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La Indemnización Compensatoria de Montaña (1CM): notas para su conocimiento como fuente de información y como estrategia de intervención territorial Dionisio DÍEZ MAYORAL Esta nota pretende dar a conocer y efectuar una primera reflexión sobre las Indemnizaciones Compensatorias de Montaña (1CM), instru- mento operativo de intervención política en el territorio de montaña que. si bien se contemplaba en la Ley de Agricultura de Montaña (LAM) dc 1982, comienza su andadura en nuestro país en 1986, tras la entrada de España en la CEE. Las ¡CM forman parte de una estrategia más amplia de interven- ción para estas zonas, es decir, de la Política de Agricultura de Mon- taña, que cuenta en la Comunidad con más de una década de aplica- ción dentro de la Política Agraria Común (PAC), y con un amplio marco normativo al que España ha tenido que ir adaptándose, consti- tuyendo la Indemnización Compensatoria el primer instrumento y uno de los más representativos de los aplicados a nivel nacional por la citada política de montaña. Para tratar de dar a conocer el papel de la 1CM como medida o ins- trumento comunitario, presentaremos brevemente el mareo jurídico europeo en sus aspectos clave. Posteriormente se hará lo mismo con el español, y hecho esto sc pasarán a describir en otro apartado las pecu- liaridades y características específicas de la Indemnización en nuestro país. En una segunda parte la nota se centrará, por un lado, en exponer las características y posibilidades de las 1CM de cara a su utilización como fuente de infonnación, para el estudio y conocimiento de las áreas de montaña, a través de un análisis de los contenidos informativos que recogen las solicitudes~. Por otro, reflexionar sobre sus concepciones, planteamientos, objetivos y posibilidades como estrategia de intervención territorial tomando como punto de referencia la experiencia de esta Anale.~ de Geografla de la Universidad Complutense. nf 9- 281-296. Ed. Un. Comp. Madrid. 1989

La Indemnización Compensatoria de Montaña (1CM): notas ... · La Indemnización Compensatoria de Montaña... 285 La concesión de las IC responde básicamente a una serie de crite-ríos

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La Indemnización CompensatoriadeMontaña (1CM):

notaspara su conocimientocomofuentede información y comoestrategia

de intervención territorial

Dionisio DÍEZ MAYORAL

Esta nota pretendedar a conocery efectuarunaprimera reflexiónsobrelasIndemnizacionesCompensatoriasde Montaña(1CM), instru-mento operativode intervenciónpolítica en el territorio de montañaque. si bien se contemplabaen la Ley de Agricultura de Montaña(LAM) dc 1982,comienzasu andaduraen nuestropaísen 1986,tras laentradade Españaen la CEE.

Las ¡CM forman partede una estrategiamás amplia de interven-ción paraestaszonas,es decir, de la Política de Agricultura de Mon-taña,quecuentaen la Comunidadcon másde unadécadade aplica-ción dentro de la Política Agraria Común (PAC), y con un ampliomarconormativoal queEspañaha tenido queir adaptándose,consti-tuyendola IndemnizaciónCompensatoriael primer instrumentoy unode los más representativosde los aplicadosa nivel nacional por lacitadapolítica de montaña.

Paratratarde dara conocerel papelde la 1CM comomedidao ins-trumento comunitario, presentaremosbrevementeel mareo jurídicoeuropeoen sus aspectosclave.Posteriormentese harálo mismoconelespañol,y hechoestosc pasarána describiren otroapartadolas pecu-liaridadesy característicasespecíficasde la Indemnizaciónennuestropaís.

En unasegundapartela notase centrará,por un lado, en exponerlas característicasy posibilidadesde las 1CM de caraa su utilizacióncomo fuentede infonnación, parael estudioy conocimientode las áreasde montaña,a travésde un análisisde los contenidosinformativos querecogen las solicitudes~. Por otro, reflexionar sobre sus concepciones,planteamientos,objetivosy posibilidadescomoestrategia de intervenciónterritorial tomando como punto de referenciala experiencia de esta

Anale.~ de Geografla de la Universidad Complutense. nf 9- 281-296. Ed. Un. Comp. Madrid. 1989

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estrategiaen la CEE, y másen concretoen un paíspunteroen su des-arrollo como es Francia.

1. LA 1CM EN EL MARCO DE LAS POLÍTICASDE AGRICULTURA DE MONTANA

La 1CM es un instrumentode intervencióndirectaen zonasdelimi-tadascomo de agriculturade montaña(ZAM), con el objetivo de com-pensarmedianteuna ayudaeconómicaanuala las explotacionesagra-rias de estaszonaspor suslimitacionesnaturalespermanentes,y servirde complementoy sosténde rentas.Se inserta dentro de una linea deintervencióncomunitariamásampliaen ZAM y constituyeuna de suspiezasclave.

