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GACETA OFICIAL DEL
DISTRITO FEDERAL
Órgano de Difusión del Gobierno del Distrito Federal
DÉCIMA SÉPTIMA ÉPOCA 21 DE FEBRERO DE 2014 No. 1803
Í N D I C E
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL
Jefatura de Gobierno
Decreto por el cual se modifica el “Programa Delegacional de Desarrollo Urbano en Cuajimalpa de Morelos”
vigente, publicado los días 10 de abril y 31 de julio de 1997 en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, para el predio
ubicado en la Avenida José María Castorena, Número 316, Colonia Jesús del Monte, Delegación Cuajimalpa de
Morelos 4
Decreto por el cual se modifica el “Programa Delegacional de Desarrollo Urbano para la Delegación Cuauhtémoc”
vigente, publicado el día 29 de septiembre de 2008 en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, para el predio ubicado
en la Calle Durango, Número 367, Colonia Roma Norte, Delegación Cuauhtémoc 6
Decreto por el cual se modifica el “Programa Delegacional de Desarrollo Urbano para la Delegación Iztacalco”
vigente, publicado el día 26 de septiembre de 2008 en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, para el predio ubicado
en la Calle Sur 73, Número 4424, Colonia Viaducto Piedad, Delegación Iztacalco 8
Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda
Resolución definitiva para el cambio de uso del suelo con número de folio SEDUVI-SITE 38195-110ROGE12
conforme a lo dispuesto en el artículo 42 de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal ubicado en Privada
Correos No. 5, Colonia Del Valle Norte, Delegación Benito Juárez 11
Continúa en la Pág. 2
2 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 21 de Febrero de 2014
Índice
Viene de la Pág. 1
Secretaría de Salud del Distrito Federal
Acuerdo mediante el cual se dan a conocer los días inhábiles de la Oficina de Información Pública de la Agencia de
Protección Sanitaria del Gobierno del Distrito Federal, correspondientes al año 2014 y Enero de 2015, para efectos
de los actos y procedimientos competencia de este Órgano Desconcentrado 16
Delegación Tlalpan
Aviso por el cual se dan a conocer las Reglas de Operación de la Actividad Institucional, Entrega de Juguetes a
Niñas y Niños de la Delegación Tlalpan que asistan a los diversos eventos que se generen 18
Aviso por el cual se dan a conocer las Reglas de Operación de diversas Actividades Institucionales, a cargo de la
Jefatura Delegacional en Tlalpan, que a continuación se enlistan 20
Modelo de prevención de adicciones y promoción para la salud con las y los Adolescentes y Jóvenes de Tlalpan, desde una perspectiva comunitaria
Operación y equipamiento de la Clínica Veterinaria Delegacional
Aviso por el cual se dan a conocer las Reglas de Operación de diversas Actividades Institucionales, a cargo de la
Delegación Tlalpan, que a continuación se enlistan 27
Apoyos sociales para operativos viales de Retiro de Vehículos y Liberación de Vialidades 2014
Apoyos sociales para la Prevención del Delito, Violencia de Género y Escuela de Seguridad 2014
Sistema de Transporte Colectivo
Acuerdo por el cual se da a conocer el Programa de Obra Pública 2014 33
Instituto Electoral del Distrito Federal
Acuerdo del Consejo General del Instituto Electoral del Distrito Federal por el que se aprueban los Criterios
respecto a la Propaganda Institucional e Informativa en el Distrito Federal 34
CONVOCATORIAS DE LICITACIÓN Y FALLOS
Secretaría de Cultura.- Licitación Pública Nacional Número LPN-431C000-01-2014.- Contratación del servicio
de limpieza en interiores y exteriores 42
Instituto de Verificación Administrativa del Distrito Federal.-Licitación Pública Nacional Número
INVEADF/LPN/002/2014.- Contratación del servicio de limpieza 43
SECCIÓN DE AVISOS
Grupo Laukuna, S.A. de C.V. 44
DSM Nutritional Products México, S.A. de C.V. 45
Operadora y Procesadora de Productos de Panificación, S.A. de C.V. 49
Ediciones B México, S.A. de C.V. 57
Inmobiliaria Mar Joss, S.A.P.I. de C.V. 59
Ingrusur, S.A. de C.V. 65
Interlac Bienes Raíces, S.A. de C.V. 65
Tigris Bienes Inmuebles, S.A. de C.V. 66
Grupo Corporativo Inad, S.A. de C.V. 66
Estrategias Corr, S.A. de C.V. 67
21 de Febrero 2014 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 3
CSP Logística y Administración, S.A. de C.V. 67
Aplinnprofes, S. de R.L. de C.V. 68
Pachtecnology, S. de R.L. de C.V. 68
Prestaciones de Servicios Logu, S. de R.L. de C.V. 69
Más Recursos Para Ti, S.A. de C.V. Sofom E.N.R. 69
Urban Coatings, S.A. de C.V. 70
Mexicana de Comercio Alpes, S.A. de C.V. 71
Juárez 2000, S.A. de C.V. 72
Katfam, S.A. de C.V. 73
Edictos 74
Aviso 75
4 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 21 de Febrero de 2014
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL
JEFATURA DE GOBIERNO
(Al margen superior un escudo que dice: CIUDAD DE MÉXICO.- Decidiendo Juntos)
DECRETO POR EL CUAL SE MODIFICA EL “PROGRAMA DELEGACIONAL DE DESARROLLO
URBANO EN CUAJIMALPA DE MORELOS” VIGENTE, PUBLICADO LOS DÍAS 10 DE ABRIL Y 31
DE JULIO DE 1997 EN LA GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL, PARA EL PREDIO
UBICADO EN LA AVENIDA JOSÉ MARÍA CASTORENA NÚMERO 316, COLONIA JESÚS DEL
MONTE, DELEGACIÓN CUAJIMALPA DE MORELOS.
MIGUEL ÁNGEL MANCERA ESPINOSA, Jefe de Gobierno del Distrito Federal, a sus habitantes sabed:
Que la H. Asamblea Legislativa del Distrito Federal, VI Legislatura se ha servido dirigirme el siguiente
D E C R E T O
(Al margen superior izquierdo el Escudo Nacional que dice: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.- ASAMBLEA
LEGISLATIVA DEL DISTRITO FEDERAL.- VI LEGISLATURA)
ASAMBLEA LEGISLATIVA DEL DISTRITO FEDERAL
VI LEGISLATURA.
D E C R E T A
DECRETO POR EL CUAL SE MODIFICA EL “PROGRAMA DELEGACIONAL DE DESARROLLO URBANO
EN CUAJIMALPA DE MORELOS” VIGENTE, PUBLICADO LOS DÍAS 10 DE ABRIL Y 31 DE JULIO DE 1997
EN LA GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL, PARA EL PREDIO UBICADO EN LA AVENIDA JOSÉ
MARÍA CASTORENA NUMERO 316, COLONIA JESÚS DEL MONTE, DELEGACIÓN CUAJIMALPA DE
MORELOS.
PRIMERO. Se modifica el “Programa Delegacional de Desarrollo Urbano en Cuajimalpa de Morelos” vigente, publicado
los días 10 de abril y 31 de julio de 1997 en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, para el predio ubicado en la Av. José
María Castorena número 316, Colonia Jesús del Monte, Delegación Cuajimalpa de Morelos, para permitir el uso para
Tienda Departamental (Autoservicio) en 3 niveles (Planta baja, más un nivel con doble altura), con una superficie de
construcción de 18,326.08 m² sobre el nivel de banqueta y un sótano para estacionamiento, con una superficie de
construcción de 10,132.00 m² bajo el nivel de banqueta, con una superficie de desplante de 9,163.04 m², con una superficie
total de construcción de 28,458.08 m², proporcionando 3,927.02 m² de área libre, solicitado por la ciudadana Cecilia Isabel
Magaña de León, en su carácter de Apoderada Legal de Tiendas Chedraui S.A. de C.V., y Ciber México, Sociedad
Cooperativa de Productores de Bienes y Servicios de Responsabilidad Limitada de Capital Variable, propietaria del predio
motivo de la solicitud registrada con el número Folio 18575-115MACE12, debiendo cumplir con las siguientes
condicionantes:
a. Cumplir con la demanda de cajones de estacionamiento, de acuerdo a lo señalado en el Reglamento de Construcciones para el Distrito Federal vigente, en la Norma Técnica Complementaria para el Proyecto
Arquitectónico en vigor y en el Programa Delegacional de Desarrollo Urbano en Cuajimalpa de Morelos,
vigente.
b. El proyecto deberá contar con el Dictamen Técnico de la Dirección del Patrimonio Cultural Urbano de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda, por localizarse en Área de Conservación Patrimonial.
c. El proyecto deberá presentar el Programa Interno de Protección Civil.
21 de Febrero 2014 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 5
d. Previo al inicio y durante la ejecución de la obra, deberá prever las Medidas de Seguridad que determine la Delegación de Cuajimalpa de Morelos, presentando el Proyecto de Protección a Colindancias.
e. Solicitar y obtener el Dictamen de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda en materia de Impacto Urbano o Urbano-Ambiental.
f. Referente al servicio de agua potable y drenaje, deberá ajustarse a las condiciones del servicio que preval ece en la zona, las cuales serán determinadas por el Sistema de Aguas de la Ciudad de México y a realizar obras
de reforzamiento hidráulico y sanitario, también de aprovechamiento de aguas pluviales y uso de agua
residual tratada, tales obras se darán a conocer en el Dictamen de Impacto Urbano.
g. En tanto el proyecto es considerado como obra nueva, deberá cumplir con lo dispuesto en la Ley de Aguas del Distrito Federal Artículos 86 Bis y el Capítulo I del Título Noveno de la Cosecha de Agua de Lluvia del
Distrito Federal.
h. Previo al Registro de Manifestación de Construcción correspondiente, deberá presentar ante la Dirección General de Planeación y Vialidad de la Secretaría de Transportes y Vialidad para su revisión, análisis y visto
bueno, el Estudio Vial de la zona de influencia del proyecto pretendido, de conformidad a los
“Requerimientos de Información Vial”, así como de la realización a costa y cargo del solicitante, de las
Medidas de Integración Urbana que se determinen, en dicho Estudio Vial.
i. El proyecto deberá contemplar y cumplir los requisitos de habitabilidad y funcionamiento que requiera el uso solicitado.
j. Atender las disposiciones obligatorias en materia de anuncios establecidas en la Ley de Publicidad Exterior del Distrito Federal vigente, con el propósito de contribuir a mejorar la imagen urbana de la zona.
k. Cumplir con las disposiciones de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal, de la Ley de Establecimientos Mercantiles del Distrito Federal, de la Ley de Publicidad Exterior del Distr ito Federal, del
Reglamento de Construcciones para el Distrito Federal y sus Normas Técnicas Complementarias para el
Proyecto Arquitectónico en vigor, además de las disposiciones legales y reglamentarias aplicables en la
materia, por lo que el incumplimiento de las mismas, dará lugar a las sanciones que las autoridades
competentes impongan.
