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CONTRATACIÓN PARA LA PROVISIÓN DE SERVICIOS DE SALUD EN LAS ÁREAS DESALUDMONTES DEOCA– CURRIDABAT– SANJUAN, SAN DIEGO Y CONCEPCIÓN DE LA UNIÓN DE CARTAGO

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CONTRATACIÓN PARA LA PROVISIÓN DE SERVICIOS DE SALUD EN LASÁREAS DE SALUD MONTES DE OCA – CURRIDABAT – SAN JUAN, SANDIEGO Y CONCEPCIÓN DE LA UNIÓN DE CARTAGO

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CONTRATACIÓN PARA LA PROVISIÓN DE SERVICIOS DE SALUD EN LASÁREAS DE SALUD MONTES DE OCA – CURRIDABAT – SAN JUAN, SAN

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CONDICIONES DE ORDEN ADMINISTRATIVO, ECONÓMICO Y LEGAL

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. Unidad que tramita el procedimiento de contratación1.

Corresponderá al Área de Adquisiciones de Bienes y Servicios la tramitación delprocedimiento de contratación del presente concurso. Dicha Área se ubica en el piso 11 deledificio Laureano Echandi Vicente, de las Oficinas Centrales de la Caja Costarricense deSeguro Social, cita en Avenida Segunda, Calle 5, San José.

Recurso de objeción al cartel2.

Contra las disposiciones del presente cartel cabrá el recurso de objeción según oficioDCA-0165 del 23 de enero del 2013 del Ente Contralor, el cual deberá interponerse ante laContraloría General de la República, quién resolverá según las reglas propias de lalicitación pública, contenidas en el artículo 170 y siguientes del Reglamento a la Ley deContratación Administrativa, oficio

En caso de presentarse un recurso de objeción, deberá interponerse por medios físicos antedicho órgano contralor (el resto de los trámites el proveedor deberá realizarlos mediante elSistema de Compras Electrónicas CompraRed).

Presentación de las ofertas3.

Medio para presentar las ofertas3.1.Para el presente concurso se recibirán ofertas únicamente por medio electrónicomediante el Sistema de Compras Electrónicas CompraRed del Ministerio deHacienda. El oferente deberá tomar las previsiones del caso para que la totalidad desu oferta sea presentada de forma electrónica, no se recibirán ofertas presentadaspor medios físicos (documentos físicos).

Vigencia de las ofertas3.2.Vigencia de la Oferta: 120 días naturales, contados a partir de la fecha de apertura. Si laoferta no específica la vigencia, se tendrá como cláusula invariable el mínimo antesindicado.

Desglose de precio3.3.Conforme al artículo 26 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa, demanera obligatoria el oferente deberá presentar el desglose de la estructura porcentual delprecio junto con un presupuesto detallado y completo de todos los elementos que locomponen.

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Tipos de oferta3.4.Se aceptará una oferta base, con base en lo dispuesto en el numeral 70 del reglamento a laLey de Contratación Administrativa.

Declaraciones Juradas3.5.El oferente deberá adjuntar en su oferta las siguientes declaraciones juradas:

Declaración jurada que se encuentra al día con el pago de impuestos nacionales3.5.1.según lo establece el Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa en suartículo 65 inciso a).

Declaración jurada que no le alcanza ninguna de las prohibiciones que prevén los3.5.2.artículos 22 y 22 bis de la Ley de Contratación Administrativa concordante con elnumeral 65 inciso b) del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa.

Declaración jurada que se encuentra al día con el pago de las cuotas con la3.5.3.seguridad social y FODESAF, en su condición de (patrono/trabajadorindependiente), de acuerdo con el artículo 74 de la Ley Constitutiva de la CajaCostarricense de Seguro Social en concordancia con el artículo 65 c) delReglamento a la Ley de Contratación Administrativa, lo cual podrá verificar laCaja.

Declaración jurada que se no se encuentra sancionado de conformidad con3.5.4.dispuesto en los artículos 100 y 100 bis de la Ley de Contratación Administrativa.

Declaración jurada que se encuentra al día en la pago de cualquier deuda firme,3.5.5.líquida, cierta, determinada y debidamente comunicada que registre la Institucióna su favor, producto de contrataciones administrativas incumplidas total oparcialmente por su representada en la presente compra.

Declaración jurada en la que el contratista le garantice a la institución el3.5.6.representante legal durante el procedimiento de compra y la ejecución contractual.

En caso de presentarse proveedores del exterior deberán adicionar a sus3.5.7.declaraciones, la siguiente: Que acepta someterse a los Tribunales y Leyes de

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Costa Rica en todo lo concerniente a los trámites del procedimiento licitatorio; laejecución del contrato y los reclamos por responsabilidad que se deriven delmismo, con renuncia expresa a la jurisdicción del país de origen, según artículo 3y 42-H de la Ley de Contratación Administrativa y el 64 de su Reglamento.

Cédula, personería jurídica y número de proveedor3.6.

Las empresas participantes deberán aportar los siguientes documentos en formato3.6.1.digital: 1) la cédula jurídica de la empresa. 2) la cédula de identidad del firmantede la oferta (representante legal de la empresa). 3) Personería jurídica original dereciente emisión (máximo 3 meses de emitida) con los requisitos de ley.

Número de proveedor activo con la Institución (Registro de Proveedores –3.6.2.C.C.S.S.): Los proveedores participantes, antes del acto de adjudicación deberánestar debidamente registrados como proveedores ante la C.C.S.S. En casocontrario deberá realizar dicho trámite de forma paralela a este concurso. Para talefecto, deberá observarse el procedimiento para la Inscripción de Proveedores dela C.C.S.S.

Recursos, aclaraciones, subsanaciones u otras gestiones administrativas4.

Los recursos (excepto el de objeción al cartel), aclaraciones, subsanaciones y cualquiergestión administrativa deben ser presentados ante la Administración, en forma electrónicapor medio del Sistema de Compras Electrónicas CompraRed.

Acto Final5.

Adjudicación parcial5.1.La Caja se reserva la posibilidad de adjudicar parcialmente, por oportunidad oconveniencia.

Recurso de Revocatoria5.2.Contra el acto de adjudicación, el que declare desierto o infructuoso el concurso, podráinterponerse recurso de revocatoria únicamente ante la Administración según oficioDCA-0165 de fecha 23 de enero del 2013 emitido por el Ente Contralor, resultandoaplicables los plazos y condiciones establecidos para el recurso de revocatoria, estipuladosen los numerales 184 y siguientes del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa.

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El recurso deberá ser presentado en forma electrónica por medio del Sistema de ComprasElectrónicas CompraRed.

Garantía de Cumplimiento6.

Vigencia:6.1La vigencia de la garantía será de 12 meses y el contratista tendrá la obligación deactualizar dicha vigencia, con al menos tres meses naturales de anticipación al vencimiento,so pena de ejecución cautelar.

Asimismo, la vigencia de la garantía que corresponde al último año de contrato deberá sersuperior a los 6 meses desde que se prevé la finalización del contrato, a saber, para elúltimo año de ejecución su vigencia debe ser de 18 meses.

Monto:6.2El monto de la garantía de cumplimiento corresponderá al 5% del monto anual, a fin degarantizar el fiel cumplimiento de sus obligaciones. Dicho monto deberá ser ajustadoproporcionalmente según las revisiones de precios o modificaciones contractuales quellegaran a operar de acuerdo a lo estipulado en la vigencia de la garantía de cumplimiento(6.1 vigencia).

Especies fiscales7.

Para efecto de esta contratación se cobrará un 0.25% del monto total adjudicado porconcepto de especies fiscales o un entero de gobierno, más ¢312.50 de reintegro en casode contratos, según Ley Nº 8, artículo 272-2.

Formalización Contractual8.

La formalización contractual se realizará a través de la suscripción de un contratoconforme con el artículo 190 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa.Dicho documento deberá contar con la Aprobación Interna de la Administración según loestablecido en la autorización brindada por la CGR (Resolución DCA-0165 – Oficio00761) y lo regulado en el artículo 17 del Reglamento sobre el Refrendo de lasContrataciones de la Administración Pública.

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Vigencia de la contratación9.

El o los contratos que resulten del presente concurso tendrá una vigencia de 04 años a partirde que se gire la orden de inicio, de conformidad con lo que dispuso la Contraloría Generalde la República mediante Resolución No. DCA-0165 del 23 de enero 2013.

Sobre el pago10.

Se aclara que el contratante realizará el pago al contratista conforme a lo dispuesto en losartículos 33 y 34 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa, reformadosmediante Decreto Ejecutivo Número 37427-H del 11 de octubre 2012; una vez que se hayaverificado la prestación del servicio a cargo de la unidad técnica competente.

Los pagos se harán en colones por mensualidad vencida. No se recibirán facturas paratrámite de pago hasta tanto no se cuente con la verificación indicada en el párrafo anterior.

Además, para proceder con el trámite de pago de la factura mensual, deberá el contratista,acreditar que está al día en el pago de las obligaciones con la Seguridad Social (CCSS yFODESAF). Igualmente deberá estar al día con la póliza de responsabilidad civil y lagarantía de cumplimiento en cuanto a los montos de cobertura y vigencia.

Revisión de precios y equilibrio económico11.

Para efectos de solicitudes de revisiones de precios, los contratistas deberán regirse por loestipulado en el artículo 18 de la Ley de Contratación Administrativa y el artículo 31 de suReglamento.

El oferente deberá indicar en su oferta el mecanismo de equilibrio económico que proponepara las eventuales revisiones de precios en caso de ser adjudicado, tal como se dispuso enel voto de la Sala Constitucional Nº6432 del 04 de setiembre de 1998.

Marco legal aplicable12.

Este concurso se regirá por lo estipulado en la Ley de Contratación Administrativa y suReglamento, así como demás leyes afines las cuales se tienen por incorporadas y aceptadaspor el proveedor con solo el hecho de la presentación de su oferta.

Asimismo, para el presente concurso rigen las “Condiciones Generales para laContratación Administrativa Institucional de bienes y servicios desarrollada por todas las

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unidades desconcentradas y no desconcentradas de la Caja Costarricense de SeguroSocial” aprobadas por Junta Directiva en artículo 6 de la Sesión Nº 8335, celebrada el 26de marzo de 2009 y publicada en Gaceta N° 73 del jueves 16 de abril de 2009 y susrespectivas modificaciones aprobadas en el artículo 31 de la sesión Nº 8369, celebrada el 6de agosto del 2009, publicada en La Gaceta N° 160 de fecha 18 de agosto del 2009 y lamodificación aprobada en el artículo 17 de la sesión Nº 8439, celebrada el 22 de abril del2010, publicada en La Gaceta Nº 86 del 05 de mayo 2010. Dichas condiciones se puedenubicar en la siguiente dirección electrónica:

http://portal.ccss.sa.cr/portal/page/portal/Logistica/Normativa_de_Abastecimiento_y_Contratacion_Administrativa/Politicas_y_Normativa_Institucional/Condiciones%20Generales%20MODIFICADAS%20ABRIL%202010.pdf

Debe entenderse, que priman las condiciones especificas de este cartel sobre lascondiciones generales.

ESPECIFICACIONES TÉCNICAS

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Serviciosintegrales de

acuerdo a la ofertaBásica del primernivel de atención

(Anexo No. 1)

Área de Salud Nivel deAtención

Línea 2 ÁREA DE SALUD DECURRIDABAT Primer Nivel

Servicios acontratar

O1.BJETO CONTRACTUAL

Contratación para la provisión, administración y gestión de SERVICIOS INTEGRALESDE SALUD en primer nivel de atención a las poblaciones adscritas a las ÁREAS DESALUD DE MONTES DE OCA, CURRIDABAT, SAN JUAN- SAN DIEGO YCONCEPCIÓN DE LA UNIÓN DE CARTAGO, por parte del(los) contratista(s), con baseen la sectorización.

El presente concurso consta de tres líneas, para lo cual se hace necesario que los oferentespresenten oferta técnica y económica de cada línea por separado en los siguientestérminos.

Línea 3 ÁREA DE SALUD SANJUAN-SAN DIEGO Y

CONCEPCIÓN DE LAUNIÓN DE CARTAGO

Primer Nivel

Línea

Línea 1 ÁREA DE SALUD DEMONTES DE OCA

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Primer Nivel

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El sistema de medicina mixta y de empresa no formará parte del objeto contractual. Eltrámite de las incapacidades generadas por estos sistemas deberá ser realizado por elcontratista.La medicina mixta y de empresa, serán provistos a través de la Red de Servicios de Saludde la Caja Costarricense de Seguro Social.

La Caja Costarricense de Seguro Social se reserva el derecho de asumir y/o cambiar lamodalidad de prestación de servicios de laboratorio clínico, recurso humano de contraloríade servicios y bodegueros; para cuyo caso le comunicará al contratista con al menos seismeses de anticipación su decisión a efecto de que se realicen los ajustes correspondientespor cada una de las partes y en plena correspondencia con la normativa nacional vigente.

La prestación de estos servicios incluye la obligación del Contratista de atender lassituaciones de contingencia, calamidad, catástrofe, emergencia nacional, regional y local,además cualquier otro siniestro o riesgo  no administrado por la Caja Costarricense deSeguro Social. Así como, la atención de población no adscrita a estas Áreas de Salud,  quela Caja en situaciones especiales deba transferirles.

Así mismo, se entienden incorporadas al objeto de contratación toda la normativa técnicaaplicable al mismo en materia de la prestación de servicios de salud, de acuerdo a lascondiciones que delimitan la presente contratación.

RED DE SERVICIOS DE SALUD1.1.

Los servicios de salud que requieran las poblaciones, fuera del objeto contractual, que nocorrespondan al nivel de complejidad y capacidad resolutiva de los servicios de atencióncontratados (primer nivel de atención), serán brindados en los establecimientos definidospor LA CAJA como centros de referencia. El contratista se compromete a cumplir con elsistema de referencia y contra referencia para la atención de las consultas que requieranatención de mayor complejidad, conforme con el ordenamiento Institucional.

ÁREA DE SALUD DE MONTES DE OCA (LÍNEA 1) Y AREA DE SALUDCURRIDABAT (LÍNEA 2)El centro de referencia de segundo nivel ambulatorio para el Área de Salud Montes de Ocay el Área de Salud de Curridabat corresponderá al Área de Salud Catedral Noreste y eltercer nivel será asumido por el Hospital Dr. Rafael Ángel Calderón Guardia, comoHospital Nacional. Además, como parte de la Red de Servicios de Salud y para casos queasí lo requieran están los Hospitales Especializados, Hospital Nacional de Niños CarlosSáenz Herrera, Hospital Nacional Psiquiátrico, Centro Nacional de Rehabilitación entreotros.

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AREA DE SALUD SAN JUAN-SAN DIEGO-CONCEPCIÓN (LÍNEA 3)Los centros de referencia para el Área de Salud San Juan-San Diego-Concepción, según loestablecido en la Red de Servicios de Salud, corresponderán al Hospital Max Peralta deCartago y el Hospital Dr. Rafael Ángel Calderón Guardia como Hospital Nacional.Además los Hospitales Especializados, para cuando así lo ameriten.

El contratista formará parte de la red de servicios nacional de salud, y no desarrollaráninguna acción que afecte o menoscabe el funcionamiento adecuado del mecanismo dereferencias y contra referencia médicas, ni el libre y constante flujo de información einsumos tales como medicamentos especializados, exámenes de laboratorio, entre otros queno correspondan al nivel de complejidad ni la capacidad resolutiva de los servicios de saludcontratados por la Caja.

El contratista deberá presentar ante el Administrador del contrato los productos, informesy demás obligaciones contractuales según las competencias que en este documento se lesasigna.

En el mismo sentido queda obligado a presentar ante dichas instancias la atención deconflictos de intereses entre las partes.

Titularidad de los servicios1.2.

Queda entendido que la contratación efectuada en ningún momento implica la cesión de laspotestades legales, constitucionales o de imperio que le asiste a la CCSS en la prestación deservicios de salud; la cual mantendrá la titularidad y el control sobre los mismos, pudiendoexigir al contratista la ejecución de las medidas preventivas y correctivas que estimenecesarias para la seguridad y calidad del servicio que le ha sido confiado, de conformidadcon las reglas inherentes a la fiscalización en la ejecución contractual siendo que ellotampoco implica menoscabo de las responsabilidades de control que son propias delcontratista.

D2.E LAS OBLIGACIONES DEL OFERENTE (Condiciones invariables)

La sola presentación de la oferta se entiende como una manifestación inequívoca decontratar con la CCSS en los términos y condiciones descritas en las presentesdisposiciones técnicas.

Experiencia2.1.

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Únicamente se analizarán las ofertas que cumplan con los siguientes requerimientos:

El oferente deberá acreditar en su oferta una experiencia positiva mínima de cinco años.Entendida la experiencia positiva como todas aquellas actividades realizadas por eloferente, en la atención integral de la salud en un primer nivel de atención, recibidas aconformidad, de acuerdo a lo establecido en el numeral 56 del Reglamento a la Ley deContratación Administrativa.

