calvinismo latinoamericano (1986)”, Hacia el jubileo de Juan Calvino (2009), http://calvino-jubileo-2009.blogspot.com.ar/2006/11/hacia-un-calvinismo-latino americano.html, 23-6-2013.

180 Es posible c. mediterráneo sur, Estados islámicos, http://www.mediterraneosur.es/fondo/ islaestados.html, 20-6-2013. Pese al origen parcializado, cabe c. por ej. aciprensa, El Islam por países, http://www.aciprensa.com/controversias/Islam/islam4.htm, 20-6-2013.

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importante incremento del cristianismo 181. La religiosidad y la juridicidad como vehiculizadoras de la forma y

las razones de los repartos tienen senderos de fácil o difícil recorridos según los casos. Sobre todo hay dificultades porque la religiosidad suele rechazar socialmente al hereje y al infiel.

27. Aunque el Derecho se desarrolla en relaciones de fuerza, cabe

diferenciar los repartos en dos grandes clases: autoritarios y autónomos. Los autoritarios se desenvuelven por imposición y realizan el valor poder. Los autónomos se desarrollan por acuerdo y satisfacen el valor cooperación.

Pese a que los actos religiosos son también expresiones de fuerza y la religión lleva en sí al menos cierto poder de sus conductores, pueden desarrollarse dichos actos de maneras autoritaria o autónoma. En el catolicismo y el Islam las relaciones de poder en materia religiosa son notorias, sin embargo los musulmanes sunnitas sostienen que el califa debe ser nombrado por consenso de la comunidad 182. El poder de la Iglesia como intérprete autorizado y en ciertos casos del Papa como intérprete infalible es

181 Cabe c. por ej. Kalipedia, Diversidad de la población mundial, http://ar.kalipedia.com/

geografia-general/tema/geografia-poblacion/graficos-distribucion-mundial-principales.ht ml?x1=20070417klpgeogra_73.Ees&x=20070417klpgeogra_67.Kes, 22-6-2013; Wiki-pedia, Anexo: Principales grupos religiosos, http://es.wikipedia.org/wiki/Anexo:Principa les_grupos_religiosos#Tendencias_en_la_adhesi.C3.B3n, 22-6-2013; File: Wikimedia commons, Prevailing World religions map.png, http://commons.wikimedia.org/wiki/ File:Prevailing_world_religions_map.png, 22-6-2013; Europa vive un declive del cristia-nismo ligado a su desplome demográfico, económico y político, ForumLibertas.com, http://www.forumlibertas.com/frontend/forumlibertas/noticia.php?id_noticia=26297, 22-6-2013.

182 Hans Küng: “Hay un cisma en la Iglesia entre la cúpula jerárquica y las bases”. Ralf Caspary, Hans Küng: “Diagnóstico: enferma terminal. ¿Se puede salvar aún la Iglesia?”. “El papado actual es una institución de dominio que divide. El Papa divide a la Iglesia”, trad. Ana Moreno, MO CE OP, http://www.moceop.net/spip.php?article1351 , 18-4-2013. Es posible v. asimismo KÜNG, Hans, “¿Tiene salvación la Iglesia”, Madrid, Trotta, 2013. Una crítica del autoritarismo en la Iglesia puede v. por ej. en DREWERMANN, Eugen, “Clérigos”, trad. Dionisio Mínguez-Fernández, Madrid, Trotta, 2005. No obstante en cuanto a la “Teología de la Liberación” es posible v. SOBRINO, Jon y otros, “Cambio social y pensamiento cristiano en América Latina”, Madrid, Trotta, 1993. En cuanto al califa, representante del Profeta, v. por ej. GOTTSCHALK, op. cit., págs.52 y ss. Los musulmanes chiítas se remiten a los descendientes del Profeta como divina-mente autorizados para gobernar la comunidad.

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enorme. Desde el siglo IV el cristianismo fue dotado de un Credo 183 con miras a consolidarlo e incluso consolidar el poder imperial. El catolicismo fue desplegando dogmas de creencia inexcusable 184 que son bastiones de poder. La fuerza de la Iglesia sobre sus fieles se evidencia asimismo, por ejemplo, en el número de sacramentos significativamente mayor que el del calvinismo, sacramentos que están presentes durante toda la vida de las personas, y tal vez de modo muy destacado en la confesión (penitencia) 185. Con marcos de referencia diferentes, de menor o mayor pretensión científica, el poder y los beneficios reales o supuestos de la confesión son relativamente análogos a los del psicoanálisis generalizado en nuestro tiempo 186. De cierto modo, la Iglesia administra la salvación.

A veces algunos ambiciosos del poder se incorporan a la Iglesia para lograrlo. Esto ha provocado a menudo núcleos de referencia jurídica muy autoritarios. El calvinismo invoca una estructura más democrática, donde las “autoridades” religiosas tienen nivel mínimo y provienen de la voluntad de los creyentes. Sin embargo en países calvinistas hubo y hay cierto autorita-rismo religioso difuso. La ausencia de institucionalidad religiosa análoga al catolicismo en países musulmanes no excluye que haya en ellos, incluso por imposición estatal, fuerte desenvolvimiento del poder islámico. El máximo grado de libertad “extrarreligiosa” se desarrolla en los países calvinistas; el mínimo en los países musulmanes. El calvinismo al menos promovió y con-vive más en climas de libertad.

183 V. Catholic.net, El Credo, http://es.catholic.net/conocetufe/768/2480/articulo.php?id=

271, 22-7-2013; ecwiki, encicolpedia católica on line, http://ec.aciprensa.com/wiki/ Credo_de_Nicea, 22-7-2013.

184 Cabe considerar principalmente la Trinidad, la transustanciación en la Eucaristía, la Maternidad Divina y la Inmaculada Concepción.

185 Los siete sacramentos católicos son considerados signos de la gracia con presencia de Cristo, Siervas de los Corazones Traspasados de Jesús y María, http://www.corazones. org/sacramentos/a_sacramentos.htm, 10-7-2013.

186 Con diversidades, cada sociedad produce sus medios de control social, hoy por ejemplo, se advierte que las posibilidades de comunicación vía Internet generaron el espionaje respectivo quedando la esperanza de que alguna vez éste sea controlado o la posibilidad de que el hombre haya sido más penetrado por el régimen (es posible v. por ej. GÓMEZ, Juan, “Snowden sostiene que Alemania y la NSA actúan de común acuerdo en el espionaje”, “El País. Internacional”, 7 jul 2013, http://internacional.elpais.com/inter nacional/2013/07/07/actualidad/1373206698_997595.html, 9-2-2013). Tal vez cuidado análogo haya que poner con la ingeniería genética humana e incluso en la robótica.

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200

La dominación cultural suele plasmar en la desjerarquización de las creencias religiosas de los dominados, por ejemplo, considerándolas mitos o supersticiones. La propia religión es “la verdadera”, las otras son “falsas” y se las denomina de ese modo que a priori las degrada.

28. Los repartos pueden presentarse en orden o desorden. El orden se

genera por dos modos constitutivos, uno vertical, la planificación y otro horizontal, la ejemplaridad. La planificación indica quiénes son los supremos repartidores y cuáles son los criterios supremos de reparto y, cuando está en marcha, realiza el valor previsibilidad. Suele expresarse en constituciones formales, leyes, decretos, sentencias, etc. La ejemplaridad se desarrolla por seguimiento de repartos considerados razonables y realiza el valor solida-ridad. Se manifiesta en la costumbre, la jurisprudencia, los usos, etc. El desorden constituye anarquía y en ésta se concreta el “disvalor” arbitrariedad. Los repartos, los planes de gobierno y la ejemplaridad se desenvuelven en el curso de intereses, económicos, religiosos, etc.

Pese a la dominación ejercida, diversas religiones, entre las que se encuentran las que ahora consideramos, suelen poner orden en la a menudo proyección infinita del hombre hacia la superstición y la magia. Recortan la referencia del ser humano hacia lo que considera superior a sí mismo y a la naturaleza. Encauzan, de maneras diversas pero relevantes, la posible exagera-ción del milagro.

La religión suele dar consistencia o debilitar al orden jurídico. Pese a la relativa paridad inicial de diversas sedes -Roma, Antioquia y Alejandría- y a numerosos conflictos internos y del Imperio, la Iglesia Romana constituyó su plan de gobierno con la primacía del obispo de Roma en los primeros siglos del cristianismo, tal vez por la relación con Pedro, que murió y fue sepultado en Roma. El primer Concilio de Nicea lo consideró primus inter pares. En la continuidad del propósito imperial de Constantino de adueñarse de la conciencia de sus fieles, Teodosio dictó la constitución Cunctos Populos que hizo obligatorio el catolicismo en la forma sostenida por el Credo niceno, por el Pontífice de Roma y por el obispo de Alejandría 187.

187 «IMPPP. GR(ATI)IANUS, VAL(ENTINI)ANUS ET THE(O)D(OSIUS) AAA.

EDICTUM AD POPULUM VRB(IS) CONSTANTINOP(OLITANAE). Cunctos populos, quos clementiae nostrae regit temperamentum, in tali volumus religione versari, quam divinum Petrum apostolum tradidisse Romanis religio usque ad nuc ab ipso insinuata declarat quamque pontificem Damasum sequi claret et Petrum Aleksandriae

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enorme. Desde el siglo IV el cristianismo fue dotado de un Credo 183 con miras a consolidarlo e incluso consolidar el poder imperial. El catolicismo fue desplegando dogmas de creencia inexcusable 184 que son bastiones de poder. La fuerza de la Iglesia sobre sus fieles se evidencia asimismo, por ejemplo, en el número de sacramentos significativamente mayor que el del calvinismo, sacramentos que están presentes durante toda la vida de las personas, y tal vez de modo muy destacado en la confesión (penitencia) 185. Con marcos de referencia diferentes, de menor o mayor pretensión científica, el poder y los beneficios reales o supuestos de la confesión son relativamente análogos a los del psicoanálisis generalizado en nuestro tiempo 186. De cierto modo, la Iglesia administra la salvación.

A veces algunos ambiciosos del poder se incorporan a la Iglesia para lograrlo. Esto ha provocado a menudo núcleos de referencia jurídica muy autoritarios. El calvinismo invoca una estructura más democrática, donde las “autoridades” religiosas tienen nivel mínimo y provienen de la voluntad de los creyentes. Sin embargo en países calvinistas hubo y hay cierto autorita-rismo religioso difuso. La ausencia de institucionalidad religiosa análoga al catolicismo en países musulmanes no excluye que haya en ellos, incluso por imposición estatal, fuerte desenvolvimiento del poder islámico. El máximo grado de libertad “extrarreligiosa” se desarrolla en los países calvinistas; el mínimo en los países musulmanes. El calvinismo al menos promovió y con-vive más en climas de libertad.

183 V. Catholic.net, El Credo, http://es.catholic.net/conocetufe/768/2480/articulo.php?id=

271, 22-7-2013; ecwiki, encicolpedia católica on line, http://ec.aciprensa.com/wiki/ Credo_de_Nicea, 22-7-2013.

184 Cabe considerar principalmente la Trinidad, la transustanciación en la Eucaristía, la Maternidad Divina y la Inmaculada Concepción.

185 Los siete sacramentos católicos son considerados signos de la gracia con presencia de Cristo, Siervas de los Corazones Traspasados de Jesús y María, http://www.corazones. org/sacramentos/a_sacramentos.htm, 10-7-2013.

186 Con diversidades, cada sociedad produce sus medios de control social, hoy por ejemplo, se advierte que las posibilidades de comunicación vía Internet generaron el espionaje respectivo quedando la esperanza de que alguna vez éste sea controlado o la posibilidad de que el hombre haya sido más penetrado por el régimen (es posible v. por ej. GÓMEZ, Juan, “Snowden sostiene que Alemania y la NSA actúan de común acuerdo en el espionaje”, “El País. Internacional”, 7 jul 2013, http://internacional.elpais.com/inter nacional/2013/07/07/actualidad/1373206698_997595.html, 9-2-2013). Tal vez cuidado análogo haya que poner con la ingeniería genética humana e incluso en la robótica.

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La dominación cultural suele plasmar en la desjerarquización de las creencias religiosas de los dominados, por ejemplo, considerándolas mitos o supersticiones. La propia religión es “la verdadera”, las otras son “falsas” y se las denomina de ese modo que a priori las degrada.

28. Los repartos pueden presentarse en orden o desorden. El orden se

genera por dos modos constitutivos, uno vertical, la planificación y otro horizontal, la ejemplaridad. La planificación indica quiénes son los supremos repartidores y cuáles son los criterios supremos de reparto y, cuando está en marcha, realiza el valor previsibilidad. Suele expresarse en constituciones formales, leyes, decretos, sentencias, etc. La ejemplaridad se desarrolla por seguimiento de repartos considerados razonables y realiza el valor solida-ridad. Se manifiesta en la costumbre, la jurisprudencia, los usos, etc. El desorden constituye anarquía y en ésta se concreta el “disvalor” arbitrariedad. Los repartos, los planes de gobierno y la ejemplaridad se desenvuelven en el curso de intereses, económicos, religiosos, etc.

Pese a la dominación ejercida, diversas religiones, entre las que se encuentran las que ahora consideramos, suelen poner orden en la a menudo proyección infinita del hombre hacia la superstición y la magia. Recortan la referencia del ser humano hacia lo que considera superior a sí mismo y a la naturaleza. Encauzan, de maneras diversas pero relevantes, la posible exagera-ción del milagro.

La religión suele dar consistencia o debilitar al orden jurídico. Pese a la relativa paridad inicial de diversas sedes -Roma, Antioquia y Alejandría- y a numerosos conflictos internos y del Imperio, la Iglesia Romana constituyó su plan de gobierno con la primacía del obispo de Roma en los primeros siglos del cristianismo, tal vez por la relación con Pedro, que murió y fue sepultado en Roma. El primer Concilio de Nicea lo consideró primus inter pares. En la continuidad del propósito imperial de Constantino de adueñarse de la conciencia de sus fieles, Teodosio dictó la constitución Cunctos Populos que hizo obligatorio el catolicismo en la forma sostenida por el Credo niceno, por el Pontífice de Roma y por el obispo de Alejandría 187.

187 «IMPPP. GR(ATI)IANUS, VAL(ENTINI)ANUS ET THE(O)D(OSIUS) AAA.

EDICTUM AD POPULUM VRB(IS) CONSTANTINOP(OLITANAE). Cunctos populos, quos clementiae nostrae regit temperamentum, in tali volumus religione versari, quam divinum Petrum apostolum tradidisse Romanis religio usque ad nuc ab ipso insinuata declarat quamque pontificem Damasum sequi claret et Petrum Aleksandriae

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La Iglesia fue de cierto modo un puente que permitió la super-vivencia del mundo antiguo ante el poder de los “bárbaros”. Dio origen al imperio de Carlomagno y luego quedó prisionera de los poderes terrenales 188 pero, como lo muestra la llamada Humillación de Canossa, mediante el recurso a la excomunión, que excluía incluso del orden de las obligaciones terrenales de obediencia, y por el impulso de Papas como San Gregorio VII, ejerció asimismo un enorme poder en el sometimiento del poder imperial 189. Se dice que a través de la obra encabezada por Gregorio se pasó del “siglo oscuro” a la hierocracia. Tal vez la Bula Unam Sanctam de Bonifacio VIII 190 sea la máxima manifestación del poder eclesiástico. Además de haber tenido soberanía en los Estados Pontificios, el catolicismo posee ahora la última referencia soberana del Estado vasallo del Vaticano.

episcopum virum apostolicae sanctitatis, hoc est, ut secundum apostolicam disciplinam evangelicamque doctrinam patris et filii et spiritus sancti unam deitatem sub parili maiestate et sub pia trinitate credamus. Hanc legem sequentes Christianorum catholicorum nomen iubemus amplecti, reliquos vero dementes vesanosque iudicantes haeretici dogmatis infamiam sustinere ‘nec conciliabula eorum ecclesiarum nomen accipere’, divina primum vindicta, post etiam motus nostri, quem ex caelesti arbitro sumpserimus, ultione plectendos. DAT. III Kal. Mar. THESSAL(ONICAE) GR(ATI)ANO A. V ET THEOD(OSIO) A. I CONSS.» Código Teodosiano 16.1.2. Edicto de los emperadores Graciano, Valentiniano (II) y Teodosio Augusto, al pueblo de la ciudad de Constantinopla. Queremos que todos los pueblos que son gobernados por la administración de nuestra clemencia profesen la religión que el divino apóstol Pedro dio a los romanos, que hasta hoy se ha predicado como la predicó él mismo, y que es evidente que profesan el pontífice Dámaso y el obispo de Alejandría, Pedro, hombre de santidad apostólica. Esto es, según la doctrina apostólica y la doctrina evangélica creemos en la divinidad única del Padre, del Hijo y del Espíritu Santo bajo el concepto de igual majestad y de la piadosa Trinidad. Ordenamos que tengan el nombre de cristianos católicos quienes sigan esta norma, mientras que los demás los juzgamos dementes y locos sobre los que pesará la infamia de la herejía. Sus lugares de reunión no recibirán el nombre de iglesias y serán objeto, primero de la venganza divina, y después serán castigados por nuestra propia iniciativa que adoptaremos siguiendo la voluntad celestial.» Dado el tercer día de las Kalendas de marzo en Tesalónica, en el quinto consulado de Graciano Augusto y primero de Teodosio Augusto.

188 Se hace referencia al “cesaropapismo” del Emperador Enrique III. 189 Cabe recordar el Dictatus Papae. 190 Es posible v. http://usuarios.advance.com.ar/pfernando/DocsIglMed/Bonifacio_VIII-

Unam_Sanctam.html, 16.7-2013.

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El calvinismo tuvo asidero gubernamental en Ginebra e incluso en Holanda. Aunque se ha hecho referencia a su pertenencia específica al metodismo, se afirma que, a partir del ataque a las Torres Gemelas, las creencias religiosas de Bush se hicieron explícitamente calvinistas. Se sostiene que, como Calvino, Bush creía en un «Dios con un plan maestro» y que, como parte del plan, Dios lo había elegido para estar en la Casa Blanca. Se recuerda que también Calvino afirmaba que se necesitaba una acción política para que la tierra volviera a estar bajo el control de Dios, y el teólogo-jurista fue el único reformador protestante del siglo XVI que «aceptó el milenarismo apocalíptico y el libro del Apocalipsis en la Biblia». Para muchos fundamentalistas, la guerra en Irak puede entenderse como una cruzada en Tierra Santa conectada con el apocalipsis y la segunda venida de Cristo. Bagdad sería la perversa Babilonia de tiempos bíblicos. 191

El Corán plasmó en una organización terrenal en el Califato, cuya ordenación resulta de origen divino 192 y sostiene que no deben existir alianzas con judíos y cristianos. La caída de las Torres Gemelas y las guerras en Irán, Irak, Afganistán, Palestina, etc. son expresiones de grandes conflictos inter-religiosos que se plantearon principalmente, por razones en gran medida extrarreligiosas, entre poderes de referencias calvinistas e islámicas.

191 PAZ SOLDÁN, Edmundo, “El plan de Dios y la “derecha religiosa”: Bush presidente”,

desco / Revista Quehacer Nro. 147 / Mar. – Abr. 2004, www.desco.org.pe/sites/default/ files/quehacer_articulos/.../qh147ep.doc, 24-7-2013.

192 Taiqa Naqshbandi Rosario, http://sufismorosario.blogspot.com.ar/2011/09/sobre-maw lana-shaykh-nazim-al-haqqani.html, 17-3-2013, Muhammad Nazim Adil al-Haqqani al-Qubrusi “Expone que el Califato pertenece a la sunnah, es decir, es una forma de gobierno divinamente aprobada modelada directamente en el gobierno del Islam que ejerció el Profeta Muhammad (sws), y sus primeros cuatro sucesores en el gobierno de los musulmanes o Califas Rectos, una forma de gobierno muy distinta a la democracia, la cual viene al mundo islámico como una importación del Occidente contraria a las enseñanzas del Profeta (sws) y que denuncia críticamente como un instrumento político al servicio en definitiva de los egos de los seres humanos, como soporte fundamental para todo acto de rebelión contra la Autoridad de Dios sobre sus siervos y fuente conflictos para los Banu Adam, la gran familia de la humanidad.” Sheykh Nazim enseña también que la economía global, cimentada sobre el papel moneda, es una economía contraria a las enseñanzas reveladas del Profeta del Islam, y expone que la banca mundial es una institución de tiranía en contra de los pueblos, amparada por los líderes mundiales que han dado la espalda a las legislaciones sagradas. Condena por igual el capitalismo y el comunismo como formas de tiranías y opresión contra los pueblos.” (Defiende el sultanato otomano) (v. NAZIM, op. cit., págs. 53 y ss,).

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La Iglesia fue de cierto modo un puente que permitió la super-vivencia del mundo antiguo ante el poder de los “bárbaros”. Dio origen al imperio de Carlomagno y luego quedó prisionera de los poderes terrenales 188 pero, como lo muestra la llamada Humillación de Canossa, mediante el recurso a la excomunión, que excluía incluso del orden de las obligaciones terrenales de obediencia, y por el impulso de Papas como San Gregorio VII, ejerció asimismo un enorme poder en el sometimiento del poder imperial 189. Se dice que a través de la obra encabezada por Gregorio se pasó del “siglo oscuro” a la hierocracia. Tal vez la Bula Unam Sanctam de Bonifacio VIII 190 sea la máxima manifestación del poder eclesiástico. Además de haber tenido soberanía en los Estados Pontificios, el catolicismo posee ahora la última referencia soberana del Estado vasallo del Vaticano.

episcopum virum apostolicae sanctitatis, hoc est, ut secundum apostolicam disciplinam evangelicamque doctrinam patris et filii et spiritus sancti unam deitatem sub parili maiestate et sub pia trinitate credamus. Hanc legem sequentes Christianorum catholicorum nomen iubemus amplecti, reliquos vero dementes vesanosque iudicantes haeretici dogmatis infamiam sustinere ‘nec conciliabula eorum ecclesiarum nomen accipere’, divina primum vindicta, post etiam motus nostri, quem ex caelesti arbitro sumpserimus, ultione plectendos. DAT. III Kal. Mar. THESSAL(ONICAE) GR(ATI)ANO A. V ET THEOD(OSIO) A. I CONSS.» Código Teodosiano 16.1.2. Edicto de los emperadores Graciano, Valentiniano (II) y Teodosio Augusto, al pueblo de la ciudad de Constantinopla. Queremos que todos los pueblos que son gobernados por la administración de nuestra clemencia profesen la religión que el divino apóstol Pedro dio a los romanos, que hasta hoy se ha predicado como la predicó él mismo, y que es evidente que profesan el pontífice Dámaso y el obispo de Alejandría, Pedro, hombre de santidad apostólica. Esto es, según la doctrina apostólica y la doctrina evangélica creemos en la divinidad única del Padre, del Hijo y del Espíritu Santo bajo el concepto de igual majestad y de la piadosa Trinidad. Ordenamos que tengan el nombre de cristianos católicos quienes sigan esta norma, mientras que los demás los juzgamos dementes y locos sobre los que pesará la infamia de la herejía. Sus lugares de reunión no recibirán el nombre de iglesias y serán objeto, primero de la venganza divina, y después serán castigados por nuestra propia iniciativa que adoptaremos siguiendo la voluntad celestial.» Dado el tercer día de las Kalendas de marzo en Tesalónica, en el quinto consulado de Graciano Augusto y primero de Teodosio Augusto.

188 Se hace referencia al “cesaropapismo” del Emperador Enrique III. 189 Cabe recordar el Dictatus Papae. 190 Es posible v. http://usuarios.advance.com.ar/pfernando/DocsIglMed/Bonifacio_VIII-

Unam_Sanctam.html, 16.7-2013.

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El calvinismo tuvo asidero gubernamental en Ginebra e incluso en Holanda. Aunque se ha hecho referencia a su pertenencia específica al metodismo, se afirma que, a partir del ataque a las Torres Gemelas, las creencias religiosas de Bush se hicieron explícitamente calvinistas. Se sostiene que, como Calvino, Bush creía en un «Dios con un plan maestro» y que, como parte del plan, Dios lo había elegido para estar en la Casa Blanca. Se recuerda que también Calvino afirmaba que se necesitaba una acción política para que la tierra volviera a estar bajo el control de Dios, y el teólogo-jurista fue el único reformador protestante del siglo XVI que «aceptó el milenarismo apocalíptico y el libro del Apocalipsis en la Biblia». Para muchos fundamentalistas, la guerra en Irak puede entenderse como una cruzada en Tierra Santa conectada con el apocalipsis y la segunda venida de Cristo. Bagdad sería la perversa Babilonia de tiempos bíblicos. 191

El Corán plasmó en una organización terrenal en el Califato, cuya ordenación resulta de origen divino 192 y sostiene que no deben existir alianzas con judíos y cristianos. La caída de las Torres Gemelas y las guerras en Irán, Irak, Afganistán, Palestina, etc. son expresiones de grandes conflictos inter-religiosos que se plantearon principalmente, por razones en gran medida extrarreligiosas, entre poderes de referencias calvinistas e islámicas.

191 PAZ SOLDÁN, Edmundo, “El plan de Dios y la “derecha religiosa”: Bush presidente”,

desco / Revista Quehacer Nro. 147 / Mar. – Abr. 2004, www.desco.org.pe/sites/default/ files/quehacer_articulos/.../qh147ep.doc, 24-7-2013.

192 Taiqa Naqshbandi Rosario, http://sufismorosario.blogspot.com.ar/2011/09/sobre-maw lana-shaykh-nazim-al-haqqani.html, 17-3-2013, Muhammad Nazim Adil al-Haqqani al-Qubrusi “Expone que el Califato pertenece a la sunnah, es decir, es una forma de gobierno divinamente aprobada modelada directamente en el gobierno del Islam que ejerció el Profeta Muhammad (sws), y sus primeros cuatro sucesores en el gobierno de los musulmanes o Califas Rectos, una forma de gobierno muy distinta a la democracia, la cual viene al mundo islámico como una importación del Occidente contraria a las enseñanzas del Profeta (sws) y que denuncia críticamente como un instrumento político al servicio en definitiva de los egos de los seres humanos, como soporte fundamental para todo acto de rebelión contra la Autoridad de Dios sobre sus siervos y fuente conflictos para los Banu Adam, la gran familia de la humanidad.” Sheykh Nazim enseña también que la economía global, cimentada sobre el papel moneda, es una economía contraria a las enseñanzas reveladas del Profeta del Islam, y expone que la banca mundial es una institución de tiranía en contra de los pueblos, amparada por los líderes mundiales que han dado la espalda a las legislaciones sagradas. Condena por igual el capitalismo y el comunismo como formas de tiranías y opresión contra los pueblos.” (Defiende el sultanato otomano) (v. NAZIM, op. cit., págs. 53 y ss,).

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29. El catolicismo se ha adaptado a la convivencia con el Estado, reconociendo de maneras principales, según las circunstancias, la existencia de Estados católicos, tolerantes o separados de la Iglesia. En general concibe su vínculo con el poder estatal en términos de autonomía y colaboración 193. Según una percepción tradicional calvinista, hay que recibir con gratitud, de las manos de Dios, la institución del Estado con su gobierno, como un medio de conservación que por ahora es indispensable. Sin embargo también hay que vigilar siempre respecto del peligro que el poder estatal significa contra nuestra libertad personal 194. El Estado se encuentra bajo la majestad del Señor. En coincidencia no marginable con el catolicismo, se entiende que Estado y religión deben servirle cada uno en su propia esfera. En el Islam el Estado queda sometido al Corán, aunque el ámbito musulmán está ahora dividido en distintos Estados con grados de presencia religiosa diferentes.

30. No se ha de olvidar que las pasiones religiosas motivadas por las

tres orientaciones religiosas provocaron que hacia adentro y hacia afuera se produjeran períodos anárquicos y grandes represiones 195. Tampoco se han

193 V. por ej. PASCUAL, Fernando, “Laicidad, Estado e Iglesia”, Catholic.net, http://es.

catholic.net/escritoresactuales/353/2887/articulo.php?id=34627, 24-7-2013. 194 KUYPER, “Exposiciones …” cit., pág. 66. 195 En el ámbito del calvinismo, donde menos se suele hacer referencia, cabe recordar el

caso de Johan Van Oldenbarnevelt, a quien juzgó un tribunal compuesto por sus principales enemigos que lo condenó a muerte (ArteHistoria, http://www.artehistoria. jcyl.es/v2/personajes/1819.htm, 20-6-2013). La obra de los arminianos como Van Oldenbarnevelt, a veces ejecutados o impulsados al exilio, contribuiría a la aparición del metodismo en Inglaterra. Se dice que no todos los predicadores metodistas del siglo XVIII fueron arminianos, pero lo fue la mayor parte, como el propio John Wesley. Entre los arminianos que fueron al exilio se encuentra Hugo Grocio. A veces los arminianos eran acusados de ser “criptopapistas”. Es posible v. TREVOR-ROPER, Hugh, “La crisis del siglo XVII. Religión, Reforma y Cambio Social”, trad. Lilia Moscón, Bs. As., Madrid, 2009, http://books.google.com.ar/books?id=CDQ_jUZB92AC&pg=PA4&lpg= PA4&dq=trevor+roper+crisis+siglo+XVII+katz+liberty&source=bl&ots=5ZXOr2eABs&sig=GLAEuap4YhKrlfaXF_keQJnc_Ms&hl=es&sa=X&ei=PFLDUY-nGJKy9gS_tYG YBQ&ved=0CF0Q6AEwCA#v=onepage&q=trevor%20roper%20crisis%20siglo%20XVII%20katz%20liberty&f=false, 20-6-2013. Tal vez con exageración se hace referencia al choque de civilizaciones que, en caso de existir, no excluye los grandes conflictos económicos escondidos en él (es posible v. HUNTINGTON, Samuel P., “El choque de civilizaciones y la reconfiguración del poder mundial”, trad. José Pedro Tosaus Abadía, 4ª. reimp. en la Argentina, Bs. As., Paidós. 2001. Entiende que a medida que la gente se vaya definiendo por su etnia o religión,

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de dejar de tener presentes las expediciones de conquista que motivaron y todavía motivan 196.

Las luchas religiosas suscitaron grandes guerras y desórdenes, según se evidencia por ejemplo en las guerras entre la cristiandad y el Islam y en la Guerra de los Treinta Años. El sentido bélico ha acompañado al Islam desde sus comienzos. Dice Schuon: “Esto es lo que ha permitido a los musulmanes servirse desde el principio de medios humanos tales como la guerra para construir su mundo tradicional, mientras que en el cristianismo ha sido necesaria una distancia de algunos siglos desde los tiempos apostólicos para que haya podido servirse del mismo medio, por lo demás indispensable para la propagación de una religión.” 197 Se dice que la guerra santa figura entre los deberes del Islam 198.

El catolicismo y el Islam tienden a promover estructuras monárquicas, el primero por su propia creencia, el segundo por el perfil personal del Profeta 199. Pese al autoritarismo de su origen histórico, el calvinismo se orienta más a la estructuración democrática y republicana. El catolicismo tiene la permanente presencia de un Vicario de Jesús; el calvinismo, mucho menos personalista, tardó en aceptar su designación como tal, que iniciaron a su respecto los luteranos. Se destaca, con distintos niveles de aceptación, que

Occidente se encontrará más y más enfrentado con civilizaciones no occidentales que rechazarán frontalmente sus más típicos ideales: la democracia, los derechos humanos, la libertad, la soberanía de la ley y la separación entre la Iglesia y el Estado. Se afirma que en el Islam la conciencia sin cohesión, el tribalismo y la religión tienen un papel significativo determinante de los acontecimientos sociales, económicos, culturales y políticos, v. págs. 112 y ss.).

196 En cuanto a las polémicas provocadas al respecto, es posible v. por ej. El mundo en línea, Instituto del Tercer Mundo, Washington y la predestinación; calvinismo en la política exterior de EEUU, http://guiactual.guiadelmundo.org.uy/informes/informe_91. htm, 20-6-2013.

197 SCHUON, op. cit., págs. 143/4. 198 V. GOTTSCHALK, op.cit., pág. 53. 199 Aunque sean declaradas republicanas.

“Nuestro pueblo … En la actualidad, intenta edificar su sociedad modelo (ideal) de acuerdo con los preceptos islámicos. Sobre esta base, la misión de la Constitución es dar objetividad a los aspectos ideológicos del movimiento y crear las condiciones en las que el hombre pueda desarrollar los valores supremos del Islam, que lo abarcan todo.” Constitución de la República Islámica de Irán aprobada en un referéndum celebrado el 11 y 12 de azar de 1358 (texto difundido en 1989), CHIAPPINI, Julio E., “Las constituciones iraníes”, Shiro Jorshid.

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29. El catolicismo se ha adaptado a la convivencia con el Estado, reconociendo de maneras principales, según las circunstancias, la existencia de Estados católicos, tolerantes o separados de la Iglesia. En general concibe su vínculo con el poder estatal en términos de autonomía y colaboración 193. Según una percepción tradicional calvinista, hay que recibir con gratitud, de las manos de Dios, la institución del Estado con su gobierno, como un medio de conservación que por ahora es indispensable. Sin embargo también hay que vigilar siempre respecto del peligro que el poder estatal significa contra nuestra libertad personal 194. El Estado se encuentra bajo la majestad del Señor. En coincidencia no marginable con el catolicismo, se entiende que Estado y religión deben servirle cada uno en su propia esfera. En el Islam el Estado queda sometido al Corán, aunque el ámbito musulmán está ahora dividido en distintos Estados con grados de presencia religiosa diferentes.

30. No se ha de olvidar que las pasiones religiosas motivadas por las

tres orientaciones religiosas provocaron que hacia adentro y hacia afuera se produjeran períodos anárquicos y grandes represiones 195. Tampoco se han

193 V. por ej. PASCUAL, Fernando, “Laicidad, Estado e Iglesia”, Catholic.net, http://es.

catholic.net/escritoresactuales/353/2887/articulo.php?id=34627, 24-7-2013. 194 KUYPER, “Exposiciones …” cit., pág. 66. 195 En el ámbito del calvinismo, donde menos se suele hacer referencia, cabe recordar el

caso de Johan Van Oldenbarnevelt, a quien juzgó un tribunal compuesto por sus principales enemigos que lo condenó a muerte (ArteHistoria, http://www.artehistoria. jcyl.es/v2/personajes/1819.htm, 20-6-2013). La obra de los arminianos como Van Oldenbarnevelt, a veces ejecutados o impulsados al exilio, contribuiría a la aparición del metodismo en Inglaterra. Se dice que no todos los predicadores metodistas del siglo XVIII fueron arminianos, pero lo fue la mayor parte, como el propio John Wesley. Entre los arminianos que fueron al exilio se encuentra Hugo Grocio. A veces los arminianos eran acusados de ser “criptopapistas”. Es posible v. TREVOR-ROPER, Hugh, “La crisis del siglo XVII. Religión, Reforma y Cambio Social”, trad. Lilia Moscón, Bs. As., Madrid, 2009, http://books.google.com.ar/books?id=CDQ_jUZB92AC&pg=PA4&lpg= PA4&dq=trevor+roper+crisis+siglo+XVII+katz+liberty&source=bl&ots=5ZXOr2eABs&sig=GLAEuap4YhKrlfaXF_keQJnc_Ms&hl=es&sa=X&ei=PFLDUY-nGJKy9gS_tYG YBQ&ved=0CF0Q6AEwCA#v=onepage&q=trevor%20roper%20crisis%20siglo%20XVII%20katz%20liberty&f=false, 20-6-2013. Tal vez con exageración se hace referencia al choque de civilizaciones que, en caso de existir, no excluye los grandes conflictos económicos escondidos en él (es posible v. HUNTINGTON, Samuel P., “El choque de civilizaciones y la reconfiguración del poder mundial”, trad. José Pedro Tosaus Abadía, 4ª. reimp. en la Argentina, Bs. As., Paidós. 2001. Entiende que a medida que la gente se vaya definiendo por su etnia o religión,

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de dejar de tener presentes las expediciones de conquista que motivaron y todavía motivan 196.

Las luchas religiosas suscitaron grandes guerras y desórdenes, según se evidencia por ejemplo en las guerras entre la cristiandad y el Islam y en la Guerra de los Treinta Años. El sentido bélico ha acompañado al Islam desde sus comienzos. Dice Schuon: “Esto es lo que ha permitido a los musulmanes servirse desde el principio de medios humanos tales como la guerra para construir su mundo tradicional, mientras que en el cristianismo ha sido necesaria una distancia de algunos siglos desde los tiempos apostólicos para que haya podido servirse del mismo medio, por lo demás indispensable para la propagación de una religión.” 197 Se dice que la guerra santa figura entre los deberes del Islam 198.

El catolicismo y el Islam tienden a promover estructuras monárquicas, el primero por su propia creencia, el segundo por el perfil personal del Profeta 199. Pese al autoritarismo de su origen histórico, el calvinismo se orienta más a la estructuración democrática y republicana. El catolicismo tiene la permanente presencia de un Vicario de Jesús; el calvinismo, mucho menos personalista, tardó en aceptar su designación como tal, que iniciaron a su respecto los luteranos. Se destaca, con distintos niveles de aceptación, que

Occidente se encontrará más y más enfrentado con civilizaciones no occidentales que rechazarán frontalmente sus más típicos ideales: la democracia, los derechos humanos, la libertad, la soberanía de la ley y la separación entre la Iglesia y el Estado. Se afirma que en el Islam la conciencia sin cohesión, el tribalismo y la religión tienen un papel significativo determinante de los acontecimientos sociales, económicos, culturales y políticos, v. págs. 112 y ss.).

196 En cuanto a las polémicas provocadas al respecto, es posible v. por ej. El mundo en línea, Instituto del Tercer Mundo, Washington y la predestinación; calvinismo en la política exterior de EEUU, http://guiactual.guiadelmundo.org.uy/informes/informe_91. htm, 20-6-2013.

197 SCHUON, op. cit., págs. 143/4. 198 V. GOTTSCHALK, op.cit., pág. 53. 199 Aunque sean declaradas republicanas.

“Nuestro pueblo … En la actualidad, intenta edificar su sociedad modelo (ideal) de acuerdo con los preceptos islámicos. Sobre esta base, la misión de la Constitución es dar objetividad a los aspectos ideológicos del movimiento y crear las condiciones en las que el hombre pueda desarrollar los valores supremos del Islam, que lo abarcan todo.” Constitución de la República Islámica de Irán aprobada en un referéndum celebrado el 11 y 12 de azar de 1358 (texto difundido en 1989), CHIAPPINI, Julio E., “Las constituciones iraníes”, Shiro Jorshid.

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REVISTA DE FILOSOFÍA JURÍDICA Y SOCIAL

205

la estructura republicana del calvinismo fue tomada como modelo para la estructura republicana de los Estados Unidos de América.

El cristianismo sostiene el precepto bíblico de que sólo a Dios se servirá 200. En caso de aplicarse en su verdadero sentido, sería un formidable aporte de la religión a la libertad. El catolicismo suele convivir, a veces dificultosamente, con un Estado al que reconoce en significativa relación con él, asignándole tareas subsidiarias respecto de los particulares y tendientes al bien común 201. El Islam suele pretender la sumisión de toda la organización social, incluso el Estado, a la religión. Una república religiosa análoga a la islámica no se sostendría en el marco católico. En Occidente hay incluso un proceso de secularización diverso de la teologización imperante en el Islam. En cuanto al calvinismo, cabe recordar al Estado teocrático ginebrino. No obstante, la religión del jurista y teólogo francés sostiene la soberanía en las esferas sociales individuales para expresar decididamente que estas esferas de la vida social no tienen nada por encima de ellas excepto a Dios, y que el Estado no puede intervenir en ellas, y no tiene nada que mandar en esos dominios. De este modo, se encamina a las libertades civiles 202.

Kuyper afirmó que el calvinismo es el movimiento político que garantizó la libertad de las naciones en política constitucional; primero en Holanda, después en Inglaterra, y desde el fin del siglo XVIII en Estados Unidos 203. Sostuvo que el calvinista no debe encerrarse en su iglesia y

200 Deuteronomio, 6:13 (Iglesia.net, http://iglesia.net/biblia/libros/deuteronomio.html#cap6,

18-7-2013; Lucas, 4, 1:13, Catholic.net, Sagrada Biblia, http://biblia.catholic.net/home. php?option=versiculo&id=533, 18-7-2013. En relación con el tema cabe c. Amor a Dios (citas), http://mercaba.org/ARTICULOS/A/amor_a_dios_citas.htm, 22-7-2013. Con esa idea rectora en su momento redactamos nuestra tesis doctoral del Doctorado en Ciencias Políticas y Diplomáticas “El liberalismo político desde el punto de vista jurídico” (UNR, 1969).

201 Es posible v. PONTIFICIO CONSEJO “JUSTICIA Y PAZ”, op. cit., 351 y ss. Una referencia sintética puede v. en Arzobispo argentino explica rol del estado desde la doctrina social de la Iglesia (Monseñor Héctor Alguer), aciprensa, 02 May. 12, http:// www.aciprensa.com/noticias/arzobispo-argentino-explica-rol-del-estado-desde-la-doctri na -social-de-la-iglesia/#.UeiU16xTAb4, 18-7-2013.

202 KYUPER, “Exposiciones …” cit., pág. 75. Se puede v. RUIZ FIGUEROA, Manuel, “Religión y Estado: Islam y Occidente”, http: //codex.colmex.mx:8991/exlibris/aleph/a18_1/apache_media/21KHPPC6C44MNGHJY91YL9JVHA4K8Y.pdf, 18-7-2013.

