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CLASIFICACIÓN FUNCIONAL DEL GASTO (FINALIDAD, FUNCIÓN Y SUBFUNCIÓN)ACUERDO POR EL QUE SE EMITE LA CLASIFICACIÓN FUNCIONAL DEL GASTO
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CLASIFICACIN FUNCIONAL DEL GASTO (FINALIDAD, FUNCIN Y SUBFUNCIN)
ACUERDO POR EL QUE SE EMITE LA CLASIFICACIN FUNCIONAL DEL GASTO
Publicado en el Diario Oficial de la Federacin el 10 de junio de 2010
ltima publicacin DOF 27-12-2010
ANTECEDENTES
El 31 de diciembre de 2008 se public en el Diario Oficial de la Federacin la Ley General de Contabilidad
Gubernamental (Ley de Contabilidad), que tiene como objeto establecer los criterios generales que regirn la
Contabilidad Gubernamental y la emisin de informacin financiera de los entes pblicos, con el fin de lograr
su adecuada armonizacin, para facilitar a los entes pblicos el registro y la fiscalizacin de los activos,
pasivos, ingresos y gastos y, en general, contribuir a medir la eficacia, economa y eficiencia del gasto e
ingreso pblicos.
La Ley de Contabilidad es de observancia obligatoria para los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial de
la Federacin, entidades federativas; los ayuntamientos de los municipios; los rganos poltico-administrativos
de las demarcaciones territoriales del Distrito Federal; las entidades de la administracin pblica paraestatal,
ya sean federales, estatales o municipales y los rganos autnomos federales y estatales.
El rgano de coordinacin para la armonizacin de la Contabilidad Gubernamental es el Consejo Nacional
de Armonizacin Contable (CONAC), el cual tiene por objeto la emisin de las normas contables y
lineamientos para la generacin de informacin financiera que aplicarn los entes pblicos, previamente
formuladas y propuestas por el Secretario Tcnico.
El CONAC desempea una funcin nica debido a que los instrumentos normativos, contables,
econmicos y financieros que emite deben ser implementados por los entes pblicos, a travs de las
modificaciones, adiciones o reformas a su marco jurdico, lo cual podra consistir en la eventual modificacin o
expedicin de leyes y disposiciones administrativas de carcter local, segn sea el caso.
Por lo anterior, el CONAC, en el marco de la Ley de Contabilidad est obligado a contar con un
mecanismo de seguimiento que informe el grado de avance en el cumplimiento de las decisiones de dicho
cuerpo colegiado. El Secretario Tcnico del CONAC realizar el registro de los actos que los gobiernos de las
entidades federativas, municipios y demarcaciones territoriales del Distrito Federal ejecuten para adoptar e
implementar las decisiones tomadas por el CONAC en sus respectivos mbitos de competencia.
El Secretario Tcnico ser el encargado de publicar dicha informacin, asegurndose que cualquier
persona pueda tener fcil acceso a la misma. Lo anterior cumple con la finalidad de proporcionar a la
poblacin una herramienta de seguimiento, mediante la cual se d cuenta sobre el grado de cumplimiento de
las entidades federativas y municipios. No se omite mencionar que la propia Ley de Contabilidad establece
que las entidades federativas que no estn al corriente en sus obligaciones, no podrn inscribir obligaciones
en el Registro de Obligaciones y Emprstitos.
En el marco de la Ley de Contabilidad, las entidades federativas debern asumir una posicin estratgica
en las actividades de armonizacin para que cada uno de sus municipios logre cumplir con los objetivos que
dicha ley ordena. Los gobiernos de las Entidades Federativas deben brindar la cooperacin y asistencia
necesarias a los gobiernos de sus municipios, para que stos logren armonizar su contabilidad, con base en
las decisiones que alcance el CONAC.
Asimismo, es necesario considerar que el presente acuerdo se emite con el fin de establecer las bases
para que los gobiernos: federal, de las entidades federativas y municipales, cumplan con las obligaciones que
les impone el artculo cuarto transitorio de la Ley de Contabilidad. Lo anterior en el entendido de que los entes
pblicos de cada nivel de gobierno debern realizar las acciones necesarias para cumplir con dichas
obligaciones.
Lo anterior, con base en que, el 10 de junio de 2010 fue publicado en el Diario Oficial de la Federacin el
Acuerdo por el que se emite la Clasificacin Funcional del Gasto, que tiene como objeto establecer los
primeros dos niveles de su clasificacin reservando la subfuncin para el anlisis y armonizacin posterior.
Prrafo agregado DOF 27-12-2010
Desde esa fecha el Secretariado Tcnico realiz trabajos para formular el proyecto del tercer nivel-
subfuncin- de la Clasificacin Funcional del Gasto, envindolo al Comit Consultivo para su opinin. Dicho
Comit integrado por distintos grupos de trabajo, que cuenta con la participacin de representantes de
entidades federativas, municipios, Auditora Superior de la Federacin, Entidades Estatales de Fiscalizacin,
Instituto para el Desarrollo Tcnico de las Haciendas Pblicas, Instituto Mexicano de Contadores Pblicos,
Federacin Nacional de la Asociacin Mexicana de Contadores Pblicos y Comisin Permanente de
Contralores Estados-Federacin. As como los grupos que integran la Comisin Permanente de Funcionarios
Fiscales.
Prrafo sustituido DOF 27-12-2010
Finalmente el 7 de Diciembre de 2010, el Comit Consultivo hizo llegar al Secretario Tcnico la opinin
sobre el proyecto de Acuerdo por el que se emite la Clasificacin Funcional del Gasto considerando los tres
niveles de desagregacin (Finalidad, Funcin y Subfuncin).
Prrafo sustituido DOF 27-12-2010
En virtud de lo anterior y con fundamento en los artculos 6 y 9 de la Ley de Contabilidad, el CONAC ha
decidido lo siguiente:
PRIMERO.- Se emite la Clasificacin Funcional del Gasto a que hace referencia el artculo tercero
transitorio, fraccin III de la Ley de Contabilidad, integrada por tres niveles: Finalidad, Funcin y Subfuncin.
Artculo sustituido DOF 27-12-2010
A. ASPECTOS GENERALES
La Clasificacin Funcional del Gasto agrupa los gastos segn los propsitos u objetivos socioeconmicos
que persiguen los diferentes entes pblicos.
Presenta el gasto pblico segn la naturaleza de los servicios gubernamentales brindados a la poblacin.
Con dicha clasificacin se identifica el presupuesto destinado a funciones de gobierno, desarrollo social,
desarrollo econmico y otras no clasificadas; permitiendo determinar los objetivos generales de las polticas
pblicas y los recursos financieros que se asignan para alcanzar stos.
La informacin de la clasificacin funcional es de inters primordial para la ciudadana en general, para
altos funcionarios de los poderes del Estado, para quienes ejercen la actividad poltica y para los analistas que
realizan estudios sobre la ejecucin de las polticas pblicas.
Las funciones que se identifican en esta clasificacin son de inters general y susceptibles de ser
utilizadas en una amplia variedad de aplicaciones analticas y estadsticas, relacionadas con el estudio de la
orientacin de las acciones del gobierno.
Esta clasificacin forma parte del conjunto de clasificadores presupuestarios que se utilizan para la fijacin
de polticas, la elaboracin, ejecucin, evaluacin y el anlisis del Presupuesto de Egresos; presentando una
estructura detallada sobre las prioridades y acciones que lleva a cabo el gobierno. Es importante notar que
cada uno de los clasificadores presupuestarios tiene una utilidad especfica; sin embargo, la utilizacin
conjunta de las mismas nos dar informacin de mayor valor agregado y apropiada para la comprensin y
anlisis del gasto presupuestario, ya que no es posible satisfacer todos los propsitos analticos con una sola
clasificacin.
La clasificacin funcional se vincula e interrelaciona, entre otras, con las clasificaciones administrativa,
programtica y por objeto de gasto.
Es comn que un ente pblico cumpla una o ms funciones y que una funcin sea realizada por varias
instituciones. La clasificacin funcional tiene por finalidad corregir esa dispersin agrupando los gastos de
acuerdo a las funciones a que destinan sus recursos.
El modelo de clasificacin se desarroll de acuerdo a los criterios tcnicos utilizados en las mejores
prcticas nacionales e internacionales, entre las que destacan: las Clasificaciones de Gastos por Finalidades
de la Organizacin de las Naciones Unidas (2001), el Manual de Estadsticas de las Finanzas Pblicas del
Fondo Monetario Internacional (2001) y el Sistema de Cuentas Nacionales (2008) preparado por la Unin
Europea (UE), la Organizacin para la Cooperacin y el Desarrollo Econmico (OECD) y Banco Mundial (BM).
B. OBJETIVOS
La Clasificacin Funcional del Gasto tiene como objetivos los siguientes:
I. Presentar una descripcin que permita informar sobre la naturaleza de los servicios gubernamentales
y la proporcin del gasto pblico que se destina a cada tipo de servicio;
II. Conocer en qu medida las instituciones de la administracin pblica cumplen con funciones
econmicas o sociales;
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III. Facilitar el anlisis a lo largo del tiempo de las tendencias del gasto pblico segn la finalidad y
funcin;
IV. Facilitar comparaciones internacionales respecto al alcance de las funciones econmicas y sociales
que desempean los gobiernos;
V. Favorecer el anlisis del gasto para estudios econmicos y sociales; y,
VI. Cuantificar la proporcin del gasto pblico que las instituciones pblicas destinan a las reas de
servicios pblicos generales, econmicos, sociales y a las transacciones no asociadas a funciones.
C. ESTRUCTURA DE LA CLASIFICACIN
La Clasificacin Funcional del Gasto ha sido estructurada en 4 finalidades identificadas por el primer dgito
de la clasificacin, 28 funciones identificadas por el segundo dgito y 111 subfunciones correspondientes al
tercer dgito.
