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ASISTENTES Presidente: D. César Sánchez Pérez. Concejales. Grupo Partido Popular. D. Francisco Cabrera Guerrero. Dª Ana Mª Sala Fernández. D. Matías Torres Lloret. D. Manuel J. Cabrera Fernández-Pujol. D. Bernardo Moll Ivars. Dª Gabriele Karin Schäfer. D. Jan Michel Remi Van Parijs. Dª Mª Elia N. Santos Brañas. D. Miguel A. Martínez Ortíz. Grupo Socialista. D. Luis G. Serna García. Dª Mª Jesús Bertomeu Bordes. D. Joan Morató Pastor. Dª Mª José Femenia Santacreu. D. José Carlos Alonso Ruíz. Grupo Alternativa Popular Para Calpe. D. Frco. Javier Morató Vives. D. Moisés Vicens Moliner. Dª Ana Isabel Perles Ribes. Grupo Calp Independientes-Los Verdes. Dª Antonia Mª Avargues Pastor. Dª. Carole Elizabeth Saunders. Grupo de Gent de Calp. D. Pedro J. Fernández Crespo. Secretaria accidental. Dª Mª Mercedes Más González. Interventor accidental. D. José Santacreu Baidal. ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO EL DÍA 13 DE DICIEMBRE DE 2013. 1ª convocatoria. En la Villa de Calp, a las once horas y doce minutos del día trece de diciembre de dos mil trece, se reunieron en el Salón de Plenos de esta Casa Consistorial, en primera convocatoria, bajo la presidencia de D. César Sánchez Pérez, los señores Concejales relacionados al margen, asistidos de mi la Secretaria accidental, con el fin de celebrar sesión ordinaria convocada reglamentariamente para este día y hora. El Sr. Alcalde declaró abierta la sesión, procediéndose seguidamente a debatir los asuntos que integran el orden del día. ORDEN DEL DÍA I.- Parte resolutiva. 1. Lectura y, en su caso, aprobación del borrador del acta del día 8 de noviembre de 2013. 2. Lectura y, en su caso, aprobación del borrador del acta del día 15 de 1

ASISTENTES ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA …...Recálculo sobre ingresos a fecha posterior 29000 IMPUESTO SOBRE CONSTRUCCIONES, ... 36000 VENTA DE LIBROS 335,00 265,00 70,00

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ASISTENTESPresidente:D. César Sánchez Pérez.

Concejales.Grupo Partido Popular.D. Francisco Cabrera Guerrero.Dª Ana Mª Sala Fernández.D. Matías Torres Lloret.D. Manuel J. Cabrera Fernández-Pujol.D. Bernardo Moll Ivars.Dª Gabriele Karin Schäfer.D. Jan Michel Remi Van Parijs.Dª Mª Elia N. Santos Brañas.D. Miguel A. Martínez Ortíz.Grupo Socialista.D. Luis G. Serna García.Dª Mª Jesús Bertomeu Bordes.D. Joan Morató Pastor.Dª Mª José Femenia Santacreu.D. José Carlos Alonso Ruíz.Grupo Alternativa Popular Para Calpe.D. Frco. Javier Morató Vives.D. Moisés Vicens Moliner.Dª Ana Isabel Perles Ribes.Grupo Calp Independientes-Los Verdes.Dª Antonia Mª Avargues Pastor.Dª. Carole Elizabeth Saunders.Grupo de Gent de Calp.D. Pedro J. Fernández Crespo.

Secretaria accidental.Dª Mª Mercedes Más González.

Interventor accidental.D. José Santacreu Baidal.

ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIACELEBRADA POR ELAYUNTAMIENTO PLENO EL DÍA 13DE DICIEMBRE DE 2013.

1ª convocatoria.

En la Villa de Calp, a las oncehoras y doce minutos del día trece dediciembre de dos mil trece, sereunieron en el Salón de Plenos deesta Casa Consistorial, en primeraconvocatoria, bajo la presidencia de D.César Sánchez Pérez, los señoresConcejales relacionados al margen,asistidos de mi la Secretaria accidental,con el fin de celebrar sesión ordinariaconvocada reglamentariamente paraeste día y hora.

El Sr. Alcalde declaró abierta lasesión, procediéndose seguidamente adebatir los asuntos que integran el ordendel día.

ORDEN DEL DÍAI.- Parte resolutiva.1. Lectura y, en su caso, aprobación del borrador del acta del día 8 de

noviembre de 2013. 2. Lectura y, en su caso, aprobación del borrador del acta del día 15 de

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noviembre de 2013. 3. Dar cuenta de los Decretos de la Alcaldía nº 2711 y 2856 de fecha 19 de

noviembre y 2 de diciembre de 2013, revocando y otorgando delegaciones.4. Aprobación de la adhesión de este Ayuntamiento a la Red de Ciudades por

la Bicicleta. 5. Aprobación del Convenio de colaboración entre el Ayuntamiento de Calp y

la Fundación Ecopilas para la recogida selectiva de residuos de pilas yacumuladores.

6. Exposición pública de la modificación parcial D-1, relativa a las condicionesparticulares de ocupación para las parcelas con uso exclusivo terciarioredactada por el Arquitecto Municipal de fecha 2 de diciembre de 2013.

7. Aprobación del Convenio de colaboración entre los Ayuntamientos de Calpy de Teulada, para la utilización de la galería de tiro para la realización deprácticas de los miembros de la policía local.

8. Desestimación del recurso formulado por D. Francisco José FernándezFerrer (INTERBUZON), Expte SUM 18/13.

9. Adjudicación del contrato de suministro de combustible a colegios a RepsolDirecto, S.A. (Expte. SUM 05/2013).

10. Aprobación del Pliego de cláusulas que ha de regir el proceso deenajenación de plazas de aparcamiento en la Plaza Mayor.

11. Aprobación de los Pliegos de cláusulas administrativas y de prescripcionestécnicas para la contratación por procedimiento abierto del suministro decésped artificial para el campo de fútbol Miguel A. Benítez (Expte. SUM21/2013).

12. Aprobación definitiva de la Ordenanza reguladora de la policía, buengobierno y fiscalidad de la venta no sedentaria en el término municipal deCalp.

13. Ratificación del Decreto nº 201302726 de adjudicación del contrato porprocedimiento abierto del Servicio de mantenimiento, poda y recogida defrutos de palmeras en lugares públicos del término municipal de Calp(Expte. SER 31/2013).

14.Adhesión al convenio celebrado entre la Federación Valenciana deMunicipios y Provincias y la Sociedad General de Autores y editores(SGAE).

15.Aprobación del convenio con el Club Natació Calp para la prestación delservicio de piscina municipal.

16. Aprobación del expediente ORECO 09/2013 de reconocimiento extrajudicialde créditos.

17. Denominación de la calle que transcurre entre la Explanada del Puerto y laAvda. Del Port como “Calle Vicente Belliure”.

18. Aprobar definitivamente el presupuesto municipal para el año 2014.19. Designación de vocales en la Mancomunidad Calpe, Murla y Vall de Laguar.20. Aceptación expresa de las condiciones fijadas por la Confederación

Hidrográfica del Júcar para obtener la concesión de los 4 pozos situados enel Barranco Salado.

21. Autorización de la ejecución de obras a la Empresa Mixta deAbastecimientos y Servicios de Calpe, S.A., con cargo al "Fondo deRenovación de Infraestructuras".

II.- Parte de control y fiscalización:

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Mociones, ruegos y preguntas.

1.- LECTURA Y, EN SU CASO, APROBACIÓN DEL BORRADOR DELACTA DEL DÍA 8 DE NOVIEMBRE DE 2013.- El Sr. Alcalde preguntó a los asistentessi estaban conformes con el borrador del acta de la sesión celebrada por el Pleno deeste Ayuntamiento el día 8 de noviembre de 2013, cuya fotocopia se les habíaremitido.

La Corporación por unanimidad de los asistentes, acordó aprobar la misma.

Se incorporó a la sesión el Sr. Alonso, siendo las 11.11 horas.

2.- LECTURA Y, EN SU CASO, APROBACIÓN DEL BORRADOR DELACTA DEL DÍA 15 DE NOVIEMBRE DE 2013.- El Sr. Alcalde preguntó a losasistentes si estaban conformes con el borrador del acta de la sesión celebrada por elPleno de este Ayuntamiento el día 15 de noviembre de 2013, cuya fotocopia se leshabía remitido.

Intervino el Sr. Serna e indicó que en la última página del acta, en suintervención, consideraba que faltaba terminar la frase de la forma siguiente“Reiteraba que se controlasen escrupulosamente las obras para que no perjudicaranel funcionamiento de los establecimientos de la zona.”

La Corporación por unanimidad de los asistentes, acordó aprobar la misma.

Intervino el Sr. Alcalde anunciando que iba a alterar el orden del día y se iba adebatir en primer lugar el punto relativo a la aprobación definitiva del presupuesto.

Se incorporó a la sesión en esos momentos el Sr. Cabrera Fernandez Pujol,siendo las 11,15 horas.

18.- APROBAR DEFINITIVAMENTE EL PRESUPUESTO MUNICIPAL PARAEL AÑO 2014.- En el expediente consta la propuesta del Sr. Alcalde, de fecha 9 dediciembre de 2013, que a continuación se transcribe:

“CÉSAR SANCHEZ PÉREZ, ALCALDE DEL AYUNTAMIENTO DE CALP, al Pleno delmismo EXPONE:

Aprobado inicialmente por el Pleno en sesión de 8 de noviembre de 2013 elpresupuesto municipal para 2014, y sometido el mismo a exposición pública en el BoletínOficial de la Provincia nº 215, de 12 de noviembre de 2013, se han producido diversasreclamaciones, las cuales han sido debidamente informadas e incorporadas al expediente.

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Por otra parte, se ha considerado necesario efectuar determinados reajustes tantoen las previsiones de ingresos como en los créditos previstos para gastos, y, con el alcancey justificación siguiente:

a) Variaciones en materia de ingresos.

Eco DenominaciónAprob

DefinitivaAprob Inicial Diferencias Justificación

11200IBI DE NATURALEZA RUSTICA

3.610,00 3.595,00 15,00Recálculo sobre ingresos a fecha posterior

11300IBI DE NATURALEZA URBANA

13.427.050,00 13.513.185,00 -86.135,00Recálculo y ajuste tras minoración posterior del tipo

13000IAE ACTIVIDADES EMPRESARIALES

281.355,00 278.610,00 2.745,00Recálculo sobre ingresos a fecha posterior

29000IMPUESTO SOBRE CONSTRUCCIONES, INSTALACIONES Y OBRAS.

395.305,00 389.120,00 6.185,00Recálculo sobre ingresos a fecha posterior

30200TASAS RECOGIDA BASURAS/TRATAMº Y ELIMIN. RSU

4.393.445,00 4.324.630,00 68.815,00Recálculo sobre ingresos a fecha posterior

31100TASAS ASISTENCIA CENTRO OCUPACIONAL 'MAITE BORONAT'

22.170,00 20.830,00 1.340,00Recálculo sobre ingresos a fecha posterior

32201TASAS EXPEDICION CEDULAS HABITABILIDAD

4.110,00 4.005,00 105,00Recálculo sobre ingresos a fecha posterior

33000TASA POR ESTANCIA DE VEHÍCULOS EN DEPÓSITO MUNICIPAL

3.760,00 3.590,00 170,00Recálculo sobre ingresos a fecha posterior

33100TASA VADOS Y OTROS APROVECHºS ESPECIALES

70.590,00 70.185,00 405,00Recálculo sobre ingresos a fecha posterior

33500

TASA UTILIZ. VIA PUBLª CON TERRAZAS Y ESTRUCTURAS AUXILIARES

86.420,00 73.055,00 13.365,00Recálculo sobre ingresos a fecha posterior

33901TASA UTILIZ. VIA PUBLª INSTAL. NO PERMAN (PTOS.ARTESª, ESPECº)

66.390,00 63.990,00 2.400,00Recálculo sobre ingresos a fecha posterior

33902TASA UTILIZACION VIA PUBLª INSTAL NO PERMAN.(OTRAS OCUPACIONES)

5.900,00 1.400,00 4.500,00Recálculo sobre ingresos a fecha posterior

34902PRECIO PUBLICO ESCOLA INFANTIL (MATRICULACION)

4.880,00 5.025,00 -145,00Recálculo sobre ingresos a fecha posterior

36000 VENTA DE LIBROS 335,00 265,00 70,00Recálculo sobre ingresos a fecha posterior

39100MULTAS POR INFRACCIONES URBANÍSTICAS.

121.245,00 115.005,00 6.240,00Recálculo sobre ingresos a fecha posterior

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Eco DenominaciónAprob

DefinitivaAprob Inicial Diferencias Justificación

39190OTRAS MULTAS Y SANCIONES.

19.765,00 19.615,00 150,00Recálculo sobre ingresos a fecha posterior

52000INTERESES VARIOS CUENTAS CTES. Y OTROS

92.055,00 88.065,00 3.990,00Recálculo sobre ingresos a fecha posterior

55002EXPLOTACIÓN SERV. TEMPORADA PLAYAS

201.970,00 156.160,00 45.810,00

Nuevo ingreso considerado por tramitación debida de expediente.

FINAL 1 TOTAL INGRESOS 30.781.855,00 30.711.830,00 70.025,00 --

b) Variaciones en materia de gastos.

Pro Econo. DenominaciónPartida (ap def)

Partida (ap inic)

Diferencias Justificación

9200 1430003PERSONAL LABORALNO PERMANENTE

141.475,00 117.125,00 24.350,00Corrección errores en cálculo

9200 1600061SEG SOCIAL PERSONAL LABORALNO PERMANENTE

46.000,00 38.075,00 7.925,00

Mayor gasto tras corrección errores en personal laboralno permanente

1721 2090001CANON SERVICIO PROVINCIAL DE COSTAS

35.025,00 sin aplic 35.025,00

Nuevo gasto considerado por tramitación debida de expediente.

1350 4670001A CONSORCIO PROV. EXT. INCENDIOS Y SALVAMENTO

165.700,00 162.175,00 3.525,00Aumento tras comunicación del Consorcio Prov.

-- -- TOTAL GASTOS 30.597.200,00 30.526.375,00 70.825,00

Como puede observarse, el presupuesto cuya aprobación definitiva se proponemantiene en esencia el superávit contemplado en el presupuesto inicialmente aprobado.

Por la Intervención municipal se ha emitido informe, incorporado al expediente,relativo al presupuesto cuya aprobación definitiva se propone.

Por la Intervención municipal se ha emitido igualmente informe separado delcumplimiento del objetivo de estabilidad presupuestaria en el proyecto de presupuestoelaborado para su aprobación definitiva, igualmente incorporado al expediente instruido.

Por lo expuesto, al Pleno propongo adopte acuerdo con las disposiciones siguientes:

PRIMERA: Aprobar definitivamente el presupuesto municipal para el año 2014, con

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el contenido siguiente (documento presupuesto 2014, a transcribir en acta), y cuyo resumen degastos e ingresos por capítulos es el siguiente:

-- -- 2.014

-- ESTADO DE INGRESOS previsionesiniciales

CAPº A) OPERACIONES CORRIENTES 30.126.530,00

1 IMPUESTOS DIRECTOS 15.675.110,00

2 IMPUESTOS INDIRECTOS 395.305,00

3 TASAS, PRECIOS PÚBLICOS Y OTROS INGRESOS 6.645.460,00

4 TRANSFERENCIAS CORRIENTES 5.844.795,00

5 INGRESOS PATRIMONIALES 1.565.860,00

-- B) OPERACIONES DE CAPITAL 655.325,00

6 ENAJENACIÓN DE INVERSIONES REALES 0,00

7 TRANSFERENCIAS DE CAPITAL 465.350,00

8 ACTIVOS FINANCIEROS 21.820,00

9 PASIVOS FINANCIEROS 168.155,00

-- totales 30.781.855,00

-- ESTADO DE GASTOS prev iniciales

-- A) GASTOS CORRIENTES 26.483.050,00

1 GASTOS DE PERSONAL 12.924.600,00

2 GASTOS EN BIENES CTES. Y SERV. 11.083.250,00

3 GASTOS FINANCIEROS 1.283.150,00

4 TRANSF. CORRIENTES 1.192.050,00

-- B) OPERACIONES DE CAPITAL 4.114.150,00

6 INVERSIONES REALES 958.900,00

7 TRANSF. DE CAPITAL 0,00

8 ACTIVOS FINANCIEROS 19.025,00

9 PASIVOS FINANCIEROS 3.136.225,00

-- totales 30.597.200,00

-- déf (-) / sup (+) en presup anual 184.655,00

SEGUNDA: Publicar el presupuesto aprobado definitivamente para 2014, resumido porcapítulos, en el Boletín Oficial de la Provincia, en cumplimiento del art. 169.3 del TextoRefundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

TERCERA: Publicar la plantilla y de la relación de puestos de trabajo, contenidadentro del presupuesto aprobado definitivamente, en cumplimiento del art. 127 del TextoRefundido de Régimen Local.

CUARTA: Remitir un ejemplar del presupuesto aprobado definitivamente a laConselleria de Presidència y al Ministerio de Economía y Hacienda, en cumplimiento del art.169.4 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales.

QUINTA: Remitir copia del informe de la Intervención de estabilidad presupuestaria delpresupuesto aprobado definitivamente, al órgano competente de la Generalitat Valenciana, laDirección General de Presupuestos y Gastos de la Conselleria de Economia, Hacienda yEmpleo, en el plazo máximo de 15 días hábiles, contados desde el conocimiento del mismopor el Pleno, en cumplimiento del art.16.2, pfo 5º del Real Decreto 1463/2007, de 2 denoviembre.

Calp, 09 de diciembre de 2013.- EL ALCALDE.- César Sánchez Pérez”.

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PRESUPUESTO MUNICIPAL

ANUALIDAD 2014

Aprobación definitiva

ÍNDICE

apdo. denominació

1 ANTECEDENTES

1.1 Marco de Estabilidad Presupuestaria

1.2 Límite máximo de gasto no financiero

2 MEMORIA de la Alcaldía

3 INFORME ECONÓMICO-FINANCIERO

3.1 RESUMEN DE GASTOS e INGRESOS

3.1.1 Resumen por capítulos

3.1.2 Resumen comparativo con ejercicio anterior

3.3 ESTADO DE INGRESOS

3.3.1 Estado de Ingresos, por capítulo, artículo, concepto y subconcepto

3.3.2 Bases para la evaluación de los ingresos

3.3.3 Comparativo de ingresos con ejercicio anterior

3.4 ESTADO DE GASTOS

3.4.1 Estado de gastos, por capítulo, artículo, concepto, subconcepto y partida

3.4.2 Estado de Gastos, clasificación por subgrupos de programas de gasto.

3.4.2.1 Id. anterior, por partidas

3.4.2.2 Id. anterior, resumen

3.4.3 Remuneración de los miembros de la Corporación

3.4.4 Subvenciones

3.4.4.1 Subvenciones nominativas

3.4.4.2 Otras ayudas y subvenciones

3.4.5 Comparativo de gastos con ejercicio anterior

3.4.6 Suficiencia de los créditos

4 OPERACIONES DE CRÉDITO

4.1 Préstamos bancarios, existentes y previstos, y carga financiera resultante

4.2 Ahorro Bruto / Neto

4.3 Indice de volumen de capital vivo

5 BASES DE EJECUCIÓN DEL PRESUPUESTO

6 ANEJO DE PERSONAL

6.1 Retribuciones Básicas y Complemento de Destino.

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apdo. denominació

6.2Plantilla municipal, con asignación de Grupo, nivel de Complemento de Destino y Complemento Específico.

6.3 Plantilla, resumen clase-grupo-nivel, con unidades por plaza.

6.4 Plantilla, resumen por categorías profesionales

6.5 Complemento de productividad.

6.6Componente ocasional del complemento específico / Otros complementos / Gratificaciones

6.7 Plazas de nueva creación

6.7.1 Variaciones en la denominación de plazas.

6.7.2 Variaciones en la denominación de puestos.

6.8 Adecuaciones retributivas de carácter singular y excepcional

6.8.1 Variaciones en la jornada.

6.8.2 Variaciones en la duración anual.

6.9 Personal laboral temporal no permanente

6.10 Plazas amortizadas s/ ejercicio anterior

6.11 Oferta de empleo

7 ANEJO DE INVERSIONES

7.1 Inversiones en el ejercicio y en el cuatrienio, por partida y previsión de financiación

7.2 Resumen de financiación de inversiones

8LIQUIDACIÓN DEL PRESUPUESTO DEL EJERCICIO ANTERIOR AL AÑO DE ELABORACIÓN DEBIDA DEL PRESUPUESTO (2011)

8.1 Resultado presupuestario

8.2 Remanente de Tesorería

9AVANCE DE LA LIQUIDACIÓN DEL PRESUPUESTO DEL AÑO DE ELABORACIÓN DEBIDA DEL PRESUPUESTO (2012)

9.1 Presupuestos cerrados, obligaciones pendientes de pago al 30/09/2012

9.2 Presupuestos cerrados, derechos pendiente de cobro a 30/09/2012

9.3 Presupuesto corriente, estado de ejecución de ingresos a 30/09/2012

9.4 Presupuesto corriente, estado de ejecución de gastos a 30/09/2012

9.5 Movimientos y situación de la Tesorería de 01/01/2012 a 30/09/2012

10PREVISIÓN DE GASTOS e INGRESOS DE LA SOCIEDAD MERCANTIL PÚBLICAMUNICIPAL DE CALP, S.L.

10.1 Previsión de ingresos y gastos

11 INFORMES DE LA INTERVENCIÓN

11.1 Informe para aprobación inicial

11.2 Informe para aprobación definitiva

11.3 Informe de estabilidad presupuestaria para aprobación definitiva

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1.- ANTECEDENTES

1.1.- Marco de Estabilidad Presupuestaria

El art. 3.1 de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria ySostenibilidad Financiera (LOEPSF), de aplicación a la Administración Local establece elPrincipio de estabilidad presupuestaria, en virtud del cual la elaboración, aprobación yejecución de los Presupuestos y demás actuaciones que afecten a los gastos o ingresos delos distintos sujetos comprendidos en el ámbito de aplicación de esta Ley deben realizarseen un marco de estabilidad presupuestaria, coherente con la normativa europea. El art.3.2 define lo que se entenderá por estabilidad presupuestaria de las AdministracionesPúblicas, concretando que el mismo constituye una situación de equilibrio o superávitestructural.

A su vez, el art. 29 LOEPSF establece que las Administraciones Públicas elaboraránun marco presupuestario a medio plazo en el que se enmarcará la elaboración de susPresupuestos anuales y a través del cual se garantizará una programación presupuestariacoherente con los objetivos de estabilidad presupuestaria y de deuda pública, y que losmarcos presupuestarios a medio plazo abarcarán un periodo mínimo de tres años.

Dicho marco ha sido aprobado por el Pleno de 27/09/2013.

1.2.- Plan de Ajuste 2012

El Plan de ajuste aprobado por el Pleno de 30/03/2012 en aplicación del RD-Ley4/2012 y normativa concordante, que obtuvo el informe favorable de la Secretaría de Estado.

2.- MEMORIA DE LA ALCALDIA

Un Presupuesto responsable y comprometido con las personas.

En menos de tres años propongo el cuarto presupuesto de la legislatura, quesupondrá una nueva etapa en la historia de nuestro pueblo. Hemos superado lasconsecuencias del periodo del derroche, de gastar más de lo que se ingresa, los impagos alas empresas de nuestro pueblo, y de la inestabilidad institucional que el ayuntamiento teníahasta 2011.

Durante los últimos dos años, hemos tenido que cumplir un duro Plan de Salvaciónde la Economía Municipal, en el marco de la Estabilidad Presupuestaria y Financiera a laque nos obliga el Gobierno de España.

Las decisiones fueron difíciles, pero necesarias.

Los esfuerzos y sacrificios que entre todos hemos realizado han permitido quesalgamos adelante. Dos años más tarde podemos afirmar con confianza que nuestraeconomía municipal goza de buena salud. Hoy el ayuntamiento paga a sus proveedores en30 días, liquidamos nuestro último presupuesto con superávit y el ayuntamiento ya no es unproblema para los empresarios del pueblo.

Calp ha emprendido desde la prudencia, el camino de la recuperación, el optimismo

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y la esperanza en un futuro mejor.

Una política económica seria y responsable.

Estamos cumpliendo con nuestra política económica de "ama de casa", no gastarmás de lo que se ingresa, y estamos reduciendo nuestra deuda histórica, este año lareduciremos en más de 4.4 millones de euros.

Invertir en tener un pueblo más atractivo y con mejores servicios es invertir enempleo y bienestar

La inversión para mejorar la Calidad Urbana, la Ordenación de nuestro territorio y elMedio Ambiente presenta un incremento en 2014 de un 24%. Mejorar nuestras calles,nuestras urbanizaciones, nuestros espacios verdes, la ejecución del Concurso Internacionalde Ideas de nuestro Casco Histórico, el Proyecto BiciCalp con 24 km de carril bici o elNuevo Plan de Acción Comercial Área Pintor Sorolla son inversiones productivas conretorno económico, que mejoran la calidad de vida de nuestro pueblo y lo hacen másatractivo para nuestros turistas.

La importancia de diversificar nuestra economía.

Hemos iniciado con gestión directa el desarrollo del "Parque Empresarial, Comercial y deOcio Pou Roig". Un proyecto que permitirá la llegada de inversores a nuestro pueblo y quenuestras empresas tengan un espacio para desarrollarse y así acabar con la fuga deempresas a polígonos empresariales de pueblos vecinos.

Invertir en Turismo es invertir en empleo.

El presupuesto 2014 multiplica por 3 la inversión en promoción turística ( ConsorciCalpe Tourism) esta inversión directa en creación de empleo, junto a nuestra oferta cultural,festiva y de ocio como la puesta en marcha de la "I Fira del Peix i l´arròs del Senyoret deCalp" nos permitirán ser más competitivos y que vengan más y mejores turistas. Ahora másque nunca debemos competir con destinos de nuestro entorno y el turismo nos va ayudar agenerar trabajo para todos. Queremos volver a ser en 2014 el destino con mejor ocupaciónde la Costa Blanca.

Un presupuesto comprometido con las personas.

Estar junto a las personas que peor lo están pasando es la obligación de una administracióny desde el inicio de la legislatura el área social no ha dejado de incrementarse. Para elejercicio 2014 las áreas de Bienestar suben en un 25%.

La educación es el futuro de nuestra sociedad.

El Ayuntamiento esta invirtiendo en mejorar los colegios en los que nuestros hijosestudian y en el presupuesto 2014, aparecen nuevas lineas de ayudas y becas paranuestros estudiantes.

Nuevas lineas de apoyo a la educación; Ayudas transporte FP y Universitario 20.000euros, Ayudas Enseñanza Universitaria (becas finalistas para estudiantes con dificultadeseconómicas) 35.000 euros, Ayudas adquisición de libros y material educativo Preescolar yPrimaria 35.000 euros, Ayudas adquisición de libros y material educativo Secundaria 25.000euros y Ayudas adquisición de libros y material educativo Bachiller/FP 15.000 euros.

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Este presupuesto representa un proyecto de pueblo, el inicio de una nueva etapa yun reto, conseguir que en Calp haya bienestar, empleo y oportunidades para todos.

Calp, 25 de octubre de 2013.- César Sánchez Pérez Alcalde de Calp.

3.- INFORME ECONÓMICO-FINANCIERO

3.1.- RESUMEN DE GASTOS e INGRESOS

3.1.1.- Resumen por capítulos

-- -- 2.014 2.014

-- ESTADO DE INGRESOS prev iniciales % s/ total

CAPº A) OPERACIONES CORRIENTES 30.126.530,00 97,87

1 IMPUESTOS DIRECTOS 15.675.110,00 50,92

2 IMPUESTOS INDIRECTOS 395.305,00 1,28

3TASAS, PRECIOS PÚBLICOS Y OTROS INGRESOS

6.645.460,00 21,59

4 TRANSFERENCIAS CORRIENTES 5.844.795,00 18,99

5 INGRESOS PATRIMONIALES 1.565.860,00 5,09

-- B) OPERACIONES DE CAPITAL 655.325,00 2,13

6 ENAJENACIÓN DE INVERSIONES REALES 0,00 0,00

7 TRANSFERENCIAS DE CAPITAL 465.350,00 1,51

8 ACTIVOS FINANCIEROS 21.820,00 0,07

9 PASIVOS FINANCIEROS 168.155,00 0,55

-- totales 30.781.855,00 100,00

-- ESTADO DE GASTOS prev iniciales % s/ total

-- A) GASTOS CORRIENTES 26.483.050,00 86,55

1 GASTOS DE PERSONAL 12.902.100,00 42,17

2 GASTOS EN BIENES CTES. Y SERV. 11.105.750,00 36,30

3 GASTOS FINANCIEROS 1.283.150,00 4,19

4 TRANSF. CORRIENTES 1.192.050,00 3,90

-- B) OPERACIONES DE CAPITAL 4.114.150,00 13,45

6 INVERSIONES REALES 958.900,00 3,13

7 TRANSF. DE CAPITAL 0,00 0,00

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8 ACTIVOS FINANCIEROS 19.025,00 0,06

9 PASIVOS FINANCIEROS 3.136.225,00 10,25

-- totales 30.597.200,00 100,00

-- déf (-) / sup (+) en presup anual 184.655,00 --

3.1.2.- Resumen comparativo con ejercicio anterior

-- -- 2.014 2.013 2.014 2.014

-- ESTADO DE INGRESOS prev iniciales prev iniciales variac. s/ejº ant % variac

CAPº

A) OPERACIONESCORRIENTES

30.126.530,00 29.119.135,00 1.007.395,00 3,46

1 IMPUESTOS DIRECTOS 15.675.110,00 15.887.675,00 -212.565,00 -1,34

2 IMPUESTOS INDIRECTOS 395.305,00 347.365,00 47.940,00 13,80

3TASAS, PRECIOS PÚBLICOS Y OTROS INGRESOS

6.645.460,00 6.279.830,00 365.630,00 5,82

4TRANSFERENCIAS CORRIENTES

5.844.795,00 5.257.000,00 587.795,00 11,18

5INGRESOS PATRIMONIALES

1.565.860,00 1.347.265,00 218.595,00 16,23

--B) OPERACIONES DE

CAPITAL655.325,00 249.445,00 405.880,00 162,71

6ENAJENACIÓN DE INVERSIONES REALES

0,00 227.625,00 -227.625,00 valor 0 en ejº

7TRANSFERENCIAS DE CAPITAL

465.350,00 0,00 465.350,00valor 0 en ppto.

ant.

8 ACTIVOS FINANCIEROS 21.820,00 21.820,00 0,00 0,00

9 PASIVOS FINANCIEROS 168.155,00 0,00 168.155,00valor 0 en ppto.

ant.

-- totales 30.781.855,00 29.368.580,00 1.413.275,00 4,81

-- ESTADO DE GASTOS prev iniciales prev iniciales variac. s/ejº ant % variac

-- A) GASTOS CORRIENTES 26.483.050,00 26.063.925,00 419.125,00 1,61

1 GASTOS DE PERSONAL 12.902.100,00 12.753.075,00 149.025,00 1,17

2GASTOS EN BIENES CTES. Y SERV.

11.105.750,00 10.697.800,00 407.950,00 3,81

3 GASTOS FINANCIEROS 1.283.150,00 1.443.250,00 -160.100,00 -11,09

4 TRANSF. CORRIENTES 1.192.050,00 1.169.800,00 22.250,00 1,90

--B) OPERACIONES DE

CAPITAL4.114.150,00 2.436.925,00 1.677.225,00 68,83

6 INVERSIONES REALES 958.900,00 576.725,00 382.175,00 66,27

7 TRANSF. DE CAPITAL 0,00 0,00 0,00 0,00

8 ACTIVOS FINANCIEROS 19.025,00 18.600,00 425,00 2,28

9 PASIVOS FINANCIEROS 3.136.225,00 1.841.600,00 1.294.625,00 70,30

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-- totales 30.597.200,00 28.500.850,00 2.096.350,00 7,36

--déf (-) / sup (+) en presup

anual184.655,00 -- -- --

En materia de ingresos, la previsión se ha efectuado en los términos que seseñalan en el apartado 3.3.2.- Bases para la evaluación de los ingresos.

En relación con cada capítulo, deben destacarse como más significativas respecto alpresupuesto del ejercicio anterior de 2013 las variaciones siguientes:

Cap. 1 'Impuestos directos'

Disminución global de ingresos en el Impuesto sobre Bienes Inmuebles deNaturaleza Urbana, motivada por la aplicación conjunta de una minoración enel tipo del IBI y una actualización de valores catastrales

Cap. 2 'Impuestos indirectos'

a) Previsión de ingresos a la vista de la evolución de los mismos en losejercicios anteriores. No se han contemplado variaciones en la fiscalidad deestos impuestos.

