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2012
EFECTOS FISCALES DE LOS CONTRATOS
EFECTOS FISCALES DE LOS CONTRATOS
EFECTOS FISCALES DE LOS CONTRATOS 2012
EFECTOS FISCALES DE LOS CONTRATOS 2012
Incoterms 2000 (13)
Incoterms 2010 (11)
EXW EXW
FCA FCA
CPT CPT
CIP CIP
FAS FAS
FOB FOB
CFR CFR
CIF CIF
DEQ DAT
DAF DAP
DES X
DDU X
DDP DDP
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E F C D
Incoterms
•EXW En Fábrica
•FCA, Libre Transportista;•FAS, Libre al Costado del Buque; y, •FOB, Libre a Bordo
•CFR Costo y Flete;•CIF Costo Seguro y Flete;
•CPT Porte Pagado Hasta; y,
•CIP Porte y Seguro Pagado Hasta
•DAT, Entregado en la terminal;
•DAP, Entregado en el lugar; y,
•DDP, Entrega en Destino con Derechos Pagados
Concepto
Único término donde el vendedor no corre ningún riesgo en la venta. La entrega de la mercancía se hace en los almacenes del vendedor.
El vendedor se encarga de entregar la mercancía a un medio de transporte escogido por el comprador. En la localidad del vendedor
El vendedor contrata el transporte para entregar la carga en un punto de destino del lado del comprador. El vendedor no toma riesgo de la mercancía después de despachar la carga.
El vendedor toma todos los riesgos y responsabilidades necesarios para llevar la mercancía al país de destino.
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5-4 EL CONTRATO DE MUTUO
5-5 EL CONTRATO DE SEGURO
5-6 EL CONTRATO DE FIANZA
5-7 EL CONTRATO DE DEPOSITO
5-5 EL CONTRATO DE TRANSPORTE
EFECTOS FISCALES DE LOS CONTRATOS 2012
EFECTOS FISCALES DE LOS CONTRATOS 2012
5-4 EL CONTRATO DE MUTUO
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CONCEPTO
El mutuo es un contrato por el cual el mutuante se obliga a transferir la propiedad de una suma de dinero o de otras cosas fungibles al mutuario, quien se obliga a devolver otro tanto de la misma especie y calidad.
Artículo 2384 del Código Civil Federal.
EL CONTRATO DE MUTUO
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EspeciesEl mutuo puede ser simple o con interés, y civil o mercantil. El mutuo es un préstamo de consumo que autoriza al mutuatario a hacer un uso cualquiera de la cosa, en la cual se permite el consumo del dinero.El mutuo será mercantil cuando el destino de la cosa sea actos de comercio, por esencia es un préstamo con interés porque responde al espíritu de lucro.
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Elementos
Personales
El mutuante
El mutuario
Reales
El objeto
El interés
Forma
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ELEMENTOS PERSONALES
El mutuante- Quien entrega el préstamo se conoce como mutuante.
El mutuatario- Quien recibe el préstamo se denomina el mutuatario.
Reales:
El objeto de este tipo de contrato puede ser dinero o cosas fungibles.
El interés Es la prestación que el mutuatario paga al mutuante como consecuencia de lo que recibe.
La tasa la pactan las partes, cuando no se pacta y se trata de un mutuo mercantil, el Código de Comercio establece como tasa el 6%, mientras que para el mutuo civil, la tasa anual será del 9%.
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ELEMENTOS PERSONALES
FormaDesde el punto de vista civil no existe regulación, por lo tanto se considera consensual.
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Obligaciones
Del mutuanteEntregar la cosa objeto del mutuo en el lugar y tiempo convenidos.
Del mutuatarioDevolver el objeto del mutuo en el plazo y lugar convenidos y en caso de que no hubiera plazo, salvo casos específicos señalados por la Ley, aplicarán las reglas de pago de las obligaciones.
El problema de la usura queda protegido por el artículo 2395 Código Civil. Que da al juez la posibilidad de reducir equitativamente el interés hasta el tipo legal.
