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MINISTERIO PUBLICO El Ministerio Público es la institución encargada de: Proveer la persecución penal, dirigir la investigación de los delitos de acción pública y velar por el estricto cumplimiento de las leyes del país. La Ley Orgánica del Ministerio Público, establece la siguiente definición en artículo 1 sobre dicha institución, la cual dice: El Ministerio público es una institución con funciones autónomas, promueve la persecución penal y dirige la investigación de los delitos de acción pública; además velar por el estricto cumplimiento de las leyes del país. En el ejercicio de esa función, el Ministerio Público perseguirá la realización de la justicia, y actuará con objetividad, imparcialidad y con apego al principio de legalidad, en los términos que la ley establece. Constitución Política de la República de Guatemala en su artículo 251 MINISTERIO PUBLICO El jefe del Ministerio Público será el Fiscal General y le corresponde el ejércicio de la acción penal pública. Deberá ser abogado colegiado y tener las mismas calidades que los magistrados de la Corte Suprema de Justicia y será nombrado por el Presidente de la República de una nómina de seis candidatos propuesta por una comisión de postulación, integrada por el Presidente de la Corte Suprema de Justicia, quien la preside, los decanos de las facultades de Derecho o de Ciencias Jurídicas y Sociales de las Universidades del País, el presidente de la Junta Directiva del Colegio de Abogados y Notarios de Guatemala y el Presidente del Tribunal de Honor de dicho Colegio.

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MINISTERIO PUBLICO El Ministerio Pblico es la institucin encargada de: Proveer la persecucin penal, dirigir la investigacin de los delitos de accin pblica y velar por el estricto cumplimiento de las leyes del pas.La Ley Orgnica del Ministerio Pblico, establece la siguiente definicin en artculo 1 sobre dicha institucin, la cual dice: El Ministerio pblico es una institucin con funciones autnomas, promueve la persecucin penal y dirige la investigacin de los delitos de accin pblica; adems velar por el estricto cumplimiento de las leyes del pas. En el ejercicio de esa funcin, el Ministerio Pblico perseguir la realizacin de la justicia, y actuar con objetividad, imparcialidad y con apego al principio de legalidad, en los trminos que la ley establece.Constitucin Poltica de la Repblica de Guatemala en su artculo 251MINISTERIO PUBLICOEl jefe del Ministerio Pblico ser el Fiscal General y le corresponde el ejrcicio de la accin penal pblica. Deber ser abogado colegiado y tener las mismas calidades que los magistrados de la Corte Suprema de Justicia y ser nombrado por el Presidente de la Repblica de una nmina de seis candidatos propuesta por una comisin de postulacin, integrada por el Presidente de la Corte Suprema de Justicia, quien la preside, los decanos de las facultades de Derecho o de Ciencias Jurdicas y Sociales de las Universidades del Pas, el presidente de la Junta Directiva del Colegio de Abogados y Notarios de Guatemala y el Presidente del Tribunal de Honor de dicho Colegio. Para la eleccin de candidatos se requiere el voto de por lo menos las dos terceras partes de los miembros de la Comisin. En las votaciones, tanto para integrar la Comisin de Postulacin como la integracin de la nmina de candidatos, no se aceptar ninguna representacin. El Fiscal General durar cuatro aos en el ejercicio de sus funciones y tendr las mismas preeminencias e inmunidades que los magistrados de la Corte Suprema de Justicia. El Presidente de la Repblica podr removerlo por causa justificada debidamente establecida.

FUNCIONES

El artculo 2 de la Ley Orgnica del Ministerio Pblico, establece las siguientes funciones del Ministerio Pblico, sin contradecir las que les son atribuidas en la Constitucin de la repblica de Guatemala y otras leyes:1) Investigar los delitos de accin pblica y promover la persecucin penal ante los tribunales, segn las facultades que le confieren la Constitucin, las Leyes de la Repblica de Guatemala, y los Tratados y Convenios Internacionales.2) Ejercer la accin civil en los casos previstos por la ley y asesorar a quien pretenda querellarse por delitos de accin privada de conformidad con lo que establece el Cdigo Procesal Penal.3) Dirigir a la polica y dems cuerpos de seguridad del Estado en la investigacin de hechos delictivos.4) Preservar el Estado de Derecho y el respeto a los Derechos humanos efectuando las diligencias necesarias ante los tribunales de justicia PRINCIPIOSa) El de unidad, desde luego que es una institucin u rgano administrativo, integrado por diversos funcionarios que realizan cometidos institucionales;b) El de autonoma funcional, que implica que en el ejercicio de sus funciones no est subordinado a autoridad alguna;c) El de legalidad, puesto que su organizacin y funcionamiento se regir por su ley orgnica, segn lo dice el mismo artculo 251 de la Constitucin;d) El de jerarqua, ya que su Jefe es el Fiscal General de la Repblica, nica autoridad competente para dirigir la institucin.[]El jefe del Ministerio Pblico ser el Fiscal General de la Nacin y le corresponde el ejercicio de la accin penal pblica. Deber ser abogado colegiado y tener las mismas calidades que los magistrados de la Corte Suprema de Justicia y ser nombrado por el Presidente de la Repblica de una nmina de seis candidatos propuesta por una comisin de postulacin, integrada por:

Presidente de la Corte Suprema de Justicia Quien la preside: Los Decanos de las Facultades de Derecho o de Ciencias Jurdicas y Sociales de las Universidades de Guatemala (actualmente 9)

El Presidente de la Junta Directiva del Colegio de abogados y notarios de Guatemala

El Presidente del Tribunal de Honor del Colegio de abogados y notarios de Guatemala Para la eleccin de candidatos se requiere el voto de por lo menos las dos terceras partes de los miembros de la Comisin de postulacin. En las votaciones, tanto para integrar la Comisin de Postulacin como la integracin de la nmina de candidatos, no se aceptar ninguna representacin.

