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El Congreso del Estado de Oaxaca aprobó con fecha 10 de noviembre de 2010, la Ley Orgánica Municipal, misma que rige la competencia, facultades y deberes que corresponden al gobierno municipal y por consiguiente determina las bases para la integración, organización y funcionamiento de la administración pública municipal, sin mencionar la parte relativa a la planeación, concesiones, acuerdos, convenios, servicios públicos y participación ciudadana, misma que fue excluida del texto de esta ley, con el fin de dar nacimiento a un nuevo orden de normas que regularan en forma específica los actos relativos a la planeación, desarrollo administrativo y servicios públicos municipales, es así como nace la LEY DE PLANEACIÓN, DESARROLLO AMINISTRATIVO Y SERVICIOS PÚBLICOS MUNICIPALES. Con esta ley se pretende que los municipios, encuentren sustento y fundamento legal y no anden en incertidumbre dejándose guiar por los innumerables asesores municipales que manifiestan conocer, los tecnicismos de un Plan De Desarrollo municipal. En la actualidad la legislación que en forma somera pretende guiar los destinos de los 570 municipios de nuestro Estado, tuvo su última reforma en el año 2004, esta ley desde luego que ha quedado rebasada por los innumerables sucesos y acontecimientos que ha sufrido nuestro Estado, muestra de la corrupción y falta de transparencia y para muestra un botón, todos los Municipios hablan o han oído hablar del consejo del DEL CONSEJO DE DESARROLLO MUNICIPAL, ¿ pero habrá alguien que haya encontrado su fundamentación ?, no lo sé, pero la práctica del derecho, nos dice; lo que en la ley no está de plano no existe. Los rubros que destacan en la ley de Planeación Desarrollo Administrativo y Servicios Municipales son:

la Ley de planeación en oaxaca

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instrumento para que los municipios cumplan con mas obligaciones de tipo economico-administrativas, que sobre pasan la Constitucion Local

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Page 1: la Ley de planeación en oaxaca

El Congreso del Estado de Oaxaca aprobó con fecha 10 de noviembre de 2010, la Ley Orgánica Municipal, misma que rige la competencia, facultades y deberes que corresponden al gobierno municipal y por consiguiente determina las bases para la integración, organización y funcionamiento de la administración pública municipal, sin mencionar la parte relativa a la planeación, concesiones, acuerdos, convenios, servicios públicos y participación ciudadana, misma que fue excluida del texto de esta ley, con el fin de dar nacimiento a un nuevo orden de normas que regularan en forma específica los actos relativos a la planeación, desarrollo administrativo y servicios públicos municipales, es así como nace la LEY DE PLANEACIÓN,

DESARROLLO AMINISTRATIVO Y SERVICIOS PÚBLICOS MUNICIPALES.

Con esta ley se pretende que los municipios, encuentren sustento y fundamento legal y no anden en incertidumbre dejándose guiar por los innumerables asesores municipales que manifiestan conocer, los tecnicismos de un

Plan De Desarrollo municipal. En la actualidad la legislación que en forma somera pretende guiar los destinos de los 570 municipios de nuestro Estado, tuvo su última reforma en el año 2004, esta ley desde luego que ha quedado rebasada por los innumerables sucesos y acontecimientos que ha sufrido nuestro Estado, muestra de la corrupción y falta de transparencia y para muestra un botón, todos los Municipios hablan o han oído hablar del consejo del DEL CONSEJO DE DESARROLLO MUNICIPAL, ¿ pero habrá alguien que haya encontrado su fundamentación ?, no lo sé, pero la práctica del derecho, nos dice; lo que en la ley no está de plano no existe.

Los rubros que destacan en la ley de Planeación Desarrollo Administrativo y Servicios Municipales son:

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Es relevante anotar que esta Ley reconoce plenamente que el Municipio es un nivel de Gobierno que goza de autonomía al no prohibir que pueden asociarse con otros municipios o con el propio gobierno del estado, para prestar de manera más eficaz los servicios públicos que le corresponda brindar, y si el caso fuese, dan acceso a los particulares para que presten los mismos para producir competitividad y mejores servicios de calidad creando un régimen detallado y moderno para concesionar los servicios públicos municipales. Se incluye la participación ciudadana de distintos sectores sociales en comités vecinales y consejos de colaboración municipal, los que

deberán ser elegidos democráticamente para coadyuvar en las actividades municipales.

Esta ley está integrada por cinco Títulos con sus respectivos Capítulos, 69 artículos fijos y sus respectivos transitorios, los nuevos Presidente Municipales, representan un reto el saber que deben planear programas Municipales y programas especiales de los organismos desconcentrados de carácter Municipal, para responder a la necesidades de los ciudadanos, dicho programas serán operados en forma anual, siendo la base para la ejecución de obras y la prestación de los servicios públicos a cargo del Ayuntamiento, dentro de estos podremos encontrar: I.- De la obra pública; II.- De los servicios Públicos; III.- De los Proyectos Productivos; IV.- De impulso a las

El Plan de Desarrollo Municipal,

constituye una herramienta que

todo Ayuntamiento debe formular

para el sano ejercicio del gobierno y

la administración municipal dentro

de los primeros tres meses del

primer año de ejercicio y su

duración, será de tres años.

a) La planeación; que debe ser un

instrumento esencial para las actividades

municipales.

b) El desarrollo administrativo,

indispensable para el mejor desempeño

de los ayuntamientos.

c) Los servicios públicos, cuya prestación

es de mayor importancia para los

ciudadanos.

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comunidades indígenas; V.- De Desarrollo Urbano; y VI.- De Ecología. Rubros importante a os cuales les debemos poner énfasis, de lo contrario nuestro municipio permanecerá en calma pero sin avanzar.

A&N Asesores & Negocios en México S.C.

Despacho dedicado a la consultoría a Municipios.