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    Estafas Piramidales

    LECCIONES APRENDIDAS

    Autoridad de Supervisin del Sistema Financiero

    ASFI - BOLIVIA

    2009

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    Autoridad de Supervisin del Sistema Financiero (ASFI)

    La PazPlaza Isabel La Catlica No. 2507Telfono (591-2) 243 1919 Fax (591-2) 243 0028Casilla 447

    El AltoAv. Hroes Km. 7 N 11 - Villa Bolvar A (Lado Infcocal)Telfono (591-2) 2491919 Int. 1134

    CochabambaAv. Ramn Rivero No. 270, Edif. Oruro-MezanineTelfono (591-4) 452 4000 Fax (591 -4) 452 4006

    Santa CruzAv. Irala No. 585, Of. 201Telfono (591-3) 3336288 Fax (591-3) 3336289Casilla 1359

    SucreCalle Real Audiencia esq. Bolvar No. 97Telfono (591 -4) 6439777

    www.asfi.gov.boContacto: [email protected] gratuita: 800 103 103

    Diseo: Natalia Aguilar FernndezDireccin, Redaccin y Edicin: P. Elizabeth Paravicini G.

    Tiraje: 1.500 ejemplares (Primera Edicin)Impreso en La Paz-BoliviaImpresiones Quality s.r.l.

    Este libro est disponible en www.asfi.gov.bo

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    PresentacinLas estafas piramidales en Bolivia y el mundo fueron objeto de reflexin en unseminario realizado en noviembre de 2008, en La Paz, en el que autoridadessupervisoras, judiciales y policiales de Ecuador, Per, Venezuela, Espaa y Bo-livia trataron -de manera conjunta- de extraer lecciones a partir de experienciassufridas durante los ltimos decenios.

    Un resumen de las exposiciones de ese Primer Seminario Internacional sobre Es-tafas Piramidales es incluido en este libro, cuyo contenido propone la construc-

    cin de una conciencia internacional que no solamente combata a la generacinde estafas piramidales, sino que sobre todo- resarza el dao a las vctimas, iden-tifique y sancione como cmplices a los colaboradores y penalice con prisina los estafadores.

    La Autoridad de Supervisin del Sistema Financiero de Bolivia (ASFI) (antesSuperintendencia de Bancos y Entidades Financieras, organizadora de dichoevento), presenta este libro que contiene, adems, la exposicin de varios casosfamosos de estafas piramidales con objeto de ponerlos a disposicin de autorida-des, peritos y organizaciones sociales de los pases de la regin, con la esperanzade prevenir nuevos intentos de estafa y proteger as el ahorro de la gente.

    Los casos analizados permitieron esclarecer muchos aspectos que, sin duda, con-tribuirn a mejorar la labor de supervisin y control de las Estafas Piramidales.Las reflexiones finales estn organizadas en siete grupos:

    Generalidades de la Estafa Piramidal El perfil de la estafa y del estafador El perfil del estafado y sus motivaciones

    La importancia de la reparacin de los daos La invocacin para continuar profundizando el tema El papel de la Autoridad y el marco legal para combatir a las

    estafas piramidales a partir de experiencias en varios pases Casos famosos en Bolivia y el Mundo

    El conjunto de casos y doctrina presentes en este libro contribuye a contextualizarla gravedad de estas actividades delictivas, independientemente del tiempo o dellugar en que se produjeron.

    Elizabeth Paravicini G. EDITORA

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    Especiales agradecimientos a los anftriones, expositores e invitados especiales del Seminario Internacional sobreEstafas Piramidales (Noviembre, 2008, La Paz, Bolivia), cuyos contenidos han sido recogidos en este libro:

    Venezuela:Dr. Lester Dvila Valera, Superintendencia de Bancos y Otras Instituciones Financieras

    Dra. Mara Elena Fumero Mesa, Superintendencia de Bancos y Otras Instituciones FinancierasDr. Daniel Medina, Fiscala General Financiera

    Per:Dr. Edward Asencio Dominguez, Superintendencia de Bancos, Seguros y AFPs

    EcuadorDr. Camilo Valdivieso Cueva, Superintendencia de Bancos y SegurosDr. Esteban Zabala Palacios, Superintendencia de Bancos y Seguros

    Espaa:Dr. Jaime Herrero - Banco de Espaa

    Bolivia:Dr. Tefilo Tarquino, Corte Suprema de JusticiaDr. Wilfredo Chvez, Ministerio de Justicia

    Dr. Bernardo Wayar, Colegio de Abogados de La PazDr. Alvaro de la Torre Zurita, Ministerio Pblico

    My. Johnny Aguilera, Polica NacionalAnfitriones: Lic. Marcelo Zabalaga-Superintendencia de Bancos y Entidades Financieras

    Ing. Oscar Pammo, Superintendencia de Bancos y Entidades Financieras

    Las doctrinas, normativas, reflexiones y casos expuestos en este libro han sido recopilados, resumidos y/o reeditados tanto de las exposiciones del Seminario como de publicaciones especializadas, medios de comuni-cacin e investigaciones judiciales y policiales.

    LA EDITORA

    Hemerografa

    Tiempos, Los (Cochabamba) Mercurio, El (Ecuador)

    Opinin (Cochabamba) Pas, El (Espaa)

    Gente (Cochabamba) Hoy (Ecuador)

    Razn, La (La Paz) Repblica, La (Per)

    Diario, El (La Paz) Evening Standard (Gran Bretaa)

    Nuevo Dia (Santa Cruz) Wall Street Journal (NY)

    Deber, El (Santa Cruz) The Washington Post (Washington,DC)

    CEDOIN (La Paz) The New York Times (NY)

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    Contenidos

    Introduccin

    Primera Parte:Tcnica de la Estafa Piramidal

    I. Estructura Piramidal ....................................................................................................................................1. Pirmides2. Piramidacin

    3. Piramidacin de Capitales

    II. Perfil de la Estafa y del Estafador .............................................................................................. 1. Estafa Piramidal

    A) ClsicaB) No FinancieraC) Financiera

    2. Elementos constitutivos del negocioA) Operacin al margen de la realidad econmica

    B) Intencin de DoloC) Posicin de los Sujetos3. Perfil del Estafador

    III. Perfil del Estafado y de sus motivaciones ..........................................................................1. El Estafado, cmplice o vctima?2. Perfil de motivaciones de los depositantes

    IV. Importancia de la Reparacin de los Daos .......................................................1. Efecto del Delito Estafa

    2. Primera Necesidad: Reparacin de los Daos3. Segunda Necesidad: Investigar y sancionar el delito4. Tercera Necesidad: Tipificar la Estafa Piramidal como delito financiero autnomo

    V. Necesidad de profundizar el tema .............................................................................................

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    Segunda Parte: Normativa en varios pases

    VI. Papel de la Autoridad y Marco Legal ........................................................1. En Per2. En Ecuador3. En Espaa

    4. En Venezuela5. En Idaho, EEUU.6. En Bolivia

    VII. Nuevo rol de la autoridad regulatoria: ......................................................1. Necesidad de Polticas Pblicas para la prevencin y lucha contra las Estafas Piramidales.2. Necesidad de otras Polticas Pblicas

    Tercera Parte:Casos famosos en Bolivia y el mundo

    Un vistazo a las grandes Estafas Piramidales ......................................................

    Estados Unidos Ponzi (1927) .....................................................................................520 Por ciento (1899)Madoff (2008)Stanford (2009)

    Colombia DMG (2008) ..................................................................................Ecuador Notario Cabrera (2005) ............................................................Espaa Sellos Postales (2006) ................................................................. Per CLAE (1993) ..................................................................................Venezuela Lneas 1-900 Astrotel C.A. (2001) ...................................Bolivia Finsa (1991) .....................................................................................

    Roghel (2008)LV Pharma (2008)Otros Rumania-Caritas (1994) ...................................................

    Portugal- Doa Branca (1984)Sudfrica-Kubus (1984)Rusia-MMM (90s)Albania (1997)

    COMENTARIOS FINALES .............................................................................................

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    Introduccin

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    Con esa decisin y en esa perspectiva, este volumen publicado por la Autoridadde Supervisin del Sistema Financiero de Bolivia, constituye un marco de refe-rencia de los temas tratados, debatidos, reflexionados en el Primer Seminario In-ternacional sobre Estafas Piramidales, realizado en la ciudad de La Paz Bolivia,en Noviembre de 2008. Medios de la prensa internacional dijeron que este Se-minario fue premonitorio pues, unas semanas despus, estaballaba en Estados

    Unidos de Norteamrica, la gran estafa del gur financiero Bernard Madoff.Fue un evento que dej lecciones invalorables escritas aqu gracias a que sus ac-tores personalidades e instituciones de alta jerarqua- volcaron lo mejor de susapiencia y experiencia para construir juntos esa conciencia internacional quebuscamos para la lucha efectiva en contra del crimen organizado del que el esta-fador es pieza clave.

    El inters de la Autoridad de Supervisin del Sistema Financiero de Bolivia eneste tema responde, primero, a que la estafa piramidal es un delito que perjudica

    en forma masiva a miles o a cientos de miles- de personas y es un dinero que sediluye entre los meandros de la delincuencia. En segundo lugar, porque considerala necesidad de impactar en nuestros pases para que los ahorristas y potencialesvctimas de las estafas piramidales que se organizan todo el tiempo, no caigan enlas garras de los estafadores. Y, en tercer lugar, porque particularmente a Bolivia,le interesa ampliar, depurar y mejorar su legislacin para que penalice con crcela los autores de delitos financieros y, obviamente, a los estafadores.

    La experiencia colombiana en esta materia es valiosa, como es la espaola, la

    ecuatoriana, la venezolana, la peruana o la estadounidense. Su legislacin llevapasos adelante a Bolivia pese a los vacos. Lo que tienen previsto unos, les falta aotros. Uno de los valores de este libro es precisamente haber recogido la normati-va que permite actuar, o no actuar, en cada uno de nuestros pases.

    Mientras en Bolivia demandamos una ley especfica contra delitos financieros quepenalice expresamente las estafas piramidales, en Colombia por ejemplo, rige unaley que le da amplios poderes al Parlamento para que emita todos los decretosnecesarios para controlar estas estafas y recuperar el dinero. No menos importantees el decreto que establece 20 aos de crcel como pena para los estafadores. O,mejor, en Idaho, EE.UU., promover o participar de un esquema piramidal esilegal sin discusin.

    El objetivo compartido es avanzar en la legislacin porque no slo la estafa provo-ca daos de carcter masivo sino que, al mismo tiempo, pone en duda la solven-cia, la seriedad y la confiabilidad del sistema financiero.