SEGUNDO.- El presente Decreto, no exime del cumplimiento de las demás disposiciones legales y reglamentarias aplicables en
la materia, por lo que el incumplimiento de las mismas se considerara violaciones a la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito
Federal, a su Reglamento, a los Programas de Desarrollo Urbano del Distrito Federal, y demás ordenamientos aplicables.
TERCERO.- Las reformas contenidas en el presente Decreto, son parte integral del “Programa Delegacional de Desarrollo
Urbano en Cuajimalpa de Morelos” vigente, publicado los días 10 de abril y 31 de julio de 1997 en la Gaceta Oficial del Distrito
Federal.
TRANSITORIOS
PRIMERO.- El presente Decreto surtirá sus efectos al día siguiente de su publicación en la Gaceta Oficial del Distrito
Federal.
SEGUNDO.- La Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda, notificará personalmente el presente Decreto al propietario, o
en su caso, al promovente de la modificación al Programa Delegacional de Desarrollo Urbano en Cuajimalpa de Morelos
vigente.
TERCERO.- Queda condicionada la inscripción del presente Decreto en el Registro de los Planes y Programas de
Desarrollo Urbano de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda y en el Registro Público de la Propiedad y de
Comercio, a que se realice el pago de los derechos correspondientes, establecidos en el Código Fiscal del Distrito Federal,
dentro de un plazo no mayor a los tres meses, siguientes a la notificación personal.
6 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 21 de Febrero de 2014
Si el propietario o promovente de la modificación al Programa Delegacional de Desarrollo Urbano en Cuajimalpa de
Morelos vigente, no acredita ante la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda el pago al que se refiere el párrafo anterior,
el presente Decreto dejará de surtir sus efectos.
Recinto de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, a los veintisiete días del mes de noviembre del año dos mil
trece.- POR LA MESA DIRECTIVA.- DIP. EDGAR BORJA RANGEL, VICEPRESIDENTE.- DIP. BERTHA
ALICIA CARDONA, SECRETARIA.- DIP. RODOLFO ONDARZA ROVIRA, SECRETARIO.- (Firmas)
En cumplimiento de lo dispuesto por los artículos 122, apartado C, Base Segunda, fracción II, inciso b), de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos; 48, 49 y 67, fracción II, del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal, para su
debida publicación y observancia, expido el presente Decreto Promulgatorio en la Residencia Oficial del Jefe de Gobierno
del Distrito Federal, en la Ciudad de México, a los catorce días del mes de febrero del año dos mil catorce.- EL JEFE DE
GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL, MIGUEL ÁNGEL MANCERA ESPINOSA.- EL SECRETARIO DE
GOBIERNO, HÉCTOR SERRANO CORTÉS.- EL SECRETARIO DE DESARROLLO URBANO Y VIVIENDA,
SIMÓN NEUMANN LADENZON.- FIRMA.
(Al margen superior un escudo que dice: CIUDAD DE MÉXICO.- Decidiendo Juntos)
DECRETO POR EL CUAL SE MODIFICA EL “PROGRAMA DELEGACIONAL DE DESARROLLO
URBANO PARA LA DELEGACIÓN CUAUHTÉMOC” VIGENTE, PUBLICADO EL DÍA 29 DE
SEPTIEMBRE DE 2008 EN LA GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL, PARA EL PREDIO
UBICADO EN LA CALLE DURANGO NÚMERO 367, COLONIA ROMA NORTE, DELEGACIÓN
CUAUHTÉMOC.
MIGUEL ÁNGEL MANCERA ESPINOSA, Jefe de Gobierno del Distrito Federal, a sus habitantes sabed:
Que la H. Asamblea Legislativa del Distrito Federal, VI Legislatura se ha servido dirigirme el siguiente
D E C R E T O
(Al margen superior izquierdo el Escudo Nacional que dice: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.- ASAMBLEA
LEGISLATIVA DEL DISTRITO FEDERAL.- VI LEGISLATURA)
ASAMBLEA LEGISLATIVA DEL DISTRITO FEDERAL
VI LEGISLATURA.
D E C R E T A
DECRETO POR EL CUAL SE MODIFICA EL “PROGRAMA DELEGACIONAL DE DESARROLLO URBANO
PARA LA DELEGACIÓN CUAUHTÉMOC” VIGENTE, PUBLICADO EL DÍA 29 DE SEPTIEMBRE DE 2008 EN
LA GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL, PARA EL PREDIO UBICADO EN LA CALLE DURANGO
NÚMERO 367, COLONIA ROMA NORTE, DELEGACIÓN CUAUHTÉMOC.
PRIMERO. Se modifica el “Programa Delegacional de Desarrollo Urbano para la Delegación Cuauhtémoc” vigente,
publicado el 29 de septiembre de 2008 en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, para el predio ubicado en la calle Durango
número 367, Colonia Roma Norte, Delegación Cuauhtémoc, para permitir el uso para Restaurante con venta de bebidas
alcohólicas en 3 niveles, en una superficie ocupada por el uso de 949.55 m2, (711.08 m
2 en Planta Baja y patio, y 238.47 m
2
en nivel Terraza-Azotea), con uso complementario de Galería de Arte en una superficie ocupada por uso de 283.60 m2
(226.05 m2 en semisótano y 57.55 m
2 en Planta Baja) y Tienda Gourmet- Librería en una superficie ocupada por uso de
304.93 m2 (87.10 m
2 en Planta Baja y 217.83 m
2 en Primer Nivel), con una superficie total ocupada por uso de 1,538.08 m
2,
en una superficie de desplante de 313.85 m2, proporcionando 561.15 m
2 de área libre, solicitado por el por la ciudadana
21 de Febrero 2014 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 7
Cecilia Norma Suinaga, en su carácter de Administradora Unica de “Edificios RW”, Sociedad Anónima, propietaria del
predio motivo de la solicitud registrada con el número Folio 36453-115NOCE12, debiendo cumplir con las siguientes
condicionantes:
a. Cumplir con la demanda de cajones de estacionamiento, de acuerdo a lo señalado en el Reglamento de Construcciones para el Distrito Federal vigente, en la Norma Técnica Complementaria para proyecto
arquitectónico en vigor y en el Programa Delegacional de Desarrollo Urbano para la Delegación Cuauhtémoc
vigente.
b. Referente al servicio de agua potable y drenaje, deberá ajustarse a las condiciones del servicio que prevalece en la zona, las cuales serán determinadas por el Sistema de Aguas de la Ciudad de México, además d e la
instalación de trampas de grasa en el área de alimentos.
c. En tanto el proyecto es considerado como obra nueva, deberá cumplir con lo dispuesto en la Ley de Aguas del Distrito Federal, Artículo 86 Bis y Capítulo I del Título Noveno de la Cosecha de Agua de Lluvia del Distrito
Federal.
d. El proyecto deberá presentar el Programa Interno de Protección Civil.
e. El proyecto deberá contemplar y cumplir los requisitos de habitabilidad y funcionamiento que requiera el uso solicitado.
f. El proyecto deberá contar con el Dictamen Técnico de la Dirección del Patrimonio Cultural Urbano de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda, popr localizarse en Area de Conservación Patrimonial.
g. Por tratarse de un inmueble catalogado por el Instituto Nacional de Bellas Artes, ubicado dentro de un polígono de Area de Conservación Patrimonial, deberá contar con la autorización del citado instituto, para
cualquier intervención.
h. Atender las disposiciones obligatorias en materia de anuncios establecidas en la Ley de Publicidad Ex terior del Distrito Federal vigente, con el propósito de contribuir a mejorar la imagen urbana de la zona.
i. Cumplir con las disposiciones de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal, de la Ley de Establecimientos Mercantiles del Distrito Federal, de la Ley de Publicidad Exterior del Distrito Federal y del
Reglamento de Construcciones para el Distrito Federal y sus Normas Técnicas Complementarias para el
proyecto arquitectónico en vigor, además de las disposiciones aplicables en materia de desarrollo urbano para
el Distrito Federal, por lo que el incumplimiento de las mismas, dará lugar a las sanciones que las autoridades
competentes impongan.
SEGUNDO.- El presente Decreto, no exime del cumplimiento de las demás disposiciones legales y reglamentarias aplicables en
la materia, por lo que el incumplimiento de las mismas se considerará violaciones a la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito
Federal, a su Reglamento, a los Programas de Desarrollo Urbano del Distrito Federal, y demás ordenamientos aplicables.
TERCERO.- Las reformas contenidas en el presente Decreto, son parte integral del “Programa Delegacional de Desarrollo
Urbano para la Delegación Cuauhtémoc” vigente, publicado el 29 de septiembre de 2008 en la Gaceta Oficial del Distrito
Federal.
TRANSITORIOS
PRIMERO.- El presente Decreto surtirá sus efectos al día siguiente de su publicación en la Gaceta Oficial del Distrito
Federal.
SEGUNDO.- La Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda, notificará personalmente el presente Decreto al propietario, o
en su caso, al promovente de la modificación al Programa Delegacional de Desarrollo Urbano para la Delegación
Cuauhtémoc vigente.
8 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 21 de Febrero de 2014
TERCERO.- Si transcurridos los noventa (90) días naturales, contados a partir del día siguiente a la publicación del
presente Decreto en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, el interesado no ha realizado los tramites y pago por concepto de
derechos de inscripción en el Registro de los Planes y Programas de Desarrollo Urbano de la Secretaría de Desarrollo
Urbano y Vivienda, establecidos en el Código Fiscal del Distrito Federal, el presente Decreto quedará sin efectos.