Prrafo sustituido DOF 27-12-2010
Nivel 1 : 1 Finalidad
Nivel 2: 1.1 Funcin
Nivel 3: 1.1.1 Subfuncin
El primer dgito identifica si el gasto funcional es de gobierno, social, econmico; adicionalmente, con este
primer dgito se identifican las transacciones no especificadas que no corresponden a ningn gasto funcional
en particular.
- Primera finalidad: comprende las acciones propias de gobierno;
- Segunda finalidad: incluye las actividades relacionadas con la prestacin de servicios sociales en
beneficio de la poblacin;
- Tercera finalidad: comprende las actividades orientadas al desarrollo econmico, fomento de la
produccin y prestacin de bienes y servicios pblicos;
- Cuarta finalidad: comprende los pagos de compromisos inherentes a la contratacin de deuda; las
transferencias entre diferentes niveles y rdenes de gobierno, as como aquellas
actividades no susceptibles de etiquetar en las funciones existentes.
En el segundo dgito se desagregan 28 funciones, de conformidad con la finalidad a la cual corresponde el
gasto.
Prrafo sustituido DOF 27-12-2010
Respecto a las funciones que corresponden a OTROS en cada finalidad, su incorporacin ser determinada, en conjunto con las unidades administrativas o instancias competentes en materia de
Contabilidad Gubernamental y de Presupuesto de cada orden de gobierno.
En el tercer dgito se desagregan 111 subfunciones, de conformidad con la funcin a la cual corresponde
el gasto.
Prrafo sustituido DOF 27-12-2010
La Clasificacin Funcional del Gasto se puede desagregar a cuarto dgito en sub-subfunciones, el cual
permitir que las unidades administrativas o instancias competentes en materia de Contabilidad
Gubernamental y de Presupuesto de cada orden de gobierno, con base en sus necesidades, generen su
apertura, conservando la estructura bsica (finalidad, funcin y subfuncin).
Prrafo agregado DOF 27-12-2010
D. RELACIN DE FINALIDADES, FUNCIONES Y SUBFUNCIONES
Punto sustituido DOF 27-12-2010
1 GOBIERNO
1.1. LEGISLACION
1.1.1 Legislacin
1.1.2 Fiscalizacin
1.2. JUSTICIA
1.2.1 Imparticin de Justicia
1.2.2 Procuracin de Justicia
1.2.3 Reclusin y Readaptacin Social
1.2.4 Derechos Humanos
1.3. COORDINACION DE LA POLITICA DE GOBIERNO
1.3.1 Presidencia / Gubernatura
1.3.2 Poltica Interior
1.3.3 Preservacin y Cuidado del Patrimonio Pblico
1.3.4 Funcin Pblica
1.3.5 Asuntos Jurdicos
1.3.6 Organizacin de Procesos Electorales
1.3.7 Poblacin
1.3.8 Territorio
1.3.9 Otros
1.4. RELACIONES EXTERIORES
1.4.1 Relaciones Exteriores
1.5. ASUNTOS FINANCIEROS Y HACENDARIOS
1.5.1 Asuntos Financieros
1.5.2 Asuntos Hacendarios
1.6. SEGURIDAD NACIONAL
1.6.1 Defensa
1.6.2 Marina
1.6.3 Inteligencia para la Preservacin de la Seguridad Nacional
1.7. ASUNTOS DE ORDEN PBLICO Y DE SEGURIDAD INTERIOR
1.7.1 Polica
1.7.2 Proteccin Civil
1.7.3 Otros Asuntos de Orden Pblico y Seguridad
1.7.4 Sistema Nacional de Seguridad Pblica
1.8. OTROS SERVICIOS GENERALES
1.8.1 Servicios Registrales, Administrativos y Patrimoniales
1.8.2 Servicios Estadsticos
1.8.3 Servicios de Comunicacin y Medios
1.8.4 Acceso a la Informacin Pblica Gubernamental
1.8.5 Otros
2 DESARROLLO SOCIAL
2.1. PROTECCION AMBIENTAL
2.1.1 Ordenacin de Desechos
2.1.2 Administracin del Agua
2.1.3 Ordenacin de Aguas Residuales, Drenaje y Alcantarillado
2.1.4 Reduccin de la Contaminacin
2.1.5 Proteccin de la Diversidad Biolgica y del Paisaje
2.1.6 Otros de Proteccin Ambiental
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2.2. VIVIENDA Y SERVICIOS A LA COMUNIDAD
2.2.1 Urbanizacin
2.2.2 Desarrollo Comunitario
2.2.3 Abastecimiento de Agua
2.2.4 Alumbrado Pblico
2.2.5 Vivienda
2.2.6 Servicios Comunales
2.2.7 Desarrollo Regional
2.3. SALUD
2.3.1 Prestacin de Servicios de Salud a la Comunidad
2.3.2 Prestacin de Servicios de Salud a la Persona
2.3.3 Generacin de Recursos para la Salud
2.3.4 Rectora del Sistema de Salud
2.3.5 Proteccin Social en Salud
2.4. RECREACION, CULTURA Y OTRAS MANIFESTACIONES SOCIALES
2.4.1 Deporte y Recreacin
2.4.2 Cultura
2.4.3 Radio, Televisin y Editoriales
2.4.4 Asuntos Religiosos y Otras Manifestaciones Sociales
2.5. EDUCACION
2.5.1 Educacin Bsica
2.5.2 Educacin Media Superior
2.5.3 Educacin Superior
2.5.4 Posgrado
2.5.5 Educacin para Adultos
2.5.6 Otros Servicios Educativos y Actividades Inherentes
2.6. PROTECCION SOCIAL
2.6.1 Enfermedad e Incapacidad
2.6.2 Edad Avanzada
2.6.3 Familia e Hijos
2.6.4 Desempleo
2.6.5 Alimentacin y Nutricin
2.6.6 Apoyo Social para la Vivienda
2.6.7 Indgenas
2.6.8 Otros Grupos Vulnerables
2.6.9 Otros de Seguridad Social y Asistencia Social
2.7. OTROS ASUNTOS SOCIALES
2.7.1 Otros Asuntos Sociales
3 DESARROLLO ECONOMICO
3.1. ASUNTOS ECONOMICOS, COMERCIALES Y LABORALES EN GENERAL
3.1.1 Asuntos Econmicos y Comerciales en General
3.1.2 Asuntos Laborales Generales
3.2. AGROPECUARIA, SILVICULTURA, PESCA Y CAZA
3.2.1 Agropecuaria
3.2.2 Silvicultura
3.2.3 Acuacultura, Pesca y Caza
3.2.4 Agroindustrial
3.2.5 Hidroagrcola
3.2.6 Apoyo Financiero a la Banca y Seguro Agropecuario
3.3. COMBUSTIBLES Y ENERGIA
3.3.1 Carbn y Otros Combustibles Minerales Slidos
3.3.2 Petrleo y Gas Natural (Hidrocarburos)
3.3.3 Combustibles Nucleares
3.3.4 Otros Combustibles
3.3.5 Electricidad
3.3.6 Energa no Elctrica
3.4. MINERIA, MANUFACTURAS Y CONSTRUCCION
3.4.1 Extraccin de Recursos Minerales excepto los Combustibles Minerales
3.4.2 Manufacturas
3.4.3 Construccin
3.5. TRANSPORTE
3.5.1 Transporte por Carretera
3.5.2 Transporte por Agua y Puertos
3.5.3 Transporte por Ferrocarril
3.5.4 Transporte Areo
3.5.5 Transporte por Oleoductos y Gasoductos y Otros Sistemas de Transporte
3.5.6 Otros Relacionados con Transporte
3.6. COMUNICACIONES
3.6.1 Comunicaciones
3.7. TURISMO
3.7.1 Turismo
3.7.2 Hoteles y Restaurantes
3.8. CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION
3.8.1 Investigacin Cientfica
3.8.2 Desarrollo Tecnolgico
3.8.3 Servicios Cientficos y Tecnolgicos
3.8.4 Innovacin
3.9. OTRAS INDUSTRIAS Y OTROS ASUNTOS ECONOMICOS
3.9.1 Comercio, Distribucin, Almacenamiento y Depsito
3.9.2 Otras Industrias
3.9.3 Otros Asuntos Econmicos
4 OTRAS NO CLASIFICADAS EN FUNCIONES ANTERIORES
4.1. TRANSACCIONES DE LA DEUDA PUBLICA / COSTO FINANCIERO DE LA DEUDA
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4.1.1 Deuda Pblica Interna
4.1.2 Deuda Pblica Externa
4.2. TRANSFERENCIAS, PARTICIPACIONES Y APORTACIONES ENTRE DIFERENTES NIVELES Y
ORDENES DE GOBIERNO
4.2.1 Transferencias entre Diferentes Niveles y Ordenes de Gobierno
4.2.2 Participaciones entre Diferentes Niveles y Ordenes de Gobierno
4.2.3 Aportaciones entre Diferentes Niveles y Ordenes de Gobierno
4.3. SANEAMIENTO DEL SISTEMA FINANCIERO
4.3.1 Saneamiento del Sistema Financiero
4.3.2 Apoyos IPAB
4.3.3 Banca de Desarrollo
4.3.4 Apoyo a los programas de reestructura en unidades de inversin (UDIS)
4.4. ADEUDOS DE EJERCICIOS FISCALES ANTERIORES
4.4.1 Adeudos de Ejercicios Fiscales Anteriores
E. DEFINICIONES DE LA CLASIFICACIN FUNCIONAL DEL GASTO (CFG)
Punto sustituido DOF 27-12-2010
1 GOBIERNO
Comprende las acciones propias de la gestin gubernamental, tales como la administracin de asuntos de
carcter legislativo, procuracin e imparticin de justicia, asuntos militares y seguridad nacional, asuntos con
el exterior, asuntos hacendarios, poltica interior, organizacin de los procesos electorales, regulacin y
normatividad aplicable a los particulares y al propio sector pblico y la administracin interna del sector
pblico.
1.1. LEGISLACION
Comprende las acciones relativas a la iniciativa, revisin, elaboracin, aprobacin, emisin y difusin de
leyes, decretos, reglamentos y acuerdos; as como la fiscalizacin de la cuenta pblica, entre otras.