Pesea queen paísescomo Franciacomienzasu puestaen prácticaacomienzosde los setenta(Giroud,H., 1981),en la CEEno se establecehasta 1975 con la promulgaciónde la Directiva CEE 268/75 «SobreAgricultura de Montaña y ciertasZonasDesfavorecidas»,queconsti-tuyela basedela política comunitariaen favor delas áreasdemontañadentro del marco de la PAC. significando un notable cambio en lasestrategiasde las políticas~ ~~grariascomunitarias. al contemplarseenellas las áreasdesfavorecidasy de montañacomo realidad específica,tomandoen consideraciónsusespecialescondicionesy las desigualda-desestructuralesy naturalesde las distintasregiones.Se pasade medi-das e instrumentosuniformes y horizontalesa otros específicosparaestos territorios, existiendo ademásuna preocupación especial porel medio ambiente y su conservación(Gómez Benito y otros, 1987.

pág. 39). Se reconoceademásla función primordial queen cl manteni-mientodel medio naturaljuegan los agricultores de estaszonas,,de loque se beneficia toda la Comunidad, con lo que quedajustificado eltrasvase económico hacia esas áreas que será cofinanciado por elFEOGA. Sección Orientación, y los Estadosmiembros.

Dc esta forma se estableceun régimen especial de ayudaspara lasareasde montaña y las zonasdesfavorecidas,entrelas que destacanlasayudasa inversionesen explotacionesagrarias,y a inversionescolecti-vasparamejorade pastosy forrajes,junto a las 1CM quequedanregu-ladas.La cuantíade las IC seráfijada porlos Estadosmiembrosdentrode unosmárgenesestablecidosen la directiva,y se otorgaráa los agri-cultoresque cumplanunasdeterminadascondicionesen función delas superficiescultivadasy delas cabezasganaderasque poseanprinci-palmenteU Se insiste en la continuidadde las explotacionesdurantecinco añoscomo condición exigida a los beneficiarios.

Directiva CEE 268/75.Títulos 1 y II.

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En 1985, tras una décadade experiencia,con la publicación delReglamentoCEE797/85«Sobremejorade laeficaciade las estructurasagrarias»,quesustituyea la directivaanterior,salvoen sustresprime-ros artículos, se trata de reforzar la estrategiaseguidadesde 1975 enzonaso regionesde especialesproblemasestructurales.

En su título III articula medidasespecificasparalas ZAM desta-candola 1CM que refuerza susanteriorescaracterísticasal regularseahoraen un reglamentoconunaclaralíneade continuidad.Ademásseincrementala preocupaciónmedioambientalal dictarse medidas re-gionales especificasde tipo estructural, junto a ayudasespecificasazonassensiblesen sumedio ambiente.Se avanzaademásen el carácterintegral, al contemplarseactividadescomo las turisticasy artesanalesquepuedenir ligadasa las explotacionesagrariasy hacerviable sudes-arrollo 2

Pareceobvio señalarque los Estadosmiembroshan llevado a cabounaarmonizaciónde sus políticas con el marcocomunitariopara asíteneraccesoa la cofinanciación.peroestosEstadosaún dentro de losmárgenesde esemarcohanactuadocon discrecionalidadtratandoenlo posiblede adaptarlas estrategiasa susrealidadesfísicasy económi-cas,y en generalhanavanzadoen la aplicaciónde instrumentosmenossectorialesy en la diferenciaciónde espaciosy problemáticasde caraano intervenirde forma uniformeen unarealidadtan diversay variadacomo la montaña.En estesentido,el casode Franciapuederesultarbastanteclarificador (G. Bazin, 1. Strohl, 1987: F. Pingaud,1985; G.Cannata;5. Scarpetta.1986).

En España,aunquesecontabanalgunosantecedentes~, es la Cons-titución de 1978. la que en su articulo 130.2 exigea las Administracio-nes Públicasotorgar un tratamientoespeciala las zonasde montaña.Derivada del mandatoconstitucional y del procesode homologacióndc nuestrapolítica agrariaa laCEE, se apruebaen 1982 la Ley 25/1982.de Agricultura de Montaña (LAM), cuyos objetivos puedenresumirseen el establecimientode un régimenjuridico especialparalas ZAM yzonasequiparables,y posibilitar el desarrolloeconómicoy la conserva-ción del medio natural.

Se trata, como su denominación indica, de una ley sectorialagrariaquepesea abordarla problemáticade las ZAM desdeunaperspectivaglobal, éstaesmás bien parcial en sus medidase instrumentosconcre-tos en consonancia con la legislación europea(C. Gómez Benito y

2 ReglamentoCEE 797/85. articulo 16.Los antecedentesson: «La ordenaciónintegral de comarcasforestales.1930. y el

programade reestructuraciónde áreasdeagriculturacrítica y económicade montañadelIII Plan de Desarrollo. 1972-1975»(en presentaciónde «Supervivenciade la Montaña».Actasdel Coloquio Hispano-FrancéssobreAreasde Montaña. 1981).

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otros, 1987, pág. 13). La LAM estableceasí un sistema de ayudasybeneficios generalespara las ZAM en las que aparte de establecermejorescondicionesparaunaseriede beneficiosgeneralesse promue-ven otras específicaspara estaszonas,en línea con las comunitariascomo son las Ayudas a InversionesColectivasy las 1CM, constituyen-do instrumentoshastaahorainéditosen Españade ayudadirecta a lamontaña y siendolos que primeramentese han aplicado ~.

Los Programasde Ordenacióny Promociónde Aseasde Montaña,PROPROM. son el instrumentoprincipal de la aplicación de la ley,regulándoseespecíficamenteen medidas legislativas posteriores~, sepretendequetenganun carácterintegral profundizando y reforzandolos planteamientosde la LAM, y se estableceun marco de accióncomúnparala participacióncoordinadadetodaslas administraciones.

