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INDICE CLSIFICACION DEL DELITO…………………………………………….2 CLSIFICACION DEL DELITO SEGÚN JIMENEZ ANSUA……………………………………………………………………… 10 CLASIFICACION DEL DELITO SEGÚN CUELLO CALON……………………………………………………………………. 13 CLAISFICACION DEL DELITO SEGÚN RICARDO ABARCA…………………………………………………………………. 21 CLASIFICACION DEL DLITO SEGÚN CELESTINO PORTE PETIT…………………………………………………………………….. 26 CLASIFICACION DEL DELITO SEGÚN EDUARDO LOPEZ BATANCOURT………………………………………………………... 31 1

Clasificación del delito

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Page 1: Clasificación del delito

INDICE CLSIFICACION DEL DELITOhelliphelliphelliphelliphelliphelliphelliphelliphelliphelliphelliphelliphelliphelliphelliphelliphellip2

CLSIFICACION DEL DELITO SEGUacuteN JIMENEZ

ANSUAhelliphelliphelliphelliphelliphelliphelliphelliphelliphelliphelliphelliphelliphelliphelliphelliphelliphelliphelliphelliphelliphelliphelliphelliphelliphelliphellip 10

CLASIFICACION DEL DELITO SEGUacuteN CUELLO

CALONhelliphelliphelliphelliphelliphelliphelliphelliphelliphelliphelliphelliphelliphelliphelliphelliphelliphelliphelliphelliphelliphelliphelliphelliphelliphellip 13

CLAISFICACION DEL DELITO SEGUacuteN RICARDO

ABARCAhelliphelliphelliphelliphelliphelliphelliphelliphelliphelliphelliphelliphelliphelliphelliphelliphelliphelliphelliphelliphelliphelliphelliphelliphellip 21

CLASIFICACION DEL DLITO SEGUacuteN CELESTINO PORTE

PETIThelliphelliphelliphelliphelliphelliphelliphelliphelliphelliphelliphelliphelliphelliphelliphelliphelliphelliphelliphelliphelliphelliphelliphelliphelliphellip 26

CLASIFICACION DEL DELITO SEGUacuteN EDUARDO LOPEZ

BATANCOURThelliphelliphelliphelliphelliphelliphelliphelliphelliphelliphelliphelliphelliphelliphelliphelliphelliphelliphelliphelliphellip 31

Clasificacioacuten del delito1

Por Su Gravedad tripartito y bipartito

El Sistema Tripartito divide en criacutemenes delitos contravenciones

Importancia Permite la individualizacioacuten la sociedad reacciona con

mayor intensidad a los criacutemenes y es de utilidad praacutectica determina la

competencia de los tribunales el jurado conoce los criacutemenes las

correccionales los delitos y la policiacutea las contravenciones Critica No hay

diferencia cualitativa entre crimen y delito una lesioacuten puede ser ambas

seguacuten la menor o mayor gravedad de sus consecuencias

El Sistema Bipartito divide en delitos y contravenciones (Bolivia)

Se basa en la gravedad de la pena y la jurisdiccioacuten Las diferencias entre

delito y contravencioacuten seriacutean en el delito el dantildeo es efectivo en la

contravencioacuten es un simple peligro en el delito hay intencioacuten manifiesta

en la contravencioacuten no hay mala intensioacuten el delito estaacute en el coacutedigo

penal la contravencioacuten esta en disposiciones especiales de caza de

pesca en disposiciones sanitarias etc

Por La Forma De La Accioacuten de comisioacuten de

omisioacuten de comisioacuten por omisioacuten

El delito de comisioacuten viola ley prohibitiva ej Robo calumnia

aborto (CP 331 285 263)

El de omisioacuten vulnera norma imperativa ej Abandono de servicios

(CP 179 ter)

El delito de comisioacuten por omisioacuten alcanza el resultado mediante

una abstencioacuten

(CP 13 bis) ej Madre que deja de amamantar enfermera que deja de

alimentar al paciente

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Por La Forma De Ejecucioacuten instantaacuteneo

permanente continuado flagrante conexo o

compuesto

Delito instantaacuteneo Aquel en que la violacioacuten juriacutedica realizada en el

momento de consumacioacuten se extingue con esta La accioacuten coincide con

la consumacioacuten

El agente no tiene ninguacuten poder para prolongarlo ni para hacerlo cesar

Ej En el homicidio robo hurto

Delito Permanente Despueacutes de la consumacioacuten continuacutea

ininterrumpidamente la violacioacuten juriacutedica perfeccionada en aquella Ej

El rapto el abandono de familia

Delito Continuado La accioacuten implica una serie de violaciones

juriacutedicas que tienden a un uacutenico resultado La ley no da relevancia a

estos actos (siacute fuera asiacute seriacutean varios delitos)

Ej Cajero que saca centavo a centavo hasta reunir una suma

considerable En el permanente hay una sola accioacuten que se prolonga en

el tiempo en el continuado hay pluralidad de acciones que configuran

cada una un delito perfecto

Delito Flagrante Es el que se ha consumado puacuteblicamente y cuyo

perpetrador

ha sido visto por muchos testigos al tiempo en que lo cometiacutea

Delito Conexo Las acciones estaacuten vinculadas de tal manera que unos

resultados dependen de unas acciones y otros resultados de otras

acciones Ej

Los delincuentes se ponen de acuerdo antes luego cometen delitos en

diferentes tiempos y lugares

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Por Las Consecuencias De La Accioacuten formal

material

Delito formal (o de simple actividad) Es aquel en que la ley no exige

para considerarlo consumado los resultados buscados por el agente

basta el cumplimiento de hechos conducentes a esos resultados y el

peligro de que estos se produzcan o basta tambieacuten la sola

manifestacioacuten de la voluntad

Por ejemplo los delitos de falsificacioacuten (CP 198 - 200) de

envenenamiento(CP 216) la traicioacuten(CP 109) calumnia(CP 283) el

falso testimonio(CP 169) en los cuales basta para configurarlos la

posesioacuten de maacutequinas para la falsificacioacuten el suministro del veneno la

preparacioacuten de actos dirigidos al sometimiento de la Nacioacuten a una

potencia extranjera la manifestacioacuten de la voluntad imputando un delito

a otro o la sola juramentacioacuten en falso sin que sea necesaria la

produccioacuten de un resultado

En los delitos formales jamaacutes se da la Tentativa este soacutelo se da en los

delitos materiales

Delito material (o de resultado) es el que se consuma mediante la

produccioacuten de un dantildeo efectivo que el delincuente se propone El acto

produce un resultado Ej el asesinato (CP 252) el resultado de la accioacuten

es la muerte de una persona En el robo (CP 331) el resultado es la

aprehensioacuten de la cosa

Por La Calidad Del Sujeto impropio propio

Delito Impropio es el realizado por cualquier persona En el CP

empiezan con las frases Toda persona que El que Los que se

alzaren

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Delito propio es aquel cometido por personas que reuacutenen ciertas

condiciones relacionadas con el cargo puacuteblico oficio o profesioacuten En el

CP empiezan ldquoEL

Oficial de Registro Civil que autorizarerdquo (CP 242) El meacutedico que

diere certificado falso(CP 201) La madre que diere muerte a su

hijo(CP 258)

Por La Forma Procesal de accioacuten privada de

accioacuten puacuteblica a instancia de parte de accioacuten

puacuteblica

Delito de accioacuten privada Se enjuicia y se persigue soacutelo a querella de

parte ofendida por ejemplo giro de cheque en descubierto despojo

(CPP 20) los delitos contra el honor (difamacioacuten e injuria CP 282 -

290)

Delito de Accioacuten Puacuteblica a Instancia de parte Aquel en que el

Fiscal puede perseguir soacutelo a pedido de la parte damnificada u ofendida

(CPP 17)

Ej Abandono de familia de mujer embarazadahellipproxenetismo (CPP

19)

Delito de accioacuten puacuteblica Puede demandar quienquiera incluso el

Ministerio

Puacuteblico de oficio Los delitos que no estaacuten en el Art 19 y 20 del CPP son

de accioacuten puacuteblica Ej El homicidio (CP 251)

Por Las Formas De Culpabilidad doloso culposo (CP 14 15)

Delito doloso Ejecucioacuten de un acto tiacutepicamente antijuriacutedico con

conocimiento y voluntad de la realizacioacuten el resultado No exige un

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saber juriacutedico basta que sepa que su conducta es contraria al Derecho

peor auacuten basta la intensioacuten de cometer el hecho delictivo

El coacutedigo penal sin reformas deciacutea un delito es doloso cuando el hecho

cometido es querido previsto y ratificado por el agente o cuando es

consecuencia necesaria de su accioacuten(CP 14) El coacutedigo penal

reformado (Ley 1768 de 10 de marzo de 1997) reemplaza la definicioacuten

de dolo y se corrigen los defectos estructurales e insuficiencias de la

formulacioacuten anterior como es el caso de la expresioacuten o cuando es

consecuencia necesaria de su accioacuten la que trastorna toda la

sistemaacutetica de la teoriacutea del delito en razoacuten de que la consecuencia

necesaria objetiva puede responder tanto a conductas dolosas como

culposas Actuacutea dolosamente el que realiza un hecho previsto en un

tipo penal con conocimiento y voluntad Para ello es suficiente que el

autor considere seriamente posible su realizacioacuten y acepte esta

posibilidad (CP 14)

Delito culposo Un delito es Culposo cuando quien no observa el

cuidado a que estaacute obligado conforme a las circunstancias y sus

condiciones personales y por ello no toma conciencia de que realiza un

tipo penal y si lo toma lo realiza en la confianza de que lo evitaraacute(CP

15) El delito es culposo cuando el resultado aunque haya sido previsto

no ha sido querido por el agente pero sobreviene por imprudencia

negligencia o inobservancia de las leyes reglamentos oacuterdenes etc Ej

Fumar en surtidor de gasolina o exceso de velocidad que causan un

accidente

En el delito doloso existe intensioacuten en el delito culposo existe

negligencia En los delitos dolosos para consumar la figura delictual es

necesaria la intensioacuten de producir un resultado dantildeoso en los delitos

culposos basta con que ese resultado haya sido previsto o al menos

que haya debido preverse

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Un delito doloso se reconoce en el CP por la palabra inserta a

sabiendas como en la acusacioacuten y denuncia que dice El que a

sabiendas acusare a persona que no cometioacute(CP 166) o en la

receptacioacuten que dice El que a sabiendas comprare cosas

robadas(CP 172)

Por La Relacioacuten Psiacutequica Entre Sujeto Y Su Acto

preterintencional o ultraintensional

Delito Preterintencional (O ultraintensional) Es aquella en que

se desea cometer un delito pero resulta otro maacutes grave Ej Cuando

soacutelo se lo quiere lesionar pero lo mata La sancioacuten sigue la Teoriacutea de la

Responsabilidad Objetiva o sea son calificados por el resultado por el

evento ocurrido que no estaba en la intensioacuten del agente

Por El Nuacutemero De Personas individual colectivo

Delitos Individuales Son los realizados por una sola persona ej La

violacioacuten el prevaricato

Delitos Colectivos Son los realizados por 2 o maacutes personas ej

Sedicioacuten conspiracioacuten (CP 123 126)

Por El Bien Vulnerado simple complejo conexo

Delito Simple Violan un solo bien o intereacutes juriacutedicamente protegido

ej El homicidio viola el derecho a la vida

Delito Complejo Violacioacuten de varios bienes o intereses protegidos Ej

Rapto seguido de violacioacuten Es casi igual al Concurso Real De Delitos

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Delito Conexo Las acciones estaacuten vinculadas de tal manera que unos

resultados dependen de unas acciones y otros resultados de otras

acciones Ej

Los delincuentes se ponen de acuerdo antes luego cometen delitos en

diferentes tiempos y lugares

Por La Unidad Del Acto Y Pluralidad Del

Resultado concurso ideal concurso real

Concurso Ideal de Delitos (Delito Compuesto) Con una sola

accioacuten se violan varios bienes juriacutedicos (CP 44) Ej una accioacuten como

una patada puede causar dos delitos lesiones y atentado Golpear a una

mujer embarazada produce delitos como lesiones y aborto Se sanciona

con pena del delito maacutes grave se puede aumentar hasta un maacuteximo de

una cuarta parte del delito maacutes grave

Concurso Real de Delitos (CP 45) Dos o maacutes acciones u

omisiones dan a lugar a dos o maacutes delitos Ej Explosioacuten de automoacutevil

con bomba en centro comercial Las acciones que generaron pueden

ser apoderamiento de un automoacutevil instalacioacuten de la bomba Los

delitos son robo de automoacutevil y terrorismo Se sanciona con pena del

delito maacutes grave se puede aumentar el maacuteximo hasta una mitad

Ambas se caracterizan porque las disposiciones a aplicarse no se

excluyen

Por La Naturaleza Intriacutenseca comuacuten poliacutetico

social contra la humanidad

Delito comuacuten Lesiona los intereses tutelados de los particulares ej

la vida el patrimonio la libertad

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Delito poliacutetico Criterios Objetivo El delito poliacutetico es aquel que

lesiona la organizacioacuten poliacutetica y social del estado Criterio subjetivo Es

aqueacutel que lesiona la organizacioacuten poliacutetica y social con voluntad altruista

y de sacrificio

Criterio mixto El delito poliacutetico es aqueacutel inspirado con fines generosos

atenta contra la seguridad externa e interna de un Estado persiguiendo

mantener el orden establecido o cambiarlo a formas maacutes superiores

Diferencias El DC lesiona intereses particulares el DP afecta el intereacutes

colectivo traducido en la seguridad y estabilidad del Estado el autor de

un DC puede ser indultado conmutada su pena o extraditado el autor

de un DP puede ser amnistiado pero nunca extraditado los DC ligados a

delitos poliacuteticos son tratados como si fueran DP

Delito social Aquel que va contra el reacutegimen econoacutemico y social Ej

sabotaje (CP 232) Delitos contra la Humanidad Son los que atentan

contra los derechos esenciales de la persona humana Ej vida

nacionalidad religioacuten opinioacuten etc

La Convencioacuten Internacional sobre el Genocidio de 1948

cataloga como Delitos contra la Humanidad a los siguientes

1048707 El homicidio de grupo

1048707 El exterminio (Acabar del todo con la fuerza)

1048707 La deportacioacuten en tiempo de paz

1048707 El genocidio

1048707 La reduccioacuten a la servidumbre

1048707 La persecucioacuten poliacutetica o religiosa

Los delitos contra la humanidad se caracterizan por (a) Son cometidos

debido a raza nacionalidad o discrepancia poliacutetica y (b) Seacute atento

contra la poblacioacuten civil inclusive contra la propia poblacioacuten en los

golpes de Estado

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CLASIFICACION DEL DELITO SEGUacuteN Jimeacutenez

ANZUALos autores siempre han tratado de establecer ciertas diferencias en las

infracciones penales cada uno trata o a tratado de poner su grano de

arena en lo que a clasificacioacuten del delito se trata

Seguacuten JIMEacuteNEZ ANZUA

1- ldquoPor la extensioacuten de la Ley en que se encuentran castigadosrdquo

Comunes Aquellos delitos que infringen que significan una violacioacuten

de deberes comunes a todos los miembros de la sociedad

Especiales aquellos delitos que implican una violacioacuten de deberes

especiales que se imponen a determinadas personas en razoacuten de su

funcioacuten o estado

2- ldquoCriterio que toma en cuenta el momento en que se comete el delitordquo

Flagrantes El delito es flagrante en el momento en que se comete

despueacutes deja de serlo Antiguamente se castigaba maacutes duramente que

los demaacutes

No Flagrantes Cuando el delito se ha cometido o sea cuando ya pasoacute

el momento de flagrancia

3- ldquoCriterio que toma en cuenta la persecucioacuten del delitordquo

Delitos Puacuteblicos Son aquellos que son perseguidos de oficio es decir

el Juez tiene la obligacioacuten mutua propia de iniciar el procedimiento

Delitos Privados Son aquellos delitos que soacutelo pueden perseguirse a

instancia de parte

Su fundamento lo encontramos en una delegacioacuten que el Estado hace a

la viacutectima o sus representantes legales de perseguir el delito

especialmente en aquellos contrarios al honor y la honestidad cuya

publicidad dantildeariacutea considerablemente a la viacutectima Deja pues a eacutesta la

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determinacioacuten de perseguirlos o no tratando con lo anterior de no caer

en un mal mayor

4- ldquoCriterio que toma en cuenta el resultadordquo

Delitos Formales Es el que juriacutedicamente se consuma por el hecho de

la accioacuten u omisioacuten sin dejar resultado externo

Delitos Materiales El que al consumarse produce el resultado

antijuriacutedico que se proponiacutea el culpable

5- ldquoCriterio que toma en cuenta la duracioacuten del delitordquo

Delitos instantaacuteneos Aquellos en que la violacioacuten juriacutedica realizada en

la consumacioacuten se extingue con esta

Delitos permanentes Aquellos en los cuales la violacioacuten juriacutedica

continuacutea auacuten despueacutes de consumados

6- ldquoEn relacioacuten a la cantidad de bienes juriacutedicos violadosrdquo

Delitos simples Son aquellos que violan un solo bien juriacutedico o un solo

intereacutes

Juriacutedicamente protegidos

Delitos Complejos Son aquellos constituidos por la infraccioacuten de

varios o diversos bienes juriacutedicos a traveacutes de hechos diferentes cada

uno de los cuales constituye un delito

7- ldquoCriterio que toma en cuenta la actividad o inactividad del culpablerdquo

Delitos de accioacuten Son aqueacutellos que consisten en un acto material y

positivo ya sea de dantildeo o peligro que contienen infraccioacuten de ley

Delitos de Omisioacuten Consisten en la inaccioacuten o abstencioacuten cuando la

ley impone la ejecucioacuten de un hecho determinado

8- ldquoCriterio que toma en cuenta la posibilidad o no de produccioacuten del

resultadordquo

Delito de dantildeo Aqueacutel que causa un (repitiendo) dantildeo directo con los

bienes juriacutedicos o intereses

Delito de peligro Aqueacutel que no causa un dantildeo efectivo en los bienes

juriacutedicos pero crean una situacioacuten de posibilidad de la produccioacuten maacutes o

menos proacutexima

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Esta clasificacioacuten aparece con Binding quien les llama delitos de lesioacuten

y de peligro Al respecto Manzini dice que el libro nunca es una realidad

sino que un juicio loacutegico una mera previsioacuten fundada de lo que podriacutea

suceder en el provenir Exterior con voluntad de realizar la accioacuten y con

representacioacuten del resultado que se quiere o ratifica

Delito culposo Son aquellos en los cuales se produce el resultado

antijuriacutedico por falta del deber de atencioacuten o previsioacuten no soacutelo cuando

ha faltado al autor la representacioacuten del resultado que sobre vendraacute (o

de la consecuencia del no hacer) sino cuando la esperanza de que no

sobrevenga ha sido fundamento decisivo de las actividades del autor (o

de sus omisiones) que se producen sin querer el resultado antijuriacutedico (o

lo injusto de la inaccioacuten) y sin ratificarlo

Delitos Preterintencionales Son aqueacutellos en los cuales el resultado

material es mayor que el que el agente se propuso causar Delitos

Dolosos y Delitos Culposos podriacuteamos agregar tambieacuten los delitos

preterintencionales aunque la preterintencionalidad ya conlleva un dolo

inicial pues el agente se proponiacutea causar un dantildeo y el resultado supera

a esa intencioacuten dolosa inicial que teniacutea el culpable

10- ldquoCriterio que toma en cuenta la gravedad del delitordquo

Aquiacute tenemos dos clasificaciones

a) Una Tripartita-que los divide en Criacutemenes delitos faltas o

contravenciones Conceptos criacutemenesmdashLos que lesionan los Derechos

Naturales como la vida y la libertad Delitosmdashque violan solamente los

derechos creados por el contrato social como la propiedad faltas o

contravenciones- - que infringiacutean disposiciones y reglamentos de policiacutea

b) La bipartita que los divide en delitos

La clasificacioacuten Tripartita tiene su origen en el siglo XVII fue muy

defendida por los juristas Sapones quienes en decir de Cuello Caloacuten

dividiacutean las infracciones en ATROCISMO ATROCIORA Y LEVIA y en decir

de Antoacuten Oneca en LEVIA ATROCIA Y ATROCISIMA Su verdadero

fundamento se encuentra en la literatura penal del periacuteodo filosoacutefico

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CLASIFICACION DEL DELITO SEGUacuteN CUELLO

CALOacuteNEN FUNCIOacuteN DE SU GRAVEDAD

Tomando en cuenta la gravedad de las infracciones penales se han

hecho varias clasificaciones Seguacuten una divisioacuten bipartita se distingue los

delitos de las faltas la clasificacioacuten tripartita habla de criacutemenes delitos

y faltas o contravenciones En esta divisioacuten se considera criacutemenes los

atentados contra la vida y los derechos naturales del hombre delitos

las conductas contrarias a los derechos nacidos del contrato social

como el derecho de propiedad por faltas o contravenciones las

infracciones a los reglamentos de policiacutea y buen gobierno

En Meacutexico carecen de importancia estas distinciones porque los Coacutedigos

Penales soacutelo se ocupan de los delitos en general en donde se subsumen

tambieacuten los que otras legislaciones se denominan criacutemenes la represioacuten

de las faltas se abandona a disposiciones administrativas aplicadas por

autoridades de ese caraacutecter

SEGUacuteN LA FORMA DE LA CONDUCTA DEL AGENTE

Por la conducta del agente o como dicen algunos autores seguacuten la

manifestacioacuten de la voluntad los delitos pueden ser de accioacuten y de

omisioacuten

Los de accioacuten se cometen mediante un comportamiento positivo en

ellos se viola una ley prohibitiva Eusebio Goacutemez afirma que son

aquellos en que las condiciones de donde deriva su resultado reconocen

como causa determinante un hecho positivo del sujeto En los delitos de

omisioacuten el objeto prohibido es una abstencioacuten del agente consisten en

la no ejecucioacuten de algo ordenado por la ley Para el mismo Eusebio

Goacutemez en los delitos de omisioacuten las condiciones de que deriva su

resultado reconocen como causa determinante la falta de observancia

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por parte del sujeto de un precepto obligatorio Debe agregarse que los

delitos de omisioacuten violan una ley dispositiva en tanto los de accioacuten

infringen una prohibitiva

Los delitos de omisioacuten suelen dividirse en delitos de simple omisioacuten y de

comisioacuten por omisioacuten tambieacuten llamados delitos de omisioacuten impropia

Los delitos de simple omisioacuten o de omisioacuten propiamente dicho

consisten en la falta de una actividad juriacutedicamente ordenada con

independencia del resultado material que produzcan es decir se

sancionan por la omisioacuten misma tal es el caso que se impone a todos la

obligacioacuten positiva de auxiliar a las autoridades para la averiguacioacuten de

los delitos y para la persecucioacuten de los delincuentes

Los delitos de comisioacuten por omisioacuten o impropios delitos de omisioacuten son

aquellos en los que el agente decide no actuar y por esa inaccioacuten se

produce el resultado material Para Cuello Caloacuten consisten los falsos

delitos de omisioacuten en la aparicioacuten de un resultado delictivo de caraacutecter

positivo por inactividad formula que se concretiza en la produccioacuten de

un cambio en el mundo exterior mediante la omisioacuten de algo que el

derecho ordenaba hacer

Como ejemplo del delito de comisioacuten por omisioacuten se cita el de la madre

que con deliberado propoacutesito de dar muerte a su hijo recieacuten nacido no

lo amamanta producieacutendose el resultado letal La madre no ejecuta acto

alguno antes bien deja de realizar lo debido

En los delitos de simple omisioacuten hay una violacioacuten juriacutedica y un

resultado puramente formal mientras en los de comisioacuten por omisioacuten

ademaacutes de la violacioacuten juriacutedica se produce un resultado material En los

primeros se viola una ley dispositiva en los de comisioacuten por omisioacuten se

infringe una dispositiva y una prohibitiva

POR EL RESULTADO

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Seguacuten el resultado que producen los delitos se clasifican en formales y

materiales A los primeros tambieacuten se les denomina delitos de simple

actividad o de accioacuten a los segundos se les llama delitos de resultado o

de resultado material

Los delitos formales son aquellos en los que se agota el tipo penal en el

movimiento corporal o en la omisioacuten del agente no siendo necesaria

para su integracioacuten que se produzca alguna alteracioacuten en la estructura o

funcionamiento del objeto material Son delitos de mera conducta se

sanciona la accioacuten (u omisioacuten) en siacute misma Como estaacuten el delito formal

con el falso testimonio la portacioacuten de arma prohibida y la portacioacuten

iliacutecita de enervantes

Los delitos materiales son aquellos en los cuales para su integracioacuten se

requiere la destruccioacuten o alteracioacuten de la estructura o del

funcionamiento del objeto material (homicidio dantildeo en propiedad

ajena)

POR LA LESIOacuteN QUE CAUSAN

Con relacioacuten al efecto resentido por la viacutectima o sea en razoacuten del bien

juriacutedico los delitos se dividen en delitos de dantildeo y de peligro Los

primeros consumados causan dantildeo directo y efectivo en intereses

juriacutedicamente protegidos por la pena violada como el homicidio el

fraude etc los segundos no causan dantildeo directo a tales intereses pero

los ponen en peligro como el abandono de personas o la omisioacuten de

auxilio El peligro es la situacioacuten en que se colocan los bienes juriacutedicos

de la cual deriva la posibilidad de casacioacuten de un dantildeo

POR SU DURACIOacuteN

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Los delitos se dividen en instantaacuteneos instantaacuteneos con efectos

permanentes continuados y permanentes Nuestra ley penal reformada

(seguacuten Decreto publicado el 13 de enero de 1984) en su artiacuteculo 7ordm solo

alude a tres especies de delitos en funcioacuten de su duracioacuten instantaacuteneo

permanente o continuo y continuado

INSTANTAacuteNEO

La accioacuten que lo consuma se perfecciona en un solo momento El

caraacutecter de instantaacuteneo no se lo dan a un delito de efectos que eacutel causa

sino la naturaleza de la accioacuten a la que la ley acuerda el caraacutecter de con

sumatoria El delito instantaacuteneo puede realizarse mediante una accioacuten

compuesta de varios actos o movimientos Para la calificacioacuten se atiende

a la unidad de accioacuten si con ella se consuma el delito no importando

que a su vez esa accioacuten se descomponga en actividades el momento

consumativo expresado en la ley da la nota al delito instantaacuteneo Existe

una accioacuten y una lesioacuten juriacutedica El evento consumativo tiacutepico se produce

en un solo instante como el homicidio y el robo

Actualmente la fraccioacuten I del artiacuteculo 7ordm del Coacutedigo Penal lo define asiacute

instantaacuteneo cuando la consumacioacuten se agota en el mismo momento en

que se han realizado todos los elementos constitutivos

INSTANTAacuteNEO CON EFECTOS PERMANENTES

Es aquel cuya conducta destruye o disminuye el bien juriacutedico tutelado

en forma instantaacutenea en un solo momento pero permanecen las

consecuencias nocivas del mismo El homicidio por ejemplo se destruye

el bien juriacutedico de la vida y la supresioacuten del mismo consecuencia de la

conducta perdura para siempre en las lesiones el bien juriacutedico

protegido (la salud o la integridad corporal) disminuye

instantaacuteneamente como resultado de la actividad humana pero la

alteracioacuten en la salud permanece por un determinado tiempo

POR EL ELEMENTO INTERNO O CULPABILIDAD

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Teniendo como base la culpabilidad los delitos se clasifican en dolosos y

culposos Algunos autores y legisladores agregan los llamados

preterintencionales De conformidad con el Coacutedigo Penal del Distrito

Federal las acciones y omisiones delictivas solamente pueden realizarse

dolosa o culposamente (artiacuteculo 8ordm)

El delito es doloso cuando se dirige la voluntad consciente a la

realizacioacuten del hecho tiacutepico y antijuriacutedico como en el robo en donde el

sujeto decide apoderarse y se apodera sin derecho del bien mueble

ajeno En la culpa no se requiere el resultado penalmente tipificado mas

surge por obrar sin las cautelas y precauciones exigidas por el Estado

para asegurar la vida en comuacuten como en el caso del manejador de un

vehiacuteculo que con manifiesta falta de precaucioacuten o cuidado corre a

excesiva velocidad y mata o lesiona a un transeuacutente

Es preterintencional cuando el resultado sobrepasa a la intencioacuten si el

agente proponieacutendose golpear a otro sujeto lo hace caer debido al

empleo de violencia y se produce la muerte solo hubo dolo respecto a

los golpes pero no se quiso el resultado letal

SIMPLES Y COMPLEJOS

En funcioacuten de su estructura o composicioacuten los delitos se clasifican en

simples y complejos Llaacutemense simples aquellos en los cuales la lesioacuten

juriacutedica es uacutenica como el homicidio De ellos la accioacuten determina una

lesioacuten juriacutedica inescindible Delitos complejos son aquellos en los cuales

la figura juriacutedica consta de unificacioacuten de dos infracciones cuya fusioacuten

da nacimiento a una figura delictiva nueva superior en gravedad a las

que la componen tomadas aisladamente No es lo mismo delito

complejo que concurso de delitos En el delito complejo la misma ley en

un tipo crea el compuesto como delito uacutenico pero en el tipo intervienen

dos o maacutes delitos que pueden figurar por separado en cambio en el

concurso las infracciones no existen como una sola sino

separadamente pero es un mismo sujeto quien las ejecuta17

El delito de robo puede revestir las dos formas es decir es dable

considerarlo como delito simple cuando consiste en mero

apoderamiento de bienes muebles ajenos sin derecho y sin

consentimiento de la persona autorizada para disponer de los mismos

con arreglo a la ley pero el Coacutedigo Penal vigente erige el artiacuteculo 381

bis una calificativa (agravadora de la penalidad del robo simple) para el

robo cometido en casa habitacioacuten formase asiacute un tipo circunstanciado

que subsume el robo y el allanamiento de morada delitos que poseen

vida independiente mas si el iliacutecito patrimonial de referencia se realiza

en lugares habitados o destinados para habitacioacuten no es dable aplicar

las penas de allanamiento de morada sino precisamente las

correspondientes a la figura compleja

DELITOS UNISUBSISTENTES Y PLURISUBSISTENTES

Por el nuacutemero de actos integrantes de la accioacuten tiacutepica los delitos se

denominan unisubsistentes y plurisubsistentes los primeros se forman

por un solo acto mientras los segundos constan de varios actos

Expresa Soler que el delito plurisubsistente a diferencia del complejo

cada uno de los actos integrantes de una solo figura no constituye a su

vez un delito autoacutenomo Asiacute sigue diciendo para imputar el ejercicio

ilegal de la medicina es preciso que la actividad imputada conste de

varios hechos homogeacuteneos pues para la existencia del delito es

requerida la habitualidad El delito plurisubsistente es el resultado de la

unificacioacuten de varios actos naturalmente separados bajo una sola

figura el complejo en cambio es el producto de la fusioacuten de dos hechos

en siacute mismos delictuosos El delito plurisubsistente es fusioacuten de actos el

complejo fusioacuten de figuras delictivas

DELITOS UNISUBJETIVOS Y PLURISUBJETIVOS

Esta clasificacioacuten atiende a la unidad o pluralidad de sujetos que

intervienen para ejecutar el hecho descrito en el tipo El peculado por

ejemplo es delito unisubjetivo por ser suficiente para colmar el tipo la 18

actuacioacuten de un solo sujeto que tenga el caraacutecter de encargado de un

servicio puacuteblico y soacutelo eacutel concurre con su conducta a conformar la

descripcioacuten de la ley pero es posible su realizacioacuten por dos o maacutes

tambieacuten son unisubjetivos el homicidio el robo la violacioacuten etc El

adulterio al contrario es un delito plurisubjetivo por requerir

necesariamente en virtud de la descripcioacuten tiacutepica la concurrencia de

dos sujetos para integrar el tipo (a menos que opere en favor de uno de

ellos por ejemplo una causa de inculpabilidad por error de hecho

esencial e insuperable) igualmente la asociacioacuten delictuosa en donde

se exige tiacutepicamente el concurso de tres o maacutes individuos

POR LA FORMA DE SU PERSECUCIOacuteN

Como una reminiscencia del periodo de la venganza privada existe en

las legislaciones un grupo de delitos que solo pueden perseguirse si asiacute

lo manifiesta el ofendido o sus legiacutetimos representantes Estos delitos

son llamados privados o de querella necesaria cuya persecucioacuten

uacutenicamente es posible si se llena el requisito previo de la querella de la

parte ofendida mas una vez formulada la querella la autoridad estaacute

obligada a perseguir La razoacuten por la cual se mantienen en las

legislaciones estos delitos perseguibles por querella de la parte

ofendida se basa en la consideracioacuten de que en ocasiones la

persecucioacuten oficiosa acarreariacutea mayores dantildeos que la misma impunidad

del delincuente

Los delitos perseguibles previa denuncia (conocidos como perseguibles

de oficio) que puede ser formulada por cualquier persona son todos

aquellos en los que la autoridad estaacute obligada a actuar por mandato

legal persiguiendo y castigando a los responsables con independencia

de la voluntad de los ofendidos Consecuentemente en los delitos

perseguibles por denuncia no surte efecto alguno el perdoacuten del

ofendido a la inversa de lo que ocurre en los de querella necesaria

19

La mayor parte de los delitos se persiguen de oficio y soacutelo un reducido

nuacutemero a peticioacuten de la parte agraviada Entre eacutestos pueden citarse el

adulterio el estupro el abuso de confianza y otros delitos patrimoniales

Actualmente se observa la tendencia a aumentar el nuacutemero de los

delitos perseguidos por querella y que antes requeriacutean denuncia

DELITOS COMUNES FEDERALES OFICIALES MILITARES Y

POLIacuteTICOS

Esta clasificacioacuten es en funcioacuten de la materia

Los delitos comunes constituyen la regla general son aquellos que se

formulan en las leyes dictadas por las legislaturas locales en cambio los

federales se establecen en leyes expedidas por el Congreso de la Unioacuten

Los delitos oficiales son los que comete un empleado o funcionario

puacuteblico en el ejercicio de sus funciones (mejor dicho en abuso de ellas)

Los delitos del orden militar afectan la disciplina del Ejeacutercito La

Constitucioacuten General de la Repuacuteblica en el artiacuteculo 13 prohiacutebe a los

tribunales militares extender su jurisdiccioacuten sobre personas ajenas al

Instituto Armado

Los delitos poliacuteticos no han sido definidos de manera satisfactoria

Generalmente se incluyen todos los hechos que lesionan la organizacioacuten

del Estado en siacute misma o en sus oacuterganos o representantes El articulo

144 reformado del Coacutedigo Penal vigente considera delitos de caraacutecter

poliacutetico los de rebelioacuten sedicioacuten motiacuten y el de conspiracioacuten para

cometerlos El anteproyecto de 1949 los define asiacute Para todos los

efectos legales se consideran como de caraacutecter poliacutetico los delitos contra

la seguridad del Estado

CLASIFICACION DEL DELITO SEGUacuteN

RICARDO ABARCA

20

Conducta

La accioacuten puede definirse como el movimiento corporal que al realizarla

provoca un cambio en el mundo exterior pero esta accioacuten puede verse

desde dos perspectivas la primera seriacutea como acto que es la realizacioacuten

del movimiento la segunda es la omisioacuten que es la ausencia del

movimiento corporal y eacutesta a su vez se subdivide en dos en la omisioacuten

simple que es la inactividad del actuar y en la comisioacuten por omisioacuten que

se lleva a cabo cuando debiendo actuar de una manera para evitar el

resultado no se lleva a cabo la accioacuten y se comete el delito Asiacute el acto y

la omisioacuten nos dan el resultado y la relacioacuten de causalidad y fungiriacutean

como elementos positivos del delito ahora bien la accioacuten pasa al plano

de elemento negativo del delito cuando existe una ausencia de la accioacuten

y es cuando eacutesta surge sin la voluntad del agente tal y como lo

establece el artiacuteculo 14 del coacutedigo penal del Estado de Guanajuato en su

primer paacuterrafo obra culposamente quien produce un resultado tiacutepico

que no previo siendo previsible que previoacute confiando en que no se

produciriacutea siempre que dicho resultado sea debido a la inobservancia

del cuidado que le incumbe seguacuten las condiciones y sus circunstancias

personales

TIPICA

La tipicidad es la congruencia existente entre la accioacuten y el tipo penal

descrito en el Coacutedigo Penal es decir que exista una adecuacioacuten entre

estos dos aspectos Este elemento por si solo puede entenderse como

un elemento positivo del delito es decir cuando la accioacuten que cometes

esta prevista en la ley como un tipo penal Pero de igual manera puede

fungir como un elemento negativo y puede ser por la atipicidad

propiamente dicha como estaacute establecido en el Coacutedigo Penal del Estado

de Guanajuato en su artiacuteculo 33 fraccioacuten II- Falte alguno de los

21

elementos del tipo penal de que se trate (el delito se excluye)o por la

ausencia de tipicidad es decir cuando la conducta realizada no se

encuentre regida por la normatividad penal y por lo tanto no pueda ser

considerada delictuosa asiacute como tampoco pueda ser sancionada

Antijuriacutedica

Esteacute elemento se refiere cuando la accioacuten ejecutada es contraria a

derecho es decir va en contra del orden juriacutedico establecido en la

sociedad y regulado por el Estado ya que eacuteste a traveacutes de las normas de

cultura ordena y prohiacutebe ciertas acciones correspondiendo a sus

intereses valorativos y soacutelo cuando el Estado las privilegia con su tutela

al reconocerlas en la ley adquieren el rango de juriacutedicas

Asiacute podemos hablar de dos tipos de antijuridicidad la formal y la

material refirieacutendose la primera a la infraccioacuten de una norma que el

Estado la tiene en su cataacutelogo del orden juriacutedico y la segunda se refiere

cuando la accioacuten cometida lesiona o puede lesionar alguacuten bien juriacutedico

que como dije anteriormente eacutestos se encuentran bajo tutela del

derecho penal y siendo eacuteste puacuteblico al Estado le interesa mantener los

bienes juriacutedicos bajo su proteccioacuten

La antijuridicidad puede ser un elemento negativo del delito soacutelo en los

casos en los que exista alguacuten supuesto de exclusioacuten del delito sentildealados

en el artiacuteculo 33 del coacutedigo Penal del Estado Guanajuato

Dentro de los cuales encontramos por ejemplo la legitima defensa el

estado de necesidad caso fortuito cumplimiento de un deber o por

consentimiento de la viacutectima

Culpable

22

La culpabilidad puede variar en este concepto nos encontramos con dos

divisiones el dolo y la culpa

Se tiene presencia del dolo cuando la accioacuten cometida por el sujeto

activo es plena de conciencia y su plan criminal estaacute ideado plenamente

a causar la lesioacuten al bien juriacutedico es decir la plena manifestacioacuten de la

voluntad El dolo puede ser de tres maneras distintas directo cuando el

resultado es congruente con el fin propuesto del sujeto activo indirecto

cuando el sujeto activo se propone el fin delictivo y sabe con certeza

que causara otros fines el eventual que es cuando se preveacuten posibles

resultados que no se quieren

La culpa es cuando se comete el delito pero la voluntad del sujeto activo

es inexistente y puede a su vez dividirse en dos con representacioacuten

que se refiere o se da cuando el sujeto activo preveacute como posible alguacuten

resultado antijuriacutedico pero espera que no suceda sin representacioacuten se

da cuando el sujeto no preveacute el resultado por negligencia o falta de

cuidado

Tambieacuten existe la preterintencionalidad que consiste en la combinacioacuten

de las dos formas anteriores de culpabilidad es decir cuando la

conducta inicio de manera culposa y culmino de manera dolosa eacutesta

uacuteltima entra como elemento positivo del delito

La manera de que la culpabilidad sea elemento negativo del delito es en

los casos siguientes existencia de error ya sea de hecho o de derecho

eximentes putativas obediencia jeraacuterquica violencia moral estado de

necesidad exigibilidad de otra conducta

Esto es porque la culpabilidad estaacute fundada en hacer el juicio de

reproche al autor de la accioacuten antijuriacutedica tiacutepica pero por encontrarse en

una situacioacuten especial de desconocimiento de que la accioacuten realizada es

un delito provoca que eacutesta se convierta en inculpabilidad y por

consecuente inimputable

23

Punible

La punibilidad puede verse como una consecuencia que trae la comisioacuten

de un delito es decir si un sujeto actuacutea de manera iliacutecita y altera el

orden juriacutedico le sobrevendraacute una sancioacuten La punibilidad es entonces la

consecuencia juriacutedica que viene a la accioacuten punible El legislador ademaacutes

de procurar el orden juriacutedico estableciendo castigos a quienes violan

eacuteste hace depender la imposicioacuten de la pena de factores y

circunstancias externas e independientes del acto punible

Existen en nuestro sistema penal dos clases de sanciones las penas y

las medidas de seguridad Siendo las primeras de caraacutecter ejemplar y

las segundas de caraacutecter psicoloacutegico pero ambas coinciden en la

rehabilitacioacuten que procuran hacia el sujeto infractor

Se tiene claramente la distincioacuten en su clasificacioacuten que es la siguiente

las penas pueden variar como por ejemplo pena de muerte privacioacuten

de la libertad restriccioacuten de la libertad privacioacuten de derechos

restriccioacuten de derechos reparacioacuten del dantildeo Y las medidas de seguridad

pueden ser curativas eliminatorias o educativas

Las penas en nuestro Estado se encuentran reguladas por el Coacutedigo

Penal en su artiacuteculo 38 y las medidas de seguridad en el artiacuteculo 89

La manera de que la punibilidad entre como un elemento negativo del

delito es con las excusas absolutorias que son causas personales que se

encuentran legalmente previstas que aunque no eliminan el caraacutecter

delictivo de la accioacuten que cometioacute siacute excluyen la pena pues para el

Estado no es necesario establecer pena alguna contra tales hechos ya

que dichas circunstancias revelan una miacutenima peligrosidad

IMPUTABLE

Como lo hemos venido diciendo al sujeto activo se le hace un juicio de

24

reproche por desviarse del buen camino y es por eso que como uacuteltimo

elemento del delito encontramos la imputabilidad que puede

entenderse como la capacidad del sujeto de querer y entender la accioacuten

que realizo por lo que en este elemento entra en un gran campo la

conciencia o inconsciencia del sujeto

Retomando nuevamente lo que deciacutea en un inicio el derecho penal

mexicano estaacute bajo la influencia de la escuela finalista y por tanto se

considera que el sujeto tiene un libre albedriacuteo acerca de su actuar y

puede medir de manera plena las consecuencias juriacutedicas

Por tanto se tienen causas de inimputabilidad hacia el sujeto activo en

casos especiales como la minoriacutea de edad la enajenacioacuten o los estados

de inconsciencia ya que no se puede hablar de un reproche al sujeto si

eacuteste no actuoacute de manera consiente El primero es por la falta de

desarrollo mental del sujeto el segundo cuando la enfermedad de la

mente o el estado de inconsciencia privan de la consciencia de cometer

un delito o de obrar conforme a Derecho Y el tercero por el empleo de

sustancias toacutexicas embriagantes o estupefacientes por toxico

infecciones o por trastornos mentales Asiacute como lo establece el artiacuteculo

33 del Coacutedigo penal del Estado de Guanajuato en su primer paacuterrafo de la

fraccioacuten VII- Al momento de realizar el hecho tiacutepico y por causa de

enfermedad mental que perturbe gravemente su conciencia de

desarrollo psiacutequico incompleto o retardado o de grave perturbacioacuten de la

conciencia sin base patoloacutegica el agente no tenga la capacidad de

comprender el caraacutecter iliacutecito de aquel o de conducirse de acuerdo con

esa comprensioacuten

Ya que la imputabilidad es la base psicoloacutegica de la culpabilidad soacutelo el

sujeto que es capaz de querer y entender y solo asiacute puede ser

responsable

Eacutestos seriacutean los casos en los que el elemento de la imputabilidad

entrariacutea como elemento negativo del delito

25

CLASIFICACION DEL DELITO SEGUacuteN

CELESTINO PORTE PETIT

CLASIFICACION DEL DELITO

De acuerdo con el Coacutedigo Penal del Estado de Meacutexico en su capiacutetulo II

en el

Artiacuteculo 8- Establece que los delitos pueden ser

I Dolosos

El delito es doloso cuando se obra conociendo los elementos del tipo

penal o previendo como posible el resultado tiacutepico queriendo o

aceptando la realizacioacuten del hecho descrito por la ley

II Culposos

El delito es culposo cuando se produce un resultado tiacutepico que no se

previoacute siendo previsible o confiando en que no se produciriacutea en virtud

de la violacioacuten a un deber de cuidado que debiacutea y podiacutea observarse

seguacuten las circunstancias y condiciones personales

III Instantaacuteneos

Es instantaacuteneo cuando la consumacioacuten se agota en el mismo momento

en que se han realizado todos sus elementos constitutivos

IV Permanentes

Es permanente cuando la consumacioacuten se prolonga en el tiempo

V Continuados

26

Es continuado cuando existe unidad de propoacutesito delictivo pluralidad de

conductas e identidad de sujeto pasivo y se viola el mismo precepto

legal

Son delitos de accioacuten los que se cometen por medio de una conducta

positiva es decir un hacer Los delitos por omisioacuten se ejecutan por

medio de un comportamiento negativo un no hacer determinada

obligacioacuten o no ejecutar una accioacuten Ademaacutes existen delitos que por su

iacutendole estructural exigen para su existencia la incidencia de una accioacuten

y luego una omisioacuten o viceversa

Los delitos que no necesitan resultado material ya que la sola conducta

del sujeto los realiza son los que se perfeccionan con el cumplimiento

de determinada accioacuten u omisioacuten cuya consecuencia es la no-

observacioacuten de una obligacioacuten o de un deber pero cuyo resultado no se

manifiesta en el mundo fiacutesico con un hecho de momento perceptible

En tanto que los delitos de resultado son los que para su consumacioacuten

exigen ademaacutes de la conducta del sujeto activo que se produzca

determinado efecto distinto de la omisioacuten o de la accioacuten el resultado en

estos delitos se observa fiacutesicamente en el mundo real Los delitos se

clasifican de esta manera porque se atiende a la estructura exterior de

ellos

Los delitos de dantildeo requieren para su perfeccionamiento juriacutedico que el

bien tutelado juriacutedicamente protegido sea destruido o disminuido en

tanto en los delitos de peligro basta que el bien juriacutedico sea amenazado

al realizarse la conducta criminosa accioacuten u omisioacuten con la acusacioacuten

de un dantildeo o peligro inminente determinado y grave

Son delitos instantaacuteneos aquellos que con la sola realizacioacuten de la

conducta accioacuten u omisioacuten por el sujeto activo quedan realizados o

tipificados sin que se requiera accioacuten posterior para su continuidad o

vigencia Los delitos permanentes son los que se caracterizan porque el

hecho que los constituye o realiza da lugar a una situacioacuten dantildeosa o de 27

peligro que se prolonga en el tiempo a causa de la continuidad del

comportamiento del sujeto Para la existencia de estos delitos es

necesario que el estado dantildeoso o de peligro provenga de la conducta

del sujeto activo de manera continua es decir que no se agote en un

solo instante sino que prosiga durante determinado tiempo y que la

proacuterroga de la situacioacuten antijuriacutedica se deba a la exclusiva conducta

voluntaria del sujeto que prosigue con ella ininterrumpidamente

despueacutes de la -- realizacioacuten del hecho que constituye el delito

En este mismo orden de ideas atendiendo a la duracioacuten de las

consecuencias del delito eacutestas son permanentes es decir hay delitos

instantaacuteneos y delitos permanentes en cuanto a los actos de se

realizacioacuten con efectos permanentes cuya caracteriacutestica es la duracioacuten

de las consecuencias del delito

Ahora bien dentro de las especies del delito que por ser varias

conforme a los fines que se persigan para su tipificacioacuten o conforme al

bien juriacutedico que tutela la ley entre otros aspectos como la que se ha

realizado al principio de este acaacutepite tenemos ahora

Conforme a su gravedad tenemos delitos y faltas habraacute delito siempre

que se realice la conducta prevista y sancionada por la ley penal o en

alguna otra ley especial en tanto que la falta no obstante ser una

conducta contraria a la ley y sancionada por esta misma la sancioacuten la

aplica una autoridad u oacutergano diferente al Poder Judicial o Tribunal

generalmente una autoridad de iacutendole administrativa

Seguacuten la intencioacuten con que se comete o realiza la accioacuten que da origen

al delito tenemos delitos con intencioacuten o dolosos culposos o contra la

intencioacuten y los que son cometidos maacutes allaacute de la intencioacuten o

preterintencionales

Si se ha deseado realizar la accioacuten u omisioacuten para la comisioacuten del delito

y previsto el resultado del mismo se estaacute ante un delito doloso En

28

tanto que siacute de deseaba realizar la accioacuten u omisioacuten pero no el

resultado del delito se trata de un delito culposo Y cuando se ha

deseado realizar la accioacuten u omisioacuten y no el resultado como

consecuencia en su integridad sino un efecto menos grave se trata de

un delito preterintencional

Los delitos tipo o tambieacuten simples o netos son los que se presentan en

su puro modelo legal sin maacutes caracteriacutesticas que sus elementos

esenciales y los delitos circunstanciados son los que ademaacutes de contar

con los elementos esenciales se presentan acompantildeados de

circunstancias o accidentes a sus elementos

Por su efecto los delitos se consideran simples y complejos formales y

materiales de lesioacuten y de peligro Son simples o uniacute subsistentes en el

que coincide el momento ejecutivo y el momento consumativo se

realizan ambos en un soacutelo acto o momento Los complejos o

plurisubsistentes son aquellos cuya accioacuten ejecutiva consta de varios

actos en que puede integrarse El delito material es el que se consuma

al momento de verificarse el resultado material de eacutese en tanto que el

delito formal se perfecciona con una simple accioacuten u omisioacuten haciendo

abstraccioacuten de la verificacioacuten del resultado Los delitos de lesioacuten o dantildeo

y de peligro ya han sido tratados en paacuterrafos precedentes

Seguacuten el objeto o finque persiguen la perturbacioacuten dantildeo disminucioacuten o

destruccioacuten del bien juriacutedicamente protegido son delitos contra la cosa

puacuteblica o el Estado mismo o sus Instituciones y delitos contra las

personas privadas delitos poliacuteticos y no poliacuteticos

Seguacuten los sujetos que los realizan los delitos individuales y colectivos

comunes y especiales seguacuten la ley que los contenga y ocasionales y

habituales seguacuten la constancia con que delinque el sujeto que los

realiza

29

Seguacuten los requisitos para la procedibilidad o persecucioacuten de los delitos

conforme al bien juriacutedico protegido que afecta de acuerdo a la

naturaleza del dantildeo afectacioacuten del bien los delitos son de accioacuten puacuteblica

(denuncia) o de accioacuten privada (querella)

Para el desarrollo de este acaacutepite se tomaraacuten en cuenta las

disposiciones legales que se contienen en el Coacutedigo de Penal para el

Distrito Federal en Materia de Fuero Comuacuten y para toda la Repuacuteblica en

Materia de Fuero Federal el Coacutedigo de Procedimientos Penales para el

Distrito Federal el Coacutedigo Federal de Procedimientos Penales el Coacutedigo

Penal para el Estado de Meacutexico y el Coacutedigo de Procedimientos Penales

para el Estado de Meacutexico Por lo que las clasificaciones de los delitos

que ahora se presentaraacuten seraacute desde el punto de vista legal es decir

atendiendo a lo dispuesto en los ordenamientos legales vigentes de

iacutendole penal sustantiva y adjetiva seguacuten se trate

CLASIFICACION DEL DELITOP SEGUacuteN

EDUARDO LOacutePEZ BENTANCOURT

Por su Composicioacuten

Normales son aquellos en los que el tipo estaraacute conformado de

elementos objetivos

Anormales son los tipos penales que ademaacutes de contener

elementos objetivos tambieacuten se conforman con elementos

subjetivos o normativos

Por su Ordenacioacuten Metodoloacutegica

Fundamentales son los tipos con plena independencia

formados con una conducta iliacutecita sobre un bien juriacutedicamente

tutelado

30

Especiales son los tipos que contienen en su descripcioacuten alguacuten

tipo de caracteriacutestica

Complementados son aquellos que requieren de la realizacioacuten

previa de un tipo baacutesico no tienen autonomiacutea

Por su Autonomiacutea o Independencia

Autoacutenomos son los tipos penales con vida propia no necesitan

de la realizacioacuten de alguacuten otro

Subordinados Requieren de la existencia de alguacuten otro tipo

Por su Formulacioacuten

Casuiacutesticos el legislador plantea varias formas de realizacioacuten del

delito subdividieacutendose en

Alternativos son aquellos donde se plantean dos o maacutes hipoacutetesis

y se precisa de la ejecucioacuten de solo una de ellas para la tipificacioacuten

de la conducta iliacutecita

Acumulativos se exige la realizacioacuten o concurso de todas las

hipoacutetesis que el legislador ha plasmado en el tipo penal para la

adecuacioacuten de la conducta al mismo

Amplios contiene en su descripcioacuten una hipoacutetesis uacutenica en donde

caben todos los modos de ejecucioacuten se colma el tipo penal con la

lesioacuten causada al bien juriacutedicamente tutelado

Por el Dantildeo que Causan

De Lesioacuten requieren de un dantildeo inminente al bien juriacutedico

tutelado

De Peligro basta con el simple riesgo en que se pone al bien

juriacutedicamente tutelado

31

  • CLASIFICACION DEL DELITO
Page 2: Clasificación del delito

Por Su Gravedad tripartito y bipartito

El Sistema Tripartito divide en criacutemenes delitos contravenciones

Importancia Permite la individualizacioacuten la sociedad reacciona con

mayor intensidad a los criacutemenes y es de utilidad praacutectica determina la

competencia de los tribunales el jurado conoce los criacutemenes las

correccionales los delitos y la policiacutea las contravenciones Critica No hay

diferencia cualitativa entre crimen y delito una lesioacuten puede ser ambas

seguacuten la menor o mayor gravedad de sus consecuencias

El Sistema Bipartito divide en delitos y contravenciones (Bolivia)

Se basa en la gravedad de la pena y la jurisdiccioacuten Las diferencias entre

delito y contravencioacuten seriacutean en el delito el dantildeo es efectivo en la

contravencioacuten es un simple peligro en el delito hay intencioacuten manifiesta

en la contravencioacuten no hay mala intensioacuten el delito estaacute en el coacutedigo

penal la contravencioacuten esta en disposiciones especiales de caza de

pesca en disposiciones sanitarias etc

Por La Forma De La Accioacuten de comisioacuten de

omisioacuten de comisioacuten por omisioacuten

El delito de comisioacuten viola ley prohibitiva ej Robo calumnia

aborto (CP 331 285 263)

El de omisioacuten vulnera norma imperativa ej Abandono de servicios

(CP 179 ter)

El delito de comisioacuten por omisioacuten alcanza el resultado mediante

una abstencioacuten

(CP 13 bis) ej Madre que deja de amamantar enfermera que deja de

alimentar al paciente

2

Por La Forma De Ejecucioacuten instantaacuteneo

permanente continuado flagrante conexo o

compuesto

Delito instantaacuteneo Aquel en que la violacioacuten juriacutedica realizada en el

momento de consumacioacuten se extingue con esta La accioacuten coincide con

la consumacioacuten

El agente no tiene ninguacuten poder para prolongarlo ni para hacerlo cesar

Ej En el homicidio robo hurto

Delito Permanente Despueacutes de la consumacioacuten continuacutea

ininterrumpidamente la violacioacuten juriacutedica perfeccionada en aquella Ej

El rapto el abandono de familia

Delito Continuado La accioacuten implica una serie de violaciones

juriacutedicas que tienden a un uacutenico resultado La ley no da relevancia a

estos actos (siacute fuera asiacute seriacutean varios delitos)

Ej Cajero que saca centavo a centavo hasta reunir una suma

considerable En el permanente hay una sola accioacuten que se prolonga en

el tiempo en el continuado hay pluralidad de acciones que configuran

cada una un delito perfecto

Delito Flagrante Es el que se ha consumado puacuteblicamente y cuyo

perpetrador

ha sido visto por muchos testigos al tiempo en que lo cometiacutea

Delito Conexo Las acciones estaacuten vinculadas de tal manera que unos

resultados dependen de unas acciones y otros resultados de otras

acciones Ej

Los delincuentes se ponen de acuerdo antes luego cometen delitos en

diferentes tiempos y lugares

3

Por Las Consecuencias De La Accioacuten formal

material

Delito formal (o de simple actividad) Es aquel en que la ley no exige

para considerarlo consumado los resultados buscados por el agente

basta el cumplimiento de hechos conducentes a esos resultados y el

peligro de que estos se produzcan o basta tambieacuten la sola

manifestacioacuten de la voluntad

Por ejemplo los delitos de falsificacioacuten (CP 198 - 200) de

envenenamiento(CP 216) la traicioacuten(CP 109) calumnia(CP 283) el

falso testimonio(CP 169) en los cuales basta para configurarlos la

posesioacuten de maacutequinas para la falsificacioacuten el suministro del veneno la

preparacioacuten de actos dirigidos al sometimiento de la Nacioacuten a una

potencia extranjera la manifestacioacuten de la voluntad imputando un delito

a otro o la sola juramentacioacuten en falso sin que sea necesaria la

produccioacuten de un resultado

En los delitos formales jamaacutes se da la Tentativa este soacutelo se da en los

delitos materiales

Delito material (o de resultado) es el que se consuma mediante la

produccioacuten de un dantildeo efectivo que el delincuente se propone El acto

produce un resultado Ej el asesinato (CP 252) el resultado de la accioacuten

es la muerte de una persona En el robo (CP 331) el resultado es la

aprehensioacuten de la cosa

Por La Calidad Del Sujeto impropio propio

Delito Impropio es el realizado por cualquier persona En el CP

empiezan con las frases Toda persona que El que Los que se

alzaren

4

Delito propio es aquel cometido por personas que reuacutenen ciertas

condiciones relacionadas con el cargo puacuteblico oficio o profesioacuten En el

CP empiezan ldquoEL

Oficial de Registro Civil que autorizarerdquo (CP 242) El meacutedico que

diere certificado falso(CP 201) La madre que diere muerte a su

hijo(CP 258)

Por La Forma Procesal de accioacuten privada de

accioacuten puacuteblica a instancia de parte de accioacuten

puacuteblica

Delito de accioacuten privada Se enjuicia y se persigue soacutelo a querella de

parte ofendida por ejemplo giro de cheque en descubierto despojo

(CPP 20) los delitos contra el honor (difamacioacuten e injuria CP 282 -

290)

Delito de Accioacuten Puacuteblica a Instancia de parte Aquel en que el

Fiscal puede perseguir soacutelo a pedido de la parte damnificada u ofendida

(CPP 17)

Ej Abandono de familia de mujer embarazadahellipproxenetismo (CPP

19)

Delito de accioacuten puacuteblica Puede demandar quienquiera incluso el

Ministerio

Puacuteblico de oficio Los delitos que no estaacuten en el Art 19 y 20 del CPP son

de accioacuten puacuteblica Ej El homicidio (CP 251)

Por Las Formas De Culpabilidad doloso culposo (CP 14 15)

Delito doloso Ejecucioacuten de un acto tiacutepicamente antijuriacutedico con

conocimiento y voluntad de la realizacioacuten el resultado No exige un

5

saber juriacutedico basta que sepa que su conducta es contraria al Derecho

peor auacuten basta la intensioacuten de cometer el hecho delictivo

El coacutedigo penal sin reformas deciacutea un delito es doloso cuando el hecho

cometido es querido previsto y ratificado por el agente o cuando es

consecuencia necesaria de su accioacuten(CP 14) El coacutedigo penal

reformado (Ley 1768 de 10 de marzo de 1997) reemplaza la definicioacuten

de dolo y se corrigen los defectos estructurales e insuficiencias de la

formulacioacuten anterior como es el caso de la expresioacuten o cuando es

consecuencia necesaria de su accioacuten la que trastorna toda la

sistemaacutetica de la teoriacutea del delito en razoacuten de que la consecuencia

necesaria objetiva puede responder tanto a conductas dolosas como

culposas Actuacutea dolosamente el que realiza un hecho previsto en un

tipo penal con conocimiento y voluntad Para ello es suficiente que el

autor considere seriamente posible su realizacioacuten y acepte esta

posibilidad (CP 14)

Delito culposo Un delito es Culposo cuando quien no observa el

cuidado a que estaacute obligado conforme a las circunstancias y sus

condiciones personales y por ello no toma conciencia de que realiza un

tipo penal y si lo toma lo realiza en la confianza de que lo evitaraacute(CP

15) El delito es culposo cuando el resultado aunque haya sido previsto

no ha sido querido por el agente pero sobreviene por imprudencia

negligencia o inobservancia de las leyes reglamentos oacuterdenes etc Ej

Fumar en surtidor de gasolina o exceso de velocidad que causan un

accidente

En el delito doloso existe intensioacuten en el delito culposo existe

negligencia En los delitos dolosos para consumar la figura delictual es

necesaria la intensioacuten de producir un resultado dantildeoso en los delitos

culposos basta con que ese resultado haya sido previsto o al menos

que haya debido preverse

6

Un delito doloso se reconoce en el CP por la palabra inserta a

sabiendas como en la acusacioacuten y denuncia que dice El que a

sabiendas acusare a persona que no cometioacute(CP 166) o en la

receptacioacuten que dice El que a sabiendas comprare cosas

robadas(CP 172)

Por La Relacioacuten Psiacutequica Entre Sujeto Y Su Acto

preterintencional o ultraintensional

Delito Preterintencional (O ultraintensional) Es aquella en que

se desea cometer un delito pero resulta otro maacutes grave Ej Cuando

soacutelo se lo quiere lesionar pero lo mata La sancioacuten sigue la Teoriacutea de la

Responsabilidad Objetiva o sea son calificados por el resultado por el

evento ocurrido que no estaba en la intensioacuten del agente

Por El Nuacutemero De Personas individual colectivo

Delitos Individuales Son los realizados por una sola persona ej La

violacioacuten el prevaricato

Delitos Colectivos Son los realizados por 2 o maacutes personas ej

Sedicioacuten conspiracioacuten (CP 123 126)

Por El Bien Vulnerado simple complejo conexo

Delito Simple Violan un solo bien o intereacutes juriacutedicamente protegido

ej El homicidio viola el derecho a la vida

Delito Complejo Violacioacuten de varios bienes o intereses protegidos Ej

Rapto seguido de violacioacuten Es casi igual al Concurso Real De Delitos

7

Delito Conexo Las acciones estaacuten vinculadas de tal manera que unos

resultados dependen de unas acciones y otros resultados de otras

acciones Ej

Los delincuentes se ponen de acuerdo antes luego cometen delitos en

diferentes tiempos y lugares

Por La Unidad Del Acto Y Pluralidad Del

Resultado concurso ideal concurso real

Concurso Ideal de Delitos (Delito Compuesto) Con una sola

accioacuten se violan varios bienes juriacutedicos (CP 44) Ej una accioacuten como

una patada puede causar dos delitos lesiones y atentado Golpear a una

mujer embarazada produce delitos como lesiones y aborto Se sanciona

con pena del delito maacutes grave se puede aumentar hasta un maacuteximo de

una cuarta parte del delito maacutes grave

Concurso Real de Delitos (CP 45) Dos o maacutes acciones u

omisiones dan a lugar a dos o maacutes delitos Ej Explosioacuten de automoacutevil

con bomba en centro comercial Las acciones que generaron pueden

ser apoderamiento de un automoacutevil instalacioacuten de la bomba Los

delitos son robo de automoacutevil y terrorismo Se sanciona con pena del

delito maacutes grave se puede aumentar el maacuteximo hasta una mitad

Ambas se caracterizan porque las disposiciones a aplicarse no se

excluyen

Por La Naturaleza Intriacutenseca comuacuten poliacutetico

social contra la humanidad

Delito comuacuten Lesiona los intereses tutelados de los particulares ej

la vida el patrimonio la libertad

8

Delito poliacutetico Criterios Objetivo El delito poliacutetico es aquel que

lesiona la organizacioacuten poliacutetica y social del estado Criterio subjetivo Es

aqueacutel que lesiona la organizacioacuten poliacutetica y social con voluntad altruista

y de sacrificio

Criterio mixto El delito poliacutetico es aqueacutel inspirado con fines generosos

atenta contra la seguridad externa e interna de un Estado persiguiendo

mantener el orden establecido o cambiarlo a formas maacutes superiores

Diferencias El DC lesiona intereses particulares el DP afecta el intereacutes

colectivo traducido en la seguridad y estabilidad del Estado el autor de

un DC puede ser indultado conmutada su pena o extraditado el autor

de un DP puede ser amnistiado pero nunca extraditado los DC ligados a

delitos poliacuteticos son tratados como si fueran DP

Delito social Aquel que va contra el reacutegimen econoacutemico y social Ej

sabotaje (CP 232) Delitos contra la Humanidad Son los que atentan

contra los derechos esenciales de la persona humana Ej vida

nacionalidad religioacuten opinioacuten etc

La Convencioacuten Internacional sobre el Genocidio de 1948

cataloga como Delitos contra la Humanidad a los siguientes

1048707 El homicidio de grupo

1048707 El exterminio (Acabar del todo con la fuerza)

1048707 La deportacioacuten en tiempo de paz

1048707 El genocidio

1048707 La reduccioacuten a la servidumbre

1048707 La persecucioacuten poliacutetica o religiosa

Los delitos contra la humanidad se caracterizan por (a) Son cometidos

debido a raza nacionalidad o discrepancia poliacutetica y (b) Seacute atento

contra la poblacioacuten civil inclusive contra la propia poblacioacuten en los

golpes de Estado

9

CLASIFICACION DEL DELITO SEGUacuteN Jimeacutenez

ANZUALos autores siempre han tratado de establecer ciertas diferencias en las

infracciones penales cada uno trata o a tratado de poner su grano de

arena en lo que a clasificacioacuten del delito se trata

Seguacuten JIMEacuteNEZ ANZUA

1- ldquoPor la extensioacuten de la Ley en que se encuentran castigadosrdquo

Comunes Aquellos delitos que infringen que significan una violacioacuten

de deberes comunes a todos los miembros de la sociedad

Especiales aquellos delitos que implican una violacioacuten de deberes

especiales que se imponen a determinadas personas en razoacuten de su

funcioacuten o estado

2- ldquoCriterio que toma en cuenta el momento en que se comete el delitordquo

Flagrantes El delito es flagrante en el momento en que se comete

despueacutes deja de serlo Antiguamente se castigaba maacutes duramente que

los demaacutes

No Flagrantes Cuando el delito se ha cometido o sea cuando ya pasoacute

el momento de flagrancia

3- ldquoCriterio que toma en cuenta la persecucioacuten del delitordquo

Delitos Puacuteblicos Son aquellos que son perseguidos de oficio es decir

el Juez tiene la obligacioacuten mutua propia de iniciar el procedimiento

Delitos Privados Son aquellos delitos que soacutelo pueden perseguirse a

instancia de parte

Su fundamento lo encontramos en una delegacioacuten que el Estado hace a

la viacutectima o sus representantes legales de perseguir el delito

especialmente en aquellos contrarios al honor y la honestidad cuya

publicidad dantildeariacutea considerablemente a la viacutectima Deja pues a eacutesta la

10

determinacioacuten de perseguirlos o no tratando con lo anterior de no caer

en un mal mayor

4- ldquoCriterio que toma en cuenta el resultadordquo

Delitos Formales Es el que juriacutedicamente se consuma por el hecho de

la accioacuten u omisioacuten sin dejar resultado externo

Delitos Materiales El que al consumarse produce el resultado

antijuriacutedico que se proponiacutea el culpable

5- ldquoCriterio que toma en cuenta la duracioacuten del delitordquo

Delitos instantaacuteneos Aquellos en que la violacioacuten juriacutedica realizada en

la consumacioacuten se extingue con esta

Delitos permanentes Aquellos en los cuales la violacioacuten juriacutedica

continuacutea auacuten despueacutes de consumados

6- ldquoEn relacioacuten a la cantidad de bienes juriacutedicos violadosrdquo

Delitos simples Son aquellos que violan un solo bien juriacutedico o un solo

intereacutes

Juriacutedicamente protegidos

Delitos Complejos Son aquellos constituidos por la infraccioacuten de

varios o diversos bienes juriacutedicos a traveacutes de hechos diferentes cada

uno de los cuales constituye un delito

7- ldquoCriterio que toma en cuenta la actividad o inactividad del culpablerdquo

Delitos de accioacuten Son aqueacutellos que consisten en un acto material y

positivo ya sea de dantildeo o peligro que contienen infraccioacuten de ley

Delitos de Omisioacuten Consisten en la inaccioacuten o abstencioacuten cuando la

ley impone la ejecucioacuten de un hecho determinado

8- ldquoCriterio que toma en cuenta la posibilidad o no de produccioacuten del

resultadordquo

Delito de dantildeo Aqueacutel que causa un (repitiendo) dantildeo directo con los

bienes juriacutedicos o intereses

Delito de peligro Aqueacutel que no causa un dantildeo efectivo en los bienes

juriacutedicos pero crean una situacioacuten de posibilidad de la produccioacuten maacutes o

menos proacutexima

11

Esta clasificacioacuten aparece con Binding quien les llama delitos de lesioacuten

y de peligro Al respecto Manzini dice que el libro nunca es una realidad

sino que un juicio loacutegico una mera previsioacuten fundada de lo que podriacutea

suceder en el provenir Exterior con voluntad de realizar la accioacuten y con

representacioacuten del resultado que se quiere o ratifica

Delito culposo Son aquellos en los cuales se produce el resultado

antijuriacutedico por falta del deber de atencioacuten o previsioacuten no soacutelo cuando

ha faltado al autor la representacioacuten del resultado que sobre vendraacute (o

de la consecuencia del no hacer) sino cuando la esperanza de que no

sobrevenga ha sido fundamento decisivo de las actividades del autor (o

de sus omisiones) que se producen sin querer el resultado antijuriacutedico (o

lo injusto de la inaccioacuten) y sin ratificarlo

Delitos Preterintencionales Son aqueacutellos en los cuales el resultado

material es mayor que el que el agente se propuso causar Delitos

Dolosos y Delitos Culposos podriacuteamos agregar tambieacuten los delitos

preterintencionales aunque la preterintencionalidad ya conlleva un dolo

inicial pues el agente se proponiacutea causar un dantildeo y el resultado supera

a esa intencioacuten dolosa inicial que teniacutea el culpable

10- ldquoCriterio que toma en cuenta la gravedad del delitordquo

Aquiacute tenemos dos clasificaciones

a) Una Tripartita-que los divide en Criacutemenes delitos faltas o

contravenciones Conceptos criacutemenesmdashLos que lesionan los Derechos

Naturales como la vida y la libertad Delitosmdashque violan solamente los

derechos creados por el contrato social como la propiedad faltas o

contravenciones- - que infringiacutean disposiciones y reglamentos de policiacutea

b) La bipartita que los divide en delitos

La clasificacioacuten Tripartita tiene su origen en el siglo XVII fue muy

defendida por los juristas Sapones quienes en decir de Cuello Caloacuten

dividiacutean las infracciones en ATROCISMO ATROCIORA Y LEVIA y en decir

de Antoacuten Oneca en LEVIA ATROCIA Y ATROCISIMA Su verdadero

fundamento se encuentra en la literatura penal del periacuteodo filosoacutefico

12

CLASIFICACION DEL DELITO SEGUacuteN CUELLO

CALOacuteNEN FUNCIOacuteN DE SU GRAVEDAD

Tomando en cuenta la gravedad de las infracciones penales se han

hecho varias clasificaciones Seguacuten una divisioacuten bipartita se distingue los

delitos de las faltas la clasificacioacuten tripartita habla de criacutemenes delitos

y faltas o contravenciones En esta divisioacuten se considera criacutemenes los

atentados contra la vida y los derechos naturales del hombre delitos

las conductas contrarias a los derechos nacidos del contrato social

como el derecho de propiedad por faltas o contravenciones las

infracciones a los reglamentos de policiacutea y buen gobierno

En Meacutexico carecen de importancia estas distinciones porque los Coacutedigos

Penales soacutelo se ocupan de los delitos en general en donde se subsumen

tambieacuten los que otras legislaciones se denominan criacutemenes la represioacuten

de las faltas se abandona a disposiciones administrativas aplicadas por

autoridades de ese caraacutecter

SEGUacuteN LA FORMA DE LA CONDUCTA DEL AGENTE

Por la conducta del agente o como dicen algunos autores seguacuten la

manifestacioacuten de la voluntad los delitos pueden ser de accioacuten y de

omisioacuten

Los de accioacuten se cometen mediante un comportamiento positivo en

ellos se viola una ley prohibitiva Eusebio Goacutemez afirma que son

aquellos en que las condiciones de donde deriva su resultado reconocen

como causa determinante un hecho positivo del sujeto En los delitos de

omisioacuten el objeto prohibido es una abstencioacuten del agente consisten en

la no ejecucioacuten de algo ordenado por la ley Para el mismo Eusebio

Goacutemez en los delitos de omisioacuten las condiciones de que deriva su

resultado reconocen como causa determinante la falta de observancia

13

por parte del sujeto de un precepto obligatorio Debe agregarse que los

delitos de omisioacuten violan una ley dispositiva en tanto los de accioacuten

infringen una prohibitiva

Los delitos de omisioacuten suelen dividirse en delitos de simple omisioacuten y de

comisioacuten por omisioacuten tambieacuten llamados delitos de omisioacuten impropia

Los delitos de simple omisioacuten o de omisioacuten propiamente dicho

consisten en la falta de una actividad juriacutedicamente ordenada con

independencia del resultado material que produzcan es decir se

sancionan por la omisioacuten misma tal es el caso que se impone a todos la

obligacioacuten positiva de auxiliar a las autoridades para la averiguacioacuten de

los delitos y para la persecucioacuten de los delincuentes

Los delitos de comisioacuten por omisioacuten o impropios delitos de omisioacuten son

aquellos en los que el agente decide no actuar y por esa inaccioacuten se

produce el resultado material Para Cuello Caloacuten consisten los falsos

delitos de omisioacuten en la aparicioacuten de un resultado delictivo de caraacutecter

positivo por inactividad formula que se concretiza en la produccioacuten de

un cambio en el mundo exterior mediante la omisioacuten de algo que el

derecho ordenaba hacer

Como ejemplo del delito de comisioacuten por omisioacuten se cita el de la madre

que con deliberado propoacutesito de dar muerte a su hijo recieacuten nacido no

lo amamanta producieacutendose el resultado letal La madre no ejecuta acto

alguno antes bien deja de realizar lo debido

En los delitos de simple omisioacuten hay una violacioacuten juriacutedica y un

resultado puramente formal mientras en los de comisioacuten por omisioacuten

ademaacutes de la violacioacuten juriacutedica se produce un resultado material En los

primeros se viola una ley dispositiva en los de comisioacuten por omisioacuten se

infringe una dispositiva y una prohibitiva

POR EL RESULTADO

14

Seguacuten el resultado que producen los delitos se clasifican en formales y

materiales A los primeros tambieacuten se les denomina delitos de simple

actividad o de accioacuten a los segundos se les llama delitos de resultado o

de resultado material

Los delitos formales son aquellos en los que se agota el tipo penal en el

movimiento corporal o en la omisioacuten del agente no siendo necesaria

para su integracioacuten que se produzca alguna alteracioacuten en la estructura o

funcionamiento del objeto material Son delitos de mera conducta se

sanciona la accioacuten (u omisioacuten) en siacute misma Como estaacuten el delito formal

con el falso testimonio la portacioacuten de arma prohibida y la portacioacuten

iliacutecita de enervantes

Los delitos materiales son aquellos en los cuales para su integracioacuten se

requiere la destruccioacuten o alteracioacuten de la estructura o del

funcionamiento del objeto material (homicidio dantildeo en propiedad

ajena)

POR LA LESIOacuteN QUE CAUSAN

Con relacioacuten al efecto resentido por la viacutectima o sea en razoacuten del bien

juriacutedico los delitos se dividen en delitos de dantildeo y de peligro Los

primeros consumados causan dantildeo directo y efectivo en intereses

juriacutedicamente protegidos por la pena violada como el homicidio el

fraude etc los segundos no causan dantildeo directo a tales intereses pero

los ponen en peligro como el abandono de personas o la omisioacuten de

auxilio El peligro es la situacioacuten en que se colocan los bienes juriacutedicos

de la cual deriva la posibilidad de casacioacuten de un dantildeo

POR SU DURACIOacuteN

15

Los delitos se dividen en instantaacuteneos instantaacuteneos con efectos

permanentes continuados y permanentes Nuestra ley penal reformada

(seguacuten Decreto publicado el 13 de enero de 1984) en su artiacuteculo 7ordm solo

alude a tres especies de delitos en funcioacuten de su duracioacuten instantaacuteneo

permanente o continuo y continuado

INSTANTAacuteNEO

La accioacuten que lo consuma se perfecciona en un solo momento El

caraacutecter de instantaacuteneo no se lo dan a un delito de efectos que eacutel causa

sino la naturaleza de la accioacuten a la que la ley acuerda el caraacutecter de con

sumatoria El delito instantaacuteneo puede realizarse mediante una accioacuten

compuesta de varios actos o movimientos Para la calificacioacuten se atiende

a la unidad de accioacuten si con ella se consuma el delito no importando

que a su vez esa accioacuten se descomponga en actividades el momento

consumativo expresado en la ley da la nota al delito instantaacuteneo Existe

una accioacuten y una lesioacuten juriacutedica El evento consumativo tiacutepico se produce

en un solo instante como el homicidio y el robo

Actualmente la fraccioacuten I del artiacuteculo 7ordm del Coacutedigo Penal lo define asiacute

instantaacuteneo cuando la consumacioacuten se agota en el mismo momento en

que se han realizado todos los elementos constitutivos

INSTANTAacuteNEO CON EFECTOS PERMANENTES

Es aquel cuya conducta destruye o disminuye el bien juriacutedico tutelado

en forma instantaacutenea en un solo momento pero permanecen las

consecuencias nocivas del mismo El homicidio por ejemplo se destruye

el bien juriacutedico de la vida y la supresioacuten del mismo consecuencia de la

conducta perdura para siempre en las lesiones el bien juriacutedico

protegido (la salud o la integridad corporal) disminuye

instantaacuteneamente como resultado de la actividad humana pero la

alteracioacuten en la salud permanece por un determinado tiempo

POR EL ELEMENTO INTERNO O CULPABILIDAD

16

Teniendo como base la culpabilidad los delitos se clasifican en dolosos y

culposos Algunos autores y legisladores agregan los llamados

preterintencionales De conformidad con el Coacutedigo Penal del Distrito

Federal las acciones y omisiones delictivas solamente pueden realizarse

dolosa o culposamente (artiacuteculo 8ordm)

El delito es doloso cuando se dirige la voluntad consciente a la

realizacioacuten del hecho tiacutepico y antijuriacutedico como en el robo en donde el

sujeto decide apoderarse y se apodera sin derecho del bien mueble

ajeno En la culpa no se requiere el resultado penalmente tipificado mas

surge por obrar sin las cautelas y precauciones exigidas por el Estado

para asegurar la vida en comuacuten como en el caso del manejador de un

vehiacuteculo que con manifiesta falta de precaucioacuten o cuidado corre a

excesiva velocidad y mata o lesiona a un transeuacutente

Es preterintencional cuando el resultado sobrepasa a la intencioacuten si el

agente proponieacutendose golpear a otro sujeto lo hace caer debido al

empleo de violencia y se produce la muerte solo hubo dolo respecto a

los golpes pero no se quiso el resultado letal

SIMPLES Y COMPLEJOS

En funcioacuten de su estructura o composicioacuten los delitos se clasifican en

simples y complejos Llaacutemense simples aquellos en los cuales la lesioacuten

juriacutedica es uacutenica como el homicidio De ellos la accioacuten determina una

lesioacuten juriacutedica inescindible Delitos complejos son aquellos en los cuales

la figura juriacutedica consta de unificacioacuten de dos infracciones cuya fusioacuten

da nacimiento a una figura delictiva nueva superior en gravedad a las

que la componen tomadas aisladamente No es lo mismo delito

complejo que concurso de delitos En el delito complejo la misma ley en

un tipo crea el compuesto como delito uacutenico pero en el tipo intervienen

dos o maacutes delitos que pueden figurar por separado en cambio en el

concurso las infracciones no existen como una sola sino

separadamente pero es un mismo sujeto quien las ejecuta17

El delito de robo puede revestir las dos formas es decir es dable

considerarlo como delito simple cuando consiste en mero

apoderamiento de bienes muebles ajenos sin derecho y sin

consentimiento de la persona autorizada para disponer de los mismos

con arreglo a la ley pero el Coacutedigo Penal vigente erige el artiacuteculo 381

bis una calificativa (agravadora de la penalidad del robo simple) para el

robo cometido en casa habitacioacuten formase asiacute un tipo circunstanciado

que subsume el robo y el allanamiento de morada delitos que poseen

vida independiente mas si el iliacutecito patrimonial de referencia se realiza

en lugares habitados o destinados para habitacioacuten no es dable aplicar

las penas de allanamiento de morada sino precisamente las

correspondientes a la figura compleja

DELITOS UNISUBSISTENTES Y PLURISUBSISTENTES

Por el nuacutemero de actos integrantes de la accioacuten tiacutepica los delitos se

denominan unisubsistentes y plurisubsistentes los primeros se forman

por un solo acto mientras los segundos constan de varios actos

Expresa Soler que el delito plurisubsistente a diferencia del complejo

cada uno de los actos integrantes de una solo figura no constituye a su

vez un delito autoacutenomo Asiacute sigue diciendo para imputar el ejercicio

ilegal de la medicina es preciso que la actividad imputada conste de

varios hechos homogeacuteneos pues para la existencia del delito es

requerida la habitualidad El delito plurisubsistente es el resultado de la

unificacioacuten de varios actos naturalmente separados bajo una sola

figura el complejo en cambio es el producto de la fusioacuten de dos hechos

en siacute mismos delictuosos El delito plurisubsistente es fusioacuten de actos el

complejo fusioacuten de figuras delictivas

DELITOS UNISUBJETIVOS Y PLURISUBJETIVOS

Esta clasificacioacuten atiende a la unidad o pluralidad de sujetos que

intervienen para ejecutar el hecho descrito en el tipo El peculado por

ejemplo es delito unisubjetivo por ser suficiente para colmar el tipo la 18

actuacioacuten de un solo sujeto que tenga el caraacutecter de encargado de un

servicio puacuteblico y soacutelo eacutel concurre con su conducta a conformar la

descripcioacuten de la ley pero es posible su realizacioacuten por dos o maacutes

tambieacuten son unisubjetivos el homicidio el robo la violacioacuten etc El

adulterio al contrario es un delito plurisubjetivo por requerir

necesariamente en virtud de la descripcioacuten tiacutepica la concurrencia de

dos sujetos para integrar el tipo (a menos que opere en favor de uno de

ellos por ejemplo una causa de inculpabilidad por error de hecho

esencial e insuperable) igualmente la asociacioacuten delictuosa en donde

se exige tiacutepicamente el concurso de tres o maacutes individuos

POR LA FORMA DE SU PERSECUCIOacuteN

Como una reminiscencia del periodo de la venganza privada existe en

las legislaciones un grupo de delitos que solo pueden perseguirse si asiacute

lo manifiesta el ofendido o sus legiacutetimos representantes Estos delitos

son llamados privados o de querella necesaria cuya persecucioacuten

uacutenicamente es posible si se llena el requisito previo de la querella de la

parte ofendida mas una vez formulada la querella la autoridad estaacute

obligada a perseguir La razoacuten por la cual se mantienen en las

legislaciones estos delitos perseguibles por querella de la parte

ofendida se basa en la consideracioacuten de que en ocasiones la

persecucioacuten oficiosa acarreariacutea mayores dantildeos que la misma impunidad

del delincuente

Los delitos perseguibles previa denuncia (conocidos como perseguibles

de oficio) que puede ser formulada por cualquier persona son todos

aquellos en los que la autoridad estaacute obligada a actuar por mandato

legal persiguiendo y castigando a los responsables con independencia

de la voluntad de los ofendidos Consecuentemente en los delitos

perseguibles por denuncia no surte efecto alguno el perdoacuten del

ofendido a la inversa de lo que ocurre en los de querella necesaria

19

La mayor parte de los delitos se persiguen de oficio y soacutelo un reducido

nuacutemero a peticioacuten de la parte agraviada Entre eacutestos pueden citarse el

adulterio el estupro el abuso de confianza y otros delitos patrimoniales

Actualmente se observa la tendencia a aumentar el nuacutemero de los

delitos perseguidos por querella y que antes requeriacutean denuncia

DELITOS COMUNES FEDERALES OFICIALES MILITARES Y

POLIacuteTICOS

Esta clasificacioacuten es en funcioacuten de la materia

Los delitos comunes constituyen la regla general son aquellos que se

formulan en las leyes dictadas por las legislaturas locales en cambio los

federales se establecen en leyes expedidas por el Congreso de la Unioacuten

Los delitos oficiales son los que comete un empleado o funcionario

puacuteblico en el ejercicio de sus funciones (mejor dicho en abuso de ellas)

Los delitos del orden militar afectan la disciplina del Ejeacutercito La

Constitucioacuten General de la Repuacuteblica en el artiacuteculo 13 prohiacutebe a los

tribunales militares extender su jurisdiccioacuten sobre personas ajenas al

Instituto Armado

Los delitos poliacuteticos no han sido definidos de manera satisfactoria

Generalmente se incluyen todos los hechos que lesionan la organizacioacuten

del Estado en siacute misma o en sus oacuterganos o representantes El articulo

144 reformado del Coacutedigo Penal vigente considera delitos de caraacutecter

poliacutetico los de rebelioacuten sedicioacuten motiacuten y el de conspiracioacuten para

cometerlos El anteproyecto de 1949 los define asiacute Para todos los

efectos legales se consideran como de caraacutecter poliacutetico los delitos contra

la seguridad del Estado

CLASIFICACION DEL DELITO SEGUacuteN

RICARDO ABARCA

20

Conducta

La accioacuten puede definirse como el movimiento corporal que al realizarla

provoca un cambio en el mundo exterior pero esta accioacuten puede verse

desde dos perspectivas la primera seriacutea como acto que es la realizacioacuten

del movimiento la segunda es la omisioacuten que es la ausencia del

movimiento corporal y eacutesta a su vez se subdivide en dos en la omisioacuten

simple que es la inactividad del actuar y en la comisioacuten por omisioacuten que

se lleva a cabo cuando debiendo actuar de una manera para evitar el

resultado no se lleva a cabo la accioacuten y se comete el delito Asiacute el acto y

la omisioacuten nos dan el resultado y la relacioacuten de causalidad y fungiriacutean

como elementos positivos del delito ahora bien la accioacuten pasa al plano

de elemento negativo del delito cuando existe una ausencia de la accioacuten

y es cuando eacutesta surge sin la voluntad del agente tal y como lo

establece el artiacuteculo 14 del coacutedigo penal del Estado de Guanajuato en su

primer paacuterrafo obra culposamente quien produce un resultado tiacutepico

que no previo siendo previsible que previoacute confiando en que no se

produciriacutea siempre que dicho resultado sea debido a la inobservancia

del cuidado que le incumbe seguacuten las condiciones y sus circunstancias

personales

TIPICA

La tipicidad es la congruencia existente entre la accioacuten y el tipo penal

descrito en el Coacutedigo Penal es decir que exista una adecuacioacuten entre

estos dos aspectos Este elemento por si solo puede entenderse como

un elemento positivo del delito es decir cuando la accioacuten que cometes

esta prevista en la ley como un tipo penal Pero de igual manera puede

fungir como un elemento negativo y puede ser por la atipicidad

propiamente dicha como estaacute establecido en el Coacutedigo Penal del Estado

de Guanajuato en su artiacuteculo 33 fraccioacuten II- Falte alguno de los

21

elementos del tipo penal de que se trate (el delito se excluye)o por la

ausencia de tipicidad es decir cuando la conducta realizada no se

encuentre regida por la normatividad penal y por lo tanto no pueda ser

considerada delictuosa asiacute como tampoco pueda ser sancionada

Antijuriacutedica

Esteacute elemento se refiere cuando la accioacuten ejecutada es contraria a

derecho es decir va en contra del orden juriacutedico establecido en la

sociedad y regulado por el Estado ya que eacuteste a traveacutes de las normas de

cultura ordena y prohiacutebe ciertas acciones correspondiendo a sus

intereses valorativos y soacutelo cuando el Estado las privilegia con su tutela

al reconocerlas en la ley adquieren el rango de juriacutedicas

Asiacute podemos hablar de dos tipos de antijuridicidad la formal y la

material refirieacutendose la primera a la infraccioacuten de una norma que el

Estado la tiene en su cataacutelogo del orden juriacutedico y la segunda se refiere

cuando la accioacuten cometida lesiona o puede lesionar alguacuten bien juriacutedico

que como dije anteriormente eacutestos se encuentran bajo tutela del

derecho penal y siendo eacuteste puacuteblico al Estado le interesa mantener los

bienes juriacutedicos bajo su proteccioacuten

La antijuridicidad puede ser un elemento negativo del delito soacutelo en los

casos en los que exista alguacuten supuesto de exclusioacuten del delito sentildealados

en el artiacuteculo 33 del coacutedigo Penal del Estado Guanajuato

Dentro de los cuales encontramos por ejemplo la legitima defensa el

estado de necesidad caso fortuito cumplimiento de un deber o por

consentimiento de la viacutectima

Culpable

22

La culpabilidad puede variar en este concepto nos encontramos con dos

divisiones el dolo y la culpa

Se tiene presencia del dolo cuando la accioacuten cometida por el sujeto

activo es plena de conciencia y su plan criminal estaacute ideado plenamente

a causar la lesioacuten al bien juriacutedico es decir la plena manifestacioacuten de la

voluntad El dolo puede ser de tres maneras distintas directo cuando el

resultado es congruente con el fin propuesto del sujeto activo indirecto

cuando el sujeto activo se propone el fin delictivo y sabe con certeza

que causara otros fines el eventual que es cuando se preveacuten posibles

resultados que no se quieren

La culpa es cuando se comete el delito pero la voluntad del sujeto activo

es inexistente y puede a su vez dividirse en dos con representacioacuten

que se refiere o se da cuando el sujeto activo preveacute como posible alguacuten

resultado antijuriacutedico pero espera que no suceda sin representacioacuten se

da cuando el sujeto no preveacute el resultado por negligencia o falta de

cuidado

Tambieacuten existe la preterintencionalidad que consiste en la combinacioacuten

de las dos formas anteriores de culpabilidad es decir cuando la

conducta inicio de manera culposa y culmino de manera dolosa eacutesta

uacuteltima entra como elemento positivo del delito

La manera de que la culpabilidad sea elemento negativo del delito es en

los casos siguientes existencia de error ya sea de hecho o de derecho

eximentes putativas obediencia jeraacuterquica violencia moral estado de

necesidad exigibilidad de otra conducta

Esto es porque la culpabilidad estaacute fundada en hacer el juicio de

reproche al autor de la accioacuten antijuriacutedica tiacutepica pero por encontrarse en

una situacioacuten especial de desconocimiento de que la accioacuten realizada es

un delito provoca que eacutesta se convierta en inculpabilidad y por

consecuente inimputable

23

Punible

La punibilidad puede verse como una consecuencia que trae la comisioacuten

de un delito es decir si un sujeto actuacutea de manera iliacutecita y altera el

orden juriacutedico le sobrevendraacute una sancioacuten La punibilidad es entonces la

consecuencia juriacutedica que viene a la accioacuten punible El legislador ademaacutes

de procurar el orden juriacutedico estableciendo castigos a quienes violan

eacuteste hace depender la imposicioacuten de la pena de factores y

circunstancias externas e independientes del acto punible

Existen en nuestro sistema penal dos clases de sanciones las penas y

las medidas de seguridad Siendo las primeras de caraacutecter ejemplar y

las segundas de caraacutecter psicoloacutegico pero ambas coinciden en la

rehabilitacioacuten que procuran hacia el sujeto infractor

Se tiene claramente la distincioacuten en su clasificacioacuten que es la siguiente

las penas pueden variar como por ejemplo pena de muerte privacioacuten

de la libertad restriccioacuten de la libertad privacioacuten de derechos

restriccioacuten de derechos reparacioacuten del dantildeo Y las medidas de seguridad

pueden ser curativas eliminatorias o educativas

Las penas en nuestro Estado se encuentran reguladas por el Coacutedigo

Penal en su artiacuteculo 38 y las medidas de seguridad en el artiacuteculo 89

La manera de que la punibilidad entre como un elemento negativo del

delito es con las excusas absolutorias que son causas personales que se

encuentran legalmente previstas que aunque no eliminan el caraacutecter

delictivo de la accioacuten que cometioacute siacute excluyen la pena pues para el

Estado no es necesario establecer pena alguna contra tales hechos ya

que dichas circunstancias revelan una miacutenima peligrosidad

IMPUTABLE

Como lo hemos venido diciendo al sujeto activo se le hace un juicio de

24

reproche por desviarse del buen camino y es por eso que como uacuteltimo

elemento del delito encontramos la imputabilidad que puede

entenderse como la capacidad del sujeto de querer y entender la accioacuten

que realizo por lo que en este elemento entra en un gran campo la

conciencia o inconsciencia del sujeto

Retomando nuevamente lo que deciacutea en un inicio el derecho penal

mexicano estaacute bajo la influencia de la escuela finalista y por tanto se

considera que el sujeto tiene un libre albedriacuteo acerca de su actuar y

puede medir de manera plena las consecuencias juriacutedicas

Por tanto se tienen causas de inimputabilidad hacia el sujeto activo en

casos especiales como la minoriacutea de edad la enajenacioacuten o los estados

de inconsciencia ya que no se puede hablar de un reproche al sujeto si

eacuteste no actuoacute de manera consiente El primero es por la falta de

desarrollo mental del sujeto el segundo cuando la enfermedad de la

mente o el estado de inconsciencia privan de la consciencia de cometer

un delito o de obrar conforme a Derecho Y el tercero por el empleo de

sustancias toacutexicas embriagantes o estupefacientes por toxico

infecciones o por trastornos mentales Asiacute como lo establece el artiacuteculo

33 del Coacutedigo penal del Estado de Guanajuato en su primer paacuterrafo de la

fraccioacuten VII- Al momento de realizar el hecho tiacutepico y por causa de

enfermedad mental que perturbe gravemente su conciencia de

desarrollo psiacutequico incompleto o retardado o de grave perturbacioacuten de la

conciencia sin base patoloacutegica el agente no tenga la capacidad de

comprender el caraacutecter iliacutecito de aquel o de conducirse de acuerdo con

esa comprensioacuten

Ya que la imputabilidad es la base psicoloacutegica de la culpabilidad soacutelo el

sujeto que es capaz de querer y entender y solo asiacute puede ser

responsable

Eacutestos seriacutean los casos en los que el elemento de la imputabilidad

entrariacutea como elemento negativo del delito

25

CLASIFICACION DEL DELITO SEGUacuteN

CELESTINO PORTE PETIT

CLASIFICACION DEL DELITO

De acuerdo con el Coacutedigo Penal del Estado de Meacutexico en su capiacutetulo II

en el

Artiacuteculo 8- Establece que los delitos pueden ser

I Dolosos

El delito es doloso cuando se obra conociendo los elementos del tipo

penal o previendo como posible el resultado tiacutepico queriendo o

aceptando la realizacioacuten del hecho descrito por la ley

II Culposos

El delito es culposo cuando se produce un resultado tiacutepico que no se

previoacute siendo previsible o confiando en que no se produciriacutea en virtud

de la violacioacuten a un deber de cuidado que debiacutea y podiacutea observarse

seguacuten las circunstancias y condiciones personales

III Instantaacuteneos

Es instantaacuteneo cuando la consumacioacuten se agota en el mismo momento

en que se han realizado todos sus elementos constitutivos

IV Permanentes

Es permanente cuando la consumacioacuten se prolonga en el tiempo

V Continuados

26

Es continuado cuando existe unidad de propoacutesito delictivo pluralidad de

conductas e identidad de sujeto pasivo y se viola el mismo precepto

legal

Son delitos de accioacuten los que se cometen por medio de una conducta

positiva es decir un hacer Los delitos por omisioacuten se ejecutan por

medio de un comportamiento negativo un no hacer determinada

obligacioacuten o no ejecutar una accioacuten Ademaacutes existen delitos que por su

iacutendole estructural exigen para su existencia la incidencia de una accioacuten

y luego una omisioacuten o viceversa

Los delitos que no necesitan resultado material ya que la sola conducta

del sujeto los realiza son los que se perfeccionan con el cumplimiento

de determinada accioacuten u omisioacuten cuya consecuencia es la no-

observacioacuten de una obligacioacuten o de un deber pero cuyo resultado no se

manifiesta en el mundo fiacutesico con un hecho de momento perceptible

En tanto que los delitos de resultado son los que para su consumacioacuten

exigen ademaacutes de la conducta del sujeto activo que se produzca

determinado efecto distinto de la omisioacuten o de la accioacuten el resultado en

estos delitos se observa fiacutesicamente en el mundo real Los delitos se

clasifican de esta manera porque se atiende a la estructura exterior de

ellos

Los delitos de dantildeo requieren para su perfeccionamiento juriacutedico que el

bien tutelado juriacutedicamente protegido sea destruido o disminuido en

tanto en los delitos de peligro basta que el bien juriacutedico sea amenazado

al realizarse la conducta criminosa accioacuten u omisioacuten con la acusacioacuten

de un dantildeo o peligro inminente determinado y grave

Son delitos instantaacuteneos aquellos que con la sola realizacioacuten de la

conducta accioacuten u omisioacuten por el sujeto activo quedan realizados o

tipificados sin que se requiera accioacuten posterior para su continuidad o

vigencia Los delitos permanentes son los que se caracterizan porque el

hecho que los constituye o realiza da lugar a una situacioacuten dantildeosa o de 27

peligro que se prolonga en el tiempo a causa de la continuidad del

comportamiento del sujeto Para la existencia de estos delitos es

necesario que el estado dantildeoso o de peligro provenga de la conducta

del sujeto activo de manera continua es decir que no se agote en un

solo instante sino que prosiga durante determinado tiempo y que la

proacuterroga de la situacioacuten antijuriacutedica se deba a la exclusiva conducta

voluntaria del sujeto que prosigue con ella ininterrumpidamente

despueacutes de la -- realizacioacuten del hecho que constituye el delito

En este mismo orden de ideas atendiendo a la duracioacuten de las

consecuencias del delito eacutestas son permanentes es decir hay delitos

instantaacuteneos y delitos permanentes en cuanto a los actos de se

realizacioacuten con efectos permanentes cuya caracteriacutestica es la duracioacuten

de las consecuencias del delito

Ahora bien dentro de las especies del delito que por ser varias

conforme a los fines que se persigan para su tipificacioacuten o conforme al

bien juriacutedico que tutela la ley entre otros aspectos como la que se ha

realizado al principio de este acaacutepite tenemos ahora

Conforme a su gravedad tenemos delitos y faltas habraacute delito siempre

que se realice la conducta prevista y sancionada por la ley penal o en

alguna otra ley especial en tanto que la falta no obstante ser una

conducta contraria a la ley y sancionada por esta misma la sancioacuten la

aplica una autoridad u oacutergano diferente al Poder Judicial o Tribunal

generalmente una autoridad de iacutendole administrativa

Seguacuten la intencioacuten con que se comete o realiza la accioacuten que da origen

al delito tenemos delitos con intencioacuten o dolosos culposos o contra la

intencioacuten y los que son cometidos maacutes allaacute de la intencioacuten o

preterintencionales

Si se ha deseado realizar la accioacuten u omisioacuten para la comisioacuten del delito

y previsto el resultado del mismo se estaacute ante un delito doloso En

28

tanto que siacute de deseaba realizar la accioacuten u omisioacuten pero no el

resultado del delito se trata de un delito culposo Y cuando se ha

deseado realizar la accioacuten u omisioacuten y no el resultado como

consecuencia en su integridad sino un efecto menos grave se trata de

un delito preterintencional

Los delitos tipo o tambieacuten simples o netos son los que se presentan en

su puro modelo legal sin maacutes caracteriacutesticas que sus elementos

esenciales y los delitos circunstanciados son los que ademaacutes de contar

con los elementos esenciales se presentan acompantildeados de

circunstancias o accidentes a sus elementos

Por su efecto los delitos se consideran simples y complejos formales y

materiales de lesioacuten y de peligro Son simples o uniacute subsistentes en el

que coincide el momento ejecutivo y el momento consumativo se

realizan ambos en un soacutelo acto o momento Los complejos o

plurisubsistentes son aquellos cuya accioacuten ejecutiva consta de varios

actos en que puede integrarse El delito material es el que se consuma

al momento de verificarse el resultado material de eacutese en tanto que el

delito formal se perfecciona con una simple accioacuten u omisioacuten haciendo

abstraccioacuten de la verificacioacuten del resultado Los delitos de lesioacuten o dantildeo

y de peligro ya han sido tratados en paacuterrafos precedentes

Seguacuten el objeto o finque persiguen la perturbacioacuten dantildeo disminucioacuten o

destruccioacuten del bien juriacutedicamente protegido son delitos contra la cosa

puacuteblica o el Estado mismo o sus Instituciones y delitos contra las

personas privadas delitos poliacuteticos y no poliacuteticos

Seguacuten los sujetos que los realizan los delitos individuales y colectivos

comunes y especiales seguacuten la ley que los contenga y ocasionales y

habituales seguacuten la constancia con que delinque el sujeto que los

realiza

29

Seguacuten los requisitos para la procedibilidad o persecucioacuten de los delitos

conforme al bien juriacutedico protegido que afecta de acuerdo a la

naturaleza del dantildeo afectacioacuten del bien los delitos son de accioacuten puacuteblica

(denuncia) o de accioacuten privada (querella)

Para el desarrollo de este acaacutepite se tomaraacuten en cuenta las

disposiciones legales que se contienen en el Coacutedigo de Penal para el

Distrito Federal en Materia de Fuero Comuacuten y para toda la Repuacuteblica en

Materia de Fuero Federal el Coacutedigo de Procedimientos Penales para el

Distrito Federal el Coacutedigo Federal de Procedimientos Penales el Coacutedigo

Penal para el Estado de Meacutexico y el Coacutedigo de Procedimientos Penales

para el Estado de Meacutexico Por lo que las clasificaciones de los delitos

que ahora se presentaraacuten seraacute desde el punto de vista legal es decir

atendiendo a lo dispuesto en los ordenamientos legales vigentes de

iacutendole penal sustantiva y adjetiva seguacuten se trate

CLASIFICACION DEL DELITOP SEGUacuteN

EDUARDO LOacutePEZ BENTANCOURT

Por su Composicioacuten

Normales son aquellos en los que el tipo estaraacute conformado de

elementos objetivos

Anormales son los tipos penales que ademaacutes de contener

elementos objetivos tambieacuten se conforman con elementos

subjetivos o normativos

Por su Ordenacioacuten Metodoloacutegica

Fundamentales son los tipos con plena independencia

formados con una conducta iliacutecita sobre un bien juriacutedicamente

tutelado

30

Especiales son los tipos que contienen en su descripcioacuten alguacuten

tipo de caracteriacutestica

Complementados son aquellos que requieren de la realizacioacuten

previa de un tipo baacutesico no tienen autonomiacutea

Por su Autonomiacutea o Independencia

Autoacutenomos son los tipos penales con vida propia no necesitan

de la realizacioacuten de alguacuten otro

Subordinados Requieren de la existencia de alguacuten otro tipo

Por su Formulacioacuten

Casuiacutesticos el legislador plantea varias formas de realizacioacuten del

delito subdividieacutendose en

Alternativos son aquellos donde se plantean dos o maacutes hipoacutetesis

y se precisa de la ejecucioacuten de solo una de ellas para la tipificacioacuten

de la conducta iliacutecita

Acumulativos se exige la realizacioacuten o concurso de todas las

hipoacutetesis que el legislador ha plasmado en el tipo penal para la

adecuacioacuten de la conducta al mismo

Amplios contiene en su descripcioacuten una hipoacutetesis uacutenica en donde

caben todos los modos de ejecucioacuten se colma el tipo penal con la

lesioacuten causada al bien juriacutedicamente tutelado

Por el Dantildeo que Causan

De Lesioacuten requieren de un dantildeo inminente al bien juriacutedico

tutelado

De Peligro basta con el simple riesgo en que se pone al bien

juriacutedicamente tutelado

31

  • CLASIFICACION DEL DELITO
Page 3: Clasificación del delito

Por La Forma De Ejecucioacuten instantaacuteneo

permanente continuado flagrante conexo o

compuesto

Delito instantaacuteneo Aquel en que la violacioacuten juriacutedica realizada en el

momento de consumacioacuten se extingue con esta La accioacuten coincide con

la consumacioacuten

El agente no tiene ninguacuten poder para prolongarlo ni para hacerlo cesar

Ej En el homicidio robo hurto

Delito Permanente Despueacutes de la consumacioacuten continuacutea

ininterrumpidamente la violacioacuten juriacutedica perfeccionada en aquella Ej

El rapto el abandono de familia

Delito Continuado La accioacuten implica una serie de violaciones

juriacutedicas que tienden a un uacutenico resultado La ley no da relevancia a

estos actos (siacute fuera asiacute seriacutean varios delitos)

Ej Cajero que saca centavo a centavo hasta reunir una suma

considerable En el permanente hay una sola accioacuten que se prolonga en

el tiempo en el continuado hay pluralidad de acciones que configuran

cada una un delito perfecto

Delito Flagrante Es el que se ha consumado puacuteblicamente y cuyo

perpetrador

ha sido visto por muchos testigos al tiempo en que lo cometiacutea

Delito Conexo Las acciones estaacuten vinculadas de tal manera que unos

resultados dependen de unas acciones y otros resultados de otras

acciones Ej

Los delincuentes se ponen de acuerdo antes luego cometen delitos en

diferentes tiempos y lugares

3

Por Las Consecuencias De La Accioacuten formal

material

Delito formal (o de simple actividad) Es aquel en que la ley no exige

para considerarlo consumado los resultados buscados por el agente

basta el cumplimiento de hechos conducentes a esos resultados y el

peligro de que estos se produzcan o basta tambieacuten la sola

manifestacioacuten de la voluntad

Por ejemplo los delitos de falsificacioacuten (CP 198 - 200) de

envenenamiento(CP 216) la traicioacuten(CP 109) calumnia(CP 283) el

falso testimonio(CP 169) en los cuales basta para configurarlos la

posesioacuten de maacutequinas para la falsificacioacuten el suministro del veneno la

preparacioacuten de actos dirigidos al sometimiento de la Nacioacuten a una

potencia extranjera la manifestacioacuten de la voluntad imputando un delito

a otro o la sola juramentacioacuten en falso sin que sea necesaria la

produccioacuten de un resultado

En los delitos formales jamaacutes se da la Tentativa este soacutelo se da en los

delitos materiales

Delito material (o de resultado) es el que se consuma mediante la

produccioacuten de un dantildeo efectivo que el delincuente se propone El acto

produce un resultado Ej el asesinato (CP 252) el resultado de la accioacuten

es la muerte de una persona En el robo (CP 331) el resultado es la

aprehensioacuten de la cosa

Por La Calidad Del Sujeto impropio propio

Delito Impropio es el realizado por cualquier persona En el CP

empiezan con las frases Toda persona que El que Los que se

alzaren

4

Delito propio es aquel cometido por personas que reuacutenen ciertas

condiciones relacionadas con el cargo puacuteblico oficio o profesioacuten En el

CP empiezan ldquoEL

Oficial de Registro Civil que autorizarerdquo (CP 242) El meacutedico que

diere certificado falso(CP 201) La madre que diere muerte a su

hijo(CP 258)

