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Expediente: ATL001/12
PLIEGO DE CLAÚSULAS ADMINISTRATIVAS Y TÉCNICAS PARTICULARES PROCEDIMIENTO ABIERTO
CONTRATACIÓN DE LAS OBRAS Y TRABAJOS DE GESTIÓN COMPLEMENTARIOS PARA EL CENTRO DE VUELOS
EXPERIMENTALES “ATLAS” EN VILLACARRILLO (JAEN)
PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS Y TÉCNICAS PARTICULARES
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ELEMENTOS DEL CONTRATO .................................................................................................................. 4
1. RÉGIMEN DEL CONTRATO ........................................................................................................ 4 2. OBJETO DEL CONTRATO ........................................................................................................... 4 3. ÓRGANO DE CONTRATACIÓN .................................................................................................. 5 4. RÉGIMEN JURÍDICO ................................................................................................................... 5 5. PRECIO DEL CONTRATO ........................................................................................................... 6 5.1 Aspectos incluidos .........................................................................................................................6 5.2 Modificaciones................................................................................................................................7 5.3 Forma de pago ...............................................................................................................................8 5.4 Propiedad .......................................................................................................................................8 5.5 Precios Unitarios ............................................................................................................................8 5.6 Maquinaria y medios auxiliares ......................................................................................................9 5.7 Tramitaciones y legalizaciones ......................................................................................................9 5.8 Aplicación de precios unitarios.................................................................................................... 10 5.9 Consultas y observaciones ......................................................................................................... 10 5.10 Procedimiento de modificaciones ............................................................................................... 10 6. PRESUPUESTO Y APROBACIÓN DEL GASTO ....................................................................... 11 7. PLAZO DE EJECUCIÓN DE LAS OBRAS ................................................................................. 12 8. CAPACIDAD PARA CONTRATAR ............................................................................................. 12 9. CLASIFICACIÓN DE LOS INTERESADOS ............................................................................... 13 10. PERFIL DEL CONTRATANTE.................................................................................................... 13
ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO .......................................................................................................... 13
11. ADJUDICACION DEL CONTRATO ............................................................................................ 13 11.1 Lugar, forma y plazo de presentación de las proposiciones ....................................................... 14 11.2 Forma de presentación de las proposiciones ............................................................................. 14 12. SELECCIÓN DEL CONTRATISTA Y ADJUDICACIÓN ............................................................. 21 12.1 Recepción de documentación ..................................................................................................... 21 12.2 Órganos competentes ................................................................................................................. 22 12.3 Valoración Administrativa ............................................................................................................ 22 12.4 Valoración Técnica y Económica ................................................................................................ 22 12.5 Adjudicación Provisional ............................................................................................................. 23 12.6 Declaración de concurso desierto ............................................................................................... 23 12.7 Documentación previa a la Adjudicación Definitiva .................................................................... 24 12.8 Adjudicación definitiva del contrato ............................................................................................. 25 13. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO ......................................................................................... 25
EJECUCIÓN DEL CONTRATO ................................................................................................................. 26
14. ACTUACIONES PREVIAS AL INICIO DE LAS OBRAS ............................................................ 26 14.1 Plan de seguridad y salud en el trabajo ...................................................................................... 26 14.2 Seguros ....................................................................................................................................... 26 14.3 Maquinaria, medios auxiliares, personal, mano de obra y subcontratas .................................... 28 15. INICIO DE LAS OBRAS .............................................................................................................. 29 16. PROGRAMA DE TRABAJO........................................................................................................ 29 17. INSPECCIÓN Y DIRECCIÓN FACULTATIVA DE LAS OBRAS ................................................ 30 18. PRESCRIPCIONES PARA LA EJECUCIÓN DE LAS OBRAS .................................................. 31 18.1 Obligaciones laborales, sociales y económicas del adjudicatario .............................................. 31 18.2 Ensayos y análisis de materiales y unidades de obra ................................................................ 31 18.3 Productos industriales de empleo en la obra .............................................................................. 32 18.4 Oficina de la empresa y de obras ............................................................................................... 33 18.5 Señalización de las obras ........................................................................................................... 33 18.6 Información y difusión de las obras ............................................................................................ 33 19. PLAZOS Y PENALIDADES POR MORA .................................................................................... 34
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20. RÉGIMEN DE PAGOS ................................................................................................................ 35 20.1 Certificaciones ............................................................................................................................. 35 20.2 Precios ........................................................................................................................................ 35 20.3 Abonos de las unidades de obra................................................................................................. 36 20.4 Unidades de obra defectuosas, mal ejecutadas o no ajustadas al proyecto .............................. 37 20.5 Abono de las unidades de seguridad y salud ............................................................................. 39 20.6 Obligatoriedad del contratista de entregar toda la documentación relativa en materia de
seguridad. .................................................................................................................................... 40 21. SUSPENSIÓN DEL CONTRATO DE OBRAS ............................................................................ 40 22. MODIFICACIÓN DEL CONTRATO DE OBRAS ......................................................................... 40 23. ALTA DE LAS INSTALACIONES, MÁQUINAS Y EQUIPOS ..................................................... 41 24. RECEPCIÓN DE LAS OBRAS ................................................................................................... 41 25. CERTIFICACIÓN FINAL DE LAS OBRAS ................................................................................. 44 26. PLAZO DE GARANTÍA ............................................................................................................... 45 27. LIQUIDACIÓN DE LAS OBRAS ................................................................................................. 45 28. RESOLUCIÓN DEL CONTRATO ............................................................................................... 47 29. DEBER DE COLABORACIÓN, DILIGENCIA Y BUENA FE ....................................................... 47 30. RÉGIMEN JURÍDICO Y JURISDICIÓN ...................................................................................... 48
ANEXO I: CUADRO DE CARACTERÍSTICAS DEL CONTRATO ........................................................... 49
ANEXO II: REQUISITOS DE TÉCNICOS ASIGNADOS CON CARÁCTER PERMANENTE .................. 54
ANEXO III: CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN Y BAREMOS DE VALORACIÓN .................................... 55
ANEXO IV: PROPOSICIÓN ECONÓMICA ............................................................................................... 58
ANEXO V: MODELO DE AVAL PARA GARANTÍA PROVISIONAL ....................................................... 59
ANEXO VI: MODELO DE CONTRATO ..................................................................................................... 60
ANEXO VII: MODELO DE AVAL PARA GARANTÍA DEFINITIVA .......................................................... 62
ANEXO VIII: DECLARACIÓN RESPONSABLE DE TENER CAPACIDAD PARA CONTRATAR .......... 63
ANEXO IX: DECLARACIÓN RESPONSABLE DEL TRLCSP ................................................................. 64
ANEXO X: PROYECTO DE EJECUCIÓN ................................................................................................. 65
ANEXO XI: DECLARACIÓN DE CONFIDENCIALIDAD .......................................................................... 66
ANEXO XII: REQUISITOS DE PUBLICIDAD ............................................................................................ 67
ANEXO XIII: PROGRAMA DE TRABAJO ................................................................................................ 68
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ELEMENTOS DEL CONTRATO
1. RÉGIMEN DEL CONTRATO
El contrato será de naturaleza privada y se regirá por la documentación contractual y las normas de
Derecho privado, de carácter civil y mercantil, del derecho común español y por las disposiciones que
resulten aplicables del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por Real
Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre(en adelante TRLCSP).
Los contratos que suscriba la Fundación Andaluza para el Desarrollo Aeroespacial, en adelante FADA,
en el desarrollo de su actividad social son de naturaleza privada en cuanto que no reúne la condición de
Administración Pública, rigiéndose en cuanto a su preparación y adjudicación, por sus propias
instrucciones internas de contratación y adjudicación de contratos de obra, servicios y suministros.
En caso de discordancia entre la documentación contractual, se estará a lo previsto al respecto en el
documento del contrato.
El desconocimiento del contrato en cualquiera de sus términos, de los documentos anexos que forman
parte del mismo, o de las instrucciones, pliegos o normas de toda índole aprobadas por FADA, que
puedan ser de aplicación en la ejecución de lo pactado, no eximirá al contratista de la obligación de su
cumplimiento.
El Pliego de Cláusulas Administrativas y Técnicas Particulares, el Pliego de Prescripciones Técnicas, sus
Anexos, la oferta presentada por el licitador así como todos los documentos del proyecto cuyas obras
son objeto de licitación, revestirán carácter contractual. El contrato se ajustará al contenido del presente
pliego, cuyas cláusulas se considerarán parte integrante del mismo.
2. OBJETO DEL CONTRATO
El contrato a que se refiere el presente pliego tiene por objeto la ejecución de las obras o trabajos (en
adelante la OBRA) que se señalan en el ANEXO I: CUADRO DE CARACTERÍSTICAS DEL
CONTRATO, así como, en su caso, los derivados de los proyectos modificados del mismo en los casos
previstos y en la forma establecida en los artículos aplicables del TRLCSP.
El Promotor de la OBRA es la Fundación Andaluza para el Desarrollo Aeroespacial (en adelante FADA o
EL PROMOTOR).
Este proyecto está financiado por la Consejería de Economía, Innovación y Ciencia, a través de la
Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía (IDEA), dentro del “Programa Fondo Social Europeo
2007-2013” del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER).
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La ejecución del contrato se ajustará al proyecto de la obra elaborado por la Ingeniería contratada a tal
efecto por FADA.
Obligatoriamente, tienen carácter contractual los siguientes documentos y este orden de prevalencia: el
contrato, el presente Pliego de Cláusulas Administrativas y Técnicas Particulares, la memoria en todo lo
referente a la descripción de los materiales básicos o elementales que forman parte de las unidades de
obra, los planos, el pliego de prescripciones técnicas, el importe del contrato, como resultado del
producto de las mediciones del proyecto por el precio unitario presentado por el adjudicatario (en
adelante el CONTRATISTA), aplicado a cada uno de los epígrafes del proyecto, el "planning" de obra,
excepto posibles propuestas de mayor detalle y/o menor plazo que puedan ser ofertadas, y la oferta
presentada por el licitador. No se admitirá como contractual documentación que no sea la descrita, salvo
especificación expresa en el contrato.
En caso de discordancia cualesquiera de los documentos contractuales, prevalecerá el orden
anteriormente descrito.
Por todo ello, dichos documentos deberán ser firmados por el adjudicatario, en prueba de conformidad,
en el acto mismo de la formalización del contrato.
El desconocimiento del contrato en cualquiera de sus términos, de los documentos anexos que forman
parte del mismo, o de las instrucciones o Pliegos, no eximirá al CONTRATISTA de la obligación de su
cumplimiento.
Para efectuar la coordinación y gestión de las obras, el PROMOTOR podrá designar a un consultor
técnico, comprendiendo dentro de sus funciones la supervisión, gestión y seguimiento de los trabajos
encargados a los contratistas, así como cualquier otro trabajo o servicio dentro del proyecto total de las
obras.
3. ÓRGANO DE CONTRATACIÓN
El órgano de contratación que actúa en nombre de PROMOTOR, es su Gerencia, según las
Instrucciones Internas de Contratación disponibles en www.atlascenter.aero.
El PROMOTOR podrá estar asesorado técnicamente por una empresa externa, que actuará como
consultor técnico en la evaluación técnica de las ofertas recibidas.
4. RÉGIMEN JURÍDICO
El contrato a que se refiere el presente Pliego tiene naturaleza privada y se regirá por lo establecido en el
presente pliego y en lo no expresamente previsto en él mismo se regirá por el derecho común que le sea
de aplicación.
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Las cuestiones litigiosas que puedan surgir sobre interpretación o modificación del contrato serán
resueltas por los juzgados y tribunales de Sevilla a cuya jurisdicción se someten las partes, renunciando
expresamente a cualquier fuero que les pudiera corresponder.
5. PRECIO DEL CONTRATO
A definir por el CONTRATISTA en su oferta según las mediciones de proyecto. El contratista deberá
entregar esas mediciones con los precios ofertados dentro del mismo sobre de oferta económica, junto
con el modelo de ANEXO IV: PROPOSICIÓN ECONÓMICA.
El precio del contrato se entiende como precio cerrado, fijo y definitivo, y no sujeto a revisión sin
que en ningún caso se admita incremento de precio como consecuencia de variaciones de las
mediciones del proyecto, ni revisión ni actualización de los precios unitarios de la oferta del adjudicatario.
El CONTRATISTA asume cualquier posible error de medición o de cualquier otra naturaleza que no sea
manifestado en su oferta.
5.1 Aspectos incluidos
Dentro del precio facilitado por el CONTRATISTA en su presupuesto, están comprendidos el coste de los
proyectos y planos adicionales que fueran necesarios así como la mano de obra, el suministro de los
materiales necesarios para llevar a cabo la ejecución de las Obras, la preparación de dichos materiales,
su transporte, movimiento y almacenamiento, los gastos necesarios para la ejecución de la instalaciones
comunes contenidas en el Estudio de Seguridad y Salud, (vestuarios y aseos, comedores, etc.).
También están comprendidos en el precio el coste de las acometidas de agua y energía eléctrica así
como sus consumos, para la OBRA, los costes de la preparación de los terrenos para el campamento de
OBRA, los accesos, los del cerramiento de la OBRA, los derivados de las medidas para la protección de
riesgos a terceros, así como también los correspondientes a las casetas de Oficinas y de Dirección
Facultativa con su mobiliario y dotaciones, así como, por supuesto, las casetas de OBRA para él, para
sus subcontratistas y almacenes, aseos, vestuarios, etc. para él, para sus subcontratistas y para el resto
de contratistas, la gestión del tratamiento de residuos según normativa aplicable .
También se incluyen dentro del precio los costes originados por la ejecución de accesos provisionales;
generadores de energía eléctrica en su caso, con sus depósitos para almacenamiento de combustible;
depósitos para suministro y almacenamiento de agua, tanto potable como para servicio de OBRA;
mantenimiento y vertido de aguas residuales; e instalaciones provisionales necesarias para la ejecución
de las obras.
Igualmente se considerarán incluidos dentro del precio los gastos de vallado del perímetro del Proyecto y
andamios, incluso permisos y licencias para la colocación de éstos, si fueran necesarias. El vallado de la
OBRA deberá cumplir con lo especificado en el proyecto y en su caso, por los requerimientos de FADA.
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Asimismo se entenderán también incluidos en el precio los carteles informativos de la OBRA, las placas a
instalar a la finalización de la actuación, planos y demás documentación, que se adecuarán a las
instrucciones del PROMOTOR, quién deberá aprobar cualquier tipo de cartel así como su
emplazamiento, con carácter previo a su instalación. En el ANEXO XII: REQUISITOS DE PUBLICIDAD
se especifican las necesidades de comunicación y publicidad que serán aplicables a la ejecución de las
obras, según normativa vigente y aplicable.
Se comprende igualmente dentro del precio, todo impuesto o gravamen derivado de la actividad
específica de la construcción que afecte al CONTRATISTA; el Beneficio Industrial; el coste de los
seguros y garantías; las obligaciones con el personal empleado en la ejecución de la OBRA; los gastos
derivados del cumplimiento del Estudio de Seguridad y Salud; el coste de elaboración del Plan de
Seguridad, así como los gastos y tasas derivados de su presentación en los Colegios Profesionales y
Organismos Oficiales.
El precio del contrato será el que resulte de la adjudicación del mismo e incluirá los Gastos Generales, el
Beneficio Industrial, el I.V.A., así como cualquier otro gasto contemplado en el presente pliego. A todos
los efectos se entenderá que las ofertas presentadas por los licitadores incluyen el I.V.A. y demás
tributos que les sean de aplicación. La oferta económica se realizará conforme al modelo especificado en
el presente Pliego.
En el precio mencionado está incluido asimismo cualquier gravamen, arbitrio, derechos, acometidas
provisionales o definitivas, tasas o impuesto que pudieran derivarse o establecerse por la ejecución de la
obra, y que serán totalmente a cargo del CONTRATISTA excepto la tasa por Licencia Municipal de Obras
o Impuesto de la Construcción que será por cuenta del PROMOTOR.
El CONTRATISTA adquirirá y tendrá a su cargo los materiales comunes, elementos auxiliares, y todos
aquellos que sean precisos para la ejecución de la obra, estando estos incluidos en el precio del contrato
conforme a lo recogido en el presente punto.
5.2 Modificaciones
El presupuesto podrá modificarse al alza o a la baja únicamente si el PROMOTOR estableciera
modificaciones al proyecto que supongan cambio de alcance o cambio de calidades, lo que a su vez
podrá conllevar modificación del programa de obra.
Dada la duración prevista para el presente contrato, su precio no podrá ser objeto de revisión, no
modificándose dicha circunstancia por la prórroga o modificación del plazo durante la ejecución del
contrato.
En ningún caso el CONTRATISTA podrá exigir del PROMOTOR por la realización total de dicha obra,
cuando ésta se ejecute de acuerdo con los documentos que forman parte de este Contrato, cantidad
superior a la indicada en esta cláusula, al ser el precio pactado cerrado, fijo y definitivo, y no sujeto a
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revisión, aunque aumenten el precio de los materiales o mano de obra, ya que esta circunstancia queda
pactada por las partes que está incluido en el presupuesto de contrata, cualquiera que sea la cuantía de
dicho aumento.
5.3 Forma de pago
El pago de todas las certificaciones se efectuará mediante la entrega por el PROMOTOR al
CONTRATISTA, de un efecto aceptado con vencimiento a 30 días desde la fecha de cierre a la
Certificación, siendo de cuenta de la CONTRATA los gastos de emisión y descuento del mencionado
efecto. La entrega a la CONTRATA del efecto aceptado deberá hacerse a la presentación por ésta de la
certificación correspondiente.
Los gastos de descuento por la ampliación del plazo de pago no excederán del resultado de aplicar el
EURIBOR vigente a la fecha de expedición incrementado en 0,5 puntos, y su pago se hará previa
justificación.
5.4 Propiedad
La totalidad de la obra ejecutada se considerará perteneciente al PROMOTOR, hállese o no pagada. El
precio de lo realizado otorga un derecho de crédito a favor del CONTRATISTA pero nunca el derecho de
retener o paralizar la obra, a la que tendrá siempre derecho de acceso y de posesión el PROMOTOR, sin
perjuicio de los derechos al cobro del CONTRATISTA y de la preferencia que el crédito pudiera tener.