Con la promulgaciónde estaley ha quedadoabiertoen Españaunprocesode reflexión,debatee intervenciónsobrelos espaciosde mon-tañanecesarioy no carentede dificultades,el cual haposibilitadoconel gran esfuerzode las Administracionesnuestraintegraciónen lasestrategiascomunitariasa raíz de nuestraadhesióna la CEE. Dadoelretrasode la puestaen prácticade los PROPROMla política de agri-cultura de montañase estálimitando en nuestropaísen estos años,prácticamentea las 1CM y a las inversionescolectivas.

2. CARACTERÍSTICAS Y PUESTAEN PRACTICA DE LAS 1CM EN ESPAÑA

Con la adhesiónde Españaa la CEE en 1986, la 1CM y su norma-tiva son homologadaspor las institucionescomunitarias,por lo que apartir de aquíse inicia lagestiónde supuestaenpráctica,que se lleva acabocomo tareacompartidaentrela AdministraciónCentral,TRYDAy la Autonómica.

Con anterioridadse había procedidoa las dos primerasdelimita-cionesde las áreassusceptiblesde serdeclaradasZAM, para posterior-mentehacersela terceraa los efectosde las concesionesde estaayuda,y de las otorgadasa inversionescolectivas6

Se regulanprimeramenteen la LAM. an. 19. y posteriormenle.en el R. D. 1684/1986(por el queseregulanayudasespecíficasaexplotacionesagrariasubicadasen ZAM). en elque seestablecenpor primeravez, deacuerdocon la LAM paraese mismoaño86.

- Sobre todo, enel R. D. 2164/1984(Capitulo II) (flor el cine sc reuníala ‘acexon comunparael desarrollointegral de las/AM y de otraszonasequiparablesen desarrollode laLey 25/1982).

Orden dc 6 de marzode 1985, PrimeraDelimitación.— Ordende 9 de junio de 1986, SegundaDelimitación.— Ordende 21 dejulio de ¡987. TerceraDelimitación.— Directiva CEE 466/86,de 14-7-1987(relativaala lista dezonasagrícolasdesfavoreei-

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La Indemnización Compensatoria de Montaña... 285

La concesiónde las IC respondebásicamentea unaseriede crite-ríos como intensificarla ayudaen zonascon másdificultades,favore-cer ciertasorientacionesproductivas,y a las explotacionesde menortamaño,el trato preferenteaasociaciones,y compatibilizarla financia-ción del Estadoy las ComunidadesAutónomasestableciendounaIC base y otra complementaria,siendo ambasreembolsablespor elFEOGA.

Es necesarioreseñarqueparateneraccesoa la indemnizaciónlostitulares de explotacióndeberáncumplir las siguientescondiciones(reseñadasen la LAM, art. 19):

— Sertitular de explotaciónubicadaen ZAM residiendoen estasoen términoslimítrofes.

— Tener la actividad agraria como actividad principal (50 % deingresosprovinientesde ella), y estaral día en el pagode la SeguridadSocial Agraria.

— Dedicara cultivosagrícolaso forestalesno maderablesal menos2 Ha., o unaexplotaciónganaderacon dos UGM.

— No ser beneficiario de pensión de jubilación, o prestacióndedesempleo.

— Compromisode mantenerla actividad al menosdurantecincoanos.

Como consecuenciade su carácteranual,los criterios y valoresconque se concedeson revisables,su cuantía es unitaria para todas laszonasen el casode la básica,y discrecionalen la complementarianodebiendorebasarla sumade las doslos márgenesvigentesenla CEE ~.

Lossolicitantesquecumplieronlas condicionesexpuestasse beneficia-ron en 1986 y 1987 de una1CM basede 6.000pesetaspor UGM o porhectáreade SAU, y de T000 en 1988. Peroestascuantíasse vieron alte-radasde diferentemaneracadaañoal aplicarsedistintasprimasy coe-ficientes reductores,que se empleancomo herramientaspara diferen-ciar cuantitativamentelas indemnizaciones,favorecerdeterminadasorientacionesproductivastalescomolaganaderíacárnicao larepobla-ción forestal,así como no beneficiara las grandesexplotacionesfrente

dascon arregloa la Directiva CFE268/75).La CFEhomologalas áreasdelasdos primerasdelimitaciones.

Las delimitacionesse realizansegúnlos criterios establecidosy modificadosde altitnd.pendiente.o ambascombinadas.En el año86sehallandelimitadosun total de2.870munI-cipios, un 35.7 % de los españoles.conuna superficiecíe 192.692km2, y en cl año87. estenumerose¡nerementaen 174. quedandoasínn total de3.044 municipios,eí 37,8 del totalnacional.con unaextensiónaproximadade204.374km2. La delimitaciónsehaefectuadoapartir de unidadesmunicipalesen la inmensamayoriade los casos,lo cual puedeno seracertado,dadala granextensiónde algunostérminosy su posiblediversidadgeográfica.

ReglamentoCEE 797/85.art. 15: «La indemnizaciónno podráserinferior a 20.3ecuspor UGM o Ha. dc SAlA, ni inferior a 101 ecuspor los mismosconceptos.

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a las pequeñaspara lo cual se empleancoeficientesreductorescon-formeaumentala cabañaganaderao las hectáreasde SAU de la explo-tación,el númeromáximo de UGM o hectáreapor el quesepodía reci-bir compensaciónfue en 1986 de 25, y en el 87 y 88, de 20 ~.

La ¡CM de 1988 estableceademásuna prima del 10 % para com-pensarlas explotacionessituadasen la zonade influencia de un Par-que Nacional, y establecía unos coeficientes reductores nuevos deacuerdocon la orientacióneconómicade la explotación.

