clase uno Introducción Contratos (Abastecimiento - Normativa)

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  • ASPECTOS GENERALES DE LA CONTRATACIN PBLICA*

  • Seleccionar los conceptos y elementos que permitan la correcta emisin de los actos administrativos y de administracin interna y en general, el ptimo desarrollo de las distintas etapas del procedimiento de contratacin con el propsito de diversificar la participacin de proveedores y optimizar la eleccin de la mejor propuesta, maximizando de esta manera la eficiencia y eficacia de esta fase del procedimiento de contratacin.OBJETIVO*

  • Fases de la Contratacin EstatalPlan Anual Institucional. Presupuesto Institucional. Plan Anual de Contrataciones. Determinacin de necesidades. Designacin Comit Especial. Elaboracin de Bases. Convocatoria. Presentacin consultas Presentacin observaciones Presentacin propuestas Evaluacin propuestas Adjudicacin Buena ProPerfeccionamiento del ContratoEjecucin de prestaciones. Declaracin de conformidad. Liquidacin.Pago

    Programacin y Actos PreparatoriosProceso de SeleccinEjecucin contractual

  • PREGUNTAS DE CONOCIMIENTO BSICO

    CONTROL*

  • Conocer las actuaciones de los actores desde los diferentes intereses involucrados en las contrataciones pblicas (Entidad, proveedor, rgano Rector, etc.)Identificar los pronunciamientos del OSCE sobre las diversas actuaciones del procedimiento de contratacinContar con los elementos suficientes que permitan identificar una correcta actuacin en el procedimiento de contratacin

    BENEFICIOS DEL CURSO*

  • Sistema Logstico y Sistema de Contratacin Estatal

    1. Aspectos generales de logstica o abastecimiento y de lainfraestructura pblicaUniverso de las Entidades PblicasPrincipales contrataciones Proveedores del Estado

    2. El marco normativo de las contrataciones estatales para las compras debienes, servicios y ejecucin de obras

    LeyDocumentos emitidos por el OSCEPrincipios de la contratacin pblicaSupuestos de Inaplicacin

    3. Introduccin a la Teora de los Contratos EstatalesNaturaleza del Contrato EstatalVinculacin con otras ramas de derechoContrataciones directas

    ASPECTOS GENERALES DE LA CONTRATACIN PBLICA*

  • 1.1 Aspectos generales de logstica o abastecimiento y de lainfraestructura pblica

    Universo de las Entidades PblicasPrincipales contrataciones Proveedores del Estado

    TEMA 1: Sistema Logstico y Sistema de Contratacin Estatal*

  • Flujograma de Contratacin Pblica*EntidadesFinesBienesServiciosObrasPresupuestoProcedimiento de ContratacinRequerimientos

  • 2945: El universo institucional del sector pblico esta conformado por:Gobierno Nacional Gobiernos Regionales Gobiernos Locales Empresas del Estado Otras entidades

  • CONTRATACIONES DEL ESTADO 2009-2013(En Millones de Nuevos Soles)a/ Hasta Diciembre 2013Fuente: Reportes sobre Contratacin Pblica - OSCE*

    AoN ProcesosMonto2009111,51241,101.94201099,44630,320.172011109,00228,892.182012138,40741,682.73 171,54144,642.10Totales520,906178,202.52

  • CONTRATACIONES POR TIPO DE PROCESO CLASICO(En Millones de Nuevos Soles)a/ Hasta Diciembre 2013Fuente: Reportes sobre Contratacin Pblica - OSCE*

    Tipo Proc2010% Var Monto2011% Var Monto2012% Var Monto

    2013 N ProcMontoN ProcMontoN ProcMontoN ProcMontoLP1,7416,315.03-13.3%2,1087,935.0725.65%2,2826,974.30-12.11%2,8469,567.30CP1,2973,051.94-41.1%9802,073.62-32.06%1,1354,180.55101.61%1,3132,796.20ADP3,6061,210.793.9%3,5111,508.2524.57%4,4541,994.1932.22%4,5462,095.60ADS22,2562,351.16-0.4%19,9502,628.3811.79%27,2473,599.7036.96%28,5833,711.10AMC55,9704,520.9321.6%57,6973,693.49-18.30%68,5224,918.5633.17%66,1935,190.60Totales96,61619,71184,87017,450103,64021,667.3119,35444,642.1

