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DDU 391 0465 MAT.: Aplicación articulos 1.1.2. y 2 16 11. de la OGUe de características del la edificació n continua. Deja sin efecto Circu lar DDU NORMAS URBANISTICAS, SISTE MA DE AGRUPAMI ENTOS, EDIFICACIO N Co'NTINUA. SANTIAGO, o 6' DIC . 2017 A SEGÚN DISTRIBUCIÓN. DE JEFE DIVI S IÓN DE DE SARROLLO URBANO . 1. Con forme a las facultades establecidas en el artículo 4° de la Ley General de I I Urba n ismo y Construcciones (LGUC) se ha est imado necesario em it ir la present e circu lar con el fin de im pa rtir inst rucciones sobre la aplicación I die los artículos . .I 1. 1.2. Y 2.6.1. de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones (OGUC) I I I para la ed ificación continua, en relación a sus características a partir del plano de fachada. 2. Al respecto, cabe hacer ¡presente que el artículo 1.1. 2. de la OGUF define como edificación continua "la emp lazada a pa rtir de los deslindes t etereles opues tos o concu rren tes de un mis mo predio man teniendo un mis mo plano de 'fachada con la , I edif icación colindante y cump liendo con la altura que estab lece el ins trum ento de , I planificación territ orial.". 3. En atenció n a la definición anter ior, es preciso ten er presente lo indicado en la circular DDU - ESPE CIFI CA N° 0 3/ 2014 en relación con la ap licación del sistema de agr upamiento continuo: 1 I "a) Es obligatorio que el .proyecto ocupe todo el frente del predio . sy« sea entre los deslindes l ater ales opuestos o en tre los des lindes (como sería el caso de t er renos esquina). , b) La al tura y profun didad de la edificación, son má x imos que no pueden sobrepasarse, p udie ndo el proyecto en todo caso presente]: di me nsiones men ores en estos espectos. Cabe recor dar que la " altura no es una norma ur b aní stica en el inciso sexto del artículo 11 6 de la LGUC. I c) Puede convtvtr con :la norma de an tejardín, en cuyo caso, la edificación continua debe emp lazarse a pa rtir de la línea de editicecion; 'siendo el área entre ésta y la línea el que define el an teja rdín." ! I ' I 4. Asimismo, cabe tener presente que el sistema de agrupamiento continuo es una , , herrami ent a que configura la fisonomí a del espacio público, constituy éndose en una características arquitectó nica y morfológica de la zona esdb leci da por el respectiv o Plan Regul ad or . 5. De lo señalado preced entemente, y lo indicado expresamente en la Circular DDU- E SP ECIFICA 0 3/2014, es posible ente nde r, que la profundidad de la edificación continua debe cu mp lirse a partir del plano de fachada. Ministerio de Vivienda y Urbanismo - Alameda 924 - Santiago - Chile Página 1 de 2

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DDU 391

0465

MAT.: Aplicación articulos 1.1.2. y 216

11. de la OGUeresp~cto de características de l la edificació ncontinua .Deja sin efecto Circu lar DDU ~610 .

NORMAS URBAN I STI CAS, SISTE MA DEAGRUPAMI ENTOS, EDIFICACIO N Co'NTINUA.

SANTI AGO, o6' DIC. 2017

A SEG ÚN DI STRI BUCIÓN .

DE JEFE DIVIS IÓN DE DESARROLLO URBANO .

1. Conforme a las facul tades establecidas en el art ículo 4° de la Ley Genera l deI I

Urba nismo y Const rucc iones (LGUC) se ha est imado necesario em itir la presentecircu lar con el fin de im partir instrucciones sobre la ap licac ión Idie los art ículos

. . I1. 1.2. Y 2.6.1. de la Ordenanza Genera l de Urba nismo y Construcciones (OGUC)

I I I

para la edificac ión con t inua, en relación a sus característ icas a part ir del plano defachada.

2. Al respect o, cabe hacer ¡presente que el art ículo 1.1.2. de la OGUF define comoedificación cont inua "la emplazada a partir de los deslindes tetereles opues tos oconcurren tes de un m ismo predio manteniendo un mismo plano de 'fachada con la

, I

edificación colindante y cumpliendo con la altura que establece el instrumento de, I

planificación terri torial.".

3. En atención a la defin ición ante rior, es prec iso tener prese nte lo indicado en lacircular DDU - ESPECIFICA N° 0 3/2014 en relación con la ap licación del siste made agrupa m iento cont inuo: 1 I

"a) Es obliga to rio qu e el .proyecto ocupe todo el fren te del predio. sy« sea entre los

deslindes laterales opues tos o entre los deslindes concurrent~s ( com o sería elcaso de terrenos esquina).

,

b) La altura y pro fundidad de la edificación, son má ximos que no puedensobrepasarse, pudiendo el proyecto en todo caso presente]: dimensionesmenores en estos espectos. Cabe recordar que la "altura míni~a" no es unanorma urbanística re~onocida en el inciso sex to del artículo 11 6 de la LGUC.

