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Mesa Nacional de Garantías Informe sobre las persecuciones, amenazas y asesinatos a líderes y lideresas del proceso organizativo afrocolombiano. 2011 Año Internacional de las Personas de Ascendencia africana

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Informe sobre las persecuciones, amenazas y asesinatos a líderes y lideresas del proceso organizativo . 2011 Año Internacional de las Personas de Ascendencia africanaafrocolombiano.

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Mesa Nacional de Garantías

Informe sobre las persecuciones, amenazas y asesinatos a líderes y lideresas del proceso organizativo afrocolombiano.

2011

Año Internacional de las Personas de Ascendencia africana

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Tabla de Contenido

PRESENTACIÓN: INFORME SOBRE LAS PERSECUCIONES, AMENAZAS Y ASESINATOS A LÍDERES Y LIDERESAS DEL PROCESO ORGANIZATIVO AFROCOLOMBIANO. .................................................................................................................. 4

PANORAMA GENERAL: VIOLACIÓN DESPROPORCIONADA DE LOS DERECHOS

FUNDAMENTALES DE LAS COMUNIDADES AFROCOLOMBIANAS. ........................................... 4

I. VIOLACIONES A LOS DERECHOS HUMANOS Y ÉTNICO-TERRITORIALES DE LAS COMUNIDADES AFROCOLOMBIANAS: MILITARIZACIÓN, DESPLAZAMIENTO Y CONFINAMIENTO. ....................................................................... 6

A. ZONAS DE CONSOLIDACIÓN: CONTINUIDAD DEL DESPLAZAMIENTO Y USURPACIÓN

AFROCOLOMBIANA. ................................................................................................................................... 7

II. DESARTICULACIÓN DEL PROCESO ORGANIZATIVO AFROCOLOMBIANO: ASESINATOS, PERSECUCIONES Y AMENAZAS CONTRA SUS ORGANIZACIONES, LÍDERES Y LIDERESAS. .................................. 9

A. DESARTICULACIÓN DEL PROCESO ORGANIZATIVO AFROCOLOMBIANO. ................... 10 B. VIOLENCIAS CONTRA LAS MUJERES AFROCOLOMBIANAS ........................... 11 C. CAUSAS DE LOS ASESINATOS, AMENAZAS Y PERSECUCIONES A LOS LÍDERES Y

LIDERESAS AFROCOLOMBIANOS. ........................................................................................................ 12

III. FALLAS EN LA RESPUESTA INSTITUCIONAL DE PROTECCIÓN: LA AUSENCIA DEL ENFOQUE DIFERENCIAL. .....................................................................14

IV. CONCLUSIONES Y PROPUESTAS DE POLÍTICA. .................................................15

REFERENCIAS................................................................................................................................19

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Presentación: Informe sobre las persecuciones, amenazas y asesinatos a líderes y lideresas del proceso organizativo afrocolombiano.

Este documento, construido de forma autónoma por organizaciones del proceso organizativo afrocolombiano1en el marco del Proceso de Garantías para Defensores de Derechos Humanos-Mesa de Garantías…, tiene el propósito ofrecer un diagnóstico de la situación humanitaria afrocolombiana, con énfasis en la victimización de sus líderes y lideresas, y principalmente, proponer lineamientos para avanzar hacia (i) una política integral de protección diferencial a los líderes y lideresas afrocolombianos, sus organizaciones y proceso organizativo, y para la concreción prioritaria y específica de (ii) medidas de respuesta institucional urgentes para la protección efectiva del proceso organizativo afrocolombiano, sus líderes y lideresas actualmente perseguidos y amenazados. El documento, además del Panorama General que complementa esta presentación, se articula en cuatro secciones del siguiente modo:

I. Violaciones a los Derechos Humanos y Étnico-territoriales de las Comunidades Afrocolombianas: Militarización, Desplazamiento y Confinamiento.

II. Desarticulación del Proceso Organizativo Afrocolombiano: Asesinatos, Persecuciones y Amenazas contra sus Organizaciones, Líderes y Lideresas.

III. Fallas en la Respuesta Institucional de Protección: la Ausencia del Enfoque Diferencial.

IV. Conclusiones y Propuestas de Política.

Panorama General: Violación Desproporcionada de los Derechos Fundamentales de las Comunidades Afrocolombianas.

Las comunidades afrocolombianas, sus organizaciones, líderes y lideresas, organismos internacionales y no gubernamentales, han venido denunciando que la población afrocolombiana viene siendo objeto de violaciones sistemáticas y desproporcionadas contra sus derechos humanos y étnico-territoriales.

Esto, en el marco de un conflicto armado entre la fuerza pública, los paramilitares y las guerrillas que ha generado, entre otras, el desplazamiento forzado de más de un millón de afrocolombianos de sus territorios ancestrales y colectivos (AFRODES, 2007, 2010), el confinamiento de sus comunidades mediante la violencia, el bloqueo económico y la restricción de su circulación por medio de toques de queda que impiden el acceso normal a los ríos, los terrenos agrícolas, los territorios fronterizos o los mercados (CDHNU. 2011:10, párrafo 36), al igual que la persecución, asesinatos y amenazas contra líderes y lideresas de su proceso organizativo (Afrodes 2010, PCN 2010, Corte Constitucional Auto 200 de 2007).

Para la Corte Constitucional de Colombia (Auto 005 de 2009) la situación crítica que enfrenta la población afro descendiente y que, en términos generales, ha limitado el goce y ejercicio efectivo de todos sus derechos individuales y colectivos se explica, además del conflicto

1 PCN, C.N.O.A., COCOCAUCA, AFRODES…

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armado, por factores transversales como la exclusión estructural2, las precisiones generadas por los megaproyectos y la deficiente desprotección jurídica de sus territorios ancestrales (Auto 005, Sección IV).

Todo ello enmarcado en fallas estructurales del Estado relacionadas con la protección y atención a estas comunidades, debidas a la precaria información sobre sus características; el subregistro de la dimensión de la crisis humanitaria que las afecta; la sistematicidad de la vulneración y la desproporción del daño; y muy especialmente, la deficiente política de respuesta hasta ahora implementada, carente de un enfoque diferencial sensible a las condiciones especial de los individuos y comunidades afrocolombianas (Auto 005, Secciones III y VI).

