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University of Chicago LibraryG/VEN BY
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IX CONaRE8n IRURNAClOlAl
DE
Higiene y Demogra.fía,BAJO EL PATRONATO DE
S. M. EL REY O. AlFONSO XIII Y DE S. M. lA REINA REGENTE
(Madrid, del 10 al 17 de Abril de 1898.)
REGLAMENTOS
M:ADRIDIMPRENTA DE RICARDO ROJAS
Campomanes, 8.-Teléfono 316.
1898
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REGLAMENTOS
MADRIDIMPRENTA DE RICARDO ROJAS
Campomanes 8.-Teléfono 316.
1898
En el VII Congreso de Higiene y Demografía celebrado en Londres (Agosto de 1891), bajola presidencia del Príncipe de Gales, se acordóque los Sres. Brouardel, Corfield, Fodor, Korosiy ]anssens prepararan un proyecto de Reglamento para la organización de los Congresossucesivos. Dicho proyecto se presentó, discutió
y aprobó por la Comisión permanente internacional en el VIII Congreso, reunido en Buda
pest (Septiembre de 189-1-).
COMISiÓN PERMANENTE INTERNACIONAL
DE LOS
CONGRESOS DE HIGIENE Y ,DEMOGRAFíAELEGIDA EN BUDAPEST
P..esidente, P. BROUARDEL.
Vicepresidentes, Douglas GALTON, R. BOECKá.Secretl\rJo general, Kalman MÜLLER.Secretario �enerl\l adjunto, J. BERTILLON.
Miembros que representan al Congresode Higiene.
Ernest ALMQuJST I Profesor del Instituto Médico Quirúrgico (Stokolmo),
Jorge BECHMANN, Jefe del servicio técnico de sanea
miento y Profesor de la Escuela Nacional de puentesy caminos (París).
,
John BILLINGS, Cirujano general del Ejército de los Estados Unidos (Washington),
Pablo BROUARDEL, Decano de la Facultad de Medicina(París).
JT': H. CORFIELD, Profesor (Londres).Fédor ERISJlIANN, Profesor y Director del Instituto de
Higiene de la Universidad imperial (Moscou),José FÉLIX, Presidente del Consejo de Higiene (Bu
charest),
-4-
Pío FOA, Profesor de la Universidad (Tur ín),José FODOR, Rector de la Universidad (Budapest),Douglas GALTON, Presidente del Comité inglés y del pen-
último Congreso (Londres).Antalio GIMENO, Profesor de ampliación de Higiene pú
blica de la Universidad (Madrid).Frane GRUBER, Profesor (Viena'.Jacinto KUBORN, miembro de la Academia de Medicina
(Seraing-Lieja).Manuel Kusv, Consejero ministerial de Sanidad (Viena).Andrés MEYER, Ingeniero-jcfe (Hamburgo),Kalman MÜLLER, Profesor de la Facultad de Medicina
(Budapest),Overbeek MEIJER, Profesor de la Universidad (Utrecht),Luis PAGLIANI, Profesor de Higiene de la Universidad
(Roma),Morits PISTOR, Consejero de Sanidad (Berlín).Jorge POORE, Profesor de la Universidad (Londres).Max RUBNER, Director del Instituto de Higiene de la
Universidad (Berlín).W. P. RUYSCH, Consejero de Sanidad (El Haya).Emilio VALLIN, miembro de la Academia de Medicina,
Inspector de Sanidad del Ejército (París),Enrique WALCOTT, Presidente del Consejo de Sanidad
de Massachusets (Estados Unidos).
Miembros que representan al Congresode Demografía.
Jacobo BERTILLON, Jefe de los trabajos de estadística dela villa (París).
Luis BODIO, Director general de Estadística del reino
(Etalia).Ricardo BOECKH, Director de la Estadística municipal
(Berlín).Arturo CHERVlN, Director del Instituto de Tartamudos
(París).
-5-
Luis GUILLAUlI1E, Director de la Oficina federal de Estadística (Berna).
Carlos Teodoro de YNAIIIA-STERNEGG, Presidente dela Imperial y Real Comisión Central de Estadística(Viena).
