95
No. IA-018T0O004-E233-2019 1 INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO SOLICITUD DE COTIZACIÓN DE INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS El Instituto Mexicano del Petróleo, a través de la Gerencia de Proveeduría y Servicios, ubicada en Av. Eje Central Lázaro Cárdenas Norte No.152, Colonia San Bartolo Atepehuacan, Alcaldía Gustavo A. Madero, C.P. 07730, México, Ciudad de México, con fundamento legal en el Artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 41 Fracción XX y 42 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios el Sector Público, y al Contrato Marco vigente publicado en CompraNet denominado “Servicios integrales de jardinería y fumigación”, bajo la modalidad de CONTRATO o PEDIDO ABIERTO, para la contratación del SERVICIO INTEGRAL DE FUMIGACIÓN La contratación abarca los ejercicios 2019 - 2020 Contando para tal efecto con recursos presupuestales de los ejercicios fiscales 2019 - 2020, autorizados por la Dirección de Finanzas y Administración del Instituto Mexicano del Petróleo.

INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO - Gob...No.IA-018T0O004-E233-2019 3. El “SERVICIO” de fumigación se realizará en los inmuebles que determine el INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO

  • Upload
    others

  • View
    2

  • Download
    0

Embed Size (px)

Citation preview

Page 1: INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO - Gob...No.IA-018T0O004-E233-2019 3. El “SERVICIO” de fumigación se realizará en los inmuebles que determine el INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO

No. IA-018T0O004-E233-2019

1

INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO

SOLICITUD DE COTIZACIÓN DE

INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS

El Instituto Mexicano del Petróleo, a través de la Gerencia de Proveeduría y Servicios, ubicada en Av. Eje Central Lázaro Cárdenas Norte No.152, Colonia San Bartolo Atepehuacan, Alcaldía Gustavo A. Madero, C.P. 07730, México, Ciudad de México, con fundamento legal en el Artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 41 Fracción XX y 42 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios el Sector Público, y al Contrato Marco vigente publicado en CompraNet denominado “Servicios integrales de jardinería y fumigación”, bajo la modalidad de CONTRATO o PEDIDO ABIERTO, para la contratación del

SERVICIO INTEGRAL DE FUMIGACIÓN

La contratación abarca los ejercicios 2019 - 2020 Contando para tal efecto con recursos presupuestales de los ejercicios fiscales 2019 - 2020, autorizados por la Dirección de Finanzas y Administración del Instituto Mexicano del Petróleo.

Page 2: INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO - Gob...No.IA-018T0O004-E233-2019 3. El “SERVICIO” de fumigación se realizará en los inmuebles que determine el INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO

No. IA-018T0O004-E233-2019

2

OBJETO Y ALCANCE DEL SERVICIO PARTIDA 1

ANEXO II

ALCANCES Y CONDICIONES PARTICULARES DE LAS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS Y

DE CALIDAD REQUERIDAS PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO INTEGRAL DE

FUMIGACIÓN EN EL INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO EN LA REGIÓN NORTE

I. OBJETIVO.

Proporcionar el servicio integral de fumigación en adelante el “SERVICIO”, en los diversos inmuebles

propiedad y/o en uso de los sujetos a que se refiere el artículo 1, fracciones I a VI de la Ley de Adquisiciones,

Arrendamientos y Servicios del Sector Público (LAASSP), en adelante El INSTITUTO MEXICANO

DEL PETRÓLEO EN LA REGIÓN NORTE por el periodo comprendido a partir del día 04 de

Noviembre del 2019 y hasta el 31 de diciembre del 2020, a precio fijo bajo la modalidad de pedido abierto

con un monto máximo de $1´179,000.00 (un millón ciento setenta y nueve mil pesos con 00/100 M. N.) y

un monto mínimo de $471,600.00 (cuatrocientos setenta y un mil seiscientos pesos con 00/100 M. N.)

Prestar a favor del INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO EN LA REGIÓN NORTE en sus

centros de trabajo ubicados en las ciudades de Cadereyta de Jiménez, Nuevo León, Reynosa, Tamaulipas,

Cd. Madero, Tamaulipas, Poza Rica de Hidalgo, Veracruz, Boca del Río, Veracruz y Veracruz, Veracruz el

“SERVICIO” integral de fumigación.

II. DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO

Contribuir de manera relevante a la conservación de un ambiente saludable e higiénico en los diversos

inmuebles propiedad y/o en uso del INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO EN LA REGIÓN

NORTE para su personal, a través de la prevención y erradicación de fauna nociva, por medio de la

aplicación de las diferentes técnicas de fumigación; mediante un modelo de servicio integral que incluya

todo lo necesario para la correcta ejecución del “SERVICIO”.

III. METODOLOGÍA.

“LOS POSIBLES PROVEEDORES” brindarán el “SERVICIO” de fumigación, tomando en

consideración las funciones específicas y los aspectos metodológicos que determine el INSTITUTO

MEXICANO DEL PETRÓLEO EN LA REGIÓN NORTE en el contrato específico y sus respectivos

anexos.

IV. LINEAMIENTOS GENERALES.

Page 3: INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO - Gob...No.IA-018T0O004-E233-2019 3. El “SERVICIO” de fumigación se realizará en los inmuebles que determine el INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO

No. IA-018T0O004-E233-2019

3

El “SERVICIO” de fumigación se realizará en los inmuebles que determine el INSTITUTO

MEXICANO DEL PETRÓLEO EN LA REGIÓN NORTE en el contrato específico y sus respectivos

anexos.

La ejecución del “SERVICIO” previsto por el contrato se sujetará a los siguientes lineamientos:

a) Las ofertas que presenten “LOS POSIBLES PROVEEDORES” serán por los inmuebles que se

determinen en el contrato específico por el INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO EN LA

REGIÓN NORTE y que se encuentran relacionados a continuación:

El Inmueble ubicado en Camino de Terracería N° 800, parcelas 37, 39, 40 y 41, ejido San José Novillero, en

Boca del Río, Veracruz, se encuentra integrado por los siguientes edificios:

L-01 LABORATORIO DE CALIFICACIÓN DE TECNOLOGÍAS

L-02 LABORATORIO DE ASEGURAMIENTO DE FLUJO

L-03 LABORATORIO DE SIMULACIÓN NUMÉRICA

L-04 LABORATORIO DE FLUIDOS DE PERFORACIÓN

L-05 LABORATORIO DE GEOTECNIA E INTERACCIÓN SUELO – ESTRUCTURA

E-01 EDIFICIO DE ADMINISTRACIÓN

E-02 AUDITORIO

E-03 CAFETERÍA

E-04 EDIFICIO CONTRA INCENDIO Y SERVICIOS DE SALUD DE EMERGENCIA

S-01 EDIFICIO DE SERVICIOS

S-02 SUBESTACIÓN ELÉCTRICA

S-03 CASETAS DE CONTROL

S-04 PLANTA TRATADORA

S-05 ALMACÉN TEMPORAL DE RESIDUOS PELIGROSOS

S-06 Y S-07 PLANTA POTABILIZADORA Y POZO DE AGUA

Estado Municipio Localidad Domicilio

NUEVO LEON CADEREYTA DE JIMENEZ CADEREYTA DE JIMENEZ

CARRETERA MONTERREY-REYNOSA KM.36, INTERIOR DE

LA REFINERIA “ING. HECTOR R. LARA SOSA” CP.67450

TAMAULIPAS CIUDAD MADERO CIUDAD MADERO

AV. RODOLFO TORRE CANTÚ S/N CASI ESQ. CON

CALLEJON DE BARRILES CP. 89510

TAMAULIPAS REYNOSA REYNOSA

CALLE MICHOACAN N° 420, LOCAL 11 y 14 COL.

RODRÍGUEZ C. P. 88630

TAMAULIPAS REYNOSA REYNOSA

CALLE MONTERREY No. 411 ESQ. CALLEJÓN ARGUMEDO,

COL. RODRÍGUEZ C. P. 88630

TAMAULIPAS REYNOSA REYNOSA

CALLE SINALOA No. 815 ESQ. VICTORIA, COL. RODRÍGUEZ

C. P. 88630

VERACRUZ BOCA DEL RÍO BOCA DEL RÍO

AVENIDA URANO N° 2223 FRACCIONAMIENTO JOYAS DE

MOCAMBO, BOCA DEL RÍO VER C. P. 94298

VERACRUZ BOCA DEL RÍO BOCA DEL RÍO

CAMINO DE TERRACERÍA N° 800, PARCELAS 37, 39, 40 Y

41, EJIDO SAN JOSÉ NOVILLERO, BOCA DEL RÍO, VER. C.P.

94293

VERACRUZ POZA RICA DE HIDALGO POZA RICA DE HIDALGO

CALLE FERROCARRIL N° 162, COL. AVIACIÓN VIEJA C.P.

93370

Veracruz POZA RICA DE HIDALGO POZA RICA DE HIDALGO

CALLE RIO LERMA S/N, COL. AVIACION VIEJA (FRENTE A

LA CASA DE LA CULTURA) C. P. 93370

VERACRUZ VERACRUZ VERACRUZ

AVENIDA FRAMBOYANES LOTE 10 y 11 CD. INDUSTRIAL

BRUNO PAGLIAI, VERACRUZ, VER., C. P. 91697

Page 4: INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO - Gob...No.IA-018T0O004-E233-2019 3. El “SERVICIO” de fumigación se realizará en los inmuebles que determine el INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO

No. IA-018T0O004-E233-2019

4

S-08 DEPOSITO DE BASURA

S-09 ALMACÉN TEMPORAL DE SUSTANCIAS QUÍMICAS Y MUESTRAS

LOOP DE ALTA PRESIÓN

b) “LOS POSIBLES PROVEEDORES” se comprometen a que los plaguicidas que se apliquen,

deben estar inscritos en el Catálogo de Plaguicidas de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos

Sanitarios (COFEPRIS) y estar debidamente registrados ante la Comisión Intersecretarial para el Control

del Proceso y uso de Plaguicidas y Sustancias Tóxicas (CICOPLAFEST), deberán estar etiquetados

conforme a la regulación vigente y aplicable y que no hayan vencido en su fecha de caducidad; para

garantizar al INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO EN LA REGIÓN NORTE que los

productos que utilizarán para la prestación del “SERVICIO” no son nocivos para la salud de las personas

y no generan daños en el medio ambiente.

Todos los productos para su aplicación deben venir sellados y con la etiqueta que contenga la

fecha de fabricación, lote y caducidad, deberán ser de baja toxicidad a la salud de personas

(aprobado por COFEPRIS) y plantas, no causar problemas por mal olor, ser biodegradables, de

alta permanencia y no contaminar al medio ambiente.

El día de la fumigación, el personal presentara los productos a utilizar, en envases sellados, con

sus etiquetas que correspondan al mismo, usando envases con la presentación más pequeña que

exista. La preparación de estos productos se debe llevar a cabo en áreas abiertas y ventiladas y en

presencia del supervisor del contrato.

“LOS POSIBLES PROVEEDORES” deberán implementar el uso de plaguicidas e insecticidas

orgánicos.

“LOS POSIBLES PROVEEDORES” del servicio al inicio del contrato presentarán el listado de

productos que utilizará para acreditar que los mismos cuenten con el registro CICOPLAFEST

(Comisión Intersecretarial para el Control del Proceso y Uso de Plaguicidas, Fertilizantes y

Sustancias Tóxicas), y proporcionar al supervisor del INSTITUTO MEXICANO DEL

PETRÓLEO EN LA REGIÓN NOTE, para su visto bueno, copia del registro de la o las

sustancias a utilizar en la fumigación y las hojas de datos de seguridad (HDS) de los productos

plaguicidas autorizados a usar en el servicio, así como presentar la dosificación a usar de cada

producto y recomendaciones para antes, durante y posterior a la aplicación de los productos.

“LOS POSIBLES PROVEEDORES” del servicio no deberán utilizar en este servicio productos

generadores de humo que tengan diclorvos o beta-cipermetrina como componentes, dado su alta

toxicidad a las personas y en general todos los plaguicidas prohibidos y/o restringidos, conforme

al Diario Oficial de la Federación del 3 de enero de 1991.

“LOS POSIBLES PROVEEDORES” del “SERVICIO” en todos los casos reportará por escrito el ingreso

de los productos químicos autorizados a usar en este servicio y solicitará por escrito la autorización para

aplicar los productos (autorización de trabajos con riesgo) cuando menos tres días hábiles antes de aplicarlos

al Responsable del Seguridad a través del supervisor del INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO

EN LA REGIÓN NORTE.

c) “LOS POSIBLES PROVEEDORES”, quedan obligados a responder por las reclamaciones ante

cualquier autoridad sanitaria, cuando por la realización de las labores del “SERVICIO” solicitado, o por

negligencia del personal técnico a su cargo, pudieran derivarse en afectaciones a la salud.

Page 5: INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO - Gob...No.IA-018T0O004-E233-2019 3. El “SERVICIO” de fumigación se realizará en los inmuebles que determine el INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO

No. IA-018T0O004-E233-2019

5

“LOS POSIBLES PROVEEDORES” del “SERVICIO”, serán los únicos responsables de los daños que

se ocasionen a los bienes del INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO a causa de negligencias de su

personal y por cualquier otra causa imputable a éste último, por lo que, la reposición por uno igual o

de mejores características de materiales, equipos o cualquier otro bien que derive de las causas

anteriores correrá por cuenta de “LOS POSIBLES PROVEEDORES” del “SERVICIO” y sin cargo

alguno para el INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO en la Región Norte.

“LOS POSIBLES PROVEEDORES” del “SERVICIO” deberán responder por los desperfectos o daños

que llegaran a provocar en mobiliario, equipo, instalaciones y robo comprobados que sus empleados

ocasionen, en un plazo no mayor de quince días naturales a partir de la fecha en que ocurra. Para ello deberá

contar con una póliza de responsabilidad civil con una suma asegurada de $200,000.00 (Doscientos mil

pesos 00/100 M.N.).

d) “LOS POSIBLES PROVEEDORES” serán responsables de realizar el “SERVICIO” de acuerdo

a las características del inmueble.

“LOS POSIBLES PROVEEDORES” adjudicados del servicio deberán realizar la fumigación de

interiores y exteriores en los inmuebles que ocupa la Región Norte del INSTITUTO MEXICANO DEL

PETRÓLEO EN LA REGIÓN NORTE. El servicio consistirá en la aplicación de plaguicidas para

eliminar cucarachas, hormigas, cien pies, mosquitos, arañas, termitas, moscas u otros insectos voladores o

rastreros, así como, ratas y ratones que pudiesen existir en los interiores o exteriores de los edificios

debiendo considerar registros eléctricos, sanitarios, coladeras, etc., así como banquetas perimetrales,

azoteas y en cualquier lugar donde sea susceptible de poder fumigar.

El INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO EN LA REGIÓN NORTE ejercerá este servicio a

través de “ordenes de servicio” (en adelante “ORDEN u ÓRDENES”), por tratarse de un servicio que se

requiere de manera continua.

Las ÓRDENES que emita el INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO EN LA REGIÓN NORTE

serán a través de correo electrónico en un horario de 8:00 a 17:00 horas de lunes a viernes, por conducto de

los administradores definidos, y conforme a los montos mínimos y máximos señalados en el punto 1 del

presente documento, a fin de que estos lleven de manera directa las solicitudes, control y seguimiento del

servicio requerido con el Prestador del Servicio.

Las ÓRDENES no podrán rebasar la cantidad máxima establecida en este contrato, ya que, si en algún

momento las ÓRDENES rebasan la cantidad máxima, establecida en el punto 1 del presente documento,

“LOS POSIBLES PROVEEDORES” no deberá realizar ejecución alguna de los servicios.

“LOS POSIBLES PROVEEDORES” sólo recibirá ÓRDENES cuando éstas puedan ser ejecutadas dentro

de la vigencia del servicio.

El supervisor del INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO EN LA REGIÓN NORTE emitirá la

ORDEN de servicio por lo menos con 5 días hábiles de anticipación, precisando la fecha programada para

la realización del servicio en cada uno de los inmuebles, servicio que se realizará preferentemente en fines

de semana o días inhábiles. El incumplimiento de “LOS POSIBLES PROVEEDORES” del servicio en

las fechas solicitadas ocasionará una penalización conforme a lo señalado en el inciso j.1 y a lo indicado

en el contrato específico y sus anexos.

e) “LOS POSIBLES PROVEEDORES” deben contar con recursos financieros, humanos y

materiales para el cumplimiento del “SERVICIO”, objeto del contrato específico y sus respectivos anexos.

Page 6: INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO - Gob...No.IA-018T0O004-E233-2019 3. El “SERVICIO” de fumigación se realizará en los inmuebles que determine el INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO

No. IA-018T0O004-E233-2019

6

“LOS POSIBLES PROVEEDORES” deberán anexar a su oferta copia simple de la última

declaración fiscal anual 2018 del impuesto sobre la renta (ISR), y la última declaración provisional

2019 presentada ante la Secretaria de Hacienda y Crédito Público (SHCP), para comprobar que sus

ingresos son equivalentes al menos el 20% del monto de su oferta.

“LOS POSIBLES PROVEEDORES” deberá contar con instalaciones debidamente establecidas que

cuenten con oficinas administrativas, teléfono y los equipos necesarios para la realización del servicio de

manera óptima y expedita. Debiendo presentar dentro de los primeros 5 días hábiles contados a partir del

inicio del servicio copia de la escritura o contrato de arrendamiento.

“LOS POSIBLES PROVEEDORES” del servicio deberá hacer entrega dentro de los primeros 5 días

naturales contados a partir del inicio del servicio, la relación del personal que realizará las fumigaciones en

los diferentes inmuebles de la Región Norte. Anexo a esta relación deberá presentar copia de las constancias

de habilidades laborales en el formato correspondiente de la STPS, que acredite que el personal que

atenderá el servicio se encuentra capacitado para atender el servicio de fumigación.

f) “LOS POSIBLES PROVEEDORES” proporcionarán el “SERVICIO” de acuerdo al calendario

establecido en los contratos específicos y sus respectivos anexos (en donde indicará la calendarización del

“SERVICIO” por inmueble y volumetría).

Al término de cada servicio a más tardar el segundo día hábil “LOS POSIBLES PROVEEDORES” del

“SERVICIO”, deberán entregar una constancia correspondiente a los servicios realizados que incluya una

memoria fotográfica que deberá entregar al supervisor del INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO

EN LA REGIÓN NORTE (esta entrega podrá realizarse por medios electrónicos). Dichos documentos

servirán de constancia de la ejecución de los trabajos y de soporte para la facturación correspondiente.

Programa General del Servicio Integral de fumigación para el INSTITUTO MEXICANO DEL

PETRÓLEO EN LA REGIÓN NORTE durante el periodo del 04 de noviembre de 2019 al 31 de

diciembre de 2020

“LOS POSIBLES PROVEEDORES” deberán prorratear el precio de todos los conceptos y volumetrías

con las frecuencias de aplicación en el precio por metro cuadrado mensual que realicen en sus ofertas.

Cuando alguno de los servicios programados no pudiera efectuarse total o parcialmente de acuerdo a lo

programado por causa imputable al INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO EN LA REGIÓN

Estado Municipio Localidad Domicilio

VOLUMETRÍA

REQUERIDA

(Conforme a los

volúmenes

solicitados) en m2

RECURRENCIA

NUEVO LEON

CADEREYTA

DE JIMENEZ

CADEREYTA

DE JIMENEZ

CARRETERA MONTERREY-REYNOSA KM.36,

INTERIOR DE LA REFINERIA “ING. HECTOR R.

LARA SOSA” CP.67450 2,836.93 MENSUAL

TAMAULIPAS

CIUDAD

MADERO

CIUDAD

MADERO

AV. RODOLFO TORRE CANTÚ S/N CASI ESQ.

CON CALLEJON DE BARRILES CP. 89510 2,500.00 MENSUAL

TAMAULIPAS REYNOSA REYNOSA

CALLE MICHOACAN N° 420, LOCAL 11 y 14

COL. RODRÍGUEZ C. P. 88630 465.95 MENSUAL

TAMAULIPAS REYNOSA REYNOSA

CALLE MONTERREY No. 411 ESQ. CALLEJÓN

ARGUMEDO, COL. RODRÍGUEZ C. P. 88630 873.33 MENSUAL

TAMAULIPAS REYNOSA REYNOSA

CALLE SINALOA No. 815 ESQ. VICTORIA,

COL. RODRÍGUEZ C. P. 88630 175.91 BIMESTRAL

VERACRUZ BOCA DEL RÍO BOCA DEL RÍO

AVENIDA URANO N° 2223 FRACCIONAMIENTO

JOYAS DE MOCAMBO, BOCA DEL RÍO VER C.

P. 94298 260.00 MENSUAL

VERACRUZ BOCA DEL RÍO BOCA DEL RÍO

CAMINO DE TERRACERÍA N° 800, PARCELAS

37, 39, 40 Y 41, EJIDO SAN JOSÉ NOVILLERO,

BOCA DEL RÍO, VER. C.P. 94293 84,431.35 MENSUAL

VERACRUZ

POZA RICA DE

HIDALGO

POZA RICA DE

HIDALGO

CALLE FERROCARRIL N° 162, COL. AVIACIÓN

VIEJA C.P. 93370 2,466.05 MENSUAL

VERACRUZ

POZA RICA DE

HIDALGO

POZA RICA DE

HIDALGO

CALLE RIO LERMA S/N, COL. AVIACION VIEJA

(FRENTE A LA CASA DE LA CULTURA) C. P.

93370 3,090.00 BIMESTRAL

VERACRUZ VERACRUZ VERACRUZ

AVENIDA FRAMBOYANES LOTE 10 y 11 CD.