Así, la Corte Constitucional, luego de escuchar a las comunidades afrocolombianas y constatar que sus derechos vienen siendo violados sistemática y masivamente, reiteró, en el Auto 005 de enero de 2009, que las autoridades colombianas están en la obligación constitucional e internacional de incorporar un enfoque integral diferencial de prevención, protección y atención que responda a la realidad de las comunidades afrocolombianas, y ordenó al Gobierno Nacional el diseño e implementación de un plan general para la prevención, protección y atención de las comunidades afrocolombianas, con medidas específicas para la protección efectiva de sus territorios y la atención integral de sus comunidades (Auto 005. Secciones VIII y IX).

Ahora bien, como lo vienen denunciando las organizaciones afrocolombianas, hasta la fecha tal mandato constitucional no ha sido cumplido por el Gobierno Nacional (AFRODES 2010, PCN 2010), como tampoco, las múltiples recomendaciones que organismos internacionales y no gubernamentales vienen reiterando para la protección de los derechos fundamentales de las comunidades afrocolombianas, sus líderes y lideresas.

Mientras que, como se verá a continuación (Secciones I y II), las violaciones sistemáticas y masivas a los derechos humanos de nuestras comunidades continúan, y los asesinatos, persecuciones y amenazas contra nuestras organizaciones, líderes y lideresas se agudizan3. Todo ello, en medio de una ineficiente e ineficaz respuesta de protección y atención institucional (Sección III), que sumada a la continua falta de consulta previa, libre e informada de las comunidades afrocolombianas y sus representantes legítimos, tiene como efecto, la vulneración del derecho fundamental a la participación y el debilitamiento y desarticulación de su proceso comunitario y organizativo (Sección IV).

2 Véase también CONPES 3660

3 Esto, a pesar de que para proteger los derechos a la vida e integridad personal de los líderes y lideresas afrocolombianos la Corte Constitucional había precisado que las autoridades deben prestar atención particular a los líderes afrocolombianos en su calidad de sujetos de especial protección constitucional (Auto 200 de 2007, párrafo 7).

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I. Violaciones a los Derechos Humanos y Étnico-territoriales de las Comunidades Afrocolombianas: Militarización, Desplazamiento y Confinamiento.

1. La inseguridad jurídica de los territorios de posesión ancestral de los afrocolombianos, la feroz dinámica del conflicto armado en Colombia, el desmedido desarrollo de megaproyectos legales e ilegales en los territorios afrocolombianos, la marginación estructural, la discriminación racial y la exclusión social y política de los afrocolombianos, sumados a la debilidad e insuficiencia del Estado colombiano para garantizar el Estado Social de Derecho y con él, el goce efectivo de los derechos fundamentales de las comunidades afrocolombianas, son los factores centrales para explicar, comprender y responder al desproporcionado y desatendido impacto que ha tenido la violencia, la discriminación, el desplazamiento, confinamiento, persecución y usurpación sobre las comunidades afrocolombianas, sus líderes y lideresas. 2. La escala del daño a las comunidades afrocolombianas, más de un millón de ellas desplazadas y muchas otras confinadas, como también la persecución y asesinato sistemático de sus líderes y lideresas, demuestran por sí los fallidos mecanismos hasta ahora implementados por el Estado para proteger a las comunidades afrocolombianas, como también, la imperiosa necesidad de un cambio de estrategia para responder de forma integral y diferencial a los problemas estructurales y específicos que enmarcan la crisis humanitaria de las comunidades afrocolombianas y su proceso organizativo.

3. Entre otras, urge la implementación efectiva del Plan General de Protección y Atención ordenado por la Corte Constitucional en el Auto 005 de 2009.

4. Un ejemplo de estas reiteradas fallas lo evidencia la controvertible política de protección de las comunidades afrocolombianas implementada en el marco de la llamada “política de seguridad democrática” del Gobierno Nacional (2002-2010), enmarcada en la progresiva militarización y fumigación de los territorios afrocolombianos en desarrollo del Plan Colombia (2000-2010).

5. En efecto, como lo demostró la AFRODES (2010:49) sobre la base del análisis de las cifras oficiales de desplazamiento forzado en el país (SIPOD, Corte junio de 2010) en su más reciente informe sobre los derechos humanos de nuestras comunidades, mientras según el registro los afrocolombianos desplazados en el año 2002 correspondían tan solo al 5% del total de desplazados en Colombia, tal cifra ascendió rápidamente al 7% en el 2003, al 9% en el 2005, hasta llegar a ser el desproporcionado 16% del total de desplazados en el 2009. AFRODES (2010:22) demostró además que según las mismas cifras oficiales aproximadamente el 80% de los desplazados afrocolombianos lo habían sido en el marco del Gobierno Nacional (2002-2010): de ahí la falla palmaria en el componente “democrático” de

esta controvertible política.

6. La AFRODES (2010:23), para mostrar el impacto desbordado no solo del desplazamiento sino también de la usurpación afrocolombiana, demostró además que de los (50) municipios del país en donde se encuentran los territorios colectivos afrocolombianos (Ley 70 de 1993, 5.2 millones de ha) han sido violentamente expulsadas 516.867 personas a diciembre de 2009. Obsérvese además que de los territorios ancestrales con títulos colectivos (50 municipios) 516.867 personas han sido expulsadas entre 1997 y 2009. El 50,8% de los expulsados son hombres (262.536) mientras el 49,2% son mujeres (316.675). Llama la atención que el 49% de los expulsados de nuestros territorios colectivos (252.779) son niños, niñas y

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adolescentes. Situación que constata de nuevo el peso excesivo del desplazamiento forzado sobre los grupos sujetos de especial protección constitucional, como lo son los niños, niñas, jóvenes y mujeres (Corte Constitucional: Autos 218, 333 de 2006 y 251 de 2008)”4.

7. Asimismo, sumando a los territorios colectivos -en su mayoría- del Pacífico a los demás territorios ancestralmente ocupados por los afrocolombianos en el Atlántico y a ellos algunos centros urbanos, la AFRODES (2010:25) estimó que de estos territorios (142 municipios) se han expulsado más de 1.2 millones de personas. Así que en los territorios en los que la población afrocolombiana es mayoritaria, han sido expulsados más del 30% del total de los desplazados, a pesar de que estos municipios son tan solo el 15% del total de municipios del país y de que los afrocolombianos son el 10,62% del total de la población colombiana (4.3 millones de personas, DANE (2005); de ahí el riesgo e impacto

desproporcionado que afrontan los afrocolombianos en sus comunidades y territorios. 8. Nótese además que las violaciones a los derechos fundamentales de las comunidades afrocolombianas que conducen a su usurpación y desplazamiento (v.g., amenazas, masacres, asesinatos, violaciones, combates, fumigaciones, entre otras) son cometidas en su mayoría por los grupos armados que luchan por el control de sus comunidades y territorios: paramilitares (39%), guerrillas (33,5%), fuerza pública (0,7%) y las llamada “bandas emergentes” (0,7%)5.