Ic) Puede convtvtr con : la norma de antejardín, en cuyo caso, la edificac ión

cont inua debe emplazarse a partir de la lín ea de editicecion ; 'siendo el áreaentre ésta y la línea ~ficial, el que define el antejard ín." ! I

' I4. Asimismo, cabe tener presente qu e el siste ma de ag rupa m iento cont inuo es una, ,

herramienta que configura la fi sonomía del espacio público, const it uy éndose enuna caracte ríst icas arquitectó nica y morfológica de la zona esdblecida por elrespectivo Plan Regul ador.

5. De lo seña lado precedentem ente, y lo indicado ex presa me nte en la Circular DDU­ESPECIFICA N° 0 3/2014, es posible ente nde r, que la profundidad de laed if icación cont inua debe cumplirse a partir del plano de fachada.

~~~~~~~~ Ministeri o de Vivi enda y Urbanismo - Alame da 924 - Sant iago - Chile Página 1 de 2

Page 2: DDU 391 0465 - Minvu...DDU 391 0465 MAT.: Aplicación articulos 1.1.2. y 2 16 11. de la OGUe resp~cto de características del la edificación continua. Deja sin efecto Circular DDU

6. Asimismo, por requerim ientos particu lares de diseño, dentro de la pro fund idadmáxima de la ed iflcación continua establecida por el plan regu lador, el cuerpocontinuo puede presentar interrupciones en el deslinde, y/o presentar al inte riorde l vo lumen m ismo, vacíos, característ icas que no alterarían I~ cond ición decontinuidad y las particu laridades de la m isma que estableció el IPT.

I

7.

8.

Por otra parte, en armonía con lo seña lado en la Circu lar DDU 109 -referida a laaplicación de rasantes-, I la parte aislada del volumen al interior ~ el predio quesobrepase la profundidad máxima de la edificación continua, debe~á cumplir con

I

las normas sobre rasantes que se determ inen en el inst rumento de plan if icac iónterritoria l respectivo o en su defecto las que establece la OGUC para la edif icac iónaislada.

Lo señalado en los nu ~era les anteriores, es sin perju icio de lal ap licación de, I

disposiciones especiales' que el respectivo plan regulador establezca sob re elemplazamiento de otros vo lúmenes posterio res a la profund ida d máxima , en

Iatención a que conforme' lo dispone el inciso cuarto de l artículo 2.6. L de la OGUC,"Los Planes Reguladores Comunales podrán establecer las características quedeberán cumplir las edificaciones continuas, incluidas las pdsibilidades de

I

retranqueos, encuentros , con predios en que exista edificación 'eistede, y sitiosI I

esquina en zonas con entejerdin obligatorio. "(el destacado es nuestro)., I

9. Finalmente, en zonas donde el plan regu lador no estab lezca la pro fund idad de laed if icac ión continua, se ha seña lado conforme a lo instruido med iante la Circula rDDU-E5PECIFICA 03/2014, que esta será de libre determinación , pud iendo en

I Iconsecuencia , la edificación unirse en cua lquier parte a los des lindes, deb iendorespetar en todo caso , el resto de normas urbanísticas que le sean ap licab les,tales como la altura máxima de edificación y los coeficientes del ocupación desue lo y de los pisos superiores.

10. Conforme a lo anterior, se deja sin efecto la Circu lar Ord.DDU 360.

IN° 0223 de l 12.06.17.

I

Saluda atentamente a Ud.,

Página 2 de 2

-'*

/ P C /~~STRIBUCIÓN:

Sra. Ministra de Vivi enda y Urbanismo.Sr. Subsecretario de Viv ienda y Urbanismo.

3. Sr. Contralor General de la Repúb lica .4 . Bib lioteca de l Congreso Nacional.S. Sres. I ntendentes Regiona les 1 a XV y Región Met ropol itana.6. Sres. Jefes de Div isión MINVU.7 . Contraloría Interna MINVU.8. Sres . Secretarios Regiona les Ministeri ales MINVU.9. Sres. Directores Regio nales SERVIU.10. Sres. Directores de Obras Municipales (a/c SEREMI MIN VU) .11. Sres. Asesores Urbanistas (a/c SEREMIMINVU).12. Sres . Secretarios Comunales de Planificación y Coordinación (a/c SEREMI MINVU) .13 . Depto. de Ordenam iento Terr ito rial y Medio Ambiente (GORE Met ropo litano ) .14. Sres. Jefes Depto. D.D.U .15 . Sres. Jefes Depto. D. U. e l. SEREMI Regionales .16. Cáma ra Chilena de la Const rucción.17 . Insti tuto de la Construcción.18. Coleg io de Arq uitectos de Chile .19 . Asociación Chi lena de Mun icipa lidades.20. Sr. Secreta rio Ejecutivo Consejo de Monumentos Nacionales.21. Bib lioteca MINVU22. Mapoteca D.D .U.23. OIRS .24 . Jefe SIAC.25. Arc hivo DDU.26. Of icina de Partes D.D. U.27 . Oficina de Partes MINVU Ley 20.285 artícu lo 7 let ra g.

!!!!!!!~~~~~~~~ Ministerio de Viv ienda y Urban ismo - Alameda 924 - San t iago - Chile