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Fuentes del Derecho Internacional 1. Tratados: Es todo acuerdo concluido entre dos o más sujetos de Derecho internacional. Hay una serie de principios generales: Pacta sunt servanda: afirma la obligatoriedad de los tratados y su cumplimiento de acuerdo con la buena fe. Res inter alios acta: solo crea obligaciones entre las partes y no puede obligar a sujetos que no han participado en él. Jus cogens: un tratado seria nulo cuando fuera contrario a una norma imperativa del Derecho Internacional. 2. Costumbre Internacional: Prueba de una práctica generalmente aceptada como siendo de Derecho. Opinio juris sive necessitatis: No es suficiente que los Estados actúen en un determinado sentido para afirmar la existencia de la costumbre, es necesario que tengan conciencia de que lo hacen con arreglo a una norma de Derecho. 3. Principios del Derecho Internacional: Son reglas aceptadas directamente en la práctica internacional como siendo de Derecho, mientras que los principios generales del Derecho ha sido primero reconocidos por los Estados en su Derecho interno. 4. Jurisprudencia: Las decisiones judiciales deben considerarse como medio auxiliar para determinación de las reglas de Derecho, no obligan al juez internacional. 5. Doctrina de los juristas: también es un medio auxiliar, la importancia fue cuando los tratados eran escasos y la costumbre no estaba aún determinada, es la opinión general o la opinión cuasi universal.

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Fuentes del Derecho Internacional1. Tratados: Es todo acuerdo concluido entre dos o ms sujetos de Derecho internacional.Hay una serie de principios generales: Pacta sunt servanda: afirma la obligatoriedad de los tratados y su cumplimiento de acuerdo con la buena fe. Res inter alios acta: solo crea obligaciones entre las partes y no puede obligar a sujetos que no han participado en l. Jus cogens: un tratado seria nulo cuando fuera contrario a una norma imperativa del Derecho Internacional.

2. Costumbre Internacional: Prueba de una prctica generalmente aceptada como siendo de Derecho. Opinio juris sive necessitatis: No es suficiente que los Estados acten en un determinado sentido para afirmar la existencia de la costumbre, es necesario que tengan conciencia de que lo hacen con arreglo a una norma de Derecho.

3. Principios del Derecho Internacional: Son reglas aceptadas directamente en la prctica internacional como siendo de Derecho, mientras que los principios generales del Derecho ha sido primero reconocidos por los Estados en su Derecho interno.

4. Jurisprudencia: Las decisiones judiciales deben considerarse como medio auxiliar para determinacin de las reglas de Derecho, no obligan al juez internacional.

5. Doctrina de los juristas: tambin es un medio auxiliar, la importancia fue cuando los tratados eran escasos y la costumbre no estaba an determinada, es la opinin general o la opinin cuasi universal.

Sujetos del Derecho Internacional

1. Estado soberano: institucin jurdica poltica, compuesta de una poblacin establecida sobre un territorio y provista de un poder llamado soberana. Poblacin: Conjunto de individuos sometidos a la autoridad fundamental de un Estado. Territorio: mbito espacial de ejercicio de las competencias estatales. Soberana: Poder que no est sujeto a otro poder.