203 KUYPER, “Exposiciones …” cit., pág. 6. Consideró que solamente por el calvinismo el salmo de la libertad encontró su camino desde la conciencia atribulada hasta los labios

MIGUEL ÁNGEL CIURO CALDANI

206

abandonar el mundo a su destino 204. Quizás este sentido ayude a comprender el protagonismo que en países calvinistas suelen tener las organizaciones no gubernamentales.

31. Los actos religiosos pueden presentarse en orden o desorden.

Pueden ser planificados o producirse por ejemplaridad. Como consecuencia, el orden religioso puede realizar los valores previsibilidad y solidaridad y el desorden puede concretar arbitrariedad.

Aunque las tres religiones se refieren al fin a un Plan Divino, en el calvinismo y en el Islam, creyentes en la predestinación, dicho Plan Divino es mucho más rígido que en el catolicismo. En cambio, la planificación gubernamental tiene especial fuerza en la Iglesia Católica. La expresión Iglesia, de compleja etimología referida principalmente al griego y al latín y diversos significados, remitida principalmente a una congregación de fieles y al conjunto de todos los cristianos convocados en relación con el bautismo, llega a expresar en el catolicismo la intensidad cultural del “cuerpo místico de Cristo”. Suelen diferenciarse la religión y la Iglesia, aunque en el catolicismo la Iglesia tiene, al fin, el poder de definir qué es la religión. El Papa, supremo conductor, es Vicario de Jesús e infalible en materia de fe. La Iglesia se considera la sucesión apostólica de Pedro en el Papa, cosa que los calvinistas -como protestantes- no admiten 205. El calvinismo es una de las orientaciones que procura la Reforma de la Iglesia, en otros términos se considera una Iglesia Reformada, de cierto modo incluso “la” Iglesia Reformada. El calvinismo pone sobre todo el gobierno de la Iglesia a la que él se refiere en los laicos y tiene un sentido “ascendente” de la organización, con cierto carácter democrático. En el Islam predominante no hay una organización religiosa análoga a la Iglesia romana; en este aspecto en cierto sentido se asemeja al calvinismo 206.

(KUYPER, “Exposiciones …” cit., pág. 28). 204 KUYPER, “Exposiciones …”cit., pág. 59. 205 La Iglesia Ortodoxa y la Anglicana reconocen cierta jerarquía al Papa, pero no autoridad

“jurisdiccional”. 206 Con frecuencia en general los sacerdotes o sus figuras análogas han tenido y tienen

relaciones importantes con los gobiernos. En algún momento los sacerdotes judíos fueron gobernantes. En Israel se forja la llamada “tradición sacerdotal” de la tribu de Leví, representada al fin por su descendiente Aarón, que fue elegida por Jahvé para cuidar el Arca de la Alianza y del culto a la divinidad. El sacerdocio se convirtió en prerrogativa de los descendientes de Aarón, quien fue consagrado como el primer Sumo

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la estructura republicana del calvinismo fue tomada como modelo para la estructura republicana de los Estados Unidos de América.

El cristianismo sostiene el precepto bíblico de que sólo a Dios se servirá 200. En caso de aplicarse en su verdadero sentido, sería un formidable aporte de la religión a la libertad. El catolicismo suele convivir, a veces dificultosamente, con un Estado al que reconoce en significativa relación con él, asignándole tareas subsidiarias respecto de los particulares y tendientes al bien común 201. El Islam suele pretender la sumisión de toda la organización social, incluso el Estado, a la religión. Una república religiosa análoga a la islámica no se sostendría en el marco católico. En Occidente hay incluso un proceso de secularización diverso de la teologización imperante en el Islam. En cuanto al calvinismo, cabe recordar al Estado teocrático ginebrino. No obstante, la religión del jurista y teólogo francés sostiene la soberanía en las esferas sociales individuales para expresar decididamente que estas esferas de la vida social no tienen nada por encima de ellas excepto a Dios, y que el Estado no puede intervenir en ellas, y no tiene nada que mandar en esos dominios. De este modo, se encamina a las libertades civiles 202.

Kuyper afirmó que el calvinismo es el movimiento político que garantizó la libertad de las naciones en política constitucional; primero en Holanda, después en Inglaterra, y desde el fin del siglo XVIII en Estados Unidos 203. Sostuvo que el calvinista no debe encerrarse en su iglesia y

200 Deuteronomio, 6:13 (Iglesia.net, http://iglesia.net/biblia/libros/deuteronomio.html#cap6,

18-7-2013; Lucas, 4, 1:13, Catholic.net, Sagrada Biblia, http://biblia.catholic.net/home. php?option=versiculo&id=533, 18-7-2013. En relación con el tema cabe c. Amor a Dios (citas), http://mercaba.org/ARTICULOS/A/amor_a_dios_citas.htm, 22-7-2013. Con esa idea rectora en su momento redactamos nuestra tesis doctoral del Doctorado en Ciencias Políticas y Diplomáticas “El liberalismo político desde el punto de vista jurídico” (UNR, 1969).

201 Es posible v. PONTIFICIO CONSEJO “JUSTICIA Y PAZ”, op. cit., 351 y ss. Una referencia sintética puede v. en Arzobispo argentino explica rol del estado desde la doctrina social de la Iglesia (Monseñor Héctor Alguer), aciprensa, 02 May. 12, http:// www.aciprensa.com/noticias/arzobispo-argentino-explica-rol-del-estado-desde-la-doctri na -social-de-la-iglesia/#.UeiU16xTAb4, 18-7-2013.

202 KYUPER, “Exposiciones …” cit., pág. 75. Se puede v. RUIZ FIGUEROA, Manuel, “Religión y Estado: Islam y Occidente”, http: //codex.colmex.mx:8991/exlibris/aleph/a18_1/apache_media/21KHPPC6C44MNGHJY91YL9JVHA4K8Y.pdf, 18-7-2013.

203 KUYPER, “Exposiciones …” cit., pág. 6. Consideró que solamente por el calvinismo el salmo de la libertad encontró su camino desde la conciencia atribulada hasta los labios

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abandonar el mundo a su destino 204. Quizás este sentido ayude a comprender el protagonismo que en países calvinistas suelen tener las organizaciones no gubernamentales.

31. Los actos religiosos pueden presentarse en orden o desorden.

Pueden ser planificados o producirse por ejemplaridad. Como consecuencia, el orden religioso puede realizar los valores previsibilidad y solidaridad y el desorden puede concretar arbitrariedad.

Aunque las tres religiones se refieren al fin a un Plan Divino, en el calvinismo y en el Islam, creyentes en la predestinación, dicho Plan Divino es mucho más rígido que en el catolicismo. En cambio, la planificación gubernamental tiene especial fuerza en la Iglesia Católica. La expresión Iglesia, de compleja etimología referida principalmente al griego y al latín y diversos significados, remitida principalmente a una congregación de fieles y al conjunto de todos los cristianos convocados en relación con el bautismo, llega a expresar en el catolicismo la intensidad cultural del “cuerpo místico de Cristo”. Suelen diferenciarse la religión y la Iglesia, aunque en el catolicismo la Iglesia tiene, al fin, el poder de definir qué es la religión. El Papa, supremo conductor, es Vicario de Jesús e infalible en materia de fe. La Iglesia se considera la sucesión apostólica de Pedro en el Papa, cosa que los calvinistas -como protestantes- no admiten 205. El calvinismo es una de las orientaciones que procura la Reforma de la Iglesia, en otros términos se considera una Iglesia Reformada, de cierto modo incluso “la” Iglesia Reformada. El calvinismo pone sobre todo el gobierno de la Iglesia a la que él se refiere en los laicos y tiene un sentido “ascendente” de la organización, con cierto carácter democrático. En el Islam predominante no hay una organización religiosa análoga a la Iglesia romana; en este aspecto en cierto sentido se asemeja al calvinismo 206.

(KUYPER, “Exposiciones …” cit., pág. 28). 204 KUYPER, “Exposiciones …”cit., pág. 59. 205 La Iglesia Ortodoxa y la Anglicana reconocen cierta jerarquía al Papa, pero no autoridad

“jurisdiccional”. 206 Con frecuencia en general los sacerdotes o sus figuras análogas han tenido y tienen

relaciones importantes con los gobiernos. En algún momento los sacerdotes judíos fueron gobernantes. En Israel se forja la llamada “tradición sacerdotal” de la tribu de Leví, representada al fin por su descendiente Aarón, que fue elegida por Jahvé para cuidar el Arca de la Alianza y del culto a la divinidad. El sacerdocio se convirtió en prerrogativa de los descendientes de Aarón, quien fue consagrado como el primer Sumo

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207

La Iglesia católica, fuertemente planificada, con un cuerpo de Derecho Canónico, reclama para sí con exclusividad la continuidad de la tradición cristiana, sobre todo en la sede de Roma, diferenciándose del protestantismo en general y el calvinismo en especial 207. Con no fácil compatibilización con el mensaje de que el Reino no es de este mundo se constituyó, básicamente por la obra de Constantino y de Teodosio, un poder eclesiástico “para-imperial”, en mucho organizado con afinidad con el Imperio Romano. En sus momentos, esa organización paraimperial garantizó la “supervivencia” medieval de elementos básicos de la cultura Antigua y del poder de Roma en el Sacro Imperio Romano Germánico, pero tuvo con esta organización imperial relaciones a menudo muy tensas. Además de la planificación, la Iglesia se refiere a la tradición apostólica (ejemplaridad) 208.

El calvinismo posee sentidos más individuales e indiferenciados por las fronteras y se desenvuelve con más referencia a la ejemplaridad. Posee una construcción muy sistemática, pero vive en cierto sentido anárquico. El Islam, al fin orientado fuertemente por el Corán, libro religioso y jurídico, tiene las fuentes principales en las tradiciones (Hadiz) del Profeta y sus sucesores, los Imanes de su descendencia por él designados. Esto se denomina Sunnah. La Charia es, a su vez, el cuerpo de Derecho islámico. Contiene una ordenación detallada de conducta, en la que están también las normas relativas a los modos del culto, los criterios de la moral y de la vida, las cosas permitidas o prohibidas y las reglas que diversifican el bien y el mal. En Occidente la Charia suele ser identificada como “ley musulmana” o “ley islámica”. No obstante, su identificación con la religión no es del todo nítida: pese a que lo que establece está “en el Islam”, no es un dogma ni algo indiscutible (como lo es el texto del Corán); es más “objeto de interpretación”.

La apertura religiosa y consecuentemente jurídica del cristianismo, sea en el catolicismo o el calvinismo, donde basta el bautismo, es mayor que la referencia básica a la carne del judaísmo ortodoxo pero menor que en el

Sacerdote (Cohén) y los levitas asumieron una función secundaria en las ceremonias. En el judaísmo la máxima expresión de tal tradición se encuentra durante los reinados de David y Salomón. El Sumo Sacerdote judío tenía un poder relativamente análogo al de los reyes. De esa tradición se pasó a la presencia del rabino, donde éste estudia y explica las Escrituras, mas no desarrolla funciones rituales.

207 BARDY, Gustav, Prof. Dr., “La religión de Jesús”, en KÖNIG, op. cit., t. III, págs. 575 y ss.

208 El luteranismo, también relativamente planificado, tiene más organización nacional.

MIGUEL ÁNGEL CIURO CALDANI

208

Islam, donde desde la carne de los judíos y la necesidad del agua de los cristianos se pasa a la mera espiritualidad de la profesión de fe: Doy fe de que no hay más divinidad que Dios y Mohammad es el mensajero de Dios.

Los órdenes de actos de las tres religiones tienen diversidades en su interior: órdenes, con reglas propias; congregaciones; iglesias; sectas, etc. 209 Esto explica diferencias culturales a veces muy significativas que no dejan de tener proyecciones jurídicas: no es equivalente, por ejemplo, que en una sociedad sean más influyentes los franciscanos, los dominicos, los jesuitas o el Opus Dei. La complejidad de la composición ideológica que la Iglesia procura integrar es muy grande; incluso se asimilan -a veces se dice se sincretizan- creencias locales. Tal vez la manera de resolver esa complejidad en una unidad, en culturas menos uniformadas que el capitalismo, resulte una fuerte autoridad como la católica. Aunque no tienen una organización eclesiástica, hay diversidades musulmanas, principalmente entre sunnitas, chiítas 210 y sufíes 211. A pesar de todo, el sistema posee una gran descentra-lización comparado con el de las iglesias o el del judaísmo. Desde un punto de vista estrictamente religioso no hay entre los musulmanes una instancia superior que deba ratificar la formación de una comunidad. Se afirma a pesar de todo que el Islam es un bloque más consistente que el cristianismo, donde hay diversas versiones del Evangelio e incluso más receptividad para traducciones a diferentes lenguas 212.

Salvando no descartables diferencias, cabe señalar que en el calvinismo la complejidad abarca, por ejemplo, a los presbiterianos, los congregaciona-listas, los reformados y los bautistas reformados, aunque puede emerger en gran medida de las interpretaciones de los fieles. De cierto modo es sorprendente que su estructura sin plan de gobierno formal le haya permitido sobrevivir con caracteres claramente identificables durante tantos años 213.

209 Es posible v. por ej. Las diversas confesiones cristianas. http://boj.pntic.mec.es/aprf

0002/confesiones_xnas/confesiones_cristianas.htm#2C, 28-6-2013. Es importante el movimiento ecuménico, al principio resistido por el catolicismo pero fomentado desde el Concilio Vaticano II y el ilustre pontificado de Pablo VI.

210 “Chía” significa facción, partido, o seguidor. 211 Los chiítas poseen una organización institucional mayor, los sufíes se orientan más a la

meditación. También se han producido movimientos de reforma (v. COTTSCHALK, op. cit., págs. 63 y ss.).

212 SCHUON, op. cit., págs. 135 y ss. 213 En cuanto a las denominaciones calvinistas, cabe señalar que en Francia fueron llamados

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207

La Iglesia católica, fuertemente planificada, con un cuerpo de Derecho Canónico, reclama para sí con exclusividad la continuidad de la tradición cristiana, sobre todo en la sede de Roma, diferenciándose del protestantismo en general y el calvinismo en especial 207. Con no fácil compatibilización con el mensaje de que el Reino no es de este mundo se constituyó, básicamente por la obra de Constantino y de Teodosio, un poder eclesiástico “para-imperial”, en mucho organizado con afinidad con el Imperio Romano. En sus momentos, esa organización paraimperial garantizó la “supervivencia” medieval de elementos básicos de la cultura Antigua y del poder de Roma en el Sacro Imperio Romano Germánico, pero tuvo con esta organización imperial relaciones a menudo muy tensas. Además de la planificación, la Iglesia se refiere a la tradición apostólica (ejemplaridad) 208.

El calvinismo posee sentidos más individuales e indiferenciados por las fronteras y se desenvuelve con más referencia a la ejemplaridad. Posee una construcción muy sistemática, pero vive en cierto sentido anárquico. El Islam, al fin orientado fuertemente por el Corán, libro religioso y jurídico, tiene las fuentes principales en las tradiciones (Hadiz) del Profeta y sus sucesores, los Imanes de su descendencia por él designados. Esto se denomina Sunnah. La Charia es, a su vez, el cuerpo de Derecho islámico. Contiene una ordenación detallada de conducta, en la que están también las normas relativas a los modos del culto, los criterios de la moral y de la vida, las cosas permitidas o prohibidas y las reglas que diversifican el bien y el mal. En Occidente la Charia suele ser identificada como “ley musulmana” o “ley islámica”. No obstante, su identificación con la religión no es del todo nítida: pese a que lo que establece está “en el Islam”, no es un dogma ni algo indiscutible (como lo es el texto del Corán); es más “objeto de interpretación”.

La apertura religiosa y consecuentemente jurídica del cristianismo, sea en el catolicismo o el calvinismo, donde basta el bautismo, es mayor que la referencia básica a la carne del judaísmo ortodoxo pero menor que en el

Sacerdote (Cohén) y los levitas asumieron una función secundaria en las ceremonias. En el judaísmo la máxima expresión de tal tradición se encuentra durante los reinados de David y Salomón. El Sumo Sacerdote judío tenía un poder relativamente análogo al de los reyes. De esa tradición se pasó a la presencia del rabino, donde éste estudia y explica las Escrituras, mas no desarrolla funciones rituales.

207 BARDY, Gustav, Prof. Dr., “La religión de Jesús”, en KÖNIG, op. cit., t. III, págs. 575 y ss.

208 El luteranismo, también relativamente planificado, tiene más organización nacional.

MIGUEL ÁNGEL CIURO CALDANI

208

Islam, donde desde la carne de los judíos y la necesidad del agua de los cristianos se pasa a la mera espiritualidad de la profesión de fe: Doy fe de que no hay más divinidad que Dios y Mohammad es el mensajero de Dios.

Los órdenes de actos de las tres religiones tienen diversidades en su interior: órdenes, con reglas propias; congregaciones; iglesias; sectas, etc. 209 Esto explica diferencias culturales a veces muy significativas que no dejan de tener proyecciones jurídicas: no es equivalente, por ejemplo, que en una sociedad sean más influyentes los franciscanos, los dominicos, los jesuitas o el Opus Dei. La complejidad de la composición ideológica que la Iglesia procura integrar es muy grande; incluso se asimilan -a veces se dice se sincretizan- creencias locales. Tal vez la manera de resolver esa complejidad en una unidad, en culturas menos uniformadas que el capitalismo, resulte una fuerte autoridad como la católica. Aunque no tienen una organización eclesiástica, hay diversidades musulmanas, principalmente entre sunnitas, chiítas 210 y sufíes 211. A pesar de todo, el sistema posee una gran descentra-lización comparado con el de las iglesias o el del judaísmo. Desde un punto de vista estrictamente religioso no hay entre los musulmanes una instancia superior que deba ratificar la formación de una comunidad. Se afirma a pesar de todo que el Islam es un bloque más consistente que el cristianismo, donde hay diversas versiones del Evangelio e incluso más receptividad para traducciones a diferentes lenguas 212.

Salvando no descartables diferencias, cabe señalar que en el calvinismo la complejidad abarca, por ejemplo, a los presbiterianos, los congregaciona-listas, los reformados y los bautistas reformados, aunque puede emerger en gran medida de las interpretaciones de los fieles. De cierto modo es sorprendente que su estructura sin plan de gobierno formal le haya permitido sobrevivir con caracteres claramente identificables durante tantos años 213.

209 Es posible v. por ej. Las diversas confesiones cristianas. http://boj.pntic.mec.es/aprf

0002/confesiones_xnas/confesiones_cristianas.htm#2C, 28-6-2013. Es importante el movimiento ecuménico, al principio resistido por el catolicismo pero fomentado desde el Concilio Vaticano II y el ilustre pontificado de Pablo VI.

210 “Chía” significa facción, partido, o seguidor. 211 Los chiítas poseen una organización institucional mayor, los sufíes se orientan más a la

meditación. También se han producido movimientos de reforma (v. COTTSCHALK, op. cit., págs. 63 y ss.).

212 SCHUON, op. cit., págs. 135 y ss. 213 En cuanto a las denominaciones calvinistas, cabe señalar que en Francia fueron llamados

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Los calvinistas suelen hacer referencia para sí a la única Iglesia santa y católica de Jesús en el cielo. Sin embargo, se sostuvo que esto no puede quebrantar la regla fundamental de que el gobierno tiene que honrar el complejo de iglesias cristianas como la manifestación multiforme de la iglesia de Cristo en la tierra 214.

La proyección universal de la Iglesia le ha permitido a veces resistir al poder de los Estados que le eran adversos. El catolicismo favoreció en ese sentido una libertad que no pudo promover la Iglesia Ortodoxa Rusa, sometida a los zares. El calvinismo ha resistido desde la conciencia de los fieles. La fuerte fe del Islam significa un sometimiento religioso que puede limitar a los poderes gubernamentales adversos.

Se ha señalado que la incomprensión habitual y recíproca entre los representantes ordinarios del cristianismo y el Islam aparece hasta en detalles casi insignificantes, como por ejemplo el término mismo “mahometano” aplicado a los musulmanes, término que no es más que una transposición inapropiada de la palabra “cristiano”. El Islam no se fundamenta inmediata-mente en el Profeta, sino en el Corán, afirmación de la Unidad divina, que no consiste en una perpetuación de Mahoma 215. Tal vez la referencia a un Libro contribuya a asignar al Islam un carácter fijo en el tiempo, de cierto modo conservador.

Las tres religiones tienen vocación misionera y de propaganda, pero tal vez entre ellas el catolicismo la ha expresado con más intensidad 216. A veces para expandirse se han valido de la conquista de territorios. Las

“hugonotes”, en los Países Bajos “mendigos”, en Gran Bretaña “puritanos” y “presbiterianos”, y en Norteamérica “padres peregrinos”, pero todos estos productos de la Reforma eran de origen calvinista (KUYPER, “Exposiciones ...” cit., págs. 6/7). Aunque la afirmación es discutible, el célebre calvinista holandés dijo que en sus treinta y nueve artículos, la Iglesia de Inglaterra es estrictamente calvinista, aunque en su jerarquía y su liturgia ha abandonado los caminos rectos, y se encontró con los resultados serios de este desvío en el puseyismo (considerado un renacimiento católico) y el ritualismo (KUYPER, “Exposiciones …” cit., pág. 7). Incluso sostenía que si bajo el liderazgo de Wesley la mayoría de los metodistas se opusieron a la interpretación teológica del calvinismo, era el mismo espíritu calvinista el que creó esta reacción espiritual contra la vida eclesiástica petrificante de aquellos tiempos (KUYPER, “Exposiciones …” cit., pág. 7).

214 KUYPER, “Exposiciones …” cit., pág. 89. 215 SCHUON, op. cit., págs. 137/8. 216 Suele atribuirse específicamente el sentido “misionero” a la tarea que cumplen las

orientaciones cristianas.

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religiones suelen avanzar o retroceder en relación con la estatalidad con la que se relacionan, como lo indicó la conquista de América por el imperio español. Los misioneros católicos tuvieron en ese proceso una gran significa-ción. La conquista española pretendió integrar en la fe y la juridicidad mucho más que la inglesa.

Se afirma que los hechos tienen en el Islam un papel mucho menos importante que en el cristianismo. La base religiosa cristiana es esencial-mente un hecho, y no una idea, como en el caso del Islam. Para el cristiano, casi todo está en la Encarnación y en la Redención y para el musulmán todo está en Alá, el Principio divino considerado en su aspecto de Unidad y de Trascendencia, y en la conformidad, el abandono a Él: “al-Islâm”. 217 Un nuevo sentido de afinidad del Islam con el judaísmo.

32. Los repartos y sus órdenes pueden encontrar límites voluntarios o

necesarios, surgidos, estos últimos, de la “naturaleza de las cosas”. Los límites voluntarios son deseados por los repartidores, los segundos se les oponen. Los dos tipos de límites se presentan en espacios materiales, espaciales, temporales y personales. Los límites necesarios pueden ser generales de todas las clases de repartos y modos constitutivos o especiales de los repartos y los modos constitutivos en cuestiones vitales. Los actos religiosos -sobre todo como inclinaciones psíquicas- y su influencia repartidora pueden producir o encontrar límites de todos estos tipos. Los límites necesarios emergen del complejo de factores de poder que forman la constitución material, diversa de la constitución formal, y los actos religiosos influyen en el Derecho dentro de dicho complejo 218. Quizás quepa señalar que las “tentaciones” de Jesús, sean llamados de atención respectivos contra los límites en lo económico, lo físico y lo político.

Los espacios jurídicos abiertos por las tres religiones que nos ocupan han sido muy amplios, pero los límites que han ido estableciendo y encontrando parecen distintos. Tal vez los límites hallados han sido menores en el calvinismo, que encauzó la cultura capitalista de los últimos siglos, aunque ahora encuentra límites por la paganización de la cultura occidental,

217 SCHUON, op. cit., pág. 138. 218 V. por ej. LASSALLE, Fernando, “¿Qué es una constitución”, trad. W. Roces, Bs. As.,

Siglo Veinte, 1957. Los límites necesarios se presentan en espacios de fuerzas que a menudo pueden ser interpretados como factores de poder de una constitución material.

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Los calvinistas suelen hacer referencia para sí a la única Iglesia santa y católica de Jesús en el cielo. Sin embargo, se sostuvo que esto no puede quebrantar la regla fundamental de que el gobierno tiene que honrar el complejo de iglesias cristianas como la manifestación multiforme de la iglesia de Cristo en la tierra 214.

La proyección universal de la Iglesia le ha permitido a veces resistir al poder de los Estados que le eran adversos. El catolicismo favoreció en ese sentido una libertad que no pudo promover la Iglesia Ortodoxa Rusa, sometida a los zares. El calvinismo ha resistido desde la conciencia de los fieles. La fuerte fe del Islam significa un sometimiento religioso que puede limitar a los poderes gubernamentales adversos.

Se ha señalado que la incomprensión habitual y recíproca entre los representantes ordinarios del cristianismo y el Islam aparece hasta en detalles casi insignificantes, como por ejemplo el término mismo “mahometano” aplicado a los musulmanes, término que no es más que una transposición inapropiada de la palabra “cristiano”. El Islam no se fundamenta inmediata-mente en el Profeta, sino en el Corán, afirmación de la Unidad divina, que no consiste en una perpetuación de Mahoma 215. Tal vez la referencia a un Libro contribuya a asignar al Islam un carácter fijo en el tiempo, de cierto modo conservador.

Las tres religiones tienen vocación misionera y de propaganda, pero tal vez entre ellas el catolicismo la ha expresado con más intensidad 216. A veces para expandirse se han valido de la conquista de territorios. Las

“hugonotes”, en los Países Bajos “mendigos”, en Gran Bretaña “puritanos” y “presbiterianos”, y en Norteamérica “padres peregrinos”, pero todos estos productos de la Reforma eran de origen calvinista (KUYPER, “Exposiciones ...” cit., págs. 6/7). Aunque la afirmación es discutible, el célebre calvinista holandés dijo que en sus treinta y nueve artículos, la Iglesia de Inglaterra es estrictamente calvinista, aunque en su jerarquía y su liturgia ha abandonado los caminos rectos, y se encontró con los resultados serios de este desvío en el puseyismo (considerado un renacimiento católico) y el ritualismo (KUYPER, “Exposiciones …” cit., pág. 7). Incluso sostenía que si bajo el liderazgo de Wesley la mayoría de los metodistas se opusieron a la interpretación teológica del calvinismo, era el mismo espíritu calvinista el que creó esta reacción espiritual contra la vida eclesiástica petrificante de aquellos tiempos (KUYPER, “Exposiciones …” cit., pág. 7).

214 KUYPER, “Exposiciones …” cit., pág. 89. 215 SCHUON, op. cit., págs. 137/8. 216 Suele atribuirse específicamente el sentido “misionero” a la tarea que cumplen las

orientaciones cristianas.

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religiones suelen avanzar o retroceder en relación con la estatalidad con la que se relacionan, como lo indicó la conquista de América por el imperio español. Los misioneros católicos tuvieron en ese proceso una gran significa-ción. La conquista española pretendió integrar en la fe y la juridicidad mucho más que la inglesa.

Se afirma que los hechos tienen en el Islam un papel mucho menos importante que en el cristianismo. La base religiosa cristiana es esencial-mente un hecho, y no una idea, como en el caso del Islam. Para el cristiano, casi todo está en la Encarnación y en la Redención y para el musulmán todo está en Alá, el Principio divino considerado en su aspecto de Unidad y de Trascendencia, y en la conformidad, el abandono a Él: “al-Islâm”. 217 Un nuevo sentido de afinidad del Islam con el judaísmo.

32. Los repartos y sus órdenes pueden encontrar límites voluntarios o

necesarios, surgidos, estos últimos, de la “naturaleza de las cosas”. Los límites voluntarios son deseados por los repartidores, los segundos se les oponen. Los dos tipos de límites se presentan en espacios materiales, espaciales, temporales y personales. Los límites necesarios pueden ser generales de todas las clases de repartos y modos constitutivos o especiales de los repartos y los modos constitutivos en cuestiones vitales. Los actos religiosos -sobre todo como inclinaciones psíquicas- y su influencia repartidora pueden producir o encontrar límites de todos estos tipos. Los límites necesarios emergen del complejo de factores de poder que forman la constitución material, diversa de la constitución formal, y los actos religiosos influyen en el Derecho dentro de dicho complejo 218. Quizás quepa señalar que las “tentaciones” de Jesús, sean llamados de atención respectivos contra los límites en lo económico, lo físico y lo político.

Los espacios jurídicos abiertos por las tres religiones que nos ocupan han sido muy amplios, pero los límites que han ido estableciendo y encontrando parecen distintos. Tal vez los límites hallados han sido menores en el calvinismo, que encauzó la cultura capitalista de los últimos siglos, aunque ahora encuentra límites por la paganización de la cultura occidental,

217 SCHUON, op. cit., pág. 138. 218 V. por ej. LASSALLE, Fernando, “¿Qué es una constitución”, trad. W. Roces, Bs. As.,

Siglo Veinte, 1957. Los límites necesarios se presentan en espacios de fuerzas que a menudo pueden ser interpretados como factores de poder de una constitución material.

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y mayores en el catolicismo, donde confluyen los límites del capitalismo y la paganización, pese a que parece que sobre todo los índices de incremento de la población y el deseo de detener los que son abusos del capitalismo le abren nuevos ámbitos. Quizás los límites que hoy encuentra el cristianismo en general se deban en parte considerable a la contradicción del calvinismo, que reúne la religión de la bienaventuranza de los pobres y de la misericordia con la búsqueda del éxito en los negocios.

Aunque cabe recordar los límites de los enfrentamientos con los cristianos en Poitiers, Lepanto y Viena, tal vez el Islam encuentre, hasta ahora, menos límites por la gran fuerza de adhesión social a su construcción dogmática y la realidad económica menos capitalista. Es posible que el desenvolvimiento de este sistema económico ponga pronto límite a algunos rasgos musulmanes, por ejemplo, a la inferioridad de la mujer.

Ni la Revolución Francesa, ni el positivismo, ni sus proyecciones, por ejemplo en la Argentina, pudieron quebrar definitivamente el poder de la Iglesia. Incluso el poder de ésta contribuyó a la caída del primer peronismo, tal vez porque era uno de los soportes del régimen. En cambio, el poder de la Institución no pudo impedir grandes transformaciones impulsadas por la economía, principalmente en el marco familiar.

El carácter “vital” de las cuestiones tratadas por las religiones puede hacer que al presentarse problemas de este tipo las personas repiensen sus posiciones al respecto, por ejemplo, con resultados de conversiones o apostasías.

En diversos grados, según los ámbitos materiales, espaciales, temporales y personales, las tres religiones forman parte de la constitución material. Las tres son, con diferentes alcances según las circunstancias, parte de la estabilidad o la caída de los gobiernos y de las posibilidades que tienen para decidir.

33. Las categorías básicas de las dimensiones sociológicas de los

mundos jurídico y religioso son la causalidad, la finalidad “objetiva” que “encontramos” en los acontecimientos, la finalidad subjetiva, la posibilidad, la realidad y la verdad. La finalidad subjetiva está al fin sometida al predominio de las otras categorías y al carácter “pantónomo” 219 de éstas, referido a la totalidad de sus manifestaciones y necesitado de fracciona-

219 Pan=todo; nomos=ley que gobierna.

MIGUEL ÁNGEL CIURO CALDANI

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mientos productores de seguridad 220. Ese predominio hace que se atribuya a los acontecimientos sentidos religiosos superiores a los alcances humanos, con frecuentes soluciones de sujeción del Derecho a lo que se considera superior. La pantonomía remite a menudo a lo sobrenatural y al milagro, en última instancia a la divinidad. En la omnisciencia, la omnipotencia y la omnipresencia, atribuidas a Dios por las tres religiones, se desenvuelven las pantonomías inalcanzables de la causalidad, la finalidad objetiva, la posibilidad, la realidad y la verdad. La inseguridad humana se traduce así en seguridad divina, de aquí en gran medida el lugar que el Derecho asigna a veces a la divinidad.

En principio, la fe se refiere más a la finalidad subjetiva y las obras a su confluencia con la causalidad, la finalidad objetiva, la posibilidad y la realidad. El fatalismo imperante en el calvinismo e incluso atribuido al Islam es más afín al triunfo de la finalidad objetiva y la causalidad sobre la finalidad subjetiva. Es el triunfo del destino, que de cierto modo excluye el azar.

El calvinismo contribuye a afianzar las categorías éxito y fracaso, nacidas de las bases recién señaladas. Así resulta significativo referirse a repartos y órdenes jurídicos exitosos o fracasados.

b) Dimensiones lógica y normológica 34. Los actos religiosos son captados lógicamente mediante juicios

religiosos. Muchas de esas captaciones son normas o imperativos religiosos, que contienen “promesas” o “prescripciones” de que algo se hará o se debe hacer 221. “Dios es bueno” es un juicio religioso, no una norma. Las normas religiosas son captaciones lógicas de actos religiosos proyectados, hechas desde el punto de vista de terceros que no viven las resistencias, por ejemplo: Los días de precepto se participará de la Misa. También cabe atender a los juicios religiosos que son imperativos, hechos desde el protagonismo, como los Mandamientos judeocristianos 222. Las normas jurídicas son captaciones lógicas de repartos proyectados hechas desde el punto de vista de terceros, con carácter de “promesas”. Los imperativos jurídicos son captaciones lógicas

220 Quizás sea preferible en este caso decir certeza. 221 Empleamos las palabras promesas y prescripciones en sentidos amplios. 222 Incluso cabe referir las exhortaciones, por ejemplo contenidas en las Bienaventuranzas.

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y mayores en el catolicismo, donde confluyen los límites del capitalismo y la paganización, pese a que parece que sobre todo los índices de incremento de la población y el deseo de detener los que son abusos del capitalismo le abren nuevos ámbitos. Quizás los límites que hoy encuentra el cristianismo en general se deban en parte considerable a la contradicción del calvinismo, que reúne la religión de la bienaventuranza de los pobres y de la misericordia con la búsqueda del éxito en los negocios.

Aunque cabe recordar los límites de los enfrentamientos con los cristianos en Poitiers, Lepanto y Viena, tal vez el Islam encuentre, hasta ahora, menos límites por la gran fuerza de adhesión social a su construcción dogmática y la realidad económica menos capitalista. Es posible que el desenvolvimiento de este sistema económico ponga pronto límite a algunos rasgos musulmanes, por ejemplo, a la inferioridad de la mujer.

Ni la Revolución Francesa, ni el positivismo, ni sus proyecciones, por ejemplo en la Argentina, pudieron quebrar definitivamente el poder de la Iglesia. Incluso el poder de ésta contribuyó a la caída del primer peronismo, tal vez porque era uno de los soportes del régimen. En cambio, el poder de la Institución no pudo impedir grandes transformaciones impulsadas por la economía, principalmente en el marco familiar.

El carácter “vital” de las cuestiones tratadas por las religiones puede hacer que al presentarse problemas de este tipo las personas repiensen sus posiciones al respecto, por ejemplo, con resultados de conversiones o apostasías.

En diversos grados, según los ámbitos materiales, espaciales, temporales y personales, las tres religiones forman parte de la constitución material. Las tres son, con diferentes alcances según las circunstancias, parte de la estabilidad o la caída de los gobiernos y de las posibilidades que tienen para decidir.

33. Las categorías básicas de las dimensiones sociológicas de los

mundos jurídico y religioso son la causalidad, la finalidad “objetiva” que “encontramos” en los acontecimientos, la finalidad subjetiva, la posibilidad, la realidad y la verdad. La finalidad subjetiva está al fin sometida al predominio de las otras categorías y al carácter “pantónomo” 219 de éstas, referido a la totalidad de sus manifestaciones y necesitado de fracciona-

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mientos productores de seguridad 220. Ese predominio hace que se atribuya a los acontecimientos sentidos religiosos superiores a los alcances humanos, con frecuentes soluciones de sujeción del Derecho a lo que se considera superior. La pantonomía remite a menudo a lo sobrenatural y al milagro, en última instancia a la divinidad. En la omnisciencia, la omnipotencia y la omnipresencia, atribuidas a Dios por las tres religiones, se desenvuelven las pantonomías inalcanzables de la causalidad, la finalidad objetiva, la posibilidad, la realidad y la verdad. La inseguridad humana se traduce así en seguridad divina, de aquí en gran medida el lugar que el Derecho asigna a veces a la divinidad.

En principio, la fe se refiere más a la finalidad subjetiva y las obras a su confluencia con la causalidad, la finalidad objetiva, la posibilidad y la realidad. El fatalismo imperante en el calvinismo e incluso atribuido al Islam es más afín al triunfo de la finalidad objetiva y la causalidad sobre la finalidad subjetiva. Es el triunfo del destino, que de cierto modo excluye el azar.

El calvinismo contribuye a afianzar las categorías éxito y fracaso, nacidas de las bases recién señaladas. Así resulta significativo referirse a repartos y órdenes jurídicos exitosos o fracasados.

b) Dimensiones lógica y normológica 34. Los actos religiosos son captados lógicamente mediante juicios

religiosos. Muchas de esas captaciones son normas o imperativos religiosos, que contienen “promesas” o “prescripciones” de que algo se hará o se debe hacer 221. “Dios es bueno” es un juicio religioso, no una norma. Las normas religiosas son captaciones lógicas de actos religiosos proyectados, hechas desde el punto de vista de terceros que no viven las resistencias, por ejemplo: Los días de precepto se participará de la Misa. También cabe atender a los juicios religiosos que son imperativos, hechos desde el protagonismo, como los Mandamientos judeocristianos 222. Las normas jurídicas son captaciones lógicas de repartos proyectados hechas desde el punto de vista de terceros, con carácter de “promesas”. Los imperativos jurídicos son captaciones lógicas

220 Quizás sea preferible en este caso decir certeza. 221 Empleamos las palabras promesas y prescripciones en sentidos amplios. 222 Incluso cabe referir las exhortaciones, por ejemplo contenidas en las Bienaventuranzas.

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de repartos proyectados hechas desde el punto de vista de protagonistas, con carácter de “prescripciones” 223.

La advertencia de que el Reino no es de este mundo permite que el cristianismo diferencie, al menos con relativa claridad, las normas y los imperativos religiosos de los jurídicos. En última instancia, los juicios religiosos y las normas jurídicas se distinguen por la referibilidad a la santidad o la justicia. No obstante, profundizando las consideraciones, de cierto modo de manera entrecruzada los juicios, las normas y los imperativos religiosos tienen significados jurídicos de repartos y las normas y los imperativos jurídicos poseen significados religiosos. En algunos casos, las vinculaciones de las captaciones son más intensas o claramente delimitables. El Corán contiene normas religiosas con carácter declaradamente jurídico 224. El Derecho Canónico no presenta normas predominantemente religiosas, se trata de normas jurídicas de la Iglesia en materia religiosa.

Las captaciones normativas describen e integran los actos religiosos y los repartos proyectados. Las dos construcciones trialistas que tomamos en consideración se interesan especialmente por el cumplimiento de las normas en las vidas de las personas; en caso de que esto se logre las normas son exactas. Por ejemplo: muchas personas se proclaman “católicas a su manera”, de modo que a través de una minusmodelación conceptual, con el pertinente vaciamiento normativo, producen inexactitud de normas de la Iglesia. En nuestro tiempo, tal vez sobre todo en Occidente, hay grandes muestras de inexactitud de las normas religiosas, con las pertinentes consecuencias jurídicas, v. gr., en cuanto al incumplimiento por los católicos de las normas religiosas referidas a la indisolubilidad del matrimonio entre vivos. La exactitud e inexactitud de las normas religiosas abarca exactitud e inexactitud pertinentes de las normas jurídicas. Como las normas prometen su cumplimiento -afirmación con referencia a la cual resultan exactas o inexactas- son promesas que tienen cierta función indiciaria de que han de cumplirse.

Los juicios, las normas y los imperativos utilizan conceptos que integran la realidad dándole precisión e incorporándole sentidos en base a los cuales se orienta la vida de las personas. Si esos conceptos corresponden a la

223 Las normas y los imperativos difieren de sus fuentes, son construcciones lógicas que son

distintas de la manera en que estén redactadas las fuentes. 224 En algunos Estados musulmanes rige la Charia.

MIGUEL ÁNGEL CIURO CALDANI

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mejor construcción y realización de los actos religiosos y los repartos desde los puntos de vista de los autores y el resto de la sociedad, los juicios, las normas y los imperativos son adecuados. La construcción religiosa de los conceptos puede contribuir a la adecuación religiosa y jurídica; la construcción jurídica puede aportar a la adecuación jurídica y religiosa.

35. Las fuentes reales de las captaciones lógicas de los actos religiosos son a su vez, en otro sentido, fuentes reales de captaciones lógicas de los repartos. Dentro del conjunto de las fuentes reales, son fuentes materiales, los actos religiosos mismos, y fuentes formales las que producen como autobiografías los propios conductores o quienes ellos inspiran, como en el caso del Corán. Una manifestación interesante es la de “los” Evangelios, cuyas versiones pueden considerarse fuentes formales de una misma materialidad inspiradas en sentidos diversos. Además hay fuentes de conocimiento, que constituyen la doctrina.

