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La concordancia temporal en español Correspondencia de tiempos Introducción «Se llama tradicionalmente CONCORDANCIA TEMPORAL (lat. consecutio temporum) a la correspondencia que se establece entre dos formas verbales, una de las cuales (en adelante, V1) aparece en una oración principal, y la otra (en adelante, V2) aparece en una oración subordinada. En las oraciones independientes los tiempos absolutos del verbo orientan sus relaciones respecto del momento del habla, que es tomado como eje de la deixis temporal. Entre las escasas excepciones que se conocen a esta generalización están los casos en los que el momento del habla se desplaza retrospectivamente, como sucede con el presente histórico. Así pues, la dependencia temporal suele ser una propiedad de los tiempos que aparecen en las oraciones subordinadas.» [RAE: Nueva gramática de la lengua española. Madrid: Espasa Libros, 2009, § 24.7a] El valor temporal del enunciado no viene dado solo por los morfemas de tiempo verbales; también las unidades léxicas con valor temporal delimitan el punto del anclado temporal. Los adverbios deícticos ponen de manifiesto la forma de dependencia temporal. El eje de la deixis temporal en las oraciones independientes es el momento del habla. Si existe relación de subordinación, la 1

La concordancia temporal en español

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La concordancia temporal en español

Correspondencia de tiempos

Introducción

 

«Se llama tradicionalmente CONCORDANCIA TEMPORAL (lat. consecutio temporum)

a la correspondencia que se establece entre dos formas verbales, una de las cuales (en adelante,

V1) aparece en una oración principal, y la otra (en adelante, V2) aparece en una oración

subordinada. En las oraciones independientes los tiempos absolutos del verbo orientan sus

relaciones respecto del momento del habla, que es tomado como eje de la deixis temporal. Entre

las escasas excepciones que se conocen a esta generalización están los casos en los que el

momento del habla se desplaza retrospectivamente, como sucede con el presente histórico. Así

pues, la dependencia temporal suele ser una propiedad de los tiempos que aparecen en las

oraciones subordinadas.» [RAE: Nueva gramática de la lengua española. Madrid: Espasa

Libros, 2009, § 24.7a]

El valor temporal del enunciado no viene dado solo por los morfemas de tiempo verbales;

también las unidades léxicas con valor temporal delimitan el punto del anclado temporal. Los

adverbios deícticos ponen de manifiesto la forma de dependencia temporal.

El eje de la deixis temporal en las oraciones independientes es el momento del habla. Si

existe relación de subordinación, la forma verbal subordinada orienta sus relaciones temporales

con respecto al tiempo del evento de la oración principal. Por el contrario, si no existe relación

de subordinación, las formas verbales de la primera oración y de la segunda orientan sus

relaciones temporales de forma independiente con respecto al momento del habla.

«Aunque la concordancia de tiempos está estrechamente relacionada con la traslación del

discurso directo al indirecto, constituye un fenómeno de mayor alcance, ya que se da también en

contextos en los que no existe correspondencia entre ambos tipos de discurso.» [RAE: Nueva

gramática de la lengua española. Madrid: Espasa Libros, 2009, § 24.7g]

 

1

Clasificación de los tiempos verbales

Tiempos absolutos y relativos

Esfera temporal

 

«Tiempo absoluto. Tiempo verbal cuya referencia se calcula directamente a partir del

momento del habla. Son tiempos absolutos el presente, el pretérito perfecto simple o indefinido y

el futuro simple.

Tiempo relativo. Tiempo verbal cuyo valor se calcula a partir de un punto de referencia

que puede ser anterior, simultáneo o posterior respecto del momento del habla. Son tiempos

relativos todos los tiempos compuestos, el condicional simple y el pretérito imperfecto.»

[Eguren, Luis / Fernández Soriano, Olga: La terminología gramatical. Madrid: Gredos, 2006, p.

100]

«Los tiempos verbales se clasifican tradicionalmente de acuerdo con los tres criterios

siguientes: su estructura morfológica, que permite distinguir entre tiempos simples y

compuestos; su anclaje temporal, que los divide en tiempos absolutos y relativos, por un lado, y

tiempos de la esfera temporal del presente o del pasado, por otro; y, finalmente, sus

características aspectuales, que dan lugar a la diferenciación entre tiempos perfectivos y tiempos

imperfectivos (§ 23.1.3c, d).

La distinción entre tiempos absolutos y relativos es controvertida. Los tiempos

absolutos se orientan directamente desde el momento de la enunciación, como llegó en El

paquete llegó hace dos días (§ 23.1.1c); los tiempos relativos se orientan respecto de un punto de

la línea temporal, el cual funciona en consecuencia como punto de referencia o DE ANCLAJE

distinto del momento de la enunciación.

Así, en La prensa informó el día doce de que el paquete había llegado hacía dos días, el

tiempo de informó actúa como punto de anclaje de había llegado. La distinción entre tiempos

absolutos y relativos coincide solo en parte con la clasificación en simples y compuestos. Son

tiempos absolutos el presente, el pretérito perfecto simple y el futuro. Son tiempos relativos

HABÍA CANTADO, HE CANTADO y HABRÉ CANTADO, que indican anterioridad con

respecto al punto de referencia; CANTABA, que indica simultaneidad, si bien no en todos los

análisis (§ 23.6), y también CANTARÍA y HABRÍA CANTADO, que expresan posterioridad.

2

Se llama ESFERA TEMPORAL al conjunto de tiempos que comparten una

determinada división de la línea temporal. Las esferas temporales se caracterizan por denotar

cierto intervalo de longitud indeterminada que excluye o incluye el momento de la enunciación.

En español se distinguen la ESFERA DEL PRESENTE, que contiene las formas CANTO,

CANTARÉ y HABRÉ CANTADO, y la ESFERA DEL PASADO, que integra los restantes

tiempos, con la excepción de HE CANTADO, que oscila entre ambas. Se vuelve sobre esta

noción en el § 24.3.2.» [RAE: Nueva gramática de la lengua española. Manual. Madrid: Espasa

Libros, 2010, § 23.1.2ª y 23.1.2c]

«Se consideran tiempos de la esfera del presente: el presente, el pretérito perfecto

compuesto, el futuro y el futuro perfecto. El presente indica simultaneidad del evento con el

momento del habla; el pretérito perfecto compuesto, que el evento es anterior; el futuro, que el

evento es posterior; y el futuro perfecto, que el evento es anterior a otro evento que sigue al

momento del habla. [...] Los tiempos del subjuntivo son en todo equivalentes a los del indicativo,

salvo por el hecho de que el presente y el pretérito perfecto compuesto de subjuntivo pueden

tener también los significados de futuro y futuro perfecto de indicativo. [...]