INDUSTRIAL BRUNO PAGLIAI, VERACRUZ,

VER., C. P. 91697 1,039.61 MENSUAL

METROS CUADRADOS 98,139.13

Page 7: INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO - Gob...No.IA-018T0O004-E233-2019 3. El “SERVICIO” de fumigación se realizará en los inmuebles que determine el INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO

No. IA-018T0O004-E233-2019

7

NORTE, el supervisor de este último dará aviso al proveedor adjudicado con la debida anticipación

para que la actividad o la conclusión de la misma pueda ser reprogramada.

g) “LOS POSIBLES PROVEEDORES” garantizarán la efectividad de los productos aplicados por lo

menos 30 días naturales, en caso contrario, se solicitará nuevamente la aplicación del producto (refuerzo)

hasta el control total, sin cargo adicional para la INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO EN

LA REGIÓN NORTE.

h) El INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO EN LA REGIÓN NORTE dará a conocer las

técnicas de fumigación conforme a lo establecido en los contratos específicos y sus respectivos anexos.

ESPECIFICACIONES PARTICULARES:

1. Fumigación de interiores y exteriores de edificios

“LOS POSIBLES PROVEEDORES” del “SERVICIO” deberá realizar la fumigación y control de

plagas de interiores y exteriores en los inmuebles del INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO EN

LA REGIÓN NORTE señalados en el inciso a) del punto IV.

“LOS POSIBLES PROVEEDORES” del “SERVICIO” aplicará productos plaguicidas por medios

mecánicos, físico-químicos y biológicos en las dosis que indica el fabricante de éstos para garantizar su

eficiencia mediante equipos especializados para aplicación industrial, no deben ser tóxicos a la salud de los

trabajadores y a las plantas, no causar problemas por mal olor, ser biodegradables de alta residualidad y no

causar contaminación de alimentos o al medio ambiente.

El servicio consiste como mínimo en lo siguiente:

1.1. Fumigación de interiores.

El servicio consistirá en la aplicación de plaguicidas para eliminar, cucarachas, hormigas, cien pies,

mosquitos, arañas, termitas, moscas u otros insectos voladores o rastreros, ratas y ratones que se presenten

en forma de plaga, utilizando el método de aspersión, en el interior de los edificios.

1.2. Desinsectización perimetral exterior de edificios ductos, coladeras, registros y drenes

pluviales.

En cada servicio de fumigación al interior de los edificios programados en el punto anterior, “LOS

POSIBLES PROVEEDORES” del “SERVICIO” efectuará también la desinsectización en el perímetro

exterior de los mismos, aplicando una banda de 40 cm de ancho 420 ml, con el método de aspersión, así

como así como las banquetas perimetrales, jardineras, azoteas, en los ductos de instalaciones, coladeras,

registros y drenes pluviales del perímetro de los edificios de los Centros de Trabajo que integran el

INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO EN LA REGION NORTE, empleando productos a base

de piretroides o insecticidas de tipo orgánico biodegradable de baja toxicidad.

1.3. Control de roedores.

“LOS POSIBLES PROVEEDORES” del “SERVICIO” deberán realizar inspecciones en las

instalaciones del INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO EN LA REGIÓN NORTE para detectar

la presencia de roedores y dar tratamiento para eliminación de la plaga, mediante la instalación de cajas

cebadero para ratas y ratones, colocando y formando un cordón sanitario (banda de protección con

distanciamiento de acuerdo a las recomendaciones del fabricante) perimetral en los edificios que conforman

Page 8: INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO - Gob...No.IA-018T0O004-E233-2019 3. El “SERVICIO” de fumigación se realizará en los inmuebles que determine el INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO

No. IA-018T0O004-E233-2019

8

el INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO EN LA REGIÓN NORTE y en el exterior de cada uno

de ellos, las estaciones deben contar con una cerradura para mantener restringido el acceso al producto y

tener una hoja de control para el monitoreo del contenido interior, “LOS POSIBLES PROVEEDORES”

del “SERVICIO” deberán aprovisionarlas con cebos rodenticidas anticoagulantes tipo bloques parafinados

con surtimiento mensual por consumo de los mismos para evitar crear resistencia en los roedores, los

bloques parafinados deben quedar sujetados en el interior de los cebaderos para evitar riesgos a la salud de

los trabajadores. Las cajas cebadero deberán ser identificadas con la leyenda de peligro a nivel de muro;

por lo que “LOS POSIBLES PROVEEDORES” del “SERVICIO” indicará en cada caja cebadero el

antídoto, con letrero de 15 x 25 cm. Que señale la posición del cebadero, el número de caja, el teléfono y la

comunicación del peligro.

La cantidad de cajas cebadero que se requieren al inicio del servicio son 350 para ser instaladas en

los diferentes inmuebles que se encuentran en los Centros de Trabajo del INSTITUTO

MEXICANO DEL PETRÓLEO EN LA REGIÓN NORTE.

Para el control de roedores en los interiores de los edificios, “LOS POSIBLES PROVEEDORES” del

“SERVICIO” instalará trampas adhesivas de 10 x 20 cm (con distanciamiento de acuerdo a las

recomendaciones del fabricante) y en todos los casos retirará de las instalaciones los cuerpos de los

animales eliminados.

Las trampas adhesivas y las cajas cebadero deberán quedar colocadas en los edificios en la primera orden

de servicio solicitada.

La revisión de las estaciones será mensual y la dotación de los cebos será de acuerdo al consumo registrado

o a solicitud del supervisor del INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO EN LA REGIÓN

NORTE, en caso de presencia excesiva deberá intensificar su dotación. Los productos químicos temicidas

líquidos o en espuma y los cebos de las estaciones no deben de ser tóxicos a la salud de los trabajadores y

a las plantas, ni causar problemas por el mal olor, deben de ser biodegradables y no causar contaminación

de los jardines y suelo.

1.4. Control de Cucarachas.

En aquellas áreas de oficinas, laboratorios, talleres, bodegas, instalaciones sanitarias, cafetería, cuartos de

aseo, ductos eléctricos, etc., de los edificios del INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO EN LA

REGIÓN NORTE, en los que se detecte presencia de cucarachas, “LOS POSIBLES PROVEEDORES”

del “SERVICIO” colocará y mantendrá un cordón sanitario con puntos de gel, aspersiones con insecticidas

y monitores, las veces que sea necesario hasta terminar con la plaga.

1.5. Control de insectos

“LOS POSIBLES PROVEEDORES” del “SERVICIO” inspeccionará las áreas de trabajo tales como

oficinas, laboratorios, talleres, bodegas, almacenes, sanitarios, cuartos de aseo y ductos eléctricos de los

edificios del INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO EN LA REGIÓN NORTE, para identificar

y controlar las plagas tales como ácaros, corucos, pulgas, arañas, piojos, alacranes, caras de niño, insectos

varios, hormigas en el interior y exterior de los edificios, aplicando los productos autorizados (insecticidas)

con los métodos de aspersión, espolvoreo, etc.; para el control de plagas sobre partes bajas de paredes,

grietas, escondrijos, uniones de piso y de techos, parte posterior de equipos y mobiliarios, plafones y ductos,

alfombras y cortinas, subestaciones eléctricas, lámparas y plafones.

1.6. Control de insectos voladores.

El servicio consistirá en la aplicación de plaguicidas para eliminar, mosquitos, moscas u otros insectos

voladores que se presenten en el interior y exterior de los edificios.

Page 9: INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO - Gob...No.IA-018T0O004-E233-2019 3. El “SERVICIO” de fumigación se realizará en los inmuebles que determine el INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO

No. IA-018T0O004-E233-2019

9

Los productos no deberán ser tóxicos para personas y plantas y deberán ser aplicados por medios

mecánicos o mediante la utilización de equipos especializados, por aspersión y nebulización.

Dentro del control de insectos voladores destaca el combate a los mosquitos que proliferan en bastante

cantidad en las instalaciones por lo que los productos a usar deben tener la mayor efectividad y residualidad

posible.

1.7. Control de vectores

Dentro del alcance del servicio se incluye la colocación de larvicida granulado en depósitos de agua tratada

de aproximadamente 50 m3, para control de larvas de mosquitos, ésta aplicación deberá realizarse cada vez

que el supervisor del INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO EN LA REGIÓN NORTE así lo

requiera, las veces que sea necesario durante el mes del servicio, hasta su erradicación.

1.8. Control y atención a reportes de abejas

“LOS POSIBLES PROVEEDORES” del “SERVICIO” realizará la inspección de todos los

edificios y áreas verdes del INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO EN LA REGIÓN

NORTE para determinar los sitios de infestación así como el retiro de panales y enjambres, debiendo

aplicar, mediante aspersión, algún producto en las grietas de paredes, árboles, cornisas, etc., para evitar su

formación nuevamente.

Para su control se debe emplear cajas enjambre o monitores utilizado un atrayente. En caso de requerirse el

derribo, los productos a utilizar deben ser biodegradables, no corrosivos, no explosivos, no reactivos con el

agua y no tóxicos para el ser humano.

Nota: Los elementos del prestador del servicio deberán contar en todo momento con el equipo de seguridad

necesario para atender los reportes por presencia de abejas, tales como escafandras, guantes u otros que

permitan acercarse, sin peligro, a las abejas.

1.9 Control de termitas

El servicio consistirá en realizar perforaciones en muro o piso con las dimensiones y distanciamiento que

indique la ficha técnica del producto a utilizar, para formar un cordón en el perímetro del área infestada así

como en la aplicación del producto en la dilución correspondiente sobre los insectos en caso de que se

observe presencia de los mismos.

“LOS POSIBLES PROVEEDORES” del servicio deberán realizar inspecciones en caso de presentarse

durante la vigencia del contrato algún brote o infestación, “LOS POSIBLES PROVEEDORES” del

servicio deberán hacer lo indicado en el párrafo anterior.

1.10. Control de murciélagos

El servicio consistirá en realizar revisiones en las áreas de falso plafón, cuartos de aire

acondicionado, cornisas, y lugares susceptibles donde pudieran anidar, para posteriormente lavar

y desinfectar el área donde haya excretas de murciélagos, debiendo aplicar repelente de origen

natural para evitar reinfestación. Se debe considerar el uso de andamios hasta 8 metros de altura

en caso necesario para ésta actividad.

Page 10: INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO - Gob...No.IA-018T0O004-E233-2019 3. El “SERVICIO” de fumigación se realizará en los inmuebles que determine el INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO

No. IA-018T0O004-E233-2019

10

“LOS POSIBLES PROVEEDORES” del servicio deberán realizar inspecciones trimestrales y

si llegara a existir una plaga durante el servicio contratado “LOS POSIBLES PROVEEDORES”

del servicio deberán hacer lo indicado en el párrafo anterior.

1.11. Control de palomas

“LOS POSIBLES PROVEEDORES” del “SERVICIO” deberá realizar inspecciones en las instalaciones

INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO EN LA REGIÓN NORTE para detectar los sitios de

perchado, anidación y alimentación de las palomas, el método de control a utilizar para este servicio será a

base de gel y repelentes por aversión al olor y sabor a prueba de aves.

Se deberán retirar los nidos identificados para evitar el reanidamento, así como el retiro de heces fecales,

plumas y demás desechos orgánicos que generen las palomas en cornisas, ventanas, azoteas, etc., aplicando

algún producto para erradicar corucos y demás insectos que producen estas aves.

El servicio consistirá en realizar limpieza con detergentes y chorros de agua a presión con compresor tipo

karcher en las superficies como cornisas que se encuentran al interior y exterior, eliminando nidos de aves,

manchas y cualquier otra basura que ahí se encuentre.

La medida en altura de nivel de piso terminado a las superficies de cornisas que se van a limpiar tienen una

altura máxima de 15 mts., por lo que se requiere el uso de andamios para realizar estas actividades y de

equipo de seguridad de protección personal para trabajos en alturas.

Posterior a la limpieza se deberá realizar el suministro y colocación de sistema anti-aves urbanas como

palomas (método físico) , sin riesgo o muerte para las mismas, a base de malla de polipropileno estructural

de cuadros de ½” por ⅝” color negro, ver figura siguiente, deberá ser resistente para sellar y evitar acceso

a cornisas donde puedan anidar, la colocación se realizará en los lugares que previamente indique la

supervisión del INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO EN LA REGIÓN NORTE, la malla

deberá estar reforzada en sus contornos a la hora de ser colocadas de manera que queden fijas y se vean

rígidas, deberán estar sujetas o ancladas en todo el contorno de las cornisas y elementos estructurales a

efecto de que no puedan quedar huecos por donde las aves se puedan filtrar, y ser desmontables en los

lugares que aplica para poder realizar limpieza.

Para llevar a cabo esta actividad se deberá aplicar lo indicado en la NORMA Oficial Mexicana NOM-009-

STPS-2011, referente a Condiciones de seguridad para realizar trabajos en altura.

El servicio incluye: todos los trabajos necesarios para la ejecución de este concepto, mano de obra,

herramienta manual, arnés, cuerdas de vida, escaleras, andamios, equipo de protección personal, acarreos,

transporte, acarreos horizontales dentro y fuera de las instalaciones, pruebas y puesta en operación,

responsabilidad total del prestador del servicio y limpieza de la zona de trabajo. Se deberá acordonar la

zona de trabajo con cintas restrictivas a efecto de no exponer a ninguna persona a cualquier tipo de

accidente.

Page 11: INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO - Gob...No.IA-018T0O004-E233-2019 3. El “SERVICIO” de fumigación se realizará en los inmuebles que determine el INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO

No. IA-018T0O004-E233-2019

11

1.12. Fumigación en áreas verdes y árboles.

A solicitud del supervisor del INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO EN LA REGIÓN NORTE,

se realizará la fumigación en áreas verdes y árboles para el control de moscos e insectos voladores y

hormigas, aplicando el método de aspersión motorizada en las áreas verdes y árboles existentes en las

instalaciones del Instituto.

1.13. Tratamiento a tocones y árboles.

“LOS POSIBLES PROVEEDORES” aplicaran el tratamiento correspondiente únicamente en aquellos

tocones que el supervisor del INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO EN LA REGIÓN NORTE

le indique, a fin de evitar la proliferación de termitas en estos.

A solicitud del supervisor del INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO EN LA REGIÓN

NORTE, “LOS POSIBLES PROVEEDORES” aplicarán termicidas en espuma, inyección o

impregnación a estructuras y muros de edificios, mobiliario y pisos de madera, cajas de cartón con

documentos de valor en áreas de archivo, almacenes y oficinas etc., para el control de termitas.

Las actividades se realizarán durante o fuera del horario oficial de labores del INSTITUTO MEXICANO

DEL PETRÓLEO EN LA REGIÓN NORTE, de acuerdo a las indicaciones de la supervisión por parte

del Supervisor del INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO EN LA REGIÓN NORTE.

i) “LOS POSIBLES PROVEEDORES” deberán cumplir como mínimo en los productos y equipos que

utilicen para la prestación del “SERVICIO”, con las siguientes normas:

Número de Norma Descripción de la Norma

NOM-017-STPS-2008 “Equipo de protección personal-Selección, uso y manejo en los centros de

trabajo”.

NOM-256-SSA1-2012 “Condiciones sanitarias que deben cumplir los establecimientos y personal

dedicados a los servicios urbanos de control de plagas mediante plaguicidas”.

NOM-232-SSA1-2009

“Plaguicidas: que establece los requisitos del envase, embalaje y etiquetado de

productos grado técnico y para uso agrícola, forestal. Pecuario, jardinería,

urbano, industrial y doméstico”.

“LOS POSIBLES PROVEEDORES” se obligan a cumplir las demás normas que resulten aplicables a la

prestación del “SERVICIO”.

El INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO EN LA REGIÓN NORTE no podrán establecer

Normas Oficiales Mexicanas, Normas Mexicanas según proceda y a falta de estas las Normas

Internacionales, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 53 y 55 de la Ley Federal sobre

Metrología y Normalización; en su caso las Normas de Referencia o Especificaciones a que se refiere el

artículo 67 de esta Ley, que limiten la participación de “LOS POSIBLES PROVEEDORES”.

j) El “SERVICIO” será supervisado por el personal que designe el INSTITUTO MEXICANO DEL

PETRÓLEO EN LA REGIÓN NORTE.

El servidor público facultado para supervisar o vigilar la prestación del servicio el C. Lic. Alejandro

Muñoz Canchola, o a quien éste designe como personal de supervisión del INSTITUTO MEXICANO

DEL PETRÓLEO EN LA REGIÓN NOTE. El Administrador del Contrato será la o el responsable de

aceptar o rechazar los servicios, de determinar los incumplimientos, las penas convencionales y deducciones

a que hubiera lugar, deficiencias en el servicio y/o emitir órdenes de surtimiento, así como la administración

total del Contrato.

Page 12: INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO - Gob...No.IA-018T0O004-E233-2019 3. El “SERVICIO” de fumigación se realizará en los inmuebles que determine el INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO

No. IA-018T0O004-E233-2019

12

El Administrador del Contrato verificará el control de calidad del servicio ofrecido de acuerdo a las

solicitudes hechas a “LOS POSIBLES PROVEEDORES”. En caso de incumplimiento de las actividades

o servicios encomendados a “LOS POSIBLES PROVEEDORES” se aplicarán las deducciones

correspondientes relacionadas en las especificaciones técnicas de los Anexos respectivos.

LA PENA CONVENCIONAL Y DEDUCCIONES AL PAGO SE DESCRIBEN A

CONTINUACIÓN:

j.1 PENAS CONVENCIONALES

Se aplicarán por cada día natural de atraso, con el 1 % del importe total del servicio cotizado en la propuesta

económica, serán calculadas por el área contratante correspondiente, sin exceder de manera proporcional

el 10% del monto del contrato y no deberá exceder el importe de la garantía de cumplimiento del

CONTRATO O PEDIDO. En caso de exceder el porcentaje referido se podrá iniciar el procedimiento de

rescisión del CONTRATO O PEDIDO, de conformidad con lo estipulado en la Ley y su Reglamento.

Para efectos del párrafo anterior, el área contratante deberá recibir un documento del área requirente donde

se le comunique del incumplimiento. Una vez que el área contratante cuente con este documento generará

el cálculo correspondiente y le solicitará mediante correo electrónico a “LOS POSIBLES

PROVEEDORES” que se presente en las instalaciones del INSTITUTO MEXICANO DEL

PETRÓLEO EN LA REGIÓN NORTE a firmar el documento de aceptación del cálculo.

El pago del servicio quedará condicionado al pago que “LOS POSIBLES PROVEEDORES” deban

efectuar por concepto de penas convencionales.

j.2 DEDUCTIVAS

Se aplicarán con el 2% del monto de los servicios prestados de manera deficiente o incompletos, serán

calculadas por el área contratante correspondiente, sin exceder de manera proporcional el 10% del importe

del contrato y la suma de las deducciones de esta partida o partidas no deberán exceder el importe de la

garantía de cumplimiento del CONTRATO O PEDIDO. En caso de exceder el porcentaje referido se podrá

iniciar el procedimiento de rescisión del CONTRATO O PEDIDO, de conformidad con lo estipulado en la

Ley y su Reglamento.

Para efectos del párrafo anterior, el área contratante deberá recibir un documento del área requirente donde

se le comunique la deducción por aplicar. Una vez que el área contratante cuente con este documento

generará el cálculo correspondiente y le solicitará mediante correo electrónico al “LOS POSIBLES

PROVEEDORES” que se presente en las instalaciones del INSTITUTO MEXICANO DEL

PETRÓLEO EN LA REGIÓN NORTE a firmar el documento de aceptación del cálculo.

Los proveedores quedarán obligados ante la dependencia o entidad a responder de los defectos y vicios

ocultos de los bienes y de la calidad de los servicios, así como de cualquier otra responsabilidad en que

hubieren incurrido, en los términos señalados en el contrato respectivo y en la legislación aplicable.

La servidora pública facultada para validar las facturas o los documentos que presente “LOS POSIBLES

PROVEEDORES” es la L. C. Reyna C. Rojas Rosas del área de Recursos Materiales y Servicios de la

Unidad de Administración Norte del Instituto Mexicano del Petróleo, teléfono 782 82 64739, correo

electrónico [email protected].

Los documentos que deben acompañarse a las facturas son los que indique la o el administrador del Contrato

de conformidad con los procedimientos institucionales para tal efecto.

El “LOS POSIBLES PROVEEDORES” en toda su correspondencia (facturas, empaques y otros

documentos), deberá citar el número del Pedido y/o contrato.

La aceptación de los servicios por parte de la o el administrador o responsable del Contrato, se realizará

máximo dentro de los 10 días naturales posteriores a la recepción y aceptación de la factura.

Page 13: INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO - Gob...No.IA-018T0O004-E233-2019 3. El “SERVICIO” de fumigación se realizará en los inmuebles que determine el INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO

No. IA-018T0O004-E233-2019

13

Un servicio se considerará prestado al Instituto Mexicano del Petróleo cuando reúna los siguientes

requisitos: sea recibido en el Área correspondiente y la o el administrador del Contrato haya verificado el

cumplimiento de las especificaciones y dé su visto bueno de conformidad.

k) INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO EN LA REGIÓN NORTE establecerá en los

contratos específicos y sus respectivos anexos la o las técnica (s) de fumigación, los días y los horarios, en

función a las necesidades de operación del inmueble.

El calendario se encuentra indicado en el inciso f) del presente anexo.

El horario se encuentra indicado en el numeral V del presente anexo.

l) Las reuniones formales de seguimiento serán acordadas de forma oficial entre INSTITUTO

MEXICANO DEL PETRÓLEO EN LA REGIÓN NORTE y “LOS POSIBLES PROVEEDORES”,

convocándose con al menos una semana de anticipación.

m) “LOS POSIBLES PROVEEDORES” quedan obligados durante la vigencia del “SERVICIO”,

a cumplir con la inscripción y pago de cuotas al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) del personal

que brinde el “SERVICIO” en el inmueble. Para verificar su cumplimiento deberá entregar

bimestralmente al INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO EN LA REGIÓN NORTE, el

comprobante de las cuotas obrero patronales.

Al inicio del servicio, “LOS POSIBLES PROVEEDORES” del “SERVICIO” deberán presentar y

acreditar en forma documental al supervisor del INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO EN LA

REGIÓN NORTE que el personal que realizará el servicio dentro sus instalaciones está afiliado al Instituto

Mexicano del Seguro Social (IMSS).

“LOS POSIBLES PROVEEDORES” del servicio, como patrón del personal que ocupa para la prestación

del “SERVICIO”, será el único responsable de las obligaciones derivadas de las disposiciones legales y

demás ordenamientos en materia de trabajo y seguridad social y responderá todas las reclamaciones que su

personal presenten en su contra, o en contra del INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO, ya que

éste no será considerado como patrón sustituto en relación con el servicio contratado.