5.5 Precios Unitarios
Están incluidos en los precios unitarios, siendo a cuenta del CONTRATISTA, entre otros, los siguientes
conceptos:
a. La totalidad de los materiales con su parte proporcional de recortes o pérdidas, así como
todas las piezas auxiliares y pequeño material necesario para el correcto funcionamiento de
cada unidad. Se incluye también el Impuesto sobre el Valor Añadido que grave la adquisición
de los materiales, así como el transporte en general de todos aquellos hasta su colocación en
obra.
b. La mano de obra, incluida la de ejecución de pruebas, replanteos, guardas, transportes a obra
del personal, etc., con las cargas y Seguros Sociales que marca la Ley.
c. Todas las herramientas, maquinaria, medios auxiliares, casetas de obra, andamios de
cualquier tipo, protecciones tales como vallas, pantallas, lonas, plásticos para la protección de
taludes y otros dispositivos precisos para ejecutar los trabajos, evitar daños y delimitar las
obras, incluyendo su transporte y movimientos precisos para la ejecución de las mismas.
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d. La solicitud y pago de las Licencias Administrativas, cánones, tasas, arbitrios para las obras
menores, vallas, paso de carruajes e instalaciones en general, derivados de su propia
actividad.
e. La redacción, ejecución y visados de los Proyectos Oficiales de instalaciones incluidas en el
presupuesto de contrata que fuere preciso presentar en los organismos oficiales que
corresponda, con sus gastos.
f. Acometidas provisionales y definitivas de servicios.
g. Dos reportajes fotográficos, uno terrestre, realizado a mediados de la ejecución de las obras, y
otro aéreo, realizado a la terminación de las mismas. Dichos reportajes se ejecutarán según
criterio del PROMOTOR.
5.6 Maquinaria y medios auxiliares
Será de cuenta y riesgo del CONTRATISTA el suministro, transporte, preparación, montaje y desmontaje
en obra de toda la maquinaria y medios auxiliares, asumiendo aquella por entero las responsabilidades
que se deriven de las disposiciones y condiciones de dichos medios auxiliares, en caso de insuficiencia o
imperfección de los mismos.
5.7 Tramitaciones y legalizaciones
Será de cuenta y riesgo del CONTRATISTA la gestión, tramitación y legalización de todas las
instalaciones del Centro, así como la generación de documentación necesaria para la elaboración del
Libro del Edificio.
Como consecuencia del carácter de precio cerrado, fijo y definitivo que implica la presente
contratación, cualquier otro gasto no mencionado anteriormente se considera incluido en dicho
Presupuesto, excepto que sea puesto de manifiesto por el licitante en su oferta, del modo que se
describe en el apartado de presentación de ofertas.
No podrán producirse desviaciones presupuestarias en tanto el PROMOTOR no modifique el alcance de
las obras a realizar o las calidades de los materiales o equipos comprometiéndose el adjudicatario a la
ejecución integra del objeto del contrato en el importe adjudicado.
En esta modalidad de precio cerrado se entiende que el adjudicatario conviene con el PROMOTOR que
el precio pactado le retribuye de forma equilibrada su prestación por la ejecución de la obra , lo que
implica que acepta absorber las posibles variaciones en las mediciones y las posibles indefiniciones o
errores de proyecto.
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5.8 Aplicación de precios unitarios
Dado el carácter de precio cerrado de esta contratación, los precios unitarios de la oferta del
adjudicatario sólo serán de aplicación en las siguientes ocasiones:
a. Valoración de Partidas Alzadas a justificar, si las hubiere, pues en la justificación se han de
utilizar los precios unitarios mencionados.
b. Valoración de actividades retrasadas en relación con la planificación, a fin de la aplicación de
penalizaciones por incumplimiento de la programación contractual.
c. Valoración de unidades defectuosas en el caso en que sean aceptables con penalización.
d. Valoración de la obra ejecutada, en el caso de resolución del contrato.
5.9 Consultas y observaciones
Los licitantes podrán hacer consultas y observaciones por escrito o poner de manifiesto posibles errores
del Proyecto en cualquiera de sus aspectos y especialmente en el presupuestario, en el bien entendido
de que las respuestas del PROMOTOR sólo se darán por escrito al término del periodo de consultas y
observaciones. Quedan prohibidas las consultas verbales. De esta forma las ofertas serán lo más
homogéneas posibles y no resultarán penalizados precisamente aquellos licitantes que hayan
descubierto errores, y lo repercutan directamente en los precios.
5.10 Procedimiento de modificaciones
El presupuesto sólo podrá ser modificado como consecuencia de una Orden de Cambio dada por el
PROMOTOR, que suponga cambio en el alcance de la obra o programa de necesidades, o en las
calidades de las unidades de obra, según el siguiente Procedimiento:
a. Se valorará el Coste Directo según el cuadro de precios unitarios de la oferta, aplicando los
mismos coeficientes en concepto de Gastos Generales de Empresa y de Beneficio
empresarial. En caso de que aparezcan precios unitarios nuevos el adjudicatario deberá
elaborar una propuesta de su Coste Directo, acompañando toda la información necesaria
incluyendo, entre otros:
i) copia de las ofertas de subcontratistas al contratista principal,
ii) importe y características de los materiales que se proponga aportar,
vendedores de los mismos, importes a satisfacer con indicación de
costes de adquisición y transporte e impuestos,
iii) Precios descompuestos.
iv) horas de trabajo, labores a realizar, y
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v) cualquier otra información que solicite el PROMOTOR.
b. El PROMOTOR, o el consultor técnico en quién delegue, analizará y comparará la
documentación suministrada por el Contratista con la que se pueda obtener de otras fuentes
solventes, emitiendo el correspondiente informe.
c. El CONTRATISTA examinará el informe del PROMOTOR, o el consultor técnico en quién
delegue, para determinar de mutuo acuerdo el Coste Directo en cuestión.
d. A falta de acuerdo, el PROMOTOR , decidirá entre las siguientes opciones:
i) Instruir al CONTRATISTA la ejecución, por administración, de la parte
correspondiente de la Obra, debiéndose aprobar previamente por la Propiedad, los
medios destinados a su ejecución, la justificación de los costes a través de los
partes de trabajo, las facturas correspondientes a los suministros de materiales, los
partes de dedicación de maquinaria y medios auxiliares, etc.; o
ii) Instruir al CONTRATISTA para ejecutar dicha parte de la OBRA, por un
subcontratista elegido por la PROPIEDAD que, considerando la Planificación de la
Obra, asuma las condiciones adecuadas de plazo; en este caso el Coste Directo
de la parte de la OBRA realizada por dicho subcontratista será igual al precio por él
ofertado y aceptado por la Propiedad.
A todos los efectos, los subcontratistas referidos en el párrafo anterior tendrán la consideración
de Subcontratistas del CONTRATISTA; si bien, cuando dichos subcontratistas hayan sido
impuestos por el PROMOTOR contra la voluntad del CONTRATISTA, el CONTRATISTA no
responderá de los incumplimientos de tales subcontratistas, sino únicamente de su coordinación
y de la exigencia del cumplimiento de sus obligaciones.
En tanto se esté determinando el Coste Directo de cualquier parte de la Obra, el CONTRATISTA
continuará con la realización de todos los trabajos de la Obra.
6. PRESUPUESTO Y APROBACIÓN DEL GASTO
Existe autorización del gasto suficiente para atender las obligaciones económicas que se deriven para el
PROMOTOR del contrato a que se refiere el presente pliego, pudiendo el PROMOTOR resolver el
contrato si no existiera autorización del gasto adecuada y suficiente en el presupuesto del presente
ejercicio.
Cuando el contrato se formalice en ejercicio anterior al de la iniciación de la ejecución, la adjudicación
quedará sometida a la condición suspensiva de autorización del gasto adecuada y suficiente para
financiar las obligaciones derivadas del contrato en el ejercicio correspondiente, existiendo previsión de
crédito para tal fin en los Presupuestos del PROMOTOR.
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7. PLAZO DE EJECUCIÓN DE LAS OBRAS
El plazo de ejecución del contrato, así como los plazos parciales que, en su caso, pudieran establecerse,
serán los fijados en el ANEXO I: CUADRO DE CARACTERÍSTICAS DEL CONTRATO, y comenzarán
con el Acta de Comprobación del Replanteo e Inicio de las Obras.
No obstante, y de acuerdo con la propuesta técnica del adjudicatario, el PROMOTOR podrá aprobar el
programa de trabajo ofertado por el CONTRATISTA, en el que se incluirán los plazos totales y parciales
obligatorios o hitos a los que se obliga.
En todo caso, se considerará que todas las fechas que figuren en el programa de obra están dentro del
plazo arriba indicado.
8. CAPACIDAD PARA CONTRATAR
Están facultadas para contratar las personas naturales o jurídicas, españolas y extranjeras que, teniendo
plena capacidad de obrar, no estén en el R.A.I. (Registro de Aceptaciones Impagadas), no se hallen
comprendidas en alguna de las circunstancias que señala el artículo 54 y siguientes del TRLCAP, y
acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional, conforme se indica en la cláusula
novena del presente pliego.
Estarán igualmente capacitadas las Uniones de Empresarios que se constituyan temporalmente al
efecto. Dichos empresarios quedarán obligados solidariamente ante el PROMOTOR y deberán nombrar
un representante o apoderado único de la agrupación con poderes bastantes para ejercitar los derechos
y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo, sin perjuicio de la
existencia de poderes mancomunados que puedan otorgar las empresas para cobros y pagos de cuantía
significativa. La constitución deberá formalizarse en escritura pública si se efectúa adjudicación a su
favor. La duración de las Uniones Temporales de Empresarios será coincidente con la del contrato hasta
su extinción.
El contrato se otorgará con una sola persona o entidad, pudiéndose asimismo contratar con Uniones
Temporales de Empresas constituidas al efecto.
La finalidad o actividad del adjudicatario deberá tener relación directa con el objeto del contrato según
resulte de sus respectivos estatutos o reglas fundacionales y se acredite debidamente, debiendo
disponer de una organización con elementos personales y materiales suficientes para la debida ejecución
del contrato.
Además de los requisitos reseñados, los interesados deberán acreditar la adecuada clasificación, a tenor
de la cláusula 9. CLASIFICACIÓN DE LOS INTERESADOS del presente pliego.
No podrán concurrir a la licitación aquellas empresas que hubieren participado en la elaboración de las
especificaciones técnicas a que se refiere el presente contrato, siempre que dicha participación pueda
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provocar restricciones a la libre concurrencia o suponer un trato privilegiado con respecto al resto de las
empresas licitadoras.
Los que contraten con el PROMOTOR, podrán hacerlo por sí, o mediante la representación de personas
debidamente facultadas para ello.
9. CLASIFICACIÓN DE LOS INTERESADOS
La clasificación exigida para esta contratación, será la reflejada en ANEXO I: CUADRO DE
CARACTERÍSTICAS DEL CONTRATO.
Se presentará también declaración responsable en la que se indique que la clasificación definitiva que se
adjunta se encuentra vigente, así como las circunstancias que sirvieron de base a la misma. Se excluirán
del presente Concurso aquellas empresas que no tengan la clasificación solicitada.
No obstante lo señalado en el párrafo anterior, cuando en el conjunto de las obras a las que se refiere
este Pliego se de la circunstancia de que una parte de ellas tenga que ser realizada por causas
especializadas, como es el caso de determinadas instalaciones, y el adjudicatario no estuviese
clasificado en la especialidad de que se trate, deberá subcontratar esta parte de la obra con otro u otros
clasificados en el subgrupo o subgrupos correspondientes y no le será exigible al principal la clasificación
en ellos, debiendo presentar con la documentación el compromiso de subcontratar así como los
documentos que acrediten la clasificación de la empresa subcontratada. El importe de todas las obras
sujetas a esta obligación de subcontratar no podrá exceder del 50 por 100 del precio del contrato.
10. PERFIL DEL CONTRATANTE
El acceso al perfil de contratante se efectuará a través de la página Web: http://www.atlascenter.aero/ en
su apartado “Perfil del Contratante”.
ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO
11. ADJUDICACION DEL CONTRATO
El contrato de obra se adjudicará mediante la forma de concurso sin variantes por procedimiento abierto,
según se especifica en el ANEXO I: CUADRO DE CARACTERÍSTICAS DEL CONTRATO.
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11.1 Lugar, forma y plazo de presentación de las proposiciones
Cada licitador sólo podrá presentar una única propuesta, no pudiendo figurar en más de una, tanto si se
presente a título individual como si lo hace en Unión Temporal de Empresas. La contravención de esta
norma producirá la desestimación de todas las propuestas por suscritas por el mismo licitador.
Las solicitudes de participación, acompañadas de la documentación que acredite la personalidad del
interesado, su representación, en su caso, y los requisitos de solvencia, en los términos que se
establecen en el presente pliego, se presentarán, en el lugar y plazo señalado siguientes:
FADA – Fundación Andaluza para el Desarrollo Aeroespacial
C/ Wilbur y Orville Wright nº 17-19-21
41309 - La Rinconada (Sevilla)
La presentación podrá realizarse mediante entregas en las oficinas que indican o bien mediante envío
por correo o mensajería.
No obstante, transcurridos cinco días naturales desde la terminación del plazo, no será admitida ninguna
proposición enviada por correo.
Los interesados podrán solicitar formalmente una copia del Proyecto de Ejecución y la documentación
técnica complementaria en las oficinas señaladas anteriormente.
La presentación de proposiciones presume por parte del licitador la aceptación incondicional de las
cláusulas de los correspondientes pliegos y la declaración responsable de que reúne todas y cada una
de las condiciones exigidas para contratar con el PROMOTOR
El Plazo de presentación de la ofertas será conforme a lo definido en el ANEXO I: CUADRO DE
CARACTERÍSTICAS DEL CONTRATO.
11.2 Forma de presentación de las proposiciones
Los licitadores deberán presentar tres sobres, firmados y cerrados, de forma que se garantice el secreto
de su contenido, señalados con los números 1, 2 y 3.
Toda la documentación de las proposiciones presentadas deberá estar redactada en castellano.
El licitador entregará también una copia en soporte informático de toda la documentación contenida en
cada sobre y que incluirá a su vez en el sobre correspondiente.
En el interior de cada sobre se hará constar en hoja independiente su contenido siguiendo la numeración
que se especifica en el presente apartado.
En todos los casos, en cada uno de los sobres figurará externamente el nombre del licitador, domicilio
social, teléfono y fax a efectos de comunicaciones, así como el título de la obra, e incluirá la
documentación que a continuación se indica, que podrá aportarse en original o mediante copias que
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tengan carácter de auténticas, a excepción de aquellos documentos que acrediten la constitución de la
garantía provisional, que deberán ser en todo caso originales.
11.2.1 Sobre nº 1. Título: Documentación Acreditativa
Deberá tener el siguiente título: "SOBRE Nº 1:” seguido del objeto exacto del contrato que se recoge en
el apartado del ANEXO I: CUADRO DE CARACTERÍSTICAS DEL CONTRATO.
Los documentos a incorporar en este sobre se aportarán separados en dos carpetas, ordenados tal como
se indica a continuación.
CARPETA 1: ACREDITACIÓN GENERAL
a) Documento justificativo de haber constituido la garantía provisional
La garantía provisional, por el importe establecido en el ANEXO I: CUADRO DE CARACTERÍSTICAS
DEL CONTRATO, podrá constituirse en cualquiera de las siguientes formas previstas:
La garantía se constituirá mediante Pro- forma de aval bancario que se indica en el ANEXO V:
MODELO DE AVAL PARA GARANTÍA PROVISIONAL, prestado por alguno de los bancos, cajas de
ahorros, cooperativas de crédito, establecimientos financieros de crédito y sociedades de garantía
recíproca autorizados para operar en España, y deberá aportarse el documento original.
En el caso de las uniones temporales de empresarios las garantías provisionales podrán constituirse
por una o varias de las empresas que concurran agrupadas, siempre que en conjunto se alcance la
cuantía requerida y garantice solidariamente a todos los integrantes de la unión temporal.
La garantía provisional responderá del mantenimiento de las ofertas de los licitadores hasta la
adjudicación del contrato. La garantía provisional se extinguirá automáticamente y será devuelta a los
licitadores inmediatamente después de la adjudicación del contrato. En todo caso, la garantía será
retenida al adjudicatario hasta que proceda a la constitución de la definitiva.
Si algún licitador retira su proposición injustificadamente antes de la adjudicación, o si el adjudicatario
no constituye la garantía definitiva o, por causas imputables al mismo, no pudiese formalizarse el
contrato, se procederá a la ejecución de la garantía provisional. La falta de contestación a la solicitud de
información, o el reconocimiento por parte del licitador de que su proposición adolece de error, o
inconsistencia que la hagan inviable, tendrán la consideración de retirada injustificada de la proposición.
b) Documentos acreditativos de la personalidad y capacidad del licitador
1.- Si el licitador fuere persona jurídica, deberá presentar copia autentificada o testimonio notarial de la
escritura de constitución y de modificación, en su caso, inscritas en el Registro Mercantil, cuando este
requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. Si no lo fuere, la
acreditación de la capacidad de obrar se realizará mediante la escritura o documento de constitución,
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de modificación, estatutos o acto fundacional, en el que constaren las normas por las que se regula su
actividad, inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro oficial.
2.- Para los licitadores individuales será obligatorio la presentación de copia compulsada, notarial o
administrativamente del Documento Nacional de Identidad o el que, en su caso, lo sustituya
reglamentariamente, así como el Número de Identificación Fiscal, cuando éste no constase en aquél.
3.- En las uniones temporales, tanto de personas físicas como jurídicas, cada uno de los componentes
acreditará su capacidad, personalidad, representación y solvencia, debiendo indicar en documento
aparte los nombres y circunstancias de los que la suscriben, el porcentaje de participación de cada uno
de ellos y designar la persona o entidad que durante la vigencia del contrato, ha de ostentar la plena
representación de todos ellos frente al PROMOTOR. El citado documento deberá estar firmado por los
representantes de cada una de las empresas componentes de la Unión.
4.- En el supuesto de personas jurídicas dominantes de un grupo de sociedades, se podrá tener en
cuenta a las sociedades pertenecientes al grupo, a efectos de acreditación de la solvencia económica,
financiera y técnica o profesional, o de la correspondiente clasificación, en su caso, de la persona
jurídica dominante, siempre y cuando éste acredite que tiene efectivamente a su disposición los medios
de dichas sociedades necesarios para la ejecución de los contratos.