Se consideran tiempos de la esfera del pasado todos aquellos que sitúan el evento: (a)

en la esfera del pasado; o (b) con respecto a otro evento situado en la esfera del pasado. Son

tiempos de la esfera del pasado: los pretéritos perfecto simple, imperfecto y pluscuamperfecto y

el condicional y el condicional perfecto. Con los dos primeros indicamos anterioridad del evento

con respecto al momento del habla, pero el evento se sitúa ahora en la parte de la línea temporal

que no incluye al tiempo de la enunciación. Con el pretérito pluscuamperfecto y el condicional

situamos el evento en la línea temporal como anterior y como posterior, respectivamente, a otro

evento situado en la esfera del pasado y que precede al momento del habla. Finalmente, con el

condicional perfecto indicamos anterioridad del evento denotado por el verbo con respecto a un

evento en que es posterior a otro que se sitúa en la esfera del pasado y que precede al momento

del habla.» [Carrasco Gutiérrez, Ángeles: La concordancia de tiempos. Madrid: Arco Libros,

2000, p. 17-19]

 

3

Casos canónicos de concordancia de tiempos

 

En las oraciones en las que el tiempo del verbo subordinado es relativo al del verbo

principal y está determinado por él; las relaciones temporales no quedan orientadas hacia el

momento en que se habla, sino hacia el tiempo del verbo principal.

Verbo principal (V1)

en la esfera del presente

Verbo subordinado (V2)

cualquier tiempo

imperativo

presente

pretérito perfecto

futuro imperfecto

futuro perfecto

presente

imperfecto

perfecto

pluscuamperfecto

Verbo principal (V1)

en la esfera del pasado

Verbo subordinado (V2)

tiempo pasado

pretérito indefinido

pretérito imperfecto

pretérito pluscuamperfecto

condicional imperfecto

condicional perfecto

 

pretérito imperfecto /

pretérito pluscuamperfecto

Tiempo pasado en la oración principal (V1) > Tiempo pasado en la oración subordinada (V2)

 

«En las oraciones independientes las formas verbales orientan sus relaciones temporales

con respecto al momento de la enunciación. El momento de la enunciación es el eje de la deixis

verbal. [...] En las oraciones subordinadas, en cambio, el tiempo de evaluación para las formas

verbales, el eje de la deixis temporal, pasa a ser el tiempo del evento de la oración principal. [...]

La correlación de tiempos es un fenómeno de dependencia entre las interpretaciones de

dos o más formas verbales estrechamente vinculado a la relación de subordinación sintáctica que

necesariamente ha de existir entre las oraciones en que aparecen. Este fenómeno se manifiesta,

en primer lugar, en el hecho de que las formas verbales pueden recibir interpretaciones diferentes

4

cuando se hallan en oraciones independientes y cuando se hallan en oraciones subordinadas; en

segundo lugar, en que no todas las formas verbales que aparecen en las oraciones independientes

pueden aparecer en las oraciones subordinadas y, por último, en el hecho de que el grado de

dependencia en la interpretación de unas formas verbales con respecto a otras varía según el tipo

de subordinada.

Las formas verbales de las oraciones sustantivas sitúan en la línea temporal el tiempo en

que ocurre el evento subordinado con respecto al tiempo en que ocurre el evento principal: el

tiempo del evento subordinado puede ser anterior al tiempo del evento de la oración principal,

puede ser posterior o puede ser simultáneo. [...]

Tiempos con los que habitualmente se expresan las relaciones temporales de anterioridad,

posterioridad y simultaneidad en las oraciones subordinadas sustantivas. Los tiempos pueden

corresponder tanto al modo indicativo como al subjuntivo.

La oraciones subordinadas sustantivas expresan:

El tiempo principal pertenece a la esfera del

presente

El tiempo principal pertenece a la esfera del

pasado o se trata de un pretérito perfecto

compuesto

ANTERIORIDAD

pretérito perfecto simple (1) pretérito pluscuamperfecto (5)

pretérito perfecto compuesto (2)  

pretérito imperfecto (3)  

futuro perfecto con valor modal de conjetura

o probabilidad (4)

condicional perfecto con valor modal de

conjetura o probabilidad (6)

POSTERIORIDAD

futuro (1) condicional (5)

presente de subjuntivo (2) pretérito imperfecto de subjuntivo (6) 

ir a + infinitivo (presente) con significado de

futuro próximo (3)

ir a + infinitivo (pretérito imperfecto) con

significado de futuro próximo o como marca de

discurso indirecto (7-8)

presente con valor temporal secundario de pretérito imperfecto con significado de futuro

5

posterioridad (4) próximo o como marca de discurso indirecto (3 y

9)

SIMULTANEIDAD

presente (1) pretérito imperfecto (5)

futuro con valor modal de conjetura o

probabilidad (2)

condicional con valor modal de conjetura o

probabilidad (6)

ir a + infinitivo (presente) con significado

aspectual Prospectivo (3)

ir a + infinitivo (pretérito imperfecto) con

significado aspectual Prospectivo (7)

pretérito perfecto compuesto con significado

aspectual de Perfecto (4)

pretérito pluscuamperfecto con significado

aspectual de Perfecto (8)

   

Ejemplos:

ANTERIORIDAD:

(1) María sabrá el jueves qué nota obtuvo el día anterior.

(2) Me extraña que Juan se haya callado hasta ahora.

(3) Es cierto que la familia se oponía a la boda.

(4) No imaginamos qué sentimientos habrá sentido hacia aquel hombre que no había sabido ni

vencer ni morir en su lucha gigante.

(5) El testigo ha negado que le hubieran ofrecido dinero por cambiar su declaración.

(6) Y dijo entre sí que tales dos locos como y amor y mozo no se habrían visto en el mundo.