En las ofertas presentadas bajo la modalidad de consorcio se reconocerá como tiempo deexperiencia, únicamente los proyectos de atención integral en salud ejecutados en formaindividual por los integrantes del consorcio, en el tanto dicho consorcio compruebe quealguno de sus integrantes ejecutó directamente al menos el 50% del proyecto presentadodentro de la oferta respectiva.

Para efectos de acreditar la experiencia requerida en el presente cartel tanto para participarcomo la establecida en el sistema de evaluación de ofertas, los oferentes deberán aportar losiguiente:

Constancia emitida por una Institución pública o privada que haya recibido deloferente la prestación de servicios integrales de salud. En dicho documento deberáacreditarse al menos lo siguiente: el periodo contratado y la indicación de si losservicios fueron recibidos a satisfacción o no. Este documento deberá contar con unperiodo máximo de extendido de 25 días naturales al momento de la presentación dela oferta.

Implementación:2.2.

El plazo máximo de implementación será de seis meses naturales y será requisito por partedel adjudicatario la presentación del Plan de Implementación con su respectivo cronograma(anexo 30). Tal Plan deberá presentarse 7 días hábiles posteriores a que haya adquiridofirmeza el acto de adjudicación.

El periodo de implementación del Plan iniciará a partir del día hábil siguiente a lanotificación que realice el Administrador General del Contrato.

Deber de Cotizar en forma total por línea2.3.

El oferente deberá cotizar la integridad de la línea de su interés. Sin detrimento de que laAdministración pueda acogerse bajo ese escenario a la adjudicación parcial de las líneas,siempre que no vaya en detrimento de su funcionalidad.

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CONDICIONES TÉCNICAS ESPECÍFICAS2.4.

INFRAESTRUCTURA2.4.1.

El oferente se compromete a que la edificación o planta física que vaya a sera.construida, ampliada, arrendada utilizada en la prestación de servicios de salud,deberá cumplir con los lineamientos establecidos para la habilitación emitida por elMinisterio de Salud. La CCSS establece la infraestructura mínima la cual puede sersustituida por soluciones de avanzada, las cuales deberán ser habilitadas por parte delas instancias correspondientes.

De igual manera la infraestructura debe garantizar para su funcionamiento, elb.cumplimiento de los criterios técnicos y regulaciones establecidas en el contrato ydeberán cumplir con la normativa legal vigente para tales efectos. (Colegiosprofesionales, municipalidades entre otros). La Habilitación de la infraestructura seregirá por lo establecido en la Ley General de Salud y la normativa vigente en elMinisterio de Salud así como los lineamientos establecidos por la Gerencia deInfraestructura y Tecnología.

El oferente se compromete a que la infraestructura cumpla con las dimensionesc.adecuadas de las áreas de trabajo, los servicios básicos, proceso de eliminación segurade los desechos peligrosos (de acuerdo con las normas institucionales), iluminación,humedad y ventilación adecuada de los espacios físicos y lo correspondiente alcumplimiento de las disposiciones de la Ley 7600 (Ley Igualdad de Oportunidadespara las Personas con Discapacidad).

El oferente se compromete a cumplir con el Anexo No.3 Plan de Fortalecimientod.de la Gestión de mantenimiento de la Infraestructura CCSS.

La infraestructura por Área de Salud, Sector y Núcleo deberá de cumplir con lose.siguientes requisitos: Seguridad de las instalaciones frente a situaciones de vandalismoy accesibilidad de la población incluida en un sector, entendiéndose por esta lascondiciones definidas en materia de distancia, condiciones geográficas, transportepúblico entre las poblaciones adscritas a un EBAIS y la sede de éste último.

TABLA INFRAESTRUCTURA2.4.2.

El oferente se compromete cumplir con la siguiente distribución y proponer en su oferta ladistribución de sectores por núcleo, para ello deberá atender criterios de accesibilidad delos usuarios:

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ÁREA DE SALUD DE MONTES DE OCA.El contratista deberá tener mínimo cuatro núcleos para 12 sectores o EBAIS, con base enla re sectorización indicada en el anexo No.8

AREA DE SALUD CURRIDABATAl igual que en el caso anterior, el contratista deberá ofertar mínimo 5 Núcleos para 14sectores o EBAIS, con base en la re sectorización indicada en el anexo No.8

ÁREA DE SALUD SAN JUAN-SAN DIEGO- CONCEPCIÓN.El Contratista deberá ofertar mínimo 3 Núcleos para 10 Sectores o EBAIS, con base en lare sectorización indicada en el anexo No.8

EQUIPAMIENTO PARA LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS2.4.3.

Ea.l oferente se compromete a disponer desde el inicio y durante todo el periodo de lacontratación del equipamiento necesario para la adecuada prestación de los serviciosintegrales de salud.

b.

El oferente se compromete a suministrar equipo y mobiliarios conforme con el CuadroBásico de Equipamiento que se describen en el Anexo 4: “Equipo y Mobiliario paraEBAIS”, así como el equipamiento correspondiente para la atención inmediata delsoporte básico de pacientes; (equipo de parto, tabla cardiológica, nebulizador, cilindrode oxígeno con regulador y humedecedor, botiquín de paro, oxímetro de pulso, nasocánulas y mascarillas para nebulización y administración de oxígeno neonatales,pediátrica y de adultos, cuello de Thomas y férulas de diversos tamaños) que permitabrindar el soporte básico requerido. El anexo es una guía del equipo más estratégicoque se requiere en el primer nivel, por lo que todo aquel equipo no incluido en ellistado y necesario para el buen funcionamiento deberá ser incorporado al listado deequipo ofertado.

El equipamiento ofertado podrá ser de avanzada siempre y cuando cumpla con lasespecificaciones técnicas para brindar la atención a contratar. Si el equipamientoofertado es tecnológicamente y de calidad superior al dispuesto en el anexo 4, elmismo será evaluado por ente competente para su respectivo aval (Farmacia,odontología, laboratorio, informática entre otros). El oferente deberá presentar ellistado de equipo por EBAIS, Núcleo, Área de Salud y equipo de apoyo.

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Si el oferente propone cambios en el equipamiento, los mismos deberán ser descritosexplícitamente en la oferta técnica, poniendo en un cuadro lo solicitado por la norma ya la par lo ofertado. El anexo 4 incluye el equipamiento básico para el primer nivel, enel entendido que se requiere el equipamiento indispensable para la prestación integralde servicios de salud.

MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO DEL EQUIPO2.4.4.

El oferente se compromete a cumplir al menos con los siguientes lineamientos:

Brindar el mantenimiento preventivo y correctivo que requiera el mobiliario o equipo,I.a fin de garantizar su mejor estado de conservación y funcionamiento, cumpliendo conlas normas de higiene, esterilidad, y ambiente necesarios para la seguridad deusuarios(as) y trabajadores(as).

Disponer de un Plan de Mantenimiento para el equipamiento que utilice para brindarII.los servicios contratados por la CCSS y calibrar los equipos que así lo requieran sinperjuicio de las labores de fiscalización que son resorte de la Administración.

Deberá indicar su compromiso de sustituir los equipos que el Administrador delIII.contrato y/o el Contratista, previo criterio de los órganos técnicos de la CCSS,determinen que agotaron su vida útil o que pese al mantenimiento vean comprometidasu funcionalidad. Para lo anterior el Administrador del Contrato deberá comunicar lasrazones por las que se considera la sustitución, modo y plazo para su materializaciónde acuerdo con el cronograma presentado por el Contratista y aprobado por elAdministrador General del Contrato.

Deberá indicar su compromiso de que el equipo que se brindará debe estar en buenIV.estado, en línea de producción. Su vida útil debe ser igual o mayor al período degarantía de suministro de repuestos detallado en la especificación técnica de cadaequipo.

Personal:2.5.

E1.l oferente definirá lo referente al recurso humano, mismo que se define en el Anexo 12“Recurso Humano requerido para las áreas de Salud a Contratar”. Para el personal nodispuesto en dicho Anexo, el oferente deberá formular el sistema y estructuraadministrativa que considere idóneo para el fiel cumplimiento de objeto contractual de

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manera que permita la eficiencia y calidad en la prestación de los servicios. Estaestructura deberá estar detallada en la oferta técnica por medio de un cuadro queindique “personal ofertado” y el organigrama de la organización. Cuestión que obligaal oferente a entregar los resultados, producción y atención con la calidad requeridapor esta Administración con dicho recurso. Para ello deberá utilizar el formatopreestablecido, y aportar atestados del personal.

P2.ara todo el personal que está con asterisco: entre ellos personal para la toma demuestras, contralores de servicios, bodegueros el contratista deberá de presentar unaoferta económico y técnica alternativa, dado que la Institución está gestionando quedicho recurso sea Institucional.

S3.i se ofertan dos o más Áreas de Salud, el oferente podrá centralizar el recurso humano,por lo que deberá explicar en la en la oferta técnica y económica en qué labores,actividades y perfil del personal se estará centralizando el recurso humano.

E4.l oferente deberá informar sobre el perfil del personal profesional, técnico yadministrativo a contratar, el cual será equivalente con los perfiles y funciones delManual descriptivo de puestos de la Dirección de Recursos Humanos de la CCSS. Paraello deberá aportar prueba idónea.

E5.l oferente de acuerdo a las especificaciones técnicas del personal y a la Normativavigente deberá especificar la distribución del tiempo de cada uno de los perfilesprofesionales.

Sistemas de Información:2.6.

El oferente deberá apegarse a las Disposiciones en materia de Tecnologías de laInformación dispuestas en el Anexo No.9, en lo que respecta a Sistemas de Información,Telecomunicaciones, Soporte Técnico, Seguridad Informática, calidad y continuidad de lagestión, Condiciones de confidencialidad, protección de datos y derechos, Participacióndel personal Institucional, incumplimiento de condiciones técnicas y las referentes a laimplementación de los sistemas Institucionales en centros de salud administrados porproveedores externos.

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Condiciones de prestación de servicios2.7.

Para la ejecución de las acciones relativas al objeto de contratación, el oferente deberáa.ofertar la prestación de servicios con base en las especificaciones técnicas que seadjuntan en el anexo no 10.

El oferente de acuerdo con el personal ofertado deberá determinar el tiempo de entregab.de los medicamentos a los usuarios de los diferentes núcleos con base en el párrafoanterior.

Población, población adscrita y sectorización2.8.

Ei.l oferente deberá brindar la prestación de los servicios contratados para las tresÁreas de Salud de acuerdo con la sectorización y la población adscrita descrita en elanexo 8.

Eii.n la propuesta técnica el proveedor deberá indicar al lado de cada unidadgeoestadística, las localidades y/o comunidades que se encuentran en dicha unidadgeoestadística y la oferta de Núcleos con los correspondientes sectores. El cuadrode sectorización indica los nombres de los sectores según la Dirección deProyección de Servicios de Salud, por lo que el proveedor deberá indicar el nombrecon que se reconocerá el Sector para efectos contractuales.

Demanda Insatisfecha2.9.

El oferente deberá Presentar un Sistema de Valoración a cargo de los Profesionales enmedicina general para la atención de loa pacientes que no lograron obtener una cita en elEBAIS respectivo, mismo que deberá garantizar una adecuada atención y satisfacción delusuario.

O3.BLIGACIONES DE LA CCSS.

Entregar medicamentos e insumos de categoría almacenable, de igual manera, lo3.1.que atañe a los sistemas de información que son necesarios para dicha gestión quedeberán encontrarse instalados al momento de inicio de la ejecución contractual.

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Deberá en el momento de la ejecución contractual realizar la labores de3.2.monitoreo, control y evaluación que le son de obligatoria aplicación.

En el momento en que la Caja Costarricense de Seguro Social, determine que3.3.puede asumir con sus propios recursos y/o cambiar la modalidad de entrega de losservicios contratados, le comunicará al contratista con menos seis meses deanticipación con el ánimo de que se realicen los ajustes correspondientes.

Las que se detallan en su condición de administrador general del contrato y las que3.4.le corresponden a las instancias técnicas que deben prestar colaboración a solicituddel administrador general del contrato.

Atender las gestiones que le presente el contratista en los plazos dispuestos de ley3.5.y procurar las facilidades para la correcta ejecución contractual.

Elaborar e implementar los instrumentos de evaluación, verificación y control3.6.previa comunicación al contratista.

Deberá comunicar oportunamente al contratista las reformas, o modificaciones y3.7.lineamientos que normalizan los alcances de la provisión de servicios de salud en elprimer nivel de atención.

Deberá valorar y/o autorizar según su criterio, la realización de actividades y las3.8.condiciones bajo las cuales estudiantes universitarios o personal ad honorem puedendesempeñarse en los servicios brindados por el contratista.

Y todas aquellas que son resorte de su competencia.3.9.

4.

OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA.

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E4.1.l contratista deberá cumplir con las acciones de promoción, prevención, curación yrehabilitación de la salud que desarrolla la Caja para la prestación de serviciosintegrales de salud en el primer nivel de atención, tuteladas por el Reglamento delSeguro de Salud y el Reglamento del Seguro de Invalidez, Vejez y Muerte; demanera que respondan a los principios, reglas y condiciones técnicas yprofesionales contenidas en los documentos vigentes que regulan la prestación deservicios en el Primer Nivel de Atención (Anexo Nº 5 “Guías y Manuales para laatención en el Primer Nivel de Atención”. Para tales efectos el contratista deberáatender los indicadores de organización, prestación y calidad que sean definidos porla Caja en los diversos instrumentos técnicos con el ánimo de que se ofrezca a losusuarios de los servicios de atención integral en salud mejores niveles de cobertura,eficiencia, eficacia y calidad de los servicios.

4.2.

El contratista deberá apegarse al marco legal nacional e Institucional, a saber, a lanormativa establecida por el Ministerio de Salud, los Colegios Profesionales deCosta Rica, y la CCSS, que sean de aplicación para el adecuado funcionamiento delos servicios de salud prestados y demás normativa atinente. Cuando la normativasufra revisiones, ampliación y actualizaciones el contratista queda obligado arealizar los ajustes que le son propios para la correcta prestación de los serviciosque le han sido confiados a título de contrato de servicios por resultados.

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4.3.

El contratista queda obligado a aplicar los manuales, procedimientos o normativatécnica vigente en la Institución, incluyendo la normativa para el traslado depacientes. Si la normativa se actualiza el contratista está en la obligación de hacerlos cambios pertinentes. En ausencia de manual y/o procedimiento institucional,podrá aplicar sus propios manuales siempre y cuando no modifique la prestación delos servicios y no contravenga la normativa de la Caja Costarricense de SeguroSocial. Previo a su implementación, deberá presentarlos al Administrador Generaldel Contrato de la CCSS para su revisión y validación con una antelación de unmes previo al inicio de su implementación, siendo que la CCSS queda obligada aatender sus gestiones en los términos y plazos dispuestos por la Ley de ContrataciónAdministrativa y su Reglamento.

4.4.

Las actividades que ejecute el contratista garantizarán el respeto de los derechos dela intimidad y dignidad del usuario y sus familiares, bajo las reglas de la bioéticatuteladas por el ordenamiento jurídico vigente.

4.5.

De la Sub-Contratación de servicios por parte del contratista:

El contratista NO puede acudir a la subcontratación para suplir actividades4.5.1.sustanciales del contrato so pena de incumplimiento contractual. Dentro de estasactividades se entiende que se encuentran el: servicio médico, psicología, redes,laboratorio clínico, farmacia, cirugía menor, enfermería, odontología, trabajo social ynutrición. Sólo ante imposibilidad comprobada para atender situaciones de carácterurgente en el que exista algún criterio de salud pública o interés público asociado a lacontinuidad del servicio se podrá valorar una prestación bajo el supuesto de lasubcontratación.

Asimismo se permitirá al contratista la subcontratación de servicios auxiliares4.5.2.tales como: a) lavandería; b) seguridad o vigilancia; c) mantenimiento de zonas verdes,d) mantenimiento de equipos e) manejo de desechos biopeligrosos, f) aseo y limpieza,g) traslado de pacientes. La eliminación, ampliación o sustitución de las actividadesantes indicadas que deban ser subcontratados por el contratista durante la ejecución delcontrato, deberán de comunicarse oportunamente a la CCSS y estarán sujetas a laautorización de la misma.

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Junto con la oferta se deberá aportar un listado de las empresas con las cuales se va asubcontratar donde se indique al menos, nombre de la empresa, porcentaje departicipación en el costo total de la oferta, además de aportar certificación de lostitulares del capital social y los representantes legales, tal como lo dispone el numeral69 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa.

En caso de que en la fase de ejecución se modifique el listado de subcontratistas, sedeberá reportar con la antelación debida a la administración, a fin de que esta verifiquelo previsto en cuanto al régimen de prohibiciones.