9. La crítica situación de violencia sistemática de los grupos armados contra las comunidades afrocolombianas y sus territorios ahora militarizados, pone en clara evidencia no solo las fallas del registro de la dimensión de la tragedia humanitaria por ellas afrontada, sino también, la gravedad del riesgo y la evidente desprotección institucional de las comunidades afrocolombianas en sus territorios de posesión ancestral y colectiva, y explica, así, el impacto desbordado que el proceso de usurpación y violación de sus derechos fundamentales viene teniendo sobre el grupo étnico: nuestro actual etnocidio6.

A. Zonas de Consolidación: Continuidad del desplazamiento y usurpación afrocolombiana.

10. Nótese además que este progresivo proceso de usurpación y desplazamiento afrocolombiano sigue sin solución de continuidad aún en el nuevo Gobierno (2010-2014), como lo demuestra, entre otras, el más reciente desplazamiento masivo de al menos 1000 afrocolombianos -en su mayoría niños y mujeres- el 18 de abril de 2011 en el Departamento

4 Bicentenario: ¡Nada que Celebrar!. Informe sobre los Derechos Humanos de las Comunidades Afrocolombianas en el marco de la celebración de los doscientos años de vida republicana en Colombia. Pagina 58. 2010. Asociación Nacional de Afrocolombianos Desplazados-AFRODES y Global Right Parners For Justice.

5 Véase resultados de la II Encuesta de Verificación realizada Comisión de Seguimiento y CID Universidad Nacional (2008), en Decimotercer informe 4 de marzo de 2009.

6 Especialmente si se tiene en cuenta que a la destrucción de nuestra población, territorios y cultura hay que sumarle el que la mayoría de víctimas afrocolombianas son personas en extremo vulnerables: niños, niñas, jóvenes, ancianos y mujeres. De ahí la imperiosa necesidad de la aplicación efectiva de un enfoque de respuesta institucional diferencial y oportuno; y que las medidas adoptadas sean acordes con la consulta previa, libre e informada, el consentimiento, las costumbres, tradiciones y necesidades específicas de nuestras comunidades.

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del Cauca en inmediaciones del municipio de Timbiquí, luego de que paramilitares masacraran a 7 personas de la comunidad7.

11. Esto, como es de público conocimiento, a pesar que desde hace dos años fue emitida: (i) la orden para el Plan General de Protección y Atención en el Auto 005 de 2009, como también: (ii) la Directiva presidencial 001 de marzo del 2009, en donde se condensan las estrategias gubernamentales de control territorial por parte de la fuerza pública a través del proceso del Plan Nacional de Consolidación Territorial (“El Plan”).

12. “El Plan” establece áreas principales para iniciar la llamada “consolidación”, en la cual se incluyen la Zona Macarena y Río Caguán, Zona Pacífico (Nariño, Cauca, Buenaventura, Sur de Chocó), Zona Bajo Cauca Antioqueño y Sur de Córdoba, Zona Sur de Tolima y Sur de Valle del Cauca; zonas que han mostrado en los dos últimos años ser fuentes importantes del desplazamiento forzado.

13. CODHES informa que un total aproximado de 280.041 personas (alrededor de 56.00 hogares) fueron desplazadas en 2010 en Colombia por causa del conflicto armado. El hecho más notorio es que el 32.7% de esta población, al menos 91.499 personas (18.300 hogares), proviene de zonas en donde se desarrolla el “Plan Nacional de Consolidación Territorial”8. Cávese anotar, sin embargo, que la zona pacifico en donde están la mayoría de los territorios colectivos afrocolombianos es precisamente donde ha habido más desplazamiento forzado y en donde la militarización de los territorios, en medio de esta estrategia, ha sido masifica y constante.

14. La zona Pacifico de consolidación, en donde convergen los departamentos de Nariño, Cauca, Valle del Cuaca y Chocó, coincide necesariamente con la zona donde esta concentrado el mayor numero de comunidades afrocolombianas con sus territorios ancestrales y consejos comunitarios.

15. Según informa el PCN (2010), en Norte del Cauca, en donde la población es mayoritariamente Afrocolombiana e Indígena, se han presentado casos de persecuciones y amenazas contra organizaciones afrocolombianas, sus líderes y lideresas. Con relación a esto el Proceso Comunidades Negras-PCN a través de un comunicado público denunció el 31 de mayo del 2010 que en el Norte del Cauca, específicamente en los municipios de Buenos Aires y Suárez lideres y lideresas afrocolombianos del Proceso de Comunidades Negras-PCN recibieron mensajes de texto amenazantes a sus celulares, entre otras formas de presión.

16. Por otro parte, en la costa pacífica caucana, que también hace parte de la Zona Pacífico de consolidación, se han puesto en evidencia una serie sucesos entre abril y septiembre del 2010, en los cuales se denuncia la irreparable muerte de dos lideres

7 Asimismo el pasado 31 de marzo de 2011 el Foro Interétnico Solidaridad Chocó, en nombre de las 57 organizaciones que lo conforman, denunció el inicio de una serie de fumigaciones ordenadas por el Gobierno Nacional en las comunidades del Consejo Comunitario de Comunidades Negras de San Franciasco (Municipio de Guapí, Cauca) que han conducido al envenenamiento de los cultivos, los ríos y estanques de pesca, afectado a los animales de corral, la seguridad alimentaria, y la dinámica comunitaria y organizativa. En su comunicado de denuncia el Foro solicita, además de una política de erradicación de cultivos ilícitos sin daño, la intervención de organismos internacionales, la iglesia y demás cercanos a los procesos organizativos de Comunidades Negras del Pacífico, para visibilizar estas fumigaciones y evitar futuras violaciones a derechos territoriales. Véase en: http://centrodepastoralafrocolombiana.blogspot.com/2011/04/comunicado-de-apoyo-fisch-contra.html

8 Informe sobre Desplazamiento, Conflicto Armado en Colombia 2010. ¿Consolidación de qué?. En Boletín Informativo de la Consultoría para los Derechos Humanos y el Desplazamiento, Numero 77. Bogotá 15 de febrero de 2011.

