El Comercio Electrónico. La Firma Electrónica

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  • 8/18/2019 El Comercio Electrónico. La Firma Electrónica

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    El Comercio Electrónico: La FirmaElectrónica. (Chile)

    ISSN: 1576-7124 Eita !le".com Directores: Carlos de Paladella y Diego Guasch

    http://vlex.com/redi/No._40_-_Noviembre_del_2001/8

    #nteceente$. II. %&' e$ el Comercio Electrónico. III. a$ e Sol&ción. a) *erechoS&+ranacional. ,) *erecho E"tranero. c) arco /&rico Chileno. c.1.) Le0i$lación!i0ente. c.2.) Iniciati!a$ Le0ale$. I. La Firma Electrónica. a) arco Le0i$lati!o. ,) Elconce+to e Firma Electrónica. c) Elemento$ cla$iicación e la Firma Electrónica. )La Firma Electrónica el 3rinci+io e la Ne&tralia ecnoló0ica. e) La Firma Electrónica el 3rinci+io el E&i!alente F&ncional. ) Concl&$ión.

    I. #nteceente$

    Es un hecho indiscutible hoy en d! l! revoluci"n #ue h! si$ni%ic!do en el mundo l! utili&!ci"nde 'nternet en el des!rrollo de !ctivid!des comerci!les. Es !s como #ue se estim! #ue h!b!y! en el !(o 2000 v!rios cientos de millones de usu!rios )1* en el mundo.

    Est! re!lid!d no es !+en! ! ,hile. e estim! #ue !l !(o 2000 exist!n se$n un estudioel!bor!do por l! empres! de investi$!ci"n de medios t!rcom )2* ms de 18 millones deperson!s #ue intervienen en c!lid!d de usu!rios de est! red. Ello represent! un !umento de un1 3 respecto del !(o 1.

    5s !n se$n ci%r!s entre$!d!s por el ubsecret!rio de Econom! don 6lv!ro 7!&existir!n cinco millones de chilenos #ue en el tr!b!+o en l! escuel! en l! universid!d o en l!c!s! !cceden ! comput!dores estimndose #ue !l menos unos tres millones est!r!nutili&!ndo 'nternet en distint!s esc!l!s)*.

    9recis!mente hoy en d! l!s person!s se rel!cion!n un!s con otr!s ! %in de s!tis%!cer distint!s

    necesid!des o intereses utili&!ndo como medio un comput!dor person!l por el #ue env!n susmens!+es de d!tos con los ms diversos contenidos ! destin!t!rios ubic!dos en cu!l#uierlu$!r del mundo. 9or esto se h!bl! del ,iberesp!cio o 6lde! lob!l en rel!ci"n con este nuevoesp!cio virtu!l %orm!do por un! red de comput!dor!s medi!nte l!s cu!les l!s person!sest!blecen distint!s rel!ciones sin #ue exist! en es!s comunic!ciones b!rrer!s ni %ronter!s%sic!s ni +urdic!s.

    7entro de este esp!cio dest!c!n como medios de comunic!ci"n el ,orreo Electr"nico y el'nterc!mbio Electr"nico de 7!tos )E7'* los #ue se c!r!cteri&!n por ser mens!+es sin soporte dep!pel. Est! es l! c!r!cterstic! #ue h! permitido el %uerte des!rrollo y di%usi"n de l!sne$oci!ciones por v!s electr"nic!s ne$oci!ciones #ue reciben el nombre de ,omercioElectr"nico.

    9ero ! l! ve& es precis!mente est! c!r!cterstic! de estos mens!+es su %!lt! de soporte enp!pel el #ue puede detener el des!rrollo del ,omercio Electr"nico.

    http://v2.vlex.com/asp/es/default.aspmailto:[email protected]:[email protected]://vlex.com/redi/http://v2.vlex.com/asp/es/default.aspmailto:[email protected]:[email protected]

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    Ello llev! ! en%rent!r l!s distint!s problemtic!s sur$en en el mbito +urdico como son elreconocimiento le$!l del mens!+e de d!tos lu$!r y oportunid!d en #ue se entiendedesp!ch!do y recibido y %orm!do el consentimiento le$isl!ci"n y +urisdicci"n !plic!ble v!lide&de los !ctos y contr!tos celebr!dos por medios electr"nicos v!lor prob!torio del documentoelectr"nico en s mismo e%ectos +urdicos y %uer&! prob!tori! de l! %irm! electr"nic! propied!dintelectu!l nombres de dominio contenidos #ue circul!n por l!s redes priv!cid!d de los d!tos

    servicios de certi%ic!ci"n entre otros.

    e h!ce neces!rio de est! %orm! est!blecer un m!rco +urdico #ue permit! un des!rrollo del!s v!s electr"nic!s de ne$oci!ci"n teniendo presente otr! de l!s c!r!cterstic!s de 'nternetcomo lo es su %!lt! de re$ul!ci"n l! #ue h! de tener un c!rcter intern!cion!l de modo decomp!tibili&!r en l! m!yor medid! posible los criterios !dopt!dos por l!s divers!s le$isl!ciones.

    9recis!mente con el %in de el!bor!r est! re$ul!ci"n h!n !boc!do su !ctivid!d or$!nismosintern!cion!les y los distintos Est!dos como se re%le+! en su le$isl!ci"n. ;o propio h! hecho elle$isl!dor n!cion!l lo #ue se m!ni%iest! en l!s norm!s le$!les vi$entes vincul!d!s en $ener!lcon el uso de estos modernos medios de comunic!ci"n y en p!rticul!r con el comercioelectr"nico. nid!s p!r! el 7erecho 5erc!ntil 'ntern!cion!l h!el!bor!do l! ;ey 5odelo sobre ,omercio Electr"nico )1A* l! #ue h! de servir de m!rco +urdico p!r! l!s re$ul!ciones n!cion!les #ue sobre est! m!teri! se el!boren en l! cu!l sede%ine !l ,omercio Electr"nico )4* como Bl!s tr!ns!cciones comerci!les intern!cion!les #ue sere!li&!n por medio del interc!mbio electr"nico de d!tos y por otros medios de comunic!ci"n.B

    9or su p!rte l! doctrin! h! %ormul!do distintos conceptos de ,. E. dentro de los cu!les c!be

    dest!c!r:

    El pro%esor n!cion!l @en!to Ci+en! ;eiv! se(!l! #ue se Ble h! de%inido como el interc!mbiotelemtico de in%orm!ci"n entre person!s #ue d! lu$!r ! un! rel!ci"n comerci!l consistente enl! entre$! en lne! de bienes int!n$ibles o en un pedido electr"nico de bienes t!n$iblesB. )*

    Dtros !utores h!n dicho #ue Bh!bl!r de comercio electr"nico es h!bl!r de un! nuev! %orm! deinterc!mbio de bienes y servicios #ue se re!li&! ! tr!vs de redes in%ormtic!sB. )A*

     6utores como 5!rtne& N!d!ll )* distin$uen un sentido !mplio y otro restrin$ido de ,. E. Ensentido !mplio comprende todo interc!mbio d!tos #ue se re!lice medi!nte medioselectr"nicos sin consider!r si se encuentr! o no vincul!do ! un! !ctivid!d comerci!l mientr!s

    #ue Bel comercio electr"nico en sentido estricto se re%iere ! !#uell!s tr!ns!cciones del mbitocomerci!l #ue se des!rroll!n ! tr!vs de l!s nuev!s tecnolo$!s de l! comunic!ci"n donde seincluyen l! compr!vent! de bienes o servicios los !cuerdos prelimin!res y tod!s l!s!ctivid!des posteriores ! l! celebr!ci"n del contr!to respectivoB. )8*

    7e lo dicho se concluye #ue lo c!r!cterstico del ,. E. es precis!mente el interc!mbio de d!toselectr"nicos #ue se re!li&!n por un! red l!s #ue pueden ser redes cerr!d!s o !biert!s.

    El ,. E. #ue se re!li&! por redes cerr!d!s es !#uel !l #ue puede !cceder ! l! red s"lo ciert!s ydetermin!d!s person!s #ue se encuentr! !utori&!d!s p!r! ello tod! ve& #ue son!dministr!d!s y de propied!d de un! or$!ni&!ci"n. Este r!s$o le otor$! $r!n se$urid!d ! l!str!ns!cciones comerci!les #ue se re!li&!n en ell! y! #ue se encuentr! restrin$ido el !cceso !person!s no !utori&!d!s. 6l$un!s de l!s redes cerr!d!s son E7' )Electronic 7!t! 'nterch!n$e*

    )* @edb!nc @ed it! l!s F!n #ue oper!n en ,hile. Es en est! red donde se h!n re!li&!do losm!yores !v!nces en comercio electr"nico en ,hile. )10*

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    En c!mbio ! l!s redes !biert!s puede !cceder cu!l#uier person!. u %cil !ccesibilid!dconstituye su princip!l c!r!cterstic! y permite potenci!r su des!rrolloG pero ! l! ve& d!do lodi%icultoso de su vi$il!nci! le con%iere un !lto $r!do de inse$urid!d. ;! princip!l red !biert! es'nternet.

    El tem! de este tr!b!+o se centr!r en el ,. E. #ue se re!li&! en st! red !biert! es decir en

    'nternet.

    El des!rrollo #ue el comercio electr"nico h! tenido en 'nternet red c!r!cteri&!d! por l! %!t!ltot!l de un m!rco re$ul!torio o por l! insu%icienci! del mismo h! $ener!do un! serie deproblemtic!s +urdic!s #ue deben ser !bord!d!s por l!s distint!s le$isl!ciones n!cion!les y!se! !decu!ndo los m!rcos +urdicos existentes o el!bor!ndo un! nuev! le$isl!ci"n #uecomprend! l!s distint!s c!r!cterstic!s de est! nuev! %orm! de comerci!r.

    ,!be tener presente #ue de est!s m!teri!s t!mbin se h!n ocup!do distintos or$!nismosintern!cion!les t!les como >N,'?@6;/,N>75' ),omisi"n de l!s N!ciones >nid!s p!r! el7erecho 5erc!ntil 'ntern!cion!l*)11* D,7E )Dr$!ni&!ci"n p!r! l! ,ooper!ci"n y el 7es!rrolloEcon"mico* )12* D5, )Dr$!ni&!ci"n 5undi!l del ,omercio*)1* ,,' ),m!r! de ,omercio'ntern!cion!l* )14* y H'9D )Dr$!ni&!ci"n 5undi!l de l! 9ropied!d 'ntelectu!l*. )1*

    7entro de l!s cuestiones +urdic!s sur$id!s del comercio electr"nico en 'nternet se encuentr!nl!s rel!cion!d!s con l! %irm! electr"nic! los nombres de dominio l! protecci"n de los usu!riosl! priv!cid!d l! propied!d intelectu!l y los sistem!s de p!$o electr"nico.

    ,l!udio 5!$lion! 5!rIovich)1A* ! su ve& identi%ic! los si$uientes !spectos espec%icos:

    i*v!lide& de l! contr!t!ci"n electr"nic! %orm!ci"n del consentimiento tribun!l competente yle$isl!ci"n !plic!bleG

    ii*%irm! electr"nic! prest!ci"n de servicios de certi%ic!ci"n y v!lide& de los mens!+es de d!tos odocumentos electr"nicosG

    iii*protecci"n del consumidor medi!nte el !nlisis de los derechos y obli$!ciones de los!$entes #ue intervienen en el comercio electr"nico como los proveedores de servicios y bienesy los consumidores y l! protecci"n de los d!tos de c!rcter person!l de los consumidoresG

    iv*est!blecimiento de medios de p!$o se$urosG

    v*protecci"n de l! propied!d intelectu!lG

    vi*le$isl!ci"n sobre telecomunic!ciones p!r! lo$r!r l! m!si%ic!ci"n del !cceso ! 'nternetG

    vii*tribut!ci"n en 'nternetG y

    viii*protecci"n pen!l en especi!l ! tr!vs de l! tipi%ic!ci"n del %r!ude in%ormticoB.

     6 su turno Jumberto ,!rr!sco Kl!nc enumer! sin c!rcter de t!x!tivid!d los si$uientesrubros:

    i*l! propied!d intelectu!l e industri!l

    ii*el derecho ! l! priv!cid!d

    iii*el derecho de los consumidores

    iv*los !spectos rel!tivos ! los impuestos

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    v*el derecho de l!s telecomunic!ciones

    vi*l! libert!d de expresi"nG

    vii*l! se$urid!d en l!s oper!ciones de comercio electr"nico y el v!lor prob!torio del documentoelectr"nico y

    viii*el momento y lu$!r de %orm!ci"n del consentimiento en el mbito intern!cion!l y l! +urisdicci"n de los tribun!les.

    @en!to Ci+en! ;eiv! identi%ic!:

    i*el momento y lu$!r en #ue se %orm! el consentimiento entre los contr!t!ntes

    ii*l! necesid!d de prote$er l! priv!cid!d de l!s person!s contr!t!ntes cuyos d!tos person!leso nomin!tivos circul!n en l!s redes

    iii*el neces!rio reconocimiento le$!l de los mec!nismos de encript!ci"n o protocolos dese$urid!d de l!s tr!ns!cciones

    iv*el v!lor prob!torio o l! !dmisibilid!d en un proceso de l! in%orm!ci"n contenid! en unorden!dor o tr!nsmitid! v! redes y

    v*l! protecci"n de l! propied!d intelectu!l e industri!l.

    e observ! #ue dentro de todos estos list!dos de cuestiones !p!rece el problem!ri$uros!mente esenci!l y determin!nte de l! %irm! electr"nic!.

    Es por ello #ue nos detendremos en ste !specto en p!rticul!r !un#ue sin de+!r de mencion!rl! le$isl!ci"n #ue sobre l!s otr!s cuestiones rel!cion!d!s con el interc!mbio de d!tos por v!selectr"nic!s se encuentren vi$entes en nuestro orden!miento +urdico.

