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El empoderamiento de la mujer Es una estrategia que busca transformar las estructuras de dominación en todos los ámbitos: legislativo, educativo, institucional y toda aquella instancia, ya sea pública o privada, en la que prevalezca un dominio masculino. Por otro lado una forma de facilitar el empoderamiento es incrementar la participación equitativa de mujeres y hombres en todos los procesos. Para alcanzar el empoderamiento de las mujeres no solo deben poseer iguales capacidades, tener acceso a las oportunidades y disfrutar de seguridad, sino que además deben disponer de los medios necesarios para ello y así tener la posibilidad de elegir y tomar decisiones sobre sus condiciones de vida. La esencia del concepto de empoderamiento de las mujeres radica en la habilidad que las mujeres tengan para controlar su propio destino. En consecuencia, el empoderamiento es mayor que la suma de las partes que componen la igualdad entre los géneros, a pesar de que conseguir la igualdad entre ellos es el paso critico de este proceso. Finalmente, es importante destacar que la justicia de género es una cuestión de reconocimiento y redistribución: reconocimiento de la situación particular de las mujeres y los hombres, desde sus respectivos roles tradicionales, y redistribución de los recursos, las oportunidades y, en última instancia, del poder para la toma de decisiones. Si bien en algunos casos se han abordado ambos procesos como excluyentes, las políticas de redistribución y de reconocimiento deben armonizarse para lograr realmente una realidad más justa para hombres y mujeres. Estrategia de igualdad de género (2012). Programa de las Naciones Unidas para el desarrollo. Lima – Perú (Disponible en:

El Empoderamiento de La Mujer

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El empoderamiento de la mujer

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Page 1: El Empoderamiento de La Mujer

El empoderamiento de la mujer

Es una estrategia que busca transformar las estructuras de dominación en todos los

ámbitos: legislativo, educativo, institucional y toda aquella instancia, ya sea pública o

privada, en la que prevalezca un dominio masculino. Por otro lado una forma de facilitar el

empoderamiento es incrementar la participación equitativa de mujeres y hombres en

todos los procesos.

Para alcanzar el empoderamiento de las mujeres no solo deben poseer iguales

capacidades, tener acceso a las oportunidades y disfrutar de seguridad, sino que además

deben disponer de los medios necesarios para ello y así tener la posibilidad de elegir y

tomar decisiones sobre sus condiciones de vida. La esencia del concepto de

empoderamiento de las mujeres radica en la habilidad que las mujeres tengan para

controlar su propio destino. En consecuencia, el empoderamiento es mayor que la suma

de las partes que componen la igualdad entre los géneros, a pesar de que conseguir la

igualdad entre ellos es el paso critico de este proceso.

Finalmente, es importante destacar que la justicia de género es una cuestión de

reconocimiento y redistribución: reconocimiento de la situación particular de las mujeres y

los hombres, desde sus respectivos roles tradicionales, y redistribución de los recursos,

las oportunidades y, en última instancia, del poder para la toma de decisiones. Si bien en

algunos casos se han abordado ambos procesos como excluyentes, las políticas de

redistribución y de reconocimiento deben armonizarse para lograr realmente una realidad

más justa para hombres y mujeres.

Estrategia de igualdad de género (2012). Programa de las Naciones Unidas para el

desarrollo. Lima – Perú (Disponible en:

http://www.pe.undp.org/content/dam/peru/docs/Empoderamiento/Estrategia%20de

%20Igualdad%20de%20Genero%20de%20PNUD%20Peru.pdf)

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Normatividad internacional de la mujer trabajadora

En el año 1919 la OIT (organización internacional del trabajo) fue fundada para proteger a

los trabajadores de todo el mundo. A partir de entonces se esfuerza por eliminar la

desigualdad y la discriminación y de impulsar la protección de la mujer en el trabajo.

Kurczyn, P. (2000). Derechos de las mujeres trabajadoras. Cámara de diputados, LVII

legislatura. Universidad Nacional Autónoma de México.

Por otro lado las desigualdades de género en el trabajo son una realidad en el mundo,

desde el acceso al empleo o la ocupación, hasta las condiciones de trabajo como la

remuneración, la jornada de trabajo entre otras. Esto se pude ver en las condiciones en el

mercado de trabajo donde son diferentes para ambos sexos. Según la Organización para

la Cooperación del Desarrollo Económico (OCDE) los hombres con estudios de

secundaria obligatoria, tienen más oportunidades de encontrar empleo que las mujeres

con el mismo estudio. Además en todo el mundo las mujeres ganan entre 30 y 40%

menos que los hombres por el mismo trabajo, ocupan entre el 10 y el 20% de los puestos

directivos administrativos y menos del 20% de los puestos de trabajo en la industria,

asimismo se ven sujetas a violencia en el ámbito laboral del cual es el acoso moral y

sexual donde es una realidad silenciada en los centros de trabajo.

Organización internacional del trabajo (2012). Igualdad de género y trabajo decente.

Convenios y recomendaciones claves de la OIT para la igualdad de género (Disponible

en:http://www.ilo.org/wcmsp5/groups/public/---ed_norm/---

normes/documents/publication/wcms_088160.pdf

Normatividad nacional de la mujer trabajadora

La Constitución Política del Perú de 1993, establece el derecho a no ser discriminado y la

igualdad ante la Ley. “Nadie debe ser discriminado por motivo de origen, raza, sexo,

idioma, religión, opinión, condición económica o de cualquier otra índole”. Asimismo

señala en el art. 26° el respeto a la igualdad y no discriminación en el empleo por causa

de embarazo lo que es complementado a través del art. 23° donde se establece la

protección especial a la madre trabajadora.