Recinto de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, a los quince días del mes de diciembre del año dos mil trece.-
POR LA MESA DIRECTIVA.- DIP. AGUSTÍN TORRES PÉREZ, PRESIDENTE.- DIP. ALFREDO ROSALÍO
PINEDA SILVA, SECRETARIO.- DIP. MIRIAM SALDAÑA CHÁIREZ, SECRETARIA.- (Firmas)
En cumplimiento de lo dispuesto por los artículos 122, apartado C, Base Segunda, fracción II, inciso b), de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos; 48, 49 y 67, fracción II, del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal, para su
debida publicación y observancia, expido el presente Decreto Promulgatorio en la Residencia Oficial del Jefe de Gobierno
del Distrito Federal, en la Ciudad de México, a los catorce días del mes de febrero del año dos mil catorce.- EL JEFE DE
GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL, MIGUEL ÁNGEL MANCERA ESPINOSA.- EL SECRETARIO DE
GOBIERNO, HÉCTOR SERRANO CORTÉS.- EL SECRETARIO DE DESARROLLO URBANO Y VIVIENDA,
SIMÓN NEUMANN LADENZON.- FIRMA.
(Al margen superior un escudo que dice: CIUDAD DE MÉXICO.- Decidiendo Juntos)
DECRETO POR EL CUAL SE MODIFICA EL “PROGRAMA DELEGACIONAL DE DESARROLLO
URBANO PARA LA DELEGACIÓN IZTACALCO” VIGENTE, PUBLICADO EL DÍA 26 DE
SEPTIEMBRE DE 2008 EN LA GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL, PARA EL PREDIO
UBICADO EN LA CALLE SUR 73 NÚMERO 4424, COLONIA VIADUCTO PIEDAD, DELEGACIÓN
IZTACALCO.
MIGUEL ÁNGEL MANCERA ESPINOSA, Jefe de Gobierno del Distrito Federal, a sus habitantes sabed:
Que la H. Asamblea Legislativa del Distrito Federal, VI Legislatura se ha servido dirigirme el siguiente
D E C R E T O
(Al margen superior izquierdo el Escudo Nacional que dice: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.- ASAMBLEA
LEGISLATIVA DEL DISTRITO FEDERAL.- VI LEGISLATURA)
ASAMBLEA LEGISLATIVA DEL DISTRITO FEDERAL
VI LEGISLATURA.
D E C R E T A
DECRETO POR EL CUAL SE MODIFICA EL “PROGRAMA DELEGACIONAL DE DESARROLLO URBANO
PARA LA DELEGACIÓN IZTACALCO” VIGENTE, PUBLICADO EL DÍA 26 DE SEPTIEMBRE DE 2008 EN
LA GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL, PARA EL PREDIO UBICADO EN LA CALLE SUR 73
NÚMERO 4424, COLONIA VIADUCTO PIEDAD, DELEGACIÓN IZTACALCO.
PRIMERO. Se modifica el “Programa Delegacional de Desarrollo Urbano para la Delegación Iztacalco” vigente, publicado
el 26 de septiembre de 2008 en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, para el predio ubicado en la calle Sur 73 número
4424, Colonia Viaducto Piedad, Delegación Iztacalco, para permitir el uso para Salón de Banquetes y Fiestas en 2 niveles
(Planta baja, más un nivel), en una superficie de desplante de 200.00 m2, con una superficie total de construcción de 304.00
m², sin proporcionar área libre, solicitado por los ciudadanos María de Lourdes Fuentes Garduño y Antonio Castillo
Gómez, en su carácter de Copropietarios del predio motivo de la solicitud registrada con el número Folio 23146-
115FUMA12, debiendo cumplir con las siguientes condicionantes:
21 de Febrero 2014 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 9
a. Cumplir con la demanda de cajones de estacionamiento, de acuerdo a lo señalado en el Reglamento de Construcciones para el Distrito Federal vigente, en la Norma Técnica Complementaria para proyecto
arquitectónico en vigor y en el Programa Delegacional de Desarrollo Urbano para la Delegación Iztacalco
vigente.
b. Para la ocupación del área libre correspondiente a 60.00 m2 (30.00%), deberá solicitar y obtener la aplicación del Sistema de Transferencia de Potencialidades de Desarrollo Urbano (Norma General de Ordenación No.
12) y efectuar el pago de derechos correspondiente.
c. Elaborar el Estudio Vial de la zona de influencia del proyecto pretendido, de conformidad a los “Requerimientos de Información Vial”, así como a la realización a costa y cargo del solicitante de las
Medidas de Integración Urbana que se determinen en dicho Estudio Vial, por lo que deberá prese ntarlo ante
la Dirección General de Planeación y Vialidad de la Secretaría de Transportes y Vialidad para su revisión,
análisis y visto bueno.
d. Referente al servicio de agua potable y drenaje, deberá ajustarse a las condiciones del servicio que prevalecen en la zona, las cuales serán determinadas por el Sistema de Aguas de la Ciudad de México, a la realización de
obras de reforzamiento, que resulten del Dictamen de Factibilidad de Servicios, a la implementación de un
Sistema Alternativo de Captación y Aprovechamiento de Agua Pluvial, e instalar una trampa de grasas.
e. En tanto el proyecto es considerado como obra nueva, deberá cumplir con lo dispuesto en la Ley de Aguas del Distrito Federal, Artículo 86 Bis y Capítulo I del Título Noveno de la Cosecha de Agua de Lluvia del Distrito
Federal.
f. El proyecto deberá contemplar y cumplir los requisitos de habitabilidad y funcionamiento que requiera el uso solicitado.
g. Atender las disposiciones obligatorias en materia de anuncios establecidas en la Ley de Publicidad E xterior del Distrito Federal vigente, con el propósito de contribuir a mejorar la imagen urbana de la zona.
h. Cumplir con las disposiciones de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal, de la Ley de Establecimientos Mercantiles del Distrito Federal, de la Ley de Publicidad Exterior del Distrito Federal, del
Reglamento de Construcciones para el Distrito Federal y sus Normas Técnicas Complementarias, para el
proyecto arquitectónico en vigor, además de las disposiciones legales y reglamentarias aplicable s en la
materia, por lo que el incumplimiento de las mismas, dará lugar a las sanciones que las autoridades
competentes impongan.
i. Deberá presentar y cumplir con el Programa Interno de Protección Civil.
SEGUNDO.- El presente Decreto, no exime del cumplimiento de las demás disposiciones legales y reglamentarias aplicables en
la materia, por lo que el incumplimiento de las mismas se considerará violaciones a la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito
Federal, a su Reglamento, a los Programas de Desarrollo Urbano del Distrito Federal, y demás ordenamientos aplicables.
TERCERO.- Las reformas contenidas en el presente Decreto, son parte integral del “Programa Delegacional de Desarrollo
Urbano para la Delegación Iztacalco” vigente, publicado el 26 de septiembre de 2008 en la Gaceta Oficial del Distrito Federal.
TRANSITORIOS
PRIMERO.- El presente Decreto surtirá sus efectos al día siguiente de su publicación en la Gaceta Oficial del Distrito
Federal.
SEGUNDO.- La Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda, notificará personalmente el presente Decreto al propietario, o
en su caso, al promovente de la modificación al Programa Delegacional de Desarrollo Urbano para la Delegación Iztacalco
vigente.
10 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 21 de Febrero de 2014
TERCERO.- Queda condicionada la inscripción del presente Decreto en el Registro de los Planes y Programas de
Desarrollo Urbano de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda y en el Registro Público de la Propiedad y de
Comercio, a que se realice el pago de los derechos correspondientes, establecidos en el Código Fiscal del Distrito Federal,
dentro de un plazo no mayor a los tres meses, siguientes a la notificación personal.
Si el propietario o promovente de la modificación al Programa Delegacional de Desarrollo Urbano para la Delegación
Iztacalco, no acredita ante la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda el pago al que se refiere el párrafo anterior, el
presente Decreto dejará de surtir sus efectos.
Recinto de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, a los tres días del mes de diciembre del año dos mil trece.-
POR LA MESA DIRECTIVA.- DIP. AGUSTÍN TORRES PÉREZ, PRESIDENTE.- DIP. ALFREDO ROSALÍO
PINEDA SILVA, SECRETARIO.- DIP. MIRIAM SALDAÑA CHÁIREZ, SECRETARIA.- (Firmas)
En cumplimiento de lo dispuesto por los artículos 122, apartado C, Base Segunda, fracción II, inciso b), de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos; 48, 49 y 67, fracción II, del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal, para su
debida publicación y observancia, expido el presente Decreto Promulgatorio en la Residencia Oficial del Jefe de Gobierno
del Distrito Federal, en la Ciudad de México, a los catorce días del mes de febrero del año dos mil catorce.- EL JEFE DE
GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL, MIGUEL ÁNGEL MANCERA ESPINOSA.- EL SECRETARIO DE
GOBIERNO, HÉCTOR SERRANO CORTÉS.- EL SECRETARIO DE DESARROLLO URBANO Y VIVIENDA,
SIMÓN NEUMANN LADENZON.- FIRMA.
21 de Febrero 2014 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 11
SECRETARÍA DE DESARROLLO URBANO Y VIVIENDA
Folio: SEDUVI-SITE 38195-110ROGE12
Ubicación: Privada Correos No. 5, Colonia Del Valle
Norte, Delegación Benito Juárez.
En la Ciudad de México, Distrito Federal, a los 11 días del mes de febrero de 2014.
EL ING. SIMÓN NEUMANN LADENZON, Secretario de Desarrollo Urbano y Vivienda del Gobierno del Distrito
Federal, con fundamento en los Artículos 15 fracción II; 16 fracción IV; 24 fracciones I, IV y X de la Ley Orgánica de la
Administración Pública del Distrito Federal; 7 fracciones XIV y XVIII y 42 de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito
Federal, emite la siguiente:
RESOLUCIÓN DEFINITIVA PARA EL CAMBIO DE USO DEL SUELO, CONFORME A LO
DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 42 DE LA LEY DE DESARROLLO URBANO DEL DISTRITO
FEDERAL.
ANTECEDENTES
1.- Con fecha 27 de noviembre de 2012, la ciudadana Georgina Rodríguez Martínez, quien se acredita como Propietaria
del predio en referencia, con la Escritura número No. 40,761 de fecha 8 de octubre de 2008, solicitó a la Secretaría de
Desarrollo Urbano y Vivienda, el Cambio de Uso del Suelo con fundamento en el Artículo 42 de la Ley de Desarrollo
Urbano del Distrito Federal, para el predio ubicado en la calle Privada Correos No. 5, Colonia Del Valle, Delegación
Benito Juárez, solicitud que quedó registrada con el número de Folio SEDUVI-SITE 38195-110ROGE12, con una
superficie de terreno de 262.04 m2, para los usos del suelo de Oficinas y Despachos en 2 niveles (Planta baja más un
nivel), con una superficie ocupada por el uso de 249.50 m2 de construcción, con una zonificación actual de H 4/20/M
(Habitacional, 4 niveles máximo de construcción, 20% mínimo de área libre y Densidad “M” (Media), una vivienda cada
50.00 m² de la superficie total del terreno), donde los usos del suelo solicitados, se encuentran Prohibidos.