  • CONTRATACIONES POR TIPO DE OBJETO(En Millones de Nuevos Soles)a/ Hasta Diciembre 2013Fuente: Reportes sobre Contratacin Pblica - OSCE*

    AoBienesObrasServiciosTotal200921,366.3610,732.989,002.6041,101.94201010,542.6612,792.846,984.6730,320.17201110,200.9411,495.097,196.1528,892.18201215,016.3315,723.8410,942.5641,682.732013 17,697.8017,480.408,258.8044,642.1

  • *

  • BIENES (S/. 17,697.80) Mat. Const Medicina e Inst. Maquinarias y Veh. Alimentos y Beb. Bienes Act. Fijo Otros SERVICIOS (S/. 8,258.80) Consultoras Sev. Mantenim. Serv. Pres. Terc. Alquileres Seguros Otros

    OBRAS (S/. 17,480.40)

  • CONTRATISTA - PROCESO - MILLONES

    SILSA 376 87.05ABBOTT LABORATORIOS S.A. 299 26.05- QUMICA SUIZA S.A. 277 30.65SUCA PEREZ FERNAND ROLAND 276 22.84GRUPO SANTA FE SAC 187 20.80ALBIS SA 173 18.22MAQUINARIAS JAAM S.A. 140 6.30 TRANSPORTES CAMIONEROS ANDINOS SRL 139 1.30HUAMN CHAVEZ SIMN PEDRO 139 1.20CORPORACIN HELEO SAC 137 14.84

  • Personas jurdicas

    Qumica SuizaInka Inversiones GeneralesGrupo Santa FeCentro Dilisis PiuraAbbot LaboratoriosFerreyrosLaboratorios BaxterLaboratorios AC FarmaLa Positiva

  • 1.2 BASE NORMATIVA

    LeyDocumentos emitidos por el OSCEPrincipios de la contratacin pblicaSupuestos de Inaplicacin

    TEMA 1: Sistema Logstico y Sistema de Contratacin Estatal*

  • Constitucin Poltica del Per de 1993

    Artculo 76.- Obligatoriedad de la Contrata y Licitacin Pblica

    Las obras y la adquisicin de suministros con utilizacin de fondos o recursos pblicos se ejecutan obligatoriamente por contrata y licitacin pblica, as como tambin la adquisicin o la enajenacin de bienes. La contratacin de servicios y proyectos cuya importancia y cuyo monto seala la Ley de Presupuesto se hace por concurso pblico. La ley establece el procedimiento, las excepciones y las respectivas responsabilidades.

    Marco Legal*

  • D. Leg. N 1017 , que aprueba la Ley de Contrataciones del Estado Publicada 04.JUN.2008 Vigente: 01.FEB.2009 (D.U. 014-2009)

    D.S. N 184-2008-EF, Reglamento Publicado 01.ENE.2009 Vigente: 01.FEB.2009

  • Artculo 2.- mbito de aplicacin de la Ley La Ley y el presente Reglamento son aplicables a la contratacin de bienes, servicios y obras, siempre que sean brindados por terceros y que la contraprestacin sea pagada por la Entidad con fondos pblicos.

    Artculo 3.- Aplicacin supletoria de la Ley La Ley y el presente Reglamento sern de aplicacin supletoria a todas aquellas contrataciones de bienes, servicios u obras sujetas a regmenes especiales bajo ley especfica, siempre que dicha aplicacin no resulte incompatible con las normas especficas que las regulan y sirvan para cubrir un vaco o deficiencia de dichas normas.

