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Derecho Internacional y Congreso de Panama Andres Bello

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Page 1: Derecho Internacional y Congreso de Panama Andres Bello

UNIVERSIDAD SANTA MARÍA

FACULTAD DE DERECHO

DERECHO INTERNACIONAL PÚBLICO

El Congreso de Panamá y el ideal Bolivariano como propulsores del

Derecho Internacional Americano

Caracas, julio de 2012

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ÍNDICE

PÁG

INTRODUCCIÓN 3

Dos ilustres venezolanos precursores del Derecho Internacional Americano: Andrés Bello y Simón Bolívar……... 4

El Congreso de Panamá: fuente de derecho internacional....... 6

Procesos posteriores al Congreso de Panamá………………… 9

Derecho Internacional Americano en la Actualidad…………… 12

Pertinencia y Vigencia del Derecho Interamericano….……….

CONCLUCIONES…………………………………………………

15

18REFERENCIAS BIBLIOGRAFICAS……..……………………… 19

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INTRODUCCIÓN

Durante mucho tiempo, el continente americano fue considerado cuna de riquezas, grandes minas, recursos naturales abundantes, en fin, el sitio perfecto para proveer de recursos de todo tipo a las monarquías colonizadoras de entonces. Pero quién diría que a pesar de tantas vejaciones a nuestro pueblo, surgiría un grupo héroes forjadores de libertad y justicia. Una justicia que siempre Simón Bolívar trató de implementar en nuestros pueblos, una justicia que incluyera normas de convivencia, de protección y hasta de resolución de conflictos.

Lo que comentaba Bolívar no era otra cosa que Derecho internacional, un derecho que vendría a traer paz después de tanta guerra, que traería la tranquilidad que durante tantos años estuvo perturbada.

Habían pocos o ningún antecedente serio, al menos similar al ideal político territorial internacional que el Libertador planteaba, lo que resultaba en que mucha gente aflorara su “miedo a lo desconocido”.

Y a pesar que, tanto los intereses particulares, conflictos internos, y un sin fin de causas más desembocaron en que la unión de los estados hispanoamericanos no se concretara, el legado historio, doctrinario y fundamental en materia de Derecho internacional Americano, contenido en múltiples documentos de Bolívar serviría y sirve de marco teórico estructural en materia legal en nuestro continente.

Así las cosas, es necesario darnos un paseo por un acontecimiento que por sí solo representaba un éxito para el derecho internacional público americano: El Congreso de Panamá. De allí analizaremos su impacto a posteriori y hoy día.

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Dos ilustres venezolanos precursores del Derecho Internacional Americano: Andrés Bello y Simón Bolívar

El mundo europeo post-Roma había tenido notables avances en

materia de Derecho Internacional de la mano de importantes

doctrinarios a quienes, según Gómez Robledo A. (1989), se le

atribuye ser los fundadores del derecho internacional. Ellos son:

Francisco de Vitoria, Hugo Grocio, Francisco Suarez y Alberico Gentili.

En el continente americano, aunque un poco más tarde, surgen con

una concepción distinta, con una visión hasta profética y producto de

otra realidad, dos personajes que de una u otra forma aportaron en

gran medida tanto en el génesis como en la configuración de lo que

hoy conocemos como el Derecho Internacional Americano, hablamos

pues del maestro Andrés Bello y del Libertador Simón Bolívar.

Por una parte, “Bello escribió el primer tratado de derecho

internacional publicado en el continente americano en 1832 bajo el

título Principios de derecho de jentes y posterior- mente como

Principios de derecho internacional en su segunda (1844) y tercera

(1864) edición” (Obregón, 2010, p.4). Efectivamente, luego de 1832,

muchos autores brindaron sus aportes en la materia “pero el de Bello,

en todas sus ediciones, fue el que más se reimprimió, distribuyó y

enseñó en el siglo XIX. Incluso, podríamos aseverar que el texto de

Bello dió inicio a la enseñanza del Derecho Internacional en las

nuevas repúblicas, anticipándose así a la divulgación de esta materia

en las facultades de derecho europeas y estadounidenses” (p. 5)

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Por otro lado, luego de ser protagonista en los procesos

independentistas de gran parte de Hispanoamérica, Simón Bolívar

necesitaba producir normas de convivencia e integración internacional.

