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ASPECTOS LEGALES.
Ponente:
Lic.AngelZarazúaMar5nez.
Agosto 2016
NUEVO MARCO CONSTITUCIONAL EN
MATERIA DE PROTECCIÓN DE
DERECHOS HUMANOS A PARTIR DEL
AÑO 2011
ART. 1° CONSTITUCIONAL. Ar$culo1o.-EnlosEstadosUnidosMexicanostodas las personas gozarán de los derechoshumanos reconocidosenestaConsBtuciónyen los tratados internacionales de los que elEstado Mexicano sea parte, así como de lasgaran$asparasuprotección,cuyoejercicionopodrárestringirsenisuspenderse,salvoenloscasos y bajo las condiciones que estaConsAtuciónestablece.
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ART. 1° CONSTITUCIONAL. Las normas relaAvas a los derechos humanos seinterpretarándeconformidadconestaConsAtuciónycon los tratados internacionales de la materiafavoreciendo en todo Bempo a las personas laprotecciónmásamplia.Todas las autoridades, en el ámbito de suscompetencias, Benen la obligación de promover,respetar, proteger y garanBzar los derechoshumanos de conformidad con los principios deuniversalidad, interdependencia, indivisibilidad yprogresividad. En consecuencia, el Estado deberáprevenir, invesBgar, sancionar y reparar lasviolacionesa losderechoshumanos,en lostérminosqueestablezcalaley.
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ART. 1° CONSTITUCIONAL.
Queda prohibida toda discriminación
motivada por origen étnico o nacional, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, las condiciones de salud, la religión, las opiniones, las preferencias sexuales, el estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas.
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DERECHOSHUMANOS.
§ La Constitución ya los reconoce. § Nos corresponden a todos. § Comprenden los derechos de los
pacientes. § Obligación a todos a respetarlos. § No discriminar a nadie por
enfermedad.
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¿LEYES ESPECIALES PARA
LOS EPILÉPTICOS?
� Las leyes son generales.
� Establecen hipótesis generales.
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PORLAEXISTENCIADEUNALEYCONTRAEPILÉPTICOS.
Debeplantearselaposibilidaddesu
creación
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REFLEXIÓN. Ademásdequeserequiereunanueva
ley.Loquenecesitamostambiénes:
§ Educación.§ Conciencia.§ Responsabilidad.§ Fraternidad.§ Amoralprójimo. 9
REFLEXIÓN.
Ademásdequeserequiereunanuevaley.Loquenecesitamostambiénes:
§ Educacióncívica.§ Tolerancia.§ Humanidad.§ Solidaridad.§ Conocerlaenfermedad.
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REFLEXIÓN.
Ademásdequeserequiereunanuevaley.
Loquenecesitamostambiénes:
§ Estructuraparaatenderla.§ Tratamientossuficientes.§ Saberprimerosauxilios.§ Hacercadaquienloquelecorresponde.
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PORPARTEDELPACIENTE.v Aceptarlaenfermedad.v Vivirlaenfermedadcondignidad.v NovicAmizarse.v Disciplinaeneltratamiento.v Procurarlaautosuficiencia.v Ganasdevivir.v Notenerautocompasión.v SaberqueesúAl.
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PORPARTEDELPACIENTE. v Reconocerloquenosesposiblerealizar.v Saberqueningunaley,políAcoalgunoo
parAdopolíAcoleresolverásusituacióndesalud.
v BuenaacAtudantelavida.v Sercortésyamableconlosdemás.v Aceptarafectosyatenciones.v Serrespetuosoconenfermeras,médicosy
personaladministraAvo.v Conocersusderechosyobligaciones.
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MARCO NORMATIVO EN MÉXICO -CONSTITUCIONAL -LEGAL
ConsAtuciónPolíAcadelosEstadosUnidosMexicanos.
Ar$culo4o.Elvarónylamujersonigualesantelaley.Estaprotegerá laorganizaciónyeldesarrollode lafamilia.TodapersonaBenederechoalaproteccióndela salud. La Ley definirá las bases ymodalidades para elacceso a los servicios desalud…
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Ley General de Salud.
ARTICULO1.Lapresente leyreglamentaelderechoa la
protección de la salud que Aene toda persona en los
términosdelAr$culo4o.delaConsAtuciónPolíAcadelos
Estados Unidos Mexicanos, establece las bases y
modalidadesparaelaccesoalosserviciosdesalud…
EsdeaplicaciónentodalaRepúblicaysusdisposiciones
sondeordenpúblicoeinteréssocial.
