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ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO DEPARTAMENTO DE RECURSOS NATURALES Y
AMBIENTALES
SUPLEMENTO ENMIENDA A LA DIA FINAL (DIA-F-JCA-01-0001 (DRNA)
EXTRACCION BAJO EL NIVEL FREATICO
FINCA DELIA FASE III PR-466 KM. 5.7 BARRIO BAJURAS
ISABELA, PUERTO RICO
TABLA DE CONTENIDO 1.0 INTRODUCCION........................................................................ 1
2.0 CONTESTACION A LAS INTERROGANTES......................... 1
2.1 Usos futuros de los terrenos............................................... 1
2.2 Comentarios del DTOP...................................................... 4
2.3 Manejo de Escorrentía....................................................... 5
2.4 Discusión de Impactos Ambientales.................................. 6
2.5 Comentarios del ICPR....................................................... 9
3.0 BIBLIOGRAFIA......................................................................... 10
FIGURAS
Fig. 1 Mapa de Localización.................................................................. 2
Fig. 2 Foto Aerea.................................................................................... 3
APENDICES
Apéndice I Cartas de Agencias
Apéndice II Foto Aerea 1995
1.0 INTRODUCCION
El presente Suplemento, ha sido preparado para la Junta de Calidad
Ambiental (JCA), con el objeto de aclarar algunos puntos técnicos
relacionados con la Enmienda a la Declaración de Impacto Ambiental Final
(DIA-F-JCA-01-0001-DRNA). Con esta Enmienda a la DIA-F, se pretende
incorporar un terreno remanente de unas 13.16 cuerdas para continuar con la
extracción bajo el nivel freático de material arenoso existente.
Como se indicó en el documento de enmienda, tanto la extracción
permitida por el DRNA como el predio a incorporarse, están localizados en
la Carretera Estatal PR-466 kilómetro 5.7 del Barrio Bajuras de Isabela,
Puerto Rico. Sus coordenadas son: 18° 30’ 47” N latitud y 67° 04’ 12”W
longitud. Ver Mapa de Localización y Foto Aérea en las Figuras 1 y 2.
La información aquí suministrada se presenta en subsecciones y, sigue
el mismo orden de las preguntas hechas por la JCA a la Junta de
Planificación en su comunicación del 18 de octubre, 2004. Copia de la carta
se incluye en el Apéndice I.
2.0 CONTESTACION A LAS INTERROGANTES
2.1 Usos futuros de los Terrenos
Los usos potenciales, de los terrenos donde se pretende extraer
material arenoso, pueden ser diversos. Basta con observar, los distintos usos
de los terrenos a lo largo de todo el litoral costero. Por ende, se puede
deducir que los terrenos pueden ser utilizados para fines residenciales,
turísticos o comerciales. La actual construcción del residencial Isla Bella
Beach Resort, proyectos turísticos existentes como Villa del Mar Hau, e
FIG.1MAPA DE LOCALIZACIONEXTRACCION DE ARENA
FINCA DELIA FASE III PR-466 KM 5.7 BO. BAJURASISABELA, PUERTO RICO
AREA DE EXTRACCION
CUADRANGULO TOPOGRAFICO DE ISABELA, 1960 ESCALA 1:20,000
FOTO AEREAEXTRACCION DE ARENA
FINCA DELIA FASE-III PR-466 KM 5.7 BO. BAJURASISABELA, PUERTO RICO
AREA DE EXTRACCION ACTUAL FASE – I y II
AREA DE EXTRACCIONPROPUESTA
FASE - III
FIG. 2
ESCALA 1:15,000
ISL
A B
EL
LA
BE
AC
H R
ESO
RT
II
I III
Suplemento-Enmienda DIA Final DIA-F JCA-00-001-(DRNA) Finca Delia Fase III PR 466 Isabela, P.R.
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innumerables restaurantes que circundan el predio que nos ocupa,
evidencian posibles usos para los terrenos.