El Fiscal General de la Nacin durar cuatro aos en el ejercicio de sus funciones (iniciando el 17 de mayo del ao en que es electo y terminando el 16 de mayo del cuarto ao) y tendr las mismas preeminencias e inmunidades que los magistrados de la Corte Suprema de Justicia. El Presidente de la Repblica podr removerlo por causa justificada debidamente establecida.

Lista de Fiscales Generales de la Nacin y del Ministerio Publico

Lista de Fiscales Generales de la Nacin y del Ministerio PublicoPeriodonotas

1Ramss Cuestas Gomez15 mayo 1994al 14 marzo 1996Electo por el presidente ramiro de len Carpio y primer fiscal de la nacin

2Hector Hugo Prez Aguilera15 marzo 1996 15 mayo 1998Interino sustituye a su antesor siendo nombrado el primero por Alvaro Arz

3Adolfo Gonzales Rodas16 mayo 1998 17 marzo 2002Electo

4Carlos David de len Argueta18 marzo 2002 25 febrero 2004Electo luego destituido por el Presidente Oscar Berger

5Juan Luis Florido Sols26 febrero 2004 30 julio 2008Interino y luego electo presenta su renuncia al presidente Alvaro Colom

6Jose Amlcar Velsquez Zarate31 julio 2008 14 mayo 2010Interino y luego electo por renuncia del anterior fiscal general.

7Maria Encarnacin Mejia Garcia de Contreras15 mayo 2010 25 mayo 2010Interina primera mujer en ocupar dicho cargo primer mandato.

8Conrado Arnulfo Reyes Sagastume25 mayo 2010 10 junio 2012Destituido por la corte de Constitucionalidad.

9Maria Encarnacin Mejia Garcia de Contreras11 junio 2010 09 diciembre 2010Interina ejerce por segunda vez por destitucin del anterior.

10Claudia Paz y Paz baley09 diciembre 2010 6 mayo 2014Primera mujer electa ,segunda en ocupar el cargo reduccin del periodo por orden de la cc

11Thelma Esperanza Aldana Hernndez17 mayo de 2014 actualElecta tercera mujer en el cargo

Hector Hugo Prez AguileraAdolfo Gonzales RodasCarlos David de len Argueta

Juan Luis Florido SolsJose Amlcar Velsquez ZarateMaria Encarnacin Mejia Garcia de Contreras

Conrado Arnulfo Reyes SagastumeClaudia Paz y Paz baleyThelma Esperanza Aldana Hernndez

ObjetivosGenerales

Velar por el estricto cumplimiento de la ley, a fin de cimentar un estado real de Derecho y contribuir a consolidar el sistema democrtico.

Asegurar la investigacin de la verdad, practicando todas las diligencias pertinentes y tiles, para el esclarecimiento del delito, considerando todas las circunstancias de importancia para la efectiva aplicacin de la ley.

Combatir y vencer la impunidad proporcionando las bases que permitan la efectiva administracin de justicia y con ello fortalecer la credibilidad del sistema democrtico.

Objetivos Estratgicos

Enfocar prioritariamente la persecucin penal para combatir las organizaciones criminales.

Fortalecer el sistema de gestin de casos y los mtodos de trabajo de las fiscalas.

Mejorar la atencin integral a la vctima para proteger de forma efectiva sus derechos.

Fortalecer y mejorar el rea de Investigacin.

Capacitar integralmente al recurso humano de la Institucin.

Crear un sistema que garantice la excelencia profesional.

Fortalecer la gestin administrativa y financiera, como apoyo para elevar la efectividad institucional

El Ministerio Pblico para cumplir con las funciones asignadas, se encuentra estructurado de conformidad con lo establecido en la ley orgnica. La estructura organizacional de esta institucin est conformada por cuatro reas, siendo stas:

rea de direccin :

Fiscal General de la Repblica y Jefe del Ministerio PblicoConstituye la mxima autoridad del Ministerio Pblico y se encarga de velar por el buen funcionamiento de la institucin, de ejercer la accin penal pblica y las atribuciones que la ley le otorga en todo el territorio nacional, por s misma o por medio de los diversos rganos que la conforman. Determina la poltica institucional y los criterios para el ejercicio de la persecucin penal. Imparte instrucciones convenientes al servicio y al ejercicio de las funciones, tanto de carcter general como relativas a asuntos especficos en los trminos y alcances establecidos en la ley.El Fiscal General de la Repblica y Jefe del Ministerio Pblico es nombrado por el Presidente de la Repblica, de entre una nmina de seis candidatos, propuesta por una Comisin de Postulacin integrada de la siguiente forma:

El Presidente de la Corte Suprema de Justicia, quien la preside.

Los respectivos Decanos de las Facultades de Derecho o de Ciencias Jurdicas y Sociales de las Universidades del pas.

El Presidente de la Junta Directiva del Colegio de Abogados y Notarios de Guatemala.

El Presidente del Tribunal de Honor del Colegio de Abogados y Notarios de Guatemala.

Consejo del Ministerio Pblico

Es el rgano asesor del Fiscal General de la Repblica, cuyas funciones son las de proponer el nombramiento de personal del rea de fiscala; acordar la creacin y, la determinacin de la sede y mbito territorial de las fiscalas distritales, de seccin y municipales; as como la supresin de las secciones del Ministerio Pblico, a propuesta del Fiscal General de la Repblica; ratificar, modificar o dejar sin efecto las instrucciones generales o especiales dictadas por el Fiscal General de la Repblica, cuando ellas fueren objetadas y las dems establecidas por la ley. La Unidad de Capacitacin est adscrita al Consejo del Ministerio Pblico de conformidad con la ley especfica.