5.- Para los empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros de la Unión Europea,
inscripción en el registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde estén establecidos,
o presentación de una declaración jurada o un certificado de acuerdo con las disposiciones
comunitarias de aplicación.
6.- Los demás empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar con informe de la
Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en
cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa.
c) Documentos acreditativos de la representación
Los que comparezcan o firmen proposiciones en nombre de otro presentarán poder bastante.
Si el licitador fuera persona jurídica, el poder general deberá figurar inscrito, en su caso, en el Registro
Mercantil. Si se trata de un poder especial para un acto concreto no será necesario el requisito de su
previa inscripción en el Registro Mercantil.
Igualmente, la persona con poder bastante a efectos de representación, deberá acompañar copia
compulsada, notarial o administrativamente, de su Documento Nacional de Identidad.
d) Documentos que acreditan la solvencia técnica, económica y financiera
1.- La solvencia económica y financiera se acreditará mediante la presentación del certificado de
clasificación, expedido por la Junta Consultiva de Contratación Administrativa o certificación de la
inscripción en el Registro Oficial de Empresas Clasificadas cuando la clasificación haya sido acordada
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por una Comunidad Autónoma, acompañado de una declaración sobre su vigencia y de las
circunstancias que sirvieron de base para la obtención de la misma.
La clasificación de las Uniones Temporales será la resultante de la acumulación de las clasificaciones
de las empresas agrupadas.
En el caso de empresarios no españoles de Estados miembros de la Unión Europea, no será exigible la
clasificación, ya concurran al contrato aisladamente o integrados en una unión, sin perjuicio de la
obligación de acreditar su solvencia
2.- De forma adicional el licitante deberá acreditar que su facturación anual media en contratos de
construcción de similares características (obras de presupuesto análogos), sean superiores a 5 veces el
importe del Presupuesto Base de Licitación del presente pliego, durante los últimos 5 ejercicios.
A estos efectos, se entenderán como obras de presupuesto análogo aquellas cuyos Presupuesto de
Ejecución por Contrata no sean inferiores en un 80% a la cantidad señalada en el ANEXO I: CUADRO
DE CARACTERÍSTICAS DEL CONTRATO, como Presupuesto Base de Licitación de referencia de la
obra.
En la citada relación se indicarán los siguientes datos de las obras presentadas: Presupuesto de
Ejecución por Contrata, superficie construida, promotor, destino del edificio/actuación, plazo de
ejecución y fecha de finalización de la obra o, en su caso, la indicación de que está en construcción. A
estos efectos, las diferentes fases de una obra se entenderán como una única actuación, sumando los
presupuestos y, en su caso, las superficies.
Cada una de las obras relacionadas se acompañará de un certificado, expedido por el promotor de la
actuación, justificativo de haber realizado las mismas a plena satisfacción.
e) Declaraciones responsables
Asimismo, los licitadores deberán presentar los siguientes documentos:
1.- Declaración responsable, otorgada ante autoridad administrativa, notario público u organismo
profesional cualificado, de tener capacidad de obrar y no estar incurso en las prohibiciones e
incompatibilidades establecidas en la Ley de Contratación del Sector Público de 2007., así como de
hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias frente al Estado y la Comunidad
Autónoma de Andalucía y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes.
Estas circunstancias se acreditarán conforme al modelo establecido en el ANEXO VIII: DECLARACIÓN
RESPONSABLE DE TENER CAPACIDAD PARA CONTRATAR.
2.- Declaración responsable, conforme al modelo establecido en el ANEXO IX: DECLARACIÓN
RESPONSABLE DEL TRLCSP, de no haber sido adjudicataria o haber participado en la ejecución de
los contratos de consultoría y asistencia que hayan tenido por objeto la vigilancia, supervisión, control y
dirección de la ejecución de las obras e instalaciones objeto de licitación, ni ser empresa vinculada a
ellas.
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f) Empresas extranjeras
Las empresas extranjeras, en los casos en que el contrato vaya a ejecutarse en España, aportarán
declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden,
para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en
su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante.
CARPETA 2: DOCUMENTACIÓN TÉCNICA
a) Documentos que acreditan la solvencia técnica
Experiencia previa: El licitador deberá presentar de manera justificada experiencia en obras de
similares características, presupuesto, y realizadas en el periodo reflejado en el apartado 8, del
ANEXO I: CUADRO DE CARACTERÍSTICAS DEL CONTRATO. Para la justificación de dicho
criterio, el licitante deberá presentar una ficha resumen, por cada obra, con las características
principales de la obra ( Presupuesto, plazo, descripción de la obra, cliente y fotografías), así como
una certificación expedida por el promotor.
Equipo de Obra: El equipo mínimo exigido para el desarrollo del contrato es el requerido en el
ANEXO II: REQUISITOS DE TÉCNICOS ASIGNADOS del presente pliego. Relación de
profesionales de la empresa licitadora, intervendrá en los trabajos, con indicación de titulación,
situación en la empresa, funciones a desarrollar en este contrato, y dedicación de las mismas,
incluyendo el correspondiente organigrama.
Se presentará el currículum vitae de cada uno de los titulados y especialistas intervinientes referido
exclusivamente a trabajos similares.
La justificación de la titulación del personal técnico o formación de personal especializado podría
ser requerida en caso de resultar seleccionado.
b) Subcontratación
Los licitadores deberán indicar la parte del contrato que tengan previsto subcontratar, señalando su
importe, y el nombre o perfil empresarial, definido por referencia a las condiciones de solvencia
profesional o técnica, de los subcontratistas a los que se vaya a encomendar su realización.
11.2.2 Sobre nº 2. Título: Documentación Técnica.
Deberá tener el siguiente título: "SOBRE Nº 2:” seguido del objeto exacto del contrato que se recoge en
el apartado del ANEXO I: CUADRO DE CARACTERÍSTICAS DEL CONTRATO.
Los documentos a incorporar en este sobre serán los siguientes:
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a) Planificación y propuesta de reducción del plazo
Deberá presentarse planificación de la ejecución de la obra conforme a la documentación del proyecto
de ejecución, o bien, justificadamente reducida, con tablas de rendimientos utilizadas para la reducción.
Por la dimensión de la obra, se entiende un plazo máximo de reducción de dos meses.
Esta planificación deberá estar valorada mensualmente, conforme a una curva de producción óptima.
La valoración consistirá en la suma de las producciones de cada uno de los capítulos de la planificación
del proyecto.
Igualmente, se describirá el proceso constructivo de las actividades consideradas críticas, para
establecer un correcto análisis de la planificación propuesta.
En dicha planificación deberán aparecer los hitos principales de cumplimento definidas en el ANEXO I:
CUADRO DE CARACTERÍSTICAS DEL CONTRATO.
b) Análisis del proyecto y estudio de la obra
El licitador deberá presentar un análisis del proyecto, demostrativo del estudio que se ha efectuado del
mismo para realizar la oferta económica presentada, así como un estudio de implantación de la obra,
centrado en los siguientes aspectos:
Características de la propia parcela, estado de la misma, de los accesos a la obra y de las
circulaciones previstas dentro de la misma.
Localización de los puntos de acometida y conexión de las instalaciones y servicios provisionales.
Condiciones de implantación de la obra: grúas, oficina de obras y otros locales, acopios, carga y
descarga, etc.
Breve memoria explicativa del proceso de ejecución de la obra, con indicación de la coordinación
entre los distintos agentes que puedan coincidir.
Listado de posibles errores de medición detectados durante el proceso de estudio y análisis de la
documentación del proyecto. La documentación presentada en este apartado tendrá una extensión
máxima de unos diez folios, pudiéndose acompañar de los planos o croquis que se estimen
necesarios.
Mejoras, que sin coste adicional a su oferta económica, el licitador decida incluir dentro de su
oferta
c)Técnicos adscritos a la obra
El licitador presentará escrito por el que designa a los técnicos que la empresa asignará con carácter
permanente a la obra, los cuales deberán ser como mínimo los establecidos en el ANEXO II:
REQUISITOS DE TÉCNICOS ASIGNADOS, y reunir las condiciones de titulación, especialización y
experiencia que en el mismo se establecen. Igualmente se adjuntará el currículo de dichos técnicos.
Las personas designadas en el citado escrito no podrán ser sustituidas por la empresa adjudicataria de
las obras sin la previa conformidad del PROMOTOR.
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d) Relación de Obras similares
Se deberá presentar listado de obras ejecutadas de características similares, durante el quinquenio
2006-2011. Se hará especial mención a los aeródromos y aquellos que, de otros usos, tengan un
presupuesto similar al del presente Pliego.
e) Relación de Subcontratistas Propuestos
Se deberá presentar una relación de subcontratistas propuestos para la ejecución de las tareas propias
de subcontratación.
Se valorará que los subcontratistas y proveedores propuestos por el ofertante para el desarrollo de
construcción del PROMOTOR, pertenezcan al ámbito zonal de la ubicación de la OBRA.
f) Aseguramiento de la Calidad
Plan de Aseguramiento de la Calidad y/o Propuesta de Autocontrol, que la empresa se compromete a
llevar a cabo durante la ejecución de la obra, independientemente del Control de Calidad de Recepción
que pueda ejercer el PROMOTOR por sí misma o con la colaboración de Laboratorios homologados.
Se deberán presentar acreditaciones de los sistemas de calidad (Tipo ISO 9001 y 14001), específicos
de ejecución de obras, que estén en vigor en fecha de presentación del concurso.
11.2.3 Sobre nº 3. Título: Documentación Económica
Deberá tener el siguiente título: "SOBRE Nº 3:” seguido del objeto exacto del contrato que se recoge en
el apartado del ANEXO I: CUADRO DE CARACTERÍSTICAS DEL CONTRATO
Los documentos a incorporar en este sobre serán los siguientes:
a) Proposición Económica
En esta carpeta se incluirá la Proposición Económica que deberá ajustarse exactamente al modelo que
figura como ANEXO IV: PROPOSICIÓN ECONÓMICA, debidamente firmada y fechada.
En la oferta económica deberá indicarse desglosado el importe del Impuesto sobre el Valor Añadido
que deba ser repercutido.
En la oferta económica se entenderán, a todos los efectos incluidos, todos los gastos que se originen
para el adjudicatario, como consecuencia del cumplimiento de las obligaciones contempladas en el
presente Pliego.
La oferta económica se realizará efectuando un porcentaje de baja sobre el presupuesto total de
ejecución material dispuesto en el proyecto de la obra.
El presupuesto de ejecución material ofertado será el resultante de la aplicación de la baja, con los
incrementos de los porcentajes del 13% para gastos generales y del 6% de beneficio industrial.
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Cada licitador solamente podrá presentar una única oferta económica. Esta proposición económica se
deberá justificar mediante la presentación de un presupuesto, originado por el producto de las
mediciones del proyecto por los precios unitarios propuestos por la empresa licitante, afectados de los
correspondientes porcentajes de gastos generales y beneficio industrial, y por el Impuesto sobre el
Valor Añadido (IVA) que proceda. Este presupuesto tendrá sus mediciones desglosadas conforme a las
mediciones del proyecto.
Al ser un contrato por precio cerrado, este presupuesto, tal y como se ha indicado anteriormente, tiene
carácter de fijo y definitivo por la totalidad de la obra descrita en los epígrafes de la medición,
entendiéndose que el adjudicatario asume los errores, tanto por exceso como por defecto que, en
cuanto a mediciones, descripciones de elementos en los epígrafes y normas de buena construcción,
pudiera tener el proyecto. Igualmente el adjudicatario asumirá los errores o discrepancias que pudieran
existir entre los documentos del proyecto (memoria, pliego de prescripciones técnicas, presupuesto, y
planos), debiendo ejecutarse cualquier unidad necesaria para el correcto acabado y funcionamiento del
edificio, independientemente de que no aparezca en alguno o en todos los documentos mencionados.
Los presupuestos ofertados se entienden cerrados y fijos a tanto alzado. Las mediciones que se
suministran en el Proyecto deberán entenderse como informativas, debiendo el Ofertante comprobarlas
y, en su caso, modificarlas, o asumirlas como finales en el momento de presentación de su oferta.
En caso de discordancia entre la cantidad consignada en cifras y la consignada en letras, prevalecerá la
consignada en letras.
No se aceptarán aquellas proposiciones que tengan omisiones, errores o tachaduras que impidan
conocer claramente todo aquello que PROMOTOR estime fundamental para la oferta.
b) Presupuesto y mediciones de proyecto
Se incluirán las mediciones y presupuestos del proyecto conforme a los del proyecto de ejecución con
los precios unitarios ofertados por el licitador. Estas mediciones se entregarán también en soporte
informático en formato Microsoft Excel o compatible.
12. SELECCIÓN DEL CONTRATISTA Y ADJUDICACIÓN
El PROMOTOR se reserva el derecho, si se considera necesario, de solicitar aclaraciones a los
ofertantes durante la evaluación de las ofertas para obtener detalle de su contenido.
12.1 Recepción de documentación
Terminado el plazo de recepción de proposiciones, el PROMOTOR comunicará a cada ofertante de la
recepción de la misma.
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No se admitirán proposiciones fuera del plazo máximo indicado en el ANEXO I: CUADRO DE
CARACTERÍSTICAS DEL CONTRATO.
12.2 Órganos competentes
Según las Instrucciones internas de contratación aplicables, la Mesa de Contratación designada al efecto
es el órgano competente para realizar la propuesta de contratación y la Gerencia de la Fundación, el
órgano competente para adjudicar el contrato, es decir el Órgano de Contratación.
12.3 Valoración Administrativa
Una vez recibidos los sobres por la Mesa de Contratación se reunirá la misma para calificar previamente
los documentos presentados en tiempo y forma.
A tal efecto, por el Presidente se ordenará la apertura del sobre nº 1.
Si la Mesa de Contratación observase defectos u omisiones subsanables en la documentación
presentada, lo comunicará verbalmente o por medios electrónicos, informáticos o telemáticos a los
interesados, concediéndose un plazo no superior a cinco días hábiles para que los licitadores los corrijan
o subsanen, bajo apercibimiento de exclusión definitiva del licitador si en el plazo concedido no procede a
la subsanación de la documentación.
Una vez adoptado el acuerdo sobre admisión definitiva de los licitadores se procederá a la apertura, de
los sobres nº 2 y 3 de los licitadores admitidos en un plazo que en el procedimiento abierto no será
superior a siete días hábiles a contar desde la apertura del sobre número uno. El PROMOTOR ofrecerá a
los licitadores admitidos, que previa confirmación, puedan asistir al acto de apertura de las ofertas
técnica y económica de las proposiciones admitidas en la licitación.
12.4 Valoración Técnica y Económica
La Mesa de Contratación podrá requerir el apoyo de una Comisión Técnica, en los términos definidos en
las Instrucciones de Contratación de la Fundación, que evalúe la idoneidad de las proposiciones
presentadas.
Esta Comisión estaría formada por al menos 2 personas, no siendo necesariamente personal de la
Fundación, y contarán con la cualificación profesional adecuada en razón de la materia sobre la que
verse la valoración. En este caso, la Mesa de Contratación remitirá a la Comisión Técnica la
documentación del sobre nº 2 para su análisis.
Esta Comisión Técnica estudiará las distintas ofertas y elaborará los informes técnicos preceptivos,
donde se realizaran las valoraciones cuantitativas de las proposiciones de acuerdo a los criterios de
adjudicación establecidos y que se definirán con todo detalle en el ANEXO III: CRITERIOS DE
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ADJUDICACIÓN Y BAREMOS DE VALORACIÓN de este Pliego. Se podrán expresar en este Anexo, si
se estima necesario, umbrales mínimos de puntuación exigidos al licitador para continuar en el proceso
selectivo.
Si no fuese necesaria esta Comisión, según lo establecido en las Instrucciones Internas de Contratación
de la Fundación, será la propia Mesa de Contratación la que efectuará la valoración técnica.
La Mesa de Contratación valorará las proposiciones económicas de acuerdo a los criterios establecidos
en el presente Pliego.
12.5 Adjudicación Provisional
La Mesa de Contratación, teniendo en cuenta la valoración técnica y la económica efectuadas y una vez
clasificadas las proposiciones por orden decreciente atendiendo a los criterios de adjudicación, procederá
a formular la correspondiente propuesta de adjudicación provisional que elevará al Órgano de
Contratación.
El Órgano de Contratación, dictará resolución de adjudicación provisional del contrato a favor de la oferta
económicamente más ventajosa teniendo en cuenta los criterios establecidos en este Pliego o, en su
caso, propuesta de declaración de licitación desierta.
Cuando el único criterio a considerar para seleccionar al adjudicatario del contrato sea el del precio más
bajo, la adjudicación provisional deberá producirse en el plazo máximo de quince días a contar desde el
siguiente al de apertura de las proposiciones.
Cuando para la adjudicación del contrato deban tenerse en cuenta una pluralidad de criterios el plazo
máximo para efectuar la adjudicación provisional será de dos meses a contar desde la apertura de las
proposiciones, salvo que se indique otro en el presente Pliego.
La resolución de adjudicación provisional será notificada a los candidatos o licitadores y publicada en el
Perfil del Contratante.
Esta adjudicación provisional no crea derecho alguno a favor del licitador propuesto.
12.6 Declaración de concurso desierto
El Órgano de Contratación a instancias de la Mesa de Contratación podrá declararlo desierto en caso de
no considerar apropiada ninguna de las ofertas recibidas.
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12.7 Documentación previa a la Adjudicación Definitiva
Antes de la adjudicación definitiva, en el plazo máximo de quince días hábiles desde el siguiente a la
publicación en el perfil de contratante de la adjudicación provisional, el adjudicatario deberá presentar la
documentación justificativa de las siguientes circunstancias.
a) Obligaciones Tributarias
- Certificación positiva, expedida por la Agencia Estatal de Administración Tributaria, de hallarse al
corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias o declaración responsable de no estar
obligado a presentarlas.
Esta certificación podrá obtenerse en la forma establecida en el Real Decreto 1671/2009, de 6 de
noviembre, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos.