    '''. F!s de soluci"n

    ;os principios orient!dores del m!rco re$ul!dor deber!n ser los si$uientes:

    i* no re$ul!r por re$ul!r lo #ue supone !cept!r #ue l! libre circul!ci"n de bienes y servicios enel comercio electr"nico se puede obtener de %orm! e%ectiv! medi!nte el reconocimiento mutuode norm!s n!cion!les y c"di$os !decu!dos de !utorre$ul!ci"n de m!ner! de no entorpecercon un! sobre re$ul!ci"n el des!rrollo de l!s ne$oci!ciones electr"nic!s.

    ii* l! libert!d econ"mic! #ue h! de tener en cuent! l!s distint!s re!lid!des comerci!les de

    modo #ue se %!ciliten l!s tr!ns!cciones en tod! l! c!den! comerci!l.

    iii* s!tis%!cer ob+etivos de inters $ener!l de m!ner! e%ectiv! y e%ic!&: derecho ! l! intimid!dprotecci"n del consumidor o !mpli! !ccesibilid!d ! l!s redes.

    ;!s problemtic!s re%erentes ! l! %irm! electr"nic! h!n sido discutid!s en distintos %orosintern!cion!les en los cu!les se h! tr!t!do de d!r !l$un!s soluciones le$!les y! se! re$ul!ndoel comercio electr"nico de %orm! $lob!l o !l$uno de sus t"picos en %orm! p!rticul!r.

    9!r! conocer cu!les h!n sido ell!s nos detendremos en: el 7erecho supr!n!cion!l el 7erechoextr!n+ero y l! situ!ci"n chilen!.

    !* 7erecho supr!n!cion!l

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    ;! >N,'?@6;/,N>75' %ue cre!d! por @esoluci"n 220)LL'* de 1 de diciembre de 1AA del! 6s!mble! ener!l de l!s N!ciones >nid!s como un! ,omisi"n de l!s N!ciones >nid!s p!r!el 7erecho 5erc!ntil 'ntern!cion!l con el m!nd!to de %oment!r l! !rmoni&!ci"n y l! uni%ic!ci"npro$resiv!s del 7erecho merc!ntil intern!cion!l y teniendo presente p!r! ello en ese respectoel inters de todos los pueblos y en p!rticul!r el de los p!ses en des!rrollo en el pro$reso!mplio del comercio intern!cion!l.

    9!r! !lc!n&!r su ob+etivo l! ,omisi"n se h! de v!ler de distint!s tcnic!s de re$l!ment!ci"nmuch!s de ell!s innov!dor!s en rel!ci"n ! l!s tr!dicion!les %orm!s de le$isl!r dentro de los#ue se encuentr!n: convenios leyes modelos r$imen uni%orme modelos de clusul!sconvencion!les recomend!ciones ! los $obiernos y or$!ni&!ciones intern!cion!les.

    7!d! l! n!tur!le&! del comercio electr"nico y sus distintos t"picos >N,'?@6; h! opt!do porutili&!r un! de est!s nuev!s tcnic!s norm!tiv!s constituid!s por l! ;ey 5odelo.

    ;! ;ey 5odelo es un m!rco le$!l #ue es !dopt!do !l interior de un! ,on%erenci! 'ntern!cion!ly #ue tiene por %unci"n inspir!r !l le$isl!dor n!cion!l p!r! re$l!ment!r un! m!teri! tr!t!d! pores! ley de modo #ue no tiene c!rcter obli$!torio p!r! los Est!dos )! di%erenci! de los tr!t!doso convenios intern!cion!les* sino #ue sirve como un! su$erenci! le$isl!tiv! #ue puede tenerpresente el le$isl!dor interno cu!ndo se! ll!m!do ! re$ul!r determin!d!s m!teri!s.

    Es !s como l! ,N>75' h! el!bor!do distint!s u!s Curdic!s o ;eyes 5odelos #ue tienenpor ob+etivo %!cilit!r el comercio electr"nico en p!rticul!r el uso de mtodos de comunic!ci"n y!lm!cen!miento de in%orm!ci"n sustitutivos de los #ue utili&!n p!pel #ue se!n !cept!bles p!r!los Est!dos #ue ten$!n sistem! +urdicos soci!les y econ"micos di%erentes de m!ner! #uepued!n contribuir de %orm! si$ni%ic!tiv! !l est!blecimiento de rel!ciones econ"mic!sintern!cion!les !rmonios!s.

    ,omo result!do de est! !ctivid!d l! >N,'?@6; h! el!bor!do l! @ecomend!ci"n sobre v!lor +urdico de los @e$istros 'n%ormticos )18A* l! u! Curdic! sobre ?r!ns%erenci!s Electr"nic!sde =ondos )18* l! ;ey 5odelo sobre ?r!ns%erenci!s 'ntern!cion!les de ,rdito )12* l!

    ;ey 5odelo sobre ,omercio Electr"nico )1A y 18* y l! ;ey 5odelo sobre l!s =irm!sElectr"nic!s.

    9ero l! !ctivid!d de l! ,N>75' no se !$ot! en estos tem!s y! #ue entre otr!s cuestionespropuest!s p!r! l!bor %utur! se incluyen: l! le$isl!ci"n rel!tiv! ! l!s tr!ns!cciones y loscontr!tos electr"nicosG l! tr!ns%erenci! electr"nic! de derechos sobre bienes corpor!lesG l!tr!ns%erenci! electr"nic! de derechos sobre bienes inm!teri!lesG los derechos sobre los d!toselectr"nicos y los pro$r!m!s in%ormticos )con posible cooper!ci"n de l! D59' Dr$!ni&!ci"n5undi!l de 9ropied!d 'ntelectu!l*G l! %ormul!ci"n de norm!s uni%ormes en m!teri! decontr!t!ci"n electr"nic! )posiblemente en cooper!ci"n con l! ,m!r! de ,omercio'ntern!cion!l ,,' y el 'nternet ;!M !nd 9olicy =orum*G el derecho y l! +urisdicci"n !plic!bles)posiblemente en cooper!ci"n con l! ,on%erenci! de ;! J!y! de 7erecho 'ntern!cion!l9riv!do* y los sistem!s de soluci"n de ,ontroversi!s por v! in%ormtic!.

    @especto de l!s soluciones propuest!s por >N,'?@6; re!li&!remos !l$unos coment!riosrespecto de l! ;ey 5odelo sobre ,omercio Electr"nico y l! ;ey 5odelo sobre l!s =irm!sElectr"nic!s:

    1 ;! ;ey 5odelo de l! ,N>75' ,omisi"n de l!s N!ciones >nid!s p!r! el 7erecho 5erc!ntil'ntern!cion!l sobre ,omercio Electr"nico !prob!d! por resoluci"n 1/1A2 de l! 6s!mble!ener!l de 1A de diciembre de 1A )1* recomendndose su incorpor!ci"n en losorden!mientos de c!d! p!s como un medio de %!cilit!r y d!r se$urid!d ! l!s rel!ciones +urdic!s electr"nic!s entre p!rticul!res.

    e reconoce como %in!lid!d de est! ;ey 5odelo l! de o%recer !l le$isl!dor n!cion!l un con+unto

    de norm!s !cept!bles en el mbito intern!cion!l #ue le permit!n elimin!r !l$uno de losobstculos +urdicos #ue impiden el c!b!l des!rrollo del ,. E. con mir!s ! cre!r un m!rco

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     +urdico #ue permit! un des!rrollo ms se$uro y con%i!ble de l!s v!s electr"nic!s dene$oci!ci"n.

    ;os principios $ener!les en #ue se b!s! l! ;ey 5odelo son entre otros:

    1.- =!cilit!r el comercio electr"nico en el interior y ms !ll de l!s %ronter!s n!cion!les

    2.- F!lid!r l!s oper!ciones e%ectu!d!s por medio de l!s nuev!s tecnolo$!s de l! in%orm!ci"nG

    .- =oment!r y estimul!r l! !plic!ci"n de nuev!s tecnolo$!s de l! in%orm!ci"nG

    4.- 9romover l! uni%ormid!d del derecho !plic!ble en l! m!teri!G

    .- 6poy!r l!s nuev!s prctic!s comerci!les.

    ;! re$ul!ci"n proporcion!d! en este m!rco +urdico se inspir! en criterios t!les como: el de l!!bsolut! neutr!lid!d tecnol"$ic! p!r! no inhibir el des!rrollo y uso de nuev!s tecnolo$!s y elde l! homolo$!ci"n del mens!+e di$it!l ! su e#uiv!lente en soporte de p!pel de modo #ue$ocen del mismo tr!t!miento +urdico.

    u !rtculo 1 indic! respecto de su mbito de !plic!ci"n #ue es !plic!ble ! todo tipo dein%orm!ci"n en l! %orm! de mens!+e de d!tos utili&!d! en el contexto de l!s !ctivid!descomerci!les trmino ste ltimo !l #ue se su$iere d!r un! interpret!ci"n !mpli! #ue incluy!tod!s l!s rel!ciones comerci!les incluso l!s no contr!ctu!les )sin per+uicio #ue t!mbin sesu$iere ! los Est!dos #ue pueden re$ul!r tod!s l!s rel!ciones +urdic!s #ue se produ&c!nmedi!nte l! utili&!ci"n de mens!+es de d!tos enumer!ndo los c!sos exceptu!dos*. En l!primer! p!rte de l! ley se est!blecen norm!s de c!rcter $ener!l diri$id!s ! est!blecer #ue l!%orm! en #ue se present! l! in%orm!ci"n no debe constituir un obstculo p!r! !cept!r suv!lide& y e%ic!ci! +urdic! y se reco$en otr! serie de re$l!s #ue tr!t!n !suntos como l!%orm!ci"n y v!lide& de los contr!tos #ue sern !plic!bles si l!s p!rtes contr!t!ntes no

    disponen lo contr!rio. ;! se$und! p!rte de l! ;ey 5odelo tr!t! del comercio en mbitosespec%icos y por el momento tiene un s"lo c!ptulo dedic!do !l tr!nsporte de merc!nc!s y ! l!re$ul!ci"n de los documentos de tr!nsporte.

    9or ser un texto !bierto existe l! posibilid!d #ue en el %uturo se incluy! l! re$ul!ci"n de otr!sm!teri!s.

    2 ;ey 5odelo >N,'?@6; ,omisi"n de l!s N!ciones >nid!s p!r! el 7erecho 5erc!ntil'ntern!cion!l sobre l!s =irm!s Electr"nic!s !prob!d! por l! ,omisi"n en su 4 perodo desesiones celebr!do en el !(o 2001 recomendndose ! todos los Est!dos #ue !l %ormul!r orevis!r su le$isl!ci"n ten$!n presente est! nuev! ;ey 5odelo +unto con l! ;ey 5odelo,N>75' sobre ,omerci" Electr"nico de 1A y 18 h!bid! cuent! de l! necesid!d deuni%orm!r el derecho !plic!ble ! l!s %orm!s de comunic!ci"n !lm!cen!miento y !utentic!ci"n

    de in%orm!ci"n sin soporte de p!pel.

    En el !(o 1A el rupo de ?r!b!+o sobre ,omercio Electr"nico despus de h!ber sido!prob!d! l! ;ey 5odelo sobre ,omercio Electr"nico recibi" el enc!r$o de ex!min!r l!convenienci! y vi!bilid!d de prep!r!r norm!s uni%ormes sobre l!s %irm!s electr"nic!s y l!sentid!des certi%ic!dor!s !bord!ndo !spectos t!les como: l! b!se +urdic! #ue sustent! losprocesos de certi%ic!ci"n incluid! l! incipiente tecnolo$! de !utentic!ci"n y certi%ic!ci"ndi$it!lesG l! !plic!bilid!d del proceso de certi%ic!ci"nG l! !si$n!ci"n del ries$o y l!respons!bilid!d de los usu!rios proveedores y terceros en el contexto del uso de tcnic!s decerti%ic!ci"nG l!s cuestiones concret!s de certi%ic!ci"n medi!nte el uso de re$istros y l!incorpor!ci"n por remisi"n.

     6 est! l!bor se !boc" el rupo de ?r!b!+o sobre ,omercio Electr"nico en su perodo desesiones 1 ! !prob!ndo en l! ltim! de ell!s los elementos de %ondo del proyecto de ;ey

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    5odelo destin!do ! ser present!do ! l! ,omisi"n p!r! su ex!men y !prob!ci"n en el perodode sesiones de correspondientes !l !(o 2001.

    ;! ,omisi"n en su 4 perodo de sesiones celebr!do en Fien! desde el 2 de +unio !l 1 de +ulio de 2001 !prob" l! ;ey 5odelo de l! ,N>75' sobre l!s =irm!s Electr"nic!s +unto con l!u! p!r! su incorpor!ci"n de l! ;ey 5odelo !l derecho interno. )18*

    7entro de l!s %in!lid!des de est! ;ey 5odelo se encuentr!n l! de reducir l! incertidumbre delos e%ectos +urdicos en el uso de l!s %irm!s electr"nic!s #ue constituyen un! de l!s tcnic!smodern!s de !utentic!ci"n electr"nic! #ue h! sustituido el uso de %irm!s ol"$r!%!s y en%rent!rel ries$o de #ue c!d! p!s !dopten criterios di%erentes en rel!ci"n con est! %irm! electr"nic!h! motiv!do ! l! el!bor!ci"n de un m!rco +urdico moderno !rmonioso y e#uit!tivo p!r!!bord!r l!s cuestiones de l! %irm! electr"nic!.

    ;os ob+etivos de l! ;ey 5odelo son:

    - =!cilit!r el empleo de %irm!s electr"nic!s.

    - ,onceder i$u!ld!d de tr!to ! los usu!rios de document!ci"n con soporte en p!pel y ! losconsi$n!dos en soportes in%ormticos.

    i$uiendo el criterio de neutr!lid!d tecnol"$ic! !co$ido por l! ;ey 5odelo sobre ,omercioElectr"nico se le indic" !l rupo de ?r!b!+o #ue deber! consider!r l!s distint!s tcnic!s de!utentic!ci"nG sin per+uicio de concentr!r su !tenci"n en cuestiones propi!s de l!s %irm!snumric!s ms !n teniendo en cuent! #ue p!r! %ines del comercio intern!cion!l c!si tod!sl!s cuestiones +urdic!s em!n!d!s de l! utili&!ci"n de %irm!s electr"nic!s estn resuelt!s en l!;ey 5odelo mencion!d! debiendo limit!rse ! l!s cuestiones +urdic!s de l! certi%ic!ci"n dev!lide& tr!ns%ronteri&!.

    ,!be tener presente #ue el !rtculo de l! ;ey 5odelo sobre ,omercio Electr"nico est!bleceel reconocimiento de l!s %unciones #ue cumple un! %irm! m!nuscrit! en p!pel l!s #ue t!mbinpodrn ser des!rroll!d!s por l!s %irm!s electr"nic!s cumpliendo ciertos re#uisitos de %i!bilid!dest!blecidos en l! ;ey 5odelo sobre l!s =irm!s Electr"nic!s.