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afrodescendientes de COCOCAUCA. Dicha organización explica de forma clara como el conflicto armado nos ha afectado progresivamente a nivel organizativo: “El conflicto apunta a desvertebrar las organizaciones y el movimiento social en su conjunto, que se expresa en las modalidades de muertes selectivas, amenazas e intimidación a líderes, docentes y mujeres”9.

17. Esto muestra la grave situación de las comunidades afrocolombianas y su proceso organizativo en las llamadas “zonas de consolidación”, muy específicamente, la continuidad de las fallas de la política de protección hasta ahora implementada, y con ellas, la continuidad de nuestra usurpación, confinamiento y expulsión forzada; todo, en medio de un desbordado conflicto de interesas privados y públicos. Así las cosas, las comunidades afrocolombianas han visto como mientras sus territorios se militarizan progresiva y masivamente por la fuerza pública, en contraste y de forma paradójica, también se profundiza la presencia de actores armados ilegales y los terribles efectos del conflicto armado sobre nuestras comunidades y vidas.

II. Desarticulación del Proceso Organizativo Afrocolombiano: Asesinatos, Persecuciones y Amenazas contra sus Organizaciones, Líderes y Lideresas.

18. La responsabilidad del Estado colombiano por la discriminación y victimización estructural de las comunidades afrocolombianas a lo largo de la historia, y de manera sistemática y desproporcionada en las últimas décadas, especialmente contra su proceso organizativo, es manifiesta si, entre otras, observamos la desatención del Estado colombiano a la recomendación específica que, para proteger a la población afrocolombiana desplazada, sus lideres y lideresas, hiciera al Estado colombiano el Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial de Naciones Unidas en su evaluación de 1999, instándolo a:

25. [P]romover la seguridad y el bienestar de la numerosa población internamente

desplazada en Colombia, constituida principalmente por personas de las comunidades indígenas y afrocolombianas y, a garantizar con carácter de suma

prioridad, la seguridad de los dirigentes de las comunidades indígenas y afrocolombianas y de los defensores de derechos humanos de todo el país, que han intentado proteger los derechos de esas comunidades (CERD/C/304/Add.76. 20 de agosto de 1999) [La negrilla es nuestra]

19. En contra vía con esta recomendación, según los cálculos territorializados de la AFRODES, con base en cifras de desplazamiento forzado ofrecidas por el Acción Social (SIPOD. Corte junio 30 de 2010), de los 50 municipios en los que se encuentran los territorios colectivos afrocolombianos, entre 1999 -año en el que se realizo la recomendación del CERD- y el 2009 se han expulsado 396.998 personas, correspondientes al 77% del total de expulsados de estos territorios (516.867). Nótese además que la cifra asciende a más de un millón de expulsados (1.015.969) si sumamos a los territorios colectivos -en su mayoría- del Pacífico, los territorios ancestralmente ocupados por los afrocolombianos en el Atlántico y algunos centros urbanos de significativa presencia afrocolombiana; cifra equivalente al 80% del total

9 COCOCAUCA, El estado de riesgos de los grupos étnicos en la costa pacifica del cauca. (sucesos de 9 abril de 2010 a 30 de septiembre de 2010)

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de expulsados de estos territorios (1.277.386) [AFRODES, 2010:25]. Situación que evidencia una vez más el impacto desproporcionado del desplazamiento sobre las comunidades afrocolombianas; ya reconocido por la Corte Constitucional en el Auto 005 de 2009.

20. A estos desproporcionados ataques contra los derechos fundamentales de las comunidades afrocolombianas, debe sumárseles la persecución y ataque sistemático que los grupos armados -y los grupos de interés que los controlan- vienen ejerciendo sobre el proceso organizativo afrocolombiano. Presión sistemática que hasta la fecha, según denunció la AFRODES en informe que presentó a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos en el 2010, ha conducido al asesinato selectivo de al menos 42 líderes y lideresas afrocolombianos, el 40% de lo cuales (17 casos)10 han sido perpetrados entre enero de 2008 y agosto de 2010 (AFRODES, 2010b:11).

21. Cabe señalar además que la persecución y ataque sistemático contra el proceso organizativo afrocolombiano persiste, como lo evidencia el hecho de que muchas organizaciones afrocolombianas, sus líderes y lideresas, estén actualmente amenazadas de “muerte y exterminio” por grupos armados, especialmente paramilitares como los Rastrojos, las Águilas Negras, y recientemente, por el Ejercito Revolucionario Popular Anticomunista, ERPAC, quines, además de acusarnos de forma infundada y temeraria como “guerrilleros

disfrazados” y declararnos como “objetivo militar”, señalan que “la restitución se la vamos a meter por el culo” (ERPAC, 5 de abril de 2011).

22. Todo ello demuestra que la violencia en Colombia ha estado dirigida de manera desproporcionada y agravada contra las comunidades afrocolombianas, y de manera selectiva y sistemática contra los líderes y lideresas que protegen sus derechos y promueven su proceso organizativo; de ahí las amenazas sistemáticas a sus consejos comunitarios y organizaciones, los asesinatos selectivos de sus líderes y lideresas11, y de ahí también, como veremos a continuación, la desarticulación y debilitamiento progresivo de su importante proceso organizativo.

A. Desarticulación del Proceso Organizativo Afrocolombiano. 23. Ahora bien, dados estos antecedentes cabe preguntarnos: ¿Por qué amenazan sistemáticamente a las organizaciones y consejos comunitarios afrocolombianos? ¿Por qué persiguen y asesinan a nuestros líderes y lideresas? La respuesta a estas cuestiones está íntimamente asociada al intento de desmantelar nuestro proceso de resistencia, dedicado históricamente a nuestra autoprotección étnico-territorial y en la actualidad a la promoción y garantía efectiva de todos nuestros derechos, entre otros: la Constitución Política de Colombia de 1991 y su Bloque de Constitucionalidad [Art 93 CP], la Ley 21 de 1991 [OIT No 169] y muy especialmente, la Ley No 70 de 1993; esta última, valuarte central de nuestro proceso organizativo.

10 Se han documentado casos, entre otros, como Milton Grueso Torres – José Félix Orjuela, Miembros de la coordinación de consejos comunitarios y Organizaciones de Base del Pueblo Negro del Pacífico Colombiano COCOCAUCA; Jair Murillo, Líder Afrocolombiano representante legal de la Fundación Integral pacífico nariñense (FIPAN) asesinado en el barrio Lleras de B/ventura.