“LOS POSIBLES PROVEEDORES” del “SERVICIO” durante la vigencia del contrato, deberán

entregar de forma bimestral dentro de los 25 días naturales del mes siguiente o en el momento que sean

requeridos por el IMP copia simple del comprobante de pago de cuotas al IMSS e INFONAVIT y la cédula

de determinación de cuotas del cumplimiento de sus obligaciones laborales y de seguridad social. El

incumplimiento de ésta obligación ocasionará una deducción al pago conforme a lo señalado en el inciso

j.2 y a lo indicado en el contrato específico y sus anexos por cada día que el personal haya prestado los

servicios sin estar asegurado.

“LOS POSIBLES PROVEEDORES” deberá responder por el personal que contrate para otorgar el

servicio, que requiera atención médica en el IMSS y que por alguna razón este dado de baja en dicha

institución.

V. LUGAR DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO.

El “SERVICIO” objeto de los contratos específicos se prestará en los inmuebles que indique el

INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO EN LA REGIÓN NORTE y que se mencionan en el

inciso a) del punto IV.

Page 14: INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO - Gob...No.IA-018T0O004-E233-2019 3. El “SERVICIO” de fumigación se realizará en los inmuebles que determine el INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO

No. IA-018T0O004-E233-2019

14

El horario para la realización del “SERVICIO”, de manera general será de lunes a domingo en un horario

aproximado de las 06:00 a las 21:00 horas, quedando detallado en los contratos específicos y sus respectivos

anexos.

El horario para la realización del “SERVICIO” en el INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO EN

LA REGIÓN NORTE podrá solicitarse dentro del horario referido en el párrafo anterior, preferentemente

fuera del horario laboral de oficina o en días inhábiles en los inmuebles objeto del “SERVICIO”, previo

acuerdo con la supervisión del INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO EN LA REGIÓN

NORTE.

El horario laboral de oficina es de lunes a jueves de 8:00 a 14:30 y de 16:00 a 18:00 horas, viernes de 8:00

a 14:00 horas.

El domicilio de los inmuebles donde se prestará el servicio se encuentra indicado en el inciso a del numeral

IV.

VI. CONDICIONES SOCIALES.

"LOS POSIBLES PROVEEDORES" estarán obligados a cumplir con las siguientes condiciones respecto

al personal que utilicen para la prestación del “SERVICIO”:

1. Tratar a su personal con respeto y dignidad, quedando prohibida cualquier forma de violencia

física o verbal, así como la intimidación y el hostigamiento.

2. Incorporar medidas para prevenir y sancionar cualquier forma de violencia, el acoso y el

hostigamiento sexual.

3. En general, a cumplir en tiempo y forma con las demás obligaciones de índole laboral.

"LOS POSIBLES PROVEEDORES" tienen expresamente prohibido respecto al personal que utilicen

para la prestación del “SERVICIO”:

1. Incurrir en cualquier forma de discriminación por origen étnico, religión, orientación sexual,

fisonomía o discapacidad física.

2. Retener los pagos y salarios o imponer condiciones que menoscaben la libertad de su personal

como el pago de depósitos, la retención de documentos, la firma anticipada de su renuncia o la

práctica de pruebas de embarazo, así como el despido por esta causa.

VII. REQUERIMIENTOS.

“LOS POSIBLES PROVEEDORES” garantizarán la prestación del “SERVICIO” de acuerdo a los

siguientes términos:

VII.1 CALIDAD EN EL SERVICIO.

Page 15: INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO - Gob...No.IA-018T0O004-E233-2019 3. El “SERVICIO” de fumigación se realizará en los inmuebles que determine el INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO

No. IA-018T0O004-E233-2019

15

Será responsabilidad de “LOS POSIBLES PROVEEDORES”, mantener la calidad del “SERVICIO”

conforme a lo establecido en los contratos específicos y sus respectivos anexos.

“LOS POSIBLES PROVEEDORES” deberán contar con el personal especializado en el ramo, así como

herramientas, maquinaria, vehículos y equipos adecuados para el “SERVICIO” requerido, a fin de

garantizar que se proporciona con la calidad, oportunidad y eficiencia requerida para tal efecto, quedando

obligado a realizarlo a entera satisfacción del INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO EN LA

REGIÓN NORTE.

El “SERVICIO” deberá realizarse garantizando la seguridad tanto para el personal que efectúe éste, como

para los usuarios que se encuentren en el inmueble.

“LOS POSIBLES PROVEEDORES” del “SERVICIO” deberán anexar a su oferta copia vigente de la

Licencia Sanitaria a su nombre para la prestación de Servicios Urbanos de fumigación, desinfección y control

de plagas, emitida por la Secretaría de Salud autorizada por la Comisión Federal para la Protección contra

Riesgos Sanitarios (COFEPRIS) de las entidades federativas donde prestará el servicio en Veracruz,

Tamaulipas y Nuevo León.

“LOS POSIBLES PROVEEDORES”, deberán anexar a su oferta carta compromiso en la cual

manifiesten que se compromete a la renovación de la Licencia Sanitaria para la prestación de Servicios

Urbanos de fumigación, desinfección y control de plagas, para el caso de que la misma finalice durante la

vigencia del contrato y que la nueva licencia será entregada al supervisor del INSTITUTO MEXICANO

DEL PETRÓLEO EN LA REGIÓN NORTE en un plazo máximo de 30 días naturales.

Para la cotización del servicio, el “LOS POSIBLES PROVEEDORES” deberá considerar todos los

elementos que intervengan en el desarrollo del mismo como: personal, herramientas, equipos, traslados, etc.

El INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO EN LA REGIÓN NORTE no permitirá la

subcontratación del servicio.

VII.2 PERSONAL PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO.

“LOS POSIBLES PROVEEDORES” deberán contar con el personal técnico necesario que le permita

prestar el “SERVICIO” conforme a lo establecido en los contratos específicos y sus respectivos anexos,

siendo éstos los siguientes:

PERSONAL TÉCNICO

“LOS POSIBLES PROVEEDORES”, establecerán la cantidad de técnicos necesarios para atender de

manera eficiente y oportuna el calendario de servicios programados. La cantidad de personal técnico será

determinada por “LOS POSIBLES PROVEEDORES” considerando la información señalada conforme

a los requerimientos del INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO EN LA REGIÓN NORTE.

La cantidad de técnicos destinada para prestar el servicio deberá estar acorde para la atención de los servicios

solicitados en los inmuebles señalados en el inciso a) del punto IV.

El proveedor adjudicado, deberá contar con un Coordinador de grupo de trabajo, el cual será el enlace

con el INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO EN LA REGIÓN NORTE, por lo que deberá contar

con facultades suficientes para ejercer funciones como las de resolver problemas y requerimientos que se

presenten durante la prestación del “SERVICIO”, recibir y atender ordenes de servicio, vigilar que el

Page 16: INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO - Gob...No.IA-018T0O004-E233-2019 3. El “SERVICIO” de fumigación se realizará en los inmuebles que determine el INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO

No. IA-018T0O004-E233-2019

16

servicio se preste de conformidad con lo indicado en el presente Anexo, para lo cual, deberá contar con los

conocimientos en la prestación de servicio, así como conocimientos básicos en materia de seguridad y

protección ambiental, por lo que deberá entregar previo a la firma del contrato su curriculum vitae. El

INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO EN LA REGIÓN NORTE podrá solicitar que se sustituya

dicho Coordinador de Grupo de Trabajo en caso que sea necesario.

VII.3 PROPUESTA DE TRABAJO.

“LOS POSIBLES PROVEEDORES” deberán anexar a sus ofertas para el INSTITUTO MEXICANO

DEL PETRÓLEO EN LA REGIÓN NORTE, su metodología, programa de trabajo y organigrama

(administrativo y técnico) que permita garantizar la prestación del “SERVICIO”.

VII.4 EQUIPO, HERRAMIENTAS Y VEHÍCULOS.

“LOS POSIBLES PROVEEDORES” deberán anexar a sus ofertas para el INSTITUTO MEXICANO

DEL PETRÓLEO EN LA REGIÓN NORTE, la relación del equipo, herramientas y vehículos en óptimas

condiciones de uso, con los que garantizará la prestación del “SERVICIO”.

VII.5 IDENTIFICACIÓN Y UNIFORMES.

“LOS POSIBLES PROVEEDORES” quedan obligados a garantizar que el personal portará en todo

momento el uniforme de trabajo de acuerdo a lo establecido en los contratos específicos, mismo que llevará

impreso en lugar visible el nombre y logotipo de “LOS POSIBLES PROVEEDORES”; a fin de que

puedan ser identificados.

“LOS POSIBLES PROVEEDORES” estarán obligados a otorgar a su personal un gafete de identificación

plastificado o con enmicado térmico, el cual deberá portar durante su estancia en el inmueble, en caso

contrario a dicho personal se le podrá negar el acceso. Los gafetes deberán cumplir de forma mínima con

los siguientes requisitos: logotipo y nombre de “LOS POSIBLES PROVEEDORES”; nombre del

trabajador y fotografía reciente.

No será permitido el acceso a las instalaciones del INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO EN LA

REGIÓN NORTE al personal de “LOS POSIBLES PROVEEDORES” del “SERVICIO” por

encontrarse con aliento alcohólico, bajo el efectos de drogas o cualquier enervante o sustancias ilícitas, con

arma de fuego, las herramientas punzocortantes sólo podrán ingresarse a las instalaciones con la

autorización del supervisor del IMP, siempre y cuando esté plenamente justificada su utilización en los

trabajos motivo del contrato.

“LOS POSIBLES PROVEEDORES” del “SERVICIO” proporcionarán a su personal uniforme completo,

tela 100% algodón, en buen estado y presentable con nombre y logotipo impreso de la empresa en lugar

visible, zapatos de seguridad, casco de seguridad, gafete de identificación que lo acredite como personal de

“LOS POSIBLES PROVEEDORES”, así como el equipo de seguridad necesario y adecuado para el

desempeño de sus funciones, de igual manera deberá contar con la herramienta y el equipo de trabajo,

apropiado y completo para la realización del “SERVICIO”.

El equipo de protección personal, deberá estar siempre en buenas condiciones, no se permitirá el ingreso a

las instalaciones del INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO EN LA REGIÓN NORTE si el

personal de “LOS POSIBLES PROVEEDORES” del “SERVICIO” se presenta con prendas desteñidas

o rotas o con calzado de seguridad roto.

Page 17: INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO - Gob...No.IA-018T0O004-E233-2019 3. El “SERVICIO” de fumigación se realizará en los inmuebles que determine el INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO

No. IA-018T0O004-E233-2019

17

VII.6 ACCIONES DE DISCIPLINA, ORDEN Y SEGURIDAD.

“LOS POSIBLES PROVEEDORES” instruirán a su personal para que guarden la debida disciplina y

orden durante la prestación del “SERVICIO”, acatando las normas de seguridad aplicables en el inmueble

del INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO EN LA REGIÓN NORTE.

“LOS POSIBLES PROVEEDORES” del “SERVICIO” deberá cumplir en lo que aplique con el listado

de requerimientos de la Guía técnica para el Control de Contratistas y Proveedores en Materia de Seguridad,

Salud en el Trabajo y Protección Ambiental del INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO EN LA

REGIÓN NORTE señalados en el formato SIG-SST-GT-03-FG-01, los cuales deberán considerase para

la presentación de su proposición.

Page 18: INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO - Gob...No.IA-018T0O004-E233-2019 3. El “SERVICIO” de fumigación se realizará en los inmuebles que determine el INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO

No. IA-018T0O004-E233-2019

18

“LOS POSIBLES PROVEEDORES” del “SERVICIO” dará las facilidades al personal que realizará las

actividades, para que al inicio de los servicios reciban la inducción, relacionado con la Guía técnica para el

Control de Contratistas y Proveedores en Materia de Seguridad, Salud en el Trabajo y Protección Ambiental

del INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO EN LA REGIÓN NORTE; así como otros temas en

materia de servicios con riesgo, seguridad, salud ocupacional y protección ambiental.

Las consecuencias por lesiones sufridas al personal por actividades propias del servicio, así como los daños

causados a las instalaciones del INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO EN LA REGIÓN NORTE

por incidentes durante la prestación del servicio serán con cargo y responsabilidad de “LOS POSIBLES

PROVEEDORES” del “SERVICIO”. El supervisor de “LOS POSIBLES PROVEEDORES” deberá

informar de inmediato al supervisor del INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO EN LA REGIÓN

NORTE.

Será responsabilidad de “LOS POSIBLES PROVEEDORES” del “SERVICIO” la realización de esta

actividad contando con los equipos de seguridad de acuerdo a las normas vigentes que resulten necesarios

para la realización del “SERVICIO”.

VII.7 RESPONSABILIDAD LABORAL.

“LOS POSIBLES PROVEEDORES” deberán anexar en sus ofertas un manifiesto de que el personal

que realice las tareas relacionadas con la prestación del “SERVICIO”, estará bajo su responsabilidad única

y directa, por lo tanto, en ningún momento se considerará al INSTITUTO MEXICANO DEL

PETRÓLEO EN LA REGIÓN NORTE, como patrón sustituto o solidario, pues la misma, no tendrá

relación alguna de carácter laboral con dicho personal y consecuentemente, “LOS POSIBLES

PROVEEDORES” se comprometen a liberar a INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO EN LA

REGIÓN NORTE de cualquier responsabilidad laboral o civil, obligándose éstos a garantizar el pago de

las prestaciones laborales y de seguridad social para sus empleados.

Asimismo, “LOS POSIBLES PROVEEDORES” deberán indicar en el manifiesto mencionado en el

párrafo anterior, que asumirán la responsabilidad en materia de seguridad social referente a sus trabajadores

y/o a las que haya lugar, en caso de que alguno de éstos sufra un accidente, enfermedad o riesgo de trabajo.

El INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO EN LA REGIÓN NORTE no tendrá ninguna

responsabilidad laboral en caso de accidentes de trabajo del personal de “LOS POSIBLES

PROVEEDORES” del “SERVICIO” por lo que éste último aceptará toda obligación derivada

de sus actividades y las de su personal para la realización del “SERVICIO” durante la vigencia

del contrato correspondiente.

Page 19: INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO - Gob...No.IA-018T0O004-E233-2019 3. El “SERVICIO” de fumigación se realizará en los inmuebles que determine el INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO

No. IA-018T0O004-E233-2019

19

Page 20: INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO - Gob...No.IA-018T0O004-E233-2019 3. El “SERVICIO” de fumigación se realizará en los inmuebles que determine el INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO

No. IA-018T0O004-E233-2019

20

Page 21: INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO - Gob...No.IA-018T0O004-E233-2019 3. El “SERVICIO” de fumigación se realizará en los inmuebles que determine el INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO

No. IA-018T0O004-E233-2019

21

Page 22: INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO - Gob...No.IA-018T0O004-E233-2019 3. El “SERVICIO” de fumigación se realizará en los inmuebles que determine el INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO

No. IA-018T0O004-E233-2019

22

Page 23: INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO - Gob...No.IA-018T0O004-E233-2019 3. El “SERVICIO” de fumigación se realizará en los inmuebles que determine el INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO

No. IA-018T0O004-E233-2019

23

Page 24: INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO - Gob...No.IA-018T0O004-E233-2019 3. El “SERVICIO” de fumigación se realizará en los inmuebles que determine el INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO

No. IA-018T0O004-E233-2019

24

Page 25: INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO - Gob...No.IA-018T0O004-E233-2019 3. El “SERVICIO” de fumigación se realizará en los inmuebles que determine el INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO

No. IA-018T0O004-E233-2019

25

Page 26: INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO - Gob...No.IA-018T0O004-E233-2019 3. El “SERVICIO” de fumigación se realizará en los inmuebles que determine el INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO

No. IA-018T0O004-E233-2019

26

Page 27: INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO - Gob...No.IA-018T0O004-E233-2019 3. El “SERVICIO” de fumigación se realizará en los inmuebles que determine el INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO

No. IA-018T0O004-E233-2019

27

Page 28: INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO - Gob...No.IA-018T0O004-E233-2019 3. El “SERVICIO” de fumigación se realizará en los inmuebles que determine el INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO

No. IA-018T0O004-E233-2019

28

Page 29: INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO - Gob...No.IA-018T0O004-E233-2019 3. El “SERVICIO” de fumigación se realizará en los inmuebles que determine el INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO

No. IA-018T0O004-E233-2019

29

Page 30: INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO - Gob...No.IA-018T0O004-E233-2019 3. El “SERVICIO” de fumigación se realizará en los inmuebles que determine el INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO

No. IA-018T0O004-E233-2019

30

Page 31: INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO - Gob...No.IA-018T0O004-E233-2019 3. El “SERVICIO” de fumigación se realizará en los inmuebles que determine el INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO

No. IA-018T0O004-E233-2019

31

Page 32: INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO - Gob...No.IA-018T0O004-E233-2019 3. El “SERVICIO” de fumigación se realizará en los inmuebles que determine el INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO

No. IA-018T0O004-E233-2019

32

Page 33: INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO - Gob...No.IA-018T0O004-E233-2019 3. El “SERVICIO” de fumigación se realizará en los inmuebles que determine el INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO

No. IA-018T0O004-E233-2019

33

Page 34: INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO - Gob...No.IA-018T0O004-E233-2019 3. El “SERVICIO” de fumigación se realizará en los inmuebles que determine el INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO

No. IA-018T0O004-E233-2019

34

Page 35: INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO - Gob...No.IA-018T0O004-E233-2019 3. El “SERVICIO” de fumigación se realizará en los inmuebles que determine el INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO

No. IA-018T0O004-E233-2019

35

FIN DE LA PARTIDA 1.

Page 36: INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO - Gob...No.IA-018T0O004-E233-2019 3. El “SERVICIO” de fumigación se realizará en los inmuebles que determine el INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO

No. IA-018T0O004-E233-2019

36

PARTIDA 2

ANEXO II

ESPECIFICACIONES TÉCNICAS Y DE CALIDAD REQUERIDAS PARA LA PRESTACIÓN

DEL SERVICIO INTEGRAL DE FUMIGACIÓN EN LA REGIÓN SUR DEL INSTITUTO

MEXICANO DEL PETRÓLEO

VIII. OBJETIVO.

Proporcionar el servicio integral de fumigación, control y prevención de plagas en adelante el

“SERVICIO”, en los diversos inmuebles propiedad y/o en uso de los sujetos a que se refiere el

artículo 1, fracciones I a VI de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector

Público (LAASSP), en adelante el Instituto Mexicano del Petróleo en Villahermosa, Tabasco, y

sus Centros Foráneos en Tabasco, Chiapas y Veracruz.

El período del servicio será a partir del día siguiente de la notificación de asignación del

pedido y hasta el 31 de Diciembre del 2020, bajo la modalidad de contrato o pedido

abierto con un monto máximo de $ 308,000.00 y un monto mínimo de $ 123,200.00

realizando las siguientes actividades:

IX. DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO

Contribuir de manera relevante a la conservación de un ambiente saludable e higiénico en los

diversos inmuebles propiedad y/o en uso del IMP REGIÓN SUR, para su personal, a través de

la prevención y erradicación de fauna nociva, por medio de la aplicación de las diferentes técnicas

de fumigación; mediante un modelo de servicio integral que incluya todo lo necesario para la

correcta ejecución del “SERVICIO”.

X. METODOLOGÍA.

“LOS POSIBLES PROVEEDORES” brindarán el “SERVICIO” de fumigación, control y

prevención de plagas tomando en consideración las funciones específicas y los aspectos

metodológicos que determine el IMP REGIÓN SUR en el contrato específico y sus respectivos

anexos.

XI. LINEAMIENTOS GENERALES.

El “SERVICIO” de fumigación, control y prevención de plagas se realizará en el inmueble que

determine el IMP REGIÓN SUR en el contrato específico y sus respectivos anexos.

La ejecución del “SERVICIO” previsto por el contrato se sujetará a los siguientes lineamientos:

n) Las ofertas que presenten “LOS POSIBLES PROVEEDORES” serán por el inmueble

que se determine en el contrato específico por el IMP REGIÓN SUR.

Relación de Centros del IMP REGIÓN SUR, con un aproximado de 31,793.00 m2.

Page 37: INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO - Gob...No.IA-018T0O004-E233-2019 3. El “SERVICIO” de fumigación se realizará en los inmuebles que determine el INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO

No. IA-018T0O004-E233-2019

37

INCISO UBICACIÓN DEL SERVICIO CANTIDAD UNIDAD

a.-1) IMP REGIÓN SUR EN VILLAHERMOSA,

TABASCO (8,227.00 M2), en CALLE CAMPO

GIRALDAS ESQUINA PERIFÉRICO CARLOS

PELLICER CÁMARA NO. 1502, COL. JOSE

MARIA PINO SUÁREZ, MUNICIPIO DE

CENTRO C.P. 86029.

14 Servicio

a.-2) IMP U.A.S.CACTUS CHIAPAS (4,820.00 M2),

CENTRO DE CAPACITACIÓN DEL IMP

U.A.S.EN CACTUS CHIS. KILOMETRO 4.5

CARRETERA BOCA-LIMÓN- COMPLEJO

PETROQUÍMICO DE CACTUS, EJIDO SAN

MIGUEL, CACTUS, MUNICIPIO DE

REFORMA, CHIAPAS.

14 Servicio

a.-3) IMP U.A.S.COATZACOALCOS, TERRENO

(1,700 M2), TERRENO DEL IMP

COATZACOALCOS VERACRUZ, EN LA

CALLE TAMAULIPAS NO. 903 COL.

PETROLERA.

14 Servicio

a.-4) IMP U.A.S.COMALCALCO, TABASCO, (600

M2), CENTRO DE CAPACITACIÓN DEL IMP

EN COMALCALCO, TABASCO, CALLE

BELLOTA CHINCHORRO NUM. 793,

COLONIA EMPLEADOS DE CONFIANZA DE

PEMEX, COMALCALCO, TABASCO.