    Artculo 4.- Competencias en materia de contrataciones del Estado Las normas sobre contrataciones del Estado establecidas en la Ley y el presente Reglamento son de mbito nacional, siendo competencia exclusiva del Ministerio de Economa y Finanzas el diseo de polticas sobre dicha materia y su regulacin. Corresponde al OSCE emitir directivas respecto a la aplicacin de la Ley y su Reglamento, y aquellas que la normativa le asigne.

    Es nulo de pleno derecho cualquier disposicin o acto que se emita en contravencin de lo dispuesto en el prrafo anterior.

  • Ley N 29873: Modifica la Ley de Contrataciones del Estado Publicada 01.JUN.2012 Vigente: 20.Sep.2012 (D.U. 048-2011)

    D.S. N 138-2012-EF: Reglamento Publicado 07.Ago.2012 Vigente: 20.Sep.2012

  • 22 de abril de 2014, se public en el diario oficial El Peruano el Decreto Supremo N 080-2014-EF, por el cual se modific el Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo N 184-2008-EF.

    Mediante Decreto Supremo N 081-2014-EF, publicado el 23 de abril de 2014, se dispuso que las modificaciones al Reglamento efectuadas en el marco del mencionado Decreto Supremo N 080-2014-EF son aplicables a las contrataciones cuyos procesos de seleccin se convoquen a partir de su entrada en vigencia.

  • Vigencia LCE (D. Leg. N 1017): 01.Feb.2009

    NLCE (Ley N 30225): * Publicado: 11.Jul.2014* Rgto: dentro 180 das (2da DCF) * Vigencia: 30 dc de publicado Rgto.

  • D.U. N 010-2009: Declaran de necesidad nacional y de ejecucin prioritaria diversos proyectos de inversin pblica en el contexto de la crisis financiera internacional (Rehabilitacin de carreteras, instituciones educativas, agua, desague, etc.)

    D.U. N 020-2009: Medidas complementarias para agilizar la ejecucin de proyectos de inversin contemplados en el DU 010-2009 (Plazos: Designacin C.E. 2 das, elaboracin de bases 5, aprobacin 2, etc.)

  • D.U. N 041-2009: Medidas para agilizar la ejecucin de obras publicas y otras acciones (Obras: a) Los proyectos hayan sido declarados viables, en el marco del Sistema Nacional de Inversin Pblica.

    b) Licitacin pblica - valor referencial no sea mayor a S/. 10 000 000,00 (Diez Millones y 00/100 Nuevos Soles).

    D.U. N 078-2009: Medidas para agilizar la contratacin de bienes, servicios y obras

    Las entidades realizarn la contratacin de bienes y servicios segn procedimientos dispuestos en los artculos 2 al 12 del Decreto de Urgencia N 041-2009, siempre que la contratacin corresponda a una LP o CP, VR no sea mayor a S/. 550 000,00 (

  • DirectivasOpinionesPronunciamientos Acuerdos de Sala PlenaResolucionesNotificaciones

  • www.osce.gob.pe*

  • PRINCIPIOS

    Criterio interpretativo e integrador para la aplicacin de la Normativa Contratacin Estatal

    * Parmetros para la actuacin de los funcionarios yrganos responsables de las contrataciones

  • Caso:

    Durante el desarrollo del acto pblico de presentacin de propuestas, y durante la verificacin del cumplimiento de los requisitos de admisibilidad de uno de los postores, el Comit Especial advierte que se ha presentado un documento evidentemente falso.

    Cul es la actuacin que le corresponde realizar al Comit Especial?

  • Caso:El poblado de Casquis es una pequea comunidad de la sierra con 300 habitantes, cuya nica comunicacin con el distrito de San Agustn al cual pertenecen es a travs de un puente, el cual al haber sido destruido por un huaico, est siendo reparado por la empresa El Puente Emblemtico S.A.Sin embargo, estando la obra a poco de ser concluida, el postor que qued en segundo lugar en el proceso de seleccin LP N 001-2013-San Agustn, denuncia que la contratista present un documento falso como parte de su propuesta tcnica. Qu medida estima que debe adoptar el alcalde?