En principio las fuentes de las normas religiosas invocan origen divino, marco en el que en otros tiempos incluso se divinizaba en mayor o menor medida a seres humanos. Sin embargo, los actos religiosos y sus formalizaciones son producidos excepcionalmente por actores divinos o por actores humanos cuya inspiración divina se invoca con más o menos intensidad. Normalmente son producidos por seres humanos. En el marco que nos ocupa, un nivel de máxima invocación divina está en las enseñanzas del Padrenuestro 225 y el resto del Nuevo Testamento, en cuanto el propio Jesús, considerado Dios Hijo, se manifiesta de manera directa. Sin embargo, sus enseñanzas son relatadas después por los evangelistas. La presencia divina se invoca en las revelaciones de Jehová a Moisés en los Manda-mientos y de Alá a Mahoma a través del arcángel Gabriel en el Corán. Otro nivel de presencia divina está en el resto del relato bíblico, con intervención de los profetas. Para los católicos, la divinidad se manifiesta también en los dogmas de fe. Ya con intervenciones más humanas se encuentran las fuentes de la Doctrina y los preceptos de la Iglesia. Para los protestantes las fuentes complementarias están en las enseñanzas de los reformadores 226. Las tres

225 Es posible ampliar en nuestras “Perspectivas Jurídicas” cits., págs. 313 y ss. 226 Existen diversas versiones de la Biblia. V. aciprensa, Las Sagradas Escrituras, http://

www.aciprensa.com/Biblia/index.html, 24-6-2013; versión Reina-Valera, http://www. amen-amen.net/RV1960/, 24-6-2013; Unidad Educativa Colegio Cristo Rey de las Escuelas Pías, Preceptos de la Iglesia, http://www.colegiocristorey.edu.ar/dpro.asp?id=

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de repartos proyectados hechas desde el punto de vista de protagonistas, con carácter de “prescripciones” 223.

La advertencia de que el Reino no es de este mundo permite que el cristianismo diferencie, al menos con relativa claridad, las normas y los imperativos religiosos de los jurídicos. En última instancia, los juicios religiosos y las normas jurídicas se distinguen por la referibilidad a la santidad o la justicia. No obstante, profundizando las consideraciones, de cierto modo de manera entrecruzada los juicios, las normas y los imperativos religiosos tienen significados jurídicos de repartos y las normas y los imperativos jurídicos poseen significados religiosos. En algunos casos, las vinculaciones de las captaciones son más intensas o claramente delimitables. El Corán contiene normas religiosas con carácter declaradamente jurídico 224. El Derecho Canónico no presenta normas predominantemente religiosas, se trata de normas jurídicas de la Iglesia en materia religiosa.

Las captaciones normativas describen e integran los actos religiosos y los repartos proyectados. Las dos construcciones trialistas que tomamos en consideración se interesan especialmente por el cumplimiento de las normas en las vidas de las personas; en caso de que esto se logre las normas son exactas. Por ejemplo: muchas personas se proclaman “católicas a su manera”, de modo que a través de una minusmodelación conceptual, con el pertinente vaciamiento normativo, producen inexactitud de normas de la Iglesia. En nuestro tiempo, tal vez sobre todo en Occidente, hay grandes muestras de inexactitud de las normas religiosas, con las pertinentes consecuencias jurídicas, v. gr., en cuanto al incumplimiento por los católicos de las normas religiosas referidas a la indisolubilidad del matrimonio entre vivos. La exactitud e inexactitud de las normas religiosas abarca exactitud e inexactitud pertinentes de las normas jurídicas. Como las normas prometen su cumplimiento -afirmación con referencia a la cual resultan exactas o inexactas- son promesas que tienen cierta función indiciaria de que han de cumplirse.

Los juicios, las normas y los imperativos utilizan conceptos que integran la realidad dándole precisión e incorporándole sentidos en base a los cuales se orienta la vida de las personas. Si esos conceptos corresponden a la

223 Las normas y los imperativos difieren de sus fuentes, son construcciones lógicas que son

distintas de la manera en que estén redactadas las fuentes. 224 En algunos Estados musulmanes rige la Charia.

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mejor construcción y realización de los actos religiosos y los repartos desde los puntos de vista de los autores y el resto de la sociedad, los juicios, las normas y los imperativos son adecuados. La construcción religiosa de los conceptos puede contribuir a la adecuación religiosa y jurídica; la construcción jurídica puede aportar a la adecuación jurídica y religiosa.

35. Las fuentes reales de las captaciones lógicas de los actos religiosos son a su vez, en otro sentido, fuentes reales de captaciones lógicas de los repartos. Dentro del conjunto de las fuentes reales, son fuentes materiales, los actos religiosos mismos, y fuentes formales las que producen como autobiografías los propios conductores o quienes ellos inspiran, como en el caso del Corán. Una manifestación interesante es la de “los” Evangelios, cuyas versiones pueden considerarse fuentes formales de una misma materialidad inspiradas en sentidos diversos. Además hay fuentes de conocimiento, que constituyen la doctrina.

En principio las fuentes de las normas religiosas invocan origen divino, marco en el que en otros tiempos incluso se divinizaba en mayor o menor medida a seres humanos. Sin embargo, los actos religiosos y sus formalizaciones son producidos excepcionalmente por actores divinos o por actores humanos cuya inspiración divina se invoca con más o menos intensidad. Normalmente son producidos por seres humanos. En el marco que nos ocupa, un nivel de máxima invocación divina está en las enseñanzas del Padrenuestro 225 y el resto del Nuevo Testamento, en cuanto el propio Jesús, considerado Dios Hijo, se manifiesta de manera directa. Sin embargo, sus enseñanzas son relatadas después por los evangelistas. La presencia divina se invoca en las revelaciones de Jehová a Moisés en los Manda-mientos y de Alá a Mahoma a través del arcángel Gabriel en el Corán. Otro nivel de presencia divina está en el resto del relato bíblico, con intervención de los profetas. Para los católicos, la divinidad se manifiesta también en los dogmas de fe. Ya con intervenciones más humanas se encuentran las fuentes de la Doctrina y los preceptos de la Iglesia. Para los protestantes las fuentes complementarias están en las enseñanzas de los reformadores 226. Las tres

225 Es posible ampliar en nuestras “Perspectivas Jurídicas” cits., págs. 313 y ss. 226 Existen diversas versiones de la Biblia. V. aciprensa, Las Sagradas Escrituras, http://

www.aciprensa.com/Biblia/index.html, 24-6-2013; versión Reina-Valera, http://www. amen-amen.net/RV1960/, 24-6-2013; Unidad Educativa Colegio Cristo Rey de las Escuelas Pías, Preceptos de la Iglesia, http://www.colegiocristorey.edu.ar/dpro.asp?id=

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religiones admiten la iluminación del Espíritu Santo. En las enseñanzas calvinistas esta presencia es especialmente significativa 227. En el Islam suele decirse que el Espíritu Santo era Mahoma 228.

En el Islam, cabe referir las fuentes complementarias, que incluyen la materialidad de la Sunnah (costumbre, práctica, uso, tradición) abarcando la conducta personal del Profeta, su forma de ser, sus dichos, sus orientaciones espirituales y devocionales, su enseñanza y explicación -exégesis- de la revelación coránica, etc. 229. Las fuentes del catolicismo y del Islam son más numerosas que las del calvinismo. Es relevante que el cuerpo institucional de la Iglesia le haya requerido el dictado de un Código de Derecho Canónico.

Una problemática asimismo interesante se refiere a si, en al nivel de la divinidad, las normas son tales porque surgen de la voluntad divina o de la razón a la que la voluntad divina debe sujetarse. Aparece aquí el secular ámbito de debate entre el voluntarismo 230 y el racionalismo 231. El calvi-

262, 24-6-2013; aciprensa, Los preceptos de la Iglesia, http://www.aciprensa.com/moral/ preceptos.htm, 24-6-2013 (los preceptos ayudan a mantener un diálogo con Dios). El calvinismo no admite la intervención de los sacerdotes. Las diferencias del arameo, lengua que hablaba Jesús, la versión latina y las versiones de lenguas modernas de la Biblia tienen significación. El acercamiento a los receptores del mensaje puede significar cierto alejamiento de los autores, cuya superación requiere cierta “inspiración”. Según Kuyper, el calvinismo no busca a Dios en la criatura, como el paganismo; ni aísla a Dios de la criatura, como el islamismo; ni interpone una comunión mediata entre Dios y la criatura, como lo hace el catolicismo. Proclama el pensamiento exaltado que Dios, aunque se encuentra en su majestad muy por encima de la criatura, entra en una relación inmediata con la criatura, bajo la forma de Dios el Espíritu Santo. Este es incluso el corazón y el núcleo de la confesión calvinista de la predestinación. (KUYPER, “Exposiciones …” cit., pág. 12).

227 V. CALVINO, “Institución …” cit., por ej. Libro Tercero, http://www.iglesiareformada. com/Calvino_Institucion_3_1.html, 20-7-2013.

228 Visión de Profetas, 358) El Islam enseña que el “Espíritu Santo era Mahoma”, http:// visiondeprofetas.blogspot.com.ar/2011/06/338-el-islam-ensena-que-el-espiritu.html, 25-7-2013.

229 V. Las Fuentes del Islam, http://www.nurelislam.com/hadiz/hadiz.htm. 24-6-2013. 230 Acerca del voluntarismo es posible c. por ej. FERRATER MORA, José, “Diccionario de

Filosofía”, 5ª. ed. en Alianza Diccionarios, Madrid, t. IV; 1984, págs. 2761 y ss.; REAL ACADEMIA ESPAÑOLA, op. cit., “voluntarismo”, http://buscon.rae.es/drae/srv/search ?val=voluntarismo, 25-6-2013.

231 En relación con el racionalismo se puede c. por ej. FERRATER MORA, op. cit., t. IV, págs. 3465 y ss.; REAL ACADEMIA ESPAÑOLA, op. cit., racionalismo, http://lema.

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nismo se refiere a la predestinación entendiéndola como expresión de la soberanía de la voluntad divina. De cierto modo, la proyección jurídica lleva desde el voluntarismo al positivismo 232 y desde el racionalismo al jusnatura-lismo.

A veces los musulmanes, para quienes el Corán ocupa de cierto modo el lugar que tiene Cristo para los cristianos, reprochan a éstos que no posean un libro equivalente al Corán, es decir, un libro único, a la vez “doctrinal” y legislativo, y escrito en la propia lengua de la Revelación. Ven en la pluralidad de las versiones evangélicas y los otros textos del Nuevo Testamento la marca de una división, agravada por el hecho de que los escritos evangélicos no se han mantenido en la lengua que hablaba Jesús, quizás el arameo, sino que tres de ellos fueron escritos en griego, y luego se produjeron las versiones latinas, es decir, pasaron a estar en lenguas no semíticas, ajenas a los pueblos que descienden de Abraham. Asimismo reprochan que estos textos son traducibles en cualquier lengua extranjera; reclamo emergente de una confusión que se considera análoga a la que consistiría en reprochar al Profeta que fuera un mortal 233. Suele aclararse que efectivamente, mientras que el Corán es la Palabra divina, es el Cristo viviente en la Eucaristía quien es el Verbo divino, y no el Nuevo Testamento; éste no desempeña más que el papel de un soporte, del mismo modo que el Profeta no es sino un soporte del mensaje de Dios, y no este mismo mensaje. El recuerdo, el ejemplo y la intercesión del Profeta están subordinados al Libro revelado 234.

Las fuentes reales de las captaciones más propiamente jurídicas son los repartos mismos, en su carácter material o formal, en este caso las autobiografías que hacen los propios repartidores (constituciones formales, tratados internacionales, leyes, decretos, sentencias, contratos, testamentos, etc.). Asimismo hay fuentes de conocimiento que constituyen la doctrina.

rae.es/drae/?val=racionalismo, 25-6-2013. En relativa afinidad, cabe c., respecto del intelectualismo, FERRATER MORA, op. cit., t. II, 1984, págs. 1729 y ss.; REAL ACADEMIA ESPAÑOLA, op. cit., intelectualismo, http://lema.rae.es/drae/?val=intelec tualismo, 25-6-2013.

232 Es posible v. BATIFFOL, Henri, “Filosofía del Derecho”, trad. Lilia Gaffuri, Bs. As., Eudeba, 1964, págs. 7 y ss.

233 SCHUON, op. cit., págs. 140/1 234 Íd., pág. 141.

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religiones admiten la iluminación del Espíritu Santo. En las enseñanzas calvinistas esta presencia es especialmente significativa 227. En el Islam suele decirse que el Espíritu Santo era Mahoma 228.

En el Islam, cabe referir las fuentes complementarias, que incluyen la materialidad de la Sunnah (costumbre, práctica, uso, tradición) abarcando la conducta personal del Profeta, su forma de ser, sus dichos, sus orientaciones espirituales y devocionales, su enseñanza y explicación -exégesis- de la revelación coránica, etc. 229. Las fuentes del catolicismo y del Islam son más numerosas que las del calvinismo. Es relevante que el cuerpo institucional de la Iglesia le haya requerido el dictado de un Código de Derecho Canónico.

Una problemática asimismo interesante se refiere a si, en al nivel de la divinidad, las normas son tales porque surgen de la voluntad divina o de la razón a la que la voluntad divina debe sujetarse. Aparece aquí el secular ámbito de debate entre el voluntarismo 230 y el racionalismo 231. El calvi-

262, 24-6-2013; aciprensa, Los preceptos de la Iglesia, http://www.aciprensa.com/moral/ preceptos.htm, 24-6-2013 (los preceptos ayudan a mantener un diálogo con Dios). El calvinismo no admite la intervención de los sacerdotes. Las diferencias del arameo, lengua que hablaba Jesús, la versión latina y las versiones de lenguas modernas de la Biblia tienen significación. El acercamiento a los receptores del mensaje puede significar cierto alejamiento de los autores, cuya superación requiere cierta “inspiración”. Según Kuyper, el calvinismo no busca a Dios en la criatura, como el paganismo; ni aísla a Dios de la criatura, como el islamismo; ni interpone una comunión mediata entre Dios y la criatura, como lo hace el catolicismo. Proclama el pensamiento exaltado que Dios, aunque se encuentra en su majestad muy por encima de la criatura, entra en una relación inmediata con la criatura, bajo la forma de Dios el Espíritu Santo. Este es incluso el corazón y el núcleo de la confesión calvinista de la predestinación. (KUYPER, “Exposiciones …” cit., pág. 12).

227 V. CALVINO, “Institución …” cit., por ej. Libro Tercero, http://www.iglesiareformada. com/Calvino_Institucion_3_1.html, 20-7-2013.

228 Visión de Profetas, 358) El Islam enseña que el “Espíritu Santo era Mahoma”, http:// visiondeprofetas.blogspot.com.ar/2011/06/338-el-islam-ensena-que-el-espiritu.html, 25-7-2013.

229 V. Las Fuentes del Islam, http://www.nurelislam.com/hadiz/hadiz.htm. 24-6-2013. 230 Acerca del voluntarismo es posible c. por ej. FERRATER MORA, José, “Diccionario de

Filosofía”, 5ª. ed. en Alianza Diccionarios, Madrid, t. IV; 1984, págs. 2761 y ss.; REAL ACADEMIA ESPAÑOLA, op. cit., “voluntarismo”, http://buscon.rae.es/drae/srv/search ?val=voluntarismo, 25-6-2013.

231 En relación con el racionalismo se puede c. por ej. FERRATER MORA, op. cit., t. IV, págs. 3465 y ss.; REAL ACADEMIA ESPAÑOLA, op. cit., racionalismo, http://lema.

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nismo se refiere a la predestinación entendiéndola como expresión de la soberanía de la voluntad divina. De cierto modo, la proyección jurídica lleva desde el voluntarismo al positivismo 232 y desde el racionalismo al jusnatura-lismo.

A veces los musulmanes, para quienes el Corán ocupa de cierto modo el lugar que tiene Cristo para los cristianos, reprochan a éstos que no posean un libro equivalente al Corán, es decir, un libro único, a la vez “doctrinal” y legislativo, y escrito en la propia lengua de la Revelación. Ven en la pluralidad de las versiones evangélicas y los otros textos del Nuevo Testamento la marca de una división, agravada por el hecho de que los escritos evangélicos no se han mantenido en la lengua que hablaba Jesús, quizás el arameo, sino que tres de ellos fueron escritos en griego, y luego se produjeron las versiones latinas, es decir, pasaron a estar en lenguas no semíticas, ajenas a los pueblos que descienden de Abraham. Asimismo reprochan que estos textos son traducibles en cualquier lengua extranjera; reclamo emergente de una confusión que se considera análoga a la que consistiría en reprochar al Profeta que fuera un mortal 233. Suele aclararse que efectivamente, mientras que el Corán es la Palabra divina, es el Cristo viviente en la Eucaristía quien es el Verbo divino, y no el Nuevo Testamento; éste no desempeña más que el papel de un soporte, del mismo modo que el Profeta no es sino un soporte del mensaje de Dios, y no este mismo mensaje. El recuerdo, el ejemplo y la intercesión del Profeta están subordinados al Libro revelado 234.

Las fuentes reales de las captaciones más propiamente jurídicas son los repartos mismos, en su carácter material o formal, en este caso las autobiografías que hacen los propios repartidores (constituciones formales, tratados internacionales, leyes, decretos, sentencias, contratos, testamentos, etc.). Asimismo hay fuentes de conocimiento que constituyen la doctrina.

rae.es/drae/?val=racionalismo, 25-6-2013. En relativa afinidad, cabe c., respecto del intelectualismo, FERRATER MORA, op. cit., t. II, 1984, págs. 1729 y ss.; REAL ACADEMIA ESPAÑOLA, op. cit., intelectualismo, http://lema.rae.es/drae/?val=intelec tualismo, 25-6-2013.

232 Es posible v. BATIFFOL, Henri, “Filosofía del Derecho”, trad. Lilia Gaffuri, Bs. As., Eudeba, 1964, págs. 7 y ss.

233 SCHUON, op. cit., págs. 140/1 234 Íd., pág. 141.

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Las fuentes formales pueden ser más flexibles o rígidas (según la facilidad o dificultad de su modificación), elásticas o inelásticas (conforme a la adaptabilidad mayor o menor a las nuevas situaciones) y más o menos participativas (con mayor o menor intervención de los interesados). Cuando las fuentes son inmodificables, son pétreas. Las fuentes supremas de los actos religiosos, correspondientes a actos divinos son en general pétreas, aunque por ejemplo Jesús y Mahoma produjeron desde los puntos de vista respectivos sucesos de flexibilización de lo existente, con importantes resistencias. Dado el carácter pétreo del Corán, que es fuente jurídica, se procura su elastización. Las fuentes reales de jerarquía menor son producidas por seres humanos, esto tiene especial significación en el calvinismo, donde las comunidades alcanzan papeles protagónicos.

Las fuentes formales generan indicios respecto de las fuentes materiales, y las fuentes de conocimiento los producen acerca de todas las fuentes reales. Por ejemplo, son fuentes de conocimiento las obras de Abraham Kuyper y Max Weber citadas reiteradamente en este trabajo. De manera compleja, son fuentes de conocimiento acerca de actos religiosos y de cierto modo de repartos.

36. Las captaciones lógicas religiosas y jurídicas han de funcionar.

Para que las los actos religiosos proyectados y los repartos proyectados captados en los juicios, las normas y los imperativos religiosos y en las normas y los imperativos jurídicos se realicen es necesario que funcionen.

El funcionamiento abarca tareas de reconocimiento, interpretación, determinación, elaboración, aplicación y síntesis; llevan a la par la tarea de argumentación y, además del funcionamiento formal, hay otro conjetural. El funcionamiento de las captaciones religiosas y jurídicas tiene algunas características diversas, pero su relación es esclarecedora. Como sucede en todos los desarrollos culturales, el funcionamiento de las normas religiosas tiene significados de funcionamiento jurídico 235. Al fin se trata de des-pliegues culturales que se influyen recíprocamente. Cada modelo religioso tiende a promover un modelo jurídico. En concordancia con lo expuesto en la dimensión sociológica, ambos funcionamientos no son “neutrales”, responden a intereses, no siempre económicos.

235 Y el significado de las captaciones jurídicas tiene significados religiosos.

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El funcionamiento de las captaciones lógicas significa siempre relaciones, a veces tensas y siempre muy significativas, entre los autores de las captaciones y los realizadores de su funcionamiento, incluso entre las situaciones que unos y otros representan. En el funcionamiento de las captaciones religiosas existe un marcado desequilibrio, al menos teórico, entre los autores, al fin de jerarquía divina, y en nuestros casos incluso eternos, y los encargados del funcionamiento, que están en situaciones cambiantes. Sin embargo, quien se adueña del funcionamiento al fin se adueña del texto. En las tres versiones religiosas es importante la referencia a la asistencia del Espíritu Santo.

El funcionamiento de las normas religiosas del catolicismo es impactado con fuerza por la intervención sacerdotal e incluso la posibilidad de proclamar dogmas de fe. Al menos en apariencia, las normas religiosas católicas serán lo que los representantes de la Iglesia las hagan ser, aunque también se entiende que al fin quien decide es el propio Dios 236. Los inspectores del cumplimiento de las normas en sus respectivos territorios son los “obispos” 237. Existen asimismo tribunales eclesiásticos 238.

El Islam se caracteriza por la actividad de los narradores de la tradición y la intervención decisiva que han tenido e incluso tienen los comentadores y por la necesidad de compatibilizar las normas religioso-jurídicas, constitutivas de una juridicidad inmodificable, con las exigencias cambiantes de la realidad. Existen eruditos calificados, cuya jerarquía se reconoce 239. Dada la inmutabilidad del Texto que tiene caracteres jurídicos, el Islam se ve en la necesidad de elastizar el funcionamiento 240. Se sostiene, no obstante, que la Ley de Alá tiene la pretensión de estar por encima de la inteligencia y de la sabiduría del creyente: no está construida lógicamente y

236 Mt, 18:18, Catholic.net, Sagrada Biblia, http://biblia.catholic.net/home.php?option=

versiculo&id=344, 19-7-2013. 237 Palabra de origen griego (vigilantes, inspectores, supervisores, superintendentes). Tienen

la ordenación sacerdotal en máximo grado. 238 Se puede c. Tribunales Eclesiásticos, http://tribunaleseclesiasticos.com/?p=8, 25-7-2013. 239 Es posible c. TABATABAI, Allamah, “La interpretación del Corán, su presentación y

desarrollo”, en WebIslam, http://www.webislam.com/articulos/62312-la_interpretacion_ del_coran_su_presentacion_y_desarrollo.html, 27-6-2013.

240 Cabe c. HERNÁNDEZ RAMOS, Mario, “Apuntes sobre Derecho Islámico Clásico. La “oculta” intromisión humana en la formación de un pretendido Derecho inmutable”, http://web.usal.es/~mariohr/index_archivos/Archivosparahipervincular/TESINA.pdf, 19-7-2013.

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Las fuentes formales pueden ser más flexibles o rígidas (según la facilidad o dificultad de su modificación), elásticas o inelásticas (conforme a la adaptabilidad mayor o menor a las nuevas situaciones) y más o menos participativas (con mayor o menor intervención de los interesados). Cuando las fuentes son inmodificables, son pétreas. Las fuentes supremas de los actos religiosos, correspondientes a actos divinos son en general pétreas, aunque por ejemplo Jesús y Mahoma produjeron desde los puntos de vista respectivos sucesos de flexibilización de lo existente, con importantes resistencias. Dado el carácter pétreo del Corán, que es fuente jurídica, se procura su elastización. Las fuentes reales de jerarquía menor son producidas por seres humanos, esto tiene especial significación en el calvinismo, donde las comunidades alcanzan papeles protagónicos.

Las fuentes formales generan indicios respecto de las fuentes materiales, y las fuentes de conocimiento los producen acerca de todas las fuentes reales. Por ejemplo, son fuentes de conocimiento las obras de Abraham Kuyper y Max Weber citadas reiteradamente en este trabajo. De manera compleja, son fuentes de conocimiento acerca de actos religiosos y de cierto modo de repartos.

36. Las captaciones lógicas religiosas y jurídicas han de funcionar.

Para que las los actos religiosos proyectados y los repartos proyectados captados en los juicios, las normas y los imperativos religiosos y en las normas y los imperativos jurídicos se realicen es necesario que funcionen.

El funcionamiento abarca tareas de reconocimiento, interpretación, determinación, elaboración, aplicación y síntesis; llevan a la par la tarea de argumentación y, además del funcionamiento formal, hay otro conjetural. El funcionamiento de las captaciones religiosas y jurídicas tiene algunas características diversas, pero su relación es esclarecedora. Como sucede en todos los desarrollos culturales, el funcionamiento de las normas religiosas tiene significados de funcionamiento jurídico 235. Al fin se trata de des-pliegues culturales que se influyen recíprocamente. Cada modelo religioso tiende a promover un modelo jurídico. En concordancia con lo expuesto en la dimensión sociológica, ambos funcionamientos no son “neutrales”, responden a intereses, no siempre económicos.

235 Y el significado de las captaciones jurídicas tiene significados religiosos.

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El funcionamiento de las captaciones lógicas significa siempre relaciones, a veces tensas y siempre muy significativas, entre los autores de las captaciones y los realizadores de su funcionamiento, incluso entre las situaciones que unos y otros representan. En el funcionamiento de las captaciones religiosas existe un marcado desequilibrio, al menos teórico, entre los autores, al fin de jerarquía divina, y en nuestros casos incluso eternos, y los encargados del funcionamiento, que están en situaciones cambiantes. Sin embargo, quien se adueña del funcionamiento al fin se adueña del texto. En las tres versiones religiosas es importante la referencia a la asistencia del Espíritu Santo.

El funcionamiento de las normas religiosas del catolicismo es impactado con fuerza por la intervención sacerdotal e incluso la posibilidad de proclamar dogmas de fe. Al menos en apariencia, las normas religiosas católicas serán lo que los representantes de la Iglesia las hagan ser, aunque también se entiende que al fin quien decide es el propio Dios 236. Los inspectores del cumplimiento de las normas en sus respectivos territorios son los “obispos” 237. Existen asimismo tribunales eclesiásticos 238.

El Islam se caracteriza por la actividad de los narradores de la tradición y la intervención decisiva que han tenido e incluso tienen los comentadores y por la necesidad de compatibilizar las normas religioso-jurídicas, constitutivas de una juridicidad inmodificable, con las exigencias cambiantes de la realidad. Existen eruditos calificados, cuya jerarquía se reconoce 239. Dada la inmutabilidad del Texto que tiene caracteres jurídicos, el Islam se ve en la necesidad de elastizar el funcionamiento 240. Se sostiene, no obstante, que la Ley de Alá tiene la pretensión de estar por encima de la inteligencia y de la sabiduría del creyente: no está construida lógicamente y

236 Mt, 18:18, Catholic.net, Sagrada Biblia, http://biblia.catholic.net/home.php?option=

versiculo&id=344, 19-7-2013. 237 Palabra de origen griego (vigilantes, inspectores, supervisores, superintendentes). Tienen

la ordenación sacerdotal en máximo grado. 238 Se puede c. Tribunales Eclesiásticos, http://tribunaleseclesiasticos.com/?p=8, 25-7-2013. 239 Es posible c. TABATABAI, Allamah, “La interpretación del Corán, su presentación y

desarrollo”, en WebIslam, http://www.webislam.com/articulos/62312-la_interpretacion_ del_coran_su_presentacion_y_desarrollo.html, 27-6-2013.

240 Cabe c. HERNÁNDEZ RAMOS, Mario, “Apuntes sobre Derecho Islámico Clásico. La “oculta” intromisión humana en la formación de un pretendido Derecho inmutable”, http://web.usal.es/~mariohr/index_archivos/Archivosparahipervincular/TESINA.pdf, 19-7-2013.

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no es un “Derecho” en el sentido moderno 241. Se especifica que abarca todos los deberes religiosos, políticos, privados e individuales del musulmán 242. Existen tribunales islámicos que a veces tienen importante participación política.

El calvinismo significa un avance de los fieles encargados del funcionamiento a través de la libertad interpretativa. Sin embargo, el propio Calvino se valió de un tribunal eclesiástico, práctica que perdura en la actualidad.

El funcionamiento inquisitorial ha sido con frecuencia uno de los ejemplos mayores de cómo los encargados del funcionamiento han llegado a forzar el funcionamiento de las normas religiosas y jurídicas 243. Casos como los de Santa Juana de Arco, Savonarola, Servet 244, Bruno 245, Galileo 246,

241 GOTTSCHALK, op. cit., pág. 32. 242 Íd. 243 Sobre la falsificación de la voluntad del Autor en la Inquisición, cabe reflexionar en el

caso del Gran Inquisidor de DOSTOIEVSKI, Fedor, “Los hermanos Karamazov”, trad. José Baeza, 2ª ed., Barcelona, Juventud, 1988, pág. 259, también http://www.literatura. us/idiomas/fd_elgran.html, 19-7-2013.

244 Además de lo referido precedentemente acerca de la gran injusticia de la condena y ejecución de Servet producidas por Calvino (en las que lo había precedido la Inquisición católica) v. por ej. Instituto de Estudios Sijenenses Miguel Servet, Proceso de Servet, http://www.miguelservet.org/proceso.htm, 21-7-2013, Texto extraído del artículo de Sergio Baches Opi “Miguel Servet. Anotaciones actuales sobre un proceso ignominioso”, publicado en el Diario del Alto Aragón, Domingo, 16 de junio de 2002, y en la Revista Serrablo, Año XXX, Nº 118, Diciembre 2000); Servetus International Society, Detalles del juicio y la ejecución de Miguel Servet en Ginebra, http://www. servetus.org/public/es/miguel-servet/54-detalles-del-juicio-y-la-ejecucion-de-miguel-ser vet-en-ginebra.html, 21-7-2013. Kuyper sostuvo, sin embargo, que el calvinismo cultivó el amor a la ciencia, le restauró su dominio, la liberó de ataduras no naturales y encontró una solución del inevitable conflicto científico (KUYPER, “Exposiciones …” cit., pág. 92; en cuanto a la apertura de la noción de ciencia, no sólo con referencia a las ciencias exactas se puede v. KUYPER, “Exposiciones …” cit., pág. 94). El teólogo holandés poyó las ideas de Lombroso (KUYPER, “Exposiciones …” cit., pág. 96). Expuso que para que florezca la ciencia, hay que crear también una demanda de ciencia, y para este fin, la mente pública tiene que ser liberada. Afirmó que mientras la iglesia extendía su velo sobre todo el drama de la vida pública, la atadura continuaba, porque el único fin de la vida consistía en merecer el cielo, y en disfrutar del mundo sólo hasta donde la iglesia lo consideraba consistente con este fin. – Kuyper afirmó que el amor buscador de todos estaba dirigido hacia la vida eterna, y no percibían que el cristianismo, aparte de su anhelo de salvación eterna, tiene también en esta tierra por comisión divina una gran tarea a cumplir respecto

MIGUEL ÁNGEL CIURO CALDANI

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etc. así lo muestran. Las circunstancias de Santa Juana y Savonarola son muestras especialmente claras de cómo se mezclaban los intereses religiosos y jurídicos. ¡El proceso y la ejecución de la Doncella de Orleáns fueron una simple patraña de los ingleses! 247. ¡Pese a las exageraciones del dominico, es posible que su excomunión tuviera como propósito intimidar a la República Florentina para que no obstaculizara a Alejandro VI! 248

Las características de los distintos funcionamientos dependen de diversas culturas, en materia (religión, Derecho, arte, etc.), espacio, tiempo y personas Tal vez quepa afirmar que el funcionamiento donde la influencia de los autores de las normas es mayor es el religioso y el funcionamiento en que lo es la intervención de los encargados del funcionamiento es el de las producciones artísticas. El funcionamiento jurídico es intermedio. El avance de quienes hacen funcionar las normas religiosas puede acercarse al pecado, el de quienes hacen funcionar el arte puede significar creatividad. Las disputas en cuanto a interpretación de la Biblia entre católicos y protestantes significan aún conflictos acerca de la santidad y el pecado y, aunque las causas fueron muchas -en gran medida ambiciones territoriales e incluso lealtades familiares- estas disputas contribuyen a explicar la fuerza y la crueldad de los enfrentamientos de la Guerra de los Treinta Años. La chispa

al cosmos. Este nuevo concepto fue primeramente introducido por el calvinismo, cuando cortó hasta la raíz esta idea de que la vida en la tierra era solo destinada a merecer la bienaventuranza del cielo. (KUYPER, “Exposiciones …” cit., pág. 108). Aclaró que no estaba hablando de un conflicto entre fe y ciencia porque tal conflicto no existe. Toda ciencia, en cierto grado parte de la fe. (KUYPER, “Exposiciones …” cit., pág. 109).

245 Es posible v. “Actas del proceso de Giordano Bruno”, Introducción, traducción y notas Júlia Benavent, Institució Alfons el Magnánim, Diputació de Valéncia, 2004, Scribd, http://es.scribd.com/doc/33545573/Julia-Benavent-Introduccion-y-notas-2004-Actas-Del -Proceso-de-Giordano-Bruno, 21-7-2013.

246 Se puede c. SANTILLANA, Giorgio de, “El crimen de Galileo”, trad. Juan Rodríguez Chicano, Bs. As., Claridad, 1969.

247 Es posible v. AMO, Angel P., “Juana de Arco, Santa”, Catholic.net, http://es.catholic. net/santoral/articulo.php?id=3472, 25-7-2013.

248 Cabe v. BAILLY-BAILLIERE, Alfonso, “Girolamo Savonarola: un fraile incómodo para su época”, http://mercaba.org/FICHAS/IGLESIA/Inte03/girolamo_savonarola.htm, 19-7-2013. A la inversa, la Inquisición española fue especialmente manipulada por la Monarquía. Se puede c. Inquisición, Wikipedia, http://es.wikipedia.org/wiki/Inquisici%C3%B3n, 24-4-2013.

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no es un “Derecho” en el sentido moderno 241. Se especifica que abarca todos los deberes religiosos, políticos, privados e individuales del musulmán 242. Existen tribunales islámicos que a veces tienen importante participación política.

El calvinismo significa un avance de los fieles encargados del funcionamiento a través de la libertad interpretativa. Sin embargo, el propio Calvino se valió de un tribunal eclesiástico, práctica que perdura en la actualidad.

El funcionamiento inquisitorial ha sido con frecuencia uno de los ejemplos mayores de cómo los encargados del funcionamiento han llegado a forzar el funcionamiento de las normas religiosas y jurídicas 243. Casos como los de Santa Juana de Arco, Savonarola, Servet 244, Bruno 245, Galileo 246,

241 GOTTSCHALK, op. cit., pág. 32. 242 Íd. 243 Sobre la falsificación de la voluntad del Autor en la Inquisición, cabe reflexionar en el

caso del Gran Inquisidor de DOSTOIEVSKI, Fedor, “Los hermanos Karamazov”, trad. José Baeza, 2ª ed., Barcelona, Juventud, 1988, pág. 259, también http://www.literatura. us/idiomas/fd_elgran.html, 19-7-2013.

244 Además de lo referido precedentemente acerca de la gran injusticia de la condena y ejecución de Servet producidas por Calvino (en las que lo había precedido la Inquisición católica) v. por ej. Instituto de Estudios Sijenenses Miguel Servet, Proceso de Servet, http://www.miguelservet.org/proceso.htm, 21-7-2013, Texto extraído del artículo de Sergio Baches Opi “Miguel Servet. Anotaciones actuales sobre un proceso ignominioso”, publicado en el Diario del Alto Aragón, Domingo, 16 de junio de 2002, y en la Revista Serrablo, Año XXX, Nº 118, Diciembre 2000); Servetus International Society, Detalles del juicio y la ejecución de Miguel Servet en Ginebra, http://www. servetus.org/public/es/miguel-servet/54-detalles-del-juicio-y-la-ejecucion-de-miguel-ser vet-en-ginebra.html, 21-7-2013. Kuyper sostuvo, sin embargo, que el calvinismo cultivó el amor a la ciencia, le restauró su dominio, la liberó de ataduras no naturales y encontró una solución del inevitable conflicto científico (KUYPER, “Exposiciones …” cit., pág. 92; en cuanto a la apertura de la noción de ciencia, no sólo con referencia a las ciencias exactas se puede v. KUYPER, “Exposiciones …” cit., pág. 94). El teólogo holandés poyó las ideas de Lombroso (KUYPER, “Exposiciones …” cit., pág. 96). Expuso que para que florezca la ciencia, hay que crear también una demanda de ciencia, y para este fin, la mente pública tiene que ser liberada. Afirmó que mientras la iglesia extendía su velo sobre todo el drama de la vida pública, la atadura continuaba, porque el único fin de la vida consistía en merecer el cielo, y en disfrutar del mundo sólo hasta donde la iglesia lo consideraba consistente con este fin. – Kuyper afirmó que el amor buscador de todos estaba dirigido hacia la vida eterna, y no percibían que el cristianismo, aparte de su anhelo de salvación eterna, tiene también en esta tierra por comisión divina una gran tarea a cumplir respecto

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etc. así lo muestran. Las circunstancias de Santa Juana y Savonarola son muestras especialmente claras de cómo se mezclaban los intereses religiosos y jurídicos. ¡El proceso y la ejecución de la Doncella de Orleáns fueron una simple patraña de los ingleses! 247. ¡Pese a las exageraciones del dominico, es posible que su excomunión tuviera como propósito intimidar a la República Florentina para que no obstaculizara a Alejandro VI! 248

Las características de los distintos funcionamientos dependen de diversas culturas, en materia (religión, Derecho, arte, etc.), espacio, tiempo y personas Tal vez quepa afirmar que el funcionamiento donde la influencia de los autores de las normas es mayor es el religioso y el funcionamiento en que lo es la intervención de los encargados del funcionamiento es el de las producciones artísticas. El funcionamiento jurídico es intermedio. El avance de quienes hacen funcionar las normas religiosas puede acercarse al pecado, el de quienes hacen funcionar el arte puede significar creatividad. Las disputas en cuanto a interpretación de la Biblia entre católicos y protestantes significan aún conflictos acerca de la santidad y el pecado y, aunque las causas fueron muchas -en gran medida ambiciones territoriales e incluso lealtades familiares- estas disputas contribuyen a explicar la fuerza y la crueldad de los enfrentamientos de la Guerra de los Treinta Años. La chispa

al cosmos. Este nuevo concepto fue primeramente introducido por el calvinismo, cuando cortó hasta la raíz esta idea de que la vida en la tierra era solo destinada a merecer la bienaventuranza del cielo. (KUYPER, “Exposiciones …” cit., pág. 108). Aclaró que no estaba hablando de un conflicto entre fe y ciencia porque tal conflicto no existe. Toda ciencia, en cierto grado parte de la fe. (KUYPER, “Exposiciones …” cit., pág. 109).

245 Es posible v. “Actas del proceso de Giordano Bruno”, Introducción, traducción y notas Júlia Benavent, Institució Alfons el Magnánim, Diputació de Valéncia, 2004, Scribd, http://es.scribd.com/doc/33545573/Julia-Benavent-Introduccion-y-notas-2004-Actas-Del -Proceso-de-Giordano-Bruno, 21-7-2013.

246 Se puede c. SANTILLANA, Giorgio de, “El crimen de Galileo”, trad. Juan Rodríguez Chicano, Bs. As., Claridad, 1969.

247 Es posible v. AMO, Angel P., “Juana de Arco, Santa”, Catholic.net, http://es.catholic. net/santoral/articulo.php?id=3472, 25-7-2013.

248 Cabe v. BAILLY-BAILLIERE, Alfonso, “Girolamo Savonarola: un fraile incómodo para su época”, http://mercaba.org/FICHAS/IGLESIA/Inte03/girolamo_savonarola.htm, 19-7-2013. A la inversa, la Inquisición española fue especialmente manipulada por la Monarquía. Se puede c. Inquisición, Wikipedia, http://es.wikipedia.org/wiki/Inquisici%C3%B3n, 24-4-2013.

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fue de cierto modo la resistencia de los protestantes, principalmente los calvinistas, a la autoridad del Sacro Emperador católico Fernando II.

Las cuestiones de funcionamiento a considerar en los tres grupos religiosos que nos ocupan abarcan importantes problemas de reconocimiento. Por ejemplo: la Iglesia diferenció los Evangelios auténticos de los llamados apócrifos; el Islam y el calvinismo no reconocen normas de la Iglesia; ésta no admite las revelaciones invocadas por Mahoma; a través de la excomunión la Iglesia puso en cuestión la obediencia de los súbditos feudales a los gobernantes; los calvinistas no aceptan los textos evangélicos invocados para apoyar el poder de los Papas, ni la Iglesia las enseñanzas de Calvino, etc. Los debates sobre interpolaciones en el Evangelio y en los textos de Josefo son intensos 249. Son notorias las consecuencias jurídicas que estos reconocimientos y desconocimientos han aportado.

37. En cuanto a la interpretación, cabe hacer referencia a la exégesis

religiosa de los textos sagrados 250, diversa de la que se sostiene en el

249 En cuanto a Flavio Josefo es posible agregar a lo hay referido MAIER, Paul L. (trad. y

condensación), “Josefo. Las Obras Esenciales”, Grand Rapids, Michigan, Portavoz - Kregel, 1992; “Josefo y Jesús”, 4Truth.Net, http://es.4truth.net/fourtruthespbjesus.aspx? pageid=8589983440, 25-6-2013; Respuestas Evangélicas, Josefo y la Historicidad de Jesús, http://respuestasevangelicas.blogspot.com.ar/2013/03/josefo-y-la-historicidad-de-jesus.html, 25-6-2013; Tito FLAVIO JOSEFO, “Las guerras de los judíos”, http://www. imperivm.org/cont/textos/txt/flavio-josefo_las-guerras-de-los-judios-l0a.html, 25-6-2013; “Antigüedades judías”, ed. José Vara Donado, 3ª. reimp., Madrid, Akal, 2009, http://books.google.com.ar/books?id=cUpj052RdacC&printsec=frontcover&hl=es&source=gbs_ge_summary_r&cad=0#v=onepage&q&f=false, 25-6-2013 (Flavio Josefo, o sea José ben Matityahu, favorito de la familia imperial Flavia).

