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    Índice01

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    Índice

    1. Presentación

    2. Pertenencia de la propiedad intelectual

    2.1 Política de Propiedad Intelectual en el IPN

    2.2 Política de Propiedad Intelectual en investigación colaborativa y por contrato

    2.3 Política de la Propiedad Intelectual generada fuera del IPN

    3. Protegiendo tus inventos

    3.1 Propiedad Industrial

    3.1.1 Modelos de utilidad

    3.1.2 Diseño industrial

    3.1.2.1 Dibujo industrial

    3.1.2.2 Modelo industrial

    3.1.3 Esquema de trazado de circuitos integrados 3.1.4 Secreto industrial

    3.1.5 Patente

    3.1.6 Signos distintivos 3.1.6.1 Marca 3.1.6.2 Marca colectiva

    3.1.6.3 Aviso comercial

    3.1.6.4 Denominación de origen

    3.2 Variedades vegetales

    3.3 Derechos de Autor3.3.1 Obras

    3.3.2 Derechos conexos

    Glosario de términos

    Contacto

    Directorio

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    1. PresentaciónEl proceso de cambio tecnológico en el que está inmersa lahumanidad, conjugado con el proceso de globalización eintegración económica, ha revolucionado todos los ámbitosde la actividad humana, en especial la forma de generaciónde riqueza. La innovación se ha convertido en el eje de laestrategia de las empresas; es por ello que la competitividadde cualquier organización, región o país, está cada vez máscentrada en la capacidad de movilización del potencialcreativo, así como del conocimiento disponible y vendible deuna sociedad.

    En este entorno, el papel de las Instituciones de EducaciónSuperior (IES) ha cambiado. La creciente importancia de lacreación, distribución y uso del conocimiento para elcrecimiento económico y el desarrollo humano, ha dadolugar al surgimiento de la “sociedad del conocimiento”,donde las IES tienen reservado un lugar privilegiado.

    El papel de las universidades ha cambiado dando paso a loque algunos autores denominan “universidademprendedora”, reriéndose a aquellas IES que brindaneducación, generan productos o resultados de investigaciónque se usarán en la industria, proporcionan asesorías ytranseren patentes y licencias de investigaciones de laacademia a la industria; inclusive promueven la creación deSpin-offs basadas en las tecnologías que han patentado.

    La ecaz protección de los derechos de propiedadIntelectual representa una condición necesaria para eldesarrollo de los procesos de innovación y transferencia de

    tecnología, al generar un ambiente de conanza ycertidumbre para el desarrollo armónico de las actividadescomerciales, industriales y de investigación y desarrollotecnológico, además de ser un elemento de atracción para lainversión y jugar un papel estratégico en los procesos devinculación entre la oferta y la demanda de productos yservicios tecnológicos, que permitan generar innovaciones(productos o servicios nuevos o mejorados), que seránintroducidas exitosamente al mercado.

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    El Instituto Politécnico Nacional (IPN), como la más importante institución deeducación tecnológica en México, además de poseer las características ycualidades para convertirse en el motor que impulse la innovación en México,ha promovido y redimensionado, con un enfoque sistémico, los esfuerzos quebuscan consolidar a la misma.

    Por lo anterior, considerando el contexto nacional e internacional en el que sedesempeña el IPN y la creatividad inherente a las actividades y capital humanodel instituto, la protección legal de la Propiedad Intelectual y lacomercialización de tecnología se colocan como temas de suma relevancia

    Estas actividades son fomentadas y coordinadas por la Ocina deTransferencia de Tecnología del Instituto Politécnico Nacional (OTT-IPN), lacual funciona como enlace entre los inventores (profesores, investigadores,etc.), la representación legal del IPN (Ocina del Abogado General), losinteresados en las tecnologías politécnicas (compradores de tecnología) y lasinstancias federales pertinentes para el registro, protección legal ymantenimiento de la vigencia de los derechos de la Propiedad Intelectual(como son el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, el InstitutoNacional de los Derechos de Autor, etc.).

    El modelo de Comercialización de Tecnología bajo el cual opera la OTT-IPestá basado en la cadena de valor (ver g. 2) de la tecnología que se pretendecomercializar. Partiendo de la protección de la propiedad intelectual pasandopor la comercialización de la misma y nalizando con la asimilación detecnología por parte del usuario de la misma.

    Fig. 1 Dínamo de la innovación

    Fuente: elaboración propia.

