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JORNADA COMO HACER NEGOCIOS EN FRANCIA NURIA BOVÉ ESPINALT BILBAO 27 DE NOVIEMBRE 2012

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JORNADA COMO HACER NEGOCIOS EN FRANCIA

NURIA BOVÉ ESPINALT

BILBAO 27 DE NOVIEMBRE 2012

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VENDER EN FRANCIA :CONTRATO DE AGENCIA O CONTRATO DE DISTRIBUCION

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VENDER EN FRANCIA : AGENCIA O DISTRIBUCION

INTRODUCCIÓN

La legislación francesa siempre ha sido bastante “intrusiva” en materia de distribución y relaciones entre fabricantes, proveedores y distribuidores. Sin embargo, estos últimos años y especialmente desde la aprobación de la Ley de Modernización Económica (“LME”) nº2008-776 de 4 de agosto de 2008, se ha ido dejando cada vez más libertad a las partes con el fin de mejorar la libre competencia en el mercado con precios más atractivos para el consumidor.A pesar de ello, tanto la ley como la jurisprudencia, que es muy prolífica en este sector, establecen un marco legal que es necesario y respetar para poder establecer relaciones comerciales en Francia sanas y seguras.Como en España, la distribución y venta de productos (o servicios) puede hacerse esencialmente mediante 2 vías: (i) contratos de distribución (ii) contrato de agencia comercial.El objeto de este capítulo es destacar las principales características de estas d vías de comercialización ya que, en Francia, el régimen del agente comercial es bastante distinto al que se aplica a los demás contratos de distribución. En efecto, tanto la ley francesa como los tribunales suelen considerar el agente comercial como la parte “débil” que necesita una protección reforzada en comparación con cualquier otro distribuidor.

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VENDER EN FRANCIA : AGENCIA O DISTRIBUCION

FRANCIA: UN MERCADO ATRACTIVO PARA LAS EMPRESAS ESPAÑOLAS

Agencia comercial como alternativa previa a la implantación de la sociedad en Francia.

Desconocimiento total o parcial de la legislación francesa: consecuencias negativas en las relaciones comerciales con el agente.

Objetivo del seminario: dar respuesta a los problemas más frecuentes con los que se encuentran las empresas españolas que se plantean contratar a un agente comercial en Francia (incumplimiento de objetivos anuales, exclusividad, preavisos, etc.)

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VENDER EN FRANCIA : AGENCIA O DISTRIBUCION

a) Oportunidad de un contrato escrito: en general no es obligatoria la existencia de un contrato escrito pero en muchos casos es conveniente para evitar complicaciones, especialmente en el momento de querer poner término a la relación comercial. El contrato puede ser de duración determinada o indeterminada y en cualquier caso respetar la normativa francesa en materia de competencia.

b) La noción de “relaciones comerciales continuadas”: tanto la ley como los tribunales reconocen muy fácilmente la existencia de relaciones comerciales continuadas. Para ello es suficiente la mera existencia de una relación de facturación durante un mínimo de 6 meses o 1 año dependiendo del sector y del producto o servicio. Por este motivo, en muchos casos es conveniente firmar un contrato en el que queden claras las condiciones de venta o compra, ya que de no ser así, en caso de litigio el tribunal se basará en la práctica existente y los usos del mercado y/o sector que pueden ser bastante distintos a los pactados.

ELEMENTOS COMUNES A LOS DISTINTOS CONTRATOS DE VENTA

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VENDER EN FRANCIA : AGENCIA O DISTRIBUCION

c) La importancia de las condiciones generales de venta: en caso de no establecer un contrato escrito con el distribuidor es imprescindible establecer y comunicarle las condiciones generales de venta aplicables a la relación. Las condiciones generales de venta pueden ser diferenciadas en función del tipo de comprador al que se dirigen (mayorista/minorista, etc.) e incluso pueden ser acompañadas de condiciones particulares. En cualquier caso es esencial respetar los criterios de la jurisprudencia francesa y tener en cuenta la normativa relativa a cláusulas abusivas con el fin de asegurar la plena validez y efectividad de dichas condiciones generales y/o particulares.