Por La Forma Procesal de accioacuten privada de

accioacuten puacuteblica a instancia de parte de accioacuten

puacuteblica

Delito de accioacuten privada Se enjuicia y se persigue soacutelo a querella de

parte ofendida por ejemplo giro de cheque en descubierto despojo

(CPP 20) los delitos contra el honor (difamacioacuten e injuria CP 282 -

290)

Delito de Accioacuten Puacuteblica a Instancia de parte Aquel en que el

Fiscal puede perseguir soacutelo a pedido de la parte damnificada u ofendida

(CPP 17)

Ej Abandono de familia de mujer embarazadahellipproxenetismo (CPP

19)

Delito de accioacuten puacuteblica Puede demandar quienquiera incluso el

Ministerio

Puacuteblico de oficio Los delitos que no estaacuten en el Art 19 y 20 del CPP son

de accioacuten puacuteblica Ej El homicidio (CP 251)

Por Las Formas De Culpabilidad doloso culposo (CP 14 15)

Delito doloso Ejecucioacuten de un acto tiacutepicamente antijuriacutedico con

conocimiento y voluntad de la realizacioacuten el resultado No exige un

5

saber juriacutedico basta que sepa que su conducta es contraria al Derecho

peor auacuten basta la intensioacuten de cometer el hecho delictivo

El coacutedigo penal sin reformas deciacutea un delito es doloso cuando el hecho

cometido es querido previsto y ratificado por el agente o cuando es

consecuencia necesaria de su accioacuten(CP 14) El coacutedigo penal

reformado (Ley 1768 de 10 de marzo de 1997) reemplaza la definicioacuten

de dolo y se corrigen los defectos estructurales e insuficiencias de la

formulacioacuten anterior como es el caso de la expresioacuten o cuando es

consecuencia necesaria de su accioacuten la que trastorna toda la

sistemaacutetica de la teoriacutea del delito en razoacuten de que la consecuencia

necesaria objetiva puede responder tanto a conductas dolosas como

culposas Actuacutea dolosamente el que realiza un hecho previsto en un

tipo penal con conocimiento y voluntad Para ello es suficiente que el

autor considere seriamente posible su realizacioacuten y acepte esta

posibilidad (CP 14)

Delito culposo Un delito es Culposo cuando quien no observa el

cuidado a que estaacute obligado conforme a las circunstancias y sus

condiciones personales y por ello no toma conciencia de que realiza un

tipo penal y si lo toma lo realiza en la confianza de que lo evitaraacute(CP

15) El delito es culposo cuando el resultado aunque haya sido previsto

no ha sido querido por el agente pero sobreviene por imprudencia

negligencia o inobservancia de las leyes reglamentos oacuterdenes etc Ej

Fumar en surtidor de gasolina o exceso de velocidad que causan un

accidente

En el delito doloso existe intensioacuten en el delito culposo existe

negligencia En los delitos dolosos para consumar la figura delictual es

necesaria la intensioacuten de producir un resultado dantildeoso en los delitos

culposos basta con que ese resultado haya sido previsto o al menos

que haya debido preverse

6

Un delito doloso se reconoce en el CP por la palabra inserta a

sabiendas como en la acusacioacuten y denuncia que dice El que a

sabiendas acusare a persona que no cometioacute(CP 166) o en la

receptacioacuten que dice El que a sabiendas comprare cosas

robadas(CP 172)

Por La Relacioacuten Psiacutequica Entre Sujeto Y Su Acto

preterintencional o ultraintensional

Delito Preterintencional (O ultraintensional) Es aquella en que

se desea cometer un delito pero resulta otro maacutes grave Ej Cuando

soacutelo se lo quiere lesionar pero lo mata La sancioacuten sigue la Teoriacutea de la

Responsabilidad Objetiva o sea son calificados por el resultado por el

evento ocurrido que no estaba en la intensioacuten del agente

Por El Nuacutemero De Personas individual colectivo

Delitos Individuales Son los realizados por una sola persona ej La

violacioacuten el prevaricato

Delitos Colectivos Son los realizados por 2 o maacutes personas ej

Sedicioacuten conspiracioacuten (CP 123 126)

Por El Bien Vulnerado simple complejo conexo

Delito Simple Violan un solo bien o intereacutes juriacutedicamente protegido

ej El homicidio viola el derecho a la vida

Delito Complejo Violacioacuten de varios bienes o intereses protegidos Ej

Rapto seguido de violacioacuten Es casi igual al Concurso Real De Delitos

7

Delito Conexo Las acciones estaacuten vinculadas de tal manera que unos

resultados dependen de unas acciones y otros resultados de otras

acciones Ej

Los delincuentes se ponen de acuerdo antes luego cometen delitos en

diferentes tiempos y lugares

Por La Unidad Del Acto Y Pluralidad Del

Resultado concurso ideal concurso real

Concurso Ideal de Delitos (Delito Compuesto) Con una sola

accioacuten se violan varios bienes juriacutedicos (CP 44) Ej una accioacuten como

una patada puede causar dos delitos lesiones y atentado Golpear a una

mujer embarazada produce delitos como lesiones y aborto Se sanciona

con pena del delito maacutes grave se puede aumentar hasta un maacuteximo de

una cuarta parte del delito maacutes grave

Concurso Real de Delitos (CP 45) Dos o maacutes acciones u

omisiones dan a lugar a dos o maacutes delitos Ej Explosioacuten de automoacutevil

con bomba en centro comercial Las acciones que generaron pueden

ser apoderamiento de un automoacutevil instalacioacuten de la bomba Los

delitos son robo de automoacutevil y terrorismo Se sanciona con pena del

delito maacutes grave se puede aumentar el maacuteximo hasta una mitad

Ambas se caracterizan porque las disposiciones a aplicarse no se

excluyen

Por La Naturaleza Intriacutenseca comuacuten poliacutetico

social contra la humanidad

Delito comuacuten Lesiona los intereses tutelados de los particulares ej

la vida el patrimonio la libertad

8

Delito poliacutetico Criterios Objetivo El delito poliacutetico es aquel que

lesiona la organizacioacuten poliacutetica y social del estado Criterio subjetivo Es

aqueacutel que lesiona la organizacioacuten poliacutetica y social con voluntad altruista

y de sacrificio

Criterio mixto El delito poliacutetico es aqueacutel inspirado con fines generosos

atenta contra la seguridad externa e interna de un Estado persiguiendo

mantener el orden establecido o cambiarlo a formas maacutes superiores

Diferencias El DC lesiona intereses particulares el DP afecta el intereacutes

colectivo traducido en la seguridad y estabilidad del Estado el autor de

un DC puede ser indultado conmutada su pena o extraditado el autor

de un DP puede ser amnistiado pero nunca extraditado los DC ligados a

delitos poliacuteticos son tratados como si fueran DP

Delito social Aquel que va contra el reacutegimen econoacutemico y social Ej

sabotaje (CP 232) Delitos contra la Humanidad Son los que atentan

contra los derechos esenciales de la persona humana Ej vida

nacionalidad religioacuten opinioacuten etc

La Convencioacuten Internacional sobre el Genocidio de 1948

cataloga como Delitos contra la Humanidad a los siguientes

1048707 El homicidio de grupo

1048707 El exterminio (Acabar del todo con la fuerza)

1048707 La deportacioacuten en tiempo de paz

1048707 El genocidio

1048707 La reduccioacuten a la servidumbre

1048707 La persecucioacuten poliacutetica o religiosa

Los delitos contra la humanidad se caracterizan por (a) Son cometidos

debido a raza nacionalidad o discrepancia poliacutetica y (b) Seacute atento

contra la poblacioacuten civil inclusive contra la propia poblacioacuten en los

golpes de Estado

9

CLASIFICACION DEL DELITO SEGUacuteN Jimeacutenez

ANZUALos autores siempre han tratado de establecer ciertas diferencias en las

infracciones penales cada uno trata o a tratado de poner su grano de

arena en lo que a clasificacioacuten del delito se trata

Seguacuten JIMEacuteNEZ ANZUA

1- ldquoPor la extensioacuten de la Ley en que se encuentran castigadosrdquo

Comunes Aquellos delitos que infringen que significan una violacioacuten

de deberes comunes a todos los miembros de la sociedad

Especiales aquellos delitos que implican una violacioacuten de deberes

especiales que se imponen a determinadas personas en razoacuten de su

funcioacuten o estado

2- ldquoCriterio que toma en cuenta el momento en que se comete el delitordquo

Flagrantes El delito es flagrante en el momento en que se comete

despueacutes deja de serlo Antiguamente se castigaba maacutes duramente que

los demaacutes

No Flagrantes Cuando el delito se ha cometido o sea cuando ya pasoacute

el momento de flagrancia

3- ldquoCriterio que toma en cuenta la persecucioacuten del delitordquo

Delitos Puacuteblicos Son aquellos que son perseguidos de oficio es decir

el Juez tiene la obligacioacuten mutua propia de iniciar el procedimiento

Delitos Privados Son aquellos delitos que soacutelo pueden perseguirse a

instancia de parte

Su fundamento lo encontramos en una delegacioacuten que el Estado hace a

la viacutectima o sus representantes legales de perseguir el delito

especialmente en aquellos contrarios al honor y la honestidad cuya

publicidad dantildeariacutea considerablemente a la viacutectima Deja pues a eacutesta la

10

determinacioacuten de perseguirlos o no tratando con lo anterior de no caer

en un mal mayor

4- ldquoCriterio que toma en cuenta el resultadordquo

Delitos Formales Es el que juriacutedicamente se consuma por el hecho de

la accioacuten u omisioacuten sin dejar resultado externo

Delitos Materiales El que al consumarse produce el resultado

antijuriacutedico que se proponiacutea el culpable

5- ldquoCriterio que toma en cuenta la duracioacuten del delitordquo

Delitos instantaacuteneos Aquellos en que la violacioacuten juriacutedica realizada en

la consumacioacuten se extingue con esta

Delitos permanentes Aquellos en los cuales la violacioacuten juriacutedica

continuacutea auacuten despueacutes de consumados

6- ldquoEn relacioacuten a la cantidad de bienes juriacutedicos violadosrdquo

Delitos simples Son aquellos que violan un solo bien juriacutedico o un solo

intereacutes

Juriacutedicamente protegidos

Delitos Complejos Son aquellos constituidos por la infraccioacuten de

varios o diversos bienes juriacutedicos a traveacutes de hechos diferentes cada

uno de los cuales constituye un delito

7- ldquoCriterio que toma en cuenta la actividad o inactividad del culpablerdquo

Delitos de accioacuten Son aqueacutellos que consisten en un acto material y

positivo ya sea de dantildeo o peligro que contienen infraccioacuten de ley

Delitos de Omisioacuten Consisten en la inaccioacuten o abstencioacuten cuando la

ley impone la ejecucioacuten de un hecho determinado

8- ldquoCriterio que toma en cuenta la posibilidad o no de produccioacuten del

resultadordquo

Delito de dantildeo Aqueacutel que causa un (repitiendo) dantildeo directo con los

bienes juriacutedicos o intereses

Delito de peligro Aqueacutel que no causa un dantildeo efectivo en los bienes

juriacutedicos pero crean una situacioacuten de posibilidad de la produccioacuten maacutes o

menos proacutexima

11

Esta clasificacioacuten aparece con Binding quien les llama delitos de lesioacuten

y de peligro Al respecto Manzini dice que el libro nunca es una realidad

sino que un juicio loacutegico una mera previsioacuten fundada de lo que podriacutea

suceder en el provenir Exterior con voluntad de realizar la accioacuten y con

representacioacuten del resultado que se quiere o ratifica

Delito culposo Son aquellos en los cuales se produce el resultado

antijuriacutedico por falta del deber de atencioacuten o previsioacuten no soacutelo cuando

ha faltado al autor la representacioacuten del resultado que sobre vendraacute (o

de la consecuencia del no hacer) sino cuando la esperanza de que no

sobrevenga ha sido fundamento decisivo de las actividades del autor (o

de sus omisiones) que se producen sin querer el resultado antijuriacutedico (o

lo injusto de la inaccioacuten) y sin ratificarlo

Delitos Preterintencionales Son aqueacutellos en los cuales el resultado

material es mayor que el que el agente se propuso causar Delitos

Dolosos y Delitos Culposos podriacuteamos agregar tambieacuten los delitos

preterintencionales aunque la preterintencionalidad ya conlleva un dolo

inicial pues el agente se proponiacutea causar un dantildeo y el resultado supera

a esa intencioacuten dolosa inicial que teniacutea el culpable

10- ldquoCriterio que toma en cuenta la gravedad del delitordquo

Aquiacute tenemos dos clasificaciones

a) Una Tripartita-que los divide en Criacutemenes delitos faltas o

contravenciones Conceptos criacutemenesmdashLos que lesionan los Derechos

Naturales como la vida y la libertad Delitosmdashque violan solamente los

derechos creados por el contrato social como la propiedad faltas o

contravenciones- - que infringiacutean disposiciones y reglamentos de policiacutea

b) La bipartita que los divide en delitos

La clasificacioacuten Tripartita tiene su origen en el siglo XVII fue muy

defendida por los juristas Sapones quienes en decir de Cuello Caloacuten

dividiacutean las infracciones en ATROCISMO ATROCIORA Y LEVIA y en decir

de Antoacuten Oneca en LEVIA ATROCIA Y ATROCISIMA Su verdadero

fundamento se encuentra en la literatura penal del periacuteodo filosoacutefico

12

CLASIFICACION DEL DELITO SEGUacuteN CUELLO

CALOacuteNEN FUNCIOacuteN DE SU GRAVEDAD

Tomando en cuenta la gravedad de las infracciones penales se han

hecho varias clasificaciones Seguacuten una divisioacuten bipartita se distingue los

delitos de las faltas la clasificacioacuten tripartita habla de criacutemenes delitos

y faltas o contravenciones En esta divisioacuten se considera criacutemenes los

atentados contra la vida y los derechos naturales del hombre delitos

las conductas contrarias a los derechos nacidos del contrato social

como el derecho de propiedad por faltas o contravenciones las

infracciones a los reglamentos de policiacutea y buen gobierno

En Meacutexico carecen de importancia estas distinciones porque los Coacutedigos

Penales soacutelo se ocupan de los delitos en general en donde se subsumen

tambieacuten los que otras legislaciones se denominan criacutemenes la represioacuten

de las faltas se abandona a disposiciones administrativas aplicadas por

autoridades de ese caraacutecter

SEGUacuteN LA FORMA DE LA CONDUCTA DEL AGENTE

Por la conducta del agente o como dicen algunos autores seguacuten la

manifestacioacuten de la voluntad los delitos pueden ser de accioacuten y de

omisioacuten

Los de accioacuten se cometen mediante un comportamiento positivo en

ellos se viola una ley prohibitiva Eusebio Goacutemez afirma que son

aquellos en que las condiciones de donde deriva su resultado reconocen

como causa determinante un hecho positivo del sujeto En los delitos de

omisioacuten el objeto prohibido es una abstencioacuten del agente consisten en

la no ejecucioacuten de algo ordenado por la ley Para el mismo Eusebio

Goacutemez en los delitos de omisioacuten las condiciones de que deriva su

resultado reconocen como causa determinante la falta de observancia

13

por parte del sujeto de un precepto obligatorio Debe agregarse que los

delitos de omisioacuten violan una ley dispositiva en tanto los de accioacuten

infringen una prohibitiva

Los delitos de omisioacuten suelen dividirse en delitos de simple omisioacuten y de

comisioacuten por omisioacuten tambieacuten llamados delitos de omisioacuten impropia

Los delitos de simple omisioacuten o de omisioacuten propiamente dicho

consisten en la falta de una actividad juriacutedicamente ordenada con

independencia del resultado material que produzcan es decir se

sancionan por la omisioacuten misma tal es el caso que se impone a todos la

obligacioacuten positiva de auxiliar a las autoridades para la averiguacioacuten de

los delitos y para la persecucioacuten de los delincuentes

Los delitos de comisioacuten por omisioacuten o impropios delitos de omisioacuten son

aquellos en los que el agente decide no actuar y por esa inaccioacuten se

produce el resultado material Para Cuello Caloacuten consisten los falsos

delitos de omisioacuten en la aparicioacuten de un resultado delictivo de caraacutecter

positivo por inactividad formula que se concretiza en la produccioacuten de

un cambio en el mundo exterior mediante la omisioacuten de algo que el

derecho ordenaba hacer

Como ejemplo del delito de comisioacuten por omisioacuten se cita el de la madre

que con deliberado propoacutesito de dar muerte a su hijo recieacuten nacido no

lo amamanta producieacutendose el resultado letal La madre no ejecuta acto

alguno antes bien deja de realizar lo debido

En los delitos de simple omisioacuten hay una violacioacuten juriacutedica y un

resultado puramente formal mientras en los de comisioacuten por omisioacuten

ademaacutes de la violacioacuten juriacutedica se produce un resultado material En los

primeros se viola una ley dispositiva en los de comisioacuten por omisioacuten se

infringe una dispositiva y una prohibitiva

POR EL RESULTADO

14

Seguacuten el resultado que producen los delitos se clasifican en formales y

materiales A los primeros tambieacuten se les denomina delitos de simple

actividad o de accioacuten a los segundos se les llama delitos de resultado o

de resultado material

Los delitos formales son aquellos en los que se agota el tipo penal en el

movimiento corporal o en la omisioacuten del agente no siendo necesaria

para su integracioacuten que se produzca alguna alteracioacuten en la estructura o

funcionamiento del objeto material Son delitos de mera conducta se

sanciona la accioacuten (u omisioacuten) en siacute misma Como estaacuten el delito formal

con el falso testimonio la portacioacuten de arma prohibida y la portacioacuten

iliacutecita de enervantes

Los delitos materiales son aquellos en los cuales para su integracioacuten se

requiere la destruccioacuten o alteracioacuten de la estructura o del

funcionamiento del objeto material (homicidio dantildeo en propiedad

ajena)

POR LA LESIOacuteN QUE CAUSAN

Con relacioacuten al efecto resentido por la viacutectima o sea en razoacuten del bien

juriacutedico los delitos se dividen en delitos de dantildeo y de peligro Los

primeros consumados causan dantildeo directo y efectivo en intereses

juriacutedicamente protegidos por la pena violada como el homicidio el

fraude etc los segundos no causan dantildeo directo a tales intereses pero

los ponen en peligro como el abandono de personas o la omisioacuten de

auxilio El peligro es la situacioacuten en que se colocan los bienes juriacutedicos

de la cual deriva la posibilidad de casacioacuten de un dantildeo

POR SU DURACIOacuteN

15

Los delitos se dividen en instantaacuteneos instantaacuteneos con efectos

permanentes continuados y permanentes Nuestra ley penal reformada

(seguacuten Decreto publicado el 13 de enero de 1984) en su artiacuteculo 7ordm solo

alude a tres especies de delitos en funcioacuten de su duracioacuten instantaacuteneo

permanente o continuo y continuado

INSTANTAacuteNEO

La accioacuten que lo consuma se perfecciona en un solo momento El

caraacutecter de instantaacuteneo no se lo dan a un delito de efectos que eacutel causa

sino la naturaleza de la accioacuten a la que la ley acuerda el caraacutecter de con

sumatoria El delito instantaacuteneo puede realizarse mediante una accioacuten

compuesta de varios actos o movimientos Para la calificacioacuten se atiende

a la unidad de accioacuten si con ella se consuma el delito no importando

que a su vez esa accioacuten se descomponga en actividades el momento

consumativo expresado en la ley da la nota al delito instantaacuteneo Existe

una accioacuten y una lesioacuten juriacutedica El evento consumativo tiacutepico se produce

en un solo instante como el homicidio y el robo

Actualmente la fraccioacuten I del artiacuteculo 7ordm del Coacutedigo Penal lo define asiacute

instantaacuteneo cuando la consumacioacuten se agota en el mismo momento en

que se han realizado todos los elementos constitutivos

INSTANTAacuteNEO CON EFECTOS PERMANENTES

Es aquel cuya conducta destruye o disminuye el bien juriacutedico tutelado

en forma instantaacutenea en un solo momento pero permanecen las

consecuencias nocivas del mismo El homicidio por ejemplo se destruye

el bien juriacutedico de la vida y la supresioacuten del mismo consecuencia de la

conducta perdura para siempre en las lesiones el bien juriacutedico

protegido (la salud o la integridad corporal) disminuye

instantaacuteneamente como resultado de la actividad humana pero la

alteracioacuten en la salud permanece por un determinado tiempo

POR EL ELEMENTO INTERNO O CULPABILIDAD

16

Teniendo como base la culpabilidad los delitos se clasifican en dolosos y

culposos Algunos autores y legisladores agregan los llamados

preterintencionales De conformidad con el Coacutedigo Penal del Distrito

Federal las acciones y omisiones delictivas solamente pueden realizarse

dolosa o culposamente (artiacuteculo 8ordm)

El delito es doloso cuando se dirige la voluntad consciente a la

realizacioacuten del hecho tiacutepico y antijuriacutedico como en el robo en donde el

sujeto decide apoderarse y se apodera sin derecho del bien mueble

ajeno En la culpa no se requiere el resultado penalmente tipificado mas

surge por obrar sin las cautelas y precauciones exigidas por el Estado

para asegurar la vida en comuacuten como en el caso del manejador de un

vehiacuteculo que con manifiesta falta de precaucioacuten o cuidado corre a

excesiva velocidad y mata o lesiona a un transeuacutente

Es preterintencional cuando el resultado sobrepasa a la intencioacuten si el

agente proponieacutendose golpear a otro sujeto lo hace caer debido al

empleo de violencia y se produce la muerte solo hubo dolo respecto a

los golpes pero no se quiso el resultado letal

SIMPLES Y COMPLEJOS

En funcioacuten de su estructura o composicioacuten los delitos se clasifican en

simples y complejos Llaacutemense simples aquellos en los cuales la lesioacuten

juriacutedica es uacutenica como el homicidio De ellos la accioacuten determina una

lesioacuten juriacutedica inescindible Delitos complejos son aquellos en los cuales

la figura juriacutedica consta de unificacioacuten de dos infracciones cuya fusioacuten

da nacimiento a una figura delictiva nueva superior en gravedad a las

que la componen tomadas aisladamente No es lo mismo delito

complejo que concurso de delitos En el delito complejo la misma ley en

un tipo crea el compuesto como delito uacutenico pero en el tipo intervienen

dos o maacutes delitos que pueden figurar por separado en cambio en el

concurso las infracciones no existen como una sola sino

separadamente pero es un mismo sujeto quien las ejecuta17

El delito de robo puede revestir las dos formas es decir es dable

considerarlo como delito simple cuando consiste en mero

apoderamiento de bienes muebles ajenos sin derecho y sin

consentimiento de la persona autorizada para disponer de los mismos

con arreglo a la ley pero el Coacutedigo Penal vigente erige el artiacuteculo 381

bis una calificativa (agravadora de la penalidad del robo simple) para el

robo cometido en casa habitacioacuten formase asiacute un tipo circunstanciado

que subsume el robo y el allanamiento de morada delitos que poseen

vida independiente mas si el iliacutecito patrimonial de referencia se realiza

en lugares habitados o destinados para habitacioacuten no es dable aplicar

las penas de allanamiento de morada sino precisamente las

correspondientes a la figura compleja

DELITOS UNISUBSISTENTES Y PLURISUBSISTENTES

Por el nuacutemero de actos integrantes de la accioacuten tiacutepica los delitos se

denominan unisubsistentes y plurisubsistentes los primeros se forman

por un solo acto mientras los segundos constan de varios actos

Expresa Soler que el delito plurisubsistente a diferencia del complejo

cada uno de los actos integrantes de una solo figura no constituye a su

vez un delito autoacutenomo Asiacute sigue diciendo para imputar el ejercicio

ilegal de la medicina es preciso que la actividad imputada conste de

varios hechos homogeacuteneos pues para la existencia del delito es

requerida la habitualidad El delito plurisubsistente es el resultado de la

unificacioacuten de varios actos naturalmente separados bajo una sola

figura el complejo en cambio es el producto de la fusioacuten de dos hechos

en siacute mismos delictuosos El delito plurisubsistente es fusioacuten de actos el

complejo fusioacuten de figuras delictivas

DELITOS UNISUBJETIVOS Y PLURISUBJETIVOS

Esta clasificacioacuten atiende a la unidad o pluralidad de sujetos que

intervienen para ejecutar el hecho descrito en el tipo El peculado por

ejemplo es delito unisubjetivo por ser suficiente para colmar el tipo la 18

actuacioacuten de un solo sujeto que tenga el caraacutecter de encargado de un

servicio puacuteblico y soacutelo eacutel concurre con su conducta a conformar la

descripcioacuten de la ley pero es posible su realizacioacuten por dos o maacutes

tambieacuten son unisubjetivos el homicidio el robo la violacioacuten etc El

adulterio al contrario es un delito plurisubjetivo por requerir

necesariamente en virtud de la descripcioacuten tiacutepica la concurrencia de

dos sujetos para integrar el tipo (a menos que opere en favor de uno de

ellos por ejemplo una causa de inculpabilidad por error de hecho

esencial e insuperable) igualmente la asociacioacuten delictuosa en donde

se exige tiacutepicamente el concurso de tres o maacutes individuos

POR LA FORMA DE SU PERSECUCIOacuteN

Como una reminiscencia del periodo de la venganza privada existe en

las legislaciones un grupo de delitos que solo pueden perseguirse si asiacute

lo manifiesta el ofendido o sus legiacutetimos representantes Estos delitos

son llamados privados o de querella necesaria cuya persecucioacuten

uacutenicamente es posible si se llena el requisito previo de la querella de la

parte ofendida mas una vez formulada la querella la autoridad estaacute

obligada a perseguir La razoacuten por la cual se mantienen en las

legislaciones estos delitos perseguibles por querella de la parte

ofendida se basa en la consideracioacuten de que en ocasiones la

persecucioacuten oficiosa acarreariacutea mayores dantildeos que la misma impunidad

del delincuente

Los delitos perseguibles previa denuncia (conocidos como perseguibles

de oficio) que puede ser formulada por cualquier persona son todos

aquellos en los que la autoridad estaacute obligada a actuar por mandato

legal persiguiendo y castigando a los responsables con independencia

de la voluntad de los ofendidos Consecuentemente en los delitos

perseguibles por denuncia no surte efecto alguno el perdoacuten del

ofendido a la inversa de lo que ocurre en los de querella necesaria

19

La mayor parte de los delitos se persiguen de oficio y soacutelo un reducido

nuacutemero a peticioacuten de la parte agraviada Entre eacutestos pueden citarse el

adulterio el estupro el abuso de confianza y otros delitos patrimoniales

Actualmente se observa la tendencia a aumentar el nuacutemero de los

delitos perseguidos por querella y que antes requeriacutean denuncia

DELITOS COMUNES FEDERALES OFICIALES MILITARES Y

POLIacuteTICOS

Esta clasificacioacuten es en funcioacuten de la materia

Los delitos comunes constituyen la regla general son aquellos que se

formulan en las leyes dictadas por las legislaturas locales en cambio los

federales se establecen en leyes expedidas por el Congreso de la Unioacuten

Los delitos oficiales son los que comete un empleado o funcionario

puacuteblico en el ejercicio de sus funciones (mejor dicho en abuso de ellas)

Los delitos del orden militar afectan la disciplina del Ejeacutercito La

Constitucioacuten General de la Repuacuteblica en el artiacuteculo 13 prohiacutebe a los

tribunales militares extender su jurisdiccioacuten sobre personas ajenas al

Instituto Armado

Los delitos poliacuteticos no han sido definidos de manera satisfactoria

Generalmente se incluyen todos los hechos que lesionan la organizacioacuten

del Estado en siacute misma o en sus oacuterganos o representantes El articulo

144 reformado del Coacutedigo Penal vigente considera delitos de caraacutecter

poliacutetico los de rebelioacuten sedicioacuten motiacuten y el de conspiracioacuten para

cometerlos El anteproyecto de 1949 los define asiacute Para todos los

efectos legales se consideran como de caraacutecter poliacutetico los delitos contra

la seguridad del Estado

CLASIFICACION DEL DELITO SEGUacuteN

RICARDO ABARCA

20

Conducta

La accioacuten puede definirse como el movimiento corporal que al realizarla

provoca un cambio en el mundo exterior pero esta accioacuten puede verse

desde dos perspectivas la primera seriacutea como acto que es la realizacioacuten

del movimiento la segunda es la omisioacuten que es la ausencia del

movimiento corporal y eacutesta a su vez se subdivide en dos en la omisioacuten

simple que es la inactividad del actuar y en la comisioacuten por omisioacuten que

se lleva a cabo cuando debiendo actuar de una manera para evitar el

resultado no se lleva a cabo la accioacuten y se comete el delito Asiacute el acto y

la omisioacuten nos dan el resultado y la relacioacuten de causalidad y fungiriacutean

como elementos positivos del delito ahora bien la accioacuten pasa al plano

de elemento negativo del delito cuando existe una ausencia de la accioacuten

y es cuando eacutesta surge sin la voluntad del agente tal y como lo

establece el artiacuteculo 14 del coacutedigo penal del Estado de Guanajuato en su

primer paacuterrafo obra culposamente quien produce un resultado tiacutepico

que no previo siendo previsible que previoacute confiando en que no se

produciriacutea siempre que dicho resultado sea debido a la inobservancia

del cuidado que le incumbe seguacuten las condiciones y sus circunstancias

personales

TIPICA

La tipicidad es la congruencia existente entre la accioacuten y el tipo penal

descrito en el Coacutedigo Penal es decir que exista una adecuacioacuten entre

estos dos aspectos Este elemento por si solo puede entenderse como

un elemento positivo del delito es decir cuando la accioacuten que cometes

esta prevista en la ley como un tipo penal Pero de igual manera puede

fungir como un elemento negativo y puede ser por la atipicidad

propiamente dicha como estaacute establecido en el Coacutedigo Penal del Estado

de Guanajuato en su artiacuteculo 33 fraccioacuten II- Falte alguno de los

21

elementos del tipo penal de que se trate (el delito se excluye)o por la

ausencia de tipicidad es decir cuando la conducta realizada no se

encuentre regida por la normatividad penal y por lo tanto no pueda ser

considerada delictuosa asiacute como tampoco pueda ser sancionada

Antijuriacutedica

Esteacute elemento se refiere cuando la accioacuten ejecutada es contraria a

derecho es decir va en contra del orden juriacutedico establecido en la

sociedad y regulado por el Estado ya que eacuteste a traveacutes de las normas de

cultura ordena y prohiacutebe ciertas acciones correspondiendo a sus

intereses valorativos y soacutelo cuando el Estado las privilegia con su tutela

al reconocerlas en la ley adquieren el rango de juriacutedicas

Asiacute podemos hablar de dos tipos de antijuridicidad la formal y la

material refirieacutendose la primera a la infraccioacuten de una norma que el

Estado la tiene en su cataacutelogo del orden juriacutedico y la segunda se refiere

cuando la accioacuten cometida lesiona o puede lesionar alguacuten bien juriacutedico

que como dije anteriormente eacutestos se encuentran bajo tutela del

derecho penal y siendo eacuteste puacuteblico al Estado le interesa mantener los

bienes juriacutedicos bajo su proteccioacuten

La antijuridicidad puede ser un elemento negativo del delito soacutelo en los

casos en los que exista alguacuten supuesto de exclusioacuten del delito sentildealados

en el artiacuteculo 33 del coacutedigo Penal del Estado Guanajuato

Dentro de los cuales encontramos por ejemplo la legitima defensa el

estado de necesidad caso fortuito cumplimiento de un deber o por

consentimiento de la viacutectima

Culpable

22

La culpabilidad puede variar en este concepto nos encontramos con dos

divisiones el dolo y la culpa

Se tiene presencia del dolo cuando la accioacuten cometida por el sujeto

activo es plena de conciencia y su plan criminal estaacute ideado plenamente

a causar la lesioacuten al bien juriacutedico es decir la plena manifestacioacuten de la

voluntad El dolo puede ser de tres maneras distintas directo cuando el

resultado es congruente con el fin propuesto del sujeto activo indirecto

cuando el sujeto activo se propone el fin delictivo y sabe con certeza

que causara otros fines el eventual que es cuando se preveacuten posibles

resultados que no se quieren

La culpa es cuando se comete el delito pero la voluntad del sujeto activo

es inexistente y puede a su vez dividirse en dos con representacioacuten

que se refiere o se da cuando el sujeto activo preveacute como posible alguacuten

resultado antijuriacutedico pero espera que no suceda sin representacioacuten se

da cuando el sujeto no preveacute el resultado por negligencia o falta de

cuidado

Tambieacuten existe la preterintencionalidad que consiste en la combinacioacuten

de las dos formas anteriores de culpabilidad es decir cuando la

conducta inicio de manera culposa y culmino de manera dolosa eacutesta

uacuteltima entra como elemento positivo del delito

La manera de que la culpabilidad sea elemento negativo del delito es en

los casos siguientes existencia de error ya sea de hecho o de derecho

eximentes putativas obediencia jeraacuterquica violencia moral estado de

necesidad exigibilidad de otra conducta

Esto es porque la culpabilidad estaacute fundada en hacer el juicio de

reproche al autor de la accioacuten antijuriacutedica tiacutepica pero por encontrarse en

una situacioacuten especial de desconocimiento de que la accioacuten realizada es

un delito provoca que eacutesta se convierta en inculpabilidad y por

consecuente inimputable

23

Punible

La punibilidad puede verse como una consecuencia que trae la comisioacuten

de un delito es decir si un sujeto actuacutea de manera iliacutecita y altera el

orden juriacutedico le sobrevendraacute una sancioacuten La punibilidad es entonces la

consecuencia juriacutedica que viene a la accioacuten punible El legislador ademaacutes

de procurar el orden juriacutedico estableciendo castigos a quienes violan

eacuteste hace depender la imposicioacuten de la pena de factores y

circunstancias externas e independientes del acto punible

Existen en nuestro sistema penal dos clases de sanciones las penas y

las medidas de seguridad Siendo las primeras de caraacutecter ejemplar y

las segundas de caraacutecter psicoloacutegico pero ambas coinciden en la

rehabilitacioacuten que procuran hacia el sujeto infractor

Se tiene claramente la distincioacuten en su clasificacioacuten que es la siguiente

las penas pueden variar como por ejemplo pena de muerte privacioacuten

de la libertad restriccioacuten de la libertad privacioacuten de derechos

restriccioacuten de derechos reparacioacuten del dantildeo Y las medidas de seguridad

pueden ser curativas eliminatorias o educativas

Las penas en nuestro Estado se encuentran reguladas por el Coacutedigo

Penal en su artiacuteculo 38 y las medidas de seguridad en el artiacuteculo 89

La manera de que la punibilidad entre como un elemento negativo del

delito es con las excusas absolutorias que son causas personales que se

encuentran legalmente previstas que aunque no eliminan el caraacutecter

delictivo de la accioacuten que cometioacute siacute excluyen la pena pues para el

Estado no es necesario establecer pena alguna contra tales hechos ya

que dichas circunstancias revelan una miacutenima peligrosidad

IMPUTABLE

Como lo hemos venido diciendo al sujeto activo se le hace un juicio de

24

reproche por desviarse del buen camino y es por eso que como uacuteltimo

elemento del delito encontramos la imputabilidad que puede

entenderse como la capacidad del sujeto de querer y entender la accioacuten

que realizo por lo que en este elemento entra en un gran campo la

conciencia o inconsciencia del sujeto

Retomando nuevamente lo que deciacutea en un inicio el derecho penal

mexicano estaacute bajo la influencia de la escuela finalista y por tanto se

considera que el sujeto tiene un libre albedriacuteo acerca de su actuar y

puede medir de manera plena las consecuencias juriacutedicas

Por tanto se tienen causas de inimputabilidad hacia el sujeto activo en

casos especiales como la minoriacutea de edad la enajenacioacuten o los estados

de inconsciencia ya que no se puede hablar de un reproche al sujeto si

eacuteste no actuoacute de manera consiente El primero es por la falta de

desarrollo mental del sujeto el segundo cuando la enfermedad de la

mente o el estado de inconsciencia privan de la consciencia de cometer

un delito o de obrar conforme a Derecho Y el tercero por el empleo de

sustancias toacutexicas embriagantes o estupefacientes por toxico

infecciones o por trastornos mentales Asiacute como lo establece el artiacuteculo

33 del Coacutedigo penal del Estado de Guanajuato en su primer paacuterrafo de la

fraccioacuten VII- Al momento de realizar el hecho tiacutepico y por causa de

enfermedad mental que perturbe gravemente su conciencia de

desarrollo psiacutequico incompleto o retardado o de grave perturbacioacuten de la

conciencia sin base patoloacutegica el agente no tenga la capacidad de

comprender el caraacutecter iliacutecito de aquel o de conducirse de acuerdo con

esa comprensioacuten

Ya que la imputabilidad es la base psicoloacutegica de la culpabilidad soacutelo el

sujeto que es capaz de querer y entender y solo asiacute puede ser

responsable

Eacutestos seriacutean los casos en los que el elemento de la imputabilidad

entrariacutea como elemento negativo del delito

25

CLASIFICACION DEL DELITO SEGUacuteN

CELESTINO PORTE PETIT

CLASIFICACION DEL DELITO

De acuerdo con el Coacutedigo Penal del Estado de Meacutexico en su capiacutetulo II

en el

Artiacuteculo 8- Establece que los delitos pueden ser

I Dolosos

El delito es doloso cuando se obra conociendo los elementos del tipo

penal o previendo como posible el resultado tiacutepico queriendo o

aceptando la realizacioacuten del hecho descrito por la ley

II Culposos

El delito es culposo cuando se produce un resultado tiacutepico que no se

previoacute siendo previsible o confiando en que no se produciriacutea en virtud

de la violacioacuten a un deber de cuidado que debiacutea y podiacutea observarse

seguacuten las circunstancias y condiciones personales

III Instantaacuteneos

Es instantaacuteneo cuando la consumacioacuten se agota en el mismo momento

en que se han realizado todos sus elementos constitutivos

IV Permanentes

Es permanente cuando la consumacioacuten se prolonga en el tiempo

V Continuados

26

Es continuado cuando existe unidad de propoacutesito delictivo pluralidad de

conductas e identidad de sujeto pasivo y se viola el mismo precepto

legal

Son delitos de accioacuten los que se cometen por medio de una conducta

positiva es decir un hacer Los delitos por omisioacuten se ejecutan por

medio de un comportamiento negativo un no hacer determinada

obligacioacuten o no ejecutar una accioacuten Ademaacutes existen delitos que por su

iacutendole estructural exigen para su existencia la incidencia de una accioacuten

y luego una omisioacuten o viceversa

Los delitos que no necesitan resultado material ya que la sola conducta

del sujeto los realiza son los que se perfeccionan con el cumplimiento

de determinada accioacuten u omisioacuten cuya consecuencia es la no-

observacioacuten de una obligacioacuten o de un deber pero cuyo resultado no se

manifiesta en el mundo fiacutesico con un hecho de momento perceptible

En tanto que los delitos de resultado son los que para su consumacioacuten

exigen ademaacutes de la conducta del sujeto activo que se produzca

determinado efecto distinto de la omisioacuten o de la accioacuten el resultado en

estos delitos se observa fiacutesicamente en el mundo real Los delitos se

clasifican de esta manera porque se atiende a la estructura exterior de

ellos

Los delitos de dantildeo requieren para su perfeccionamiento juriacutedico que el

bien tutelado juriacutedicamente protegido sea destruido o disminuido en

tanto en los delitos de peligro basta que el bien juriacutedico sea amenazado

al realizarse la conducta criminosa accioacuten u omisioacuten con la acusacioacuten

de un dantildeo o peligro inminente determinado y grave

Son delitos instantaacuteneos aquellos que con la sola realizacioacuten de la

conducta accioacuten u omisioacuten por el sujeto activo quedan realizados o

tipificados sin que se requiera accioacuten posterior para su continuidad o

vigencia Los delitos permanentes son los que se caracterizan porque el

hecho que los constituye o realiza da lugar a una situacioacuten dantildeosa o de 27

peligro que se prolonga en el tiempo a causa de la continuidad del

comportamiento del sujeto Para la existencia de estos delitos es

necesario que el estado dantildeoso o de peligro provenga de la conducta

del sujeto activo de manera continua es decir que no se agote en un

solo instante sino que prosiga durante determinado tiempo y que la

proacuterroga de la situacioacuten antijuriacutedica se deba a la exclusiva conducta

voluntaria del sujeto que prosigue con ella ininterrumpidamente

despueacutes de la -- realizacioacuten del hecho que constituye el delito

En este mismo orden de ideas atendiendo a la duracioacuten de las

consecuencias del delito eacutestas son permanentes es decir hay delitos

instantaacuteneos y delitos permanentes en cuanto a los actos de se

realizacioacuten con efectos permanentes cuya caracteriacutestica es la duracioacuten

de las consecuencias del delito

Ahora bien dentro de las especies del delito que por ser varias

conforme a los fines que se persigan para su tipificacioacuten o conforme al

bien juriacutedico que tutela la ley entre otros aspectos como la que se ha

realizado al principio de este acaacutepite tenemos ahora

Conforme a su gravedad tenemos delitos y faltas habraacute delito siempre

que se realice la conducta prevista y sancionada por la ley penal o en

alguna otra ley especial en tanto que la falta no obstante ser una

conducta contraria a la ley y sancionada por esta misma la sancioacuten la

aplica una autoridad u oacutergano diferente al Poder Judicial o Tribunal

generalmente una autoridad de iacutendole administrativa

Seguacuten la intencioacuten con que se comete o realiza la accioacuten que da origen

al delito tenemos delitos con intencioacuten o dolosos culposos o contra la

intencioacuten y los que son cometidos maacutes allaacute de la intencioacuten o

preterintencionales

Si se ha deseado realizar la accioacuten u omisioacuten para la comisioacuten del delito

y previsto el resultado del mismo se estaacute ante un delito doloso En

28

tanto que siacute de deseaba realizar la accioacuten u omisioacuten pero no el

resultado del delito se trata de un delito culposo Y cuando se ha

deseado realizar la accioacuten u omisioacuten y no el resultado como

consecuencia en su integridad sino un efecto menos grave se trata de

un delito preterintencional

Los delitos tipo o tambieacuten simples o netos son los que se presentan en

su puro modelo legal sin maacutes caracteriacutesticas que sus elementos

esenciales y los delitos circunstanciados son los que ademaacutes de contar

con los elementos esenciales se presentan acompantildeados de

circunstancias o accidentes a sus elementos

Por su efecto los delitos se consideran simples y complejos formales y

materiales de lesioacuten y de peligro Son simples o uniacute subsistentes en el

que coincide el momento ejecutivo y el momento consumativo se

realizan ambos en un soacutelo acto o momento Los complejos o

plurisubsistentes son aquellos cuya accioacuten ejecutiva consta de varios

actos en que puede integrarse El delito material es el que se consuma

al momento de verificarse el resultado material de eacutese en tanto que el

delito formal se perfecciona con una simple accioacuten u omisioacuten haciendo

abstraccioacuten de la verificacioacuten del resultado Los delitos de lesioacuten o dantildeo

y de peligro ya han sido tratados en paacuterrafos precedentes

Seguacuten el objeto o finque persiguen la perturbacioacuten dantildeo disminucioacuten o

destruccioacuten del bien juriacutedicamente protegido son delitos contra la cosa

puacuteblica o el Estado mismo o sus Instituciones y delitos contra las

personas privadas delitos poliacuteticos y no poliacuteticos

Seguacuten los sujetos que los realizan los delitos individuales y colectivos

comunes y especiales seguacuten la ley que los contenga y ocasionales y

habituales seguacuten la constancia con que delinque el sujeto que los

realiza

29

Seguacuten los requisitos para la procedibilidad o persecucioacuten de los delitos

conforme al bien juriacutedico protegido que afecta de acuerdo a la

naturaleza del dantildeo afectacioacuten del bien los delitos son de accioacuten puacuteblica

(denuncia) o de accioacuten privada (querella)

Para el desarrollo de este acaacutepite se tomaraacuten en cuenta las

disposiciones legales que se contienen en el Coacutedigo de Penal para el

Distrito Federal en Materia de Fuero Comuacuten y para toda la Repuacuteblica en

Materia de Fuero Federal el Coacutedigo de Procedimientos Penales para el

Distrito Federal el Coacutedigo Federal de Procedimientos Penales el Coacutedigo

Penal para el Estado de Meacutexico y el Coacutedigo de Procedimientos Penales

para el Estado de Meacutexico Por lo que las clasificaciones de los delitos

que ahora se presentaraacuten seraacute desde el punto de vista legal es decir

atendiendo a lo dispuesto en los ordenamientos legales vigentes de

iacutendole penal sustantiva y adjetiva seguacuten se trate

CLASIFICACION DEL DELITOP SEGUacuteN

EDUARDO LOacutePEZ BENTANCOURT

Por su Composicioacuten

Normales son aquellos en los que el tipo estaraacute conformado de

elementos objetivos

Anormales son los tipos penales que ademaacutes de contener

elementos objetivos tambieacuten se conforman con elementos

subjetivos o normativos

Por su Ordenacioacuten Metodoloacutegica

Fundamentales son los tipos con plena independencia

formados con una conducta iliacutecita sobre un bien juriacutedicamente

tutelado

30

Especiales son los tipos que contienen en su descripcioacuten alguacuten

tipo de caracteriacutestica

Complementados son aquellos que requieren de la realizacioacuten

previa de un tipo baacutesico no tienen autonomiacutea

Por su Autonomiacutea o Independencia

Autoacutenomos son los tipos penales con vida propia no necesitan

de la realizacioacuten de alguacuten otro

Subordinados Requieren de la existencia de alguacuten otro tipo

Por su Formulacioacuten

Casuiacutesticos el legislador plantea varias formas de realizacioacuten del

delito subdividieacutendose en

Alternativos son aquellos donde se plantean dos o maacutes hipoacutetesis

y se precisa de la ejecucioacuten de solo una de ellas para la tipificacioacuten

de la conducta iliacutecita

Acumulativos se exige la realizacioacuten o concurso de todas las

hipoacutetesis que el legislador ha plasmado en el tipo penal para la

adecuacioacuten de la conducta al mismo

Amplios contiene en su descripcioacuten una hipoacutetesis uacutenica en donde

caben todos los modos de ejecucioacuten se colma el tipo penal con la

lesioacuten causada al bien juriacutedicamente tutelado

Por el Dantildeo que Causan

De Lesioacuten requieren de un dantildeo inminente al bien juriacutedico

tutelado

De Peligro basta con el simple riesgo en que se pone al bien

juriacutedicamente tutelado

31

  • CLASIFICACION DEL DELITO
Page 4: Clasificación del delito

Por Las Consecuencias De La Accioacuten formal

material

Delito formal (o de simple actividad) Es aquel en que la ley no exige

para considerarlo consumado los resultados buscados por el agente

basta el cumplimiento de hechos conducentes a esos resultados y el

peligro de que estos se produzcan o basta tambieacuten la sola

manifestacioacuten de la voluntad

Por ejemplo los delitos de falsificacioacuten (CP 198 - 200) de

envenenamiento(CP 216) la traicioacuten(CP 109) calumnia(CP 283) el

falso testimonio(CP 169) en los cuales basta para configurarlos la

posesioacuten de maacutequinas para la falsificacioacuten el suministro del veneno la

preparacioacuten de actos dirigidos al sometimiento de la Nacioacuten a una

potencia extranjera la manifestacioacuten de la voluntad imputando un delito

a otro o la sola juramentacioacuten en falso sin que sea necesaria la

produccioacuten de un resultado

En los delitos formales jamaacutes se da la Tentativa este soacutelo se da en los

delitos materiales

Delito material (o de resultado) es el que se consuma mediante la

produccioacuten de un dantildeo efectivo que el delincuente se propone El acto

produce un resultado Ej el asesinato (CP 252) el resultado de la accioacuten

es la muerte de una persona En el robo (CP 331) el resultado es la

aprehensioacuten de la cosa

Por La Calidad Del Sujeto impropio propio

Delito Impropio es el realizado por cualquier persona En el CP

empiezan con las frases Toda persona que El que Los que se

alzaren

4

Delito propio es aquel cometido por personas que reuacutenen ciertas

condiciones relacionadas con el cargo puacuteblico oficio o profesioacuten En el

CP empiezan ldquoEL

Oficial de Registro Civil que autorizarerdquo (CP 242) El meacutedico que

diere certificado falso(CP 201) La madre que diere muerte a su

hijo(CP 258)

Por La Forma Procesal de accioacuten privada de

accioacuten puacuteblica a instancia de parte de accioacuten

puacuteblica

Delito de accioacuten privada Se enjuicia y se persigue soacutelo a querella de

parte ofendida por ejemplo giro de cheque en descubierto despojo

(CPP 20) los delitos contra el honor (difamacioacuten e injuria CP 282 -

290)

Delito de Accioacuten Puacuteblica a Instancia de parte Aquel en que el

Fiscal puede perseguir soacutelo a pedido de la parte damnificada u ofendida

(CPP 17)

Ej Abandono de familia de mujer embarazadahellipproxenetismo (CPP

19)

Delito de accioacuten puacuteblica Puede demandar quienquiera incluso el

Ministerio

Puacuteblico de oficio Los delitos que no estaacuten en el Art 19 y 20 del CPP son

de accioacuten puacuteblica Ej El homicidio (CP 251)

Por Las Formas De Culpabilidad doloso culposo (CP 14 15)

Delito doloso Ejecucioacuten de un acto tiacutepicamente antijuriacutedico con

conocimiento y voluntad de la realizacioacuten el resultado No exige un

5

saber juriacutedico basta que sepa que su conducta es contraria al Derecho

peor auacuten basta la intensioacuten de cometer el hecho delictivo

El coacutedigo penal sin reformas deciacutea un delito es doloso cuando el hecho

cometido es querido previsto y ratificado por el agente o cuando es

consecuencia necesaria de su accioacuten(CP 14) El coacutedigo penal

reformado (Ley 1768 de 10 de marzo de 1997) reemplaza la definicioacuten

de dolo y se corrigen los defectos estructurales e insuficiencias de la

formulacioacuten anterior como es el caso de la expresioacuten o cuando es

consecuencia necesaria de su accioacuten la que trastorna toda la

sistemaacutetica de la teoriacutea del delito en razoacuten de que la consecuencia

necesaria objetiva puede responder tanto a conductas dolosas como

culposas Actuacutea dolosamente el que realiza un hecho previsto en un

tipo penal con conocimiento y voluntad Para ello es suficiente que el

autor considere seriamente posible su realizacioacuten y acepte esta

posibilidad (CP 14)

Delito culposo Un delito es Culposo cuando quien no observa el

cuidado a que estaacute obligado conforme a las circunstancias y sus

condiciones personales y por ello no toma conciencia de que realiza un

tipo penal y si lo toma lo realiza en la confianza de que lo evitaraacute(CP

15) El delito es culposo cuando el resultado aunque haya sido previsto

no ha sido querido por el agente pero sobreviene por imprudencia

negligencia o inobservancia de las leyes reglamentos oacuterdenes etc Ej

Fumar en surtidor de gasolina o exceso de velocidad que causan un

accidente

En el delito doloso existe intensioacuten en el delito culposo existe

negligencia En los delitos dolosos para consumar la figura delictual es

necesaria la intensioacuten de producir un resultado dantildeoso en los delitos

culposos basta con que ese resultado haya sido previsto o al menos

que haya debido preverse

6

Un delito doloso se reconoce en el CP por la palabra inserta a

sabiendas como en la acusacioacuten y denuncia que dice El que a

sabiendas acusare a persona que no cometioacute(CP 166) o en la

receptacioacuten que dice El que a sabiendas comprare cosas

robadas(CP 172)

Por La Relacioacuten Psiacutequica Entre Sujeto Y Su Acto

preterintencional o ultraintensional

Delito Preterintencional (O ultraintensional) Es aquella en que

se desea cometer un delito pero resulta otro maacutes grave Ej Cuando

soacutelo se lo quiere lesionar pero lo mata La sancioacuten sigue la Teoriacutea de la

Responsabilidad Objetiva o sea son calificados por el resultado por el

evento ocurrido que no estaba en la intensioacuten del agente

Por El Nuacutemero De Personas individual colectivo

Delitos Individuales Son los realizados por una sola persona ej La

violacioacuten el prevaricato

Delitos Colectivos Son los realizados por 2 o maacutes personas ej

Sedicioacuten conspiracioacuten (CP 123 126)

Por El Bien Vulnerado simple complejo conexo

Delito Simple Violan un solo bien o intereacutes juriacutedicamente protegido

ej El homicidio viola el derecho a la vida

Delito Complejo Violacioacuten de varios bienes o intereses protegidos Ej

Rapto seguido de violacioacuten Es casi igual al Concurso Real De Delitos

7

Delito Conexo Las acciones estaacuten vinculadas de tal manera que unos

resultados dependen de unas acciones y otros resultados de otras

acciones Ej

Los delincuentes se ponen de acuerdo antes luego cometen delitos en

diferentes tiempos y lugares

Por La Unidad Del Acto Y Pluralidad Del

Resultado concurso ideal concurso real

Concurso Ideal de Delitos (Delito Compuesto) Con una sola

accioacuten se violan varios bienes juriacutedicos (CP 44) Ej una accioacuten como

una patada puede causar dos delitos lesiones y atentado Golpear a una

mujer embarazada produce delitos como lesiones y aborto Se sanciona

con pena del delito maacutes grave se puede aumentar hasta un maacuteximo de

una cuarta parte del delito maacutes grave

Concurso Real de Delitos (CP 45) Dos o maacutes acciones u

omisiones dan a lugar a dos o maacutes delitos Ej Explosioacuten de automoacutevil

con bomba en centro comercial Las acciones que generaron pueden

ser apoderamiento de un automoacutevil instalacioacuten de la bomba Los

delitos son robo de automoacutevil y terrorismo Se sanciona con pena del

delito maacutes grave se puede aumentar el maacuteximo hasta una mitad

Ambas se caracterizan porque las disposiciones a aplicarse no se

excluyen

Por La Naturaleza Intriacutenseca comuacuten poliacutetico

social contra la humanidad

Delito comuacuten Lesiona los intereses tutelados de los particulares ej

la vida el patrimonio la libertad

8

Delito poliacutetico Criterios Objetivo El delito poliacutetico es aquel que

lesiona la organizacioacuten poliacutetica y social del estado Criterio subjetivo Es

aqueacutel que lesiona la organizacioacuten poliacutetica y social con voluntad altruista

y de sacrificio

Criterio mixto El delito poliacutetico es aqueacutel inspirado con fines generosos

atenta contra la seguridad externa e interna de un Estado persiguiendo

mantener el orden establecido o cambiarlo a formas maacutes superiores

Diferencias El DC lesiona intereses particulares el DP afecta el intereacutes

colectivo traducido en la seguridad y estabilidad del Estado el autor de

un DC puede ser indultado conmutada su pena o extraditado el autor

de un DP puede ser amnistiado pero nunca extraditado los DC ligados a

delitos poliacuteticos son tratados como si fueran DP

Delito social Aquel que va contra el reacutegimen econoacutemico y social Ej

sabotaje (CP 232) Delitos contra la Humanidad Son los que atentan

contra los derechos esenciales de la persona humana Ej vida

nacionalidad religioacuten opinioacuten etc

La Convencioacuten Internacional sobre el Genocidio de 1948

cataloga como Delitos contra la Humanidad a los siguientes

1048707 El homicidio de grupo

1048707 El exterminio (Acabar del todo con la fuerza)

1048707 La deportacioacuten en tiempo de paz

1048707 El genocidio

1048707 La reduccioacuten a la servidumbre

1048707 La persecucioacuten poliacutetica o religiosa

Los delitos contra la humanidad se caracterizan por (a) Son cometidos

debido a raza nacionalidad o discrepancia poliacutetica y (b) Seacute atento

contra la poblacioacuten civil inclusive contra la propia poblacioacuten en los

golpes de Estado

9

CLASIFICACION DEL DELITO SEGUacuteN Jimeacutenez

ANZUALos autores siempre han tratado de establecer ciertas diferencias en las

infracciones penales cada uno trata o a tratado de poner su grano de

arena en lo que a clasificacioacuten del delito se trata

Seguacuten JIMEacuteNEZ ANZUA

1- ldquoPor la extensioacuten de la Ley en que se encuentran castigadosrdquo

Comunes Aquellos delitos que infringen que significan una violacioacuten

de deberes comunes a todos los miembros de la sociedad

Especiales aquellos delitos que implican una violacioacuten de deberes

especiales que se imponen a determinadas personas en razoacuten de su

funcioacuten o estado

2- ldquoCriterio que toma en cuenta el momento en que se comete el delitordquo

Flagrantes El delito es flagrante en el momento en que se comete

despueacutes deja de serlo Antiguamente se castigaba maacutes duramente que

los demaacutes

No Flagrantes Cuando el delito se ha cometido o sea cuando ya pasoacute

el momento de flagrancia

3- ldquoCriterio que toma en cuenta la persecucioacuten del delitordquo

Delitos Puacuteblicos Son aquellos que son perseguidos de oficio es decir

el Juez tiene la obligacioacuten mutua propia de iniciar el procedimiento

Delitos Privados Son aquellos delitos que soacutelo pueden perseguirse a

instancia de parte

Su fundamento lo encontramos en una delegacioacuten que el Estado hace a

la viacutectima o sus representantes legales de perseguir el delito

especialmente en aquellos contrarios al honor y la honestidad cuya

publicidad dantildeariacutea considerablemente a la viacutectima Deja pues a eacutesta la

10

determinacioacuten de perseguirlos o no tratando con lo anterior de no caer

en un mal mayor

4- ldquoCriterio que toma en cuenta el resultadordquo

Delitos Formales Es el que juriacutedicamente se consuma por el hecho de

la accioacuten u omisioacuten sin dejar resultado externo

Delitos Materiales El que al consumarse produce el resultado

antijuriacutedico que se proponiacutea el culpable

5- ldquoCriterio que toma en cuenta la duracioacuten del delitordquo

Delitos instantaacuteneos Aquellos en que la violacioacuten juriacutedica realizada en

la consumacioacuten se extingue con esta

Delitos permanentes Aquellos en los cuales la violacioacuten juriacutedica

continuacutea auacuten despueacutes de consumados

6- ldquoEn relacioacuten a la cantidad de bienes juriacutedicos violadosrdquo

Delitos simples Son aquellos que violan un solo bien juriacutedico o un solo

intereacutes

Juriacutedicamente protegidos

Delitos Complejos Son aquellos constituidos por la infraccioacuten de

varios o diversos bienes juriacutedicos a traveacutes de hechos diferentes cada

uno de los cuales constituye un delito

7- ldquoCriterio que toma en cuenta la actividad o inactividad del culpablerdquo

Delitos de accioacuten Son aqueacutellos que consisten en un acto material y

positivo ya sea de dantildeo o peligro que contienen infraccioacuten de ley

Delitos de Omisioacuten Consisten en la inaccioacuten o abstencioacuten cuando la

ley impone la ejecucioacuten de un hecho determinado

8- ldquoCriterio que toma en cuenta la posibilidad o no de produccioacuten del

resultadordquo

Delito de dantildeo Aqueacutel que causa un (repitiendo) dantildeo directo con los

bienes juriacutedicos o intereses

Delito de peligro Aqueacutel que no causa un dantildeo efectivo en los bienes

juriacutedicos pero crean una situacioacuten de posibilidad de la produccioacuten maacutes o

menos proacutexima

11

Esta clasificacioacuten aparece con Binding quien les llama delitos de lesioacuten

y de peligro Al respecto Manzini dice que el libro nunca es una realidad

sino que un juicio loacutegico una mera previsioacuten fundada de lo que podriacutea

suceder en el provenir Exterior con voluntad de realizar la accioacuten y con

representacioacuten del resultado que se quiere o ratifica

Delito culposo Son aquellos en los cuales se produce el resultado

antijuriacutedico por falta del deber de atencioacuten o previsioacuten no soacutelo cuando

ha faltado al autor la representacioacuten del resultado que sobre vendraacute (o

de la consecuencia del no hacer) sino cuando la esperanza de que no

sobrevenga ha sido fundamento decisivo de las actividades del autor (o

de sus omisiones) que se producen sin querer el resultado antijuriacutedico (o

lo injusto de la inaccioacuten) y sin ratificarlo

Delitos Preterintencionales Son aqueacutellos en los cuales el resultado

material es mayor que el que el agente se propuso causar Delitos

Dolosos y Delitos Culposos podriacuteamos agregar tambieacuten los delitos

preterintencionales aunque la preterintencionalidad ya conlleva un dolo

inicial pues el agente se proponiacutea causar un dantildeo y el resultado supera

a esa intencioacuten dolosa inicial que teniacutea el culpable

10- ldquoCriterio que toma en cuenta la gravedad del delitordquo

Aquiacute tenemos dos clasificaciones

a) Una Tripartita-que los divide en Criacutemenes delitos faltas o

contravenciones Conceptos criacutemenesmdashLos que lesionan los Derechos

Naturales como la vida y la libertad Delitosmdashque violan solamente los

derechos creados por el contrato social como la propiedad faltas o

contravenciones- - que infringiacutean disposiciones y reglamentos de policiacutea

b) La bipartita que los divide en delitos

La clasificacioacuten Tripartita tiene su origen en el siglo XVII fue muy

defendida por los juristas Sapones quienes en decir de Cuello Caloacuten

dividiacutean las infracciones en ATROCISMO ATROCIORA Y LEVIA y en decir

de Antoacuten Oneca en LEVIA ATROCIA Y ATROCISIMA Su verdadero

fundamento se encuentra en la literatura penal del periacuteodo filosoacutefico

12

CLASIFICACION DEL DELITO SEGUacuteN CUELLO

CALOacuteNEN FUNCIOacuteN DE SU GRAVEDAD

Tomando en cuenta la gravedad de las infracciones penales se han

hecho varias clasificaciones Seguacuten una divisioacuten bipartita se distingue los

delitos de las faltas la clasificacioacuten tripartita habla de criacutemenes delitos

y faltas o contravenciones En esta divisioacuten se considera criacutemenes los

atentados contra la vida y los derechos naturales del hombre delitos

las conductas contrarias a los derechos nacidos del contrato social

como el derecho de propiedad por faltas o contravenciones las

infracciones a los reglamentos de policiacutea y buen gobierno

En Meacutexico carecen de importancia estas distinciones porque los Coacutedigos

Penales soacutelo se ocupan de los delitos en general en donde se subsumen

tambieacuten los que otras legislaciones se denominan criacutemenes la represioacuten

de las faltas se abandona a disposiciones administrativas aplicadas por

autoridades de ese caraacutecter

SEGUacuteN LA FORMA DE LA CONDUCTA DEL AGENTE

Por la conducta del agente o como dicen algunos autores seguacuten la

manifestacioacuten de la voluntad los delitos pueden ser de accioacuten y de

omisioacuten

Los de accioacuten se cometen mediante un comportamiento positivo en

ellos se viola una ley prohibitiva Eusebio Goacutemez afirma que son

aquellos en que las condiciones de donde deriva su resultado reconocen

como causa determinante un hecho positivo del sujeto En los delitos de

omisioacuten el objeto prohibido es una abstencioacuten del agente consisten en

la no ejecucioacuten de algo ordenado por la ley Para el mismo Eusebio

Goacutemez en los delitos de omisioacuten las condiciones de que deriva su

resultado reconocen como causa determinante la falta de observancia

13

por parte del sujeto de un precepto obligatorio Debe agregarse que los

delitos de omisioacuten violan una ley dispositiva en tanto los de accioacuten

infringen una prohibitiva

Los delitos de omisioacuten suelen dividirse en delitos de simple omisioacuten y de

comisioacuten por omisioacuten tambieacuten llamados delitos de omisioacuten impropia

Los delitos de simple omisioacuten o de omisioacuten propiamente dicho

consisten en la falta de una actividad juriacutedicamente ordenada con

independencia del resultado material que produzcan es decir se

sancionan por la omisioacuten misma tal es el caso que se impone a todos la

obligacioacuten positiva de auxiliar a las autoridades para la averiguacioacuten de

los delitos y para la persecucioacuten de los delincuentes

Los delitos de comisioacuten por omisioacuten o impropios delitos de omisioacuten son

aquellos en los que el agente decide no actuar y por esa inaccioacuten se

produce el resultado material Para Cuello Caloacuten consisten los falsos

delitos de omisioacuten en la aparicioacuten de un resultado delictivo de caraacutecter

positivo por inactividad formula que se concretiza en la produccioacuten de

un cambio en el mundo exterior mediante la omisioacuten de algo que el

derecho ordenaba hacer

Como ejemplo del delito de comisioacuten por omisioacuten se cita el de la madre

que con deliberado propoacutesito de dar muerte a su hijo recieacuten nacido no

lo amamanta producieacutendose el resultado letal La madre no ejecuta acto

alguno antes bien deja de realizar lo debido

En los delitos de simple omisioacuten hay una violacioacuten juriacutedica y un

resultado puramente formal mientras en los de comisioacuten por omisioacuten

ademaacutes de la violacioacuten juriacutedica se produce un resultado material En los

primeros se viola una ley dispositiva en los de comisioacuten por omisioacuten se

infringe una dispositiva y una prohibitiva

POR EL RESULTADO

14

Seguacuten el resultado que producen los delitos se clasifican en formales y

materiales A los primeros tambieacuten se les denomina delitos de simple

actividad o de accioacuten a los segundos se les llama delitos de resultado o

de resultado material

Los delitos formales son aquellos en los que se agota el tipo penal en el

movimiento corporal o en la omisioacuten del agente no siendo necesaria

para su integracioacuten que se produzca alguna alteracioacuten en la estructura o

funcionamiento del objeto material Son delitos de mera conducta se

sanciona la accioacuten (u omisioacuten) en siacute misma Como estaacuten el delito formal

con el falso testimonio la portacioacuten de arma prohibida y la portacioacuten

iliacutecita de enervantes

Los delitos materiales son aquellos en los cuales para su integracioacuten se

requiere la destruccioacuten o alteracioacuten de la estructura o del

funcionamiento del objeto material (homicidio dantildeo en propiedad

ajena)

POR LA LESIOacuteN QUE CAUSAN

Con relacioacuten al efecto resentido por la viacutectima o sea en razoacuten del bien

juriacutedico los delitos se dividen en delitos de dantildeo y de peligro Los

primeros consumados causan dantildeo directo y efectivo en intereses

juriacutedicamente protegidos por la pena violada como el homicidio el

fraude etc los segundos no causan dantildeo directo a tales intereses pero

los ponen en peligro como el abandono de personas o la omisioacuten de

auxilio El peligro es la situacioacuten en que se colocan los bienes juriacutedicos

de la cual deriva la posibilidad de casacioacuten de un dantildeo

POR SU DURACIOacuteN

15

Los delitos se dividen en instantaacuteneos instantaacuteneos con efectos

permanentes continuados y permanentes Nuestra ley penal reformada

(seguacuten Decreto publicado el 13 de enero de 1984) en su artiacuteculo 7ordm solo

alude a tres especies de delitos en funcioacuten de su duracioacuten instantaacuteneo

permanente o continuo y continuado

INSTANTAacuteNEO

La accioacuten que lo consuma se perfecciona en un solo momento El

caraacutecter de instantaacuteneo no se lo dan a un delito de efectos que eacutel causa

sino la naturaleza de la accioacuten a la que la ley acuerda el caraacutecter de con

sumatoria El delito instantaacuteneo puede realizarse mediante una accioacuten

compuesta de varios actos o movimientos Para la calificacioacuten se atiende

a la unidad de accioacuten si con ella se consuma el delito no importando

que a su vez esa accioacuten se descomponga en actividades el momento

consumativo expresado en la ley da la nota al delito instantaacuteneo Existe

una accioacuten y una lesioacuten juriacutedica El evento consumativo tiacutepico se produce

en un solo instante como el homicidio y el robo

Actualmente la fraccioacuten I del artiacuteculo 7ordm del Coacutedigo Penal lo define asiacute

instantaacuteneo cuando la consumacioacuten se agota en el mismo momento en

que se han realizado todos los elementos constitutivos

INSTANTAacuteNEO CON EFECTOS PERMANENTES

Es aquel cuya conducta destruye o disminuye el bien juriacutedico tutelado

en forma instantaacutenea en un solo momento pero permanecen las

consecuencias nocivas del mismo El homicidio por ejemplo se destruye

el bien juriacutedico de la vida y la supresioacuten del mismo consecuencia de la

conducta perdura para siempre en las lesiones el bien juriacutedico

protegido (la salud o la integridad corporal) disminuye

instantaacuteneamente como resultado de la actividad humana pero la

alteracioacuten en la salud permanece por un determinado tiempo

POR EL ELEMENTO INTERNO O CULPABILIDAD

16

Teniendo como base la culpabilidad los delitos se clasifican en dolosos y

culposos Algunos autores y legisladores agregan los llamados

preterintencionales De conformidad con el Coacutedigo Penal del Distrito

Federal las acciones y omisiones delictivas solamente pueden realizarse

dolosa o culposamente (artiacuteculo 8ordm)

El delito es doloso cuando se dirige la voluntad consciente a la

realizacioacuten del hecho tiacutepico y antijuriacutedico como en el robo en donde el

sujeto decide apoderarse y se apodera sin derecho del bien mueble

ajeno En la culpa no se requiere el resultado penalmente tipificado mas

surge por obrar sin las cautelas y precauciones exigidas por el Estado

para asegurar la vida en comuacuten como en el caso del manejador de un

vehiacuteculo que con manifiesta falta de precaucioacuten o cuidado corre a

excesiva velocidad y mata o lesiona a un transeuacutente

Es preterintencional cuando el resultado sobrepasa a la intencioacuten si el

agente proponieacutendose golpear a otro sujeto lo hace caer debido al

empleo de violencia y se produce la muerte solo hubo dolo respecto a

los golpes pero no se quiso el resultado letal

SIMPLES Y COMPLEJOS

En funcioacuten de su estructura o composicioacuten los delitos se clasifican en

simples y complejos Llaacutemense simples aquellos en los cuales la lesioacuten

juriacutedica es uacutenica como el homicidio De ellos la accioacuten determina una

lesioacuten juriacutedica inescindible Delitos complejos son aquellos en los cuales

la figura juriacutedica consta de unificacioacuten de dos infracciones cuya fusioacuten

da nacimiento a una figura delictiva nueva superior en gravedad a las

que la componen tomadas aisladamente No es lo mismo delito

complejo que concurso de delitos En el delito complejo la misma ley en

un tipo crea el compuesto como delito uacutenico pero en el tipo intervienen

dos o maacutes delitos que pueden figurar por separado en cambio en el

concurso las infracciones no existen como una sola sino

separadamente pero es un mismo sujeto quien las ejecuta17

El delito de robo puede revestir las dos formas es decir es dable

considerarlo como delito simple cuando consiste en mero

apoderamiento de bienes muebles ajenos sin derecho y sin

consentimiento de la persona autorizada para disponer de los mismos

con arreglo a la ley pero el Coacutedigo Penal vigente erige el artiacuteculo 381

bis una calificativa (agravadora de la penalidad del robo simple) para el

robo cometido en casa habitacioacuten formase asiacute un tipo circunstanciado

que subsume el robo y el allanamiento de morada delitos que poseen

vida independiente mas si el iliacutecito patrimonial de referencia se realiza

en lugares habitados o destinados para habitacioacuten no es dable aplicar

las penas de allanamiento de morada sino precisamente las

correspondientes a la figura compleja

DELITOS UNISUBSISTENTES Y PLURISUBSISTENTES

Por el nuacutemero de actos integrantes de la accioacuten tiacutepica los delitos se

denominan unisubsistentes y plurisubsistentes los primeros se forman

por un solo acto mientras los segundos constan de varios actos

Expresa Soler que el delito plurisubsistente a diferencia del complejo

cada uno de los actos integrantes de una solo figura no constituye a su

vez un delito autoacutenomo Asiacute sigue diciendo para imputar el ejercicio

ilegal de la medicina es preciso que la actividad imputada conste de

varios hechos homogeacuteneos pues para la existencia del delito es

requerida la habitualidad El delito plurisubsistente es el resultado de la

unificacioacuten de varios actos naturalmente separados bajo una sola

figura el complejo en cambio es el producto de la fusioacuten de dos hechos

en siacute mismos delictuosos El delito plurisubsistente es fusioacuten de actos el

complejo fusioacuten de figuras delictivas

DELITOS UNISUBJETIVOS Y PLURISUBJETIVOS

Esta clasificacioacuten atiende a la unidad o pluralidad de sujetos que

intervienen para ejecutar el hecho descrito en el tipo El peculado por

ejemplo es delito unisubjetivo por ser suficiente para colmar el tipo la 18

actuacioacuten de un solo sujeto que tenga el caraacutecter de encargado de un

servicio puacuteblico y soacutelo eacutel concurre con su conducta a conformar la

descripcioacuten de la ley pero es posible su realizacioacuten por dos o maacutes

tambieacuten son unisubjetivos el homicidio el robo la violacioacuten etc El

adulterio al contrario es un delito plurisubjetivo por requerir

necesariamente en virtud de la descripcioacuten tiacutepica la concurrencia de

dos sujetos para integrar el tipo (a menos que opere en favor de uno de

ellos por ejemplo una causa de inculpabilidad por error de hecho

esencial e insuperable) igualmente la asociacioacuten delictuosa en donde

se exige tiacutepicamente el concurso de tres o maacutes individuos

POR LA FORMA DE SU PERSECUCIOacuteN

Como una reminiscencia del periodo de la venganza privada existe en

las legislaciones un grupo de delitos que solo pueden perseguirse si asiacute

lo manifiesta el ofendido o sus legiacutetimos representantes Estos delitos

son llamados privados o de querella necesaria cuya persecucioacuten

uacutenicamente es posible si se llena el requisito previo de la querella de la

parte ofendida mas una vez formulada la querella la autoridad estaacute

obligada a perseguir La razoacuten por la cual se mantienen en las

legislaciones estos delitos perseguibles por querella de la parte

ofendida se basa en la consideracioacuten de que en ocasiones la

persecucioacuten oficiosa acarreariacutea mayores dantildeos que la misma impunidad

del delincuente

Los delitos perseguibles previa denuncia (conocidos como perseguibles

de oficio) que puede ser formulada por cualquier persona son todos

aquellos en los que la autoridad estaacute obligada a actuar por mandato

legal persiguiendo y castigando a los responsables con independencia

de la voluntad de los ofendidos Consecuentemente en los delitos

perseguibles por denuncia no surte efecto alguno el perdoacuten del

ofendido a la inversa de lo que ocurre en los de querella necesaria

19

La mayor parte de los delitos se persiguen de oficio y soacutelo un reducido

nuacutemero a peticioacuten de la parte agraviada Entre eacutestos pueden citarse el

adulterio el estupro el abuso de confianza y otros delitos patrimoniales

Actualmente se observa la tendencia a aumentar el nuacutemero de los

delitos perseguidos por querella y que antes requeriacutean denuncia

DELITOS COMUNES FEDERALES OFICIALES MILITARES Y

POLIacuteTICOS

Esta clasificacioacuten es en funcioacuten de la materia

Los delitos comunes constituyen la regla general son aquellos que se

formulan en las leyes dictadas por las legislaturas locales en cambio los

federales se establecen en leyes expedidas por el Congreso de la Unioacuten

Los delitos oficiales son los que comete un empleado o funcionario

puacuteblico en el ejercicio de sus funciones (mejor dicho en abuso de ellas)

Los delitos del orden militar afectan la disciplina del Ejeacutercito La

Constitucioacuten General de la Repuacuteblica en el artiacuteculo 13 prohiacutebe a los

tribunales militares extender su jurisdiccioacuten sobre personas ajenas al

Instituto Armado

Los delitos poliacuteticos no han sido definidos de manera satisfactoria

Generalmente se incluyen todos los hechos que lesionan la organizacioacuten

del Estado en siacute misma o en sus oacuterganos o representantes El articulo

144 reformado del Coacutedigo Penal vigente considera delitos de caraacutecter

poliacutetico los de rebelioacuten sedicioacuten motiacuten y el de conspiracioacuten para

cometerlos El anteproyecto de 1949 los define asiacute Para todos los

efectos legales se consideran como de caraacutecter poliacutetico los delitos contra

la seguridad del Estado

CLASIFICACION DEL DELITO SEGUacuteN

RICARDO ABARCA

20

Conducta

La accioacuten puede definirse como el movimiento corporal que al realizarla

provoca un cambio en el mundo exterior pero esta accioacuten puede verse

desde dos perspectivas la primera seriacutea como acto que es la realizacioacuten

del movimiento la segunda es la omisioacuten que es la ausencia del

movimiento corporal y eacutesta a su vez se subdivide en dos en la omisioacuten

simple que es la inactividad del actuar y en la comisioacuten por omisioacuten que

se lleva a cabo cuando debiendo actuar de una manera para evitar el

resultado no se lleva a cabo la accioacuten y se comete el delito Asiacute el acto y

la omisioacuten nos dan el resultado y la relacioacuten de causalidad y fungiriacutean

como elementos positivos del delito ahora bien la accioacuten pasa al plano

de elemento negativo del delito cuando existe una ausencia de la accioacuten

y es cuando eacutesta surge sin la voluntad del agente tal y como lo

establece el artiacuteculo 14 del coacutedigo penal del Estado de Guanajuato en su

primer paacuterrafo obra culposamente quien produce un resultado tiacutepico

que no previo siendo previsible que previoacute confiando en que no se

produciriacutea siempre que dicho resultado sea debido a la inobservancia

del cuidado que le incumbe seguacuten las condiciones y sus circunstancias

personales

TIPICA

La tipicidad es la congruencia existente entre la accioacuten y el tipo penal

descrito en el Coacutedigo Penal es decir que exista una adecuacioacuten entre

estos dos aspectos Este elemento por si solo puede entenderse como

un elemento positivo del delito es decir cuando la accioacuten que cometes

esta prevista en la ley como un tipo penal Pero de igual manera puede

fungir como un elemento negativo y puede ser por la atipicidad

propiamente dicha como estaacute establecido en el Coacutedigo Penal del Estado

de Guanajuato en su artiacuteculo 33 fraccioacuten II- Falte alguno de los

21

elementos del tipo penal de que se trate (el delito se excluye)o por la

ausencia de tipicidad es decir cuando la conducta realizada no se

encuentre regida por la normatividad penal y por lo tanto no pueda ser

considerada delictuosa asiacute como tampoco pueda ser sancionada

Antijuriacutedica

Esteacute elemento se refiere cuando la accioacuten ejecutada es contraria a

derecho es decir va en contra del orden juriacutedico establecido en la

sociedad y regulado por el Estado ya que eacuteste a traveacutes de las normas de

cultura ordena y prohiacutebe ciertas acciones correspondiendo a sus

intereses valorativos y soacutelo cuando el Estado las privilegia con su tutela

al reconocerlas en la ley adquieren el rango de juriacutedicas

Asiacute podemos hablar de dos tipos de antijuridicidad la formal y la

material refirieacutendose la primera a la infraccioacuten de una norma que el

Estado la tiene en su cataacutelogo del orden juriacutedico y la segunda se refiere

cuando la accioacuten cometida lesiona o puede lesionar alguacuten bien juriacutedico

que como dije anteriormente eacutestos se encuentran bajo tutela del

derecho penal y siendo eacuteste puacuteblico al Estado le interesa mantener los

bienes juriacutedicos bajo su proteccioacuten

La antijuridicidad puede ser un elemento negativo del delito soacutelo en los

casos en los que exista alguacuten supuesto de exclusioacuten del delito sentildealados

en el artiacuteculo 33 del coacutedigo Penal del Estado Guanajuato

Dentro de los cuales encontramos por ejemplo la legitima defensa el

estado de necesidad caso fortuito cumplimiento de un deber o por

consentimiento de la viacutectima

Culpable

22

La culpabilidad puede variar en este concepto nos encontramos con dos

divisiones el dolo y la culpa

Se tiene presencia del dolo cuando la accioacuten cometida por el sujeto

activo es plena de conciencia y su plan criminal estaacute ideado plenamente

a causar la lesioacuten al bien juriacutedico es decir la plena manifestacioacuten de la

voluntad El dolo puede ser de tres maneras distintas directo cuando el

resultado es congruente con el fin propuesto del sujeto activo indirecto

cuando el sujeto activo se propone el fin delictivo y sabe con certeza

que causara otros fines el eventual que es cuando se preveacuten posibles

resultados que no se quieren

La culpa es cuando se comete el delito pero la voluntad del sujeto activo

es inexistente y puede a su vez dividirse en dos con representacioacuten

que se refiere o se da cuando el sujeto activo preveacute como posible alguacuten

resultado antijuriacutedico pero espera que no suceda sin representacioacuten se

da cuando el sujeto no preveacute el resultado por negligencia o falta de

cuidado

Tambieacuten existe la preterintencionalidad que consiste en la combinacioacuten

de las dos formas anteriores de culpabilidad es decir cuando la

conducta inicio de manera culposa y culmino de manera dolosa eacutesta

uacuteltima entra como elemento positivo del delito

La manera de que la culpabilidad sea elemento negativo del delito es en

los casos siguientes existencia de error ya sea de hecho o de derecho

eximentes putativas obediencia jeraacuterquica violencia moral estado de

necesidad exigibilidad de otra conducta

Esto es porque la culpabilidad estaacute fundada en hacer el juicio de

reproche al autor de la accioacuten antijuriacutedica tiacutepica pero por encontrarse en

una situacioacuten especial de desconocimiento de que la accioacuten realizada es

un delito provoca que eacutesta se convierta en inculpabilidad y por

consecuente inimputable

23

Punible

La punibilidad puede verse como una consecuencia que trae la comisioacuten

de un delito es decir si un sujeto actuacutea de manera iliacutecita y altera el

orden juriacutedico le sobrevendraacute una sancioacuten La punibilidad es entonces la

consecuencia juriacutedica que viene a la accioacuten punible El legislador ademaacutes

de procurar el orden juriacutedico estableciendo castigos a quienes violan

eacuteste hace depender la imposicioacuten de la pena de factores y

circunstancias externas e independientes del acto punible

Existen en nuestro sistema penal dos clases de sanciones las penas y

las medidas de seguridad Siendo las primeras de caraacutecter ejemplar y

las segundas de caraacutecter psicoloacutegico pero ambas coinciden en la

rehabilitacioacuten que procuran hacia el sujeto infractor

Se tiene claramente la distincioacuten en su clasificacioacuten que es la siguiente

las penas pueden variar como por ejemplo pena de muerte privacioacuten

de la libertad restriccioacuten de la libertad privacioacuten de derechos

restriccioacuten de derechos reparacioacuten del dantildeo Y las medidas de seguridad

pueden ser curativas eliminatorias o educativas

Las penas en nuestro Estado se encuentran reguladas por el Coacutedigo

Penal en su artiacuteculo 38 y las medidas de seguridad en el artiacuteculo 89

La manera de que la punibilidad entre como un elemento negativo del

delito es con las excusas absolutorias que son causas personales que se

encuentran legalmente previstas que aunque no eliminan el caraacutecter

delictivo de la accioacuten que cometioacute siacute excluyen la pena pues para el

Estado no es necesario establecer pena alguna contra tales hechos ya

que dichas circunstancias revelan una miacutenima peligrosidad

IMPUTABLE

Como lo hemos venido diciendo al sujeto activo se le hace un juicio de

24

reproche por desviarse del buen camino y es por eso que como uacuteltimo

elemento del delito encontramos la imputabilidad que puede

entenderse como la capacidad del sujeto de querer y entender la accioacuten

que realizo por lo que en este elemento entra en un gran campo la

conciencia o inconsciencia del sujeto

Retomando nuevamente lo que deciacutea en un inicio el derecho penal

mexicano estaacute bajo la influencia de la escuela finalista y por tanto se

considera que el sujeto tiene un libre albedriacuteo acerca de su actuar y

puede medir de manera plena las consecuencias juriacutedicas

Por tanto se tienen causas de inimputabilidad hacia el sujeto activo en

casos especiales como la minoriacutea de edad la enajenacioacuten o los estados

de inconsciencia ya que no se puede hablar de un reproche al sujeto si

eacuteste no actuoacute de manera consiente El primero es por la falta de

desarrollo mental del sujeto el segundo cuando la enfermedad de la

mente o el estado de inconsciencia privan de la consciencia de cometer

un delito o de obrar conforme a Derecho Y el tercero por el empleo de

sustancias toacutexicas embriagantes o estupefacientes por toxico

infecciones o por trastornos mentales Asiacute como lo establece el artiacuteculo

33 del Coacutedigo penal del Estado de Guanajuato en su primer paacuterrafo de la

fraccioacuten VII- Al momento de realizar el hecho tiacutepico y por causa de

enfermedad mental que perturbe gravemente su conciencia de

desarrollo psiacutequico incompleto o retardado o de grave perturbacioacuten de la

conciencia sin base patoloacutegica el agente no tenga la capacidad de

comprender el caraacutecter iliacutecito de aquel o de conducirse de acuerdo con

esa comprensioacuten

Ya que la imputabilidad es la base psicoloacutegica de la culpabilidad soacutelo el

sujeto que es capaz de querer y entender y solo asiacute puede ser

responsable

Eacutestos seriacutean los casos en los que el elemento de la imputabilidad

entrariacutea como elemento negativo del delito

25

CLASIFICACION DEL DELITO SEGUacuteN

CELESTINO PORTE PETIT

CLASIFICACION DEL DELITO

De acuerdo con el Coacutedigo Penal del Estado de Meacutexico en su capiacutetulo II

en el

Artiacuteculo 8- Establece que los delitos pueden ser

I Dolosos

El delito es doloso cuando se obra conociendo los elementos del tipo

penal o previendo como posible el resultado tiacutepico queriendo o

aceptando la realizacioacuten del hecho descrito por la ley

II Culposos

El delito es culposo cuando se produce un resultado tiacutepico que no se

previoacute siendo previsible o confiando en que no se produciriacutea en virtud

de la violacioacuten a un deber de cuidado que debiacutea y podiacutea observarse

seguacuten las circunstancias y condiciones personales

III Instantaacuteneos

Es instantaacuteneo cuando la consumacioacuten se agota en el mismo momento

en que se han realizado todos sus elementos constitutivos

IV Permanentes

Es permanente cuando la consumacioacuten se prolonga en el tiempo

V Continuados

26

Es continuado cuando existe unidad de propoacutesito delictivo pluralidad de

conductas e identidad de sujeto pasivo y se viola el mismo precepto

legal

Son delitos de accioacuten los que se cometen por medio de una conducta

positiva es decir un hacer Los delitos por omisioacuten se ejecutan por

medio de un comportamiento negativo un no hacer determinada

obligacioacuten o no ejecutar una accioacuten Ademaacutes existen delitos que por su

iacutendole estructural exigen para su existencia la incidencia de una accioacuten

y luego una omisioacuten o viceversa

Los delitos que no necesitan resultado material ya que la sola conducta

del sujeto los realiza son los que se perfeccionan con el cumplimiento

de determinada accioacuten u omisioacuten cuya consecuencia es la no-

observacioacuten de una obligacioacuten o de un deber pero cuyo resultado no se

manifiesta en el mundo fiacutesico con un hecho de momento perceptible

En tanto que los delitos de resultado son los que para su consumacioacuten

exigen ademaacutes de la conducta del sujeto activo que se produzca

determinado efecto distinto de la omisioacuten o de la accioacuten el resultado en

estos delitos se observa fiacutesicamente en el mundo real Los delitos se

clasifican de esta manera porque se atiende a la estructura exterior de

ellos

Los delitos de dantildeo requieren para su perfeccionamiento juriacutedico que el

bien tutelado juriacutedicamente protegido sea destruido o disminuido en

tanto en los delitos de peligro basta que el bien juriacutedico sea amenazado

al realizarse la conducta criminosa accioacuten u omisioacuten con la acusacioacuten

de un dantildeo o peligro inminente determinado y grave

Son delitos instantaacuteneos aquellos que con la sola realizacioacuten de la

conducta accioacuten u omisioacuten por el sujeto activo quedan realizados o

tipificados sin que se requiera accioacuten posterior para su continuidad o

vigencia Los delitos permanentes son los que se caracterizan porque el

hecho que los constituye o realiza da lugar a una situacioacuten dantildeosa o de 27

peligro que se prolonga en el tiempo a causa de la continuidad del

comportamiento del sujeto Para la existencia de estos delitos es

necesario que el estado dantildeoso o de peligro provenga de la conducta

del sujeto activo de manera continua es decir que no se agote en un

solo instante sino que prosiga durante determinado tiempo y que la

proacuterroga de la situacioacuten antijuriacutedica se deba a la exclusiva conducta

voluntaria del sujeto que prosigue con ella ininterrumpidamente

despueacutes de la -- realizacioacuten del hecho que constituye el delito

En este mismo orden de ideas atendiendo a la duracioacuten de las

consecuencias del delito eacutestas son permanentes es decir hay delitos

instantaacuteneos y delitos permanentes en cuanto a los actos de se

realizacioacuten con efectos permanentes cuya caracteriacutestica es la duracioacuten

de las consecuencias del delito

Ahora bien dentro de las especies del delito que por ser varias

conforme a los fines que se persigan para su tipificacioacuten o conforme al

bien juriacutedico que tutela la ley entre otros aspectos como la que se ha

realizado al principio de este acaacutepite tenemos ahora

Conforme a su gravedad tenemos delitos y faltas habraacute delito siempre

que se realice la conducta prevista y sancionada por la ley penal o en

alguna otra ley especial en tanto que la falta no obstante ser una

conducta contraria a la ley y sancionada por esta misma la sancioacuten la

aplica una autoridad u oacutergano diferente al Poder Judicial o Tribunal

generalmente una autoridad de iacutendole administrativa

Seguacuten la intencioacuten con que se comete o realiza la accioacuten que da origen

al delito tenemos delitos con intencioacuten o dolosos culposos o contra la

intencioacuten y los que son cometidos maacutes allaacute de la intencioacuten o

preterintencionales

Si se ha deseado realizar la accioacuten u omisioacuten para la comisioacuten del delito

y previsto el resultado del mismo se estaacute ante un delito doloso En

28

tanto que siacute de deseaba realizar la accioacuten u omisioacuten pero no el

resultado del delito se trata de un delito culposo Y cuando se ha

deseado realizar la accioacuten u omisioacuten y no el resultado como

consecuencia en su integridad sino un efecto menos grave se trata de

un delito preterintencional

Los delitos tipo o tambieacuten simples o netos son los que se presentan en

su puro modelo legal sin maacutes caracteriacutesticas que sus elementos

esenciales y los delitos circunstanciados son los que ademaacutes de contar

con los elementos esenciales se presentan acompantildeados de

circunstancias o accidentes a sus elementos

Por su efecto los delitos se consideran simples y complejos formales y

materiales de lesioacuten y de peligro Son simples o uniacute subsistentes en el

que coincide el momento ejecutivo y el momento consumativo se

realizan ambos en un soacutelo acto o momento Los complejos o

plurisubsistentes son aquellos cuya accioacuten ejecutiva consta de varios

actos en que puede integrarse El delito material es el que se consuma

al momento de verificarse el resultado material de eacutese en tanto que el

delito formal se perfecciona con una simple accioacuten u omisioacuten haciendo

abstraccioacuten de la verificacioacuten del resultado Los delitos de lesioacuten o dantildeo

y de peligro ya han sido tratados en paacuterrafos precedentes

Seguacuten el objeto o finque persiguen la perturbacioacuten dantildeo disminucioacuten o

destruccioacuten del bien juriacutedicamente protegido son delitos contra la cosa

puacuteblica o el Estado mismo o sus Instituciones y delitos contra las

personas privadas delitos poliacuteticos y no poliacuteticos

Seguacuten los sujetos que los realizan los delitos individuales y colectivos

comunes y especiales seguacuten la ley que los contenga y ocasionales y

habituales seguacuten la constancia con que delinque el sujeto que los

realiza

29

Seguacuten los requisitos para la procedibilidad o persecucioacuten de los delitos

conforme al bien juriacutedico protegido que afecta de acuerdo a la

naturaleza del dantildeo afectacioacuten del bien los delitos son de accioacuten puacuteblica

(denuncia) o de accioacuten privada (querella)

Para el desarrollo de este acaacutepite se tomaraacuten en cuenta las

disposiciones legales que se contienen en el Coacutedigo de Penal para el

Distrito Federal en Materia de Fuero Comuacuten y para toda la Repuacuteblica en

Materia de Fuero Federal el Coacutedigo de Procedimientos Penales para el

Distrito Federal el Coacutedigo Federal de Procedimientos Penales el Coacutedigo

Penal para el Estado de Meacutexico y el Coacutedigo de Procedimientos Penales

para el Estado de Meacutexico Por lo que las clasificaciones de los delitos

que ahora se presentaraacuten seraacute desde el punto de vista legal es decir

atendiendo a lo dispuesto en los ordenamientos legales vigentes de

iacutendole penal sustantiva y adjetiva seguacuten se trate

CLASIFICACION DEL DELITOP SEGUacuteN

EDUARDO LOacutePEZ BENTANCOURT

Por su Composicioacuten

Normales son aquellos en los que el tipo estaraacute conformado de

elementos objetivos

Anormales son los tipos penales que ademaacutes de contener

elementos objetivos tambieacuten se conforman con elementos

subjetivos o normativos

Por su Ordenacioacuten Metodoloacutegica

Fundamentales son los tipos con plena independencia

formados con una conducta iliacutecita sobre un bien juriacutedicamente

tutelado

30

Especiales son los tipos que contienen en su descripcioacuten alguacuten

tipo de caracteriacutestica

Complementados son aquellos que requieren de la realizacioacuten

previa de un tipo baacutesico no tienen autonomiacutea

Por su Autonomiacutea o Independencia

Autoacutenomos son los tipos penales con vida propia no necesitan

de la realizacioacuten de alguacuten otro

Subordinados Requieren de la existencia de alguacuten otro tipo

Por su Formulacioacuten

Casuiacutesticos el legislador plantea varias formas de realizacioacuten del

delito subdividieacutendose en

Alternativos son aquellos donde se plantean dos o maacutes hipoacutetesis

y se precisa de la ejecucioacuten de solo una de ellas para la tipificacioacuten

de la conducta iliacutecita

Acumulativos se exige la realizacioacuten o concurso de todas las

hipoacutetesis que el legislador ha plasmado en el tipo penal para la

adecuacioacuten de la conducta al mismo

Amplios contiene en su descripcioacuten una hipoacutetesis uacutenica en donde

caben todos los modos de ejecucioacuten se colma el tipo penal con la

lesioacuten causada al bien juriacutedicamente tutelado

Por el Dantildeo que Causan

De Lesioacuten requieren de un dantildeo inminente al bien juriacutedico

tutelado

De Peligro basta con el simple riesgo en que se pone al bien

juriacutedicamente tutelado

31

  • CLASIFICACION DEL DELITO
Page 5: Clasificación del delito

Delito propio es aquel cometido por personas que reuacutenen ciertas

condiciones relacionadas con el cargo puacuteblico oficio o profesioacuten En el

CP empiezan ldquoEL

Oficial de Registro Civil que autorizarerdquo (CP 242) El meacutedico que

diere certificado falso(CP 201) La madre que diere muerte a su

hijo(CP 258)

Por La Forma Procesal de accioacuten privada de

accioacuten puacuteblica a instancia de parte de accioacuten

puacuteblica

Delito de accioacuten privada Se enjuicia y se persigue soacutelo a querella de

parte ofendida por ejemplo giro de cheque en descubierto despojo

(CPP 20) los delitos contra el honor (difamacioacuten e injuria CP 282 -

290)

Delito de Accioacuten Puacuteblica a Instancia de parte Aquel en que el

Fiscal puede perseguir soacutelo a pedido de la parte damnificada u ofendida

(CPP 17)

Ej Abandono de familia de mujer embarazadahellipproxenetismo (CPP

19)

Delito de accioacuten puacuteblica Puede demandar quienquiera incluso el

Ministerio

Puacuteblico de oficio Los delitos que no estaacuten en el Art 19 y 20 del CPP son

de accioacuten puacuteblica Ej El homicidio (CP 251)

Por Las Formas De Culpabilidad doloso culposo (CP 14 15)

Delito doloso Ejecucioacuten de un acto tiacutepicamente antijuriacutedico con

conocimiento y voluntad de la realizacioacuten el resultado No exige un

5

saber juriacutedico basta que sepa que su conducta es contraria al Derecho

peor auacuten basta la intensioacuten de cometer el hecho delictivo

El coacutedigo penal sin reformas deciacutea un delito es doloso cuando el hecho

cometido es querido previsto y ratificado por el agente o cuando es

consecuencia necesaria de su accioacuten(CP 14) El coacutedigo penal

reformado (Ley 1768 de 10 de marzo de 1997) reemplaza la definicioacuten

de dolo y se corrigen los defectos estructurales e insuficiencias de la

formulacioacuten anterior como es el caso de la expresioacuten o cuando es

consecuencia necesaria de su accioacuten la que trastorna toda la

sistemaacutetica de la teoriacutea del delito en razoacuten de que la consecuencia

necesaria objetiva puede responder tanto a conductas dolosas como

culposas Actuacutea dolosamente el que realiza un hecho previsto en un

tipo penal con conocimiento y voluntad Para ello es suficiente que el

autor considere seriamente posible su realizacioacuten y acepte esta

posibilidad (CP 14)

Delito culposo Un delito es Culposo cuando quien no observa el

cuidado a que estaacute obligado conforme a las circunstancias y sus

condiciones personales y por ello no toma conciencia de que realiza un

tipo penal y si lo toma lo realiza en la confianza de que lo evitaraacute(CP

15) El delito es culposo cuando el resultado aunque haya sido previsto

no ha sido querido por el agente pero sobreviene por imprudencia

negligencia o inobservancia de las leyes reglamentos oacuterdenes etc Ej

Fumar en surtidor de gasolina o exceso de velocidad que causan un

accidente

En el delito doloso existe intensioacuten en el delito culposo existe

negligencia En los delitos dolosos para consumar la figura delictual es

necesaria la intensioacuten de producir un resultado dantildeoso en los delitos

culposos basta con que ese resultado haya sido previsto o al menos

que haya debido preverse

6

Un delito doloso se reconoce en el CP por la palabra inserta a

sabiendas como en la acusacioacuten y denuncia que dice El que a

sabiendas acusare a persona que no cometioacute(CP 166) o en la

receptacioacuten que dice El que a sabiendas comprare cosas

robadas(CP 172)

Por La Relacioacuten Psiacutequica Entre Sujeto Y Su Acto

preterintencional o ultraintensional

Delito Preterintencional (O ultraintensional) Es aquella en que

se desea cometer un delito pero resulta otro maacutes grave Ej Cuando

soacutelo se lo quiere lesionar pero lo mata La sancioacuten sigue la Teoriacutea de la

Responsabilidad Objetiva o sea son calificados por el resultado por el

evento ocurrido que no estaba en la intensioacuten del agente

Por El Nuacutemero De Personas individual colectivo

Delitos Individuales Son los realizados por una sola persona ej La

violacioacuten el prevaricato

Delitos Colectivos Son los realizados por 2 o maacutes personas ej

Sedicioacuten conspiracioacuten (CP 123 126)

Por El Bien Vulnerado simple complejo conexo

Delito Simple Violan un solo bien o intereacutes juriacutedicamente protegido

ej El homicidio viola el derecho a la vida

Delito Complejo Violacioacuten de varios bienes o intereses protegidos Ej

Rapto seguido de violacioacuten Es casi igual al Concurso Real De Delitos

7

Delito Conexo Las acciones estaacuten vinculadas de tal manera que unos

resultados dependen de unas acciones y otros resultados de otras

acciones Ej

Los delincuentes se ponen de acuerdo antes luego cometen delitos en

diferentes tiempos y lugares

Por La Unidad Del Acto Y Pluralidad Del

Resultado concurso ideal concurso real

Concurso Ideal de Delitos (Delito Compuesto) Con una sola

accioacuten se violan varios bienes juriacutedicos (CP 44) Ej una accioacuten como

una patada puede causar dos delitos lesiones y atentado Golpear a una

mujer embarazada produce delitos como lesiones y aborto Se sanciona

con pena del delito maacutes grave se puede aumentar hasta un maacuteximo de

una cuarta parte del delito maacutes grave

Concurso Real de Delitos (CP 45) Dos o maacutes acciones u

omisiones dan a lugar a dos o maacutes delitos Ej Explosioacuten de automoacutevil

con bomba en centro comercial Las acciones que generaron pueden

ser apoderamiento de un automoacutevil instalacioacuten de la bomba Los

delitos son robo de automoacutevil y terrorismo Se sanciona con pena del

delito maacutes grave se puede aumentar el maacuteximo hasta una mitad

Ambas se caracterizan porque las disposiciones a aplicarse no se

excluyen

Por La Naturaleza Intriacutenseca comuacuten poliacutetico

social contra la humanidad

Delito comuacuten Lesiona los intereses tutelados de los particulares ej

la vida el patrimonio la libertad

8

Delito poliacutetico Criterios Objetivo El delito poliacutetico es aquel que

lesiona la organizacioacuten poliacutetica y social del estado Criterio subjetivo Es

aqueacutel que lesiona la organizacioacuten poliacutetica y social con voluntad altruista

y de sacrificio

Criterio mixto El delito poliacutetico es aqueacutel inspirado con fines generosos

atenta contra la seguridad externa e interna de un Estado persiguiendo

mantener el orden establecido o cambiarlo a formas maacutes superiores

Diferencias El DC lesiona intereses particulares el DP afecta el intereacutes

colectivo traducido en la seguridad y estabilidad del Estado el autor de

un DC puede ser indultado conmutada su pena o extraditado el autor

de un DP puede ser amnistiado pero nunca extraditado los DC ligados a

delitos poliacuteticos son tratados como si fueran DP

Delito social Aquel que va contra el reacutegimen econoacutemico y social Ej

sabotaje (CP 232) Delitos contra la Humanidad Son los que atentan

contra los derechos esenciales de la persona humana Ej vida

nacionalidad religioacuten opinioacuten etc

La Convencioacuten Internacional sobre el Genocidio de 1948

cataloga como Delitos contra la Humanidad a los siguientes

1048707 El homicidio de grupo

1048707 El exterminio (Acabar del todo con la fuerza)

1048707 La deportacioacuten en tiempo de paz

1048707 El genocidio

1048707 La reduccioacuten a la servidumbre

1048707 La persecucioacuten poliacutetica o religiosa

Los delitos contra la humanidad se caracterizan por (a) Son cometidos

debido a raza nacionalidad o discrepancia poliacutetica y (b) Seacute atento

contra la poblacioacuten civil inclusive contra la propia poblacioacuten en los

golpes de Estado

9

CLASIFICACION DEL DELITO SEGUacuteN Jimeacutenez

ANZUALos autores siempre han tratado de establecer ciertas diferencias en las

infracciones penales cada uno trata o a tratado de poner su grano de

arena en lo que a clasificacioacuten del delito se trata

Seguacuten JIMEacuteNEZ ANZUA

1- ldquoPor la extensioacuten de la Ley en que se encuentran castigadosrdquo

Comunes Aquellos delitos que infringen que significan una violacioacuten

de deberes comunes a todos los miembros de la sociedad

Especiales aquellos delitos que implican una violacioacuten de deberes

especiales que se imponen a determinadas personas en razoacuten de su

funcioacuten o estado

2- ldquoCriterio que toma en cuenta el momento en que se comete el delitordquo

Flagrantes El delito es flagrante en el momento en que se comete

despueacutes deja de serlo Antiguamente se castigaba maacutes duramente que

los demaacutes

No Flagrantes Cuando el delito se ha cometido o sea cuando ya pasoacute

el momento de flagrancia

3- ldquoCriterio que toma en cuenta la persecucioacuten del delitordquo

Delitos Puacuteblicos Son aquellos que son perseguidos de oficio es decir

el Juez tiene la obligacioacuten mutua propia de iniciar el procedimiento

Delitos Privados Son aquellos delitos que soacutelo pueden perseguirse a

instancia de parte

Su fundamento lo encontramos en una delegacioacuten que el Estado hace a

la viacutectima o sus representantes legales de perseguir el delito

especialmente en aquellos contrarios al honor y la honestidad cuya

publicidad dantildeariacutea considerablemente a la viacutectima Deja pues a eacutesta la