Su preocupación ya se notaba incluso en la Carta de Jamaica donde

“expone todas las dificultades y acepta como irrealizable formar ‘una

sola nación’

de toda la América Española, pero de inmediato expresa su deseo de

reunir el ‘augusto congreso’ del Istmo de Panamá que su genio y

voluntad verán realizado 11 años más tarde” (Ortega Diaz, 2006, p.

22)

La necesidad de nuevas normas que rijan las relaciones entre los

países sobre todo en defensa y autodeterminación se observan de

forma general en el primer párrafo de la invitación que hiciera Bolívar a

los Gobiernos de Colombia, México, Río de la Plata, Chile y

Guatemala, a formar el Congreso de Panamá:

“Después de quince años de sacrificios

consagrados a la libertad de América por obtener el

sistema de garantías que, en paz y en guerra, sea

el escudo de nuestro nuevo destino, es tiempo ya

de que los intereses y las relaciones que unen entre

sí a las repúblicas americanas, antes colonias

españolas, tengan una base fundamental que

eternice, si es posible, la duración de estos

gobiernos”

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Es así, como ya en aquellas latitudes se percibía que “el Derecho

Internacional Público de Bolívar se cimenta sobre la dignidad, el

respeto y la paz. Primero es la exaltación de la personalidad del

Estado. Honrar los compromisos internacionales, cumplir la palabra

empeñada” (Salcedo Bastardo, 1972, p. 124). Vemos entonces, como

estos valores que se desprenden de la cita, son hoy materia prima de

los principios generales del derecho internacional.

Y es que no bastó para Bolívar ser un libertador de naciones, dueño

del primer encuentro integrador de América sino que también fue

propulsor y doctrinario de lo que hoy es nuestro derecho internacional

americano.

El Congreso de Panamá: fuente de derecho internacional

Hace 180 años, entre el 22 de junio y el 15 de julio de 1826, se reunió

en Panamá el Congreso Anfictiónico, el cual tenía el gran objetivo de

crear una confederación de los pueblos hispanoamericanos, desde

México hasta Chile y Argentina. Panamá sería escogida por el mismo

Libertador por su posición geográfica por estar “Panamá en el centro

del globo, casi equidistante de Asia, de África y de Europa, y a igual

distancia de los polos.” (Salcedo Bastardo, 1972, p. 129).” Era el

momento cumbre de las revoluciones independentistas

hispanoamericanas. Simón Bolívar y el mariscal Antonio Sucre,

acababan de liberar el Alto Perú (Bolivia), último bastión del realismo

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español en el continente. Salvo Cuba y Puerto Rico, toda la América

hispana era finalmente libre, luego de décadas de sangrientas guerras

contra el poder colonial.

“La necesidad de que se concretara el Congreso se justifica por dos

razones elementales: porque se encuentran unidos por lazos comunes

y por el temor de una reconquista española.”(Darío López, 1987, p. 4).

Había que unirse y reforzarse, pues muchos peligros acechaban a los

nacientes estados, entre ellos : la anarquía interior y los innumerables

intereses particulares por un lado, y por el otro la posibilidad de

invasiones de reconquista por parte de Fernando VII apoyado por la

Santa Alianza europea, sin dejar a un lado el apetito comercial del

imperio británico y de los ya temibles Estados Unidos.