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Ley General de Salud. ARTICULO2. El derechoa laprotecciónde la salud,Aenelassiguientesfinalidades:
I.ElbienestarPsicoymentaldelhombre,paracontribuiralejercicioplenodesuscapacidades;
II.Laprolongaciónymejoramientodelacalidaddelavidahumana;
III. La protección y el acrecentamiento de losvaloresque coadyuvena la creación, conservaciónydisfrute de condiciones de salud que contribuyan aldesarrollosocial;
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Ley General de Salud. Ar5culo2 IV. La extensión de acAtudes solidarias yresponsables de la población en la preservación,conservación,mejoramientoyrestauracióndelasalud;
V. El disfrute de servicios de salud y de asistenciasocial que saAsfagan eficaz y oportunamente lasnecesidadesdelapoblación;
VI. El conocimiento para el adecuadoaprovechamientoyuAlizacióndelosserviciosdesalud,y
VII. El desarrollode laenseñanzay la invesAgacióncien$ficaytecnológicaparalasalud.
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Ley General de Salud.
ARTICULO 5. El SistemaNacional de Salud estáconsAtuido por las dependencias y enAdadesde la Administración Pública, tanto federalcomolocal,ylaspersonas_sicasomoralesdelos sectores social y privado, que prestenservicios de salud, así como por losmecanismos de coordinación de acciones, yAeneporobjetodar cumplimientoalderechoalaproteccióndelasalud.
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Ley General de Salud.
ARTICULO6.ElSistemaNacionaldeSaludAenelos
siguientesobjeAvos:
I. Proporcionar servicios de salud a toda lapoblación y mejorar la calidad de los mismos,
atendiendo a los problemas sanitarios prioritarios y alosfactoresquecondicionenycausendañosalasalud,conespecialinterésenlasaccionesprevenAvas;
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Ley General de Salud
Ar5culo6 III. Colaborar al bienestar social de la poblaciónmedianteserviciosdeasistenciasocial,principalmentea menores en estado de abandono, ancianosdesamparados y minusválidos, para fomentar subienestar y propiciar su incorporación a una vidaequilibradaenloeconómicoysocial;
IV.Dar impulso al desarrollode la familia y de lacomunidad, así como a la integración social y alcrecimiento_sicoymentaldelaniñez;
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Ley General de Salud
ARTICULO 27. Para los efectos del derecho a laproteccióndelasalud,seconsideranserviciosbásicosdesaludlosreferentesa:
I. La educación para la salud, la promoción delsaneamiento básico y el mejoramiento de lascondicionessanitariasdelambiente;
II.Laprevenciónyelcontroldelasenfermedadestransmisibles de atención prioritaria, de las notransmisiblesmásfrecuentesydelosaccidentes;
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Ley General de Salud.
Ar5culo27 III. La atención médica, que comprendeacAvidades prevenAvas, curaAvas y derehabilitación, incluyendo la atención deurgencias; VI.Lasaludmental; VIII. La disponibilidad de medicamentos yotrosinsumosesencialesparalasalud;
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Ley General de Salud.
ARTÍCULO 32. Se enAende por
atenciónmédicaelconjuntodeservicios
queseproporcionanal individuo,conel
findeproteger,promoveryrestaurarsu
salud.
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Ley General de Salud.
ARTICULO33.LasacAvidadesdeatenciónmédicason:
I.PrevenAvas,que incluyen lasdepromocióngeneralylasdeprotecciónespecífica;
II.CuraAvas,queAenencomofinefectuarundiagnósAco tempranoyproporcionar tratamientooportuno,y III. De rehabilitación, que incluyen accionestendentes a corregir las invalideces _sicas omentales.
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Ley General de Salud.
ARTÍCULO34.Para losefectosdeestaLey,losserviciosdesalud,atendiendoalosprestadoresdelosmismos,seclasificanen:
II. Servicios a derechohabientes deinsAtucionespúblicasdeseguridadsocial,olos que con sus propios recursos o porencargo del Poder EjecuAvo Federal,presten las mismas insAtuciones a otrosgruposdeusuarios;
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TODO SE COMPLEMENTARÍA CON UNA LEY DE
PROTECCIÓN SOBRE LA EPILEPSIA A NIVEL FEDERAL