En cuanto a precisar, cuál será el uso futuro del terreno, sería
especulativo señalar un uso particular al presente. En primer lugar, el interés
del Peticionario, es extraer material con potencial económico para la
industria de la construcción y por no ser el titular, no puede comprometer el
uso del terreno. En segundo lugar, la titular de los terrenos no tiene la
obligación de divulgar cómo ejercerá el uso y disfrute de su propiedad.
Suponemos que el día que la titular decida enajenar, desarrollar, arrendar,
etc. la propiedad, lo hará conforme a derecho y de ser necesario, solicitará
los permisos que apliquen. Por ende, al presente no es posible especificar el
uso futuro de los terrenos.
2.2 Comentarios del DTOP
Cuando se sometió la DIA-Final en octubre del 2000, para el predio
que actualmente está en operación, se indicó que el acceso a la extracción
propuesta era frente a la Carretera Estatal PR 466. Este acceso, ya se había
previamente indicado a la Autoridad de Carreteras y Transportación (ACT),
en el trámite original a través de Centro de Trámite Acelerado (CTA). La
ACT nos comunicó que la prolongación de la PR-466 afectaría parte de los
terrenos objeto de consulta y, nos incluyeron un plano para que el
proponente ajustara la entrada a la extracción, a el nuevo alineamiento de la
prolongación de la carretera (Ver carta en Apéndice I). En realidad, el
“nuevo alineamiento” permaneció virtualmente idéntico a la carretera de
tierra que había en aquel momento. La ACT se limitó a utilizar todo el paso
Suplemento-Enmienda DIA Final DIA-F JCA-00-001-(DRNA) Finca Delia Fase III PR 466 Isabela, P.R.
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de servidumbre del camino y, meramente pavimentó con asfalto dicho
camino. Como consecuencia lógica, el acceso continuó siendo el mismo que
tenía la finca y, el que tiene actualmente el predio donde se efectúan las
operaciones de extracción. Como no existe ningún impedimento técnico,
legal, u objeción de la ACT, la entrada que se propone en la Enmienda a la
DIA-F para el remanente, sigue siendo la misma que se utiliza para la
extracción actualmente permitida, o sea, la Carretera Estatal PR-466. Le
estamos incluyendo en el Apéndice II, una foto aérea del 1995 donde se
observa el camino, para que la comparen con la foto de la Figura 2 donde se
muestra la carretera PR-466 ya pavimentada.
2.3 Manejo de Escorrentía Con relación al manejo de la escorrentía pluvial, es necesario entender
la naturaleza del proyecto. Un proyecto de extracción del material de la
corteza terrestre, no es similar a un proyecto de una urbanización o un centro
comercial donde se impermeabiliza un promedio de un 60% a un 80% del
área. Como consecuencia de la impermeabilización mencionada, la
precipitación pluvial que antes percolaba a través del terreno, se ve forzada a
discurrir sobre la superficie de hormigón y/o asfáltica hasta los puntos más
bajos. Es por esa razón, que se diseña un sistema pluvial que contiene las
estructuras necesarias (encintados, pocetos, drenajes franceses, atajeas,
cajas, muros de cabecera, etc). Tales estructuras se utilizan para poder
disponer o encausar la carga o volumen (Qcp) que se refuta como la
contribución pluvial del proyecto hacia uno o más puntos bajos del proyecto.
Por ser un proyecto de extracción, no es necesario un sistema
sofisticado de estructuras para disponer de la escorrentía, pues no se
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impermeabilizará el predio y el agua pluvial continuará percolando a través
del material arenoso existente. De hecho, poner estructuras tales como
medias cañas para canalizar la escorrentía, resultarían en un aumento en la
erosión del terreno.
Considerando que el material existente es arenoso, y fácil de
erosionar, para manejar el agua pluvial se pueden proveer barreras tales
como: bermas del mismo material de rechazo; diques de pacas de heno;
cubiertas de textiles (netting); zanjas periferales (swales); sacos de arena;
etc. Estas medidas sugeridas, están contempladas en diversos manuales y el
ingeniero que elabore el Plan CES, una vez terminado el proceso ambiental,
decidirá cuáles de los métodos debe aplicar al someter el Plan CES a la JCA.