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En materia mercantil una de las figuras que adopta el mutuo es el denominado crédito, y en materia bancaria existen una serie de variables de créditos mismos que a continuación enunciamos:
1
• Préstamos a la industria mediana o pequeña.
• Préstamos agroindustriales y para la pesca.
2
• Financiamiento de actividades especiales.
• Préstamos a agentes de valores.
3
• Préstamos para viviendas.• Préstamos directo, personal o quirografario
(Este se garantiza con el crédito personal del deudor y se representa con la firma del cliente)
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4
• Préstamo prendario. (Es aquel que se otorga contra una garantía mueble)
• Préstamo hipotecario (La garantía es un bien inmueble)
5• Préstamo por descuento de títulos de crédito (es como un
interés negativo)• Crédito de habilitación o avío y/o refaccionarios.(Son un apoyo
para la producción)
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EFECTOS FISCALES
IMPUESTO SOBRE LA RENTA (Art. 9, 17, 20, 46,)Conforme lo que establece el artículo 158 de la Ley de Impuesto sobre la Renta, Se consideran ingresos por intereses los que se encuentran en el artículo 9º de la misma Ley, y estos son: los rendimientos de créditos de cualquier clase.
1. PROCEDIMIENTO PARA EL CÁLCULO
Artículo 58. Las instituciones que componen el sistema financiero que efectúen pagos por intereses, deberán calcular el impuesto sobre la renta el último día del mes de calendario de que se trate aplicando la tasa establecida en el artículo 10 de la Ley que equivale al 28% sobre el monto de los intereses reales positivos devengados a favor del contribuyente durante dicho mes.
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ELEMENTOS DEL IMPUESTO
IMPUESTO SOBRE LA RENTA
SUJETO Las personas físicas y morales que reciban ingresos por intereses.
OBJETO La ganancia de intereses.BASE La ganancia que se obtenga de restar al
ingreso (contraprestación), las deducciones
autorizadas por la ley.
TASA La tasa varia dependiendo del límite inferior en que se ubique la base, esta puede ir desde el 1.92% al 30% para personas físicas y del 30% para todas las personas morales en el ejercicio fiscal 2012.
TARIFAA la ganancia se le aplica una tarifa creciente que puede llegar hasta el 30%.
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3. DEDUCCIONES (Art. 29, 46, 31, 32, 38, 123)El impuesto sobre la renta por los ingresos por intereses a que se refiere este artículo, se podrá disminuir con un crédito fiscal que se determinará conforme a lo establecido en el artículo 159 de esta Ley por los intereses reales negativos devengados generados a través de las sociedades o títulos antes señalados, siempre que el contribuyente de que se trate se encuentre al corriente con las obligaciones fiscales establecidas en el presente artículo. 160
4. EXENCIONES (Art. 106, 109,
5. OBLIGACIONES DEL MUTUANTEQuienes paguen los intereses a que se refiere este Capítulo, aun cuando no sean instituciones integrantes del sistema financiero, deberán proporcionar al Servicio de Administración Tributaria la información a que se refiere la fracción I del artículo 59 de esta Ley. Asimismo, respecto a las personas a quienes les paguen intereses, les deberán informar mensualmente el monto de los intereses reales devengados, aun cuando éstos sean negativos. Segundo párrafo 161
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IMPUESTO EMPRESARIA A TASA ÚNICA Conforme el artículo 3 de la Ley del Impuesto Empresarial a Tasa Única se entiende: Por enajenación de bienes, prestación de servicios independientes y otorgamiento del uso o goce temporal de bienes, las actividades consideradas como tales en la Ley del Impuesto al Valor Agregado.
IMPUESTO AL VALOR AGREGADO El artículo 18 de la Ley del IVA, establece que para calcular el impuesto tratándose de prestación de servicios se considerará como valor el total de la contraprestación pactada, así como las cantidades que además se carguen o cobren a quien reciba el servicio por otros impuestos, derechos, viáticos, gastos de toda clase, reembolsos intereses normales o moratorios, penas convencionales y cualquier otro concepto.