    Conocimiento RiquezaNecesidades yoportunidades

    Creatividad Liderazgo

    Inversión enI+D

    Derechos de propiedadintelectual

    Regalias por laexplotación de

    Propiedad Intelectual

    Trabajo colaborativo

    Desarrollo Tecnológico

    Potencialde mercado

    Escalamiento Industrial

    Introducciónal mercado

    Investigación básica y aplicada

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    Este modelo de la OTT-IPN se compone de tres áreas medulares, las cuales leofrecen el público usuario los siguientes servicios:

    Fig. 2 Modelo de Comercialización de Tecnología de la OTT-IPN

    Coordinaciónde Gestiónde la PropiedadIntelectual

    Operación del Centro de Patentamiento IPN-IMPI “Ing. GuillermoGonzález Camarena”.Búsqueda del estado del arte de la Propiedad Intelectual.Análisis de patentabilidad.Redacción de solicitudes para Protección Intelectual (nacionales e

    internacionales).Desarrollo de chas técnicas relacionadas a la Propiedad Intelectual.Seguimiento de las solicitudes de registros de la Propiedad Intelectual.Seguimiento de derechos de la Propiedad Intelectual.

    Valuación yconcertaciónde tecnologías

    Búsqueda de socios tecnológicos.Desarrollo de los esquemas comerciales pertinentes.Desarrollo y/o revisión de los estudios de valor de intangibles.Desarrollo de instrumentos legales para la ejecución de las actividadesde colaboración tecnológica.Desarrollo de documentación legal dentro del proceso deTransferencia de Tecnología.

    Estrategias de la Protección de laPropiedad Intelectual

    Valuación de laPropiedad Intelectual

    Estrategia Comercialde la Propiedad Intelectual

    Generación Acuerdos deComercialización de laPropiedad Intelectual

    Apoyo a la Asimilaciónde la Propiedad Intelectual

    Identificaciónde oportunidades

    Evaluación de laPropiedad Intelectual

    Seguimientode acuerdos

    Modelo deComercialización

    de Tecnología del IPN

    Regalías

    Innovación ennuevos productos y proceso

    Apoyo a laAdopción yAsimilación deTecnologías

    Apoyo y seguimiento a la adopción de tecnología.Seguimiento a los derechos y obligaciones pactadas en losdocumentos legales.Visitas técnicas a los licenciatarios de la tecnología desarrollada en elIPN.Retroalimentación a las Unidades Académicas para el desarrollo demejoras.

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    Es necesario considerar cualquier esfuerzo de comercialización requiere lainversión de recursos personales, nancieros, de infraestructura, etc., porello, es clave denir qué se desea hacer con el invento, ser honesto consigomismo acerca de cuál es la magnitud del esfuerzo qué quiere poner en lacomercialización y lo que realmente esperan de él.

    Por ello, la OTT-IPN proporciona ayuda y asesoría para comprender el procesoy los requisitos necesarios para la comercialización de los inventos. Compartila información necesaria con la OTT-IPN y los socios comerciales es vital paque todos tengan una visión clara y realista.

    Las actividades y servicios que ofrece la OTT-IPN, se rigen por políticas qubuscan salvaguardar la conanza, integralidad y valorización de la tecnologíadel IPN. De esta manera las políticas en las que se basa la operación de la

    OTT-IPN son:

    Realizar todos los procesos de atención sujetos a nuestro código de ética institucional ycarta de condencialidad.

    Operar la comunicación interna, intra-institucional y con el sector empresarial, bajo losesquemas de transparencia, legalidad y declaración de valores.

    Priorizar la protección de la Propiedad Intelectual y la divulgación en el desarrollo delproceso de comercialización de tecnología.

    Trabajar con un enfoque de procesos con orientación al cliente, retroalimentándonos enforma sistemática de sus necesidades para satisfacer la demanda de competitividad delsector productivo con el objetivo de optimizar nuestros procesos a través de la mejoracontinúa.

    Respetar el marco normativo institucional, el de nuestros clientes y el de las partesinteresadas en los diferentes proyectos que se emprendan.

    Ser la instancia que valide la viabilidad de comercialización de un proyecto.

    Los proyectos que sean aceptados para participar en el proceso de protección intelectual y

    comercialización del mismo, contarán con los recursos necesarios por parte del IPNdurante todo el proceso.

    Buscar que en todos los proyectos y procesos realizados las partes que intervengan seránbeneciadas en un esquema de ganar-ganar.

    Incluir a los inventores, la OTT-IPN y al IPN en la repartición de los benecios derivados dela comercialización de la tecnología.

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    El objetivo de esta guía es introducir los elementos y temas básicos dePropiedad Intelectual involucrados en la comercialización de tecnologíasemanadas de las IES, en particular del IPN, o en la protección de una nuevatecnología que hayan desarrollado, la cual presente ventajas técnicas ypotencial de comercialización. Este documento está diseñado como una

    referencia para los usuarios, previo al contacto con la OTT-IPN, para evaluar epotencial que tiene su tecnología para llevarla al mercado.

    Esta guía está dirigida a los profesores y/o investigadores, alumnos y personalacadémico del IPN, así como a la sociedad en general, que tengan el interés enproteger una nueva tecnología que deseen comercializar.