El Consejo del Ministerio Pblico est integrado por: El Fiscal General de la Repblica, quien lo preside.

Tres fiscales electos en asamblea general de fiscales entre los fiscales distritales, de seccin y los agentes fiscales. Tres miembros electos por el Organismo Legislativo entre los postulados a Fiscal General de la Repblica. rea de Fiscala

Fiscalas Distritales y MunicipalesSon las encargadas de ejercer la persecucin y la accin penal de los delitos que se cometan en el mbito territorial que se les asigne, de conformidad con la organizacin del Ministerio Pblico. Se exceptan del conocimiento de estas fiscalas, aquellos delitos que por razn de la materia, el procedimiento o la trascendencia social correspondan a las fiscalas de seccin, segn la reglamentacin respectiva.

Actualmente, existen 23 fiscalas distritales distribuidas en 22 departamentos de la Repblica y 33 fiscalas municipales en igual nmero de municipios, de manera que funciona ms de una representacin del Ministerio Pblico por departamento, para facilitarle a la poblacin el acceso a los servicios que brinda.

La sede de las fiscalas se localiza en las respectivas cabeceras departamentales y municipales.Las funciones asignadas a las fiscalas distritales y municipales, se listan a continuacin:

Planificar, organizar, dirigir, evaluar y dar seguimiento a las acciones de investigacin y dems actividades de la Fiscala.

Ejercer la persecucin penal y la accin penal pblica y, en su caso la privada, de conformidad con las facultades que las leyes sustantivas y procesales penales, le confieren al Ministerio Pblico en todos aquellos delitos que sean de su competencia.

Ejercer la accin civil en los casos previstos en la ley y asesorar a quien pretenda querellarse por delito de accin privada que tenga relacin con el mbito de su competencia.

Dirigir a la Polica Nacional Civil y dems cuerpos de seguridad del Estado, en la investigacin de los hechos delictivos que le corresponde conocer.

Velar por el estricto cumplimiento de las leyes del pas, la preservacin del Estado de Derecho y el respeto a los derechos humanos, efectuando las diligencias necesarias ante los tribunales de justicia.

Coordinar con otras fiscalas, la atencin y seguimiento de casos conexos.

Brindar atencin al pblico durante las veinticuatro horas del da, mediante la realizacin de un programa de turnos.

Proporcionar atencin adecuada a la vctima del delito, mediante la informacin oportuna, asesora jurdica, asistencia personal y otras acciones de conformidad con la ley.

Realizar las acciones necesarias para la proteccin de sujetos procesales y testigos que sean parte de los procesos que investiga la Fiscala.

Solicitar a la Polica Nacional Civil, as como a otras instituciones de naturaleza nacional e internacional, el apoyo tcnico a travs de la participacin de peritos y expertos para realizar la investigacin de hechos delictivos relacionados con el mbito de su competencia, los que deben actuar bajo la direccin y coordinacin de los fiscales.

Velar porque se proporcione la adecuada custodia, conservacin y archivo a los expedientes relacionados con los casos a cargo de la Fiscala.

Adoptar las medidas tendentes a la proteccin y preservacin de las evidencias para garantizar la cadena de custodia.

Registrar en el sistema informtico vigente, toda denuncia, prevencin policial o proceso que ingrese a la Fiscala.

Velar el buen uso y funcionamiento del mobiliario, equipo y vehculos asignados a la Fiscala.

Mantener un registro estadstico actualizado que contenga informacin relacionada con el ingreso y trmite de los casos que son de conocimiento de la Fiscala.

Informar mensualmente, y cuando le sea requerido, al Despacho del Fiscal General de la Repblica sobre las actividades realizadas.

Realizar otras funciones que le sean asignadas en el mbito de su competencia.

Por mandato de la Ley Orgnica del Ministerio Pblico, las fiscalas dentro de su organizacin cuentan con la Oficina de Atencin Permanente y la Oficina de Atencin a la Vctima.

Oficina de Atencin Permanente

Es la encargada de recibir, clasificar, registrar, analizar y distribuir las denuncias, prevenciones policiales, querellas y dems documentos que ingresan a la institucin, y las notificaciones que hayan sido solicitadas por la misma Oficina, as como brindar atencin a las personas que acudan al Ministerio Pblico por esos motivos.

Oficina de Atencin a la Vctima

Esta oficina es la encargada de brindar atencin urgente y necesaria a vctimas directas y colaterales del delito; cuando requieran de ayuda profesional para superar los daos causados por ste. Facilita el acceso a los servicios de asistencia psicolgica, mdica, social y legal a travs de la red de derivacin que funciona en cada uno de los departamentos de la Repblica de Guatemala.

Fiscalas de Seccin

Las fiscalas de seccin son las encargadas de ejercer la accin penal en reas especficas, segn lo establece la Ley Orgnica del Ministerio Pblico. Estas fiscalas son especializadas por conocer ciertos casos en funcin de la materia, lo cual puede obedecer a:

Existencia de un procedimiento especfico, por ejemplo: menores infractores de la ley penal, opinin en acciones de amparo y de inconstitucionalidad y ejecucin de la condena.

