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1 HR - Planificación: GUÍA DEL USUARIO

HR - Planificación: GUÍA DEL USUARIO

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HR - Planificación:GUÍA DEL USUARIO

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ÍNDICE

Introducción .......................................................................................................................................................... 3

Requerimientos Técnicos e Instalación ........................................................................................................... 4

Requerimientos Técnicos ................................................................................................................................... 4

Para Instalación local .......................................................................................................................................... 4

Para Instalación en red ....................................................................................................................................... 4

Exclusiones ............................................................................................................................................................ 5

Instalación: ............................................................................................................................................................ 5

Para Instalación local .......................................................................................................................................... 5

Para Instalación en red ....................................................................................................................................... 8

Generación de códigos de activación ............................................................................................................... 9

¿Qué es el proceso generación de códigos? .................................................................................................... 9

Habilitación de estaciones de trabajo ............................................................................................................... 12

Habilita el programa en estaciones de trabajo conectadas a un

servidor (sólo para instalaciones en red). ........................................................................................................ 12

Administrador de Contribuyentes .................................................................................................... 17

Operación e Ingreso de Datos ......................................................................................................... 32

El HR Planificación - Formulario 22, sus secciones y sus líneas. ..................................................... 38

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Introducción

HR-PLANIFICACIÓN TRIBUTARIA

HR-Planificación Tributaria permite la proyección y planificación de los ingresos; base para la determina-ción de los Impuestos a la Renta; todo ello con el fin de conocer la situación tributaria del contribuyente en forma anticipada.

Para ello podrá registrar el ingreso de información durante el año a través del traspaso de datos proyectados a datos reales con tres criterios sugeridos; adicionalmente permite la modificación de los parámetros a fin de aproximarse a los valores históricos.

Funcionalidad:

balance 8 columnas

imponible de primera categoría.

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Además:

-cias viendo en todo momento el nuevo escenario propuesto.

Positivo, Ahorro Previsional Voluntario, Dividendos e Intereses Hipotecarios, Donaciones, etc.

-

y postergación de ingresos.

Requerimientos Técnicos e Instalación

REQUERIMIENTOS TÉCNICOS

Las aplicaciones Hyper Renta son programas diseñados para funcionar en ambiente Windows por lo que se hace necesario que se encuentre instalado este tipo de Sistema Operativo en la máquina (equipo de escritorio o servidor) donde se deseen instalar nuestros programas.

Los requerimientos mínimos necesarios para el funcionamiento de nuestras aplicaciones son los siguien-tes:

Para Instalación local– Procesador Pentium III o superior.

– Este software se ha diseñado y probado bajo los siguientes sistemas operativos:

o Windows 2000 (Profesional, Server)

o Windows XP (Profesional)

o Windows 2003 Server.

o Windows Vista (Home, Business)

Para Instalación en red– Todos los requerimientos antes mencionados en las estaciones.

– Contar con atributos de Administrador para instalar.

– Las funcionalidades de trabajo en red se han diseñado y probado bajo Windows 2000 Server y Windows 2003 Server.

– Red con Dominio o entorno de red Windows.

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Exclusiones

Windows que no sean originales.

Por supuesto, debido a lo rápido de los avances en tecnología, Hyper Renta no asegura el funcionamiento en plataformas futuras que surjan en el mercado.

Instalación:

PARA INSTALACIÓN LOCAL

– Inserte el Cd “HR Planificación 2010” en el lector de Cd o Dvd. Al hacerlo se desplegará el contenido del disco

a la carpeta HR Planificación y ejecute el archivo setup.exe y siga cuidadosamente las instrucciones.

Pinche siguiente.

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– Pantalla de acuerdo de licencia. Lea cuidadosamente el acuerdo de licencia contenido en el instala-dor del programa así podrá informarse de los aspectos relacionados con la licencia de programa. Para continuar deberá aceptar dichos acuerdos. Luego pinche siguiente.

– Aquí el instalador le muestra las unidades que detectó en el equipo y que se encuentran disponibles

2010 se instalará en el mismo lugar que su antecesora.

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– Aquí el instalador le da la posibilidad de agregar al escritorio o a la barra de inicio rápido de Windows los accesos directos a las aplicaciones, sólo basta con marcar la casilla correspondiente (pueden ser las dos si lo desea).

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– Hemos concluido nuestra instalación local, ahora sólo debemos activar nuestras licencias de uso. Es posible que el proceso de instalación nos pida reiniciar nuestro PC. Si lo desea puede hacerlo inme-diatamente o postergarlo para más adelante, pero puede que algunas aplicaciones no funcionen si no se hace.

PARA INSTALACIÓN EN RED

que es una red se haga asesorar por un entendido para evitar errores que puedan dejar mal instalado el programa.

Para estos efectos asumiremos los 2 casos típicos:

– Una instalación en una red con Dominio en donde existe un servidor dedicado con Windows 2000 Server.

o Lo primero que debemos hacer es crear un directorio en nuestro servidor.

o La carpeta creada se debe compartir con los usuarios que van a acceder a la aplicación en nuestra red y se deben establecer permisos full control tanto a nivel de compartir como a nivel de seguri-dad.

o La carpeta que creamos debemos conectarla como unidad de red.

o Inserte el Cd “HR Planificacion 2010” en el lector de Cd o Dvd. Al hacerlo se desplegará el conte-nido del disco.

o A partir de este momento instale en forma análoga a la instalación Local cuidando de seleccionar como destino de la instalación la unidad de Red previamente creada.

– Una instalación en una red Windows con recursos compartidos en un grupo de trabajo.

o Se puede dejar una de las máquinas como servidor dedicado y preceder como en el caso anterior.

o O se puede instalar normalmente como instalación local y luego compartir el disco duro local completo a las demás estaciones.

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En cualquiera de los dos casos, en las estaciones de trabajo deberá instalar el modulo Instared desde el Cd de instalación, para lo cual necesitará tener el Código de activación 1, que se obtiene desde el módulo de licencia en la máquina principal (servidor).

Generación de códigos de activación

¿QUÉ ES EL PROCESO GENERACIÓN DE CÓDIGOS?

Ya vimos en el capítulo anterior lo que debemos hacer para instalar HR Planificación 2010, tanto localmente como en red. Lo que viene ahora es activarla para que se pueda poner en marcha. Este proceso consiste en obtener unos códigos a través de Internet, los cuales se ingresan al Servidor o Pc logrando con ello que el programa quede operativo.

Para lograr lo anterior se deben seguir los siguientes pasos (luego de cada ventana se deberá presionar siguiente):

– Acceda a través de inicio programas al grupo Hyper Renta 2010.

– Ejecute el programa Hr Licencia

Aparecerá la ventana de bienvenida donde da algunas indicaciones sobre el proceso de activación de licencias.

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– En esta ventana nos indica que el proceso es una activación vía Internet, por tanto, si la máquina no posee Internet, deberá llamar al departamento de soporte técnico para activar de modo manual.

– Esta ventana nos solicitará los datos asociados a la compra para validarse a través de la Web, si no los recuerda vienen escritos al final de la hoja en carta adjunta al CD.

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– Al pie de este ventana se muestra nuestro código de activación 1. Anote dicho código o márquelo con el mouse y cópielo al portapapeles de Windows. Se muestra los productos que quedaron habilitados y listos para ser usados.

– La última ventana le indica el éxito del proceso. Pinche finalizar.

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Habilitación de estaciones de trabajo

HABILITA EL PROGRAMA EN ESTACIONES DE TRABAJO CONECTADAS A UN SERVIDOR

(SÓLO PARA INSTALACIONES EN RED).

En los puntos vistos en los capítulos anteriores aprendimos a instalar el programa, tanto de modo local como en un servidor de red, a obtener los códigos de instalación y finalmente a activar los programas (ingreso de códigos de activación).