    Esta guía no es exhaustiva y cada caso es particular, por lo que la asesoría quele llegue a brindar el personal de la OTT-IPN será clave para tener éxito en la

    comercialización de su innovación o desarrollo tecnológico.

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    La propiedad de las invenciones está determinada por las relaciones deintercambio (salariales, contratos de servicios, proyectos de vinculación) queguarden los inventores con sus empleadores.Respecto a la Propiedad Intelectual en el IPN, basa sus políticas en losLineamientos para Gestión de la Protección de la Propiedad Intelectual y suExplotación Comercial y en la normatividad vigente y aplicable.

    Por lo que respecta a los alumnos:

    En el caso que estén o hayan realizado algún desarrollo utilizando lainfraestructura del IPN, recibido una beca y/o la asesoría del personal delIPN, deberán hacer la cesión de derechos correspondientes a título delInstituto Politécnico Nacional y serán reconocidos como inventores de lainvención, conservando sus derechos morales.

    2.1 Política de Propiedad Intelectual en el IPN

    Las invenciones o innovaciones son protegidas bajo un marco legalinternacional conocido con el nombre de Derecho de la Propiedad Intelectual.Los derechos de Propiedad Intelectual protegen los intereses de los creadoreso titulares del desarrollo al ofrecerles prerrogativas en relación con suscreaciones.

    Un punto esencial es el reconocimiento de la autoría y titularidad de lasinvenciones. Es decisivo reconocer a todos los participantes que intervinieronen el desarrollo de la invención; esto es, cualquier persona que hayaparticipado en el desarrollo de una invención tiene el derecho legal deco-titularidad y debe ser participe de la retribución nanciera de lacomercialización de la misma.

    Para llevar a cabo estas actividades, la OTT-IPN por medio de la Coordinacióde Gestión de la Propiedad Intelectual opera el Centro de PatentamientoIPN-IMPI “Ing. Guillermo González Camarena”, el cual brinda asesorgestoría y servicios en temas de Propiedad intelectual a la comunidadpolitécnica y público en general.

    2. Pertenencia de la Propiedad Intelectual

    En el caso del personal del IPN que haya realizado alguna invencióndurante su jornada laboral o en la vigencia de su contrato laboral,

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    El Reglamento de las Condiciones Interiores de Trabajo del PersonalAcadémico del Instituto Politécnico Nacional, como organismodescentralizado de la Secretaría de Educación Pública, en el capítulo VIartículo 41 estipula que:

    “El personal académico percibirá la remuneración que le corresponda enrelación a los derechos de autor sobre libros y material didáctico que seanpublicados y comercializados por el IPN, así como regalías por registro depatente, servicio externo y otros servicios, conforme a los ordenamientosaplicables al efecto”.

    de perfeccionamiento de los procedimientos utilizados en la empresa, porcuenta de esta la propiedad de la invención y el derecho a la explotación de lapatente corresponderán al patrón. El inventor, independientemente delsalario que hubiese percibido, tendrá derecho a una compensacióncomplementaria, que se jara por convenio de las partes o por a junta deconciliación y arbitraje cuando la importancia de la invención y los beneciosque puedan reportar al patrón no guarden proporción con el salariopercibido por el inventor; y Iii. En cualquier otro caso, la propiedad de lainvención corresponderá a la persona o personas que la realizaron, pero elpatrón tendrá un derecho preferente, en igualdad de circunstancias, al usoexclusivo o a la adquisición de la invención y de las correspondientespatentes”.

    Ley de Propiedad Industrial , Titulo segundo, capítulo 1, artículo 14donde se menciona lo siguiente:

    “A las invenciones, modelos de utilidad y diseños industriales realizados porpersonas que estén sujetas a una relación de trabajo, les será aplicable lodispuesto en el artículo 163 de la Ley Federal del Trabajo”.

    Ley Federal del Trabajo en el artículo 163 dice:

    “La atribución de los derechos al nombre y a la propiedad y explotación delas invenciones realizadas en la empresa, se regirá por las normas siguientes:I. El inventor tendrá derecho a que su nombre gure como autor de lainvención; Ii. Cuando el trabajador se dedique a trabajos de investigación o

    quedan sujetos a lo establecido en:

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    El personal del IPN que realice alguna invención o innovación fuera de sujornada laboral en la institución, será poseedor de los derechos patrimonialesy morales sobre la misma, siempre y cuando así lo reconozca y acepte elDirector de la unidad de adscripción, pudiendo solicitar los servicios de laOTT-IPN como personal externo.

    Los alumnos del IPN que hayan realizado alguna invención haciendo uso derecursos del IPN, como son el uso de instalaciones, equipo, servicios, asesoríade profesores, etc., deberán reconocer la participación del IPN con base a loestablecido en las políticas de Propiedad intelectual de la OTT-IPN, teniendo ederecho de ser apoyados por la OTT-IPN.