A4.6.ntes de la apertura de los servicios y durante todo el plazo del contrato, elContratista deberá contar con la habilitación de todas las instalaciones por partedel Ministerio de Salud y disponer de los permisos de ley vigentes, que seannecesarios para su adecuado funcionamiento. Dichos trámites son exclusivaresponsabilidad del contratista.

4.7.

La infraestructura y su mantenimiento es de entera responsabilidad del contratistade conformidad con la Ley General de Arrendamientos urbanos y suburbanos, porlo que será responsable del mantenimiento preventivo y correctivo de lasinstalaciones, para prevenir eventuales daños que se deriven de su funcionamientoen la prestación de los servicios.

S4.8.e aclara, que en caso de que la CCSS, tenga o llegue a contar con infraestructuradisponible para la prestación del Servicio, será obligación del contratista realizar lasactividades logísticas necesarias para el traslado de los servicios, coordinado deforma tal que el plazo de traslado y actividades realizadas no afecte la prestaciónoportuna y continua de los servicios. Los gastos correspondientes serán analizadospor las partes.

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L4.9.os daños, deterioro y defectos estructurales en las instalaciones ofertadas,originadas en situaciones de contingencia, calamidad, catástrofe, emergencianacional o cualesquiera otras igualmente calificadas, que afecten la infraestructura,e impidan su buen funcionamiento o atenten contra la seguridad de los serviciosprestados, deberán ser corregidos por el contratista, según lo dispuesto en la Ley dearrendamientos urbanos y suburbanos, con la celeridad que requieran lascircunstancias. El contratista deberá comunicarlo formalmente y por escrito alAdministrado del Contrato en un periodo no mayor a 5 días hábiles. Cuando setrate de daños mayores en infraestructura o equipos de alta tecnología, lascorrecciones que efectúe el contratista, quedarán sujetas a la validación técnicaprevia y posterior de parte de la Caja, mediante los mecanismos y procedimientosque resulten procedentes.

L4.10.os servicios de electricidad, agua, teléfono, limpieza de tanques sépticos deemergencia, seguridad, vigilancia, cuando le correspondan, y otros de similarnaturaleza, estarán bajo la responsabilidad del contratista.

4.11.

El Contratista deberá garantizar la limpieza permanente del edificio y la propiedaden donde se ubique los servicios contratados.

4.12.

El contratista debe integrarse a la red de servicios de salud de la CCSS, de la queformará parte durante la vigencia de la presente contratación.

4.13.

La Central de Esterilización y todos los servicios, deberán estar debidamentehabilitado por el Ministerio de Salud. En caso de que el contratista oferte dos ó tresáreas de salud, podrá ofertar una sola infraestructura (centro de equipos) para lasdos o tres áreas de salud. Además, si el contratista dispone de un centro de equiposhabilitado por el Ministerio de Salud y capacidad para asumir la demanda del o lasáreas de salud ofertadas, podrá hacer uso de las mismas, por lo que deberá serexplícito en su oferta técnica y económica de la logística para brindar dichoservicio. Asimismo, en caso de ofertar dos o tres Áreas de Salud, podrá tener unasola Enfermera Coordinadora del mismo.

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4.14.

El contratista dispondrá de los procedimientos que aseguren una correctadispensación de los medicamentos a los usuarios apegado a la Lista Oficial deMedicamentos y normativa Institucional, mismos estarán enfocados a disminuir loserrores de medicación, la optimización de los costos, la seguridad y la satisfaccióndel paciente, aumentando los controles terapéuticos sobre los medicamentos en laracionalización, distribución y administración. Anexo No.10.

4.15.

El contratista deberá facilitar el cumplimiento de las funciones de los entes yórganos de control, evaluación y fiscalización de los servicios brindados enconsonancia con el presente contrato:

Contraloría General de la Repúblicaa.Auditoría Interna de la CCSSb.Juntas de Salud.c.Dirección Institucional de Contralorías de Servicios.d.Contralorías de Servicios localese.Dirección de Red de Servicios de Saludf.Dirección Regional de Servicios de Salud Central Surg.Dirección Compra de Servicios de Saludh.Sub-área de Investigación y Evaluación de Insumos, Presupuesto de Despacho,i.entre otros.Cualquier otro órgano de la CCSS, autorizado por el administrador delj.contrato.

Para este efecto es obligación del contratista brindar los espacios físicos adecuados, asaber que se ajusten a las condiciones óptimas requeridas para el ejercicio de las funcionesa cumplir sean estas temporales o permanentes.

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4.16.

La Caja a través del Administrador General del Contrato se reserva el derecho deaprobar o improbar con el contratista, el desarrollo de cualquier actividad que afecteel modelo de atención utilizado o las condiciones generales de atención brindadas alos usuarios de los servicios por ella tuteladas; de manera que en caso de resultarleinsatisfactorias o insuficientes las mismas se podrán readecuar o sustituir en lo queresulte pertinente. En este sentido el contratista podrá propiciar mejoras al modelode atención siempre que se cuente con la debida valoración y aprobación del órganoinstitucional competente, según las especiales consideraciones que le facilite eladministrador del contrato. Las eventuales modificaciones no pueden ir endetrimento del servicio prestado.

4.17.

El contratista deberá facilitar la información necesaria y oportuna al Administradordel Contrato y a los otros órganos competentes designados para el control,fiscalización y evaluación podrá disponer la realización de las evaluaciones yfiscalizaciones que estime necesarias para verificar el fiel complimiento de laejecución contractual.

4.18.

Obligaciones inherentes al contratista en el primer nivel de atención

Deberá cumplir con toda aquella disposición técnica o legal que emita el4.18.1.Ministerio de Salud y la CCSS durante la ejecución del contrato, que resulte inherenteal Primer Nivel de Atención, derivados del objeto contractual, el modelo de atención onormativa reguladora en la materia; y al marco legal vigente.

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El contratista deberá asumir e incorporar a sus archivos los expedientes4.18.2.clínicos físicos, de la población adscrita al Área de Salud ofertada. Además, deberáplantear en su oferta, una propuesta de contingencia para la migración del expedientefísico a los expedientes electrónicos, sin costo adicional para la CCSS.

Respecto a la destrucción de expedientes físicos deberá tener autorización4.18.3.escrita de la Comisión Nacional de Selección y eliminación de documentos, conformea la Ley Nacional de Archivos No. 7202.

El contratista deberá solicitar autorización al Administrador del contrato para4.18.4.la realización de actividades y las condiciones bajo las cuales estudiantes universitarioso personal ad honorem pueden desempeñarse en los servicios brindados por elcontratista. En estos supuestos, cuando el contratista solicite la habilitación de estafigura, deberá presentar una petición debidamente justificada ante el Administrador delcontrato, pudiendo rechazar la misma con fundamento en aspectos de convenienciainstitucional. De brindarse autorización para el desarrollo de un algún tipo de actividadpor parte de estudiantes o personal ad honorem el contratista será responsable por lasconsecuencias jurídicas de sus actuaciones.

4.19.

Obligaciones sobre la gestión administrativa

El Contratista deberá cumplir con las siguientes obligaciones en la gestión administrativa:

Cumplir con los principios generales de la Seguridad Social: Universalidad, equidad,A.solidaridad, garantizando la igualdad al acceso y trato a los usuarios de los servicios.

Cumplir con las condiciones básicas de infraestructura, organización, equipamiento yB.recurso humano, así como con las disposiciones sobre el manejo de desechos, y demásnormativa establecida por la CCSS, para la operación de los establecimientos de salud delPrimer Nivel de Atención.

Deberá suscribir metas de producción o su equivalente, en el que las partes convendránC.los parámetros necesarios para operativizar y evaluar los aspectos de productividad,eficiencia definidos por la CCSS de acuerdo a los estándares establecidos. Además, deberáacogerse a las metas derivadas del Plan de Gestión Local de mediano y largo plazo y metasestratégicas (Anexo No. 7 Plan de Gestión Local).

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Deberá favorecer el desarrollo de actividades e iniciativas que conduzcan a unaD.anticipación social efectiva, involucrando en ello a todos los actores sociales representadosen la comunidad y propiciando los espacios de participación que resulten procedentes.

Proporcionará la información y evidencia relacionada con la prestación de servicios deE.salud para la verificación de los mismos según las disposiciones y condiciones que sedetallan en los presentes términos de referencia.

Deberá contarse con una estructura formal y una organización que integre los procesosF.de planificación, dirección, evaluación y control para la administración y la prestación deservicios de salud.

Anualmente el contratista deberá efectuar un análisis de sus procesos de trabajo, el cualG.incluirá un plan de mejora según sus resultados, lo anterior estará sujeto al control ymonitoreo de los órganos institucionales competentes de conformidad con los términos dereferencia y la normativa nacional aplicable. Lo anterior sin detrimento de la imposiciónde multas y/o sanción correspondiente según sea el caso.

Cumplir el sistema de valoración para la atención de la demanda insatisfecha en laH.consulta diaria de servicios de salud como medida remedial oportuna. Desde ese punto devista queda, por ende, obligado a satisfacer la demanda de servicios en términos deoportunidad y calidad y así deberá comprobarlo ante el Contralor de Servicios quiencomunicará al Administrador del Contrato cualquier inconformidad al respecto.

De presentarse sobre existencia de insumos, medicamentos y otros, la CCSS gestionaráI.la devolución y o traslado de los mismos para realizar la redistribución entre las Áreas queasí lo necesiten.

En el caso de insumos, suministros y medicamentos deberá cumplir con indicadoresJ.nivel de cobertura y relación cuota consumo promedio, establecidos por la CCSS, enconcordancia con la Política de Abastecimiento Institucional vigente Anexo14(Instrumento de Evaluación de Bienes y Servicios). Por lo anterior, deberá presentar uninforme trimestral ante el Administrador del contrato quien lo trasladará a la Sub-Área deProgramación de Bienes y Servicios para los ajustes correspondientes.

El contratista deberá solicitar al Administrador del Contrato la debida autorización paraK.la incorporación y/o atención de estudiantes universitarios o personal ad honorem. Enestos supuestos, cuando el contratista solicite la habilitación de esta figura, deberápresentar una petición debidamente justificada. De brindarse autorización para el desarrollo

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de un algún tipo de actividad por parte de estudiantes o personal ad honorem el contratistaserá responsable por las consecuencias jurídicas de sus actuaciones.

Presentación de informes: Deberá cumplir como mínimo con la presentación deL.informes, elaboración de documentos y suministro de información, señalados en laspresentes condiciones, plazo y forma que solicite la Caja, de acuerdo al nivel decomplejidad ante el Administrador del contrato:

Análisis de Situación de Salud del área de salud (ASIS). Actualización anual deI.los indicadores que así lo requieran.Plan de Gestión Local construido sobre la base del Plan TácticoII.Plan Táctico fundamentado en el ASISIII.Informe con el detalle de los equipos e inventario anual de los activosIV.disponibles en el Área de Salud y/o sector (es).Informe de Estadísticas en Salud mensuales y los solicitados por las autoridadesV.competentes de la CCSS.Informes solicitados por el Ministerio de Salud, según corresponda.VI.Informe de Vigilancia Epidemiológica y de Programa Ampliado deVII.Inmunizaciones.Brindar la información necesaria para las actividades de control, verificación,VIII.supervisión mensual, semestral y anual.Planes de mejora que se soliciten de acuerdo a los resultados de procesos deIX.evaluación.Informe de avance del PAO semestral y anual.X.Informes financieros debidamente auditados, solicitados por autoridades de laXI.CCSS.Y otros según necesidad del Contratante, previa notificación oportuna alXII.contratista.

El contratista deberá aplicar los procedimientos de afiliación, validación de derechos,M.coberturas especiales, facturación de servicios médicos y reembolso: El contratistadeberá ejecutar los procedimientos de afiliación, validación, facturación y reintegro deservicios médicos, de conformidad con la normativa vigente; utilizando para ello, las tarifasoficiales de la institución. Debiendo realizar el procedimiento de afiliación voluntaria yobligatoria que proceda en cada caso en concreto, reservándose la CCSS el derecho deevaluar, auditar y fiscalizar en todo momento, el procedimiento ejecutado al efecto. Anexos20-21

Así mismo, deberá seguir la legislación y lineamientos Institucionales vigentes, entre ellosLineamientos para el aseguramiento de migrantes como asegurados voluntarios y

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trabajadores independientes, conforme la Ley Nº 8764, Ley General de Migración yExtranjería brindados a través de comunicación GF-30936 y el GM 37.662 del 20 deoctubre de 2012.

AFILIACIÓNM.1.

El contratista deberá realizar el proceso de afiliación al centro de atención, que incluye lostrámites de identificación, adscripción, readscripción, estudios de beneficios familiares y deverificación de Derechos de las personas que acceden a los servicios de salud. Anexo No.21

Además extender en tanto institucionalmente se requiera, el carnet de asegurado utilizandoel formato y periodo de vigencia definido por la CCSS.

VALIDACIÓN Y FACTURACIÓN DE SERVICIOS MÉDICOS AM.2.ASEGURADOS POR CUENTA Y CON CARGO AL ESTADO, NOASEGURADOS CON CAPACIDAD DE PAGO Y PATRONO MOROSO

El contratista deberá aplicar los procedimientos emitidos por la Institución de Validaciónde Derechos, coberturas por cuenta del Estado, facturación de Servicios médicos a noasegurados con capacidad de pago y no obligados a cotizar a los seguros sociales y lafacturación a patronos morosos y trabajadores independientes. La ejecución de estosprocedimientos se hará de conformidad con la normativa vigente y sus modificacionesfuturas. La facturación se hará con base al Modelo Tarifario Oficial y Costos mecanizadosvigentes de la Institución. Corre por cuenta y responsabilidad del contratista la disposiciónde recurso humano, espacio y equipo para tales efectos. Anexo No.20La Oficina de Validación y Facturación de Servicios Médicos del Área de Salud, seencargará del desarrollo de las siguientes acciones:

Realizar estudios a la población no asegurada en condición de indigencia médica y otorgarel beneficio provisional y /o beneficio definitivo del seguro de salud, con cargo al Estado,así como otorgar beneficios a grupos poblacionales específicos, con coberturas a cargo delEstado. Los procedimientos aplicables son los establecidos en las normas vigentes y deconformidad con los instrumentos y plataformas informáticas que disponga la CajaCostarricense del Seguro Social al contratista para estos efectos.

Todos los beneficios otorgados por el contratista en el punto anterior, deben ser registradosen el sistema de información institucional conocido como sistema de identificación,agendas y citas (SIAC) diseñado para tal efecto.

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El contratista facturará los servicios brindados al paciente no asegurado con capacidad depago, de acuerdo al procedimiento estipulado por la Institución para la atención de Noasegurados, para cuyos efectos utilizará los formularios, las tarifas y las cuentas contablesestablecidas por el órgano de competencia correspondiente en la C.C.S.S.Facturar todas las atenciones brindadas y costos de la atención a los pacientes cuyo patronose encuentre en condición “PATRONO MOROSO”, incluido del trabajador independienteen condición de morosidad.

El contratista debe contar con un sistema de control para el registro de lo establecido en lospuntos 3 y 4 que será validado por el Administrador del Contrato en el ánimo de determinarsu funcionalidad y confiabilidad de los resultados.

RIESGOS EXCLUIDOS Y COBERTURAS ESPECIALESM.3.

El contratista está obligado a dar atención a pacientes que hayan sufrido un siniestroasociado a un riesgo que no es administrado por la CCSS.

El contratista debe prestar atención a las personas que se encuentren en situaciones deurgencia o emergencia en la que se haya colocado en riesgo su vida.   No alcanza aquelloscasos en los que se demanda el servicio sin que se trate de una situación de Urgencia oemergencia.

(Base legal: Constitución Política, Ley Constitutiva de la C.C.S.S., Reglamento del Segurode Salud en su numeral 16°, “Quedan excluidos del Seguro Social (…) los riesgos deltrabajo (…) los accidentes de tránsito”.

El contratista no debe mezclar los procesos de afiliación y Validación, por lo que debenquedar separados.

En materia de riesgos excluidos, el contratista debe adoptar todas las acciones que resultennecesarias para garantizar la oportuna y eficiente identificación, desde el punto de vistatécnico, médico y jurídico de atenciones brindadas a pacientes que hayan sufrido siniestroscubierto por un riesgo excluido de las coberturas de los seguros sociales administrados porla Caja. 

El contratista se compromete a aplicar las disposiciones que emita la Caja al respecto,incluidas en éstas circulares, protocolos médicos, uso de herramientas informáticas,aclarando que se hace alusión no solo a disposiciones asociadas a los procedimientos de laOficina de Validación y Facturación de Servicios Médicos, sino el total del procesotendente a la identificación de los casos de riesgos excluidos para su facturación.