Investigacin cualificada: por decisin de poltica criminal, se pueden formar equipos especializados en la investigacin de casos que ameritan una preparacin y conocimiento especfico.Las fiscalas de seccin que funcionan en la actualidad son las que se indican a continuacin:

1. Fiscala de Asuntos Constitucionales, Amparos y Exhibicin Personal

2. Fiscala Contra la Corrupcin

3. Fiscala Contra el Crimen Organizado, con las siguientes agencias en el interior de la repblica: Fiscala Contra el Lavado de Dinero u Otros Activos Agencia Fiscal Contra el Crimen Organizado, Chiquimula Agencia Fiscal Contra el Crimen Organizado, Quetzaltenango Agencia Fiscal Contra el Crimen Organizado, San Marcos4. Fiscala de Delitos Administrativos, con la unidad que se indica a continuacin:

Unidad Fiscal de Asuntos Internos

5. Fiscala de Delitos Contra el Ambiente, con las siguientes agencias en el interior de la repblica: Agencia Fiscal de Delitos Contra el Ambiente, Izabal Agencia Fiscal de Delitos Contra el Ambiente, Petn

6. Fiscala de Delitos Contra el Patrimonio Cultural de la Nacin, con la siguiente agencia fiscal:

Fiscala de Delitos Contra la Propiedad Intelectual Fiscala de Seccin Adjunta, Regin Nororiente, sede Petn

7. Fiscala de Delitos Contra la Vida y la Integridad de la Persona

8. Fiscala de Delitos Econmicos

9. Fiscala de Delitos de Narcoactividad, con las siguientes fiscalas de seccin adjuntas:

Fiscala de Derechos Humanos Fiscala de Seccin Adjunta Regin Nororiental, sede Chiquimula Fiscala de Seccin Adjunta Regin Suroccidental, sede Quetzaltenango Fiscala de Seccin Adjunta Regin Norte, Sede Petn

10. Fiscala de Ejecucin, con la siguiente agencia fiscal:

Agencia Fiscal, Quetzaltenango

11. Fiscala de Menores o de la Niez, tiene establecidas las siguientes sedes regionales:

Sede Regional, Coatepeque Sede Regional, Cobn Sede Regional, Chimaltenango Sede Regional, EscuintlaSede Regional, HuehuetenangoSede Regional, JutiapaSede Regional, PetnSede Regional, QuetzaltenangoSede Regional, QuichSede Regional, San MarcosSede Regional, Zacapa

12. Fiscala de la Mujer, con la unidad que se indica a continuacin:

Unidad de la Niez y Adolescencia Vctima

Las Fiscalas de Seccin ejecutan las mismas funciones que una fiscala distrital o municipal, de conformidad con los delitos que sean de su competencia por razn de la materia o la trascendencia social; con excepcin de las Fiscalas de Asuntos Constitucionales, Amparos y Exhibicin Personal; Fiscala de Ejecucin y Fiscala de Menores o de la Niez, que se rigen por procedimientos especficos.

Unidad de Impugnaciones

Esta unidad es la encargada de realizar las acciones encaminadas al planteamiento de los diferentes medios de impugnacin que deban presentarse ante los rganos jurisdiccionales competentes.

Unidad Especializada Contra Organizaciones Criminales Dedicadas a la Narcoactividad y/o Lavado de Dinero u Otros Activos y Delitos Contra el Orden Tributario UNILAT

Esta unidad especializada es la encargada de la investigacin y persecucin penal de delitos relacionados con la narcoactividad y/o lavado de dinero u otros activos, y delitos contra el orden tributario, cuando stos estn relacionados en la actividad criminal de una organizacin delictiva del crimen organizado.

Fiscala Especial para la Comisin Internacional Contra la Impunidad en Guatemala -CICIG-

Es la fiscala especial encargada de ejercer la persecucin y la accin penal de los delitos que conoce la Comisin Internacional Contra la Impunidad en Guatemala, relativos a los delitos presuntamente cometidos con ocasin de la actividad de los cuerpos ilegales de seguridad y aparatos clandestinos de seguridad y cualquier otra conducta delictiva conexa con stos, que operan en el pas.

rea de Investigaciones:

Direccin de Investigaciones CriminalsticasEs la encargada de planificar, controlar y ejecutar la investigacin operativa, la recoleccin de evidencias y otros medios de conviccin que coadyuven al esclarecimiento de los hechos delictivos que investigan las fiscalas del Ministerio Pblico. Est conformada con la Subdireccin de Investigacin Criminal Operativa y la Subdireccin de Investigacin Criminalstica. Tiene como funciones generales las siguientes:

Proporcionar el apoyo tcnico operativo en la recopilacin de informacin e indicios y el traslado de los mismos a donde corresponda, segn mandato legal, as como participar bajo la direccin de los fiscales del Ministerio Pblico, en la ejecucin de la investigacin criminalstica;

Recopilar y procesar la informacin relacionada con hechos delictivos, para apoyar la investigacin, as como otros medios de conviccin llenando las formalidades de ley;

Proponer a los fiscales, los tipos de peritajes y estudios ms adecuados para cumplir con el objeto de la investigacin;

Practicar las diligencias pertinentes y tiles para determinar la existencia del hecho, con todas las circunstancias de importancia para la aplicacin de la ley;

Auxiliar en los actos jurisdiccionales que se le ordenen, en razn del conocimiento de la investigacin;

Realizar otras funciones que le sean asignadas en el mbito de su competencia.

Subdireccin de Investigacin Criminal Operativa

Es la dependencia responsable de planificar, organizar, integrar, dirigir, ejecutar, controlar y supervisar las diligencias de investigacin requeridas por los fiscales, que coadyuven al esclarecimiento de los casos que conoce el Ministerio Pblico, as como de brindar asesora y acompaamiento a los fiscales.

