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No. IA-018T0O004-E176-2019 INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO SOLICITUD DE COTIZACIÓN DE INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS El Instituto Mexicano del Petróleo, a través de la Gerencia de Proveeduría y Servicios, ubicada en Av. Eje Central Lázaro Cárdenas Norte No.152, Colonia San Bartolo Atepehuacan, Alcaldía Gustavo A. Madero, C.P. 07730, México, Ciudad de México, con fundamento legal en el Artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 41 Fracción XX y 42 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios el Sector Público, y al Contrato Marco vigente publicado en CompraNet denominado “Servicios integrales de jardinería y fumigación”, bajo la modalidad de CONTRATO o PEDIDO ABIERTO, para la contratación del SERVICIO INTEGRAL DE JARDINERÍA La contratación abarca los ejercicios 2019 - 2020 Contando para tal efecto con recursos presupuestales de los ejercicios fiscales 2019 - 2020, autorizados por la Dirección de Finanzas y Administración del Instituto Mexicano del Petróleo.

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No. IA-018T0O004-E176-2019

INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO

SOLICITUD DE COTIZACIÓN DE

INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS

El Instituto Mexicano del Petróleo, a través de la Gerencia de Proveeduría y Servicios, ubicada en Av. Eje Central Lázaro Cárdenas Norte No.152, Colonia San Bartolo Atepehuacan, Alcaldía Gustavo A. Madero, C.P. 07730, México, Ciudad de México, con fundamento legal en el Artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 41 Fracción XX y 42 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios el Sector Público, y al Contrato Marco vigente publicado en CompraNet denominado “Servicios integrales de jardinería y fumigación”, bajo la modalidad de CONTRATO o PEDIDO ABIERTO, para la contratación del

SERVICIO INTEGRAL DE JARDINERÍA

La contratación abarca los ejercicios 2019 - 2020 Contando para tal efecto con recursos presupuestales de los ejercicios fiscales 2019 - 2020, autorizados por la Dirección de Finanzas y Administración del Instituto Mexicano del Petróleo.

No. IA-018T0O004-E176-2019

OBJETO Y ALCANCE DEL SERVICIO PARTIDA 1

ANEXO I

ESPECIFICACIONES TÉCNICAS Y DE CALIDAD REQUERIDAS PARA LA

PRESTACIÓN DEL “SERVICIO” INTEGRAL DE JARDINERÍA EN EL

INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO EN LA REGIÓN NORTE

I. OBJETIVO.

Proporcionar el “SERVICIO” integral de jardinería en adelante el “SERVICIO” en los

diversos inmuebles propiedad y/o en uso de los sujetos a que se refiere el artículo 1, fracciones

I a VI de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público (LAASSP),

en adelante el INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO EN LA REGIÓN NORTE por

el periodo comprendido a partir del día 1° de Septiembre del 2019 y hasta el 31 de diciembre

del 2020, a precio fijo bajo la modalidad de pedido abierto con un monto máximo de

$4´280,264.00 (cuatro millones doscientos ochenta mil doscientos sesenta y cuatro pesos con

00/100 M. N.) y un monto mínimo de $1´712,105.60 (un millón setecientos doce mil ciento

cinco pesos con 60/100 M. N.) antes de I.V.A.

El INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO EN LA REGIÓN NORTE para este

servicio, se integra por sus centros de trabajo ubicados en las ciudades de Cadereyta de Jiménez,

Nuevo León, Cd. Madero, Tamaulipas, Poza Rica de Hidalgo, Veracruz y Boca del Río,

Veracruz.

II. DESCRIPCIÓN DEL “SERVICIO”

Es el cuidado de plantas, macetones, poda de árboles, la reforestación de macetas, jardineras y

demás servicios para el mantenimiento y conservación de las áreas verdes, así como el control

fitosanitario de dichas áreas verdes, con la finalidad de mantenerlos en óptimas condiciones.

III. METODOLOGÍA.

“LOS POSIBLES PROVEEDORES” brindarán el “SERVICIO” de jardinería, tomando en

consideración las funciones específicas y los aspectos metodológicos que determine el

INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO EN LA REGIÓN NORTE en el contrato

específico correspondiente.

No. IA-018T0O004-E176-2019

IV. LINEAMIENTOS GENERALES.

El “SERVICIO” se realizará en los inmuebles que determine el INSTITUTO MEXICANO

DEL PETRÓLEO EN LA REGIÓN NORTE en el contrato específico y sus respectivos

anexos.

La ejecución del “SERVICIO” previsto por el contrato se sujetará a los siguientes

lineamientos:

a) Las ofertas que presenten “LOS POSIBLES PROVEEDORES” serán por los

inmuebles que se determinen en el contrato específico por el INSTITUTO

MEXICANO DEL PETRÓLEO EN LA REGIÓN NORTE y que se encuentran

relacionados a continuación:

b) “LOS POSIBLES PROVEEDORES” deberán llevar a cabo, la recolección de

subproductos vegetales, cada que se generen como consecuencia de los trabajos

ejecutados, realizando la disposición adecuada de los mismos, conforme a lo establecido

en la Ley de Residuos Sólidos de la Ciudad de México, o las disposiciones normativas

correlativas en otras Entidades Federativas, por lo que “LOS POSIBLES

PROVEEDORES” deberán proporcionar el material necesario para la correcta

separación de los desechos sólidos como se señala en dichas disposiciones y no podrán

mezclar estos residuos, con los que se generan en cada inmueble, conforme a lo

establecido en los contratos específicos.

c) “LOS POSIBLES PROVEEDORES”, deberán contar con todos los materiales,

herramientas, equipo, sustratos y productos necesarios, para la conservación de las áreas

verdes, proporcionando el “SERVICIO” de acuerdo a las necesidades requeridas en los

contratos específicos; los cuales deberán estar considerados en el monto total por

“SERVICIO” requerido.

La relación de equipo, herramientas y materiales mínimos con los que “LOS

POSIBLES PROVEEDORES” deberán contar durante la vigencia del contrato en las

Estado Municipio Localidad Domicilio

NUEVO LEON

CADEREYTA

JIMÉNEZ

CADEREYTA DE

JIMÉNEZ

CARRETERA MONTERREY-REYNOSA KM.36, INTERIOR DE LA

REFINERIA “ING. HECTOR R. LARA SOSA” CP.67450

TAMAULIPAS CIUDAD MADERO CIUDAD MADERO

AV. RODOLFO TORRE CANTÚ S/N CASI ESQ. CON CALLEJON DE

BARRILES CP. 89510

VERACRUZ BOCA DEL RÍO BOCA DEL RIO

CAMINO DE TERRACERÍA N° 800, PARCELAS 37, 39, 40 Y 41, EJIDO

SAN JOSÉ NOVILLERO, BOCA DEL RÍO, VER. C.P. 94293

VERACRUZ

POZA RICA DE

HIDALGO POZA RICA CALLE FERROCARRIL N° 162, COL. AVIACIÓN VIEJA C.P. 93370

VERACRUZ

POZA RICA DE

HIDALGO POZA RICA

CALLE RIO LERMA S/N, COL. AVIACION VIEJA (FRENTE A LA

CASA DE LA CULTURA) C. P. 93370

No. IA-018T0O004-E176-2019

instalaciones del INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO EN LA REGIÓN

NORTE y que se relacionan en el punto a). Se muestran en los cuadros siguientes:

Relación de material que deberá ser entregado con la periodicidad indicada en el

siguiente cuadro:

POZA RICA DE

HIDALGOCIUDAD MADERO

CADEREYTA

JIMENEZBOCA DEL RÍO

CALLE FERROCARRIL N°

162, COL. AVIACIÓN VIEJA

C.P. 93370 Y CALLE RIO

LERMA S/N, COL.

AVIACION VIEJA (FRENTE A

LA CASA DE LA CULTURA)

C. P. 93370

AV. RODOLFO TORRE

CANTÚ S/N CASI ESQ. CON

CALLEJON DE BARRILES

CP. 89510

CARRETERA MONTERREY-

REYNOSA KM.36, INTERIOR

DE LA REFINERIA “ING.

HECTOR R. LARA SOSA”

CP.67450

CAMINO DE TERRACERÍA

N° 800, PARCELAS 37, 39,

40 Y 41, EJIDO SAN JOSÉ

NOVILLERO, BOCA DEL

RÍO, VER. C.P. 94293

ESCALERA DE EXTENSIÓN RECTA DE 6 MTS 1 1 1 1 4

ESCALERA DE TIJERA DE MÁS 3 MTS. 1 1 1 1 4

MAQUINA PODADORA DE CÉSPED DE GASOLINA. 2 2 1 4 9

MAQUINA CORTADORA DE ARBUSTOS. 0 1 1 0 2

PERFILADORA DE USO RUDO, MOTOR A GASOLINA 1 1 1 5 8

TALACHE O PICO. 1 1 1 1 4

HACHA. 2 1 1 2 6

EQUIPO PARA APLICAR MATA HIERBA. 1 1 1 2 5

MANGUERA DE PLASTICO DE 3/4” DÍAM. DE 50 MTS.

USO INDUSTRIAL. 3 0 3 0 6

MANGUERA DE PLÁSTICO DE 3/4" DÍAM. DE 100 MTS.

USO INDUSTRIAL0 0 0 2 2

MANGUERA DE PLASTICO DE 1/2” DÍAM. DE 50 MTS.

USO INDUSTRIAL. 0 3 0 2 5

MACHETE PULIDO DE 22” TIPO ACAPULQUEÑO 3 2 1 5 11

RASTRILLOS DE JARDINERIA DE CAMPO. 2 2 1 3 8

TIJERAS PODADORAS DE ARBUSTOS, REFORZADA. 3 2 1 3 9

TIJERAS CURVAS DE JARDINERO. 3 2 1 0 6

TIJERAS CORTA CESPED. 0 2 1 0 3

ASPERSORES METALICOS. 0 8 3 5 16

PALA REDONDA CON MANGO CORTO PROMO. 3 2 1 0 6

PALA DE PUNTA. 3 2 1 0 6

PALA CUADRADA. 3 2 1 3 9

CARRETILLA METALICA DE JARDINERO. 3 2 1 2 8

AZADONES CON MANGO DE MADERA. 3 2 1 0 6

PISTOLA DE RIEGO HASTA CINCO POSICIONES 0 3 1 3 7

TRINCHES METÁLICOS PARA JARDINERÍA 0 0 0 2 2

BOMBA DE SUCCIÓN A GASOLINA MÍNIMO DE 2" 0 0 0 1 1

CONOS COLOR NARANJA DE SEGURIDAD 6 2 2 6 16

EQUIPO Y HERRAMIENTA

CANTIDADES POR INMUEBLES

TOTAL

No. IA-018T0O004-E176-2019

Las cantidades de los fertilizantes, insecticidas y liquido mata hierba, deberán ser los

suficientes y necesarios para la adecuada atención del “SERVICIO”, las cantidades

indicadas solo son de referencia.

Los equipos y herramientas indicadas deberán permanecer en las instalaciones de los

inmuebles del INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO EN LA REGIÓN

NORTE durante la vigencia del contrato.

Los equipos y herramientas antes relacionados deberán ser sustituidos en caso de

descompostura o desgaste de las mismas sin costo adicional para el INSTITUTO

MEXICANO DEL PETRÓLEO EN LA REGIÓN NORTE, en un plazo no mayor

a 5 días hábiles contados a partir de la solicitud realizada por el supervisor del

INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO EN LA REGIÓN NORTE. Por el

incumplimiento total o parcial se aplicará una deducción al pago conforme a lo

señalado en el punto 1.13.2 y a lo indicado en el contrato específico y sus anexos. “LOS POSIBLES PROVEEDORES” del “SERVICIO” deberán utilizar productos

biodegradables o inofensivos para el ser humano y para el medio ambiente.

El INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO no proporcionará ningún equipo,

herramienta o material para la realización del “SERVICIO”.

El cuidado y resguardo del equipo mencionado será responsabilidad totalmente de

“LOS POSIBLES PROVEEDORES” del “SERVICIO”.

Se deberá suministrar la piedra y el tezontle en un plazo de 20 días naturales contados

a partir de la solicitud del supervisor del INSTITUTO MEXICANO DEL

PETRÓLEO EN LA REGIÓN NORTE. Por el incumplimiento total o parcial se

aplicará una deducción al pago conforme a lo señalado en el punto 1.13.2 y a lo

indicado en el contrato específico y sus anexos.

La colocación de los suministros mencionados será en coordinación con el supervisor del

INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO EN LA REGIÓN NORTE.

POZA RICA MADERO CADEREYTA BOCA DEL RÍOCALLE FERROCARRIL N° 162,

COL. AVIACIÓN VIEJA C.P.

93370 Y CALLE RIO LERMA

S/N, COL. AVIACION VIEJA

(FRENTE A LA CASA DE LA

CULTURA) C. P. 93370

AV. RODOLFO TORRE CANTÚ

S/N CASI ESQ. CON CALLEJON

DE BARRILES CP. 89510

CARRETERA MONTERREY-

REYNOSA KM.36, INTERIOR DE

LA REFINERIA “ING. HECTOR R.

LARA SOSA” CP.67450

CAMINO DE TERRACERÍA N°

800, PARCELAS 37, 39, 40 Y

41, EJIDO SAN JOSÉ

NOVILLERO, BOCA DEL RÍO,

VER. C.P. 94293

ESCOBA PLASTICA RIGIDA DE 22 DIENTES PARA

JARDINERÍATRIMESTRAL 3 2 1 5 11

ESCOBA DE MIJO DE 6 HILOS CON MANGO DE

MADERA TRIMESTRAL 3 3 1 5 12

LIMA TRIANGULAR PARA AFILAR, CAJA CON 40 O 50

PIEZAS

UNA SOLA

ENTREGA1 1 0 1 3

CUBETA PARA PREPARAR BASE DE CAL Y CEMENTO

PARA ENCALAR ARBOLES. DE LAS CANTIDADES

SEÑALADAS SE DEBERÁ ENTREGAR 50% DE CAL Y

50% DE CEMENTO BLANCO EN PRESENTACIÓN DE

BULTO DE 25 KILOS CADA UNO, ASÍ COMO CUBETA

DE 20 LITROS PARA EL PREPARADO.

TRIMESTRAL 4 4 10 0 18

FERTILIZANTE TRIPLE 17 O EQUIVALENTE, SACO DE

50 KG.TRIMESTRAL 2 2 2 2 8

FERTILIZANTE UREA O EQUIVALENTE EN SACO DE 50

KG TRIMESTRAL 2 1 2 2 7

INSECTICIDA LIQUIDO PARA HORMIGA, 10 LITROS. TRIMESTRAL 10 0 5 2 17

INSECTICIDA GRANULADO PARA JARDIN MARCA

VALOR O EQUIVALENTE, EN BOLSA DE 1 KG TRIMESTRAL 0 4 10 20 34

LIQUIDO MATAHIERBA TIPO ECOLOGICO,

PRESENTACIÓN DE 10 LITROS TRIMESTRAL 1 1 1 2 5

GEL ANTIHORMIGA “JOQUE ROJO” EN BOTE DE 1

KG. BIMESTRAL 0 1 3 10 14

PIEDRA MARMOLINA KILOSÚNICA

ENTREGA100 KILOS 100 KILOS 100 KILOS 0 300

TEZONTLE ROJO GRANOMETRÍA FINA M3ÚNICA

ENTREGA6 M3 6 M3 6 M3 0 18

TOTALESPERIODICIDAD

EN ENTREGAS

CANTIDAD POR INMUEBLE

MATERIALES

No. IA-018T0O004-E176-2019

El servidor público facultado para supervisar o vigilar la prestación del servicio el C. Lic. Alejandro

Muñoz Canchola, o a quien éste designe como personal de supervisión del INSTITUTO MEXICANO

DEL PETRÓLEO EN LA REGIÓN NORTE. El Administrador del Contrato será la o el responsable

de aceptar o rechazar los servicios, de determinar los incumplimientos, las penas convencionales y

deducciones a que hubiera lugar, deficiencias en el servicio y/o emitir órdenes de surtimiento, así como

la administración total del Contrato.

El Administrador del Contrato verificará el control de calidad del servicio ofrecido de acuerdo a las

solicitudes hechas a “LOS POSIBLES PROVEEDORES”. En caso de incumplimiento de las

actividades o servicios encomendados a “LOS POSIBLES PROVEEDORES” se aplicarán las

deducciones correspondientes relacionadas en las especificaciones técnicas de los Anexos respectivos.

La servidora pública facultada para validar las facturas o los documentos que presenten “LOS

POSIBLES PROVEEDORES” es la L. C. Reyna C. Rojas Rosas del área de Recursos Materiales y

Servicios de la Unidad de Administración Norte del Instituto Mexicano del Petróleo.

Los documentos que deben acompañarse a las facturas son los que indique la o el administrador del

Contrato de conformidad con los procedimientos institucionales para tal efecto.

El “LOS POSIBLES PROVEEDORES” en toda su correspondencia (facturas, empaques y otros

documentos), deberá citar el número del Pedido.

La aceptación de los servicios por parte de la o el administrador o responsable del Contrato, se realizará

máximo dentro de los 10 días naturales posteriores a la recepción y aceptación de la factura.

Un servicio se considerará prestado al Instituto Mexicano del Petróleo cuando reúna

los siguientes requisitos: sea recibido en el Área correspondiente y la o el

administrador del Contrato haya verificado el cumplimiento de las especificaciones y

dé su visto bueno de conformidad.

d) “LOS POSIBLES PROVEEDORES” se comprometen a que al arribo de los

materiales darán aviso a la persona que designe el INSTITUTO MEXICANO DEL

PETRÓLEO EN LA REGIÓN NORTE, para su previa revisión y verificación de

características que garanticen la calidad y estado fitosanitario libre de patógenos, y/o

cantidad, antes de ser almacenados o utilizados, indicando en el documento de recepción

que la entrega cumplió con los estándares de calidad requeridos.

e) “LOS POSIBLES PROVEEDORES” deberán llevar el registro de entradas de

material de manera eficiente y organizada (por primeras entradas, primeras salidas,

flamabilidad, así como el grado de toxicidad establecido en el Catálogo Oficial de

Plaguicidas publicado por la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos

Sanitarios -COFEPRIS-), así mismo deberá contar con un resumen de las áreas o lugares

donde fueron aplicados dichos productos, así como las dosis suministradas; este

resumen podrá ser requerido por el INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO

EN LA REGIÓN NORTE en cualquier momento, si así se considera conveniente.

f) “LOS POSIBLES PROVEEDORES” serán responsables de realizar el

“SERVICIO” de acuerdo a las actividades establecidas en los contratos específicos

y sus respectivos anexos, en función a las características del inmueble y conforme a

las siguientes Especificaciones generales y particulares del “SERVICIO”:

1. ESPECIFICACIONES GENERALES:

1.1 Prestar a favor del INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO EN LA

REGIÓN NORTE el “SERVICIO” en sus Centros de Trabajo que conforman la

Región Norte en las ciudades de Poza Rica de Hidalgo, Ver., Cadereyta de Jiménez, N.

L., Cd. Madero, Tamps., y Boca del Río, Ver.

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1.2 “LOS POSIBLES PROVEEDORES” del “SERVICIO” deberán mantener

las áreas verdes, macetas y maceteros en condiciones óptimas, para ello deberá contar

con los accesorios, materiales, productos y equipo mínimo y todo lo necesario para

realizar las actividades señaladas en el presente Anexo Técnico y conforme a lo

establecido en los contratos específicos y sus anexos, y no se darán por concluidos hasta

que se cumpla con lo indicado y deberán realizarse nuevamente, sin costo alguno para

el INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO EN LA REGIÓN NORTE.

1.3 “LOS POSIBLES PROVEEDORES” del “SERVICIO” deberá mantener las áreas

verdes, maceteros y macetas de ornato en condiciones óptimas de limpieza, corte y riego, para

ello deberá de contar con los utensilios y herramientas necesarios para realizar estas actividades,

que incluyen corte de césped, riego de plantas y césped, cajeteo de árboles y arbustivas, poda

formativa, eliminación de hierba en áreas pavimentadas, retiro de maleza y basura de las áreas

verdes, encalado de árboles, recolección y confinamiento en bolsas negras de plástico de toda

la basura que se genere por estas actividades, mano de obra en aplicación de herbicidas,

insecticidas, fertilizantes y semilla cuando sea necesario, mano de obra en trasplantes de

plantas, arbustos y césped, mano de obra en arropado de césped, limpieza y mantenimiento de

macetas, realizando el raspado del material existente (pintura), y aplicando dos manos de

pintura de esmalte comex del color elegido por el supervisor del INSTITUTO MEXICANO

DEL PETRÓLEO EN LA REGIÓN NORTE.

1.4 Se deberá considerar el realizar el riego necesario de acuerdo al tipo de planta existente, las

veces que se requiera de acuerdo a la variedad de las plantas, quitar las hojas secas y marchitas,

así como sustituir las plantas que se vayan dañando; limpieza y arreglo de la gravilla suelta, el

tezontle y la piedra de rio cuando sea necesario para que los jardines luzcan bien arreglados.

1.5 Todo el material de desecho que produzcan “LOS POSIBLES PROVEEDORES” del

“SERVICIO” por el mantenimiento de áreas verdes, jardineras, bambús, maceteros, etc;

deberá de retirarse de las instalaciones del INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO EN

LA REGIÓN NORTE en forma diaria al concluir la actividad del mismo.

1.6 Se deberán considerar las herramientas, materiales y equipo necesarios, suficientes y en

óptimas condiciones de operación, para la correcta prestación del “SERVICIO”.

1.7 La limpieza de herramientas y equipo utilizados para el “SERVICIO”, se realizará

con el mayor cuidado evitando azolvar drenajes y se realizará en áreas previamente

dispuestas por el INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO EN LA REGIÓN

NORTE, aquéllas que requieran una limpieza exhaustiva o mantenimiento específico

deberán efectuarse fuera del edificio y ser retiradas, suministrando herramientas o

equipos alternos para no interrumpir las actividades del “SERVICIO”.

1.8 Será responsabilidad de “LOS POSIBLES PROVEEDORES” del “SERVICIO”

el transporte, acarreo, maniobras, de toda la basura o residuos que se generen como

producto del “SERVICIO”, y deberá retirarse a más tardar al día siguiente hábil de

que se hayan generados para evitar acumulación de basura, lo anterior quedará incluido

en el precio del mismo.

Estado Municipio Localidad Domicilio

NUEVO LEON

CADEREYTA

JIMÉNEZ

CADEREYTA DE

JIMÉNEZ

CARRETERA MONTERREY-REYNOSA KM.36, INTERIOR DE LA

REFINERIA “ING. HECTOR R. LARA SOSA” CP.67450

TAMAULIPAS CIUDAD MADERO CIUDAD MADERO

AV. RODOLFO TORRE CANTÚ S/N CASI ESQ. CON CALLEJON DE

BARRILES CP. 89510

VERACRUZ BOCA DEL RÍO BOCA DEL RIO

CAMINO DE TERRACERÍA N° 800, PARCELAS 37, 39, 40 Y 41, EJIDO

SAN JOSÉ NOVILLERO, BOCA DEL RÍO, VER. C.P. 94293

VERACRUZ

POZA RICA DE

HIDALGO POZA RICA CALLE FERROCARRIL N° 162, COL. AVIACIÓN VIEJA C.P. 93370

VERACRUZ

POZA RICA DE

HIDALGO POZA RICA

CALLE RIO LERMA S/N, COL. AVIACION VIEJA (FRENTE A LA

CASA DE LA CULTURA) C. P. 93370

No. IA-018T0O004-E176-2019

1.9 El agua para riego será suministrada por el INSTITUTO MEXICANO DEL

PETRÓLEO.

1.10 El supervisor del Prestador del “SERVICIO” deberá en coordinación con el

supervisor del IMP realizar diariamente las operaciones de encendido y apagado del

sistema de bombeo de agua, para el llenado de cisterna, tinacos y el riego de las áreas

verdes.

1.11 Las actividades mínimas generales a desarrollar como parte del “SERVICIO” son

las siguientes:

A) PODA Para controlar y guiar el desarrollo de la vegetación de sus jardines, mejorando

su estructura y forma, retrasando su envejecimiento y favoreciendo la floración,

tanto en calidad como en cantidad.

B) FUMIGACIÓN

Para controlar el crecimiento de hongos y plagas que destruyen las plantas y

árboles.

C) LIMPIEZA Y SUSTITUCIÓN DE VEGETACIÓN

Actividades necesarias para la conservación y preservación de los espacios

verdes. La detección y el reemplazo de las plantas enfermas es parte integral del

“SERVICIO”. Incluye limpieza de azoteas donde se encuentre acumulación de

hojas, ramas y cortezas, desazolvando las coladeras y tubos de bajadas de agua

pluvial.

D) FERTILIZACIÓN Y ABONO.

Para nutrir la vegetación y la tierra de todas las áreas, jardineras, macetones y

macetas con productos especificados.

E) RIEGO DE AREAS VERDES Y MACETAS

Mediante la aplicación de agua que será proporcionada por el IMP en cada uno

de los inmuebles señalados, aplicando de forma manual con manguera o

mediante aspersores en su caso.

La frecuencia de las actividades será permanente o de acuerdo a las indicaciones

del supervisor del INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO EN LA

REGIÓN NORTE durante la vigencia del contrato.

1.12 El desarrollo de las actividades será conforme a lo establecido en el presente anexo

y conforme a lo establecido en los contratos específicos y sus anexos.

1.13 PENA CONVENCIONAL Y DEDUCTIVAS

1.13.1 PENAS CONVENCIONALES Se aplicarán por cada día natural de atraso, con el 1 % del monto de los servicios prestados con atraso,

serán calculadas por el área contratante correspondiente, por regla general se calcularán por partida, sin

exceder de manera proporcional el 10% del monto de la partida de que se trate y la suma de las penas

convencionales de dicha partida o partidas no deberá exceder el importe de la garantía de cumplimiento

del CONTRATO O PEDIDO. En caso de exceder el porcentaje referido se podrá iniciar el procedimiento

de rescisión del CONTRATO O PEDIDO, de conformidad con lo estipulado en la Ley y su Reglamento.

Para efectos del párrafo anterior, el área contratante deberá recibir un documento del área requirente

donde se le comunique del incumplimiento. Una vez que el área contratante cuente con este documento

generará el cálculo correspondiente y le solicitará mediante correo electrónico a “LOS POSIBLES

PROVEEDORES” que se presente en las instalaciones del INSTITUTO MEXICANO DEL

PETRÓLEO EN LA REGIÓN NORTE a firmar el documento de aceptación del cálculo.

El pago del servicio quedará condicionado al pago que “LOS POSIBLES

PROVEEDORES” deba efectuar por concepto de penas convencionales.

1.13.2 DEDUCTIVA Se aplicarán con el 15 % del monto de los servicios prestados de manera deficiente o incompletos, serán

calculadas por el área contratante correspondiente, sin exceder de manera proporcional el 10% del importe

de la partida que se trate y la suma de las deducciones de esta partida o partidas no deberán exceder el

No. IA-018T0O004-E176-2019

importe de la garantía de cumplimiento del CONTRATO O PEDIDO. En caso de exceder el porcentaje

referido se podrá iniciar el procedimiento de rescisión del CONTRATO O PEDIDO, de conformidad con

lo estipulado en la Ley y su Reglamento.

Para efectos del párrafo anterior, el área contratante deberá recibir un documento del área requirente

donde se le comunique la deducción por aplicar. Una vez que el área contratante cuente con este

documento generará el cálculo correspondiente y le solicitará mediante correo electrónico al “LOS

POSIBLES PROVEEDORES” que se presente en las instalaciones del INSTITUTO MEXICANO

DEL PETRÓLEO EN LA REGIÓN NORTE a firmar el documento de aceptación del cálculo.

Los proveedores quedarán obligados ante la dependencia o entidad a responder de los

defectos y vicios ocultos de los bienes y de la calidad de los servicios, así como de

cualquier otra responsabilidad en que hubieren incurrido, en los términos señalados en

el contrato respectivo y en la legislación aplicable.

2. ESPECIFICACIONES PARTICULARES:

2.1 PODA DE PASTO EN AREAS VERDES.

Se deberá realizar la poda de pasto en todas las áreas que señale la supervisión del

INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO REGIÓN NORTE. Barriendo y

recolectando el desecho, incluye el desorillado perimetral el cual debe realizarse en

las áreas de pasto colindantes a banquetas, firmes, pasos peatonales, etc., efectuar el

trabajo con equipos en óptimas condiciones de operación, considerando el equipo

adecuado para el corte de pasto “LOS POSIBLES PROVEEDORES” del

“SERVICIO” deberá retirar de manera inmediata de las instalaciones del

INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO REGIÓN NORTE toda la basura

y materiales de desecho, producto de los trabajos efectuados.

“LOS POSIBLES PROVEEDORES” del “SERVICIO” deberán contar con un

extintor que deberán instalar en el área donde lo indique la supervisión del

INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO REGIÓN NORTE, como medida

de seguridad por el manejo de combustible, dicho extintor deberá tener la carga

vigente para su perfecta operación.

PODA DE ROSALES

Se deberá realizar cuantas veces sea necesario, usando tijeras especiales de mano

para poda. Se debe realizar el deshierbe en toda la base del rosal y aflojando la tierra.

El INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO REGIÓN NORTE podrá

rechazar los trabajos de mala calidad, los cuales no serán pagados. “LOS

POSIBLES PROVEEDORES” del “SERVICIO” son responsable del desalojo

diario de los desechos.

PODA DE SETOS

Se deberán podar los setos de arrayan, limonaria, etc., cuantas veces sea necesario,

efectuando la poda perfectamente nivelada y a plomo. Se debe realizar la poda

manualmente, realizando el deshierbe en toda la base del seto y removiendo la tierra.

“LOS POSIBLES PROVEEDORES” del “SERVICIO” son responsable del

desalojo diario de los desechos.

2.2 LIMPIEZA, PODA, DESBOTONADO Y ARREGLO DE JARDINERAS

ORNAMENTALES EXTERIORES.

Se deberá realizar la limpieza y arreglo de jardineras ornamentales en todas las áreas

con jardineras del INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO REGIÓN

NORTE, cuantas veces sea necesario. La actividad se realizara manualmente con

herramienta y equipo menor adecuado, realizando la limpieza, desbotonado, foliado,

descompactado, poda superficial (despunte) de plantas ornamentales.

No. IA-018T0O004-E176-2019

El personal atenderá las sugerencias y observaciones que les indique el supervisor

del INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO REGIÓN NORTE. “LOS

POSIBLES PROVEEDORES” del “SERVICIO” es responsable del desalojo

diario de la basura.

2.3 ABONADO DE PASTO, PLANTAS, SETOS Y JARDINERAS

El abono será aplicado cuantas veces sea necesario. “LOS POSIBLES

PROVEEDORES” del “SERVICIO” deberá aplicar el producto esparciéndolo de

manera homogénea en toda el área, después se procederá a regar de forma

abundante, los materiales requeridos para estos trabajos serán suministrados por

cuenta del proveedor y se indican como mínimo en el punto c) del presente

documento.

2.4 FUMIGACION DE PLANTAS, SETOS, EMPASTADO Y ARBOLES EN

AREAS VERDES

La fumigación se efectuará con los productos especificados y de acuerdo a cada tipo

de árboles, plantas, setos, etc.

Los productos se aplicaran con aspersor manual, todo el personal de “LOS

POSIBLES PROVEEDORES” del “SERVICIO” que efectúe estos servicios

deberá usar el equipo de protección necesario (mascarilla, guantes, lentes etc.). Los

materiales requeridos para estos trabajos serán suministrados por cuenta del

proveedor y se indican en el punto c) del presente documento.

2.5 DESHIERBE EN PISOS DE CONCRETO Y/O ADOCRETO Y

ENGRAVADOS

El deshierbe en las juntas, grietas y ranuras de los pisos de concreto, de adocreto y

en los engravados se efectuara cuantas veces sea necesario de forma manual y/o con

desbrozadora (mosco), debiendo quedar el trabajo a satisfacción de la supervisión

del INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO REGIÓN NORTE,

eliminando toda raíz, tierra y materiales pétreos, raspando, barriendo y dejando

limpias las juntas, oquedades, grietas y ranuras.

“LOS POSIBLES PROVEEDORES” del “SERVICIO” son responsables del

desalojo diario de la basura.

2.6 RIEGO CON ASPERSOR Y/O MANGUERA

El riego con aspersor y con manguera se realizará en las áreas indicadas por el

supervisor del INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO REGIÓN

NORTE, se deberán abrir los aspersores en forma manual o con herramienta de

mano en intervalos de tiempo, para efectuar un riego uniforme, vigilando

permanentemente el funcionamiento de estos. El riego deberá realizarse en todas las

áreas verdes, jardines, jardineras y setos. Al efectuar el tendido de mangueras que

atraviesan algún pasillo, andador o plaza, para el riego de áreas verdes interiores y

exteriores, jardines, jardineras, arriates, y macetones, se deberá emplear la

señalización correspondiente de seguridad.

“LOS POSIBLES PROVEEDORES” del “SERVICIO” deberá traer el equipo

necesario para riego en cada centro de trabajo, tal como mangueras reforzadas de

diferentes diámetros y longitudes, acopladores, abrazaderas, aspersores, boquillas

de riego, llaves, etc.

2.7 ENCALADO DE ÁRBOLES

Se encalaran árboles, palmeras y arbustos de distintos diámetros cuantas veces sea

necesario, en cada centro de trabajo, aplicando una mezcla en proporción 1:1:1 de

cal, agua y cemento blanco. Antes de encalar “LOS POSIBLES

PROVEEDORES” del “SERVICIO” deberá preparar la superficie del árbol

debiendo cepillar y quitar tecatas y costras flojas de encalados anteriores y/o fibras

secas propias del tejido del árbol, dejando el acabado a la altura que señale la

No. IA-018T0O004-E176-2019

supervisión INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO REGIÓN NORTE.

Los materiales requeridos para estos trabajos serán suministrados por cuenta del

proveedor y se indican en el punto c) del presente documento.

2.8 PODA DE ARBUSTOS, SETOS Y ÁRBOLES.

Se deberá realizar la poda cuantas veces sea necesario, deberá de podar, despuntar

y dar forma con todo el equipo necesario para efectuar los trabajos, dejando el área

completamente limpia, “LOS POSIBLES PROVEEDORES” del “SERVICIO”

deberá incluir y dotar a su personal del equipo de seguridad correspondiente a esta

actividad.

Queda absolutamente prohibido dejar basura (ramas, tierra, hojas, etc) o cualquier

material que resulte de la prestación del “SERVICIO” en cualquier área del interior

del INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO REGIÓN NORTE.

2.9 MANTENIMIENTO DE CANCHA DEPORTIVA EN EL EDIFICIO

SEDE DE LA REGION NORTE

Se deberá realizar el nivelado y compactación del área empastada de la cancha

deportiva empleando como material nivelador tierra negra o equivalente en la

región, efectuando el trabajo cuando lo solicite la supervisión del INSTITUTO

MEXICANO DEL PETRÓLEO REGIÓN NORTE. Para esta actividad se deberá

realizar la aireación, suministro y colocación de tierra negra o equivalente en la

región, retapado de pasto con tierra negra o equivalente en la región, compactación

de terreno con rodillo, fumigación, fertilización, poda de pasto, las veces necesarias;

incluye el volumen de tierra necesaria para obtener los niveles requeridos y

solicitados por la supervisión del INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO

REGIÓN NORTE, esta actividad será ejecutada con compactador de rodillo

manual de 250 Kg (incluido).

Para tener una buena nivelación la compactación sobre el terreno y el pasto se

realizará en cuatro formas de lado a lado de la cancha; primero en el sentido largo

de oriente a poniente, segundo en el sentido corto de sur a norte, tercero en el sentido

diagonal de sur a norte y cuarto en el sentido diagonal de poniente a oriente.

2.10 COMPACTACIÓN DE TERRENO CON RODILLO

Se deberá compactar las veces que sea necesario para obtener la nivelación del

terreno de tierra o pasto de acuerdo a la solicitud del supervisor del INSTITUTO

MEXICANO DEL PETRÓLEO REGIÓN NORTE con compactador de rodillo

manual de 250 kg (incluido) y realizando el riego que sea necesario.

2.11 TRAZAR Y PINTAR CANCHA DEPORTIVA EMPASTADA

Se deberá realizar el trazado y pintado de la cancha deportiva (1893 m2), “LOS

POSIBLES PROVEEDORES” del “SERVICIO” deberá trazar las líneas de 15

cm de ancho y aplicar calhidra blanca con bote dosificador manual, considerando en

su precio los materiales y herramienta necesaria para efectuar el trabajo cuando lo

indique el supervisor del INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO

REGIÓN NORTE.

g) “LOS POSIBLES PROVEEDORES” deben contar con recursos financieros,

humanos y materiales suficientes para el cumplimiento del “SERVICIO”, objeto del

contrato específico.

h) “LOS POSIBLES PROVEEDORES” proporcionarán el “SERVICIO” de acuerdo a

las actividades y frecuencias establecidas en los contratos específicos y sus respectivos

anexos. (en donde indicará la calendarización del “SERVICIO” por inmueble y

volumetría).

No. IA-018T0O004-E176-2019

i) “LOS POSIBLES PROVEEDORES” deberán realizar las actividades de fumigación,

en áreas verdes interiores y exteriores, “LOS POSIBLES PROVEEDORES” se

comprometen a que los plaguicidas que se apliquen estén inscritos en el Catálogo de

Plaguicidas de la COFEPRIS y debidamente registrados ante la Comisión

Intersecretarial para el Control del Proceso, Uso de Plaguicidas y Sustancias Tóxicas

(CICOPLAFEST); así mismo, deberán estar etiquetados conforme a la regulación

vigente y aplicable y no estar caducados.

j) “LOS POSIBLES PROVEEDORES” quedan obligados a responder por las

reclamaciones ante cualquier autoridad sanitaria, cuando por la realización de las

labores de fumigación en áreas verdes interiores y exteriores, jardines, jardineras,

arriates, camellones y macetones, o bien por negligencia del personal a su cargo,

pudieran derivarse afectaciones a la salud.

k) Los productos y equipos que utilicen “LOS POSIBLES PROVEEDORES” para la

prestación del “SERVICIO”, deberán cumplir como mínimo con las siguientes normas:

Número de Norma Descripción de la Norma

NOM-017-STPS-2008 Equipo de protección personal-Selección, uso y manejo en los

centros de trabajo.