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El contratista debe suministrar la totalidad de la información que se le demanda por partede la Caja y por el mecanismo o me medio que se le señale, deberá garantizar la robustezdel cobro que habrá de realizarse frente a la aseguradora o el patrono por los casosatendidos, incluyendo la participación de los médicos o jefaturas médicas que identificaronel riesgo, como testigos en los eventuales procesos judiciales que se tramiten por parte de laCaja contra la aseguradora o contra el patrono.

El contratista deberá remitir a la unidad médica que la Caja le indique (sea segundo nivel ocualquier otra unidad médica) y por el mecanismo o medio que se le señale toda lainformación necesaria para que la misma pueda generar las correspondientes cuentas porcobrar derivadas de las atenciones por riesgos excluidos que se hubieren brindado en lasáreas contratadas.

 El contratista deberá brindar un informe bimensual certificando la totalidad de los casosidentificados como atenciones por riesgos excluidos que han sido debidamente reportados ylos costos en que el contratista incurrió para brindar la atención.

INCAPACIDADES Y LICENCIAS:N.

Incapacidades y licencias:N.1.

La custodia y entrega de talonarios, el otorgamiento, trámite y refrendo de lasincapacidades generadas a lo interno del centro se regirá por lo establecido en elReglamento para el Otorgamiento de Incapacidades y Licencias a los Beneficiarios delSeguro de Salud y lo dispuesto en el Manual de Registro, Control y Pago de IncapacidadesAnexo NO.11 (RCPI) y normativa relacionada vigente.Las Comisiones Regionales Evaluadoras de Incapacidades de la CCSS serán lasresponsables del seguimiento, control y evaluación de los procedimientos, obligaciones,deberes y responsabilidades establecidas en el Reglamento para el Otorgamiento deIncapacidades y Licencias a los Beneficiarios del Seguro de Salud, de acuerdo a suscompetencias.La Dirección Regional respectiva, enviará los informes correspondientes en formamensual, obtenidos del SIAC-Reportes, al Administrador General del Contrato para suanálisis en conjunto con el Administrador local del contrato a efecto de que se tomen lasdecisiones respectivas.Las Comisiones Regionales Evaluadoras de Incapacidades, evaluarán trimestralmente loantes señalado, con el instrumento diseñado para tal fin. La Dirección Médica de cada Áreade Salud debe evaluar mensualmente, en forma obligatoria, el otorgamiento deincapacidades, a partir de los informes generados por el SIAC-Reportes o por la plataforma

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de servicios instalada en conjunto con la Comisión Local Evaluadora de Incapacidades.Deberán analizarse tanto las que se otorgan por los profesionales del centro médico comolas otorgadas por otros profesionales, ya sea privado o del Sistema Mixto de AtenciónIntegral. Adicionalmente, cada Área de Salud debe tener una Comisión Local Evaluadorade Incapacidades nombrada por la Dirección Médica del Centro y conformada por tresmédicos, que se regirá por la Normativa Vigente. La Comisión Local de incapacidadesdeberá participar en las actividades que así lo indique la Comisión Regional y/o CentralEvaluadora de Incapacidades.

La Dirección Médica en conjunto con la Comisión Local Evaluadora de Incapacidadesdeberá establecer estrategias para el uso racional de los subsidios, las cuales deberánincluirse en los informes mensuales del otorgamiento de incapacidades que presenten.

La Gerencia Médica por medio de las Comisiones Regionales Evaluadoras deIncapacidades y/o a través de las instancias competentes, verificará durante la vigencia delcontrato con la periodicidad que esa Gerencia determine el respeto a los procedimientos deotorgamiento de incapacidades y licencias por maternidad, realizados por el Contratista.El contratista deberá de tramitar y otorgar incapacidades de medicina mixta y de empresa.

Pago de incapacidades y licencias por maternidad:N.2.

La CCSS cubrirá el pago de las incapacidades y subsidios reglamentarios que se extiendanpor el personal médico asignado a la atención clínica directa del usuario, con ajuste alReglamento del Seguro de Salud y el Reglamento para el otorgamiento de incapacidades ylicencias a los beneficiarios del seguro de salud. Para tales efectos, la CCSS cubrirá elcosto por incapacidades, por medio de la asignación presupuestaria del monto estimado quecorresponda. Asimismo asignará un código de referencia al Contratista, al médico yodontólogo, de acuerdo con un listado que suministrará el Contratista dentro de los cincodías posteriores a la firma del contrato. Dicho listado deberá estar actualizado y sercongruente con su planilla, con indicación expresa del ejercicio clínico o especialidad pormédico.

Pago de licencias por fase terminalN.3.

El trámite y pago de licencias por fase terminal se realizará según lo establecido en el“Instructivo Beneficio para los responsables de pacientes en fase terminal (Ley 7756 de 20de marzo de 1998, reformada por Ley 8600, publicada en la Gaceta No. 192 de 05 deoctubre de 2007).

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4.20.

Respecto a la gestión financiera

Para efectos de garantizar los estados financieros auditados, el contratista deberáa.mantener registros contables separados en relación con otros movimientos financierosque no tengan relación con actividades inherentes al contrato. Dichos registros debenpresentar al menos los siguientes elementos: balance general detallado por cuenta,estado de resultados detallado por cuenta, flujo de caja detallado, informe de cuentasagrupado por servicios personales, no personales, materiales y suministros,depreciaciones, otras cuentas, costos, gastos y producción por servicios, entre otros. Loanterior detallado por subcuentas.

Deberá rendir un informe a la Caja, cuando así lo solicite de manera justificada, sobreb.aspectos financieros determinados. La información mencionada deberá ser presentadaen forma separada, según producto y nivel de atención ante el Administrador delContrato quien lo remitirá a la Dirección Financiera Contable de la GerenciaFinanciera, para que esta tome las medidas correspondientes según los hallazgos delinforme.

4.21.

De la prestación de Servicios y atención integral en salud.

4.21.1.

Obligaciones respecto a la gestión de los servicios:

Cumplir con la sectorización de la población a su cargo, en concordancia con ela-ANEXO 8 “Resectorización según censo 2011”.

b- Desarrollar la provisión de los servicios de atención integral en salud del primernivel de acuerdo con el Marco Conceptual de la Atención Integral de Salud, elMarco de Referencia del Modelo de Atención Integral, las Normas de AtenciónIntegral de Salud, la Oferta de Servicios del Primer Nivel de Atención(incluyendo la oferta básica con el servicio básico de cirugía menor yelectrocardiografía para el nivel de atención ofertado) y los Escenarios deAtención, Manual Normativo de Visita Domiciliar de Atención Primaria PrimerNivel de Atención y otros que la Institución disponga . -La oferta básica deatención integral en salud comprende, además del cumplimiento de la normativaexistente, como mínimo, debe cumplir con los componentes por programa(Atención integral a la salud del niño y la niña menores de 10 años, deladolescente, de la Mujer de 20 a 64 años, del adulto de 20 a 64 años, y del adulto

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mayor) Además de seguir las estrategias de Fortalecimiento de la red de Serviciosde Salud, Educación en Salud, Promoción de la salud y prevención de laenfermedad Participación Social y Trabajo en equipo. Anexo No.1 Oferta Básicade Atención Integral. Anexo 5

Cumplir con la aplicación de los Protocolos de atención según el perfilc-epidemiológico y las patologías más frecuentes que le sean suministradas por laCCSS. Anexo NO.5 Guías y Manuales para la atención en el primer nivel deatención.

Asegurar en la programación que todas las familias de la población adscritad-recibirán las visita domiciliares, con la periodicidad, y valoración de riesgo talcomo lo establece el Manual Normativo de Visita Domiciliar de AtenciónPrimaria Primer Nivel de Atención. Anexo No.5

Garantizará el acceso a los servicios, bajo los principios de seguridad sociale-citados dentro de este cartel.

El contratista queda obligado a prestar los servicios de manera ininterrumpida sinf-que sea eximente de responsabilidad la falta de recursos humanos, materiales,financieros o situaciones de otra índole, de forma que ante cualquier situaciónemergente que impida o menoscabe significativamente la regularidad o seguridaden la prestación de los servicios, el contratista deberá comunicar oportunamentelas situaciones que enfrenta a efecto de que se tomen las medidas correctivaspertinentes. Dicha situación será analizada por la Administración con apego aldebido proceso y de ninguna forma se considerará excusa distinta para el avisooportuno sino únicamente los previstos por la Ley. Las medidas correctivas seimplementarán en los plazos dispuestos por la Administración sin perjuicio delreconocimiento económico que deba hacer el contratista por los costos y daños afavor de la CCSS por el eventual incumplimiento. El rubro cuantificado por laCCSS podrá ser objeto de deducción de la factura en trámite una vez realizado elprocedimiento administrativo con apego al debido proceso.

Mantener actualizado el ASIS y el Plan de Gestión Local.g-

Utilizar en forma eficiente el mecanismo de referencia y contra referencia enh-función de la red de servicios de salud establecido por la CCSS y en acatamiento alas directrices que ésta emita al efecto.

El Contratista deberá conformar la Comisión Médica Local Evaluadora dei-Incapacidades y apegarse a lo establecido en el Instructivo que establece los

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Procedimientos de las Comisiones Médicas Evaluadoras de las Incapacidades delos Beneficiarios de Seguro de Salud y acorde al Reglamento para el otorgamientode incapacidades vigente en la CCSS.Cumplir con las regulaciones del Ministerio de Salud y de la CCSS, en materia dej-reporte obligatorio, investigación, vigilancia e interés epidemiológico.

Deberá garantizar la continuidad de la prestación de los servicios de salud,k-entendiéndose por continuidad la atención de los usuarios en los horarios, con elrecurso humano, en términos de calidad y en todas las sedes establecidas en laspresentes especificaciones técnicas. (Ver glosario)

Del total de población asignada a cada Área de Salud, cada EBAIS tendrá adscritol-determinado sector poblacional, por lo que el oferente deberá apegarse a lasectorización y la Población Adscrita descrita en el Anexo No.8

El quehacer del personal está descrito dentro de la Normativa Vigente según lasm-Guías y Manuales incorporados en el Anexo N0.5 y en las EspecificacionesTécnicas de los Servicios de Consulta Externa descritos en el Anexo No.10.

La oferta técnica del personal para la atención directa, deberá especificar lan-distribución de la jornada de atención (44 horas semanales). Especificando entreotras, tiempo disponible para consulta, tiempo administrativo, tiempo decapacitación en apego con los lineamientos Institucionales.

Como parte integral de la solución aportada por el proveedor, deberán considerarse losaspectos de índole informático que intervengan en la función operativa de los procesosasociados con el objeto de contratación. En ese sentido durante todo el proceso de vigenciadel contrato aplicaran las consideraciones respecto a Sistemas de Información incorporadasen el Anexo Nº9.

Población:o-Si durante la vigencia del contrato, producto de factores relacionados con el incrementopoblacional, condiciones socio demográficas de la población y de una adecuada eficienciaen la prestación de los servicios, se genera a criterio de la CCSS la necesidad deincrementar o disminuir el número de EBAIS, la institución por medio del Administradordel Contrato podrá solicitar al proveedor la apertura o cierre de los EBAIS que sejustifiquen según estudios técnicos realizados por la Dirección de Proyección de Serviciosde Salud de la CCSS, debiendo el mismo implementar las acciones requeridas en recursohumano, equipamiento e infraestructura con la finalidad de proceder a dicha apertura ocierre. El plazo para realizar estas acciones será acordado por las partes.

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En caso de necesidad de incrementar el número de EBAIS, si el proveedor logra acreditarante el Administrador del Contrato la inexistencia de infraestructura disponible para laubicación de los nuevos EBAIS, el proveedor deberá presentar un plan de contingenciapara la puesta en funcionamiento de los servicios ampliados con la infraestructuradisponible, incluyendo un cronograma de las acciones a realizar, el plan requerirá de laaprobación de la Dirección de Arquitectura e Ingeniería y del Administrador del Contrato.

De existir la imposibilidad por parte del Proveedor de contar con todos los elementos derecurso humano, infraestructura y equipamiento para los nuevos EBAIS en el plazoconvenido, el Administrador del Contrato podrá variar razonablemente este plazo segúncriterio de órganos competentes. El pago del nuevo servicio se reconocerá a partir delinicio de la prestación efectiva, previa verificación por el Administrador del Contrato.

Para los efectos de la ejecución del contrato, en la determinación de las poblacionesadscritas a cada Área de Salud, se utilizarán las proyecciones de población oficiales delpaís las cuales deberán ser emitidas por el ente oficial Institucional designado para tal fincon base en la población emitida por el Instituto Nacional de Estadística y Censos INEC.

S4.21.2.obre la estructura administrativa y funcional.

El adjudicatario deberá mantener durante toda la ejecución del contrato laA.estructura funcional y la organización ofertada de las respectivas áreas de salud,atendiendo el marco jurídico vigente, así como las leyes conexas que regulan elsistema nacional de salud en la prestación de servicios brindados por la CCSS. Encaso de cambio de modelo ante disposición institucional, el Administrador delContrato comunicará formalmente la disposición y negociará el plazo en el cual elcontratista estará obligado a acatar la misma, de igual manera, los ajustesnecesarios.

El contratista deberá comunicar a la Contraloría de Servicios y al AdministradorB.del Contrato por distintos medios tecnológicos (e-mail, vía telefónica o fax segúncorresponda) asuntos excepcionales o cualquier otra actividad que sea de interésdirecto al usuario que implique un cambio en la atención de los servicios queofrece, los horarios de atención al público y los nuevos programas a desarrollar, aefectos de mantener informado al usuario y favorecer el acceso de los mismos, sinque ello implique un menoscabo de los servicios que está obligado a prestar.

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4.22.

SISTEMA DE SEGURIDAD Y VIGILANCIA

Ca.omo parte de los requerimientos a implementar en todas las unidades de prestaciónde servicios a los usuarios, el contratista deberá contemplar un sistema deseguridad, vigilancia y limpieza, proporcional a las características del centro desalud y que brinde una adecuada protección a los usuarios de los servicios. Comoparte de los criterios para determinar la racionalidad y proporcionalidad de lossistemas de seguridad y vigilancia contemplados, sin que ello implique agotar loscriterios a considerar, se encuentran:

El respeto de aspectos propios de la intimidad de los usuariosb.

Deberá cumplir los lineamientos de la Ley 7600 Ley de Igualdad de Oportunidadesc.a las personas con discapacidad, la Ley 7935 Ley de Protección al Adulto Mayor, laGuía Práctica de Accesibilidad para todos de la Dirección de MantenimientoInstitucional, Gerencia de Infraestructura y Tecnologías y la Guía para laEvaluación de Infraestructura a alquilar por la CCSS.

La seguridad en función de cantidad de usuarios que tienen acceso a los lugaresd.destinados por el contratista para la prestación de los incluidos en el objetocontractual.

Para las áreas de Salud y núcleos donde se de custodia de medicamentos e insumos,e.se requiere de la dotación de sistemas de seguridad que garanticen el resguardo delos bienes antes descritos. Ante pérdida o robo, el adjudicatario asumirá la plenaresponsabilidad sobre lo custodiado. Para ello deberá suscribir póliza contra roboante entidad acreditada para los efectos, y no menor al valor de dos meses delinventario promedio mensual.

4.23.

RESPONSABILIDAD LABORAL

Para todos los efectos laborales y administrativos, así como para cualquier otro derivado dela normativa legal, el contratista ostentará la condición de PATRONO del personal que ensu representación participe en la administración y prestación de los servicios, y en talcondición, asumirá el cumplimiento de las obligaciones derivadas de la prestación deservicios, incluyendo al respecto: salario, derechos laborales, beneficios sociales,

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aseguramiento y cualesquiera otra que le resulten obligatorias conforme a la legislaciónvigente en Costa Rica.

Asimismo, asumirá cualquier responsabilidad frente a terceros por los daños y perjuiciosderivados en el ejercicio de sus funciones. Dicha obligación se hace extensiva a la figura dela subcontratación.

Como parte de las responsabilidades contempladas en el presente apartado, el contratistadeberá asumir el cumplimiento de las siguientes obligaciones:

Póliza de Responsabilidad Civil:4.23.1.Como garantía de los daños y perjuicios ocasionados con responsabilidad civil, moral omaterial durante la ejecución del contrato a los usuarios de los servicios, suscrita anteentidad competente. El contratista deberá contar con una póliza de responsabilidad Civilque cubra el 2% del monto económico equivalente a un año de todo el periodo contratado,debiendo reajustarse la misma, en caso de modificación de las condiciones económicas dela contratación. Esta póliza deberá ser renovada durante la vigencia del contrato porperiodos de un año, lo que deberá cumplir en los dos meses anteriores a su vencimiento.

Póliza de Riesgos de Trabajo:4.23.2.Para la protección de los trabajadores contratados por el oferente en el ejercicio de susfunciones, de conformidad con la legislación vigente.

Aseguramiento obligatorio con la Caja Costarricense de Seguro Social:4.23.3.