Cap. 3 'Tasas, precios públicos y otros ingresos'

Previsión de ingresos a la vista de la evolución de los mismos en los ejercicios anteriores.No se han contemplado variaciones significativas en la fiscalidad de tasas y preciospúblicos.

Cap. 4 'Transferencias corrientes'

Los ingresos procedentes de la participación de los tributos del Estado se hanpresupuestado partiendo de la participación del ejercicio anterior, minoradaen su totalidad en el importe correspondiente a la devolución a realizar por laliquidación de dicha participación correspondiente a 2010, en actuación dellado de seguridad, por no conocerse a fecha de elaboración del presupuestoel modo en que debe hacerse efectiva dicha devolución, cuyos antecedentesen las liquidaciones de 2008 y 2009 han sido la devolución como préstamo alargo plazo.

Cap. 5 'Ingresos patrimoniales'

7. Aumento global derivado de la actualización de las rentas de arrendamientosy cánones procedentes de los distintos concesionarios de serviciosmunicipales, debiendo destacarse el canon procedente de la Empresa MixtaMunicipal de Abastecimiento y Servicios de Calpe, S.A. (Aguas de Calpe).

Cap. 6 'Enajenación de inversiones reales'

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No se contempla la existencia de ingresos en el capítulo, sin perjuicio de quepuedan producirse ingresos procedente de la enajenación de plazas deaparcamiento sobrantes en los sótanos de la Plaza Mayor.

Cap. 7 'Transferencias de capital'

1. A diferencia del presupuesto de 2013, los ingresos correspondientes a lassubvenciones de capital previstas se han computado íntegramente, al igualque el gasto que financian, siguiendo así los criterios del MINHAP, deducidosdel modo de presentación de la información presupuestaria regularmentesolicitada, concordando así plenamente las previsiones del anejo deinversiones con el capítulo 6 de gastos.

La cuantificación de estas variaciones es la que se señala con detalle en losapartados 2.2 y 3.3 del presente proyecto de presupuestos, cuyo resumen es el siguiente:

En materia de gastos corrientes, la previsión se ha efectuado en líneas generalesa la vista de los compromisos de gasto existentes y la previsión de aumento de gasto porinflación.

Las variaciones por capítulos son las que se señalan en los apartados 2.2 y 4.5 delpresente proyecto de presupuestos, debiendo destacarse como más significativas respectoal presupuesto del ejercicio anterior de 2012 las variaciones siguientes :

Cap. 1 'Gastos de Personal'

Aumento de los gastos, por aumentos en la jornada o en la duración anual dedeterminadas plazas de plantilla. Aumento igualmente de las prestacionessociales. Ausencia de incrementos en las retribuciones, en aplicación de lasprevisiones del proyecto de ley de Presupuestos Generales del Estado parael ejercicio.

Aumento de los gastos de personal laboral no permanente, en previsión derealización de tareas temporales para el plan “Prepara estiu”

Ajuste de las retribuciones de los órganos de gobierno a los acuerdos dePleno de regulación de las mismas.

Cap. 2 'Gastos corrientes en bienes y servicios'

Aumento de gastos, en previsión de incrementos en los servicios contratadospor actualización de precios.

Previsión de prestación del servicio de transporte sanitario mediante conveniocon Cruz Roja, abandonando la anterior fórmula de subvención.

Cap. 3 'Gastos financieros'

a) Minoración de gastos, por la bajada de tipos de interés (Euribor) prevista parael ejercicio.

Cap. 4 'Transferencias corrientes'

Aumento del gasto, pudiendo destacarse,

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Aumento de las aportaciones municipales al Consorcio Calpe Tourism,.

Desaparición de la subvención prevista para la Cruz Roja por la prestacióndel servicio de transporte sanitario, trasladando su importe al cap. 2 como ungasto más del mismo, sin perjuicio de que finalmente la prestación de dichoservicio pueda instrumentarse como convenio, en regulación más acorde conla naturaleza de este gasto.

En materia de gastos de capital y financieros, deben destacarse como mássignificativas respecto al presupuesto del ejercicio anterior las variaciones siguientes:

Cap. 6 'Inversiones reales'

Aumento del gasto por cómputo íntegro del financiado con transferencias decapital, en actuación paralela al aumento de ingresos por el mismo concepto.

Señalamiento de inversiones a realizar con fondos procedentes delPatrimonio Municipal del Suelo, sin incidencia en el gasto presupuestado portratarse de gastos de financiación afectada, financiados con incorporación deremanentes de ejercicios anteriores.

Financiación municipal de inversiones con ingresos corrientes en cuantíaaproximada a los ingresos procedentes del Impuesto de Construcciones,Instalaciones y Obras (ICIO), vinculando así este ingreso corriente, pero declara naturaleza coyuntural y vinculada a la evolución del mercadoinmobiliario, al gasto de inversión.

Cap. 7 'Transferencias de capital'

No se prevén.

Cap. 8 'Activos financieros'

Aumento del gasto, por mayor importe destinado a los préstamos a cortoplazo al personal municipal.

Cap. 9 'Pasivos financieros'

Significativo aumento del gasto, por finalización del periodo de carencia delos préstamos concertados en la primera fase del plan de pago aproveedores, del RD-ley 4/2012.

La cuantificación de las variaciones de ingresos y gastos respecto al presupuesto delejercicio anterior son las contenidas en los apartados 3.3 y 4.5 del proyecto de presupuestoelaborado.

Las Bases de Ejecución del Presupuesto han sufrido pequeñas adaptaciones pararecoger las soluciones que la experiencia del día a día en la ejecución del presupuestoreclama.

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En materia de personal, las principales variaciones son:

Variación en la denominación de dos plazas, por ajuste del perfil de lasmismas a las tareas previstas para las mismas.

Variación en la denominación de algunos puestos de trabajo, para mejorreflejar la realidad presente o futura de las tareas previstas en la plaza.

No se prevén amortizaciones de plazas.

Variación en los aumentos de jornada o de duración anual de algunas plazas.

La pormenorización de las variaciones señaladas se efectúa en el Anejo dePersonal del proyecto de presupuesto elaborado.

3.3.- ESTADO DE INGRESOS

3.3.1.- Estado de Ingresos, por capítulo, artículo, concepto y subconcepto

eco DenominaciónCapº/ Artº / Conº /

Scº

1 CAPITULO 1.- IMPUESTOS DIRECTOS 15.675.110,00

11 IMPUESTOS SOBRE EL CAPITAL 15.393.755,00

112 IBI DE NATURALEZA RUSTICA 3.610,00

11200 IBI DE NATURALEZA RUSTICA 3.610,00

113 IBI DE NATURALEZA URBANA 13.427.050,00

11300 IBI DE NATURALEZA URBANA 13.427.050,00

114 IBI. BIENES INMUEBLES DE CARACTERÍSTICAS ESPECIALES. 17.080,00

11400 IBI. BIENES INMUEBLES DE CARACTERÍSTICAS ESPECIALES. 17.080,00

115 IMPUESTO SOBRE VEHICULOS DE TRACCION MECANICA 1.262.895,00

11500 IMPUESTO SOBRE VEHICULOS TRACCION MECAN. 1.262.895,00

116 IMPº INCREMENTO VALOR TERRENOS NAT. URBANA 683.120,00

11600 IMPUESTO INCREMENTO VALOR TERRENOS 683.120,00

13 IMPUESTOS SOBRE ACTIVIDADES ECONOMICAS 281.355,00

130 IMPUESTO SOBRE ACTIVIDADES ECONOMICAS 281.355,00

13000 IAE ACTIVIDADES EMPRESARIALES 281.355,00

2 CAPITULO 2.- IMPUESTOS INDIRECTOS. 395.305,00

29 OTROS IMPUESTOS INDIRECTOS 395.305,00

290 IMPUESTO SOBRE CONSTRUCCIONES, INSTALACIONES Y OBRAS. 395.305,00

29000 IMPUESTO SOBRE CONSTRUCCIONES, INSTALACIONES Y OBRAS. 395.305,00

3 CAPITULO 3.- TASAS, PRECIOS PÚBLICOS Y OTROS INGRESOS 6.645.460,00

30 TASAS POR LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS PÚBLICOS BÁSICOS. 4.430.595,00

300 TASA SERVICIO DE ABASTECIMIENTO DE AGUA. 8.415,00

30001 TASAS CONEXION AGUA POTABLE 8.415,00

301 SERVICIO DE ALCANTARILLADO. 400,00

30100 TASAS SERVICIO ALCANTARILLADO 400,00

302 SERVICIO DE RECOGIDA DE BASURAS. 4.393.445,00

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eco DenominaciónCapº/ Artº / Conº /

Scº

30200 TASAS RECOGIDA BASURAS/TRATAMº Y ELIMIN. RSU 4.393.445,00

309 OTRAS TASAS POR PRESTACIÓN DE SERVICIOS BÁSICOS. 28.335,00

30901 TASAS CEMENTERIO 28.335,00

31TASAS POR LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS PÚBLICOS DE CARÁCTERSOCIAL Y PREFERENTE.

58.045,00

311 SERVICIOS ASISTENCIALES. 22.170,00

31100 TASAS ASISTENCIA CENTRO OCUPACIONAL 'MAITE BORONAT' 22.170,00

312 SERVICIOS EDUCATIVOS. 19.145,00

31200 TASAS CURSOS EDUCACION PERMANENTE DE ADULTOS 19.145,00

319OTRAS TASAS POR PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE CARÁCTER PREFERENTE.

16.730,00

31906 TASAS SERVICIOS VARIOS ANIMALES DOMESTICOS 16.730,00

32TASAS POR LA REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES DE COMPETENCIA LOCAL.

274.345,00

321 LICENCIAS URBANÍSTICAS. 209.875,00

32100 TASAS SERVICIOS URBANISTICOS ADMINISTRATIVOS 137.655,00

32101 TASAS LICENCIA APERTURA ESTABLECIMIENTOS 72.220,00

322TASA CEDULAS DE HABITABILIDAD Y LICENCIAS DE PRIMERA OCUPACIÓN.

4.110,00

32201 TASAS EXPEDICION CEDULAS HABITABILIDAD 4.110,00

325 TASA POR EXPEDICIÓN DE DOCUMENTOS. 57.780,00

32500 TASAS EXPEDICION DE DOCUMENTOS ADMINISTRATIVOS 57.780,00

329OTRAS TASAS POR LA REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES DE COMPETENCIA LOCAL.

2.580,00

32900 TASAS LICENCIA SITUADO RADIO-TAXI 1.050,00

32901 TASAS BODAS CIVILES 1.530,00

33TASAS POR LA UTILIZACIÓN PRIVATIVA O EL APROVECHAMIENTO ESPECIAL DEL DOMINIO PÚBLICO LOCAL.

1.024.930,00

330 TASA DE ESTACIONAMIENTO DE VEHÍCULOS. 3.760,00

33000 TASA POR ESTANCIA DE VEHÍCULOS EN DEPÓSITO MUNICIPAL 3.760,00

331 TASA POR ENTRADA DE VEHÍCULOS. 71.480,00

33100 TASA VADOS Y OTROS APROVECHºS ESPECIALES 70.590,00

33101 TASA VADOS Y OTROS APROVECHºS ESPECIALES (PLACAS) 890,00

332TASA POR UTILIZACIÓN PRIVATIVA O APROVº ESPECIAL POR EMPRESAS EXPLOTADORAS DE SERVICIOS DE SUMINISTROS.

280.845,00

33200TASA OCUP. SUELO, SUBSUELO Y VUELO VIAS PUBLª, CIAS. ELECTRICAS

280.845,00

333TASA POR UTILIZACIÓN PRIVATIVA O APROVECHAMIENTO ESPECIAL POR EMPRESAS EXPLOTADORAS DE SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES.

780,00

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eco DenominaciónCapº/ Artº / Conº /

Scº

33300 TASA OCUP. SUELO INFRAESTRUCTURAS MORRO DE TOIX 780,00

335 TASA POR OCUPACIÓN DE LA VÍA PÚBLICA CON TERRAZAS. 86.420,00

33500TASA UTILIZ. VIA PUBLª CON TERRAZAS Y ESTRUCTURAS AUXILIARES

86.420,00

336TASA POR OCUPACIÓN DE LA VÍA PÚBLICA CON SUSPENSIÓN TEMPORAL DEL TRÁFICO RODADO.

342.405,00

33600 TASA OCUPACION VIA PUBLICA MERCADILLO 310.035,00

33601 TASA OCUP. VIA PUBL. MERCADOS SEGUNDA MANO O RASTROS 32.370,00

338TASA OCUP. SUELO, SUBSUELO Y VUELO VIAS PUBLª, CIAS. TELEFONICAS

128.375,00

33800TASA OCUP. SUELO, SUBSUELO Y VUELO VIAS PUBLª, CIAS. TELEFONICAS

128.375,00

339 OTRAS TASAS POR UTILIZACIÓN PRIVATIVA DEL DOMINIO PÚBLICO. 110.865,00

33901 TASA UTILIZ. VIA PUBLª INSTAL. NO PERMAN (PTOS. ARTESª, ESPECº) 66.390,00

33902TASA UTILIZACION VIA PUBLª INSTAL NO PERMAN. (OTRAS OCUPACIONES)

5.900,00

33903TASA OCUP. VIA PUBL CON MERCANCIAS, MATERIALES, ESCOMBROSY OTROS

30.100,00

33904 TASA USO ESPACIOS PUBLICOS MEDIOAMBIENTALES 1.875,00

33905 TASA INSTALACIÓN DE CAJEROS AUTOMÁTICOS EN LA VÍA PÚBLICA 6.600,00

34 PRECIOS PÚBLICOS. 208.825,00

342 SERVICIOS EDUCATIVOS. 9.200,00

34202 PRECIO PUBLICO CURSOS CONCEJALIA DE LA MUJER 455,00

34207 PRECIO PÚBLICO UTILIZACION INSTALACIONES CULTURALES 8.745,00

349 OTROS PRECIOS PÚBLICOS. 199.625,00

34900 PRECIO PUBLICO ESCOLA INFANTIL (ASISTENCIA) 157.275,00

34901 PRECIO PUBLICO ESCOLA INFANTIL (SERVICIO DE COMEDOR) 36.090,00

34902 PRECIO PUBLICO ESCOLA INFANTIL (MATRICULACION) 4.880,00

34906 PRECIO PUBLICO ACTIVIDADES CONCEJª CULTURA 585,00

34910 PRECIO PUBLICO SERVICIO DE BUZONES PLURIDOMICILIARIOS 795,00

36 VENTAS 25.490,00

360 VENTAS VARIAS 25.490,00

36000 VENTA DE LIBROS 335,00

36001 VENTA DE VEHICULOS ABANDONADOS 25.155,00

39 OTROS INGRESOS 623.230,00

391 MULTAS 253.685,00

39100 MULTAS POR INFRACCIONES URBANÍSTICAS. 121.245,00

39120 MULTAS POR INFRACCIONES DE LA ORDENANZA DE CIRCULACIÓN. 112.675,00

39190 OTRAS MULTAS Y SANCIONES. 19.765,00

392RECARGOS DEL PERIODO EJECUTIVO Y POR DECLARACIÓN EXTEMPORÁNEA SIN REQUERIMIENTO PREVIO.

234.675,00

39211 RECARGO DE APREMIO 234.675,00

393 INTERESES DE DEMORA 69.075,00

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eco DenominaciónCapº/ Artº / Conº /

Scº

39300 INTERESES DE DEMORA 69.075,00

398 INDEMNIZACIONES DE SEGUROS DE NO VIDA. 11.475,00

39800 INDEMNIZACIONES DE SEGUROS DE NO VIDA 11.475,00

399 OTROS INGRESOS DIVERSOS. 54.320,00

39900 RECURSOS EVENTUALES 50.525,00

39904 DERECHOS EXAMEN 3.760,00

39905REEMBOLSO GASTOS PUBLICACION EDICTOS EN BOLETINES OFICIALES

35,00

4 CAPITULO 4.- TRANSFERENCIAS CORRIENTES.- 5.844.795,00

42 TRANSF. DEL ESTADO 5.436.855,00

420 TRANSF. DE LA ADMINISTRACION GENERAL DEL ESTADO. 5.436.855,00

42000 PARTICIPACION MUNICIPAL EN LOS TRIBUTOS DEL ESTADO 5.436.855,00

45 TRANSF. DE COMUNIDADES AUTONOMAS 358.920,00

450 TRANSF. DE LA ADMON.GRAL. DE LA COMUNIDAD AUTONOMA 358.920,00

45000 PARTICIPACIÓN EN TRIBUTOS DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA. 6.000,00

45004TRANSF. CONSELLª TREBALL Y AFERS SOC, CONVº S. SOC. (PROGR. VARIOS)

134.595,00

45007 TRANSF. CONSELLª B. SOC., ACOGIMIENTO FAMILIAR 10.800,00

45008 TRANSF. CONSELLª B. SOC., CONVº CENTRO OCUPACIONAL 207.525,00

47 TRANSF. DE EMPRESAS PRIVADAS 39.020,00

470 TRANSF. DE EMPRESAS PRIVADAS 39.020,00

47000 TRANSFERENCIAS DE EMPRESAS PRIVADAS 39.020,00

48 TRANSF. DE FAMILIAS E INSTITU. SIN FINES LUCRO 10.000,00

480 TRANSF. DE FAMILIAS E INSTITU. SIN FINES LUCRO 10.000,00

48000 TRANSF. DE FAMILIAS E INSTITU. SIN FINES LUCRO 10.000,00

5 CAPITULO 5.- INGRESOS PATRIMONIALES. 1.565.860,00

52 INTERESES DE DEPOSITOS 92.055,00

520 INTERESES DE DEPOSITOS 92.055,00

52000 INTERESES VARIOS CUENTAS CTES. Y OTROS 92.055,00

54 RENTAS DE BIENES INMUEBLES 18.915,00

541 ARRENDAMIENTOS DE FINCAS URBANAS. 5.405,00

54101 ARRENDº LOCALES VIVERO EMPRESAS 5.405,00

549 OTRAS RENTAS DE BIENES INMUEBLES. 13.510,00

54900 ARRENDº PARCELAS A TELEFª MOVILES, S.A. EST. BASE TELEFª MOV 8.725,00

54901 ARRENDº PARCELA A XFERA, S.A. EST. BASE TELEFº MOV 4.785,00

55 PRODUCTOS DE CONCES. Y APROVECH. ESPECIALES 1.454.890,00

550DE CONCESIONES ADMINISTRATIVAS CON CONTRAPRESTACIÓN PERIÓDICA.

1.403.735,00

19

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eco DenominaciónCapº/ Artº / Conº /

Scº

55000 CANON PELUQUERÍA HOGAR DEL PENSIONISTA 695,00

55001 CANON EMPRESA MIXTA AGUAS DE CALPE, S.A. 950.955,00

55002 EXPLOTACIÓN SERV. TEMPORADA PLAYAS 201.970,00

55003 EXPLOTACIÓN BAR CASA CULTURA y KIOSKO PLAZA MAYOR 11.005,00

55004 CONCESIÓN SERV. EST. LIMITADO 50.910,00

55005 CONVENIO ECOEMBALAJES, S.A. 28.035,00

55006 CONCESION SERVICIO SEÑALIZACION VIAS PUBLICAS 150.000,00

55007 EXPLOTACION BAR CENTRO CIVICO TERCERA EDAD 8.665,00

55008 CANON SERVICIO PODOLOGIA CENTº CIVº 3ª EDAD 1.500,00

555 APROVECHAMIENTOS ESPECIALES CON CONTRAPRESTACIÓN. 18.635,00

55500 EXPLOTACIÓN MEDIANTE VEHÍCULOS DE LA VIA PÚBLICA 15.340,00

55501 TELESCOPIOS 3.295,00

559 OTRAS CONCESIONES Y APROVECHAMIENTOS. 32.520,00

55900OTROS PRODUC. DE CONCES. Y APROVECH. ESP, OTROS SIN DETERMIN

32.520,00

7 CAPITULO 7.- TRANSFERENCIAS DE CAPITAL. 465.350,00

72 DE LA ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO. 72.000,00

720 DE LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO. 72.000,00

72000TRANSF. DE CAPITAL DE LA AD. GRAL. DEL ESTADO, VARIOS SIN DETERMINAR

72.000,00

76 DE ENTIDADES LOCALES 393.350,00

761 DE DIPUTACIONES 393.350,00

76100 TRANSF. CAP. DE DIPUT. PROV. Y ORGANISMOS AUTONOMOS 393.350,00

8 CAPITULO 8.- ACTIVOS FINANCIEROS 21.820,00

83 REINTEGROS DE PRÉSTAMOS DE FUERA DEL SECTOR PÚBLICO. 21.820,00

830REINTEGROS DE PRÉSTAMOS DE FUERA DEL SECTOR PÚBLICO A CORTO PLAZO.

21.820,00

83000 REINTEGRO DE ANTICIPOS AL PERSONAL 21.820,00

9 CAPITULO 9.- PASIVOS FINANCIEROS 168.155,00

91 PRÉSTAMOS RECIBIDOS EN EUROS. 168.155,00

911PRÉSTAMOS RECIBIDOS A LARGO PLAZO DE ENTES DEL SECTOR PÚBLICO.

168.155,00

91100PRÉSTAMOS RECIBIDOS A LARGO PLAZO DE ENTES DEL SECTOR PÚBLICO.

168.155,00

-- TOTAL INGRESOS 30.781.855,00

20

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3.3.2.- Bases para la evaluación de los ingresos

La previsión de ingresos se ha efectuado, en líneas generales a la vista de los padrones correspondientes, en los subconceptos en los que existen,y en ausencia de padrón, a la vista de la evolución en la recaudación líquida; en determinados casos, se practicado una estimación dirrecta; losantecedentes y resultados son los siguientes, antes de su redondeo en múltiplos de 5:

Los ingresos se han evaluado partiendo de la tasa de crecimiento de la recaudación líquida obtenida en los tres ejercicios liquidados anteriores,obtenida del modo siguiente:

Tasa de crecimiento = (valor añon / valor añon-2)1/nº peiodos

siendo n el último ejercicio liquidado.

El valor tomado como ingreso es el resultado de aplicar la tasa de crecimiento sobre el valor de padrón del último ejercicio (no liquidado a la fechade elaboración del presupuesto), incrementado éste último con los porcentajes de incremento de tarifas y de crecimiento estimado del padrón.

Este valor ya supone una corrección de los valores de padrón en base a la recaudación de los ejercicios anteriores, por lo que a efectos del cálculoposterior de la estabilidad presupuestaria, en el que los ingresos presupuestados se ajustan a la baja a la vista de los porcentajes generales derecaudación, se actúa del lado de la prudencia.

Para aquellos casos en los que no se dispone de tres ejercicios liquidados, por tratarse de ingreso de nueva implantación en mitad del periodo delos tres ejercicios considerados, se toma como ingreso estimado el mayor valor de los derechos recaudados líquidos en los ejercicios de los que sedisponen datos, incrementado del mismo que el señalado anteriormente.

Finalmente, se va a una estimación directa, mediante cálculo específico, en aquellos supuestos en que intervienen factores de cálculo que obligan a ser considerados necesariamente.

El resultado de la aplicación de los criterios antedichos es el siguiente:

21

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-- -- -- 2.014 2.010 2.011 2.012 -- 2.014 2.014 2013 2013

subcº denominación previsión ensubconcepto

Estim.directa

Recaud.líquida

Recaud.líquida

Recaud.líquida

% Tasacrecimº

% incrºpadrón/

bases cálcº

% incrºtarifas

DR Netos Recaud.Líquida afecha elab

11200 IBI DE NATURALEZA RUSTICA 3.608 no ED 15.808 4.400 4.083 -36,315 0 0 5.666 4.200

11300 IBI DE NATURALEZA URBANA 13.427.047 13.427.047 8.970.322 8.894.129 10.609.093 5,752 0 -17,00 15.286.781 11.702.509

11400 IBI DE CARACTERÍSTICAS ESPECIALES 17.076 17.076 583.660 17.510 16.702 -69,413 0 0 18.340 18.340

11500 IMPUESTO SOBRE VEHICULOS TRACCION MECAN.

1.262.894 no ED 1.208.322 1.185.841 1.129.925 -2,211 0 0 1.273.982 1.107.339

11600 IMPUESTO INCRº VALOR TERRENOS 683.116 no ED 390.382 629.278 683.116 20,504 0 0 923.842 677.275

13000 IAE ACTIVIDADES EMPRESARIALES 281.351 no ED 237.631 219.806 237.888 0,036 0 0 281.249 255.616

29000 IMPTO. s/CONSTRUCCIONES INSTALAC. YOBRA

395.301 no ED 516.962 347.362 389.116 -9,035 0 0 409.126 395.301

30001 TASAS CONEXION AGUA POTABLE 8.413 no ED 16.778 8.414 8.413 -20,555 0 0 -3.081 -3.081

30100 TASAS ALCANTARILLADO 399 no ED 0 212 399 0,000 0 0 -79 -79

30200 TASAS RECOGIDA BASURAS/TRATAMº Y ELIMIN. RSU

4.393.443 no ED 4.055.727 3.849.203 3.979.464 -0,631 0 0 4.421.331 3.863.233

30901 TASAS CEMENTERIO 28.335 no ED 35.959 32.894 30.074 -5,783 0 0 25.042 25.042

31100 TASAS ASISTENCIA CENTRO OCUPACIONAL 'MAITE BORONAT'

22.169 22.169 0 0 4.590 serie<3 0 0 35.383 22.169

31200 TASAS CURSOS EDUCACION PERMANENTE DE ADULTOS

19.141 no ED 5.771 4.791 19.141 49,132 0 0 3.765 3.765

31906 TASAS SERVICIOS VARIOS ANIMALES DOMESTICOS

16.730 no ED 20.084 17.276 16.730 -5,910 0 0 14.396 14.396

32100 TASAS SERVICIOS URBANISTICOS ADMINISTRATIVOS

137.653 no ED 120.244 104.395 137.653 4,610 0 0 119.739 116.546

32101 TASAS LICENCIA APERTURA ESTABLECIMIENTOS

72.216 no ED 58.337 30.594 72.216 7,373 0 0 69.783 51.978

32201 TASAS EXPEDICION CEDULAS HABITABILIDAD

4.108 no ED 5.154 3.628 3.409 -12,876 0 0 5.161 4.108

32500 TASAS EXPEDICION DE DOCUMENTOS ADMINISTRATIVOS

57.777 no ED 52.407 63.982 57.777 3,305 0 0 46.438 46.411

32900 TASAS LICENCIA SITUADO RADIO-TAXI 1.050 no ED 915 1.018 986 2,548 0 0 1.177 1.050

32901 TASAS BODAS CIVILES 1.527 no ED 1.590 1.715 1.527 -1,332 0 0 797 797

22

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-- -- -- 2.014 2.010 2.011 2.012 -- 2.014 2.014 2013 2013

subcº denominación previsión ensubconcepto

Estim.directa

Recaud.líquida

Recaud.líquida

Recaud.líquida

% Tasacrecimº

% incrºpadrón/

bases cálcº

% incrºtarifas

DR Netos Recaud.Líquida afecha elab

33000 TASA POR ESTANCIA DE VEHÍCULOS EN DEPÓSITO MUNICIPAL

3.757 no ED 122 3.152 2.270 165,329 0 0 3.757 3.757

33100 VADOS Y OTROS APROVECHºS ESPECIALES

70.585 no ED 65.930 64.213 66.057 0,064 0 0 70.540 65.037

33101 VADOS Y OTROS APROVECHºS ESPECIALES (PLACAS)

888 no ED 256 217 651 36,413 0 0 395 395

33200 OCUP. SUELO SUBSUELO Y VUELO VIAS PUBLª CIAS. ELECTRICAS

280.842 no ED 110.216 440.448 280.842 36,586 0 0 262.897 252.415

33300 OCUP. SUELO INFRAESTRUCTURAS MORRO DE TOIX

780 no ED 0 0 0 0,000 0 0 780 780

33500 TASA UTILIZ. VIA PUBLª CON TERRAZAS Y ESTRUCTURAS AUXILIARES

86.418 no ED 54.790 85.533 69.574 8,289 0 0 177.818 86.418

33600 OCUPACION VIA PUBLICA MERCADILLO 310.031 no ED 311.453 292.481 303.012 -0,912 0 0 294.524 224.558

33601 OCUP. VIA PUBL. MERCADOS SEGUNDA MANO O RASTROS

32.368 no ED 0 31.818 32.368 serie<3 0 0 23.804 20.576

33800 OCUP. SUELO SUBSUELO Y VUELO VIAS PUBLª CIAS. TELEFONICAS

128.373 no ED 127.187 126.508 128.002 0,213 0 0 71.049 69.916

33901 UTILIZ. VIA PUBLª INSTAL. NO PERMAN (PTOS. ARTESª ESPECº)

66.386 no ED 59.409 72.167 61.344 1,074 0 0 93.520 66.386

33902 UTILIZACION VIA PUBLª INSTAL NO PERMAN. (OTRAS OCUPACIONES)

5.896 5.896 4.656 1.492 1.396 -33,074 0 0 8.210 2.261

33903 OCUP. VIA PUBL CON MERCANCIAS MATERIALES ESCOMBROS Y OTROS

30.096 no ED 103.795 11.351 30.096 -33,812 0 0 29.264 29.264

33904 USO ESPACIOS PUBLICOS MEDIOAMBIENTALES

1.872 no ED 2.445 3.305 1.872 -8,517 0 0 318 318

33905 INSTALACIÓN DE CAJEROS AUTOMÁTICOS EN LA VÍA PÚBLICA

6.600 no ED 0 0 6.600 serie<3 0 0 7.809 6.150

34202 PRECIO PUBLICO CURSOS CONCEJALIA DE LA MUJER

455 no ED 2.670 1.925 455 -44,559 0 0 0 0

34207 PRECIO PÚBLICO UTILIZACION INSTALACIONES CULTURALES

8.741 no ED 6.303 5.571 8.741 11,516 0 0 12.759 6.749

34900 PRECIO PUBLICO ESCOLA INFANTIL MUNICIPAL (ASISTENCIA)

157.271 no ED 195.860 167.889 131.060 -12,534 0 20 147.748 120.553

23

Page 24: ASISTENTES ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA …...Recálculo sobre ingresos a fecha posterior 29000 IMPUESTO SOBRE CONSTRUCCIONES, ... 36000 VENTA DE LIBROS 335,00 265,00 70,00

-- -- -- 2.014 2.010 2.011 2.012 -- 2.014 2.014 2013 2013

subcº denominación previsión ensubconcepto

Estim.directa

Recaud.líquida

Recaud.líquida

Recaud.líquida

% Tasacrecimº

% incrºpadrón/

bases cálcº

% incrºtarifas

DR Netos Recaud.Líquida afecha elab

34901 PRECIO PUBLICO GUARDERIA MUNICIPAL (SERVICIO DE COMEDOR)

36.086 no ED 42.266 50.356 36.086 -5,133 0 0 33.184 25.814

34902 PRECIO PUBLICO GUARDERIA MUNICIPAL (MATRICULACION)

4.878 no ED 3.314 3.234 4.878 13,751 0 0 5.182 4.644

34906 PRECIO PUBLICO ACTIVIDADES CONCEJALIA CULTURA

585 no ED 3.456 18.427 585 -44,683 0 0 210 210

34910 PRECIO PUBLICO SERVICIO DE BUZONESPLURIDOMICILIARIOS

795 no ED 75 1.050 795 119,669 0 0 645 645

36000 VENTA DE LIBROS 332 no ED 277 760 205 -9,576 0 0 332 332

36001 VENTA DE VEHICULOS ABANDONADOS 25.155 no ED 22.600 0 25.155 3,635 0 0 0 0

39100 MULTAS POR INFRACCIONES URBANÍSTICAS.

121.243 no ED 217.286 144.093 89.453 -25,609 0 0 135.365 121.243

39120 MULTAS POR INFRACCIONES DE LA ORDENANZA DE CIRCULACIÓN.

112.674 no ED 87.610 110.101 112.674 8,749 0 0 138.216 89.270

39190 OTRAS MULTAS Y SANCIONES. 19.762 no ED 502 521 11.044 180,120 0 0 33.385 19.762

39211 RECARGO DE APREMIO 234.673 no ED 196.236 205.853 234.673 6,144 0 0 204.505 194.879

39300 INTERESES DE DEMORA 69.072 no ED 48.377 56.115 69.072 12,604 0 0 68.817 64.650

39800 INDEMNIZACIONES DE SEGUROS DE NO VIDA

11.474 no ED 44.052 5.602 11.474 -36,138 0 0 8.595 8.595

39900 RECURSOS EVENTUALES 50.521 no ED 383 7.038 1.635 62,231 0 0 50.521 50.521

39904 DERECHOS EXAMEN 3.760 no ED 6.113 6.370 3.760 -14,955 0 0 2.235 2.235

39905 REEMBOLSO GASTOS PUBLICACION EDICTOS EN BOLETINES OFICIALES

31 no ED 878 31 0 0,000 0 0 809 31

42000 PARTICIPACION MUNICIPAL EN LOS TRIBUTOS DEL ESTADO

5.436.854 5.436.854 4.713.442 5.194.846 4.983.506 1,875 0 0 6.250.334 5.276.865

45000 PARTICIPACIÓN EN TRIBUTOS DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA.

6.000 6.000 0 0 0 0,000 0 0 0 0

45004 CONSELLª TREBALL Y AFERS SOC CONVºS. SOC. (PROGR. VARIOS)

134.591 134.591 0 35.714 4.603 serie<3 0 0 65.419 65.419

45007 CONSELLª B. SOC. ACOGIMIENTO FAMILIAR

10.797 no ED 0 0 10.797 serie<3 0 0 888 888

24

Page 25: ASISTENTES ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA …...Recálculo sobre ingresos a fecha posterior 29000 IMPUESTO SOBRE CONSTRUCCIONES, ... 36000 VENTA DE LIBROS 335,00 265,00 70,00