POSTERIORIDAD:

(1) Este sorteo decidirá quién serán excedentes de cupo.

(2) Insistimos en que te encargues de todo de ahora en adelante.

(3) ¡Que dice que se va a casar en abril!, ¿pero no dijo hace un mes que se casaba en diciembre?

(4) Dentro de unos instantes los altavoces anunciarán que el tren con destino Soria sale en pocos

minutos.

(5) (Dijeron que) Ese sorteo decidirá quiénes serían excedentes de cupo.

6

(6) Yo he querido que mantuviese viva siempre la memoria de lo que pasó.

(7) Dijo que se iba a casar en diciembre.

(8) Hace un mes que se iba a casar en diciembre.

(9) Hace un mes que se casaba en diciembre.

SIMULTANEIDAD:

(1) (Estoy convencida de que) Juan contestará que está casado.

(2) Supongo que Juan se sentirá muy solo en este momento.

(3) Juan dice que se va a casar.

(4) Es imposible que ya lo haya hecho.

(5) Le sorprendió que el camión de la basura pasara los domingos.

(6) En el fondo de ella misma, Anita se preguntaba si Federico conocería la verdad.

(7) Juan dijo hace un mes que se iba a casar (, pero luego cambió de idea).

(8) Juan se enteró al día siguiente de que María ya había vendido su entrada.»

[Carrasco Gutiérrez, Ángeles: "El tiempo verbal y la sintaxis oracional. La Consecutio

temporum". En: Bosque, Ignacio / Demonte, Violeta (eds.): Gramática descriptiva de la lengua

española. Madrid: Real Academia Española / Espasa Calpe, 1999, § 47.1, 47.2, 47.2.1.4]

El resto de las oraciones subordinadas, las adverbiales y adjetivas, no ofrecen especial

dificultad en cuanto a la correspondencia de los tiempos, pues mantienen en español la

correspondencia temporal que la lógica impone.

 

Restricciones impuestas por las

propiedades léxicas del verbo principal

La concordancia de tiempos no es obligatoria en las oraciones subordinadas distintas de

las sustantivas.

«El verbo de una oración subordinada sustantiva orienta obligatoriamente sus relaciones

temporales con respecto al tiempo del evento principal. Si el evento principal es anterior al

7

tiempo de la enunciación y el evento subordinado es posterior al principal, la posición del evento

subordinado con respecto al tiempo de la enunciación queda indeterminada. En cambio, el verbo

de una oración no sustantiva puede orientar sus relaciones temporales de forma independiente

con respecto al momento del habla. Cuando esto ocurre, su posición en la línea temporal no

puede quedar indeterminada.» [Carrasco Gutiérrez, Ángeles: La concordancia de tiempos.

Madrid: Arco Libros, 2000, § 4.2.1]

Algunas combinaciones canónicas no son posibles debido a las propiedades léxicas del

verbo principal.

«La concordancia temporal no depende solo de los rasgos de cada tiempo o de la manera

en que se anclen referencialmente en función de su propia definición. Algunas propiedades

semánticas de V1 determinan de forma esencial la dependencia temporal de V2. Los predicados

verbales que corresponden a V1 se pueden dividir en dos grupos: RESTRICTIVOS y NO

RESTRICTIVOS. La existencia de estos grupos obedece a restricciones semánticas.» [RAE:

Nueva gramática de la lengua española. Madrid: Espasa Libros, 2009, § 24.7i]

Predicados restrictivos de ORIENTACIÓN PROSPECTIVA

Con los siguientes verbos no se puede expresar en la oración sustantiva anterioridad o

simultaneidad del tiempo del evento subordinado con respecto al verbo del evento principal.

Estos verbos exigen que el tiempo del acontecimiento de la oración subordinada sea posterior al

tiempo del acontecimiento de la oración principal:

Predicados de INFLUENCIA: aconsejar, amenazar (con), animar (a), mandar, obligar

(a), ordenar, pedir, permitir, prohibir, prometer, proponer, recomendar, rogar, solicitar,

sugerir, etc. Pues no se puede influir sobre un acontecimiento que ya ha tenido lugar.

Predicados de VOLUNTAD o VOLICIÓN: apetecer, desear, evitar, necesitar, preferir,

querer, ser preferible, etc.

Predicados de PREDICCIÓN: adivinar, predecir, profetizar, pronosticar, vaticinar, etc.

Predicados de RESOLUCIÓN o DETERMINACIÓN: abstenerse (de), arriesgarse (a),

atreverse (a), decidirse (a), exponerse (a), negarse (a), etc.

8

Predicados MODALES: convenir, ser aconsejable, ser inevitable, ser perentorio, ser

urgente, etc.

«Los tiempos verbales de las subordinadas sustantivas que complementan los verbos de

orientación prospectiva se caracterizan por denotar situaciones posteriores a las que estos

expresan. No contradicen esta generalización oraciones como

Les ruego, por favor, que hayan terminado a las seis,

ya que, aunque la forma subrayada denota anterioridad al tiempo designado por el adjunto a las

seis, denota un tiempo posterior al expresado por el presente ruego.

Las situaciones que denotan predicados subordinados a algunos verbos de orientación

prospectiva son compatibles también con la relación de simultaneidad. En efecto, el verbo

predecir denota una manera de anunciar algo, por tanto de referirse a cierto acontecimiento

venidero. [...]

De los cinco grupos de los verbos de orientación prospectiva los volitivos se caracterizan

por admitir con más facilidad que otros los complementos oracionales de simultaneidad y –en

ciertas ocasiones– incluso de anterioridad. Ello se debe a que los deseos, las necesidades y las

expectativas pueden hacer referencia a situaciones actuales, como en

Confío en que sabe usted lo que está haciendo,

pero también pretéritas:

Necesitamos que el profesor que se contrate haya defendido su tesis doctoral hace al

menos un año.

Análogamente, el verbo esperar puede dar lugar a la lectura de posterioridad, como en el

primero de los dos textos que siguen, pero también a la de simultaneidad, como en el segundo:

Al día pueden perder y espero que sea con nosotros.

El fundamentalismo está en la raíz de ambos casos, pero espero que sea un fenómeno

pasajero.