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    1. Pirmides

    Las pirmides estn asociadas con los esquemas deshonestos ms antiguos y co-munes porque, en general y desde el punto de vista del consumidor, los esquemaspiramidales son fraudulentos, ilegales y hacen que la gente pierda su dinero.

    Si bien existen compaas de mercado en red o de multi nivel que son legales ylegtimas, stas son pocas en el mundo y sirven a los estafadores para pretenderpasar por una de ellas.

    El reto de las autoridades de regulacin y supervisin es detectar la ilegalidad,detenerla si es posible; pero el reto mayor es de la gente, por s misma, para que

    conozca lo suficiente, que est bien informada y que sea capaz de intuir, al menos,que alguien quiere echarle mano a sus ahorros.

    I. Estructura piramidal

    Estafador

    Persona D Persona F Persona H

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    2

    3 Persona E Persona G Persona I

    Colaboradoro reclutador

    (no es vctima)

    $Colaboradoro reclutador

    (no es vctima)

    $

    Persona A Persona B Persona C

    Tcnica de laEstafa Piramidal

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    2. Piramidacin

    La palabra piramidacin, etimolgicamente inexistente, ha sido adaptada en elmbito financiero para definir los procedimientos de captacin masiva ilegal derecursos del pblico los cuales giran en un solo crculo y ocasionan que, al final,por no existir un respaldo econmico solvente, se produzca su rompimiento y setermine perjudicando principalmente a las personas que a manera de inversin-colocaron su dinero en la poca inmediatamente anterior al colapso del procesopiramidal de captacin ilegal de recursos.

    La piramidacin constituye un efecto por el que con cualquier capital, sea grandeo pequeo, se obtiene un elevado rendimiento en corto tiempo sin que se puedaestablecer cul es el destino y fin del dinero invertido y cul fue la operacinfinanciera que gener tal rentabilidad.

    El efecto de piramidacin ser mayor cuantos ms niveles de participacin se denen el proceso de conformacin de la pirmide financiera. En definitiva, la pirami-dacin constituye un proceso fraudulento que tiene el objetivo de captar fondosbajo la promesa de entregar intereses superiores a los legalmente establecidos,que se cancelan con dinero recaudado de personas que se van incorporando a lapirmide, motivados por una expectativa que se descubre como falsa nicamentecuando el sistema colapsa.

    3. Piramidacin de capitalesEs necesario establecer diferencia entre la piramidacin -que constituye una estafamasiva en la que participan activa y directamente miles de incautos que entregansus recursos a personas naturales o jurdicas que no estn legalmente autorizadaspara realizar operaciones financieras de captacin de recursos del pblico- y ladenominada piramidacin de capitales por parte de instituciones del sistema fi-nanciero legalmente constituidas, dentro de las cuales tambin opera una suertede estafa masiva cuando se aumenta artificialmente el patrimonio de la institucinfinanciera, pero no su solvencia. Es otro mecanismo que convierte a los deposi-

    tantes y al pblico en una suerte de actores pasivos de estafas colectivas.

    La piramidacin de capitales es un mecanismo que permite utilizar un mismomonto de recursos para incrementar el capital de una institucin financiera nosolo una vez, como es lo normal, sino en ms ocasiones. Un ejemplo es el delbanco local que invierte su capital en una subsidiaria off shore (en el exterior), laque a su vez, concede un crdito a un individuo o empresa (relacionada o no) paraque adquiera acciones del banco local. De esta manera artificial, el patrimonio delbanco local se incrementa, sin fortalecer en la prctica su solvencia.

    Otro mecanismo similar, pero ms sofisticado, es que la subsidiaria off shore

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    II: Perfil de la Estafa y del Estafador

    1. Perfil de la Estafa Piramidal

    adquiera participaciones en algn fondo internacional con el objetivo de adquiriracciones en el banco local.

    Como estafa piramidal se conoce a la modalidad de estafa utilizada por empresasno reguladas -o personas individuales- mediante la cual se hace creer a deposi-tantes que pueden obtener muy buen rendimiento sin dar a conocer claramente

    la naturaleza de las inversiones que realizan. El nombre es porque su estructuratiene la forma de una pirmide.

    Se puede encontrar rastros y evidencias de esta actividad ilcita desde el siglopasado. Sin embargo, su presencia y accionar se mantienen vigentes bajo unaserie de otras denominaciones como clulas de la abundancia, clulas de colores,clulas de gratitud, bolas de colores, bolas solidarias, crculo de la prosperidad,rueda de la amistad, entre otras.

    A fin de comprender con mayor precisin las caractersticas de la diversidad detipos de estafas que se registran, veamos esta primera clasificacin:

    A) Estafa piramidal clsica es la creacin de un esquema piramidal, basadoen un primer nivel donde se ubica el grupo estafador -denominado cabeza o cs-pide- del cual depende un segundo nivel contactado por los organizadores.

    El segundo nivel -una vez que encuentra que la empresa funciona, porque lepagan los intereses comprometidos- es incitado a buscar ms ahorristas sobrelos cuales recibe incluso comisin para que los nuevos depositen sus ahorros en

    manos de los del primer nivel. El tercer nivel, comprobado el funcionamien-to de la empresa, repetir la bsqueda de nuevos ahorristas. De este modo, se

    Las empresas y personas que organizan estafas piramidalesinfringen la Ley porque captan habitualmente- depsitos del

    pblico sin autorizacin del ente regulador. Afectan la integridad del ahorro pblico. Merman la confianza en las instituciones del Estado y en el

    Sistema Financiero.

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    constituye la pirmide de ahorristas. Todos entregan su dinero alprimer nivel.

    Esta estructura es sucesiva e, incluso, ilimitada. Labase es el cobro de una cantidad que se compensarcon nuevas incorporaciones. Con slo dos por cada

    persona incorporada, la pirmide se forma muy ace-leradamente y, en lapso relativamente corto, se generala capacidad de recaudar millones de dlares.

    En este tipo de esquema piramidal solo circula dinero entre losparticipantes. No se genera dinero adicional. Es decir, no hay nin-gn negocio debajo. Lo nico que hay es que a medida que se vaincorporando ms gente, los que ya estn incorporados a esa redvan obteniendo ganancias. No es ms, ni se vende ms, ni se busca

    ms. Aunque pareca que este tipo de estafa estaba ya superado, larealidad nos dice que no es as.

    El siguiente cuadro sirve para ilustrar la evolucin de una estafapiramidal, y para demostrar a partir de un esquema ingreso-egreso-, el jugoso beneficio para el organizador de la estafa.

    Supongamos que el organizador de la estafa promete el pago del10% de inters mensual a cada participante a cambio de un dep-sito de $1.000. Si consigue, adems, enrolar a otros participantes

    recibir, por cada uno, $50 adicionales; y as, en adelante:

    Caso RoghelEn el caso Roghel de Bolivia, porejemplo, el seor Windsor Goitia,pastor de una Iglesia Protestante,estableci relacin con feligresesadems de sus familiares-, prome-tindoles utilidades iniciales hastadel 20% de rentabilidad mensual.Como ya tena a su favor la credibi-lidad y confianza, los que le rodea-ban le entregaban a ciegas su dinerocon la nica condicin de que es-tas personas traigan a otras tantas,

    y esas tantas a otras tantas. ASFIcalcula que en el lapso del 2005 al2008, Roghel ha captado al menos40 millones de dlares.

    COMENTARIO

    APORTESDE

    PARTICIPANTES

    PAGOSPOR

    INTERESES

    PAGOSPOR

    COMISIONES

    SALDOENBENEFICIO

    DELORGANIZADOR

    ENERO2.000 $(B y C) 2.000 $

    FEBRERO 200 $

    (B y C) - 200 $

    MARZO4.000 $(D, E, F y G)

    200 $(B y C)

    200 $(B y C) 3.600 $

    ABRIL 600 $(B, C, D, E, F y G) - 600 $

    MAYO8.000 $(H, I, J, K, L, M, N y O)

    600 $(B, C, D, E, F y G)

    400 $(B, C, D, E, F y G) 7.000 $

    (...) (...) (...) (...) (...)

    TOTAL 14.000 $ 1.600 $ 600 $ 11.800 $

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    Como se puede apreciar, la capacidad del estafador para recaudar recursos esmuy grande. La gente percibe que se trata de un gran negocio. Hay quienes hastase sienten privilegiados de ser parte cuando, en realidad, lo que estn recibiendoes apenas una pequea parte de su propio dinero y el de otros de su condicin.

    Los estafadores y sus primeros clientes podrn ganar mucho di-

    nero, pero muchos ms clientes lo perdern a la hora en que lapirmide se derrumbe.

    Este tipo de actividades en sus primeros periodos de alto rendimiento- ocul-ta hbilmente la intencin final de, bsicamente, el enriquecimiento ilcito o ellavado de dinero. Tras convencer a los primeros clientes, pagndo puntualmentelo prometido, el estafador los convierte en propagadores de las bondades delnegocio. Al tiempo de ir sembrando confianza y gratitud mantiene, en principio almenos, un perfil bajo, silencioso.

    Existen evidencias comprobadas de estafas piramidales que datan de hace ms de100 aos. La primera en haber sido documentada adecuadamente fue la estafaPonzi, sucedida en los Estados Unidos durante los primeros aos del siglo XX,por lo cual -hoy en da y a nivel internacional- las estafas piramidales de tipofinanciero se conocen con ese nombre.

    Las ideas para poner en marcha una estafa piramidal son, sinduda, novedosas. Se trata de supuestas inversiones en rubros noexplorados y, por tanto, mercado seguro que rendir dividen-dos muy por encima del que ofrece el sistema financiero formal.Se tratar de inversiones sobre las cuales los participantes sabenmuy poco o no tienen los medios para verificar ni existencia nilegalidad. Deben contentarse con la explicacin del organizadorde la estafa de que sus dineros estn invertidos en instrumentosfinancieros, bolsas de valores o inversiones en el exterior. Entodo caso, difcil de verificar por parte de la vctima.

    Entonces, podemos concluir que las estafas piramidales son estafas estructuradassobre modelos de negocios no sostenibles y que requieren la incorporacin deun flujo exponencial de participantes quienes, al incorporarse, deben depositardinero a fidutia; es decir, bajo confianza, para beneficiarse de:

    La retribucin, en calidad de intereses o utilidades, de una proporcin muysignificativa de su depsito (estafa piramidal clsica), o,

    La compra de un producto a precios substancialmente menores a los del mercado (estafa no financiera), a cambio de reclutar otros depositantes.