Subdireccin de Investigacin CrimalsticaEs la dependencia encargada de planificar, organizar, integrar, dirigir, ejecutar, controlar y supervisar las labores de asesora a los fiscales en las actividades de recoleccin de evidencias y procesamiento de escena del crimen, que coadyuven al esclarecimiento de un hecho delictivo. As como de monitorear y mantener la comunicacin por cualquier va, con dependencias del Ministerio Pblico y otras instituciones.

rea de Administracin

Secretara General Es la dependencia encargada de asistir al Despacho del Fiscal General de la Repblica y al Consejo del Ministerio Pblico en la coordinacin, ejecucin, seguimiento y evaluacin de las polticas institucionales y en las actividades que realizan en cumplimiento de sus funciones. Asimismo, dirige, supervisa y controla las actividades del Departamento de Cooperacin. Tiene como funciones las siguientes:

Planificar, organizar, dirigir, supervisar y evaluar las actividades de la Secretara.

Apoyar al Despacho del Fiscal General de la Repblica en la coordinacin, ejecucin, seguimiento y evaluacin de las actividades tcnicas del rea de Fiscala.

En casos extraordinarios recibir denuncias, hacindolo del conocimiento del Fiscal General de forma inmediata, quien instruir lo que en derecho corresponda.

Facilitar la comunicacin entre el Despacho del Fiscal General de la Repblica y las dependencias que conforman el Ministerio Pblico.

Desarrollar las funciones de Secretara del Consejo del Ministerio Pblico.

Convocar y coordinar reuniones de trabajo con las distintas dependencias que forman las reas de fiscala y administrativa del Ministerio Pblico, cuando las necesidades del servicio as lo requieran.

Coordinar el funcionamiento del Departamento de Procedimientos Administrativos Disciplinarios.

Ejercer la funcin de enlace entre el Consejo del Ministerio Pblico y las dependencias de la institucin.

Certificar los documentos que as lo requieran y autenticar los que se produzcan en el ejercicio de sus funciones.

Refrendar y conservar los acuerdos e instrucciones emitidas por el Despacho del Fiscal General de la Repblica.

Conocer y distribuir la correspondencia dirigida a las dependencias administrativas del Ministerio Pblico, tomando en cuenta el mbito de competencia definido para cada una.

Informar mensualmente al Despacho del Fiscal General de la Repblica sobre las actividades realizadas y presentar reportes especiales cuando le sean requeridos.

Realizar otras funciones que le sean asignadas en el mbito de su competencia.

Secretara PrivadaEs la dependencia encargada de planificar, organizar y atender los asuntos de carcter eminentemente privado del Despacho del Fiscal General de la Repblica, as como de coordinar el funcionamiento del Departamento de Informacin y Prensa. Tiene como funciones las siguientes:

Planificar, organizar, dirigir, supervisar y evaluar las actividades de la Secretara.

Facilitar las relaciones y ser la dependencia enlace entre el Despacho del Fiscal General de la Repblica y las organizaciones del sector civil de la sociedad, en todos aquellos asuntos que le sean requeridos.

Coordinar el funcionamiento del Departamento de Informacin y Prensa.

Definir conjuntamente con el Despacho del Fiscal General de la Repblica las polticas y estrategias de comunicacin de la institucin.

Programar las audiencias solicitadas al Despacho del Fiscal General.

Atender las peticiones personales y audiencias solicitadas al Despacho del Fiscal General de la Repblica, cuando por delegacin de ste deba hacerlo.

Recibir, analizar y clasificar la correspondencia privada dirigida al Despacho del Fiscal General de la Repblica.

Auxiliar al Despacho del Fiscal General de la Repblica en la ejecucin y seguimiento de la agenda de compromisos u otros eventos de carcter privado, en los que deba participar en representacin del Ministerio Pblico.

Informar mensualmente al Despacho del Fiscal General de la Repblica sobre las actividades realizadas y presentar reportes especiales cuando le sean requeridos.

Realizar otras funciones que le sean asignadas en el mbito de su competencia.

Secretara de Coordinacin Tcnica

Es la dependencia encargada de coordinar y asesorar la ejecucin de las polticas y estrategias para el ejercicio de la persecucin y la accin penal pblica de los diferentes hechos constitutivos de delito. As como de coordinar con el Despacho del Fiscal General de la Repblica, el funcionamiento de la Direccin de Investigaciones Criminalsticas, Supervisin General, Departamento del Sistema Informtico de Control de la Investigacin del Ministerio Pblico, Departamento de Apoyo Logstico y la Unidad de Anlisis. Enseguida, se listan las funciones asignadas:

Planificar, organizar, dirigir, supervisar y evaluar las actividades de la Secretara.

Coordinar con el Despacho del Fiscal General, el funcionamiento de la Direccin de Investigaciones Criminalsticas.

Coordinar, supervisar y evaluar con el despacho del Fiscal General, la labor de Supervisin General, Departamento del Sistema Informtico de Control de la Investigacin del Ministerio Pblico, Departamento de Apoyo Logstico y la Unidad de Anlisis, verificando que realicen sus actividades con eficiencia y eficacia, y alcancen los objetivos y metas institucionales.

Verificar que las actividades y procedimientos para el efectivo apoyo a testigos se ejecuten correctamente, en el momento oportuno y en los casos estrictamente necesarios, en coordinacin con el Despacho del Fiscal General.

En casos extraordinarios recibir denuncias, hacindolo del conocimiento del Fiscal General de forma inmediata, quien instruir lo que en derecho corresponda.

Brindar la asistencia tcnica jurdica que le sea requerida por las diferentes fiscalas y otras dependencias del Ministerio Pblico.

Apoyar al Despacho del Fiscal General de la Repblica en el seguimiento de casos especiales y de alto impacto social.