Aunque existe cierta tendencia a que la interpretación de anterioridad de los

complementos subordinados a los predicados volitivos sean contrafáctica, son muchos los casos

en los que se incumple.» [RAE: NGLE, § 24.7l-o]

9

Predicados restrictivos de ORIENTACIÓN SIMULTANEIDAD

Verbos que han de expresar obligatoriamente simultaneidad:

Verbos que expresan que determinado estado de cosas es captado por los sentidos

(percepción física) o por el entendimiento (percepción intelectual): comprobar, fijarse, oír, ver.

Verbos implicativos: acordarse, atreverse, conseguir, dignarse, etc., e implicativos

negativos: abstenerse, evitar, negarse, olvidarse.

Verbos como acostumbrarse, dedicarse, esforzarse o soportar.

«Entre los predicados característicos de la orientación de simultaneidad son pocos los

relativos a la expresión de sensaciones y sentimientos. Aun así, se comprueba estadísticamente

que predomina esta relación con los verbos aguantar, llevar bien (también mal, regular, etc.),

sobrellevar o soportar, como en

No soporta que la llamen a todas horas.

No obstante, tampoco en estos se descartan las relaciones de posterioridad

No lleva bien que lo vayan a enviar a otra ciudad

o de anterioridad:

No soporta que lo hayan d e jado plantado.» [RAE: NGLE, § 24.7x]

Los verbos de reacción admiten con tiempos de la esfera del presente del verbo principal

(V1) los tiempos de pasado de subjuntivo en el verbo dependiente (V2), ya que, a diferencia de

los tiempos de influencia, sí se puede reaccionar sobre algo ya sucedido. En cambio, con el

pasado como V1 en la subordinada solo pueden emplearse los pasados de subjuntivo, pues no se

puede reaccionar sobre algo que no ha tenido lugar. No se puede decir

*Me gustó que te reconcilies con tu mujer.

Predicados restrictivos de ORIENTACIÓN RETROSPECTIVA

«Se ha puesto en tela de juicio que existan predicados de orientación retrospectiva.

Verbos como reprochar, censurar, criticar, reprender (por), entre otros, se refieren

10

generalmente a actuaciones realizadas, y los textos ponen de manifiesto en un porcentaje elevado

esta interpretación. Sin embargo, los gramáticos no rechazan oraciones como

Le reprocharon duramente que abandone la empresa dentro de unos días y se vaya a

trabajar a una multinacional,

donde abandone (V2) significa ‘vaya a abandonar’, es decir, expresa una situación

posterior a V1. Así pues, aunque en los predicados valorativos a los que se alude predomine

estadísticamente la referencia a situaciones acaecidas, dicha orientación retrospectiva no es

imprescindible en término conceptuales. Entre los predicados que denotan posesión o

manifestación de sentimientos, se suelen orientar de manera retrospectiva arrepentirse y dolerse,

y alternan la relación de simultaneidad con la de anterioridad enorgullecerse o congratularse,

entre otros. Es poco frecuente usar estos predicados en contextos prospectivos, pero ninguno de

ellos rechaza de modo absoluto la relación de posterioridad.» [RAE: NGLE, § 24.7r]

Predicados no restrictivos

Los predicados no restrictivos se caracterizan por no imponer ninguna restricción

temporal de tipo léxico a V2. Los grupos más característicos de verbos no restrictivos son los

verbos factivos, así como los verbos de lengua y también algunos de pensamiento.

Son factivos los verbos que presuponen la certeza de su complemento, de tal manera que

este no puede ser afectado por la negación, la interrogación, la prótasis condicional u otros

operadores que cancelan o suspenden la veracidad de las proposiciones. Así, en Elena lamenta

que Sandra esté enferma, se presupone que es cierto que Sandra está enferma, de la misma

manera que se supone en Elena no lamenta que Sandra esté enferma, ¿Lamenta Elena que

Sandra esté enferma? o Si Elena lamentara que Sandra esté enferma, la consolaríamos.

«Muchos verbos factivos expresan afecciones o reacciones emotivas. Algunos de estos

predicados tienden a estar orientados (arrepentirse, soportar), pero la mayor parte de ellos no lo

están. De hecho, contrastes como

No me impresionó que {dijera ~ diga ~ haya dicho ~ vaya a decir} esas cosas

11

muestran que la reacción emotiva de la que se habla puede ser independiente de la localización

temporal de la situación que la provoca. Aunque la mayor parte de los predicados de valoración

pertenecen a esta grupo, algunos están orientados únicamente en sentido prospectivo. Los

predicamos modales constituyen la clase más característica:

Es muy urgente que se {envíe ~*haya enviado} la ayuda.» [RAE: NGLE, § 24.7z]

Muchos verbos factivos expresan afecciones o reacciones emotivas.

 

Casos no canónicos de concordancia de tiempos

 

Tiempos relativos de la esfera del pasado aparecen subordinados a tiempos de la esfera

del presente.

Concordancia de sentido:

La interpretación temporal del verbo principal se deriva de la adquisición de un

significado temporal secundario o de un valor modal. Dos son los casos: el del presente histórico

y el del condicional con valor modal de modestia. La concordancia que se establece atendiendo a

la nueva interpretación temporal del verbo principal (V1) se llama concordancia de sentido que

ignora que el verbo principal pertenezca a una esfera temporal distinta en su significado temporal

primario.

El presente histórico

El presente histórico indica simultaneidad del evento con respecto al momento del habla,

pero el presente histórico indica anterioridad, igual que un tiempo de la esfera del pasado o que

un pretérito perfecto compuesto. Esto motiva que en la oración sustantiva se encuentren las

mismas formas verbales que se subordinan a tiempos de la esfera del pasado o a un pretérito

perfecto compuesto y no las que se subordinan a tiempos de la esfera del presente:

12

Y es entonces cuando le DIGO que muchas personas habían sido testigos de su

infracción (anterioridad), que yo tenía todas las de ganar (simultaneidad) y que mi abogado

arreglaría todo (posterioridad).

El condicional de modestia

El condicional es un tiempo de la esfera del pasado que expresa posterioridad del evento

denotado por el verbo con respecto a otro evento que es anterior al momento del habla. Cuando

el condicional tiene el valor modal de modestia, el significado es de un presente y las formas

verbales de las oraciones sustantivas no son las que aparecen habitualmente subordinadas a

tiempos de la esfera del pasado.