14 Servicio

a.-5) IMP U.A.S.MINATITLAN, VERACRUZ (1,300

M2). CENTRO DE CAPACITACIÓN IMP EN

MINATITLÁN VERACRUZ, AV. DÍAZ MIRÓN

No. 119, COLONIA OBRERA, MINATITLÁN,

VERACRUZ; C.P. 96740.

14 Servicio

o) “LOS POSIBLES PROVEEDORES” se comprometen a que los plaguicidas que se

apliquen, deben estar inscritos en el Catálogo de Plaguicidas de la Comisión Federal para la

Protección contra Riesgos Sanitarios (COFEPRIS) y estar debidamente registrados ante la

Comisión Intersecretarial para el Control del Proceso y uso de Plaguicidas y Sustancias Tóxicas

(CICOPLAFEST), deberán estar etiquetados conforme a la regulación vigente y aplicable y que

no hayan vencido en su fecha de caducidad; para garantizar al IMP REGIÓN SUR que los

productos que utilizarán para la prestación del “SERVICIO” no son nocivos para la salud de las

personas y no generan daños en el medio ambiente.

Todos los productos para su aplicación deben venir sellados y con la etiqueta que contenga la

fecha de fabricación, lote y caducidad.

Page 38: INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO - Gob...No.IA-018T0O004-E233-2019 3. El “SERVICIO” de fumigación se realizará en los inmuebles que determine el INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO

No. IA-018T0O004-E233-2019

38

El personal de “LOS POSIBLES PROVEEDORES” durante su estancia en el IMP REGIÓN SUR,

debe cumplir con las medidas de seguridad, mismos que se entregarán junto con el pedido, para

evitar daños a los trabajadores y afectaciones a las instalaciones del IMP REGIÓN SUR.

En este servicio se aplicarán productos plaguicidas, insecticidas y termicidas en las dosis que

indica el fabricante, no deben ser tóxicos a la salud de los trabajadores y a las plantas, ni causar

problemas por mal olor y ser biodegradables de alta residualidad y no causen contaminación de

alimentos o al medio ambiente.

El prestador del “SERVICIO” deberá entregar dentro de los primeros tres días posteriores al inicio

del servicio:

Relación de los productos a utilizar para el “SERVICIO”.

Autorizaciones COFEPRIS y/o CICLOPAFEST correspondientes.

Ficha Técnica y Hoja de Datos de Seguridad (HDS) en español conforme a lo solicitado en la

NOM-018-STPS-2000.

p) “LOS POSIBLES PROVEEDORES”, quedan obligados a responder por las

reclamaciones ante cualquier autoridad sanitaria, cuando por la realización de las labores del

“SERVICIO” solicitado, o por negligencia del personal técnico a su cargo, pudieran derivarse en

afectaciones a la salud.

“LOS POSIBLES PROVEEDORES”, deben responder por los desperfectos o daños que llegaran

a provocar en mobiliario, equipo, instalaciones y robos comprobados que sus empleados

ocasionen, en un plazo no mayor de 15 días naturales a partir de la fecha en que ocurra. Para

ello deberá contar con una póliza de responsabilidad civil con una suma asegurada de $ 200,

000.00 (Doscientos mil pesos 00/100 MN).

q) “LOS POSIBLES PROVEEDORES” serán responsables de realizar el “SERVICIO” de

acuerdo a las características del inmueble.

r) “LOS POSIBLES PROVEEDORES” deben contar con recursos financieros, humanos y

materiales para el cumplimiento del “SERVICIO”, objeto del contrato específico y sus respectivos

anexos.

“LOS POSIBLES PROVEEDORES” deben presentar copia simple de la última declaración fiscal

anual 2018 del impuesto sobre la renta (ISR), y la última declaración provisional 2019 presentada

ante la Secretaria de Hacienda y Crédito Público (SHCP), para comprobar que sus ingresos son

equivalentes al menos el 50% del monto de su oferta.

Personal requerido:

Se requiere de 3 elementos especialistas en servicios de fumigación y control de fauna nociva

(insectos, roedores, termitas, abejas, murciélagos, etc.)

Se requiere comprobar experiencia mínima de 12 meses, de los 3 elementos, realizando

actividades y servicios de fumigación en contratos similares al presente.

Page 39: INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO - Gob...No.IA-018T0O004-E233-2019 3. El “SERVICIO” de fumigación se realizará en los inmuebles que determine el INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO

No. IA-018T0O004-E233-2019

39

Presentar mínimo 3 constancias de capacitación de cada uno de los elementos que realizarán

las actividades y demostrar con estas que han recibido instrucción respecto al servicio de

fumigación y control de fauna nociva (insectos, roedores, termitas, murciélagos, etc.) y uso y

manejo de productos inherentes al presente “SERVICIO”.

Equipo de protección personal

El equipo de protección para cada uno de los elementos costará de:

Pantalón y camisola u overol, elaborados 100% en tela de algodón, con logotipo y nombre de la

empresa prestadora del servicio.

Botas industriales con casquillo y suela antiderrapante.

Mascarilla para gases

Mascarilla para polvo

Guantes de neopreno

Lentes de seguridad

Casco con barbiquejo

Faja tipo pesista

Nota: El equipo de protección personal, debe estar siempre en buenas condiciones, no se

permitirán prendas desteñidas o rotas ni calzado de seguridad roto. El prestador del servicio se

compromete a renovarlos cuando la supervisión por parte del IMP REGIÓN SUR se lo solicite.

s) “LOS POSIBLES PROVEEDORES” proporcionarán el “SERVICIO” de acuerdo al

calendario establecido en el programa de servicios en los contratos específicos y sus respectivos

anexos (en donde indicará la calendarización del “SERVICIO” por inmueble y volumetría).

t) “LOS POSIBLES PROVEEDORES” garantizarán la efectividad de los productos aplicados

por lo menos 30 días naturales, en caso contrario, se solicitará nuevamente la aplicación del

producto (refuerzo) hasta el control total, sin cargo adicional para la el IMP REGIÓN SUR .

u) El IMP REGIÓN SUR dará a conocer las técnicas de fumigación, control y prevención de

plagas conforme a lo establecido en los contratos específicos y sus respectivos en este anexo.

El proveedor deberá hacer una inspección a en o las instalaciones de la Región Sur de manera

mensual para poder tener conocimiento y determinar si existe algún grado de infestación y los

lugares específicos que están siendo afectados.

Servicio A

El servicio incluye inspección general de los edificios del IMP REGIÓN SUR y sus Centros

Foráneos de Tabasco, Chiapas y Veracruz.

“LOS POSIBLES PROVEEDORES” deben atender los reportes por la presencia de plagas,

retiro de insectos, murciélagos y roedores muertos, desinfección por aspersión, inspección,

revisión y mantenimientos de cajas cebadero, colocación de cebos y control de diversas plagas

con fumigaciones en almacenes, cuartos de servicio, oficinas, laboratorios, talleres, etc.

Page 40: INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO - Gob...No.IA-018T0O004-E233-2019 3. El “SERVICIO” de fumigación se realizará en los inmuebles que determine el INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO

No. IA-018T0O004-E233-2019

40

Termo nebulización y Aspersión:

Para el servicio de termo nebulización se requiere: Equipo termo nebulizador tipo industrial para

la aplicación de plaguicidas en las dosis que indica el fabricante de los productos para garantizar

su eficiencia, usando insecticidas a base de piretroides naturales.

Se deberá realizar mediante aspersión para el control de artrópodos como, termitas, comejenes,

mosquitos, abejas, avispas, cucarachas, alacranes, arañas, hormigas, serpientes, murciélagos y

toda fauna nociva que se presente etc. de acuerdo al programa previamente establecido.

Se aplicará en los interiores de los edificios de los centros IMP en la Región Sur, los días sábado

preferentemente de 08:00 a 18:00 horas de acuerdo a las fechas en que lo solicite el supervisor

del servicio y área usuaria, o como se indique en el programa de servicios.

No se deberá utilizar en este servicio productos generadores de humo que tengan diclorvos o

betacipermetrina como componentes, dado su alta toxicidad al personal.

En cada servicio de fumigación al interior de los edificios programados en el punto anterior, el

proveedor efectuará también la desinsectación en el perímetro exterior de los mismos, aplicando

una banda de 40 cm de ancho 420 ml, con el método de aspersión, así como aplicación en los

ductos de instalaciones, coladeras, registros y drenes pluviales del perímetro de los edificios de

los centros IMP Unidad de Administración Sur, empleando productos a base de piretroides.

La dilución de los insecticidas a usar mediante el método de termo nebulización, siempre será

utilizando productos de base agua. No se permitirá el uso de aceites o diésel.

Exteriores.

En cada servicio de fumigación al interior de los edificios programados, el proveedor efectuará

también la fumigación en el perímetro exterior de los mismos mediante aspersión directa, así

como la desinsectación a los drenajes en el perímetro del edificio programado.

Control de roedores

El prestador del servicio deberá:

Proporcionar en los primeros 10 días hábiles después de notificado el fallo, el mantenimiento del

cordón sanitario compuesto por 15 "estaciones de plástico térmicas" (cajas cebadero para ratas

y/o ratones) ubicadas en el perímetro del IMP (REGIÓN SUR) y en el exterior de cada uno de los

edificios y sus Centros Foráneos en Tabasco, Chiapas y Veracruz.

Proporcionar en comodato las cajas que se encuentren dañadas o que hagan falta, estas deberá

ser del tipo plástico térmicas y contar con una cerradura para mantener restringido el acceso al

producto.

Proporcionar y sustituir para su monitoreo en su interior la hoja de control de las 20 estaciones

de plástico térmicas.

Aprovisionar todas y cada una de las de las 20 estaciones con cebos rodenticidas anticoagulantes

tipo bloques parafinados con surtimiento constante por consumo, con revisión quincenal de cada

estación y rotación del tipo de cebos cada tres meses para evitar crear resistencia en los

roedores, los bloques parafinados deben quedar sujetos en el interior de los cebaderos.

Proporcionar y colocar etiquetas en las cajas cebadero con la leyenda de peligro e indicar el

antídoto en caso de ingestión.

Page 41: INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO - Gob...No.IA-018T0O004-E233-2019 3. El “SERVICIO” de fumigación se realizará en los inmuebles que determine el INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO

No. IA-018T0O004-E233-2019

41

Proporcionar y colocar en cada caja cebadero un letrero de 15 x 25 cm. en material de trovicel 3

mm de espesor. Que indique el número de caja, el teléfono del proveedor y la comunicación del

peligro de acuerdo a la NOM-018-STPS-2000.

Realizar inspecciones en todas las instalaciones para detectar madrigueras de roedores y dar

tratamiento de eliminación de inmediato con polvos de contacto o colocar cebaderos para su

control inmediato y reportar a la Administración de Recursos en Servicios de Apoyo y Almacenes.

Para el control de roedores en los interiores de los edificios Indicados en la Relación de edificios

del IMP, el proveedor del servicio deberá instalar trampas adhesivas o usará medios de control

mecánicos (ratoneras de jaula) y en todos los casos retirará de las instalaciones los cuerpos de

los animales atrapados o aniquilados.

Control de Cucarachas.

En aquellas áreas de oficinas, laboratorios, talleres, bodegas, instalaciones sanitarias, cafetería,

cuartos de aseo, ductos eléctricos, etc., de los edificios del IMP REGIÓN SUR y sus Centros

Foráneos de Tabasco, Chiapas y Veracruz, en los que se detecte presencia de cucarachas, el

prestador del servicio colocará y mantendrá un cordón sanitario con puntos de gel, aspersiones

con insecticidas y monitores, las veces que sea necesario hasta terminar con la plaga.

Control de Insectos.

El prestador del servicio inspeccionará las áreas de trabajo tales como oficinas, laboratorios,

talleres, bodegas, almacenes, sanitarios, cuartos de aseo y ductos eléctricos de los edificios del

IMP REGIÓN SUR, para identificar y controlar las plagas tales como ácaros, corucos, pulgas,

arañas, piojos, alacranes, caras de niño, insectos varios, hormigas en el interior y exterior de los

edificios, aplicando los productos autorizados (insecticidas) con los métodos de aspersión,

espolvoreo, etc.; para el control de plagas sobre partes bajas de paredes, grietas, escondrijos,

uniones de piso y de techos, parte posterior de equipos y mobiliarios, plafones y ductos,

alfombras y cortinas, subestaciones eléctricas, lámparas y plafones.

Se requiere que los productos a utilizar para la fumigación de las áreas sean productos efectivos,

biodegradables, no corrosivos y de amplio espectro, que garanticen el control de las plagas

mencionadas, y no tóxicos para los seres humanos.

Se requiere controlar la formación de panales y enjambres en las instalaciones de los Centros

IMP en la Región Sur; mediante la instalación de cajas de enjambre con un atrayente y su revisión

mensual en temporada de floración, en caso de emplear el derribo del panal los productos a

utilizar deben ser biodegradables, no corrosivos, no explosivos, no reactivos con el agua y no

tóxicos para los seres humanos y cuerpos de agua.

En caso de infestación de un área específica, atender la problemática mediante termo

nebulización.

Servicio B

Control de Plaga de Termitas (comején).

Procedimiento para la Eliminación y control de Termitas en concreto, tierra y áreas verdes:

Identificación del problema

Page 42: INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO - Gob...No.IA-018T0O004-E233-2019 3. El “SERVICIO” de fumigación se realizará en los inmuebles que determine el INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO

No. IA-018T0O004-E233-2019

42

El proveedor deberá hacer una inspección a en o las áreas afectadas para poder tener

conocimiento determinar el grado de infestación y los lugares específicos que están siendo

afectados.

El proveedor deberá hacer una evaluación para dictaminar qué tan severo es el problema de

infestación haciendo una inspección minuciosa y completa para permitir hacer un aislamiento

de las zonas afectadas y de mayor tráfico de insectos.

Una vez identificado el problema deberá comenzar a tomar las medidas necesarias para

eliminar las termitas y para la prevención de futura aparición.

Procedimiento para control de Termitas:

El proveedor del servicio, durante el primer mes de actividades: Inspeccionará los edificios del IMP Región Sur, deberá instalar estaciones para cebos en sótanos de los edificios y perímetros exteriores. Dotará de cebos termicidas biológicos (Hongos beauveria bassina), a todas las estaciones. Posteriormente, la revisión de las estaciones será quincenal y la dotación de Hongos beauveria Bassina será de acuerdo al consumo registrado, en caso de presencia excesiva deberá intensificar su dotación. Los productos químicos termicidas líquidos o en espuma y los cebos de las estaciones subterráneas no deben ser tóxicos a la salud de los trabajadores y a las plantas, ni causar problemas por mal olor, deben ser biodegradables y no causar contaminación de los jardines y suelo. A solicitud del Área de Servicios de Apoyo y Almacenes, el proveedor aplicará termicidas en espuma, inyección o impregnación a estructuras y muros de edificios, mobiliario y pisos de madera, cajas de cartón con documentos de valor en áreas de archivo y Biblioteca, etc. para el control de termitas.

Servicio de control de termita en de concreto incluye:

Perforaciones en un vértice que forma el piso con estructura a una profundidad de 30 a 40 cm y

una distancia de 30 a 40 cm entre orificio y orificio, inyección en orificios de termicida, inyección

en contactos eléctricos, por medio de este se formará una barrera anti-termitica, aplicación

mediante aspersión manual a muros.

En tierra y áreas verdes.

Incluye zanjeo u orificios con cava hoyos en un vértice que forma el piso con estructura a una

profundidad de 15 a 20 cm aprox., colocación de termicida en zanja u hoyos, se formará una

barrera anti-termitica en todo el perímetro.

Servicio de Control de Termitas Subterráneas.

Page 43: INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO - Gob...No.IA-018T0O004-E233-2019 3. El “SERVICIO” de fumigación se realizará en los inmuebles que determine el INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO

No. IA-018T0O004-E233-2019

43

El Servicio B comprende:

El proveedor del servicio, durante el primer mes de actividades:

Inspeccionará los Edificios del IMP REGIÓN SUR listados en la relación de edificios y sus Centros

Foráneos de Tabasco, Chiapas y Veracruz.

Dotará de cebos termicidas biológicos (Hongos beauveria bassina), a las 20 estaciones de

cebaderos.

Posteriormente, la revisión de las estaciones será quincenal y la dotación de Hongos beauveria

Bassina será de acuerdo al consumo registrado, en caso se presencia excesiva deberá

intensificar su dotación.

Los productos químicos termicidas líquidos o en espuma y los cebos de las estaciones

subterráneas no deben ser tóxicos a la salud de los trabajadores y a las plantas, ni causar

problemas por mal olor, deben ser biodegradables y no causar contaminación de los jardines y

suelo.

El prestador del servicio deberá atender los reportes que se generen por esta plaga.

Aplicación de termicida en mobiliario de madera, cajas de cartón con documentos de valor y pisos

de madera.

A solicitud del Área de Servicios de Apoyo y Almacenes, el proveedor aplicará termicidas en

espuma, inyección o impregnación a estructuras y muros de edificios, mobiliario y pisos de

madera, cajas de cartón con documentos de valor en áreas de archivo y Biblioteca, etc. para el

control de termitas.

Tratamiento a tocones, árboles y/o retiro de los mismos.

El prestador del servicio durante el primer mes de labores, realizara una inspección por todas

las áreas verdes del IMP REGIÓN SUR y entregara al Área de Servicios de Apoyo y Almacenes

un informe con evidencia fotográfica que permita determinar la cantidad de tocones existentes.

El prestador del servicio aplicará el tratamiento correspondiente únicamente en aquellos tocones

que la Administración de Recursos en Servicios de Apoyo y Almacenes le indique.

El Servicio C comprende:

Control de Plaga de Murciélagos.

El servicio de Control de murciélagos se debe realizar de manera permanente en todos los

edificios e instalaciones del Instituto Mexicano del Petróleo Región Sur y sus Centros Foráneos

de Tabasco, Chiapas y Veracruz.

El prestador del servicio debe inspeccionar todos los edificios del Instituto Mexicano del Petróleo

Región Sur y Centros Foráneos de Tabasco, Chiapas y Veracruz, para determinar los sitios

donde se encuentre esta plaga de murciélagos, los métodos de control a utilizar para este servicio

serán: Aplicación de gel repelente para murciélagos, retiro de heces fecales, colocación de

insecticidas para murciélagos, desinfección y aplicación de insecticida en sitios de anidamiento.

Retirar, las veces que sea necesario, los nidos identificados para evitar el re anidamiento de

estos murciélagos, así como el retiro de las heces fecales, y demás desechos orgánicos que

generen los murciélagos, en cornisas, ventanas, cristales, azoteas, etc., aplicando algún producto

para erradicar y demás insectos que produzcan, así como la instalación y supervisión de las

Page 44: INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO - Gob...No.IA-018T0O004-E233-2019 3. El “SERVICIO” de fumigación se realizará en los inmuebles que determine el INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO

No. IA-018T0O004-E233-2019

44

trampas para murciélagos en las azoteas de aquellos edificios que indique el Área de Servicios

de Apoyo y Almacenes.

CONDICIONES DE PAGO:

EL IMP PAGARÁ AL PROVEEDOR EL MONTO DE LOS BIENES ENTREGADOS O

SERVICIOS CONTRATADOS Y ACEPTADOS DENTRO DE LOS 20 DÍAS NATURALES UNA

VEZ VALIDADA LA FACTURA ELECTRONICA EN LA PAGINA DE LA BÓVEDA DEL IMP.

PENAS CONVENCIONALES:

Se aplicarán por cada día natural de atraso, con el 1 % del monto de los servicios prestados con

atraso, serán calculadas por el área contratante correspondiente, por regla general se calcularán

por partida, sin exceder de manera proporcional el 10% del monto de la partida de que se trate y

la suma de las penas convencionales de dicha partida o partidas no deberá exceder el importe

de la garantía de cumplimiento del CONTRATO O PEDIDO. En caso de exceder el porcentaje

referido se podrá iniciar el procedimiento de rescisión del CONTRATO O PEDIDO, de

conformidad con lo estipulado en la Ley y su Reglamento.

Para efectos del párrafo anterior, el área contratante deberá recibir un documento del área

requirente donde se le comunique del incumplimiento. Una vez que el área contratante cuente

con este documento generará el cálculo correspondiente y le solicitará mediante correo

electrónico al “PROVEEDOR” que se presente en las instalaciones del “IMP” a firmar el

documento de aceptación del cálculo.

SE APLICARA UNA PENA CONVENCIONAL DE 1% DEL MONTO TOTAL DEL SERVICIO

PRESTADO CON ATRASO POR CADA DÍA NATURAL DE ATRASO, SIN EXCEDER EL

MONTO DE LA GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE PEDIDO.

CAUSA PENALIZACION

En caso de incumplimiento se penalizara por cada día

natural de atraso en el inicio de los trabajos , sin

exceder el monto de la garantía del pedido

correspondiente

El 1 % del monto de la facturación

del mes sin IVA.

DEDUCCIONES:

Se aplicarán con el 10% del monto de los servicios prestados de manera deficiente o

incompletos, serán calculadas por el área contratante correspondiente, sin exceder de

manera proporcional el 10% del importe de la partida que se trate y la suma de las

deducciones de esta partida o partidas no deberán exceder el importe de la garantía de

cumplimiento del CONTRATO O PEDIDO. En caso de exceder el porcentaje referido se

podrá iniciar el procedimiento de rescisión del CONTRATO O PEDIDO, de conformidad con

lo estipulado en la Ley y su Reglamento.

Page 45: INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO - Gob...No.IA-018T0O004-E233-2019 3. El “SERVICIO” de fumigación se realizará en los inmuebles que determine el INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO

No. IA-018T0O004-E233-2019

45

Para efectos del párrafo anterior, el área contratante deberá recibir un documento del área

requirente donde se le comunique la deducción por aplicar. Una vez que el área

contratante cuente con este documento generará el cálculo correspondiente y le solicitará

mediante correo electrónico al “PROVEEDOR” que se presente en las instalaciones del

“IMP” a firmar el documento de aceptación del cálculo.