NADF-001-RNAT-2015 o sus

correlativas en las entidades

federativas

Los requisitos y especificaciones técnicas que deberán cumplir las

personas físicas morales de carácter público o privado, autoridades

y en general todas aquellas que realicen poda, derribo, transplante

y restitución de árboles en el Distrito Federal.

NOM-232-SSA1-2009 Plaguicidas: que establece los requisitos del envase, embalaje y

etiquetado de productos grado técnico y para uso agrícola, forestal.

Pecuario, jardinería, urbano, industrial y doméstico.

NOM-003-STPS-1999 Actividades agrícolas – uso de insumos fitosanitarios o plaguicidas

e insumos de nutrición vegetal o fertilizantes – condiciones de

seguridad e higiene.

NOM-009-STPS-2011 Condiciones de seguridad para realizar trabajos de altura.

NOM-019-SEMARNAT-

2006

Los lineamientos técnicos de los métodos para el combate y control

de insectos descortezadores.

NADF-006-RNAT-2012 o sus

correlativas en las entidades

federativas

Los requisitos, criterios, lineamientos y especificaciones técnicas

que deben cumplir las autoridades, personas físicas o morales que

Estado Municipio Localidad

Cantidad

de m2 de

cesped

Cantidad

m2 cetos

Cantidad

de m2

arboles_

4_m

Cantidad

de

macetas

Cantidad

de m2

totales

Recurren

ciaDomicilio

NUEVO LEON

CADEREYTA

JIMÉNEZ

CADEREYTA

DE JIMÉNEZ 4,649.00 200.00 400.00 9 5,249.00 mensual

CARRETERA MONTERREY-

REYNOSA KM.36, INTERIOR DE LA

REFINERIA “ING. HECTOR R. LARA

SOSA” CP.67450

TAMAULIPAS

CIUDAD

MADERO

CIUDAD

MADERO 10,800.00 30.00 40.00 15 10,870.00 mensual

AV. RODOLFO TORRE CANTÚ S/N

CASI ESQ. CON CALLEJON DE

BARRILES CP. 89510

VERACRUZ

BOCA DEL

RÍO

BOCA DEL

RIO 38,000.00 NO APLICA NO APLICA NO APLICA 38,000.00 mensual

CAMINO DE TERRACERÍA N° 800,

PARCELAS 37, 39, 40 Y 41, EJIDO

SAN JOSÉ NOVILLERO, BOCA DEL

RÍO, VER. C.P. 94293

VERACRUZ

POZA RICA

DE HIDALGO POZA RICA 8,500.00 1,500.00 5,504.00 25 15,504.00 mensual

CALLE FERROCARRIL N° 162, COL.

AVIACIÓN VIEJA C.P. 93370

VERACRUZ

POZA RICA

DE HIDALGO POZA RICA 78.00 NO APLICA 200.00 NO APLICA 278.00 mensual

CALLE RIO LERMA S/N, COL.

AVIACION VIEJA (FRENTE A LA

CASA DE LA CULTURA) C. P. 93370

62,027.00 1,730.00 6,144.00 49 69,901.00

No. IA-018T0O004-E176-2019

Número de Norma Descripción de la Norma

realicen actividades de fomento, mejoramiento y mantenimiento de

áreas verdes en el Distrito Federal.

NADF-020-AMBT-2011 o

sus correlativas en las

entidades federativas

Requerimientos mínimos para la producción de composta a partir

de la fracción orgánica de los residuos sólidos urbanos, agrícolas,

pecuarios y forestales, así como las especificaciones mínimas de

calidad de la composta producida y/o distribuida en el Distrito

Federal.

“LOS POSIBLES PROVEEDORES” se obligan a cumplir las demás normas que resulten

aplicables a la prestación del “SERVICIO”.

El INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO EN LA REGIÓN NORTE no podrá

establecer Normas Oficiales Mexicanas, Normas Mexicanas según proceda y a falta de estas

las Normas Internacionales, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 53 y 55 de la Ley

Federal sobre Metrología y Normalización; en su caso las Normas de Referencia o

Especificaciones a que se refiere el artículo 67 de esta Ley, que limiten la participación de

“LOS POSIBLES PROVEEDORES”.

l) El “SERVICIO” será supervisado por el personal que designe el INSTITUTO

MEXICANO DEL PETRÓLEO EN LA REGIÓN NORTE.

PROCEDIMIENTOS DE SUPERVISIÓN.

El supervisor del INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO EN LA REGIÓN

NORTE verificará la calidad del servicio y de los materiales suministrados, y tendrá dentro

de sus facultades el poder efectuar cambios en la ubicación del personal y actividades de los

elementos para dar cumplimiento a las necesidades del INSTITUTO MEXICANO DEL

PETRÓLEO EN LA REGIÓN NORTE.

La supervisión del INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO EN LA REGIÓN

NORTE tendrá la facultad de solicitar el retiro del Instituto de los elementos o supervisores

que no tenga la habilidad de ejecutar trabajos de forma adecuada.

El desarrollo de los trabajos se hará de acuerdo a las indicaciones de la supervisión del

INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO EN LA REGIÓN NORTE y en su caso a

las recomendaciones del “LOS POSIBLES PROVEEDORES” del “SERVICIO” cuando

estas sean aceptadas por la supervisión del INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO

EN LA REGIÓN NORTE.

Mensualmente el “LOS POSIBLES PROVEEDORES” del “SERVICIO” presentará

reporte a la supervisión del servicio del INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO EN

LA REGIÓN NORTE con las actividades sustantivas que haya ejecutado. Será indispensable

para el pago mensual del servicio, anexar a la pre-factura los originales del control diario de

asistencia y de los reportes mensuales correspondientes, con la evidencia fotográfica del

servicio realizado.

El supervisor del INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO EN LA REGIÓN

NORTE validará la facturación mensual del servicio previa conciliación con “LOS

POSIBLES PROVEEDORES” del servicio para efectos de determinar las deductivas que

correspondan, las cuales en su caso serán cubiertas por parte de “LOS POSIBLES

PROVEEDORES” del “SERVICIO” mediante la nota de crédito correspondiente o el

descuento directo vía facturación.

No. IA-018T0O004-E176-2019

El supervisor de “LOS POSIBLES PROVEEDORES” del “SERVICIO” siempre deberá

estar localizable, por lo que deberán proporcionar números telefónicos de celulares o bien de

localizador.

m) El INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO EN LA REGIÓN NORTE

establecerá en los contratos específicos y sus respectivos anexos, las actividades y

frecuencias en función a las necesidades de operación del inmueble.

n) Las reuniones formales de seguimiento serán acordadas de forma oficial entre el

INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO EN LA REGIÓN NORTE y “LOS

POSIBLES PROVEEDORES”, convocándose con al menos una semana de

anticipación.

o) “LOS POSIBLES PROVEEDORES” quedan obligados durante la vigencia del

“SERVICIO”, a cumplir con la inscripción y pago de cuotas al Instituto Mexicano del

Seguro Social (IMSS) del personal que brinde el “SERVICIO” en el inmueble. Para

verificar su cumplimiento deberá entregar bimestralmente al INSTITUTO

MEXICANO DEL PETRÓLEO EN LA REGIÓN NORTE, el comprobante de las

cuotas obrero patronales, en caso de no presentar el documento, se aplicarán las penas

establecidas en los contratos específicos.

V. LUGAR DE PRESTACIÓN DEL “SERVICIO”.

El “SERVICIO” objeto de los contratos específicos se prestará en los inmuebles que indique

el INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO EN LA REGIÓN NORTE.

El horario para la realización del “SERVICIO”, de manera general será de lunes a domingo en

un horario aproximado de las 06:00 a las 21:00 horas, quedando detallado en los contratos

específicos y sus respectivos anexos.

VI. CONDICIONES SOCIALES.

"LOS POSIBLES PROVEEDORES" estarán obligados a cumplir con las siguientes

condiciones respecto al personal que utilicen para la prestación del “SERVICIO”:

1. Tratar a su personal con respeto y dignidad, quedando prohibida cualquier forma

de violencia física o verbal, así como la intimidación y el hostigamiento.

2. Incorporar medidas para prevenir y sancionar cualquier forma de violencia, el acoso

y el hostigamiento sexual.

3. En general, a cumplir en tiempo y forma con las demás obligaciones de índole

laboral.

"LOS POSIBLES PROVEEDORES" tienen expresamente prohibido respecto al personal

que utilicen para la prestación del “SERVICIO”:

No. IA-018T0O004-E176-2019

1. Incurrir en cualquier forma de discriminación por origen étnico, religión,

orientación sexual, fisonomía o discapacidad física.

2. Retener los pagos y salarios o imponer condiciones que menoscaben la libertad de

su personal como el pago de depósitos, la retención de documentos, la firma

anticipada de su renuncia o la práctica de pruebas de embarazo, así como el despido

por esta causa.

VII. REQUERIMIENTOS.

“LOS POSIBLES PROVEEDORES” garantizarán la prestación del “SERVICIO” de acuerdo a los siguientes

términos:

VII.1 CALIDAD EN EL “SERVICIO”.

Será responsabilidad de “LOS POSIBLES PROVEEDORES”, mantener la calidad del “SERVICIO” conforme

a lo establecido en los contratos específicos y sus respectivos anexos.

El “SERVICIO” deberá realizarse garantizando la seguridad tanto para el personal que efectué

éste, como para los usuarios que se encuentren en el inmueble.

“LOS POSIBLES PROVEEDORES” deberán contar con el personal especializado en el

ramo, así como herramientas, maquinaria, vehículos y equipos adecuados para el

“SERVICIO” requerido, a fin de garantizar que se proporciona con la calidad, oportunidad y

eficiencia requerida para tal efecto, quedando obligado a realizarlo a entera satisfacción del

INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO EN LA REGIÓN NORTE. El equipo deberá permanecer en las instalaciones del INSTITUTO MEXICANO DEL

PETRÓLEO EN LA REGIÓN NORTE durante la vigencia del contrato.

Los materiales a utilizar en el servicio de mantenimiento a las áreas verdes, macetas y

macetones deberá ser de primera calidad, así mismo los fertilizantes deben ser inorgánicos.

“LOS POSIBLES PROVEEDORES” del “SERVICIO” deberá proporcionar los insumos

necesarios y correspondientes para el buen funcionamiento de cada una de las herramientas y

equipos; entendiéndose como insumos: gasolina, refacciones, aditamentos de los equipos, etc.

Los elementos que realicen actividades de poda deberán portar equipo de seguridad personal

el cual debe ser proporcionado por “LOS POSIBLES PROVEEDORES” del “SERVICIO”

y sin el cual no se permitirá que sus empleados realicen los trabajos.

La limpieza de herramientas y equipo utilizados para el servicio, se realizará con el mayor

cuidado evitando azolvar drenajes y se realizará en áreas previamente dispuestas por el

INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO EN LA REGIÓN NORTE, aquéllas que

requieran una limpieza exhaustiva deberán efectuarse fuera del edificio y ser retiradas.

El equipo deberá estar siempre en óptimas condiciones de uso, para ello “LOS POSIBLES

PROVEEDORES” del “SERVICIO” deberán proporcionar el servicio de mantenimiento que

éstos requieran durante la vigencia del contrato. En caso de que algún equipo quede fuera de

operación y requiera mantenimiento preventivo y/o correctivo, este deberá efectuarse en un

periodo no mayor a 3 días hábiles a partir de la notificación de servicio, en estos casos se deberá

sustituir el equipo descompuesto que sale a mantenimiento por otro en buen estado, de tal forma

que siempre se encuentre el equipo completo y funcionando, en caso contrario se aplicará una

deducción al pago conforme a lo señalado en el punto 1.13.2 y a lo indicado en el contrato

específico y sus anexos.

El equipo de seguridad de los elementos que realizan actividades de podado, invariablemente

será supervisado y aprobado por el área de administración de seguridad e higiene del

No. IA-018T0O004-E176-2019

INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO EN LA REGIÓN NORTE, quienes podrán

retirar del INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO EN LA REGIÓN NORTE al

personal que no porte el equipo de seguridad o que el mismo no se encuentre en buenas

condiciones.

VII.2 PERSONAL PARA LA PRESTACIÓN DEL “SERVICIO”.

“LOS POSIBLES PROVEEDORES” deberán contar con el personal necesario que le permita

prestar el “SERVICIO” conforme a lo establecido en los contratos específicos y sus

respectivos anexos, siendo éstos los siguientes:

DICTAMINADOR DE ARBOLADO

Se requieren personas con experiencia en podas, derribos y trasplantes de árboles, que

demuestren su especialidad con certificado vigente con la especialidad de “Dictaminador de

Arbolado”, expedido por la Secretaría del Medio Ambiente de la Ciudad de México, por la

autoridad competente de la localidad correspondiente o sus correlativas en las Entidades

Federativas.

JARDINEROS Y/O PODADORES

Será responsabilidad de “LOS POSIBLES PROVEEDORES”, establecer la cantidad de

jardineros y/o podadores necesarios para atender de manera eficiente y oportuna el Programa

de Trabajo que establezca el INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO EN LA

REGIÓN NORTE en los contratos específicos y sus respectivos anexos.

Como mínimo se requiere lo siguiente:

Se requiere de la presencia diaria al inicio del “SERVICIO” de 16 elementos a partir de las

07:00 horas y hasta las 15:00 horas de lunes a viernes o como lo indique el supervisor del

INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO EN LA REGIÓN NORTE, de acuerdo a la

siguiente tabla:

NUMERO DEL

EDIFICIO

CENTRO DE TRABAJO

ADSCRITOS A LA RN

SUPERVISORES JARDINEROS Y/O

PODADORES

TOTAL DE ELEMENTOS Y

SUPERVISORES REQUERIDOS

1 POZA RICA 1

3 4

2 0

3 MADERO 1 3 4

4 CADEREYTA 0 2 2

5 BOCA DEL RÍO

1 5 6

Totales 3 13 16

Los elementos y supervisores asignados para la prestación del “SERVICIO” deberán ser mayores

de edad, y contar con estudios mínimo de primaria, vestir uniforme distintivo de la empresa y

deberán desempeñar el “SERVICIO” con amabilidad y cortesía.

Los elementos y supervisores deberán ser técnicamente aptos, y tener la experiencia necesaria en

el desarrollo de “SERVICIO” de jardinería. Para comprobar su experiencia, “LOS POSIBLES

PROVEEDORES” del “SERVICIO” presentará por cada uno de ellos, documentos como

constancias de cursos, cartas de recomendación de “SERVICIO” similares a la naturaleza de los

trabajos del presente anexo técnico, etc., los cuales deberán ser personalizados. La documentación

deberá ser entregada al supervisor del INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO EN LA

REGIÓN NORTE en un plazo no mayor a 5 días hábiles contados a partir de la notificación del

No. IA-018T0O004-E176-2019

fallo. Por el incumplimiento total o parcial se aplicará una deducción al pago conforme a lo

señalado en el punto 1.13.2 y a lo indicado en el contrato específico y sus anexos.

El horario en el que se proporcionará el “SERVICIO” será de lunes a viernes en turnos de 8 horas

diarias, los horarios podrán ser cambiados a solicitud del supervisor del INSTITUTO

MEXICANO DEL PETRÓLE EN LA REGIÓN NORTE. Eventualmente y a solicitud del

supervisor del INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO EN LA REGIÓN NORTE se

podrán realizar trabajos en fin de semana.

El número de elementos podrá incrementarse o disminuirse de acuerdo a las necesidades del

INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO EN LA REGIÓN NORTE en las instalaciones

indicadas o en cualquier otra instalación que ocupe la Región Norte, por lo que en caso de

requerirse un mayor número de elementos se hará mediante la emisión de la orden de

“SERVICIO” correspondiente. “LOS POSIBLES PROVEEDORES” del “SERVICIO”

tendrá un plazo de 3 días naturales a partir de la notificación correspondiente por parte del

INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO EN LA REGIÓN NORTE para cumplir con

dicha solicitud. Por el incumplimiento total o parcial se aplicará una deducción al pago conforme

a lo señalado en el punto 1.13.2 y a lo indicado en el contrato específico y sus anexos.

En caso de falta de algún elemento o supervisor, “LOS POSIBLES PROVEEDORES” del

“SERVICIO” proporcionará una solución provisional dentro de la primera hora de dicho turno,

en caso de no ser cubierta, no será pagado el turno y se aplicará una deducción al pago conforme

a lo señalado en el punto 1.13.2 y a lo indicado en el contrato específico y sus anexos.

El INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO EN LA REGIÓN NORTE a través de sus

supervisores podrá solicitar la reducción o incremento de elementos.

Los supervisores que designen “LOS POSIBLES PROVEEDORES” del “SERVICIO” serán

el enlace entre el INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO EN LA REGIÓN NORTE y

“LOS POSIBLES PROVEEDORES” del “SERVICIO” para las gestiones administrativas,

resolución de problemas que se presenten durante la prestación del “SERVICIO”. El horario del

supervisor podrá ser modificado, pero invariablemente deberá cumplir un servicio de 8 horas.

Adicionalmente estos supervisores fungirán como responsables en seguridad y deberán tener

conocimientos de seguridad, salud ocupacional y protección ambiental y será el enlace entre el

INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO EN LA REGIÓN NORTE y “LOS

POSIBLES PROVEEDORES” del “SERVICIO” para las gestiones de seguridad, salud

ocupacional y protección ambiental durante la prestación del “SERVICIO”. Los supervisores

deberán contar como mínimo con estudios de secundaria.

En el precio ofertado en la Propuesta Económica, deberán incluirse los gastos correspondientes a:

materiales, insumos, y equipos necesarios para la prestación del “SERVICIO” y todo lo

relacionado con el “SERVICIO”.

Los elementos y supervisores de “LOS POSIBLES PROVEEDORES” del “SERVICIO”

firmaran en una relación el inicio y termino de la prestación de sus servicios dentro de las

instalaciones, dicha relación deberán entregarla al supervisor del INSTITUTO MEXICANO

DEL PETRÓLEO EN LA REGIÓN NORTE diariamente, para corroborar la realización del

“SERVICIO”. La documentación o reportes deberán realizarse en hoja membretada de

PRESTADOR del “SERVICIO”. El ingreso de los elementos y supervisor de jardinería deberá

ser por la entrada principal de cada uno de los edificios en donde se prestará el “SERVICIO”

evitando entrar con bolsas grandes y/o mochilas, así como artículos de valor.

Para el caso del estacionamiento ubicado en Calle Río Lerma S/N, Col. Aviación Vieja, C. P.

93370 en la ciudad de Poza Rica de Hidalgo, Ver., no se requiere personal fijo en sitio, los trabajos

de jardinería, poda, encalado, derrame de arbustos, setos y árboles y la limpieza de las áreas verdes

se realizará de acuerdo a los días y horarios que señale el INSTITUTO MEXICANO DEL

PETRÓLEO EN LA REGIÓN NORTE y deberá realizarse con el personal asignado en el

inmueble ubicado en Poza Rica de Hidalgo, Ver.

No. IA-018T0O004-E176-2019

La rotación de personal en su caso por parte de “LOS POSIBLES PROVEEDORES” del

“SERVICIO” podrá ser manteniendo el número solicitado de elementos y características

solicitadas para los elementos y bajo conocimiento de los supervisores del INSTITUTO

MEXICANO DEL PETRÓLEO EN LA REGIÓN NORTE, debiendo entregar “LOS

POSIBLES PROVEEDORES” del “SERVICIO” previamente la documentación

correspondiente.

La supervisión por parte de “LOS POSIBLES PROVEEDORES” del “SERVICIO” se requiere

de manera permanente por lo que el horario de los supervisores se sujetará a la misma jornada de

trabajo de 8 horas diarias solicitada.

El personal, deberá presentarse debidamente uniformado e identificado con gafete, el cual tendrá

fotografía y el nombre del empleado.

No se permitirá ingresar a laborar en las instalaciones del INSTITUTO MEXICANO DEL

PETRÓLEO EN LA REGIÓN NORTE o áreas de trabajo a los elementos y supervisores que

no se presenten uniformados, que no tengan vigente su inscripción al IMSS, que no presenten

credencial que lo acredite como personal de la empresa, se encuentren con aliento alcohólico, bajo

el efecto de drogas o cualquier enervante.

No ingresar armas de fuego o sustancias ilícitas a las instalaciones del INSTITUTO

MEXICANO DEL PETRÓLEO EN LA REGIÓN NORTE. Las herramientas punzocortantes

sólo pueden ingresarse a las instalaciones con la autorización del supervisor del INSTITUTO

MEXICANO DEL PETRÓLEO EN LA REGIÓN NORTE, siempre y cuando estén

plenamente justificada su utilización en los trabajos motivo del contrato.

Será responsabilidad de “LOS POSIBLES PROVEEDORES” del “SERVICIO” la realización

de esta actividad contando con los equipos de seguridad de acuerdo a las normas vigentes que

resulten necesarios para la realización del “SERVICIO”.

Las consecuencias por lesiones sufridas a los elementos y supervisores por actividades propias del

“SERVICIO”, así como los daños causados a las instalaciones del INSTITUTO MEXICANO

DEL PETRÓLEO EN LA REGIÓN NORTE por incidentes durante la prestación del

“SERVICIO” serán con cargo y responsabilidad de “LOS POSIBLES PROVEEDORES” del

“SERVICIO”. El supervisor de “LOS POSIBLES PROVEEDORES” del “SERVICIO”

deberá informar de inmediato al supervisor del INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO

EN LA REGIÓN NORTE.

Asimismo, los elementos y supervisores deberán utilizar los equipos de seguridad adecuados para

protección contra accidentes al efectuar los trabajos de mantenimiento.

Cualquier daño ocasionado a vehículos, instalaciones o infraestructura del INSTITUTO

MEXICANO DEL PETRÓLEO EN LA REGIÓN NORTE a causa de los trabajos de

mantenimiento objeto de este “SERVICIO” serán responsabilidad de “LOS POSIBLES

PROVEEDORES” y serán reparados de inmediato por su cuenta y sin costo alguno para el

INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO EN LA REGIÓN NORTE.

Deberá responder por los desperfectos en mobiliario, equipo e instalaciones y daños que los

elementos ocasionen, en un plazo no mayor de quince días naturales a partir de la fecha en que

ocurra. Para ello deberá contar con una póliza de responsabilidad civil con una suma asegurada

de $200,000.00 (Doscientos mil pesos 00/100 M.N.), misma que se deberá entregar al

Administrador del servicio del INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO EN LA

REGIÓN NORTE dentro de los 30 días naturales posteriores de la fecha de notificación del fallo.

Los supervisores de “LOS POSIBLES PROVEEDORES” del “SERVICIO” resolverán

situaciones imprevistas con criterio necesario para la toma de decisiones, deberán coordinar las

acciones de mantenimiento de áreas verdes, así como aquellas que estén contempladas en la

presente convocatoria, de igual forma, deberán programar, coordinar y supervisar a los elementos

cuando se atiendan eventos extraordinarios.

No. IA-018T0O004-E176-2019

Los elementos atenderán las instrucciones recibidas del supervisor de “LOS POSIBLES

PROVEEDORES” del “SERVICIO” se conducirán en forma amable y respetuosa con los

empleados y visitantes.

Los elementos y supervisores deberán estar pendiente de las fugas de agua que se presenten en las

áreas donde realicen sus actividades, en caso de su detección, deberán reportarlo al supervisor del

INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO EN LA REGIÓN NORTE.

“LOS POSIBLES PROVEEDORES” del “SERVICIO” deberá mantener en condiciones

limpias y ordenadas sus áreas de trabajo y después de realizado algún “SERVICIO” que genere

desechos, el área deberá ser limpiada y los residuos serán colocados en el contenedor de basura

para evitar la proliferación de fauna nociva y otros deterioros al edificio. Asimismo, al término

de cualquier trabajo se deberá retirar de la zona los equipos, estructuras provisionales y material

excedente que no se vaya a utilizar.

La limpieza de herramientas y equipo utilizados para el “SERVICIO” se realizará con el mayor

cuidado evitando azolvar drenajes y se realizará en áreas previamente dispuestas por el

INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO EN LA REGIÓN NORTE, aquéllas que

requieran una limpieza exhaustiva deberán efectuarse fuera del edificio y ser retiradas.

Los elementos de “LOS POSIBLES PROVEEDORES” del “SERVICIO” participarán en la

planeación de los simulacros de emergencia que el INSTITUTO MEXICANO DEL

PETRÓLEO EN LA REGIÓN NORTE establezca para el edificio donde se realice el

“SERVICIO”, bajo la coordinación del equipo de implantación del área de seguridad, con objeto

de sensibilizarse en las acciones durante situaciones de este tipo.

Todo material de desecho que produzca “LOS POSIBLES PROVEEDORES” del

“SERVICIO” por el mantenimiento de áreas verdes, jardines y macetas deberá de retirarse

diariamente del INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO EN LA REGIÓN NORTE.

Queda absolutamente prohibido dejar basura (pasto, ramas, tierra, hojas, etc) o cualquier material

que resulte de la prestación del “SERVICIO” en cualquier área del interior del INSTITUTO

MEXICANO DEL PETRÓLEO EN LA REGIÓN NORTE como jardines, banquetas,

andadores, estacionamientos, accesos, etc.; así mismo queda absolutamente prohibido dejar basura

en las banquetas perimetrales exteriores o en calles perimetrales del INSTITUTO MEXICANO

DEL PETRÓLEO EN LA REGIÓN NORTE, en caso de incumplimiento se aplicará una

deducción al pago conforme a lo señalado en el punto 1.13.2 y a lo indicado en el contrato

específico y sus anexos.

Queda bajo la responsabilidad de “LOS POSIBLES PROVEEDORES” del “SERVICIO” la

obligación de apegarse a los programas de manejo de desperdicios implementados por la secretaría

del medio ambiente y recursos naturales así como de cualquier normatividad federal y local

aplicable al manejo de residuos, cualquier incumplimiento queda bajo su responsabilidad.

Será responsabilidad de “LOS POSIBLES PROVEEDORES” del “SERVICIO” el transporte,

acarreo, elevaciones, almacenaje, maniobras, sistemas y procedimientos de colocación, cuidados

especiales a los materiales en el interior de los inmuebles del INSTITUTO MEXICANO DEL

PETRÓLEO EN LA REGIÓN NORTE. Lo anterior quedará incluido en los precios de las

propuestas.

La supervisión del INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO EN LA REGIÓN NORTE

en cada centro de trabajo dará instrucciones para el abono y riego de plantas de acuerdo a los

requerimientos del instituto.

El riego de macetas que se encuentran ubicadas al interior de oficinas se deberá realizar cuando la

supervisión del INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO EN LA REGIÓN NORTE lo

indique.

Los trabajos de mantenimiento, poda y corte se realizaran de lunes a viernes, el riego de áreas

verdes se realizara diariamente por las mañanas y/o por las tardes y en temporada de lluvias será

de acuerdo a las instrucciones de la supervisión del INSTITUTO MEXICANO DEL

PETRÓLEO EN LA REGIÓN NORTE.

No. IA-018T0O004-E176-2019

El agua para riego será suministrada por el INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO EN

LA REGIÓN NORTE en cada una de sus instalaciones. Los elementos de jardinería deberán en

coordinación con el supervisor del INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO EN LA

REGIÓN NORTE accionar las bombas de agua para el llenado de los tinacos y cisternas para el

riego de las áreas verdes.

El INSTITUTO MEXICANO DEL PTERÓLEO EN LA REGIÓN NORTE, se reserva el

derecho de solicitar la sustitución de cualquier trabajador en los siguientes casos: por indisciplina,

por constantes ausencias, por negligencia o por escasos conocimientos del “SERVICIO”

contratado.

“LOS POSIBLES PROVEEDORES” del “SERVICIO” al inicio del “SERVICIO” presentará

al supervisor del INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO EN LA REGIÓN NORTE,

una relación de los elementos que estarán prestando el “SERVICIO” y tendrá un plazo de 5 días

hábiles contados a partir del día siguiente de la notificación del fallo para la entrega de sus

correspondientes constancias de inscripción en el Instituto Mexicano del Seguro Social y las Hojas

de Circunscripción Foráneas. Esta disposición también aplica en caso de sustitución de cualquier

elemento que por diversas causas se realice, notificando al supervisor del IMP de manera

inmediata. El elemento sustituto deberá cubrir los requerimientos solicitados por el INSTITUTO

MEXICANO DEL PETRÓLEO EN LA REGIÓN NORTE para la prestación del

“SERVICIO”.

“LOS POSIBLES PROVEEDORES” del “SERVICIO” deberá entregar a la o el administrador

del Contrato de forma bimestral, dentro de los 25 días naturales del mes siguiente o en el momento

que sean requeridos por el INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO EN LA REGIÓN

NORTE, copia simple de toda la documentación comprobatoria (altas, pagos, etc.) del

cumplimiento de sus obligaciones laborales de seguridad social y en particular de las o los afiliados

al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y al Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda

para los Trabajadores que prestan el “SERVICIO” objeto del presente Contrato. El

incumplimiento de esta obligación ocasionará una deducción al pago conforme a lo señalado en

el punto 1.13.2 y a lo indicado en el contrato específico y sus anexos por cada día que el elemento

y supervisor de limpieza haya prestado “SERVICIO” sin estar asegurado.

De no acreditar el pago de cuotas al IMSS en los tiempos antes señalados, se liberará el generador

de pago por los “SERVICIO” realizados en cada mes para su facturación quedando el pago de la

factura condicionada a la presentación extemporánea de dichos documentos. La deductiva que se

generé por el incumplimiento de este requisito será aplicada en las facturas subsecuentes.

“LOS POSIBLES PROVEEDORES” de “SERVICIO” deberá presentar a la firma del contrato

respectivo la Opinión de Cumplimiento de Obligaciones Fiscales en materia de Seguridad Social”,

contenida en el Acuerdo ACDO.SA1.HCT.101214/281.P.DIR y su Anexo Único emitida por el

Instituto Mexicano del Seguro Social.

“LOS POSIBLES PROVEEDORES” del “SERVICIO” deberá responder por los elementos

que contrate para otorgar el “SERVICIO” que requieran atención médica en el Instituto Mexicano

del Seguro Social y que por alguna razón se encuentre dado de baja de dicha institución en el

momento de la atención médica requerida.

Todo el “SERVICIO” deberá realizarse en apego a las disposiciones establecidas en la presente

convocatoria y en el contrato correspondiente, lo cual será verificado por el supervisor del

INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO EN LA REGIÓN NORTE.

El proveedor deberá contar con instalaciones debidamente establecidas que cuenten con oficinas

administrativas, teléfono y los equipos necesarios para la realización del “SERVICIO” de manera

óptima y expedita.

VII.3 PROPUESTA DE TRABAJO.

No. IA-018T0O004-E176-2019

“LOS POSIBLES PROVEEDORES” presentarán dentro de su oferta al INSTITUTO

MEXICANO DEL PETRÓLEO EN LA REGIÓN NORTE, su metodología, programa de

trabajo y organigrama (administrativo y operativo) que permita garantizar la prestación del

“SERVICIO”.

VII.4 MAQUINARIA, EQUIPO, HERRAMIENTAS Y VEHÍCULOS.

“LOS POSIBLES PROVEEDORES” presentarán dentro de su oferta al INSTITUTO

MEXICANO DEL PETRÓLEO EN LA REGIÓN NORTE, la relación de la maquinaria,

equipo, herramientas y vehículos en óptimas condiciones de uso, con los que garantizará la

prestación del “SERVICIO”.

VII.5 IDENTIFICACIÓN Y UNIFORMES.

“LOS POSIBLES PROVEEDORES” quedan obligados a garantizar que el personal portará

en todo momento el uniforme de trabajo de acuerdo a lo establecido en los contratos específicos

y sus respectivos anexos, mismo que llevará impreso en lugar visible el nombre y logotipo de

“LOS POSIBLES PROVEEDORES”; a fin de que puedan ser identificados.

“LOS POSIBLES PROVEEDORES” estarán obligados a otorgar a su personal un gafete de

identificación plastificado o con enmicado térmico, el cual deberá portar durante su estancia en

el inmueble, en caso contrario a dicho personal se le podrá negar el acceso. Los gafetes deberán

cumplir de forma mínima con los siguientes requisitos: logotipo y nombre de “LOS

POSIBLES PROVEEDORES”; nombre del trabajador y fotografía reciente.

“LOS POSIBLES PROVEEDORES” del “SERVICIO” deberá proporcionar uniformes completos y

gafete de identificación, así como el equipo de seguridad necesario y adecuado para el desempeño de

sus funciones, de igual manera deberá contar con la herramienta y el equipo de trabajo, apropiado y

completo, así como transporte en caso requerido. El incumplimiento de esta obligación ocasionará una

deducción al pago conforme a lo señalado en el punto 1.13.2 y a lo indicado en el contrato específico y

sus anexos.

El uniforme de los elementos y supervisor de Jardinería debe ser de igual color para todos;

deberá ser de tela 100% algodón y estará integrado como mínimo de:

Overol con logotipo bordado

Impermeable para lluvia con gorro

Gorra con logotipo bordado

Sombrero para jardinero de ala ancha

Zapatos de seguridad color negro.

Gafete de identificación expedido por su empresa.

Mandil protector para máquina desbrozadora

Los uniformes deberán estar en buen estado y presentables, y llevarán impreso en lugar visible

el nombre y logotipo bordado de la empresa, los elementos y supervisor de Jardinería deberán

portar el uniforme en forma obligatoria, durante todo el tiempo de permanencia dentro de las

instalaciones, por el incumplimiento total o parcial a este punto se aplicara una deducción al

No. IA-018T0O004-E176-2019

pago conforme a lo señalado en el punto 1.13.2 y a lo indicado en el contrato específico y sus

anexos Los uniformes deberán ser en las tallas adecuadas para el personal operativo que prestará el

“SERVICIO”, no se aceptarán uniformes en tallas no adecuadas. El incumplimiento de esta obligación

ocasionará una deducción al pago conforme a lo señalado en el punto 1.13.2 y a lo indicado en el contrato

específico y sus anexos

“LOS POSIBLES PROVEEDORES” del “SERVICIO” deberá sustituir los uniformes por desgaste o

mal estado de los mismos durante la vigencia del contrato a solicitud del supervisor del INSTITUTO

MEXICANO DEL PETRÓLEO EN LA REGIÓN NORTE en un plazo no mayor a 5 días hábiles

contados a partir de la notificación del supervisor del INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO EN

LA REGIÓN NORTE. El incumplimiento de esta obligación ocasionará una deducción al pago

conforme a lo señalado en el punto 1.13.2 y a lo indicado en el contrato específico y sus anexos

“LOS POSIBLES PROVEEDORES” del “SERVICIO” al inicio del “SERVICIO” proporcionará a los

elementos que laboren dentro de las instalaciones del INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO EN

LA REGIÓN NORTE; el equipo de protección personal (EPP) mínimo necesario y adecuado para las

actividades asignadas a cada uno como: fajas lumbares, protectores auditivos, guantes de lona, guantes

de latex, guantes con puntos de pvc, guantes de nitrilo, lentes de seguridad, mascarilla para gases y

vapores orgánicos, cubrebocas, overol, mandiles protectores para máquina desbrozadora y botas de hule,

casco con barbiquejo, arnés y línea de vida, entre otros. El incumplimiento de esta obligación ocasionará

una deducción al pago conforme a lo señalado en el punto 1.13.2 y a lo indicado en el contrato específico

y sus anexos. El equipo mínimo necesario será supervisado y validado por el personal del Área de la

Seguridad, Higiene, Protección Civil y Ambiental, previo a su entrega.

Las consecuencias por lesiones sufridas a los elementos por actividades propias del

“SERVICIO”, así como los daños causados a las instalaciones del INSTITUTO

MEXICANO DEL PETRÓLEO EN LA REGIÓN NORTE por incidentes durante la

prestación del “SERVICIO” serán con cargo y responsabilidad de “POSIBLES

PROVEEDORES” del “SERVICIO”. El supervisor de “LOS POSIBLES

PROVEEDORES” del “SERVICIO” deberá informar de inmediato al supervisor del

INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO EN LA REGIÓN NORTE.

VII.6 ACCIONES DE DISCIPLINA, ORDEN Y SEGURIDAD.

“LOS POSIBLES PROVEEDORES” instruirán a su personal para que guarden la debida

disciplina y orden durante la prestación del “SERVICIO”, acatando las normas de seguridad

aplicables en el inmueble del INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO EN LA

REGIÓN NORTE.

DE LA SEGURIDAD, SALUD OCUPACIONAL Y PROTECCIÓN AMBIENTAL.

“LOS POSIBLES PROVEEDORES” del “SERVICIO” s deberá cumplir en lo que aplique

con el listado de requerimientos de la Guía técnica para el Control de Contratistas y Proveedores

en Materia de Seguridad, Salud en el Trabajo y Protección Ambiental del Instituto Mexicano

del Petróleo señalados en el formato SIG-SST-GT-03-FG-01.

Los elementos que realicen los “SERVICIO” de supervisión deberán tener conocimientos de

seguridad, salud ocupacional y protección ambiental, y dentro de los 30 días naturales al inicio

de los “SERVICIO” deberán presentar documentos como certificados, diplomas o constancias

que acrediten sus conocimientos en materia de seguridad, tales como: Básico de Seguridad,

Primeros Auxilios, Seguridad e Higiene, Protección Civil u otro similar que le permita realizar

las siguientes actividades de Supervisor de Seguridad, Salud Ocupacional y Protección

No. IA-018T0O004-E176-2019

Ambiental relacionadas con la prestación del “SERVICIO” , tanto en Poza Rica, Veracruz,

Boca del Río, Veracruz , como en la Ciudad Madero, Tamaulipas. En caso de incumplimiento

de esta obligación se aplicara una deducción al pago conforme a lo señalado en el punto 1.13.2

y a lo indicado en el contrato específico y sus anexos.