250 Es posible v. DALLA VECCHIA, v, “Exégesis”, http://mercaba.org/VocTEO/E/ exegesis.htm, 25-6-2013 (Dice que “A través del trabajo exegético se permite al texto hacerse inteligible a las diversas culturas y generaciones: dada la distancia cultural entre el texto bíblico y el lector, la exégesis intenta lograr, con métodos apropiados, que el texto haga oír su voz y transmitir aquellos mensajes que el autor inspirado quería dar por medio del texto. … Los procedimientos de la exégesis requieren: a} la determinación estable del texto (crítica textual), como paso previo para la traducción, con la que se intenta alcanzar la forma original del texto; b} la traducción del mismo; c} en este punto se utilizan dos tipos de método, los llamados "sincrónicos'" que estudian el texto en su forma final, o bien en una etapa determinada de su transmisión (crítica de las formas, lingüística del texto, metodología estructuralista, semántica, pragmática), y los llamados "diacrónicos" es decir los que estudian el texto desde el punto de vista de su formación y consideran la reconstrucción de las fases de la misma como uno de los principales

MIGUEL ÁNGEL CIURO CALDANI

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Derecho. La primera es más “creativa” que la segunda, que se apega más a la intención del autor. Se dice, con referencia a la exégesis religiosa, que el término proviene del griego y significa "explicar", que involucra una interpretación crítica y completa de un texto, especialmente religioso, como el Antiguo y el Nuevo Testamento, el Talmud, el Midrásh, el Corán, etc. En este sentido, la palabra exégesis significa extraer el significado de un texto dado. La exégesis suele ser diferenciada de la “eiségesis”, que significa insertar las interpretaciones personales en un texto dado. Se sostiene que la exégesis contiene un intento de ver el texto objetivamente, mientras que la eiségesis corresponde a una visión más subjetiva.

La interpretación en el campo jurídico es más amplia que la exégesis jurídica 251. En el Derecho la exégesis, hecha célebre en el marco de la

medios para captar el significado del texto (crítica literaria, historia de las tradiciones, historia de las redacciones).” Sin embargo, hace referencia a los métodos histórico-críticos y al respecto menciona, del Papa Pío XII, la Encíclica “Divino Afflante Spiritu” y, del Concilio Vaticano II, la Constitución “Dei Verbum sobre la divina revelación”). (Carta Encíclica Divino Afflante Spiritu, del Sumo Pontífice Pío XII, sobre los Estudios Bíblicos, BÍBLICOS, http://www.vatican.va/holy_father/pius_xii/encyclicals/documents /hf_p-xii_enc_30091943_divino-afflante-spiritu_sp.html, 25-7-2013; Constitución Dog-mática Dei Verbum sobre la Divina Revelación, 25-7-2013, II. 7. “Dispuso Dios benignamente que todo lo que había revelado para la salvación de los hombres permaneciera íntegro para siempre y se fuera transmitiendo a todas las generaciones. Por ello Cristo Señor, en quien se consuma la revelación total del Dios sumo, mandó a los Apóstoles que predicaran a todos los hombres el Evangelio, comunicándoles los dones divinos. Este Evangelio, prometido antes por los Profetas, lo completó El y lo promulgó con su propia boca, como fuente de toda la verdad salvadora y de la ordenación de las costumbres. Lo cual fue realizado fielmente, tanto por los Apóstoles, que en la predicación oral comunicaron con ejemplos e instituciones lo que habían recibido por la palabra, por la convivencia y por las obras de Cristo, o habían aprendido por la inspiración del Espíritu Santo, como por aquellos Apóstoles y varones apostólicos que, bajo la inspiración del mismo Espíritu, escribieron el mensaje de la salvación. Mas para que el Evangelio se conservara constantemente íntegro y vivo en la Iglesia, los Apóstoles dejaron como sucesores suyos a los Obispos, "entregándoles su propio cargo del magisterio". Por consiguiente, esta sagrada tradición y la Sagrada Escritura de ambos Testamentos son como un espejo en que la Iglesia peregrina en la tierra contempla a Dios, de quien todo lo recibe, hasta que le sea concedido el verbo cara a cara, tal como es (cf. 1 Jn., 3,2).”)

251 REAL ACADEMIA ESPAÑOLA, op. cit.: interpretar. (Del lat. interpretāri). 1. tr. Explicar o declarar el sentido de algo, y principalmente el de un texto. 2. tr. Traducir de una lengua a otra, sobre todo cuando se hace oralmente. 3. tr. Explicar acciones, dichos o sucesos que pueden ser entendidos de diferentes modos. 4. tr. Concebir, ordenar o

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fue de cierto modo la resistencia de los protestantes, principalmente los calvinistas, a la autoridad del Sacro Emperador católico Fernando II.

Las cuestiones de funcionamiento a considerar en los tres grupos religiosos que nos ocupan abarcan importantes problemas de reconocimiento. Por ejemplo: la Iglesia diferenció los Evangelios auténticos de los llamados apócrifos; el Islam y el calvinismo no reconocen normas de la Iglesia; ésta no admite las revelaciones invocadas por Mahoma; a través de la excomunión la Iglesia puso en cuestión la obediencia de los súbditos feudales a los gobernantes; los calvinistas no aceptan los textos evangélicos invocados para apoyar el poder de los Papas, ni la Iglesia las enseñanzas de Calvino, etc. Los debates sobre interpolaciones en el Evangelio y en los textos de Josefo son intensos 249. Son notorias las consecuencias jurídicas que estos reconocimientos y desconocimientos han aportado.

37. En cuanto a la interpretación, cabe hacer referencia a la exégesis

religiosa de los textos sagrados 250, diversa de la que se sostiene en el

249 En cuanto a Flavio Josefo es posible agregar a lo hay referido MAIER, Paul L. (trad. y

condensación), “Josefo. Las Obras Esenciales”, Grand Rapids, Michigan, Portavoz - Kregel, 1992; “Josefo y Jesús”, 4Truth.Net, http://es.4truth.net/fourtruthespbjesus.aspx? pageid=8589983440, 25-6-2013; Respuestas Evangélicas, Josefo y la Historicidad de Jesús, http://respuestasevangelicas.blogspot.com.ar/2013/03/josefo-y-la-historicidad-de-jesus.html, 25-6-2013; Tito FLAVIO JOSEFO, “Las guerras de los judíos”, http://www. imperivm.org/cont/textos/txt/flavio-josefo_las-guerras-de-los-judios-l0a.html, 25-6-2013; “Antigüedades judías”, ed. José Vara Donado, 3ª. reimp., Madrid, Akal, 2009, http://books.google.com.ar/books?id=cUpj052RdacC&printsec=frontcover&hl=es&source=gbs_ge_summary_r&cad=0#v=onepage&q&f=false, 25-6-2013 (Flavio Josefo, o sea José ben Matityahu, favorito de la familia imperial Flavia).

250 Es posible v. DALLA VECCHIA, v, “Exégesis”, http://mercaba.org/VocTEO/E/ exegesis.htm, 25-6-2013 (Dice que “A través del trabajo exegético se permite al texto hacerse inteligible a las diversas culturas y generaciones: dada la distancia cultural entre el texto bíblico y el lector, la exégesis intenta lograr, con métodos apropiados, que el texto haga oír su voz y transmitir aquellos mensajes que el autor inspirado quería dar por medio del texto. … Los procedimientos de la exégesis requieren: a} la determinación estable del texto (crítica textual), como paso previo para la traducción, con la que se intenta alcanzar la forma original del texto; b} la traducción del mismo; c} en este punto se utilizan dos tipos de método, los llamados "sincrónicos'" que estudian el texto en su forma final, o bien en una etapa determinada de su transmisión (crítica de las formas, lingüística del texto, metodología estructuralista, semántica, pragmática), y los llamados "diacrónicos" es decir los que estudian el texto desde el punto de vista de su formación y consideran la reconstrucción de las fases de la misma como uno de los principales

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Derecho. La primera es más “creativa” que la segunda, que se apega más a la intención del autor. Se dice, con referencia a la exégesis religiosa, que el término proviene del griego y significa "explicar", que involucra una interpretación crítica y completa de un texto, especialmente religioso, como el Antiguo y el Nuevo Testamento, el Talmud, el Midrásh, el Corán, etc. En este sentido, la palabra exégesis significa extraer el significado de un texto dado. La exégesis suele ser diferenciada de la “eiségesis”, que significa insertar las interpretaciones personales en un texto dado. Se sostiene que la exégesis contiene un intento de ver el texto objetivamente, mientras que la eiségesis corresponde a una visión más subjetiva.

La interpretación en el campo jurídico es más amplia que la exégesis jurídica 251. En el Derecho la exégesis, hecha célebre en el marco de la

medios para captar el significado del texto (crítica literaria, historia de las tradiciones, historia de las redacciones).” Sin embargo, hace referencia a los métodos histórico-críticos y al respecto menciona, del Papa Pío XII, la Encíclica “Divino Afflante Spiritu” y, del Concilio Vaticano II, la Constitución “Dei Verbum sobre la divina revelación”). (Carta Encíclica Divino Afflante Spiritu, del Sumo Pontífice Pío XII, sobre los Estudios Bíblicos, BÍBLICOS, http://www.vatican.va/holy_father/pius_xii/encyclicals/documents /hf_p-xii_enc_30091943_divino-afflante-spiritu_sp.html, 25-7-2013; Constitución Dog-mática Dei Verbum sobre la Divina Revelación, 25-7-2013, II. 7. “Dispuso Dios benignamente que todo lo que había revelado para la salvación de los hombres permaneciera íntegro para siempre y se fuera transmitiendo a todas las generaciones. Por ello Cristo Señor, en quien se consuma la revelación total del Dios sumo, mandó a los Apóstoles que predicaran a todos los hombres el Evangelio, comunicándoles los dones divinos. Este Evangelio, prometido antes por los Profetas, lo completó El y lo promulgó con su propia boca, como fuente de toda la verdad salvadora y de la ordenación de las costumbres. Lo cual fue realizado fielmente, tanto por los Apóstoles, que en la predicación oral comunicaron con ejemplos e instituciones lo que habían recibido por la palabra, por la convivencia y por las obras de Cristo, o habían aprendido por la inspiración del Espíritu Santo, como por aquellos Apóstoles y varones apostólicos que, bajo la inspiración del mismo Espíritu, escribieron el mensaje de la salvación. Mas para que el Evangelio se conservara constantemente íntegro y vivo en la Iglesia, los Apóstoles dejaron como sucesores suyos a los Obispos, "entregándoles su propio cargo del magisterio". Por consiguiente, esta sagrada tradición y la Sagrada Escritura de ambos Testamentos son como un espejo en que la Iglesia peregrina en la tierra contempla a Dios, de quien todo lo recibe, hasta que le sea concedido el verbo cara a cara, tal como es (cf. 1 Jn., 3,2).”)

251 REAL ACADEMIA ESPAÑOLA, op. cit.: interpretar. (Del lat. interpretāri). 1. tr. Explicar o declarar el sentido de algo, y principalmente el de un texto. 2. tr. Traducir de una lengua a otra, sobre todo cuando se hace oralmente. 3. tr. Explicar acciones, dichos o sucesos que pueden ser entendidos de diferentes modos. 4. tr. Concebir, ordenar o

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cultura francesa del siglo XIX, corresponde en sentido estricto a una referencia a la auténtica voluntad del autor, en el alcance de la intención más que del fin, y a su aplicación silogística. La “escuela de la exégesis” reduce las fuentes a la ley, sometiendo la doctrina y la costumbre a lo establecido en ella. Su sentido de alguna manera servil de la interpretación, paradójica-mente aplicado a una obra humana, sería a nuestro entender más notoria-mente impropio para la magnitud de una obra divina.

38. La determinación se necesita cuando hay una captación lógica

incompleta, sea porque necesita precisión, reglamentación (más detalles) o desarrollo de principios. En el Derecho de este tiempo suele hacerse referencia a los principios que se hallan sobre las reglas y a la operatividad directa de las fuentes constitucionales de los Estados democráticos y sociales. Esta operatividad se ubica dentro de la corriente del neoconstitucionalismo. Con cierto sentido de referencia a principios, la exégesis religiosa suele apoyarse en el sentido metafórico de textos religiosos, como el que se atribuye a la tentación de Adán. El catolicismo ubica entre el texto divino y los fieles al “legislador” eclesiástico, que lo interpreta con autoridad. El calvinismo se refiere más a la vida de los fieles encaminada dentro de la predestinación, a la operatividad de la voluntad divina. Un sentido análogo de operatividad directa de la voluntad divina se encuentra en el Islam.

expresar de un modo personal la realidad. 5. tr. Representar una obra teatral, cinematográfica, etc. 6. tr. Ejecutar una pieza musical mediante canto o instrumentos. 7. tr. Ejecutar un baile con propósito artístico y siguiendo pautas coreográficas. Es posible v. por ej. nuestros trabajos "Meditaciones trialistas sobre la interpretación", en "El Derecho", t. 72, págs. 811 y ss.; "Reconstrucción y construcción en la interpretación", en "Boletín del Centro de Investigaciones..." cit., Nº 16, págs. 31 y ss.; "Las teorías acerca de la interpretación, su dinámica histórica y el lugar del Derecho Privado", "Boletín del Centro de Investigaciones ..." cit., Nº 20, págs. 83 y ss.; en colaboración con Mario E. CHAUMET, "Comprensión trialista de la teoría dworkiniana de la interpretación", en "Investigación ..." cit., Nº 25, págs. 77 y ss. Asimismo “Interpretación y argumentación jurídica. Perspectivas y problemas actuales”, págs. 23 y ss., “Jurisprudencia Argentina. Número Especial”, t. 2009-III, págs. 995 y ss.; “La teoría y la práctica de la elaboración de las normas jurídicas en la Universidad (Homenaje a François Gény en el 110º aniversario de “Método de interpretación y fuentes en Derecho Privado Positivo”)”, en “Revista del Centro de Investigaciones …” cit., Nº 31, págs. 9/17; “Consideraciones integrativistas sobre la interpretación. Aportes para una “metateoría” de la interpretación”, en “Jurisprudencia Argentina. Número Especial”, “Interpretación y argumentación jurídica. Perspectivas y problemas actuales”, t. 2009-III, págs. 995 y ss.

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39. La elaboración es necesaria cuando hay carencias de captaciones lógicas; en términos del ordenamiento lógico, se trata respectivamente de cierto modo de integración y lagunas. Las carencias pueden ser históricas, porque no se hicieron captaciones lógicas (al fin actos/repartos), por olvido o novedad de los problemas, o axiológicas, en la religión sobre todo teológicas y en el Derecho sobre todo dikelógicas, porque habiendo captaciones se las rechaza por considerarlas “disvaliosas”. Dada la alta jerarquía de las referencias religiosas básicas, atribuidas a la divinidad, en estos casos a una divinidad omnisciente, omnipresente y omnipotente, las posibilidades de carencias históricas o axiológicas al respecto resultan inadmisibles. Sólo puede haber carencias en los niveles inferiores, sobre todo en un marco con un elaborador permanente institucionalizado como es la autoridad de la Iglesia. El catolicismo está más en permanente elaboración institucional, el calvinismo en permanente elaboración personal. No obstante, vale recordar que Kuyper sostuvo que, así como la ordenanza de Dios determina el rumbo de asteroide más pequeño y de la estrella más grande, así también las ordenanzas morales de Dios descienden a los detalles más pequeños y más particulares, diciéndonos lo que es la voluntad de Dios en cada caso 252.

Una de las expresiones interesantes de carencia histórica por novedad científico-técnica, con la respectiva elaboración, es la que evidencia el propio nombre de la Encíclica “Rerum Novarum”. Suele explicarse que se va avanzando en la doctrina con el progreso de la fe.

El período de elaboración de las creencias fundamentales del Islam ha concluido. Nada de esto excluye la elaboración de normas menores, incluso por los propios fieles.

40. La Iglesia posee órganos de aplicación calificados a través de su

estructura sacerdotal y jerárquica que tienen la aplicación formalmente en sus manos, por ejemplo, en cuanto a la atribución de penitencias y perdones. Aunque hay encargados especiales, en el calvinismo la aplicación corres-ponde más a los fieles. Las autoridades de aplicación islámicas son muy poderosas, por ejemplo en Irán.

41. La síntesis puede producirse según la referencia a denominadores

particulares y comunes y atendiendo a las diversas relaciones que pueden

252 KUYPER, “Exposiciones …” cit., pág. 56.

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cultura francesa del siglo XIX, corresponde en sentido estricto a una referencia a la auténtica voluntad del autor, en el alcance de la intención más que del fin, y a su aplicación silogística. La “escuela de la exégesis” reduce las fuentes a la ley, sometiendo la doctrina y la costumbre a lo establecido en ella. Su sentido de alguna manera servil de la interpretación, paradójica-mente aplicado a una obra humana, sería a nuestro entender más notoria-mente impropio para la magnitud de una obra divina.

38. La determinación se necesita cuando hay una captación lógica

incompleta, sea porque necesita precisión, reglamentación (más detalles) o desarrollo de principios. En el Derecho de este tiempo suele hacerse referencia a los principios que se hallan sobre las reglas y a la operatividad directa de las fuentes constitucionales de los Estados democráticos y sociales. Esta operatividad se ubica dentro de la corriente del neoconstitucionalismo. Con cierto sentido de referencia a principios, la exégesis religiosa suele apoyarse en el sentido metafórico de textos religiosos, como el que se atribuye a la tentación de Adán. El catolicismo ubica entre el texto divino y los fieles al “legislador” eclesiástico, que lo interpreta con autoridad. El calvinismo se refiere más a la vida de los fieles encaminada dentro de la predestinación, a la operatividad de la voluntad divina. Un sentido análogo de operatividad directa de la voluntad divina se encuentra en el Islam.

expresar de un modo personal la realidad. 5. tr. Representar una obra teatral, cinematográfica, etc. 6. tr. Ejecutar una pieza musical mediante canto o instrumentos. 7. tr. Ejecutar un baile con propósito artístico y siguiendo pautas coreográficas. Es posible v. por ej. nuestros trabajos "Meditaciones trialistas sobre la interpretación", en "El Derecho", t. 72, págs. 811 y ss.; "Reconstrucción y construcción en la interpretación", en "Boletín del Centro de Investigaciones..." cit., Nº 16, págs. 31 y ss.; "Las teorías acerca de la interpretación, su dinámica histórica y el lugar del Derecho Privado", "Boletín del Centro de Investigaciones ..." cit., Nº 20, págs. 83 y ss.; en colaboración con Mario E. CHAUMET, "Comprensión trialista de la teoría dworkiniana de la interpretación", en "Investigación ..." cit., Nº 25, págs. 77 y ss. Asimismo “Interpretación y argumentación jurídica. Perspectivas y problemas actuales”, págs. 23 y ss., “Jurisprudencia Argentina. Número Especial”, t. 2009-III, págs. 995 y ss.; “La teoría y la práctica de la elaboración de las normas jurídicas en la Universidad (Homenaje a François Gény en el 110º aniversario de “Método de interpretación y fuentes en Derecho Privado Positivo”)”, en “Revista del Centro de Investigaciones …” cit., Nº 31, págs. 9/17; “Consideraciones integrativistas sobre la interpretación. Aportes para una “metateoría” de la interpretación”, en “Jurisprudencia Argentina. Número Especial”, “Interpretación y argumentación jurídica. Perspectivas y problemas actuales”, t. 2009-III, págs. 995 y ss.

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39. La elaboración es necesaria cuando hay carencias de captaciones lógicas; en términos del ordenamiento lógico, se trata respectivamente de cierto modo de integración y lagunas. Las carencias pueden ser históricas, porque no se hicieron captaciones lógicas (al fin actos/repartos), por olvido o novedad de los problemas, o axiológicas, en la religión sobre todo teológicas y en el Derecho sobre todo dikelógicas, porque habiendo captaciones se las rechaza por considerarlas “disvaliosas”. Dada la alta jerarquía de las referencias religiosas básicas, atribuidas a la divinidad, en estos casos a una divinidad omnisciente, omnipresente y omnipotente, las posibilidades de carencias históricas o axiológicas al respecto resultan inadmisibles. Sólo puede haber carencias en los niveles inferiores, sobre todo en un marco con un elaborador permanente institucionalizado como es la autoridad de la Iglesia. El catolicismo está más en permanente elaboración institucional, el calvinismo en permanente elaboración personal. No obstante, vale recordar que Kuyper sostuvo que, así como la ordenanza de Dios determina el rumbo de asteroide más pequeño y de la estrella más grande, así también las ordenanzas morales de Dios descienden a los detalles más pequeños y más particulares, diciéndonos lo que es la voluntad de Dios en cada caso 252.

Una de las expresiones interesantes de carencia histórica por novedad científico-técnica, con la respectiva elaboración, es la que evidencia el propio nombre de la Encíclica “Rerum Novarum”. Suele explicarse que se va avanzando en la doctrina con el progreso de la fe.

El período de elaboración de las creencias fundamentales del Islam ha concluido. Nada de esto excluye la elaboración de normas menores, incluso por los propios fieles.

40. La Iglesia posee órganos de aplicación calificados a través de su

estructura sacerdotal y jerárquica que tienen la aplicación formalmente en sus manos, por ejemplo, en cuanto a la atribución de penitencias y perdones. Aunque hay encargados especiales, en el calvinismo la aplicación corres-ponde más a los fieles. Las autoridades de aplicación islámicas son muy poderosas, por ejemplo en Irán.

41. La síntesis puede producirse según la referencia a denominadores

particulares y comunes y atendiendo a las diversas relaciones que pueden

252 KUYPER, “Exposiciones …” cit., pág. 56.

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existir entre las respuestas jurídicas. El catolicismo ha efectuado una síntesis que aprovecha denominadores comunes con otras orientaciones religiosas y a menudo integra el cristianismo con otras creencias, principalmente con la tradición judaica, pero también por ejemplo por dominación de creencias europeas y americanas, antiguas y modernas. Se dice que la Virgen María es equivalente de Gea, la tierra que tiene frutos sin semilla, y Jesús lo es de Dioniso, el Dios que resucita. Es importante también el sincretismo producido en los pueblos indígenas americanos. También se habla, en el marco teológico, de un sincretismo tomista-molinista. A nuestro parecer, el catolicismo es, de las tres religiones, la más próxima al politeísmo.

La pluralidad y unidad de la Trinidad, las referencias a los ángeles 253, a la Virgen María y a los santos, compartidas por el calvinismo e incluso el Islam de maneras limitadas y menos intensas, asignan al catolicismo una característica de pluralidad mucho mayor 254. Se dice que en afinidad con esta composición, también vertical, el catolicismo interpreta cada relación del hombre con el hombre jerárquicamente. Se entiende que hay una jerarquía entre los ángeles de Dios, una jerararquía en la iglesia de Dios, y así también una jerarquía entre los hombres; lo que lleva a una interpretación aristocrática de la vida como incorporación del ideal 255. Esa diversidad de referencias ha permitido que el catolicismo integre culturas diferentes e incluso se le atribuye el mérito de permitir cierta resistencia de las culturas dominadas 256.

El Islam es una muestra de síntesis entre el judaísmo, el cristianismo y la nueva religión. Los chiítas están especialmente próximos a la práctica sincrética. Se dice que el origen del esoterismo chií se encuentra en la expansión inicial de esta corriente en Irán y la región de Sham, donde habría tomado características de las creencias preexistentes, en concreto de la filosofía neoplatónica y del mazdeísmo. Los supuestos mensajes ocultos 253 Es posible v. REGO DE PLANAS, Lucrecia, “La jerarquía angélica”, Catholic.net,

http://es.catholic.net/temacontrovertido/602/1538/articulo.php?id=13710, 15-7-2013. 254 El catolicismo diferencia formalmente siervos de Dios, venerables, beatos y santos (se

puede v. San Pablo, Miradas … Siervo de Dios, Venerable, Beato, Santo, http://www. san-pablo.com.ar/rol/?seccion=articulos&id=3416, 14-7-2013. Cabe c. “Vida de los Santos de Butler”, trad. Wifredo Guinea, S. J., México, Clute, 1965.

255 KUYPER, “Exposiciones …” cit., págs. 16/7. 256 Es posible v. ARBOLEDA, Carlos, “El politeísmo católico”, Academia.edu, http://acade

mia.edu/506273/El_politeismo_catolico, 15-7-2013.

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estudiados por los iniciados chiítas tienen características comunes con ellos. Este sincretismo religioso del chiísmo contrasta con la búsqueda del Islam mayoritario sunnita de mantenerse en una línea más ortodoxa.

El calvinismo hereda la referencia judía e incluso parte de la trayectoria católica, pero se muestra menos abierto a las síntesis producidas por el catolicismo.

Cabe advertir que un mismo elemento puede tener sentidos diferentes de una religión a otra y ni siquiera puede hacerse referencia a una identidad plena entre Jehová, el Dios cristiano y Alá 257.

42. Con referencias más o menos abiertas a diversas tareas, principal-

mente a la interpretación en su despliegue teleológico, a la determinación y a la elaboración, el funcionamiento requiere siempre una tarea paralela de adaptación intersituacional entre el origen y el presente-porvenir. La adaptación intersituacional puede corresponder a realidades de colaboración o tensión entre los autores y los encargados del funcionamiento. Dada la imposibilidad de modificación de las normas a la vez religiosas y jurídicas del Corán, la adaptación tiene que recurrir a veces a tácticas de otro sentido aparente, como el ajuste de las pruebas.

Asimismo existe una tarea paralela de argumentación que en los marcos religiosos al fin tiene referencias de autoridad. Tal vez este sentido contribuya a que se desarrolle la exégesis con un sentido cuasi-religioso de defensa de los autores históricos de la codificación. Toda argumentación ha de incluir el elogio de la autoridad suprema.

La conjetura del funcionamiento hace que se viva como se supone que ocurrirá. Mucho influye, por ejemplo, la conjetura del castigo divino.

43. Las captaciones lógicas de los actos religiosos y los repartos

integran los actos religiosos y los repartos. Conforme a lo adelantado, se valen de conceptos que fijan sus contenidos y les incorporan sentidos que modifican la realidad captada haciendo que al menos en cierta medida se viva como si esos sentidos fueran realidad. Los conceptos son más flexibles o rígidos 258, elásticos o inelásticos 259, institucionales o negociales 260 y más o menos cargados de ideología 261.

257 Schuon dice “… un mismo elemento, un personaje o un libro, por ejemplo, puede tener

un significado más o menos diferente de una religión a otra.”, op. cit., pág. 137

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existir entre las respuestas jurídicas. El catolicismo ha efectuado una síntesis que aprovecha denominadores comunes con otras orientaciones religiosas y a menudo integra el cristianismo con otras creencias, principalmente con la tradición judaica, pero también por ejemplo por dominación de creencias europeas y americanas, antiguas y modernas. Se dice que la Virgen María es equivalente de Gea, la tierra que tiene frutos sin semilla, y Jesús lo es de Dioniso, el Dios que resucita. Es importante también el sincretismo producido en los pueblos indígenas americanos. También se habla, en el marco teológico, de un sincretismo tomista-molinista. A nuestro parecer, el catolicismo es, de las tres religiones, la más próxima al politeísmo.

La pluralidad y unidad de la Trinidad, las referencias a los ángeles 253, a la Virgen María y a los santos, compartidas por el calvinismo e incluso el Islam de maneras limitadas y menos intensas, asignan al catolicismo una característica de pluralidad mucho mayor 254. Se dice que en afinidad con esta composición, también vertical, el catolicismo interpreta cada relación del hombre con el hombre jerárquicamente. Se entiende que hay una jerarquía entre los ángeles de Dios, una jerararquía en la iglesia de Dios, y así también una jerarquía entre los hombres; lo que lleva a una interpretación aristocrática de la vida como incorporación del ideal 255. Esa diversidad de referencias ha permitido que el catolicismo integre culturas diferentes e incluso se le atribuye el mérito de permitir cierta resistencia de las culturas dominadas 256.

El Islam es una muestra de síntesis entre el judaísmo, el cristianismo y la nueva religión. Los chiítas están especialmente próximos a la práctica sincrética. Se dice que el origen del esoterismo chií se encuentra en la expansión inicial de esta corriente en Irán y la región de Sham, donde habría tomado características de las creencias preexistentes, en concreto de la filosofía neoplatónica y del mazdeísmo. Los supuestos mensajes ocultos 253 Es posible v. REGO DE PLANAS, Lucrecia, “La jerarquía angélica”, Catholic.net,

http://es.catholic.net/temacontrovertido/602/1538/articulo.php?id=13710, 15-7-2013. 254 El catolicismo diferencia formalmente siervos de Dios, venerables, beatos y santos (se

puede v. San Pablo, Miradas … Siervo de Dios, Venerable, Beato, Santo, http://www. san-pablo.com.ar/rol/?seccion=articulos&id=3416, 14-7-2013. Cabe c. “Vida de los Santos de Butler”, trad. Wifredo Guinea, S. J., México, Clute, 1965.

255 KUYPER, “Exposiciones …” cit., págs. 16/7. 256 Es posible v. ARBOLEDA, Carlos, “El politeísmo católico”, Academia.edu, http://acade

mia.edu/506273/El_politeismo_catolico, 15-7-2013.

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estudiados por los iniciados chiítas tienen características comunes con ellos. Este sincretismo religioso del chiísmo contrasta con la búsqueda del Islam mayoritario sunnita de mantenerse en una línea más ortodoxa.

El calvinismo hereda la referencia judía e incluso parte de la trayectoria católica, pero se muestra menos abierto a las síntesis producidas por el catolicismo.

Cabe advertir que un mismo elemento puede tener sentidos diferentes de una religión a otra y ni siquiera puede hacerse referencia a una identidad plena entre Jehová, el Dios cristiano y Alá 257.

42. Con referencias más o menos abiertas a diversas tareas, principal-

mente a la interpretación en su despliegue teleológico, a la determinación y a la elaboración, el funcionamiento requiere siempre una tarea paralela de adaptación intersituacional entre el origen y el presente-porvenir. La adaptación intersituacional puede corresponder a realidades de colaboración o tensión entre los autores y los encargados del funcionamiento. Dada la imposibilidad de modificación de las normas a la vez religiosas y jurídicas del Corán, la adaptación tiene que recurrir a veces a tácticas de otro sentido aparente, como el ajuste de las pruebas.

Asimismo existe una tarea paralela de argumentación que en los marcos religiosos al fin tiene referencias de autoridad. Tal vez este sentido contribuya a que se desarrolle la exégesis con un sentido cuasi-religioso de defensa de los autores históricos de la codificación. Toda argumentación ha de incluir el elogio de la autoridad suprema.

La conjetura del funcionamiento hace que se viva como se supone que ocurrirá. Mucho influye, por ejemplo, la conjetura del castigo divino.

43. Las captaciones lógicas de los actos religiosos y los repartos

integran los actos religiosos y los repartos. Conforme a lo adelantado, se valen de conceptos que fijan sus contenidos y les incorporan sentidos que modifican la realidad captada haciendo que al menos en cierta medida se viva como si esos sentidos fueran realidad. Los conceptos son más flexibles o rígidos 258, elásticos o inelásticos 259, institucionales o negociales 260 y más o menos cargados de ideología 261.

257 Schuon dice “… un mismo elemento, un personaje o un libro, por ejemplo, puede tener

un significado más o menos diferente de una religión a otra.”, op. cit., pág. 137

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Incluso cabe referir la mayor o menor participación de los interesados 262. Las captaciones religiosas poseen siempre en general una fuerte carga ideológica. Los conceptos que utiliza el catolicismo suelen ser muy rígidos, construidos incluso como dogmas; con frecuencia resultan inelásticos, como quizás sucede con los cambios culturales en la vida sexual; tal vez posean una carga ideológica especialmente alta, sobre todo en la transustanciación eucarística, y tienen una muy fuerte institucionalidad, por ejemplo en la amplia sacramentalidad, ahora en cierta crisis. La participación de los fieles en la construcción conceptual es muy limitada. El calvinismo emplea conceptos más flexibles por el mayor espacio dado a la interpretación de los fieles; tal vez pueda lograr cierta elasticidad mayor; construye una noción de Eucaristía menos ideológica y despliega la noción de negocio haciéndolo, cuando es exitoso, muestra de la gracia divina. La participación de los fieles en la edificación de los conceptos es relativamente mayor. El catolicismo y el Islam consideran a la negocialidad menos significativa.

Quizás la fuerte referencia conceptual del catolicismo haya pro-movido cierto sentido excesivo del poder contenido en ella y haya influido en que países como la Argentina hayan tenido limitada aptitud para referirse

258 Según la facilidad o dificultad para su reforma. 259 Atendiendo a la mayor o menor adaptación a los cambios de la realidad. 260 Conforme a la menor o mayor disponibilidad para los interesados. 261 Es relevante tener en cuenta, por ejemplo, los significados de los nombres de los libros

sagrados del catolicismo y del calvinismo y el Islam (v. en cuanto al Evangelio por ej. BAENA, Francisco P., “Los Evangelios, una buena noticia”, Catholic.net, http://es. catholic.net/conocetufe/425/906/articulo.php?id=3237, 25-7-2013; Escritura Sagrada, Rafael Sanz, El origen y el significado de la palabra “evangelio”, http://rsanzcarrera2. wordpress.com/2007/05/28/el-origen-y-el-significado-de-la-palabra-evangelio/, 25-7-2013; acerca de Corán cabe considerar que quiere decir recitado, Mis respuestas.com, Qué es el Corán?, http://www.misrespuestas.com/que-es-el-coran.html, 25-7-2013, “El Corán tradicionalmente ha sido transmitido oralmente, con el texto en su idioma original siempre como apoyo. La recitación de este es tan importante que incluso existen diversas escuelas para recitarlo, lo que es considerado como todo un arte. Se considera que no puede existir solamente como un texto, y un Musulmán debe memorizar por lo menos algunos capítulos del mismo, comenzando usualmente por el primero, "al-Fatiha". La persona capaz de recitar este texto en su totalidad es llamada "qari" o "hafiz", palabras que respectivamente quieren decir recitador o protector y Mahoma por supuesto es considerado el primer "hafiz".”).

262 Clasificación afín a la de la negocialidad y la institucionalidad, aunque, por ejemplo, en las sentencias judiciales hay participación y no negocialidad.

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a los hechos. En el ámbito europeo, tal vez haya influido en la imposibilidad de reconocer y sostener o resolver acertadamente sus diferencias en la instauración del euro.

A diferencia de la tradición romanística católica y calvinista, en el Islam suele ser menos neta la división entre derechos reales y derechos personales. En las relaciones del hombre con las cosas, la dación divina tiene en el Islam una fuerza más protagónica incluso que en el catolicismo. El sujeto de derecho es un administrador de los bienes dispensados por Dios 263. 44. El ordenamiento lógico religioso es la captación lógica de un orden de actos religiosos; a menudo es un ordenamiento normativo religioso. El ordenamiento normativo jurídico es la captación lógica de un orden de repartos. La cúspide del ordenamiento lógico religioso está en juicios supremos establecidos por “decisores” últimos que en el catolicismo es el Papa 264 y en el Islam y el calvinismo son los propios fieles, con referencias a la Biblia y el Corán. En el catolicismo la voluntad de Dios está permanente-mente vivificada por su Vicario. Hay una normatividad fundamental puesta, de carácter divino, aceptada por un acto de fe. Según varias concepciones jusfilosóficas, entre las que se encuentra el trialismo, la cúspide del ordena-miento normativo jurídico está en una norma hipotética fundamental que remite a un escalonamiento que se cumple. La religión la acepta como puesta, con referencia confirmada por el cumplimiento.

La remisión religiosa a la divinidad tiende a dominar en sentido jusnaturalista al ordenamiento jurídico y proyecta en él cierto sentido autoritario. Aunque el Reino no sea de este mundo, como en el cristianismo, parece que se produce cierta proyección analógica entre los dos ordena-mientos.

El ordenamiento normativo jurídico contenido en el Derecho Canónico se ha expresado en el “Corpus Iuris Canonici”, sucedido por las codifica-

263 ESTÉVEZ BRASA, op. cit., págs. 240 y ss. 264 Código de Derecho Canónico: II, II, I, I, 1, 331 El Obispo de la Iglesia Romana, en

quien permanece la función que el Señor encomendó singularmente a Pedro, primero entre los Apóstoles, y que había de transmitirse a sus sucesores, es cabeza del Colegio de los Obispos, Vicario de Cristo y Pastor de la Iglesia universal en la tierra; el cual, por tanto, tiene, en virtud de su función, potestad ordinaria, que es suprema, plena, inmediata y universal en la Iglesia, y que puede siempre ejercer libremente. (http://www.vatican. va/archive/ESL0020/__P15.HTM, 14-7-2013).

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Incluso cabe referir la mayor o menor participación de los interesados 262. Las captaciones religiosas poseen siempre en general una fuerte carga ideológica. Los conceptos que utiliza el catolicismo suelen ser muy rígidos, construidos incluso como dogmas; con frecuencia resultan inelásticos, como quizás sucede con los cambios culturales en la vida sexual; tal vez posean una carga ideológica especialmente alta, sobre todo en la transustanciación eucarística, y tienen una muy fuerte institucionalidad, por ejemplo en la amplia sacramentalidad, ahora en cierta crisis. La participación de los fieles en la construcción conceptual es muy limitada. El calvinismo emplea conceptos más flexibles por el mayor espacio dado a la interpretación de los fieles; tal vez pueda lograr cierta elasticidad mayor; construye una noción de Eucaristía menos ideológica y despliega la noción de negocio haciéndolo, cuando es exitoso, muestra de la gracia divina. La participación de los fieles en la edificación de los conceptos es relativamente mayor. El catolicismo y el Islam consideran a la negocialidad menos significativa.

Quizás la fuerte referencia conceptual del catolicismo haya pro-movido cierto sentido excesivo del poder contenido en ella y haya influido en que países como la Argentina hayan tenido limitada aptitud para referirse

258 Según la facilidad o dificultad para su reforma. 259 Atendiendo a la mayor o menor adaptación a los cambios de la realidad. 260 Conforme a la menor o mayor disponibilidad para los interesados. 261 Es relevante tener en cuenta, por ejemplo, los significados de los nombres de los libros

sagrados del catolicismo y del calvinismo y el Islam (v. en cuanto al Evangelio por ej. BAENA, Francisco P., “Los Evangelios, una buena noticia”, Catholic.net, http://es. catholic.net/conocetufe/425/906/articulo.php?id=3237, 25-7-2013; Escritura Sagrada, Rafael Sanz, El origen y el significado de la palabra “evangelio”, http://rsanzcarrera2. wordpress.com/2007/05/28/el-origen-y-el-significado-de-la-palabra-evangelio/, 25-7-2013; acerca de Corán cabe considerar que quiere decir recitado, Mis respuestas.com, Qué es el Corán?, http://www.misrespuestas.com/que-es-el-coran.html, 25-7-2013, “El Corán tradicionalmente ha sido transmitido oralmente, con el texto en su idioma original siempre como apoyo. La recitación de este es tan importante que incluso existen diversas escuelas para recitarlo, lo que es considerado como todo un arte. Se considera que no puede existir solamente como un texto, y un Musulmán debe memorizar por lo menos algunos capítulos del mismo, comenzando usualmente por el primero, "al-Fatiha". La persona capaz de recitar este texto en su totalidad es llamada "qari" o "hafiz", palabras que respectivamente quieren decir recitador o protector y Mahoma por supuesto es considerado el primer "hafiz".”).

262 Clasificación afín a la de la negocialidad y la institucionalidad, aunque, por ejemplo, en las sentencias judiciales hay participación y no negocialidad.

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a los hechos. En el ámbito europeo, tal vez haya influido en la imposibilidad de reconocer y sostener o resolver acertadamente sus diferencias en la instauración del euro.

A diferencia de la tradición romanística católica y calvinista, en el Islam suele ser menos neta la división entre derechos reales y derechos personales. En las relaciones del hombre con las cosas, la dación divina tiene en el Islam una fuerza más protagónica incluso que en el catolicismo. El sujeto de derecho es un administrador de los bienes dispensados por Dios 263. 44. El ordenamiento lógico religioso es la captación lógica de un orden de actos religiosos; a menudo es un ordenamiento normativo religioso. El ordenamiento normativo jurídico es la captación lógica de un orden de repartos. La cúspide del ordenamiento lógico religioso está en juicios supremos establecidos por “decisores” últimos que en el catolicismo es el Papa 264 y en el Islam y el calvinismo son los propios fieles, con referencias a la Biblia y el Corán. En el catolicismo la voluntad de Dios está permanente-mente vivificada por su Vicario. Hay una normatividad fundamental puesta, de carácter divino, aceptada por un acto de fe. Según varias concepciones jusfilosóficas, entre las que se encuentra el trialismo, la cúspide del ordena-miento normativo jurídico está en una norma hipotética fundamental que remite a un escalonamiento que se cumple. La religión la acepta como puesta, con referencia confirmada por el cumplimiento.

La remisión religiosa a la divinidad tiende a dominar en sentido jusnaturalista al ordenamiento jurídico y proyecta en él cierto sentido autoritario. Aunque el Reino no sea de este mundo, como en el cristianismo, parece que se produce cierta proyección analógica entre los dos ordena-mientos.