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    2. Elementos constitutivos del negocio

    Los elementos constitutivos presentes en una estructura piramidal ilcita, generalmente, son tres:

    A) Operacin al margen de la realidad econmica.

    Una estructura piramidal de nuevas incorporaciones puede serlcita: es la base de muchos negocios reales. En las estafas pira-midales, la base del negocio es la percepcin de nuevos ingresosque no se sustentan en una operacin econmica real. Las estafaspiramidales no tienen ningn sentido econmico pues no se sus-tentan en ninguna actividad econmica real. Eso lo sabe quien lo

    funda y lo sabe quien interviene.

    Ahora, no todo lo piramidal es ilcito ni es que una estructura piramidal, de in-corporacin progresiva de personas a un negocio, sea de hecho ilcita. Si as fuera,romperamos con la incorporacin de nuevos capitales a las empresas, nuevosaccionistas a una realidad consolidada cuya base del negocio sea la percepcinde nuevos ingresos.

    Cuando hablamos de operaciones al margen de la realidad, podemos estar frentea una estafa, un fraude, un negocio mal concebido, o las tres cosas.

    B) Clara intencin de defraudar (el dolo).

    Actuacin dolosa de partida que va acomodando al estafador, alos colaboradores y a las vctimas en un lugar de la cadena dondese puede establecer el lmite de la intencionalidad

    La actitud dolosa surge desde el primer da. El estafador tiene una capacidadinventiva monumental sin que, necesariamente, sea un genio de la ingenierafinanciera.

    Lo cierto es que, pese a que una estafa piramidal siempre cae y que es imposibleque un negocio que no se sustenta en ninguna realidad funcione, es difcil esta-blecer cunto va a durar, cundo se va a descubrir y, por ende, cunto dao va acausar en el camino.

    La reflexin en este punto es preguntarse en qu lugar de la cadena se estableceel lmite de la intencionalidad. Queda claro que quien acta al principio de la ca-dena tiene una actitud dolosa indiscutible, pero tambin es importante establecereste lmite para definir el grado de responsabilidad penal de quienes participan

    no slo en la organizacin, sino tambin en la colaboracin.

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    Habr variaciones de un tipo de estafa a otro pero, en todo caso, establecer ellugar de la cadena es fundamental para efectos penales.

    C) Posicin de los Sujetos:

    Aunque resulte difcil establecer el grado de responsabilidad pe-nal de los sujetos participantes en una pirmide (activos y pa-

    sivos), es necesario visualizar no solamente a quin ha sido elautor del delito, sino quin o quines pueden estar en relacin decooperacin, de colaboracin, de complicidad.

    Posicin Activa Que corresponde a quien organiza,

    gestiona, lleva a cabo la estafa.

    Posicin Pasiva Que corresponde a quien la sufre o padece.

    Responsabilidad Penal Que depender del grado de implicacin.

    3. Perfil del Estafador:

    El organizador de la estafa crea empresas de papel, no regularizaactividades, no paga impuestos, no paga seguridad social. A lahora del punto de quiebre de la estafa, cuando sta colapsa y yano puede pagar lo prometido a los participantes, el organiza-

    dor desaparece y los participantes se quedan sin los recursos quehan aportado. Por supuesto que quedan desamparados porque nocuentan con el beneficio de una red de seguridad financiera.

    El crecimiento de este tipo de negocios depende de que los primeros enrolen aotros aportantes, estos a otros y as, hasta que la estructura llega a un punto lmitea partir del cual ya es insostenible mantener el esquema de negocio.

    Aunque la estafa siempre terminar en quiebra, el proceso es generalmente lento

    y silencioso al principio, hasta que los organizadores consolidan la base de los pri-meros inversores. Los organizadores del fraude convencen a sus primeros clien-tes, les pagan lo prometido y los convierten en propagadores de las bondadesdel nuevo negocio. Los amigos y familiares de estos harn la prueba y sern otrosfelices propagadores de los beneficios de su acertada eleccin.

    El estafador lleva -generalmente- un minucioso registro de los depsitos quecapta, el pago de utilidades y la actividad de sus promotores. Esta informa-cin, este rastro de la estafa, es muy til al momento de determinar montos aresarcir a los afectados.

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    El estafador tiene clara intencin de estafar y buscar desaparecer antes deque la estafa sea descubierta.

    Buscar su legitimacin y la creacin de un halo de benefactor.

    El xito del estafador, en esta etapa, logra en base a:

    Mantener bajo perfil Generar la red de confianza

    Generar gratitud

    En este juego, los organizadores de la cadena se van convirtiendo en millonariosporque los beneficios se multiplican en la medida en que la pirmide va crecien-do en una proporcin exponencial.

    Este proceso continuar e ir ganando ms vctimas que irn construyendo esared de confianza, al recibir puntualmente sus dividendos. Confianza y grati-

    tud con sus timadores, son algunos de los componentes complicados pues estosactan con caractersticas de benefactores y van construyendo un ejrcito dedefensores a la hora de la intervencin de la autoridad.

    El estafador buscar ampliar su base de apoyo formal (familiaresy amigos cercanos) e informal (los primeros grupos de depositantesque, a su vez, se convierten en cmplices. Es el grupo inteligentede la estafa pues, al ser de los primeros, recuperan su capital una,dos, tres veces). A la hora del colapso, son los encargados de mo-

    vilizar a los afectados en contra de la autoridad.

    Al cabo del tiempo, y cuando el estafador ya siente insostenible continuar mante-niendo el modelo de negocio -pues simplemente no existen los recursos suficien-tes para cumplir lo prometido a todos los participantes- ste desaparece y deja alos participantes sin sus recursos.

    Este fenmeno se puede reproducir en cualquier parte, en cualquier tiempo ycomporta un sistema de embaucamiento colectivo.

    Los que se quedan al margen del sistema irnicamente- envidiana los que estn dentro. Observan de fuera que los que estn percibenlos jugosos rditos generados por estos sistemas piramidales que noson otra cosa que estafas colectivas.

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    1. El Estafado: cmplice o vctima:

    Una primera clasificacin nos muestra que en general- existen tres tipos de per-sonas potencialmente vctimas de las estafas piramidales:

    Los ambiciosos conscientes de que se trata de un fraude, peroparticipan como lo hace un jugador de ruleta.

    Los incautos que creen que entran en un grupo inversores privilegiados. Los creyentes que estn convencidos de la legalidad de la inversin.

    Sin embargo, los participantes de una pirmide, quiranlo o no, estn engaandoa las personas que reclutan. Por tanto, podran tener algn grado de responsabili-dad penal. Pocas personas se dejaran engaar si se les explicara completamentelos riesgos.

    La mayora de las vctimas son personas de bajos ingresos congran capacidad marginal de ahorro.

    Las vctimas, generalmente pequeos ahorradores, estn a la bsqueda de alternati-

    vas de inversin de su dinero y confan en los consejos de familiares o allegados. Enmuchos casos, no prestan atencin a la calificacin de quin va a manejar su dinero,ni los negocios o inversiones en los que estaran participando en tanto se les cumplalo prometido. A menudo, los ingresos logrados por las vctimas son reinvertidosen la misma cadena, pues la confianza en los organizadores es muy grande.

    La idea esencial detrs de este tipo de estafa piramidal es que el individuo realizaun solo pago a cambio de un flujo de ingresos que supera con creces el montoinvertido. Sin embargo, queda comprometido a reclutar nuevos participantes,por lo cual recibe una comisin o algn tipo de beneficio adicional.

    En menor medida, son personas de buen nivel de conocimientofinanciero, deseosos de hacer ganancias con una actividad dedudosa honorabilidad (juegan y apuestan su dinero como en loscasinos, dispuestos a ganar en grande, o perder en grande tam-bin). Como lo que les importa es ganar dinero, tampoco tienen

    escrpulos en reclutar a otras personas sin exponer los riesgos, afin de beneficiarse tambin con comisiones.

    III. Perfil del Estafado y motivaciones

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    2. Perfil de motivaciones de los depositantes ingenuos:

    Falta de conocimiento de las condiciones que deben cumplir las empresas legales. Ilusin de mejorar el nivel de vida, por medio de un pase casi mgico.

    En general, confluyen estos dos elementos en la vctima de las estafas. La ingenui-dad, como condicin sin equanum. Se trata de incautos que creen que entranen un grupo inversores privilegiados. Generalmente, los estafadores se centran enun colectivo especfico (profesional, religioso, deportivo, entre otros) convencidode la legalidad de la inversin.

    Los miembros de las sectas son ms proclives a ser estafados hipnotizados porsus predicadores-, precisamente porque, aparentemente, son ms frgiles encuanto a sus niveles de racionalizar supuestos actos de fe o manipulacin de lamisma.

    Actitud anti status. Dado que lo formal no me resuelve la vida,tal vez lo informal, me la resuelva. Probablemente, esta es una

    de las motivaciones ms importantes para que la gente ensayemecanismos no formales para mejorar su nivel de vida.

    Adicionalmente, descubierta la estafa, las vctimas son fcilmente manipulables.Creen todo lo que les dice el estafador y participan activamente de revueltas con-tra la autoridad.

    IV. Importancia de la Reparacin de Daos

    Cualquier delito provoca dao y el dao pone en peligro la cali-dad de vida, o la vida misma de las personas. La estafa es un

    delito que destruye o elimina el patrimonio de las familias, porlo que es necesario reflexionar en que no es suficiente atraparal estafador, sino fundamentalmente encontrar mecanismos dereparacin de los daos a las vctimas y la sancin penal a losorganizadores y colaboradores de la pirmide.

    Primera necesidad: Reparacin de los Daos

    Una vez detectado y detenido el proceso del delito, la primera necesidad que la justiciadebe plantearse, antes del castigo, es la reparacin de daos. Se trata de recuperar el

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    patrimonio personal y familiar afectado. En esa lgica, PRIMERO se debe buscar eldinero mal habido y anotar preventivamente los bienes de los delincuentes.

    Como consecuencia de la comisin de un delito surgen dos responsabilidades:la penal y la civil. La responsabilidad civil en delitos de estafa es la que se debebuscar precautelar de forma ms eficiente el patrimonio estafado, pues la inves-

    tigacin y posterior sancin del delito de estafa se desarrolla en un periodo detiempo prolongado.

    En ese tiempo, la recuperacin, tambin toma un tiempo indeterminado. Portanto, es necesario implementar mecanismos administrativos ms rpidos y efi-cientes para precautelar el patrimonio que el estafador ha obtenido gracias a suactividad ilegal. Es decir, debemos tener la posibilidad de ordenar la anotacinpreventiva de bienes muebles e inmuebles sujetos a registro, retencin de fondospara precautelar el dinero de los depositantes y evitar que el estafador hagadesaparecer todo lo obtenido de forma ilcita.