2.- Dentro de los documentos que presentó la interesada, se encuentran los siguientes:
a) Escritura número 40,761, Libro número 1,509 de fecha 8 de octubre de 2008, otorgada ante la fe de Roberto Garzón Jiménez, Titular de la Notaría número Doscientos cuarenta y dos del Distrito Federal, actuando como
asociado en el protocolo de la Notaría número Doscientos veintinueve en la que es Titular el Licenciado Marco
Antonio Ruiz Aguirre, quien hace constar “…LA COMPRAVENTA que celebran de una parte la señora
GEORGINA RODRIGUEZ (sic) MARTINEZ (sic), en los sucesivo “LA PARTE COMPRADORA”, y de otra el
señor FRANCISCO JAVIER LOPEZ (sic) DOMINGUEZ (sic), en lo sucesivo “LA PARTE VENDEDORA”,
representado por el señor Jorge Rodríguez Alvarez (sic)…”, respecto de “…la finca urbana marcada con el número
cinco, de la calle Privada de Correos (antes llamada Gabriel Mancera), colonia Del Valle, delegación Benito
Juárez…”, con una superficie de terreno de 262.04 m2, inscrita en la Dirección General del Registro Público de la
Propiedad y de Comercio del Distrito Federal en el Folio Real número 9370728, el 24 de abril de 2009.
b) Constancia de Alineamiento y/o Número Oficial con Folio número 2291 de fecha 19 de agosto de 2011,
emitida por la Delegación Benito Juárez, la cual establece que el predio se encuentra ubicado en la calle Privada
Correos y le asigna el número oficial 5, en la Colonia Del Valle Norte, Delegación Benito Juárez, indicando
que se encuentra fuera de una Zona Histórica y de Zona Patrimonial, sin afectación y sin restricciones.
c) Certificado Único de Zonificación de Uso del Suelo con Folio número 35988-181ROGE12 de fecha 9 de
noviembre de 2012, el cual determina que al predio ubicado en la calle Privada de Correos No. 5, en la Colonia
Del Valle, Delegación Benito Juárez, le aplica la zonificación H 4/20/M (Habitacional, 4 niveles máximo de
construcción, 20% mínimo de área libre y Densidad “M” (Media), una vivienda cada 50.00 m² de la
superficie total del terreno), dentro del Programa Delegacional de Desarrollo Urbano para la Delegación
Benito Juárez, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 6 de mayo de 2005.
12 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 21 de Febrero de 2014
d) Identificación oficial de la Propietaria, mediante Credencial para Votar vigente expedida por el Instituto Federal
Electoral, No. 4335049213821.
e) Memoria Descriptiva del proyecto solicitado, así como reporte fotográfico del predio y del área de estudio.
3.- Que con fecha 10 de febrero de 2014, la Dirección General de Desarrollo Urbano, con la intervención de la Subdirección
de Instrumentos Urbanos, dependiente de la Dirección de Instrumentos para el Desarrollo Urbano, emitieron el Dictamen
por el cual se determinó Procedente cambiar el uso del suelo del Programa Delegacional de Desarrollo Urbano para la
Delegación Benito Juárez, para el predio señalado, sujeto al cumplimiento de las condiciones establecidas en el Artículo
Segundo de dicho Dictamen, así como al cumplimiento de las demás obligaciones y requisitos previstos en las disposiciones
que en materia de desarrollo urbano, resulten aplicables.
CONSIDERANDO
I.- Que de conformidad, y con fundamento en lo dispuesto por los Artículos 15 fracción II, 16 fracción IV, 24 fracciones I,
IV y X de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 30, 31, 32, 33, 35, 37, 55 y 77 de la Ley de
Procedimiento Administrativo del Distrito Federal; 7 fracciones XIV, XVIII y XXXVII y 42 de la Ley de Desarrollo
Urbano del Distrito Federal; y 14, 15 y 16 fracción VI del Reglamento de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal,
el Titular de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda del Gobierno del Distrito Federal, es competente para resolver la
solicitud de autorización de Cambio de Uso del Suelo, presentada por la ciudadana Georgina Rodríguez Martínez, para el
predio señalado.
II.- Que con fecha 10 de febrero de 2014, la Directora General de Desarrollo Urbano, asistida por la Subdirectora de
Instrumentos Urbanos, dependiente de la Dirección de Instrumentos para el Desarrollo Urbano, emitieron el Dictamen por
el cual se dictamina Procedente cambiar el uso del suelo del Programa Delegacional de Desarrollo Urbano para la
Delegación Benito Juárez, para permitir el uso de Servicios / Servicios técnicos profesionales y sociales / Servicios
Básicos en oficinas y despachos / Oficinas y Despachos en 2 niveles (Planta baja más un nivel), con una superficie
ocupada por los usos de 249.50 m2 de construcción, con acceso directo a la vía pública, además de los usos permitidos
por la zonificación H 4/20/M (Habitacional, 4 niveles máximo de construcción, 20% mínimo de área libre y Densidad “M”
(Media), una vivienda cada 50.00 m² de la superficie total del terreno), para el predio ubicado en la calle Privada Correos
No. 5, Colonia Del Valle Norte, Delegación Benito Juárez.
III.- Que la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda, como Dependencia de la Administración Pública del Distrito
Federal, debe atender los principios estratégicos de simplificación, agilidad, economía, información, precisión, legalidad,
transparencia e imparcialidad en los procedimientos y actos administrativos en general, de conformidad con lo dispuesto por
el Artículo 12 fracciones IV y VI del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal.
IV.- Que el procedimiento previsto en los Artículos 42 de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal y 14, 15, 16 y 17
de su Reglamento, es viable, particularmente si se considera que no se contravienen disposiciones de orden público e interés
general, y que en su procedimiento, intervienen un menor número de autoridades, circunstancias que lo hacen compatible
con los principios estratégicos de simplificación, agilidad y economía, previstos en el Artículo 12 fracción VI del Estatuto
de Gobierno del Distrito Federal.
V.- Que en la Solicitud de Cambio de Uso del Suelo, suscrita por la ciudadana Georgina Rodríguez Martínez, y en el
Certificado Único de Zonificación de Uso del Suelo con Folio número 35988-181ROGE12 de fecha 9 de noviembre de
2012, se indica que el predio se localiza en la Colonia Del Valle, sin embargo, de acuerdo con la Constancia de
Alineamiento y/o Número Oficial Folio número 2291 de fecha 9 de agosto de 2011, el predio en comento se localiza en
la Colonia Del Valle Norte, dato que será tomado como válido para efectos de la presente Resolución Definitiva.
VI.- Que la Dirección General de Desarrollo Urbano, mediante oficio número SEDUVI/CGDAU/DGDU/1689/11 de fecha
14 de diciembre de 2011, solicitó a la Dirección General de Asuntos Jurídicos, su opinión jurídica “…a efecto de determinar
cuál es la definición que prevalece para los casos de Artículo 42, es decir, si los Cambios de Uso del Suelo sólo pueden
autorizarse en Planta Baja, como lo señala el Reglamento de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal, o si pueden
21 de Febrero 2014 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 13
autorizarse en niveles distintos a la Planta Baja…”, derivado de que la “..Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal,
publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 15 de julio de 2010, en su Artículo 42, no indica que los cambios de
Uso del Suelo, puedan ser únicamente en planta baja…”, a diferencia de lo establecido en el Reglamento de la Ley de
Desarrollo Urbano del Distrito Federal, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 29 de enero de 2004, que en su
Artículo 14 segundo párrafo, indica que: “…Se entenderá por uso de bajo impacto urbano aquellos establecimientos que
se ubiquen en planta baja con accesos directos a la vía pública y cuyos procesos de comercialización se desarrollen al
menudeo; que no invadan la vía pública; no ocasionen congestionamientos viales; no arrojen al drenaje sustancias o
desechos tóxicos; no utilicen materiales peligrosos y no emitan humos ni residuos perceptibles por los vecinos del lugar.”
VII.- Que en respuesta a la solicitud señalada en el punto anterior, la Dirección General de Asuntos Jurídicos de la
Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda, con el oficio número DGAJ/1226/2012 de fecha 27 de abril de 2012, indicó
que el Reglamento de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito
Federal el 29 de enero de 2004, seguirá vigente en lo que no contradiga a la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito
Federal, publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 15 de julio de 2010, señalando lo siguiente:
“1. Si bien es cierto, el Reglamento de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal, publicado en la Gaceta Oficial
del Distrito Federal el 29 de enero de 2004, en su artículo 14 segundo párrafo dispone lo que literalmente se cita:
“(…) Se entenderá por uso de bajo impacto urbano aquellos establecimientos que se ubiquen en planta baja
con accesos directos a la vía pública y cuyos procesos de comercialización se desarrollen al menudeo; que no
invadan la vía pública; no ocasionen congestionamientos viales; no arrojen al drenaje sustancias o desechos tóxicos;
no utilicen materiales peligrosos y no emitan humos ni residuos perceptibles por los vecinos del lugar.(…)”
2. Así como también, el Artículo 42 de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal, publicada en la Gaceta Oficial
del Distrito Federal el 15 de julio de 2010, en la que el legislador analizó respecto a la necesidad de que el territorio del
Distrito Federal ha venido sufriendo en las últimas décadas procesos de urbanización acelerados, con un crecimiento
periférico expansivo y desarticulado que afecta al entorno ambiental, presiona sobre la dotación de servicios y pone en
riesgo la sustentabilidad de la Ciudad, por lo que era necesario revisar y modificar las leyes que norman el desarrollo urbano
y la planeación territorial, con el fin de mejorar los instrumentos de regulación, fomento y coordinación, para encontrar
mecanismos efectivos de gestión urbana y ambiental, que garanticen una mejor calidad de vida a la población y el desarrollo
sustentable de nuestra ciudad, por lo que incorpora en su texto lo siguiente:
“(…)Se entenderá por uso de bajo impacto urbano, los establecimientos mercantiles y de servicio, que no
obstruyan la vía pública, no provoquen congestionamientos viales, no arrojen al drenaje sustancias o desechos
tóxicos, no utilicen materiales peligrosos, no emitan humos ni ruidos perceptibles por los vecinos, cuenten con
acceso directo a la vía pública y los procesos de comercialización que se desarrollen sean al menudeo.(…)”
3. De lo anteriormente señalado, se desprende que la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal, a diferencia de su
Reglamento, no hace distinción para que los Cambios de Uso del Suelo se puedan autorizar únicamente en planta baja,
situación que obedeció a ese proceso de actualización de la normativa en materia de desarrollo urbano, y para lo cual es
importante destacar que en nuestro sistema jurídico, la Ley tiene mayor jerarquía que el Reglamento, y este último se
encuentra supeditado a guardar congruencia con la Ley que le dio origen o que reconozca su vigencia (como en el caso que
nos ocupa); es decir la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal.