Eugenio JANSSENS, Inspector Jefe de la División de Hi·
giene (Bruselas).Nicolás Andrés KIAER, Director de la Oficina central de
Estadística (Crfstíanía),José KOROSI, Jefe de trabajos estadísticos (Budapest),Emilio LEVASSEUR, Profesor del Colegio de Francia
(París).Jorge MAYR, Profesor de la Universidad (Strasburgo),Arturo NEWSHOLME, de la Oficina de Sanidad (Brigthon,
Inglaterra).Hans van SCHEEL, Consejero de Estado (Berlín).Nicolás TROINITSKI.F. A. WALKER, General del Ejército de los Estados Uni
dos (Boston),
REGLAMENTO GENERAL
DE LOS
CONGRESOS INTERNACIONALES DE HIGIENE Y DEMOGRAFíAAPROBADO EN EL ÚLTIMO
CELEBRADO EN BUDAPEST EN 1894
Artículo 1. o El Congreso se compone de dos
agrupaciones, que funcionaban antes como dos
Congresos internacionales distintos, y que pueden separarse libremente cuando sus respectivos representantes crean esta separación nece
saria.Art.2.0 El Congreso Internacional de Hi
giene propónese discutir todas las cuestionesreferentes á la conservación de la salud, tanto
en el individuo como en la sociedad.Art. 3.0 El Congreso Internacional de De
mografía se ocupa en los problemas relativos á
la ciencia de la población.Art. 4.0 Mientras se mantengan reunidos
ambos Congresos llevarán el título de "Con
greso Internacional de Higiene y Demografía."
-8-
Art. 5. o La dirección del Congreso se confía
por una parte á la Comisión permanente interna
cional, y por otra á la Comisión de organizacióncreada por cada reunión del Congreso.
Art. G. o La Comisión permanente internacional se compone de veinticuatro á treinta hi
gienistas, y de doce á. quince demógrafos, queserán elegidos para todo el tiempo que com
prenda dos reuniones del Congreso, teniendocui lado en 10 posible de que dichos miembrossean representantes de todos los países.
Al cesar los individuos de esta Comisión
pueden ser reelegidos.Las vacantes que ocurran serán cubiertas
por la Comisión permanente, á medida que re
sulten. (Véase arto �.o, § 6.°)Art. ';.o La Comisión tiene derecho á nom
brar' para el tiempo que dure cada reunión,miembros extraordinarios, cuyo número no podrá exceder de la tercera parte del de los miembros ordinarios. (Véase arto 9.0, § 5. O)
Los miembros extraordinarios tienen voz yvoto en la Comisión respecto á todas las cues
tiones que se relacionen con la reunión del Con
greso para la cual han sido nombrados.Con el fin de que los miembros extraordina
rios puedan tomar parte en los trabajos de pre
paración, su elección se hará en los dos primeros días de la reunión del Congreso.
El Presidente y el Secretario general de la. .
�9-
Comisión de organización son, por naturalezade sus cargos, miembros extraordinarios de laComisión.
Art. 8. o La Comisión elige un Presidente,dos Vicepresidentes, un Secretario general yun Secretario general adjunto para el tiempoque comprenda dos reuniones del Congreso.
Art. D. o La Comisión permanente internacional tiene el deber de velar por los intereses
generales y constantes del Congreso. Le corres
ponden, por tanto, las facultades siguientes:1.a Cambiar en caso de necesidad la fecha y
lugar de la próxima reunión del Congreso. Estamodificación será absolutamente necesaria si laautoridad que haya invitado al Congreso dejara transcurrir el tiempo fijado sin haber hecho los preparativos necesarios. En el caso de
que el Congreso no pueda celebrarse por causas
de fuerza mayor, como asimismo en el caso, deltodo excepcional, en que los intereses vitales del
Congreso estén gravemente comprometidos porsu reunión en la fecha y sitio designados, la Comisión tiene también el derecho de modificar el
tiempo y lugar en que haya de celebrarse. Estaresolución necesariamente tendrá que ser aprobada por una mayoría que no sea inferior á lastres cuartas partes de los miembros de la Comisión.
2.a Establecer relaciones ó suprimir las existentes con otros Congresos.
- 10-
3.a Incluir cuestiones en la orden del día.4.a Suprimir cuestiones en la orden del día.5.a Elegir los miembros extraordinarios de
la Comisión permanente.6. a Presentar al Congreso los miembros or
dinarios de dicha Comisión.A.rt. 10. Todos los acuerdos importantes de
la Comisión serán sometidos al Congreso parasu sanción.
Art. 11. La Comisión permanente dará curso
á todos los asuntos que le sean remitidos por el
Congreso, y especialmente estudiará y preparará cuantas proposiciones tengan por objetomotivar acuerdos del Congreso.