10

determinacioacuten de perseguirlos o no tratando con lo anterior de no caer

en un mal mayor

4- ldquoCriterio que toma en cuenta el resultadordquo

Delitos Formales Es el que juriacutedicamente se consuma por el hecho de

la accioacuten u omisioacuten sin dejar resultado externo

Delitos Materiales El que al consumarse produce el resultado

antijuriacutedico que se proponiacutea el culpable

5- ldquoCriterio que toma en cuenta la duracioacuten del delitordquo

Delitos instantaacuteneos Aquellos en que la violacioacuten juriacutedica realizada en

la consumacioacuten se extingue con esta

Delitos permanentes Aquellos en los cuales la violacioacuten juriacutedica

continuacutea auacuten despueacutes de consumados

6- ldquoEn relacioacuten a la cantidad de bienes juriacutedicos violadosrdquo

Delitos simples Son aquellos que violan un solo bien juriacutedico o un solo

intereacutes

Juriacutedicamente protegidos

Delitos Complejos Son aquellos constituidos por la infraccioacuten de

varios o diversos bienes juriacutedicos a traveacutes de hechos diferentes cada

uno de los cuales constituye un delito

7- ldquoCriterio que toma en cuenta la actividad o inactividad del culpablerdquo

Delitos de accioacuten Son aqueacutellos que consisten en un acto material y

positivo ya sea de dantildeo o peligro que contienen infraccioacuten de ley

Delitos de Omisioacuten Consisten en la inaccioacuten o abstencioacuten cuando la

ley impone la ejecucioacuten de un hecho determinado

8- ldquoCriterio que toma en cuenta la posibilidad o no de produccioacuten del

resultadordquo

Delito de dantildeo Aqueacutel que causa un (repitiendo) dantildeo directo con los

bienes juriacutedicos o intereses

Delito de peligro Aqueacutel que no causa un dantildeo efectivo en los bienes

juriacutedicos pero crean una situacioacuten de posibilidad de la produccioacuten maacutes o

menos proacutexima

11

Esta clasificacioacuten aparece con Binding quien les llama delitos de lesioacuten

y de peligro Al respecto Manzini dice que el libro nunca es una realidad

sino que un juicio loacutegico una mera previsioacuten fundada de lo que podriacutea

suceder en el provenir Exterior con voluntad de realizar la accioacuten y con

representacioacuten del resultado que se quiere o ratifica

Delito culposo Son aquellos en los cuales se produce el resultado

antijuriacutedico por falta del deber de atencioacuten o previsioacuten no soacutelo cuando

ha faltado al autor la representacioacuten del resultado que sobre vendraacute (o

de la consecuencia del no hacer) sino cuando la esperanza de que no

sobrevenga ha sido fundamento decisivo de las actividades del autor (o

de sus omisiones) que se producen sin querer el resultado antijuriacutedico (o

lo injusto de la inaccioacuten) y sin ratificarlo

Delitos Preterintencionales Son aqueacutellos en los cuales el resultado

material es mayor que el que el agente se propuso causar Delitos

Dolosos y Delitos Culposos podriacuteamos agregar tambieacuten los delitos

preterintencionales aunque la preterintencionalidad ya conlleva un dolo

inicial pues el agente se proponiacutea causar un dantildeo y el resultado supera

a esa intencioacuten dolosa inicial que teniacutea el culpable

10- ldquoCriterio que toma en cuenta la gravedad del delitordquo

Aquiacute tenemos dos clasificaciones

a) Una Tripartita-que los divide en Criacutemenes delitos faltas o

contravenciones Conceptos criacutemenesmdashLos que lesionan los Derechos

Naturales como la vida y la libertad Delitosmdashque violan solamente los

derechos creados por el contrato social como la propiedad faltas o

contravenciones- - que infringiacutean disposiciones y reglamentos de policiacutea

b) La bipartita que los divide en delitos

La clasificacioacuten Tripartita tiene su origen en el siglo XVII fue muy

defendida por los juristas Sapones quienes en decir de Cuello Caloacuten

dividiacutean las infracciones en ATROCISMO ATROCIORA Y LEVIA y en decir

de Antoacuten Oneca en LEVIA ATROCIA Y ATROCISIMA Su verdadero

fundamento se encuentra en la literatura penal del periacuteodo filosoacutefico

12

CLASIFICACION DEL DELITO SEGUacuteN CUELLO

CALOacuteNEN FUNCIOacuteN DE SU GRAVEDAD

Tomando en cuenta la gravedad de las infracciones penales se han

hecho varias clasificaciones Seguacuten una divisioacuten bipartita se distingue los

delitos de las faltas la clasificacioacuten tripartita habla de criacutemenes delitos

y faltas o contravenciones En esta divisioacuten se considera criacutemenes los

atentados contra la vida y los derechos naturales del hombre delitos

las conductas contrarias a los derechos nacidos del contrato social

como el derecho de propiedad por faltas o contravenciones las

infracciones a los reglamentos de policiacutea y buen gobierno

En Meacutexico carecen de importancia estas distinciones porque los Coacutedigos

Penales soacutelo se ocupan de los delitos en general en donde se subsumen

tambieacuten los que otras legislaciones se denominan criacutemenes la represioacuten

de las faltas se abandona a disposiciones administrativas aplicadas por

autoridades de ese caraacutecter

SEGUacuteN LA FORMA DE LA CONDUCTA DEL AGENTE

Por la conducta del agente o como dicen algunos autores seguacuten la

manifestacioacuten de la voluntad los delitos pueden ser de accioacuten y de

omisioacuten

Los de accioacuten se cometen mediante un comportamiento positivo en

ellos se viola una ley prohibitiva Eusebio Goacutemez afirma que son

aquellos en que las condiciones de donde deriva su resultado reconocen

como causa determinante un hecho positivo del sujeto En los delitos de

omisioacuten el objeto prohibido es una abstencioacuten del agente consisten en

la no ejecucioacuten de algo ordenado por la ley Para el mismo Eusebio

Goacutemez en los delitos de omisioacuten las condiciones de que deriva su

resultado reconocen como causa determinante la falta de observancia

13

por parte del sujeto de un precepto obligatorio Debe agregarse que los

delitos de omisioacuten violan una ley dispositiva en tanto los de accioacuten

infringen una prohibitiva

Los delitos de omisioacuten suelen dividirse en delitos de simple omisioacuten y de

comisioacuten por omisioacuten tambieacuten llamados delitos de omisioacuten impropia

Los delitos de simple omisioacuten o de omisioacuten propiamente dicho

consisten en la falta de una actividad juriacutedicamente ordenada con

independencia del resultado material que produzcan es decir se

sancionan por la omisioacuten misma tal es el caso que se impone a todos la

obligacioacuten positiva de auxiliar a las autoridades para la averiguacioacuten de

los delitos y para la persecucioacuten de los delincuentes

Los delitos de comisioacuten por omisioacuten o impropios delitos de omisioacuten son

aquellos en los que el agente decide no actuar y por esa inaccioacuten se

produce el resultado material Para Cuello Caloacuten consisten los falsos

delitos de omisioacuten en la aparicioacuten de un resultado delictivo de caraacutecter

positivo por inactividad formula que se concretiza en la produccioacuten de

un cambio en el mundo exterior mediante la omisioacuten de algo que el

derecho ordenaba hacer

Como ejemplo del delito de comisioacuten por omisioacuten se cita el de la madre

que con deliberado propoacutesito de dar muerte a su hijo recieacuten nacido no

lo amamanta producieacutendose el resultado letal La madre no ejecuta acto

alguno antes bien deja de realizar lo debido

En los delitos de simple omisioacuten hay una violacioacuten juriacutedica y un

resultado puramente formal mientras en los de comisioacuten por omisioacuten

ademaacutes de la violacioacuten juriacutedica se produce un resultado material En los

primeros se viola una ley dispositiva en los de comisioacuten por omisioacuten se

infringe una dispositiva y una prohibitiva

POR EL RESULTADO

14

Seguacuten el resultado que producen los delitos se clasifican en formales y

materiales A los primeros tambieacuten se les denomina delitos de simple

actividad o de accioacuten a los segundos se les llama delitos de resultado o

de resultado material

Los delitos formales son aquellos en los que se agota el tipo penal en el

movimiento corporal o en la omisioacuten del agente no siendo necesaria

para su integracioacuten que se produzca alguna alteracioacuten en la estructura o

funcionamiento del objeto material Son delitos de mera conducta se

sanciona la accioacuten (u omisioacuten) en siacute misma Como estaacuten el delito formal

con el falso testimonio la portacioacuten de arma prohibida y la portacioacuten

iliacutecita de enervantes

Los delitos materiales son aquellos en los cuales para su integracioacuten se

requiere la destruccioacuten o alteracioacuten de la estructura o del

funcionamiento del objeto material (homicidio dantildeo en propiedad

ajena)

POR LA LESIOacuteN QUE CAUSAN

Con relacioacuten al efecto resentido por la viacutectima o sea en razoacuten del bien

juriacutedico los delitos se dividen en delitos de dantildeo y de peligro Los

primeros consumados causan dantildeo directo y efectivo en intereses

juriacutedicamente protegidos por la pena violada como el homicidio el

fraude etc los segundos no causan dantildeo directo a tales intereses pero

los ponen en peligro como el abandono de personas o la omisioacuten de

auxilio El peligro es la situacioacuten en que se colocan los bienes juriacutedicos

de la cual deriva la posibilidad de casacioacuten de un dantildeo

POR SU DURACIOacuteN

15

Los delitos se dividen en instantaacuteneos instantaacuteneos con efectos

permanentes continuados y permanentes Nuestra ley penal reformada

(seguacuten Decreto publicado el 13 de enero de 1984) en su artiacuteculo 7ordm solo

alude a tres especies de delitos en funcioacuten de su duracioacuten instantaacuteneo

permanente o continuo y continuado

INSTANTAacuteNEO

La accioacuten que lo consuma se perfecciona en un solo momento El

caraacutecter de instantaacuteneo no se lo dan a un delito de efectos que eacutel causa

sino la naturaleza de la accioacuten a la que la ley acuerda el caraacutecter de con

sumatoria El delito instantaacuteneo puede realizarse mediante una accioacuten

compuesta de varios actos o movimientos Para la calificacioacuten se atiende

a la unidad de accioacuten si con ella se consuma el delito no importando

que a su vez esa accioacuten se descomponga en actividades el momento

consumativo expresado en la ley da la nota al delito instantaacuteneo Existe

una accioacuten y una lesioacuten juriacutedica El evento consumativo tiacutepico se produce

en un solo instante como el homicidio y el robo

Actualmente la fraccioacuten I del artiacuteculo 7ordm del Coacutedigo Penal lo define asiacute

instantaacuteneo cuando la consumacioacuten se agota en el mismo momento en

que se han realizado todos los elementos constitutivos

INSTANTAacuteNEO CON EFECTOS PERMANENTES

Es aquel cuya conducta destruye o disminuye el bien juriacutedico tutelado

en forma instantaacutenea en un solo momento pero permanecen las

consecuencias nocivas del mismo El homicidio por ejemplo se destruye

el bien juriacutedico de la vida y la supresioacuten del mismo consecuencia de la

conducta perdura para siempre en las lesiones el bien juriacutedico

protegido (la salud o la integridad corporal) disminuye

instantaacuteneamente como resultado de la actividad humana pero la

alteracioacuten en la salud permanece por un determinado tiempo

POR EL ELEMENTO INTERNO O CULPABILIDAD

16

Teniendo como base la culpabilidad los delitos se clasifican en dolosos y

culposos Algunos autores y legisladores agregan los llamados

preterintencionales De conformidad con el Coacutedigo Penal del Distrito

Federal las acciones y omisiones delictivas solamente pueden realizarse

dolosa o culposamente (artiacuteculo 8ordm)

El delito es doloso cuando se dirige la voluntad consciente a la

realizacioacuten del hecho tiacutepico y antijuriacutedico como en el robo en donde el

sujeto decide apoderarse y se apodera sin derecho del bien mueble

ajeno En la culpa no se requiere el resultado penalmente tipificado mas

surge por obrar sin las cautelas y precauciones exigidas por el Estado

para asegurar la vida en comuacuten como en el caso del manejador de un

vehiacuteculo que con manifiesta falta de precaucioacuten o cuidado corre a

excesiva velocidad y mata o lesiona a un transeuacutente

Es preterintencional cuando el resultado sobrepasa a la intencioacuten si el

agente proponieacutendose golpear a otro sujeto lo hace caer debido al

empleo de violencia y se produce la muerte solo hubo dolo respecto a

los golpes pero no se quiso el resultado letal

SIMPLES Y COMPLEJOS

En funcioacuten de su estructura o composicioacuten los delitos se clasifican en

simples y complejos Llaacutemense simples aquellos en los cuales la lesioacuten

juriacutedica es uacutenica como el homicidio De ellos la accioacuten determina una

lesioacuten juriacutedica inescindible Delitos complejos son aquellos en los cuales

la figura juriacutedica consta de unificacioacuten de dos infracciones cuya fusioacuten

da nacimiento a una figura delictiva nueva superior en gravedad a las

que la componen tomadas aisladamente No es lo mismo delito

complejo que concurso de delitos En el delito complejo la misma ley en

un tipo crea el compuesto como delito uacutenico pero en el tipo intervienen

dos o maacutes delitos que pueden figurar por separado en cambio en el

concurso las infracciones no existen como una sola sino

separadamente pero es un mismo sujeto quien las ejecuta17

El delito de robo puede revestir las dos formas es decir es dable

considerarlo como delito simple cuando consiste en mero

apoderamiento de bienes muebles ajenos sin derecho y sin

consentimiento de la persona autorizada para disponer de los mismos

con arreglo a la ley pero el Coacutedigo Penal vigente erige el artiacuteculo 381

bis una calificativa (agravadora de la penalidad del robo simple) para el

robo cometido en casa habitacioacuten formase asiacute un tipo circunstanciado

que subsume el robo y el allanamiento de morada delitos que poseen

vida independiente mas si el iliacutecito patrimonial de referencia se realiza

en lugares habitados o destinados para habitacioacuten no es dable aplicar

las penas de allanamiento de morada sino precisamente las

correspondientes a la figura compleja

DELITOS UNISUBSISTENTES Y PLURISUBSISTENTES

Por el nuacutemero de actos integrantes de la accioacuten tiacutepica los delitos se

denominan unisubsistentes y plurisubsistentes los primeros se forman

por un solo acto mientras los segundos constan de varios actos

Expresa Soler que el delito plurisubsistente a diferencia del complejo

cada uno de los actos integrantes de una solo figura no constituye a su

vez un delito autoacutenomo Asiacute sigue diciendo para imputar el ejercicio

ilegal de la medicina es preciso que la actividad imputada conste de

varios hechos homogeacuteneos pues para la existencia del delito es

requerida la habitualidad El delito plurisubsistente es el resultado de la

unificacioacuten de varios actos naturalmente separados bajo una sola

figura el complejo en cambio es el producto de la fusioacuten de dos hechos

en siacute mismos delictuosos El delito plurisubsistente es fusioacuten de actos el

complejo fusioacuten de figuras delictivas

DELITOS UNISUBJETIVOS Y PLURISUBJETIVOS

Esta clasificacioacuten atiende a la unidad o pluralidad de sujetos que

intervienen para ejecutar el hecho descrito en el tipo El peculado por

ejemplo es delito unisubjetivo por ser suficiente para colmar el tipo la 18

actuacioacuten de un solo sujeto que tenga el caraacutecter de encargado de un

servicio puacuteblico y soacutelo eacutel concurre con su conducta a conformar la

descripcioacuten de la ley pero es posible su realizacioacuten por dos o maacutes

tambieacuten son unisubjetivos el homicidio el robo la violacioacuten etc El

adulterio al contrario es un delito plurisubjetivo por requerir

necesariamente en virtud de la descripcioacuten tiacutepica la concurrencia de

dos sujetos para integrar el tipo (a menos que opere en favor de uno de

ellos por ejemplo una causa de inculpabilidad por error de hecho

esencial e insuperable) igualmente la asociacioacuten delictuosa en donde

se exige tiacutepicamente el concurso de tres o maacutes individuos

POR LA FORMA DE SU PERSECUCIOacuteN

Como una reminiscencia del periodo de la venganza privada existe en

las legislaciones un grupo de delitos que solo pueden perseguirse si asiacute

lo manifiesta el ofendido o sus legiacutetimos representantes Estos delitos

son llamados privados o de querella necesaria cuya persecucioacuten

uacutenicamente es posible si se llena el requisito previo de la querella de la

parte ofendida mas una vez formulada la querella la autoridad estaacute

obligada a perseguir La razoacuten por la cual se mantienen en las

legislaciones estos delitos perseguibles por querella de la parte

ofendida se basa en la consideracioacuten de que en ocasiones la

persecucioacuten oficiosa acarreariacutea mayores dantildeos que la misma impunidad

del delincuente

Los delitos perseguibles previa denuncia (conocidos como perseguibles

de oficio) que puede ser formulada por cualquier persona son todos

aquellos en los que la autoridad estaacute obligada a actuar por mandato

legal persiguiendo y castigando a los responsables con independencia

de la voluntad de los ofendidos Consecuentemente en los delitos

perseguibles por denuncia no surte efecto alguno el perdoacuten del

ofendido a la inversa de lo que ocurre en los de querella necesaria

19

La mayor parte de los delitos se persiguen de oficio y soacutelo un reducido

nuacutemero a peticioacuten de la parte agraviada Entre eacutestos pueden citarse el

adulterio el estupro el abuso de confianza y otros delitos patrimoniales

Actualmente se observa la tendencia a aumentar el nuacutemero de los

delitos perseguidos por querella y que antes requeriacutean denuncia

DELITOS COMUNES FEDERALES OFICIALES MILITARES Y

POLIacuteTICOS

Esta clasificacioacuten es en funcioacuten de la materia

Los delitos comunes constituyen la regla general son aquellos que se

formulan en las leyes dictadas por las legislaturas locales en cambio los

federales se establecen en leyes expedidas por el Congreso de la Unioacuten

Los delitos oficiales son los que comete un empleado o funcionario

puacuteblico en el ejercicio de sus funciones (mejor dicho en abuso de ellas)

Los delitos del orden militar afectan la disciplina del Ejeacutercito La

Constitucioacuten General de la Repuacuteblica en el artiacuteculo 13 prohiacutebe a los

tribunales militares extender su jurisdiccioacuten sobre personas ajenas al

Instituto Armado

Los delitos poliacuteticos no han sido definidos de manera satisfactoria

Generalmente se incluyen todos los hechos que lesionan la organizacioacuten

del Estado en siacute misma o en sus oacuterganos o representantes El articulo

144 reformado del Coacutedigo Penal vigente considera delitos de caraacutecter

poliacutetico los de rebelioacuten sedicioacuten motiacuten y el de conspiracioacuten para

cometerlos El anteproyecto de 1949 los define asiacute Para todos los

efectos legales se consideran como de caraacutecter poliacutetico los delitos contra

la seguridad del Estado

CLASIFICACION DEL DELITO SEGUacuteN

RICARDO ABARCA

20

Conducta

La accioacuten puede definirse como el movimiento corporal que al realizarla

provoca un cambio en el mundo exterior pero esta accioacuten puede verse

desde dos perspectivas la primera seriacutea como acto que es la realizacioacuten

del movimiento la segunda es la omisioacuten que es la ausencia del

movimiento corporal y eacutesta a su vez se subdivide en dos en la omisioacuten

simple que es la inactividad del actuar y en la comisioacuten por omisioacuten que

se lleva a cabo cuando debiendo actuar de una manera para evitar el

resultado no se lleva a cabo la accioacuten y se comete el delito Asiacute el acto y

la omisioacuten nos dan el resultado y la relacioacuten de causalidad y fungiriacutean

como elementos positivos del delito ahora bien la accioacuten pasa al plano

de elemento negativo del delito cuando existe una ausencia de la accioacuten

y es cuando eacutesta surge sin la voluntad del agente tal y como lo

establece el artiacuteculo 14 del coacutedigo penal del Estado de Guanajuato en su

primer paacuterrafo obra culposamente quien produce un resultado tiacutepico

que no previo siendo previsible que previoacute confiando en que no se

produciriacutea siempre que dicho resultado sea debido a la inobservancia

del cuidado que le incumbe seguacuten las condiciones y sus circunstancias

personales

TIPICA

La tipicidad es la congruencia existente entre la accioacuten y el tipo penal

descrito en el Coacutedigo Penal es decir que exista una adecuacioacuten entre

estos dos aspectos Este elemento por si solo puede entenderse como

un elemento positivo del delito es decir cuando la accioacuten que cometes

esta prevista en la ley como un tipo penal Pero de igual manera puede

fungir como un elemento negativo y puede ser por la atipicidad

propiamente dicha como estaacute establecido en el Coacutedigo Penal del Estado

de Guanajuato en su artiacuteculo 33 fraccioacuten II- Falte alguno de los

21

elementos del tipo penal de que se trate (el delito se excluye)o por la

ausencia de tipicidad es decir cuando la conducta realizada no se

encuentre regida por la normatividad penal y por lo tanto no pueda ser

considerada delictuosa asiacute como tampoco pueda ser sancionada

Antijuriacutedica

Esteacute elemento se refiere cuando la accioacuten ejecutada es contraria a

derecho es decir va en contra del orden juriacutedico establecido en la

sociedad y regulado por el Estado ya que eacuteste a traveacutes de las normas de

cultura ordena y prohiacutebe ciertas acciones correspondiendo a sus

intereses valorativos y soacutelo cuando el Estado las privilegia con su tutela

al reconocerlas en la ley adquieren el rango de juriacutedicas

Asiacute podemos hablar de dos tipos de antijuridicidad la formal y la

material refirieacutendose la primera a la infraccioacuten de una norma que el

Estado la tiene en su cataacutelogo del orden juriacutedico y la segunda se refiere

cuando la accioacuten cometida lesiona o puede lesionar alguacuten bien juriacutedico

que como dije anteriormente eacutestos se encuentran bajo tutela del

derecho penal y siendo eacuteste puacuteblico al Estado le interesa mantener los

bienes juriacutedicos bajo su proteccioacuten

La antijuridicidad puede ser un elemento negativo del delito soacutelo en los

casos en los que exista alguacuten supuesto de exclusioacuten del delito sentildealados

en el artiacuteculo 33 del coacutedigo Penal del Estado Guanajuato

Dentro de los cuales encontramos por ejemplo la legitima defensa el

estado de necesidad caso fortuito cumplimiento de un deber o por

consentimiento de la viacutectima

Culpable

22

La culpabilidad puede variar en este concepto nos encontramos con dos

divisiones el dolo y la culpa

Se tiene presencia del dolo cuando la accioacuten cometida por el sujeto

activo es plena de conciencia y su plan criminal estaacute ideado plenamente

a causar la lesioacuten al bien juriacutedico es decir la plena manifestacioacuten de la

voluntad El dolo puede ser de tres maneras distintas directo cuando el

resultado es congruente con el fin propuesto del sujeto activo indirecto

cuando el sujeto activo se propone el fin delictivo y sabe con certeza

que causara otros fines el eventual que es cuando se preveacuten posibles

resultados que no se quieren

La culpa es cuando se comete el delito pero la voluntad del sujeto activo

es inexistente y puede a su vez dividirse en dos con representacioacuten

que se refiere o se da cuando el sujeto activo preveacute como posible alguacuten

resultado antijuriacutedico pero espera que no suceda sin representacioacuten se

da cuando el sujeto no preveacute el resultado por negligencia o falta de

cuidado

Tambieacuten existe la preterintencionalidad que consiste en la combinacioacuten

de las dos formas anteriores de culpabilidad es decir cuando la

conducta inicio de manera culposa y culmino de manera dolosa eacutesta

uacuteltima entra como elemento positivo del delito

La manera de que la culpabilidad sea elemento negativo del delito es en

los casos siguientes existencia de error ya sea de hecho o de derecho

eximentes putativas obediencia jeraacuterquica violencia moral estado de

necesidad exigibilidad de otra conducta

Esto es porque la culpabilidad estaacute fundada en hacer el juicio de

reproche al autor de la accioacuten antijuriacutedica tiacutepica pero por encontrarse en

una situacioacuten especial de desconocimiento de que la accioacuten realizada es

un delito provoca que eacutesta se convierta en inculpabilidad y por

consecuente inimputable

23

Punible

La punibilidad puede verse como una consecuencia que trae la comisioacuten

de un delito es decir si un sujeto actuacutea de manera iliacutecita y altera el

orden juriacutedico le sobrevendraacute una sancioacuten La punibilidad es entonces la

consecuencia juriacutedica que viene a la accioacuten punible El legislador ademaacutes

de procurar el orden juriacutedico estableciendo castigos a quienes violan

eacuteste hace depender la imposicioacuten de la pena de factores y

circunstancias externas e independientes del acto punible

Existen en nuestro sistema penal dos clases de sanciones las penas y

las medidas de seguridad Siendo las primeras de caraacutecter ejemplar y

las segundas de caraacutecter psicoloacutegico pero ambas coinciden en la

rehabilitacioacuten que procuran hacia el sujeto infractor

Se tiene claramente la distincioacuten en su clasificacioacuten que es la siguiente

las penas pueden variar como por ejemplo pena de muerte privacioacuten

de la libertad restriccioacuten de la libertad privacioacuten de derechos

restriccioacuten de derechos reparacioacuten del dantildeo Y las medidas de seguridad

pueden ser curativas eliminatorias o educativas

Las penas en nuestro Estado se encuentran reguladas por el Coacutedigo

Penal en su artiacuteculo 38 y las medidas de seguridad en el artiacuteculo 89

La manera de que la punibilidad entre como un elemento negativo del

delito es con las excusas absolutorias que son causas personales que se

encuentran legalmente previstas que aunque no eliminan el caraacutecter

delictivo de la accioacuten que cometioacute siacute excluyen la pena pues para el

Estado no es necesario establecer pena alguna contra tales hechos ya

que dichas circunstancias revelan una miacutenima peligrosidad

IMPUTABLE

Como lo hemos venido diciendo al sujeto activo se le hace un juicio de

24

reproche por desviarse del buen camino y es por eso que como uacuteltimo

elemento del delito encontramos la imputabilidad que puede

entenderse como la capacidad del sujeto de querer y entender la accioacuten

que realizo por lo que en este elemento entra en un gran campo la

conciencia o inconsciencia del sujeto

Retomando nuevamente lo que deciacutea en un inicio el derecho penal

mexicano estaacute bajo la influencia de la escuela finalista y por tanto se

considera que el sujeto tiene un libre albedriacuteo acerca de su actuar y

puede medir de manera plena las consecuencias juriacutedicas

Por tanto se tienen causas de inimputabilidad hacia el sujeto activo en

casos especiales como la minoriacutea de edad la enajenacioacuten o los estados

de inconsciencia ya que no se puede hablar de un reproche al sujeto si

eacuteste no actuoacute de manera consiente El primero es por la falta de

desarrollo mental del sujeto el segundo cuando la enfermedad de la

mente o el estado de inconsciencia privan de la consciencia de cometer

un delito o de obrar conforme a Derecho Y el tercero por el empleo de

sustancias toacutexicas embriagantes o estupefacientes por toxico

infecciones o por trastornos mentales Asiacute como lo establece el artiacuteculo

33 del Coacutedigo penal del Estado de Guanajuato en su primer paacuterrafo de la

fraccioacuten VII- Al momento de realizar el hecho tiacutepico y por causa de

enfermedad mental que perturbe gravemente su conciencia de

desarrollo psiacutequico incompleto o retardado o de grave perturbacioacuten de la

conciencia sin base patoloacutegica el agente no tenga la capacidad de

comprender el caraacutecter iliacutecito de aquel o de conducirse de acuerdo con

esa comprensioacuten

Ya que la imputabilidad es la base psicoloacutegica de la culpabilidad soacutelo el

sujeto que es capaz de querer y entender y solo asiacute puede ser

responsable

Eacutestos seriacutean los casos en los que el elemento de la imputabilidad

entrariacutea como elemento negativo del delito

25

CLASIFICACION DEL DELITO SEGUacuteN

CELESTINO PORTE PETIT

CLASIFICACION DEL DELITO

De acuerdo con el Coacutedigo Penal del Estado de Meacutexico en su capiacutetulo II

en el

Artiacuteculo 8- Establece que los delitos pueden ser

I Dolosos

El delito es doloso cuando se obra conociendo los elementos del tipo

penal o previendo como posible el resultado tiacutepico queriendo o

aceptando la realizacioacuten del hecho descrito por la ley

II Culposos

El delito es culposo cuando se produce un resultado tiacutepico que no se

previoacute siendo previsible o confiando en que no se produciriacutea en virtud

de la violacioacuten a un deber de cuidado que debiacutea y podiacutea observarse

seguacuten las circunstancias y condiciones personales

III Instantaacuteneos

Es instantaacuteneo cuando la consumacioacuten se agota en el mismo momento

en que se han realizado todos sus elementos constitutivos

IV Permanentes

Es permanente cuando la consumacioacuten se prolonga en el tiempo

V Continuados

26

Es continuado cuando existe unidad de propoacutesito delictivo pluralidad de

conductas e identidad de sujeto pasivo y se viola el mismo precepto

legal

Son delitos de accioacuten los que se cometen por medio de una conducta

positiva es decir un hacer Los delitos por omisioacuten se ejecutan por

medio de un comportamiento negativo un no hacer determinada

obligacioacuten o no ejecutar una accioacuten Ademaacutes existen delitos que por su

iacutendole estructural exigen para su existencia la incidencia de una accioacuten

y luego una omisioacuten o viceversa

Los delitos que no necesitan resultado material ya que la sola conducta

del sujeto los realiza son los que se perfeccionan con el cumplimiento

de determinada accioacuten u omisioacuten cuya consecuencia es la no-

observacioacuten de una obligacioacuten o de un deber pero cuyo resultado no se

manifiesta en el mundo fiacutesico con un hecho de momento perceptible

En tanto que los delitos de resultado son los que para su consumacioacuten

exigen ademaacutes de la conducta del sujeto activo que se produzca

determinado efecto distinto de la omisioacuten o de la accioacuten el resultado en

estos delitos se observa fiacutesicamente en el mundo real Los delitos se

clasifican de esta manera porque se atiende a la estructura exterior de

ellos

Los delitos de dantildeo requieren para su perfeccionamiento juriacutedico que el

bien tutelado juriacutedicamente protegido sea destruido o disminuido en

tanto en los delitos de peligro basta que el bien juriacutedico sea amenazado

al realizarse la conducta criminosa accioacuten u omisioacuten con la acusacioacuten

de un dantildeo o peligro inminente determinado y grave

Son delitos instantaacuteneos aquellos que con la sola realizacioacuten de la

conducta accioacuten u omisioacuten por el sujeto activo quedan realizados o

tipificados sin que se requiera accioacuten posterior para su continuidad o

vigencia Los delitos permanentes son los que se caracterizan porque el

hecho que los constituye o realiza da lugar a una situacioacuten dantildeosa o de 27

peligro que se prolonga en el tiempo a causa de la continuidad del

comportamiento del sujeto Para la existencia de estos delitos es

necesario que el estado dantildeoso o de peligro provenga de la conducta

del sujeto activo de manera continua es decir que no se agote en un

solo instante sino que prosiga durante determinado tiempo y que la

proacuterroga de la situacioacuten antijuriacutedica se deba a la exclusiva conducta

voluntaria del sujeto que prosigue con ella ininterrumpidamente

despueacutes de la -- realizacioacuten del hecho que constituye el delito

En este mismo orden de ideas atendiendo a la duracioacuten de las

consecuencias del delito eacutestas son permanentes es decir hay delitos

instantaacuteneos y delitos permanentes en cuanto a los actos de se

realizacioacuten con efectos permanentes cuya caracteriacutestica es la duracioacuten

de las consecuencias del delito

Ahora bien dentro de las especies del delito que por ser varias

conforme a los fines que se persigan para su tipificacioacuten o conforme al

bien juriacutedico que tutela la ley entre otros aspectos como la que se ha

realizado al principio de este acaacutepite tenemos ahora

Conforme a su gravedad tenemos delitos y faltas habraacute delito siempre

que se realice la conducta prevista y sancionada por la ley penal o en

alguna otra ley especial en tanto que la falta no obstante ser una

conducta contraria a la ley y sancionada por esta misma la sancioacuten la

aplica una autoridad u oacutergano diferente al Poder Judicial o Tribunal

generalmente una autoridad de iacutendole administrativa

Seguacuten la intencioacuten con que se comete o realiza la accioacuten que da origen

al delito tenemos delitos con intencioacuten o dolosos culposos o contra la

intencioacuten y los que son cometidos maacutes allaacute de la intencioacuten o

preterintencionales

Si se ha deseado realizar la accioacuten u omisioacuten para la comisioacuten del delito

y previsto el resultado del mismo se estaacute ante un delito doloso En

28

tanto que siacute de deseaba realizar la accioacuten u omisioacuten pero no el

resultado del delito se trata de un delito culposo Y cuando se ha

deseado realizar la accioacuten u omisioacuten y no el resultado como

consecuencia en su integridad sino un efecto menos grave se trata de

un delito preterintencional

Los delitos tipo o tambieacuten simples o netos son los que se presentan en

su puro modelo legal sin maacutes caracteriacutesticas que sus elementos

esenciales y los delitos circunstanciados son los que ademaacutes de contar

con los elementos esenciales se presentan acompantildeados de

circunstancias o accidentes a sus elementos

Por su efecto los delitos se consideran simples y complejos formales y

materiales de lesioacuten y de peligro Son simples o uniacute subsistentes en el

que coincide el momento ejecutivo y el momento consumativo se

realizan ambos en un soacutelo acto o momento Los complejos o

plurisubsistentes son aquellos cuya accioacuten ejecutiva consta de varios

actos en que puede integrarse El delito material es el que se consuma

al momento de verificarse el resultado material de eacutese en tanto que el

delito formal se perfecciona con una simple accioacuten u omisioacuten haciendo

abstraccioacuten de la verificacioacuten del resultado Los delitos de lesioacuten o dantildeo

y de peligro ya han sido tratados en paacuterrafos precedentes

Seguacuten el objeto o finque persiguen la perturbacioacuten dantildeo disminucioacuten o

destruccioacuten del bien juriacutedicamente protegido son delitos contra la cosa

puacuteblica o el Estado mismo o sus Instituciones y delitos contra las

personas privadas delitos poliacuteticos y no poliacuteticos

Seguacuten los sujetos que los realizan los delitos individuales y colectivos

comunes y especiales seguacuten la ley que los contenga y ocasionales y

habituales seguacuten la constancia con que delinque el sujeto que los

realiza

29

Seguacuten los requisitos para la procedibilidad o persecucioacuten de los delitos

conforme al bien juriacutedico protegido que afecta de acuerdo a la

naturaleza del dantildeo afectacioacuten del bien los delitos son de accioacuten puacuteblica

(denuncia) o de accioacuten privada (querella)

Para el desarrollo de este acaacutepite se tomaraacuten en cuenta las

disposiciones legales que se contienen en el Coacutedigo de Penal para el

Distrito Federal en Materia de Fuero Comuacuten y para toda la Repuacuteblica en

Materia de Fuero Federal el Coacutedigo de Procedimientos Penales para el

Distrito Federal el Coacutedigo Federal de Procedimientos Penales el Coacutedigo

Penal para el Estado de Meacutexico y el Coacutedigo de Procedimientos Penales

para el Estado de Meacutexico Por lo que las clasificaciones de los delitos

que ahora se presentaraacuten seraacute desde el punto de vista legal es decir

atendiendo a lo dispuesto en los ordenamientos legales vigentes de

iacutendole penal sustantiva y adjetiva seguacuten se trate

CLASIFICACION DEL DELITOP SEGUacuteN

EDUARDO LOacutePEZ BENTANCOURT

Por su Composicioacuten

Normales son aquellos en los que el tipo estaraacute conformado de

elementos objetivos

Anormales son los tipos penales que ademaacutes de contener

elementos objetivos tambieacuten se conforman con elementos

subjetivos o normativos

Por su Ordenacioacuten Metodoloacutegica

Fundamentales son los tipos con plena independencia

formados con una conducta iliacutecita sobre un bien juriacutedicamente

tutelado

30

Especiales son los tipos que contienen en su descripcioacuten alguacuten

tipo de caracteriacutestica

Complementados son aquellos que requieren de la realizacioacuten

previa de un tipo baacutesico no tienen autonomiacutea

Por su Autonomiacutea o Independencia

Autoacutenomos son los tipos penales con vida propia no necesitan

de la realizacioacuten de alguacuten otro

Subordinados Requieren de la existencia de alguacuten otro tipo

Por su Formulacioacuten

Casuiacutesticos el legislador plantea varias formas de realizacioacuten del

delito subdividieacutendose en

Alternativos son aquellos donde se plantean dos o maacutes hipoacutetesis

y se precisa de la ejecucioacuten de solo una de ellas para la tipificacioacuten

de la conducta iliacutecita

Acumulativos se exige la realizacioacuten o concurso de todas las

hipoacutetesis que el legislador ha plasmado en el tipo penal para la

adecuacioacuten de la conducta al mismo

Amplios contiene en su descripcioacuten una hipoacutetesis uacutenica en donde

caben todos los modos de ejecucioacuten se colma el tipo penal con la

lesioacuten causada al bien juriacutedicamente tutelado

Por el Dantildeo que Causan

De Lesioacuten requieren de un dantildeo inminente al bien juriacutedico

tutelado

De Peligro basta con el simple riesgo en que se pone al bien

juriacutedicamente tutelado

31

  • CLASIFICACION DEL DELITO
Page 6: Clasificación del delito

saber juriacutedico basta que sepa que su conducta es contraria al Derecho

peor auacuten basta la intensioacuten de cometer el hecho delictivo

El coacutedigo penal sin reformas deciacutea un delito es doloso cuando el hecho

cometido es querido previsto y ratificado por el agente o cuando es

consecuencia necesaria de su accioacuten(CP 14) El coacutedigo penal

reformado (Ley 1768 de 10 de marzo de 1997) reemplaza la definicioacuten

de dolo y se corrigen los defectos estructurales e insuficiencias de la

formulacioacuten anterior como es el caso de la expresioacuten o cuando es

consecuencia necesaria de su accioacuten la que trastorna toda la

sistemaacutetica de la teoriacutea del delito en razoacuten de que la consecuencia

necesaria objetiva puede responder tanto a conductas dolosas como

culposas Actuacutea dolosamente el que realiza un hecho previsto en un

tipo penal con conocimiento y voluntad Para ello es suficiente que el

autor considere seriamente posible su realizacioacuten y acepte esta

posibilidad (CP 14)

Delito culposo Un delito es Culposo cuando quien no observa el

cuidado a que estaacute obligado conforme a las circunstancias y sus

condiciones personales y por ello no toma conciencia de que realiza un

tipo penal y si lo toma lo realiza en la confianza de que lo evitaraacute(CP

15) El delito es culposo cuando el resultado aunque haya sido previsto

no ha sido querido por el agente pero sobreviene por imprudencia

negligencia o inobservancia de las leyes reglamentos oacuterdenes etc Ej

Fumar en surtidor de gasolina o exceso de velocidad que causan un

accidente

En el delito doloso existe intensioacuten en el delito culposo existe

negligencia En los delitos dolosos para consumar la figura delictual es

necesaria la intensioacuten de producir un resultado dantildeoso en los delitos

culposos basta con que ese resultado haya sido previsto o al menos

que haya debido preverse

6

Un delito doloso se reconoce en el CP por la palabra inserta a

sabiendas como en la acusacioacuten y denuncia que dice El que a

sabiendas acusare a persona que no cometioacute(CP 166) o en la

receptacioacuten que dice El que a sabiendas comprare cosas

robadas(CP 172)

Por La Relacioacuten Psiacutequica Entre Sujeto Y Su Acto

preterintencional o ultraintensional

Delito Preterintencional (O ultraintensional) Es aquella en que

se desea cometer un delito pero resulta otro maacutes grave Ej Cuando

soacutelo se lo quiere lesionar pero lo mata La sancioacuten sigue la Teoriacutea de la

Responsabilidad Objetiva o sea son calificados por el resultado por el

evento ocurrido que no estaba en la intensioacuten del agente

Por El Nuacutemero De Personas individual colectivo

Delitos Individuales Son los realizados por una sola persona ej La

violacioacuten el prevaricato

Delitos Colectivos Son los realizados por 2 o maacutes personas ej

Sedicioacuten conspiracioacuten (CP 123 126)

Por El Bien Vulnerado simple complejo conexo

Delito Simple Violan un solo bien o intereacutes juriacutedicamente protegido

ej El homicidio viola el derecho a la vida

Delito Complejo Violacioacuten de varios bienes o intereses protegidos Ej

Rapto seguido de violacioacuten Es casi igual al Concurso Real De Delitos

7

Delito Conexo Las acciones estaacuten vinculadas de tal manera que unos

resultados dependen de unas acciones y otros resultados de otras

acciones Ej

Los delincuentes se ponen de acuerdo antes luego cometen delitos en

diferentes tiempos y lugares

Por La Unidad Del Acto Y Pluralidad Del

Resultado concurso ideal concurso real

Concurso Ideal de Delitos (Delito Compuesto) Con una sola

accioacuten se violan varios bienes juriacutedicos (CP 44) Ej una accioacuten como

una patada puede causar dos delitos lesiones y atentado Golpear a una

mujer embarazada produce delitos como lesiones y aborto Se sanciona

con pena del delito maacutes grave se puede aumentar hasta un maacuteximo de

una cuarta parte del delito maacutes grave

Concurso Real de Delitos (CP 45) Dos o maacutes acciones u

omisiones dan a lugar a dos o maacutes delitos Ej Explosioacuten de automoacutevil

con bomba en centro comercial Las acciones que generaron pueden

ser apoderamiento de un automoacutevil instalacioacuten de la bomba Los

delitos son robo de automoacutevil y terrorismo Se sanciona con pena del

delito maacutes grave se puede aumentar el maacuteximo hasta una mitad

Ambas se caracterizan porque las disposiciones a aplicarse no se

excluyen

Por La Naturaleza Intriacutenseca comuacuten poliacutetico

social contra la humanidad

Delito comuacuten Lesiona los intereses tutelados de los particulares ej

la vida el patrimonio la libertad

8

Delito poliacutetico Criterios Objetivo El delito poliacutetico es aquel que

lesiona la organizacioacuten poliacutetica y social del estado Criterio subjetivo Es

aqueacutel que lesiona la organizacioacuten poliacutetica y social con voluntad altruista

y de sacrificio

Criterio mixto El delito poliacutetico es aqueacutel inspirado con fines generosos

atenta contra la seguridad externa e interna de un Estado persiguiendo

mantener el orden establecido o cambiarlo a formas maacutes superiores

Diferencias El DC lesiona intereses particulares el DP afecta el intereacutes

colectivo traducido en la seguridad y estabilidad del Estado el autor de

un DC puede ser indultado conmutada su pena o extraditado el autor

de un DP puede ser amnistiado pero nunca extraditado los DC ligados a

delitos poliacuteticos son tratados como si fueran DP

Delito social Aquel que va contra el reacutegimen econoacutemico y social Ej

sabotaje (CP 232) Delitos contra la Humanidad Son los que atentan

contra los derechos esenciales de la persona humana Ej vida

nacionalidad religioacuten opinioacuten etc

La Convencioacuten Internacional sobre el Genocidio de 1948

cataloga como Delitos contra la Humanidad a los siguientes

1048707 El homicidio de grupo

1048707 El exterminio (Acabar del todo con la fuerza)

1048707 La deportacioacuten en tiempo de paz

1048707 El genocidio

1048707 La reduccioacuten a la servidumbre

1048707 La persecucioacuten poliacutetica o religiosa

Los delitos contra la humanidad se caracterizan por (a) Son cometidos

debido a raza nacionalidad o discrepancia poliacutetica y (b) Seacute atento

contra la poblacioacuten civil inclusive contra la propia poblacioacuten en los

golpes de Estado

9

CLASIFICACION DEL DELITO SEGUacuteN Jimeacutenez

ANZUALos autores siempre han tratado de establecer ciertas diferencias en las

infracciones penales cada uno trata o a tratado de poner su grano de

arena en lo que a clasificacioacuten del delito se trata

Seguacuten JIMEacuteNEZ ANZUA

1- ldquoPor la extensioacuten de la Ley en que se encuentran castigadosrdquo

Comunes Aquellos delitos que infringen que significan una violacioacuten

de deberes comunes a todos los miembros de la sociedad

Especiales aquellos delitos que implican una violacioacuten de deberes

especiales que se imponen a determinadas personas en razoacuten de su

funcioacuten o estado

2- ldquoCriterio que toma en cuenta el momento en que se comete el delitordquo

Flagrantes El delito es flagrante en el momento en que se comete

despueacutes deja de serlo Antiguamente se castigaba maacutes duramente que

los demaacutes

No Flagrantes Cuando el delito se ha cometido o sea cuando ya pasoacute

el momento de flagrancia

3- ldquoCriterio que toma en cuenta la persecucioacuten del delitordquo

Delitos Puacuteblicos Son aquellos que son perseguidos de oficio es decir

el Juez tiene la obligacioacuten mutua propia de iniciar el procedimiento

Delitos Privados Son aquellos delitos que soacutelo pueden perseguirse a

instancia de parte

Su fundamento lo encontramos en una delegacioacuten que el Estado hace a

la viacutectima o sus representantes legales de perseguir el delito

especialmente en aquellos contrarios al honor y la honestidad cuya

publicidad dantildeariacutea considerablemente a la viacutectima Deja pues a eacutesta la

10

determinacioacuten de perseguirlos o no tratando con lo anterior de no caer

en un mal mayor

4- ldquoCriterio que toma en cuenta el resultadordquo

Delitos Formales Es el que juriacutedicamente se consuma por el hecho de

la accioacuten u omisioacuten sin dejar resultado externo

Delitos Materiales El que al consumarse produce el resultado

antijuriacutedico que se proponiacutea el culpable

5- ldquoCriterio que toma en cuenta la duracioacuten del delitordquo

Delitos instantaacuteneos Aquellos en que la violacioacuten juriacutedica realizada en

la consumacioacuten se extingue con esta

Delitos permanentes Aquellos en los cuales la violacioacuten juriacutedica

continuacutea auacuten despueacutes de consumados

6- ldquoEn relacioacuten a la cantidad de bienes juriacutedicos violadosrdquo

Delitos simples Son aquellos que violan un solo bien juriacutedico o un solo

intereacutes

Juriacutedicamente protegidos

Delitos Complejos Son aquellos constituidos por la infraccioacuten de

varios o diversos bienes juriacutedicos a traveacutes de hechos diferentes cada

uno de los cuales constituye un delito

7- ldquoCriterio que toma en cuenta la actividad o inactividad del culpablerdquo

Delitos de accioacuten Son aqueacutellos que consisten en un acto material y

positivo ya sea de dantildeo o peligro que contienen infraccioacuten de ley

Delitos de Omisioacuten Consisten en la inaccioacuten o abstencioacuten cuando la

ley impone la ejecucioacuten de un hecho determinado

8- ldquoCriterio que toma en cuenta la posibilidad o no de produccioacuten del

resultadordquo

Delito de dantildeo Aqueacutel que causa un (repitiendo) dantildeo directo con los

bienes juriacutedicos o intereses

Delito de peligro Aqueacutel que no causa un dantildeo efectivo en los bienes

juriacutedicos pero crean una situacioacuten de posibilidad de la produccioacuten maacutes o

menos proacutexima

11

Esta clasificacioacuten aparece con Binding quien les llama delitos de lesioacuten

y de peligro Al respecto Manzini dice que el libro nunca es una realidad

sino que un juicio loacutegico una mera previsioacuten fundada de lo que podriacutea

suceder en el provenir Exterior con voluntad de realizar la accioacuten y con

representacioacuten del resultado que se quiere o ratifica

Delito culposo Son aquellos en los cuales se produce el resultado

antijuriacutedico por falta del deber de atencioacuten o previsioacuten no soacutelo cuando

ha faltado al autor la representacioacuten del resultado que sobre vendraacute (o

de la consecuencia del no hacer) sino cuando la esperanza de que no

sobrevenga ha sido fundamento decisivo de las actividades del autor (o

de sus omisiones) que se producen sin querer el resultado antijuriacutedico (o

lo injusto de la inaccioacuten) y sin ratificarlo

Delitos Preterintencionales Son aqueacutellos en los cuales el resultado

material es mayor que el que el agente se propuso causar Delitos

Dolosos y Delitos Culposos podriacuteamos agregar tambieacuten los delitos

preterintencionales aunque la preterintencionalidad ya conlleva un dolo

inicial pues el agente se proponiacutea causar un dantildeo y el resultado supera

a esa intencioacuten dolosa inicial que teniacutea el culpable

10- ldquoCriterio que toma en cuenta la gravedad del delitordquo

Aquiacute tenemos dos clasificaciones

a) Una Tripartita-que los divide en Criacutemenes delitos faltas o

contravenciones Conceptos criacutemenesmdashLos que lesionan los Derechos

Naturales como la vida y la libertad Delitosmdashque violan solamente los

derechos creados por el contrato social como la propiedad faltas o

contravenciones- - que infringiacutean disposiciones y reglamentos de policiacutea

b) La bipartita que los divide en delitos

La clasificacioacuten Tripartita tiene su origen en el siglo XVII fue muy

defendida por los juristas Sapones quienes en decir de Cuello Caloacuten

dividiacutean las infracciones en ATROCISMO ATROCIORA Y LEVIA y en decir

de Antoacuten Oneca en LEVIA ATROCIA Y ATROCISIMA Su verdadero

fundamento se encuentra en la literatura penal del periacuteodo filosoacutefico

12

CLASIFICACION DEL DELITO SEGUacuteN CUELLO

CALOacuteNEN FUNCIOacuteN DE SU GRAVEDAD

Tomando en cuenta la gravedad de las infracciones penales se han

hecho varias clasificaciones Seguacuten una divisioacuten bipartita se distingue los

delitos de las faltas la clasificacioacuten tripartita habla de criacutemenes delitos

y faltas o contravenciones En esta divisioacuten se considera criacutemenes los

atentados contra la vida y los derechos naturales del hombre delitos

las conductas contrarias a los derechos nacidos del contrato social

como el derecho de propiedad por faltas o contravenciones las

infracciones a los reglamentos de policiacutea y buen gobierno

En Meacutexico carecen de importancia estas distinciones porque los Coacutedigos

Penales soacutelo se ocupan de los delitos en general en donde se subsumen

tambieacuten los que otras legislaciones se denominan criacutemenes la represioacuten

de las faltas se abandona a disposiciones administrativas aplicadas por

autoridades de ese caraacutecter

SEGUacuteN LA FORMA DE LA CONDUCTA DEL AGENTE

Por la conducta del agente o como dicen algunos autores seguacuten la

manifestacioacuten de la voluntad los delitos pueden ser de accioacuten y de

omisioacuten

Los de accioacuten se cometen mediante un comportamiento positivo en

ellos se viola una ley prohibitiva Eusebio Goacutemez afirma que son

aquellos en que las condiciones de donde deriva su resultado reconocen

como causa determinante un hecho positivo del sujeto En los delitos de

omisioacuten el objeto prohibido es una abstencioacuten del agente consisten en

la no ejecucioacuten de algo ordenado por la ley Para el mismo Eusebio

Goacutemez en los delitos de omisioacuten las condiciones de que deriva su

resultado reconocen como causa determinante la falta de observancia

13

por parte del sujeto de un precepto obligatorio Debe agregarse que los

delitos de omisioacuten violan una ley dispositiva en tanto los de accioacuten

infringen una prohibitiva

Los delitos de omisioacuten suelen dividirse en delitos de simple omisioacuten y de

comisioacuten por omisioacuten tambieacuten llamados delitos de omisioacuten impropia

Los delitos de simple omisioacuten o de omisioacuten propiamente dicho

consisten en la falta de una actividad juriacutedicamente ordenada con

independencia del resultado material que produzcan es decir se

sancionan por la omisioacuten misma tal es el caso que se impone a todos la

obligacioacuten positiva de auxiliar a las autoridades para la averiguacioacuten de

los delitos y para la persecucioacuten de los delincuentes

Los delitos de comisioacuten por omisioacuten o impropios delitos de omisioacuten son

aquellos en los que el agente decide no actuar y por esa inaccioacuten se

produce el resultado material Para Cuello Caloacuten consisten los falsos

delitos de omisioacuten en la aparicioacuten de un resultado delictivo de caraacutecter

positivo por inactividad formula que se concretiza en la produccioacuten de

un cambio en el mundo exterior mediante la omisioacuten de algo que el

derecho ordenaba hacer

Como ejemplo del delito de comisioacuten por omisioacuten se cita el de la madre

que con deliberado propoacutesito de dar muerte a su hijo recieacuten nacido no

lo amamanta producieacutendose el resultado letal La madre no ejecuta acto

alguno antes bien deja de realizar lo debido

En los delitos de simple omisioacuten hay una violacioacuten juriacutedica y un

resultado puramente formal mientras en los de comisioacuten por omisioacuten

ademaacutes de la violacioacuten juriacutedica se produce un resultado material En los

primeros se viola una ley dispositiva en los de comisioacuten por omisioacuten se

infringe una dispositiva y una prohibitiva

POR EL RESULTADO

14

Seguacuten el resultado que producen los delitos se clasifican en formales y

materiales A los primeros tambieacuten se les denomina delitos de simple

actividad o de accioacuten a los segundos se les llama delitos de resultado o

de resultado material

Los delitos formales son aquellos en los que se agota el tipo penal en el

movimiento corporal o en la omisioacuten del agente no siendo necesaria

para su integracioacuten que se produzca alguna alteracioacuten en la estructura o

funcionamiento del objeto material Son delitos de mera conducta se

sanciona la accioacuten (u omisioacuten) en siacute misma Como estaacuten el delito formal

con el falso testimonio la portacioacuten de arma prohibida y la portacioacuten

iliacutecita de enervantes

Los delitos materiales son aquellos en los cuales para su integracioacuten se

requiere la destruccioacuten o alteracioacuten de la estructura o del

funcionamiento del objeto material (homicidio dantildeo en propiedad

ajena)

POR LA LESIOacuteN QUE CAUSAN

Con relacioacuten al efecto resentido por la viacutectima o sea en razoacuten del bien

juriacutedico los delitos se dividen en delitos de dantildeo y de peligro Los

primeros consumados causan dantildeo directo y efectivo en intereses

juriacutedicamente protegidos por la pena violada como el homicidio el

fraude etc los segundos no causan dantildeo directo a tales intereses pero

los ponen en peligro como el abandono de personas o la omisioacuten de

auxilio El peligro es la situacioacuten en que se colocan los bienes juriacutedicos

de la cual deriva la posibilidad de casacioacuten de un dantildeo

POR SU DURACIOacuteN

15

Los delitos se dividen en instantaacuteneos instantaacuteneos con efectos

permanentes continuados y permanentes Nuestra ley penal reformada

(seguacuten Decreto publicado el 13 de enero de 1984) en su artiacuteculo 7ordm solo

alude a tres especies de delitos en funcioacuten de su duracioacuten instantaacuteneo

permanente o continuo y continuado

INSTANTAacuteNEO

La accioacuten que lo consuma se perfecciona en un solo momento El

caraacutecter de instantaacuteneo no se lo dan a un delito de efectos que eacutel causa

sino la naturaleza de la accioacuten a la que la ley acuerda el caraacutecter de con

sumatoria El delito instantaacuteneo puede realizarse mediante una accioacuten

compuesta de varios actos o movimientos Para la calificacioacuten se atiende

a la unidad de accioacuten si con ella se consuma el delito no importando

que a su vez esa accioacuten se descomponga en actividades el momento

consumativo expresado en la ley da la nota al delito instantaacuteneo Existe

una accioacuten y una lesioacuten juriacutedica El evento consumativo tiacutepico se produce

en un solo instante como el homicidio y el robo

Actualmente la fraccioacuten I del artiacuteculo 7ordm del Coacutedigo Penal lo define asiacute

instantaacuteneo cuando la consumacioacuten se agota en el mismo momento en

que se han realizado todos los elementos constitutivos

INSTANTAacuteNEO CON EFECTOS PERMANENTES

Es aquel cuya conducta destruye o disminuye el bien juriacutedico tutelado

en forma instantaacutenea en un solo momento pero permanecen las

consecuencias nocivas del mismo El homicidio por ejemplo se destruye

el bien juriacutedico de la vida y la supresioacuten del mismo consecuencia de la

conducta perdura para siempre en las lesiones el bien juriacutedico

protegido (la salud o la integridad corporal) disminuye

instantaacuteneamente como resultado de la actividad humana pero la

alteracioacuten en la salud permanece por un determinado tiempo

POR EL ELEMENTO INTERNO O CULPABILIDAD

16

Teniendo como base la culpabilidad los delitos se clasifican en dolosos y

culposos Algunos autores y legisladores agregan los llamados

preterintencionales De conformidad con el Coacutedigo Penal del Distrito

Federal las acciones y omisiones delictivas solamente pueden realizarse

dolosa o culposamente (artiacuteculo 8ordm)

El delito es doloso cuando se dirige la voluntad consciente a la

realizacioacuten del hecho tiacutepico y antijuriacutedico como en el robo en donde el

sujeto decide apoderarse y se apodera sin derecho del bien mueble

ajeno En la culpa no se requiere el resultado penalmente tipificado mas

surge por obrar sin las cautelas y precauciones exigidas por el Estado

para asegurar la vida en comuacuten como en el caso del manejador de un

vehiacuteculo que con manifiesta falta de precaucioacuten o cuidado corre a

excesiva velocidad y mata o lesiona a un transeuacutente

Es preterintencional cuando el resultado sobrepasa a la intencioacuten si el

agente proponieacutendose golpear a otro sujeto lo hace caer debido al

empleo de violencia y se produce la muerte solo hubo dolo respecto a

los golpes pero no se quiso el resultado letal

SIMPLES Y COMPLEJOS

En funcioacuten de su estructura o composicioacuten los delitos se clasifican en

simples y complejos Llaacutemense simples aquellos en los cuales la lesioacuten

juriacutedica es uacutenica como el homicidio De ellos la accioacuten determina una

lesioacuten juriacutedica inescindible Delitos complejos son aquellos en los cuales

la figura juriacutedica consta de unificacioacuten de dos infracciones cuya fusioacuten

da nacimiento a una figura delictiva nueva superior en gravedad a las

que la componen tomadas aisladamente No es lo mismo delito

complejo que concurso de delitos En el delito complejo la misma ley en

un tipo crea el compuesto como delito uacutenico pero en el tipo intervienen

dos o maacutes delitos que pueden figurar por separado en cambio en el

concurso las infracciones no existen como una sola sino

separadamente pero es un mismo sujeto quien las ejecuta17

El delito de robo puede revestir las dos formas es decir es dable

considerarlo como delito simple cuando consiste en mero

apoderamiento de bienes muebles ajenos sin derecho y sin

consentimiento de la persona autorizada para disponer de los mismos

con arreglo a la ley pero el Coacutedigo Penal vigente erige el artiacuteculo 381

bis una calificativa (agravadora de la penalidad del robo simple) para el

robo cometido en casa habitacioacuten formase asiacute un tipo circunstanciado

que subsume el robo y el allanamiento de morada delitos que poseen

vida independiente mas si el iliacutecito patrimonial de referencia se realiza

en lugares habitados o destinados para habitacioacuten no es dable aplicar

las penas de allanamiento de morada sino precisamente las

correspondientes a la figura compleja

DELITOS UNISUBSISTENTES Y PLURISUBSISTENTES

Por el nuacutemero de actos integrantes de la accioacuten tiacutepica los delitos se

denominan unisubsistentes y plurisubsistentes los primeros se forman

por un solo acto mientras los segundos constan de varios actos

Expresa Soler que el delito plurisubsistente a diferencia del complejo

cada uno de los actos integrantes de una solo figura no constituye a su

vez un delito autoacutenomo Asiacute sigue diciendo para imputar el ejercicio

ilegal de la medicina es preciso que la actividad imputada conste de

varios hechos homogeacuteneos pues para la existencia del delito es

requerida la habitualidad El delito plurisubsistente es el resultado de la

unificacioacuten de varios actos naturalmente separados bajo una sola

figura el complejo en cambio es el producto de la fusioacuten de dos hechos

en siacute mismos delictuosos El delito plurisubsistente es fusioacuten de actos el

complejo fusioacuten de figuras delictivas

DELITOS UNISUBJETIVOS Y PLURISUBJETIVOS

Esta clasificacioacuten atiende a la unidad o pluralidad de sujetos que

intervienen para ejecutar el hecho descrito en el tipo El peculado por

ejemplo es delito unisubjetivo por ser suficiente para colmar el tipo la 18

actuacioacuten de un solo sujeto que tenga el caraacutecter de encargado de un

servicio puacuteblico y soacutelo eacutel concurre con su conducta a conformar la

descripcioacuten de la ley pero es posible su realizacioacuten por dos o maacutes

tambieacuten son unisubjetivos el homicidio el robo la violacioacuten etc El

adulterio al contrario es un delito plurisubjetivo por requerir

necesariamente en virtud de la descripcioacuten tiacutepica la concurrencia de

dos sujetos para integrar el tipo (a menos que opere en favor de uno de

ellos por ejemplo una causa de inculpabilidad por error de hecho

esencial e insuperable) igualmente la asociacioacuten delictuosa en donde

se exige tiacutepicamente el concurso de tres o maacutes individuos

POR LA FORMA DE SU PERSECUCIOacuteN

Como una reminiscencia del periodo de la venganza privada existe en

las legislaciones un grupo de delitos que solo pueden perseguirse si asiacute

lo manifiesta el ofendido o sus legiacutetimos representantes Estos delitos

son llamados privados o de querella necesaria cuya persecucioacuten

uacutenicamente es posible si se llena el requisito previo de la querella de la

parte ofendida mas una vez formulada la querella la autoridad estaacute

obligada a perseguir La razoacuten por la cual se mantienen en las

legislaciones estos delitos perseguibles por querella de la parte

ofendida se basa en la consideracioacuten de que en ocasiones la

persecucioacuten oficiosa acarreariacutea mayores dantildeos que la misma impunidad

del delincuente

Los delitos perseguibles previa denuncia (conocidos como perseguibles

de oficio) que puede ser formulada por cualquier persona son todos

aquellos en los que la autoridad estaacute obligada a actuar por mandato

legal persiguiendo y castigando a los responsables con independencia

de la voluntad de los ofendidos Consecuentemente en los delitos

perseguibles por denuncia no surte efecto alguno el perdoacuten del

ofendido a la inversa de lo que ocurre en los de querella necesaria

19

La mayor parte de los delitos se persiguen de oficio y soacutelo un reducido

nuacutemero a peticioacuten de la parte agraviada Entre eacutestos pueden citarse el

adulterio el estupro el abuso de confianza y otros delitos patrimoniales

Actualmente se observa la tendencia a aumentar el nuacutemero de los

delitos perseguidos por querella y que antes requeriacutean denuncia

DELITOS COMUNES FEDERALES OFICIALES MILITARES Y

POLIacuteTICOS

Esta clasificacioacuten es en funcioacuten de la materia

Los delitos comunes constituyen la regla general son aquellos que se

formulan en las leyes dictadas por las legislaturas locales en cambio los

federales se establecen en leyes expedidas por el Congreso de la Unioacuten

Los delitos oficiales son los que comete un empleado o funcionario

puacuteblico en el ejercicio de sus funciones (mejor dicho en abuso de ellas)

Los delitos del orden militar afectan la disciplina del Ejeacutercito La

Constitucioacuten General de la Repuacuteblica en el artiacuteculo 13 prohiacutebe a los

tribunales militares extender su jurisdiccioacuten sobre personas ajenas al

Instituto Armado

Los delitos poliacuteticos no han sido definidos de manera satisfactoria

Generalmente se incluyen todos los hechos que lesionan la organizacioacuten

del Estado en siacute misma o en sus oacuterganos o representantes El articulo

144 reformado del Coacutedigo Penal vigente considera delitos de caraacutecter

poliacutetico los de rebelioacuten sedicioacuten motiacuten y el de conspiracioacuten para

cometerlos El anteproyecto de 1949 los define asiacute Para todos los

efectos legales se consideran como de caraacutecter poliacutetico los delitos contra

la seguridad del Estado

CLASIFICACION DEL DELITO SEGUacuteN

RICARDO ABARCA

20

Conducta

La accioacuten puede definirse como el movimiento corporal que al realizarla

provoca un cambio en el mundo exterior pero esta accioacuten puede verse

desde dos perspectivas la primera seriacutea como acto que es la realizacioacuten

del movimiento la segunda es la omisioacuten que es la ausencia del

movimiento corporal y eacutesta a su vez se subdivide en dos en la omisioacuten

simple que es la inactividad del actuar y en la comisioacuten por omisioacuten que

se lleva a cabo cuando debiendo actuar de una manera para evitar el

resultado no se lleva a cabo la accioacuten y se comete el delito Asiacute el acto y

la omisioacuten nos dan el resultado y la relacioacuten de causalidad y fungiriacutean

como elementos positivos del delito ahora bien la accioacuten pasa al plano

de elemento negativo del delito cuando existe una ausencia de la accioacuten

y es cuando eacutesta surge sin la voluntad del agente tal y como lo

establece el artiacuteculo 14 del coacutedigo penal del Estado de Guanajuato en su

primer paacuterrafo obra culposamente quien produce un resultado tiacutepico

que no previo siendo previsible que previoacute confiando en que no se

produciriacutea siempre que dicho resultado sea debido a la inobservancia

del cuidado que le incumbe seguacuten las condiciones y sus circunstancias

personales

TIPICA

La tipicidad es la congruencia existente entre la accioacuten y el tipo penal

descrito en el Coacutedigo Penal es decir que exista una adecuacioacuten entre

estos dos aspectos Este elemento por si solo puede entenderse como

un elemento positivo del delito es decir cuando la accioacuten que cometes

esta prevista en la ley como un tipo penal Pero de igual manera puede

fungir como un elemento negativo y puede ser por la atipicidad

propiamente dicha como estaacute establecido en el Coacutedigo Penal del Estado

de Guanajuato en su artiacuteculo 33 fraccioacuten II- Falte alguno de los

21

elementos del tipo penal de que se trate (el delito se excluye)o por la

ausencia de tipicidad es decir cuando la conducta realizada no se

encuentre regida por la normatividad penal y por lo tanto no pueda ser

considerada delictuosa asiacute como tampoco pueda ser sancionada

Antijuriacutedica

Esteacute elemento se refiere cuando la accioacuten ejecutada es contraria a

derecho es decir va en contra del orden juriacutedico establecido en la

sociedad y regulado por el Estado ya que eacuteste a traveacutes de las normas de

cultura ordena y prohiacutebe ciertas acciones correspondiendo a sus

intereses valorativos y soacutelo cuando el Estado las privilegia con su tutela

al reconocerlas en la ley adquieren el rango de juriacutedicas

Asiacute podemos hablar de dos tipos de antijuridicidad la formal y la

material refirieacutendose la primera a la infraccioacuten de una norma que el

Estado la tiene en su cataacutelogo del orden juriacutedico y la segunda se refiere

cuando la accioacuten cometida lesiona o puede lesionar alguacuten bien juriacutedico

que como dije anteriormente eacutestos se encuentran bajo tutela del

derecho penal y siendo eacuteste puacuteblico al Estado le interesa mantener los

bienes juriacutedicos bajo su proteccioacuten

La antijuridicidad puede ser un elemento negativo del delito soacutelo en los

casos en los que exista alguacuten supuesto de exclusioacuten del delito sentildealados

en el artiacuteculo 33 del coacutedigo Penal del Estado Guanajuato

Dentro de los cuales encontramos por ejemplo la legitima defensa el

estado de necesidad caso fortuito cumplimiento de un deber o por

consentimiento de la viacutectima

Culpable

22

La culpabilidad puede variar en este concepto nos encontramos con dos

divisiones el dolo y la culpa

Se tiene presencia del dolo cuando la accioacuten cometida por el sujeto

activo es plena de conciencia y su plan criminal estaacute ideado plenamente

a causar la lesioacuten al bien juriacutedico es decir la plena manifestacioacuten de la

voluntad El dolo puede ser de tres maneras distintas directo cuando el

resultado es congruente con el fin propuesto del sujeto activo indirecto

cuando el sujeto activo se propone el fin delictivo y sabe con certeza

que causara otros fines el eventual que es cuando se preveacuten posibles

resultados que no se quieren

La culpa es cuando se comete el delito pero la voluntad del sujeto activo

es inexistente y puede a su vez dividirse en dos con representacioacuten

que se refiere o se da cuando el sujeto activo preveacute como posible alguacuten

resultado antijuriacutedico pero espera que no suceda sin representacioacuten se

da cuando el sujeto no preveacute el resultado por negligencia o falta de

cuidado

Tambieacuten existe la preterintencionalidad que consiste en la combinacioacuten

de las dos formas anteriores de culpabilidad es decir cuando la

conducta inicio de manera culposa y culmino de manera dolosa eacutesta

uacuteltima entra como elemento positivo del delito

La manera de que la culpabilidad sea elemento negativo del delito es en

los casos siguientes existencia de error ya sea de hecho o de derecho

eximentes putativas obediencia jeraacuterquica violencia moral estado de

necesidad exigibilidad de otra conducta

Esto es porque la culpabilidad estaacute fundada en hacer el juicio de

reproche al autor de la accioacuten antijuriacutedica tiacutepica pero por encontrarse en

una situacioacuten especial de desconocimiento de que la accioacuten realizada es

un delito provoca que eacutesta se convierta en inculpabilidad y por

consecuente inimputable

23

Punible

La punibilidad puede verse como una consecuencia que trae la comisioacuten

de un delito es decir si un sujeto actuacutea de manera iliacutecita y altera el

orden juriacutedico le sobrevendraacute una sancioacuten La punibilidad es entonces la

consecuencia juriacutedica que viene a la accioacuten punible El legislador ademaacutes

de procurar el orden juriacutedico estableciendo castigos a quienes violan

eacuteste hace depender la imposicioacuten de la pena de factores y

circunstancias externas e independientes del acto punible

Existen en nuestro sistema penal dos clases de sanciones las penas y

las medidas de seguridad Siendo las primeras de caraacutecter ejemplar y

las segundas de caraacutecter psicoloacutegico pero ambas coinciden en la

rehabilitacioacuten que procuran hacia el sujeto infractor

Se tiene claramente la distincioacuten en su clasificacioacuten que es la siguiente

las penas pueden variar como por ejemplo pena de muerte privacioacuten

de la libertad restriccioacuten de la libertad privacioacuten de derechos

restriccioacuten de derechos reparacioacuten del dantildeo Y las medidas de seguridad

pueden ser curativas eliminatorias o educativas

Las penas en nuestro Estado se encuentran reguladas por el Coacutedigo

Penal en su artiacuteculo 38 y las medidas de seguridad en el artiacuteculo 89

La manera de que la punibilidad entre como un elemento negativo del

delito es con las excusas absolutorias que son causas personales que se

encuentran legalmente previstas que aunque no eliminan el caraacutecter

delictivo de la accioacuten que cometioacute siacute excluyen la pena pues para el

Estado no es necesario establecer pena alguna contra tales hechos ya

que dichas circunstancias revelan una miacutenima peligrosidad

IMPUTABLE

Como lo hemos venido diciendo al sujeto activo se le hace un juicio de

24

reproche por desviarse del buen camino y es por eso que como uacuteltimo

elemento del delito encontramos la imputabilidad que puede

entenderse como la capacidad del sujeto de querer y entender la accioacuten

que realizo por lo que en este elemento entra en un gran campo la

conciencia o inconsciencia del sujeto

Retomando nuevamente lo que deciacutea en un inicio el derecho penal

mexicano estaacute bajo la influencia de la escuela finalista y por tanto se

considera que el sujeto tiene un libre albedriacuteo acerca de su actuar y

puede medir de manera plena las consecuencias juriacutedicas

Por tanto se tienen causas de inimputabilidad hacia el sujeto activo en

casos especiales como la minoriacutea de edad la enajenacioacuten o los estados

de inconsciencia ya que no se puede hablar de un reproche al sujeto si

eacuteste no actuoacute de manera consiente El primero es por la falta de

desarrollo mental del sujeto el segundo cuando la enfermedad de la

mente o el estado de inconsciencia privan de la consciencia de cometer

un delito o de obrar conforme a Derecho Y el tercero por el empleo de

sustancias toacutexicas embriagantes o estupefacientes por toxico

infecciones o por trastornos mentales Asiacute como lo establece el artiacuteculo

33 del Coacutedigo penal del Estado de Guanajuato en su primer paacuterrafo de la

fraccioacuten VII- Al momento de realizar el hecho tiacutepico y por causa de

enfermedad mental que perturbe gravemente su conciencia de

desarrollo psiacutequico incompleto o retardado o de grave perturbacioacuten de la

conciencia sin base patoloacutegica el agente no tenga la capacidad de

comprender el caraacutecter iliacutecito de aquel o de conducirse de acuerdo con

esa comprensioacuten

Ya que la imputabilidad es la base psicoloacutegica de la culpabilidad soacutelo el

sujeto que es capaz de querer y entender y solo asiacute puede ser

responsable

Eacutestos seriacutean los casos en los que el elemento de la imputabilidad

entrariacutea como elemento negativo del delito

25

CLASIFICACION DEL DELITO SEGUacuteN

CELESTINO PORTE PETIT

CLASIFICACION DEL DELITO

De acuerdo con el Coacutedigo Penal del Estado de Meacutexico en su capiacutetulo II

en el

Artiacuteculo 8- Establece que los delitos pueden ser

I Dolosos

El delito es doloso cuando se obra conociendo los elementos del tipo

penal o previendo como posible el resultado tiacutepico queriendo o

aceptando la realizacioacuten del hecho descrito por la ley

II Culposos

El delito es culposo cuando se produce un resultado tiacutepico que no se

previoacute siendo previsible o confiando en que no se produciriacutea en virtud

de la violacioacuten a un deber de cuidado que debiacutea y podiacutea observarse

seguacuten las circunstancias y condiciones personales

III Instantaacuteneos

Es instantaacuteneo cuando la consumacioacuten se agota en el mismo momento

en que se han realizado todos sus elementos constitutivos

IV Permanentes

Es permanente cuando la consumacioacuten se prolonga en el tiempo

V Continuados

26

Es continuado cuando existe unidad de propoacutesito delictivo pluralidad de

conductas e identidad de sujeto pasivo y se viola el mismo precepto

legal

Son delitos de accioacuten los que se cometen por medio de una conducta

positiva es decir un hacer Los delitos por omisioacuten se ejecutan por

medio de un comportamiento negativo un no hacer determinada

obligacioacuten o no ejecutar una accioacuten Ademaacutes existen delitos que por su

iacutendole estructural exigen para su existencia la incidencia de una accioacuten

y luego una omisioacuten o viceversa

Los delitos que no necesitan resultado material ya que la sola conducta

del sujeto los realiza son los que se perfeccionan con el cumplimiento

de determinada accioacuten u omisioacuten cuya consecuencia es la no-

observacioacuten de una obligacioacuten o de un deber pero cuyo resultado no se

manifiesta en el mundo fiacutesico con un hecho de momento perceptible

En tanto que los delitos de resultado son los que para su consumacioacuten

exigen ademaacutes de la conducta del sujeto activo que se produzca

determinado efecto distinto de la omisioacuten o de la accioacuten el resultado en

estos delitos se observa fiacutesicamente en el mundo real Los delitos se

clasifican de esta manera porque se atiende a la estructura exterior de

ellos

Los delitos de dantildeo requieren para su perfeccionamiento juriacutedico que el

bien tutelado juriacutedicamente protegido sea destruido o disminuido en

tanto en los delitos de peligro basta que el bien juriacutedico sea amenazado

al realizarse la conducta criminosa accioacuten u omisioacuten con la acusacioacuten

de un dantildeo o peligro inminente determinado y grave

Son delitos instantaacuteneos aquellos que con la sola realizacioacuten de la

conducta accioacuten u omisioacuten por el sujeto activo quedan realizados o

tipificados sin que se requiera accioacuten posterior para su continuidad o

vigencia Los delitos permanentes son los que se caracterizan porque el

hecho que los constituye o realiza da lugar a una situacioacuten dantildeosa o de 27

peligro que se prolonga en el tiempo a causa de la continuidad del

comportamiento del sujeto Para la existencia de estos delitos es

necesario que el estado dantildeoso o de peligro provenga de la conducta

del sujeto activo de manera continua es decir que no se agote en un

solo instante sino que prosiga durante determinado tiempo y que la

proacuterroga de la situacioacuten antijuriacutedica se deba a la exclusiva conducta

voluntaria del sujeto que prosigue con ella ininterrumpidamente

despueacutes de la -- realizacioacuten del hecho que constituye el delito

En este mismo orden de ideas atendiendo a la duracioacuten de las

consecuencias del delito eacutestas son permanentes es decir hay delitos

instantaacuteneos y delitos permanentes en cuanto a los actos de se

realizacioacuten con efectos permanentes cuya caracteriacutestica es la duracioacuten

de las consecuencias del delito

Ahora bien dentro de las especies del delito que por ser varias

conforme a los fines que se persigan para su tipificacioacuten o conforme al

bien juriacutedico que tutela la ley entre otros aspectos como la que se ha

realizado al principio de este acaacutepite tenemos ahora

Conforme a su gravedad tenemos delitos y faltas habraacute delito siempre

que se realice la conducta prevista y sancionada por la ley penal o en

alguna otra ley especial en tanto que la falta no obstante ser una

conducta contraria a la ley y sancionada por esta misma la sancioacuten la

aplica una autoridad u oacutergano diferente al Poder Judicial o Tribunal

generalmente una autoridad de iacutendole administrativa

Seguacuten la intencioacuten con que se comete o realiza la accioacuten que da origen

al delito tenemos delitos con intencioacuten o dolosos culposos o contra la

intencioacuten y los que son cometidos maacutes allaacute de la intencioacuten o

preterintencionales

Si se ha deseado realizar la accioacuten u omisioacuten para la comisioacuten del delito

y previsto el resultado del mismo se estaacute ante un delito doloso En

28

tanto que siacute de deseaba realizar la accioacuten u omisioacuten pero no el

resultado del delito se trata de un delito culposo Y cuando se ha

deseado realizar la accioacuten u omisioacuten y no el resultado como

consecuencia en su integridad sino un efecto menos grave se trata de

un delito preterintencional

Los delitos tipo o tambieacuten simples o netos son los que se presentan en

su puro modelo legal sin maacutes caracteriacutesticas que sus elementos

esenciales y los delitos circunstanciados son los que ademaacutes de contar

con los elementos esenciales se presentan acompantildeados de

circunstancias o accidentes a sus elementos

Por su efecto los delitos se consideran simples y complejos formales y

materiales de lesioacuten y de peligro Son simples o uniacute subsistentes en el

que coincide el momento ejecutivo y el momento consumativo se

realizan ambos en un soacutelo acto o momento Los complejos o

plurisubsistentes son aquellos cuya accioacuten ejecutiva consta de varios

actos en que puede integrarse El delito material es el que se consuma

al momento de verificarse el resultado material de eacutese en tanto que el

delito formal se perfecciona con una simple accioacuten u omisioacuten haciendo

abstraccioacuten de la verificacioacuten del resultado Los delitos de lesioacuten o dantildeo

y de peligro ya han sido tratados en paacuterrafos precedentes

Seguacuten el objeto o finque persiguen la perturbacioacuten dantildeo disminucioacuten o

destruccioacuten del bien juriacutedicamente protegido son delitos contra la cosa

puacuteblica o el Estado mismo o sus Instituciones y delitos contra las

personas privadas delitos poliacuteticos y no poliacuteticos

Seguacuten los sujetos que los realizan los delitos individuales y colectivos

comunes y especiales seguacuten la ley que los contenga y ocasionales y

habituales seguacuten la constancia con que delinque el sujeto que los

realiza

29

Seguacuten los requisitos para la procedibilidad o persecucioacuten de los delitos

conforme al bien juriacutedico protegido que afecta de acuerdo a la

naturaleza del dantildeo afectacioacuten del bien los delitos son de accioacuten puacuteblica

(denuncia) o de accioacuten privada (querella)

Para el desarrollo de este acaacutepite se tomaraacuten en cuenta las

disposiciones legales que se contienen en el Coacutedigo de Penal para el

Distrito Federal en Materia de Fuero Comuacuten y para toda la Repuacuteblica en

Materia de Fuero Federal el Coacutedigo de Procedimientos Penales para el

Distrito Federal el Coacutedigo Federal de Procedimientos Penales el Coacutedigo

Penal para el Estado de Meacutexico y el Coacutedigo de Procedimientos Penales

para el Estado de Meacutexico Por lo que las clasificaciones de los delitos

que ahora se presentaraacuten seraacute desde el punto de vista legal es decir

atendiendo a lo dispuesto en los ordenamientos legales vigentes de

iacutendole penal sustantiva y adjetiva seguacuten se trate

CLASIFICACION DEL DELITOP SEGUacuteN

EDUARDO LOacutePEZ BENTANCOURT

Por su Composicioacuten

Normales son aquellos en los que el tipo estaraacute conformado de

elementos objetivos

Anormales son los tipos penales que ademaacutes de contener

elementos objetivos tambieacuten se conforman con elementos

subjetivos o normativos

Por su Ordenacioacuten Metodoloacutegica

Fundamentales son los tipos con plena independencia

formados con una conducta iliacutecita sobre un bien juriacutedicamente

tutelado

30

Especiales son los tipos que contienen en su descripcioacuten alguacuten

tipo de caracteriacutestica

Complementados son aquellos que requieren de la realizacioacuten

previa de un tipo baacutesico no tienen autonomiacutea

Por su Autonomiacutea o Independencia

Autoacutenomos son los tipos penales con vida propia no necesitan

de la realizacioacuten de alguacuten otro

Subordinados Requieren de la existencia de alguacuten otro tipo

Por su Formulacioacuten

Casuiacutesticos el legislador plantea varias formas de realizacioacuten del

delito subdividieacutendose en

Alternativos son aquellos donde se plantean dos o maacutes hipoacutetesis

y se precisa de la ejecucioacuten de solo una de ellas para la tipificacioacuten

de la conducta iliacutecita

Acumulativos se exige la realizacioacuten o concurso de todas las

hipoacutetesis que el legislador ha plasmado en el tipo penal para la

adecuacioacuten de la conducta al mismo

Amplios contiene en su descripcioacuten una hipoacutetesis uacutenica en donde

caben todos los modos de ejecucioacuten se colma el tipo penal con la

lesioacuten causada al bien juriacutedicamente tutelado

Por el Dantildeo que Causan

De Lesioacuten requieren de un dantildeo inminente al bien juriacutedico

tutelado

De Peligro basta con el simple riesgo en que se pone al bien

juriacutedicamente tutelado

31

  • CLASIFICACION DEL DELITO
Page 7: Clasificación del delito

Un delito doloso se reconoce en el CP por la palabra inserta a

sabiendas como en la acusacioacuten y denuncia que dice El que a

sabiendas acusare a persona que no cometioacute(CP 166) o en la

receptacioacuten que dice El que a sabiendas comprare cosas

robadas(CP 172)

Por La Relacioacuten Psiacutequica Entre Sujeto Y Su Acto

preterintencional o ultraintensional

Delito Preterintencional (O ultraintensional) Es aquella en que

se desea cometer un delito pero resulta otro maacutes grave Ej Cuando

soacutelo se lo quiere lesionar pero lo mata La sancioacuten sigue la Teoriacutea de la

Responsabilidad Objetiva o sea son calificados por el resultado por el

evento ocurrido que no estaba en la intensioacuten del agente

Por El Nuacutemero De Personas individual colectivo

Delitos Individuales Son los realizados por una sola persona ej La

violacioacuten el prevaricato

Delitos Colectivos Son los realizados por 2 o maacutes personas ej

Sedicioacuten conspiracioacuten (CP 123 126)

Por El Bien Vulnerado simple complejo conexo

Delito Simple Violan un solo bien o intereacutes juriacutedicamente protegido

ej El homicidio viola el derecho a la vida

Delito Complejo Violacioacuten de varios bienes o intereses protegidos Ej

Rapto seguido de violacioacuten Es casi igual al Concurso Real De Delitos

7

Delito Conexo Las acciones estaacuten vinculadas de tal manera que unos

resultados dependen de unas acciones y otros resultados de otras

acciones Ej

Los delincuentes se ponen de acuerdo antes luego cometen delitos en

diferentes tiempos y lugares

Por La Unidad Del Acto Y Pluralidad Del

Resultado concurso ideal concurso real

Concurso Ideal de Delitos (Delito Compuesto) Con una sola

accioacuten se violan varios bienes juriacutedicos (CP 44) Ej una accioacuten como

una patada puede causar dos delitos lesiones y atentado Golpear a una

mujer embarazada produce delitos como lesiones y aborto Se sanciona

con pena del delito maacutes grave se puede aumentar hasta un maacuteximo de

una cuarta parte del delito maacutes grave

Concurso Real de Delitos (CP 45) Dos o maacutes acciones u

omisiones dan a lugar a dos o maacutes delitos Ej Explosioacuten de automoacutevil

con bomba en centro comercial Las acciones que generaron pueden

ser apoderamiento de un automoacutevil instalacioacuten de la bomba Los

delitos son robo de automoacutevil y terrorismo Se sanciona con pena del

delito maacutes grave se puede aumentar el maacuteximo hasta una mitad

Ambas se caracterizan porque las disposiciones a aplicarse no se

excluyen

Por La Naturaleza Intriacutenseca comuacuten poliacutetico

social contra la humanidad

Delito comuacuten Lesiona los intereses tutelados de los particulares ej

la vida el patrimonio la libertad

8

Delito poliacutetico Criterios Objetivo El delito poliacutetico es aquel que

lesiona la organizacioacuten poliacutetica y social del estado Criterio subjetivo Es

aqueacutel que lesiona la organizacioacuten poliacutetica y social con voluntad altruista

y de sacrificio

Criterio mixto El delito poliacutetico es aqueacutel inspirado con fines generosos

atenta contra la seguridad externa e interna de un Estado persiguiendo

mantener el orden establecido o cambiarlo a formas maacutes superiores

Diferencias El DC lesiona intereses particulares el DP afecta el intereacutes

colectivo traducido en la seguridad y estabilidad del Estado el autor de

un DC puede ser indultado conmutada su pena o extraditado el autor

de un DP puede ser amnistiado pero nunca extraditado los DC ligados a

delitos poliacuteticos son tratados como si fueran DP

Delito social Aquel que va contra el reacutegimen econoacutemico y social Ej

sabotaje (CP 232) Delitos contra la Humanidad Son los que atentan

contra los derechos esenciales de la persona humana Ej vida

nacionalidad religioacuten opinioacuten etc

La Convencioacuten Internacional sobre el Genocidio de 1948

cataloga como Delitos contra la Humanidad a los siguientes

1048707 El homicidio de grupo

1048707 El exterminio (Acabar del todo con la fuerza)

1048707 La deportacioacuten en tiempo de paz

1048707 El genocidio

1048707 La reduccioacuten a la servidumbre

1048707 La persecucioacuten poliacutetica o religiosa

Los delitos contra la humanidad se caracterizan por (a) Son cometidos

debido a raza nacionalidad o discrepancia poliacutetica y (b) Seacute atento

contra la poblacioacuten civil inclusive contra la propia poblacioacuten en los

golpes de Estado

9

CLASIFICACION DEL DELITO SEGUacuteN Jimeacutenez

ANZUALos autores siempre han tratado de establecer ciertas diferencias en las

infracciones penales cada uno trata o a tratado de poner su grano de

arena en lo que a clasificacioacuten del delito se trata

Seguacuten JIMEacuteNEZ ANZUA

1- ldquoPor la extensioacuten de la Ley en que se encuentran castigadosrdquo

Comunes Aquellos delitos que infringen que significan una violacioacuten

de deberes comunes a todos los miembros de la sociedad

Especiales aquellos delitos que implican una violacioacuten de deberes

especiales que se imponen a determinadas personas en razoacuten de su

funcioacuten o estado

2- ldquoCriterio que toma en cuenta el momento en que se comete el delitordquo

Flagrantes El delito es flagrante en el momento en que se comete

despueacutes deja de serlo Antiguamente se castigaba maacutes duramente que

los demaacutes

No Flagrantes Cuando el delito se ha cometido o sea cuando ya pasoacute

el momento de flagrancia

3- ldquoCriterio que toma en cuenta la persecucioacuten del delitordquo

Delitos Puacuteblicos Son aquellos que son perseguidos de oficio es decir

el Juez tiene la obligacioacuten mutua propia de iniciar el procedimiento

Delitos Privados Son aquellos delitos que soacutelo pueden perseguirse a

instancia de parte

Su fundamento lo encontramos en una delegacioacuten que el Estado hace a

la viacutectima o sus representantes legales de perseguir el delito

especialmente en aquellos contrarios al honor y la honestidad cuya

publicidad dantildeariacutea considerablemente a la viacutectima Deja pues a eacutesta la

10

determinacioacuten de perseguirlos o no tratando con lo anterior de no caer

en un mal mayor

4- ldquoCriterio que toma en cuenta el resultadordquo

Delitos Formales Es el que juriacutedicamente se consuma por el hecho de

la accioacuten u omisioacuten sin dejar resultado externo

Delitos Materiales El que al consumarse produce el resultado

antijuriacutedico que se proponiacutea el culpable

5- ldquoCriterio que toma en cuenta la duracioacuten del delitordquo

Delitos instantaacuteneos Aquellos en que la violacioacuten juriacutedica realizada en

la consumacioacuten se extingue con esta

Delitos permanentes Aquellos en los cuales la violacioacuten juriacutedica

continuacutea auacuten despueacutes de consumados

6- ldquoEn relacioacuten a la cantidad de bienes juriacutedicos violadosrdquo

Delitos simples Son aquellos que violan un solo bien juriacutedico o un solo

intereacutes

Juriacutedicamente protegidos

Delitos Complejos Son aquellos constituidos por la infraccioacuten de

varios o diversos bienes juriacutedicos a traveacutes de hechos diferentes cada

uno de los cuales constituye un delito

7- ldquoCriterio que toma en cuenta la actividad o inactividad del culpablerdquo

Delitos de accioacuten Son aqueacutellos que consisten en un acto material y

positivo ya sea de dantildeo o peligro que contienen infraccioacuten de ley

Delitos de Omisioacuten Consisten en la inaccioacuten o abstencioacuten cuando la

ley impone la ejecucioacuten de un hecho determinado

8- ldquoCriterio que toma en cuenta la posibilidad o no de produccioacuten del

resultadordquo

Delito de dantildeo Aqueacutel que causa un (repitiendo) dantildeo directo con los

bienes juriacutedicos o intereses

Delito de peligro Aqueacutel que no causa un dantildeo efectivo en los bienes

juriacutedicos pero crean una situacioacuten de posibilidad de la produccioacuten maacutes o

menos proacutexima

11

Esta clasificacioacuten aparece con Binding quien les llama delitos de lesioacuten

y de peligro Al respecto Manzini dice que el libro nunca es una realidad

sino que un juicio loacutegico una mera previsioacuten fundada de lo que podriacutea

suceder en el provenir Exterior con voluntad de realizar la accioacuten y con

representacioacuten del resultado que se quiere o ratifica

Delito culposo Son aquellos en los cuales se produce el resultado

antijuriacutedico por falta del deber de atencioacuten o previsioacuten no soacutelo cuando

ha faltado al autor la representacioacuten del resultado que sobre vendraacute (o

de la consecuencia del no hacer) sino cuando la esperanza de que no

sobrevenga ha sido fundamento decisivo de las actividades del autor (o

de sus omisiones) que se producen sin querer el resultado antijuriacutedico (o

lo injusto de la inaccioacuten) y sin ratificarlo

Delitos Preterintencionales Son aqueacutellos en los cuales el resultado

material es mayor que el que el agente se propuso causar Delitos

Dolosos y Delitos Culposos podriacuteamos agregar tambieacuten los delitos

preterintencionales aunque la preterintencionalidad ya conlleva un dolo

inicial pues el agente se proponiacutea causar un dantildeo y el resultado supera

a esa intencioacuten dolosa inicial que teniacutea el culpable

10- ldquoCriterio que toma en cuenta la gravedad del delitordquo

Aquiacute tenemos dos clasificaciones

a) Una Tripartita-que los divide en Criacutemenes delitos faltas o

contravenciones Conceptos criacutemenesmdashLos que lesionan los Derechos

Naturales como la vida y la libertad Delitosmdashque violan solamente los

derechos creados por el contrato social como la propiedad faltas o

contravenciones- - que infringiacutean disposiciones y reglamentos de policiacutea

b) La bipartita que los divide en delitos

La clasificacioacuten Tripartita tiene su origen en el siglo XVII fue muy

defendida por los juristas Sapones quienes en decir de Cuello Caloacuten

dividiacutean las infracciones en ATROCISMO ATROCIORA Y LEVIA y en decir

de Antoacuten Oneca en LEVIA ATROCIA Y ATROCISIMA Su verdadero

fundamento se encuentra en la literatura penal del periacuteodo filosoacutefico

12

CLASIFICACION DEL DELITO SEGUacuteN CUELLO

CALOacuteNEN FUNCIOacuteN DE SU GRAVEDAD

Tomando en cuenta la gravedad de las infracciones penales se han

hecho varias clasificaciones Seguacuten una divisioacuten bipartita se distingue los

delitos de las faltas la clasificacioacuten tripartita habla de criacutemenes delitos

y faltas o contravenciones En esta divisioacuten se considera criacutemenes los

atentados contra la vida y los derechos naturales del hombre delitos

las conductas contrarias a los derechos nacidos del contrato social

como el derecho de propiedad por faltas o contravenciones las

infracciones a los reglamentos de policiacutea y buen gobierno

En Meacutexico carecen de importancia estas distinciones porque los Coacutedigos

Penales soacutelo se ocupan de los delitos en general en donde se subsumen

tambieacuten los que otras legislaciones se denominan criacutemenes la represioacuten

de las faltas se abandona a disposiciones administrativas aplicadas por

autoridades de ese caraacutecter

SEGUacuteN LA FORMA DE LA CONDUCTA DEL AGENTE

Por la conducta del agente o como dicen algunos autores seguacuten la

manifestacioacuten de la voluntad los delitos pueden ser de accioacuten y de

omisioacuten

Los de accioacuten se cometen mediante un comportamiento positivo en

ellos se viola una ley prohibitiva Eusebio Goacutemez afirma que son

aquellos en que las condiciones de donde deriva su resultado reconocen

como causa determinante un hecho positivo del sujeto En los delitos de

omisioacuten el objeto prohibido es una abstencioacuten del agente consisten en

la no ejecucioacuten de algo ordenado por la ley Para el mismo Eusebio

Goacutemez en los delitos de omisioacuten las condiciones de que deriva su

resultado reconocen como causa determinante la falta de observancia

13

por parte del sujeto de un precepto obligatorio Debe agregarse que los

delitos de omisioacuten violan una ley dispositiva en tanto los de accioacuten

infringen una prohibitiva

Los delitos de omisioacuten suelen dividirse en delitos de simple omisioacuten y de

comisioacuten por omisioacuten tambieacuten llamados delitos de omisioacuten impropia

Los delitos de simple omisioacuten o de omisioacuten propiamente dicho

consisten en la falta de una actividad juriacutedicamente ordenada con

independencia del resultado material que produzcan es decir se

sancionan por la omisioacuten misma tal es el caso que se impone a todos la

obligacioacuten positiva de auxiliar a las autoridades para la averiguacioacuten de

los delitos y para la persecucioacuten de los delincuentes

Los delitos de comisioacuten por omisioacuten o impropios delitos de omisioacuten son

aquellos en los que el agente decide no actuar y por esa inaccioacuten se

produce el resultado material Para Cuello Caloacuten consisten los falsos

delitos de omisioacuten en la aparicioacuten de un resultado delictivo de caraacutecter

positivo por inactividad formula que se concretiza en la produccioacuten de

un cambio en el mundo exterior mediante la omisioacuten de algo que el

derecho ordenaba hacer

Como ejemplo del delito de comisioacuten por omisioacuten se cita el de la madre

que con deliberado propoacutesito de dar muerte a su hijo recieacuten nacido no

lo amamanta producieacutendose el resultado letal La madre no ejecuta acto

alguno antes bien deja de realizar lo debido

En los delitos de simple omisioacuten hay una violacioacuten juriacutedica y un

resultado puramente formal mientras en los de comisioacuten por omisioacuten

ademaacutes de la violacioacuten juriacutedica se produce un resultado material En los

primeros se viola una ley dispositiva en los de comisioacuten por omisioacuten se

infringe una dispositiva y una prohibitiva

POR EL RESULTADO

14

Seguacuten el resultado que producen los delitos se clasifican en formales y

materiales A los primeros tambieacuten se les denomina delitos de simple

actividad o de accioacuten a los segundos se les llama delitos de resultado o

de resultado material

Los delitos formales son aquellos en los que se agota el tipo penal en el

movimiento corporal o en la omisioacuten del agente no siendo necesaria

para su integracioacuten que se produzca alguna alteracioacuten en la estructura o

funcionamiento del objeto material Son delitos de mera conducta se

sanciona la accioacuten (u omisioacuten) en siacute misma Como estaacuten el delito formal

con el falso testimonio la portacioacuten de arma prohibida y la portacioacuten

iliacutecita de enervantes

Los delitos materiales son aquellos en los cuales para su integracioacuten se

requiere la destruccioacuten o alteracioacuten de la estructura o del

funcionamiento del objeto material (homicidio dantildeo en propiedad

ajena)

POR LA LESIOacuteN QUE CAUSAN

Con relacioacuten al efecto resentido por la viacutectima o sea en razoacuten del bien

juriacutedico los delitos se dividen en delitos de dantildeo y de peligro Los

primeros consumados causan dantildeo directo y efectivo en intereses

juriacutedicamente protegidos por la pena violada como el homicidio el

fraude etc los segundos no causan dantildeo directo a tales intereses pero

los ponen en peligro como el abandono de personas o la omisioacuten de

auxilio El peligro es la situacioacuten en que se colocan los bienes juriacutedicos

de la cual deriva la posibilidad de casacioacuten de un dantildeo

POR SU DURACIOacuteN

15

Los delitos se dividen en instantaacuteneos instantaacuteneos con efectos

permanentes continuados y permanentes Nuestra ley penal reformada

(seguacuten Decreto publicado el 13 de enero de 1984) en su artiacuteculo 7ordm solo

alude a tres especies de delitos en funcioacuten de su duracioacuten instantaacuteneo

permanente o continuo y continuado

INSTANTAacuteNEO

La accioacuten que lo consuma se perfecciona en un solo momento El

caraacutecter de instantaacuteneo no se lo dan a un delito de efectos que eacutel causa

sino la naturaleza de la accioacuten a la que la ley acuerda el caraacutecter de con

sumatoria El delito instantaacuteneo puede realizarse mediante una accioacuten

compuesta de varios actos o movimientos Para la calificacioacuten se atiende

a la unidad de accioacuten si con ella se consuma el delito no importando

que a su vez esa accioacuten se descomponga en actividades el momento

consumativo expresado en la ley da la nota al delito instantaacuteneo Existe

una accioacuten y una lesioacuten juriacutedica El evento consumativo tiacutepico se produce

en un solo instante como el homicidio y el robo

Actualmente la fraccioacuten I del artiacuteculo 7ordm del Coacutedigo Penal lo define asiacute

instantaacuteneo cuando la consumacioacuten se agota en el mismo momento en

que se han realizado todos los elementos constitutivos

INSTANTAacuteNEO CON EFECTOS PERMANENTES

Es aquel cuya conducta destruye o disminuye el bien juriacutedico tutelado

en forma instantaacutenea en un solo momento pero permanecen las

consecuencias nocivas del mismo El homicidio por ejemplo se destruye

el bien juriacutedico de la vida y la supresioacuten del mismo consecuencia de la

conducta perdura para siempre en las lesiones el bien juriacutedico

protegido (la salud o la integridad corporal) disminuye

instantaacuteneamente como resultado de la actividad humana pero la

alteracioacuten en la salud permanece por un determinado tiempo

POR EL ELEMENTO INTERNO O CULPABILIDAD

16

Teniendo como base la culpabilidad los delitos se clasifican en dolosos y

culposos Algunos autores y legisladores agregan los llamados

preterintencionales De conformidad con el Coacutedigo Penal del Distrito

Federal las acciones y omisiones delictivas solamente pueden realizarse

dolosa o culposamente (artiacuteculo 8ordm)

El delito es doloso cuando se dirige la voluntad consciente a la

realizacioacuten del hecho tiacutepico y antijuriacutedico como en el robo en donde el

sujeto decide apoderarse y se apodera sin derecho del bien mueble

ajeno En la culpa no se requiere el resultado penalmente tipificado mas

surge por obrar sin las cautelas y precauciones exigidas por el Estado

para asegurar la vida en comuacuten como en el caso del manejador de un

vehiacuteculo que con manifiesta falta de precaucioacuten o cuidado corre a

excesiva velocidad y mata o lesiona a un transeuacutente

Es preterintencional cuando el resultado sobrepasa a la intencioacuten si el

agente proponieacutendose golpear a otro sujeto lo hace caer debido al

empleo de violencia y se produce la muerte solo hubo dolo respecto a

los golpes pero no se quiso el resultado letal

SIMPLES Y COMPLEJOS

En funcioacuten de su estructura o composicioacuten los delitos se clasifican en

simples y complejos Llaacutemense simples aquellos en los cuales la lesioacuten

juriacutedica es uacutenica como el homicidio De ellos la accioacuten determina una

lesioacuten juriacutedica inescindible Delitos complejos son aquellos en los cuales

la figura juriacutedica consta de unificacioacuten de dos infracciones cuya fusioacuten

da nacimiento a una figura delictiva nueva superior en gravedad a las

que la componen tomadas aisladamente No es lo mismo delito

complejo que concurso de delitos En el delito complejo la misma ley en

un tipo crea el compuesto como delito uacutenico pero en el tipo intervienen

dos o maacutes delitos que pueden figurar por separado en cambio en el

concurso las infracciones no existen como una sola sino

separadamente pero es un mismo sujeto quien las ejecuta17

El delito de robo puede revestir las dos formas es decir es dable

considerarlo como delito simple cuando consiste en mero

apoderamiento de bienes muebles ajenos sin derecho y sin

consentimiento de la persona autorizada para disponer de los mismos

con arreglo a la ley pero el Coacutedigo Penal vigente erige el artiacuteculo 381

bis una calificativa (agravadora de la penalidad del robo simple) para el

robo cometido en casa habitacioacuten formase asiacute un tipo circunstanciado

que subsume el robo y el allanamiento de morada delitos que poseen

vida independiente mas si el iliacutecito patrimonial de referencia se realiza

en lugares habitados o destinados para habitacioacuten no es dable aplicar

las penas de allanamiento de morada sino precisamente las

correspondientes a la figura compleja

DELITOS UNISUBSISTENTES Y PLURISUBSISTENTES

Por el nuacutemero de actos integrantes de la accioacuten tiacutepica los delitos se

denominan unisubsistentes y plurisubsistentes los primeros se forman

por un solo acto mientras los segundos constan de varios actos

Expresa Soler que el delito plurisubsistente a diferencia del complejo

cada uno de los actos integrantes de una solo figura no constituye a su

vez un delito autoacutenomo Asiacute sigue diciendo para imputar el ejercicio

ilegal de la medicina es preciso que la actividad imputada conste de

varios hechos homogeacuteneos pues para la existencia del delito es

requerida la habitualidad El delito plurisubsistente es el resultado de la

unificacioacuten de varios actos naturalmente separados bajo una sola

figura el complejo en cambio es el producto de la fusioacuten de dos hechos

en siacute mismos delictuosos El delito plurisubsistente es fusioacuten de actos el

complejo fusioacuten de figuras delictivas

DELITOS UNISUBJETIVOS Y PLURISUBJETIVOS

Esta clasificacioacuten atiende a la unidad o pluralidad de sujetos que

intervienen para ejecutar el hecho descrito en el tipo El peculado por

ejemplo es delito unisubjetivo por ser suficiente para colmar el tipo la 18

actuacioacuten de un solo sujeto que tenga el caraacutecter de encargado de un

servicio puacuteblico y soacutelo eacutel concurre con su conducta a conformar la

descripcioacuten de la ley pero es posible su realizacioacuten por dos o maacutes

tambieacuten son unisubjetivos el homicidio el robo la violacioacuten etc El

adulterio al contrario es un delito plurisubjetivo por requerir

necesariamente en virtud de la descripcioacuten tiacutepica la concurrencia de

dos sujetos para integrar el tipo (a menos que opere en favor de uno de

ellos por ejemplo una causa de inculpabilidad por error de hecho

esencial e insuperable) igualmente la asociacioacuten delictuosa en donde

se exige tiacutepicamente el concurso de tres o maacutes individuos

POR LA FORMA DE SU PERSECUCIOacuteN

Como una reminiscencia del periodo de la venganza privada existe en

las legislaciones un grupo de delitos que solo pueden perseguirse si asiacute

lo manifiesta el ofendido o sus legiacutetimos representantes Estos delitos

son llamados privados o de querella necesaria cuya persecucioacuten

uacutenicamente es posible si se llena el requisito previo de la querella de la

parte ofendida mas una vez formulada la querella la autoridad estaacute

obligada a perseguir La razoacuten por la cual se mantienen en las

legislaciones estos delitos perseguibles por querella de la parte

ofendida se basa en la consideracioacuten de que en ocasiones la

persecucioacuten oficiosa acarreariacutea mayores dantildeos que la misma impunidad

del delincuente

Los delitos perseguibles previa denuncia (conocidos como perseguibles

de oficio) que puede ser formulada por cualquier persona son todos

aquellos en los que la autoridad estaacute obligada a actuar por mandato

legal persiguiendo y castigando a los responsables con independencia

de la voluntad de los ofendidos Consecuentemente en los delitos

perseguibles por denuncia no surte efecto alguno el perdoacuten del

ofendido a la inversa de lo que ocurre en los de querella necesaria

19

La mayor parte de los delitos se persiguen de oficio y soacutelo un reducido

nuacutemero a peticioacuten de la parte agraviada Entre eacutestos pueden citarse el

adulterio el estupro el abuso de confianza y otros delitos patrimoniales

Actualmente se observa la tendencia a aumentar el nuacutemero de los

delitos perseguidos por querella y que antes requeriacutean denuncia

DELITOS COMUNES FEDERALES OFICIALES MILITARES Y

POLIacuteTICOS

Esta clasificacioacuten es en funcioacuten de la materia

Los delitos comunes constituyen la regla general son aquellos que se

formulan en las leyes dictadas por las legislaturas locales en cambio los

federales se establecen en leyes expedidas por el Congreso de la Unioacuten

Los delitos oficiales son los que comete un empleado o funcionario

puacuteblico en el ejercicio de sus funciones (mejor dicho en abuso de ellas)