    En el caso de alumnos que hayan realizado algún invento fuera de lasinstalaciones del IPN, serán poseedores de los derechos patrimoniales ymorales del mismo, pudiendo solicitar los servicios de la OTT-IPN compersonal externo.

    2.3 Política de la Propiedad Intelectual generada fuera del IPN

    Aquellos proyectos de investigación y/o proyectos vinculados que tengancomo resultado desarrollos tecnológicos susceptibles de protección de laPropiedad Intelectual y/o la comercialización de los mismos, deberánnegociarse con las instituciones participantes por medio de los instrumentosjurídicos correspondientes. Así mismo, la OTT-IPN denirá la naturaleza yparticipación que el IPN tendrá de los productos resultantes.

    Los términos de las negociaciones deberán guiarse por el principio deganar-ganar y el reconocimiento de la contribución intelectual de losinventores participantes.

    2.2 Política de Propiedad Intelectual en investigación colaborativa y pocontrato

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    Propiedad industrial

    PatentesModelos de utilidadDiseños industrialesEsquema de trazado decircuitos integradosSecretos industriales

    MarcasMarcas colectivasAvisos comercialesDenominación de origen

    LiterariasMusicalesArtísticasFotográcasCinematográcasArquitectónicaDramáticas

    Artistas interpretes o ejecutantesEditores de librosProductores de fonogramasProductores de videogramasOrganismos de radiodifusiónSeñales de satéliteReservas

    Invenciones Obras

    Signos distintivos

    IMPI INDAUTOR SAGARPA

    Derechos conexos

    Derechos de autor

    Variedadde vegetales

    Fig.4 Taxonomía de la Propiedad intelectual

    Fuente: elaboración propia.

    La Propiedad Intelectual (PI) tiene que ver con las creaciones de la mente: lasinvenciones, las obras literarias y artísticas, los símbolos, los nombres, lasimágenes y los dibujos y modelos utilizados en el comercio; es decir, la PI euna creación del intelecto y es propiedad de su creador. Se considera comouna propiedad o activo intangible que pertenece al creador y que puedecomercializarse como cualquier otra propiedad tangible.

    La Protección de la Propiedad Intelectual es un derecho personal que conereel Estado a los titulares de invenciones, modelos de utilidad, diseñosindustriales, marcas y/o derechos de autor, para la explotación exclusiva delos mismos, ya sea por el titular o a través de terceros.

    En México el derecho de Propiedad Intelectual está salvaguardado por la Leyde la Propiedad Industrial, la Ley del Derecho de autor y la Ley Federal dVariedades Vegetales. De la misma manera, existen tres Instituciones queresguardan el Derecho Intelectual: el Instituto Mexicano de la PropiedadIndustrial (IMPI, www.impi.gob.mx), el Instituto Nacional del Derecho dAutor (INDAUTOR, www.indautor.gob.mx) y la Secretaría de AgriculturGanadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (SAGARPhttp://snics.sagarpa.gob.mx), respectivamente.

    3. Protegiendo tus inventos

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    Fig. 4 Diversas guras de la propiedad intelectual

    1. Software protegidopor Derecho de Autor enMéxico y como patentede sistema en USA

    2.Obra literaria protegidapor Derecho de Autor

    4. Café de Veracruz:denominación de origende México

    5. “Punta de cielo” esuna Marca nominativa

    Diseño del logotipo:protegido como marcagurativa

    En conjunto tiene unregistro de marca mixta

    6. “CAFÉ PUNTA DE CIELCOSECHA PREMIUM”

    Protegido como un AvisoComercial

    7. Fotografía: registro deDerecho de Autor

    13. Diseño de cubiertaprotegido por DiseñoIndustrial

    16. Diseño de Ipadprotegido como ModeloIndustrial de un dispositivoelectrónico USD504889 y

    MX 36283

    15. iPAD, protegido como:marca mixta por Apple Inc.

    14. Conductores de salida demetal para mejorar lasensibilidad de una pantalla:solicitud de patente de AppleInc. PCT/US2009/045843

    8. Registrode ISBN es underecho deautor

    9. Plato ycucharaprotegidopor ModeloIndustrial

    10. Tecnologíapatentada comonuevas formulacionesde harinas para mejorarsu sabor y aumentar lavida de anaquel

    11. Jamón Serranoprotegido por unadenominación deorigen de España

    12. Materialhidrófobo patente

    3. Bolsas tipo “doypack”patentadas. Patente de nuevomaterial metalizado para la mejorconservación de alimentos

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    La propiedad industrial tiene una gran utilidad no solo en términos deprotección y reconocimiento de los inventores sino también por ser unvehículo que permite retribuir a los generadores de inventos por laexplotación comercial de su creatividad y a la sociedad al brindarle nuevosproductos y procesos con estándares de calidad.

    En la siguiente gura se ilustra la variedad de guras jurídicas de la propiedad

    intelectual que un solo producto emplea para su comercialización, mismasque se describen detalladamente.