Podemosafirmar, por tanto, que la ¡CM se concedemás por laorientaciónproductiva quepor las dificultadesy limitacionesespecí-ficas de cadaexplotacton.

Segúncálculosdcl año 1986,el númerode explotacionesagrariasdemontañaen Españaera de 749.085.de las cuales734.192pertenecíanapersonasfísicas,y el resto a cualquiertipo de sociedadcooperaliva.Deel conjunto de explotaciones«de las personasfísicas»sólo se adminis-trabandirectamente483.178, y de éstasdedicabanmás del 50 % de sutiempoa la agriculturasusempresarios251.373,esdecir, el 53 % del to-tal de empresariospersonales(C. GómezBenito y otros, 1987,págs.23y 24). Segúndatos del IRYDA en 1986 se pagaron un total de 109.749explotacionescon un importe de 6.346,7 millones de pesetas~,con unamediade 57.829 pesetasde cuantíapor IC, en 1987. fueron 113.943 lasexplotacionespor valor de 4.454,9millones de pesetas,a una media de39.097 pesetasIC ‘>.

3. LA 1CM COMO FtJEN’l’E DE INFORMACIONSOBRE LAS AREAS DE MONTAÑA

Una vez analizadoy comentadoel marcojurídico básico que lasregula,y expuestaslas característicasprincipalesde su recienteaplica-ción a España,nosencontramosen condicionesde presentary anali-zar lo quea nuestrojuicio suponeunagrancualidadinformativa de la¡CM, como es la de poderconstituiruna nuevafuentede gran utilidadprácticapara un másespecíficoconocimientode las áreasde montañaen Españadesdeunagranvariedadde disciplinas,perspectivasy enfo-ques.

La indemnizaciónes otorgadaa los titularesquecumplen unaseriede requisitos a nível personaly de explotación, y según las caracte-

R. D. 1684/1986.Orden dc 9 deseptiembredc 1986.— R. 0. 1030/1987.Ordende 2<’ de agostode ¡987.— R. D. 462/1988,Ordende 19 dc mayode 1988.Regulany p<>netl en marchacada año, respectivamente,la aplicacióndc las1CM. esta-

bleciendocaracterísticas,criterios y cuantíabásicamente.Datosfacilitadospor la Direcciónde AsistenciaTécnicay Económicadel IRYDA.

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La Indemnización Compensatoria de Montaña.,. 287

rísticas de estaúltima secalcula su cuantía; por tanto, el elementoclavedel que nos va a informar la ¡CM será la explotaciónagraria.Dichoesto, podemosafirmar que la basede la nuevafuente informativa sonlas solicitudesde indemnizaciónen las que se recogenlos datos.Deestemodo realizamosun análisisde la solicitud (fig. 1). cuyomodelopresentabásicamentelos mismoscontenidosquela del 86, e introducemuy pocasvariacionesrespectoa la del 88 todavíaen curso de tramita-ción -

La solicitud puededividirse en los siguientesbloquesinformativos:

1. Identflcación: Recogeinformación sobre la localización de lasexplotacionesa nivel de provincia,comarca,utilizándoselas comarcasagrarias,y municipio; ademásde los datos personalesdel titular y sucónyuge,si estácasado,nombre,apellidos,domicilio, númerode cuen-ta bancariay sucursalparaingresarel importede la indemnización,ydatos sobre si el solicitante es miembro de una explotaciónasociadacomo actividadprincipal.

La informaciónde esteapartado,nos permiteestudiarlas caracte-rísticas de la población activa agraria,su edad,estadocivil, incluso anivel municipal. Por otra parte, la información sobrela entidad banca-ria utilizadapodríaaplicarsecomo indicador,entreotros,de cuál es lacabeceradecomarcao el núcleode servíctoscon mayoratracciónen elárea.Asimismo los datos referentesa las explotacionesasociadasnospermitirán cuantificar éstasy estudiar suscaracterísticasen relacióncon el resto de explotaciones de la zona.

2. Características de la Explotación: Se subdivideen los subloques;a) Fincas Rústicasy Régimen de Tenencia,b) Cultivos y aprovecha-mientos:,c) Ganadería.Estos,desglosadossegúnuna seriede concep-tos, reflejarán las cantidadesen basea las cualesse realizaráel cálculoespecífico de la cuantíade la ¡CM.

2a. fincas Rústicas y Régimen de Tenencia: Ofreceinformación so-bre la superficieutilizada, clasificadasegúnel régimende propiedadotenencia:propiedad,arrendamientoo aparcería,y EquivalenteIndivi-dual ci. AprovechamientosComunalesy ExplotacionesAsociadas lO,

Equivalente Individual en Aprovechamientos Comunales: Refleja cuántas hectáreas de loscomunalesutiliza el solicitante,o decuántassebeneticia.A elbetosdela solicitud secalculapartiendode hallaren primerlugar la CargaTotal GanaderaMunicipal en superficiesdeutilizaciónComunal(ya seanMontesComunales,o Montesde Utilidad Pública,o Propios(le Ayuntamientos,y privadosquepermitanpastar,rastrojeras,barbechos,etc.) quees elcocienteentrela superficiede aprovechamientocomunal total del municipioy el total (leUGM que pastanen esassuperficies(deestecálculosedisponepreviamenteal serefectuadopor los serviciostécnicosde la Administraciónparacadatérmino).