Sin embargo hay un punto que no hemos visto ¿Cómo habilito equipos conectados a un servidor? La res-puesta a esa interrogante la abordaremos en este capítulo.

-tiene el directorio HR en el servidor a través de una unidad de Red. Por ejemplo si tenemos conectada la letra H: se debería ver como contenido de la misma la carpeta HR.

– Inserte el Cd “Familia Hyper Renta 2010” en el lector de Cd o Dvd. Al hacerlo se desplegará el contenido del disco.

a la carpeta Soporte, dentro de soporte ubique la carpeta InstaRED y ejecute desde ahí el archivo INST2010.exe y siga cuidadosamente las instrucciones. Es importante mencionar que este instalador es sólo para habilitar estaciones de trabajo.

-lación.

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– Pantalla de acuerdo de licencia. Lea cuidadosamente el acuerdo de licencia contenido en el instala-dor del programa así podrá informarse de los aspectos relacionados con la licencia de programa. Para continuar deberá aceptar dichos acuerdos.

– Aquí el instalador le muestra las unidades en las cuales detectó el directorio HR, usted deberá selec-cionar la unidad que previamente conectó al servidor.

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– Esta ventana requiere que se ingresen:

- El nombre del usuario.

empresa.

- Y el código de activación 1

habilitará nuestro equipo como estación de trabajo.

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– Una barra de progresión mostrará el avance de nuestra instalación.

– Aquí el instalador le da la posibilidad de agregar al escritorio o a la barra de inicio rápido de Windows los accesos directos a las aplicaciones, sólo basta con marcar la casilla correspondiente (pueden ser las dos si lo desea).

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– Es posible que el proceso de instalación nos pida reiniciar nuestro PC. Si lo desea puede reiniciarlo inmediatamente o postergar el reinicio para más adelante, puede que algunas aplicaciones no funcionen si no se reinicia el PC.

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Administrador de Contribuyentes

El Administrador de Contribuyentes de la FAMILIA HYPER RENTA.

Después de Instalar HR-Planificación, encontrará en Windows un Grupo de Programas denominado Hyper Renta 2010.

Para trabajar con Hyper Renta es necesario ingresar, previamente, los Contribuyentes con los que se va a trabajar en cualquiera de los programas de la Familia, los Usuarios que operarán el sistema y los Produc-tos a los que tendrá acceso cada Usuario. Esto se hace dando doble clic cobre el ícono Administrador de Contribuyentes que está en el grupo Hyper Renta 2010.

Se presentará la siguiente pantalla:Importante: Se sugiere cambiar la Clave del Administrador, de forma tal que sea el propietario del Sistema el único que tenga la supervisión de éste a través del ‘Administrador de Contribuyentes’, tanto respecto de los Usuarios como de los contribuyentes y su correspondiente asignación a ellos. El Usuario deberá recordar su nueva Clave, pues LegalPublishing no tiene cómo volver al estado original, salvo que se provea un nuevo programa.

A continuación se detallan las funcionalidades disponibles en el módulo de administración de Hyper Renta 2010.

-

Aceptar. Esta Clave podrá ser cambiada posteriormente, pero será de responsabilidad del usuario recordarla.

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Opciones de la Botonera:Se describe cual es la funcionalidad de cada botón dentro de las opciones de la botonera.

Guardar:Representantes Legales, Parámetros, etc.

Nuevo: -sionado este botón, la botonera cambia al estado de la siguiente imagen deshabilitándose los botones eliminar e imprimir y cambiando el botón nuevo por cancelar para el caso que desee abortar el ingreso del nuevo registro.

Eliminar: contribuyentes, si se elimina la ficha de uno de éstos, se borra el registro completo y toda la información relacionada a éste. Por ejemplo, si se elimina la ficha de un usuario se borrarán los privilegios de acceso a los productos y la relación que tenía en ese momento con cada uno de sus contribuyentes.

Imprimir:ejemplo, si se encuentra en la ficha de un contribuyente este imprimirá los datos del contribuyente y su representante legal.

Ayuda: Este botón permite ver la ayuda relacionada a la Consola de Administración.

Salir: Con este botón puedes salir de la Consola de Administración.

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Pantalla de usuarios:Esta pantalla se carga al ingresar a la consola de administración.

En ésta se pueden administrar los datos relacionados a los usuarios, los productos a los cuales tendrá acceso y asociar los contribuyentes que podrá manipular con cada producto.

Como observación es necesario mencionar que estas funcionalidades sólo las puede llevar a cabo un usuario que tenga el Perfil de Administrador, lo que quiere decir que un usuario con el perfil Normal sólo puede ver la información, pero no puede modificarla.

podrá administrar los productos y los contribuyentes asociados a este usuario en particular. Cuando se comience a crear o importar contribuyentes, si existe un único usuario Administrador, éstos quedarán asociados a él automáticamente.

distintos productos de Hyper Renta.

Pantalla ficha de usuario:En esta pantalla se administrarán todos los datos relacionados a los usuarios, como por ejemplo: Rut,

de otros usuarios, no así aquellos que se registren con el perfil de usuario Normal, los cuales no podrán manipular datos relacionados a otros usuarios y tampoco sus propios datos.

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Pantalla para nuevo usuario: Al presionar el botón nuevo, los datos de la ficha se limpiarán permitiendo así el registro de un nuevo usuario.

Productos por usuario: En esta pantalla se administran los privilegios de acceso para cada usuario, es decir, a qué productos podrá acceder un usuario determinado.

Contribuyentes por usuario: En esta pantalla se administran los contribuyentes que se encuentran asocia-dos a cada usuario en particular. Cuando las listas de contribuyentes se encuentran vacías es porque no se han ingresado contribuyentes.

los contribuyentes.

Esta opción Usuario tiene cuatro alternativas, las cuales poseen la misma funcionalidad desplegada en la botonera.

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Imprimir tiene 2 opciones, las cuales son: obtener un listado de usuarios y la ficha del usuario en el que te encuentres posicionado.

Pantalla de Importaciones: Las opciones de importación se encuentran habilitadas para los usuarios y contribuyentes. Existen dos tipos de importación, las cuales son las siguientes:

- Obtener Configuración HR Anterior: Esta opción permite importar la configuración que existía con el antiguo módulo de administración (2000-2008), es decir todos los usuarios y contribuyentes que existían anteriormente serán trasladados a la nueva consola de administración. Cabe destacar que siempre y cuando existiera una versión anterior instalada de Hyper Renta.

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- Archivo Plano: Para esta opción existen dos formatos aceptados los cuales hacen referencia, uno para usuarios y el otro para contribuyentes.

A continuación mostraremos los módulos relacionados a la importación de archivos planos, tanto para usuarios como para contribuyentes.

A través de esta opción se accede a la importación de archivos planos para usuarios.

A través de esta opción se accede a la importación de archivos planos para contribuyentes.

Pantalla para buscar archivo plano que desea importar.

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1.- Bajar o ver el formato de los archivos planos. Este archivo que describe los formatos es un archivo en Excel, el cual describe columna a columna cuáles son los datos que corresponden a cada archivo de importación.

2.- Puede bajar o ver un ejemplo de archivo plano para importar usuarios.

3.- Puede bajar o ver un ejemplo de archivo plano para importar contribuyentes.

La Opción Configuración regional permite establecer el sistema de puntuación Decimal que se usará en el programa.

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Pantalla de Contribuyentes: Esta pantalla se carga al seleccionar la pestaña de “CONTRIBUYENTES”.

En esta pantalla existe un buscador de contribuyentes a través del RUT o Nombre y además puede ser

opción importar es la misma que se encuentra en el menú Importar – Contribuyentes (Archivo Plano), la que se describirá posteriormente.