Los delitos del orden militar afectan la disciplina del Ejeacutercito La

Constitucioacuten General de la Repuacuteblica en el artiacuteculo 13 prohiacutebe a los

tribunales militares extender su jurisdiccioacuten sobre personas ajenas al

Instituto Armado

Los delitos poliacuteticos no han sido definidos de manera satisfactoria

Generalmente se incluyen todos los hechos que lesionan la organizacioacuten

del Estado en siacute misma o en sus oacuterganos o representantes El articulo

144 reformado del Coacutedigo Penal vigente considera delitos de caraacutecter

poliacutetico los de rebelioacuten sedicioacuten motiacuten y el de conspiracioacuten para

cometerlos El anteproyecto de 1949 los define asiacute Para todos los

efectos legales se consideran como de caraacutecter poliacutetico los delitos contra

la seguridad del Estado

CLASIFICACION DEL DELITO SEGUacuteN

RICARDO ABARCA

20

Conducta

La accioacuten puede definirse como el movimiento corporal que al realizarla

provoca un cambio en el mundo exterior pero esta accioacuten puede verse

desde dos perspectivas la primera seriacutea como acto que es la realizacioacuten

del movimiento la segunda es la omisioacuten que es la ausencia del

movimiento corporal y eacutesta a su vez se subdivide en dos en la omisioacuten

simple que es la inactividad del actuar y en la comisioacuten por omisioacuten que

se lleva a cabo cuando debiendo actuar de una manera para evitar el

resultado no se lleva a cabo la accioacuten y se comete el delito Asiacute el acto y

la omisioacuten nos dan el resultado y la relacioacuten de causalidad y fungiriacutean

como elementos positivos del delito ahora bien la accioacuten pasa al plano

de elemento negativo del delito cuando existe una ausencia de la accioacuten

y es cuando eacutesta surge sin la voluntad del agente tal y como lo

establece el artiacuteculo 14 del coacutedigo penal del Estado de Guanajuato en su

primer paacuterrafo obra culposamente quien produce un resultado tiacutepico

que no previo siendo previsible que previoacute confiando en que no se

produciriacutea siempre que dicho resultado sea debido a la inobservancia

del cuidado que le incumbe seguacuten las condiciones y sus circunstancias

personales

TIPICA

La tipicidad es la congruencia existente entre la accioacuten y el tipo penal

descrito en el Coacutedigo Penal es decir que exista una adecuacioacuten entre

estos dos aspectos Este elemento por si solo puede entenderse como

un elemento positivo del delito es decir cuando la accioacuten que cometes

esta prevista en la ley como un tipo penal Pero de igual manera puede

fungir como un elemento negativo y puede ser por la atipicidad

propiamente dicha como estaacute establecido en el Coacutedigo Penal del Estado

de Guanajuato en su artiacuteculo 33 fraccioacuten II- Falte alguno de los

21

elementos del tipo penal de que se trate (el delito se excluye)o por la

ausencia de tipicidad es decir cuando la conducta realizada no se

encuentre regida por la normatividad penal y por lo tanto no pueda ser

considerada delictuosa asiacute como tampoco pueda ser sancionada

Antijuriacutedica

Esteacute elemento se refiere cuando la accioacuten ejecutada es contraria a

derecho es decir va en contra del orden juriacutedico establecido en la

sociedad y regulado por el Estado ya que eacuteste a traveacutes de las normas de

cultura ordena y prohiacutebe ciertas acciones correspondiendo a sus

intereses valorativos y soacutelo cuando el Estado las privilegia con su tutela

al reconocerlas en la ley adquieren el rango de juriacutedicas

Asiacute podemos hablar de dos tipos de antijuridicidad la formal y la

material refirieacutendose la primera a la infraccioacuten de una norma que el

Estado la tiene en su cataacutelogo del orden juriacutedico y la segunda se refiere

cuando la accioacuten cometida lesiona o puede lesionar alguacuten bien juriacutedico

que como dije anteriormente eacutestos se encuentran bajo tutela del

derecho penal y siendo eacuteste puacuteblico al Estado le interesa mantener los

bienes juriacutedicos bajo su proteccioacuten

La antijuridicidad puede ser un elemento negativo del delito soacutelo en los

casos en los que exista alguacuten supuesto de exclusioacuten del delito sentildealados

en el artiacuteculo 33 del coacutedigo Penal del Estado Guanajuato

Dentro de los cuales encontramos por ejemplo la legitima defensa el

estado de necesidad caso fortuito cumplimiento de un deber o por

consentimiento de la viacutectima

Culpable

22

La culpabilidad puede variar en este concepto nos encontramos con dos

divisiones el dolo y la culpa

Se tiene presencia del dolo cuando la accioacuten cometida por el sujeto

activo es plena de conciencia y su plan criminal estaacute ideado plenamente

a causar la lesioacuten al bien juriacutedico es decir la plena manifestacioacuten de la

voluntad El dolo puede ser de tres maneras distintas directo cuando el

resultado es congruente con el fin propuesto del sujeto activo indirecto

cuando el sujeto activo se propone el fin delictivo y sabe con certeza

que causara otros fines el eventual que es cuando se preveacuten posibles

resultados que no se quieren

La culpa es cuando se comete el delito pero la voluntad del sujeto activo

es inexistente y puede a su vez dividirse en dos con representacioacuten

que se refiere o se da cuando el sujeto activo preveacute como posible alguacuten

resultado antijuriacutedico pero espera que no suceda sin representacioacuten se

da cuando el sujeto no preveacute el resultado por negligencia o falta de

cuidado

Tambieacuten existe la preterintencionalidad que consiste en la combinacioacuten

de las dos formas anteriores de culpabilidad es decir cuando la

conducta inicio de manera culposa y culmino de manera dolosa eacutesta

uacuteltima entra como elemento positivo del delito

La manera de que la culpabilidad sea elemento negativo del delito es en

los casos siguientes existencia de error ya sea de hecho o de derecho

eximentes putativas obediencia jeraacuterquica violencia moral estado de

necesidad exigibilidad de otra conducta

Esto es porque la culpabilidad estaacute fundada en hacer el juicio de

reproche al autor de la accioacuten antijuriacutedica tiacutepica pero por encontrarse en

una situacioacuten especial de desconocimiento de que la accioacuten realizada es

un delito provoca que eacutesta se convierta en inculpabilidad y por

consecuente inimputable

23

Punible

La punibilidad puede verse como una consecuencia que trae la comisioacuten

de un delito es decir si un sujeto actuacutea de manera iliacutecita y altera el

orden juriacutedico le sobrevendraacute una sancioacuten La punibilidad es entonces la

consecuencia juriacutedica que viene a la accioacuten punible El legislador ademaacutes

de procurar el orden juriacutedico estableciendo castigos a quienes violan

eacuteste hace depender la imposicioacuten de la pena de factores y

circunstancias externas e independientes del acto punible

Existen en nuestro sistema penal dos clases de sanciones las penas y

las medidas de seguridad Siendo las primeras de caraacutecter ejemplar y

las segundas de caraacutecter psicoloacutegico pero ambas coinciden en la

rehabilitacioacuten que procuran hacia el sujeto infractor

Se tiene claramente la distincioacuten en su clasificacioacuten que es la siguiente

las penas pueden variar como por ejemplo pena de muerte privacioacuten

de la libertad restriccioacuten de la libertad privacioacuten de derechos

restriccioacuten de derechos reparacioacuten del dantildeo Y las medidas de seguridad

pueden ser curativas eliminatorias o educativas

Las penas en nuestro Estado se encuentran reguladas por el Coacutedigo

Penal en su artiacuteculo 38 y las medidas de seguridad en el artiacuteculo 89

La manera de que la punibilidad entre como un elemento negativo del

delito es con las excusas absolutorias que son causas personales que se

encuentran legalmente previstas que aunque no eliminan el caraacutecter

delictivo de la accioacuten que cometioacute siacute excluyen la pena pues para el

Estado no es necesario establecer pena alguna contra tales hechos ya

que dichas circunstancias revelan una miacutenima peligrosidad

IMPUTABLE

Como lo hemos venido diciendo al sujeto activo se le hace un juicio de

24

reproche por desviarse del buen camino y es por eso que como uacuteltimo

elemento del delito encontramos la imputabilidad que puede

entenderse como la capacidad del sujeto de querer y entender la accioacuten

que realizo por lo que en este elemento entra en un gran campo la

conciencia o inconsciencia del sujeto

Retomando nuevamente lo que deciacutea en un inicio el derecho penal

mexicano estaacute bajo la influencia de la escuela finalista y por tanto se

considera que el sujeto tiene un libre albedriacuteo acerca de su actuar y

puede medir de manera plena las consecuencias juriacutedicas

Por tanto se tienen causas de inimputabilidad hacia el sujeto activo en

casos especiales como la minoriacutea de edad la enajenacioacuten o los estados

de inconsciencia ya que no se puede hablar de un reproche al sujeto si

eacuteste no actuoacute de manera consiente El primero es por la falta de

desarrollo mental del sujeto el segundo cuando la enfermedad de la

mente o el estado de inconsciencia privan de la consciencia de cometer

un delito o de obrar conforme a Derecho Y el tercero por el empleo de

sustancias toacutexicas embriagantes o estupefacientes por toxico

infecciones o por trastornos mentales Asiacute como lo establece el artiacuteculo

33 del Coacutedigo penal del Estado de Guanajuato en su primer paacuterrafo de la

fraccioacuten VII- Al momento de realizar el hecho tiacutepico y por causa de

enfermedad mental que perturbe gravemente su conciencia de

desarrollo psiacutequico incompleto o retardado o de grave perturbacioacuten de la

conciencia sin base patoloacutegica el agente no tenga la capacidad de

comprender el caraacutecter iliacutecito de aquel o de conducirse de acuerdo con

esa comprensioacuten

Ya que la imputabilidad es la base psicoloacutegica de la culpabilidad soacutelo el

sujeto que es capaz de querer y entender y solo asiacute puede ser

responsable

Eacutestos seriacutean los casos en los que el elemento de la imputabilidad

entrariacutea como elemento negativo del delito

25

CLASIFICACION DEL DELITO SEGUacuteN

CELESTINO PORTE PETIT

CLASIFICACION DEL DELITO

De acuerdo con el Coacutedigo Penal del Estado de Meacutexico en su capiacutetulo II

en el

Artiacuteculo 8- Establece que los delitos pueden ser

I Dolosos

El delito es doloso cuando se obra conociendo los elementos del tipo

penal o previendo como posible el resultado tiacutepico queriendo o

aceptando la realizacioacuten del hecho descrito por la ley

II Culposos

El delito es culposo cuando se produce un resultado tiacutepico que no se

previoacute siendo previsible o confiando en que no se produciriacutea en virtud

de la violacioacuten a un deber de cuidado que debiacutea y podiacutea observarse

seguacuten las circunstancias y condiciones personales

III Instantaacuteneos

Es instantaacuteneo cuando la consumacioacuten se agota en el mismo momento

en que se han realizado todos sus elementos constitutivos

IV Permanentes

Es permanente cuando la consumacioacuten se prolonga en el tiempo

V Continuados

26

Es continuado cuando existe unidad de propoacutesito delictivo pluralidad de

conductas e identidad de sujeto pasivo y se viola el mismo precepto

legal

Son delitos de accioacuten los que se cometen por medio de una conducta

positiva es decir un hacer Los delitos por omisioacuten se ejecutan por

medio de un comportamiento negativo un no hacer determinada

obligacioacuten o no ejecutar una accioacuten Ademaacutes existen delitos que por su

iacutendole estructural exigen para su existencia la incidencia de una accioacuten

y luego una omisioacuten o viceversa

Los delitos que no necesitan resultado material ya que la sola conducta

del sujeto los realiza son los que se perfeccionan con el cumplimiento

de determinada accioacuten u omisioacuten cuya consecuencia es la no-

observacioacuten de una obligacioacuten o de un deber pero cuyo resultado no se

manifiesta en el mundo fiacutesico con un hecho de momento perceptible

En tanto que los delitos de resultado son los que para su consumacioacuten

exigen ademaacutes de la conducta del sujeto activo que se produzca

determinado efecto distinto de la omisioacuten o de la accioacuten el resultado en

estos delitos se observa fiacutesicamente en el mundo real Los delitos se

clasifican de esta manera porque se atiende a la estructura exterior de

ellos

Los delitos de dantildeo requieren para su perfeccionamiento juriacutedico que el

bien tutelado juriacutedicamente protegido sea destruido o disminuido en

tanto en los delitos de peligro basta que el bien juriacutedico sea amenazado

al realizarse la conducta criminosa accioacuten u omisioacuten con la acusacioacuten

de un dantildeo o peligro inminente determinado y grave

Son delitos instantaacuteneos aquellos que con la sola realizacioacuten de la

conducta accioacuten u omisioacuten por el sujeto activo quedan realizados o

tipificados sin que se requiera accioacuten posterior para su continuidad o

vigencia Los delitos permanentes son los que se caracterizan porque el

hecho que los constituye o realiza da lugar a una situacioacuten dantildeosa o de 27

peligro que se prolonga en el tiempo a causa de la continuidad del

comportamiento del sujeto Para la existencia de estos delitos es

necesario que el estado dantildeoso o de peligro provenga de la conducta

del sujeto activo de manera continua es decir que no se agote en un

solo instante sino que prosiga durante determinado tiempo y que la

proacuterroga de la situacioacuten antijuriacutedica se deba a la exclusiva conducta

voluntaria del sujeto que prosigue con ella ininterrumpidamente

despueacutes de la -- realizacioacuten del hecho que constituye el delito

En este mismo orden de ideas atendiendo a la duracioacuten de las

consecuencias del delito eacutestas son permanentes es decir hay delitos

instantaacuteneos y delitos permanentes en cuanto a los actos de se

realizacioacuten con efectos permanentes cuya caracteriacutestica es la duracioacuten

de las consecuencias del delito

Ahora bien dentro de las especies del delito que por ser varias

conforme a los fines que se persigan para su tipificacioacuten o conforme al

bien juriacutedico que tutela la ley entre otros aspectos como la que se ha

realizado al principio de este acaacutepite tenemos ahora

Conforme a su gravedad tenemos delitos y faltas habraacute delito siempre

que se realice la conducta prevista y sancionada por la ley penal o en

alguna otra ley especial en tanto que la falta no obstante ser una

conducta contraria a la ley y sancionada por esta misma la sancioacuten la

aplica una autoridad u oacutergano diferente al Poder Judicial o Tribunal

generalmente una autoridad de iacutendole administrativa

Seguacuten la intencioacuten con que se comete o realiza la accioacuten que da origen

al delito tenemos delitos con intencioacuten o dolosos culposos o contra la

intencioacuten y los que son cometidos maacutes allaacute de la intencioacuten o

preterintencionales

Si se ha deseado realizar la accioacuten u omisioacuten para la comisioacuten del delito

y previsto el resultado del mismo se estaacute ante un delito doloso En

28

tanto que siacute de deseaba realizar la accioacuten u omisioacuten pero no el

resultado del delito se trata de un delito culposo Y cuando se ha

deseado realizar la accioacuten u omisioacuten y no el resultado como

consecuencia en su integridad sino un efecto menos grave se trata de

un delito preterintencional

Los delitos tipo o tambieacuten simples o netos son los que se presentan en

su puro modelo legal sin maacutes caracteriacutesticas que sus elementos

esenciales y los delitos circunstanciados son los que ademaacutes de contar

con los elementos esenciales se presentan acompantildeados de

circunstancias o accidentes a sus elementos

Por su efecto los delitos se consideran simples y complejos formales y

materiales de lesioacuten y de peligro Son simples o uniacute subsistentes en el

que coincide el momento ejecutivo y el momento consumativo se

realizan ambos en un soacutelo acto o momento Los complejos o

plurisubsistentes son aquellos cuya accioacuten ejecutiva consta de varios

actos en que puede integrarse El delito material es el que se consuma

al momento de verificarse el resultado material de eacutese en tanto que el

delito formal se perfecciona con una simple accioacuten u omisioacuten haciendo

abstraccioacuten de la verificacioacuten del resultado Los delitos de lesioacuten o dantildeo

y de peligro ya han sido tratados en paacuterrafos precedentes

Seguacuten el objeto o finque persiguen la perturbacioacuten dantildeo disminucioacuten o

destruccioacuten del bien juriacutedicamente protegido son delitos contra la cosa

puacuteblica o el Estado mismo o sus Instituciones y delitos contra las

personas privadas delitos poliacuteticos y no poliacuteticos

Seguacuten los sujetos que los realizan los delitos individuales y colectivos

comunes y especiales seguacuten la ley que los contenga y ocasionales y

habituales seguacuten la constancia con que delinque el sujeto que los

realiza

29

Seguacuten los requisitos para la procedibilidad o persecucioacuten de los delitos

conforme al bien juriacutedico protegido que afecta de acuerdo a la

naturaleza del dantildeo afectacioacuten del bien los delitos son de accioacuten puacuteblica

(denuncia) o de accioacuten privada (querella)

Para el desarrollo de este acaacutepite se tomaraacuten en cuenta las

disposiciones legales que se contienen en el Coacutedigo de Penal para el

Distrito Federal en Materia de Fuero Comuacuten y para toda la Repuacuteblica en

Materia de Fuero Federal el Coacutedigo de Procedimientos Penales para el

Distrito Federal el Coacutedigo Federal de Procedimientos Penales el Coacutedigo

Penal para el Estado de Meacutexico y el Coacutedigo de Procedimientos Penales

para el Estado de Meacutexico Por lo que las clasificaciones de los delitos

que ahora se presentaraacuten seraacute desde el punto de vista legal es decir

atendiendo a lo dispuesto en los ordenamientos legales vigentes de

iacutendole penal sustantiva y adjetiva seguacuten se trate

CLASIFICACION DEL DELITOP SEGUacuteN

EDUARDO LOacutePEZ BENTANCOURT

Por su Composicioacuten

Normales son aquellos en los que el tipo estaraacute conformado de

elementos objetivos

Anormales son los tipos penales que ademaacutes de contener

elementos objetivos tambieacuten se conforman con elementos

subjetivos o normativos

Por su Ordenacioacuten Metodoloacutegica

Fundamentales son los tipos con plena independencia

formados con una conducta iliacutecita sobre un bien juriacutedicamente

tutelado

30

Especiales son los tipos que contienen en su descripcioacuten alguacuten

tipo de caracteriacutestica

Complementados son aquellos que requieren de la realizacioacuten

previa de un tipo baacutesico no tienen autonomiacutea

Por su Autonomiacutea o Independencia

Autoacutenomos son los tipos penales con vida propia no necesitan

de la realizacioacuten de alguacuten otro

Subordinados Requieren de la existencia de alguacuten otro tipo

Por su Formulacioacuten

Casuiacutesticos el legislador plantea varias formas de realizacioacuten del

delito subdividieacutendose en

Alternativos son aquellos donde se plantean dos o maacutes hipoacutetesis

y se precisa de la ejecucioacuten de solo una de ellas para la tipificacioacuten

de la conducta iliacutecita

Acumulativos se exige la realizacioacuten o concurso de todas las

hipoacutetesis que el legislador ha plasmado en el tipo penal para la

adecuacioacuten de la conducta al mismo

Amplios contiene en su descripcioacuten una hipoacutetesis uacutenica en donde

caben todos los modos de ejecucioacuten se colma el tipo penal con la

lesioacuten causada al bien juriacutedicamente tutelado

Por el Dantildeo que Causan

De Lesioacuten requieren de un dantildeo inminente al bien juriacutedico

tutelado

De Peligro basta con el simple riesgo en que se pone al bien

juriacutedicamente tutelado

31

  • CLASIFICACION DEL DELITO
Page 8: Clasificación del delito

Delito Conexo Las acciones estaacuten vinculadas de tal manera que unos

resultados dependen de unas acciones y otros resultados de otras

acciones Ej

Los delincuentes se ponen de acuerdo antes luego cometen delitos en

diferentes tiempos y lugares

Por La Unidad Del Acto Y Pluralidad Del

Resultado concurso ideal concurso real

Concurso Ideal de Delitos (Delito Compuesto) Con una sola

accioacuten se violan varios bienes juriacutedicos (CP 44) Ej una accioacuten como

una patada puede causar dos delitos lesiones y atentado Golpear a una

mujer embarazada produce delitos como lesiones y aborto Se sanciona

con pena del delito maacutes grave se puede aumentar hasta un maacuteximo de

una cuarta parte del delito maacutes grave

Concurso Real de Delitos (CP 45) Dos o maacutes acciones u

omisiones dan a lugar a dos o maacutes delitos Ej Explosioacuten de automoacutevil

con bomba en centro comercial Las acciones que generaron pueden

ser apoderamiento de un automoacutevil instalacioacuten de la bomba Los

delitos son robo de automoacutevil y terrorismo Se sanciona con pena del

delito maacutes grave se puede aumentar el maacuteximo hasta una mitad

Ambas se caracterizan porque las disposiciones a aplicarse no se

excluyen

Por La Naturaleza Intriacutenseca comuacuten poliacutetico

social contra la humanidad

Delito comuacuten Lesiona los intereses tutelados de los particulares ej

la vida el patrimonio la libertad

8

Delito poliacutetico Criterios Objetivo El delito poliacutetico es aquel que

lesiona la organizacioacuten poliacutetica y social del estado Criterio subjetivo Es

aqueacutel que lesiona la organizacioacuten poliacutetica y social con voluntad altruista

y de sacrificio

Criterio mixto El delito poliacutetico es aqueacutel inspirado con fines generosos

atenta contra la seguridad externa e interna de un Estado persiguiendo

mantener el orden establecido o cambiarlo a formas maacutes superiores

Diferencias El DC lesiona intereses particulares el DP afecta el intereacutes

colectivo traducido en la seguridad y estabilidad del Estado el autor de

un DC puede ser indultado conmutada su pena o extraditado el autor

de un DP puede ser amnistiado pero nunca extraditado los DC ligados a

delitos poliacuteticos son tratados como si fueran DP

Delito social Aquel que va contra el reacutegimen econoacutemico y social Ej

sabotaje (CP 232) Delitos contra la Humanidad Son los que atentan

contra los derechos esenciales de la persona humana Ej vida

nacionalidad religioacuten opinioacuten etc

La Convencioacuten Internacional sobre el Genocidio de 1948

cataloga como Delitos contra la Humanidad a los siguientes

1048707 El homicidio de grupo

1048707 El exterminio (Acabar del todo con la fuerza)

1048707 La deportacioacuten en tiempo de paz

1048707 El genocidio

1048707 La reduccioacuten a la servidumbre

1048707 La persecucioacuten poliacutetica o religiosa

Los delitos contra la humanidad se caracterizan por (a) Son cometidos

debido a raza nacionalidad o discrepancia poliacutetica y (b) Seacute atento

contra la poblacioacuten civil inclusive contra la propia poblacioacuten en los

golpes de Estado

9

CLASIFICACION DEL DELITO SEGUacuteN Jimeacutenez

ANZUALos autores siempre han tratado de establecer ciertas diferencias en las

infracciones penales cada uno trata o a tratado de poner su grano de

arena en lo que a clasificacioacuten del delito se trata

Seguacuten JIMEacuteNEZ ANZUA

1- ldquoPor la extensioacuten de la Ley en que se encuentran castigadosrdquo

Comunes Aquellos delitos que infringen que significan una violacioacuten

de deberes comunes a todos los miembros de la sociedad

Especiales aquellos delitos que implican una violacioacuten de deberes

especiales que se imponen a determinadas personas en razoacuten de su

funcioacuten o estado

2- ldquoCriterio que toma en cuenta el momento en que se comete el delitordquo

Flagrantes El delito es flagrante en el momento en que se comete

despueacutes deja de serlo Antiguamente se castigaba maacutes duramente que

los demaacutes

No Flagrantes Cuando el delito se ha cometido o sea cuando ya pasoacute

el momento de flagrancia

3- ldquoCriterio que toma en cuenta la persecucioacuten del delitordquo

Delitos Puacuteblicos Son aquellos que son perseguidos de oficio es decir

el Juez tiene la obligacioacuten mutua propia de iniciar el procedimiento

Delitos Privados Son aquellos delitos que soacutelo pueden perseguirse a

instancia de parte

Su fundamento lo encontramos en una delegacioacuten que el Estado hace a

la viacutectima o sus representantes legales de perseguir el delito

especialmente en aquellos contrarios al honor y la honestidad cuya

publicidad dantildeariacutea considerablemente a la viacutectima Deja pues a eacutesta la

10

determinacioacuten de perseguirlos o no tratando con lo anterior de no caer

en un mal mayor

4- ldquoCriterio que toma en cuenta el resultadordquo

Delitos Formales Es el que juriacutedicamente se consuma por el hecho de

la accioacuten u omisioacuten sin dejar resultado externo

Delitos Materiales El que al consumarse produce el resultado

antijuriacutedico que se proponiacutea el culpable

5- ldquoCriterio que toma en cuenta la duracioacuten del delitordquo

Delitos instantaacuteneos Aquellos en que la violacioacuten juriacutedica realizada en

la consumacioacuten se extingue con esta

Delitos permanentes Aquellos en los cuales la violacioacuten juriacutedica

continuacutea auacuten despueacutes de consumados

6- ldquoEn relacioacuten a la cantidad de bienes juriacutedicos violadosrdquo

Delitos simples Son aquellos que violan un solo bien juriacutedico o un solo

intereacutes

Juriacutedicamente protegidos

Delitos Complejos Son aquellos constituidos por la infraccioacuten de

varios o diversos bienes juriacutedicos a traveacutes de hechos diferentes cada

uno de los cuales constituye un delito

7- ldquoCriterio que toma en cuenta la actividad o inactividad del culpablerdquo

Delitos de accioacuten Son aqueacutellos que consisten en un acto material y

positivo ya sea de dantildeo o peligro que contienen infraccioacuten de ley

Delitos de Omisioacuten Consisten en la inaccioacuten o abstencioacuten cuando la

ley impone la ejecucioacuten de un hecho determinado

8- ldquoCriterio que toma en cuenta la posibilidad o no de produccioacuten del

resultadordquo

Delito de dantildeo Aqueacutel que causa un (repitiendo) dantildeo directo con los

bienes juriacutedicos o intereses

Delito de peligro Aqueacutel que no causa un dantildeo efectivo en los bienes

juriacutedicos pero crean una situacioacuten de posibilidad de la produccioacuten maacutes o

menos proacutexima

11

Esta clasificacioacuten aparece con Binding quien les llama delitos de lesioacuten

y de peligro Al respecto Manzini dice que el libro nunca es una realidad

sino que un juicio loacutegico una mera previsioacuten fundada de lo que podriacutea

suceder en el provenir Exterior con voluntad de realizar la accioacuten y con

representacioacuten del resultado que se quiere o ratifica

Delito culposo Son aquellos en los cuales se produce el resultado

antijuriacutedico por falta del deber de atencioacuten o previsioacuten no soacutelo cuando

ha faltado al autor la representacioacuten del resultado que sobre vendraacute (o

de la consecuencia del no hacer) sino cuando la esperanza de que no

sobrevenga ha sido fundamento decisivo de las actividades del autor (o

de sus omisiones) que se producen sin querer el resultado antijuriacutedico (o

lo injusto de la inaccioacuten) y sin ratificarlo

Delitos Preterintencionales Son aqueacutellos en los cuales el resultado

material es mayor que el que el agente se propuso causar Delitos

Dolosos y Delitos Culposos podriacuteamos agregar tambieacuten los delitos

preterintencionales aunque la preterintencionalidad ya conlleva un dolo

inicial pues el agente se proponiacutea causar un dantildeo y el resultado supera

a esa intencioacuten dolosa inicial que teniacutea el culpable

10- ldquoCriterio que toma en cuenta la gravedad del delitordquo

Aquiacute tenemos dos clasificaciones

a) Una Tripartita-que los divide en Criacutemenes delitos faltas o

contravenciones Conceptos criacutemenesmdashLos que lesionan los Derechos

Naturales como la vida y la libertad Delitosmdashque violan solamente los

derechos creados por el contrato social como la propiedad faltas o

contravenciones- - que infringiacutean disposiciones y reglamentos de policiacutea

b) La bipartita que los divide en delitos

La clasificacioacuten Tripartita tiene su origen en el siglo XVII fue muy

defendida por los juristas Sapones quienes en decir de Cuello Caloacuten

dividiacutean las infracciones en ATROCISMO ATROCIORA Y LEVIA y en decir

de Antoacuten Oneca en LEVIA ATROCIA Y ATROCISIMA Su verdadero

fundamento se encuentra en la literatura penal del periacuteodo filosoacutefico

12

CLASIFICACION DEL DELITO SEGUacuteN CUELLO

CALOacuteNEN FUNCIOacuteN DE SU GRAVEDAD

Tomando en cuenta la gravedad de las infracciones penales se han

hecho varias clasificaciones Seguacuten una divisioacuten bipartita se distingue los

delitos de las faltas la clasificacioacuten tripartita habla de criacutemenes delitos

y faltas o contravenciones En esta divisioacuten se considera criacutemenes los

atentados contra la vida y los derechos naturales del hombre delitos

las conductas contrarias a los derechos nacidos del contrato social

como el derecho de propiedad por faltas o contravenciones las

infracciones a los reglamentos de policiacutea y buen gobierno

En Meacutexico carecen de importancia estas distinciones porque los Coacutedigos

Penales soacutelo se ocupan de los delitos en general en donde se subsumen

tambieacuten los que otras legislaciones se denominan criacutemenes la represioacuten

de las faltas se abandona a disposiciones administrativas aplicadas por

autoridades de ese caraacutecter

SEGUacuteN LA FORMA DE LA CONDUCTA DEL AGENTE

Por la conducta del agente o como dicen algunos autores seguacuten la

manifestacioacuten de la voluntad los delitos pueden ser de accioacuten y de

omisioacuten

Los de accioacuten se cometen mediante un comportamiento positivo en

ellos se viola una ley prohibitiva Eusebio Goacutemez afirma que son

aquellos en que las condiciones de donde deriva su resultado reconocen

como causa determinante un hecho positivo del sujeto En los delitos de

omisioacuten el objeto prohibido es una abstencioacuten del agente consisten en

la no ejecucioacuten de algo ordenado por la ley Para el mismo Eusebio

Goacutemez en los delitos de omisioacuten las condiciones de que deriva su

resultado reconocen como causa determinante la falta de observancia

13

por parte del sujeto de un precepto obligatorio Debe agregarse que los

delitos de omisioacuten violan una ley dispositiva en tanto los de accioacuten

infringen una prohibitiva

Los delitos de omisioacuten suelen dividirse en delitos de simple omisioacuten y de

comisioacuten por omisioacuten tambieacuten llamados delitos de omisioacuten impropia

Los delitos de simple omisioacuten o de omisioacuten propiamente dicho

consisten en la falta de una actividad juriacutedicamente ordenada con

independencia del resultado material que produzcan es decir se

sancionan por la omisioacuten misma tal es el caso que se impone a todos la

obligacioacuten positiva de auxiliar a las autoridades para la averiguacioacuten de

los delitos y para la persecucioacuten de los delincuentes

Los delitos de comisioacuten por omisioacuten o impropios delitos de omisioacuten son

aquellos en los que el agente decide no actuar y por esa inaccioacuten se

produce el resultado material Para Cuello Caloacuten consisten los falsos

delitos de omisioacuten en la aparicioacuten de un resultado delictivo de caraacutecter

positivo por inactividad formula que se concretiza en la produccioacuten de

un cambio en el mundo exterior mediante la omisioacuten de algo que el

derecho ordenaba hacer

Como ejemplo del delito de comisioacuten por omisioacuten se cita el de la madre

que con deliberado propoacutesito de dar muerte a su hijo recieacuten nacido no

lo amamanta producieacutendose el resultado letal La madre no ejecuta acto

alguno antes bien deja de realizar lo debido

En los delitos de simple omisioacuten hay una violacioacuten juriacutedica y un

resultado puramente formal mientras en los de comisioacuten por omisioacuten

ademaacutes de la violacioacuten juriacutedica se produce un resultado material En los

primeros se viola una ley dispositiva en los de comisioacuten por omisioacuten se

infringe una dispositiva y una prohibitiva

POR EL RESULTADO

14

Seguacuten el resultado que producen los delitos se clasifican en formales y

materiales A los primeros tambieacuten se les denomina delitos de simple

actividad o de accioacuten a los segundos se les llama delitos de resultado o

de resultado material

Los delitos formales son aquellos en los que se agota el tipo penal en el

movimiento corporal o en la omisioacuten del agente no siendo necesaria

para su integracioacuten que se produzca alguna alteracioacuten en la estructura o

funcionamiento del objeto material Son delitos de mera conducta se

sanciona la accioacuten (u omisioacuten) en siacute misma Como estaacuten el delito formal

con el falso testimonio la portacioacuten de arma prohibida y la portacioacuten

iliacutecita de enervantes

Los delitos materiales son aquellos en los cuales para su integracioacuten se

requiere la destruccioacuten o alteracioacuten de la estructura o del

funcionamiento del objeto material (homicidio dantildeo en propiedad

ajena)

POR LA LESIOacuteN QUE CAUSAN

Con relacioacuten al efecto resentido por la viacutectima o sea en razoacuten del bien

juriacutedico los delitos se dividen en delitos de dantildeo y de peligro Los

primeros consumados causan dantildeo directo y efectivo en intereses

juriacutedicamente protegidos por la pena violada como el homicidio el

fraude etc los segundos no causan dantildeo directo a tales intereses pero

los ponen en peligro como el abandono de personas o la omisioacuten de

auxilio El peligro es la situacioacuten en que se colocan los bienes juriacutedicos

de la cual deriva la posibilidad de casacioacuten de un dantildeo

POR SU DURACIOacuteN

15

Los delitos se dividen en instantaacuteneos instantaacuteneos con efectos

permanentes continuados y permanentes Nuestra ley penal reformada

(seguacuten Decreto publicado el 13 de enero de 1984) en su artiacuteculo 7ordm solo

alude a tres especies de delitos en funcioacuten de su duracioacuten instantaacuteneo

permanente o continuo y continuado

INSTANTAacuteNEO

La accioacuten que lo consuma se perfecciona en un solo momento El

caraacutecter de instantaacuteneo no se lo dan a un delito de efectos que eacutel causa

sino la naturaleza de la accioacuten a la que la ley acuerda el caraacutecter de con

sumatoria El delito instantaacuteneo puede realizarse mediante una accioacuten

compuesta de varios actos o movimientos Para la calificacioacuten se atiende

a la unidad de accioacuten si con ella se consuma el delito no importando

que a su vez esa accioacuten se descomponga en actividades el momento

consumativo expresado en la ley da la nota al delito instantaacuteneo Existe

una accioacuten y una lesioacuten juriacutedica El evento consumativo tiacutepico se produce

en un solo instante como el homicidio y el robo

Actualmente la fraccioacuten I del artiacuteculo 7ordm del Coacutedigo Penal lo define asiacute

instantaacuteneo cuando la consumacioacuten se agota en el mismo momento en

que se han realizado todos los elementos constitutivos

INSTANTAacuteNEO CON EFECTOS PERMANENTES

Es aquel cuya conducta destruye o disminuye el bien juriacutedico tutelado

en forma instantaacutenea en un solo momento pero permanecen las

consecuencias nocivas del mismo El homicidio por ejemplo se destruye

el bien juriacutedico de la vida y la supresioacuten del mismo consecuencia de la

conducta perdura para siempre en las lesiones el bien juriacutedico

protegido (la salud o la integridad corporal) disminuye

instantaacuteneamente como resultado de la actividad humana pero la

alteracioacuten en la salud permanece por un determinado tiempo

POR EL ELEMENTO INTERNO O CULPABILIDAD

16

Teniendo como base la culpabilidad los delitos se clasifican en dolosos y

culposos Algunos autores y legisladores agregan los llamados

preterintencionales De conformidad con el Coacutedigo Penal del Distrito

Federal las acciones y omisiones delictivas solamente pueden realizarse

dolosa o culposamente (artiacuteculo 8ordm)

El delito es doloso cuando se dirige la voluntad consciente a la

realizacioacuten del hecho tiacutepico y antijuriacutedico como en el robo en donde el

sujeto decide apoderarse y se apodera sin derecho del bien mueble

ajeno En la culpa no se requiere el resultado penalmente tipificado mas

surge por obrar sin las cautelas y precauciones exigidas por el Estado

para asegurar la vida en comuacuten como en el caso del manejador de un

vehiacuteculo que con manifiesta falta de precaucioacuten o cuidado corre a

excesiva velocidad y mata o lesiona a un transeuacutente

Es preterintencional cuando el resultado sobrepasa a la intencioacuten si el

agente proponieacutendose golpear a otro sujeto lo hace caer debido al

empleo de violencia y se produce la muerte solo hubo dolo respecto a

los golpes pero no se quiso el resultado letal

SIMPLES Y COMPLEJOS

En funcioacuten de su estructura o composicioacuten los delitos se clasifican en

simples y complejos Llaacutemense simples aquellos en los cuales la lesioacuten

juriacutedica es uacutenica como el homicidio De ellos la accioacuten determina una

lesioacuten juriacutedica inescindible Delitos complejos son aquellos en los cuales

la figura juriacutedica consta de unificacioacuten de dos infracciones cuya fusioacuten

da nacimiento a una figura delictiva nueva superior en gravedad a las

que la componen tomadas aisladamente No es lo mismo delito

complejo que concurso de delitos En el delito complejo la misma ley en

un tipo crea el compuesto como delito uacutenico pero en el tipo intervienen

dos o maacutes delitos que pueden figurar por separado en cambio en el

concurso las infracciones no existen como una sola sino

separadamente pero es un mismo sujeto quien las ejecuta17

El delito de robo puede revestir las dos formas es decir es dable

considerarlo como delito simple cuando consiste en mero

apoderamiento de bienes muebles ajenos sin derecho y sin

consentimiento de la persona autorizada para disponer de los mismos

con arreglo a la ley pero el Coacutedigo Penal vigente erige el artiacuteculo 381

bis una calificativa (agravadora de la penalidad del robo simple) para el

robo cometido en casa habitacioacuten formase asiacute un tipo circunstanciado

que subsume el robo y el allanamiento de morada delitos que poseen

vida independiente mas si el iliacutecito patrimonial de referencia se realiza

en lugares habitados o destinados para habitacioacuten no es dable aplicar

las penas de allanamiento de morada sino precisamente las

correspondientes a la figura compleja

DELITOS UNISUBSISTENTES Y PLURISUBSISTENTES

Por el nuacutemero de actos integrantes de la accioacuten tiacutepica los delitos se

denominan unisubsistentes y plurisubsistentes los primeros se forman

por un solo acto mientras los segundos constan de varios actos

Expresa Soler que el delito plurisubsistente a diferencia del complejo

cada uno de los actos integrantes de una solo figura no constituye a su

vez un delito autoacutenomo Asiacute sigue diciendo para imputar el ejercicio

ilegal de la medicina es preciso que la actividad imputada conste de

varios hechos homogeacuteneos pues para la existencia del delito es

requerida la habitualidad El delito plurisubsistente es el resultado de la

unificacioacuten de varios actos naturalmente separados bajo una sola

figura el complejo en cambio es el producto de la fusioacuten de dos hechos

en siacute mismos delictuosos El delito plurisubsistente es fusioacuten de actos el

complejo fusioacuten de figuras delictivas

DELITOS UNISUBJETIVOS Y PLURISUBJETIVOS

Esta clasificacioacuten atiende a la unidad o pluralidad de sujetos que

intervienen para ejecutar el hecho descrito en el tipo El peculado por

ejemplo es delito unisubjetivo por ser suficiente para colmar el tipo la 18

actuacioacuten de un solo sujeto que tenga el caraacutecter de encargado de un

servicio puacuteblico y soacutelo eacutel concurre con su conducta a conformar la

descripcioacuten de la ley pero es posible su realizacioacuten por dos o maacutes

tambieacuten son unisubjetivos el homicidio el robo la violacioacuten etc El

adulterio al contrario es un delito plurisubjetivo por requerir

necesariamente en virtud de la descripcioacuten tiacutepica la concurrencia de

dos sujetos para integrar el tipo (a menos que opere en favor de uno de

ellos por ejemplo una causa de inculpabilidad por error de hecho

esencial e insuperable) igualmente la asociacioacuten delictuosa en donde

se exige tiacutepicamente el concurso de tres o maacutes individuos

POR LA FORMA DE SU PERSECUCIOacuteN

Como una reminiscencia del periodo de la venganza privada existe en

las legislaciones un grupo de delitos que solo pueden perseguirse si asiacute

lo manifiesta el ofendido o sus legiacutetimos representantes Estos delitos

son llamados privados o de querella necesaria cuya persecucioacuten

uacutenicamente es posible si se llena el requisito previo de la querella de la

parte ofendida mas una vez formulada la querella la autoridad estaacute

obligada a perseguir La razoacuten por la cual se mantienen en las

legislaciones estos delitos perseguibles por querella de la parte

ofendida se basa en la consideracioacuten de que en ocasiones la

persecucioacuten oficiosa acarreariacutea mayores dantildeos que la misma impunidad

del delincuente

Los delitos perseguibles previa denuncia (conocidos como perseguibles

de oficio) que puede ser formulada por cualquier persona son todos

aquellos en los que la autoridad estaacute obligada a actuar por mandato

legal persiguiendo y castigando a los responsables con independencia

de la voluntad de los ofendidos Consecuentemente en los delitos

perseguibles por denuncia no surte efecto alguno el perdoacuten del

ofendido a la inversa de lo que ocurre en los de querella necesaria

19

La mayor parte de los delitos se persiguen de oficio y soacutelo un reducido

nuacutemero a peticioacuten de la parte agraviada Entre eacutestos pueden citarse el

adulterio el estupro el abuso de confianza y otros delitos patrimoniales

Actualmente se observa la tendencia a aumentar el nuacutemero de los

delitos perseguidos por querella y que antes requeriacutean denuncia

DELITOS COMUNES FEDERALES OFICIALES MILITARES Y

POLIacuteTICOS

Esta clasificacioacuten es en funcioacuten de la materia

Los delitos comunes constituyen la regla general son aquellos que se

formulan en las leyes dictadas por las legislaturas locales en cambio los

federales se establecen en leyes expedidas por el Congreso de la Unioacuten

Los delitos oficiales son los que comete un empleado o funcionario

puacuteblico en el ejercicio de sus funciones (mejor dicho en abuso de ellas)

Los delitos del orden militar afectan la disciplina del Ejeacutercito La

Constitucioacuten General de la Repuacuteblica en el artiacuteculo 13 prohiacutebe a los

tribunales militares extender su jurisdiccioacuten sobre personas ajenas al

Instituto Armado

Los delitos poliacuteticos no han sido definidos de manera satisfactoria

Generalmente se incluyen todos los hechos que lesionan la organizacioacuten

del Estado en siacute misma o en sus oacuterganos o representantes El articulo

144 reformado del Coacutedigo Penal vigente considera delitos de caraacutecter

poliacutetico los de rebelioacuten sedicioacuten motiacuten y el de conspiracioacuten para

cometerlos El anteproyecto de 1949 los define asiacute Para todos los

efectos legales se consideran como de caraacutecter poliacutetico los delitos contra

la seguridad del Estado

CLASIFICACION DEL DELITO SEGUacuteN

RICARDO ABARCA

20

Conducta

La accioacuten puede definirse como el movimiento corporal que al realizarla

provoca un cambio en el mundo exterior pero esta accioacuten puede verse

desde dos perspectivas la primera seriacutea como acto que es la realizacioacuten

del movimiento la segunda es la omisioacuten que es la ausencia del

movimiento corporal y eacutesta a su vez se subdivide en dos en la omisioacuten

simple que es la inactividad del actuar y en la comisioacuten por omisioacuten que

se lleva a cabo cuando debiendo actuar de una manera para evitar el

resultado no se lleva a cabo la accioacuten y se comete el delito Asiacute el acto y

la omisioacuten nos dan el resultado y la relacioacuten de causalidad y fungiriacutean

como elementos positivos del delito ahora bien la accioacuten pasa al plano

de elemento negativo del delito cuando existe una ausencia de la accioacuten

y es cuando eacutesta surge sin la voluntad del agente tal y como lo

establece el artiacuteculo 14 del coacutedigo penal del Estado de Guanajuato en su

primer paacuterrafo obra culposamente quien produce un resultado tiacutepico

que no previo siendo previsible que previoacute confiando en que no se

produciriacutea siempre que dicho resultado sea debido a la inobservancia

del cuidado que le incumbe seguacuten las condiciones y sus circunstancias

personales

TIPICA

La tipicidad es la congruencia existente entre la accioacuten y el tipo penal

descrito en el Coacutedigo Penal es decir que exista una adecuacioacuten entre

estos dos aspectos Este elemento por si solo puede entenderse como

un elemento positivo del delito es decir cuando la accioacuten que cometes

esta prevista en la ley como un tipo penal Pero de igual manera puede

fungir como un elemento negativo y puede ser por la atipicidad

propiamente dicha como estaacute establecido en el Coacutedigo Penal del Estado

de Guanajuato en su artiacuteculo 33 fraccioacuten II- Falte alguno de los

21

elementos del tipo penal de que se trate (el delito se excluye)o por la

ausencia de tipicidad es decir cuando la conducta realizada no se

encuentre regida por la normatividad penal y por lo tanto no pueda ser

considerada delictuosa asiacute como tampoco pueda ser sancionada

Antijuriacutedica

Esteacute elemento se refiere cuando la accioacuten ejecutada es contraria a

derecho es decir va en contra del orden juriacutedico establecido en la

sociedad y regulado por el Estado ya que eacuteste a traveacutes de las normas de

cultura ordena y prohiacutebe ciertas acciones correspondiendo a sus

intereses valorativos y soacutelo cuando el Estado las privilegia con su tutela

al reconocerlas en la ley adquieren el rango de juriacutedicas

Asiacute podemos hablar de dos tipos de antijuridicidad la formal y la

material refirieacutendose la primera a la infraccioacuten de una norma que el

Estado la tiene en su cataacutelogo del orden juriacutedico y la segunda se refiere

cuando la accioacuten cometida lesiona o puede lesionar alguacuten bien juriacutedico

que como dije anteriormente eacutestos se encuentran bajo tutela del

derecho penal y siendo eacuteste puacuteblico al Estado le interesa mantener los

bienes juriacutedicos bajo su proteccioacuten

La antijuridicidad puede ser un elemento negativo del delito soacutelo en los

casos en los que exista alguacuten supuesto de exclusioacuten del delito sentildealados

en el artiacuteculo 33 del coacutedigo Penal del Estado Guanajuato

Dentro de los cuales encontramos por ejemplo la legitima defensa el

estado de necesidad caso fortuito cumplimiento de un deber o por

consentimiento de la viacutectima

Culpable

22

La culpabilidad puede variar en este concepto nos encontramos con dos

divisiones el dolo y la culpa

Se tiene presencia del dolo cuando la accioacuten cometida por el sujeto

activo es plena de conciencia y su plan criminal estaacute ideado plenamente

a causar la lesioacuten al bien juriacutedico es decir la plena manifestacioacuten de la

voluntad El dolo puede ser de tres maneras distintas directo cuando el

resultado es congruente con el fin propuesto del sujeto activo indirecto

cuando el sujeto activo se propone el fin delictivo y sabe con certeza

que causara otros fines el eventual que es cuando se preveacuten posibles

resultados que no se quieren

La culpa es cuando se comete el delito pero la voluntad del sujeto activo

es inexistente y puede a su vez dividirse en dos con representacioacuten

que se refiere o se da cuando el sujeto activo preveacute como posible alguacuten

resultado antijuriacutedico pero espera que no suceda sin representacioacuten se

da cuando el sujeto no preveacute el resultado por negligencia o falta de

cuidado

Tambieacuten existe la preterintencionalidad que consiste en la combinacioacuten

de las dos formas anteriores de culpabilidad es decir cuando la

conducta inicio de manera culposa y culmino de manera dolosa eacutesta

uacuteltima entra como elemento positivo del delito

La manera de que la culpabilidad sea elemento negativo del delito es en

los casos siguientes existencia de error ya sea de hecho o de derecho

eximentes putativas obediencia jeraacuterquica violencia moral estado de

necesidad exigibilidad de otra conducta

Esto es porque la culpabilidad estaacute fundada en hacer el juicio de

reproche al autor de la accioacuten antijuriacutedica tiacutepica pero por encontrarse en

una situacioacuten especial de desconocimiento de que la accioacuten realizada es

un delito provoca que eacutesta se convierta en inculpabilidad y por

consecuente inimputable

23

Punible

La punibilidad puede verse como una consecuencia que trae la comisioacuten

de un delito es decir si un sujeto actuacutea de manera iliacutecita y altera el

orden juriacutedico le sobrevendraacute una sancioacuten La punibilidad es entonces la

consecuencia juriacutedica que viene a la accioacuten punible El legislador ademaacutes

de procurar el orden juriacutedico estableciendo castigos a quienes violan

eacuteste hace depender la imposicioacuten de la pena de factores y

circunstancias externas e independientes del acto punible

Existen en nuestro sistema penal dos clases de sanciones las penas y

las medidas de seguridad Siendo las primeras de caraacutecter ejemplar y

las segundas de caraacutecter psicoloacutegico pero ambas coinciden en la

rehabilitacioacuten que procuran hacia el sujeto infractor

Se tiene claramente la distincioacuten en su clasificacioacuten que es la siguiente

las penas pueden variar como por ejemplo pena de muerte privacioacuten

de la libertad restriccioacuten de la libertad privacioacuten de derechos

restriccioacuten de derechos reparacioacuten del dantildeo Y las medidas de seguridad

pueden ser curativas eliminatorias o educativas

Las penas en nuestro Estado se encuentran reguladas por el Coacutedigo

Penal en su artiacuteculo 38 y las medidas de seguridad en el artiacuteculo 89

La manera de que la punibilidad entre como un elemento negativo del

delito es con las excusas absolutorias que son causas personales que se

encuentran legalmente previstas que aunque no eliminan el caraacutecter

delictivo de la accioacuten que cometioacute siacute excluyen la pena pues para el

Estado no es necesario establecer pena alguna contra tales hechos ya

que dichas circunstancias revelan una miacutenima peligrosidad

IMPUTABLE

Como lo hemos venido diciendo al sujeto activo se le hace un juicio de

24

reproche por desviarse del buen camino y es por eso que como uacuteltimo

elemento del delito encontramos la imputabilidad que puede

entenderse como la capacidad del sujeto de querer y entender la accioacuten

que realizo por lo que en este elemento entra en un gran campo la

conciencia o inconsciencia del sujeto

Retomando nuevamente lo que deciacutea en un inicio el derecho penal

mexicano estaacute bajo la influencia de la escuela finalista y por tanto se

considera que el sujeto tiene un libre albedriacuteo acerca de su actuar y

puede medir de manera plena las consecuencias juriacutedicas

Por tanto se tienen causas de inimputabilidad hacia el sujeto activo en

casos especiales como la minoriacutea de edad la enajenacioacuten o los estados

de inconsciencia ya que no se puede hablar de un reproche al sujeto si

eacuteste no actuoacute de manera consiente El primero es por la falta de

desarrollo mental del sujeto el segundo cuando la enfermedad de la

mente o el estado de inconsciencia privan de la consciencia de cometer

un delito o de obrar conforme a Derecho Y el tercero por el empleo de

sustancias toacutexicas embriagantes o estupefacientes por toxico

infecciones o por trastornos mentales Asiacute como lo establece el artiacuteculo

33 del Coacutedigo penal del Estado de Guanajuato en su primer paacuterrafo de la

fraccioacuten VII- Al momento de realizar el hecho tiacutepico y por causa de

enfermedad mental que perturbe gravemente su conciencia de

desarrollo psiacutequico incompleto o retardado o de grave perturbacioacuten de la

conciencia sin base patoloacutegica el agente no tenga la capacidad de

comprender el caraacutecter iliacutecito de aquel o de conducirse de acuerdo con

esa comprensioacuten

Ya que la imputabilidad es la base psicoloacutegica de la culpabilidad soacutelo el

sujeto que es capaz de querer y entender y solo asiacute puede ser

responsable

Eacutestos seriacutean los casos en los que el elemento de la imputabilidad

entrariacutea como elemento negativo del delito

25

CLASIFICACION DEL DELITO SEGUacuteN

CELESTINO PORTE PETIT

CLASIFICACION DEL DELITO

De acuerdo con el Coacutedigo Penal del Estado de Meacutexico en su capiacutetulo II

en el

Artiacuteculo 8- Establece que los delitos pueden ser

I Dolosos

El delito es doloso cuando se obra conociendo los elementos del tipo

penal o previendo como posible el resultado tiacutepico queriendo o

aceptando la realizacioacuten del hecho descrito por la ley

II Culposos

El delito es culposo cuando se produce un resultado tiacutepico que no se

previoacute siendo previsible o confiando en que no se produciriacutea en virtud

de la violacioacuten a un deber de cuidado que debiacutea y podiacutea observarse

seguacuten las circunstancias y condiciones personales

III Instantaacuteneos

Es instantaacuteneo cuando la consumacioacuten se agota en el mismo momento

en que se han realizado todos sus elementos constitutivos

IV Permanentes

Es permanente cuando la consumacioacuten se prolonga en el tiempo

V Continuados

26

Es continuado cuando existe unidad de propoacutesito delictivo pluralidad de

conductas e identidad de sujeto pasivo y se viola el mismo precepto

legal

Son delitos de accioacuten los que se cometen por medio de una conducta

positiva es decir un hacer Los delitos por omisioacuten se ejecutan por

medio de un comportamiento negativo un no hacer determinada

obligacioacuten o no ejecutar una accioacuten Ademaacutes existen delitos que por su

iacutendole estructural exigen para su existencia la incidencia de una accioacuten

y luego una omisioacuten o viceversa

Los delitos que no necesitan resultado material ya que la sola conducta

del sujeto los realiza son los que se perfeccionan con el cumplimiento

de determinada accioacuten u omisioacuten cuya consecuencia es la no-

observacioacuten de una obligacioacuten o de un deber pero cuyo resultado no se

manifiesta en el mundo fiacutesico con un hecho de momento perceptible

En tanto que los delitos de resultado son los que para su consumacioacuten

exigen ademaacutes de la conducta del sujeto activo que se produzca

determinado efecto distinto de la omisioacuten o de la accioacuten el resultado en

estos delitos se observa fiacutesicamente en el mundo real Los delitos se

clasifican de esta manera porque se atiende a la estructura exterior de

ellos

Los delitos de dantildeo requieren para su perfeccionamiento juriacutedico que el

bien tutelado juriacutedicamente protegido sea destruido o disminuido en

tanto en los delitos de peligro basta que el bien juriacutedico sea amenazado

al realizarse la conducta criminosa accioacuten u omisioacuten con la acusacioacuten

de un dantildeo o peligro inminente determinado y grave

Son delitos instantaacuteneos aquellos que con la sola realizacioacuten de la

conducta accioacuten u omisioacuten por el sujeto activo quedan realizados o

tipificados sin que se requiera accioacuten posterior para su continuidad o

vigencia Los delitos permanentes son los que se caracterizan porque el

hecho que los constituye o realiza da lugar a una situacioacuten dantildeosa o de 27

peligro que se prolonga en el tiempo a causa de la continuidad del

comportamiento del sujeto Para la existencia de estos delitos es

necesario que el estado dantildeoso o de peligro provenga de la conducta

del sujeto activo de manera continua es decir que no se agote en un

solo instante sino que prosiga durante determinado tiempo y que la

proacuterroga de la situacioacuten antijuriacutedica se deba a la exclusiva conducta

voluntaria del sujeto que prosigue con ella ininterrumpidamente

despueacutes de la -- realizacioacuten del hecho que constituye el delito

En este mismo orden de ideas atendiendo a la duracioacuten de las

consecuencias del delito eacutestas son permanentes es decir hay delitos

instantaacuteneos y delitos permanentes en cuanto a los actos de se

realizacioacuten con efectos permanentes cuya caracteriacutestica es la duracioacuten

de las consecuencias del delito

Ahora bien dentro de las especies del delito que por ser varias

conforme a los fines que se persigan para su tipificacioacuten o conforme al

bien juriacutedico que tutela la ley entre otros aspectos como la que se ha

realizado al principio de este acaacutepite tenemos ahora

Conforme a su gravedad tenemos delitos y faltas habraacute delito siempre

que se realice la conducta prevista y sancionada por la ley penal o en

alguna otra ley especial en tanto que la falta no obstante ser una

conducta contraria a la ley y sancionada por esta misma la sancioacuten la

aplica una autoridad u oacutergano diferente al Poder Judicial o Tribunal

generalmente una autoridad de iacutendole administrativa

Seguacuten la intencioacuten con que se comete o realiza la accioacuten que da origen

al delito tenemos delitos con intencioacuten o dolosos culposos o contra la

intencioacuten y los que son cometidos maacutes allaacute de la intencioacuten o

preterintencionales

Si se ha deseado realizar la accioacuten u omisioacuten para la comisioacuten del delito

y previsto el resultado del mismo se estaacute ante un delito doloso En

28

tanto que siacute de deseaba realizar la accioacuten u omisioacuten pero no el

resultado del delito se trata de un delito culposo Y cuando se ha

deseado realizar la accioacuten u omisioacuten y no el resultado como

consecuencia en su integridad sino un efecto menos grave se trata de

un delito preterintencional

Los delitos tipo o tambieacuten simples o netos son los que se presentan en

su puro modelo legal sin maacutes caracteriacutesticas que sus elementos

esenciales y los delitos circunstanciados son los que ademaacutes de contar

con los elementos esenciales se presentan acompantildeados de

circunstancias o accidentes a sus elementos

Por su efecto los delitos se consideran simples y complejos formales y

materiales de lesioacuten y de peligro Son simples o uniacute subsistentes en el

que coincide el momento ejecutivo y el momento consumativo se

realizan ambos en un soacutelo acto o momento Los complejos o

plurisubsistentes son aquellos cuya accioacuten ejecutiva consta de varios

actos en que puede integrarse El delito material es el que se consuma

al momento de verificarse el resultado material de eacutese en tanto que el

delito formal se perfecciona con una simple accioacuten u omisioacuten haciendo

abstraccioacuten de la verificacioacuten del resultado Los delitos de lesioacuten o dantildeo

y de peligro ya han sido tratados en paacuterrafos precedentes

Seguacuten el objeto o finque persiguen la perturbacioacuten dantildeo disminucioacuten o

destruccioacuten del bien juriacutedicamente protegido son delitos contra la cosa

puacuteblica o el Estado mismo o sus Instituciones y delitos contra las

personas privadas delitos poliacuteticos y no poliacuteticos

Seguacuten los sujetos que los realizan los delitos individuales y colectivos

comunes y especiales seguacuten la ley que los contenga y ocasionales y

habituales seguacuten la constancia con que delinque el sujeto que los

realiza

29

Seguacuten los requisitos para la procedibilidad o persecucioacuten de los delitos

conforme al bien juriacutedico protegido que afecta de acuerdo a la

naturaleza del dantildeo afectacioacuten del bien los delitos son de accioacuten puacuteblica

(denuncia) o de accioacuten privada (querella)

Para el desarrollo de este acaacutepite se tomaraacuten en cuenta las

disposiciones legales que se contienen en el Coacutedigo de Penal para el

Distrito Federal en Materia de Fuero Comuacuten y para toda la Repuacuteblica en

Materia de Fuero Federal el Coacutedigo de Procedimientos Penales para el

Distrito Federal el Coacutedigo Federal de Procedimientos Penales el Coacutedigo

Penal para el Estado de Meacutexico y el Coacutedigo de Procedimientos Penales

para el Estado de Meacutexico Por lo que las clasificaciones de los delitos

que ahora se presentaraacuten seraacute desde el punto de vista legal es decir

atendiendo a lo dispuesto en los ordenamientos legales vigentes de

iacutendole penal sustantiva y adjetiva seguacuten se trate

CLASIFICACION DEL DELITOP SEGUacuteN

EDUARDO LOacutePEZ BENTANCOURT

Por su Composicioacuten

Normales son aquellos en los que el tipo estaraacute conformado de

elementos objetivos

Anormales son los tipos penales que ademaacutes de contener

elementos objetivos tambieacuten se conforman con elementos

subjetivos o normativos

Por su Ordenacioacuten Metodoloacutegica

Fundamentales son los tipos con plena independencia

formados con una conducta iliacutecita sobre un bien juriacutedicamente

tutelado

30

Especiales son los tipos que contienen en su descripcioacuten alguacuten

tipo de caracteriacutestica

Complementados son aquellos que requieren de la realizacioacuten

previa de un tipo baacutesico no tienen autonomiacutea

Por su Autonomiacutea o Independencia

Autoacutenomos son los tipos penales con vida propia no necesitan

de la realizacioacuten de alguacuten otro

Subordinados Requieren de la existencia de alguacuten otro tipo

Por su Formulacioacuten

Casuiacutesticos el legislador plantea varias formas de realizacioacuten del

delito subdividieacutendose en

Alternativos son aquellos donde se plantean dos o maacutes hipoacutetesis

y se precisa de la ejecucioacuten de solo una de ellas para la tipificacioacuten

de la conducta iliacutecita

Acumulativos se exige la realizacioacuten o concurso de todas las

hipoacutetesis que el legislador ha plasmado en el tipo penal para la

adecuacioacuten de la conducta al mismo

Amplios contiene en su descripcioacuten una hipoacutetesis uacutenica en donde

caben todos los modos de ejecucioacuten se colma el tipo penal con la

lesioacuten causada al bien juriacutedicamente tutelado

Por el Dantildeo que Causan

De Lesioacuten requieren de un dantildeo inminente al bien juriacutedico

tutelado

De Peligro basta con el simple riesgo en que se pone al bien

juriacutedicamente tutelado

31

  • CLASIFICACION DEL DELITO
Page 9: Clasificación del delito

Delito poliacutetico Criterios Objetivo El delito poliacutetico es aquel que

lesiona la organizacioacuten poliacutetica y social del estado Criterio subjetivo Es

aqueacutel que lesiona la organizacioacuten poliacutetica y social con voluntad altruista

y de sacrificio

Criterio mixto El delito poliacutetico es aqueacutel inspirado con fines generosos

atenta contra la seguridad externa e interna de un Estado persiguiendo

mantener el orden establecido o cambiarlo a formas maacutes superiores

Diferencias El DC lesiona intereses particulares el DP afecta el intereacutes

colectivo traducido en la seguridad y estabilidad del Estado el autor de

un DC puede ser indultado conmutada su pena o extraditado el autor

de un DP puede ser amnistiado pero nunca extraditado los DC ligados a

delitos poliacuteticos son tratados como si fueran DP

Delito social Aquel que va contra el reacutegimen econoacutemico y social Ej

sabotaje (CP 232) Delitos contra la Humanidad Son los que atentan

contra los derechos esenciales de la persona humana Ej vida

nacionalidad religioacuten opinioacuten etc

La Convencioacuten Internacional sobre el Genocidio de 1948

cataloga como Delitos contra la Humanidad a los siguientes

1048707 El homicidio de grupo

1048707 El exterminio (Acabar del todo con la fuerza)

1048707 La deportacioacuten en tiempo de paz

1048707 El genocidio

1048707 La reduccioacuten a la servidumbre

1048707 La persecucioacuten poliacutetica o religiosa

Los delitos contra la humanidad se caracterizan por (a) Son cometidos

debido a raza nacionalidad o discrepancia poliacutetica y (b) Seacute atento

contra la poblacioacuten civil inclusive contra la propia poblacioacuten en los

golpes de Estado

9

CLASIFICACION DEL DELITO SEGUacuteN Jimeacutenez

ANZUALos autores siempre han tratado de establecer ciertas diferencias en las

infracciones penales cada uno trata o a tratado de poner su grano de

arena en lo que a clasificacioacuten del delito se trata

Seguacuten JIMEacuteNEZ ANZUA

1- ldquoPor la extensioacuten de la Ley en que se encuentran castigadosrdquo

Comunes Aquellos delitos que infringen que significan una violacioacuten

de deberes comunes a todos los miembros de la sociedad

Especiales aquellos delitos que implican una violacioacuten de deberes

especiales que se imponen a determinadas personas en razoacuten de su

funcioacuten o estado

2- ldquoCriterio que toma en cuenta el momento en que se comete el delitordquo

Flagrantes El delito es flagrante en el momento en que se comete

despueacutes deja de serlo Antiguamente se castigaba maacutes duramente que

los demaacutes

No Flagrantes Cuando el delito se ha cometido o sea cuando ya pasoacute

el momento de flagrancia

3- ldquoCriterio que toma en cuenta la persecucioacuten del delitordquo

Delitos Puacuteblicos Son aquellos que son perseguidos de oficio es decir

el Juez tiene la obligacioacuten mutua propia de iniciar el procedimiento

Delitos Privados Son aquellos delitos que soacutelo pueden perseguirse a

instancia de parte

Su fundamento lo encontramos en una delegacioacuten que el Estado hace a

la viacutectima o sus representantes legales de perseguir el delito

especialmente en aquellos contrarios al honor y la honestidad cuya

publicidad dantildeariacutea considerablemente a la viacutectima Deja pues a eacutesta la

10

determinacioacuten de perseguirlos o no tratando con lo anterior de no caer

en un mal mayor

4- ldquoCriterio que toma en cuenta el resultadordquo

Delitos Formales Es el que juriacutedicamente se consuma por el hecho de

la accioacuten u omisioacuten sin dejar resultado externo

Delitos Materiales El que al consumarse produce el resultado

antijuriacutedico que se proponiacutea el culpable

5- ldquoCriterio que toma en cuenta la duracioacuten del delitordquo

Delitos instantaacuteneos Aquellos en que la violacioacuten juriacutedica realizada en

la consumacioacuten se extingue con esta

Delitos permanentes Aquellos en los cuales la violacioacuten juriacutedica

continuacutea auacuten despueacutes de consumados

6- ldquoEn relacioacuten a la cantidad de bienes juriacutedicos violadosrdquo

Delitos simples Son aquellos que violan un solo bien juriacutedico o un solo

intereacutes

Juriacutedicamente protegidos

Delitos Complejos Son aquellos constituidos por la infraccioacuten de

varios o diversos bienes juriacutedicos a traveacutes de hechos diferentes cada

uno de los cuales constituye un delito

7- ldquoCriterio que toma en cuenta la actividad o inactividad del culpablerdquo

Delitos de accioacuten Son aqueacutellos que consisten en un acto material y

positivo ya sea de dantildeo o peligro que contienen infraccioacuten de ley

Delitos de Omisioacuten Consisten en la inaccioacuten o abstencioacuten cuando la

ley impone la ejecucioacuten de un hecho determinado

8- ldquoCriterio que toma en cuenta la posibilidad o no de produccioacuten del

resultadordquo

Delito de dantildeo Aqueacutel que causa un (repitiendo) dantildeo directo con los

bienes juriacutedicos o intereses

Delito de peligro Aqueacutel que no causa un dantildeo efectivo en los bienes

juriacutedicos pero crean una situacioacuten de posibilidad de la produccioacuten maacutes o

menos proacutexima

11

Esta clasificacioacuten aparece con Binding quien les llama delitos de lesioacuten

y de peligro Al respecto Manzini dice que el libro nunca es una realidad

sino que un juicio loacutegico una mera previsioacuten fundada de lo que podriacutea

suceder en el provenir Exterior con voluntad de realizar la accioacuten y con

representacioacuten del resultado que se quiere o ratifica

Delito culposo Son aquellos en los cuales se produce el resultado

antijuriacutedico por falta del deber de atencioacuten o previsioacuten no soacutelo cuando

ha faltado al autor la representacioacuten del resultado que sobre vendraacute (o

de la consecuencia del no hacer) sino cuando la esperanza de que no

sobrevenga ha sido fundamento decisivo de las actividades del autor (o

de sus omisiones) que se producen sin querer el resultado antijuriacutedico (o

lo injusto de la inaccioacuten) y sin ratificarlo

Delitos Preterintencionales Son aqueacutellos en los cuales el resultado

material es mayor que el que el agente se propuso causar Delitos

Dolosos y Delitos Culposos podriacuteamos agregar tambieacuten los delitos

preterintencionales aunque la preterintencionalidad ya conlleva un dolo

inicial pues el agente se proponiacutea causar un dantildeo y el resultado supera

a esa intencioacuten dolosa inicial que teniacutea el culpable

10- ldquoCriterio que toma en cuenta la gravedad del delitordquo

Aquiacute tenemos dos clasificaciones

a) Una Tripartita-que los divide en Criacutemenes delitos faltas o

contravenciones Conceptos criacutemenesmdashLos que lesionan los Derechos

Naturales como la vida y la libertad Delitosmdashque violan solamente los

derechos creados por el contrato social como la propiedad faltas o

contravenciones- - que infringiacutean disposiciones y reglamentos de policiacutea

b) La bipartita que los divide en delitos

La clasificacioacuten Tripartita tiene su origen en el siglo XVII fue muy

defendida por los juristas Sapones quienes en decir de Cuello Caloacuten

dividiacutean las infracciones en ATROCISMO ATROCIORA Y LEVIA y en decir

de Antoacuten Oneca en LEVIA ATROCIA Y ATROCISIMA Su verdadero

fundamento se encuentra en la literatura penal del periacuteodo filosoacutefico

12

CLASIFICACION DEL DELITO SEGUacuteN CUELLO

CALOacuteNEN FUNCIOacuteN DE SU GRAVEDAD

Tomando en cuenta la gravedad de las infracciones penales se han

hecho varias clasificaciones Seguacuten una divisioacuten bipartita se distingue los

delitos de las faltas la clasificacioacuten tripartita habla de criacutemenes delitos

y faltas o contravenciones En esta divisioacuten se considera criacutemenes los

atentados contra la vida y los derechos naturales del hombre delitos

las conductas contrarias a los derechos nacidos del contrato social

como el derecho de propiedad por faltas o contravenciones las

infracciones a los reglamentos de policiacutea y buen gobierno

En Meacutexico carecen de importancia estas distinciones porque los Coacutedigos

Penales soacutelo se ocupan de los delitos en general en donde se subsumen

tambieacuten los que otras legislaciones se denominan criacutemenes la represioacuten

de las faltas se abandona a disposiciones administrativas aplicadas por

autoridades de ese caraacutecter

SEGUacuteN LA FORMA DE LA CONDUCTA DEL AGENTE

Por la conducta del agente o como dicen algunos autores seguacuten la

manifestacioacuten de la voluntad los delitos pueden ser de accioacuten y de

omisioacuten

Los de accioacuten se cometen mediante un comportamiento positivo en

ellos se viola una ley prohibitiva Eusebio Goacutemez afirma que son

aquellos en que las condiciones de donde deriva su resultado reconocen

como causa determinante un hecho positivo del sujeto En los delitos de

omisioacuten el objeto prohibido es una abstencioacuten del agente consisten en

la no ejecucioacuten de algo ordenado por la ley Para el mismo Eusebio

Goacutemez en los delitos de omisioacuten las condiciones de que deriva su

resultado reconocen como causa determinante la falta de observancia

13

por parte del sujeto de un precepto obligatorio Debe agregarse que los

delitos de omisioacuten violan una ley dispositiva en tanto los de accioacuten

infringen una prohibitiva

Los delitos de omisioacuten suelen dividirse en delitos de simple omisioacuten y de

comisioacuten por omisioacuten tambieacuten llamados delitos de omisioacuten impropia

Los delitos de simple omisioacuten o de omisioacuten propiamente dicho

consisten en la falta de una actividad juriacutedicamente ordenada con

independencia del resultado material que produzcan es decir se

sancionan por la omisioacuten misma tal es el caso que se impone a todos la

obligacioacuten positiva de auxiliar a las autoridades para la averiguacioacuten de

los delitos y para la persecucioacuten de los delincuentes

Los delitos de comisioacuten por omisioacuten o impropios delitos de omisioacuten son

aquellos en los que el agente decide no actuar y por esa inaccioacuten se

produce el resultado material Para Cuello Caloacuten consisten los falsos

delitos de omisioacuten en la aparicioacuten de un resultado delictivo de caraacutecter

positivo por inactividad formula que se concretiza en la produccioacuten de

un cambio en el mundo exterior mediante la omisioacuten de algo que el

derecho ordenaba hacer

Como ejemplo del delito de comisioacuten por omisioacuten se cita el de la madre

que con deliberado propoacutesito de dar muerte a su hijo recieacuten nacido no

lo amamanta producieacutendose el resultado letal La madre no ejecuta acto

alguno antes bien deja de realizar lo debido

En los delitos de simple omisioacuten hay una violacioacuten juriacutedica y un

resultado puramente formal mientras en los de comisioacuten por omisioacuten

ademaacutes de la violacioacuten juriacutedica se produce un resultado material En los

primeros se viola una ley dispositiva en los de comisioacuten por omisioacuten se

infringe una dispositiva y una prohibitiva

POR EL RESULTADO

14

Seguacuten el resultado que producen los delitos se clasifican en formales y

materiales A los primeros tambieacuten se les denomina delitos de simple

actividad o de accioacuten a los segundos se les llama delitos de resultado o

de resultado material

Los delitos formales son aquellos en los que se agota el tipo penal en el

movimiento corporal o en la omisioacuten del agente no siendo necesaria

para su integracioacuten que se produzca alguna alteracioacuten en la estructura o

funcionamiento del objeto material Son delitos de mera conducta se

sanciona la accioacuten (u omisioacuten) en siacute misma Como estaacuten el delito formal

con el falso testimonio la portacioacuten de arma prohibida y la portacioacuten

iliacutecita de enervantes

Los delitos materiales son aquellos en los cuales para su integracioacuten se

requiere la destruccioacuten o alteracioacuten de la estructura o del

funcionamiento del objeto material (homicidio dantildeo en propiedad

ajena)

POR LA LESIOacuteN QUE CAUSAN

Con relacioacuten al efecto resentido por la viacutectima o sea en razoacuten del bien

juriacutedico los delitos se dividen en delitos de dantildeo y de peligro Los

primeros consumados causan dantildeo directo y efectivo en intereses

juriacutedicamente protegidos por la pena violada como el homicidio el

fraude etc los segundos no causan dantildeo directo a tales intereses pero

los ponen en peligro como el abandono de personas o la omisioacuten de

auxilio El peligro es la situacioacuten en que se colocan los bienes juriacutedicos

de la cual deriva la posibilidad de casacioacuten de un dantildeo

POR SU DURACIOacuteN

15

Los delitos se dividen en instantaacuteneos instantaacuteneos con efectos

permanentes continuados y permanentes Nuestra ley penal reformada

(seguacuten Decreto publicado el 13 de enero de 1984) en su artiacuteculo 7ordm solo

alude a tres especies de delitos en funcioacuten de su duracioacuten instantaacuteneo

permanente o continuo y continuado

INSTANTAacuteNEO

La accioacuten que lo consuma se perfecciona en un solo momento El

caraacutecter de instantaacuteneo no se lo dan a un delito de efectos que eacutel causa

sino la naturaleza de la accioacuten a la que la ley acuerda el caraacutecter de con

sumatoria El delito instantaacuteneo puede realizarse mediante una accioacuten

compuesta de varios actos o movimientos Para la calificacioacuten se atiende

a la unidad de accioacuten si con ella se consuma el delito no importando

que a su vez esa accioacuten se descomponga en actividades el momento

consumativo expresado en la ley da la nota al delito instantaacuteneo Existe

una accioacuten y una lesioacuten juriacutedica El evento consumativo tiacutepico se produce

en un solo instante como el homicidio y el robo

Actualmente la fraccioacuten I del artiacuteculo 7ordm del Coacutedigo Penal lo define asiacute

instantaacuteneo cuando la consumacioacuten se agota en el mismo momento en

que se han realizado todos los elementos constitutivos

INSTANTAacuteNEO CON EFECTOS PERMANENTES

Es aquel cuya conducta destruye o disminuye el bien juriacutedico tutelado

en forma instantaacutenea en un solo momento pero permanecen las

consecuencias nocivas del mismo El homicidio por ejemplo se destruye

el bien juriacutedico de la vida y la supresioacuten del mismo consecuencia de la

conducta perdura para siempre en las lesiones el bien juriacutedico

protegido (la salud o la integridad corporal) disminuye

instantaacuteneamente como resultado de la actividad humana pero la

alteracioacuten en la salud permanece por un determinado tiempo

POR EL ELEMENTO INTERNO O CULPABILIDAD

16

Teniendo como base la culpabilidad los delitos se clasifican en dolosos y

culposos Algunos autores y legisladores agregan los llamados

preterintencionales De conformidad con el Coacutedigo Penal del Distrito

Federal las acciones y omisiones delictivas solamente pueden realizarse

dolosa o culposamente (artiacuteculo 8ordm)

El delito es doloso cuando se dirige la voluntad consciente a la

realizacioacuten del hecho tiacutepico y antijuriacutedico como en el robo en donde el

sujeto decide apoderarse y se apodera sin derecho del bien mueble

ajeno En la culpa no se requiere el resultado penalmente tipificado mas

surge por obrar sin las cautelas y precauciones exigidas por el Estado

para asegurar la vida en comuacuten como en el caso del manejador de un

vehiacuteculo que con manifiesta falta de precaucioacuten o cuidado corre a

excesiva velocidad y mata o lesiona a un transeuacutente

Es preterintencional cuando el resultado sobrepasa a la intencioacuten si el

agente proponieacutendose golpear a otro sujeto lo hace caer debido al

empleo de violencia y se produce la muerte solo hubo dolo respecto a

los golpes pero no se quiso el resultado letal

SIMPLES Y COMPLEJOS

En funcioacuten de su estructura o composicioacuten los delitos se clasifican en

simples y complejos Llaacutemense simples aquellos en los cuales la lesioacuten

juriacutedica es uacutenica como el homicidio De ellos la accioacuten determina una

lesioacuten juriacutedica inescindible Delitos complejos son aquellos en los cuales

la figura juriacutedica consta de unificacioacuten de dos infracciones cuya fusioacuten

da nacimiento a una figura delictiva nueva superior en gravedad a las

que la componen tomadas aisladamente No es lo mismo delito

complejo que concurso de delitos En el delito complejo la misma ley en

un tipo crea el compuesto como delito uacutenico pero en el tipo intervienen

dos o maacutes delitos que pueden figurar por separado en cambio en el

concurso las infracciones no existen como una sola sino

separadamente pero es un mismo sujeto quien las ejecuta17

El delito de robo puede revestir las dos formas es decir es dable

considerarlo como delito simple cuando consiste en mero

apoderamiento de bienes muebles ajenos sin derecho y sin

consentimiento de la persona autorizada para disponer de los mismos

con arreglo a la ley pero el Coacutedigo Penal vigente erige el artiacuteculo 381

bis una calificativa (agravadora de la penalidad del robo simple) para el

robo cometido en casa habitacioacuten formase asiacute un tipo circunstanciado

que subsume el robo y el allanamiento de morada delitos que poseen

vida independiente mas si el iliacutecito patrimonial de referencia se realiza

en lugares habitados o destinados para habitacioacuten no es dable aplicar

las penas de allanamiento de morada sino precisamente las

correspondientes a la figura compleja

DELITOS UNISUBSISTENTES Y PLURISUBSISTENTES

Por el nuacutemero de actos integrantes de la accioacuten tiacutepica los delitos se

denominan unisubsistentes y plurisubsistentes los primeros se forman

por un solo acto mientras los segundos constan de varios actos

Expresa Soler que el delito plurisubsistente a diferencia del complejo

cada uno de los actos integrantes de una solo figura no constituye a su

vez un delito autoacutenomo Asiacute sigue diciendo para imputar el ejercicio

ilegal de la medicina es preciso que la actividad imputada conste de

varios hechos homogeacuteneos pues para la existencia del delito es

requerida la habitualidad El delito plurisubsistente es el resultado de la

unificacioacuten de varios actos naturalmente separados bajo una sola

figura el complejo en cambio es el producto de la fusioacuten de dos hechos

en siacute mismos delictuosos El delito plurisubsistente es fusioacuten de actos el

complejo fusioacuten de figuras delictivas

DELITOS UNISUBJETIVOS Y PLURISUBJETIVOS

Esta clasificacioacuten atiende a la unidad o pluralidad de sujetos que

intervienen para ejecutar el hecho descrito en el tipo El peculado por

ejemplo es delito unisubjetivo por ser suficiente para colmar el tipo la 18

actuacioacuten de un solo sujeto que tenga el caraacutecter de encargado de un

servicio puacuteblico y soacutelo eacutel concurre con su conducta a conformar la

descripcioacuten de la ley pero es posible su realizacioacuten por dos o maacutes

tambieacuten son unisubjetivos el homicidio el robo la violacioacuten etc El

adulterio al contrario es un delito plurisubjetivo por requerir

necesariamente en virtud de la descripcioacuten tiacutepica la concurrencia de

dos sujetos para integrar el tipo (a menos que opere en favor de uno de

ellos por ejemplo una causa de inculpabilidad por error de hecho

esencial e insuperable) igualmente la asociacioacuten delictuosa en donde

se exige tiacutepicamente el concurso de tres o maacutes individuos

POR LA FORMA DE SU PERSECUCIOacuteN

Como una reminiscencia del periodo de la venganza privada existe en

las legislaciones un grupo de delitos que solo pueden perseguirse si asiacute

lo manifiesta el ofendido o sus legiacutetimos representantes Estos delitos

son llamados privados o de querella necesaria cuya persecucioacuten

uacutenicamente es posible si se llena el requisito previo de la querella de la

parte ofendida mas una vez formulada la querella la autoridad estaacute

obligada a perseguir La razoacuten por la cual se mantienen en las

legislaciones estos delitos perseguibles por querella de la parte

ofendida se basa en la consideracioacuten de que en ocasiones la

persecucioacuten oficiosa acarreariacutea mayores dantildeos que la misma impunidad

del delincuente

Los delitos perseguibles previa denuncia (conocidos como perseguibles

de oficio) que puede ser formulada por cualquier persona son todos

aquellos en los que la autoridad estaacute obligada a actuar por mandato

legal persiguiendo y castigando a los responsables con independencia

de la voluntad de los ofendidos Consecuentemente en los delitos

perseguibles por denuncia no surte efecto alguno el perdoacuten del

ofendido a la inversa de lo que ocurre en los de querella necesaria

19

La mayor parte de los delitos se persiguen de oficio y soacutelo un reducido

nuacutemero a peticioacuten de la parte agraviada Entre eacutestos pueden citarse el

adulterio el estupro el abuso de confianza y otros delitos patrimoniales

Actualmente se observa la tendencia a aumentar el nuacutemero de los

delitos perseguidos por querella y que antes requeriacutean denuncia

DELITOS COMUNES FEDERALES OFICIALES MILITARES Y

POLIacuteTICOS

Esta clasificacioacuten es en funcioacuten de la materia

Los delitos comunes constituyen la regla general son aquellos que se

formulan en las leyes dictadas por las legislaturas locales en cambio los

federales se establecen en leyes expedidas por el Congreso de la Unioacuten

Los delitos oficiales son los que comete un empleado o funcionario

puacuteblico en el ejercicio de sus funciones (mejor dicho en abuso de ellas)

Los delitos del orden militar afectan la disciplina del Ejeacutercito La

Constitucioacuten General de la Repuacuteblica en el artiacuteculo 13 prohiacutebe a los

tribunales militares extender su jurisdiccioacuten sobre personas ajenas al

Instituto Armado

Los delitos poliacuteticos no han sido definidos de manera satisfactoria

Generalmente se incluyen todos los hechos que lesionan la organizacioacuten

del Estado en siacute misma o en sus oacuterganos o representantes El articulo

144 reformado del Coacutedigo Penal vigente considera delitos de caraacutecter

poliacutetico los de rebelioacuten sedicioacuten motiacuten y el de conspiracioacuten para

cometerlos El anteproyecto de 1949 los define asiacute Para todos los

efectos legales se consideran como de caraacutecter poliacutetico los delitos contra

la seguridad del Estado

CLASIFICACION DEL DELITO SEGUacuteN

RICARDO ABARCA

20

Conducta

La accioacuten puede definirse como el movimiento corporal que al realizarla

provoca un cambio en el mundo exterior pero esta accioacuten puede verse

desde dos perspectivas la primera seriacutea como acto que es la realizacioacuten

del movimiento la segunda es la omisioacuten que es la ausencia del

movimiento corporal y eacutesta a su vez se subdivide en dos en la omisioacuten

simple que es la inactividad del actuar y en la comisioacuten por omisioacuten que

se lleva a cabo cuando debiendo actuar de una manera para evitar el

resultado no se lleva a cabo la accioacuten y se comete el delito Asiacute el acto y

la omisioacuten nos dan el resultado y la relacioacuten de causalidad y fungiriacutean

como elementos positivos del delito ahora bien la accioacuten pasa al plano

de elemento negativo del delito cuando existe una ausencia de la accioacuten

y es cuando eacutesta surge sin la voluntad del agente tal y como lo

establece el artiacuteculo 14 del coacutedigo penal del Estado de Guanajuato en su

primer paacuterrafo obra culposamente quien produce un resultado tiacutepico

que no previo siendo previsible que previoacute confiando en que no se

produciriacutea siempre que dicho resultado sea debido a la inobservancia

del cuidado que le incumbe seguacuten las condiciones y sus circunstancias

personales

TIPICA

La tipicidad es la congruencia existente entre la accioacuten y el tipo penal

descrito en el Coacutedigo Penal es decir que exista una adecuacioacuten entre

estos dos aspectos Este elemento por si solo puede entenderse como

un elemento positivo del delito es decir cuando la accioacuten que cometes

esta prevista en la ley como un tipo penal Pero de igual manera puede

fungir como un elemento negativo y puede ser por la atipicidad

propiamente dicha como estaacute establecido en el Coacutedigo Penal del Estado

de Guanajuato en su artiacuteculo 33 fraccioacuten II- Falte alguno de los

21

elementos del tipo penal de que se trate (el delito se excluye)o por la

ausencia de tipicidad es decir cuando la conducta realizada no se

encuentre regida por la normatividad penal y por lo tanto no pueda ser

considerada delictuosa asiacute como tampoco pueda ser sancionada

Antijuriacutedica

Esteacute elemento se refiere cuando la accioacuten ejecutada es contraria a

derecho es decir va en contra del orden juriacutedico establecido en la

sociedad y regulado por el Estado ya que eacuteste a traveacutes de las normas de

cultura ordena y prohiacutebe ciertas acciones correspondiendo a sus

intereses valorativos y soacutelo cuando el Estado las privilegia con su tutela

al reconocerlas en la ley adquieren el rango de juriacutedicas

Asiacute podemos hablar de dos tipos de antijuridicidad la formal y la

material refirieacutendose la primera a la infraccioacuten de una norma que el

Estado la tiene en su cataacutelogo del orden juriacutedico y la segunda se refiere

cuando la accioacuten cometida lesiona o puede lesionar alguacuten bien juriacutedico

que como dije anteriormente eacutestos se encuentran bajo tutela del

derecho penal y siendo eacuteste puacuteblico al Estado le interesa mantener los

bienes juriacutedicos bajo su proteccioacuten

La antijuridicidad puede ser un elemento negativo del delito soacutelo en los

casos en los que exista alguacuten supuesto de exclusioacuten del delito sentildealados

en el artiacuteculo 33 del coacutedigo Penal del Estado Guanajuato

Dentro de los cuales encontramos por ejemplo la legitima defensa el

estado de necesidad caso fortuito cumplimiento de un deber o por

consentimiento de la viacutectima

Culpable

22

La culpabilidad puede variar en este concepto nos encontramos con dos

divisiones el dolo y la culpa

Se tiene presencia del dolo cuando la accioacuten cometida por el sujeto

activo es plena de conciencia y su plan criminal estaacute ideado plenamente

a causar la lesioacuten al bien juriacutedico es decir la plena manifestacioacuten de la

voluntad El dolo puede ser de tres maneras distintas directo cuando el

resultado es congruente con el fin propuesto del sujeto activo indirecto

cuando el sujeto activo se propone el fin delictivo y sabe con certeza

que causara otros fines el eventual que es cuando se preveacuten posibles

resultados que no se quieren

La culpa es cuando se comete el delito pero la voluntad del sujeto activo

es inexistente y puede a su vez dividirse en dos con representacioacuten

que se refiere o se da cuando el sujeto activo preveacute como posible alguacuten

resultado antijuriacutedico pero espera que no suceda sin representacioacuten se

da cuando el sujeto no preveacute el resultado por negligencia o falta de

cuidado

Tambieacuten existe la preterintencionalidad que consiste en la combinacioacuten

de las dos formas anteriores de culpabilidad es decir cuando la

conducta inicio de manera culposa y culmino de manera dolosa eacutesta

uacuteltima entra como elemento positivo del delito

La manera de que la culpabilidad sea elemento negativo del delito es en

los casos siguientes existencia de error ya sea de hecho o de derecho

eximentes putativas obediencia jeraacuterquica violencia moral estado de

necesidad exigibilidad de otra conducta

Esto es porque la culpabilidad estaacute fundada en hacer el juicio de

reproche al autor de la accioacuten antijuriacutedica tiacutepica pero por encontrarse en

una situacioacuten especial de desconocimiento de que la accioacuten realizada es

un delito provoca que eacutesta se convierta en inculpabilidad y por

consecuente inimputable

23

Punible

La punibilidad puede verse como una consecuencia que trae la comisioacuten

de un delito es decir si un sujeto actuacutea de manera iliacutecita y altera el

orden juriacutedico le sobrevendraacute una sancioacuten La punibilidad es entonces la

consecuencia juriacutedica que viene a la accioacuten punible El legislador ademaacutes

de procurar el orden juriacutedico estableciendo castigos a quienes violan

eacuteste hace depender la imposicioacuten de la pena de factores y

circunstancias externas e independientes del acto punible

Existen en nuestro sistema penal dos clases de sanciones las penas y

las medidas de seguridad Siendo las primeras de caraacutecter ejemplar y

las segundas de caraacutecter psicoloacutegico pero ambas coinciden en la

rehabilitacioacuten que procuran hacia el sujeto infractor

Se tiene claramente la distincioacuten en su clasificacioacuten que es la siguiente

las penas pueden variar como por ejemplo pena de muerte privacioacuten

de la libertad restriccioacuten de la libertad privacioacuten de derechos

restriccioacuten de derechos reparacioacuten del dantildeo Y las medidas de seguridad

pueden ser curativas eliminatorias o educativas

Las penas en nuestro Estado se encuentran reguladas por el Coacutedigo

Penal en su artiacuteculo 38 y las medidas de seguridad en el artiacuteculo 89

La manera de que la punibilidad entre como un elemento negativo del

delito es con las excusas absolutorias que son causas personales que se

encuentran legalmente previstas que aunque no eliminan el caraacutecter

delictivo de la accioacuten que cometioacute siacute excluyen la pena pues para el

Estado no es necesario establecer pena alguna contra tales hechos ya

que dichas circunstancias revelan una miacutenima peligrosidad

IMPUTABLE

Como lo hemos venido diciendo al sujeto activo se le hace un juicio de

24

reproche por desviarse del buen camino y es por eso que como uacuteltimo

elemento del delito encontramos la imputabilidad que puede

entenderse como la capacidad del sujeto de querer y entender la accioacuten

que realizo por lo que en este elemento entra en un gran campo la

conciencia o inconsciencia del sujeto

Retomando nuevamente lo que deciacutea en un inicio el derecho penal

mexicano estaacute bajo la influencia de la escuela finalista y por tanto se

considera que el sujeto tiene un libre albedriacuteo acerca de su actuar y

puede medir de manera plena las consecuencias juriacutedicas

Por tanto se tienen causas de inimputabilidad hacia el sujeto activo en

casos especiales como la minoriacutea de edad la enajenacioacuten o los estados

de inconsciencia ya que no se puede hablar de un reproche al sujeto si

eacuteste no actuoacute de manera consiente El primero es por la falta de

desarrollo mental del sujeto el segundo cuando la enfermedad de la

mente o el estado de inconsciencia privan de la consciencia de cometer

un delito o de obrar conforme a Derecho Y el tercero por el empleo de

sustancias toacutexicas embriagantes o estupefacientes por toxico

infecciones o por trastornos mentales Asiacute como lo establece el artiacuteculo

33 del Coacutedigo penal del Estado de Guanajuato en su primer paacuterrafo de la

fraccioacuten VII- Al momento de realizar el hecho tiacutepico y por causa de

enfermedad mental que perturbe gravemente su conciencia de

desarrollo psiacutequico incompleto o retardado o de grave perturbacioacuten de la

conciencia sin base patoloacutegica el agente no tenga la capacidad de

comprender el caraacutecter iliacutecito de aquel o de conducirse de acuerdo con

esa comprensioacuten

Ya que la imputabilidad es la base psicoloacutegica de la culpabilidad soacutelo el

sujeto que es capaz de querer y entender y solo asiacute puede ser

responsable

Eacutestos seriacutean los casos en los que el elemento de la imputabilidad

entrariacutea como elemento negativo del delito

25

CLASIFICACION DEL DELITO SEGUacuteN

CELESTINO PORTE PETIT

CLASIFICACION DEL DELITO

De acuerdo con el Coacutedigo Penal del Estado de Meacutexico en su capiacutetulo II

en el

Artiacuteculo 8- Establece que los delitos pueden ser

I Dolosos

El delito es doloso cuando se obra conociendo los elementos del tipo

penal o previendo como posible el resultado tiacutepico queriendo o

aceptando la realizacioacuten del hecho descrito por la ley

II Culposos

El delito es culposo cuando se produce un resultado tiacutepico que no se

previoacute siendo previsible o confiando en que no se produciriacutea en virtud

de la violacioacuten a un deber de cuidado que debiacutea y podiacutea observarse

seguacuten las circunstancias y condiciones personales

III Instantaacuteneos

Es instantaacuteneo cuando la consumacioacuten se agota en el mismo momento

en que se han realizado todos sus elementos constitutivos

IV Permanentes

Es permanente cuando la consumacioacuten se prolonga en el tiempo

V Continuados

26

Es continuado cuando existe unidad de propoacutesito delictivo pluralidad de

conductas e identidad de sujeto pasivo y se viola el mismo precepto

legal

Son delitos de accioacuten los que se cometen por medio de una conducta

positiva es decir un hacer Los delitos por omisioacuten se ejecutan por

medio de un comportamiento negativo un no hacer determinada

obligacioacuten o no ejecutar una accioacuten Ademaacutes existen delitos que por su

iacutendole estructural exigen para su existencia la incidencia de una accioacuten

y luego una omisioacuten o viceversa

Los delitos que no necesitan resultado material ya que la sola conducta

del sujeto los realiza son los que se perfeccionan con el cumplimiento

de determinada accioacuten u omisioacuten cuya consecuencia es la no-

observacioacuten de una obligacioacuten o de un deber pero cuyo resultado no se

manifiesta en el mundo fiacutesico con un hecho de momento perceptible

En tanto que los delitos de resultado son los que para su consumacioacuten

exigen ademaacutes de la conducta del sujeto activo que se produzca

determinado efecto distinto de la omisioacuten o de la accioacuten el resultado en

estos delitos se observa fiacutesicamente en el mundo real Los delitos se

clasifican de esta manera porque se atiende a la estructura exterior de

ellos

Los delitos de dantildeo requieren para su perfeccionamiento juriacutedico que el

bien tutelado juriacutedicamente protegido sea destruido o disminuido en

tanto en los delitos de peligro basta que el bien juriacutedico sea amenazado

al realizarse la conducta criminosa accioacuten u omisioacuten con la acusacioacuten

de un dantildeo o peligro inminente determinado y grave

Son delitos instantaacuteneos aquellos que con la sola realizacioacuten de la

conducta accioacuten u omisioacuten por el sujeto activo quedan realizados o

tipificados sin que se requiera accioacuten posterior para su continuidad o

vigencia Los delitos permanentes son los que se caracterizan porque el

hecho que los constituye o realiza da lugar a una situacioacuten dantildeosa o de 27

peligro que se prolonga en el tiempo a causa de la continuidad del

comportamiento del sujeto Para la existencia de estos delitos es

necesario que el estado dantildeoso o de peligro provenga de la conducta

del sujeto activo de manera continua es decir que no se agote en un

solo instante sino que prosiga durante determinado tiempo y que la

proacuterroga de la situacioacuten antijuriacutedica se deba a la exclusiva conducta

voluntaria del sujeto que prosigue con ella ininterrumpidamente

despueacutes de la -- realizacioacuten del hecho que constituye el delito

En este mismo orden de ideas atendiendo a la duracioacuten de las

consecuencias del delito eacutestas son permanentes es decir hay delitos

instantaacuteneos y delitos permanentes en cuanto a los actos de se

realizacioacuten con efectos permanentes cuya caracteriacutestica es la duracioacuten

de las consecuencias del delito

Ahora bien dentro de las especies del delito que por ser varias

conforme a los fines que se persigan para su tipificacioacuten o conforme al

bien juriacutedico que tutela la ley entre otros aspectos como la que se ha

realizado al principio de este acaacutepite tenemos ahora

Conforme a su gravedad tenemos delitos y faltas habraacute delito siempre

que se realice la conducta prevista y sancionada por la ley penal o en

alguna otra ley especial en tanto que la falta no obstante ser una

conducta contraria a la ley y sancionada por esta misma la sancioacuten la

aplica una autoridad u oacutergano diferente al Poder Judicial o Tribunal

generalmente una autoridad de iacutendole administrativa

Seguacuten la intencioacuten con que se comete o realiza la accioacuten que da origen

al delito tenemos delitos con intencioacuten o dolosos culposos o contra la

intencioacuten y los que son cometidos maacutes allaacute de la intencioacuten o

preterintencionales

Si se ha deseado realizar la accioacuten u omisioacuten para la comisioacuten del delito

y previsto el resultado del mismo se estaacute ante un delito doloso En

28

tanto que siacute de deseaba realizar la accioacuten u omisioacuten pero no el

resultado del delito se trata de un delito culposo Y cuando se ha

deseado realizar la accioacuten u omisioacuten y no el resultado como

consecuencia en su integridad sino un efecto menos grave se trata de

un delito preterintencional

Los delitos tipo o tambieacuten simples o netos son los que se presentan en

su puro modelo legal sin maacutes caracteriacutesticas que sus elementos

esenciales y los delitos circunstanciados son los que ademaacutes de contar

con los elementos esenciales se presentan acompantildeados de

circunstancias o accidentes a sus elementos

Por su efecto los delitos se consideran simples y complejos formales y

materiales de lesioacuten y de peligro Son simples o uniacute subsistentes en el

que coincide el momento ejecutivo y el momento consumativo se

realizan ambos en un soacutelo acto o momento Los complejos o

plurisubsistentes son aquellos cuya accioacuten ejecutiva consta de varios

actos en que puede integrarse El delito material es el que se consuma

al momento de verificarse el resultado material de eacutese en tanto que el

delito formal se perfecciona con una simple accioacuten u omisioacuten haciendo

abstraccioacuten de la verificacioacuten del resultado Los delitos de lesioacuten o dantildeo

y de peligro ya han sido tratados en paacuterrafos precedentes

Seguacuten el objeto o finque persiguen la perturbacioacuten dantildeo disminucioacuten o

destruccioacuten del bien juriacutedicamente protegido son delitos contra la cosa

puacuteblica o el Estado mismo o sus Instituciones y delitos contra las

personas privadas delitos poliacuteticos y no poliacuteticos

Seguacuten los sujetos que los realizan los delitos individuales y colectivos

comunes y especiales seguacuten la ley que los contenga y ocasionales y

habituales seguacuten la constancia con que delinque el sujeto que los

realiza

29

Seguacuten los requisitos para la procedibilidad o persecucioacuten de los delitos

conforme al bien juriacutedico protegido que afecta de acuerdo a la

naturaleza del dantildeo afectacioacuten del bien los delitos son de accioacuten puacuteblica

(denuncia) o de accioacuten privada (querella)

Para el desarrollo de este acaacutepite se tomaraacuten en cuenta las

disposiciones legales que se contienen en el Coacutedigo de Penal para el

Distrito Federal en Materia de Fuero Comuacuten y para toda la Repuacuteblica en

Materia de Fuero Federal el Coacutedigo de Procedimientos Penales para el

Distrito Federal el Coacutedigo Federal de Procedimientos Penales el Coacutedigo

Penal para el Estado de Meacutexico y el Coacutedigo de Procedimientos Penales

para el Estado de Meacutexico Por lo que las clasificaciones de los delitos

que ahora se presentaraacuten seraacute desde el punto de vista legal es decir

atendiendo a lo dispuesto en los ordenamientos legales vigentes de

iacutendole penal sustantiva y adjetiva seguacuten se trate

CLASIFICACION DEL DELITOP SEGUacuteN

EDUARDO LOacutePEZ BENTANCOURT

Por su Composicioacuten

Normales son aquellos en los que el tipo estaraacute conformado de

elementos objetivos

Anormales son los tipos penales que ademaacutes de contener

elementos objetivos tambieacuten se conforman con elementos

subjetivos o normativos

Por su Ordenacioacuten Metodoloacutegica

Fundamentales son los tipos con plena independencia

formados con una conducta iliacutecita sobre un bien juriacutedicamente

tutelado

30

Especiales son los tipos que contienen en su descripcioacuten alguacuten

tipo de caracteriacutestica

Complementados son aquellos que requieren de la realizacioacuten

previa de un tipo baacutesico no tienen autonomiacutea

Por su Autonomiacutea o Independencia

Autoacutenomos son los tipos penales con vida propia no necesitan

de la realizacioacuten de alguacuten otro

Subordinados Requieren de la existencia de alguacuten otro tipo

Por su Formulacioacuten

Casuiacutesticos el legislador plantea varias formas de realizacioacuten del

delito subdividieacutendose en

Alternativos son aquellos donde se plantean dos o maacutes hipoacutetesis

y se precisa de la ejecucioacuten de solo una de ellas para la tipificacioacuten

de la conducta iliacutecita

Acumulativos se exige la realizacioacuten o concurso de todas las

hipoacutetesis que el legislador ha plasmado en el tipo penal para la

adecuacioacuten de la conducta al mismo

Amplios contiene en su descripcioacuten una hipoacutetesis uacutenica en donde

caben todos los modos de ejecucioacuten se colma el tipo penal con la

lesioacuten causada al bien juriacutedicamente tutelado

Por el Dantildeo que Causan

De Lesioacuten requieren de un dantildeo inminente al bien juriacutedico

tutelado

De Peligro basta con el simple riesgo en que se pone al bien

juriacutedicamente tutelado

31

  • CLASIFICACION DEL DELITO
Page 10: Clasificación del delito

CLASIFICACION DEL DELITO SEGUacuteN Jimeacutenez

ANZUALos autores siempre han tratado de establecer ciertas diferencias en las

infracciones penales cada uno trata o a tratado de poner su grano de

arena en lo que a clasificacioacuten del delito se trata

Seguacuten JIMEacuteNEZ ANZUA

1- ldquoPor la extensioacuten de la Ley en que se encuentran castigadosrdquo

Comunes Aquellos delitos que infringen que significan una violacioacuten

de deberes comunes a todos los miembros de la sociedad

Especiales aquellos delitos que implican una violacioacuten de deberes

especiales que se imponen a determinadas personas en razoacuten de su

funcioacuten o estado

2- ldquoCriterio que toma en cuenta el momento en que se comete el delitordquo

Flagrantes El delito es flagrante en el momento en que se comete

despueacutes deja de serlo Antiguamente se castigaba maacutes duramente que

los demaacutes

No Flagrantes Cuando el delito se ha cometido o sea cuando ya pasoacute

el momento de flagrancia

3- ldquoCriterio que toma en cuenta la persecucioacuten del delitordquo

Delitos Puacuteblicos Son aquellos que son perseguidos de oficio es decir

el Juez tiene la obligacioacuten mutua propia de iniciar el procedimiento

Delitos Privados Son aquellos delitos que soacutelo pueden perseguirse a

instancia de parte

Su fundamento lo encontramos en una delegacioacuten que el Estado hace a

la viacutectima o sus representantes legales de perseguir el delito

especialmente en aquellos contrarios al honor y la honestidad cuya

publicidad dantildeariacutea considerablemente a la viacutectima Deja pues a eacutesta la

10

determinacioacuten de perseguirlos o no tratando con lo anterior de no caer

en un mal mayor

4- ldquoCriterio que toma en cuenta el resultadordquo

Delitos Formales Es el que juriacutedicamente se consuma por el hecho de

la accioacuten u omisioacuten sin dejar resultado externo

Delitos Materiales El que al consumarse produce el resultado

antijuriacutedico que se proponiacutea el culpable

5- ldquoCriterio que toma en cuenta la duracioacuten del delitordquo

Delitos instantaacuteneos Aquellos en que la violacioacuten juriacutedica realizada en

la consumacioacuten se extingue con esta

Delitos permanentes Aquellos en los cuales la violacioacuten juriacutedica

continuacutea auacuten despueacutes de consumados

6- ldquoEn relacioacuten a la cantidad de bienes juriacutedicos violadosrdquo

Delitos simples Son aquellos que violan un solo bien juriacutedico o un solo

intereacutes

Juriacutedicamente protegidos

Delitos Complejos Son aquellos constituidos por la infraccioacuten de

varios o diversos bienes juriacutedicos a traveacutes de hechos diferentes cada

uno de los cuales constituye un delito

7- ldquoCriterio que toma en cuenta la actividad o inactividad del culpablerdquo

Delitos de accioacuten Son aqueacutellos que consisten en un acto material y

positivo ya sea de dantildeo o peligro que contienen infraccioacuten de ley

Delitos de Omisioacuten Consisten en la inaccioacuten o abstencioacuten cuando la

ley impone la ejecucioacuten de un hecho determinado

8- ldquoCriterio que toma en cuenta la posibilidad o no de produccioacuten del

resultadordquo

Delito de dantildeo Aqueacutel que causa un (repitiendo) dantildeo directo con los

bienes juriacutedicos o intereses

Delito de peligro Aqueacutel que no causa un dantildeo efectivo en los bienes

juriacutedicos pero crean una situacioacuten de posibilidad de la produccioacuten maacutes o

menos proacutexima

11

Esta clasificacioacuten aparece con Binding quien les llama delitos de lesioacuten

y de peligro Al respecto Manzini dice que el libro nunca es una realidad

sino que un juicio loacutegico una mera previsioacuten fundada de lo que podriacutea

suceder en el provenir Exterior con voluntad de realizar la accioacuten y con

representacioacuten del resultado que se quiere o ratifica

Delito culposo Son aquellos en los cuales se produce el resultado

antijuriacutedico por falta del deber de atencioacuten o previsioacuten no soacutelo cuando

ha faltado al autor la representacioacuten del resultado que sobre vendraacute (o

de la consecuencia del no hacer) sino cuando la esperanza de que no

sobrevenga ha sido fundamento decisivo de las actividades del autor (o

de sus omisiones) que se producen sin querer el resultado antijuriacutedico (o

lo injusto de la inaccioacuten) y sin ratificarlo

Delitos Preterintencionales Son aqueacutellos en los cuales el resultado

material es mayor que el que el agente se propuso causar Delitos

Dolosos y Delitos Culposos podriacuteamos agregar tambieacuten los delitos

preterintencionales aunque la preterintencionalidad ya conlleva un dolo

inicial pues el agente se proponiacutea causar un dantildeo y el resultado supera

a esa intencioacuten dolosa inicial que teniacutea el culpable

10- ldquoCriterio que toma en cuenta la gravedad del delitordquo

Aquiacute tenemos dos clasificaciones

a) Una Tripartita-que los divide en Criacutemenes delitos faltas o

contravenciones Conceptos criacutemenesmdashLos que lesionan los Derechos

Naturales como la vida y la libertad Delitosmdashque violan solamente los

derechos creados por el contrato social como la propiedad faltas o

contravenciones- - que infringiacutean disposiciones y reglamentos de policiacutea

b) La bipartita que los divide en delitos

La clasificacioacuten Tripartita tiene su origen en el siglo XVII fue muy

defendida por los juristas Sapones quienes en decir de Cuello Caloacuten

dividiacutean las infracciones en ATROCISMO ATROCIORA Y LEVIA y en decir

de Antoacuten Oneca en LEVIA ATROCIA Y ATROCISIMA Su verdadero

fundamento se encuentra en la literatura penal del periacuteodo filosoacutefico

12

CLASIFICACION DEL DELITO SEGUacuteN CUELLO

CALOacuteNEN FUNCIOacuteN DE SU GRAVEDAD

Tomando en cuenta la gravedad de las infracciones penales se han

hecho varias clasificaciones Seguacuten una divisioacuten bipartita se distingue los

delitos de las faltas la clasificacioacuten tripartita habla de criacutemenes delitos

y faltas o contravenciones En esta divisioacuten se considera criacutemenes los

atentados contra la vida y los derechos naturales del hombre delitos

las conductas contrarias a los derechos nacidos del contrato social

como el derecho de propiedad por faltas o contravenciones las

infracciones a los reglamentos de policiacutea y buen gobierno

En Meacutexico carecen de importancia estas distinciones porque los Coacutedigos

Penales soacutelo se ocupan de los delitos en general en donde se subsumen

tambieacuten los que otras legislaciones se denominan criacutemenes la represioacuten

de las faltas se abandona a disposiciones administrativas aplicadas por

autoridades de ese caraacutecter

SEGUacuteN LA FORMA DE LA CONDUCTA DEL AGENTE

Por la conducta del agente o como dicen algunos autores seguacuten la

manifestacioacuten de la voluntad los delitos pueden ser de accioacuten y de

omisioacuten

Los de accioacuten se cometen mediante un comportamiento positivo en

ellos se viola una ley prohibitiva Eusebio Goacutemez afirma que son

aquellos en que las condiciones de donde deriva su resultado reconocen

como causa determinante un hecho positivo del sujeto En los delitos de

omisioacuten el objeto prohibido es una abstencioacuten del agente consisten en

la no ejecucioacuten de algo ordenado por la ley Para el mismo Eusebio

Goacutemez en los delitos de omisioacuten las condiciones de que deriva su

resultado reconocen como causa determinante la falta de observancia

13

por parte del sujeto de un precepto obligatorio Debe agregarse que los

delitos de omisioacuten violan una ley dispositiva en tanto los de accioacuten

infringen una prohibitiva

Los delitos de omisioacuten suelen dividirse en delitos de simple omisioacuten y de

comisioacuten por omisioacuten tambieacuten llamados delitos de omisioacuten impropia