  • Caso:

    La Entidad Ayuda Per ha contratado el servicio de vigilancia de sus almacenes nacionales de ayuda humanitaria con la empresa El Observador S.A., por el plazo de un ao, el cual se encuentra prximo a vencer.

    Dicha Contratista ha brindado el servicio en ptimas condiciones, y ha ofrecido a la Entidad mantener sus precios por un ao mas, por lo tanto, el Jefe de Servicios Generales de Ayuda Per le consulta, si es posible prorrogar la vigencia del contrato de vigilancia por un ao ms?

  • PRINCIPIOS

    Criterio interpretativo e integrador para la aplicacin de la Normativa Contratacin Estatal

    * Parmetros para la actuacin de los funcionarios yrganos responsables de las contrataciones

  • Promocin del Desarrollo Humano:

    La contratacin pblica debe coadyuvar al desarrollo humano en el mbito nacional, de conformidad con los estndares universalmente aceptados sobre la materia

    Ejemplo: Contratos de Intermediacin Laboral

  • Moralidad:

    Todos los actos referidos a los procesos de contratacin de las Entidades estarn sujetos a las reglas de honradez, veracidad, intangibilidad, justicia y probidad

    (Principio de Presuncin de Veracidad)

  • Principio de Libre Concurrencia y Competencia:

    En los procesos de contrataciones se incluirn regulaciones o tratamientos que fomenten la ms amplia, objetiva e imparcial concurrencia, pluralidad y participacin de postores.

    (Marcas/Estandarizacin)Directiva N 10-2009-OSCE/CD: Lineamientos para la contratacin en la que se hace referencia a determinada marca o tipo particular

  • Principio de Imparcialidad:

    Los acuerdos y resoluciones de los funcionarios yrganos responsables de las contrataciones de la Entidad, se adoptarn en estricta aplicacin de la presente norma y su Reglamento; as como en atencin a criterios tcnicos que permitan objetividad en el tratamiento a los postores y contratistas

  • Principio de Razonabilidad:

    En todos los procesos de seleccin el objeto de los contratos debe ser razonable, en trminos cuantitativos y cualitativos, para satisfacer el inters pblico y el resultado esperado

  • Principio de Eficiencia:

    Las contrataciones que realicen las Entidades debern efectuarse bajo las mejores condiciones de calidad, precio y plazos de ejecucin y entrega y con el mejor uso de los recursos materiales y humanos disponibles. Las contrataciones deben observar criterios de celeridad, economa y eficacia.

  • Principio de Publicidad:

    Las convocatorias de los procesos de seleccin y los actos que se dicten como consecuencia debern ser objeto de publicidad y difusin adecuada y suficiente a fin de garantizar la libre concurrencia de los potenciales postores.

  • Principio de Transparencia:

    Toda contratacin deber realizarse sobre la base de criterios y calificaciones objetivas, sustentadas y accesibles a los postores. Los postores tendrn acceso durante el proceso de seleccin a la documentacin correspondiente, salvo las excepciones previstas en la presente norma y su Reglamento. La convocatoria, el otorgamiento de la Buena Pro y los resultados deben ser de pblico conocimiento.

  • Principio de Economa:

    En toda contratacin se aplicarn los criterios de simplicidad, austeridad, concentracin y ahorro en el uso de los recursos, en las etapas de los procesos de seleccin y en los acuerdos y resoluciones recados sobre ellos, debindose evitar exigencias y formalidades costosas e innecesarias en las Bases y en los contratos

  • Principio de Vigencia Tecnolgica:

    Los bienes, servicios o la ejecucin de obras deben reunir las condiciones de calidad y modernidad tecnolgicas necesarias para cumplir con efectividad los fines para los que son requeridos, desde el mismo momento en que son contratados, y por un determinado y previsible tiempo de duracin, con posibilidad de adecuarse, integrarse y repotenciarse si fuera el caso, con los avances cientficos y tecnolgicos

  • Principio de Trato Justo e Igualitario:

    Todo postor de bienes, servicios o de obras debe tener participacin y acceso para contratar con las Entidades en condiciones semejantes, estando prohibida la existencia de privilegios, ventajas o prerrogativas.