El ordenamiento normativo jurídico contenido en el Derecho Canónico se ha expresado en el “Corpus Iuris Canonici”, sucedido por las codifica-

263 ESTÉVEZ BRASA, op. cit., págs. 240 y ss. 264 Código de Derecho Canónico: II, II, I, I, 1, 331 El Obispo de la Iglesia Romana, en

quien permanece la función que el Señor encomendó singularmente a Pedro, primero entre los Apóstoles, y que había de transmitirse a sus sucesores, es cabeza del Colegio de los Obispos, Vicario de Cristo y Pastor de la Iglesia universal en la tierra; el cual, por tanto, tiene, en virtud de su función, potestad ordinaria, que es suprema, plena, inmediata y universal en la Iglesia, y que puede siempre ejercer libremente. (http://www.vatican. va/archive/ESL0020/__P15.HTM, 14-7-2013).

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ciones de 1917 265 y 1983. El desenvolvimiento lógico positivo en el cato-licismo es especialmente significativo. Sin embargo, el permanente poder “legiferante” del Papa, incluso con carácter plena y excluyentemente obligatorio en casos de la proclamación de dogmas de fe, hace que el escalonamiento normativo sea, al fin, considerablemente aplanado. Como el Reino no es de este mundo y la Iglesia tiene una institucionalidad muy desarrollada, el catolicismo posee una legislación compleja que el Islam y el calvinismo no necesitan.

No es sin motivo que la Codificación, con su pretensión de ser un cuerpo de plenitud lógica, se inició en un país que al fin había resultado católico y racionalista 266.

c) Dimensiones teológica y dikelógica 45. El mundo religioso y el mundo jurídico confluyen en la com-posición de complejos de valores que en nuestro caso consideramos como construcciones culminantes, de manera respectiva, en la santidad y la justicia. No obstante, la santidad requiere lo que se tenga por justicia y la justicia requiere lo que se considere santidad. Las tres religiones tienen ideas de justicia afines a lo que podría denominarse Derecho Natural. En este espacio axiológico doblemente complejo se destacan asimismo, principal-mente para el campo religioso, el amor 267, requerido por las tres religiones; la “verdad” con que las tres religiones tienden a monopolizar el saber, al menos en el ámbito respectivo, y la utilidad, que tiene especial jerarquiza-ción en el calvinismo 268.

265 Código pío-benedictino. 266 Acerca de los hugonotes puede v. por ej. Iglesia Evangélica Pueblo Nuevo, Hugonotes,

http://www.iglesiapueblonuevo.es/index.php?codigo=enc_hugonotes, 28-7-2013. 267 En definitiva, todos los Mandamientos se resumen en dos: amar a Dios sobre todas las

cosas y amar al prójimo como a uno mismo, y más aún, como Cristo nos amó (aciprensa, Los Diez Mandamientos, http://www.aciprensa.com/Catecismo/diezmandam.htm, 14-7-2013).

268 Según Kuyper, el amor y la adoración son, para Calvino, ellos mismos los motivos de cada actividad espiritual, y así el temor de Dios se imparte al todo de la vida como una realidad –a la familia, y a la sociedad, a la ciencia y a las arte, a la vida personal, y a la carrera política-. (KUYPER, “Exposiciones …” cit., pág. 58).

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Suele relacionarse la religión con la verdadera libertad, es célebre la expresión evangélica que relaciona la “verdad” con la libertad 269. El Corán considera que la libertad ha de ser referida a lo que brinda Dios 270. Otros valores diversamente integrantes del complejo según los casos son la belleza, la salud, etc. Aunque el significado sea diferente del empleado en la ciencia y la filosofía, cabe recordar que Jesús prometió que la Verdad nos haría libres. En el complejo católico la belleza tiene una especial significación. El complejo del Islam es relativamente más análogo al católico en cuanto a que la utilidad posee menos relevancia 271.

46. En vinculación con los lugares que se les asigne, los valores pueden manifestarse en relaciones de coadyuvancia o de oposición. La coadyuvancia puede ser por contribución vertical ascendente o descendente o por integración horizontal. La oposición puede ser legítima, por sustitución, o ilegítima, por secuestro del material estimativo que corresponde a un valor por otro, sea verticalmente en subversión o inversión o en sentido horizontal de arrogación del material estimativo de un valor por otro del mismo nivel. Las religiones deben realizar la ubicación de la santidad en ese cuadro. En principio, han de lograr que coadyuve con los

269 Juan, 8:32 (conocerán la verdad y la verdad los hará libres). 270 “Pese a ser una religión social, que se preocupa por la sociedad y considera a los

individuos responsables por la sociedad, el Islam jamás descuida la libertad personal aunque no le da prioridad al individuo. En la perspectiva del Islam un individuo posee derechos, como ser políticos, económicos, legales, así como derechos sociales como el derecho al sufragio, la elección para cargos públicos, a elegir sus trabajos, residencia y cónyuge, etc. Toda vez que surge una incompatibilidad entre el derecho del individuo y el de la sociedad se le da prioridad a esta última y los derechos públicos tienen privilegio sobre los derechos privados. - Pero, como observamos en las democracias occidentales, los intereses y deseos personales han llegado a conformar la base de la libertad. Si el individuo, por sus apetitos carnales, realiza algo despreciando algunos de los deseos del prójimo, oponerse a los deseos de ese individuo se ve como algo opuesto a la libertad. (AMIRI, Mardiyyah, “Relación entre Islam y democracia desde el punto de vista de las autoridades religiosas”, Prensa Islámica.com, 18 diciembre, 2012, http://prensaislamica. com/?p=30834, 20-2-2013).

271 ¿Cómo abrazar el Islam?, Los Mandamientos del Islam, http://www.1ststepsinislam. com/es/commandments-of-islam.aspx, 15-7-2013; v. no obstante ¿Cuáles son los pilares del Islam?, http://www.islam-guide.com/es/ch3-16.htm, 15-7-2013 (se habla más espe-cíficamente de la ayuda a los necesitados).

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ciones de 1917 265 y 1983. El desenvolvimiento lógico positivo en el cato-licismo es especialmente significativo. Sin embargo, el permanente poder “legiferante” del Papa, incluso con carácter plena y excluyentemente obligatorio en casos de la proclamación de dogmas de fe, hace que el escalonamiento normativo sea, al fin, considerablemente aplanado. Como el Reino no es de este mundo y la Iglesia tiene una institucionalidad muy desarrollada, el catolicismo posee una legislación compleja que el Islam y el calvinismo no necesitan.

No es sin motivo que la Codificación, con su pretensión de ser un cuerpo de plenitud lógica, se inició en un país que al fin había resultado católico y racionalista 266.

c) Dimensiones teológica y dikelógica 45. El mundo religioso y el mundo jurídico confluyen en la com-posición de complejos de valores que en nuestro caso consideramos como construcciones culminantes, de manera respectiva, en la santidad y la justicia. No obstante, la santidad requiere lo que se tenga por justicia y la justicia requiere lo que se considere santidad. Las tres religiones tienen ideas de justicia afines a lo que podría denominarse Derecho Natural. En este espacio axiológico doblemente complejo se destacan asimismo, principal-mente para el campo religioso, el amor 267, requerido por las tres religiones; la “verdad” con que las tres religiones tienden a monopolizar el saber, al menos en el ámbito respectivo, y la utilidad, que tiene especial jerarquiza-ción en el calvinismo 268.

265 Código pío-benedictino. 266 Acerca de los hugonotes puede v. por ej. Iglesia Evangélica Pueblo Nuevo, Hugonotes,

http://www.iglesiapueblonuevo.es/index.php?codigo=enc_hugonotes, 28-7-2013. 267 En definitiva, todos los Mandamientos se resumen en dos: amar a Dios sobre todas las

cosas y amar al prójimo como a uno mismo, y más aún, como Cristo nos amó (aciprensa, Los Diez Mandamientos, http://www.aciprensa.com/Catecismo/diezmandam.htm, 14-7-2013).

268 Según Kuyper, el amor y la adoración son, para Calvino, ellos mismos los motivos de cada actividad espiritual, y así el temor de Dios se imparte al todo de la vida como una realidad –a la familia, y a la sociedad, a la ciencia y a las arte, a la vida personal, y a la carrera política-. (KUYPER, “Exposiciones …” cit., pág. 58).

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Suele relacionarse la religión con la verdadera libertad, es célebre la expresión evangélica que relaciona la “verdad” con la libertad 269. El Corán considera que la libertad ha de ser referida a lo que brinda Dios 270. Otros valores diversamente integrantes del complejo según los casos son la belleza, la salud, etc. Aunque el significado sea diferente del empleado en la ciencia y la filosofía, cabe recordar que Jesús prometió que la Verdad nos haría libres. En el complejo católico la belleza tiene una especial significación. El complejo del Islam es relativamente más análogo al católico en cuanto a que la utilidad posee menos relevancia 271.

46. En vinculación con los lugares que se les asigne, los valores pueden manifestarse en relaciones de coadyuvancia o de oposición. La coadyuvancia puede ser por contribución vertical ascendente o descendente o por integración horizontal. La oposición puede ser legítima, por sustitución, o ilegítima, por secuestro del material estimativo que corresponde a un valor por otro, sea verticalmente en subversión o inversión o en sentido horizontal de arrogación del material estimativo de un valor por otro del mismo nivel. Las religiones deben realizar la ubicación de la santidad en ese cuadro. En principio, han de lograr que coadyuve con los

269 Juan, 8:32 (conocerán la verdad y la verdad los hará libres). 270 “Pese a ser una religión social, que se preocupa por la sociedad y considera a los

individuos responsables por la sociedad, el Islam jamás descuida la libertad personal aunque no le da prioridad al individuo. En la perspectiva del Islam un individuo posee derechos, como ser políticos, económicos, legales, así como derechos sociales como el derecho al sufragio, la elección para cargos públicos, a elegir sus trabajos, residencia y cónyuge, etc. Toda vez que surge una incompatibilidad entre el derecho del individuo y el de la sociedad se le da prioridad a esta última y los derechos públicos tienen privilegio sobre los derechos privados. - Pero, como observamos en las democracias occidentales, los intereses y deseos personales han llegado a conformar la base de la libertad. Si el individuo, por sus apetitos carnales, realiza algo despreciando algunos de los deseos del prójimo, oponerse a los deseos de ese individuo se ve como algo opuesto a la libertad. (AMIRI, Mardiyyah, “Relación entre Islam y democracia desde el punto de vista de las autoridades religiosas”, Prensa Islámica.com, 18 diciembre, 2012, http://prensaislamica. com/?p=30834, 20-2-2013).

271 ¿Cómo abrazar el Islam?, Los Mandamientos del Islam, http://www.1ststepsinislam. com/es/commandments-of-islam.aspx, 15-7-2013; v. no obstante ¿Cuáles son los pilares del Islam?, http://www.islam-guide.com/es/ch3-16.htm, 15-7-2013 (se habla más espe-cíficamente de la ayuda a los necesitados).

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otros valores o que los sustituya, de manera legítima 272. El catolicismo significa una contribución importante del poder en aras de la santidad. Una fuerte realización del poder hay en el Islam. El calvinismo busca una integración especial de la santidad con la utilidad. Desde la perspectiva actual, tal vez quepa referir que en períodos de su gran apogeo las religiones producen el secuestro del espacio de otros valores por el valor santidad. Si se establece el valor supremo humanidad, el deber ser cabal de nuestro ser, cabe decir que en ciertos períodos la santidad secuestró de manera subversiva el espacio de la humanidad. 47. En la continuación de las enseñanzas aristotélicas acerca de las clases de justicia es posible señalar diversos caminos para referirse a ella. Entre ellos, las religiones suelen remitirse más a la justicia extraconsensual 273, con consideración de personas, asimétrica 274, espontánea 275, de participación y general, diferenciándose de ciertos modos de la justicia con-sensual, sin consideración de personas (atendiendo más a roles recortados), simétrica 276, conmutativa (con “contraprestación”) y de aislamiento. La referencia sobrenatural distancia de la comparabilidad, sobre todo de la apreciación monetaria. La caridad instala más en la justicia espontánea, cuyo modelo es la donación, podría decirse la caridad, y diferencia de la justicia conmutativa. El catolicismo tiene una fuerte referencia a la justicia general, dirigida al bien común, que no excluye la justicia particular pero la modera considerablemente. La comunidad de los fieles así lo plantea. Es más, ciertas orientaciones que estimamos profundamente vinculadas al catolicismo en el origen cristiano, llevan a reconocer la jerarquía asignada por Jesús a los pobres acentuando la justicia de participación 277. En cambio, pese a las caracterizaciones que anteceden, el calvinismo con su calificación individual del éxito en los negocios tiende a referirse de cierto modo más a la justicia simétrica, con contraprestación, de aislamiento y particular. La idea de salva-

272 Por ejemplo, entre personalizarse a través de la salud en la Medicina, la justicia en el

Derecho o la santidad en el sacerdocio. 273 Pensada sin referencia al consenso. 274 De difícil comparación de las potencias y las impotencias. 275 Sin “contraprestación”. 276 A menudo por intermediación de la moneda. 277 Es posible ampliar en nuestro trabajo "Comprensión jusfilosófica del derecho y el estado

de necesidad", en "Revista de la Facultad de Derecho“, UNR, 10, págs. 43 y ss.

MIGUEL ÁNGEL CIURO CALDANI

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ción refiere especialmente a la justicia “de llegada”, que puede sacrificar de manera radical el presente en aras del porvenir 278. También es posible que las religiones desarrollen cierto sentido de equidad, como justicia del caso concreto. Por su referencia a la experiencia, el catolicismo tomista tiene especial afinidad con el desarrollo de la equidad 279. Sin embargo, cabe atender por ejemplo la atención que le brinda el Islam 280 e incluso que la consideración de la equidad también está presente, en un grado mucho menor, en el calvinismo 281. 48. La santidad y la justicia son categorías pantónomas. La santidad se refiere a la totalidad de los actos religiosos y la justicia a la totalidad de las adjudicaciones, en ambos casos, pasados, presentes y futuros 282. Las totalidades abarcan complejos en lo personal, material, espacial y temporal y en cuanto a las consecuencias. Como no podemos abarcarlas en esa totalidad, porque no somos omniscientes ni omnipotentes, nos vemos en la necesidad de fraccionarlas produciendo seguridad religiosa y seguridad jurídica. Las religiones todo lo religan y reclaman con pretensiones

278 Cabe considerar, por ejemplo, el teresiano “muero porque no muero” (se puede v. por ej.

Santa Teresa de Jesús, http://www.corazones.org/santos/teresa_avila.htm, 26-7-2013) 279 Es posible v. SANTO TOMÁS DE AQUINO, “Suma Teológica”, IV, II-II, b, cuestión

120 (La epiqueya), Madrid, Biblioteca de Autores Cristianos, 1994, págs. 293 y ss., Campus Dominicano, http://biblioteca.campusdominicano.org/4.pdf, 17-7-2013; PESTALARDO, Silvio Pablo. “La equidad en Santo Tomás de Aquino según Abelardo Rossi”, Semana Tomista. Intérpretes del pensamiento de Santo Tomás, XXXVI, 5-9 septiembre 2011. Sociedad Tomista Argentina; Universidad Católica Argentina. Facultad de Filosofía y Letras, Buenos Aires, http://bibliotecadigital.uca.edu.ar/reposi torio/ponencias/equidad-santo-tomas-abelardo-rossi.pdf, 16-7-2013.

280 V. por ej. ESTÉVEZ BRASA, op. cit., págs. 567 y ss.; Dr. Abdurrahman al-Muala, “Islam y Justicia”, WebIslam, http://www.webislam.com/articulos/39903-islam_y_justi cia.html, 17-7-2013.

281 Es posible v. por ej. MARTÍNEZ VALLE, Carlos, “Conciencia libre y “ley natural” en el calvinismo y molinismo”, en “Res Publica”, 19, 2008, Saavedra Fajardo y su época, págs. 135 y ss., edi.um, http://revistas.um.es/respublica/article/view/62101/59831, 17-7-2013; PÉREZ OSSA, Javier Mauricio, “La influencia de Calvino en el capitalismo temprano de los siglos XVII y XVIII”, Recursos Teológicos. Calvino y Capitalismo, http://recursosteologicos.org/Documents/monografia_calvinismo.htm, 17-7-2013.

282 Las religiones suelen mediar entre el Derecho y la Moral, dirigida preferentemente a las virtudes y los vicios.

ISSN 2314-128X

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otros valores o que los sustituya, de manera legítima 272. El catolicismo significa una contribución importante del poder en aras de la santidad. Una fuerte realización del poder hay en el Islam. El calvinismo busca una integración especial de la santidad con la utilidad. Desde la perspectiva actual, tal vez quepa referir que en períodos de su gran apogeo las religiones producen el secuestro del espacio de otros valores por el valor santidad. Si se establece el valor supremo humanidad, el deber ser cabal de nuestro ser, cabe decir que en ciertos períodos la santidad secuestró de manera subversiva el espacio de la humanidad. 47. En la continuación de las enseñanzas aristotélicas acerca de las clases de justicia es posible señalar diversos caminos para referirse a ella. Entre ellos, las religiones suelen remitirse más a la justicia extraconsensual 273, con consideración de personas, asimétrica 274, espontánea 275, de participación y general, diferenciándose de ciertos modos de la justicia con-sensual, sin consideración de personas (atendiendo más a roles recortados), simétrica 276, conmutativa (con “contraprestación”) y de aislamiento. La referencia sobrenatural distancia de la comparabilidad, sobre todo de la apreciación monetaria. La caridad instala más en la justicia espontánea, cuyo modelo es la donación, podría decirse la caridad, y diferencia de la justicia conmutativa. El catolicismo tiene una fuerte referencia a la justicia general, dirigida al bien común, que no excluye la justicia particular pero la modera considerablemente. La comunidad de los fieles así lo plantea. Es más, ciertas orientaciones que estimamos profundamente vinculadas al catolicismo en el origen cristiano, llevan a reconocer la jerarquía asignada por Jesús a los pobres acentuando la justicia de participación 277. En cambio, pese a las caracterizaciones que anteceden, el calvinismo con su calificación individual del éxito en los negocios tiende a referirse de cierto modo más a la justicia simétrica, con contraprestación, de aislamiento y particular. La idea de salva-

272 Por ejemplo, entre personalizarse a través de la salud en la Medicina, la justicia en el

Derecho o la santidad en el sacerdocio. 273 Pensada sin referencia al consenso. 274 De difícil comparación de las potencias y las impotencias. 275 Sin “contraprestación”. 276 A menudo por intermediación de la moneda. 277 Es posible ampliar en nuestro trabajo "Comprensión jusfilosófica del derecho y el estado

de necesidad", en "Revista de la Facultad de Derecho“, UNR, 10, págs. 43 y ss.

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ción refiere especialmente a la justicia “de llegada”, que puede sacrificar de manera radical el presente en aras del porvenir 278. También es posible que las religiones desarrollen cierto sentido de equidad, como justicia del caso concreto. Por su referencia a la experiencia, el catolicismo tomista tiene especial afinidad con el desarrollo de la equidad 279. Sin embargo, cabe atender por ejemplo la atención que le brinda el Islam 280 e incluso que la consideración de la equidad también está presente, en un grado mucho menor, en el calvinismo 281. 48. La santidad y la justicia son categorías pantónomas. La santidad se refiere a la totalidad de los actos religiosos y la justicia a la totalidad de las adjudicaciones, en ambos casos, pasados, presentes y futuros 282. Las totalidades abarcan complejos en lo personal, material, espacial y temporal y en cuanto a las consecuencias. Como no podemos abarcarlas en esa totalidad, porque no somos omniscientes ni omnipotentes, nos vemos en la necesidad de fraccionarlas produciendo seguridad religiosa y seguridad jurídica. Las religiones todo lo religan y reclaman con pretensiones

278 Cabe considerar, por ejemplo, el teresiano “muero porque no muero” (se puede v. por ej.

Santa Teresa de Jesús, http://www.corazones.org/santos/teresa_avila.htm, 26-7-2013) 279 Es posible v. SANTO TOMÁS DE AQUINO, “Suma Teológica”, IV, II-II, b, cuestión

120 (La epiqueya), Madrid, Biblioteca de Autores Cristianos, 1994, págs. 293 y ss., Campus Dominicano, http://biblioteca.campusdominicano.org/4.pdf, 17-7-2013; PESTALARDO, Silvio Pablo. “La equidad en Santo Tomás de Aquino según Abelardo Rossi”, Semana Tomista. Intérpretes del pensamiento de Santo Tomás, XXXVI, 5-9 septiembre 2011. Sociedad Tomista Argentina; Universidad Católica Argentina. Facultad de Filosofía y Letras, Buenos Aires, http://bibliotecadigital.uca.edu.ar/reposi torio/ponencias/equidad-santo-tomas-abelardo-rossi.pdf, 16-7-2013.

280 V. por ej. ESTÉVEZ BRASA, op. cit., págs. 567 y ss.; Dr. Abdurrahman al-Muala, “Islam y Justicia”, WebIslam, http://www.webislam.com/articulos/39903-islam_y_justi cia.html, 17-7-2013.

281 Es posible v. por ej. MARTÍNEZ VALLE, Carlos, “Conciencia libre y “ley natural” en el calvinismo y molinismo”, en “Res Publica”, 19, 2008, Saavedra Fajardo y su época, págs. 135 y ss., edi.um, http://revistas.um.es/respublica/article/view/62101/59831, 17-7-2013; PÉREZ OSSA, Javier Mauricio, “La influencia de Calvino en el capitalismo temprano de los siglos XVII y XVIII”, Recursos Teológicos. Calvino y Capitalismo, http://recursosteologicos.org/Documents/monografia_calvinismo.htm, 17-7-2013.

282 Las religiones suelen mediar entre el Derecho y la Moral, dirigida preferentemente a las virtudes y los vicios.

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absorbentes y tratan de satisfacer la pantonomía de la santidad y la justicia refiriéndose a un juicio final hecho por quien todo lo sabe y lo puede.

Sin embargo, las proyecciones concretas de las religiones respecto de la pantonomía y el fraccionamiento son diversas. El catolicismo se refiere en gran medida al complejo personal y a las consecuencias que debemos compartir todos los hombres; de cierto modo, la salvación se logra en el colectivo de la Iglesia, y una pregunta básica sería el interrogante bíblico por el “hermano” y su propia salvación. Es más, suele pretender abarca intensa-mente el complejo material. Se señala con acierto que el Islam tiende a introducir en todas las circunstancias de la vida una valoración religiosa 283, de modo que la santidad fracciona los otros valores, asegura y a nuestro parecer mutila.

Suele decirse que la Reforma logró disciplinar a la sociedad remitiendo la vida entera a la autoridad de Dios sobre todas las cosas y al culto a Dios. En este ámbito, el plan de Dios se manifiesta en cada evento. Se sostiene, no sin debate, que para el calvinista Dios está presente en el todo de la vida, con la influencia de su poder omnipresente y todopoderoso, y no se puede imaginar ninguna esfera de la vida humana donde la religión no demande que Dios sea alabado, que las ordenanzas de Dios sean observadas. Un ámbito donde el trabajo no sea acompañado con la oración ferviente e incesante. En el calvinismo, dondequiera que el hombre esté, es empleado en el servicio de su Dios 284.

Sin embargo, desde un punto de vista “reformado” se afirma también que bajo la jerarquía de Roma la Iglesia y el mundo fueron puestos una encima del otro, la primera como siendo santificada y el segundo como estando todavía bajo la maldición. Se sostiene que todo lo que estaba fuera de la Iglesia fue considerado bajo la influencia de los demonios, y el exorcismo expulsó este poder demoníaco de todo lo que vino bajo la protección, influencia e inspiración de la iglesia. Se dice que, por tanto, en un país cristiano toda la vida social tenía que ser cubierta por las alas de la Iglesia. Una cosa sería la referencia calvinista a la totalidad y otra la injerencia católica en la totalidad. Esta teoría fatal se habría practicado con una lógica férrea, no por crueldad, ni por alguna ambición baja, sino por el propósito exaltado de salvar al mundo cristianizado, o sea, el mundo bajo la

283 GOTTSCHALK, op. cit., pág. 32. 284 KUYPER, “Exposiciones …” cit., pág. 41.

MIGUEL ÁNGEL CIURO CALDANI

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sombra de la Iglesia. El antídoto consistía en escaparse del mundo, en las órdenes monásticas y clericales, que enfatizaban la santidad en el centro de la Iglesia, para pasar por alto con más ligereza los excesos mundanos afuera. Se sostiene que, como resultado natural, el mundo corrompió a la Iglesia y, por su dominio sobre el mundo, la Iglesia se convirtió en un obstáculo contra todo desarrollo libre de la vida 285.

Se acepten o no estas conclusiones, resulta claro que la Iglesia y el Islam pretenden un dominio muy pleno de la vida. El Islam se refiere a una comunidad con caracteres en alguna medida semejantes a los del catolicismo 286. En cambio, el calvinismo posee más sentido de desfraccionamiento en la atención de cada individuo quien, elegido o no según el designio divino, después de la referencia a Dios se encuentra con los demás. No es por azar que el liberalismo nació en países de fuerte impacto calvinista. El calvinismo proclamó que la Iglesia tiene que retirarse nuevamente a su dominio espiritual, y que en el mundo se deben realizar las potencias de la gracia común de Dios, aunque la referencia a Él no sea abandonada 287.

La santidad y la justicia pueden realizarse de maneras diferentes en todas las proyecciones de la pantonomía. Sobre todo el catolicismo pone énfasis en señalar la enorme cantidad de fórmulas de santidad 288. Destaca que los protestantes pusieron a veces a la Iglesia invisible muy por encima de la Iglesia visible, rompiendo las posibilidades reales 289. Haciéndose eco de lo que tal vez sostengan las tres orientaciones religiosas, Kuyper dice que Dios, hasta toda la eternidad, quiso, quiere, y querrá y mantendrá, un solo y el mismo orden moral mundial 290.

285 Íd., pág. 19. 286 Es posible v. Reportajes Especiales, http://www.guiadelmundo.org.uy/cd/special_

features/La_civilizaci_n_isl_mica_.html, 17-7-2013 (“Lo esencial de la ciudad islámica es la "combinación perdurable del esfuerzo desplegado por cada hombre para someterse a la voluntad del legislador divino y del marco comunal que le sirve de ayuda y soporte en ese esfuerzo" (J. L. Michon, 1976). El vínculo entre el individuo y el todo social en el Islam es tan fuerte que la tarea de la redención individual "engloba ipso facto la sacralización de lo social" dentro de sus marcos. La salvación de cada cual depende de los que le rodean tanto como de que las circunstancias le sean más o menos propicias.”).

287 KUYPER, “Exposiciones …” cit., pág. 21. 288 BARDY, Gustav (Prof. Dr.), “La religión de Jesús”, en KÖNIG, op. cit., págs. 484 y ss. 289 Íd., pág. 584. 290 KUYPER, “Exposiciones …” cit., pág. 57.

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absorbentes y tratan de satisfacer la pantonomía de la santidad y la justicia refiriéndose a un juicio final hecho por quien todo lo sabe y lo puede.

Sin embargo, las proyecciones concretas de las religiones respecto de la pantonomía y el fraccionamiento son diversas. El catolicismo se refiere en gran medida al complejo personal y a las consecuencias que debemos compartir todos los hombres; de cierto modo, la salvación se logra en el colectivo de la Iglesia, y una pregunta básica sería el interrogante bíblico por el “hermano” y su propia salvación. Es más, suele pretender abarca intensa-mente el complejo material. Se señala con acierto que el Islam tiende a introducir en todas las circunstancias de la vida una valoración religiosa 283, de modo que la santidad fracciona los otros valores, asegura y a nuestro parecer mutila.

Suele decirse que la Reforma logró disciplinar a la sociedad remitiendo la vida entera a la autoridad de Dios sobre todas las cosas y al culto a Dios. En este ámbito, el plan de Dios se manifiesta en cada evento. Se sostiene, no sin debate, que para el calvinista Dios está presente en el todo de la vida, con la influencia de su poder omnipresente y todopoderoso, y no se puede imaginar ninguna esfera de la vida humana donde la religión no demande que Dios sea alabado, que las ordenanzas de Dios sean observadas. Un ámbito donde el trabajo no sea acompañado con la oración ferviente e incesante. En el calvinismo, dondequiera que el hombre esté, es empleado en el servicio de su Dios 284.

Sin embargo, desde un punto de vista “reformado” se afirma también que bajo la jerarquía de Roma la Iglesia y el mundo fueron puestos una encima del otro, la primera como siendo santificada y el segundo como estando todavía bajo la maldición. Se sostiene que todo lo que estaba fuera de la Iglesia fue considerado bajo la influencia de los demonios, y el exorcismo expulsó este poder demoníaco de todo lo que vino bajo la protección, influencia e inspiración de la iglesia. Se dice que, por tanto, en un país cristiano toda la vida social tenía que ser cubierta por las alas de la Iglesia. Una cosa sería la referencia calvinista a la totalidad y otra la injerencia católica en la totalidad. Esta teoría fatal se habría practicado con una lógica férrea, no por crueldad, ni por alguna ambición baja, sino por el propósito exaltado de salvar al mundo cristianizado, o sea, el mundo bajo la

283 GOTTSCHALK, op. cit., pág. 32. 284 KUYPER, “Exposiciones …” cit., pág. 41.

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sombra de la Iglesia. El antídoto consistía en escaparse del mundo, en las órdenes monásticas y clericales, que enfatizaban la santidad en el centro de la Iglesia, para pasar por alto con más ligereza los excesos mundanos afuera. Se sostiene que, como resultado natural, el mundo corrompió a la Iglesia y, por su dominio sobre el mundo, la Iglesia se convirtió en un obstáculo contra todo desarrollo libre de la vida 285.

Se acepten o no estas conclusiones, resulta claro que la Iglesia y el Islam pretenden un dominio muy pleno de la vida. El Islam se refiere a una comunidad con caracteres en alguna medida semejantes a los del catolicismo 286. En cambio, el calvinismo posee más sentido de desfraccionamiento en la atención de cada individuo quien, elegido o no según el designio divino, después de la referencia a Dios se encuentra con los demás. No es por azar que el liberalismo nació en países de fuerte impacto calvinista. El calvinismo proclamó que la Iglesia tiene que retirarse nuevamente a su dominio espiritual, y que en el mundo se deben realizar las potencias de la gracia común de Dios, aunque la referencia a Él no sea abandonada 287.

La santidad y la justicia pueden realizarse de maneras diferentes en todas las proyecciones de la pantonomía. Sobre todo el catolicismo pone énfasis en señalar la enorme cantidad de fórmulas de santidad 288. Destaca que los protestantes pusieron a veces a la Iglesia invisible muy por encima de la Iglesia visible, rompiendo las posibilidades reales 289. Haciéndose eco de lo que tal vez sostengan las tres orientaciones religiosas, Kuyper dice que Dios, hasta toda la eternidad, quiso, quiere, y querrá y mantendrá, un solo y el mismo orden moral mundial 290.

285 Íd., pág. 19. 286 Es posible v. Reportajes Especiales, http://www.guiadelmundo.org.uy/cd/special_

features/La_civilizaci_n_isl_mica_.html, 17-7-2013 (“Lo esencial de la ciudad islámica es la "combinación perdurable del esfuerzo desplegado por cada hombre para someterse a la voluntad del legislador divino y del marco comunal que le sirve de ayuda y soporte en ese esfuerzo" (J. L. Michon, 1976). El vínculo entre el individuo y el todo social en el Islam es tan fuerte que la tarea de la redención individual "engloba ipso facto la sacralización de lo social" dentro de sus marcos. La salvación de cada cual depende de los que le rodean tanto como de que las circunstancias le sean más o menos propicias.”).

287 KUYPER, “Exposiciones …” cit., pág. 21. 288 BARDY, Gustav (Prof. Dr.), “La religión de Jesús”, en KÖNIG, op. cit., págs. 484 y ss. 289 Íd., pág. 584. 290 KUYPER, “Exposiciones …” cit., pág. 57.

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Las valoraciones, productoras de deber ser aplicado, se orientan mediante criterios generales que simplifican las valoraciones pero pueden resultar inadecuados para los casos o falsos 291. Los criterios generales pueden producir ventajas en el logro más simple de valoraciones acertadas y daños en la apertura a la referencia a los valores. La Iglesia ha desarrollado una gran cantidad de criterios expresados en enseñanzas muy detalladas. Algo relativamente análogo sucede en el Islam. El calvinismo tiene un acervo de criterios generales menor. Tal vez haya cierta correspondencia con el sentido más legalista o casuístico de varias de las culturas jurídicas donde las religiones de referencia se desenvuelven 292.

49. Los valores, en este caso principalmente la santidad y la justicia,

hacen referencia a contenidos que son sumamente discutidos. Es muy difícil establecer qué se ha de entender por santidad o justicia. Sin embargo, una vez establecidos esos contenidos básicos permiten avanzar con rigor lógico. Proponemos construir contenidos que, respecto de la santidad, la refieran a la permanente reconversión hacia la divinidad 293 y en cuanto a la justicia la refieran a la adjudicación a cada individuo de la esfera de libertad necesaria para que se desarrolle plenamente. Puede decirse, en este caso: la permanente adjudicación a cada individuo de la esfera de libertad necesaria para que se desarrolle plenamente.

Suele manifestarse que la santidad es el cumplimiento de la voluntad de Dios y en el ámbito cristiano se expresa que es vivir las Bienaventuranzas 294. 291 Se puede v., en el marco muy amplio de las exigencias de justicia, por ej.

ZAGREBELSKY, Gustavo - MARTINI, Carlo María, “La exigencia de justicia”, trad. Miguel Carbonell, Madrid, Trotta, 2006,

292 Por ejemplo, en cuanto a la vinculación con el calvinismo, Escocia tiene un sistema mixto del common law y romano justinianeo-germánico, en los Estados Unidos de América predomina el common law y este mismo sistema predomina en la Inglaterra no ajena a la influencia calvinista.

293 Que en un campo religioso puede considerarse el más alto de todos los valores, el del ser que debe ser. La pantonomía de lo divino puede estar presente en la oración de Francisco, el santo que quizás todas las religiones canonizarían “Deus meus et omnia” (Mi Dios y mi todo) (v. San Francisco de Asís, http://www.corazones.org/santos/ francisco_asis.htm, 26-7-2013). El amor universal de Francisco parece a algunos próximo al panteísmo.

294 “Lo que hace la santidad, no es nuestra vocación, sino la tenacidad con la cual nos dejamos fascinar. Esta frase del libro “Calles de las ciudades, caminos de Dios” de Madeleine Delbrêl da la “receta” de la santidad: vivir la Bienaventuranzas.” (SANTOS,

MIGUEL ÁNGEL CIURO CALDANI

236

La santidad encamina en términos relativamente heroicos a la realización de los otros valores con miras a la divinidad. No es sin razón que el primer nivel de “excepción” superior la Iglesia lo asigna a los siervos de Dios; los santos en sentido estricto, “modelos” de santidad, tienen características más especiales. En el catolicismo y el Islam se hace hincapié en la salvación del alma, en el calvinismo la salvación fue predispuesta por Dios. Según la construcción de los contenidos de santidad y justicia que proponemos, los dos valores podrían entrar en diversos conflictos porque se trata de lealtades diferentes: hacia Dios o los individuos 295. Sin embargo, al fin ambos valores se consideran perspectivas de la humanidad, la exigencia de la plena realiza-ción de nuestro ser, y hacen a la conversión en persona. Para un creyente, tal vez la humanidad sea para la divinidad.

En casos como el nuestro, proponemos la construcción de los con-tenidos de los dos valores en base a una racionalidad encauzada por el sentimiento. También podría decirse, como prefería por ejemplo Werner Goldschmidt, a un sentimiento racional. La remisión a la misericordia 296, fuerte en las Bienaventuranzas cristianas y en especial en su versión católica y en el Islam, evidencia la importancia del sentimiento. En cuanto nos concierne personalmente “sabemos” poco de la justicia, pero consideramos a la misericordia como una exigencia especialísima de la calidad humana. El Islam enseña que Alá es el creador del universo. Él es considerado, misericordioso, compasivo, poderoso, un proveedor, el grande, señor, todo conocedor, que todo lo escucha, todo lo ve, magnífico, sabio y eterno 297. El

Felipe, “Vivencia cristiana”, Santidad y santos, Catholic.net, http://es.catholic.net/ comunicadorescatolicos/733/2022/articulo.php?id=18814, 18-7-2013.

295 Es posible ampliar en nuestro trabajo “Nota de “Metadikelogía” sobre un caso de interrelación en los complejos axiológicos”, en “Investigación …” cit., Nº 43, págs. 37 y ss., Centro de Filosofía … cit., http://www.centrodefilosofia.org.ar/IyD/IyD43_5.pdf, 19-7-2013.

296 V. misericordia. (Del lat. misericordĭa).1. f. Virtud que inclina el ánimo a compadecerse de los trabajos y miserias ajenos. 2. f. Pieza en los asientos de los coros de las iglesias para descansar disimuladamente, medio sentado sobre ella, cuando se debe estar en pie. 3. f. Puñal con que solían ir armados los caballeros de la Edad Media para dar el golpe de gracia al enemigo. 4. f. Rel. Atributo de Dios, en cuya virtud perdona los pecados y miserias de sus criaturas. 5. f. p. us. Porción pequeña de alguna cosa, como la que suele darse de caridad o limosna. … (REAL ACADEMIA ESPAÑOLA, op. cit., misericordia, http://lema.rae.es/drae/?val=misericordia, 25-7-2013). Cabe analizar misere (miseria, necesidad); cor, cordis (corazón) e ia, hacia los demás.

297 Se afirma que el Corán da 99 nombres característicos a Alá. 4Truth.net. Religiones del

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Las valoraciones, productoras de deber ser aplicado, se orientan mediante criterios generales que simplifican las valoraciones pero pueden resultar inadecuados para los casos o falsos 291. Los criterios generales pueden producir ventajas en el logro más simple de valoraciones acertadas y daños en la apertura a la referencia a los valores. La Iglesia ha desarrollado una gran cantidad de criterios expresados en enseñanzas muy detalladas. Algo relativamente análogo sucede en el Islam. El calvinismo tiene un acervo de criterios generales menor. Tal vez haya cierta correspondencia con el sentido más legalista o casuístico de varias de las culturas jurídicas donde las religiones de referencia se desenvuelven 292.

49. Los valores, en este caso principalmente la santidad y la justicia,

hacen referencia a contenidos que son sumamente discutidos. Es muy difícil establecer qué se ha de entender por santidad o justicia. Sin embargo, una vez establecidos esos contenidos básicos permiten avanzar con rigor lógico. Proponemos construir contenidos que, respecto de la santidad, la refieran a la permanente reconversión hacia la divinidad 293 y en cuanto a la justicia la refieran a la adjudicación a cada individuo de la esfera de libertad necesaria para que se desarrolle plenamente. Puede decirse, en este caso: la permanente adjudicación a cada individuo de la esfera de libertad necesaria para que se desarrolle plenamente.

Suele manifestarse que la santidad es el cumplimiento de la voluntad de Dios y en el ámbito cristiano se expresa que es vivir las Bienaventuranzas 294. 291 Se puede v., en el marco muy amplio de las exigencias de justicia, por ej.

ZAGREBELSKY, Gustavo - MARTINI, Carlo María, “La exigencia de justicia”, trad. Miguel Carbonell, Madrid, Trotta, 2006,

292 Por ejemplo, en cuanto a la vinculación con el calvinismo, Escocia tiene un sistema mixto del common law y romano justinianeo-germánico, en los Estados Unidos de América predomina el common law y este mismo sistema predomina en la Inglaterra no ajena a la influencia calvinista.

293 Que en un campo religioso puede considerarse el más alto de todos los valores, el del ser que debe ser. La pantonomía de lo divino puede estar presente en la oración de Francisco, el santo que quizás todas las religiones canonizarían “Deus meus et omnia” (Mi Dios y mi todo) (v. San Francisco de Asís, http://www.corazones.org/santos/ francisco_asis.htm, 26-7-2013). El amor universal de Francisco parece a algunos próximo al panteísmo.

294 “Lo que hace la santidad, no es nuestra vocación, sino la tenacidad con la cual nos dejamos fascinar. Esta frase del libro “Calles de las ciudades, caminos de Dios” de Madeleine Delbrêl da la “receta” de la santidad: vivir la Bienaventuranzas.” (SANTOS,

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La santidad encamina en términos relativamente heroicos a la realización de los otros valores con miras a la divinidad. No es sin razón que el primer nivel de “excepción” superior la Iglesia lo asigna a los siervos de Dios; los santos en sentido estricto, “modelos” de santidad, tienen características más especiales. En el catolicismo y el Islam se hace hincapié en la salvación del alma, en el calvinismo la salvación fue predispuesta por Dios. Según la construcción de los contenidos de santidad y justicia que proponemos, los dos valores podrían entrar en diversos conflictos porque se trata de lealtades diferentes: hacia Dios o los individuos 295. Sin embargo, al fin ambos valores se consideran perspectivas de la humanidad, la exigencia de la plena realiza-ción de nuestro ser, y hacen a la conversión en persona. Para un creyente, tal vez la humanidad sea para la divinidad.

En casos como el nuestro, proponemos la construcción de los con-tenidos de los dos valores en base a una racionalidad encauzada por el sentimiento. También podría decirse, como prefería por ejemplo Werner Goldschmidt, a un sentimiento racional. La remisión a la misericordia 296, fuerte en las Bienaventuranzas cristianas y en especial en su versión católica y en el Islam, evidencia la importancia del sentimiento. En cuanto nos concierne personalmente “sabemos” poco de la justicia, pero consideramos a la misericordia como una exigencia especialísima de la calidad humana. El Islam enseña que Alá es el creador del universo. Él es considerado, misericordioso, compasivo, poderoso, un proveedor, el grande, señor, todo conocedor, que todo lo escucha, todo lo ve, magnífico, sabio y eterno 297. El

Felipe, “Vivencia cristiana”, Santidad y santos, Catholic.net, http://es.catholic.net/ comunicadorescatolicos/733/2022/articulo.php?id=18814, 18-7-2013.