-- -- -- 2.014 2.010 2.011 2.012 -- 2.014 2.014 2013 2013

subcº denominación previsión ensubconcepto

Estim.directa

Recaud.líquida

Recaud.líquida

Recaud.líquida

% Tasacrecimº

% incrºpadrón/

bases cálcº

% incrºtarifas

DR Netos Recaud.Líquida afecha elab

45008 CONSELLª B. SOC. CONVº CENTRO DÍA YTALLER OCUPAC.

207.524 207.524 0 0 138.097 serie<3 0 0 62.257 62.257

47000 TRANSFERENCIAS DE EMPRESAS PRIVADAS

39.015 no ED 0 1.300 39.015 serie<3 0 0 30.000 30.000

48000 TRANSF. CTES. DE FAMILIAS E INST. VARIOS SIN DETERMINAR

10.000 no ED 0 4 0 serie<3 0 0 10.000 10.000

52000 INTERESES VARIOS CUENTAS CTES. Y OTROS

92.051 no ED 81.693 26.707 13.461 -45,177 0 0 92.051 92.051

54101 ARRENDº LOCALES VIVERO EMPRESAS 5.405 no ED 2.705 2.600 5.405 25,958 0 0 4.008 2.619

54900 ARRENDº PARCELAS A TELEFª MOVILES S.A. EST. BASE TELEFª MOV

8.721 no ED 8.250 8.456 8.721 1,871 0 0 8.201 8.201

54901 ARRENDº PARCELA A XFERA S.A. PARA EST.BASE TELEFº MÓVIL

4.783 no ED 9.131 4.648 4.783 -19,390 0 0 4.483 4.483

55000 CANON PELUQUERÍA HOGAR DEL PENSIONISTA

690 no ED 0 0 0 serie<3 0 0 690 690

55001 CANON EMPRESA MIXTA AGUAS DE CALPE S.A.

950.953 950.953 857.632 903.603 912.658 2,095 0 0 918.795 762.122

55002 EXPLOTACIÓN SERV. TEMPORADA PLAYAS

201.970 201.970 157.093 150.000 156.157 -0,199 0 0 197.722 86.640

55003 EXPLOTACIÓN BAR CASA CULTURA y KIOSKO PLAZA MAYOR

11.002 no ED 5.175 16.184 11.002 28,584 0 0 9.500 9.500

55004 CONCESIÓN SERV. EST. LIMITADO 50.909 50.909 46.548 0 84.741 22,104 0 0 49.667 49.667

55005 CONVENIO ECOEMBALAJES S.A. 28.034 no ED 0 0 28.034 serie<3 0 0 13.931 13.931

55006 CONCESION SERVICIO SEÑALIZACION VIAS PUBLICAS

150.000 150.000 16.640 0 0 -100,000 0 0 103.258 0

55007 EXPLOTACION BAR CENTRO CIVICO TERCERA EDAD

8.664 8.664 4.583 6.564 3.500 -8,597 0 0 7.106 6.384

55008 CANON SERVICIO PODOLOGIA CENTº CIVº 3ª EDAD

1.500 1.500 496 2.009 0 0,000 0 0 2.116 2.116

55500 EXPLOTACIÓN MEDIANTE VEHÍCULOS DELA VIA PÚBLICA

15.338 15.338 0 0 15.289 serie<3 0 0 5.348 5.348

55501 TELESCOPIOS 3.292 no ED 0 0 3.292 serie<3 0 0 0 0

25

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-- -- -- 2.014 2.010 2.011 2.012 -- 2.014 2.014 2013 2013

subcº denominación previsión ensubconcepto

Estim.directa

Recaud.líquida

Recaud.líquida

Recaud.líquida

% Tasacrecimº

% incrºpadrón/

bases cálcº

% incrºtarifas

DR Netos Recaud.Líquida afecha elab

55900 OTROS PRODUC. DE CONCES. Y APROVECH. ESP OTROS SIN DETERMIN

32.516 32.516 0 247 0 0,000 0 0 3.946 0

72000 TRANSF. DE CAPITAL DE LA AD. GRAL. DEL ESTADO VARIOS SIN DETERMINAR

72.000 72.000 3.680.941 717.385 56.321 -75,174 0 0 0 0

76100 TRANSF. CAP. DE DIPUT. PROV. Y ORGANISMOS AUTONOMOS

393.350 393.350 0 683.121 213.934 serie<3 0 0 0 0

83000 REINTEGRO DE ANTICIPOS AL PERSONAL

21.818 21.818 20.425 21.818 13.693 -12,479 0 0 20.745 20.745

91100 PRÉSTAMOS RECIBIDOS A LARGO PLAZODE ENTES DEL SECTOR PÚBLICO.

168.153 168.153 0 0 18.291.409 0,000 0 0 87.673 87.673

26

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El cálculo de los valores dados en estimación directa es el siguiente:

subcº denominación auxiliar auxiliar auxiliar auxiliar previsión ensubconcepto

11300 IBI DE NATURALEZA URBANA -- 13.427.047

-- -- 0,00880 0,01100 0,00913 -- --

-- coef actualiz valores catastr LCI/LPGE 1,00 1,00 1,10 -- --

-- BI actualizada s/ ejº ant 1.270.375.641,13 1.276.043.287,21 1.403.647.615,93 -- --

-- BI por incremento unidades (altas en Padrón)

ya considerado 0,00 70.182.380,80 -- --

-- BI por incremento unidades (altas en Padrón)

ya considerado 0,00 70.182.380,80 -- --

-- nº registros en padrón 40.500,00 41.169,00 43.433,30 -- --

-- % incrº padr. 0,00 0,00 5,50 -- --

-- Unidades incrº ya considerado ya considerado 2.264,30 -- --

-- Valor medio por ud / mediana valor catastral (2012)

31.367,30 30.995,25 30.995,25 -- --

-- BI / BL en ejº 1.270.375.641,13 1.276.043.287,21 1.473.829.996,73 -- --

-- Cuotas 11.179.304,48 14.036.476,16 13.456.067,87 -- --

-- Deuda (=cuota - bonificaciones) DRNa presupuestar

11.154.140,16 14.006.203,22 13.427.046,72 13.427.046,72 --

-- % deuda s/cuota 99,77 99,78 99,78 -- --

-- BI / BLiquidable en ejº ant (Padrón) 1.270.375.641,13 1.276.043.287,21 1.276.043.287,21 -- --

-- Total Ingresos de evolucion tendencial(no afectados por modificaciones politicas)

11.179.305,64 11.229.180,93 14.036.476,16 -- --

-- INGRESOS DERIVADOS DE MODIFICACIONES DE POLÍTICAS

0,00 2.777.022,29 -609.429,44 -- --

11400 IBI DE CARACTERÍSTICAS ESPECIALES

-- -- -- -- 17.076

-- Padrón SUMA 2013 -- -- -- 17.076,110 --

-- Tipo % en ordenanza 0,006 -- -- -- --

-- BI=Bliqu Pón SUMA 2.846.018,48 -- -- -- --

-- total cuota Pón 17.076,11 -- -- -- --

-- total deuda Pón 17.076,11 -- -- -- --

-- % estimación recaudación 100,00 -- -- -- --

-- estimación ingresos -- 17.076,11 -- --

33902 UTILIZACION VIA PUBLª INSTAL NO PERMAN. (OTRAS OCUPACIONES)

-- -- -- -- 5.896

-- Ocupación vía pública para ITV anual -- -- -- 4.500,000 --

-- Otras ocupaciones -- -- -- 1.396,000 --

42000 PARTICIPACION MUNICIPAL EN LOS TRIBUTOS DEL ESTADO

-- -- -- -- 5.436.854

-- total participación 2013 (info MINHAP) -- -- -- 5.605.007,480 --

-- liquidación definitiva anualidad 2011 -170.724,880 -- -- -- --

-- Liquidacion PTE - 2008 -- -- -- -20.683,24 --

-- Liquidacion PTE - 2009 -- -- -- -147.469,82 --

45000 PARTICIPACIÓN EN TRIBUTOS DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA.

-- -- -- -- 6.000

45004 CONSELLª TREBALL Y AFERS SOCCONVº S. SOC. (PROGR. VARIOS)

-- -- -- -- 134.591

-- Equipo social base 54.281,07 -- -- -- --

-- Emergencia social 32.309,43 -- -- -- --

-- Convivencia ayuda domicilio 35.000,00 -- -- -- --

-- Interv., prev e inserc social (interv familiar)

7.000,00 -- -- -- --

-- Interv., prev e inserc social (absent escolar)

6.000,00 -- -- -- --

-- previsión 2014 -- -- -- 134.590,500 --

45008 CONSELLª B. SOC. CONVº CENTRO DÍA Y TALLER OCUPAC.

-- -- -- -- 207.524

-- Subv 2013 (E-xxx, xxx/2013) 207.524,43 -- -- -- --

-- previsión 2014 -- -- -- 207.524,430 --

55001 CANON EMPRESA MIXTA AGUAS DE CALPE S.A.

-- -- -- -- 950.953

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-- Canon liquidado para 2013 918.795,02 -- -- -- --

-- IPC 2014 3,50 -- -- -- --

-- previsión 2014 -- -- -- 950.952,846 --

55002 EXPLOTACIÓN SERV. TEMPORADAPLAYAS

-- -- -- -- 201.970

55004 CONCESIÓN SERV. EST. LIMITADO -- -- -- -- 50.909

-- Estim. directa -- 49.669,97 -- -- --

-- liquidación 2013 49.667,47 -- -- -- --

-- IPC 2014 2,50 -- -- -- --

-- previsión 2014 -- -- -- 50.909,157 --

55006 CONCESION SERVICIO SEÑALIZACION VIAS PUBLICAS

-- -- -- -- 150.000

-- Prev ingresos en ejº por adjudicación contrato

-- -- -- 150.000,000 --

55007 EXPLOTACION BAR CENTRO CIVICO TERCERA EDAD

-- -- -- -- 8.664

-- GESTIÓN DEL SERVICIO DE BAR EN EL CENTRO CIVICO MUNICIPAL (Expdte. GESTSER 03-2013)

-- -- -- 8.664,000 --

55008 CANON SERVICIO PODOLOGIA CENTº CIVº 3ª EDAD

-- -- -- -- 1.500

55500 EXPLOTACIÓN MEDIANTE VEHÍCULOS DE LA VIA PÚBLICA

-- -- -- -- 15.338

-- adjudicación licencia explotación tren turístico (Expdte. GESTSER 01-2013)

15.000,00 -- -- -- --

-- IPC 2013 2,25 -- -- -- --

-- previsión 2014 -- -- -- 15.337,500 --

55900 OTROS PRODUC. DE CONCES. Y APROVECH. ESP OTROS SIN DETERMIN

-- -- -- -- 32.516

-- Servicio cine casa cultura 1.000,00 -- -- 1.022,50 --

-- Vending en dependencias municipalesGESTSER 02/2011

1.600,00 -- -- 1.636,00 --

-- Chiringuito Playa Racó GESTSER 03/2011

2.400,00 -- -- 2.454,00 --

-- Instalaciones Lúdicas Plaza Mediterráneo CONC 01/2012

26.800,00 -- -- 27.403,00 --

-- IPC 2014 2,25 -- -- -- --

72000 TRANSF. DE CAPITAL DE LA AD. GRAL. DEL ESTADO VARIOS SIN DETERMINAR

-- -- -- 72.000,000 72.000

76100 TRANSF. CAP. DE DIPUT. PROV. Y ORGANISMOS AUTONOMOS

-- -- -- 393.350,000 393.350

83000 REINTEGRO DE ANTICIPOS AL PERSONAL

-- -- -- -- 21.818

-- recaudación ej ant -- -- -- 21.818,080 --

91100 PRÉSTAMOS RECIBIDOS A LARGOPLAZO DE ENTES DEL SECTOR PÚBLICO.

-- -- -- -- 168.153

-- Liquidacion PTE - 2008 -- -- -- 20.683,24 --

-- Liquidacion PTE - 2009 -- -- -- 147469,82 --

Se consideran ingresos afectados, y por tanto excluidos de cómputo en el presupuestoinicial, sin perjuicio de que la efectiva existencia de estos ingresos determine con posterioridadla correspondiente ampliación del presupuesto de ingresos y del presupuesto de gastos, lossiguientes:

subcº denominación previsión ensubconcepto

35000 CONTRIBUCIONES ESPECIALES PARA LA EJECUCIÓN DE OBRAS 0,00

35100 CONTRIBUCIONES ESPECIALES SERVICIOS SIN DETERMINAR 0,00

39600 CANON PLANTA DESALINIZADORA 0,00

39610 CUOTAS URBANIZACION EN EJECUCION PLANEAMIENTO 0,00

39701 EXCED. APROVº URBº S. URBANO Y URBANIZ. NO RESIDENCIAL 0,00

39702 SUSTIT. APROVº URBº S. URBANIZ. RESIDEN., afec VPO 0,00

28

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29

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3.3.3.- Comparativo de ingresos con ejercicio anterior

eco DenominaciónCapº/ Artº /Conº / Scº

%s/total

ej antincrº s/ ejº

ant% incrº

1CAPITULO 1.- IMPUESTOS DIRECTOS

15.675.110,00 50,92 15.887.675,00 -212.565,00 -1,34

11 IMPUESTOS SOBRE EL CAPITAL 15.393.755,00 50,01 15.625.630,00 -231.875,00 -1,48

112 IBI DE NATURALEZA RUSTICA 3.610,00 0,01 5.035,00 -1.425,00 -28,30

11200 IBI DE NATURALEZA RUSTICA 3.610,00 0,01 5.035,00 -1.425,00 -28,30

113 IBI DE NATURALEZA URBANA 13.427.050,00 43,62 13.674.850,00 -247.800,00 -1,81

11300 IBI DE NATURALEZA URBANA 13.427.050,00 43,62 13.674.850,00 -247.800,00 -1,81

114IBI. BIENES INMUEBLES DE CARACTERÍSTICAS ESPECIALES.

17.080,00 0,06 17.080,00 0,00 0,00

11400IBI. BIENES INMUEBLES DE CARACTERÍSTICAS ESPECIALES.

17.080,00 0,06 17.080,00 0,00 0,00

115IMPUESTO SOBRE VEHICULOS DE TRACCION MECANICA

1.262.895,00 4,10 1.299.385,00 -36.490,00 -2,81

11500IMPUESTO SOBRE VEHICULOS TRACCION MECAN.

1.262.895,00 4,10 1.299.385,00 -36.490,00 -2,81

116IMPº INCREMENTO VALOR TERRENOS NAT. URBANA

683.120,00 2,22 629.280,00 53.840,00 8,56

11600IMPUESTO INCREMENTO VALOR TERRENOS

683.120,00 2,22 629.280,00 53.840,00 8,56

13IMPUESTOS SOBRE ACTIVIDADES ECONOMICAS

281.355,00 0,91 262.045,00 19.310,00 7,37

130IMPUESTO SOBRE ACTIVIDADES ECONOMICAS

281.355,00 0,91 262.045,00 19.310,00 7,37

13000IAE ACTIVIDADES EMPRESARIALES

281.355,00 0,91 262.045,00 19.310,00 7,37

2CAPITULO 2.- IMPUESTOS INDIRECTOS.

395.305,00 1,28 347.365,00 47.940,00 13,80

29 OTROS IMPUESTOS INDIRECTOS 395.305,00 1,28 347.365,00 47.940,00 13,80

290IMPUESTO SOBRE CONSTRUCCIONES, INSTALACIONES Y OBRAS.

395.305,00 1,28 347.365,00 47.940,00 13,80

29000IMPUESTO SOBRE CONSTRUCCIONES, INSTALACIONES Y OBRAS.

395.305,00 1,28 347.365,00 47.940,00 13,80

3CAPITULO 3.- TASAS, PRECIOS PÚBLICOS Y OTROS INGRESOS

6.645.460,00 21,59 6.279.830,00 365.630,00 5,82

30TASAS POR LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS PÚBLICOS BÁSICOS.

4.430.595,00 14,39 3.935.725,00 494.870,00 12,57

300TASA SERVICIO DE ABASTECIMIENTO DE AGUA.

8.415,00 0,03 8.415,00 0,00 0,00

30001TASAS CONEXION AGUA POTABLE

8.415,00 0,03 8.415,00 0,00 0,00

301 SERVICIO DE ALCANTARILLADO. 400,00 0,00 360,00 40,00 11,11

30100TASAS SERVICIO ALCANTARILLADO

400,00 0,00 360,00 40,00 11,11

302SERVICIO DE RECOGIDA DE BASURAS.

4.393.445,00 14,27 3.899.695,00 493.750,00 12,66

30200TASAS RECOGIDA BASURAS/TRATAMº Y ELIMIN. RSU

4.393.445,00 14,27 3.899.695,00 493.750,00 12,66

30

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eco DenominaciónCapº/ Artº /Conº / Scº

%s/total

ej antincrº s/ ejº

ant% incrº

309OTRAS TASAS POR PRESTACIÓNDE SERVICIOS BÁSICOS.

28.335,00 0,09 27.255,00 1.080,00 3,96

30901 TASAS CEMENTERIO 28.335,00 0,09 27.255,00 1.080,00 3,96

31

TASAS POR LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS PÚBLICOS DE CARÁCTER SOCIAL Y PREFERENTE.

58.045,00 0,19 34.000,00 24.045,00 70,72

311 SERVICIOS ASISTENCIALES. 22.170,00 0,07 5.600,00 16.570,00 295,89

31100TASAS ASISTENCIA CENTRO OCUPACIONAL 'MAITE BORONAT'

22.170,00 0,07 5.600,00 16.570,00 295,89

312 SERVICIOS EDUCATIVOS. 19.145,00 0,06 11.120,00 8.025,00 72,17

31200TASAS CURSOS EDUCACION PERMANENTE DE ADULTOS

19.145,00 0,06 11.120,00 8.025,00 72,17

319OTRAS TASAS POR PRESTACIÓNDE SERVICIOS DE CARÁCTER PREFERENTE.

16.730,00 0,05 17.280,00 -550,00 -3,18

31906TASAS SERVICIOS VARIOS ANIMALES DOMESTICOS

16.730,00 0,05 17.280,00 -550,00 -3,18

32TASAS POR LA REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES DE COMPETENCIA LOCAL.

274.345,00 0,89 219.470,00 54.875,00 25,00

321 LICENCIAS URBANÍSTICAS. 209.875,00 0,68 149.115,00 60.760,00 40,75

32100TASAS SERVICIOS URBANISTICOS ADMINISTRATIVOS

137.655,00 0,45 116.100,00 21.555,00 18,57

32101TASAS LICENCIA APERTURA ESTABLECIMIENTOS

72.220,00 0,24 33.015,00 39.205,00 118,75

322TASA CEDULAS DE HABITABILIDAD Y LICENCIAS DE PRIMERA OCUPACIÓN.

4.110,00 0,01 3.630,00 480,00 13,22

32201TASAS EXPEDICION CEDULAS HABITABILIDAD

4.110,00 0,01 3.630,00 480,00 13,22

325TASA POR EXPEDICIÓN DE DOCUMENTOS.

57.780,00 0,19 63.985,00 -6.205,00 -9,70

32500TASAS EXPEDICION DE DOCUMENTOS ADMINISTRATIVOS

57.780,00 0,19 63.985,00 -6.205,00 -9,70

329OTRAS TASAS POR LA REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES DE COMPETENCIA LOCAL.

2.580,00 0,01 2.740,00 -160,00 -5,84

32900TASAS LICENCIA SITUADO RADIO-TAXI

1.050,00 0,00 1.020,00 30,00 2,94

32901 TASAS BODAS CIVILES 1.530,00 0,01 1.720,00 -190,00 -11,05

33

TASAS POR LA UTILIZACIÓN PRIVATIVA O EL APROVECHAMIENTO ESPECIAL DEL DOMINIO PÚBLICO LOCAL.

1.024.930,00 3,33 1.183.620,00 -158.690,00 -13,41

330TASA DE ESTACIONAMIENTO DE VEHÍCULOS.

3.760,00 0,01 3.155,00 605,00 19,18

33000TASA POR ESTANCIA DE VEHÍCULOS EN DEPÓSITO MUNICIPAL

3.760,00 0,01 3.155,00 605,00 19,18

331TASA POR ENTRADA DE VEHÍCULOS.

71.480,00 0,23 71.160,00 320,00 0,45

33100TASA VADOS Y OTROS APROVECHºS ESPECIALES

70.590,00 0,23 70.570,00 20,00 0,03

31

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eco DenominaciónCapº/ Artº /Conº / Scº

%s/total

ej antincrº s/ ejº

ant% incrº

33101TASA VADOS Y OTROS APROVECHºS ESPECIALES (PLACAS)

890,00 0,00 590,00 300,00 50,85

332

TASA POR UTILIZACIÓN PRIVATIVA O APROVº ESPECIAL POR EMPRESAS EXPLOTADORAS DE SERVICIOS DE SUMINISTROS.

280.845,00 0,91 440.450,00 -159.605,00 -36,24

33200TASA OCUP. SUELO, SUBSUELO Y VUELO VIAS PUBLª, CIAS. ELECTRICAS

280.845,00 0,91 440.450,00 -159.605,00 -36,24

333

TASA POR UTILIZACIÓN PRIVATIVA O APROVECHAMIENTO ESPECIAL POR EMPRESAS EXPLOTADORAS DE SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES.

780,00 0,00 0,00 780,00 ant=0

33300TASA OCUP. SUELO INFRAESTRUCTURAS MORRO DETOIX

780,00 0,00 0,00 780,00 ant=0

335TASA POR OCUPACIÓN DE LA VÍA PÚBLICA CON TERRAZAS.

86.420,00 0,28 85.535,00 885,00 1,03

33500TASA UTILIZ. VIA PUBLª CON TERRAZAS Y ESTRUCTURAS AUXILIARES

86.420,00 0,28 85.535,00 885,00 1,03

336

TASA POR OCUPACIÓN DE LA VÍA PÚBLICA CON SUSPENSIÓN TEMPORAL DEL TRÁFICO RODADO.

342.405,00 1,11 341.940,00 465,00 0,14

33600TASA OCUPACION VIA PUBLICA MERCADILLO

310.035,00 1,01 310.120,00 -85,00 -0,03

33601TASA OCUP. VIA PUBL. MERCADOS SEGUNDA MANO O RASTROS

32.370,00 0,11 31.820,00 550,00 1,73

338TASA OCUP. SUELO, SUBSUELO Y VUELO VIAS PUBLª, CIAS. TELEFONICAS

128.375,00 0,42 128.000,00 375,00 0,29

33800TASA OCUP. SUELO, SUBSUELO Y VUELO VIAS PUBLª, CIAS. TELEFONICAS

128.375,00 0,42 128.000,00 375,00 0,29

339OTRAS TASAS POR UTILIZACIÓN PRIVATIVA DEL DOMINIO PÚBLICO.

110.865,00 0,36 113.380,00 -2.515,00 -2,22

33901TASA UTILIZ. VIA PUBLª INSTAL. NO PERMAN (PTOS. ARTESª, ESPECº)

66.390,00 0,22 72.170,00 -5.780,00 -8,01

33902TASA UTILIZACION VIA PUBLª INSTAL NO PERMAN. (OTRAS OCUPACIONES)

5.900,00 0,02 1.495,00 4.405,00 294,65

33903TASA OCUP. VIA PUBL CON MERCANCIAS, MATERIALES, ESCOMBROS Y OTROS

30.100,00 0,10 29.810,00 290,00 0,97

33904TASA USO ESPACIOS PUBLICOS MEDIOAMBIENTALES

1.875,00 0,01 3.305,00 -1.430,00 -43,27

33905TASA INSTALACIÓN DE CAJEROSAUTOMÁTICOS EN LA VÍA PÚBLICA

6.600,00 0,02 6.600,00 0,00 0,00

34 PRECIOS PÚBLICOS. 208.825,00 0,68 321.015,00 -112.190,00 -34,95

342 SERVICIOS EDUCATIVOS. 9.200,00 0,03 9.925,00 -725,00 -7,30

34202PRECIO PUBLICO CURSOS CONCEJALIA DE LA MUJER

455,00 0,00 1.925,00 -1.470,00 -76,36

32

Page 33: ASISTENTES ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA …...Recálculo sobre ingresos a fecha posterior 29000 IMPUESTO SOBRE CONSTRUCCIONES, ... 36000 VENTA DE LIBROS 335,00 265,00 70,00

eco DenominaciónCapº/ Artº /Conº / Scº

%s/total

ej antincrº s/ ejº

ant% incrº

34207PRECIO PÚBLICO UTILIZACION INSTALACIONES CULTURALES

8.745,00 0,03 7.650,00 1.095,00 14,31

349 OTROS PRECIOS PÚBLICOS. 199.625,00 0,65 299.030,00 -99.405,00 -33,24

34900PRECIO PUBLICO ESCOLA INFANTIL (ASISTENCIA)

157.275,00 0,51 235.045,00 -77.770,00 -33,09

34901PRECIO PUBLICO ESCOLA INFANTIL (SERVICIO DE COMEDOR)

36.090,00 0,12 35.000,00 1.090,00 3,11

34902PRECIO PUBLICO ESCOLA INFANTIL (MATRICULACION)

4.880,00 0,02 4.520,00 360,00 7,96

34906PRECIO PUBLICO ACTIVIDADES CONCEJª CULTURA

585,00 0,00 500,00 85,00 17,00

34910PRECIO PUBLICO SERVICIO DE BUZONES PLURIDOMICILIARIOS

795,00 0,00 1.050,00 -255,00 -24,29

36 VENTAS 25.490,00 0,08 25.915,00 -425,00 -1,64

360 VENTAS VARIAS 25.490,00 0,08 25.915,00 -425,00 -1,64

36000 VENTA DE LIBROS 335,00 0,00 760,00 -425,00 -55,92

36001VENTA DE VEHICULOS ABANDONADOS

25.155,00 0,08 25.155,00 0,00 0,00

39 OTROS INGRESOS 623.230,00 2,03 550.085,00 73.145,00 13,30

391 MULTAS 253.685,00 0,82 265.245,00 -11.560,00 -4,36

39100MULTAS POR INFRACCIONES URBANÍSTICAS.

121.245,00 0,39 144.095,00 -22.850,00 -15,86

39120MULTAS POR INFRACCIONES DE LA ORDENANZA DE CIRCULACIÓN.

112.675,00 0,37 110.105,00 2.570,00 2,33

39190 OTRAS MULTAS Y SANCIONES. 19.765,00 0,06 11.045,00 8.720,00 78,95

392

RECARGOS DEL PERIODO EJECUTIVO Y POR DECLARACIÓN EXTEMPORÁNEA SIN REQUERIMIENTO PREVIO.

234.675,00 0,76 205.855,00 28.820,00 14,00

39211 RECARGO DE APREMIO 234.675,00 0,76 205.855,00 28.820,00 14,00

393 INTERESES DE DEMORA 69.075,00 0,22 57.050,00 12.025,00 21,08

39300 INTERESES DE DEMORA 69.075,00 0,22 57.050,00 12.025,00 21,08

398INDEMNIZACIONES DE SEGUROSDE NO VIDA.

11.475,00 0,04 7.755,00 3.720,00 47,97

39800INDEMNIZACIONES DE SEGUROSDE NO VIDA

11.475,00 0,04 7.755,00 3.720,00 47,97

399 OTROS INGRESOS DIVERSOS. 54.320,00 0,18 14.180,00 40.140,00 283,07

39900 RECURSOS EVENTUALES 50.525,00 0,16 7.040,00 43.485,00 617,68

39904 DERECHOS EXAMEN 3.760,00 0,01 3.000,00 760,00 25,33

39905REEMBOLSO GASTOS PUBLICACION EDICTOS EN BOLETINES OFICIALES

35,00 0,00 35,00 0,00 0,00

4CAPITULO 4.- TRANSFERENCIAS CORRIENTES.-

5.844.795,00 18,99 5.257.000,00 587.795,00 11,18

42 TRANSF. DEL ESTADO 5.436.855,00 17,66 4.915.735,00 521.120,00 10,60

420TRANSF. DE LA ADMINISTRACION GENERAL DELESTADO.

5.436.855,00 17,66 4.915.735,00 521.120,00 10,60

42000PARTICIPACION MUNICIPAL EN LOS TRIBUTOS DEL ESTADO

5.436.855,00 17,66 4.915.735,00 521.120,00 10,60

33

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eco DenominaciónCapº/ Artº /Conº / Scº

%s/total

ej antincrº s/ ejº

ant% incrº

45TRANSF. DE COMUNIDADES AUTONOMAS

358.920,00 1,17 341.265,00 17.655,00 5,17

450TRANSF. DE LA ADMON.GRAL. DE LA COMUNIDAD AUTONOMA

358.920,00 1,17 336.265,00 22.655,00 6,74

45000PARTICIPACIÓN EN TRIBUTOS DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA.

6.000,00 0,02 0,00 6.000,00 ant=0

45004TRANSF. CONSELLª TREBALL Y AFERS SOC, CONVº S. SOC. (PROGR. VARIOS)

134.595,00 0,44 106.265,00 28.330,00 26,66

45007TRANSF. CONSELLª B. SOC., ACOGIMIENTO FAMILIAR

10.800,00 0,04 0,00 10.800,00 ant=0

45008TRANSF. CONSELLª B. SOC., CONVº CENTRO OCUPACIONAL

207.525,00 0,67 230.000,00 -22.475,00 -9,77

47TRANSF. DE EMPRESAS PRIVADAS

39.020,00 0,13 0,00 39.020,00 ant=0

470TRANSF. DE EMPRESAS PRIVADAS

39.020,00 0,13 0,00 39.020,00 ant=0

47000TRANSFERENCIAS DE EMPRESAS PRIVADAS

39.020,00 0,13 0,00 39.020,00 ant=0

48TRANSF. DE FAMILIAS E INSTITU.SIN FINES LUCRO

10.000,00 0,03 0,00 10.000,00 ant=0

480TRANSF. DE FAMILIAS E INSTITU.SIN FINES LUCRO

10.000,00 0,03 0,00 10.000,00 ant=0

48000TRANSF. DE FAMILIAS E INSTITU.SIN FINES LUCRO

10.000,00 0,03 0,00 10.000,00 ant=0

5CAPITULO 5.- INGRESOS PATRIMONIALES.

1.565.860,00 5,09 1.347.265,00 218.595,00 16,23

52 INTERESES DE DEPOSITOS 92.055,00 0,30 11.565,00 80.490,00 695,98

520 INTERESES DE DEPOSITOS 92.055,00 0,30 11.565,00 80.490,00 695,98

52000INTERESES VARIOS CUENTAS CTES. Y OTROS

92.055,00 0,30 11.565,00 80.490,00 695,98

54 RENTAS DE BIENES INMUEBLES 18.915,00 0,06 18.515,00 400,00 2,16

541ARRENDAMIENTOS DE FINCAS URBANAS.

5.405,00 0,02 5.405,00 0,00 0,00

54101ARRENDº LOCALES VIVERO EMPRESAS

5.405,00 0,02 5.405,00 0,00 0,00

549OTRAS RENTAS DE BIENES INMUEBLES.