SE APLICARÁ UNA DEDUCCIÓN DEL 10% DEL IMPORTE TOTAL DE LA PARTIDA DE QUE

SE TRATE EN LA REALIZACIÓN DEFICIENTE EN CUALQUIERA DE LAS ACTIVIDADES

RELACIONADAS EN ESTE SERVICIO, SIN EXCEDER EL MONTO DE LA GARANTÍA DE

CUMPLIMIENTO; EN CASO DE EXCEDERSE, SE PODRÁ INICIAR EL PROCESO DE

RECISIÓN DEL CONTRATO.

CAUSA DEDUCTIVA

Cuando los servicios encomendados estén incompletos

o con deficiencias.

El 10 % del importe total de la

partida o partidas de que se trate

sin IVA

v) “LOS POSIBLES PROVEEDORES” deberán cumplir como mínimo en los productos y

equipos que utilicen para la prestación del “SERVICIO”, con las siguientes normas:

Número de Norma

Descripción de la Norma

NOM-017-STPS-2008 “Equipo de protección personal-Selección, uso y manejo en los centros de trabajo”.

NOM-256-SSA1-2012 “Condiciones sanitarias que deben cumplir los establecimientos y personal dedicados a los

servicios urbanos de control de plagas mediante plaguicidas”.

NOM-232-SSA1-2009 “Plaguicidas: que establece los requisitos del envase, embalaje y etiquetado de productos grado

técnico y para uso agrícola, forestal. Pecuario, jardinería, urbano, industrial y doméstico”.

“LOS POSIBLES PROVEEDORES” se obligan a cumplir las demás normas que resulten

aplicables a la prestación del “SERVICIO”.

El IMP Región Sur, no podrán establecer Normas Oficiales Mexicanas, Normas Mexicanas según

proceda y a falta de estas las Normas Internacionales, de conformidad con lo dispuesto por los

artículos 53 y 55 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; en su caso las Normas de

Referencia o Especificaciones a que se refiere el artículo 67 de esta Ley, que limiten la

participación de “LOS POSIBLES PROVEEDORES”.

Page 46: INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO - Gob...No.IA-018T0O004-E233-2019 3. El “SERVICIO” de fumigación se realizará en los inmuebles que determine el INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO

No. IA-018T0O004-E233-2019

46

w) El “SERVICIO” será supervisado por el personal que designe la El IMP Región Sur

El servidor público facultado para recibir los servicios será el C. Ing. Martín de Jesús Martínez Rico, quien será responsable de aceptarlo o rechazarlo, de determinar los incumplimientos y determinar las penas convencionales y deductivas a que hubiera lugar y Ing. Gilberto Manuel Juárez Maya será la responsable de la administración del servicio.

x) El IMP Región Sur establecerá en los contratos específicos y sus respectivos anexos la o

las técnica (s) de fumigación, los días y los horarios, en función a las necesidades de

operación del inmueble.

y) Las reuniones formales de seguimiento serán acordadas de forma oficial entre El IMP

Región Sur y “LOS POSIBLES PROVEEDORES”, convocándose con al menos una

semana de anticipación.

z) “LOS POSIBLES PROVEEDORES” quedan obligados durante la vigencia del

“SERVICIO”, a cumplir con la inscripción y pago de cuotas al Instituto Mexicano del

Seguro Social (IMSS) del personal que brinde el “SERVICIO” en el inmueble. Para

verificar su cumplimiento deberá entregar bimestralmente al IMP Región Sur, el

comprobante de las cuotas obrero patronales, en caso de no presentar el documento, se

aplicarán las penas establecidas en los contratos específicos y sus respectivos anexos.

Se aplicará una deducción correspondiente al 25 % de la facturación mensual, si no entrega

dentro de los primeros 15 días naturales al inicio del servicio copia de las altas ante el IMSS de

los elementos contratados para otorgar el servicio y copia de los pagos bimestrales realizados al

IMSS de los elementos con los que presta el servicio contratado con el IMP-Región Sur.

XII. LUGAR DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO.

El “SERVICIO” objeto de los contratos específicos se prestará en el inmueble que indique El IMP

Región Sur.

El horario para la realización del “SERVICIO”, de manera general será de lunes a domingo en un

horario aproximado de las 06:00 a las 21:00 horas, quedando detallado en los contratos

específicos y sus respectivos anexos.

XIII. CONDICIONES SOCIALES.

"LOS POSIBLES PROVEEDORES" estarán obligados a cumplir con las siguientes condiciones

respecto al personal que utilicen para la prestación del “SERVICIO”:

4. Tratar a su personal con respeto y dignidad, quedando prohibida cualquier forma de

violencia física o verbal, así como la intimidación y el hostigamiento.

5. Incorporar medidas para prevenir y sancionar cualquier forma de violencia, el acoso

y el hostigamiento sexual.

6. En general, a cumplir en tiempo y forma con las demás obligaciones de índole laboral.

Page 47: INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO - Gob...No.IA-018T0O004-E233-2019 3. El “SERVICIO” de fumigación se realizará en los inmuebles que determine el INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO

No. IA-018T0O004-E233-2019

47

"LOS POSIBLES PROVEEDORES" tienen expresamente prohibido respecto al personal que

utilicen para la prestación del “SERVICIO”:

3. Incurrir en cualquier forma de discriminación por origen étnico, religión, orientación

sexual, fisonomía o discapacidad física.

4. Retener los pagos y salarios o imponer condiciones que menoscaben la libertad de

su personal como el pago de depósitos, la retención de documentos, la firma

anticipada de su renuncia o la práctica de pruebas de embarazo, así como el despido

por esta causa.

XIV. REQUERIMIENTOS.

“LOS POSIBLES PROVEEDORES” garantizarán la prestación del “SERVICIO” de acuerdo a

los siguientes términos:

VII.1 CALIDAD EN EL SERVICIO, LICENCIAS, AUTORIZACIONES Y PERMISOS.

Será responsabilidad de “LOS POSIBLES PROVEEDORES”, mantener la calidad del

“SERVICIO” conforme a lo establecido en los contratos específicos y sus respectivos anexos.

a. Licencia sanitaria vigente emitida por la secretaria de salud que lo autorice para la aplicación

de plaguicidas (deberá presentar copia fotostática y el original únicamente para su cotejo a la

firma del pedido).

b. Registro sanitario y constancia de responsable sanitario vigente ante la comisión

intersecretarial para el uso, fabricación y formulación de plaguicidas en el país

(CICOPLASFEST) (En caso de no ser fabricante, deberá de presentar carta bajo protesta de

decir verdad, en la que manifieste no ser fabricante).

c. Acreditar el cumplimiento de las Normas Oficiales Mexicanas a falta de estas las Normas

Internacionales O Normas de referencia.

d. Tener formato DC -3 (Constancia de competencias laborales o de habilidades laborales) en

el manejo integral de plagas urbanas e industriales.

e. Tener conocimiento pergamino o diploma con registro del impartidor con registro de la

secretaria de trabajo y previsión social del curso de certificación.

f. Que la persona que realiza los servicios en manejo integral de plagas tenga una preparación

académica a fin de ciencias biológicas (Químico, Biólogo, Agrónomo, Veterinario).

g. Constancia de registro en el Padrón de Empresas Fumigadoras Autorizadas para prestar

servicios urbanos de fumigación en la ciudad con licencia, expedida por la Dirección y Fomento

Sanitario Unidad de Salud Ambiental, dependiente de la secretaria de Salud.

h. Documento donde conste el número de registro ambiental como empresa generadora de

residuos peligrosos, ante la SEMARNAT.

i. Últimos tres manifiestos de entrega-transporte-recepción de residuos generados por el

licitante.

“LOS POSIBLES PROVEEDORES” deberán contar con el personal especializado en el ramo,

así como herramientas, maquinaria, vehículos y equipos adecuados para el “SERVICIO”

requerido, a fin de garantizar que se proporciona con la calidad, oportunidad y eficiencia requerida

para tal efecto, quedando obligado a realizarlo a entera satisfacción El IMP Región Sur.

Page 48: INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO - Gob...No.IA-018T0O004-E233-2019 3. El “SERVICIO” de fumigación se realizará en los inmuebles que determine el INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO

No. IA-018T0O004-E233-2019

48

El “SERVICIO” deberá realizarse garantizando la seguridad tanto para el personal que efectúe

éste, como para los usuarios que se encuentren en el inmueble.

VII.2 PERSONAL PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO.

“LOS POSIBLES PROVEEDORES” deberán contar con el personal técnico necesario que le

permita prestar el “SERVICIO” conforme a lo establecido en los contratos específicos y sus

respectivos anexos, siendo éstos los siguientes:

PERSONAL TÉCNICO

“LOS POSIBLES PROVEEDORES”, establecerán la cantidad de técnicos necesarios para

atender de manera eficiente y oportuna el calendario de servicios programados. La cantidad de

personal técnico será determinada por “LOS POSIBLES PROVEEDORES” considerando la

información señalada conforme a los requerimientos de la DEPENDENCIA o ENTIDAD.

VII.3 PROPUESTA DE TRABAJO.

“LOS POSIBLES PROVEEDORES” presentarán dentro de sus ofertas por inmueble del IMP

Región Sur, su metodología, programa de trabajo y organigrama (administrativo y técnico) que

permita garantizar la prestación del “SERVICIO”.

“LOS POSIBLES PROVEEDORES” deben presentar copia simple de la última declaración fiscal

anual 2018 del impuesto sobre la renta (ISR), y la última declaración provisional 2019 presentada

ante la Secretaria de Hacienda y Crédito Público (SHCP), para comprobar que sus ingresos son

equivalentes al menos el 50% del monto de su oferta.

Personal requerido:

Se requiere de 3 elementos especialistas en servicios de fumigación y control de fauna nociva

(insectos, roedores, termitas, abejas, murciélagos, etc.)

Se requiere comprobar experiencia mínima de 12 meses, de los 3 elementos, realizando

actividades y servicios de fumigación en contratos similares al presente.

Presentar mínimo 3 constancias de capacitación de cada uno de los elementos que realizarán

las actividades y demostrar con estas que han recibido instrucción respecto al servicio de

fumigación y control de fauna nociva (insectos, roedores, termitas, murciélagos, etc.) y uso y

manejo de productos inherentes al presente “SERVICIO”.

LICENCIAS, AUTORIZACIONES Y PERMISOS

a. Licencia sanitaria vigente emitida por la secretaria de salud que lo autorice para la aplicación

de plaguicidas (deberá presentar copia fotostática y el original únicamente para su cotejo a la

firma del pedido).

b. Registro sanitario y constancia de responsable sanitario vigente ante la comisión

intersecretarial para el uso, fabricación y formulación de plaguicidas en el país

(CICOPLASFEST) (En caso de no ser fabricante, deberá de presentar carta bajo protesta de

decir verdad, en la que manifieste no ser fabricante).

d. Tener formato DC -3 (Constancia de competencias laborales o de habilidades laborales) en

el manejo integral de plagas urbanas e industriales.

Page 49: INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO - Gob...No.IA-018T0O004-E233-2019 3. El “SERVICIO” de fumigación se realizará en los inmuebles que determine el INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO

No. IA-018T0O004-E233-2019

49

e. Tener conocimiento pergamino o diploma con registro del impartidor con registro de la

secretaria de trabajo y previsión social del curso de certificación.

f. Que la persona que realiza los servicios en manejo integral de plagas tenga una preparación

académica a fin de ciencias biológicas (Químico, Biólogo, Agrónomo, Veterinario).

g. Constancia de registro en el Padrón de Empresas Fumigadoras Autorizadas para prestar

servicios urbanos de fumigación en la ciudad con licencia, expedida por la Dirección y Fomento

Sanitario Unidad de Salud Ambiental, dependiente de la secretaria de Salud.

h. Documento donde conste el número de registro ambiental como empresa generadora de

residuos peligrosos, ante la SEMARNAT.

i. Últimos tres manifiestos de entrega-transporte-recepción de residuos generados por el

licitante.

VII.4 EQUIPO, HERRAMIENTAS Y VEHÍCULOS.

“LOS POSIBLES PROVEEDORES” presentarán dentro de su oferta por inmueble del IMP

Región Sur, la relación del equipo, herramientas y vehículos en óptimas condiciones de uso, con

los que garantizará la prestación del “SERVICIO”.

Relación de equipo mínimo requerido para el servicio:

No. Cantidad Descripción

1 2 Termo nebulizadoras tipo Industrial.

2 3 Aspersoras metálicas manuales.

3 3 Aspersoras motorizadas de mochila.

4 2 Juegos de escafandras con guantes y botas.

5 3 Trampas de jaula para roedores.

VII.5 IDENTIFICACIÓN Y UNIFORMES.

“LOS POSIBLES PROVEEDORES” quedan obligados a garantizar que el personal portará en

todo momento el uniforme de trabajo de acuerdo a lo establecido en los contratos específicos,

mismo que llevará impreso en lugar visible el nombre y logotipo de “LOS POSIBLES

PROVEEDORES”; a fin de que puedan ser identificados.

“LOS POSIBLES PROVEEDORES” estarán obligados a otorgar a su personal un gafete de

identificación plastificado o con enmicado térmico, el cual deberá portar durante su estancia en

el inmueble, en caso contrario a dicho personal se le podrá negar el acceso. Los gafetes deberán

cumplir de forma mínima con los siguientes requisitos: logotipo y nombre de “LOS POSIBLES

PROVEEDORES”; nombre del trabajador y fotografía reciente.

VII.6 ACCIONES DE DISCIPLINA, ORDEN Y SEGURIDAD.

“LOS POSIBLES PROVEEDORES” instruirán a su personal para que guarden la debida

disciplina y orden durante la prestación del “SERVICIO”, acatando las normas de seguridad

aplicables en el inmueble del IMP Región Sur.

Page 50: INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO - Gob...No.IA-018T0O004-E233-2019 3. El “SERVICIO” de fumigación se realizará en los inmuebles que determine el INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO

No. IA-018T0O004-E233-2019

50

VII.7 RESPONSABILIDAD LABORAL.

“LOS POSIBLES PROVEEDORES” señalarán en su oferta que el personal que realice las tareas

relacionadas con la prestación del “SERVICIO”, estará bajo su responsabilidad única y directa,

por lo tanto, en ningún momento se considerará al IMP Región Sur, como patrón sustituto o

solidario, pues la misma, no tendrá relación alguna de carácter laboral con dicho personal y

consecuentemente, “LOS POSIBLES PROVEEDORES” se comprometen a liberar al IMP

Región Sur de cualquier responsabilidad laboral o civil, obligándose éstos a garantizar el pago

de las prestaciones laborales y de seguridad social para sus empleados.

Asimismo, “LOS POSIBLES PROVEEDORES” asumirán la responsabilidad en materia de

seguridad social referente a sus trabajadores y/o a las que haya lugar, en caso de que alguno de

éstos sufra un accidente, enfermedad o riesgo de trabajo.

NOTA:

PARA EFECTOS DE QUE ESTE ANEXO CONSTITUYA PARTE INTEGRANTE DE UN

CONTRATO ESPECÍFICO, EL TÉRMINO “POSIBLE PROVEEDOR” SE MATERIALIZARÁ EN

“PROVEEDOR O PRESTADOR DEL SERVICIO”.

DE LA SEGURIDAD, SALUD OCUPACIONAL Y PROTECCIÓN AMBIENTAL.

“LOS POSIBLES PROVEEDORES” del “SERVICIO” s deberá cumplir en lo que aplique con el

listado de requerimientos de la Guía técnica para el Control de Contratistas y Proveedores en

Materia de Seguridad, Salud en el Trabajo y Protección Ambiental del Instituto Mexicano del

Petróleo señalados en el formato SIG-SST-GT-03-FG-01.

FIN DE LA PARTIDA 2.

Page 51: INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO - Gob...No.IA-018T0O004-E233-2019 3. El “SERVICIO” de fumigación se realizará en los inmuebles que determine el INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO

No. IA-018T0O004-E233-2019

51

PARTIDA 3

ANEXO TECNICO DE REGION MARINA

ALCANCES Y CONDICIONES PARTICULARES DE LAS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS Y DE CALIDAD REQUERIDAS PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO

INTEGRAL DE FUMIGACIÓN EN EL IMP REGION MARINA

XV. OBJETIVO.

Proporcionar el servicio integral de fumigación en adelante el “SERVICIO”, en los

diversos inmuebles propiedad y/o en uso de los sujetos a que se refiere el artículo 1,

fracciones I a VI de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector

Público (LAASSP), en Cd. del Carmen, Campeche y Paraíso, Tabasco, en adelante IMP

Región Marina, por el periodo comprendido a partir del 1 de noviembre del 2019 y hasta

el 31 de diciembre del 2020, a precio fijo bajo la modalidad de pedido abierto con un

monto máximo de $300,000.00 (trescientos mil pesos con 00/100 M. N.) y un monto

mínimo de $120,000.00 (ciento veinte mil pesos con 00/100 M. N.)

XVI. DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO

Contribuir de manera relevante a la conservación de un ambiente saludable e higiénico

en los diversos inmuebles propiedad y/o en uso del IMP Región Marina para su personal,

a través de la prevención y erradicación de fauna nociva, por medio de la aplicación de

las diferentes técnicas de fumigación; mediante un modelo de servicio integral que

incluya todo lo necesario para la correcta ejecución del “SERVICIO”.

XVII. METODOLOGÍA.

“LOS POSIBLES PROVEEDORES” brindarán el “SERVICIO” de fumigación, tomando

en consideración las funciones específicas y los aspectos metodológicos que determine

el IMP Región Marina en el contrato específico y sus respectivos anexos.

XVIII. LINEAMIENTOS GENERALES.

El “SERVICIO” de fumigación se realizará en los inmuebles que determine el IMP Región

Marina en el contrato específico y sus respectivos anexos.

La ejecución del “SERVICIO” previsto por el contrato se sujetará a los siguientes

lineamientos:

aa) Las ofertas que presenten “LOS POSIBLES PROVEEDORES” serán por los

inmuebles que se determinen en el contrato específico por el IMP Región Marina.

Relación de edificios del IMP Región Marina, con un aproximado de 6,258 m2 en Cd. del Carmen, Campeche, y de 1,105 m2 en Paraíso, Tabasco, que en total suman 7,363 m2:

Cd. Del Carmen, Campeche

Inmueble Descripción

Page 52: INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO - Gob...No.IA-018T0O004-E233-2019 3. El “SERVICIO” de fumigación se realizará en los inmuebles que determine el INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO

No. IA-018T0O004-E233-2019

52

Edificio Sede “IMP” Av. Periférica Norte No. 67, Col San Agustín del Palmar.

Conjunto de Dos Edificios de 3 niveles (cuerpos “C” y “D”), uno de 1 nivel (Consultorio médico, Almacén y Servicios Generales) y 2 Edificios de 2 niveles cada uno (cuerpos “A” y “B”) que incluye, estacionamientos, andadores y áreas verdes.

NIVEL SUPERFICIE (EN M2)

PLANTA BAJA 1762

PRIMER NIVEL 1762

SEGUNDO NIVEL 1055

VESTÍBULO 460

CUARTOS DE SERVICIOS Y CONSULTORIO MED.

335

ESTACIONAMIENTO. COLINDANTE 55

ESTACIONAMIENTO TECHADO 260

CASETAS AV. PERIFERICA Y CALLE 35-B

18

AREA DE JARDÍN CENTRAL 400

AREA DE PUENTE 1ER. NIVEL 40

TOTAL 5,744.35

Edificio Sede “IMP” Av. Periférica Norte No. 67, Col San Agustín del Palmar, Cd. del Carmen, Campeche.

UBICACIÓN SUPERFICIE (EN M2)

Jardinera triangular en fachada principal

43.01

Jardinera en fachada del edificio “A” 15.97

Jardinera posterior edificio “C” 83.07

Jardín Interior entre edificios “C” y “D”

371.60

Total 513.65

Paraíso, Tabasco y Terminal Marítima Dos Bocas, Tabasco

Inmueble Descripción

Edificio Administrativo Libramiento a Dos Bocas No. 50, Col. El Limón

Edificio de tres niveles con una superficie de 250 m2 c/u, cuenta con bodegas y oficinas administrativas. Incluye estacionamientos y áreas verdes.

PLANTA BAJA INMUEBLES No. 50 Y 52 (Incluye anexos)

250

PRIMER NIVEL, EDIFICIO No. 50 250

SEGUNDO NIVEL EDIFICIO No. 50 250

TOTAL 750

Edificio Anexo Libramiento a Dos Bocas No. 52, Col. El Limón

Anexo es un Edificio de un solo nivel, de aproximadamente de 230 m2 para oficinas.

Page 53: INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO - Gob...No.IA-018T0O004-E233-2019 3. El “SERVICIO” de fumigación se realizará en los inmuebles que determine el INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO

No. IA-018T0O004-E233-2019

53

Área de Productos Químicos, Interior de la Terminal Marítima Dos Bocas.

El área de productos químicos cuenta con una superficie de 125 m2 aproximadamente y es de un solo nivel.

bb) “LOS POSIBLES PROVEEDORES” se comprometen a que los plaguicidas que

se apliquen, deben estar inscritos en el Catálogo de Plaguicidas de la Comisión Federal

para la Protección contra Riesgos Sanitarios (COFEPRIS) y estar debidamente

registrados ante la Comisión Intersecretarial para el Control del Proceso y uso de

Plaguicidas y Sustancias Tóxicas (CICOPLAFEST), deberán estar etiquetados conforme

a la regulación vigente y aplicable y que no hayan vencido en su fecha de caducidad;

para garantizar al IMP Región Marina que los productos que utilizarán para la prestación

del “SERVICIO” no son nocivos para la salud de las personas y no generan daños en el

medio ambiente.