    En esta materia, Colombia dio una gran leccin en noviembre del 2008, cuandoenfrent una estafa piramidal clsica ejecutada por el Grupo DMG con alrededorde 80 mil afectados. Lo primero que hizo fue detectar dnde estaban los bienesque el estafador fue acumulando durante los ltimos cinco aos, periodo en elque mont la estafa piramidal, y los anot preventivamente fue anotando avio-nes, vehculos extraordinarios, mansiones, pues solo su venta permitira repararlos daos. Una gran leccin para la justicia boliviana que se ocupa muy marginal-mente del tema de los bienes.

    Segunda Necesidad: Investigar y sancionar el delito

    Si la justicia protege con alta prioridad el resguardo de los bienes acumuladospor el estafador para reparar el delito y pasa a la estructura de la investigacin paradeterminar la culpabilidad y el delito, habr cubierto dos grandes necesidades dela sociedad.

    Tercera Necesidad: Tipificar la estafa piramidal como delitofinanciero autnomo.

    El ahorro de la colectividad es asunto de inters pblico de los Estados y, enesa lnea, las Estafas Piramidales son DELITOS FINANCIEROS que provocancrisis y derrumbe de economas. De manera directa o indirecta afectan la estabili-dad de los gobiernos y generan desconfianza del pblico en sus instituciones.

    Por estas razones, legislaciones recientes a nivel mundial han conferido autonomay caractersticas propias dentro del Derecho Penal Econmico, a varias figuras de-lictivas - entre ellas las estafas piramidales- cuya posibilidad de comisin es privativa

    nicamente dentro de la realizacin de actividades de intermediacin financiera.

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    V. Necesidad de profundizar el tema

    No evadir la responsabilidad de continuar los esfuerzos para que las superinten-dencias o entes reguladores cumplan la obligacin de controlar la proliferacin deestafas piramidales. Las estafas son parte de lo sucio de la sociedad y es funda-mental evitar que por ah se difundan virus, bacterias y enfermedades del sistemafinanciero de los pases. Es obligacin del ente regulador -como autoridad super-visora- intervenir en lo sucio, lo desagradable y lo feo para proteger a la sociedadde las estafas piramidales. Para ello, es necesario plantearse la urgencia de prepararprocedimientos adecuados.

    Promover encuentros y trabajos interdisciplinarios e interinstitucionales para pro-

    poner legislacin apropiada con participacin de Jueces, Fiscales, Corte Supre-ma, Polica, supervisores y operadores del sistema financiero formal.

    Promover y participar activamente de nuevos encuentros nacionales e internacio-nales especiallizados en el tema.

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    Normativa envarios pases

    1. Per .............................................................................................................

    Estructura orgnica de la SBS

    Marco LegalPosibles Causas de la Informalidad FinancieraCaractersticasPosibles Opciones de SolucinDesarrollo de las Micro Finanzas en el Per

    2. Ecuador .................................................................................................

    Marco Legal y Tipo de DelitosHiptesis 1. Agotamiento de ilegal / infraestructura financieraraHiptesis 2. Aportes ilcitos al sistema piramidal

    Operadores de Justicia, Polica y Fuerzas ArmadasUtilizacin de Bienes Pblicos

    3. Espaa .....................................................................................................

    Anlisis de la Legislacin Espaola

    Experiencias y Antecedentes en EspaaA) Estafas Financieras

    B) Estafas No Financieras Recomendaciones

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    4. Venezuela ...................................................................................

    Normativa vigente en la comisin del delitoSupuesto del Delito: Lneas 1-900 Astrotel C.A

    Resultados de la InspeccinFiscala Nacional Bancaria de VenezuelaCompetencias

    5. Idaho, EE.UU. .....................................................................

    Marco LegalPirmides Ilegales

    Pirmides de donaciones o regalosMercadeo Multi-nivel o de red

    6. Bolivia ...........................................................................................

    Marco HistricoMarco LegalIntermediacin FinancieraTcnicas de Investigacin Policial Financiera

    Investigacin de Fraudes Financieros por la Fiscala de Materia

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    Papel de la Autoridad

    y Marco LegalPer

    - Estructura orgnica de la SBS- Marco Legal- Posibles Causas de la Informalidad Financiera- Caractersticas

    - Opciones de Solucin- Desarrollo de las Micro Finanzas en el Per

    El Per, un pas azotado por problemas sociales complejos, tambin soport expe-riencias de estafas piramidales emblemticas. El caso CLAE fue famoso. La Super-intendencia de Bancos, Seguros y AFPs consider que las posibles causas de la in-formalidad financiera en su pas tienen que ver con la intensa actividad financierainformal, la reduccin en el ingreso, la reduccin del empleo, la deficiente educa-cin del usuario financiero, la inflacin, la recesin y la poca aversin al riesgo. Enese escenario, la gente no tiene temor de participar en estructuras riesgosas.

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    Estructura orgnica de la SBS

    El ente regulador cuenta con reas que supervisan a actividadesinformales. Una es la Superintendencia Adjunta de Micro Finan-zas y Banca de la que depende el rea especfica de Inspecciones yes la encargada de la supervisin in situ de todo el sistema finan-

    ciero, incluido el informal. Otra es la Gerencia de Productos yServicios al Usuario, dedicada exclusivamente a culturizar a todocliente que acude al sistema financiero. Y, finalmente, la Unidad re-cientemente creada es la de Inteligencia Financiera que aplica unaserie de tcnicas y acciones que tienden a sorprender in fragantial estafador.

    Marco Legal

    Pese a que Per adoleca de mecanismos legales para atacar de

    modo ms eficiente la informalidad financiera, al presente se reco-nocen avances en la lucha contra estos ataques al sistema formal yen el cumplimiento de su responsabilidad de regular y supervisar elsistema financiero peruano.

    Posibles Causas de la Informalidad Financieray sus caractersticas

    Identificadas las posibles causas de Actividad Econmica Informal

    en el Per, algunas de sus caractersticas principales son:

    Elevadas tasas de inters. Desleal con el sistema financieroformal que paga entre 4 y 7% anual mientras la informalidadpaga entre 80 y 100% anuales.Ubicacin estratgica de locales. Con la experiencia deCLAE, podemos concluir que las oficinas no estn ubicadasen lugares muy visibles ni transitados.Infraestructura poco aparente, improvisada.No manejan software sofisticado.Depsitos a muy corto plazo; por tanto, voltiles. Inclusivehay depsitos grandes a 10 o 15 das.Mercado segmentado y personalizado. La informalidad po-cas veces se dirige a sectores o grupos corporativos.Difusin mediante folletera, Internet.Entidades que carecen de respaldo patrimonial.

    Caso ClaeLa Unidad de Inteligencia Finan-ciera del Per, en su intervencina CLAE, descubri que el dineroilcito, informal y para lavado de ac-tivos, era guardado en habitaciones.No existan bvedas especiales nimucho menos. Descubri tambinque en cada habitacin haba entre10 y 15 millones de dlares bom-beados (por el tiempo de perma-nencia en esos lugares y sin la rota-cin necesaria) por la forma en que

    manejaban los fondos captados.La captacin informal que hizo elCLAE (Centro Latinoamericano de

    Asuntos Especiales) trajo serios pro-blemas econmicos y sociales al Per.

    COMENTARIO

    Caso ClaeSe registraron casos de los fruterosque recurrieron a CLAE por montosde ms de un milln de dlares, porpocos das y a un inters elevadsi-mo, que les permiti hacer grandesnegocios; rentables, por supuesto.

    COMENTARIO

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    Opciones de Solucin

    Con este diagnstico, tambin las autoridades de regulacin delPer plantean posibles soluciones que pasan por:

    Desarrollo de las micro finanzas que sirven muchsimo paraconvertirlas de informales a formales. En el Per, las microfinanzas tienen un crecimiento sostenido y supervisado.Fomento del sistema cooperativo. Per todava carece de lassuficientes regulaciones para intervencin directa del enteregulador en su misin de precautelar los depsitos del p-blico. Aunque en el sistema cooperativo no tiene depositan-

    tes, sino socios cooperativistas, son alrededor de mil coope-rativas que requieren la norma.

    Una de las sorpresas fue encontrarse con personas de altosniveles implicadas en la pirmide. De la masa dineraria quese manejaba, aproximadamente un 70% corresponda a esaspersonalidades y solamente un 30% a un segmento popularque fue, precisamente, el que sala a las calles para protestarcontra la autoridad a la hora de la intervencin o el cierre.Per sufri casos dramticos: ataques cardiacos, suicidios, divor-cios, entre otros dramas. En la intervencin de CLAE se pudoarquear y recuperar alrededor de 35 millones de dlares.

    La Superintendencia y el gobierno consideraron la conve-

    niencia de abrir CLAE por seis das para devolver dinerosa esa masa social, la ms atomizada. Era una forma de evi-tar que esa gente que peda su dinero salga a las calles. Laidea fue que el retiro bsicamente est centrado en estamasa social y que -en trminos dinerarios- no significabamucho en relacin al total pero, definitivamente era el querepresentaba un conflicto social fuerte.

    Re abierta CLAE, sobrevino la gran sorpresa: los 35 mi-llones desaparecieron en un da, pues fueron retirados porlas grandes autoridades del pas.

    Respecto al estado del proceso, CLAE pas a una liqui-

    dacin judicial. Sali de la competencia de la SBS pero lagente an se paraba frente a las puertas de la SBS interfi-riendo en sus labores diarias. En 1993, la Superintendenciade Banca, Seguros y AFPs, clausur los locales de CLAE.

    COMENTARIO

    Los activos de esta empresa eran cuantitativamente fabulo-sos. Supuestamente, tenan inversiones en bonos pblicoscon acciones en las mejores empresas, como en una aceitera,por ejemplo.

    En un viaje por varios pases europeos para verificar si susinversiones eran ciertas, las autoridades peruanas descu-brieron que, en realidad, no exista ningn valor ni ttuloque acrediten esas inversiones. En fondos disponibles,Caja, no registraban nada. En activos fijos, no haba nada.El manejo lo hacan en forma criolla. Con simples re-cibos, CLAE prestaba a sus clientes millones de dlares

    para devolver en unos pocos das. No haba libros nicontroles, lo que lleva a calcular que no se han manejadosolamente 360 millones de dlares.

    El nombre de Centro Latinoamericano de Asuntos Espe-ciales no tena, en realidad, ninguna relacin con lo queen la prctica ejerca.