    ;! propuest! de l! ;ey 5odelo de >N,'?@6; se estructur! b!+o once !rtculos est!bleciendosu mbito de !plic!ci"n y los si$uientes principios: !* de i$u!ld!d de tr!t!miento de l!stecnolo$!s p!r! l! %irm! b* de l! dimensi"n $lob!l o intern!cion!l del tem! c* de l! presunci"nde existenci! de %irm! cu!ndo l! ley exi+! un! m!nuscrit! y st! conste en %orm! electr"nic! d*de l! observ!nci! del re#uisito de %i!bilid!d l!s obli$!ciones del %irm!nte y de los proveedoresde servicios de certi%ic!ci"n e* de los %!ctores de %i!bilid!d del sistem! de certi%ic!ci"n y %* del!s obli$!ciones del tercero #ue !ct! con%i!do en el certi%ic!do.

    ,on mir!s ! !se$ur!r su coherenci! con el contenido y terminolo$! de l! ;ey 5odelo sobre

    ,omercio Electr"nico en estos !rtculos se h!n reproducido l!s disposiciones contenid!s enst! en cu!nto !: i* su mbito de !plic!ci"n ii* l!s de%iniciones de: mens!+e de d!tos inici!dory destin!t!rio iv* ! su interpret!ci"n y v* modi%ic!ci"n medi!nte !cuerdo y %irm!.

    b* 7erecho extr!n+ero

    b.1.* 7erecho comunit!rio de l! >ni"n Europe!

    El 7erecho comunit!rio el!bor!do por l! >ni"n Europe! tiene por %in!lid!d solucion!r losproblem!s intr!comunit!rios #ue en m!teri! de comercio electr"nico sur+!n entre los Est!dosmiembros de l! ,omunid!d Econ"mic! Europe! ! %in de !lc!n&!r los ob+etivos !rmoni&!doresde l! inte$r!ci"n comunit!ri!.

    9!r! cumplir este ob+etivo se h!n el!bor!do dos 7irectiv!s #ue vienen ! re$ul!r de m!ner!espec%ic! !l$unos !spectos del comercio electr"nico:

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    1 ;! 7irectiv! //,E del 9!rl!mento Europeo y el ,onse+o de 1 de diciembre de 1public!d! en el 7i!rio D%ici!l de l! ,omunid!d Europe! el 1 de enero de 2000 por l! #ue seest!blece un m!rco comunit!rio p!r! l! %irm! electr"nic! #ue es vincul!nte p!r! los Est!dosmiembros en cu!nto !l result!do #ue deb! conse$uirse.

    ,omo se(!l! l! pro%esor! 5!yte Eche&!rret! =errer)1* l! %in!lid!d de est! 7irectiv! es

    %!cilit!r el uso y %oment!r l! con%i!n&! de l! %irm! electr"nic! !s como contribuir ! sureconocimiento +urdico en !r!s ! l! libre circul!ci"n de bienes y servicios en el merc!do interior de l! ,omunid!d Europe!.

    Es por ello #ue se homolo$! l! %irm! electr"nic! si$n!d! en un documento electr"nico ! l!%irm! m!nuscrit! est!mp!d! en un documento en soporte de p!pel produciendo los mismose%ectos le$!les y !dmitindol! como un medio prob!torio en s mism!.

    e est!blece un sistem! volunt!rio de !credit!ci"n de los prest!dores de servicios decerti%ic!ci"n b!s!do en mir!s de !lc!n&!r un $r!do de con%i!n&! y des!rrollo superior delcomercio electr"nico y su+etos todos ellos ! l!s prctic!s de certi%ic!ci"n. 7!d! l!sc!r!cterstic!s )condiciones ob+etiv!s tr!nsp!rentes proporcion!d!s y no discrimin!tori!s* #uedebe cumplir el sistem! est!blece un! presunci"n de culp!bilid!d en contr! de l!s entid!desprest!dor!s de estos servicios por los d!(os y per+uicios #ue su%r! un! person! #ue de buen!%e h!y! con%i!do en el certi%ic!do.

    2 l! 7irectiv! 2000/1/,E del 9!rl!mento Europeo y del ,onse+o de 8 de +unio de 2000public!d! en el 7i!rio D%ici!l de l! ,omunid!d Europe! el 1 de +ulio de 2000 rel!tiv! !determin!dos !spectos +urdicos de los servicios de l! socied!d de l! in%orm!ci"n en p!rticul!rel comercio electr"nico en el merc!do interior.

    i$uiendo ! l! pro%esor! 5. Eche&!rret! =errer convenimos en #ue el ob+etivo de est!7irectiv! es $!r!nti&!r el correcto %uncion!miento del merc!do interior $!r!nti&!ndo l! librecircul!ci"n de los servicios de l! socied!d de l! in%orm!ci"n entre los Est!dos miembros. 9!r!lo cu!l se debern !proxim!r l!s disposiciones n!cion!les !plic!bles ! los servicios de l!

    socied!d de l! in%orm!ci"n rel!tiv! !l merc!do interior el est!blecimiento de los prest!dores deservicios l!s comunic!ciones comerci!les los contr!tos por v! electr"nic! l! respons!bilid!dde los intermedi!rios los c"di$os de conduct! los !cuerdos extr!+udici!les p!r! l! soluci"n deliti$ios los recursos +udici!les y l! cooper!ci"n entre los Est!dos miembros.

    b.2.* 7erecho ,omp!r!do

    En el 7erecho comp!r!do c!be dest!c!r l!s le$isl!ciones #ue en est! m!teri! h!n servido de%uente ! l!s distint!s leyes re$l!mentos y proyectos de ley #ue sobre el comercio electr"nicose h!n el!bor!do en ,hile:

    1 Est!dos >nidos de Norte!mric! es el Est!do de >t!h el primero en !prob!r en 1 l!

    ;ey sobre =irm! Electr"nic! #ue re$ul! l! %irm! electr"nic! sobre l! b!se del sistem! decripto$r!%! est!blece un! !utorid!d licenci!nte de los certi%ic!dores y reconoce e%ectos +urdicos ! l!s %irm!s electr"nic!s homolo$ndol! ! l! %irm! m!nuscrit!.

    2 6lem!ni! es el primer Est!do europeo en le$isl!r sobre l! =irm! Electr"nic! en cu!nto ! losre#uisitos de contenido de los certi%ic!dores de cl!ve de %irm! y l!s condiciones mnim!s #ueh! de cumplir un servicio de certi%ic!ci"n p!r! poder emitir certi%ic!dos.

    ,olombi! l! ley N 2 public!d! en el 7i!rio D%ici!l de %ech! 21 de !$osto de 1 #uede%ine y re$l!ment! el !cceso y uso de los mens!+es de d!tos del comercio electr"nico y del!s %irm!s di$it!les y se est!blecen l!s entid!des prest!dor!s de servicios de certi%ic!ci"n.

    4 Esp!(! @e!l 7ecreto-;ey 14/1 public!do en el Koletn D%ici!l de %ech! 1 deseptiembre de 1 sobre re$ul!ci"n de %irm! electr"nic! y des!rrollos norm!tivos.

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    @econoce como %uente ! l! 7irectiv! / de l! ,omunid!d Europe! #ue est!blece un m!rcocomunit!rio p!r! l! %irm! electr"nic! en el #ue se opt! por un sistem! de !credit!ci"nvolunt!ri! reconociendo distinto v!lor prob!torio !l documento electr"nico en el #ue const! un!%irm! electr"nic! !v!n&!d! resp!ld!d! por un certi%ic!do emitido en con%ormid!d ! est! ley y!#ue el control de vi$il!nci! #ue se le h! encomend!do ! l! ecret!r! ener!l de,omunic!ciones con%iere resp!ldo ! los mismos.

    Est!dos >nidos de Norte!mric! l! ;ey %eder!l sobre =irm!s Electr"nic!s en el ,omercioN!cion!l y lob!l )Electronic i$n!tures in lob!l !nd N!tion!l ,ommerce 6ct* reconocev!lide& ! todos los !ctos +urdicos celebr!dos por medios electr"nicos con un c!ptulo especi!lre%erente ! los derechos bsicos de los consumidores en sus tr!ns!cciones en el comercioelectr"nico.

    A 6r$entin! el 7ecreto N 42 de 18 sobre %irm! di$it!l p!r! el ector 9blico reconocev!lide& ! l! %irm! di$it!l utili&!d!s en documentos electr"nicos en #ue conste el !cto!dministr!tivo siempre #ue ten$! el c!rcter de $ener!l est!blece l! cre!ci"n de unor$!nismo licenci!nte un or$!nismo !udit!nte ! l! !utorid!d certi%ic!nte licenci!d! loscerti%ic!dos de cl!ve pblic! y !l suscriptor de certi%ic!do de cl!v! pblic!. e !co$e el sistem!de l! %irm! di$it!l b!s!d! en un sistem! de cripto$r!%! !simtric!.

    c* 5!rco +urdico chileno

    c.1.* ;e$isl!ci"n vi$ente

    En ,hile podemos encontr!r distint!s norm!s #ue de %orm! !isl!d! re$ul!n l!s comunic!cioneselectr"nic!s y l! %irm! electr"nic!. 6 continu!ci"n se cit!n con su contenido norm!tivo esenci!llos si$uientes:

    1*.- 7ecreto upremo N 80 public!do en el 7i!rio D%ici!l de 4 de !$osto de 182 del5inisterio de @el!ciones Exteriores #ue promul$! el ,onvenio de ?r!nsporte 5ultimod!l'ntern!cion!l de 5erc!nc!s y sus 6nexos !dopt!do por l! N!ciones >nid!s el 24 de m!yo de

    1.80. En su !rtculo numer!l en rel!ci"n con l! emisi"n de los documentos de tr!nsportemultimod!l se est!blece #ue l! %irm! en ellos podr ser re$istr!d! por cu!l#uier mediomecnico o electr"nico siempre #ue no se! incomp!tible con l!s leyes del p!s en #ue t!lesdocumentos se emit!n.

    2*.- ;ey 18.8A0 de 188 #ue modi%ic! !l ,"di$o de ,omercio substituyendo el ;ibro '''rel!tivo !l comercio m!rtimo en p!rticul!r: en el !rtculo 1 del ?tulo 'F sobre los su+etosde l! n!ve$!ci"n y el comercio est!blece #ue el libro bitcor! o di!rio de n!ve$!ci"n tiene elv!lor de un instrumento pblico siempre #ue l!s !not!ciones en l est!mp!d!s lleven l! %irm!del o%ici!l de $u!rdi! y estn vis!d!s por el c!pitn de l! n!ve. Est!s !not!ciones podrnest!mp!rse por medios mecnicos o electr"nicos siempre #ue stos $!r!nticen l! %idelid!d yperm!nenci! de los d!tos consi$n!dos.

    El !rtculo 1.014 del ?tulo de los contr!tos p!r! l! explot!ci"n comerci!l de l!s n!ves enm!teri! de contr!to de tr!nsporte m!rtimo se(!l! #ue cu!ndo el tr!nsport!dor o eltr!nsport!dor e%ectivo se h!$!n c!r$o de l!s merc!nc!s el primero deber emitir unconocimiento de emb!r#ue !l c!r$!dor si este lo solicit!. ;! %irm! en el conocimiento deemb!r#ue puede ser m!nuscrit! impres! en %!csmil per%or!d! est!mp!d! en smbolos ore$istr!d! por cu!l#uier medio electr"nico.

    *.- 7ecreto upremo N 114 public!do en el 7i!rio D%ici!l de 1 de !bril de 18 del5inisterio de J!ciend! #ue %i+! el @e$l!mento del istem! de 9ron"sticos 7eportivos de 9oll!,hilen! de Kene%icenci! est!bleciendo en su !rtculo el re$istro comput!cion!l de l!s!puest!s.

    4*.- ;ey #ue est!blece un sistem! de micro%ilm o micro$ener!ci"n de documentos N 18.84public!d! en el 7i!rio D%ici!l de de noviembre de 18.

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    *.- ;ey N 18.8 public!d! en el 7i!rio D%ici!l de A de diciembre de 18 #ue modi%ic! !l,"di$o de 9rocedimiento 9en!l en cu!nto sustituye el !rtculo 11 permitiendo #ue en elescl!recimiento de los hechos el +ue& pued! v!lerse de result!dos obtenidos por medioscomput!cion!les.

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    El !rtculo dispone #ue el ervicio N!cion!l de 6du!n!s podr convenir con otros serviciospblicos y or$!nismos del Est!do ! tr!ns%erenci! electr"nic! de in%orm!ci"n p!r! %!cilit!r elcumplimiento de sus %unciones de %isc!li&!ci"n y oper!ciones de comercio exterior. 6simismo yprevi! !utori&!ci"n %und!d! el ervicio N!cion!l de 6du!n!s podr convenir l! interconexi"nelectr"nic! con or$!nismos o instituciones priv!d!s. 7el mismo modo y previ! !utori&!ci"n del5inisterio de J!ciend! podr convenir est! interconexi"n con or$!nismos pblicos extr!n+eros

    u or$!ni&!ciones intern!cion!les.

    1*.- ,ircul!r N 2 public!d! en el 7i!rio D%ici!l de 22 de enero de 1 de l!uperintendenci! de 'nstituciones de !lud 9revision!l #ue imp!rte instrucciones sobrecomunic!ciones medi!nte l! tr!nsmisi"n electr"nic! de d!tos.

    1A*.- 7ecreto upremo N 1 public!do en el 7i!rio D%ici!l de 0 de m!yo de 1 del5inisterio de ?r!nsporte y ?elecomunic!ciones #ue %i+! norm!s sobre l! %!cilit!ci"n ysimpli%ic!ci"n de l! document!ci"n del tr!nsporte m!rtimo disponiendo en el !rtculo #ue elm!ni%iesto de c!r$! puede ser present!do por medios m!$nticos y/o tr!nsmisi"n electr"nic!de d!tos. 6dems el !rtculo 1 dispone #ue los servicios pblicos !cept!rn los documentos! #ue !lude el decreto )decl!r!ci"n $ener!l m!ni%iesto de c!r$! decl!r!ci"n de provisiones de! bordo decl!r!ci"n de e%ectos de l! tripul!ci"n list! de l! tripul!ci"n list! de p!s!+eros $u!

    de correos decl!r!ci"n m!rtim! de s!nid!d entre otros* por medios m!$nticos oelectr"nicos.