Los delitos de simple omisioacuten o de omisioacuten propiamente dicho

consisten en la falta de una actividad juriacutedicamente ordenada con

independencia del resultado material que produzcan es decir se

sancionan por la omisioacuten misma tal es el caso que se impone a todos la

obligacioacuten positiva de auxiliar a las autoridades para la averiguacioacuten de

los delitos y para la persecucioacuten de los delincuentes

Los delitos de comisioacuten por omisioacuten o impropios delitos de omisioacuten son

aquellos en los que el agente decide no actuar y por esa inaccioacuten se

produce el resultado material Para Cuello Caloacuten consisten los falsos

delitos de omisioacuten en la aparicioacuten de un resultado delictivo de caraacutecter

positivo por inactividad formula que se concretiza en la produccioacuten de

un cambio en el mundo exterior mediante la omisioacuten de algo que el

derecho ordenaba hacer

Como ejemplo del delito de comisioacuten por omisioacuten se cita el de la madre

que con deliberado propoacutesito de dar muerte a su hijo recieacuten nacido no

lo amamanta producieacutendose el resultado letal La madre no ejecuta acto

alguno antes bien deja de realizar lo debido

En los delitos de simple omisioacuten hay una violacioacuten juriacutedica y un

resultado puramente formal mientras en los de comisioacuten por omisioacuten

ademaacutes de la violacioacuten juriacutedica se produce un resultado material En los

primeros se viola una ley dispositiva en los de comisioacuten por omisioacuten se

infringe una dispositiva y una prohibitiva

POR EL RESULTADO

14

Seguacuten el resultado que producen los delitos se clasifican en formales y

materiales A los primeros tambieacuten se les denomina delitos de simple

actividad o de accioacuten a los segundos se les llama delitos de resultado o

de resultado material

Los delitos formales son aquellos en los que se agota el tipo penal en el

movimiento corporal o en la omisioacuten del agente no siendo necesaria

para su integracioacuten que se produzca alguna alteracioacuten en la estructura o

funcionamiento del objeto material Son delitos de mera conducta se

sanciona la accioacuten (u omisioacuten) en siacute misma Como estaacuten el delito formal

con el falso testimonio la portacioacuten de arma prohibida y la portacioacuten

iliacutecita de enervantes

Los delitos materiales son aquellos en los cuales para su integracioacuten se

requiere la destruccioacuten o alteracioacuten de la estructura o del

funcionamiento del objeto material (homicidio dantildeo en propiedad

ajena)

POR LA LESIOacuteN QUE CAUSAN

Con relacioacuten al efecto resentido por la viacutectima o sea en razoacuten del bien

juriacutedico los delitos se dividen en delitos de dantildeo y de peligro Los

primeros consumados causan dantildeo directo y efectivo en intereses

juriacutedicamente protegidos por la pena violada como el homicidio el

fraude etc los segundos no causan dantildeo directo a tales intereses pero

los ponen en peligro como el abandono de personas o la omisioacuten de

auxilio El peligro es la situacioacuten en que se colocan los bienes juriacutedicos

de la cual deriva la posibilidad de casacioacuten de un dantildeo

POR SU DURACIOacuteN

15

Los delitos se dividen en instantaacuteneos instantaacuteneos con efectos

permanentes continuados y permanentes Nuestra ley penal reformada

(seguacuten Decreto publicado el 13 de enero de 1984) en su artiacuteculo 7ordm solo

alude a tres especies de delitos en funcioacuten de su duracioacuten instantaacuteneo

permanente o continuo y continuado

INSTANTAacuteNEO

La accioacuten que lo consuma se perfecciona en un solo momento El

caraacutecter de instantaacuteneo no se lo dan a un delito de efectos que eacutel causa

sino la naturaleza de la accioacuten a la que la ley acuerda el caraacutecter de con

sumatoria El delito instantaacuteneo puede realizarse mediante una accioacuten

compuesta de varios actos o movimientos Para la calificacioacuten se atiende

a la unidad de accioacuten si con ella se consuma el delito no importando

que a su vez esa accioacuten se descomponga en actividades el momento

consumativo expresado en la ley da la nota al delito instantaacuteneo Existe

una accioacuten y una lesioacuten juriacutedica El evento consumativo tiacutepico se produce

en un solo instante como el homicidio y el robo

Actualmente la fraccioacuten I del artiacuteculo 7ordm del Coacutedigo Penal lo define asiacute

instantaacuteneo cuando la consumacioacuten se agota en el mismo momento en

que se han realizado todos los elementos constitutivos

INSTANTAacuteNEO CON EFECTOS PERMANENTES

Es aquel cuya conducta destruye o disminuye el bien juriacutedico tutelado

en forma instantaacutenea en un solo momento pero permanecen las

consecuencias nocivas del mismo El homicidio por ejemplo se destruye

el bien juriacutedico de la vida y la supresioacuten del mismo consecuencia de la

conducta perdura para siempre en las lesiones el bien juriacutedico

protegido (la salud o la integridad corporal) disminuye

instantaacuteneamente como resultado de la actividad humana pero la

alteracioacuten en la salud permanece por un determinado tiempo

POR EL ELEMENTO INTERNO O CULPABILIDAD

16

Teniendo como base la culpabilidad los delitos se clasifican en dolosos y

culposos Algunos autores y legisladores agregan los llamados

preterintencionales De conformidad con el Coacutedigo Penal del Distrito

Federal las acciones y omisiones delictivas solamente pueden realizarse

dolosa o culposamente (artiacuteculo 8ordm)

El delito es doloso cuando se dirige la voluntad consciente a la

realizacioacuten del hecho tiacutepico y antijuriacutedico como en el robo en donde el

sujeto decide apoderarse y se apodera sin derecho del bien mueble

ajeno En la culpa no se requiere el resultado penalmente tipificado mas

surge por obrar sin las cautelas y precauciones exigidas por el Estado

para asegurar la vida en comuacuten como en el caso del manejador de un

vehiacuteculo que con manifiesta falta de precaucioacuten o cuidado corre a

excesiva velocidad y mata o lesiona a un transeuacutente

Es preterintencional cuando el resultado sobrepasa a la intencioacuten si el

agente proponieacutendose golpear a otro sujeto lo hace caer debido al

empleo de violencia y se produce la muerte solo hubo dolo respecto a

los golpes pero no se quiso el resultado letal

SIMPLES Y COMPLEJOS

En funcioacuten de su estructura o composicioacuten los delitos se clasifican en

simples y complejos Llaacutemense simples aquellos en los cuales la lesioacuten

juriacutedica es uacutenica como el homicidio De ellos la accioacuten determina una

lesioacuten juriacutedica inescindible Delitos complejos son aquellos en los cuales

la figura juriacutedica consta de unificacioacuten de dos infracciones cuya fusioacuten

da nacimiento a una figura delictiva nueva superior en gravedad a las

que la componen tomadas aisladamente No es lo mismo delito

complejo que concurso de delitos En el delito complejo la misma ley en

un tipo crea el compuesto como delito uacutenico pero en el tipo intervienen

dos o maacutes delitos que pueden figurar por separado en cambio en el

concurso las infracciones no existen como una sola sino

separadamente pero es un mismo sujeto quien las ejecuta17

El delito de robo puede revestir las dos formas es decir es dable

considerarlo como delito simple cuando consiste en mero

apoderamiento de bienes muebles ajenos sin derecho y sin

consentimiento de la persona autorizada para disponer de los mismos

con arreglo a la ley pero el Coacutedigo Penal vigente erige el artiacuteculo 381

bis una calificativa (agravadora de la penalidad del robo simple) para el

robo cometido en casa habitacioacuten formase asiacute un tipo circunstanciado

que subsume el robo y el allanamiento de morada delitos que poseen

vida independiente mas si el iliacutecito patrimonial de referencia se realiza

en lugares habitados o destinados para habitacioacuten no es dable aplicar

las penas de allanamiento de morada sino precisamente las

correspondientes a la figura compleja

DELITOS UNISUBSISTENTES Y PLURISUBSISTENTES

Por el nuacutemero de actos integrantes de la accioacuten tiacutepica los delitos se

denominan unisubsistentes y plurisubsistentes los primeros se forman

por un solo acto mientras los segundos constan de varios actos

Expresa Soler que el delito plurisubsistente a diferencia del complejo

cada uno de los actos integrantes de una solo figura no constituye a su

vez un delito autoacutenomo Asiacute sigue diciendo para imputar el ejercicio

ilegal de la medicina es preciso que la actividad imputada conste de

varios hechos homogeacuteneos pues para la existencia del delito es

requerida la habitualidad El delito plurisubsistente es el resultado de la

unificacioacuten de varios actos naturalmente separados bajo una sola

figura el complejo en cambio es el producto de la fusioacuten de dos hechos

en siacute mismos delictuosos El delito plurisubsistente es fusioacuten de actos el

complejo fusioacuten de figuras delictivas

DELITOS UNISUBJETIVOS Y PLURISUBJETIVOS

Esta clasificacioacuten atiende a la unidad o pluralidad de sujetos que

intervienen para ejecutar el hecho descrito en el tipo El peculado por

ejemplo es delito unisubjetivo por ser suficiente para colmar el tipo la 18

actuacioacuten de un solo sujeto que tenga el caraacutecter de encargado de un

servicio puacuteblico y soacutelo eacutel concurre con su conducta a conformar la

descripcioacuten de la ley pero es posible su realizacioacuten por dos o maacutes

tambieacuten son unisubjetivos el homicidio el robo la violacioacuten etc El

adulterio al contrario es un delito plurisubjetivo por requerir

necesariamente en virtud de la descripcioacuten tiacutepica la concurrencia de

dos sujetos para integrar el tipo (a menos que opere en favor de uno de

ellos por ejemplo una causa de inculpabilidad por error de hecho

esencial e insuperable) igualmente la asociacioacuten delictuosa en donde

se exige tiacutepicamente el concurso de tres o maacutes individuos

POR LA FORMA DE SU PERSECUCIOacuteN

Como una reminiscencia del periodo de la venganza privada existe en

las legislaciones un grupo de delitos que solo pueden perseguirse si asiacute

lo manifiesta el ofendido o sus legiacutetimos representantes Estos delitos

son llamados privados o de querella necesaria cuya persecucioacuten

uacutenicamente es posible si se llena el requisito previo de la querella de la

parte ofendida mas una vez formulada la querella la autoridad estaacute

obligada a perseguir La razoacuten por la cual se mantienen en las

legislaciones estos delitos perseguibles por querella de la parte

ofendida se basa en la consideracioacuten de que en ocasiones la

persecucioacuten oficiosa acarreariacutea mayores dantildeos que la misma impunidad

del delincuente

Los delitos perseguibles previa denuncia (conocidos como perseguibles

de oficio) que puede ser formulada por cualquier persona son todos

aquellos en los que la autoridad estaacute obligada a actuar por mandato

legal persiguiendo y castigando a los responsables con independencia

de la voluntad de los ofendidos Consecuentemente en los delitos

perseguibles por denuncia no surte efecto alguno el perdoacuten del

ofendido a la inversa de lo que ocurre en los de querella necesaria

19

La mayor parte de los delitos se persiguen de oficio y soacutelo un reducido

nuacutemero a peticioacuten de la parte agraviada Entre eacutestos pueden citarse el

adulterio el estupro el abuso de confianza y otros delitos patrimoniales

Actualmente se observa la tendencia a aumentar el nuacutemero de los

delitos perseguidos por querella y que antes requeriacutean denuncia

DELITOS COMUNES FEDERALES OFICIALES MILITARES Y

POLIacuteTICOS

Esta clasificacioacuten es en funcioacuten de la materia

Los delitos comunes constituyen la regla general son aquellos que se

formulan en las leyes dictadas por las legislaturas locales en cambio los

federales se establecen en leyes expedidas por el Congreso de la Unioacuten

Los delitos oficiales son los que comete un empleado o funcionario

puacuteblico en el ejercicio de sus funciones (mejor dicho en abuso de ellas)

Los delitos del orden militar afectan la disciplina del Ejeacutercito La

Constitucioacuten General de la Repuacuteblica en el artiacuteculo 13 prohiacutebe a los

tribunales militares extender su jurisdiccioacuten sobre personas ajenas al

Instituto Armado

Los delitos poliacuteticos no han sido definidos de manera satisfactoria

Generalmente se incluyen todos los hechos que lesionan la organizacioacuten

del Estado en siacute misma o en sus oacuterganos o representantes El articulo

144 reformado del Coacutedigo Penal vigente considera delitos de caraacutecter

poliacutetico los de rebelioacuten sedicioacuten motiacuten y el de conspiracioacuten para

cometerlos El anteproyecto de 1949 los define asiacute Para todos los

efectos legales se consideran como de caraacutecter poliacutetico los delitos contra

la seguridad del Estado

CLASIFICACION DEL DELITO SEGUacuteN

RICARDO ABARCA

20

Conducta

La accioacuten puede definirse como el movimiento corporal que al realizarla

provoca un cambio en el mundo exterior pero esta accioacuten puede verse

desde dos perspectivas la primera seriacutea como acto que es la realizacioacuten

del movimiento la segunda es la omisioacuten que es la ausencia del

movimiento corporal y eacutesta a su vez se subdivide en dos en la omisioacuten

simple que es la inactividad del actuar y en la comisioacuten por omisioacuten que

se lleva a cabo cuando debiendo actuar de una manera para evitar el

resultado no se lleva a cabo la accioacuten y se comete el delito Asiacute el acto y

la omisioacuten nos dan el resultado y la relacioacuten de causalidad y fungiriacutean

como elementos positivos del delito ahora bien la accioacuten pasa al plano

de elemento negativo del delito cuando existe una ausencia de la accioacuten

y es cuando eacutesta surge sin la voluntad del agente tal y como lo

establece el artiacuteculo 14 del coacutedigo penal del Estado de Guanajuato en su

primer paacuterrafo obra culposamente quien produce un resultado tiacutepico

que no previo siendo previsible que previoacute confiando en que no se

produciriacutea siempre que dicho resultado sea debido a la inobservancia

del cuidado que le incumbe seguacuten las condiciones y sus circunstancias

personales

TIPICA

La tipicidad es la congruencia existente entre la accioacuten y el tipo penal

descrito en el Coacutedigo Penal es decir que exista una adecuacioacuten entre

estos dos aspectos Este elemento por si solo puede entenderse como

un elemento positivo del delito es decir cuando la accioacuten que cometes

esta prevista en la ley como un tipo penal Pero de igual manera puede

fungir como un elemento negativo y puede ser por la atipicidad

propiamente dicha como estaacute establecido en el Coacutedigo Penal del Estado

de Guanajuato en su artiacuteculo 33 fraccioacuten II- Falte alguno de los

21

elementos del tipo penal de que se trate (el delito se excluye)o por la

ausencia de tipicidad es decir cuando la conducta realizada no se

encuentre regida por la normatividad penal y por lo tanto no pueda ser

considerada delictuosa asiacute como tampoco pueda ser sancionada

Antijuriacutedica

Esteacute elemento se refiere cuando la accioacuten ejecutada es contraria a

derecho es decir va en contra del orden juriacutedico establecido en la

sociedad y regulado por el Estado ya que eacuteste a traveacutes de las normas de

cultura ordena y prohiacutebe ciertas acciones correspondiendo a sus

intereses valorativos y soacutelo cuando el Estado las privilegia con su tutela

al reconocerlas en la ley adquieren el rango de juriacutedicas

Asiacute podemos hablar de dos tipos de antijuridicidad la formal y la

material refirieacutendose la primera a la infraccioacuten de una norma que el

Estado la tiene en su cataacutelogo del orden juriacutedico y la segunda se refiere

cuando la accioacuten cometida lesiona o puede lesionar alguacuten bien juriacutedico

que como dije anteriormente eacutestos se encuentran bajo tutela del

derecho penal y siendo eacuteste puacuteblico al Estado le interesa mantener los

bienes juriacutedicos bajo su proteccioacuten

La antijuridicidad puede ser un elemento negativo del delito soacutelo en los

casos en los que exista alguacuten supuesto de exclusioacuten del delito sentildealados

en el artiacuteculo 33 del coacutedigo Penal del Estado Guanajuato

Dentro de los cuales encontramos por ejemplo la legitima defensa el

estado de necesidad caso fortuito cumplimiento de un deber o por

consentimiento de la viacutectima

Culpable

22

La culpabilidad puede variar en este concepto nos encontramos con dos

divisiones el dolo y la culpa

Se tiene presencia del dolo cuando la accioacuten cometida por el sujeto

activo es plena de conciencia y su plan criminal estaacute ideado plenamente

a causar la lesioacuten al bien juriacutedico es decir la plena manifestacioacuten de la

voluntad El dolo puede ser de tres maneras distintas directo cuando el

resultado es congruente con el fin propuesto del sujeto activo indirecto

cuando el sujeto activo se propone el fin delictivo y sabe con certeza

que causara otros fines el eventual que es cuando se preveacuten posibles

resultados que no se quieren

La culpa es cuando se comete el delito pero la voluntad del sujeto activo

es inexistente y puede a su vez dividirse en dos con representacioacuten

que se refiere o se da cuando el sujeto activo preveacute como posible alguacuten

resultado antijuriacutedico pero espera que no suceda sin representacioacuten se

da cuando el sujeto no preveacute el resultado por negligencia o falta de

cuidado

Tambieacuten existe la preterintencionalidad que consiste en la combinacioacuten

de las dos formas anteriores de culpabilidad es decir cuando la

conducta inicio de manera culposa y culmino de manera dolosa eacutesta

uacuteltima entra como elemento positivo del delito

La manera de que la culpabilidad sea elemento negativo del delito es en

los casos siguientes existencia de error ya sea de hecho o de derecho

eximentes putativas obediencia jeraacuterquica violencia moral estado de

necesidad exigibilidad de otra conducta

Esto es porque la culpabilidad estaacute fundada en hacer el juicio de

reproche al autor de la accioacuten antijuriacutedica tiacutepica pero por encontrarse en

una situacioacuten especial de desconocimiento de que la accioacuten realizada es

un delito provoca que eacutesta se convierta en inculpabilidad y por

consecuente inimputable

23

Punible

La punibilidad puede verse como una consecuencia que trae la comisioacuten

de un delito es decir si un sujeto actuacutea de manera iliacutecita y altera el

orden juriacutedico le sobrevendraacute una sancioacuten La punibilidad es entonces la

consecuencia juriacutedica que viene a la accioacuten punible El legislador ademaacutes

de procurar el orden juriacutedico estableciendo castigos a quienes violan

eacuteste hace depender la imposicioacuten de la pena de factores y

circunstancias externas e independientes del acto punible

Existen en nuestro sistema penal dos clases de sanciones las penas y

las medidas de seguridad Siendo las primeras de caraacutecter ejemplar y

las segundas de caraacutecter psicoloacutegico pero ambas coinciden en la

rehabilitacioacuten que procuran hacia el sujeto infractor

Se tiene claramente la distincioacuten en su clasificacioacuten que es la siguiente

las penas pueden variar como por ejemplo pena de muerte privacioacuten

de la libertad restriccioacuten de la libertad privacioacuten de derechos

restriccioacuten de derechos reparacioacuten del dantildeo Y las medidas de seguridad

pueden ser curativas eliminatorias o educativas

Las penas en nuestro Estado se encuentran reguladas por el Coacutedigo

Penal en su artiacuteculo 38 y las medidas de seguridad en el artiacuteculo 89

La manera de que la punibilidad entre como un elemento negativo del

delito es con las excusas absolutorias que son causas personales que se

encuentran legalmente previstas que aunque no eliminan el caraacutecter

delictivo de la accioacuten que cometioacute siacute excluyen la pena pues para el

Estado no es necesario establecer pena alguna contra tales hechos ya

que dichas circunstancias revelan una miacutenima peligrosidad

IMPUTABLE

Como lo hemos venido diciendo al sujeto activo se le hace un juicio de

24

reproche por desviarse del buen camino y es por eso que como uacuteltimo

elemento del delito encontramos la imputabilidad que puede

entenderse como la capacidad del sujeto de querer y entender la accioacuten

que realizo por lo que en este elemento entra en un gran campo la

conciencia o inconsciencia del sujeto

Retomando nuevamente lo que deciacutea en un inicio el derecho penal

mexicano estaacute bajo la influencia de la escuela finalista y por tanto se

considera que el sujeto tiene un libre albedriacuteo acerca de su actuar y

puede medir de manera plena las consecuencias juriacutedicas

Por tanto se tienen causas de inimputabilidad hacia el sujeto activo en

casos especiales como la minoriacutea de edad la enajenacioacuten o los estados

de inconsciencia ya que no se puede hablar de un reproche al sujeto si

eacuteste no actuoacute de manera consiente El primero es por la falta de

desarrollo mental del sujeto el segundo cuando la enfermedad de la

mente o el estado de inconsciencia privan de la consciencia de cometer

un delito o de obrar conforme a Derecho Y el tercero por el empleo de

sustancias toacutexicas embriagantes o estupefacientes por toxico

infecciones o por trastornos mentales Asiacute como lo establece el artiacuteculo

33 del Coacutedigo penal del Estado de Guanajuato en su primer paacuterrafo de la

fraccioacuten VII- Al momento de realizar el hecho tiacutepico y por causa de

enfermedad mental que perturbe gravemente su conciencia de

desarrollo psiacutequico incompleto o retardado o de grave perturbacioacuten de la

conciencia sin base patoloacutegica el agente no tenga la capacidad de

comprender el caraacutecter iliacutecito de aquel o de conducirse de acuerdo con

esa comprensioacuten

Ya que la imputabilidad es la base psicoloacutegica de la culpabilidad soacutelo el

sujeto que es capaz de querer y entender y solo asiacute puede ser

responsable

Eacutestos seriacutean los casos en los que el elemento de la imputabilidad

entrariacutea como elemento negativo del delito

25

CLASIFICACION DEL DELITO SEGUacuteN

CELESTINO PORTE PETIT

CLASIFICACION DEL DELITO

De acuerdo con el Coacutedigo Penal del Estado de Meacutexico en su capiacutetulo II

en el

Artiacuteculo 8- Establece que los delitos pueden ser

I Dolosos

El delito es doloso cuando se obra conociendo los elementos del tipo

penal o previendo como posible el resultado tiacutepico queriendo o

aceptando la realizacioacuten del hecho descrito por la ley

II Culposos

El delito es culposo cuando se produce un resultado tiacutepico que no se

previoacute siendo previsible o confiando en que no se produciriacutea en virtud

de la violacioacuten a un deber de cuidado que debiacutea y podiacutea observarse

seguacuten las circunstancias y condiciones personales

III Instantaacuteneos

Es instantaacuteneo cuando la consumacioacuten se agota en el mismo momento

en que se han realizado todos sus elementos constitutivos

IV Permanentes

Es permanente cuando la consumacioacuten se prolonga en el tiempo

V Continuados

26

Es continuado cuando existe unidad de propoacutesito delictivo pluralidad de

conductas e identidad de sujeto pasivo y se viola el mismo precepto

legal

Son delitos de accioacuten los que se cometen por medio de una conducta

positiva es decir un hacer Los delitos por omisioacuten se ejecutan por

medio de un comportamiento negativo un no hacer determinada

obligacioacuten o no ejecutar una accioacuten Ademaacutes existen delitos que por su

iacutendole estructural exigen para su existencia la incidencia de una accioacuten

y luego una omisioacuten o viceversa

Los delitos que no necesitan resultado material ya que la sola conducta

del sujeto los realiza son los que se perfeccionan con el cumplimiento

de determinada accioacuten u omisioacuten cuya consecuencia es la no-

observacioacuten de una obligacioacuten o de un deber pero cuyo resultado no se

manifiesta en el mundo fiacutesico con un hecho de momento perceptible

En tanto que los delitos de resultado son los que para su consumacioacuten

exigen ademaacutes de la conducta del sujeto activo que se produzca

determinado efecto distinto de la omisioacuten o de la accioacuten el resultado en

estos delitos se observa fiacutesicamente en el mundo real Los delitos se

clasifican de esta manera porque se atiende a la estructura exterior de

ellos

Los delitos de dantildeo requieren para su perfeccionamiento juriacutedico que el

bien tutelado juriacutedicamente protegido sea destruido o disminuido en

tanto en los delitos de peligro basta que el bien juriacutedico sea amenazado

al realizarse la conducta criminosa accioacuten u omisioacuten con la acusacioacuten

de un dantildeo o peligro inminente determinado y grave

Son delitos instantaacuteneos aquellos que con la sola realizacioacuten de la

conducta accioacuten u omisioacuten por el sujeto activo quedan realizados o

tipificados sin que se requiera accioacuten posterior para su continuidad o

vigencia Los delitos permanentes son los que se caracterizan porque el

hecho que los constituye o realiza da lugar a una situacioacuten dantildeosa o de 27

peligro que se prolonga en el tiempo a causa de la continuidad del

comportamiento del sujeto Para la existencia de estos delitos es

necesario que el estado dantildeoso o de peligro provenga de la conducta

del sujeto activo de manera continua es decir que no se agote en un

solo instante sino que prosiga durante determinado tiempo y que la

proacuterroga de la situacioacuten antijuriacutedica se deba a la exclusiva conducta

voluntaria del sujeto que prosigue con ella ininterrumpidamente

despueacutes de la -- realizacioacuten del hecho que constituye el delito

En este mismo orden de ideas atendiendo a la duracioacuten de las

consecuencias del delito eacutestas son permanentes es decir hay delitos

instantaacuteneos y delitos permanentes en cuanto a los actos de se

realizacioacuten con efectos permanentes cuya caracteriacutestica es la duracioacuten

de las consecuencias del delito

Ahora bien dentro de las especies del delito que por ser varias

conforme a los fines que se persigan para su tipificacioacuten o conforme al

bien juriacutedico que tutela la ley entre otros aspectos como la que se ha

realizado al principio de este acaacutepite tenemos ahora

Conforme a su gravedad tenemos delitos y faltas habraacute delito siempre

que se realice la conducta prevista y sancionada por la ley penal o en

alguna otra ley especial en tanto que la falta no obstante ser una

conducta contraria a la ley y sancionada por esta misma la sancioacuten la

aplica una autoridad u oacutergano diferente al Poder Judicial o Tribunal

generalmente una autoridad de iacutendole administrativa

Seguacuten la intencioacuten con que se comete o realiza la accioacuten que da origen

al delito tenemos delitos con intencioacuten o dolosos culposos o contra la

intencioacuten y los que son cometidos maacutes allaacute de la intencioacuten o

preterintencionales

Si se ha deseado realizar la accioacuten u omisioacuten para la comisioacuten del delito

y previsto el resultado del mismo se estaacute ante un delito doloso En

28

tanto que siacute de deseaba realizar la accioacuten u omisioacuten pero no el

resultado del delito se trata de un delito culposo Y cuando se ha

deseado realizar la accioacuten u omisioacuten y no el resultado como

consecuencia en su integridad sino un efecto menos grave se trata de

un delito preterintencional

Los delitos tipo o tambieacuten simples o netos son los que se presentan en

su puro modelo legal sin maacutes caracteriacutesticas que sus elementos

esenciales y los delitos circunstanciados son los que ademaacutes de contar

con los elementos esenciales se presentan acompantildeados de

circunstancias o accidentes a sus elementos

Por su efecto los delitos se consideran simples y complejos formales y

materiales de lesioacuten y de peligro Son simples o uniacute subsistentes en el

que coincide el momento ejecutivo y el momento consumativo se

realizan ambos en un soacutelo acto o momento Los complejos o

plurisubsistentes son aquellos cuya accioacuten ejecutiva consta de varios

actos en que puede integrarse El delito material es el que se consuma

al momento de verificarse el resultado material de eacutese en tanto que el

delito formal se perfecciona con una simple accioacuten u omisioacuten haciendo

abstraccioacuten de la verificacioacuten del resultado Los delitos de lesioacuten o dantildeo

y de peligro ya han sido tratados en paacuterrafos precedentes

Seguacuten el objeto o finque persiguen la perturbacioacuten dantildeo disminucioacuten o

destruccioacuten del bien juriacutedicamente protegido son delitos contra la cosa

puacuteblica o el Estado mismo o sus Instituciones y delitos contra las

personas privadas delitos poliacuteticos y no poliacuteticos

Seguacuten los sujetos que los realizan los delitos individuales y colectivos

comunes y especiales seguacuten la ley que los contenga y ocasionales y

habituales seguacuten la constancia con que delinque el sujeto que los

realiza

29

Seguacuten los requisitos para la procedibilidad o persecucioacuten de los delitos

conforme al bien juriacutedico protegido que afecta de acuerdo a la

naturaleza del dantildeo afectacioacuten del bien los delitos son de accioacuten puacuteblica

(denuncia) o de accioacuten privada (querella)

Para el desarrollo de este acaacutepite se tomaraacuten en cuenta las

disposiciones legales que se contienen en el Coacutedigo de Penal para el

Distrito Federal en Materia de Fuero Comuacuten y para toda la Repuacuteblica en

Materia de Fuero Federal el Coacutedigo de Procedimientos Penales para el

Distrito Federal el Coacutedigo Federal de Procedimientos Penales el Coacutedigo

Penal para el Estado de Meacutexico y el Coacutedigo de Procedimientos Penales

para el Estado de Meacutexico Por lo que las clasificaciones de los delitos

que ahora se presentaraacuten seraacute desde el punto de vista legal es decir

atendiendo a lo dispuesto en los ordenamientos legales vigentes de

iacutendole penal sustantiva y adjetiva seguacuten se trate

CLASIFICACION DEL DELITOP SEGUacuteN

EDUARDO LOacutePEZ BENTANCOURT

Por su Composicioacuten

Normales son aquellos en los que el tipo estaraacute conformado de

elementos objetivos

Anormales son los tipos penales que ademaacutes de contener

elementos objetivos tambieacuten se conforman con elementos

subjetivos o normativos

Por su Ordenacioacuten Metodoloacutegica

Fundamentales son los tipos con plena independencia

formados con una conducta iliacutecita sobre un bien juriacutedicamente

tutelado

30

Especiales son los tipos que contienen en su descripcioacuten alguacuten

tipo de caracteriacutestica

Complementados son aquellos que requieren de la realizacioacuten

previa de un tipo baacutesico no tienen autonomiacutea

Por su Autonomiacutea o Independencia

Autoacutenomos son los tipos penales con vida propia no necesitan

de la realizacioacuten de alguacuten otro

Subordinados Requieren de la existencia de alguacuten otro tipo

Por su Formulacioacuten

Casuiacutesticos el legislador plantea varias formas de realizacioacuten del

delito subdividieacutendose en

Alternativos son aquellos donde se plantean dos o maacutes hipoacutetesis

y se precisa de la ejecucioacuten de solo una de ellas para la tipificacioacuten

de la conducta iliacutecita

Acumulativos se exige la realizacioacuten o concurso de todas las

hipoacutetesis que el legislador ha plasmado en el tipo penal para la

adecuacioacuten de la conducta al mismo

Amplios contiene en su descripcioacuten una hipoacutetesis uacutenica en donde

caben todos los modos de ejecucioacuten se colma el tipo penal con la

lesioacuten causada al bien juriacutedicamente tutelado

Por el Dantildeo que Causan

De Lesioacuten requieren de un dantildeo inminente al bien juriacutedico

tutelado

De Peligro basta con el simple riesgo en que se pone al bien

juriacutedicamente tutelado

31

  • CLASIFICACION DEL DELITO
Page 11: Clasificación del delito

determinacioacuten de perseguirlos o no tratando con lo anterior de no caer

en un mal mayor

4- ldquoCriterio que toma en cuenta el resultadordquo

Delitos Formales Es el que juriacutedicamente se consuma por el hecho de

la accioacuten u omisioacuten sin dejar resultado externo

Delitos Materiales El que al consumarse produce el resultado

antijuriacutedico que se proponiacutea el culpable

5- ldquoCriterio que toma en cuenta la duracioacuten del delitordquo

Delitos instantaacuteneos Aquellos en que la violacioacuten juriacutedica realizada en

la consumacioacuten se extingue con esta

Delitos permanentes Aquellos en los cuales la violacioacuten juriacutedica

continuacutea auacuten despueacutes de consumados

6- ldquoEn relacioacuten a la cantidad de bienes juriacutedicos violadosrdquo

Delitos simples Son aquellos que violan un solo bien juriacutedico o un solo

intereacutes

Juriacutedicamente protegidos

Delitos Complejos Son aquellos constituidos por la infraccioacuten de

varios o diversos bienes juriacutedicos a traveacutes de hechos diferentes cada

uno de los cuales constituye un delito

7- ldquoCriterio que toma en cuenta la actividad o inactividad del culpablerdquo

Delitos de accioacuten Son aqueacutellos que consisten en un acto material y

positivo ya sea de dantildeo o peligro que contienen infraccioacuten de ley

Delitos de Omisioacuten Consisten en la inaccioacuten o abstencioacuten cuando la

ley impone la ejecucioacuten de un hecho determinado

8- ldquoCriterio que toma en cuenta la posibilidad o no de produccioacuten del

resultadordquo

Delito de dantildeo Aqueacutel que causa un (repitiendo) dantildeo directo con los

bienes juriacutedicos o intereses

Delito de peligro Aqueacutel que no causa un dantildeo efectivo en los bienes

juriacutedicos pero crean una situacioacuten de posibilidad de la produccioacuten maacutes o

menos proacutexima

11

Esta clasificacioacuten aparece con Binding quien les llama delitos de lesioacuten

y de peligro Al respecto Manzini dice que el libro nunca es una realidad

sino que un juicio loacutegico una mera previsioacuten fundada de lo que podriacutea

suceder en el provenir Exterior con voluntad de realizar la accioacuten y con

representacioacuten del resultado que se quiere o ratifica

Delito culposo Son aquellos en los cuales se produce el resultado

antijuriacutedico por falta del deber de atencioacuten o previsioacuten no soacutelo cuando

ha faltado al autor la representacioacuten del resultado que sobre vendraacute (o

de la consecuencia del no hacer) sino cuando la esperanza de que no

sobrevenga ha sido fundamento decisivo de las actividades del autor (o

de sus omisiones) que se producen sin querer el resultado antijuriacutedico (o

lo injusto de la inaccioacuten) y sin ratificarlo

Delitos Preterintencionales Son aqueacutellos en los cuales el resultado

material es mayor que el que el agente se propuso causar Delitos

Dolosos y Delitos Culposos podriacuteamos agregar tambieacuten los delitos

preterintencionales aunque la preterintencionalidad ya conlleva un dolo

inicial pues el agente se proponiacutea causar un dantildeo y el resultado supera

a esa intencioacuten dolosa inicial que teniacutea el culpable

10- ldquoCriterio que toma en cuenta la gravedad del delitordquo

Aquiacute tenemos dos clasificaciones

a) Una Tripartita-que los divide en Criacutemenes delitos faltas o

contravenciones Conceptos criacutemenesmdashLos que lesionan los Derechos

Naturales como la vida y la libertad Delitosmdashque violan solamente los

derechos creados por el contrato social como la propiedad faltas o

contravenciones- - que infringiacutean disposiciones y reglamentos de policiacutea

b) La bipartita que los divide en delitos

La clasificacioacuten Tripartita tiene su origen en el siglo XVII fue muy

defendida por los juristas Sapones quienes en decir de Cuello Caloacuten

dividiacutean las infracciones en ATROCISMO ATROCIORA Y LEVIA y en decir

de Antoacuten Oneca en LEVIA ATROCIA Y ATROCISIMA Su verdadero

fundamento se encuentra en la literatura penal del periacuteodo filosoacutefico

12

CLASIFICACION DEL DELITO SEGUacuteN CUELLO

CALOacuteNEN FUNCIOacuteN DE SU GRAVEDAD

Tomando en cuenta la gravedad de las infracciones penales se han

hecho varias clasificaciones Seguacuten una divisioacuten bipartita se distingue los

delitos de las faltas la clasificacioacuten tripartita habla de criacutemenes delitos

y faltas o contravenciones En esta divisioacuten se considera criacutemenes los

atentados contra la vida y los derechos naturales del hombre delitos

las conductas contrarias a los derechos nacidos del contrato social

como el derecho de propiedad por faltas o contravenciones las

infracciones a los reglamentos de policiacutea y buen gobierno

En Meacutexico carecen de importancia estas distinciones porque los Coacutedigos

Penales soacutelo se ocupan de los delitos en general en donde se subsumen

tambieacuten los que otras legislaciones se denominan criacutemenes la represioacuten

de las faltas se abandona a disposiciones administrativas aplicadas por

autoridades de ese caraacutecter

SEGUacuteN LA FORMA DE LA CONDUCTA DEL AGENTE

Por la conducta del agente o como dicen algunos autores seguacuten la

manifestacioacuten de la voluntad los delitos pueden ser de accioacuten y de

omisioacuten

Los de accioacuten se cometen mediante un comportamiento positivo en

ellos se viola una ley prohibitiva Eusebio Goacutemez afirma que son

aquellos en que las condiciones de donde deriva su resultado reconocen

como causa determinante un hecho positivo del sujeto En los delitos de

omisioacuten el objeto prohibido es una abstencioacuten del agente consisten en

la no ejecucioacuten de algo ordenado por la ley Para el mismo Eusebio

Goacutemez en los delitos de omisioacuten las condiciones de que deriva su

resultado reconocen como causa determinante la falta de observancia

13

por parte del sujeto de un precepto obligatorio Debe agregarse que los

delitos de omisioacuten violan una ley dispositiva en tanto los de accioacuten

infringen una prohibitiva

Los delitos de omisioacuten suelen dividirse en delitos de simple omisioacuten y de

comisioacuten por omisioacuten tambieacuten llamados delitos de omisioacuten impropia

Los delitos de simple omisioacuten o de omisioacuten propiamente dicho

consisten en la falta de una actividad juriacutedicamente ordenada con

independencia del resultado material que produzcan es decir se

sancionan por la omisioacuten misma tal es el caso que se impone a todos la

obligacioacuten positiva de auxiliar a las autoridades para la averiguacioacuten de

los delitos y para la persecucioacuten de los delincuentes

Los delitos de comisioacuten por omisioacuten o impropios delitos de omisioacuten son

aquellos en los que el agente decide no actuar y por esa inaccioacuten se

produce el resultado material Para Cuello Caloacuten consisten los falsos

delitos de omisioacuten en la aparicioacuten de un resultado delictivo de caraacutecter

positivo por inactividad formula que se concretiza en la produccioacuten de

un cambio en el mundo exterior mediante la omisioacuten de algo que el

derecho ordenaba hacer

Como ejemplo del delito de comisioacuten por omisioacuten se cita el de la madre

que con deliberado propoacutesito de dar muerte a su hijo recieacuten nacido no

lo amamanta producieacutendose el resultado letal La madre no ejecuta acto

alguno antes bien deja de realizar lo debido

En los delitos de simple omisioacuten hay una violacioacuten juriacutedica y un

resultado puramente formal mientras en los de comisioacuten por omisioacuten

ademaacutes de la violacioacuten juriacutedica se produce un resultado material En los

primeros se viola una ley dispositiva en los de comisioacuten por omisioacuten se

infringe una dispositiva y una prohibitiva

POR EL RESULTADO

14

Seguacuten el resultado que producen los delitos se clasifican en formales y

materiales A los primeros tambieacuten se les denomina delitos de simple

actividad o de accioacuten a los segundos se les llama delitos de resultado o

de resultado material

Los delitos formales son aquellos en los que se agota el tipo penal en el

movimiento corporal o en la omisioacuten del agente no siendo necesaria

para su integracioacuten que se produzca alguna alteracioacuten en la estructura o

funcionamiento del objeto material Son delitos de mera conducta se

sanciona la accioacuten (u omisioacuten) en siacute misma Como estaacuten el delito formal

con el falso testimonio la portacioacuten de arma prohibida y la portacioacuten

iliacutecita de enervantes

Los delitos materiales son aquellos en los cuales para su integracioacuten se

requiere la destruccioacuten o alteracioacuten de la estructura o del

funcionamiento del objeto material (homicidio dantildeo en propiedad

ajena)

POR LA LESIOacuteN QUE CAUSAN

Con relacioacuten al efecto resentido por la viacutectima o sea en razoacuten del bien

juriacutedico los delitos se dividen en delitos de dantildeo y de peligro Los

primeros consumados causan dantildeo directo y efectivo en intereses

juriacutedicamente protegidos por la pena violada como el homicidio el

fraude etc los segundos no causan dantildeo directo a tales intereses pero

los ponen en peligro como el abandono de personas o la omisioacuten de

auxilio El peligro es la situacioacuten en que se colocan los bienes juriacutedicos

de la cual deriva la posibilidad de casacioacuten de un dantildeo

POR SU DURACIOacuteN

15

Los delitos se dividen en instantaacuteneos instantaacuteneos con efectos

permanentes continuados y permanentes Nuestra ley penal reformada

(seguacuten Decreto publicado el 13 de enero de 1984) en su artiacuteculo 7ordm solo

alude a tres especies de delitos en funcioacuten de su duracioacuten instantaacuteneo

permanente o continuo y continuado

INSTANTAacuteNEO

La accioacuten que lo consuma se perfecciona en un solo momento El

caraacutecter de instantaacuteneo no se lo dan a un delito de efectos que eacutel causa

sino la naturaleza de la accioacuten a la que la ley acuerda el caraacutecter de con

sumatoria El delito instantaacuteneo puede realizarse mediante una accioacuten

compuesta de varios actos o movimientos Para la calificacioacuten se atiende

a la unidad de accioacuten si con ella se consuma el delito no importando

que a su vez esa accioacuten se descomponga en actividades el momento

consumativo expresado en la ley da la nota al delito instantaacuteneo Existe

una accioacuten y una lesioacuten juriacutedica El evento consumativo tiacutepico se produce

en un solo instante como el homicidio y el robo

Actualmente la fraccioacuten I del artiacuteculo 7ordm del Coacutedigo Penal lo define asiacute

instantaacuteneo cuando la consumacioacuten se agota en el mismo momento en

que se han realizado todos los elementos constitutivos

INSTANTAacuteNEO CON EFECTOS PERMANENTES

Es aquel cuya conducta destruye o disminuye el bien juriacutedico tutelado

en forma instantaacutenea en un solo momento pero permanecen las

consecuencias nocivas del mismo El homicidio por ejemplo se destruye

el bien juriacutedico de la vida y la supresioacuten del mismo consecuencia de la

conducta perdura para siempre en las lesiones el bien juriacutedico

protegido (la salud o la integridad corporal) disminuye

instantaacuteneamente como resultado de la actividad humana pero la

alteracioacuten en la salud permanece por un determinado tiempo

POR EL ELEMENTO INTERNO O CULPABILIDAD

16

Teniendo como base la culpabilidad los delitos se clasifican en dolosos y

culposos Algunos autores y legisladores agregan los llamados

preterintencionales De conformidad con el Coacutedigo Penal del Distrito

Federal las acciones y omisiones delictivas solamente pueden realizarse

dolosa o culposamente (artiacuteculo 8ordm)

El delito es doloso cuando se dirige la voluntad consciente a la

realizacioacuten del hecho tiacutepico y antijuriacutedico como en el robo en donde el

sujeto decide apoderarse y se apodera sin derecho del bien mueble

ajeno En la culpa no se requiere el resultado penalmente tipificado mas

surge por obrar sin las cautelas y precauciones exigidas por el Estado

para asegurar la vida en comuacuten como en el caso del manejador de un

vehiacuteculo que con manifiesta falta de precaucioacuten o cuidado corre a

excesiva velocidad y mata o lesiona a un transeuacutente

Es preterintencional cuando el resultado sobrepasa a la intencioacuten si el

agente proponieacutendose golpear a otro sujeto lo hace caer debido al

empleo de violencia y se produce la muerte solo hubo dolo respecto a

los golpes pero no se quiso el resultado letal

SIMPLES Y COMPLEJOS

En funcioacuten de su estructura o composicioacuten los delitos se clasifican en

simples y complejos Llaacutemense simples aquellos en los cuales la lesioacuten

juriacutedica es uacutenica como el homicidio De ellos la accioacuten determina una

lesioacuten juriacutedica inescindible Delitos complejos son aquellos en los cuales

la figura juriacutedica consta de unificacioacuten de dos infracciones cuya fusioacuten

da nacimiento a una figura delictiva nueva superior en gravedad a las

que la componen tomadas aisladamente No es lo mismo delito

complejo que concurso de delitos En el delito complejo la misma ley en

un tipo crea el compuesto como delito uacutenico pero en el tipo intervienen

dos o maacutes delitos que pueden figurar por separado en cambio en el

concurso las infracciones no existen como una sola sino

separadamente pero es un mismo sujeto quien las ejecuta17

El delito de robo puede revestir las dos formas es decir es dable

considerarlo como delito simple cuando consiste en mero

apoderamiento de bienes muebles ajenos sin derecho y sin

consentimiento de la persona autorizada para disponer de los mismos

con arreglo a la ley pero el Coacutedigo Penal vigente erige el artiacuteculo 381

bis una calificativa (agravadora de la penalidad del robo simple) para el

robo cometido en casa habitacioacuten formase asiacute un tipo circunstanciado

que subsume el robo y el allanamiento de morada delitos que poseen

vida independiente mas si el iliacutecito patrimonial de referencia se realiza

en lugares habitados o destinados para habitacioacuten no es dable aplicar

las penas de allanamiento de morada sino precisamente las

correspondientes a la figura compleja

DELITOS UNISUBSISTENTES Y PLURISUBSISTENTES

Por el nuacutemero de actos integrantes de la accioacuten tiacutepica los delitos se

denominan unisubsistentes y plurisubsistentes los primeros se forman

por un solo acto mientras los segundos constan de varios actos

Expresa Soler que el delito plurisubsistente a diferencia del complejo

cada uno de los actos integrantes de una solo figura no constituye a su

vez un delito autoacutenomo Asiacute sigue diciendo para imputar el ejercicio

ilegal de la medicina es preciso que la actividad imputada conste de

varios hechos homogeacuteneos pues para la existencia del delito es

requerida la habitualidad El delito plurisubsistente es el resultado de la

unificacioacuten de varios actos naturalmente separados bajo una sola

figura el complejo en cambio es el producto de la fusioacuten de dos hechos

en siacute mismos delictuosos El delito plurisubsistente es fusioacuten de actos el

complejo fusioacuten de figuras delictivas

DELITOS UNISUBJETIVOS Y PLURISUBJETIVOS

Esta clasificacioacuten atiende a la unidad o pluralidad de sujetos que

intervienen para ejecutar el hecho descrito en el tipo El peculado por

ejemplo es delito unisubjetivo por ser suficiente para colmar el tipo la 18

actuacioacuten de un solo sujeto que tenga el caraacutecter de encargado de un

servicio puacuteblico y soacutelo eacutel concurre con su conducta a conformar la

descripcioacuten de la ley pero es posible su realizacioacuten por dos o maacutes

tambieacuten son unisubjetivos el homicidio el robo la violacioacuten etc El

adulterio al contrario es un delito plurisubjetivo por requerir

necesariamente en virtud de la descripcioacuten tiacutepica la concurrencia de

dos sujetos para integrar el tipo (a menos que opere en favor de uno de

ellos por ejemplo una causa de inculpabilidad por error de hecho

esencial e insuperable) igualmente la asociacioacuten delictuosa en donde

se exige tiacutepicamente el concurso de tres o maacutes individuos

POR LA FORMA DE SU PERSECUCIOacuteN

Como una reminiscencia del periodo de la venganza privada existe en

las legislaciones un grupo de delitos que solo pueden perseguirse si asiacute

lo manifiesta el ofendido o sus legiacutetimos representantes Estos delitos

son llamados privados o de querella necesaria cuya persecucioacuten

uacutenicamente es posible si se llena el requisito previo de la querella de la

parte ofendida mas una vez formulada la querella la autoridad estaacute

obligada a perseguir La razoacuten por la cual se mantienen en las

legislaciones estos delitos perseguibles por querella de la parte

ofendida se basa en la consideracioacuten de que en ocasiones la

persecucioacuten oficiosa acarreariacutea mayores dantildeos que la misma impunidad

del delincuente

Los delitos perseguibles previa denuncia (conocidos como perseguibles

de oficio) que puede ser formulada por cualquier persona son todos

aquellos en los que la autoridad estaacute obligada a actuar por mandato

legal persiguiendo y castigando a los responsables con independencia

de la voluntad de los ofendidos Consecuentemente en los delitos

perseguibles por denuncia no surte efecto alguno el perdoacuten del

ofendido a la inversa de lo que ocurre en los de querella necesaria

19

La mayor parte de los delitos se persiguen de oficio y soacutelo un reducido

nuacutemero a peticioacuten de la parte agraviada Entre eacutestos pueden citarse el

adulterio el estupro el abuso de confianza y otros delitos patrimoniales

Actualmente se observa la tendencia a aumentar el nuacutemero de los

delitos perseguidos por querella y que antes requeriacutean denuncia

DELITOS COMUNES FEDERALES OFICIALES MILITARES Y

POLIacuteTICOS

Esta clasificacioacuten es en funcioacuten de la materia

Los delitos comunes constituyen la regla general son aquellos que se

formulan en las leyes dictadas por las legislaturas locales en cambio los

federales se establecen en leyes expedidas por el Congreso de la Unioacuten

Los delitos oficiales son los que comete un empleado o funcionario

puacuteblico en el ejercicio de sus funciones (mejor dicho en abuso de ellas)

Los delitos del orden militar afectan la disciplina del Ejeacutercito La

Constitucioacuten General de la Repuacuteblica en el artiacuteculo 13 prohiacutebe a los

tribunales militares extender su jurisdiccioacuten sobre personas ajenas al

Instituto Armado

Los delitos poliacuteticos no han sido definidos de manera satisfactoria

Generalmente se incluyen todos los hechos que lesionan la organizacioacuten

del Estado en siacute misma o en sus oacuterganos o representantes El articulo

144 reformado del Coacutedigo Penal vigente considera delitos de caraacutecter

poliacutetico los de rebelioacuten sedicioacuten motiacuten y el de conspiracioacuten para

cometerlos El anteproyecto de 1949 los define asiacute Para todos los

efectos legales se consideran como de caraacutecter poliacutetico los delitos contra

la seguridad del Estado

CLASIFICACION DEL DELITO SEGUacuteN

RICARDO ABARCA

20

Conducta

La accioacuten puede definirse como el movimiento corporal que al realizarla

provoca un cambio en el mundo exterior pero esta accioacuten puede verse

desde dos perspectivas la primera seriacutea como acto que es la realizacioacuten

del movimiento la segunda es la omisioacuten que es la ausencia del

movimiento corporal y eacutesta a su vez se subdivide en dos en la omisioacuten

simple que es la inactividad del actuar y en la comisioacuten por omisioacuten que

se lleva a cabo cuando debiendo actuar de una manera para evitar el

resultado no se lleva a cabo la accioacuten y se comete el delito Asiacute el acto y

la omisioacuten nos dan el resultado y la relacioacuten de causalidad y fungiriacutean

como elementos positivos del delito ahora bien la accioacuten pasa al plano

de elemento negativo del delito cuando existe una ausencia de la accioacuten

y es cuando eacutesta surge sin la voluntad del agente tal y como lo

establece el artiacuteculo 14 del coacutedigo penal del Estado de Guanajuato en su

primer paacuterrafo obra culposamente quien produce un resultado tiacutepico

que no previo siendo previsible que previoacute confiando en que no se

produciriacutea siempre que dicho resultado sea debido a la inobservancia

del cuidado que le incumbe seguacuten las condiciones y sus circunstancias

personales

TIPICA

La tipicidad es la congruencia existente entre la accioacuten y el tipo penal

descrito en el Coacutedigo Penal es decir que exista una adecuacioacuten entre

estos dos aspectos Este elemento por si solo puede entenderse como

un elemento positivo del delito es decir cuando la accioacuten que cometes

esta prevista en la ley como un tipo penal Pero de igual manera puede

fungir como un elemento negativo y puede ser por la atipicidad

propiamente dicha como estaacute establecido en el Coacutedigo Penal del Estado

de Guanajuato en su artiacuteculo 33 fraccioacuten II- Falte alguno de los

21

elementos del tipo penal de que se trate (el delito se excluye)o por la

ausencia de tipicidad es decir cuando la conducta realizada no se

encuentre regida por la normatividad penal y por lo tanto no pueda ser

considerada delictuosa asiacute como tampoco pueda ser sancionada

Antijuriacutedica

Esteacute elemento se refiere cuando la accioacuten ejecutada es contraria a

derecho es decir va en contra del orden juriacutedico establecido en la

sociedad y regulado por el Estado ya que eacuteste a traveacutes de las normas de

cultura ordena y prohiacutebe ciertas acciones correspondiendo a sus

intereses valorativos y soacutelo cuando el Estado las privilegia con su tutela

al reconocerlas en la ley adquieren el rango de juriacutedicas

Asiacute podemos hablar de dos tipos de antijuridicidad la formal y la

material refirieacutendose la primera a la infraccioacuten de una norma que el

Estado la tiene en su cataacutelogo del orden juriacutedico y la segunda se refiere

cuando la accioacuten cometida lesiona o puede lesionar alguacuten bien juriacutedico

que como dije anteriormente eacutestos se encuentran bajo tutela del

derecho penal y siendo eacuteste puacuteblico al Estado le interesa mantener los

bienes juriacutedicos bajo su proteccioacuten

La antijuridicidad puede ser un elemento negativo del delito soacutelo en los

casos en los que exista alguacuten supuesto de exclusioacuten del delito sentildealados

en el artiacuteculo 33 del coacutedigo Penal del Estado Guanajuato

Dentro de los cuales encontramos por ejemplo la legitima defensa el

estado de necesidad caso fortuito cumplimiento de un deber o por

consentimiento de la viacutectima

Culpable

22

La culpabilidad puede variar en este concepto nos encontramos con dos

divisiones el dolo y la culpa

Se tiene presencia del dolo cuando la accioacuten cometida por el sujeto

activo es plena de conciencia y su plan criminal estaacute ideado plenamente

a causar la lesioacuten al bien juriacutedico es decir la plena manifestacioacuten de la

voluntad El dolo puede ser de tres maneras distintas directo cuando el

resultado es congruente con el fin propuesto del sujeto activo indirecto

cuando el sujeto activo se propone el fin delictivo y sabe con certeza

que causara otros fines el eventual que es cuando se preveacuten posibles

resultados que no se quieren

La culpa es cuando se comete el delito pero la voluntad del sujeto activo

es inexistente y puede a su vez dividirse en dos con representacioacuten

que se refiere o se da cuando el sujeto activo preveacute como posible alguacuten

resultado antijuriacutedico pero espera que no suceda sin representacioacuten se

da cuando el sujeto no preveacute el resultado por negligencia o falta de

cuidado

Tambieacuten existe la preterintencionalidad que consiste en la combinacioacuten

de las dos formas anteriores de culpabilidad es decir cuando la

conducta inicio de manera culposa y culmino de manera dolosa eacutesta

uacuteltima entra como elemento positivo del delito

La manera de que la culpabilidad sea elemento negativo del delito es en

los casos siguientes existencia de error ya sea de hecho o de derecho

eximentes putativas obediencia jeraacuterquica violencia moral estado de

necesidad exigibilidad de otra conducta

Esto es porque la culpabilidad estaacute fundada en hacer el juicio de

reproche al autor de la accioacuten antijuriacutedica tiacutepica pero por encontrarse en

una situacioacuten especial de desconocimiento de que la accioacuten realizada es

un delito provoca que eacutesta se convierta en inculpabilidad y por

consecuente inimputable

23

Punible

La punibilidad puede verse como una consecuencia que trae la comisioacuten

de un delito es decir si un sujeto actuacutea de manera iliacutecita y altera el

orden juriacutedico le sobrevendraacute una sancioacuten La punibilidad es entonces la

consecuencia juriacutedica que viene a la accioacuten punible El legislador ademaacutes

de procurar el orden juriacutedico estableciendo castigos a quienes violan

eacuteste hace depender la imposicioacuten de la pena de factores y

circunstancias externas e independientes del acto punible

Existen en nuestro sistema penal dos clases de sanciones las penas y

las medidas de seguridad Siendo las primeras de caraacutecter ejemplar y

las segundas de caraacutecter psicoloacutegico pero ambas coinciden en la

rehabilitacioacuten que procuran hacia el sujeto infractor

Se tiene claramente la distincioacuten en su clasificacioacuten que es la siguiente

las penas pueden variar como por ejemplo pena de muerte privacioacuten

de la libertad restriccioacuten de la libertad privacioacuten de derechos

restriccioacuten de derechos reparacioacuten del dantildeo Y las medidas de seguridad

pueden ser curativas eliminatorias o educativas

Las penas en nuestro Estado se encuentran reguladas por el Coacutedigo

Penal en su artiacuteculo 38 y las medidas de seguridad en el artiacuteculo 89

La manera de que la punibilidad entre como un elemento negativo del

delito es con las excusas absolutorias que son causas personales que se

encuentran legalmente previstas que aunque no eliminan el caraacutecter

delictivo de la accioacuten que cometioacute siacute excluyen la pena pues para el

Estado no es necesario establecer pena alguna contra tales hechos ya

que dichas circunstancias revelan una miacutenima peligrosidad

IMPUTABLE

Como lo hemos venido diciendo al sujeto activo se le hace un juicio de

24

reproche por desviarse del buen camino y es por eso que como uacuteltimo

elemento del delito encontramos la imputabilidad que puede

entenderse como la capacidad del sujeto de querer y entender la accioacuten

que realizo por lo que en este elemento entra en un gran campo la

conciencia o inconsciencia del sujeto

Retomando nuevamente lo que deciacutea en un inicio el derecho penal

mexicano estaacute bajo la influencia de la escuela finalista y por tanto se

considera que el sujeto tiene un libre albedriacuteo acerca de su actuar y

puede medir de manera plena las consecuencias juriacutedicas

Por tanto se tienen causas de inimputabilidad hacia el sujeto activo en

casos especiales como la minoriacutea de edad la enajenacioacuten o los estados

de inconsciencia ya que no se puede hablar de un reproche al sujeto si

eacuteste no actuoacute de manera consiente El primero es por la falta de

desarrollo mental del sujeto el segundo cuando la enfermedad de la

mente o el estado de inconsciencia privan de la consciencia de cometer

un delito o de obrar conforme a Derecho Y el tercero por el empleo de

sustancias toacutexicas embriagantes o estupefacientes por toxico

infecciones o por trastornos mentales Asiacute como lo establece el artiacuteculo

33 del Coacutedigo penal del Estado de Guanajuato en su primer paacuterrafo de la

fraccioacuten VII- Al momento de realizar el hecho tiacutepico y por causa de

enfermedad mental que perturbe gravemente su conciencia de

desarrollo psiacutequico incompleto o retardado o de grave perturbacioacuten de la

conciencia sin base patoloacutegica el agente no tenga la capacidad de

comprender el caraacutecter iliacutecito de aquel o de conducirse de acuerdo con

esa comprensioacuten

Ya que la imputabilidad es la base psicoloacutegica de la culpabilidad soacutelo el

sujeto que es capaz de querer y entender y solo asiacute puede ser

responsable

Eacutestos seriacutean los casos en los que el elemento de la imputabilidad

entrariacutea como elemento negativo del delito

25

CLASIFICACION DEL DELITO SEGUacuteN

CELESTINO PORTE PETIT

CLASIFICACION DEL DELITO

De acuerdo con el Coacutedigo Penal del Estado de Meacutexico en su capiacutetulo II

en el

Artiacuteculo 8- Establece que los delitos pueden ser

I Dolosos

El delito es doloso cuando se obra conociendo los elementos del tipo

penal o previendo como posible el resultado tiacutepico queriendo o

aceptando la realizacioacuten del hecho descrito por la ley

II Culposos

El delito es culposo cuando se produce un resultado tiacutepico que no se

previoacute siendo previsible o confiando en que no se produciriacutea en virtud

de la violacioacuten a un deber de cuidado que debiacutea y podiacutea observarse

seguacuten las circunstancias y condiciones personales

III Instantaacuteneos

Es instantaacuteneo cuando la consumacioacuten se agota en el mismo momento

en que se han realizado todos sus elementos constitutivos

IV Permanentes

Es permanente cuando la consumacioacuten se prolonga en el tiempo

V Continuados

26

Es continuado cuando existe unidad de propoacutesito delictivo pluralidad de

conductas e identidad de sujeto pasivo y se viola el mismo precepto

legal

Son delitos de accioacuten los que se cometen por medio de una conducta

positiva es decir un hacer Los delitos por omisioacuten se ejecutan por

medio de un comportamiento negativo un no hacer determinada

obligacioacuten o no ejecutar una accioacuten Ademaacutes existen delitos que por su

iacutendole estructural exigen para su existencia la incidencia de una accioacuten

y luego una omisioacuten o viceversa

Los delitos que no necesitan resultado material ya que la sola conducta

del sujeto los realiza son los que se perfeccionan con el cumplimiento

de determinada accioacuten u omisioacuten cuya consecuencia es la no-

observacioacuten de una obligacioacuten o de un deber pero cuyo resultado no se

manifiesta en el mundo fiacutesico con un hecho de momento perceptible

En tanto que los delitos de resultado son los que para su consumacioacuten

exigen ademaacutes de la conducta del sujeto activo que se produzca

determinado efecto distinto de la omisioacuten o de la accioacuten el resultado en

estos delitos se observa fiacutesicamente en el mundo real Los delitos se

clasifican de esta manera porque se atiende a la estructura exterior de

ellos

Los delitos de dantildeo requieren para su perfeccionamiento juriacutedico que el

bien tutelado juriacutedicamente protegido sea destruido o disminuido en

tanto en los delitos de peligro basta que el bien juriacutedico sea amenazado

al realizarse la conducta criminosa accioacuten u omisioacuten con la acusacioacuten

de un dantildeo o peligro inminente determinado y grave

Son delitos instantaacuteneos aquellos que con la sola realizacioacuten de la

conducta accioacuten u omisioacuten por el sujeto activo quedan realizados o

tipificados sin que se requiera accioacuten posterior para su continuidad o

vigencia Los delitos permanentes son los que se caracterizan porque el

hecho que los constituye o realiza da lugar a una situacioacuten dantildeosa o de 27

peligro que se prolonga en el tiempo a causa de la continuidad del

comportamiento del sujeto Para la existencia de estos delitos es

necesario que el estado dantildeoso o de peligro provenga de la conducta

del sujeto activo de manera continua es decir que no se agote en un

solo instante sino que prosiga durante determinado tiempo y que la

proacuterroga de la situacioacuten antijuriacutedica se deba a la exclusiva conducta

voluntaria del sujeto que prosigue con ella ininterrumpidamente

despueacutes de la -- realizacioacuten del hecho que constituye el delito

En este mismo orden de ideas atendiendo a la duracioacuten de las

consecuencias del delito eacutestas son permanentes es decir hay delitos

instantaacuteneos y delitos permanentes en cuanto a los actos de se

realizacioacuten con efectos permanentes cuya caracteriacutestica es la duracioacuten

de las consecuencias del delito

Ahora bien dentro de las especies del delito que por ser varias

conforme a los fines que se persigan para su tipificacioacuten o conforme al

bien juriacutedico que tutela la ley entre otros aspectos como la que se ha

realizado al principio de este acaacutepite tenemos ahora

Conforme a su gravedad tenemos delitos y faltas habraacute delito siempre

que se realice la conducta prevista y sancionada por la ley penal o en

alguna otra ley especial en tanto que la falta no obstante ser una

conducta contraria a la ley y sancionada por esta misma la sancioacuten la

aplica una autoridad u oacutergano diferente al Poder Judicial o Tribunal

generalmente una autoridad de iacutendole administrativa

Seguacuten la intencioacuten con que se comete o realiza la accioacuten que da origen

al delito tenemos delitos con intencioacuten o dolosos culposos o contra la

intencioacuten y los que son cometidos maacutes allaacute de la intencioacuten o

preterintencionales

Si se ha deseado realizar la accioacuten u omisioacuten para la comisioacuten del delito

y previsto el resultado del mismo se estaacute ante un delito doloso En

28

tanto que siacute de deseaba realizar la accioacuten u omisioacuten pero no el

resultado del delito se trata de un delito culposo Y cuando se ha

deseado realizar la accioacuten u omisioacuten y no el resultado como

consecuencia en su integridad sino un efecto menos grave se trata de

un delito preterintencional

Los delitos tipo o tambieacuten simples o netos son los que se presentan en

su puro modelo legal sin maacutes caracteriacutesticas que sus elementos

esenciales y los delitos circunstanciados son los que ademaacutes de contar

con los elementos esenciales se presentan acompantildeados de

circunstancias o accidentes a sus elementos

Por su efecto los delitos se consideran simples y complejos formales y

materiales de lesioacuten y de peligro Son simples o uniacute subsistentes en el

que coincide el momento ejecutivo y el momento consumativo se

realizan ambos en un soacutelo acto o momento Los complejos o

plurisubsistentes son aquellos cuya accioacuten ejecutiva consta de varios

actos en que puede integrarse El delito material es el que se consuma

al momento de verificarse el resultado material de eacutese en tanto que el

delito formal se perfecciona con una simple accioacuten u omisioacuten haciendo

abstraccioacuten de la verificacioacuten del resultado Los delitos de lesioacuten o dantildeo

y de peligro ya han sido tratados en paacuterrafos precedentes

Seguacuten el objeto o finque persiguen la perturbacioacuten dantildeo disminucioacuten o

destruccioacuten del bien juriacutedicamente protegido son delitos contra la cosa

puacuteblica o el Estado mismo o sus Instituciones y delitos contra las

personas privadas delitos poliacuteticos y no poliacuteticos

Seguacuten los sujetos que los realizan los delitos individuales y colectivos

comunes y especiales seguacuten la ley que los contenga y ocasionales y

habituales seguacuten la constancia con que delinque el sujeto que los

realiza

29

Seguacuten los requisitos para la procedibilidad o persecucioacuten de los delitos

conforme al bien juriacutedico protegido que afecta de acuerdo a la

naturaleza del dantildeo afectacioacuten del bien los delitos son de accioacuten puacuteblica

(denuncia) o de accioacuten privada (querella)

Para el desarrollo de este acaacutepite se tomaraacuten en cuenta las

disposiciones legales que se contienen en el Coacutedigo de Penal para el

Distrito Federal en Materia de Fuero Comuacuten y para toda la Repuacuteblica en

Materia de Fuero Federal el Coacutedigo de Procedimientos Penales para el

Distrito Federal el Coacutedigo Federal de Procedimientos Penales el Coacutedigo

Penal para el Estado de Meacutexico y el Coacutedigo de Procedimientos Penales

para el Estado de Meacutexico Por lo que las clasificaciones de los delitos

que ahora se presentaraacuten seraacute desde el punto de vista legal es decir

atendiendo a lo dispuesto en los ordenamientos legales vigentes de

iacutendole penal sustantiva y adjetiva seguacuten se trate

CLASIFICACION DEL DELITOP SEGUacuteN

EDUARDO LOacutePEZ BENTANCOURT

Por su Composicioacuten

Normales son aquellos en los que el tipo estaraacute conformado de

elementos objetivos

Anormales son los tipos penales que ademaacutes de contener

elementos objetivos tambieacuten se conforman con elementos

subjetivos o normativos

Por su Ordenacioacuten Metodoloacutegica

Fundamentales son los tipos con plena independencia

formados con una conducta iliacutecita sobre un bien juriacutedicamente

tutelado

30

Especiales son los tipos que contienen en su descripcioacuten alguacuten

tipo de caracteriacutestica

Complementados son aquellos que requieren de la realizacioacuten

previa de un tipo baacutesico no tienen autonomiacutea

Por su Autonomiacutea o Independencia

Autoacutenomos son los tipos penales con vida propia no necesitan

de la realizacioacuten de alguacuten otro

Subordinados Requieren de la existencia de alguacuten otro tipo

Por su Formulacioacuten

Casuiacutesticos el legislador plantea varias formas de realizacioacuten del

delito subdividieacutendose en

Alternativos son aquellos donde se plantean dos o maacutes hipoacutetesis

y se precisa de la ejecucioacuten de solo una de ellas para la tipificacioacuten

de la conducta iliacutecita

Acumulativos se exige la realizacioacuten o concurso de todas las

hipoacutetesis que el legislador ha plasmado en el tipo penal para la

adecuacioacuten de la conducta al mismo

Amplios contiene en su descripcioacuten una hipoacutetesis uacutenica en donde

caben todos los modos de ejecucioacuten se colma el tipo penal con la

lesioacuten causada al bien juriacutedicamente tutelado

Por el Dantildeo que Causan

De Lesioacuten requieren de un dantildeo inminente al bien juriacutedico

tutelado

De Peligro basta con el simple riesgo en que se pone al bien

juriacutedicamente tutelado

31

  • CLASIFICACION DEL DELITO
Page 12: Clasificación del delito

Esta clasificacioacuten aparece con Binding quien les llama delitos de lesioacuten

y de peligro Al respecto Manzini dice que el libro nunca es una realidad

sino que un juicio loacutegico una mera previsioacuten fundada de lo que podriacutea

suceder en el provenir Exterior con voluntad de realizar la accioacuten y con

representacioacuten del resultado que se quiere o ratifica

Delito culposo Son aquellos en los cuales se produce el resultado

antijuriacutedico por falta del deber de atencioacuten o previsioacuten no soacutelo cuando

ha faltado al autor la representacioacuten del resultado que sobre vendraacute (o

de la consecuencia del no hacer) sino cuando la esperanza de que no

sobrevenga ha sido fundamento decisivo de las actividades del autor (o

de sus omisiones) que se producen sin querer el resultado antijuriacutedico (o

lo injusto de la inaccioacuten) y sin ratificarlo

Delitos Preterintencionales Son aqueacutellos en los cuales el resultado

material es mayor que el que el agente se propuso causar Delitos

Dolosos y Delitos Culposos podriacuteamos agregar tambieacuten los delitos

preterintencionales aunque la preterintencionalidad ya conlleva un dolo

inicial pues el agente se proponiacutea causar un dantildeo y el resultado supera

a esa intencioacuten dolosa inicial que teniacutea el culpable

10- ldquoCriterio que toma en cuenta la gravedad del delitordquo

Aquiacute tenemos dos clasificaciones

a) Una Tripartita-que los divide en Criacutemenes delitos faltas o

contravenciones Conceptos criacutemenesmdashLos que lesionan los Derechos

Naturales como la vida y la libertad Delitosmdashque violan solamente los

derechos creados por el contrato social como la propiedad faltas o

contravenciones- - que infringiacutean disposiciones y reglamentos de policiacutea

b) La bipartita que los divide en delitos

La clasificacioacuten Tripartita tiene su origen en el siglo XVII fue muy

defendida por los juristas Sapones quienes en decir de Cuello Caloacuten

dividiacutean las infracciones en ATROCISMO ATROCIORA Y LEVIA y en decir

de Antoacuten Oneca en LEVIA ATROCIA Y ATROCISIMA Su verdadero

fundamento se encuentra en la literatura penal del periacuteodo filosoacutefico

12

CLASIFICACION DEL DELITO SEGUacuteN CUELLO

CALOacuteNEN FUNCIOacuteN DE SU GRAVEDAD

Tomando en cuenta la gravedad de las infracciones penales se han

hecho varias clasificaciones Seguacuten una divisioacuten bipartita se distingue los

delitos de las faltas la clasificacioacuten tripartita habla de criacutemenes delitos

y faltas o contravenciones En esta divisioacuten se considera criacutemenes los

atentados contra la vida y los derechos naturales del hombre delitos

las conductas contrarias a los derechos nacidos del contrato social

como el derecho de propiedad por faltas o contravenciones las

infracciones a los reglamentos de policiacutea y buen gobierno

En Meacutexico carecen de importancia estas distinciones porque los Coacutedigos

Penales soacutelo se ocupan de los delitos en general en donde se subsumen

tambieacuten los que otras legislaciones se denominan criacutemenes la represioacuten

de las faltas se abandona a disposiciones administrativas aplicadas por

autoridades de ese caraacutecter

SEGUacuteN LA FORMA DE LA CONDUCTA DEL AGENTE

Por la conducta del agente o como dicen algunos autores seguacuten la

manifestacioacuten de la voluntad los delitos pueden ser de accioacuten y de

omisioacuten

Los de accioacuten se cometen mediante un comportamiento positivo en

ellos se viola una ley prohibitiva Eusebio Goacutemez afirma que son

aquellos en que las condiciones de donde deriva su resultado reconocen

como causa determinante un hecho positivo del sujeto En los delitos de

omisioacuten el objeto prohibido es una abstencioacuten del agente consisten en

la no ejecucioacuten de algo ordenado por la ley Para el mismo Eusebio

Goacutemez en los delitos de omisioacuten las condiciones de que deriva su

resultado reconocen como causa determinante la falta de observancia

13

por parte del sujeto de un precepto obligatorio Debe agregarse que los

delitos de omisioacuten violan una ley dispositiva en tanto los de accioacuten

infringen una prohibitiva

Los delitos de omisioacuten suelen dividirse en delitos de simple omisioacuten y de

comisioacuten por omisioacuten tambieacuten llamados delitos de omisioacuten impropia

Los delitos de simple omisioacuten o de omisioacuten propiamente dicho

consisten en la falta de una actividad juriacutedicamente ordenada con

independencia del resultado material que produzcan es decir se

sancionan por la omisioacuten misma tal es el caso que se impone a todos la

obligacioacuten positiva de auxiliar a las autoridades para la averiguacioacuten de

los delitos y para la persecucioacuten de los delincuentes

Los delitos de comisioacuten por omisioacuten o impropios delitos de omisioacuten son

aquellos en los que el agente decide no actuar y por esa inaccioacuten se

produce el resultado material Para Cuello Caloacuten consisten los falsos

delitos de omisioacuten en la aparicioacuten de un resultado delictivo de caraacutecter

positivo por inactividad formula que se concretiza en la produccioacuten de

un cambio en el mundo exterior mediante la omisioacuten de algo que el

derecho ordenaba hacer

Como ejemplo del delito de comisioacuten por omisioacuten se cita el de la madre

que con deliberado propoacutesito de dar muerte a su hijo recieacuten nacido no

lo amamanta producieacutendose el resultado letal La madre no ejecuta acto

alguno antes bien deja de realizar lo debido

En los delitos de simple omisioacuten hay una violacioacuten juriacutedica y un

resultado puramente formal mientras en los de comisioacuten por omisioacuten

ademaacutes de la violacioacuten juriacutedica se produce un resultado material En los

primeros se viola una ley dispositiva en los de comisioacuten por omisioacuten se

infringe una dispositiva y una prohibitiva

POR EL RESULTADO

14

Seguacuten el resultado que producen los delitos se clasifican en formales y

materiales A los primeros tambieacuten se les denomina delitos de simple

actividad o de accioacuten a los segundos se les llama delitos de resultado o

de resultado material

Los delitos formales son aquellos en los que se agota el tipo penal en el

movimiento corporal o en la omisioacuten del agente no siendo necesaria

para su integracioacuten que se produzca alguna alteracioacuten en la estructura o

funcionamiento del objeto material Son delitos de mera conducta se

sanciona la accioacuten (u omisioacuten) en siacute misma Como estaacuten el delito formal

con el falso testimonio la portacioacuten de arma prohibida y la portacioacuten

iliacutecita de enervantes

Los delitos materiales son aquellos en los cuales para su integracioacuten se

requiere la destruccioacuten o alteracioacuten de la estructura o del

funcionamiento del objeto material (homicidio dantildeo en propiedad

ajena)

POR LA LESIOacuteN QUE CAUSAN

Con relacioacuten al efecto resentido por la viacutectima o sea en razoacuten del bien

juriacutedico los delitos se dividen en delitos de dantildeo y de peligro Los

primeros consumados causan dantildeo directo y efectivo en intereses

juriacutedicamente protegidos por la pena violada como el homicidio el

fraude etc los segundos no causan dantildeo directo a tales intereses pero

los ponen en peligro como el abandono de personas o la omisioacuten de

auxilio El peligro es la situacioacuten en que se colocan los bienes juriacutedicos

de la cual deriva la posibilidad de casacioacuten de un dantildeo

POR SU DURACIOacuteN

15

Los delitos se dividen en instantaacuteneos instantaacuteneos con efectos

permanentes continuados y permanentes Nuestra ley penal reformada

(seguacuten Decreto publicado el 13 de enero de 1984) en su artiacuteculo 7ordm solo

alude a tres especies de delitos en funcioacuten de su duracioacuten instantaacuteneo

permanente o continuo y continuado

INSTANTAacuteNEO

La accioacuten que lo consuma se perfecciona en un solo momento El

caraacutecter de instantaacuteneo no se lo dan a un delito de efectos que eacutel causa

sino la naturaleza de la accioacuten a la que la ley acuerda el caraacutecter de con

sumatoria El delito instantaacuteneo puede realizarse mediante una accioacuten

compuesta de varios actos o movimientos Para la calificacioacuten se atiende

a la unidad de accioacuten si con ella se consuma el delito no importando

que a su vez esa accioacuten se descomponga en actividades el momento

consumativo expresado en la ley da la nota al delito instantaacuteneo Existe

una accioacuten y una lesioacuten juriacutedica El evento consumativo tiacutepico se produce

en un solo instante como el homicidio y el robo

Actualmente la fraccioacuten I del artiacuteculo 7ordm del Coacutedigo Penal lo define asiacute

instantaacuteneo cuando la consumacioacuten se agota en el mismo momento en

que se han realizado todos los elementos constitutivos

INSTANTAacuteNEO CON EFECTOS PERMANENTES

Es aquel cuya conducta destruye o disminuye el bien juriacutedico tutelado

en forma instantaacutenea en un solo momento pero permanecen las

consecuencias nocivas del mismo El homicidio por ejemplo se destruye

el bien juriacutedico de la vida y la supresioacuten del mismo consecuencia de la

conducta perdura para siempre en las lesiones el bien juriacutedico

protegido (la salud o la integridad corporal) disminuye

instantaacuteneamente como resultado de la actividad humana pero la

alteracioacuten en la salud permanece por un determinado tiempo

POR EL ELEMENTO INTERNO O CULPABILIDAD

16

Teniendo como base la culpabilidad los delitos se clasifican en dolosos y

culposos Algunos autores y legisladores agregan los llamados

preterintencionales De conformidad con el Coacutedigo Penal del Distrito

Federal las acciones y omisiones delictivas solamente pueden realizarse

dolosa o culposamente (artiacuteculo 8ordm)

El delito es doloso cuando se dirige la voluntad consciente a la

realizacioacuten del hecho tiacutepico y antijuriacutedico como en el robo en donde el

sujeto decide apoderarse y se apodera sin derecho del bien mueble

ajeno En la culpa no se requiere el resultado penalmente tipificado mas

surge por obrar sin las cautelas y precauciones exigidas por el Estado

para asegurar la vida en comuacuten como en el caso del manejador de un

vehiacuteculo que con manifiesta falta de precaucioacuten o cuidado corre a

excesiva velocidad y mata o lesiona a un transeuacutente

Es preterintencional cuando el resultado sobrepasa a la intencioacuten si el

agente proponieacutendose golpear a otro sujeto lo hace caer debido al

empleo de violencia y se produce la muerte solo hubo dolo respecto a

los golpes pero no se quiso el resultado letal

SIMPLES Y COMPLEJOS

En funcioacuten de su estructura o composicioacuten los delitos se clasifican en

simples y complejos Llaacutemense simples aquellos en los cuales la lesioacuten

juriacutedica es uacutenica como el homicidio De ellos la accioacuten determina una

lesioacuten juriacutedica inescindible Delitos complejos son aquellos en los cuales

la figura juriacutedica consta de unificacioacuten de dos infracciones cuya fusioacuten

da nacimiento a una figura delictiva nueva superior en gravedad a las

que la componen tomadas aisladamente No es lo mismo delito

complejo que concurso de delitos En el delito complejo la misma ley en

un tipo crea el compuesto como delito uacutenico pero en el tipo intervienen

dos o maacutes delitos que pueden figurar por separado en cambio en el

concurso las infracciones no existen como una sola sino

separadamente pero es un mismo sujeto quien las ejecuta17

El delito de robo puede revestir las dos formas es decir es dable

considerarlo como delito simple cuando consiste en mero

apoderamiento de bienes muebles ajenos sin derecho y sin

consentimiento de la persona autorizada para disponer de los mismos

con arreglo a la ley pero el Coacutedigo Penal vigente erige el artiacuteculo 381

bis una calificativa (agravadora de la penalidad del robo simple) para el

robo cometido en casa habitacioacuten formase asiacute un tipo circunstanciado

que subsume el robo y el allanamiento de morada delitos que poseen

vida independiente mas si el iliacutecito patrimonial de referencia se realiza

en lugares habitados o destinados para habitacioacuten no es dable aplicar

las penas de allanamiento de morada sino precisamente las

correspondientes a la figura compleja

DELITOS UNISUBSISTENTES Y PLURISUBSISTENTES

Por el nuacutemero de actos integrantes de la accioacuten tiacutepica los delitos se

denominan unisubsistentes y plurisubsistentes los primeros se forman

por un solo acto mientras los segundos constan de varios actos

Expresa Soler que el delito plurisubsistente a diferencia del complejo

cada uno de los actos integrantes de una solo figura no constituye a su

vez un delito autoacutenomo Asiacute sigue diciendo para imputar el ejercicio

ilegal de la medicina es preciso que la actividad imputada conste de

varios hechos homogeacuteneos pues para la existencia del delito es

requerida la habitualidad El delito plurisubsistente es el resultado de la

unificacioacuten de varios actos naturalmente separados bajo una sola

figura el complejo en cambio es el producto de la fusioacuten de dos hechos

en siacute mismos delictuosos El delito plurisubsistente es fusioacuten de actos el

complejo fusioacuten de figuras delictivas

DELITOS UNISUBJETIVOS Y PLURISUBJETIVOS

Esta clasificacioacuten atiende a la unidad o pluralidad de sujetos que

intervienen para ejecutar el hecho descrito en el tipo El peculado por

ejemplo es delito unisubjetivo por ser suficiente para colmar el tipo la 18

actuacioacuten de un solo sujeto que tenga el caraacutecter de encargado de un

servicio puacuteblico y soacutelo eacutel concurre con su conducta a conformar la

descripcioacuten de la ley pero es posible su realizacioacuten por dos o maacutes

tambieacuten son unisubjetivos el homicidio el robo la violacioacuten etc El

adulterio al contrario es un delito plurisubjetivo por requerir

necesariamente en virtud de la descripcioacuten tiacutepica la concurrencia de

dos sujetos para integrar el tipo (a menos que opere en favor de uno de

ellos por ejemplo una causa de inculpabilidad por error de hecho

esencial e insuperable) igualmente la asociacioacuten delictuosa en donde

se exige tiacutepicamente el concurso de tres o maacutes individuos

POR LA FORMA DE SU PERSECUCIOacuteN

Como una reminiscencia del periodo de la venganza privada existe en

las legislaciones un grupo de delitos que solo pueden perseguirse si asiacute

lo manifiesta el ofendido o sus legiacutetimos representantes Estos delitos

son llamados privados o de querella necesaria cuya persecucioacuten

uacutenicamente es posible si se llena el requisito previo de la querella de la

parte ofendida mas una vez formulada la querella la autoridad estaacute

obligada a perseguir La razoacuten por la cual se mantienen en las

legislaciones estos delitos perseguibles por querella de la parte

ofendida se basa en la consideracioacuten de que en ocasiones la

persecucioacuten oficiosa acarreariacutea mayores dantildeos que la misma impunidad

del delincuente

Los delitos perseguibles previa denuncia (conocidos como perseguibles

de oficio) que puede ser formulada por cualquier persona son todos

aquellos en los que la autoridad estaacute obligada a actuar por mandato

legal persiguiendo y castigando a los responsables con independencia

de la voluntad de los ofendidos Consecuentemente en los delitos

perseguibles por denuncia no surte efecto alguno el perdoacuten del

ofendido a la inversa de lo que ocurre en los de querella necesaria

19

La mayor parte de los delitos se persiguen de oficio y soacutelo un reducido

nuacutemero a peticioacuten de la parte agraviada Entre eacutestos pueden citarse el

adulterio el estupro el abuso de confianza y otros delitos patrimoniales

Actualmente se observa la tendencia a aumentar el nuacutemero de los

delitos perseguidos por querella y que antes requeriacutean denuncia

DELITOS COMUNES FEDERALES OFICIALES MILITARES Y

POLIacuteTICOS

Esta clasificacioacuten es en funcioacuten de la materia

Los delitos comunes constituyen la regla general son aquellos que se

formulan en las leyes dictadas por las legislaturas locales en cambio los

federales se establecen en leyes expedidas por el Congreso de la Unioacuten

Los delitos oficiales son los que comete un empleado o funcionario

puacuteblico en el ejercicio de sus funciones (mejor dicho en abuso de ellas)

Los delitos del orden militar afectan la disciplina del Ejeacutercito La

Constitucioacuten General de la Repuacuteblica en el artiacuteculo 13 prohiacutebe a los

tribunales militares extender su jurisdiccioacuten sobre personas ajenas al

Instituto Armado

Los delitos poliacuteticos no han sido definidos de manera satisfactoria

Generalmente se incluyen todos los hechos que lesionan la organizacioacuten

del Estado en siacute misma o en sus oacuterganos o representantes El articulo

144 reformado del Coacutedigo Penal vigente considera delitos de caraacutecter

poliacutetico los de rebelioacuten sedicioacuten motiacuten y el de conspiracioacuten para

cometerlos El anteproyecto de 1949 los define asiacute Para todos los

efectos legales se consideran como de caraacutecter poliacutetico los delitos contra

la seguridad del Estado

CLASIFICACION DEL DELITO SEGUacuteN

RICARDO ABARCA

20

Conducta

La accioacuten puede definirse como el movimiento corporal que al realizarla

provoca un cambio en el mundo exterior pero esta accioacuten puede verse

desde dos perspectivas la primera seriacutea como acto que es la realizacioacuten

del movimiento la segunda es la omisioacuten que es la ausencia del

movimiento corporal y eacutesta a su vez se subdivide en dos en la omisioacuten

simple que es la inactividad del actuar y en la comisioacuten por omisioacuten que

se lleva a cabo cuando debiendo actuar de una manera para evitar el

resultado no se lleva a cabo la accioacuten y se comete el delito Asiacute el acto y

la omisioacuten nos dan el resultado y la relacioacuten de causalidad y fungiriacutean

como elementos positivos del delito ahora bien la accioacuten pasa al plano

de elemento negativo del delito cuando existe una ausencia de la accioacuten

y es cuando eacutesta surge sin la voluntad del agente tal y como lo

establece el artiacuteculo 14 del coacutedigo penal del Estado de Guanajuato en su

primer paacuterrafo obra culposamente quien produce un resultado tiacutepico

que no previo siendo previsible que previoacute confiando en que no se

produciriacutea siempre que dicho resultado sea debido a la inobservancia

del cuidado que le incumbe seguacuten las condiciones y sus circunstancias

personales

TIPICA

La tipicidad es la congruencia existente entre la accioacuten y el tipo penal

descrito en el Coacutedigo Penal es decir que exista una adecuacioacuten entre

estos dos aspectos Este elemento por si solo puede entenderse como

un elemento positivo del delito es decir cuando la accioacuten que cometes

esta prevista en la ley como un tipo penal Pero de igual manera puede

fungir como un elemento negativo y puede ser por la atipicidad

propiamente dicha como estaacute establecido en el Coacutedigo Penal del Estado

de Guanajuato en su artiacuteculo 33 fraccioacuten II- Falte alguno de los

21

elementos del tipo penal de que se trate (el delito se excluye)o por la

ausencia de tipicidad es decir cuando la conducta realizada no se

encuentre regida por la normatividad penal y por lo tanto no pueda ser

considerada delictuosa asiacute como tampoco pueda ser sancionada

Antijuriacutedica

Esteacute elemento se refiere cuando la accioacuten ejecutada es contraria a

derecho es decir va en contra del orden juriacutedico establecido en la

sociedad y regulado por el Estado ya que eacuteste a traveacutes de las normas de

cultura ordena y prohiacutebe ciertas acciones correspondiendo a sus

intereses valorativos y soacutelo cuando el Estado las privilegia con su tutela

al reconocerlas en la ley adquieren el rango de juriacutedicas

Asiacute podemos hablar de dos tipos de antijuridicidad la formal y la

material refirieacutendose la primera a la infraccioacuten de una norma que el

Estado la tiene en su cataacutelogo del orden juriacutedico y la segunda se refiere

cuando la accioacuten cometida lesiona o puede lesionar alguacuten bien juriacutedico

que como dije anteriormente eacutestos se encuentran bajo tutela del

derecho penal y siendo eacuteste puacuteblico al Estado le interesa mantener los

bienes juriacutedicos bajo su proteccioacuten

La antijuridicidad puede ser un elemento negativo del delito soacutelo en los

casos en los que exista alguacuten supuesto de exclusioacuten del delito sentildealados

en el artiacuteculo 33 del coacutedigo Penal del Estado Guanajuato

Dentro de los cuales encontramos por ejemplo la legitima defensa el

estado de necesidad caso fortuito cumplimiento de un deber o por

consentimiento de la viacutectima

Culpable

22

La culpabilidad puede variar en este concepto nos encontramos con dos

divisiones el dolo y la culpa

Se tiene presencia del dolo cuando la accioacuten cometida por el sujeto

activo es plena de conciencia y su plan criminal estaacute ideado plenamente

a causar la lesioacuten al bien juriacutedico es decir la plena manifestacioacuten de la

voluntad El dolo puede ser de tres maneras distintas directo cuando el

resultado es congruente con el fin propuesto del sujeto activo indirecto

cuando el sujeto activo se propone el fin delictivo y sabe con certeza

que causara otros fines el eventual que es cuando se preveacuten posibles

resultados que no se quieren

La culpa es cuando se comete el delito pero la voluntad del sujeto activo

es inexistente y puede a su vez dividirse en dos con representacioacuten

que se refiere o se da cuando el sujeto activo preveacute como posible alguacuten

resultado antijuriacutedico pero espera que no suceda sin representacioacuten se

da cuando el sujeto no preveacute el resultado por negligencia o falta de

cuidado

Tambieacuten existe la preterintencionalidad que consiste en la combinacioacuten

de las dos formas anteriores de culpabilidad es decir cuando la

conducta inicio de manera culposa y culmino de manera dolosa eacutesta

uacuteltima entra como elemento positivo del delito

La manera de que la culpabilidad sea elemento negativo del delito es en

los casos siguientes existencia de error ya sea de hecho o de derecho

eximentes putativas obediencia jeraacuterquica violencia moral estado de

necesidad exigibilidad de otra conducta

Esto es porque la culpabilidad estaacute fundada en hacer el juicio de

reproche al autor de la accioacuten antijuriacutedica tiacutepica pero por encontrarse en

una situacioacuten especial de desconocimiento de que la accioacuten realizada es

un delito provoca que eacutesta se convierta en inculpabilidad y por

consecuente inimputable

23

Punible

La punibilidad puede verse como una consecuencia que trae la comisioacuten

de un delito es decir si un sujeto actuacutea de manera iliacutecita y altera el

orden juriacutedico le sobrevendraacute una sancioacuten La punibilidad es entonces la

consecuencia juriacutedica que viene a la accioacuten punible El legislador ademaacutes

de procurar el orden juriacutedico estableciendo castigos a quienes violan

eacuteste hace depender la imposicioacuten de la pena de factores y

circunstancias externas e independientes del acto punible

Existen en nuestro sistema penal dos clases de sanciones las penas y

las medidas de seguridad Siendo las primeras de caraacutecter ejemplar y

las segundas de caraacutecter psicoloacutegico pero ambas coinciden en la

rehabilitacioacuten que procuran hacia el sujeto infractor

Se tiene claramente la distincioacuten en su clasificacioacuten que es la siguiente

las penas pueden variar como por ejemplo pena de muerte privacioacuten

de la libertad restriccioacuten de la libertad privacioacuten de derechos

restriccioacuten de derechos reparacioacuten del dantildeo Y las medidas de seguridad

pueden ser curativas eliminatorias o educativas

Las penas en nuestro Estado se encuentran reguladas por el Coacutedigo

Penal en su artiacuteculo 38 y las medidas de seguridad en el artiacuteculo 89

La manera de que la punibilidad entre como un elemento negativo del

delito es con las excusas absolutorias que son causas personales que se

encuentran legalmente previstas que aunque no eliminan el caraacutecter

delictivo de la accioacuten que cometioacute siacute excluyen la pena pues para el

Estado no es necesario establecer pena alguna contra tales hechos ya

que dichas circunstancias revelan una miacutenima peligrosidad

IMPUTABLE

Como lo hemos venido diciendo al sujeto activo se le hace un juicio de

24

reproche por desviarse del buen camino y es por eso que como uacuteltimo

elemento del delito encontramos la imputabilidad que puede

entenderse como la capacidad del sujeto de querer y entender la accioacuten

que realizo por lo que en este elemento entra en un gran campo la

conciencia o inconsciencia del sujeto

Retomando nuevamente lo que deciacutea en un inicio el derecho penal

mexicano estaacute bajo la influencia de la escuela finalista y por tanto se

considera que el sujeto tiene un libre albedriacuteo acerca de su actuar y

puede medir de manera plena las consecuencias juriacutedicas

Por tanto se tienen causas de inimputabilidad hacia el sujeto activo en

casos especiales como la minoriacutea de edad la enajenacioacuten o los estados

de inconsciencia ya que no se puede hablar de un reproche al sujeto si

eacuteste no actuoacute de manera consiente El primero es por la falta de

desarrollo mental del sujeto el segundo cuando la enfermedad de la

mente o el estado de inconsciencia privan de la consciencia de cometer

un delito o de obrar conforme a Derecho Y el tercero por el empleo de

sustancias toacutexicas embriagantes o estupefacientes por toxico

infecciones o por trastornos mentales Asiacute como lo establece el artiacuteculo

33 del Coacutedigo penal del Estado de Guanajuato en su primer paacuterrafo de la

fraccioacuten VII- Al momento de realizar el hecho tiacutepico y por causa de

enfermedad mental que perturbe gravemente su conciencia de

desarrollo psiacutequico incompleto o retardado o de grave perturbacioacuten de la

conciencia sin base patoloacutegica el agente no tenga la capacidad de

comprender el caraacutecter iliacutecito de aquel o de conducirse de acuerdo con

esa comprensioacuten

Ya que la imputabilidad es la base psicoloacutegica de la culpabilidad soacutelo el

sujeto que es capaz de querer y entender y solo asiacute puede ser

responsable

Eacutestos seriacutean los casos en los que el elemento de la imputabilidad

entrariacutea como elemento negativo del delito

25

CLASIFICACION DEL DELITO SEGUacuteN

CELESTINO PORTE PETIT

CLASIFICACION DEL DELITO

De acuerdo con el Coacutedigo Penal del Estado de Meacutexico en su capiacutetulo II

en el

Artiacuteculo 8- Establece que los delitos pueden ser

I Dolosos

El delito es doloso cuando se obra conociendo los elementos del tipo

penal o previendo como posible el resultado tiacutepico queriendo o

aceptando la realizacioacuten del hecho descrito por la ley

II Culposos

El delito es culposo cuando se produce un resultado tiacutepico que no se

previoacute siendo previsible o confiando en que no se produciriacutea en virtud

de la violacioacuten a un deber de cuidado que debiacutea y podiacutea observarse

seguacuten las circunstancias y condiciones personales

III Instantaacuteneos

Es instantaacuteneo cuando la consumacioacuten se agota en el mismo momento

en que se han realizado todos sus elementos constitutivos

IV Permanentes

Es permanente cuando la consumacioacuten se prolonga en el tiempo

V Continuados

26

Es continuado cuando existe unidad de propoacutesito delictivo pluralidad de

conductas e identidad de sujeto pasivo y se viola el mismo precepto

legal

Son delitos de accioacuten los que se cometen por medio de una conducta

positiva es decir un hacer Los delitos por omisioacuten se ejecutan por

medio de un comportamiento negativo un no hacer determinada

obligacioacuten o no ejecutar una accioacuten Ademaacutes existen delitos que por su

iacutendole estructural exigen para su existencia la incidencia de una accioacuten

y luego una omisioacuten o viceversa

Los delitos que no necesitan resultado material ya que la sola conducta

del sujeto los realiza son los que se perfeccionan con el cumplimiento

de determinada accioacuten u omisioacuten cuya consecuencia es la no-

observacioacuten de una obligacioacuten o de un deber pero cuyo resultado no se

manifiesta en el mundo fiacutesico con un hecho de momento perceptible

En tanto que los delitos de resultado son los que para su consumacioacuten

exigen ademaacutes de la conducta del sujeto activo que se produzca

determinado efecto distinto de la omisioacuten o de la accioacuten el resultado en

estos delitos se observa fiacutesicamente en el mundo real Los delitos se

clasifican de esta manera porque se atiende a la estructura exterior de

ellos

Los delitos de dantildeo requieren para su perfeccionamiento juriacutedico que el

bien tutelado juriacutedicamente protegido sea destruido o disminuido en

tanto en los delitos de peligro basta que el bien juriacutedico sea amenazado

al realizarse la conducta criminosa accioacuten u omisioacuten con la acusacioacuten

de un dantildeo o peligro inminente determinado y grave

Son delitos instantaacuteneos aquellos que con la sola realizacioacuten de la

conducta accioacuten u omisioacuten por el sujeto activo quedan realizados o

tipificados sin que se requiera accioacuten posterior para su continuidad o

vigencia Los delitos permanentes son los que se caracterizan porque el

hecho que los constituye o realiza da lugar a una situacioacuten dantildeosa o de 27

peligro que se prolonga en el tiempo a causa de la continuidad del

comportamiento del sujeto Para la existencia de estos delitos es

necesario que el estado dantildeoso o de peligro provenga de la conducta

del sujeto activo de manera continua es decir que no se agote en un

solo instante sino que prosiga durante determinado tiempo y que la

proacuterroga de la situacioacuten antijuriacutedica se deba a la exclusiva conducta

voluntaria del sujeto que prosigue con ella ininterrumpidamente

despueacutes de la -- realizacioacuten del hecho que constituye el delito

En este mismo orden de ideas atendiendo a la duracioacuten de las

consecuencias del delito eacutestas son permanentes es decir hay delitos

instantaacuteneos y delitos permanentes en cuanto a los actos de se

realizacioacuten con efectos permanentes cuya caracteriacutestica es la duracioacuten

de las consecuencias del delito

Ahora bien dentro de las especies del delito que por ser varias

conforme a los fines que se persigan para su tipificacioacuten o conforme al

bien juriacutedico que tutela la ley entre otros aspectos como la que se ha

realizado al principio de este acaacutepite tenemos ahora

Conforme a su gravedad tenemos delitos y faltas habraacute delito siempre

que se realice la conducta prevista y sancionada por la ley penal o en

alguna otra ley especial en tanto que la falta no obstante ser una

conducta contraria a la ley y sancionada por esta misma la sancioacuten la

aplica una autoridad u oacutergano diferente al Poder Judicial o Tribunal

generalmente una autoridad de iacutendole administrativa

Seguacuten la intencioacuten con que se comete o realiza la accioacuten que da origen

al delito tenemos delitos con intencioacuten o dolosos culposos o contra la

intencioacuten y los que son cometidos maacutes allaacute de la intencioacuten o

preterintencionales

Si se ha deseado realizar la accioacuten u omisioacuten para la comisioacuten del delito

y previsto el resultado del mismo se estaacute ante un delito doloso En

28

tanto que siacute de deseaba realizar la accioacuten u omisioacuten pero no el

resultado del delito se trata de un delito culposo Y cuando se ha

deseado realizar la accioacuten u omisioacuten y no el resultado como

consecuencia en su integridad sino un efecto menos grave se trata de

un delito preterintencional

Los delitos tipo o tambieacuten simples o netos son los que se presentan en

su puro modelo legal sin maacutes caracteriacutesticas que sus elementos

esenciales y los delitos circunstanciados son los que ademaacutes de contar

con los elementos esenciales se presentan acompantildeados de

circunstancias o accidentes a sus elementos

Por su efecto los delitos se consideran simples y complejos formales y

materiales de lesioacuten y de peligro Son simples o uniacute subsistentes en el

que coincide el momento ejecutivo y el momento consumativo se

realizan ambos en un soacutelo acto o momento Los complejos o

plurisubsistentes son aquellos cuya accioacuten ejecutiva consta de varios

actos en que puede integrarse El delito material es el que se consuma

al momento de verificarse el resultado material de eacutese en tanto que el

delito formal se perfecciona con una simple accioacuten u omisioacuten haciendo

abstraccioacuten de la verificacioacuten del resultado Los delitos de lesioacuten o dantildeo

y de peligro ya han sido tratados en paacuterrafos precedentes

Seguacuten el objeto o finque persiguen la perturbacioacuten dantildeo disminucioacuten o

destruccioacuten del bien juriacutedicamente protegido son delitos contra la cosa

puacuteblica o el Estado mismo o sus Instituciones y delitos contra las

personas privadas delitos poliacuteticos y no poliacuteticos

Seguacuten los sujetos que los realizan los delitos individuales y colectivos

comunes y especiales seguacuten la ley que los contenga y ocasionales y

habituales seguacuten la constancia con que delinque el sujeto que los

realiza

29

Seguacuten los requisitos para la procedibilidad o persecucioacuten de los delitos

conforme al bien juriacutedico protegido que afecta de acuerdo a la

naturaleza del dantildeo afectacioacuten del bien los delitos son de accioacuten puacuteblica

(denuncia) o de accioacuten privada (querella)

Para el desarrollo de este acaacutepite se tomaraacuten en cuenta las

disposiciones legales que se contienen en el Coacutedigo de Penal para el

Distrito Federal en Materia de Fuero Comuacuten y para toda la Repuacuteblica en

Materia de Fuero Federal el Coacutedigo de Procedimientos Penales para el

Distrito Federal el Coacutedigo Federal de Procedimientos Penales el Coacutedigo

Penal para el Estado de Meacutexico y el Coacutedigo de Procedimientos Penales

para el Estado de Meacutexico Por lo que las clasificaciones de los delitos

que ahora se presentaraacuten seraacute desde el punto de vista legal es decir

atendiendo a lo dispuesto en los ordenamientos legales vigentes de

iacutendole penal sustantiva y adjetiva seguacuten se trate

CLASIFICACION DEL DELITOP SEGUacuteN

EDUARDO LOacutePEZ BENTANCOURT

Por su Composicioacuten

Normales son aquellos en los que el tipo estaraacute conformado de

elementos objetivos

Anormales son los tipos penales que ademaacutes de contener

elementos objetivos tambieacuten se conforman con elementos

subjetivos o normativos

Por su Ordenacioacuten Metodoloacutegica

Fundamentales son los tipos con plena independencia

formados con una conducta iliacutecita sobre un bien juriacutedicamente

tutelado

30

Especiales son los tipos que contienen en su descripcioacuten alguacuten

tipo de caracteriacutestica

Complementados son aquellos que requieren de la realizacioacuten

previa de un tipo baacutesico no tienen autonomiacutea

Por su Autonomiacutea o Independencia

Autoacutenomos son los tipos penales con vida propia no necesitan

de la realizacioacuten de alguacuten otro

Subordinados Requieren de la existencia de alguacuten otro tipo

Por su Formulacioacuten

Casuiacutesticos el legislador plantea varias formas de realizacioacuten del

delito subdividieacutendose en

Alternativos son aquellos donde se plantean dos o maacutes hipoacutetesis

y se precisa de la ejecucioacuten de solo una de ellas para la tipificacioacuten

de la conducta iliacutecita

Acumulativos se exige la realizacioacuten o concurso de todas las

hipoacutetesis que el legislador ha plasmado en el tipo penal para la

adecuacioacuten de la conducta al mismo

Amplios contiene en su descripcioacuten una hipoacutetesis uacutenica en donde

caben todos los modos de ejecucioacuten se colma el tipo penal con la

lesioacuten causada al bien juriacutedicamente tutelado

Por el Dantildeo que Causan

De Lesioacuten requieren de un dantildeo inminente al bien juriacutedico

tutelado

De Peligro basta con el simple riesgo en que se pone al bien

juriacutedicamente tutelado

31

  • CLASIFICACION DEL DELITO
Page 13: Clasificación del delito

CLASIFICACION DEL DELITO SEGUacuteN CUELLO

CALOacuteNEN FUNCIOacuteN DE SU GRAVEDAD

Tomando en cuenta la gravedad de las infracciones penales se han

hecho varias clasificaciones Seguacuten una divisioacuten bipartita se distingue los

delitos de las faltas la clasificacioacuten tripartita habla de criacutemenes delitos

y faltas o contravenciones En esta divisioacuten se considera criacutemenes los

atentados contra la vida y los derechos naturales del hombre delitos

las conductas contrarias a los derechos nacidos del contrato social

como el derecho de propiedad por faltas o contravenciones las

infracciones a los reglamentos de policiacutea y buen gobierno

En Meacutexico carecen de importancia estas distinciones porque los Coacutedigos

Penales soacutelo se ocupan de los delitos en general en donde se subsumen

tambieacuten los que otras legislaciones se denominan criacutemenes la represioacuten

de las faltas se abandona a disposiciones administrativas aplicadas por

autoridades de ese caraacutecter

SEGUacuteN LA FORMA DE LA CONDUCTA DEL AGENTE

Por la conducta del agente o como dicen algunos autores seguacuten la

manifestacioacuten de la voluntad los delitos pueden ser de accioacuten y de

omisioacuten

Los de accioacuten se cometen mediante un comportamiento positivo en

ellos se viola una ley prohibitiva Eusebio Goacutemez afirma que son

aquellos en que las condiciones de donde deriva su resultado reconocen

como causa determinante un hecho positivo del sujeto En los delitos de

omisioacuten el objeto prohibido es una abstencioacuten del agente consisten en

la no ejecucioacuten de algo ordenado por la ley Para el mismo Eusebio

Goacutemez en los delitos de omisioacuten las condiciones de que deriva su

resultado reconocen como causa determinante la falta de observancia

13

por parte del sujeto de un precepto obligatorio Debe agregarse que los

delitos de omisioacuten violan una ley dispositiva en tanto los de accioacuten

infringen una prohibitiva

Los delitos de omisioacuten suelen dividirse en delitos de simple omisioacuten y de

comisioacuten por omisioacuten tambieacuten llamados delitos de omisioacuten impropia