Una vez halladala cargamunicipal, el Equivalentees el productode multiplicar dichacarga porel númerode UGM pastantesqueposeael solicitante.

Equivalente Individual en Exploraciones Ascx’iadas: Refleja la superficie que íe corresponde

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Dionisio DíezMayara?

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La Indemnización Compensatoria de Montaña..,

APROVECHAMIENTO DE PASTOS COMUNALESal Dalos de los comun ales:

Idenlilicación y localización

ú> flatos particulares del ganadero:Ganado

Tipodesproveclsamiento Hectáreas

N’de cabezas N.’ dedias

Govinro denrásdeflañosBosíno le OlsIeseoa2 añosEquinodelorásElId tensesOvino adulloCaprino adullo

lEEn EDo datos reivíados es luu do .ruantados avlnrEo,os so dodoco el flamero de Has. do uílrosokuessíesronr, oF anoníso do osla vel,c,lud en 1

IndemnIzacIonesOompensabríasrecibidaslísota laFecha.

Declaro bailEn,’ responsabilidod que NO recibo peuslólí de juñílacíclu, ni cualquier 01raprestaciárr análoga que más del 50% de mi renla procede de la isoplotscíón agrarIa El ~más del 50% cte mí líempo está dedicados ella: ose todos los datos que arríeceden sonoetlos.

Me comprometo a m anlener mi aclEe dad en laco plotaoón, al malos duran le los prcloimoOanos. solíci Folamásímdlfl demnizacíran ccrntle,ísOtorle.

a de. cte ten?.

El pelíoonarío,

ClasIficación de las asplotaclones basada en la orientacIón técnlco-.conómlcaDecisido de la ComisidnBSlOlEZ CEE de 7-e-SS)

Claves a utilizar

OrientacIón principal ClaveEsplolacionea especializadas en grandes u sosExplotaciones Irorlicolas 2Esplolaci ones con predominio de cullívos permanentes 3Explotaciones ganaderas sopecializadas - - - - 4Esplotaciones con varios cultivos -Esplotaciooes conF ganado de dílerenles especíne eEsplolacionea nrixtss agrFcoEa-ganadera 7Otras esplotaciones no clasiticadas en los puntos anterioresSe editará tsr esa oraz el apartado es qse se clasitica la exptstacide E arlase su,Orérisaoornespondíenteoet,asleda al anseEsO de a solicito a. clv el surIs son alado unes tipo deeuplslaoidlit.

Figura t.

289

INFORMACION COMPLEMENTARIA

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290 Dionisio Díez Mayoral

Tambiénse haceconstarla localizaciónde las distintassuperficies,provincia, municipio, dadoquepuedenexistir fincas en diferentestér-minos, e inclusoprovinciasy regionescomo seríael casode las explo-tacionescon movilidad estacionaldel ganado,transhumanciao trans-terminancia.La suma de todaslas superficiesrefleja la superficieutili-zaday el tamañode la explotaciónincluyendoel equivalentecomunalo asociado.

Parajustificar la titularidad del derechoa la explotacióndel solici-tante,éstedeberápresentartítulo de propiedad,recibode contribución,contratode arrendamientoo cualquiercertificado o pruebafehacientenormalmenteutilizada, como puede ser el expedido por el Ayunta-miento.

Estainformaciónpuedesernosde granutilidad en estudiossobrelapropiedad teniendo en cuenta su actualización,también nos ofrecedatossobrela vigencia delos aprovechamientoscomunales,y sobrelasactividadesganaderastranshumanteso de otro tipo.

2.b. Cultivosy aprovechamientos: Ofreceinformaciónsobrela dedi-caciónde la superficieagraria,diferenciadaen distintos conceptosygrupos de éstos ti El primer grupo. Superficie fbrrajera Total,’ se des-glosaen los conceptos:

— SuperficieForrajera(F). cuantificaráúnicamentelas extensio-nes de praderasy cultivos forrajeros (otros tipos de pastos,pastizales,comunales,arrendados,estacionales,barbechos,eriales,y montespas-tables, se incluirán en los otros tres apartadosde esteprimer gmpo).

— Pastosutilizadosmás de seis meses(G), y de dos a seis (H), secuantifican los equivalentesindividuales en comunaleso asociadosylos de otros regímenes,pastizales.montespastables,etcétera.

— Barbechoy erial (1).El segundogrupo tiene un sólo concepto,otrasSuperficiesde Ali-

mentacióndelGanado(J), recogela superficieutilizada paraalimentarel ganadode la propia explotación,por ejemplo,si se ttenen 10 Ha. decebaday se utilizan parael ganadolo queproducen3 Ha. secomputa-rán 3 Ha. en esteconceptoy las restantesen (N) cultivos extensivosdesecano,cebada12,

al solicitantedel total de 1-a explotaciónasociada,sccalculasegúnla cuotadc p’asticipaciónquetenga en la misma,

Hayque hacernotardecaraala fiabilidad delos datosdeestebloque,queestospro-vienende la estimacióndirectadel solicitante,con algunasposibilidadesdeerror, noam-al-mentepor sudesconfianza,obienporquesuscálculoslosrealizanfrecuentementeenmedi-dastradicionales,fanegas.obradas,etc. Perodadala variabilidady los cambiosinteranualesde dedicaciónde la tierra,creemosqueno sedisponede una informaciónmásactualizadaquela comentada,teniendoencuentaquesuelecontarconel visto buenodel agentedel Ser-vtcio dc ExtensiónAgraria de la Lona.engeneralprofundoconocetlor(le lasexplotaciones.e incluso de sustitulares.