    1*.- ;ey #ue modi%ic! divers!s norm!s tribut!ri!s y l! ;ey Dr$nic! del ervicio de 'mpuestos'nternos N 1.0A public!d! en el 7i!rio D%ici!l de 0 de +ulio de 1 #ue en su !rtculo 2modi%ic! !l 7ecreto ;ey 82 de 14 sobre 'mpuesto ! l!s Fent!s y ervicios )'F6*!$re$!ndo dos incisos !l !rtculo A p!r! permitir #ue l! 7irecci"n del ervicio de 'mpuestos'nternos pued! !utori&!r el interc!mbio de mens!+es electr"nicos medi!nte el uso de di%erentessistem!s tecnol"$icos exi$iendo los re#uisitos neces!rios p!r! res$u!rd!r debid!mente elinters %isc!l.

    En cu!nto !l v!lor prob!torio de l! impresi"n en p!pel de esos mens!+es de d!tos cu!ndo el

    ervicio de 'mpuestos 'nternos !s lo dispon$! tendr el v!lor prob!torio de un instrumentopriv!do em!n!do de l! person! b!+o cuy! %irm! electr"nic! se tr!nsmiti".

    El !rtculo de este cuerpo le$!l introdu+o en el ,"di$o ?ribut!rio dos nuevos incisos en su!rtculo 0 permitiendo ! l! 7irecci"n del ervicio de 'mpuestos 'nternos p!r! #ue pued!!utori&!r ! los contribuyentes ! present!r decl!r!ciones medi!nte sistem!s tecnol"$icos.

    18*.- ;ey miscelne! #ue modi%ic! divers!s norm!s de c!rcter tribut!rio N 1.8 public!d!en el 7i!rio D%ici!l de 20 de +ulio de 18. En p!rticul!r el !rtculo de este cuerpo le$!lintrodu+o modi%ic!ciones !l ,"di$o ?ribut!rio entre l!s #ue rel!cion!d!s con est! m!teri! seencuentr! el nuevo !rtculo 2 bis #ue est!blece #ue l! 7irecci"n del ervicio de 'mpuestos'nternos podr disponer #ue los documentos #ue m!nten$! b!+o su es%er! de res$u!rdo se!rchiven en medios distintos !l p!pel cuy! lectur! pued! e%ectu!rse medi!nte sistem!stecnol"$icos. 6dems se con%iere !l 7irector de este or$!nismo l! %!cult!d de !utori&!r ! loscontribuyentes ! m!ntener su document!ci"n en medios distintos !l p!pel. El v!lor prob!toriode l! impresi"n en p!pel de los documentos contenidos en los re%eridos medios se homolo$!!l de un instrumento pblico o priv!do en consider!ci"n ! l! n!tur!le&! del ori$in!l.

    1*.- @esoluci"n N 1.A81 public!d! en el 7i!rio D%ici!l de 8 de !bril de 1 de l! 7irecci"nN!cion!l de 6du!n!s #ue est!blece un 5!nu!l de 9rocedimientos Dper!tivos p!r! l!tr!nsmisi"n electr"nic! de documentos.

    20*.- 7ecreto upremo N 81 public!do en el 7i!rio D%ici!l de 2A de +unio de 1 del5inisterio ecret!r! ener!l de l! 9residenci! #ue re$ul! el uso de l! %irm! di$it!l y losdocumentos electr"nicos en l! 6dministr!ci"n del Est!do como soporte !ltern!tivo ! l!

    instrument!li&!ci"n en p!pel de l!s !ctu!ciones de los "r$!nos de l! 6dministr!ci"n delEst!do. El 7ecreto no est!blece expres!mente ! nin$n ente certi%ic!torio permitiendo #uec!d! servicio ten$! su propio ministro de %e p!r! m!ne+!r l!s cl!ves pblic!s de los titul!res de

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    %irm!s di$it!les y emitir los certi%ic!dos correspondientes de %orm! #ue el sistem! de %irm!sdi$it!les #ued!r! debid!mente completo.

    21*.- ;ey sobre protecci"n de l! vid! priv!d! N 1.A28 public!d! en el 7i!rio D%ici!l de 28 de!$osto de 1 #ue re$ul! el tr!t!miento de los d!tos de c!rcter person!l en re$istros ob!ncos de d!tos por or$!nismos pblicos o p!rticul!res con excepci"n de l! in%orm!ci"n de

    d!tos #ue se e%ecte en e+ercicio de l!s libert!des constitucion!les de emitir opini"n y dein%orm!r.

    22*.- @esoluci"n .44 public!d! en el 7i!rio D%ici!l de 8 de septiembre de 1 del erviciode 'mpuestos 'nternos #ue est!blece l! obli$!ci"n de present!r decl!r!ci"n de impuestos en%ormul!rio 22 medi!nte tr!nsmisi"n electr"nic! de d!tos v! 'nternet.

    2*.- 7ecreto upremo N 18 de 1 del 5inisterio de ?r!nsporte y ?elecomunic!ciones#ue %i+! l!s nuev!s t!ri%!s de los servicios tele%"nicos #ue respecto de l! t!ri%! !plic!d! !'nternet se cre! l! denomin!ci"n Btr!mo loc!lB tr!ducindose en un! b!+! en l! t!ri%! de losusu!rios #ue utilicen l! mod!lid!d tr!nsmut!d! )por v! tele%"nic!* p!r! !cceder ! l! red.

    24*.- @esoluci"n Exent! N public!do en el 7i!rio D%ici!l de 1 de %ebrero de 2001 delervicio de 'mpuestos 'nternos #ue est!blece norm!s #ue re$ul!n el uso de l! %irm!electr"nic! en el mbito tribut!rio y re$ul! ! l!s empres!s #ue presten servicios de certi%ic!ci"np!r! resp!ld!r l! v!lide& de l! %irm! electr"nic! !plic!d! ! documentos tribut!rios.

    7e l!s distint!s norm!s #ue de %orm! independiente entre ell!s se rel!cion!n con l!scomunic!ciones electr"nic!s y l! %irm! electr"nic! no existe un! norm!tiv! #ue l! re$uleespec%ic!mente y de modo or$nico con r!n$o de ley y ello llev! ! conocer !l$unos de losproyectos de ley #ue sobre el comercio electr"nico se encuentr!n en tr!mit!ci"n !nte el,on$reso N!cion!l.

    c.2.* 'nici!tiv!s ;e$!les

    7ur!nte los !(os 1-2000 se present!ron !l ,on$reso N!cion!l los si$uientes proyectos deley vincul!dos !l comercio electr"nico:

    1 9royecto de ;ey sobre 7ocumentos Electr"nicos boletn N 2.48-0 de %ech! 8 de +unio de1. )20*

    2 9royecto de ;ey sobre ,omunic!ciones Electr"nic!s boletn N 2.12-0 de %ech! 8 de +unio de 2000. )21*

    9royecto de ;ey sobre =irm! Electr"nic! y los ervicios de ,erti%ic!ci"n de =irm!Electr"nic! boletn N 2.1-1 de %ech! 22 de !$osto de 2000. )22*

    1 9royecto de ;ey sobre 7ocumentos Electr"nicos boletn N 2.48-0

    ,on %ech! de +unio de 1 %ue present!do !nte el ,on$reso N!cion!l por los J. en!doresse(ores Cu!n J!milton 7. er$io @omero 9. Ed$!rdo Koenin$er O. Jernn ;!rr!n =. y Cos 6ntonio Fier!-!llo l! moci"n con l! #ue inici!n un proyecto de ley sobre documentoselectr"nicos #ue tiene por ob+eto re$ul!r !l documento electr"nico y su v!lide& ! l! %irm!di$it!l y ! l!s entid!des certi%ic!dor!s.

    En este proyecto se reconoce l! necesid!d de cont!r con un m!rco re$ul!torio propio p!r! eldocumento electr"nico y l! %irm! electr"nic! #ue ten$! por mbito de v!lide& no solo losinterc!mbios de in%orm!ci"n #ue se producen entre los p!rticul!res sino #ue t!mbin los #uese producen en el sector pblico y! #ue !mbos redund!n %in!lmente en bene%icios p!r! el

    ciud!d!no.

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    9!r! ello se h! el!bor!do un proyecto de ley #ue conten$! los principios re$ul!dores de est!m!teri! #ue se estructur! b!+o siete !rtculos de+!ndo entre$!do su det!lle ! l! potest!dre$l!ment!ri! de e+ecuci"n del 9oder E+ecutivo.

    @econoce este proyecto como sus %uentes !: l! ;ey 5odelo sobre ,omercio Electr"nico de>N,'?@6;/,N>75' l! 7irectiv! de l! >ni"n Europe! sobre =irm! Electr"nic! dict!d! el 1

    de m!yo de 18 !s como l!s le$isl!ciones recientes sobre l! m!teri! de 't!li! 6lem!ni! 6r$entin! entre otros.

    i* 9rincipios orient!dores

    ;os principios #ue se reco$en en este 9royecto de ley son:

    1.- 7e l! neutr!lid!d tecnol"$ic! medi!nte el cu!l se d! i$u!l tr!t!miento ! l!s distint!stecnolo$!s proporcion!ndo norm!s #ue se!n !plic!bles ! cu!l#uier entorno tecnol"$ico.

    2.- 7e l! homolo$!ci"n del documento y %irm! electr"nic! ! sus e#uiv!lentes tr!dicion!les)%orm!to de p!pel y %irm! ol"$r!%!* t!nto en sus e%ectos como en su v!lor prob!torio #ue se

    descompone ! su ve& en:

    2.!.- el principio de l! i$u!ld!d en el mbito de !plic!ci"n de los documentos en %orm!tos dep!pel y los documentos electr"nicos de modo #ue todos los !ctos #ue se pueden re!li&!r pordocumentos tr!dicion!les pueden serlo medi!nte el documento electr"nico s!lvo !#uellos #uepor su propi! n!tur!le&! re#uier!n de l! concurrenci! person!l de un! de l!s p!rtesexcepciones #ue est!r!n expres!mente se(!l!d!s por l! ley. ;o #ue llev! !p!re+!do elreconocer !l documento electr"nico el mismo v!lor prob!torio #ue tendr! !#uel #ue es dep!pel es decir de instrumento pblico o instrumento priv!do )!plic!ndo lo dispuesto en l! ;ey5odelo de ,N>75' sobre ,omercio Electr"nico*. <

    2.b.- el principio de l! !plic!ci"n del sistem! ! todo tipo de !ctos y tr!ns!cciones se! el !ctopropio del 7erecho priv!do o del 7erecho pblico.

    .- 7e incorpor!ci"n !decu!d! ! l! re!lid!d del orden!miento +urdico chileno ! tr!vs del cu!lse pretende #ue l! inserci"n de este m!rco re$ul!torio se! lo menos inv!sivo respecto de l!sinstituciones re$l!ment!d!s por el orden!miento +urdico existente tr!t!ndo de utili&!r p!r! l!re$ul!ci"n del documento electr"nico l! norm!tiv! d!d! p!r! su smil en %orm!to de p!pel conl!s !decu!ciones propi!s de l! n!tur!le&! del primero de ellos como por e+emplo lo rel!tivo !l! %orm! en #ue el %uncion!rio pblico d! %e pblic! ! los instrumentos pblicos o ! l! l!bornot!ri!l en cu!nto se exi$e cumplir un! serie de %orm!lid!des propi!s de los instrumentos dep!pel p!r! con%erirles el v!lor de escritur! priv!d!.

    4.- 7e l! dimensi"n $lob!l o intern!cion!l del tem! permitiendo #ue nuestro p!s lo$reincorpor!rse en el merc!do mundi!l del comercio electr"nico teniendo p!r! ello presente el

    contexto le$isl!tivo y tecnol"$ico $lob!l y respet!ndo los distintos compromisos en l! m!teri!y! !d#uiridos por ,hile.

    .- 7el m!rco le$!l !cot!do ! l!s m!teri!s %und!ment!les complement!do con norm!sre$l!ment!ri!s #ue re$ulen !spectos tecnol"$ic!mente v!ri!bles reconociendo l! rpid!evoluci"n de l! tecnolo$! de modo de no encontr!rse %rente ! un proyecto de ley #ue se!!n!cr"nico !ntes de lle$!r ! convertirse en ley. < de l! mism! %orm! evit!r #ue l! ley nocumpl! su %in!lid!d !l contempl!r un! norm!tiv! r$id!.

    ii* Estructur!

    En cu!nto ! su !rticul!do podemos se(!l!r #ue:

    En los !rtculos 1 y se cons!$r! el principio de l! neutr!lid!d tecnol"$ic! con%iriendo i$u!ltr!t!miento ! l!s distint!s tecnolo$!s y! #ue se de%ine en el primero de ellos !l documento

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    electr"nico como Ptod! represent!ci"n di$it!l #ue de testimonio de un hechoQ tom!ndo l!de%inici"n d!d! por l! ley it!li!n! sobre est! m!teri! y en el !rtculo ! l! %irm! electr"nic!como Pel con+unto de d$itos o nmeros #ue permiten determin!r #ue el cre!dor de l! mism! es#uien e%ectiv!mente h! !prob!do el contenido del documento %irm!do y #ue dicho contenido noh! sido modi%ic!do con posteriorid!dQ.

    ;os !rtculos 2 4 y A se inspir!n en el principio de l! homolo$!ci"n est!bleciendorespectiv!mente p!r! el documento electr"nico y p!r! l! %irm! electr"nic! lo si$uiente:

    !*7ocumento electr"nico.

    e est!blece como re$l! $ener!l en m!teri! de comercio electr"nico #ue todos los !ctos +urdicos pued!n celebr!rse vlid!mente por medio de documentos electr"nicos.

    J!r excepci"n ! est! re$l! los c!sos en #ue l! ley exi+! expres!mente:

    i* #ue el !cto +urdico se! escrito en un soporte de p!pel o

    ii* re#uier! l! concurrenci! person!l de !l menos un! de l!s p!rtes.

    e reconoce #ue los e%ectos de los documentos escritos en un soporte electr"nico sern losmismos #ue los escritos en un soporte de p!pel lo #ue se !plic!r especi!lmente cu!ndo:

    i* l! ley exi+! #ue ciertos !ctos consten por escrito o se preve! consecuenci!s +urdic!s p!r! su%!lt! de escritur!ci"nG

    ii* cu!ndo se presenten documentos electr"nicos como prueb! en +uicios.

