CONFLICTO CONSTITUCIONAL

Embed Size (px)

Citation preview

  • 8/18/2019 CONFLICTO CONSTITUCIONAL

    1/4

    EL CONFLICTO CONSTITUCIONAL

    La convivencia pacífica de la comunidad, se logrará en la medida en que, para la

    solución de los conflictos de intereses de relevancia jurídica, generados por actosde quienes la integran, sea posible la sustitución de la violencia irracional por la

    acción procesal que, en términos generales, faculta a su titular para recurrir a un

    tribunal en demanda de una justa decisión, obteniéndose así el reemplazo de la

    fuerza ilícita, denominada auto tutela, por el proceso.

    Para subsistir, el hombre políticamente organizado debió preocuparse de buscar 

    una solución racional justa de sus conflictos. !e divisa así, al escudri"ar el vasto

    horizonte del derecho, la figura de un tercer participante ajeno e independiente de

    los intereses de las partes en pugna, cua decisión se presenta como el

    mecanismo más idóneo para resolverlo.

    !in embargo, ho veinte siglos de cristo con una historia repleta de episodios

    brutales, nos damos cuenta que el hombre aun no aprende o no quiere aprender a

    resolver sus grandes disputas de intereses por medios adecuados. contin#a

    usando la guerra para decidir sus conflictos internacionales la fuerza como forma

    de solución de sus conflictos internos.

     $hora, que presuntivamente se vive en un mundo jurídicamente civilizado, en lo

    interno los %stados han generado constituciones que los organizan, estableciendo

    garantías para sus habitantes precisando los mecanismos jurisdiccionales

    adecuados para resolver los conflictos que se produzcan como consecuencia de

    su infracción. &se e'tiende( para solucionar por vías lógicas los conflictos másrelevantes de los hombres.

    clasificación de los Conflictos

      Proceso

    !oluciones pacificas

     $venimiento

    )onciliación

    *ransacción

     

    Según su modo de solución

    !oluciones violentas +iolencia legitima

    +iolencia ilegitima

     

    Según los mecanismos de solución

    esueltos con intervención o medio de terceros

      enuncia

  • 8/18/2019 CONFLICTO CONSTITUCIONAL

    2/4

      -ntervención de mediadores

    CONSTITUCION Y CONFLICTO

    Presuuestos del Conflicto Constitucional

    a La e'istencia de una constitución política.b La acción u omisión de alg#n poder, órgano del %stado, o de un

    particular en relación a conductas reguladas por la )onstitución.c /ue el resultado de dicha actividad positiva o negativa provoque como

    efecto la infracción al ordenamiento establecido por la )onstitución.

    %n consecuencia, el %stado alguna de las autoridades que lo representan o

    los particulares, entran en conflicto constitucional al producirse una

    confrontación entre el resultado de la acción u omisión que lo genera la

    norma constitucional que lo regula, la que como su natural efecto pasa a

    ser infringida o violentada.

    %n efecto, el sistema europeo continental que recogen nuestros países, la

    concepción del &%stado de derecho( está indisolublemente unida al

    establecimiento de la )onstitución como norma fundamental suprema,

    cuo contenido debe prevalecer por sobre toda otra actividad jurídica de los

    órganos que regula, entre ellas seg#n muchos sobre las propias decisiones

     jurisdiccionales.

    )omo lo sostiene la doctrina especializada lo confirma la jurisprudencia

    de los tribunales constitucionales, la )onstitución no solo comprende

    aquello que esta e'presado formalmente en sus disposiciones sino tambiénla interactividad de los valores que la inspiran que constituen las bases

    de la institucionalidad.

    %n armonía con estas ideas, %duardo 0arcía de %nterría manifiesta que

    ho las )onstituciones son normas jurídicas efectivas que prevalecen en el

    proceso político, en la vida social económica del país que sustentan su

    validez de todo el orden jurídico, como sentencio el juez 1arshall, la

    )onstitución es &la le suprema soberana de la 2ación un acto

    incompatible con su normativa es nulo(, decisión sobre la cual los e'pertos

    concluen que %uropa ha vuelto a descubrir la )onstitución como una le

    suprema, coloca algunos valores fundamentales de la sociedad fuera delalcance de maorías parlamentarias ocasionales. 3e allí que haa sido

    rejuridificada en el sentido de que se le considera ahora como una le

    fundamental directamente ejecutable por los jueces aplicables a los

    individuos.