    En el ámbito internacional existen organismos que regulan la propiedadintelectual, como son la Organización Mundial de la Propiedad intelectual(OMPI) y la Unión Internacional para la Protección de las ObtencioneVegetales (UPOV).

    3.1 Propiedad industrial

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    3.1.2.2 Modelo industrialEstán constituidos por toda forma tridimensional que sirva de tipo o patrónpara la fabricación de un producto industrial, que le dé apariencia especial encuanto no implique efectos técnicos.

    3.1.3 Esquema de trazado de circuitos integradosEs el diseño o concepción de un esquema de trazado implica denir lasfunciones electrónicas que se desea realizar, elaborar formulas lógicas de esasfunciones y plasmarlas en un circuito electrónico que se incorporar en uncircuito integrado o producto semiconductor. En el esquema de trazado otopografía donde se concentra la creación o prestación intelectual que sedesea proteger.

    3.1.4 Secreto IndustrialEs toda información que guarde una persona física o moral con caráctercondencial y que signica una ventaja competitiva o económica; la adopciónde medios o sistemas sucientes para preservar la condencialidad y el acceso

    Se pueden registrar los objetos, utensilios, aparatos o herramientas que,como resultado de un cambio en su disposición, conguración, estructura o

    forma, presentan una función distinta respecto a las partes que lo integran oventajas en su utilidad, siempre y cuando cumplan con los requisitos deNovedad y Aplicación industrial. Tienen una vigencia de 10 años y no aplicaprocesos o formulaciones.

    3.1.1 Modelos de utilidad

    El dibujo o modelo debe ser: a) nuevo, es decir, de creación independiente, yque diera en grado signicativo de diseños conocidos o de combinaciones de

    características conocidas de diseños a nivel mundial; b) utilizado o producidopara explotación industrial. Los diseños industriales se dividen en:

    3.1.2 Diseño industrial

    3.1.2.1 Dibujo industrialSon toda combinación de guras, líneas o colores que se incorporen a unproducto industrial con nes de ornamentación y que le den un aspectopeculiar y propio. Tienen una vigencia de 15 años.

    Existen 6 guras jurídicas bajo las cuales puedes proteger tu desarrollo:

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    Hay que considerar que las patentes son temporales y territoriales. Las formasde solicitar una patente son dos: vía tradicional (solo nacional) y vía PCT(internacional).

    restringido a la misma, y la información condencial deberá constar endocumentos, medios electrónicos o magnéticos, discos ópticos, microlmes,películas u otros. Sin una protección adecuada, se corre el riesgo de perder eldesarrollo y que el mismo caiga en manos ajenas. Duración: Indenida. Estádeterminada por el tiempo en que la información logra conservarse con el

    carácter de condencial.

    3.1.5 PatenteEs un derecho o privilegio legal que concede el Estado a una persona, física omoral, para producir o utilizar en forma exclusiva, o a través de un tercero bajolicencia, durante 20 años, un producto, instrumento, equipo o proceso quehaya sido desarrollado por dicha persona, esto bajo los conceptos detemporalidad y territorialidad.

    Se puede solicitar la protección de toda invención como: productos, procesoso usos de creación humana que permitan transformar la materia o la energíaque existe en la naturaleza, para su aprovechamiento por el hombre y quesatisfaga sus necesidades concretas, siempre y cuando cumplan con lossiguientes requisitos:

    Novedad, es todo aquello que no se encuentre en el estado dela técnica, que es el conjunto de conocimientos técnicos que sehan hecho públicos mediante una descripción oral o escrita, porla explotación o por cualquier otro medio de difusión oinformación, en el país o en el extranjero.

    Actividad inventiva, es el proceso creativo cuyos resultados nose deduzcan del estado de la técnica en forma evidente para untécnico en la materia.

    Aplicación industrial, es la posibilidad de ser producido outilizado en cualquier rama de la actividad económica.

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    Una vez denido que se utilizará la patente como medio de protección, sedene dónde se efectuará esta petición, para lo cual hay que considerar elsiguiente proceso:

    Fig.6 de Temporalidad del sistema de patentes

    SISTEMA DE PATENTESVÍA TRADICIONAL

    SISTEMA PCT

    meses

    meses 12 16 18 19 30 45

    Presentación inicialde la solicitud o reclamo

    de la propiedad

    Presentación inicial de lasolicitud PCT o reclamo de la

    prioridad

    Reporte de búsquedapreliminar internacional

    Publicación de lasolicitud PCTinternacional

    Entrada de la solicitud PCT afase nacional según países designados

    Resultado del examen preliminary periodo de elección de los

    países de protección en fase nacional

    Termina elreclamo deprioridad

    Publicación de lasolicitud

    Concesión de lapatente (en su caso)

    0 45

    0

    1812

    Fig. 5 Diferencias entre Patente y Secreto Industrial

    Duración

    Patente Secreto Industrial

    20 Años a partir de la presentaciónde la solicitud correspondiente.

    No tiene limitación, siempre ycuando se mantenga suCONFIDENCIALIDAD.