Yo DIRÍA que aprobó a la tercera (anterioridad).

Yo APOSTARÍA a que está en el cine (simultaneidad).

JURARÍA que el tren sale a las tres (posterioridad).

«La explicación para combinaciones como las anteriores es que la concordancia se ha

establecido atendiendo al sentido, es decir, no se ha tenido en cuenta el significado temporal

primario del condicional sino el significado de presente que adquiere como consecuencia del

valor modal de modestia.»

El condicional imperfecto pertenece a la esfera del presente cuando expresa una hipótesis

o suposición respecto al presente:

Cualquiera pensaría que Don Alfonso está enfermo.

El condicional imperfecto pertenece a la esfera del pasado cuando expresa una conjetura

respecto a un tiempo pasado:

El hombre pensaría que Don Alfonso estaba enfermo.

El condicional perfecto puede pertenecer a la esfera del presente cuando expresa una

hipótesis en un contexto irreal respecto a un presente:

Si estuvieran aquí, ya se habrían enterado de que estás enfermo.

El condicional perfecto pertenece a la esfera del pasado cuando expresa una hipótesis en

un contexto irreal respecto a un tiempo pasado:

Si te hubieran visto, se habrían enterado de que tenías fiebre.

13

El condicional perfecto pertenece al la esfera del pasado cuando expresa una conjetura

respecto a una acción pasada ocurrida con anterioridad a otra también pasada

(pluscuamperfecto):

Se habrían enterado de que tenías fiebre.

«El condicional (imperfecto o perfecto) es hipotético, de modestia o de cortesía (casos

estos últimos en que expresa en realidad tiempo presente); el presente y el perfecto de subjuntivo

tienen sus valores normales.

(1) Querría que estés aquí antes de las 12.

(2) Sería bueno que no te pongas más esa chaqueta.

(3) Yo no diría que Adolfo sea el más guapo.

(4) Haz lo que quieras, pero me parecería mejor que te quedes en casa.

(5) (Si pudiera) Te ordenaría que no te muevas de aquí.

(6) Yo lo haría, si fuese necesario, para que te quedes tranquilo.

(7) Sería una vergüenza que haya dejado a la familia en la miseria.

(8) Francamente, preferiría que no te hayas mojado los pantalones.

(9) Nadie creería que haya estado enfermo todo este tiempo.

(10) Podría ser que César haya llegado ya.

En todos estos casos es posible usar imperfecto o pluscuamperfecto de subjuntivo en el

verbo subordinado, de acuerdo con la regla general, pero el hablante ha usado presente para

marcar más explícitamente que se trata de acciones presentes (3), o futuras (1), (2), (4), (5), (6),

con respecto al momento en que se habla; y ha usado pretérito perfecto para señalar con toda

nitidez y claridad que la acción ha terminado recientemente [o que, en realidad, el hablante no

sabe si de hecho la acción se ha llegado a producir o no; véanse, en este sentido, los casos (7) y

(8), por ejemplo].

En realidad estas dos últimas reglas responden al principio más general: en todas aquellas

estructuras que con el verbo subordinado permitan referirse a una acción posterior o simultánea

al acto de habla, es posible presente en el verbo subordinado; véase a este respecto el ejemplo

(11):

(11) Lo guardó para cuando vengas.

14

Si la acción es inmediatamente anterior al acto de habla, en el verbo subordinado es

posible pretérito perfecto de subjuntivo.» [Borrego, J., Asencio, J.G., Prieto, E.: El subjuntivo.

Valores y usos. Madrid: SGEL, 1985, S. 26-27]

 

CONCORDANCIA DE SENTIDO

presente histórico en la oración principal condicional de modestia en la oración

principal

Relaciones de anterioridad, simultaneidad y posteridad

formas verbales que se subordinan a tiempos de la

esfera del pasado o a un pretérito perfecto compuesto

en la oración subordinada

formas verbales que se subordinan a

tiempos de la esfera del presente en la

oración subordinada

 

Tiempo de evaluación implícito:

El verbo subordinado toma como eje de su deixis temporal el tiempo de un evento que ha

sido introducido previamente en el discurso y que está implícito.

«El pretérito pluscuamperfecto y el condicional pueden añadirse a la lista de formas

verbales con las que se expresa anterioridad y posterioridad en la oración sustantiva subordinada

a una forma verbal de la esfera de presente. Pero tiene que estar presente en el contexto el evento

que les sirve de eje para la deixis temporal.» [l. cit., § 3.2]

Interpretación de doble acceso:

El verbo subordinado orienta sus relaciones temporales con respecto a dos tiempos de

evaluación: el del evento de la oración principal y el del hable. Esto da lugar a una interpretación

de doble acceso.

Algunos verbos de constatación (los de lengua y expresión) en la esfera del pasado (V1)

aceptan el empleo de tiempos de la esfera de presenten en V2 (como presente, futuro imperfecto

e, incluso en casos, el pretérito perfecto y el futuro perfecto de indicativo). Ejemplo:

El alcalde comentó que {hay ~ habrá ~ ha habido ~ habrá habido} mucha gente en la

fiesta del patrón del pueblo.

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Cuando el verbo principal (V1) en la esfera del pasado sea un verbo de influencia, el

verbo subordinado (V2) puede ir, en algunos casos, en presente:

La señora me ordenó que haga la comida para las dos de la tarde,

aunque la forma más habitual sería el pasado:

La señora me ordenó que hiciera la comida para las dos de la tarde.

 

Casos no canónicos de concordancia de tiempos

Interpretaciones de doble acceso

 

La indicación de anterioridad, posterioridad y simultaneidad con respecto a formas

verbales de la esfera del pasado se realiza por medio de formas verbales de la esfera del presente.

Esto es posible cuando la oración sustantiva expresa una verdad de duración indefinida o eterna

o se refiere a un acontecimiento que el hablante considera relevante, verdadero o aún válido en el

momento del habla.