    Carlos Manrique Carreo, evangelista, fue preso por 10aos. Lo curioso fue que este seor sali de la crcel y sedio modos de utilizar variados mecanismos para volver acaptar dinero. Claro, volvi a la crcel.

    Unos 160 mil ahorristas fueron estafados. Se supo que estaempresa administr al menos US$. 360 millones provenien-tes, sobre todo, de indemnizaciones de empleados pblicos.

    Caso Clae

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    COMENTARIO

    Casos RecientesLa SBS del Per intervino, el 2008,Broker Market Internacional e In-

    verplan, inmediatamente, al prin-cipio de sus actividades. Cuentacon el mecanismo legal. A travs deorganismos pblicos, tiene compe-tencia para intervenir, gracias a laclaridad de la Ley.

    A travs de la Ley General, cuentacon autonoma administrativa, pre-supuestaria y, en cierta manera, daesa posibilidad de actuar inmedia-

    tamente. Broker Market e Inverplan,fueron cerradas.

    Inverplan con incautacin de dece-nas de miles de soles en sus localesdel Cercado de Lima, Chosica yLos Olivos.

    Broker Market Internacional, quecaptaba hasta U$S. 100 mil dla-res diarios.

    El dinero fue incautado y los res-

    ponsables de esos delitos fueron ala crcel.

    Potenciar las acciones de deteccin de la UIF insertada a laSBS desde 2007. Cuenta con personal calificado y se es-pecializa en la investigacin de lavado de activos y personalantiterrorista, como flagelos que se dan en varios pases yante los que la Superintendencia est atenta. En el Per, ellavado de activos es preocupante.

    Formalizacin de la propiedad.

    Mayor difusin de los riesgos que implica operar con perso-nas que no cuentan con autorizacin SBS.

    Para combatir la informalidad, el fomento a la microem-presa es importante en la economa peruana que tiene unapoblacin de 28.2 millones de habitantes, una participa-cin econmicamente activa de 15.2 millones y un PIB de

    U$S. 109.000.

    Las PYMES contribuyen con ms del 40% del PIB y em-plean a ms del 80% de la PEA.

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    Papel de la Autoridad y Marco Legal

    -Marco Legal y Tipo de Delitos -Hiptesis 1. Agotamiento de ilegal infraestructura financiera -Hiptesis 2. Aportes ilcitos al sistema piramidal

    -Operadores de Justicia, Polica y Fuerzas Armadas -Utilizacin de Bienes Pblicos

    Aunque mucho se ha especulado respecto del final del notario Cabrera, se diceque podra haber operado durante diez aos o ms. Sin embargo, existen doshiptesis que -conforme se desenvolvieron los hechos posteriores a su muerte-

    han ido cobrando fuerza y, respecto de las cuales, slo podemos ensayar algunasconjeturas puesto que ninguna se ha llegado a demostrar ni probar de maneracategrica, dentro del proceso penal.

    Papel de la Autoridad

    y Marco LegalEcuador

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    Marco Legal y Tipo de Delitos

    La captacin ilegal de recursos del pblico es un delito que seencuentra tipificado no precisamente en el Cdigo Penal. Su de-finicin y sanciones administrativas y penales provienen de la LeyGeneral de Instituciones del Sistema Financiero, cuerpo legal que

    regula el funcionamiento del sistema financiero nacional y de lapropia Superintendencia de Bancos y Seguros. Este es un delitode los denominados comnmente como infracciones financieras yconsta en el artculo 121 de la citada ley, mientras el de estafa esttipificado en el artculo 563 del Cdigo Penal y sancionado de seismeses a cinco aos de prisin.

    El tema es que la aplicacin de esta disposicin, en la prctica, noresulta factible cuando ocurren situaciones de esta naturaleza. Ladisposicin legal se convierte en letra muerta. Cuando se producen

    estos hechos, surgen multitudes enardecidas que, en principio, semueven por una suerte de conservacin instintiva. No me to-quen el negocio mientras yo no haya rescatado mi inversin. Y esoimplica el riesgo de que an las autoridades policiales se enfrentenal peligro de ser rebasadas por esas multitudes. Las situaciones deeste tipo resultan relativamente manejables cuando opera algn tipode negocio en desarrollo, incipiente an, si se le puede llamar as.

    Lo otro que resulta impracticable es que quien est operando al

    margen de la ley abra sus libros y muestre la contabilidad de sunegocio ilcito a la autoridad que, investida de atribuciones, llega arequerirle informacin. Lo nico que ciertamente se vuelve eficaz yefectivo, despus de necesario, es que tiene que intervenir la fuerzapblica con operativos de gran despliegue de fuerza para calmar,por un lado, el nimo de la gente enfurecida que no sabe a dndevolver los ojos y, por otro, para encausar el tema por los cnones queprev el ordenamiento jurdico.

    La actuacin de la Superintendencia de Bancos y Seguros, en elcaso del ordenamiento jurdico ecuatoriano, opera cuando llegana su conocimiento hechos de esta naturaleza por efecto de una de-nuncia de alguien que, necesariamente, tiene que formularla y ha-cerla de manera formal.

    El otro aspecto ciertamente importante es que, en la medida enla que todos y cada uno de los inversionistas perciben de partede quien recepta las inversiones, intereses que exceden los lmitespermitidos por la ley, todos y cada uno de esos actores incurren en

    el delito de usura. Todos son usureros.

    CasoNotario CabreraEl ao 2005, el Superintendentede Bancos de entonces haba sidollamado al Congreso Nacional paraser enjuiciado polticamente por uncaso distinto al tema del notario,como fue el proceso liquidatoriodel Filam Banco que haba cerrado

    sus puertas en el ao 98 y que seencontraba sometido a un procesode liquidacin forzosa.

    Pero la coincidencia en el tiempoen que se produjera el caso del no-tario, fue aprovechada polticamen-te por los diputados interpelantesque incluyeron como tema centraldel enjuiciamiento poltico la acu-sacin de una presunta inaccindel Superintendente de Bancos deentonces. Finalmente, aquello deri-

    v en su destitucin.

    La acusacin estaba dada en quealgn artculo de prensa de un pe-queo peridico tabloide, de cir-culacin local en la jurisdiccin deMachala, inclua algn comentariotangencial de que, efectivamente,se estara produciendo una capta-cin ilegal de depsitos. Esa fue laprueba que llev a fundamentar laacusacin que finalmente llev a la

    censura y destitucin del Superin-tendente de Bancos del Ecuador.

    COMENTARIO

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    Ciertamente, el tema reviste una implicacin tremendamentecompleja por cuanto tendran que sustanciarse tantos procesospenales cuantos inversionistas lleguen a detectarse dentro un es-quema piramidal de esta naturaleza. A lo que se suma el hecho deque, ms all de las disquisiciones de orden legal y jurdico, sonvctimas de un proceso de estafa colectiva. Entonces, el anlisis

    del conjunto reviste complejidades difciles de visualizar en unasalida en que resulte racional.

    El lavado de activos se entiende como la posible fuente de ingresos o inyeccin de capi-tal que mantena el Notario Cabrera y que, al parecer, termin con la inmediata entradaen vigencia de la ley que tipifica y reprime este delito ahora considerado autnomo enla legislacin ecuatoriana. En tanto que el enriquecimiento ilcito es el delito que esttipificado y sancionado en el Cdigo Penal.

    El Peculado se halla tipificado en el artculo 217 del Cdigo Penal ecuatoriano, y esimputable a los funcionarios pblicos y funcionarios bancarios, sea cual fuere su deno-minacin o cargo.

    Desde la vigencia de la Constitucin Poltica de la Repblica de agosto de 1998, as comode la que entr en vigor desde el 20 de octubre del 2008, por mandato constitucionaltiene las caractersticas de ser imprescriptible y su juzgamiento puede efectuarse aunque elacusado se encuentre prfugo. Las posibilidades de instaurar enjuiciamientos penales alNotario de Machala, Jos Javier Cabrera Romn, se extinguieron con su muerte pues aslo establece la disposicin contenida en el artculo 96 del Cdigo Penal.

    Sin embargo, con unos detenidos y otros prfugos, continan otros procesos contrafamiliares y colaboradores del notario Cabrera Romn por delitos tipificados como cap-tacin ilegal de recursos del pblico (delito financiero).

    Por peculado estn siendo procesados miembros de la Fuerza Area Ecuatoriana impu-tados de haber permitido el uso de un avin para un viaje de acreedores.

    Por robo agravado estn siendo procesados altos miembros de la Polica y dos de tropa

    imputados por la comisin de delito flagrante cuando pretendieron sacar el dinero exis-tente en la Notara, utilizando chalecos antibalas que formaban parte de su dotacin.

    Por hurto agravado estn siendo procesados tres ex miembros de tropa de la Polica, da-dos de baja a raz de la publicidad de los hechos. Ningn detenido. Los tres obtuvieronlibertad tras pago de una caucin de mil ochenta dlares cada uno.

    HIPTESIS 1: Agotamiento de la ilegalinfraestructura financiera:

    La muerte del notario desencaden la disminucin del nivel de captacin de dinero delpblico y, por ende, la consiguiente venida a menos de la velocidad de respuesta o de

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    pago a los acreedores antiguos y recientes. El debilitamiento de la base de la pirmidefinanciera condujo a su colapso y finiquito, una vez terminado el flujo normal de caja.

    Estos hechos reflejaron que -de no haberse producido la muerte del Notario de Macha-la- era altamente probable que su actividad de captacin ilcita de dineros al margen dela ley, continuara hasta estos das con una pirmide de mayor tamao del que registr al

    momento de su deceso y consecuente debacle del negocio que -no obstante su ilegali-dad- funcionaba con el beneplcito, y hasta proteccin, de todos sus actores.

    HIPTESIS 2: Agotamiento de aportes ilcitosal sistema piramidal:

    Los altos intereses ofertados y pagados, dentro del gran flujo de caja que mantena elNotario Cabrera, conducen a pensar que -pese a la cantidad de clientes que tena-, sunegocio era insostenible en el largo plazo (como todos los de esta naturaleza artificial);

    adems, si se advierte que este sistema piramidal oper por ms de una dcada (algunoshablan de ms de dos dcadas), resulta inevitable sospechar que el citado sistema tenaun fuerte y gratuito inversionista que inyectaba grandes cantidades de dinero ilcito alcircuito de dinero legal.

    El elevado nivel de circulacin de billetes que se daba diariamente en las oficinas dela notara habra sido una excelente cortina de humo para quien tratase de convertir enlegal el dinero obtenido de forma ilcita. Entregndoselo al notario, dueo ese negocio,lograba xito en su propsito y dilua las sospechas que podan eventualmente levantarse,

    en tanto era manejado por un funcionario investido de la calidad de fedatario; es decir, dela capacidad legal de dar fe pblica.