También, Bolívar deseaba que el Congreso fuera “La unificación de la

conducta americana respecto a lo exterior, esto es, servir como centro

coordinador de la defensa común, y Ser órgano de conciliación y

entendimiento de nuestras naciones. El Congreso de Panamá a su

juicio debía ser el arbitrador de nuestras diferencias, la más calificada

instancia para dictaminar sobre el sentido justo de nuestros tratados

públicos y de las diferentes aspiraciones que de ellos se derivaran. En

suma, el Congreso sería el órgano por excelencia de la paz y armonía

continentales; desde Panamá se irradiaría a todo el universo el ideal

pacifista característico de nuestra América… ” (Salcedo Bastardo,

1972, p. 129)

Finalmente resaltamos un punto muy importante, y es que Bolívar

deseaba que se debatieran (en el congreso) los grandes asuntos del

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nuevo mundo recién libertado, que se formularan las leyes

supranacionales y se orientaran todos los esfuerzos en pro de un ideal

forjado por la presencia de todos.

Desafortunadamente, y como era de esperarse, la mayoría de los

objetivos planteados no lograron cumplirse por innumerables causas.

Entre ellas, la influencia negativa de algunos países. Estados unidos,

que fue invitado más por diplomacia que por un interés de integración,

asumió la existencia del congreso con mucho escepticismo y esto se

deriva de unas declaraciones brindadas por el secretario de Estado

Estadounidense donde indica que “rechaza toda idea de un consejo

anfictiónico investido con poderes para decidir las controversias entre

los Estados americanos o para regular en cualquier forma su

conducta”. En su lugar, él propugna que la asamblea “se limite a

‘encuentros libres’ que traten asuntos de seguridad, comercio y

navegación, sin carácter deliberativo.” (De la Reza, 2010, p. XLII)

Otros Estados por razones políticas, geográficas, económicas o por

intereses propios, no vieron este Congreso como una ventaja, a pesar

de las múltiples bondades que ofrecería si se formaba la

confederación.

Pero no todo fue pérdida. Bolívar en el Congreso de Panamá quiso

crear una imagen de unión y de fuerza de las ex colonias españolas. Y

efectivamente eso, más la coalición con Inglaterra, persuadió a la

Santa Alianza de no hacer la proyectada restructuración, que

consistiría en retomar a cualquier costo las colonias perdidas.

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La estrategia bolivariana surtió efecto y más adelante Bolívar diría: "

Cuando inicié aquel Congreso del que tanto he insistido para su

reunión no fue sino una fanfarronada mía, que sabía no sería

reconocida y que juzgaba ser políticamente necesaria y propia para

presentar al mundo toda la América reunida bajo una sola política, un

mismo interés y una confederación poderosa."

Y aunque no se logró el objetivo principal que era precisamente la

integración, Bolívar logro la existencia, tal como lo declara en

comunicación a Santander: "Nuestra Federación Americana no puede

subsistir si no la toma bajo su protección la Inglaterra... una alianza

defensiva y ofensiva. La existencia es el primer bien; y el segundo es

el modo de existir. Si nos ligamos a la Inglaterra existiremos y si no,

nos perderemos infaliblemente. Luego, es preferible el primer caso.

Mientras tanto, creceremos y nos fortificaremos y seremos verdaderas

naciones... -mucho habrá que sufrir- aunque este sufrimiento mismo

será prueba de que existimos y existiendo tendremos la fuerza de

librarnos del sufrimiento".

Procesos posteriores al Congreso de Panamá.

El Congreso Anfictiónico de Panamá, fue definido por unos como una

“crónica de una muerte anunciada” y por otros como un evento

necesario para “existir” que sirviera de legado para las generaciones

futuras como un cúmulo de principios generadores de integración y

normativas entre los pueblos a fin de hacer frente a los más hostiles

deseos imperiales. Lo último “parecía” que sería la opción a escoger,

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tanto así que cinco años después en México se prepararon (aunque

sin ningún éxito) tres convocatorias al Congreso de México.

Lamentablemente, ya se estaba avizorando un descenso en los

avances obtenidos en materia de derecho internacional, debido a que

cada país estaba enfrentando solo sus propios problemas por más

comunes que estos fueran. La anarquía política y las luchas internas

eran las más notables causas de tal desencuentro interestatal.