13.510,00 0,04 13.110,00 400,00 3,05

54900ARRENDº PARCELAS A TELEFª MOVILES, S.A. EST. BASE TELEFªMOV

8.725,00 0,03 8.460,00 265,00 3,13

54901ARRENDº PARCELA A XFERA, S.A. EST. BASE TELEFº MOV

4.785,00 0,02 4.650,00 135,00 2,90

55PRODUCTOS DE CONCES. Y APROVECH. ESPECIALES

1.454.890,00 4,73 1.317.185,00 137.705,00 10,45

550

DE CONCESIONES ADMINISTRATIVAS CON CONTRAPRESTACIÓN PERIÓDICA.

1.403.735,00 4,56 1.279.230,00 124.505,00 9,73

55000CANON PELUQUERÍA HOGAR DEL PENSIONISTA

695,00 0,00 1.500,00 -805,00 -53,67

55001CANON EMPRESA MIXTA AGUAS DE CALPE, S.A.

950.955,00 3,09 935.475,00 15.480,00 1,65

55002EXPLOTACIÓN SERV. TEMPORADA PLAYAS

201.970,00 0,66 157.595,00 44.375,00 28,16

55003EXPLOTACIÓN BAR CASA CULTURA y KIOSKO PLAZA MAYOR

11.005,00 0,04 10.875,00 130,00 1,20

34

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eco DenominaciónCapº/ Artº /Conº / Scº

%s/total

ej antincrº s/ ejº

ant% incrº

55004CONCESIÓN SERV. EST. LIMITADO

50.910,00 0,17 50.430,00 480,00 0,95

55005CONVENIO ECOEMBALAJES, S.A.

28.035,00 0,09 5.000,00 23.035,00 460,70

55006CONCESION SERVICIO SEÑALIZACION VIAS PUBLICAS

150.000,00 0,49 100.000,00 50.000,00 50,00

55007EXPLOTACION BAR CENTRO CIVICO TERCERA EDAD

8.665,00 0,03 6.000,00 2.665,00 44,42

55008CANON SERVICIO PODOLOGIA CENTº CIVº 3ª EDAD

1.500,00 0,01 2.105,00 -605,00 -28,74

555APROVECHAMIENTOS ESPECIALES CON CONTRAPRESTACIÓN.

18.635,00 0,06 5.595,00 13.040,00 233,07

55500EXPLOTACIÓN MEDIANTE VEHÍCULOS DE LA VIA PÚBLICA

15.340,00 0,05 5.125,00 10.215,00 199,32

55501 TELESCOPIOS 3.295,00 0,01 470,00 2.825,00 601,06

559OTRAS CONCESIONES Y APROVECHAMIENTOS.

32.520,00 0,11 32.360,00 160,00 0,49

55900OTROS PRODUC. DE CONCES. Y APROVECH. ESP, OTROS SIN DETERMIN

32.520,00 0,11 32.360,00 160,00 0,49

7CAPITULO 7.- TRANSFERENCIAS DE CAPITAL.

465.350,00 1,51 0,00 465.350,00 ant=0

72DE LA ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO.

72.000,00 0,23 0,00 72.000,00 ant=0

720DE LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO.

72.000,00 0,23 0,00 72.000,00 ant=0

72000TRANSF. DE CAPITAL DE LA AD. GRAL. DEL ESTADO, VARIOS SIN DETERMINAR

72.000,00 0,23 0,00 72.000,00 ant=0

76 DE ENTIDADES LOCALES 393.350,00 1,28 0,00 393.350,00 ant=0

761 DE DIPUTACIONES 393.350,00 1,28 0,00 393.350,00 ant=0

76100TRANSF. CAP. DE DIPUT. PROV. Y ORGANISMOS AUTONOMOS

393.350,00 1,28 0,00 393.350,00 ant=0

8CAPITULO 8.- ACTIVOS FINANCIEROS

21.820,00 0,07 21.820,00 0,00 0,00

83REINTEGROS DE PRÉSTAMOS DE FUERA DEL SECTOR PÚBLICO.

21.820,00 0,07 21.820,00 0,00 0,00

830REINTEGROS DE PRÉSTAMOS DE FUERA DEL SECTOR PÚBLICO A CORTO PLAZO.

21.820,00 0,07 21.820,00 0,00 0,00

83000REINTEGRO DE ANTICIPOS AL PERSONAL

21.820,00 0,07 21.820,00 0,00 0,00

9CAPITULO 9.- PASIVOS FINANCIEROS

168.155,00 0,55 0,00 168.155,00 ant=0

91PRÉSTAMOS RECIBIDOS EN EUROS.

168.155,00 0,55 0,00 168.155,00 ant=0

911PRÉSTAMOS RECIBIDOS A LARGO PLAZO DE ENTES DEL SECTOR PÚBLICO.

168.155,00 0,55 0,00 168.155,00 ant=0

91100PRÉSTAMOS RECIBIDOS A LARGO PLAZO DE ENTES DEL SECTOR PÚBLICO.

168.155,00 0,55 0,00 168.155,00 ant=0

-- TOTAL INGRESOS 30.781.855,00 100,00 29.368.580,00 1.413.275,00 4,81

35

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3.4.- ESTADO DE GASTOS

3.4.1.- Estado de gastos, por capítulo, artículo, concepto, subconcepto y partida

Pro Econo. Denominación PartidaCapº/ Artº / Conº

/ Subº

-- 1 CAPITULO I.- GASTOS DE PERSONAL -- 12.902.100,00

-- 10 ALTOS CARGOS -- 167.050,00

-- 100RETRIBUCIONES BÁSICAS Y OTRAS

REMUNERACIONES DE LOS MIEMBROS DE LOSÓRGANOS DE GOBIERNO.

-- 167.050,00

-- 10000RETRIBUCIONES BASICAS Y OTRAS

REMUNERACIONES DE LOS MIEMBROS DE LOSÓRGANOS DE GOBIERNO

-- 167.050,00

9120 1000001 RETRIBUCIONES BÁSICAS ALCALDIA 50.400,00 --

9120 1000007RETRIB. BÁSICAS CONCEJALÍAS PLENA DEDICACIÓN

116.650,00 --

-- 11 PERSONAL EVENTUAL. -- 196.825,00

-- 110RETRIBUCIONES BÁSICAS Y OTRAS

REMUNERACIONES DE PERSONAL EVENTUAL.-- 196.825,00

-- 11000 RETRIBUCIONES BÁSICAS PERS. EVEN. -- 196.825,00

9120 1100001 BÁSICAS EVEN. ORG. GOB. 196.825,00 --

-- 12 PERSONAL FUNCº -- 5.574.375,00

-- 120 RETRIBUCIONES BASICAS FUNC -- 2.503.925,00

-- 12000 RETRIBUCIONES BASICAS FUNCºs A1 -- 337.800,00

9200 1200002 BÁSICAS FUNCºs A1 AD. GRAL. 58.725,00 --

4910 1200005 BÁSICAS FUNCºs A1 GABINETE INFORMACIÓN 29.375,00 --

2310 1200007 BÁSICAS FUNCºs A1 ACCION SOCIAL 29.375,00 --

2331 1200010 BÁSICAS FUNCºs A1 CENTRO OCUPACIONAL 14.700,00 --

3230 1200011 BÁSICAS FUNCºs A1 PROMOC. EDUCATIVA 14.700,00 --

2320 1200013 BÁSICAS FUNCºs A1 PROMOC. Y REINS. SOC. 14.700,00 --

1500 1200018BÁSICAS FUNCºs A1 URBANISMO Y ARQUITECTURA

58.725,00 --

1700 1200025 BÁSICAS FUNCºs A1 MEDIO AMBIENTE 14.700,00 --

9201 1200036 BÁSICAS FUNCºs A1 AD. FINANCIERA 73.400,00 --

4320 1200038 BÁSICAS FUNCºs A1 TURISMO 14.700,00 --

3300 1200044 BÁSICAS FUNCºs A1 ADMIN. GRAL. DE CULTURA 14.700,00 --

-- 12001 RETRIBUCIONES BASICAS FUNCºs A2 -- 284.150,00

9200 1200102 BÁSICAS FUNCºs A2 AD. GRAL. 12.925,00 --

1320 1200103 BÁSICAS FUNCºs A2 SEGURIDAD 25.825,00 --

2324 1200106 BÁSICAS FUNCºs A2 TERCERA EDAD 12.925,00 --

2310 1200107 BÁSICAS FUNCºs A2 ACCION SOCIAL 25.825,00 --

2331 1200110 BÁSICAS FUNCºs A2 CENTRO OCUPACIONAL 12.925,00 --

36

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Pro Econo. Denominación PartidaCapº/ Artº / Conº

/ Subº

2320 1200113 BÁSICAS FUNCºs A2 PROMOC. Y REINS. SOC. 25.825,00 --

3210 1200116 BÁSICAS FUNCºs A2 EDUC. infantil 25.825,00 --

1500 1200118BÁSICAS FUNCºs A2 URBANISMO Y ARQUITECTURA

64.550,00 --

3400 1200128 BÁSICAS FUNCºs A2 AD. GRAL. DE DEPORTES 12.925,00 --

9201 1200136 BÁSICAS FUNCºs A2 AD. FINANCIERA 12.925,00 --

4330 1200140BÁSICAS FUNCºs A2 DESARROLLO LOCAL Y PROMOC. ECO.

12.925,00 --

3320 1200143 BÁSICAS FUNCºs A2 BIBLIOTECAS Y ARCHIVOS 25.825,00 --

3300 1200144 BÁSICAS FUNCºs A2 ADMIN. GRAL. DE CULTURA 12.925,00 --

-- 12003 RETRIBUCIONES BASICAS FUNCºs C1 -- 1.043.100,00

9200 1200302 BÁSICAS FUNCºs C1 AD. GRAL. 59.325,00 --

1320 1200303 BÁSICAS FUNCºs C1 SEGURIDAD 746.325,00 --

4910 1200305 BÁSICAS FUNCºs C1 GABINETE INFORMACIÓN 9.900,00 --

2310 1200307 BÁSICAS FUNCºs C1 ACCION SOCIAL 9.900,00 --

2331 1200310 BÁSICAS FUNCºs C1 CENTRO OCUPACIONAL 9.900,00 --

2320 1200313 BÁSICAS FUNCºs C1 PROMOC. Y REINS. SOC. 9.900,00 --

1500 1200318BÁSICAS FUNCºs C1 URBANISMO Y ARQUITECTURA

79.100,00 --

1650 1200319 BÁSICAS FUNCºs C1 ALUMBRADO 9.900,00 --

1700 1200325 BÁSICAS FUNCºs C1 MEDIO AMBIENTE 9.900,00 --

4930 1200326 BÁSICAS FUNCºs C1 OMIC 9.900,00 --

3380 1200330 BÁSICAS FUNCºs C1 FIESTAS 9.900,00 --

9201 1200336 BÁSICAS FUNCºs C1 AD. FINANCIERA 29.675,00 --

4320 1200338 BÁSICAS FUNCºs C1 TURISMO 9.900,00 --

9230 1200339BÁSICAS FUNCºs C1 INFORMAC. BASICA Y ESTADÍSTICA

19.775,00 --

4330 1200340BÁSICAS FUNCºs C1 DESARROLLO LOCAL Y PROMOC. ECO.

9.900,00 --

3300 1200344 BÁSICAS FUNCºs C1 ADMIN. GRAL. DE CULTURA 9.900,00 --

-- 12004 RETRIBUCIONES BASICAS FUNCºs C2 -- 469.575,00

9200 1200402 BÁSICAS FUNCºs C2 AD. GRAL. 117.325,00 --

1320 1200403 BÁSICAS FUNCºs C2 SEGURIDAD 16.775,00 --

4910 1200405 BÁSICAS FUNCºs C2 GABINETE INFORMACIÓN 16.775,00 --

2324 1200406 BÁSICAS FUNCºs C2 TERCERA EDAD 8.400,00 --

2310 1200407 BÁSICAS FUNCºs C2 ACCION SOCIAL 16.775,00 --

3130 1200415 BÁSICAS FUNCºs C2 SALUD 8.400,00 --

1500 1200418BÁSICAS FUNCºs C2 URBANISMO Y ARQUITECTURA

58.675,00 --

1710 1200420 BÁSICAS FUNCºs C2 PARQUES Y JARDINES 8.400,00 --

37

Page 38: ASISTENTES ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA …...Recálculo sobre ingresos a fecha posterior 29000 IMPUESTO SOBRE CONSTRUCCIONES, ... 36000 VENTA DE LIBROS 335,00 265,00 70,00

Pro Econo. Denominación PartidaCapº/ Artº / Conº

/ Subº

1640 1200423 BÁSICAS FUNCºs C2 CEMENTERIOS 8.400,00 --

1700 1200425 BÁSICAS FUNCºs C2 MEDIO AMBIENTE 8.400,00 --

4930 1200426 BÁSICAS FUNCºs C2 OMIC 8.400,00 --

3340 1200427 BÁSICAS FUNCºs C2 PROMOCIÓN CULTURAL 8.400,00 --

3400 1200428 BÁSICAS FUNCºs C2 AD. GRAL. DE DEPORTES 16.775,00 --

2323 1200432 BÁSICAS FUNCºs C2 JUVENTUD 16.775,00 --

1550 1200434 BÁSICAS FUNCºs C2 VIAS PUBLICAS 16.775,00 --

9201 1200436 BÁSICAS FUNCºs C2 AD. FINANCIERA 58.675,00 --

4320 1200438 BÁSICAS FUNCºs C2 TURISMO 33.525,00 --

4330 1200440BÁSICAS FUNCºs C2 DESARROLLO LOCAL Y PROMOC. ECO.

16.775,00 --

3320 1200443 BÁSICAS FUNCºs C2 BIBLIOTECAS Y ARCHIVOS 25.150,00 --

-- 12005 RETRIBUCIONES BASICAS FUNCºs E -- 76.900,00

9200 1200502 BÁSICAS FUNCºs E AD. GRAL. 15.375,00 --

3211 1200517 BÁSICAS FUNCºs E EDUC. PRIMARIA 15.375,00 --

1640 1200523 BÁSICAS FUNCºs E CEMENTERIOS 7.700,00 --

3340 1200527 BÁSICAS FUNCºs E PROMOCIÓN CULTURAL 7.700,00 --

3400 1200528 BÁSICAS FUNCºs E AD. GRAL. DE DEPORTES 23.050,00 --

2323 1200532 BÁSICAS FUNCºs E JUVENTUD 7.700,00 --

-- 12006 TRIENIOS FUNCºs -- 292.400,00

9200 1200699 TRIENIOS FUNCºs 292.400,00 --

-- 121 RETRIB. COMPLEMENTARIAS FUNC -- 3.070.450,00

-- 12100 COMPLEMENTO DE DESTINO FUNCºs -- 1.423.750,00

9200 1210002 COMPL. DEST. FUNCº AD. GRAL. 175.900,00 --

1320 1210003 COMPL. DEST. FUNCº SEGURIDAD 499.775,00 --

4910 1210005 COMPL. DEST. FUNCº GABINETE INFORMACIÓN 34.925,00 --

2324 1210006 COMPL. DEST. FUNCº TERCERA EDAD 12.175,00 --

2310 1210007 COMPL. DEST. FUNCº ACCION SOCIAL 48.300,00 --

2331 1210010 COMPL. DEST. FUNCº CENTRO OCUPACIONAL 19.425,00 --

3230 1210011 COMPL. DEST. FUNCº PROMOC. EDUCATIVA 9.775,00 --

2320 1210013 COMPL. DEST. FUNCº PROMOC. Y REINS. SOC. 29.075,00 --

3130 1210015 COMPL. DEST. FUNCº SALUD 4.900,00 --

3210 1210016 COMPL. DEST. FUNCº EDUC. infantil 12.325,00 --

3211 1210017 COMPL. DEST. FUNCº EDUC. PRIMARIA 7.925,00 --

1500 1210018COMPL. DEST. FUNCº URBANISMO Y ARQUITECTURA

185.100,00 --

1650 1210019 COMPL. DEST. FUNCº ALUMBRADO 7.150,00 --

38

Page 39: ASISTENTES ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA …...Recálculo sobre ingresos a fecha posterior 29000 IMPUESTO SOBRE CONSTRUCCIONES, ... 36000 VENTA DE LIBROS 335,00 265,00 70,00

Pro Econo. Denominación PartidaCapº/ Artº / Conº

/ Subº

1710 1210020 COMPL. DEST. FUNCº PARQUES Y JARDINES 5.550,00 --

1640 1210023 COMPL. DEST. FUNCº CEMENTERIOS 9.175,00 --

1700 1210025 COMPL. DEST. FUNCº MEDIO AMBIENTE 22.450,00 --

4930 1210026 COMPL. DEST. FUNCº OMIC 12.675,00 --

3340 1210027 COMPL. DEST. FUNCº PROMOCIÓN CULTURAL 9.175,00 --

3400 1210028 COMPL. DEST. FUNCº AD. GRAL. DE DEPORTES 28.775,00 --

3380 1210030 COMPL. DEST. FUNCº FIESTAS 7.150,00 --

2323 1210032 COMPL. DEST. FUNCº JUVENTUD 14.075,00 --

1550 1210034 COMPL. DEST. FUNCº VIAS PUBLICAS 11.075,00 --

9201 1210036 COMPL. DEST. FUNCº AD. FINANCIERA 129.125,00 --

4320 1210038 COMPL. DEST. FUNCº TURISMO 35.425,00 --

9230 1210039COMPL. DEST. FUNCº INFORMAC. BASICA Y ESTADÍSTICA

13.300,00 --

4330 1210040COMPL. DEST. FUNCº DESARROLLO LOCAL Y PROMO. ECO.

24.825,00 --

3320 1210043 COMPL. DEST. FUNCº BIBLIOTECAS Y ARCHIVOS 29.600,00 --

3300 1210044COMPL. DEST. FUNCº ADMIN. GRAL. DE CULTURA

24.625,00 --

-- 12101 COMPLEMENTO ESPECÍFICO FUNCºs -- 1.603.475,00

9200 1210102 COMPL. ESPEC. FUNCº AD. GRAL. 196.800,00 --

1320 1210103 COMPL. ESPEC. FUNCº SEGURIDAD 674.700,00 --

4910 1210105 COMPL. ESPEC. FUNCº GABINETE INFORMACIÓN 25.650,00 --

2324 1210106 COMPL. ESPEC. FUNCº TERCERA EDAD 12.300,00 --

2310 1210107 COMPL. ESPEC. FUNCº ACCION SOCIAL 38.050,00 --

2331 1210110 COMPL. ESPEC. FUNCº CENTRO OCUPACIONAL 7.375,00 --

3230 1210111 COMPL. ESPEC. FUNCº PROMOC. EDUCATIVA 12.950,00 --

2320 1210113 COMPL. ESPEC. FUNCº PROMOC. Y REINS. SOC. 16.600,00 --

3130 1210115 COMPL. ESPEC. FUNCº SALUD 1.800,00 --

3210 1210116 COMPL. ESPEC. FUNCº EDUC. infantil 17.500,00 --

3211 1210117 COMPL. ESPEC. FUNCº EDUC. PRIMARIA 3.675,00 --

1500 1210118COMPL. ESPEC. FUNCº URBANISMO Y ARQUITECTURA

196.575,00 --

1650 1210119 COMPL. ESPEC. FUNCº ALUMBRADO 13.875,00 --

1710 1210120 COMPL. ESPEC. FUNCº PARQUES Y JARDINES 15.575,00 --

1640 1210123 COMPL. ESPEC. FUNCº CEMENTERIOS 5.100,00 --

1700 1210125 COMPL. ESPEC. FUNCº MEDIO AMBIENTE 23.525,00 --

4930 1210126 COMPL. ESPEC. FUNCº OMIC 6.525,00 --

3340 1210127 COMPL. ESPEC. FUNCº PROMOCIÓN CULTURAL 8.425,00 --

3400 1210128 COMPL. ESPEC. FUNCº AD. GRAL. DE DEPORTES 15.550,00 --

3380 1210130 COMPL. ESPEC. FUNCº FIESTAS 6.875,00 --

2323 1210132 COMPL. ESPEC. FUNCº JUVENTUD 8.325,00 --

39

Page 40: ASISTENTES ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA …...Recálculo sobre ingresos a fecha posterior 29000 IMPUESTO SOBRE CONSTRUCCIONES, ... 36000 VENTA DE LIBROS 335,00 265,00 70,00

Pro Econo. Denominación PartidaCapº/ Artº / Conº

/ Subº

1550 1210134 COMPL. ESPEC. FUNCº VIAS PUBLICAS 27.350,00 --

9201 1210136 COMPL. ESPEC. FUNCº AD. FINANCIERA 186.450,00 --

4320 1210138 COMPL. ESPEC. FUNCº TURISMO 19.950,00 --

9230 1210139COMPL. ESPEC. FUNCº INFORMAC. BASICA Y ESTADÍSTICA

12.075,00 --

4330 1210140COMPL. ESPEC. FUNCº DESARROLLO LOCAL Y PROMO. ECO.

16.200,00 --

3320 1210143COMPL. ESPEC. FUNCº BIBLIOTECAS Y ARCHIVOS

16.225,00 --

3300 1210144COMPL. ESPEC. FUNCº ADMIN. GRAL. DE CULTURA

17.475,00 --

-- 12103 OTROS COMPLEMENTOS FUNCºs -- 43.225,00

1320 1210303 OTROS COMPL. FUNCº SEGURIDAD 43.225,00 --

-- 13 PERSONAL LABORAL -- 3.022.225,00

-- 130 LABORAL FIJO. -- 3.022.225,00

-- 13000 RETRIBUCIONES BASICAS LAB. FIJO -- 1.750.750,00

9200 1300002 BÁSICAS LAB. FIJO AD. GRAL. 39.625,00 --

1320 1300003 BÁSICAS LAB. FIJO SEGURIDAD 8.400,00 --

2324 1300006 BÁSICAS LAB. FIJO TERCERA EDAD 49.550,00 --

2310 1300007 BÁSICAS LAB. FIJO ACCION SOCIAL 96.375,00 --

3410 1300008BÁSICAS LAB. FIJO PROMOCIÓN Y FOMENTO DEL DEPORTE

16.775,00 --

2331 1300010 BÁSICAS LAB. FIJO CENTRO OCUPACIONAL 66.950,00 --

3230 1300011 BÁSICAS LAB. FIJO PROMOC. EDUCATIVA 51.650,00 --

2320 1300013 BÁSICAS LAB. FIJO PROMOC. Y REINS. SOC. 17.575,00 --

3131 1300014 BÁSICAS LAB. FIJO PERRERA MUNICIPAL 23.750,00 --

3210 1300016 BÁSICAS LAB. FIJO EDUC. infantil 168.050,00 --

3211 1300017 BÁSICAS LAB. FIJO EDUC. PRIMARIA 145.075,00 --

1500 1300018BÁSICAS LAB. FIJO URBANISMO Y ARQUITECTURA

33.525,00 --

1650 1300019 BÁSICAS LAB. FIJO ALUMBRADO 32.125,00 --

1710 1300020 BÁSICAS LAB. FIJO PARQUES Y JARDINES 134.750,00 --

1640 1300023 BÁSICAS LAB. FIJO CEMENTERIOS 7.700,00 --

1721 1300024 BÁSICAS LAB. FIJO PLAYAS 47.475,00 --

1700 1300025 BÁSICAS LAB. FIJO MEDIO AMBIENTE 39.800,00 --

3340 1300027 BÁSICAS LAB. FIJO PROMOCIÓN CULTURAL 59.250,00 --

3400 1300028 BÁSICAS LAB. FIJO AD. GRAL. DE DEPORTES 84.475,00 --

2323 1300032 BÁSICAS LAB. FIJO JUVENTUD 16.075,00 --

1550 1300034 BÁSICAS LAB. FIJO VIAS PUBLICAS 340.725,00 --

4320 1300038 BÁSICAS LAB. FIJO TURISMO 7.700,00 --

3320 1300043 BÁSICAS LAB. FIJO BIBLIOTECAS Y ARCHIVOS 8.400,00 --

3300 1300044 BÁSICAS LAB. FIJO ADMIN. GRAL. DE CULTURA 117.900,00 --

9200 1300099 TRIENIOS LAB. FIJO 137.075,00 --

40

Page 41: ASISTENTES ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA …...Recálculo sobre ingresos a fecha posterior 29000 IMPUESTO SOBRE CONSTRUCCIONES, ... 36000 VENTA DE LIBROS 335,00 265,00 70,00

Pro Econo. Denominación PartidaCapº/ Artº / Conº

/ Subº

-- 13002 OTRAS RENUNERAC. PERS. LABORAL FIJO -- 1.271.475,00

9200 1300202 OTRAS REMUN. LAB. FIJO AD. GRAL. 28.625,00 --

1320 1300203 OTRAS REMUN. LAB. FIJO SEGURIDAD 10.500,00 --

2324 1300206 OTRAS REMUN. LAB. FIJO TERCERA EDAD 37.325,00 --

2310 1300207 OTRAS REMUN. LAB. FIJO ACCION SOCIAL 71.350,00 --

3410 1300208OTRAS REMUN. LAB. FIJO PROMOCIÓN Y FOMENTO DEL DEPORTE

12.150,00 --

2331 1300210OTRAS REMUN. LAB. FIJO CENTRO OCUPACIONAL

44.650,00 --

3230 1300211 OTRAS REMUN. LAB. FIJO PROMOC. EDUCATIVA 40.675,00 --

2320 1300213OTRAS REMUN. LAB. FIJO PROMOC. Y REINS. SOC.

13.325,00 --

3131 1300214 OTRAS REMUN. LAB. FIJO PERRERA MUNICIPAL 28.125,00 --

3210 1300216 OTRAS REMUN. LAB. FIJO EDUC. infantil 136.750,00 --

3211 1300217 OTRAS REMUN. LAB. FIJO EDUC. PRIMARIA 108.850,00 --

1500 1300218OTRAS REMUN. LAB. FIJO URBANISMO Y ARQUITECTURA

36.350,00 --

1650 1300219 OTRAS REMUN. LAB. FIJO ALUMBRADO 23.475,00 --

1710 1300220 OTRAS REMUN. LAB. FIJO PARQUES Y JARDINES 98.250,00 --

1640 1300223 OTRAS REMUN. LAB. FIJO CEMENTERIOS 6.325,00 --

1721 1300224 OTRAS REMUN. LAB. FIJO PLAYAS 41.500,00 --

1700 1300225 OTRAS REMUN. LAB. FIJO MEDIO AMBIENTE 29.850,00 --

3340 1300227OTRAS REMUN. LAB. FIJO PROMOCIÓN CULTURAL

43.025,00 --

3400 1300228OTRAS REMUN. LAB. FIJO AD. GRAL. DE DEPORTES

59.750,00 --

2323 1300232 OTRAS REMUN. LAB. FIJO JUVENTUD 12.225,00 --

1550 1300234 OTRAS REMUN. LAB. FIJO VIAS PUBLICAS 282.500,00 --

4320 1300238 OTRAS REMUN. LAB. FIJO TURISMO 5.275,00 --

3320 1300243OTRAS REMUN. LAB. FIJO BIBLIOTECAS Y ARCHIVOS

8.250,00 --

3300 1300244OTRAS REMUN. LAB. FIJO ADMIN. GRAL. DE CULTURA

92.375,00 --

-- 14 OTRO PERSONAL -- 161.475,00

-- 143 OTRO PERSONAL -- 161.475,00

-- 14300 OTRO PERSONAL -- 161.475,00

9200 1430001TRABAJOS DE COLABORACION SOCIAL, COMISIONES SERVICIOS Y OTROS

6.000,00 --

9200 1430002 CONVENIOS ENSEÑANZA 4.000,00 --

9200 1430003 PERSONAL LABORAL NO PERMANENTE 141.475,00 --

2410 1430004PERSONAL PROGRAMAS VARIOS DE EMPLEO PÚBLICO

9.000,00 --

9200 1430005INDEMNIZACIONES RESOLUC CONTºs, SALARIOS TRAMITACIÓN Y OTROS GASTOS PERSONAL

1.000,00 --

-- 15 INCENTIVOS AL RENDIMIENTO -- 592.600,00

-- 150 PRODUCTIVIDAD -- 474.375,00

-- 15000 PRODUCTIVIDAD PERSONAL FUNCIONARIO -- 383.500,00

41

Page 42: ASISTENTES ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA …...Recálculo sobre ingresos a fecha posterior 29000 IMPUESTO SOBRE CONSTRUCCIONES, ... 36000 VENTA DE LIBROS 335,00 265,00 70,00

Pro Econo. Denominación PartidaCapº/ Artº / Conº

/ Subº

9200 1500002 PRODUCT. PERS. FUNCº AD. GRAL. 13.450,00 --

1320 1500003 PRODUCT. PERS. FUNCº SEGURIDAD 40.250,00 --

4910 1500005PRODUCT. PERS. FUNCº GABINETE INFORMACIÓN

2.900,00 --

2324 1500006 PRODUCT. PERS. FUNCº TERCERA EDAD 1.100,00 --

2310 1500007 PRODUCT. PERS. FUNCº ACCION SOCIAL 4.250,00 --

2331 1500010 PRODUCT. PERS. FUNCº CENTRO OCUPACIONAL 1.975,00 --

3230 1500011 PRODUCT. PERS. FUNCº PROMOC. EDUCATIVA 800,00 --

2320 1500013 PRODUCT. PERS. FUNCº PROMOC. Y REINS. SOC. 2.625,00 --

3130 1500015 PRODUCT. PERS. FUNCº SALUD 425,00 --

3210 1500016 PRODUCT. PERS. FUNCº EDUC. infantil 1.350,00 --

3211 1500017 PRODUCT. PERS. FUNCº EDUC. PRIMARIA 775,00 --

1500 1500018PRODUCT. PERS. FUNCº URBANISMO Y ARQUITECTURA

13.450,00 --

1650 1500019 PRODUCT. PERS. FUNCº ALUMBRADO 525,00 --

1710 1500020 PRODUCT. PERS. FUNCº PARQUES Y JARDINES 425,00 --

1640 1500023 PRODUCT. PERS. FUNCº CEMENTERIOS 825,00 --

1700 1500025 PRODUCT. PERS. FUNCº MEDIO AMBIENTE 1.700,00 --

4930 1500026 PRODUCT. PERS. FUNCº OMIC 925,00 --

3340 1500027 PRODUCT. PERS. FUNCº PROMOCIÓN CULTURAL 825,00 --

3400 1500028PRODUCT. PERS. FUNCº AD. GRAL. DE DEPORTES

2.675,00 --

3380 1500030 PRODUCT. PERS. FUNCº FIESTAS 525,00 --

2323 1500032 PRODUCT. PERS. FUNCº JUVENTUD 1.225,00 --

1550 1500034 PRODUCT. PERS. FUNCº VIAS PUBLICAS 850,00 --

9201 1500036 PRODUCT. PERS. FUNCº AD. FINANCIERA 9.025,00 --

4320 1500038 PRODUCT. PERS. FUNCº TURISMO 2.975,00 --

9230 1500039PRODUCT. PERS. FUNCº INFORMAC. BASICA Y ESTADÍSTICA

1.025,00 --

4330 1500040PRODUCT. PERS. FUNCº DESARROLLO LOCAL Y PROMOC. ECO.

2.025,00 --

3320 1500043PRODUCT. PERS. FUNCº BIBLIOTECAS Y ARCHIVOS

2.625,00 --

3300 1500044PRODUCT. PERS. FUNCº ADMIN. GRAL. DE CULTURA

1.975,00 --

9200 1500099 PRODUCT. PERS. FUNCº, productividad adicional 270.000,00 --

-- 15001 PRODUCTIVIDAD PERSONAL LAB. FIJO -- 89.875,00

9200 1500102 PRODUCT. PERS. LAB. FIJO AD. GRAL. 2.000,00 --

1320 1500103 PRODUCT. PERS. LAB. FIJO SEGURIDAD 425,00 --

2324 1500106 PRODUCT. PERS. LAB. FIJO TERCERA EDAD 2.550,00 --

2310 1500107 PRODUCT. PERS. LAB. FIJO ACCION SOCIAL 4.875,00 --

3410 1500108PRODUCT. PERS. LAB. FIJO PROMOCIÓN Y FOMENTO DEL DEPORTE

850,00 --

2331 1500110PRODUCT. PERS. LAB. FIJO CENTRO OCUPACIONAL

3.400,00 --

3230 1500111PRODUCT. PERS. LAB. FIJO PROMOC. EDUCATIVA

2.700,00 --

42

Page 43: ASISTENTES ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA …...Recálculo sobre ingresos a fecha posterior 29000 IMPUESTO SOBRE CONSTRUCCIONES, ... 36000 VENTA DE LIBROS 335,00 265,00 70,00

Pro Econo. Denominación PartidaCapº/ Artº / Conº

/ Subº

2320 1500113PRODUCT. PERS. LAB. FIJO PROMOC. Y REINS. SOC.