    En cu!nto !l v!lor prob!torio de los documentos electr"nicos se est!blece #ue tendrn elmismo v!lor prob!torio #ue se les reconoce ! los instrumentos pblicos o priv!dos se$n l!s

    re$l!s $ener!les.

    b*=irm! electr"nic!.

    e e#uip!r! l! %irm! electr"nic! #ue cumpl! con todos los re#uisitos est!blecidos en el@e$l!mento ! l! %irm! ol"$r!%! p!r! todos los e%ectos le$!les dentro de los cu!les c!bedest!c!r #ue podr sustituir Pel uso de cu!l#uier sello timbre o visto bueno u otr! m!rc!distintiv! #ue se re#uiriese p!r! l! v!lide& del documento si ste hubiere sido escrito sobre unsoporte de p!pelQ. )2*

    ;os principios de incorpor!ci"n !decu!d! ! l! re!lid!d del orden!miento +urdico chileno y delm!rco le$!l !cot!do ! l!s m!teri!s %und!ment!les se encuentr!n en el !rtculo #ue dispone

    #ue corresponde !l re$l!mento de est! ley %i+!r:

    !* l!s norm!s tcnic!s #ue debern cumplirse p!r! #ue un! %irm! electr"nic! se! consider!d!vlid!

    b* los protocolos y estnd!res de se$urid!d #ue se re#uier!n p!r! un !decu!do%uncion!miento del sistem! certi%ic!torio.

    c* los re#uisitos de l! %irm! electr"nic!

    d*los mec!nismos p!r! certi%ic!r un! %irm! electr"nic!

    e*l!s limit!ciones #ue tendr el uso de l! %irm! electr"nic! y

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    %*tod! otr! cuesti"n #ue incid! en l! utili&!ci"n de documentos electr"nicos y %irm!s electr"nic!y no se! m!teri! de ley.

    iii* ,oment!rio

    Este 9royecto de ;ey sobre el 7ocumento Electr"nico h! sido critic!do por el 9ro%esor @ic!rdo

    !ndov!l ;"pe& en cu!nto debi" contener de%iniciones !mpli!s de mens!+e de d!tos y deori$in!l de documento electr"nico o mens!+e de d!tos y est!blecer re$l!s mnim!s sobre l!conserv!ci"n de los documentos electr"nicosG !simismo debi" re$l!ment!r en p!rticul!rcuestiones t!les como l! %orm!ci"n del consentimiento de contr!tos por medio de documentoselectr"nicos como t!mbin h!ber re$ul!do en p!rticul!r cuestiones espec%ic!s del comercioelectr"nico como los documentos propios del tr!nsporte terrestre m!rtimo y !reo en lorel!tivo ! l! c!rt! de porte y el conocimiento de emb!r#ue #ue en l! prctic! h!n sidoreempl!&!dos por documentos electr"nicos. )24*

    Nuestro +uicio de v!lor sobre l!s crtic!s del reconocido c!tedrtico del 7erecho comerci!lchileno es coincidir con ell!s y !dherir ! su %und!do criterio !v!l!do por su tr!dici"n!c!dmic!.

    ;! histori! le$isl!tiv! de este 9royecto de ;ey se resume en el si$uiente cu!dro: de +unio de1 primer tr!mite constitucion!l #ue comprende el in$reso y l! cuent! del proyecto deoctubre de 1 primer in%orme de ,omisi"n sin #ue exist! des!%ortun!d!mente un m!yor!v!nce en su tr!mit!ci"n.

    2 9royecto de ;ey sobre ,omunic!ciones Electr"nic!s boletn NR 2.12-0

    Este se$undo 9royecto de ;ey #ue tr!t! de l!s ,omunic!ciones Electr"nic!s %ue present!dob!+o l! %orm! de moci"n por los J. 7iput!dos se(ores 6lberto Espin! y 9!tricio H!lIer con%ech! 8 de +unio de 2000 !nte el ,on$reso N!cion!l.

    e h! tenido en consider!ci"n como %uentes del mismo ! l! ;ey 5odelo de >N,'?@6; sobre,omercio Electr"nico de 1A l! ;ey de ,olombi! sobre 5ens!+e de 7!tos ,omercioElectr"nic! y =irm! 7i$it!l de 1 y el @e!l 7ecreto-;ey 14/1 sobre =irm! Electr"nic! deEsp!(!.

    i* 9rincipios orient!dores

    ;os principios #ue inspir!n est! moci"n son los de neutr!lid!d tecnol"$ic! en el sentidocons!$r!do en l! ;ey 5odelo de ,N>75' como se expres! en el proyecto el de nodiscrimin!ci"n entre el documento y %irm! electr"nic! y sus e#uiv!lentes en p!pel el de l!libert!d de l! prest!ci"n de servicios de certi%ic!ci"n principio de libre competenci!G c!d! unode los cu!les se des!rroll!rn en p!rticul!r en el !nlisis del 9royecto de ;ey sobre =irm!Electr"nic! y ervicios de ,erti%ic!ci"n de =irm! Electr"nic! en el punto si$uiente.

    ii* Estructur!

    El proyecto const! de cinco ?tulos divididos en treint! y seis !rtculos perm!nentes y trestr!nsitorios siendo su estructur! l! si$uiente:

    1.- >n ?tulo 9relimin!r de l!s 7isposiciones $ener!les !rtculos 1 ! #ue est!blece:

    i* su mbito de !plic!ci"n re%erido ! tod!s l!s comunic!ciones electr"nic!s d!do lo cu!l sere$ul! el mens!+e de d!tos y no el documento electr"nico l! %irm! electr"nic! l! tr!nsmisi"n y!lm!cen!miento de contenidos electr"nicos l! priv!cid!d de los d!tos y l! prest!ci"n deservicios de certi%ic!ci"n y viene ! complement!r l!s norm!s $ener!les rel!tiv!s ! l!

    celebr!ci"n %orm!li&!ci"n v!lide& y e%ic!ci! de los contr!tos y otros !ctos +urdicos #ue see%ecten medi!nte mens!+e de d!tosG

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    ii* de%ine un! serie de conceptos como verbi$r!ci! mens!+e de d!tos certi%ic!do %irm!electr"nic! %irm! electr"nic! !v!n&!d! inte$rid!d prest!dor de servicios de certi%ic!ci"nprest!dor de servicios de certi%ic!ci"n !credit!do si$n!t!rioG

    iii* est!blece re$l!s de interpret!ci"n p!r! todos los su+etos de st! y en p!rticul!r con%! l!interpret!ci"n tcnic! !l 5inisterio de ?r!nsporte y ?elecomunic!ciones

    iv* ! ste or$!nismo !dems le !si$n! l! %unci"n de !plic!ci"n y control de est! ley y sure$l!mento.

    2.- >n ?tulo ' intitul!do de l!s ?r!nsmisiones Electr"nic!s #ue const! de seis prr!%os:

    i* prr!%o 1 7el 5ens!+e de 7!tos !rtculos A ! 10 en los #ue re$ul! el mens!+e de d!tosse est!blece el principio de no discrimin!ci"n entre el mens!+e de d!tos y l! %irm! electr"nic! ysus e#uiv!lentes en soporte de p!pel su v!lor prob!torio los re#uisitos exi$idos !l mens!+e ded!tos rel!tivos ! su inte$rid!d y l! intervenci"n de un Not!rio 9blico constituidos como unprest!dor de servicios !credit!dos !nte el cu!l se pued!n extender escritur!s pblic!s pormedios electr"nicos.

    ii* prr!%o 2 7e l! ,omunic!ci"n de los 5ens!+es de 7!tos #ue const! de cinco !rtculos enlos #ue se re$ul! el envo y recepci"n de los mens!+es de d!tos l! !utor! de los mismos y l!%orm!ci"n del consentimiento en los !ctos y contr!tos #ue se celebren por medios electr"nicose#uip!rndolos en su v!lide& ! los celebr!dos de %orm! tr!dicion!l.

    iii* 9rr!%o 7e l! ;e$isl!ci"n 6plic!ble y Curisdicci"n #ue const! de un !rtculo en el #ue sere$ul! l! le$isl!ci"n !plic!ble y +urisdicci"n de los !ctos o contr!tos celebr!dos medi!ntemens!+e de d!tos distin$uiendo entre person!s con o sin domicilio o residenci! del p!s.

    iv* 9rr!%o 4 7e l! 9ropied!d 'ntelectu!l !rtculos 1 y 18 en los #ue se reconocen losbienes di$it!les dndoles l! protecci"n del derecho de !utor en los trminos contempl!dos enl! ;ey N 1.A y los tr!t!dos intern!cion!lesG y rel!cion! ! los nombres de dominio con l!sm!rc!s re$istr!d!s en ,hile o en el extr!n+ero.

    v* 9rr!%o 7e los ,ontenidos const! de un !rtculo en el #ue se est!blece l!srespons!bilid!des y obli$!ciones de los prest!dores de servicios de tr!nsmisi"n o de serviciosde !cceso ! l! red de comunic!ciones.

    vi* 9rr!%o A 7e l! 9riv!cid!d de los 7!tos #ue const! de un !rtculo en el #ue secomplement!n l!s disposiciones de l! ;ey NR 1.A28 sobre 9rotecci"n de l! Fid! 9riv!d!respecto de l! recolecci"n de d!tos en %orm! electr"nic!.

    .- >n ?tulo '' denomin!do 7e l! 9rest!ci"n de ervicios de ,erti%ic!ci"n #ue const! decu!tro prr!%os:

    i* 9rr!%o 1 Norm!s ener!les #ue de los !rtculos 21 ! 24 en los #ue se cons!$r!n losprincipios de l! libert!d de l! prest!ci"n de servicios de certi%ic!ci"n y el de libre competenci!en el cu!l se re$ul! l! !ctivid!d de prest!ci"n de servicios de certi%ic!ci"n sin exi$enci! de!utori&!ci"n previ! y en r$imen de libre competenci! sin per+uicio de exi$irse l! inscripci"n enun re$istro #ue llev!r l! ubsecret!r! de ?elecomunic!ciones. 6dicion!lmente se contempl!un sistem! volunt!rio de !credit!ci"n.

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    iii* 9rr!%o 7e l!s ,ondiciones exi$ibles ! los 9rest!dores de ervicios de ,erti%ic!ci"ncompuesto por cu!tro !rtculos en los #ue se est!blecen obli$!ciones de los certi%ic!dores!credit!dos y no !credit!dos y su respons!bilid!d sin per+uicio de lo est!blecido en l! ;ey1.4A sobre 9rotecci"n de los 7erechos del ,onsumidor.

    iv* 9rr!%o 4 7e l! 'nspecci"n y control de l! !ctivid!d de los prest!dores de servicios de

    certi%ic!ci"n #ue const! de tres !rtculos en los #ue se entre$! !l 5inisterio de ?r!nsportes y?elecomunic!ciones ! tr!vs de l! ubsecret!r! de ?elecomunic!ciones el control y%isc!li&!ci"n del cumplimiento de l! obli$!ciones !plic!bles ! los prest!dores de servicios decerti%ic!ci"n.

    4.- >n ?tulo ''' 7e l!s !nciones !rtculos 4 ! en los #ue se est!blecen l!s in%r!cciones! l! %irm! electr"nic! y los servicios de certi%ic!ci"n y el procedimiento !plic!ble. 6simismo setipi%ic!n como delitos !cci"n pblic! un! serie de conduct!s #ue !%ect!n l! se$urid!d einte$rid!d de los mens!+es de d!tos y los derechos de los !utores sobre obr!s di$it!lesreconocindose un! indemni&!ci"n le$!l p!r! el !%ect!do.

    .- >n ?tulo =in!l #ue contiene tres disposiciones tr!nsitori!s est!bleciendo los pl!&os dentrode los cu!les deben dict!rse los re$l!mentos previstos en l! ley y un! exenci"n tempor!l !%!vor de los Not!rios #ue deseen prest!r servicios de certi%ic!ci"n !credit!do.

    iii* ,oment!rio

    Este 9royecto de ;ey sobre comunic!ciones electr"nic!s h! sido incluido en el 9royecto sobre=irm! Electr"nic! y los ervicios de certi%ic!ci"n de l! =irm! Electr"nic!. En e%ecto en p!l!br!sde ,ristob!l on&le& D. l! ,m!r! de 7iput!dos !prob" el de Dctubre de 2000 l! remisi"ndel 9royecto #ue re$ul! l!s ,omunic!ciones Electr"nic!s r!dic!do en l! ,omisi"n de,onstituci"n ;e$isl!ci"n y Custici! ! l! ,omisi"n de ,ienci!s y ?ecnolo$! p!r! ser tr!mit!doen con+unto con el 9royecto #ue re$ul! l! =irm! Electr"nic! y los ervicios de ,erti%ic!ci"n de=irm! Electr"nic!.

    9royecto de ;ey sobre =irm! Electr"nic! y los ervicios de ,erti%ic!ci"n de =irm!Electr"nic! boletn N 2.1-1

    El d! 22 de !$osto de 2000 el 9residente de l! @epblic! . E. don @ic!rdo ;!$os Escob!renvi" ! l! ,m!r! de 7iput!dos del ,on$reso N!cion!l b!+o l! %orm! de un 5ens!+e el9royecto de ;ey sobre =irm! Electr"nic! y los ervicios de ,erti%ic!ci"n de =irm! Electr"nic!se(!l!ndo #ue ,hile debe disponer ! l! breved!d posible de un m!rco le$!l #ue v!lide l!%irm! electr"nic! p!r! el comercio y l!s tr!ns!cciones electr"nic!s y #ue otor$ue ! los !ctos ycontr!tos celebr!dos por medios electr"nicos de comunic!ci"n el mismo reconocimiento yprotecci"n !nte l! ley #ue reciben los celebr!dos en p!pel si$uiendo l! tendenci! mundi!l dere$ul!r primero l! %irm! electr"nic! y el documento electr"nico y con posteriorid!d los demstem!s propios del %en"meno tecnol"$ico.

    ;! estructur! d!d! ! este proyecto ori$in!lmente consist! en ocho ttulos veintisiete !rtculosperm!nentes y tres tr!nsitorios y se distin$u! entre %irm! electr"nic! !v!n&!d! y simpleotor$!ndo distinto v!lor prob!torio !l documento electr"nico en el #ue const!b! un! u otr!.