No fue sino hasta el año 1847 cuando en el Congreso de Lima con la

participación de Bolivia, Chile, Perú, Ecuador y Colombia se logra

discutir sobre delimitación territorial y aplicación del principio del uti

possidetis, comercio y navegación, correos, convención consular,

costumbres internacionales, abolición de la piratería y capturas

marítimas, prohibición de la ocupación territorial por cualquier nación,

creación de una confederación de Estados, etc. Desafortunadamente

No hubo ratificación por ningún Estado. En 1856 y 1864 se realizaron

el Tratado Continental y el Segundo Congreso de Lima

respectivamente, con la participación de nuevos países, pero la tónica

seguía siendo la misma: reuniones que ningún país ratificaba.

En el periodo de 1865 y 1889 se realizaron otros congresos pero

fueron exclusivamente de carácter jurídico, y tenían la finalidad de

codificar los principios del Derecho Internacional Privado aplicables en

América. En 1877-1879, en el Perú, ocurrió el Primer Congreso de

Jurisconsultos de Lima; en 1888-1889, en Uruguay, ocurrió o Primer

Congreso Sudamericano de Derecho Internacional Privado

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En 1889 Con la realización de la Primera Conferencia Internacional de

los Estados Americanos, fue creada la Unión Internacional de las

Repúblicas Americanas. Este hecho capitalizó todo el trabajo

emprendido por los países de América Latina que había sido realizado

anteriormente. La edición de ese evento marca la centralización o

“secuestro” por parte de Estados Unidos de las conferencias

continentales, y también la absorción de varios de aquellos ideales

pactados en los documentos anteriores, al mismo tiempo que se

desvanece la idea de una alianza integracionista entre

Hispanoamérica.

Es importante destacar que “la presencia de Estados Unidos impidió

que el sistema interamericano se institucionalizara como el método por

excelencia de una expresión política común a las repúblicas

americanas. El pensar en la asamblea americana como medio para

discutir los grandes problemas de guerra y de paz con los

representantes de otras regiones del globo fue ideal un bolivariano. A

partir de 1826 tenemos un hispanoamericanismo y un

panamericanismo restrictos: bajo la perspectiva de reglamentarse las

relaciones comerciales, según la visión norteamericana; en la visión de

los latinoamericanos resolver cuestiones políticas”. (Cuevas Cancino,

F. 1962, p. 408)

Cronológicamente, destacamos que “con la Conferencia de los

Estados Americanos en 1889, Estados Unidos crean una oficina

comercial vinculada a su Departamento de Estado, que se proponía a

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almacenar datos sobre la producción, legislación aduanera y comercio.

Posteriormente, en 1901, ella fue denominada Oficina Internacional de

las Repúblicas Americanas con representantes de todos los Estados

del continente junto al gobierno de Washington (sometiendo, así, de

forma subliminar, todos los representantes de los Estados al gobierno

central de Washington). En 1928, en Habana, fue creada mediante

Tratado la estructura institucional de la Unión Panamericana, con sede

en Washington (estructura que sucedió la antigua Oficina del

Departamento de Estado americano), que más tarde, en 1948, en un

otro ambiente histórico, iría originar la Organización de los Estados

Americanos (OEA) y que centraliza el Sistema Interamericano. En

síntesis, al total fueron ocho conferencias panamericanas realizadas

hasta 1938. Cuando tuvo inicio la Segunda Guerra Mundial fueron

aprobadas resoluciones sobre los más variados temas que reafirmaron

la solidaridad continental” (Menezes, 2010) y por supuesto

descartándose los planes de unión regional aunque si evidenciándose

un avance en materia de relaciones internacionales.

Derecho Internacional Americano en la Actualidad.

Las Organizaciones Internacionales Americanas,

contemporáneamente, actúan como importantes sujetos del Derecho

Internacional y, en razón de reunir un conjunto de Estados en la

búsqueda de objetivos comunes, son agentes propulsores de la

dinámica de sistematización de normas y de la actuación estratégica y

conjunta de los Estados, sea en el orden global o de carácter regional.