Los tiempos de la esfera del presente acercan los eventos denotados por los verbos al

tiempo de la enunciación. Con un presente, el tiempo del evento es simultáneo con el tiempo en

que se habla, con un pretérito perfecto compuesto es anterior y con un futuro es posterior. Pues

bien, es peculiar de algunas combinaciones de tiempos que las formas verbales de la esfera del

presente no sólo orienten sus relaciones temporales con respecto al tiempo de la enunciación sino

que, además, por encontrarse en una oración subordinada sustantiva, toman como tiempo de

evaluación el tiempo del evento de la oración principal. Este hecho ha motivado que se denomine

de un modo especial la interpretación que reciben: ‘interpretación de doble acceso’.

«Se ha dado en llamar DOBLE ACCESO a la doble dependencia temporal que muestra

V2 en ciertos contextos de subordinación, es decir, al hecho de que V2 está orientado desde el

momento del habla, a la vez que en función del tiempo expresado por V1.

El jefe comunicó el martes pasado que el dibujante está trabajando estos días en un

nuevo proyecto.

16

En esta construcción se informa de una situación que se halla en curso en el momento del

habla, pero también de una situación que se daba cuando fue comunicada por el jefe.» [RAE:

Nueva gramática de la lengua española. Madrid: Espasa Libros, 2009, § 24.7e]

«Las combinaciones de tiempos que dan lugar a una interpretación particular del verbo

subordinado se denominan de doble acceso a partir del artículo de Enç (1987) y el resultado de

que el verbo de la oración sustantiva oriente sus relaciones temporales con respecto a dos

tiempos de evaluación: el del habla y el del evento de la oración principal. [...]

       

  (6) a. Juan nos contó la semana pasada que un compañero suyo estuvo/estaba hace un año

en Lisboa por razones de trabajo (anterioridad).

    b. Lamentaron mucho que hayas decidido marcharte (anterioridad).

  (7) a. Juan nos contó la semana pasada que un compañero suyo está en Lisboa por razones

de trabajo (simultaneidad).

    b. Todos se alegraron de que ya hayan eliminado a Juan (simultaneidad).

  (8) a. El portavoz de los afectados aseguró ayer que en la próxima reunión se llegará a un

acuerdo (posterioridad).

    b. Insistieron en que llevemos lo estrictamente imprescindible (posterioridad).

       

Las formas verbales de las oraciones sustantivas de los ejemplos anteriores son las que

aparecen subordinadas a verbos de la esfera del presente en las manifestaciones características

del fenómeno de la concordancia.

Los dos ejes de la deixis temporal

Los ejemplos de (6)-(8) se caracterizan por el hecho de que el tiempo del evento principal

es tan solo uno de los ejes de la deixis; el otro es el momento del habla. Comparemos la

interpretación del tiempo subordinado de (9) con la interpretación del tiempo subordinado de

(8b):

       

  (9)   Insistieron en que lleváramos lo estrictamente necesario   (posterioridad).

  (8) b Insistieron en que llevemos lo estrictamente necesario (posterioridad).

17

     

En la oración sustantiva (9) tenemos un pretérito imperfecto de subjuntivo, uno de los

tiempos con los que se expresa posterioridad si la forma verbal de la oración principal pertenece

a la esfera del pasado o es un pretérito perfecto compuesto. Lo que resulta relevante a la hora de

comprar este ejemplo con el de (8b) es la posición del evento subordinado en la línea temporal

con respecto al momento del habla. En el ejemplo (9) esta posición queda indeterminada. En

otras palabras, el evento subordinado puede ser anterior, simultáneo o posterior con respecto al

tiempo de la enunciación. En (8b) el evento subordinado tiene que ser obligatoriamente posterior

al momento del habla.

       

       

18

La relación entre el tiempo del evento subordinado y el momento del habla es irrelevante

porque en la oración sustantiva se reproducen unas palabras, unos pensamientos, deseos, etc.,

que no son los del hablante sino los del sujeto de la oración principal. Por consiguiente, el tiempo

que se toma como eje de la deixis temporal es el del evento principal.

Lo característico de secuencias como la de (8b) es que son dos los ejes de la deixis para el

verbo de la oración sustantiva, esto es, su interpretación depende de dos tiempos de evaluación.

Para diferenciar esta interpretación de la que recibe el verbo subordinado en las combinaciones

de tiempos que corresponden a las manifestaciones comunes de la concordancia, Mürvet Enç

acuñó en 1987 el término de interpretación de doble acceso. Los dos ejes de la deixis son: el

tiempo del evento principal y el momento del habla. El hecho de que uno de los ejes sea el

momento del habla es la causa de que nos encontremos en la oración sustantiva las mismas

formas verbales que nos encontraríamos subordinadas a tiempos de la esfera del presente. [...] El

verbo subordinado orienta en primer lugar sus relaciones temporales de anterioridad,

simultaneidad o posterioridad con respecto al verbo principal. Pero, además, cuando las

combinaciones de tiempos son tales que el verbo subordinado recibe interpretación de doble

acceso, la relación temporal del verbo subordinado con el momento del habla es: (a) de

anterioridad, si el evento subordinado es anterior al principal; (b) de simultaneidad, si el evento

subordinado y el principal son simultáneos; y (c) de posterioridad, si el evento subordinado es

posterior al principal. En otras palabras, entre el evento subordinado y el momento del habla

existe siempre la misma relación temporal que entre el evento subordinado y el principal.

En el ejemplo de (8b) el evento subordinado es posterior al principal. Pues bien, esta

misma relación es la que debe mantener el evento subordinado con el momento del habla.

Tomemos oraciones de (11). (La combinación

Insistieron en que llevemos lo estrictamente necesario en la excursión de hoy

es aceptable en la interpretación en la que el evento subordinado es posterior al momento del

habla; no lo es en la interpretación en la que existe entre ellos una relación de simultaneidad.)

       

19

       

En la oración de (11a), el evento subordinado es posterior al momento del habla, mientras

que en las oraciones de (11b) y (11c) la relación entre el evento subordinado y el momento del

habla es de anterioridad y de simultaneidad, respectivamente. Entre el evento subordinado y el

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momento del habla debe existir la misma relación temporal que entre el evento subordinado y el

principal. Esta restricción solo se respeta en (11a).

A modo de resumen, en el diagrama de (12) se representa la relación temporal que existe

entre el verbo subordinado y el principal, por un lado, y entre el verbo subordinado y el momento

del habla, por otro.

