Upload
diario-primicia
View
227
Download
0
Embed Size (px)
DESCRIPTION
Diario Primicia Huancayo Edicion Impresa 21/10/14
Citation preview
Declaran en emergencia por 60 días, situación del café
Alistan racionalización de personal docente
Sube el precio del dólar
¡A DEBATE!
Social Pichanaki a un paso de la nacional
Convocatoria 21 de Octubre del 2014 Registro de Participantes y Entrega de Bases Del 21/10/2014 al 03/11/2014 Presentación de Consultas sobre las Bases Del 21/10/2014 al 28/10/2014 Absolución de Consultas 29/10/2014 Entrega de Consultas Del 30 al 31/10/2014 Presentación de Propuestas Técnicas y Económicas 04/11/2014 Apertura y Evaluación de Propuestas 04/11/2014 Otorgamiento de la Buenas Pro 04/11/2014
Algo más...Es preocupante, luego de constituirnos a la Institución Educa-tiva Nº 31507 “Domingo Faustino Sarmiento” y presentarnos ante la Directora y Sub Directora el día 13 de octubre nos concedieron la autorización para recibir la versión de la do-cente Jiménez Elguera, con quien vía telefónica acordamos re-unirnos el 14 del presente mes a las 08:30’ horas en el plantel de los niños presuntamente agredidos.Sin embargo a las 06:54 del día 14 recibimos la llamada tele-fónica de la maestra Teodora Jiménez quien nos solicitó pos-tergar la entrevista para las 14:00 comprometiéndose darnos su descargo y entregarnos pruebas que esclarecerían las denuncias en su contra, pero no lo hizo hasta el cierre de nues-tra edición.
¿QUÉ PASAEN LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS?
Diario PrimiciaHuancayo, Martes 21 de Octubre de 2014ESPECIAL12
Violencia escolar es promovida por docentes y permitida por algunos directoresUno de los casos se habría cometido en I.E. Nº 31507 “Domingo Faustino Sar-miento”, donde varios alumnos acusan a su maestra de agredirlos.
Como ya es común en la actual ges-tión, Comisiones de Procesos Adminis-trativos, con sus cuestionados informes, terminan protegiendo inconductas.
Son muchas, las veces, que Defensoría del Pueblo, interviene para defender los derechos fundamentales y constitucio-nales, pero funcionarios los retan y des-obedecen.
Preocupante… a pesar que profesora involucrada en los presuntos maltratos solicitó una reunión para dar su versión no se presentó.
?Pedro Lizárraga Manchego
MALTRATOPor ser uno de los
más frescos y actuales, tomamos el caso, por el momento, de una presunta inconducta que involucra a la co-munidad educativa de la Escuela Nº 31507 “Domingo Faustino Sarmiento”, en la cual varios estudiantes, por intermedio de sus padres, denunciaron ante la Defensoría del Pueblo y la Dirección del Plantel que la do-cente Teodora Nelly Jiménez Elguera habría maltratado física y psi-cológicamente a los me-nores R.B.P.B.,B.P.G.M. y S.F.A.J., empleando pa-labras soeces que aten-taban contra la dignidad de los menores alumnos, además que la maestra golpeó con un palo de escoba amenazando con ponerle cero a una de ellas si comunicaba lo sucedido a sus padres.
BULLYINGComo consecuencia de
la queja presentada por la madre de la alumna R.B.P.B., ante Elizabeth Bustamante Castellares, directora de la Institución Educativa, la Co-municación Defensorial diri-gida a la Ugel Huancayo se-ñala que su menor hija venía siendo víctima de bullying por parte de sus compañeros de la sección donde estu-diaba, quienes la agredieron físicamente tirándole una botella de yogurt en la cabe-za e insultándola por haber informado todo lo sucedido a su mamá y a la directora del plantel, porque la docente quejada habría agredido al niño.
ACCIÓNDEFENSORIALEn uso de sus funciones
como supervisar el cumpli-miento de los deberes de función de los agentes de la administración estatal, y la defensa de los derechos constitucionales y funda-mentales de la persona y co-munidad, a la Defensoría del
Pueblo a través de una comi-sión inició las indagaciones en la I.E. Nº 31507 “Domingo Faustino Sarmiento” para solicitar información acerca de las acciones realizadas por la directora. Igualmen-te la Defensoría del Pueblo solicitó al Jefe de la División Médico Legal del Distrito Ju-dicial Junín se sirva disponer a quien corresponda realizar la evaluación psicológica a los menores presuntamente agredidos por su profesora.
PERICIASPSICOLÓGICASEn el caso de la menor
P.B.R.B. en el Protocolo de Pericia Psicológica Nº 011451-2014 se observa que la Psicó-loga Forense Rosario Livano Herrera, concluye: “Después de evaluar a R.B.P.B. es de la opinión que presenta reac-ción ansiosa compatible a situación vivida en su medio escolar”.
En relación a la evalua-ción psicológica de la niña B.P.G.M. el Protocolo de Pe-ricia Psicológica Nº 011625-2014, la Psicóloga Forense Jhoana Muñoz Salinas con-cluye: “Después de evaluar a B.P.G.M. es de la opinión que presenta problemas emocio-nales (ansiedad) producto del trato recibido por parte de su profesora y sugiere apoyo psicológico”
Otro menor que fue eva-luado psicológicamente a solicitud de la Defensoría del
Pueblo, S.B.A.J. de acuerdo al Protocolo de Pericia Psicoló-gica concluye: “Después de evaluar a S.F.A.J. es de la opi-nión que presenta proble-mas emocionales compati-bles a situaciones estresantes en su medio escolar”.