900,00 --

3131 1500114PRODUCT. PERS. LAB. FIJO PERRERA MUNICIPAL

1.200,00 --

3210 1500116 PRODUCT. PERS. LAB. FIJO EDUC. infantil 8.475,00 --

3211 1500117 PRODUCT. PERS. LAB. FIJO EDUC. PRIMARIA 7.275,00 --

1500 1500118PRODUCT. PERS. LAB. FIJO URBANISMO Y ARQUITECTURA

1.700,00 --

1650 1500119 PRODUCT. PERS. LAB. FIJO ALUMBRADO 1.625,00 --

1710 1500120PRODUCT. PERS. LAB. FIJO PARQUES Y JARDINES

6.750,00 --

1640 1500123 PRODUCT. PERS. LAB. FIJO CEMENTERIOS 400,00 --

1721 1500124 PRODUCT. PERS. LAB. FIJO PLAYAS 2.375,00 --

1700 1500125 PRODUCT. PERS. LAB. FIJO MEDIO AMBIENTE 2.000,00 --

3340 1500127PRODUCT. PERS. LAB. FIJO PROMOCIÓN CULTURAL

2.975,00 --

3400 1500128PRODUCT. PERS. LAB. FIJO AD. GRAL. DE DEPORTES

4.225,00 --

2323 1500132 PRODUCT. PERS. LAB. FIJO JUVENTUD 825,00 --

1550 1500134 PRODUCT. PERS. LAB. FIJO VIAS PUBLICAS 17.050,00 --

4320 1500138 PRODUCT. PERS. LAB. FIJO TURISMO 400,00 --

3320 1500143PRODUCT. PERS. LAB. FIJO BIBLIOTECAS Y ARCHIVOS

425,00 --

3300 1500144PRODUCT. PERS. LAB. FIJO ADMIN. GRAL. DE CULTURA

5.925,00 --

9200 1500199 PRODUCT. PERS. LAB. FIJO, product. adicional 8.550,00 --

-- 15002 PRODUCTIVIDAD PERSONAL LAB. TEMP. -- 1.000,00

9200 1500299 PRODUCT. PERS. LAB. TEMP., product. adicional 1.000,00 --

-- 151 GRATIFICACIONES -- 118.225,00

-- 15100 GRATIFICACIONES PERSONAL FUNCIONARIO -- 77.300,00

9200 1510002 GRATIF. PERS. FUNCº AD. GRAL. 28.750,00 --

1320 1510003 GRATIF. PERS. FUNCº SEGURIDAD 36.375,00 --

1350 1510098 GRATIFIC. PERS. FUNCº, Serv. Ext. Incendios 12.175,00 --

-- 15101 GRATIFICACIONES PERSONAL LAB. FIJO -- 40.925,00

9200 1510102 GRATIF. PERS. LAB. FIJO AD. GRAL. 28.750,00 --

1350 1510198 GRATIFIC. PERS. LAB, Serv. Ext. Incendios 12.175,00 --

-- 16 CUOTAS, PRESTAC. Y GTOS. SOC. A CARGO AYº -- 3.210.050,00

-- 160 CUOTAS SOCIALES -- 3.179.350,00

-- 16000 SEGURIDAD SOCIAL -- 3.156.850,00

9120 1600001 SEG SOCIAL PERS FUNC Y LAB ORG. GOB. 63.975,00 --

9200 1600002 SEG SOCIAL PERS FUNC Y LAB AD. GRAL. 516.850,00 --

1320 1600003 SEG SOCIAL PERS FUNC Y LAB SEG 657.425,00 --

4910 1600005SEG SOCIAL PERS FUNC Y LAB GABINETE INFORMACIÓN

38.825,00 --

2324 1600006 SEG SOCIAL PERS FUNC Y LAB TERCERA EDAD 44.275,00 --

2310 1600007 SEG SOCIAL PERS FUNC Y LAB ACCION SOCIAL 112.125,00 --

43

Page 44: ASISTENTES ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA …...Recálculo sobre ingresos a fecha posterior 29000 IMPUESTO SOBRE CONSTRUCCIONES, ... 36000 VENTA DE LIBROS 335,00 265,00 70,00

Pro Econo. Denominación PartidaCapº/ Artº / Conº

/ Subº

3410 1600008SEG SOCIAL PERS FUNC Y LAB PROMOCIÓN Y FOMENTO DEL DEPORTE

9.675,00 --

2331 1600010SEG SOCIAL PERS FUNC Y LAB CENTRO OCUPACIONAL

58.875,00 --

3230 1600011SEG SOCIAL PERS FUNC Y LAB PROMOC. EDUCATIVA

43.275,00 --

2320 1600013SEG SOCIAL PERS FUNC Y LAB PROMOC. Y REINS. SOC.

42.400,00 --

3131 1600014SEG SOCIAL PERS FUNC Y LAB PERRERA MUNICIPAL

17.250,00 --

3130 1600015 SEG SOCIAL PERS FUNC Y LAB SALUD 5.050,00 --

3210 1600016 SEG SOCIAL PERS FUNC Y LAB EDUC. infantil 120.325,00 --

3211 1600017 SEG SOCIAL PERS FUNC Y LAB EDUC. PRIMARIA 93.900,00 --

1500 1600018SEG SOCIAL PERS FUNC Y LAB URBANISMO Y ARQUITECTURA

236.475,00 --

1650 1600019 SEG SOCIAL PERS FUNC Y LAB ALUMBRADO 28.800,00 --

1710 1600020SEG SOCIAL PERS FUNC Y LAB PARQUES Y JARDINES

87.625,00 --

1640 1600023 SEG SOCIAL PERS FUNC Y LAB CEMENTERIOS 14.800,00 --

1721 1600024 SEG SOCIAL PERS FUNC Y LAB PLAYAS 29.700,00 --

1700 1600025SEG SOCIAL PERS FUNC Y LAB MEDIO AMBIENTE

49.475,00 --

4930 1600026 SEG SOCIAL PERS FUNC Y LAB OMIC 12.475,00 --

3340 1600027 SEG SOCIAL PERS FUNC Y LAB CULTURA 45.400,00 --

3400 1600028SEG SOCIAL PERS FUNC Y LAB AD. GRAL. DE DEPORTES

80.650,00 --

3380 1600030 SEG SOCIAL PERS FUNC Y LAB FIESTAS 7.925,00 --

2323 1600032 SEG SOCIAL PERS FUNC Y LAB JUVENTUD 25.075,00 --

1550 1600034 SEG SOCIAL PERS FUNC Y LAB VIAS PUBLICAS 226.300,00 --

9201 1600036SEG SOCIAL PERS FUNC Y LAB COMERCIO INTERIOR

162.225,00 --

4320 1600038 SEG SOCIAL PERS FUNC Y LAB TURISMO 42.175,00 --

9230 1600039SEG SOCIAL PERS FUNC Y LAB INFORMAC. BASICA Y ESTADISTICA

15.000,00 --

4330 1600040SEG SOCIAL PERS FUNC Y LAB DESARROLLO LOCAL Y PROMOC. ECO.

26.850,00 --

3320 1600043SEG SOCIAL PERS FUNC Y LAB BIBLIOTECAS Y ARCHIVOS

37.850,00 --

3300 1600044SEG SOCIAL PERS FUNC Y LAB ADMIN. GRAL. DE CULTURA

96.750,00 --

9200 1600060 SEG SOCIAL OTRO PERSONAL AD GENERAL 3.250,00 --

9200 1600061SEG SOCIAL PERSONAL LABORAL NO PERMANENTE

46.000,00 --

2410 1600062SEG SOCIAL PERSONAL PROGRAMAS VARIOS DE EMPLEO PÚBLICO

2.925,00 --

9120 1600070 SEG SOCIAL ORGANOS GOBIERNO 54.300,00 --

110 1600080RECARGOS, INTERESES Y APREMIOS CUOTAS SEG. SOCIAL

600,00 --

-- 162 GASTOS SOCIALES DEL PERSONAL. -- 30.700,00

-- 16200 FORMACION Y PERFECCIONAMº DEL PERSONAL -- 3.000,00

9200 1620001 CURSOS VARIOS PERSONAL 3.000,00 --

-- 16204 ACCION SOCIAL -- 21.100,00

2210 1620401PRESTACIONES VARIAS PERS. FUNCIONARIO ENEJECUCIÓN CONVENIO

1.000,00 --

44

Page 45: ASISTENTES ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA …...Recálculo sobre ingresos a fecha posterior 29000 IMPUESTO SOBRE CONSTRUCCIONES, ... 36000 VENTA DE LIBROS 335,00 265,00 70,00

Pro Econo. Denominación PartidaCapº/ Artº / Conº

/ Subº

2210 1620402BOLSA ESTUDIOS PERS. FUNCIONARIO Y NO LABORAL

1.000,00 --

2210 1620403AYUDAS POR MINUSVALIAS PERS. FUNCIONARIO Y NO LABORAL

4.000,00 --

2210 1620404PRESTACIONES SOCIALES (AYUDAS NAT-NUPC) PERS. FUNº Y NO LAB

550,00 --

2210 1620405PRESTACIONES SANITARIAS PERS. FUNCº Y NO LABORAL

4.000,00 --

2210 1620407PRESTACIONES VARIAS PERS. LABORAL EN EJECUCIÓN CONVENIO

1.000,00 --

2210 1620408 BOLSA ESTUDIOS PERSONAL LABORAL 1.000,00 --

2210 1620409AYUDAS POR MINUSVALIAS PERSONAL LABORAL

4.000,00 --

2210 1620410PREST. SOCIALES (NATALIDAD-NUPCIALIDAD) PERSONAL LABORAL

550,00 --

2210 1620411PRESTACIONES SANITARIAS PERSONAL LABORAL

4.000,00 --

-- 16205 SEGUROS -- 6.600,00

2210 1620501SEGUROS A PERSONAL FUNCIONARIO Y NO LABORAL

2.100,00 --

2210 1620502 SEGUROS PERSONAL LABORAL 4.500,00 --

-- 2CAPITULO II.- GASTOS CTES. EN BIENES Y

SERVICIOS-- 11.105.750,00

-- 20 ARRENDAMIENTOS Y CÁNONES. -- 188.500,00

-- 200 ARRENDº TERRENOS Y BIENES NATURALES. -- 18.450,00

-- 20000 ARRENDº TERRENOS Y BIENES NATIURALES -- 18.450,00

1710 2000003ARRENDº SOLAR COFRADÍA PESCADORES EN AVDA. VALL LAGUAR PARA SERV. JARDINERÍA

10.775,00 --

1330 2000004ARRENDº SOLARES PARA APARCAMIENTO PÚBLICO

7.675,00 --

-- 202ARRENDº EDIFICIOS Y OTRAS

CONSTRUCCIONES-- 61.050,00

-- 20200ARRENDº EDIFICIOS Y OTRAS

CONSTRUCCIONES-- 61.050,00

9200 2020003 ARRENDº LOCAL ALMACEN BRIGADAS 13.600,00 --

2410 2020004ARRENDº LOCAL COFRADÍA PESCADORES PARAPROGRAMAS FORMACIÓN LABORAL

7.225,00 --

1300 2020005ARRENDº LOCAL SEDE POLICÍA LOCAL DE BARRIO

31.200,00 --

4330 2020010 ARRENDº LOCAL CREAMA / AFIC 8.000,00 --

9200 2020012 OTROS ARRENDAMIENTOS PUNTUALES 1.025,00 --

-- 203 ARRENDº MAQUINª, INSTALACIONES Y UTILL. -- 30.125,00

-- 20300 ARRENDº MAQUINª, INSTALACIONES Y UTILL.. -- 30.125,00

9200 2030001ARRENDº VARIOS MAQUINª, INSTALACIONES Y UTILL.

350,00 --

3420 2030003ARRENDº MAQUINª, INSTALACIONES Y UTILL.. ENINSTAL DEP

19.375,00 --

1721 2030004 ARRENDº MÁQUINARIA PLAYAS 4.175,00 --

3120 2030005ARRENDº CONSTRUCCIÓN MODULAR PARA USO SANITARIO

6.225,00 --

-- 204 ARRENDº MATERIAL DE TRANSPORTE -- 24.700,00

-- 20400 ARRENDº MATERIAL DE TRANSPORTE. -- 24.700,00

1320 2040004 ARRENDAMIENTO VEHICULOS POL. LOCAL 24.700,00 --

-- 205 ARRENDº MOBILIARIO Y ENSERES -- 425,00

-- 20500 ARRENDº MOBILIARIO Y ENSERES -- 425,00

45

Page 46: ASISTENTES ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA …...Recálculo sobre ingresos a fecha posterior 29000 IMPUESTO SOBRE CONSTRUCCIONES, ... 36000 VENTA DE LIBROS 335,00 265,00 70,00

Pro Econo. Denominación PartidaCapº/ Artº / Conº

/ Subº

9200 2050001 ARRº VARIOS MOBILIARIO Y ENSERES 425,00 --

-- 206ARRENDº EQUIPOS PARA PROCESOS

INFORMACION-- 16.500,00

-- 20600ARRENDº EQUIPOS PARA PROCESOS

INFORMACION-- 16.500,00

9200 2060002RENTING FOTOCOPIADORAS, IMPRESORAS Y OTROS EQUIPOS OFICINAS

16.500,00 --

-- 209 CÁNONES. -- 37.250,00

-- 20900 CÁNONES. -- 37.250,00

1721 2090001 CANON SERVICIO PROVINCIAL DE COSTAS 35.025,00 --

1720 2090003CANON Mº MEDIO AMB. VERTIDOS DOMº PUBLº HIDRAULº

2.225,00 --

-- 21REPARACIONES, MANTº Y CONSERVACION

(RMC)-- 633.975,00

-- 210 RMC INFRAESTRUCTURA Y BIENES NATURALES. -- 220.650,00

-- 21000 RMC INFRAESTRUCTURA Y BIENES NATURALES. -- 220.650,00

1710 2100001 RMC PARQUES Y JARDINES 73.425,00 --

1721 2100003 RMC PLAYAS 65.200,00 --

1550 2100004 RMC CARRETERAS, CAMINOS Y VIAS PUBLICAS 82.025,00 --

-- 212 RMC EDIFICIOS Y OTRAS CONSTRUCCIONES. -- 185.750,00

-- 21200 RMC EDIFICIOS Y OTRAS CONSTRUCCIONES. -- 185.750,00

9200 2120001RMC CASA CONSISTORIAL Y OTRAS DEPENDENCIAS

29.825,00 --

2410 2120003 RMC EDIFICIO MADRID 1.750,00 --

3420 2120004 RMC PISCINA MUNICIPAL 14.875,00 --

4330 2120005 RMC EDIFICIO MIRO 3.150,00 --

2410 2120006 RMC EDIFICIO ATALAYA (INEM) 875,00 --

9200 2120007 RMC EDIFICIO HERNANDO, LOCAL 8 700,00 --

3210 2120008 RMC CENTROS ENSEÑANZA 29.800,00 --

1640 2120009 RMC CEMENTERIO 9.225,00 --

3340 2120010 RMC CASA CULTURA 6.125,00 --

3420 2120011 RMC EDIF. E INSTALAC. DEPORTIVAS 75.000,00 --

2324 2120012 RMC CENTº CIVº TERCERA EDAD 4.775,00 --

2331 2120013 RMC CENTRO OCUPACIONAL 1.425,00 --

3330 2120014 RMC MUSEOS VARIOS 5.150,00 --

1330 2120015 RMC GARAJES PLAZA MAYOR 3.075,00 --

-- 213 RMC MAQUINª, INSTALACIONES Y UTILL.. -- 147.775,00

-- 21300 RMC MAQUINª, INSTALACIONES Y UTILL.. -- 147.775,00

9200 2130001 RMC EQUIPOS NO INFORMATº OFICINAS 28.500,00 --

9200 2130002 RMC EQUIPOS NO INFORMATº JUZGº PAZ 250,00 --

9200 2130003 RMC ENVASES OXIGENO ACETILENO 3.175,00 --

9200 2130005 RMC ASCENSORES MUNICIPALES 15.500,00 --

9200 2130006 RMC EXTINTORES 7.375,00 --

46

Page 47: ASISTENTES ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA …...Recálculo sobre ingresos a fecha posterior 29000 IMPUESTO SOBRE CONSTRUCCIONES, ... 36000 VENTA DE LIBROS 335,00 265,00 70,00

Pro Econo. Denominación PartidaCapº/ Artº / Conº

/ Subº

9200 2130007 RMC AIRE ACONDICIONADO 4.175,00 --

9200 2130008 RMC ALARMAS EDIFICIOS MUNIC. 10.800,00 --

1320 2130009 RMC RADIOTELEFONO POL. LOCAL 700,00 --

1650 2130013 RMC ALUMBRADO PUBLICO 33.150,00 --

1550 2130014 RMC SEMAFOROS 1.600,00 --

1710 2130015 RMC EQUIPOS VARIOS PARQUES Y JARDINES 1.750,00 --

1721 2130016 RMC EQUIPOS VARIOS PLAYAS 9.850,00 --

3340 2130017 RMC INSTALACIONES CASA CULTURA 10.425,00 --

3420 2130019RMC DEPOSITOS GLP INSTALACIONES DEPORTIVAS

1.350,00 --

2324 2130020 RMC INSTALAC. CENTº CIVº 3ª EDAD 10.500,00 --

2331 2130021 RMC INSTALAC. CENTRO OCUPACIONAL 5.075,00 --

9200 2130022 RMC INSTALAC. JUZGº PAZ 3.350,00 --

3330 2130023 RMC INSTALAC. MUSEO ETNOLº CASA COCÓ 250,00 --

-- 214 RMC MATERIAL DE TRANSPORTE. -- 73.400,00

-- 21400 RMC MATERIAL DE TRANSPORTE. -- 73.400,00

9200 2140001 RMC PARQUE MOVIL MUNIC. 62.650,00 --

1320 2140002 RMC PARQUE MOVIL POL. LOCAL 5.625,00 --

1721 2140003 RMC PARQUE MOVIL PLAYAS 5.125,00 --

-- 215 RMC MOBILIARIO Y ENSERES -- 1.075,00

-- 21500 RMC MOBILIARIO Y ENSERES -- 1.075,00

9200 2150001 RMC VARIOS MOBILIARIO Y ENSERES 1.075,00 --

-- 219 RMC OTRO INMOVILIZADO MATERIAL -- 5.325,00

-- 21900 RMC OTRO INMOVILIZADO MATERIAL -- 5.325,00

9200 2190001 RMC VARIOS OTRO INMOVILIZADO MATERIAL 5.325,00 --

-- 22 MATERIAL, SUMºS Y OTROS -- 9.754.025,00

-- 220 MATERIAL OFICINA. -- 120.625,00

-- 22000 ORDINARIO NO INVENTARIABLE. -- 99.625,00

9200 2200001MATERIAL VARIO OFIC. E IMPR. SERVICIOS GENERALES

73.425,00 --

9200 2200002MATERIAL VARIO OFIC. E IMPR. JUZGADO DE PAZ

1.700,00 --

1300 2200003 MATERIAL VARIO OFIC. E IMPR. POLICIA LOCAL 1.875,00 --

3340 2200005 MATERIAL VARIO OFIC. E IMPR. CASA CULTURA 11.750,00 --

4320 2200006 MATERIAL VARIO OFIC. e IMPR. TURISMO 10.225,00 --

2331 2200007MATERIAL VARIO OFIC. e IMPR. CENTRO OCUPACIONAL

300,00 --

3320 2200011MATERIAL VARIO OFIC. e IMPR. ARCHIVO MUNICIPAL

350,00 --

-- 22001 PRENSA, REVISTAS, LIBROS Y OTRAS PUBLIC. -- 13.450,00

9120 2200101 PUBLICACIONES, ORGANOS GOBIERNO 5.400,00 --

9200 2200102 PUBLICACIONES, AD. GRAL. 4.550,00 --

47

Page 48: ASISTENTES ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA …...Recálculo sobre ingresos a fecha posterior 29000 IMPUESTO SOBRE CONSTRUCCIONES, ... 36000 VENTA DE LIBROS 335,00 265,00 70,00

Pro Econo. Denominación PartidaCapº/ Artº / Conº

/ Subº

9200 2200103 PUBLICACIONES, JUZG DE PAZ 125,00 --

3320 2200105 PUBLICACIONES, BIBLIOTECA 1.325,00 --

1500 2200106 PUBLICACIONES, URBº Y ARQUITECTURA 2.050,00 --

-- 22002 MATERIAL INFORMATICO NO INVENTARIABLE -- 7.550,00

9200 2200201 PROGR. Y LIC. VARIOS INFORMATICA 4.175,00 --

9200 2200202 MAT. VARIO INFORMATº NO INVENTARIABLE 3.375,00 --

-- 221 SUMINISTROS -- 1.214.550,00

-- 22100 DE ENERGIA ELECTRICA. -- 901.825,00

9200 2210001 SUMºS ELECT. SERV. VARIOS AD. GRAL. 81.125,00 --

9200 2210002OTROS GTOS. POR SUMº E. ELEC. (DCHOS. ACOM, BOLET.)

475,00 --

9200 2210003 SUMºS ELECT. SERV. VARIOS JUZGº PAZ 4.550,00 --

1300 2210004 SUMº ELECT. POL. LOCAL 12.200,00 --

2324 2210005 SUMº ELECT. SERV. VARIOS 3ª EDAD 16.300,00 --

2324 2210006 SUMº ELECT. CENTº CIVº 3ª EDAD 11.625,00 --

2310 2210007 SUMº ELECT. SERV. VARIOS SERV. SOCIALES 475,00 --

2331 2210008 SUMº ELECT. CENTRO OCUPACIONAL 6.250,00 --

3131 2210009 SUMº ELECT. SERV. RECOGIDA ANIMALES 6.200,00 --

3210 2210010 SUMº ELECT. SERV. VARIOS ENSEÑANZA 76.725,00 --

3210 2210011 SUMº ELECT. SERV. VARIOS ESCOLA INFANTIL 23.775,00 --

1650 2210012 SUMº ELECT. ALUMBRADO PUBLICO 416.275,00 --

1640 2210013 SUMº ELECT.T CEMENTERIO 3.800,00 --

1720 2210014 SUMº ELECT.T SERV. VARIOS MEDIO AMBIENTE 3.600,00 --

3340 2210015 SUMº ELECT.T SERV. VARIOS CULTURA 81.750,00 --

3420 2210016 SUMº ELECT.T SERV. VARIOS DEPORTES 70.575,00 --

3360 2210017SUMº ELECT. SERV. VARIOS PROTEC. PATRIMº HCO.

5.925,00 --

3380 2210018 SUMº ELECT. SERV. VARIOS FIESTAS 8.450,00 --

1550 2210019 SUMº ELECT. SERV. VARIOS BRIGADAS MUNIC. 125,00 --

4310 2210020 SUMº ELECT. SERV. VARIOS COMERCIO 8.650,00 --

4320 2210021 SUMº ELECT. SERV. VARIOS TURISMO (GRAL.) 3.200,00 --

4320 2210022 SUMº ELECT. SERV. VARIOS TURISMO (OTROS) 475,00 --

4320 2210023SUMº ELECT. SERV. VARIOS TURISMO (RESIDENTES)

475,00 --

1340 2210024 SUMº ELECT. SERV. PROTEC. CIVIL 475,00 --

1710 2210025 SUMº ELECT. SERV. JARDINES 300,00 --

1721 2210026 SUMº ELECT. SERV. PLAYAS 400,00 --

1550 2210028 SUMº ELECT. INSTAL. VÍA PÚBLICA 725,00 --

2323 2210029 SUMº ELECT. SERV. JUVENTUD 1.425,00 --

3420 2210030 SUMº ELECT. PISCINA MUNICIPAL 55.500,00 --

-- 22101 DE AGUA -- 1.450,00

48

Page 49: ASISTENTES ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA …...Recálculo sobre ingresos a fecha posterior 29000 IMPUESTO SOBRE CONSTRUCCIONES, ... 36000 VENTA DE LIBROS 335,00 265,00 70,00

Pro Econo. Denominación PartidaCapº/ Artº / Conº

/ Subº

1610 2210101 SUMºS VARIOS AGUA 650,00 --

1610 2210104 SUMº AGUA ENVASADA COLEGIOS PUBLICOS 800,00 --

-- 22102 GAS. -- 16.950,00

3420 2210201 SUMº GAS EDUCACION FISICA Y DEPORTES 16.950,00 --

-- 22103 COMBUSTIBLES Y CARBURANTES. -- 219.325,00

9120 2210301 COMBUST. VEHIC. ORGANOS GOBIERNO 8.300,00 --

9200 2210302 COMBUST. VEHIC. ADMINISTRACION GENERAL 31.025,00 --

1320 2210303 COMBUST. VEHIC. POL. LOCAL 30.450,00 --

1340 2210304 COMBUST. VEHIC. PROTEC. CIVIL 4.050,00 --

2310 2210305 COMBUST. VEHIC. SERV. SOCIALES 4.100,00 --

3131 2210306 COMBUST. VEHIC. SERV. RECOGIDA ANIMALES 1.500,00 --

1650 2210307 COMBUST. VEHIC. SERV. ALUMBRADO 5.175,00 --

1710 2210308 COMBUST. VEHIC. SERV. PARQUES Y JARD. 11.925,00 --

1721 2210309 COMBUST. VEHIC. SERV. PLAYAS 6.600,00 --

1720 2210310 COMBUST. VEHIC. SERV. MEDIO AMBIENTE 6.125,00 --

4310 2210311 COMBUST. VEHIC. SERV. COMERCIO 350,00 --

1550 2210312 COMBUST. VEHIC. BRIGADA MUNIC. 21.175,00 --

3210 2210313 GASOLEO CALEFACCION COLEGIOS 28.550,00 --

3420 2210316 GASÓLEO PISCINA MUNICIPAL 60.000,00 --

-- 22104 VESTUARIO -- 41.425,00

9200 2210401VESTUARIO PERSONAL VARIO BRIGADAS MUNIC.

6.425,00 --

1320 2210402 VESTUARIO POLICIA LOCAL 35.000,00 --

-- 22110 PRODUCTOS DE LIMPIEZA Y ASEO. -- 33.575,00

9200 2211001PRODUC. LIMP. Y ASEO, AYUNTº Y OTROS EDIF MUNICIP

25.975,00 --

3340 2211002 PRODUC. LIMP. Y ASEO, CASA CULTURA 6.050,00 --

3420 2211003PRODUC. LIMP. Y ASEO, INSTALACIONES DEPORTIVAS

1.550,00 --

-- 222 COMUNICACIONES. -- 110.125,00

-- 22200 TELEFÓNICAS. -- 70.850,00

9200 2220001 COMUNIC. TELEF. SERV. VARIOS AD. GENERAL 27.950,00 --

9200 2220002 COMUNIC. TELEF. SERV. VARIOS JUZGº PAZ 1.225,00 --

1300 2220003 COMUNIC. TELEF. SERV. VARIOS POL. LOCAL 6.075,00 --

1340 2220004 COMUNIC. TELEF. SERV. VARIOS PROTEC. CIVIL 800,00 --

2324 2220005 COMUNIC. TELEF. SERV. VARIOS TERCERA EDAD 1.575,00 --

2324 2220006 COMUNIC. TELEF. CENTº CIVº 3ª EDAD 850,00 --

2310 2220007 COMUNIC. TELEF. SERV. SOCIALES 2.650,00 --

2331 2220008 COMUNIC. TELEF. CENTRO OCUPACIONAL 900,00 --

3230 2220009COMUNIC. TELEF. SERV. VARIOS PROMOC. EDUCATIVO

1.500,00 --

49

Page 50: ASISTENTES ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA …...Recálculo sobre ingresos a fecha posterior 29000 IMPUESTO SOBRE CONSTRUCCIONES, ... 36000 VENTA DE LIBROS 335,00 265,00 70,00

Pro Econo. Denominación PartidaCapº/ Artº / Conº

/ Subº

3131 2220010COMUNIC. TELEF. SERV. VARIOS RECOGIDA ANIMALES

800,00 --

3210 2220011COMUNIC. TELEF. SERV. VARIOS ESCOLA INFANTIL

1.350,00 --

1640 2220012 COMUNIC. TELEF. SERV. VARIOS CEMENTERIO 700,00 --

1720 2220013COMUNIC. TELEF. SERV. VARIOS MEDIO AMBIENTE

2.875,00 --

4930 2220014 COMUNIC. TELEF. SERV. VARIOS OMIC 550,00 --

3300 2220015 COMUNIC. TELEF. SERV. VARIOS CULTURA 4.325,00 --

3400 2220016 COMUNIC. TELEF. SERV. VARIOS DEPORTES 5.925,00 --

3360 2220017COMUNIC. TELEF. SERV. VARIOS PROTEC. PATRIMº HCO.

250,00 --

2323 2220018 COMUNIC. TELEF. SERV. VARIOS JUVENTUD 775,00 --

4310 2220019 COMUNIC. TELEF. SERV. VARIOS COMERCIO 4.375,00 --

4320 2220020 COMUNIC. TELEF. SERV. VARIOS TURISMO 4.600,00 --

4320 2220021COMUNIC. TELEF. SERV. VARIOS RELAC. RESIDENTES

200,00 --

3131 2220023 COMUNIC. TELEF. MOVIL PERRERA MUNIC. 600,00 --

-- 22201 POSTALES. -- 39.275,00

9200 2220101 FRANQUEOS Y OTROS CORREOS 36.850,00 --

9200 2220102 OTROS ENVIOS POSTALES 2.425,00 --

-- 223 TRANSPORTES -- 20.000,00

-- 22300 TRANSPORTES -- 20.000,00

2324 2230002 TRANSPORTE URBANO TERCERA EDAD 20.000,00 --

-- 224 PRIMAS DE SEGUROS -- 124.800,00

-- 22400 PRIMAS DE SEGUROS -- 124.800,00

9200 2240001 ASEGURº EDIFICIOS Y LOCALES 23.250,00 --

9200 2240002 ASEGURº VEHICULOS y EMBARCACIONES 37.525,00 --

9200 2240004 ASEGURº RESPONSABILIDAD CIVIL Y OTROS 52.725,00 --

3340 2240005 ASEGURº ACTIVIDADES CULTURALES 275,00 --

3210 2240006 ASEGURº ACCIDENTES ESCOLA INFANTIL 925,00 --

1340 2240007 ASEGURº ACCIDENTES PROTEC. CIVIL 825,00 --

2331 2240008 ASEGURº ACCIDENTES CENTRO OCUPACIONAL 225,00 --

9120 2240009ASEGURº ACCIDENTES MIEMBROS CORPORACION

9.050,00 --

-- 225 TRIBUTOS -- 20.200,00

-- 22500 TRIBUTOS -- 20.200,00

9200 2250001 TRIBUTOS VARIOS 20.200,00 --

-- 226 GASTOS DIVERSOS. -- 913.050,00

-- 22601 ATENCIONES PROTOCOL. Y REPRES.. -- 22.050,00

9120 2260102GASTOS PROTOCOLO Y REPRESENTACIÓN MUNICIPAL

22.050,00 --

-- 22602 PUBLICIDAD Y PROPAGANDA. -- 121.775,00

4910 2260201PUBLICIDAD INSTITUCIONAL EN MEDIOS COMUNICACIÓN

31.475,00 --

50

Page 51: ASISTENTES ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA …...Recálculo sobre ingresos a fecha posterior 29000 IMPUESTO SOBRE CONSTRUCCIONES, ... 36000 VENTA DE LIBROS 335,00 265,00 70,00

Pro Econo. Denominación PartidaCapº/ Artº / Conº

/ Subº

4910 2260202PUBLICIDAD INSTITUCIONAL (BOLETÍN INFORMATIVO MUNICIPAL)

11.250,00 --

4910 2260203 OTRA PUBLICIDAD MUNICIPAL 26.250,00 --

3340 2260205 PUBLICIDAD CULTURAL 6.775,00 --

4320 2260206 PUBLICIDAD TURISTICA 46.025,00 --

-- 22603 PUBLICACIÓN EN DIARIOS OFICIALES. -- 9.025,00

9200 2260301 PUBLICACIÓN EN DIARIOS OFICIALES. 9.025,00 --

-- 22604 JURÍDICOS, CONTENCIOSOS. -- 118.950,00

9200 2260401GASTOS PROCESALES, Y DE REPRESENT. Y DEFENSA AYUNTº

115.325,00 --

9200 2260402 GASTOS NOTARIALES Y REGISTRALES VARIOS 3.625,00 --

-- 22607 OPOSICIONES Y PRUEBAS SELECTIVAS. -- 6.150,00

9200 2260701DIETAS ASISTENCIA TRIBUNALES SELEC. PERSONAL

6.150,00 --

-- 22609 ACTIVIDADES CULTURALES Y DEPORTIVAS. -- 125.750,00

3340 2260901 GASTOS FUNCIONAMIENTO CULTURA 55.700,00 --

3330 2260902 GASTOS FUNCIONAMIENTO MUSEOS LOCALES 12.825,00 --

3410 2260904 GASTOS FUNCIONAMIENTO DEPORTES 40.900,00 --

3340 2260906 PUBLICACIONES MUNICIPALES 975,00 --

3360 2260909GASTOS FUNCIONAMIENTO ARQUEOLª Y PROT. PATRº HCOº

15.350,00 --

-- 22699 OTROS GASTOS DIVERSOS -- 509.350,00

9200 2269901INDEMNIZ. A TERCEROS POR FUNCIONAMº SERVMUNIC.