11 En el primer semestre de 2010 fueron asesinados de forma selectiva y sistemática 7 líderes y lideresas afrocolombianas: José Félix Orejuela y Miltón Torres de COCOCAUCA (21 y 22 de enero), Rogelio Martinez de MOVICE (18 de mayo), Estrella Hinestrosa de ASODES (20 de mayo), Jaider Julio de Ashudebol (23 de mayo), Andrés Medina del Colectivo Afrocolombiano Son Bata (3 de Julio), Jair Murillo de AFRODES (17 de julio). (AFRODES 2010:39).

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24. El ataque en contra del proceso étnico-territorial afrocolombiano, en especial a las organizaciones defensoras de sus derechos, lo ejemplifican, entre otras, la persecución sistemática de los grupos armados en contra de dos importantes organizaciones nacionales afrocolombianas, como son el Proceso de Comunidades Negras, PCN, y La Asociación Nacional de Afrocolombianos Desplazados, AFRODES. En efecto, los lideres y lideresas de estás reconocidas organizaciones defensoras de nuestros derechos fundamentales y étnico-territoriales, en la actualidad están siendo sistemáticamente amenazadas y han sufrido en los últimos años, en medio de la reiterada desatención del Estado, la perdida irreparable de algunos de sus líderes y lideresas, y el exilio forzado de algunos de sus más importantes representantes (ver AFRODES 2010b y PCN 2010).

25. De hecho debido al factor extraordinario de riesgo y a la reiterada desatención del Estado algunos de los líderes y lideresas afrocolombianos, como es el caso de la AFRODES y el PCN, han solicitado medidas cautelares de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos como último recurso en procura de su protección, y, según afirman, hasta ahora ha sido éste el único camino efectivo para obtener dichas medidas –si bien en muchos casos insuficientes- y la única manera de zanjar la omisión reiterada e injustificada de las autoridades colombianas para garantizarles su protección de forma concreta y eficaz.

26. Situación contraria a lo que supondría que el Gobierno Nacional tomara en serio las recomendaciones de las organizaciones afrocolombianas y los organismos internacionales que solicitan la protección urgente de nuestras comunidades, sus líderes y lideresas, y aplicara de forma real el enfoque diferencial de prevención, protección y atención, ordenado por la Corte Constitucional en el Auto 005 de 2009. Enfoque de respuesta que, cabe precisar, tan solo ha sido “formalizado” por algunas instituciones gubernamentales, sin que el mismo sea implementado de forma efectiva, como lo ejemplifica la hasta ahora fallida política de protección a los líderes y lideresas afrocolombianos, implementada por el deficiente Programa de Protección del Ministerio del Interior y de Justicia.

B. VIOLENCIAS CONTRA LAS MUJERES AFROCOLOMBIANAS

27. La mayoría de las victimas que arrojado el conflicto armado interno han sido niños y mujeres, sin embargo las mujeres afrocolombianas víctimas se encuentran expuestas a factores como el racismo que generan nuevos elementos de revictimización. En este sentido la Honorable Corte Constitucional ha identificado a través del auto 092 13 factores de riesgo que hacen que las mujeres victimas de conflicto armado sean mas vulnerables que otros grupos poblacionales, dentro de los cuales se destacan la explotación laboral y la violencia sexual. En el caso de la mujeres afrocolombianas victimas se cruzan varios elementos que empeoran su victimización, ser afrocolombiana, victima, desplazada restringen considerablemente su acceso a los derechos mas mínimos.

28. Cabe destacar que muchas de las mujeres afrocolombianas en los territorios se encuentran inmersas en el conflicto armado que domina muchos de estos. En este sentido son ellas las mas vulnerables frente a los actores armados, legales e ilegales, que se encuentran en la zona, ya que la violencia sexual junto a otros tipos de violencias son utilizadas por estos actores para intimidar a la mujeres, que son

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quienes en su mayoría lideran nuestro proceso de resistencia, y con ello poder acentuar su dominio sobre un territorio determinado12.

29. El Proceso de Comunidades Negras-PCN, AFRODES y el Movimiento Social de Mujeres, han denunciado continuamente las violaciones que han sufrido mujeres afrocolombianas, en donde explican que las victimas son revictimizadas por el trato de la fiscalía y demás autoridades, ya que se filtra las informaciones de las denuncias a los victimarios o las denuncias son totalmente desatendidas. Por ejemplo, en su documento “situación del conflicto armado y de derechos humanos que padecen los hombres y mujeres de buenaventura”, PCN muestra casos de violaciones a derechos humanos en especial a mujeres y niñas en esta ciudad.

C. Causas de los asesinatos, amenazas y persecuciones a los líderes y lideresas afrocolombianos. 30. Además del robo de equipos informáticos y ataques a las oficinas de las organizaciones afrocolombianos o sus defensores de derechos, como ocurrió el año pasado en la oficinas de AFRODES en Quibdó, y el 13 de mayo de 2011 al abogado Danilo Rueda, importante defensor de los derechos fundamentales de comunidades en alto riesgo como las de Curvaradó, víctima de asalto a su casa y del robo de dos discos duros, los afrocolombianos son víctimas continuas de asesinatos y masacres en contra de los integrantes de sus Consejos Comunitarios, como lo evidencia el reciente asesinato de 5 afrocolombianos del Consejo Comunitario del Bajo Naya, el 7 mayo de 2011 por miembros de las FARC.

31. Al analizar las causas de este proceso los ataques en contra de los Consejos Comunitarios, los líderes y lideresas de las organizaciones afrocolombianas, y demás defensores de sus derechos, a la luz de las casos de asesinatos, persecución, y demás formas de violencia sistemática implementadas, es claro que la vulneración de sus derechos está relacionada con sus actividad de defensa y promoción de los derechos humanos y étnico-territoriales de la población afrocolombiana.

32. Los casos aquí reseñados y los reiterados testimonios de los lideres y lideresas afrocolombianos nos permiten reiterar (AFRODES, 2010b:18 y siguientes) las siguientes como las principales causas de las vulneraciones sistemáticas en contra del proceso organizativo afrocolombiano, sus lideres, lideresas y demás defensores de sus derechos:

1. La necesidad de desligarlos del trabajo de articulación y desarrollo de la

comunidad por ellos perseverantemente adelantado, pues muchos de los líderes y lideresas afrocolombianos muertos, perseguidos o exiliados consiguieron, entre otras, la expedición y reglamentación de la Ley 70 y la progresiva titulación de los territorios colectivos.