2.4 Discusión de Impactos Ambientales
En cuanto a los efectos de la deforestación y los cambios topográficos
sobre la inundabilidad, escorrentía, arrastre de sedimentos y erosión,
debemos aclarar lo siguiente:
• En primer lugar, la deforestación permitida por el DRNA para
extraer el material arenoso bajo el nivel freático, se hace en un
sector específico donde se autorizada la extracción.
Deforestación adicional a la autorizada, no es permitida por el
DRNA cuando se expide el Permiso de Extracción. Esto
implica que solamente, un sector de 8.39 cuerdas será
impactado correspondiente a aproximadamente un 63.7% del
área remanente de 13.16 cuerdas. La deforestación permitida,
no contribuye a la inundabilidad de la finca per se, pues las
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inundaciones que ocurren en el área están controladas por
marejadas marinas y tales eventos, ocurren a unos 100 metros al
Norte del predio. Ver Mapa de Inundaciones en la DIA-P,
página Núm. 24. De igual forma, la permeabilidad (k) de los
suelos y la percolación (1/k) del agua pluvial, no se afectan
pues permanecen virtualmente constantes. Por el contrario, la
erosión tiende a incrementarse debido a la falta de cubierta
vegetativa. En tal caso, el peticionario viene obligado a
implementar los métodos utilizados en la práctica de la
ingeniería, para controlar la erosión del terreno cuando se
somete el Plan CES a la JCA. No se debe perder de
perspectiva, que el DRNA requiere que el predio sujeto a la
extracción, sea restaurado con especies de la localidad.
• En segundo lugar, los cambios topográficos que se van a
realizar son necesarios para poder extraer material económico
según autorizados por el DRNA. Es necesario comprender, que
la alteración de la topografía interna de la finca (de una
elevación, de unos 8.5 metros (MSL) al nivel del mar) no debe
contribuir a las inundaciones locales en el predio pues existe
una barrera de dunas al Norte del predio que protegen la costa.
Si tal fuera el caso, entonces, todos los terrenos costeros, bajos
(contorno menor de 2.3 metros) y contiguos que están detrás de
las dunas existentes estarían continuamente inundándose. De
ser así, entonces, el Mapa de Inundaciones tendría otra
configuración. Cabe recordar que el DRNA exige que todo el
material que sea extraído bajo el nivel del mar, sea repuesto con
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material granular autóctono del lugar o acarreado de otra fuente
aprobada por este Departamento. Esto lo requiere el DRNA,
para garantizar que al terminar una extracción hasta el nivel
freático, no se dejen cráteres llenos de agua. Como se explica
en la Enmienda a la DIA-P, una vez terminada la operación, la
finca tiene que ser restaurada como lo exige el DRNA. Véase
Método de Operación y Fuente de Relleno en la Enmienda a la
DIA-P, Secciones 1.4.2 y 1.4.3 respectivamente.
Es importante aclarar, que es incorrecto decir, que el proyecto original
tiene una cabida de 270.86 cuerdas como alega la comunicación de la JCA
del 18 de octubre, 2004. La DIA-F original, estipula claramente que la
cabida de dicho predio es 20.86 cuerdas. En dicho proyecto original (Fases I
y II), solamente se proponía utilizar unas 14.96 cuerdas para llevar a cabo la
extracción. El remanente de 13.16 cuerdas, es el que se pretende incorporar
para extraer material arenoso en la enmienda que nos ocupa al presente. No
se debe confundir este remanente, con el área no impactada o sobrante en el
predio original de las fases I y II.