       

       

En los diagramas (13) y (14) se recogen las relaciones temporales que mantiene el verbo

subordinado con el verbo principal y con el momento del habla en los ejemplos de interpretación

de doble acceso de anterioridad y simultaneidad

       

       

 

       

21

       

El cuadro siguiente recoge de forma abreviada las combinaciones de tiempos:

INTERPRETACIÓN DE DOBLE ACCESO

el tiempo principal pertenece a la esfera del pasado o es un pretérito compuesto

Relaciones de anterioridad, simultaneidad y posterioridad

formas verbales que se subordinan a tiempos de la esfera del presente en la oración subordinada

 

La posibilidad de subordinar a tiempos de la esfera del pasado o a un pretérito perfecto

compuesto formas verbales que suelen encontrarse subordinadas a tiempos de la esfera del

presente está relacionada con la expresión en la oración sustantiva de una verdad de duración

eterna o indefinida o con que el hablante estime que la situación subordinada es aún válida o

relevante en el tiempo de la enunciación. Esta valoración es lo que está en el origen de la

incorporación del segundo eje de la deixis, el momento del habla.

Además tiene que ocurrir:

A) que el verbo principal no pertenezca a la clase de los denominados verbos creadores

de mundos (desear, esperar, figurarse, imaginar, pensar, suponer y soñar;

B) que la afirmación que se lleva a cabo en la oración sustantiva no se refiera al sujeto de

la oración principal;

C) que la atención del hablante se dirija al presente, en lugar de al tiempo del evento

principal.»

[Carrasco Gutiérrez, Ángeles: La concordancia de tiempos. Madrid: Arco Libros, 2000, p. 43

ss.]

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Factores que impiden la interpretación de doble acceso

«La posibilidad de subordinar a tiempos de la esfera del pasado o a un pretérito perfecto

compuesto formas verbales que suelen encontrarse subordinadas a tiempos de la esfera del

presente está relacionad con la expresión en la oración sustantiva de una verdad de duración

eterna o indefinida o con que el hablante estime que la situación subordinada es aún válida o

relevante en el tiempo de la enunciación. Las secuencias que dan lugar a las interpretaciones de

doble acceso suponen, pues, cierta valoración por parte del hablante de las palabras,

pensamientos, deseos, etc., que se reproducen en la oración sustantiva. Esta valoración es lo que

está en el origen de la incorporación del segundo eje de la deixis, el momento del habla.»

[Carrasco Gutiérrez, Ángeles: La concordancia de tiempos. Madrid: Arco Libros, 2000, § 3.3.2]

Las interpretaciones de doble acceso no son posibles en las siguientes circunstancias:

(a)  El verbo principal pertenece al grupo de los llamados ‘verbos creadores de mundos’:

creer, esperar, desear, fijarse, imaginar, pensar, suponer y soñar.

(b)  En la oración subordinada se hace una afirmación referida al sujeto de la oración

principal: ??Fuisteis vosotros mismos los que nos dijisteis hace unas semanas que estáis hartos.

(c)  La atención del hablante se dirige al tiempo pasado de la situación originaria de

enunciación.

«La interpretación de doble acceso se extiende a un número mayor de contextos en el

español popular o coloquial de las áreas chilena, andina y rioplatense, pero a veces también a

parte de la caribeña y la centroamericana. Se registran en ellas testimonios de CANTO por

CANTABA y, sobre todo, de CANTE por CANTARA en V2 con las interpretaciones de

simultaneidad y de posterioridad, como en

Le dejó el asiento para que vea (por viera) mejor;

Le pedí entonces que me atienda (por atendiera);

Pensé que está (con el sentido de estaba) dispuesto a cualquier cosa;

Yo no quería que te vayas (por fueras).

Estos usos no se han integrado en los registros formales, con la posible excepción de

algunas variedades del español peruano y del paraguayo. Con esas excepciones, son poco

frecuentes en los discursos no orales, pero se documentan ocasionalmente en la prensa, así como

en las manifestaciones más informales de la lengua escrita. En el español general de hoy se

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prefiere tuviera o tuviese a tenga en primer ejemplo del grupo siguiente; eran a son en el

segundo; fuera o fuese a sea en el tercero, y tuvieran o tuviesen a tengan en el último:

La policía antidroga me hacía notar que era necesario que tenga una protección;

No sabía qué pensar de toda esa gente. Pero yo pensaba que son gentes importantes

porque mi papá se quitaba el sombrero y los saludaba de una forma muy humilde;

“Aunque lo menos que se esperaba era que sea por culpa de su propio hermano”,

añadió;

No esperaba que tengan intimidad en el primer encuentro, si bien era algo que podía

pasar.

Repárese que el uso de CANTE por CANTARA reduce aún más las distinciones

temporales del modo subjuntivo, puesto que, al anularse la distinción entre el presente y el

imperfecto en dicho modo, el primero se usa en esas variantes para denotar simultaneidad o

posterioridad en el pasado, a diferencia de lo que sucede en el español general. Así, los hablantes

que usan tenga por tuviera en el primer ejemplo de esta última serie (... era necesario que tenga

protección) mantienen el aspecto imperfectivo que aportaría tuviera, pero copian implícitamente

en V2 la información temporal de V1.» [RAE: Nueva gramática de la lengua española. Madrid:

Espasa Libros, 2009, § 24.8q]

 

Apunte crítico

 

«Tanto las formas verbales como los adverbios y locuciones adverbiales de tiempo

expresan una relación temporal de anterioridad, simultaneidad o posterioridad con respecto a un

determinado punto cualquiera, sea el origen del sistema o cualquier otro. Las demás formas

muestran relación temporal referida al origen o bien a un punto de referencia a su vez orientado

hacia el origen. Dado que el origen no es más que una especie de punto cero del sistema, todas

las orientaciones expresadas por las formas verbales o adverbiales son, en el fondo, relativas. [...]

La cronología relativa que las formas verbales muestran entre sí o bien con respecto a

expresiones temporales de diferentes tipos da lugar a la ‘correlación temporal’ o ‘consecutio

temporum’. Frente al enfoque normativista con que la gramática tradicional enfocaba

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habitualmente este tema, la correlación temporal es la consecuencia directa del hecho de que las

formas verbales expresen relaciones temporales y que los puntos indicados por unas pueden

convertirse en referencia a partir de las cuales se orientan otras. Ejemplos:

Nos dijo: “ayer llovió”.