De todo el personal contratado por el oferente en forma temporal o permanente para laprestación de los servicios de salud.

4.24.

HORARIOS DE ATENCIÓN

El contratista se compromete a cumplir con los horarios de atención en las Sedes de ÁREAy las Sedes de EBAIS, para la atención integral en salud en un primer nivel de atención ala población adscrita en cada Área de Salud contratada, lo que incluye entre otros, losservicios médicos, enfermería, trabajo social, nutrición, psicología, odontológicos,laboratorio clínico, farmacia, así como los servicios auxiliares subcontratados segúncorresponda. El horario será el siguiente:

SEDES DE ÁREA, SEDES DE EBAIS Y SERVICIOS DE APOYO:4.24.1.

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Lunes a Jueves: 7 a.m. a 4 p.m.Viernes: 7 a.m. a 3 p.m.

Para cumplir con el horario establecido, el contratista debe asegurar que la prestación delos servicios no se vea disminuida o afectada de forma alguna por ausencias,incapacidades, vacaciones, permisos y otros siendo obligación del contratista establecer lasmedidas necesarias para la sustitución del personal, salvo situaciones de fuerza mayor ocaso fortuito, las cuales serán debidamente analizadas por el Administrador del Contrato deacuerdo al informe que rinda el contratista. Cuando se presenten situaciones imprevisiblesserá necesario que el contratista comunique oportunamente dicha situación al administradordel contrato para que éste tome las medidas pertinentes.

S4.25.USTITUCIÓN DEL PERSONAL

Es obligación del contratista contar con el recurso humano necesario para realizar lassustituciones de forma inmediata del personal que presta servicios de atención directa enlas Áreas y deberá sustituir el 100% del personal de todas las Sedes de EBAIScontratadas. Lo anterior con el fin de suplir vacaciones, permisos, licencias, incapacidadesde los empleados. Todo lo anterior con el ánimo de no ocasionar alteraciones en lacontinuidad de los servicios de atención.

La prestación de los servicios de salud contratados en los horarios de atención y con losparámetros para el cumplimiento de las actividades, no se podrá ver disminuida o afectadaen forma alguna por motivo de ausencias, incapacidades, vacaciones, permisos y otrosimprevistos, siendo obligación del Contratista establecer las medidas necesarias para lasustitución del personal. Por lo anterior, el contratista deberá especificar en su ofertatécnica como será sustituido dicho personal. Además de especificar la distribución deltiempo de todo el personal especificando tiempo de atención directa, capacitación,reuniones y todas las actividades incluidas en el horario y que son de interés de la CajaCostarricense de Seguro Social.

En caso fortuito o fuerza mayor e Imprevisibilidad: En caso de fuerza mayor,incapacidades, imprevistos el contratista deberá demostrar que no puede hacer lasustitución el mismo día del imprevisto, por lo que en estos casos se aceptará la sustitucióna partir del segundo día.

4.26.

INFRAESTRUCTURA, EQUIPAMIENTO Y MANTENIMIENTO.

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INFRAESTRUCTURA4.26.1.

Ea.l contratista está obligado antes de la apertura de los servicios, a garantizar que lainfraestructura cuente con la habilitación por parte del Ministerio de Salud y a cumplircon los requerimientos técnicos que establece la CCSS, para su funcionamiento,mediante los mecanismos administrativos y legales que procedan al efecto, quedandosujetos a los criterios técnicos y regulaciones establecidas en el contrato y deberáncumplir con la normativa legal vigente para tales efectos. (Colegios profesionales,municipalidades entre otros). La Habilitación de la infraestructura se regirá por loestablecido en la Ley General de Salud y la normativa vigente en el Ministerio deSalud así como las disposiciones que emane la Gerencia de Infraestructura yTecnología

Db.urante la ejecución del presente contrato, la Dirección Regional Central Sur, verificarála idoneidad de las Sedes de Área y EBAIS, en conjunto con la instancia que determinela Gerencia de Infraestructura y Tecnología, mismas que deberán contar con lasdimensiones adecuadas de las áreas de trabajo, los servicios básicos, proceso deeliminación segura de los desechos peligrosos (de acuerdo con las normasinstitucionales), iluminación, humedad y ventilación adecuada de los espacios físicosy lo correspondiente al cumplimiento de las disposiciones de la Ley 7600 (LeyIgualdad de Oportunidades para las Personas con Discapacidad).

Lc.a infraestructura aportada por el contratista según cada Área de Salud, deberá contarcon área exclusiva para el Servicio de Farmacia. Asimismo, cada Sede de EBAIS debecontar espacio físico exclusivo para la entrega de medicamentos. Las instalaciones decada servicio de farmacia, debe disponer de áreas debidamente delimitadas parapreparado de medicamentos, revisión, alistado de recetas, registro, digitación, soporteadministrativo, Bodega de medicamentos y un área de atención al cliente externo deun solo nivel, de fácil acceso de manera que garanticen a la persona usuaria laoportunidad, calidad y seguridad del servicio otorgado.

Ld.a ubicación diseño y dimensiones de las diferentes áreas del Servicio de Farmacia,deben estar acordes al volumen de operaciones, cantidad y clase de productos amanejar, para lograr la mejor conservación, seguridad y la óptima utilización delespacio; según lo estipulado en la normativa institucional vigente en esta materia,cumpliendo los requerimientos mínimos establecidos en el Anexo Nº 13.

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Ee.n cada sede el contratista debe disponer un área aparte para servicio de inyectables,electrocardiografía, cirugía menor, disponer un lugar para la atención inmediata desoporte básico de paciente, curaciones asépticas, sépticas, otra para vacunatorio, unapara curaciones y otra para nebulizaciones. Todas las sedes de EBAIS deberándisponer de un área de atención inmediata para soporte básico de pacientes y elequipamiento correspondiente.

Pf.ara las tres Áreas de Salud, sólo se incrementará o disminuirá el número de EquiposBásicos de Atención Integral en salud (EBAIS) durante la ejecución del contrato, deconformidad con cambios poblacionales con base en los estudios realizados por laDirección de Proyección de Servicios de Salud de la CCSS y previo aval delAdministrador General del Contrato en conjunto con el Administrador técnico yadministrativo local y en plena armonía con la normativa nacional vigente.

TABLA INFRAESTRUCTURA4.26.2.

El contratista deberá aportar además de la información solicitada un cuadro resumen deinfraestructura por Área de Salud, la cual al menos debe de tener la siguiente información:Área de Salud, Núcleo, Número de Finca, Área disponible, Ubicación, Condición delinmueble: alquilado, de su propiedad, Propietario, fuente, costo del contrato, fecha deinicio y finalización del contrato, número de habitantes del nucleó.

ÁREA DE SALUD DE MONTES DE OCA.4.26.1.1.El contratista deberá tener mínimo 4 núcleos para 12 sectores o EBAIS, con base en la resectorización. En el anexo No.8 “Resectorización” están descritos los sectores a considerar.

AREA DE SALUD CURRIDABAT4.26.1.2.Al igual que en el caso anterior, el contratista deberá ofertar mínimo 5 Núcleos para 14sectores o EBAIS, con base en la re sectorización. En el anexo No.8 “Resectorización”están descritos los sectores a considerar.

ÁREA DE SALUD SAN JUAN-SAN DIEGO- CONCEPCIÓN.4.26.1.3.El Contratista deberá ofertar mínimo 3 Núcleos para 10 Sectores o EBAIS, con base en lare sectorización. En el anexo No.8 “Resectorización” están descritos los sectores aconsiderar.

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USO DE LAS INSTALACIONES4.26.3.

Las instalaciones contratadas no podrán ser utilizadas para un uso diferente al objeto deesta contratación. Esta prohibición rige aun cuando las actividades efectuadas por elcontratista sean fuera de los horarios de atención a los usuarios.

4.27.

EQUIPAMIENTO PARA LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS

Será responsabilidad del contratista disponer durante todo el periodo de la contratación delequipamiento necesario para la adecuada prestación de los servicios integrales de salud.

El contratista está en la obligación de proveer el equipo y mobiliarios conforme con elPerfil de primer nivel de atención y el Cuadro Básico de Equipamiento que se describen enel ANEXO 4, que incluye el equipo y mobiliario para núcleos de EBAIS; así como elequipamiento correspondiente para la atención inmediata del soporte básico de pacientes;(equipo de parto, tabla cardiológica, nebulizador, cilindro de oxígeno con regulador yhumedecedor, botiquín de paro, oxímetro de pulso, naso cánulas y mascarillas paranebulización y administración de oxígeno neonatales, pediátrica y de adultos, cuello deThomas y férulas de diversos tamaños) que permita brindar el soporte básico requerido.

El contratista podrá suplir equipamiento de avanzada siempre y cuando cumpla con lasespecificaciones técnicas para brindar la atención a contratar. Si el equipamiento ofertadoes tecnológicamente y de calidad superior al dispuesto en el anexo 4 el mismo seráevaluado por ente competente para su respectivo aval.(Farmacia, odontología, laboratorio,informática entre otros)

De acuerdo a la centralización de servicios y/o distribución de infraestructura, si elcontratista propone cambios en el equipamiento y/0 infraestructura los mismos deberán serdescritos explícitamente en la oferta técnica, poniendo en un cuadro lo solicitado por lanorma y a la par lo ofertado por el contratista.

MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO DEL EQUIPO4.27.1.

El contratista deberá cumplir al menos con los lineamientos establecidos en el documentodenominado “Guía para un Programa de Mantenimiento en las Unidades de la CCSS”,Anexo N. 3. Para ello deberá cumplir, entre otros, con lo siguiente

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Brindar el mantenimiento preventivo y correctivo que requiera el mobiliario o equipo,a.a fin de garantizar su mejor estado de conservación y funcionamiento, cumpliendo conlas normas de higiene, esterilidad, y ambiente necesarios para la seguridad deusuarios(as) y trabajadores(as).

Es responsabilidad del contratista disponer de un Plan de Mantenimiento para elb.equipamiento que utilice para brindar los servicios contratados por la CCSS y calibrarlos equipos que así lo requieran sin perjuicio de las labores de fiscalización que sonresorte de la Administración.

El contratista asumirá por su cuenta los costos de mano de obra y el suministro dec.todos los insumos, repuestos, partes y materiales que sean requeridos en la aplicaciónde dicho Plan con el fin de garantizar el funcionamiento seguro, continuo y económicode los equipos, mobiliario, edificios e instalaciones electromecánicas.

Deberá tenerse un procedimiento para atender eventos especiales o de fuerza mayord.que pueden suceder de forma inesperada y por su naturaleza deben atenderse de formaurgente e inmediata El procedimiento deberá presentarse al Administrador delContrato dos semanas después de haberse notificado la fecha de inicio de lacontratación para su debida valoración y aprobación. El Administrador contará conigual plazo para realizar las observaciones que correspondan o su respectivaaprobación. En caso de que se realicen observaciones el contratista contará con elplazo improrrogable de 5 días hábiles para atenderlas.

Durante todo el periodo de contratación, el equipamiento deberá mantenerse ene.óptimas condiciones de funcionamiento.

Deberá sustituir los equipos que el Administrador del contrato y/o el Contratista,f.previo criterio de los órganos técnicos de la CCSS, determinen que agotaron su vidaútil o que pese al mantenimiento vean comprometida su funcionalidad. Para lo anteriorel Administrador del Contrato deberá comunicar las razones por las que se considera lasustitución, modo y plazo para su materialización de acuerdo con el cronogramapresentado por el Contratista y aprobado por el Administrador del Contrato.

En general, el equipo debe estar en buen estado, en línea de producción. Su vida útilg.debe ser igual o mayor al período de garantía de suministro de repuestos detallado enla especificación técnica de cada equipo.

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Las actividades de mantenimiento preventivo a ejecutar, están definidas en manuales yh.guías de mantenimiento establecidas. Todas descritas en el Anexo 3: “Guía para unprograma de mantenimiento en las Unidades de la CCSS”.

Es deber del contratista presentar de manera semestral, contado el periodo a partir deli.inicio de la ejecución del contrato, los reportes de la implementación del Plan deMantenimiento conforme con el Calendario de Actividades a realizar de su parte.

USO DEL EQUIPAMIENTO4.27.2.

El equipo no podrá ser utilizado para un uso diferente al objeto de esta contratación. Estaprohibición rige aún cuando las actividades efectuadas por el contratista, sean fuera de loshorarios de atención a los usuarios y durante toda la ejecución del contrato.

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Medicina Familiar y Comunitaria **

Enfermera Licenciada 1.

Psicólogo Clínico ( licenciado)

Médico Director

4.28.

RECURSO HUMANO

EQUIPO DE APOYO4.28.1.

Cada sede de Área deberá contar con un equipo de apoyo, cuya integración y cantidad sedeterminan a continuación.

Promotor de la Salud

Profesional ( licenciado) en Trabajo Social

* La cantidad de recurso humano para área, EBAIS, servicios de apoyo y equipo de apoyose encuentra especificada en el Anexo N° 12.

** En caso de inopia demostrada por el contratista del Médico Especialista en MedicinaFamiliar y Comunitaria, el contratista deberá justificar la contratación de un médicoespecialista en Salud Pública, Epidemiologia o Gestión Administrativa de Servicios deSalud. Esta situación deberá asumirse como temporal, en tanto se resuelve la contratacióndel Médico especialista en Medicina Familiar y Comunitaria.El perfil del personal profesional, técnico y administrativo propuesto por el contratista,debe de ser homologado con el perfil de puestos descrito en el Manual Descriptivo dePuestos de la Caja Costarricense de Seguro Social.

Actividades esenciales del Equipo de Apoyo serán las siguientes:

Enfermera Licenciada 3

Profesionales de Apoyo*

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Nutricionista Licenciado

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Establecer estrategias que favorezcan el desarrollo de trabajo en equipo, a fin dea.propiciar un ambiente laboral óptimo, con el objeto de contribuir a la calidad deatención integral de la salud.

Consolidar, analizar y priorizar los problemas de los diferentes EBAIS del Área deb.Salud partir del ASIS, para orientar la toma de decisiones en el proceso deplanificación local.

Participar en la elaboración y la supervisión del Plan de Gestión Local de Salud dec.cada una de las áreas de salud, a partir de los problemas priorizados en el ASIS delárea, y la situación epidemiológica regional y nacional, con el fin de orientar laatención integral a las personas, mediante el uso racional de los recursos existentes.

Supervisar y asesorar a los EBAIS respectivos en sus funciones a partir de los planesd.operativos y prioridad es locales, de área, regionales y nacionales a fin de lograr elcumplimiento de los objetivos y metas planteadas.

Brindar apoyo técnico y participar directamente en el desarrollo de acciones para lae.atención integral a la salud en los diferentes ambientes humanos (familiar, comunal,educativo, laboral y los servicios de salud) a partir del proceso de planificación de losEBAIS y las prioridades locales, regionales y nacionales con los recursos existentes,para mantener y mejorar la salud de la población.

Realizar el seguimiento, control y evaluación de la gestión mediante los indicadores def.eficiencia, eficacia, efectividad y calidad definidos por la CCSS para adecuar yreorientar las acciones en salud, según Anexo 15: Instrumentos de Verificación yEvaluación”.

Elaborar, con base en un diagnóstico, un plan de educación permanente del recursog.humano.Recolectar, registrar, consolidar y analizar información del área local pertinente para elh.sistema de información en salud, a partir de la metodología institucional y nacionaldefinida, a fin de alimentar el sistema de información en salud institucional y nacionaly apoyar la toma de decisiones en los diferentes niveles de gestión.

Promover, asesorar y participar en investigaciones operativas a partir de lasi.necesidades planteadas a fin de orientar los procesos a nivel local.

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Prestar atención directa a los pacientes referidos por parte de los Equipos Básicos dej.Atención Integral (EBAIS) y tramitar las contra referencias de los mismos de acuerdocon la especialidad.

Promover la participación de los diferentes actores sociales en el análisis,k.planificación, ejecución y evaluación de los procesos locales, de acuerdo con lasnecesidades detectadas, a fin de favorecer la participación social.

Participar en el diseño y ejecución de un programa de educación en salud dirigido a lal.población adscrita a cada área de salud, con énfasis en la prevención de la enfermedady promoción de la salud, a partir de los problemas y necesidades detecta das en elASIS, con el fin de favorecer los estilos de vida saludable.

Coordinar programas y proyectos que favorezcan la prestación integral de los serviciosm.de salud, con la finalidad de mantener y mejorar la salud de la población del Área.

Participar en todas aquellas actividades, comisiones, reuniones que programe lan.Dirección Regional de Servicios de Salud Central Sur y otras instancias de la CCSSdonde se requiera su presencia.

Participar activamente en los procesos de evaluación y supervisión, que requierao.cualquier instancia institucional, de acuerdo con su disciplina o especialidad.

Supervisar el acatamiento de las recomendaciones técnicas.p.