1.1.1 Legislacin
Comprende las acciones relativas a la iniciativa, revisin, elaboracin, aprobacin, emisin y difusin de
leyes, decretos, reglamentos y acuerdos, a quienes la Constitucin Poltica del pas y de las entidades
federativas les otorgan la facultad de hacerlo.
1.1.2 Fiscalizacin
Comprende las acciones relativas a la fiscalizacin de la rendicin de cuentas.
1.2. JUSTICIA
Comprende la administracin de la procuracin e imparticin de la justicia, como las acciones de las fases
de investigacin, acopio de pruebas e indicios, hasta la imposicin, ejecucin y cumplimiento de resoluciones
de carcter penal, civil, familiar, administrativo, laboral, electoral; del conocimiento y calificacin de las
infracciones e imposicin de sanciones en contra de quienes presuntamente han violado la Ley o disputen un
derecho, exijan su reconocimiento o en su caso impongan obligaciones. As como las acciones orientadas a la
persecucin oficiosa o a peticin de parte ofendida, de las conductas que transgreden las disposiciones
legales, las acciones de representacin de los intereses sociales en juicios y procedimientos que se realizan
ante las instancias de justicia correspondientes. Incluye la administracin de los centros de reclusin y
readaptacin social. As como los programas, actividades y proyectos relacionados con los derechos
humanos, entre otros.
1.2.1 Imparticin de Justicia
Comprende las acciones que desarrollan el Poder Judicial, los Tribunales Agrarios, Fiscales y
Administrativos, as como las relativas a la imparticin de justicia en materia laboral. Incluye infraestructura y
equipamiento necesarios.
1.2.2 Procuracin de Justicia
Comprende la administracin de las actividades inherentes a la procuracin de justicia, as como la
infraestructura y equipamiento.
1.2.3 Reclusin y Readaptacin Social
Comprende la administracin, gestin o apoyo de los centros de reclusin y readaptacin social, as como
acciones encaminadas a corregir conductas antisociales de quienes infringieron la ley y que por tal razn
purgan la pena correspondiente en Centros de Reclusin y Readaptacin Social para adultos y menores
infractores. Incluye la infraestructura y el equipamiento necesario.
1.2.4 Derechos Humanos
Comprende las actividades relacionadas con la proteccin, observancia, promocin, estudio y divulgacin
de los derechos humanos en los mbitos estatal, nacional e internacional. Incluye acciones orientadas a la
organizacin del poder pblico que permita asegurar jurdicamente el pleno goce de los derechos humanos,
as como al impulso del respeto y garanta de los mismos.
1.3. COORDINACION DE LA POLITICA DE GOBIERNO
Comprende las acciones enfocadas a la formulacin y establecimiento de las directrices, lineamientos de
accin y estrategias de gobierno.
1.3.1 Presidencia / Gubernatura
Comprende las actividades que desarrollan las oficinas del Titular del Poder Ejecutivo de la Federacin,
Entidades Federativas y Municipios.
1.3.2 Poltica Interior
Incluye la planeacin, formulacin, diseo, ejecucin e implantacin de la poltica del desarrollo poltico y
las actividades de enlace con el Congreso.
1.3.3 Preservacin y Cuidado del Patrimonio Pblico
Incluye las actividades para la preservacin y cuidado del patrimonio pblico (monumentos, obras
artsticas y edificios, entre otros).
1.3.4 Funcin Pblica
Incluye el control, fiscalizacin y evaluacin interna de la gestin gubernamental.
1.3.5 Asuntos Jurdicos
Comprende las acciones de coordinacin jurdica que desarrolla la Consejera Jurdica del Poder
Ejecutivo, as como los servicios de asesora y asistencia jurdica a gobernadores y presidentes.
1.3.6 Organizacin de Procesos Electorales
Comprende la planeacin, supervisin, control y organizacin de acciones inherentes a los procesos
electorales; as como la regulacin de los recursos financieros que se destinan a los distintos rganos
electorales y a los partidos polticos.
1.3.7 Poblacin
Incluye la planeacin, formulacin, diseo, ejecucin e implantacin de la poltica poblacional y de los
servicios migratorios.
1.3.8 Territorio
Incluye la planeacin, formulacin, diseo, ejecucin e implantacin de la poltica territorial.
1.3.9 Otros
Incluye otras acciones enfocadas a la formulacin y establecimiento de las directrices, lineamientos de
accin y estrategias de gobierno no consideradas en otras subfunciones.
1.4. RELACIONES EXTERIORES
Incluye la planeacin, formulacin, diseo, e implantacin de la poltica exterior en los mbitos bilaterales y
multilaterales, as como la promocin de la cooperacin internacional y la ejecucin de acciones culturales de
igual tipo.
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1.4.1 Relaciones Exteriores
Incluye la planeacin, formulacin, diseo, e implantacin de la poltica exterior en los mbitos bilaterales y
multilaterales, as como la promocin de la cooperacin nacional e internacional y la ejecucin de acciones
culturales de igual tipo.
1.5. ASUNTOS FINANCIEROS Y HACENDARIOS
Comprende el diseo y ejecucin de los asuntos relativos a cubrir todas las acciones inherentes a los
asuntos financieros y hacendarios.
1.5.1 Asuntos Financieros
Comprende la planeacin, formulacin, diseo, ejecucin, implantacin, as como las actividades de
normatividad, reglamentacin y operacin de la poltica financiera. As como diseo y ejecucin de la poltica
financiera mediante la regulacin, normatividad y supervisin del sistema financiero y otros servicios que
corresponda realizar de conformidad con los ordenamientos legales vigentes.
1.5.2 Asuntos Hacendarios
Comprende la planeacin, formulacin, diseo, ejecucin, implantacin, as como las actividades de
normatividad, reglamentacin y operacin de la poltica fiscal (ingreso, gasto y financiamiento), as como la
gestin de tesorera y otros servicios que corresponda realizar de conformidad con los ordenamientos legales
vigentes. Incluye las actividades de gestin y regulacin de las entidades que administran los juegos y
sorteos.
1.6. SEGURIDAD NACIONAL
Comprende los programas, actividades y proyectos relacionados con la planificacin y operacin del
Ejrcito, Armada y la Fuerza Area de Mxico, as como la administracin de los asuntos militares y servicios
inherentes a la Seguridad Nacional.
1.6.1 Defensa
Comprende las actividades relacionadas con la operacin del Ejrcito y la Fuerza Area de Mxico.
1.6.2 Marina
Comprende las actividades relacionadas con la operacin de la Armada de Mxico.
1.6.3 Inteligencia para la Preservacin de la Seguridad Nacional
Comprende las actividades relacionadas con la seguridad nacional. Incluye la operacin del Centro de
Investigacin y Seguridad Nacional (CISEN).
1.7. ASUNTOS DE ORDEN PUBLICO Y DE SEGURIDAD INTERIOR
Comprende los programas, actividades y proyectos relacionados con el orden y seguridad pblica, as
como las acciones que realizan los gobiernos Federal, Estatales y Municipales, para la investigacin y
prevencin de conductas delictivas; tambin su participacin en programas conjuntos de reclutamiento,
capacitacin, entrenamiento, equipamiento y ejecucin de acciones coordinadas, al igual que el de
orientacin, difusin, auxilio y proteccin civil para prevencin de desastres, entre otras. Incluye los servicios
de polica, servicios de proteccin contra incendios.
1.7.1 Polica
Incluye la administracin de asuntos y servicios policiacos, combate a la delincuencia y narcotrfico,
adiestramiento del cuerpo policiaco, estadsticas de arrestos y criminalidad, as como la reglamentacin y el
control del trnsito por carretera.
1.7.2 Proteccin Civil
Incluye la planeacin, formulacin, diseo, ejecucin e implantacin de la poltica de proteccin civil; as
como las actividades en materia de prevencin, auxilio, atencin y rehabilitacin del orden y servicios pblicos
en casos de desastres naturales.
1.7.3 Otros Asuntos de Orden Pblico y Seguridad
Incluye las actividades que realicen los entes pblicos en materia de orden, seguridad y justicia que no se
encuentren consideradas en otras subfunciones.
1.7.4 Sistema Nacional de Seguridad Pblica
Incluye las acciones realizadas bajo la coordinacin del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de
Seguridad Pblica.
1.8. OTROS SERVICIOS GENERALES
Este grupo comprende servicios que no estn vinculados a una funcin concreta y que generalmente son
de cometido de oficinas centrales a los diversos niveles del gobierno, tales como los servicios generales de
personal, planificacin y estadsticas. Tambin comprende los servicios vinculados a una determinada funcin
que son de cometido de dichas oficinas centrales. Por ejemplo, se incluye aqu la recopilacin de estadsticas
de la industria, el medio ambiente, la salud o la educacin por un organismo estadstico central.
1.8.1 Servicios Registrales, Administrativos y Patrimoniales
Comprende las actividades referentes a la prestacin de servicios enfocados a proporcionar seguridad
jurdica al ciudadano en su persona, en sus bienes y en su interaccin con los dems ciudadanos a travs de
las acciones de Registro Civil, Catastro y Registro Pblico de la Propiedad y del Comercio, entre otros. As
como las actividades relacionadas con servicios administrativos y patrimoniales.
1.8.2 Servicios Estadsticos
Considera las acciones que realizan los entes pblicos relacionadas con los sistemas de informacin y las
estadsticas nacionales.
1.8.3 Servicios de Comunicacin y Medios
Incluye la planeacin, formulacin, diseo, ejecucin e implantacin de servicios de comunicacin social y
la relacin con los medios informativos, estatales y privados, as como los servicios informativos en medios
impresos y electrnicos.
1.8.4 Acceso a la Informacin Pblica Gubernamental
Comprende las actividades y las acciones orientadas a garantizar el acceso de toda persona a la
informacin en posesin de los tres niveles de Gobierno, as como de los organismos autnomos adems de
su integracin y difusin.
1.8.5 Otros
Incluye las actividades que realizan los entes pblicos no consideradas en ninguna funcin o subfuncin
de esta clasificacin.