d) La cláusula de reserva de propiedad: según la ley francesa, el simple acuerdo sobre el precio y la cosa vale venta y permite la transmisión de la propiedad. Por consiguiente, es muy aconsejable prever expresamente en los contratos o condiciones generales de venta con distribuidores franceses una cláusula que indique que el traspaso de la propiedad sólo es efectivo una vez que el proveedor ha recibido el pago completo. La inserción de dicha cláusula, que debe ser aceptada de forma expresa por el comprador antes de recibir la mercancía, permite una mejor protección del proveedor tanto frente a los impagos como frente a una situación concursal del comprador.

ELEMENTOS COMUNES A LOS DISTINTOS CONTRATOS DE VENTA

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LA AGENCIA COMERCIAL EN FRANCIA

LA FIGURA DEL AGENTE COMERCIAL EN FRANCIA

Persona física o jurídica.

Profesional independiente.

Esa independencia permite diferenciar a los agentes de los representantes y viajantes de comercio dependientes (VRP: “Voyageur Représentant Placier”).

Riesgos que conlleva no respetar esta independencia:

Posibilidad de recalificación del contrato de agencia en un contrato de trabajo; Consideración por parte del fisco francés de que la sociedad posee un

establecimiento permanente en Francia (> pagodel IS, contabilidad…).

Existencia de un Registro especial para agentes comerciales.

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LA AGENCIA COMERCIAL EN FRANCIA

CONTRATO DE AGENCIA COMERCIAL

Características generales

Contrato de interés común en el que las partes están obligadas a un deber de lealtad y de información recíprocos.

Regulado en los artículos L 134-1 y ss. del Code du Commerce (transpone la directiva 86/653 CEE del 18 de diciembre de 1986.

Verbal o Escrito: la ley no exige que el contrato de agencia sea escrito. No obstante, cualquiera de las partes puede exigir a la otra la formalización por escrito del contrato.

Naturaleza civil > tribunales civiles (salvo que el agente someta el litigio a un tribunal mercantil).

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LA AGENCIA COMERCIAL N FRANCIA

DURACIÓN

Determinada o indefinida.

Si es determinada y las partes continúan las relaciones comerciales tras la finalización del contrato, éste se transforma en indefinido.

Para evitar que ello ocurra es necesario indicar expresamente en el contrato que éste será reconducido tácitamente por períodos idénticos.

Derecho del agente a una indemnización si no se reconduce el contrato.

Posibilidad de prever un período de prueba (durante el cual si se rescinde el contrato no se paga indemnización al agente).

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LA AGENCIA COMERCIAL FRANCIA

EXCLUSIVIDAD

Posibilidad de atribuir al agente la exclusividad de un territorio o de una clientela determindada.

Aunque no se prevea expresamente en el contrato puede desprenderse de facto.

Si existe exclusividad, deben pagarse al agente las comisiones de todas aquellas operaciones que hayan sido realizadas en el territorio o clientela atribuidos a éste (independientemente del hecho de que hayan sido o no efectuadas por el agente).

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LA AGENCIA COMERCIAL EN FRANCIA

DELIMITACIÓN DEL TERRITORIO, DE LA ACTIVIDAD, DE LA CLIENTELA

Es conveniente delimitar el territorio en el que actuará el agente, así como los productos y servicios que va a representar.

Anexar al contrato la lista de productos o servicios e indicar exactamente los departamentos (regiones) en los que el agente actuará.

Si la empresa ya dispone de una clientela en el mercado, también es aconsejable indicar dicha clientela en el contrato.

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LA AGENCIA COMERCIAL EN FRANCIA

INCUMPLIMIENTO DE OBJETIVOS ANUALES

Por sí sola no constituye una falta grave permitiendo al mandante no pagar indemnizaciones al agente en caso de rescisión del contrato por este motivo.

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LA AGENCIA COMERCIAL EN FRANCIA

REMUNERACIÓN

De manera general, el agente es remunerado mediante comisiones.