RECURSO HUMANO REQUERIDO PARA EL EQUIPO BÁSICO DE4.28.2.ATENCIÓN INTEGRAL EN SALUD.

Ea.l personal que fuera asignado por el contratista en la prestación de los servicios, deberáestar legalmente facultado para el cumplimiento de las labores que les sean asignadas,lo que implica poseer el perfil de puesto necesario. Será obligación del contratistautilizar para la prestación de los servicios el personal incorporado a colegiosprofesionales, cuando este requisito sea obligatorio para el ejercicio de la profesión otecnicidad.

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Eb.l Contratista deberá presentar ante el Administrador del Contrato, la certificaciónoriginal del Colegio Profesional respectivo, del personal contratado para la prestacióndel servicio. Los Directores de Área y personal de Enfermería 3, deberán contar congrado académico de maestría en Administración de Servicios de Salud o su equivalentey con una experiencia no menor en puestos de Dirección, para ello deberá aportar ladocumentación que acredite experiencia positiva, mediante documento emitido porentidad competente.

Cc.uando se deban realizar sustituciones de personal de forma temporal o permanente elcontratista deberá garantizar que cumple con las mismas condiciones del personalsustituido de acuerdo a los alcances del presente cartel.

Dicha información deberá ser puesta a disposición del Administrador del Contratoantes de incorporación a planilla de la empresa y antes de realizar las laboresencomendadas, para su respectiva valoración y aprobación. En caso de que laAdministración considere que el personal no cumple con las condiciones aquí descritasel contratista deberá proponer una nueva alternativa que igualmente será valorada porel Administrador del Contrato y deberá para su implementación contar con surespectiva aprobación.

Ed.n las Sedes de EBAIS desconcentrados, se dispondrá de personal de farmacia para elrecibo de recetas y entrega de medicamentos preparados y empacados a los usuarios.Dicho personal estará ubicado en cada una de las Sedes existentes y las que a futurolleguen a establecerse, a razón de un funcionario por cada sede de Núcleo, a tiempocompleto.

Ee.l recurso humano contratado por el contratista no podrá laborar en el mismo horario,con cualquier otra institución pública o privada.

Ef.l personal contratado deberá seguir la normativa vigente respecto a la presentaciónpersonal y utilización de uniforme de acuerdo al puesto, y portar el gafete deidentificación con la foto, nombre y número de cédula que deberá proveerle elcontratista.

Eg.l contratista deberá garantizar que todo el personal de atención directa al público

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contará con capacitación en servicio al cliente. La certificación correspondiente deberáser extendida por quien impartió la capacitación y debe contener los temasdesarrollados, duración del curso y el nombre del profesional que lo impartió. Dichainformación deberá ser puesta a disposición del Administrador Local Administrativodel Contrato cuando así lo requiera en sus labores de fiscalización.

Los requerimientos de recurso humano para la prestación de servicios en el primerh.nivel de atención en las áreas de salud de Montes de Oca, Curridabat y San Juan- SanDiego- Concepción, se encuentran descritas en el anexo Nº12.

Li.a CCSS se reservará el derecho de pagar únicamente los servicios prestados, por lo queautomáticamente se hará la deducción de la factura mensual correspondiente de todoslos servicios omisos de prestación.

I4.29.NDUCCIÓN, CAPACITACIÓN Y FORMACIÓN

INDUCCIÓN:4.29.1.

El contratista debe contar con un programa de educación continua para todo el personaltécnico y profesional bajo su responsabilidad, el cual debe basarse en las necesidades delpersonal, usuarios y de la Institución. La CCSS se reserva el derecho de verificación de laeducación impartida.En aquellos casos en que la CCSS lo considere necesario, se podrá invitar sin costo alguno,a los funcionarios respectivos del proveedor, para que participen en las actividades deactualización y /o inducción de aquellos temas de interés Institucional, que tengan relacióncon la prestación de los servicios contratados.Bajo situaciones excepcionales y cuando la inducción sea de carácter obligatoria y deinterés Institucional, el proveedor deberá plantear ante el Administrador del Contratoprevio a la inducción, la propuesta de organización de manera que los servicios de salud nose vean afectados. El administrador del contrato tendrá la potestad de avalar o no aceptar,la propuesta según lo considere.

CAPACITACIÓN:4.29.2.

En caso de capacitaciones los costos de la misma, deberán ser asumidos por el Contratista.Lo anterior con base en el oficio DJ.4900-2010 y el Artículo Sexto de la Sesión Número

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1291-04 celebrada por el Consejo Asesor de la Dirección Jurídica el 9 de noviembre del2004 y/o la normativa vigente.

FORMACIÓN4.29.3.

En lo referente a los Auxiliares de REDES, para efectos de la presentación de la oferta ydel inicio de ejecución del contrato, este perfil se considera equivalente con el de oficinista.Sin embargo, el Contratista tendrá la obligación en el plazo que la CCSS establezca alefecto a partir del inicio de la ejecución del contrato de que todo el personal contratadopara esta labor se encuentre capacitado mediante el curso de auxiliares de REDES.

En caso que el contratista no cuente con auxiliares de enfermería por inopia del mercadodebidamente comprobado por el Colegio profesional respectivo, la formación se realizarápor parte del CENDEISSS, debiendo coordinarse con el contratista lo referente a losaspectos administrativos y económicos de la formación, previa notificación alAdministrador del contrato.

Si de forma previa o durante la ejecución del contrato el contratista demuestra ante elAdministrador del Contrato inopia de Auxiliares de Enfermería, ATAPS y Auxiliares deREDES y además aporta certificaciones del personal matriculado en los procesos deformación, y dada la imposibilidad de contar con la totalidad del personal establecido en elcartel deberá de someter a aprobación ante el Administrador del Contrato un plan para laejecución de las acciones del personal faltante durante el periodo de formación, el cual parasu aprobación deberá garantizar la atención de todos los usuarios del Área de Saludcontratada en las mismas o mejores condiciones. El contratista deberá comunicar éstasituación formalmente, junto con el plan de contingencia al respecto, en un plazo no mayorde tres días hábiles. Dicho plan deberá ser aprobado por el Administrador del Contrato enun plazo no mayor de tres días hábiles.

4.30.

DE LOS INSUMOS MÉDICOS Y MEDICAMENTOS:

La Gerencia de Logística proveerá los medicamentos almacenables de primer nivel deatención que permitan atender la demanda generada a nivel local. Adicionalmente proveerálos medicamentos almacenables de segundo nivel de atención que se requieren paragarantizar el oportuno tratamiento prescrito en un nivel de mayor complejidad,  de formaque se satisfaga la demanda de tales tratamientos en consonancia con el cumplimiento delos lineamientos técnicos definidos institucionalmente para su despacho, previo análisis delpresupuesto de despacho presentado por la empresa contratista,  para lo cual se explorarántodas las alternativas ordinarias de adquisición.

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De manera excepcional se autorizará la compra de medicamentos e insumos necesarios através del centro de salud de referencia institucional (segundo nivel de atención) al que seencuentran adscritas las Áreas de Salud a las que se pretenden solventar los servicios desalud a través del presente contrato, siempre que se demuestre que se trata demedicamentos NO LOM que por su naturaleza y las variables administrativas definidas porla Gerencia,  no existe posibilidad material de ser susceptibles de consolidación por el nivelcentral.

En todos los casos que se pretenda adquirir medicamentos NO LOM dicha adquisición seregirán por los procedimientos institucionales vigentes.

La Gerencia de Logística en conjunto con la Gerencia Médica y el contratista deberándeterminar el procedimiento para el respectivo control de inventarios.

RESPONSABILIDADES SOBRE LA CUSTODIA, ALMACENAMIENTO Y4.30.1.DISTRIBUCIÒN DE LOS INSUMOS, IMPLEMENTOS Y MEDICAMENTOSSUMINISTRADOS POR LA CCSS.

El contratista se compromete a programar, planificar y solicitar los insumos y1.suministros siguiendo la normativa ante la Sub área de Programación CCSS, losinsumos, implementos y medicamentos categoría Almacenable, de manera que cadaproducto responda a las necesidades reales de las Áreas de Salud de Montes de Oca,Curridabat y San Juan, San Diego y Concepción de la –Unión de Cartago, ajustándosea los criterios legales, técnicos, farmacéuticos, médicos y presupuestarios de la CCSSy cumpliendo los estándares institucionales de calidad, oportunidad y racionalidadpara asegurar la continuidad del servicio a las personas usuarias.

El contratista se compromete a dotar de la infraestructura necesaria, misma que estará2.acorde al nivel del inventario de cada área de salud, donde se garanticen las sanasprácticas para la administración de inventarios, sistemas de rotación, apilamiento,cantidad, entre otras e infraestructura que asegure el resguardo de los bienesinstitucionales tales como iluminación, pisos, seguridad de acceso restringido,anaqueles, rotulación, condiciones eléctricas, entre otras.

El personal encargado de la bodega, deberá cumplir con la normativa y sistemas de3.información institucionales para la gestión de dotación e inventarios. En el momento

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en el que la CCSS pueda suministrar este personal, se coordinará previamente lasustitución. Respecto al recurso humano de bodeguero, si la bodega de medicamentos,insumos y suministros es centralizada, la misma podría tener un solo bodeguero conun asistente, si la bodega de medicamentos está separada de las otras bodegas setendrá que tener un bodeguero en cada una de las bodegas.

Queda totalmente prohibido al Contratista destinar los materiales, suministros y4.medicamentos a fines distintos a la prestación de servicios de salud contratados, encaso de incumplirse con esta última condición, la CCSS tomará las medidassancionatorias administrativas, penales y pecuniarias correspondientes.

En caso excepcional, fuerza mayor u otra causa, en que la CCSS considere le venda5.cualquier insumo, suministro y/o medicamento que el Almacén General y o otraInstancia Institucional, le, la nutrición CCSS cobrará el porcentaje de gastosadministrativos vigentes al momento de la compra.

En caso de desabastecimiento a nivel Institucional deberá contarse con el visto bueno6.respectivo por parte de la Caja, previo al trámite de compra a otros proveedores.

En cumplimiento del objeto contractual, para la atención de situaciones extraordinarias7.que afecte a la población asignada, en que la CCSS le solicite al contratista suparticipación, el contratista debe cumplir con la normativa institucional y apegarse alprocedimiento establecido por la C.C.S.S, denominado Anexo No. 16 denominado“PROCEDIMIENTO PARA LA ATENCIÓN DE GASTOS EXTRAORDINARIOSA CONTRATISTAS EXTERNOS EN SALUD”.

Para lo anterior la CCSS reconocerá al contratista, la suma que resulte razonable yprocedente por los gastos que deba enfrentar, previa presentación del reclamoadministrativo ante el Administrador del Contrato. Para lo anterior se debe haceracompañar el reclamo de la documentación y respaldo correspondiente y estarse a losprocedimientos institucionales establecidos al efecto.

El Área de Almacenamiento y Distribución mantendrá registros separados de losmedicamentos e insumos entregados al contratista diferenciando entre ellos losdespachados para la provisión ordinaria de los servicios de salud y los despachados para laatención de situaciones extraordinarias en las que la CCSS le solicite participar.

5.

PROGRAMAS DE EDUCACIÓN E INFORMACIÓN A LOS USUARIOS

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El contratista deberá presentar un programa de educación dirigida a los usuarios externos einternos, personal técnico y profesional a fin de garantizar la educación, de maneracontinua dirigida a los usuarios. Dichos programas deberán ser impartidos por personalprofesional y se debe llevar el registro de los asistentes a la actividad, con el respectivotema de la educación que se impartió. La Institución se reserva la potestad de verificar esteplan de acción en el momento que así lo requiera.

M6.ODIFICACIÓN UNILATERAL DEL CONTRATO

Si durante la ejecución del contrato se evidencian variaciones significativas de lasproyecciones poblacionales efectuadas, el contratista se compromete a variar la ofertaoriginal en la proporción que corresponda para ajustarse al rango técnico recomendado, demanera que todo reconocimiento económico por este concepto afectará directamente lascondiciones técnicas y de funcionamiento ofertadas, condiciones que deberán serformalizadas por las partes mediante la suscripción de adenda al contrato, bajo las reglasdel artículo 12 de la Ley de Contratación Administrativa y artículo 200 de su Reglamento.

La Caja podrá autorizar la apertura de nuevas instalaciones con base en circunstanciascalificadas debidamente fundamentadas por el contratista y avaladas previamente por lasinstancias técnicas competentes de la CCSS, con el reconocimiento económico que ellopueda implicar previo estudio de la Administración.

7.

CONTROL, EVALUACIÓN Y FISCALIZACIÓN

El contratista deberá ejecutar las acciones que fuesen necesarias para atender, en los plazosdispuestos por la Administración las indicaciones que sean emitidas por la Caja, elMinisterio de Salud, la Contraloría General de la República y la Auditoría Institucional enel ámbito de sus especiales competencias y facilitará el ejercicio legítimo de suspotestades, en labores de rectoría, control y supervisión en la conducción de la políticanacional de salud, o de fiscalización en el uso de fondos públicos, que le resulten aplicablesa la prestación de los servicios contratados.

De la Gestión y Administración del contrato:7.1.

Las Unidades técnicas señaladas por la Caja en relación con la gestión, administración,fiscalización, el control y la evaluación del contrato son:

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Órgano decisor del Contrato7.1.1.La Gerencia Médica en la persona del Gerente o en su defecto la Gerencia que se designeen la Institución, fungirá como órgano decisor del o los contratos, de acuerdo con losinformes de seguimiento técnico de ejecución que emita para ello el Administrador Generaldel contrato.

Administrador General del Contrato7.1.2.

La Dirección de Red de Servicios de Salud en la persona de su Director y/o la instanciatécnica que CCSS defina previa comunicación al contratista, será la encargada de lafiscalización del contrato y responsable de verificar el fiel cumplimiento de la contratación,tanto cualitativa como cuantitativamente.

Obligaciones y facultades del Administrador General del contrato7.1.2.1.

El Administrador del contrato, tendrá las siguientes facultades y obligaciones:

Notificar la orden de implementación y la orden de inicio de la ejecución del contrato.a.

Constituir un vínculo entre la CCSS y el contratista, en los aspectos relativos a lab.ejecución del contrato.

Adoptar las providencias necesarias para que el contratista cumpla con lasc.especificaciones y plazos establecidos en la contratación y demás obligacionesimplícitas en ésta y para cuyo caso deberá implementar un cronograma de inicio de laejecución contractual acorde con el plazo previsto para que el contratista disponga delinicio de la contratación

Presentar para aprobación de la Gerencia Médica, las propuestas referentes ad.modificaciones unilaterales del contrato, informe de disconformidades y posiblessanciones administrativas y/o pecuniarias que implique la conducta incumpliente delcontratista si las medidas preventivas y correctivas no han sido atendidas deconformidad.

Efectuar las coordinaciones para las adecuadas atenciones de las políticas ye.lineamientos en materia de salud emitidas por las autoridades del Sistema Nacional deSalud, que serán de acatamiento obligatorio para el contratista, en el tanto resultenaplicables al objeto contractual.

Recibir, revisar, autorizar y gestionar el trámite de las facturas para el pago, ordinario of.extraordinario del contratista, dentro de los plazos establecidos en la ley. Dicha revisióndebe contemplar la deducción de rubros por concepto de aplicación de cláusula penal omulta cuando sean aplicables.

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Dar trámite ante la unidad técnica competente a las peticiones de revisión de preciosg.que se presenten durante la ejecución del contrato.

Establecer las acciones necesarias en caso de ejecución de la póliza de responsabilidadh.civil.

Realizar las acciones de fiscalización y control permanente de la ejecución del contrato,i.para lo cual podrá solicitar a la Dirección Regional de Servicios de Salud Central Sur ya otras instancias técnicas de la CCSS, la ejecución de inspecciones y estudios queestimen pertinentes sobre las actividades del contratista, así como requerir de éstecualquier información pertinente para el cumplimiento de sus cometidos. Como partede las acciones de fiscalización deberá controlar los fondos disponibles en las cuentasasignadas para el pago de incapacidades, debiendo implementar las acciones necesariasde reforzamiento presupuestario si ello se hace preciso.

Autorizar a órganos técnicos de la CCSS, el acceso a las instalaciones e informaciónj.del contratista, con la finalidad de realizar las inspecciones y estudios indicados en elpunto anterior.

Recomendar, en forma motivada, la finalización anormal del contrato (rescisión ok.resolución contractual) cuando advierta que existe fundamento para ello y sin perjuiciode las recomendaciones y acciones que le son propias para alcanzar la correctaejecución contractual.

Verificar que de previo a la orden de inicio se cumpla con los permisos, licencias,l.estudios y en general cualesquiera otros requisitos previstos en el ordenamiento jurídicopara la ejecución del objeto contractual.

Adicional a lo anterior, téngase a lo dispuesto en el artículo 9 del Instructivo para lam.aplicación del Régimen sancionador a proveedores y contratistas de la CajaCostarricense del Seguro Social.