    Riesgo Ninguno. Da a su titular un derechode propiedad y uso exclusivos.

    Puede legalmente ser descubiertopor otros de manera independienteo aplicando ingeniería inversa.

    Aplicación Invenciones que cumplan conciertos requisitos (Novedad,Actividad Inventiva, etc.)

    Se pueden proteger conocimientosnuevos que no son patentables.

    Costo Costo relativamente predecible, enfunción de los países donde sebusque la protección.

    Costo conocido y continuo según lasmedidas que se tomen parapreservar la condencialidad.

    Reconocimientode derechos

    Únicamente en los países dondeexista la patente.

    Derechos internacionalmentereconocidos, dependiendo de lasleyes de los países involucrados.

    Valor De mayor valor por la exclusividadque otorga.

    De menor valor ya que el derecho deexclusividad está ausente.

    Fuente: elaboración propia con base en IMPI.

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    Comercial Legal

    Identicación de socios técnicoscomerciales.Identicación de mercados tecnológicos.Retribución económica para susdesarrolladores.Identicación de competidorescomerciales.

    Protección del patrimonio tecnológico.Evitar invasión de derechos adquiridos.Dinamismo en el proceso de transferenciade tecnología.Propiciar el licenciamiento de derechostecnológicos.

    Educativa Técnica

    Evitar esfuerzos innecesarios en lasolución de problemas ya resueltos.Análisis el estado de la técnica de lastecnologías a desarrollar.Detectar las oportunidades deinvestigación.

    Resolver problemas técnicos en lasempresas.Encontrar soluciones tecnológicas ensectores productivos.Apoyar proyectos de investigación ymejoras a tecnologías ya existentes.Evitar esfuerzos innecesarios en lasolución de problemas ya resueltos.

    En el caso de patentes (nacionales e internacionales) que impliquenelementos biológicos es necesario que se consulte a la OTT-IPN para conocelos detalles especícos.

    Pero… ¿qué no podemos patentar?

    ¿Para qué sirve la información de una patente?

    La innovación es la aplicación de nuevas ideas, conceptos, productos yservicios y practicas, con la intención de ser útiles para incrementar laproductividad y la competitividad. El ámbito de su aplicación es diversa, entrlos que se pueden mencionar:

    Descripción Marco LegalAlgo que ya exista en la naturaleza aun cuandoanteriormente sea desconocido por el hombre

    Articulo 19 fracción II

    Los esquemas, planes, reglas y métodos para realizaractos mentales, juegos o negocios y métodosmatemáticos.

    Articulo 19 fracción III

    Programas de cómputo. Articulo 19 fracción IV

    Formas de presentar la información. Articulo 19 fracción V

    Creaciones estéticas y obras artísticas o literarias Articulo 19 fracción VI

    Métodos de tratamiento quirúrgico o de diagnósticosaplicables al cuerpo humano o animales

    Articulo 19 fracción VII

    Fuente: Ley de la Propiedad Industrial, 2010.

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    3.1.6 Signos distintivosSon signos distintivos, todos aquellos que se utilizan en la industria o en elcomercio para diferenciar de las manifestaciones o actividades homólogas delos demás, las propias actividades, servicios, productos o establecimientos.Existen cuatro tipos de signos distintivos:

    3.1.6.1 MarcaEs todo signo visible que se utiliza para distinguir e individualizar un producto servicio de otros de su misma clase. Su objetivo es funcionar como elementoidenticador de los diversos productos y servicios que se ofrecen y prestan enel mercado.

    La marca constituye el único instrumento que tiene a su disposición el

    consumidor para identicar y poder seleccionar los artículos y servicios de supreferencia, por ello registrar la marca adquiere una gran relevancia. Lavigencia del registro de la marca es de 10 años, con opción a renovar el registrolas veces que se quiera.

    La palabra o signo que hace la distinción por parte del cliente puede sernominativa (nombre), innominada, mixta o tridimensional.

    3.1.6.2 Marca colectivaSon signos distintivos reconocidos en la Ley de la Propiedad Industrial; una dsus principales características es que el propietario o titular de este signodistintivo es una sociedad o asociación legalmente constituida deproductores, fabricantes, etc. El uso de la marca colectiva está regido por undocumento denominado reglas de uso; la creación de una marca colectivadebe ser paralela al desarrollo de ciertas normas de calidad, criterios debuenas prácticas agrícolas, de manufactura, etc.; adopción de mecanismos decerticación, así como de estrategias comunes entre los miembros de lasociedad o asociación titular.

    3.2 Aviso comercialSe considera aviso comercial a las frases u oraciones que tengan por objetoanunciar al público establecimientos o negociaciones comerciales,industriales o de servicios, productos o servicios, para distinguirlos de los desu especie.