Pantalla Ficha de Contribuyente: En esta pantalla se administrarán todos los datos relacionados a los con-

administrar los productos a los cuales tendrá acceso un contribuyente y asociar los representantes que pertenecen a éste. Los distintos datos son necesarios para la generación del F-22, F-29, Declaraciones juradas o confección del FUT.

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Pantalla para nuevo contribuyente: Como podrá ver en la imagen posterior. Si selecciona el botón nuevo, los datos de la ficha se limpiarán permitiendo así el registro de un nuevo contribuyente.

Productos por Contribuyente: En esta pantalla se administran los privilegios de acceso para cada contribu-

de años anteriores, debe ir al administrador de ese año.

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Representantes por contribuyente: En esta pantalla se administran los representantes que se encuentran asociados a cada contribuyente en particular. Cuando la lista de representantes se encuentra vacía es porque aún no se han ingresado y éstos se pueden ingresar desde esta misma pantalla.

Franquicias: En esta pantalla debe seleccionar las características propias de su empresa, tales como franquicias tributarias, formas de determinar la renta, y en el caso de sociedades anónimas si transa sus acciones en bolsa.

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En Contribuyente se tienen cuatro opciones, las cuales poseen la misma funcionalidad dispuesta en la botonera.

Ver tiene dos opciones, éstas muestran todos los contribuyentes clasificados según los estados “Activos – Inactivos” o Eliminados.

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Imprimir tiene 3 opciones, las cuales permiten obtener reportes:

a) Listado de contribuyentes

b) Ficha del contribuyente en el que te encuentres posicionado

c) Listado de los productos que tiene asociado cada contribuyente.

Pantalla de Importaciones: Las opciones de importación se encuentran habilitadas para los usuarios y contribuyentes. Existen dos tipos de importación, las cuales fueron explicadas anteriormente.

Esta opción Ayuda

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La Opción Configuración regional, permite establecer el sistema de puntuación Decimal que se usará en el programa.

los parámetros disponibles. (Como lo muestra la siguiente pantalla).

-

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Llegando a esta pantalla, aquí es donde se administran los parámetros definitivamente los cuales pueden

se van bloqueando para así no redefinir algún dato anterior al mes actual y asegurar el correcto funciona-miento del software.

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Operación e Ingreso de Datos

A. OPERACIÓN GENERAL

1. Para iniciar la ejecución del programa HR PLANIFICACIÓN, dar doble clic sobre el ícono correspondiente dentro del grupo Hyper Renta 2010.

2. Se despliega la pantalla HR PLANIFICACIÓN, si usted ha creado usuarios con contraseña, deberá ingresar el Nombre y la Clave del usuario que trabajará en esta sesión.

3. El Usuario debe seleccionar la Empresa con la cual trabajará, las que aparecen en la Lista de Empresas dispuestas por RUTs en orden ascendente.

4. Esta acción nos desplegará la pantalla principal de Hr Planificación, en donde se pueden desplegar las diferentes secciones de la declaración de renta.

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5. La pantalla mostrada en el punto anterior tiene varios elementos importantes, que se describen en la figura siguiente:

procesando y versión del producto.

ejecutar una acción determinada.

en las cuales se indica el número de las LÍNEAS que las constituyen. También en ella se muestra las cinco secciones del reverso del Formulario.

se activa al instalar el formulario 22.

de los Impuestos Anuales a la Renta, de acuerdo con los últimos datos incorporados en la declaración de impuesto que se procesa, cuando la opción Recálculo Automático del menú Opciones está desac-tivada.

Barra de menús

Barra identificación contribuyente Secciones formulario Recuadro resultado

Revisar versión Calculadora

Ayuda para línea

Recalculo

Ver F22 en HTML

Casillas para ingreso de datos

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Ayuda permite acceder al manual en LÍNEA de la Operación Renta.

Calculadora despliega una calculadora que permite hacer algunos cálculos menores o auxiliares.

revisar versión permite, previa conexión a Internet, saber si se está trabajando con la última versión del producto.

situación de solicitar devolución del remanente o si paga impuesto.

con tres tipos de casillas:

– De llenado directo: Son aquellas casillas de fondo blanco y tipografía de color negro. En ellas usted ingresa directamente el valor correspondiente.

– De llenado indirecto: Son aquellas casillas de fondo gris y tipografía de color negro. En ellas No es posible llenar datos manualmente, ya que el formulario las llena automáticamente a partir de datos ingresados en otras casillas.

datos en estas casillas, se debe hacer un doble clic para acceder a una pantalla asociada a él, que facilita el ingreso de datos y permite llevar de mejor manera el detalle. Al poner el puntero del

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B. MENÚ PRINCIPAL DE HYPER RENTA PLANIFICACIÓN

En la “pantalla principal” de HYPER RENTA se encuentra la barra que contiene los menús.

Un menú es un conjunto de funciones, denominadas “opciones” o “comandos”, que se refieren a acciones relacionadas entre sí.

Los menús de HYPER RENTA son los siguientes:

que se encuentra el proceso de un “contribuyente”, cuando se sale del programa. La condición del “contribuyente” puede ser:

– “En proceso” significa que aún no se ha terminado totalmente la declaración del “contribuyente”. Se debe tener presente que cuando el “Administrador del Sistema” ingresa un nuevo “Contribuyente”, éste adquiere de inmediato la condición “en proceso”.

– “Terminado” significa que el proceso del «contribuyente» esta terminado, pero aún no impreso.

– “Impreso” significa que “contribuyente” está totalmente terminado, con su declaración impresa.

Estas opciones las elige el “Usuario”, para marcar al “contribuyente” antes de abandonar el programa, para posteriormente poder saber en qué condiciones se encuentran las declaraciones.

-lario. Esto es útil ante eventuales inconsistencias y debe usarse en conjunto con el proceso de Reindexar.

tener que apagar el computador por algún problema con el sistema operativo; haber cometido algún error grave de proceso, o cualquier inconveniente que pueda haber afectado los datos de la “Base de Datos”. Si sospecha que hay algún problema de este tipo ejecute el comando “Reparar” para corregir el problema. Debe usarse en conjunto con el Recálculo Vertical.

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Menú Imprimir: -

LARIO 22 por anverso y reverso, y del 2514. En la misma opción permite generar el Formulario en

Menú Proceso de Envío de Archivos:

Menú Información on line:

permite verificar si se está trabajando con la última versión disponible del software. En caso de detec-

ingresados al programa.

regresa a la “pantalla principal” después de haber ingresado los datos de una Línea.

Esta opción puede tener dos estados: activada o desactivada.

Si la opción está desactivada, ella se activa al hacer clic en el comando “Recálculo Automático” del menú “Opciones”.

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Menú Ayuda

y Fax” de la unidad de Soporte al Usuario, a los que puede comunicarse para hacer consultas relacio-nadas con este producto.

C. AYUDAS EN LÍNEA

HR PLANIFICACIÓN, tiene dos tipos de Ayuda a las que se puede acceder de diferentes formas:

b. La segunda que permite acceder a las «instrucciones» de cómo usar una determinada pantalla, de una línea en particular, ya sean estas: “Operacionales” o sobre “Antecedentes Tributarios” que se relacionan con ellas.

Ejemplo “a”. si se encuentra en la “pantalla principal”, para accesar a la Ayuda de una determinada Línea desde el “Libro de la Operación Renta 2007”, debe hacer lo siguiente:

Haga un clic en la Línea de la cual necesita Ayuda.

Haga un clic sobre el botón L que está en la barra de selección de la “pantalla principal”.