    7ur!nte su tr!mit!ci"n le$isl!tiv! si bien se m!ntiene l! divisi"n de ttulos propuest!s por elE+ecutivo se !$re$! en el ?tulo 1 el !rtculo #ue permite ! los p!rticul!res p!ct!rlibremente el procedimiento y mtodos de !utentic!ci"n #ue utili&!rn debiendo cumplir conl!s condiciones de se$urid!d #ue permit! identi%ic!r ! su si$n!t!rio y #ue ste no pued! ne$!rl! !utor! del documento y l! inte$rid!d del mismo de l! mism! %orm! #ue un! %irm!electr"nic! !v!n&!d!.

     6dems se elimin! l! di%erenci! entre %irm! electr"nic! !v!n&!d! y simple re%irindose !hor!

    ! l! %irm! electr"nic! l! #ue puede tener el c!rcter de !v!n&!d!.

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    En l! !ctu!lid!d este proyecto lue$o de h!ber sido conocido y !prob!do por un!nimid!d enprimer trmite constitucion!l por l! ,m!r! de 7iput!dos ),m!r! de Dri$en* en sesi"n de 1Ade m!yo de 2001 se encuentr! r!dic!do en l! ,omisi"n de ,onstituci"n ;e$isl!ci"n Custici! y@e$l!mento p!r! su se$undo in%orme despus de h!ber sido !prob!do en $ener!l ense$undo trmite constitucion!l por el en!do ),m!r! @evisor!* en sesi"n 21S de %ech! 8 de!$osto de 2001.

    Este proyecto reconoce como %uentes !: l! ;ey 5odelo sobre ,omercio Electr"nico y en esemomento !l proyecto de @$imen >ni%orme p!r! l!s =irm!s Electr"nic!s !mbos de l!,omisi"n de l!s N!ciones >nid!s p!r! el 7erecho 5erc!ntil 'ntern!cion!l)>N,'?@6;/,N>75'* l! ;ey de >t!h de 1 l! ;ey !lem!n! de 1 l! 7irectiv! de l!>ni"n Europe! //,E del 9!rl!mento Europeo y el ,onse+o de 1 de diciembre de 1public!d! en el 7i!rio D%ici!l de l! ,omunid!d Europe! el 1 de enero de 2000 por l! #ue seest!blece un m!rco comunit!rio p!r! l! %irm! electr"nic! el @e!l 7ecreto ;ey esp!(ol 14/1sobre re$ul!ci"n de %irm! electr"nic! y des!rrollos norm!tivos l! ;ey %eder!l norte!meric!n! yl! ;ey de C!p"n.

    En concord!nci! con l! ;ey 5odelo sobre ,omercio Electr"nico de l! ,N>75' se emple! eltrmino de Bmedios electr"nicos de comunic!ci"nB con l! %in!lid!d de remover cu!l#uier

    obstculo #ue !%ecte ! l!s tr!ns!cciones re!li&!d!s por medio de los medios electr"nicoscomprendiendo t!nto l!s comunic!ciones #ue se den en redes !biert!s )'nternet* como enredes cerr!d!s )E7'*.

    i* 9rincipios orient!dores

    ;os principios rectores del proyecto de ley en comento contenidos en su !rtculo 1 inciso 2son el de libert!d de prest!ci"n de servicios y de elecci"n de los usu!rios libre competenci!entre l!s entid!des prest!dor!s de servicios de certi%ic!ci"n neutr!lid!d tecnol"$ic!comp!tibilid!d intern!cion!l de soluciones y e#uiv!lenci! del soporte electr"nico !l medio osoporte de p!pel y de %orm! implcit! en l! or$!ni&!ci"n de este sistem! em!n!n los principiosde no discrimin!ci"n entre los medios electr"nicos y los de p!pel y de volunt!ried!d del

    sistem! de !credit!ci"n.

    1.- El principio de l! libre prest!ci"n econ"mic! del servicio de certi%ic!ci"n de %irm! electr"nic!y uso libre de l! %irm! electr"nic! result! concord!nte con el orden pblico econ"micocons!$r!do en l! ,onstituci"n 9oltic! de l! @epblic! !rtculo 1 N 21 en el cu!l se $!r!nti&!Pel derecho ! des!rroll!r cu!l#uier !ctivid!d econ"mic! #ue no se! contr!ri! ! l! mor!l !lorden pblico o ! l! se$urid!d n!cion!l respet!ndo l!s norm!s le$!les #ue l! re$ulenQ el #uese desplie$! ! %!vor t!nto de l!s entid!des prest!dor!s del servicio de !credit!ci"n y de losusu!rios.

    En rel!ci"n con los primeros se prev l! cre!ci"n de un servicio de certi%ic!ci"n sin!utori&!ciones previ!s sol!mente re$ul!ndo sus obli$!ciones de c!rcter $ener!l y cre!ndoun sistem! opcion!l de !credit!ci"n volunt!ri!.

    ,!be tener presente #ue l! %unci"n de certi%ic!ci"n en nuestro p!s y! est! siendo des!rroll!d!por distint!s entid!des y #ue por l! t!nto el m!rco re$ul!torio #ue se est!blece en este9royecto de ;ey t!mbin consider! l! !decu!ci"n de st! !l nuevo r$imen.

    @especto de los usu!rios se les %!cult! p!r! us!r %irm!s electr"nic!s certi%ic!d!s porprest!dores de servicios de certi%ic!ci"n !credit!dos o no incidiendo dich! elecci"n en el v!lorprob!torio #ue l! ley le otor$!r !l documento electr"nico !l cu!l v!y! !soci!do l! %irm!electr"nic!.

    7e est! %orm! se intent! %oment!r el comercio electr"nico Breconociendo l! preexistenci! deun merc!do libre y el des!rrollo !ctu!l o posible de sistem!s priv!dos concesion!les p!r! los

    #ue no se re#uiere de un! intervenci"n est!t!lB. )2*

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    2.- El principio de l! volunt!ried!d del sistem! de !credit!ci"n: en concord!nci! con el !nteriorprincipio supone reconocer l! v!lide& de todos los documentos electr"nicos se encuentren ono %irm!dos electr"nic!mente y p!r! el c!so de est!r %irm!dos se! l! %irm! electr"nic!certi%ic!d! por un prest!dor de servicios !credit!do o no. ;! di%erenci! entre estos distintosdocumentos electr"nic!s se encuentre en su v!lor prob!torio y! #ue el documento electr"nico%irm!do electr"nic!mente #ue conste con un certi%ic!do de !credit!ci"n emitido por un

    prest!dor de servicios !credit!do producir plen! prueb! es decir ser un! prueb! #ueb!st!r p!r! !credit!r el hecho deb!tido en con%ormid!d ! l!s re$l!s $ener!les en est!m!teri!. 5ientr!s #ue los rest!ntes documentos electr"nicos podrn servir de b!se de un!presunci"n +udici!l. 7i%erenci! n!d! despreci!ble si se observ! el distinto v!lor prob!torio #ue!tribuye ! c!d! uno de ellos y #ue #ue servir ! los usu!rios p!r! sus eventu!les liti$ios ocuestiones de interpret!ci"n y exi$ibilid!d +udici!l.

    Es ms incluso se !utori&! ! l!s p!rtes p!r! #ue pued!n !cord!r los procedimientos ymtodos de !utentic!ci"n #ue utili&!rn b!+o condici"n #ue deben cumplir con los re#uisitos dese$urid!d #ue permit!n: identi%ic!r ! su titul!r l! inte$rid!d y no repudi!bilid!d del documentoelectr"nicoG en c!so contr!rio se tendr por no escrit! dich! clusul!. El v!lor prob!torio de losdocumentos electr"nicos $ener!dos ! p!rtir de dichos procedimientos ser el #ue lescorrespond! en +uicio se$n l!s re$l!s $ener!les del ,"di$o de 9rocedimiento ,ivil.

    .- El principio de l! e#uiv!lenci! de los medios electr"nicos ! los medios en soporte de p!pel:t!nto en cu!nto ! su v!lide& y e%ectos +urdicos como en cu!nto su %uer&! prob!tori!.

    Es !s como se reconoce l! v!lide& y e%ic!ci! de todos los !ctos y contr!tos celebr!dos pormedios electr"nicos se! #ue se encuentren o no %irm!dos y en el c!so de est!r %irm!dos se!#ue l! %irm! electr"nic! h!y! sido certi%ic!d! por un prest!dor de servicios !utori&!dos o noproduciendo los mismos e%ectos +urdicos #ue los !ctos y contr!tos #ue ten$!n un soporte dep!pel.

    @especto de su v!lor prob!torio se h!ce e#uiv!lente !l documento electr"nico cu!ndo seencuentre %irm!do electr"nic!mente y certi%ic!d! l! %irm! por prest!dores !credit!dos ! su

    smil escrito en soporte de p!pel como instrumento pblico o priv!do p!r! todos los e%ectos dedetermin!r su !dmisibilid!d como prueb! en +uicio y su %uer&! prob!torio. En c!mbio si undocumento electr"nico no cumple con estos re#uisitos s"lo podr servir de b!se ! un!presunci"n +udici!l.

    4.- El principio de l! neutr!lid!d tecnol"$ic! como lo se(!l! el mens!+e supone Bno re$ul!rexplcit!mente el uso de ciert!s tecnolo$!s determin!d!s sino #ue re$ul!r sus e%ectosB )2A*de modo #ue !nte el !v!nce de l! tecnolo$! en l! medid! #ue ten$!n un! e#uiv!lenci!%uncion!l con los !nteriores sern t!mbin ob+eto de est! re$ul!ci"n.

    9or ello se h! pre%erido l! denomin!ci"n de %irm! electr"nic! y no de %irm! di$it!l por#ue l!expresi"n di$it!l h! sido !soci!d! ! un! determin!d! tecnolo$!. i bien son dos conceptos#ue suelen con%undirse l! rel!ci"n existente entre ellos es de $nero ! especie de modo #uel! %irm! di$it!l es un! especie de l! %irm! electr"nic!.

    Este proyecto de ley de%ine ! l! %irm! electr"nic! en su !rtculo 2 liter!l %* como cu!l#uiersonido smbolo o proceso electr"nico #ue permite !l receptor de un documento electr"nicoidenti%ic!r !l menos %orm!lmente ! su !utor.

    ;! %irm! di$it!l en c!mbio es !#uell! #ue h! sido cre!d! us!ndo un sistem! de cripto$r!%! )2*!simtric! o de cl!ve pblic! l! #ue bsic!mente %uncion! en b!se ! un p!r de cl!ves!soci!d!s: un! cl!ve priv!d! y un! cl!ve pblic!.

    ;! cl!ve priv!d! o cl!ve de %irm! es conocid! s"lo por el titul!r de l! %irm! #uin debem!ntenerl! en secreto y l! cl!ve pblic! o cl!ve de veri%ic!ci"n se encuentr!

    m!temtic!mente rel!cion!d! con l! primer! y sirve p!r! decodi%ic!r y veri%ic!r l! !utenticid!de inte$rid!d del documento electr"nico si$n!do con un! %irm! electr"nic! !s como t!mbin le

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    En el ?tulo '' en sus !rtculos A ! 10 se tr!t! del uso de %irm!s electr"nic!s por l! 6dministr!ci"n del Est!do. En este sentido l! %in!lid!d de este ?tulo es l! de complement!r el7ecreto upremo N 81 del 5inisterio ecret!r! ener!l de l! 9residenci! del !(o 1 #uere$ul! el uso de l! %irm! di$it!l y los documentos electr"nicos como soporte !ltern!tivo ! l!instrument!li&!ci"n en p!pel de l!s !ctu!ciones de los "r$!nos de l! 6dministr!ci"n delEst!do.

    En t!l sentido se !mpl! el nmero de los "r$!nos de l! 6dministr!ci"n del Est!do )#ued!ndocomprendidos todos ellos* #ue est!rn %!cult!dos p!r! us!r l! %irm! electr"nic! los #uepodrn utili&!rl! t!nto en lo rel!tivo en su propi! !ctivid!d como en l! contr!t!ci"n con lospriv!dos medi!nte l! emisi"n del documento electr"nico en el #ue se exprese el !cto!dministr!tivo m!teri!li&!ndo !s el principio de l! e#uiv!lenci! de los medios electr"nicos !los medios en soporte de p!pel y! #ue tendr! los mismos e%ectos #ue los !ctos!dministr!tivos escritos en p!pel )!rtculo A*.

    >n !v!nce del proyecto de ley es re$ul!r el uso de %irm! electr"nic! por p!rte de l! 6dministr!ci"n del Est!do y su !plic!ci"n !l mbito priv!do super!ndo de est! %orm! l!de%icienci! del 7ecreto upremo N 81/1 #ue si bien !utori&! y re$ul! l! utili&!ci"n de l!%irm! electr"nic! st! produc! s"lo e%ectos !l interior de l! 6dministr!ci"n del Est!do

    re#uiriendo l!s !ctu!ciones #ue se re!li&!b!n con los p!rticul!res un resp!ldo por escrito del!cto !dministr!tivo.

    9!r! l! utili&!ci"n de l! %irm! electr"nic! por los "r$!nos de l! 6dministr!ci"n del Est!do seest!blece un sistem! de certi%ic!ci"n !l interior de l! 6dministr!ci"n 9blic! !tribuyndole estec!rcter ! los ministros de %e de los respectivos servicios y en !#uellos servicios en #ue noexistiere un ministro de %e corresponder !l Ce%e uperior del ervicio desi$n!rlo. Tued!ndo!s !l m!r$en del sistem! de certi%ic!ci"n priv!d! p!r! l! emisi"n de !ctos !dministr!tivos con%irm! electr"nic! de los cu!les t!mbin se podrn v!ler los p!rticul!res en rel!ci"n con su!ctivid!d con los ervicios de los cu!les em!n!n dichos !ctos.

    En l!s disposiciones 11 ! 1 del ?tulo ''' re$ul! l! !ctivid!d de los prest!dores de servicios

    de certi%ic!ci"n.

    El !rtculo 12 est!blece #ue son prest!dores de servicios de certi%ic!ci"n l!s person!s +urdic!s n!cion!les o extr!n+er!s pblic!s o priv!d!s con domicilio en ,hile #ue entre otrosservicios otor$uen certi%ic!dos de %irm! electr"nic!.