- Certificación positiva, expedida por la Agencia Tributaria de la Junta de Andalucía, justificativa de la
inexistencia con la Administración Autonómica de Andalucía de deudas de naturaleza tributaria en
período ejecutivo o, en el caso de contribuyentes contra los que no proceda la utilización de la vía de
apremio, deudas no atendidas en período voluntario. Esta certificación podrá ser solicitada y expedida
por medios electrónicos en los términos establecidos en el Decreto 183/2003, de 24 de junio, por el que
se regula la información y atención al ciudadano y la tramitación de procedimientos administrativos por
medios electrónicos (Internet), a través del portal de la Administración de la Junta de Andalucía
http://www.juntadeandalucia.es.
b) Obligaciones con la Seguridad Social
Certificación positiva expedida por la Tesorería Territorial de la Seguridad Social, de hallarse al
corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con la Seguridad Social, o declaración responsable de
no estar obligado a presentarlas.
c) Impuesto sobre actividades económicas
Justificante de estar dado de alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas y al corriente en el
pago del mismo, aportando al efecto copia de la carta de pago del último ejercicio, a la que se
acompañará una declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del citado
impuesto.
En caso de estar exento de este impuesto presentarán declaración justificativa al respecto.
d) Garantía definitiva
En el plazo previsto en el presente Pliego, el adjudicatario provisional deberá presentar el resguardo
acreditativo de haber constituido una garantía definitiva equivalente a lo estipulado en el apartado
correspondiente del ANEXO I: CUADRO DE CARACTERÍSTICAS DEL CONTRATO, excluido el
Impuesto sobre el Valor Añadido, a disposición del Órgano de Contratación.
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Dicha garantía se podrá constituir de la siguiente forma (de entre los medios establecidos en el artículo
96 del TRLCSP):
1. La empresa adjudicataria estará obligada a constituir mediante aval bancario una garantía definitiva,
a disposición del PROMOTOR. Se acompaña modelo pro forma en el ANEXO VII: MODELO DE AVAL
PARA GARANTÍA DEFINITIVA.
2. La empresa adjudicataria podrá también constituir dicha garantía definitiva, mediante ingreso en
cuenta bancaria designada previamente por el PROMOTOR.
Cuando, como consecuencia de una modificación del contrato, experimente variación el precio del
mismo, deberá reajustarse la garantía, para que guarde la debida proporción con el nuevo precio
modificado, en el plazo de quince días contados desde la fecha en que se notifique al empresario el
acuerdo de modificación.
La devolución o cancelación de la garantía definitiva se realizará una vez producido el vencimiento del
plazo de garantía establecido, y cumplido satisfactoriamente el contrato, o resuelto éste sin culpa del
contratista.
e) Escritura de formalización de la Unión Temporal de Empresarios
Asimismo, en el caso que el adjudicatario provisional sea una unión temporal de empresarios, deberá
aportar la escritura pública de formalización de la misma, cuya duración será coincidente con la del
contrato hasta su extinción.
f) Otra documentación
Cualesquiera otros documentos acreditativos de su aptitud para contratar o de la efectiva disposición de
los medios que se hubiesen comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato conforme al
artículo 64 del TRLCSP que le reclame el Órgano de Contratación.
12.8 Adjudicación definitiva del contrato
Transcurridos 15 días desde la adjudicación provisional, y presentada la documentación señalada en el
apartado anterior, en el plazo máximo de 10 días, se elevará a definitiva la adjudicación provisional.
La resolución de adjudicación definitiva será publicada en el perfil de contratante, sin perjuicio de su
publicación en otros medios de difusión si así está estipulado.
13. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
El contrato se formalizará en documento firmado por ambas partes, dentro de los diez días naturales
siguientes a contar desde la notificación de la adjudicación definitiva.
Se adjunta como ANEXO VI: MODELO DE CONTRATO, el contrato a suscribir por el adjudicatario.
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Simultáneamente con la firma del contrato, deberá ser firmado por el adjudicatario en ANEXO, el Pliego
de Cláusulas Administrativas y Técnicas Particulares y el Proyecto de Ejecución aprobado por el
PROMOTOR.
EJECUCIÓN DEL CONTRATO
14. ACTUACIONES PREVIAS AL INICIO DE LAS OBRAS
14.1 Plan de seguridad y salud en el trabajo
El Plan de Seguridad y Salud en el trabajo deberá ser presentado por el CONTRATISTA al PROMOTOR
en el plazo máximo de 15 días naturales desde la fecha de adjudicación, al objeto de que pueda ser
aprobado previamente al inicio de la obra, siendo requisito imprescindible para que se pueda comenzar.
El CONTRATISTA vendrá obligado a recoger en el Plan de Seguridad y Salud todas las medidas y
elementos necesarios para cumplir lo estipulado al respecto por la legislación vigente y por las normas de
buena construcción, sin que tenga derecho a percibir por ello mayor importe que el fijado en el Estudio de
Seguridad y Salud afectado de la baja de adjudicación.
El CONTRATISTA dispondrá de un técnico de Prevención, dentro de su personal, con formación
específica al respecto y con experiencia suficiente para el desarrollo de sus funciones que estará
asignado a la obra de construcción objeto del contrato.
Los locales y servicios para higiene y bienestar de los trabajadores que vengan obligados por el Estudio
de Seguridad y Salud, o por las disposiciones vigentes sobre la materia, se ubicarán en los lugares
indicados en el citado estudio, salvo autorización expresa del PROMOTOR en otro sentido.
Los referidos locales y servicios deberán estar dispuestos desde el inicio de la obra, debiendo contar con
la autorización del PROMOTOR antes de su retirada.
14.2 Seguros
Antes de iniciar los TRABAJOS el CONTRATISTA se obliga a suscribir, y a mantener vigentes y al
corriente de pago, al menos hasta la fecha de Recepción de los TRABAJOS en conformidad, los Seguros
y las coberturas de riesgos que se señalan a continuación:
(i) Seguros Sociales
El CONTRATISTA será responsable del exacto y puntual cumplimiento de las disposiciones
normativas en materia Laboral y de Seguridad Social que afecten al personal empleado por él o
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por sus subcontratistas en los TRABAJOS, que se consideran a todos los efectos a su exclusivo
cargo y responsabilidad.
Especialmente se compromete el CONTRATISTA a cubrir el riesgo de cualquier tipo de accidente
del personal de referencia, a mantener en forma adecuada la pertinente documentación que las
leyes exijan en estas materias, a indemnizar y mantener a la PROPIEDAD indemne y libre de todo
perjuicio y exenta del pago de dichas cuotas, así como de las multas originadas por falta de
cotización o por incumplimiento de cualesquiera otras obligaciones laborales y sociales del
CONTRATISTA o de sus subcontratistas.
(ii) Seguro que cubra la Responsabilidad Civil extra contractual
El CONTRATISTA suscribirá este seguro por los daños causados a los demás contratistas o
subcontratistas, a la PROPIEDAD y sus representantes, así como a las personas ajenas que no
estén vinculadas a las entidades nombradas, durante la ejecución de los TRABAJOS.
La cobertura será de 3.000.000 € como mínimo.
En dicha póliza quedarán asimismo cubiertos los siguientes riesgos:
o Daños producidos sobre bienes preexistentes, ya sean muebles o inmuebles, en la
parcela y en los edificios donde se ejecuten los TRABAJOS o en las instalaciones del
PROMOTOR.
o Daños producidos a bienes colindantes.
o Responsabilidad civil patronal.
o Seguro de Desplazamiento, por cualquier medio de transportes, del personal del
CONTRATISTA hasta y desde las dependencias de los TRABAJOS.
o Seguro de Responsabilidad Civil derivada de los daños a cosas y/o personas, provocados
por los vehículos de motor en el lugar de los TRABAJOS.
Dicho Seguro debe prever también la cobertura en caso de:
(i) incendio o explosión de los vehículos y/o de los enseres transportados, y (ii)
operaciones de carga y descarga de los mismos vehículos ya fuesen del PROMOTOR, del
CONTRATISTA y/o de sus Subcontratistas o, sin ser de su propiedad, utilizados por los
mismos.
Los importes de los daños o accidentes hasta el valor fijado en las franquicias de la Póliza,
correrán a cargo del CONTRATISTA causante de las mismas.
En las pólizas de seguro contempladas en el subapartado (ii) deberán incluirse además las
siguientes estipulaciones: Entre las partes contratantes se convendrá que el PROMOTOR, la
DIRECCION FACULTATIVA y los empleados, asistentes y/o consultores del PROMOTOR en las
OBRAS, son considerados terceros a todos los efectos de la garantía amparada por dichas Pólizas
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y Declaración de Renuncia de la Compañía Aseguradora a su derecho de Subrogación frente al
PROMOTOR.
(iii) Seguro de Todo Riesgo Construcción
El Seguro Todo Riesgo Construcción cubrirá los daños que puedan sufrir los TRABAJOS durante
su ejecución por Importe del Precio del Contrato, excluido el IVA, y durante un periodo de 12
meses a contar desde la firma del Acta de Recepción de los TRABAJOS en conformidad,
corriendo a cargo del CONTRATISTA el coste de la correspondiente prima.
Este Seguro cubrirá también la Responsabilidad Civil por daños a terceros en el lugar de los
TRABAJOS y a bienes colindantes, derivados de la construcción debiendo figurar como
asegurados el PROMOTOR, sus Subcontratistas, la DIRECCION FACULTATIVA y los empleados
de éstos asistentes y/o consultores del PROMOTOR afectos a los TRABAJOS.
Las franquicias previstas por este seguro correrán por cuenta exclusiva del CONTRATISTA y sus
subcontratas. El beneficiario será la PROPIEDAD.
El CONTRATISTA deberá facilitar copias de todas las Pólizas referidas en este apartado al PROMOTOR
antes de iniciar los TRABAJOS. Si este requisito no se cumple, no se podrá iniciar ninguna actividad en
Obra, sin que ello pueda computarse como retraso justificado tanto respecto de la fecha fijada para la
terminación total de los TRABAJOS, como respecto de los plazos fijados en el Programa de Trabajos.
Ninguno de los Seguros mencionados en la presente estipulación limitará en modo alguno la
responsabilidad del CONTRATISTA con arreglo a las obligaciones contractuales y legales. Por tanto, el
CONTRATISTA responderá de los daños producidos aun cuando éstos superen el máximo de cobertura
previsto en dichas pólizas.
El CONTRATISTA es responsable de que los subcontratistas queden cubiertos por todos los seguros
reseñados anteriormente, por lo que asume toda la responsabilidad que pueda derivarse de su
inexistencia o insuficiente cobertura.
14.3 Maquinaria, medios auxiliares, personal, mano de obra y subcontratas
Antes de dar comienzo las obras, el adjudicatario presentará al PROMOTOR, a través del Coordinador
de Seguridad y Salud Laboral, relación detallada de los siguientes extremos:
a) Maquinaria, medios auxiliares, servicios, instalaciones y construcciones provisionales que se
habrán de emplear en la ejecución de los trabajos.
b) Relación numerada, por oficios y categorías, del personal que pondrá al servicio de las obras.
c) Partes de la obra a realizar mediante subcontratas, con indicación del presupuesto de las
mismas.
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d) En su caso, propuesta de modificación de los técnicos de la empresa adscritos con carácter
permanente a la obra, según la documentación presentada para el cumplimiento de lo exigido
en el punto 11.2 Forma de presentación de las proposiciones (Técnicos adscritos a la obra)
Los nuevos técnicos propuestos deberán reunir los requisitos de titulación, número, especialización y
experiencia exigidos al efecto en el ANEXO II: REQUISITOS DE TÉCNICOS ASIGNADOS
La persona designada como Jefe de Obra tendrá capacidad para representar a la empresa en todo
cuanto se refiera a la ejecución de la obra y quedará adscrito permanentemente a la misma con
dedicación plena durante el tiempo de ejecución de las obras, debiendo permanecer durante las horas de
trabajo en la obra.
El PROMOTOR podrá acordar no dar curso a las certificaciones de obra hasta que el adjudicatario haya
presentado en debida forma los documentos anteriormente señalados, sin que ello pueda originar
derecho al cobro de intereses de demora por retraso en el pago de dichas certificaciones.
15. INICIO DE LAS OBRAS
Se procederá a efectuar la comprobación del replanteo en el plazo máximo de 30 días desde la firma del
contrato, autorizándose, en su caso, el inicio de las obras.
En todo momento, la posesión de la obra será del PROMOTOR.
16. PROGRAMA DE TRABAJO
El adjudicatario estará obligado a actualizar al PROMOTOR el programa detallado de trabajo, conforme
al incluido en su oferta, en el plazo de quince días, contados desde la formalización del contrato.
En el programa de trabajo se incluirán los siguientes datos:
a) Ordenación en partes o clases de obra de las unidades que integran el proyecto, con expresión
de sus mediciones.
b) Determinación de los medios necesarios, tales como personal, instalaciones equipo y
materiales, con expresión de sus rendimientos medios.
c) Estimación en días de los plazos de ejecución de las diversas obras u operaciones
preparatorias, equipo e instalaciones y de los de ejecución de las diversas partes o unidades de
obra.
d) Valoración mensual y acumulada de la obra programada, sobre la base de las obras u
operaciones preparatorias, equipo e instalaciones y partes o unidades de obra a precios
unitarios.
e) Diagrama de las diversas actividades o trabajos.
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debiendo en todo caso ajustarse a los plazos establecidos en el ANEXO I: CUADRO DE
CARACTERÍSTICAS DEL CONTRATO, salvo que el PROMOTOR autorice la modificación del mismo.
El PROMOTOR resolverá sobre el programa de trabajo en el plazo máximo de los 15 días siguientes a
su presentación, pudiendo imponer la introducción de modificaciones o el cumplimiento de determinados
hitos o prescripciones, siempre que no contravengan las cláusulas del contrato.
El PROMOTOR podrá acordar no dar curso a las certificaciones de obra hasta que el adjudicatario haya
presentado en debida forma el programa de trabajo, sin que ello pueda originar derecho al cobro de
intereses de demora por retraso en el pago de dichas certificaciones.
17. INSPECCIÓN Y DIRECCIÓN FACULTATIVA DE LAS OBRAS
Incumbe al PROMOTOR, o en quién delegue para ello, ejercer de manera continuada la inspección y
dirección de la obra durante su ejecución.
A estos efectos los servicios técnicos del PROMOTOR podrán visitar las obras cuantas veces deseen,
así como controlarlas e inspeccionarlas, dando las advertencias e instrucciones necesarias a la
CONTRATA a través de la Dirección Facultativa. Ésta advertirá a la CONTRATA de los defectos que
observe en materia de seguridad, señalización, orden, daños, etc que puedan dar lugar a incidentes,
retrasos, paralizaciones, o sanciones y perjudicar las relaciones del PROMOTOR con terceros.
La Dirección Facultativa de la obra, que incluye la Dirección de la Obra, la Dirección de la Ejecución de la
Obra y la Coordinación de la Seguridad en la Obra, será desarrollada por técnicos contratados a tal
efecto por el PROMOTOR.
La Dirección Facultativa será responsable de que éstas se lleven a cabo con estricta sujeción al proyecto
aprobado y que. las mismas se realicen dentro de los plazos establecidos y conforme a las normas de la
buena construcción.
La Dirección Facultativa no podrá introducir en el proyecto, a lo largo de su ejecución, alteraciones en las
unidades de obra, sin autorización previa del PROMOTOR. Asimismo, en caso de discordancias con la
CONTRATA acerca de los documentos del proyecto, ésta será resuelta por el la Dirección Facultativa, o
el responsable que este designe, encargado del seguimiento de la obra, sin que pueda, en ningún caso,
ser ello motivo de paralización o ralentización de las obras.
La realización por el adjudicatario de alteraciones en las unidades de obra, sin autorización previa del
PROMOTOR., aún cuando éstas se realizasen bajo las instrucciones de la Dirección Facultativa, no
generará obligación alguna para el PROMOTOR, quedando además el adjudicatario obligado a rehacer
las obras afectadas sin derecho a abono alguno, todo ello sin perjuicio de las responsabilidades que el
PROMOTOR pudiera exigir a ambos en cumplimiento de sus respectivos contratos.
En la oficina de obras deberá existir un libro de órdenes y un libro de incidencias, en el que la Dirección
Facultativa de la obra haga constar, por escrito, las instrucciones que, periódicamente y para el mejor
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desarrollo de aquéllas formule al adjudicatario. Asimismo, deberá haber en todo momento una copia del
Proyecto de ejecución de las obras y sus posteriores modificaciones actualizadas, en su caso.
18. PRESCRIPCIONES PARA LA EJECUCIÓN DE LAS OBRAS
18.1 Obligaciones laborales, sociales y económicas del adjudicatario
El personal adscrito a los trabajos dependerá exclusivamente del adjudicatario, el cual tendrá todos los
derechos y deberes inherentes a su calidad de empresario respecto del mismo.
En general, el adjudicatario responderá de cuantas obligaciones le vienen impuestas en su carácter de
empleador, así como del cumplimiento de cuantas normas regulan y desarrollan la relación laboral o de
otro tipo, existente entre aquél, o entre sus subcontratistas, y los trabajadores de uno y otro, sin que
pueda repercutir contra el PROMOTOR ninguna multa, sanción o cualquier tipo de responsabilidad que
por incumplimiento de alguna de ellas, pudieran imponerle los organismos competentes.
Subcontratación de unidades de obra
De las actuaciones ejecutadas por subcontratas responderá en todo caso el CONTRATISTA, quedando
el PROMOTOR siempre ajeno y al margen de las relaciones derivadas de dicha subcontratación. Por
tanto, el CONTRATISTA asume, a todos los efectos legales, la plena responsabilidad tanto laboral, como
económica, criminal o civil, incluso los daños a terceros que pudieran derivarse de las actuaciones y
omisiones de su personal y de sus proveedores y subcontratistas, durante el tiempo que conlleve el
desarrollo de los TRABAJOS hasta su total finalización.
En los contratos de subcontratación, el CONTRATISTA se compromete a introducir las mismas
estipulaciones de este Contrato, y en particular se incluirá una cláusula de cesión de derechos y
obligaciones a favor del PROMOTOR para el supuesto de Resolución del presente contrato.
El CONTRATISTA, indemnizará al PROMOTOR de toda cantidad que se viese obligada a pagar por
incumplimiento de las obligaciones aquí consignadas.
18.2 Ensayos y análisis de materiales y unidades de obra
a) El PROMOTOR podrá contratar independientemente, a empresas homologadas, los ensayos
que se desprenden del Plan de Control de Calidad del Proyecto.
b) Por ello, los precios unitarios presentados en la licitación, afectados por la correspondiente baja,
deben incluir la parte proporcional de los ensayos correspondientes descritos en el Plan de
Control de Calidad del Proyecto. Es decir, las empresas estarán obligadas a valorar el Plan de
Control de Calidad y los Planes de Autocontrol que cada empresa licitante estimo oportuno
presentar. Todo ello de forma separada.