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En este sentido, son múltiples los organismos internacionales creados

con la intención de normar y regular las relaciones entre los estados.

Es evidente que, con el dinamismo de las relaciones internacionales,

se necesiten otros escenarios y mecanismos de acción que coadyuven

en la resolución de problemas comunes o particulares. En relación a

esto, listamos algunas Instituciones creadas con el fin antes descrito:

1. OEA: Creada en 1948 con la firma de la Carta de la

Organización de los Estados Americanos (OEA), Carta de

Bogotá, la OEA es una organización de cooperación regional.

Tiene su sede en Washington y congrega un conjunto de 34

Estados miembros del Continente Americano y tiene como

objetivos centrales garantizar la paz y la seguridad continentales;

asegurar la solución pacífica de controversias derivadas de

problemas políticos, jurídicos y económicos.

2. El Banco Interamericano de Desarrollo (BID): El Banco

Interamericano de Desarrollo (BID) es considerado uno de los

organismos de la OEA. Fue creado el primero de octubre de

1960 y tiene su sede en Washington, Estados Unidos. Sus

objetivos son: promover el desarrollo de los Países miembros a

través de la financiación y del estímulo a inversiones de capital

público y privado, estimulando el crecimiento económico

sustentable de los Estados Miembros de América Latina y del

Caribe

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3. La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH)

el Pacto de San José, Costa Rica y la Corte Interamericana

de Derechos Humanos: Con sede en la Ciudad de Washington,

la Comisión se ha mostrado uno de los organismos más

dinámicos y de vital importancia para la solidificación jurídica y

jurisprudencial del sistema interamericano, pues fue la

responsable por implementar el sistema regional de protección a

los Derechos Humanos, a través de la edición de la Convención

Interamericana de Derechos Humanos, el “Pacto de San José de

Costa Rica”, que sistematizó un conjunto de reglas y medidas,

incluso con la creación de un Tribunal especializado, la Corte

Interamericana de Derechos Humanos. Ella posee jurisdicción

internacional en materia de Derechos Humanos a todos sus

signatarios y se afirma como un instrumento dinámico de

protección a los Derechos Humanos en una región que por

tradición fue un ambiente de violencia contra los derechos

fundamentales debido a la historia de represión dictada por

regímenes altamente opresores ( desde los colonizadores hasta

los actuales gobiernos “democráticos”)

4. PARLATINO: El Parlamento Latinoamericano fue creado en el

año 1964, a través de la declaración de Lima, e institucionalizado

en 1987, por medio del Tratado de Institucionalización del

Parlamento Latinoamericano. Tiene su sede en la ciudad de

Panamá, en Panamá, y es una organización regional

permanente, dotada de personalidad jurídica de Derecho

Internacional, que reúne representantes de los parlamentos de

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los países de América Latina, elegidos directamente mediante

sufragio popular, con la finalidad de participar a través de

delegaciones constituidas pluralmente

También podemos destacar la existencia del Grupo de Rio, La

CELAC, UNASUR y otros grupos en materia de integración

estratégica como MERCOSUR, ALBA, CAN, CARICOM, ALCA, etc.

Todos, con un mismo interés común entre sus integrantes, que a

groso modo buscan de alguna u otra forma ir avanzando en la

integración económica, cultural, social, política y jurídica de nuestra

América.

Pertinencia y Vigencia del Derecho Interamericano

Al momento de analizar nuestra realidad de hoy, vemos como los

escritos de Bolívar resultaban notas proféticas que vislumbraban el

acontecer que hoy vivimos sino se tomaban cartas en el asunto en su

momento; nos referimos sobre todo a la unión de los pueblos.

Ha sido muy complicado lograr el entendimiento, la articulación, la

unificación. Las razones de tales desencuentros han sido más o

menos las mismas que en aquel Congreso de Panamá impidieron la

unión: no mirar en la misma dirección brindando más peso a los

intereses particulares o en oportunidades siguiendo las directrices

chantajistas de las grandes potencias.

