2
CONTRATO DE ARRENDAMIENTO Conste por el presente documento, el contrato de arrendamiento que celebran, de una parte don Teófilo BASILIO HUAMAN, identificado con DNI Nº 04018979 domiciliado en el caserío de Iscucancha, provincia Daniel Alcides Carrión, departamento de Pasco; en adelante EL ARRENDADOR; y de la otra parte don Nilo HERMITAÑO ROBLES identificado con DNI Nº 40347606 domiciliado en la comunidad campesina de Andachaca, distrito Daniel Alcides Carrión, departamento de Pasco; en adelante EL ARRENDATARIO; el GARANTE de este contrato es el Sr. Román ROBLES SANCHEZ identificado con DNI Nº 23172155 natural de la comunidad campesina de Pomayarus; en los términos siguientes: PRIMERO EL ARRENDADOR es propietario de: - 2 Vacas adultas (4 y 3 años); 2 Terneras (1 año) total 4 - 31 alpacas hembras; 8 alpacas machos, 11 alpacas pequeñas; 5 paitados total 55 - 10 llamas hembras (Adultas); 2 llamas machos (Adultos); 3 llamas pequeñas (2 meses c/u) total 15 - 13 ovinos hembras (Adultos); 2 ovinos machos (Adultos); 1 lechón; 1 cordero= total 17 SEGUNDO Por el presente documento, EL ARRENDADOR da en arrendamiento a EL ARRENDATARIO, los animales descritos en la cláusula anterior; para su crianza y mantenimiento. TERCERO El plazo de duración del presente contrato es de 1 año, que se inicia el 19 de febrero de 2015, venciendo indefectiblemente dentro de un año, fecha en que EL ARRENDATARIO entregará los animales materia del presente a EL ARRENDADOR, sin necesidad de requerimiento judicial, ni extrajudicial alguno. CUARTO Durante la etapa de arrendamiento tanto ARRENDATARIO como ARRENDADOR asumirán las siguientes disposiciones: - Sobre los gastos de curación de los animales serán a medias. - Los gastos de sal serán a medias. - La producción de lana será repartido a medias. - Sobre la repartición de crías serán a medias. QUINTO EL ARRENDATARIO se compromete a velar por la alimentación y cuidado de los animales, debiendo informar acerca de las enfermedades que pudieran atacar a dichos animales; por lo cual, en caso de pérdidas injustificadas el ARRENDATARIO deberá reponerlos animales perdidos con otros equivalentes en edad y condiciones. SEXTO EL ARRENDATARIO declara recibir los animales, materia de contrato, en perfectas

Contrato de Arrendamiento

Embed Size (px)

DESCRIPTION

dfgdf

Citation preview

CONTRATO DE ARRENDAMIENTO

CONTRATO DE ARRENDAMIENTO

Conste por el presente documento, el contrato de arrendamiento que celebran, de una parte don Tefilo BASILIO HUAMAN, identificado con DNI N 04018979 domiciliado en el casero de Iscucancha, provincia Daniel Alcides Carrin, departamento de Pasco; en adelante EL ARRENDADOR; y de la otra parte don Nilo HERMITAO ROBLES identificado con DNI N 40347606 domiciliado en la comunidad campesina de Andachaca, distrito Daniel Alcides Carrin, departamento de Pasco; en adelante EL ARRENDATARIO; el GARANTE de este contrato es el Sr. Romn ROBLES SANCHEZ identificado con DNI N 23172155 natural de la comunidad campesina de Pomayarus; en los trminos siguientes:

PRIMEROEL ARRENDADOR es propietario de:- 2 Vacas adultas (4 y 3 aos); 2 Terneras (1 ao) total 4- 31 alpacas hembras; 8 alpacas machos, 11 alpacas pequeas; 5 paitados total 55- 10 llamas hembras (Adultas); 2 llamas machos (Adultos); 3 llamas pequeas (2 meses c/u) total 15- 13 ovinos hembras (Adultos); 2 ovinos machos (Adultos); 1 lechn; 1 cordero= total 17SEGUNDOPor el presente documento, EL ARRENDADOR da en arrendamiento a EL ARRENDATARIO, los animales descritos en la clusula anterior; para su crianza y mantenimiento.TERCERO El plazo de duracin del presente contrato es de 1 ao, que se inicia el 19 de febrero de 2015, venciendo indefectiblemente dentro de un ao, fecha en que EL ARRENDATARIO entregar los animales materia del presente a EL ARRENDADOR, sin necesidad de requerimiento judicial, ni extrajudicial alguno.CUARTODurante la etapa de arrendamiento tanto ARRENDATARIO como ARRENDADOR asumirn las siguientes disposiciones:- Sobre los gastos de curacin de los animales sern a medias.

- Los gastos de sal sern a medias.

- La produccin de lana ser repartido a medias.

- Sobre la reparticin de cras sern a medias.

QUINTO

EL ARRENDATARIO se compromete a velar por la alimentacin y cuidado de los animales, debiendo informar acerca de las enfermedades que pudieran atacar a dichos animales; por lo cual, en caso de prdidas injustificadas el ARRENDATARIO deber reponerlos animales perdidos con otros equivalentes en edad y condiciones.SEXTOEL ARRENDATARIO declara recibir los animales, materia de contrato, en perfectas condiciones; comprometindose a devolverlo en el mismo estado, salvo el desgaste propio del transcurso de vida de los animales.El seor Roman Robles Sanchez con DNI 23172155 natural de la Comunidad Campesina de Pomayaros queda como garanta de dicho de contrato.

Ambas partes declaran su conformidad con las clusulas que anteceden y en tal virtud lo suscriben por duplicado en la fecha.

Pasco, 19 de febrero de 2015 ___________________ ___________________ EL ARRENDADOR EL ARRENDATARIO ___________________ EL GARANTE