Es posible fijar una remuneración fija o mixta.

El agente tiene derecho a percibir sus comisiones por todas aquellas operaciones que se hayan concluido en el sector geográfico o con la clientela que le hayan sido atribuidos exclusivamente.

Posibilidad de percibir comisiones por operaciones concluidas una vez finalizado el contrato.

La comisión pactada con el agente no puede ser reducida unilateralmente por la empresa (> ruptura abusiva del contrato).

El agente no tendrá derecho a su comisión si finalmente el contrato entre el mandante y el tercero no se ejecuta por una causa que no es imputable al mandante.

Obligación del mandante de comunicar la contabilidad si el agente lo solicita (para verificar sus comisiones).

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LA AGENCIA COMERCIAL EN FRANCIA

RESCISIÓN DEL CONTRATO (CONDICIONES, PREAVISO):

Mediante carta certificada con acuse de recibo.

En contratos indefinidos, los plazos de preaviso vienen fijados por la ley ( no pudiendo establecer plazos más cortos aunque si más largos):

Para el primer año de contrato: 1 mes Para el segundo: 2 meses y Para el tercero y siguientes: 3 meses

* Estos plazos no se aplican en casos de fuerza mayor o en casos en que el agente haya cometido una falta grave.

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LA AGENCIA COMERCIAL EN FRANCIA

El agente tiene derecho a ser indemnizado por el cese de la relación contractual por cualquier motivo.

Excepciones:

que la ruptura sea a iniciativa del agente (salvo si se debe a la “edad” o a su “estado de salud”).

en caso de falta grave cometida por el agente. en caso de cesión por el agente del contrato a un tercero cn el acuerdo previo

del mandante.

La falta grave es apreciada de manera estricta por los jueces.

Plazo de un año para reclamar la indemnización.

INDEMNIZACIONES (CONDICIONES):

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LA AGENCIA COMERCIAL EN FRANCIA

INDEMNIZACIONES (IMPORTES):

Calculada y apreciada exclusivamente por los tribunales en función de los daños y perjuicios sufridos por el agente comercial.

La jurisprudencia otorga el equivalente a dos años de comisiones, calculadas sobre la media de comisiones percibidas durante los últimos años.

Puede ser más o menos elevada en función de la duración del contrato y de las características del caso concreto.

Las partes pueden acordar la indemnización una vez rescindido el contrato (jamás antes o durante el contrato).

En el caso de no respetar el preaviso, el mandante será condenado a las comisiones equivalentes al período de preaviso legal.

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LA AGENCIA COMERCIAL EN FRANCIA

CLÁUSULA DE NO COMPETENCIA

Debe estar prevista expresamente en el contrato.

Tan sólo puede aplicarse al sector geográfico, clientela y productos que han sido objeto del contrato.

Su duración no puede exceder los dos años (cualquier cláusula estableciendo una duración superior será considerada como nula).

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LA AGENCIA COMERCIAL EN FRANCIA

LEY APLICABLE

Voluntad de las partes.

Si en el contrato no se prevé nada al respecto, la ley aplicable será la del lugar donde el agente ejerce su actividad: la ley francesa.

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LA AGENCIA COMERCIAL EN FRANCIA

JURISDICCIÓN COMPETENTE

En principio, los tribunales franceses son competentes para dirimir las controversias entre el mandante y el agente comercial que ejerce su actividad en Francia.

Tribunales civiles (TGI) aunque el agente (nunca el mandante) puede optar por la competencia de tribunales mercantiles (TCOM).

Posibilidad de arbitraje en el caso de contratos internacionales.

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LA AGENCIA COMERCIAL EN FRANCIA

OTRAS CLÁUSULAS Y PUNTOS DE INTERÉS

Si el agente es igualmente depositario de las mercancías propiedad del mandante, aquél tiene un derecho de retención sobre dichas mercancías si no se le paga lo que se le debe en concepto de déposito (art. 1948 del código civil francés).

Cláusula de confidencialidad.