Art. 12. Todas las proposiciones que tenganpor fin motivar acuerdos del Congreso deberánser remitidas á la Comisión permanente, la
que, en casos ordinarios, debe examinarlas en
el tiempo que medie entre dos reuniones delCongreso. En caso de urgencia, la Comisiónpuede presentar proposiciones al Congreso durante la celebración de éste para su aprobación.
Art. 13. Corre á cargo de la Comisión permanente la dirección de la publicación del Dia·rio de Sesiones, ejerciendo las funciones de Comisión de redacción de dicho Diario, de acuerdocon el Secretario general de la Comisión de or
ganización.Art. 14. Corresponden á la Comisión de or-
-11-
ganixacion todos los trabajos necesarios parapreparar la reunión del Congreso. De consi
guiente, tiene las facultades que siguen:1. a Constituirse independientemente y con
ferir todos los honores y cargos -.
2. a Señalar la orden del día é invitar á loshombres de ciencia á preparar temas.
3. a Procurar que en los diferentes países se
formen Comisiones locales de preparación.En cambio, tiene el deber de comunicar con
tiempo el programa al Presidente de la Comisión permanente internacional, á fin de queéste pueda ponerlo oportunamente en conocimiento de sus miembros. (Véase arto 9.°, párrafos 3 y 4.)
Art. 15. También le corresponde redactarun Diario oficial de las Sesiones del Congresoy remitirlo á los miembros de la Comisión permanente internacional. (Véase arto 13.)
Art. 16. No pueden ser individuos del Congreso más que las personas que se ocupen en
cuestiones relativas á Higiene y Demografía:La Comisión de organización puede recha
zarlas peticiones de admisión que, á su parecerno estén justificadas.
Art. 17. Se adquiere la condición de congresista mediante el pago de una cuota señalada
por la Comisión de organización.A.rt. lS. El Congreso se reunirá una vez, á
lo menos, cada tres años, y cada cinco á 10 más.
-12 -
Art. 19. El sitio de reunión del Congesoserá distinto cada vez.
Art.20. Únicamente los congresistas podrántomar parte en los trabajos del Congreso.
Art. 21. Quedan prohibidas las discusiones
políticas y religiosas.
REGLAMENTO
DEL
IX CONGRESO INTERNACIONAL DE HIGIENE y DEMOGRAFíA
(que ha de celebrarse en Madrid del 10 al 17 de Abrilde 1898.)
ADVERTENCIA IMPORTANTE
Por acuerdo de la Junta de Propaganda y Organización, tomado en sesión celebrada en 13 de Diciembre último, se dispuso:
1.0 Que el plazo de admisión de notas y comu
nicaciones que hayan de dirigirse al Congreso se
prorrogue hasta el 15 de Marzo.2. o Que la Exposición anexa al Congreso esté
abierta desde ellO de Abril hasta ellO de Julio.Quedan, por consiguiente, modificados los artícu
los 8.0 del Reglamento del Congreso y ell.o del Pro
grama Reglamento de la Exposición anexa.
JUNTA GENERAL DE PROPAGANDA y ORGANIZACiÓN (1)
PRESIDENTR
Excmo. Sr. Ministro de la Gobernación.
VlCEPRESIDENTE
Ilmo. Sr. Subsecretario del Ministerio de la Gobernación.
SECRETARIO GENERAL
D. AmaJlo Glmeno, Catedrático de la Facultad de Medicina de Madrid, Senador y Académico de la Real de Me
dicina, etc.
SECCIÓN EjECUTIVA
PRESIDENTE
D. JuliAn Calleja, Catedrático de la Facultad de Medicina de Madrid, Senador, Vicepresidente del Real Con
sejo de Sanidad, Presidente del Colegio de Médicos de
Madrid, Académico de las Reales de Medicina y Ciencias
Exactas, Físicas y Naturales, etc.
(1) No se publican aquí más que los nombres de los individuos que forman las Mesas. La lista general de losVocales acompaña á la circular general que sirve de invitación al Congreso y Exposición anexa.
-16 -
VICEPRESIDENTE
Marqués del Busto, Catedrático de la Facultad de Medicina de Madrid, Senador, Consejero de Instrucción Pú
blica, Académico de la Real de Medicina. Médico de Camara de SS. MM. el Rey y la Reina Regente. etc.