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Y es que en honor a la verdad, a los grandes le interesa que sigamos

siendo pequeños, dependientes e indefensos. Así nos podrán seguir

dominando a placer como hasta ahora. Cualquier intento de unión

planteado por algún idealista, político o líder debe ser perseguido y

exterminado, a fin de garantizar la hegemonía regional que en el plano

americano representan los Estados Unidos, y para ello se valdrán de

cualquier estrategia, militar, estratégica, diplomática, publicitaria, etc.

Tanto la pertinencia del derecho internacional americano como su

eficacia han sido puestas en tela de juicio en innumerables

oportunidades. Incluso se pudiera decir que el derecho internacional

ha evolucionado de ser derecho de gentes a la anarquía de gentes. Y

esto lo sostenemos debido a la actitud de gobiernos de este continente

que irrespetan los acuerdos suscritos a placer, o simplemente no son

signatarios de tratados que vayan en contra de sus intereses

económicos, geográficos, socio-políticos, etc., por más que aquellos

representen un bien común para todos.

Lamentablemente, el uso de la fuerza sigue siendo un arma latente

para la solución de conflictos, es un elemento que permanece implícito

en los discursos, y en la actitud arrogante de sus portadores. El

derecho internacional americano de hoy, es una herramienta que mas

que resolver adorna las páginas con artículos y resoluciones que muy

rara vez se llevan al plano real.

Seguimos cometiendo errores, y lo peor aun es que son los mismos

que hace 180 años. Independientemente de nuestro corazón político,

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se debe apoyar e implementar el proyecto integrador de Bolívar que

no solo cumplía con la unión sino que ésta estaba sobre un suelo

jurídico-internacional plagado de respeto, libertad, autodeterminación y

justicia. Ese es el camino.

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CONCLUCIONES

La experiencia histórica de los ciento ochenta años transcurridos desde aquel congreso muestran dos tendencias claras: por un lado, que las clases dominantes fueron y siguen siendo profundamente antinacionales y anti hispanoamericanas, pro coloniales y antipatriotas. Es quizás irresponsable indicar que llevan en sus entrañas el gen “antipatria”, pero la sed que en la época colonial y post colonial les hizo buscar más y más beneficios económicos particulares se ve refleja hoy día en muchos personajes que subordinan completamente el bienestar local y hasta continental por sus propios intereses.

Hemos visto como el Derecho Internacional Americano se ha teñido no solo con los aciertos de la gesta post independentista sino también de sus fracasos. Hechos que lo marcaron para siempre y que brindaron un soporte ideológico, doctrinario, político, legal y justo que hoy día al menos en los documentos, convenios y tratados sea ha de reflejar.

Seguid el ejemplo que Caracas dio. Una Caracas inmortalizada como cuna de Bolívar, autor de grandes ideas que puestas en práctica con el patrocinio de todos, nos resultaría un gran regocijo mundial, regional y local. Las ideas ya él las hizo, es nuestro legado. Solo falta implementar… nada más.

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REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS

Gómez Robledo, A (1989). Fundadores del Derecho Internacional.(Primera Edición). México: UNAM

Obregon, L. (2010, marzo). Construyendo la Región Americana: Andrés Bello y el Derecho Internacional. Revista de Derecho Público, 24, p 4-5

Ortega Diaz, P. (2006). El Congreso de Panamá y la unidad Latinoamericana. Caracas: MINCI

Dario Lopez, R. (1987). Bolívar y el Derecho de Gentes. Bogotá: Academia Antioqueña de Historia.

Salcedo Bastardo, J. (1972). Bolívar: Un continente y un destino. Caracas: Biblioteca Digital Andina.

De la Reza, G. (2010). Documentos sobre el Congreso Anfictiónico de Panamá. Caracas: Fundación Biblioteca Ayacucho.

Menezes, W. (2010). Derecho Internacional en América Latina. Brasilia: Ministerio de Relaciones Exteriores.