295 Es posible ampliar en nuestro trabajo “Nota de “Metadikelogía” sobre un caso de interrelación en los complejos axiológicos”, en “Investigación …” cit., Nº 43, págs. 37 y ss., Centro de Filosofía … cit., http://www.centrodefilosofia.org.ar/IyD/IyD43_5.pdf, 19-7-2013.

296 V. misericordia. (Del lat. misericordĭa).1. f. Virtud que inclina el ánimo a compadecerse de los trabajos y miserias ajenos. 2. f. Pieza en los asientos de los coros de las iglesias para descansar disimuladamente, medio sentado sobre ella, cuando se debe estar en pie. 3. f. Puñal con que solían ir armados los caballeros de la Edad Media para dar el golpe de gracia al enemigo. 4. f. Rel. Atributo de Dios, en cuya virtud perdona los pecados y miserias de sus criaturas. 5. f. p. us. Porción pequeña de alguna cosa, como la que suele darse de caridad o limosna. … (REAL ACADEMIA ESPAÑOLA, op. cit., misericordia, http://lema.rae.es/drae/?val=misericordia, 25-7-2013). Cabe analizar misere (miseria, necesidad); cor, cordis (corazón) e ia, hacia los demás.

297 Se afirma que el Corán da 99 nombres característicos a Alá. 4Truth.net. Religiones del

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calvinismo tiene dificultad en compatibilizar el éxito con la misericordia. La referencia a la misericordia es “antisistema”, en cuanto conmueve el éxito en el mismo y limita la crueldad que solemos tener los seres humanos.

50. Los actos religiosos y los repartos deben ser evaluados desde la

santidad y la justicia en cuanto a sus conductores (repartidores), recipienda-rios, objetos, formas y razones. Los títulos de legitimidad principales respecto de los conductores son la aristocracia (superioridad moral, científica y técnica), la autonomía (acuerdo de los interesados) y la infraautonomía (acuerdo de la mayoría, como en la democracia). Las tres religiones básicas reconocen la superioridad aristocrática. En el catolicismo esto es intenso a través de la jerarquía sacerdotal culminante en el Vicario de Jesús. La Iglesia ha generado a menudo una hierocracia. En ciertos casos el islamismo chiíta sostiene que hay verdades exotéricas y esotéricas, lo que tiende a generar una aristocracia (en principio en los imanes). En cambio, el calvinismo tiene un discurso de legitimación participativa mucho más igualitario, de cierto modo democrático 298, aunque en realidad se refiere a una aristocracia inconmovible en la condición de los elegidos.

Sin desconocer ideas remitidas a la predestinación, como de cierto modo presenta San Agustín, el catolicismo es en este grupo la religión que más valora formalmente la autonomía, aunque según referimos la dominación con pretensión aristocrática de la Iglesia es muy intensa. En cambio, el calvinismo deja más espacio a los acuerdos de los hombres y las

mundo, Términos islámicos populares, http://es.4truth.net/fourtruthespbworld.aspx? pageid=8589983483, 25-7-2013.

298 Según la religión de Calvino, el derecho a gobernarnos lo tiene Dios, y Él solo. Ningún hombre tiene el derecho de gobernar sobre otro hombre; sino un tal derecho se convertiría necesaria e inmediatamente en el derecho del más fuerte. -Ni puede un grupo de personas, por medio de un contrato y de su propio derecho, obligarle a usted a obedecer a otro hombre. - La autoridad sobre los hombres no puede surgir de los hombres. Tampoco de una mayoría sobre una minoría, pues la historia demuestra, casi en cada página, que con mucha frecuencia la minoría tenía la razón. Entiende que toda la autoridad de los gobiernos en la Tierra se origina únicamente en la soberanía de Dios. Cuando Dios me dice: “Obedece”, entonces yo humildemente inclino mi cabeza, sin comprometer en lo más mínimo mi dignidad personal como hombre. En la misma medida como Ud. se degrada cuando se inclina ante un hijo del hombre, así Ud. se eleva cuando se somete a la autoridad del Señor del cielo y de la tierra. (KUYPER, “Exposiciones …” cit., págs. 67/8).

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mayorías libres respetuosas de las minorías. El calvinismo, que vincula a cada hombre con Dios, puede producir una democracia de creyentes, de individuos, y es más demoliberal; el catolicismo, que vincula a los hombres con el cuerpo de la Iglesia, puede producir una democracia más autoritaria. El calvinismo y la recomposición del ideal democrático se produjeron en la misma Edad Histórica. No es irrelevante que Rousseau, criado puritano, convertido al catolicismo y luego vuelto al puritanismo, oscilara entre el sentido de la individualidad optimista del estado de naturaleza, en cuanto a individualidad al menos más afín al puritanismo 299, y el sentido democrático que, como conjunto, podría considerarse en última instancia 300 más cercano al catolicismo. En ese marco multisignificativo, con cierta afinidad calvinista, terminó refiriéndose al individuo solitario (caminante solitario) 301.

Las tres religiones pueden contribuir en diversas medidas a poner límites a las pretensiones excesivas de legitimación que pueden presentar la tecnocracia y la plutocracia. Un conductor que no tiene título de santidad y de justicia es un repartidor teológica y dikelógicamente “de facto”.

51. El carácter de conductor trae aparejada la referencia a la

responsabilidad. El catolicismo tiene un sentido de culpa y de responsa-bilidad muy intensos, aunque el perdón pueda liberar de la culpa. Es importante saber si se es responsable por los propios actos o por la humanidad. De cierto modo, si se asume un carácter “corredentor” no sólo en referencia a la actitud de María, sino a la consideración de todos los 299 No en cuanto al optimismo, distante de las ideas de Calvino. 300 Sin desconocer las diferencias entre el pactismo y el organicismo. 301 En relación con las variaciones de las creencias de Rousseau pueden v. por ej.

FILIGRANA BARRIOS, Ivonne Mtra., “El elemento religioso en Jean-Jacques Rousseau: el papel de lo divino en la educación del ciudadano” , Academia.edu, http://www.academia.edu/1885054/El_elemento_religioso_en_Jean_Jacques_Rousseau_El_papel_de_lo_divino_en_la_educacion_del_ciudadano, 22-6-2013; SUAREZ, Antonio Cruz, “Rousseau y la religión”, Protestante Digital, http://www.protestantedigital.com/ ES/Magacin/articulo/5263/Rousseau-y-la-religion, 22-6-2013; ROUSSEAU, Jean Jaques, “Profesión de fe del vicario saboyano y otros escritos complementarios” (rec.), trad. Antonio Pintor-Ramos, Madrid, Trotta, 2007; “Les Rêveries Du Promeneur Solitaire”, Litterature audio.com, http://www.litteratureaudio.com/livre-audio-gratuit-mp3/rousseau-jean-jacques-les-reveries-du-promeneur-solitaire.html, 22-6-2013. Acerca de la condena del catolicismo a las ideas de Rousseau, cabe c. La página de Tomás Abraham, El divino Jean-Jacques (JJ) y la maldita opinión, http://www.tomasabraham. com.ar/cajadig/caja15-1.htm, 22-6-2013.

ISSN 2314-128X

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calvinismo tiene dificultad en compatibilizar el éxito con la misericordia. La referencia a la misericordia es “antisistema”, en cuanto conmueve el éxito en el mismo y limita la crueldad que solemos tener los seres humanos.

50. Los actos religiosos y los repartos deben ser evaluados desde la

santidad y la justicia en cuanto a sus conductores (repartidores), recipienda-rios, objetos, formas y razones. Los títulos de legitimidad principales respecto de los conductores son la aristocracia (superioridad moral, científica y técnica), la autonomía (acuerdo de los interesados) y la infraautonomía (acuerdo de la mayoría, como en la democracia). Las tres religiones básicas reconocen la superioridad aristocrática. En el catolicismo esto es intenso a través de la jerarquía sacerdotal culminante en el Vicario de Jesús. La Iglesia ha generado a menudo una hierocracia. En ciertos casos el islamismo chiíta sostiene que hay verdades exotéricas y esotéricas, lo que tiende a generar una aristocracia (en principio en los imanes). En cambio, el calvinismo tiene un discurso de legitimación participativa mucho más igualitario, de cierto modo democrático 298, aunque en realidad se refiere a una aristocracia inconmovible en la condición de los elegidos.

Sin desconocer ideas remitidas a la predestinación, como de cierto modo presenta San Agustín, el catolicismo es en este grupo la religión que más valora formalmente la autonomía, aunque según referimos la dominación con pretensión aristocrática de la Iglesia es muy intensa. En cambio, el calvinismo deja más espacio a los acuerdos de los hombres y las

mundo, Términos islámicos populares, http://es.4truth.net/fourtruthespbworld.aspx? pageid=8589983483, 25-7-2013.

298 Según la religión de Calvino, el derecho a gobernarnos lo tiene Dios, y Él solo. Ningún hombre tiene el derecho de gobernar sobre otro hombre; sino un tal derecho se convertiría necesaria e inmediatamente en el derecho del más fuerte. -Ni puede un grupo de personas, por medio de un contrato y de su propio derecho, obligarle a usted a obedecer a otro hombre. - La autoridad sobre los hombres no puede surgir de los hombres. Tampoco de una mayoría sobre una minoría, pues la historia demuestra, casi en cada página, que con mucha frecuencia la minoría tenía la razón. Entiende que toda la autoridad de los gobiernos en la Tierra se origina únicamente en la soberanía de Dios. Cuando Dios me dice: “Obedece”, entonces yo humildemente inclino mi cabeza, sin comprometer en lo más mínimo mi dignidad personal como hombre. En la misma medida como Ud. se degrada cuando se inclina ante un hijo del hombre, así Ud. se eleva cuando se somete a la autoridad del Señor del cielo y de la tierra. (KUYPER, “Exposiciones …” cit., págs. 67/8).

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mayorías libres respetuosas de las minorías. El calvinismo, que vincula a cada hombre con Dios, puede producir una democracia de creyentes, de individuos, y es más demoliberal; el catolicismo, que vincula a los hombres con el cuerpo de la Iglesia, puede producir una democracia más autoritaria. El calvinismo y la recomposición del ideal democrático se produjeron en la misma Edad Histórica. No es irrelevante que Rousseau, criado puritano, convertido al catolicismo y luego vuelto al puritanismo, oscilara entre el sentido de la individualidad optimista del estado de naturaleza, en cuanto a individualidad al menos más afín al puritanismo 299, y el sentido democrático que, como conjunto, podría considerarse en última instancia 300 más cercano al catolicismo. En ese marco multisignificativo, con cierta afinidad calvinista, terminó refiriéndose al individuo solitario (caminante solitario) 301.

Las tres religiones pueden contribuir en diversas medidas a poner límites a las pretensiones excesivas de legitimación que pueden presentar la tecnocracia y la plutocracia. Un conductor que no tiene título de santidad y de justicia es un repartidor teológica y dikelógicamente “de facto”.

51. El carácter de conductor trae aparejada la referencia a la

responsabilidad. El catolicismo tiene un sentido de culpa y de responsa-bilidad muy intensos, aunque el perdón pueda liberar de la culpa. Es importante saber si se es responsable por los propios actos o por la humanidad. De cierto modo, si se asume un carácter “corredentor” no sólo en referencia a la actitud de María, sino a la consideración de todos los 299 No en cuanto al optimismo, distante de las ideas de Calvino. 300 Sin desconocer las diferencias entre el pactismo y el organicismo. 301 En relación con las variaciones de las creencias de Rousseau pueden v. por ej.

FILIGRANA BARRIOS, Ivonne Mtra., “El elemento religioso en Jean-Jacques Rousseau: el papel de lo divino en la educación del ciudadano” , Academia.edu, http://www.academia.edu/1885054/El_elemento_religioso_en_Jean_Jacques_Rousseau_El_papel_de_lo_divino_en_la_educacion_del_ciudadano, 22-6-2013; SUAREZ, Antonio Cruz, “Rousseau y la religión”, Protestante Digital, http://www.protestantedigital.com/ ES/Magacin/articulo/5263/Rousseau-y-la-religion, 22-6-2013; ROUSSEAU, Jean Jaques, “Profesión de fe del vicario saboyano y otros escritos complementarios” (rec.), trad. Antonio Pintor-Ramos, Madrid, Trotta, 2007; “Les Rêveries Du Promeneur Solitaire”, Litterature audio.com, http://www.litteratureaudio.com/livre-audio-gratuit-mp3/rousseau-jean-jacques-les-reveries-du-promeneur-solitaire.html, 22-6-2013. Acerca de la condena del catolicismo a las ideas de Rousseau, cabe c. La página de Tomás Abraham, El divino Jean-Jacques (JJ) y la maldita opinión, http://www.tomasabraham. com.ar/cajadig/caja15-1.htm, 22-6-2013.

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hombres que conduce a la responsabilidad por la humanidad 302. El carácter colectivo de la Iglesia afirma el sentido de responsabilidad que puede entenderse como “transindividual”. El calvinismo no presenta este fuerte requerimiento colectivo, aunque en los hechos los países de influencia calvinista suelen desarrollar prácticas sociales muy intensas. En el Islam hay una responsabilidad colectiva de extender el conocimiento y el dominio de la religión 303.

52. Los recipiendarios pueden ser legitimados por sus obras

(conducta), es decir sus méritos, o sus necesidades, es decir, sus merecimientos. Para el cristianismo, el sacrificio Redentor significa cierta crisis de los méritos y los merecimientos, porque al mérito mayor del puramente justo le corresponde el castigo mayor 304. Las bienaventuranzas

302 “El es la Cabeza, a la cual quiere unir a todos los hombres, que convertidos en

sacerdotes, darán gloria al Padre, al Hijo y al Espíritu, e incorporados a la Cabeza, serán corredentores con El de toda la humanidad.” (MARTÍ BALLESTER, Jesús, “Jesucristo Sumo y Eterno Sacerdote”, Catholic.net, http://es.catholic.net/imprimir/index.phtml?ts =41&ca=638&te=1855&id=28356, 18-7-2013).

303 Se dice que “(el) yihad o guerra santa no era una obligación individual inexcusable, de modo que no tiene el mismo carácter que las anteriores prácticas, sino que consistía en el deber colectivo de extender el conocimiento y dominio del Islam entre los pueblos infieles, por la violencia si el caso lo requería. Por eso, la guerra debió atenerse a ciertos principios de raíz religiosa, referidos al trato a los vencidos, a la posibilidad de admitirlos a capitulación o de que conservaran sus religiones anteriores solo en algunos supuestos, al reparto del botín, del que un quinto pertenecía al profeta o a su sucesor y representante, y al dominio eminente de la comunidad musulmana sobre los bienes raíces ganados, que nunca prescribía.” (Sumisión a Dios, Antehistoria, http://www.arte historia.jcyl.es/v2/contextos/819.htm, 26-7-2013). “En general, en el Islam, la gente constituye el factor fundamental efectivo del cambio social. Es por esta razón que vemos a través del Corán la dirección que establece «an-nas» y la gente (las masas). La total responsabilidad para la sociedad y la historia recae en el an-nas (la gente)” (EZZATI, A. Prof., “El concepto islámico de revolución”, http://www.islamoriente.com/sites/default/ files/cckfilefield/Article_pdf_file/EL%20CONCEPTO%20ISL%20MICO%20DE%20REVOLUCI%20N_0.pdf, 26-7-2013 (Extraído del libro «El Islam revolucionario y la revolución islámica», Al Hoda, 1989).

304 Es posible ampliar en nuestro trabajo "Significado axiológico de la redención (Nota sobre la Axiología pagana y la Axiología cristiana)", en "Investigación..." cit., Nº 8, págs. 77 y ss., Cartapacio, http://www.cartapacio.edu.ar/ojs/index.php/iyd/article/view File/109/88, 23-7-2013.

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de los pobres (aunque se entienda los pobres de espíritu) y los miseri-cordiosos refuerzan la referencia a los merecimientos.

El mérito puede lograrse en relativa libertad, según sucede en el catolicismo, o por la predestinación, considerada en el Islam y el calvinismo. En el calvinismo el hombre no tiene méritos propios y la dignificante humanidad de Jesús pasa a un lugar menos significativo que en el catolicismo. En la religión del teólogo-jurista francés, no se ha de glorificar a aquel que da limosnas, sino solamente a Aquel que mueve los corazones de los hombres a la generosidad. Los diáconos no son nuestros siervos, sino siervos de Jesús Cristo. Lo que les encomendamos, simplemente lo de-volvemos a Él, como mayordomos de Su propiedad 305. Según Kuyper, nomista es el nombre apropiado para una religión que proclama que la salvación se alcanza por el cumplimiento de la ley; mientras el calvinismo en su sentido completamente soteriológico, nunca derivó la salvación de otro lugar que de Cristo y el fruto redentor de Sus méritos 306.

Según hemos señalado, el cristianismo sostiene la Bienaventuranza de los pobres a quienes pertenece el Reino de los Cielos. En ese sentido, la Iglesia pone especial énfasis en el derecho/estado de necesidad. El Islam impone el deber de la limosna como uno de sus pilares básicos. En el calvinismo el apego al éxito en los negocios puede hacer menos intensa la referencia a los pobres. Según la doctrina del teólogo francés, la conversión y la santificación en las buenas obras tienen el carácter sublime que exige Jesús cuando las hacemos servir no como garantía de nuestra propia salvación sino para glorificar a Dios y la iglesia atiza esa llama mediante la comunión de los santos y los sacramentos 307.

53. En cuanto a los objetos repartideros, las tres religiones asumen el

desafío de la difícil relación entre la vida y la propiedad. Según lo ya expuesto, hay entre ellas interesantes coincidencias, sobre todo en cuanto a la prioridad básica de la vida 308. La Iglesia pone especial énfasis en el

305 KUYPER, “Exposiciones …” cit., pág. 54. 306 Íd., págs. 55/6. 307 V. íd., págs. http://www.lacomunitatinconfessable.cat/wp-content/uploads/2009/06/

weber-max-la-etica-protestante-y-el-espiritu-del-capitalismo.pdfhttp: / /www.lacomunitat inconfessable.cat/wp-content/uploads/2009/06/weber-max-la-etica-protestante-y-el-espiritu-del-capitalismo.pdf 53/4.

308 Aunque a veces países inspirados en ellas admiten la pena de muerte por ciertos ataques

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hombres que conduce a la responsabilidad por la humanidad 302. El carácter colectivo de la Iglesia afirma el sentido de responsabilidad que puede entenderse como “transindividual”. El calvinismo no presenta este fuerte requerimiento colectivo, aunque en los hechos los países de influencia calvinista suelen desarrollar prácticas sociales muy intensas. En el Islam hay una responsabilidad colectiva de extender el conocimiento y el dominio de la religión 303.

52. Los recipiendarios pueden ser legitimados por sus obras

(conducta), es decir sus méritos, o sus necesidades, es decir, sus merecimientos. Para el cristianismo, el sacrificio Redentor significa cierta crisis de los méritos y los merecimientos, porque al mérito mayor del puramente justo le corresponde el castigo mayor 304. Las bienaventuranzas

302 “El es la Cabeza, a la cual quiere unir a todos los hombres, que convertidos en

sacerdotes, darán gloria al Padre, al Hijo y al Espíritu, e incorporados a la Cabeza, serán corredentores con El de toda la humanidad.” (MARTÍ BALLESTER, Jesús, “Jesucristo Sumo y Eterno Sacerdote”, Catholic.net, http://es.catholic.net/imprimir/index.phtml?ts =41&ca=638&te=1855&id=28356, 18-7-2013).

303 Se dice que “(el) yihad o guerra santa no era una obligación individual inexcusable, de modo que no tiene el mismo carácter que las anteriores prácticas, sino que consistía en el deber colectivo de extender el conocimiento y dominio del Islam entre los pueblos infieles, por la violencia si el caso lo requería. Por eso, la guerra debió atenerse a ciertos principios de raíz religiosa, referidos al trato a los vencidos, a la posibilidad de admitirlos a capitulación o de que conservaran sus religiones anteriores solo en algunos supuestos, al reparto del botín, del que un quinto pertenecía al profeta o a su sucesor y representante, y al dominio eminente de la comunidad musulmana sobre los bienes raíces ganados, que nunca prescribía.” (Sumisión a Dios, Antehistoria, http://www.arte historia.jcyl.es/v2/contextos/819.htm, 26-7-2013). “En general, en el Islam, la gente constituye el factor fundamental efectivo del cambio social. Es por esta razón que vemos a través del Corán la dirección que establece «an-nas» y la gente (las masas). La total responsabilidad para la sociedad y la historia recae en el an-nas (la gente)” (EZZATI, A. Prof., “El concepto islámico de revolución”, http://www.islamoriente.com/sites/default/ files/cckfilefield/Article_pdf_file/EL%20CONCEPTO%20ISL%20MICO%20DE%20REVOLUCI%20N_0.pdf, 26-7-2013 (Extraído del libro «El Islam revolucionario y la revolución islámica», Al Hoda, 1989).

304 Es posible ampliar en nuestro trabajo "Significado axiológico de la redención (Nota sobre la Axiología pagana y la Axiología cristiana)", en "Investigación..." cit., Nº 8, págs. 77 y ss., Cartapacio, http://www.cartapacio.edu.ar/ojs/index.php/iyd/article/view File/109/88, 23-7-2013.

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de los pobres (aunque se entienda los pobres de espíritu) y los miseri-cordiosos refuerzan la referencia a los merecimientos.

El mérito puede lograrse en relativa libertad, según sucede en el catolicismo, o por la predestinación, considerada en el Islam y el calvinismo. En el calvinismo el hombre no tiene méritos propios y la dignificante humanidad de Jesús pasa a un lugar menos significativo que en el catolicismo. En la religión del teólogo-jurista francés, no se ha de glorificar a aquel que da limosnas, sino solamente a Aquel que mueve los corazones de los hombres a la generosidad. Los diáconos no son nuestros siervos, sino siervos de Jesús Cristo. Lo que les encomendamos, simplemente lo de-volvemos a Él, como mayordomos de Su propiedad 305. Según Kuyper, nomista es el nombre apropiado para una religión que proclama que la salvación se alcanza por el cumplimiento de la ley; mientras el calvinismo en su sentido completamente soteriológico, nunca derivó la salvación de otro lugar que de Cristo y el fruto redentor de Sus méritos 306.

Según hemos señalado, el cristianismo sostiene la Bienaventuranza de los pobres a quienes pertenece el Reino de los Cielos. En ese sentido, la Iglesia pone especial énfasis en el derecho/estado de necesidad. El Islam impone el deber de la limosna como uno de sus pilares básicos. En el calvinismo el apego al éxito en los negocios puede hacer menos intensa la referencia a los pobres. Según la doctrina del teólogo francés, la conversión y la santificación en las buenas obras tienen el carácter sublime que exige Jesús cuando las hacemos servir no como garantía de nuestra propia salvación sino para glorificar a Dios y la iglesia atiza esa llama mediante la comunión de los santos y los sacramentos 307.

53. En cuanto a los objetos repartideros, las tres religiones asumen el

desafío de la difícil relación entre la vida y la propiedad. Según lo ya expuesto, hay entre ellas interesantes coincidencias, sobre todo en cuanto a la prioridad básica de la vida 308. La Iglesia pone especial énfasis en el

305 KUYPER, “Exposiciones …” cit., pág. 54. 306 Íd., págs. 55/6. 307 V. íd., págs. http://www.lacomunitatinconfessable.cat/wp-content/uploads/2009/06/

weber-max-la-etica-protestante-y-el-espiritu-del-capitalismo.pdfhttp: / /www.lacomunitat inconfessable.cat/wp-content/uploads/2009/06/weber-max-la-etica-protestante-y-el-espiritu-del-capitalismo.pdf 53/4.

308 Aunque a veces países inspirados en ellas admiten la pena de muerte por ciertos ataques

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despliegue de la vida con referencias naturales. En principio se opone al aborto provocado, a la eutanasia, al uso de anticonceptivos, a la fecundación in vitro y a la clonación. La idea católica es disciplinar al sexo a través de su relación estrecha con la procreación. También excluye los tratamientos excepcionales para la prolongación de la vida. En una de las coincidencias significativas, también el calvinismo rechaza el aborto. El Islam mejoró la condición de inferioridad de la mujer que regía antes de Mahoma, pero en alguna medida por el carácter rígido del Texto no ha podido superar el carácter secundario que ella tiene en la sociedad musulmana 309. Ese carácter no impide que tenga influencia a través de los hijos en cuya educación participa, práctica que está presente en ámbitos de inmigración europea del sur con influencia árabe musulmana. Aunque la cuestión es discutida, resulta que en diversos ámbitos musulmanes se conserva la solución de lapidar a las mujeres adúlteras (y sus cómplices), que en cambio Jesús rechazó 310. Las tres religiones, de manera formal o a través de sus fieles a quienes no sancionó, han cometido grandes crímenes contra la vida 311.

En cuanto a la propiedad privada, la Iglesia y el Islam rechazan fuertemente la usura, quizás porque han tenido sus edades de oro en períodos no capitalistas. Aunque lo que sea la verdadera posición calvinista es debatido, parece que las tres religiones limitan los alcances de la propiedad privada. Se dice incluso que en este sentido hay afinidades entre Calvino y Santo Tomás de Aquino 312.

a la propiedad. V. The Religion of Islam, Crimen y castigo en el Islam, http://www. islamreligion.com/es/articles/253/viewall/, 26-7-2013 (Grupo Editorial del Dr. Abdur Rahmán Al-Maula). Anexo: Pena de muerte por país, Wikipedia, http://es.wikipedia. org/wiki/Anexo:Pena_de_muerte_por_pa%C3%ADs, 27-7-2013.

309 V. por ej. ESTÉVEZ BRASA, op. cit., págs. 370 y ss. 310 Los fundamentos en la ortodoxia islámica son discutidos. Se puede v. Islamhoy.org,

Mujer, Investigación de carácter jurídico sobre la lapidación de las adúlteras, http:// www.islamhoy.org/principal/secciones/mujer/lapidacion.htm, 26-7-2013. Una reciente modificación del Código Penal de Irán permite reemplazar en ciertas circunstancias la lapidación por otra ejecución (v. Prensa Mercosur, http://www.prensamercosur.com/ index.php/ internacional-news/3362-en-iran-los-adulteros-ya-no-solo-seran-lapidados.ht ml, 26-7-2013). Normalmente las sentencias a muerte en Irán se cumplimentan en la horca.

311 En cuanto a los musulmanes, v. por ej. SCHUON, op. cit., pág. 215. 312 Se puede v. LEÓN, Manuel de, “Propiedad privada y tiranía calvinista”, Protestante

Digital.com, http://www.protestantedigital.com/ES/Blogs/articulo/362/Propiedad-priva da-y-tirania-calvinista, 19-7-2013.

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54. La santidad y la justicia como vehiculizadores de la forma y las razones de los repartos deben abrir caminos para la audiencia y la fundamentación, pero se trata de recorridos diversos y difíciles sobre todo porque, como hemos señalado, la santidad suele formar un circuito de referencia cerrado. Oír y fundamentar en términos de santidad no es lo mismo que con alcances jurídicos. En principio, el beneficio de la duda en el ámbito jurídico liberal no tiene igual fuerza en el campo de la santidad 313.

55. Los regímenes religiosos y jurídicos resultan valiosos cuando son

humanistas, es decir, toman a los individuos como fines y no como medios. No han de ser totalitarios, es decir, no deben tomar a los individuos como medios y no como fines. El proceso a Jesús es una expresión clara de totalitarismo religioso y jurídico. Para salvar la supuesta santidad de un pueblo y la supuesta justicia de su independencia se sacrifica a un justo 314.

No obstante esta exigencia de humanismo, con expresión que plantea Kuyper desde el calvinismo, pero que tal vez las tres religiones de cierto modo sostendrían, se cree que el hombre es el instrumento y el medio, solo Dios es el fin, el punto de partida y el destino, la fuente, de la cual fluyen las aguas, y al mismo tiempo, el océano al cual regresan finalmente 315.

El humanismo puede ser abstencionista o intervencionista (paterna-lista). Consideramos que el abstencionismo es en principio preferible al intervencionismo. El cristianismo se expresa en una apertura paternal en la persona de Dios Padre, a quien se refiere la oración que Jesús enseñó. El catolicismo y sobre todo el Islam son intervencionistas, en tanto quizás el calvinismo establezca una relación de cierto modo directa del hombre con Dios que promueva el abstencionismo. El intervencionismo católico se manifiesta también, por ejemplo, en las referencias a la paternidad en los Santos Padres de la Patrística, los Santos Padres o Beatísimos Padres (Papas), los Patriarcas y los Padres sacerdotes 316. El calvinismo se expresa

313 Cabe recordar el famoso suceso de Santo Tomás Apóstol, Jn., 20: 20 y ss. (Catholic.net,

http://es.catholic.net/biblioteca/libro.phtml?consecutivo=304&capitulo=4234, 27-7-2013. No obstante, hay un milagro llamado de la Santa Duda.

314 Jn., 11:50 y ss., Catholic.net, http://biblia.catholic.net/home.php?option=versiculo &id=1294&pagina=3, 19-7-2013.

315 KUYPER, “Exposiciones …” cit., pág. 34. 316 En cuanto a esta debatida costumbre, es posible v. por ej. RAY, Steve, “¿Podemos

llamar al sacerdote “padre”?, Catholic.net, http://es.catholic.net/sectasapologetica

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despliegue de la vida con referencias naturales. En principio se opone al aborto provocado, a la eutanasia, al uso de anticonceptivos, a la fecundación in vitro y a la clonación. La idea católica es disciplinar al sexo a través de su relación estrecha con la procreación. También excluye los tratamientos excepcionales para la prolongación de la vida. En una de las coincidencias significativas, también el calvinismo rechaza el aborto. El Islam mejoró la condición de inferioridad de la mujer que regía antes de Mahoma, pero en alguna medida por el carácter rígido del Texto no ha podido superar el carácter secundario que ella tiene en la sociedad musulmana 309. Ese carácter no impide que tenga influencia a través de los hijos en cuya educación participa, práctica que está presente en ámbitos de inmigración europea del sur con influencia árabe musulmana. Aunque la cuestión es discutida, resulta que en diversos ámbitos musulmanes se conserva la solución de lapidar a las mujeres adúlteras (y sus cómplices), que en cambio Jesús rechazó 310. Las tres religiones, de manera formal o a través de sus fieles a quienes no sancionó, han cometido grandes crímenes contra la vida 311.

En cuanto a la propiedad privada, la Iglesia y el Islam rechazan fuertemente la usura, quizás porque han tenido sus edades de oro en períodos no capitalistas. Aunque lo que sea la verdadera posición calvinista es debatido, parece que las tres religiones limitan los alcances de la propiedad privada. Se dice incluso que en este sentido hay afinidades entre Calvino y Santo Tomás de Aquino 312.

a la propiedad. V. The Religion of Islam, Crimen y castigo en el Islam, http://www. islamreligion.com/es/articles/253/viewall/, 26-7-2013 (Grupo Editorial del Dr. Abdur Rahmán Al-Maula). Anexo: Pena de muerte por país, Wikipedia, http://es.wikipedia. org/wiki/Anexo:Pena_de_muerte_por_pa%C3%ADs, 27-7-2013.

309 V. por ej. ESTÉVEZ BRASA, op. cit., págs. 370 y ss. 310 Los fundamentos en la ortodoxia islámica son discutidos. Se puede v. Islamhoy.org,

Mujer, Investigación de carácter jurídico sobre la lapidación de las adúlteras, http:// www.islamhoy.org/principal/secciones/mujer/lapidacion.htm, 26-7-2013. Una reciente modificación del Código Penal de Irán permite reemplazar en ciertas circunstancias la lapidación por otra ejecución (v. Prensa Mercosur, http://www.prensamercosur.com/ index.php/ internacional-news/3362-en-iran-los-adulteros-ya-no-solo-seran-lapidados.ht ml, 26-7-2013). Normalmente las sentencias a muerte en Irán se cumplimentan en la horca.

311 En cuanto a los musulmanes, v. por ej. SCHUON, op. cit., pág. 215. 312 Se puede v. LEÓN, Manuel de, “Propiedad privada y tiranía calvinista”, Protestante

Digital.com, http://www.protestantedigital.com/ES/Blogs/articulo/362/Propiedad-priva da-y-tirania-calvinista, 19-7-2013.

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54. La santidad y la justicia como vehiculizadores de la forma y las razones de los repartos deben abrir caminos para la audiencia y la fundamentación, pero se trata de recorridos diversos y difíciles sobre todo porque, como hemos señalado, la santidad suele formar un circuito de referencia cerrado. Oír y fundamentar en términos de santidad no es lo mismo que con alcances jurídicos. En principio, el beneficio de la duda en el ámbito jurídico liberal no tiene igual fuerza en el campo de la santidad 313.

55. Los regímenes religiosos y jurídicos resultan valiosos cuando son

humanistas, es decir, toman a los individuos como fines y no como medios. No han de ser totalitarios, es decir, no deben tomar a los individuos como medios y no como fines. El proceso a Jesús es una expresión clara de totalitarismo religioso y jurídico. Para salvar la supuesta santidad de un pueblo y la supuesta justicia de su independencia se sacrifica a un justo 314.

No obstante esta exigencia de humanismo, con expresión que plantea Kuyper desde el calvinismo, pero que tal vez las tres religiones de cierto modo sostendrían, se cree que el hombre es el instrumento y el medio, solo Dios es el fin, el punto de partida y el destino, la fuente, de la cual fluyen las aguas, y al mismo tiempo, el océano al cual regresan finalmente 315.

El humanismo puede ser abstencionista o intervencionista (paterna-lista). Consideramos que el abstencionismo es en principio preferible al intervencionismo. El cristianismo se expresa en una apertura paternal en la persona de Dios Padre, a quien se refiere la oración que Jesús enseñó. El catolicismo y sobre todo el Islam son intervencionistas, en tanto quizás el calvinismo establezca una relación de cierto modo directa del hombre con Dios que promueva el abstencionismo. El intervencionismo católico se manifiesta también, por ejemplo, en las referencias a la paternidad en los Santos Padres de la Patrística, los Santos Padres o Beatísimos Padres (Papas), los Patriarcas y los Padres sacerdotes 316. El calvinismo se expresa

313 Cabe recordar el famoso suceso de Santo Tomás Apóstol, Jn., 20: 20 y ss. (Catholic.net,

http://es.catholic.net/biblioteca/libro.phtml?consecutivo=304&capitulo=4234, 27-7-2013. No obstante, hay un milagro llamado de la Santa Duda.

314 Jn., 11:50 y ss., Catholic.net, http://biblia.catholic.net/home.php?option=versiculo &id=1294&pagina=3, 19-7-2013.

315 KUYPER, “Exposiciones …” cit., pág. 34. 316 En cuanto a esta debatida costumbre, es posible v. por ej. RAY, Steve, “¿Podemos

llamar al sacerdote “padre”?, Catholic.net, http://es.catholic.net/sectasapologetica

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a través de “pastores” cuyo nombre, si bien puede invocar el mandato dado por Jesús a San Pedro 317, indica una actitud paternalista tampoco fácil de conciliar, al menos literalmente, con el abstencionismo. Menos referida a la paternidad y a la intervención en la vida humana resulta, en principio, la terminología del Islam: el sentido de imán 318 es, por ejemplo, mucho menos comprometedor que padre o pastor. Sin embargo, como hemos señalado en el Islam la libertad del individuo desde él mismo, que concebimos como la verdadera libertad, está lejos de ser asumida.

56. El humanismo al que nos referimos requiere respetar al individuo

en su unicidad, igualdad y comunidad. Esto exige su compleja libertad. La unicidad necesita liberalismo político, la igualdad requiere democracia y la comunidad necesita “res publica” 319. La comunidad contribuye a la pro-tección de los débiles y los marginales: enfermos, ancianos, niños, desocupa-dos, etc. Cuando se la integra con la unicidad ambas pueden contribuir al respeto al elemento extranjero. En un sistema como el capitalista, que excluye lo “inútil”, los tres requerimientos, pero de modo destacado la comunidad, tienen alta significación.

La Iglesia pone más énfasis en la igualdad y la comunidad; el calvinismo se instala en una mayor necesidad de libertad para que pueda

yconversos/574/1441/articulo.php?id=9808, 20-7-2013.

317 Jn., 21, 15-19, Catholic.net, Sagrada Biblia, http://biblia.catholic.net/home.php?option =versiculo&id=1365&pagina=1, 20-7-2013.

318 Es posible c. por ej. El Imán (fe) (Ayatolá Bahonar y Beheshti), Revista Biblioteca Islámica, http://www.redislam.net/2011/08/el-iman-fe-ayatola-bahonar-y-beheshti.html# .UesX66yNBqQ, 20-7-2013 (“Cuando tenemos confianza e integridad de una persona y nos apoyamos sin vacilar en ella, decimos que esa persona posee imán. Igualmente, cuando creemos en la veracidad de algo comunicado, decimos que esa comunicación tiene imán. Si tenemos una fe firmemente fundada en un sistema intelectual o ideología y sentimos una ardiente ligazón y celo por ello, convirtiéndolo en las bases espontaneas de nuestras actividades en la vida con una perfecta tranquilidad de conciencia, fervor e inclinación, estableciendo el programa de nuestras actividades en la vida en función de ello, decimos que tenemos imán en esa ideología.”). “imán2. (Del ár. clás. imām, director [de la plegaria o de la comunidad]). 1. m. Encargado de presidir la oración canónica musulmana, poniéndose delante de los fieles para que estos le sigan en sus rezos y movimientos. 2. m. Guía, jefe o modelo espiritual o religioso, y a veces también político, en una sociedad musulmana.” (REAL ACADEMIA ESPAÑOLA, op. cit., imán, http://lema.rae.es/drae/?val=im%C3%A1n, 20-7-2013).

319 Goldschmidt se refiere a la fraternidad.

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desenvolverse directamente la relación con Dios 320. Sin embargo, para Calvino, la iglesia se encuentra en los individuos que confiesan; no en cada individuo de manera separada, sino en todos ellos juntos, y unidos 321. Por tanto, al ser todos iguales bajo Él, no puede haber ninguna distinción de rangos entre los creyentes, solo hay ministros que sirven, lideran y regulan; una forma de gobierno “presbiteriana”. El poder de la Iglesia desciende directamente de Cristo mismo, en la congregación, concentrado desde la congregación en los ministros, y por ellos administrado a los hermanos. Así, en la religión del teólogo jurista francés la soberanía de Cristo permanece absolutamente monárquica, pero el gobierno de la Iglesia en la tierra se vuelve democrático hasta los tuétanos 322. Calvino declara que, en un sentido ideal, la condición más deseable se encuentra donde el mismo pueblo elige a su propio gobierno 323. Sin embargo, no piensa en la soberanía popular sino en el gobierno por la gracia de Dios. En estos términos también es necesaria cierta comunidad.

Para la concepción evangélica, la Iglesia es una institución creada para el servicio del alma individual, única con valor religioso. Según la opinión católica, por el contrario, la Iglesia, independientemente del valor que tenga para la santificación del alma individual, es una institución creada por el mismo Dios y con propio valor religioso. En la concepción católica, el Estado, que debe estar inordinado o coordinado en relación a la Iglesia, puede ser considerado como “autoridad de Dios”, recibiendo de este modo un destello del valor supraindividual de la Iglesia, pero al mismo tiempo, como Estado terreno, puede ser manejado como simple instrumento de los fines individuales de seguridad y bienestar. El catolicismo, por eso, puede conectarse, tanto a la derecha como a la izquierda, lo mismo a los partidos individualistas como a los supraindividualistas. 324

320 Según el calvinismo primero hay que mirar a Dios, y después al prójimo. Se afirma que

éste era el impulso, la mente y la costumbre espiritual que introdujo el calvinismo. Y desde este santo temor a Dios y esta posición unida ante el rostro de Dios, surgió una idea democrática más santa que se desarrolló y ganó terreno continuamente (KUYPER, “Exposiciones …” cit., pág. 18).

321 KUYPER, “Exposiciones…” cit., pág. 49. 322 KUYPER, “Exposiciones…” cit., pág. 50. 323 Íd, pág. 69. 324 RADBRUCH, Gustavo A., “Filosofía del Derecho”, 3ª. ed., Revista de Derecho Privado,

Madrid, 1952, pág. 94. A veces se hace referencia al catolicismo como un pensamiento

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a través de “pastores” cuyo nombre, si bien puede invocar el mandato dado por Jesús a San Pedro 317, indica una actitud paternalista tampoco fácil de conciliar, al menos literalmente, con el abstencionismo. Menos referida a la paternidad y a la intervención en la vida humana resulta, en principio, la terminología del Islam: el sentido de imán 318 es, por ejemplo, mucho menos comprometedor que padre o pastor. Sin embargo, como hemos señalado en el Islam la libertad del individuo desde él mismo, que concebimos como la verdadera libertad, está lejos de ser asumida.

56. El humanismo al que nos referimos requiere respetar al individuo

en su unicidad, igualdad y comunidad. Esto exige su compleja libertad. La unicidad necesita liberalismo político, la igualdad requiere democracia y la comunidad necesita “res publica” 319. La comunidad contribuye a la pro-tección de los débiles y los marginales: enfermos, ancianos, niños, desocupa-dos, etc. Cuando se la integra con la unicidad ambas pueden contribuir al respeto al elemento extranjero. En un sistema como el capitalista, que excluye lo “inútil”, los tres requerimientos, pero de modo destacado la comunidad, tienen alta significación.