De acuerdo a lo siguiente:

a) Conocer y vigilar el cumplimiento de los lineamientos que se indican en la Guía técnica

para el Control de Contratistas y Proveedores en Materia de Seguridad, Salud en el Trabajo

y Protección Ambiental del INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO EN LA

REGIÓN NORTE.

b) Conocer y administrar los riesgos inherentes en las actividades del “SERVICIO” de

vigilancia.

c) Supervisar el uso del equipo de protección personal (EPP).

d) Participar en las reuniones a las que convoque el personal de Seguridad, Higiene, Protección

Civil y Ambiental, para tratar asuntos relacionados con la identificación, análisis y control

de los riesgos involucrados en sus actividades.

e) Informar inmediatamente de cualquier incidente y/o accidente al supervisor del

INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO EN LA REGIÓN NORTE o al personal

de personal de Seguridad, Higiene, Protección Civil y Ambiental, así como de cualquier

condición insegura.

f) Establecer el programa de capacitación de reforzamiento en la materia de seguridad acorde

a sus actividades como Responsables de Seguridad.

g) Elaborar informe mensual de avances del programa de seguridad, salud ocupacional y

protección ambiental y enviarlo al supervisor del IMP.

“LOS POSIBLES PROVEEDORES” del “SERVICIO” darán las facilidades a sus

elementos y supervisores para que al inicio del “SERVICIO” reciban la inducción, relacionado

con la Guía técnica para el Control de Contratistas y Proveedores en Materia de Seguridad,

Salud en el Trabajo y Protección Ambiental del Instituto Mexicano del Petróleo; así como otros

temas en materia de servicios con riesgo, seguridad, salud ocupacional y protección ambiental.

“LOS POSIBLES PROVEEDORES” del “SERVICIO” deberán elaborar un programa de

seguridad, salud ocupacional y protección ambiental para sus empleados que se entregará previo

al inicio de sus actividades. Este programa deberá incluir el cumplimiento de la legislación y

sus reglamentos federales, estatales y locales vigentes.

En el caso de presentarse un incidente/accidente a los jardineros o supervisores durante la

prestación del “SERVICIO”, deberán avisar de inmediato al supervisor del contrato por parte

del INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO EN LA REGIÓN NORTE y al personal

de Seguridad, Higiene, Protección Civil y Ambiental y realizar una investigación completa y

presentar un informe por escrito al personal de Seguridad, Higiene, Protección Civil y

Ambiental en un plazo de 24 horas. Asimismo, otorgar las facilidades necesarias a efecto de

que el personal de Seguridad, Higiene, Protección Civil y Ambiental realice las investigaciones

de incidentes/accidentes.

En caso de una emergencia dentro de las instalaciones del INSTITUTO MEXICANO DEL

PETRÓLEO EN LA REGIÓN NORTE, por conato de incendio, fuga o derrame, incidente,

accidentes menores, informara al responsable del área y al personal de Seguridad, Higiene,

Protección Civil y Ambiental; no está permitido fotografiar las situaciones de emergencia y

realizar comentarios respecto de las emergencias a los medios de comunicación.

En caso de un accidente grave, llamar al número de emergencia, pedir asistencia inmediata y

proporcionar los primeros auxilios. El personal médico del INSTITUTO MEXICANO DEL

PETRÓLEO EN LA REGIÓN NORTE ayudará en una emergencia que ponga en riesgo la

vida de los jardineros o supervisores que presten el “SERVICIO”; no obstante, se debe solicitar

asistencia médica externa a través del supervisor de seguridad, salud ocupacional y protección

No. IA-018T0O004-E176-2019

ambiental del “LOS POSIBLES PROVEEDORES” del “SERVICIO”, cuando sea

necesario.

“LOS POSIBLES PROVEEDORES” del “SERVICIO” deberán contar con un manual y

botiquín de primeros auxilios que incluya los medicamentos de curación, antídotos y materiales

específicos para los riesgos potenciales de la prestación del “SERVICIO”, mismo que deberá

ser entregado al inicio del servicio.

El personal de Seguridad, Higiene, Protección Civil y Ambiental de la Región Norte estará a

cargo de la evaluación y validación del supervisor propuesto por “LOS POSIBLES

PROVEEDORES” del “SERVICIO” para realizar las actividades antes descritas.

VII.7 RESPONSABILIDAD LABORAL.

“LOS POSIBLES PROVEEDORES” señalarán en su oferta que el personal que realice las

tareas relacionadas con la prestación del “SERVICIO”, estará bajo su responsabilidad única y

directa, por lo tanto, en ningún momento se considerará al INSTITUTO MEXICANO DEL

PETRÓLEO EN LA REGIÓN NORTE, como patrón sustituto o solidario, pues la misma,

no tendrá relación alguna de carácter laboral con dicho personal y consecuentemente, “LOS

POSIBLES PROVEEDORES” se comprometen a liberar al INSTITUTO MEXICANO

DEL PETRÓLEO EN LA REGIÓN NORTE de cualquier responsabilidad laboral o civil,

obligándose éstos a garantizar el pago de las prestaciones laborales y de seguridad social para

sus empleados.

Asimismo, “LOS POSIBLES PROVEEDORES” asumirán la responsabilidad en materia de

seguridad social referente a sus trabajadores y/o a las que haya lugar, en caso de que alguno de

éstos sufra un accidente, enfermedad o riesgo de trabajo.

FIN DE LA PARTIDA 1

No. IA-018T0O004-E176-2019

PARTIDA 2

ANEXO I

ESPECIFICACIONES TÉCNICAS Y DE CALIDAD REQUERIDAS PARA LA

PRESTACIÓN DEL SERVICIO INTEGRAL DE JARDINERÍA EN LA REGIÓN SUR

DEL INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO

I. OBJETIVO.

Proporcionar el servicio integral de jardinería, en l as ins ta la c ione s de l IM P RE GIÓ N S UR y sus

Ce nt ros Fo rá ne os de T ab asc o, Ch iap as , Ve ra c ruz y O axa ca , y en los diversos inmuebles

propiedad y/o en uso de los sujetos a que se refiere el artículo 1, fracciones I a VI de la Ley de

Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público (LAASSP), en adelante el Instituto Mexicano

del Petróleo (Region Sur).

El período del servicio será a partir del día siguiente de la notificación de

asignación del pedido y hasta el 31 de Diciembre del 2020, bajo la modalidad

de contrato o pedido abierto con un monto máximo de $ 1,150,000.00 y un

monto mínimo de $ 460,000.00 realizando las siguientes actividades :

EL PROVEEDOR SE OBLIGA A MANTENER Y CONSERVAR EN CONDICIONES ÓPTIMAS LAS ÁREAS VERDES, JARDINES, ÁRBOLES, MACETAS Y PLANTAS DE ORNATO EN:

A).- CENTRO IMP VILLAHERMOSA, TABASCO, UNIDAD ADMINISTRATIVA SUR, UBICADO EN PERIFÉRICO CARLOS PELLICER CÁMARA, N°.- 1502 ESQUINA CON CAMPO GIRALDAS, COL. JOSE MARIA PINO SUAREZ EN EL MUNICIPIO DEL CENTRO, VILLAHERMOSA TABASCO.

B).- CENTRO IMP EN CACTUS, CHIAPAS, KILOMETRO 4.5 CARRETERA BOCA-LIMÓN- COMPLEJO

PETROQUÍMICO DE CACTUS, EJIDO SAN MIGUEL, MUNICIPIO DE REFORMA, CHIAPAS.

C).- TERRENO DEL IMP EN COATZACOALCOS, VERACRUZ, EN LA CALLE TAMAULIPAS NO. 903

COL. PETROLERA.

D).- CENTRO DE CAPACITACIÓN DEL IMP EN COMALCALCO, TABASCO, COLONIA EMPLEADOS

DE CONFIANZA DE PEMEX, CALLE BELLOTA CHINCHORRO NUM. 793, COMALCALCO, TABASCO

E).- CENTRO DE CAPACITACIÓN DEL IMP “EL CASTAÑO”, CÁRDENAS, TABASCO. EN LAS INSTALACIONES DE PEMEX EN (AULA ECOLÓGICA Y FLUIDOS DE PERFORACIÓN). CARRETERA COATZACOALCOS -VILLAHERMOSA, KM. 131.5, INTERIOR ZONA INDUSTRIAL EL CASTAÑO (PEMEX), C.P. 86500, CÁRDENAS, TABASCO.

F).- CENTRO DE CAPACITACIÓN IMP EN MINATITLÁN, VERACRUZ, EN LAS INSTALACIONES DE

PEMEX, AV. DÍAZ MIRÓN No. 119, COLONIA OBRERA, MINATITLÁN, VERACRUZ; C.P. 96740.

G).- CENTRO DE CAPACITACIÓN DEL IMP EN SALINA CRUZ, OAXACA, EN EL INTERIOR DE LA

REFINERÍA DE PEMEX EN SALINA CRUZ OAXACA.

II. DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO

No. IA-018T0O004-E176-2019

Es el cuidado de plantas, macetones, poda de árboles, la reforestación

de macetas, jardineras y demás servicios para el mantenimiento y

conservación de las áreas verdes, así como el control fitosanitario de dichas

áreas verdes, con la finalidad de mantenerlos en óptimas condiciones.

REALIZAR DE ACUERDO A LO INDICADO EN ESTE ANEXO, LA PODA DE CESPED, MANTENIMIENTO INTEGRAL A MACETAS Y MACETEROS, CONTROL FITOSANITARIO CON LA FINALIDAD DE MANTENERLOS EN ÓPTIMAS CONDICIONES COMO SE INDICA:

PODA DE PASTO EN ÁREAS VERDES EXISTENTES, EXTERIORES E INTERIORES.

PODA DE ÁRBOLES DENTRO DE LAS INSTALACIONES DEL IMP REGIÓN SUR, A UNA ALTURA DE 2.5 A 20 M. Y DE 20 A 30 M.

MANTENIMIENTO A MACETAS Y PLANTAS EXISTENTES.

INCLUYE: MANO DE OBRA, MATERIAL, MAQUINAS, HERRAMIENTAS Y TODO LO NECESARIO PARA SU REALIZACIÓN.

INCLUYENDO lo siguiente:

LA REFORESTACIÓN DE MACETAS (SUMINISTRO Y SIEMBRA DE PLANTAS SEGÚN ESPECIES

DESCRITAS EN ESTE ANEXO).

FUMIGACIÓN Para controlar el crecimiento de hongos y plagas que destruyen las plantas y árboles. FERTILIZACIÓN Y ABONO. Para nutrir la vegetación y la tierra de todas las áreas, jardineras, macetones y macetas con nitrógeno, fósforo y potasio, etc. y lo que recomiende el ingeniero agrónomo o biólogo del Prestador del Servicio a consideración final de la supervisión del IMP.

III. METODOLOGÍA.

“LOS POSIBLES PROVEEDORES” brindarán el servicio de jardinería, tomando

en consideración las funciones específicas y los aspectos metodológicos

que determine el Instituto Mexicano del Petróleo en el contrato específico

correspondiente.

“EL PRESTADOR DEL SERVICIO O POSIBLE PROVEEDOR” deberá

presentar documento donde precise la Metodología de trabajo para cumplir con

las obligaciones previstas en el anexo técnico, puede ser a través de una

presentación impresa, diagrama de flujo, etc.

Presentar documento con la propuesta del plan de trabajo y/o programación del

servicio para cumplir con las obligaciones previstas en el anexo técnico, puede

ser diagrama de Gantt.

No. IA-018T0O004-E176-2019

EL PROVEEDOR, PARA LA CORRECTA EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS REQUERIDOS DEBERÁ AJUSTARSE A LAS SIGUIENTE:

EJECUTAR EL SERVICIO INTEGRAL DE JARDINERIA, CONSERVACIÓN DE ÁREAS VERDES, ÁRBOLES Y MACETAS DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA SUR, CON SUS PROPIOS MEDIOS, COMO HERRAMIENTAS, EQUIPOS, ROPA DE SEGURIDAD, EQUIPO DE PROTECCION PERSONAL Y MATERIALES.

EL PROVEEDOR DE LOS SERVICIOS DEBERÁ DE AVISAR AL SUPERVISOR DEL IMP, POR ESCRITO, EL INICIO DE LOS TRABAJOS, CON 24 HORAS DE ANTICIPACIÓN.

EL PROVEEDOR PROPORCIONARA LOS SERVICIOS EN HORARIOS ACCESIBLES DE TRABAJO DE TAL FORMA QUE NO INTERFIERA EN GRAN MEDIDA EN EL DESARROLLO NORMAL DE LABORES DEL PERSONAL DEL IMP.

“EL PRESTADOR DEL SERVICIO O PROVEEDOR” deberá presentar

documento donde precise la Metodología de trabajo para cumplir con las

obligaciones previstas en el anexo técnico, puede ser a través de una

presentación impresa, diagrama de flujo, etc.

Presentar documento con la propuesta del plan de trabajo y/o programación del

servicio para cumplir con las obligaciones previstas en el anexo técnico, puede

ser diagrama de Gantt.

IV. LINEAMIENTOS GENERALES.

El “SERVICIO” se realizará en el inmueble que determine el Instituto Mexicano del Petróleo en el contrato específico y sus respectivos anexos. La ejecución del “SERVICIO” previsto por el contrato se sujetará a los

siguientes lineamientos:

EL PROVEEDOR, PARA LA CORRECTA EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS REQUERIDOS DEBERÁ AJUSTARSE A LAS SIGUIENTES ESPECIFICACIONES:

EJECUTAR LOS SERVICIOS DE MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE ÁREAS VERDES, ÁRBOLES Y MACETAS DE LA region SUR, MENCIONADAS EN este ANEXO, CON SUS PROPIOS MEDIOS, COMO HERRAMIENTAS, EQUIPOS, ROPA DE SEGURIDAD, EQUIPO DE PROTECCION PERSONAL Y MATERIALES.

EL PROVEEDOR DE LOS SERVICIOS DEBERÁ DE AVISAR AL SUPERVISOR DEL IMP, POR ESCRITO, EL INICIO DE LOS TRABAJOS, CON 24 HORAS DE ANTICIPACIÓN.

EL PROVEEDOR PROPORCIONARA LOS SERVICIOS EN HORARIOS ACCESIBLES DE TRABAJO DE TAL FORMA QUE NO INTERFIERA EN GRAN MEDIDA EN EL DESARROLLO NORMAL DE LABORES DEL PERSONAL DEL IMP.

EL SERVICIO DE MANTENIMIENTO DE ÁREAS VERDES Y MACETAS QUE OTORGARÁ EL PROVEEDOR A LAS ÁREAS MENCIONADAS EN este aNEXO CONSISTIRÁ Y DEBERÁ EFECTUARSE COMO SIGUE:

1) CENTRO IMP VILLAHERMOSA, TABASCO.

LOS SERVICIOS DE REFERENCIA CONSISTEN EN MANTENIMIENTO PERMANENTE A LAS ÁREAS VERDES Y ZONAS CON JARDINES DEL EDIFICIO DEL IMP VILLAHERMOSA, TABASCO Y

No. IA-018T0O004-E176-2019

SUS EXTERIORES (ESTACIONAMIENTO "C", ÁREA CONCESIONADA POR CONAGUA EN LA MARGEN DEL RIO CARRIZAL), EL PERSONAL PARA EL IMP VILLAHERMOSA, TABASCO, PERMANECIONDO EN LAS INSTALACIONES PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO QUE SE REQUIERE EN EL CUIDADO DE LAS ÁREAS VERDES, PLANTAS, ARBOLES, MACETAS Y PODA DE PASTO. EN LAS AREAS VERDES Y ADOQUINES QUE SE ENCUENTRAN DENTRO DEL PERIMETRO DE LAS OFICINAS E INSTALACIONES DEL IMP VILLAHERMOSA, TABASCO, SE DEBERA DE MANTENER EL SERVICIO DE MANTENIMIENTO CONSTANTE DE ÁREAS VERDES. INCLUYENDO: PODA DE PASTO, ARBUSTOS, ARBOLES, DESHIERBE DE ADOQUINES, REEMPLAZO DE MACETAS Y PLANTAS DE ORNATO, fumigación de PLANTAS, CONSIDERANDO LAS ESPECIES EXISTENTES, SEGÚN LAS INSTRUCCIONES DE LA SUPERVISIÓN DEL IMP DURANTE LA VIGENCIA DEL PEDIDO O CONTRATO, MANTENIMIENTO DE PLANTAS, SIEMBRA, RIEGO, LIMPIEZA, CORTES, REUBICACIÓN DE MACETAS, MANTENIMIENTO, APLICACIÓN DE ABONO Y CAMBIO DE TIERRA. PODA DE PASTO.- ESTA ACTIVIDAD SE REALIZARÁ DE ACUERDO AL PROGRAMA DE MANTENIMIENTO PREVIAMENTE ESTABLESIDO Y/O CUANDO ASÍ LO REQUIERA LA SUPERVISIÓN DEL IMP EN ÁREAS EXISTENTES DENTRO Y FUERA DE LAS INSTALACIONES DEL IMP VILLAHERMOSA, TABASCO Y CENTROS FORANEOS, CON PODADORA DE MOTOR DE COMBUSTION INTERNA O CHAPEO CON TRACTOR AGRÍCOLA EN DONDE LO REQUIERA, DE ACUERDO A LAS CANTIDADES ESTABLECIDAS EN ESTE ANEXO Y DONDE LO SOLICITE EL SUPERVISOR DEL IMP. RECORTE DE ORILLAS.- EL RECORTE SERÁ CON MÁQUINA DESBROSADORA, DEBIENDO INCLUIRSE LOS REGISTROS Y PASILLOS, ASÍ COMO EL BARRIDO O SOPLADO DEL PASTO QUE CAIGA SOBRE EL PAVIMENTO O VEREDAS AL ESTAR RECORTÁNDOLO. RECORTE DE RAMAS.- RECORTE DE SETOS, RAMAS SECAS, HOJAS DAÑADAS, SIN CAMBIAR SU FORMA, CON CORTES UNIFORMES.

CUANDO EL SUPERVISOR DEL IMP LO REQUIERA, DE ACUERDO AL PROGRAMA PREVIAMENTE ESTABLECIDO, LA PODA DE ARBOLES SE REALIZARA AL 50 % DEL FOLLAJE DE LA TOTALIDAD DE LOS ARBOLES. CUANDO EL SUPERVISOR DEL IMP LO REQUIERA, DE ACUERDO AL PROGRAMA PREVIAMENTE ESTABLECIDO, LA PODA DE ARBOLES SE REALIZARA AL 30 % DEL FOLLAJE DE LA TOTALIDAD DE LOS ARBOLES. AL TERMINO DE LOS TRABAJOS DEBEA INCLUIRSE EL BARRIDO, RECOLECCIÓN Y RETIRO DE BASURA GENERADA POR CADA SERVICIO DE MANERA CONTINUA, INCLUYENDO BARRIDO Y RETIRO DE HOJAS, FRUTOS PODRIDOS DE LAS AZOTEAS DE LOS INMUEBLES DURANTE EL PERIODO DE EJECUCIÓN DE LOS SERVICIOS EN CADA CENTRO IMP y FUERA DEL CENTRO, LA HERRAMIENTA, EQUIPO DE TRABAJO, EQUIPO DE RIEGO E INSUMOS SON POR CUENTA DE EL PROVEEDOR. PARA ESTE SERVICIO, EL PERSONAL DE LA COMPAÑÍA DEBERA DE PERMANECER DENTRO DE LAS INSTALACIONES EN UN HORARIO DE 6:30 HORAS A 14:30 HORAS DE LUNES A JUEVES Y DE 6:00 A 14:00 LOS DIAS VIERNES, SABADOS, DOMINGOS Y DIAS FESTIVOS CUANDO SE REQUIERA PREVIO ACUERDO CON EL SUPERVISOR DEL SERVICIO POR PARTE DEL IMP REGION SUR.

2) EN LOS CENTRO IMP REGIÓN SUR DE: CACTUS, CHIAPAS; TERRENO DEL IMP COATZACOALCOS VERACRUZ; COMALCALCO, TABASCO; CARDENAS, TABASCO; MINATITLAN, VERACRUZ Y SALINA CRUZ, OAXACA SE REALIZARAN DE LA SIGUIENTE MANERA:

No. IA-018T0O004-E176-2019

CUANDO EL SUPERVISOR DEL IMP LO REQUIERA, DE ACUERDO AL PROGRAMA PREVIAMENTE ESTABLECIDO, LA PODA DE ARBOLES SE REALIZARA AL 50 % DEL FOLLAJE DE LA TOTALIDAD DE LOS ARBOLES. CUANDO EL SUPERVISOR DEL IMP LO REQUIERA, DE ACUERDO AL PROGRAMA PREVIAMENTE ESTABLECIDO, LA PODA DE ARBOLES SE REALIZARA AL 30 % DEL FOLLAJE DE LA TOTALIDAD DE LOS ARBOLES. SE PRESENTARA UN PROGRAMA DE MANTENIMIENTO DE SERVICIOS QUE EL SUPERVISOR DEL IMP, INDICARA AL REPRESENTANTE DE LA EMPRESA SI ASÍ SE REQUIERE, EL VOLUMEN QUE PODARA A CADA ÁRBOL Y SE TOMARAN FOTOGRAFÍAS ANTES DE INICIAR EL SERVICIO Y AL TERMINO DE LOS MISMOS, LA RECEPCIÓN DE LOS SERVICIOS ESTARÁ SUJETA A LA APROBACIÓN DE LA SUPERVISIÓN DEL IMP. PODA DE PASTO, ARBUSTOS, ARBOLES, DESHIERBE, REEMPLAZO DE MACETAS Y PLANTAS DE ORNATO CONSIDERANDO LAS ESPECIES EXISTENTES, HASTA COMPLETAR LA TOTALIDAD DE LAS ÁREAS DEL CENTRO IMP, DE ACUERDO A LAS INSTRUCCIONES DE LA SUPERVISIÓN DURANTE LA VIGENCIA DEL CONTRATO O PEDIDO, SIEMBRA Y MANTENIMIENTO DE PLANTAS, RIEGO, LIMPIEZA Y CORTES, REUBICACIÓN DE MACETAS, MANTENIMIENTO Y APLICACIÓN DE ABONO, CAMBIO DE TIERRA. AL TERMINO DE LOS TRABAJOS DEBEA INCLUIRSE EL BARRIDO, RECOLECCIÓN Y RETIRO DE BASURA GENERADA POR CADA SERVICIO DE MANERA CONTINUA, INCLUYENDO BARRIDO Y RETIRO DE HOJAS, FRUTOS PODRIDOS DE LAS AZOTEAS DE LOS INMUEBLES DURANTE EL PERIODO DE EJECUCIÓN DE LOS SERVICIOS en CADA CENTRO IMP y FUERA DEL CENTRO, LA HERRAMIENTA, EQUIPO DE TRABAJO, EQUIPO DE RIEGO E INSUMOS SON POR CUENTA DE EL PROVEEDOR.

REFORESTACIÓN DE MACETAS. REFORESTACIÓN DE MACETAS AL INICIO DEL CONTRATO Y POSTERIORMENTE CUANDO LO REQUIERA EL SUPERVISOR DEL IMP UAS, CON PLANTAS DE ORNATO PARA INTERIORES Y EXTERIORES LAS QUE REQUIERA EL SUPERVISOR DEL IMP UAS, (DRACENAS, CROTO GRANDES, AMOENA TROPICAL, ETC.), CAMBIO DE TIERRA DE HOJA TRATADA ESPECIAL PARA JARDÍN, LIMPIEZA Y RETIRO DE PINTURA EXISTENTE A MACETONES, IMPERMEABILIZACIÓN, PINTURA VINÍLICA A 2 COLORES, CON TERMINACIÓN DE APLICACIÓN DE PINTURA TIPO REAL FLEX CENTER MOD. VER-5 MCA. COMEX O EQUIVALENTE. MANTENIMIENTO A MACETAS: INCLUYE: LIMPIEZA DE MACETAS, RIEGO FRECUENTE, RECORTE DE RAMAS SECAS SE HARÁ DE MANERA PERIODICA A SOLICITUD DEL SUPERVISOR DEL IMP UAS, SE DEBERÁ SUSTITUIR LAS PLANTAS DE ORNATO DETERIORADAS Y APLICAR TODO LO INDICADO EN EL PUNTO 1.6 CUANDO A JUICIO DEL SUPERVISOR DEL IMP UAS, SE REQUIERA, ADEMÁS SE APLICARÁ FERTILIZANTES Y PINTURA TIPO REAL FLEX CENTER MOD. VER-5 MCA. COMEX O EQUIVALENTE A TODAS LAS MACETAS. EN EL SUPUESTO QUE EL PROVEEDOR NO REALICE EL SERVICIO CONFORME A LO ESPECIFICADO, EL SUPERVISOR DEL IMP, APLICARA LA DEDUCTIVA CORRESPONDIENTE O SI EL SERVICIO NO ES CORRECTAMENTE EJECUTADO, EL PROVEDOR DEBERA DE REALIZARLO CON RECURSOS PROPIOS O POR MEDIO DE TERCEROS CON CARGO AL PROVEEDOR, QUIEN ADEMÁS SERÁ RESPONSABLE DE LOS DAÑOS Y PERJUICIOS CAUSADOS AL IMP Y ADEMÁS LE SERÁN APLICADAS LAS SANCIONES QUE CORRESPONDIENTES. EL PROVEEDOR EFECTUARA LOS SERVICIOS CON EL CUIDADO NECESARIO, CUMPLIENDO CON LOS LINEAMIENTOS GENERALES DEL SIASSOPA PARA EMPRESAS CONTRATISTAS Y PROVEEDORES DEL INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO, TOMANDO EN CONSIDERACIÓN LAS “NORMAS DE SEGURIDAD E HIGIENE PARA COMPAÑÍAS CONTRATISTAS”.

No. IA-018T0O004-E176-2019

EL PROVEEDOR SE OBLIGA A PROPORCIONAR EL TOTAL DEL PERSONAL PARA LA

CORRECTA EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS, DICHO PERSONAL DEBERÁ PORTAR

IDENTIFICACIÓN DE LA EMPRESA, UNIFORME, Y DEBERÁ UTILIZAR EL EQUIPO DE

PROTECCIÓN PETRSONAL.

"EL PROVEEDOR", DURANTE EL DESARROLLO DE LOS TRABAJOS, DEBERÁ SUPERVISAR CONSTANTEMENTE LAS ACTIVIDADES DE SU PERSONAL Y EJECUTAR OBSERVACIONES POR PARTE DEL SUPERVISOR DEL INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO, PARA LO CUAL DEBERÁ NOMBRAR AL INICIO DEL CONTRATO, AL SUPERVISOR DEL SERVICIO Y A LAS PERSONAS RESPONSABLES DE DICHA SUPERVISIÓN A PETICIÓN DEL SUPERVISOR DEL IMP.

"EL PROVEEDOR" DEBERÁ ANEXAR A SU PROPUESTA EL PRESENTE DOCUMENTO Y DEBERÁ FIRMARLO ACEPTANDO CON ELLO QUE SE COMPROMETE PARA CON EL IMP A REALIZAR TODAS Y CADA UNO DE LOS SERVICIOS CONFORME LO ESPECIFICA EN EL MISMO Y LOS DEMÁS ANEXOS.

"EL PROVEEDOR" DEBERÁ DESARROLLAR SUS TRABAJOS DE ACUERDO AL PROGRAMA CALENDARIZADO QUE DEBERÁ ANEXAR A SU PROPUESTAS RESPETANDO SU APLICACIÓN CONFORME A LO OFERTADO, DE NO PROPORCIONAR EL SERVICIO EN APEGO A EL PROGRAMA, EL PROVEEDOR SE HARÁ ACREEDOR A LAS PENAS CONVENCIONALES ESTABLECIDAS POR LE IMP, DE SER POSIBLE DEBERÁ COMUNICARLO AL IMP, EL CUAL SE RESERVA EL DERECHO DE MODIFICARLO O AUTORIZAR EL DIFERIMIENTO DEL MISMO.

“EL PROVEEDOR” DEBERÁ DAR AVISO AL SUPERVISOR DEL IMP, ANTES DEL INICIO DE LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS EN FORMA ESCRITA Y AL TERMINO DE LOS MISMOS A FIN DE DAR SEGUIMIENTO PARA VERIFICAR EL CUMPLIMIENTO DEL PEDIDO Y EL PROGRAMA CALENDARIZADO PARA LA RECEPCIÓN DE LOS SERVICIOS Y EN SU CASO APROBAR PARA EFECTOS DEL PAGO CORRESPONDIENTE O DE SANCIÓN.

EL PROVEEDOR DEBERÁ GARANTIZAR LOS SERVICIOS POR LO MENOS 15 DÍAS NATURALES POSTERIORES A LA TERMINACIÓN O ENTREGA DE LOS TRABAJOS, TIEMPO EN QUE EL IMP PODRÁ HACER LA RECLAMACIÓN QUE ESTIME PERTINENTE POR TRABAJOS NO ENTREGADOS O DIFERENTES A LOS ESTABLECIDOS EN LOS ANEXOS.

LA FACTURACIÓN DEBERÁ SER MENSUAL, SOBRE TRABAJOS EJECUTADOS Y ENTREGADOS AL IMP, (ORDEN DE SERVICIO, REPORTE DE ACTIVIDADES, EVALUACION DEL SERVICIO FIRMADO POR EL USUARIO O JEFE DE CENTRO, REPORTE FOTOGRAFICO CON FECHA IMPRESA, BITACORA DE SERVICIO Y RESUMEN DE LOS TRABAJOS EJECUTADOS POR CADA CENTRO DE TRABAJO), CON EL VISTO BUENO DEL USUARIO Y AUTORIZADO POR EL SUPERVISOR DEL IMP RS, QUE SE ENCUENTRE A CARGO EN CADA CENTRO DE TRABAJO.

EL PROVEEDOR SE OBLIGA A PRESENTAR UN PROGRAMA CALENDARISADO PARA LA EJECUCIÓN DEL SERVICIO CONSIDERANDO LAS ÁREAS ESTABLECIDAS EN ESTE ANEXO.

EL PROVEDOR DEBERA DE ENTREGAR EL REPORTE DE LOS SERVICIOS REALIZADOS DENTRO DE LOS SEIS PRIMEROS DIAS DE CADA MES POR MEDIO DE OFICIO CON NUMERO DE FOLIO, POSTERIORMENTE AL SERVICIO REALIZADO EL MES ANTERIOR, (REPORTES DE ACTIVIDADES REALIZADAS, GENERADORES, ESTIMACION, ALBUM FOTOGRAFICO, BITACORA DE SERVICIO, DE LOS TRABAJOS EJECUTADOS), PARA QUE ESTOS SEAN REVISADOS POR EL SUPERVISOR DEL IMP, ASI COMO LOS ARCHIVOS ELECTRONICOS DE TODOS LOS DOCUMENTOS MENCIONADOS ANTERIORMENTE COMO SOPORTE DE LOS TRABAJOS REALIZADOS.

EL PROVEDOR DEL SERVICIO DEBERA DE AVISAR, SOLICITAR Y TRAMITAR CON EL SUPERVISOR DEL SERVICIO DEL IMP, LOS PERMISOS DE ACCESO A LAS INSTALACIONES DEL IMP CON 48 HORAS DE ANTICIPACION, LOS FINES DE SEMANA Y DIAS FESTIVOS(CENTROS FORANEOS IMP). EL PROVEDOR DEBERA PRESENTAR BIMESTRALMENTE AL SUPERVISOR DEL SERVICIO DEL IMP, LAS ALTAS ANTE EL IMSS DE TODO EL PERSONAL ASIGNADO EN SU PROPUESTA.

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RESPONSABILIDADES DEL PROVEEDOR.

EL PROVEEDOR DEBE ACATAR LOS LINEAMIENTOS ESTABLECIDOS EN EL REGLAMENTO INTERNO DEL INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO. EL PROVEEDOR ACEPTA QUE EN TODO CASO Y CADA VEZ QUE SEA SOLICITADO POR EL

SUPERVISOR DE SERVICIOS DE INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO REGION SUR Y ANTES

DE INICIAR CUALQUIER TRABAJO, ENTREGARÁ DE SERLE REQUERIDA, LA FICHA TÉCNICA DE

LOS MATERIALES A UTILIZAR EXPEDIDA POR EL FABRICANTE DEL PRODUCTO.

ES DE VITAL IMPORTANCIA QUE EL PROVEEDOR TOME EN CUENTA EN TODO MOMENTO LAS INDICACIONES Y ESPECIFICACIONES DE ESTE ANEXO QUE FORMA PARTE INTEGRAL DEL CONTRATO. EL PROVEEDOR DEBE REPORTAR AL SUPERVISOR DE SERVICIOS DEL INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO, LA REALIZACIÓN DE LAS ACTIVIDADES EFECTUADAS DURANTE LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO, DEBIENDO ANOTAR DIARIAMENTE EN LA BITÁCORA (FORMATO MANUAL). EL PROVEEDOR DEBE CONTAR CON AMPLIA EXPERIENCIA EN EL RAMO DE MANTENIMIENTO DE ÁREAS VERDES Y JARDINERÍA Y DEBE DEMOSTRAR HABER PARTICIPADO EN TRABAJOS DE JARDINERIA Y MANTENIMIENTO EN ÁREAS VERDES ANTERIORMENTE, EN CASO DE QUE LE SEA SOLICITADO POR EL SUPERVISOR DE SERVICIOS DEL INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO, A FIN DE GARANTIZAR QUE CUENTA CON LOS CONOCIMIENTOS NECESARIOS ASÍ COMO QUE CUENTA CON LA ORGANIZACIÓN NECESARIA PARA HACER FRENTE A LOS TRABAJOS OBJETOS DE LA CONVOCATORIA. EL PROVEEDOR DEBE ENTREGAR LA ESTIMACIÓN CORRESPONDIENTE DE LOS TRABAJOS A COBRARSE, A MÁS TARDAR, LOS SEIS PRIMEROS DÍAS DEL MES SIGUIENTE AL PERIODO EN QUE FUERON EJECUTADOS, EN DOCUMENTOS IMPRESOS (GENERADORES, ORDENES DE SERVICIO, EVALUACIONES, CROQUIS Y REPORTES FOTOGRÁFICOS CON FECHA IMPRESA DE LA REALIZACION DEL SERVICIO) Y EN COPIA ELECTRÓNICA, DE LO CONTRARIO, ESTOS PODRÁN SER TRAMITADOS HASTA EL MES SIGUIENTE A LA FECHA DE SU EJECUCIÓN SIN RESPONSABILIDAD ALGUNA PARA EL INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO UNIDAD DE ADMINISTRACION SUR, ASI MISMO SE DEBERÁ ENTREGAR 1 ORIGINAL Y COPIA, TAMBIEN EN ARCHIVO ELECTRONICO DE TODA LA ESTIMACIÓN POR MES. EL SERVICIO DE JARDINERÍA, CONSERVACIÓN Y MANTENIMIENTO PERMANENTE DE LAS

ÁREAS VERDES, JARDINES, ARBOLES, MACETAS Y PLANTAS DE ORNATO EN EL IMP

VILLAHERMOSA, TABASCO REGION SUR, Y EN LOS DEMAS CENTROS DEL IMP REGION SUR,

EN LOS ESTADOS DE TABASCO, CHIAPAS, VERACRUZ Y OAXACA. DEBE CONTINUARSE HASTA

DEJAR LAS ÁREAS EN CONDICIONES ÓPTIMAS DE SERVICIO, AÚN CUANDO ESTO IMPLIQUE

LABORAR EN DÍAS FESTIVOS O EN HORARIOS QUE NO INTERFIERAN CON LAS ACTIVIDADES

DE LOS USUARIOS. EL SERVICIO DEBERA DE TERMINARSE EN SU TOTALIDAD UNA VER DE

INICIADO ESTE.

EL PROVEEDOR DEBE COLOCAR SEÑALAMIENTOS EN LAS ÁREAS DE TRÁNSITO DE PERSONAS O VEHÍCULOS, PARA RESTRINGIR LAS ÁREAS DE TRABAJO Y TENDRÁ CUIDADO DE NO AFECTAR EL INMUEBLE ASÍ COMO LOS BIENES QUE SE ENCUENTREN DENTRO DEL MISMO. CUALQUIER DAÑO PROVOCADO POR EL PERSONAL DEL PROVEEDOR DENTRO DE LAS INSTALACIONES, SERÁ RESPONSABILIDAD DEL MISMO Y DEBE PROCEDER A SU REPARACIÓN A LA BREVEDAD. EL PROVEEDOR TENDRÁ LA OBLIGACIÓN DE MANTENER UN REPRESENTANTE CON LA

CAPACITACIÓN ADECUADA, ASÍ COMO AMPLIA EXPERIENCIA EN MANTENIMIENTO DE ÁREAS

VERDES, PLANTAS Y JARDINES, CON LA EXPERIENCIA NECESARIA EN EL TRATAMIENTO,

SEMBRADO Y CUIDADO DE PLANTAS Y TODO TIPO DE PASTOS, ÁREAS VERDES, ASÍ COMO

BASTA EXPERIENCIA EN MANEJO DE PERSONAL, PARA LOS TRABAJOS QUE SE LLEVARÁN A

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CABO, EL CUAL DEBE PRESENTARSE A MAS TARDAR A LAS 6:30 AM DE CADA DÍA DE LABORES

Y PERMANECER EN LAS INSTALACIONES DURANTE LA EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS, ASÍ

COMO SE DEBE REPORTAR CON EL SUPERVISOR DE SERVICIOS DEL INSTITUTO MEXICANO

DEL PETRÓLEO UNIDAD DE ADMINISTRACION SUR DE FORMA DIARIA POR LAS MAÑANAS Y EN

CASO DE TENER QUE AUSENTARSE DE LAS MISMAS SERÁ CON PREVIO AVISO Y

AUTORIZACIÓN DEL MISMO. DICHO REPRESENTANTE DEBE CONTAR CON AUTORIDAD PARA

TOMAR DECISIONES INMEDIATAS EN LAS INSTALACIONES DURANTE LA VIGENCIA DE ESTE

CONTRATO, ASÍ COMO CREATIVIDAD, ESPECIALMENTE EN SITUACIONES URGENTES O

EXTRAORDINARIAS. ESTE DEBE INSPECCIONAR DIARIAMENTE LAS ÁREAS, DURANTE EL

SERVICIO PARA EJECUTAR Y COORDINAR LOS TRABAJOS A REALIZAR.