    =und!ment!lmente l! %unci"n de l!s entid!des prest!dor!s de servicios de certi%ic!ci"n ser l!de d!r con%i!n&! y se$urid!d #ue l!s tr!ns!cciones electr"nic!s de d!tos se h! producido y#uienes h!n p!rticip!do en ell! por esto t!mbin reciben el nombre de tercer!s p!rtes decon%i!n&! o ?hrusted ?hird 9!rties )??9*.

    En el !rtculo 11 se cons!$r!n el principio de l! libre prest!ci"n econ"mic! del servicio decerti%ic!ci"n de %irm! electr"nic! y uso libre de l! %irm! como el principio de l! volunt!ried!d delsistem! de !credit!ci"n en concord!nci! con l! 7irectiv! // de l! ,omunid!d Europe!.

    En t!l sentido p!r! re!li&!r l! !ctivid!d de prest!dor de servicios los certi%ic!dos no estnsu+etos ! nin$n permiso o !utori&!ci"n debiendo en todo c!so someterse en su !ctivid!d !lm!rco +urdico #ue se les proporcion!r por este 9royecto.

    in per+uicio de ello el proyecto de ley distin$ue entre los prest!dores de servicios decerti%ic!ci"n !credit!dos y de los #ue no lo estnG los primeros son los #ue se h!n sometidovolunt!ri!mente !l procedimiento y supervisi"n especi!les !nte l! Entid!d 6credit!dor! #ue encon%ormid!d !l !rtculo 2 liter!l e* ser l! ubsecret!r! de Econom! =omento y@econstrucci"n.

    ;! di%erenci! entre ser un prest!dor de servicio !credit!do o no se re%le+!r en ltim! inst!nci!en el v!lor prob!torio #ue le reconocer l! ley !l documento electr"nico en el #ue const! un!

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    %irm! electr"nic! !v!n&!d! distin$uiendo s est! h! sido !utori&!d! por un prest!dor deservicios de certi%ic!ci"n !credit!do o no y! #ue ser ! l! primer! de ell!s ! l! #ue se leotor$!r v!lor de plen! prueb! en +uicio.

     6dems en este ttulo se tr!t!:

    !* 7e l!s obli$!ciones comunes de los prest!dores de servicios de certi%ic!ci"n debiendo c!d!uno de ellos cumplir con los estnd!res mnimos de se$urid!d y tr!nsp!renci! como son l!public!ci"n de l!s prctic!s de certi%ic!ci"n y dems procedimientos ! se$uir en l! oper!ci"ndel certi%ic!dor los rel!tivos ! los certi%ic!dos en s mismos como por e+emplo l! comunic!ci"ndel tr!sp!so de d!tos el cese de !ctivid!des o l! c!ncel!ci"n de l! !credit!ci"n. >n tercer$rupo l! componen l!s obli$!ciones #ue vel!n por l! %i!bilid!d tcnic! del %uncion!miento delos certi%ic!dores y %in!lmente l!s obli$!ciones rel!tiv!s ! los se$uros o $!r!nt!s #ue debentom!r lo prest!dores de servicios en bene%icio exclusivo de los usu!rios de l! certi%ic!ci"n.

    b* 7el @epositorio #ue ser el re$istro pblico p!r! los e%ectos de veri%ic!r los certi%ic!dos de%irm! electr"nic! #ue deben llev!r los prest!dores de servicios de certi%ic!ci"n. En este re$istrodesc!ns! el sistem! de %irm! electr"nic! en cu!nto ! su e%ic!ci! y tr!nsp!renci! comot!mbin respecto ! l! con%i!n&! #ue otor$! ! los usu!rios como ! su contr!p!rte #uin seren de%initiv! el princip!l interes!do en veri%ic!r l! identid!d de su cocontr!t!nte.

    in per+uicio #ue en todo lo rel!tivo !l uso de estos d!tos #ued! su+et! l! prest!dor! deservicios de certi%ic!ci"n ! lo dispuesto en l! ;ey 1.A28 sobre 9rotecci"n de l! Fid! 9riv!d!.

    c* 7e l! comunic!ci"n de inicio y cese de oper!ciones de su domicilio y el deber de noobst!culi&!r l!s ! inspecciones.

    d* 7e l!s obli$!ciones de d!r ! conocer en len$u!+e sencillo y en idiom! c!stell!no l!s re$l!s onorm!s sobre prctic!s de certi%ic!ci"n l!s #ue deben ser ob+etiv!s y no discrimin!tori!s tod!ve& #ue constituyen el ncleo de su !ctivid!d certi%ic!dor!.

    e* 7e l! p$in! Meb en l! red 'nternet #ue debe poseer todo prest!dor de servicios decerti%ic!ci"n medi!nte l! cu!l se d cumplimiento !l deber de public!r en el sitio de dominio enl! red l!s resoluciones de l! !utorid!d est!t!l #ue los !%ecten.

    %*

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    per+uicios #ue en el e+ercicio de su !ctivid!d oc!sionen por l! certi%ic!ci"n y homolo$!ci"n decerti%ic!dos de %irm!s electr"nic!s.

    9!r! estos e%ectos se prev l! obli$!ci"n de contr!t!r y m!ntener un se$uro o un! $!r!nt! #uecubr! su eventu!l respons!bilid!d civil contr!ctu!l y extr!contr!ctu!l por los montos se(!l!dosen el !rtculo #uince )2* de este proyecto. Est! obli$!ci"n $u!rd! con%ormid!d con l!

    exi$enci! del se$uro !propi!do #ue h!ce l! 7irectiv! de l! ,EE.

    En el ?tulo 'F #ue comprende los !rtculos 1A ! 1 se re$ul! los certi%ic!dos de %irm!electr"nic!.

    ;!s menciones mnim!s #ue deben contener esenci!lmente mir!n ! l! identid!d del usu!rio)en con%ormid!d con el modelo L 0 de l! '?> 'ntern!tion!l ?elecomunic!tions >nion*G supl!&o mximo de vi$enci! el #ue no podr exceder de tres !(os desde su %ech! de emisi"n)uno menos #ue l! norm! esp!(ol!*G l! homolo$!ci"n de certi%ic!dos emitidos por prest!doresde servicio de certi%ic!ci"n est!blecidos en el extr!n+ero !ctivid!d #ue debe ser re!li&!d! por unprest!dor de servicios de !credit!ci"n est!blecido en ,hile b!+o su respons!bilid!d encon%ormid!d ! l!s disposiciones contenid!s en el proyecto de ley y su re$l!mento o de unconvenio intern!cion!l del #ue se! p!rte ,hile y este vi$ente.

    ;os certi%ic!dos de !credit!ci"n #ued!rn sin e%ecto cu!ndo concurr! !l$un! de est!sc!us!les:

    i.- extinci"n del pl!&oG

    ii.- revoc!ci"n por p!rte del certi%ic!dor y! se! por: - solicitud del titul!r del certi%ic!do - por%!llecimiento del titul!r o disoluci"n de l! person! +urdic! #ue represente en su c!so - porresoluci"n +udici!l e+ecutori!d! o - por incumplimiento de l!s obli$!ciones del usu!rioest!blecid!s en el !rtculo 2 del proyectoG

    iii.- c!ncel!ci"n de l! !credit!ci"n del prest!dor de servicios de certi%ic!ci"n !credit!do o elcese de l!s !ctivid!des del prest!dor de servicios ! menos #ue h!y! cedido su re$istro ! otroprest!dor con el consentimiento de sus suscriptoresG y

    iv.- por el cese volunt!rio de l! !ctivid!d del prest!dor no !credit!do ! menos #ue h!y!tr!sp!s!do los d!tos con el consentimiento de sus suscriptores.

    En el ttulo F )!rtculos 18 ! 2* tr!t! de l! !credit!ci"n e inspecci"n de los prest!dores deservicios de certi%ic!ci"n.

    ?!nto l! !credit!ci"n como l! inspecci"n ! los prest!dores de servicios de certi%ic!ci"n si setiene presente los principios de l! libre prest!ci"n econ"mic! del servicio de certi%ic!ci"n de%irm! electr"nic! y uso libre de l! %irm! y el de l! volunt!ried!d del sistem! de !credit!ci"n

    !p!rece como un! cl!r! intervenci"n ! est! !ctivid!d por p!rte del Est!do !l entre$!r est!s%unciones ! l! ubsecret!r! de Econom! =omento y @econstrucci"n #ue !ct! comoEntid!d 6credit!dor!.

    Est! intervenci"n se ve !tenu!d! si se consider!n cu!les son los ob+etivos #ue persi$ue este9royecto de ;ey entre ellos el de %oment!r el comercio electr"nico p!r! lo cu!l debe %und!rseel sistem! en pil!res t!les como l! tr!nsp!renci! en l!s oper!ciones de los prest!dores yse$urid!d en l!s tr!ns!cciones p!r! los usu!rios. 9ens!mos #ue el sistem! s"lo %uncion!r enmedios de t!n !rr!i$!d! tr!dici"n contr!ri! s"lo si se otor$! un m!rco de con%i!n&! !bsolut!en l! pure&! de los nuevos medios contr!ctu!les y de intermedi!ci"n merc!ntil #ue se proponeimpl!nt!r.

    Estos pil!res se pueden !lc!n&!r por distint!s v!s un! de ell!s medi!nte l! !utoimposici"n dere$l!s comerci!les y oper!tiv!s #ue re$ulen l! !ctivid!d #ue des!rroll!n los prest!dores deservicios de !credit!ci"n lo #ue en l! ;ey 5odelo sobre ,omercio electr"nico de l!

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    En $ener!l en este 9royecto de ;ey se si$ue el m!rco le$isl!tivo propici!do por l! ;ey 5odelo>N,'?@6; sobre ,omercio Electr"nico y en el momento de su el!bor!ci"n l! propuest! de@$imen Curdico >N,'?@6; p!r! l! =irm! Electr"nic! hoy d! l! ;ey 5odelo ,N>75' sobrel!s =irm!s Electr"nic!s.

    ;!ment!blemente n!d! indic! !cerc! de l!s obli$!ciones de los terceros #ue oper!n con%i!ndo

    en el certi%ic!do electr"nico #uienes deber!n tom!r l!s medid!s r!&on!bles p!r! veri%ic!r l!%i!bilid!d de l! %irm! electr"nic! y en el c!so de est!r st! resp!ld!d! por un certi%ic!doveri%ic!r l! v!lide& suspensi"n o revoc!ci"n del certi%ic!do y tener en cuent! cu!l#uierlimit!ci"n en rel!ci"n con el certi%ic!do.

    'F. ;! =irm! Electr"nic!

    ,u!ndo se pl!nte! el problem! del reconocimiento de l! %irm! electr"nic! est!mosen%rent!ndo uno de los t"picos %und!ment!les en el des!rrollo del comercio electr"nico tod!ve& #ue debemos determin!r cu!l es el reconocimiento le$!l #ue se debe d!r ! est! %irm! ! %inde #ue st! cumpl! con los principios de identid!d inte$rid!d y no repudi!ci"n.

    >no de los e%ectos del reconocimiento le$!l #ue se d ! l! %irm! electr"nic! consiste en l!prctic! en e#uip!r!rl! ! l! %irm! m!nuscrit! u ol"$r!%! de modo t!l #ue deber permitir poderidenti%ic!r l! !utor! del su+eto #ue emite un documento electr"nico p!r! poder !tribuirles elcontenido del mismo.

     6l respecto nos detendremos en cu!tro m!rcos le$!les #ue de %orm! p!rticul!r re$ul!n ! l!%irm! electr"nic!: l! ;ey 5odelo >N,'?@6; sobre l!s =irm!s Electr"nic!s )2001* el 7ecretoupremo N 81/1 del 5inisterio ecret!r! ener!l de l! 9residenci! l! @esoluci"n Exent!N0/2001 del ervicio de 'mpuestos 'nternos y el 9royecto de ;ey sobre =irm! Electr"nic! ylos ervicios de ,erti%ic!ci"n de =irm! Electr"nic! #ue como se h! indic!do de los tresproyectos de ley rel!tivos !l comercio electr"nico present!do !nte el ,on$reso N!cion!l es el#ue presente un m!yor !v!nce en su tr!mit!ci"n le$isl!tiv!.

    !* 5!rco ;e$isl!tivo

    1 ;ey 5odelo >N,'?@6; sobre l!s =irm!s Electr"nic!s

    ;ey 5odelo >N,'?@6; ,omisi"n de l!s N!ciones >nid!s p!r! el 7erecho 5erc!ntil'ntern!cion!l sobre l!s =irm!s Electr"nic!s %ue !prob!d! por l! ,omisi"n en su 4 perodode sesiones celebr!do en Fien! desde el 2 de +unio !l 1 de +ulio de 2001 recomendndose! todos los Est!dos #ue !l %ormul!r o revis!r su le$isl!ci"n ten$!n presente est! nuev! ;ey5odelo +unto con l! ;ey 5odelo ,N>75' sobre ,omerci" Electr"nico de 1A h!bid! cuent!de l! necesid!d de uni%orm!r el derecho !plic!ble ! l!s %orm!s de comunic!ci"n!lm!cen!miento y !utentic!ci"n de in%orm!ci"n sin soporte de p!pel.

    @econociendo l! $r!n utilid!d de l!s nuev!s tecnolo$!s de identi%ic!ci"n person!l utili&!d!s enel ,. E. $ener!lmente conocid!s como %irm!s electr"nic!s en el !(o 1A se le encomend" !lrupo de ?r!b!+o sobre ,omercio Electr"nico despus de h!ber sido !prob!d! l! ;ey 5odelosobre ,omercio Electr"nico ex!min!r l! convenienci! y vi!bilid!d de prep!r!r norm!suni%ormes sobre l!s %irm!s electr"nic!s y l!s entid!des certi%ic!dor!s !bord!ndo !spectos t!lescomo: l! b!se +urdic! #ue sustent! los procesos de certi%ic!ci"n incluid! l! incipientetecnolo$! de !utentic!ci"n y certi%ic!ci"n di$it!lesG l! !plic!bilid!d del proceso de certi%ic!ci"nGl! !si$n!ci"n del ries$o y l! respons!bilid!d de los usu!rios proveedores y terceros en elcontexto del uso de tcnic!s de certi%ic!ci"nG l!s cuestiones concret!s de certi%ic!ci"n medi!nteel uso de re$istros y l! incorpor!ci"n por remisi"n. ?od! ve& #ue l! !rmoni&!ci"ntecnol"$ic!mente neutr!l de ciert!s norm!s rel!tiv!s !l reconocimiento +urdico de l!s %irm!selectr"nic!s d!r! un! m!yor certe&! +urdic! !l comercio electr"nico.