    No obstante lo anotado, en el ordenamiento jurdico de la Repblica del Ecuador, estehecho especfico no pudo ni puede ser juzgado por cuanto -al tiempo de la comisindel presumible delito de lavado de activos en que habra incurrido el Notario Cabrera,aun cuando se hubiera identificado a los autores, cmplices y encubridores o al inver-sionista inyector del capital- no exista una ley que reprima el lavado de activos comodelito autnomo.

    El lavado de activos -o lavado de dinero como se denominaba antes- era una conse-cuencia del delito subyacente del trfico de sustancias estupefacientes y psicotrpicasque lo converta en un delito secundario conexo consistente en la adquisicin de bieneso la realizacin de inversiones con el dinero generado exclusivamente por actividadesilcitas de tenencia y trfico de sustancias estupefacientes y psicotrpicas. Slo el dineroque provena de esa actividad delictiva, y que era introducido y circulaba en el sistemafinanciero, se lo consideraba como tal, descartndose como ilegal al dinero que provenade otras actividades ilcitas.

    Ocho das antes de que se produzca la muerte del Notario Cabrera, el 18 de octubre de2005 entr en vigencia en el Ecuador la Ley Para Reprimir el Lavado de Activos. En

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    ella se tipifica como delitos a todos aquellos actos que contravienen y atentan contra elsistema econmico y financiero, cuando quienes los cometen pretenden lavar o legalizarcapitales de origen ilcito.

    Operadores de Justicia, Polica y Fuerzas Armadas

    La permisividad de la ilegal actividad del Notario Cabrera Romn que observaron losdistintos funcionarios pblicos pertenecientes a la administracin de Justicia, a la Policay a las Fuerzas Armadas de la ciudad en la cual operaba, trajo consecuencias de carcteradministrativo y jurisdiccional.

    Es as que, en sede administrativa, se realizaron remociones y destituciones de los ser-vidores civiles y bajas de los miembros militares y policiales. Sin embargo, en sedejurisdiccional se iniciaron los procesos penales que culminaron con sobreseimientos;otros se encuentran pendientes de resolucin. Eso significa una suerte de dilucin en laadministracin de justicia donde no opera una reivindicacin de la justicia.

    Utilizacin de Bienes Pblicos

    Parte del anecdotario en este hecho, tambin constituye el uso de bienes pblicos en esaactividad ilcita. Miembros de las Fuerzas Armadas que participaron en los saqueos dela Notara utilizaron recursos del Estado como aviones, automviles, jeeps, motocicletas,combustible, chalecos antibalas e incluso armamento para ese fin. Nadie pudo justificarpor qu se autorizaron vuelos logsticos de un momento a otro desde la ciudad capitalhacia la ciudad de Machala.

    Luego se explic, en la lectura posterior al conjunto de hechos que han rodeado estesuceso, que los militares inversionistas no repararon ni escatimaron el uso de ningnmedio para recuperar su inversin.

    La desesperacin de perder su dinero, los motiv a ejecutar estas acciones y se convir-tieron entonces en sujetos activos de delito de peculado, como una derivacin de lo queconstituye el esquema piramidal dentro el que oper el Notario Cabrera. No pensaronni imaginaron que su accionar configur la comisin del delito de peculado, mismo quese encuentra tipificado en el artculo 257 del Cdigo Penal ecuatoriano.

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    - Anlisis de la Legislacin Espaola- Experiencias y Antecedentes en Espaa A) Estafas Financieras B) Estafas No Financieras- Recomendaciones

    Anlisis de la Legislacin Espaola

    Desde la ptica de la legislacin espaola, la actuacin dolosa en la estafa es

    indiscutible y es sutil el lugar en la cadena donde se establece el lmite de laintencionalidad.

    El lugar de la cadena es importante y tambin el tipo de estafa.Los sujetos (activos y pasivos) tendrn responsabilidad penal quedepender del tipo de estafa (clsica, no financiera o financiera)y el grado de implicacin.

    En esta lgica, la estafa piramidal puede analizarse desde tres puntos de vista:

    De la Legislacin Mercantil y de Consumo, de la Financiera y de la Penal.

    Papel de la Autoridad

    y Marco LegalEspaa

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    Desde el punto de vista de la Legislacin Mercantil y de Consumo, la Ley deOrdenacin del Comercio Minorista (Ley 7/1996, de 15 de enero):

    Regula las ventas a plazos, ventas por correo, todo tipo de venta minorista y, en suArtculo 23, prohbe expresamente las ventas en pirmide. De la interpretacinde esta ley, se establece que est prohibida la estafa piramidal clsica en la que

    circula slo dinero; la estafa ms depurada si se cumplen las dos condiciones delofrecimiento de productos gratuitos o a un precio inferior, o si se basa en la con-dicin de la adhesin de nuevas personas. Por tanto, las clusulas contractualesexistentes en esa relacin son nulas de pleno derecho; el contrato queda nulo yla estafa, penalizada.

    Desde el punto de vista de la Legislacin Financiera,una segunda prohibicininscrita en la Ley de Disciplina e Intervencin de las entidades de crdito (Art.28, Ley 26/1988, de 29 de julio) establece que ninguna persona fsica o jurdi-ca, nacional o extranjera, podr, sin haber obtenido la respectiva autorizacin y

    hallarse inscrita en los correspondientes registros, ejercer en territorio espaol lasactividades legalmente reservadas a las entidades de crdito, o utilizar las denomi-naciones genricas propias de stas u otras que induzcan a confusin con ellas.

    Se entiende reservadas a las entidades de crdito: la actividad tpica de recibirfondos del pblico en forma de depsito, prstamo, cesin temporal de activos,con obligacin de restitucin y no sujeta a la disciplina del mercado de valores.

    Esta legislacin es relativamente comn en varios pases, pero

    aqu es importante subrayar que quedan claras dos prohibicio-nes: una en el mbito del consumo y otra en el mbito financiero.Aunque resulte obvio, es importante que est escrito en la ley.

    Muchas veces, el ncleo de confusin entre mercado financiero y de valores esdifcil. Estas condiciones son indiscutibles para un banco. Y si estamos en el m-bito del mercado de valores, obviamente, si capta dinero del pblico en formade depsito- para comprar un valor que debe restituir, estamos en un escenariosujeto a las reglas de un mercado de valores.

    As como la denominacin de entidades financieras no est reservada, la activi-dad tpica de las entidades financieras tampoco est reservada legalmente. Lacrtica de los consumidores bancarios espaoles es que cmo puede una entidadno tutelada por el Banco de Espaa dedicarse a dar prstamos de manera habi-tual?, Eso no est reservado?... En principio, s. Cuando se dice, por ejemplo,actividad habitual de prstamos, no est precedido por ley porque es muy difcilestablecer el lmite de habitual: establecimientos abiertos al pblico, ofreci-mientos genricos al pblico, publicidad, pero tampoco se puede establecer quela concesin de prstamos entre particulares o entre empresas privadas, o entrepersonas, es una actividad reservada.

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    Tenemos que asumir que no hay ningn riesgo sistmico. Protegemos el sistemaporque detrs de una va otra. Si estamos con la famosa moral de mercado, na-turalmente, tiene que caer alguna. En esta lgica, quien no cumple sus deberes,debera estar fuera del mercado; incluso accionistas de esas entidades deberanpagar las consecuencias de una gestin inoportuna.

    El problema es que es el nico mercado de riesgo sistmico porque tras una vanotras. En una entidad financiera no es as, porque lo que tendra que hacerse esrecuperar los riesgos concedidos a particulares; ese es un problema de insolvenciaconcursal, pero no es un problema del sistema financiero.

    Desde la Legislacin Penal :No hay una regulacin especfica para estafas piramidales. Caen, sin duda, en elconcepto general de estafa y se han aplicado en los casos de estafas piramidales.

    Artculo 248 del Cdigo Penal (Ley Orgnica 10/1995):

    Cometen estafa los que, con nimo de lucro, utilizaren engao bastante paraproducir error en otro, inducindolo a realizar un acto de disposicin en per-juicio propio o ajeno.Es una tipificacin penal lo suficientemente amplia como para que entren lasestafas piramidales clsicas, depuradas o financieras.

    En cuanto a previsiones, tambin se consideran reos de estafa los que, con ni-mo de lucro, y valindose de alguna manipulacin informtica o artificiosemejante consigan la transferencia no consentida de cualquier activo patri-

    monial en perjuicio de tercero.La misma pena se aplicar a los que fabricaren, introdujeren, poseyeren o

    facilitaren programas de ordenador especficamente destinados a la comisinde las estafas previstas en este artculo.

    A.Los reos de estafa sern castigados con pena de prisin de 6 meses a 3 aossiempre que:

    La cuanta exceda de 400 La fijacin depende del importe defraudado, quebranto econmico,relaciones entre defraudador y defraudado y los medios empleados

    B.Las penas pueden ser mayores si recae sobre bienes de primera necesidad(vivienda, etc.); con simulacin de pleito; mediante cheque, pagar, etc.; abu-sando de firma de otros (o documento oficial); recaiga sobre bienes del patri-monio artstico, cultural, etc.; o cuando revista especial gravedad atendiendoa la contingencia creada o a la situacin en que queda el defraudado. Aqudebemos ver el componente social de una estafa.

    Prisin de 1 a 6 aos

    Multa de 6 a 12 meses (0-400 da)

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    Experiencias y Antecedentes en Espaa

    A. Estafas no financieras:

    Casos clsicos:Particularmente famosos en los aos 60s fueron aquellos que llegaban alos domicilios espaoles en un aviso con una moneda pegada en la que pide mande

    usted una moneda en cadena y otra a la que est en la cspide. En funcin del lugarque ocupe en la pirmide, la persona ira recibiendo ms o menos monedas.

    Aunque los casos de este tipo casi han desaparecido, el ltimo se registr con unaempresa llamada Cash que, burdamente, llamaba a la incorporacin de la cadena y,en funcin de los que vengan detrs: ustedes reciben ms. No dur ms de 10 dasporque el mecanismo de denuncia pblica funcion rpidamente.

    Otros supuestos clsicos, con ofertas de productos y servicios, siguen apareciendo aun-que no son muy relevantes. Aquellos ligados a la multipropiedad, aunque por la crisis

    actual est de capa cada, pero en los mercados inmobiliarios se trata de esos que unapersona compra la propiedad por dos semanas en un determinado apartamento en unresort donde el precio de entrada resultaba atractivo. Si bien en el mercado del turismo,este sistema funciona hasta estos das, se dieron casos en los que prometan cero cuotade entrada si la persona aportaba una cantidad de nuevos socios.