2. DESARROLLO SOCIAL
Incluye los programas, actividades y proyectos relacionados con la prestacin de servicios en beneficio de
la poblacin con el fin de favorecer el acceso a mejores niveles de bienestar, tales como: servicios educativos,
recreacin, cultura y otras manifestaciones sociales, salud, proteccin social, vivienda, servicios urbanos y
rurales bsicos, as como proteccin ambiental.
2.1. PROTECCION AMBIENTAL
Comprende los esfuerzos y programas, actividades y proyectos encaminados a promover y fomentar la
proteccin de los recursos naturales y preservacin del medio ambiente, as como su conservacin. Considera
la ordenacin de aguas residuales y desechos, reduccin de la contaminacin, administracin del agua,
proteccin de la diversidad biolgica y del paisaje.
2.1.1 Ordenacin de Desechos
Comprende la administracin, supervisin, inspeccin, gestin o apoyo de los sistemas de limpia,
recoleccin, traslado, tratamiento y eliminacin de desechos. La recoleccin de desechos comprende el
barrido de calles, parques, plazas y otros lugares pblicos; la recoleccin de todo tipo de desechos. El
tratamiento incluye cualquier mtodo o proceso destinado a modificar las caractersticas o composicin fsica,
qumica o biolgica de cualquier desecho para neutralizarlo. La eliminacin consiste, entre otras cosas, en
proporcionar un destino final a los desechos que ya no resultan tiles, mediante el uso de basureros, el
confinamiento, el vertimiento en el mar o cualquier otro mtodo pertinente de eliminacin.
2.1.2 Administracin del Agua
Incluye los programas y actividades para la regulacin y aprovechamiento del agua, servicios de
informacin metereolgica, control de cauces, entre otros.
2.1.3 Ordenacin de Aguas Residuales, Drenaje y Alcantarillado
Comprende la administracin, supervisin, inspeccin, explotacin, construccin, ampliacin o apoyo de
los sistemas de drenaje, alcantarillado, tratamiento y disposicin de aguas residuales. La gestin del sistema
de alcantarillado incluye la explotacin y la construccin del sistema de colectores, tuberas, conductos y
bombas de evacuacin de las aguas residuales (agua de lluvia y aguas residuales domsticas y de otro tipo)
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desde los puntos de generacin hasta una instalacin de tratamiento de aguas residuales o un lugar desde el
cual se viertan las aguas residuales a las aguas superficiales. El tratamiento de las aguas residuales incluye
cualquier proceso mecnico, biolgico o avanzado de purificacin para consumo humano u otros fines de las
aguas residuales con el fin de que stas cumplan las normas medioambientales vigentes y otras normas de
calidad.
2.1.4 Reduccin de la Contaminacin
Comprende la administracin, supervisin, inspeccin, gestin o apoyo de actividades relacionadas con la
reduccin y el control de la contaminacin como son la proteccin del aire ambiente y del clima, la proteccin
del suelo y de las aguas subterrneas, la reduccin de los ruidos y las vibraciones y la proteccin contra la
radiacin.
2.1.5 Proteccin de la Diversidad Biolgica y del Paisaje
Comprende la administracin, supervisin, inspeccin, gestin o apoyo de actividades relacionadas con la
proteccin de la diversidad biolgica y del paisaje, como las actividades relacionadas con la proteccin de la
fauna y la flora (tales como, por ejemplo, la reintroduccin de especies extintas y la recuperacin de especies
en peligro de extincin), la proteccin de determinados hbitats (inclusive la ordenacin de parques y de
reservas naturales) y la proteccin de paisajes por sus valores estticos (por ejemplo, la reparacin de
paisajes deteriorados con fines de fortalecer su valor esttico y la rehabilitacin de minas y canteras
abandonadas).
2.1.6 Otros de Proteccin Ambiental
Incluye la administracin, direccin, regulacin, supervisin, gestin y apoyo de actividades como
formulacin, administracin, coordinacin y vigilancia de polticas, planes, programas y presupuestos
generales para promover la proteccin del medio ambiente; preparacin y ejecucin de legislacin y normas
de actuacin en lo referente a la prestacin de servicios de proteccin del medio ambiente; produccin y
difusin de informacin general, documentacin tcnica y estadsticas sobre la proteccin del medio ambiente.
2.2. VIVIENDA Y SERVICIOS A LA COMUNIDAD
Comprende la administracin, gestin o apoyo de programas, actividades y proyectos relacionados con la
formulacin, administracin, coordinacin, ejecucin y vigilancia de polticas relacionadas con la urbanizacin,
desarrollos comunitarios, abastecimiento de agua, alumbrado pblico y servicios comunitarios, as como la
produccin y difusin de informacin general, documentacin tcnica y estadsticas relacionadas con la
vivienda y los servicios comunitarios.
2.2.1 Urbanizacin
Comprende las acciones relacionadas con el fomento y la regulacin, el financiamiento, la construccin,
operacin, fomento, mantenimiento de la infraestructura y equipamiento urbano.
2.2.2 Desarrollo Comunitario
Comprende la administracin de los asuntos y servicios relacionados con el desarrollo comunitario;
administracin de las leyes de urbanismo y las normas de utilizacin de tierras y de construccin. Planificacin
de nuevas comunidades o de comunidades rehabilitadas; planificacin de la creacin o mejora de los servicios
de vivienda, industria, servicios pblicos, salud, educacin, cultura, esparcimiento, etc. para las comunidades;
elaboracin de planes de financiacin de proyectos.
2.2.3 Abastecimiento de Agua
Comprende las acciones relacionadas con la construccin, ampliacin y mantenimiento, capacitacin,
purificacin y distribucin de agua potable.
2.2.4 Alumbrado Pblico
Comprende la administracin de los asuntos relacionados con el alumbrado pblico como su instalacin,
gestin, mantenimiento, mejora, creacin y regulacin de las normas, entre otros.
2.2.5 Vivienda
Comprende las acciones de financiamiento, para la construccin, adquisicin y mejoramiento de la
vivienda. Incluye la administracin, gestin o apoyo de actividades como formulacin, administracin,
coordinacin y vigilancia de polticas, planes, programas y presupuestos generales relacionados con la
misma; preparacin y ejecucin de legislacin y normas de actuacin; produccin y difusin de informacin
general, documentacin tcnica y estadsticas relacionadas con la vivienda.
2.2.6 Servicios Comunales
Comprende la administracin, gestin o apoyo de actividades como formulacin, administracin,
coordinacin y vigilancia de polticas, planes, programas y presupuestos generales relacionados con los
servicios comunitarios distintos a los referidos en las subfunciones anteriores, por ejemplo rastro, panteones,
mercados y centrales de abasto; calles, parques y jardines y su equipamiento. As como la preparacin y
ejecucin de legislacin y normas de actuacin relacionadas con los mismos, produccin y difusin de
informacin general, documentacin tcnica y estadsticas relacionadas.
2.2.7 Desarrollo Regional
Incluye las acciones y programas que se llevan a cabo en el mbito regional a travs de instrumentos o
mecanismos especficos para impulsar la infraestructura y su equipamiento, el bienestar social, la actividad
econmica y apoyos para saneamiento financiero en municipios y entidades federativas.
2.3. SALUD
Comprende los programas, actividades y proyectos relacionados con la prestacin de servicios colectivos
y personales de salud, entre ellos los servicios para pacientes externos, servicios mdicos y hospitalarios
generales y especializados, servicios odontolgicos, servicios paramdicos, servicios hospitalarios generales
y especializados, servicios mdicos y centros de maternidad, servicios de residencias de la tercera edad y de
convalecencia y otros servicios de salud; as como productos, tiles y equipo mdicos, productos
farmacuticos, aparatos y equipos teraputicos.
2.3.1 Prestacin de Servicios de Salud a la Comunidad
Incluye las campaas para la promocin y prevencin de salud y el fomento de la salud pblica, tales
como la vigilancia epidemiolgica, la salud ambiental, el control de vectores y la regulacin sanitaria, as como
la prestacin de servicios de salud por personal no especializado.
2.3.2 Prestacin de Servicios de Salud a la Persona
Este incluye la atencin preventiva, diagnstico, tratamiento y rehabilitacin, as como la atencin de
urgencias en todos los niveles a cargo de personal especializado.
2.3.3 Generacin de Recursos para la Salud
Incluye la creacin, fabricacin y elaboracin de bienes e insumos para la salud, la comercializacin de
biolgicos y reactivos, la formacin y desarrollo de recurso humano, as como el desarrollo de la
infraestructura y equipamiento en salud.
2.3.4 Rectora del Sistema de Salud
Comprende la formulacin, administracin, coordinacin y vigilancia de polticas generales, la planeacin
estratgica, la generacin de informacin, la evaluacin del desempeo, la coordinacin intersectorial, la
regulacin y emisin de normatividad en materia de salud, as como la administracin, gestin o apoyo de
actividades inherentes, la comunicacin social, los asuntos jurdicos y la administracin y gestin de los
servicios centralizados y descentralizados de suministros y adquisiciones, entre otros.
2.3.5 Proteccin Social en Salud
Incluye la operacin de los fondos de gastos de atencin a catstrofes y de previsin presupuestaria, la
integracin de la cuota social que cubre el Gobierno y de la aportacin solidaria; incluye asimismo, las
acciones de informacin, evaluacin, investigacin, capacitacin y acreditacin del Sistema de Proteccin
Social en Salud.
2.4. RECREACION, CULTURA Y OTRAS MANIFESTACIONES SOCIALES
Comprende los programas, actividades y proyectos relacionados con la promocin, fomento y prestacin
de servicios culturales, recreativos y deportivos, otras manifestaciones sociales, radio, televisin, editoriales y
actividades recreativas.
2.4.1 Deporte y Recreacin
Incluye administracin, supervisin, regulacin, promocin, difusin y prestacin de servicios de asuntos
deportivos y recreativos; gestin o apoyo de instalaciones para la prctica deportiva o los acontecimientos
relacionados con deportes activos (campos de deporte, canchas de tenis, canchas de squash, pistas de
atletismo, campos de golf, cuadrilteros de boxeo, pistas de patinaje, gimnasios, etctera); gestin o apoyo de
instalaciones para actividades recreativas (parques, plazas, playas, zonas de acampada y alojamiento pblico
cercano a estos lugares, piscinas de natacin, baos pblicos para la higiene personal), entre otros.