Los delitos de simple omisioacuten o de omisioacuten propiamente dicho

consisten en la falta de una actividad juriacutedicamente ordenada con

independencia del resultado material que produzcan es decir se

sancionan por la omisioacuten misma tal es el caso que se impone a todos la

obligacioacuten positiva de auxiliar a las autoridades para la averiguacioacuten de

los delitos y para la persecucioacuten de los delincuentes

Los delitos de comisioacuten por omisioacuten o impropios delitos de omisioacuten son

aquellos en los que el agente decide no actuar y por esa inaccioacuten se

produce el resultado material Para Cuello Caloacuten consisten los falsos

delitos de omisioacuten en la aparicioacuten de un resultado delictivo de caraacutecter

positivo por inactividad formula que se concretiza en la produccioacuten de

un cambio en el mundo exterior mediante la omisioacuten de algo que el

derecho ordenaba hacer

Como ejemplo del delito de comisioacuten por omisioacuten se cita el de la madre

que con deliberado propoacutesito de dar muerte a su hijo recieacuten nacido no

lo amamanta producieacutendose el resultado letal La madre no ejecuta acto

alguno antes bien deja de realizar lo debido

En los delitos de simple omisioacuten hay una violacioacuten juriacutedica y un

resultado puramente formal mientras en los de comisioacuten por omisioacuten

ademaacutes de la violacioacuten juriacutedica se produce un resultado material En los

primeros se viola una ley dispositiva en los de comisioacuten por omisioacuten se

infringe una dispositiva y una prohibitiva

POR EL RESULTADO

14

Seguacuten el resultado que producen los delitos se clasifican en formales y

materiales A los primeros tambieacuten se les denomina delitos de simple

actividad o de accioacuten a los segundos se les llama delitos de resultado o

de resultado material

Los delitos formales son aquellos en los que se agota el tipo penal en el

movimiento corporal o en la omisioacuten del agente no siendo necesaria

para su integracioacuten que se produzca alguna alteracioacuten en la estructura o

funcionamiento del objeto material Son delitos de mera conducta se

sanciona la accioacuten (u omisioacuten) en siacute misma Como estaacuten el delito formal

con el falso testimonio la portacioacuten de arma prohibida y la portacioacuten

iliacutecita de enervantes

Los delitos materiales son aquellos en los cuales para su integracioacuten se

requiere la destruccioacuten o alteracioacuten de la estructura o del

funcionamiento del objeto material (homicidio dantildeo en propiedad

ajena)

POR LA LESIOacuteN QUE CAUSAN

Con relacioacuten al efecto resentido por la viacutectima o sea en razoacuten del bien

juriacutedico los delitos se dividen en delitos de dantildeo y de peligro Los

primeros consumados causan dantildeo directo y efectivo en intereses

juriacutedicamente protegidos por la pena violada como el homicidio el

fraude etc los segundos no causan dantildeo directo a tales intereses pero

los ponen en peligro como el abandono de personas o la omisioacuten de

auxilio El peligro es la situacioacuten en que se colocan los bienes juriacutedicos

de la cual deriva la posibilidad de casacioacuten de un dantildeo

POR SU DURACIOacuteN

15

Los delitos se dividen en instantaacuteneos instantaacuteneos con efectos

permanentes continuados y permanentes Nuestra ley penal reformada

(seguacuten Decreto publicado el 13 de enero de 1984) en su artiacuteculo 7ordm solo

alude a tres especies de delitos en funcioacuten de su duracioacuten instantaacuteneo

permanente o continuo y continuado

INSTANTAacuteNEO

La accioacuten que lo consuma se perfecciona en un solo momento El

caraacutecter de instantaacuteneo no se lo dan a un delito de efectos que eacutel causa

sino la naturaleza de la accioacuten a la que la ley acuerda el caraacutecter de con

sumatoria El delito instantaacuteneo puede realizarse mediante una accioacuten

compuesta de varios actos o movimientos Para la calificacioacuten se atiende

a la unidad de accioacuten si con ella se consuma el delito no importando

que a su vez esa accioacuten se descomponga en actividades el momento

consumativo expresado en la ley da la nota al delito instantaacuteneo Existe

una accioacuten y una lesioacuten juriacutedica El evento consumativo tiacutepico se produce

en un solo instante como el homicidio y el robo

Actualmente la fraccioacuten I del artiacuteculo 7ordm del Coacutedigo Penal lo define asiacute

instantaacuteneo cuando la consumacioacuten se agota en el mismo momento en

que se han realizado todos los elementos constitutivos

INSTANTAacuteNEO CON EFECTOS PERMANENTES

Es aquel cuya conducta destruye o disminuye el bien juriacutedico tutelado

en forma instantaacutenea en un solo momento pero permanecen las

consecuencias nocivas del mismo El homicidio por ejemplo se destruye

el bien juriacutedico de la vida y la supresioacuten del mismo consecuencia de la

conducta perdura para siempre en las lesiones el bien juriacutedico

protegido (la salud o la integridad corporal) disminuye

instantaacuteneamente como resultado de la actividad humana pero la

alteracioacuten en la salud permanece por un determinado tiempo

POR EL ELEMENTO INTERNO O CULPABILIDAD

16

Teniendo como base la culpabilidad los delitos se clasifican en dolosos y

culposos Algunos autores y legisladores agregan los llamados

preterintencionales De conformidad con el Coacutedigo Penal del Distrito

Federal las acciones y omisiones delictivas solamente pueden realizarse

dolosa o culposamente (artiacuteculo 8ordm)

El delito es doloso cuando se dirige la voluntad consciente a la

realizacioacuten del hecho tiacutepico y antijuriacutedico como en el robo en donde el

sujeto decide apoderarse y se apodera sin derecho del bien mueble

ajeno En la culpa no se requiere el resultado penalmente tipificado mas

surge por obrar sin las cautelas y precauciones exigidas por el Estado

para asegurar la vida en comuacuten como en el caso del manejador de un

vehiacuteculo que con manifiesta falta de precaucioacuten o cuidado corre a

excesiva velocidad y mata o lesiona a un transeuacutente

Es preterintencional cuando el resultado sobrepasa a la intencioacuten si el

agente proponieacutendose golpear a otro sujeto lo hace caer debido al

empleo de violencia y se produce la muerte solo hubo dolo respecto a

los golpes pero no se quiso el resultado letal

SIMPLES Y COMPLEJOS

En funcioacuten de su estructura o composicioacuten los delitos se clasifican en

simples y complejos Llaacutemense simples aquellos en los cuales la lesioacuten

juriacutedica es uacutenica como el homicidio De ellos la accioacuten determina una

lesioacuten juriacutedica inescindible Delitos complejos son aquellos en los cuales

la figura juriacutedica consta de unificacioacuten de dos infracciones cuya fusioacuten

da nacimiento a una figura delictiva nueva superior en gravedad a las

que la componen tomadas aisladamente No es lo mismo delito

complejo que concurso de delitos En el delito complejo la misma ley en

un tipo crea el compuesto como delito uacutenico pero en el tipo intervienen

dos o maacutes delitos que pueden figurar por separado en cambio en el

concurso las infracciones no existen como una sola sino

separadamente pero es un mismo sujeto quien las ejecuta17

El delito de robo puede revestir las dos formas es decir es dable

considerarlo como delito simple cuando consiste en mero

apoderamiento de bienes muebles ajenos sin derecho y sin

consentimiento de la persona autorizada para disponer de los mismos

con arreglo a la ley pero el Coacutedigo Penal vigente erige el artiacuteculo 381

bis una calificativa (agravadora de la penalidad del robo simple) para el

robo cometido en casa habitacioacuten formase asiacute un tipo circunstanciado

que subsume el robo y el allanamiento de morada delitos que poseen

vida independiente mas si el iliacutecito patrimonial de referencia se realiza

en lugares habitados o destinados para habitacioacuten no es dable aplicar

las penas de allanamiento de morada sino precisamente las

correspondientes a la figura compleja

DELITOS UNISUBSISTENTES Y PLURISUBSISTENTES

Por el nuacutemero de actos integrantes de la accioacuten tiacutepica los delitos se

denominan unisubsistentes y plurisubsistentes los primeros se forman

por un solo acto mientras los segundos constan de varios actos

Expresa Soler que el delito plurisubsistente a diferencia del complejo

cada uno de los actos integrantes de una solo figura no constituye a su

vez un delito autoacutenomo Asiacute sigue diciendo para imputar el ejercicio

ilegal de la medicina es preciso que la actividad imputada conste de

varios hechos homogeacuteneos pues para la existencia del delito es

requerida la habitualidad El delito plurisubsistente es el resultado de la

unificacioacuten de varios actos naturalmente separados bajo una sola

figura el complejo en cambio es el producto de la fusioacuten de dos hechos

en siacute mismos delictuosos El delito plurisubsistente es fusioacuten de actos el

complejo fusioacuten de figuras delictivas

DELITOS UNISUBJETIVOS Y PLURISUBJETIVOS

Esta clasificacioacuten atiende a la unidad o pluralidad de sujetos que

intervienen para ejecutar el hecho descrito en el tipo El peculado por

ejemplo es delito unisubjetivo por ser suficiente para colmar el tipo la 18

actuacioacuten de un solo sujeto que tenga el caraacutecter de encargado de un

servicio puacuteblico y soacutelo eacutel concurre con su conducta a conformar la

descripcioacuten de la ley pero es posible su realizacioacuten por dos o maacutes

tambieacuten son unisubjetivos el homicidio el robo la violacioacuten etc El

adulterio al contrario es un delito plurisubjetivo por requerir

necesariamente en virtud de la descripcioacuten tiacutepica la concurrencia de

dos sujetos para integrar el tipo (a menos que opere en favor de uno de

ellos por ejemplo una causa de inculpabilidad por error de hecho

esencial e insuperable) igualmente la asociacioacuten delictuosa en donde

se exige tiacutepicamente el concurso de tres o maacutes individuos

POR LA FORMA DE SU PERSECUCIOacuteN

Como una reminiscencia del periodo de la venganza privada existe en

las legislaciones un grupo de delitos que solo pueden perseguirse si asiacute

lo manifiesta el ofendido o sus legiacutetimos representantes Estos delitos

son llamados privados o de querella necesaria cuya persecucioacuten

uacutenicamente es posible si se llena el requisito previo de la querella de la

parte ofendida mas una vez formulada la querella la autoridad estaacute

obligada a perseguir La razoacuten por la cual se mantienen en las

legislaciones estos delitos perseguibles por querella de la parte

ofendida se basa en la consideracioacuten de que en ocasiones la

persecucioacuten oficiosa acarreariacutea mayores dantildeos que la misma impunidad

del delincuente

Los delitos perseguibles previa denuncia (conocidos como perseguibles

de oficio) que puede ser formulada por cualquier persona son todos

aquellos en los que la autoridad estaacute obligada a actuar por mandato

legal persiguiendo y castigando a los responsables con independencia

de la voluntad de los ofendidos Consecuentemente en los delitos

perseguibles por denuncia no surte efecto alguno el perdoacuten del

ofendido a la inversa de lo que ocurre en los de querella necesaria

19

La mayor parte de los delitos se persiguen de oficio y soacutelo un reducido

nuacutemero a peticioacuten de la parte agraviada Entre eacutestos pueden citarse el

adulterio el estupro el abuso de confianza y otros delitos patrimoniales

Actualmente se observa la tendencia a aumentar el nuacutemero de los

delitos perseguidos por querella y que antes requeriacutean denuncia

DELITOS COMUNES FEDERALES OFICIALES MILITARES Y

POLIacuteTICOS

Esta clasificacioacuten es en funcioacuten de la materia

Los delitos comunes constituyen la regla general son aquellos que se

formulan en las leyes dictadas por las legislaturas locales en cambio los

federales se establecen en leyes expedidas por el Congreso de la Unioacuten

Los delitos oficiales son los que comete un empleado o funcionario

puacuteblico en el ejercicio de sus funciones (mejor dicho en abuso de ellas)

Los delitos del orden militar afectan la disciplina del Ejeacutercito La

Constitucioacuten General de la Repuacuteblica en el artiacuteculo 13 prohiacutebe a los

tribunales militares extender su jurisdiccioacuten sobre personas ajenas al

Instituto Armado

Los delitos poliacuteticos no han sido definidos de manera satisfactoria

Generalmente se incluyen todos los hechos que lesionan la organizacioacuten

del Estado en siacute misma o en sus oacuterganos o representantes El articulo

144 reformado del Coacutedigo Penal vigente considera delitos de caraacutecter

poliacutetico los de rebelioacuten sedicioacuten motiacuten y el de conspiracioacuten para

cometerlos El anteproyecto de 1949 los define asiacute Para todos los

efectos legales se consideran como de caraacutecter poliacutetico los delitos contra

la seguridad del Estado

CLASIFICACION DEL DELITO SEGUacuteN

RICARDO ABARCA

20

Conducta

La accioacuten puede definirse como el movimiento corporal que al realizarla

provoca un cambio en el mundo exterior pero esta accioacuten puede verse

desde dos perspectivas la primera seriacutea como acto que es la realizacioacuten

del movimiento la segunda es la omisioacuten que es la ausencia del

movimiento corporal y eacutesta a su vez se subdivide en dos en la omisioacuten

simple que es la inactividad del actuar y en la comisioacuten por omisioacuten que

se lleva a cabo cuando debiendo actuar de una manera para evitar el

resultado no se lleva a cabo la accioacuten y se comete el delito Asiacute el acto y

la omisioacuten nos dan el resultado y la relacioacuten de causalidad y fungiriacutean

como elementos positivos del delito ahora bien la accioacuten pasa al plano

de elemento negativo del delito cuando existe una ausencia de la accioacuten

y es cuando eacutesta surge sin la voluntad del agente tal y como lo

establece el artiacuteculo 14 del coacutedigo penal del Estado de Guanajuato en su

primer paacuterrafo obra culposamente quien produce un resultado tiacutepico

que no previo siendo previsible que previoacute confiando en que no se

produciriacutea siempre que dicho resultado sea debido a la inobservancia

del cuidado que le incumbe seguacuten las condiciones y sus circunstancias

personales

TIPICA

La tipicidad es la congruencia existente entre la accioacuten y el tipo penal

descrito en el Coacutedigo Penal es decir que exista una adecuacioacuten entre

estos dos aspectos Este elemento por si solo puede entenderse como

un elemento positivo del delito es decir cuando la accioacuten que cometes

esta prevista en la ley como un tipo penal Pero de igual manera puede

fungir como un elemento negativo y puede ser por la atipicidad

propiamente dicha como estaacute establecido en el Coacutedigo Penal del Estado

de Guanajuato en su artiacuteculo 33 fraccioacuten II- Falte alguno de los

21

elementos del tipo penal de que se trate (el delito se excluye)o por la

ausencia de tipicidad es decir cuando la conducta realizada no se

encuentre regida por la normatividad penal y por lo tanto no pueda ser

considerada delictuosa asiacute como tampoco pueda ser sancionada

Antijuriacutedica

Esteacute elemento se refiere cuando la accioacuten ejecutada es contraria a

derecho es decir va en contra del orden juriacutedico establecido en la

sociedad y regulado por el Estado ya que eacuteste a traveacutes de las normas de

cultura ordena y prohiacutebe ciertas acciones correspondiendo a sus

intereses valorativos y soacutelo cuando el Estado las privilegia con su tutela

al reconocerlas en la ley adquieren el rango de juriacutedicas

Asiacute podemos hablar de dos tipos de antijuridicidad la formal y la

material refirieacutendose la primera a la infraccioacuten de una norma que el

Estado la tiene en su cataacutelogo del orden juriacutedico y la segunda se refiere

cuando la accioacuten cometida lesiona o puede lesionar alguacuten bien juriacutedico

que como dije anteriormente eacutestos se encuentran bajo tutela del

derecho penal y siendo eacuteste puacuteblico al Estado le interesa mantener los

bienes juriacutedicos bajo su proteccioacuten

La antijuridicidad puede ser un elemento negativo del delito soacutelo en los

casos en los que exista alguacuten supuesto de exclusioacuten del delito sentildealados

en el artiacuteculo 33 del coacutedigo Penal del Estado Guanajuato

Dentro de los cuales encontramos por ejemplo la legitima defensa el

estado de necesidad caso fortuito cumplimiento de un deber o por

consentimiento de la viacutectima

Culpable

22

La culpabilidad puede variar en este concepto nos encontramos con dos

divisiones el dolo y la culpa

Se tiene presencia del dolo cuando la accioacuten cometida por el sujeto

activo es plena de conciencia y su plan criminal estaacute ideado plenamente

a causar la lesioacuten al bien juriacutedico es decir la plena manifestacioacuten de la

voluntad El dolo puede ser de tres maneras distintas directo cuando el

resultado es congruente con el fin propuesto del sujeto activo indirecto

cuando el sujeto activo se propone el fin delictivo y sabe con certeza

que causara otros fines el eventual que es cuando se preveacuten posibles

resultados que no se quieren

La culpa es cuando se comete el delito pero la voluntad del sujeto activo

es inexistente y puede a su vez dividirse en dos con representacioacuten

que se refiere o se da cuando el sujeto activo preveacute como posible alguacuten

resultado antijuriacutedico pero espera que no suceda sin representacioacuten se

da cuando el sujeto no preveacute el resultado por negligencia o falta de

cuidado

Tambieacuten existe la preterintencionalidad que consiste en la combinacioacuten

de las dos formas anteriores de culpabilidad es decir cuando la

conducta inicio de manera culposa y culmino de manera dolosa eacutesta

uacuteltima entra como elemento positivo del delito

La manera de que la culpabilidad sea elemento negativo del delito es en

los casos siguientes existencia de error ya sea de hecho o de derecho

eximentes putativas obediencia jeraacuterquica violencia moral estado de

necesidad exigibilidad de otra conducta

Esto es porque la culpabilidad estaacute fundada en hacer el juicio de

reproche al autor de la accioacuten antijuriacutedica tiacutepica pero por encontrarse en

una situacioacuten especial de desconocimiento de que la accioacuten realizada es

un delito provoca que eacutesta se convierta en inculpabilidad y por

consecuente inimputable

23

Punible

La punibilidad puede verse como una consecuencia que trae la comisioacuten

de un delito es decir si un sujeto actuacutea de manera iliacutecita y altera el

orden juriacutedico le sobrevendraacute una sancioacuten La punibilidad es entonces la

consecuencia juriacutedica que viene a la accioacuten punible El legislador ademaacutes

de procurar el orden juriacutedico estableciendo castigos a quienes violan

eacuteste hace depender la imposicioacuten de la pena de factores y

circunstancias externas e independientes del acto punible

Existen en nuestro sistema penal dos clases de sanciones las penas y

las medidas de seguridad Siendo las primeras de caraacutecter ejemplar y

las segundas de caraacutecter psicoloacutegico pero ambas coinciden en la

rehabilitacioacuten que procuran hacia el sujeto infractor

Se tiene claramente la distincioacuten en su clasificacioacuten que es la siguiente

las penas pueden variar como por ejemplo pena de muerte privacioacuten

de la libertad restriccioacuten de la libertad privacioacuten de derechos

restriccioacuten de derechos reparacioacuten del dantildeo Y las medidas de seguridad

pueden ser curativas eliminatorias o educativas

Las penas en nuestro Estado se encuentran reguladas por el Coacutedigo

Penal en su artiacuteculo 38 y las medidas de seguridad en el artiacuteculo 89

La manera de que la punibilidad entre como un elemento negativo del

delito es con las excusas absolutorias que son causas personales que se

encuentran legalmente previstas que aunque no eliminan el caraacutecter

delictivo de la accioacuten que cometioacute siacute excluyen la pena pues para el

Estado no es necesario establecer pena alguna contra tales hechos ya

que dichas circunstancias revelan una miacutenima peligrosidad

IMPUTABLE

Como lo hemos venido diciendo al sujeto activo se le hace un juicio de

24

reproche por desviarse del buen camino y es por eso que como uacuteltimo

elemento del delito encontramos la imputabilidad que puede

entenderse como la capacidad del sujeto de querer y entender la accioacuten

que realizo por lo que en este elemento entra en un gran campo la

conciencia o inconsciencia del sujeto

Retomando nuevamente lo que deciacutea en un inicio el derecho penal

mexicano estaacute bajo la influencia de la escuela finalista y por tanto se

considera que el sujeto tiene un libre albedriacuteo acerca de su actuar y

puede medir de manera plena las consecuencias juriacutedicas

Por tanto se tienen causas de inimputabilidad hacia el sujeto activo en

casos especiales como la minoriacutea de edad la enajenacioacuten o los estados

de inconsciencia ya que no se puede hablar de un reproche al sujeto si

eacuteste no actuoacute de manera consiente El primero es por la falta de

desarrollo mental del sujeto el segundo cuando la enfermedad de la

mente o el estado de inconsciencia privan de la consciencia de cometer

un delito o de obrar conforme a Derecho Y el tercero por el empleo de

sustancias toacutexicas embriagantes o estupefacientes por toxico

infecciones o por trastornos mentales Asiacute como lo establece el artiacuteculo

33 del Coacutedigo penal del Estado de Guanajuato en su primer paacuterrafo de la

fraccioacuten VII- Al momento de realizar el hecho tiacutepico y por causa de

enfermedad mental que perturbe gravemente su conciencia de

desarrollo psiacutequico incompleto o retardado o de grave perturbacioacuten de la

conciencia sin base patoloacutegica el agente no tenga la capacidad de

comprender el caraacutecter iliacutecito de aquel o de conducirse de acuerdo con

esa comprensioacuten

Ya que la imputabilidad es la base psicoloacutegica de la culpabilidad soacutelo el

sujeto que es capaz de querer y entender y solo asiacute puede ser

responsable

Eacutestos seriacutean los casos en los que el elemento de la imputabilidad

entrariacutea como elemento negativo del delito

25

CLASIFICACION DEL DELITO SEGUacuteN

CELESTINO PORTE PETIT

CLASIFICACION DEL DELITO

De acuerdo con el Coacutedigo Penal del Estado de Meacutexico en su capiacutetulo II

en el

Artiacuteculo 8- Establece que los delitos pueden ser

I Dolosos

El delito es doloso cuando se obra conociendo los elementos del tipo

penal o previendo como posible el resultado tiacutepico queriendo o

aceptando la realizacioacuten del hecho descrito por la ley

II Culposos

El delito es culposo cuando se produce un resultado tiacutepico que no se

previoacute siendo previsible o confiando en que no se produciriacutea en virtud

de la violacioacuten a un deber de cuidado que debiacutea y podiacutea observarse

seguacuten las circunstancias y condiciones personales

III Instantaacuteneos

Es instantaacuteneo cuando la consumacioacuten se agota en el mismo momento

en que se han realizado todos sus elementos constitutivos

IV Permanentes

Es permanente cuando la consumacioacuten se prolonga en el tiempo

V Continuados

26

Es continuado cuando existe unidad de propoacutesito delictivo pluralidad de

conductas e identidad de sujeto pasivo y se viola el mismo precepto

legal

Son delitos de accioacuten los que se cometen por medio de una conducta

positiva es decir un hacer Los delitos por omisioacuten se ejecutan por

medio de un comportamiento negativo un no hacer determinada

obligacioacuten o no ejecutar una accioacuten Ademaacutes existen delitos que por su

iacutendole estructural exigen para su existencia la incidencia de una accioacuten

y luego una omisioacuten o viceversa

Los delitos que no necesitan resultado material ya que la sola conducta

del sujeto los realiza son los que se perfeccionan con el cumplimiento

de determinada accioacuten u omisioacuten cuya consecuencia es la no-

observacioacuten de una obligacioacuten o de un deber pero cuyo resultado no se

manifiesta en el mundo fiacutesico con un hecho de momento perceptible

En tanto que los delitos de resultado son los que para su consumacioacuten

exigen ademaacutes de la conducta del sujeto activo que se produzca

determinado efecto distinto de la omisioacuten o de la accioacuten el resultado en

estos delitos se observa fiacutesicamente en el mundo real Los delitos se

clasifican de esta manera porque se atiende a la estructura exterior de

ellos

Los delitos de dantildeo requieren para su perfeccionamiento juriacutedico que el

bien tutelado juriacutedicamente protegido sea destruido o disminuido en

tanto en los delitos de peligro basta que el bien juriacutedico sea amenazado

al realizarse la conducta criminosa accioacuten u omisioacuten con la acusacioacuten

de un dantildeo o peligro inminente determinado y grave

Son delitos instantaacuteneos aquellos que con la sola realizacioacuten de la

conducta accioacuten u omisioacuten por el sujeto activo quedan realizados o

tipificados sin que se requiera accioacuten posterior para su continuidad o

vigencia Los delitos permanentes son los que se caracterizan porque el

hecho que los constituye o realiza da lugar a una situacioacuten dantildeosa o de 27

peligro que se prolonga en el tiempo a causa de la continuidad del

comportamiento del sujeto Para la existencia de estos delitos es

necesario que el estado dantildeoso o de peligro provenga de la conducta

del sujeto activo de manera continua es decir que no se agote en un

solo instante sino que prosiga durante determinado tiempo y que la

proacuterroga de la situacioacuten antijuriacutedica se deba a la exclusiva conducta

voluntaria del sujeto que prosigue con ella ininterrumpidamente

despueacutes de la -- realizacioacuten del hecho que constituye el delito

En este mismo orden de ideas atendiendo a la duracioacuten de las

consecuencias del delito eacutestas son permanentes es decir hay delitos

instantaacuteneos y delitos permanentes en cuanto a los actos de se

realizacioacuten con efectos permanentes cuya caracteriacutestica es la duracioacuten

de las consecuencias del delito

Ahora bien dentro de las especies del delito que por ser varias

conforme a los fines que se persigan para su tipificacioacuten o conforme al

bien juriacutedico que tutela la ley entre otros aspectos como la que se ha

realizado al principio de este acaacutepite tenemos ahora

Conforme a su gravedad tenemos delitos y faltas habraacute delito siempre

que se realice la conducta prevista y sancionada por la ley penal o en

alguna otra ley especial en tanto que la falta no obstante ser una

conducta contraria a la ley y sancionada por esta misma la sancioacuten la

aplica una autoridad u oacutergano diferente al Poder Judicial o Tribunal

generalmente una autoridad de iacutendole administrativa

Seguacuten la intencioacuten con que se comete o realiza la accioacuten que da origen

al delito tenemos delitos con intencioacuten o dolosos culposos o contra la

intencioacuten y los que son cometidos maacutes allaacute de la intencioacuten o

preterintencionales

Si se ha deseado realizar la accioacuten u omisioacuten para la comisioacuten del delito

y previsto el resultado del mismo se estaacute ante un delito doloso En

28

tanto que siacute de deseaba realizar la accioacuten u omisioacuten pero no el

resultado del delito se trata de un delito culposo Y cuando se ha

deseado realizar la accioacuten u omisioacuten y no el resultado como

consecuencia en su integridad sino un efecto menos grave se trata de

un delito preterintencional

Los delitos tipo o tambieacuten simples o netos son los que se presentan en

su puro modelo legal sin maacutes caracteriacutesticas que sus elementos

esenciales y los delitos circunstanciados son los que ademaacutes de contar

con los elementos esenciales se presentan acompantildeados de

circunstancias o accidentes a sus elementos

Por su efecto los delitos se consideran simples y complejos formales y

materiales de lesioacuten y de peligro Son simples o uniacute subsistentes en el

que coincide el momento ejecutivo y el momento consumativo se

realizan ambos en un soacutelo acto o momento Los complejos o

plurisubsistentes son aquellos cuya accioacuten ejecutiva consta de varios

actos en que puede integrarse El delito material es el que se consuma

al momento de verificarse el resultado material de eacutese en tanto que el

delito formal se perfecciona con una simple accioacuten u omisioacuten haciendo

abstraccioacuten de la verificacioacuten del resultado Los delitos de lesioacuten o dantildeo

y de peligro ya han sido tratados en paacuterrafos precedentes

Seguacuten el objeto o finque persiguen la perturbacioacuten dantildeo disminucioacuten o

destruccioacuten del bien juriacutedicamente protegido son delitos contra la cosa

puacuteblica o el Estado mismo o sus Instituciones y delitos contra las

personas privadas delitos poliacuteticos y no poliacuteticos

Seguacuten los sujetos que los realizan los delitos individuales y colectivos

comunes y especiales seguacuten la ley que los contenga y ocasionales y

habituales seguacuten la constancia con que delinque el sujeto que los

realiza

29

Seguacuten los requisitos para la procedibilidad o persecucioacuten de los delitos

conforme al bien juriacutedico protegido que afecta de acuerdo a la

naturaleza del dantildeo afectacioacuten del bien los delitos son de accioacuten puacuteblica

(denuncia) o de accioacuten privada (querella)

Para el desarrollo de este acaacutepite se tomaraacuten en cuenta las

disposiciones legales que se contienen en el Coacutedigo de Penal para el

Distrito Federal en Materia de Fuero Comuacuten y para toda la Repuacuteblica en

Materia de Fuero Federal el Coacutedigo de Procedimientos Penales para el

Distrito Federal el Coacutedigo Federal de Procedimientos Penales el Coacutedigo

Penal para el Estado de Meacutexico y el Coacutedigo de Procedimientos Penales

para el Estado de Meacutexico Por lo que las clasificaciones de los delitos

que ahora se presentaraacuten seraacute desde el punto de vista legal es decir

atendiendo a lo dispuesto en los ordenamientos legales vigentes de

iacutendole penal sustantiva y adjetiva seguacuten se trate

CLASIFICACION DEL DELITOP SEGUacuteN

EDUARDO LOacutePEZ BENTANCOURT

Por su Composicioacuten

Normales son aquellos en los que el tipo estaraacute conformado de

elementos objetivos

Anormales son los tipos penales que ademaacutes de contener

elementos objetivos tambieacuten se conforman con elementos

subjetivos o normativos

Por su Ordenacioacuten Metodoloacutegica

Fundamentales son los tipos con plena independencia

formados con una conducta iliacutecita sobre un bien juriacutedicamente

tutelado

30

Especiales son los tipos que contienen en su descripcioacuten alguacuten

tipo de caracteriacutestica

Complementados son aquellos que requieren de la realizacioacuten

previa de un tipo baacutesico no tienen autonomiacutea

Por su Autonomiacutea o Independencia

Autoacutenomos son los tipos penales con vida propia no necesitan

de la realizacioacuten de alguacuten otro

Subordinados Requieren de la existencia de alguacuten otro tipo

Por su Formulacioacuten

Casuiacutesticos el legislador plantea varias formas de realizacioacuten del

delito subdividieacutendose en

Alternativos son aquellos donde se plantean dos o maacutes hipoacutetesis

y se precisa de la ejecucioacuten de solo una de ellas para la tipificacioacuten

de la conducta iliacutecita

Acumulativos se exige la realizacioacuten o concurso de todas las

hipoacutetesis que el legislador ha plasmado en el tipo penal para la

adecuacioacuten de la conducta al mismo

Amplios contiene en su descripcioacuten una hipoacutetesis uacutenica en donde

caben todos los modos de ejecucioacuten se colma el tipo penal con la

lesioacuten causada al bien juriacutedicamente tutelado

Por el Dantildeo que Causan

De Lesioacuten requieren de un dantildeo inminente al bien juriacutedico

tutelado

De Peligro basta con el simple riesgo en que se pone al bien

juriacutedicamente tutelado

31

  • CLASIFICACION DEL DELITO
Page 14: Clasificación del delito

por parte del sujeto de un precepto obligatorio Debe agregarse que los

delitos de omisioacuten violan una ley dispositiva en tanto los de accioacuten

infringen una prohibitiva

Los delitos de omisioacuten suelen dividirse en delitos de simple omisioacuten y de

comisioacuten por omisioacuten tambieacuten llamados delitos de omisioacuten impropia

Los delitos de simple omisioacuten o de omisioacuten propiamente dicho

consisten en la falta de una actividad juriacutedicamente ordenada con

independencia del resultado material que produzcan es decir se

sancionan por la omisioacuten misma tal es el caso que se impone a todos la

obligacioacuten positiva de auxiliar a las autoridades para la averiguacioacuten de

los delitos y para la persecucioacuten de los delincuentes

Los delitos de comisioacuten por omisioacuten o impropios delitos de omisioacuten son

aquellos en los que el agente decide no actuar y por esa inaccioacuten se

produce el resultado material Para Cuello Caloacuten consisten los falsos

delitos de omisioacuten en la aparicioacuten de un resultado delictivo de caraacutecter

positivo por inactividad formula que se concretiza en la produccioacuten de

un cambio en el mundo exterior mediante la omisioacuten de algo que el

derecho ordenaba hacer

Como ejemplo del delito de comisioacuten por omisioacuten se cita el de la madre

que con deliberado propoacutesito de dar muerte a su hijo recieacuten nacido no

lo amamanta producieacutendose el resultado letal La madre no ejecuta acto

alguno antes bien deja de realizar lo debido

En los delitos de simple omisioacuten hay una violacioacuten juriacutedica y un

resultado puramente formal mientras en los de comisioacuten por omisioacuten

ademaacutes de la violacioacuten juriacutedica se produce un resultado material En los

primeros se viola una ley dispositiva en los de comisioacuten por omisioacuten se

infringe una dispositiva y una prohibitiva

POR EL RESULTADO

14

Seguacuten el resultado que producen los delitos se clasifican en formales y

materiales A los primeros tambieacuten se les denomina delitos de simple

actividad o de accioacuten a los segundos se les llama delitos de resultado o

de resultado material

Los delitos formales son aquellos en los que se agota el tipo penal en el

movimiento corporal o en la omisioacuten del agente no siendo necesaria

para su integracioacuten que se produzca alguna alteracioacuten en la estructura o

funcionamiento del objeto material Son delitos de mera conducta se

sanciona la accioacuten (u omisioacuten) en siacute misma Como estaacuten el delito formal

con el falso testimonio la portacioacuten de arma prohibida y la portacioacuten

iliacutecita de enervantes

Los delitos materiales son aquellos en los cuales para su integracioacuten se

requiere la destruccioacuten o alteracioacuten de la estructura o del

funcionamiento del objeto material (homicidio dantildeo en propiedad

ajena)

POR LA LESIOacuteN QUE CAUSAN

Con relacioacuten al efecto resentido por la viacutectima o sea en razoacuten del bien

juriacutedico los delitos se dividen en delitos de dantildeo y de peligro Los

primeros consumados causan dantildeo directo y efectivo en intereses

juriacutedicamente protegidos por la pena violada como el homicidio el

fraude etc los segundos no causan dantildeo directo a tales intereses pero

los ponen en peligro como el abandono de personas o la omisioacuten de

auxilio El peligro es la situacioacuten en que se colocan los bienes juriacutedicos

de la cual deriva la posibilidad de casacioacuten de un dantildeo

POR SU DURACIOacuteN

15

Los delitos se dividen en instantaacuteneos instantaacuteneos con efectos

permanentes continuados y permanentes Nuestra ley penal reformada

(seguacuten Decreto publicado el 13 de enero de 1984) en su artiacuteculo 7ordm solo

alude a tres especies de delitos en funcioacuten de su duracioacuten instantaacuteneo

permanente o continuo y continuado

INSTANTAacuteNEO

La accioacuten que lo consuma se perfecciona en un solo momento El

caraacutecter de instantaacuteneo no se lo dan a un delito de efectos que eacutel causa

sino la naturaleza de la accioacuten a la que la ley acuerda el caraacutecter de con

sumatoria El delito instantaacuteneo puede realizarse mediante una accioacuten

compuesta de varios actos o movimientos Para la calificacioacuten se atiende

a la unidad de accioacuten si con ella se consuma el delito no importando

que a su vez esa accioacuten se descomponga en actividades el momento

consumativo expresado en la ley da la nota al delito instantaacuteneo Existe

una accioacuten y una lesioacuten juriacutedica El evento consumativo tiacutepico se produce

en un solo instante como el homicidio y el robo

Actualmente la fraccioacuten I del artiacuteculo 7ordm del Coacutedigo Penal lo define asiacute

instantaacuteneo cuando la consumacioacuten se agota en el mismo momento en

que se han realizado todos los elementos constitutivos

INSTANTAacuteNEO CON EFECTOS PERMANENTES

Es aquel cuya conducta destruye o disminuye el bien juriacutedico tutelado

en forma instantaacutenea en un solo momento pero permanecen las

consecuencias nocivas del mismo El homicidio por ejemplo se destruye

el bien juriacutedico de la vida y la supresioacuten del mismo consecuencia de la

conducta perdura para siempre en las lesiones el bien juriacutedico

protegido (la salud o la integridad corporal) disminuye

instantaacuteneamente como resultado de la actividad humana pero la

alteracioacuten en la salud permanece por un determinado tiempo

POR EL ELEMENTO INTERNO O CULPABILIDAD

16

Teniendo como base la culpabilidad los delitos se clasifican en dolosos y

culposos Algunos autores y legisladores agregan los llamados

preterintencionales De conformidad con el Coacutedigo Penal del Distrito

Federal las acciones y omisiones delictivas solamente pueden realizarse

dolosa o culposamente (artiacuteculo 8ordm)

El delito es doloso cuando se dirige la voluntad consciente a la

realizacioacuten del hecho tiacutepico y antijuriacutedico como en el robo en donde el

sujeto decide apoderarse y se apodera sin derecho del bien mueble

ajeno En la culpa no se requiere el resultado penalmente tipificado mas

surge por obrar sin las cautelas y precauciones exigidas por el Estado

para asegurar la vida en comuacuten como en el caso del manejador de un

vehiacuteculo que con manifiesta falta de precaucioacuten o cuidado corre a

excesiva velocidad y mata o lesiona a un transeuacutente

Es preterintencional cuando el resultado sobrepasa a la intencioacuten si el

agente proponieacutendose golpear a otro sujeto lo hace caer debido al

empleo de violencia y se produce la muerte solo hubo dolo respecto a

los golpes pero no se quiso el resultado letal

SIMPLES Y COMPLEJOS

En funcioacuten de su estructura o composicioacuten los delitos se clasifican en

simples y complejos Llaacutemense simples aquellos en los cuales la lesioacuten

juriacutedica es uacutenica como el homicidio De ellos la accioacuten determina una

lesioacuten juriacutedica inescindible Delitos complejos son aquellos en los cuales

la figura juriacutedica consta de unificacioacuten de dos infracciones cuya fusioacuten

da nacimiento a una figura delictiva nueva superior en gravedad a las

que la componen tomadas aisladamente No es lo mismo delito

complejo que concurso de delitos En el delito complejo la misma ley en

un tipo crea el compuesto como delito uacutenico pero en el tipo intervienen

dos o maacutes delitos que pueden figurar por separado en cambio en el

concurso las infracciones no existen como una sola sino

separadamente pero es un mismo sujeto quien las ejecuta17

El delito de robo puede revestir las dos formas es decir es dable

considerarlo como delito simple cuando consiste en mero

apoderamiento de bienes muebles ajenos sin derecho y sin

consentimiento de la persona autorizada para disponer de los mismos

con arreglo a la ley pero el Coacutedigo Penal vigente erige el artiacuteculo 381

bis una calificativa (agravadora de la penalidad del robo simple) para el

robo cometido en casa habitacioacuten formase asiacute un tipo circunstanciado

que subsume el robo y el allanamiento de morada delitos que poseen

vida independiente mas si el iliacutecito patrimonial de referencia se realiza

en lugares habitados o destinados para habitacioacuten no es dable aplicar

las penas de allanamiento de morada sino precisamente las

correspondientes a la figura compleja

DELITOS UNISUBSISTENTES Y PLURISUBSISTENTES

Por el nuacutemero de actos integrantes de la accioacuten tiacutepica los delitos se

denominan unisubsistentes y plurisubsistentes los primeros se forman

por un solo acto mientras los segundos constan de varios actos

Expresa Soler que el delito plurisubsistente a diferencia del complejo

cada uno de los actos integrantes de una solo figura no constituye a su

vez un delito autoacutenomo Asiacute sigue diciendo para imputar el ejercicio

ilegal de la medicina es preciso que la actividad imputada conste de

varios hechos homogeacuteneos pues para la existencia del delito es

requerida la habitualidad El delito plurisubsistente es el resultado de la

unificacioacuten de varios actos naturalmente separados bajo una sola

figura el complejo en cambio es el producto de la fusioacuten de dos hechos

en siacute mismos delictuosos El delito plurisubsistente es fusioacuten de actos el

complejo fusioacuten de figuras delictivas

DELITOS UNISUBJETIVOS Y PLURISUBJETIVOS

Esta clasificacioacuten atiende a la unidad o pluralidad de sujetos que

intervienen para ejecutar el hecho descrito en el tipo El peculado por

ejemplo es delito unisubjetivo por ser suficiente para colmar el tipo la 18

actuacioacuten de un solo sujeto que tenga el caraacutecter de encargado de un

servicio puacuteblico y soacutelo eacutel concurre con su conducta a conformar la

descripcioacuten de la ley pero es posible su realizacioacuten por dos o maacutes

tambieacuten son unisubjetivos el homicidio el robo la violacioacuten etc El

adulterio al contrario es un delito plurisubjetivo por requerir

necesariamente en virtud de la descripcioacuten tiacutepica la concurrencia de

dos sujetos para integrar el tipo (a menos que opere en favor de uno de

ellos por ejemplo una causa de inculpabilidad por error de hecho

esencial e insuperable) igualmente la asociacioacuten delictuosa en donde

se exige tiacutepicamente el concurso de tres o maacutes individuos

POR LA FORMA DE SU PERSECUCIOacuteN

Como una reminiscencia del periodo de la venganza privada existe en

las legislaciones un grupo de delitos que solo pueden perseguirse si asiacute

lo manifiesta el ofendido o sus legiacutetimos representantes Estos delitos

son llamados privados o de querella necesaria cuya persecucioacuten

uacutenicamente es posible si se llena el requisito previo de la querella de la

parte ofendida mas una vez formulada la querella la autoridad estaacute

obligada a perseguir La razoacuten por la cual se mantienen en las

legislaciones estos delitos perseguibles por querella de la parte

ofendida se basa en la consideracioacuten de que en ocasiones la

persecucioacuten oficiosa acarreariacutea mayores dantildeos que la misma impunidad

del delincuente

Los delitos perseguibles previa denuncia (conocidos como perseguibles

de oficio) que puede ser formulada por cualquier persona son todos

aquellos en los que la autoridad estaacute obligada a actuar por mandato

legal persiguiendo y castigando a los responsables con independencia

de la voluntad de los ofendidos Consecuentemente en los delitos

perseguibles por denuncia no surte efecto alguno el perdoacuten del

ofendido a la inversa de lo que ocurre en los de querella necesaria

19

La mayor parte de los delitos se persiguen de oficio y soacutelo un reducido

nuacutemero a peticioacuten de la parte agraviada Entre eacutestos pueden citarse el

adulterio el estupro el abuso de confianza y otros delitos patrimoniales

Actualmente se observa la tendencia a aumentar el nuacutemero de los

delitos perseguidos por querella y que antes requeriacutean denuncia

DELITOS COMUNES FEDERALES OFICIALES MILITARES Y

POLIacuteTICOS

Esta clasificacioacuten es en funcioacuten de la materia

Los delitos comunes constituyen la regla general son aquellos que se

formulan en las leyes dictadas por las legislaturas locales en cambio los

federales se establecen en leyes expedidas por el Congreso de la Unioacuten

Los delitos oficiales son los que comete un empleado o funcionario

puacuteblico en el ejercicio de sus funciones (mejor dicho en abuso de ellas)

Los delitos del orden militar afectan la disciplina del Ejeacutercito La

Constitucioacuten General de la Repuacuteblica en el artiacuteculo 13 prohiacutebe a los

tribunales militares extender su jurisdiccioacuten sobre personas ajenas al

Instituto Armado

Los delitos poliacuteticos no han sido definidos de manera satisfactoria

Generalmente se incluyen todos los hechos que lesionan la organizacioacuten

del Estado en siacute misma o en sus oacuterganos o representantes El articulo

144 reformado del Coacutedigo Penal vigente considera delitos de caraacutecter

poliacutetico los de rebelioacuten sedicioacuten motiacuten y el de conspiracioacuten para

cometerlos El anteproyecto de 1949 los define asiacute Para todos los

efectos legales se consideran como de caraacutecter poliacutetico los delitos contra

la seguridad del Estado

CLASIFICACION DEL DELITO SEGUacuteN

RICARDO ABARCA

20

Conducta

La accioacuten puede definirse como el movimiento corporal que al realizarla

provoca un cambio en el mundo exterior pero esta accioacuten puede verse

desde dos perspectivas la primera seriacutea como acto que es la realizacioacuten

del movimiento la segunda es la omisioacuten que es la ausencia del

movimiento corporal y eacutesta a su vez se subdivide en dos en la omisioacuten

simple que es la inactividad del actuar y en la comisioacuten por omisioacuten que

se lleva a cabo cuando debiendo actuar de una manera para evitar el

resultado no se lleva a cabo la accioacuten y se comete el delito Asiacute el acto y

la omisioacuten nos dan el resultado y la relacioacuten de causalidad y fungiriacutean

como elementos positivos del delito ahora bien la accioacuten pasa al plano

de elemento negativo del delito cuando existe una ausencia de la accioacuten

y es cuando eacutesta surge sin la voluntad del agente tal y como lo

establece el artiacuteculo 14 del coacutedigo penal del Estado de Guanajuato en su

primer paacuterrafo obra culposamente quien produce un resultado tiacutepico

que no previo siendo previsible que previoacute confiando en que no se

produciriacutea siempre que dicho resultado sea debido a la inobservancia

del cuidado que le incumbe seguacuten las condiciones y sus circunstancias

personales

TIPICA

La tipicidad es la congruencia existente entre la accioacuten y el tipo penal

descrito en el Coacutedigo Penal es decir que exista una adecuacioacuten entre

estos dos aspectos Este elemento por si solo puede entenderse como

un elemento positivo del delito es decir cuando la accioacuten que cometes

esta prevista en la ley como un tipo penal Pero de igual manera puede

fungir como un elemento negativo y puede ser por la atipicidad

propiamente dicha como estaacute establecido en el Coacutedigo Penal del Estado

de Guanajuato en su artiacuteculo 33 fraccioacuten II- Falte alguno de los

21

elementos del tipo penal de que se trate (el delito se excluye)o por la

ausencia de tipicidad es decir cuando la conducta realizada no se

encuentre regida por la normatividad penal y por lo tanto no pueda ser

considerada delictuosa asiacute como tampoco pueda ser sancionada

Antijuriacutedica

Esteacute elemento se refiere cuando la accioacuten ejecutada es contraria a

derecho es decir va en contra del orden juriacutedico establecido en la

sociedad y regulado por el Estado ya que eacuteste a traveacutes de las normas de

cultura ordena y prohiacutebe ciertas acciones correspondiendo a sus

intereses valorativos y soacutelo cuando el Estado las privilegia con su tutela

al reconocerlas en la ley adquieren el rango de juriacutedicas

Asiacute podemos hablar de dos tipos de antijuridicidad la formal y la

material refirieacutendose la primera a la infraccioacuten de una norma que el

Estado la tiene en su cataacutelogo del orden juriacutedico y la segunda se refiere

cuando la accioacuten cometida lesiona o puede lesionar alguacuten bien juriacutedico

que como dije anteriormente eacutestos se encuentran bajo tutela del

derecho penal y siendo eacuteste puacuteblico al Estado le interesa mantener los

bienes juriacutedicos bajo su proteccioacuten

La antijuridicidad puede ser un elemento negativo del delito soacutelo en los

casos en los que exista alguacuten supuesto de exclusioacuten del delito sentildealados

en el artiacuteculo 33 del coacutedigo Penal del Estado Guanajuato

Dentro de los cuales encontramos por ejemplo la legitima defensa el

estado de necesidad caso fortuito cumplimiento de un deber o por

consentimiento de la viacutectima

Culpable

22

La culpabilidad puede variar en este concepto nos encontramos con dos

divisiones el dolo y la culpa

Se tiene presencia del dolo cuando la accioacuten cometida por el sujeto

activo es plena de conciencia y su plan criminal estaacute ideado plenamente

a causar la lesioacuten al bien juriacutedico es decir la plena manifestacioacuten de la

voluntad El dolo puede ser de tres maneras distintas directo cuando el

resultado es congruente con el fin propuesto del sujeto activo indirecto

cuando el sujeto activo se propone el fin delictivo y sabe con certeza

que causara otros fines el eventual que es cuando se preveacuten posibles

resultados que no se quieren

La culpa es cuando se comete el delito pero la voluntad del sujeto activo

es inexistente y puede a su vez dividirse en dos con representacioacuten

que se refiere o se da cuando el sujeto activo preveacute como posible alguacuten

resultado antijuriacutedico pero espera que no suceda sin representacioacuten se

da cuando el sujeto no preveacute el resultado por negligencia o falta de

cuidado

Tambieacuten existe la preterintencionalidad que consiste en la combinacioacuten

de las dos formas anteriores de culpabilidad es decir cuando la

conducta inicio de manera culposa y culmino de manera dolosa eacutesta

uacuteltima entra como elemento positivo del delito

La manera de que la culpabilidad sea elemento negativo del delito es en

los casos siguientes existencia de error ya sea de hecho o de derecho

eximentes putativas obediencia jeraacuterquica violencia moral estado de

necesidad exigibilidad de otra conducta

Esto es porque la culpabilidad estaacute fundada en hacer el juicio de

reproche al autor de la accioacuten antijuriacutedica tiacutepica pero por encontrarse en

una situacioacuten especial de desconocimiento de que la accioacuten realizada es

un delito provoca que eacutesta se convierta en inculpabilidad y por

consecuente inimputable

23

Punible

La punibilidad puede verse como una consecuencia que trae la comisioacuten

de un delito es decir si un sujeto actuacutea de manera iliacutecita y altera el

orden juriacutedico le sobrevendraacute una sancioacuten La punibilidad es entonces la

consecuencia juriacutedica que viene a la accioacuten punible El legislador ademaacutes

de procurar el orden juriacutedico estableciendo castigos a quienes violan

eacuteste hace depender la imposicioacuten de la pena de factores y

circunstancias externas e independientes del acto punible

Existen en nuestro sistema penal dos clases de sanciones las penas y

las medidas de seguridad Siendo las primeras de caraacutecter ejemplar y

las segundas de caraacutecter psicoloacutegico pero ambas coinciden en la

rehabilitacioacuten que procuran hacia el sujeto infractor

Se tiene claramente la distincioacuten en su clasificacioacuten que es la siguiente

las penas pueden variar como por ejemplo pena de muerte privacioacuten

de la libertad restriccioacuten de la libertad privacioacuten de derechos

restriccioacuten de derechos reparacioacuten del dantildeo Y las medidas de seguridad

pueden ser curativas eliminatorias o educativas

Las penas en nuestro Estado se encuentran reguladas por el Coacutedigo

Penal en su artiacuteculo 38 y las medidas de seguridad en el artiacuteculo 89

La manera de que la punibilidad entre como un elemento negativo del

delito es con las excusas absolutorias que son causas personales que se

encuentran legalmente previstas que aunque no eliminan el caraacutecter

delictivo de la accioacuten que cometioacute siacute excluyen la pena pues para el

Estado no es necesario establecer pena alguna contra tales hechos ya

que dichas circunstancias revelan una miacutenima peligrosidad

IMPUTABLE

Como lo hemos venido diciendo al sujeto activo se le hace un juicio de

24

reproche por desviarse del buen camino y es por eso que como uacuteltimo

elemento del delito encontramos la imputabilidad que puede

entenderse como la capacidad del sujeto de querer y entender la accioacuten

que realizo por lo que en este elemento entra en un gran campo la

conciencia o inconsciencia del sujeto

Retomando nuevamente lo que deciacutea en un inicio el derecho penal

mexicano estaacute bajo la influencia de la escuela finalista y por tanto se

considera que el sujeto tiene un libre albedriacuteo acerca de su actuar y

puede medir de manera plena las consecuencias juriacutedicas

Por tanto se tienen causas de inimputabilidad hacia el sujeto activo en

casos especiales como la minoriacutea de edad la enajenacioacuten o los estados

de inconsciencia ya que no se puede hablar de un reproche al sujeto si

eacuteste no actuoacute de manera consiente El primero es por la falta de

desarrollo mental del sujeto el segundo cuando la enfermedad de la

mente o el estado de inconsciencia privan de la consciencia de cometer

un delito o de obrar conforme a Derecho Y el tercero por el empleo de

sustancias toacutexicas embriagantes o estupefacientes por toxico

infecciones o por trastornos mentales Asiacute como lo establece el artiacuteculo

33 del Coacutedigo penal del Estado de Guanajuato en su primer paacuterrafo de la

fraccioacuten VII- Al momento de realizar el hecho tiacutepico y por causa de

enfermedad mental que perturbe gravemente su conciencia de

desarrollo psiacutequico incompleto o retardado o de grave perturbacioacuten de la

conciencia sin base patoloacutegica el agente no tenga la capacidad de

comprender el caraacutecter iliacutecito de aquel o de conducirse de acuerdo con

esa comprensioacuten

Ya que la imputabilidad es la base psicoloacutegica de la culpabilidad soacutelo el

sujeto que es capaz de querer y entender y solo asiacute puede ser

responsable

Eacutestos seriacutean los casos en los que el elemento de la imputabilidad

entrariacutea como elemento negativo del delito

25

CLASIFICACION DEL DELITO SEGUacuteN

CELESTINO PORTE PETIT

CLASIFICACION DEL DELITO

De acuerdo con el Coacutedigo Penal del Estado de Meacutexico en su capiacutetulo II

en el

Artiacuteculo 8- Establece que los delitos pueden ser

I Dolosos

El delito es doloso cuando se obra conociendo los elementos del tipo

penal o previendo como posible el resultado tiacutepico queriendo o

aceptando la realizacioacuten del hecho descrito por la ley

II Culposos

El delito es culposo cuando se produce un resultado tiacutepico que no se

previoacute siendo previsible o confiando en que no se produciriacutea en virtud

de la violacioacuten a un deber de cuidado que debiacutea y podiacutea observarse

seguacuten las circunstancias y condiciones personales

III Instantaacuteneos

Es instantaacuteneo cuando la consumacioacuten se agota en el mismo momento

en que se han realizado todos sus elementos constitutivos

IV Permanentes

Es permanente cuando la consumacioacuten se prolonga en el tiempo

V Continuados

26

Es continuado cuando existe unidad de propoacutesito delictivo pluralidad de

conductas e identidad de sujeto pasivo y se viola el mismo precepto

legal

Son delitos de accioacuten los que se cometen por medio de una conducta

positiva es decir un hacer Los delitos por omisioacuten se ejecutan por

medio de un comportamiento negativo un no hacer determinada

obligacioacuten o no ejecutar una accioacuten Ademaacutes existen delitos que por su

iacutendole estructural exigen para su existencia la incidencia de una accioacuten

y luego una omisioacuten o viceversa

Los delitos que no necesitan resultado material ya que la sola conducta

del sujeto los realiza son los que se perfeccionan con el cumplimiento

de determinada accioacuten u omisioacuten cuya consecuencia es la no-

observacioacuten de una obligacioacuten o de un deber pero cuyo resultado no se

manifiesta en el mundo fiacutesico con un hecho de momento perceptible

En tanto que los delitos de resultado son los que para su consumacioacuten

exigen ademaacutes de la conducta del sujeto activo que se produzca

determinado efecto distinto de la omisioacuten o de la accioacuten el resultado en

estos delitos se observa fiacutesicamente en el mundo real Los delitos se

clasifican de esta manera porque se atiende a la estructura exterior de

ellos

Los delitos de dantildeo requieren para su perfeccionamiento juriacutedico que el

bien tutelado juriacutedicamente protegido sea destruido o disminuido en

tanto en los delitos de peligro basta que el bien juriacutedico sea amenazado

al realizarse la conducta criminosa accioacuten u omisioacuten con la acusacioacuten

de un dantildeo o peligro inminente determinado y grave

Son delitos instantaacuteneos aquellos que con la sola realizacioacuten de la

conducta accioacuten u omisioacuten por el sujeto activo quedan realizados o

tipificados sin que se requiera accioacuten posterior para su continuidad o

vigencia Los delitos permanentes son los que se caracterizan porque el

hecho que los constituye o realiza da lugar a una situacioacuten dantildeosa o de 27

peligro que se prolonga en el tiempo a causa de la continuidad del

comportamiento del sujeto Para la existencia de estos delitos es

necesario que el estado dantildeoso o de peligro provenga de la conducta

del sujeto activo de manera continua es decir que no se agote en un

solo instante sino que prosiga durante determinado tiempo y que la

proacuterroga de la situacioacuten antijuriacutedica se deba a la exclusiva conducta

voluntaria del sujeto que prosigue con ella ininterrumpidamente

despueacutes de la -- realizacioacuten del hecho que constituye el delito

En este mismo orden de ideas atendiendo a la duracioacuten de las

consecuencias del delito eacutestas son permanentes es decir hay delitos

instantaacuteneos y delitos permanentes en cuanto a los actos de se

realizacioacuten con efectos permanentes cuya caracteriacutestica es la duracioacuten

de las consecuencias del delito

Ahora bien dentro de las especies del delito que por ser varias

conforme a los fines que se persigan para su tipificacioacuten o conforme al

bien juriacutedico que tutela la ley entre otros aspectos como la que se ha

realizado al principio de este acaacutepite tenemos ahora

Conforme a su gravedad tenemos delitos y faltas habraacute delito siempre

que se realice la conducta prevista y sancionada por la ley penal o en

alguna otra ley especial en tanto que la falta no obstante ser una

conducta contraria a la ley y sancionada por esta misma la sancioacuten la

aplica una autoridad u oacutergano diferente al Poder Judicial o Tribunal

generalmente una autoridad de iacutendole administrativa

Seguacuten la intencioacuten con que se comete o realiza la accioacuten que da origen

al delito tenemos delitos con intencioacuten o dolosos culposos o contra la

intencioacuten y los que son cometidos maacutes allaacute de la intencioacuten o

preterintencionales

Si se ha deseado realizar la accioacuten u omisioacuten para la comisioacuten del delito

y previsto el resultado del mismo se estaacute ante un delito doloso En

28

tanto que siacute de deseaba realizar la accioacuten u omisioacuten pero no el

resultado del delito se trata de un delito culposo Y cuando se ha

deseado realizar la accioacuten u omisioacuten y no el resultado como

consecuencia en su integridad sino un efecto menos grave se trata de

un delito preterintencional

Los delitos tipo o tambieacuten simples o netos son los que se presentan en

su puro modelo legal sin maacutes caracteriacutesticas que sus elementos

esenciales y los delitos circunstanciados son los que ademaacutes de contar

con los elementos esenciales se presentan acompantildeados de

circunstancias o accidentes a sus elementos

Por su efecto los delitos se consideran simples y complejos formales y

materiales de lesioacuten y de peligro Son simples o uniacute subsistentes en el

que coincide el momento ejecutivo y el momento consumativo se

realizan ambos en un soacutelo acto o momento Los complejos o

plurisubsistentes son aquellos cuya accioacuten ejecutiva consta de varios

actos en que puede integrarse El delito material es el que se consuma

al momento de verificarse el resultado material de eacutese en tanto que el

delito formal se perfecciona con una simple accioacuten u omisioacuten haciendo

abstraccioacuten de la verificacioacuten del resultado Los delitos de lesioacuten o dantildeo

y de peligro ya han sido tratados en paacuterrafos precedentes

Seguacuten el objeto o finque persiguen la perturbacioacuten dantildeo disminucioacuten o

destruccioacuten del bien juriacutedicamente protegido son delitos contra la cosa

puacuteblica o el Estado mismo o sus Instituciones y delitos contra las

personas privadas delitos poliacuteticos y no poliacuteticos

Seguacuten los sujetos que los realizan los delitos individuales y colectivos

comunes y especiales seguacuten la ley que los contenga y ocasionales y

habituales seguacuten la constancia con que delinque el sujeto que los

realiza

29

Seguacuten los requisitos para la procedibilidad o persecucioacuten de los delitos

conforme al bien juriacutedico protegido que afecta de acuerdo a la

naturaleza del dantildeo afectacioacuten del bien los delitos son de accioacuten puacuteblica

(denuncia) o de accioacuten privada (querella)

Para el desarrollo de este acaacutepite se tomaraacuten en cuenta las

disposiciones legales que se contienen en el Coacutedigo de Penal para el

Distrito Federal en Materia de Fuero Comuacuten y para toda la Repuacuteblica en

Materia de Fuero Federal el Coacutedigo de Procedimientos Penales para el

Distrito Federal el Coacutedigo Federal de Procedimientos Penales el Coacutedigo

Penal para el Estado de Meacutexico y el Coacutedigo de Procedimientos Penales

para el Estado de Meacutexico Por lo que las clasificaciones de los delitos

que ahora se presentaraacuten seraacute desde el punto de vista legal es decir

atendiendo a lo dispuesto en los ordenamientos legales vigentes de

iacutendole penal sustantiva y adjetiva seguacuten se trate

CLASIFICACION DEL DELITOP SEGUacuteN

EDUARDO LOacutePEZ BENTANCOURT

Por su Composicioacuten

Normales son aquellos en los que el tipo estaraacute conformado de

elementos objetivos

Anormales son los tipos penales que ademaacutes de contener

elementos objetivos tambieacuten se conforman con elementos

subjetivos o normativos

Por su Ordenacioacuten Metodoloacutegica

Fundamentales son los tipos con plena independencia

formados con una conducta iliacutecita sobre un bien juriacutedicamente

tutelado

30

Especiales son los tipos que contienen en su descripcioacuten alguacuten

tipo de caracteriacutestica

Complementados son aquellos que requieren de la realizacioacuten

previa de un tipo baacutesico no tienen autonomiacutea

Por su Autonomiacutea o Independencia

Autoacutenomos son los tipos penales con vida propia no necesitan

de la realizacioacuten de alguacuten otro

Subordinados Requieren de la existencia de alguacuten otro tipo

Por su Formulacioacuten

Casuiacutesticos el legislador plantea varias formas de realizacioacuten del

delito subdividieacutendose en

Alternativos son aquellos donde se plantean dos o maacutes hipoacutetesis

y se precisa de la ejecucioacuten de solo una de ellas para la tipificacioacuten

de la conducta iliacutecita

Acumulativos se exige la realizacioacuten o concurso de todas las

hipoacutetesis que el legislador ha plasmado en el tipo penal para la

adecuacioacuten de la conducta al mismo

Amplios contiene en su descripcioacuten una hipoacutetesis uacutenica en donde

caben todos los modos de ejecucioacuten se colma el tipo penal con la

lesioacuten causada al bien juriacutedicamente tutelado

Por el Dantildeo que Causan

De Lesioacuten requieren de un dantildeo inminente al bien juriacutedico

tutelado

De Peligro basta con el simple riesgo en que se pone al bien

juriacutedicamente tutelado

31

  • CLASIFICACION DEL DELITO
Page 15: Clasificación del delito

Seguacuten el resultado que producen los delitos se clasifican en formales y

materiales A los primeros tambieacuten se les denomina delitos de simple

actividad o de accioacuten a los segundos se les llama delitos de resultado o

de resultado material

Los delitos formales son aquellos en los que se agota el tipo penal en el

movimiento corporal o en la omisioacuten del agente no siendo necesaria

para su integracioacuten que se produzca alguna alteracioacuten en la estructura o

funcionamiento del objeto material Son delitos de mera conducta se

sanciona la accioacuten (u omisioacuten) en siacute misma Como estaacuten el delito formal

con el falso testimonio la portacioacuten de arma prohibida y la portacioacuten

iliacutecita de enervantes

Los delitos materiales son aquellos en los cuales para su integracioacuten se

requiere la destruccioacuten o alteracioacuten de la estructura o del

funcionamiento del objeto material (homicidio dantildeo en propiedad

ajena)

POR LA LESIOacuteN QUE CAUSAN

Con relacioacuten al efecto resentido por la viacutectima o sea en razoacuten del bien

juriacutedico los delitos se dividen en delitos de dantildeo y de peligro Los

primeros consumados causan dantildeo directo y efectivo en intereses

juriacutedicamente protegidos por la pena violada como el homicidio el

fraude etc los segundos no causan dantildeo directo a tales intereses pero

los ponen en peligro como el abandono de personas o la omisioacuten de

auxilio El peligro es la situacioacuten en que se colocan los bienes juriacutedicos

de la cual deriva la posibilidad de casacioacuten de un dantildeo

POR SU DURACIOacuteN

15

Los delitos se dividen en instantaacuteneos instantaacuteneos con efectos

permanentes continuados y permanentes Nuestra ley penal reformada

(seguacuten Decreto publicado el 13 de enero de 1984) en su artiacuteculo 7ordm solo

alude a tres especies de delitos en funcioacuten de su duracioacuten instantaacuteneo

permanente o continuo y continuado

INSTANTAacuteNEO

La accioacuten que lo consuma se perfecciona en un solo momento El

caraacutecter de instantaacuteneo no se lo dan a un delito de efectos que eacutel causa

sino la naturaleza de la accioacuten a la que la ley acuerda el caraacutecter de con

sumatoria El delito instantaacuteneo puede realizarse mediante una accioacuten

compuesta de varios actos o movimientos Para la calificacioacuten se atiende

a la unidad de accioacuten si con ella se consuma el delito no importando

que a su vez esa accioacuten se descomponga en actividades el momento

consumativo expresado en la ley da la nota al delito instantaacuteneo Existe

una accioacuten y una lesioacuten juriacutedica El evento consumativo tiacutepico se produce

en un solo instante como el homicidio y el robo

Actualmente la fraccioacuten I del artiacuteculo 7ordm del Coacutedigo Penal lo define asiacute

instantaacuteneo cuando la consumacioacuten se agota en el mismo momento en

que se han realizado todos los elementos constitutivos

INSTANTAacuteNEO CON EFECTOS PERMANENTES

Es aquel cuya conducta destruye o disminuye el bien juriacutedico tutelado

en forma instantaacutenea en un solo momento pero permanecen las

consecuencias nocivas del mismo El homicidio por ejemplo se destruye

el bien juriacutedico de la vida y la supresioacuten del mismo consecuencia de la

conducta perdura para siempre en las lesiones el bien juriacutedico

protegido (la salud o la integridad corporal) disminuye

instantaacuteneamente como resultado de la actividad humana pero la

alteracioacuten en la salud permanece por un determinado tiempo

POR EL ELEMENTO INTERNO O CULPABILIDAD

16

Teniendo como base la culpabilidad los delitos se clasifican en dolosos y

culposos Algunos autores y legisladores agregan los llamados

preterintencionales De conformidad con el Coacutedigo Penal del Distrito

Federal las acciones y omisiones delictivas solamente pueden realizarse

dolosa o culposamente (artiacuteculo 8ordm)

El delito es doloso cuando se dirige la voluntad consciente a la

realizacioacuten del hecho tiacutepico y antijuriacutedico como en el robo en donde el

sujeto decide apoderarse y se apodera sin derecho del bien mueble

ajeno En la culpa no se requiere el resultado penalmente tipificado mas

surge por obrar sin las cautelas y precauciones exigidas por el Estado

para asegurar la vida en comuacuten como en el caso del manejador de un

vehiacuteculo que con manifiesta falta de precaucioacuten o cuidado corre a

excesiva velocidad y mata o lesiona a un transeuacutente

Es preterintencional cuando el resultado sobrepasa a la intencioacuten si el

agente proponieacutendose golpear a otro sujeto lo hace caer debido al

empleo de violencia y se produce la muerte solo hubo dolo respecto a

los golpes pero no se quiso el resultado letal

SIMPLES Y COMPLEJOS

En funcioacuten de su estructura o composicioacuten los delitos se clasifican en

simples y complejos Llaacutemense simples aquellos en los cuales la lesioacuten

juriacutedica es uacutenica como el homicidio De ellos la accioacuten determina una

lesioacuten juriacutedica inescindible Delitos complejos son aquellos en los cuales

la figura juriacutedica consta de unificacioacuten de dos infracciones cuya fusioacuten

da nacimiento a una figura delictiva nueva superior en gravedad a las

que la componen tomadas aisladamente No es lo mismo delito

complejo que concurso de delitos En el delito complejo la misma ley en

un tipo crea el compuesto como delito uacutenico pero en el tipo intervienen

dos o maacutes delitos que pueden figurar por separado en cambio en el

concurso las infracciones no existen como una sola sino

separadamente pero es un mismo sujeto quien las ejecuta17

El delito de robo puede revestir las dos formas es decir es dable

considerarlo como delito simple cuando consiste en mero

apoderamiento de bienes muebles ajenos sin derecho y sin

consentimiento de la persona autorizada para disponer de los mismos

con arreglo a la ley pero el Coacutedigo Penal vigente erige el artiacuteculo 381

bis una calificativa (agravadora de la penalidad del robo simple) para el

robo cometido en casa habitacioacuten formase asiacute un tipo circunstanciado

que subsume el robo y el allanamiento de morada delitos que poseen

vida independiente mas si el iliacutecito patrimonial de referencia se realiza

en lugares habitados o destinados para habitacioacuten no es dable aplicar

las penas de allanamiento de morada sino precisamente las

correspondientes a la figura compleja

DELITOS UNISUBSISTENTES Y PLURISUBSISTENTES

Por el nuacutemero de actos integrantes de la accioacuten tiacutepica los delitos se

denominan unisubsistentes y plurisubsistentes los primeros se forman

por un solo acto mientras los segundos constan de varios actos

Expresa Soler que el delito plurisubsistente a diferencia del complejo

cada uno de los actos integrantes de una solo figura no constituye a su

vez un delito autoacutenomo Asiacute sigue diciendo para imputar el ejercicio

ilegal de la medicina es preciso que la actividad imputada conste de

varios hechos homogeacuteneos pues para la existencia del delito es

requerida la habitualidad El delito plurisubsistente es el resultado de la

unificacioacuten de varios actos naturalmente separados bajo una sola

figura el complejo en cambio es el producto de la fusioacuten de dos hechos

en siacute mismos delictuosos El delito plurisubsistente es fusioacuten de actos el

complejo fusioacuten de figuras delictivas

DELITOS UNISUBJETIVOS Y PLURISUBJETIVOS

Esta clasificacioacuten atiende a la unidad o pluralidad de sujetos que

intervienen para ejecutar el hecho descrito en el tipo El peculado por

ejemplo es delito unisubjetivo por ser suficiente para colmar el tipo la 18

actuacioacuten de un solo sujeto que tenga el caraacutecter de encargado de un

servicio puacuteblico y soacutelo eacutel concurre con su conducta a conformar la

descripcioacuten de la ley pero es posible su realizacioacuten por dos o maacutes

tambieacuten son unisubjetivos el homicidio el robo la violacioacuten etc El

adulterio al contrario es un delito plurisubjetivo por requerir

necesariamente en virtud de la descripcioacuten tiacutepica la concurrencia de

dos sujetos para integrar el tipo (a menos que opere en favor de uno de

ellos por ejemplo una causa de inculpabilidad por error de hecho

esencial e insuperable) igualmente la asociacioacuten delictuosa en donde

se exige tiacutepicamente el concurso de tres o maacutes individuos

POR LA FORMA DE SU PERSECUCIOacuteN

Como una reminiscencia del periodo de la venganza privada existe en

las legislaciones un grupo de delitos que solo pueden perseguirse si asiacute

lo manifiesta el ofendido o sus legiacutetimos representantes Estos delitos

son llamados privados o de querella necesaria cuya persecucioacuten

uacutenicamente es posible si se llena el requisito previo de la querella de la

parte ofendida mas una vez formulada la querella la autoridad estaacute

obligada a perseguir La razoacuten por la cual se mantienen en las

legislaciones estos delitos perseguibles por querella de la parte

ofendida se basa en la consideracioacuten de que en ocasiones la

persecucioacuten oficiosa acarreariacutea mayores dantildeos que la misma impunidad

del delincuente

Los delitos perseguibles previa denuncia (conocidos como perseguibles

de oficio) que puede ser formulada por cualquier persona son todos

aquellos en los que la autoridad estaacute obligada a actuar por mandato

legal persiguiendo y castigando a los responsables con independencia

de la voluntad de los ofendidos Consecuentemente en los delitos

perseguibles por denuncia no surte efecto alguno el perdoacuten del

ofendido a la inversa de lo que ocurre en los de querella necesaria

19

La mayor parte de los delitos se persiguen de oficio y soacutelo un reducido

nuacutemero a peticioacuten de la parte agraviada Entre eacutestos pueden citarse el

adulterio el estupro el abuso de confianza y otros delitos patrimoniales

Actualmente se observa la tendencia a aumentar el nuacutemero de los

delitos perseguidos por querella y que antes requeriacutean denuncia

DELITOS COMUNES FEDERALES OFICIALES MILITARES Y

POLIacuteTICOS

Esta clasificacioacuten es en funcioacuten de la materia

Los delitos comunes constituyen la regla general son aquellos que se

formulan en las leyes dictadas por las legislaturas locales en cambio los

federales se establecen en leyes expedidas por el Congreso de la Unioacuten

Los delitos oficiales son los que comete un empleado o funcionario

puacuteblico en el ejercicio de sus funciones (mejor dicho en abuso de ellas)

Los delitos del orden militar afectan la disciplina del Ejeacutercito La

Constitucioacuten General de la Repuacuteblica en el artiacuteculo 13 prohiacutebe a los

tribunales militares extender su jurisdiccioacuten sobre personas ajenas al

Instituto Armado

Los delitos poliacuteticos no han sido definidos de manera satisfactoria

Generalmente se incluyen todos los hechos que lesionan la organizacioacuten

del Estado en siacute misma o en sus oacuterganos o representantes El articulo

144 reformado del Coacutedigo Penal vigente considera delitos de caraacutecter

poliacutetico los de rebelioacuten sedicioacuten motiacuten y el de conspiracioacuten para

cometerlos El anteproyecto de 1949 los define asiacute Para todos los

efectos legales se consideran como de caraacutecter poliacutetico los delitos contra

la seguridad del Estado

CLASIFICACION DEL DELITO SEGUacuteN

RICARDO ABARCA

20

Conducta

La accioacuten puede definirse como el movimiento corporal que al realizarla

provoca un cambio en el mundo exterior pero esta accioacuten puede verse

desde dos perspectivas la primera seriacutea como acto que es la realizacioacuten

del movimiento la segunda es la omisioacuten que es la ausencia del

movimiento corporal y eacutesta a su vez se subdivide en dos en la omisioacuten

simple que es la inactividad del actuar y en la comisioacuten por omisioacuten que

se lleva a cabo cuando debiendo actuar de una manera para evitar el

resultado no se lleva a cabo la accioacuten y se comete el delito Asiacute el acto y

la omisioacuten nos dan el resultado y la relacioacuten de causalidad y fungiriacutean

como elementos positivos del delito ahora bien la accioacuten pasa al plano

de elemento negativo del delito cuando existe una ausencia de la accioacuten

y es cuando eacutesta surge sin la voluntad del agente tal y como lo

establece el artiacuteculo 14 del coacutedigo penal del Estado de Guanajuato en su

primer paacuterrafo obra culposamente quien produce un resultado tiacutepico

que no previo siendo previsible que previoacute confiando en que no se

produciriacutea siempre que dicho resultado sea debido a la inobservancia

del cuidado que le incumbe seguacuten las condiciones y sus circunstancias

personales

TIPICA

La tipicidad es la congruencia existente entre la accioacuten y el tipo penal

descrito en el Coacutedigo Penal es decir que exista una adecuacioacuten entre

estos dos aspectos Este elemento por si solo puede entenderse como

un elemento positivo del delito es decir cuando la accioacuten que cometes

esta prevista en la ley como un tipo penal Pero de igual manera puede

fungir como un elemento negativo y puede ser por la atipicidad

propiamente dicha como estaacute establecido en el Coacutedigo Penal del Estado

de Guanajuato en su artiacuteculo 33 fraccioacuten II- Falte alguno de los

21

elementos del tipo penal de que se trate (el delito se excluye)o por la

ausencia de tipicidad es decir cuando la conducta realizada no se

encuentre regida por la normatividad penal y por lo tanto no pueda ser

considerada delictuosa asiacute como tampoco pueda ser sancionada

Antijuriacutedica

Esteacute elemento se refiere cuando la accioacuten ejecutada es contraria a

derecho es decir va en contra del orden juriacutedico establecido en la

sociedad y regulado por el Estado ya que eacuteste a traveacutes de las normas de

cultura ordena y prohiacutebe ciertas acciones correspondiendo a sus

intereses valorativos y soacutelo cuando el Estado las privilegia con su tutela

al reconocerlas en la ley adquieren el rango de juriacutedicas

Asiacute podemos hablar de dos tipos de antijuridicidad la formal y la

material refirieacutendose la primera a la infraccioacuten de una norma que el

Estado la tiene en su cataacutelogo del orden juriacutedico y la segunda se refiere

cuando la accioacuten cometida lesiona o puede lesionar alguacuten bien juriacutedico

que como dije anteriormente eacutestos se encuentran bajo tutela del

derecho penal y siendo eacuteste puacuteblico al Estado le interesa mantener los

bienes juriacutedicos bajo su proteccioacuten

La antijuridicidad puede ser un elemento negativo del delito soacutelo en los

casos en los que exista alguacuten supuesto de exclusioacuten del delito sentildealados

en el artiacuteculo 33 del coacutedigo Penal del Estado Guanajuato

Dentro de los cuales encontramos por ejemplo la legitima defensa el

estado de necesidad caso fortuito cumplimiento de un deber o por

consentimiento de la viacutectima

Culpable

22

La culpabilidad puede variar en este concepto nos encontramos con dos

divisiones el dolo y la culpa

Se tiene presencia del dolo cuando la accioacuten cometida por el sujeto

activo es plena de conciencia y su plan criminal estaacute ideado plenamente

a causar la lesioacuten al bien juriacutedico es decir la plena manifestacioacuten de la

voluntad El dolo puede ser de tres maneras distintas directo cuando el

resultado es congruente con el fin propuesto del sujeto activo indirecto

cuando el sujeto activo se propone el fin delictivo y sabe con certeza

que causara otros fines el eventual que es cuando se preveacuten posibles

resultados que no se quieren

La culpa es cuando se comete el delito pero la voluntad del sujeto activo

es inexistente y puede a su vez dividirse en dos con representacioacuten

que se refiere o se da cuando el sujeto activo preveacute como posible alguacuten

resultado antijuriacutedico pero espera que no suceda sin representacioacuten se

da cuando el sujeto no preveacute el resultado por negligencia o falta de

cuidado

Tambieacuten existe la preterintencionalidad que consiste en la combinacioacuten

de las dos formas anteriores de culpabilidad es decir cuando la

conducta inicio de manera culposa y culmino de manera dolosa eacutesta

uacuteltima entra como elemento positivo del delito

La manera de que la culpabilidad sea elemento negativo del delito es en

los casos siguientes existencia de error ya sea de hecho o de derecho

eximentes putativas obediencia jeraacuterquica violencia moral estado de

necesidad exigibilidad de otra conducta

Esto es porque la culpabilidad estaacute fundada en hacer el juicio de

reproche al autor de la accioacuten antijuriacutedica tiacutepica pero por encontrarse en

una situacioacuten especial de desconocimiento de que la accioacuten realizada es

un delito provoca que eacutesta se convierta en inculpabilidad y por

consecuente inimputable

23

Punible

La punibilidad puede verse como una consecuencia que trae la comisioacuten

de un delito es decir si un sujeto actuacutea de manera iliacutecita y altera el

orden juriacutedico le sobrevendraacute una sancioacuten La punibilidad es entonces la

consecuencia juriacutedica que viene a la accioacuten punible El legislador ademaacutes

de procurar el orden juriacutedico estableciendo castigos a quienes violan

eacuteste hace depender la imposicioacuten de la pena de factores y

circunstancias externas e independientes del acto punible

Existen en nuestro sistema penal dos clases de sanciones las penas y

las medidas de seguridad Siendo las primeras de caraacutecter ejemplar y

las segundas de caraacutecter psicoloacutegico pero ambas coinciden en la

rehabilitacioacuten que procuran hacia el sujeto infractor

Se tiene claramente la distincioacuten en su clasificacioacuten que es la siguiente

las penas pueden variar como por ejemplo pena de muerte privacioacuten

de la libertad restriccioacuten de la libertad privacioacuten de derechos

restriccioacuten de derechos reparacioacuten del dantildeo Y las medidas de seguridad

pueden ser curativas eliminatorias o educativas

Las penas en nuestro Estado se encuentran reguladas por el Coacutedigo

Penal en su artiacuteculo 38 y las medidas de seguridad en el artiacuteculo 89

La manera de que la punibilidad entre como un elemento negativo del

delito es con las excusas absolutorias que son causas personales que se

encuentran legalmente previstas que aunque no eliminan el caraacutecter

delictivo de la accioacuten que cometioacute siacute excluyen la pena pues para el

Estado no es necesario establecer pena alguna contra tales hechos ya

que dichas circunstancias revelan una miacutenima peligrosidad

IMPUTABLE

Como lo hemos venido diciendo al sujeto activo se le hace un juicio de

24

reproche por desviarse del buen camino y es por eso que como uacuteltimo

elemento del delito encontramos la imputabilidad que puede

entenderse como la capacidad del sujeto de querer y entender la accioacuten

que realizo por lo que en este elemento entra en un gran campo la

conciencia o inconsciencia del sujeto

Retomando nuevamente lo que deciacutea en un inicio el derecho penal

mexicano estaacute bajo la influencia de la escuela finalista y por tanto se

considera que el sujeto tiene un libre albedriacuteo acerca de su actuar y

puede medir de manera plena las consecuencias juriacutedicas

Por tanto se tienen causas de inimputabilidad hacia el sujeto activo en

casos especiales como la minoriacutea de edad la enajenacioacuten o los estados

de inconsciencia ya que no se puede hablar de un reproche al sujeto si

eacuteste no actuoacute de manera consiente El primero es por la falta de

desarrollo mental del sujeto el segundo cuando la enfermedad de la

mente o el estado de inconsciencia privan de la consciencia de cometer

un delito o de obrar conforme a Derecho Y el tercero por el empleo de

sustancias toacutexicas embriagantes o estupefacientes por toxico

infecciones o por trastornos mentales Asiacute como lo establece el artiacuteculo

33 del Coacutedigo penal del Estado de Guanajuato en su primer paacuterrafo de la

fraccioacuten VII- Al momento de realizar el hecho tiacutepico y por causa de

enfermedad mental que perturbe gravemente su conciencia de

desarrollo psiacutequico incompleto o retardado o de grave perturbacioacuten de la

conciencia sin base patoloacutegica el agente no tenga la capacidad de

comprender el caraacutecter iliacutecito de aquel o de conducirse de acuerdo con

esa comprensioacuten

Ya que la imputabilidad es la base psicoloacutegica de la culpabilidad soacutelo el

sujeto que es capaz de querer y entender y solo asiacute puede ser

responsable

Eacutestos seriacutean los casos en los que el elemento de la imputabilidad

entrariacutea como elemento negativo del delito

25

CLASIFICACION DEL DELITO SEGUacuteN

CELESTINO PORTE PETIT

CLASIFICACION DEL DELITO

De acuerdo con el Coacutedigo Penal del Estado de Meacutexico en su capiacutetulo II

en el

Artiacuteculo 8- Establece que los delitos pueden ser

I Dolosos

El delito es doloso cuando se obra conociendo los elementos del tipo

penal o previendo como posible el resultado tiacutepico queriendo o

aceptando la realizacioacuten del hecho descrito por la ley

II Culposos

El delito es culposo cuando se produce un resultado tiacutepico que no se

previoacute siendo previsible o confiando en que no se produciriacutea en virtud

de la violacioacuten a un deber de cuidado que debiacutea y podiacutea observarse

seguacuten las circunstancias y condiciones personales

III Instantaacuteneos

Es instantaacuteneo cuando la consumacioacuten se agota en el mismo momento

en que se han realizado todos sus elementos constitutivos

IV Permanentes

Es permanente cuando la consumacioacuten se prolonga en el tiempo

V Continuados

26

Es continuado cuando existe unidad de propoacutesito delictivo pluralidad de

conductas e identidad de sujeto pasivo y se viola el mismo precepto

legal

Son delitos de accioacuten los que se cometen por medio de una conducta

positiva es decir un hacer Los delitos por omisioacuten se ejecutan por

medio de un comportamiento negativo un no hacer determinada

obligacioacuten o no ejecutar una accioacuten Ademaacutes existen delitos que por su

iacutendole estructural exigen para su existencia la incidencia de una accioacuten

y luego una omisioacuten o viceversa

Los delitos que no necesitan resultado material ya que la sola conducta

del sujeto los realiza son los que se perfeccionan con el cumplimiento

de determinada accioacuten u omisioacuten cuya consecuencia es la no-

observacioacuten de una obligacioacuten o de un deber pero cuyo resultado no se

manifiesta en el mundo fiacutesico con un hecho de momento perceptible

En tanto que los delitos de resultado son los que para su consumacioacuten

exigen ademaacutes de la conducta del sujeto activo que se produzca

determinado efecto distinto de la omisioacuten o de la accioacuten el resultado en

estos delitos se observa fiacutesicamente en el mundo real Los delitos se

clasifican de esta manera porque se atiende a la estructura exterior de

ellos

Los delitos de dantildeo requieren para su perfeccionamiento juriacutedico que el

bien tutelado juriacutedicamente protegido sea destruido o disminuido en

tanto en los delitos de peligro basta que el bien juriacutedico sea amenazado

al realizarse la conducta criminosa accioacuten u omisioacuten con la acusacioacuten

de un dantildeo o peligro inminente determinado y grave

Son delitos instantaacuteneos aquellos que con la sola realizacioacuten de la

conducta accioacuten u omisioacuten por el sujeto activo quedan realizados o

tipificados sin que se requiera accioacuten posterior para su continuidad o

vigencia Los delitos permanentes son los que se caracterizan porque el

hecho que los constituye o realiza da lugar a una situacioacuten dantildeosa o de 27

peligro que se prolonga en el tiempo a causa de la continuidad del

comportamiento del sujeto Para la existencia de estos delitos es

necesario que el estado dantildeoso o de peligro provenga de la conducta

del sujeto activo de manera continua es decir que no se agote en un

solo instante sino que prosiga durante determinado tiempo y que la

proacuterroga de la situacioacuten antijuriacutedica se deba a la exclusiva conducta

voluntaria del sujeto que prosigue con ella ininterrumpidamente

despueacutes de la -- realizacioacuten del hecho que constituye el delito

En este mismo orden de ideas atendiendo a la duracioacuten de las

consecuencias del delito eacutestas son permanentes es decir hay delitos

instantaacuteneos y delitos permanentes en cuanto a los actos de se

realizacioacuten con efectos permanentes cuya caracteriacutestica es la duracioacuten

de las consecuencias del delito

Ahora bien dentro de las especies del delito que por ser varias

conforme a los fines que se persigan para su tipificacioacuten o conforme al

bien juriacutedico que tutela la ley entre otros aspectos como la que se ha

realizado al principio de este acaacutepite tenemos ahora

Conforme a su gravedad tenemos delitos y faltas habraacute delito siempre

que se realice la conducta prevista y sancionada por la ley penal o en

alguna otra ley especial en tanto que la falta no obstante ser una

conducta contraria a la ley y sancionada por esta misma la sancioacuten la

aplica una autoridad u oacutergano diferente al Poder Judicial o Tribunal

generalmente una autoridad de iacutendole administrativa

Seguacuten la intencioacuten con que se comete o realiza la accioacuten que da origen

al delito tenemos delitos con intencioacuten o dolosos culposos o contra la

intencioacuten y los que son cometidos maacutes allaacute de la intencioacuten o

preterintencionales

Si se ha deseado realizar la accioacuten u omisioacuten para la comisioacuten del delito

y previsto el resultado del mismo se estaacute ante un delito doloso En

28

tanto que siacute de deseaba realizar la accioacuten u omisioacuten pero no el

resultado del delito se trata de un delito culposo Y cuando se ha

deseado realizar la accioacuten u omisioacuten y no el resultado como

consecuencia en su integridad sino un efecto menos grave se trata de

un delito preterintencional

Los delitos tipo o tambieacuten simples o netos son los que se presentan en

su puro modelo legal sin maacutes caracteriacutesticas que sus elementos

esenciales y los delitos circunstanciados son los que ademaacutes de contar

con los elementos esenciales se presentan acompantildeados de

circunstancias o accidentes a sus elementos

Por su efecto los delitos se consideran simples y complejos formales y

materiales de lesioacuten y de peligro Son simples o uniacute subsistentes en el

que coincide el momento ejecutivo y el momento consumativo se

realizan ambos en un soacutelo acto o momento Los complejos o

plurisubsistentes son aquellos cuya accioacuten ejecutiva consta de varios

actos en que puede integrarse El delito material es el que se consuma

al momento de verificarse el resultado material de eacutese en tanto que el

delito formal se perfecciona con una simple accioacuten u omisioacuten haciendo

abstraccioacuten de la verificacioacuten del resultado Los delitos de lesioacuten o dantildeo

y de peligro ya han sido tratados en paacuterrafos precedentes

Seguacuten el objeto o finque persiguen la perturbacioacuten dantildeo disminucioacuten o

destruccioacuten del bien juriacutedicamente protegido son delitos contra la cosa

puacuteblica o el Estado mismo o sus Instituciones y delitos contra las

personas privadas delitos poliacuteticos y no poliacuteticos

Seguacuten los sujetos que los realizan los delitos individuales y colectivos

comunes y especiales seguacuten la ley que los contenga y ocasionales y

habituales seguacuten la constancia con que delinque el sujeto que los

realiza

29

Seguacuten los requisitos para la procedibilidad o persecucioacuten de los delitos

conforme al bien juriacutedico protegido que afecta de acuerdo a la

naturaleza del dantildeo afectacioacuten del bien los delitos son de accioacuten puacuteblica

(denuncia) o de accioacuten privada (querella)

Para el desarrollo de este acaacutepite se tomaraacuten en cuenta las

disposiciones legales que se contienen en el Coacutedigo de Penal para el

Distrito Federal en Materia de Fuero Comuacuten y para toda la Repuacuteblica en

Materia de Fuero Federal el Coacutedigo de Procedimientos Penales para el

Distrito Federal el Coacutedigo Federal de Procedimientos Penales el Coacutedigo

Penal para el Estado de Meacutexico y el Coacutedigo de Procedimientos Penales

para el Estado de Meacutexico Por lo que las clasificaciones de los delitos

que ahora se presentaraacuten seraacute desde el punto de vista legal es decir

atendiendo a lo dispuesto en los ordenamientos legales vigentes de

iacutendole penal sustantiva y adjetiva seguacuten se trate

CLASIFICACION DEL DELITOP SEGUacuteN

EDUARDO LOacutePEZ BENTANCOURT

Por su Composicioacuten

Normales son aquellos en los que el tipo estaraacute conformado de

elementos objetivos

Anormales son los tipos penales que ademaacutes de contener

elementos objetivos tambieacuten se conforman con elementos

subjetivos o normativos

Por su Ordenacioacuten Metodoloacutegica

Fundamentales son los tipos con plena independencia

formados con una conducta iliacutecita sobre un bien juriacutedicamente

tutelado

30

Especiales son los tipos que contienen en su descripcioacuten alguacuten

tipo de caracteriacutestica

Complementados son aquellos que requieren de la realizacioacuten

previa de un tipo baacutesico no tienen autonomiacutea

Por su Autonomiacutea o Independencia

Autoacutenomos son los tipos penales con vida propia no necesitan

de la realizacioacuten de alguacuten otro

Subordinados Requieren de la existencia de alguacuten otro tipo

Por su Formulacioacuten

Casuiacutesticos el legislador plantea varias formas de realizacioacuten del

delito subdividieacutendose en

Alternativos son aquellos donde se plantean dos o maacutes hipoacutetesis

y se precisa de la ejecucioacuten de solo una de ellas para la tipificacioacuten

de la conducta iliacutecita

Acumulativos se exige la realizacioacuten o concurso de todas las

hipoacutetesis que el legislador ha plasmado en el tipo penal para la

adecuacioacuten de la conducta al mismo

Amplios contiene en su descripcioacuten una hipoacutetesis uacutenica en donde

caben todos los modos de ejecucioacuten se colma el tipo penal con la

lesioacuten causada al bien juriacutedicamente tutelado

Por el Dantildeo que Causan

De Lesioacuten requieren de un dantildeo inminente al bien juriacutedico

tutelado

De Peligro basta con el simple riesgo en que se pone al bien

juriacutedicamente tutelado

31

  • CLASIFICACION DEL DELITO
Page 16: Clasificación del delito

Los delitos se dividen en instantaacuteneos instantaacuteneos con efectos

permanentes continuados y permanentes Nuestra ley penal reformada

(seguacuten Decreto publicado el 13 de enero de 1984) en su artiacuteculo 7ordm solo

alude a tres especies de delitos en funcioacuten de su duracioacuten instantaacuteneo

permanente o continuo y continuado

INSTANTAacuteNEO

La accioacuten que lo consuma se perfecciona en un solo momento El

caraacutecter de instantaacuteneo no se lo dan a un delito de efectos que eacutel causa

sino la naturaleza de la accioacuten a la que la ley acuerda el caraacutecter de con

sumatoria El delito instantaacuteneo puede realizarse mediante una accioacuten

compuesta de varios actos o movimientos Para la calificacioacuten se atiende

a la unidad de accioacuten si con ella se consuma el delito no importando

que a su vez esa accioacuten se descomponga en actividades el momento

consumativo expresado en la ley da la nota al delito instantaacuteneo Existe

una accioacuten y una lesioacuten juriacutedica El evento consumativo tiacutepico se produce

en un solo instante como el homicidio y el robo

Actualmente la fraccioacuten I del artiacuteculo 7ordm del Coacutedigo Penal lo define asiacute

instantaacuteneo cuando la consumacioacuten se agota en el mismo momento en

que se han realizado todos los elementos constitutivos

INSTANTAacuteNEO CON EFECTOS PERMANENTES

Es aquel cuya conducta destruye o disminuye el bien juriacutedico tutelado

en forma instantaacutenea en un solo momento pero permanecen las

consecuencias nocivas del mismo El homicidio por ejemplo se destruye

el bien juriacutedico de la vida y la supresioacuten del mismo consecuencia de la

conducta perdura para siempre en las lesiones el bien juriacutedico

protegido (la salud o la integridad corporal) disminuye

instantaacuteneamente como resultado de la actividad humana pero la

alteracioacuten en la salud permanece por un determinado tiempo

POR EL ELEMENTO INTERNO O CULPABILIDAD

16

Teniendo como base la culpabilidad los delitos se clasifican en dolosos y

culposos Algunos autores y legisladores agregan los llamados

preterintencionales De conformidad con el Coacutedigo Penal del Distrito

Federal las acciones y omisiones delictivas solamente pueden realizarse

dolosa o culposamente (artiacuteculo 8ordm)

El delito es doloso cuando se dirige la voluntad consciente a la

realizacioacuten del hecho tiacutepico y antijuriacutedico como en el robo en donde el

sujeto decide apoderarse y se apodera sin derecho del bien mueble

ajeno En la culpa no se requiere el resultado penalmente tipificado mas

surge por obrar sin las cautelas y precauciones exigidas por el Estado

para asegurar la vida en comuacuten como en el caso del manejador de un

vehiacuteculo que con manifiesta falta de precaucioacuten o cuidado corre a

excesiva velocidad y mata o lesiona a un transeuacutente

Es preterintencional cuando el resultado sobrepasa a la intencioacuten si el

agente proponieacutendose golpear a otro sujeto lo hace caer debido al

empleo de violencia y se produce la muerte solo hubo dolo respecto a

los golpes pero no se quiso el resultado letal

SIMPLES Y COMPLEJOS

En funcioacuten de su estructura o composicioacuten los delitos se clasifican en

simples y complejos Llaacutemense simples aquellos en los cuales la lesioacuten

juriacutedica es uacutenica como el homicidio De ellos la accioacuten determina una

lesioacuten juriacutedica inescindible Delitos complejos son aquellos en los cuales

la figura juriacutedica consta de unificacioacuten de dos infracciones cuya fusioacuten

da nacimiento a una figura delictiva nueva superior en gravedad a las

que la componen tomadas aisladamente No es lo mismo delito

complejo que concurso de delitos En el delito complejo la misma ley en

un tipo crea el compuesto como delito uacutenico pero en el tipo intervienen

dos o maacutes delitos que pueden figurar por separado en cambio en el

concurso las infracciones no existen como una sola sino

separadamente pero es un mismo sujeto quien las ejecuta17

El delito de robo puede revestir las dos formas es decir es dable

considerarlo como delito simple cuando consiste en mero

apoderamiento de bienes muebles ajenos sin derecho y sin

consentimiento de la persona autorizada para disponer de los mismos

con arreglo a la ley pero el Coacutedigo Penal vigente erige el artiacuteculo 381

bis una calificativa (agravadora de la penalidad del robo simple) para el

robo cometido en casa habitacioacuten formase asiacute un tipo circunstanciado

que subsume el robo y el allanamiento de morada delitos que poseen

vida independiente mas si el iliacutecito patrimonial de referencia se realiza

en lugares habitados o destinados para habitacioacuten no es dable aplicar

las penas de allanamiento de morada sino precisamente las

correspondientes a la figura compleja

DELITOS UNISUBSISTENTES Y PLURISUBSISTENTES

Por el nuacutemero de actos integrantes de la accioacuten tiacutepica los delitos se

denominan unisubsistentes y plurisubsistentes los primeros se forman

por un solo acto mientras los segundos constan de varios actos

Expresa Soler que el delito plurisubsistente a diferencia del complejo

cada uno de los actos integrantes de una solo figura no constituye a su

vez un delito autoacutenomo Asiacute sigue diciendo para imputar el ejercicio

ilegal de la medicina es preciso que la actividad imputada conste de

varios hechos homogeacuteneos pues para la existencia del delito es

requerida la habitualidad El delito plurisubsistente es el resultado de la

unificacioacuten de varios actos naturalmente separados bajo una sola

figura el complejo en cambio es el producto de la fusioacuten de dos hechos

en siacute mismos delictuosos El delito plurisubsistente es fusioacuten de actos el

complejo fusioacuten de figuras delictivas

DELITOS UNISUBJETIVOS Y PLURISUBJETIVOS

Esta clasificacioacuten atiende a la unidad o pluralidad de sujetos que

intervienen para ejecutar el hecho descrito en el tipo El peculado por

ejemplo es delito unisubjetivo por ser suficiente para colmar el tipo la 18

actuacioacuten de un solo sujeto que tenga el caraacutecter de encargado de un

servicio puacuteblico y soacutelo eacutel concurre con su conducta a conformar la

descripcioacuten de la ley pero es posible su realizacioacuten por dos o maacutes

tambieacuten son unisubjetivos el homicidio el robo la violacioacuten etc El

adulterio al contrario es un delito plurisubjetivo por requerir

necesariamente en virtud de la descripcioacuten tiacutepica la concurrencia de

dos sujetos para integrar el tipo (a menos que opere en favor de uno de

ellos por ejemplo una causa de inculpabilidad por error de hecho

esencial e insuperable) igualmente la asociacioacuten delictuosa en donde

se exige tiacutepicamente el concurso de tres o maacutes individuos

POR LA FORMA DE SU PERSECUCIOacuteN

Como una reminiscencia del periodo de la venganza privada existe en

las legislaciones un grupo de delitos que solo pueden perseguirse si asiacute

lo manifiesta el ofendido o sus legiacutetimos representantes Estos delitos

son llamados privados o de querella necesaria cuya persecucioacuten

uacutenicamente es posible si se llena el requisito previo de la querella de la

parte ofendida mas una vez formulada la querella la autoridad estaacute

obligada a perseguir La razoacuten por la cual se mantienen en las

legislaciones estos delitos perseguibles por querella de la parte

ofendida se basa en la consideracioacuten de que en ocasiones la

persecucioacuten oficiosa acarreariacutea mayores dantildeos que la misma impunidad

del delincuente

Los delitos perseguibles previa denuncia (conocidos como perseguibles

de oficio) que puede ser formulada por cualquier persona son todos

aquellos en los que la autoridad estaacute obligada a actuar por mandato

legal persiguiendo y castigando a los responsables con independencia

de la voluntad de los ofendidos Consecuentemente en los delitos

perseguibles por denuncia no surte efecto alguno el perdoacuten del

ofendido a la inversa de lo que ocurre en los de querella necesaria

19

La mayor parte de los delitos se persiguen de oficio y soacutelo un reducido

nuacutemero a peticioacuten de la parte agraviada Entre eacutestos pueden citarse el

adulterio el estupro el abuso de confianza y otros delitos patrimoniales

Actualmente se observa la tendencia a aumentar el nuacutemero de los

delitos perseguidos por querella y que antes requeriacutean denuncia

DELITOS COMUNES FEDERALES OFICIALES MILITARES Y

POLIacuteTICOS

Esta clasificacioacuten es en funcioacuten de la materia

Los delitos comunes constituyen la regla general son aquellos que se

formulan en las leyes dictadas por las legislaturas locales en cambio los

federales se establecen en leyes expedidas por el Congreso de la Unioacuten

Los delitos oficiales son los que comete un empleado o funcionario

puacuteblico en el ejercicio de sus funciones (mejor dicho en abuso de ellas)

Los delitos del orden militar afectan la disciplina del Ejeacutercito La

Constitucioacuten General de la Repuacuteblica en el artiacuteculo 13 prohiacutebe a los

tribunales militares extender su jurisdiccioacuten sobre personas ajenas al

Instituto Armado

Los delitos poliacuteticos no han sido definidos de manera satisfactoria

Generalmente se incluyen todos los hechos que lesionan la organizacioacuten

del Estado en siacute misma o en sus oacuterganos o representantes El articulo

144 reformado del Coacutedigo Penal vigente considera delitos de caraacutecter

poliacutetico los de rebelioacuten sedicioacuten motiacuten y el de conspiracioacuten para

cometerlos El anteproyecto de 1949 los define asiacute Para todos los

efectos legales se consideran como de caraacutecter poliacutetico los delitos contra

la seguridad del Estado

CLASIFICACION DEL DELITO SEGUacuteN

RICARDO ABARCA

20

Conducta

La accioacuten puede definirse como el movimiento corporal que al realizarla

provoca un cambio en el mundo exterior pero esta accioacuten puede verse

desde dos perspectivas la primera seriacutea como acto que es la realizacioacuten

del movimiento la segunda es la omisioacuten que es la ausencia del

movimiento corporal y eacutesta a su vez se subdivide en dos en la omisioacuten

simple que es la inactividad del actuar y en la comisioacuten por omisioacuten que

se lleva a cabo cuando debiendo actuar de una manera para evitar el

resultado no se lleva a cabo la accioacuten y se comete el delito Asiacute el acto y

la omisioacuten nos dan el resultado y la relacioacuten de causalidad y fungiriacutean

como elementos positivos del delito ahora bien la accioacuten pasa al plano

de elemento negativo del delito cuando existe una ausencia de la accioacuten

y es cuando eacutesta surge sin la voluntad del agente tal y como lo

establece el artiacuteculo 14 del coacutedigo penal del Estado de Guanajuato en su

primer paacuterrafo obra culposamente quien produce un resultado tiacutepico

que no previo siendo previsible que previoacute confiando en que no se

produciriacutea siempre que dicho resultado sea debido a la inobservancia

del cuidado que le incumbe seguacuten las condiciones y sus circunstancias

personales

TIPICA

La tipicidad es la congruencia existente entre la accioacuten y el tipo penal

descrito en el Coacutedigo Penal es decir que exista una adecuacioacuten entre

estos dos aspectos Este elemento por si solo puede entenderse como

un elemento positivo del delito es decir cuando la accioacuten que cometes

esta prevista en la ley como un tipo penal Pero de igual manera puede

fungir como un elemento negativo y puede ser por la atipicidad

propiamente dicha como estaacute establecido en el Coacutedigo Penal del Estado

de Guanajuato en su artiacuteculo 33 fraccioacuten II- Falte alguno de los

21

elementos del tipo penal de que se trate (el delito se excluye)o por la

ausencia de tipicidad es decir cuando la conducta realizada no se

encuentre regida por la normatividad penal y por lo tanto no pueda ser

considerada delictuosa asiacute como tampoco pueda ser sancionada

Antijuriacutedica

Esteacute elemento se refiere cuando la accioacuten ejecutada es contraria a

derecho es decir va en contra del orden juriacutedico establecido en la

sociedad y regulado por el Estado ya que eacuteste a traveacutes de las normas de

cultura ordena y prohiacutebe ciertas acciones correspondiendo a sus

intereses valorativos y soacutelo cuando el Estado las privilegia con su tutela

al reconocerlas en la ley adquieren el rango de juriacutedicas

Asiacute podemos hablar de dos tipos de antijuridicidad la formal y la

material refirieacutendose la primera a la infraccioacuten de una norma que el

Estado la tiene en su cataacutelogo del orden juriacutedico y la segunda se refiere

cuando la accioacuten cometida lesiona o puede lesionar alguacuten bien juriacutedico

que como dije anteriormente eacutestos se encuentran bajo tutela del

derecho penal y siendo eacuteste puacuteblico al Estado le interesa mantener los

bienes juriacutedicos bajo su proteccioacuten

La antijuridicidad puede ser un elemento negativo del delito soacutelo en los

casos en los que exista alguacuten supuesto de exclusioacuten del delito sentildealados

en el artiacuteculo 33 del coacutedigo Penal del Estado Guanajuato

Dentro de los cuales encontramos por ejemplo la legitima defensa el

estado de necesidad caso fortuito cumplimiento de un deber o por

consentimiento de la viacutectima

Culpable

22

La culpabilidad puede variar en este concepto nos encontramos con dos

divisiones el dolo y la culpa

Se tiene presencia del dolo cuando la accioacuten cometida por el sujeto

activo es plena de conciencia y su plan criminal estaacute ideado plenamente

a causar la lesioacuten al bien juriacutedico es decir la plena manifestacioacuten de la

voluntad El dolo puede ser de tres maneras distintas directo cuando el

resultado es congruente con el fin propuesto del sujeto activo indirecto

cuando el sujeto activo se propone el fin delictivo y sabe con certeza

que causara otros fines el eventual que es cuando se preveacuten posibles

resultados que no se quieren

La culpa es cuando se comete el delito pero la voluntad del sujeto activo

es inexistente y puede a su vez dividirse en dos con representacioacuten

que se refiere o se da cuando el sujeto activo preveacute como posible alguacuten

resultado antijuriacutedico pero espera que no suceda sin representacioacuten se

da cuando el sujeto no preveacute el resultado por negligencia o falta de

cuidado

Tambieacuten existe la preterintencionalidad que consiste en la combinacioacuten

de las dos formas anteriores de culpabilidad es decir cuando la

conducta inicio de manera culposa y culmino de manera dolosa eacutesta

uacuteltima entra como elemento positivo del delito

La manera de que la culpabilidad sea elemento negativo del delito es en

los casos siguientes existencia de error ya sea de hecho o de derecho

eximentes putativas obediencia jeraacuterquica violencia moral estado de

necesidad exigibilidad de otra conducta

Esto es porque la culpabilidad estaacute fundada en hacer el juicio de

reproche al autor de la accioacuten antijuriacutedica tiacutepica pero por encontrarse en

una situacioacuten especial de desconocimiento de que la accioacuten realizada es

un delito provoca que eacutesta se convierta en inculpabilidad y por

consecuente inimputable

23

Punible

La punibilidad puede verse como una consecuencia que trae la comisioacuten

de un delito es decir si un sujeto actuacutea de manera iliacutecita y altera el

orden juriacutedico le sobrevendraacute una sancioacuten La punibilidad es entonces la

consecuencia juriacutedica que viene a la accioacuten punible El legislador ademaacutes

de procurar el orden juriacutedico estableciendo castigos a quienes violan

eacuteste hace depender la imposicioacuten de la pena de factores y

circunstancias externas e independientes del acto punible

Existen en nuestro sistema penal dos clases de sanciones las penas y

las medidas de seguridad Siendo las primeras de caraacutecter ejemplar y

las segundas de caraacutecter psicoloacutegico pero ambas coinciden en la

rehabilitacioacuten que procuran hacia el sujeto infractor

Se tiene claramente la distincioacuten en su clasificacioacuten que es la siguiente

las penas pueden variar como por ejemplo pena de muerte privacioacuten

de la libertad restriccioacuten de la libertad privacioacuten de derechos

restriccioacuten de derechos reparacioacuten del dantildeo Y las medidas de seguridad

pueden ser curativas eliminatorias o educativas

Las penas en nuestro Estado se encuentran reguladas por el Coacutedigo

Penal en su artiacuteculo 38 y las medidas de seguridad en el artiacuteculo 89

La manera de que la punibilidad entre como un elemento negativo del

delito es con las excusas absolutorias que son causas personales que se

encuentran legalmente previstas que aunque no eliminan el caraacutecter

delictivo de la accioacuten que cometioacute siacute excluyen la pena pues para el