Lo que trae como consecuencia, que la interpretación y aplicación de ambos ordenamientos, deba ser en forma armónica y
coherente. Por tal motivo, aplicaría al caso que nos ocupa el Artículo Transitorio Tercero de la Ley de Desarrollo Urbano del
Distrito Federal, publicada en la Gaceta Oficial el 15 de julio de 2010, que a la letra dice:
TRANSITORIOS
TERCERO. Las disposiciones reglamentarias de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal publicada el 29
de enero de 1996, continuarán en vigor, en lo que no contradigan a las disposiciones de esta Ley, hasta en tanto no se
expidan otras nuevas.
14 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 21 de Febrero de 2014
De lo anteriormente señalado, el Reglamento de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal, publicado en la Gaceta
Oficial del Distrito Federal el 29 de enero de 2004, seguirá vigente en lo que no contradiga a la Ley de Desarrollo Urbano
del Distrito Federal, publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 15 de julio de 2010, hasta en tanto se expida otro
que lo abrogue.”
VIII.- Que de conformidad con lo previsto por el Artículo 42 fracciones I, II inciso a) y III de la Ley de Desarrollo Urbano
del Distrito Federal, la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda del Distrito Federal, a través de la Subdirección de
Instrumentos Urbanos, dependiente de la Dirección de Instrumentos para el Desarrollo Urbano de la Dirección General de
Desarrollo Urbano, revisó y analizó la solicitud y la documentación presentada por la ciudadana Georgina Rodríguez
Martínez en su carácter de Propietaria del predio en referencia, para permitir el uso del suelo de Oficinas y Despachos
en 2 niveles (Planta baja más un nivel), con una superficie ocupada por los usos de 249.50 m2 de construcción.
IX.- Que en mérito a lo expuesto, y de conformidad con lo previsto por el Artículo 42 de la Ley de Desarrollo Urbano del
Distrito Federal y 14 de su Reglamento, fueron revisadas y analizadas las constancias y documentos que integran el
expediente en que se actúa, para permitir en el predio ubicado en la calle Privada Correos No. 5, Colonia Del Valle Norte,
Delegación Benito Juárez, el uso del suelo para Oficinas y Despachos en 2 niveles (Planta baja más un nivel), con una
superficie ocupada por los usos de 249.50 m2 de construcción, entendiéndose por uso, los fines particulares a que podrá
dedicarse determinada zona o predio de la ciudad, mismo que se encuentra contemplado en la Tabla de Usos del Suelo del
Programa Delegacional de Desarrollo Urbano para la Delegación Benito Juárez, siendo congruente con los objetivos del
Programa General de Desarrollo Urbano del Distrito Federal, enfocados a impulsar la actividad económica del suelo urbano,
coadyuvando al desarrollo económico en grupos de actividad comercial y de servicios, impulsando proyectos que generen y
consoliden empleos, así como incrementando la inversión sostenida, generadora de bienestar, mejorando los servicios,
optimizándolos, ahorrando tiempo de recorrido de quienes habitan y trabajan en ella, a fin de mejorar la calidad de vida de
la población, además de ser congruente con los objetivos contenidos en el citado Programa Delegacional de Desarrollo
Urbano para la Delegación Benito Juárez, que plantean la consolidación de la diversidad de usos del suelo, manteniendo y
mejorando los niveles de actividad en los sectores comercial y de servicios, los cuales permitan el arraigo de sus habitantes,
además de integrarse al contexto urbano de la zona, se considera Procedente autorizar el Cambio de Uso del Suelo
solicitado, por lo que es de resolverse y se:
RESUELVE
Primero.- Se autoriza y se permite el Cambio de Uso del Suelo del Programa Delegacional de Desarrollo Urbano para la
Delegación Benito Juárez, para permitir el uso de Servicios / Servicios técnicos profesionales y sociales / Servicios
Básicos en oficinas y despachos / Oficinas y Despachos en 2 niveles (Planta baja más un nivel), con una superficie
ocupada por los usos de 249.50 m2 de construcción, con acceso directo a la vía pública, además de los usos permitidos
por la zonificación H 4/20/M (Habitacional, 4 niveles máximo de construcción, 20% mínimo de área libre y Densidad “M”
(Media), una vivienda cada 50.00 m² de la superficie total del terreno), para el predio ubicado en la calle Privada Correos
No. 5, Colonia Del Valle Norte, Delegación Benito Juárez, solicitado por la ciudadana Georgina Rodríguez Martínez,
en su carácter de Propietaria del predio en referencia, mediante la solicitud registrada con el número de Folio SEDUVI-
SITE 38195-110ROGE12, con una superficie de terreno de 262.04 m2.
Segundo.- La presente Resolución Definitiva surtirá sus efectos, a partir del día siguiente a su inscripción en el Registro de
los Planes y Programas de Desarrollo Urbano de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda.
Tercero.- El Cambio de Uso del Suelo del Programa Delegacional de Desarrollo Urbano, para la Delegación Benito Juárez,
deberá cumplir con las siguientes condiciones:
a) Cumplir con la demanda de cajones de estacionamiento, de acuerdo a lo señalado en el Reglamento de Construcciones para el Distrito Federal vigente, en la Norma Técnica Complementaria para el Proyecto
Arquitectónico en vigor y en el Programa Delegacional de Desarrollo Urbano para la Delegación Benito Juárez.
b) No obstruir la vía pública con utensilios propios del giro. c) No provocar congestionamiento vial. d) No arrojar al drenaje sustancias o desechos tóxicos, ni utilizar materiales peligrosos. e) No emitir humos ni ruidos perceptibles por los vecinos. f) Presentar y cumplir con el Programa Interno de Protección Civil correspondiente, a las autoridades de la
Delegación.
21 de Febrero 2014 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 15
g) Atender las disposiciones obligatorias en materia de anuncios de la Ley de Publicidad Exterior del Distrito Federal vigente y lo dispuesto por el Reglamento de Construcciones para el Distrito Federal y sus Normas Técnicas
Complementarias.
h) El proyecto deberá contemplar y cumplir con los requisitos de habitabilidad y funcionamiento que requiera el uso solicitado.
i) Dar cumplimiento a las disposiciones de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal y su Reglamento, la Ley de Establecimientos Mercantiles del Distrito Federal, además de las disposiciones aplicables en materia de
desarrollo urbano para el Distrito Federal, así como de las demás Leyes y Reglamentos en la materia.
Cuarto.- La presente Resolución Definitiva, no exime del cumplimiento de las demás disposiciones legales y
reglamentarias aplicables en la materia, por lo que el incumplimiento de las mismas, dará lugar a las sanciones que las
autoridades competentes impongan.
Quinto.- Publíquese la presente Resolución Definitiva en la Gaceta Oficial del Distrito Federal e inscríbase en la Dirección
del Registro de los Planes y Programas de Desarrollo Urbano de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda, de
conformidad con el Artículo 10 de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal, de acuerdo a la Resolución de Carácter
General mediante la cual se exime del pago de los derechos que se indican, publicada en la Gaceta Oficial del Distrito
Federal de fecha 4 de octubre de 2010 y de conformidad con los oficios números SF/TES/SAT/1358/2010 de fecha 12 de
noviembre de 2010, suscrito por el Titular de la Subsecretaría de Administración Tributaria y oficio número
SF/PFDF/SLC/SIPJ/2010 904 de fecha 18 de noviembre de 2010, suscrito por el Subprocurador de Legislación y Consulta,
ambos de la Secretaría de Finanzas del Distrito Federal. Asimismo, remitirá un ejemplar al Registro Público de la Propiedad
y de Comercio del Distrito Federal, de conformidad con el Artículo 11 de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal,
informando que el particular, solicitará su debida inscripción a ese Registro, previo pago de derechos.
Sexto.- Notifíquese personalmente al propietario y/o promovente, mediante copia certificada de la presente Resolución
Definitiva.
Séptimo.- Una vez publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal la presente Resolución Definitiva, la Dirección
General de Desarrollo Urbano solicitará su inscripción al Registro de los Planes y Programas de Desarrollo Urbano de la
Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda, a fin de que a petición del interesado y previo pago de los derechos
correspondientes, se expida el Certificado Único de Zonificación de Uso del Suelo en el que se refleje el uso del suelo que
le fue autorizado, de conformidad con el Artículo 9 de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal. Una vez cumplidos
los numerales que anteceden, archívese el expediente como asunto totalmente concluido.
C Ú M P L A S E
ASÍ LO PROVEYÓ Y FIRMA
EL SECRETARIO DE DESARROLLO URBANO Y VIVIENDA
(Firma)
ING. SIMÓN NEUMANN LADENZON
16 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 21 de Febrero de 2014
SECRETARIA DE SALUD DEL DISTRITO FEDERAL
ACUERDO MEDIANTE EL CUAL SE DAN A CONOCER LOS DÍAS INHÁBILES DE LA OFICINA
DE INFORMACIÓN PÚBLICA DE LA AGENCIA DE PROTECCIÓN SANITARIA DEL GOBIERNO
DEL DISTRITO FEDERAL, CORRESPONDIENTES AL AÑO 2014 Y ENERO DE 2015, PARA
EFECTOS DE LOS ACTOS Y PROCEDIMIENTOS COMPETENCIA DE ESTE ÓRGANO
DESCONCENTRADO.
DOCTOR JOSÉ JESÚS TRUJILLO GUTIERREZ, Director General de la Agencia de Protección Sanitaria del
Gobierno del Distrito Federal, Órgano desconcentrado sectorizado a la Secretaría de Salud del Distrito Federal, con
fundamento en lo dispuesto en los artículos 7 fracción IV de la Ley de Salud del Distrito Federal, 7 fracción VII, último
párrafo y 216 del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal, 11 y 71 de la Ley de Procedimiento
Administrativo del Distrito Federal, 1, 7 y 51 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito
Federal; 1 y 55 último párrafo del Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito
Federal.
CONSIDERANDO
Que en términos de lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito
Federal, uno de sus objetivos es proveer lo necesario para que toda persona pueda tener acceso a la información pública
gubernamental, mediante procedimientos sencillos, expeditos y gratuitos, garantizando el efectivo acceso a toda persona a la
información en poder de todo ente público del Distrito Federal que ejerza gasto público.