2 Parael cálculode lassupe,fir’ie~- dedicadas a alimentación del ganado se eslableceta unos

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La Indemnización Compensatoria de Montaña.. 291

Los siguientesconceptos(K. L, M, N, O, P) reflejarán,respectiva-mente,las superficiesdedicadasa los cultivosqueen ellas aparecen13

La superficie total agrícola utilizada (Q) es la sumade los conceptosanteriores,a efectosde liquidación,y lógicamenteseráigual o menoralnúmerode hectáreasqueel de FincasRústicasy Régimende Tenen-cia (E).

Estoscontenidosnos dana conocer,ademásde las característicasde la explotación, los componentesprincipales del paiseje rural enestasareasy su configuracióny organización.

2.c. Ganadería: Ofrecedatossobrela composicióndela cabañaga-naderade la explotación,en él aparecenlos siguientesconceptos:

— Vacas(S)quesedesdoblaen dos,porel especialtratamientoquetendráel vacunode carne:Si, de aptitudcárnica,en el que se capitali-zarán sólo las vacasmadresde esta aptitud, prescindiendode toros,ganadode cebo,terneros,etc., y S2, otras, se recogeránsólo las vacasmadreslecheras,es decir, de raza frisona o producciónsimilar Losconceptosde la (T) a la (Z) cuantificaránlas cabezasde otros tipos deganado.Lascabezasganaderasse transformaránen UGM a efectosdeliquidación parael pagode la ¡C a partir de unaseriede equivalenciasestablecidasen la legislación ‘~.

Puedeobservarseque no se contabilizany. por tanto, no se pagaindemnizaciónpor ellas,especiesganaderasde gran importancia enlas ZAM españolasy gran tradición,como la aviculturao el porcino.

La informaciónse recogedirectamentede lacartilla ganaderapues-ta al día y actualizadaen cuestionessanitarias.

Como puedeapreciarse,unavez analizadoel modelo de solicitud,la ¡CM puedeutilizarseen múltiplesaspectosparael estudiode nues-traszonasde montaña,actividadeseconómicas,agricultura,ganadería,usos del suelo,organizacióndel espaciorural y el paisaje,entreotrasmuchas,presentandograndescualidadesparaestudiarlas explotacio-

baremosmedios convencionalesen cada comunidadautónoma,regióno comarca.Porejemplo.seestimóqueen 1987 enCastilla-Leóncadahectáreadecebadaprodujo2.5(K) kg.demediay quecadaUGM consumíaunamediade5(X) kg. anuales.Por tanto,unaexplota-ción con 5 UGM dedicaráa la alimentacióndel ganadoel productode 1 Ha. decebada.

íd La superficie(L)perales; manzanos y melocotoneros; sólo será incluidacuandoseainfe-riora 0,5 Ha. La superficie(M) dedicada a rcgadío, no incluirá lasforrajerasya consignadas.y seespecificael tipo decultivo, tabaco,huerta,algodón.La (N) cultivos extensivos de secano,incluirá vid, olivar. y frutos secos,dentrodc frutos secosse contabilizaránpino piñonero,nogal,castaño.etc. Enla superficie(O) sepuedenincluir alcornocalesy pino resinerosi nose hancomputadoen otrosconceptos.En (P) seincluirá la superficierepobladael últimoaño, indicandoespecie.pino, chopo.

14 Las equivalenciasqueactualmenteschallanen vigor sOn lassiguientes:toros,vacasyotros animalesdela especiebovina de másde dos años,y équidosde más de seis meses,1 UGM; animalesdc la especiebovinadeseis mesesa dosaños,Ofl) UGM: ovejasy cabras.(LIS UCiM. R. D. 1684/1986,as-ls.4-5. y ReglamentoCEE 797/85.Anexo.

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nes,clasificarlas,establecertipologías,aproximarsea su problemática,etc.Unode susmayoresatractivoses queal efectuarsetodoslos añoslarecogidade datos,la fuentese mantendrápermanentementeactuali-zaday seráposible el estudiocon un enfoquedinámicode todos lostemasindicados,al informarnosde las transformacionesacaecidas.Ademásal hallarse informatizada,el accesoa la información serámenoslaboriosoy másfácil su tratamiento,constituyendola ¡CM unaverdaderabasede datossobrelas áreasde montañaespañolas.

Pero,por otra parte,no debemosolvidar sus carenciasy limitacio-nes como puedeserlas siguientes:

— No recogeninformación de todas las explotacionesagrariasalno teneraccesoa la1CM las menoresde2 Ha.o UGM. los titularesqueno residanen ZAM, o municipios limítrofes, y los que no tenganlaagrariacomoactividadprincipal,se prescinde,por lo tanto,de las acti-vidadesagrariasa tiempo parcial a vecesmuy importantesen la mon-taña.

— Existe laposibilidad,sobretodoen estosprimerosaños,de quealgunostitularesno hayanaccedidoa solicitarla 1CM por variasrazo-tiesentreotrasporqueparateneraccesoa ella tienen quellevar a cabounanormalizacióna nivel administrativo,fiscal,etc.,queno siempreesfácil quese produzcaen estasáreas.Ademáshayqueteneren cuentaeldesconocimientoy la desinformación,pese a que hemosde valorarmuypositivamenteel esfuerzodivulgadore informativo dela Adminis-tracton.