20.450,00 --

9200 2269902 SANCIONES IMPUESTAS AL AYUNTAMIENTO 5.125,00 --

9200 2269903GASTOS FUNCIONAMIENTO ADMINISTRACION GENERAL

51.125,00 --

9200 2269904 GASTOS FUNCIONAMIENTO JUZGº PAZ 225,00 --

1320 2269905 GASTOS FUNCIONAMIENTO SEGURIDAD 2.950,00 --

1340 2269906 GASTOS FUNCIONAMIENTO VOLUNTARIADO 20.450,00 --

2324 2269907 GASTOS FUNCIONAMIENTO TERCERA EDAD 58.300,00 --

2310 2269908SERV. SOC., PROGRAMA INFORM. Y ASESORAMIENTO

625,00 --

2310 2269909 SERV. SOC., PROGRAMA COOPERACION SOCIAL 1.025,00 --

2310 2269910 SERV. SOC., PROGRAMAS GENERALES Y OTROS 2.575,00 --

3230 2269911GASTOS FUNCIONAMIENTO PROMOCION EDUCATIVA (EPA Y OTROS)

27.500,00 --

3230 2269912GASTOS FUNCIONAMIENTO GABINETE PSICOPEDAGÓGICO

200,00 --

2321 2269913 GASTOS FUNCIONAMIENTO MUJER E INFANCIA 4.225,00 --

3131 2269914 GASTOS FUNCIONAMIENTO PERRERA MUNIC. 12.850,00 --

3130 2269915 GASTOS FUNCIONAMIENTO SANIDAD 725,00 --

3210 2269916GASTOS FUNCIONAMIENTO EDUCACIÓN PREESCOLAR Y PRIMARIA

2.600,00 --

3210 2269917 GASTOS FUNCIONAMIENTO ESCOLA INFANTIL 2.575,00 --

1720 2269918 GASTOS FUNCIONAMIENTO MEDIO AMBIENTE 40.900,00 --

4930 2269919 GASTOS FUNCIONAMIENTO OMIC 250,00 --

51

Page 52: ASISTENTES ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA …...Recálculo sobre ingresos a fecha posterior 29000 IMPUESTO SOBRE CONSTRUCCIONES, ... 36000 VENTA DE LIBROS 335,00 265,00 70,00

Pro Econo. Denominación PartidaCapº/ Artº / Conº

/ Subº

3220 2269920GASTOS FUNCIONAMIENTO EDUCACIÓN SECUNDARIA

725,00 --

3380 2269921GASTOS FUNCIONAMIENTO FIESTAS POPULARES

42.950,00 --

3380 2269922 ALUMBRADO CALLES FIESTAS 15.800,00 --

2323 2269925 GASTOS FUNCIONAMIENTO JUVENTUD 14.175,00 --

9220 2269926GASTOS FUNCIONAMIENTO RELAC. INSTITUCIONALES

10.750,00 --

9201 2269927 GASTOS FUNCIONAMIENTO AD. FINANCIERA 475,00 --

4310 2269928 GASTOS FUNCIONAMIENTO COMERCIO 1.575,00 --

4320 2269929 GASTOS ASISTENCIA FERIAS TURISMO 15.350,00 --

4320 2269930 GASTOS FUNCIONAMIENTO TURISMO 32.675,00 --

3120 2269931ACTUACIONES DE SEGURIDAD Y SALUD LABORAL PARA EL PERSONAL MUNICIPAL

22.500,00 --

4320 2269933GTOS. VARIOS ATRAC TURIST (FER. ARTª., MERCAT MEDIEV.)

3.175,00 --

9120 2269935 GASTOS FUNCIONAMIENTO ALCALDIA 10.350,00 --

1640 2269936 GASTOS FUNCIONAMIENTO CEMENTERIO 1.550,00 --

4330 2269937GASTOS FUNCIONAMIENTO AGENCIA DESARROLLO LOCAL

4.250,00 --

2331 2269938GASTOS FUNCIONAMIENTO CENTRO OCUPACIONAL

5.600,00 --

9240 2269941GASTOS FUNCIONAMIENTO PARTICIPACION CIUDADANA

3.625,00 --

4310 2269943GASTOS FUNCIONAMIENTO AGª. FOMENTO INIC. COMERCIALES (AFIC)

3.250,00 --

4150 2269944 GASTOS FUNCIONAMIENTO PESCA 3.225,00 --

9200 2269945GASTOS FUNCIONAMIENTO SERVICIOS GENERALES

7.475,00 --

2310 2269946GASTOS FUNCIONAMIENTO AC. SOCIAL (emigración)

2.850,00 --

1721 2269951 GASTOS FUNCIONAMIENTO PLAYAS 3.625,00 --

3320 2269952 GASTOS FUNCIONAMIENTO BIBLIOTECA 3.075,00 --

2410 2269955GASTOS PROGRs. VARIOS FORMACION LABORAL

2.400,00 --

1510 2269957 GASTOS FUNCIONAMIENTO AGENDA 21 37.225,00 --

3320 2269960GASTOS FUNCIONAMIENTO ARCHIVOS MUNICIPALES

1.550,00 --

1520 2269962GASTOS FUNCIONAMIENTO OFICINA MUNICIPAL DE LA VIVIENDA

650,00 --

2320 2269963GASTOS FUNCIONAMIENTO PROMOCIÓN DE LA IGUALDAD DE OPORTUNIDADES

650,00 --

9250 2269964GASTOS FUNCIONAMIENTO ATENCIÓN CIUDADANA

3.175,00 --

-- 227TRABAJOS REALIZADOS POR OTRAS

EMPRESAS.-- 7.253.175,00

-- 22700 LIMPIEZA Y ASEO. -- 5.211.075,00

3130 2270001 DESRATIZ., DESINFE. Y DESINSECTACION 36.950,00 --

1620 2270003 RECOGIDA BASURAS, CONTRATO CONCESION 2.386.275,00 --

1620 2270004 TRATº Y ELIM. RESIDUOS SOLIDOS URBANOS 1.435.500,00 --

1630 2270006 LIMPIEZA VIARIA, CONTRATO CONCESION 1.234.525,00 --

9200 2270008 LIMPIEZA CRISTALES EDIFICIOS MUNIC. VARIOS 475,00 --

1720 2270009 CONVº ECOPARQUE AYUNTº BENISSA 65.000,00 --

52

Page 53: ASISTENTES ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA …...Recálculo sobre ingresos a fecha posterior 29000 IMPUESTO SOBRE CONSTRUCCIONES, ... 36000 VENTA DE LIBROS 335,00 265,00 70,00

Pro Econo. Denominación PartidaCapº/ Artº / Conº

/ Subº

1721 2270010 SERVICIO DE ECOASEOS EN PLAYAS 50.000,00 --

4310 2270011 SERVICIO DE ECOASEOS EN MERCADILLOS 2.350,00 --

-- 22701 SEGURIDAD -- 324.525,00

1721 2270102 SERVICIO DE BALIZAMIENTO ZONAS BAÑO 74.525,00 --

1721 2270103 SALVAMENTO Y SOCORRISMO EN PLAYAS 250.000,00 --

-- 22702 VALORACIONES Y PERITAJES. -- 3.175,00

9200 2270201 VALORACIONES Y PERITAJES VARIOS 3.175,00 --

-- 22706 ESTUDIOS Y TRABAJOS TECNICOS. -- 402.200,00

9200 2270601 CONSULTs Y ASISTs. TCAS. VARIAS 650,00 --

9200 2270602ASISTENCIA TECª INFORMª SOFTWARE PROGR. VARIOS

49.225,00 --

1500 2270605 REDAC. PROYECTOS URBº Y OBRAS Y OTROS 41.950,00 --

9320 2270606 TRABAJOS COLABORACIÓN CATASTRAL 161.600,00 --

9230 2270607ESTUDIOS Y TRABAJOS TÉCNICOS ESTADÍSTICOS

2.125,00 --

1300 2270612ASISTENCIA TECª INFORMª SOFTWARE PROGR. POL. LOCAL

2.425,00 --

1721 2270613 ESTUDIOS Y TRABAJOS TÉCNICOS PLAYAS 1.100,00 --

9201 2270614ESTUDIOS Y TRABAJOS TÉCNICOS ECONÓMICO-FINANCIEROS

47.200,00 --

9200 2270617 SERVICIOS WEBS MUNICIPALES 54.000,00 --

4320 2270618SERVICIOS FUNCIONAMIENTO PORTAL TURÍSTICO CALPE.ES

41.925,00 --

-- 22708SERVICIOS DE RECAUDACION A FAVOR DE LA

ENTIDAD.-- 1.004.600,00

9320 2270801 SERVICIO RECAUDACION SUMA 1.004.600,00 --

-- 22799 OTROS TRABAJOS -- 307.600,00

1330 2279901ESTAC. LIMITADO (RETIRADA VEHIC. ABANDº Y OTROS)

6.000,00 --

3131 2279903 SERVICIO VETERINARIO PERRERA MUNIC. 6.475,00 --

3210 2279904 SERVICIO COMEDOR ESCOLA INFANTIL 69.725,00 --

3340 2279906 SERVICIOS UNION MUSICAL 6.550,00 --

3340 2279907 SONIDO CASA CULTURA 2.550,00 --

3130 2279908 SERVICIO DE TRANSPORTE SANITARIO LOCAL 185.000,00 --

3340 2279909 VENTA DE ENTRADAS CASA CULTURA 1.475,00 --

3131 2279910 SERVICIO RECOGIDA ANIMALES FALLECIDOS 375,00 --

2331 2279912 SERVICIO COMEDOR CENTRO OCUPACIONAL 17.450,00 --

1721 2279915 MANTº GESTION AMB. PLAYAS 12.000,00 --

-- 23 INDEMNIZACION POR RAZON DEL SERVICIO -- 285.100,00

-- 230 DIETAS. -- 266.550,00

-- 23000DE LOS MIEMBROS DE LOS ÓRGANOS DE

GOBIERNO.-- 257.375,00

9120 2300001DIETAS A CONCEJALÍAS POR ASIST. O PARTICIP. EN ORGº GOBIERNO

253.325,00 --

9120 2300002DIETAS A CONCEJALIAS POR SERVICIOS VARIOSA JUSTIFICAR

4.050,00 --

-- 23020 DIETAS DEL PERSONAL NO DIRECTIVO -- 9.175,00

53

Page 54: ASISTENTES ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA …...Recálculo sobre ingresos a fecha posterior 29000 IMPUESTO SOBRE CONSTRUCCIONES, ... 36000 VENTA DE LIBROS 335,00 265,00 70,00

Pro Econo. Denominación PartidaCapº/ Artº / Conº

/ Subº

9200 2302001 DIETAS DEL PERSONAL MUNICIPAL 3.175,00 --

4320 2302002DIETAS PERSONAL TURISMO, ASIST. FERIAS Y OTROS

6.000,00 --

-- 231 LOCOMOCION -- 12.850,00

-- 23100GASTOS LOCOMOCIÓN DE LOS MIEMBROS DE

LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO.-- 4.075,00

9120 2310001 GASTOS LOCOMOCION CONCEJALÍAS 4.075,00 --

-- 23120GASTOS DE LOCOMOCIÓN DEL PERSONAL NO

DIRECTIVO.-- 8.775,00

9200 2312001 GASTOS LOCOMOCION PERSONAL MUNICIPAL 2.775,00 --

4320 2312002GASTOS LOCOM. PERS. TURº, (ASIST. FERIAS Y OTROS)

6.000,00 --

-- 233 OTRAS INDEMNIZACIONES. -- 5.700,00

-- 23300 OTRAS INDEMNIZACIONES. -- 5.700,00

9120 2330001OTRAS INDEMNIZACIONES ORGANOS GOBIERNO

2.575,00 --

9200 2330002 OTRAS INDEMNIZACIONES AD. GRAL. 2.575,00 --

9200 2330004 DIETAS JURADOS CALIFICº PREMIOS VARIOS 550,00 --

-- 27GASTOS IMPREVISTOS Y FUNCIONES NO

CLASIFICADAS.-- 221.650,00

-- 270GASTOS IMPREVISTOS Y FUNCIONES NO

CLASIFICADAS.-- 221.650,00

-- 27000 GASTOS IMPREVISTOS -- 61.650,00

9290 2700001 GASTOS IMPREVISTOS (Fondo de contingencia) 61.650,00 --

-- 27001 FUNCIONES NO CLASIFICADAS. -- 160.000,00

9290 2700101GASTOS PENDIENTES DE APLICACIÓN A PRESUPUESTO

105.000,00 --

9290 2700102GASTOS NO AFECTADOS COMPROMETIDOS DE EJERC ANTERIORES PDTES. DE RECONOCER (Saldo de disposiciones de gasto del ej ant)

55.000,00 --

-- 3 CAPITULO III.- GASTOS FINANCIEROS -- 1.283.150,00

-- 31GASTOS FINANCIEROS DE PRÉSTAMOS Y OTRAS

OP. FINANCIERAS EN EUROS.-- 1.224.250,00

-- 310 INTERESES -- 1.218.250,00

-- 31002 INTERESES PRÉSTAMOS CORTO PLAZO -- 90.875,00

110 3100202INTERESES PTMO. OP. TESORERIA ANTICIPOS SUMA

88.875,00 --

110 3100204INTERESES OTRAS OPERACIONES DE TESORERIA

2.000,00 --

-- 31003 INTERESES CTES. PRESTAMOS LARGO PLAZO -- 1.127.375,00

110 3100304 INTERESES PTMO. 40-2000 BANCAJA 1.450,00 --

110 3100305 INTERESES PTMO. 42-2001 LA CAIXA 1.775,00 --

110 3100307 INTERESES PTMO. 44-2001 BANCAIXA 1.375,00 --

110 3100309 INTERESES PTMO. 50-2005 BSCH 11.225,00 --

110 3100310 INTERESES PTMO. 51-2005 CAM 29.675,00 --

110 3100312INTERESES PTMO. 53-2007 LA CAIXA, invers. 2007

22.200,00 --

110 3100313 INTERESES PTMO. 54-2007 CAM, invers. 2007 20.325,00 --

110 3100314 INTERESES PTMO. 55-2007 BCL, refin 80.500,00 --

110 3100315INTERESES PTMO. 56-2012 FFPP RD-Ley 4/2012 BBVA

62.325,00 --

54

Page 55: ASISTENTES ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA …...Recálculo sobre ingresos a fecha posterior 29000 IMPUESTO SOBRE CONSTRUCCIONES, ... 36000 VENTA DE LIBROS 335,00 265,00 70,00

Pro Econo. Denominación PartidaCapº/ Artº / Conº

/ Subº

110 3100316INTERESES PTMO. 57-2012 FFPP RD-Ley 4/2012 BANKIA

61.950,00 --

110 3100317INTERESES PTMO. 58-2012 FFPP RD-Ley 4/2012 CAIXABANK (1)

62.150,00 --

110 3100318INTERESES PTMO. 59-2012 FFPP RD-Ley 4/2012 POPULAR

55.750,00 --

110 3100319INTERESES PTMO. 60-2012 FFPP RD-Ley 4/2012 BANESTO

30.900,00 --

110 3100320INTERESES PTMO. 61-2012 FFPP RD-Ley 4/2012 SABADELL

26.175,00 --

110 3100321INTERESES PTMO. 62-2012 FFPP RD-Ley 4/2012 CAM

22.750,00 --

110 3100322INTERESES PTMO. 63-2012 FFPP RD-Ley 4/2012 SANTANDER

442.350,00 --

110 3100323INTERESES PTMO. 64-2012 FFPP RD-Ley 4/2012 CAIXALTEA

25.075,00 --

110 3100324INTERESES PTMO. 65-2012 FFPP RD-Ley 4/2012 CAIXAGALICIA

61.700,00 --

110 3100325INTERESES PTMO. 66-2012 FFPP RD-Ley 4/2012 BANKINTER

23.925,00 --

110 3100326INTERESES PTMO. 67-2012 FFPP RD-Ley 4/2012 CAIXABANK (2)

83.800,00 --

-- 311GASTOS DE FORMALIZACIÓN, MODIFICACIÓN Y

CANCELACIÓN.-- 6.000,00

-- 31100GASTOS DE FORMALIZACIÓN, MODIFICACIÓN Y

CANCELACIÓN.-- 6.000,00

110 3110001GTOS. VARIOS FORMALIZ., MODIF. Y CANCEL. PTMOS. MED. Y LAR .

3.000,00 --

110 3110002GTOS. VARIOS FORMALIZ., MODIF. Y CANCEL. PTMOS. CORTO PLAZO

3.000,00 --

-- 35INTERESES DE DEMORA Y OTROS GASTOS

FINANCIEROS.-- 58.900,00

-- 352 INTERESES DE DEMORA -- 56.400,00

-- 35200 INTERESES DE DEMORA -- 56.400,00

110 3520001 INTERESES DEMORA PRÉSTAMOS 1.425,00 --

110 3520002 INTERESES DEMORA CONTRATOS VARIOS 50.000,00 --

110 3520003 INTERESES LEGALES Y OTROS 4.975,00 --

-- 359 OTROS GASTOS FINANCIEROS -- 2.500,00

-- 35900 OTROS GASTOS FINANCIEROS -- 2.500,00

110 3590023OTROS GTOS. FINANCº (COMIS. POR OPER. CORREOS Y OTROS)

2.500,00 --

-- 4 CAPITULO IV.- TRANSFERENCIAS CORRIENTES -- 1.192.050,00

-- 46 A ENTIDADES LOCALES -- 601.400,00

-- 463 A MANCOMUNIDADES -- 8.525,00

-- 46300 A MANCOMUNIDADES -- 8.525,00

3340 4630001A MANCOMUNIDAD CULTURAL MARINA ALTA (MACMA)

8.525,00 --

-- 467 A CONSORCIOS. -- 592.875,00

-- 46700 A CONSORCIOS. -- 592.875,00

1350 4670001A CONSORCIO PROV. EXT. INCENDIOS Y SALVAMENTO

165.700,00 --

4330 4670003A CONSORCIO RECUPERACION ACT. MARINA ALTA (CREAMA)

101.325,00 --

1620 4670004 A CONSORCIO RESIDUOS SOLIDOS ZONA XV 13.175,00 --

2310 4670005 A CONSORCIO PANGEA ARCO MEDITERRANEO 2.975,00 --

55

Page 56: ASISTENTES ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA …...Recálculo sobre ingresos a fecha posterior 29000 IMPUESTO SOBRE CONSTRUCCIONES, ... 36000 VENTA DE LIBROS 335,00 265,00 70,00

Pro Econo. Denominación PartidaCapº/ Artº / Conº

/ Subº

3410 4670006A CONSORCI ESPORTIU DE LA MARINA ALTA (CEMA)

9.700,00 --

4320 4670008 A CONSORCIO “CALPE TOURISM” 300.000,00 --

-- 48A FAMILIAS E INSTITUCIONES SIN FINES DE

LUCRO-- 590.650,00

-- 480 ATENCIONES BENEFICAS Y ASISTENCIALES -- 74.650,00

-- 48000 ATENCIONES BENEFICAS Y ASISTENCIALES. -- 74.650,00

2310 4800001 SERV. SOC., PROGRAMA EMERGENCIA SOCIAL 61.350,00 --

2310 4800020SUBVENCIONES PARA ENTIDADES Y ASOCIACIONES DE INTERÉS SOCIAL

13.300,00 --

-- 481PREMIOS, BECAS Y PENSIONES DE ESTUDIO E

INVESTIGACION.-- 146.725,00

-- 48100PREMIOS, BECAS Y PENSIONES DE ESTUDIO E

INVESTIGACION.-- 146.725,00

3230 4810001 AYUDAS TRANSPORTE FP Y UNIVERSITARIO 20.000,00 --

3210 4810002AYUDAS ADQUISICION LIBROS Y MAT. EDUCACIÓN PREESCOLAR Y PRIMARIA

35.000,00 --

3230 4810003 AYUDAS ENSEÑANZA UNIVERSITARIA 35.000,00 --

3230 4810004 APORTACION UNED 4.100,00 --

3340 4810007 PREMIOS CONCEJALÍA DE CULTURA 9.875,00 --

3380 4810008 PREMIS CARTELL FESTES 1.050,00 --

3380 4810009 PREMIOS IMAGEN MOROS i CRISTIANS 1.000,00 --

2320 4810010 PREMIOS CONCEJALIA DE IGUALDAD 700,00 --

3220 4810014AYUDAS ADQUISICION LIBROS Y MAT. ENSEÑANZA SECUNDARIA

25.000,00 --

3230 4810015AYUDAS ADQUISICION LIBROS Y MAT. BACHILLERATO/FP 1er GRADO

15.000,00 --

-- 482APORTACIONES A FEDERACIONES DE

MUNICIPIOS-- 8.150,00

-- 48200APORTACIONES A FEDERACIONES DE

MUNICIPIOS-- 8.150,00

9200 4820001 APORTACIONES A FEMP Y FVMP 8.150,00 --

-- 489 OTRAS TRANFERENCIAS. -- 361.125,00

-- 48900 OTRAS TRANFERENCIAS. -- 361.125,00

9120 4890001 ASIGNACION GRUPOS POLITICOS MUNIC. 30.900,00 --

3380 4890083SUBV. A ENTIDADES Y ASOCIACIONES FESTERAS

134.000,00 --

3410 4890084SUBV. A ENTIDADES DEPORTIVAS Y DEPORTISTAS

188.450,00 --

3340 4890085SUBV. A ENTIDADES Y ASOCIACIONES CULTURALES

3.375,00 --

2323 4890087SUBVENCIONES A ENTIDADES Y ASOCIACIONES JUVENILES

900,00 --

3200 4890088SUBV. A ENTIDADES Y ASOCIACIONES EDUCATIVAS

3.500,00 --

-- 6 CAPITULO VI.- INVERSIONES REALES -- 958.900,00

-- 60 INV. NUEVA INFRAEST. - BIENES USO GENERAL -- 100.000,00

-- 609OTRAS INVERSIONES NUEVAS EN

INFRAESTRUCTURAS Y BIENES DESTINADOS ALUSO GENERAL.

-- 100.000,00

-- 60900OTRAS INVERSIONES NUEVAS EN

INFRAESTRUCTURAS Y BIENES DESTINADOS ALUSO GENERAL.

-- 100.000,00

1710 6090013INVERSION NUEVA EN PARQUES Y JARDINES PÚBLICOS

100.000,00 --

56

Page 57: ASISTENTES ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA …...Recálculo sobre ingresos a fecha posterior 29000 IMPUESTO SOBRE CONSTRUCCIONES, ... 36000 VENTA DE LIBROS 335,00 265,00 70,00

Pro Econo. Denominación PartidaCapº/ Artº / Conº

/ Subº

-- 61 INVERS. REPOS. INFRAEST-BIENES USO GRAL. -- 465.850,00

-- 619OTRAS INVERSIONES DE REPOSICIÓN EN

INFRAESTRUCTURAS Y BIENES DESTINADOS ALUSO GENERAL.

-- 465.850,00

-- 61900OTRAS INVERSIONES DE REPOSICIÓN EN

INFRAESTRUCTURAS Y BIENES DESTINADOS ALUSO GENERAL.

-- 465.850,00

1550 6190002ACONDICIONAMIENTOS DE REPOSICIÓN DE VÍASPÚBLICAS

453.850,00 --

3210 6190012ACONDICIONAMIENTOS DE REPOSICION EN CENTROS DE ENSEÑANZA

10.000,00 --

1610 6190019OBRAS CAPT. Y MEJORA DEL SUMINISTRO AGUAPOTABLE

2.000,00 --

-- 62 INV. NUEVA FUNC. OPERATIVO SERVICIOS -- 393.050,00

-- 622INVERS NUEVA EDIFICIOS Y OTRAS

CONSTRUCCIONES-- 60.500,00

-- 62201INVERS NUEVA EDIFICIOS Y OTRAS

CONSTRUCCIONES-- 60.500,00

1320 6220104 INVERS NUEVA EN EDIFICIOS POLICÍA LOCAL 24.200,00 --

1640 6220110 INVERS NUEVA EN CEMENTERIO MUNICIPAL 36.300,00 --

-- 623INVERS NUEVA MAQUINª, INSTALACIONES Y

UTILL.-- 216.500,00

-- 62300INVERS NUEVA MAQUINª, INSTALACIONES Y

UTILL.-- 216.500,00

1320 6230002 INSTALACIONES SEGURIDAD 106.500,00 --

1320 6230003 UTILLAJE SEGURIDAD 20.000,00 --

1700 6230032 MAQU-INST-UT MEDIO AMBIENTE 90.000,00 --

-- 629OTRAS INVERSIONES NUEVAS ASOCIADAS ALFUNCIONAMº OPERATIVO DE LOS SERVICIOS

-- 116.050,00

-- 62900OTRAS INVERSIONES NUEVAS ASOCIADAS ALFUNCIONAMº OPERATIVO DE LOS SERVICIOS

-- 116.050,00

9200 6290001OTRAS INVERSIONES NUEVAS ASOCIADAS AL FUNCIONAMº OPERATIVO DE LOS SERVICIOS

116.050,00 --

-- 8 CAPITULO VIII.- ACTIVOS FINANCIEROS -- 19.025,00

-- 83CONCESION PRÉSTAMOS FUERA DEL SECTOR

PÚBLº-- 19.025,00

-- 830PRÉSTAMOS A CORTO PLAZO. DESARROLLO

POR SECTORES.-- 19.025,00

-- 83000PRÉSTAMOS A CORTO PLAZO. A PERSONAL

MUNICIPAL-- 19.025,00

9200 8300001 ANTICIPOS REINTEGRABLES AL PERSONAL 19.025,00 --

-- 9 CAPITULO IX.- PASIVOS FINANCIEROS -- 3.136.225,00

-- 91AMORTIZACIÓN DE PRÉSTAMOS Y DE

OPERACIONES EN EUROS.-- 3.136.225,00

-- 911AMORTIZACIÓN DE PRÉSTAMOS A LARGOPLAZO DE ENTES DEL SECTOR PÚBLICO.

-- 1.297.150,00

-- 91100AMORTIZACIÓN DE PRÉSTAMOS A LARGOPLAZO DE ENTES DEL SECTOR PÚBLICO.

-- 1.297.150,00

110 9110001AMORTIZ. PTMO. 56-2012 FFPP RD-Ley 4/2012 BBVA

73.400,00 --

110 9110002AMORTIZ. PTMO. 57-2012 FFPP RD-Ley 4/2012 BANKIA

72.950,00 --

110 9110003AMORTIZ. PTMO. 58-2012 FFPP RD-Ley 4/2012 LA CAIXA

73.175,00 --

110 9110004AMORTIZ. PTMO. 59-2012 FFPP RD-Ley 4/2012 POPULAR

65.625,00 --

110 9110005AMORTIZ. PTMO. 60-2012 FFPP RD-Ley 4/2012 BANESTO

36.400,00 --

110 9110006AMORTIZ. PTMO. 61-2012 FFPP RD-Ley 4/2012 SABADELL

30.825,00 --

57

Page 58: ASISTENTES ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA …...Recálculo sobre ingresos a fecha posterior 29000 IMPUESTO SOBRE CONSTRUCCIONES, ... 36000 VENTA DE LIBROS 335,00 265,00 70,00

Pro Econo. Denominación PartidaCapº/ Artº / Conº

/ Subº

110 9110007AMORTIZ. PTMO. 62-2012 FFPP RD-Ley 4/2012 CAM

26.800,00 --

110 9110008AMORTIZ. PTMO. 63-2012 FFPP RD-Ley 4/2012 SANTANDER

520.825,00 --

110 9110009AMORTIZ. PTMO. 64-2012 FFPP RD-Ley 4/2012 CAIXALTEA

29.525,00 --

110 9110010AMORTIZ. PTMO. 65-2012 FFPP RD-Ley 4/2012 CAIXAGALICIA

72.650,00 --

110 9110011AMORTIZ. PTMO. 66-2012 FFPP RD-Ley 4/2012 BANKINTER

28.150,00 --

110 9110012AMORTIZ. PTMO. 67-2012 FFPP RD-Ley 4/2012 LA CAIXA (2)

98.650,00 --

110 9110013DEVOLUCIÓN PARTIC INGRESOS ESTADO POR LIQUID DEF 2008

20.700,00 --

110 9110014DEVOLUCIÓN PARTIC INGRESOS ESTADO POR LIQUID DEF 2009

147.475,00 --

-- 913AMORTIZACIÓN DE PRÉSTAMOS A LARGOPLAZO DE ENTES DE FUERA DEL SECTOR

PÚBLICO.-- 1.839.075,00

-- 91300AMORTIZACIÓN DE PRÉSTAMOS A LARGOPLAZO DE ENTES DE FUERA DEL SECTOR

PÚBLICO.-- 1.839.075,00

110 9130004 AMORTIZ. PTMO. 40-2000 BANCAJA 104.950,00 --

110 9130005 AMORTIZ. PTMO. 42-2001 LA CAIXA 33.925,00 --

110 9130007 AMORTIZ. PTMO. 44-2001 BANCAIXA 46.250,00 --

110 9130008 AMORTIZ. PTMO. 50-2005 BSCH 312.350,00 --

110 9130009 AMORTIZ. PTMO. 51-2005 CAM 181.075,00 --

110 9130012 AMORTIZ. PTMO. 53-2007 LA CAIXA, invers. 2007 271.075,00 --

110 9130013 AMORTIZ. PTMO. 54-2007 CAM, invers. 2007 271.650,00 --

110 9130014 AMORTIZ. PTMO. 55-2007 BCL, refin 617.800,00 --

FINAL 1 FINAL 1 TOTAL GASTOS 30.597.200,00 30.597.200,00

58

Page 59: ASISTENTES ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA …...Recálculo sobre ingresos a fecha posterior 29000 IMPUESTO SOBRE CONSTRUCCIONES, ... 36000 VENTA DE LIBROS 335,00 265,00 70,00

3.4.2.- Estado de Gastos, clasificación por subgrupos de programas de gasto

3.4.2.1.- Id. anterior, por aplicaciones de gasto

Pro Econo. Denominación Partida %

0110 1600080RECARGOS, INTERESES Y APREMIOS CUOTAS SEG. SOCIAL

600,00 --

0110 3100202 INTERESES PTMO. OP. TESORERIA ANTICIPOS SUMA 88.875,00 --

0110 3100204 INTERESES OTRAS OPERACIONES DE TESORERIA 2.000,00 --

0110 3100304 INTERESES PTMO. 40-2000 BANCAJA 1.450,00 --

0110 3100305 INTERESES PTMO. 42-2001 LA CAIXA 1.775,00 --

0110 3100307 INTERESES PTMO. 44-2001 BANCAIXA 1.375,00 --

0110 3100309 INTERESES PTMO. 50-2005 BSCH 11.225,00 --

0110 3100310 INTERESES PTMO. 51-2005 CAM 29.675,00 --

0110 3100312 INTERESES PTMO. 53-2007 LA CAIXA, invers. 2007 22.200,00 --

0110 3100313 INTERESES PTMO. 54-2007 CAM, invers. 2007 20.325,00 --

0110 3100314 INTERESES PTMO. 55-2007 BCL, refin 80.500,00 --

0110 3100315 INTERESES PTMO. 56-2012 FFPP RD-Ley 4/2012 BBVA 62.325,00 --

0110 3100316INTERESES PTMO. 57-2012 FFPP RD-Ley 4/2012 BANKIA

61.950,00 --

0110 3100317INTERESES PTMO. 58-2012 FFPP RD-Ley 4/2012 CAIXABANK (1)

62.150,00 --

0110 3100318INTERESES PTMO. 59-2012 FFPP RD-Ley 4/2012 POPULAR

55.750,00 --

0110 3100319INTERESES PTMO. 60-2012 FFPP RD-Ley 4/2012 BANESTO

30.900,00 --

0110 3100320INTERESES PTMO. 61-2012 FFPP RD-Ley 4/2012 SABADELL

26.175,00 --

0110 3100321 INTERESES PTMO. 62-2012 FFPP RD-Ley 4/2012 CAM 22.750,00 --

0110 3100322INTERESES PTMO. 63-2012 FFPP RD-Ley 4/2012 SANTANDER

442.350,00 --

0110 3100323INTERESES PTMO. 64-2012 FFPP RD-Ley 4/2012 CAIXALTEA

25.075,00 --

0110 3100324INTERESES PTMO. 65-2012 FFPP RD-Ley 4/2012 CAIXAGALICIA

61.700,00 --

0110 3100325INTERESES PTMO. 66-2012 FFPP RD-Ley 4/2012 BANKINTER

23.925,00 --

0110 3100326INTERESES PTMO. 67-2012 FFPP RD-Ley 4/2012 CAIXABANK (2)

83.800,00 --

0110 3110001GTOS. VARIOS FORMALIZ., MODIF. Y CANCEL. PTMOS. MED. Y LAR .