EL PROVEEDOR REALIZARÁ RECORRIDOS PERIÓDICAMENTE POR SU CUENTA Y CON EL

SUPERVISOR DE SERVICIOS DEL INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO UNIDAD DE

ADMINISTRACION SUR, CON EL FIN DE EFECTUAR LEVANTAMIENTOS DE NECESIDADES DE

MANTENIMIENTO. SERÁ IMPORTANTE LA INICIATIVA DEL RESPONSABLE DE LA COMPAÑÍA

PROVEEDOR PARA HACER LAS OBSERVACIONES NECESARIAS EN ALUSIÓN A LOS TRABAJOS

PROPIOS DE LOS SERVICIOS OBJETO DE ESTA CONVOCATORIA.

EL PROVEEDOR SE DEBE COMPROMETER A DAR RESPUESTA DE ATENCIÓN EN UN TIEMPO MÁXIMO DE 24 HORAS, EN CASO DE SEDE VILLAHERMOSA, A PARTIR DE QUE EL INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO UNIDAD DE ADMINISTRACION SUR DÉ AVISO YA SEA POR ESCRITO, EN FORMA VERBAL O POR ALGÚN OTRO MEDIO. ASÍ MISMO PARA EL CASO DE LOS CENTROS FORÁNEOS TENDRÁ QUE COMPROMETERSE A DAR RESPUESTA DE ATENCIÓN EN UN TIEMPO NO MÁXIMO DE 24 HORAS. UNA VEZ ADJUDICADO EL CONTRATO EL PROVEEDOR DEBE PRESENTAR PROGRAMA CALENDARIZADO PARA EL SERVICIO DE JARDINERÍA, CONSERVACIÓN Y MANTENIMIENTO PERMANENTE DE LAS ÁREAS VERDES, JARDINES, ARBOLES, MACETAS Y PLANTAS DE ORNATO EN EL IMP VILLAHERMOSA, Y EN LOS DEMAS CENTROS DEL IMP EN LOS ESTADOS DE TABASCO, CHIAPAS, VERACRUZ Y OAXACA, EL CUAL PODRÁ SER APROBADO O MODIFICADO POR EL SUPERVISOR DE SERVICIOS DEL INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO REGION SUR, ASÍ COMO CONTAR CON LAS HERRAMIENTAS CONTENIDAS EN EL LISTADO DE EQUIPOS Y HERRAMIENTAS DE TRABAJO PARA LA EJECUCIÓN DE LOS MISMOS, COMPROMETIÉNDOSE EN UN LAPSO NO MAYOR DE 15 DÍAS PRESENTAR FÍSICAMENTE ANTE EL SUPERVISOR DE SERVICIOS DEL INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEOUAS TODO EL EQUIPO Y HERRAMIENTA REQUERIDO EN ESTE ANEXO, PARA EL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO, MISMO QUE DEBE ESTAR DISPONIBLE DE INMEDIATO EN CUALQUIER MOMENTO QUE SE SOLICITE, INDEPENDIENTEMENTE DEL CENTRO DE TRABAJO QUE SE LE REQUIERA. EL PROVEEDOR DEBE CONTAR CON PERSONAL EXPERIMENTADO NECESARIO Y CAPACITADO PARA LA CORRECTA EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS REQUERIDOS, ASÍ COMO SALVAGUARDAR LA SEGURIDAD DE SUS TRABAJADORES Y DE LAS INSTALACIONES Y GARANTICE LA CONTINUIDAD DEL SERVICIO, CON UN ALTO GRADO DE CALIDAD PARA SATISFACCIÓN DEL USUARIO. DESPUÉS DE REALIZADO ALGÚN TRABAJO QUE GENERE DESECHOS, DEBE SER LIMPIADO EL LUGAR INMEDIATAMENTE, Y RETIRADOS ÉSTOS A LA BREVEDAD DE LOS EDIFICIOS O INSTALACIONES, PARA EVITAR PROLIFERACIÓN DE FAUNA NOCIVA Y OTROS DETERIOROS AL EDIFICIO, PREVIA AUTORIZACIÓN CORRESPONDIENTE. EL PROVEEDOR DEL SERVICIO SERÁ EL ÚNICO RESPONSABLE DE LOS DAÑOS QUE SE OCASIONEN AL PERSONAL, LOS EQUIPOS Y BIENES DEL IMP Y/O DE TERCEROS A CAUSA DE LA NEGLIGENCIA DE SU PERSONAL Y POR TODA CAUSA IMPUTABLE AL PROVEEDOR DEL SERVICIO DE MANTENIMIENTO DE ÁREAS VERDES, POR LO QUE LA REPOSICIÓN DE MATERIALES, EQUIPOS Y COMPOSTURAS OCASIONADAS POR LAS CAUSAS ANTERIORES LE SERÁN EXIGIBLES Y NO OCASIONARÁN GASTO ALGUNO AL IMP, LOS DAÑOS QUE SE OCASIONEN SERÁN EVALUADOS POR EL SUPERVISOR DEL SERVICIO DEL IMP Y SERÁN NOTIFICADOS AL PROVEEDOR PARA SU REPARACIÓN O RESTITUCIÓN EN UN PLAZO MÁXIMO

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DE 10 DÍAS HÁBILES. EN CASO DE DAÑOS A PERSONAS DEBERÁN CUBRIR LOS GASTOS MÉDICOS QUE SE GENEREN. LAS ESTIMACIONES DE LOS TRABAJOS REALIZADOS, DEBERÁN PRESENTARSE EN LA FORMA Y CON LOS SOPORTES QUE EL SUPERVISOR DEL INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO LO INDIQUE (GENERADORES, ENTREGA DE SERVICIOS, CROQUIS Y REPORTE FOTOGRÁFICO, CONTROLES DIVERSOS, COPIAS FOTOSTÁTICAS, ETC.) Y CON LA PREFACTURA CORRESPONDIENTE DE LOS SERVICIOS REALIZADOS. EL PROVEEDOR DEBE PRESENTAR LA ESTIMACIÓN CORRESPONDIENTE A MAS TARDAR DENTRO DE LOS SEIS DÍAS NATURALES SIGUIENTES A LA FECHA DE CORTE (DÍA ÚLTIMO DE CADA MES) EN DOCUMENTOS IMPRESOS Y COPIA ELECTRÓNICA. EL INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO SE RESERVA LA FACULTAD DE RESTRINGIR EL ACCESO A LOS EDIFICIOS COMPRENDIDOS DENTRO DE ESTE CONTRATO A CUALQUIER ELEMENTO DE LA COMPAÑÍA O PROVEEDOR, QUE A JUICIO DE LA ENTIDAD NO SEA APTO PARA LABORAR EN LAS INSTALACIONES O BIEN QUE SE PRESENTE EN ESTADO DE EBRIEDAD O HABER CONSUMIDO SUSTANCIAS TÓXICAS, MISMO QUE DEBE SER REEMPLAZADO DE INMEDIATO DE SER REQUERIDO POR EL SUPERVISOR DE SERVICIOS DEL IMP. ASIMISMO, UNA VEZ DENTRO DE LAS INSTALACIONES DEL INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO, DEBE ACATAR LOS REGLAMENTOS QUE LA ENTIDAD EMITA.

SUPERVISIÓN.

El servidor público facultado para recibir los servicios será el C. Ing. Martín de Jesús Martínez

Rico, quien será responsable de aceptarlo o rechazarlo, de determinar los incumplimientos y

determinar las penas convencionales y deductivas a que hubiera lugar y Ing. Gilberto Manuel

Juárez Maya será la responsable de la administración del servicio.

EL “PROVEEDOR” DEBERÁ DE NOMBRAR A LA PERSONA QUIEN FUNGIRÁ COMO

RESPONSABLE DE LA COORDINACIÓN DE LOS SERVICIOS DE MANTENIMIRNTO DE LAS ÁREAS

VERDES Y LOS ENTREGABLES COMO SOPORTES PARA TRAMITE DE PAGO DE LOS SERVICIOS

EJECUTADOS ANTE EL IMP.

ASÍ MISMO EL “PROVEEDOR” AL INICIO DE LOS TRABAJOS, DEBE ENTREGAR AL SUPERVISOR

DE SERVICIOS DEL IMP, EL NOMBRAMIENTO OFICIAL DE LAS PERSONAS QUE FUNGIRÁN COMO

COORDINADOR GENERAL Y SUPERVISOR DE LOS SERVICIOS POR PARTE DEL “PROVEEDOR”.

EN TODOS LOS PRECIOS UNITARIOS SE DEBERÁN INCLUIR LOS COSTOS RELATIVOS AL

DESPERDICIO DE MATERIALES, Y EL ACARREO DE LOS MATERIALES DE DESECHO FUERA DEL

EDIFICIO Y POSTERIORMENTE EL RETIRO DE LOS MISMOS FUERA DE LAS INSTALACIONES DEL

INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO Y LIMPIEZA FINAL DEL ÁREA DONDE SE TRABAJE.

PARA EL CASO DE LOS CENTROS FORÁNEOS LOS PRECIOS UNITARIOS DEBERÁN INCLUIR LOS

COSTOS RELATIVOS AL TRASLADO DE PERSONAL, EQUIPO, HERRAMIENTAS Y TODO LO

NECESARIO PARA LA CORRECTA ATENCIÓN AL SERVICIO A LA (S) INSTALACIÓN (ES)

DEPENDIENDO LA NECESIDAD DEL IMP PARA LA PREVIA REVISIÓN A LA SOLICITUD POR PARTE

DEL IMP, DESPERDICIO DE MATERIALES, Y EL ACARREO DE LOS MATERIALES DE DESECHO

FUERA DEL O DE LOS CENTROS Y POSTERIORMENTE EL RETIRO DE LOS MISMOS FUERA DE

LAS INSTALACIONES DEL INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO Y LIMPIEZA FINAL DEL ÁREA

DONDE SE TRABAJE.

LA PODA DE PASTO EN ÁREAS EXISTENTES DENTRO Y FUERA DE LAS INSTALACIONES DEL

IMP, CON PODADORA DE MOTOR DE COMBUSTION INTERNA O CHAPEO CON TRACTOR

AGRÍCOLA EN DONDE LO REQUIERA. (LOS SERVICIOS SE REALIZARAN A SOLICITUD DEL

SUPERVISOR DEL IMP), POR SERVICIO, INCLUYE: INSECTICIDA O PRODUCTO PARA

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ERRADICAR HONGOS, HORMIGAS Y PLAGAS, EL LUGAR Y LA TOTALIDAD DEL ÁREA, DONDE SE

REALIZARAN LOS SERVICIOS SON LOS SIGUIENTES:

IMP, SEDE VILLAHERMOSA, TABASCO (6,100.00 M2), 3 JARDINEROS Y 1 SUPERVISOR

PERMANENTES. 16 SERVICIOS CON PERIODICIDAD MENSUAL

IMP CACTUS CHIAPAS (16,000.00 M2).16 SERVICIOS CON PERIODICIDAD MENSUAL

TERRENO DEL IMP COATZACOALCOS VERACRUZ (1,700.00 M2). 16 SERVICIOS CON

PERIODICIDAD MENSUAL16 SERVICIOS CON PERIODICIDAD MENSUAL

IMP, COMALCALCO, TABASCO. (600.00 M2). 16 SERVICIOS CON PERIODICIDAD MENSUAL

IMP, EL CASTAÑO, CARDENAS, TABASCO. (1000.00 M2). 16 SERVICIOS CON PERIODICIDAD

MENSUAL

CENTRO IMP MINATITLAN, VERACRUZ (1,300.00 M2). 16 SERVICIOS CON PERIODICIDAD

MENSUAL

CENTRO IMP, SALINA CRUZ, OAXACA (1,300.00). 16 SERVICIOS CON PERIODICIDAD MENSUAL

PODA DE PASTO EN ÁREAS EXISTENTES DENTRO Y FUERA DE LAS INSTALACIONES DEL IMP

CON PODADORA DE MOTOR O CHAPEO CON TRACTOR AGRÍCOLA EN DONDE LO REQUIERA.

(LOS SERVICIOS SE REALIZARAN A SOLICITUD DEL SUPERVISOR DEL IMP, POR METRO

CUADRADO. INCLUYE: INSEPTICIDA O PRODUCTO CONTRA HORMIGAS Y PLAGAS.

IMP UAS, SEDE VILLAHERMOSA, TABASCO.

IMP UAS, CACTUS CHIAPAS.

TERRENO DEL IMP UAS COATZACOALCOS VERACRUZ.

IMP UAS, COMALCALCO, TABASCO.

IMP UAS, EL CASTAÑO, CARDENAS, TABASCO.

IMP UAS, MINATITLAN, VERACRUZ.

IMP UAS, SALINA CRUZ, OAXACA.

EL CONCEPTO INCLUYE: EQUIPO DE SEGURIDAD, RECORTE DE ORILLAS, DESHIERBE Y

RECOLECCIÓN DE BASURA A LA TERMINACIÓN DE LOS TRABAJOS, INCLUYENDO BARRIDO Y

RETIRO DE PASTO DURANTE EL PERIODO DE EJECUCIÓN DE LOS SERVICIOS POR CADA

CENTRO FORÁNEO DEL IMP, HERRAMIENTA, MANO DE OBRA Y EQUIPO DE TRABAJO,

INSECTICIDA O UN PRODUCTO PARA ERRADICAR HORMIGAS, OTROS INSEPTOS Y HONGOS

EN LAS PLANTAS, RESPONSABILIDAD TOTAL DEL PRESTADOR DEL SERVICIO HASTA EL FINAL

DEL MISMO.

DESMORRE DE ÁRBOLES.- DE 2.5 A 5 M. DE ALTURA SE REALIZARA AL 30 % DEL FOLLAJE DE

LA TOTALIDAD DE LOS ARBOLES.

EL CONCEPTO INCLUYE: EQUIPO DE SEGURIDAD, ESCALERAS, ANDAMIOS SEGURIDAD TOTAL,

ARNES, RECORTE DE RAMAS, RAMAS SECAS, HOJAS DAÑADAS Y RECOLECCIÓN DE BASURA

A LA TERMINACIÓN DE LOS TRABAJOS, INCLUYENDO BARRIDO Y RETIRO DE HOJAS DE LAS

AZOTEAS DE LOS EDIFICIOS DE SEDE DURANTE EL PERIODO DE EJECUCIÓN DE LOS

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SERVICIOS, RESPONSABILIDAD TOTAL DEL PRESTADOR DEL SERVICIO HASTA EL FINAL DEL

MISMO.

DESMORRE DE ÁRBOLES.- DE 5 A 20 M. DE ALTURA SE REALIZARA AL 30 % DEL FOLLAJE DE

LA TOTALIDAD DE LOS ARBOLES.

DESMORRE DE ÁRBOLES.- DE 20 A 30 M. DE ALTURA SE REALIZARA AL 50 % DEL FOLLAJE

DE LA TOTALIDAD DE LOS ARBOLES.

EL CONCEPTO INCLUYE: EQUIPO DE SEGURIDAD, ESCALERAS, ANDAMIOS SEGURIDAD TOTAL,

ARNES, RECORTE DE RAMAS, RAMAS SECAS, HOJAS DAÑADAS Y RECOLECCIÓN DE BASURA

A LA TERMINACIÓN DE LOS TRABAJOS, INCLUYENDO BARRIDO Y RETIRO DE HOJAS DE LAS

AZOTEAS DE LOS EDIFICIOS DE SEDE Y CENTROS FORANEOS DEL IMP DURANTE EL PERIODO

DE EJECUCIÓN DE LOS SERVICIOS, RESPONSABILIDAD TOTAL DEL PRESTADOR DEL SERVICIO

HASTA EL FINAL DEL MISMO.

a) Las ofertas que presenten “LOS POSIBLES PROVEEDORES” serán por el

inmueble que se determine en el contrato específico por el Instituto Mexicano

del Petróleo.

LOS SERVICIOS DE JARDINERÍA, CONSERVACIÓN Y MANTENIMIENTO

PERMANENTE DE LAS ÁREAS VERDES, JARDINES, ARBOLES, MACETAS Y

PLANTAS DE ORNATO EN EL IMP VILLAHERMOSA, Y CENTROS FORÁNEOS

DEL IMP REGION SUR. EN LOS ESTADOS DE TABASCO, CHIAPAS, VERACRUZ

Y OAXACA:

DEBERÁN EFECTUARSE COMO SIGUE:

SUMINISTRO Y COLOCACIÓN DE ARRAYANES DE LA REGIÓN DE HASTA 60 CM DE ALTURA,

COLOCACIÓN SEGÚN DISEÑO, BAJO LA SUPERVISIÓN DE IMP.

EL CONCEPTO INCLUYE: SUMINISTRO Y SIEMBRA DE LA PLANTA, TIERRA TRATADA PARA EL

SEMBRADO, RIEGO DE LA MISMA POR QUINCE DÍAS CONSECUTIVOS UNA VEZ COLOCADA,

MANO DE OBRA, USO DE HERRAMIENTAS, EQUIPO, LIMPIEZA DE LA ZONA DE TRABAJO,

LLEVAR EL RESIDUO GENERADO FUERA DE LAS INSTALACIONES DEL IMP U.A.S., BAJO

RESPONSABILIDAD DEL PRESTADOR DEL SERVICIO, RESPONSABILIDAD TOTAL DEL

PRESTADOR DEL SERVICIO HASTA EL FINAL DEL MISMO.

SUMINISTRO Y COLOCACIÓN DE PASTO CUERNAVACA DE VIVERO. INCLUYE RELLENO DE 10

CM DE PROFUNDIDAD DE TIERRA NEGRA TRATADA.

EL CONCEPTO INCLUYE: SUMINISTRO Y SIEMBRA DE LA PLANTA, TIERRA TRATADA PARA EL

SEMBRADO, RIEGO DE LA MISMA POR QUINCE DÍAS CONSECUTIVOS UNA VEZ COLOCADA,

MANO DE OBRA, USO DE HERRAMIENTAS, EQUIPO, LIMPIEZA DE LA ZONA DE TRABAJO,

LLEVAR EL RESIDUO GENERADO FUERA DE LAS INSTALACIONES DEL IMP DE LA REGION SUR,

BAJO RESPONSABILIDAD DEL PRESTADOR DEL SERVICIO, RESPONSABILIDAD TOTAL DEL

PRESTADOR DEL SERVICIO HASTA EL FINAL DEL MISMO.

SUMINISTRO Y COLOCACIÓN DE MACETONES DE BARRO DE 45 CM DE DIÁMETRO Y UNA

ALTURA ENTRE 40 A 50 CM.

EL CONCEPTO INCLUYE: APLICACIÓN DE IMPERMEABILIZANTE AL INTERIOR, PINTURA AL

EXTERIOR O BARNIZ, PLATO O CHAROLA CONTENEDORA DE LÍQUIDOS Y TIERRA NEGRA

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TRATADA PARA PLANTAS DE ORNATO. DENTRO DEL CONCEPTO SE DEBERÁN DE

CONTEMPLAR TODAS LAS HERRAMIENTAS Y EQUIPO NECESARIOS PARA EL TRABAJO,

RESPONSABILIDAD TOTAL DEL PRESTADOR DEL SERVICIO HASTA EL FINAL DEL MISMO.

SUMINISTRO Y COLOCACIÓN DE MACETONES DE BARRO DE 60 CM DE DIÁMETRO Y UNA

ALTURA ENTRE 50 A 60 CM,

EL CONCEPTO INCLUYE: APLICACIÓN DE IMPERMEABILIZANTE AL INTERIOR, PINTURA AL

EXTERIOR O BARNIZ, PLATO O CHAROLA CONTENEDORA DE LÍQUIDOS Y TIERRA NEGRA

TRATADA PARA PLANTAS DE ORNATO. DENTRO DEL CONCEPTO SE DEBERÁN DE

CONTEMPLAR TODAS LAS HERRAMIENTAS Y EQUIPO NECESARIOS PARA EL TRABAJO,

RESPONSABILIDAD TOTAL DEL PRESTADOR DEL SERVICIO HASTA EL FINAL DEL MISMO.

SUMINISTRO Y COLOCACIÓN DE MACETONES DE PLÁSTICO DE 50 CM DE DIÁMETRO Y UNA

ALTURA ENTRE 40 A 50 CM.

EL CONCEPTO INCLUYE: PINTURA AL EXTERIOR O BARNIZ, PLATO O CHAROLA CONTENEDORA

DE LÍQUIDOS Y TIERRA NEGRA TRATADA PARA PLANTAS DE ORNATO. DENTRO DEL

CONCEPTO SE DEBERÁN DE CONTEMPLAR TODAS LAS HERRAMIENTAS Y EQUIPO

NECESARIOS PARA EL TRABAJO, RESPONSABILIDAD TOTAL DEL PRESTADOR DEL SERVICIO

HASTA EL FINAL DEL MISMO.

SUMINISTRO Y COLOCACIÓN DE MACETONES DE PLÁSTICO DE 75 CM DE DIÁMETRO Y UNA

ALTURA ENTRE 55 A 65 CM.

EL CONCEPTO INCLUYE: PINTURA AL EXTERIOR O BARNIZ, PLATO O CHAROLA CONTENEDORA

DE LÍQUIDOS Y TIERRA NEGRA TRATADA PARA PLANTAS DE ORNATO. DENTRO DEL

CONCEPTO SE DEBERÁN DE CONTEMPLAR TODAS LAS HERRAMIENTAS Y EQUIPO

NECESARIOS PARA EL TRABAJO, RESPONSABILIDAD TOTAL DEL PRESTADOR DEL SERVICIO

HASTA EL FINAL DEL MISMO.

SUMINISTRO Y COLOCACIÓN DE PLATO O CHAROLA CONTENEDORA DE LÍQUIDOS PARA

MECETAS O MACETONES DE 45 A 75 CM DE DIÁMETRO.

EL CONCEPTO INCLUYE: INSTALACION Y COLOCACION EN MACETAS O MACETONES.

SUMINISTRO Y COLOCACIÓN DE PLANTAS DE ORNATO PARA EXTERIOR DE LA SIGUIENTE

ESPECIE, ADELFAS ENANAS DE 50 CM DE ALTO FLOREADAS DE DIFERENTES COLORES DE

ACUERDO A LO SOLICITADO POR SUPERVISOR DEL IMP.

EL CONCEPTO INCLUYE: SUMINISTRO Y SIEMBRA DE LA PLANTA, TIERRA TRATADA PARA EL

SEMBRADO, RIEGO DE LA MISMA POR QUINCE DÍAS CONSECUTIVOS UNA VEZ COLOCADA,

MANO DE OBRA, USO DE HERRAMIENTAS, EQUIPO, LIMPIEZA DE LA ZONA DE TRABAJO,

LLEVAR EL RESIDUO GENERADO FUERA DE LAS INSTALACIONES DEL IMP., BAJO

RESPONSABILIDAD DEL PRESTADOR DEL SERVICIO, RESPONSABILIDAD TOTAL DEL

PRESTADOR DEL SERVICIO HASTA EL FINAL DEL MISMO.

SUMINISTRO Y COLOCACIÓN DE PLANTAS DE ORNATO PARA EXTERIOR DE LA SIGUIENTE

ESPECIE, HELICONIAS ENANAS FLOREADAS DE DIFERENTES COLORES DE ACUERDO A LO

SOLICITADO POR SUPERVISOR DEL IMP.

EL CONCEPTO INCLUYE: SUMINISTRO Y SIEMBRA DE LA PLANTA, TIERRA TRATADA PARA EL

SEMBRADO, RIEGO DE LA MISMA POR QUINCE DÍAS CONSECUTIVOS UNA VEZ COLOCADA,

MANO DE OBRA, USO DE HERRAMIENTAS, EQUIPO, LIMPIEZA DE LA ZONA DE TRABAJO,

LLEVAR EL RESIDUO GENERADO FUERA DE LAS INSTALACIONES DEL IMP., BAJO

No. IA-018T0O004-E176-2019

RESPONSABILIDAD DEL PRESTADOR DEL SERVICIO, RESPONSABILIDAD TOTAL DEL

PRESTADOR DEL SERVICIO HASTA EL FINAL DEL MISMO.

SUMINISTRO Y COLOCACIÓN DE PLANTAS DE ORNATO PARA EXTERIOR DE LA SIGUIENTE

ESPECIE, LISTÓN ESPAÑOL BLANCO DE ACUERDO A LO SOLICITADO POR EL SUPERVISOR

DEL IMP.

EL CONCEPTO INCLUYE: SUMINISTRO Y SIEMBRA DE LA PLANTA, TIERRA TRATADA PARA EL

SEMBRADO, RIEGO DE LA MISMA POR QUINCE DÍAS CONSECUTIVOS UNA VEZ COLOCADA,

MANO DE OBRA, USO DE HERRAMIENTAS, EQUIPO, LIMPIEZA DE LA ZONA DE TRABAJO,

LLEVAR EL RESIDUO GENERADO FUERA DE LAS INSTALACIONES DEL IMP., BAJO

RESPONSABILIDAD DEL PRESTADOR DEL SERVICIO, RESPONSABILIDAD TOTAL DEL

PRESTADOR DEL SERVICIO HASTA EL FINAL DEL MISMO.

SUMINISTRO Y COLOCACIÓN DE PLANTAS DE ORNATO PARA EXTERIOR DE LA SIGUIENTE

ESPECIE, IXORAS FLOREADAS DE DIFERENTES COLORES DE ACUERDO A LO SOLICITADO

POR SUPERVISOR DEL IMP.

EL CONCEPTO INCLUYE: SUMINISTRO Y SIEMBRA DE LA PLANTA, TIERRA TRATADA PARA EL

SEMBRADO, RIEGO DE LA MISMA POR QUINCE DÍAS CONSECUTIVOS UNA VEZ COLOCADA,

MANO DE OBRA, USO DE HERRAMIENTAS, EQUIPO, LIMPIEZA DE LA ZONA DE TRABAJO,

LLEVAR EL RESIDUO GENERADO FUERA DE LAS INSTALACIONES DEL IMP REGION SUR, BAJO

RESPONSABILIDAD DEL PRESTADOR DEL SERVICIO, RESPONSABILIDAD TOTAL DEL

PRESTADOR DEL SERVICIO HASTA EL FINAL DEL MISMO.

SUMINISTRO Y COLOCACIÓN DE PLANTAS DE ORNATO PARA INTERIOR DE LA SIGUIENTE

ESPECIE, NOCHE BUENAS DE 40 CM DE ALTO, FLOREADAS COLOR BLANCA O ROJA DE

ACUERDO A LO SOLICITADO POR SUPERVISOR DEL IMP.

EL CONCEPTO INCLUYE: SUMINISTRO DE LA PLANTA, TIERRA TRATADA PARA EL SEMBRADO,

PLATO PARA DERRAME DE AGUA EN SU BASE, RIEGO DE LA MISMA POR QUINCE DÍAS

CONSECUTIVOS UNA VEZ COLOCADA, MANO DE OBRA, USO DE HERRAMIENTAS, EQUIPO,

LIMPIEZA DE LA ZONA DE TRABAJO, LLEVAR EL RESIDUO GENERADO FUERA DE LAS

INSTALACIONES DEL IMP REGION SUR, BAJO RESPONSABILIDAD DEL PRESTADOR DEL

SERVICIO, RESPONSABILIDAD TOTAL DEL PRESTADOR DEL SERVICIO HASTA EL FINAL DEL

MISMO.

SUMINISTRO Y COLOCACIÓN DE PLANTA DE ORNATO PARA EXTERIOR BUGANVILIA DE 50 A

60 CM DE ALTURA DE ACUERDO A LO SOLICITADO POR SUPERVISOR DEL IMP.

EL CONCEPTO INCLUYE: SUMINISTRO DE LA PLANTA, TIERRA TRATADA PARA EL SEMBRADO,

PLATO PARA DERRAME DE AGUA EN SU BASE, RIEGO DE LA MISMA POR QUINCE DÍAS

CONSECUTIVOS UNA VEZ COLOCADA, MANO DE OBRA, USO DE HERRAMIENTAS, EQUIPO,

LIMPIEZA DE LA ZONA DE TRABAJO, LLEVAR EL RESIDUO GENERADO FUERA DE LAS

INSTALACIONES DEL IMP REGION SUR, BAJO RESPONSABILIDAD DEL PRESTADOR DEL

SERVICIO, RESPONSABILIDAD TOTAL DEL PRESTADOR DEL SERVICIO HASTA EL FINAL DEL

MISMO.

SUMINISTRO Y COLOCACIÓN DE PLANTA DE ORNATO PARA EXTERIOR ROSA O FLOR DEL

DESIERTO DE 50 A 60 CM DE ALTURA DE ACUERDO A LO SOLICITADO POR SUPERVISOR DEL

IMP.

EL CONCEPTO INCLUYE: SUMINISTRO DE LA PLANTA, TIERRA TRATADA PARA EL SEMBRADO,

PLATO PARA DERRAME DE AGUA EN SU BASE, RIEGO DE LA MISMA POR QUINCE DÍAS

CONSECUTIVOS UNA VEZ COLOCADA, MANO DE OBRA, USO DE HERRAMIENTAS, EQUIPO,

LIMPIEZA DE LA ZONA DE TRABAJO, LLEVAR EL RESIDUO GENERADO FUERA DE LAS

No. IA-018T0O004-E176-2019

INSTALACIONES DEL IMP REGION SUR, BAJO RESPONSABILIDAD DEL PRESTADOR DEL

SERVICIO, RESPONSABILIDAD TOTAL DEL PRESTADOR DEL SERVICIO HASTA EL FINAL DEL

MISMO.

SUMINISTRO Y COLOCACIÓN DE PLANTAS DE ORNATO PARA EXTERIOR DE LA SIGUIENTE

ESPECIE, ANTURIOS FLOREADOS DE ACUERDO A LO SOLICITADO POR SUPERVISOR DEL IMP.

EL CONCEPTO INCLUYE: SUMINISTRO Y SIEMBRA DE LA PLANTA, TIERRA TRATADA PARA EL

SEMBRADO, RIEGO DE LA MISMA POR QUINCE DÍAS CONSECUTIVOS UNA VEZ COLOCADA,

MANO DE OBRA, USO DE HERRAMIENTAS, EQUIPO, LIMPIEZA DE LA ZONA DE TRABAJO,

LLEVAR EL RESIDUO GENERADO FUERA DE LAS INSTALACIONES DEL IMP REGION SUR, BAJO

RESPONSABILIDAD DEL PRESTADOR DEL SERVICIO, RESPONSABILIDAD TOTAL DEL

PRESTADOR DEL SERVICIO HASTA EL FINAL DEL MISMO.

SUMINISTRO Y COLOCACIÓN DE PLANTAS DE ORNATO PARA EXTERIOR DE LA SIGUIENTE

ESPECIE, CUNAS DE MOISÉS GRANDES FLOREADAS DE 50 CM DE ALTO DE ACUERDO A LO

SOLICITADO POR SUPERVISOR DEL IMP.

EL CONCEPTO INCLUYE: SUMINISTRO Y SIEMBRA DE LA PLANTA, TIERRA TRATADA PARA EL

SEMBRADO, RIEGO DE LA MISMA POR QUINCE DÍAS CONSECUTIVOS UNA VEZ COLOCADA,

MANO DE OBRA, USO DE HERRAMIENTAS, EQUIPO, LIMPIEZA DE LA ZONA DE TRABAJO,

LLEVAR EL RESIDUO GENERADO FUERA DE LAS INSTALACIONES DEL IMP REGION SUR, BAJO

RESPONSABILIDAD DEL PRESTADOR DEL SERVICIO, RESPONSABILIDAD TOTAL DEL

PRESTADOR DEL SERVICIO HASTA EL FINAL DEL MISMO.

SUMINISTRO Y COLOCACIÓN DE PLANTAS DE ORNATO PARA EXTERIOR DE LA SIGUIENTE

ESPECIE, PALO DE BRASIL DE 1 M DE ALTO DE ACUERDO A LO SOLICITADO POR SUPERVISOR

DEL IMP.

EL CONCEPTO INCLUYE: SUMINISTRO Y SIEMBRA DE LA PLANTA, TIERRA TRATADA PARA EL

SEMBRADO, RIEGO DE LA MISMA POR QUINCE DÍAS CONSECUTIVOS UNA VEZ COLOCADA,

MANO DE OBRA, USO DE HERRAMIENTAS, EQUIPO, LIMPIEZA DE LA ZONA DE TRABAJO,

LLEVAR EL RESIDUO GENERADO FUERA DE LAS INSTALACIONES DEL IMP., BAJO

RESPONSABILIDAD DEL PRESTADOR DEL SERVICIO, RESPONSABILIDAD TOTAL DEL

PRESTADOR DEL SERVICIO HASTA EL FINAL DEL MISMO.

SUMINISTRO DE COSTAL DE TIERRA NEGRA DE LA MÁS ALTA CALIDAD PARA USARSE EN

MACETAS, MACETONES Y JARDINERAS; CON UN 10 % DE HOJA PARA MANTENERLA POROSA

Y PERMITIR EL BUEN DRENAJE Y LA OXIGENACIÓN DE LAS RAÍCES.

EL CONCEPTO INCLUYE: TODOS LOS MATERIALES Y TRABAJOS NECESARIOS PARA LA

EJECUCIÓN DE ESTE CONCEPTO, MANO DE OBRA, ACARREOS HORIZONTALES Y VERTICALES

EN BOTE Y/O CARRETILLA, TRASPALEOS, TENDIDO, NIVELACIÓN, PREPARACIÓN DE LA

SUPERFICIE, RIEGO DE AGUA, SACAR EL ESCOMBRO PRODUCTO DE LOS TRABAJOS, DE LAS

INSTALACIONES DEL IMP., CON CARGO, COSTO Y RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA,

RESPONSABILIDAD TOTAL DEL CONTRATISTA Y LIMPIEZA EN LA ZONA DE TRABAJO.

MANTENIMIENTO A MACETAS INCLUYE: LIMPIEZA DE MACETAS, RIEGO FRECUENTE,

RECORTE DE RAMAS SECAS SE HARÁ DE MANERA MENSUAL, SE DEBERÁ SUSTITUIR LAS

PLANTAS DE ORNATO DETERIORADAS, SE APLICARÁ FERTILIZANTES Y PINTURA TIPO REAL

FLEX CENTER MOD. VER-5 MCA. COMEX O EQUIVALENTE DE ACUERDO A SOLICITUD DEL

SUPERVISOR DEL SERVICIO DEL IMP.

No. IA-018T0O004-E176-2019

EL CONCEPTO INCLUYE: PARA EL MANTENIMIENTO DE MACETAS Y MACETEROS SE DEBERÁ

CONTAR CON UN JARDINERO CON AMPLIO CONOCIMIENTOS DEL CUIDADO DE PLANTAS DE

ORNATO PARA INTERIOR Y EXTERIOR (EN NINGÚN CASO SE ACEPTARÁ PERSONAL SIN

DICHOS CONOCIMIENTOS), DEBERÁ DE CONOCER EL PERIODO DE RIEGO DE LAS PLANTAS Y

SERÁ RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA MANTENERLAS EN EXCELENTES CONDICIONES.

DENTRO DEL CONCEPTO PARA EL JARDINERO SE DEBERÁN DE CONTEMPLAR TODAS LAS

HERRAMIENTAS Y EQUIPO NECESARIOS PARA EL TRABAJO.

CONDICIONES DE PAGO: EL IMP PAGARÁ AL PROVEEDOR EL MONTO DE LOS BIENES ENTREGADOS O SERVICIOS CONTRATADOS Y ACEPTADOS POR EL SUPERVISOR DEL SERVICIO DEL IMP Y DENTRO DE LOS 20 DÍAS NATURALES UNA VEZ VALIDADA LA FACTURA ELECTRONICA EN LA PAGINA DE LA BÓVEDA DEL IMP. PENAS CONVENCIONALES

Se aplicarán por cada día natural de atraso, con el 1 % del monto de los servicios prestados con

atraso, serán calculadas por el área contratante correspondiente, por regla general se calcularán

por partida, sin exceder de manera proporcional el 10% del monto de la partida de que se trate y

la suma de las penas convencionales de dicha partida o partidas no deberá exceder el importe de

la garantía de cumplimiento del CONTRATO O PEDIDO. En caso de exceder el porcentaje referido

se podrá iniciar el procedimiento de rescisión del CONTRATO O PEDIDO, de conformidad con lo

estipulado en la Ley y su Reglamento.

Para efectos del párrafo anterior, el área contratante deberá recibir un documento del área

requirente donde se le comunique del incumplimiento. Una vez que el área contratante cuente con

este documento generará el cálculo correspondiente y le solicitará mediante correo electrónico

al “PROVEEDOR” que se presente en las instalaciones del “IMP” a firmar el documento de

aceptación del cálculo.

SE APLICARA UNA PENA CONVENCIONAL DE 1% DEL MONTO TOTAL DEL SERVICIO PRESTADO

CON ATRASO POR CADA DÍA NATURAL DE ATRASO, SIN EXCEDER EL MONTO DE LA GARANTÍA

DE CUMPLIMIENTO DE PEDIDO.

CAUSA PENALIZACION

En caso de incumplimiento se penalizara por cada día

natural de atraso en el inicio de los trabajos , sin exceder el

monto de la garantía del pedido correspondiente

El 1 % del monto de la facturación del

mes sin IVA.

DEDUCCIONES:

Se aplicarán con el 10 % del monto de los servicios prestados de manera deficiente o incompletos,

serán calculadas por el área contratante correspondiente, sin exceder de manera proporcional el

10% del importe de la partida que se trate y la suma de las deducciones de esta partida o partidas

no deberán exceder el importe de la garantía de cumplimiento del CONTRATO O PEDIDO. En caso

de exceder el porcentaje referido se podrá iniciar el procedimiento de rescisión del CONTRATO O

PEDIDO, de conformidad con lo estipulado en la Ley y su Reglamento.