4. LA 1CM COMO ESTRATEGIA DE INTERVENCIÓN

Como se ha reseñado,la política de agriculturade montañaapli-cadaen Españadesde1986 se lleva a caboen la CEEdesdehacemásde unadécada,contandoya conexperienciay cierto desarrolloen algu-nos estadosmiembros.Tomandocomo referenciasu evolución en laCEEy su desarrolloen un paíspionerocomoes Franciay unavez pre-sentadaslas caracteristicasde su aplicaciónen Españapensamosquepodemosiniciar aquíunaprimera reflexiónquedé aconocerlos prin-cipalesaspectosde la IC como estrategiade intervenciónen áreasdemontaña.En estesentidonos pareceadecuadoinsistir unavez másenel caráctersectorialagrariode esteinstrumentoy de todala política demontañacomunitariacuestionadapor su insuficienciay superadayadiscrecionalmenteen algunospaisesmiembros,comoFrancia 15

lO La Ley francesan.n 85-30.de9 deenerode 1985,relativaal desarrolloy ala protecciónde lamontaña;esla ley actualmenteenvigor enesepais, y afectaanumerosossectoresdc lavida económicay social, proponeun desarrollosobrela valorización de los recursosypotencialidadeslocalesy llevadoa caboporlas poblacionesmontañesas.

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La estrategiaquelleva implícita la ¡CM es la de serun instrumentooperativoen el mantenimientode unapoblacióny unas actividadesque protejan contra la erosión y salvaguardenla naturaleza,mante-niendounos serviciosmínimosen el territorio, lo cual denotaunavi-sion estrechay parcial de la montañacomo área subsidiariade lasurbanasy como lugar presenteo futuro de expansióno servicio deéstas.¡deaque se hallamuy conectadaconconsiderara los agricultores«jardinerosde la naturaleza»,o «guardabosques»(Molinero Hernan-do, 1987; Gago Dávila y otros, 1987) muy extendidaen todaEuropa.

Estaestrategiaentrañael conceptode «asistencia»,pudiendoconsi-derarsea la ¡CM comounaayudaasistencial,queconlíevaunavisiónunívocadel desarrolloporla cualse consideraa lamontañacomoáreadesfavorecidaque necesita«auxilio» de la comunidad,partiendodelsupuestode que estaayudaesnecesariaparasuperarsudéficit produc-tivo y de rentas,antesu incapacidadde igualar a la llanura en estosaspectosdebido a susespecialescondicionantesquese lo impiden. Lasideasde zonadesfavoreciday asistencia,implicanpolíticasde transfe-renciadc rentas,lo quesuponereconocerla «inferioridad»de la mon-taña y establecerun régimen de protecciónsocial. Esto comportaencierto modono teneren cuentala diversidad,calidad,potencialidadderecursosde estasáreas,deprimidasen buenaparte.y menospreciarlapeculiaridady especificidadde su producciónminandolas posibilida-des de revalorizaciónde los productosespecíficosde la montaña.

Respectoa la transferenciade rentas,es importanteconstatarcómoun mtnuciosoestudiopara la montañafrancesaconstatabaparadóji-camenteque la agriculturade montañase beneficia de un sosteni-mientopúblico menorquela de llanura,stn haberrealizadoel estudiopensamosqueen nuestropaíslos resultadosseríansimilares(G. Can-nata,5. Scarpetta,1986).

Por otra parte, las ¡CM pretendengarantizarel mantenimientodelas actividadesagrariascaraa laconservaciónnatural,pero se encuen-tran distantesde tratarde desarrollaresas actividades.En cuanto almantenimientode la poblaciónen estasáreaslas indemnizacionesytodala políticade montañacomunitariase presentanen unaclaracon-tradicción con otras estrategiasde la misma PAC que estimulanlasjubilacionesanticipadasen las áreasruralesparareducirexcedentes,loque se agrava si tenemosen cuentael notableporcentajede activosagrariosde avanzadaedaden las áreasde montañay el alto nivel deenvejecimientode la poblaciónengeneral,lo que,junto a los tradicio-nalescondicionamientos sociojurídicos para el accesode losjóvenes ala titularidad.puedelimitar en buenamedidael númerode explotacio-nes actuales.

Otracarenciaimportantede las 1CM enEspañapuedeserel hechode quesu cuantíano es proporcionala los realescondicionamientos

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naturalesde cadaexplotación,al aplicarseun fijo uniformementeentodoel Estado,lo cual estáen claradiscordanciaconsuspropiosplan-teamientosde partida,dadoquesi se aceptaquelas explotacionesmásricasy grandesseubicanenespaciosconmenoshándicaps,podemosdeducirquese estáfavoreciendoa las quemenoscondicionantespre-sentanal recibir todasla mismacuantía.Los coeficientesreductoresylas bonificacionesquetratan de corregir esteproblemaseaplican máscon criteriosde orientaciónproductivao de paliar diferenciasde tama-ño de explotacionesquecon criterios quepuedanvalorar las específi-cascondicionesnaturalesy estructuralesde cadaárea,comarca,maci-zo. etc.En Franciaen 1978 se intentó resolverla contradicciónentodoslos macizosdelimitandoen cadauno de ellosdistintaszonasa efectosde diferenciarla 1CM, cuyacuantíaseriadirectamenteproporcionalencadacaso a los condicionantesnaturales.Se diferenciaron cuatrozo-nas en función de altura y pendientebásicamente,que son alta mon-taña, montaña,piedemontey otras zonasdesfavorecidas.La indemni-zaciónes por supuestomás elevadaen las zonasde alta montaña,dis-minuyendoprogresivamente,estamedidapermite,por otra parte,esta-blecer orientacionesproductivas diferenciadas y especificas(1-1. Gi-roud, 1981, pág.105). Estacarenciadeberíaserespecialmentetenidaencuentaen Españadadasu enormediversidadgeográficay de espaciosde montaña,puestoque «no todos los territorios montañosospuedenrequerir tratamiento promotor similar, ya que presentandistintos re-cursosde partida y atraviesandistintas circunstancias...»(5. Anglada,E. Balcelís y otros, 1980, pág.79).