Nos dijo: “hoy llueve”.

Nos dijo: “mañana lloverá”.

Nos dijo que había llovido {la víspera / el día anterior}.

Nos dijo que llovía {aquel mismo día / el mismo día}.

Nos dijo que llovería {al día siguiente}.

El paso del estilo directo al indirecto y la consiguiente modificación de la estructura

sintáctica permite que el verbo de la cláusula incrustada (llover) tome como punto de referencia

el de la cláusula dominante (decir) y exprese, con respecto al punto señalado por este, una

relación de anterioridad, simultaneidad o posterioridad. Se trata, por tanto, siempre del mismo

principio.

Aunque las gramáticas se refieren a ella casi exclusivamente en relación a las estructuras

complejas en las que una oración depende sintácticamente de otra (las llamadas ‘subordinadas

sustantivas’, por ejemplo) y, además, enfocan el fenómeno con intención normativista, la

correlación temporal, en realidad, remite a algo mucho más amplio, que abarca todo lo referente

a la expresión lingüística de las relaciones temporales existentes entre las situaciones. En efecto,

las relaciones temporales existentes entre los acontecimientos referidos son las mismas en los

siguientes pares de ejemplos:

Lo veo: ha salido de la Facultad.

Veo que ha salido de la Facultad.

Entonces comprendí la razón de su marcha: había encontrado algo mejor.

Entonces comprendí que había encontrado algo mejor.

Habían cerrado la campaña el día anterior, descansaban aquel día y votarían al

siguiente.

Supe por el periódico que habían cerrado la campaña el día anterior, descansaban aquel

día y votarían al siguiente.

Comprender correctamente la cronología relativa y la correlación temporal exige tener en

cuenta que las mismas relaciones temporales entre los acontecimientos pueden ser enfocadas de

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modos diversos y, en consecuencia, expresadas de distintas maneras. De una parte, la orientación

con respecto a la forma verbal de la cláusula dominante no es la única posibilidad existente. Lo

que se presenta habitualmente en las gramáticas como ruptura de la correlación temporal es el

resultado de la prioridad concedida en ciertos casos a la orientación con respecto al origen, que

no es contradictoria con la otra. Para poner de relieve la incorrección de las reglas tradicionales

de la consecutio y mostrar que a un verbo principal en pasado puede seguir una subordinada en

cualquier forma, Gili Gaya (1943: § 220) presenta el ejemplo que se reproduce aquí:

El observatorio anunció que se acerca a nuestras cosas un huracán en dirección NE a SO.

El parte meteorológico añadía que las primeras ráfagas alcanzarán a la isla esta madrugada.

En este ejemplo, tanto acerca como alcanzarán (que, evidentemente, expresan

situaciones posteriores a anunció y añadía, respectivamente), marcan no su relación con las

formas que las dominan sintácticamente, sino con respecto al origen. Esta aparente ruptura del

principio de la correlación está, sin embargo, perfectamente explicada por los valores

temporales. Confróntese, por ejemplo, con

El observatorio anunció que se acercaba a nuestras cosas un huracán en dirección NE a

SO. El parte meteorológico añadía que las primeras ráfagas alcanzarían a la isla esta madrugada.

En este ejemplo la expresión quedaría incómodamente indeterminada en cuanto al

momento en que puede tener lugar. De decir, por ejemplo, añadía que alcanzarían, como en este

ejemplo, sabríamos únicamente que la situación expresada por alcanzar es posterior al momento

en que se emitió el parte, pero sería desconocida su relación con el origen, con lo que quedaría en

el aire si el huracán ha llegado ya o va a llegar todavía. En cambio, al decir alcanzarán queda

perfectamente claro que se refiere a la madrugada siguiente.

Por otro lado, la propia configuración de la cronología relativa permite diferentes

enfoques alternativos para la misma secuencia de acontecimientos.»

[Rojo, Guillermo / Veiga, Alexandre: “El tiempo verbal. Los tiempos simples”. En: Bosque,

Ignacio / Demonte, Violeta (eds.): Gramática descriptiva de la lengua española. Madrid: Real

Academia Española / Espasa Calpe, 1999, § 44.2.2.4]

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«Creemos claro que tras el tradicional concepto de consecutio o concordantia temporum,

de ordinario entendido por los gramáticos de una manera fuertemente normativa, se esconden en

realidad fenómenos de correlación temporal precipitadamente enfocados en su aspecto más

externo y que, por otro lado, la correlación temporal supone una forma de expresión gramatical

propia para determinados casos de cronología relativa. [...]

Con todo lo que llevamos visto podemos concluir que algún tipo de estructura

hipotáctica, como la tradicional “subordinación sustantiva de complemento directo”, admite la

posibilidad de que la realización temporal expresada por el verbo subordinado tome como punto

de referencia para su orientación la expresada por el verbo principal, caso en que se establece

correlación temporal, otros tipos de construcción –en general las no “subordinadas” junto con

ciertas estructuras clasificadas como “subordinadas” por la gramática tradicional– no orientan

ninguno de sus miembros tomando el otro como punto de referencia, sino que, desde el punto de

vista gramatical, el enfoque temporal de ambos verbos es independiente. Por otro lado, el

establecimiento de correlación temporal parece ser, en las estructuras sintácticas que lo admiten,

una posibilidad que puede o no hacerse efectiva; no conocemos ningún tipo de “subordinada”

donde sea rigurosamente obligatoria la correlación temporal.

Así pues, ni los ejemplos de Rojo (1976: 71), no los de Ronconi (1959: 171) constituyen

casos de correlación temporal, sino ejemplos de cronología relativa establecida de tal manera que

de hecho se produce una congruencia temporal entre los diferentes verbos por estar todos ellos

orientados desde un mismo punto o bien por coincidir cronológicamente la realización temporal

de uno de ellos con la referencia de algún otro.»

Veiga Rodríguez, Alexandre: Estudios de morfosintaxis verbal del español. Lugo:

Editorial Tris Tram, 2002, p. 162 y 180-181]

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