SECRETARIOS
El Secretario general D. Amalio Glmeno.D. José Grlnda, Profesor auxiliar de la Facultad de Me
dicina de Madrid, etc.
D. Juan Veranes. Subdelegado de Medicina, etc.D. JosA Barber, Médico de la Armada, etc.
SECCIÓN DE EXPOSICIÓN
PRESIDENTE
El Director del Instituto Geográfico y Estadiltlco.
VICEPRESiDENTE
D. Modesto Martinez y Gutiérrez-Pacheco, Presidente de
la Sociedad Española de Higiene, Senador, Consejerode Sanidad, Académico de la Real de Medicina, etc.
SECRETARIOS
D. Nicasio Mariscal, Director Jefe del Laboratorio Central de Medicina legal. Presidente de Sección de la Sociedad Española de Higiene, etc.
D. Enrique Salcedo, Académico correspondiente de laReal de Medicina de Madrid, Publicista, etc.
D. Ricardo Revenga, Oficial del Instituto Geográfico yEstadístico, Abogado, etc.
D. Fernando Calatraveflo, Médico, Publicista.
-17-
SECCIÓN DE HACIENDA
PRESIDENTE
D. Antonio Maria Fabié, ex Presidente del Consejo de Estado; Senador, ex Ministro de Ultramar, Académico dela Real Española, etc.
VICEPRESIDENTE
D. Santiago Ramón Caja', Catedrático de la Facultad deMedicina de Madrid, Académico de la Real de CienciasExactas, Físicas y Naturales, etc.
TESORERO
D. Pablo Ruiz de Ve lasco, Presidente de la Cámara de
Comercio, Vocal de la Junta Municipal de Sanidad, etc.
CONTADOR
D. José Alvarez Marino, Director del Monte de Piedad yCaja de Ahorros, etc.
SECRETARIOS
D. Julio Jiménez, Jefe de Administración, etc.
D. Ramón Serret, Médico del Instituto de Vacunación
del Estado, Director de El Siglo Médico, etc.
D. Juan Ramón Gómez Pamo, Catedrático de la Facultadde 'Farmacia de Madrid, Académico de la Real de Medi
cina, etc.
D. José Francos Rodriguez, Médico, individuo de la Sociedad Española de Higiene, Director de El Globo, etc.
2
-18 -
SECCIÓN DE RECEPCIÓN
PRESIDENTE
D. José Calvo y Martin, Catedrático de la Facultad de
Medicina, Senador, Consejero de Instrucción públicaAcadémico de la Real de Medicina, etc.
VICEPRESIDENTE
D. Angel Fernández Caro, Subinspector del Cuerpo de Sanidad de la Armada, Senador, Académico de la Real de
Medicina, etc.
SECRETARIOS
D. Angel Larra y Cerezo, Médico Militar, Publicista etc.D. Federico IWonlaldo, Médico de la Armada, Publicista
etcétera.
D. Tomás del Valle, Médico de la Armada, etc.
D. Jcaquln María Aleixandre, Médico de Aguas MineralesPublicista, etc.
REGLAMENTO
DEL
IX CONGRESO INTERNACIONAL DE HIGIENE y DEMOGRAFIA
Artículo 1.° El IX Congreso Internacionalde Higiene y Demografía se inaugurará en
Madrid el día 10 de Abril de 1898 y se cerrará
el día 17 del mismo mes y año, bajo el patronatode SS. MM. el Rey D. Alfonso XIII y su Au
gusta madre la Reina Regente. Al mismo tiem
po tendrá lugar la Exposición anexa al Congreso.
Art. 2.° El objeto del Congreso es discutircuestiones referentes á la Higiene individual ycolectiva y á la ciencia de la población. Sus
trabajos consistirán en conferencias, lectura de
temas, discusiones y demostraciones prácticascon instrumentos y aparatos nuevos.
Art. 3.0 Se invita á los Gobiernos de todoslos países, á las Autoridades y Corporacionesadministrativas, provinciales y municipales, álas Universidades, á las Academias, á las Escuelas y á las Sociedades científicas que se
-20-
ocupen, de algún modo en cuestiones relativas á
Higiene y Demografía, á que presten al Con
greso su concurso y manden delegados que los
representen.Art. 4.0 Serán admitidos como congresistas
y podrán tomar parte en los trabajos del Con
greso los delegados de que habla el artículoanterior y todos los españoles y extranjeros quese dediquen á estudios de Higiene y Demografíay que 10 soliciten de la Junta de propaganda yorganización. Esta Junta podrá rechazar las
peticiones de admisión que no estén justificadas (1).