2. Por su trabajo de defensores, garantes y promotores de los derechos humanos y étnico-territoriales de la población afrocolombiana, muy especialmente, en su

12 La experta sobre cuestiones de las minorías, Gay Mcdougall, señala en su informe sobre Colombia que “Las mujeres afrocolombianas de Suárez, en Cauca, describieron a la Experta independiente sus experiencias de trabajos forzosos, violencia y violaciones a manos de los grupos armados ilegales. Muchos niños son fruto de esas violaciones y tanto ellos como sus madres son condenados al ostracismo por sus propias comunidades. Las mujeres expresaron su preocupación por que se forzara y coaccionara a sus hijos a unirse a grupos armados”

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labor de reivindicación de los derechos de los afrocolombianos desplazados y confinados. Estos líderes y lideresas afrocolombianos, consiguieron, entre otras, la expedición de los Auto 005 de 2009, 092, 251 de 2008 y 200 de 2007; mecanismo normativos desarrollados por la Corte Constitucional y centrales para la protección de la población afrocolombiana en el marco de la crisis humanitaria de nuestros líderes y comunidades.

3. Por las acusaciones infundadas, que como vimos, son características de los

señalamientos insertos en las amenazas como “colaboradores” “informantes” o “miembros” del grupo enemigo del perpetrador de las violaciones, sea este legal o ilegal. Falsas recriminaciones que nos acusan a su vez de opositores de los “planes de desarrollo” o “políticas del gobierno”; todo esto, no solo por los grupos armados al margen de la ley, sino también por funcionarios del Estado13.

4. Por el involucramiento de la fuerza pública de los líderes y lideresas

afrocolombianos y sus comunidades en los asuntos de su estricta competencia, situación que los pone en riesgo y permite los señalamientos infundados de “sapos o informantes”que los grupos armados ilegales hace en su contra, y los convierte, en tanto, en “objetivos militares”.

5. Por su reconocimiento y exposición en calidad de líderes y defensores de los derechos de las comunidades afrocolombianas, lo que sin duda propicia el uso macabro de su revictimización como instrumento de intimidación y terror en contra el general de las comunidades afrocolombianas, especialmente de la población desplazada y sus víctimas. Para los criminales también es central detener los procesos de reparación y restitución de los derechos de las víctimas.

6. Por discriminación racial y limpieza étnica, evidente en las amenazas de muerte y

plan de exterminio adelantadas e implementadas por los grupos violentos, particularmente los grupos de extrema derecha o paramilitares, discernible fácticamente en la reciente ola de asesinatos sistemáticos en contra de los lideres y lideresas afrocolombianos.

33. Como veremos en la siguiente sección, a éstas causas de los ataques en contra de los líderes y lideresas del proceso organizativo afrocolombiano, debe sumársele muy especialmente las fallas estructurales en la política no diferencial que hasta ahora implementado el Estado colombiano para atender la agravada situación de seguridad del proceso organizativo afrocolombiano, sus lideres, lideresas y demás defensores de sus derechos.

13 Como lo indicó en su visita a Colombia en septiembre de 2009 la Relatora Especial sobre la situación de los defensores de derechos humanos, señora Margaret Sekaggya, un motivo fundamental de la inseguridad de los defensores de derechos humanos radica en la estigmatización y el señalamiento sistemáticos de que son objeto por parte de funcionarios del Gobierno.

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III. Fallas en la Respuesta Institucional de Protección: la Ausencia del Enfoque Diferencial.

34. La responsabilidad en el caso de los asesinatos de líderes y la persecución de los mismos y sus procesos organizativos se explica, muy especialmente, por las fallas y omisiones de las instituciones y funcionarios encargados de proteger a los líderes y defensores de derechos humanos, responsabilidad que ha sido asignada al Ministerio del Interior y de Justicia, específicamente, al Comité de Reglamentación y Evaluación de Riesgos, CRER.

35. Los casos analizados y los testimonios recibidos a los largo de los últimos meses por las organizaciones, líderes y lideresas afrocolombianos enmarcados en nuestro análisis permiten evidenciar como fallas centrales del sistema institucional de protección y respuesta las siguientes:

1. La incomprensión de la magnitud y gravedad del riesgo afrontado por los líderes,

lideresas y procesos afrocolombianos, incomprensión evidente en el continuo rechazo de las peticiones de protección a las autoridades requeridas; diferentes organizaciones denunciaron ante las entidades respectivas las amenazas de los grupos paramilitares que tuvieron como desenlace la muerte de los 6 lideres en el primer semestre de 201014.

2. Desatención sistemática de los requerimientos de protección continuamente demandados por las organizaciones y lideres de población afrocolombiana. Aunque las organizaciones afrocolombianas han insistido en la necesidad de un esquema diferencial e integral de protección (AFRODES 2008, PCN 2010), las autoridades han desatendido tales requerimientos, y hasta la fecha no existe tal programa de protección.

3. Demora y dilaciones injustificadas en el procesamiento, la aprobación o la

implementación de las medidas de protección exigidas comprobado el riesgo afrontado por los líderes, lideresas y procesos organizativos afrocolombianos. A las reiteradas peticiones de protección de los líderes y lideresas afrocolombianos, las autoridades responden con múltiples “estudios de riesgo” de los que no se tienen noticia, y que tienen como resultado, en la mayoría de los casos, la no asignación de medidas de protección, argumentando en la mayoría de los casos de forma contraevidente “nivel de riesgo ordinario” para los perseguidos líderes y lideresas afrocolombianos, a pesar de que según la corte constitucional los afrocolombianos, en especial sus líderes están expuestos a múltiples riesgos, y son sujetos de protección constitucional especial y reforzada (Corte Constitucional, Auto 200 de 2007, y Auto 005 de 2009)

14 Véase pie de página 9.

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4. Inadecuación de las medidas efectivamente implementadas frente a la magnitud

del riesgo que recae sobre los amenazados proceso organizativos afrocolombianos, sus lideres y lideresas, ante las peticiones de protección le son otorgadas entre otras medidas inadecuadas como folletos con “medidas para su autoprotección” o medidas no integrales (vg., un teléfono, un escolta) ni diferenciales que no conjuran el riesgo y desconocen la necesidad de protección de las familias de las víctimas.

36. A estas fallas en la política no diferencial implementada, que entre otras fallas ha carecido de mecanismos de consenso y consentimiento que cumplan con los estándares legales nacionales e internacionales y garanticen el derecho a la participación de las y los líderes afrocolombianos en la búsqueda de alcanzar las mejores medidas, debe sumársele la centralización del Programa de Protección en Bogotá, situación que lo sitúa lejos de los territorios colectivos y mayoritarios de las comunidades afrocolombianas en donde los líderes y lideresas afrontan los mayores peligros y en donde es necesaria su oportuna atención.