Todos los productos para su aplicación deben venir sellados y con la etiqueta que contenga la fecha de fabricación, lote y caducidad, deberán ser de baja toxicidad a la salud de personas (aprobado por COFEPRIS) y plantas, no causar problemas por mal olor, ser biodegradables, de alta permanencia y no contaminar al medio ambiente. El día de la fumigación, el personal presentara los productos a utilizar, en envases sellados, con sus etiquetas que correspondan al mismo, usando envases con la presentación más pequeña que exista. La preparación de estos productos se debe llevar a cabo en áreas abiertas y ventiladas y en presencia del supervisor del contrato. En la selección de los productos a utilizar se debe tomar en cuenta que sus efectos deberán permitir el reingreso del personal en un periodo al menos de 4 horas, con la finalidad de evitar quejas del personal por olores molestos por los productos usados. “LOS POSIBLES PROVEEDORES” deberán implementar el uso de plaguicidas e insecticidas orgánicos. “LOS POSIBLES PROVEEDORES” del servicio al inicio del contrato presentarán el listado de productos que utilizará para acreditar que los mismos cuenten con el registro CICOPLAFEST (Comisión Intersecretarial para el Control del Proceso y Uso de Plaguicidas, Fertilizantes y Sustancias Tóxicas), y proporcionar al supervisor del IMP Región Marina, para su visto bueno, copia del registro de la o las sustancias a utilizar en la fumigación y las hojas de datos de seguridad (HDS) de los productos plaguicidas autorizados a usar en el servicio, así como presentar la dosificación a usar de cada producto y recomendaciones para antes, durante y posterior a la aplicación de los productos. “LOS POSIBLES PROVEEDORES” del servicio no deberán utilizar en este servicio productos generadores de humo que tengan diclorvos o beta-cipermetrina como componentes, dado su alta toxicidad a las personas y en general todos los plaguicidas

Page 54: INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO - Gob...No.IA-018T0O004-E233-2019 3. El “SERVICIO” de fumigación se realizará en los inmuebles que determine el INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO

No. IA-018T0O004-E233-2019

54

prohibidos y/o restringidos, conforme al Diario Oficial de la Federación del 3 de enero de 1991. cc) “LOS POSIBLES PROVEEDORES”, quedan obligados a responder por las reclamaciones ante cualquier autoridad sanitaria, cuando por la realización de las labores del “SERVICIO” solicitado, o por negligencia del personal técnico a su cargo, pudieran derivarse en afectaciones a la salud. “LOS POSIBLES PROVEEDORES” del servicio, serán los únicos responsables de los daños que se ocasionen a los bienes del IMP a causa de negligencias de su personal y por cualquier otra causa imputable a éste último, por lo que, la reposición por uno igual o de mejores características de materiales, equipos o cualquier otro bien que derive de las causas anteriores correrá por cuenta de “LOS POSIBLES PROVEEDORES” del servicio y sin cargo alguno para el IMP Región Marina. “LOS POSIBLES PROVEEDORES”, deberán responder por los desperfectos o daños que llegaran a provocar en mobiliario, equipo, instalaciones y robos comprobados que sus empleados ocasionen, en un plazo no mayor de 15 días naturales a partir de la fecha en que ocurra. Para ello deberá contar con una póliza de responsabilidad civil con una suma asegurada de $ 200, 000.00 (Doscientos mil pesos 00/100 MN). dd) “LOS POSIBLES PROVEEDORES” serán responsables de realizar el

“SERVICIO” de acuerdo a las características del inmueble.

“LOS POSIBLES PROVEEDORES” adjudicados del servicio deberán realizar la fumigación de interiores y exteriores en los inmuebles que ocupa la Región Marina del Instituto Mexicano del Petróleo. El servicio consistirá en la aplicación de plaguicidas para eliminar cucarachas, hormigas, cien pies, mosquitos, arañas, termitas, moscas u otros insectos voladores o rastreros, así como, ratas y ratones que pudiesen existir en los interiores o exteriores de los edificios debiendo considerar registros eléctricos, sanitarios, coladeras, etc., así como banquetas perimetrales, azoteas y en cualquier lugar donde sea susceptible de poder fumigar. Las fumigaciones de los inmuebles, tanto en sus interiores como en sus exteriores y las demás actividades del servicio se realizarán conforme al programa general, para lo cual el supervisor del IMP emitirá órdenes de servicio por lo menos con 15 días de anticipación a la fecha en las que sea requerido el servicio y en las cuales se precisarán, entre otros datos: la fecha programada para realizar el servicio en cada uno de los inmuebles, número de orden de servicio, fecha compromiso de entrega del servicio, así como las firmas entre las partes. El servicio deberá realizarse preferentemente en fines de semana y/o días inhábiles.

ee) “LOS POSIBLES PROVEEDORES” deben contar con recursos financieros,

humanos y materiales para el cumplimiento del “SERVICIO”, objeto del contrato

específico y sus respectivos anexos.

“LOS POSIBLES PROVEEDORES” deberán anexar a sus ofertas copia simple de la última declaración fiscal anual 2018 del impuesto sobre la renta (ISR), y la última declaración provisional 2019 presentada ante la Secretaria de Hacienda y Crédito Público

Page 55: INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO - Gob...No.IA-018T0O004-E233-2019 3. El “SERVICIO” de fumigación se realizará en los inmuebles que determine el INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO

No. IA-018T0O004-E233-2019

55

(SHCP), para comprobar que sus ingresos son equivalentes al menos el 20% del monto de sus ofertas. “LOS POSIBLES PROVEEDORES” deberán contar con un Responsable Sanitario autorizado vigente, descrito en el numeral VII.2 LOS POSIBLES PROVEEDORES deberán entregar previo al inicio del servicio al supervisor por parte del IMP Región Marina, 3 constancias de capacitación de cada uno de los elementos que realizarán las actividades y demostrar con estas que han recibido instrucción respecto al servicio de fumigación y control de fauna nociva (insectos, roedores, termitas etc.) y uso y manejo de productos inherentes al servicio, en el periodo comprendido de 2016 a 2018. El equipo de protección personal, debe estar siempre en buenas condiciones, no se permitirán prendas desteñidas o rotas ni calzado de seguridad roto. El prestador del servicio se compromete a renovarlos cuando la supervisión por parte del IMP Sede se lo solicite.

ff) “LOS POSIBLES PROVEEDORES” proporcionarán el “SERVICIO” de acuerdo

al calendario establecido en los contratos específicos y sus respectivos anexos (en donde

indicará la calendarización del “SERVICIO” por inmueble y volumetría).

La supervisión por parte del IMP, solicitará mediante la emisión de órdenes de servicio “Formato 3” la realización de los mismos, por lo que, estas, serán emitidas con 15 días naturales previos a la realización de dichos servicios a efecto de que sean prestados con la debida oportunidad. Las órdenes serán entregadas al “PRESTADOR” del servicio personalmente o por medios electrónicos a efecto de que sean atendidas en tiempo y forma. Una vez finalizada una orden de servicio y sea aceptada de conformidad por parte del supervisor del IMP Región Marina, el proveedor adjudicado, deberá recopilar una copia de la misma con firma del supervisor del IMP Región Marina, la cual servirá de constancia de la ejecución de los trabajos y de soporte para la facturación correspondiente. Programa General del Servicio Integral de fumigación para el IMP Región Marina durante el periodo del 1 de noviembre de 2019 al 31 de diciembre de 2020:

CALENDARIO Y VOLUMETRIA DEL SERVICIO

No.

CONCEPTO

TOTAL A REALIZAR EN EL CONTRATO

4º. Trimestre 2019

1er. Trimestre 2020

2º. Trimestre 2020

3er. Trimestre 2020

4º. Trimestre 2020

1 Fumigación por aspersión en Cd. del Carmen, Campeche

31,290 m2 6,258 m2

6,258 m2

6,258 m2

6,258 m2

6,258 m2

2 Fumigación por aspersión

5,525 m2 1,105 m2

1,105 m2

1,105 m2

1,105 m2

1,105 m2

Page 56: INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO - Gob...No.IA-018T0O004-E233-2019 3. El “SERVICIO” de fumigación se realizará en los inmuebles que determine el INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO

No. IA-018T0O004-E233-2019

56

en Paraíso, Tabasco.

3 Fumigación por nebulización en Cd. del Carmen, Campeche

3,500 m2 700 m2 700 m2 700 m2 700 m2 700 m2

4 Fumigación por nebulización en Paraíso, Tab.

1000 m2 200 m2 200 m2 200 m2 200 m2 200 m2

5 Control de roedores en Cd. del Carmen, Camp.

Colocar 30 cajas cebadero, y colocar 30 trampas adhesivas

Visitas mensuales para sustitución de cebos rodendicidas a cada caja cebadero. Colocar 10 trampas adhesivas y sustituirlas periódicamente cuando sea necesario.

6 Control de roedores en Paraíso, Tab.

Colocar 13 cajas cebadero, y colocar 30 trampas adhesivas.

Visitas mensuales para sustitución de cebos rodendicidas a cada caja cebadero. Colocar 10 trampas adhesivas y sustituirlas periódicamente cuando sea necesario.

7 Control de vectores en Cd. del Carmen, Campeche

Aplicar larvicida para 800 m3

Colocación mensual de larvicida en depósito de agua tratada de aproximadamente 50 m3 de capacidad.

8 Control de termitas en Cd. del Carmen, Campeche

Aplicar termicida para tratar 20 m2

Realizar inspecciones trimestrales, en caso que se requiera, se realizarían perforaciones en muro o piso, así como aplicación directa, dependiendo las dimensiones a tratar, estadísticamente han sido áreas de 20 m2 aproximadamente anualmente.

9 Control de murciélagos en Cd. del Carmen, Campeche

Aplicar repelente para tratar 40 m2

Realizar inspecciones trimestrales, en caso que se requiera se lava y desinfecta área y se trata con repelente, estadísticamente han sido áreas de 40 m2 aproximadamente anualmente.

“LOS POSIBLES PROVEEDORES” deberán prorratear el precio de todos los conceptos y volumetrias con las frecuencias de aplicación en el precio por metro cuadrado trimestral que realicen en sus ofertas. Cuando alguno de los servicios programados no pudiera efectuarse total o parcialmente de acuerdo a lo programado por causa imputable al IMP Región Marina, el supervisor de

Page 57: INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO - Gob...No.IA-018T0O004-E233-2019 3. El “SERVICIO” de fumigación se realizará en los inmuebles que determine el INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO

No. IA-018T0O004-E233-2019

57

este último dará aviso al proveedor adjudicado con la debida anticipación para que la actividad o la conclusión de la misma pueda ser reprogramada. gg) “LOS POSIBLES PROVEEDORES” garantizarán la efectividad de los productos aplicados por lo menos 30 días naturales, en caso contrario, se solicitará nuevamente la aplicación del producto (refuerzo) hasta el control total, sin cargo adicional para el IMP Región Marina. Por cada orden de servicio que emita el supervisor del IMP Región Marina, “LOS POSIBLES PROVEEDORES” del servicio, deberá entregar en un plazo de 5 días naturales posteriores a la emisión de la orden de servicio, el original del formato u oficio en el que se establezcan las indicaciones mediantes las cuales se realizará el servicio, especificando entre otros: Nombre de los productos, objetivos de la aplicación, diluciones, forma de aplicación, equipo de seguridad a utilizar, medidas de seguridad a seguir, tiempos de aplicación, tiempo de reingreso al interior de las instalaciones, No. de orden de servicio para el cual aplica, y demás información que se considere pertinente a efecto de que el servicio se lleve a cabo de conformidad con lo solicitado. No será permitido prestar el servicio si no se cuenta con el formato u oficio correspondiente. Este formato u oficio deberá estar firmado por este responsable sanitario de “LOS POSIBLES PROVEEDORES”, el cual fungirá como documento responsivo ante cualquier contingencia, mala aplicación de productos, daños a personas y medio ambiente, asumiendo por esto, la total y absoluta responsabilidad y resarciendo los daños de lo que por ello resulten. hh) El IMP Región Marina dará a conocer las técnicas de fumigación conforme a lo

establecido en los contratos específicos y sus respectivos anexos.

ESPECIFICACIONES PARTICULARES DEL SERVICIO

1. Fumigación de interiores y exteriores de edificios

“LOS POSIBLES PROVEEDORES” del servicio deberán prestar a favor de la Región

Marina del Instituto Mexicano del Petróleo el Servicio de fumigación y control de plagas

en jardines, jardineras, áreas verdes y maceteros así como en los bienes muebles e

inmuebles que ocupa en la Región Marina en Ciudad del Carmen, Campeche y en la

Ciudad de Paraíso, Tabasco que incluye el área de productos químicos de la Terminal

Marítima de Dos, Bocas, mediante la aplicación de productos plaguicidas por medios

mecánicos, físico-químicos y biológicos en las dosis que indica el fabricante de éstos

para garantizar su eficiencia debiendo utilizar equipos especializados para aplicación

industrial, deberán ser de baja toxicidad a la salud de personas (aprobado por

COFEPRIS) y plantas, no causar problemas por mal olor, ser biodegradables, de alta

permanencia y no contaminar al medio ambiente.

Page 58: INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO - Gob...No.IA-018T0O004-E233-2019 3. El “SERVICIO” de fumigación se realizará en los inmuebles que determine el INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO

No. IA-018T0O004-E233-2019

58

El día de la fumigación, el personal presentara los productos a utilizar, en envases

sellados, con sus etiquetas que correspondan al mismo, usando envases con la

presentación más pequeña que exista. La preparación de estos productos se debe llevar

a cabo en áreas abiertas y ventiladas y en presencia del supervisor del contrato. En la

selección de los productos a utilizar se debe tomar en cuenta que sus efectos deberán

permitir el reingreso del personal en un periodo menor de 4 horas, con la finalidad de

evitar quejas del personal por olores molestos por los productos usados, los cuales serán

preferentemente los utilizados en hotelería.

El servicio consiste en lo siguiente:

1.1.- Fumigación de interiores.

Este servicio se considera para los inmuebles en Cd. del Carmen, Campeche y

Paraíso, Tabasco.- El servicio consistirá en la aplicación trimestral de plaguicidas para

eliminar, cucarachas, hormigas, cien pies, mosquitos, arañas, termitas, moscas u otros

insectos voladores o rastreros, ratas y ratones que se presenten en forma de plaga,

utilizando el método de aspersión y/o nebulización, en el interior de los edificios.

1.2.- Desinsectización perimetral exterior de edificios ductos, coladeras, registros

y drenes pluviales.

Este servicio se considera para los inmuebles en Cd. del Carmen, Campeche y

Paraíso, Tabasco.- En cada servicio de fumigación al interior de los edificios

programados en el punto anterior, “LOS POSIBLES PROVEEDORES” del servicio

efectuarán también la desinsectización en el perímetro exterior de los mismos, aplicando

una banda de 40 cm de ancho y 420 metros lineales, con el método de aspersión, así

como las banquetas perimetrales, jardineras, coladeras, registros y drenes pluviales del

perímetro de los edificios del IMP en la Región Marina, empleando productos a base de

piretroides o insecticidas de tipo orgánico biodegradable de baja toxicidad.

1.3.- Control de roedores.

Este servicio se considera para los inmuebles en Cd. del Carmen, Campeche y

Paraíso, Tabasco.- “LOS POSIBLES PROVEEDORES” del servicio deberán realizar

inspecciones en las instalaciones del “IMP” para detectar la presencia de roedores y dar

tratamiento para eliminación de la plaga, mediante la instalación cajas cebadero para

ratas y ratones, colocando y formando un cordón sanitario (banda de protección con

distanciamiento de acuerdo a las recomendaciones del fabricante) perimetral en los

edificios del IMP Región Marina y en el exterior de cada uno de ellos, las estaciones

Page 59: INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO - Gob...No.IA-018T0O004-E233-2019 3. El “SERVICIO” de fumigación se realizará en los inmuebles que determine el INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO

No. IA-018T0O004-E233-2019

59

deben contar con una cerradura para mantener restringido el acceso al producto y tener

una hoja de control para el monitoreo del contenido interior, “LOS POSIBLES

PROVEEDORES” del servicio deberán aprovisionarlas con cebos rodenticidas

anticoagulantes tipo bloques parafinados con surtimiento mensual por consumo de los

mismos para evitar crear resistencia en los roedores, los bloques parafinados deben

quedar sujetados en el interior de los cebaderos para evitar riesgos a la salud de

personas. Las cajas cebadero deberán ser identificadas con la leyenda de peligro a nivel

de muro; por lo que “LOS POSIBLES PROVEEDORES” del servicio indicarán en cada

caja cebadero el antídoto, con letrero de 15 x 25cm. que señale la posición del cebadero,

el número de caja, el teléfono y la comunicación del peligro de acuerdo a la NOM-018-

STPS-2015.- Sistema armonizado para la identificación y comunicación de peligros y

riesgos por sustancias químicas peligrosas en los centros de trabajo.

El personal de “LOS POSIBLES PROVEEDORES” del servicio deberá realizar

inspecciones durante la vigencia del contrato a fin de dar seguimiento a los resultados

del servicio realizado, así como detectar nuevos brotes, planeación de los productos a

utilizar para abatir nuevos brotes, seguimiento de los resultados obtenidos con los

productos ya utilizados y/o promover nuevos productos, entre otros. De igual forma,

deberá realizar visitas mensuales a efecto de dar mantenimiento a cajas cebadero para

el control de roedores las cuales deben proporcionar “LOS POSIBLES PROVEEDORES”

del servicio, así como a su ubicación y/o reubicación y colocación de cebos, cabe señalar

que estas actividades aplicarán para cada inmueble del IMP Región Marina.

La cantidad de cajas cebadero que se requieren por centro de trabajo son las siguientes:

30 cajas para el Edificio Sede IMP ubicado en Av. Periférica Norte No. 67, Colonia

San Agustín del Palmar, Ciudad del Carmen, Campeche.

5 cajas para el Edificio Administrativo en calle Libramiento a Dos Bocas No. 50,

Col. El Limón, Paraíso, Tabasco.

3 cajas para el Edificio Anexo en calle Libramiento a Dos Bocas No. 52, Col. El

Limón, Paraíso, Tabasco.

5 cajas para el Área de Productos Químicos en el Interior de la Terminal Marítima

Dos Bocas, Paraíso, Tabasco.

Para el control de roedores en los interiores de los edificios, “LOS POSIBLES

PROVEEDORES” del servicio instalarán trampas adhesivas de 18 x 24 cm

aproximadamente con tolerancia de + 5 cms. ubicándolas en los lugares en los que sean

factibles la circulación de los roedores especialmente en las esquinas cerca de la pared

y en todos los casos retirará de las instalaciones los cuerpos de los animales adheridos.

Estas trampas se colocarán las veces que sea necesario.

Page 60: INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO - Gob...No.IA-018T0O004-E233-2019 3. El “SERVICIO” de fumigación se realizará en los inmuebles que determine el INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO

No. IA-018T0O004-E233-2019

60

1.4.- Control de insectos voladores.

Este servicio se considera para los inmuebles en Cd. del Carmen, Campeche y

Paraíso, Tabasco.- El servicio consistirá en la aplicación de plaguicidas para eliminar,

cucarachas, mosquitos, moscas u otros insectos voladores que se presenten en el interior

y exterior de los edificios.

Los productos no deberán ser tóxicos para personas y plantas y deberán ser aplicados

por medios mecánicos o mediante la utilización de equipos especializados, por aspersión

y nebulización.

Dentro del control de insectos voladores destaca el combate a los mosquitos que

proliferan en bastante cantidad en las instalaciones por lo que los productos a usar deben

tener la mayor efectividad y residualidad posible.

Este servicio deberá efectuarse de forma trimestral.

1.5 Control de vectores

Este servicio se considera sólo para el Edificio sede, sito en Av. Periférica Norte

No. 67, esquina calle 35-B, Colonia San Agustín del Palmar, en Cd. del Carmen,

Campeche.-.- Dentro del alcance del servicio se incluye la colocación de larvicida

granulado en depósitos de agua tratada de aproximadamente 50 m3, para control de

larvas de mosquitos, ésta aplicación deberá realizarse mensualmente y en caso de

presentarse un brote extraordinario se aplicará cada vez que el supervisor del IMP

Región Marina así lo requiera las veces que sea necesario durante el servicio, hasta su

erradicación.

1.6 Control de termitas

Este servicio se considera para los inmuebles en Cd. del Carmen, Campeche y

Paraíso, Tabasco.- El servicio consistirá en realizar perforaciones en muro o piso con

las dimensiones y distanciamiento que indique la ficha técnica del producto a utilizar, para

formar un cordón en el perímetro del área infestada así como en la aplicación del

producto en la dilución correspondiente sobre los insectos en caso de que se observe

presencia de los mismos.

“LOS POSIBLES PROVEEDORES” del servicio deberán realizar inspecciones en caso

de presentarse durante la vigencia del pedido algún brote o infestación, “LOS POSIBLES

PROVEEDORES” del servicio deberán hacer lo indicado en el párrafo anterior.

Page 61: INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO - Gob...No.IA-018T0O004-E233-2019 3. El “SERVICIO” de fumigación se realizará en los inmuebles que determine el INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO

No. IA-018T0O004-E233-2019

61

1.7 Control de murciélagos

Este servicio se considera sólo para el Edificio sede, sito en Av. Periférica Norte

No. 67, esquina calle 35-B, Colonia San Agustín del Palmar, en Cd. del Carmen,

Campeche.- El servicio consistirá en realizar revisiones en las áreas de falso plafón,

cuartos de aire acondicionado, cornisas, y lugares susceptibles donde pudieran anidar,

para posteriormente lavar y desinfectar el área donde haya excretas de murciélagos,

debiendo aplicar repelente de origen natural para evitar reinfestación. Se debe considerar

el uso de andamios hasta 8 metros de altura en caso necesario para ésta actividad.

“LOS POSIBLES PROVEEDORES” del servicio deberá realizar inspecciones

trimestrales y si llegara a existir una plaga durante el servicio contratado “LOS POSIBLES

PROVEEDORES” del servicio deberá hacer lo indicado en el párrafo anterior.

ii) “LOS POSIBLES PROVEEDORES” deberán cumplir como mínimo en los

productos y equipos que utilicen para la prestación del “SERVICIO”, con las

siguientes normas:

Número de Norma Descripción de la Norma

NOM-017-STPS-2008

“Equipo de protección personal-Selección, uso y manejo en los centros de trabajo”. NOM-256-SSA1-2012

“Condiciones sanitarias que deben cumplir los establecimientos y personal dedicados a los servicios urbanos de control de plagas mediante plaguicidas”. NOM-232-SSA1-2009

“Plaguicidas: que establece los requisitos del envase, embalaje y etiquetado de productos grado técnico y para uso agrícola, forestal. Pecuario, jardinería, urbano, industrial y doméstico”.