Estado no es necesario establecer pena alguna contra tales hechos ya

que dichas circunstancias revelan una miacutenima peligrosidad

IMPUTABLE

Como lo hemos venido diciendo al sujeto activo se le hace un juicio de

24

reproche por desviarse del buen camino y es por eso que como uacuteltimo

elemento del delito encontramos la imputabilidad que puede

entenderse como la capacidad del sujeto de querer y entender la accioacuten

que realizo por lo que en este elemento entra en un gran campo la

conciencia o inconsciencia del sujeto

Retomando nuevamente lo que deciacutea en un inicio el derecho penal

mexicano estaacute bajo la influencia de la escuela finalista y por tanto se

considera que el sujeto tiene un libre albedriacuteo acerca de su actuar y

puede medir de manera plena las consecuencias juriacutedicas

Por tanto se tienen causas de inimputabilidad hacia el sujeto activo en

casos especiales como la minoriacutea de edad la enajenacioacuten o los estados

de inconsciencia ya que no se puede hablar de un reproche al sujeto si

eacuteste no actuoacute de manera consiente El primero es por la falta de

desarrollo mental del sujeto el segundo cuando la enfermedad de la

mente o el estado de inconsciencia privan de la consciencia de cometer

un delito o de obrar conforme a Derecho Y el tercero por el empleo de

sustancias toacutexicas embriagantes o estupefacientes por toxico

infecciones o por trastornos mentales Asiacute como lo establece el artiacuteculo

33 del Coacutedigo penal del Estado de Guanajuato en su primer paacuterrafo de la

fraccioacuten VII- Al momento de realizar el hecho tiacutepico y por causa de

enfermedad mental que perturbe gravemente su conciencia de

desarrollo psiacutequico incompleto o retardado o de grave perturbacioacuten de la

conciencia sin base patoloacutegica el agente no tenga la capacidad de

comprender el caraacutecter iliacutecito de aquel o de conducirse de acuerdo con

esa comprensioacuten

Ya que la imputabilidad es la base psicoloacutegica de la culpabilidad soacutelo el

sujeto que es capaz de querer y entender y solo asiacute puede ser

responsable

Eacutestos seriacutean los casos en los que el elemento de la imputabilidad

entrariacutea como elemento negativo del delito

25

CLASIFICACION DEL DELITO SEGUacuteN

CELESTINO PORTE PETIT

CLASIFICACION DEL DELITO

De acuerdo con el Coacutedigo Penal del Estado de Meacutexico en su capiacutetulo II

en el

Artiacuteculo 8- Establece que los delitos pueden ser

I Dolosos

El delito es doloso cuando se obra conociendo los elementos del tipo

penal o previendo como posible el resultado tiacutepico queriendo o

aceptando la realizacioacuten del hecho descrito por la ley

II Culposos

El delito es culposo cuando se produce un resultado tiacutepico que no se

previoacute siendo previsible o confiando en que no se produciriacutea en virtud

de la violacioacuten a un deber de cuidado que debiacutea y podiacutea observarse

seguacuten las circunstancias y condiciones personales

III Instantaacuteneos

Es instantaacuteneo cuando la consumacioacuten se agota en el mismo momento

en que se han realizado todos sus elementos constitutivos

IV Permanentes

Es permanente cuando la consumacioacuten se prolonga en el tiempo

V Continuados

26

Es continuado cuando existe unidad de propoacutesito delictivo pluralidad de

conductas e identidad de sujeto pasivo y se viola el mismo precepto

legal

Son delitos de accioacuten los que se cometen por medio de una conducta

positiva es decir un hacer Los delitos por omisioacuten se ejecutan por

medio de un comportamiento negativo un no hacer determinada

obligacioacuten o no ejecutar una accioacuten Ademaacutes existen delitos que por su

iacutendole estructural exigen para su existencia la incidencia de una accioacuten

y luego una omisioacuten o viceversa

Los delitos que no necesitan resultado material ya que la sola conducta

del sujeto los realiza son los que se perfeccionan con el cumplimiento

de determinada accioacuten u omisioacuten cuya consecuencia es la no-

observacioacuten de una obligacioacuten o de un deber pero cuyo resultado no se

manifiesta en el mundo fiacutesico con un hecho de momento perceptible

En tanto que los delitos de resultado son los que para su consumacioacuten

exigen ademaacutes de la conducta del sujeto activo que se produzca

determinado efecto distinto de la omisioacuten o de la accioacuten el resultado en

estos delitos se observa fiacutesicamente en el mundo real Los delitos se

clasifican de esta manera porque se atiende a la estructura exterior de

ellos

Los delitos de dantildeo requieren para su perfeccionamiento juriacutedico que el

bien tutelado juriacutedicamente protegido sea destruido o disminuido en

tanto en los delitos de peligro basta que el bien juriacutedico sea amenazado

al realizarse la conducta criminosa accioacuten u omisioacuten con la acusacioacuten

de un dantildeo o peligro inminente determinado y grave

Son delitos instantaacuteneos aquellos que con la sola realizacioacuten de la

conducta accioacuten u omisioacuten por el sujeto activo quedan realizados o

tipificados sin que se requiera accioacuten posterior para su continuidad o

vigencia Los delitos permanentes son los que se caracterizan porque el

hecho que los constituye o realiza da lugar a una situacioacuten dantildeosa o de 27

peligro que se prolonga en el tiempo a causa de la continuidad del

comportamiento del sujeto Para la existencia de estos delitos es

necesario que el estado dantildeoso o de peligro provenga de la conducta

del sujeto activo de manera continua es decir que no se agote en un

solo instante sino que prosiga durante determinado tiempo y que la

proacuterroga de la situacioacuten antijuriacutedica se deba a la exclusiva conducta

voluntaria del sujeto que prosigue con ella ininterrumpidamente

despueacutes de la -- realizacioacuten del hecho que constituye el delito

En este mismo orden de ideas atendiendo a la duracioacuten de las

consecuencias del delito eacutestas son permanentes es decir hay delitos

instantaacuteneos y delitos permanentes en cuanto a los actos de se

realizacioacuten con efectos permanentes cuya caracteriacutestica es la duracioacuten

de las consecuencias del delito

Ahora bien dentro de las especies del delito que por ser varias

conforme a los fines que se persigan para su tipificacioacuten o conforme al

bien juriacutedico que tutela la ley entre otros aspectos como la que se ha

realizado al principio de este acaacutepite tenemos ahora

Conforme a su gravedad tenemos delitos y faltas habraacute delito siempre

que se realice la conducta prevista y sancionada por la ley penal o en

alguna otra ley especial en tanto que la falta no obstante ser una

conducta contraria a la ley y sancionada por esta misma la sancioacuten la

aplica una autoridad u oacutergano diferente al Poder Judicial o Tribunal

generalmente una autoridad de iacutendole administrativa

Seguacuten la intencioacuten con que se comete o realiza la accioacuten que da origen

al delito tenemos delitos con intencioacuten o dolosos culposos o contra la

intencioacuten y los que son cometidos maacutes allaacute de la intencioacuten o

preterintencionales

Si se ha deseado realizar la accioacuten u omisioacuten para la comisioacuten del delito

y previsto el resultado del mismo se estaacute ante un delito doloso En

28

tanto que siacute de deseaba realizar la accioacuten u omisioacuten pero no el

resultado del delito se trata de un delito culposo Y cuando se ha

deseado realizar la accioacuten u omisioacuten y no el resultado como

consecuencia en su integridad sino un efecto menos grave se trata de

un delito preterintencional

Los delitos tipo o tambieacuten simples o netos son los que se presentan en

su puro modelo legal sin maacutes caracteriacutesticas que sus elementos

esenciales y los delitos circunstanciados son los que ademaacutes de contar

con los elementos esenciales se presentan acompantildeados de

circunstancias o accidentes a sus elementos

Por su efecto los delitos se consideran simples y complejos formales y

materiales de lesioacuten y de peligro Son simples o uniacute subsistentes en el

que coincide el momento ejecutivo y el momento consumativo se

realizan ambos en un soacutelo acto o momento Los complejos o

plurisubsistentes son aquellos cuya accioacuten ejecutiva consta de varios

actos en que puede integrarse El delito material es el que se consuma

al momento de verificarse el resultado material de eacutese en tanto que el

delito formal se perfecciona con una simple accioacuten u omisioacuten haciendo

abstraccioacuten de la verificacioacuten del resultado Los delitos de lesioacuten o dantildeo

y de peligro ya han sido tratados en paacuterrafos precedentes

Seguacuten el objeto o finque persiguen la perturbacioacuten dantildeo disminucioacuten o

destruccioacuten del bien juriacutedicamente protegido son delitos contra la cosa

puacuteblica o el Estado mismo o sus Instituciones y delitos contra las

personas privadas delitos poliacuteticos y no poliacuteticos

Seguacuten los sujetos que los realizan los delitos individuales y colectivos

comunes y especiales seguacuten la ley que los contenga y ocasionales y

habituales seguacuten la constancia con que delinque el sujeto que los

realiza

29

Seguacuten los requisitos para la procedibilidad o persecucioacuten de los delitos

conforme al bien juriacutedico protegido que afecta de acuerdo a la

naturaleza del dantildeo afectacioacuten del bien los delitos son de accioacuten puacuteblica

(denuncia) o de accioacuten privada (querella)

Para el desarrollo de este acaacutepite se tomaraacuten en cuenta las

disposiciones legales que se contienen en el Coacutedigo de Penal para el

Distrito Federal en Materia de Fuero Comuacuten y para toda la Repuacuteblica en

Materia de Fuero Federal el Coacutedigo de Procedimientos Penales para el

Distrito Federal el Coacutedigo Federal de Procedimientos Penales el Coacutedigo

Penal para el Estado de Meacutexico y el Coacutedigo de Procedimientos Penales

para el Estado de Meacutexico Por lo que las clasificaciones de los delitos

que ahora se presentaraacuten seraacute desde el punto de vista legal es decir

atendiendo a lo dispuesto en los ordenamientos legales vigentes de

iacutendole penal sustantiva y adjetiva seguacuten se trate

CLASIFICACION DEL DELITOP SEGUacuteN

EDUARDO LOacutePEZ BENTANCOURT

Por su Composicioacuten

Normales son aquellos en los que el tipo estaraacute conformado de

elementos objetivos

Anormales son los tipos penales que ademaacutes de contener

elementos objetivos tambieacuten se conforman con elementos

subjetivos o normativos

Por su Ordenacioacuten Metodoloacutegica

Fundamentales son los tipos con plena independencia

formados con una conducta iliacutecita sobre un bien juriacutedicamente

tutelado

30

Especiales son los tipos que contienen en su descripcioacuten alguacuten

tipo de caracteriacutestica

Complementados son aquellos que requieren de la realizacioacuten

previa de un tipo baacutesico no tienen autonomiacutea

Por su Autonomiacutea o Independencia

Autoacutenomos son los tipos penales con vida propia no necesitan

de la realizacioacuten de alguacuten otro

Subordinados Requieren de la existencia de alguacuten otro tipo

Por su Formulacioacuten

Casuiacutesticos el legislador plantea varias formas de realizacioacuten del

delito subdividieacutendose en

Alternativos son aquellos donde se plantean dos o maacutes hipoacutetesis

y se precisa de la ejecucioacuten de solo una de ellas para la tipificacioacuten

de la conducta iliacutecita

Acumulativos se exige la realizacioacuten o concurso de todas las

hipoacutetesis que el legislador ha plasmado en el tipo penal para la

adecuacioacuten de la conducta al mismo

Amplios contiene en su descripcioacuten una hipoacutetesis uacutenica en donde

caben todos los modos de ejecucioacuten se colma el tipo penal con la

lesioacuten causada al bien juriacutedicamente tutelado

Por el Dantildeo que Causan

De Lesioacuten requieren de un dantildeo inminente al bien juriacutedico

tutelado

De Peligro basta con el simple riesgo en que se pone al bien

juriacutedicamente tutelado

31

  • CLASIFICACION DEL DELITO
Page 17: Clasificación del delito

Teniendo como base la culpabilidad los delitos se clasifican en dolosos y

culposos Algunos autores y legisladores agregan los llamados

preterintencionales De conformidad con el Coacutedigo Penal del Distrito

Federal las acciones y omisiones delictivas solamente pueden realizarse

dolosa o culposamente (artiacuteculo 8ordm)

El delito es doloso cuando se dirige la voluntad consciente a la

realizacioacuten del hecho tiacutepico y antijuriacutedico como en el robo en donde el

sujeto decide apoderarse y se apodera sin derecho del bien mueble

ajeno En la culpa no se requiere el resultado penalmente tipificado mas

surge por obrar sin las cautelas y precauciones exigidas por el Estado

para asegurar la vida en comuacuten como en el caso del manejador de un

vehiacuteculo que con manifiesta falta de precaucioacuten o cuidado corre a

excesiva velocidad y mata o lesiona a un transeuacutente

Es preterintencional cuando el resultado sobrepasa a la intencioacuten si el

agente proponieacutendose golpear a otro sujeto lo hace caer debido al

empleo de violencia y se produce la muerte solo hubo dolo respecto a

los golpes pero no se quiso el resultado letal

SIMPLES Y COMPLEJOS

En funcioacuten de su estructura o composicioacuten los delitos se clasifican en

simples y complejos Llaacutemense simples aquellos en los cuales la lesioacuten

juriacutedica es uacutenica como el homicidio De ellos la accioacuten determina una

lesioacuten juriacutedica inescindible Delitos complejos son aquellos en los cuales

la figura juriacutedica consta de unificacioacuten de dos infracciones cuya fusioacuten

da nacimiento a una figura delictiva nueva superior en gravedad a las

que la componen tomadas aisladamente No es lo mismo delito

complejo que concurso de delitos En el delito complejo la misma ley en

un tipo crea el compuesto como delito uacutenico pero en el tipo intervienen

dos o maacutes delitos que pueden figurar por separado en cambio en el

concurso las infracciones no existen como una sola sino

separadamente pero es un mismo sujeto quien las ejecuta17

El delito de robo puede revestir las dos formas es decir es dable

considerarlo como delito simple cuando consiste en mero

apoderamiento de bienes muebles ajenos sin derecho y sin

consentimiento de la persona autorizada para disponer de los mismos

con arreglo a la ley pero el Coacutedigo Penal vigente erige el artiacuteculo 381

bis una calificativa (agravadora de la penalidad del robo simple) para el

robo cometido en casa habitacioacuten formase asiacute un tipo circunstanciado

que subsume el robo y el allanamiento de morada delitos que poseen

vida independiente mas si el iliacutecito patrimonial de referencia se realiza

en lugares habitados o destinados para habitacioacuten no es dable aplicar

las penas de allanamiento de morada sino precisamente las

correspondientes a la figura compleja

DELITOS UNISUBSISTENTES Y PLURISUBSISTENTES

Por el nuacutemero de actos integrantes de la accioacuten tiacutepica los delitos se

denominan unisubsistentes y plurisubsistentes los primeros se forman

por un solo acto mientras los segundos constan de varios actos

Expresa Soler que el delito plurisubsistente a diferencia del complejo

cada uno de los actos integrantes de una solo figura no constituye a su

vez un delito autoacutenomo Asiacute sigue diciendo para imputar el ejercicio

ilegal de la medicina es preciso que la actividad imputada conste de

varios hechos homogeacuteneos pues para la existencia del delito es

requerida la habitualidad El delito plurisubsistente es el resultado de la

unificacioacuten de varios actos naturalmente separados bajo una sola

figura el complejo en cambio es el producto de la fusioacuten de dos hechos

en siacute mismos delictuosos El delito plurisubsistente es fusioacuten de actos el

complejo fusioacuten de figuras delictivas

DELITOS UNISUBJETIVOS Y PLURISUBJETIVOS

Esta clasificacioacuten atiende a la unidad o pluralidad de sujetos que

intervienen para ejecutar el hecho descrito en el tipo El peculado por

ejemplo es delito unisubjetivo por ser suficiente para colmar el tipo la 18

actuacioacuten de un solo sujeto que tenga el caraacutecter de encargado de un

servicio puacuteblico y soacutelo eacutel concurre con su conducta a conformar la

descripcioacuten de la ley pero es posible su realizacioacuten por dos o maacutes

tambieacuten son unisubjetivos el homicidio el robo la violacioacuten etc El

adulterio al contrario es un delito plurisubjetivo por requerir

necesariamente en virtud de la descripcioacuten tiacutepica la concurrencia de

dos sujetos para integrar el tipo (a menos que opere en favor de uno de

ellos por ejemplo una causa de inculpabilidad por error de hecho

esencial e insuperable) igualmente la asociacioacuten delictuosa en donde

se exige tiacutepicamente el concurso de tres o maacutes individuos

POR LA FORMA DE SU PERSECUCIOacuteN

Como una reminiscencia del periodo de la venganza privada existe en

las legislaciones un grupo de delitos que solo pueden perseguirse si asiacute

lo manifiesta el ofendido o sus legiacutetimos representantes Estos delitos

son llamados privados o de querella necesaria cuya persecucioacuten

uacutenicamente es posible si se llena el requisito previo de la querella de la

parte ofendida mas una vez formulada la querella la autoridad estaacute

obligada a perseguir La razoacuten por la cual se mantienen en las

legislaciones estos delitos perseguibles por querella de la parte

ofendida se basa en la consideracioacuten de que en ocasiones la

persecucioacuten oficiosa acarreariacutea mayores dantildeos que la misma impunidad

del delincuente

Los delitos perseguibles previa denuncia (conocidos como perseguibles

de oficio) que puede ser formulada por cualquier persona son todos

aquellos en los que la autoridad estaacute obligada a actuar por mandato

legal persiguiendo y castigando a los responsables con independencia

de la voluntad de los ofendidos Consecuentemente en los delitos

perseguibles por denuncia no surte efecto alguno el perdoacuten del

ofendido a la inversa de lo que ocurre en los de querella necesaria

19

La mayor parte de los delitos se persiguen de oficio y soacutelo un reducido

nuacutemero a peticioacuten de la parte agraviada Entre eacutestos pueden citarse el

adulterio el estupro el abuso de confianza y otros delitos patrimoniales

Actualmente se observa la tendencia a aumentar el nuacutemero de los

delitos perseguidos por querella y que antes requeriacutean denuncia

DELITOS COMUNES FEDERALES OFICIALES MILITARES Y

POLIacuteTICOS

Esta clasificacioacuten es en funcioacuten de la materia

Los delitos comunes constituyen la regla general son aquellos que se

formulan en las leyes dictadas por las legislaturas locales en cambio los

federales se establecen en leyes expedidas por el Congreso de la Unioacuten

Los delitos oficiales son los que comete un empleado o funcionario

puacuteblico en el ejercicio de sus funciones (mejor dicho en abuso de ellas)

Los delitos del orden militar afectan la disciplina del Ejeacutercito La

Constitucioacuten General de la Repuacuteblica en el artiacuteculo 13 prohiacutebe a los

tribunales militares extender su jurisdiccioacuten sobre personas ajenas al

Instituto Armado

Los delitos poliacuteticos no han sido definidos de manera satisfactoria

Generalmente se incluyen todos los hechos que lesionan la organizacioacuten

del Estado en siacute misma o en sus oacuterganos o representantes El articulo

144 reformado del Coacutedigo Penal vigente considera delitos de caraacutecter

poliacutetico los de rebelioacuten sedicioacuten motiacuten y el de conspiracioacuten para

cometerlos El anteproyecto de 1949 los define asiacute Para todos los

efectos legales se consideran como de caraacutecter poliacutetico los delitos contra

la seguridad del Estado

CLASIFICACION DEL DELITO SEGUacuteN

RICARDO ABARCA

20

Conducta

La accioacuten puede definirse como el movimiento corporal que al realizarla

provoca un cambio en el mundo exterior pero esta accioacuten puede verse

desde dos perspectivas la primera seriacutea como acto que es la realizacioacuten

del movimiento la segunda es la omisioacuten que es la ausencia del

movimiento corporal y eacutesta a su vez se subdivide en dos en la omisioacuten

simple que es la inactividad del actuar y en la comisioacuten por omisioacuten que

se lleva a cabo cuando debiendo actuar de una manera para evitar el

resultado no se lleva a cabo la accioacuten y se comete el delito Asiacute el acto y

la omisioacuten nos dan el resultado y la relacioacuten de causalidad y fungiriacutean

como elementos positivos del delito ahora bien la accioacuten pasa al plano

de elemento negativo del delito cuando existe una ausencia de la accioacuten

y es cuando eacutesta surge sin la voluntad del agente tal y como lo

establece el artiacuteculo 14 del coacutedigo penal del Estado de Guanajuato en su

primer paacuterrafo obra culposamente quien produce un resultado tiacutepico

que no previo siendo previsible que previoacute confiando en que no se

produciriacutea siempre que dicho resultado sea debido a la inobservancia

del cuidado que le incumbe seguacuten las condiciones y sus circunstancias

personales

TIPICA

La tipicidad es la congruencia existente entre la accioacuten y el tipo penal

descrito en el Coacutedigo Penal es decir que exista una adecuacioacuten entre

estos dos aspectos Este elemento por si solo puede entenderse como

un elemento positivo del delito es decir cuando la accioacuten que cometes

esta prevista en la ley como un tipo penal Pero de igual manera puede

fungir como un elemento negativo y puede ser por la atipicidad

propiamente dicha como estaacute establecido en el Coacutedigo Penal del Estado

de Guanajuato en su artiacuteculo 33 fraccioacuten II- Falte alguno de los

21

elementos del tipo penal de que se trate (el delito se excluye)o por la

ausencia de tipicidad es decir cuando la conducta realizada no se

encuentre regida por la normatividad penal y por lo tanto no pueda ser

considerada delictuosa asiacute como tampoco pueda ser sancionada

Antijuriacutedica

Esteacute elemento se refiere cuando la accioacuten ejecutada es contraria a

derecho es decir va en contra del orden juriacutedico establecido en la

sociedad y regulado por el Estado ya que eacuteste a traveacutes de las normas de

cultura ordena y prohiacutebe ciertas acciones correspondiendo a sus

intereses valorativos y soacutelo cuando el Estado las privilegia con su tutela

al reconocerlas en la ley adquieren el rango de juriacutedicas

Asiacute podemos hablar de dos tipos de antijuridicidad la formal y la

material refirieacutendose la primera a la infraccioacuten de una norma que el

Estado la tiene en su cataacutelogo del orden juriacutedico y la segunda se refiere

cuando la accioacuten cometida lesiona o puede lesionar alguacuten bien juriacutedico

que como dije anteriormente eacutestos se encuentran bajo tutela del

derecho penal y siendo eacuteste puacuteblico al Estado le interesa mantener los

bienes juriacutedicos bajo su proteccioacuten

La antijuridicidad puede ser un elemento negativo del delito soacutelo en los

casos en los que exista alguacuten supuesto de exclusioacuten del delito sentildealados

en el artiacuteculo 33 del coacutedigo Penal del Estado Guanajuato

Dentro de los cuales encontramos por ejemplo la legitima defensa el

estado de necesidad caso fortuito cumplimiento de un deber o por

consentimiento de la viacutectima

Culpable

22

La culpabilidad puede variar en este concepto nos encontramos con dos

divisiones el dolo y la culpa

Se tiene presencia del dolo cuando la accioacuten cometida por el sujeto

activo es plena de conciencia y su plan criminal estaacute ideado plenamente

a causar la lesioacuten al bien juriacutedico es decir la plena manifestacioacuten de la

voluntad El dolo puede ser de tres maneras distintas directo cuando el

resultado es congruente con el fin propuesto del sujeto activo indirecto

cuando el sujeto activo se propone el fin delictivo y sabe con certeza

que causara otros fines el eventual que es cuando se preveacuten posibles

resultados que no se quieren

La culpa es cuando se comete el delito pero la voluntad del sujeto activo

es inexistente y puede a su vez dividirse en dos con representacioacuten

que se refiere o se da cuando el sujeto activo preveacute como posible alguacuten

resultado antijuriacutedico pero espera que no suceda sin representacioacuten se

da cuando el sujeto no preveacute el resultado por negligencia o falta de

cuidado

Tambieacuten existe la preterintencionalidad que consiste en la combinacioacuten

de las dos formas anteriores de culpabilidad es decir cuando la

conducta inicio de manera culposa y culmino de manera dolosa eacutesta

uacuteltima entra como elemento positivo del delito

La manera de que la culpabilidad sea elemento negativo del delito es en

los casos siguientes existencia de error ya sea de hecho o de derecho

eximentes putativas obediencia jeraacuterquica violencia moral estado de

necesidad exigibilidad de otra conducta

Esto es porque la culpabilidad estaacute fundada en hacer el juicio de

reproche al autor de la accioacuten antijuriacutedica tiacutepica pero por encontrarse en

una situacioacuten especial de desconocimiento de que la accioacuten realizada es

un delito provoca que eacutesta se convierta en inculpabilidad y por

consecuente inimputable

23

Punible

La punibilidad puede verse como una consecuencia que trae la comisioacuten

de un delito es decir si un sujeto actuacutea de manera iliacutecita y altera el

orden juriacutedico le sobrevendraacute una sancioacuten La punibilidad es entonces la

consecuencia juriacutedica que viene a la accioacuten punible El legislador ademaacutes

de procurar el orden juriacutedico estableciendo castigos a quienes violan

eacuteste hace depender la imposicioacuten de la pena de factores y

circunstancias externas e independientes del acto punible

Existen en nuestro sistema penal dos clases de sanciones las penas y

las medidas de seguridad Siendo las primeras de caraacutecter ejemplar y

las segundas de caraacutecter psicoloacutegico pero ambas coinciden en la

rehabilitacioacuten que procuran hacia el sujeto infractor

Se tiene claramente la distincioacuten en su clasificacioacuten que es la siguiente

las penas pueden variar como por ejemplo pena de muerte privacioacuten

de la libertad restriccioacuten de la libertad privacioacuten de derechos

restriccioacuten de derechos reparacioacuten del dantildeo Y las medidas de seguridad

pueden ser curativas eliminatorias o educativas

Las penas en nuestro Estado se encuentran reguladas por el Coacutedigo

Penal en su artiacuteculo 38 y las medidas de seguridad en el artiacuteculo 89

La manera de que la punibilidad entre como un elemento negativo del

delito es con las excusas absolutorias que son causas personales que se

encuentran legalmente previstas que aunque no eliminan el caraacutecter

delictivo de la accioacuten que cometioacute siacute excluyen la pena pues para el

Estado no es necesario establecer pena alguna contra tales hechos ya

que dichas circunstancias revelan una miacutenima peligrosidad

IMPUTABLE

Como lo hemos venido diciendo al sujeto activo se le hace un juicio de

24

reproche por desviarse del buen camino y es por eso que como uacuteltimo

elemento del delito encontramos la imputabilidad que puede

entenderse como la capacidad del sujeto de querer y entender la accioacuten

que realizo por lo que en este elemento entra en un gran campo la

conciencia o inconsciencia del sujeto

Retomando nuevamente lo que deciacutea en un inicio el derecho penal

mexicano estaacute bajo la influencia de la escuela finalista y por tanto se

considera que el sujeto tiene un libre albedriacuteo acerca de su actuar y

puede medir de manera plena las consecuencias juriacutedicas

Por tanto se tienen causas de inimputabilidad hacia el sujeto activo en

casos especiales como la minoriacutea de edad la enajenacioacuten o los estados

de inconsciencia ya que no se puede hablar de un reproche al sujeto si

eacuteste no actuoacute de manera consiente El primero es por la falta de

desarrollo mental del sujeto el segundo cuando la enfermedad de la

mente o el estado de inconsciencia privan de la consciencia de cometer

un delito o de obrar conforme a Derecho Y el tercero por el empleo de

sustancias toacutexicas embriagantes o estupefacientes por toxico

infecciones o por trastornos mentales Asiacute como lo establece el artiacuteculo

33 del Coacutedigo penal del Estado de Guanajuato en su primer paacuterrafo de la

fraccioacuten VII- Al momento de realizar el hecho tiacutepico y por causa de

enfermedad mental que perturbe gravemente su conciencia de

desarrollo psiacutequico incompleto o retardado o de grave perturbacioacuten de la

conciencia sin base patoloacutegica el agente no tenga la capacidad de

comprender el caraacutecter iliacutecito de aquel o de conducirse de acuerdo con

esa comprensioacuten

Ya que la imputabilidad es la base psicoloacutegica de la culpabilidad soacutelo el

sujeto que es capaz de querer y entender y solo asiacute puede ser

responsable

Eacutestos seriacutean los casos en los que el elemento de la imputabilidad

entrariacutea como elemento negativo del delito

25

CLASIFICACION DEL DELITO SEGUacuteN

CELESTINO PORTE PETIT

CLASIFICACION DEL DELITO

De acuerdo con el Coacutedigo Penal del Estado de Meacutexico en su capiacutetulo II

en el

Artiacuteculo 8- Establece que los delitos pueden ser

I Dolosos

El delito es doloso cuando se obra conociendo los elementos del tipo

penal o previendo como posible el resultado tiacutepico queriendo o

aceptando la realizacioacuten del hecho descrito por la ley

II Culposos

El delito es culposo cuando se produce un resultado tiacutepico que no se

previoacute siendo previsible o confiando en que no se produciriacutea en virtud

de la violacioacuten a un deber de cuidado que debiacutea y podiacutea observarse

seguacuten las circunstancias y condiciones personales

III Instantaacuteneos

Es instantaacuteneo cuando la consumacioacuten se agota en el mismo momento

en que se han realizado todos sus elementos constitutivos

IV Permanentes

Es permanente cuando la consumacioacuten se prolonga en el tiempo

V Continuados

26

Es continuado cuando existe unidad de propoacutesito delictivo pluralidad de

conductas e identidad de sujeto pasivo y se viola el mismo precepto

legal

Son delitos de accioacuten los que se cometen por medio de una conducta

positiva es decir un hacer Los delitos por omisioacuten se ejecutan por

medio de un comportamiento negativo un no hacer determinada

obligacioacuten o no ejecutar una accioacuten Ademaacutes existen delitos que por su

iacutendole estructural exigen para su existencia la incidencia de una accioacuten

y luego una omisioacuten o viceversa

Los delitos que no necesitan resultado material ya que la sola conducta

del sujeto los realiza son los que se perfeccionan con el cumplimiento

de determinada accioacuten u omisioacuten cuya consecuencia es la no-

observacioacuten de una obligacioacuten o de un deber pero cuyo resultado no se

manifiesta en el mundo fiacutesico con un hecho de momento perceptible

En tanto que los delitos de resultado son los que para su consumacioacuten

exigen ademaacutes de la conducta del sujeto activo que se produzca

determinado efecto distinto de la omisioacuten o de la accioacuten el resultado en

estos delitos se observa fiacutesicamente en el mundo real Los delitos se

clasifican de esta manera porque se atiende a la estructura exterior de

ellos

Los delitos de dantildeo requieren para su perfeccionamiento juriacutedico que el

bien tutelado juriacutedicamente protegido sea destruido o disminuido en

tanto en los delitos de peligro basta que el bien juriacutedico sea amenazado

al realizarse la conducta criminosa accioacuten u omisioacuten con la acusacioacuten

de un dantildeo o peligro inminente determinado y grave

Son delitos instantaacuteneos aquellos que con la sola realizacioacuten de la

conducta accioacuten u omisioacuten por el sujeto activo quedan realizados o

tipificados sin que se requiera accioacuten posterior para su continuidad o

vigencia Los delitos permanentes son los que se caracterizan porque el

hecho que los constituye o realiza da lugar a una situacioacuten dantildeosa o de 27

peligro que se prolonga en el tiempo a causa de la continuidad del

comportamiento del sujeto Para la existencia de estos delitos es

necesario que el estado dantildeoso o de peligro provenga de la conducta

del sujeto activo de manera continua es decir que no se agote en un

solo instante sino que prosiga durante determinado tiempo y que la

proacuterroga de la situacioacuten antijuriacutedica se deba a la exclusiva conducta

voluntaria del sujeto que prosigue con ella ininterrumpidamente

despueacutes de la -- realizacioacuten del hecho que constituye el delito

En este mismo orden de ideas atendiendo a la duracioacuten de las

consecuencias del delito eacutestas son permanentes es decir hay delitos

instantaacuteneos y delitos permanentes en cuanto a los actos de se

realizacioacuten con efectos permanentes cuya caracteriacutestica es la duracioacuten

de las consecuencias del delito

Ahora bien dentro de las especies del delito que por ser varias

conforme a los fines que se persigan para su tipificacioacuten o conforme al

bien juriacutedico que tutela la ley entre otros aspectos como la que se ha

realizado al principio de este acaacutepite tenemos ahora

Conforme a su gravedad tenemos delitos y faltas habraacute delito siempre

que se realice la conducta prevista y sancionada por la ley penal o en

alguna otra ley especial en tanto que la falta no obstante ser una

conducta contraria a la ley y sancionada por esta misma la sancioacuten la

aplica una autoridad u oacutergano diferente al Poder Judicial o Tribunal

generalmente una autoridad de iacutendole administrativa

Seguacuten la intencioacuten con que se comete o realiza la accioacuten que da origen

al delito tenemos delitos con intencioacuten o dolosos culposos o contra la

intencioacuten y los que son cometidos maacutes allaacute de la intencioacuten o

preterintencionales

Si se ha deseado realizar la accioacuten u omisioacuten para la comisioacuten del delito

y previsto el resultado del mismo se estaacute ante un delito doloso En

28

tanto que siacute de deseaba realizar la accioacuten u omisioacuten pero no el

resultado del delito se trata de un delito culposo Y cuando se ha

deseado realizar la accioacuten u omisioacuten y no el resultado como

consecuencia en su integridad sino un efecto menos grave se trata de

un delito preterintencional

Los delitos tipo o tambieacuten simples o netos son los que se presentan en

su puro modelo legal sin maacutes caracteriacutesticas que sus elementos

esenciales y los delitos circunstanciados son los que ademaacutes de contar

con los elementos esenciales se presentan acompantildeados de

circunstancias o accidentes a sus elementos

Por su efecto los delitos se consideran simples y complejos formales y

materiales de lesioacuten y de peligro Son simples o uniacute subsistentes en el

que coincide el momento ejecutivo y el momento consumativo se

realizan ambos en un soacutelo acto o momento Los complejos o

plurisubsistentes son aquellos cuya accioacuten ejecutiva consta de varios

actos en que puede integrarse El delito material es el que se consuma

al momento de verificarse el resultado material de eacutese en tanto que el

delito formal se perfecciona con una simple accioacuten u omisioacuten haciendo

abstraccioacuten de la verificacioacuten del resultado Los delitos de lesioacuten o dantildeo

y de peligro ya han sido tratados en paacuterrafos precedentes

Seguacuten el objeto o finque persiguen la perturbacioacuten dantildeo disminucioacuten o

destruccioacuten del bien juriacutedicamente protegido son delitos contra la cosa

puacuteblica o el Estado mismo o sus Instituciones y delitos contra las

personas privadas delitos poliacuteticos y no poliacuteticos

Seguacuten los sujetos que los realizan los delitos individuales y colectivos

comunes y especiales seguacuten la ley que los contenga y ocasionales y

habituales seguacuten la constancia con que delinque el sujeto que los

realiza

29

Seguacuten los requisitos para la procedibilidad o persecucioacuten de los delitos

conforme al bien juriacutedico protegido que afecta de acuerdo a la

naturaleza del dantildeo afectacioacuten del bien los delitos son de accioacuten puacuteblica

(denuncia) o de accioacuten privada (querella)

Para el desarrollo de este acaacutepite se tomaraacuten en cuenta las

disposiciones legales que se contienen en el Coacutedigo de Penal para el

Distrito Federal en Materia de Fuero Comuacuten y para toda la Repuacuteblica en

Materia de Fuero Federal el Coacutedigo de Procedimientos Penales para el

Distrito Federal el Coacutedigo Federal de Procedimientos Penales el Coacutedigo

Penal para el Estado de Meacutexico y el Coacutedigo de Procedimientos Penales

para el Estado de Meacutexico Por lo que las clasificaciones de los delitos

que ahora se presentaraacuten seraacute desde el punto de vista legal es decir

atendiendo a lo dispuesto en los ordenamientos legales vigentes de

iacutendole penal sustantiva y adjetiva seguacuten se trate

CLASIFICACION DEL DELITOP SEGUacuteN

EDUARDO LOacutePEZ BENTANCOURT

Por su Composicioacuten

Normales son aquellos en los que el tipo estaraacute conformado de

elementos objetivos

Anormales son los tipos penales que ademaacutes de contener

elementos objetivos tambieacuten se conforman con elementos

subjetivos o normativos

Por su Ordenacioacuten Metodoloacutegica

Fundamentales son los tipos con plena independencia

formados con una conducta iliacutecita sobre un bien juriacutedicamente

tutelado

30

Especiales son los tipos que contienen en su descripcioacuten alguacuten

tipo de caracteriacutestica

Complementados son aquellos que requieren de la realizacioacuten

previa de un tipo baacutesico no tienen autonomiacutea

Por su Autonomiacutea o Independencia

Autoacutenomos son los tipos penales con vida propia no necesitan

de la realizacioacuten de alguacuten otro

Subordinados Requieren de la existencia de alguacuten otro tipo

Por su Formulacioacuten

Casuiacutesticos el legislador plantea varias formas de realizacioacuten del

delito subdividieacutendose en

Alternativos son aquellos donde se plantean dos o maacutes hipoacutetesis

y se precisa de la ejecucioacuten de solo una de ellas para la tipificacioacuten

de la conducta iliacutecita

Acumulativos se exige la realizacioacuten o concurso de todas las

hipoacutetesis que el legislador ha plasmado en el tipo penal para la

adecuacioacuten de la conducta al mismo

Amplios contiene en su descripcioacuten una hipoacutetesis uacutenica en donde

caben todos los modos de ejecucioacuten se colma el tipo penal con la

lesioacuten causada al bien juriacutedicamente tutelado

Por el Dantildeo que Causan

De Lesioacuten requieren de un dantildeo inminente al bien juriacutedico

tutelado

De Peligro basta con el simple riesgo en que se pone al bien

juriacutedicamente tutelado

31

  • CLASIFICACION DEL DELITO
Page 18: Clasificación del delito

El delito de robo puede revestir las dos formas es decir es dable

considerarlo como delito simple cuando consiste en mero

apoderamiento de bienes muebles ajenos sin derecho y sin

consentimiento de la persona autorizada para disponer de los mismos

con arreglo a la ley pero el Coacutedigo Penal vigente erige el artiacuteculo 381

bis una calificativa (agravadora de la penalidad del robo simple) para el

robo cometido en casa habitacioacuten formase asiacute un tipo circunstanciado

que subsume el robo y el allanamiento de morada delitos que poseen

vida independiente mas si el iliacutecito patrimonial de referencia se realiza

en lugares habitados o destinados para habitacioacuten no es dable aplicar

las penas de allanamiento de morada sino precisamente las

correspondientes a la figura compleja

DELITOS UNISUBSISTENTES Y PLURISUBSISTENTES

Por el nuacutemero de actos integrantes de la accioacuten tiacutepica los delitos se

denominan unisubsistentes y plurisubsistentes los primeros se forman

por un solo acto mientras los segundos constan de varios actos

Expresa Soler que el delito plurisubsistente a diferencia del complejo

cada uno de los actos integrantes de una solo figura no constituye a su

vez un delito autoacutenomo Asiacute sigue diciendo para imputar el ejercicio

ilegal de la medicina es preciso que la actividad imputada conste de

varios hechos homogeacuteneos pues para la existencia del delito es

requerida la habitualidad El delito plurisubsistente es el resultado de la

unificacioacuten de varios actos naturalmente separados bajo una sola

figura el complejo en cambio es el producto de la fusioacuten de dos hechos

en siacute mismos delictuosos El delito plurisubsistente es fusioacuten de actos el

complejo fusioacuten de figuras delictivas

DELITOS UNISUBJETIVOS Y PLURISUBJETIVOS

Esta clasificacioacuten atiende a la unidad o pluralidad de sujetos que

intervienen para ejecutar el hecho descrito en el tipo El peculado por

ejemplo es delito unisubjetivo por ser suficiente para colmar el tipo la 18

actuacioacuten de un solo sujeto que tenga el caraacutecter de encargado de un

servicio puacuteblico y soacutelo eacutel concurre con su conducta a conformar la

descripcioacuten de la ley pero es posible su realizacioacuten por dos o maacutes

tambieacuten son unisubjetivos el homicidio el robo la violacioacuten etc El

adulterio al contrario es un delito plurisubjetivo por requerir

necesariamente en virtud de la descripcioacuten tiacutepica la concurrencia de

dos sujetos para integrar el tipo (a menos que opere en favor de uno de

ellos por ejemplo una causa de inculpabilidad por error de hecho

esencial e insuperable) igualmente la asociacioacuten delictuosa en donde

se exige tiacutepicamente el concurso de tres o maacutes individuos

POR LA FORMA DE SU PERSECUCIOacuteN

Como una reminiscencia del periodo de la venganza privada existe en

las legislaciones un grupo de delitos que solo pueden perseguirse si asiacute

lo manifiesta el ofendido o sus legiacutetimos representantes Estos delitos

son llamados privados o de querella necesaria cuya persecucioacuten

uacutenicamente es posible si se llena el requisito previo de la querella de la

parte ofendida mas una vez formulada la querella la autoridad estaacute

obligada a perseguir La razoacuten por la cual se mantienen en las

legislaciones estos delitos perseguibles por querella de la parte

ofendida se basa en la consideracioacuten de que en ocasiones la

persecucioacuten oficiosa acarreariacutea mayores dantildeos que la misma impunidad

del delincuente

Los delitos perseguibles previa denuncia (conocidos como perseguibles

de oficio) que puede ser formulada por cualquier persona son todos

aquellos en los que la autoridad estaacute obligada a actuar por mandato

legal persiguiendo y castigando a los responsables con independencia

de la voluntad de los ofendidos Consecuentemente en los delitos

perseguibles por denuncia no surte efecto alguno el perdoacuten del

ofendido a la inversa de lo que ocurre en los de querella necesaria

19

La mayor parte de los delitos se persiguen de oficio y soacutelo un reducido

nuacutemero a peticioacuten de la parte agraviada Entre eacutestos pueden citarse el

adulterio el estupro el abuso de confianza y otros delitos patrimoniales

Actualmente se observa la tendencia a aumentar el nuacutemero de los

delitos perseguidos por querella y que antes requeriacutean denuncia

DELITOS COMUNES FEDERALES OFICIALES MILITARES Y

POLIacuteTICOS

Esta clasificacioacuten es en funcioacuten de la materia

Los delitos comunes constituyen la regla general son aquellos que se

formulan en las leyes dictadas por las legislaturas locales en cambio los

federales se establecen en leyes expedidas por el Congreso de la Unioacuten

Los delitos oficiales son los que comete un empleado o funcionario

puacuteblico en el ejercicio de sus funciones (mejor dicho en abuso de ellas)

Los delitos del orden militar afectan la disciplina del Ejeacutercito La

Constitucioacuten General de la Repuacuteblica en el artiacuteculo 13 prohiacutebe a los

tribunales militares extender su jurisdiccioacuten sobre personas ajenas al

Instituto Armado

Los delitos poliacuteticos no han sido definidos de manera satisfactoria

Generalmente se incluyen todos los hechos que lesionan la organizacioacuten

del Estado en siacute misma o en sus oacuterganos o representantes El articulo

144 reformado del Coacutedigo Penal vigente considera delitos de caraacutecter

poliacutetico los de rebelioacuten sedicioacuten motiacuten y el de conspiracioacuten para

cometerlos El anteproyecto de 1949 los define asiacute Para todos los

efectos legales se consideran como de caraacutecter poliacutetico los delitos contra

la seguridad del Estado

CLASIFICACION DEL DELITO SEGUacuteN

RICARDO ABARCA

20

Conducta

La accioacuten puede definirse como el movimiento corporal que al realizarla

provoca un cambio en el mundo exterior pero esta accioacuten puede verse

desde dos perspectivas la primera seriacutea como acto que es la realizacioacuten

del movimiento la segunda es la omisioacuten que es la ausencia del

movimiento corporal y eacutesta a su vez se subdivide en dos en la omisioacuten

simple que es la inactividad del actuar y en la comisioacuten por omisioacuten que

se lleva a cabo cuando debiendo actuar de una manera para evitar el

resultado no se lleva a cabo la accioacuten y se comete el delito Asiacute el acto y

la omisioacuten nos dan el resultado y la relacioacuten de causalidad y fungiriacutean

como elementos positivos del delito ahora bien la accioacuten pasa al plano

de elemento negativo del delito cuando existe una ausencia de la accioacuten

y es cuando eacutesta surge sin la voluntad del agente tal y como lo

establece el artiacuteculo 14 del coacutedigo penal del Estado de Guanajuato en su

primer paacuterrafo obra culposamente quien produce un resultado tiacutepico

que no previo siendo previsible que previoacute confiando en que no se

produciriacutea siempre que dicho resultado sea debido a la inobservancia

del cuidado que le incumbe seguacuten las condiciones y sus circunstancias

personales

TIPICA

La tipicidad es la congruencia existente entre la accioacuten y el tipo penal

descrito en el Coacutedigo Penal es decir que exista una adecuacioacuten entre

estos dos aspectos Este elemento por si solo puede entenderse como

un elemento positivo del delito es decir cuando la accioacuten que cometes

esta prevista en la ley como un tipo penal Pero de igual manera puede

fungir como un elemento negativo y puede ser por la atipicidad

propiamente dicha como estaacute establecido en el Coacutedigo Penal del Estado

de Guanajuato en su artiacuteculo 33 fraccioacuten II- Falte alguno de los

21

elementos del tipo penal de que se trate (el delito se excluye)o por la

ausencia de tipicidad es decir cuando la conducta realizada no se

encuentre regida por la normatividad penal y por lo tanto no pueda ser

considerada delictuosa asiacute como tampoco pueda ser sancionada

Antijuriacutedica

Esteacute elemento se refiere cuando la accioacuten ejecutada es contraria a

derecho es decir va en contra del orden juriacutedico establecido en la

sociedad y regulado por el Estado ya que eacuteste a traveacutes de las normas de

cultura ordena y prohiacutebe ciertas acciones correspondiendo a sus

intereses valorativos y soacutelo cuando el Estado las privilegia con su tutela

al reconocerlas en la ley adquieren el rango de juriacutedicas

Asiacute podemos hablar de dos tipos de antijuridicidad la formal y la

material refirieacutendose la primera a la infraccioacuten de una norma que el

Estado la tiene en su cataacutelogo del orden juriacutedico y la segunda se refiere

cuando la accioacuten cometida lesiona o puede lesionar alguacuten bien juriacutedico

que como dije anteriormente eacutestos se encuentran bajo tutela del

derecho penal y siendo eacuteste puacuteblico al Estado le interesa mantener los

bienes juriacutedicos bajo su proteccioacuten

La antijuridicidad puede ser un elemento negativo del delito soacutelo en los

casos en los que exista alguacuten supuesto de exclusioacuten del delito sentildealados

en el artiacuteculo 33 del coacutedigo Penal del Estado Guanajuato

Dentro de los cuales encontramos por ejemplo la legitima defensa el

estado de necesidad caso fortuito cumplimiento de un deber o por

consentimiento de la viacutectima

Culpable

22

La culpabilidad puede variar en este concepto nos encontramos con dos

divisiones el dolo y la culpa

Se tiene presencia del dolo cuando la accioacuten cometida por el sujeto

activo es plena de conciencia y su plan criminal estaacute ideado plenamente

a causar la lesioacuten al bien juriacutedico es decir la plena manifestacioacuten de la

voluntad El dolo puede ser de tres maneras distintas directo cuando el

resultado es congruente con el fin propuesto del sujeto activo indirecto

cuando el sujeto activo se propone el fin delictivo y sabe con certeza

que causara otros fines el eventual que es cuando se preveacuten posibles

resultados que no se quieren

La culpa es cuando se comete el delito pero la voluntad del sujeto activo

es inexistente y puede a su vez dividirse en dos con representacioacuten

que se refiere o se da cuando el sujeto activo preveacute como posible alguacuten

resultado antijuriacutedico pero espera que no suceda sin representacioacuten se

da cuando el sujeto no preveacute el resultado por negligencia o falta de

cuidado

Tambieacuten existe la preterintencionalidad que consiste en la combinacioacuten

de las dos formas anteriores de culpabilidad es decir cuando la

conducta inicio de manera culposa y culmino de manera dolosa eacutesta

uacuteltima entra como elemento positivo del delito

La manera de que la culpabilidad sea elemento negativo del delito es en

los casos siguientes existencia de error ya sea de hecho o de derecho

eximentes putativas obediencia jeraacuterquica violencia moral estado de

necesidad exigibilidad de otra conducta

Esto es porque la culpabilidad estaacute fundada en hacer el juicio de

reproche al autor de la accioacuten antijuriacutedica tiacutepica pero por encontrarse en

una situacioacuten especial de desconocimiento de que la accioacuten realizada es

un delito provoca que eacutesta se convierta en inculpabilidad y por

consecuente inimputable

23

Punible

La punibilidad puede verse como una consecuencia que trae la comisioacuten

de un delito es decir si un sujeto actuacutea de manera iliacutecita y altera el

orden juriacutedico le sobrevendraacute una sancioacuten La punibilidad es entonces la

consecuencia juriacutedica que viene a la accioacuten punible El legislador ademaacutes

de procurar el orden juriacutedico estableciendo castigos a quienes violan

eacuteste hace depender la imposicioacuten de la pena de factores y

circunstancias externas e independientes del acto punible

Existen en nuestro sistema penal dos clases de sanciones las penas y

las medidas de seguridad Siendo las primeras de caraacutecter ejemplar y

las segundas de caraacutecter psicoloacutegico pero ambas coinciden en la

rehabilitacioacuten que procuran hacia el sujeto infractor

Se tiene claramente la distincioacuten en su clasificacioacuten que es la siguiente

las penas pueden variar como por ejemplo pena de muerte privacioacuten

de la libertad restriccioacuten de la libertad privacioacuten de derechos

restriccioacuten de derechos reparacioacuten del dantildeo Y las medidas de seguridad

pueden ser curativas eliminatorias o educativas

Las penas en nuestro Estado se encuentran reguladas por el Coacutedigo

Penal en su artiacuteculo 38 y las medidas de seguridad en el artiacuteculo 89

La manera de que la punibilidad entre como un elemento negativo del

delito es con las excusas absolutorias que son causas personales que se

encuentran legalmente previstas que aunque no eliminan el caraacutecter

delictivo de la accioacuten que cometioacute siacute excluyen la pena pues para el

Estado no es necesario establecer pena alguna contra tales hechos ya

que dichas circunstancias revelan una miacutenima peligrosidad

IMPUTABLE

Como lo hemos venido diciendo al sujeto activo se le hace un juicio de

24

reproche por desviarse del buen camino y es por eso que como uacuteltimo

elemento del delito encontramos la imputabilidad que puede

entenderse como la capacidad del sujeto de querer y entender la accioacuten

que realizo por lo que en este elemento entra en un gran campo la

conciencia o inconsciencia del sujeto

Retomando nuevamente lo que deciacutea en un inicio el derecho penal

mexicano estaacute bajo la influencia de la escuela finalista y por tanto se

considera que el sujeto tiene un libre albedriacuteo acerca de su actuar y

puede medir de manera plena las consecuencias juriacutedicas

Por tanto se tienen causas de inimputabilidad hacia el sujeto activo en

casos especiales como la minoriacutea de edad la enajenacioacuten o los estados

de inconsciencia ya que no se puede hablar de un reproche al sujeto si

eacuteste no actuoacute de manera consiente El primero es por la falta de

desarrollo mental del sujeto el segundo cuando la enfermedad de la

mente o el estado de inconsciencia privan de la consciencia de cometer

un delito o de obrar conforme a Derecho Y el tercero por el empleo de

sustancias toacutexicas embriagantes o estupefacientes por toxico

infecciones o por trastornos mentales Asiacute como lo establece el artiacuteculo

33 del Coacutedigo penal del Estado de Guanajuato en su primer paacuterrafo de la

fraccioacuten VII- Al momento de realizar el hecho tiacutepico y por causa de

enfermedad mental que perturbe gravemente su conciencia de

desarrollo psiacutequico incompleto o retardado o de grave perturbacioacuten de la

conciencia sin base patoloacutegica el agente no tenga la capacidad de

comprender el caraacutecter iliacutecito de aquel o de conducirse de acuerdo con

esa comprensioacuten

Ya que la imputabilidad es la base psicoloacutegica de la culpabilidad soacutelo el

sujeto que es capaz de querer y entender y solo asiacute puede ser

responsable

Eacutestos seriacutean los casos en los que el elemento de la imputabilidad

entrariacutea como elemento negativo del delito

25

CLASIFICACION DEL DELITO SEGUacuteN

CELESTINO PORTE PETIT

CLASIFICACION DEL DELITO

De acuerdo con el Coacutedigo Penal del Estado de Meacutexico en su capiacutetulo II

en el

Artiacuteculo 8- Establece que los delitos pueden ser

I Dolosos

El delito es doloso cuando se obra conociendo los elementos del tipo

penal o previendo como posible el resultado tiacutepico queriendo o

aceptando la realizacioacuten del hecho descrito por la ley

II Culposos

El delito es culposo cuando se produce un resultado tiacutepico que no se

previoacute siendo previsible o confiando en que no se produciriacutea en virtud

de la violacioacuten a un deber de cuidado que debiacutea y podiacutea observarse

seguacuten las circunstancias y condiciones personales

III Instantaacuteneos

Es instantaacuteneo cuando la consumacioacuten se agota en el mismo momento

en que se han realizado todos sus elementos constitutivos

IV Permanentes

Es permanente cuando la consumacioacuten se prolonga en el tiempo

V Continuados

26

Es continuado cuando existe unidad de propoacutesito delictivo pluralidad de

conductas e identidad de sujeto pasivo y se viola el mismo precepto

legal

Son delitos de accioacuten los que se cometen por medio de una conducta

positiva es decir un hacer Los delitos por omisioacuten se ejecutan por

medio de un comportamiento negativo un no hacer determinada

obligacioacuten o no ejecutar una accioacuten Ademaacutes existen delitos que por su

iacutendole estructural exigen para su existencia la incidencia de una accioacuten

y luego una omisioacuten o viceversa

Los delitos que no necesitan resultado material ya que la sola conducta

del sujeto los realiza son los que se perfeccionan con el cumplimiento

de determinada accioacuten u omisioacuten cuya consecuencia es la no-

observacioacuten de una obligacioacuten o de un deber pero cuyo resultado no se

manifiesta en el mundo fiacutesico con un hecho de momento perceptible

En tanto que los delitos de resultado son los que para su consumacioacuten

exigen ademaacutes de la conducta del sujeto activo que se produzca

determinado efecto distinto de la omisioacuten o de la accioacuten el resultado en

estos delitos se observa fiacutesicamente en el mundo real Los delitos se

clasifican de esta manera porque se atiende a la estructura exterior de

ellos

Los delitos de dantildeo requieren para su perfeccionamiento juriacutedico que el

bien tutelado juriacutedicamente protegido sea destruido o disminuido en

tanto en los delitos de peligro basta que el bien juriacutedico sea amenazado

al realizarse la conducta criminosa accioacuten u omisioacuten con la acusacioacuten

de un dantildeo o peligro inminente determinado y grave

Son delitos instantaacuteneos aquellos que con la sola realizacioacuten de la

conducta accioacuten u omisioacuten por el sujeto activo quedan realizados o

tipificados sin que se requiera accioacuten posterior para su continuidad o

vigencia Los delitos permanentes son los que se caracterizan porque el

hecho que los constituye o realiza da lugar a una situacioacuten dantildeosa o de 27

peligro que se prolonga en el tiempo a causa de la continuidad del

comportamiento del sujeto Para la existencia de estos delitos es

necesario que el estado dantildeoso o de peligro provenga de la conducta

del sujeto activo de manera continua es decir que no se agote en un

solo instante sino que prosiga durante determinado tiempo y que la

proacuterroga de la situacioacuten antijuriacutedica se deba a la exclusiva conducta

voluntaria del sujeto que prosigue con ella ininterrumpidamente

despueacutes de la -- realizacioacuten del hecho que constituye el delito

En este mismo orden de ideas atendiendo a la duracioacuten de las

consecuencias del delito eacutestas son permanentes es decir hay delitos

instantaacuteneos y delitos permanentes en cuanto a los actos de se

realizacioacuten con efectos permanentes cuya caracteriacutestica es la duracioacuten

de las consecuencias del delito

Ahora bien dentro de las especies del delito que por ser varias

conforme a los fines que se persigan para su tipificacioacuten o conforme al

bien juriacutedico que tutela la ley entre otros aspectos como la que se ha

realizado al principio de este acaacutepite tenemos ahora

Conforme a su gravedad tenemos delitos y faltas habraacute delito siempre

que se realice la conducta prevista y sancionada por la ley penal o en

alguna otra ley especial en tanto que la falta no obstante ser una

conducta contraria a la ley y sancionada por esta misma la sancioacuten la

aplica una autoridad u oacutergano diferente al Poder Judicial o Tribunal

generalmente una autoridad de iacutendole administrativa

Seguacuten la intencioacuten con que se comete o realiza la accioacuten que da origen

al delito tenemos delitos con intencioacuten o dolosos culposos o contra la

intencioacuten y los que son cometidos maacutes allaacute de la intencioacuten o

preterintencionales

Si se ha deseado realizar la accioacuten u omisioacuten para la comisioacuten del delito

y previsto el resultado del mismo se estaacute ante un delito doloso En

28

tanto que siacute de deseaba realizar la accioacuten u omisioacuten pero no el

resultado del delito se trata de un delito culposo Y cuando se ha

deseado realizar la accioacuten u omisioacuten y no el resultado como

consecuencia en su integridad sino un efecto menos grave se trata de

un delito preterintencional

Los delitos tipo o tambieacuten simples o netos son los que se presentan en

su puro modelo legal sin maacutes caracteriacutesticas que sus elementos

esenciales y los delitos circunstanciados son los que ademaacutes de contar

con los elementos esenciales se presentan acompantildeados de

circunstancias o accidentes a sus elementos

Por su efecto los delitos se consideran simples y complejos formales y

materiales de lesioacuten y de peligro Son simples o uniacute subsistentes en el

que coincide el momento ejecutivo y el momento consumativo se

realizan ambos en un soacutelo acto o momento Los complejos o

plurisubsistentes son aquellos cuya accioacuten ejecutiva consta de varios

actos en que puede integrarse El delito material es el que se consuma

al momento de verificarse el resultado material de eacutese en tanto que el

delito formal se perfecciona con una simple accioacuten u omisioacuten haciendo

abstraccioacuten de la verificacioacuten del resultado Los delitos de lesioacuten o dantildeo

y de peligro ya han sido tratados en paacuterrafos precedentes

Seguacuten el objeto o finque persiguen la perturbacioacuten dantildeo disminucioacuten o

destruccioacuten del bien juriacutedicamente protegido son delitos contra la cosa

puacuteblica o el Estado mismo o sus Instituciones y delitos contra las

personas privadas delitos poliacuteticos y no poliacuteticos

Seguacuten los sujetos que los realizan los delitos individuales y colectivos

comunes y especiales seguacuten la ley que los contenga y ocasionales y

habituales seguacuten la constancia con que delinque el sujeto que los

realiza

29

Seguacuten los requisitos para la procedibilidad o persecucioacuten de los delitos

conforme al bien juriacutedico protegido que afecta de acuerdo a la

naturaleza del dantildeo afectacioacuten del bien los delitos son de accioacuten puacuteblica

(denuncia) o de accioacuten privada (querella)

Para el desarrollo de este acaacutepite se tomaraacuten en cuenta las

disposiciones legales que se contienen en el Coacutedigo de Penal para el

Distrito Federal en Materia de Fuero Comuacuten y para toda la Repuacuteblica en

Materia de Fuero Federal el Coacutedigo de Procedimientos Penales para el

Distrito Federal el Coacutedigo Federal de Procedimientos Penales el Coacutedigo

Penal para el Estado de Meacutexico y el Coacutedigo de Procedimientos Penales

para el Estado de Meacutexico Por lo que las clasificaciones de los delitos

que ahora se presentaraacuten seraacute desde el punto de vista legal es decir

atendiendo a lo dispuesto en los ordenamientos legales vigentes de

iacutendole penal sustantiva y adjetiva seguacuten se trate

CLASIFICACION DEL DELITOP SEGUacuteN

EDUARDO LOacutePEZ BENTANCOURT

Por su Composicioacuten

Normales son aquellos en los que el tipo estaraacute conformado de

elementos objetivos

Anormales son los tipos penales que ademaacutes de contener

elementos objetivos tambieacuten se conforman con elementos

subjetivos o normativos

Por su Ordenacioacuten Metodoloacutegica

Fundamentales son los tipos con plena independencia

formados con una conducta iliacutecita sobre un bien juriacutedicamente

tutelado

30

Especiales son los tipos que contienen en su descripcioacuten alguacuten

tipo de caracteriacutestica

Complementados son aquellos que requieren de la realizacioacuten

previa de un tipo baacutesico no tienen autonomiacutea

Por su Autonomiacutea o Independencia

Autoacutenomos son los tipos penales con vida propia no necesitan

de la realizacioacuten de alguacuten otro

Subordinados Requieren de la existencia de alguacuten otro tipo

Por su Formulacioacuten

Casuiacutesticos el legislador plantea varias formas de realizacioacuten del

delito subdividieacutendose en

Alternativos son aquellos donde se plantean dos o maacutes hipoacutetesis

y se precisa de la ejecucioacuten de solo una de ellas para la tipificacioacuten

de la conducta iliacutecita

Acumulativos se exige la realizacioacuten o concurso de todas las

hipoacutetesis que el legislador ha plasmado en el tipo penal para la

adecuacioacuten de la conducta al mismo

Amplios contiene en su descripcioacuten una hipoacutetesis uacutenica en donde

caben todos los modos de ejecucioacuten se colma el tipo penal con la

lesioacuten causada al bien juriacutedicamente tutelado

Por el Dantildeo que Causan

De Lesioacuten requieren de un dantildeo inminente al bien juriacutedico

tutelado

De Peligro basta con el simple riesgo en que se pone al bien

juriacutedicamente tutelado

31

  • CLASIFICACION DEL DELITO
Page 19: Clasificación del delito

actuacioacuten de un solo sujeto que tenga el caraacutecter de encargado de un

servicio puacuteblico y soacutelo eacutel concurre con su conducta a conformar la

descripcioacuten de la ley pero es posible su realizacioacuten por dos o maacutes

tambieacuten son unisubjetivos el homicidio el robo la violacioacuten etc El

adulterio al contrario es un delito plurisubjetivo por requerir

necesariamente en virtud de la descripcioacuten tiacutepica la concurrencia de

dos sujetos para integrar el tipo (a menos que opere en favor de uno de

ellos por ejemplo una causa de inculpabilidad por error de hecho

esencial e insuperable) igualmente la asociacioacuten delictuosa en donde

se exige tiacutepicamente el concurso de tres o maacutes individuos

POR LA FORMA DE SU PERSECUCIOacuteN

Como una reminiscencia del periodo de la venganza privada existe en

las legislaciones un grupo de delitos que solo pueden perseguirse si asiacute

lo manifiesta el ofendido o sus legiacutetimos representantes Estos delitos

son llamados privados o de querella necesaria cuya persecucioacuten

uacutenicamente es posible si se llena el requisito previo de la querella de la

parte ofendida mas una vez formulada la querella la autoridad estaacute

obligada a perseguir La razoacuten por la cual se mantienen en las

legislaciones estos delitos perseguibles por querella de la parte

ofendida se basa en la consideracioacuten de que en ocasiones la

persecucioacuten oficiosa acarreariacutea mayores dantildeos que la misma impunidad

del delincuente

Los delitos perseguibles previa denuncia (conocidos como perseguibles

de oficio) que puede ser formulada por cualquier persona son todos

aquellos en los que la autoridad estaacute obligada a actuar por mandato

legal persiguiendo y castigando a los responsables con independencia

de la voluntad de los ofendidos Consecuentemente en los delitos

perseguibles por denuncia no surte efecto alguno el perdoacuten del

ofendido a la inversa de lo que ocurre en los de querella necesaria

19

La mayor parte de los delitos se persiguen de oficio y soacutelo un reducido

nuacutemero a peticioacuten de la parte agraviada Entre eacutestos pueden citarse el

adulterio el estupro el abuso de confianza y otros delitos patrimoniales

Actualmente se observa la tendencia a aumentar el nuacutemero de los

delitos perseguidos por querella y que antes requeriacutean denuncia

DELITOS COMUNES FEDERALES OFICIALES MILITARES Y

POLIacuteTICOS

Esta clasificacioacuten es en funcioacuten de la materia

Los delitos comunes constituyen la regla general son aquellos que se

formulan en las leyes dictadas por las legislaturas locales en cambio los

federales se establecen en leyes expedidas por el Congreso de la Unioacuten

Los delitos oficiales son los que comete un empleado o funcionario

puacuteblico en el ejercicio de sus funciones (mejor dicho en abuso de ellas)

Los delitos del orden militar afectan la disciplina del Ejeacutercito La

Constitucioacuten General de la Repuacuteblica en el artiacuteculo 13 prohiacutebe a los

tribunales militares extender su jurisdiccioacuten sobre personas ajenas al

Instituto Armado

Los delitos poliacuteticos no han sido definidos de manera satisfactoria

Generalmente se incluyen todos los hechos que lesionan la organizacioacuten

del Estado en siacute misma o en sus oacuterganos o representantes El articulo

144 reformado del Coacutedigo Penal vigente considera delitos de caraacutecter

poliacutetico los de rebelioacuten sedicioacuten motiacuten y el de conspiracioacuten para

cometerlos El anteproyecto de 1949 los define asiacute Para todos los

efectos legales se consideran como de caraacutecter poliacutetico los delitos contra

la seguridad del Estado

CLASIFICACION DEL DELITO SEGUacuteN

RICARDO ABARCA

20

Conducta

La accioacuten puede definirse como el movimiento corporal que al realizarla

provoca un cambio en el mundo exterior pero esta accioacuten puede verse

desde dos perspectivas la primera seriacutea como acto que es la realizacioacuten

del movimiento la segunda es la omisioacuten que es la ausencia del

movimiento corporal y eacutesta a su vez se subdivide en dos en la omisioacuten

simple que es la inactividad del actuar y en la comisioacuten por omisioacuten que

se lleva a cabo cuando debiendo actuar de una manera para evitar el

resultado no se lleva a cabo la accioacuten y se comete el delito Asiacute el acto y

la omisioacuten nos dan el resultado y la relacioacuten de causalidad y fungiriacutean

como elementos positivos del delito ahora bien la accioacuten pasa al plano

de elemento negativo del delito cuando existe una ausencia de la accioacuten

y es cuando eacutesta surge sin la voluntad del agente tal y como lo

establece el artiacuteculo 14 del coacutedigo penal del Estado de Guanajuato en su

primer paacuterrafo obra culposamente quien produce un resultado tiacutepico

que no previo siendo previsible que previoacute confiando en que no se

produciriacutea siempre que dicho resultado sea debido a la inobservancia

del cuidado que le incumbe seguacuten las condiciones y sus circunstancias

personales

TIPICA

La tipicidad es la congruencia existente entre la accioacuten y el tipo penal

descrito en el Coacutedigo Penal es decir que exista una adecuacioacuten entre

estos dos aspectos Este elemento por si solo puede entenderse como

un elemento positivo del delito es decir cuando la accioacuten que cometes

esta prevista en la ley como un tipo penal Pero de igual manera puede

fungir como un elemento negativo y puede ser por la atipicidad

propiamente dicha como estaacute establecido en el Coacutedigo Penal del Estado

de Guanajuato en su artiacuteculo 33 fraccioacuten II- Falte alguno de los

21

elementos del tipo penal de que se trate (el delito se excluye)o por la

ausencia de tipicidad es decir cuando la conducta realizada no se

encuentre regida por la normatividad penal y por lo tanto no pueda ser

considerada delictuosa asiacute como tampoco pueda ser sancionada

Antijuriacutedica

Esteacute elemento se refiere cuando la accioacuten ejecutada es contraria a

derecho es decir va en contra del orden juriacutedico establecido en la

sociedad y regulado por el Estado ya que eacuteste a traveacutes de las normas de

cultura ordena y prohiacutebe ciertas acciones correspondiendo a sus

intereses valorativos y soacutelo cuando el Estado las privilegia con su tutela

al reconocerlas en la ley adquieren el rango de juriacutedicas

Asiacute podemos hablar de dos tipos de antijuridicidad la formal y la

material refirieacutendose la primera a la infraccioacuten de una norma que el

Estado la tiene en su cataacutelogo del orden juriacutedico y la segunda se refiere

cuando la accioacuten cometida lesiona o puede lesionar alguacuten bien juriacutedico

que como dije anteriormente eacutestos se encuentran bajo tutela del

derecho penal y siendo eacuteste puacuteblico al Estado le interesa mantener los

bienes juriacutedicos bajo su proteccioacuten

La antijuridicidad puede ser un elemento negativo del delito soacutelo en los

casos en los que exista alguacuten supuesto de exclusioacuten del delito sentildealados

en el artiacuteculo 33 del coacutedigo Penal del Estado Guanajuato

Dentro de los cuales encontramos por ejemplo la legitima defensa el

estado de necesidad caso fortuito cumplimiento de un deber o por

consentimiento de la viacutectima

Culpable

22

La culpabilidad puede variar en este concepto nos encontramos con dos

divisiones el dolo y la culpa

Se tiene presencia del dolo cuando la accioacuten cometida por el sujeto

activo es plena de conciencia y su plan criminal estaacute ideado plenamente

a causar la lesioacuten al bien juriacutedico es decir la plena manifestacioacuten de la

voluntad El dolo puede ser de tres maneras distintas directo cuando el

resultado es congruente con el fin propuesto del sujeto activo indirecto

cuando el sujeto activo se propone el fin delictivo y sabe con certeza

que causara otros fines el eventual que es cuando se preveacuten posibles

resultados que no se quieren

La culpa es cuando se comete el delito pero la voluntad del sujeto activo

es inexistente y puede a su vez dividirse en dos con representacioacuten

que se refiere o se da cuando el sujeto activo preveacute como posible alguacuten

resultado antijuriacutedico pero espera que no suceda sin representacioacuten se

da cuando el sujeto no preveacute el resultado por negligencia o falta de

cuidado

Tambieacuten existe la preterintencionalidad que consiste en la combinacioacuten

de las dos formas anteriores de culpabilidad es decir cuando la

conducta inicio de manera culposa y culmino de manera dolosa eacutesta

uacuteltima entra como elemento positivo del delito

La manera de que la culpabilidad sea elemento negativo del delito es en

los casos siguientes existencia de error ya sea de hecho o de derecho

eximentes putativas obediencia jeraacuterquica violencia moral estado de

necesidad exigibilidad de otra conducta

Esto es porque la culpabilidad estaacute fundada en hacer el juicio de

reproche al autor de la accioacuten antijuriacutedica tiacutepica pero por encontrarse en

una situacioacuten especial de desconocimiento de que la accioacuten realizada es

un delito provoca que eacutesta se convierta en inculpabilidad y por

consecuente inimputable

23

Punible

La punibilidad puede verse como una consecuencia que trae la comisioacuten

de un delito es decir si un sujeto actuacutea de manera iliacutecita y altera el

orden juriacutedico le sobrevendraacute una sancioacuten La punibilidad es entonces la

consecuencia juriacutedica que viene a la accioacuten punible El legislador ademaacutes

de procurar el orden juriacutedico estableciendo castigos a quienes violan

eacuteste hace depender la imposicioacuten de la pena de factores y

circunstancias externas e independientes del acto punible

Existen en nuestro sistema penal dos clases de sanciones las penas y

las medidas de seguridad Siendo las primeras de caraacutecter ejemplar y

las segundas de caraacutecter psicoloacutegico pero ambas coinciden en la

rehabilitacioacuten que procuran hacia el sujeto infractor

Se tiene claramente la distincioacuten en su clasificacioacuten que es la siguiente

las penas pueden variar como por ejemplo pena de muerte privacioacuten

de la libertad restriccioacuten de la libertad privacioacuten de derechos

restriccioacuten de derechos reparacioacuten del dantildeo Y las medidas de seguridad

pueden ser curativas eliminatorias o educativas

Las penas en nuestro Estado se encuentran reguladas por el Coacutedigo

Penal en su artiacuteculo 38 y las medidas de seguridad en el artiacuteculo 89

La manera de que la punibilidad entre como un elemento negativo del

delito es con las excusas absolutorias que son causas personales que se

encuentran legalmente previstas que aunque no eliminan el caraacutecter

delictivo de la accioacuten que cometioacute siacute excluyen la pena pues para el

Estado no es necesario establecer pena alguna contra tales hechos ya

que dichas circunstancias revelan una miacutenima peligrosidad

IMPUTABLE

Como lo hemos venido diciendo al sujeto activo se le hace un juicio de

24

reproche por desviarse del buen camino y es por eso que como uacuteltimo

elemento del delito encontramos la imputabilidad que puede

entenderse como la capacidad del sujeto de querer y entender la accioacuten

que realizo por lo que en este elemento entra en un gran campo la

conciencia o inconsciencia del sujeto

Retomando nuevamente lo que deciacutea en un inicio el derecho penal

mexicano estaacute bajo la influencia de la escuela finalista y por tanto se

considera que el sujeto tiene un libre albedriacuteo acerca de su actuar y

puede medir de manera plena las consecuencias juriacutedicas

Por tanto se tienen causas de inimputabilidad hacia el sujeto activo en

casos especiales como la minoriacutea de edad la enajenacioacuten o los estados

de inconsciencia ya que no se puede hablar de un reproche al sujeto si

eacuteste no actuoacute de manera consiente El primero es por la falta de

desarrollo mental del sujeto el segundo cuando la enfermedad de la

mente o el estado de inconsciencia privan de la consciencia de cometer

un delito o de obrar conforme a Derecho Y el tercero por el empleo de

sustancias toacutexicas embriagantes o estupefacientes por toxico

infecciones o por trastornos mentales Asiacute como lo establece el artiacuteculo

33 del Coacutedigo penal del Estado de Guanajuato en su primer paacuterrafo de la

fraccioacuten VII- Al momento de realizar el hecho tiacutepico y por causa de

enfermedad mental que perturbe gravemente su conciencia de

desarrollo psiacutequico incompleto o retardado o de grave perturbacioacuten de la

conciencia sin base patoloacutegica el agente no tenga la capacidad de

comprender el caraacutecter iliacutecito de aquel o de conducirse de acuerdo con

esa comprensioacuten

Ya que la imputabilidad es la base psicoloacutegica de la culpabilidad soacutelo el

sujeto que es capaz de querer y entender y solo asiacute puede ser

responsable

Eacutestos seriacutean los casos en los que el elemento de la imputabilidad

entrariacutea como elemento negativo del delito

25

CLASIFICACION DEL DELITO SEGUacuteN

CELESTINO PORTE PETIT

CLASIFICACION DEL DELITO

De acuerdo con el Coacutedigo Penal del Estado de Meacutexico en su capiacutetulo II

en el

Artiacuteculo 8- Establece que los delitos pueden ser

I Dolosos

El delito es doloso cuando se obra conociendo los elementos del tipo

penal o previendo como posible el resultado tiacutepico queriendo o

aceptando la realizacioacuten del hecho descrito por la ley

II Culposos

El delito es culposo cuando se produce un resultado tiacutepico que no se

previoacute siendo previsible o confiando en que no se produciriacutea en virtud

de la violacioacuten a un deber de cuidado que debiacutea y podiacutea observarse

seguacuten las circunstancias y condiciones personales

III Instantaacuteneos

Es instantaacuteneo cuando la consumacioacuten se agota en el mismo momento

en que se han realizado todos sus elementos constitutivos

IV Permanentes

Es permanente cuando la consumacioacuten se prolonga en el tiempo

V Continuados

26

Es continuado cuando existe unidad de propoacutesito delictivo pluralidad de

conductas e identidad de sujeto pasivo y se viola el mismo precepto

legal

Son delitos de accioacuten los que se cometen por medio de una conducta

positiva es decir un hacer Los delitos por omisioacuten se ejecutan por

medio de un comportamiento negativo un no hacer determinada

obligacioacuten o no ejecutar una accioacuten Ademaacutes existen delitos que por su

iacutendole estructural exigen para su existencia la incidencia de una accioacuten

y luego una omisioacuten o viceversa

Los delitos que no necesitan resultado material ya que la sola conducta

del sujeto los realiza son los que se perfeccionan con el cumplimiento

de determinada accioacuten u omisioacuten cuya consecuencia es la no-

observacioacuten de una obligacioacuten o de un deber pero cuyo resultado no se

manifiesta en el mundo fiacutesico con un hecho de momento perceptible

En tanto que los delitos de resultado son los que para su consumacioacuten

exigen ademaacutes de la conducta del sujeto activo que se produzca

determinado efecto distinto de la omisioacuten o de la accioacuten el resultado en

estos delitos se observa fiacutesicamente en el mundo real Los delitos se

clasifican de esta manera porque se atiende a la estructura exterior de

ellos

Los delitos de dantildeo requieren para su perfeccionamiento juriacutedico que el

bien tutelado juriacutedicamente protegido sea destruido o disminuido en

tanto en los delitos de peligro basta que el bien juriacutedico sea amenazado

al realizarse la conducta criminosa accioacuten u omisioacuten con la acusacioacuten

de un dantildeo o peligro inminente determinado y grave

Son delitos instantaacuteneos aquellos que con la sola realizacioacuten de la

conducta accioacuten u omisioacuten por el sujeto activo quedan realizados o

tipificados sin que se requiera accioacuten posterior para su continuidad o

vigencia Los delitos permanentes son los que se caracterizan porque el

hecho que los constituye o realiza da lugar a una situacioacuten dantildeosa o de 27

peligro que se prolonga en el tiempo a causa de la continuidad del

comportamiento del sujeto Para la existencia de estos delitos es

necesario que el estado dantildeoso o de peligro provenga de la conducta

del sujeto activo de manera continua es decir que no se agote en un

solo instante sino que prosiga durante determinado tiempo y que la

proacuterroga de la situacioacuten antijuriacutedica se deba a la exclusiva conducta

voluntaria del sujeto que prosigue con ella ininterrumpidamente

despueacutes de la -- realizacioacuten del hecho que constituye el delito

En este mismo orden de ideas atendiendo a la duracioacuten de las

consecuencias del delito eacutestas son permanentes es decir hay delitos

instantaacuteneos y delitos permanentes en cuanto a los actos de se

realizacioacuten con efectos permanentes cuya caracteriacutestica es la duracioacuten

de las consecuencias del delito

Ahora bien dentro de las especies del delito que por ser varias

conforme a los fines que se persigan para su tipificacioacuten o conforme al

bien juriacutedico que tutela la ley entre otros aspectos como la que se ha

realizado al principio de este acaacutepite tenemos ahora

Conforme a su gravedad tenemos delitos y faltas habraacute delito siempre

que se realice la conducta prevista y sancionada por la ley penal o en

alguna otra ley especial en tanto que la falta no obstante ser una

conducta contraria a la ley y sancionada por esta misma la sancioacuten la

aplica una autoridad u oacutergano diferente al Poder Judicial o Tribunal

generalmente una autoridad de iacutendole administrativa

Seguacuten la intencioacuten con que se comete o realiza la accioacuten que da origen

al delito tenemos delitos con intencioacuten o dolosos culposos o contra la

intencioacuten y los que son cometidos maacutes allaacute de la intencioacuten o

preterintencionales

Si se ha deseado realizar la accioacuten u omisioacuten para la comisioacuten del delito

y previsto el resultado del mismo se estaacute ante un delito doloso En

28

tanto que siacute de deseaba realizar la accioacuten u omisioacuten pero no el

resultado del delito se trata de un delito culposo Y cuando se ha

deseado realizar la accioacuten u omisioacuten y no el resultado como

consecuencia en su integridad sino un efecto menos grave se trata de

un delito preterintencional

Los delitos tipo o tambieacuten simples o netos son los que se presentan en

su puro modelo legal sin maacutes caracteriacutesticas que sus elementos

esenciales y los delitos circunstanciados son los que ademaacutes de contar

con los elementos esenciales se presentan acompantildeados de

circunstancias o accidentes a sus elementos

Por su efecto los delitos se consideran simples y complejos formales y

materiales de lesioacuten y de peligro Son simples o uniacute subsistentes en el

que coincide el momento ejecutivo y el momento consumativo se

realizan ambos en un soacutelo acto o momento Los complejos o

plurisubsistentes son aquellos cuya accioacuten ejecutiva consta de varios

actos en que puede integrarse El delito material es el que se consuma

al momento de verificarse el resultado material de eacutese en tanto que el

delito formal se perfecciona con una simple accioacuten u omisioacuten haciendo

abstraccioacuten de la verificacioacuten del resultado Los delitos de lesioacuten o dantildeo

y de peligro ya han sido tratados en paacuterrafos precedentes

Seguacuten el objeto o finque persiguen la perturbacioacuten dantildeo disminucioacuten o

destruccioacuten del bien juriacutedicamente protegido son delitos contra la cosa

puacuteblica o el Estado mismo o sus Instituciones y delitos contra las

personas privadas delitos poliacuteticos y no poliacuteticos

Seguacuten los sujetos que los realizan los delitos individuales y colectivos

comunes y especiales seguacuten la ley que los contenga y ocasionales y

habituales seguacuten la constancia con que delinque el sujeto que los

realiza

29

Seguacuten los requisitos para la procedibilidad o persecucioacuten de los delitos

conforme al bien juriacutedico protegido que afecta de acuerdo a la

naturaleza del dantildeo afectacioacuten del bien los delitos son de accioacuten puacuteblica

(denuncia) o de accioacuten privada (querella)

Para el desarrollo de este acaacutepite se tomaraacuten en cuenta las

disposiciones legales que se contienen en el Coacutedigo de Penal para el

Distrito Federal en Materia de Fuero Comuacuten y para toda la Repuacuteblica en

Materia de Fuero Federal el Coacutedigo de Procedimientos Penales para el

Distrito Federal el Coacutedigo Federal de Procedimientos Penales el Coacutedigo

Penal para el Estado de Meacutexico y el Coacutedigo de Procedimientos Penales

para el Estado de Meacutexico Por lo que las clasificaciones de los delitos

que ahora se presentaraacuten seraacute desde el punto de vista legal es decir

atendiendo a lo dispuesto en los ordenamientos legales vigentes de

iacutendole penal sustantiva y adjetiva seguacuten se trate

CLASIFICACION DEL DELITOP SEGUacuteN

EDUARDO LOacutePEZ BENTANCOURT

Por su Composicioacuten

Normales son aquellos en los que el tipo estaraacute conformado de

elementos objetivos

Anormales son los tipos penales que ademaacutes de contener

elementos objetivos tambieacuten se conforman con elementos

subjetivos o normativos

Por su Ordenacioacuten Metodoloacutegica

Fundamentales son los tipos con plena independencia

formados con una conducta iliacutecita sobre un bien juriacutedicamente

tutelado

30

Especiales son los tipos que contienen en su descripcioacuten alguacuten

tipo de caracteriacutestica

Complementados son aquellos que requieren de la realizacioacuten

previa de un tipo baacutesico no tienen autonomiacutea

Por su Autonomiacutea o Independencia

Autoacutenomos son los tipos penales con vida propia no necesitan

de la realizacioacuten de alguacuten otro

Subordinados Requieren de la existencia de alguacuten otro tipo

Por su Formulacioacuten

Casuiacutesticos el legislador plantea varias formas de realizacioacuten del

delito subdividieacutendose en

Alternativos son aquellos donde se plantean dos o maacutes hipoacutetesis

y se precisa de la ejecucioacuten de solo una de ellas para la tipificacioacuten

de la conducta iliacutecita

Acumulativos se exige la realizacioacuten o concurso de todas las

hipoacutetesis que el legislador ha plasmado en el tipo penal para la

adecuacioacuten de la conducta al mismo

Amplios contiene en su descripcioacuten una hipoacutetesis uacutenica en donde

caben todos los modos de ejecucioacuten se colma el tipo penal con la

lesioacuten causada al bien juriacutedicamente tutelado

Por el Dantildeo que Causan

De Lesioacuten requieren de un dantildeo inminente al bien juriacutedico

tutelado

De Peligro basta con el simple riesgo en que se pone al bien

juriacutedicamente tutelado

31

  • CLASIFICACION DEL DELITO
Page 20: Clasificación del delito

La mayor parte de los delitos se persiguen de oficio y soacutelo un reducido

nuacutemero a peticioacuten de la parte agraviada Entre eacutestos pueden citarse el

adulterio el estupro el abuso de confianza y otros delitos patrimoniales

Actualmente se observa la tendencia a aumentar el nuacutemero de los

delitos perseguidos por querella y que antes requeriacutean denuncia

DELITOS COMUNES FEDERALES OFICIALES MILITARES Y

POLIacuteTICOS

Esta clasificacioacuten es en funcioacuten de la materia

Los delitos comunes constituyen la regla general son aquellos que se

formulan en las leyes dictadas por las legislaturas locales en cambio los

federales se establecen en leyes expedidas por el Congreso de la Unioacuten

Los delitos oficiales son los que comete un empleado o funcionario

puacuteblico en el ejercicio de sus funciones (mejor dicho en abuso de ellas)

Los delitos del orden militar afectan la disciplina del Ejeacutercito La

Constitucioacuten General de la Repuacuteblica en el artiacuteculo 13 prohiacutebe a los

tribunales militares extender su jurisdiccioacuten sobre personas ajenas al

Instituto Armado

Los delitos poliacuteticos no han sido definidos de manera satisfactoria

Generalmente se incluyen todos los hechos que lesionan la organizacioacuten

del Estado en siacute misma o en sus oacuterganos o representantes El articulo

144 reformado del Coacutedigo Penal vigente considera delitos de caraacutecter

poliacutetico los de rebelioacuten sedicioacuten motiacuten y el de conspiracioacuten para

cometerlos El anteproyecto de 1949 los define asiacute Para todos los

efectos legales se consideran como de caraacutecter poliacutetico los delitos contra

la seguridad del Estado

CLASIFICACION DEL DELITO SEGUacuteN

RICARDO ABARCA

20

Conducta

La accioacuten puede definirse como el movimiento corporal que al realizarla

provoca un cambio en el mundo exterior pero esta accioacuten puede verse

desde dos perspectivas la primera seriacutea como acto que es la realizacioacuten

del movimiento la segunda es la omisioacuten que es la ausencia del

movimiento corporal y eacutesta a su vez se subdivide en dos en la omisioacuten

simple que es la inactividad del actuar y en la comisioacuten por omisioacuten que

se lleva a cabo cuando debiendo actuar de una manera para evitar el

resultado no se lleva a cabo la accioacuten y se comete el delito Asiacute el acto y

la omisioacuten nos dan el resultado y la relacioacuten de causalidad y fungiriacutean

como elementos positivos del delito ahora bien la accioacuten pasa al plano

de elemento negativo del delito cuando existe una ausencia de la accioacuten

y es cuando eacutesta surge sin la voluntad del agente tal y como lo

establece el artiacuteculo 14 del coacutedigo penal del Estado de Guanajuato en su

primer paacuterrafo obra culposamente quien produce un resultado tiacutepico

que no previo siendo previsible que previoacute confiando en que no se

produciriacutea siempre que dicho resultado sea debido a la inobservancia

del cuidado que le incumbe seguacuten las condiciones y sus circunstancias

personales

TIPICA

La tipicidad es la congruencia existente entre la accioacuten y el tipo penal

descrito en el Coacutedigo Penal es decir que exista una adecuacioacuten entre

estos dos aspectos Este elemento por si solo puede entenderse como

un elemento positivo del delito es decir cuando la accioacuten que cometes

esta prevista en la ley como un tipo penal Pero de igual manera puede

fungir como un elemento negativo y puede ser por la atipicidad

propiamente dicha como estaacute establecido en el Coacutedigo Penal del Estado

de Guanajuato en su artiacuteculo 33 fraccioacuten II- Falte alguno de los

21

elementos del tipo penal de que se trate (el delito se excluye)o por la

ausencia de tipicidad es decir cuando la conducta realizada no se

encuentre regida por la normatividad penal y por lo tanto no pueda ser

considerada delictuosa asiacute como tampoco pueda ser sancionada

Antijuriacutedica

Esteacute elemento se refiere cuando la accioacuten ejecutada es contraria a

derecho es decir va en contra del orden juriacutedico establecido en la

sociedad y regulado por el Estado ya que eacuteste a traveacutes de las normas de

cultura ordena y prohiacutebe ciertas acciones correspondiendo a sus

intereses valorativos y soacutelo cuando el Estado las privilegia con su tutela

al reconocerlas en la ley adquieren el rango de juriacutedicas

Asiacute podemos hablar de dos tipos de antijuridicidad la formal y la

material refirieacutendose la primera a la infraccioacuten de una norma que el

Estado la tiene en su cataacutelogo del orden juriacutedico y la segunda se refiere

cuando la accioacuten cometida lesiona o puede lesionar alguacuten bien juriacutedico

que como dije anteriormente eacutestos se encuentran bajo tutela del

derecho penal y siendo eacuteste puacuteblico al Estado le interesa mantener los

bienes juriacutedicos bajo su proteccioacuten

La antijuridicidad puede ser un elemento negativo del delito soacutelo en los

casos en los que exista alguacuten supuesto de exclusioacuten del delito sentildealados

en el artiacuteculo 33 del coacutedigo Penal del Estado Guanajuato

Dentro de los cuales encontramos por ejemplo la legitima defensa el

estado de necesidad caso fortuito cumplimiento de un deber o por

consentimiento de la viacutectima

Culpable

22

La culpabilidad puede variar en este concepto nos encontramos con dos

divisiones el dolo y la culpa

Se tiene presencia del dolo cuando la accioacuten cometida por el sujeto

activo es plena de conciencia y su plan criminal estaacute ideado plenamente

a causar la lesioacuten al bien juriacutedico es decir la plena manifestacioacuten de la

voluntad El dolo puede ser de tres maneras distintas directo cuando el

resultado es congruente con el fin propuesto del sujeto activo indirecto

cuando el sujeto activo se propone el fin delictivo y sabe con certeza

que causara otros fines el eventual que es cuando se preveacuten posibles

resultados que no se quieren

La culpa es cuando se comete el delito pero la voluntad del sujeto activo

es inexistente y puede a su vez dividirse en dos con representacioacuten

que se refiere o se da cuando el sujeto activo preveacute como posible alguacuten

resultado antijuriacutedico pero espera que no suceda sin representacioacuten se

da cuando el sujeto no preveacute el resultado por negligencia o falta de

cuidado

Tambieacuten existe la preterintencionalidad que consiste en la combinacioacuten

de las dos formas anteriores de culpabilidad es decir cuando la

conducta inicio de manera culposa y culmino de manera dolosa eacutesta

uacuteltima entra como elemento positivo del delito

La manera de que la culpabilidad sea elemento negativo del delito es en

los casos siguientes existencia de error ya sea de hecho o de derecho

eximentes putativas obediencia jeraacuterquica violencia moral estado de

necesidad exigibilidad de otra conducta

Esto es porque la culpabilidad estaacute fundada en hacer el juicio de

reproche al autor de la accioacuten antijuriacutedica tiacutepica pero por encontrarse en

una situacioacuten especial de desconocimiento de que la accioacuten realizada es

un delito provoca que eacutesta se convierta en inculpabilidad y por

consecuente inimputable

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Punible

La punibilidad puede verse como una consecuencia que trae la comisioacuten

de un delito es decir si un sujeto actuacutea de manera iliacutecita y altera el

orden juriacutedico le sobrevendraacute una sancioacuten La punibilidad es entonces la

consecuencia juriacutedica que viene a la accioacuten punible El legislador ademaacutes

de procurar el orden juriacutedico estableciendo castigos a quienes violan

eacuteste hace depender la imposicioacuten de la pena de factores y

circunstancias externas e independientes del acto punible

Existen en nuestro sistema penal dos clases de sanciones las penas y

las medidas de seguridad Siendo las primeras de caraacutecter ejemplar y

las segundas de caraacutecter psicoloacutegico pero ambas coinciden en la

rehabilitacioacuten que procuran hacia el sujeto infractor

Se tiene claramente la distincioacuten en su clasificacioacuten que es la siguiente

las penas pueden variar como por ejemplo pena de muerte privacioacuten

de la libertad restriccioacuten de la libertad privacioacuten de derechos

restriccioacuten de derechos reparacioacuten del dantildeo Y las medidas de seguridad

pueden ser curativas eliminatorias o educativas

Las penas en nuestro Estado se encuentran reguladas por el Coacutedigo

Penal en su artiacuteculo 38 y las medidas de seguridad en el artiacuteculo 89

La manera de que la punibilidad entre como un elemento negativo del

delito es con las excusas absolutorias que son causas personales que se

encuentran legalmente previstas que aunque no eliminan el caraacutecter

delictivo de la accioacuten que cometioacute siacute excluyen la pena pues para el

Estado no es necesario establecer pena alguna contra tales hechos ya

que dichas circunstancias revelan una miacutenima peligrosidad

IMPUTABLE

Como lo hemos venido diciendo al sujeto activo se le hace un juicio de

24

reproche por desviarse del buen camino y es por eso que como uacuteltimo

elemento del delito encontramos la imputabilidad que puede

entenderse como la capacidad del sujeto de querer y entender la accioacuten

que realizo por lo que en este elemento entra en un gran campo la

conciencia o inconsciencia del sujeto

Retomando nuevamente lo que deciacutea en un inicio el derecho penal

mexicano estaacute bajo la influencia de la escuela finalista y por tanto se

considera que el sujeto tiene un libre albedriacuteo acerca de su actuar y

puede medir de manera plena las consecuencias juriacutedicas

Por tanto se tienen causas de inimputabilidad hacia el sujeto activo en

casos especiales como la minoriacutea de edad la enajenacioacuten o los estados

de inconsciencia ya que no se puede hablar de un reproche al sujeto si

eacuteste no actuoacute de manera consiente El primero es por la falta de

desarrollo mental del sujeto el segundo cuando la enfermedad de la

mente o el estado de inconsciencia privan de la consciencia de cometer

un delito o de obrar conforme a Derecho Y el tercero por el empleo de

sustancias toacutexicas embriagantes o estupefacientes por toxico

infecciones o por trastornos mentales Asiacute como lo establece el artiacuteculo

33 del Coacutedigo penal del Estado de Guanajuato en su primer paacuterrafo de la

fraccioacuten VII- Al momento de realizar el hecho tiacutepico y por causa de

enfermedad mental que perturbe gravemente su conciencia de

desarrollo psiacutequico incompleto o retardado o de grave perturbacioacuten de la

conciencia sin base patoloacutegica el agente no tenga la capacidad de

comprender el caraacutecter iliacutecito de aquel o de conducirse de acuerdo con

esa comprensioacuten

Ya que la imputabilidad es la base psicoloacutegica de la culpabilidad soacutelo el

sujeto que es capaz de querer y entender y solo asiacute puede ser

responsable

Eacutestos seriacutean los casos en los que el elemento de la imputabilidad

entrariacutea como elemento negativo del delito

25

CLASIFICACION DEL DELITO SEGUacuteN

CELESTINO PORTE PETIT

CLASIFICACION DEL DELITO

De acuerdo con el Coacutedigo Penal del Estado de Meacutexico en su capiacutetulo II

en el

Artiacuteculo 8- Establece que los delitos pueden ser

I Dolosos

El delito es doloso cuando se obra conociendo los elementos del tipo

penal o previendo como posible el resultado tiacutepico queriendo o

aceptando la realizacioacuten del hecho descrito por la ley

II Culposos

El delito es culposo cuando se produce un resultado tiacutepico que no se

previoacute siendo previsible o confiando en que no se produciriacutea en virtud

de la violacioacuten a un deber de cuidado que debiacutea y podiacutea observarse

seguacuten las circunstancias y condiciones personales

III Instantaacuteneos

Es instantaacuteneo cuando la consumacioacuten se agota en el mismo momento

en que se han realizado todos sus elementos constitutivos

IV Permanentes

Es permanente cuando la consumacioacuten se prolonga en el tiempo

V Continuados

26

Es continuado cuando existe unidad de propoacutesito delictivo pluralidad de

conductas e identidad de sujeto pasivo y se viola el mismo precepto

legal

Son delitos de accioacuten los que se cometen por medio de una conducta

positiva es decir un hacer Los delitos por omisioacuten se ejecutan por

medio de un comportamiento negativo un no hacer determinada

obligacioacuten o no ejecutar una accioacuten Ademaacutes existen delitos que por su

iacutendole estructural exigen para su existencia la incidencia de una accioacuten

y luego una omisioacuten o viceversa

Los delitos que no necesitan resultado material ya que la sola conducta

del sujeto los realiza son los que se perfeccionan con el cumplimiento

de determinada accioacuten u omisioacuten cuya consecuencia es la no-

observacioacuten de una obligacioacuten o de un deber pero cuyo resultado no se

manifiesta en el mundo fiacutesico con un hecho de momento perceptible

En tanto que los delitos de resultado son los que para su consumacioacuten

exigen ademaacutes de la conducta del sujeto activo que se produzca

determinado efecto distinto de la omisioacuten o de la accioacuten el resultado en

estos delitos se observa fiacutesicamente en el mundo real Los delitos se

clasifican de esta manera porque se atiende a la estructura exterior de

ellos

Los delitos de dantildeo requieren para su perfeccionamiento juriacutedico que el

bien tutelado juriacutedicamente protegido sea destruido o disminuido en

tanto en los delitos de peligro basta que el bien juriacutedico sea amenazado

al realizarse la conducta criminosa accioacuten u omisioacuten con la acusacioacuten

de un dantildeo o peligro inminente determinado y grave

Son delitos instantaacuteneos aquellos que con la sola realizacioacuten de la

conducta accioacuten u omisioacuten por el sujeto activo quedan realizados o

tipificados sin que se requiera accioacuten posterior para su continuidad o

vigencia Los delitos permanentes son los que se caracterizan porque el

hecho que los constituye o realiza da lugar a una situacioacuten dantildeosa o de 27

peligro que se prolonga en el tiempo a causa de la continuidad del

comportamiento del sujeto Para la existencia de estos delitos es

necesario que el estado dantildeoso o de peligro provenga de la conducta

del sujeto activo de manera continua es decir que no se agote en un

solo instante sino que prosiga durante determinado tiempo y que la

proacuterroga de la situacioacuten antijuriacutedica se deba a la exclusiva conducta

voluntaria del sujeto que prosigue con ella ininterrumpidamente

despueacutes de la -- realizacioacuten del hecho que constituye el delito

En este mismo orden de ideas atendiendo a la duracioacuten de las

consecuencias del delito eacutestas son permanentes es decir hay delitos

instantaacuteneos y delitos permanentes en cuanto a los actos de se

realizacioacuten con efectos permanentes cuya caracteriacutestica es la duracioacuten

de las consecuencias del delito

Ahora bien dentro de las especies del delito que por ser varias

conforme a los fines que se persigan para su tipificacioacuten o conforme al

bien juriacutedico que tutela la ley entre otros aspectos como la que se ha

realizado al principio de este acaacutepite tenemos ahora

Conforme a su gravedad tenemos delitos y faltas habraacute delito siempre

que se realice la conducta prevista y sancionada por la ley penal o en

alguna otra ley especial en tanto que la falta no obstante ser una

conducta contraria a la ley y sancionada por esta misma la sancioacuten la

aplica una autoridad u oacutergano diferente al Poder Judicial o Tribunal

generalmente una autoridad de iacutendole administrativa

Seguacuten la intencioacuten con que se comete o realiza la accioacuten que da origen

al delito tenemos delitos con intencioacuten o dolosos culposos o contra la

intencioacuten y los que son cometidos maacutes allaacute de la intencioacuten o

preterintencionales

Si se ha deseado realizar la accioacuten u omisioacuten para la comisioacuten del delito

y previsto el resultado del mismo se estaacute ante un delito doloso En

28

tanto que siacute de deseaba realizar la accioacuten u omisioacuten pero no el

resultado del delito se trata de un delito culposo Y cuando se ha

deseado realizar la accioacuten u omisioacuten y no el resultado como

consecuencia en su integridad sino un efecto menos grave se trata de

un delito preterintencional

Los delitos tipo o tambieacuten simples o netos son los que se presentan en

su puro modelo legal sin maacutes caracteriacutesticas que sus elementos

esenciales y los delitos circunstanciados son los que ademaacutes de contar

con los elementos esenciales se presentan acompantildeados de

circunstancias o accidentes a sus elementos

Por su efecto los delitos se consideran simples y complejos formales y

materiales de lesioacuten y de peligro Son simples o uniacute subsistentes en el

que coincide el momento ejecutivo y el momento consumativo se

realizan ambos en un soacutelo acto o momento Los complejos o

plurisubsistentes son aquellos cuya accioacuten ejecutiva consta de varios

actos en que puede integrarse El delito material es el que se consuma

al momento de verificarse el resultado material de eacutese en tanto que el

delito formal se perfecciona con una simple accioacuten u omisioacuten haciendo

abstraccioacuten de la verificacioacuten del resultado Los delitos de lesioacuten o dantildeo

y de peligro ya han sido tratados en paacuterrafos precedentes

Seguacuten el objeto o finque persiguen la perturbacioacuten dantildeo disminucioacuten o

destruccioacuten del bien juriacutedicamente protegido son delitos contra la cosa

puacuteblica o el Estado mismo o sus Instituciones y delitos contra las

personas privadas delitos poliacuteticos y no poliacuteticos

Seguacuten los sujetos que los realizan los delitos individuales y colectivos

comunes y especiales seguacuten la ley que los contenga y ocasionales y

habituales seguacuten la constancia con que delinque el sujeto que los

realiza

29

Seguacuten los requisitos para la procedibilidad o persecucioacuten de los delitos

conforme al bien juriacutedico protegido que afecta de acuerdo a la

naturaleza del dantildeo afectacioacuten del bien los delitos son de accioacuten puacuteblica

(denuncia) o de accioacuten privada (querella)