Para efectos del párrafo anterior, el área contratante deberá recibir un documento del área

requirente donde se le comunique la deducción por aplicar. Una vez que el área contratante cuente

No. IA-018T0O004-E176-2019

con este documento generará el cálculo correspondiente y le solicitará mediante correo

electrónico al “PROVEEDOR” que se presente en las instalaciones del “IMP” a firmar el

documento de aceptación del cálculo.

SE APLICARÁ UNA DEDUCCIÓN DEL 10% DEL IMPORTE TOTAL DE LA PARTIDA DE QUE SE

TRATE EN LA REALIZACIÓN DEFICIENTE EN CUALQUIERA DE LAS ACTIVIDADES

RELACIONADAS EN ESTE SERVICIO, SIN EXCEDER EL MONTO DE LA GARANTÍA DE

CUMPLIMIENTO; EN CASO DE EXCEDERSE, SE PODRÁ INICIAR EL PROCESO DE RECISIÓN DEL

CONTRATO.

CAUSA DEDUCTIVA

Cuando los servicios encomendados estén incompletos o

con deficiencias.

El 10 % del importe total de la partida

o partidas de que se trate sin IVA

b) “LOS POSIBLES PROVEEDORES” deberán llevar a cabo, la recolección de subproductos vegetales, cada que

se generen como consecuencia de los trabajos ejecutados, realizando la disposición adecuada de los

mismos, conforme a lo establecido en la Ley de Residuos Sólidos de la Ciudad de México, o las

disposiciones normativas correlativas en otras Entidades Federativas, por lo que “LOS POSIBLES

PROVEEDORES” deberán proporcionar el material necesario para la correcta separación de los desechos

sólidos como se señala en dichas disposiciones y no podrán mezclar estos residuos, con los que se

generan en cada inmueble, conforme a lo establecido en los contratos específicos.

Queda absolutamente prohibido dejar basura (pasto, ramas, tierra, hojas, etc.) o cualquier material que resulte de la prestación del servicio en cualquier área del interior del IMP, como áreas jardineadas, banquetas, andadores, estacionamientos, accesos, entre otros sitios. Asimismo queda absolutamente prohibido dejar basura en las banquetas perimetrales del IMP o en calles perimetrales al IMP. El incumplimiento de esta condición será motivo de aplicación de la deducción correspondiente.

c) “LOS POSIBLES PROVEEDORES”, deberán contar con todos los

materiales, herramientas, equipo, sustratos y productos necesarios, para la

conservación de las áreas verdes, proporcionando el “SERVICIO” de

acuerdo a las necesidades requeridas en los contratos específicos; los

cuales deberán estar considerados en el monto total por servicio requerido.

“LOS POSIBLES PROVEEDORES”, deben responder por los desperfectos o daños que llegaran a provocar en mobiliario, equipo, instalaciones y robos comprobados que sus empleados ocasionen, en un plazo no mayor de 15 días naturales a partir de la fecha en que ocurra. Para ello deberá contar con una póliza de responsabilidad civil con una suma asegurada de $ 200, 000.00 (Doscientos mil pesos 00/100 MN). “LOS POSIBLES PROVEEDORES” deberá presentar la relación de equipo con que cuenta de acuerdo a la relación de equipamiento y herramienta indicada en este anexo. Una vez adjudicado el servicio, no podrá ser menor a la que presentó en su proposición.

No. IA-018T0O004-E176-2019

Los materiales de jardinería a utilizar en el servicio de mantenimiento a las áreas verdes debe ser de primera calidad, asimismo, los fertilizantes deben ser inorgánicos y deberá presentar sus propuestas, las cuales deberán ser firmadas y autorizadas por parte de la supervisión del IMP a cargo.

d) “LOS POSIBLES PROVEEDORES” se comprometen a que al arribo de los

materiales darán aviso a la persona que designe el Instituto Mexicano del

Petróleo Región Sur, para su previa revisión y verificación de características

que garanticen la calidad y estado fitosanitario libre de patógenos, y/o

cantidad, antes de ser almacenados o utilizados, indicando en el documento

de recepción que la entrega cumplió con los estándares de calidad

requeridos.

e) “LOS POSIBLES PROVEEDORES” deberán llevar el registro de entradas de

material de manera eficiente y organizada (por primeras entradas, primeras

salidas, flamabilidad, así como el grado de toxicidad establecido en el

Catálogo Oficial de Plaguicidas publicado por la Comisión Federal para la

Protección contra Riesgos Sanitarios -COFEPRIS-), así mismo deberá

contar con un resumen de las áreas o lugares donde fueron aplicados

dichos productos, así como las dosis suministradas; este resumen podrá

ser requerido por el Instituto Mexicano del Petróleo Región Sur en cualquier

momento, si así se considera conveniente.

f) “LOS POSIBLES PROVEEDORES” serán responsables de realizar el

“SERVICIO” de acuerdo a las actividades establecidas en los contratos

específicos y sus respectivos anexos, en función a las características del

inmueble.

g) “LOS POSIBLES PROVEEDORES” deben contar con recursos financieros,

humanos y materiales suficientes para el cumplimiento del “SERVICIO”,

objeto del contrato específico.

h) “LOS POSIBLES PROVEEDORES” proporcionarán el “SERVICIO” de acuerdo a las actividades y

frecuencias establecidas en los contratos específicos y sus respectivos anexos. (En donde indicará la

calendarización del “SERVICIO” por inmueble y volumetría).

i) “LOS POSIBLES PROVEEDORES” deberán realizar las actividades de

fumigación, en áreas verdes interiores y exteriores, “LOS POSIBLES

PROVEEDORES” se comprometen a que los plaguicidas que se apliquen

estén inscritos en el Catálogo de Plaguicidas de la COFEPRIS y

debidamente registrados ante la Comisión Intersecretarial para el Control del

Proceso, Uso de Plaguicidas y Sustancias Tóxicas (CICOPLAFEST); así mismo,

deberán estar etiquetados conforme a la regulación vigente y aplicable y

no estar caducados.

No. IA-018T0O004-E176-2019

j) “LOS POSIBLES PROVEEDORES” quedan obligados a responder por las

reclamaciones ante cualquier autoridad sanitaria, cuando por la realización

de las labores de fumigación en áreas verdes interiores y exteriores, jardines,

jardineras, arriates, camellones y macetones, o bien por negligencia del

personal a su cargo, pudieran derivarse afectaciones a la salud.

k) Los productos y equipos que utilicen “LOS POSIBLES PROVEEDORES” para

la prestación del “SERVICIO”, deberán cumplir como mínimo con las siguientes

normas:

Los productos y equipos que utilice “EL PRESTADOR DEL SERVICIO O PROVEEDOR” para la prestación del “SERVICIO”, deberán cumplir como mínimo con las siguientes normas:

Número de Norma Descripción de la Norma

NOM-017-STPS-2008 Equipo de protección personal-Selección, uso y

manejo en los centros de trabajo.

NADF-001-RNAT-2015 o sus

correlativas en las entidades federativas

Los requisitos y especificaciones técnicas que

deberán cumplir las personas físicas morales de

carácter público o privado, autoridades y en general

todas aquellas que realicen poda, derribo,

transplante y restitución de árboles en el Distrito

Federal.

NOM-232-SSA1-2009 Plaguicidas: que establece los requisitos del envase,

embalaje y etiquetado de productos grado técnico y

para uso agrícola, forestal. Pecuario, jardinería,

urbano, industrial y doméstico.

NOM-003-STPS-1999 Actividades agrícolas – uso de insumos

fitosanitarios o plaguicidas e insumos de nutrición

vegetal o fertilizantes – condiciones de seguridad e

higiene.

NOM-009-STPS-2011 Condiciones de seguridad para realizar trabajos de

altura.

NOM-019-SEMARNAT-2006 Los lineamientos técnicos de los métodos para el

combate y control de insectos descortezadores.

NADF-006-RNAT-2012 o sus

correlativas en las entidades federativas

Los requisitos, criterios, lineamientos y

especificaciones técnicas que deben cumplir las

autoridades, personas físicas o morales que realicen

actividades de fomento, mejoramiento y

NADF-020-AMBT-2011

o sus correlativas en las entidades

federativas

Requerimientos mínimos para la producción de

composta a partir de la fracción orgánica de los

residuos sólidos urbanos, agrícolas, pecuarios y

forestales, así como las especificaciones mínimas de

calidad de la composta producida y/o distribuida en

el Distrito Federal.

No. IA-018T0O004-E176-2019

“LOS POSIBLES PROVEEDORES” se obligan a cumplir las demás normas

que resulten aplicables a la prestación del “SERVICIO”.

“EL PRESTADOR DEL SERVICIO O PROVEEDOR” se obliga a cumplir las demás normas que resulten aplicables a la prestación del “SERVICIO”. Las DEPENDENCIAS o ENTIDADES no podrán establecer Normas Oficiales Mexicanas, Normas Mexicanas

según proceda y a falta de estas las Normas Internacionales, de conformidad con lo dispuesto por los

artículos 53 y 55 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; en su caso las Normas de Referencia

o Especificaciones a que se refiere el artículo 67 de esta Ley, que limiten la participación de “LOS

POSIBLES PROVEEDORES”.

l) El “SERVICIO” será supervisado por el personal que designe el Instituto Mexicano del Petróleo.

m) La DEPENDENCIA o ENTIDAD establecerá en los contratos específicos y sus

respectivos anexos, las actividades y frecuencias en función a las

necesidades de operación del inmueble.

n) Las reuniones formales de seguimiento serán acordadas de forma oficial entre

la DEPENDENCIA o ENTIDAD y “LOS POSIBLES PROVEEDORES”,

Convocándose con al menos una semana de anticipación.

o) “LOS POSIBLES PROVEEDORES” quedan obligados durante la vigencia del

“SERVICIO”, a cumplir con la inscripción y pago de cuotas al Instituto

Mexicano del Seguro Social (IMSS) del personal que brinde el “SERVICIO” en

el inmueble. Para verificar su cumplimiento deberá entregar bimestralmente

al Instituto Mexicano del Petróleo Región Sur, el comprobante de las cuotas

obrero patronales, en caso de no presentar el documento, se aplicarán las

penas establecidas en los contratos específicos.

V. LUGAR DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO.

El Servicio se realizara en el Instituto Mexicano del Petróleo, Región Sur a través

de la Gerencia de Proveeduría y Servicios, ubicada en Periferico Carlos Pellicer

Cámara # 1502, Esquina con calle Campo Giraldas, Col. José Ma. Pino Suárez,

C.P. 86029, Villahermosa, Tabasco.y sus Centros Foráneos de los estados de

Tabasco, Chiapas, Veracruz y Oaxaca.

El “SERVICIO” objeto de los contratos específicos se prestará en el inmueble

que indique el Instituto Mexicano del Petróleo Región Sur.

No. IA-018T0O004-E176-2019

El horario para la realización del “SERVICIO”, de manera general será de lunes a domingo en un horario

aproximado de las 06:00 a las 21:00 horas, quedando detallado en los contratos específicos y sus

respectivos anexos.

TIEMPO DIARIO DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO: El horario de servicio del “EL PRESTADOR DEL SERVICIO O PROVEEDOR” deberá cumplir un tiempo de servicio diario de las 6:30 a las 18:00 horas de lunes a viernes y sábado de 7:00 a 14:00 horas.

PARA SEDE-VILLAHERMOSA, TABASCO, EL “PROVEEDOR” DEBE INICIAR SUS ACTIVIDADES

DESDE LAS 6:30 A LAS 18:00 HORAS DE LUNES A VIERNES, DE 7:00 A 14:00 HORAS LOS

SÁBADOS, DOMINGOS Y DÍAS FESTIVOS. A PETICION O SOLICITUD DEL SUPERVISOR DEL

CONTRATO POR PARTE DE IMP, PODRÁ MODIFICAR ESTE HORARIO DE COMÚN ACUERDO CON

EL PROVEEDOR O SU REPRESENTANTE.

ASÍ MISMO SE DEBERÁ SOLICITAR AL SUPERVISOR DE LOS SERVICIOS POR PARTE DEL IMP,

UN PERMISO DE TRABAJOS EN HORARIO - ESPECIAL PARA LABORAR DE 18:00 A 24 HRS, EN EL

CASO QUE FUERA NECESARIO LABORAR EN ESTE HORARIO PARA QUE NO INTERFIERAN CON

LAS ACTIVIDADES DE LOS USUARIOS.

EL PERSONAL QUE PROPORCIONE EL PROVEEDOR, DEBE ESTAR SIEMPRE PRESENTABLE

DENTRO DE LOS EDIFICIOS ADMINISTRATIVOS DEL INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO,

DEBE PORTAR SIEMPRE LA IDENTIFICACIÓN DE LA COMPAÑÍA, ASÍ COMO VESTIR

DIARIAMENTE ROPA DE TRABAJO LIMPIA Y ADECUADA CON EL LOGOTIPO DE LA EMPRESA

(UNIFORME OBLIGATORIO), LO ANTERIOR SERÁ RESPONSABILIDAD DEL SUPERVISOR DE

SERVICIOS DE LOS TRABAJOS POR PARTE DEL PROVEEDOR. EL SUPERVISOR DEL IMP PODRÁ

RESTRINGIR EL ACCESO A LOS EDIFICIOS COMPRENDIDOS DENTRO DE ESTE CONTRATO A

CUALQUIER ELEMENTO DEL PROVEEDOR, QUE A JUICIO DE LA ENTIDAD NO SEA APTO PARA

LABORAR EN LAS INSTALACIONES O BIEN QUE SE PRESENTE EN ESTADO DE EBRIEDAD O DE

HABER CONSUMIDO SUSTANCIAS TÓXICAS, MISMO QUE DEBE SER REEMPLAZADO DE

INMEDIATO DE SER REQUERIDO POR LA SUPERVISIÓN. ASIMISMO, UNA VEZ DENTRO DE LAS

INSTALACIONES DEL INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO, DEBE ACATAR LOS

REGLAMENTOS QUE LA ENTIDAD EMITA.

El IMP se reserva el derecho de aceptar o rechazar a cualquier persona que labore con el prestador del servicio, incluyendo al supervisor del mismo, quien sea causa de conflictos laborales o de cualquier índole que afecte la calidad, oportunidad y el desarrollo del servicio. En este caso se le informará al prestador del servicio y se le solicitará su reemplazo.

VI. CONDICIONES SOCIALES.

"LOS POSIBLES PROVEEDORES" estarán obligados a cumplir con las

siguientes condiciones respecto al personal que utilicen para la prestación del

“SERVICIO”:

1. Tratar a su personal con respeto y dignidad, quedando prohibida cualquier forma de violencia física

o verbal, así como la intimidación y el hostigamiento.

2. Incorporar medidas para prevenir y sancionar cualquier forma de

No. IA-018T0O004-E176-2019

violencia, el acoso y el hostigamiento sexual.

3. En general, a cumplir en tiempo y forma con las demás obligaciones de

índole laboral.

"LOS POSIBLES PROVEEDORES" tienen expresamente prohibido

respecto al personal que utilicen para la prestación del “SERVICIO”:

1. Incurrir en cualquier forma de discriminación por origen étnico, religión, orientación sexual, fisonomía o

discapacidad física.

2. Retener los pagos y salarios o imponer condiciones que menoscaben la

libertad de su personal como el pago de depósitos, la retención de

documentos, la firma anticipada de su renuncia o la práctica de pruebas

de embarazo, así como el despido por esta causa.

VII. REQUERIMIENTOS.

“LOS POSIBLES PROVEEDORES” garantizarán la prestación del “SERVICIO”

de acuerdo a los siguientes términos:

VII.1 CALIDAD EN EL SERVICIO.

Será responsabilidad de “LOS POSIBLES PROVEEDORES”, mantener la

calidad del “SERVICIO” conforme a lo establecido en los contratos

específicos y sus respectivos anexos. El “SERVICIO” deberá realizarse garantizando la seguridad tanto para el personal que efectué éste, como

para los usuarios que se encuentren en el inmueble.

“LOS POSIBLES PROVEEDORES” deberán contar con el personal

especializado en el ramo, así como herramientas, maquinaria, vehículos y

equipos adecuados para el ”SERVICIO” requerido, a fin de garantizar que

se proporciona con la calidad, oportunidad y eficiencia requerida para tal

efecto, quedando obligado a realizarlo a entera satisfacción del Instituto

Mexicano del Petróleo Región Sur.

VII.2 PERSONAL PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO.

“LOS POSIBLES PROVEEDORES” deberán contar con el personal necesario

que le permita prestar el “SERVICIO” conforme a lo establecido en los

contratos específicos y sus respectivos anexos, siendo éstos los siguientes:

No. IA-018T0O004-E176-2019

RELACIÓN DE PERSONAL MÍNIMO SOLICITADO PARA TRABAJOS DE JARDINERIA EN EL IMP VILLAHERMOSA, TABASCO Y CENTROS FORÁNEOS DEL IMP DE TABASCO, CHIAPAS, VERACRUZ Y OAXACA: PERSONAL PARA EL IMP VILLAHERMOSA, TABASCO:

CANTIDAD DESCRIPCIÓN

1

UN SUPERVISOR DE LOS SERVICIOS, PARA EL IMP VILLAHERMOSA, TABASCO Y CENTROS FORÁNEOS. DEBIDAMENTE UNIFORMADO. ESTE DEBERÁN TENER ESCOLARIDAD MÍNIMA DE BACHILLERATO, EXPERIENCIA MÍNIMA DE 12 MESES EN MANEJO DE PERSONAL Y TRABAJOS DE JARDINERÍA.

3 TRES JARDINEROS PERMANENTES EN EL IMP VILLAHERMOSA, TABASCO, ESTOS DEBERÁN TENER ESCOLARIDAD MÍNIMA DE PRIMARIA, EXPERIENCIA EN MANEJO Y OPERACIÓN DE HERRAMIENTAS DE JARDINERÍA.

PERSONAL PARA CENTROS FORÁNEOS:

CANTIDAD DESCRIPCIÓN

2 DOS JARDINEROS TEMPORALES EN CENTROS FORÁNEOS, ESTOS DEBERÁN TENER ESCOLARIDAD MÍNIMA DE PRIMARIA, EXPERIENCIA EN MANEJO Y OPERACIÓN DE HERRAMIENTAS DE JARDINERÍA.

El personal descrito deberá contar con ropa de trabajo (uniforme) botas y equipo de seguridad. Todo elemento de la compañía prestadora del servicio deberá tener la experiencia necesaria, cuando menos doce meses en el área de jardinería, lo cual se demostrará con copia de documentos expedidos por empresa(s) con la(s) que ha trabajado y que indique vigencia y actividad realizada relacionada con el área de jardinería

JARDINEROS Y/O PODADORES

Será responsabilidad de “LOS POSIBLES PROVEEDORES”, establecer

la cantidad de jardineros y/o podadores necesarios para atender de

manera eficiente y oportuna el Programa de Trabajo que establezca el Instituto

Mexicano del Petróleo Región Sur.

VII.3 PROPUESTA DE TRABAJO.

“LOS POSIBLES PROVEEDORES” presentarán dentro de su oferta al

Instituto Mexicano del Petróleo Región Sur:

1.- Metodología,

2.- Programa de trabajo y organigrama (administrativo y operativo) que

permita garantizar la prestación del “SERVICIO”.

“EL PRESTADOR DEL SERVICIO O PROVEEDOR” deberá presentar

documento donde precise la Metodología de trabajo para cumplir con las

No. IA-018T0O004-E176-2019

obligaciones previstas en el anexo técnico, puede ser a través de una

presentación impresa, diagrama de flujo, etc.

Presentar documento con la propuesta del plan de trabajo y/o programación

del servicio para cumplir con las obligaciones previstas en el anexo técnico,

puede ser diagrama de Gantt.

“EL PRESTADOR DEL SERVICIO O PROVEEDOR” deberá acreditar sus recursos económicos con la última declaración fiscal anual 2018 y última declaración fiscal provisional 2019 del impuesto sobre la renta, presentadas ante la SHCP, para acreditar que sus ingresos son equivalentes al menos el 40% de su propuesta económica.

EXPERIENCIA El Proveedor del Servicio presentará la relación de su plantilla de elementos que participará en el desarrollo del presente servicio, presentará en su plantilla un ingeniero agrónomo, biólogo o especialista equivalente (acreditado debidamente mediante cédula profesional), el cual no se considera dentro de la plantilla de los 6 elementos, deberá presentar para éste copia de su cédula profesional en su propuesta técnica. Tanto en la propuesta como al inicio del servicio y su alta al IMSS. Deberá presentar una plantilla de mínimo 6 elementos de jardinería técnicamente aptos con experiencia en el desarrollo de servicios equivalentes de al menos 90 días calendario acumulados. Para comprobar la experiencia de dichos recursos humanos, el Proveedor del Servicio presentará para cada uno de los elementos, estos documentos podrán ser constancias de cursos, cartas de recomendación de la misma naturaleza de los trabajos de la presente convocatoria, etc., los cuales deberán ser personalizados. El Proveedor del Servicio deberá presentar los documentos que acrediten su experiencia que podrán ser copia de contratos, facturas, pedidos o documentos de servicios de la misma naturaleza a los descritos en este anexo. Se aceptará la presentación de contratos plurianuales. Se considerará la experiencia con los contratos o documentos que se presenten a evaluación. El Proveedor del Servicio deberá acreditar un mínimo de 6 (seis) meses de experiencia acumulada con contratos que se hayan suscrito en el periodo de 2015 a 2018 o tengan adjudicados con anterioridad a la fecha de la convocatoria.

VII.4 MAQUINARIA, EQUIPO, HERRAMIENTAS Y VEHÍCULOS.

“LOS POSIBLES PROVEEDORES” presentarán dentro de su oferta al

Instituto Mexicano del Petróleo, la relación de la maquinaria, equipo,

No. IA-018T0O004-E176-2019

herramientas y vehículos en óptimas condiciones de uso, con los que

garantizará la prestación del “SERVICIO”.

RELACIÓN DE MAQUINARIA, EQUIPO Y HERRAMIENTAS MÍNIMO SOLICITADO PARA

TRABAJOS DE JARDINERÍA EN EL IMP VILLAHERMOSA, TABASCO Y CENTROS FORÁNEOS

DEL IMP EN LOS ESTADOS DE TABASCO, CHIAPAS, VERACRUZ Y OAXACA.

NO. CACANTIDAD DESCRIPCIÓN

1 2 PODADORAS PORTÁTILES MOTOR A GASOLINA CON RECOLECTOR DE PASTO.

2 3 DESBROZADORAS MOTOR A GASOLINA.

3 2 ESCALERAS TELESCÓPICAS DE ALUMINIO.

4 4 ARNESES DE SEGURIDAD PARA TRABAJOS DE ALTURA

5 2 CABLE DE VIDA RETRACTIL

6 2 PALA CUADRADA

7 2 PALA DE PUNTA

8 2 ZAPAPICO O PICO.

9 3 ESCOBAS METALICAS (ARAÑA)

10 2 TIJERAS DE PODA

11 3 MACHETES

12 2 ESPATULAS

13 2 BROCHAS

14 2 RODILLO DE FELPA

15 2 LOTES DE HERRAMIENTAS DE MANO PARA SIEMBRA Y REMOCIÓN DE TIERRA EN MACETAS Y JARDINES

16 4 MANGUERA DE PLASTICO DE 1/2” DÍAM. DE 50 MTS. USO INDUSTRIAL.

17 4 ASPERSORES PARA REGADO DE PASTO DE ½” DE DIAMETRO.

18 1 CAMIONETA DE 3 TON. PARA TRASLADO DE SOBRANTES DE CORTES Y DESMORRES DE ARBOLES Y PRODUCTOS DE LA PODA DE PASTO Y MACETAS.

19 1

CAMIONETA PICK UP O VAN. PARA TRASLADO DE PERSONAL, HERRAMIENTAS Y EQUIPOS DE JARDINERÍA EN EL IMP UAS, VILLAHERMOSA, TABASCO Y LOS CENTROS FORÁNEOS DEL IMP UAS DE TABASCO, CHIAPAS, VERACRUZ Y OAXACA.

20 1 ANDAMIO SISTEMA TOTAL

“EL PRESTADOR DEL SERVICIO O PROVEEDOR” deberá presentar copias

de facturas de compra del equipo siguiente:

1.- PODADORAS PORTÁTILES MOTOR A GASOLINA CON RECOLECTOR DE PASTO.

2.- DESBROZADORAS MOTOR A GASOLINA.

3.- Escalera telescópica.

4.- Camioneta de 3 Ton para traslado de sobrantes de cortes y desmorres de

arboles y productos de la poda de pasto y macetas.

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5.- Camioneta pick up o Van para traslado de personal, herramientas y equipos de

jardinería en el imp Region Sur, Villahermosa, Tabasco y los centros foráneos del

IMP de Tabasco, Chiapas, Veracruz y Oaxaca.

EL PROVEEDOR DEBE CONTAR CON LO SIGUIENTE:

A).- OFICINAS ADMINISTRATIVAS QUE CUENTEN CON: TELÉFONO, COMPUTADORAS

PERSONALES O LAP TOP, IMPRESORA COLOR O MULTIFUNCIONALES, IMPRESORA LASER, 1

EQUIPO DE COMUNICACIÓN TIPO CELULAR PARA COMUNICACIÓN CON IMP VILLAHERMOSA,

TABASCO UNIDAD ADMINISTRATIVA SUR Y CON LOS CENTROS FORÁNEOS, ESCÁNER,

COPIADO, ETC., ASÍ COMO SERVICIO DE INTERNET PARA LA REALIZACIÓN DE SUS FUNCIONES

ADMINISTRATIVAS Y PARA RECIBIR ÓRDENES DE SERVICIOS ASÍ COMO RECIBIR

DOCUMENTOS DERIVADOS DE LA CONTRATACIÓN.

B).- VEHÍCULO(S) OFICIAL(ES).

VII.5 IDENTIFICACIÓN Y UNIFORMES. “LOS POSIBLES PROVEEDORES” quedan obligados a garantizar que el personal portará en todo momento el

uniforme de trabajo de acuerdo a lo establecido en los contratos específicos y sus respectivos anexos,

mismo que llevará impreso en lugar visible el nombre y logotipo de “LOS POSIBLES PROVEEDORES”; a fin

de que puedan ser identificados.

“EL PRESTADOR DEL SERVICIO O PROVEEDOR” deberá proporcionar el equipo necesario y de seguridad personal el cual debe ser proporcionado por la prestadora del servicio y sin el cual no se permitirá que sus empleados realicen los trabajos. No se permitirá el uso de equipo y herramienta que se encuentre de manera evidente en malas condiciones. La responsabilidad y costo de cualquier retraso en las actividades por la suspensión en el uso de equipo y herramienta en la condición descrita, será del prestador del servicio. Todos sus elementos incluyendo administrativos y profesionales, tendrán que utilizar uniforme de identificación y/o camisola de identificación de un solo color y rotulada con el logotipo de la empresa, así como el gafete del prestador del servicio que se le proporcionará para su acceso a las instalaciones. El IMP podrá retirar al elemento que no cumpla estas disposiciones. Asimismo, todo trabajador debe utilizar los equipos de seguridad adecuados para protección contra accidentes al efectuar los trabajos de mantenimiento. Nota: El equipo de los podadores, será supervisado y aprobado por el área de administración de Seguridad e Higiene del IMP RS, quienes podrán retirar del IMP RS, al personal que no porte de manera reincidente el equipo de seguridad.

“LOS POSIBLES PROVEEDORES” estarán obligados a otorgar a su personal

un gafete de identificación plastificado o con enmicado térmico, el cual

deberá portar durante su estancia en el inmueble, en caso contrario a dicho

personal se le podrá negar el acceso. Los gafetes deberán cumplir de forma

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mínima con los siguientes requisitos: logotipo y nombre de “LOS POSIBLES

PROVEEDORES”; nombre del trabajador y fotografía reciente.

VII.6 ACCIONES DE DISCIPLINA, ORDEN Y SEGURIDAD.

“LOS POSIBLES PROVEEDORES” instruirán a su personal para que guarden

la debida disciplina y orden durante la prestación del “SERVICIO”, acatando

las normas de seguridad aplicables en el inmueble del Instituto Mexicano del

Petróleo.

VII.7 RESPONSABILIDAD LABORAL. “LOS POSIBLES PROVEEDORES” señalarán en su oferta que el personal que realice las tareas

relacionadas con la prestación del “SERVICIO”, estará bajo su responsabilidad única y directa, por lo tanto,

en ningún momento se considerará al Instituto Mexicano del Petróleo Región Sur, como patrón sustituto o

solidario, pues el IMP no tendrá relación alguna de carácter laboral con dicho personal y

consecuentemente, “LOS POSIBLES PROVEEDORES” se comprometen a liberar al Instituto Mexicano del

Petróleo Región Sur de cualquier responsabilidad laboral o civil, obligándose éstos a garantizar el

pago de las prestaciones laborales y de seguridad social para sus empleados.

Asimismo, “LOS POSIBLES PROVEEDORES” asumirán la responsabilidad

en materia de seguridad social referente a sus trabajadores y/o a las que haya

lugar, en caso de que alguno de éstos sufra un accidente, enfermedad o

riesgo de trabajo.

DE LA SEGURIDAD, SALUD OCUPACIONAL Y PROTECCIÓN AMBIENTAL. “LOS POSIBLES PROVEEDORES” del “SERVICIO” s deberá cumplir en lo que aplique con el listado de requerimientos de la Guía técnica para el Control de Contratistas y Proveedores en Materia de Seguridad, Salud en el Trabajo y Protección Ambiental del Instituto Mexicano del Petróleo señalados en el formato SIG-SST-GT-03-FG-01. NOTA: PARA EFECTOS DE QUE ESTE ANEXO CONSTITUYA PARTE INTEGRANTE DE UN CONTRATO ESPECÍFICO, EL TÉRMINO “POSIBLE PROVEEDOR” SE MATERIALIZARÁ EN “PROVEEDOR O PRESTADOR DEL SERVICIO”.

NOTAS COMPLEMENTARIAS:

PERIODO DE GARANTÍA DE LOS SERVICIOS El periodo de garantía que se requiere es el indicado en cada concepto. Los suministros de plantas solicitados se deberán entregar al IMP en un plazo máximo de 24 hrs. El incumplimiento en este plazo de entrega será acreedor a la deducción correspondiente. PROCEDIMIENTOS DE SUPERVISIÓN DEL IMP

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El supervisor del IMP verificará el control de calidad del servicio ofrecido de acuerdo a las solicitudes hechas al prestador del servicio. La supervisión del IMP tendrá dentro de sus facultades, cuando sea necesario y previo aviso al supervisor responsable del prestador del servicio, el poder efectuar cambios en la ubicación del personal y actividades de los elementos, además tendrá plena libertad en todo momento para hacer los movimientos necesarios del personal. En caso de no estar presente o no se localice al supervisor responsable del prestador del servicio no será motivo de que la supervisión del IMP no pueda mover al personal y sus actividades para dar cumplimiento a las necesidades de la institución. En caso de incumplimiento de las actividades o trabajos encomendados se aplicarán las deducciones correspondientes relacionadas en este anexo. La supervisión del IMP tendrá la facultad de solicitar el retiro del instituto del elemento de jardinería que no tenga la habilidad de ejecutar trabajos de jardinería o que de manera reiterada su trabajo realizado afecte la imagen de los jardines.

FIN DE LA PARTIDA 2

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PARTIDA 3

ANEXO TECNICO

ALCANCES Y CONDICIONES PARTICULARES DE LAS

ESPECIFICACIONES TÉCNICAS Y DE CALIDAD REQUERIDAS

PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO INTEGRAL DE

JARDINERÍA REGIÓN MARINA

I. OBJETIVO.

Proporcionar el servicio integral de jardinería en adelante el “SERVICIO” en los diversos inmuebles

propiedad y/o en uso de los sujetos a que se refiere el artículo 1, fracciones I a VI de la Ley de

Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público (LAASSP), en Cd. del Carmen, Campeche,

en adelante el IMP Región Marina.

Mantener las áreas verdes, jardineras, macetones y macetas del IMP Región

Marina en perfectas condiciones. El período del servicio será a partir del 1 de

octubre de 2019 y hasta el 31 de Diciembre del 2020, bajo la modalidad de

contrato o pedido abierto con un monto máximo de $400,000.00 (cuatrocientos mil pesos

con 00/100 M. N.) y un monto mínimo de $160,000.00 (ciento sesenta mil pesos con 00/100

M. N.)

Se realizarán las siguientes actividades:

II. DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO

Es el cuidado de plantas, macetones, poda de árboles, la reforestación

de macetas, jardineras y demás servicios para el mantenimiento y

conservación de las áreas verdes, así como el control fitosanitario de

dichas áreas verdes, con la finalidad de mantenerlos en óptimas

condiciones.

El servicio consistirá básicamente en: Poda de bambús hasta una altura

aproximada de entre 4.00 a 4.50 metros de altura, poda de arbustos

existentes en maceteros, poda de palmeras existentes en jardineras, poda

de pasto, eliminación de hierba en áreas pavimentadas, eliminación de

maleza en estacionamiento, fertilización de plantas, lavado manual las veces

que sea necesaria hasta erradicar la plaga a cada una de las hojas y tronco

de las plantas, retiro de basura producto de la poda, recolección y

confinamiento en bolsas negras de plástico de toda la basura que se genere

por estas actividades, mano de obra, material, herramienta, limpieza de

maceteros y raspado del material existente (pintura), aplicación de sellador

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de 5 x 1 y pintura de esmalte en color a elegir por la supervisión de EL IMP

Región Marina, suministro de macetas de fibra de vidrio, tierra negra,

suministro de plantas, equipo, herramienta, equipo de seguridad, andamios,

cuerdas de vida, limpieza de la zona de trabajo, mover maceteros horizontal

y/o vertical o donde lo indique la supervisión de El IMP Región Marina,

enderezar y amarrar bambús con alambre flexible y todo lo necesario para la

realización de la actividad de acuerdo a los indicado en el presente anexo.

III. METODOLOGÍA.

“LOS POSIBLES PROVEEDORES” brindarán el servicio de jardinería,

tomando en consideración las funciones específicas y los aspectos

metodológicos que determine el Instituto Mexicano del Petróleo en el

contrato específico correspondiente.

La supervisión por parte de El IMP Región Marina, solicitará mediante la emisión de órdenes de servicio “Formato 3” la realización de los mismos, por lo que, estas, serán emitidas con 15 días naturales previos a la realización de dichos servicios a efecto de que sean prestados con la debida oportunidad, en dichas ordenes serán indicados entre otros datos: La fecha de emisión, fecha de inicio y termino del servicio, monto que arroja la orden de servicio de conformidad con lo cotizado por “LOS POSIBLES PROVEEDORES”, concepto del servicio a realizar, sección de firmas, así como sección para emitir comentarios u observaciones adicionales. Las órdenes de servicio serán entregadas a “LOS POSIBLES PROVEEDORES” del servicio personalmente o por medios electrónicos a efecto de que sean atendidas en tiempo y forma.

IV. LINEAMIENTOS GENERALES.

El “SERVICIO” se realizará en el inmueble que determine el Instituto Mexicano del Petróleo en el contrato específico y sus respectivos anexos.

Ubicación del inmueble: Av. Periférica Norte No. 67 esq. Calle 35-B, Colonia San Agustín del Palmar en Ciudad del Carmen, Campeche. La ejecución del “SERVICIO” previsto por el contrato se sujetará a los

siguientes lineamientos:

“LOS POSIBLES PROVEEDORES” deberán considerar de manera prorrateada en sus precios unitarios de sus ofertas, el precio de todo tipo de acarreos o fletes, así como los insumos.

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“LOS POSIBLES PROVEEDORES” serán los únicos responsable de los daños que se ocasionen a los bienes del IMP Región Marina a causa de negligencias de su personal y por cualquier otra causa imputable a éste último, por lo que, la reposición por uno igual o de mejores características de materiales, equipos o cualquier otro bien que derive de las causas anteriores correrá por cuenta de “LOS POSIBLES PROVEEDORES” del servicio y sin cargo alguno para el “IMP”. Para la cotización del servicio, “LOS POSIBLES PROVEEDORES” deberán considerar todos los elementos que intervengan en el desarrollo del mismo como: personal, herramientas, equipos, traslados, etc.

a) Las ofertas que presenten “LOS POSIBLES PROVEEDORES” serán

por el inmueble que se determine en el contrato específico por el

Instituto Mexicano del Petróleo.

Los servicios deberán realizarse conforme a lo siguiente: 1.- MANTENIMIENTO DEL CESPED, QUE INCLUYE: 1.1.- Podado de áreas verdes. Se realizará de manera mensual, primero se debe hacer el retiro de hierbas nocivas de forma manual (obligatorio), antes de iniciar el podado de pasto, para el podado se deberán utilizar tijeras jardineras tales como: tijera recta de jardinero, tijera de una mano de corte y también se deberá utilizar podadora y desbrozadora o cortadora de arbustos, en los lugares en donde sea factible su utilización, en este caso, se deberá procurar que el corte no quede a flor de tierra y podrán utilizarse otros equipos en caso de requerirse. Previo al podado, se deberán eliminar piedras y objetos diversos que pudieran proyectarse, evitando con esto dañar vidrios y/o a las personas, la poda del pasto deberá realizarse en todas las áreas que señale la supervisión del “IMP” las veces que sea necesario, una vez terminado el podado el área deberá entregarse limpia, retirando de manera inmediata de las instalaciones del “IMP” toda la basura y materiales de desecho, producto de los trabajos efectuados usando las herramientas de limpieza de jardín (Palas, carretilla, escoba de plástico y rastreador tipo abanico de plástico “araña). Este concepto incluye: El desorillado perimetral el cual debe realizarse en las áreas de pasto, asi como todos los elementos necesarios para realizar el servicio como materiales, mano de obra, herramientas, equipos y consumibles. Esta actividad deberá realizarse mensualmente y las veces que sea requerido durante ese lapso, aplicando para áreas verdes, jardineras y maceteros.