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2.4.2 Cultura
Incluye administracin, supervisin, regulacin, promocin, difusin y prestacin de servicios de asuntos
culturales; gestin o apoyo de instalaciones para actividades culturales (bibliotecas, museos, galeras de arte,
teatros, salones de exposicin, monumentos, edificios y lugares histricos, jardines zoolgicos y botnicos,
acuarios, viveros, entre otros); produccin, gestin o apoyo de actos culturales (conciertos, producciones
teatrales y cinematogrficas, exposiciones de arte, entre otros).
2.4.3 Radio, Televisin y Editoriales
Incluye la administracin, supervisin y regulacin de asuntos y servicios relacionados con la radio, la
televisin y la edicin, as como la gestin o apoyo de los mismos.
2.4.4 Asuntos Religiosos y Otras Manifestaciones Sociales
Comprende la administracin, control y regulacin de asuntos religiosos y otras manifestaciones sociales,
as como el suministro, apoyo a su gestin, mantenimiento y reparacin de instalaciones para servicios
religiosos.
2.5. EDUCACION
Comprende la prestacin de los servicios educativos en todos los niveles, en general a los programas,
actividades y proyectos relacionados con la educacin preescolar, primaria, secundaria, media superior,
tcnica, superior y posgrado, servicios auxiliares de la educacin y otras no clasificadas en los conceptos
anteriores.
2.5.1 Educacin Bsica
Incluye las acciones relacionadas con el fomento, prestacin, regulacin, seguimiento y evaluacin de los
servicios de educacin bsica, as como el desarrollo de la infraestructura en espacios educativos vinculados
a la educacin preescolar, primaria y secundaria.
2.5.2 Educacin Media Superior
Incluye las acciones relacionadas con el fomento, prestacin, regulacin, seguimiento y evaluacin de los
servicios de educacin media superior, as como el desarrollo de la infraestructura en espacios educativos
vinculados a la misma.
2.5.3 Educacin Superior
Incluye las acciones relacionadas con el fomento, prestacin, regulacin, seguimiento y evaluacin de los
servicios de educacin superior, as como el desarrollo de la infraestructura en espacios educativos
vinculados a la misma.
2.5.4 Posgrado
Incluye las acciones relacionadas con el fomento, prestacin, regulacin, seguimiento y evaluacin de los
servicios educativos de posgrado, as como el desarrollo de la infraestructura en espacios educativos
vinculados a la misma.
2.5.5 Educacin para Adultos
Incluye las acciones relacionadas con el fomento, prestacin, regulacin, seguimiento y evaluacin de los
servicios educativos para adultos y alfabetizacin en los diferentes niveles, as como el desarrollo de la
infraestructura en espacios educativos vinculados a la misma.
2.5.6 Otro Servicios Educativos y Actividades Inherentes
Incluye otros servicios educativos no considerados en las subfunciones anteriores; as como las acciones
la administracin, gestin o apoyo de actividades inherentes, como la formulacin, administracin,
coordinacin y vigilancia de polticas generales en materia de educacin; regulacin y normatividad,
comunicacin social; asuntos jurdicos; y la administracin y gestin de los servicios centralizados de
suministros y adquisiciones; las acciones que se desarrollan para proporcionar servicios donde concurren
diferentes niveles educativos, tales como la distribucin de libros de textos gratuitos, material educativo,
didctico y becas; as como desayunos escolares, entre otros.
2.6. PROTECCION SOCIAL
Comprende los programas, actividades y proyectos relacionados con la proteccin social que desarrollan
los entes pblicos en materia de incapacidad econmica o laboral, edad avanzada, personas en situacin
econmica extrema, familia e hijos, desempleo, vivienda, exclusin social. Incluye las prestaciones
econmicas y sociales, los beneficios en efectivo o en especie, tanto a la poblacin asegurada como a la no
asegurada. Incluyen tambin los gastos en servicios y transferencias a personas y familias y los gastos en
servicios proporcionados a distintas agrupaciones.
2.6.1 Enfermedad e Incapacidad
Incluye las erogaciones que por concepto de los seguros de enfermedad y maternidad, riesgo de trabajo e
invalidez y vida (pensiones) realizan entidades como IMSS, ISSSTE, ISSFAM, PEMEX, CFE, entre otras.
2.6.2 Edad Avanzada
Incluye las erogaciones que por concepto del seguro de cesanta en edad avanzada y vejez (jubilaciones)
realizan entidades como IMSS, ISSSTE, ISSFAM, PEMEX, CFE, entre otras.
2.6.3 Familia e Hijos
Incluye la prestacin de proteccin social en forma de prestaciones en efectivo y en especie a familias con
hijos a cargo; administracin, gestin o apoyo de estos planes de proteccin social; prestaciones en efectivo,
como asignaciones por maternidad, pagos en caso de nacimiento, licencias por cuidado de los hijos, subsidios
familiares o subvenciones por hijos a cargo, otros pagos efectuados peridicamente o de una sola vez para
apoyar a las familias y ayudarlas a sufragar los costos de ciertas necesidades (por ejemplo, las familias
monoparentales o las familias con hijos minusvlidos), entre otros.
2.6.4 Desempleo
Incluye la prestacin de proteccin social en forma de prestaciones en efectivo o en especie a personas
que estn capacitadas para trabajar y dispuestas a trabajar pero no pueden encontrar un empleo adecuado;
as como la administracin, gestin o apoyo de estos planes de proteccin social.
2.6.5 Alimentacin y Nutricin
Comprende los programas, actividades y proyectos econmicos y sociales relacionados con la distribucin
y dotacin de alimentos y bienes bsicos y de consumo generalizado a la poblacin en situacin econmica
extrema.
2.6.6 Apoyo Social para la Vivienda
Incluye la prestacin de proteccin social en forma de prestaciones en especie para ayudar a las familias a
sufragar el costo de una vivienda (previa comprobacin de los ingresos de los beneficiarios); as como la
administracin, gestin o apoyo de estos planes de proteccin social; prestaciones en especie, como los
pagos a corto o a largo plazo para ayudar a los inquilinos a pagar sus alquileres, los pagos para ayudar a los
dueos u ocupantes actuales de una vivienda a sufragar los costos de sta (es decir, para ayudar en el pago
de hipotecas o intereses).
2.6.7 Indgenas
Comprende los servicios de asistencia social que se prestan en comunidades indgenas.
2.6.8 Otros Grupos Vulnerables
Comprende los servicios que se prestan a grupos con necesidades especiales como: nios, personas con
capacidades diferentes, manutencin a personas mayores de 60 aos; as como atencin a diversos grupos
vulnerables (incluye albergues y servicios comunitarios).
2.6.9 Otras de Seguridad Social y Asistencia Social
Incluye esquemas de proteccin social a poblacin no asegurada (Seguro Popular de Salud), el pago de
prestaciones sociales a travs de las instituciones de seguridad social, tales como compensaciones de
carcter militar, estancias de bienestar social, espacios fsicos y educativos, as como pagas y ayudas de
defuncin. Comprende las acciones de gestin y apoyo de actividades de asistencia social e incluye la
prestacin de servicios de asistencia social en forma de beneficios en efectivo y en especie a las vctimas de
desastres naturales.
2.7. OTROS ASUNTOS SOCIALES
Comprende otros asuntos sociales no comprendidos en las funciones anteriores.
2.7.1 Otros Asuntos Sociales
Comprende otros asuntos sociales no comprendidos en las subfunciones anteriores.
3. DESARROLLO ECONOMICO
Comprende los programas, actividades y proyectos relacionados con la promocin del desarrollo
econmico y fomento a la produccin y comercializacin agropecuaria, agroindustrial, acuacultura, pesca,
desarrollo hidroagrcola y fomento forestal, as como la produccin y prestacin de bienes y servicios pblicos,
en forma complementaria a los bienes y servicios que ofrecen los particulares.
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3.1. ASUNTOS ECONOMICOS, COMERCIALES Y LABORALES EN GENERAL
Comprende la administracin de asuntos y servicios econmicos, comerciales y laborales en general,
inclusive asuntos comerciales exteriores; gestin o apoyo de programas laborales y de instituciones que se
ocupan de patentes, marcas comerciales, derechos de autor, inscripcin de empresas, pronsticos
meteorolgicos, pesas y medidas, levantamientos hidrolgicos, levantamientos geodsicos, etc.;
reglamentacin o apoyo de actividades econmicas y comerciales generales, tales como el comercio de
exportacin e importacin en su conjunto, mercados de productos bsicos y de valores de capital, controles
generales de los ingresos, actividades de fomento del comercio en general, reglamentacin general de
monopolios y otras restricciones al comercio y al acceso al mercado, etc. As como de la formulacin,
ejecucin y aplicacin de polticas econmicas, comerciales y laborales.
3.1.1 Asuntos Econmicos y Comerciales en General
Comprende la administracin de asuntos y servicios econmicos y comerciales en general, formulacin y
ejecucin de polticas econmicas y comerciales generales; enlace entre las diferentes ramas del gobierno y
entre ste y el comercio; reglamentacin o apoyo de actividades econmicas y comerciales generales tales
como: mercados de productos bsicos y de valores de capital, controles generales de los ingresos,
actividades de fomento del comercio en general, reglamentacin general de monopolios y otras restricciones
al comercio y al acceso al mercado.
3.1.2 Asuntos Laborales Generales
Comprende la administracin de asuntos y servicios laborales generales; formulacin y aplicacin de
polticas laborales generales; supervisin y reglamentacin de las condiciones de trabajo (jornada de trabajo,
salarios, seguridad, entre otras); enlace entre las diferentes ramas del gobierno y entre ste y las
organizaciones industriales, empresariales y laborales generales; incluye la gestin o apoyo de programas o
planes generales para facilitar la movilidad en el empleo, reducir la discriminacin por motivo de sexo, raza,
edad y de otra ndole, reducir la tasa de desempleo en regiones deprimidas o subdesarrolladas, fomentar el
empleo de grupos desfavorecidos u otros grupos caracterizados por elevadas tasas de desempleo, entre
otros.