3.000,00 --

0110 3110002GTOS. VARIOS FORMALIZ., MODIF. Y CANCEL. PTMOS. CORTO PLAZO

3.000,00 --

0110 3520001 INTERESES DEMORA PRÉSTAMOS 1.425,00 --

0110 3520002 INTERESES DEMORA CONTRATOS VARIOS 50.000,00 --

0110 3520003 INTERESES LEGALES Y OTROS 4.975,00 --

0110 3590023OTROS GTOS. FINANCº (COMIS. POR OPER. CORREOS Y OTROS)

2.500,00 --

0110 9110001 AMORTIZ. PTMO. 56-2012 FFPP RD-Ley 4/2012 BBVA 73.400,00 --

0110 9110002 AMORTIZ. PTMO. 57-2012 FFPP RD-Ley 4/2012 BANKIA 72.950,00 --

0110 9110003AMORTIZ. PTMO. 58-2012 FFPP RD-Ley 4/2012 LA CAIXA

73.175,00 --

59

Page 60: ASISTENTES ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA …...Recálculo sobre ingresos a fecha posterior 29000 IMPUESTO SOBRE CONSTRUCCIONES, ... 36000 VENTA DE LIBROS 335,00 265,00 70,00

Pro Econo. Denominación Partida %

0110 9110004AMORTIZ. PTMO. 59-2012 FFPP RD-Ley 4/2012 POPULAR

65.625,00 --

0110 9110005AMORTIZ. PTMO. 60-2012 FFPP RD-Ley 4/2012 BANESTO

36.400,00 --

0110 9110006AMORTIZ. PTMO. 61-2012 FFPP RD-Ley 4/2012 SABADELL

30.825,00 --

0110 9110007 AMORTIZ. PTMO. 62-2012 FFPP RD-Ley 4/2012 CAM 26.800,00 --

0110 9110008AMORTIZ. PTMO. 63-2012 FFPP RD-Ley 4/2012 SANTANDER

520.825,00 --

0110 9110009AMORTIZ. PTMO. 64-2012 FFPP RD-Ley 4/2012 CAIXALTEA

29.525,00 --

0110 9110010AMORTIZ. PTMO. 65-2012 FFPP RD-Ley 4/2012 CAIXAGALICIA

72.650,00 --

0110 9110011AMORTIZ. PTMO. 66-2012 FFPP RD-Ley 4/2012 BANKINTER

28.150,00 --

0110 9110012AMORTIZ. PTMO. 67-2012 FFPP RD-Ley 4/2012 LA CAIXA (2)

98.650,00 --

0110 9110013DEVOLUCIÓN PARTIC INGRESOS ESTADO POR LIQUID DEF 2008

20.700,00 --

0110 9110014DEVOLUCIÓN PARTIC INGRESOS ESTADO POR LIQUID DEF 2009

147.475,00 --

0110 9130004 AMORTIZ. PTMO. 40-2000 BANCAJA 104.950,00 --

0110 9130005 AMORTIZ. PTMO. 42-2001 LA CAIXA 33.925,00 --

0110 9130007 AMORTIZ. PTMO. 44-2001 BANCAIXA 46.250,00 --

0110 9130008 AMORTIZ. PTMO. 50-2005 BSCH 312.350,00 --

0110 9130009 AMORTIZ. PTMO. 51-2005 CAM 181.075,00 --

0110 9130012 AMORTIZ. PTMO. 53-2007 LA CAIXA, invers. 2007 271.075,00 --

0110 9130013 AMORTIZ. PTMO. 54-2007 CAM, invers. 2007 271.650,00 --

0110 9130014 AMORTIZ. PTMO. 55-2007 BCL, refin 617.800,00 --

0110 -- Deuda Pública. 4.419.975,00 14,45

1300 2020005 ARRENDº LOCAL SEDE POLICÍA LOCAL DE BARRIO 31.200,00 --

1300 2200003 MATERIAL VARIO OFIC. E IMPR. POLICIA LOCAL 1.875,00 --

1300 2210004 SUMº ELECT. POL. LOCAL 12.200,00 --

1300 2220003 COMUNIC. TELEF. SERV. VARIOS POL. LOCAL 6.075,00 --

1300 2270612ASISTENCIA TECª INFORMª SOFTWARE PROGR. POL. LOCAL

2.425,00 --

1300 --Administración General de la Seguridad y Protección Civil.

53.775,00 0,18

1320 1200103 BÁSICAS FUNCºs A2 SEGURIDAD 25.825,00 --

1320 1200303 BÁSICAS FUNCºs C1 SEGURIDAD 746.325,00 --

1320 1200403 BÁSICAS FUNCºs C2 SEGURIDAD 16.775,00 --

1320 1210003 COMPL. DEST. FUNCº SEGURIDAD 499.775,00 --

1320 1210103 COMPL. ESPEC. FUNCº SEGURIDAD 674.700,00 --

1320 1210303 OTROS COMPL. FUNCº SEGURIDAD 43.225,00 --

1320 1300003 BÁSICAS LAB. FIJO SEGURIDAD 8.400,00 --

1320 1300203 OTRAS REMUN. LAB. FIJO SEGURIDAD 10.500,00 --

1320 1500003 PRODUCT. PERS. FUNCº SEGURIDAD 40.250,00 --

1320 1500103 PRODUCT. PERS. LAB. FIJO SEGURIDAD 425,00 --

60

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Pro Econo. Denominación Partida %

1320 1510003 GRATIF. PERS. FUNCº SEGURIDAD 36.375,00 --

1320 1600003 SEG SOCIAL PERS FUNC Y LAB SEG 657.425,00 --

1320 2040004 ARRENDAMIENTO VEHICULOS POL. LOCAL 24.700,00 --

1320 2130009 RMC RADIOTELEFONO POL. LOCAL 700,00 --

1320 2140002 RMC PARQUE MOVIL POL. LOCAL 5.625,00 --

1320 2210303 COMBUST. VEHIC. POL. LOCAL 30.450,00 --

1320 2210402 VESTUARIO POLICIA LOCAL 35.000,00 --

1320 2269905 GASTOS FUNCIONAMIENTO SEGURIDAD 2.950,00 --

1320 6220104 INVERS NUEVA EN EDIFICIOS POLICÍA LOCAL 24.200,00 --

1320 6230002 INSTALACIONES SEGURIDAD 106.500,00 --

1320 6230003 UTILLAJE SEGURIDAD 20.000,00 --

1320 -- Seguridad y Orden Público. 3.010.125,00 9,84

1330 2000004 ARRENDº SOLARES PARA APARCAMIENTO PÚBLICO 7.675,00 --

1330 2120015 RMC GARAJES PLAZA MAYOR 3.075,00 --

1330 2279901ESTAC. LIMITADO (RETIRADA VEHIC. ABANDº Y OTROS)

6.000,00 --

1330 -- Ordenación del tráfico y del estacionamiento. 16.750,00 0,05

1340 2210024 SUMº ELECT. SERV. PROTEC. CIVIL 475,00 --

1340 2210304 COMBUST. VEHIC. PROTEC. CIVIL 4.050,00 --

1340 2220004 COMUNIC. TELEF. SERV. VARIOS PROTEC. CIVIL 800,00 --

1340 2240007 ASEGURº ACCIDENTES PROTEC. CIVIL 825,00 --

1340 2269906 GASTOS FUNCIONAMIENTO VOLUNTARIADO 20.450,00 --

1340 -- Protección civil . 26.600,00 0,09

1350 1510098 GRATIFIC. PERS. FUNCº, Serv. Ext. Incendios 12.175,00 --

1350 1510198 GRATIFIC. PERS. LAB, Serv. Ext. Incendios 12.175,00 --

1350 4670001 A CONSORCIO PROV. EXT. INCENDIOS Y SALVAMENTO 165.700,00 --

1350 -- Servicio de extinción de incendios. 190.050,00 0,62

1500 1200018 BÁSICAS FUNCºs A1 URBANISMO Y ARQUITECTURA 58.725,00 --

1500 1200118 BÁSICAS FUNCºs A2 URBANISMO Y ARQUITECTURA 64.550,00 --

1500 1200318 BÁSICAS FUNCºs C1 URBANISMO Y ARQUITECTURA 79.100,00 --

1500 1200418 BÁSICAS FUNCºs C2 URBANISMO Y ARQUITECTURA 58.675,00 --

1500 1210018 COMPL. DEST. FUNCº URBANISMO Y ARQUITECTURA 185.100,00 --

1500 1210118 COMPL. ESPEC. FUNCº URBANISMO Y ARQUITECTURA 196.575,00 --

1500 1300018 BÁSICAS LAB. FIJO URBANISMO Y ARQUITECTURA 33.525,00 --

1500 1300218OTRAS REMUN. LAB. FIJO URBANISMO Y ARQUITECTURA

36.350,00 --

1500 1500018PRODUCT. PERS. FUNCº URBANISMO Y ARQUITECTURA

13.450,00 --

1500 1500118PRODUCT. PERS. LAB. FIJO URBANISMO Y ARQUITECTURA

1.700,00 --

1500 1600018SEG SOCIAL PERS FUNC Y LAB URBANISMO Y ARQUITECTURA

236.475,00 --

1500 2200106 PUBLICACIONES, URBº Y ARQUITECTURA 2.050,00 --

1500 2270605 REDAC. PROYECTOS URBº Y OBRAS Y OTROS 41.950,00 --

61

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Pro Econo. Denominación Partida %

1500 -- Administración General de Vivienda y urbanismo. 1.008.225,00 3,30

1510 2269957 GASTOS FUNCIONAMIENTO AGENDA 21 37.225,00 --

1510 -- Urbanismo. 37.225,00 0,12

1520 2269962GASTOS FUNCIONAMIENTO OFICINA MUNICIPAL DE LAVIVIENDA

650,00 --

1520 -- Vivienda . 650,00 0,00

1550 1200434 BÁSICAS FUNCºs C2 VIAS PUBLICAS 16.775,00 --

1550 1210034 COMPL. DEST. FUNCº VIAS PUBLICAS 11.075,00 --

1550 1210134 COMPL. ESPEC. FUNCº VIAS PUBLICAS 27.350,00 --

1550 1300034 BÁSICAS LAB. FIJO VIAS PUBLICAS 340.725,00 --

1550 1300234 OTRAS REMUN. LAB. FIJO VIAS PUBLICAS 282.500,00 --

1550 1500034 PRODUCT. PERS. FUNCº VIAS PUBLICAS 850,00 --

1550 1500134 PRODUCT. PERS. LAB. FIJO VIAS PUBLICAS 17.050,00 --

1550 1600034 SEG SOCIAL PERS FUNC Y LAB VIAS PUBLICAS 226.300,00 --

1550 2100004 RMC CARRETERAS, CAMINOS Y VIAS PUBLICAS 82.025,00 --

1550 2130014 RMC SEMAFOROS 1.600,00 --

1550 2210019 SUMº ELECT. SERV. VARIOS BRIGADAS MUNIC. 125,00 --

1550 2210028 SUMº ELECT. INSTAL. VÍA PÚBLICA 725,00 --

1550 2210312 COMBUST. VEHIC. BRIGADA MUNIC. 21.175,00 --

1550 6190002ACONDICIONAMIENTOS DE REPOSICIÓN DE VÍAS PÚBLICAS

453.850,00 --

1550 -- Vías públicas. 1.482.125,00 4,84

1610 2210101 SUMºS VARIOS AGUA 650,00 --

1610 2210104 SUMº AGUA ENVASADA COLEGIOS PUBLICOS 800,00 --

1610 6190019OBRAS CAPT. Y MEJORA DEL SUMINISTRO AGUA POTABLE

2.000,00 --

1610 -- Saneamiento, abastecimiento y distribución de aguas. 3.450,00 0,01

1620 2270003 RECOGIDA BASURAS, CONTRATO CONCESION 2.386.275,00 --

1620 2270004 TRATº Y ELIM. RESIDUOS SOLIDOS URBANOS 1.435.500,00 --

1620 4670004 A CONSORCIO RESIDUOS SOLIDOS ZONA XV 13.175,00 --

1620 -- Recogida, eliminación y tratamiento de residuos. 3.834.950,00 12,53

1630 2270006 LIMPIEZA VIARIA, CONTRATO CONCESION 1.234.525,00 --

1630 -- Limpieza viaria. 1.234.525,00 4,03

1640 1200423 BÁSICAS FUNCºs C2 CEMENTERIOS 8.400,00 --

1640 1200523 BÁSICAS FUNCºs E CEMENTERIOS 7.700,00 --

1640 1210023 COMPL. DEST. FUNCº CEMENTERIOS 9.175,00 --

1640 1210123 COMPL. ESPEC. FUNCº CEMENTERIOS 5.100,00 --

1640 1300023 BÁSICAS LAB. FIJO CEMENTERIOS 7.700,00 --

1640 1300223 OTRAS REMUN. LAB. FIJO CEMENTERIOS 6.325,00 --

1640 1500023 PRODUCT. PERS. FUNCº CEMENTERIOS 825,00 --

1640 1500123 PRODUCT. PERS. LAB. FIJO CEMENTERIOS 400,00 --

1640 1600023 SEG SOCIAL PERS FUNC Y LAB CEMENTERIOS 14.800,00 --

62

Page 63: ASISTENTES ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA …...Recálculo sobre ingresos a fecha posterior 29000 IMPUESTO SOBRE CONSTRUCCIONES, ... 36000 VENTA DE LIBROS 335,00 265,00 70,00

Pro Econo. Denominación Partida %

1640 2120009 RMC CEMENTERIO 9.225,00 --

1640 2210013 SUMº ELECT.T CEMENTERIO 3.800,00 --

1640 2220012 COMUNIC. TELEF. SERV. VARIOS CEMENTERIO 700,00 --

1640 2269936 GASTOS FUNCIONAMIENTO CEMENTERIO 1.550,00 --

1640 6220110 INVERS NUEVA EN CEMENTERIO MUNICIPAL 36.300,00 --

1640 -- Cementerio y servicios funerarios. 112.000,00 0,37

1650 1200319 BÁSICAS FUNCºs C1 ALUMBRADO 9.900,00 --

1650 1210019 COMPL. DEST. FUNCº ALUMBRADO 7.150,00 --

1650 1210119 COMPL. ESPEC. FUNCº ALUMBRADO 13.875,00 --

1650 1300019 BÁSICAS LAB. FIJO ALUMBRADO 32.125,00 --

1650 1300219 OTRAS REMUN. LAB. FIJO ALUMBRADO 23.475,00 --

1650 1500019 PRODUCT. PERS. FUNCº ALUMBRADO 525,00 --

1650 1500119 PRODUCT. PERS. LAB. FIJO ALUMBRADO 1.625,00 --

1650 1600019 SEG SOCIAL PERS FUNC Y LAB ALUMBRADO 28.800,00 --

1650 2130013 RMC ALUMBRADO PUBLICO 33.150,00 --

1650 2210012 SUMº ELECT. ALUMBRADO PUBLICO 416.275,00 --

1650 2210307 COMBUST. VEHIC. SERV. ALUMBRADO 5.175,00 --

1650 -- Alumbrado público. 572.075,00 1,87

1700 1200025 BÁSICAS FUNCºs A1 MEDIO AMBIENTE 14.700,00 --

1700 1200325 BÁSICAS FUNCºs C1 MEDIO AMBIENTE 9.900,00 --

1700 1200425 BÁSICAS FUNCºs C2 MEDIO AMBIENTE 8.400,00 --

1700 1210025 COMPL. DEST. FUNCº MEDIO AMBIENTE 22.450,00 --

1700 1210125 COMPL. ESPEC. FUNCº MEDIO AMBIENTE 23.525,00 --

1700 1300025 BÁSICAS LAB. FIJO MEDIO AMBIENTE 39.800,00 --

1700 1300225 OTRAS REMUN. LAB. FIJO MEDIO AMBIENTE 29.850,00 --

1700 1500025 PRODUCT. PERS. FUNCº MEDIO AMBIENTE 1.700,00 --

1700 1500125 PRODUCT. PERS. LAB. FIJO MEDIO AMBIENTE 2.000,00 --

1700 1600025 SEG SOCIAL PERS FUNC Y LAB MEDIO AMBIENTE 49.475,00 --

1700 6230032 MAQU-INST-UT MEDIO AMBIENTE 90.000,00 --

1700 -- Administración general del medio ambiente. 291.800,00 0,95

1710 1200420 BÁSICAS FUNCºs C2 PARQUES Y JARDINES 8.400,00 --

1710 1210020 COMPL. DEST. FUNCº PARQUES Y JARDINES 5.550,00 --

1710 1210120 COMPL. ESPEC. FUNCº PARQUES Y JARDINES 15.575,00 --

1710 1300020 BÁSICAS LAB. FIJO PARQUES Y JARDINES 134.750,00 --

1710 1300220 OTRAS REMUN. LAB. FIJO PARQUES Y JARDINES 98.250,00 --

1710 1500020 PRODUCT. PERS. FUNCº PARQUES Y JARDINES 425,00 --

1710 1500120 PRODUCT. PERS. LAB. FIJO PARQUES Y JARDINES 6.750,00 --

1710 1600020 SEG SOCIAL PERS FUNC Y LAB PARQUES Y JARDINES 87.625,00 --

1710 2000003ARRENDº SOLAR COFRADÍA PESCADORES EN AVDA. VALL LAGUAR PARA SERV. JARDINERÍA

10.775,00 --

1710 2100001 RMC PARQUES Y JARDINES 73.425,00 --

63

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Pro Econo. Denominación Partida %

1710 2130015 RMC EQUIPOS VARIOS PARQUES Y JARDINES 1.750,00 --

1710 2210025 SUMº ELECT. SERV. JARDINES 300,00 --

1710 2210308 COMBUST. VEHIC. SERV. PARQUES Y JARD. 11.925,00 --

1710 6090013INVERSION NUEVA EN PARQUES Y JARDINES PÚBLICOS

100.000,00 --

1710 -- Parques y jardines. 555.500,00 1,82

1720 2090003CANON Mº MEDIO AMB. VERTIDOS DOMº PUBLº HIDRAULº

2.225,00 --

1720 2210014 SUMº ELECT.T SERV. VARIOS MEDIO AMBIENTE 3.600,00 --

1720 2210310 COMBUST. VEHIC. SERV. MEDIO AMBIENTE 6.125,00 --

1720 2220013 COMUNIC. TELEF. SERV. VARIOS MEDIO AMBIENTE 2.875,00 --

1720 2269918 GASTOS FUNCIONAMIENTO MEDIO AMBIENTE 40.900,00 --

1720 2270009 CONVº ECOPARQUE AYUNTº BENISSA 65.000,00 --

1720 -- Protección y mejora del medio ambiente. 120.725,00 0,39

1721 1300024 BÁSICAS LAB. FIJO PLAYAS 47.475,00 --

1721 1300224 OTRAS REMUN. LAB. FIJO PLAYAS 41.500,00 --

1721 1500124 PRODUCT. PERS. LAB. FIJO PLAYAS 2.375,00 --

1721 1600024 SEG SOCIAL PERS FUNC Y LAB PLAYAS 29.700,00 --

1721 2030004 ARRENDº MÁQUINARIA PLAYAS 4.175,00 --

1721 2090001 CANON SERVICIO PROVINCIAL DE COSTAS 35.025,00 --

1721 2100003 RMC PLAYAS 65.200,00 --

1721 2130016 RMC EQUIPOS VARIOS PLAYAS 9.850,00 --

1721 2140003 RMC PARQUE MOVIL PLAYAS 5.125,00 --

1721 2210026 SUMº ELECT. SERV. PLAYAS 400,00 --

1721 2210309 COMBUST. VEHIC. SERV. PLAYAS 6.600,00 --

1721 2269951 GASTOS FUNCIONAMIENTO PLAYAS 3.625,00 --

1721 2270010 SERVICIO DE ECOASEOS EN PLAYAS 50.000,00 --

1721 2270102 SERVICIO DE BALIZAMIENTO ZONAS BAÑO 74.525,00 --

1721 2270103 SALVAMENTO Y SOCORRISMO EN PLAYAS 250.000,00 --

1721 2270613 ESTUDIOS Y TRABAJOS TÉCNICOS PLAYAS 1.100,00 --

1721 2279915 MANTº GESTION AMB. PLAYAS 12.000,00 --

1721 -- Playas 638.675,00 2,09

2210 1620401PRESTACIONES VARIAS PERS. FUNCIONARIO EN EJECUCIÓN CONVENIO

1.000,00 --

2210 1620402BOLSA ESTUDIOS PERS. FUNCIONARIO Y NO LABORAL

1.000,00 --

2210 1620403AYUDAS POR MINUSVALIAS PERS. FUNCIONARIO Y NOLABORAL

4.000,00 --

2210 1620404PRESTACIONES SOCIALES (AYUDAS NAT-NUPC) PERS.FUNº Y NO LAB

550,00 --

2210 1620405PRESTACIONES SANITARIAS PERS. FUNCº Y NO LABORAL

4.000,00 --

2210 1620407PRESTACIONES VARIAS PERS. LABORAL EN EJECUCIÓN CONVENIO

1.000,00 --

2210 1620408 BOLSA ESTUDIOS PERSONAL LABORAL 1.000,00 --

2210 1620409 AYUDAS POR MINUSVALIAS PERSONAL LABORAL 4.000,00 --

64

Page 65: ASISTENTES ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA …...Recálculo sobre ingresos a fecha posterior 29000 IMPUESTO SOBRE CONSTRUCCIONES, ... 36000 VENTA DE LIBROS 335,00 265,00 70,00

Pro Econo. Denominación Partida %

2210 1620410PREST. SOCIALES (NATALIDAD-NUPCIALIDAD) PERSONAL LABORAL

550,00 --

2210 1620411 PRESTACIONES SANITARIAS PERSONAL LABORAL 4.000,00 --

2210 1620501 SEGUROS A PERSONAL FUNCIONARIO Y NO LABORAL 2.100,00 --

2210 1620502 SEGUROS PERSONAL LABORAL 4.500,00 --

2210 -- Otras prestaciones económicas a favor de empleados. 27.700,00 0,09

2310 1200007 BÁSICAS FUNCºs A1 ACCION SOCIAL 29.375,00 --

2310 1200107 BÁSICAS FUNCºs A2 ACCION SOCIAL 25.825,00 --

2310 1200307 BÁSICAS FUNCºs C1 ACCION SOCIAL 9.900,00 --

2310 1200407 BÁSICAS FUNCºs C2 ACCION SOCIAL 16.775,00 --

2310 1210007 COMPL. DEST. FUNCº ACCION SOCIAL 48.300,00 --

2310 1210107 COMPL. ESPEC. FUNCº ACCION SOCIAL 38.050,00 --

2310 1300007 BÁSICAS LAB. FIJO ACCION SOCIAL 96.375,00 --

2310 1300207 OTRAS REMUN. LAB. FIJO ACCION SOCIAL 71.350,00 --

2310 1500007 PRODUCT. PERS. FUNCº ACCION SOCIAL 4.250,00 --

2310 1500107 PRODUCT. PERS. LAB. FIJO ACCION SOCIAL 4.875,00 --

2310 1600007 SEG SOCIAL PERS FUNC Y LAB ACCION SOCIAL 112.125,00 --

2310 2210007 SUMº ELECT. SERV. VARIOS SERV. SOCIALES 475,00 --

2310 2210305 COMBUST. VEHIC. SERV. SOCIALES 4.100,00 --

2310 2220007 COMUNIC. TELEF. SERV. SOCIALES 2.650,00 --

2310 2269908 SERV. SOC., PROGRAMA INFORM. Y ASESORAMIENTO 625,00 --

2310 2269909 SERV. SOC., PROGRAMA COOPERACION SOCIAL 1.025,00 --

2310 2269910 SERV. SOC., PROGRAMAS GENERALES Y OTROS 2.575,00 --

2310 2269946 GASTOS FUNCIONAMIENTO AC. SOCIAL (emigración) 2.850,00 --

2310 4670005 A CONSORCIO PANGEA ARCO MEDITERRANEO 2.975,00 --

2310 4800001 SERV. SOC., PROGRAMA EMERGENCIA SOCIAL 61.350,00 --

2310 4800020SUBVENCIONES PARA ENTIDADES Y ASOCIACIONES DE INTERÉS SOCIAL

13.300,00 --

2310 -- Acción social. 549.125,00 1,79

2320 1200013 BÁSICAS FUNCºs A1 PROMOC. Y REINS. SOC. 14.700,00 --

2320 1200113 BÁSICAS FUNCºs A2 PROMOC. Y REINS. SOC. 25.825,00 --

2320 1200313 BÁSICAS FUNCºs C1 PROMOC. Y REINS. SOC. 9.900,00 --

2320 1210013 COMPL. DEST. FUNCº PROMOC. Y REINS. SOC. 29.075,00 --

2320 1210113 COMPL. ESPEC. FUNCº PROMOC. Y REINS. SOC. 16.600,00 --

2320 1300013 BÁSICAS LAB. FIJO PROMOC. Y REINS. SOC. 17.575,00 --

2320 1300213 OTRAS REMUN. LAB. FIJO PROMOC. Y REINS. SOC. 13.325,00 --

2320 1500013 PRODUCT. PERS. FUNCº PROMOC. Y REINS. SOC. 2.625,00 --

2320 1500113 PRODUCT. PERS. LAB. FIJO PROMOC. Y REINS. SOC. 900,00 --

2320 1600013SEG SOCIAL PERS FUNC Y LAB PROMOC. Y REINS. SOC.

42.400,00 --

2320 2269963GASTOS FUNCIONAMIENTO PROMOCIÓN DE LA IGUALDAD DE OPORTUNIDADES

650,00 --

2320 4810010 PREMIOS CONCEJALIA DE IGUALDAD 700,00 --

65

Page 66: ASISTENTES ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA …...Recálculo sobre ingresos a fecha posterior 29000 IMPUESTO SOBRE CONSTRUCCIONES, ... 36000 VENTA DE LIBROS 335,00 265,00 70,00

Pro Econo. Denominación Partida %

2320 -- Promoción social. 174.275,00 0,57

2321 2269913 GASTOS FUNCIONAMIENTO MUJER E INFANCIA 4.225,00 --

2321 -- Promocion de la mujer 4.225,00 0,01

2323 1200432 BÁSICAS FUNCºs C2 JUVENTUD 16.775,00 --

2323 1200532 BÁSICAS FUNCºs E JUVENTUD 7.700,00 --

2323 1210032 COMPL. DEST. FUNCº JUVENTUD 14.075,00 --

2323 1210132 COMPL. ESPEC. FUNCº JUVENTUD 8.325,00 --

2323 1300032 BÁSICAS LAB. FIJO JUVENTUD 16.075,00 --

2323 1300232 OTRAS REMUN. LAB. FIJO JUVENTUD 12.225,00 --

2323 1500032 PRODUCT. PERS. FUNCº JUVENTUD 1.225,00 --

2323 1500132 PRODUCT. PERS. LAB. FIJO JUVENTUD 825,00 --

2323 1600032 SEG SOCIAL PERS FUNC Y LAB JUVENTUD 25.075,00 --

2323 2210029 SUMº ELECT. SERV. JUVENTUD 1.425,00 --

2323 2220018 COMUNIC. TELEF. SERV. VARIOS JUVENTUD 775,00 --

2323 2269925 GASTOS FUNCIONAMIENTO JUVENTUD 14.175,00 --

2323 4890087SUBVENCIONES A ENTIDADES Y ASOCIACIONES JUVENILES

900,00 --

2323 -- Promocion y servicios a la juventud 119.575,00 0,39

2324 1200106 BÁSICAS FUNCºs A2 TERCERA EDAD 12.925,00 --

2324 1200406 BÁSICAS FUNCºs C2 TERCERA EDAD 8.400,00 --

2324 1210006 COMPL. DEST. FUNCº TERCERA EDAD 12.175,00 --

2324 1210106 COMPL. ESPEC. FUNCº TERCERA EDAD 12.300,00 --

2324 1300006 BÁSICAS LAB. FIJO TERCERA EDAD 49.550,00 --

2324 1300206 OTRAS REMUN. LAB. FIJO TERCERA EDAD 37.325,00 --

2324 1500006 PRODUCT. PERS. FUNCº TERCERA EDAD 1.100,00 --

2324 1500106 PRODUCT. PERS. LAB. FIJO TERCERA EDAD 2.550,00 --

2324 1600006 SEG SOCIAL PERS FUNC Y LAB TERCERA EDAD 44.275,00 --

2324 2120012 RMC CENTº CIVº TERCERA EDAD 4.775,00 --

2324 2130020 RMC INSTALAC. CENTº CIVº 3ª EDAD 10.500,00 --

2324 2210005 SUMº ELECT. SERV. VARIOS 3ª EDAD 16.300,00 --

2324 2210006 SUMº ELECT. CENTº CIVº 3ª EDAD 11.625,00 --

2324 2220005 COMUNIC. TELEF. SERV. VARIOS TERCERA EDAD 1.575,00 --

2324 2220006 COMUNIC. TELEF. CENTº CIVº 3ª EDAD 850,00 --

2324 2230002 TRANSPORTE URBANO TERCERA EDAD 20.000,00 --

2324 2269907 GASTOS FUNCIONAMIENTO TERCERA EDAD 58.300,00 --

2324 -- Promoción y servicios a la tercera edad 304.525,00 1,00

2331 1200010 BÁSICAS FUNCºs A1 CENTRO OCUPACIONAL 14.700,00 --

2331 1200110 BÁSICAS FUNCºs A2 CENTRO OCUPACIONAL 12.925,00 --

2331 1200310 BÁSICAS FUNCºs C1 CENTRO OCUPACIONAL 9.900,00 --

2331 1210010 COMPL. DEST. FUNCº CENTRO OCUPACIONAL 19.425,00 --

2331 1210110 COMPL. ESPEC. FUNCº CENTRO OCUPACIONAL 7.375,00 --

2331 1300010 BÁSICAS LAB. FIJO CENTRO OCUPACIONAL 66.950,00 --

66

Page 67: ASISTENTES ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA …...Recálculo sobre ingresos a fecha posterior 29000 IMPUESTO SOBRE CONSTRUCCIONES, ... 36000 VENTA DE LIBROS 335,00 265,00 70,00