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c) Esto no excluye la obligación por parte del adjudicatario de presentar, para la aprobación de la
Dirección Facultativa, fichas técnicas de cada uno de los materiales a colocar en obra, con
anterioridad a su ejecución. En cuanto a los materiales de revestimiento y decoración, en
cumplimiento con la DB SI del CTE, deberán especificarse el comportamiento ante el fuego de
los materiales, aportando el grado de Clasificación ante el Fuego, los ensayos realizados que lo
certifiquen y, al finalizar la ejecución de la unidad, certificado de la empresa instaladora de su
correcta ejecución conforme a las prescripciones del fabricante.
d) En cualquier caso, esté o no la realización del control de calidad de la obra incluida en el
contrato, los gastos de ensayos destinados a información, verificación o comprobación de
unidades de obra mal ejecutadas, a juicio de la Dirección Facultativa, por el CONTRATISTA,
serán abonados por éste en su totalidad, sea cual sea su importe.
e) Los ensayos establecidos en los puntos c y d , que por cualquier circunstancia no sean
realizados y abonados por el CONTRATISTA, podrán ser ejecutados por el PROMOTOR y su
importe deducido de las certificaciones mensuales correspondientes.
18.3 Productos industriales de empleo en la obra
Los materiales, elementos, máquinas y equipos a emplear en la obra habrán de reunir las calidades y
características marcadas en los documentos contractuales del proyecto y en las normas de obligado
cumplimiento, por lo que el adjudicatario deberá proveerse de los suministradores cuyos productos se
ajusten a tales requisitos.
Si en los documentos de proyecto, figurase alguna marca, modelo o denominación específicos de un
producto industrial, se entenderá que tal mención se refiere a las calidades y características de dicho
producto, pudiendo el adjudicatario, previa conformidad de la Dirección Facultativa, utilizar productos de
otras marcas o modelos siempre que éstos cumplan estrictamente los citados requisitos de calidad y
características.
Si existen sellos, marcas de calidad, certificaciones o autorizaciones para determinados productos
industriales a emplear en la obra, será obligatorio el empleo de marcas comerciales que dispongan de
aquellos.
El CONTRATISTA presentará dentro del mes siguiente a la formalización del contrato muestras de los
principales materiales, que aceptadas y firmadas, por la Dirección Facultativa y el CONTRATISTA, se
conservarán en la obra para su comprobación una vez empleados. De igual forma se procederá con cada
material específico antes de comenzar la unidad concreta de obra en que intervenga.
El CONTRATISTA será responsable de los perjuicios, gastos o retrasos que se produzcan en el caso de
que la Dirección Facultativa o el PROMOTOR rechazaran materiales, maquinaria, calidades o ejecución
de obra, no correspondientes a los definidos en proyecto.
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18.4 Oficina de la empresa y de obras
El CONTRATISTA deberá tener una oficina ubicada en la Comunidad Autónoma de Andalucía, en la que
exista un representante legal de la empresa con poderes bastantes para el pleno desarrollo y ejecución
del contrato.
Igualmente, dentro del perímetro de la obra, salvo autorización expresa del PROMOTOR en otro sentido,
deberá ubicarse una Oficina para el Jefe de Obra, sus auxiliares y personal técnico, así como tener
habilitado un espacio de trabajo en la propia caseta para la Dirección Facultativa y el PROMOTOR ,
debiendo conservar en ella los documentos establecidos.
18.5 Señalización de las obras
El CONTRATISTA vendrá obligado a realizar las siguientes actuaciones de señalización:
a) Adquisición, colocación y conservación durante el periodo de ejecución de los carteles de obras,
en el número máximo de cuatro y en lugares que sean determinados por el PROMOTOR.
b) Adquisición y colocación de la señalización exterior del Centro, conforme a la ley vigente de
señalización de obras.
c) Adquisición y colocación de la señalización interior del Centro, conforme a los mismos criterios
establecidos en el apartado anterior, solo cuando la misma esté contemplada en el proyecto.
d) Adquirir e instalar las señalizaciones de obras establecidas en el proyecto así como las exigidas
por disposiciones vigentes.
La señalización que no forme parte definitiva del propio Centro, deberá ser retirada una vez finalizadas
las obras y con anterioridad a la recepción de las mismas, debiendo contar a estos efectos con la
autorización previa de la Dirección Facultativa.
Los costes de las actuaciones de señalización contemplados en esta cláusula, que no se encuentren
desglosados en el presupuesto del proyecto licitado, se consideran incluidos en los gastos generales del
proyecto de obra licitado y por consiguiente en la oferta económica presentada.
18.6 Información y difusión de las obras
a) El CONTRATISTA está obligado a guardar sigilo respecto de los datos y antecedentes que, no
siendo públicos o notorios, estén relacionados con el objeto del contrato, de los que tenga
conocimiento con ocasión del mismo, no pudiendo, por tanto, proporcionar información a terceros
sobre la materia objeto del contrato, ni permitir el acceso a la obra con dicha finalidad, a no ser que
cuente a estos efectos con la previa autorización del PROMOTOR
b) El CONTRATISTA estará obligado a entregar al PROMOTOR, antes de la recepción, un reportaje
fotográfico de las obras ya terminadas, con las siguientes características:
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• El número de fotografías será el fijado por el PROMOTOR, siendo como mínimo de cincuenta.
• El material a entregar tendrá las siguientes características:
- Disco Compacto (CD), con las fotografías digitalizadas en sistema Photo CD
de Kodak, en formato PCD, de tamaño aproximado de 180 Mb.
Los derechos de propiedad intelectual sobre los referidos documentos corresponderán en
exclusiva al PROMOTOR.
19. PLAZOS Y PENALIDADES POR MORA
El contratista queda obligado al cumplimiento del contrato dentro del plazo total fijado para su realización
en el ANEXO I: CUADRO DE CARACTERÍSTICAS DEL CONTRATO.
La constitución en mora por el contratista no precisará intimación previa por parte de el PROMOTOR.
Si llegado al término de cualquiera de los plazos parciales o del final, el contratista hubiera incurrido en
mora por causas imputables al mismo, el PROMOTOR podrá optar indistintamente, por la resolución del
contrato con pérdida de garantía definitiva o por la imposición de las penalidades diarias en la proporción
establecida en el ANEXO I: CUADRO DE CARACTERÍSTICAS DEL CONTRATO de este Pliego.
Cada vez que las penalidades por demora alcancen un múltiplo del 5% del precio del contrato, el
PROMOTOR podrá proceder a la resolución del mismo o acordar la continuidad de su ejecución con
imposición de nuevas penalidades.
Las penalizaciones por retrasos de producción tienen el carácter de recuperables, de modo que, en la
certificación correspondiente al mes siguiente de la recuperación de la producción inicialmente prevista,
serán devueltas al contratista.
El importe de las penalidades no excluye la indemnización a que pudiese tener derecho el PROMOTOR,
por daños y perjuicios originados por la demora del contratista.
Si el retraso fuese producido por motivos no imputables al contratista y éste ofreciera cumplir sus
compromisos dándole prórroga del tiempo que se le había señalado, se concederá por el PROMOTOR
un plazo que será, por lo menos, igual al tiempo perdido, a no ser que el contratista pidiese otro menor.
Para el caso de cumplimiento defectuoso de la prestación o para el supuesto de incumplimiento de los
compromisos o de las obligaciones esenciales de ejecución del contrato se impondrán las penalidades
con arreglo a lo previsto en el ANEXO I: CUADRO DE CARACTERÍSTICAS DEL CONTRATO de este
Pliego, que se hubiesen establecido conforme a los artículos 64 y 118 del TRLCSP. Estas penalidades
serán proporcionales a la gravedad del incumplimiento, y su cuantía no podrá ser superior al 10% del
presupuesto del contrato.
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Para la imposición de este tipo de penalidades se sustanciará un procedimiento en el que
necesariamente tendrá lugar trámite de alegaciones al contratista.
20. RÉGIMEN DE PAGOS
20.1 Certificaciones
Mensualmente la dirección facultativa emitirá certificación de la obra realizada, apoyada en la medición
del proyecto y el precio del contratista referida a % sobre el precio alzado de adjudicación.
En caso de discordancia entre los documentos del proyecto, la Dirección Facultativa determinará el
documento que en cada caso deba prevalecer, sin que ello pueda suponer en ningún caso la
introducción de modificaciones sobre el proyecto aprobado.
En caso de discrepancia entre la Dirección Facultativa y el contratista sobre la necesidad o no de
cualquier subsanación por discordancia entre los documentos del proyecto, así como de la solución a
adoptar y su posible valoración económica, ésta será resuelta por la Dirección Técnica o el Consultor
Técnico del PROMOTOR, sin que pueda, en ningún caso, ser ello motivo de paralización o ralentización
de las obras.
20.2 Precios
En los precios unitarios descompuestos del proyecto prevalecerá la definición y descripción de la unidad
de obra, mediante su epígrafe correspondiente y su importe final expresado en letras.
Todos los trabajos, medios auxiliares y materiales que sean necesarios para la correcta ejecución y
acabado de cualquier unidad de obra, conforme a la normativa sectorial que le sea de aplicación y a la
práctica de la buena construcción, se considerarán incluidos en el precio de la misma, aunque no figuren
todos ellos especificados en descripción efectuada en su epígrafe o en la descomposición
correspondiente.
Todos los gastos que por su concepto sean asimilables a costes indirectos establecidos
reglamentariamente o que sean directamente imputables al conjunto o a una parte de la obra, se
considerarán siempre incluidos en los precios de las unidades de obra del proyecto, cuando no figuren en
el mismo valorados en unidades de obra independientes o en partidas alzadas.
Los precios unitarios de ejecución material condicionarán la ejecución de las unidades de obra a que se
refieran, de acuerdo con lo definido y descrito en los epígrafes correspondientes, complementándose,
siempre, con lo reflejado en los planos de conjunto y detalle, con las estipulaciones fijadas en el Pliego
de Prescripciones Técnicas Particulares y en los demás documentos del proyecto, así como, en su
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defecto, por lo establecido en la publicación "Banco de Precios de la Construcción de la Fundación
Codificación y Banco de Precios de la Construcción".
Los precios del proyecto relativos a materiales se considerarán válidos, cualquiera que sea el tipo de
tecnología o procedimiento que haya de utilizarse para su elaboración y tanto si se confeccionan en la
propia obra como si llegan a ésta ya elaborados.
En caso de discordancia entre los documentos del proyecto, la Dirección Facultativa de la obra
determinará el documento que en cada caso deba prevalecer, sin que ello pueda suponer en ningún caso
la introducción de modificaciones sobre el proyecto aprobado.
En caso de discrepancia entre la Dirección Facultativa y el CONTRATISTA sobre la necesidad o no de
cualquier subsanación por discordancia entre los documentos del proyecto, así como de la solución a
adoptar y su posible valoración económica, ésta será resuelta por el PROMOTOR o su consultor técnico
encargado del seguimiento de la obra, sin que pueda, en ningún caso, ser ello motivo de paralización o
ralentización de las obras.
20.3 Abonos de las unidades de obra
El CONTRATISTA tendrá derecho al abono del Presupuesto Cerrado de la obra más o menos las
modificaciones dadas por el PROMOTOR.
El CONTRATISTA no tendrá derecho a percibir abonos a cuenta sobre su importe por acopio de
materiales y por instalaciones y equipos.
A los efectos del pago de la obra ejecutada, la Dirección Facultativa expedirá, con periodicidad mensual,
las certificaciones comprensivas de la obra ejecutada durante dicho periodo de tiempo, cuyos abonos
tendrán el concepto de pagos a cuenta sujetos a las rectificaciones y variaciones que se produzcan en la
medición final y sin suponer, en forma alguna, aprobación y recepción de las obras que comprenden.
La Dirección Facultativa, realizará, con la antelación necesaria, las actuaciones que correspondan para
que el informe detallado del estado de las obras, la correspondiente relación valorada a origen y, cuando
así proceda por su periodicidad, las certificaciones de obra y de dirección obren en poder del
PROMOTOR y del CONTRATISTA con anterioridad al día 10 del mes siguiente al que correspondan.
Se considerará como fecha de expedición de las certificaciones de obras o de los correspondientes
documentos que acrediten la realización total o parcial del contrato, el décimo día hábil del mes siguiente
al que correspondan.
En este sentido el director de la obra podrá acordar no dar curso a las certificaciones hasta que el
adjudicatario haya presentado en debida forma el programa de trabajo, cuando éste sea obligatorio, así
como los documentos exigidos en la Cláusula 16 PROGRAMA DE TRABAJO del presente pliego, sin
derecho a intereses de demora, en su caso, por retraso en el pago de estas certificaciones., Asimismo en
las certificaciones que se extiendan excediendo del importe de las anualidades que rijan en el contrato no
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se contará el plazo previsto desde la fecha de su expedición, sino desde aquella otra posterior en la que
con arreglo a las condiciones convenidas y programas de trabajo aprobados deberían producirse.
No obstante lo anterior, si como consecuencia de retrasos en el abono del precio por parte del
PROMOTOR se devengaran intereses de demora, los mismos se calcularán abonándose al
adjudicatario, a partir del cumplimiento de los plazos para su devengo indicados en los párrafos
anteriores el interés legal del dinero.
Los criterios técnicos a seguir para la medición de las distintas unidades de obra, atenderán a los fijados
en el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares del proyecto aprobado por el PROMOTOR, o en su
defecto a los indicados en los epígrafes de cada unidad de obra en el documento de precios unitarios
descompuestos del proyecto. En caso de dudas, olvidos u omisiones, en los criterios anteriormente
establecidos, se atenderá al siguiente orden de prelación:
a) Los criterios enumerados en los epígrafes de mediciones.
b) Los establecidos en el Banco de Precios de la Construcción, de la Fundación Codificación y
Banco de Precios de la Construcción, que haya servido de base en la redacción del proyecto,
según lo articulado en el punto 20.2 Precios.
c) Los seguidos en la medición del proyecto, sin que en ningún caso los errores, excesos o
imprecisiones de dichas mediciones puedan constituirse en sí mismos en criterios.
Junto con cada una de las certificaciones deberán presentarse los siguientes documentos:
a) Los correspondientes informes mensuales.
b) La relación valorada.
c) Copia del Libro de órdenes.
d) Copia del Libro de Incidencias.
e) Copia de los Controles y Ensayos efectuados. Copia de los documentos relativos al control de
calidad y a la correcta ejecución de obra establecidos por el CTE (Fichas técnicas,
Documentos idoneidad técnica, marcados CE, certificados de calidad ...).
Tanto en los informes mensuales como en las relaciones valoradas se recogerán las variaciones de
medición que se produzcan respecto de las establecidas en el proyecto aprobado. En ningún caso las
certificaciones mensuales podrán recoger mayor medición que la que figura para cada una de las
partidas en el proyecto aprobado.
20.4 Unidades de obra defectuosas, mal ejecutadas o no ajustadas al proyecto
Se considerarán como unidades de obra defectuosas, mal ejecutadas o no ajustadas al proyecto
aquellas que no cumplan estrictamente con las características cualitativas y cuantitativas definidas para
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las mismas en las descripciones de sus precios unitarios, o con las especificaciones de los planos o con
las prescripciones establecidas en el Pliego de prescripciones técnicas del proyecto, de manera que
puedan dar lugar a variaciones de tipo cualitativo o cuantitativo en relación con las previsiones del
proyecto.
Se considerarán los siguientes niveles de obras defectuosas o mal ejecutadas:
Aquéllas en las que no se comprometa la funcionalidad y/o durabilidad del edificio o de parte del
mismo, es decir, cuando las obras defectuosas o mal ejecutadas no afecten a requisitos
esenciales, tales como: salubridad, estanqueidad, estabilidad, durabilidad, seguridad, confort
termo acústico, accesibilidad, protección contra incendios y funcionalidad.
Las obras comprendidas en este nivel podrán ser recibidas, aunque no cumplan estrictamente
las condiciones contratadas, siempre que se cuente al efecto, a propuesta de la Dirección
Facultativa, con la autorización previa del PROMOTOR.
En este caso la Dirección Facultativa deberá, así mismo, proponer al PROMOTOR la
consiguiente rebaja de los precios o mediciones de las unidades afectadas, conforme a los
siguientes criterios:
a) Cuando las obras defectuosas o mal ejecutadas se originen por haber efectuado con mayores
dimensiones que las establecidas en el proyecto determinadas piezas o elementos
constructivos, la Dirección Facultativa podrá proponer su aceptación, con las cotas y
dimensiones que figuren en el mismo, quedando el adjudicatario obligado a aceptar éstas, a no
ser que prefiera demoler, reconstruir o sustituir las unidades defectuosas, por su cuenta, y con
estricta sujeción al proyecto aprobado.
b) Cuando las obras defectuosas o mal ejecutadas se originen por motivos distintos a los
establecidos en el apartado a) anterior, la Dirección Facultativa propondrá un porcentaje de
minoración de los precios contratados, de las obras defectuosas mal ejecutadas, igual al doble
del porcentaje de desviación del valor del parámetro de medida de la calidad respecto del valor
especificado en el Proyecto. Esta minoración será como mínimo del veinte por ciento del precio
de las unidades afectadas.
Los precios minorados serán fijados por el PROMOTOR a la vista de la propuesta de la
Dirección Facultativa, quedando el adjudicatario obligado a aceptar los mismos, a no ser que
prefiera demoler, reconstruir o sustituir las unidades defectuosas, por su cuenta, y con estricta
sujeción al proyecto aprobado.
Aquéllas en las que se pueda comprometer la funcionalidad o se rebaje la durabilidad del edificio o
de parte del mismo, o existan indicios de que puedan afectar a requisitos esenciales, tales como:
salubridad, estanqueidad, estabilidad, durabilidad, seguridad, confort termo acústico, accesibilidad,
protección contra incendios y funcionalidad.
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En este caso, la Dirección Facultativa deberá ordenar, durante el transcurso de las obras y
siempre para su realización de forma inmediata las correcciones que sean precisas, siempre que
las mismas sean factibles sin alterar las condiciones estructurales, funcionales o estéticas y sin
que afecten desfavorablemente a otras unidades de obra, o bien las sustituciones, demoliciones y
reconstrucciones que sean necesarias, siendo de cuenta del adjudicatario el coste correspondiente
y sin que ello suponga una ampliación del plazo contractual.
La Dirección Facultativa podrá ordenar cuantas operaciones o acciones considere necesarias para
comprobar la existencia de mala ejecución o defectos.