Se desplegará un “índice” que permite seleccionar diferentes aspectos de la “Operación Renta” relacionados con la LÍNEA elegida. Si está en cualquiera otra pantalla, al pulsar el botón “L” accederá a un “índice” que le permite seleccionar diferentes aspectos de la “Operación Renta 2007”, que se relacionan directamente

Ayuda: Pulse el botón “Salir” del menú “Archivo”. Con ello regresará a la pantalla desde la cual invocó este tipo de Ayuda. Ejemplo “b”. El segundo tipo de Ayuda que se puede invocar es el se refiere a instrucciones para usar una determinada pantalla, de una LÍNEA en particular, pudiendo ser esta Ayuda de tipo “Operacional” o sobre “Antecedentes Tributarios”, que tienen relación con la

LÍNEA o la Pantalla. Para invocar esta Ayuda, desde cualquiera de las pantallas que no sea la “pantalla principal”, haga lo siguiente:

Pulse el botón que tiene la forma de un signo de interrogación ? Con esta acción se desplegará: Un “índice” de los temas relacionados con la pantalla desde donde solicitó la Ayuda, desde el cual puede seleccionar el tema que más se relacione con su consulta o bien, se despliega directamente el texto explicativo que tiene relación con la pantalla desde la cual se invocó la Ayuda. Si se encuentra en la “pantalla principal”, para obtener este tipo de Ayuda debe hacer lo siguiente:

seleccione la opción “Contenido” del menú “Ayuda”. Esto, también, lo llevará al mismo tipo de Ayuda, donde se opera en forma similar a la ya explicada. Alternativamente puede pulsar F1.

Para salir de esta Ayuda, en ambos casos: selecciones la opción “Salir” del menú “Archivo”

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El HR Planificación - Formulario 22, sus secciones y sus líneas.

A.- EL ANVERSO DEL FORMULARIO 22

Sección 1: Rentas afectas Línea 1: Retiros actualizados

LÍNEA 1: se inicia haciendo doble clic sobre el casillero en blanco de esta LÍNEA. Con ello se pasará a la

Esta pantalla no permite el ingreso directo de información, sino que resume todos los datos ingresados

Acumula toda la información relativa a los Retiros, su situación tributaria, Incrementos por lmpto. de 1ª Cate-goría y los Créditos contra el impuesto Global Complementario a que tiene derecho cada contribuyente.

Resume además, los efectos que tiene toda esta información en las demás LÍNEAS y secciones del Form. 22. Cuando en la parte superior se despliega “RETIROS” en la inferior se muestra el botón “Gastos Recha-

la que nos señala los tipos de gastos con sus respectivos créditos y la incidencia de éstos en las demás LÍNEAS del Form. 22.

-

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Seleccionada la Empresa, desplegará la siguiente pantalla en donde deberá registrar el N° del Certificado, y declarar explícitamente si es 14 Bis. Después, dar doble clic sobre el recuadro en donde desea ingresar rentas.

por Impuesto de 1ª Categoría y Tasa Ex-Art. 21.

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En la siguiente pantalla dar doble clic sobre el recuadro respectivo

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corresponden, los que se han clasificado en 3 tipos de gastos: TIPO 1 = Impuesto Territorial TIPO 2= Im-puesto de la Categoría TIPO 3= Otros gastos.

Esta distinción es para poder validar tanto el Impuesto Territorial como el impuesto de primera categoría en la LÍNEA 11 y el correspondiente incremento y crédito cuando corresponda.

Se deben ingresar los montos a valor históricos indicando el mes en que se efectuó el desembolso y así el

cuando provienen de empresas con UTILIDAD TRIBUTARIA. Contrariamente, si provienen de empresas con PERDIDA TRIBUTARIA utilice la alternativa «sin devolución». HR-Planificación valida que el impuesto de primera categoría no tiene incremento ni crédito.

El proceso de la LÍNEA 2 se inicia haciendo doble clic sobre el casillero en blanco de esta LÍNEA. Con ello se pasará a la pantalla “Resumen de Dividendos de S.A.”:

Esta pantalla no permite el ingreso directo de información de Dividendos. En sus casilleros resume todos los valores ingresados directamente en la pantalla «Dividendos Distribuidos», la que se muestra a conti-nuación:

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identificar la Empresa. En ella debemos anotar el RUT y el Nombre de la Empresa que emitió el certificado de «Dividendos y Créditos».

-gable» el TIPO de S.A.

ingreso se mencionaron en la LÍNEA 1.

LÍNEA 4. Rentas Presuntas

Esta pantalla presenta 6 opciones diferentes para incorporar rentas y una para efectuar compensaciones, si corresponde:

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– Bienes Raíces Afectos a 1° Categoría sin derecho a rebaja por contribuciones.

– Bienes Raíces Afectos a 1° Categoría con derecho a rebaja por contribuciones.

– Vehículos de Transporte.

– Bienes Raíces no Afectos a 1° Categoría.

– Otras rentas presuntas

NOTA: El derecho a rebaja por contribuciones de bienes raíces se refiere a la rebaja como crédito en contra del lmpto. de 1ª categoría.

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correspondientes a las sumas compensadas entre la Línea 34 y Línea 36, cuando en esta última existan cifras traspasadas desde esta Línea 4.

Para registrar dar doble clic sobre el recuadro respectivo, ingresando los valores en la pantalla que se despliega a continuación

1. BIENES RAÍCES AFECTOS A 1ª CATEGORÍA con y sin derecho a rebaja por contribuciones: La explo-tación de bienes raíces le permite incluir rentas tales como:

-las efectuada por contribuyentes que cumplen con los requisitos exigidos por la letra b) N2 1 del artículo 20 de la Ley de la Renta. A estos contribuyentes se les presume una renta del 10% del avalúo fiscal del bien al 01.01. del año tributario.

monto del avalúo vigente al 01.01. del año tributario. Se presume una renta del 4% del avalúo. Este tipo de bienes raíces otorga un crédito en contra del impuesto Global Complementario, ya que en la 1ª Categoría “no puede rebajar contribuciones de bienes raíces”. Si desconoce el monto del avalúo

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propietario tiene derecho a rebajar las contribuciones de bienes raíces, para ello deberá ingresar los

para determinar si las Contribuciones de Bienes Raíces se imputarán como crédito en contra del

Renta Bruta Global.

2. “Vehículos de Transportes”: Deben declarar en este rubro los contribuyentes que exploten vehículos -

gidos por los N°s. 2 y 3 del Artículo 34 bis de la Ley de la Renta.

a. “Taxis y Colectivos”: Al total de la tasación vigente al 01.01.2009, rebajado en un 30% se le pre-sume una renta del 10%. Tienen derecho a un crédito contra el impuesto Global Complementario de un 17% sobre la renta afecta.

b. “Otros de Pasajeros y de Carga”: Se les presume una renta del 10% de la tasación vigente al 01.01. del año tributario sin derecho a la rebaja del 30%.

cumplan con los requisitos exigidos por el N° 1 del artículo 34 de la Ley de la Renta. La renta presunta a declarar en esta LÍNEA será la que resulte de aplicar sobre las «Ventas Netas Anuales» de productos

de acuerdo a la escala que se publica cada año mediante Circular del SII

1. “Participaciones en Rentas Presuntas y Otras”: Las personas naturales, socios de sociedades de perso-nas, que tributan en base a renta presunta incluirán en este rubro la participación que les corresponde en la respectiva renta presunta, señalando además si tiene derecho a crédito en contra del impuesto Global Complementario por concepto del impuesto de 1ª Categoría. El crédito referido dependerá si la empresa que tributa en 1ª Categoría en base a renta presunta «puede rebajar las contribuciones de bienes raíces».

También deben declarar en esta LÍNEA los pequeños contribuyentes del artículo 22 de la Ley de la Renta, cuando además de las rentas como pequeño contribuyente hayan obtenido durante el 2009 otras rentas clasificadas en el artículo 20, N°s. 3, 4 ó 5 de la Ley de la Renta. Deberán incluir una renta presunta equivalente a 2 UTA. Los pequeños mineros artesanales» que durante el año 2009 hayan

deberán incluir como renta afecta un 10% del total de las ventas anuales de minerales, debidamente

a. HABITACIONALES: Se incluyen en este rubro la explotación de bienes raíces no agrícolas efectuada por el propietario o usufructuario y que durante el 2009 no hayan sido destinados al uso del pro-

la suma exenta que publica el SII. El programa calculará automáticamente el avalúo proporcional aplícable, si se registra un período inferior a los 12 meses. Se presume una renta del 7% del avalúo al 01.01. del año tributario.