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    3.3 Denominación de origenEs el nombre de una región geográca del país que sirva para designar unproducto originario de la misma, y cuya calidad o características se debanexclusivamente al medio geográco, comprendiendo en este los factoresnaturales y humanos, por ejemplo: tequila, mezcal de Oaxaca, chile habanerode Yucatán, ámbar de Chiapas, etc.

    3.4 Variedades vegetales Son un instrumento de propiedad intelectual diseñado mediante losresultados de manipulaciones genéticas de los vegetales. Es un derechoconsistente en el reconocimiento que el Estado hace, a través delotorgamiento de un Título de Obtentor, a favor de una persona física o moralque, mediante un proceso de mejoramiento, haya obtenido y desarrolladouna variedad vegetal de cualquier género y especie, la cual deberá ser nueva,distinta, estable y homogénea. El desarrollo de nuevas formas de protección(tanto por seguridad como para protección de la propiedad intelectual) estáencabezado por la Unión Internacional para la Protección de las ObtencionesVegetales (UPOV), y en México la SAGARPA es quien emite los Derechos deObtentor para semillas y variedades vegetales (por ejemplo, mejoramiento desemillas de frijol, maíz, soya).

    3.5 Derechos de Autor (en inglés Copyright)Aplica a las creaciones artísticas como: libros, obras musicales, pinturasesculturas, películas y obras realizadas por medios tecnológicos como losprogramas informáticos y las bases de datos electrónicas.

    El Derecho de Autor remite a la persona creadora de la obra artística, a suautor, subrayando que el autor goza de derechos especícos en relación consu creación y con el derecho a impedir la reproducción deformada de la

    misma, prerrogativa que solo le corresponde a él.Existen otros derechos, como el derecho a efectuar copias, del que puedengozar terceros, por ejemplo todo editor que haya obtenido una licencia delautor con ese n.

    3.5.1 ObrasLas obras que se pueden registrar bajo el derecho de autor son: Literarias,Musicales, Artísticas, Fotográcas, Cinematográcas, Programas de cómputo

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    (Software), Sistemas comerciales y publicitarios. La duración: Toda la vida dautor más 100 años.

    3.5.2 Derechos conexosExisten diferentes tipos de derechos conexos como se muestra en elsiguiente cuadro:

    La Ley Federal de Derechos de Autor establece que no son objeto deprotección por el Derecho de autor:

    Escudos, banderas o emblemasLeyes y reglamentosNoticiasRefranes, dichos, leyendas,hechos, calendarios ylas escalas métricas

    Ideas e invencionesEl aprovechamiento industrialLos esquemas, juegos o negociosLetras, los dígitos o los colores aisladosNombres o frases aisladosLos formatos o formularios

    Tipo de derecho Vigencia

    Artistas Intérpretes o Ejecutantes

    Productores de Fonogramas

    Editores

    Productores de Videogramas

    Organismos de Radiodifusión

    75 años

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    50 años

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    Glosario de términosActivo intangible: comprenden aquellos activos no comunes y no físicos queposeen las organizaciones sobre ciertos derechos legales o de ventajascompetitivas. Es la parte del valor de una empresa que no corresponde con susactivos físicos (inmuebles, instalaciones, materiales, etc.). Reside en el intelecto

    de sus empleados, sus habilidades, conocimientos, creatividad, procedimientosde trabajo, etc. Esta corresponde a la propiedad intelectual de una persona físicao moral.

    Asimilación de tecnología:Es la operación que consiste en la apropiación delconocimiento detallado y documentado del proceso, equipo, condiciones deoperación de la planta y producto, así como, el registro de todas lasmodicaciones que sufran durante su utilización.

    Autor:Es la persona física que ha creado una obra literaria o artísticaComercialización: El proceso mediante el cual los descubrimientos deinvestigación se llevan al mercado y las nuevas ideas o descubrimientosdesarrollados crean nuevos productos y servicios o tecnologías que se venden entodo el mundo.

    Derecho de autor:el reconocimiento que hace el Estado en favor de todo creadorde obras literarias y artísticas previstas en el artículo 13 de esta Ley, en virtud decual otorga su protección para que el autor goce de prerrogativas y privilegiosexclusivos de carácter personal y patrimonial.

    Derecho moral: El autor es el único y primigenio titular, y en caso de muerte suejercicio corresponderá a los herederos o, en su caso, al Estado (cuando se tratede obras de interés para el patrimonio cultural nacional). Se considera unido alautor y es inalienable, imprescriptible, irrenunciable, inembargable. Transmisiblessólo mortis causa.

    Derecho patrimonial:Es la facultad de usar y explotar la obra por sí mismo o através de terceros. Temporales, Enajenables, Renunciables y Transferibles. Lasfacultades y modalidades de explotación son independientes entre sí.