1.2.- Podado de Bambús. Se realizará de manera trimestral, se deberán podar los bambús con motosierra tipo telescópica, se deberá usar equipo de seguridad para la ejecución de esta actividad se deberá usar andamios y escaleras de tijera, se considerará trabajo de riesgo, por tal motivo, previo al inicio de los trabajos se deberá gestionar el permiso correspondiente de “Autorización de trabajos con riesgo” No. SIG-SST-GT-03-FG-

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02, mediante el “Formato 2” una vez terminado el podado se deberán enderezar y amarrar los bambús con alambre flexible, los bambús cortados se trocearan con machete en tramos pequeños para que puedan ponerse en bolsas, el área deberá entregarse limpia, retirando de manera inmediata de las instalaciones de “EL IMP” toda la basura y materiales de desecho, producto de los trabajos efectuados. Este concepto incluye todos los elementos necesarios para realizar el servicio como materiales, mano de obra, equipos y consumibles.

1.3.- Deshierbe en pisos de concreto y en área de terracería del interior y exterior del edificio sede. El deshierbe en pisos de concreto, área de terracería y orillas de banquetas se efectuara cuantas veces sea necesario de forma manual o mecánica en caso donde sea posible usar algún tipo de herramienta o equipo como desbrozadora y/o machete, debiendo quedar libres de mala hierba y a satisfacción de la supervisión del “IMP”. Esta actividad debera ser prorrateada dentro de los metros cuadrados del mantenimiento de césped como el resto de las actividades de este rubro. 1.3.1.- Deshierbe en andadores y banquetas exteriores: Incluye: Banqueta de Avenida Periférica Norte, banqueta de calle 35-B, banqueta de calle 72 y banqueta de calle 35-A exterior; retiro del material producto del deshierbe fuera del edificio. Se deberá realizar las veces que sean necesarias durante el mes. El área aproximada a tratar es de 350 metros lineales aproximadamente. 1.3.2.- Deshierbe en el interior del edificio: Incluye: Área de estacionamiento de vehículos oficiales, directivos, estacionamiento para discapacitados en fachada principal, explanada en fachada principal, área de estacionamiento de vehículos personal operativo y área colindante entre la malla y la gasolinera retirando la maleza, retiro del material producto del deshierbe fuera del edificio. Se deberá realizar las veces que sean necesarias durante el mes. El área aproximada a tratar es de 300 m2 aproximadamente. 1.4.- Limpieza y Riego. La limpieza y el riego de las áreas verdes deberá realizarse cuando sean necesarias para la conservación y preservación de las mismas, realizar barridos, recolección de hojas y plantas secas, limpieza de hojas en plantas de ornato, eliminación de objetos en maceteros, limpieza de telarañas en maceteros y plantas, incluye el riego de las áreas verdes y maceteros, por lo que, el “PRESTADOR” del servicio deberá traer su equipo completo para riego para ello contara con mangueras de diferentes longitudes, acopladores, abrazaderas, boquillas de riego, llaves, pistola de riego de varios tamaños de chorro, cubetas o cualquier otra herramienta para realizar esta función, dejando las áreas debidamente regadas “saturadas” cada área que se riegue, no se permitirá el riego sin boquillas de aspersión o boquillas en mal estado. Cabe señalar que el agua que se utilice para el riego de las áreas verdes, jardineras, macetas y jardineras será suministrada por el “IMP”. Las áreas verdes, maceteros y jardineras deberán estar libres de maleza o mala hierba, en caso de que ésta se encuentre presente, se deberá retirar las veces que sea necesario, la mala hierba que mate o marchite el pasto o cualquier otra planta existente por falta de limpieza de las áreas verdes, maceteros y jardineras, implicará

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que el “PRESTADOR” del servicio deberá sustituirlo (a) por uno (a) de iguales o mejores características sin que esto implique un costo adicional para el “IMP”, por lo que solo serán aceptados plantas y/o pasto nuevo. Como actividad complementaria a la limpieza de áreas verdes, se incluye la poda, desbotonado y arreglo de jardineras ornamentales en todas las áreas con jardines que existen en el edificio del “IMP”, así como la poda superficial (despunte) de plantas ornamentales y de palmeras las veces que sea necesario, dichas actividades se realizarán manualmente con herramienta y equipo menor adecuado. Para la limpieza en jardineras, se deberá realizar la poda con tijeras jardineras o desbrozadora en su caso, a efecto de eliminar maleza y enredaderas, se procederá a la eliminación de hojas secas de plantas y arbustos, así como realizar el reacomodo de piedras, tezontles o cualquier elemento decorativo que se encuentre mal colocado, una vez terminado el podado el área deberá entregarse limpia, el concepto incluye todos los elementos necesarios para realizar el servicio como materiales, mano de obra, equipos y consumibles, mientras que la limpieza en maceteros se deberán eliminar basuras, arbustos y hojas secas que se encuentren en la maceta o que aún no hayan caído de la planta, se deberá realizar el aflojado de tierra y abono de la misma, en su caso, aplicar nueva tierra. Una vez terminado con lo anterior, el área deberá entregarse limpia, el concepto incluye todos los elementos necesarios para realizar el servicio como materiales, mano de obra, equipos y consumibles. 1.5.- Lavado. Cuando sea necesario, se deberá realizar el lavado con agua jabonosa a las plantas que presenten plaga, de acuerdo a lo siguiente: el lavado deberá ser manual a cada una de las hojas y tronco con agua jabonosa concentrada de detergente en polvo tipo FOCA y alcohol en la proporción que le indique la supervisión del “IMP”. Para la realización de esta actividad se deberá seguir: Paso número uno: Limpiar en seco con cepillo de cerda hasta donde sea posible desprender la plaga existente. Paso numero dos: Humedecer las plantas en tronco y hojas. Paso número tres: Aplicar agua jabonosa concentrada de detergente en polvo tipo FOCA y alcohol; debiendo jabonar con cepillo de cerda tronco y hojas con cuidado para evitar se maltraten. Paso número cuatro: Enjuagar con agua limpia hasta quitar el exceso de jabón, el personal encargado o los encargados de realizar esta actividad deberá usar su equipo de seguridad que aplique, así como uniforme correspondiente, al término de los trabajos se deberá dejar el área de trabajo limpia, retirando de manera inmediata de las instalaciones del “IMP” toda la basura y materiales de desecho, producto de los trabajos efectuados. Se deberá realizar el lavado de las piedras decorativas las veces que se requiera durante el mes para mantenerse limpias, ésta actividad se realizará de forma manual, sumergiéndolas en solución jabonosa y tallándolas hasta que queden limpias, colocándolas nuevamente en el área que les corresponda. Este concepto incluye todos los elementos necesarios para realizar el servicio como materiales, herramientas, mano de obra, equipos y consumibles. 1.6.- Fertilización y fumigación.

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Se realizará de manera mensual, previamente a su aplicación, se deberá presentar a “EL IMP” los datos técnicos, contenido y dosificación a utilizar de los productos propuestos, para su autorización. El tipo de fertilizante ó plaguicida deberá ser el indicado de acuerdo a la variedad de planta y a su requerimiento el cual deberá ser aplicado las veces que sea necesario. Además de los fertilizantes elegidos se propone usar el fertilizante “universal triple” 17, el sulfato de amonio y otros abonos de tipo orgánicos. Antes de la aplicación del fertilizante deberá remover y oxigenar la tierra con el fin de hacer el descompactado y pueda penetrar bien los nutrientes de la fertilización. Aplicar el producto elegido esparciéndolo de manera homogénea en toda el área, después de aplicado se procederá a aplicar un riego abundante, saturando las áreas con agua con la finalidad de que el producto se disuelva inmediatamente (obligatorio). 2.- MANTENIMIENTO DE SETOS Y PLANTAS CON FLORES, QUE INCLUYE LAS ACTIVIDADES DESCRITAS EN LOS NUMERALES 1.4 LIMPIEZA Y RIEGO, 1.5 LAVADO Y 1.6 FERTILIZACIÓN Y FUMIGACIÓN: 2.01.- SERVICIO DE SUMINISTRO Y COLOCACION DE TEZONTLE ROJO DE 3”: Servicio de suministro y colocación de tezontle rojo de 3” en saco de 50 kg, el tamaño de las piedras deberá ser de 3” de diámetro en promedio en su lado más largo, se deberá colocar donde lo indique el supervisor del “IMP”, incluye: Mano de obra, material, herramienta, acarreos, tendido, nivelación, preparación de la superficie, limpieza de la zona de trabajo, retiro de basura producto de la actividad, con cargo, costo y responsabilidad total del prestador del servicio y todo lo necesario para la correcta ejecución del servicio. 2.02.- SERVICIO DE SUMINISTRO Y COLOCACION DE 1 M3 DE TIERRA NEGRA: Servicio de suministro y colocación de tierra negra de buena calidad, para usarse en maceteros, jardineras y jardines o donde lo indique la supervisión del “IMP”, incluye: Mano de obra, material, herramienta, acarreos verticales y horizontales, tendido, nivelación, preparación de la superficie, riego de agua, limpieza de la zona de trabajo, retiro de basura producto de la actividad, con cargo, costo y responsabilidad total del prestador del servicio y todo lo necesario para la correcta ejecución del servicio. 2.03.- SERVICIO DE SUMINISTRO Y COLOCACION DE PIEDRA DE RIO: Servicio de suministro y colocación de piedra de rio de forma ovalada de 20 cm aproximadamente en su lado más largo, en tramo de metro lineal, se deberá colocar donde lo indique la supervisión del “IMP”, incluye: Mano de obra, material, herramienta, acarreos verticales y horizontales, preparación de la superficie, limpieza de la zona de trabajo, retiro de basura producto de la actividad, con cargo, costo y responsabilidad total del prestador del servicio y todo lo necesario para la correcta ejecución del servicio. 2.04.- SERVICIO DE SUMINISTRO Y COLOCACION DE PIEDRA BLANCA DE LA REGION DE 1”:

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Servicio de suministro y colocación de piedra blanca de la región de 1” de diámetro en su lado más largo en saco de 50 kg, deberá venir limpia (lavada) y se deberá colocar donde lo indique el supervisor del “IMP”, incluye: Mano de obra, material, herramienta, acarreos verticales y horizontales, tendido, nivelación, preparación de la superficie, limpieza de la zona de trabajo, retiro de basura producto de la actividad, con cargo, costo y responsabilidad total del prestador del servicio y todo lo necesario para la correcta ejecución del servicio. 2.05.- SERVICIO DE SUMINISTRO Y COLOCACION DE PIEZA DE PLANTA TIPO NOCHEBUENA (Euphorbia pulcherrima): Servicio de suministro y colocación de pieza de planta de ornato tipo nochebuena donde lo indique el supervisor del “IMP”; la planta deberá ser de pétalo grande, flor y follaje abundante, la flor deberá medir al menos 25 cm. de diámetro, color a elegir por la supervisión del “IMP”, en maceta de plástico de 21 cm. de diámetro decoradas en papel metálico sujeto por medio de listón grueso color a escoger por la supervisión, la planta deberá ser de entre 30 a 40 cm aproximadamente deberá estar en buen estado y libre de plagas, las plantas nochebuena tendrán una garantía de por lo menos 30 días a partir de su colocación, la que se seque dentro del tiempo de garantía tendrá que ser repuesta por cuenta del prestador de servicio. El suministro se realizará en la primera semana del mes de diciembre. Para este concepto se considera un solo servicio, incluye: Mano de obra, material, herramienta, acarreo horizontal y vertical, siembra, limpieza de la zona de trabajo y todo lo necesario para la correcta ejecución del servicio, responsabilidad total del prestador del servicio. La altura de la planta se considerará a partir de donde termina la tierra en la parte superior de la maceta, de acuerdo a la imagen adjunta con mínimo 5 flores por maceta

2.06.- SERVICIO DE SUMINISTRO Y COLOCACION DE PIEZA DE PLANTA TIPO CROTO PETRA (Codiaeum variegatum): Servicio de suministro y colocación de pieza de planta tipo croto petra de follaje abundante, de entre 50 a 60 cm de altura aproximadamente, la planta deberá estar en buen estado y libre de plagas incluye: Mano de obra, material, herramienta, acarreo horizontal y vertical, siembra, limpieza de la zona de trabajo y todo lo necesario para la correcta ejecución del servicio, con cargo, costo y responsabilidad total del prestador del servicio. La altura de la planta se considerará a partir de donde termina la tierra en la parte superior de la bolsa de vivero o maceta de vivero, de acuerdo a la imagen adjunta.

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2.07.- SERVICIO DE SUMINISTRO Y COLOCACION DE PIEZA DE PLANTA TIPO ANTURIO (Anthurium): Servicio de suministro y colocación de pieza de planta tipo anturio de follaje abundante, color a elegir por la supervisión del “IMP” de entre 40 a 50 cms de altura aproximadamente, la planta deberá estar en buen estado y libre de plagas incluye: Mano de obra, material, herramienta, acarreo horizontal y vertical, siembra, limpieza de la zona de trabajo y todo lo necesario para la correcta ejecución del servicio, con cargo, costo y responsabilidad total del prestador del servicio. La altura de la planta se considerará a partir de donde termina la tierra en la parte superior de la bolsa de vivero o maceta de vivero, de acuerdo a la imagen adjunta.

2.08.- SERVICIO DE SUMINISTRO Y COLOCACION DE PIEZA DE PLANTA TIPO CUNA DE MOISES (Spathiphyllum): Servicio de suministro y colocación de pieza de planta tipo cuna de moisés de follaje abundante, de entre 40 a 50 cm de altura aproximadamente, la planta deberá estar en buen estado y libre de plagas incluye: Mano de obra, material, herramienta, acarreo horizontal y vertical, siembra, limpieza de la zona de trabajo y todo lo necesario para la correcta ejecución del servicio, con cargo, costo y responsabilidad total del prestador del servicio. La altura de la planta se considerará a partir de donde termina la tierra en la parte superior de la bolsa de vivero o maceta de vivero, de acuerdo a la imagen adjunta.

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2.09.- SERVICIO DE SUMINISTRO Y COLOCACION DE PIEZA DE PLANTA TIPO DRACAENA MARGINATA - MADAGASCAR DRAGON TREE (drácena marginata): Servicio de suministro y colocación de pieza de planta tipo dracaena marginata-madagascar dragon tree de follaje abundante, de entre 70 a 80 cm de altura aproximadamente, la planta deberá estar en buen estado y libre de plagas incluye: Mano de obra, material, herramienta, acarreo horizontal y vertical, siembra, limpieza de la zona de trabajo y todo lo necesario para la correcta ejecución del servicio, con cargo, costo y responsabilidad total del prestador del servicio. La altura de la planta se considerará a partir de donde termina la tierra en la parte superior de la bolsa de vivero o maceta de vivero, de acuerdo a la imagen adjunta.

2.10.- SERVICIO DE SUMINISTRO Y COLOCACION DE PIEZA DE PLANTA TIPO PALMA ARECA (Dypsis lutescens): Servicio de suministro y colocación de pieza de planta tipo palma areca de follaje abundante, de entre 70 a 80 cm de altura aproximadamente, la planta deberá estar en buen estado y libre de plagas incluye: Mano de obra, material, herramienta, acarreo horizontal y vertical, siembra, limpieza de la zona de trabajo y todo lo necesario para la correcta ejecución del servicio, con cargo, costo y responsabilidad total del prestador del servicio. La altura de la planta se considerará a partir de donde termina la tierra en la parte superior de la bolsa de vivero o maceta de vivero, de acuerdo a la imagen adjunta.

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2.11.- SERVICIO DE SUMINISTRO Y COLOCACION DE PIEZA DE PLANTA TIPO PALMA RUBELINA (Phoenix roebelenii): Servicio de suministro y colocación de pieza de planta tipo palma rubelina de follaje abundante, de tronco de 60 cms de altura + 5 cms de tolerancia, más la altura del follaje ó ramas, la planta deberá estar en buen estado y libre de plagas incluye: Mano de obra, material, herramienta, acarreo horizontal y vertical, siembra, limpieza de la zona de trabajo y todo lo necesario para la correcta ejecución del servicio, con cargo, costo y responsabilidad total del prestador del servicio. La altura de la planta se considerará a partir de donde termina la tierra en la parte superior de la bolsa de vivero o maceta de vivero, de acuerdo a la imagen adjunta.

2.12.- SERVICIO DE SUMINISTRO Y COLOCACION DE PIEZA DE PLANTA TIPO PALMA KERPIS (Adonidia merrillii): Servicio de suministro y colocación de pieza de planta tipo palma kerpis de follaje abundante, de tronco de 2.50 metros de altura + 10 cms de tolerancia, más la altura del follaje ó ramas, la planta deberá estar en buen estado y libre de plagas incluye: Mano de obra, material, herramienta, acarreo horizontal y vertical, siembra, limpieza de la zona de trabajo y todo lo necesario para la correcta ejecución del servicio, con cargo, costo y responsabilidad total del prestador del servicio. La altura de la planta se considerará a partir de donde termina la tierra en la parte superior de la bolsa de vivero o maceta de vivero, de acuerdo a la imagen adjunta.

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2.13.- SERVICIO DE SUMINISTRO Y COLOCACION DE PIEZA DE PLANTA TIPO LLUVIA DE ESTRELLAS y/o TRUENO DE VENUS (Cuphea hyssopifolia.): Servicio de suministro y colocación de pieza de planta tipo lluvia de estrellas de follaje abundante, de entre 10 a 15 cms de altura aproximadamente, la planta deberá estar en buen estado y libre de plagas, color a elegir por la supervisión, incluye: Mano de obra, material, herramienta, acarreo, siembra, limpieza de la zona de trabajo y todo lo necesario para la correcta ejecución del servicio, con cargo, costo y responsabilidad total del prestador del servicio. La altura de la planta se considerará a partir de donde termina la tierra en la parte superior de la bolsa o maceta de vivero.

2.14.- SERVICIO DE SUMINISTRO Y COLOCACION DE PIEZA DE PLANTA TIPO DURANTA VERDE (Duranta repens): Servicio de suministro y colocación de pieza de planta tipo duranta verde de follaje abundante, de entre 15 a 20 cms de altura aproximadamente, la planta deberá estar en buen estado y libre de plagas incluye: Mano de obra, material, herramienta, acarreo, siembra, limpieza de la zona de trabajo y todo lo necesario para la correcta ejecución del servicio, con cargo, costo y responsabilidad total del prestador del servicio. La altura de la planta se considerará a partir de donde termina la tierra en la parte superior de la bolsa de vivero o maceta de vivero, de acuerdo a la imagen adjunta.

No. IA-018T0O004-E176-2019

2.15.- SERVICIO DE SUMINISTRO Y COLOCACION DE PIEZA DE PLANTA TIPO DURANTA ROJA (Duranta repens): Servicio de suministro y colocación de pieza de planta tipo durante roja de follaje abundante, de entre 15 a 20 cm de altura aproximadamente, la planta deberá estar en buen estado y libre de plagas incluye: Mano de obra, material, herramienta, acarreo, siembra, limpieza de la zona de trabajo y todo lo necesario para la correcta ejecución del servicio, con cargo, costo y responsabilidad total del prestador del servicio. La altura de la planta se considerará a partir de donde termina la tierra en la parte superior de la bolsa de vivero o maceta de vivero, de acuerdo a la imagen adjunta.

2.16.- SERVICIO DE SUMINISTRO Y COLOCACION DE PIEZA DE PLANTA TIPO CORDELYN (cordyline fruticosa): Servicio de suministro y colocación de pieza de planta tipo Cordyline fruticosa roja de follaje abundante, de entre 60 a 65 cm de altura aproximadamente, la planta deberá estar en buen estado y libre de plagas incluye: Mano de obra, material, herramienta, acarreo, siembra, limpieza de la zona de trabajo y todo lo necesario para la correcta ejecución del servicio, con cargo, costo y responsabilidad total del prestador del servicio. La altura de la planta se considerará a partir de donde termina la tierra en la parte superior de la bolsa de vivero o maceta de vivero, de acuerdo a la imagen adjunta.

Altura=15 a 20

cm

No. IA-018T0O004-E176-2019

2.17.- SERVICIO DE SUMINISTRO Y COLOCACION DE PIEZA DE PLANTA TIPO TULIPAN (hibiscus koeniger): Servicio de suministro y colocación de pieza de planta tipo tulipán de follaje abundante, color a elegir por la supervisión del “IMP” de entre 30 a 35 cm de altura aproximadamente, la planta deberá estar en buen estado y libre de plagas incluye: Mano de obra, material, herramienta, acarreo, siembra, limpieza de la zona de trabajo y todo lo necesario para la correcta ejecución del servicio, con cargo, costo y responsabilidad total del prestador del servicio. La altura de la planta se considerará a partir de donde termina la tierra en la parte superior de la bolsa de vivero o maceta de vivero, de acuerdo a la imagen adjunta.

2.18.- SERVICIO DE SUMINISTRO Y COLOCACION DE PIEZA DE PLANTA TIPO TULIPAN DE FLOR SENCILLA (hibiscus malvaceae): Servicio de suministro y colocación de pieza de planta tipo tulipan de follaje abundante, color a elegir por la supervisión del “IMP” de entre 30 a 35 cms de altura aproximadamente, la planta deberá estar en buen estado y libre de plagas incluye: Mano de obra, material, herramienta, acarreo, siembra, limpieza de la zona de trabajo y todo lo necesario para la correcta ejecución del servicio, con cargo, costo y responsabilidad total del prestador del servicio. La altura de la planta se considerará a partir de donde termina la tierra en la parte superior de la bolsa o maceta de vivero, de acuerdo a la imagen adjunta.

No. IA-018T0O004-E176-2019

Para todos los casos anteriores se deberán sustituir las plantas que indique la supervisión del “IMP” cuando lo considere necesario, mediante la emisión de la orden de servicio correspondiente. 2.19.- SERVICIO DE SUMINISTRO Y COLOCACION DE PIEZA DE PLANTA TIPO MAÑANITAS DE FLOR REPOLLADA (Portulaca grandiflora): Servicio de suministro y colocación de pieza de planta tipo mañanitas de flor repollada, de follaje abundante, color a elegir por la supervisión del “IMP” de entre 10 a 15 cms de largo los tallos aproximadamente, la planta deberá estar en buen estado y libre de plagas incluye: Mano de obra, material, herramienta, acarreo, siembra, limpieza de la zona de trabajo y todo lo necesario para la correcta ejecución del servicio, con cargo, costo y responsabilidad total del prestador del servicio. El tamaño de la planta se considerará a partir de donde termina la tierra en la parte superior de la bolsa o maceta de vivero, se adjunta imagen.

2.20.- SERVICIO DE SUMINISTRO Y COLOCACION DE METRO CUADRADO DE PASTO AMERICANO: Servicio de suministro y colocación de metro cuadrado de pasto americano donde lo indique el supervisor del “IMP”, deberá venir limpio, sin plaga y en buen estado incluye: Suministro y siembra, mano de obra, herramienta, equipo, acarreo, limpieza de la zona de trabajo, llevar residuos generados por la actividad fuera de las instalaciones del IMP con cargo y costo del prestador del servicio bajo la responsabilidad del mismo y todo lo necesario para la realización del servicio, hasta la conclusión de la actividad. Debiendo el prestador del servicio retirar si se requiere el pasto seco, aflojando la tierra con pala antes de colocar el nuevo pasto y nivelar el terreno con tierra negra, el prestador del servicio debe considerar el mantenimiento y cuidado continuo durante 30 días naturales. (riego obligatorio). 3. PODA DE ARBOLES (NO APLICA).

No. IA-018T0O004-E176-2019

4. MANTENIMIENTO DE MACETAS, MACETONES Y JARDINERAS, QUE INCLUYE: 4.1.- SERVICIO DE SUMINISTRO Y COLOCACION DE PIEZA DE MACETERO DE FIBRA DE VIDRIO TIPO CONO: Servicio de suministro y colocación de pieza de macetero 100% de fibra de vidrio acabado mate en color a elegir por la supervisión del “IMP” con las siguientes medidas: Diámetro de base 36 cm, diámetro de boca de 60 cm y altura de 60 cm incluye: Mano de obra, material, acarreo y todo lo necesario para la correcta ejecución del servicio, con cargo, costo y responsabilidad total del prestador del servicio, de acuerdo a la imagen adjunta

4.2.- SERVICIO DE SUMINISTRO Y COLOCACION DE PIEZA DE MACETERO DE

FIBRA DE VIDRIO TIPO RECTANGULAR. Servicio de suministro y colocación de pieza de macetero 100% de fibra de vidrio acabado mate en color a elegir por la supervisión del IMP con medidas de largo 100 cm, base y boca de 30 cm con altura de 60 cm incluye: Mano de obra, material, acarreo y todo lo necesario para la correcta ejecución del servicio, con cargo, costo y responsabilidad total del prestador del servicio, de acuerdo a la imagen adjunta.

4.3.- SERVICIO DE RASPADO Y PINTADO DE PIEZA DE MACETERO DE BARRO O DE PLASTICO: El servicio de suministro y consistirá en el raspado manual del material existente (pintura) a base de espátula o cepillo de alambre y pintado de piezas de maceteros con medidas aproximadas de 0.33 a 0.38 metros de altura aproximadamente con perímetro máximo de 1.30 metros, se deberá aplicar sellador 5 x 1 tipo Comex,

No. IA-018T0O004-E176-2019

aplicación pintura de esmalte tipo Comex color mate a elegir por la supervisión del “IMP”. 4.4.- SERVICIO DE RASPADO Y PINTADO DE PIEZA DE MACETERO DE BARRO: El servicio de suministro consistirá en el raspado manual del material existente (pintura) a base de espátula o cepillo de alambre y pintado de piezas de maceteros con medidas aproximadas de 0.26 a 0.30 metros de altura aproximadamente con perímetro máximo de 1.18 metros, se deberá aplicar sellador 5 x 1 tipo Comex, aplicación pintura de esmalte tipo Comex color mate a elegir por el supervisor del “IMP”. 4.5.- SERVICIO DE RASPADO Y PINTADO DE PIEZA DE MACETERO DE BARRO: El servicio de suministro y consistirá en el raspado manual del material existente (pintura) a base de espátula o cepillo de alambre y pintado de piezas de maceteros con medidas aproximadas de 0.61 metros de altura aproximadamente perímetro máximo de 2.60 metros, se deberá aplicar sellador 5 x 1 tipo Comex, aplicación pintura de esmalte tipo Comex color mate a elegir por la supervisión del “IMP”, remover tierra existente en los casos que se requiera. 4.6.- SERVICIO DE RASPADO Y PINTADO DE PIEZA DE MACETERO DE BARRO: El servicio de suministro y consistirá en el raspado manual del material existente (pintura) a base de espátula o cepillo de alambre y pintado de piezas de maceteros con medidas aproximadas de 0.76 metros de altura aproximadamente perímetro máximo de 2.20 metros, se deberá aplicar sellador 5 x 1 tipo Comex, aplicación pintura de esmalte tipo Comex color mate a elegir por la supervisión del “IMP”, remover tierra existente en los casos que se requiera. 4.7.- SERVICIO DE RASPADO Y PINTADO DE PIEZA DE MACETERO DE BARRO: El servicio de suministro consistirá en el raspado manual del material existente (pintura) a base de espátula o cepillo de alambre y pintado de piezas de maceteros con medidas aproximadas de 0.22 a 0.27 metros de altura aproximadamente perímetro máximo de 1.00 metro, se deberá aplicar sellador 5 x 1 tipo Comex, aplicación pintura de esmalte tipo Comex color mate a elegir por la supervisión del “IMP”, remover tierra existente en los casos que se requiera. 4.8.- SERVICIO DE RASPADO Y PINTADO DE PIEZA DE MACETERO DE BARRO O DE PLASTICO: El servicio de suministro consistirá en el raspado manual del material existente (pintura) a base de espátula o cepillo de alambre y pintado de piezas de maceteros con medidas aproximadas de 0.10 a 0.17 metros de altura aproximadamente perímetro máximo de 0.66 metros, se deberá aplicar sellador 5 x 1 tipo Comex, aplicación pintura de esmalte tipo Comex color mate a elegir por la supervisión del “IMP”, remover tierra existente en los casos que se requiera. 4.9.-SERVICIO DE HABILITADO DE JARDINERA: El servicio de habilitado de jardinera consistirá en la perforación de 15 agujeros de 40 x 40 cm. en piso de concreto armado de 10 cm de espesor armado con doble emparrillado de varilla de ½ “ de diámetro colocada cada 10 cm en ambos sentidos, la perforación deberá hacerse mediante herramienta manual y mecánica, utilizando martillo neumático, el emparrillado no deberá cortarse, y se le debe aplicar a este emparrillado de varilla en este concepto previa limpieza dos manos de primario

No. IA-018T0O004-E176-2019

anticorrosivo y 2 manos de pintura de esmalte anticorrosivo, color a elegir por la supervisión, se deberá dejar listo terreno de la perforación para rellenar con tierra incluye: Mano de obra, material, herramienta, acarreos verticales y horizontales, limpieza de la zona de trabajo, retiro de escombro producto de la actividad, con cargo, costo y responsabilidad total del prestador del servicio y todo lo necesario para la correcta ejecución del servicio. 4.10.- SERVICIO DE RASPADO Y PINTADO DE GUARNICIÓN DE JARDINERA CIRCULAR. El servicio de raspado y pintado de guarnición de jardinera circular de 1.47 metros de diámetro exterior, y 1.15 metros de diámetro inferior, 17 cm de altura y 17 cm de ancho en la parte superior, consistirá en el raspado manual de la pintura existente a base de espátula o cepillo de alambre, y posteriormente pintado de la jardinera circular, se deberá aplicar sellador 5 x 1 tipo Comex, aplicación de pintura de esmalte tipo Comex color mate a elegir por la supervisión del “IMP”, remover tierra existente en los casos que se requiera, incluye material.

4.11.- SERVICIO DE BARNIZADO Y PINTADO DE JARDINERA DE FIGURA DE FLOR DE 4 PETALOS. El servicio consistirá en barnizar 9.36 m2 de superficie de concreto estampado de la jardinera de figura de flor de 4 pétalos, pintar franja de 5 cm de ancho x 24.03 metros de largo en borde perimetral de color blanco con pintura de esmalte mate, se deberá limpiar y preparar la superficie, aplicar barniz transparente en los pétalos, incluye materiales, pintura y barniz.

No. IA-018T0O004-E176-2019

b) “LOS POSIBLES PROVEEDORES” deberán llevar a cabo, la recolección de subproductos

vegetales, cada que se generen como consecuencia de los trabajos ejecutados, realizando

la disposición adecuada de los mismos, conforme a lo establecido en la Ley de Residuos

Sólidos de la Ciudad de México, o las disposiciones normativas correlativas en otras

Entidades Federativas, por lo que “LOS POSIBLES PROVEEDORES” deberán proporcionar el

material necesario para la correcta separación de los desechos sólidos como se señala en

dichas disposiciones y no podrán mezclar estos residuos, con los que se generan en cada

inmueble, conforme a lo establecido en los contratos específicos.

Queda absolutamente prohibido dejar basura (pasto, ramas, tierra, hojas, etc.) o cualquier material que resulte de la prestación del servicio en cualquier área del interior del IMP Región Marina, como áreas jardinadas, banquetas, andadores, estacionamientos, accesos, entre otros sitios. Asimismo queda absolutamente prohibido dejar basura en las banquetas perimetrales del IMP Región Marina o en calles perimetrales al IMP Región Marina. El incumplimiento de esta condición será motivo de aplicación de la deducción correspondiente.

c) “LOS POSIBLES PROVEEDORES”, deberán contar con todos los

materiales, herramientas, equipo, sustratos y productos necesarios,

para la conservación de las áreas verdes, proporcionando el

“SERVICIO” de acuerdo a las necesidades requeridas en los

contratos específicos; los cuales deberán estar considerados en el

monto total por servicio requerido.

Todas las herramientas, equipos, insumos y utensilios que proporcionarán “LOS POSIBLES PROVEEDORES” del servicio, deberán ser adecuados y en cantidades suficientes para la realización del servicio, mismo que deberá permitir la continuidad del servicio y que no se vea interrumpido por falta de esta, o por su uso inadecuado Todos los materiales a utilizar para la realización del servicio deberán ser los adecuados y aptos para tal fin, por lo que, el supervisor del IMP Región Marina realizará las verificaciones de los mismos para su aceptación y posterior aplicación. No serán aceptados materiales que no cumplan con lo solicitado, por lo que tendrán que ser repuestos y sin cargo alguno para EL IMP Región Marina. “LOS POSIBLES PROVEEDORES”, deberán responder por los desperfectos o daños que

llegaran a provocar en mobiliario, equipo, instalaciones y robos comprobados que sus

empleados ocasionen, en un plazo no mayor de 15 días naturales a partir de la fecha en que

ocurra. Para ello deberá contar con una póliza de responsabilidad civil con una suma asegurada

de $ 200, 000.00 (Doscientos mil pesos 00/100 MN).

d) “LOS POSIBLES PROVEEDORES” se comprometen a que al arribo

de los materiales darán aviso a la persona que designe el Instituto

Mexicano del Petróleo, para su previa revisión y verificación de

No. IA-018T0O004-E176-2019

características que garanticen la calidad y estado fitosanitario libre

de patógenos, y/o cantidad, antes de ser almacenados o utilizados,

indicando en el documento de recepción que la entrega cumplió con

los estándares de calidad requeridos.

e) “LOS POSIBLES PROVEEDORES” deberán llevar el registro de

entradas de material de manera eficiente y organizada (por

primeras entradas, primeras salidas, flamabilidad, así como el grado

de toxicidad establecido en el Catálogo Oficial de Plaguicidas

publicado por la Comisión Federal para la Protección contra

Riesgos Sanitarios -COFEPRIS-), así mismo deberá contar con un

resumen de las áreas o lugares donde fueron aplicados dichos

productos, así como las dosis suministradas; este resumen podrá

ser requerido por el Instituto Mexicano del Petróleo en cualquier

momento, si así se considera conveniente.

f) “LOS POSIBLES PROVEEDORES” serán responsables de realizar el

“SERVICIO” de acuerdo a las actividades establecidas en los

contratos específicos y sus respectivos anexos, en función a las

características del inmueble.

Croquis de las áreas consideradas para realizar en el servicio:

JARDIN EXTERIOR, FACHADA PRINCIPAL, AREA DE TRIANGULO

No. IA-018T0O004-E176-2019

JARDIN EXTERIOR, FACHADA LATERAL, CUERPO “C”

No. IA-018T0O004-E176-2019

JARDINERA, FACHADA PRINCIPAL, CUERPO “A”

SUP. APROXIMADA: 83.07 M2

No. IA-018T0O004-E176-2019

JARDIN INTERIOR, ENTRE LOS CUERPOS “C” Y “D”

No. IA-018T0O004-E176-2019

g) “LOS POSIBLES PROVEEDORES” deben contar con recursos

financieros, humanos y materiales suficientes para el cumplimiento

del “SERVICIO”, objeto del contrato específico.

“LOS POSIBLES PROVEEDORES” deberán anexar a su oferta copia simple de la última

declaración fiscal anual 2018 del impuesto sobre la renta (ISR), y la última declaración

provisional 2019 presentada ante la Secretaria de Hacienda y Crédito Público (SHCP), para

comprobar que sus ingresos son equivalentes al menos el 20% del monto de su oferta.

h) “LOS POSIBLES PROVEEDORES” proporcionarán el “SERVICIO” de acuerdo a las

actividades y frecuencias establecidas en los contratos específicos y sus respectivos

anexos. (en donde indicará la calendarización del “SERVICIO” por inmueble y volumetría).

Programa General del Servicio Integral de Jardinería para el IMP Región Marina

durante el periodo del 01 de octubre de 2019 al 31 de diciembre de 2020:

SUP. APROXIMADA: 371.60 M2

No. IA-018T0O004-E176-2019

No

.

Tipo de servicio Unida

d

Cantida

d total a

realizar

en el

contrat

o

Cantidad

a realizar

en 2019

Cantidad

a realizar

en 2020

1 Mantenimiento del césped

M2. 1,800.0 360.0 1440.0

2 Mantenimiento de setos y plantas con flores

M2 3,450.0 690.0 2,760.0

3 Poda de árboles M2 0 0 0

4 Mantenimiento de macetas, macetones y jardineras.

Pieza 150 30 120

CALENDARIZACION Y VOLUMETRIA

No. CONCEPTO UNIDAD

CANTIDA

D

TOTAL

PARA EL

CONTRA

TO

CANTID

AD

PARA

2019

CANTIDAD

PARA 2020

1 MANTENIMIENTO DEL CESPED

1.1

SERVICIO DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO CONSISTENTE EN PODA DE AREAS VERDES, PODA DE BAMBUS, FERTILIZACION DE PLANTAS, LIMPIEZA, RIEGO, TAL COMO SE INDICA EN LOS NUMERALES 1.1, 1.2, 1.3, 1.4, 1.5 Y 1.6 DEL PRESENTE ANEXO .

SERVICIO MENSUAL

16 4 12

2

MANTENIMIENTO DE SETOS Y PLANTAS CON FLORES

2.01 SERVICIO DE SUMINISTRO Y COLOCACION DE TEZONTLE ROJO DE 3” EN SACO DE 50 KG INCLUYE MATERIAL, TAL COMO SE INDICA EN EL PRESENTE ANEXO.

SERVICIO 55 40 15

2.02 SERVICIO DE SUMINISTRO Y COLOCACION DE 1 M3 DE TIERRA NEGRA, INCLUYE MATERIAL, TAL COMO SE INDICA EN EL PRESENTE ANEXO.

SERVICIO 25 25 0

2.03

SERVICIO DE SUMINISTRO Y COLOCACION DE PIEDRA DE RIO DE FORMA OVALADA DE 20 CM APROXIMADAMENTE EN SU LADO MAS LARGO, EN TRAMO DE METRO LINEAL INCLUYE MATERIAL, TAL COMO SE INDICA EN EL PRESENTE ANEXO.

SERVICIO 33 33 0

2.04

SERVICIO DE SUMINISTRO Y COLOCACION DE PIEDRA BLANCA DE LA REGION DE 1” DE DIAMETRO EN SU LADO MAS LARGO, EN SACOS DE 50 KG. INCLUYE MATERIAL, TAL COMO SE INDICA EN EL PRESENTE ANEXO.