Pueden incluirse en este concepto, los bienes raíces no agrícolas destinados a la habitación efec-tuado por sus propietarios o usufructuarios, cuando la renta efectiva sea inferior al 11% del avalúo fiscal vigente al 01.01. del año tributario.

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b. OTROS BIENES RAÍCES NO AGRÍCOLAS: Se incluyen en este rubro los bienes raíces no agrícolas -

miento, etc. Por este tipo de bienes no se permite la rebaja del avalúo señalada en el punto 4.1 y

11 % del avalúo fiscal vigente al 01.01.2009, deberán declarar en esta LÍNEA. Por el contrario, si

impuesto Global Complementario declarar la renta efectiva o presunta de tales bienes.

LÍNEA 5.

-sonas que declaren en base a contabilidad simplificada, deben incluir en esta LÍNEA la participación que le corresponde en la respectiva sociedad.

acogidos a las disposiciones del D.L. 701 de 1974 y que no se encuentren obligados a llevar contabi-lidad de acuerdo a la Ley de la Renta, determinaran la renta efectiva de dicha actividad de acuerdo a las normas contables y métodos simplificados establecidos en el D.S. de Hacienda N° 871, de 1981.

Al Ingresar a esta línea, se presentan las siguientes alternativas:

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“Renta de Profesionales”: Los honorarios percibidos durante el año 2009 se pueden declarar a través de:

pagados o retenidos en el exterior.

en los certificados de retención, para lo cual se deberá ingresar la empresa retenedora con las rentas

-dora.

“Participación en Sociedades Profesionales”: Los profesionales, socios de sociedades de profesionales que tributan según las normas de 2ª categoría, deben incluir en este recuadro su participación «devengado» en las empresas en las cuales son socios.

-

se incluye esta información el sistema en forma automática, calcula un 30% de los gastos presuntos sobre

“Ahorro Previsional Voluntario”: Los contribuyentes del Art. 42 N° 2 deberán ingresar los aportes directos

al artículo 13 del D.L. N° 889, de 1975.

“Otras Rentas de 2ª Categoría”: En este recuadro deben declarar los directores o consejeros de S.A. sus participaciones, dietas u otras asignaciones obtenidas en su calidad de tales. No se debe incluir estas rentas en el recuadro de RENTA DE PROFESIONALES puesto que no tienen derecho a la rebaja del 30% de gastos presuntos.

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En esta LÍNEA se deben declarar los siguientes tipos de rentas:

mutuos. “No debe incluirse en este detalle las rentas por el mayor valor en el rescate de fondos mutuos acogidos al mecanismo de incentivo al ahorro del Art. 57 bis letra B de la Ley de la Renta”.

b. “Intereses por Depósitos Bancarios”: Se incluyen en este recuadro los montos positivos o negativos de los intereses por depósitos bancarios. Esta información se obtiene directamente de los Certificados emitidos por las instituciones bancarias.

operaciones de capitales mobiliarios según el Art. 20 N° 2 de la Ley de la Renta. Esta información se obtiene directamente de los Certificados emitidos por las instituciones receptoras.

49

-

el contribuyente o no cumplan con los requisitos exigidos para cada una de ellas, el mayor valor se encuentra afecto a 1ª Categoría y Global Complementario o Adicional y en esta LÍNEA se anotará el resultado neto positivo. Por el contrario si producto de estas operaciones el resultado neto es negativo, este monto se registra en la LÍNEA 12.

El monto total de los resultados negativos que se trasladen a LÍNEA 12 no puede exceder de la renta positiva afecta cuya composición se muestra al activar con 1 clic el botón TOPE.

-puesto único de categoría son aquellos provenientes de las operaciones a que se refieren las operaciones de las letras a), c), d), e), h) y j) del N° 8 del artículo 17 cuando tales operaciones no sean el resultado

los requisitos o condiciones exigidos para cada una de las transacciones.

Si el resultado de estas transacciones es positivo, se trasladará automáticamente a la LÍNEA 37 del Form. 22. Por el contrario, si es negativo sólo se mostrará para efectos informativos, pero no se compensa con los resultados positivos registrados en la LÍNEA 7.

Si cuando ingresó los retiros en la LÍNEA 1 o los dividendos en la LÍNEA 2 ya incorporó los montos exentos, en esta pantalla se desplegarán las cantidades ya registradas. Al hacer clic en alguna de ellas, el sistema le mostrará el documento original desde donde provienen tales cantidades.

Por el contrario, si aún no las ha ingresado podrá incorporarlas directamente en esta LÍNEA, optando por RENTAS AFECTAS A 1ª CAT. o RENTAS NO AFECTAS A 1ª CAT. Según sea el tratamiento tributario de cada una de ellas.

Los trabajadores, jubilados, pensionados o montepiados que declaren rentas en alguna de las LÍNEAS de la 1 a la 7, deberán declarar en esta línea, cualquiera sea su monto, las remuneraciones, que hayan

que percibieron durante el 2009 rentas de más de un empleador en forma simultánea, cuando hayan declarado rentas de la LÍNEA 1 a la 7.

de la empresa y luego registrar la renta imponible y el impuesto retenido.

Cuando ha incorporado más de un sueldo en forma simultánea, el sistema calculará automáticamente la reliquidación del impuesto y trasladará los datos a LÍNEA 43 del Form. 22 y generará la información para la confección del Borrador del Form. 2514.

Al presionar el botón RESUMEN, se desplegará una pantalla que muestra la renta imponible, impuesto

determinado mes, el Usuario deberá marcar en la primera columna tal condición.

LÍNEA 10:

Código 159: Incremento por Impuesto de Primera Categoría. En esta LÍNEA se acumulan todos los

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ingreso directo de información, salvo el incremento que corresponde al D.L. 600.

Lo que sí permite es volver al documento inicial que dio origen a cada una de los traspasos.

Código 748: Incremento por Impuestos pagados o retenidos en el exterior, registrados anteriormente en las líneas 1 ó 2, por lo que en ésta sólo acumula, permitiendo ir al documento que le dio origen.

LÍNEA 11:

rebajarse el impuesto de la categoría pagado durante el año 2009, que puede tener dos orígenes distintos:

Contribuyentes sujetos al sistema de tributación en base a distribuciones y retiros. En este caso el impuesto

tanto, procede la rebaja en esta LÍNEA 11 del impuesto de 1ª categoría incluido en la LÍNEA 3.

El sistema, en esta situación, traslada automáticamente el monto.

-mento que dio origen a esta rebaja.

Contribuyentes no sujetos al sistema de tributación en base a distribución y retiros: también tienen derecho a rebajar en esta LÍNEA el impuesto de 1ª categoría pagado durante 2009, debidamente ac-

DE 1ª CAT. e incluir la información ahí requerida.

bienes raíces que sirven como rebajas a la base imponible del impuesto global complementario son

correspondan a bienes raíces que generen rentas afectas al impuesto global complementario.

Estas contribuciones pueden haber sido ingresadas en la LÍNEA 3, las que aquí se rebajan, con su correspondiente incremento, o desde la LÍNEA 4 o LÍNEA 5.

Si durante el año 2009 se pagaron contribuciones de bienes raíces, no incluidas en ninguna de las LÍNEAS anteriores, como por ejemplo, las correspondientes a una oficina en que se desarrolla una actividad profesional del art. 42 N° 2, cuyas rentas se declararon en la LÍNEA 6, bastará con hacer clic en OTRAS CONTRIBUCIONES PAGADAS para que pueda ingresar el detalle de las contribuciones a incluir en esta LÍNEA.