La prerrogativa que tiene toda persona para acceder a la información generada, administrada o en poder de los entes
obligados y que se encuentra a disposición mediante solicitud de información realizada en los términos de la Ley de
Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal, deberá ser satisfecha en los términos señalados en la
misma sin perjuicio de los días inhábiles con que cuente cada ente.
Que la Ley Federal de Trabajo en su artículo 74 establece como días de descanso obligatorio el 1º de enero; el primer lunes
de febrero en conmemoración del 5 de febrero; el tercer lunes de marzo en conmemoración del 21 de marzo; el 1º de mayo;
el 16 de septiembre; el tercer lunes de noviembre en conmemoración del 20 de noviembre; el 1º de diciembre de cada 6
años, cuando corresponda a la transmisión del Poder Ejecutivo Federal; el 25 de diciembre y el que determinen las leyes
federales y locales electorales, en caso de elecciones ordinarias, para efectuar la jornada electoral
Que es un criterio de interpretación identificado con el número 199650 emitido por Poder Judicial de la Federación, visible
en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta del mes de enero de 1997, tomo V, página 479, que es un hecho
notorio que las festividades religiosas como semana santa, día de muertos y aquellas que se consideren por usos y
costumbres, inciden para computar términos legales, por lo que válidamente puede estimarse como suspensión de labores
los días 14 al 18 de abril, 10 de mayo, 1 y 2 de noviembre y 12 de diciembre.
Que con fundamento en el artículo 71 de la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal, las actuaciones y
diligencias en ella previstas se practicarán en días y horas hábiles, considerando como inhábiles los días: sábado y
domingos, 1 de enero, el primer lunes de febrero en conmemoración del 5 de febrero, el tercer lunes de marzo en
conmemoración del 21 de marzo, el 1º de mayo, el 16 de septiembre, el tercer lunes de noviembre en conmemoración del 20
de noviembre, el 1º de diciembre de cada 6 años, el 25 de diciembre y aquellos en que tengan vacaciones generales las
autoridades competentes o aquellos en que se suspendan las labores, lo que se hará del conocimiento público mediante
acuerdo del titular de la dependencia, entidad o delegación respectiva, que se publicará en la Gaceta Oficial del Distrito
Federal
En virtud de lo anterior y con fundamento en lo dispuesto por el artículo 7 de la Ley de Transparencia y Acceso a la
Información Pública del Distrito Federal, aplicando de manera supletoria los artículos 11 y 71 de la Ley de Procedimiento
Administrativo del Distrito Federal, así como el artículo 55 último párrafo del Reglamento de la Ley de Transparencia y
Acceso a la Información Pública del Distrito Federal en relación con el numeral 31 de los Lineamientos que son de
21 de Febrero 2014 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 17
observancia obligatoria para los entes públicos del Distrito Federal, para la gestión de solicitudes de información pública y
de datos personales a través del sistema INFOMEX del Distrito Federal y con el fin de dar seguridad jurídica a todas las
personas relacionadas con los trámites y procedimientos sustanciados por esta Oficina, se da a conocer el siguiente:
ACUERDO
PRIMERO.- Para efectos de la recepción, registro, trámite, resolución y notificación de las solicitudes de acceso a la
información pública y de acceso, rectificación, cancelación y oposición de datos personales, así mismo respecto de la
recepción, substanciación, resolución y seguimiento de los recursos de revisión, revocación y denuncias competencia de la
Oficina de Información Pública de la Agencia de Protección Sanitaria del Gobierno del Distrito Federal, que ingresan o se
encuentran en proceso a través del sistema electrónico INFOMEX y los servicios brindados por el Centro de Atención
Telefónica TEL-INFODF, del correo electrónico de la Oficina de Información Pública ([email protected]), por escrito o
en forma personal, y demás actos y procedimientos administrativos competencia de esta Oficina, se considerarán días
inhábiles de la Oficina de Información Pública de la Agencia de Protección Sanitaria del Gobierno del Distrito Federal los
siguientes días del año dos mil catorce: el 17 de marzo en conmemoración del 21 de marzo; del 14 al 18 de abril
correspondientes a semana santa; 1º de mayo; 10 de mayo; del 21 de julio al 1º de agosto, correspondiente al primer
periodo vacacional; 16 de septiembre; 1º y 2 de noviembre; 12 de diciembre; del 22 al 31 de diciembre, así como los días 1º
al 6 de enero de dos mil quince, correspondiente al segundo periodo vacacional.
SEGUNDO.- Publíquese el presente acuerdo en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, en los estrados de la Oficina de
Información Pública de la Agencia de Protección Sanitaria del Gobierno del Distrito Federal y notifíquese al Instituto de
Acceso a la Información Pública del Distrito Federal para los efectos administrativos a los que haya lugar.
TRANSITORIO
UNICO.- El presente acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en la Gaceta Oficial del Distrito Federal.
Dado en la Ciudad de México, Distrito Federal a los diecisiete días del mes de febrero de dos mil catorce.
(Firma)
DR. JOSÉ JESÚS TRUJILLO GUTIÉRREZ.
DIRECTOR GENERAL DE LA AGENCIA DE PROTECCION SANITARIA
DEL GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL.
mailto:[email protected]
18 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 21 de Febrero de 2014
DELEGACIÓN TLALPAN
MARICELA CONTRERAS JULIÁN, JEFA DELEGACIONAL EN TLALPAN, con fundamento en los artículos 87
tercer párrafo, 104, 112 segundo párrafo y 117 fracciones I y XI del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 1, 2, 3
fracción III, 10 fracción XIV, 11 párrafo catorce, 37, 38 y 39 fracciones VIII, XLV, LXXXV de la Ley Orgánica de la
Administración Pública del Distrito Federal; 11 de la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal; 97 y 101 de
la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal; 1 y 120 del Reglamento Interior de la Administración Pública
del Distrito Federal, y
CONSIDERANDOS
Que uno de los objetivos principales de esta administración, es sin duda, apoyar al desarrollo de la población infantil. La
educación y el sano esparcimiento son temas fundamentales para un desarrollo adecuado en las niñas y niños de esta
Demarcación.
Que esta administración, está trabajando para otorgar espacios dignos y adecuados, para que las niñas y niños los utilicen en
compañía de su familia y en convivencia con personas de su comunidad, generando un sentido de pertenencia e identidad
social.
Que para reconocer a nuestras niñas y niños, se tiene contemplado realizar diferentes eventos a lo largo del presente año, y
llevar alegría y obsequios a la población infantil que habita en esta Demarcación, con un sentido humano y de equidad
social. Por lo anterior he tenido a bien emitir el siguiente:
AVISO POR EL CUAL SE DAN A CONOCER LAS REGLAS DE OPERACIÓN DE LA ACTIVIDAD
INSTITUCIONAL, “ENTREGA DE JUGUETES A NIÑAS Y NIÑOS DE LA DELEGACIÓN
TLALPAN QUE ASISTAN A LOS DIVERSOS EVENTOS QUE SE GENEREN”.
A. DEPENDENCIA O ENTIDAD RESPONSABLE DE LA ACTIVIDAD INSTITUCIONAL
Jefatura Delegacional en Tlalpan
Dirección General de Administración
Dirección General de Desarrollo Social
Dirección de Equidad de Género y Promoción Social (Unidad Ejecutora)
B. OBJETIVOS
General:
Fortalecer los lazos de convivencia y recreación de las niñas y niños de esta demarcación, otorgándoles un juguete de forma gratuita, en alguno de los eventos especiales que se realicen para la niñez.
Específicos:
Promover los derechos de las niñas y niños.
Fortalecer la convivencia y la economía familiar, la recreación y la apropiación de los espacios públicos otorgando de forma gratuita juguetes a las niñas y niños de entre 1 y 14 años en la Delegación Tlalpan.
C. CALENDARIO DE GASTO
Período Acción
2014 Realización de eventos dirigidos a la niñez.
D. MONTOS POR BENEFICIARIO Y COSTO DEL PROYECTO
Se realizarán diversos eventos y festivales durante el año, algunos con motivos especiales como el día de Reyes, Día del
Niño, entre otros, beneficiando hasta 43,642 niñas y niños.
Costo total del proyecto:
Hasta $3´529,980.00 (Tres millones quinientos veintinueve mil novecientos ochenta pesos 00/100 M.N.).
21 de Febrero 2014 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 19
E. REQUISITOS PARA EL ACCESO A LOS BENEFICIOS DE LA ACTIVIDAD INSTITUCIONAL
La entrega de los juguetes será gratuita, y para ser beneficiario deberán presentarse en los eventos que se realizarán para tal
efecto, en el lugar, hora y fecha que determinen, de manera coordinada, las áreas ejecutoras debiéndose cubrir los siguientes
requisitos:
Tener su domicilio en la Delegación Tlalpan.
Que las niñas y niños tengan entre 1 y 14 años.
Que la niña o niño asista a uno de los eventos que se realicen en la Delegación Tlalpan.
Acudir personalmente acompañado por el padre, madre o tutor, debiendo poner correctamente en el boleto y/o listado correspondiente a la entrega, nombre, sexo, edad y colonia, mismo que será canjeado por el juguete,
considerando en todo momento el principio de equidad.
La Dirección General de Desarrollo Social, a través de la Dirección de Equidad de Género y Promoción Social, coordinará
la entrega de los juguetes a las niñas y niños que asistan a alguno de los diferentes eventos que se llevarán a cabo en esta
Demarcación durante el año en curso.
F. PROCEDIMIENTOS DE INSTRUMENTACIÓN
La entrega de hasta 40,000 juguetes, se realizará por única ocasión, beneficiándose con ello a niñas y niños que tengan entre
1 y 14 años de edad y que asistan a uno de los eventos programados para tal efecto.
G. PROCEDIMIENTO DE QUEJA O INCONFORMIDAD CIUDADANA
Ingresar escrito dirigido a las áreas ejecutoras y/o Contraloría Interna de la Delegación de Tlalpan.
H. MECANISMOS DE EXIGIBILIDAD
La Delegación Tlalpan a través de las áreas ejecutoras, efectuará la entrega de juguetes de forma gratuita, atendiendo a la
disponibilidad de los recursos financieros y que para dicha causa se tienen destinados.