37. Cabe concluir entonces, que estas fallas programáticas y estructurales en la política institucional hasta ahora implementada para la protección de los líderes y lideresas afrocolombianos y sus procesos organizativos, configuran el más importante factor de riesgo estructural para garantizar el goce efectivo de los derechos a la vida, integridad y seguridad de los lideres y lideresas afrocolombianos y su proceso organizativo.

38. Así las cosas, debido a la palmaria desprotección, muchos de las líderes y lideres afrocolombianos que no han sido asesinados están ahora amenazados, desplazados o en el exilio, mientras otros, como los representantes de las organizaciones territoriales y los Consejos Comunitarios, viven en su mayoría en continuo riesgo y en estado de confinación; de ahí no solo la vulneración a su derecho fundamental a la participación, sino también, el debilitamiento de su proceso organizativo y progresiva desarticulación.

IV. Conclusiones y Propuestas de Política.

39. Como se puso de manifiesto a lo largo de este informe, las amenazas, persecuciones y hostigamientos contra las organizaciones afrocolombianas continúan, mientras los asesinatos selectivos y sistemáticos contra sus líderes y lideresas se agudizan; la prueba más reciente de ello es el asesinato de Ana Fabricia Córdoba Cabrera, importante lideresa afrocolombiana que lideraba los procesos de protección de los derechos fundamentales de la población desplazada y la restitución de territorios a las víctimas, quien fue asesinada por sicarios en la ciudad de Medellín el martes 7 de Junio de 201115.

40. Este caso atroz, como los antes mencionados, ponen de manifiesto que el Gobierno Nacional no ha cumplido con el deber, reiterado por la Corte Constitucional en el Auto 200 de 2007, de prestar una atención particular a los casos en que los líderes y lideresas

15 Violaciones sistemáticas de los derechos fundamentales de la población afrocolombiana que demuestra a su vez que son precisamente las mujeres, especialmente las lideresas afrocolombianas, quienes siguen siendo las víctimas desproporcionadas de las graves y sistemáticas violaciones de los derechos humanos y étnico-territoriales en contra de nuestra población; mujeres afrocolombianas que además de sufrir discriminación múltiple por ser mujeres, negras, desplazadas y pobres, son victimas desproporcionadas de un sin numero de delitos sexuales como también de trabajos forzosos.

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afrolombianos solicitan protección. Asimismo, los ataques sistemáticos y desproporcionados contra el proceso organizativo afrocolombiano, sus líderes y lideresas, demuestran a su vez la evidente desatención del Gobierno Nacional al Plan General e Integral de Prevención, Protección y Atención a las comunidades afrocolombianas, ordenado por la Corte Constitucional en el Auto 005 de enero de 2009.

41. Esta agravada victimización y vulneración sistemática de los derechos a la vida, integridad, y seguridad de los líderes y lideresas afrocolombianos, evidencia a su vez la palmaria desatención de las recomendaciones que a efectos de una protección efectiva de nuestra comunidades y proceso organizativo han realizado La Comisión Interamericana de

Derechos Humanos, quien en sus Observaciones de marzo de 2009 solicitara al Estado colombiano “adoptar medidas para cumplir con la obligación de proteger de la violencia a los afrocolombianos y los consejos comunitarios a los cuales pertenecen, en especial en el caso de los niños, niñas y sus líderes”, y El Comité para la Eliminación de la

Discriminación Racial (CERD), quien en su Informe de agosto de 2009 recomendó al Estado colombiano “intensificar las medidas destinadas a proteger la seguridad de los líderes afrocolombianos e indígenas”.

42. Recomendaciones que fueron totalmente desatendidas por Gobierno Nacional y demás instituciones del Estado, como lo ejemplifica que tan solo el mismo año en que Naciones Unidas y la Organización de Estados Americanos llamaron la atención sobre esta grave situación, fueran asesinados 20 líderes afrocolombianos16. De igual manera, como informó la AFRODES en su Informe de Derechos Humanos, las persecuciones y asesinatos continuaron durante el 201017, siguiendo sin solución de continuidad en el 2011; como lo ilustran las reiteradas y desatendidas amenazas de “muerte y exterminio” de grupos paramilitares contra las organizaciones afrocolombianas y el reciente asesinato de la importante lideresa afrocolombiana Fabricia Córdoba en la ciudad de Medellín.

43. Persecuciones y asesinatos contra los desprotegidos líderes y lideresas afrocolombianos que, cabe precisar, en su mayoría se mantienen desatendidos o su

investigación no ha arrojado ningún resultado: la impunidad es latente.

44. Por todo lo anterior, en reconocimiento del 2011 como el Año Internacional de las Personas de Ascendencia Africana18 y reconociendo a su vez la necesidad apremiante de garantías efectivas para el trabajo de las organizaciones afrocolombianas, sus líderes y lideresas, en el desarrollo actual de la Ley de Víctimas19, solicitamos al Estado colombiano, muy especialmente al Gobierno Nacional, la implementación inmediata y efectiva de las siguientes medidas de política:

16 Véase en Naciones Unidas, Consejo de Derechos Humanos, Informe de la Experta Independiente sobre Cuestiones de las Minorías, Sra. Gay McDougall (A/HRC/16/45/Add.1. 25 de enero de 2011, pág 10.

17 La AFRODES documento (2010:39) entre enero y agosto de 2010 los asesinatos de José Félix y Milton Torres de COCOCAUCA, Rogelio Martínez de MOVICE, Estrella Hinestroza de ASODES, Jaider Julio de Ashudebol, Andrés Medina del Colectivo Afrocolombiano Son bata, y Jair Murillo de la AFRODES.

18 Naciones Unidas, Asamblea General, Resolución A/c.3/64/L.44/Rev.1. 20 de Noviembre de 2009.

19 Con relación a lo anterior, en el contexto del decreto con fuerza de ley, establecido en el articulo 205 de la Ley de Victimas que debe consultarse con las comunidades afrocolombianas, debe respetarse por parte del gobierno nacional el derecho a la participación y consulta, cumpliendo los estándares nacionales establecidos en la jurisprudencia de la Honorable Corte Constitucional y los estándares internacionales vigentes. En este sentido debe asegurarse una amplia participación previa, libre e informada de las victimas afrocolombianas y sus organizaciones.

