Upload
barbagabriela
View
130
Download
0
Embed Size (px)
Citation preview
TLCMÉXICO-CENTROAMERICAMARIA ELENA TORRES SOTO
JESSICA MICHELLE SEGOVIA ESPINO
PAMELA JAQUEZ RIVERA
OPERACIONES COMERCIALES INTERNACIONALES 3° CUATRIMESTRE SECCIÓN “C”
PAISES FIRMANTES
Estados Unidos Mexicanos y las
Repúblicas de Costa Rica, El Salvador, Guatemala, Honduras y Nicaragua
“
”
¿Quiénes firmaron el tratado?
BRUNO FERRARI-SECRETARIO DE ECONOMÍA
MÉXICO
RAUL TREJO ESQUIVEL -VICEMINISTRO DE ECONOMÍA
GUATEMALA
HÉCTOR DADA-MINISTRO DE ECONOMÍA
EL SALVADOR
FRANCISCO ZELAYA-SECRETARIO DE INDUSTRIA Y COMERCIO
HONDURAS
ANABEL FERNÁNDEZ-MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR
COSTA RICA
REUNIÓN PARA FIRMAR
NOMBRE OFICIAL
Tratado de Libre Comercio entre los Estados Unidos Mexicanos y las Repúblicas de Costa Rica, El Salvador, Guatemala, Honduras y Nicaragua
FECHAS IMPORTANTES
El Tratado mencionado fue aprobado por la Cámara de Senadores del Honorable Congreso de la Unión, el quince de diciembre de dos mil once.
Firmado en San Salvador, El Salvador, el veintidós de noviembre de dos mil once.
El presente Decreto entrará en vigor entre los Estados Unidos Mexicanos y las Repúblicas de El Salvador y Nicaragua, el primero de septiembre de dos mil doce.
El Tratado de Libre Comercio entre los Estados Unidos Mexicanos y las Repúblicas de Costa Rica, El Salvador, Guatemala, Honduras y Nicaragua, entrará en vigor entre los Estados Unidos Mexicanos y la República de Honduras, el 1 de enero de 2013
El Tratado de Libre Comercio entre los Estados Unidos Mexicanos y las Repúblicas de Costa Rica, El Salvador, Guatemala, Honduras y Nicaragua, entrará en vigor entre los Estados Unidos Mexicanos y la República de Costa Rica, el 1o.de julio de 2013
¿PORQUÉ ES LLAMADO TLC ÚNICO?
Costa Rica (1995)Nicaragua (1998)Triángulo del Norte –Guatemala,
Honduras y El Salvador– (2001)
PRINCIPALES PRODUCTOS DE EXPORTACIÓN DE MÉXICO A CENTROAMERICA
PRINCIPALES PRODUCTOS DE IMPORTACION A MÉXICO DE CENTROAMERICA
HONDURAS
ACEITE DE PALMACAMISETAS DE ALGODÓN
ARNESES PARA AUTOMÓVIL
COSTA RICA
CIRCUITOS ELECTRÓNICOS
CIRCUITOS INTEGRADOS
ACEITE DE PALMA, ALMENDRA Y COCO EN BRUTO
NICARAGUA
CACAHUATES SIN CÁSCARA
ARNÉSES PARA USO AUTOMOTRIZ AZÚCAR
GUATEMALA
ACEITE DE PALMA Y COCO CAUCHO LÁTEX
EL SALVADOR
T-SHIRTS/CAMISETAS DE ALGODÓN
CALSONES PARA HOMBRES O NIÑOS
PROGRAMA DE DESGRAVACIÓN ARANCELARIA
CATEGORÍAS
“B3”
Serán eliminados en 3 cortes anuales iguales, a partir de la tasa base establecida en la lista de cada Parte, comenzando en la fecha de entrada en vigor de este Tratado entre México y la Parte de Centroamérica que corresponda. Estas mercancías quedarán libres de arancel a partir del 1 de enero del año 3 entre México y la Parte de Centroamérica que corresponda
“B5”
Serán eliminados en 5 cortes anuales iguales, a partir de la tasa base establecida en la lista de cada Parte, comenzando en la fecha de entrada en vigor de este Tratado entre México y la Parte de Centroamérica que corresponda.
“C”
Serán eliminados en 10 cortes anuales iguales, a partir de la tasa base establecida en la lista de cada Parte, comenzando en la fecha de entrada en vigor de este Tratado entre México y la Parte de Centroamérica que corresponda.
“P1”
Los aranceles aduaneros aplicables a las mercancías originarias comprendidas en las fracciones arancelarias indicadas con categoría “P1”, estarán sujetos a partir de la entrada en vigor de este Tratado entre México y la Parte de Centroamérica que corresponda, a una reducción de 35 por ciento sobre la menor de las siguientes tasas: la tasa del arancel aduanero NMF vigente al momento de la importación, o la tasa arancelaria del 20 por ciento;
“P2”
Estarán sujetos a partir de la entrada en vigor de este Tratado entre México y la Parte de Centroamérica que corresponda, a una reducción de 40 por ciento sobre la menor de las siguientes tasas: la tasa del arancel aduanero NMF vigente al momento de la importación o el arancel
“D”
Estarán sujetas a un contingente arancelario de conformidad con lo que se establece en las Notas de esa Parte.
“EXCL”
La categoría “EXCL”, se encuentran excluidas de tratamientos arancelarios preferenciales por lo que se sujetarán al arancel aduanero NMF.
“F”
Estarán sujetos al tratamiento que se establece en las Notas de esa Parte
“TA”
Estarán sujetas a las condiciones establecidas en los Apéndices 1 o 2 de este Anexo, según corresponda.
Grapas
AÑO TASA BASE
2012 6%
2013 4%
2014 2%
2015 + 0%
B3
GUATEMALA
Lista de México entre México y Costa Rica
Nota 1