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    9!r! ello deber!n des!rroll!r los principios %und!ment!les enunci!dos en el !rtculo de l!;ey 5odelo de l! ,N>75' sobre ,omercio Electr"nico re$l!ment!ndo el cumplimiento de l!%unci"n de l! %irm! en l!s oper!ciones de comercio electr"nico.

    i$uiendo el criterio de neutr!lid!d tecnol"$ic! !co$ido por l! ;ey 5odelo sobre ,omercioElectr"nico se le indic" !l rupo de ?r!b!+o #ue deber! consider!r l!s distint!s tcnic!s de

    !utentic!ci"n sin per+uicio de concentr!r su !tenci"n en cuestiones propi!s de l!s %irm!snumric!s.

     6 ello obedece l! de%inici"n de %irm! electr"nic! #ue se est!blece en el !rtculo 2 liter!l !* #uedispone #ue se entendern los d!tos en %orm! electr"nic! consi$n!dos en un mens!+e ded!tos o !d+unt!dos o l"$ic!mente !soci!dos !l mismo #ue pueden ser utili&!dos p!r!identi%ic!r !l %irm!nte en rel!ci"n con el mens!+e de d!tos e indic!r #ue el %irm!nte !prueb! l!in%orm!ci"n reco$id! en el mens!+e de d!tos.

    ;! propuest! de @$imen >ni%orme de >N,'?@6; se estructur! b!+o doce !rtculosest!bleciendo el mbito de !plic!ci"n el principio de i$u!ld!d de tr!t!miento de l!s tecnolo$!sp!r! l! %irm! el principio de l! dimensi"n $lob!l o intern!cion!l del tem! l! presunci"n deexistenci! de %irm! cu!ndo l! ley exi+! un! m!nuscrit! y est! conste en %orm! electr"nic! de l!observ!nci! del re#uisito de %i!bilid!d l!s obli$!ciones del %irm!nte y de los proveedores deservicios de certi%ic!ci"n de los %!ctores de %i!bilid!d del sistem! de certi%ic!ci"n de l!sobli$!ciones del tercero #ue !ct! con%i!do en el certi%ic!do y el reconocimiento de certi%ic!dosextr!n+eros y de %irm!s electr"nic!s extr!n+er!s.

    ,on mir!s ! !se$ur!r su coherenci! con el contenido y terminolo$! de l! ;ey 5odelo sobre,omercio Electr"nico en estos !rtculos se h!n reproducido l!s disposiciones contenid!s en l!;ey 5odelo en cu!nto ! i* su mbito de !plic!ci"n ii* l!s de%iniciones de: mens!+e de d!tosinici!dor y destin!t!rio iii* ! su interpret!ci"n y iv* modi%ic!ci"n medi!nte !cuerdo y %irm!.

    2 7ecreto upremo N 81/1 del 5inisterio ecret!r! ener!l de l! 9residenci! #uere$ul! el uso de l! %irm! di$it!l y los documentos electr"nicos en l! 6dministr!ci"n del Est!do

    como soporte !ltern!tivo ! l! instrument!li&!ci"n en p!pel de l!s !ctu!ciones de los "r$!nosde l! 6dministr!ci"n del Est!do

    El mbito de !plic!ci"n de este 7ecreto upremo es !l interior de l! 6dministr!ci"n del Est!do! %in de re!li&!r un! !ctivid!d ms e%ic!& y e%iciente y en nin$n c!so l! vincul!ci"n entre los"r$!nos de l! 6dministr!ci"n del Est!do con los p!rticul!res cuesti"n #ue h! sido !bord!d!por el 9royecto de ;ey sobre =irm! Electr"nic! y ervicios de ,erti%ic!ci"n de =irm!Electr"nic!.

    @eco$e los principios de l! neutr!lid!d tecnol"$ic! y de l! homolo$!ci"n del documentoelectr"nico y l! %irm! electr"nic! ! su smil en soporte de p!pel y l! %irm! ol"$r!%! p!r! todoslos e%ectos le$!les

    e divide en tres ?tulos compuesto por die& !rtculos perm!nentes.

    En el ?tulo ' de l!s 7isposiciones ener!les se re$ul! el mbito de !plic!ci"n del 7ecretoupremo l!s de%iniciones de !l$unos conceptos t!les como documento electr"nico %irm!electr"nic! %irm! di$it!l cl!ve pblic! cl!ve priv!d! inte$rid!d y certi%ic!do de %irm! di$it!lG ylos re#uisitos de se$urid!d p!r! $!r!nti&!r l! !utenticid!d con%idenci!lid!d inte$rid!d yconserv!ci"n de l! in%orm!ci"n contenid! en soportes medios y !plic!ciones electr"nic!sin%ormtic!s y telemtic!s de l!s !ctu!ciones !dministr!tiv!s.

    El documento electr"nico se encuentr!n re$ul!dos en el ?tulo '' en el #ue se est!blece elprincipio de l! homolo$!ci"n %uncion!l entre el documento electr"nico y el documento ensoporte de p!pel como los e%ectos de l! %irm! electr"nic! l! #ue ser e#uiv!lente ! l! %irm!

    ol"$r!%! y #ue sustituir !dems ! cu!l#uier sello timbre visto bueno u otr! m!rc! distintiv!

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    #ue %uere neces!ri! p!r! l! v!lide& del documento si este hubiere sido escrito sobre unsoporte de p!pel.

    El ?itulo ''' re$ul! l! =irm! 7i$it!l en el #ue se !co$e el sistem! de v!lid!ci"n de cripto$r!%!!simtric! y si bien no est!blece expres!mente ! nin$n ente certi%ic!torio permite #ue c!d!servicio ten$! su propio ministro de %e p!r! m!ne+!r l!s cl!ves pblic!s de los titul!res de

    %irm!s di$it!les y emitir los certi%ic!dos correspondientes de %orm! #ue el sistem! de %irm!sdi$it!les #ued!r! debid!mente completo.

    Es dest!c!ble respecto del 7ecreto upremo N81/1 #ue el 9oder E+ecutivo de ,hile h!y!inici!do el des!rrollo de un m!rco +urdico #ue v!lide el uso del documento y %irm! di$it!les.

    @esoluci"n Exent! N 0 public!do en el 7i!rio D%ici!l de 1 de %ebrero de 2001 delervicio de 'mpuestos 'nternos #ue est!blece norm!s #ue re$ul!n el uso de l! %irm!electr"nic! en el mbito tribut!rio y re$ul! ! l!s empres!s #ue presten servicios de certi%ic!ci"np!r! resp!ld!r l! v!lide& de l! %irm! electr"nic! !plic!d! ! documentos tribut!rios

    El ervicio de 'mpuestos 'nternos dentro de sus poltic!s desde inicio de los !(os U0 tiene l!

    de promover el uso de 'nternet p!r! l! re!li&!ci"n de distint!s !ctivid!des tribut!ri!s de loscontribuyentes y! #ue l!s comunic!ciones electr"nic!s represent!n un not!ble !horro derecursos m!teri!les y hum!nos e increment!n l! c!lid!d de l!s present!ciones #ue re!li&!n loscontribuyentes.

    Joy en d! un $r!n nmero de los contribuyentes se !co$e de %orm! volunt!ri! ! l!present!ci"n de sus decl!r!ciones de impuestos y decl!r!ciones +ur!d!s de d!tos medi!ntetr!nsmisi"n electr"nic! v! 'nternet lo #ue h! motiv!do ! este ervicio ! est!blecer losre#uisitos #ue debern cumplir los contribuyentes #ue decid!n incorpor!rse !l sistem! de %irm!electr"nic! p!r! !credit!r su identid!d di$it!l y %i+!r l!s condiciones y norm!s ! #ue est!rnsometid!s l!s empres!s #ue presten servicios de certi%ic!ci"n p!r! resp!ld!r l! v!lide& de l!%irm! electr"nic! !plic!d! ! documentos tribut!rios.

    Est! @esoluci"n se estructur! en ocho !rtculos siendo su contenido el #ue se resume !continu!ci"n:

    En el !rtculo 1 est!blece el si$ni%ic!do de un! serie de trminos p!r! los e%ectos de l!@esoluci"n entre ellos: represent!ci"n di$it!l %irm! electr"nic! certi%ic!do di$it!l si$n!t!riocl!ve pblic! cl!ve priv!d! criptosistem! !simtrico se$uro.

    ;os principios $ener!les se encuentr!n en el !rtculo 2 y se in%ieren de sus otr!sdisposiciones:

    i* l! volunt!ried!d del uso del certi%ic!do di$it!l por el contribuyente p!r! oper!r !nte el erviciode 'mpuestos 'nternosG

    ii* l! %unci"n de l!s empres!s prest!dor!s de servicios de certi%ic!ci"n debern resp!ld!r l!identid!d de los contribuyentes y $!r!nti&!r l! se$urid!d y certe&! tcnic! y +urdic! de l!str!ns%erenci!s de documentos emitiendo certi%ic!dos di$it!les p!r! uso y p!$o tribut!rioG

    iii* sistem! de !credit!ci"n de empres!s prest!dor!s de servicios de !credit!ci"n re$ul!do porel ervicio de 'mpuestos 'nternosG

    iv* l! %unci"n de !credit!ci"n puede ser !sumid! por person!s +urdic!s priv!d!s o pblic!s enste ltimo por el ervicio de 'mpuestos 'nternos cu!ndo se! neces!rio p!r! l! !$ili&!ci"n delproceso y reducci"n de los costos de l! %irm! y certi%ic!do di$it!lG

    v* 9rincipio de respons!bilid!d en r!&"n del cu!l los 9rest!dores de ervicios de ,erti%ic!ci"nsern respons!bles de los per+uicios #ue ! los contribuyentes oc!sionen los certi%ic!dos de usotribut!rio debido !l m!l %uncion!miento de ellos.

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    vi* 9rincipio de l! e#uiv!lenci! %uncion!l entre l! %irm! electr"nic! y l! %irm! ol"$r!%!est!blecido en el !rtculo 4 #ue l! %irm! electr"nic! tendr el mismo e%ecto +urdico #ue un!%irm! m!nuscrit! u ol"$r!%! en l! medid! #ue ell! se! veri%ic!d! por re%erenci! ! un! ll!vepblic! incluid! en un certi%ic!do di$it!l vlid!mente emitido por un 9roveedor de ervicios de,erti%ic!ci"n previ! y debid!mente !credit!do.

    e reconoce l! %unci"n de identi%ic!ci"n ! l! %irm! electr"nic! pero !dems de decl!r!ci"n devolunt!d en cu!nto ! su envo contenido oportunid!d y lu$!r de desp!cho comprometiendole$!lmente ! su si$n!t!rio.

    vii* 9rincipio de priv!cid!d y! #ue el ervicio de 'mpuestos 'nternos exi$ir l! con%idenci!lid!dy reserv! de los d!tos de los contribuyentes re$istr!dos en l!s Entid!des ,erti%ic!dor!s 6credit!d!s.

    El !rtculo est!blece l!s obli$!ciones de los prest!dores de servicios de certi%ic!ci"n entreell!s:

    !* ;os 9rest!dores de ervicios de ,erti%ic!ci"n debern cumplir con l!s exi$enci!s prctic!s

    y con el procedimiento de !credit!ci"n solicit!d!s por el ervicio de 'mpuestos 'nternos ms!del!nte descrit!s.

    b* ;os 9rest!dores de ervicios de ,erti%ic!ci"n debern !lm!cen!r en un directorio pblico l!scl!ves pblic!s y sus certi%ic!dos y !dopt!r l!s medid!s tcnic!s y !dministr!tiv!s #ue se!n!decu!d!s p!r! evit!r l! %!lsi%ic!ci"n de l!s cl!ves pblic!s y de los certi%ic!dos di$it!lesrespectivos.

    c* e est!blece l! obli$!ci"n de secreto respecto ! los !tributos y d!tos person!les onomin!tivos de #uienes %irmen y se!n certi%ic!dos di$it!lmente #ue !rchiven o !lm!cenen los9roveedores de ervicios de ,erti%ic!ci"n en b!ses de d!tos #ue p!r! todos los e%ectos sernconsider!d!s de !cceso priv!do con el ob+eto de !se$ur!r l! con%idenci!lid!d de l!in%orm!ci"n y el respeto y l! protecci"n de l! priv!cid!d de l!s person!s.

    ,oment!rio

    i bien h! opt!do por re$l!ment!r l! %irm! electr"nic! !co$iendo el principio de l! neutr!lid!dtecnol"$ic! es un! re$ul!ci"n muy bsic! en cu!nto ! los re#uisitos de %i!bilid!d de l! mism!los cu!les no est!blece y l! !ctivid!d de prest!ci"n de servicios de certi%ic!ci"n !+en! !lprincipio de libert!d econ"mic! y! #ue solo podrn des!rroll!rl! l!s person!s +urdic!s #uecuenten con !utori&!ci"n del ervicio de 'mpuestos 'nternos.

     6dems es critic!ble el su+et!r l! respons!bilid!d de l! empres! prest!dor! de servicios decerti%ic!ci"n ! l!s re$l!s $ener!les debiendo l! vctim! !credit!r l! culp! o dolo en el m!l%uncion!miento del certi%ic!do di$it!l cuesti"n de c!rcter sum!mente tcnicoG como t!mbin

    no est!blecer los derechos y obli$!ciones del usu!rio del certi%ic!do di$it!l. =!lenci!somisiones o de%ectos #ue debern !sumirse y enmend!rse p!r! l! ms !mpli! !dmisibilid!ddel sistem! re%erido.

    9royecto de ;ey sobre =irm! Electr"nic! y los ervicios de ,erti%ic!ci"n de =irm!Electr"nic! boletn N 21-1 )0*

    El d! 22 de !$osto de 2000 el 9residente de l! @epblic! . E. don @ic!rdo ;!$os Escob!renvi" ! l! ,m!r! de 7iput!dos del ,on$reso N!cion!l b!+o l! %orm! de un 5ens!+e el9royecto de ;ey sobre =irm! Electr"nic! y los ervicios de ,erti%ic!ci"n de =irm! Electr"nic!se(!l!n