3.2. AGROPECUARIA, SILVICULTURA, PESCA Y CAZA
Comprende los programas, actividades y proyectos relacionados con el fomento a la produccin, y
comercializacin agropecuaria, silvicultura, pesca y caza, agroindustrial, desarrollo hidroagrcola y fomento
forestal.
3.2.1 Agropecuaria
Incluye los programas, actividades y proyectos relacionados con el fomento, regulacin, produccin,
distribucin, comercializacin e infraestructura agropecuaria. As como las acciones relativas a la
regularizacin agraria y el pago de obligaciones jurdicas ineludibles en la materia.
3.2.2 Silvicultura
Incluye los programas, actividades y proyectos relacionados con el fomento a la produccin y
comercializacin de silvicultura como la conservacin, ampliacin y explotacin racionalizada de reservas
forestales; supervisin y reglamentacin de explotaciones forestales y concesin de licencias para la tala de
rboles; la preservacin y recuperacin de suelos, desarrollo de la infraestructura para la conservacin de
bosques y selvas, as como el fomento de la produccin forestal.
3.2.3 Acuacultura, Pesca y Caza
Incluye los programas, actividades y proyectos relacionados con el fomento a la produccin y
comercializacin de pesca y caza; la organizacin, asistencia tcnica e investigacin en materia acucola y
pesquera, as como la construccin, conservacin y mantenimiento de la infraestructura pesquera y sistemas
acucolas; proteccin, propagacin y explotacin racionalizada de poblaciones de peces y animales salvajes;
supervisin y reglamentacin de la pesca de agua dulce, ocenica y costera, la piscicultura, la caza de
animales salvajes y la concesin de licencias de pesca y de caza.
3.2.4 Agroindustrial
Incluye los programas, actividades y proyectos relacionados con el fomento a la produccin y
comercializacin agroindustrial, como el otorgamiento de apoyos para la industrializacin de la produccin
agropecuaria.
3.2.5 Hidroagrcola
Incluye la infraestructura hidroagrcola relacionada con el desarrollo agropecuario.
3.2.6 Apoyo Financiero a la Banca y Seguro Agropecuario
Incluye los programas y acciones relacionadas con el financiamiento al sector y con el seguro
agropecuario.
3.3. COMBUSTIBLES Y ENERGIA
Comprende los programas, actividades y proyectos relacionados con la produccin y comercializacin de
combustibles y energa, tales como el petrleo y gas natural, carbn y otros combustibles minerales slidos,
combustibles nucleares y otros, electricidad y la energa no elctrica.
3.3.1 Carbn y Otros Combustibles Minerales Slidos
Esta clase comprende carbn de todas las calidades, lignito y turba, sea cual fuere el mtodo de
extraccin o beneficio y su conversin en otras formas de combustibles, como el coque o el gas; la
conservacin, descubrimiento, aprovechamiento y explotacin racionalizada de recursos de combustibles
minerales slidos; as como la administracin de asuntos y servicios relacionados con los mismos. Incluye la
supervisin y reglamentacin de la extraccin, el procesamiento, la distribucin y la utilizacin de combustibles
minerales slidos, as como la produccin y difusin de informacin general, documentacin tcnica y
estadsticas sobre asuntos y servicios relacionados con los mismos.
3.3.2 Petrleo y Gas Natural (Hidrocarburos)
Incluye la exploracin y explotacin de crudo y gas, la refinacin del crudo, el procesamiento del gas, as
como la petroqumica bsica y otros petroqumicos secundarios. Considera entre otras actividades
sustantivas: la perforacin y terminacin de pozos, construccin de plataformas y plantas de proceso de
refinacin, as como plantas criognicas. Asimismo incluye la supervisin y reglamentacin de la extraccin,
procesamiento, distribucin y utilizacin de petrleo y gas natural.
3.3.3 Combustibles Nucleares
Incluye la administracin de asuntos y servicios relacionados con los combustibles nucleares;
conservacin, descubrimiento, aprovechamiento y explotacin racionalizada de recursos de materiales
nucleares; supervisin y reglamentacin de la extraccin y el procesamiento de materiales de combustible
nuclear y de la fabricacin, distribucin y utilizacin de elementos de combustible nuclear; as como la
produccin y difusin de informacin general, documentacin tcnica y estadsticas sobre asuntos y servicios
relacionados con los mismos.
3.3.4 Otros Combustibles
Incluye la administracin de asuntos y servicios que conciernen a combustibles como el alcohol, la madera
y sus desechos, el bagazo y otros combustibles no comerciales; as como la produccin y difusin de
informacin general, documentacin tcnica y estadsticas sobre disponibilidad, produccin y utilizacin de
esos combustibles.
3.3.5 Electricidad
Incluye la generacin, transformacin, conservacin, aprovechamiento, transmisin y venta de energa
elctrica, as como la construccin y mantenimiento de plantas de generacin, sistemas de transformacin y
lneas de distribucin. Tambin considera la supervisin, reglamentacin, produccin y difusin de informacin
general, documentacin tcnica y estadstica.
3.3.6 Energa no Elctrica
Comprende la administracin de asuntos y servicios de la energa no elctrica, elica y solar que se
refieren principalmente a generacin, transformacin, transmisin, produccin, distribucin y utilizacin de
calor en forma de vapor y agua o aire calientes; as como la construccin y mantenimiento de plantas de
generacin, sistemas de transformacin y lneas de distribucin; la produccin y difusin de informacin
general, documentacin tcnica y estadsticas sobre disponibilidad, produccin y utilizacin de las mismas.
3.4. MINERIA, MANUFACTURAS Y CONSTRUCCION
Comprende los programas, actividades y proyectos relacionados con la administracin de asuntos y
servicios relacionados con la minera, los recursos minerales (excepto combustibles minerales), manufacturas
y construccin; la conservacin, descubrimiento, aprovechamiento y explotacin racionalizada de recursos
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minerales; desarrollo, ampliacin o mejoramiento de las manufacturas; supervisin, reglamentacin,
produccin y difusin de informacin para actividades de minera, manufactura y construccin.
3.4.1 Extraccin de Recursos Minerales excepto los Combustibles Minerales.
Comprende la administracin de asuntos y servicios relacionados con la minera y los recursos minerales
como minerales metalferos, arena, arcilla, piedra, minerales para la fabricacin de productos qumicos y
fertilizantes, sal, piedras preciosas, amianto, yeso, entre otros; conservacin, descubrimiento,
aprovechamiento y explotacin racionalizada de recursos minerales; supervisin y reglamentacin de la
prospeccin, la extraccin, la comercializacin y otros aspectos de la produccin de minerales.
3.4.2 Manufacturas
Comprende la administracin de asuntos y servicios de manufacturas; desarrollo, ampliacin o
mejoramiento; supervisin y reglamentacin del establecimiento y funcionamiento de plantas fabriles; enlace
con asociaciones de fabricantes y otras organizaciones interesadas en asuntos y servicios de manufacturas.
3.4.3 Construccin
Comprende la administracin, promocin, reglamentacin y control de la industria de de la construccin.
Las edificaciones se clasifican en la funcin que corresponda de acuerdo a su propsito.
3.5. TRANSPORTE
Comprende la administracin de asuntos y servicios relacionados con la explotacin, la utilizacin, la
construccin y el mantenimiento de sistemas e instalaciones del transporte por carretera, ferroviario, areo,
agua, oleoductos y gasoductos y otros sistemas. As como la supervisin y reglamentacin.
3.5.1 Transporte por Carretera
Incluye las acciones relacionadas con la construccin, explotacin, utilizacin y mantenimiento de
sistemas e instalaciones del transporte por carretera, como carreteras troncales, red de carreteras, carreteras
alimentadoras, caminos rurales, brechas forestales, puentes, tneles, parques de estacionamiento, terminales
de autobuses, entre otras. As como la supervisin, reglamentacin, produccin y difusin de informacin
general, documentacin tcnica y estadsticas sobre el funcionamiento del sistema de transporte por
carretera.
3.5.2 Transporte por Agua y Puertos
Incluye las acciones relacionadas con la construccin, explotacin, utilizacin y mantenimiento de
sistemas y servicios de transporte por vas de navegacin interior, costeras y por mar, como la operacin de la
infraestructura en puertos, vigilancia, ayudas a la navegacin martima y mantenimiento de edificios de
terminales martimas. As como la supervisin, reglamentacin, produccin y difusin de informacin general,
documentacin tcnica y estadsticas sobre el funcionamiento del sistema de transporte por agua.
3.5.3 Transporte por Ferrocarril
Incluye las acciones relacionadas con la construccin, explotacin, utilizacin y mantenimiento de
sistemas e instalaciones de transporte ferroviario. As como el desarrollo de la infraestructura correspondiente;
supervisin, reglamentacin, produccin y difusin de informacin general, documentacin tcnica y
estadsticas sobre el funcionamiento del sistema de transporte por ferrocarril.
3.5.4 Transporte Areo
Incluye las acciones relacionadas con la explotacin, utilizacin, construccin y mantenimiento de
sistemas e instalaciones de transporte areo y espacial, como la operacin de la infraestructura en
aeropuertos, vigilancia y ayudas a la navegacin area, as como la conservacin de pistas, plataformas y
edificios de terminales areas. Tambin la supervisin, reglamentacin, produccin y difusin de informacin
general, documentacin tcnica y estadsticas sobre el funcionamiento de los mismos.
3.5.5 Transporte por Oleoductos y Gasoductos y Otros Sistemas de Transporte
Incluye las acciones relacionadas con la explotacin, utilizacin, construccin, rehabilitacin y
modernizacin, mantenimiento, operacin, medicin y monitoreo de sistemas de transporte por oleoductos y
gasoductos y otros sistemas de transporte. As como la supervisin, reglamentacin, produccin y difusin de
informacin general, documentacin tcnica y estadsticas sobre el funcionamiento de dichos sistemas.