SERVICIO 55 35 20

2.05 SERVICIO DE SUMINISTRO Y COLOCACION DE PIEZA DE PLANTA TIPO NOCHEBUENA, INCLUYE MATERIAL, TAL COMO SE INDICA EN EL PRESENTE ANEXO.

SERVICIO 90 45 45

2.06 SERVICIO DE SUMINISTRO Y COLOCACION DE PIEZA DE PLANTA TIPO CROTO PETRA, INCLUYE MATERIAL, TAL COMO SE INDICA EN EL PRESENTE ANEXO.

SERVICIO 12 6 6

2.07 SERVICIO DE SUMINISTRO Y COLOCACION DE PIEZA DE PLANTA TIPO ANTURIO, INCLUYE MATERIAL, TAL COMO SE INDICA EN EL PRESENTE ANEXO.

SERVICIO 4 2 2

No. IA-018T0O004-E176-2019

2.08 SERVICIO DE SUMINISTRO Y COLOCACION DE PIEZA DE PLANTA TIPO CUNA DE MOISES, INCLUYE MATERIAL, TAL COMO SE INDICA EN EL PRESENTE ANEXO.

SERVICIO 6 4 2

2.09 SERVICIO DE SUMINISTRO Y COLOCACION DE PIEZA DE PLANTA TIPO DRACAENA MARGINATA - MADAGASCAR DRAGON TREE, INCLUYE MATERIAL, TAL COMO SE INDICA EN EL PRESENTE ANEXO.

SERVICIO 8 5 3

2.10 SERSERVICIO DE SUMINISTRO Y COLOCACION DE PIEZA DE PLANTA TIPO PALPALMA ARECA, INCLUYE MATERIAL, TAL COMO SE INDICA EN EL PRESENTE ANEXO.

SERVICIO 10 10 0

2.11 SERVICIO DE SUMINISTRO Y COLOCACION DE PIEZA DE PLANTA TIPO PALMA RUBELINA, INCLUYE MATERIAL, TAL COMO SE INDICA EN EL PRESENTE ANEXO.

SERVICIO 4 2 2

2.12 SERVICIO DE SUMINISTRO Y COLOCACION DE PIEZA DE PLANTA TIPO PALMA KERPIS, INCLUYE MATERIAL, TAL COMO SE INDICA EN EL PRESENTE ANEXO.

SERVICIO 5

3 2

2.13 SERVICIO DE SUMINISTRO Y COLOCACION DE PIEZA DE PLANTA TIPO LLUVIA DE ESTRELLAS y/o TRUENO DE VENUS, INCLUYE MATERIAL, TAL COMO SE INDICA EN EL PRESENTE ANEXO.

SERVICIO 30 20 10

2.14 SERVICIO DE SUMINISTRO Y COLOCACION DE PIEZA DE PLANTA TIPO DURANTA VERDE, INCLUYE MATERIAL, TAL COMO SE INDICA EN EL PRESENTE ANEXO.

SERVICIO 20 10 10

2.15 SERVICIO DE SUMINISTRO Y COLOCACION DE PIEZA DE PLANTA TIPO DURANTA ROJA, INCLUYE MATERIAL, TAL COMO SE INDICA EN EL PRESENTE ANEXO.

SERVICIO 20 10 10

2.16 SERVICIO DE SUMINISTRO Y COLOCACION DE PIEZA DE PLANTA TIPO CORDELYN (cordyline fruticosa), TAL COMO SE INDICA EN EL PRESENTE ANEXO.

SERVICIO 15 10 5

2.17 SERVICIO DE SUMINISTRO Y COLOCACION DE PIEZA DE PLANTA TIPO HIBISCUS KOENIGER (TULIPAN), INCLUYE MATERIAL, TAL COMO SE INDICA EN EL PRESENTE ANEXO.

SERVICIO 10 5 5

2.18 SERVICIO DE SUMINISTRO Y COLOCACION DE PIEZA DE PLANTA TIPO HIBISCUS MALVACEAE DE FLOR SENCILLA (TULIPAN), INCLUYE MATERIAL, TAL COMO SE INDICA EN EL PRESENTE ANEXO.

SERVICIO 15 10 5

2.19 SERVICIO DE SUMINISTRO Y COLOCACION DE PIEZA DE PLANTA TIPO MAÑANITA DE FLOR REPOLLADA, INCLUYE MATERIAL, TAL COMO SE INDICA EN EL PRESENTE ANEXO.

SERVICIO 120 60 60

2.20 SERVICIO DE SUMINISTRO Y COLOCACION DE METRO CUADRADO DE PASTO AMERICANO, INCLUYE MATERIAL, TAL COMO SE INDICA EN EL PRESENTE ANEXO.

SERVICIO 130 85 45

3

PODA DE ARBOLES (NO APLICA) SERVICIO 0 0 0

4

MANTENIMIENTO DE MACETAS, MACETONES Y JARDINERAS.

4.1 SERVICIO DE SUMINISTRO Y COLOCACION DE MACETERO DE FIBRA DE VIDRIO TIPO CONO 60 CM DE ALTURA, INCLUYE MATERIAL, TAL COMO SE INDICA EN EL PRESENTE ANEXO.

SERVICIO 8 6 2

4.2 SERVICIO DE SUMINISTRO Y COLOCACION DE MACETERO DE FIBRA DE VIDRIO TIPO RECTANGULAR DE 60 CM DE ALTURA, INCLUYE MATERIAL, TAL COMO SE INDICA EN EL PRESENTE ANEXO.

SERVICIO 8 6 2

4.3

SERVICIO DE RASPADO Y PINTADO DE PIEZA DE MACETERO DE BARRO O DE PLASTICO DE 0.33 A 0.38 METROS DE ALTURA APROXIMADAMENTE CON PERIMETRO MAXIMO DE 1.30 METROS, INCLUYE MATERIAL, TAL COMO SE INDICA EN EL PRESENTE ANEXO.

SERVICIO 22 11 11

4.4

SERVICIO DE RASPADO Y PINTADO DE PIEZA DE MACETERO DE BARRO DE 0.26 A 0.30 METROS DE ALTURA APROXIMADAMENTE CON PERIMETRO MAXIMO DE 1.18 METROS, INCLUYE MATERIAL, TAL COMO SE INDICA EN EL PRESENTE ANEXO.

SERVICIO 14 7 7

4.5

SERVICIO DE RASPADO Y PINTADO DE PIEZA DE MACETERO DE BARRO, DE 0.61 METROS DE ALTURA APROXIMADAMENTE PERIMETRO MAXIMO DE 2.60 METROS, INCLUYE MATERIAL, TAL COMO SE INDICA EN EL PRESENTE ANEXO.

SERVICIO 34 11 23

No. IA-018T0O004-E176-2019

4.6

SERVICIO DE RASPADO Y PINTADO DE PIEZA DE MACETERO DE BARRO, DE 0.76 METROS DE ALTURA APROXIMADAMENTE PERIMETRO MAXIMO DE 2.20 METROS, INCLUYE MATERIAL, TAL COMO SE INDICA EN EL PRESENTE ANEXO.

SERVICIO 8 4 4

4.7

SERVICIO DE RASPADO Y PINTADO DE PIEZA DE MACETERO DE BARRO, DE 0.22 A 0.27 METROS DE ALTURA APROXIMADAMENTE PERIMETRO MAXIMO DE 1.00 METRO, INCLUYE MATERIAL, TAL COMO SE INDICA EN EL PRESENTE ANEXO.

SERVICIO 6 3 3

4.8

SERVICIO DE RASPADO Y PINTADO DE PIEZA DE MACETERO DE BARRO O PLASTICO, DE 0.10 A 0.17 METROS DE ALTURA APROXIMADAMENTE PERIMETRO MAXIMO DE 0.66 METROS, INCLUYE MATERIAL, TAL COMO SE INDICA EN EL PRESENTE ANEXO.

SERVICIO 8 4 4

4.9 SERVICIO DE HABILITADO DE JARDINERA, TAL COMO SE INDICA EN EL PRESENTE ANEXO.

SERVICIO 1 1 0

4.10 SERVICIO DE RASPADO Y PINTADO DE GUARNICIÓN DE 1 JARDINERA CIRCULAR, INCLUYE MATERIAL, TAL COMO SE INDICA EN EL PRESENTE ANEXO.

SERVICIO 6 2 4

4.11 SERVICIO DE BARNIZADO Y PINTADO DE JARDINERA DE 1 FIGURA DE FLOR DE 4 PETALOS INCLUYE MATERIAL, TAL COMO SE INDICA EN EL PRESENTE ANEXO.

SERVICIO 2 1 1

“LOS POSIBLES PROVEEDORES” deberán prorratear el precio de todos los conceptos y

volumetrias con las frecuencias de aplicación en el precio por metro cuadrado mensual o en su

caso pieza que realicen en su oferta en el rubro que corresponda, ya sea 1) Mantenimiento de

Cesped, 2) Mantenimiento de Setos o plantas con flores o 4) Mantenimiento de Macetas,

Macetones y Jardineras. Cuando alguno de los servicios programados no pudiera efectuarse total o parcialmente de acuerdo a lo programado por causa imputable al “IMP Región Marina, el supervisor de este último dará aviso al “LOS POSIBLES PROVEEDORES” del servicio con la debida anticipación para que la actividad o la conclusión de la misma pueda ser reprogramada.

i) “LOS POSIBLES PROVEEDORES” deberán realizar las

actividades de fumigación, en áreas verdes interiores y exteriores,

“LOS POSIBLES PROVEEDORES” se comprometen a que los

plaguicidas que se apliquen estén inscritos en el Catálogo de

Plaguicidas de la COFEPRIS y debidamente registrados ante la

Comisión Intersecretarial para el Control del Proceso, Uso de

Plaguicidas y Sustancias Tóxicas (CICOPLAFEST); así mismo,

deberán estar etiquetados conforme a la regulación vigente y

aplicable y no estar caducados.

j) “LOS POSIBLES PROVEEDORES” quedan obligados a responder

por las reclamaciones ante cualquier autoridad sanitaria, cuando por

la realización de las labores de fumigación en áreas verdes interiores

y exteriores, jardines, jardineras, arriates, camellones y macetones,

o bien por negligencia del personal a su cargo, pudieran derivarse

afectaciones a la salud.

No. IA-018T0O004-E176-2019

k) Los productos y equipos que utilicen “LOS POSIBLES

PROVEEDORES” para la prestación del “SERVICIO”, deberán

cumplir como mínimo con las siguientes normas:

Número de Norma Descripción de la Norma

NOM-017-STPS-2008 Equipo de protección personal-Selección, uso y

manejo en los centros de trabajo.

NOM-232-SSA1-2009 Plaguicidas: que establece los requisitos del

envase, embalaje y etiquetado de productos grado

técnico y para uso agrícola, forestal. Pecuario,

jardinería, urbano, industrial y doméstico.

NOM-003-STPS-1999 Actividades agrícolas – uso de insumos

fitosanitarios o plaguicidas e insumos de nutrición

vegetal o fertilizantes – condiciones de seguridad e

higiene.

NOM-009-STPS-2011 Condiciones de seguridad para realizar trabajos de

altura.

“LOS POSIBLES PROVEEDORES” se obligan a cumplir las demás normas

que resulten aplicables a la prestación del “SERVICIO”.

Las DEPENDENCIAS o ENTIDADES no podrán establecer Normas Oficiales Mexicanas, Normas

Mexicanas según proceda y a falta de estas las Normas Internacionales, de conformidad con lo

dispuesto por los artículos 53 y 55 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; en su caso las

Normas de Referencia o Especificaciones a que se refiere el artículo 67 de esta Ley, que limiten la

participación de “LOS POSIBLES PROVEEDORES”.

l) El “SERVICIO” será supervisado por el personal que designe el Instituto Mexicano del Petróleo.

El servidor público facultado para recibir los servicios será la Ing. Onelia García Roque, email: [email protected], número telefónico (938) 38-120-82, quien será responsable de aceptarlo o rechazarlo, de determinar los incumplimientos y determinar las penas convencionales y deductivas a que hubiera lugar y la Arq. Nelly Maria Cantoral Dominguez será la responsable de la administración del servicio y de la autorización de las facturas correspondientes.

m) La DEPENDENCIA o ENTIDAD establecerá en los contratos

específicos y sus respectivos anexos, las actividades y frecuencias

en función a las necesidades de operación del inmueble.

Una vez finalizada una orden de servicio y sea aceptada de conformidad por parte del supervisor del “IMP”, “LOS POSIBLES PROVEEDORES” del servicio, deberán recopilar una copia de la misma con firma del supervisor del IMP Región Marina, la cual servirá de constancia de la ejecución de los trabajos y de soporte para la facturación correspondiente.

No. IA-018T0O004-E176-2019

n) Las reuniones formales de seguimiento serán acordadas de forma

oficial entre la DEPENDENCIA o ENTIDAD y “LOS POSIBLES

PROVEEDORES”,convocándose con al menos una semana de

anticipación.

o) “LOS POSIBLES PROVEEDORES” quedan obligados durante la

vigencia del “SERVICIO”, a cumplir con la inscripción y pago de

cuotas al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) del personal que

brinde el “SERVICIO” en el inmueble. Para verificar su cumplimiento

deberá entregar bimestralmente al Instituto Mexicano del Petróleo, el

comprobante de las cuotas obrero patronales, en caso de no

presentar el documento, se aplicarán las penas establecidas en los

contratos específicos.

“LOS POSIBLES PROVEEDORES” del servicio deberán entregar al Supervisor del “IMP” al inicio del contrato, relación del personal que atenderá el servicio, proporcionando copia de su alta ante el IMSS, o la documentación comprobatoria de que tiene afiliación vigente. “LOS POSIBLES PROVEEDORES” del servicio, como patrón del personal que ocupa para la prestación del servicio, será el único responsable de las obligaciones derivadas de las disposiciones legales y demás ordenamientos en materia de trabajo y seguridad social y responderá todas las reclamaciones que sus trabajadores presenten en su contra, o en contra del “IMP”, ya que éste no será considerado como patrón sustituto en relación con el servicio contratado. “LOS POSIBLES PROVEEDORES” del servicio deberá cumplir con la inscripción y pago de cuotas al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) del personal que realizará el servicio; por lo cual, durante la vigencia del contrato entregará al supervisor del “IMP” bimestralmente copia del comprobante de pago de cuotas al IMSS, INFONAVIT y la cédula de determinación de cuotas o cualquier otro documento que debe estar a nombre del “PRESTADOR” del servicio que permita comprobar el cumplimiento de esta obligación. El incumplimiento de ésta obligación ocasionará deducciones al pago según lo indicado en el numeral V del presente anexo, por cada día que el personal haya prestado los servicios sin estar asegurado.

V. LUGAR DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO.

El “SERVICIO” objeto de los contratos específicos se prestará en el

inmueble que indique el Instituto Mexicano del Petróleo, ubicado en Av.

Periférica Norte No. 67 esq. Calle 35-B, Colonia San Agustín del Palmar en

Ciudad del Carmen, Campeche

El horario para la realización del “SERVICIO”, de manera general será de lunes a domingo en un horario

aproximado de las 06:00 a las 21:00 horas, quedando detallado en los contratos específicos y sus

respectivos anexos.

No. IA-018T0O004-E176-2019

El IMP se reserva el derecho de aceptar o rechazar a cualquier persona que labore con el prestador del servicio, incluyendo al supervisor del mismo, quien sea causa de conflictos laborales o de cualquier índole que afecte la calidad, oportunidad y el desarrollo del servicio. En este caso se le informará al prestador del servicio y se le solicitará su reemplazo. El horario para desarrollar los servicios en las instalaciones dependerá de las actividades a desarrollar indicadas en la orden de servicio, y se acotará de las 8:00 a las 14:00 horas de lunes a viernes, y en caso de requerirse algúna actividad específica en día inhábil se programará con anticipación.

PENAS CONVENCIONALES Y DEDUCCIONES

En caso de presentar atrasos con relación a las fechas de inicio del servicio o de entregas pactadas en la orden de servicio, generará una penalización equivalente al 1% del importe indicado en la orden de servicio, lo anterior por cada día natural de atraso hasta en tanto se cumpla con el servicio requerido y sea aceptado por el supervisor del IMP Región Marina.

Por otra parte, en caso de que los servicios prestados no cumplan con las condiciones establecidas ó por una mala, deficiente o incorrecta ejecución de los mismos, el “PRESTADOR” del servicio deberá repetir dicho servicio en la nueva fecha que le sea indicada por el supervisor del IMP, lo cual no generará cargo adicional para este último; no será aceptado servicio alguno hasta en tanto se cumplan dichas condiciones, por lo anterior, se aplicará una deducción al pago equivalente al 1% del importe indicado en la orden de servicio. La sumatoria de ambos conceptos no deberá exceder del monto de la garantía de cumplimiento del contrato, en caso de exceder el porcentaje referido se podrá iniciar el procedimiento de rescisión del CONTRATO O PEDIDO, de conformidad con lo estipulado en la Ley y su Reglamento.

El área contratante deberá recibir un documento del área requirente donde se le comunique la pena ó deducción por aplicar. Una vez que el área contratante cuente con este documento generará el cálculo correspondiente y le solicitará mediante correo electrónico a “LOS POSIBLES PROVEEDORES” que deberán firmar el documento de aceptación del cálculo.

VI. CONDICIONES SOCIALES.

"LOS POSIBLES PROVEEDORES" estarán obligados a cumplir con las

siguientes condiciones respecto al personal que utilicen para la prestación

del “SERVICIO”:

1. Tratar a su personal con respeto y dignidad, quedando prohibida cualquier forma

de violencia física o verbal, así como la intimidación y el hostigamiento.

2. Incorporar medidas para prevenir y sancionar cualquier forma

de violencia, el acoso y el hostigamiento sexual.

3. En general, a cumplir en tiempo y forma con las demás

obligaciones de índole laboral.

No. IA-018T0O004-E176-2019

"LOS POSIBLES PROVEEDORES" tienen expresamente prohibido

respecto al personal que utilicen para la prestación del “SERVICIO”:

1. Incurrir en cualquier forma de discriminación por origen étnico, religión, orientación

sexual, fisonomía o discapacidad física.

2. Retener los pagos y salarios o imponer condiciones que

menoscaben la libertad de su personal como el pago de

depósitos, la retención de documentos, la firma anticipada de

su renuncia o la práctica de pruebas de embarazo, así como

el despido por esta causa.

VII. REQUERIMIENTOS.

“LOS POSIBLES PROVEEDORES” garantizarán la prestación del

“SERVICIO” de acuerdo a los siguientes términos:

VII 1. CALIDAD EN EL SERVICIO.

Será responsabilidad de “LOS POSIBLES PROVEEDORES”, mantener la

calidad del “SERVICIO” conforme a lo establecido en los contratos

específicos y sus respectivos anexos.

El “SERVICIO” deberá realizarse garantizando la seguridad tanto para el personal que efectué éste,

como para los usuarios que se encuentren en el inmueble.

No. IA-018T0O004-E176-2019

“LOS POSIBLES PROVEEDORES” deberán contar con el personal

especializado en el ramo, así como herramientas, maquinaria, vehículos y

equipos adecuados para el ”SERVICIO” requerido, a fin de garantizar

que se proporciona con la calidad, oportunidad y eficiencia requerida para

tal efecto, quedando obligado a realizarlo a entera satisfacción del Instituto

Mexicano del Petróleo.

El “IMP” no permitirá la subcontratación del servicio.

VII 2 PERSONAL PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO.

“LOS POSIBLES PROVEEDORES” deberán contar con el personal

necesario que le permita prestar el “SERVICIO” conforme a lo

establecido en los contratos específicos y sus respectivos anexos, siendo

éstos los siguientes:

“LOS POSIBLES PROVEEDORES”, deberán contar con un Responsable de

grupo de trabajo, el cual será el enlace con el “IMP”, por lo que deberá contar con

facultades suficientes para ejercer funciones como las de resolver problemas y

requerimientos que se presenten durante la prestación del servicio, recibir y atender

ordenes de servicio, vigilar que el servicio se preste de conformidad con lo indicado

en el presente anexo, para lo cual, deberá contar con la experiencia en la prestación

de servicios como los solicitados en las presentes bases, para lo cual deberá

adjuntar previo a la firma del contrato currículum vitae de dicho Responsable, en el

que deberá incluir copias de diplomas o constancias que así lo avalen, y tener grado

académico como mínimo de bachillerato terminado por lo que deberá anexar copia

del certificado expedido y/o avalado por la Secretaría de Educación Pública.

El personal de “LOS POSIBLES PROVEEDORES” del servicio, deberá conducirse

en forma amable y respetuosa con los empleados y visitantes, de igual forma,

deberán contar con la experiencia en manejo y mantenimiento de plantas, áreas

verdes, poda y todo lo relacionado con servicio de jardinería. El IMP Región Marina

podrá solicitar que se sustituya dicho Responsable de Grupo de Trabajo en caso

que sea necesario.

“LOS POSIBLES PROVEEDORES” del servicio determinaran la cantidad de

personal que se requerirá para la prestación del servicio en las instalaciones del

“IMP”.

Dentro del personal de “LOS POSIBLES PROVEEDORES” del servicio, deberá

considerarse a una persona que fungirá como jardinero, el cual deberá ser apto y

No. IA-018T0O004-E176-2019

contar con la experiencia en realizar dichas actividades, quien diariamente se

encargará de realizar las labores del servicio.

El IMP se reserva el derecho de pedir que se sustituya el elemento que no cumpla

ejecutando los trabajos con la calidad necesaria.

DICTAMINADOR DE ARBOLADO

Se requieren personas con experiencia en podas, derribos y

trasplantes de árboles, que demuestren su especialidad con certificado

vigente con la especialidad de “Dictaminador de Arbolado”, expedido

por la Secretaría del Medio Ambiente de la Ciudad de México, por la

autoridad competente de la localidad correspondiente o sus correlativas

en las Entidades Federativas. (no aplica para el IMP Región Marina).

JARDINEROS Y/O PODADORES

Será responsabilidad de “LOS POSIBLES PROVEEDORES”,

establecer la cantidad de jardineros y/o podadores necesarios para

atender de manera eficiente y oportuna el Programa de Trabajo que

establezca el Instituto Mexicano del Petróleo.

VII 3.PROPUESTA DE TRABAJO.

“LOS POSIBLES PROVEEDORES” deberán anexar a sus ofertas al

Instituto Mexicano del Petróleo, su metodología, programa de trabajo y

organigrama (administrativo y operativo) que permita garantizar la

prestación del “SERVICIO”.

VII.4 MAQUINARIA, EQUIPO, HERRAMIENTAS Y VEHÍCULOS.

“LOS POSIBLES PROVEEDORES” deberán anexar a sus ofertas al

Instituto Mexicano del Petróleo, la relación de la maquinaria, equipo,

herramientas y vehículos en óptimas condiciones de uso, con los que

garantizará la prestación del “SERVICIO”.

VII.5 IDENTIFICACIÓN Y UNIFORMES.

“LOS POSIBLES PROVEEDORES” quedan obligados a garantizar que el personal portará en todo momento el

uniforme de trabajo de acuerdo a lo establecido en los contratos específicos y sus respectivos anexos,

mismo que llevará impreso en lugar visible el nombre y logotipo de “LOS POSIBLES PROVEEDORES”; a fin

de que puedan ser identificados.

“LOS POSIBLES PROVEEDORES” del servicio deberán proporcionar a su personal, uniforme completo, en buen estado, limpio y presentable, nombre y logotipo impreso de la empresa en lugar visible, zapatos de seguridad, casco de seguridad, credencial que lo acredite como personal de la empresa, así como el equipo de seguridad necesario y adecuado para el desempeño de sus actividades, de igual manera, deberá contar con la herramienta y el equipo de trabajo apropiado y completo para realizar el servicio. El personal operativo debe portar el uniforme en forma obligatoria, durante todo el tiempo de permanencia dentro de las instalaciones de este Instituto.

“LOS POSIBLES PROVEEDORES” estarán obligados a otorgar a su

personal un gafete de identificación plastificado o con enmicado térmico,

el cual deberá portar durante su estancia en el inmueble, en caso contrario

a dicho personal se le podrá negar el acceso. Los gafetes deberán cumplir

de forma mínima con los siguientes requisitos: logotipo y nombre de “LOS

POSIBLES PROVEEDORES”; nombre del trabajador y fotografía reciente.

VII 6. ACCIONES DE DISCIPLINA, ORDEN Y SEGURIDAD.

“LOS POSIBLES PROVEEDORES” instruirán a su personal para que guarden

la debida disciplina y orden durante la prestación del “SERVICIO”, acatando

las normas de seguridad aplicables en el inmueble del Instituto Mexicano del

Petróleo.

VII.6.1.- “LOS POSIBLES PROVEEDORES”, deben entregar al supervisor del servicio por

parte del IMP Región Marina previo al inicio de servicio la carpeta con la documentación soporte

de cumplimiento con lo establecido en los numerales del formato SIG-SST-GT-03-FG-01 del

Sistema Integral de Gestión denominado “listado de requisitos de seguridad, salud ocupacional y

protección ambiental, que deben cumplir las y los contratistas o proveedores (as)” (se adjunta); los

numerales de éste formato se encuentran descritos en la Guía Técnica para el Control de

Contratistas y Proveedores en Materia de Seguridad, Salud en el Trabajo y Protección Ambiental

SIG-SST-GT-03 (se adjunta documento), los cuales deberán considerarse para la presentación de

su proposición.

VII.6.2.- “LOS POSIBLES PROVEEDORES” deben entregar previo a la firma del contrato carta

compromiso (se adjunta modelo de carta compromiso) debidamente requisitada y firmada en la

que manifiesten que cumplirán con los requisitos de seguridad, salud en el trabajo y protección

ambiental para las compañías contratistas y proveedores del IMP, indicados en el formato SIG-

SST-GT-03-FG-01. "Formato 2", deberán copiar en su hoja membretada el texto completo y

firmar.

El personal de “LOS POSIBLES PROVEEDORES” del servicio, deberá registrar

su ingreso a las instalaciones del “IMP”, el cual se hará por la entrada principal

del edificio ubicado sobre Av. Periférica Norte No. 67, Ciudad del Carmen,

Campeche, de igual forma, deberá registrar su salida al término de sus

actividades encomendadas.

El personal de “LOS POSIBLES PROVEEDORES” del servicio, si así fuese el caso, deberá participar, en la planeación y realización de los simulacros de emergencia que el Instituto Mexicano del Petróleo establezca, a efecto de sensibilizarse en las acciones a realizar durante las situaciones que para este efecto se realicen, el supervisor del servicio del IMP Región Marina, dará las indicaciones correspondientes. No será permitido el acceso a las instalaciones del IMP Región Marina al personal de “LOS POSIBLES PROVEEDORES” del servicio cuando: Se encuentre con aliento alcohólico, bajo el efectos de drogas o cualquier enervante o sustancias ilícitas, con arma de fuego, las herramientas punzocortantes sólo podrán ingresarse a las instalaciones con la autorización del supervisor del IMP Región Marina, siempre y cuando esté plenamente justificada su utilización.

VII.7 RESPONSABILIDAD LABORAL.

“LOS POSIBLES PROVEEDORES” deberán anexar a sus ofertas un manifiesto de que el personal que

realice las tareas relacionadas con la prestación del “SERVICIO”, estará bajo su responsabilidad única y

directa, por lo tanto, en ningún momento se considerará al Instituto Mexicano del Petróleo, como patrón

sustituto o solidario, pues el IMP no tendrá relación alguna de carácter laboral con dicho personal y

consecuentemente, “LOS POSIBLES PROVEEDORES” se comprometen a liberar al Instituto Mexicano del

Petróleo de cualquier responsabilidad laboral o civil, obligándose éstos a garantizar el pago de las

prestaciones laborales y de seguridad social para sus empleados.

Asimismo, “LOS POSIBLES PROVEEDORES” deberán indicar en el

manifiesto mencionado en el párrafo anterior, que asumirán la

responsabilidad en materia de seguridad social referente a sus trabajadores

y/o a las que haya lugar, en caso de que alguno de éstos sufra un accidente,

enfermedad o riesgo de trabajo.

En caso de que el personal de “LOS POSIBLES PROVEEDORES” del servicio resulte con alguna lesión producto de accidentes ó incidentes durante la ejecución del servicio o en su caso, provoquen daños a las instalaciones o bienes del IMP Región Marina, será el responsable de la atención médica y/o reparación sin cargo alguno para el IMP Región Marina y deberán ser reportados al supervisor del servicio de este último.

El IMP Región Marina no tendrá ninguna responsabilidad laboral en caso de accidentes

de trabajo del personal del “LOS POSIBLES PROVEEDORES” del servicio por lo que

éste último aceptará toda obligación derivada de sus actividades y las de su personal

para la realización del servicio durante la vigencia del contrato correspondiente.

FORMATO 1 Autorización de trabajos con riesgo.

Folio:

horas

Clave Extensión Firma

Residente de Obra del IMP (Área

contratante) o responsable de la área

de trabajo del IMP

Supervisor responsable de la compañía

contratista y/o empresa prestadora de

servicios:

Firma

Responsable del área de trabajo donde

se realizará la actividad

Nombre de la compañía contratista

solicitante:

Nombre del trabajador que realizará el

trabajo:Firma: Clave:

Horario autorizado:

Si NoResultado

en %

Notas:

Responsable de Seguridad.

Hora de recepción de la solicitud:

Nombre y Firma

Compañia contratista

Observaciones:

Cualquier emergencia

reporta a extensión:

día mes año

FirmaNombre

Después del horario normal de labores, fines de semana y días festivos, la supervisión en materia de seguridad de los trabajos será

responsabilidad del residente del IMP que los autoriza.

Cualquier variación en las condiciones bajo las que se autoriza este trabajo cancelarán esta autorización, debiendo suspender de

inmediato el trabajo, siendo responsable el ejecutante del mismo de los daños que se puedan ocasionar a las personas o bienes de la

Institución.

Resultado de la Prueba de

Explosividad

Nombre

INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEODIRECCIÓN DE FINANZAS Y ADMINISTRACIÓN

Autorización de Trabajos con Riesgo

Requisitos a cumplir por el supervisor de la compañía contratista para la ejecución de las actividades:

TrabajoDescripción del trabajo (detallar la

actividad) y el equipo o herramienta a

util izar: Equipos y herramientas

Lugar donde se efectuará el trabajo:

Nombre

PARA SER LLENADO POR PERSONAL DE SEGURIDAD, HIGIENE, PROTECCIÓN CIVIL Y AMBIENTAL

Edificio:

La compañia contratista solicitante informa que el personal a su cargo cuenta y usa el

Equipo Básico de Protección Personal como es: es zapatos de seguridad c/casquillo,

lentes de seguridad, guantes, overol/Pantalón y camisola 100% algodón y casco, para

realizar estas actividades, así como el EPP especifico para realizar otros trabajos

como es: mascarilla, orejeras, arnes, línea de vida, etc.

Cuenta con el EPP básico: (SI) (NO),

Valido por el día: / /

Nivel:

Cubículo:

Hora de inicio Hora de término

Área abierta (especifíque):

Eje Centra l Lázaro Cárdenas Norte 152, Col . San Bartolo Atepehuacan. Del . Gustavo A. Madero, Ciudad de México, C. P. 07730

Copia: Compañía contratistaOriginal: Responsable de Seguridad y Salud en el Trabajo

REV. 01 SIG-SST-GT-03-FG-02

FORMATO 2

CARTA COMPROMISO

Lugar a día de mes de año. Instituto Mexicano del Petróleo

Asunto: Carta compromiso. Por medio de la presente manifiesto que daremos cumplimiento de los requisitos de seguridad, salud en el trabajo y protección ambiental para las compañías contratistas y proveedores del IMP, indicados en el formato SIG-SST-GT-03-FG-01, para el servicio integral de jardinería en las instalaciones que ocupa el edificio sede ubicado en Av. Periférica Norte No. 67 esq. Calle 35-B, Colonia San Agustín del Palmar en Ciudad del Carmen, Campeche.

Atentamente

Nombre y firma indicando cargo de la o el Representante legal de “LOS POSIBLES PROVEEDORES”.

Nota: Elaborar en papel membretado de “LOS POSIBLES PROVEEDORES”.

Fin de texto.

FORMATO 3 ORDEN DE SERVICIO

Instituto Mexicano del Petróleo Unidad de Administración Marina

No.- Contrato:

ORDEN DE SERVICIO Concepto: Solicitante por el IMP:

Domicilio donde se prestará el servicio: A).- B).-

Orden de servicio: No. Fecha de emisión: Cantidad de servicios solicitados en esta orden: Fecha compromiso de entrega:

Monto contratado de esta orden de servicio: No.

Concepto Unidad Cantidad P.U. Importe

Importe total

Descripción del servicio:

Firma del Solicitante por del EL IMP Fecha:

Nombre y Firma de recepción de la

orden del servicio por parte de “LOS POSIBLES PROVEEDORES” del

servicio. Fecha:

Vo. Bo. Aceptación Fecha de recepción del servicio: Nombre y firma del supervisor del IMP:

Entrega por el Prestador del Servicio Fecha de entrega del servicio: Nombre y firma del Responsable del

grupo de trabajo de “LOS POSIBLES PROVEEDORES” del servicio.

Observaciones:

FORMATO 4

SIG-SST-GT-03-FG-01

FORMATO 5 Guía técnica para el Control de Contratistas y Proveedores en Materia de Seguridad, Salud en el Trabajo y

Protección Ambiental

SIG-SST-GT-03

FIN DE LA PARTIDA 3

PARTIDA 4

ANEXO I

ESPECIFICACIONES TÉCNICAS Y DE CALIDAD REQUERIDAS

PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO INTEGRAL DE

JARDINERÍA PARA SALAMANCA, GUANAJUATO

I. OBJETIVO.

Proporcionar el servicio integral de jardinería en adelante el “SERVICIO” en los diversos inmuebles

propiedad y/o en uso de los sujetos a que se refiere el artículo 1, fracciones I a VI de la Ley de Adquisiciones,

Arrendamientos y Servicios del Sector Público (LAASSP), en adelante el Instituto Mexicano del Petróleo

(IMP).

Servicio de mantenimiento de áreas verdes, macetas y macetones para las instalaciones del Instituto Mexicano del Petróleo, localizado en Avenida Faja de Oro s/n Col. PEMEX C.P. 36730, Salamanca, Guanajuato, en el periodo comprendido a partir del día siguiente de la fecha de adjudicación y hasta el 31 de diciembre de 2020, bajo la modalidad de contrato o pedido abierto con un monto máximo de $ 399,518.00 y un monto mínimo de $ 159,807.20

II. DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO

Es el cuidado de plantas, macetones, poda de árboles, la reforestación

de macetas, jardineras y demás servicios para el mantenimiento y

conservación de las áreas verdes, así como el control fitosanitario de dichas

áreas verdes, con la finalidad de mantenerlos en óptimas condiciones.

Actividades: -Poda, y perfilado de pasto, diario. -Conservación y cuidado de 6 maceteros, diario. -Poda y cuidado de árboles chicos de 0 a 4 m. cada 15 días. -Riego del área verde utilizando manguera y aspersores, diario. -Corte y perfilado de setos por cada una de sus caras, semanalmente. -Mantener diariamente las áreas verdes libres de follaje, maleza, ramas, césped cortado, hierbas, hojas y basura en general. -Encalamiento de los árboles en su tallo, 2 veces al año. -Mantenimiento de pista de una longitud de 169 mts. Y 1.20 mts de ancho. Se debe considerar lo siguiente: La cantidad de maceteros en el centro es de 6. Existen 76 árboles de distintos tamaños en el Centro. Las áreas verdes están divididas en 8 partes que suman un total de 3180 m2.

Para la formación de setos se deben considerar 280 m. Las actividades antes descritas, se realizarán conforme a las necesidades del sitio y a solicitud del Servidor Público designado como supervisor, con las cantidades de servicios que se determinen realizar a la prioricidad antes descrita. Se propone el siguiente equipo y herramienta el cual debe de estar durante el plazo del servicio en óptimas condiciones: Maquina podadora de pasto con motor de combustión interna de 5 hp. Maquina charquera de combustión interna de 5 Hp. Maquina sopladora con extensión de combustión interna de 1 Hp Maquina orilladora con motor de combustión interna de 1 Hp. Bomba de mochila para fumigación con diferentes boquillas. Tijeras para podar setos. Tijeras de extensión para cortar ramas de árboles. Machete. Rastrillo para jalar la yerba. Carretilla. Escobas de vara. 6 Mangueras de 30 mts. Aspersores de agua. Utensilios para jardinería (cuchara, bieldo, etc.). Martillo. Pala. Zapapico.

III. METODOLOGÍA.

“LOS POSIBLES PROVEEDORES” brindarán el servicio de jardinería, tomando

en consideración las funciones específicas y los aspectos metodológicos

que determine el Instituto Mexicano del Petróleo en el contrato específico

correspondiente.