Informar mensualmente al Despacho del Fiscal General de la Repblica sobre las actividades realizadas y presentar reportes especiales cuando le sean requeridos.

Coordinar con el Despacho del Fiscal General de la Repblica, todas las acciones para velar por el estricto cumplimiento de las leyes.

Realizar otras funciones que le sean asignadas en el mbito de su competencia.

Secretara de Poltica Criminal

Es la dependencia encargada de disear, coordinar y evaluar las polticas y estrategias, as como de definir los procedimientos y actividades relacionadas con la persecucin penal y la atencin que debe darse a las vctimas de los delitos. A continuacin se listan las funciones asignadas:

Planificar, organizar, dirigir, supervisar y evaluar las actividades de la Secretara.

Coordinar, supervisar y evaluar la labor del Departamento de Coordinacin de Atencin a la Vctima y la del Departamento de Coordinacin de los Derechos de los Pueblos Indgenas, verificando que realice sus actividades con eficiencia y eficacia y alcance los objetivos y metas institucionales. Dirigir, supervisar y evaluar las actividades relacionadas con la ejecucin de las polticas institucionales de persecucin penal y de atencin a la vctima del delito.

Efectuar anlisis y diagnsticos que permitan detectar la presencia y tendencia delincuencial en todo el territorio nacional, con base en indicadores delincuenciales, sociales, econmicos, lingsticos, tnicos, culturales y polticos propios de cada regin del pas.

Disear mecanismos de coordinacin con las instituciones del sector justicia, a efecto de definir polticas integradas de combate al crimen.

Divulgar, promover y velar por el cumplimiento de las polticas institucionales de persecucin penal y de atencin a la vctima.

Coordinar el funcionamiento del Departamento de Coordinacin de Atencin a la Vctima.

Coordinar con las distintas fiscalas y dependencias administrativas, las actividades que sean necesarias para la formulacin de polticas institucionales.

Coordinar con la Unidad de Capacitacin, el desarrollo de programas de sensibilizacin y capacitacin relacionados con la atencin a las vctimas del delito.

Informar mensualmente al Despacho del Fiscal General de la Repblica sobre las actividades realizadas y presentar reportes especiales cuando le sean requeridos.

Verificar y evaluar la aplicacin y cumplimiento de las estrategias en materia de persecucin penal.

Realizar otras funciones que le sean asignadas en el mbito de su competencia.

Jefatura Administrativa

Es la dependencia encargada de definir, dirigir y evaluar la ejecucin de las polticas y estrategias en materia de recursos humanos, administracin y anlisis y planificacin del Ministerio Pblico. Enseguida, se listan las atribuciones asignadas:

Planificar, organizar, dirigir, supervisar y evaluar las actividades de la Jefatura. Coordinar, supervisar y evaluar el funcionamiento de las direcciones a su cargo, verificando que realicen sus actividades con eficiencia y eficacia y alcancen los objetivos y metas institucionales.

Supervisar que la Direccin Financiera elabore el proyecto de presupuesto anual del Ministerio Pblico.

Proporcionar asesora en materia de recursos humanos, administrativa, financiera y anlisis y planificacin al Despacho del Fiscal General de la Repblica.

Coordinar acciones con todas las dependencias del Ministerio Pblico para garantizar la gestin administrativa y el apoyo que requieran en el desempeo de sus funciones.

Coadyuvar al cumplimiento de la gestin del Ministerio Pblico por medio de la efectiva planificacin, coordinacin y supervisin de las actividades administrativas.

Presentar al Despacho del Fiscal General de la Repblica as como a las Instituciones que en ley corresponda, informes de la gestin administrativa y financiera de la Institucin, cuando le sean requeridas.

Realizar otras funciones que le sean asignadas en el mbito de su competencia.

Oficina de Proteccin

Son funciones de la Oficina de Proteccin, las siguientes: Ejecutar las polticas generales del Consejo Directivo y las necesarias para el servicio.

Planificar, organizar, dirigir y supervisar los procedimientos necesarios para la efectiva proteccin de los sujetos procesales y personas vinculadas a la administracin de justicia penal, en los casos que sea requerido.

Coordinar, organizar, dirigir, supervisar y evaluar la labor de las secciones que lo integran, verificando que stas realicen sus actividades con eficiencia y eficacia.

Evaluar los casos en los que sea requerida la proteccin de los sujetos procesales y personas vinculadas a la administracin de justicia penal, para su admisin en los programas respectivos, de acuerdo con criterios de importancia, necesidad y urgencia. Disear programas de proteccin, de conformidad con la naturaleza de cada caso.

Informar mensualmente al Consejo Directivo y al Despacho del Fiscal General de la Repblica y Jefe del Ministerio Pblico, sobre las actividades realizadas y los resultados obtenidos, sin perjuicio de presentar reportes especiales, cuando lo requieran

Otras funciones que le sean asignadas en el mbito de su competencia.

Unidad Especializada de Asuntos Internacionales

Es la entidad encargada de apoyar al Despacho del Fiscal General de la Repblica en todas las acciones necesarias para la eficaz implementacin de las medidas de cooperacin internacional en materia de persecucin penal, conforme las leyes, Convenios, Tratados, Convenciones y dems Instrumentos Internacionales que regulan dichas medidas.

Unidad de Mtodos Especiales de Investigacin

Es la dependencia encargada de coordinar y controlar la aplicacin de los mtodos especiales de investigacin previstos en la Ley Contra la Delincuencia Organizada, por parte del Ministerio Pblico; as como asesorar y acompaar a los Agentes Fiscales en lo relativo al anlisis, solicitud, preparacin, y ejecucin de los mismos.