LÍNEA 12:

Refiérase a la LÍNEA 7

LÍNEA 14:

en esta LÍNEA al empresario individual, socio de sociedad de personas o socio gestor de en comandita

60 UF vigente al último día del mes en que efectuó el retiro.

51

LÍNEA 15:

Código 750: INTERESES PAGADOS POR CRÉDITOS CON GARANTÍA HIPOTECARIA, SEGUN ART. 55 BIS

de esta rebaja, tomando en consideración lo descrito en el artículo 55bis de la Ley de la Renta.

Recuerde que la franquicia del Código 750 es incompatible con la del Código 740.

Código 740: Dividendos Hipotecarios pagados en el 2006 por Viviendas Nuevas acogidas al D.F.L. N° 2159

Al ingresar el monto de los dividendos, período en que se contrajo el crédito hipotecario, y números de

Recuerde que la franquicia del Código 750 es incompatible con la del Código 740.

LÍNEA 16:

Codigo 822: En este recuadro se rebajan las siguientes inversiones:

Código 765: Ahorro Previsional Voluntario (Art. 42 Bis)

En esta Línea 16 deben registrar sus APV los trabajadores dependientes que hicieron depósitos en forma directa y para efectos del cálculo del tope de las 600 UF anuales, el Usuario debe registrar el Certificado

corresponden.

52

LÍNEA 19: Débito Fiscal por Ahorro Neto Negativo.

Deberán declarar en esta LÍNEA aquellos contribuyentes que se encuentran en la siguiente situación:

A. Por inversiones efectuadas hasta el 31.07.98:

de Créditos tuvo Ahorro Neto Negativo

Al monto del AHORRO NETO NEGATIVO que supere las 10 UTA, se les aplica la tasa promedio del impuesto global complementario del año anterior y es esta cifra la que se registra en la LÍNEA 19.

Al Ahorro Neto Negativo informado por las instituciones receptoras, se les aplica la tasa del 15%, salvo cuando el contribuyente presente por cuatro años consecutivos ANP, caso en el cual tiene derecho a una rebaja exenta de 10 UTA.

53

Aquellas personas que hayan declarado rentas en las LÍNEAS 1, 2 y 5, más su incremento, cuando

esta LÍNEA un 50% del impuesto global complementario que proporcionalmente haya afectado a dichas rentas.

Para tal efecto ingrese directamente las rentas en las casillas correspondientes y el sistema calcula automáticamente el crédito.

LÍNEA 21: Crédito proporcional por Rentas Exentas. Esta LÍNEA no permite el ingreso de información si no que muestra todas las LÍNEAS que intervienen en el cálculo y la fórmula para determinarlo.

Permite el ingreso a través de la línea 7 u 8, provenientes del mayor valor en el rescate de cuotas de fondos mutuos accionarios.

LÍNEA 23: Crédito por Impuesto Tasa Adicional Ex-Art. 21.

Permite el ingreso a través de las líneas 1, 2, 7 u 8

Se debe ingresar los datos que identifiquen la institución receptora y el monto histórico de la donación. El sistema en forma automáticamente determina el monto del CRÉDITO DISPONIBLE.

La forma como se determina el CRÉDITO DISPONIBLE se señala al hacer clic en el botón TOPE, el que presenta la pantalla TOPE DE DONACIONES CULTURALES. En esta pantalla no se permite el ingreso de información.

Se aplican las mismas instrucciones de la LÍNEA anterior.

LÍNEA 26: Créditos por impuesto de primera categoría sin derecho a devolución.

Traslada el dato en forma automática desde la LÍNEAa devolución en la parte del gasto que dejo negativo el FUT.

En este recuadro se declara el crédito por las donaciones efectuadas a Universidades e Instituciones Profesionales.

Ingresada la información que identifica las instituciones receptoras de las donaciones y el monto de ésta, se permite, además el ingreso del remanente de las donaciones que quedó pendiente al 31.12 del año comercial anterior y el sistema automáticamente calcula el monto del crédito.

El botón TOPE muestra como se calcula el monto máximo a rebajar por este tipo de donaciones.

54

LÍNEA 28: Crédito por Impuesto Único de Segunda Categoría.

Esta LÍNEA sólo recibe información desde la LÍNEA 9, cuando el contribuyente percibió, durante el año 2009, uno o más sueldos y además declaran rentas desde las LÍNEA 1 a la LÍNEA 7.

LÍNEA 29: Crédito por Ahorro Neto Positivo.

Deben declarar en esta LÍNEA aquellos contribuyentes que se encuentran afectos al impuesto global complementario y que además, durante el año 2009, presentan un saldo de AHORRO NETO POSITIVO por las inversiones acogidas al Art. 57 Bis letra B.

La información se obtiene directamente del certificado emitido por la institución receptora.

El Usuario debe diferenciar según la fecha de las inversiones.

Por inversiones efectuadas hasta el 31.07.98:

El sistema automáticamente determina el TOPE y muestra las fórmulas de cálculo de la tasa promedio y del crédito al impuesto.

Al Ahorro Neto Positivo informado por las instituciones receptoras, se les aplica la tasa del 15%.

FISCAL que se traslada a la LÍNEA 19.

LÍNEA 30: Crédito por Impuesto de Primera Categoría con derecho a devolución.

Esta pantalla no permite ingreso directo, sólo despliega las diferentes LÍNEAS que dan origen a este crédito. En el evento que en la LÍNEA 32 el resultado sea negativo, el programa automáticamente solicita la devolución directamente a través de la LÍNEA 53, código 116.

LÍNEA 31: Crédito por Rentas extranjeras según convenios (Art 41 A y 41 C).

Esta LÍNEA recibe información de las LÍNEAS 6 y 10 y para el caso de sueldo, se debe ingresar en forma directa.

LÍNEA 34: Impuesto de Primera Categoría sobre Rentas Efectivas.

Código 18: Para aquellos contribuyentes personas jurídicas o empresarios individuales no acogidos al Art. 14 Bis, afectos a 1ª categoría obligados a llevar contabilidad completa en base al sistema de retiros,

ingresar directamente el monto de los retiros.

En el Código 628 del Recuadro N° 2, recibe de las líneas 5 y 7 cuando procede, debiendo el Usuario registrar directamente los Ingresos según Contabilidad. El sistema trasladará automáticamente el valor determinado en el Código 643 a esta LÍNEA 34 Código 18.

55

En la ventana que se despliega en este código 18, el sistema recibe de LÍNEA 5 las Rentas de Conta-bilidad Simplificada con derecho a rebaja por contribuciones; además, solicita que el Usuario declare explícitamente, aquella parte de las rentas con contabilidad completa que tienen derecho a la misma rebaja, traspasando posteriormente ambos valores al código 19 de esta misma LÍNEA, en donde hará el cálculo de la rebaja por este concepto.

NOTA: No olvide el Usuario que la rebaja por contribuciones de bienes raíces sólo procede cumpliendo ciertos requisitos, y que ésta no es aplicable a todas las rentas que se declaran en esta LÍNEA.

CÓDIGO 19: En este recuadro, los contribuyentes afectos al impuesto de 1ª categoría y al global comple-mentario que ya declararon rentas en la LÍNEA 5 y que ya ingresaron las contribuciones de bienes raíces, en esta LÍNEA el sistema despliega esa información y además permite el ingreso de los dife-rentes créditos a que tienen derecho los contribuyentes obligados a declarar en base a renta efectiva con contabilidad completa.

Recibe además, las bases imponibles con derecho a rebaja por contribuciones de bienes raíces y los montos de esta rebaja, mostrando el cálculo y la imputación de cada uno de los créditos aplicables.