  • Principio de Equidad:

    Las prestaciones y derechos de las partes debern guardar una razonable relacin de equivalencia y proporcionalidad, sin perjuicio de las facultades que corresponden al Estado en la gestin del inters general.

  • Supuestos de inaplicacin Art. 3 Ley

    3.3 La presente ley no es de aplicacin para:.

    a) La contratacin de trabajadores, empleados, servidores o funcionarios pblicos sujetos a los regmenes de la carrera administrativa o laboral de la actividad privada; b) La contratacin de auditoras externas en o para las Entidades, la que se sujeta a las normas que rigen el Sistema Nacional de Control. Todas las dems contrataciones que efecte la Contralora General de la Repblica se sujetan a lo dispuesto en el presente Decreto Legislativo y su Reglamento; c) Las operaciones de endeudamiento y administracin de deuda pblica; d) La contratacin de asesora legal y financiera y otros servicios especializados, vinculados directa o indirectamente a las operaciones de endeudamiento interno o externo y de administracin de deuda pblica;

  • Supuestos de inaplicacin Art. 3 Ley

    3.3 La presente ley no es de aplicacin para:.

    e) Los contratos bancarios y financieros celebrados por las Entidades.

    f) Los contratos administrativos de servicios o rgimen que haga sus veces. (*) De conformidad con la Primera Disposicin Complementaria Final del Decreto Legislativo N 1057, publicado el 28 junio 2008, las referencias normativas a la contratacin de servicios no personales se entienden realizadas a la contratacin administrativa de servicios.

    g) Los contratos de locacin de servicios celebrados con los presidentes de directorios, que desempeen funciones a tiempo completo en las Entidades o empresas del Estado.

    h) Los actos de disposicin y de administracin y gestin de los bienes de propiedad estatal.

  • LCE: 3.3 La presente norma no es de aplicacin para:

    i) Las contrataciones cuyos montos, sean iguales o inferiores a tres (3) Unidades Impositivas Tributarias, vigentes al momento de la transaccin, lo cual no enerva la responsabilidad de la Entidad de salvaguardar el uso de los recursos pblicos de conformidad con los principios de moralidad y eficiencia. Este supuesto no es aplicable a las contrataciones de bienes y servicios incluidos en el Catlogo de Convenios Marco, conforme a lo establecido en el reglamento.

  • Supuestos de inaplicacin Art. 3 Ley

    j) La contratacin de notarios pblicos para que ejerzan las funciones previstas en la presente ley y su reglamento.

    k) Los servicios brindados por conciliadores, rbitros, centros de conciliacin, instituciones arbitrales y dems derivados de la funcin conciliatoria y arbitral; salvo en lo que respecta a las infracciones y sanciones previstas para los rbitros.

    l) Las contrataciones que deban realizarse con determinado proveedor, por mandato expreso de la ley o de la autoridad jurisdiccional.

    m) La concesin de recursos naturales y obras pblicas de infraestructura, bienes y servicios pblicos. n) La transferencia al sector privado de acciones y activos de propiedad del Estado, en el marco del proceso de privatizacin.

    ) La modalidad de ejecucin presupuestal directa contemplada en la normativa de la materia, salvo las contrataciones de bienes y servicios que se requieran para ello.

  • Supuestos de inaplicacin Art. 3 Ley

    o) Las contrataciones realizadas con proveedores no domiciliados en el pas cuyo mayor valor estimado de las prestaciones se realice en el territorio extranjero.

    p) Las contrataciones que realicen las Misiones del Servicio Exterior de la Repblica, exclusivamente para su funcionamiento y gestin, fuera del territorio nacional.

    q) Las contrataciones de servicios de abogados, asesores legales y de cualquier otro tipo de asesora requerida para la defensa del Estado en las controversias internacionales sobre inversin en foros arbitrales o judiciales.

    r) Las compras de bienes que realicen las Entidades mediante remate pblico, las que se realizarn de conformidad con la normativa de la materia.