Así como cualquier otra actividad requerida para la correcta fiscalización de lon.contratado.

Otras Instancias de evaluación y fiscalización7.1.3.

El Administrador del Contrato en ejercicio de las facultades conferidas en el artículo 13 dela Ley de Contratación Administrativa, dispone de diferentes mecanismos para el control yverificación del objeto contractual según los documentos correspondientes al (Anexo No.15) “Instrumentos de Verificación”. Lo anterior sin detrimento de otros instrumentos quepara tal fin se establezcan.

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Se definen como órganos responsables de la fiscalización técnicos, entre otros a lassiguientes instancias:

La Dirección Regional de Servicios de Salud Central Sur:7.1.3.1.

Evaluará y verificará de acuerdo a los intereses institucionales, las actividades de atenciónintegral en salud contempladas en el Plan de Gestión Local en lo respectivo al Plan AnualOperativo, con los parámetros de producción definidos en dicho instrumento para surealización. Los resultados de la fiscalización y la evaluación serán remitidos alAdministrador General del contrato con el ánimo de que se tomen las medidas preventivasy correctivas para la correcta ejecución contractual.

La Dirección Institucional de Contralorías de Servicios de Salud:7.1.3.2.

Realizar evaluaciones anuales de satisfacción de las usuarias y los usuarios durantea.la vigencia del contrato, y extraordinariamente cuando la Caja lo considerenecesario.

Desarrollar acciones de control permanente en la calidad de los servicios brindados,b.lo cual incluye entre otros, los siguientes elementos: Horarios de Atención, Respetode los derechos del paciente, tiempos de espera de los usuarios (as) para recibiratención en los diferentes servicios, trato brindado a los usuarios (as) por parte delpersonal del contratista.

Las contralorías de servicios evaluarán la totalidad del centro, un servicio o unc.EBAIS en particular durante la vigencia del contrato según lo considere pertinente.Los resultados de estas evaluaciones serán comunicados al Administrador delContrato para que éste último los comunique al contratista y al órgano decisorcompetente. El contratista deberá presentar a la Contraloría de Servicios local y alAdministrador administrativo local del Contrato, en el plazo máximo de 22 días, unPlan de Mejora de aquellos elementos que en función de los aspectos económicos ydel objeto contractual resulta factible de mejorar y en donde las evaluacionespracticadas determinaron insatisfacción del usuario para que el mismoadministrador coadyuve en las labores de análisis del Administrador General delContrato. El contratista podrá solicitar con la presentación del plan una audiencia alAdministrador del Contrato para analizar el mismo, con la participación delfuncionario encargado de la contraloría de servicios asignado al Área de Saludrespectiva y el administrador administrativo o técnico del contrato segúncorresponda. El Administrador del Contrato podrá requerir al contratista lasaclaraciones y adiciones que estime pertinentes.

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El plazo máximo para la aprobación del plan de mejora, será de 15 días hábiles.d.Dicho plazo se interrumpirá cuando se solicite audiencia por parte del contratista obien la Administración formule adiciones o aclaraciones.

Deberá verificar el cumplimiento de los contenidos del Plan de Mejora,e.comunicando al Administrador del Contrato la omisión por parte del contratista deelaborar dicho instrumento, así como los resultados de las verificaciones efectuadassobre el cumplimiento de sus contenidos.

Para el cumplimiento de las acciones encomendadas a la Contraloría de Servicios,f.el contratista dispondrá de un funcionario, por Área de Salud, en calidad deContralor(a) de servicios. Es su obligación suministrar un espacio físico adecuadoen tamaño, privacidad, accesibilidad, información, para el cumplimiento de lasfunciones de este órgano. Cuando la CCSS disponga de plazas para la Contraloríade Servicios, la Institución procederá a contratar el personal respectivo, para loanterior deberá comunicar lo pertinente al menos con un mes de anticipación alproveedor.

La Junta de Salud:7.1.3.3.

Para los efectos de los artículos 2 a 5 de la Ley 7852 del 30/11/98 y Reglamento de lasJuntas de Salud y cumpliendo con las disposiciones vigentes tal como lo establece la Leyde Desconcentración de Hospitales y Clínicas de la CCSS, el contratista está en laobligación de conformar una Junta de Salud por cada Área de Salud. La Asesoría yGestión Legal Desconcentración y Juntas de Salud realizará la verificación semestral delcumplimiento de la Ley 7852 y de los siguientes aspectos:

Existencia de Junta de Salud en cada Área de Salud.a.

Las funciones y potestades conferidas por la Ley 7852 y su Reglamento.b.

Dirección de Coberturas Especiales:7.1.3.4.

Todo lo referido a la validación de derechos y facturación.

Dirección Financiero Contable:7.1.3.5.

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Le compete la verificación del fiel cumplimiento de los procedimientos de lasobligaciones de reintegro por el cobro de atenciones de servicios de salud.

MECANISMOS DE CONTROL7.2.

El contratista debe someterse a las normas de control interno emanadas por la C.C.S.S., enconcordancia con las normas de control interno de la Contraloría General de la República.Aceptará auditorías internas en su establecimiento, por parte de la CCSS o los órganosexternos que ésta defina.

Evaluación y control:7.2.1.

Si la CCSS cambia la modalidad o frecuencia le será comunicada al Contratista con unsemestre de antelación para que el contratista proceda según corresponda.

La misma se hará a través de la evaluación de las metas estratégicas anuales y del PlanGestión local.

El 100% de la evaluación anual comprende: el Plan de Gestión Local y las metasestratégicas de acuerdo a los lineamientos institucionales vigentes para el periodo aevaluar. Anexo No.7. Para dichos efectos el administrador realizará las comunicacionescorrespondientes.

Las Metas Estratégicas serán evaluadas por la Dirección de Compra de Servicios dea.Salud y el PGL por la Dirección Regional Central Sur.

Ambas instancias remitirán los resultados de la evaluación anual al Administrador delb.Contrato para consolidar la nota y que proceda según corresponda.

El resultado de la evaluación deberá ser entregado al administrador general delc.contrato máximo 45 días después de efectuada la misma.

Plan de Gestión Local7.2.1.1.

El Plan de Gestión Local se define como la articulación de las metas del Plan AnualOperativo, Compromiso de Gestión y Presupuesto en un único instrumento de gestión, elcual fue aprobado en el artículo 7, sesión 8306 el día 11 de diciembre del año 2008 por laJunta Directiva, e inició su implementación a partir del año 2009; con el fin de facilitar alas unidades del contratista que prestan servicios de salud, el suministro único de datossobre su quehacer, lograr un adecuado alineamiento entre planes y mejorar la construcción

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Curridabat

 

Montesde Oca

San Diego - SanJuan - Concepción

*1-01-01-1-1 Cobertura de personas de 20años y más sin diagnóstico previo deHipertensión Arterial, a las que se les toma lapresión arterial en los escenarios domiciliar,comunal y laboral.

IndicadorCódigo / Nombre

Área de Salud

 1-02-02-1-1 Cobertura de mujeres menores de35 a quien se le realizó al menos un PAP enlos dos últimos años (mujeres menores de 35años). 

de información útil, oportuna y veraz, dirigida a satisfacer las necesidades de los diferentesniveles de gestión, como a las entidades externas.

En el Plan de Gestión Local se operacionalizan las metas derivadas de instrumentos deplanificación de mediano y largo plazo, como son el PND, PEI, (Cuadro de MandoInstitucional y los Cuadros de Mando Gerenciales), Planes Tácticos Locales y otros planesrelacionados. Asimismo, se incorporan objetivos de mayor relevancia del quehacer diarioque permiten el cumplimiento de la misión y visión de la CCSS. Se anexan los lineamientosInstitucionales sobre el PGL.

Metas Estratégicas:7.2.1.2.

Metodología:

La Institución establecerá metas diferenciadas para cada área de salud, entendiendo que elcontexto social y demográfico de cada una de ellas es diferente, lo que tiene unarepercusión directa en la consecución de las metas estratégicas.Las metas estratégicas y el Plan de Gestión Local se negociarán con el futuro contratistaen el marco de la normativa Institucional y las metas vigentes al momento de iniciar elcontrato.

Propuesta de Metas Estratégicas en el marco de la nueva contratación.

1-02-02-1-1 Cobertura de mujeres de 35 años

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CANTONES MONTES DE OCA – CURRIDABAT – SAN JUAN, SAN DIEGO Y CONCEPCIÓN DE TRESRÍOS

1-04-05-1-1 Porcentaje de mujeresembarazadas con resultado y valoración delprimer VDRL

CurridabatMontesde Oca

y más a quien se le realizó al menos un PAPen los dos últimos años. (Mujeres de 35 años ymás).

San Diego - SanJuan - Concepción

1-04-06-1-1 Porcentaje de mujeresembarazadas con resultado y valoración delELISA para VIH.

Área de SaludPropuesta de Metas Estratégicas en el marco de la nueva contratación.

*1-05-07-1-1 Porcentaje de mujeres captadastempranamente en su período postnatal

1-03-03-1-1 Porcentaje de niños (as) menoresde unos años de edad atendidos, captadostempranamente en la consulta de atenciónintegral.

1-06-08-1-1 Cobertura de Atención Integral alAdulto Mayor *1-06-09-1-1 Cobertura de VacunaciónInfluenza Adulto Mayor 

IndicadorCódigo / Nombre

2-02-01-1-1 Porcentaje de mujeres concitologías cérvico-vaginales alteradas,referidas con oportunidad, según la norma.

1-04-04-1-1 Porcentaje de las mujeresembarazadas atendidas, captadastempranamente.

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IndicadorCódigo / Nombre

2-05-05-1-1 Tasa de Deserción de DPT 2-05-05-1-1 Tasa deserción de la continuidadde la atención materna del control prenatal alcontrol postnatal.

Curridabat

 

Montesde Oca

1-20-11-1-1 Promoción de estilos de vidasaludables en actividad física y alimentaciónsaludable

2-09-04-1-1 Porcentaje de niños (as) de 6 amenos de 24 meses con al menos un resultadode hemograma interpretado en el añoevaluado.

San Diego - SanJuan - Concepción

2-09-04-2-1 Porcentaje de niños (as) de 6 amenos de 24 meses atendidos de primera vezen el año con diagnóstico de anemia pordeficiencia de hierro, que recibió adecuadotratamiento con hierro.

Área de Salud

 

3-01-01-1-1 Porcentaje de personasdislipidémicas con niveles óptimos de LDL

Propuesta de Metas Estratégicas en el marco de la nueva contratación.

 

2-04-02-1-1 Porcentaje de Mujeres con VDRLpositivo

3-01-02-1-1 Porcentaje de personashipertensas con niveles óptimos de presiónarterial 3-01-03-1-1 Porcentaje de personas diabéticastipo 2 atendidas, con al menos un resultado dehemoglobina glicosilada (Hba1c) en cada

 

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semestre del año

San Diego - SanJuan - Concepción

Área de SaludPropuesta de Metas Estratégicas en el marco de la nueva contratación.

 3-01-03-2-1 Porcentaje de personas diabéticastipo 2 atendidas, con control metabólicoóptimo.

IndicadorCódigo / Nombre

 3-01-03-3-1 Reducción de pobre controlmetabólico, en la población de personasdiabéticas atendidas

Los pormenores que atañen a las metas estratégicas serán debidamente coordinadas con eladjudicatario previo inicio del contrato.

Las nuevas metas estratégicas se definirán cada año, según las disposicionesinstitucionales, y comunicadas por el ente negociador de las mismas que en la actualidad esla Dirección de Compra de Servicios de Salud.

I8.ncumplimiento del contratista

Se considerará incumplimiento del contratista toda falta a las obligaciones establecidas enla normativa nacional de conformidad con el objeto que a través de este cartel se define asícomo toda aquella falta a las obligaciones específicas aquí determinadas.

En consonancia con lo anterior la CCSS podrá tomar las medidas administrativas, civiles ypenales que correspondan por la conducta omisa o incumpliente del contratista de acuerdoa las disposiciones inherentes y la calificación de su gravedad.

Entre otros se considerarán incumplimientos.

Curridabat

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Montesde Oca

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Ejecución igual al porcentaje dediferencia

Nota Obtenida

90% o más

Menor de 80% Ejecución del 100%

0%

La Ejecución de la garantía de cumplimiento, implica que el contratista deberáb.reintegrar el porcentaje ejecutado, de manera inmediata para garantizar laprestación del servicio.

Ejecución de Garantía deCumplimiento

Toda falta a las obligaciones en este cartel establecidas.1.Falsedad ideológica.2.Falta de incorporación a colegios profesionales de todos aquellos funcionarios que3.deban cumplir con dicho requisito y se encuentren dentro de la planilla delcontratista para la prestación de los servicios aquí contratados.Toda falta a la normativa nacional en consonancia con el objeto de la contratación.4.

G9.arantía de Cumplimiento

Vigencia:9.1.La vigencia de la garantía será de 12 meses y el contratista tendrá la obligación deactualizar dicha vigencia, con al menos tres meses naturales de anticipación al vencimiento,so pena de ejecución cautelar.

Asimismo, la vigencia de la garantía que corresponde al último año de contrato deberá sersuperior a los 6 meses desde que se prevé la finalización del contrato, a saber, para elúltimo año de ejecución su vigencia debe ser de 18 meses.

Monto:9.2.El monto de la garantía de cumplimiento corresponderá al 5% del monto anual, a fin degarantizar el fiel cumplimiento de sus obligaciones. Dicho monto deberá ser ajustadoproporcionalmente según las revisiones de precios o modificaciones contractuales quellegaran a operar de acuerdo a lo estipulado en la vigencia de la garantía de cumplimiento(9.1 vigencia).

Anualmente se evaluarán los servicios prestados a través del PGL y las metasa.estratégicas, de forma que se aplicará la siguiente tabla:

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Menor de 90% y hasta el 80%

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REBAJOS:10.

En caso de determinarse en los procesos dea.verificación mensual o de fiscalización el faltante de recurso humano, según la tabla“RECURSO HUMANO REQUERIDO PARA LAS AREAS DE SALUD ACONTRATAR” (ANEXO 12 Y EL COMPLEMENTO DE LA OFERTA DERECURSO HUMANO POR PARTE DEL OFERENTE), la Caja procederá a aplicarel rebajo correspondiente de la factura mensual, al recurso humano faltante, cualquieraque sea su perfil, así como los requerimientos contemplados en la estructuraporcentual requeridos por dicho recurso para su operación, previo estudio del Áreade Contabilidad de Costos y/o el área Institucional designada al efecto y deconformidad con el tipo de sanción pecuniaria que corresponda. La multa se hará deforma automática con la sola configuración de la conducta defectuosa.

En caso de falta de infraestructura ofertada y/ob.cierre unilateral de alguno de los inmuebles, la Caja procederá a aplicar el rebajocorrespondiente de la factura mensual previo estudio del Área de Contabilidad deCostos y /o el área Institucional designada al efecto. La Administración según el dañoque estime se haya causado aplicará las medidas de finalización anormal del contrato,a saber resolución contractual por incumplimiento del contratista en pleno apego alprocedimiento del debido proceso.

Los montos designados en la Plan Anualc.Operativo para gastos indirectos que no se ejecuten durante el periodo, serán rebajadosuna vez realizada la evaluación anual del PAO y realizado el estudio por el Área deContabilidad de Costos y/o el Área Institucional designada al efecto. Capacitaciones,mantenimiento equipo, mantenimiento infraestructura, compra de equipo, compra deuniformes, etc.

Cláusula penal11.

Cuando se evidencie por parte del Administrador General del Contrato, que el plan deA.implementación no se completó en el tiempo ofertado, se ejecutará la garantía decumplimiento de acuerdo al porcentaje no implementado, según evaluación que se llevea cabo a los tiempos de implementación propuestos en el diagrama Gantt planteado porel contratista en su oferta. Para los efectos de la determinación del monto de la sanciónpecuniaria, se ejemplifica de la siguiente manera: una vez cumplido el tiempo

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propuesto en la oferta para la implementación, si se ha alcanzado por el contratista un80% del diagrama Gantt, se ejecutará un 20% de la garantía de cumplimiento. Seráresponsabilidad del contratista una vez ejecutada, restablecer en un 100% la garantía decumplimiento, según lo estipulado en este cartel y en concordancia con el artículo 41 dereglamento a la Ley de Contratación Administrativa.

MULTAS12.

Las Multas se contemplarán por Área de Salud en forma proporcional según número desectores (recurso humano, infraestructura, etc.). En ese sentido se entiende que, deacuerdo la totalidad de la factura mensual por área, la administración dispondrá delmonto proporcional según cantidad de EBAIS, de forma tal que el porcentaje desanción correspondiente se rebajará según el costo proporcional de cada EBAIS, Áreade Salud o servicio de apoyo incumpliente.