IV. LINEAMIENTOS GENERALES. El “SERVICIO” se realizará en el inmueble que determine el Instituto Mexicano del Petróleo en el contrato específico y sus respectivos anexos. La ejecución del “SERVICIO” previsto por el contrato se sujetará a los

siguientes lineamientos:

Personal:

El proveedor facilitará el personal para los servicios especificados, como se describe a continuación: -Proporcionará el personal suficiente y adecuado para la correcta realización del servicio (para la poda de árboles, poda de césped, desyerbar). -Debidamente identificados con el gafete de la empresa. -Portarán uniforme de la empresa. -El tiempo de la jornada diaria será de 8 hrs. -El horario será de 8:00 a 16:00 hrs. De lunes a viernes. Se evitará el uso de maquinas podadoras en los horarios de impartición de cursos para no causar ruidos molestos. El personal deberá contar con uniforme de la empresa para la cual labora. El personal deberá contar con gafete que lo identifique como trabajador del proveedor del servicio. El servidor público facultado para supervisar los servicios es la Lic. Neli Jacobo Balbuena, quien será el responsable de aceptarlos o rechazarlos, de determinar los incumplimientos, así como de la administración total del servicio. Forma de pago: Trasferencia electrónica

Notas: Las cantidades de equipo y materiales mencionadas solamente son de referencia para efectos de cotización, sin embargo, el licitante ganador se obliga a garantizar la existencia de equipo y materiales suficientes para la correcta realización del servicio. El personal deberá presentarse debidamente uniformado e identificado con gafete, el cual tendrá fotografía y el nombre del empleado en apego al Reglamento de Contratistas del IMP. El prestador del servicio deberá considerar en su propuesta el precio de todos los tipos de acarreos o fletes. Todo el material de desecho que produzca el prestador del servicio por el mantenimiento deberá ser retirado diariamente de las instalaciones del IMP. El proveedor deberá contar con el personal adecuado, suficiente y en los días establecidos, mismos que deberán sujetarse a las siguientes disposiciones: No presentarse en las áreas de trabajo en estado de intoxicación alguna. No ingerir bebidas alcohólicas dentro de las instalaciones de "EL IMP". No hacer escándalo ni pronunciar "palabras altisonantes" en las áreas de trabajo No sustraer ningún objeto que no sea de su propiedad. Condiciones de pago: Mensual a los 20 días naturales posteriores a la validación fiscal de la factura electrónica por parte de la página electrónica del IMP. Deberá presentar anexo a la factura mensual copia del alta del seguro social de la plantilla de su personal

asignado al "IMP" o glosa del IMSS, lo que servirá de soporte para la presentación de la facturación mensual que se genere. El costo del servicio deberá incluir todas las prestaciones de ley, eximiendo al IMP de cualquier relación obrero patronal; El proveedor deberá garantizar en la propuesta económica que el costo del servicio no se verá afectado en ningún momento por modificaciones a los salarios mínimos. Cualquier falta a los requerimientos expresados en el texto técnico de la prestación de los servicios, significará el incumplimiento de la propuesta técnica. La aplicación de las penas convencionales, se aplicará conforme a lo siguiente: El servicio deberá iniciar en la fecha establecida. En caso de incumplimiento de penalizará porcada día natural de atraso con el 1% del monto total del servicio. Se entenderá que inicia el servicio de una vez que el proveedor presenta el total de elementos, equipos y materiales de acuerdo al anexo técnico, avalado por el administrador del servicio. El pago de los servicios quedará condicionado al pago que en su caso el proveedor deba efectuar por concepto de penas convencionales. Se aplicará la deductiva en caso de no presentarse el elemento o que no cumpla con el horario establecido. Además de descontarse el día, se aplicará la deductiva del 20%. Dentro de los primeros quince días naturales al inicio del servicio, deberá entregar mediante oficio, copia de las altas ante el IMSS del personal contratado para otorgar el servicio, a la Unidad Administrativa Correspondiente. Asimismo, deberá entregar copia de las altas ante el IMSS del personal que se contrate para cubrir bajas durante la vigencia del pedido dentro de los quince días naturales contados a partir de su contratación. El instituto podrá solicitar durante la vigencia del servicio relación de altas ante el IMSS del personal con el que preste el servicio, con el objeto de verificar que el personal goza de esta prestación. El proveedor deberá observar y dar cumplimiento al documento denominado " GUÍA

TÉCNICA PARA EL CONTROL DE CONTRATISTAS Y PROVEEDORES EN MATERIA DE SEGURIDAD,

SALUD EN EL TRABAJO Y PROTECCIÓN AMBIENTAL DEL INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO".

a. Las ofertas que presenten “LOS POSIBLES PROVEEDORES” serán por

el inmueble que se determine en el contrato específico por el Instituto

Mexicano del Petróleo.

b. “LOS POSIBLES PROVEEDORES” deberán llevar a cabo, la

recolección de subproductos vegetales, cada que se generen como

consecuencia de los trabajos ejecutados, realizando la disposición

adecuada de los mismos, conforme a lo establecido en la Ley de

Residuos Sólidos de la Ciudad de México, o las disposiciones

normativas correlativas en otras Entidades Federativas, por lo que “LOS

POSIBLES PROVEEDORES” deberán proporcionar el material

necesario para la correcta separación de los desechos sólidos como se

señala en dichas disposiciones y no podrán mezclar estos residuos, con

los que se generan en cada inmueble, conforme a lo establecido en los

contratos específicos.

c. “LOS POSIBLES PROVEEDORES”, deberán contar con todos los

materiales, herramientas, equipo, sustratos y productos necesarios, para

la conservación de las áreas verdes, proporcionando el “SERVICIO”

de acuerdo a las necesidades requeridas en los contratos específicos;

los cuales deberán estar considerados en el monto total por servicio

requerido.

d. “LOS POSIBLES PROVEEDORES” se comprometen a que al arribo de

los materiales darán aviso a la persona que designe el Instituto

Mexicano del Petróleo, para su previa revisión y verificación de

características que garanticen la calidad y estado fitosanitario libre de

patógenos, y/o cantidad, antes de ser almacenados o utilizados,

indicando en el documento de recepción que la entrega cumplió con

los estándares de calidad requeridos.

e. “LOS POSIBLES PROVEEDORES” deberán llevar el registro de

entradas de material de manera eficiente y organizada (por primeras

entradas, primeras salidas, flamabilidad, así como el grado de toxicidad

establecido en el Catálogo Oficial de Plaguicidas publicado por la

Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios -

COFEPRIS-), así mismo deberá contar con un resumen de las áreas

o lugares donde fueron aplicados dichos productos, así como las dosis

suministradas; este resumen podrá ser requerido por el Instituto

Mexicano del Petróleo en cualquier momento, si así se considera

conveniente.

f. “LOS POSIBLES PROVEEDORES” serán responsables de realizar el

“SERVICIO” de acuerdo a las actividades establecidas en los contratos

específicos y sus respectivos anexos, en función a las características

del inmueble.

g. “LOS POSIBLES PROVEEDORES” deben contar con recursos

financieros, humanos y materiales suficientes para el cumplimiento del

“SERVICIO”, objeto del contrato específico.

h. “LOS POSIBLES PROVEEDORES” proporcionarán el “SERVICIO” de

acuerdo a las actividades y frecuencias establecidas en los contratos

específicos y sus respectivos anexos. (En donde indicará la

calendarización del “SERVICIO” por inmueble y volumetría).

i. “LOS POSIBLES PROVEEDORES” deberán realizar las actividades

de fumigación, en áreas verdes interiores y exteriores, “LOS

POSIBLES PROVEEDORES” se comprometen a que los plaguicidas

que se apliquen estén inscritos en el Catálogo de Plaguicidas de la

COFEPRIS y debidamente registrados ante la Comisión

Intersecretarial para el Control del Proceso, Uso de Plaguicidas y

Sustancias Tóxicas (CICOPLAFEST); así mismo, deberán estar

etiquetados conforme a la regulación vigente y aplicable y no estar

caducados.

j. “LOS POSIBLES PROVEEDORES” quedan obligados a responder por

las reclamaciones ante cualquier autoridad sanitaria, cuando por la

realización de las labores de fumigación en áreas verdes interiores y

exteriores, jardines, jardineras, arriates, camellones y macetones, o

bien por negligencia del personal a su cargo, pudieran derivarse

afectaciones a la salud.

k. Los productos y equipos que utilicen “LOS POSIBLES

PROVEEDORES” para la prestación del “SERVICIO”, deberán cumplir

como mínimo con las siguientes normas:

“LOS POSIBLES PROVEEDORES” se obligan a cumplir las demás normas

que resulten aplicables a la prestación del “SERVICIO”.

Las DEPENDENCIAS o ENTIDADES no podrán establecer Normas Oficiales Mexicanas, Normas Mexicanas

según proceda y a falta de estas las Normas Internacionales, de conformidad con lo dispuesto por los

artículos 53 y 55 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; en su caso las Normas de Referencia

o Especificaciones a que se refiere el artículo 67 de esta Ley, que limiten la participación de “LOS

POSIBLES PROVEEDORES”.

l. El “SERVICIO” será supervisado por el personal que designe el Instituto Mexicano del Petróleo.

m. La DEPENDENCIA o ENTIDAD establecerá en los contratos específicos

y sus respectivos anexos, las actividades y frecuencias en función a

las necesidades de operación del inmueble.

n. Las reuniones formales de seguimiento serán acordadas de forma oficial

entre la DEPENDENCIA o ENTIDAD y “LOS POSIBLES

PROVEEDORES”, convocándose con al menos una semana de

anticipación.

o. “LOS POSIBLES PROVEEDORES” quedan obligados durante la

vigencia del “SERVICIO”, a cumplir con la inscripción y pago de cuotas

al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) del personal que brinde el

“SERVICIO” en el inmueble. Para verificar su cumplimiento deberá

entregar bimestralmente al Instituto Mexicano del Petróleo, el

comprobante de las cuotas obrero patronales, en caso de no presentar

el documento, se aplicarán las penas establecidas en los contratos

específicos.

V. LUGAR DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO.

El “SERVICIO” objeto de los contratos específicos se prestará en el inmueble

que indique el Instituto Mexicano del Petróleo.

Avenida Faja de Oro s/n Col. PEMEX C.P. 36730, Salamanca, Guanajuato, en el periodo comprendido a partir del día siguiente de la fecha de adjudicación y hasta el 31 de diciembre de 2020.

El horario para la realización del “SERVICIO”, de manera general será de lunes a

domingo en un horario aproximado de las 06:00 a las 21:00 horas, quedando detallado

en los contratos específicos y sus respectivos anexos.

VI. CONDICIONES SOCIALES.

"LOS POSIBLES PROVEEDORES" estarán obligados a cumplir con las

siguientes condiciones respecto al personal que utilicen para la prestación del

“SERVICIO”:

1. Tratar a su personal con respeto y dignidad, quedando prohibida

cualquier forma de violencia física o verbal, así como la intimidación

y el hostigamiento.

2. Incorporar medidas para prevenir y sancionar cualquier forma

de violencia, el acoso y el hostigamiento sexual.

3. En general, a cumplir en tiempo y forma con las demás

obligaciones de índole laboral.

"LOS POSIBLES PROVEEDORES" tienen expresamente prohibido

respecto al personal que utilicen para la prestación del “SERVICIO”:

1. Incurrir en cualquier forma de discriminación por origen étnico,

religión, orientación sexual, fisonomía o discapacidad física.

2. Retener los pagos y salarios o imponer condiciones que

menoscaben la libertad de su personal como el pago de depósitos,

la retención de documentos, la firma anticipada de su renuncia

o la práctica de pruebas de embarazo, así como el despido por

esta causa.

VII. REQUERIMIENTOS.

“LOS POSIBLES PROVEEDORES” garantizarán la prestación del

“SERVICIO” de acuerdo a los siguientes términos:

VII.1 CALIDAD EN EL SERVICIO.

Será responsabilidad de “LOS POSIBLES PROVEEDORES”, mantener la

calidad del “SERVICIO” conforme a lo establecido en los contratos

específicos y sus respectivos anexos.

El “SERVICIO” deberá realizarse garantizando la seguridad tanto para el

personal que efectué éste, como para los usuarios que se encuentren en el

inmueble.

“LOS POSIBLES PROVEEDORES” deberán contar con el personal

especializado en el ramo, así como herramientas, maquinaria, vehículos y

equipos adecuados para el ”SERVICIO” requerido, a fin de garantizar que

se proporciona con la calidad, oportunidad y eficiencia requerida para tal

efecto, quedando obligado a realizarlo a entera satisfacción del Instituto

Mexicano del Petróleo.

VII.2 PERSONAL PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO.

“LOS POSIBLES PROVEEDORES” deberán contar con el personal necesario

que le permita prestar el “SERVICIO” conforme a lo establecido en los

contratos específicos y sus respectivos anexos, siendo éstos los siguientes:

DICTAMINADOR DE ARBOLADO

Se requieren personas con experiencia en podas, derribos y trasplantes

de árboles, que demuestren su especialidad con certificado vigente con la

especialidad de “Dictaminador de Arbolado”, expedido por la Secretaría

del Medio Ambiente de la Ciudad de México, por la autoridad competente

de la localidad correspondiente o sus correlativas en las Entidades

Federativas.

JARDINEROS Y/O PODADORES

Será responsabilidad de “LOS POSIBLES PROVEEDORES”, establecer

la cantidad de jardineros y/o podadores necesarios para atender de

manera eficiente y oportuna el Programa de Trabajo que establezca el

Instituto Mexicano del Petróleo.

VII.3 PROPUESTA DE TRABAJO.

“LOS POSIBLES PROVEEDORES” presentarán dentro de su oferta al

Instituto Mexicano del Petróleo, su metodología, programa de trabajo y

organigrama (administrativo y operativo) que permita garantizar la

prestación del “SERVICIO”.

“LOS POSIBLES PROVEEDORES” presentarán dentro de su oferta al

Instituto Mexicano del Petróleo, la relación de la maquinaria, equipo,

herramientas y vehículos en óptimas condiciones de uso, con los que

garantizará la prestación del “SERVICIO”.

VII.4 IDENTIFICACIÓN Y UNIFORMES.

“LOS POSIBLES PROVEEDORES” quedan obligados a garantizar que el personal portará en todo momento el

uniforme de trabajo de acuerdo a lo establecido en los contratos específicos y sus respectivos anexos,

mismo que llevará impreso en lugar visible el nombre y logotipo de “LOS POSIBLES PROVEEDORES”; a fin

de que puedan ser identificados.

“LOS POSIBLES PROVEEDORES” estarán obligados a otorgar a su

personal un gafete de identificación plastificado o con enmicado térmico,

el cual deberá portar durante su estancia en el inmueble, en caso contrario

a dicho personal se le podrá negar el acceso. Los gafetes deberán cumplir

de forma mínima con los siguientes requisitos: logotipo y nombre de “LOS

POSIBLES PROVEEDORES”; nombre del trabajador y fotografía reciente.

VII.5 ACCIONES DE DISCIPLINA, ORDEN Y SEGURIDAD.

“LOS POSIBLES PROVEEDORES” instruirán a su personal para que guarden

la debida disciplina y orden durante la prestación del “SERVICIO”, acatando

las normas de seguridad aplicables en el inmueble del Instituto Mexicano del

Petróleo.

VII.6 RESPONSABILIDAD LABORAL.

“LOS POSIBLES PROVEEDORES” señalarán en su oferta que el personal que realice las tareas

relacionadas con la prestación del “SERVICIO”, estará bajo su responsabilidad única y directa, por lo tanto,

en ningún momento se considerará al Instituto Mexicano del Petróleo, como patrón sustituto o solidario, pues

el IMP no tendrá relación alguna de carácter laboral con dicho personal y consecuentemente, “LOS

POSIBLES PROVEEDORES” se comprometen a liberar al Instituto Mexicano del Petróleo de cualquier

responsabilidad laboral o civil, obligándose éstos a garantizar el pago de las prestaciones laborales

y de seguridad social para sus empleados.

Asimismo, “LOS POSIBLES PROVEEDORES” asumirán la responsabilidad

en materia de seguridad social referente a sus trabajadores y/o a las que haya

lugar, en caso de que alguno de éstos sufra un accidente, enfermedad o

riesgo de trabajo.

FIN DE LA PARTIDA 4

Dudas: Debido a que para este procedimiento de contratación no se efectuará un acto de junta de aclaraciones, los participantes interesados que tengan dudas sobre el alcance de esta contratación, las podrán dirigir a más tardar a las 10:00 horas del día 02 de septiembre de 2019, dentro del procedimiento en el sistema COMPRANET en el campo de “mensajes” adjuntando el archivo del documento que contenga las dudas,

las que se reciban de forma extemporánea no serán contestadas, y las respuestas dadas por la convocante se harán del conocimiento de los participantes a través de COMPRANET en el campo de “mensajes”, el día 03 de septiembre.

Firma de CONTRATO O PEDIDO La firma del CONTRATO O PEDIDO se efectuará dentro de los quince días naturales siguientes a la notificación de asignación, dentro del horario laboral en: En Sede, Eje Central Lázaro Cárdenas Norte No.152, Col. San Bartolo Atepehuacan, Alcaldía, Gustavo A. Madero, México, Ciudad de México, C.P 07730, edificio 6, cubículo 6-106. En CONTRATO O PEDIDO de monto superior a 110,000.00 pesos, el proveedor adjudicado, dentro de los 10 días naturales posteriores a la formalización del CONTRATO O PEDIDO, deberá presentar en el domicilio antes señalado la garantía de cumplimiento, conforme al texto de garantía anexo a la presente solicitud de cotización.

Plazo y condiciones de pago. El “IMP” pagará a la o al “PROVEEDOR” a través de la Gerencia de Tesorería del IMP, el monto de los bienes contratados y aceptados, en moneda nacional, dentro de los 20 días naturales, contados a partir de la fecha de validación y aceptación de la factura electrónica por parte del área requirente y a través de la bóveda electrónica del “IMP”, o en su caso, del comprobante fiscal de pago correspondiente. El pago de los servicios quedará condicionado al pago que en su caso la o el “PRESTADOR” deba efectuar por concepto de penas convencionales o deducciones a que se haya hecho acreedor, haber entregado los servicios a satisfacción del usuario solicitante, formalizado el CONTRATO O PEDIDO y en su caso sus modificaciones, así como haber entregado la(s) fianzas(s) de cumplimiento que en su caso aplique(n).

Criterios de evaluación:

Se verificará que la(s) proposición(es) de los participantes cumplieron con las características y especificaciones técnicas mínimas establecidas en el anexo técnico y los requisitos legales y económicos, de la convocatoria.

Criterios de adjudicación: El CONTRATO o PEDIDO se adjudicará por partida a la(s) proposición(es) de los participantes que cumplieron todos los requisitos legales, técnicos y económicos, que hubiere(n) ofertado el precio más bajo,

por el presupuesto máximo disponible para esta contratación.

TEXTO DE LA GARANTÍA PARA EL DEBIDO CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DEL CONTRATO O PEDIDO.

(Lugar y Fecha)

Afianzadora (nombre de la afianzadora) se constituye fiadora hasta por la suma de $....................(monto de la fianza con número y letra), ante, a favor y a disposición del Instituto Mexicano del Petróleo para garantizar por …….…(nombre del fiado, licitante y domicilio)…, el debido cumplimiento de las obligaciones derivadas del CONTRATO O PEDIDO N°. 2018….……. de fecha…………. del 2018, celebrado entre el Instituto Mexicano del Petróleo y nuestro fiado. El citado contrato tiene por objeto la prestación del servicio de…………………., con las características que especifica, con un importe total de (monto del contrato con letra y número sin I.V.A) y plazo de entrega o ejecución de………. días (señalar si son naturales o hábiles). Esta fianza garantiza la ejecución o entrega total del servicio objeto del CONTRATO O PEDIDO principal y sus anexos o contrato a entera satisfacción del Instituto Mexicano del Petróleo, así como los pagos indebidos que el beneficiario hubiere hecho al fiado por error. En caso de que sea necesario prorrogar el plazo señalado para el cumplimiento de la obligación o conceder esperas para la ejecución del servicio, esta compañía afianzadora consciente que la vigencia de esta fianza queda automáticamente prorrogada en concordancia con dichas prórrogas o esperas. Esta fianza garantiza la entrega total del servicio, así como el pago de las sanciones y/o penas convencionales señaladas en el contrato garantizado por esta fianza. Esta fianza se expide de entera conformidad con las cláusulas del propio CONTRATO O PEDIDO garantizado por esta póliza de fianza, con lo establecido en los artículos 279, 280, 283 y 289 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas en vigor. Esta compañía se obliga a pagar al beneficiario de esta fianza el 100% (por ciento) del importe garantizado, aun cuando el fiado haya cumplido parcialmente con sus obligaciones, renunciando para este caso expresamente al derecho de proporcionalidad establecido en el artículo 2842 del Código Civil Federal. Así mismo, la afianzadora se obliga a seguir garantizando por el fiado por un plazo de 3 meses contados a partir de la fecha de recepción del servicio contratado para responder de los defectos que resultaren de los mismos, de los vicios ocultos y de cualquier otra responsabilidad en que hubiera incurrido el fiado, en los términos señalados en el CONTRATO O PEDIDO respectivo y en el Código Civil Federal. Esta afianzadora acepta expresamente, someterse al procedimiento de ejecución establecido en los artículos 279, 280, 283 y 289 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas. La presente fianza estará vigente durante todo el tiempo del pedido o contra CONTRATO O PEDIDO garantizado, incluyendo las prórrogas o esperas que se le concedan al fiado, así como durante el plazo de 3 meses contados a partir de la fecha del vencimiento del plazo pactado para la entrega total del servicio, o en su defecto, dicho plazo comenzará a contarse a partir de la fecha en que se concluyan las prórrogas o esperas concedidas al fiado, y no podrá cancelarse hasta en tanto el fiado no haya cumplido con todas sus obligaciones o con el pago de las sanciones y/o penas convencionales señaladas en el CONTRATO O PEDIDO garantizado y el Instituto Mexicano del Petróleo de por escrito su autorización para ello. De igual forma, la presente fianza estará vigente durante la substanciación de todos los recursos legales o juicios que se interpongan y para efecto del reclamo de la fianza hasta 3 meses después de la fecha en que se dicte sentencia definitiva y ésta última adquiera la categoría de cosa juzgada. Esta afianzadora acepta expresamente someterse a los procedimientos de ejecución previstos en la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas para la efectividad de las fianzas, aún para el caso de que procediera el cobro de intereses, con motivo del pago extemporáneo del importe de la póliza de fianza requerida.

FIN DEL TEXTO.

FORMATO DE COTIZACIÓN PARTIDA 1

INSTITUTO MEXICANO DEL PETROLEO REGIÓN NORTE

FORMATO DE SOLICITUD Y PRESENTACIÓN DE OFERTA ECONÓMICA SERVICIO INTEGRAL DE JARDINERÍA

EN LOS CENTROS DE TRABAJO QUE INTEGRAN EL INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO EN LA REGIÓN NORTE: UBICADOS EN CADEREYTA DE JIMENEZ, NUEVO LEON, CIUDAD MADERO, TAMAULIPAS, POZA RICA DE HIDALGO, VERACRUZ Y BOCA DEL RÍO, VERACRUZ.

N° SERVICIOS UNIDAD DE

MEDIDA

CANTIDAD DE SERVICIOS

MENSUALES SEPTIEMBRE 2019 AL

31 DE DICIEMBRE DEL 2020

VOLUMETRIA MENSUAL DE REFERENCIA INMUEBLES

REGION NORTE

VOLUMETRIAS DE REFERENCIA DE

SEPTIEMBRE 2019 AL 31 DE

DICIEMBRE DEL 2020

PRECIO UNITARIO

IMPORTE

SERVICIO DE JARDINERÍA EN LOS INMUEBLES PROPIEDAD O EN USO DEL INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO

1 Mantenimiento del césped M2. 16 62,027.00 992,432.00 $ -

2 Mantenimiento de setos y plantas con flores M2. 16 1,730.00 27,680.00 $ -

3 Poda de árboles M2. 16 6,144.00 98,304.00 $ -

4 Mantenimiento de macetas, macetones y jardineras. Pieza 25 49 1,225.00 $ -

SERVICIO DE MANTENIMIENTO PARA JARDÍNES BOTÁNICOS Y VIVEROS

1 Mantenimiento de viveros y jardines botánicos. M2. 0 0 0

SUBTOTAL $ -

16% DE IVA

IMPORTE TOTAL

Los montos deberán ser presentados a dos centésimas.

La propuesta deberá ser presentada en moneda nacional, I.V.A. desglosado

Entregar preferentemente en papel membretado, por los proveedores incluyendo lugar y fecha, así como la firma autógrafa del Representante o Apoderado Legal.

Los precios son fijos durante la vigencia del contrato.

PARTIDA 2

FORMATO DE SOLICITUD Y PRESTACIÓN DE OFERTA ECONÓMICA

INSTITUTO MEXICANO DEL PETROLEO

REGION SUR

SERVICIO INTEGRAL DE JARDINERÍA

EN LOS CENTROS DE TRABAJO REGIÓN SUR (VILLAHERMOSA, REFORMA, CARDENAS, COMALCALCO, MINATITLÁN,

COATZACOALCOS Y SALINA CRUZ), 2019 - 2020

No. ( a ) SERVICIO ( b )

UNIDAD

DE

MEDIDA ( c

)

CANTIDAD DE

SERVICIOS

MENSUALES

SEPTIEMBRE 2019 AL

31 DE DICIEMBRE DEL

2020 ( d )

VOLUMETRIA

MENSUAL DE

REFERENCIA ( e

)

VOLUMETRIAS DE

REFERENCIA DE

SEPTIEMBRE 2019

AL 31 DE

DICIEMBRE DEL

2020 ( f )

PRECIO UNITARIO (

g ) IMPORTE ( h )

PODA DE PASTO

1

PODA DE PASTO EN ÁREAS EXISTENTES DENTRO Y FUERA DE LAS INSTALACIONES DEL CENTRO SEDE VILLAHERMOSA, MARGEN DERECHA DEL RIO CARRIZAL Y ESTACIONAMIENTO C.

M2 16 6,100.00 97,600.00

2 PODA DE PASTO EN ÁREAS EXISTENTES DENTRO Y FUERA DE LAS INSTALACIONES DEL CENTRO IMP CACTUS, REFORMA, CHIAPAS.

M2 16 16,000.00 256,000.00

3 PODA DE PASTO EN ÁREAS EXISTENTES DENTRO DE LAS INSTALACIONES DEL IMP EN COATZACOALCOS, VERACRUZ.

M2 16 1,700.00 27,200.00

4 PODA DE PASTO EN ÁREAS EXISTENTES DENTRO Y FUERA DE LAS INSTALACIONES DEL CENTRO IMP MINATITLAN, VERACRUZ.

M2 16 1,300.00 20,800.00

5 PODA DE PASTO EN ÁREAS EXISTENTES DENTRO Y FUERA DE LAS INSTALACIONES DEL CENTRO IMP COMALCALCO, TABASCO.

M2 16 600.00 9,600.00

6 PODA DE PASTO EN ÁREAS EXISTENTES DENTRO Y FUERA DE LAS INSTALACIONES DEL CENTRO IMP EL CASTAÑO, CARDENAS, TABASCO.

M2 16 1,000.00 16,000.00

7 PODA DE PASTO EN ÁREAS EXISTENTES DENTRO Y FUERA DE LAS INSTALACIONES DEL CENTRO IMP SALINA CRUZ, OAXACA (1,300.00).

M2 16 1,300.00 20,800.00

MANTENIMIENTO A MACETAS Y MACETONES

8

MANTENIMIENTO A MACETAS Y MACETONES, INCLUYE: LIMPIEZA DE MACETAS, RIEGO FRECUENTE, RECORTE DE RAMAS SECAS, SE DEBERÁ SUSTITUIR LAS PLANTAS DE ORNATO DETERIORADAS, SE APLICARÁ FERTILIZANTES Y PINTURA TIPO REAL FLEX CENTER MOD. VER-5 MCA. COMEX O EQUIVALENTE A TODAS LAS MACETAS.

PZA 16 240.00 3,840.00

SUMINISTRO Y COLOCACION DE PLANTAS

9 SUMINISTRO Y COLOCACIÓN DE ARRAYANES DE LA REGIÓN DE HASTA 60 CM DE ALTURA

PZA 16 20.00

10 SUMINISTRO Y COLOCACIÓN DE PALMA CYCA PARA EXTERIORES DE 1 M DE ALTO X 1 M DE DIÁMETRO, EN PERFECTAS CONDICIONES.

PZA 16 6.00

11 SUMINISTRO Y COLOCACIÓN DE PASTO CUERNAVACA DE VIVERO. INCLUYE RELLENO DE 10 CM DE PROFUNDIDAD DE TIERRA NEGRA TRATADA.

M2 16 500.00

12

SUMINISTRO Y COLOCACIÓN DE MACETONES DE BARRO DE 45 CM DE DIÁMETRO Y UNA ALTURA ENTRE 40 A 50 CM, INCLUYE: PLATO O CHAROLA CONTENEDORA DE LÍQUIDOS.

PZA 16 30.00

13

SUMINISTRO Y COLOCACIÓN DE MACETONES DE BARRO DE 60 CM DE DIÁMETRO Y UNA ALTURA ENTRE 50 A 60 CM, INCLUYE: PLATO O CHAROLA CONTENEDORA DE LÍQUIDOS.

PZA 16 20.00

14

SUMINISTRO Y COLOCACIÓN DE MACETONES DE PLÁSTICO DE 50 CM DE DIÁMETRO Y UNA ALTURA ENTRE 40 A 50 CM, INCLUYE: PLATO O CHAROLA CONTENEDORA DE LÍQUIDOS.

PZA 16 20.00

15

SUMINISTRO Y COLOCACIÓN DE MACETONES DE PLÁSTICO DE 75 CM DE DIÁMETRO Y UNA ALTURA ENTRE 55 A 65 CM, INCLUYE: PLATO O CHAROLA CONTENEDORA DE LÍQUIDOS.

PZA 16 20.00

16 SUMINISTRO Y COLOCACIÓN DE PLATO O CHAROLA CONTENEDORA DE LÍQUIDOS.

PZA 16 100.00

17

SUMINISTRO Y COLOCACIÓN DE PLANTAS DE ORNATO PARA EXTERIOR DE LA SIGUIENTE ESPECIE, ADELFAS ENANAS DE 50 CM DE ALTO FLOREADAS DE DIFERENTES COLORES.

PZA 16 20.00

18

SUMINISTRO Y COLOCACIÓN DE PLANTAS DE ORNATO PARA EXTERIOR DE LA SIGUIENTE ESPECIE, HELICONIAS ENANAS FLOREADAS DE DIFERENTES COLORES.

PZA 16 40.00

19 SUMINISTRO Y COLOCACIÓN DE PLANTA DE ORNATO PARA EXTERIOR FLOR O ROSA DEL DESIERTO DE 50 A 60 CM DE ALTURA.

PZA 16 40.00

20 SUMINISTRO Y COLOCACIÓN DE PLANTAS DE ORNATO PARA EXTERIOR DE LA SIGUIENTE ESPECIE, LISTÓN ESPAÑOL BLANCO.

PZA 16 200.00

21 SUMINISTRO Y COLOCACIÓN DE PLANTAS DE ORNATO PARA EXTERIOR DE LA SIGUIENTE ESPECIE, IXORAS FLOREADAS DE DIFERENTES COLORES.

PZA 16 200.00

22

SUMINISTRO Y COLOCACIÓN DE PLANTAS DE ORNATO PARA INTERIOR DE LA SIGUIENTE ESPECIE, NOCHE BUENAS DE 40 CM DE ALTO, FLOREADAS COLOR BLANCA O ROJA.

PZA 16 80.00

23 SUMINISTRO Y COLOCACIÓN DE PLANTA DE ORNATO PARA EXTERIOR BUGANVILIA DE 50 A 60 CM DE ALTURA.

PZA 16 30.00

24 SUMINISTRO Y COLOCACIÓN DE PLANTAS DE ORNATO PARA EXTERIOR DE LA SIGUIENTE ESPECIE, ANTURIOS FLOREADOS.

PZA 16 20.00

25 SUMINISTRO Y COLOCACIÓN DE PLANTAS DE ORNATO PARA EXTERIOR DE LA SIGUIENTE ESPECIE, CUNAS DE MOISÉS GRANDES FLOREADAS DE 50 CM DE ALTO.

PZA 16 20.00

26 SUMINISTRO Y COLOCACIÓN DE PLANTAS DE ORNATO PARA EXTERIOR DE LA SIGUIENTE ESPECIE, PALO DE BRASIL DE 1 M DE ALTO.

PZA 16 240.00

27

SUMINISTRO DE COSTAL DE TIERRA NEGRA DE LA MÁS ALTA CALIDAD PARA USARSE EN MACETAS, MACETONES Y JARDINERAS; CON UN 10 % DE HOJA PARA MANTENERLA POROSA Y PERMITIR EL BUEN DRENAJE Y LA OXIGENACIÓN DE LAS RAÍCES.

PZA 16 20.00

PODA DE ARBOLES

28

PODA (DESMORRE) DE ÁRBOLES.- DE 5 A 20 M. DE ALTURA SE REALIZARA AL 50 % DEL FOLLAJE DE LA TOTALIDAD DE LOS ARBOLES DEL CENTRO IMP VILLAHERMOSA, TABASCO.

PZA 16

50.00

29

PODA (DESMORRE) DE ÁRBOLES.- DE 5 A 20 M. DE ALTURA SE REALIZARA AL 50 % DEL FOLLAJE DE LA TOTALIDAD DE LOS ARBOLES DEL CENTRO IMP CACTUS, CHIAPAS.

PZA 16

50.00

30

PODA (DESMORRE) DE ÁRBOLES.- DE 20 A 30 M. DE ALTURA SE REALIZARA AL 50 % DEL FOLLAJE DE LA TOTALIDAD DE LOS ARBOLES DEL CENTRO IMP VILLAHERMOSA, TABASCO,

PZA 16

20.00

31

PODA (DESMORRE) DE ÁRBOLES.- DE 20 A 30 M. DE ALTURA SE REALIZARA AL 50 % DEL FOLLAJE DE LA TOTALIDAD DE LOS ARBOLES DEL CENTRO IMP CACTUS, CHIAPAS.

PZA 16

20.00

SERVICIO DE MANTENIMIENTO PARA JARDINES BOTANICOS Y VIVEROS

32 MANTENIMIENTO DE VIVEROS Y JARDINES BOTANICOA M2 16 50.00

SUBTOTAL $0.00

I.V.A. 16%

IMPORTE TOTAL $0.00

Nota: El Licitante, para su propuesta Económica, deberá multiplicar su precio unitario propuesto (columna g) por la columna de volumetria de referencia (columna f), para obtener el importe total de su

propuesta (columna h).

PARTIDA 3 MARINA

INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO

REGIÓN MARINA

FORMATO DE SOLICITUD Y PRESENTACIÓN DE OFERTA ECONÓMICA

SERVICIO INTEGRAL DE JARDINERIA

No Estado Municipi

o

Localida

d Domicilio Recurrencia Servicio Cantidad de m2 césped

Cantidad de m2

setos

Cantidad de m2

arboles_4_m

Cantidad de

macetas

Unida

d de

Medid

a

Volum

etro de

Refere

ncia

Prec

io

Unit

ario

$

Impo

rte $

1

CAMP

ECHE

CARME

N

Ciudad

del

Carmen

Av. Periférica Norte No. 67

esquina calle 35-B, Col. San

Agustin del Palmar, C.P.

24110 mensual

Mantenimient

o a Césped 120.00

M2

120.00 0.00

2

CAMP

ECHE

CARME

N

Ciudad

del

Carmen

Av. Periférica Norte No. 67

esquina calle 35-B, Col. San

Agustin del Palmar, C.P.

24111 mensual

Mantenimient

o a setos y

plantas con

flores 230.00

M2

230.00 0.00

3

CAMP

ECHE

CARME

N

Ciudad

del

Carmen

Av. Periférica Norte No. 67

esquina calle 35-B, Col. San

Agustin del Palmar, C.P.

24112 mensual

Poda de

arboles -

M2

- 0.00

4

CAMP

ECHE

CARME

N

Ciudad

del

Carmen

Av. Periférica Norte No. 67

esquina calle 35-B, Col. San

Agustin del Palmar, C.P.

24113 mensual

Mantenimient

o a Macetas,

macetones y

jardineras. 10.00

PIEZA

10.00 0.00

(A) = TOTAL

SERVICIO MENSUAL

SIN IVA

0.00

(B) = SERVICIOS MENSUALES

OCTUBRE 2019 A DICIEMBRE DEL 2020 15

(C) = (A) x (B) IMPORTE TOTAL DE LOS

SERVICIOS SIN IVA

0.00

Los montos deberán ser presentados a dos

centésimas.

La propuesta deberá ser presentada en moneda

nacional, sin incluir I.V.A.

Entregar preferentemente en papel membretado, por los proveedores incluyendo lugar y

fecha, así como la firma autógrafa del Representante o Apoderado Legal.

PARTIDA 4 SALAMANCA INSTITUTO MEXICANO DEL PETROLEO

SALAMANCA , GUANAJUATO FORMATO DE SOLICITUD Y PRESENTACIÓN DE OFERTA ECONÓMICA

SERVICIO INTEGRAL DE JARDINERÍA

PARTIDA

SERVICIOS (B)

UNIDAD DE MEDIDA

CANTIDAD

MESES ESTIMADOS DE

SERVICIO

PRECIO MENSU

AL

IMPORTE TOTAL POR 16 MESES

4

-Poda, y perfilado de pasto, diario.

serv 1.00 15.5 $ -

Conservación y cuidado de 6 maceteros, diario.

-Poda y cuidado de árboles chicos de 0 a 4 m. cada 15 días.

-Riego del área verde utilizando manguera y aspersores, diario.

-Corte y perfilado de setos por cada una de sus caras, semanalmente.

-Mantener diariamente las áreas verdes libres de follaje, maleza, ramas, césped cortado, hierbas, hojas y basura en general.

-Encalamiento de los árboles en su tallo 2 veces al año.

-Mantenimiento de pista de una longitud de 169 mts. Y 1.20 mts de ancho.

SUBTOTAL $ -

16% DE IVA

IMPORTE TOTAL

NOTA: EL PARTICIPANTE DEBERÁ CONSIDERAR PARA LA PRESENTACIÓN DE SU PROPUESTA ECONÓMICA, LA VOLUMETRÍA Y FRECUENCIA DE LOS SERVICIOS DESCRITOS Y SUS ALCANCES ESTABLECIDOS EN EL ANEXO TÉCNICO A PARTIR DEL DÍA SIGUIENTE DE LA ADJUDICACIÓN Y HASTA EL 31 DE DICIEMBRE DE 2020.

Los montos deberán ser presentados a dos centésimas.

La propuesta deberá ser presentada en moneda nacional, I.V.A. desglosado

Entregar preferentemente en papel membretado, por los proveedores incluyendo lugar y fecha, así como la firma autógrafa del Representante o Apoderado Legal.

Manifestar que son precios firmes y fijos hasta la conclusión del procedimiento de contratación y durante la vigencia del contrato.

FIN