“LOS POSIBLES PROVEEDORES” se obligan a cumplir las demás normas que resulten

aplicables a la prestación del “SERVICIO”.

El IMP Región Marina, no podrá establecer Normas Oficiales Mexicanas, Normas

Mexicanas según proceda y a falta de estas las Normas Internacionales, de conformidad

con lo dispuesto por los artículos 53 y 55 de la Ley Federal sobre Metrología y

Normalización; en su caso las Normas de Referencia o Especificaciones a que se refiere

el artículo 67 de esta Ley, que limiten la participación de “LOS POSIBLES

PROVEEDORES”.

jj) El “SERVICIO” será supervisado por el personal que designe El IMP Región

Marina.

Page 62: INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO - Gob...No.IA-018T0O004-E233-2019 3. El “SERVICIO” de fumigación se realizará en los inmuebles que determine el INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO

No. IA-018T0O004-E233-2019

62

El servidor público facultado para recibir los servicios será la Ing. Onelia García Roque, email: [email protected], número telefónico (938) 38-120-82, quien será responsable de aceptarlo o rechazarlo, de determinar los incumplimientos y determinar las penas convencionales y deductivas a que hubiera lugar y la Arq. Nelly Maria Cantoral Dominguez será la responsable de la administración del servicio y de la autorización de las facturas correspondientes.

kk) El IMP Región Marina establecerá en los contratos específicos y sus respectivos

anexos la o las técnica (s) de fumigación, los días y los horarios, en función a las

necesidades de operación del inmueble.

El calendario se encuentra establecido en el inciso f) del presente anexo. El horario se encuentra establecido en el numeral V del presente anexo.

ll) Las reuniones formales de seguimiento serán acordadas de forma oficial entre El

IMP Región Marina y “LOS POSIBLES PROVEEDORES”, convocándose con al

menos una semana de anticipación.

mm) “LOS POSIBLES PROVEEDORES” quedan obligados durante la vigencia

del “SERVICIO”, a cumplir con la inscripción y pago de cuotas al Instituto

Mexicano del Seguro Social (IMSS) del personal que brinde el “SERVICIO” en el

inmueble. Para verificar su cumplimiento deberá entregar bimestralmente al IMP

Región Marina, el comprobante de las cuotas obrero patronales, en caso de no

presentar el documento, se aplicarán las penas establecidas en los contratos

específicos y sus respectivos anexos.

Al inicio del servicio, “LOS POSIBLES PROVEEDORES” del servicio deberán

presentar y acreditar en forma documental al supervisor del IMP Región Marina

que el personal que realizará el servicio dentro de las instalaciones del IMP Región

Marina está afiliado al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).

“LOS POSIBLES PROVEEDORES” del servicio como patrón, será el único

responsable de las obligaciones derivadas de las disposiciones legales y demás

ordenamientos en materia de trabajo y seguridad social y responderá todas las

reclamaciones que su personal presente en su contra, o en contra del IMP, ya que

éste no será considerado como patrón sustituto en relación con el servicio

contratado. “LOS POSIBLES PROVEEDORES” del servicio durante la vigencia

del contrato, deberán entregar de forma bimestral dentro de los 25 días naturales

del mes siguiente o en el momento que sean requeridos por el IMP copia simple

del comprobante de pago de cuotas al IMSS e INFONAVIT y la cédula de

determinación de cuotas del cumplimiento de sus obligaciones laborales y de

seguridad social. El incumplimiento de ésta obligación ocasionará deducciones

al pago según lo indicado en el numeral V del presente anexo, por cada día que

el personal haya prestado los servicios sin estar asegurado.

Page 63: INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO - Gob...No.IA-018T0O004-E233-2019 3. El “SERVICIO” de fumigación se realizará en los inmuebles que determine el INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO

No. IA-018T0O004-E233-2019

63

XIX. LUGAR DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO.

El “SERVICIO” objeto de los contratos específicos se prestará en los inmuebles que

indique El IMP Región Marina.

El horario para la realización del “SERVICIO”, de manera general será de lunes a domingo en un horario aproximado de las 06:00 a las 21:00 horas, quedando detallado en los contratos específicos y sus respectivos anexos. El horario para la realización del SERVICIO en el IMP Región Marina podrá solicitarse dentro del horario referido en el párrafo anterior, preferentemente fuera del horario laboral de oficina ó en días inhábiles en los inmuebles objeto del “SERVICIO”, previo acuerdo con la supervisión del IMP Región Marina. El horario laboral de oficina es de lunes a jueves de 8:00 a 14:00 y de 16:00 a 18:30 horas, viernes de 8:00 a 14:00 horas. Domicilio de los inmuebles donde se prestará el servicio. En Ciudad del Carmen, Campeche:

Edificio sede, sito en Av. Periférica Norte No. 67, esquina calle 35-B, Colonia San Agustín del Palmar. En la Ciudad de Paraíso, Tabasco:

Edificio Administrativo, sito en Calle Libramiento a Dos Bocas No. 50, Col. El Limón.

Edificio Anexo al Edificio Administrativo, sito en Calle Libramiento a Dos Bocas No. 52, Col. El Limón.

Área de Productos Químicos, sito en Interior de la Terminal Marítima Dos Bocas.

PENAS CONVENCIONALES Y DEDUCCIONES

En caso de presentar atrasos con relación a las fechas de inicio del servicio o de entregas pactadas en la orden de servicio, generará una penalización equivalente al 1% del costo trimestral del servicio integral, lo anterior por cada día natural de atraso hasta en tanto se cumpla con el servicio requerido y sea aceptado por el supervisor del IMP Región Marina. Por otra parte, en caso de que los servicios prestados no cumplan con las condiciones establecidas ó por una mala, deficiente o incorrecta ejecución de los mismos, el “PRESTADOR” del servicio deberá repetir dicho servicio en la nueva fecha que le sea indicada por el supervisor del IMP, lo cual no generará cargo adicional para este último; no será aceptado servicio alguno hasta en tanto se cumplan dichas condiciones, por lo anterior, se aplicará una deducción al pago equivalente al 1% del costo trimestral del servicio integral no realizado por cada día natural de atraso hasta que le sean aceptados por el supervisor del IMP Región Marina. La sumatoria de ambos conceptos no deberá exceder del monto de la garantía de cumplimiento del contrato, en caso de exceder el porcentaje referido se podrá iniciar el procedimiento de rescisión del CONTRATO O PEDIDO, de conformidad con lo estipulado en la Ley y su Reglamento. El área contratante deberá recibir un documento del área requirente donde se le comunique la pena ó deducción por aplicar. Una vez que el área contratante cuente con este documento generará el cálculo correspondiente y le solicitará mediante correo electrónico a “LOS POSIBLES PROVEEDORES” que deberán firmar el documento de aceptación del cálculo.

XX. CONDICIONES SOCIALES.

Page 64: INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO - Gob...No.IA-018T0O004-E233-2019 3. El “SERVICIO” de fumigación se realizará en los inmuebles que determine el INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO

No. IA-018T0O004-E233-2019

64

"LOS POSIBLES PROVEEDORES" estarán obligados a cumplir con las siguientes

condiciones respecto al personal que utilicen para la prestación del “SERVICIO”:

7. Tratar a su personal con respeto y dignidad, quedando prohibida cualquier

forma de violencia física o verbal, así como la intimidación y el hostigamiento.

8. Incorporar medidas para prevenir y sancionar cualquier forma de violencia, el

acoso y el hostigamiento sexual.

9. En general, a cumplir en tiempo y forma con las demás obligaciones de índole

laboral.

"LOS POSIBLES PROVEEDORES" tienen expresamente prohibido respecto al personal

que utilicen para la prestación del “SERVICIO”:

5. Incurrir en cualquier forma de discriminación por origen étnico, religión,

orientación sexual, fisonomía o discapacidad física.

6. Retener los pagos y salarios o imponer condiciones que menoscaben la

libertad de su personal como el pago de depósitos, la retención de

documentos, la firma anticipada de su renuncia o la práctica de pruebas de

embarazo, así como el despido por esta causa.

XXI. REQUERIMIENTOS.

“LOS POSIBLES PROVEEDORES” garantizarán la prestación del “SERVICIO” de acuerdo a los

siguientes términos:

VII.1 CALIDAD EN EL SERVICIO.

Será responsabilidad de “LOS POSIBLES PROVEEDORES”, mantener la calidad del “SERVICIO”

conforme a lo establecido en los contratos específicos y sus respectivos anexos.

“LOS POSIBLES PROVEEDORES” deberán contar con el personal especializado en el ramo, así como herramientas, maquinaria, vehículos y equipos adecuados para el “SERVICIO” requerido, a fin de garantizar que se proporciona con la calidad, oportunidad y eficiencia requerida para tal efecto, quedando obligado a realizarlo a entera satisfacción en El IMP Región Marina. El “SERVICIO” deberá realizarse garantizando la seguridad tanto para el personal que

efectúe éste, como para los usuarios que se encuentren en el inmueble.

“LOS POSIBLES PROVEEDORES”, deberán anexar a sus ofertas, copia vigente de la Licencia Sanitaria a su nombre para la prestación de Servicios Urbanos de fumigación, desinfección y control de plagas, emitida por la Secretaría de Salud autorizada por la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (COFEPRIS). “LOS POSIBLES PROVEEDORES”, deberán anexar a sus ofertas carta compromiso en la cual manifiesten que se compromete a la renovación de la Licencia Sanitaria para la prestación de Servicios Urbanos de fumigación, desinfección y control de plagas, para el caso de que la misma finalice durante la vigencia del contrato y que la nueva licencia será entregada al supervisor del IMP Región Marina en un plazo máximo de 30 días naturales. La omisión de ésta obligación puede ser causa de recisión del contrato.

Page 65: INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO - Gob...No.IA-018T0O004-E233-2019 3. El “SERVICIO” de fumigación se realizará en los inmuebles que determine el INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO

No. IA-018T0O004-E233-2019

65

“LOS POSIBLES PROVEEDORES” del servicio deberán extender al IMP Región Marina al día hábil siguiente al término de cada orden de servicio realizada un certificado que contendrá los siguientes datos: folio, nombre o razón social, domicilio y número de licencia sanitaria del establecimiento; nombre o razón social y domicilio del usuario del servicio, nombre y firma del responsable técnico que realizó el servicio y número telefónico de la empresa, además especificar tipo de servicio (casa habitación, comercial, industrial, de servicio u oficinas), método de control empleado, plaguicida y/o desinfectante, dosis y cantidades de plaguicidas, desinfectante utilizados, lugar y sitios tratados, precauciones y recomendaciones de seguridad, antes, durante y posterior a la aplicación, al usuario, plagas a controlar, para el caso de uso de plaguicidas, croquis de localización de las trampas, cebos u otros aditamentos instalados, lo anterior en apego a lo estipulado en la Norma Oficial Mexicana NOM-256-SSA1-2012, Condiciones sanitarias que deben cumplir los establecimientos y personal dedicados a los servicios urbanos de control de plagas mediante plaguicidas. El no entregar la documentación señalada en éste apartado El IMP Región Marina aplicará una deducción al pago de conformidad con lo establecido en el numeral V del presente anexo. Para la cotización del servicio, el “LOS POSIBLES PROVEEDORES” deberá considerar todos los elementos que intervengan en el desarrollo del mismo como: personal, herramientas, equipos, traslados, etc. El IMP Región Marina no permitirá la subcontratación del servicio.

VII.2 PERSONAL PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO.

“LOS POSIBLES PROVEEDORES” deberán contar con el personal técnico necesario

que le permita prestar el “SERVICIO” conforme a lo establecido en los contratos

específicos y sus respectivos anexos, siendo éstos los siguientes:

“LOS POSIBLES PROVEEDORES”, deberán contar con un Responsable Sanitario autorizado vigente, el cual derive del trámite denominado COFEPRIS-05-040-A Aviso de Responsable Sanitario del Establecimiento de Plaguicidas, Nutrientes Vegetales y Sustancias Tóxicas o Peligrosas, por lo que deberá presentar dentro de los primeros diez días naturales posteriores a la adjudicación del servicio copia del documento denominado COMPROBANTE DE AVISO DE RESPONSABLE TECNICO SANITARIO que corresponda al proveedor adjudicado. Este responsable sanitario será el responsable de la utilización, mezclas y diluciones de los productos a emplear, los cuales no deberán ser nocivos ni causar daño a personas y medio ambiente, de igual forma, será responsable de las indicaciones que deberá seguir el personal de “LOS POSIBLES PROVEEDORES” del servicio que realizará la aplicación de dichos productos. El proveedor adjudicado, deberá contar con un Responsable de grupo de trabajo, el cual será el enlace con el IMP, por lo que deberá contar con facultades suficientes para ejercer funciones como las de resolver problemas y requerimientos que se presenten durante la prestación del servicio, recibir y atender ordenes de servicio, vigilar que el servicio se preste de conformidad con lo indicado en el presente Anexo, para lo cual, deberá contar con los conocimientos en la prestación de servicios como los solicitados, así como conocimientos básicos en materia de seguridad y protección ambiental, por lo que deberá entregar previo a la firma del contrato su curriculum vitae en el que se incluyan copias de diplomas, constancias o certificados que soporten su experiencia. El

Page 66: INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO - Gob...No.IA-018T0O004-E233-2019 3. El “SERVICIO” de fumigación se realizará en los inmuebles que determine el INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO

No. IA-018T0O004-E233-2019

66

IMP Región Marina podrá solicitar que se sustituya dicho Responsable de Grupo de Trabajo en caso que sea necesario. “LOS POSIBLES PROVEEDORES”, establecerán la cantidad de técnicos necesarios para atender de manera eficiente y oportuna el calendario de servicios programados. La cantidad de personal técnico será determinada por el proveedor adjudicado considerando la información señalada conforme a los requerimientos de El IMP Región Marina. “LOS POSIBLES PROVEEDORES” deberán contar con mano de obra calificada en el armado de andamios para realizar trabajo en altura. VII.3 PROPUESTA DE TRABAJO.

“LOS POSIBLES PROVEEDORES” deberán anexar a sus ofertas para el IMP Región

Marina, su metodología, programa de trabajo y organigrama (administrativo y técnico)

que permita garantizar la prestación del “SERVICIO”.

VII.4 EQUIPO, HERRAMIENTAS Y VEHÍCULOS.

“LOS POSIBLES PROVEEDORES” deberán anexar a sus ofertas para el IMP Región

Marina, la relación del equipo, herramientas y vehículos en óptimas condiciones de uso,

con los que garantizará la prestación del “SERVICIO”.

VII.5 IDENTIFICACIÓN Y UNIFORMES.

“LOS POSIBLES PROVEEDORES” quedan obligados a garantizar que el personal

portará en todo momento el uniforme de trabajo de acuerdo a lo establecido en los

contratos específicos, mismo que llevará impreso en lugar visible el nombre y logotipo de

“LOS POSIBLES PROVEEDORES”; a fin de que puedan ser identificados.

“LOS POSIBLES PROVEEDORES” estarán obligados a otorgar a su personal un gafete

de identificación plastificado o con enmicado térmico, el cual deberá portar durante su

estancia en el inmueble, en caso contrario a dicho personal se le podrá negar el acceso.

Los gafetes deberán cumplir de forma mínima con los siguientes requisitos: logotipo y

nombre de “LOS POSIBLES PROVEEDORES”; nombre del trabajador y fotografía

reciente.

“LOS POSIBLES PROVEEDORES” del servicio deberán proporcionar a su personal,

uniforme completo, tela 100% algodón, en buen estado y presentable, nombre y logotipo

impreso de la empresa en lugar visible, zapatos de seguridad, casco de seguridad,

credencial que lo acredite como personal de la empresa, así como el equipo de seguridad

necesario y adecuado para el desempeño de sus actividades, de igual manera, deberá

contar con la herramienta y el equipo de trabajo apropiado y completo para realizar el

servicio.

No será permitido el acceso a las instalaciones del IMP Región Marina al personal de

“LOS POSIBLES PROVEEDORES” del servicio cuando no se cumplan las condiciones

anteriores, así como por: encontrarse con aliento alcohólico, bajo el efectos de drogas o

cualquier enervante o sustancias ilícitas, con arma de fuego, las herramientas

punzocortantes sólo podrán ingresarse a las instalaciones con la autorización del

supervisor del IMP, siempre y cuando esté plenamente justificada su utilización.

Page 67: INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO - Gob...No.IA-018T0O004-E233-2019 3. El “SERVICIO” de fumigación se realizará en los inmuebles que determine el INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO

No. IA-018T0O004-E233-2019

67

VII.6 ACCIONES DE DISCIPLINA, ORDEN Y SEGURIDAD.

“LOS POSIBLES PROVEEDORES” instruirán a su personal para que guarden la debida

disciplina y orden durante la prestación del “SERVICIO”, acatando las normas de

seguridad aplicables en el inmueble del IMP Región Marina.

VII.6.1.- “LOS POSIBLES PROVEEDORES”, deben entregar al supervisor del servicio por parte del IMP Región Marina previo al inicio de servicio la carpeta con la documentación soporte de cumplimiento con lo establecido en los numerales del formato SIG-SST-GT-03-FG-01 del Sistema Integral de Gestión denominado “listado de requisitos de seguridad, salud ocupacional y protección ambiental, que deben cumplir las y los contratistas o proveedores (as)” (se adjunta); los numerales de éste formato se encuentran descritos en la Guía Técnica para el Control de Contratistas y Proveedores en Materia de Seguridad, Salud en el Trabajo y Protección Ambiental SIG-SST-GT-03 (se adjunta documento), los cuales deberán considerarse para la presentación de su proposición.

VII.6.2.- “LOS POSIBLES PROVEEDORES” deben entregar previo a la firma del contrato la carta compromiso (se adjunta modelo de carta compromiso) debidamente requisitada y firmada en la que manifiesten que cumplirán con los requisitos de seguridad, salud en el trabajo y protección ambiental para las compañías contratistas y proveedores del IMP, indicados en el formato SIG-SST-GT-03-FG-01. "Formato 2", deberán copiar en su hoja membretada el texto completo y firmar. VII.7 RESPONSABILIDAD LABORAL.

“LOS POSIBLES PROVEEDORES” deberán anexar a sus ofertas, un manifiesto de que

el personal que realice las tareas relacionadas con la prestación del “SERVICIO”, estará

bajo su responsabilidad única y directa, por lo tanto, en ningún momento se considerará

al IMP Región Marina, como patrón sustituto o solidario, pues la misma, no tendrá

relación alguna de carácter laboral con dicho personal y consecuentemente, “LOS

POSIBLES PROVEEDORES” se comprometen a liberar al IMP Región Marina de

cualquier responsabilidad laboral o civil, obligándose éstos a garantizar el pago de las

prestaciones laborales y de seguridad social para sus empleados.

Asimismo, “LOS POSIBLES PROVEEDORES” deberán indicar en el manifiesto

mencionado en el párrafo anterior, que asumirán la responsabilidad en materia de

seguridad social referente a sus trabajadores y/o a las que haya lugar, en caso de que

alguno de éstos sufra un accidente, enfermedad o riesgo de trabajo.

El IMP Región Marina no tendrá ninguna responsabilidad laboral en caso de accidentes

de trabajo del personal de “LOS POSIBLES PROVEEDORES” del servicio por lo que

éste último aceptará toda obligación derivada de sus actividades y las de su personal

para la realización del servicio durante la vigencia del contrato correspondiente.

PARA EFECTOS DE QUE ESTE ANEXO CONSTITUYA PARTE INTEGRANTE DE UN CONTRATO ESPECÍFICO, EL TÉRMINO “LOS POSIBLES PROVEEDORES” SE

MATERIALIZARÁ EN “PROVEEDOR O PRESTADOR DEL SERVICIO”.

Page 68: INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO - Gob...No.IA-018T0O004-E233-2019 3. El “SERVICIO” de fumigación se realizará en los inmuebles que determine el INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO

No. IA-018T0O004-E233-2019

68

FORMATO 1 Autorización de trabajos con riesgo.

Folio:

horas

Clave Extensión Firma

Residente de Obra del IMP (Área

contratante) o responsable de la área

de trabajo del IMP

Supervisor responsable de la compañía

contratista y/o empresa prestadora de

servicios:

Firma

Responsable del área de trabajo donde

se realizará la actividad

Nombre de la compañía contratista

solicitante:

Nombre del trabajador que realizará el

trabajo:Firma: Clave:

Horario autorizado:

Si NoResultado

en %

Notas:

Responsable de Seguridad.

Hora de recepción de la solicitud:

Nombre y Firma

Compañia contratista

Observaciones:

Cualquier emergencia

reporta a extensión:

día mes año

FirmaNombre

Después del horario normal de labores, fines de semana y días festivos, la supervisión en materia de seguridad de los trabajos será

responsabilidad del residente del IMP que los autoriza.

Cualquier variación en las condiciones bajo las que se autoriza este trabajo cancelarán esta autorización, debiendo suspender de

inmediato el trabajo, siendo responsable el ejecutante del mismo de los daños que se puedan ocasionar a las personas o bienes de la

Institución.

Resultado de la Prueba de

Explosividad

Nombre

INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEODIRECCIÓN DE FINANZAS Y ADMINISTRACIÓN

Autorización de Trabajos con Riesgo

Requisitos a cumplir por el supervisor de la compañía contratista para la ejecución de las actividades:

TrabajoDescripción del trabajo (detallar la

actividad) y el equipo o herramienta a

util izar: Equipos y herramientas

Lugar donde se efectuará el trabajo:

Nombre

PARA SER LLENADO POR PERSONAL DE SEGURIDAD, HIGIENE, PROTECCIÓN CIVIL Y AMBIENTAL

Edificio:

La compañia contratista solicitante informa que el personal a su cargo cuenta y usa el

Equipo Básico de Protección Personal como es: es zapatos de seguridad c/casquillo,

lentes de seguridad, guantes, overol/Pantalón y camisola 100% algodón y casco, para

realizar estas actividades, así como el EPP especifico para realizar otros trabajos

como es: mascarilla, orejeras, arnes, línea de vida, etc.