I. MECANISMOS DE EVALUACIÓN E INDICADORES
Las áreas ejecutoras, serán las responsables de implementar y ejecutar las actividades de Entrega de Juguetes a Niñas, Niños
en la Delegación Tlalpan, se implementarán los mecanismos de control, supervisión y evaluación con el fin de garantizar el
cumplimiento del objetivo, con total transparencia y correcta ejecución de los recursos asignados a estas actividades.
Se establecerán como indicadores para la evaluación, el número de niños de entre 1 y 14 años que son beneficiados con un
juguete y que asistan a los eventos programados para dicha entrega. El cumplimiento de las metas programáticas-
presupuestales, así como la eficacia y eficiencia en la ejecución de la Actividad Institucional.
J. FORMAS DE PARTICIPACIÓN SOCIAL
La asistencia y participación en eventos culturales y recreativos que se implementan en este Órgano Político Administrativo,
destacando la concurrencia y participación de la población infantil a dichos eventos.
K. ARTICULACIÓN CON OTRAS ACTIVIDADES INSTITUCIONALES
No aplica.
TRANSITORIO
ÚNICO.- Publíquese el presente Aviso en la Gaceta Oficial del Distrito Federal para su debida observancia y cumplimiento.
Dado en la sede de la Jefatura Delegacional en Tlalpan a los dos días del mes de enero del año dos mil catorce.
A T E N T A M E NT E
(Firma)
MARICELA CONTRERAS JULIÁN
JEFA DELEGACIONAL EN TLALPAN
20 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 21 de Febrero de 2014
DELEGACIÓN TLALPAN
MARICELA CONTRERAS JULIÁN, JEFA DELEGACIONAL EN TLALPAN, con fundamento en los artículos 87
tercer párrafo, 104, 112 segundo párrafo, 117, 118 fracción II del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 1, 2, 3 fracción
III, 10 fracción XIV, 11 párrafo catorce, 37, 38 y 39 fracciones VIII, XLV, LVI y LXXXV de la Ley Orgánica de la
Administración Pública del Distrito Federal; 11 de la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal; 97 y 101 de
la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal; del Decreto por el que se expide el Presupuesto de Egresos del
Distrito Federal para el ejercicio fiscal 2014, Anexo IV; 1 y 120 del Reglamento Interior de la Administración Pública del
Distrito Federal; y
CONSIDERANDOS
Que el gobierno Delegacional de Tlalpan impulsa y fomenta día con día programas y acciones encaminadas a la atención de
la población en general. Es un gobierno que se acerca a la gente y a sus necesidades más apremiantes, buscando siempre el
beneficio de la población que requiere de atención especial.
Que la Jefatura Delegacional en Tlalpan, lleva a cabo diversas acciones para la atención de los adolescentes y jóvenes, como
la recuperación de espacios públicos de esparcimiento, eventos culturales y recreativos, entre otras actividades. En el tema
de salud y particularmente en el de adicciones, en esta administración se busca ayudar y prevenir el consumo de drogas
entre la juventud.
De acuerdo a la Encuesta Nacional de Adicciones (ENA, 2011) al dividir al país en 8 regiones, la Ciudad de México ocupa
el 3er lugar a nivel nacional en prevalencia de consumo de drogas ilegales, el Primero en prevalencia de fumadores activos
y el cuarto en consumo de alcohol en el último año; siendo este último la primera droga de inicio e impacto, el tabaco la
segunda de inicio dejando a los inhalables como la que ocupa el tercer lugar y la marihuana el cuarto en este rubro.
Que en la Delegación Tlalpan, los pacientes que acudieron a los centros de integración juvenil son en su mayoría hombres
(79.9%). Inician el consumo de tabaco y de alcohol entre los 10 y 14 años y en el caso de las drogas ilegales 1 de cada 2
inicia el consumo a esas edades tempranas. Siguiendo la tendencia en el Distrito Federal, las drogas de impacto son la
mariguana, los inhalables y el alcohol.
Que ante esta problemática el Gobierno Delegacional de Tlalpan, impulsa y fomenta día con día programas, acciones y
servicios encaminados a la prevención de las adicciones, buscando el beneficio de la población con mayor vulnerabilidad al
consumo de sustancias psicoactivas y cuyas condiciones de vida limitan el desarrollo de sus potencialidades, poniendo
especial atención a los adolescentes y jóvenes.
En otro orden de ideas, está Demarcación ha impulsado y operado la Clínica Veterinaria Delegacional, otorgando grandes
beneficios a la población que requiere algún servicio en sus animales de compañía.
Que en la Delegación Tlalpan existe una sobrepoblación de perros y gatos estimada en aproximadamente de 84,000
animales, esta sobrepoblación requiere de atención para garantizar su bienestar y de la población. Por lo anterior, es
necesaria la promoción y educación en rubros de tenencia responsable de animales, así como brindarles atención médica de
calidad.
Ante ello la Jefatura Delegacional en Tlalpan, emite las Reglas de Operación de diversas Actividades Institucionales en la
que se integran a beneficiarios para que fortalezcan las actividades y acciones que realiza la Delegación Tlalpan, para contar
con personas que logren difundir, promover, operar y ejecutar las actividades en beneficio de la población tlalpense.
Por todo lo anterior y en aras de la responsabilidad social de los gobiernos elegidos democráticamente, he tenido a bien
emitir el siguiente:
AVISO POR EL CUAL SE DAN A CONOCER LAS REGLAS DE OPERACIÓN DE DIVERSAS
ACTIVIDADES INSTITUCIONALES, A CARGO DE LA JEFATURA DELEGACIONAL EN
TLALPAN, y que a continuación se enlistan:
Modelo de prevención de adicciones y promoción para la salud con las y los adolescentes y jóvenes de Tlalpan, desde una perspectiva comunitaria
21 de Febrero 2014 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 21
Operación y equipamiento de la Clínica Veterinaria Delegacional
MODELO DE PREVENCIÓN DE ADICCIONES Y PROMOCIÓN PARA LA SALUD CON LAS Y LOS
ADOLESCENTES Y JÓVENES DE TLALPAN, DESDE UNA PERSPECTIVA COMUNITARIA
A. DEPENDENCIA O ENTIDAD RESPONSABLE DE LA ACTIVIDAD INSTITUCIONAL
Jefatura Delegacional en Tlalpan;
Dirección General de Desarrollo Social;
Dirección de Salud;
Subdirección de Prevención de Adicciones (Unidad Ejecutora).
B. OBJETIVOS
General
Implementar un Modelo de Prevención de Adicciones y Promoción de la Salud desde los diferentes Centros de Prevención
de Adicciones, Promoción y Educación para la Salud y desde los diferentes espacios comunitarios a partir de la reactivación
y funcionamiento de redes comunitarias, articulación en redes institucionales y organizaciones de la sociedad civil, con el
fin de construir estilos de vida saludables entre las y los adolescentes, las y los jóvenes de las comunidades más vulnerables,
como de la población en general de Tlalpan.
Específicos
Poner en funcionamiento el programa de atención integral del consumo de sustancias psicoactivas en el Centro Integral de Esparcimiento Lúdico y Orientación (CIELO).
Consolidar el funcionamiento del programa de atención en los Centros de promoción y Educación para la salud.
Construir redes comunitarias, institucionales y de servicios para fortalecer los centros y generar iniciativas comunitarias e institucionales para la atención integral de las adicciones en Tlalpan.
Iniciar un proceso de formación de promoción comunitaria juvenil, para replicar la prevención en las localidades y comunidades.
C. CALENDARIO DE GASTO
Para cumplir con los objetivos específicos de esta Actividad Institucional, es necesario que a través del apoyo social de
personas comprometidas, se otorguen los beneficios del presente proyecto.
Categoría No.
Apoyos
Apoyo mensual Periodo Apoyo por realización de
actividades
TOTAL
Apoyo social tipo A 3 $ 12,000.00 Febrero–Noviembre 2014 $ 360,000.00
Apoyo social tipo B 2 $ 10,080.00 Febrero–Noviembre 2014 $ 201,600.00
Apoyo social tipo C 2 $ 9,600.00 Febrero–Noviembre 2014 $192,000.00 Apoyo Social Tipo D 3 $ 7,200.00 Febrero–Noviembre 2014 $ 216,000.00 Apoyo Social Tipo E 2 $ 6,000.00 Febrero–Noviembre 2014 $ 120,000.00 Apoyo Social Tipo F 3 $ 4,800.00 Febrero–Noviembre 2014 $ 144,000.00 Apoyo Social Tipo G 2 $ 2,400.00 Febrero–Noviembre 2014 $ 48,000.00
TOTAL 17 $ 1,281,600.00
Febrero Marzo Abril Mayo Junio
*Apoyo por la
realización de
actividades.
*Apoyo por
realización de
actividades
*Apoyo por
realización de
actividades
*Apoyo por
realización de
actividades
*Apoyo por
realización de
actividades
$128,160.00 $128,160.00 $128,160.00 $128,160.00 $128,160.00
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Julio Agosto Septiembre Octubre Noviembre
*Apoyo por
realización de
actividades
*Apoyo por
realización de
actividades
*Apoyo por
realización de
actividades
*Apoyo por
realización de
actividades
*Apoyo por
realización de
actividades.
$128,160.00 $128,160.00 $128,160.00 $128,160.00 $128,160.00
Actividades:
Tipo “A”: Realizará acciones especializadas en materia de prevención y prevención selectiva e indicada de las adicciones,
de promoción de estilos de vida saludable y de capacitación en talleres de sensibilización en materia de prevención de
adicciones, escucha, reflexión sobre habilidades para la vida, promoción de estilos de vida saludable, consejería
especializada, trabajo comunitario y pláticas informativas.
Tipo “B”: Difundir, y llevar a cabo la operación y dar seguimiento a las diferentes actividades de promoción de estilos de
vida saludable y prevención de adicciones en los diferentes Centros.
Tipo “C” Planeación y Operación para la ejecución de Jornadas en la comunidad y en las escuelas y en materia de
prevención de adicciones y promoción de estilos de vida saludable.
Tipo “D” Operar y ejecutar acciones de prevención.
Tipo “E” Elaborar los instrumentos de captura e información y sistematizar la información arrojada para la construcción
del modelo.
Tipo “F” Brindar apoyo logístico y operativo en los diferentes Centros para la realización exitosa de las actividades.
Tipo “G” Apoyo en la realización en actividades de limpieza.
D. MONTOS POR BENEFICIARIO Y COSTO DEL PROYECTO
A las y los beneficiarios se les otorgarán los apoyos sociales a través de los servicios brindados por el personal
especializado en materia de prevención de adicciones y promoción de estilos de vida saludable.
Total mensual $128,160.00
Costo total del proyecto (por 10 meses).