3.5.6 Otros Relacionados con Transporte
Incluye la prestacin de servicios relacionados con este sector, no considerados en subfunciones
anteriores.
3.6. COMUNICACIONES
Comprende los programas, actividades y proyectos relacionados con la administracin de asuntos y
servicios relacionados con la construccin, la ampliacin, el mejoramiento, la explotacin y el mantenimiento
de sistemas de comunicaciones, telecomunicaciones y postal.
3.6.1 Comunicaciones
Incluye la prestacin de servicios en materia de comunicaciones, telecomunicaciones y postal, as como el
desarrollo de la infraestructura correspondiente. Tambin la reglamentacin del funcionamiento de los
sistemas de comunicaciones, produccin y difusin de informacin general, documentacin tcnica y
estadsticas sobre asuntos y servicios relacionados con la misma.
3.7. TURISMO
Comprende la administracin, fomento y desarrollo de asuntos y servicios de turismo; enlace con las
industrias del transporte, los hoteles y restaurantes y otras industrias que se benefician con la presencia de
turistas, la explotacin de oficinas de turismo en el pas y en el exterior; organizacin de campaas
publicitarias, inclusive la produccin y difusin de literatura de promocin, entre otras.
3.7.1 Turismo
Incluye las acciones de fomento, financiamiento y regulacin de la infraestructura turstica, as como la
regulacin de los servicios de turismo y ecoturismo y prestacin de servicios tursticos.
3.7.2 Hoteles y Restaurantes
Comprende la administracin de asuntos y servicios relativos a la construccin, ampliacin, mejoramiento,
explotacin y mantenimiento de hoteles y restaurantes; as como la supervisin y reglamentacin. Incluye la
produccin y difusin de informacin general, documentacin tcnica y estadsticas sobre los mismos.
3.8. CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION
Comprende los programas y actividades que realizan los entes pblicos, orientadas al desarrollo de las
actividades cientficas y tecnolgicas, as como de innovacin e infraestructura cientfica y tecnolgica.
3.8.1 Investigacin Cientfica
Incluye las actividades relacionadas con la investigacin cientfica en la administracin pblica. Consiste
en el trabajo experimental o terico realizado principalmente con el objeto de generar nuevos conocimientos
sobre los fundamentos de fenmenos y hechos observables, as como en la investigacin original realizada
para la adquisicin de nuevos conocimientos, dirigida hacia un fin u objetivo prctico, determinado y
especfico. Incluye infraestructura cientfica y tecnolgica.
3.8.2 Desarrollo Tecnolgico
Incluye las actividades relacionadas con el desarrollo tecnolgico en la administracin pblica, as como la
introduccin de nuevas tecnologas para los productores. Consiste en el trabajo sistemtico llevado a cabo
sobre el conocimiento ya existente, adquirido de la investigacin o experiencia prctica, dirigido hacia la
produccin de nuevos materiales, productos o servicios, a la instalacin de nuevos procesos, sistemas y
servicios y hacia el mejoramiento sustancial de los ya producidos e instalados. Incluye infraestructura
cientfica y tecnolgica.
3.8.3 Servicios Cientficos y Tecnolgicos
Incluye todas las actividades que relacionadas con la investigacin cientfica y desarrollo tecnolgico
contribuyen a la produccin, difusin y aplicacin del conocimiento cientfico y tecnolgico en la administracin
pblica. Incluye infraestructura cientfica y tecnolgica.
3.8.4 Innovacin
Incluye las actividades relacionadas con la implementacin de un producto (bien o servicio) o proceso
nuevo o significativamente mejorado; un nuevo mtodo de comercializacin; o un nuevo mtodo
organizacional en prcticas de negocios, la organizacin del rea de trabajo o de relaciones pblicas en la
administracin pblica. Incluye infraestructura cientfica y tecnolgica.
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3.9. OTRAS INDUSTRIAS Y OTROS ASUNTOS ECONOMICOS
Comprende el comercio, distribucin, almacenamiento y depsito y otras industrias no incluidas en
funciones anteriores. Incluye las actividades y prestacin de servicios relacionadas con asuntos econmicos
no consideradas en las funciones anteriores.
3.9.1 Comercio, Distribucin, Almacenamiento y Depsito
Comprende la administracin de asuntos y servicios relacionados con el comercio, distribucin y la
industria de almacenamiento y depsito; as como la supervisin y reglamentacin del comercio al por mayor y
al por menor (concesin de licencias, prcticas de venta, rotulacin de alimentos envasados y otras
mercaderas destinadas al consumo domstico, inspeccin de balanzas y otras mquinas de pesar, etctera)
y de la industria de almacenamiento y depsito(inclusive concesin de licencias y reglamentacin de
almacenes aduaneros pblicos etctera); produccin y difusin de informacin a los comerciantes y al pblico
sobre precios, sobre la disponibilidad de mercaderas y sobre otros aspectos del comercio de distribucin y de
la industria de almacenamiento y depsito; recopilacin y publicacin de estadsticas sobre el comercio de
distribucin y la industria de almacenamiento y depsito.
3.9.2 Otras Industrias
Comprende las actividades y prestacin de servicios relacionadas con otras industrias no consideradas en
las funciones anteriores.
3.9.3 Otros Asuntos Econmicos
Comprende las actividades y prestacin de servicios relacionadas con asuntos econmicos no
consideradas en las funciones anteriores.
4. OTRAS NO CLASIFICADAS EN FUNCIONES ANTERIORES
Comprende los pagos de compromisos inherentes a la contratacin de Deuda; las transferencias,
participaciones y aportaciones entre diferentes niveles y rdenes de gobierno que no se pueden registrar en
clasificaciones anteriores, as como aquellas actividades no susceptibles de etiquetar en las funciones
existentes.
4.1. TRANSACCIONES DE LA DEUDA PUBLICA / COSTO FINANCIERO DE LA DEUDA
Comprende los pagos de compromisos que por concepto de intereses, comisiones, amortizacin y otras
erogaciones derivadas de la contratacin de deuda pblica. Se refiere al pago de la deuda pblica contratada
y documentada, tanto con instituciones internas como externas. As como pago de intereses y gastos por
concepto de suscripcin y emisin de emprstitos gubernamentales.
4.1.1 Deuda Pblica Interna
Incluye el pago de compromisos por concepto de intereses, comisiones y otras erogaciones derivadas de
la contratacin de deuda pblica interna.
4.1.2 Deuda Pblica Externa
Incluye el pago de compromisos por concepto de intereses, comisiones y gastos de deuda pblica emitida
y contratada en el exterior.
4.2. TRANSFERENCIAS, PARTICIPACIONES Y APORTACIONES ENTRE DIFERENTES NIVELES Y
ORDENES DE GOBIERNO
Transferencias, participaciones y aportaciones entre diferentes niveles y rdenes de gobierno que son de
carcter general y no estn asignadas a una funcin determinada.
4.2.1 Transferencias entre Diferentes Niveles y Ordenes de Gobierno
Comprende el registro de las transferencias que le corresponden a los entes pblicos.
4.2.2 Participaciones entre Diferentes Niveles y Ordenes de Gobierno
Comprende el registro de los recursos que corresponden a los estados y municipios de conformidad a la
Ley de Coordinacin Fiscal, as como las que correspondan a sistemas estatales de coordinacin fiscal
determinados por las leyes correspondientes.
4.2.3 Aportaciones entre Diferentes Niveles y Ordenes de Gobierno
Comprende el registro de los recursos que corresponden a las entidades federativas y municipios que se
derivan del Sistema Nacional de Coordinacin Fiscal, de conformidad a lo establecido por el captulo V de la
Ley de Coordinacin Fiscal y que no resultan asociables a otras funciones especficas.
4.3. SANEAMIENTO DEL SISTEMA FINANCIERO
Comprende el apoyo financiero a las operaciones y programas para atender la problemtica de pago de
los deudores del Sistema Bancario Nacional e impulsar el saneamiento financiero.
4.3.1 Saneamiento del Sistema Financiero
Comprende el apoyo financiero a las operaciones y programas instrumentados por el Gobierno para
atender la problemtica de pago de los deudores del Sistema Bancario Nacional e impulsar el saneamiento
financiero.
4.3.2 Apoyo IPAB
Apoyo a los programas dirigidos a ahorradores y deudores de la banca por conducto del instituto para la
proteccin del ahorro bancario.
4.3.3 Banca de Desarrollo
Apoyo a los programas a favor de los deudores por conducto de la banca en desarrollo.
4.3.4 Apoyo a los programas de reestructura en unidades de inversin (UDIS)
Apoyo a los programas a favor de reestructura en unidades de inversin (UDIS).
4.4. ADEUDOS DE EJERCICIOS FISCALES ANTERIORES
Comprende los pagos que realiza el Gobierno derivados del gasto devengado no pagado de ejercicios
fiscales anteriores.
4.4.1 Adeudos de Ejercicios Fiscales Anteriores
Comprende los pagos que realiza el Gobierno derivados del gasto devengado no pagado de ejercicios
fiscales anteriores.
ACUERDO POR EL QUE SE EMITE LA CLASIFICACIN FUNCIONAL DEL GASTO
Publicado DOF 10-06-2010
SEGUNDO.- En cumplimiento con los artculos 7 y cuarto transitorio de la Ley de Contabilidad, los poderes
Ejecutivo, Legislativo y Judicial de la Federacin y entidades federativas; las entidades y los rganos
autnomos debern adoptar e implementar, con carcter obligatorio, el Acuerdo por el que se emite la
Clasificacin Funcional del Gasto a ms tardar, el 31 de diciembre de 2010, considerando lo sealado en el
acuerdo tercero del presente documento. Lo anterior, a efecto de construir junto con los elementos tcnicos y
normativos que el CONAC emiti en 2009, la matriz de conversin y estar en posibilidad de cumplir con lo
sealado en el cuarto transitorio de la Ley de Contabilidad, sobre la emisin de informacin contable y
presupuestaria en forma peridica bajo las clasificaciones administrativas, econmica, funcional y
programtica.