Octubrede 1988.

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LEGISLACION

Directiva CEE268/75,sobreAgriculturadeMontañay ciertasZonasDesfavoreci-das.Consejode 28-4-1975(Diario Oficial de las Comunidades Europeas n.0 L 128,de 19-5-1975)

ReglamentoCEE797/85,sobremejoradela eficaciadelasestructurasagrarias,delConsejode 12-3-1985 (Diario Oficial de las Comunidades Europeas- n.0 L 93, de30-3-1985).

DirectivaCEE466/86.relativaa la listacomunitariadezonasagrícolasdesfavore-cidascon arregloa la Directiva CEE268/75(Diario Oficial de las ComunidadesEuropeas n.0 273. de 24-9-1986).

Ley francesa85-30,de9 de enerode 1985. «relativaal desarrolloy a la protecciónde la montaña».

Ley 25/1982,de30 dejunio. deAgricultura deMontaña(ROEn.0 164,de 10-7-1982).R. D. 2164/1984.de31 deoctubre,por el queseregulala accióncomúnparael des-

arrollointegraldelasZonasdeAgriculturadeMontaña,y deotraszonasequi-parablesen desarrollode la Ley 25/1982(BOEde 6-12-1984).

Ordende 6 de marzode 1985, por la que seestablecela primeradelimitación pe-rimetral de las superficiessusceptiblesdeserdeclaradasZonasde Agriculturade Montaña(ROEde 8-6-1985).

It D. 1083/1986,de30 demayo,por el quese moditicael apanado2 del articulo2»del R. D. 2164/1984,de 31 de octubre(ROEde 9-6-1986).

Ordende 9 de junio de 1986, por la quese establecela segundadelimitaciónpe-rimetralde las superficiessusceptiblesde serdeclaradasZonasde Agriculturadc Montaña<‘ROE de 13-6-1986).

R. D. 1684/1986,de13 dejulio,por el que se regulandeterminadasayudasespecífi-cas a explotacionesagrariasubicadasen Zonas de Agricultura de Montaña(ROE de 9-8-1986).

Orden de 21 dc julio de 1987, por la quese establecela terceradelimitación pe-rimetral de lassuperficiessusceptiblesdeserdeclaradasZonasde Agriculturade Montaña(ROE de 31-7-1987).

It D. 1030/1987,de31 dejulio, porel queseregulala indeminizacióncompensato-¡-ja en Zonasde Agricultura de Montaña(ROEde 14-9-1987).

It D.462/1988,de 13 demayo, porel queseregulala 1CM enZonasdeAgriculturade Montañaparael año 1988 <‘ROE de 18-5-1988).

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BTBL¡OGRAFIA

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Anónimo(1981): «Presentación»del libro Supervivencia de la Montaña. Actas delColoquio Hispano-FrancéssobreAreas de Montaña. Madrid, MAPA (págs.7-17).

Bazin,G., y Strohl,J. (1987): «Versunediferenciationde la Politique de la Mon-tagneen France. Le cas deszonesseches»(Docunientde Travail). Semin. deRecercljeINRA, ¡AM, CEMAGREE «Ulmpact de l’elargissenientde la CEEsurl’economia ruraleetle developpementdesregionsmontagneusesetdefavo-riseesde ¡JEuropeMediterranee».Paris,juin 1987 (Mimeografiado46 págs.).

Cannata, G., y Scarpetta, S. (1986): Sistemi Agricoli Marginali ed Intervento Publiccoper la montagnafrancese. Monog. n.0 12. Roma, IPRA, 1986, CNR-¡PRA

GagoDavila y otros (1987):¿Qué hacer en la Sierra Norte? Comunidadde Madrid,COTMAV, 1987.

Giroud, H. (1981): «La Politique Montagnardeen France».Supervivencia de laMontaña, Actasdel Coloquio HispanoFrancéssobreMeasde Montaña.Ma-drid, MAPA, págs.101-112.

GómezBenito,C.,y otros(1987): La PolíticaSocioestructural en Zonas deAgriculturade Montaña en España y en la CEE. Madrid, MAPA. See. Gral. Técnica, 1987.

Molinero Hernando,F. (1987):«Situacióny perspectivasdel Campo Castellano-Leonés»,en Geografla de Castilla y León, tomo IV, La Actividad Agraria. Valla-dolid, Ed. Ambito, 1987.

Pingaud.E. (1985): <‘Iienjeu fondamentalde la Politique de la montagne,la diffe-renciationterritorialedeFaction de fetat».Economie Rurale, n.15 166 mars-avril.1985.