    Premios de la lotera, ligadas a ofertas que van hasta por Internet. En Espaa, la loteraEl Gordo es muy famosa e intervienen personas de todas partes del mundo. De ma-nera hasta grotesca, son estafas piramidales, al menos en parte, porque van entrando en

    la tpica cadena en la que no se sabe dnde empez ni dnde termina.

    Actividades a travs de Internet. El Internet que revolucion la vida de la gente, quecambi la vida de las sociedades, tambin es el gran mecanismo para los grandes pro-blemas en el mundo financiero, como las estafas.

    Estafas burdas a travs del correo electrnico en el que se le dice a una persona quegan el premio gordo de la lotera espaola y que, por la legislacin espaola, requie-ren un desembolso mnimo del 10% en metlico para recuperar el premio. Y la gentecae incluso sin haber jugado nunca a la lotera.

    Otro tipo de estafa piramidal, desde el Internet es tambin creciente y ligado a la lo-tera. Se trata de supuestos desbloqueos de premios. Son grupos de personas quedicen que ganaron un premio pero que no tienen el mnimo de cash para desbloquearel premio y que si usted quiere participar, le damos tal o cual cantidad de dinero. Lagente da su dinero y cae.

    Estafas relacionadas con el empleo. Trabajo desde casa y con un trabajo muy sencillo.Participe con $US. 400 y a medida que incorpore ms personas, usted podr bajar a

    $US. 200

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    Estafas relacionadas con herencias. Gente que recibe unas supues-tas herencias exorbitantes pero para desbloquear las supuestas for-tunas, requiere de tanto o cuanto que si usted lo da, tendr mediomilln de dlares. Y, aunque resulta difcil creer, la gente cae sinremedio. Iguales casos, son frecuentes en Nigeria razn por la queel Banco Central de Nigeria tiene la reputacin por los suelos. Aqu

    podemos plantearnos la pregunta: quin es el responsable?El propietario del servidor?, el que hizo el mensaje?

    Fraudes tributarios.Aunque estn en el mbito de la defraudacinpura y dura, en el mbito de blanqueo de capitales son tambinpiramidales porque se trata de creacin ficticia de redes que no vana ningn sitio. Empresas ficticias para crear facturas falsas, paragravarlas, desgravarlas, comprarlas. Son conocidas como los ca-rruseles de IVA en la lgica de la tributacin y la devolucin.

    B. Estafas Financieras:

    Utilizacin de denominaciones reservadas. En la dcada de losaos 90, en Espaa, surgieron problemas con la utilizacin de lapalabra banco (como el atractivo Banco Filatlico) que, me-nos mal, fueron fciles de reprimir. A fines de los 90s y principiosdel 2000, fueron las mismas pero con terminologa inglesa comoBank o Banking.

    En el uso de denominaciones reservadas, la lgica de aplicacin dela norma es ms finalista que literal. Est claro que llamar Bancoa una entidad que no lo es, est prohibido; tambin est claro quesi hablamos de un banco de datos o un banco de ojos o unbanco de sangre, o un video bank no es ilcito ni hay posibili-dad de confusin. La crisis dio la razn en problemas con Bancode Inversin que funcionaban bien en el modelo anglosajn puesla anglosajona es una banca estructurada. El modelo de banca es-paola se fija ms en el producto que en el cliente para los elemen-tos de conexin. El concepto de Investment Bank es complicadoy la gente no siempre sabe que es diferente a un banco comercial.

    Realizacin actividades bancarias no autorizadas.Se dieron mu-chos problemas -aunque no grandes- de bienes tangibles, de con-figuracin jurdica, econmica, tcnica que de aplicacin prctica.Son temas de diseo del producto. La lgica es: No capto dep-sitos del pblico sino que me estn prestando dinero. Les pago el3% mensual y es un negocio entre particulares. Engaosamente,ofrece rentabilidad y reinversin.

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    COMENTARIO

    CasoForum-Afinsa

    Afinsa inverta en obras de arte,Forum en sellos El proble-ma es que no hay supervisorque regule ni controle que el

    valor que se est comprandoy dando a estos bienes es real.

    No hay mercado regulado deobras de arte. Lo que s hay esun mercado regulado, primarioso secundarios que estn bajo larbita de los mercados regulados.En Valencia, Espaa, hayhasta un mercado de ctricosdonde el valor subyacente esel precio del jugo de naranja.

    Pero, quin dice lo que vale unmercado de sellos?. Qu ocurrecuando una entidad, despusde un periodo, compra sellosde uso digamos- de uso postalcorriente, se dedica a comprarsellos de coleccin? Y qu ocu-rre cuando aos despus, con-trola el 90% del mercado de los

    sellos de coleccin? Y son ellosmismos los que ponen el precioa un determinado sello? Hoy

    vale 1000, pero deciden que apartir de maana valdr 3000?.

    El problema de esta estafa es queno est en una actividad finan-ciera sino parafinanciera, por-que esos sellos que tienen quegarantizar los dbitos dentro dela empresa, valen -por decir- unaquinta parte de lo que dicen.

    Ocurre lo mismo con las obras dearte. Ah est el gran problema.

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    La ltima experiencia fue que una persona -a travs de una pginaweb- captaba cobros morosos con tal rentabilidad (2%). Capt a19 personas y esas personas denunciaron cuando fueron a pedir surentabilidad porque les dedujeron del principal. Quin es el respon-sable?. El Internet es fantstico pero desde el punto de vista jurdicorebasa internacionalmente en cuanto a operaciones comerciales por

    razones de responsabilidad, territorialidad o jurisdiccin.Actividades del mercado de valores.Actualmente, no hay ningnproblema pero, en el pasado reciente, dos empresas Abba y Carteraeran estafas piramidales. Una compraba valores, daba una rentabi-lidad mayor que lo que le ofreca el mercado y, al final, no habainversin en esos valores. En este fallo, obviamente, estaba clara laresponsabilidad de los autores. Las autoridades judiciales enten-dieron que no haba responsabilidad pblica.

    El error estuvo en que, desde el punto de vista de la gestin devalores y el depsito del mercado de valores, tienen que estar enentidades absolutamente independientes. Esto ya est ajustado enla legislacin espaola que exige con absoluta claridad que las rela-ciones de gestoras y depositarias que certifiquen esos valores, debenser diferentes e independientes.

    Problemtica de los bienes tangibles.Aqu se produjeron los casosque le dieron a Espaa ms protagonismo: Estafas piramidales pu-

    ras como el Forum Filatlico, Afinsa Bienes Tangibles.Aunque el caso pas bajo la acusacin de estafa por parte de la laFiscala- a la Audiencia Nacional (Tribunal en el que se dirimen losgrandes delitos econmicos), podemos citar posiciones que, aun-que contradictorias, sirven al anlisis:

    Primero, entender dnde estaba esta empresa y dnde lleg. Nacihace 20 o 25 aos, dedicada simplemente a la compra de sellos.Captaba inversionistas bajo la compra de sellos en un momentoen el que los sellos tenan un valor real y cuando la gente utilizabasellos para cartas y giros postales. Los sellos postales no caducaban,se los poda utilizar en cualquier momento por el trfico postal.Empez como una empresa relativamente moderna desde el pun-to de vista del marketing ya gestionada. Lo que haca era ofrecerrentabilidades extraordinarias: le vendo unos sellos y le doy ren-tabilidad de 5% si el mercado le ofrece 3%. La garanta est enlos mismos sellos y yo le compro en cualquier momento al mismoprecio que le he vendido.

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    COMENTARIO

    Caso

    Forum-AfinsaDespus de esta experiencia, unlegislador espaol sac una Leysobre Bienes Tangibles paraestablecer, indiscutiblemente,proteccin al consumidor. Esdecir, quien compraba sellossaba que estaba comprandosellos, o quien compraba obrasde arte saba que estaba com-prando obras de arte.

    Entonces, esta legislacin deconsumo mercantil s se harespetado; el problema esque hay una estafa piramidalporque en la medida en quela gente se comienza a ponernerviosa, ya no confa, se quie-re retirar o exige la recompra.

    El problema tambin est enel valor subyacente. En el casode una empresa que vendabosques, (se llamaba BosquesNaturales), en el que la perso-na compraba rboles porqueparece un mercado seguropues, al final, los rboles se

    venden. Quin dice cuntovale un rbol?.

    Aqu surgen dudas si se tratao no de una estafa piramidal.Lo que s es cierto es que esuna operacin irregular quenos tiene que ensear que este

    tipo de bienes tangibles debentener una regulacin especial.

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    Segundo, aqu aparece la obligacin de restitucin que es, o no, causa de negociofinanciero. Ahora mismo, operan en Espaa empresas del mercado inmobiliarioque ofrecen la renta de un inmueble con una rentabilidad asegurada y alquiler.Tiene usted el 6% porque se lo alquilamos y, si dentro de tres aos, no le gusta,se la re compramos. Es poco probable que detrs haya un banco, o una entidadfinanciera con obligacin de restitucin.

    Recomendaciones

    1. Necesidad de una supervisin financiera adecuada2. Cultura financiera del ciudadano3. Practicidad de las medidas administrativas / penales4. Diferencia entre las estafas financieras / no financieras5. Supervisin bancaria / Supervisin de valores6. Diseo del negocio fraudulento7. Mecanismos de denuncia: elemento clave de la represin

    8. Consideraciones sobre el delito de estafa. Elementos probatorios9. Responsabilidad de los administradores o directivos10. Necesidad de transparencia del mercado

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    - Normativa vigente: comisin del delito- Supuesto de hecho: Lneas I-900 Astrotel C.A.- Resultados de la Inspeccin- Fiscala Nacional Bancaria de Venezuela- Competencias

    Para comprender jurdicamente el caso de Astrotel, a partir del allanamientode las oficinas donde funcionaba el ao 2001, es pertinente revisar estos dosinstrumentos:

    Normativa vigente al momento de la comisin del delito:

    Artculo 288 de la Ley General de Bancos y Otras Instituciones Financieras (Hoyartculo 430 de la Ley vigente con el mismo nombre) en el que encontramos la

    consecuencia jurdica de la Captacin de recursos del pblico sin autorizacin enla Ley General de Bancos y Otras Instituciones Financieras:

    Art. 288: Sern sancionados con prisin de dos (2) a seis (6)aos, quienes sin estar autorizados, practiquen la intermediacinfinanciera o capten recursos del pblico de manera habitual.

    Supuesto de hecho: Lneas I-900 Astrotel C.A.