La Iglesia pone más énfasis en la igualdad y la comunidad; el calvinismo se instala en una mayor necesidad de libertad para que pueda

yconversos/574/1441/articulo.php?id=9808, 20-7-2013.

317 Jn., 21, 15-19, Catholic.net, Sagrada Biblia, http://biblia.catholic.net/home.php?option =versiculo&id=1365&pagina=1, 20-7-2013.

318 Es posible c. por ej. El Imán (fe) (Ayatolá Bahonar y Beheshti), Revista Biblioteca Islámica, http://www.redislam.net/2011/08/el-iman-fe-ayatola-bahonar-y-beheshti.html# .UesX66yNBqQ, 20-7-2013 (“Cuando tenemos confianza e integridad de una persona y nos apoyamos sin vacilar en ella, decimos que esa persona posee imán. Igualmente, cuando creemos en la veracidad de algo comunicado, decimos que esa comunicación tiene imán. Si tenemos una fe firmemente fundada en un sistema intelectual o ideología y sentimos una ardiente ligazón y celo por ello, convirtiéndolo en las bases espontaneas de nuestras actividades en la vida con una perfecta tranquilidad de conciencia, fervor e inclinación, estableciendo el programa de nuestras actividades en la vida en función de ello, decimos que tenemos imán en esa ideología.”). “imán2. (Del ár. clás. imām, director [de la plegaria o de la comunidad]). 1. m. Encargado de presidir la oración canónica musulmana, poniéndose delante de los fieles para que estos le sigan en sus rezos y movimientos. 2. m. Guía, jefe o modelo espiritual o religioso, y a veces también político, en una sociedad musulmana.” (REAL ACADEMIA ESPAÑOLA, op. cit., imán, http://lema.rae.es/drae/?val=im%C3%A1n, 20-7-2013).

319 Goldschmidt se refiere a la fraternidad.

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desenvolverse directamente la relación con Dios 320. Sin embargo, para Calvino, la iglesia se encuentra en los individuos que confiesan; no en cada individuo de manera separada, sino en todos ellos juntos, y unidos 321. Por tanto, al ser todos iguales bajo Él, no puede haber ninguna distinción de rangos entre los creyentes, solo hay ministros que sirven, lideran y regulan; una forma de gobierno “presbiteriana”. El poder de la Iglesia desciende directamente de Cristo mismo, en la congregación, concentrado desde la congregación en los ministros, y por ellos administrado a los hermanos. Así, en la religión del teólogo jurista francés la soberanía de Cristo permanece absolutamente monárquica, pero el gobierno de la Iglesia en la tierra se vuelve democrático hasta los tuétanos 322. Calvino declara que, en un sentido ideal, la condición más deseable se encuentra donde el mismo pueblo elige a su propio gobierno 323. Sin embargo, no piensa en la soberanía popular sino en el gobierno por la gracia de Dios. En estos términos también es necesaria cierta comunidad.

Para la concepción evangélica, la Iglesia es una institución creada para el servicio del alma individual, única con valor religioso. Según la opinión católica, por el contrario, la Iglesia, independientemente del valor que tenga para la santificación del alma individual, es una institución creada por el mismo Dios y con propio valor religioso. En la concepción católica, el Estado, que debe estar inordinado o coordinado en relación a la Iglesia, puede ser considerado como “autoridad de Dios”, recibiendo de este modo un destello del valor supraindividual de la Iglesia, pero al mismo tiempo, como Estado terreno, puede ser manejado como simple instrumento de los fines individuales de seguridad y bienestar. El catolicismo, por eso, puede conectarse, tanto a la derecha como a la izquierda, lo mismo a los partidos individualistas como a los supraindividualistas. 324

320 Según el calvinismo primero hay que mirar a Dios, y después al prójimo. Se afirma que

éste era el impulso, la mente y la costumbre espiritual que introdujo el calvinismo. Y desde este santo temor a Dios y esta posición unida ante el rostro de Dios, surgió una idea democrática más santa que se desarrolló y ganó terreno continuamente (KUYPER, “Exposiciones …” cit., pág. 18).

321 KUYPER, “Exposiciones…” cit., pág. 49. 322 KUYPER, “Exposiciones…” cit., pág. 50. 323 Íd, pág. 69. 324 RADBRUCH, Gustavo A., “Filosofía del Derecho”, 3ª. ed., Revista de Derecho Privado,

Madrid, 1952, pág. 94. A veces se hace referencia al catolicismo como un pensamiento

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El cristianismo no sostuvo originariamente la igualdad del hombre y la mujer y el catolicismo mantiene importante desigualdad a los fines sacerdotales. El calvinismo también se inclinó a sostener la diversidad, ahora superada. Kuyper decía que finalmente el modernismo, que niega y aniquila cada diferencia, no puede descansar hasta que haya convertido a la mujer en hombre y al hombre en mujer, y poniendo toda distinción en un nivel común, mata la vida al ponerla bajo la proscripción de la uniformidad 325.

El Islam piensa en una libertad profundamente condicionada por la sujeción a Dios y por la primacía de la sociedad y no ha evolucionado por caminos de igualdad, de modo destacado entre el hombre y la mujer 326. Todavía se defiende, por ejemplo, una muy injusta desigualdad de género que en teoría no podría abandonar. El Corán reclama no mezclarse con los idólatras ni tomar como amigos aliados a los judíos ni a los cristianos 327.

Se afirma, sin embargo, que el Islam es la religión de la verdad, la justicia y la igualdad. Se sostiene la igualdad en los derechos, en los deberes y en las responsabilidades e igualdad ante la justicia y se dice que no hay preferencia entre las personas sino por la devoción y la piedad 328. En el Islam no hay afirmación de la libertad desde el individuo. Sin embargo, cabe referir y destacar la relativa tolerancia real que se tiene con judíos y cristianos como “gentes del Libro”, muy duramente criticadas pero al fin admitidas 329.

transpersonal (se puede v. GONZÁLEZ GARZA, Ana María, http://www.gonzalez garza.com/bibliografia.htm, 14-7-2013).

325 KUYPER, “Exposiciones …” cit., pág. 17. 326 GOTTSCHALK, op. cit., pág. 49. Aunque en el aspecto religioso el hombre y la mujer

están equiparados (GOTTSCHALK, op. cit., pág. 50). En cuanto a la condición de la mujer es posible v. por ej. (Corán, Parte 2, Sura “, 223 (la mujer como campo de siembra), Parte 4, Sura 4, Parte 28, Sura 65). Mahoma trató de dulcificar la esclavitud (GOTTSCHALK, op. cit., pág. 51).

327 Corán Parte 6, Sura 5, 51 (“¡Vosotros que creéis! No toméis por amigos aliados a los judíos ni a los cristianos; unos son amigos aliados de otros. Quien de vosotros los tome por amigos aliados será uno de ellos. Es cierto que Allah no guía a los injustos.”)

328 Es posible v. por ej. Oficina de Dawa en Rabwah – Riyadh, “Los conceptos de igualdad y de justicia en el Islam”, trad. Muhammad Isa Garcia, IslamHouse.com, http://www.islamhouse.com/57384/es/es/articles/Los_conceptos_de_igualdad_y_justicia_en_el_Islam, 20-7-2013.

329 GOTTSCHALK, op. cit., págs. 53/4. Se hace referencia a comunidades “protegidas”. Ver ya, al comienzo, Parte I, Sura 2, 35 y ss. Existe un permanente propósito de continuidad con la Biblia, v. por ej. Parte I, Sura 2, 87 y ss. En cuanto a la continuidad,

MIGUEL ÁNGEL CIURO CALDANI

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Cada religión reclama para sí la superioridad. Kuyper llegó a decir que no había estado demasiado audaz al reclamar para el calvinismo el honor de ser no un concepto eclesiástico, ni teológico, ni sectario, sino una de las fases principales en el desarrollo general de nuestra raza humana y entre ellas la más reciente, cuyo llamado elevado es seguir influenciando el curso futuro de la vida humana 330. Especificó su pensamiento afirmando que si el calvinismo pone nuestra entera vida humana inmediatamente ante Dios, entonces sigue que todos, hombres o mujeres, ricos o pobres, débiles o fuertes, aburridos o talentosos, como criaturas de Dios y como pecadores perdidos, no tienen ningún derecho de enseñorearse unos de los otros, y estamos como iguales ante Dios, y en consecuencia iguales de hombre a hombre. Dijo que por tanto no podemos reconocer ninguna distinción entre los hombres, aparte de aquellas que han sido impuestas por Dios mismo, en cuanto Él dio a uno autoridad sobre el otro, o enriqueció a uno con más talentos que al otro, para que el hombre con más talentos sirva al que tiene menos, y en él le sirva a su Dios. Por tanto, expuso que el calvinismo condena no solamente toda esclavitud abierta y sistemas de casta, sino también toda esclavitud encubierta de la mujer y del pobre; es opuesto a toda jerarquía entre los hombres; no tolera a ninguna aristocracia excepto aquella que sea capaz, sea en persona o en familia, por la gracia de Dios, de exhibir una superioridad para engrandecerse a sí mismo no por orgullo ambicioso, sino para invertirla en servicio de Dios.

El célebre y conflictivo pastor y político holandés dijo que el calvinismo tuvo que encontrar así su expresión en la interpretación democrática de la vida; en proclamar la libertad de las naciones; y en no descansar hasta que tanto política como socialmente cada persona, simple-mente por el hecho de ser humana, sea reconocida, respetada y tratada como una criatura creada según la semejanza de Dios. Esto no es un producto de la envidia. No es el hombre de clase baja que reduce a su superior a su propio nivel para usurpar la posición más alta, sino que son todos los hombres

cabe referir v. gr. “Y cuando se les dice: ¡Creed en lo que Allah ha hecho descender! Dicen: Creemos en lo que se nos hizo descender a nosotros antes, pero no en lo que nos ha venido después. Sin embargo esto último es la verdad que confirma lo que ya tenían. Di: ¿Por qué entonces matásteis a los profetas de Allah si érais creyentes?” (Corán, Parte I, Sura 2, 91). Dice que las Gentes del Libro tienen envidia por el Corán (Corán, Parte I, Sura 2, 109).

330 KUYPER, “Exposiciones …” cit., p 24.

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El cristianismo no sostuvo originariamente la igualdad del hombre y la mujer y el catolicismo mantiene importante desigualdad a los fines sacerdotales. El calvinismo también se inclinó a sostener la diversidad, ahora superada. Kuyper decía que finalmente el modernismo, que niega y aniquila cada diferencia, no puede descansar hasta que haya convertido a la mujer en hombre y al hombre en mujer, y poniendo toda distinción en un nivel común, mata la vida al ponerla bajo la proscripción de la uniformidad 325.

El Islam piensa en una libertad profundamente condicionada por la sujeción a Dios y por la primacía de la sociedad y no ha evolucionado por caminos de igualdad, de modo destacado entre el hombre y la mujer 326. Todavía se defiende, por ejemplo, una muy injusta desigualdad de género que en teoría no podría abandonar. El Corán reclama no mezclarse con los idólatras ni tomar como amigos aliados a los judíos ni a los cristianos 327.

Se afirma, sin embargo, que el Islam es la religión de la verdad, la justicia y la igualdad. Se sostiene la igualdad en los derechos, en los deberes y en las responsabilidades e igualdad ante la justicia y se dice que no hay preferencia entre las personas sino por la devoción y la piedad 328. En el Islam no hay afirmación de la libertad desde el individuo. Sin embargo, cabe referir y destacar la relativa tolerancia real que se tiene con judíos y cristianos como “gentes del Libro”, muy duramente criticadas pero al fin admitidas 329.

transpersonal (se puede v. GONZÁLEZ GARZA, Ana María, http://www.gonzalez garza.com/bibliografia.htm, 14-7-2013).

325 KUYPER, “Exposiciones …” cit., pág. 17. 326 GOTTSCHALK, op. cit., pág. 49. Aunque en el aspecto religioso el hombre y la mujer

están equiparados (GOTTSCHALK, op. cit., pág. 50). En cuanto a la condición de la mujer es posible v. por ej. (Corán, Parte 2, Sura “, 223 (la mujer como campo de siembra), Parte 4, Sura 4, Parte 28, Sura 65). Mahoma trató de dulcificar la esclavitud (GOTTSCHALK, op. cit., pág. 51).

327 Corán Parte 6, Sura 5, 51 (“¡Vosotros que creéis! No toméis por amigos aliados a los judíos ni a los cristianos; unos son amigos aliados de otros. Quien de vosotros los tome por amigos aliados será uno de ellos. Es cierto que Allah no guía a los injustos.”)

328 Es posible v. por ej. Oficina de Dawa en Rabwah – Riyadh, “Los conceptos de igualdad y de justicia en el Islam”, trad. Muhammad Isa Garcia, IslamHouse.com, http://www.islamhouse.com/57384/es/es/articles/Los_conceptos_de_igualdad_y_justicia_en_el_Islam, 20-7-2013.

329 GOTTSCHALK, op. cit., págs. 53/4. Se hace referencia a comunidades “protegidas”. Ver ya, al comienzo, Parte I, Sura 2, 35 y ss. Existe un permanente propósito de continuidad con la Biblia, v. por ej. Parte I, Sura 2, 87 y ss. En cuanto a la continuidad,

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Cada religión reclama para sí la superioridad. Kuyper llegó a decir que no había estado demasiado audaz al reclamar para el calvinismo el honor de ser no un concepto eclesiástico, ni teológico, ni sectario, sino una de las fases principales en el desarrollo general de nuestra raza humana y entre ellas la más reciente, cuyo llamado elevado es seguir influenciando el curso futuro de la vida humana 330. Especificó su pensamiento afirmando que si el calvinismo pone nuestra entera vida humana inmediatamente ante Dios, entonces sigue que todos, hombres o mujeres, ricos o pobres, débiles o fuertes, aburridos o talentosos, como criaturas de Dios y como pecadores perdidos, no tienen ningún derecho de enseñorearse unos de los otros, y estamos como iguales ante Dios, y en consecuencia iguales de hombre a hombre. Dijo que por tanto no podemos reconocer ninguna distinción entre los hombres, aparte de aquellas que han sido impuestas por Dios mismo, en cuanto Él dio a uno autoridad sobre el otro, o enriqueció a uno con más talentos que al otro, para que el hombre con más talentos sirva al que tiene menos, y en él le sirva a su Dios. Por tanto, expuso que el calvinismo condena no solamente toda esclavitud abierta y sistemas de casta, sino también toda esclavitud encubierta de la mujer y del pobre; es opuesto a toda jerarquía entre los hombres; no tolera a ninguna aristocracia excepto aquella que sea capaz, sea en persona o en familia, por la gracia de Dios, de exhibir una superioridad para engrandecerse a sí mismo no por orgullo ambicioso, sino para invertirla en servicio de Dios.

El célebre y conflictivo pastor y político holandés dijo que el calvinismo tuvo que encontrar así su expresión en la interpretación democrática de la vida; en proclamar la libertad de las naciones; y en no descansar hasta que tanto política como socialmente cada persona, simple-mente por el hecho de ser humana, sea reconocida, respetada y tratada como una criatura creada según la semejanza de Dios. Esto no es un producto de la envidia. No es el hombre de clase baja que reduce a su superior a su propio nivel para usurpar la posición más alta, sino que son todos los hombres

cabe referir v. gr. “Y cuando se les dice: ¡Creed en lo que Allah ha hecho descender! Dicen: Creemos en lo que se nos hizo descender a nosotros antes, pero no en lo que nos ha venido después. Sin embargo esto último es la verdad que confirma lo que ya tenían. Di: ¿Por qué entonces matásteis a los profetas de Allah si érais creyentes?” (Corán, Parte I, Sura 2, 91). Dice que las Gentes del Libro tienen envidia por el Corán (Corán, Parte I, Sura 2, 109).

330 KUYPER, “Exposiciones …” cit., p 24.

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arrodillados juntamente a los pies del Santo de Israel 331. El individuo es el centro de la concepción social calvinista y esta centralidad tuvo importantes consecuencias en la modernidad.

57. Para que se cumplan los principios supremos de la santidad y la

justicia es necesario amparar al individuo contra todas las amenazas, en el primer caso para que se refiera a Dios, en el segundo para que se desarrolle plenamente. Las amenazas pueden provenir de los demás individuos como tales y como régimen, de sí mismos y de todo “lo demás” (enfermedad, miseria, ignorancia, soledad, desempleo, etc.). El resguardo contra los demás como régimen se encamina con las divisiones del poder y las declaraciones y garantías de los derechos humanos. También abarca el resguardo de minorías. Sin desconocer el amparo respecto del régimen, sobre todo cuando no es católico, la Iglesia pone especial énfasis en la protección contra los demás y lo demás y de cierto modo en cuanto al propio individuo. La Doctrina Social es un gran desarrollo en este sentido 332. El Islam adopta enfoques semejantes, aunque los sentidos de la protección respecto de los demás individuos es diversa, v. gr., en cuanto se refiere a las mencionadas condiciones de género. Los instrumentos de protección del Islam contra los demás individuos continúan utilizando una crueldad en cierta medida sorprendente.

El calvinismo se preocupa de modo destacado del amparo del individuo respecto de los demás y del régimen. Con esto entendemos que en un sentido calvinista la familia, los negocios, la ciencia, las artes etc. son todas esferas sociales, que no deben su existencia al Estado, y que no derivan la ley de su vida de la superioridad del Estado, sino que obedecen a una autoridad superior dentro de su propio seno; una autoridad que gobierna, por la gracia de Dios, igual como lo hace la soberanía del Estado 333. El calvinismo considera que una nación que entrega a la soberanía del Estado los derechos sobre la familia, o una universidad que le entrega los derechos sobre la ciencia, son igualmente culpables ante Dios como una nación que se

331 Íd, págs. 17/8. 332 Se puede v. por ej. Derechos humanos y Doctrina Social de la Iglesia, Catholic.net,

http://es.catholic.net/abogadoscatolicos/759/2712/articulo.php?id=41777, 27-7-2013. 333 KUYPER, “Exposiciones …” cit., págs. 74/5.

MIGUEL ÁNGEL CIURO CALDANI

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levanta contra la autoridad del gobierno 334. Y por tanto, la lucha por la libertad no sólo es permisible, sino es incluso un deber para cada individuo en su propia esfera 335. Según Kuyper, el calvinismo generó la idea fundamental de la ley pública constitucional 336, sostuvo la conveniencia de una Iglesia y un Estado libres 337 y la soberanía de la conciencia solamente sujeta a Dios Todopoderoso (aunque deja a salvo que esté adormecida en pueblos no desarrollados) 338. Reconoció, sin embargo, que Calvino exigió la intervención del gobierno en cuestiones religiosas 339. Esto impone al gobierno una doble obligación: en primer lugar, tiene que hacer que la iglesia respete esa libertad de la conciencia, y en segundo lugar, el mismo gobierno tiene que dar lugar a la conciencia soberana 340.

Aunque no fuera calvinista, la idea de Dios de Locke, fundador de la idea de división de poderes y el liberalismo político, lo aproxima a la posición del teólogo francés; la religión resulta un asunto privado que no afecta a las relaciones humanas 341. Vale no descartar que Locke vivió largo tiempo en Holanda y fue el ideólogo que justificó la Revolución de 1688, donde se coronó a María y su esposo el estatúder de Holanda por entonces calvinista Guillermo III. La Revolución es atribuida a una alianza anglicano-calvinista. 342

334 Según Kuyper Un doctorado no podría recibir su significado de la opinión pública, ni del

consentimiento papal, ni de una ordenanza eclesiástica, sino solamente del carácter científico de la institución. (KUYPER, “Exposiciones …” cit., págs. 106/7).

335 KUYPER, “Exposiciones …” cit., pág. 82. 336 Íd., pág. 78. 337 Íd., pág. 82. 338 Íd., pág. 89. 339 Íd., pág. 83. 340 Íd., pág. 90. 341 Es importante, no obstante, atender a las enseñanzas sobre la libertad que se acuñaron, a

veces con gran resistencia dentro del propio catolicismo, referidas a la soberanía popular y al derecho de deponer e incluso matar al tirano (recordar, por ejemplo, a los jesuitas Luis de Molina, Juan de Mariana, Francisco Suárez, etc.).

342 Se puede v. Chapter X , Of our Knowledge of the Existence of a God, http://enligh tenment.supersaturated.com/johnlocke/BOOKIVChapterX.html, 21-6-2013, asimismo http://enlightenment.supersaturated.com/johnlocke/longcontents.html, 21-6-2013; MACLEOD, Donald, “The influence of Calvinism on politics”, TS, Theology in Scotland, XVI, 2, https://www.st-andrews.ac.uk/media/school-of-divinity/documents/ theologyinscotland/T-i-S%20sample.pdf, 21-6-2013).

ISSN 2314-128X

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arrodillados juntamente a los pies del Santo de Israel 331. El individuo es el centro de la concepción social calvinista y esta centralidad tuvo importantes consecuencias en la modernidad.

57. Para que se cumplan los principios supremos de la santidad y la

justicia es necesario amparar al individuo contra todas las amenazas, en el primer caso para que se refiera a Dios, en el segundo para que se desarrolle plenamente. Las amenazas pueden provenir de los demás individuos como tales y como régimen, de sí mismos y de todo “lo demás” (enfermedad, miseria, ignorancia, soledad, desempleo, etc.). El resguardo contra los demás como régimen se encamina con las divisiones del poder y las declaraciones y garantías de los derechos humanos. También abarca el resguardo de minorías. Sin desconocer el amparo respecto del régimen, sobre todo cuando no es católico, la Iglesia pone especial énfasis en la protección contra los demás y lo demás y de cierto modo en cuanto al propio individuo. La Doctrina Social es un gran desarrollo en este sentido 332. El Islam adopta enfoques semejantes, aunque los sentidos de la protección respecto de los demás individuos es diversa, v. gr., en cuanto se refiere a las mencionadas condiciones de género. Los instrumentos de protección del Islam contra los demás individuos continúan utilizando una crueldad en cierta medida sorprendente.

El calvinismo se preocupa de modo destacado del amparo del individuo respecto de los demás y del régimen. Con esto entendemos que en un sentido calvinista la familia, los negocios, la ciencia, las artes etc. son todas esferas sociales, que no deben su existencia al Estado, y que no derivan la ley de su vida de la superioridad del Estado, sino que obedecen a una autoridad superior dentro de su propio seno; una autoridad que gobierna, por la gracia de Dios, igual como lo hace la soberanía del Estado 333. El calvinismo considera que una nación que entrega a la soberanía del Estado los derechos sobre la familia, o una universidad que le entrega los derechos sobre la ciencia, son igualmente culpables ante Dios como una nación que se

331 Íd, págs. 17/8. 332 Se puede v. por ej. Derechos humanos y Doctrina Social de la Iglesia, Catholic.net,

http://es.catholic.net/abogadoscatolicos/759/2712/articulo.php?id=41777, 27-7-2013. 333 KUYPER, “Exposiciones …” cit., págs. 74/5.

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levanta contra la autoridad del gobierno 334. Y por tanto, la lucha por la libertad no sólo es permisible, sino es incluso un deber para cada individuo en su propia esfera 335. Según Kuyper, el calvinismo generó la idea fundamental de la ley pública constitucional 336, sostuvo la conveniencia de una Iglesia y un Estado libres 337 y la soberanía de la conciencia solamente sujeta a Dios Todopoderoso (aunque deja a salvo que esté adormecida en pueblos no desarrollados) 338. Reconoció, sin embargo, que Calvino exigió la intervención del gobierno en cuestiones religiosas 339. Esto impone al gobierno una doble obligación: en primer lugar, tiene que hacer que la iglesia respete esa libertad de la conciencia, y en segundo lugar, el mismo gobierno tiene que dar lugar a la conciencia soberana 340.

Aunque no fuera calvinista, la idea de Dios de Locke, fundador de la idea de división de poderes y el liberalismo político, lo aproxima a la posición del teólogo francés; la religión resulta un asunto privado que no afecta a las relaciones humanas 341. Vale no descartar que Locke vivió largo tiempo en Holanda y fue el ideólogo que justificó la Revolución de 1688, donde se coronó a María y su esposo el estatúder de Holanda por entonces calvinista Guillermo III. La Revolución es atribuida a una alianza anglicano-calvinista. 342

334 Según Kuyper Un doctorado no podría recibir su significado de la opinión pública, ni del

consentimiento papal, ni de una ordenanza eclesiástica, sino solamente del carácter científico de la institución. (KUYPER, “Exposiciones …” cit., págs. 106/7).

335 KUYPER, “Exposiciones …” cit., pág. 82. 336 Íd., pág. 78. 337 Íd., pág. 82. 338 Íd., pág. 89. 339 Íd., pág. 83. 340 Íd., pág. 90. 341 Es importante, no obstante, atender a las enseñanzas sobre la libertad que se acuñaron, a

veces con gran resistencia dentro del propio catolicismo, referidas a la soberanía popular y al derecho de deponer e incluso matar al tirano (recordar, por ejemplo, a los jesuitas Luis de Molina, Juan de Mariana, Francisco Suárez, etc.).

342 Se puede v. Chapter X , Of our Knowledge of the Existence of a God, http://enligh tenment.supersaturated.com/johnlocke/BOOKIVChapterX.html, 21-6-2013, asimismo http://enlightenment.supersaturated.com/johnlocke/longcontents.html, 21-6-2013; MACLEOD, Donald, “The influence of Calvinism on politics”, TS, Theology in Scotland, XVI, 2, https://www.st-andrews.ac.uk/media/school-of-divinity/documents/ theologyinscotland/T-i-S%20sample.pdf, 21-6-2013).

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El calvinismo reconoce diversas esferas sociales de legitimación 343. El Estado y la religión tienen los propios. En concepción del teólogo holandés el parlamento debe ser una defensa unida, mejor que la resistencia individual, para simplificar la construcción y operación de las instituciones del Estado y para acelerar sus funciones 344. La organización sostenida por el calvinismo es de carácter confederal.

Según el calvinismo el hombre necesita regeneración, pero ésta sólo es brindada por Dios a los que predestina en ese sentido. En una perspectiva generalizada, el amparo contra lo demás sería más propio de cada individuo. Sin embargo en el mismo año de la Encíclica Rerum Novarum, 1891, en un Congreso Social Cristiano Kuyper hizo un fuerte llamado a considerar la situación de los pobres 345. Kuyper no era socialista, pero evidenció también una importante preocupación por la cuestión social.

2. Las especificidades jurídicas

58. Según la propuesta del integrativismo tridimensionalista de la teoría trialista del mundo jurídico, todo el Derecho se construye con repartos captados por normas y valorados por un complejo de valores culminante en la justicia, pero tiene especificidades materiales, espaciales, temporales y personales. Las proyecciones del mundo religioso en el mundo jurídico se producen en estos cuatro despliegues.

Las especificidades materiales constituyen principalmente ramas, algunas más tradicionales, como el Derecho Constitucional, el Derecho Administrativo, el Derecho Penal, el Derecho Procesal, el Derecho Civil, el Derecho Comercial, el Derecho del Trabajo, el Derecho Internacional, etc. y otras más nuevas, generalmente impulsadas en mayor medida por necesidades de los derechos humanos, como el Derecho de la Salud y el Bioderecho, el Derecho de la Ciencia y la Técnica, el Derecho del Arte, el Derecho de Menores, el Derecho de la Ancianidad, el Derecho Ambiental, el

343 V. por ej. KUYPER, “Exposiciones …” cit., pág.80. 344 Íd., cit., pág. 81. 345 Es posible v. SVENSSON, Manfred, “El papa Francisco, el calvinismo y la pobreza”,

Chile B, publicado el 4 de junio de 2013, http://www.chileb.cl/perspectiva/el-papa-francisco-el-calvinismo-y-la-pobreza/, 21-7-2013.

MIGUEL ÁNGEL CIURO CALDANI

250

Derecho de la Educación, etc. 346 Las religiones influyen de maneras diferenciadas en todas estas ramas. En general las tres orientaciones que nos ocupan han influido de maneras particularmente intensas en el Derecho de Familia y de cierto modo en el Derecho Penal, pero el Islam, dotado de un Libro religioso y jurídico, tiene muy fuerte presencia en todas las ramas, a veces con soluciones bastante diferenciadas de las “occidentales”. El catolicismo tuvo gran participación en la fundación real de la ciencia del Derecho Internacional Público 347. El calvinismo posee más proyección en el Derecho Comercial y el catolicismo suele influir más en el Derecho de la Asistencia Social, el Derecho del Trabajo, etc. El Corán es de cierto modo incluso una “constitución” de los países donde se lo sigue.

Las particularidades espaciales vinculan más al calvinismo con el despliegue de la juridicidad capitalista, que alcanza proyecciones de globalización/marginación y, en cambio, relacionan al catolicismo y al Islam con alcances jurídicos planetarios más concretos, de maneras respectivas con mayor o menor convivencia con los Estados. El Islam tiende a absorber la estatalidad.

Las especificidades temporales muestran al catolicismo y al Islam más vinculados a la juridicidad de la Edad Media (Edad de la Fe), en tanto el calvinismo se relaciona más con la juridicidad de las edades Moderna y Contemporánea y la posmodernidad, al punto que, más allá de las diferencias con la Ilustración 348, se lo considera promotor no sólo del capitalismo sino del reconocimiento moderno y contemporáneo de los derechos individuales.

Las particularidades personales plantean al catolicismo e incluso al Islam con afinidades de las juridicidades de “nosotros”, en tanto el calvinismo posee un sentido de juridicidad de “nosotros” menos intenso.

346 Se puede ampliar en nuestro artículo “Nuevas ramas jurídicas en un mundo nuevo”, en

“La Ley”, 2011-A, págs. 841 y ss. 347 GER, Canal Social, Derecho Internacional Público. Escuela Española del Siglo XVI,

http://www.canalsocial.net/GER/ficha_GER.asp?id=4839, 27-7-2013. 348 Kuyper presentó al “Calvinismo” como la única defensa decisiva, legal y consistente

para las naciones protestantes en contra del modernismo penetrante y abrumador (KUYPER, “Exposiciones …” cit., pág. 4).

ISSN 2314-128X

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El calvinismo reconoce diversas esferas sociales de legitimación 343. El Estado y la religión tienen los propios. En concepción del teólogo holandés el parlamento debe ser una defensa unida, mejor que la resistencia individual, para simplificar la construcción y operación de las instituciones del Estado y para acelerar sus funciones 344. La organización sostenida por el calvinismo es de carácter confederal.

Según el calvinismo el hombre necesita regeneración, pero ésta sólo es brindada por Dios a los que predestina en ese sentido. En una perspectiva generalizada, el amparo contra lo demás sería más propio de cada individuo. Sin embargo en el mismo año de la Encíclica Rerum Novarum, 1891, en un Congreso Social Cristiano Kuyper hizo un fuerte llamado a considerar la situación de los pobres 345. Kuyper no era socialista, pero evidenció también una importante preocupación por la cuestión social.

2. Las especificidades jurídicas

58. Según la propuesta del integrativismo tridimensionalista de la teoría trialista del mundo jurídico, todo el Derecho se construye con repartos captados por normas y valorados por un complejo de valores culminante en la justicia, pero tiene especificidades materiales, espaciales, temporales y personales. Las proyecciones del mundo religioso en el mundo jurídico se producen en estos cuatro despliegues.

Las especificidades materiales constituyen principalmente ramas, algunas más tradicionales, como el Derecho Constitucional, el Derecho Administrativo, el Derecho Penal, el Derecho Procesal, el Derecho Civil, el Derecho Comercial, el Derecho del Trabajo, el Derecho Internacional, etc. y otras más nuevas, generalmente impulsadas en mayor medida por necesidades de los derechos humanos, como el Derecho de la Salud y el Bioderecho, el Derecho de la Ciencia y la Técnica, el Derecho del Arte, el Derecho de Menores, el Derecho de la Ancianidad, el Derecho Ambiental, el

343 V. por ej. KUYPER, “Exposiciones …” cit., pág.80. 344 Íd., cit., pág. 81. 345 Es posible v. SVENSSON, Manfred, “El papa Francisco, el calvinismo y la pobreza”,

Chile B, publicado el 4 de junio de 2013, http://www.chileb.cl/perspectiva/el-papa-francisco-el-calvinismo-y-la-pobreza/, 21-7-2013.

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Derecho de la Educación, etc. 346 Las religiones influyen de maneras diferenciadas en todas estas ramas. En general las tres orientaciones que nos ocupan han influido de maneras particularmente intensas en el Derecho de Familia y de cierto modo en el Derecho Penal, pero el Islam, dotado de un Libro religioso y jurídico, tiene muy fuerte presencia en todas las ramas, a veces con soluciones bastante diferenciadas de las “occidentales”. El catolicismo tuvo gran participación en la fundación real de la ciencia del Derecho Internacional Público 347. El calvinismo posee más proyección en el Derecho Comercial y el catolicismo suele influir más en el Derecho de la Asistencia Social, el Derecho del Trabajo, etc. El Corán es de cierto modo incluso una “constitución” de los países donde se lo sigue.

Las particularidades espaciales vinculan más al calvinismo con el despliegue de la juridicidad capitalista, que alcanza proyecciones de globalización/marginación y, en cambio, relacionan al catolicismo y al Islam con alcances jurídicos planetarios más concretos, de maneras respectivas con mayor o menor convivencia con los Estados. El Islam tiende a absorber la estatalidad.

Las especificidades temporales muestran al catolicismo y al Islam más vinculados a la juridicidad de la Edad Media (Edad de la Fe), en tanto el calvinismo se relaciona más con la juridicidad de las edades Moderna y Contemporánea y la posmodernidad, al punto que, más allá de las diferencias con la Ilustración 348, se lo considera promotor no sólo del capitalismo sino del reconocimiento moderno y contemporáneo de los derechos individuales.

Las particularidades personales plantean al catolicismo e incluso al Islam con afinidades de las juridicidades de “nosotros”, en tanto el calvinismo posee un sentido de juridicidad de “nosotros” menos intenso.

346 Se puede ampliar en nuestro artículo “Nuevas ramas jurídicas en un mundo nuevo”, en

“La Ley”, 2011-A, págs. 841 y ss. 347 GER, Canal Social, Derecho Internacional Público. Escuela Española del Siglo XVI,

http://www.canalsocial.net/GER/ficha_GER.asp?id=4839, 27-7-2013. 348 Kuyper presentó al “Calvinismo” como la única defensa decisiva, legal y consistente

para las naciones protestantes en contra del modernismo penetrante y abrumador (KUYPER, “Exposiciones …” cit., pág. 4).

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251

III. Presencia del mundo religioso en el horizonte político del mundo jurídico

59. La propuesta de construcción del integrativismo tridimensiona-lista de la teoría trialista del mundo jurídico tal como la presentamos tiene en su horizonte una construcción integrativista tridimensionalista del mundo político. El mundo político abarca en este caso actos de coexistencia captados por normas y valorados por el complejo de valores de convivencia 349. Desde una perspectiva más dinámica, cabe considerar en el objeto político la actividad vinculada al aprovechamiento de las oportunidades de realizar actos de coexistencia captada por normas y valorada por el complejo de valores de convivencia. El mundo político tiene también especificidades materiales, espaciales, temporales y personales.

Las especificidades materiales forman ramas identificables por valores propios o enfoques diversificados del complejo de valores de convivencia. Cabe referirse así a la política sanitaria (valor salud), la política económica (utilidad), la política científica (verdad), la política artística (belleza), la política jurídica (justicia), la política educacional (despliegue de los valores en general), la política de seguridad (fraccionamiento de los valores en general), la política cultural (complejo de los valores), etc. Las religiones y su juridicidad se inscriben principalmente en el marco de la política religiosa y la política jurídica, pero están presentes en todo el complejo. Es importante, v. gr., la presencia en la política educacional. El catolicismo ha efectuado importantes aportes que trata la política artística; el calvinismo ha realizado contribuciones que hacen más a la política económica y tal vez la fuerte religiosidad islámica nos impresione más cercana a la política de seguridad.

IV. Ideas finales

60. Nada de lo dicho en este documento tiene que ser entendido como

349 La convivencia es la coexistencia valiosa. Acerca del mundo político es posible ampliar

en “Derecho y política” cit.

MIGUEL ÁNGEL CIURO CALDANI

252

adhesión a ninguna de estas religiones, ni a ninguna otra 350. Sin embargo, atender a los rasgos religiosos puede contribuir a la identificación de las personas y las culturas y aportar al diálogo intercultural e interreligioso 351, en este caso sobre todo desde la perspectiva jurídica 352. Hay que encontrar los alcances, la dinámica y las situaciones -de cierto modo el “análisis jurídico”- de las personas y las culturas, también desde las perspectivas religiosas del Derecho 353, con miras a su mejor realización individual y colectiva.

Esta consideración puede radicalizar las diferencias, pero a su vez aportar al hallazgo de denominadores comunes. Entre otros beneficios está que es una senda para evitar que se empleen “desviadamente” las diferencias religiosas para encubrir intereses y violencias que casi nada tienen que ver con ellas. Es un camino transitable para la superación de la globalización/ marginación en la universalización superadora de las particularidades.

El estudio de las Religiones Comparadas contribuye al estudio del Derecho Comparado y del Derecho en general. Desde nuestro punto de vista, es especialmente importante que se los compare para comprender más que para preferir 354.

61. Pese a la común referencia a la raíz judeocristiana, el catolicismo

y el calvinismo presentan importantes diferencias, sobre todo en la inserción temporal, que permiten considerarlas “religiosidades” e incluso “religiones” diversas. En el campo de la religiosidad de nuestro tiempo, las tres religiones consideradas poseen protagonismo quizás especialmente importante y tienen

350 En nuestro carácter de agnóstico, creemos que tal vez haya alguna divinidad, pero de

carácter cósmico, que excede a los límites de esas formalizaciones humanas. 351 Es posible v. por ej. Ecumenismo y diálogo interreligioso, Catholic.net, www.rosario.

org.mx, ¿Qué es el ecumenismo?, http://es.catholic.net/ecumenismoydialogointer religioso/787/2608/articulo.php?id=25923, 28-7-2013.

352 Cada persona vive en una posición cultural, influida con diversos grados de conciencia por la religiosidad, y desde allí tiene que intentar comprenderse a sí misma y a los demás.

353 También vale hacer estudios análogos en relación con las orientaciones filosóficas (con especial interés filosófico-jurídicas “mayores”), las ciencias, los estilos artísticos, los movimientos culturales, etc. (en cuanto a los “movimientos espirituales” que pueden relacionarse con el Derecho, cabe referir por ej. GONZÁLEZ PORTO-BOMPIANI, “Diccionario Literario”, 2ª. ed., t. I, Barcelona, Montaner y Simón, 1967).

354 Es posible ampliar en nuestro trabajo "Filosofía y método del Derecho Comparado", "La Ley", t. 1989-C, págs. 1080 y ss.

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III. Presencia del mundo religioso en el horizonte político del mundo jurídico

59. La propuesta de construcción del integrativismo tridimensiona-lista de la teoría trialista del mundo jurídico tal como la presentamos tiene en su horizonte una construcción integrativista tridimensionalista del mundo político. El mundo político abarca en este caso actos de coexistencia captados por normas y valorados por el complejo de valores de convivencia 349. Desde una perspectiva más dinámica, cabe considerar en el objeto político la actividad vinculada al aprovechamiento de las oportunidades de realizar actos de coexistencia captada por normas y valorada por el complejo de valores de convivencia. El mundo político tiene también especificidades materiales, espaciales, temporales y personales.

Las especificidades materiales forman ramas identificables por valores propios o enfoques diversificados del complejo de valores de convivencia. Cabe referirse así a la política sanitaria (valor salud), la política económica (utilidad), la política científica (verdad), la política artística (belleza), la política jurídica (justicia), la política educacional (despliegue de los valores en general), la política de seguridad (fraccionamiento de los valores en general), la política cultural (complejo de los valores), etc. Las religiones y su juridicidad se inscriben principalmente en el marco de la política religiosa y la política jurídica, pero están presentes en todo el complejo. Es importante, v. gr., la presencia en la política educacional. El catolicismo ha efectuado importantes aportes que trata la política artística; el calvinismo ha realizado contribuciones que hacen más a la política económica y tal vez la fuerte religiosidad islámica nos impresione más cercana a la política de seguridad.

IV. Ideas finales

60. Nada de lo dicho en este documento tiene que ser entendido como

349 La convivencia es la coexistencia valiosa. Acerca del mundo político es posible ampliar

en “Derecho y política” cit.

MIGUEL ÁNGEL CIURO CALDANI

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adhesión a ninguna de estas religiones, ni a ninguna otra 350. Sin embargo, atender a los rasgos religiosos puede contribuir a la identificación de las personas y las culturas y aportar al diálogo intercultural e interreligioso 351, en este caso sobre todo desde la perspectiva jurídica 352. Hay que encontrar los alcances, la dinámica y las situaciones -de cierto modo el “análisis jurídico”- de las personas y las culturas, también desde las perspectivas religiosas del Derecho 353, con miras a su mejor realización individual y colectiva.

Esta consideración puede radicalizar las diferencias, pero a su vez aportar al hallazgo de denominadores comunes. Entre otros beneficios está que es una senda para evitar que se empleen “desviadamente” las diferencias religiosas para encubrir intereses y violencias que casi nada tienen que ver con ellas. Es un camino transitable para la superación de la globalización/ marginación en la universalización superadora de las particularidades.

El estudio de las Religiones Comparadas contribuye al estudio del Derecho Comparado y del Derecho en general. Desde nuestro punto de vista, es especialmente importante que se los compare para comprender más que para preferir 354.