Participación laboral y sindical de las mujeres en el Perú

Según la ley Nº 28983 nos habla sobre la ley de igualdad de oportunidades entre los

hombres y mujeres en todos los sectores, donde adoptan políticas, planes y programas

destinados a garantizar el derecho del trabajo productivo, ejercido en condiciones de

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libertad, equidad, seguridad y dignidad humana, incorporando medidas dirigidas a evitar

cualquier tipo de discriminación laboral, entre mujeres y hombres, en el acceso al empleo,

en la formación, promoción y condiciones de trabajo, y en una idéntica remuneración por

trabajo de igual valor.

Ministerio de trabajo y promoción del empleo (2013). Compendio de Normas de

Legislación laboral del régimen privado. Disponible en:

http://www.mintra.gob.pe/archivos/file/SNIL/compendio_normas/

COMPENDIO_NORMAS_LABORALES_MINTRA_2013.pdf

Normatividad nacional de la mujer trabajadora en el gremio de construcción civil

El régimen laboral de la construcción civil se encuentra regulado, entre otras

disposiciones, por el Decreto Legislativo N° 727, el cual en su artículo 12° excluye a las

empresas y personas naturales que si bien pueden encontrarse dentro de las actividades

de construcción descritas, los costos individuales de la ejecución de las obras de éstas no

excedan los 50 UIT. Se consideran trabajadores de construcción civil a todos aquellos que

realicen labores propias de esta actividad. En el presente régimen se establecen tres (3)

categorías: Operarios, Oficiales y Peones. Actualmente, mediante Acta Final de

Negociación Colectiva en Construcción Civil 2012-2013, firmado entre la Cámara de

Comercio Peruana de la Construcción (CAPECO) y los representantes de los

Trabajadores de Construcción Civil Colectiva en Construcción Civil, Expediente 42494-

2012-MTPE/1/20.21, de fecha 16 de agosto de 2012, se ha incrementado a partir del 1º

de junio de 2012 los jornales básicos de los trabajadores de construcción civil a nivel

nacional, quedando establecido los jornales de la siguiente manera: Operario: S/48.60

Oficial: S/41.60 Peón: S/37.20.

Proyecto de ley 2147/2012-CR (2013). Año de la inversión para el desarrollo rural y la

seguridad alimentaria. Disponible en:

http://www2.congreso.gob.pe/Sicr/TraDocEstProc/Contdoc01_2011.nsf/

d99575da99ebfbe305256f2e006d1cf0/aa5ccf099425999c05257b57005f6961/$FILE/

PL02147240413.pdf

Page 4: El Empoderamiento de La Mujer

Participación sindical de la mujer

En los últimos años se han dado profundos cambios en el mundo del trabajo, varios

estudios sobre la posición de las mujeres en las diversas sociedades se han vistos

desiguales entre mujeres y hombres producto de la división sexual del trabajo que otorgo

un papel al hombre en comparación a la mujer, esto se debe a los procesos de

flexibilización laboral, la privatización de las empresas del estado y la prolongada recesión

económica que origina la caída de los salarios y el desempleo, trayendo consigo el

debilitamiento de las organizaciones sindicales y de los sistemas y procesos de

negociación colectiva.

En América Latina, en los últimos cinco años, las dirigentes sindicales han desplegado

serios esfuerzos para aumentar su peso en las estructuras sindicales. Con el fin de

establecer una estrategia común y potenciar sus acciones a nivel nacional, por ejemplo,

fue creada la Comisión de la Mujer de la Coordinadora de Centrales Sindicales del

MERCOSUR (CM-CCSCS), integrada por representantes de los cinco países de esa

subregión (Argentina, Brasil, Chile, Paraguay y Uruguay). En Brasil, se crearon las

comisiones de la Mujer de las tres centrales sindicales (CUT, CGT y FS), que lograron

establecer cuotas mínimas para mujeres en todos sus niveles de dirección. En el resto de

los países existe un esfuerzo de fortalecimiento de las Comisiones, Departamentos o

Secretarías de la Mujer, a través de diversas estrategias destinadas a incorporar las

demandas de género en las pautas sindicales y promover el liderazgo sindical de la mujer

Además la presencia de las mujeres en los sindicatos y en el ámbito de las direcciones

sindicales continúa siendo limitada debido a diferentes factores. Entre otros, las prácticas

y la cultura sindical que continua siendo masculina en muchos sindicatos, los prejuicios

sociales, la idea preconcebida sobre el rol de la mujer, la ausencia de información, de

apoyo y de formación, las limitaciones legales para la organización de ciertos sectores o

categorías ocupacionales de trabajadores/as, la jerga sindical y las dificultades de tiempo

para compatibilizar las responsabilidades familiares, laborales y sindicales.

Además no se pudo encontrar la participación sindical de la mujer en el gremio de

construcción civil.

Bastidas M. (2001). Participación laboral y sindical de las mujeres en el Perú durante los

noventa. Lima, OIT/ACTRAV/ Oficina Regional para las Américas, pp 204