Art. 5.0 La cuota de inscripción será de 25
pesetas, pagaderas en metálico ó en letra diri
gida al Tesorero del Congreso (2), que residiráen Madrid, y que expedirá el recibo provisionalque habrá de ser canjeado luego por el títulode congresista.
Art. 6.0 Los alumnos nacionales ó extran-
(1) Las señoras que forman parte de la familia de los
miembros del Congreso no se consideran como congre
sistas, á no ser que tengan un título profesional, pero
podrán disfrutar de todas las ventajas de los congresistasrespecto á viajes, excursiones, diversiones y obsequios,mediante una cuota de 10 pesetas. Este acuerdo se ha
tomado atendiendo á la discusión hahida respecto al particular en las sesiones celebradas en Budapest en 1894
por la Comisión internacional permanente.(2) D. Pablo Rujz de Velallco, Presidente de la Cá
mara de Comercio de Madrid.
- 21-
jeros matriculados en las Facultades de Medicina ó en otros Establecimientos oficiales de en
señanza cuyos estudios tengan relación con losde Higiene y Demografía, serán admitidos gratuítamente como congresistas si lo solicitan;pero no tendrán más derecho que el de asistencia á las sesiones. Si satisfacen, sin embargo,la cuota de 25 pesetas podrán disfrutar de todoslos derechos de los demás' congresistas.
Art. '1.0 Los trabajos en que se ha de ocuparel Congreso corresponderán á las Clases y Secciones siguientes:
CLASE 1.a-HIGIENE.
Sección 1. a -Microbiología aplicada á la Higiene.
2.a-Profilaxis de las enfermedadestransmisibles.
2.a-Climatología y topografía médi-
"
"
"
caso
4.a-Higiene urbana.5.a-Idem de alimentación.6.a-Idem infantil y escolar.7.a-Idem del ejercicio y del trabajo.8.a-Idem militar y naval.9.a-Idem veterinaria, civil y militar.
lO.a-Arquitectura é ingeniería sanitarias.
"
"
"
"
"
"
- 22-
CLASE 2.a_ DEMOGRAFÍA.
Sección 1.a_Técnica de la estadística demográfica.
2.a_Resultados estadísticos.3.a
- Demografía dinámica."
Art. 8. o Las Memorias y comunicaciones detodo género que deban ser objeto de los 'trabajosdel Congreso, se dirigirán al Secfetario general, que residirá en Madrid.
Su presentación se verificará antes del 1. o deEnero de 1898.
Art. n.O Los trabajos remitidos al Congresodeberán estar escritos en cualquiera de losidiomas siguientes: latín, español, portugués,italiano, francés, inglés ó alemán, que serántambién los idiomas oficiales del Congreso en
las Secciones.No se admitirán trabajos que hayan sido an
teriormente publicados ..
Art. 10. Para facilitar la discusión se remitirá á los congresistas inscriptos, dos meses
antes de la reunión del Congreso, un Extractode todas las comunicaciones recibidas: con este
objeto deberán los autores de dichas comunicaciones acompañarlas de un corto resumen de su
trabajo en forma de conclusiones. Este resumen
habrá de estar redactado en español ó francés.Art. 11. Las sesiones del Congreso serán
- 23-
generales y de Sección. Habrá una sesión general de apertura y otra de clausura, pudiendocelebrarse también sesiones generales para tratar de cuestiones que puedan motivar acuerdosdel Congreso, siempre que sean necesarias, á
juicio de la Mesa.Art.12. En la sesión general de apertura se
nombrará definitivamente la Mesa del Con
greso, compuesta de un Presidente, dos Vicepresidentes, un Secretario general, tres Secretarios adjuntos y los Presidentes honorarios quela Sección ejecutiva de la Junta de propaganday organización proponga. El Presidente de dicha Sección será el Presidente técnico del Con
greso.También se nombrarán en dicha sesión de
apertura las Mesas definitivas de las Secciones,que se constituirán á semejanza de la del-Congreso.
Art. 13. En la sesión de clausura se seña
larán el sitio y la fecha de la próxima reunióndel Congreso y se votarán definitivamente losacuerdos presentados por las Secciones, si loshubiere.