RECOMENDACIÓNDEFENSORIALRealizadas las acciones
de acuerdo a sus funcio-nes, sobre estos hechos que habrían ocurrido en al I.E. 31507, la Defensoría del Pue-blo recomendó a la UGEL Huancayo, se continúe con la investigación iniciada por la Sede Defensorial, respec-to a los presuntos hechos de maltrato físico y psicológico mencionados en que habría incurrido la docente Teo-dora Nelly Jiménez Elguera en agravio de los alumnos R.B.P.B., B.P.G.M. y S.F.A.J. a fin de determinarse las pre-suntas faltas incurridas e imponerse las sanciones administrativas que el caso amerite, previa calificación de la falta, tomando en cuenta las versiones brin-dadas por los alumnos y los resultados de las evaluacio-nes psicológicas.
Defensoría del Pueblo
I.E Nº 31507
ESPECIAL 13Diario PrimiciaHuancayo, Martes 21 de Octubre de 2014
Violencia escolar es promovida por docentes y permitida por algunos directoresVERSIÓN DE LA DIRECTORA
“Quejas se informaron a Ugel Huancayo”
TESTIMONIO DE ALUMNA AGREDIDA
“Mi profesora era bien mala”
Directora Elizabeth Bustamante Castellares
Elizabeth Busta-mante Castellares,
en su condición de direc-tora del plantel involucra-do en presuntos actos de violencia escolar manifies-ta: La queja de las madres de las niñas B.P.G.M. y
R.B.P.B. han sido informa-da a la Ugel Huancayo el 03/09/2014 con oficio Nº 089-2014; en el caso de la niña R.B.P.B. ha sido informada a la Ugel Huancayo con Oficio nº 085-2014 el 24 de Julio 2014 y la queja de la madre del niño
S.F.A.J. su caso fue derivado a la Ugel Huancayo.
“Como medida de pro-tección se dispuso el tras-lado de sección de los tres menores de edad del 5º Grado “A”” al 5º Grado “E” y 5º Grado C, en el caso de
posible acoso o bullying a la alumna R.B.P.B. se en-vió un Memorándum a la profesora Teodora Nelly Jiménez Elguera para que aborde el tema de convi-vencia democrática y res-peto entre estudiantes.
Ante la División Médico Legal,
una de las niñas presun-tamente agredidas por su maestra relata: “Mi profesora Teodora era bien mala con todos los de mi salón, nos insul-taba, nos decía carajo,
mierda, hablaba malas pa-labras así y cuando había visita nos decía amores hagan sus tareas y cuando se iba la visita se trans-formaba. El día del logro mi mamá fue a pagar del Qali Warma porque a mí me habían llevado a la di-
rección diciendo que mi mamá no había pagado y mi mamá dijo que ya había pagado. Se empezaron a gritar boca a boca delante de todos y la profesora dijo que yo le estaba mintiendo a mi mamá, que la directo-ra no había dicho que si no
pagábamos de Qali War-ma nos iban a expulsar pero la directora si había dicho eso. Desde que ha ocurrido ese problema yo le tengo miedo a esa profesora y por eso me han cambiado de salón y ahora estoy bien y tengo buenas notas.”
La Ley Nº 29944 y su Reglamento D.S.
Nº 004-2013-ED, estable-ce: “Los profesores que se desempeñan en las dife-rentes áreas de la docencia que transgredan los princi-pios, deberes, obligaciones y prohibiciones, incurren en responsabilidad admi-nistrativa y son pasibles de sanciones según la grave-dad de la falta y la jerarquía del servidor o funcionario. Las sanciones no eximen de las responsabilidades civiles y penales a que hu-biera lugar, así como de los efectos que de ellas se de-riven ante las autoridades respectivas”. Asimismo in-dica: “El director de la insti-tución educativa (Art. 44) separa preventivamente al profesor y da cuenta al Di-
rector de la UGEL
LEY DE REFORMA MAGISTERIAL
Cese temporal por falta grave
Algo más...Para los dirigentes de la Federación Regional de Apa-fas de Junín, la violencia escolar de todo tipo se está generalizando en las instituciones educativas, por responsabilidad de los integrantes de las Comisiones Permanentes de Procesos Administrativos Disciplina-rios y funcionarios de las Ugel quienes se convierten en asesores, defensores y protectores de los corruptos, inmorales y abusivos que terminan absueltos, sancio-nados benignamente, prescritas sus denuncias y has-ta avalando acciones de desplazamiento de personal con acosadores sexuales, como permutas o absolucio-nes de dirigentes del SUTE radical.
correspondiente, cuando exista una denuncia adminis-trativa o judicial contra este, por los presuntos delitos de violación contra la libertad sexual, hostigamiento sexual en agravio de un estudian-te, apología del terrorismo, delitos de terrorismo y sus formas agravadas, delitos de corrupción de funciona-rios, delito de tráfico ilícito de drogas, así como incurrir
en actos de violencia que atenten contra los derechos fundamen-tales de la persona y contra el patrimonio, que impiden el normal funcionamiento de los servicios públicos. La separación preventiva concluye al término del proceso adminis-trativo o judicial co-rrespondiente”
Entretenimiento
ja jaja