    Operaciones de Captacin Ilegal de fondos del pblico llevadas a cabo por lasociedad de comercio Lneas 1-900 Astrotel, C. A.

    Papel de la Autoridad

    y Marco LegalVenezuela

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    Hoy, a raz de este hecho y otras situaciones similares vividasen Venezuela, la Ley vigente establece pena de prisin de ocho(8) a diez (10) aos, para quienes realicen operaciones de inter-

    mediacin financiera, crediticia, cambiaria, capten recursos delpblico o realicen sin autorizacin actividades reservadas a laspersonas sometidas al control de la Superintendencia de Bancos

    y Otras Instituciones Financieras.Resultados de la inspeccinTras la inspeccin conjunta en Astrotel, a cargo de la Superintendencia de Ban-cos, el cuerpo de investigaciones cientficas de un cuerpo policial especializadode Venezuela y la Fiscala General de la Repblica, se llev la causa a un juez decontrol con lo que se logr algunos de estos efectos:

    Congelacin de cuentas

    Prohibicin de salida del pas para los directivos y accionistas nacionales de Astrotel registrados. A noviembre del 2008, haban tres personas detenidasde nacionalidad venezolana acusadas del delito de captacin ilegal de fondosdel pblico en grado de cooperacin.Se orden la devolucin del dinero incautado a las 14 mil vctimas, de ma-nera prorrateada. Esa incautacin fue de apenas un poco ms del 10% deldinero captado. Ni las protestas ni las amenazas de muerte pudieron hacernada para que los millones vuelvan.

    El dinero provena probablemente de legitimacin de capitalesde actividades de dudoso origen, mezclado con dinero de inver-sionistas en la empresa para el Fondo de Publicidad que venade las remesas del exterior. Ese crculo serva para realizar elblanqueo del dinero.

    Fiscala Nacional Bancaria de Venezuela

    El Ministerio Pblico de Venezuela es el titular de la accin penal (con el sistema

    penal acusatorio) y est conformado de la siguiente manera:Fiscala General de la Repblica de la que dependen todas las dems oficinasy Direcciones del Ministerio PblicoDespacho de la Vice Fiscala General de la Repblica de la que depende laDireccin General de Accin Procesal

    De esa Direccin depende la Direccin de Salvaguarda del Patrimonio P-blico que es la que se encarga de la investigacin o la poltica de control einvestigacin de los casos que tienen que ver con la participacin de funcio-narios pblicos.De esta Direccin de Salvaguarda del Patrimonio Pblico,

    depende el Despacho Fiscal denominado Fiscala Nacional Bancaria.

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    Competencias

    Esta Fiscala tiene competencia nacional, en todos los Estados de Venezuela,para ejercer la accin penal.

    La Fiscala Nacional Bancaria se cre a principios del ao 2001 como partede un proceso de cambio en el pas y como efecto de un gran requerimientoy necesidad del pas de que la justicia venezolana y, sobre todo, el Foro Penal,cuente con Despachos Fiscales especializados donde estuvieran adscritosfuncionarios y abogados que conocieran de materia econmica, financiera,monetaria con nfasis especial en materia bancaria, dado que la Fiscala deSalvaguarda y Fiscalas que persiguen el delito contra el patrimonio pblicoya existan, siguen existiendo y se estn creando continuamente.

    La Fiscala Bancaria se crea con un Fiscal principal y 2 fiscales auxiliares y,posteriormente, se le fueron agregando cargos para especialistas y expertos

    que dentro el Ministerio Pblico, ayudan a los fiscales a llevar a cabo la laborde la investigacin.

    La competencia especfica de esta Fiscala es perseguir delitos de corrup-cin, de salvaguarda del Patrimonio Pblico que son delitos de sujetos acti-vos o participantes, o delincuentes. Son funcionarios pblicos que cometendelitos en el ejercicio de sus funciones y tambin, personas naturales quecoadyuven a la comisin de estos delitos.

    Es la nica Fiscala que conoce de los delitos tipificados en la Ley Generalde Bancos y otras instituciones financieras vigente desde el ao 2001 y conuna reforma reciente el 2008.

    En esta legislacin estn previstos los delitos penales autnomos con penaspropias como la captacin de fondos.

    La Ley General de Bancos puso severas penas a todos los delitos que estnprevistos en ella. Las penas oscilan entre 8 y 10 aos lo que, al inicio, le hacecuesta arriba a la persona investigada, evadirse de la accin de la justicia.Por una presuncin legal prevista en el Cdigo Orgnico Procesal Penalprocede una medida de privacin judicial preventiva de libertad. Es decir,

    el legislador venezolano consider y sigue considerando que estos delitos dendole bancario financiero atentan gravemente contra la integridad del siste-ma financiero econmico venezolano; por lo tanto, el bien jurdico tuteladofue bastante protegido y est siendo bastante, celosamente, resguardado.

    Tambin la Fiscala General de Bancos conoce la materia de los mercadoscapitales, donde se tiene conocimiento de investigaciones ya sea por denun-cia o por querellas cuando en el caso pueden estar involucradas acciones quetengan que ver con el mercado de capitales: casas de bolsas, casas de cambiosy operaciones que se lleven a cabo dentro este mercado.

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    Igualmente, toca conocer los ilcitos penales presuntamente cometidos porlas compaas de seguros que si bien estn regidas por una Superintenden-cia de Seguros, la parte penal le toca su ejercicio al Ministerio Pblico atravs de la Fiscala General de Bancos.

    Hacer un trabajo divorciado en materia bancaria con la Superintendenciade Bancos de Venezuela no sera positivo y con resultados cero. El Ministerio

    Pblico es el coordinador de la investigacin; pero esta materia, generalmentemanejada por abogados, es muy especializada en materia financiera. Por esose trabaja con la Superintendencia de Bancos que forma tcnicamente a losespecialistas con estudios de investigacin bancaria que -por la complejidadde las acciones y operaciones- debe ser manejada por expertos. Ayudan alestudio, al anlisis de la informacin que nos conducen a los elementos deconviccin para el Fiscal del Ministerio Pblico de la participacin o respon-sabilidad penal o criminal de las personas en los hechos investigados.

    La Sudeban tiene un convenio de actuacin con el Ministerio Pblico paraprestar apoyo con expertos que se trasladan a los despachos fiscales y orien-tan en persona al fiscal de qu es lo que tiene que buscar, cmo lo va abuscar, dnde lo va a buscar, a travs de qu medios lo va a buscar. Esto esimportantsimo porque, sin esta ayuda, la Fiscala no sabra cmo orientarse.Esa investigacin precisa no solamente llevar hasta la persona que est den-tro del juicio sino que ayudar a los fiscales e investigadores a desempearsecomo profesionales serios y evitar crisis o niveles mayores y dispersos deinvestigaciones, para saber las medidas administrativas exactas que debentomar en base a los supuestos ilcitos penales que se estn investigando.

    Esta coordinacin nos permite resguardar la integridad de los ahorristas y laresponsabilidad administrativa de la Sudeban y las inspecciones a las enti-dades financieras y de la Fiscala como ejecutor de la accin penal.

    Logros de la actividad conjunta entre la Superintendencia de Bancos y laFiscala General de la Repblica: resolucin eficiente de los casos con ele-mentos de prueba y conviccin y lucha eficiente y contundente contra lacriminalidad organizada, lucha contra la corrupcin y el trfico de drogas.El trabajo coordinado permite, entre otros beneficios, el movimiento y/o

    bloqueo de cuentas donde estn las ganancias ilcitas. Identificacin de bie-nes considerados como lavado de activos.

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    - Marco Legal- Pirmides Ilegales- Pirmides de donaciones o regalos- Mercadeo Multi-nivel o de red

    Marco Legal - Consecuencias legales

    Al promover o participar en un esquema piramidal, se viola la Ley de Proteccindel Consumidor de Idaho. Tambin es un delito mayor en Idaho. Al participar,la persona puede acabar con antecedentes penales. En Idaho, un delito mayor secastiga con hasta 5 aos de prisin, una multa de hasta $US. 50.000 o ambos.Las personas que infrinjan la Ley de Proteccin al Consumidor estn sujetas asanciones o multas civiles de $5.000 por infraccin.

    Pirmides Ilegales

    La Ley de Idaho, Estados Unidos de Norteamrica, prohbe todos los esquemasde pirmide porque estos estafan y engaan a los consumidores.

    La realidad acerca de las pirmides

    Las pirmides son ilegales. Existe un riesgo real de que las autoridades legales cie-rren un esquema piramidal. Los participantes pueden ser multados o arrestados.

    Las pirmides son engaosas. Los participantes de una pirmide, quiranlo o no,

    estn engaando a las personas que reclutan. Pocas personas se dejaran engaarsi se les explica completamente los riesgos.

    Papel de la Autoridad

    y Marco LegalIDAHO, EE.UU.(*)

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    Las pirmides fallan. Las pirmides se basan en simples matemticas: muchosperdedores pagan a unos pocos ganadores.

    Pirmides de donaciones o regalos

    Los esquemas de pirmides se han agrupado de diferentes maneras y en di-

    ferentes pocas. En los ltimos aos, los promotores han descrito sus esquemaspiramidales como programas de donaciones.

    Algunos han afirmado falsamente que la Oficina del Fiscal General ha aprobadoeste esquema. De hecho, la Oficina del Fiscal General jams ha aprobado ningnnegocio de oportunidades. Si alguien escucha de este plan, la persona debe a)asumir que el plan es un esquema deshonesto y b) avisar del fraude a la Divisinde Proteccin al Consumidor.

    La presentacin

    Por lo general, un pariente, amigo o conocido le presenta la oportunidad deayudarse y ayudar a sus seres queridos. Le dirn que puede reducir cargas finan-cieras simplemente realizando una donacin monetaria. A cambio, le dirn querecibir muchas veces la cantidad de su donacin inicial. Con frecuencia, le dirnque una parte del dinero ser destinado a una buena causa. Este es un engao, esilegal. Lo ms probable es que la persona y sus amigos pierdan el dinero. Si suenademasiado bueno para ser verdad, es probable que no sea verdad.

    Los promotores de pirmide, se aprovechan de la psicologa de grupo. Con fre-cuencia llevan a cabo reuniones de reclutamiento en las que crean una atmsferaentusiasta y frentica. Utilizan la presin de grupo y las promesas de dinero fcilpara jugar con la codicia de la gente. Les advierten que podran perder el negociode su vida.

    No es una donacin

    Aunque los pagos en los esquemas de pirmide son a menudo llamados do-naciones, realmente no lo son porque el donante espera recibir mucho msdinero. Muchos promotores de esquemas de pirmide alegan que el cdi