  • 8/18/2019 CONFLICTO CONSTITUCIONAL

    3/4

    %s por estas razones, que toda )onstitución debe necesariamente

    contener, entre sus normas, aquellas que permitan la solución de los

    conflictos generados por su infracción como #nica forma de restablecer, por 

    medio de la sentencia, su eficacia real. %s aquí donde emerge se e'alta la

    figura de su má'imo legitimo guardián4 el juez )onstitucional.

    )abe también destacar que el %stado, en uso de su potestad soberana,

    está por sobre todo conflicto com#n. %n efecto, al legislar los proviene5 al

    administrar impide que se generen al hacer justicia los resuelve. 2o

    obstante, el ejercito de sus potestades publicas reguladas, en lo esencial,

    por la )onstitución Política, pueden surgir a su vez transcendentes

    conflictos de intereses entre los poderes p#blicos o entre la autoridad los

    particulares, los que tendrán o no solución jurisdiccional a través del

    proceso, seg#n el marco de referencia que la propia )onstitución les

    se"ale, ello dependerá fundamentalmente de si se consagra o no la

    e'istencia de *ribunales )onstitucionales con jurisdicción suficiente paradecidirlos por la vía del proceso preventivo o represivo.

    +olviendo al centro del tema de esta e'posición, puede decirse que todo

    conflicto tiene su origen en la acción u omisión de un sujeto que produce

    como resultado una infracción al ordenamiento jurídico, cuando la norma

    violada es un precepto constitucional, surge el conflicto constitucional, más

    relevante por su peligrosidad conflagración a que siempre pone en

    peligro o la estabilidad institucional o la protección de las garantías de las

    personas.

    %n síntesis, el conflicto constitucional se produce cuando una persona o unórgano p#blico con su acción u omisión genera como resultado la infracción

    formal o sustancial de preceptos o principios contenidos en la )onstitución

    política.

    Por lo tanto, resulta ho indudable que es la esencia dictada en un proceso

     jurisdiccional el medio más eficaz con que cuenta el mundo civilizado para

    resolver los conflictos restableces, como efecto derivado, la vigencia

    plena de la )onstitución política.

    %stos son los conflictos más difíciles de decidir, por lo cual, históricamente

    se han definido por mecanismos autoteladores4 guerra civil, golpe de%stado. %llo ha sido una natural consecuencia de la consagración por las

    constituciones políticas, del principio clásico de separación de funciones

    poderes p#blicos, que impedía a los tribunales ordinarios inmiscuirse en el

    conocimiento de conflictos derivados de actos de poder. *odo el

    contencioso administrativo la declaración de inconstitucionalidad de las

    lees por motivos de forma o fondo, se ubican en esta área de conflictos

  • 8/18/2019 CONFLICTO CONSTITUCIONAL

    4/4

    que no tenían solución jurisdiccional hasta que se crearon los *ribunales

    )onstitucionales.

    %n %uropa continental en las $méricas, donde se han establecido

    *ribunales constitucionales, puede decirse que la justicia constitucional

    funciona garantiza el imperio de la )onstitución a través de la solución,

    por medio del proceso, de los conflictos constitucionales entre poderes

    p#blicos.

    Princiales Caracter!sticas del Conflicto Constitucional

    %l conflicto constitucional tiene las siguientes características4

    a. %nfrentado el conflicto constitucional a las clasificaciones planteadas en

    esta e'posición, podemos precisar que estamos frente a un conflicto

    nacional que ho tiene una solución pacifica que es resuelto por un

    tercero, el juez, que puede surgir entre particulares el %stado o entrepoderes p#blicos del propio %stado.

    b. %l conflicto constitucional presupone la e'istencia de un ordenamiento

     jurídico contemplado, en lo esencial, por la )onstitución política, sin el

    cual no puede e'istir un conflicto susceptible de ser resuelto

     jurisdiccionalmente.c. Puede ser objeto de este conflicto toda violación constitucional

    susceptible de protección jurisdiccional. %llo inclue al propio %stado, a

    las personas de derecho p#blico que lo representan, a las personas en

    general a las cosas.d. Los *ribunales )onstitucionales deben contar con jurisdicción suficiente

    para resolver los conflictos propiamente contenciosos e intervenir, a

    través de la denominada jurisdicción de certeza, en el control preventivo

    de las lees.

    Puede concluirse que los tribunales pueden resolverlos solo cuando l propia

    )onstitución les otorgue competencia.