Unidad de Anlisis

Es la dependencia encargada de recopilar, organizar, analizar y producir informacin criminal, y apoyar a las diferentes Fiscalas y otras Unidades del Ministerio Pblico, con el fin de orientar estratgicamente, y en casos concretos, el ejercicio de la persecucin penal.

Unidad de Evaluacin del Desempeo

Es la dependencia encargada de evaluar y medir en forma objetiva, sistemtica y continua, el rendimiento laboral de los trabajadores y las diversas dependencias de la institucin.

Departamento del Sistema Informtico de la Gestin de Casos del Ministerio Pblico

Es la dependencia encargada de administrar y coordinar el funcionamiento del Sistema Informtico de Control del Ministerio Pblico, SICOMP y sus programas complementarios, en las dependencias del Ministerio Pblico relacionadas directamente con la persecucin penal.

Departamento de Seguridad

Es la dependencia encargada de definir, planificar, ejecutar y evaluar las polticas, estrategias y actividades en materia de seguridad del Fiscal General de la Repblica y Jefe del Ministerio Pblico, funcionarios y sus familiares inmediatos (cuando sea el caso); seguridad en el trabajo, as como, para las instalaciones y personal del Ministerio Pblico.

Cuenta con un rea especializado para la atencin de los ciudadanos siendo estos en barrio Gerona

Sistema completo de cctv y monitoreo Sistema de deteccin de incendiosMontaje completo de cuartos de conectividadMontaje completo de cuarto de monitoreo y controlSistema completo de control de acceso

Ubicacin:

(Ministerio Pblico) - Oficinas CentralesTelfono: 24119191 Direccin: 15 Av. 15-16 Z.1 Barrio Gerona Ubicacin Guatemala, Guatemala

Fiscala Municipal de Amatitln Lote Nmero 50, Residenciales Las Ninfas, Amatitln6633 1783 6633 7521

Fiscala Municipal de ChinautlaAv. Sacatepquez Lote 40 Col. Santa Luisa502) 2286 7061

Fiscala Municipal de MixcoBOULEVAR BOSQUES DE SAN NICOLAS, 24-53 zona 4 Mixco, Centro Comercial Plaza El Naranjo (segundo nivel)24343992 /94/95/97/99 Oficina Atencin Permanente Oficina de Atencin a la Vctima

Fiscala Municipal de Palencia Calle Real 3-103 Cantn Agua Tibia, Palencia502) 6640 0633 (502) 6640 0620

Fiscala Municipal de San Juan Sacatepquez4. Calle 5-14 Zona 3, San Juan Sacatepquez (502) 6630 3876 (502) 6630 2017

Oficina Atencin Permanente Oficina de Atencin a la Vctima

Fiscala Municipal de Santa Catarina Piula17 calle 11-60 zona 10, Guatemala, Ciudad Capital23371692 (502) 2366 2169

Fiscala Municipal de Villa Canales 1. Av. A 1-95 Zona 2, Villa Canales Telfonos: 6635 0209 (502) 6635 0216 (502) 6635 1579

Fiscala Municipal de Villa Nueva 9. Calle 0-75, Zona 5. Paraso del Frutal, Villa Nueva Telfonos: 6631 6484 6631 6497

ABOGADOEl abogado es el encargado de defender los intereses de una de las partes en litigio. Al ser el abogado un profesional especficamente preparado y especializado en cuestiones jurdicas, es la nica persona que puede ofrecer un enfoque adecuado del problema que tiene el ciudadano o 'justiciable'.Debe destacarse que, adems de su intervencin en el juicio, una funcin bsica del abogado es la preventiva. Con su asesoramiento y una correcta redaccin de los contratos y documentos, pueden evitarse conflictos sociales, de forma que el abogado, ms que para los pleitos o juicios, ayuda a no llegar a ellos, sirviendo en muchos casos como mediador extrajudicial. Tanto es as que, en la mayora de los procedimientos judiciales es obligatorio comparecer ante los tribunales asesorado por un abogado, lo cual garantiza al justiciable un debido ejercicio del derecho a la defensa durante el proceso.La actuacin profesional del abogado se basa en los principios de libertad e independencia. Los principios de confianza y de buena fe presiden las relaciones entre el cliente y el abogado, que est sujeto al secreto profesional.El abogado se debe a su cliente, en primer lugar, y debe litigar de manera consciente respecto a la responsabilidad social en la que se halla, con un actuar crtico y equilibrado al servicio de la paz social, en la que colabora con los juzgadores y tribunales dentro del sistema judicial.