Es también importante aclarar, que cuando se termine de extraer el
material del predio original, la restauración de dicho predio debe tener por lo
menos un 75% de terminación. Cuando se comience a operar en el predio de
13.16 cuerdas, objeto de la enmienda, la terminación o restauración del
primer predio, debe estar casi concluida o por concluir. En otras palabras,
las extracciones no se llevarán a cabo simultáneamente. Por ende, no se
deben combinar los efectos de ambas actividades de extracción pues no
corren paralelas.
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2.5 Comentarios del Instituto de Cultura Puertorriqueña (ICPR)
Previo a la preparación de la DIA original, se realizó una Evaluación
Fase IA, en la finca para determinar la sensitividad de dicho predio a
yacimientos arqueológicos. Se desprende de la comunicación del ICPR que:
en dicha evaluación que no se detectó evidencia significativa, en el sentido
de que el desarrollo del proyecto en cuestión pudiera causar algún tipo de
impacto adverso con respecto a recursos arqueológicos y/o históricos. Por
tal razón, el ICPR no tiene objeción al proyecto. Ver carta del ICPR en el
Apéndice I.
A pesar de la no objeción del ICPR, el proponente viene obligado a
paralizar cualquier excavación y notificar al ICPR de cualquier depósito
arqueológico o histórico descubierto o impactado por la operación del
proyecto de acuerdo a la Ley 112 de Arqueología Terrestre del 20 de julio de
1988.
Suplemento-Enmienda DIA Final DIA-F JCA-00-001-(DRNA) Finca Delia Fase III PR 466 Isabela, P.R.
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3.0 BIBLIOGRAFIA
Animoto Perry Y., 1978, Erosion and Sediment Control Handbook,
Resources Agency State of California, 197 p.
Carson Brinton, 1972, General Excavation Methods; McGraw Hill
Book Company, 381 p.
Goyettee, Joseph F., 1985, On Site Erosion and Sedimentation
Control for Construction Activities; US Department of
Transportation, 80 p.
Powers, Patrick J., 1988, Construction Dewatering; John Wiley & Son,
443 p.
US Corps of Engineers, 1987, Low Cost Shore Protection, 36 p.
USDA Soil Coservation Service, 1977; Standards and Specifications
for Erosion Control, 204 p.
1 r . i i J + ! : - J i l . j
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GOBIER\IO DE PUEFTO FICA
AUTOPIDAD DE CAPPETERTIS Y TNAUSdOEIAilOU
6701-GM-MRB-cmc981029520a/6c*L99-00004558
12 de novisnbre de 1998
Ing. Roland CorderoBox 1455Isabela, Puerto Rico 00662
Cgso Nfm.9&02-0075 CTAErtracci6n Corteze TerrestrcCarretera PR-466, Km. 5.7Borrio Bajures en Isabela
Estimado ingeniero Cordero
Nos referimos a sl soliciurd del 29 de ocfubrc de 1998, relacionada con este asgnto, sometida a travesdel C€ntro de Tr6mite Acelerado (CTA).
En el Programa de Construcci6n de esra Autoridad se contempla el disefro de la prolongaci6n dela carretera PR-466 (Ac-046606). Dicha corstrucci6n afectad parte de los terrenos
-ou;eto a"
consulta Adjunto copia de la pigina nrimero tres (3) del plano de adquisici6n para que ubique sudesarrollo y ajuste los planos al mismo.
Esta comunicaci6n no constituye una autorizaci6n para oomenzzlr obra de congrucci6n alguna en elproyecto, por lo que se d6eri trrnplir con los requerimientos indicados gr la misnr4 previo a obtenoel permiso reglamentario en la Oficina Regional de fuuadilla de la Directoria de Obras Pirblicas.Tambien deberi obtener el permiso de consrucci6n ante la Mministraci6n de Reglamentos yPermisos, segun establecido en el T6pico 4, Incisos 11.02 y 11.03, del Reglamento para laCertificaci6n de Planos de Consusi6n dd Departamato de Trursporaci6n y Obras Pirblicas.