    Divulgación: La información puesta a disposición del público relativa a cualquieinvención; puede efectuarse por escrito (en una solicitud de patente o una revistatécnica -“divulgación escrita”), u oralmente (en una exposición -“divulgaciónoral”), o estar constituida por la presentación, en una exposición pública, de unobjeto que materialice la invención, o mediante la utilización pública de tal objetoo del procedimiento del que trate la invención.

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    Innovación: Es la introducción de un nuevo (o signicantemente mejorado)producto (bien o servicio), de un proceso, de un nuevo método decomercialización o nuevo método organizativo, en las practicas internas de laempresa, la organización del lugar de trabajo o las relaciones exteriores de laempresa.

    Invento: Creación de una idea potencialmente generadora de benecioscomerciales, pero no necesariamente realizada de forma concreta en productos,procesos o servicios.

    Inventor: Autor de una invención.

    Investigación colaborativa:Es un proyecto de investigación estructurado queinvolucra a dos o más socios, además de la Institución de Educación Superiordonde todas las partes trabajan juntas hacia una meta común de intercambio deconocimientos, aprendizaje, creación y construcción de acciones en consenso.

    Investigación por Contrato: Investigación que surge de las interacciones decolaboración que responde precisamente a las necesidades de investigación delos socios externos.

    Obra: Es toda creación intelectual original expresada en una forma reproducible.

    Ocina de Transferencia de Tecnología: Institución que actúa como nexo de unión

    entre la oferta tecnológica y el mercado tecnológico constituido por los agenteslocales.

    Patente: Es un derecho exclusivo concedido a una invención, que es un productoo procedimiento que aporta, en general, una nueva forma de hacer algo o unanueva solución técnica a un problema. Una patente conere al inventor elderecho a un número limitado de período para impedir que otros fabriquen, useno vendan la invención sin el permiso del inventor.

    Propiedad Industrial: Título de propiedad inmaterial que garantiza el monopolio alcreador de una idea industrial, otorgada por una autoridad nacional ointernacional. Incluye las siguientes modalidades: patentes, modelos de utilidad,modelos industriales (3D), dibujos industriales (2D), marcas y nombrescomerciales.

    Tecnología: Una agrupación ordenada de conocimientos técnicos, los que seplasman en fórmulas, especicaciones, modelos, dibujos, diagramas y procesos;puede estar en las mentes de las personas, en documentos o bien, incorporada en

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    máquinas y otras entidades físicas. Asimismo, comprende lo que se conoce comoexperiencias de fabricación, conocidas internacionalmente como know howtécnico o industrial.

    Transferencia de tecnología:Proceso mediante el cual se otorga licencia de uso deexplotación de un paquete tecnológico a un tercero. Proceso de transmisión detecnología (conocimiento técnico) y su absorción, adaptación, difusión yreproducción por un aparato productivo distinto del que la ha generado.

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    ContactoVisítenos en las instalaciones de la Unidad Politécnica para el Desarrollo y laCompetitividad Empresarial ubicado en Edicio Adolfo Ruíz Cortines, Av.Wilfrido Massieu s/n, Col. Zacatenco, Del. G.A.M., C. P. 07738 o visite nuepágina web www.updce.ipn.mx

    Comunícate con nosotros al correo electrónico [email protected], víatelefónica al teléfono (55) 5729 6000 ext., 57014 y 57039.

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    Yoloxóchitl Bustamante DíezDirectora General

    Juan Manuel Cantú VázquezSecretario General

    Daffny J. Rosado MorenoSecretario Académico

    Jaime Álvarez GallegosSecretario de Investigación y Posgrado

    Óscar Súchil VillegasSecretario de Extensión e Integración Social

    Ernesto Mercado EscutiaSecretario de Servicios Educativos

    Fernando Arellano CalderónSecretario de Gestión Estratégica

    Emma Frida Galicia HaroSecretaria de Administración

    Cuauhtémoc Acosta DíazSecretario Ejecutivo de la COFAA

    Salvador Silva RuvalcabaSecretario Ejecutivo del POI

    Adriana Campos LópezAbogada General

    José Clemente Reza GarcíaDirector de la Unidad Politécnica

    para el Desarrollo y la Competitividad Empresarial

    Primera edición 2012.Se agradece el patrocinio del

    Fondo Sectorial de Innovación FINNOVA.

    Coordinación TécnicaMaría del Pilar Monserrat PérezHernández

    ColaboradoresGuillermo González GonzálezDaniela Pacheco DíazAngélica Núñez MerchandJosé de Jesús Hernández GarcíaNicolás Alfaro RomeroRicardo Ángel Aguilar PérezMagali Franco RodríguezVerenice Morales BajíoKarina López Rodríguez

    Directorio

    Primera edición 2012.Se agradece el patrocinio del

    Fondo Sectorial de Innovación FINNOVA.

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    Instituto Politécnico NacionalSecretaría de Extensión e Integración Social