Cesión del contrato: el agente no puede ceder el contrato sin acuerdo previo del mandante.

El agente es responsable directamente del personal contratado por él.

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EL CONTRATO DE DISTRIBUCION EN FRANCIA

EL CONTRATO DE DISTRIBUCIÓN

CARACTERISTICAS GENERALES

Existen diversos tipos de contratos de distribución: exclusiva, selectiva, franquicia, etc.

No existe ley específica relativa a los contratos de distribución: disposiciones del código civil y código mercantil (“code de commerce”).

Verbal o Escrito: la ley no exige que el contrato de distribución sea escrito. No obstante, cualquiera de las partes puede exigir a la otra la formalización por escrito del contrato.

Naturaleza mercantil > tribunales mercantiles (“Tribunal de Commerce”)

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EL CONTRATO DE DISTRIBUCION EN FRANCIA

EL CONTRATO DE DISTRIBUCIÓN – CLAUSULAS SIMILARES AL CONTRATO DE AGENCIA

DURACION (*)

EXCLUSIVIDAD (*)

DELIMITACIÓN DEL TERRITORIO, DE LA ACTIVIDAD, DE LA CLIENTELA

INCUMPLIMIENTO DE OBJETIVOS ANUALES

CLAUSULA DE NO COMPETENCIA

LEY APLICABLE

(*) La exclusividad de distribución no puede exceder 5 años.

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EL CONTRATO DE DISTRIBUCION EN FRANCIA

- La remuneración del distribuidor es el margen bruto que realiza tras la venta de los productos

- Imprescindible respetar las reglas de competencia (prohibición precios de reventa, ec.)

EL CONTRATO DE DISTRIBUCIÓN – DIFERENCIAS CON EL CONTRATO DE AGENCIA

REMUNERACIÓN

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EL CONTRATO DE DISTRIBUCION EN FRANCIA

RUPTURA DEL CONTRATO O DE LA RELACION COMERCIAL

El artículo L.442-6, I-5º del Código de Comercio francés prohíbe cualquier ruptura “brutal” de relaciones comerciales. El concepto de ruptura brutal viene definido única y exclusivamente por la jurisprudencia, pero uno de los criterios principales es el respeto de un preaviso razonable y “suficiente” que se aprecia caso por caso en función de la antigüedad de la relación, las características del sector, los usos del mercado, etc.

INDEMNIZACIONES

No existe ninguna indemnización legal por el simple hecho de la ruptura, excepto si las partes lo han previsto en el contrato. En caso de « ruptura brutal », el distribuidor podrá reclamar el margen bruto al que legítimamente podía pretender + daños y perjuicios que pueda demostrar (eventuales inversiones, dependencia económica, reputación comercial, etc.)

OTRAS CLÁUSULAS Y PUNTOS DE INTERÉS

- Gestión de los stocks al finalizar el contrato- Protección y recuperación de los signos distintivos (marca, logo, etc..)

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VENDER EN FRANCIA

EZKERRIK ASKO

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VENDER EN FRANCIA

Nuria  Bové  Espinalt  CUATRECASAS, GONÇALVES PEREIRA 73, Avenue des Champs-Elysées75008 - Parí[email protected]

Cristóbal Casado BolivarCUATRECASAS, GONÇALVES PEREIRA 73, Avenue des Champs-Elysées75008 - Parí[email protected]

Carmen de PabloCUATRECASAS, GONÇALVES PEREIRA 73, Avenue des Champs-Elysées75008 - Parí[email protected]

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Este documento es meramente expositivo y debe ser interpretado conjuntamente con las explicaciones y, en su caso, con el informe elaborado por Cuatrecasas, Gonçalves Pereira sobre esta cuestión

This document is merely a presentation and must be interpreted together with any explanations and opinions drafted by Cuatrecasas, Gonçalves Pereira on this subject

Este documento é uma mera exposição, devendo ser interpretado em conjunto com as explicações e quando seja o caso, com o relatório/parecer elaborada pela Cuatrecasas, Gonçalves Pereira sobre esta questão