El costo total de proyecto es de $ 1, 281,600.00 (Un millón doscientos ochenta y un mil seiscientos pesos 00/100 M.N.).
E. REQUISITOS PARA EL ACCESO A LOS BENEFICIOS DE LA ACTIVIDAD INSTITUCIONAL
La persona interesada en participar en alguna de las actividades de estas Reglas de Operación, recibirá el beneficio a través
de ciudadanos que deberán cubrir los siguientes requisitos:
Preferentemente ser habitante de la Delegación Tlalpan.
Tener facilidad de palabra y de vinculación con la gente.
Conocimientos y/o experiencia en materia de programas, actividades o servicios de prevención de adicciones;
No ser adictos al consumo de sustancias psicoactivas (drogas legales e ilegales).
Deseos de apoyar y participar en las acciones y tareas que desarrolle la Subdirección de Prevención de Adicciones.
Contar con disposición para llevar a cabo las tareas que se le encomienden, en los días y tiempos que se le indique; lo que acreditará mediante un registro de asistencia e informes mensuales ante la Subdirección de Prevención de
Adicciones.
Para hacer llegar los Apoyos Sociales tipo A deberá entregar copia de título y cédula profesional y acreditar experiencia en materia de prevención de adicciones con uno mínimos de tres años.
Para hacer llegar los Apoyos Sociales tipo B y C presentar copia de documentación que acrediten nivel licenciatura.
Para hacer llegar los Apoyos Sociales tipo D, E, F, el interesado deberá presentar copia de certificado de estudios de secundaria (mínimo).
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Para hacer llegar los Apoyos Sociales tipo G el interesado deberá presentar copia certificada de estudios de nivel básico.
Entregar la siguiente documentación: - Dos fotografías recientes tamaño infantil; - Original y Copia de Acta de nacimiento; - Original y Copia de Comprobante de estudios; - Original y Copia de Identificación oficial (Credencial de elector o Pasaporte o cartilla liberada); - Original y Copia de Comprobante de domicilio reciente (mínimo 3 meses de antigüedad); - Original y Copia de Clave Única de Registro de Población (CURP); - Asistir a la entrevista de selección.
Los documentos originales son sólo para su debido cotejo y serán devueltos una vez constatado la autenticidad de las copias
presentadas.
F. PROCEDIMIENTOS DE INSTRUMENTACIÓN
Entregar por escrito a la Dirección de Salud, solicitud para acceder a la posibilidad de ejercer los servicios en materia de prevención de adicciones a partir de los 5 días hábiles posteriores en que fue dado a conocer por la Jefa
Delegacional de acuerdo a sus atribuciones, el presente documento.
Se entregará por escrito la respuesta al solicitante aceptado.
Una vez aceptado, deberá requisitar cédula de datos básicos y entregar la documentación señalada en el apartado E.
Dedicar el tiempo necesario que establezca la Subdirección de Prevención de Adicciones, en el desarrollo de las acciones, programas y servicios que se le encomienden. Lo anterior se acreditará mediante listas de asistencia e
informes mensuales de actividades y beneficiarios.
Cumplir con un informe mensual de actividades y tareas en la fecha que para tal efecto establezca la Subdirección de Prevención de adicciones.
Se podrá suspender la participación en la actividad institucional ante el incumplimiento de las actividades y tareas.
La Dirección de Salud, será la encargada de revisar la documentación para la selección de los beneficiarios, realizando el registro e integrando el expediente correspondiente.
La Dirección de Salud, realizará los trámites administrativos conducentes y necesarios para la entrega de los apoyos sociales.
Los casos no previstos en las presentes reglas de operación serán resueltos por la Dirección de Salud.
G. PROCEDIMIENTOS DE QUEJA E INCONFORMIDAD CIUDADANA
Ingresar escrito a la dirección de salud en primera instancia, y a la contraloría interna de la delegación Tlalpan en segunda
instancia.
H. MECANISMOS DE EXIGIBILIDAD
Cualquier persona interesada podrá ser beneficiario sin más limitante que cumplir con los requisitos para el acceso a los
beneficios de la Actividad Institucional, realizar los procedimientos de instrumentación establecidos y de acuerdo al número
de lugares disponibles.
I. MECANISMOS DE EVALUACION E INDICADORES
La Dirección Salud, apoyada por la Subdirección de Prevención de Adicciones, será la responsable de la Evaluación de los
servicios otorgados a los beneficiarios.
J. ARTICULACIÓN CON OTRAS ACTIVIDADES INSTITUCIONALES
En coordinación con los programas y actividades que ejecuta la Dirección General de Desarrollo Social y la Jefatura
Delegacional.
OPERACIÓN Y EQUIPAMIENTO DE LA CLÍNICA VETERINARIA DELEGACIONAL
A. DEPENDENCIA O ENTIDAD RESPONSABLE DE LA ACTIVIDAD INSTITUCIONAL Jefatura Delegacional en Tlalpan;
Dirección General de Desarrollo Social;
Dirección de Salud;
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Subdirección de Salud (Unidad ejecutora).
B. OBJETIVOS
General Fortalecer el ejercicio de gobierno a través de la entrega de apoyos sociales a las familias de la Delegación Tlalpan, como
una oportunidad para ampliar las oportunidades de acceso a las actividades, servicios y programas sociales dirigidos
principalmente a las familias propietarias de animales de compañía, poniendo especial énfasis al trabajo directo en la
comunidad.
Específicos Fortalecer el bienestar animal a través del establecimiento de esquemas de medicina preventiva: Fortalecer la
prevención de enfermedades que afectan la salud de los animales de compañía estableciendo esquemas de
vacunación y desparasitación.
Brindar atención médica a los animales de compañía: Brindar atención médica veterinaria a los animales de compañía que lo requieran para mejorar su salud y por consiguiente la salud humana.
Brindar el servicio de cirugía general para los animales de compañía: Brindar atención quirúrgica general para corregir problemas médicos a los animales de compañía que así lo requieran.
Promover la educación para la salud: Promover la educación para la salud a través de pláticas dirigidas a niños en edad escolar (preescolar, primaria y secundaria) y al público en general.
Promover la adopción de animales que han sufrido maltrato animal: A través de pláticas educativas promover la adopción y desalentar la compra.
C. CALENDARIO DE GASTO Para cumplir con los objetivos específicos de esta Actividad Institucional, es necesario que a través del apoyo social de
personas comprometidas, se otorguen los beneficios del presente proyecto.
Categoría No.
Apoyos
Apoyo mensual Periodo Apoyo por realización
de actividades
TOTAL
Apoyo social tipo A 8 $ 11,400.00 Febrero - Noviembre $ 912, 000. 00
Apoyo social tipo B 5 $ 8,307.84 Febrero - Noviembre $ 415, 392. 00
Apoyo social tipo C 3 $ 5,539.20 Febrero - Noviembre $ 166, 176. 00
TOTAL 16 $ 1, 493, 568. 00
Calendario de gasto por mes:
Febrero Marzo Abril Mayo Junio
*Apoyo por la
realización de
actividades.
*Apoyo por
realización de
actividades
*Apoyo por
realización de
actividades
*Apoyo por
realización de
actividades
*Apoyo por
realización de
actividades
$149,356.80 $149,356.80 $149,356.80 $149,356.80 $149,356.80
Julio Agosto Septiembre Octubre Noviembre
*Apoyo por
realización de
actividades
*Apoyo por
realización de
actividades
*Apoyo por
realización de
actividades
*Apoyo por
realización de
actividades
*Apoyo por
realización de
actividades.
$149,356.80 $149,356.80 $149,356.80 $149,356.80 $149,356.80
*Actividades específicas a desarrollar:
Apoyo Social Tipo A: Aplicación de esquemas de vacunación, otorgar consulta médica veterinaria, cirugía general,
capacitar a apoyos tipo B para realizar pláticas educativas y promoción de la adopción.
Apoyo Social Tipo B: Auxiliares en cirugía, aplicación de tratamientos médicos veterinarios, aplicación de vacunas y
pláticas educativas.
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Apoyo Social Tipo C: Aseo de la Clínica Veterinaria, desinfección de quirófanos y jaulas, atención de recepción, llenado
de papelería y manejo de Clínica móvil.
D. MONTOS POR BENEFICIARIO Y COSTO DEL PROYECTO A las y los beneficiarios se les otorgaran apoyos sociales que se ejercerán a través de la prestación servicios especializados.
Costo total del proyecto. Para lograr el cabal cumplimiento en atención y beneficios a la población que cuente con mascotas de compañía y que
requieran algún servicio, el costo total de proyecto es de $ 1, 493, 568. 00 (Un millón cuatrocientos noventa y tres mil
quinientos sesenta y ocho pesos 00/100 M.N.).
E. REQUISITOS PARA EL ACCESO A LOS BENEFICIOS DE LA ACTIVIDAD INSTITUCIONAL La persona interesada en participar en alguna de las actividades de estas Reglas de Operación recibirá el beneficio a través
de ciudadanos que deberán cubrir los siguientes requisitos:
Preferentemente ser habitante de la Delegación Tlalpan;
Tener facilidad de palabra y de vinculación con la gente;
Deseos de apoyar y participar en las acciones y tareas que desarrolle la Clínica Veterinaria Delegacional;
Contar con disposición para llevar a cabo las tareas que se le encomienden, en los días y tiempos que se le indique; lo que acreditará mediante un registro de asistencia e informes mensuales ante la Subdirección de Salud.
Para hacer llegar los Apoyos Sociales Tipo A deberá entregar copia de título y cédula profesional de Médico Veterinario Zootecnistas, y en su caso de Lic. En Trabajo Social; si su título y cédula se encuentra en trámite,
tendrá que entregar copia de la documentación que acredite la aprobación de examen profesional.
Para hacer llegar los Apoyos Sociales Tipo B deberán presentar copia de documentación que acredite al menos 80% de avance académico de la carrera Médico Veterinario Zootecnista.
Para hacer llegar los Apoyos Sociales Tipo C el interesado deberá presentar copia de certificado de estudios de bachillerato.
Todos los tipos de Apoyo Social, deberán entregar la siguiente documentación:
- Dos fotografías recientes tamaño infantil; - Original y Copia de Acta de nacimiento; - Original y Copia de Comprobante de estudios (título, cédula, avance académico, certificados de estudios) - Original y Copia de Identificación oficial (Credencial de elector o Pasaporte o cartilla liberada); - Original y Copia de Comprobante de domicilio reciente (mínimo 3 meses de antigüedad); - Currículum Vitae; - Origina