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IMPUESTO AL VALOR AGREGADO
Tratándose de personas morales que presten servicios preponderantemente a sus miembros, socios o asociados, los pagos que éstos efectúen, incluyendo aportaciones al capital para absorber pérdidas, se considerarán como valor para efecto del cálculo del impuesto. En el caso de mutuo y otras operaciones de financiamiento, se considerará como valor los intereses y toda otra contraprestación distinta del principal que reciba al acreedor.
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CODIGO FISCAL
CONCEPTO DE SISTEMA FINANCIERO
Art. 15-C, 6(Req. Ded.)
Ley de I.S.R.
Art. 8, 158, 161, 166,168 (Otros intereses) 175(Declaración Anual)
Reglamento de I.S.R.
Art. 210(Retención), 211 (Precisar quienes Percibirán)
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Ley de I.S.RRetener, enterar y Acumular
Art. 58 (Instituciones), 59, 60, 86,160 (Ret. y ent.), 161 (Inscribirse R.F.C.) 104 (Acumulación)105
Reglamento de I.S.R.Art. 212(Casas de Bolsas),213 y 214 (Retención),215
LEY DEL IMPUESTO EMPRESARIAL A TASA ÚNICA
Art. 1,2, 3,4 (de los Ingresos),4,5 y 6 (Deducciones)
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ConceptoEn virtud del contrato de reporto, el reportador adquiere por una suma de dinero, la propiedad de títulos de crédito y se obliga a transferir al reportado la propiedad de otros tantos títulos de la misma especie en el plazo convenido y contra el reembolso del mismo precio más un premio (art. 259 LGTOC)
CaracterísticasEs una transmisión temporal de títulos de crédito como bienes fungibles, lo que permite al reportado el enajenar dichos títulos en el mercado. Al vencimiento devuelva bienes de la misma especie y calidad, más un premio.
EL Reporto
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El Reporto
Elementos
Personales
El reportador
El reportado
FormaDebe constar
por escrito
Plazo45 Días (podrá
prorrogarse una o más)
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5-5 EL CONTRATO
DE SEGURO
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Elementos
Personales
El asegurador
El asegurado
El beneficiario
Reales
El seguro
El riesgo
Interés
La póliza
Reales
Formalidad
La prima
La reparación del Daño
Las reservas
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CONCEPTOEs un contrato por virtud del cual la empresa aseguradora se obliga a relevar al asegurado de las consecuencias de un evento dañoso e incierto a cambio del pago de una prima.
CARACTERÍSTICASPor naturaleza es un contrato oneroso ya que el asegurado se obliga a pagar una cantidad llamada prima, mientras que la aseguradora se obliga a pagar una cantidad o entregar un bien, si se produce el evento dañoso para el asegurado.Es un contrato aleatorio ya que no obstante que desde su celebración se conocen las prestaciones recíprocas, el pago del daño depende de que el siniestro asegurado se dé, lo cual es incierto.
El contrato de seguro se perfecciona desde el momento en que el proponente tenga conocimiento de la aceptación de la oferta y no puede sujetarse a la condición de entrega de la póliza o de cualquier otro documento en que conste la aceptación ni tampoco a la condición de pago de la prima (arts. 19 y 21 LSCS).
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Ley de I.S.R
Art. 31 (Deducciones),32, 109,166,167,176 (De los Ingresos)
Reglamento de I.S.R.
Art. 43,133(Exención)
LEY DEL I.V.A.Art. 1, 14 (Obligados), 15 (Exentos)
REGLAMENTO DEL I.V.A.Art. 36
LEY DEL IMPUESTO EMPRESARIAL A TASA ÚNICA
Art. 1,2, 3, (de los Ingresos),5 (Deducciones)
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5-6 EL CONTRATO DE FIANZA
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CONCEPTOEl contrato de fianza es el contrato por medio del cual una persona se compromete con el acreedor a pagar por el deudor si éste no lo hace (art. 2794 C. Civ.).