Asimismo, si tuviese fundadas razones para presumir la existencia de vicios ocultos imputables a
la ejecución de las obras, ordenará efectuar en cualquier momento los análisis, pruebas o
ensayos, destructivos o no, que crea necesarios para reconocer los trabajos que presuma
defectuosos, dando cuenta de ello, con carácter previo, y a su terminación, al PROMOTOR. Estos
análisis, pruebas o ensayos serán sufragados por el adjudicatario.
Como garantía suplementaria, en concepto de garantía para la obtención de un buen acabado y
para poder subsanar cualquier clase de defecto o vicio en las obras e instalaciones y, en general,
para garantizar el cumplimiento del contrato el PROMOTOR, retendrá la cantidad del cinco por
ciento (5%), en efectivo, de todas las certificaciones de obra. Dicho importe se deducirá de las
certificaciones de obra. La devolución de dichas retenciones al adjudicatario se realizará, si
procede, en la Recepción Definitiva de la obra.
20.5 Abono de las unidades de seguridad y salud
El abono de las unidades de seguridad y salud incluidas en el plan correspondiente se efectuará, con la
misma periodicidad establecida para las certificaciones de obra, de forma porcentual sobre el importe de
la obra ejecutada en el periodo que se certifique, siendo el porcentaje a aplicar el que resulte de dividir el
importe del presupuesto vigente de ejecución material de seguridad y salud entre el importe del
presupuesto de ejecución material de las unidades de obra, también vigente en cada momento,
multiplicado por cien.
Para que sea procedente el referido abono porcentual, se requerirá que hayan sido ejecutadas y
dispuestas en obra, de acuerdo con las previsiones establecidas en el Plan, las unidades de Seguridad y
Salud. que correspondan al periodo a certificar.
Cuando durante el curso de las obras el PROMOTOR resolviere modificar el proyecto aprobado y, como
consecuencia de ello, fuere necesario alterar el Plan de Seguridad y Salud aprobado, el importe
económico del nuevo Plan, que podrá variar o ser coincidente con el inicial, se dividirá entre la suma del
presupuesto de ejecución material primitivo de la obra y el que originen, en su caso, las modificaciones
de éstas multiplicado por cien, obteniéndose el porcentaje a aplicar para efectuar el abono de las partidas
de Seguridad y Salud, de acuerdo con el criterio establecido con anterioridad. Dicho porcentaje será el
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que se aplique a origen a la totalidad del presupuesto de ejecución material de las unidades de obras en
las certificaciones sucesivas, deduciéndose lo anteriormente certificado.
20.6 Obligatoriedad del contratista de entregar toda la documentación relativa en materia de
seguridad.
La propiedad se reserva el derecho de paralizar las certificaciones hasta que el contratista no entregue
toda la documentación requerida por el Coordinador de Seguridad en materia de control de seguridad.
21. SUSPENSIÓN DEL CONTRATO DE OBRAS
Si el PROMOTOR acordase la suspensión temporal total de las obras, por causas imputables a ella
misma y por un periodo de tiempo que no dé derecho al adjudicatario a solicitar la resolución del
contrato, procederá el abono al CONTRATISTA de los daños y perjuicios efectivamente sufridos por este.
A estos efectos podrán ser resarcibles los costes directos, los costes indirectos y los gastos generales no
amortizados durante la suspensión, siempre y cuando el adjudicatario haya adoptado las medidas
necesarias para que los perjuicios sean los mínimos posibles para el PROMOTOR.
La indemnización solicitada por el CONTRATISTA, por los daños y perjuicios producidos, deberá estar
completamente justificada documentalmente y en ningún caso podrá ser superior a la cantidad que
resulte de multiplicar el número de meses de paralización por el importe obtenido al aplicar los
porcentajes de costes indirectos y gastos generales que figuran en el proyecto aprobado sobre el importe
de obra certificada en el mes previo a la paralización.
En el caso de que la suspensión acordada fuese temporal parcial, es decir afectase solo a una parte de
las obras en ejecución, se calculará el porcentaje que suponen las obras paralizadas respecto del total
contempladas en el proyecto aprobado y se aplicará este porcentaje a los cálculos indicados en el último
párrafo del apartado anterior para determinar el tope máximo de la indemnización.
22. MODIFICACIÓN DEL CONTRATO DE OBRAS
Una vez perfeccionado el contrato, el PROMOTOR sólo podrá introducir modificaciones, por razón de
interés suyo en los elementos que lo integran, siempre que sean debidas a necesidades nuevas o
causas imprevistas, justificándolo debidamente.
La Dirección Facultativa no podrá introducir en el proyecto, a lo largo de su ejecución, alteraciones en las
unidades de obra, sin autorización previa del PROMOTOR. Asimismo, en caso de discordancias con el
adjudicatario acerca de los documentos del proyecto tampoco podrá adoptar decisión alguna que pueda
implicar la introducción de modificaciones sobre el proyecto aprobado., sin que pueda, en ningún caso,
ser ello motivo de paralización o ralentización de las obras.
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La realización por el CONTRATISTA de alteraciones en las unidades de obra, sin autorización previa del
PROMOTOR, aún cuando éstas se realizasen bajo las instrucciones de la Dirección Facultativa, no
generará obligación alguna para el PROMOTOR, quedando además el adjudicatario obligado a rehacer
las obras afectadas sin derecho a abono alguno, todo ello sin perjuicio de las responsabilidades que el
PROMOTOR pudiera exigir a ambos en cumplimiento de sus respectivos contratos.
Serán obligatorias para el CONTRATISTA las modificaciones en el contrato de obras que, produzcan
aumento, reducción o supresión de las unidades de obra o sustitución de una clase de fábrica por otra,
siempre que ésta sea una de las comprendidas en el contrato. En caso de supresión o reducción de
obras, el adjudicatario no tendrá derecho a reclamar indemnización alguna.
Cuando las modificaciones supongan la introducción de unidades de obra no comprendidas en el
proyecto o cuyas características difieran sustancialmente de ellas, los precios de aplicación de las
mismas serán fijados por el PROMOTOR, a la vista de la propuesta del director facultativo de las obras y
de las observaciones del CONTRATISTA a esta propuesta. Si éste no aceptase los precios fijados, el
PROMOTOR podrá contratarlas con otro empresario en los mismos precios que hubiese fijado o
ejecutarlas directamente.
La Dirección Facultativa está obligada a comunicar al PROMOTOR, con antelación suficiente, cualquier
modificación del proyecto que pueda suponer un incremento de presupuesto, o una variación cualitativa
de la obra, recabando del mismo autorización para iniciar el correspondiente expediente, que se
substanciará con carácter de urgencia .
23. ALTA DE LAS INSTALACIONES, MÁQUINAS Y EQUIPOS
Será de cuenta y a costa del CONTRATISTA la realización de las gestiones, pagos de todos los gastos,
fianzas, tasas, arbitrios, redacción y visado de los proyectos que haya que presentar en los organismos y
compañías competentes, a efectos de obtener el alta y permiso del funcionamiento adecuado y
legalizado de las instalaciones, máquinas y equipos, aunque hayan de ser tituladas a nombre del
PROMOTOR o de la persona o entidad que ésta designe y aún cuando las reglamentaciones de las
ordenanzas municipales vigentes o normas de las compañías suministradoras exijan que la o las
acometidas se hagan por cada uno de los locales que, en su caso, comprenda el proyecto.
Asimismo, será de cuenta del CONTRATISTA la realización de las gestiones y pagos necesarios para
conseguir de las compañías suministradoras las dotaciones que éstas vengan obligadas a proporcionar y
ejecutar para la puesta en funcionamiento y entrega al uso de todos los suministros e instalaciones que
contemple el proyecto.
24. RECEPCIÓN DE LAS OBRAS
La recepción de la OBRA se efectuará en dos fases:
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Recepción de Obra
- Con reparos, en caso de existir defectos de obra subsanables a la finalización de las obras. Se
levantará acta correspondiente con el listado de reparos a subsanar por el adjudicatario, y con un
plazo para la ejecución de los mismos. Este Acta será suscrita por los intervinientes: el
PROMOTOR y sus representantes técnicos, la dirección facultativa y el CONTRATISTA de las
obras. Esta recepción no tendrá lugar si se puede proceder a la Recepción de Obra sin reparos.
- Sin reparos, en caso de no existir defectos de obra o, una vez subsanados los reflejados en el
acta descrito en el párrafo anterior. Se levantará acta correspondiente suscrita por los
intervinientes: el PROMOTOR y sus representantes técnicos, la dirección facultativa y el
CONTRATISTA de las obras. A partir de la fecha del Acta de Recepción Obra sin reparos se
iniciará el período de garantías de las obras.
Recepción Definitiva
Una vez transcurrido el plazo de garantía y subsanados todos los defectos y vicios ocultos de la
construcción, se procederá al levantamiento del acta correspondiente suscrita por los
intervinientes: el PROMOTOR y sus representantes técnicos, la dirección facultativa y el
CONTRATISTA de las obras.
1. El CONTRATISTA, una vez terminada la obra y antes del acto de la recepción, deberá
entregar al PROMOTOR original y dos copias de los siguientes documentos, debidamente
ordenados y encuadernados:
a) Planos y demás documentos necesarios para reflejar exactamente la obra ejecutada que
se entregarán en el soporte informático que al efecto establezca el PROMOTOR
b) El reportaje fotográfico así como los originales del mismo.
c) Libro de órdenes.
d) Libro de Incidencias.
e) Relación de subcontratistas, incluidos proveedores, fabricantes y procedencia de los
materiales.
f) Homologaciones, certificados, sellos y demás garantías de los materiales o elementos
colocados en obra que lo requieran o lo posean. De estos elementos se desglosarán, en
documento aparte, aquellos que procedan en aplicación de la normativa de protección
contra incendios.
g) Características técnicas de las máquinas, equipos y aparatos instalados.
h) Los proyectos de las instalaciones, verificados por los organismos competentes, boletines
de luz y agua, y los planos definitivos de trazado de las mismas.
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i) La documentación relativa al control de calidad de la obra, incluidas las pruebas finales y
puesta en servicio de todas las instalaciones existentes en la obra.
j) La documentación técnica que haya sido necesaria para obtener cuantos permisos,
licencias y autorizaciones para la entrada en funcionamiento de la obra ejecutada.
k) Los certificados de garantía y los manuales de uso, mantenimiento y conservación
correspondientes a las instalaciones, máquinas y equipos que se hubiesen instalado en la
obra
l) Cualquier otro documento que así se establezca en el presente Pliego .
m) Toda la documentación exigida por el Código Técnico de Edificación, para elaboración del
Libro del Edificio, y la requerida por el Director de Ejecución de Obra.
2. Igualmente, antes de la recepción, el CONTRATISTA deberá realizar las actuaciones que a
continuación se indican, requisito sin el cual no podrá llevarse a efecto la recepción.
a) Retirar, previa conformidad del PROMOTOR, todos los carteles de obra así como cualquier
otro cartel o señalización que no forme parte de la señalización definitiva del edificio.
b) Proceder a la limpieza del inmueble y, en su caso, de la urbanización objeto de las obras, de
tal forma que queden dispuestos para su entrada en uso directamente, sin necesidad de una
nueva actuación de limpieza.
c) Acreditar la vigencia de la póliza del seguro de incendio de las obras, por el plazo de un año
contado desde la recepción de las mismas, y que la prima se encuentra totalmente abonada.
d) Acreditar la vigencia de las pólizas de los seguros de daños materiales, o seguros de caución,
establecidos en el apartado 1., letras b) y c) del Art.19 de la Ley 38/1999, de 5 de noviembre,
de Ordenación de la Edificación (L.O.E.).
3. Desde la finalización de la ejecución de las obras hasta su Recepción Provisional sin reparos, el
adjudicatario queda obligado, a su costa, a la conservación y guardería de las mismas, siendo
responsable de los daños que en ella se produzcan. Asimismo vendrá obligado a conservar, en
caso, la jardinería incluida en el contrato.
4. Podrán ser objeto de recepción parcial aquellas partes de obra susceptibles de ser ejecutadas
por fases que puedan ser entregadas al uso público, según lo establecido en el contrato.
Siempre que por razones excepcionales de interés público debidamente motivadas en el
expediente, el órgano de contratación acuerde la ocupación efectiva de las obras o su puesta en
servicio para el uso público, aún sin el cumplimiento del acto formal de recepción, desde que
concurran dichas circunstancias se producirán los efectos y consecuencias propios del acto de
recepción de las obras y en los términos en que reglamentariamente se establezcan.
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25. CERTIFICACIÓN FINAL DE LAS OBRAS
En el plazo de dos meses contados a partir de la fecha de Recepción Provisional sin reparos, el órgano
de contratación deberá aprobar la certificación final de las obras ejecutadas, que será abonada al
CONTRATISTA a cuenta de la liquidación del contrato.
A estos efectos, recibidas las obras se procederá seguidamente con asistencia del CONTRATISTA a la
medición y valoración, a los precios ofertados, de las modificaciones introducidas por el PROMOTOR,
sumando o restando el valor resultante al presupuesto fijo del proyecto adjudicatario. A tal efecto, en el
acta de Recepción Provisional sin reparos de la obra se fijará la fecha para el inicio de dicha medición,
quedando notificado el adjudicatario para dicho acto.
De dicho acto se levantará acta en triplicado ejemplar que firmarán el director de la obra y el
adjudicatario, retirando un ejemplar cada uno de los firmantes y remitiéndose el tercero por el director de
la obra al órgano de contratación.
Si el CONTRATISTA no ha asistido a la medición el ejemplar del acta le será remitido por el director de la
obra para que en el plazo de cinco días hábiles preste su conformidad o manifieste los reparos que
estime oportunos.
Sobre la base del resultado de la medición anterior y dentro del plazo de un mes contados a partir de la
fecha de recepción, el director de la obra redactará la correspondiente relación valorada.
Posteriormente, y dentro de los diez días siguientes al término del plazo indicado en el párrafo anterior, el
director de la obra expedirá y tramitará la correspondiente certificación final.
Si se hubiesen reducido las dimensiones en algún elemento del proyecto se deducirá el importe
correspondiente aplicando los precios de la oferta a la disminución de medición.
No procederá recoger en la certificación final de las obras las variaciones de las unidades de seguridad y
salud, contempladas en el plan vigente en el momento de la recepción.
La certificación final de la obra se elaborará según el modelo establecido al efecto por el PROMOTOR, y
deberá contener la siguiente documentación:
a) Memoria, incluyendo: antecedentes, presupuesto vigente, honorarios, saldo de
liquidación, justificación de las variaciones de medición.
b) Acta de recepción de la obra.
c) Acta de medición final de la obra.
d) Medición de la obra realmente ejecutada.
e) Presupuesto comparativo.
f) Relación de certificaciones expedidas a la contrata.
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g) Relación de minutas de honorarios expedidas a la Dirección Facultativa.
h) Estado demostrativo del saldo de la certificación final.
i) Revisión de precios que proceda en su caso.
j) Planos definitivos de la obra.
26. PLAZO DE GARANTÍA
Se establece un plazo de garantía de doce meses a contar desde la fecha de Recepción Provisional sin
reparos de las obras.
Durante el plazo de garantía, el CONTRATISTA queda obligado a atender y subsanar a su costa, bajo la
supervisión de la Dirección Facultativa, cualquier reclamación que le sea presentada como consecuencia
de la defectuosa construcción. La no subsanación de estas reclamaciones facultaría al PROMOTOR para
la ejecución de las garantías establecidas al efecto.
Antes de la finalización del plazo de garantía el PROMOTOR podrá requerir al CONTRATISTA la
subsanación de los defectos observados, concediéndole un plazo para ello, y quedando, en este caso,
en suspenso el plazo de garantía hasta que por parte de la empresa se haya efectuado la subsanación
de conformidad para el PROMOTOR.
Si después de la Recepción Definitiva surgiesen averías producidas por defectos ocultos que
evidenciasen incumplimiento por parte del adjudicatario, se considerará responsable de estas averías y
de sus consecuencias al adjudicatario. En todo caso, el CONTRATISTA responderá de la edificación,
total o parcialmente, por vicios o defectos de la misma, durante los plazos y en las condiciones previstas
en la legislación vigente, y en especial, en el artículo 1.591 del Código Civil, así como de la
responsabilidad civil prevista en el Art. 17 de la L.O.E
27. LIQUIDACIÓN DE LAS OBRAS
Transcurrido el plazo de garantía a partir de la fecha del Acta de Recepción Provisional sin reparos, el
CONTRATISTA solicitará a la Dirección Facultativa la Recepción Definitiva, levantándose el Acta de
Recepción Definitiva suscrita por los mismos que la Provisional, en la que se expresarán los defectos
que, en su caso pudieran observarse, los cuales se subsanarán por el CONTRATISTA en el plazo que
fije la Dirección Facultativa. Una vez corregidos los defectos, se hará la Liquidación Definitiva de las
obras, abonando el PROMOTOR al CONTRATISTA las retenciones, si procediese.
La devolución de las garantías establecidas en este contrato, atenderá a los siguientes plazos:
- La garantía definitiva equivalente al 5% del Presupuesto Base de Licitación será devuelta
al cumplimiento del plazo de garantía establecido, siempre tras la liquidación definitiva de
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las obras al entenderse que garantiza la correcta ejecución y funcionamiento de la obra
ejecutada.
- El importe de las retenciones mensuales del 5%, aplicadas sobre la obra ejecutada, será
devuelto con la recepción de las obras, al entenderse que garantizan la buena ejecución
de las unidades de obra.
La liquidación de las obras se efectuará con los mismos criterios y documentación, establecidos en la
cláusula 25 CERTIFICACIÓN FINAL DE LAS OBRAS del presente Pliego, para la realización de la
certificación final de las obras.
En el caso de resolución del contrato por causas imputables al CONTRATISTA, para establecer el saldo
de liquidación de obras se restará de la valoración correspondiente a la obra ejecutada, que sea de
recibo, el importe de las certificaciones cursadas.
Como obra ejecutada, a los efectos de su valoración, sólo se tendrá en cuenta la que corresponda a
aquellas unidades de obra del proyecto aprobado en las que sean comprobables su correcto
funcionamiento o terminación, valorándose conforme a la descomposición de los precios unitarios y,
dentro de ellas, únicamente las que no presenten defectos o deterioros y estén correctamente
ejecutadas.