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Esta pantalla muestra además el EXCESO DE CRÉDITO DE LÍNEA 36 que se aplica cuando en esa LÍNEA el crédito por contribuciones de bienes raíces es superior al impuesto de 1ª categoría, el exceso lo traspasa a esta LÍNEA hasta por un monto equivalente al impuesto determinado con derecho a rebaja por contribuciones de bienes raíces.

Código 20: Esta pantalla sólo muestra información de la forma en que se ha calculado el impuesto determinado.

LÍNEA 35

de Impuesto determinado según las tasas publicadas por el SII.

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LÍNEA 36: Impuesto de Primera Categoría sobre Rentas Presuntas.

Código 187: Para los contribuyentes personas naturales afectas al impuesto global complementario, que declararon rentas en la LÍNEA 4 y que además se encuentran afectas al impuesto de 1ª categoría, ya tienen la información acumulada, traspasada directamente desde la LÍNEA 4.

Para los contribuyentes, no afectos al impuesto global complementario, que durante el 2009 hayan de-sarrollado actividades de aquellas acogidas a los regímenes de renta presunta, que establece la Ley de la Renta, deben ingresar los datos correspondientes a los siguientes tipos de rentas:

58

COMPENSACIÓN: El Programa mostrará en esta LÍNEA el monto de renta compensada con el código 643 del recuadro Nº 2 del Formulario. a. BIENES RAÍCES: Dependiendo de la forma de explotación pueden declarar en las siguientes alternativas:

a3. OTROS NO AGRÍCOLAS

En cada una de estas alternativas se debe identificar el bien de que se trate, señalar el monto del avalúo fiscal vigente al 01.01. del año tributario y en los casos «a» y «c», ingresar las contribuciones de bienes raíces pagadas por el año 2009, en la letra c, cuando proceda.

determinación. El sistema calculará elavalúo al 01.01. del año tributario.

-GA al ingresar la identificación de los vehículos con la tasación al 01.01. del año tributario se calcula en forma directa la base ímponible afecta al impuesto de 1ª categoría.

-

Código 188: CRÉDITO IMPTO. 1° CAT. POR RENTAS PRESUNTAS: Sólo muestra información recibida desde LÍNEA 4 o LÍNEA 36 cod. 187.

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Código 189: No permite el ingreso de información si no que sólo despliega la forma del cálculo del im-puesto de 1ª categoría y sus créditos, además, en el evento que las rebajas excedan el impuesto y en la LÍNEA 34 existe un impuesto a pagar, el sistema, en forma automática, traspasa el exceso de esta LÍNEA hacia la LÍNEA 34.

LÍNEA 37: Referirse a la LÍNEA 7.

Deben declarar en esta LÍNEA las empresas, que no estando constituidas como sociedades anónimas o en comanditas por acciones, se encuentren en alguna de las siguientes situaciones: Que sean empresas de propiedad del Estado o que sean empresas en las cuales tengan participación las instituciones Fis-cales, Semi fiscales, Fiscales de Administración Autónoma, Semi fiscales de Administración Autónoma e Instituciones autónomas del Estado.

Código 77 y Código 74: Ingreso directo

Código 79: No permite ingreso de información si no que presenta la forma de cálculo del impuesto.

Los contribuyentes sociedades anónimas, los afectos al impuesto adicional de acuerdo con el Art. 58 N° 1 de la Ley de la Renta y las sociedades en comanditas por acciones, en la parte que corresponde

Art. 33 que hubiesen pagado durante el año 2009, independiente al período a que correspondan y que se hayan agregado o no a la renta líquida imponible de la categoría, con la condición de que se traten de retiros de especies o de cantidades representativas de desembolsos de dinero que no deban imputarse al valor o costo de los bienes del activo, con excepción de los gastos anticipados o diferidos que deban aceptarse en ejercicios posteriores, de los intereses, reajustes y multas pagadas al Fisco,

en la parte que no sean deducibles como gasto, de los impuestos de la categoría y único del Art. 21 inciso 32 y del impuesto territorial pagados durante 2009.

o anual.

Código 120: Permite el ingreso directo y tienen derecho a esta rebaja los contribuyentes señalados

las cuales participan como socios y tributan en 1ª categoría en base a renta efectiva o dichos gastos

Código 114: Sólo permite el ingreso de la tasa, el sistema calcula el impuesto a declarar en esta LÍNEA.

LÍNEA 40: Impuesto Adicional por exceso de endeudamiento Datos de ingreso directo.

la opción D.L.600, éste quedó marcado con una «x», esta LÍNEA recibe toda la información acumulada en le LÍNEA 13.

Código 133: En este casillero se registra la misma cantidad anotada en la LÍNEA 13, cuando se trate de contribuyentes acogidos a la invariabilidad tributaria del anterior o actual texto del Artículo 7 o

60

Ex-Artículo 7 bis del D.L. 600 de 1974, sin domicilio o residencia en el país.

Código 138: Ingreso directo

Código 134: Sólo permite ingresar la tasa del impuesto.

LÍNEA 42: Impuesto Adicional Ley de Renta. Deben declarar en esta LÍNEA los contribuyentes sin domicilio ni residencia en Chile, referidos en los Artículos 58 N° 1, 60 inciso 1° y 61 de la Ley de la Renta. En los CÓDIGO 32 y CÓDIGO 76 se ingresa información en forma directa y en el CÓDIGO 34 se permite el ingreso de la tasa del impuesto para determinar el monto a incluir en estas LÍNEAS.

marcado con una “x”, con lo que esta LÍNEA recibe toda la información de la LÍNEA 13.

LÍNEA 43: Referirse a la LÍNEA 9

LÍNEA 44: Código 21: Impuesto único Talleres Artesanales. Deben declarar en esta LÍNEA las personas naturales propietarias de un solo taller artesanal u obrero, que cumplan los siguientes requisitos:.

del núcleo familiar.

– Que el capital efectivo del taller al 01 de enero del año comercial de que se trate no supere las 10 UTA.

– Que la actividad a giro del taller artesanal u obrero haya sido durante 2009 la fabricación de bienes

calcular el impuesto mínimo de esta LÍNEA.

Código 43: Impto. Único Pescadores Artesanales

LÍNEA 45: lmpto. Único por retiros de Ahorro Previsional Voluntario (Art. 42 bis)

El Usuario debe ingresar el monto del retiro y la retención correspondiente y el software hace el cálculo automáticamente.

LÍNEA 46: Reliquidación Global Complementario por Término de Giro.

Deben declarar en esta LÍNEA los empresarios individuales, socio o accionista, con domicilio o resi-dencia en Chile, de empresas que durante el año 2009 hayan puesto término de giro y se efectuó en esa oportunidad con una tasa del 35%.

En esta LÍNEA deben reliquidar el mencionado tributo, aplicando a las rentas afectas CÓDIGO 51 la tasa promedio del impuesto global complementario de los últimos 3 períodos tributarios que se indica a través del código 71.

En el CÓDIGO 63 se permite la rebaja del 35% que pagó en su oportunidad la empresa que puso término de giro.

El CÓDIGO 71 acepta el ingreso de las tasas y con los datos incluidos en los recuadros anteriores se determina el monto susceptible de devolución.

61

En esta LÍNEA se declaran los pagos provisionales mensuales, efectivamente pagados, debiendo ingresar

obligatorios y voluntarios.

LÍNEA 48:

Esta rebaja beneficia exclusivamente a los contribuyentes de Primera Categoría, que durante el año 2009 hayan efectuado programas de capacitación ocupacional dentro del país, en beneficio de sus trabajadores.

Para tener derecho a esta rebaja es requisito básico haber declarado rentas en la LÍNEA 34.

No permite el ingreso directo de información, sino que a través de la línea 34.

Código 83: Crédito empresas constructoras.

del 65% del débito fiscal de las Empresas Constructoras, proveniente de la aplicación del actual texto

130 del Formulario 29, del mes de diciembre de 2009.