Una vez realizada las verificaciones y fiscalizaciones mensuales, trimestrales,semestrales y/o anuales según corresponda, la aplicación del monto de la multa serebajará de la factura correspondiente al pago mensual subsiguiente por la prestaciónde servicios de salud, según el Área de Salud que no se ajuste a lo establecido en elcontrato, según la gravedad teniendo como presupuesto las siguientes causales y sinmenoscabo de una aplicación simultánea de las multas aquí descritas:

No cuente con el Permiso Sanitario de Funcionamiento con o sin regulación12.1.específica para la siguiente infraestructura: todos y cada uno de los servicios desalud incluyendo los servicios de apoyo, (Farmacia, Central de Equipos,Odontología, Laboratorio Clínico,, Servicio de Rayos X) con los requisitos yplazos dispuestos en la Ley General de Salud, Reglamento General para elOtorgamiento de Permisos de Funcionamiento del Ministerio de Salud,Reglamento Sobre Protección Contra las Radiaciones Ionizantes y 32151-S, losanteriores del Ministerio de Salud, mismas que no serán excluyentes entre sí. Eneste supuesto el monto de la multa será del 2% de la factura mensual por Área deSalud. Dicha multa será aplicable nuevamente si en el mes siguiente se mantienenlas mismas condiciones, sin perjuicio de las medidas más gravosas que a juicio dela Administración procedan.

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No se ajuste a los horarios de atención establecidos, salvo las autorizaciones que12.2.otorgue el administrador del contrato. De presentarse el incumplimiento en el mesevaluado, por primera vez, el monto de la multa será de un 0.5%, en caso depresentarse dos incumplimientos dentro del mismo mes la multa será de un 1% yde acreditarse mas de dos incumplimientos durante el mismo periodo, se aplicaráuna multa de un 2%. Dicha multa procederá aplicarla en el mes subsiguiente en lasmismas condiciones previstas en el presente apartado y procederá el rebajo de lafactura en trámite previo análisis del Administrador del Contrato.

Según la normativa de la CCSS, no se ajuste con la cantidad de pacientes por hora12.3.que deben atender los médicos de cada EBAIS. En este supuesto de presentarseel incumplimiento durante el primer mes evaluado, el monto de la multaascenderá a un 1% de la factura mensual; de acreditarse en un segundoincumplimiento en un segundo mes el monto de la multa ascenderá a un 3 % y depresentarse en el tercer mes la multa corresponderá a un 5%.

Por cada mes adicional posterior al tercer mes indicado en el apartado anterior, enel que persista el incumplimiento la multa se incrementará en un 1% mensualsumado a la multa del último mes en el que se ha incumplido. Esta multa seevaluará con base en el cuadro número 11 y el F-180 del Boletín EstadísticoMensual de la Caja Costarricense de Seguro Social y las fiscalizacionescorrespondientes.

Por cada profesional no médico, que no se ajuste a la cantidad de pacientes por12.4.hora, según la normativa de la CCSS por Área de Salud, en ese supuesto depresentarse el incumplimiento por primera vez por disciplina profesional, elmonto de la multa mensual ascenderá a un 1%; de acreditarse un segundoincumplimiento durante el mismo mes el monto de la multa ascender al 3 % y depresentarse por tercera vez en el mismo mes la multa corresponderá a un 5%. Porcada vez adicional en el que persista el incumplimiento del contratista en losrubros establecidos se incrementará el monto de la misma en un 1% mensual. Estamulta se evaluará con base en los cuadros correspondientes a profesionales nomédicos del Boletín Estadístico Mensual de la Caja Costarricense de SeguroSocial

Utilice las instalaciones o equipamiento o suministros con fines diferentes al12.5.cumplimiento del objeto contractual su beneficio o de un tercero ajeno a larelación. En este supuesto de presentarse el incumplimiento por primera vezdurante el mes, el monto de la multa ascenderá a un 2,5%, de acreditarse unsegundo incumplimiento en el mismo mes, la multa ascenderá a un 5 % y de

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presentarse por tercera vez en el mismo mes la multa corresponderá a un de 7.5%.Por cada vez adicional en el que persista el incumplimiento del contratista en losrubros establecidos se incrementará el monto de la misma en un 1% mensual Loanterior sin perjuicio de las medidas más gravosas que a juicio de laAdministración procedan. La multa se aplicará individualmente, según el rubro(instalaciones, equipamiento o suministros )en que incumpla el proveedor.

Limite o impida el ejercicio de competencias de las Juntas de Salud. En este12.6.supuesto el monto de la multa será de 1%, si no se ajusta a la normativa vigentepor cada vez en que se corrobore que se obstaculiza el ejercicio de lascompetencias de dichas Juntas según la valoración de la Instancia TécnicaInstitucional.

Una vez notificado los resultados de las encuestas de satisfacción, actividades de12.7.supervisión, evaluación, fiscalización; o cuando así lo solicite el administrador delcontrato; omita elaborar el plan de mejoras solicitado, según el plazo solicitadopor el suscriptor del informe. En este supuesto de presentarse el incumplimientopor primera vez el monto de la multa ascenderá a un 1% por cada vez que serealicen durante el año y se corrobore el incumplimiento, de acreditarse unsegundo incumplimiento ascenderá el monto de la multa a un 3 % y de presentarseen tres o más ocasiones la multa corresponderá a un 5 %.

Cuando los programas informáticos utilizados por el contratista no sean12.8.compatibles con el modelo institucional de datos, omita efectuar lasmodificaciones en el plazo establecido en el presente cartel (Anexo 9), previoinforme de la Sub Gerencia de Tecnologías de Información y Comunicaciones dela CCSS que se haya notificado al contratista por el Administrador del contrato..En este supuesto el monto de la multa será del 2 % de la factura mensual. Decontar el contratista con sistemas informáticos compatibles con el modelo de datosinstitucional y la institución realice modificaciones en este último que impliquenla pérdida de la compatibilidad de los sistemas del contratista, la multa no podráser aplicada sin la concesión de un plazo razonable para que este último realice lasmodificaciones necesarias, plazo que será definido por la Subgerencia deTecnologías de Información.

Cuando el Administrador del Contrato evidencie que el Contratista no aplica y/o12.9.no se ajusta al plan y cronograma de mantenimiento de la infraestructura. En estesupuesto de presentarse el incumplimiento durante el primer mes el monto de lamulta ascenderá a un 1 %, de acreditarse un segundo incumplimiento en el mes

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subsiguiente el monto de la multa ascenderá a un 2 % y de presentarse por terceravez en el siguiente mes la multa corresponderá a un 3%. Por cada mes adicional enel que persista el incumplimiento se incrementará el monto de la misma en un 1 %mensual.

En caso de que Instancias Competentes o representantes de la Institución, en12.10.visita de supervisión, control y/o verificación realicen un informe donde se detectemal funcionamiento y/o falta de mantenimiento preventivo del equipamiento, asícomo falta o mala calibración del equipo médico y otros, la multa será del 0.5% yde acreditarse un segundo incumplimiento ascenderá el monto de la multa a un 1%y de presentarse en tres o más ocasiones la multa corresponderá a un 2%.

Cuando se evidencie que omite ejecutar los procedimientos establecidos y12.11.vigentes en la CCSS para el cobro de los servicios prestados a pacientes noasegurados que al mismo tiempo no reúnen los requisitos dispuestos en lanormativa vigente para optar por una de las modalidades de aseguramiento, asícomo los demás procedimientos de Afiliación, Validación, Cobro y Reintegro.Para estos efectos la multa será del 2% la primera vez en que se verifique elincumplimiento, de acreditarse un segundo incumplimiento ascenderá el monto dela multa a un 3% y de presentarse una tercera vez el monto de la multa ascenderáa un 5%. Por cada mes adicional en el que persista el incumplimiento seincrementará el monto de la misma en un 1% mensual.

Cuando se evidencie que no se cumple en todo o en parte con lo establecido en el12.12.Manual Normativo de Visita Domiciliar de Atención Primaria en el Primer Nivelde Atención. De presentarse el incumplimiento durante el primer mes el monto dela multa ascenderá a un 1%, de acreditarse un segundo incumplimiento en elperiodo siguiente el monto de la multa ascenderá a un 3 % y de presentarse portercera vez la multa corresponderá a un 5%. Por cada mes adicional en el quepersista el incumplimiento se incrementará el monto de la misma en un 1 %mensual.

Cuando se evidencie que el tiempo de entrega de medicamentos a los usuarios en12.13.los Núcleos; (sedes de EBAIS), no se ajusta al tiempo ofertado, durante el mismomes. En este supuesto de presentarse el incumplimiento por primera vez el montode la multa ascenderá a un 1%, de acreditarse un segundo incumplimientoascenderá el monto de la multa a un 3% y de presentarse en tres o más ocasiones

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la multa corresponderá a un 5%.Por cada mes adicional en que se demuestre elincumplimiento, la multa se incrementará en un 1% mensual.

Cuando se evidencie a través de supervisiones, control y/o fiscalizaciones, pérdida12.14.o mal uso de los medicamentos por un mal manejo en el almacenamiento yconservación de los mismos de parte del contratista. De presentarse elincumplimiento por primera vez el monto de la multa ascenderá a un 2.5% en elprimer mes, de acreditarse un segundo incumplimiento en el periodo subsiguienteel monto de la multa ascenderá a un 5% y de presentarse en tres o más ocasionesla multa corresponderá a un 7.5%.

Cuando se evidencie que no se realizan los exámenes de laboratorio establecidos12.15.en la normativa Institucional. De presentarse el incumplimiento por primera vez elmonto de la multa ascenderá a un 2.5%, de acreditarse un segundo incumplimientoascenderá el monto de la multa a un 5% y de presentarse en tres o más ocasionesdentro del mismo mes la multa corresponderá a un 7.5%. De mantenerse lasituación en el mes subsiguiente la multa se incrementará en un 1% mensual.

Cuando se evidencie que no se cumple con el plan de visitas de odontología a los12.16.cinco escenarios y con el número de pacientes ofertado de acuerdo a la normativainstitucional vigente. De presentarse el incumplimiento durante el primer mes elmonto de la multa ascenderá a un 2.5 %, de acreditarse un segundoincumplimiento en el periodo subsiguiente el monto de la multa ascenderá a un 5% y de presentarse por tercera vez la multa corresponderá a un 7.5%. Por cadames adicional en el que persista el incumplimiento se incrementará el monto de lamisma en un 1 % mensual.

Cuando se evidencie obstrucción para el desarrollo; válido, eficiente y oportuno12.17.del proceso de evaluación ejecutado por la CCSS. De presentarse elincumplimiento por primera vez el monto de la multa ascenderá a un 0.5%, deacreditarse un segundo incumplimiento ascenderá el monto de la multa a un 1% yde presentarse en tres o más ocasiones la multa corresponderá a un 2%.

Cuando se evidencie desviación o falta en lo que respecta a la aplicación o uso del12.18.Reglamento para el Otorgamiento de incapacidades. De presentarse elincumplimiento por primera vez el monto de la multa ascenderá a un 1%, deacreditarse un segundo incumplimiento ascenderá el monto de la multa a un 3% yde presentarse en tres o más ocasiones la multa corresponderá a un 5%.

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Omitir renovar en tiempo o actualizar el monto de la Póliza de Responsabilidad12.19.Civil requerida en el cartel. Para los efectos de la determinación del monto de lamulta cuando el incumplimiento se presente por primera vez, el monto de la multacorresponderá a un 0.5% de la factura del mes siguiente al establecimiento delincumplimiento, por cada mes adicional en el que persista el incumplimiento, seincrementará el monto de la multa en un 0.5% del total de la factura mensual,hasta un límite máximo de un 25% del monto total de la contratación.Determinada la procedencia de la multa, el monto de la misma será descontado delmonto correspondiente al pago mensual.

Determinada la procedencia de la multa, el monto de la misma será descontado del montocorrespondiente al pago mensual del Área de Salud incumpliente.

Asimismo, el contratista acepta recibir y cumplir las recomendaciones brindadas por partede la Dirección de Red de Servicios de salud, la Dirección de Farmacia, la Dirección deAprovisionamiento de Bienes y Servicios, la Dirección Financiero Contable, la DirecciónRegional Central Sur y del Área de Regulación y Sistematización de la Dirección deDesarrollo de Servicios de Salud o cualquier instancia técnica de la C.C.S.S. y se someteráa las normas de control interno institucional, en concordancia con las normas de controlinterno de la Contraloría General de la República.

SISTEMA DE EVALUACIÓN13.

En esta fase del procedimiento, solamente se evaluarán las ofertas elegibles técnica, legal,financiera y administrativamente bajo los siguientes criterios: el precio, tiempo deimplementación y la experiencia positiva, según el siguiente detalle y se aplicará por cadalínea cotizada.

PRECIO:a)

A la oferta que presente el menor precio se le otorgará 70%, conforme la siguiente fórmula:

PT= (MP/EP)*70%

Donde: PT= Puntaje total

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Experiencia Puntaje obtenido(%)

MP= Menor precio de las ofertas recibidas EP= Precio de la oferta a evaluar

TIEMPO DE IMPLEMENTACIÓN:b)

El plazo máximo de implementación es de seis meses naturales. A las ofertas que presentenun tiempo de implementación menor al máximo establecido se les asignará puntaje deacuerdo con la siguiente matriz:

Más de 3 meses hasta 4 meses naturales

Más de 5 años hasta 10 años 5

10

Tiempo de implementación

Más de 10 años hasta 15 años 10

3 meses naturales o menos

Más de 4 meses hasta 5 meses naturales

Más de 15 años 15

5

Entendida la experiencia positiva como todas aquellas actividades realizadas por eloferente, en la atención integral de la salud en un primer nivel de atención, recibidas aconformidad, de acuerdo a lo establecido en el numeral 56 del Reglamento a la Ley deContratación Administrativa.

15

EXPERIENCIA:c)

El oferente deberá acreditar en su oferta una experiencia mínima de cinco años, lo cual seráun requisito de admisibilidad en el presente concurso. A la oferta que presente un tiempo deexperiencia mayor a cinco años se le asignará puntaje de acuerdo con la siguiente matriz:

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Puntaje obtenido(%)

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Para efectos de acreditar la experiencia requerida en el presente cartel tanto para participarcomo la establecida en el sistema de evaluación de ofertas, los oferentes deberán aportar losiguiente:

Constancia emitida por una Institución pública o privada que haya recibido deloferente la prestación de servicios integrales de salud. En dicho documento deberáacreditarse al menos lo siguiente: el periodo contratado y la indicación de si losservicios fueron recibidos a satisfacción o no. Este documento deberá contar con unperiodo máximo de extendido de 25 días naturales al momento de la presentación dela oferta.

Anexos14.

Anexo No.1 Oferta Básica de Atención IntegralAnexo No.2 Normativa Legal Nacional e Institucional de aplicación obligatoria para el primernivel de atenciónAnexo No.3 Plan de Fortalecimiento de la Gestión de Mantenimiento de la Infraestructura/ Guíapara un programa de mantenimiento en las unidades de la CCSS.Anexo No.4 Equipo y Mobiliario para los EBAIS.Anexo No.5 Guías y Manuales para la atención en el Primer Nivel Atención.Anexo No.6 Artículo 45 de la Sesión 84-89-9 del 09 de diciembre de 2012. Modelo Funcional yOrganizacional del Área Financiero Contable.Anexo No.7 Plan de Gestión Local.Anexo No.8 Resectorización 2011Población AdscritaAnexo No.9 Disposiciones en materia de Tecnología de la Información y Comunicación.Anexo No.10 Especificaciones Técnicas de los Servicios de Consulta Externa.Anexo No.11 Manual de Registro, control y pago de incapacidades.Anexo No.12 Recurso humano requerido para las Áreas de Salud a contratar.Anexo No.13 Requerimiento de infraestructura de farmaciaAnexo No.14 Herramienta de evaluación de los bienes y servicios.Anexo No.15 Instrumento de verificaciónAnexo No.16 Procedimiento para el Gasto Extraordinario en contratistas externos de salud.Anexo No.17 Normas de Prestación OdontológicaAnexo No.18 Ley 8839 Ley para la Gestión Integral de ResiduosAnexo No.19 Decreto 17898-sAnexo No.20 Manual de Procedimientos de Seguro por El EstadoAnexo No.21 Manual de Afiliación y Validación

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Anexo No.22 SIAC Manual de Usuario SIAC –Adscripción 1.1Anexo No. 23 Oferta de Servicios TSAnexo No.24 Catálogo de definiciones de OdontologíaAnexo No.25 Guía para la configuración segura de equipos. Tecnologías De la informaciónAnexo No.26 Normas Institucionales de Seguridad InformáticaAnexo No.27 Políticas Institucionales de Seguridad InformáticaAnexo No. 28 Equipo básico de partoAnexo No.29 Catálogo de definicionesAnexo No.30 Plan de Implementación Anexo No.31 Glosario