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1. Al Presidente de Colombia, señor Juan Manuel Santos Calderón, en calidad de Jefe de Estado y de Gobierno: (a) rechazar públicamente los ataques sistemáticos contra las organizaciones afrocolombianas y los asesinatos selectivos de sus líderes y lideresas; y (b) solicitar a todas las instituciones del Estado adecuar el enfoque diferencial y la atención coordinada y sistemática en todos los niveles de respuesta institucional, para incrementar la efectividad y observancia de los derechos fundamentales, individuales y colectivos, de la población afrocolombiana.

2. Al Ministerio del Interior y de Justicia, en cabeza del señor Germán Vargas Lleras, implementar de forma urgente: (i) una política integral de protección diferencial a

los líderes y lideresas afrocolombianos, sus organizaciones y proceso organizativo, y la concreción prioritaria y específica de (ii) medidas de respuesta institucional urgentes para la protección efectiva del proceso organizativo afrocolombiano, sus líderes y lideresas actualmente perseguidos y amenazados20. Esta política debe extenderse de forma integral también a sus respectivas familias. Para efectos de la creación de este mecanismo o programa diferencial afrocolombiano, se deberá contar con la participación, consulta y consentimiento de los lideres, lideresas y

organizaciones de población afrocolombiana implicadas21.

3. Al Gobierno Nacional, en cabeza del señor Juan Manuel Santos Calderón, dar estricto cumplimiento a la construcción del Plan General e Integral de Prevención, Protección y Atención a la Población Afrocolombiana prescrito por la Corte Constitucional a efectos de la protección de los derechos fundamentales de la población afrocolombiana en el Auto 005 de 2009 (esto, en coherencia con las demás ordenes enmarcadas en el desarrollo de la Sentencia T-025, especialmente Autos 200, 251, 092, 006, 008)22.

4. A la Fiscalía General de la Nación, a cargo de la señora Vivian Morales, introducir el enfoque diferencial en todas las investigaciones adelantadas por la Fiscalía, y desarrollar un mecanismo específico para atender de forma urgente y sistemática las denuncias sobre los ataques, asesinatos y demás violaciones a los derechos de los líderes y lideresas afrocolombianas.

5. Al Programa Presidencial de Derechos Humanos y Derechos Internacional

Humanitario, introducir el enfoque diferencial afrocolombiano, en la metodología estadística de homicidios, pues éste integra homicidios de indígenas, sindicalistas y políticos, pero no a las víctimas afrocolombianas.

6. Al Procurador General de la Nación, al Defensor del Pueblo y al Contralor General de

la República, que en el ámbito de sus competencias adopten las medidas que

20 Plan de protección prioritario para El Consejo Comunitario Mayor de la Organización Popular Campesina del Alto Atrato COCOMOPOCA, el cual deber ser consultado con el Consejo comunitario, con el fin de proteger a la población después de la entrega del título colectivo. 21 A tal efecto se requiere que se tengan en cuenta los documentos: “Lineamientos Generales de una Propuesta de Protección para Comunidades Afrodescendientes” del Proceso de Comunidades Negras-PCN (2010), y el “Documento de Buenas Prácticas para la Protección” de la Asociación Nacional de Afrocolombianos Desplazados, AFRODES (2008)[Documentos anexos].

22 Es central que se priorice la saneación de los territorios colectivos afrocolombianos, muy especialmente en el departamento del Chocó. Entiéndase por saneación de los territorios colectivos, la desmilitarización de los mismos, suspendiendo los cultivos de uso ilícitos, los megaproyectos, las fumigaciones a los territorios y la exacción minera que vulneran los derechos étnico-territoriales de estas comunidades.

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consideren haya lugar para garantizar la protección efectiva de los líderes y lideresas afrocolombianas.

7. Construir, como paso a seguir en esta Mesa de Garantías con enfoque diferencial, un

Mecanismo de seguimiento a las recomendaciones aquí estipuladas, que articule a la oficina de asuntos para comunidades negras, afrocolombianas, raizales y Palenqueras, la dirección de derechos humanos del ministerio del interior, el grupo de protección de ministerio del interior y el viceministro del interior, y las organizaciones afrocolombianas que integran este proceso de garantías, y otras que deseen participar. Para tal efecto instar a la Defensoría del Pueblo la Secretaria Técnica del proceso, y solicitar el seguimiento y evaluación global del mismo a las oficinas en Colombia del sistema de Naciones Unidas (OANUDH y ACNUR).

8. Para finalizar la Mesa, el Gobierno Nacional y las Organizaciones Afrocolombianas

que integran este proceso de garantías presentarán ante la prensa las medidas de política solicitadas, que serán leídas por el vocero(a) afrocolombiano, y el respectivo compromiso del Gobierno Nacional de implementar efectivamente las medidas de política antes solicitadas. Este compromiso deberá ser presentado por el Ministro del Interior y de Justicia o el Vicepresidente de la República, o el funcionario de Alto Nivel que el Gobierno Nacional a bien considere.

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REFERENCIAS

AFRODES (Asociación de Afrocolombianos Desplazados). Global Rights.

Bicentenario: ¡Nada que Celebrar! Informe sobre los Derechos Humanos de las Comunidades Afrocolombianas en el Marco de la “Celebración” de los Doscientos Años de Vida Republicana en Colombia. Bogotá, de 2010.

Re-victimización. Informe Sobre la Situación de los Derechos Humanos de los lideres y lideresas afrocolombianos. Bogotá, 2010b.

CERD (Convención Internacional sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Racial)

Examen de los Informes Presentados por los Estados Partes de Conformidad con el Articulo 9 de la Convención. Observaciones Finales del Comité para la Discriminación Racial. Colombia. 75 Período de Sesiones, 3 a 8 de agosto de 2009.

Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH)

Observaciones Preliminares de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos tras la Visita del Relator sobre los Derechos de los Afrodescendientes y Contra la Discriminación Racial a la República de Colombia. OEA/Ser.L/V/II.134. Doc. 66. 27 marzo 2009

Comité de Derechos Humanos (Naciones Unidas)

Informe de la Experta Independiente de las Naciones Unidas sobre Cuestiones de las Minorías, Señora Gay McDougall (A/HRC/16/45/Add.1). 25 de enero de 2011.

COCOCAUCA

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El estado de riesgos de los grupos étnicos en la costa pacifica del cauca. (Sucesos de 9 abril de 2010 a 30 de septiembre de 2010).

Proceso de Comunidades Negras (PCN)

Lineamientos generales de una propuesta de protección para comunidades afrodescendientes caso: proceso de comunidades negras. 2010.