61. Pese a la común referencia a la raíz judeocristiana, el catolicismo

y el calvinismo presentan importantes diferencias, sobre todo en la inserción temporal, que permiten considerarlas “religiosidades” e incluso “religiones” diversas. En el campo de la religiosidad de nuestro tiempo, las tres religiones consideradas poseen protagonismo quizás especialmente importante y tienen

350 En nuestro carácter de agnóstico, creemos que tal vez haya alguna divinidad, pero de

carácter cósmico, que excede a los límites de esas formalizaciones humanas. 351 Es posible v. por ej. Ecumenismo y diálogo interreligioso, Catholic.net, www.rosario.

org.mx, ¿Qué es el ecumenismo?, http://es.catholic.net/ecumenismoydialogointer religioso/787/2608/articulo.php?id=25923, 28-7-2013.

352 Cada persona vive en una posición cultural, influida con diversos grados de conciencia por la religiosidad, y desde allí tiene que intentar comprenderse a sí misma y a los demás.

353 También vale hacer estudios análogos en relación con las orientaciones filosóficas (con especial interés filosófico-jurídicas “mayores”), las ciencias, los estilos artísticos, los movimientos culturales, etc. (en cuanto a los “movimientos espirituales” que pueden relacionarse con el Derecho, cabe referir por ej. GONZÁLEZ PORTO-BOMPIANI, “Diccionario Literario”, 2ª. ed., t. I, Barcelona, Montaner y Simón, 1967).

354 Es posible ampliar en nuestro trabajo "Filosofía y método del Derecho Comparado", "La Ley", t. 1989-C, págs. 1080 y ss.

ISSN 2314-128X

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relevantes relaciones con la juridicidad. La juridicidad de una cultura más dominada por el catolicismo, el

Islam o el calvinismo tiene múltiples sentidos diferentes, en cuanto a las dimensiones jurídicas, el complejo de ramas, etc. Sin entrar al debate con el marxismo, cabe señalar que, atendiendo a las fuentes consideradas, es clara la influencia del calvinismo en la formación de la economía y la juridicidad moderna.

En algunos aspectos como el de la creencia en la predestinación, el calvinismo y el Islam tienen afinidades relevantes, que jerarquizan el éxito en la vida e incluso el esfuerzo para lograrlo, pero en el calvinismo este éxito está referido a los negocios, de modo que es en este sentido que se enlaza una relación importante con el capitalismo. La predestinación sacraliza el éxito, en el calvinismo es el éxito en sociedades burguesas.

En Europa las diferencias entre el catolicismo y el calvinismo (de cierto modo en general el protestantismo) contribuyen a explicar la diversa adaptación capitalista evidenciada en la crisis del euro. Los países católicos pudieron responder menos a los desafíos capitalistas; los sentidos protestantes y sobre todo calvinistas no pudieron hacer frente de manera debida a las exigencias de solidaridad en un destino común que la moneda común requería. Tal vez, sin embargo, la radicalización financiera corresponda a una crisis de la eticidad protestante tradicional. La comprensión religiosa e interreligiosa puede favorecer el diálogo en los despliegues migratorios que a menudo hacen tensas las realidades europeas.

En países como la Argentina, el sector hispánico tradicional se rela-ciona más con el catolicismo, incluso con alguna presencia no reconocida islámica y el sector anglofrancés se vincula más con el capitalismo. Comprender estas afinidades puede ayudar a superar las tensiones que a menudo diferencian de manera muy radicalizada a los dos sectores.

Al menos hasta ahora, la influencia calvinista ha permitido más afinidad con el sistema económico y en general cultural dominante. Es relevante el interrogante acerca de la religiosidad en la cultura de la nueva era que nos toca comenzar.

MIGUEL ANGEL CIURO CALDANI (**)

(**) Profesor titular de la Universidad Nacional de Rosario. Profesor emérito de la

Universidad de Buenos Aires ([email protected])

MIGUEL ÁNGEL CIURO CALDANI

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ANEXOS

1

Acerca del catolicismo pueden v. por ej.: “La Sagrada Biblia”, trad. Félix Torres Amat, México, Cluter, 1965; El Libro del Pueblo de Dios. La Biblia, http://www.vatican.va/ archive/ESL0506/_INDEX.HTM, 18-3-2013; “Nuevo Testamento”, Madrid, Paulinas, 1977; Catholic.net, http://es.catholic.net/, http://www.es.catholic.net/empresarioscatolicos/436/ 933/articulo.php?id=44165, 18-3-2013; Siervas de los Corazones Traspasados de Jesús y María, http://www.corazones.org/, 16-4-2013; Directorios Católicos, http://www.iglesia.cl/ parroquiavirtual/dir_catolico.html, 21-4-2013; Lista de Dogmas Católicos, http://www.lux domini.com/_ap/contenido1/dogmaindex.htm, 16-4-2013; PONTIFICIO CONSEJO « JUS-TICIA Y PAZ », COMPENDIO DE LA DOCTRINA SOCIAL DE LA IGLESIA, http://www.vatican.va/roman_curia/pontifical_councils/justpeace/documents/rc_pc_justpeace _doc_20060526_compendio-dott-soc_sp.html, 14-3-2013; Código de Derecho Canónico, http://www.vatican.va/archive/ESL0020/_INDEX.HTM, 14-3-2013; Documentos del Concilio Vaticano II, http://www.vatican.va/archive/hist_councils/ii_vatican_council/index_sp.htm, 14-3-2013; La Verdad Católica, http://laverdadcatolica.org/LaDoctrinaCatolica.htm, 18-3-2013; San Basilio Magno (Basilio el Grande), http://www.corazones.org/santos/basilio.htm, 14-3-2013; Misioneros del Sagrado Corazón Perú, Teología de la Iglesia Católica, http://www.mscperu.org/teologia/1teologiaIndex.htm, 13-7-2013; Catholic Theological Society of America, http://www.ctsa-online.org/, 13-7-2013; “Temas de Debate” por Joseph Ratzinger, trad. Joan Parra, lanación.com, http://www.lanacion.com.ar/704221-por-joseph-ratzinger, 13-7-2013; “Diálogo entre la razón y la fe. El Papa Benedicto XVI y el filósofo Habermas discuten dos visiones para abordar el mundo”, lanacion.com, http://www.la nacion.com.ar/704223-dialogo-entre-la-razon-y-la-fe, 13-7-2013; KÜNG, Hans, “Credo. El símbolo de los Apóstoles explicado al hombre de nuestro tiempo”, trad. Carmen Gauger, Madrid, Trotta, 1994.

San Agustín y Santo Tomás de Aquino, con más referencia a la fe o a la razón, constituyen las líneas básicas del pensamiento cristiano, de cierto modo al menos del pensamiento católico. En tanto San Agustín resultó más próximo al calvinismo, Santo Tomás de Aquino, quizás el teólogo y filosofo más importante que tuvo la religión cristiana, resultó más cercano al catolicismo. En la línea de Agustín, el calvinismo resulta más afín a Platón que a Aristóteles (Dice Kuyper que afuera de las Escrituras, el hombre solamente encontró sombras imprecisas. Pero ahora que miró hacia arriba, por el prisma de las Escrituras, redescubre a su padre y a su Dios, KUYPER, “Exposiciones …” cit., pág. 45). Cabe c. REAL ACADEMIA ESPAÑOLA, op. cit., Iglesia Católica, f. Congregación de los fieles cristianos regida por el Papa como vicario de Cristo en la Tierra., http://lema.rae. es/drae/? val=iglesia%20cat%C3%B3lica, 21-4-2013.

En cuanto a las novedades y esperanzas abiertas por el Papa Francisco es posible v. por ej. http://politica.elpais.com/politica/2013/04/20/actualidad/1366476214_546964.html, 20-7-2013; CIURO CALDANI, Miguel Angel, “Notas para una reunión abierta virtual de la

ISSN 2314-128X

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Page 108: LA RELIGIÓN COMO RESPUESTA JURÍDICA … · REVISTA DE FILOSOFÍA JURÍDICA Y SOCIAL 149 La propuesta trialista no es una teoría cerrada, sino de una complejidad pura y abierta,

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relevantes relaciones con la juridicidad. La juridicidad de una cultura más dominada por el catolicismo, el

Islam o el calvinismo tiene múltiples sentidos diferentes, en cuanto a las dimensiones jurídicas, el complejo de ramas, etc. Sin entrar al debate con el marxismo, cabe señalar que, atendiendo a las fuentes consideradas, es clara la influencia del calvinismo en la formación de la economía y la juridicidad moderna.

En algunos aspectos como el de la creencia en la predestinación, el calvinismo y el Islam tienen afinidades relevantes, que jerarquizan el éxito en la vida e incluso el esfuerzo para lograrlo, pero en el calvinismo este éxito está referido a los negocios, de modo que es en este sentido que se enlaza una relación importante con el capitalismo. La predestinación sacraliza el éxito, en el calvinismo es el éxito en sociedades burguesas.

En Europa las diferencias entre el catolicismo y el calvinismo (de cierto modo en general el protestantismo) contribuyen a explicar la diversa adaptación capitalista evidenciada en la crisis del euro. Los países católicos pudieron responder menos a los desafíos capitalistas; los sentidos protestantes y sobre todo calvinistas no pudieron hacer frente de manera debida a las exigencias de solidaridad en un destino común que la moneda común requería. Tal vez, sin embargo, la radicalización financiera corresponda a una crisis de la eticidad protestante tradicional. La comprensión religiosa e interreligiosa puede favorecer el diálogo en los despliegues migratorios que a menudo hacen tensas las realidades europeas.

En países como la Argentina, el sector hispánico tradicional se rela-ciona más con el catolicismo, incluso con alguna presencia no reconocida islámica y el sector anglofrancés se vincula más con el capitalismo. Comprender estas afinidades puede ayudar a superar las tensiones que a menudo diferencian de manera muy radicalizada a los dos sectores.

Al menos hasta ahora, la influencia calvinista ha permitido más afinidad con el sistema económico y en general cultural dominante. Es relevante el interrogante acerca de la religiosidad en la cultura de la nueva era que nos toca comenzar.

MIGUEL ANGEL CIURO CALDANI (**)

(**) Profesor titular de la Universidad Nacional de Rosario. Profesor emérito de la

Universidad de Buenos Aires ([email protected])

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ANEXOS

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Acerca del catolicismo pueden v. por ej.: “La Sagrada Biblia”, trad. Félix Torres Amat, México, Cluter, 1965; El Libro del Pueblo de Dios. La Biblia, http://www.vatican.va/ archive/ESL0506/_INDEX.HTM, 18-3-2013; “Nuevo Testamento”, Madrid, Paulinas, 1977; Catholic.net, http://es.catholic.net/, http://www.es.catholic.net/empresarioscatolicos/436/ 933/articulo.php?id=44165, 18-3-2013; Siervas de los Corazones Traspasados de Jesús y María, http://www.corazones.org/, 16-4-2013; Directorios Católicos, http://www.iglesia.cl/ parroquiavirtual/dir_catolico.html, 21-4-2013; Lista de Dogmas Católicos, http://www.lux domini.com/_ap/contenido1/dogmaindex.htm, 16-4-2013; PONTIFICIO CONSEJO « JUS-TICIA Y PAZ », COMPENDIO DE LA DOCTRINA SOCIAL DE LA IGLESIA, http://www.vatican.va/roman_curia/pontifical_councils/justpeace/documents/rc_pc_justpeace _doc_20060526_compendio-dott-soc_sp.html, 14-3-2013; Código de Derecho Canónico, http://www.vatican.va/archive/ESL0020/_INDEX.HTM, 14-3-2013; Documentos del Concilio Vaticano II, http://www.vatican.va/archive/hist_councils/ii_vatican_council/index_sp.htm, 14-3-2013; La Verdad Católica, http://laverdadcatolica.org/LaDoctrinaCatolica.htm, 18-3-2013; San Basilio Magno (Basilio el Grande), http://www.corazones.org/santos/basilio.htm, 14-3-2013; Misioneros del Sagrado Corazón Perú, Teología de la Iglesia Católica, http://www.mscperu.org/teologia/1teologiaIndex.htm, 13-7-2013; Catholic Theological Society of America, http://www.ctsa-online.org/, 13-7-2013; “Temas de Debate” por Joseph Ratzinger, trad. Joan Parra, lanación.com, http://www.lanacion.com.ar/704221-por-joseph-ratzinger, 13-7-2013; “Diálogo entre la razón y la fe. El Papa Benedicto XVI y el filósofo Habermas discuten dos visiones para abordar el mundo”, lanacion.com, http://www.la nacion.com.ar/704223-dialogo-entre-la-razon-y-la-fe, 13-7-2013; KÜNG, Hans, “Credo. El símbolo de los Apóstoles explicado al hombre de nuestro tiempo”, trad. Carmen Gauger, Madrid, Trotta, 1994.

San Agustín y Santo Tomás de Aquino, con más referencia a la fe o a la razón, constituyen las líneas básicas del pensamiento cristiano, de cierto modo al menos del pensamiento católico. En tanto San Agustín resultó más próximo al calvinismo, Santo Tomás de Aquino, quizás el teólogo y filosofo más importante que tuvo la religión cristiana, resultó más cercano al catolicismo. En la línea de Agustín, el calvinismo resulta más afín a Platón que a Aristóteles (Dice Kuyper que afuera de las Escrituras, el hombre solamente encontró sombras imprecisas. Pero ahora que miró hacia arriba, por el prisma de las Escrituras, redescubre a su padre y a su Dios, KUYPER, “Exposiciones …” cit., pág. 45). Cabe c. REAL ACADEMIA ESPAÑOLA, op. cit., Iglesia Católica, f. Congregación de los fieles cristianos regida por el Papa como vicario de Cristo en la Tierra., http://lema.rae. es/drae/? val=iglesia%20cat%C3%B3lica, 21-4-2013.

En cuanto a las novedades y esperanzas abiertas por el Papa Francisco es posible v. por ej. http://politica.elpais.com/politica/2013/04/20/actualidad/1366476214_546964.html, 20-7-2013; CIURO CALDANI, Miguel Angel, “Notas para una reunión abierta virtual de la

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cátedra III de Filosofía del Derecho y el Centro de Investigaciones de Filosofía Jurídica y Filosofía Social (Facultad de Derecho de la UNR, apertura 14 de marzo de 2013)”, en “Investigación …” cit., Nº 46, págs. 299 y ss., Documento de Trabajo Meditaciones Jusfilosóficas Acerca del Nombre del Papa Francisco (Derecho, religión, cultura en general y estrategia), Centro de Investigaciones de Filosofía Jurídica y Filosofía Social, http://www.centrodefilosofia.org.ar/IyD/IyD46_13.pdf, 21-7-2013. Cabe c. RITA, Giuseppe de, “Francisco en Brasil. Su pensamiento social revela más que un papa bueno y sonriente”, trad. de Jaime Arrambide, en “La Nación”, miércoles 24 de julio de 2013, http://www.la nacion.com.ar/1603854-su-pensamiento-social-revela-mas-que-un-papa-bueno-y-sonriente, 24-7-2013.

2

Respecto del calvinismo es posible v. por ej., Institución de la Religión Cristiana por Juan Calvino, traducida y publicada por Cipriano de Valera en 1597, reeditada por Luis de Usoz y Río en 1858, http://www.iglesiareformada.com/Calvino_Institucion.html, 16-4-2013; “Santa Biblia”, versión Casiodoro de Reina – Cipriano de Valera, Bs. As., Sociedades Bíblicas Unidas, Academia de Teología Reformada, http://academiareformada.com/, 16-4-2013; iglesiareformada.com, http://www.iglesiareformada.com/index.html, 17-3-2013; http://blogs.ua.es/calvino/2009/03/05/las-otras-obras-de-calvino/, 18-3-2013; Kuyper Foun-dation, http://www.kuyper.org/, 5-5-2013; KUYPER (Kuijper), Abraham, “Exposiciones sobre el calvinismo”, Seis exposiciones presentadas en la Universidad de Princeton, 1898 bajo los auspicios de la Fundación L. P. Stone, con adaptaciones de Jaime Zapata Rodríguez, http://www.todopensamientocautivo.com/wp-content/plugins/download-monitor/ download.php?id=76, 14-5-2013; MOUW, Richard C., “Klaas Schilder as Public Theologian”, CTJ 38, págs. 2811 y ss., 23-6-2013; BUREK, Josh, Reportaje: el regreso del calvinismo, adaptado al español por Alexander León, http://elcaminoangosto.org/2010/ 03/30/reportaje-el-regreso-del-calvinismo/, 19-6-2013; MEETER, Henry H., Dr. Th.D,, “Calvinismo: un unificado y comprensivo sistema de pensamiento”, El Progreso del Peregrino, http://caesararevalo.blogspot.com.ar/2012/09/el-principio-fundamental-del-calvi nismo.html, 20-6-2013; VELAZCO MEDINA, José Luis, “La Iglesia según la tradición calvinista reformada”, tomado del libro “Calvino Vivo”, México D.F., El Faro, 1987, http://www.iglesiareformada.com/Velazco_Iglesia_Calvinista.html, 18-3-2013; BARRY, William, “Calvinismo”, trad. Pedro Royo, en “Enciclopedia Católica”, http://ec.aciprensa. com/wiki/Calvinismo, 25-4-2013 “Diccionario Enciclopédico Hispano-Americano (1887-1910)”, “JUAN CALVINO, teólogo protestante; relato de su vida y relación de sus obras (biografía)” , “Calvino, Juan”, http://www.e-torredebabel.com/Enciclopedia-Hispano-Americana/V4/Calvino-biografia-D-E-H-A.htm , 18-3-2013; van TIL, Henry R., “El concepto calvinista de la cultura”, trad. Donald Herrera Terón, http://www.contra-mundum.org/ castellano/libros/concepto/CCC.pdf, 5-5-2013, de cierto modo especial Capítulo IV, El calvinismo definido, http://www.contra-mundum.org/castellano/libros/concepto/CCC04.pdf, 5-5-2013; Christian Classics Ethereal Library, Calvinism: Six Stone Lectures, http://www. ccel.org/ccel/kuyper/lecture.toc.html, 5-5-2013; MACLEOD, op. cit. En cuanto a la caracte-rización del calvinismo e incluso en general del ascetismo laico, puede c. además WEBER,

MIGUEL ÁNGEL CIURO CALDANI

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op. cit., págs. 111 y ss. Asimismo AMESTOY, Norman Rubén, “El contexto histórico de la reforma calvinista”, en “Teología y cultura”, año 6, vol. 11, págs. 9 y ss. Asimismo se pueden obtener datos de interés en Wikipedia, Presbiterianismo, https://es.wikipedia.org/ wiki/Presbiterianismo, 23-6-2013; MORE, Read, “Prédicas recomendadas”, http://recomen dados123.blogspot.com.ar, 19-7-2013; Presbiterianos, http://yosoyel.com.ar/Religion/ Presbiterianos.HTM, 25-7-2013.

Los calvinistas, para los cuales a veces se prefiere la denominación de Iglesia Reformada, se diferencian de la Iglesia Católica Apostólica Romana, pero también del luteranismo, en cuanto a la presencia real de Cristo en la eucaristía, la teoría de los santos y la relación entre el derecho divino y los creyentes. Para Calvino la Biblia no es un conjunto de leyes a seguir sino un testimonio de la buena voluntad divina que nos acerca a su conocimiento. La expresión calvinismo no ha de llevar a marginar otras influencias que sobre esta orientación tuvieron otros reformadores distintos de Calvino. En relación con el teólogo francés también cabe referirse a las iglesias presbiterianas, congregacionales y bautistas reformadas. Diferenciados de los calvinistas, los arminianos dan mucha importan-cia al libre albedrío. No aceptan la predestinación, aunque sostienen la “presciencia” de Dios.

Es posible c. REAL ACADEMIA ESPAÑOLA, op. cit., calvinismo, 1. m. Doctrina reformista de Calvino, teólogo y reformador francés del siglo XVI. 2. m. Comunidad de los seguidores de Calvino., http://lema.rae.es/drae/?val=calvinismo, 21-4-2013. También Introducción al estudio de las sectas surgidas de la reforma protestante, http://www.oocities. org/ar/avicspsectas/14.htm, 2-5-2013. En cuanto a los contenidos de las religiones cristianas, es posible v. por ej. http://ar.answers.yahoo.com/question/index?qid=20070627181738AAd 624S, 23-6-2013.

El calvinismo … desarrolló primeramente una teología específica, después un orden especial de la iglesia, y después una forma dada para la vida política y social, para la interpretación del orden moral del mundo, para la relación entre naturaleza y gracia, entre el cristianismo y el mundo, entre la iglesia y el estado, y finalmente, para las artes y la ciencia (KUYPER, “Exposiciones …” cit. pág. 8).

3

Acerca del Islam c. por ej. “El Noble Corán. Traducción Comentada”, trad. y comentario Abdel Ghani Melara Navío, 2ª. ed., Estambul, 2005; “El Sagrado Corán”, trad. Julio Cortés, Centro Cultural Islámico Fátimah Az Zahra, http://www.islamelsalvador.com/sagradocoran/ elsagradocoran.pdf, 18-3-2013; “El Sagrado Corán”, OrganizacionIslam.org.ar, http://www. organizacionislam.org.ar/coranesp/indexcor.htm, 18-3-2013; DAVID, René – JAUFFRET-SPINOSI, Camille, “Les grands systems de droit contemporains”, 10ª ed., París, Dalloz, 1992, Derecho Musulmán, págs. 367 y ss.; ESTÉVEZ BRASA, Teresa M., “Derecho Civil Musulmán”, Bs. As., Depalma, 1981; El Cristianismo y el Islam, Derecho al Día, 10 de julio de 2003, http://www.derecho.uba.ar/derechoaldia/notas/el-cristianismo-y-el-islam/+1245. Acerca del sufismo en especial, SHEIKH NAZIM al-HAQQANI, Mawlana, “Corazones Puros: La Fuente del Amor Divino”, Luces del Sufismo, trad. Abdullah Bravo, Mar del Plata, Sereseres, 2010; GOTTSCHALK, H. L. (Prof. Dr.), “El Islam: su origen, su evolución y su doctrina”, en KÖNIG, “Cristo y las Religiones de la Tierra”, trad. Ramón Valdés del

ISSN 2314-128X

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cátedra III de Filosofía del Derecho y el Centro de Investigaciones de Filosofía Jurídica y Filosofía Social (Facultad de Derecho de la UNR, apertura 14 de marzo de 2013)”, en “Investigación …” cit., Nº 46, págs. 299 y ss., Documento de Trabajo Meditaciones Jusfilosóficas Acerca del Nombre del Papa Francisco (Derecho, religión, cultura en general y estrategia), Centro de Investigaciones de Filosofía Jurídica y Filosofía Social, http://www.centrodefilosofia.org.ar/IyD/IyD46_13.pdf, 21-7-2013. Cabe c. RITA, Giuseppe de, “Francisco en Brasil. Su pensamiento social revela más que un papa bueno y sonriente”, trad. de Jaime Arrambide, en “La Nación”, miércoles 24 de julio de 2013, http://www.la nacion.com.ar/1603854-su-pensamiento-social-revela-mas-que-un-papa-bueno-y-sonriente, 24-7-2013.

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Respecto del calvinismo es posible v. por ej., Institución de la Religión Cristiana por Juan Calvino, traducida y publicada por Cipriano de Valera en 1597, reeditada por Luis de Usoz y Río en 1858, http://www.iglesiareformada.com/Calvino_Institucion.html, 16-4-2013; “Santa Biblia”, versión Casiodoro de Reina – Cipriano de Valera, Bs. As., Sociedades Bíblicas Unidas, Academia de Teología Reformada, http://academiareformada.com/, 16-4-2013; iglesiareformada.com, http://www.iglesiareformada.com/index.html, 17-3-2013; http://blogs.ua.es/calvino/2009/03/05/las-otras-obras-de-calvino/, 18-3-2013; Kuyper Foun-dation, http://www.kuyper.org/, 5-5-2013; KUYPER (Kuijper), Abraham, “Exposiciones sobre el calvinismo”, Seis exposiciones presentadas en la Universidad de Princeton, 1898 bajo los auspicios de la Fundación L. P. Stone, con adaptaciones de Jaime Zapata Rodríguez, http://www.todopensamientocautivo.com/wp-content/plugins/download-monitor/ download.php?id=76, 14-5-2013; MOUW, Richard C., “Klaas Schilder as Public Theologian”, CTJ 38, págs. 2811 y ss., 23-6-2013; BUREK, Josh, Reportaje: el regreso del calvinismo, adaptado al español por Alexander León, http://elcaminoangosto.org/2010/ 03/30/reportaje-el-regreso-del-calvinismo/, 19-6-2013; MEETER, Henry H., Dr. Th.D,, “Calvinismo: un unificado y comprensivo sistema de pensamiento”, El Progreso del Peregrino, http://caesararevalo.blogspot.com.ar/2012/09/el-principio-fundamental-del-calvi nismo.html, 20-6-2013; VELAZCO MEDINA, José Luis, “La Iglesia según la tradición calvinista reformada”, tomado del libro “Calvino Vivo”, México D.F., El Faro, 1987, http://www.iglesiareformada.com/Velazco_Iglesia_Calvinista.html, 18-3-2013; BARRY, William, “Calvinismo”, trad. Pedro Royo, en “Enciclopedia Católica”, http://ec.aciprensa. com/wiki/Calvinismo, 25-4-2013 “Diccionario Enciclopédico Hispano-Americano (1887-1910)”, “JUAN CALVINO, teólogo protestante; relato de su vida y relación de sus obras (biografía)” , “Calvino, Juan”, http://www.e-torredebabel.com/Enciclopedia-Hispano-Americana/V4/Calvino-biografia-D-E-H-A.htm , 18-3-2013; van TIL, Henry R., “El concepto calvinista de la cultura”, trad. Donald Herrera Terón, http://www.contra-mundum.org/ castellano/libros/concepto/CCC.pdf, 5-5-2013, de cierto modo especial Capítulo IV, El calvinismo definido, http://www.contra-mundum.org/castellano/libros/concepto/CCC04.pdf, 5-5-2013; Christian Classics Ethereal Library, Calvinism: Six Stone Lectures, http://www. ccel.org/ccel/kuyper/lecture.toc.html, 5-5-2013; MACLEOD, op. cit. En cuanto a la caracte-rización del calvinismo e incluso en general del ascetismo laico, puede c. además WEBER,

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op. cit., págs. 111 y ss. Asimismo AMESTOY, Norman Rubén, “El contexto histórico de la reforma calvinista”, en “Teología y cultura”, año 6, vol. 11, págs. 9 y ss. Asimismo se pueden obtener datos de interés en Wikipedia, Presbiterianismo, https://es.wikipedia.org/ wiki/Presbiterianismo, 23-6-2013; MORE, Read, “Prédicas recomendadas”, http://recomen dados123.blogspot.com.ar, 19-7-2013; Presbiterianos, http://yosoyel.com.ar/Religion/ Presbiterianos.HTM, 25-7-2013.

Los calvinistas, para los cuales a veces se prefiere la denominación de Iglesia Reformada, se diferencian de la Iglesia Católica Apostólica Romana, pero también del luteranismo, en cuanto a la presencia real de Cristo en la eucaristía, la teoría de los santos y la relación entre el derecho divino y los creyentes. Para Calvino la Biblia no es un conjunto de leyes a seguir sino un testimonio de la buena voluntad divina que nos acerca a su conocimiento. La expresión calvinismo no ha de llevar a marginar otras influencias que sobre esta orientación tuvieron otros reformadores distintos de Calvino. En relación con el teólogo francés también cabe referirse a las iglesias presbiterianas, congregacionales y bautistas reformadas. Diferenciados de los calvinistas, los arminianos dan mucha importan-cia al libre albedrío. No aceptan la predestinación, aunque sostienen la “presciencia” de Dios.

Es posible c. REAL ACADEMIA ESPAÑOLA, op. cit., calvinismo, 1. m. Doctrina reformista de Calvino, teólogo y reformador francés del siglo XVI. 2. m. Comunidad de los seguidores de Calvino., http://lema.rae.es/drae/?val=calvinismo, 21-4-2013. También Introducción al estudio de las sectas surgidas de la reforma protestante, http://www.oocities. org/ar/avicspsectas/14.htm, 2-5-2013. En cuanto a los contenidos de las religiones cristianas, es posible v. por ej. http://ar.answers.yahoo.com/question/index?qid=20070627181738AAd 624S, 23-6-2013.

El calvinismo … desarrolló primeramente una teología específica, después un orden especial de la iglesia, y después una forma dada para la vida política y social, para la interpretación del orden moral del mundo, para la relación entre naturaleza y gracia, entre el cristianismo y el mundo, entre la iglesia y el estado, y finalmente, para las artes y la ciencia (KUYPER, “Exposiciones …” cit. pág. 8).

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Acerca del Islam c. por ej. “El Noble Corán. Traducción Comentada”, trad. y comentario Abdel Ghani Melara Navío, 2ª. ed., Estambul, 2005; “El Sagrado Corán”, trad. Julio Cortés, Centro Cultural Islámico Fátimah Az Zahra, http://www.islamelsalvador.com/sagradocoran/ elsagradocoran.pdf, 18-3-2013; “El Sagrado Corán”, OrganizacionIslam.org.ar, http://www. organizacionislam.org.ar/coranesp/indexcor.htm, 18-3-2013; DAVID, René – JAUFFRET-SPINOSI, Camille, “Les grands systems de droit contemporains”, 10ª ed., París, Dalloz, 1992, Derecho Musulmán, págs. 367 y ss.; ESTÉVEZ BRASA, Teresa M., “Derecho Civil Musulmán”, Bs. As., Depalma, 1981; El Cristianismo y el Islam, Derecho al Día, 10 de julio de 2003, http://www.derecho.uba.ar/derechoaldia/notas/el-cristianismo-y-el-islam/+1245. Acerca del sufismo en especial, SHEIKH NAZIM al-HAQQANI, Mawlana, “Corazones Puros: La Fuente del Amor Divino”, Luces del Sufismo, trad. Abdullah Bravo, Mar del Plata, Sereseres, 2010; GOTTSCHALK, H. L. (Prof. Dr.), “El Islam: su origen, su evolución y su doctrina”, en KÖNIG, “Cristo y las Religiones de la Tierra”, trad. Ramón Valdés del

ISSN 2314-128X

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REVISTA DE FILOSOFÍA JURÍDICA Y SOCIAL

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Toro, 2ª. ed., Madrid, La Editorial Católica, Biblioteca de Autores Cristianos, op. cit., t. III, págs. 3 y ss. Es posible tener en cuenta nuestro artículo “Reflexiones comparativas del Derecho Occidental y el Derecho Musulmán”, en "Investigación..." cit., Nº 6, págs. 97 y ss., Cartapacio, http://www.cartapacio.edu.ar/ojs/index.php/iyd/article/viewFile/93/1337, 18-3-2013; The Religion of Islam, http://www.islamreligion.com/es/?gclid=CP-mzMaHxLgCF aU5Qgod5ioA_Q, 22-7-2013; Islamenlinea.com, http://www.islamenlinea.com/relig-compa radas/relig-1.html, 18-3-2013; “Middle East & Islamic Studies Collection”, Cornell University, http://www.library.cornell.edu/colldev/mideast/, 15-4-2013; Oxford Centre for Islamic Studies, http://www.oxcis.ac.uk/library.html, 15-4-2013; “Islamic Studies Collection, http://www.asiamap.ac.uk/collections/collection.php?ID=16&Browse=Region& Region=3, 15-4-2013; también, de Abdelwahab El-Affendi,, “Islamic theology”, http:// www.muslimphilosophy.com/ip/rep/H009.htm , 14-7-2013; Poliètica, Bibliografía sobre l’Islam, http://www.upf.edu/materials/polietica/materials/inter/bibislam.html, 15-7-2013. REAL ACADEMIA ESPAÑOLA, op. cit., islamismo.(De islam).1. m. Conjunto de dogmas y preceptos morales que constituyen la religión de Mahoma., http://lema.rae.es/drae/? val=islamismo, 21-4-2013.

Respecto de las diversas religiones y sus relaciones, en general pueden interesar por ej. Ministerio de apologética e investigación cristiana, http://www.miapic.com/, 18-3-2013; KÖNIG, op. cit., esp. t. III, “Las grandes religiones no cristianas hoy existentes. El Cristianismo”, 1970; ELIADE, Mircea, “Historia de las creencias y las ideas religiosas”, trad. Jesús Valiente Maya, Barcelona, Paidós, 1999, t. II, http://es.scribd.com/doc/ 24633045/Mircea-Eliade-Historia-de-Las-Creencias-Vol-2, http://ebiblioteca.org/?/ver/546 90, t. III, http://www.mercaba.org/mediafire/eliade,%20mircea%20-%20historia%20de%20 las%20creencias%20religiosas%2003.pdf, 19-3-2013; “Tratado de Historia de las Religio-nes. Morfología y dialéctica de lo sagrado”, trad. A. Medinaveitia, Madrid, Cristiandad, 1974, Scribd, http://es.scribd.com/doc/31371471/Eliade-Mircea-Tratado-de-Historia-de-Las-Religiones-Completo, 19-3-2013. Asimismo, c. v. gr. HASTINGS, James (ed.), “Encyclopaedia of Religion and Ethics”, Edimburgo – Nueva York, Clark – Scribner’s Sons, 1908-1922-1926 y “Religion in Geschichte und Gegenwart (RGG)”, 4a. ed., Tubinga, Mohr-Siebeck, 1998 – 2007; BRANDON, S. G. F., “Diccionario de religiones comparadas”, trad. J. Valiente Malla, Madrid, Cristiandad, 1975; también puede v. por ej. Maiteialiber, http://maiteialiber.wordpress.com/2011/04/03/pdf-15-obras-de-mircea-eliade-mitologia-y-re ligiones-comparadas/, 15-3-2013; Religiones Comparadas, http://www.islamenlinea.com/ relig-comparadas/relig-1.html, 18-6-2013; VILLAREAL CHAPA, Guillermo, P., “Religio-nes comparadas”, Slideshare, http://www.slideshare.net/pguillermov/religiones-comparadas, 18-3-2013; Apocatastasis, Religiones, http://www.apocatastasis.com/religiones.php#axzz2N tTz8I8H, 17-3-2013. Taringa, Porcentaje mundial de fieles por religión, http://www.taringa .net/posts/info/7099730/Porcentaje-Mundial-de-fieles-por-Religion.html, 17-3-2013; Esta-dísticas de las Religiones en el Mundo, http://laverdaderalibertad.wordpress.com/2011/ 01/21/estadisticas-de-religiones-en-el-mundo/, 19-6-2013; Catolicismo en el Mundo, http:// www.taringa.net/posts/imagenes/12448344/El-Catolicismo-en-el-Mundo.html, 21-7-2013.

En cuanto a la posibilidad de diálogo con el Islam, cabe c. por ej. KÜNG, Hans, “El Islam. Historia. Presente. Futuro”, trad. José Manuel Lozano Gotor y Juan Antonio Conde

MIGUEL ÁNGEL CIURO CALDANI

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Gómez Madrid, Trotta, 2006.

Con miras a reconocer diferencias entre el catolicismo y el calvinismo v. por ej. El calvinismo: Juan Calvino, Icarito, http://www.icarito.cl/enciclopedia/articulo/segundo-ciclo-basico/historia-geografia-y-ciencias-sociales/mundo-moderno/2009/12/369-247-9-el-calvinis mo-juan-calvino.shtml,, 29-7-2013. Incluso puede v., para el debate, WebIslam, AYA, Abdelmumin, “Breviario de religiones comparadas”, http://www.webislam.com/articulos/ 18289-breviario_de_religiones_comparadas.html, 18-3-2013; BELLOC, op. cit., págs. 61 y ss. También c. Observatorio de religiones comparadas, http://religionescomparadas.com/ index.php?option=com_content&view=article&id=5&Itemid=135, 15-4-2013; Observatorio del pluralismo religioso en España, http://www.observatorioreligion.es/, 15-4-2013.

ISSN 2314-128X

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Toro, 2ª. ed., Madrid, La Editorial Católica, Biblioteca de Autores Cristianos, op. cit., t. III, págs. 3 y ss. Es posible tener en cuenta nuestro artículo “Reflexiones comparativas del Derecho Occidental y el Derecho Musulmán”, en "Investigación..." cit., Nº 6, págs. 97 y ss., Cartapacio, http://www.cartapacio.edu.ar/ojs/index.php/iyd/article/viewFile/93/1337, 18-3-2013; The Religion of Islam, http://www.islamreligion.com/es/?gclid=CP-mzMaHxLgCF aU5Qgod5ioA_Q, 22-7-2013; Islamenlinea.com, http://www.islamenlinea.com/relig-compa radas/relig-1.html, 18-3-2013; “Middle East & Islamic Studies Collection”, Cornell University, http://www.library.cornell.edu/colldev/mideast/, 15-4-2013; Oxford Centre for Islamic Studies, http://www.oxcis.ac.uk/library.html, 15-4-2013; “Islamic Studies Collection, http://www.asiamap.ac.uk/collections/collection.php?ID=16&Browse=Region& Region=3, 15-4-2013; también, de Abdelwahab El-Affendi,, “Islamic theology”, http:// www.muslimphilosophy.com/ip/rep/H009.htm , 14-7-2013; Poliètica, Bibliografía sobre l’Islam, http://www.upf.edu/materials/polietica/materials/inter/bibislam.html, 15-7-2013. REAL ACADEMIA ESPAÑOLA, op. cit., islamismo.(De islam).1. m. Conjunto de dogmas y preceptos morales que constituyen la religión de Mahoma., http://lema.rae.es/drae/? val=islamismo, 21-4-2013.

Respecto de las diversas religiones y sus relaciones, en general pueden interesar por ej. Ministerio de apologética e investigación cristiana, http://www.miapic.com/, 18-3-2013; KÖNIG, op. cit., esp. t. III, “Las grandes religiones no cristianas hoy existentes. El Cristianismo”, 1970; ELIADE, Mircea, “Historia de las creencias y las ideas religiosas”, trad. Jesús Valiente Maya, Barcelona, Paidós, 1999, t. II, http://es.scribd.com/doc/ 24633045/Mircea-Eliade-Historia-de-Las-Creencias-Vol-2, http://ebiblioteca.org/?/ver/546 90, t. III, http://www.mercaba.org/mediafire/eliade,%20mircea%20-%20historia%20de%20 las%20creencias%20religiosas%2003.pdf, 19-3-2013; “Tratado de Historia de las Religio-nes. Morfología y dialéctica de lo sagrado”, trad. A. Medinaveitia, Madrid, Cristiandad, 1974, Scribd, http://es.scribd.com/doc/31371471/Eliade-Mircea-Tratado-de-Historia-de-Las-Religiones-Completo, 19-3-2013. Asimismo, c. v. gr. HASTINGS, James (ed.), “Encyclopaedia of Religion and Ethics”, Edimburgo – Nueva York, Clark – Scribner’s Sons, 1908-1922-1926 y “Religion in Geschichte und Gegenwart (RGG)”, 4a. ed., Tubinga, Mohr-Siebeck, 1998 – 2007; BRANDON, S. G. F., “Diccionario de religiones comparadas”, trad. J. Valiente Malla, Madrid, Cristiandad, 1975; también puede v. por ej. Maiteialiber, http://maiteialiber.wordpress.com/2011/04/03/pdf-15-obras-de-mircea-eliade-mitologia-y-re ligiones-comparadas/, 15-3-2013; Religiones Comparadas, http://www.islamenlinea.com/ relig-comparadas/relig-1.html, 18-6-2013; VILLAREAL CHAPA, Guillermo, P., “Religio-nes comparadas”, Slideshare, http://www.slideshare.net/pguillermov/religiones-comparadas, 18-3-2013; Apocatastasis, Religiones, http://www.apocatastasis.com/religiones.php#axzz2N tTz8I8H, 17-3-2013. Taringa, Porcentaje mundial de fieles por religión, http://www.taringa .net/posts/info/7099730/Porcentaje-Mundial-de-fieles-por-Religion.html, 17-3-2013; Esta-dísticas de las Religiones en el Mundo, http://laverdaderalibertad.wordpress.com/2011/ 01/21/estadisticas-de-religiones-en-el-mundo/, 19-6-2013; Catolicismo en el Mundo, http:// www.taringa.net/posts/imagenes/12448344/El-Catolicismo-en-el-Mundo.html, 21-7-2013.

En cuanto a la posibilidad de diálogo con el Islam, cabe c. por ej. KÜNG, Hans, “El Islam. Historia. Presente. Futuro”, trad. José Manuel Lozano Gotor y Juan Antonio Conde

MIGUEL ÁNGEL CIURO CALDANI

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Gómez Madrid, Trotta, 2006.

Con miras a reconocer diferencias entre el catolicismo y el calvinismo v. por ej. El calvinismo: Juan Calvino, Icarito, http://www.icarito.cl/enciclopedia/articulo/segundo-ciclo-basico/historia-geografia-y-ciencias-sociales/mundo-moderno/2009/12/369-247-9-el-calvinis mo-juan-calvino.shtml,, 29-7-2013. Incluso puede v., para el debate, WebIslam, AYA, Abdelmumin, “Breviario de religiones comparadas”, http://www.webislam.com/articulos/ 18289-breviario_de_religiones_comparadas.html, 18-3-2013; BELLOC, op. cit., págs. 61 y ss. También c. Observatorio de religiones comparadas, http://religionescomparadas.com/ index.php?option=com_content&view=article&id=5&Itemid=135, 15-4-2013; Observatorio del pluralismo religioso en España, http://www.observatorioreligion.es/, 15-4-2013.

ISSN 2314-128X

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