FUNCIONES DE UN ABOGADOse dedica a defender en juicio, por escrito o de palabra, los derechos e intereses de sus representados o clientes, adems de brindarles asesoramiento en distintos aspectos legales y jurdicos.Para ejercer la abogaca a ttulo legal, en la mayora de ordenamientos jurdicos es requisito imprescindible haber cursado la carrera de Derecho hasta alcanzar la Licenciatura o nivel equivalente. Adems de ello es preciso estar inscrito en un Colegio de Abogados.En principio, no existe la especializacin legal como tal, pues los abogados lo son a ttulo general. No obstante, en la prctica es corriente una especializacin de hecho.El abogado es un profesional cuyo objetivo fundamental es colaborar en la defensa de la Justicia. Entre las funciones de los abogados pueden distinguirse las que le son a ttulo propio, es decir, las actuaciones judiciales, de las funciones extrajudiciales: contratos privados, compromisos, gestin de arbitrajes, etc.No podemos olvidar que la principal funcin de un abogado es la preventiva, que se hace efectiva normalmente a travs del asesoramiento legal. Es un deber fundamental de todo abogado el informar a su cliente de todos sus derechos legales y representarle en juicio. En la mayora de procedimientos judiciales es obligatorio comparecer ante los tribunales debidamente asistido por un abogado, garantizndose as el derecho a la defensa a lo largo de todo el proceso.El abogado viene obligado a responder ante su cliente de todos los perjuicios que le cause por malicia, negligencia u omisin, alcanzando esta responsabilidad, tanto el mbito civil como el criminal.Es importante conocer que un abogado no puede representar a partes opuestas (ya que lgicamente sus intereses tambin lo son), pero si que puede actuar como rbitro entre ellas, y asesorar a ambas con arreglo a derecho.A modo de resumen y de un modo global, las funciones de un abogado seran las siguientes: Defensa de los intereses de su cliente en todo tipo de procedimientos judiciales, en el mbito de cualquier jurisdiccin. Negociacin y redaccin de cualquier tipo de contratos, ya sean pblicos o privados. Defensa de sus intereses en materia urbanstica, actuando en caso que sea preciso ante las distintas administraciones. Asesoramiento y actuacin en todo tipo de operaciones inmobiliarias, especialmente en caso de compraventa y arrendamiento de inmuebles o fincas, mediante la redaccin legar de los documentos y contratos necesarios para llevar a cabo la operacin legal. Asesoramiento fiscal y preparacin de todo tipo de declaraciones y obligaciones fiscales y tributarias. Actuacin en materia testamentaria, mediante la redaccin de testamentos, particiones hereditarias, declaraciones de herederos sin testamento, y los procedimientos judiciales que se puedan dar en esta materia. Redaccin de capitulaciones matrimoniales . Asesoramiento gestin de derechos en materia de propiedad intelectual e industrial. Reclamacin de todo tipo de deudas y obligaciones contractuales. Intervencin en todo tipo de negociaciones laborales. Redaccin de escritos y recursos que deban presentarse ante las distintas administraciones en materia administrativa, as como defensa ente imposiciones de sanciones o multas por parte de cualquier organismo. Mediacin en cualquier tipo de conflicto, ya sea laboral, empresarial, vecinal, familiar, etc. Constitucin, gestin y disolucin de cualquier tipo de sociedad mercantil o civil, as como asesoramiento en materia de derecho empresarial. Intervencin en calidad de rbitro en cualquier disputa o conflicto entre empresas o personas. Reclamaciones a las compaas aseguradoras en el caso de accidentes, ya sea a los responsables o a las administraciones. Reclamacin y gestin de derechos y pensiones a la Seguridad Social, en materia de desempleo, maternidad, incapacidades, jubilacin, etc.Todo lo expuesto, lo es a modo de aproximacin, pues existen abogados excepcionalmente especializados, que le podrn ayudar en cualquier problema jurdico que se le pueda presentar.

Clases:Abogado jurista Es el profesional capaz y eficiente en el desempeo terico y tcnico del derecho. Entre sus funciones est las consultas sobre problemas jurdicos, asesorar a los rganos de la administracin central y descentralizada al Poder Legislativo Nacional, a las Asambleas Legislativas, Institutos autnomos, empresas del Estado o personas natural o jurdica en la solucin de problemas de carcter jurdico. Abogado litiganteEs el profesional capaz de asumir, representar y defender tanto lo judicial como extrajudicial los asuntos pertinentes en los campos tradicionales del ejercicio profesional.

Abogado en funcin pblica Es el profesional capaz de cumplir en funcin de asesora tcnica legal a nivel de embajadas, delegaciones y consulados, en los aspectos jurdicos involucrados en la toma de decisiones contribuir en la Reforma del Estado y a la formacin de instrumento en el derecho internacional pblico.

Abogado legislador: Es el profesional capacitado para formar parte de comisiones tcnicas legislativas a diversos niveles manejando con propiedad los aspectos de la tcnica jurdica y legislativa tanto material y formal.

Abogado investigador: Investiga cientficamente en los diversos campos de las ciencias jurdicas, trabajar para avanzar tanto en la doctrina como en la nueva legislacin.

Abogado magistrado: Resuelve y asume plenamente su funcin de creador del derecho, al aplicar la norma a situaciones particulares y garantiza el imperio de la justicia

Lugar donde normalmente ejerce el Abogado:Algunos abogados son litigantes, es decir tienen un despacho propio y llevan juicios a diferentes personas, en las materias que conocemos.

Otros trabajan para algn despacho de otro abogado, de hecho es la mejor manera de empezar para adquirir experiencia en el litigio bajo la tutela de una bogado prestigiado. Algunos mas Son asesores de empresas, es decir laboran para la empresa como trabajador en su departamento jurdico, en funciones tan amplias como supervisar los tramites externos o los trmites internos, facilitar el interactuar con los clientes, etc. Otros trabajan para gobierno en muy diversas reas, haya que recordar que casi todas las reas de la administracin pblica tienen una seccin o departamento jurdico. Por supuesto existe trabajo en la magistratura, es decir como magistrado, ministro, juez, o personal de juzgado o en materia penal de parte del estado como parte acusadora, ministerio pblico o fiscal. Existen tambin instituciones de defensora pblica o asistencia jurdica gratuita a los ms necesitados. Tambin se puede trabajar en instituciones de asistencia social, ONG, fundaciones etc. Hay otros que se dedican a la docencia o investigacin, ya sea a nivel postgrado si tienen la preparacin, universitario o educacin media superior. El abogado no es sinnimo de deshonestidad, un abogado solo hace lo que su cliente quiere. En fin el campo del derecho y su ejercicio es tan amplio como la misma sociedad, nada ms debes amar tu profesin.