  • s) Los convenios de cooperacin, gestin u otros de naturaleza anloga, suscritos entre Entidades, o entre stas y organismos internacionales, siempre que se brinden los bienes, servicios u obras propios de la funcin que por ley les corresponde, y adems no se persigan fines de lucro. Los convenios a que se refiere el presente numeral, en ningn caso se realizarn para el encargo de la realizacin de procesos de seleccin.

    t) La contratacin de servicios pblicos, siempre que no exista la posibilidad de contratar con ms de un proveedor.

    u) Las contrataciones realizadas de acuerdo con las exigencias y procedimientos especficos de organismos internacionales, Estados o entidades cooperantes, siempre que se deriven de operaciones de endeudamiento externo y/o donaciones ligadas a dichas operaciones.

    v) Las contrataciones realizadas de acuerdo con las exigencias y procedimientos especficos de organismos internacionales, Estados o entidades cooperantes, que se deriven de donaciones efectuadas por estos, siempre que dichas donaciones representen por lo menos el 25% del monto total de las contrataciones involucradas en el Convenio suscrito para tal efecto.

  • En todos los supuestos sealados en el presente numeral, salvo el literal u), intervendr la Contralora General de la Repblica

  • 1.1 Introduccin a la Teora de los Contratos EstatalesNaturaleza del Contrato EstatalVinculacin con otras ramas de derechoContrataciones directas

    TEMA 1: Sistema Logstico y Sistema de Contratacin Estatal*

  • 1.3 Introduccin a la Teora de los Contratos Estatales Naturaleza del Contrato Estatal

    Los contratos celebrados observando las disposiciones de la Ley de Contrataciones del Estado, se enmarcan en una categora tpica del Derecho Administrativo, denominado El Contrato Administrativo, y presentan, entre sus caractersticas, el elemento subjetivo, que son celebrados entre una Entidad que ejerce la funcin administrativa, y un particular (proveedor) Principio de Legalidad

    TEMA 1: Sistema Logstico y Sistema de Contratacin Estatal*

  • FASES DEL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACINPlan Anual Institucional. Presupuesto Institucional. Plan Anual de Contrataciones. Determinacin de necesidades. Designacin Comit Especial. Elaboracin de Bases. Convocatoria. Presentacin consultas Presentacin observaciones Presentacin propuestas Evaluacin propuestas Adjudicacin / Consentimiento Buena Pro

    Formaliza el ContratoEjecucin de prestaciones. Declaracin de conformidad. Pago.

    Programacin y Actos Preparatoriosde SeleccinEjecucin contractual

  • Tipos de Procesos de SeleccinSe determinan sobre la base de las siguientes condiciones:A) Objeto (Bienes, servicios u obras)B) Valor referencial

    - Licitacin Pblica (LP) BIENES u Obras- Concurso Pblico(CP) SERVICIOS

    - Adjudicacin Directa Pblica (ADP) bien, servicio u obra

    -Adjudicacin Directa Selectiva (ADS) bien, servicio u obra

    - Adjudicacin de Menor Cuanta (AMC) bien, servicio u obra

    L

  • Montos de Procesos 2015

    TIPO DE PROCESOBIENESSERVICIOSOBRASLICITACIN PBLICA>= a 400,000>= a 1,800,000CONCURSO PBLICO>= a 400,000ADJUDICACIN DIRECTAPBLICA< de 400,000> de 200,000< de 400,000> de 200,000< de 1,800,000> de 900,000SELECTIVA= a 40,000= a 40,000 = a 180,000ADJUDICACIN DE MENOR CUANTAOBRAS< de 180,000> de 11,550BIENES Y SERVICIOS< de 40,000> de 11,550< de 40,000> de 11,550

  • Menores a 3 UIT

    Cdigo civil

  • GRACIAS POR SU ATENCION

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