Las obras auxiliares o accesorias, los acopios de materiales y la maquinaria e instalaciones no podrán
considerarse en el caso referido.
Cuando se trate de causas de resolución de contrato imputables al PROMOTOR, el CONTRATISTA
tendrá derecho al valor de las obras efectivamente realizadas.
Como obras efectivamente realizadas se considerarán, de una parte, las correspondientes a unidades de
obra terminadas completas o incompletas, que sean de recibo, tomándose como base, para valorar estas
últimas, las descomposiciones de los precios unitarios, salvo que se adviertan errores, defectos u
omisiones en las mismas, en cuyo caso, se obtendrán las necesidades y recursos que realmente se
deduzcan de la obra ejecutada.
De otro lado, se considerarán también como obras efectivamente realizadas las accesorias e
instalaciones provisionales de obra que formen parte de los costes indirectos, en la forma que
reglamentariamente se determine.
La valoración de las obras accesorias e instalaciones provisionales de obra, no incluidas en el estudio de
seguridad, se fijará en base al desglose de porcentajes, que dentro del total de costes indirectos,
corresponda a cada uno de tales conceptos, según se haya establecido o considerado en el proyecto,
bien de modo expreso o por referencia a norma o publicación que verse sobre la materia o, en su
defecto, de acuerdo con la publicación "Banco de Precios de la Construcción de la Fundación
Codificación y Banco de Precios de la Construcción".
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28. RESOLUCIÓN DEL CONTRATO
El PROMOTOR podrá acordar la resolución del contrato por los siguientes motivos:
a) El reiterado incumplimiento de las medidas de seguridad recogidas en el plan de seguridad y
salud de la obra y de la normativa sectorial de aplicación.
b) El abandono de la obra por parte del CONTRATISTA, entendiéndose por tal el retraso, por un
periodo continuado igual o superior a dos meses, o por los incumplimiento de los hitos parciales
fijado en el punto 20.2 Precios en la ejecución de la obra que suponga una disminución del ritmo de
ésta superior al 75% de lo establecido en el programa de trabajo aprobado, y siempre y cuando
dicho retraso no sea imputable al PROMOTOR o esté ocasionado por casos de fuerza mayor,
entendiendo por tal :
- Los incendios causados por la electricidad atmosférica.
- Los fenómenos naturales de efectos catastróficos, como maremotos, terremotos erupciones
volcánicas, movimientos del terreno, temporales marítimos, inundaciones y otros
semejantes.
- Los destrozos ocasionados violentamente en tiempo de guerra, robos tumultuosos o
alteraciones graves del orden público
c) La mala fe en la ejecución de los trabajos a juicio de la Dirección Facultativa y la desobediencia o
no cumplimiento de las órdenes de ésta.
d) El incumplimiento de las responsabilidades y obligaciones reflejadas en este pliego, en especial la
obligación de guardar sigilo prevista en la cláusula 18.6 Información y difusión de las obras, así
como el incumplimiento de cualquier otra obligación, corresponda cumplir al adjudicatario.
El contratista, en el supuesto a que se refiere este apartado, se obliga a cumplir las instrucciones dadas
por el PROMOTOR, adoptando todas las medidas necesarias para posibilitar la continuación de las
obras. El contratista se obliga a indemnizar de todos los perjuicios que ocasionen al PROMOTOR o al
nuevo contratista si de forma directa o indirecta impidiese dicha continuación
29. DEBER DE COLABORACIÓN, DILIGENCIA Y BUENA FE
El adjudicatario de la obra, colaborará con el PROMOTOR, personas, empresas u organismos por ella
designados, facilitando y poniendo a su disposición cuanta información le sea solicitada, referida a la
obra en cuestión.
El contratista actuará en la ejecución del contrato y antes las incidencias que pudieran surgir, de acuerdo
con los principios de diligencia y buena fe, adoptando, aun cuando la incidencia no le fuera imputable,
todas las medidas a su alcance para evitar los perjuicios que pudieran ocasionar al interés general y al
PROMOTOR como parte contractual. El incumplimiento de este deber de diligencia
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podrá dar lugar a obligación de resarcir al PROMOTOR.
30. RÉGIMEN JURÍDICO Y JURISDICIÓN
El PROMOTOR ostenta la prerrogativa de interpretar los contratos y resolver las dudas que ofrezca su
cumplimiento. Igualmente, podrá modificar, los contratos y acordar su resolución .
El Contrato quedará sometido a lo establecido en el presente Pliego, en el Pliego de Condiciones y en lo
no expresamente previsto en los mismos se regirá por el Derecho Común que le sea de aplicación.
Las cuestiones litigiosas que puedan surgir sobre interpretación o modificación del contrato, serán
resueltas por los Juzgados y Tribunales de Sevilla, a cuya jurisdicción se someten las partes,
renunciando expresamente a cualquier fuero que les pudiera corresponder.
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ANEXO I: CUADRO DE CARACTERÍSTICAS DEL CONTRATO
1.-DESIGNACION DE LA OBRA, PROMOTOR Y LUGAR
Designación: CENTRO DE VUELOS EXPERIMENTALES ATLAS
Promotor: FUNDACIÓN ANDALUZA PARA EL DESARROLLO AEROESPACIAL, FADA
Lugar: VILLACARRILLO, JAÉN.
Perfil del contratante: www.atlascenter.aero
Expediente: ATL001/12
2.-TRAMITACION, PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACION
Procedimiento: Abierto
Forma: Concurso
3.-PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN
Presupuesto de Ejecución por Contrata, IVA excluido .......................................... 2.380.000,00 €
DOS MILLONES TRESCIENTOS OCHENTA MIL EUROS, CON CERO CÉNTIMOS
I.VA: .............................................................................................. 428.400,00 €
TOTAL: .......................................................................................... 2.808.400,00 €
4. FECHA LÍMITE DE PRESENTACIÓN DE OFERTAS
23 de Abril de 2012 a las 14:00 horas
5.-CLASIFICACIÓN DEL ADJUDICATARIO
Grupo: C y G Subgrupos: Todos
Categoría : F
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6. CONTROL DE CALIDAD DE LAS OBRAS
Incluido en el Contrato: SI
7. REQUISITOS DE SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA
Facturación anual media en contratos de construcción de similares características (obras de
presupuestos análogos), sean superiores a 5 veces el importe del Presupuesto Base de Licitación del
presente pliego, durante los últimos 5 ejercicios.
8. REQUISITOS DE SOLVENCIA TÉCNICA
Realización de al menos 5 obras completas, en los últimos 5 años, en el ámbito aeroportuario /
aeródromos en las que se haya intervenido en algunas de las siguiente áreas:
- Campo de vuelos (pistas, calles de rodaje, etc.. )
- Urbanización.
- Plataformas.
- Hangares.
- Edificios de control.
Para la justificación de dicho criterio, el licitante deberá presentar una ficha resumen, por cada obra,
con las características principales de la obra (presupuesto, plazo, descripción de la obra, cliente y
fotografías), así como una certificación expedida por el promotor.
9.-GARANTIA PROVISIONAL
47.600,00 €- euros, equivalente al 2% del presupuesto base de licitación
10.-GARANTIA DEFINITIVA
119.000,00 € - euros, equivalente al 5% del presupuesto base de licitación
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11.-ADSCRIPCION DE PERSONAL
Deberán quedar adscritos con dedicación exclusiva a la obra, con carácter mínimo, como Jefe de Obra
un Arquitecto o un Arquitecto Técnico, o un Ingeniero Aeronáutico o ICCP de más de 8 años de
experiencia y experiencia en aeródromos/aeropuertos/campos de vuelo; como Ayudante del Jefe de
Obra o Jefe de Producción de Arquitectura, un Arquitecto Técnico con más de tres años de experiencia;
como Ayudante del Jefe de Obra o Jefe de Producción de Instalaciones, un Ingeniero Técnico Industrial
con más de cinco años de experiencia; se deberá incorporar al inicio de la obra un auxiliar administrativo
especializado.
8.-PLAZO DE EJECUCION DE LAS OBRAS
10 meses desde la fecha del acta de comprobación del replanteo
11.-PLAZO DE GARANTIA DE LAS OBRAS
1 año desde la fecha de recepción provisional de las obras
12.- REVISIÓN DE PRECIOS
No se realizará revisión de precios.
13. CORREO ELECTRÓNICO
14.PENALIDADES
Por incumplimiento de Plazos : SI
Por incumplimiento del plazo de entrega del Plan de Seguridad y Salud en
el trabajo previsto en el apartado 14.1 del Pliego: SI
1. Por Plazo
El CONTRATISTA queda obligado al cumplimiento del contrato dentro del plazo total fijado para su
realización en el ANEXO I: CUADRO DE CARACTERÍSTICAS DEL CONTRATO , así como de los
plazos parciales señalados en punto siguiente del presente pliego.
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La constitución en mora por el adjudicatario no precisará intimación previa por parte del PROMOTOR
Se establecen tres tipos de penalizaciones:
a.- Penalización por mora en el plazo final de la ejecución de obra. Si llegado al término del plazo
final, el adjudicatario hubiera incurrido en mora por causas imputables al mismo, el PROMOTOR
podrá optar indistintamente, en la forma y condiciones que estime oportuno, por la resolución del
contrato con pérdida de garantía definitiva o por la imposición de las penalidades establecidas en el
presente artículo.
b.- Penalización por retrasos de producción. Para garantizar el cumplimiento del programa de obra
previsto y, en definitiva, la fecha de terminación real de la obra, se establece un punto de control
bimensual sobre la producción de obra, en función de las producciones previstas por el adjudicatario
en su planificación contractual, que si la producción certificada mensualmente tiene una desviación a
la baja mayor de un 5% sobre la prevista en las certificaciones pares, se aplicará una penalización
sobre la certificación del mes, por un valor máximo hasta un 15% sobre lo no certificado, a criterio del
PROMOTOR. Las penalizaciones por retrasos de producción tienen el carácter de recuperables, de
modo que, en la certificación correspondiente al mes siguiente de la recuperación de la producción
inicialmente prevista, serán devueltas al adjudicatario.
c.- Además del plazo final de la ejecución de la obra, se establecen puntos de control intermedios o
hitos parciales en el inicio o finalización de ciertas unidades de obra. Con ello, se evita que el control
de la producción establecido en la presente cláusula se falsee con excesos de producción en
actividades no críticas.
Para ello, se exige al adjudicatario la definición de los siguientes hitos parciales en su planificación de
la obra, para establecer los puntos reales de obra ejecutada intermedios:
Hito final de la pista de vuelos
Hito Final de la Cimentación para Hangar y Edificio de Control.
Hito Final de Estructuras para Hangar y Edificio de Control.
Hito Inicial y Final de los Cerramientos Exteriores para Hangar y Edificio de Control.
Hito Inicial de Instalaciones.
Hito Final de Prueba de Instalaciones.
El incumplimiento de estos hitos intermedios facultará al PROMOTOR a optar por la resolución del
contrato con pérdida de garantía definitiva o por la imposición de las penalidades. En este caso de
hitos parciales, el importe de 0,25 € diarios por cada 601,01 € de contrato previsto en el citado
artículo se asimilará a 0,25 € diarios por cada 601,01 € de la producción asignada al mes del hito
incumplido.
Las penalizaciones por incumplimiento de hitos parciales tienen el carácter de recuperables. Serán
recuperables, si y sólo si, se cumple con el inicio de la actividad planificada sucesora, y el control
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sobre la producción mensual no se ha visto penalizado en los tres meses anteriores al hito
penalizado.
El importe de las penalidades no excluye la indemnización a que pudiese tener el PROMOTOR, por
daños y perjuicios originados por la demora del adjudicatario.
Si el retraso fuese producido por motivos no imputables al contratista y éste ofreciera cumplir sus
compromisos dándole prórroga del tiempo que se le había señalado, se concederá por el
PROMOTOR un plazo que será, por lo menos, igual al tiempo perdido, a no ser que el contratistas
pidiese otro menor.
2. Por Plan de seguridad y salud en el trabajo
El Plan de Seguridad y Salud en el trabajo deberá ser presentado por el CONTRATISTA al
PROMOTOR en el plazo máximo de 15 días naturales desde la fecha de adjudicación, al objeto de
que pueda ser aprobado previamente al inicio de la obra, siendo requisito imprescindible para que se
pueda comenzar. El incumplimiento del mencionado plazo de presentación supondrá una
penalización diaria de 1 por cada 5.000.- euros del precio del contrato, que será descontada, en su
caso, en la primera certificación.
15. RETENCIONES:
Retenciones cinco por ciento (5%), en efectivo, de cada certificación.
16.ANUALIDADES
No procede por la duración del contrato
17. PERIOCIDAD DE PAGOS
Mensual.
18. ÚNICO CRITERIO DE ADJUDICACIÓN: PRECIO MÁS BAJO:
NO
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ANEXO II: REQUISITOS DE TÉCNICOS ASIGNADOS CON CARÁCTER PERMANENTE
Técnicos asignados con carácter permanente a la obra
Puesto número de
personas: Titulación Especialización Experiencia mínima
1 JEFE DE OBRA
ARQUITECTO O
ARQUITECTO
TÉCNICO,
INGENIERO
AERONAUTICO O
I.C.C.P.
8 años en obras de
aeródromos,
aeropuertos y/o campos
de vuelo.
1 AYUDANTE DE JEFE
DE OBRA O JEFE
DE PRODUCCIÓN
EN ARQUITECTURA
ARQUITECTO
TÉCNICO
3 años a pie de obra
como ayudante de jefe
de obra
1 AYUDANTE DE JEFE
DE OBRA O JEFE
DE PRODUCCIÓN
EN INSTALACIONES
INGENIERO TÉCNICO
INDUSTRIAL
INSTALACIONES DE
EDIFICIOS DE
OFICINAS
5 años a pie de obra
AUXILIAR
ADMINISTRATIVO N.D. 2 años
Otros Requisitos:
Caseta de Obra con Sala de Reuniones con capacidad para 8 personas como mínimo., así como tener
habilitado un espacio de trabajo para la Dirección Facultativa y el PROMOTOR o Consultor técnico del
mismo.
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ANEXO III: CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN Y BAREMOS DE VALORACIÓN
PROPOSICIÓN ECONÓMICA: hasta 40 Puntos
En el caso de existir 3 o más ofertas, se calculará la media aritmética de las bajas de las propuestas
económicas presentadas por los licitadores, en adelante BAJA MEDIA.
Para el cálculo de la citada media y, exclusivamente a estos efectos, se excluirán todas las ofertas que
correspondan a empresas pertenecientes al mismo grupo, entendiéndose por tales las que se
encuentren en alguno de los supuestos del Art. 42.1 del Código de Comercio, con excepción de la que
se encuentre más próxima a la media aritmética de cada grupo de empresas vinculadas. Si las
empresas vinculadas fueran 2 se considerará a estos efectos el valor medio de las dos ofertas.
Asimismo, en el caso de existir 7 o más ofertas y, exclusivamente a los efectos del cálculo de la citada
media, se excluirán las propuestas extremas, es decir, la más alta y la más baja.
Una vez determinada dicha media, todas las ofertas, incluidas las que fueron excluidas para el cálculo
de la misma, se valorarán conforme a los siguientes criterios:
A cada oferta se le asignará los puntos señalados en la siguiente tabla o los que correspondan por
interpolación entre ellos (las acotaciones de los distintos tramos está definidas por las diferencias,
expresadas en puntos porcentuales, respecto a la baja media).
TRAMO I
Baja media ……........... 40 puntos
Baja media + 3%........ 35 puntos
TRAMO II
Baja media +3%.......... 35 puntos
Baja media +8%........... 0 puntos
TRAMO III
Baja media ……........... 40 puntos
Baja media -3% .......... 35 puntos
TRAMO IV
Baja media -3% ......... 35 puntos
Baja media -8% .......... 0 puntos
Lógicamente todas las ofertas con una baja superior a la baja media más/menos ocho puntos
porcentuales, obtendrán cero puntos por este concepto.
En el caso de existir 2 ofertas, se considerará que el punto de unión entre los tramos I y III
corresponden con una baja del 10% del presupuesto base de licitación, valorándose posteriormente
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las ofertas según la tabla anterior.
Se considerarán, en principio, desproporcionadas o temerarias las ofertas que se encuentren en los
siguientes supuestos:
1) Cuando concurriendo un solo licitador, sea inferior al presupuesto base de licitación en más
de 25 unidades porcentuales.
2) Cuando concurran dos o más licitadores, la que sea inferior en más de 10 unidades
porcentuales respecto de la media calculada según los criterios anteriores.
Todas las propuestas superiores al presupuesto de licitación serán rechazadas y, por tanto, tampoco serán
tenidas en cuenta para calcular la media de las propuestas presentadas.
PROPOSICIÓN TÉCNICA: hasta 60 Puntos
Los criterios de valoración en el aspecto técnico se desglosan del siguiente modo:
PLANIFICACIÓN Y REDUCCIÓN DEL PLAZO: hasta 15 Puntos
Se valorará la realización de una óptima planificación valorada de la obra, conforme a las curvas de
producción extraídas de la planificación del proyecto, valorándose positivamente las reducciones de plazo,
tanto en el plazo final como en el cumplimiento de los hitos parciales, del siguiente modo:
El estricto cumplimiento de la planificación del proyecto se valorará con 5 puntos.
La reducción del plazo final de la obra, se valorará a razón de 0,5 puntos por semana de
reducción del plazo, hasta un máximo de 4 puntos
La anticipación, suficientemente justificada, de los hitos intermedios se valorará hasta un
máximo de 4 puntos de la siguiente forma:
- Hito final de la pista de vuelos , Hasta 1,5 puntos
- Hito Final de la Cimentación para Hangar y Edificio de Control. Hasta 0,5 puntos.
- Hito Final de Estructuras para Hangar y Edificio de Control. Hasta 0,5 puntos.
- Hito Inicial y Final de los Cerramientos Exteriores para Hangar y Edificio de Control.
Hasta 0,5 puntos.
- Hito Inicial de Instalaciones. Hasta 0,5 puntos.
- Hito Final de Prueba de Instalaciones. Hasta 0,5 puntos.
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Coherencia e idoneidad del proceso de ejecución de obra y de los sistemas de los distintos
agentes que participan en la misma, hasta un máximo de 2 puntos.