TERCERO.- Al adoptar e implementar lo previsto en la presente Clasificacin Funcional del Gasto, las
autoridades en materia de Contabilidad Gubernamental y Presupuestal que corresponda en los poderes
ejecutivos federal, locales y municipales establecern la forma en que las entidades paraestatales y
paramunicipales, respectivamente atendiendo a su naturaleza, se ajustarn al mismo. Lo anterior, en tanto el
Consejo Nacional de Armonizacin Contable emite lo conducente.
CUARTO.- En cumplimiento con los artculos 7 y quinto transitorio de la Ley de Contabilidad, los
ayuntamientos de los municipios y los rganos poltico-administrativos de las demarcaciones territoriales del
Distrito Federal debern adoptar e implementar, con carcter obligatorio, el Acuerdo por el que se emite la
Clasificacin Funcional del Gasto a ms tardar, el 31 de diciembre de 2010. Lo anterior, a efecto de
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construir junto con los elementos tcnicos y normativos que el CONAC emiti en 2009, la matriz de conversin
y estar en posibilidad de cumplir con lo sealado en el quinto transitorio de la Ley de Contabilidad.
QUINTO.- De conformidad con los artculos 1 y 7 de la Ley de Contabilidad, los gobiernos de las entidades
federativas debern adoptar e implementar las decisiones del CONAC, va la adecuacin de sus marcos
jurdicos, lo cual podra consistir en la eventual modificacin o formulacin de leyes o disposiciones
administrativas de carcter local, segn sea el caso.
SEXTO.- De acuerdo con lo previsto en el artculo 1 de la Ley de Contabilidad, los gobiernos de las
entidades federativas debern coordinarse con los gobiernos municipales para que logren contar con un
marco contable armonizado, a travs del intercambio de informacin y experiencias entre ambos rdenes de
gobierno.
SEPTIMO.- En trminos de los artculos 7 y 15 de la Ley de Contabilidad, el Secretario Tcnico llevar un
registro pblico en una pgina de Internet de los actos que los gobiernos de las entidades federativas,
municipios y demarcaciones territoriales del Distrito Federal realicen para la adopcin e implementacin del
presente acuerdo. Para tales efectos, los gobiernos de las entidades federativas, los municipios y las
demarcaciones territoriales del Distrito Federal remitirn al Secretario Tcnico la informacin relacionada con
dichos actos. Dicha informacin deber ser enviada a la direccin electrnica
[email protected], dentro de un plazo de 15 das hbiles contados a partir de la conclusin
del plazo fijado por el CONAC.
OCTAVO.- En trminos del artculo 15 de la Ley de Contabilidad, las entidades federativas y municipios
slo podrn inscribir sus obligaciones en el Registro de Obligaciones y Emprstitos si se encuentran al
corriente con las obligaciones contenidas en la Ley de Contabilidad.
NOVENO.- En cumplimiento a lo dispuesto por el artculo 7, segundo prrafo de la Ley de Contabilidad, la
Clasificacin Funcional del Gasto ser publicada en el Diario Oficial de la Federacin, as como en los
medios oficiales de difusin escritos y electrnicos de las entidades federativas, municipios y demarcaciones
territoriales del Distrito Federal.
En la Ciudad de Mxico, Distrito Federal, siendo las 14:00 horas del da 28 de mayo del ao dos mil diez,
el Titular de la Unidad de Contabilidad Gubernamental e Informes sobre la Gestin Pblica de la Secretara de
Hacienda y Crdito Pblico, en mi calidad de Secretario Tcnico del Consejo Nacional de Armonizacin
Contable, HACE CONSTAR que el documento consistente de 16 fojas tiles denominado Clasificacin
Funcional del Gasto, corresponde con los textos aprobados por el Consejo Nacional de Armonizacin
Contable, mismos que estuvieron a la vista de los integrantes de dicho Consejo en su primera reunin
celebrada el pasado 28 de mayo del presente ao. Lo anterior para los efectos legales conducentes, con
fundamento en el artculo 7 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental y en la regla 20 de las Reglas
de Operacin del Consejo Nacional de Armonizacin Contable.- El Secretario Tcnico del Consejo Nacional
de Armonizacin Contable, Moiss Alcalde Virgen.- Rbrica.
ACUERDO POR EL QUE SE EMITE LA CLASIFICACIN FUNCIONAL DEL GASTO
Publicado DOF 27-12-2010
SEGUNDO.- En cumplimiento con los artculos 7 y cuarto transitorio de la Ley de Contabilidad, los poderes
Ejecutivo, Legislativo y Judicial de la Federacin y entidades federativas; las entidades y los rganos
autnomos debern adoptar e implementar, con carcter obligatorio, el Acuerdo por el que se emite la
Clasificacin Funcional del Gasto a ms tardar, el 31 de diciembre de 2011, considerando lo sealado en el
acuerdo tercero del presente documento. Lo anterior, a efecto de construir junto con los elementos tcnicos y
normativos que el CONAC ha emitido en 2009 y 2010, la matriz de conversin y estar en posibilidad de
cumplir con lo sealado en el cuarto transitorio de la Ley de Contabilidad, sobre la emisin de informacin
contable y presupuestaria en forma peridica bajo las clasificaciones administrativas, econmica, funcional y
programtica.
TERCERO.- Al adoptar e implementar lo previsto en la presente Clasificacin Funcional del Gasto, las
autoridades en materia de Contabilidad Gubernamental y Presupuestal que corresponda en los poderes
ejecutivos federal, locales y municipales establecern la forma en que las entidades paraestatales y
paramunicipales, respectivamente atendiendo a su naturaleza, se ajustarn al mismo. Lo anterior, en tanto el
Consejo Nacional de Armonizacin Contable emite lo conducente.
CUARTO.- En cumplimiento con los artculos 7 y quinto transitorio de la Ley de Contabilidad, los
ayuntamientos de los municipios y los rganos poltico-administrativos de las demarcaciones territoriales del
Distrito Federal debern adoptar e implementar, con carcter obligatorio, el Acuerdo por el que se emite la
Clasificacin Funcional del Gasto a ms tardar, el 31 de diciembre de 2011. Lo anterior, a efecto de
construir junto con los elementos tcnicos y normativos que el CONAC ha emitido en 2009 y 2010, la matriz
de conversin y estar en posibilidad de cumplir con lo sealado en el quinto transitorio de la Ley de
Contabilidad.
QUINTO.- El Presupuesto de Egresos de los Entes Pblicos, que se apruebe para el ejercicio de 2012,
deber reflejar el Acuerdo por el que se emite la Clasificacin Funcional del Gasto.
SEXTO.- De conformidad con los artculos 1 y 7 de la Ley de Contabilidad, los gobiernos de las entidades
federativas debern adoptar e implementar las decisiones del CONAC, va la adecuacin de sus marcos
jurdicos, lo cual podra consistir en la eventual modificacin o formulacin de leyes o disposiciones
administrativas de carcter local, segn sea el caso. As mismo, respetarn la descripcin de finalidad, funcin
y subfuncin, pudiendo incorporar redaccin complementaria en las sub-subfunciones que permitan precisar
la orientacin del gasto en las mismas y omitir aquellas funciones y subfunciones que no les sean aplicables.
SEPTIMO.- De acuerdo con lo previsto en el artculo 1 de la Ley de Contabilidad, los gobiernos de las
entidades federativas debern coordinarse con los gobiernos municipales para que logren contar con un
marco contable armonizado, a travs del intercambio de informacin y experiencias entre ambos rdenes de
gobierno.
OCTAVO.- En trminos de los artculos 7 y 15 de la Ley de Contabilidad, el Secretario Tcnico llevar un
registro pblico en una pgina de Internet de los actos que los gobiernos de las entidades federativas,
municipios y demarcaciones territoriales del Distrito Federal realicen para la adopcin e implementacin del
presente acuerdo. Para tales efectos, los gobiernos de las entidades federativas, los municipios y las
demarcaciones territoriales del Distrito Federal remitirn al Secretario Tcnico la informacin relacionada con
dichos actos. Dicha informacin deber ser enviada a la direccin electrnica
[email protected], dentro de un plazo de 15 das hbiles contados a partir de la conclusin
del plazo fijado por el CONAC.
NOVENO.- En trminos del artculo 15 de la Ley de Contabilidad, las entidades federativas y municipios
slo podrn inscribir sus obligaciones en el Registro de Obligaciones y Emprstitos si se encuentran al
corriente con las obligaciones contenidas en la Ley de Contabilidad.
DECIMO.- En cumplimiento a lo dispuesto por el artculo 7, segundo prrafo de la Ley de Contabilidad, la
Clasificacin Funcional del Gasto ser publicada en el Diario Oficial de la Federacin, as como en los
medios oficiales de difusin escritos y electrnicos de las entidades federativas, municipios y demarcaciones
territoriales del Distrito Federal dejando sin efectos al acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federacin
el da 10 de junio de 2010.
En la Ciudad de Mxico, Distrito Federal, siendo las 12:35 horas del da 15 de diciembre del ao dos mil
diez, el Titular de la Unidad de Contabilidad Gubernamental e Informes sobre la Gestin Pblica de la
Secretara de Hacienda y Crdito Pblico, en mi calidad de Secretario Tcnico del Consejo Nacional de
Armonizacin Contable, HACE CONSTAR que el documento consistente de 18 fojas tiles denominado
Clasificacin Funcional del Gasto, corresponde con los textos aprobados por el Consejo Nacional de
Armonizacin Contable, mismos que estuvieron a la vista de los integrantes de dicho Consejo en su tercera
reunin celebrada el pasado 15 de diciembre del presente ao. Lo anterior para los efectos legales
conducentes, con fundamento en el artculo 7 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental y en la regla
20 de las Reglas de Operacin del Consejo Nacional de Armonizacin Contable. .- El Secretario Tcnico del
Consejo Nacional de Armonizacin Contable, Moiss Alcalde Virgen.- Rbrica.