Para el desarrollo de este acaacutepite se tomaraacuten en cuenta las

disposiciones legales que se contienen en el Coacutedigo de Penal para el

Distrito Federal en Materia de Fuero Comuacuten y para toda la Repuacuteblica en

Materia de Fuero Federal el Coacutedigo de Procedimientos Penales para el

Distrito Federal el Coacutedigo Federal de Procedimientos Penales el Coacutedigo

Penal para el Estado de Meacutexico y el Coacutedigo de Procedimientos Penales

para el Estado de Meacutexico Por lo que las clasificaciones de los delitos

que ahora se presentaraacuten seraacute desde el punto de vista legal es decir

atendiendo a lo dispuesto en los ordenamientos legales vigentes de

iacutendole penal sustantiva y adjetiva seguacuten se trate

CLASIFICACION DEL DELITOP SEGUacuteN

EDUARDO LOacutePEZ BENTANCOURT

Por su Composicioacuten

Normales son aquellos en los que el tipo estaraacute conformado de

elementos objetivos

Anormales son los tipos penales que ademaacutes de contener

elementos objetivos tambieacuten se conforman con elementos

subjetivos o normativos

Por su Ordenacioacuten Metodoloacutegica

Fundamentales son los tipos con plena independencia

formados con una conducta iliacutecita sobre un bien juriacutedicamente

tutelado

30

Especiales son los tipos que contienen en su descripcioacuten alguacuten

tipo de caracteriacutestica

Complementados son aquellos que requieren de la realizacioacuten

previa de un tipo baacutesico no tienen autonomiacutea

Por su Autonomiacutea o Independencia

Autoacutenomos son los tipos penales con vida propia no necesitan

de la realizacioacuten de alguacuten otro

Subordinados Requieren de la existencia de alguacuten otro tipo

Por su Formulacioacuten

Casuiacutesticos el legislador plantea varias formas de realizacioacuten del

delito subdividieacutendose en

Alternativos son aquellos donde se plantean dos o maacutes hipoacutetesis

y se precisa de la ejecucioacuten de solo una de ellas para la tipificacioacuten

de la conducta iliacutecita

Acumulativos se exige la realizacioacuten o concurso de todas las

hipoacutetesis que el legislador ha plasmado en el tipo penal para la

adecuacioacuten de la conducta al mismo

Amplios contiene en su descripcioacuten una hipoacutetesis uacutenica en donde

caben todos los modos de ejecucioacuten se colma el tipo penal con la

lesioacuten causada al bien juriacutedicamente tutelado

Por el Dantildeo que Causan

De Lesioacuten requieren de un dantildeo inminente al bien juriacutedico

tutelado

De Peligro basta con el simple riesgo en que se pone al bien

juriacutedicamente tutelado

31

  • CLASIFICACION DEL DELITO
Page 21: Clasificación del delito

Conducta

La accioacuten puede definirse como el movimiento corporal que al realizarla

provoca un cambio en el mundo exterior pero esta accioacuten puede verse

desde dos perspectivas la primera seriacutea como acto que es la realizacioacuten

del movimiento la segunda es la omisioacuten que es la ausencia del

movimiento corporal y eacutesta a su vez se subdivide en dos en la omisioacuten

simple que es la inactividad del actuar y en la comisioacuten por omisioacuten que

se lleva a cabo cuando debiendo actuar de una manera para evitar el

resultado no se lleva a cabo la accioacuten y se comete el delito Asiacute el acto y

la omisioacuten nos dan el resultado y la relacioacuten de causalidad y fungiriacutean

como elementos positivos del delito ahora bien la accioacuten pasa al plano

de elemento negativo del delito cuando existe una ausencia de la accioacuten

y es cuando eacutesta surge sin la voluntad del agente tal y como lo

establece el artiacuteculo 14 del coacutedigo penal del Estado de Guanajuato en su

primer paacuterrafo obra culposamente quien produce un resultado tiacutepico

que no previo siendo previsible que previoacute confiando en que no se

produciriacutea siempre que dicho resultado sea debido a la inobservancia

del cuidado que le incumbe seguacuten las condiciones y sus circunstancias

personales

TIPICA

La tipicidad es la congruencia existente entre la accioacuten y el tipo penal

descrito en el Coacutedigo Penal es decir que exista una adecuacioacuten entre

estos dos aspectos Este elemento por si solo puede entenderse como

un elemento positivo del delito es decir cuando la accioacuten que cometes

esta prevista en la ley como un tipo penal Pero de igual manera puede

fungir como un elemento negativo y puede ser por la atipicidad

propiamente dicha como estaacute establecido en el Coacutedigo Penal del Estado

de Guanajuato en su artiacuteculo 33 fraccioacuten II- Falte alguno de los

21

elementos del tipo penal de que se trate (el delito se excluye)o por la

ausencia de tipicidad es decir cuando la conducta realizada no se

encuentre regida por la normatividad penal y por lo tanto no pueda ser

considerada delictuosa asiacute como tampoco pueda ser sancionada

Antijuriacutedica

Esteacute elemento se refiere cuando la accioacuten ejecutada es contraria a

derecho es decir va en contra del orden juriacutedico establecido en la

sociedad y regulado por el Estado ya que eacuteste a traveacutes de las normas de

cultura ordena y prohiacutebe ciertas acciones correspondiendo a sus

intereses valorativos y soacutelo cuando el Estado las privilegia con su tutela

al reconocerlas en la ley adquieren el rango de juriacutedicas

Asiacute podemos hablar de dos tipos de antijuridicidad la formal y la

material refirieacutendose la primera a la infraccioacuten de una norma que el

Estado la tiene en su cataacutelogo del orden juriacutedico y la segunda se refiere

cuando la accioacuten cometida lesiona o puede lesionar alguacuten bien juriacutedico

que como dije anteriormente eacutestos se encuentran bajo tutela del

derecho penal y siendo eacuteste puacuteblico al Estado le interesa mantener los

bienes juriacutedicos bajo su proteccioacuten

La antijuridicidad puede ser un elemento negativo del delito soacutelo en los

casos en los que exista alguacuten supuesto de exclusioacuten del delito sentildealados

en el artiacuteculo 33 del coacutedigo Penal del Estado Guanajuato

Dentro de los cuales encontramos por ejemplo la legitima defensa el

estado de necesidad caso fortuito cumplimiento de un deber o por

consentimiento de la viacutectima

Culpable

22

La culpabilidad puede variar en este concepto nos encontramos con dos

divisiones el dolo y la culpa

Se tiene presencia del dolo cuando la accioacuten cometida por el sujeto

activo es plena de conciencia y su plan criminal estaacute ideado plenamente

a causar la lesioacuten al bien juriacutedico es decir la plena manifestacioacuten de la

voluntad El dolo puede ser de tres maneras distintas directo cuando el

resultado es congruente con el fin propuesto del sujeto activo indirecto

cuando el sujeto activo se propone el fin delictivo y sabe con certeza

que causara otros fines el eventual que es cuando se preveacuten posibles

resultados que no se quieren

La culpa es cuando se comete el delito pero la voluntad del sujeto activo

es inexistente y puede a su vez dividirse en dos con representacioacuten

que se refiere o se da cuando el sujeto activo preveacute como posible alguacuten

resultado antijuriacutedico pero espera que no suceda sin representacioacuten se

da cuando el sujeto no preveacute el resultado por negligencia o falta de

cuidado

Tambieacuten existe la preterintencionalidad que consiste en la combinacioacuten

de las dos formas anteriores de culpabilidad es decir cuando la

conducta inicio de manera culposa y culmino de manera dolosa eacutesta

uacuteltima entra como elemento positivo del delito

La manera de que la culpabilidad sea elemento negativo del delito es en

los casos siguientes existencia de error ya sea de hecho o de derecho

eximentes putativas obediencia jeraacuterquica violencia moral estado de

necesidad exigibilidad de otra conducta

Esto es porque la culpabilidad estaacute fundada en hacer el juicio de

reproche al autor de la accioacuten antijuriacutedica tiacutepica pero por encontrarse en

una situacioacuten especial de desconocimiento de que la accioacuten realizada es

un delito provoca que eacutesta se convierta en inculpabilidad y por

consecuente inimputable

23

Punible

La punibilidad puede verse como una consecuencia que trae la comisioacuten

de un delito es decir si un sujeto actuacutea de manera iliacutecita y altera el

orden juriacutedico le sobrevendraacute una sancioacuten La punibilidad es entonces la

consecuencia juriacutedica que viene a la accioacuten punible El legislador ademaacutes

de procurar el orden juriacutedico estableciendo castigos a quienes violan

eacuteste hace depender la imposicioacuten de la pena de factores y

circunstancias externas e independientes del acto punible

Existen en nuestro sistema penal dos clases de sanciones las penas y

las medidas de seguridad Siendo las primeras de caraacutecter ejemplar y

las segundas de caraacutecter psicoloacutegico pero ambas coinciden en la

rehabilitacioacuten que procuran hacia el sujeto infractor

Se tiene claramente la distincioacuten en su clasificacioacuten que es la siguiente

las penas pueden variar como por ejemplo pena de muerte privacioacuten

de la libertad restriccioacuten de la libertad privacioacuten de derechos

restriccioacuten de derechos reparacioacuten del dantildeo Y las medidas de seguridad

pueden ser curativas eliminatorias o educativas

Las penas en nuestro Estado se encuentran reguladas por el Coacutedigo

Penal en su artiacuteculo 38 y las medidas de seguridad en el artiacuteculo 89

La manera de que la punibilidad entre como un elemento negativo del

delito es con las excusas absolutorias que son causas personales que se

encuentran legalmente previstas que aunque no eliminan el caraacutecter

delictivo de la accioacuten que cometioacute siacute excluyen la pena pues para el

Estado no es necesario establecer pena alguna contra tales hechos ya

que dichas circunstancias revelan una miacutenima peligrosidad

IMPUTABLE

Como lo hemos venido diciendo al sujeto activo se le hace un juicio de

24

reproche por desviarse del buen camino y es por eso que como uacuteltimo

elemento del delito encontramos la imputabilidad que puede

entenderse como la capacidad del sujeto de querer y entender la accioacuten

que realizo por lo que en este elemento entra en un gran campo la

conciencia o inconsciencia del sujeto

Retomando nuevamente lo que deciacutea en un inicio el derecho penal

mexicano estaacute bajo la influencia de la escuela finalista y por tanto se

considera que el sujeto tiene un libre albedriacuteo acerca de su actuar y

puede medir de manera plena las consecuencias juriacutedicas

Por tanto se tienen causas de inimputabilidad hacia el sujeto activo en

casos especiales como la minoriacutea de edad la enajenacioacuten o los estados

de inconsciencia ya que no se puede hablar de un reproche al sujeto si

eacuteste no actuoacute de manera consiente El primero es por la falta de

desarrollo mental del sujeto el segundo cuando la enfermedad de la

mente o el estado de inconsciencia privan de la consciencia de cometer

un delito o de obrar conforme a Derecho Y el tercero por el empleo de

sustancias toacutexicas embriagantes o estupefacientes por toxico

infecciones o por trastornos mentales Asiacute como lo establece el artiacuteculo

33 del Coacutedigo penal del Estado de Guanajuato en su primer paacuterrafo de la

fraccioacuten VII- Al momento de realizar el hecho tiacutepico y por causa de

enfermedad mental que perturbe gravemente su conciencia de

desarrollo psiacutequico incompleto o retardado o de grave perturbacioacuten de la

conciencia sin base patoloacutegica el agente no tenga la capacidad de

comprender el caraacutecter iliacutecito de aquel o de conducirse de acuerdo con

esa comprensioacuten

Ya que la imputabilidad es la base psicoloacutegica de la culpabilidad soacutelo el

sujeto que es capaz de querer y entender y solo asiacute puede ser

responsable

Eacutestos seriacutean los casos en los que el elemento de la imputabilidad

entrariacutea como elemento negativo del delito

25

CLASIFICACION DEL DELITO SEGUacuteN

CELESTINO PORTE PETIT

CLASIFICACION DEL DELITO

De acuerdo con el Coacutedigo Penal del Estado de Meacutexico en su capiacutetulo II

en el

Artiacuteculo 8- Establece que los delitos pueden ser

I Dolosos

El delito es doloso cuando se obra conociendo los elementos del tipo

penal o previendo como posible el resultado tiacutepico queriendo o

aceptando la realizacioacuten del hecho descrito por la ley

II Culposos

El delito es culposo cuando se produce un resultado tiacutepico que no se

previoacute siendo previsible o confiando en que no se produciriacutea en virtud

de la violacioacuten a un deber de cuidado que debiacutea y podiacutea observarse

seguacuten las circunstancias y condiciones personales

III Instantaacuteneos

Es instantaacuteneo cuando la consumacioacuten se agota en el mismo momento

en que se han realizado todos sus elementos constitutivos

IV Permanentes

Es permanente cuando la consumacioacuten se prolonga en el tiempo

V Continuados

26

Es continuado cuando existe unidad de propoacutesito delictivo pluralidad de

conductas e identidad de sujeto pasivo y se viola el mismo precepto

legal

Son delitos de accioacuten los que se cometen por medio de una conducta

positiva es decir un hacer Los delitos por omisioacuten se ejecutan por

medio de un comportamiento negativo un no hacer determinada

obligacioacuten o no ejecutar una accioacuten Ademaacutes existen delitos que por su

iacutendole estructural exigen para su existencia la incidencia de una accioacuten

y luego una omisioacuten o viceversa

Los delitos que no necesitan resultado material ya que la sola conducta

del sujeto los realiza son los que se perfeccionan con el cumplimiento

de determinada accioacuten u omisioacuten cuya consecuencia es la no-

observacioacuten de una obligacioacuten o de un deber pero cuyo resultado no se

manifiesta en el mundo fiacutesico con un hecho de momento perceptible

En tanto que los delitos de resultado son los que para su consumacioacuten

exigen ademaacutes de la conducta del sujeto activo que se produzca

determinado efecto distinto de la omisioacuten o de la accioacuten el resultado en

estos delitos se observa fiacutesicamente en el mundo real Los delitos se

clasifican de esta manera porque se atiende a la estructura exterior de

ellos

Los delitos de dantildeo requieren para su perfeccionamiento juriacutedico que el

bien tutelado juriacutedicamente protegido sea destruido o disminuido en

tanto en los delitos de peligro basta que el bien juriacutedico sea amenazado

al realizarse la conducta criminosa accioacuten u omisioacuten con la acusacioacuten

de un dantildeo o peligro inminente determinado y grave

Son delitos instantaacuteneos aquellos que con la sola realizacioacuten de la

conducta accioacuten u omisioacuten por el sujeto activo quedan realizados o

tipificados sin que se requiera accioacuten posterior para su continuidad o

vigencia Los delitos permanentes son los que se caracterizan porque el

hecho que los constituye o realiza da lugar a una situacioacuten dantildeosa o de 27

peligro que se prolonga en el tiempo a causa de la continuidad del

comportamiento del sujeto Para la existencia de estos delitos es

necesario que el estado dantildeoso o de peligro provenga de la conducta

del sujeto activo de manera continua es decir que no se agote en un

solo instante sino que prosiga durante determinado tiempo y que la

proacuterroga de la situacioacuten antijuriacutedica se deba a la exclusiva conducta

voluntaria del sujeto que prosigue con ella ininterrumpidamente

despueacutes de la -- realizacioacuten del hecho que constituye el delito

En este mismo orden de ideas atendiendo a la duracioacuten de las

consecuencias del delito eacutestas son permanentes es decir hay delitos

instantaacuteneos y delitos permanentes en cuanto a los actos de se

realizacioacuten con efectos permanentes cuya caracteriacutestica es la duracioacuten

de las consecuencias del delito

Ahora bien dentro de las especies del delito que por ser varias

conforme a los fines que se persigan para su tipificacioacuten o conforme al

bien juriacutedico que tutela la ley entre otros aspectos como la que se ha

realizado al principio de este acaacutepite tenemos ahora

Conforme a su gravedad tenemos delitos y faltas habraacute delito siempre

que se realice la conducta prevista y sancionada por la ley penal o en

alguna otra ley especial en tanto que la falta no obstante ser una

conducta contraria a la ley y sancionada por esta misma la sancioacuten la

aplica una autoridad u oacutergano diferente al Poder Judicial o Tribunal

generalmente una autoridad de iacutendole administrativa

Seguacuten la intencioacuten con que se comete o realiza la accioacuten que da origen

al delito tenemos delitos con intencioacuten o dolosos culposos o contra la

intencioacuten y los que son cometidos maacutes allaacute de la intencioacuten o

preterintencionales

Si se ha deseado realizar la accioacuten u omisioacuten para la comisioacuten del delito

y previsto el resultado del mismo se estaacute ante un delito doloso En

28

tanto que siacute de deseaba realizar la accioacuten u omisioacuten pero no el

resultado del delito se trata de un delito culposo Y cuando se ha

deseado realizar la accioacuten u omisioacuten y no el resultado como

consecuencia en su integridad sino un efecto menos grave se trata de

un delito preterintencional

Los delitos tipo o tambieacuten simples o netos son los que se presentan en

su puro modelo legal sin maacutes caracteriacutesticas que sus elementos

esenciales y los delitos circunstanciados son los que ademaacutes de contar

con los elementos esenciales se presentan acompantildeados de

circunstancias o accidentes a sus elementos

Por su efecto los delitos se consideran simples y complejos formales y

materiales de lesioacuten y de peligro Son simples o uniacute subsistentes en el

que coincide el momento ejecutivo y el momento consumativo se

realizan ambos en un soacutelo acto o momento Los complejos o

plurisubsistentes son aquellos cuya accioacuten ejecutiva consta de varios

actos en que puede integrarse El delito material es el que se consuma

al momento de verificarse el resultado material de eacutese en tanto que el

delito formal se perfecciona con una simple accioacuten u omisioacuten haciendo

abstraccioacuten de la verificacioacuten del resultado Los delitos de lesioacuten o dantildeo

y de peligro ya han sido tratados en paacuterrafos precedentes

Seguacuten el objeto o finque persiguen la perturbacioacuten dantildeo disminucioacuten o

destruccioacuten del bien juriacutedicamente protegido son delitos contra la cosa

puacuteblica o el Estado mismo o sus Instituciones y delitos contra las

personas privadas delitos poliacuteticos y no poliacuteticos

Seguacuten los sujetos que los realizan los delitos individuales y colectivos

comunes y especiales seguacuten la ley que los contenga y ocasionales y

habituales seguacuten la constancia con que delinque el sujeto que los

realiza

29

Seguacuten los requisitos para la procedibilidad o persecucioacuten de los delitos

conforme al bien juriacutedico protegido que afecta de acuerdo a la

naturaleza del dantildeo afectacioacuten del bien los delitos son de accioacuten puacuteblica

(denuncia) o de accioacuten privada (querella)

Para el desarrollo de este acaacutepite se tomaraacuten en cuenta las

disposiciones legales que se contienen en el Coacutedigo de Penal para el

Distrito Federal en Materia de Fuero Comuacuten y para toda la Repuacuteblica en

Materia de Fuero Federal el Coacutedigo de Procedimientos Penales para el

Distrito Federal el Coacutedigo Federal de Procedimientos Penales el Coacutedigo

Penal para el Estado de Meacutexico y el Coacutedigo de Procedimientos Penales

para el Estado de Meacutexico Por lo que las clasificaciones de los delitos

que ahora se presentaraacuten seraacute desde el punto de vista legal es decir

atendiendo a lo dispuesto en los ordenamientos legales vigentes de

iacutendole penal sustantiva y adjetiva seguacuten se trate

CLASIFICACION DEL DELITOP SEGUacuteN

EDUARDO LOacutePEZ BENTANCOURT

Por su Composicioacuten

Normales son aquellos en los que el tipo estaraacute conformado de

elementos objetivos

Anormales son los tipos penales que ademaacutes de contener

elementos objetivos tambieacuten se conforman con elementos

subjetivos o normativos

Por su Ordenacioacuten Metodoloacutegica

Fundamentales son los tipos con plena independencia

formados con una conducta iliacutecita sobre un bien juriacutedicamente

tutelado

30

Especiales son los tipos que contienen en su descripcioacuten alguacuten

tipo de caracteriacutestica

Complementados son aquellos que requieren de la realizacioacuten

previa de un tipo baacutesico no tienen autonomiacutea

Por su Autonomiacutea o Independencia

Autoacutenomos son los tipos penales con vida propia no necesitan

de la realizacioacuten de alguacuten otro

Subordinados Requieren de la existencia de alguacuten otro tipo

Por su Formulacioacuten

Casuiacutesticos el legislador plantea varias formas de realizacioacuten del

delito subdividieacutendose en

Alternativos son aquellos donde se plantean dos o maacutes hipoacutetesis

y se precisa de la ejecucioacuten de solo una de ellas para la tipificacioacuten

de la conducta iliacutecita

Acumulativos se exige la realizacioacuten o concurso de todas las

hipoacutetesis que el legislador ha plasmado en el tipo penal para la

adecuacioacuten de la conducta al mismo

Amplios contiene en su descripcioacuten una hipoacutetesis uacutenica en donde

caben todos los modos de ejecucioacuten se colma el tipo penal con la

lesioacuten causada al bien juriacutedicamente tutelado

Por el Dantildeo que Causan

De Lesioacuten requieren de un dantildeo inminente al bien juriacutedico

tutelado

De Peligro basta con el simple riesgo en que se pone al bien

juriacutedicamente tutelado

31

  • CLASIFICACION DEL DELITO
Page 22: Clasificación del delito

elementos del tipo penal de que se trate (el delito se excluye)o por la

ausencia de tipicidad es decir cuando la conducta realizada no se

encuentre regida por la normatividad penal y por lo tanto no pueda ser

considerada delictuosa asiacute como tampoco pueda ser sancionada

Antijuriacutedica

Esteacute elemento se refiere cuando la accioacuten ejecutada es contraria a

derecho es decir va en contra del orden juriacutedico establecido en la

sociedad y regulado por el Estado ya que eacuteste a traveacutes de las normas de

cultura ordena y prohiacutebe ciertas acciones correspondiendo a sus

intereses valorativos y soacutelo cuando el Estado las privilegia con su tutela

al reconocerlas en la ley adquieren el rango de juriacutedicas

Asiacute podemos hablar de dos tipos de antijuridicidad la formal y la

material refirieacutendose la primera a la infraccioacuten de una norma que el

Estado la tiene en su cataacutelogo del orden juriacutedico y la segunda se refiere

cuando la accioacuten cometida lesiona o puede lesionar alguacuten bien juriacutedico

que como dije anteriormente eacutestos se encuentran bajo tutela del

derecho penal y siendo eacuteste puacuteblico al Estado le interesa mantener los

bienes juriacutedicos bajo su proteccioacuten

La antijuridicidad puede ser un elemento negativo del delito soacutelo en los

casos en los que exista alguacuten supuesto de exclusioacuten del delito sentildealados

en el artiacuteculo 33 del coacutedigo Penal del Estado Guanajuato

Dentro de los cuales encontramos por ejemplo la legitima defensa el

estado de necesidad caso fortuito cumplimiento de un deber o por

consentimiento de la viacutectima

Culpable

22

La culpabilidad puede variar en este concepto nos encontramos con dos

divisiones el dolo y la culpa

Se tiene presencia del dolo cuando la accioacuten cometida por el sujeto

activo es plena de conciencia y su plan criminal estaacute ideado plenamente

a causar la lesioacuten al bien juriacutedico es decir la plena manifestacioacuten de la

voluntad El dolo puede ser de tres maneras distintas directo cuando el

resultado es congruente con el fin propuesto del sujeto activo indirecto

cuando el sujeto activo se propone el fin delictivo y sabe con certeza

que causara otros fines el eventual que es cuando se preveacuten posibles

resultados que no se quieren

La culpa es cuando se comete el delito pero la voluntad del sujeto activo

es inexistente y puede a su vez dividirse en dos con representacioacuten

que se refiere o se da cuando el sujeto activo preveacute como posible alguacuten

resultado antijuriacutedico pero espera que no suceda sin representacioacuten se

da cuando el sujeto no preveacute el resultado por negligencia o falta de

cuidado

Tambieacuten existe la preterintencionalidad que consiste en la combinacioacuten

de las dos formas anteriores de culpabilidad es decir cuando la

conducta inicio de manera culposa y culmino de manera dolosa eacutesta

uacuteltima entra como elemento positivo del delito

La manera de que la culpabilidad sea elemento negativo del delito es en

los casos siguientes existencia de error ya sea de hecho o de derecho

eximentes putativas obediencia jeraacuterquica violencia moral estado de

necesidad exigibilidad de otra conducta

Esto es porque la culpabilidad estaacute fundada en hacer el juicio de

reproche al autor de la accioacuten antijuriacutedica tiacutepica pero por encontrarse en

una situacioacuten especial de desconocimiento de que la accioacuten realizada es

un delito provoca que eacutesta se convierta en inculpabilidad y por

consecuente inimputable

23

Punible

La punibilidad puede verse como una consecuencia que trae la comisioacuten

de un delito es decir si un sujeto actuacutea de manera iliacutecita y altera el

orden juriacutedico le sobrevendraacute una sancioacuten La punibilidad es entonces la

consecuencia juriacutedica que viene a la accioacuten punible El legislador ademaacutes

de procurar el orden juriacutedico estableciendo castigos a quienes violan

eacuteste hace depender la imposicioacuten de la pena de factores y

circunstancias externas e independientes del acto punible

Existen en nuestro sistema penal dos clases de sanciones las penas y

las medidas de seguridad Siendo las primeras de caraacutecter ejemplar y

las segundas de caraacutecter psicoloacutegico pero ambas coinciden en la

rehabilitacioacuten que procuran hacia el sujeto infractor

Se tiene claramente la distincioacuten en su clasificacioacuten que es la siguiente

las penas pueden variar como por ejemplo pena de muerte privacioacuten

de la libertad restriccioacuten de la libertad privacioacuten de derechos

restriccioacuten de derechos reparacioacuten del dantildeo Y las medidas de seguridad

pueden ser curativas eliminatorias o educativas

Las penas en nuestro Estado se encuentran reguladas por el Coacutedigo

Penal en su artiacuteculo 38 y las medidas de seguridad en el artiacuteculo 89

La manera de que la punibilidad entre como un elemento negativo del

delito es con las excusas absolutorias que son causas personales que se

encuentran legalmente previstas que aunque no eliminan el caraacutecter

delictivo de la accioacuten que cometioacute siacute excluyen la pena pues para el

Estado no es necesario establecer pena alguna contra tales hechos ya

que dichas circunstancias revelan una miacutenima peligrosidad

IMPUTABLE

Como lo hemos venido diciendo al sujeto activo se le hace un juicio de

24

reproche por desviarse del buen camino y es por eso que como uacuteltimo

elemento del delito encontramos la imputabilidad que puede

entenderse como la capacidad del sujeto de querer y entender la accioacuten

que realizo por lo que en este elemento entra en un gran campo la

conciencia o inconsciencia del sujeto

Retomando nuevamente lo que deciacutea en un inicio el derecho penal

mexicano estaacute bajo la influencia de la escuela finalista y por tanto se

considera que el sujeto tiene un libre albedriacuteo acerca de su actuar y

puede medir de manera plena las consecuencias juriacutedicas

Por tanto se tienen causas de inimputabilidad hacia el sujeto activo en

casos especiales como la minoriacutea de edad la enajenacioacuten o los estados

de inconsciencia ya que no se puede hablar de un reproche al sujeto si

eacuteste no actuoacute de manera consiente El primero es por la falta de

desarrollo mental del sujeto el segundo cuando la enfermedad de la

mente o el estado de inconsciencia privan de la consciencia de cometer

un delito o de obrar conforme a Derecho Y el tercero por el empleo de

sustancias toacutexicas embriagantes o estupefacientes por toxico

infecciones o por trastornos mentales Asiacute como lo establece el artiacuteculo

33 del Coacutedigo penal del Estado de Guanajuato en su primer paacuterrafo de la

fraccioacuten VII- Al momento de realizar el hecho tiacutepico y por causa de

enfermedad mental que perturbe gravemente su conciencia de

desarrollo psiacutequico incompleto o retardado o de grave perturbacioacuten de la

conciencia sin base patoloacutegica el agente no tenga la capacidad de

comprender el caraacutecter iliacutecito de aquel o de conducirse de acuerdo con

esa comprensioacuten

Ya que la imputabilidad es la base psicoloacutegica de la culpabilidad soacutelo el

sujeto que es capaz de querer y entender y solo asiacute puede ser

responsable

Eacutestos seriacutean los casos en los que el elemento de la imputabilidad

entrariacutea como elemento negativo del delito

25

CLASIFICACION DEL DELITO SEGUacuteN

CELESTINO PORTE PETIT

CLASIFICACION DEL DELITO

De acuerdo con el Coacutedigo Penal del Estado de Meacutexico en su capiacutetulo II

en el

Artiacuteculo 8- Establece que los delitos pueden ser

I Dolosos

El delito es doloso cuando se obra conociendo los elementos del tipo

penal o previendo como posible el resultado tiacutepico queriendo o

aceptando la realizacioacuten del hecho descrito por la ley

II Culposos

El delito es culposo cuando se produce un resultado tiacutepico que no se

previoacute siendo previsible o confiando en que no se produciriacutea en virtud

de la violacioacuten a un deber de cuidado que debiacutea y podiacutea observarse

seguacuten las circunstancias y condiciones personales

III Instantaacuteneos

Es instantaacuteneo cuando la consumacioacuten se agota en el mismo momento

en que se han realizado todos sus elementos constitutivos

IV Permanentes

Es permanente cuando la consumacioacuten se prolonga en el tiempo

V Continuados

26

Es continuado cuando existe unidad de propoacutesito delictivo pluralidad de

conductas e identidad de sujeto pasivo y se viola el mismo precepto

legal

Son delitos de accioacuten los que se cometen por medio de una conducta

positiva es decir un hacer Los delitos por omisioacuten se ejecutan por

medio de un comportamiento negativo un no hacer determinada

obligacioacuten o no ejecutar una accioacuten Ademaacutes existen delitos que por su

iacutendole estructural exigen para su existencia la incidencia de una accioacuten

y luego una omisioacuten o viceversa

Los delitos que no necesitan resultado material ya que la sola conducta

del sujeto los realiza son los que se perfeccionan con el cumplimiento

de determinada accioacuten u omisioacuten cuya consecuencia es la no-

observacioacuten de una obligacioacuten o de un deber pero cuyo resultado no se

manifiesta en el mundo fiacutesico con un hecho de momento perceptible

En tanto que los delitos de resultado son los que para su consumacioacuten

exigen ademaacutes de la conducta del sujeto activo que se produzca

determinado efecto distinto de la omisioacuten o de la accioacuten el resultado en

estos delitos se observa fiacutesicamente en el mundo real Los delitos se

clasifican de esta manera porque se atiende a la estructura exterior de

ellos

Los delitos de dantildeo requieren para su perfeccionamiento juriacutedico que el

bien tutelado juriacutedicamente protegido sea destruido o disminuido en

tanto en los delitos de peligro basta que el bien juriacutedico sea amenazado

al realizarse la conducta criminosa accioacuten u omisioacuten con la acusacioacuten

de un dantildeo o peligro inminente determinado y grave

Son delitos instantaacuteneos aquellos que con la sola realizacioacuten de la

conducta accioacuten u omisioacuten por el sujeto activo quedan realizados o

tipificados sin que se requiera accioacuten posterior para su continuidad o

vigencia Los delitos permanentes son los que se caracterizan porque el

hecho que los constituye o realiza da lugar a una situacioacuten dantildeosa o de 27

peligro que se prolonga en el tiempo a causa de la continuidad del

comportamiento del sujeto Para la existencia de estos delitos es

necesario que el estado dantildeoso o de peligro provenga de la conducta

del sujeto activo de manera continua es decir que no se agote en un

solo instante sino que prosiga durante determinado tiempo y que la

proacuterroga de la situacioacuten antijuriacutedica se deba a la exclusiva conducta

voluntaria del sujeto que prosigue con ella ininterrumpidamente

despueacutes de la -- realizacioacuten del hecho que constituye el delito

En este mismo orden de ideas atendiendo a la duracioacuten de las

consecuencias del delito eacutestas son permanentes es decir hay delitos

instantaacuteneos y delitos permanentes en cuanto a los actos de se

realizacioacuten con efectos permanentes cuya caracteriacutestica es la duracioacuten

de las consecuencias del delito

Ahora bien dentro de las especies del delito que por ser varias

conforme a los fines que se persigan para su tipificacioacuten o conforme al

bien juriacutedico que tutela la ley entre otros aspectos como la que se ha

realizado al principio de este acaacutepite tenemos ahora

Conforme a su gravedad tenemos delitos y faltas habraacute delito siempre

que se realice la conducta prevista y sancionada por la ley penal o en

alguna otra ley especial en tanto que la falta no obstante ser una

conducta contraria a la ley y sancionada por esta misma la sancioacuten la

aplica una autoridad u oacutergano diferente al Poder Judicial o Tribunal

generalmente una autoridad de iacutendole administrativa

Seguacuten la intencioacuten con que se comete o realiza la accioacuten que da origen

al delito tenemos delitos con intencioacuten o dolosos culposos o contra la

intencioacuten y los que son cometidos maacutes allaacute de la intencioacuten o

preterintencionales

Si se ha deseado realizar la accioacuten u omisioacuten para la comisioacuten del delito

y previsto el resultado del mismo se estaacute ante un delito doloso En

28

tanto que siacute de deseaba realizar la accioacuten u omisioacuten pero no el

resultado del delito se trata de un delito culposo Y cuando se ha

deseado realizar la accioacuten u omisioacuten y no el resultado como

consecuencia en su integridad sino un efecto menos grave se trata de

un delito preterintencional

Los delitos tipo o tambieacuten simples o netos son los que se presentan en

su puro modelo legal sin maacutes caracteriacutesticas que sus elementos

esenciales y los delitos circunstanciados son los que ademaacutes de contar

con los elementos esenciales se presentan acompantildeados de

circunstancias o accidentes a sus elementos

Por su efecto los delitos se consideran simples y complejos formales y

materiales de lesioacuten y de peligro Son simples o uniacute subsistentes en el

que coincide el momento ejecutivo y el momento consumativo se

realizan ambos en un soacutelo acto o momento Los complejos o

plurisubsistentes son aquellos cuya accioacuten ejecutiva consta de varios

actos en que puede integrarse El delito material es el que se consuma

al momento de verificarse el resultado material de eacutese en tanto que el

delito formal se perfecciona con una simple accioacuten u omisioacuten haciendo

abstraccioacuten de la verificacioacuten del resultado Los delitos de lesioacuten o dantildeo

y de peligro ya han sido tratados en paacuterrafos precedentes

Seguacuten el objeto o finque persiguen la perturbacioacuten dantildeo disminucioacuten o

destruccioacuten del bien juriacutedicamente protegido son delitos contra la cosa

puacuteblica o el Estado mismo o sus Instituciones y delitos contra las

personas privadas delitos poliacuteticos y no poliacuteticos

Seguacuten los sujetos que los realizan los delitos individuales y colectivos

comunes y especiales seguacuten la ley que los contenga y ocasionales y

habituales seguacuten la constancia con que delinque el sujeto que los

realiza

29

Seguacuten los requisitos para la procedibilidad o persecucioacuten de los delitos

conforme al bien juriacutedico protegido que afecta de acuerdo a la

naturaleza del dantildeo afectacioacuten del bien los delitos son de accioacuten puacuteblica

(denuncia) o de accioacuten privada (querella)

Para el desarrollo de este acaacutepite se tomaraacuten en cuenta las

disposiciones legales que se contienen en el Coacutedigo de Penal para el

Distrito Federal en Materia de Fuero Comuacuten y para toda la Repuacuteblica en

Materia de Fuero Federal el Coacutedigo de Procedimientos Penales para el

Distrito Federal el Coacutedigo Federal de Procedimientos Penales el Coacutedigo

Penal para el Estado de Meacutexico y el Coacutedigo de Procedimientos Penales

para el Estado de Meacutexico Por lo que las clasificaciones de los delitos

que ahora se presentaraacuten seraacute desde el punto de vista legal es decir

atendiendo a lo dispuesto en los ordenamientos legales vigentes de

iacutendole penal sustantiva y adjetiva seguacuten se trate

CLASIFICACION DEL DELITOP SEGUacuteN

EDUARDO LOacutePEZ BENTANCOURT

Por su Composicioacuten

Normales son aquellos en los que el tipo estaraacute conformado de

elementos objetivos

Anormales son los tipos penales que ademaacutes de contener

elementos objetivos tambieacuten se conforman con elementos

subjetivos o normativos

Por su Ordenacioacuten Metodoloacutegica

Fundamentales son los tipos con plena independencia

formados con una conducta iliacutecita sobre un bien juriacutedicamente

tutelado

30

Especiales son los tipos que contienen en su descripcioacuten alguacuten

tipo de caracteriacutestica

Complementados son aquellos que requieren de la realizacioacuten

previa de un tipo baacutesico no tienen autonomiacutea

Por su Autonomiacutea o Independencia

Autoacutenomos son los tipos penales con vida propia no necesitan

de la realizacioacuten de alguacuten otro

Subordinados Requieren de la existencia de alguacuten otro tipo

Por su Formulacioacuten

Casuiacutesticos el legislador plantea varias formas de realizacioacuten del

delito subdividieacutendose en

Alternativos son aquellos donde se plantean dos o maacutes hipoacutetesis

y se precisa de la ejecucioacuten de solo una de ellas para la tipificacioacuten

de la conducta iliacutecita

Acumulativos se exige la realizacioacuten o concurso de todas las

hipoacutetesis que el legislador ha plasmado en el tipo penal para la

adecuacioacuten de la conducta al mismo

Amplios contiene en su descripcioacuten una hipoacutetesis uacutenica en donde

caben todos los modos de ejecucioacuten se colma el tipo penal con la

lesioacuten causada al bien juriacutedicamente tutelado

Por el Dantildeo que Causan

De Lesioacuten requieren de un dantildeo inminente al bien juriacutedico

tutelado

De Peligro basta con el simple riesgo en que se pone al bien

juriacutedicamente tutelado

31

  • CLASIFICACION DEL DELITO
Page 23: Clasificación del delito

La culpabilidad puede variar en este concepto nos encontramos con dos

divisiones el dolo y la culpa

Se tiene presencia del dolo cuando la accioacuten cometida por el sujeto

activo es plena de conciencia y su plan criminal estaacute ideado plenamente

a causar la lesioacuten al bien juriacutedico es decir la plena manifestacioacuten de la

voluntad El dolo puede ser de tres maneras distintas directo cuando el

resultado es congruente con el fin propuesto del sujeto activo indirecto

cuando el sujeto activo se propone el fin delictivo y sabe con certeza

que causara otros fines el eventual que es cuando se preveacuten posibles

resultados que no se quieren

La culpa es cuando se comete el delito pero la voluntad del sujeto activo

es inexistente y puede a su vez dividirse en dos con representacioacuten

que se refiere o se da cuando el sujeto activo preveacute como posible alguacuten

resultado antijuriacutedico pero espera que no suceda sin representacioacuten se

da cuando el sujeto no preveacute el resultado por negligencia o falta de

cuidado

Tambieacuten existe la preterintencionalidad que consiste en la combinacioacuten

de las dos formas anteriores de culpabilidad es decir cuando la

conducta inicio de manera culposa y culmino de manera dolosa eacutesta

uacuteltima entra como elemento positivo del delito

La manera de que la culpabilidad sea elemento negativo del delito es en

los casos siguientes existencia de error ya sea de hecho o de derecho

eximentes putativas obediencia jeraacuterquica violencia moral estado de

necesidad exigibilidad de otra conducta

Esto es porque la culpabilidad estaacute fundada en hacer el juicio de

reproche al autor de la accioacuten antijuriacutedica tiacutepica pero por encontrarse en

una situacioacuten especial de desconocimiento de que la accioacuten realizada es

un delito provoca que eacutesta se convierta en inculpabilidad y por

consecuente inimputable

23

Punible

La punibilidad puede verse como una consecuencia que trae la comisioacuten

de un delito es decir si un sujeto actuacutea de manera iliacutecita y altera el

orden juriacutedico le sobrevendraacute una sancioacuten La punibilidad es entonces la

consecuencia juriacutedica que viene a la accioacuten punible El legislador ademaacutes

de procurar el orden juriacutedico estableciendo castigos a quienes violan

eacuteste hace depender la imposicioacuten de la pena de factores y

circunstancias externas e independientes del acto punible

Existen en nuestro sistema penal dos clases de sanciones las penas y

las medidas de seguridad Siendo las primeras de caraacutecter ejemplar y

las segundas de caraacutecter psicoloacutegico pero ambas coinciden en la

rehabilitacioacuten que procuran hacia el sujeto infractor

Se tiene claramente la distincioacuten en su clasificacioacuten que es la siguiente

las penas pueden variar como por ejemplo pena de muerte privacioacuten

de la libertad restriccioacuten de la libertad privacioacuten de derechos

restriccioacuten de derechos reparacioacuten del dantildeo Y las medidas de seguridad

pueden ser curativas eliminatorias o educativas

Las penas en nuestro Estado se encuentran reguladas por el Coacutedigo

Penal en su artiacuteculo 38 y las medidas de seguridad en el artiacuteculo 89

La manera de que la punibilidad entre como un elemento negativo del

delito es con las excusas absolutorias que son causas personales que se

encuentran legalmente previstas que aunque no eliminan el caraacutecter

delictivo de la accioacuten que cometioacute siacute excluyen la pena pues para el

Estado no es necesario establecer pena alguna contra tales hechos ya

que dichas circunstancias revelan una miacutenima peligrosidad

IMPUTABLE

Como lo hemos venido diciendo al sujeto activo se le hace un juicio de

24

reproche por desviarse del buen camino y es por eso que como uacuteltimo

elemento del delito encontramos la imputabilidad que puede

entenderse como la capacidad del sujeto de querer y entender la accioacuten

que realizo por lo que en este elemento entra en un gran campo la

conciencia o inconsciencia del sujeto

Retomando nuevamente lo que deciacutea en un inicio el derecho penal

mexicano estaacute bajo la influencia de la escuela finalista y por tanto se

considera que el sujeto tiene un libre albedriacuteo acerca de su actuar y

puede medir de manera plena las consecuencias juriacutedicas

Por tanto se tienen causas de inimputabilidad hacia el sujeto activo en

casos especiales como la minoriacutea de edad la enajenacioacuten o los estados

de inconsciencia ya que no se puede hablar de un reproche al sujeto si

eacuteste no actuoacute de manera consiente El primero es por la falta de

desarrollo mental del sujeto el segundo cuando la enfermedad de la

mente o el estado de inconsciencia privan de la consciencia de cometer

un delito o de obrar conforme a Derecho Y el tercero por el empleo de

sustancias toacutexicas embriagantes o estupefacientes por toxico

infecciones o por trastornos mentales Asiacute como lo establece el artiacuteculo

33 del Coacutedigo penal del Estado de Guanajuato en su primer paacuterrafo de la

fraccioacuten VII- Al momento de realizar el hecho tiacutepico y por causa de

enfermedad mental que perturbe gravemente su conciencia de

desarrollo psiacutequico incompleto o retardado o de grave perturbacioacuten de la

conciencia sin base patoloacutegica el agente no tenga la capacidad de

comprender el caraacutecter iliacutecito de aquel o de conducirse de acuerdo con

esa comprensioacuten

Ya que la imputabilidad es la base psicoloacutegica de la culpabilidad soacutelo el

sujeto que es capaz de querer y entender y solo asiacute puede ser

responsable

Eacutestos seriacutean los casos en los que el elemento de la imputabilidad

entrariacutea como elemento negativo del delito

25

CLASIFICACION DEL DELITO SEGUacuteN

CELESTINO PORTE PETIT

CLASIFICACION DEL DELITO

De acuerdo con el Coacutedigo Penal del Estado de Meacutexico en su capiacutetulo II

en el

Artiacuteculo 8- Establece que los delitos pueden ser

I Dolosos

El delito es doloso cuando se obra conociendo los elementos del tipo

penal o previendo como posible el resultado tiacutepico queriendo o

aceptando la realizacioacuten del hecho descrito por la ley

II Culposos

El delito es culposo cuando se produce un resultado tiacutepico que no se

previoacute siendo previsible o confiando en que no se produciriacutea en virtud

de la violacioacuten a un deber de cuidado que debiacutea y podiacutea observarse

seguacuten las circunstancias y condiciones personales

III Instantaacuteneos

Es instantaacuteneo cuando la consumacioacuten se agota en el mismo momento

en que se han realizado todos sus elementos constitutivos

IV Permanentes

Es permanente cuando la consumacioacuten se prolonga en el tiempo

V Continuados

26

Es continuado cuando existe unidad de propoacutesito delictivo pluralidad de

conductas e identidad de sujeto pasivo y se viola el mismo precepto

legal

Son delitos de accioacuten los que se cometen por medio de una conducta

positiva es decir un hacer Los delitos por omisioacuten se ejecutan por

medio de un comportamiento negativo un no hacer determinada

obligacioacuten o no ejecutar una accioacuten Ademaacutes existen delitos que por su

iacutendole estructural exigen para su existencia la incidencia de una accioacuten

y luego una omisioacuten o viceversa

Los delitos que no necesitan resultado material ya que la sola conducta

del sujeto los realiza son los que se perfeccionan con el cumplimiento

de determinada accioacuten u omisioacuten cuya consecuencia es la no-

observacioacuten de una obligacioacuten o de un deber pero cuyo resultado no se

manifiesta en el mundo fiacutesico con un hecho de momento perceptible

En tanto que los delitos de resultado son los que para su consumacioacuten

exigen ademaacutes de la conducta del sujeto activo que se produzca

determinado efecto distinto de la omisioacuten o de la accioacuten el resultado en

estos delitos se observa fiacutesicamente en el mundo real Los delitos se

clasifican de esta manera porque se atiende a la estructura exterior de

ellos

Los delitos de dantildeo requieren para su perfeccionamiento juriacutedico que el

bien tutelado juriacutedicamente protegido sea destruido o disminuido en

tanto en los delitos de peligro basta que el bien juriacutedico sea amenazado

al realizarse la conducta criminosa accioacuten u omisioacuten con la acusacioacuten

de un dantildeo o peligro inminente determinado y grave

Son delitos instantaacuteneos aquellos que con la sola realizacioacuten de la

conducta accioacuten u omisioacuten por el sujeto activo quedan realizados o

tipificados sin que se requiera accioacuten posterior para su continuidad o

vigencia Los delitos permanentes son los que se caracterizan porque el

hecho que los constituye o realiza da lugar a una situacioacuten dantildeosa o de 27

peligro que se prolonga en el tiempo a causa de la continuidad del

comportamiento del sujeto Para la existencia de estos delitos es

necesario que el estado dantildeoso o de peligro provenga de la conducta

del sujeto activo de manera continua es decir que no se agote en un

solo instante sino que prosiga durante determinado tiempo y que la

proacuterroga de la situacioacuten antijuriacutedica se deba a la exclusiva conducta

voluntaria del sujeto que prosigue con ella ininterrumpidamente

despueacutes de la -- realizacioacuten del hecho que constituye el delito

En este mismo orden de ideas atendiendo a la duracioacuten de las

consecuencias del delito eacutestas son permanentes es decir hay delitos

instantaacuteneos y delitos permanentes en cuanto a los actos de se

realizacioacuten con efectos permanentes cuya caracteriacutestica es la duracioacuten

de las consecuencias del delito

Ahora bien dentro de las especies del delito que por ser varias

conforme a los fines que se persigan para su tipificacioacuten o conforme al

bien juriacutedico que tutela la ley entre otros aspectos como la que se ha

realizado al principio de este acaacutepite tenemos ahora

Conforme a su gravedad tenemos delitos y faltas habraacute delito siempre

que se realice la conducta prevista y sancionada por la ley penal o en

alguna otra ley especial en tanto que la falta no obstante ser una

conducta contraria a la ley y sancionada por esta misma la sancioacuten la

aplica una autoridad u oacutergano diferente al Poder Judicial o Tribunal

generalmente una autoridad de iacutendole administrativa

Seguacuten la intencioacuten con que se comete o realiza la accioacuten que da origen

al delito tenemos delitos con intencioacuten o dolosos culposos o contra la

intencioacuten y los que son cometidos maacutes allaacute de la intencioacuten o

preterintencionales

Si se ha deseado realizar la accioacuten u omisioacuten para la comisioacuten del delito

y previsto el resultado del mismo se estaacute ante un delito doloso En

28

tanto que siacute de deseaba realizar la accioacuten u omisioacuten pero no el

resultado del delito se trata de un delito culposo Y cuando se ha

deseado realizar la accioacuten u omisioacuten y no el resultado como

consecuencia en su integridad sino un efecto menos grave se trata de

un delito preterintencional

Los delitos tipo o tambieacuten simples o netos son los que se presentan en

su puro modelo legal sin maacutes caracteriacutesticas que sus elementos

esenciales y los delitos circunstanciados son los que ademaacutes de contar

con los elementos esenciales se presentan acompantildeados de

circunstancias o accidentes a sus elementos

Por su efecto los delitos se consideran simples y complejos formales y

materiales de lesioacuten y de peligro Son simples o uniacute subsistentes en el

que coincide el momento ejecutivo y el momento consumativo se

realizan ambos en un soacutelo acto o momento Los complejos o

plurisubsistentes son aquellos cuya accioacuten ejecutiva consta de varios

actos en que puede integrarse El delito material es el que se consuma

al momento de verificarse el resultado material de eacutese en tanto que el

delito formal se perfecciona con una simple accioacuten u omisioacuten haciendo

abstraccioacuten de la verificacioacuten del resultado Los delitos de lesioacuten o dantildeo

y de peligro ya han sido tratados en paacuterrafos precedentes

Seguacuten el objeto o finque persiguen la perturbacioacuten dantildeo disminucioacuten o

destruccioacuten del bien juriacutedicamente protegido son delitos contra la cosa

puacuteblica o el Estado mismo o sus Instituciones y delitos contra las

personas privadas delitos poliacuteticos y no poliacuteticos

Seguacuten los sujetos que los realizan los delitos individuales y colectivos

comunes y especiales seguacuten la ley que los contenga y ocasionales y

habituales seguacuten la constancia con que delinque el sujeto que los

realiza

29

Seguacuten los requisitos para la procedibilidad o persecucioacuten de los delitos

conforme al bien juriacutedico protegido que afecta de acuerdo a la

naturaleza del dantildeo afectacioacuten del bien los delitos son de accioacuten puacuteblica

(denuncia) o de accioacuten privada (querella)

Para el desarrollo de este acaacutepite se tomaraacuten en cuenta las

disposiciones legales que se contienen en el Coacutedigo de Penal para el

Distrito Federal en Materia de Fuero Comuacuten y para toda la Repuacuteblica en

Materia de Fuero Federal el Coacutedigo de Procedimientos Penales para el

Distrito Federal el Coacutedigo Federal de Procedimientos Penales el Coacutedigo

Penal para el Estado de Meacutexico y el Coacutedigo de Procedimientos Penales

para el Estado de Meacutexico Por lo que las clasificaciones de los delitos

que ahora se presentaraacuten seraacute desde el punto de vista legal es decir

atendiendo a lo dispuesto en los ordenamientos legales vigentes de

iacutendole penal sustantiva y adjetiva seguacuten se trate

CLASIFICACION DEL DELITOP SEGUacuteN

EDUARDO LOacutePEZ BENTANCOURT

Por su Composicioacuten

Normales son aquellos en los que el tipo estaraacute conformado de

elementos objetivos

Anormales son los tipos penales que ademaacutes de contener

elementos objetivos tambieacuten se conforman con elementos

subjetivos o normativos

Por su Ordenacioacuten Metodoloacutegica

Fundamentales son los tipos con plena independencia

formados con una conducta iliacutecita sobre un bien juriacutedicamente

tutelado

30

Especiales son los tipos que contienen en su descripcioacuten alguacuten

tipo de caracteriacutestica

Complementados son aquellos que requieren de la realizacioacuten

previa de un tipo baacutesico no tienen autonomiacutea

Por su Autonomiacutea o Independencia

Autoacutenomos son los tipos penales con vida propia no necesitan

de la realizacioacuten de alguacuten otro

Subordinados Requieren de la existencia de alguacuten otro tipo

Por su Formulacioacuten

Casuiacutesticos el legislador plantea varias formas de realizacioacuten del

delito subdividieacutendose en

Alternativos son aquellos donde se plantean dos o maacutes hipoacutetesis

y se precisa de la ejecucioacuten de solo una de ellas para la tipificacioacuten

de la conducta iliacutecita

Acumulativos se exige la realizacioacuten o concurso de todas las

hipoacutetesis que el legislador ha plasmado en el tipo penal para la

adecuacioacuten de la conducta al mismo

Amplios contiene en su descripcioacuten una hipoacutetesis uacutenica en donde

caben todos los modos de ejecucioacuten se colma el tipo penal con la

lesioacuten causada al bien juriacutedicamente tutelado

Por el Dantildeo que Causan

De Lesioacuten requieren de un dantildeo inminente al bien juriacutedico

tutelado

De Peligro basta con el simple riesgo en que se pone al bien

juriacutedicamente tutelado

31

  • CLASIFICACION DEL DELITO
Page 24: Clasificación del delito

Punible

La punibilidad puede verse como una consecuencia que trae la comisioacuten

de un delito es decir si un sujeto actuacutea de manera iliacutecita y altera el

orden juriacutedico le sobrevendraacute una sancioacuten La punibilidad es entonces la

consecuencia juriacutedica que viene a la accioacuten punible El legislador ademaacutes

de procurar el orden juriacutedico estableciendo castigos a quienes violan

eacuteste hace depender la imposicioacuten de la pena de factores y

circunstancias externas e independientes del acto punible

Existen en nuestro sistema penal dos clases de sanciones las penas y

las medidas de seguridad Siendo las primeras de caraacutecter ejemplar y

las segundas de caraacutecter psicoloacutegico pero ambas coinciden en la

rehabilitacioacuten que procuran hacia el sujeto infractor

Se tiene claramente la distincioacuten en su clasificacioacuten que es la siguiente

las penas pueden variar como por ejemplo pena de muerte privacioacuten

de la libertad restriccioacuten de la libertad privacioacuten de derechos

restriccioacuten de derechos reparacioacuten del dantildeo Y las medidas de seguridad

pueden ser curativas eliminatorias o educativas

Las penas en nuestro Estado se encuentran reguladas por el Coacutedigo

Penal en su artiacuteculo 38 y las medidas de seguridad en el artiacuteculo 89

La manera de que la punibilidad entre como un elemento negativo del

delito es con las excusas absolutorias que son causas personales que se

encuentran legalmente previstas que aunque no eliminan el caraacutecter

delictivo de la accioacuten que cometioacute siacute excluyen la pena pues para el

Estado no es necesario establecer pena alguna contra tales hechos ya

que dichas circunstancias revelan una miacutenima peligrosidad

IMPUTABLE

Como lo hemos venido diciendo al sujeto activo se le hace un juicio de

24

reproche por desviarse del buen camino y es por eso que como uacuteltimo

elemento del delito encontramos la imputabilidad que puede

entenderse como la capacidad del sujeto de querer y entender la accioacuten

que realizo por lo que en este elemento entra en un gran campo la

conciencia o inconsciencia del sujeto

Retomando nuevamente lo que deciacutea en un inicio el derecho penal

mexicano estaacute bajo la influencia de la escuela finalista y por tanto se

considera que el sujeto tiene un libre albedriacuteo acerca de su actuar y

puede medir de manera plena las consecuencias juriacutedicas

Por tanto se tienen causas de inimputabilidad hacia el sujeto activo en

casos especiales como la minoriacutea de edad la enajenacioacuten o los estados

de inconsciencia ya que no se puede hablar de un reproche al sujeto si

eacuteste no actuoacute de manera consiente El primero es por la falta de

desarrollo mental del sujeto el segundo cuando la enfermedad de la

mente o el estado de inconsciencia privan de la consciencia de cometer

un delito o de obrar conforme a Derecho Y el tercero por el empleo de

sustancias toacutexicas embriagantes o estupefacientes por toxico

infecciones o por trastornos mentales Asiacute como lo establece el artiacuteculo

33 del Coacutedigo penal del Estado de Guanajuato en su primer paacuterrafo de la

fraccioacuten VII- Al momento de realizar el hecho tiacutepico y por causa de

enfermedad mental que perturbe gravemente su conciencia de

desarrollo psiacutequico incompleto o retardado o de grave perturbacioacuten de la

conciencia sin base patoloacutegica el agente no tenga la capacidad de

comprender el caraacutecter iliacutecito de aquel o de conducirse de acuerdo con

esa comprensioacuten

Ya que la imputabilidad es la base psicoloacutegica de la culpabilidad soacutelo el

sujeto que es capaz de querer y entender y solo asiacute puede ser

responsable

Eacutestos seriacutean los casos en los que el elemento de la imputabilidad

entrariacutea como elemento negativo del delito

25

CLASIFICACION DEL DELITO SEGUacuteN

CELESTINO PORTE PETIT

CLASIFICACION DEL DELITO

De acuerdo con el Coacutedigo Penal del Estado de Meacutexico en su capiacutetulo II

en el

Artiacuteculo 8- Establece que los delitos pueden ser

I Dolosos

El delito es doloso cuando se obra conociendo los elementos del tipo

penal o previendo como posible el resultado tiacutepico queriendo o

aceptando la realizacioacuten del hecho descrito por la ley

II Culposos

El delito es culposo cuando se produce un resultado tiacutepico que no se

previoacute siendo previsible o confiando en que no se produciriacutea en virtud

de la violacioacuten a un deber de cuidado que debiacutea y podiacutea observarse

seguacuten las circunstancias y condiciones personales

III Instantaacuteneos

Es instantaacuteneo cuando la consumacioacuten se agota en el mismo momento

en que se han realizado todos sus elementos constitutivos

IV Permanentes

Es permanente cuando la consumacioacuten se prolonga en el tiempo

V Continuados

26

Es continuado cuando existe unidad de propoacutesito delictivo pluralidad de

conductas e identidad de sujeto pasivo y se viola el mismo precepto

legal

Son delitos de accioacuten los que se cometen por medio de una conducta

positiva es decir un hacer Los delitos por omisioacuten se ejecutan por

medio de un comportamiento negativo un no hacer determinada

obligacioacuten o no ejecutar una accioacuten Ademaacutes existen delitos que por su

iacutendole estructural exigen para su existencia la incidencia de una accioacuten

y luego una omisioacuten o viceversa

Los delitos que no necesitan resultado material ya que la sola conducta

del sujeto los realiza son los que se perfeccionan con el cumplimiento

de determinada accioacuten u omisioacuten cuya consecuencia es la no-

observacioacuten de una obligacioacuten o de un deber pero cuyo resultado no se

manifiesta en el mundo fiacutesico con un hecho de momento perceptible

En tanto que los delitos de resultado son los que para su consumacioacuten

exigen ademaacutes de la conducta del sujeto activo que se produzca

determinado efecto distinto de la omisioacuten o de la accioacuten el resultado en

estos delitos se observa fiacutesicamente en el mundo real Los delitos se

clasifican de esta manera porque se atiende a la estructura exterior de

ellos

Los delitos de dantildeo requieren para su perfeccionamiento juriacutedico que el

bien tutelado juriacutedicamente protegido sea destruido o disminuido en

tanto en los delitos de peligro basta que el bien juriacutedico sea amenazado

al realizarse la conducta criminosa accioacuten u omisioacuten con la acusacioacuten

de un dantildeo o peligro inminente determinado y grave

Son delitos instantaacuteneos aquellos que con la sola realizacioacuten de la

conducta accioacuten u omisioacuten por el sujeto activo quedan realizados o

tipificados sin que se requiera accioacuten posterior para su continuidad o

vigencia Los delitos permanentes son los que se caracterizan porque el

hecho que los constituye o realiza da lugar a una situacioacuten dantildeosa o de 27

peligro que se prolonga en el tiempo a causa de la continuidad del

comportamiento del sujeto Para la existencia de estos delitos es

necesario que el estado dantildeoso o de peligro provenga de la conducta

del sujeto activo de manera continua es decir que no se agote en un

solo instante sino que prosiga durante determinado tiempo y que la

proacuterroga de la situacioacuten antijuriacutedica se deba a la exclusiva conducta

voluntaria del sujeto que prosigue con ella ininterrumpidamente

despueacutes de la -- realizacioacuten del hecho que constituye el delito

En este mismo orden de ideas atendiendo a la duracioacuten de las

consecuencias del delito eacutestas son permanentes es decir hay delitos

instantaacuteneos y delitos permanentes en cuanto a los actos de se

realizacioacuten con efectos permanentes cuya caracteriacutestica es la duracioacuten

de las consecuencias del delito

Ahora bien dentro de las especies del delito que por ser varias

conforme a los fines que se persigan para su tipificacioacuten o conforme al

bien juriacutedico que tutela la ley entre otros aspectos como la que se ha

realizado al principio de este acaacutepite tenemos ahora

Conforme a su gravedad tenemos delitos y faltas habraacute delito siempre

que se realice la conducta prevista y sancionada por la ley penal o en

alguna otra ley especial en tanto que la falta no obstante ser una

conducta contraria a la ley y sancionada por esta misma la sancioacuten la

aplica una autoridad u oacutergano diferente al Poder Judicial o Tribunal

generalmente una autoridad de iacutendole administrativa

Seguacuten la intencioacuten con que se comete o realiza la accioacuten que da origen

al delito tenemos delitos con intencioacuten o dolosos culposos o contra la

intencioacuten y los que son cometidos maacutes allaacute de la intencioacuten o

preterintencionales

Si se ha deseado realizar la accioacuten u omisioacuten para la comisioacuten del delito

y previsto el resultado del mismo se estaacute ante un delito doloso En

28

tanto que siacute de deseaba realizar la accioacuten u omisioacuten pero no el

resultado del delito se trata de un delito culposo Y cuando se ha

deseado realizar la accioacuten u omisioacuten y no el resultado como

consecuencia en su integridad sino un efecto menos grave se trata de

un delito preterintencional

Los delitos tipo o tambieacuten simples o netos son los que se presentan en

su puro modelo legal sin maacutes caracteriacutesticas que sus elementos

esenciales y los delitos circunstanciados son los que ademaacutes de contar

con los elementos esenciales se presentan acompantildeados de

circunstancias o accidentes a sus elementos

Por su efecto los delitos se consideran simples y complejos formales y

materiales de lesioacuten y de peligro Son simples o uniacute subsistentes en el

que coincide el momento ejecutivo y el momento consumativo se

realizan ambos en un soacutelo acto o momento Los complejos o

plurisubsistentes son aquellos cuya accioacuten ejecutiva consta de varios

actos en que puede integrarse El delito material es el que se consuma

al momento de verificarse el resultado material de eacutese en tanto que el

delito formal se perfecciona con una simple accioacuten u omisioacuten haciendo

abstraccioacuten de la verificacioacuten del resultado Los delitos de lesioacuten o dantildeo

y de peligro ya han sido tratados en paacuterrafos precedentes

Seguacuten el objeto o finque persiguen la perturbacioacuten dantildeo disminucioacuten o

destruccioacuten del bien juriacutedicamente protegido son delitos contra la cosa

puacuteblica o el Estado mismo o sus Instituciones y delitos contra las

personas privadas delitos poliacuteticos y no poliacuteticos

Seguacuten los sujetos que los realizan los delitos individuales y colectivos

comunes y especiales seguacuten la ley que los contenga y ocasionales y

habituales seguacuten la constancia con que delinque el sujeto que los

realiza

29

Seguacuten los requisitos para la procedibilidad o persecucioacuten de los delitos

conforme al bien juriacutedico protegido que afecta de acuerdo a la

naturaleza del dantildeo afectacioacuten del bien los delitos son de accioacuten puacuteblica

(denuncia) o de accioacuten privada (querella)

Para el desarrollo de este acaacutepite se tomaraacuten en cuenta las

disposiciones legales que se contienen en el Coacutedigo de Penal para el

Distrito Federal en Materia de Fuero Comuacuten y para toda la Repuacuteblica en

Materia de Fuero Federal el Coacutedigo de Procedimientos Penales para el

Distrito Federal el Coacutedigo Federal de Procedimientos Penales el Coacutedigo

Penal para el Estado de Meacutexico y el Coacutedigo de Procedimientos Penales

para el Estado de Meacutexico Por lo que las clasificaciones de los delitos

que ahora se presentaraacuten seraacute desde el punto de vista legal es decir

atendiendo a lo dispuesto en los ordenamientos legales vigentes de

iacutendole penal sustantiva y adjetiva seguacuten se trate

CLASIFICACION DEL DELITOP SEGUacuteN

EDUARDO LOacutePEZ BENTANCOURT

Por su Composicioacuten

Normales son aquellos en los que el tipo estaraacute conformado de

elementos objetivos

Anormales son los tipos penales que ademaacutes de contener

elementos objetivos tambieacuten se conforman con elementos

subjetivos o normativos

Por su Ordenacioacuten Metodoloacutegica

Fundamentales son los tipos con plena independencia

formados con una conducta iliacutecita sobre un bien juriacutedicamente

tutelado

30

Especiales son los tipos que contienen en su descripcioacuten alguacuten

tipo de caracteriacutestica

Complementados son aquellos que requieren de la realizacioacuten

previa de un tipo baacutesico no tienen autonomiacutea

Por su Autonomiacutea o Independencia

Autoacutenomos son los tipos penales con vida propia no necesitan

de la realizacioacuten de alguacuten otro

Subordinados Requieren de la existencia de alguacuten otro tipo

Por su Formulacioacuten

Casuiacutesticos el legislador plantea varias formas de realizacioacuten del

delito subdividieacutendose en

Alternativos son aquellos donde se plantean dos o maacutes hipoacutetesis

y se precisa de la ejecucioacuten de solo una de ellas para la tipificacioacuten

de la conducta iliacutecita

Acumulativos se exige la realizacioacuten o concurso de todas las

hipoacutetesis que el legislador ha plasmado en el tipo penal para la

adecuacioacuten de la conducta al mismo

Amplios contiene en su descripcioacuten una hipoacutetesis uacutenica en donde

caben todos los modos de ejecucioacuten se colma el tipo penal con la

lesioacuten causada al bien juriacutedicamente tutelado

Por el Dantildeo que Causan

De Lesioacuten requieren de un dantildeo inminente al bien juriacutedico

tutelado

De Peligro basta con el simple riesgo en que se pone al bien

juriacutedicamente tutelado

31

  • CLASIFICACION DEL DELITO
Page 25: Clasificación del delito

reproche por desviarse del buen camino y es por eso que como uacuteltimo

elemento del delito encontramos la imputabilidad que puede

entenderse como la capacidad del sujeto de querer y entender la accioacuten

que realizo por lo que en este elemento entra en un gran campo la

conciencia o inconsciencia del sujeto

Retomando nuevamente lo que deciacutea en un inicio el derecho penal

mexicano estaacute bajo la influencia de la escuela finalista y por tanto se

considera que el sujeto tiene un libre albedriacuteo acerca de su actuar y

puede medir de manera plena las consecuencias juriacutedicas

Por tanto se tienen causas de inimputabilidad hacia el sujeto activo en

casos especiales como la minoriacutea de edad la enajenacioacuten o los estados

de inconsciencia ya que no se puede hablar de un reproche al sujeto si

eacuteste no actuoacute de manera consiente El primero es por la falta de

desarrollo mental del sujeto el segundo cuando la enfermedad de la

mente o el estado de inconsciencia privan de la consciencia de cometer

un delito o de obrar conforme a Derecho Y el tercero por el empleo de

sustancias toacutexicas embriagantes o estupefacientes por toxico

infecciones o por trastornos mentales Asiacute como lo establece el artiacuteculo

33 del Coacutedigo penal del Estado de Guanajuato en su primer paacuterrafo de la

fraccioacuten VII- Al momento de realizar el hecho tiacutepico y por causa de

enfermedad mental que perturbe gravemente su conciencia de

desarrollo psiacutequico incompleto o retardado o de grave perturbacioacuten de la

conciencia sin base patoloacutegica el agente no tenga la capacidad de

comprender el caraacutecter iliacutecito de aquel o de conducirse de acuerdo con

esa comprensioacuten

Ya que la imputabilidad es la base psicoloacutegica de la culpabilidad soacutelo el

sujeto que es capaz de querer y entender y solo asiacute puede ser

responsable

Eacutestos seriacutean los casos en los que el elemento de la imputabilidad

entrariacutea como elemento negativo del delito

25

CLASIFICACION DEL DELITO SEGUacuteN

CELESTINO PORTE PETIT

CLASIFICACION DEL DELITO

De acuerdo con el Coacutedigo Penal del Estado de Meacutexico en su capiacutetulo II

en el

Artiacuteculo 8- Establece que los delitos pueden ser

I Dolosos

El delito es doloso cuando se obra conociendo los elementos del tipo

penal o previendo como posible el resultado tiacutepico queriendo o

aceptando la realizacioacuten del hecho descrito por la ley

II Culposos

El delito es culposo cuando se produce un resultado tiacutepico que no se

previoacute siendo previsible o confiando en que no se produciriacutea en virtud

de la violacioacuten a un deber de cuidado que debiacutea y podiacutea observarse

seguacuten las circunstancias y condiciones personales

III Instantaacuteneos

Es instantaacuteneo cuando la consumacioacuten se agota en el mismo momento

en que se han realizado todos sus elementos constitutivos

IV Permanentes

Es permanente cuando la consumacioacuten se prolonga en el tiempo

V Continuados

26

Es continuado cuando existe unidad de propoacutesito delictivo pluralidad de

conductas e identidad de sujeto pasivo y se viola el mismo precepto

legal

Son delitos de accioacuten los que se cometen por medio de una conducta

positiva es decir un hacer Los delitos por omisioacuten se ejecutan por

medio de un comportamiento negativo un no hacer determinada

obligacioacuten o no ejecutar una accioacuten Ademaacutes existen delitos que por su

iacutendole estructural exigen para su existencia la incidencia de una accioacuten

y luego una omisioacuten o viceversa

Los delitos que no necesitan resultado material ya que la sola conducta

del sujeto los realiza son los que se perfeccionan con el cumplimiento

de determinada accioacuten u omisioacuten cuya consecuencia es la no-

observacioacuten de una obligacioacuten o de un deber pero cuyo resultado no se

manifiesta en el mundo fiacutesico con un hecho de momento perceptible

En tanto que los delitos de resultado son los que para su consumacioacuten

exigen ademaacutes de la conducta del sujeto activo que se produzca

determinado efecto distinto de la omisioacuten o de la accioacuten el resultado en

estos delitos se observa fiacutesicamente en el mundo real Los delitos se

clasifican de esta manera porque se atiende a la estructura exterior de

ellos

Los delitos de dantildeo requieren para su perfeccionamiento juriacutedico que el

bien tutelado juriacutedicamente protegido sea destruido o disminuido en

tanto en los delitos de peligro basta que el bien juriacutedico sea amenazado

al realizarse la conducta criminosa accioacuten u omisioacuten con la acusacioacuten

de un dantildeo o peligro inminente determinado y grave

Son delitos instantaacuteneos aquellos que con la sola realizacioacuten de la

conducta accioacuten u omisioacuten por el sujeto activo quedan realizados o

tipificados sin que se requiera accioacuten posterior para su continuidad o

vigencia Los delitos permanentes son los que se caracterizan porque el

hecho que los constituye o realiza da lugar a una situacioacuten dantildeosa o de 27

peligro que se prolonga en el tiempo a causa de la continuidad del

comportamiento del sujeto Para la existencia de estos delitos es

necesario que el estado dantildeoso o de peligro provenga de la conducta

del sujeto activo de manera continua es decir que no se agote en un

solo instante sino que prosiga durante determinado tiempo y que la

proacuterroga de la situacioacuten antijuriacutedica se deba a la exclusiva conducta

voluntaria del sujeto que prosigue con ella ininterrumpidamente

despueacutes de la -- realizacioacuten del hecho que constituye el delito

En este mismo orden de ideas atendiendo a la duracioacuten de las

consecuencias del delito eacutestas son permanentes es decir hay delitos

instantaacuteneos y delitos permanentes en cuanto a los actos de se

realizacioacuten con efectos permanentes cuya caracteriacutestica es la duracioacuten

de las consecuencias del delito

Ahora bien dentro de las especies del delito que por ser varias

conforme a los fines que se persigan para su tipificacioacuten o conforme al

bien juriacutedico que tutela la ley entre otros aspectos como la que se ha

realizado al principio de este acaacutepite tenemos ahora

Conforme a su gravedad tenemos delitos y faltas habraacute delito siempre

que se realice la conducta prevista y sancionada por la ley penal o en

alguna otra ley especial en tanto que la falta no obstante ser una

conducta contraria a la ley y sancionada por esta misma la sancioacuten la

aplica una autoridad u oacutergano diferente al Poder Judicial o Tribunal

generalmente una autoridad de iacutendole administrativa

Seguacuten la intencioacuten con que se comete o realiza la accioacuten que da origen

al delito tenemos delitos con intencioacuten o dolosos culposos o contra la

intencioacuten y los que son cometidos maacutes allaacute de la intencioacuten o

preterintencionales

Si se ha deseado realizar la accioacuten u omisioacuten para la comisioacuten del delito

y previsto el resultado del mismo se estaacute ante un delito doloso En

28

tanto que siacute de deseaba realizar la accioacuten u omisioacuten pero no el

resultado del delito se trata de un delito culposo Y cuando se ha

deseado realizar la accioacuten u omisioacuten y no el resultado como

consecuencia en su integridad sino un efecto menos grave se trata de

un delito preterintencional

Los delitos tipo o tambieacuten simples o netos son los que se presentan en

su puro modelo legal sin maacutes caracteriacutesticas que sus elementos

esenciales y los delitos circunstanciados son los que ademaacutes de contar

con los elementos esenciales se presentan acompantildeados de

circunstancias o accidentes a sus elementos

Por su efecto los delitos se consideran simples y complejos formales y

materiales de lesioacuten y de peligro Son simples o uniacute subsistentes en el

que coincide el momento ejecutivo y el momento consumativo se

realizan ambos en un soacutelo acto o momento Los complejos o

plurisubsistentes son aquellos cuya accioacuten ejecutiva consta de varios

actos en que puede integrarse El delito material es el que se consuma

al momento de verificarse el resultado material de eacutese en tanto que el

delito formal se perfecciona con una simple accioacuten u omisioacuten haciendo

abstraccioacuten de la verificacioacuten del resultado Los delitos de lesioacuten o dantildeo

y de peligro ya han sido tratados en paacuterrafos precedentes

Seguacuten el objeto o finque persiguen la perturbacioacuten dantildeo disminucioacuten o

destruccioacuten del bien juriacutedicamente protegido son delitos contra la cosa

puacuteblica o el Estado mismo o sus Instituciones y delitos contra las

personas privadas delitos poliacuteticos y no poliacuteticos

Seguacuten los sujetos que los realizan los delitos individuales y colectivos

comunes y especiales seguacuten la ley que los contenga y ocasionales y

habituales seguacuten la constancia con que delinque el sujeto que los

realiza

29

Seguacuten los requisitos para la procedibilidad o persecucioacuten de los delitos

conforme al bien juriacutedico protegido que afecta de acuerdo a la

naturaleza del dantildeo afectacioacuten del bien los delitos son de accioacuten puacuteblica

(denuncia) o de accioacuten privada (querella)

Para el desarrollo de este acaacutepite se tomaraacuten en cuenta las

disposiciones legales que se contienen en el Coacutedigo de Penal para el

Distrito Federal en Materia de Fuero Comuacuten y para toda la Repuacuteblica en

Materia de Fuero Federal el Coacutedigo de Procedimientos Penales para el

Distrito Federal el Coacutedigo Federal de Procedimientos Penales el Coacutedigo

Penal para el Estado de Meacutexico y el Coacutedigo de Procedimientos Penales

para el Estado de Meacutexico Por lo que las clasificaciones de los delitos

que ahora se presentaraacuten seraacute desde el punto de vista legal es decir

atendiendo a lo dispuesto en los ordenamientos legales vigentes de

iacutendole penal sustantiva y adjetiva seguacuten se trate

CLASIFICACION DEL DELITOP SEGUacuteN

EDUARDO LOacutePEZ BENTANCOURT

Por su Composicioacuten

Normales son aquellos en los que el tipo estaraacute conformado de

elementos objetivos

Anormales son los tipos penales que ademaacutes de contener

elementos objetivos tambieacuten se conforman con elementos

subjetivos o normativos

Por su Ordenacioacuten Metodoloacutegica

Fundamentales son los tipos con plena independencia

formados con una conducta iliacutecita sobre un bien juriacutedicamente

tutelado

30

Especiales son los tipos que contienen en su descripcioacuten alguacuten

tipo de caracteriacutestica

Complementados son aquellos que requieren de la realizacioacuten

previa de un tipo baacutesico no tienen autonomiacutea

Por su Autonomiacutea o Independencia

Autoacutenomos son los tipos penales con vida propia no necesitan

de la realizacioacuten de alguacuten otro

Subordinados Requieren de la existencia de alguacuten otro tipo

Por su Formulacioacuten

Casuiacutesticos el legislador plantea varias formas de realizacioacuten del

delito subdividieacutendose en

Alternativos son aquellos donde se plantean dos o maacutes hipoacutetesis

y se precisa de la ejecucioacuten de solo una de ellas para la tipificacioacuten

de la conducta iliacutecita

Acumulativos se exige la realizacioacuten o concurso de todas las

hipoacutetesis que el legislador ha plasmado en el tipo penal para la

adecuacioacuten de la conducta al mismo

Amplios contiene en su descripcioacuten una hipoacutetesis uacutenica en donde

caben todos los modos de ejecucioacuten se colma el tipo penal con la

lesioacuten causada al bien juriacutedicamente tutelado

Por el Dantildeo que Causan

De Lesioacuten requieren de un dantildeo inminente al bien juriacutedico

tutelado

De Peligro basta con el simple riesgo en que se pone al bien

juriacutedicamente tutelado

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  • CLASIFICACION DEL DELITO
Page 26: Clasificación del delito

CLASIFICACION DEL DELITO SEGUacuteN

CELESTINO PORTE PETIT

CLASIFICACION DEL DELITO

De acuerdo con el Coacutedigo Penal del Estado de Meacutexico en su capiacutetulo II

en el

Artiacuteculo 8- Establece que los delitos pueden ser

I Dolosos

El delito es doloso cuando se obra conociendo los elementos del tipo

penal o previendo como posible el resultado tiacutepico queriendo o

aceptando la realizacioacuten del hecho descrito por la ley

II Culposos

El delito es culposo cuando se produce un resultado tiacutepico que no se

previoacute siendo previsible o confiando en que no se produciriacutea en virtud

de la violacioacuten a un deber de cuidado que debiacutea y podiacutea observarse

seguacuten las circunstancias y condiciones personales

III Instantaacuteneos

Es instantaacuteneo cuando la consumacioacuten se agota en el mismo momento

en que se han realizado todos sus elementos constitutivos

IV Permanentes

Es permanente cuando la consumacioacuten se prolonga en el tiempo

V Continuados

26

Es continuado cuando existe unidad de propoacutesito delictivo pluralidad de

conductas e identidad de sujeto pasivo y se viola el mismo precepto

legal

Son delitos de accioacuten los que se cometen por medio de una conducta

positiva es decir un hacer Los delitos por omisioacuten se ejecutan por

medio de un comportamiento negativo un no hacer determinada

obligacioacuten o no ejecutar una accioacuten Ademaacutes existen delitos que por su

iacutendole estructural exigen para su existencia la incidencia de una accioacuten

y luego una omisioacuten o viceversa

Los delitos que no necesitan resultado material ya que la sola conducta

del sujeto los realiza son los que se perfeccionan con el cumplimiento

de determinada accioacuten u omisioacuten cuya consecuencia es la no-

observacioacuten de una obligacioacuten o de un deber pero cuyo resultado no se

manifiesta en el mundo fiacutesico con un hecho de momento perceptible

En tanto que los delitos de resultado son los que para su consumacioacuten

exigen ademaacutes de la conducta del sujeto activo que se produzca

determinado efecto distinto de la omisioacuten o de la accioacuten el resultado en

estos delitos se observa fiacutesicamente en el mundo real Los delitos se

clasifican de esta manera porque se atiende a la estructura exterior de

ellos

Los delitos de dantildeo requieren para su perfeccionamiento juriacutedico que el

bien tutelado juriacutedicamente protegido sea destruido o disminuido en

tanto en los delitos de peligro basta que el bien juriacutedico sea amenazado

al realizarse la conducta criminosa accioacuten u omisioacuten con la acusacioacuten

de un dantildeo o peligro inminente determinado y grave

Son delitos instantaacuteneos aquellos que con la sola realizacioacuten de la

conducta accioacuten u omisioacuten por el sujeto activo quedan realizados o

tipificados sin que se requiera accioacuten posterior para su continuidad o

vigencia Los delitos permanentes son los que se caracterizan porque el

hecho que los constituye o realiza da lugar a una situacioacuten dantildeosa o de 27

peligro que se prolonga en el tiempo a causa de la continuidad del

comportamiento del sujeto Para la existencia de estos delitos es

necesario que el estado dantildeoso o de peligro provenga de la conducta

del sujeto activo de manera continua es decir que no se agote en un

solo instante sino que prosiga durante determinado tiempo y que la

proacuterroga de la situacioacuten antijuriacutedica se deba a la exclusiva conducta

voluntaria del sujeto que prosigue con ella ininterrumpidamente

despueacutes de la -- realizacioacuten del hecho que constituye el delito

En este mismo orden de ideas atendiendo a la duracioacuten de las

consecuencias del delito eacutestas son permanentes es decir hay delitos

instantaacuteneos y delitos permanentes en cuanto a los actos de se

realizacioacuten con efectos permanentes cuya caracteriacutestica es la duracioacuten

de las consecuencias del delito

Ahora bien dentro de las especies del delito que por ser varias

conforme a los fines que se persigan para su tipificacioacuten o conforme al

bien juriacutedico que tutela la ley entre otros aspectos como la que se ha

realizado al principio de este acaacutepite tenemos ahora

Conforme a su gravedad tenemos delitos y faltas habraacute delito siempre

que se realice la conducta prevista y sancionada por la ley penal o en

alguna otra ley especial en tanto que la falta no obstante ser una

conducta contraria a la ley y sancionada por esta misma la sancioacuten la

aplica una autoridad u oacutergano diferente al Poder Judicial o Tribunal

generalmente una autoridad de iacutendole administrativa

Seguacuten la intencioacuten con que se comete o realiza la accioacuten que da origen

al delito tenemos delitos con intencioacuten o dolosos culposos o contra la

intencioacuten y los que son cometidos maacutes allaacute de la intencioacuten o

preterintencionales

Si se ha deseado realizar la accioacuten u omisioacuten para la comisioacuten del delito

y previsto el resultado del mismo se estaacute ante un delito doloso En

28

tanto que siacute de deseaba realizar la accioacuten u omisioacuten pero no el

resultado del delito se trata de un delito culposo Y cuando se ha

deseado realizar la accioacuten u omisioacuten y no el resultado como

consecuencia en su integridad sino un efecto menos grave se trata de

un delito preterintencional

Los delitos tipo o tambieacuten simples o netos son los que se presentan en

su puro modelo legal sin maacutes caracteriacutesticas que sus elementos

esenciales y los delitos circunstanciados son los que ademaacutes de contar

con los elementos esenciales se presentan acompantildeados de

circunstancias o accidentes a sus elementos

Por su efecto los delitos se consideran simples y complejos formales y

materiales de lesioacuten y de peligro Son simples o uniacute subsistentes en el

que coincide el momento ejecutivo y el momento consumativo se

realizan ambos en un soacutelo acto o momento Los complejos o

plurisubsistentes son aquellos cuya accioacuten ejecutiva consta de varios

actos en que puede integrarse El delito material es el que se consuma

al momento de verificarse el resultado material de eacutese en tanto que el

delito formal se perfecciona con una simple accioacuten u omisioacuten haciendo

abstraccioacuten de la verificacioacuten del resultado Los delitos de lesioacuten o dantildeo

y de peligro ya han sido tratados en paacuterrafos precedentes

Seguacuten el objeto o finque persiguen la perturbacioacuten dantildeo disminucioacuten o

destruccioacuten del bien juriacutedicamente protegido son delitos contra la cosa

puacuteblica o el Estado mismo o sus Instituciones y delitos contra las

personas privadas delitos poliacuteticos y no poliacuteticos

Seguacuten los sujetos que los realizan los delitos individuales y colectivos

comunes y especiales seguacuten la ley que los contenga y ocasionales y

habituales seguacuten la constancia con que delinque el sujeto que los

realiza

29

Seguacuten los requisitos para la procedibilidad o persecucioacuten de los delitos

conforme al bien juriacutedico protegido que afecta de acuerdo a la

naturaleza del dantildeo afectacioacuten del bien los delitos son de accioacuten puacuteblica

(denuncia) o de accioacuten privada (querella)

Para el desarrollo de este acaacutepite se tomaraacuten en cuenta las

disposiciones legales que se contienen en el Coacutedigo de Penal para el

Distrito Federal en Materia de Fuero Comuacuten y para toda la Repuacuteblica en

Materia de Fuero Federal el Coacutedigo de Procedimientos Penales para el

Distrito Federal el Coacutedigo Federal de Procedimientos Penales el Coacutedigo

Penal para el Estado de Meacutexico y el Coacutedigo de Procedimientos Penales

para el Estado de Meacutexico Por lo que las clasificaciones de los delitos

que ahora se presentaraacuten seraacute desde el punto de vista legal es decir

atendiendo a lo dispuesto en los ordenamientos legales vigentes de

iacutendole penal sustantiva y adjetiva seguacuten se trate

CLASIFICACION DEL DELITOP SEGUacuteN

EDUARDO LOacutePEZ BENTANCOURT

Por su Composicioacuten

Normales son aquellos en los que el tipo estaraacute conformado de

elementos objetivos

Anormales son los tipos penales que ademaacutes de contener

elementos objetivos tambieacuten se conforman con elementos

subjetivos o normativos

Por su Ordenacioacuten Metodoloacutegica

Fundamentales son los tipos con plena independencia

formados con una conducta iliacutecita sobre un bien juriacutedicamente

tutelado

30

Especiales son los tipos que contienen en su descripcioacuten alguacuten

tipo de caracteriacutestica

Complementados son aquellos que requieren de la realizacioacuten

previa de un tipo baacutesico no tienen autonomiacutea

Por su Autonomiacutea o Independencia

Autoacutenomos son los tipos penales con vida propia no necesitan

de la realizacioacuten de alguacuten otro

Subordinados Requieren de la existencia de alguacuten otro tipo

Por su Formulacioacuten

Casuiacutesticos el legislador plantea varias formas de realizacioacuten del

delito subdividieacutendose en

Alternativos son aquellos donde se plantean dos o maacutes hipoacutetesis

y se precisa de la ejecucioacuten de solo una de ellas para la tipificacioacuten

de la conducta iliacutecita

Acumulativos se exige la realizacioacuten o concurso de todas las

hipoacutetesis que el legislador ha plasmado en el tipo penal para la

adecuacioacuten de la conducta al mismo

Amplios contiene en su descripcioacuten una hipoacutetesis uacutenica en donde

caben todos los modos de ejecucioacuten se colma el tipo penal con la

lesioacuten causada al bien juriacutedicamente tutelado

Por el Dantildeo que Causan

De Lesioacuten requieren de un dantildeo inminente al bien juriacutedico

tutelado

De Peligro basta con el simple riesgo en que se pone al bien

juriacutedicamente tutelado

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  • CLASIFICACION DEL DELITO
Page 27: Clasificación del delito

Es continuado cuando existe unidad de propoacutesito delictivo pluralidad de

conductas e identidad de sujeto pasivo y se viola el mismo precepto

legal

Son delitos de accioacuten los que se cometen por medio de una conducta

positiva es decir un hacer Los delitos por omisioacuten se ejecutan por

medio de un comportamiento negativo un no hacer determinada

obligacioacuten o no ejecutar una accioacuten Ademaacutes existen delitos que por su

iacutendole estructural exigen para su existencia la incidencia de una accioacuten

y luego una omisioacuten o viceversa

Los delitos que no necesitan resultado material ya que la sola conducta

del sujeto los realiza son los que se perfeccionan con el cumplimiento

de determinada accioacuten u omisioacuten cuya consecuencia es la no-

observacioacuten de una obligacioacuten o de un deber pero cuyo resultado no se

manifiesta en el mundo fiacutesico con un hecho de momento perceptible

En tanto que los delitos de resultado son los que para su consumacioacuten

exigen ademaacutes de la conducta del sujeto activo que se produzca

determinado efecto distinto de la omisioacuten o de la accioacuten el resultado en

estos delitos se observa fiacutesicamente en el mundo real Los delitos se

clasifican de esta manera porque se atiende a la estructura exterior de

ellos

Los delitos de dantildeo requieren para su perfeccionamiento juriacutedico que el

bien tutelado juriacutedicamente protegido sea destruido o disminuido en

tanto en los delitos de peligro basta que el bien juriacutedico sea amenazado

al realizarse la conducta criminosa accioacuten u omisioacuten con la acusacioacuten

de un dantildeo o peligro inminente determinado y grave

Son delitos instantaacuteneos aquellos que con la sola realizacioacuten de la

conducta accioacuten u omisioacuten por el sujeto activo quedan realizados o

tipificados sin que se requiera accioacuten posterior para su continuidad o

vigencia Los delitos permanentes son los que se caracterizan porque el

hecho que los constituye o realiza da lugar a una situacioacuten dantildeosa o de 27

peligro que se prolonga en el tiempo a causa de la continuidad del

comportamiento del sujeto Para la existencia de estos delitos es

necesario que el estado dantildeoso o de peligro provenga de la conducta

del sujeto activo de manera continua es decir que no se agote en un

solo instante sino que prosiga durante determinado tiempo y que la

proacuterroga de la situacioacuten antijuriacutedica se deba a la exclusiva conducta

voluntaria del sujeto que prosigue con ella ininterrumpidamente

despueacutes de la -- realizacioacuten del hecho que constituye el delito

En este mismo orden de ideas atendiendo a la duracioacuten de las

consecuencias del delito eacutestas son permanentes es decir hay delitos

instantaacuteneos y delitos permanentes en cuanto a los actos de se

realizacioacuten con efectos permanentes cuya caracteriacutestica es la duracioacuten

de las consecuencias del delito

Ahora bien dentro de las especies del delito que por ser varias

conforme a los fines que se persigan para su tipificacioacuten o conforme al

bien juriacutedico que tutela la ley entre otros aspectos como la que se ha

realizado al principio de este acaacutepite tenemos ahora

Conforme a su gravedad tenemos delitos y faltas habraacute delito siempre

que se realice la conducta prevista y sancionada por la ley penal o en

alguna otra ley especial en tanto que la falta no obstante ser una

conducta contraria a la ley y sancionada por esta misma la sancioacuten la

aplica una autoridad u oacutergano diferente al Poder Judicial o Tribunal

generalmente una autoridad de iacutendole administrativa

Seguacuten la intencioacuten con que se comete o realiza la accioacuten que da origen

al delito tenemos delitos con intencioacuten o dolosos culposos o contra la

intencioacuten y los que son cometidos maacutes allaacute de la intencioacuten o

preterintencionales

Si se ha deseado realizar la accioacuten u omisioacuten para la comisioacuten del delito

y previsto el resultado del mismo se estaacute ante un delito doloso En

28

tanto que siacute de deseaba realizar la accioacuten u omisioacuten pero no el

resultado del delito se trata de un delito culposo Y cuando se ha

deseado realizar la accioacuten u omisioacuten y no el resultado como

consecuencia en su integridad sino un efecto menos grave se trata de

un delito preterintencional

Los delitos tipo o tambieacuten simples o netos son los que se presentan en

su puro modelo legal sin maacutes caracteriacutesticas que sus elementos

esenciales y los delitos circunstanciados son los que ademaacutes de contar

con los elementos esenciales se presentan acompantildeados de

circunstancias o accidentes a sus elementos

Por su efecto los delitos se consideran simples y complejos formales y

materiales de lesioacuten y de peligro Son simples o uniacute subsistentes en el

que coincide el momento ejecutivo y el momento consumativo se

realizan ambos en un soacutelo acto o momento Los complejos o

plurisubsistentes son aquellos cuya accioacuten ejecutiva consta de varios

actos en que puede integrarse El delito material es el que se consuma

al momento de verificarse el resultado material de eacutese en tanto que el

delito formal se perfecciona con una simple accioacuten u omisioacuten haciendo

abstraccioacuten de la verificacioacuten del resultado Los delitos de lesioacuten o dantildeo

y de peligro ya han sido tratados en paacuterrafos precedentes

Seguacuten el objeto o finque persiguen la perturbacioacuten dantildeo disminucioacuten o

destruccioacuten del bien juriacutedicamente protegido son delitos contra la cosa

puacuteblica o el Estado mismo o sus Instituciones y delitos contra las

personas privadas delitos poliacuteticos y no poliacuteticos

Seguacuten los sujetos que los realizan los delitos individuales y colectivos

comunes y especiales seguacuten la ley que los contenga y ocasionales y

habituales seguacuten la constancia con que delinque el sujeto que los

realiza

29

Seguacuten los requisitos para la procedibilidad o persecucioacuten de los delitos

conforme al bien juriacutedico protegido que afecta de acuerdo a la

naturaleza del dantildeo afectacioacuten del bien los delitos son de accioacuten puacuteblica

(denuncia) o de accioacuten privada (querella)

Para el desarrollo de este acaacutepite se tomaraacuten en cuenta las

disposiciones legales que se contienen en el Coacutedigo de Penal para el

Distrito Federal en Materia de Fuero Comuacuten y para toda la Repuacuteblica en

Materia de Fuero Federal el Coacutedigo de Procedimientos Penales para el

Distrito Federal el Coacutedigo Federal de Procedimientos Penales el Coacutedigo

Penal para el Estado de Meacutexico y el Coacutedigo de Procedimientos Penales

para el Estado de Meacutexico Por lo que las clasificaciones de los delitos

que ahora se presentaraacuten seraacute desde el punto de vista legal es decir

atendiendo a lo dispuesto en los ordenamientos legales vigentes de

iacutendole penal sustantiva y adjetiva seguacuten se trate

CLASIFICACION DEL DELITOP SEGUacuteN

EDUARDO LOacutePEZ BENTANCOURT

Por su Composicioacuten

Normales son aquellos en los que el tipo estaraacute conformado de

elementos objetivos

Anormales son los tipos penales que ademaacutes de contener

elementos objetivos tambieacuten se conforman con elementos

subjetivos o normativos

Por su Ordenacioacuten Metodoloacutegica

Fundamentales son los tipos con plena independencia

formados con una conducta iliacutecita sobre un bien juriacutedicamente

tutelado

30

Especiales son los tipos que contienen en su descripcioacuten alguacuten

tipo de caracteriacutestica

Complementados son aquellos que requieren de la realizacioacuten

previa de un tipo baacutesico no tienen autonomiacutea

Por su Autonomiacutea o Independencia

Autoacutenomos son los tipos penales con vida propia no necesitan

de la realizacioacuten de alguacuten otro

Subordinados Requieren de la existencia de alguacuten otro tipo

Por su Formulacioacuten

Casuiacutesticos el legislador plantea varias formas de realizacioacuten del

delito subdividieacutendose en

Alternativos son aquellos donde se plantean dos o maacutes hipoacutetesis

y se precisa de la ejecucioacuten de solo una de ellas para la tipificacioacuten

de la conducta iliacutecita

Acumulativos se exige la realizacioacuten o concurso de todas las

hipoacutetesis que el legislador ha plasmado en el tipo penal para la

adecuacioacuten de la conducta al mismo

Amplios contiene en su descripcioacuten una hipoacutetesis uacutenica en donde

caben todos los modos de ejecucioacuten se colma el tipo penal con la

lesioacuten causada al bien juriacutedicamente tutelado

Por el Dantildeo que Causan

De Lesioacuten requieren de un dantildeo inminente al bien juriacutedico

tutelado

De Peligro basta con el simple riesgo en que se pone al bien

juriacutedicamente tutelado

31

  • CLASIFICACION DEL DELITO
Page 28: Clasificación del delito

peligro que se prolonga en el tiempo a causa de la continuidad del

comportamiento del sujeto Para la existencia de estos delitos es

necesario que el estado dantildeoso o de peligro provenga de la conducta

del sujeto activo de manera continua es decir que no se agote en un

solo instante sino que prosiga durante determinado tiempo y que la

proacuterroga de la situacioacuten antijuriacutedica se deba a la exclusiva conducta

voluntaria del sujeto que prosigue con ella ininterrumpidamente

despueacutes de la -- realizacioacuten del hecho que constituye el delito

En este mismo orden de ideas atendiendo a la duracioacuten de las

consecuencias del delito eacutestas son permanentes es decir hay delitos

instantaacuteneos y delitos permanentes en cuanto a los actos de se

realizacioacuten con efectos permanentes cuya caracteriacutestica es la duracioacuten

de las consecuencias del delito

Ahora bien dentro de las especies del delito que por ser varias

conforme a los fines que se persigan para su tipificacioacuten o conforme al

bien juriacutedico que tutela la ley entre otros aspectos como la que se ha

realizado al principio de este acaacutepite tenemos ahora

Conforme a su gravedad tenemos delitos y faltas habraacute delito siempre

que se realice la conducta prevista y sancionada por la ley penal o en

alguna otra ley especial en tanto que la falta no obstante ser una

conducta contraria a la ley y sancionada por esta misma la sancioacuten la

aplica una autoridad u oacutergano diferente al Poder Judicial o Tribunal

generalmente una autoridad de iacutendole administrativa

Seguacuten la intencioacuten con que se comete o realiza la accioacuten que da origen

al delito tenemos delitos con intencioacuten o dolosos culposos o contra la

intencioacuten y los que son cometidos maacutes allaacute de la intencioacuten o

preterintencionales

Si se ha deseado realizar la accioacuten u omisioacuten para la comisioacuten del delito

y previsto el resultado del mismo se estaacute ante un delito doloso En

28

tanto que siacute de deseaba realizar la accioacuten u omisioacuten pero no el

resultado del delito se trata de un delito culposo Y cuando se ha

deseado realizar la accioacuten u omisioacuten y no el resultado como

consecuencia en su integridad sino un efecto menos grave se trata de

un delito preterintencional

Los delitos tipo o tambieacuten simples o netos son los que se presentan en

su puro modelo legal sin maacutes caracteriacutesticas que sus elementos

esenciales y los delitos circunstanciados son los que ademaacutes de contar

con los elementos esenciales se presentan acompantildeados de

circunstancias o accidentes a sus elementos

Por su efecto los delitos se consideran simples y complejos formales y

materiales de lesioacuten y de peligro Son simples o uniacute subsistentes en el

que coincide el momento ejecutivo y el momento consumativo se

realizan ambos en un soacutelo acto o momento Los complejos o

plurisubsistentes son aquellos cuya accioacuten ejecutiva consta de varios

actos en que puede integrarse El delito material es el que se consuma

al momento de verificarse el resultado material de eacutese en tanto que el

delito formal se perfecciona con una simple accioacuten u omisioacuten haciendo

abstraccioacuten de la verificacioacuten del resultado Los delitos de lesioacuten o dantildeo

y de peligro ya han sido tratados en paacuterrafos precedentes

Seguacuten el objeto o finque persiguen la perturbacioacuten dantildeo disminucioacuten o

destruccioacuten del bien juriacutedicamente protegido son delitos contra la cosa

puacuteblica o el Estado mismo o sus Instituciones y delitos contra las

personas privadas delitos poliacuteticos y no poliacuteticos

Seguacuten los sujetos que los realizan los delitos individuales y colectivos

comunes y especiales seguacuten la ley que los contenga y ocasionales y

habituales seguacuten la constancia con que delinque el sujeto que los

realiza

29

Seguacuten los requisitos para la procedibilidad o persecucioacuten de los delitos

conforme al bien juriacutedico protegido que afecta de acuerdo a la

naturaleza del dantildeo afectacioacuten del bien los delitos son de accioacuten puacuteblica

(denuncia) o de accioacuten privada (querella)

Para el desarrollo de este acaacutepite se tomaraacuten en cuenta las

disposiciones legales que se contienen en el Coacutedigo de Penal para el

Distrito Federal en Materia de Fuero Comuacuten y para toda la Repuacuteblica en

Materia de Fuero Federal el Coacutedigo de Procedimientos Penales para el

Distrito Federal el Coacutedigo Federal de Procedimientos Penales el Coacutedigo

Penal para el Estado de Meacutexico y el Coacutedigo de Procedimientos Penales

para el Estado de Meacutexico Por lo que las clasificaciones de los delitos

que ahora se presentaraacuten seraacute desde el punto de vista legal es decir

atendiendo a lo dispuesto en los ordenamientos legales vigentes de

iacutendole penal sustantiva y adjetiva seguacuten se trate

CLASIFICACION DEL DELITOP SEGUacuteN

EDUARDO LOacutePEZ BENTANCOURT

Por su Composicioacuten

Normales son aquellos en los que el tipo estaraacute conformado de

elementos objetivos

Anormales son los tipos penales que ademaacutes de contener

elementos objetivos tambieacuten se conforman con elementos

subjetivos o normativos

Por su Ordenacioacuten Metodoloacutegica

Fundamentales son los tipos con plena independencia

formados con una conducta iliacutecita sobre un bien juriacutedicamente

tutelado

30

Especiales son los tipos que contienen en su descripcioacuten alguacuten

tipo de caracteriacutestica

Complementados son aquellos que requieren de la realizacioacuten

previa de un tipo baacutesico no tienen autonomiacutea

Por su Autonomiacutea o Independencia

Autoacutenomos son los tipos penales con vida propia no necesitan

de la realizacioacuten de alguacuten otro

Subordinados Requieren de la existencia de alguacuten otro tipo

Por su Formulacioacuten

Casuiacutesticos el legislador plantea varias formas de realizacioacuten del

delito subdividieacutendose en

Alternativos son aquellos donde se plantean dos o maacutes hipoacutetesis

y se precisa de la ejecucioacuten de solo una de ellas para la tipificacioacuten

de la conducta iliacutecita

Acumulativos se exige la realizacioacuten o concurso de todas las

hipoacutetesis que el legislador ha plasmado en el tipo penal para la

adecuacioacuten de la conducta al mismo

Amplios contiene en su descripcioacuten una hipoacutetesis uacutenica en donde

caben todos los modos de ejecucioacuten se colma el tipo penal con la

lesioacuten causada al bien juriacutedicamente tutelado

Por el Dantildeo que Causan

De Lesioacuten requieren de un dantildeo inminente al bien juriacutedico

tutelado

De Peligro basta con el simple riesgo en que se pone al bien

juriacutedicamente tutelado

31

  • CLASIFICACION DEL DELITO
Page 29: Clasificación del delito

tanto que siacute de deseaba realizar la accioacuten u omisioacuten pero no el

resultado del delito se trata de un delito culposo Y cuando se ha

deseado realizar la accioacuten u omisioacuten y no el resultado como

consecuencia en su integridad sino un efecto menos grave se trata de

un delito preterintencional

Los delitos tipo o tambieacuten simples o netos son los que se presentan en

su puro modelo legal sin maacutes caracteriacutesticas que sus elementos

esenciales y los delitos circunstanciados son los que ademaacutes de contar

con los elementos esenciales se presentan acompantildeados de

circunstancias o accidentes a sus elementos

Por su efecto los delitos se consideran simples y complejos formales y

materiales de lesioacuten y de peligro Son simples o uniacute subsistentes en el

que coincide el momento ejecutivo y el momento consumativo se

realizan ambos en un soacutelo acto o momento Los complejos o

plurisubsistentes son aquellos cuya accioacuten ejecutiva consta de varios

actos en que puede integrarse El delito material es el que se consuma

al momento de verificarse el resultado material de eacutese en tanto que el

delito formal se perfecciona con una simple accioacuten u omisioacuten haciendo

abstraccioacuten de la verificacioacuten del resultado Los delitos de lesioacuten o dantildeo

y de peligro ya han sido tratados en paacuterrafos precedentes

Seguacuten el objeto o finque persiguen la perturbacioacuten dantildeo disminucioacuten o

destruccioacuten del bien juriacutedicamente protegido son delitos contra la cosa

puacuteblica o el Estado mismo o sus Instituciones y delitos contra las

personas privadas delitos poliacuteticos y no poliacuteticos

Seguacuten los sujetos que los realizan los delitos individuales y colectivos

comunes y especiales seguacuten la ley que los contenga y ocasionales y

habituales seguacuten la constancia con que delinque el sujeto que los

realiza

29

Seguacuten los requisitos para la procedibilidad o persecucioacuten de los delitos

conforme al bien juriacutedico protegido que afecta de acuerdo a la

naturaleza del dantildeo afectacioacuten del bien los delitos son de accioacuten puacuteblica

(denuncia) o de accioacuten privada (querella)

Para el desarrollo de este acaacutepite se tomaraacuten en cuenta las

disposiciones legales que se contienen en el Coacutedigo de Penal para el

Distrito Federal en Materia de Fuero Comuacuten y para toda la Repuacuteblica en

Materia de Fuero Federal el Coacutedigo de Procedimientos Penales para el

Distrito Federal el Coacutedigo Federal de Procedimientos Penales el Coacutedigo

Penal para el Estado de Meacutexico y el Coacutedigo de Procedimientos Penales

para el Estado de Meacutexico Por lo que las clasificaciones de los delitos

que ahora se presentaraacuten seraacute desde el punto de vista legal es decir

atendiendo a lo dispuesto en los ordenamientos legales vigentes de

iacutendole penal sustantiva y adjetiva seguacuten se trate

CLASIFICACION DEL DELITOP SEGUacuteN

EDUARDO LOacutePEZ BENTANCOURT

Por su Composicioacuten

Normales son aquellos en los que el tipo estaraacute conformado de

elementos objetivos

Anormales son los tipos penales que ademaacutes de contener

elementos objetivos tambieacuten se conforman con elementos

subjetivos o normativos

Por su Ordenacioacuten Metodoloacutegica

Fundamentales son los tipos con plena independencia

formados con una conducta iliacutecita sobre un bien juriacutedicamente

tutelado

30

Especiales son los tipos que contienen en su descripcioacuten alguacuten

tipo de caracteriacutestica

Complementados son aquellos que requieren de la realizacioacuten

previa de un tipo baacutesico no tienen autonomiacutea

Por su Autonomiacutea o Independencia

Autoacutenomos son los tipos penales con vida propia no necesitan

de la realizacioacuten de alguacuten otro

Subordinados Requieren de la existencia de alguacuten otro tipo

Por su Formulacioacuten

Casuiacutesticos el legislador plantea varias formas de realizacioacuten del

delito subdividieacutendose en

Alternativos son aquellos donde se plantean dos o maacutes hipoacutetesis

y se precisa de la ejecucioacuten de solo una de ellas para la tipificacioacuten

de la conducta iliacutecita

Acumulativos se exige la realizacioacuten o concurso de todas las

hipoacutetesis que el legislador ha plasmado en el tipo penal para la

adecuacioacuten de la conducta al mismo

Amplios contiene en su descripcioacuten una hipoacutetesis uacutenica en donde

caben todos los modos de ejecucioacuten se colma el tipo penal con la

lesioacuten causada al bien juriacutedicamente tutelado

Por el Dantildeo que Causan

De Lesioacuten requieren de un dantildeo inminente al bien juriacutedico

tutelado

De Peligro basta con el simple riesgo en que se pone al bien

juriacutedicamente tutelado

31

  • CLASIFICACION DEL DELITO
Page 30: Clasificación del delito

Seguacuten los requisitos para la procedibilidad o persecucioacuten de los delitos

conforme al bien juriacutedico protegido que afecta de acuerdo a la

naturaleza del dantildeo afectacioacuten del bien los delitos son de accioacuten puacuteblica

(denuncia) o de accioacuten privada (querella)

Para el desarrollo de este acaacutepite se tomaraacuten en cuenta las

disposiciones legales que se contienen en el Coacutedigo de Penal para el

Distrito Federal en Materia de Fuero Comuacuten y para toda la Repuacuteblica en

Materia de Fuero Federal el Coacutedigo de Procedimientos Penales para el

Distrito Federal el Coacutedigo Federal de Procedimientos Penales el Coacutedigo

Penal para el Estado de Meacutexico y el Coacutedigo de Procedimientos Penales

para el Estado de Meacutexico Por lo que las clasificaciones de los delitos

que ahora se presentaraacuten seraacute desde el punto de vista legal es decir

atendiendo a lo dispuesto en los ordenamientos legales vigentes de

iacutendole penal sustantiva y adjetiva seguacuten se trate

CLASIFICACION DEL DELITOP SEGUacuteN

EDUARDO LOacutePEZ BENTANCOURT

Por su Composicioacuten

Normales son aquellos en los que el tipo estaraacute conformado de

elementos objetivos

Anormales son los tipos penales que ademaacutes de contener

elementos objetivos tambieacuten se conforman con elementos

subjetivos o normativos

Por su Ordenacioacuten Metodoloacutegica

Fundamentales son los tipos con plena independencia

formados con una conducta iliacutecita sobre un bien juriacutedicamente

tutelado

30

Especiales son los tipos que contienen en su descripcioacuten alguacuten

tipo de caracteriacutestica

Complementados son aquellos que requieren de la realizacioacuten

previa de un tipo baacutesico no tienen autonomiacutea

Por su Autonomiacutea o Independencia

Autoacutenomos son los tipos penales con vida propia no necesitan

de la realizacioacuten de alguacuten otro

Subordinados Requieren de la existencia de alguacuten otro tipo

Por su Formulacioacuten

Casuiacutesticos el legislador plantea varias formas de realizacioacuten del

delito subdividieacutendose en

Alternativos son aquellos donde se plantean dos o maacutes hipoacutetesis

y se precisa de la ejecucioacuten de solo una de ellas para la tipificacioacuten

de la conducta iliacutecita

Acumulativos se exige la realizacioacuten o concurso de todas las

hipoacutetesis que el legislador ha plasmado en el tipo penal para la

adecuacioacuten de la conducta al mismo

Amplios contiene en su descripcioacuten una hipoacutetesis uacutenica en donde

caben todos los modos de ejecucioacuten se colma el tipo penal con la

lesioacuten causada al bien juriacutedicamente tutelado

Por el Dantildeo que Causan

De Lesioacuten requieren de un dantildeo inminente al bien juriacutedico

tutelado

De Peligro basta con el simple riesgo en que se pone al bien

juriacutedicamente tutelado

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  • CLASIFICACION DEL DELITO
Page 31: Clasificación del delito

Especiales son los tipos que contienen en su descripcioacuten alguacuten

tipo de caracteriacutestica

Complementados son aquellos que requieren de la realizacioacuten

previa de un tipo baacutesico no tienen autonomiacutea

Por su Autonomiacutea o Independencia

Autoacutenomos son los tipos penales con vida propia no necesitan

de la realizacioacuten de alguacuten otro

Subordinados Requieren de la existencia de alguacuten otro tipo

Por su Formulacioacuten

Casuiacutesticos el legislador plantea varias formas de realizacioacuten del

delito subdividieacutendose en

Alternativos son aquellos donde se plantean dos o maacutes hipoacutetesis

y se precisa de la ejecucioacuten de solo una de ellas para la tipificacioacuten

de la conducta iliacutecita

Acumulativos se exige la realizacioacuten o concurso de todas las

hipoacutetesis que el legislador ha plasmado en el tipo penal para la

adecuacioacuten de la conducta al mismo

Amplios contiene en su descripcioacuten una hipoacutetesis uacutenica en donde

caben todos los modos de ejecucioacuten se colma el tipo penal con la

lesioacuten causada al bien juriacutedicamente tutelado

Por el Dantildeo que Causan

De Lesioacuten requieren de un dantildeo inminente al bien juriacutedico

tutelado

De Peligro basta con el simple riesgo en que se pone al bien

juriacutedicamente tutelado

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  • CLASIFICACION DEL DELITO