ANÁLISIS DEL PROYECTO Y ESTUDIO DE LA OBRA: hasta 20 Puntos
Se valorará el grado de conocimiento del proyecto y del emplazamiento y circunstancias específicas
concurrentes en la obra y viabilidad e idoneidad del proceso de ejecución de la obra. Concretamente se
valorará lo siguiente:
Revisión de las mediciones de proyecto y justificación de las desviaciones detectadas.
Previsiones de accesos y circulaciones.
Localización de los puntos de conexión y acometida de las instalaciones y servicios
provisionales.
Condiciones de implantación de equipos, etc.
Coherencia e idoneidad del proceso de ejecución de obra y de los sistemas de los distintos
agentes que participan en la misma.
Mejoras propuestas por el licitador sin coste adicional al contrato.
TÉCNICOS ADSCRITOS A LA OBRA: hasta 8 Puntos
Se valorarán los medios personales, técnicos, mandos intermedios, etc., que serán asignados a la obra
con el fin de tener la mayor garantía de calidad y el mejor cumplimiento del plazo.
Tendrán preferencia de adjudicación las empresas que acrediten la presencia de personal minusválido en
plantilla.
RELACIÓN DE OBRAS SIMILARES: hasta 5 Puntos
Se valorará la ejecución de obras similares, tanto en la tipología edificatoria, como en el alcance
presupuestario, durante el quinquenio de 2006-2011.
RELACIÓN DE SUBCONTRATISTAS PROPUESTOS: hasta 7 Puntos
Se valorará la presentación de subcontratistas de la zona (término municipal de Villacarrillo) para la
ejecución de las tareas propias de subcontratación. Si estas empresas subcontratistas tuvieren la
Clasificación del Contratista deberán hacerlo constar, pues se valorará positivamente.
ASEGURAMIENTO DE LA CALIDAD: hasta 5 Puntos
Se valorará la existencia de un sistema de aseguramiento de la calidad y el compromiso de establecer un
Plan de Autocontrol de la calidad en la obra.
PUNTUACIÓN TOTAL MÁXIMA 100 PUNTOS
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ANEXO IV: PROPOSICIÓN ECONÓMICA
D.
con residencia en
provincia de
calle n°
según Documento Nacional de Identidad n°
enterado de las condiciones y requisitos que se exigen para la adjudicación del contrato de obra ¹
• Expediente:
• Título:
• Localidad:
por el sistema de procedimiento abierto de licitación y forma de concurso, se compromete, en nombre
(propio o de la empresa que representa) a tomar a su cargo la ejecución de las obras, con estricta sujeción
a los requisitos exigidos, de acuerdo con las condiciones ofertadas, por la cantidad de ²
……………………….. euros, IVA excluido. ²
A esta cantidad le corresponde un IVA de………………… euros. ²
Asimismo se compromete a ejecutar las obras por el siguiente presupuesto:
A) TOTAL DE PRESUPUESTO DE EJECUCIÓN MATERIAL ................................................. euros.
B) BAJA SOBRE EL PRESUPUESTO DE EJECUCIÓN MATERIAL........................................ euros.
C) PRESUPUESTO DE EJECUCIÓN MATERIAL OFERTADO (A-B) ..................................... euros.
D) GASTOS GENERALES Y BENEFICIO INDUSTRIAL ......................................................... euros.
E) TOTAL DE PRESUPUESTO GENERAL (C+D) ................................................................... euros.
F) I.V.A SOBRE EL PRESUPUESTO GENERAL ................................................................... euros.
G) TOTAL DEL PRESUPUESTO DE EJECUCIÓNPOR CONTRATA. (E+F). .......................... euros.
(Lugar, fecha y firma del proponente)
_
¹ Expresar denominación y número del expediente. ² Expresar claramente, escrita en letra y número, la cantidad de euros por las que se compromete el
proponente de su ejecución.
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ANEXO V: MODELO DE AVAL PARA GARANTÍA PROVISIONAL
(la Entidad Financiera1) y en su nombre y representación, D. , con poderes suficientes para
obligarle en este acto, según resulta de la escritura de poder otorgada en , el día ,
ante el notario D. , bajo el nº: de su protocolo, e inscrita en el Registro Mercantil
de .
A V A L A
y se constituye, ante la Fundación Andaluza para el Desarrollo Aeroespacial FADA, en fiador solidario de la
empresa constructora , por la cantidad de EUROS, (en letra
euros), en concepto de garantía provisional, para responder de todas las obligaciones derivadas
de la formalización del contrato de obras de , sin que pueda oponer el
beneficio de excusión a que se refiere el artículo 1830 del Código Civil, al que renuncia expresamente.
Por virtud de la presente garantía, la entidad avalista queda obligada a pagar al PROMOTOR la referida
cantidad dentro de los cinco días hábiles siguientes al primer requerimiento que a este fin se haga por el
Director General del PROMOTOR.
Este aval tendrá validez durante el plazo máximo de seis meses.
La presente fianza ha sido inscrita, con esta misma fecha, en el Registro especial de Avales con el número
En , a de de 201
(entidad avalista)
P.P. fdo.:
CON INTERVENCIÓN DE FEDATARIO PÚBLICO
1 O Entidad de Seguro mediante certificado de Seguro de crédito y caución.
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ANEXO VI: MODELO DE CONTRATO
En Sevilla, a de de 20__
De una parte, D./Dª , en su calidad de Director/a General de la Fundación Andaluza
para el Desarrollo Aeroespacial (en adelante PROMOTOR).
Y de otra D./Dª ____, con DNI __, en nombre y representación de
_, con CIF. ___, y domicilio en ____, en calle , C.P. ,
constituida por tiempo en escritura autorizada por el notario de __, D./Dª
con el número de orden. INSCRITA en el Registro Mercantil de , al tomo
, folio ____, hoja número , inscripción .
Ostenta dicha representación en virtud de escritura de poder, otorgada ante el Notario de
___ D./Dª. ____, el día __, n.º de protocolo , declarando que sus
facultades no le han sido revocadas, suspendidas ni limitadas de forma alguna
ANTECEDENTES ADMINISTRATIVOS
I. Con fecha ___ fue acordada por el órgano de contratación la aprobación del gasto, del
expediente y la apertura del procedimiento de adjudicación mediante el sistema de concurso,
procedimiento restringido.
II. La adjudicación definitiva del presente contrato se realiza por un importe de
EUROS ( €), mediante resolución del Director General del PROMOTOR de fecha
_, previa propuesta de la Mesa de Contratación.
CLÁUSULAS DEL CONTRATO
PRIMERA.- La Empresa se compromete a la ejecución de las obras de conforme al
Proyecto y con estricta sujeción al Pliego de Cláusulas Administrativas y Técnicas Particulares, documento
contractual que acepta plenamente y de lo que deja constancia firmando en este acto su conformidad.
SEGUNDA.- El precio cerrado, conforme a lo establecido en el Pliego de Cláusulas Administrativas del
contrato es de € IVA incluido.
Este precio será abonado por el PROMOTOR de acuerdo con lo estipulado en la Cláusula 19 del Pliego de
Cláusulas Administrativas y Técnicas Particulares que rige para este contrato.
TERCERA.- El plazo de ejecución de las obras es de meses, contados desde el día siguiente al
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de la firma del Acta de Comprobación de Replanteo. La comprobación del replanteo tendrá lugar dentro del
plazo de 30 días contados desde esta fecha.
CUARTA.- El plazo de garantía es de un año, contado desde la recepción de las obras.
QUINTA.- Para responder del cumplimiento de este contrato, ha sido constituida a favor del PROMOTOR
una garantía por un importe de € (equivalente al 5% del Presupuesto Base de Licitación), con
fecha y por la Entidad
SEXTA.- De acuerdo con lo dispuesto en el Pliego de Cláusulas Administrativas, en este contrato no se
revisarán los precios.
SÉPTIMA.- El régimen de penalidades por demora es el establecido en ANEXO I: CUADRO DE
CARACTERÍSTICAS DEL CONTRATO del Pliego de Cláusulas Administrativas y Técnicas Particulares.
OCTAVA.- El adjudicatario presta su conformidad al Proyecto de la obra y al Pliego de Cláusulas
Administrativas y Técnicas Particulares que rige para este contrato, y se somete a todos los términos
establecidos en el Pliego y el Proyecto.
NOVENA.- El PROMOTOR ostenta la prerrogativa de interpretar el presente contrato y resolver las dudas
que ofrezca su cumplimiento. Igualmente, podrá modificarlo, y acordar su resolución.
Los acuerdos que dicte el PROMOTOR, en el ejercicio de sus prerrogativas de interpretación, modificación
y resolución serán inmediatamente ejecutivos.
DÉCIMA.- Las cuestiones litigiosas surgidas sobre la interpretación, modificación, resolución y efectos del
presente contrato serán resueltas por el órgano de contratación competente, cuyos acuerdos pondrán fin a
la vía administrativa y contra los mismos habrá lugar a recurso contencioso-administrativo, conforme al
previsto por la Ley reguladora de dicha jurisdicción, sin perjuicio de que los interesados puedan interponer
recurso potestativo de reposición.
UNDECIMA.- El adjudicatario es conocedor de las características físicas y jurídicas de la parcela donde
construirá el edificio y de los condicionantes de la misma a la hora de la presentación de la oferta
económica y de calcular el importe de su proposición económica.
Para la debida constancia de todo lo convenido, y en prueba de conformidad y aceptación, se firma este
contrato por duplicado y a un solo efecto, en el lugar y fecha ut supra
POR POR
F.A.D.A. EL ADJUDICATARIO
Director General
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ANEXO VII: MODELO DE AVAL PARA GARANTÍA DEFINITIVA
(la Entidad Financiera2) y en su nombre y representación, D. _ ___, con
poderes suficientes para obligarle en este acto, según resulta de la escritura de poder otorgada en
, el día , ante el notario D.
____, bajo el nº: de su protocolo, e inscrita en el Registro Mercantil de
___.
A V A L A
y se constituye, ante la Fundación Andaluza para el Desarrollo Aeroespacial, FADA, en adelante
PROMOTOR), en fiador solidario de la empresa constructora
por la cantidad de EUROS, ( _ euros),
en concepto de garantía definitiva, para responder de todas las obligaciones derivadas de la ejecución del
contrato de obras de _
, sin que pueda oponer el beneficio de excusión a que se refiere el artículo 1830 del
Código Civil, al que renuncia expresamente.
Por virtud de la presente garantía, la entidad avalista queda obligada a pagar al PROMOTOR la cantidad
solicitada, dentro de los cinco días hábiles siguientes al primer requerimiento que a este fin se haga por el
Director de General del PROMOTOR.
El presente aval tendrá validez hasta que el PROMOTOR autorice expresamente su cancelación.
Este aval ha sido inscrito, con esta misma fecha, en el libro de Registro Especial de Avales con en el nº
__.
En ___, a __ de __ de____
(entidad avalista)
P.P. fdo.:
CON INTERVENCIÓN DE FEDATARIO PÚBLICO
2 O Entidad de Seguro mediante certificado de Seguro de crédito y caución.
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ANEXO VIII: DECLARACIÓN RESPONSABLE DE TENER CAPACIDAD PARA CONTRATAR
DECLARACIÓN RESPONSABLE DE TENER CAPACIDAD PARA CONTRATAR
D.
con residencia en
provincia de
calle n°
según Documento Nacional de Identidad n°
en nombre, propio o de la empresa
que representa, declara bajo su personal responsabilidad, de acuerdo con el apartado 1., letra f) de la
cláusula 9.2.1. del presente Pliego:
- Declaración responsable, otorgada ante autoridad administrativa, notario público u organismo
profesional cualificado, de tener capacidad de obrar y no estar incurso en las prohibiciones e
incompatibilidades conforme a los Art. 15 a 20 del TRLCAP, y de hallarse al corriente en el cumplimiento
de las obligaciones tributarias frente al Estado y la Comunidad Autónoma de Andalucía y con la Seguridad
Social impuestas por las disposiciones vigentes.
(Lugar, fecha y firma del proponente)
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ANEXO IX: DECLARACIÓN RESPONSABLE DEL TRLCSP
DECLARACIÓN RESPONSABLE DEL TRLCSP
D.
con residencia en
provincia de
calle n°
según Documento Nacional de Identidad n°
en nombre, propio o de la empresa
que representa, declara bajo su personal responsabilidad, de acuerdo con el apartado 2., letra f) de la
cláusula 8.2.1. del presente Pliego:
- No haber sido adjudicataria o participado de manera alguna en la ejecución de los contratos de
consultoría que han tenido como objeto la vigilancia, supervisión, control y dirección de las obras objeto del
presente expediente de licitación, ni ser empresa vinculada a ellas en el sentido en que son definidas en el
Art. 134 de la TRLCAP
(Lugar, fecha y firma del proponente)
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ANEXO X: PROYECTO DE EJECUCIÓN
El proyecto de Ejecución será solicitado a FADA directamente mediante solicitud por escrito. Dicha
solicitud será remitida a la siguiente dirección:
FADA – Fundación Andaluza para el Desarrollo Aeroespacial
C/ Wilbur y Orville Wright nº 17-19-21
41309 - La Rinconada (Sevilla)
El horario de solicitud y recogida de documentación será de Lunes a Viernes, de 8:30 a 15:00 horas.
Para la solicitud del Proyecto de Ejecución el LICITADOR deberá entregar debidamente cumplimentado el
ANEXO XI: DECLARACIÓN DE CONFIDENCIALIDAD
La recogida de la documentación será en el acto, en las oficinas anteriormente citadas, previa entrega del
mencionado anexo y tras el pago de cien euros (100 €). más IVA.
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ANEXO XI: DECLARACIÓN DE CONFIDENCIALIDAD
DECLARACIÓN DE CONFIDENCIALIDAD
La empresa debidamente constituida, con C.I.F. ___ y sede en
__ y en su nombre y representación, D. ___ en su
calidad de __
Con poderes que no le han sido derogados ni denegados.
EXPONE
Que conoce que la Fundación Andaluza para el Desarrollo Aeroespacial, ( en adelante FADA), con CIF G-
91649616 y sede en C/ Wilbur y Orville Wright nº 17-19-21,41309 - La Rinconada (Sevilla) está interesada
en solicitar oferta de esta empresa para la contratación de las obras del Centro de Vuelos Experimentales
ATLAS, en Villacarrillo, Jaén.
Que para preparar la correspondiente oferta para FADA, está necesitará facilitar información sensible
acerca del proyecto.
Y que en consecuencia esta empresa se compromete a mantener confidencial cualquier información
facilitada por FADA, evitando revelarla a empleados no autorizados de la propia empresa, subcontratistas y
terceros en general, salvo expresa autorización y por escrito de FADA.
Para lo cual firma la presente en Sevilla a de _ de 201__
D. __
DNI _
Cargo
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ANEXO XII: REQUISITOS DE PUBLICIDAD
El licitador deberá comprometerse en su oferta al cumplimiento de los requisitos de publicidad aplicables
durante y al finalizar la obra (cartelería existente durante la obra y permanente al finalizar) de acuerdo con
el origen de los fondos que subvencionan la presente actuación (FEDER). En concreto, y de acuerdo con
el texto de la concesión de fondos:
“De forma específica la Fundación FADA deberá hacer constar, en toda información o publicidad que se
efectúe de la actividad objeto de la subvención, que la misma está subvencionada por la Consejería de
Economía, Innovación y Ciencia, a través de la Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía de
conformidad con lo previsto en el artículo 18.4 de la Ley 38/2003, de 17 de diciembre, General de
Subvenciones. En este sentido habilitará los medios necesarios para asegurar la incorporación del logotipo
de la Agencia en los distintos soportes en los que figure el proyecto y en las campañas publicitarias que al
afecto se realice en los medios de comunicación o mediante material promocional.”
Referencia adicional: http://www.boe.es/boe/dias/2003/11/18/
“Asimismo, de conformidad con el artículo 9 del Reglamento (CE) 1828/2006, las medidas de información y
publicidad destinadas a los beneficiarios, beneficiarios potenciales y al público en general, incluirán el
emblema de la Unión Europea, ajustado a las normas gráficas establecidas en el anexo I, la referencia a la
Unión Europea y al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, así como el logo con la declaración “Andalucía
se mueve con Europa” previsto en el Plan de Comunicación de los Programas Operativos del FEDER y
FSE 2007-2013 aprobado por la Comisión Europea”
Referencia:
http://www.juntadeandalucia.es/economiainnovacionyciencia/fondoseuropeosenandaluciamanual.php
Además de ello, tendrán que ser compatibles con los detallados en el punto “2.2.2 NORMATIVA
COMUNITARIA EN MATERIA DE COMUNICACIÓN”, del documento “LA GESTIÓN DE PROYECTOS
COFINANCIADOS POR EL FONDO EUROPEO DE DESARROLLO REGIONAL, GUÍA PARA
BENEFICIARIOS”, descargable desde la dirección:
http://www.seap.minhap.gob.es/es/areas/politica_local/coop_econom_local_estado_fondos_europeos/fond
os_europeos/feder/periodo_2007_2013_feder/guia_beneficiarios.html
Para los carteles durante la ejecución de la OBRA, se deberán seguir las directrices nombradas en el
documento referenciado en la dirección:
http://www.juntadeandalucia.es/empleo/gefocentidades/impresos/guia_lemas.pdf
En la página 21 de dicho documento (“Señalización de proyectos y actuaciones de otras entidades o
particulares”) se especifica el detalle del cartel a exponer durante la duración dela actuación.
En las páginas 22 y 23 de dicho documento se especifican opciones para la placa que deberá quedar
expuesta a finalización de las obras (a consensuar definitivamente con el PROMOTOR durante la
ejecución del contrato).
La generación y colocación de ambos, cartel y placa irán por cuenta del CONTRATISTA.
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ANEXO XIII: PROGRAMA DE TRABAJO
Don ___, con D.N.I nº ____ y domicilio en ___, actuando en nombre y representación de , entidad domiciliada en _ y C.I.F.
_, relación con el procedimiento de adjudicación de FADA del contrato de obra , se compromete a la realización de las obras en
un plazo total de meses, con un desarrollo mensual que se especifica a continuación:
CAPÍTULOS HITOS
EUROS CAPÍTULO
MESES
IMPORTE % 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10
1
2
3
4
5
6
7
8
..
PRESUPUESTO DE EJECUCIÓN MATERIAL OFERTADO
euros
Parcial de cada mes
Parcial a origen
PRESUPUESTO DE EJECUCIÓN POR CONTRATA euros
Parcial de cada mes
Parcial a origen
En Sevilla, a ____ de de 2012 EL REPRESENTANTE DE LA EMPRESA