Código 173: Reintegro de Peajes.

En esta línea se debe registrar debidamente reajustado el remanente de crédito por reintegro de peajes a que se refiere la Ley N° 19.764, el cual corresponde al valor expresado en pesos en la LÍNEA 103 del formulario N° 29 (código 591) de la declaración del mes de diciembre de año 2009.

LÍNEA 50: Retenciones por rentas declaradas en LÍNEA 6 (recuadro N° 1 ) y Retenciones por sueldos y pensiones declaradas en línea 9.

Código 198: Retenciones por Rentas Declaradas en LÍNEA 6

Al ingresar los datos a través de la LÍNEA 6, las retenciones se ven reflejadas de inmediato en este código.

Código 54: Retenciones por sueldos y pensiones declaradas en LÍNEA 9

Al ingresar la mayor retención de impuesto único solicitada por el empleado, de acuerdo al artículo 88 de la Ley de la Renta a través de la LÍNEA 9, de inmediato se ve reflejada en este código.

LÍNEA 51: Retenciones por rentas declaradas en LÍNEAS LÍNEAS 1,

Código 832: Retenciones por rentas declaradas en LÍNEAS

Las retenciones practicadas en virtud del artículo 73 de la Ley de la Renta y las retenciones por rentas o cantidades pagadas en cumplimiento de seguros dotales, deberán ingresar las cantidad en los for-mularios de la LÍNEA 7 y la retenciones por retiros de APV a través de la LÍNEA 45.

Código 833: Rentas declaradas en LÍNEAS

62

rentas declaradas en la LÍNEA 5 en virtud del artículo 74 N° 4, retenciones por venta de minerales de acuerdo al artículo 74 N° 6 y rentas afectas a impuesto único de primera categoría.

Primera Categoría de Utilidades Absorbidas.

podrán recuperar como pago provisional, en esta LÍNEA, el Impuesto Adicional de los Artículos 59 y 60 de la Ley de la Renta, pagados por asesorías técnicas contratadas con personas sin domicilio ni residencia en Chile, siempre y cuando, dichas asesorías se integren al costo de los bienes y servicios a exportar, y así lo certifique el Servicio Nacional de Aduanas, en los casos que corresponda.

Código 167: Pago Provisional por Impuesto de Primera Categoría de Utilidades Absorbidas.

Los Contribuyentes de la Primera Categoría que declaren su Renta Efectiva mediante contabilidad com-

Impuesto de Primera Categoría pagado sobre las utilidades tributadas acumuladas al 31 de diciembre de 2008 o las percibidas durante el ejercicio comercial 2009, que resulten absorbidas total o parcial-mente por la pérdida tributario generada en el ejercicio comercial 2009.

LÍNEA 53:

LÍNEA 29.

63

Esta LÍNEA no permite ingreso directo de información, si no que sólo despliega la forma de cálculo.

Código 116: Remanente de Crédito por Impuesto de Primera Categoría proveniente de la LÍNEA 30 y exceso de impuesto único de segunda categoría proveniente de la LÍNEA 31.

– En la LÍNEA 32 debe producirse un monto negativo.

exceso de impuesto único por rentas del exterior.

Dadas estas condiciones, el sistema automáticamente determina el monto del remanente.

LÍNEA 54: Crédito puesto a disposición del Socio.

Si el contribuyente, persona natural o jurídica, con domicilio en el extranjero es socio de sociedades de personas, deberá ingresar el nombre de la empresa y el monto de pagos provisionales puesto a

según su propia declaración.

LÍNEA 56: Saldo a Favor.

Cuando la cantidad anotada en la LÍNEA 55 es negativa, el sistema presenta automáticamente esta LÍNEA.

LÍNEA 57: Saldo Puesto a Disposición de los Socios.

Si el contribuyente es una sociedad de personas, de profesionales, comunidad o sociedad de hecho, -

cios, con el detalle de cada uno de éstos, hasta la concurrencia de los impuestos adeudados por estos últimos y por el saldo a favor de la sociedad.

LÍNEA 58: Devolución Solicitada.

Aquí se registra en forma automática la diferencia entre las LÍNEAS 56 y 57. Si el contribuyente desea que el monto de la devolución le sea depositada en su «cuenta corriente bancaria» «cuenta vista» o «cuenta de ahorro», deberá registrar dicha información en el Anverso del Formulario 22.

LÍNEA 59: Impuesto Adeudado.

Cuando el resultado obtenido en la LÍNEA 55 es positivo, el sistema presenta, en forma automática, el monto en esta LÍNEA.

LÍNEA 60: Reajuste Art. 72, Porcentaje.

En esta LÍNEA, se calcula en forma automática el reajuste del Art. 72 de la Ley de la Renta. Para ello, en la barra de menús, seleccione la opción «Parámetros 2009» y en el casillero «% de Reajuste de

Aceptar, regresará a la «pantalla principal» de HR-Form. 22.

LÍNEA 61: Total a Pagar. En esta LÍNEA se registra automáticamente la suma de las LÍNEAS 59 y 60.

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B. EL REVERSO DEL FORMULARIO 22 Sección Recuadro N° 5 y Detalle Franquicias Tributarias y Sistema de determinación de Renta:

Recuadro N° 5 Enajenación de acciones Se debe seleccionar el régimen tributario que quedará afecto, ya sea régimen general, Impuesto único de primera categoría y 18 ter.

Para ingresar la información solicitada, se deberá indicar si el contribuyente lleva contabilidad completa o no y de esto dependerá la pantalla que muestre.

Contabilidad completa: NO

Precio de venta actualizado:

Costo de Venta actualizado: Se deberá indicar mes y año de adquisición, IPC mes anterior a la adquisición (Ej. Enero 2009 = 99,24) y valor de adquisición histórico.

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Contabilidad completa: SÍ

Los montos son de acceso de directo

NOTA: El usuario dependiendo del régimen tributario que quede afecto, deberá trasladar cuando co-rresponda a las líneas del formulario N° 22

El Usuario deberá ingresar la información relativa a las franquicias a las que está afecto, además de la forma de determinar sus rentas.

Franquicias Tributarias D.L. 600: casillero 68.

Al marcar una “X” en este casillero, la información acumulada hasta la LÍNEA 13 se traspasa automática-mente a la LÍNEA 41 y no permite el ingreso de datos, desde la LÍNEA 14 a la LÍNEA 32.

Si ya ha incorporado datos en alguna de esas LÍNEAS y luego marca esta franquicia, dichas LÍNEAS se presentan con valor “cero”, pero la información del sistema no la pierde. Se puede recuperar al eliminar la marca en esta franquicia.

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El marcar este casillero con una «X» tiene la misma incidencia de la franquicia anterior, la única diferencia es que la acumulación hecha hasta la LÍNEA 13 se traslada a la LÍNEA 42.

Todos los datos que aquí se solicitan son de «ingreso directo», con excepción de los «Créditos Imputables al Impuesto de Primera Categoría de la LÍNEA 34», los que se despliegan automáticamente al ser ingresados previamente en el casillero 19 de la LÍNEA 34.

Sección Base imponible y FUT Los datos presentados en esta sección pueden ser ingresados a través de acceso directo, y en el caso de la base imponible también pueden importarse los datos hasta el código 636 y el FUT taspasarlo desde el programa HR-FUT.

Sección Balance, 57 bis y Créditos: Datos Balance: Aquí todos los datos pueden ser ingresados a través de ingreso directo o importación de datos.

Datos 57 Bis: En esta sección existen 5 códigos, los cuales son trasladados desde el anverso del Form. 22 completando las LÍNEAS 19 o 29.

1° Créditos Imputables al lmpuesto de 1ª Categoría: Ellos deben ser ingresados a través de la LÍNEA 34, código 19, para ser desplegados acá.