A.rt. 14. Las Secciones celebrarán una se
sión diaria. La orden del día se señalará por laMesa de cada Sección y se anunciará, veinticuatro horas antes, en el Diario del Congreso.
Art. 15. El debate comenzará por la lecturade la comunicación ó nota referente al tema, en
--�24 -:-
la cual no podrán emplearse más de quince minutos. Cuando por su extensión haya de ocuparesta lectura más tiempo, se leerán solamente lasconclusiones del trabajo, á no ser que la Mesade la Sección acuerde que éste se lea íntegro.
Art. 16. Los congresistas que deseen tomar
parte en la discusión podrán hacer uso de la palabra durante un tiempo que no excederá dediez minutos.
Art. 17. No se permitirá á ningún orador
que hable del mismo asunto más de dos veces.
Art. 18. En el caso de que antes de llegar lahora señalada para terminar la sesión se hubiera agotado la orden del día, podrá ser permitida la discusión de temas que no vayan inc1uídos en el programa oficial, siempre que sus
autores los hayan anunciado con un mes de
anticipación á la Secretaría general de la Juntade propaganda y organización y esta Junta los
haya aprobado.Art. 19. No se permitirán en las sesiones
generales ni en las de las Secciones votacionessobre cuestiones científicas.
Todas las demás de carácter práctico y quemotiven acuerdos del Congreso, podrán vo
tarse. El encargado de defender estas proposiciones en las sesiones generales será nombrado
por la Sección correspondiente.Quedan prohibidas las discusiones políticas
y religiosas.
�25-
Art. 20. Corresponde al Presidente de laSección dirigir el debate, de acuerdo con 10 preceptuado en este Reglamento y con arregloal uso.
Art. 21. El Presidente efectivo de una Sección podrá ser sustituído en la Presidencia porcualquiera de los Presidentes honorarios ó delos Vicepresidentes que él designe.
Art. 22. La Secretaría de cada Sección re
dactará el acta diaria y se encargará de proporcionar á la Secretaría general del Congresotodas las Memorias, comunicaciones y notas
presentadas y leídas en su Sección respectiva yel extracto de la discusión, para que puedanpublicarse en el Libro de Actas de las sesionesdel Congreso.
Á este fin, deberán los oradores que no
hayan presentado Memorias ó comunicaciones
escritas, entregar al Secretario de la Secciónrespectiva el extracto ó nota de las opinionespor ellos expuestas.
Art. 23. Además de las sesiones generalesy de las que celebren las Secciones, podrándarse conferencias á horas especiales, que se
anunciarán también con tiempo. La Junta de
propaganda y organización del Congreso invitará á los hombres de ciencia más notables yconocidos por sus trabajos en Higiene y Demo
grafía á que se encarguen de dichas conferencias.
-26-
Art. 24. Durante la celebración del Con
greso se publicará un Diario donde se insertarán la orden del día de cada Sección, el programa de visitas, festejos y solemnidades, ytodo cuanto pueda ser de interés para los con
gresistas.Art.25. Terminado el Congreso, y á su de
bido tiempo, se publicará un Libro de Actas desus sesiones, con los discursos, comunicacionesleídas y conferencias Estos trabajos se publicarán íntegros ó en extracto, según su exten
sión y el parecer de la Comisión nombrada alefecto.
No se publicarán los trabajos que no hayansido leídos ó tratados en las Secciones. Losidiomas en que se redactará el Libro de Actasserán el francés y el español.
De este libro se remitirá un ejemplar á cada
congresista.
..................................................................•................. ,
IX CONGRESO INTERNHIONAl DE HIGIENE Y DEMOGRAFIAEN MADRID;, AB�IL DE 1 EeS
CÉDULA DE ADHESIÓN (1)
Sr. D.
ProfesiÓ1'l y títulos .. -- . ------------------------------------------------------.- .
Domicilio
COMUNICACIONES ANUNCIADAS (2)
(Fecha y Ilrma.)
(1) Remitir esta cédula antes del día 1.° de Enero de 1898, al Sr. D. Amalio Gimeno, Secre
tario general de la Junta de propaganda y organización: Madrid, Ministerio de la Gobernación.(2) Se constgnara el título del tema que se remita al Congreso, especificando el idioma en que
está redactado y teniendo en cuenta los artículos 9.° y 10 de este Reglamento.
Reglamentos
11111111111111111111111111111111111111111111086 212 465