Cuenta con el EPP básico: (SI) (NO),

Valido por el día: / /

Nivel:

Cubículo:

Hora de inicio Hora de término

Área abierta (especifíque):

Eje Centra l Lázaro Cárdenas Norte 152, Col . San Bartolo Atepehuacan. Del . Gustavo A. Madero, Ciudad de México, C. P. 07730

Copia: Compañía contratistaOriginal: Responsable de Seguridad y Salud en el Trabajo

REV. 01 SIG-SST-GT-03-FG-02

Page 69: INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO - Gob...No.IA-018T0O004-E233-2019 3. El “SERVICIO” de fumigación se realizará en los inmuebles que determine el INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO

No. IA-018T0O004-E233-2019

69

FORMATO 2

CARTA COMPROMISO

Lugar a día de mes de año. Instituto Mexicano del Petróleo

Asunto: Carta compromiso. Por medio de la presente manifiesto que daremos cumplimiento de los requisitos de seguridad, salud en el trabajo y protección ambiental para las compañías contratistas y proveedores del IMP, indicados en el formato SIG-SST-GT-03-FG-01, para el servicio de: Servicio integral de fumigación en los inmuebles del Instituto Mexicano del Petróleo ubicados en Ciudad del Carmen, Campeche y en la Ciudad de Paraíso, Tabasco que incluye el área de productos químicos de la Terminal Marítima de Dos, Bocas.

Atentamente

Nombre y firma indicando cargo de la o el Representante legal de “LOS POSIBLES

PROVEEDORES”

Nota: Elaborar en papel membretado de “LOS POSIBLES PROVEEDORES”

Fin de texto.

Page 70: INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO - Gob...No.IA-018T0O004-E233-2019 3. El “SERVICIO” de fumigación se realizará en los inmuebles que determine el INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO

No. IA-018T0O004-E233-2019

70

FORMATO 3 ORDEN DE SERVICIO

Instituto Mexicano del Petróleo Unidad de Administración Marina

No.- Contrato:

ORDEN DE SERVICIO Concepto: Solicitante por el IMP:

Domicilio donde se prestará el servicio: A).- B).-

Orden de servicio: No. Fecha de emisión: Cantidad de servicios solicitados en esta orden: Fecha compromiso de entrega:

Servicio(s) solicitado(s) en esta orden de servicio: No.

Concepto

Descripción del(los) servicio(s):

Firma del Solicitante por del EL IMP Fecha:

Nombre y Firma de recepción de la orden del servicio por parte de “LOS POSIBLES PROVEEDORES” del servicio. Fecha:

Vo. Bo. Aceptación Fecha de recepción del servicio: Nombre y firma del supervisor del IMP:

Entrega por LOS POSIBLES PROVEEDORES

Fecha de entrega del servicio: Nombre y firma del Responsable del

grupo de trabajo de “LOS POSIBLES

PROVEEDORES” del servicio.

Observaciones:

Page 71: INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO - Gob...No.IA-018T0O004-E233-2019 3. El “SERVICIO” de fumigación se realizará en los inmuebles que determine el INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO

No. IA-018T0O004-E233-2019

71

FORMATO 4

SIG-SST-GT-03-FG-01

Page 72: INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO - Gob...No.IA-018T0O004-E233-2019 3. El “SERVICIO” de fumigación se realizará en los inmuebles que determine el INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO

No. IA-018T0O004-E233-2019

72

Page 73: INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO - Gob...No.IA-018T0O004-E233-2019 3. El “SERVICIO” de fumigación se realizará en los inmuebles que determine el INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO

No. IA-018T0O004-E233-2019

73

FORMATO 5 Guía técnica para el Control de Contratistas y Proveedores en Materia de Seguridad, Salud en el Trabajo y

Protección Ambiental

SIG-SST-GT-03

Page 74: INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO - Gob...No.IA-018T0O004-E233-2019 3. El “SERVICIO” de fumigación se realizará en los inmuebles que determine el INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO

No. IA-018T0O004-E233-2019

74

Page 75: INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO - Gob...No.IA-018T0O004-E233-2019 3. El “SERVICIO” de fumigación se realizará en los inmuebles que determine el INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO

No. IA-018T0O004-E233-2019

75

Page 76: INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO - Gob...No.IA-018T0O004-E233-2019 3. El “SERVICIO” de fumigación se realizará en los inmuebles que determine el INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO

No. IA-018T0O004-E233-2019

76

Page 77: INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO - Gob...No.IA-018T0O004-E233-2019 3. El “SERVICIO” de fumigación se realizará en los inmuebles que determine el INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO

No. IA-018T0O004-E233-2019

77

Page 78: INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO - Gob...No.IA-018T0O004-E233-2019 3. El “SERVICIO” de fumigación se realizará en los inmuebles que determine el INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO

No. IA-018T0O004-E233-2019

78

Page 79: INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO - Gob...No.IA-018T0O004-E233-2019 3. El “SERVICIO” de fumigación se realizará en los inmuebles que determine el INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO

No. IA-018T0O004-E233-2019

79

Page 80: INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO - Gob...No.IA-018T0O004-E233-2019 3. El “SERVICIO” de fumigación se realizará en los inmuebles que determine el INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO

No. IA-018T0O004-E233-2019

80

Page 81: INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO - Gob...No.IA-018T0O004-E233-2019 3. El “SERVICIO” de fumigación se realizará en los inmuebles que determine el INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO

No. IA-018T0O004-E233-2019

81

Page 82: INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO - Gob...No.IA-018T0O004-E233-2019 3. El “SERVICIO” de fumigación se realizará en los inmuebles que determine el INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO

No. IA-018T0O004-E233-2019

82

Page 83: INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO - Gob...No.IA-018T0O004-E233-2019 3. El “SERVICIO” de fumigación se realizará en los inmuebles que determine el INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO

No. IA-018T0O004-E233-2019

83

Page 84: INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO - Gob...No.IA-018T0O004-E233-2019 3. El “SERVICIO” de fumigación se realizará en los inmuebles que determine el INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO

No. IA-018T0O004-E233-2019

84

Page 85: INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO - Gob...No.IA-018T0O004-E233-2019 3. El “SERVICIO” de fumigación se realizará en los inmuebles que determine el INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO

No. IA-018T0O004-E233-2019

85

Page 86: INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO - Gob...No.IA-018T0O004-E233-2019 3. El “SERVICIO” de fumigación se realizará en los inmuebles que determine el INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO

No. IA-018T0O004-E233-2019

86

Page 87: INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO - Gob...No.IA-018T0O004-E233-2019 3. El “SERVICIO” de fumigación se realizará en los inmuebles que determine el INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO

No. IA-018T0O004-E233-2019

87

Page 88: INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO - Gob...No.IA-018T0O004-E233-2019 3. El “SERVICIO” de fumigación se realizará en los inmuebles que determine el INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO

No. IA-018T0O004-E233-2019

88

Page 89: INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO - Gob...No.IA-018T0O004-E233-2019 3. El “SERVICIO” de fumigación se realizará en los inmuebles que determine el INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO

No. IA-018T0O004-E233-2019

89

FIN DE LA PARTIDA 3.

Page 90: INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO - Gob...No.IA-018T0O004-E233-2019 3. El “SERVICIO” de fumigación se realizará en los inmuebles que determine el INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO

No. IA-018T0O004-E233-2019

90

Dudas: Debido a que para este procedimiento de contratación no se efectuará un acto de junta de aclaraciones, los participantes interesados que tengan dudas sobre el alcance de esta contratación, las podrán dirigir a más tardar a las 10:00 horas del día 21 de octubre de 2019, dentro del procedimiento en el sistema COMPRANET en el campo de “mensajes” adjuntando el archivo del documento que contenga las dudas, las que se reciban de forma extemporánea no serán contestadas, y las respuestas dadas por la convocante se harán del conocimiento de los participantes a través de COMPRANET en el campo de “mensajes”, el día 22 de octubre de 2019.

Firma de CONTRATO O PEDIDO La firma del CONTRATO O PEDIDO se efectuará dentro de los quince días naturales siguientes a la notificación de asignación, dentro del horario laboral en: En Sede, Eje Central Lázaro Cárdenas Norte No.152, Col. San Bartolo Atepehuacan, Alcaldía Gustavo A. Madero, México, Ciudad de México, C.P 07730, edificio 6, cubículo 6-106. En CONTRATO O PEDIDO de monto superior a 110,000.00 pesos, el proveedor adjudicado, dentro de los 10 días naturales posteriores a la formalización del CONTRATO O PEDIDO, deberá presentar en el domicilio antes señalado la garantía de cumplimiento, conforme al texto de garantía anexo a la presente solicitud de cotización.

Plazo y condiciones de pago. El “IMP” pagará a la o al “PROVEEDOR” a través de la Gerencia de Tesorería del IMP, el monto de los bienes contratados y aceptados, en moneda nacional, dentro de los 20 días naturales, contados a partir de la fecha de validación y aceptación de la factura electrónica por parte del área requirente y a través de la bóveda electrónica del “IMP”, o en su caso, del comprobante fiscal de pago correspondiente. El pago de los servicios quedará condicionado al pago que en su caso la o el “PRESTADOR” deba efectuar por concepto de penas convencionales o deducciones a que se haya hecho acreedor, haber entregado los servicios a satisfacción del usuario solicitante, formalizado el CONTRATO O PEDIDO y en su caso sus modificaciones, así como haber entregado la(s) fianzas(s) de cumplimiento que en su caso aplique(n).

Criterios de evaluación:

Se verificará que la(s) proposición(es) de los participantes cumplieron con las características y especificaciones técnicas mínimas establecidas en el anexo técnico y los requisitos legales y económicos, de la convocatoria.

Criterios de adjudicación: El CONTRATO o PEDIDO se adjudicará por partida a la(s) proposición(es) de los participantes que cumplieron todos los requisitos legales, técnicos y económicos, que hubiere(n) ofertado el precio más bajo,

por el presupuesto máximo disponible para esta contratación.

Page 91: INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO - Gob...No.IA-018T0O004-E233-2019 3. El “SERVICIO” de fumigación se realizará en los inmuebles que determine el INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO

No. IA-018T0O004-E233-2019

91

TEXTO DE LA GARANTÍA PARA EL DEBIDO CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DEL CONTRATO O PEDIDO.

(Lugar y Fecha)

Afianzadora (nombre de la afianzadora) se constituye fiadora hasta por la suma de $....................(monto de la fianza con número y letra), ante, a favor y a disposición del Instituto Mexicano del Petróleo para garantizar por …….…(nombre del fiado, licitante y domicilio)…, el debido cumplimiento de las obligaciones derivadas del CONTRATO O PEDIDO N°. 2018….……. de fecha…………. del 2018, celebrado entre el Instituto Mexicano del Petróleo y nuestro fiado. El citado contrato tiene por objeto la prestación del servicio de…………………., con las características que especifica, con un importe total de (monto del contrato con letra y número sin I.V.A) y plazo de entrega o ejecución de………. días (señalar si son naturales o hábiles). Esta fianza garantiza la ejecución o entrega total del servicio objeto del CONTRATO O PEDIDO principal y sus anexos o contrato a entera satisfacción del Instituto Mexicano del Petróleo, así como los pagos indebidos que el beneficiario hubiere hecho al fiado por error. En caso de que sea necesario prorrogar el plazo señalado para el cumplimiento de la obligación o conceder esperas para la ejecución del servicio, esta compañía afianzadora consciente que la vigencia de esta fianza queda automáticamente prorrogada en concordancia con dichas prórrogas o esperas. Esta fianza garantiza la entrega total del servicio, así como el pago de las sanciones y/o penas convencionales señaladas en el contrato garantizado por esta fianza. Esta fianza se expide de entera conformidad con las cláusulas del propio CONTRATO O PEDIDO garantizado por esta póliza de fianza, con lo establecido en los artículos 279, 280, 283 y 289 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas en vigor. Esta compañía se obliga a pagar al beneficiario de esta fianza el 100% (por ciento) del importe garantizado, aun cuando el fiado haya cumplido parcialmente con sus obligaciones, renunciando para este caso expresamente al derecho de proporcionalidad establecido en el artículo 2842 del Código Civil Federal. Así mismo, la afianzadora se obliga a seguir garantizando por el fiado por un plazo de 3 meses contados a partir de la fecha de recepción del servicio contratado para responder de los defectos que resultaren de los mismos, de los vicios ocultos y de cualquier otra responsabilidad en que hubiera incurrido el fiado, en los términos señalados en el CONTRATO O PEDIDO respectivo y en el Código Civil Federal. Esta afianzadora acepta expresamente, someterse al procedimiento de ejecución establecido en los artículos 279, 280, 283 y 289 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas. La presente fianza estará vigente durante todo el tiempo del pedido o contra CONTRATO O PEDIDO garantizado, incluyendo las prórrogas o esperas que se le concedan al fiado, así como durante el plazo de 3 meses contados a partir de la fecha del vencimiento del plazo pactado para la entrega total del servicio, o en su defecto, dicho plazo comenzará a contarse a partir de la fecha en que se concluyan las prórrogas o esperas concedidas al fiado, y no podrá cancelarse hasta en tanto el fiado no haya cumplido con todas sus obligaciones o con el pago de las sanciones y/o penas convencionales señaladas en el CONTRATO O PEDIDO garantizado y el Instituto Mexicano del Petróleo de por escrito su autorización para ello. De igual forma, la presente fianza estará vigente durante la substanciación de todos los recursos legales o juicios que se interpongan y para efecto del reclamo de la fianza hasta 3 meses después de la fecha en que se dicte sentencia definitiva y ésta última adquiera la categoría de cosa juzgada. Esta afianzadora acepta expresamente someterse a los procedimientos de ejecución previstos en la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas para la efectividad de las fianzas, aún para el caso de que procediera el cobro de intereses, con motivo del pago extemporáneo del importe de la póliza de fianza requerida. FIN DEL TEXTO.

Page 92: INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO - Gob...No.IA-018T0O004-E233-2019 3. El “SERVICIO” de fumigación se realizará en los inmuebles que determine el INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO

No. IA-018T0O004-E233-2019

92

FORMATO DE COTIZACIÓN PARTIDA 1

INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO REGIÓN NORTE

FORMATO DE SOLICITUD Y PRESENTACIÓN DE OFERTA ECONÓMICA SERVICIO INTEGRAL DE FUMIGACIÓN

Estado Municipio Localidad Domicilio

VOLUMETRÍA REQUERIDA

(Conforme a los volúmenes solicitados)

PRECIO UNITARIO POR (M2) MENSUAL

SUBTOTAL POR CADA SERVICIO

NUEVO LEON CADEREYTA DE JIMENEZ

CADEREYTA DE JIMENEZ

CARRETERA MONTERREY-REYNOSA KM.36, INTERIOR DE LA REFINERIA “ING. HECTOR R. LARA SOSA” CP.67450 2,836.93 $ -

TAMAULIPAS CIUDAD MADERO

CIUDAD MADERO

AV. RODOLFO TORRE CANTÚ S/N CASI ESQ. CON CALLEJON DE BARRILES CP. 89510 2,500.00 $ -

TAMAULIPAS REYNOSA REYNOSA CALLE MICHOACAN N° 420, LOCAL 11 y 14 COL. RODRÍGUEZ C. P. 88630 465.95 $ -

TAMAULIPAS REYNOSA REYNOSA CALLE MONTERREY No. 411 ESQ. CALLEJÓN ARGUMEDO, COL. RODRÍGUEZ C. P. 88630 873.33 $ -

VERACRUZ BOCA DEL RÍO BOCA DEL RÍO AVENIDA URANO N° 2223 FRACCIONAMIENTO JOYAS DE MOCAMBO, BOCA DEL RÍO VER C. P. 94298 260.00 $ -

VERACRUZ BOCA DEL RÍO BOCA DEL RÍO CAMINO DE TERRACERÍA N° 800, PARCELAS 37, 39, 40 Y 41, EJIDO SAN JOSÉ NOVILLERO, BOCA DEL RÍO, VER. C.P. 94293 84,431.35 $ -

VERACRUZ POZA RICA DE HIDALGO

POZA RICA DE HIDALGO

CALLE FERROCARRIL N° 162, COL. AVIACIÓN VIEJA C.P. 93370 2,466.05 $ -

VERACRUZ VERACRUZ VERACRUZ AVENIDA FRAMBOYANES LOTE 10 y 11 CD. INDUSTRIAL BRUNO PAGLIAI, VERACRUZ, VER., C. P. 91697 1,039.61 $ -

TOTAL MENSUAL $ -

Meses del servicio de Noviembre 2019 a Diciembre del 2020 14

IMPORTE TOTAL DEL SERVICIO MENSUAL

$ -

Page 93: INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO - Gob...No.IA-018T0O004-E233-2019 3. El “SERVICIO” de fumigación se realizará en los inmuebles que determine el INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO

No. IA-018T0O004-E233-2019

93

TAMAULIPAS REYNOSA REYNOSA CALLE SINALOA No. 815 ESQ. VICTORIA, COL. RODRÍGUEZ C. P. 88630 175.91 $ -

VERACRUZ POZA RICA DE HIDALGO

POZA RICA DE HIDALGO

CALLE RIO LERMA S/N, COL. AVIACION VIEJA (FRENTE A LA CASA DE LA CULTURA) C. P. 93370 3,090.00 $ -

TOTAL BIMESTRAL $ -

Bimestres del servicio de Noviembre 2019 a Diciembre del 2020 7

IMPORTE TOTAL DEL SERVICIO BIMESTRAL

$ -

IMPORTE TOTAL DEL SERVICIO (MENSUAL + BIMESTRAL) $ -

Nombre y firma del Representante Legal

Los precios son fijos durante la vigencia del contrato.

Los montos deberán ser presentados a dos centésimas.

La propuesta deberá ser presentada en moneda nacional, I.V.A. desglosado Entregar en papel membretado, por los proveedores incluyendo lugar y fecha, así como la firma autógrafa del Representante o Apoderado Legal.

Page 94: INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO - Gob...No.IA-018T0O004-E233-2019 3. El “SERVICIO” de fumigación se realizará en los inmuebles que determine el INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO

No. IA-018T0O004-E233-2019

94

PARTIDA 2

FORMATO DE SOLICITUD Y PRESTACIÓN DE OFERTA ECONÓMICA INSTITUTO MEXICANO DEL PETROLEO

REGION SUR SERVICIO INTEGRAL DE FUMIGACION

EN LOS CENTROS DE TRABAJO REGIÓN SUR (VILLAHERMOSA, REFORMA, COMALCALCO, MINATITLÁN, COATZACOALCOS), 2019 - 2020

No. SERVICIO UNIDAD DE

MEDIDA

CANTIDAD DE SERVICIOS

MENSUALES, NOVIEMBRE 2019 AL 31 DE DICIEMBRE DEL

2020

VOLUMETRIA MENSUAL DE REFERENCIA

VOLUMETRIAS DE REFERENCIA DE

NOVIEMBRE 2019 AL 31 DE

DICIEMBRE DEL 2020

PRECIO UNITARIO ($)

IMPORTE ($)

Nebulización, Aspersión y Desratización

1 SERVICIO DE FUMIGACION, CONTROL Y PREVENCION DE PLAGAS EN LAS INSTALACIONES DEL CENTRO IMP VILLAHERMOSA, TABASCO.

M2 14 8,227.00

115,178.00

2 SERVICIO DE FUMIGACION, CONTROL Y PREVENCION DE PLAGAS EN LAS INSTALACIONES DEL CENTRO IMP CACTUS REFORMA, CHIAPAS.

M2 14 4,820.00

67,480.00

3 SERVICIO DE FUMIGACION, CONTROL Y PREVENCION DE PLAGAS EN LAS INSTALACIONES DEL IMP (TERRENO) COATZACOALCOS, VERACRUZ.

M2 14 1,700.00

23,800.00

4 SERVICIO DE FUMIGACION, CONTROL Y PREVENCION DE PLAGAS EN LAS INSTALACIONES DEL CENTRO IMP COMALCALCO, TABASCO.

M2 14 600.00

8,400.00

5 SERVICIO DE FUMIGACION, CONTROL Y PREVENCION DE PLAGAS EN LAS INSTALACIONES DEL CENTRO IMP MINATITLAN, VERACRUZ.

M2 14 1,300.00

18,200.00 SUBTOTAL $0.00

I.V.A. 16%

IMPORTE TOTAL $0.00

Page 95: INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO - Gob...No.IA-018T0O004-E233-2019 3. El “SERVICIO” de fumigación se realizará en los inmuebles que determine el INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO

No. IA-018T0O004-E233-2019

95

PARTIDA 3

INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO REGIÓN MARINA FORMATO DE SOLICITUD Y PRESENTACIÓN DE OFERTA ECONÓMICA SERVICIO INTEGRAL DE FUMIGACIÓN

Estado Municipio Localidad Domicilio

VOLUMETRÍA

REQUERIDA (Conforme a

los volúmenes solicitados)

PRECIO UNITARIO POR (M2)

TRIMESTRAL

SUBTOTAL TRIMESTRAL POR CADA SERVICIO

CAMPECHE CARMEN

CIUDAD DEL CARMEN

AV. PERIFÉRICA NORTE NO. 67 ESQUINA CALLE 35-B, COL. SAN AGUSTIN DEL PALMAR

6,258 $ -

TABASCO PARAISO PARAISO

LIBRAMIENTO A DOS BOCAS NO. 50 COL. EL LIMÓN Y TERMINAL MARITIMA DOS BOCAS

1,105 $ -

(A) = TOTAL SERVICIO TRIMESTRAL SIN IVA $ -

(B) = SERVICIOS TRIMESTRALES DE NOVIEMBRE 2019 A DICIEMBRE DEL 2020 5

(C) = (A) x (B) IMPORTE TOTAL DE LOS SERVICIOS SIN IVA $ -

LOS PRECIOS DEBERÁN SER PRESENTADOS EN MONEDA NACIONAL.

LOS PRECIOS SON FIJOS DURANTE LA VIGENCIA DEL CONTRATO.

DEBERÁ SER PRESENTADA EN PAPEL MEMBRETADO Y FIRMADA POR EL REPRESENTANTE O APODERADO LEGAL.