De necesitar informaci6n adicional relacionada con este asunto. favor de comunicarse con la Divisirlnde Conzultas y Control de Accesos de esta Ar€a al tel€fono 721-8'187, Ext. 2805, haciendo r&rerciaal nirmero de conEol y al de esta carta.
Anexo:
Autoridad de Carreteras y Transportaci1n . Departamento de Transportacion y Obras P1blicasPO Box 42ffi7 .5an Juan. Puefto Flico @94G2OO7 Tel. lSO9l7214787
,'flbBi.,,l';rlX,g?',,".V\.j-i . r, ,;r r 1 .!.t! I'ii'\ti11,r:.8, *l',1"="rii{_:i'
r N sT rTaTO DE C a LTa RA pa ERTO RRrQa E frA
PO BOX 902{18{sAN JUAN D!: PUERTO RICO 00002-{16,r
14 de dicisnbre ate 1999
ceol. liern6n Cort6sGEOPROFPO Bor< 8694San Juan PR 00910-8694 ,
EUaL. nrctfA. EASE IAsor,. eREzA ERREE EE, DFtqMr'Erc 99-000Id, F. BLIjRA, rSeEErA
Estimado ge6logo Cort6s:
llerrcs recibido el inforne de estudio arqueol6gico Fase IA, preparado por elargue6logo Edrardo OEstelI nodriguez scbre eI proyecto descrito en epigrafe.
Conforne a los resultados y reccsendaciones del referido estudio, no sedetect5 eviibncia siginificativa, en el sentido de que el desarrollo delproyecto en cuesti5n pudiera causar algiGn tipo ab irpacto adverso cotl respectoa recursos arqr:eol6gicos y/o hist6ricos.
Por 1o antes erq>uesto, no tenenos cbjeci6n a este Prayesto.
Ei proponente, queda, no obstante, sujeto a las responsabilida&s ycbligaciones que inpone la Ley Il2 del 20 de julio de 1988-conocida ccno larey rle Arqlreologia terrestre de hrert! Rico-, en cuanto a qr:e deberS paralizartoao tipo de actividad de excavaci6n, novimiento y raroci6n de la cortezaterresE;, y notiflcar irurediatanente aI Instituto de Cultura Puertorriqueffar
. en caso de -que,
dlrante eI desarrollo del pro)'ecto, se desculcra 9 s9 ypact9alg(ln deposi-to, elsrento, estJuctura o vestigio de natr:raleza hist5rica y/oargueol6gica.
Cordialrente,
Divisi6n de Arqueologia
ODD,/t:td
cf: Arql. Eahlardo glesteU nodriguez
odEilD5vi1a, Ph.D.
(ACTUAL)
TERMINA PAVIMENTO PR-466
CAMINO EN TIERRA (PR-466)
FOTO AEREAAREA DE EXTRACCION DE ARENA
FINCA DELIA FASE I Y II PR-466 KM 5.7 BO. BAJURASISABELA, PUERTO RICO
CERTIFICACION
Yo Hemdn Cortds, Ge6logo, licencia nfmero 007 GP, certifico que
he preparado el Suplemento a la DIA-F para el proyecto Extacci6n
Bajo el Nivel Fre6tico Finca Delia Fase III. Isabela Puerto Rico (DIA-
F-JCA-01-0001fDRNA) y que la informaci6n que el mismo contiene
es cierta, correcta y completa a mi mejor entender. Afirmo y
r€conozco las consecuencias de incluir y someter informaci6n
incompleta, incorrecta o falsa en dicho documento.
Y para que asi conste, firmo la presente certificaci6n en San Juan de
Puerto Rico, hoy dia 29 de noviembre. 2004
--H. ./^1-ttwffiLCA-<42;
AFFIDAWT
Affrd6vitNrim. 6otb
Jurado y suscrito ante mi por -
Mayor de edad, status civil, coJ*&v , y residente de |aa
A quieg--gon9391 Personalmgte o por identificaci6n num.
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En *,. J,*z PuertoRico,hoydia 1o de Noyrr,rbrede )'oa4'
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