CARACTERÍSTICASLa fianza puede ser civil o mercantil.Es fianza civil aquella que reúne los requisitos mencionados en el concepto anterior y generalmente son contratos a título gratuito.Es fianza mercantil o de empresa aquella que se otorga por una institución de fianzas autorizada por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público a través de la Comisión de Seguros y Fianzas. La finalidad de este contrato consiste en que el fiador, a título oneroso, se obliga con el acreedor a cumplir la obligación del fiado en caso de que éste no lo haga.Un requisito fundamental de la fianza es el pago de una prima, por el servicio que la afianzadora otorga para garantizar por el fiado las obligaciones que éste tiene e frente al acreedor; es un contrato accesorio de garantía cuya existencia depende de un contrato principal.
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Elementos
Deudor o Fiado
Acreedor o beneficiario
Fiador o afianzador
Reales
El objeto
La prima
Tipos de Fianzas
Fidelidad (Empleados)
Judiciales
GeneralesO Admón.
De crédito
IMPUESTOS I.S.R. ART. 17, 31,20.LEY DEL I.V.A. ART. 1,14LEY DEL I.E.T.U. ART. 1, 5,
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5-7 EL CONTRATO DE
DEPOSITO
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El DEPOSITO
Elementos
Personales
El depositante
El depositario
RealesForma
Objeto (constituido por COSAS)
Forma
Contraprestación
EFECTOS FISCALESLey del IVA Art. 8Ley del I.E.T.U. Art. 1, 2
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TIPOS DE DEPOSITOS
1• El depósito bancario de dinero.
2• El deposito de Títulos.
3• El depósito en almacenes generales de
depósito.
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5-5 EL CONTRATO DE TRANSPORTE
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ConceptoEs aquel contrato por el cual alguno se obliga a transportar, bajo su inmediata dirección o la de sus dependientes, por tierra, por agua o por aire a personas, animales, mercaderías o cualesquiera otros objetos, (art. 2 6 4 6 C. Civ.) El contrato de transporte será mercantil cuando, siendo cualquiera su objeto, sea comerciante el porteador o se dedique habitualmente a la realización de transportes públicos. Se reputa administrativo este contrato, cuando el mismo se lleve a cabo a través de concesiones o permisos. La autoridad facultada para otorgarlas es el Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes y bajo los lineamientos que establece la Ley General de Vías de Comunicación.
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C a r a c t e r í s t i c asEs un contrato bilateral, consensual, nominado, típico y por naturaleza es oneroso, no formal, de tracto sucesivo.
FormaEn la mayoría de los casos es un contrato de adhesión que sigue los lineamientos previstos en la Ley Federal de Protección al Consumidor, el Código Comercio, la Ley de Vías Generales de Comunicación y la Ley de Aviación Civil o, en su caso, el contrato de transporte civil, situación en que generalmente es consensual y no necesariamente formal.
Especies
El transporte puede distinguirse por el medio a través del cual se presta en: terrestre, aéreo o marítimo y fluvial; y por el objeto del contrato: en transporte de personas o cosas.
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Elementos
Personales
El cargador o pasajero
El transportista o porteador
Reales
El objeto
La retribución(Boleto)El consignatario
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1• El Contrato de Flete.
2• El Contrato de Personas.
3
• El Contrato de Transporte Aéreo.• Se clasifica en 3 Tipos• 1. Transporte de Pasajeros.• 2. Transporte de carga.• 3. Transporte de correo.
LOS TIPOS DE CONTRATOS
Efectos FiscalesLey de I.S.R. Art. 79, 80, 81,82 (De los Coordinadas),83,84,85, Depreciacion Art. 32, 40, 42 (Deducciones)Reglamento de I.S.R. Art. 69 (Deducciones)Ley de I.V.A. Art. 1, 4-A, 14, 18,
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LOS TIPOS DE CONTRATOS
Efectos Fiscales
Ley de I.S.R. Art. 79, 80, 81,82 (De los Coordinadas),83,84,85, Depreciación Art. 32, 40, 42 (Deducciones)Reglamento de I.S.R. Art. 69 (Deducciones)Ley de I.V.A. Art. 1, 4-A, 14, 18.