Pro Econo. Denominación Partida %

2331 1300210 OTRAS REMUN. LAB. FIJO CENTRO OCUPACIONAL 44.650,00 --

2331 1500010 PRODUCT. PERS. FUNCº CENTRO OCUPACIONAL 1.975,00 --

2331 1500110 PRODUCT. PERS. LAB. FIJO CENTRO OCUPACIONAL 3.400,00 --

2331 1600010SEG SOCIAL PERS FUNC Y LAB CENTRO OCUPACIONAL

58.875,00 --

2331 2120013 RMC CENTRO OCUPACIONAL 1.425,00 --

2331 2130021 RMC INSTALAC. CENTRO OCUPACIONAL 5.075,00 --

2331 2200007MATERIAL VARIO OFIC. e IMPR. CENTRO OCUPACIONAL

300,00 --

2331 2210008 SUMº ELECT. CENTRO OCUPACIONAL 6.250,00 --

2331 2220008 COMUNIC. TELEF. CENTRO OCUPACIONAL 900,00 --

2331 2240008 ASEGURº ACCIDENTES CENTRO OCUPACIONAL 225,00 --

2331 2269938 GASTOS FUNCIONAMIENTO CENTRO OCUPACIONAL 5.600,00 --

2331 2279912 SERVICIO COMEDOR CENTRO OCUPACIONAL 17.450,00 --

2331 -- Centro ocupacional 277.400,00 0,91

2410 1430004PERSONAL PROGRAMAS VARIOS DE EMPLEO PÚBLICO

9.000,00 --

2410 1600062SEG SOCIAL PERSONAL PROGRAMAS VARIOS DE EMPLEO PÚBLICO

2.925,00 --

2410 2020004ARRENDº LOCAL COFRADÍA PESCADORES PARA PROGRAMAS FORMACIÓN LABORAL

7.225,00 --

2410 2120003 RMC EDIFICIO MADRID 1.750,00 --

2410 2120006 RMC EDIFICIO ATALAYA (INEM) 875,00 --

2410 2269955 GASTOS PROGRs. VARIOS FORMACION LABORAL 2.400,00 --

2410 -- Fomento del Empleo. 24.175,00 0,08

3120 2030005ARRENDº CONSTRUCCIÓN MODULAR PARA USO SANITARIO

6.225,00 --

3120 2269931ACTUACIONES DE SEGURIDAD Y SALUD LABORAL PARA EL PERSONAL MUNICIPAL

22.500,00 --

3120 -- Hospitales, servicios asistenciales y centros de salud. 28.725,00 0,09

3130 1200415 BÁSICAS FUNCºs C2 SALUD 8.400,00 --

3130 1210015 COMPL. DEST. FUNCº SALUD 4.900,00 --

3130 1210115 COMPL. ESPEC. FUNCº SALUD 1.800,00 --

3130 1500015 PRODUCT. PERS. FUNCº SALUD 425,00 --

3130 1600015 SEG SOCIAL PERS FUNC Y LAB SALUD 5.050,00 --

3130 2269915 GASTOS FUNCIONAMIENTO SANIDAD 725,00 --

3130 2270001 DESRATIZ., DESINFE. Y DESINSECTACION 36.950,00 --

3130 2279908 SERVICIO DE TRANSPORTE SANITARIO LOCAL 185.000,00 --

3130 -- Acciones públicas relativas a la salud. 243.250,00 0,80

3131 1300014 BÁSICAS LAB. FIJO PERRERA MUNICIPAL 23.750,00 --

3131 1300214 OTRAS REMUN. LAB. FIJO PERRERA MUNICIPAL 28.125,00 --

3131 1500114 PRODUCT. PERS. LAB. FIJO PERRERA MUNICIPAL 1.200,00 --

3131 1600014 SEG SOCIAL PERS FUNC Y LAB PERRERA MUNICIPAL 17.250,00 --

3131 2210009 SUMº ELECT. SERV. RECOGIDA ANIMALES 6.200,00 --

3131 2210306 COMBUST. VEHIC. SERV. RECOGIDA ANIMALES 1.500,00 --

3131 2220010 COMUNIC. TELEF. SERV. VARIOS RECOGIDA ANIMALES 800,00 --

67

Page 68: ASISTENTES ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA …...Recálculo sobre ingresos a fecha posterior 29000 IMPUESTO SOBRE CONSTRUCCIONES, ... 36000 VENTA DE LIBROS 335,00 265,00 70,00

Pro Econo. Denominación Partida %

3131 2220023 COMUNIC. TELEF. MOVIL PERRERA MUNIC. 600,00 --

3131 2269914 GASTOS FUNCIONAMIENTO PERRERA MUNIC. 12.850,00 --

3131 2279903 SERVICIO VETERINARIO PERRERA MUNIC. 6.475,00 --

3131 2279910 SERVICIO RECOGIDA ANIMALES FALLECIDOS 375,00 --

3131 -- Perrera municipal 99.125,00 0,32

3200 4890088 SUBV. A ENTIDADES Y ASOCIACIONES EDUCATIVAS 3.500,00 --

3200 -- Administración general de educación. 3.500,00 0,01

3210 1200116 BÁSICAS FUNCºs A2 EDUC. infantil 25.825,00 --

3210 1210016 COMPL. DEST. FUNCº EDUC. infantil 12.325,00 --

3210 1210116 COMPL. ESPEC. FUNCº EDUC. infantil 17.500,00 --

3210 1300016 BÁSICAS LAB. FIJO EDUC. infantil 168.050,00 --

3210 1300216 OTRAS REMUN. LAB. FIJO EDUC. infantil 136.750,00 --

3210 1500016 PRODUCT. PERS. FUNCº EDUC. infantil 1.350,00 --

3210 1500116 PRODUCT. PERS. LAB. FIJO EDUC. infantil 8.475,00 --

3210 1600016 SEG SOCIAL PERS FUNC Y LAB EDUC. infantil 120.325,00 --

3210 2120008 RMC CENTROS ENSEÑANZA 29.800,00 --

3210 2210010 SUMº ELECT. SERV. VARIOS ENSEÑANZA 76.725,00 --

3210 2210011 SUMº ELECT. SERV. VARIOS ESCOLA INFANTIL 23.775,00 --

3210 2210313 GASOLEO CALEFACCION COLEGIOS 28.550,00 --

3210 2220011 COMUNIC. TELEF. SERV. VARIOS ESCOLA INFANTIL 1.350,00 --

3210 2240006 ASEGURº ACCIDENTES ESCOLA INFANTIL 925,00 --

3210 2269916GASTOS FUNCIONAMIENTO EDUCACIÓN PREESCOLAR Y PRIMARIA

2.600,00 --

3210 2269917 GASTOS FUNCIONAMIENTO ESCOLA INFANTIL 2.575,00 --

3210 2279904 SERVICIO COMEDOR ESCOLA INFANTIL 69.725,00 --

3210 4810002AYUDAS ADQUISICION LIBROS Y MAT. EDUCACIÓN PREESCOLAR Y PRIMARIA

35.000,00 --

3210 6190012ACONDICIONAMIENTOS DE REPOSICION EN CENTROS DE ENSEÑANZA

10.000,00 --

3210 -- Educación preescolar 771.625,00 2,52

3211 1200517 BÁSICAS FUNCºs E EDUC. PRIMARIA 15.375,00 --

3211 1210017 COMPL. DEST. FUNCº EDUC. PRIMARIA 7.925,00 --

3211 1210117 COMPL. ESPEC. FUNCº EDUC. PRIMARIA 3.675,00 --

3211 1300017 BÁSICAS LAB. FIJO EDUC. PRIMARIA 145.075,00 --

3211 1300217 OTRAS REMUN. LAB. FIJO EDUC. PRIMARIA 108.850,00 --

3211 1500017 PRODUCT. PERS. FUNCº EDUC. PRIMARIA 775,00 --

3211 1500117 PRODUCT. PERS. LAB. FIJO EDUC. PRIMARIA 7.275,00 --

3211 1600017 SEG SOCIAL PERS FUNC Y LAB EDUC. PRIMARIA 93.900,00 --

3211 -- Educación primaria. 382.850,00 1,25

3220 2269920 GASTOS FUNCIONAMIENTO EDUCACIÓN SECUNDARIA 725,00 --

3220 4810014AYUDAS ADQUISICION LIBROS Y MAT. ENSEÑANZA SECUNDARIA

25.000,00 --

3220 -- Enseñanza secundaria. 25.725,00 0,08

3230 1200011 BÁSICAS FUNCºs A1 PROMOC. EDUCATIVA 14.700,00 --

68

Page 69: ASISTENTES ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA …...Recálculo sobre ingresos a fecha posterior 29000 IMPUESTO SOBRE CONSTRUCCIONES, ... 36000 VENTA DE LIBROS 335,00 265,00 70,00

Pro Econo. Denominación Partida %

3230 1210011 COMPL. DEST. FUNCº PROMOC. EDUCATIVA 9.775,00 --

3230 1210111 COMPL. ESPEC. FUNCº PROMOC. EDUCATIVA 12.950,00 --

3230 1300011 BÁSICAS LAB. FIJO PROMOC. EDUCATIVA 51.650,00 --

3230 1300211 OTRAS REMUN. LAB. FIJO PROMOC. EDUCATIVA 40.675,00 --

3230 1500011 PRODUCT. PERS. FUNCº PROMOC. EDUCATIVA 800,00 --

3230 1500111 PRODUCT. PERS. LAB. FIJO PROMOC. EDUCATIVA 2.700,00 --

3230 1600011 SEG SOCIAL PERS FUNC Y LAB PROMOC. EDUCATIVA 43.275,00 --

3230 2220009 COMUNIC. TELEF. SERV. VARIOS PROMOC. EDUCATIVO 1.500,00 --

3230 2269911GASTOS FUNCIONAMIENTO PROMOCION EDUCATIVA (EPA Y OTROS)

27.500,00 --

3230 2269912GASTOS FUNCIONAMIENTO GABINETE PSICOPEDAGÓGICO

200,00 --

3230 4810001 AYUDAS TRANSPORTE FP Y UNIVERSITARIO 20.000,00 --

3230 4810003 AYUDAS ENSEÑANZA UNIVERSITARIA 35.000,00 --

3230 4810004 APORTACION UNED 4.100,00 --

3230 4810015AYUDAS ADQUISICION LIBROS Y MAT. BACHILLERATO/FP 1er GRADO

15.000,00 --

3230 -- Promoción educativa. 279.825,00 0,91

3300 1200044 BÁSICAS FUNCºs A1 ADMIN. GRAL. DE CULTURA 14.700,00 --

3300 1200144 BÁSICAS FUNCºs A2 ADMIN. GRAL. DE CULTURA 12.925,00 --

3300 1200344 BÁSICAS FUNCºs C1 ADMIN. GRAL. DE CULTURA 9.900,00 --

3300 1210044 COMPL. DEST. FUNCº ADMIN. GRAL. DE CULTURA 24.625,00 --

3300 1210144 COMPL. ESPEC. FUNCº ADMIN. GRAL. DE CULTURA 17.475,00 --

3300 1300044 BÁSICAS LAB. FIJO ADMIN. GRAL. DE CULTURA 117.900,00 --

3300 1300244 OTRAS REMUN. LAB. FIJO ADMIN. GRAL. DE CULTURA 92.375,00 --

3300 1500044 PRODUCT. PERS. FUNCº ADMIN. GRAL. DE CULTURA 1.975,00 --

3300 1500144PRODUCT. PERS. LAB. FIJO ADMIN. GRAL. DE CULTURA

5.925,00 --

3300 1600044SEG SOCIAL PERS FUNC Y LAB ADMIN. GRAL. DE CULTURA

96.750,00 --

3300 2220015 COMUNIC. TELEF. SERV. VARIOS CULTURA 4.325,00 --

3300 -- Administración General de Cultura. 398.875,00 1,30

3320 1200143 BÁSICAS FUNCºs A2 BIBLIOTECAS Y ARCHIVOS 25.825,00 --

3320 1200443 BÁSICAS FUNCºs C2 BIBLIOTECAS Y ARCHIVOS 25.150,00 --

3320 1210043 COMPL. DEST. FUNCº BIBLIOTECAS Y ARCHIVOS 29.600,00 --

3320 1210143 COMPL. ESPEC. FUNCº BIBLIOTECAS Y ARCHIVOS 16.225,00 --

3320 1300043 BÁSICAS LAB. FIJO BIBLIOTECAS Y ARCHIVOS 8.400,00 --

3320 1300243 OTRAS REMUN. LAB. FIJO BIBLIOTECAS Y ARCHIVOS 8.250,00 --

3320 1500043 PRODUCT. PERS. FUNCº BIBLIOTECAS Y ARCHIVOS 2.625,00 --

3320 1500143 PRODUCT. PERS. LAB. FIJO BIBLIOTECAS Y ARCHIVOS 425,00 --

3320 1600043SEG SOCIAL PERS FUNC Y LAB BIBLIOTECAS Y ARCHIVOS

37.850,00 --

3320 2200011 MATERIAL VARIO OFIC. e IMPR. ARCHIVO MUNICIPAL 350,00 --

3320 2200105 PUBLICACIONES, BIBLIOTECA 1.325,00 --

3320 2269952 GASTOS FUNCIONAMIENTO BIBLIOTECA 3.075,00 --

69

Page 70: ASISTENTES ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA …...Recálculo sobre ingresos a fecha posterior 29000 IMPUESTO SOBRE CONSTRUCCIONES, ... 36000 VENTA DE LIBROS 335,00 265,00 70,00

Pro Econo. Denominación Partida %

3320 2269960 GASTOS FUNCIONAMIENTO ARCHIVOS MUNICIPALES 1.550,00 --

3320 -- Bibliotecas y Archivos. 160.650,00 0,53

3330 2120014 RMC MUSEOS VARIOS 5.150,00 --

3330 2130023 RMC INSTALAC. MUSEO ETNOLº CASA COCÓ 250,00 --

3330 2260902 GASTOS FUNCIONAMIENTO MUSEOS LOCALES 12.825,00 --

3330 -- Museos y Artes Plásticas. 18.225,00 0,06

3340 1200427 BÁSICAS FUNCºs C2 PROMOCIÓN CULTURAL 8.400,00 --

3340 1200527 BÁSICAS FUNCºs E PROMOCIÓN CULTURAL 7.700,00 --

3340 1210027 COMPL. DEST. FUNCº PROMOCIÓN CULTURAL 9.175,00 --

3340 1210127 COMPL. ESPEC. FUNCº PROMOCIÓN CULTURAL 8.425,00 --

3340 1300027 BÁSICAS LAB. FIJO PROMOCIÓN CULTURAL 59.250,00 --

3340 1300227 OTRAS REMUN. LAB. FIJO PROMOCIÓN CULTURAL 43.025,00 --

3340 1500027 PRODUCT. PERS. FUNCº PROMOCIÓN CULTURAL 825,00 --

3340 1500127 PRODUCT. PERS. LAB. FIJO PROMOCIÓN CULTURAL 2.975,00 --

3340 1600027 SEG SOCIAL PERS FUNC Y LAB CULTURA 45.400,00 --

3340 2120010 RMC CASA CULTURA 6.125,00 --

3340 2130017 RMC INSTALACIONES CASA CULTURA 10.425,00 --

3340 2200005 MATERIAL VARIO OFIC. E IMPR. CASA CULTURA 11.750,00 --

3340 2210015 SUMº ELECT.T SERV. VARIOS CULTURA 81.750,00 --

3340 2211002 PRODUC. LIMP. Y ASEO, CASA CULTURA 6.050,00 --

3340 2240005 ASEGURº ACTIVIDADES CULTURALES 275,00 --

3340 2260205 PUBLICIDAD CULTURAL 6.775,00 --

3340 2260901 GASTOS FUNCIONAMIENTO CULTURA 55.700,00 --

3340 2260906 PUBLICACIONES MUNICIPALES 975,00 --

3340 2279906 SERVICIOS UNION MUSICAL 6.550,00 --

3340 2279907 SONIDO CASA CULTURA 2.550,00 --

3340 2279909 VENTA DE ENTRADAS CASA CULTURA 1.475,00 --

3340 4630001 A MANCOMUNIDAD CULTURAL MARINA ALTA (MACMA) 8.525,00 --

3340 4810007 PREMIOS CONCEJALÍA DE CULTURA 9.875,00 --

3340 4890085 SUBV. A ENTIDADES Y ASOCIACIONES CULTURALES 3.375,00 --

3340 -- Promoción cultural. 397.350,00 1,30

3360 2210017 SUMº ELECT. SERV. VARIOS PROTEC. PATRIMº HCO. 5.925,00 --

3360 2220017COMUNIC. TELEF. SERV. VARIOS PROTEC. PATRIMº HCO.

250,00 --

3360 2260909GASTOS FUNCIONAMIENTO ARQUEOLª Y PROT. PATRº HCOº

15.350,00 --

3360 --Arqueología y protección del Patrimonio Histórico-Artístico.

21.525,00 0,07

3380 1200330 BÁSICAS FUNCºs C1 FIESTAS 9.900,00 --

3380 1210030 COMPL. DEST. FUNCº FIESTAS 7.150,00 --

3380 1210130 COMPL. ESPEC. FUNCº FIESTAS 6.875,00 --

3380 1500030 PRODUCT. PERS. FUNCº FIESTAS 525,00 --

3380 1600030 SEG SOCIAL PERS FUNC Y LAB FIESTAS 7.925,00 --

70

Page 71: ASISTENTES ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA …...Recálculo sobre ingresos a fecha posterior 29000 IMPUESTO SOBRE CONSTRUCCIONES, ... 36000 VENTA DE LIBROS 335,00 265,00 70,00

Pro Econo. Denominación Partida %

3380 2210018 SUMº ELECT. SERV. VARIOS FIESTAS 8.450,00 --

3380 2269921 GASTOS FUNCIONAMIENTO FIESTAS POPULARES 42.950,00 --

3380 2269922 ALUMBRADO CALLES FIESTAS 15.800,00 --

3380 4810008 PREMIS CARTELL FESTES 1.050,00 --

3380 4810009 PREMIOS IMAGEN MOROS i CRISTIANS 1.000,00 --

3380 4890083 SUBV. A ENTIDADES Y ASOCIACIONES FESTERAS 134.000,00 --

3380 -- Fiestas populares y festejos. 235.625,00 0,77

3400 1200128 BÁSICAS FUNCºs A2 AD. GRAL. DE DEPORTES 12.925,00 --

3400 1200428 BÁSICAS FUNCºs C2 AD. GRAL. DE DEPORTES 16.775,00 --

3400 1200528 BÁSICAS FUNCºs E AD. GRAL. DE DEPORTES 23.050,00 --

3400 1210028 COMPL. DEST. FUNCº AD. GRAL. DE DEPORTES 28.775,00 --

3400 1210128 COMPL. ESPEC. FUNCº AD. GRAL. DE DEPORTES 15.550,00 --

3400 1300028 BÁSICAS LAB. FIJO AD. GRAL. DE DEPORTES 84.475,00 --

3400 1300228 OTRAS REMUN. LAB. FIJO AD. GRAL. DE DEPORTES 59.750,00 --

3400 1500028 PRODUCT. PERS. FUNCº AD. GRAL. DE DEPORTES 2.675,00 --

3400 1500128 PRODUCT. PERS. LAB. FIJO AD. GRAL. DE DEPORTES 4.225,00 --

3400 1600028SEG SOCIAL PERS FUNC Y LAB AD. GRAL. DE DEPORTES

80.650,00 --

3400 2220016 COMUNIC. TELEF. SERV. VARIOS DEPORTES 5.925,00 --

3400 -- Administración General de Deportes. 334.775,00 1,09

3410 1300008BÁSICAS LAB. FIJO PROMOCIÓN Y FOMENTO DEL DEPORTE

16.775,00 --

3410 1300208OTRAS REMUN. LAB. FIJO PROMOCIÓN Y FOMENTO DEL DEPORTE

12.150,00 --

3410 1500108PRODUCT. PERS. LAB. FIJO PROMOCIÓN Y FOMENTO DEL DEPORTE

850,00 --

3410 1600008SEG SOCIAL PERS FUNC Y LAB PROMOCIÓN Y FOMENTO DEL DEPORTE

9.675,00 --

3410 2260904 GASTOS FUNCIONAMIENTO DEPORTES 40.900,00 --

3410 4670006 A CONSORCI ESPORTIU DE LA MARINA ALTA (CEMA) 9.700,00 --

3410 4890084 SUBV. A ENTIDADES DEPORTIVAS Y DEPORTISTAS 188.450,00 --

3410 -- Promoción y fomento del deporte. 278.500,00 0,91

3420 2030003ARRENDº MAQUINª, INSTALACIONES Y UTILL.. EN INSTAL DEP

19.375,00 --

3420 2120004 RMC PISCINA MUNICIPAL 14.875,00 --

3420 2120011 RMC EDIF. E INSTALAC. DEPORTIVAS 75.000,00 --

3420 2130019 RMC DEPOSITOS GLP INSTALACIONES DEPORTIVAS 1.350,00 --

3420 2210016 SUMº ELECT.T SERV. VARIOS DEPORTES 70.575,00 --

3420 2210030 SUMº ELECT. PISCINA MUNICIPAL 55.500,00 --

3420 2210201 SUMº GAS EDUCACION FISICA Y DEPORTES 16.950,00 --

3420 2210316 GASÓLEO PISCINA MUNICIPAL 60.000,00 --

3420 2211003 PRODUC. LIMP. Y ASEO, INSTALACIONES DEPORTIVAS 1.550,00 --

3420 -- Instalaciones deportivas. 315.175,00 1,03

4150 2269944 GASTOS FUNCIONAMIENTO PESCA 3.225,00 --

4150 -- Protección y desarrollo de los recursos pesqueros. 3.225,00 0,01

71

Page 72: ASISTENTES ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA …...Recálculo sobre ingresos a fecha posterior 29000 IMPUESTO SOBRE CONSTRUCCIONES, ... 36000 VENTA DE LIBROS 335,00 265,00 70,00

Pro Econo. Denominación Partida %

4310 2210020 SUMº ELECT. SERV. VARIOS COMERCIO 8.650,00 --

4310 2210311 COMBUST. VEHIC. SERV. COMERCIO 350,00 --

4310 2220019 COMUNIC. TELEF. SERV. VARIOS COMERCIO 4.375,00 --

4310 2269928 GASTOS FUNCIONAMIENTO COMERCIO 1.575,00 --

4310 2269943GASTOS FUNCIONAMIENTO AGª. FOMENTO INIC. COMERCIALES (AFIC)

3.250,00 --

4310 2270011 SERVICIO DE ECOASEOS EN MERCADILLOS 2.350,00 --

4310 -- Comercio. 20.550,00 0,07

4320 1200038 BÁSICAS FUNCºs A1 TURISMO 14.700,00 --

4320 1200338 BÁSICAS FUNCºs C1 TURISMO 9.900,00 --

4320 1200438 BÁSICAS FUNCºs C2 TURISMO 33.525,00 --

4320 1210038 COMPL. DEST. FUNCº TURISMO 35.425,00 --

4320 1210138 COMPL. ESPEC. FUNCº TURISMO 19.950,00 --

4320 1300038 BÁSICAS LAB. FIJO TURISMO 7.700,00 --

4320 1300238 OTRAS REMUN. LAB. FIJO TURISMO 5.275,00 --

4320 1500038 PRODUCT. PERS. FUNCº TURISMO 2.975,00 --

4320 1500138 PRODUCT. PERS. LAB. FIJO TURISMO 400,00 --

4320 1600038 SEG SOCIAL PERS FUNC Y LAB TURISMO 42.175,00 --

4320 2200006 MATERIAL VARIO OFIC. e IMPR. TURISMO 10.225,00 --

4320 2210021 SUMº ELECT. SERV. VARIOS TURISMO (GRAL.) 3.200,00 --

4320 2210022 SUMº ELECT. SERV. VARIOS TURISMO (OTROS) 475,00 --

4320 2210023 SUMº ELECT. SERV. VARIOS TURISMO (RESIDENTES) 475,00 --

4320 2220020 COMUNIC. TELEF. SERV. VARIOS TURISMO 4.600,00 --

4320 2220021 COMUNIC. TELEF. SERV. VARIOS RELAC. RESIDENTES 200,00 --

4320 2260206 PUBLICIDAD TURISTICA 46.025,00 --

4320 2269929 GASTOS ASISTENCIA FERIAS TURISMO 15.350,00 --

4320 2269930 GASTOS FUNCIONAMIENTO TURISMO 32.675,00 --

4320 2269933GTOS. VARIOS ATRAC TURIST (FER. ARTª., MERCAT MEDIEV.)

3.175,00 --

4320 2270618SERVICIOS FUNCIONAMIENTO PORTAL TURÍSTICO CALPE.ES

41.925,00 --

4320 2302002 DIETAS PERSONAL TURISMO, ASIST. FERIAS Y OTROS 6.000,00 --

4320 2312002GASTOS LOCOM. PERS. TURº, (ASIST. FERIAS Y OTROS)

6.000,00 --

4320 4670008 A CONSORCIO “CALPE TOURISM” 300.000,00 --

4320 -- Ordenación y promoción turística. 642.350,00 2,10

4330 1200140BÁSICAS FUNCºs A2 DESARROLLO LOCAL Y PROMOC.ECO.

12.925,00 --

4330 1200340BÁSICAS FUNCºs C1 DESARROLLO LOCAL Y PROMOC.ECO.

9.900,00 --

4330 1200440BÁSICAS FUNCºs C2 DESARROLLO LOCAL Y PROMOC.ECO.

16.775,00 --

4330 1210040COMPL. DEST. FUNCº DESARROLLO LOCAL Y PROMO. ECO.

24.825,00 --

4330 1210140COMPL. ESPEC. FUNCº DESARROLLO LOCAL Y PROMO. ECO.

16.200,00 --

4330 1500040PRODUCT. PERS. FUNCº DESARROLLO LOCAL Y PROMOC. ECO.

2.025,00 --

72

Page 73: ASISTENTES ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA …...Recálculo sobre ingresos a fecha posterior 29000 IMPUESTO SOBRE CONSTRUCCIONES, ... 36000 VENTA DE LIBROS 335,00 265,00 70,00

Pro Econo. Denominación Partida %

4330 1600040SEG SOCIAL PERS FUNC Y LAB DESARROLLO LOCAL Y PROMOC. ECO.

26.850,00 --

4330 2020010 ARRENDº LOCAL CREAMA / AFIC 8.000,00 --

4330 2120005 RMC EDIFICIO MIRO 3.150,00 --

4330 2269937GASTOS FUNCIONAMIENTO AGENCIA DESARROLLO LOCAL

4.250,00 --

4330 4670003A CONSORCIO RECUPERACION ACT. MARINA ALTA (CREAMA)

101.325,00 --

4330 -- Desarrollo empresarial. 226.225,00 0,74

4910 1200005 BÁSICAS FUNCºs A1 GABINETE INFORMACIÓN 29.375,00 --

4910 1200305 BÁSICAS FUNCºs C1 GABINETE INFORMACIÓN 9.900,00 --

4910 1200405 BÁSICAS FUNCºs C2 GABINETE INFORMACIÓN 16.775,00 --

4910 1210005 COMPL. DEST. FUNCº GABINETE INFORMACIÓN 34.925,00 --

4910 1210105 COMPL. ESPEC. FUNCº GABINETE INFORMACIÓN 25.650,00 --

4910 1500005 PRODUCT. PERS. FUNCº GABINETE INFORMACIÓN 2.900,00 --

4910 1600005SEG SOCIAL PERS FUNC Y LAB GABINETE INFORMACIÓN

38.825,00 --

4910 2260201PUBLICIDAD INSTITUCIONAL EN MEDIOS COMUNICACIÓN

31.475,00 --

4910 2260202PUBLICIDAD INSTITUCIONAL (BOLETÍN INFORMATIVO MUNICIPAL)

11.250,00 --

4910 2260203 OTRA PUBLICIDAD MUNICIPAL 26.250,00 --

4910 -- Sociedad de la información. 227.325,00 0,74

4930 1200326 BÁSICAS FUNCºs C1 OMIC 9.900,00 --

4930 1200426 BÁSICAS FUNCºs C2 OMIC 8.400,00 --

4930 1210026 COMPL. DEST. FUNCº OMIC 12.675,00 --

4930 1210126 COMPL. ESPEC. FUNCº OMIC 6.525,00 --

4930 1500026 PRODUCT. PERS. FUNCº OMIC 925,00 --

4930 1600026 SEG SOCIAL PERS FUNC Y LAB OMIC 12.475,00 --

4930 2220014 COMUNIC. TELEF. SERV. VARIOS OMIC 550,00 --

4930 2269919 GASTOS FUNCIONAMIENTO OMIC 250,00 --

4930 -- Oficinas de defensa al consumidor. 51.700,00 0,17

9120 1000001 RETRIBUCIONES BÁSICAS ALCALDIA 50.400,00 --

9120 1000007 RETRIB. BÁSICAS CONCEJALÍAS PLENA DEDICACIÓN 116.650,00 --

9120 1100001 BÁSICAS EVEN. ORG. GOB. 196.825,00 --

9120 1600001 SEG SOCIAL PERS FUNC Y LAB ORG. GOB. 63.975,00 --

9120 1600070 SEG SOCIAL ORGANOS GOBIERNO 54.300,00 --

9120 2200101 PUBLICACIONES, ORGANOS GOBIERNO 5.400,00 --

9120 2210301 COMBUST. VEHIC. ORGANOS GOBIERNO 8.300,00 --

9120 2240009 ASEGURº ACCIDENTES MIEMBROS CORPORACION 9.050,00 --

9120 2260102GASTOS PROTOCOLO Y REPRESENTACIÓN MUNICIPAL

22.050,00 --

9120 2269935 GASTOS FUNCIONAMIENTO ALCALDIA 10.350,00 --

9120 2300001DIETAS A CONCEJALÍAS POR ASIST. O PARTICIP. EN ORGº GOBIERNO

253.325,00 --

9120 2300002DIETAS A CONCEJALIAS POR SERVICIOS VARIOS A JUSTIFICAR

4.050,00 --

73

Page 74: ASISTENTES ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA …...Recálculo sobre ingresos a fecha posterior 29000 IMPUESTO SOBRE CONSTRUCCIONES, ... 36000 VENTA DE LIBROS 335,00 265,00 70,00

Pro Econo. Denominación Partida %

9120 2310001 GASTOS LOCOMOCION CONCEJALÍAS 4.075,00 --

9120 2330001 OTRAS INDEMNIZACIONES ORGANOS GOBIERNO 2.575,00 --

9120 4890001 ASIGNACION GRUPOS POLITICOS MUNIC. 30.900,00 --

9120 -- Órganos de gobierno. 832.225,00 2,72

9200 1200002 BÁSICAS FUNCºs A1 AD. GRAL. 58.725,00 --

9200 1200102 BÁSICAS FUNCºs A2 AD. GRAL. 12.925,00 --

9200 1200302 BÁSICAS FUNCºs C1 AD. GRAL. 59.325,00 --

9200 1200402 BÁSICAS FUNCºs C2 AD. GRAL. 117.325,00 --

9200 1200502 BÁSICAS FUNCºs E AD. GRAL. 15.375,00 --

9200 1200699 TRIENIOS FUNCºs 292.400,00 --

9200 1210002 COMPL. DEST. FUNCº AD. GRAL. 175.900,00 --

9200 1210102 COMPL. ESPEC. FUNCº AD. GRAL. 196.800,00 --

9200 1300002 BÁSICAS LAB. FIJO AD. GRAL. 39.625,00 --

9200 1300099 TRIENIOS LAB. FIJO 137.075,00 --

9200 1300202 OTRAS REMUN. LAB. FIJO AD. GRAL. 28.625,00 --

9200 1430001TRABAJOS DE COLABORACION SOCIAL, COMISIONES SERVICIOS Y OTROS

6.000,00 --

9200 1430002 CONVENIOS ENSEÑANZA 4.000,00 --

9200 1430003 PERSONAL LABORAL NO PERMANENTE 141.475,00 --

9200 1430005INDEMNIZACIONES RESOLUC CONTºs, SALARIOS TRAMITACIÓN Y OTROS GASTOS PERSONAL

1.000,00 --

9200 1500002 PRODUCT. PERS. FUNCº AD. GRAL. 13.450,00 --

9200 1500099 PRODUCT. PERS. FUNCº, productividad adicional 270.000,00 --

9200 1500102 PRODUCT. PERS. LAB. FIJO AD. GRAL. 2.000,00 --

9200 1500199 PRODUCT. PERS. LAB. FIJO, product. adicional 8.550,00 --

9200 1500299 PRODUCT. PERS. LAB. TEMP., product. adicional 1.000,00 --

9200 1510002 GRATIF. PERS. FUNCº AD. GRAL. 28.750,00 --

9200 1510102 GRATIF. PERS. LAB. FIJO AD. GRAL. 28.750,00 --

9200 1600002 SEG SOCIAL PERS FUNC Y LAB AD. GRAL. 516.850,00 --

9200 1600060 SEG SOCIAL OTRO PERSONAL AD GENERAL 3.250,00 --

9200 1600061 SEG SOCIAL PERSONAL LABORAL NO PERMANENTE 46.000,00 --

9200 1620001 CURSOS VARIOS PERSONAL 3.000,00 --

9200 2020003 ARRENDº LOCAL ALMACEN BRIGADAS 13.600,00 --

9200 2020012 OTROS ARRENDAMIENTOS PUNTUALES 1.025,00 --

9200 2030001 ARRENDº VARIOS MAQUINª, INSTALACIONES Y UTILL. 350,00 --

9200 2050001 ARRº VARIOS MOBILIARIO Y ENSERES 425,00 --

9200 2060002RENTING FOTOCOPIADORAS, IMPRESORAS Y OTROS EQUIPOS OFICINAS

16.500,00 --

9200 2120001 RMC CASA CONSISTORIAL Y OTRAS DEPENDENCIAS 29.825,00 --

9200 2120007 RMC EDIFICIO HERNANDO, LOCAL 8 700,00 --

9200 2130001 RMC EQUIPOS NO INFORMATº OFICINAS 28.500,00 --

9200 2130002 RMC EQUIPOS NO INFORMATº JUZGº PAZ 250,00 --

9200 2130003 RMC ENVASES OXIGENO ACETILENO 3.175,00 --

74

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Pro Econo. Denominación Partida %

9200 2130005 RMC ASCENSORES MUNICIPALES 15.500,00 --

9200 2130006 RMC EXTINTORES 7.375,00 --

9200 2130007 RMC AIRE ACONDICIONADO 4.175,00 --

9200 2130008 RMC ALARMAS EDIFICIOS MUNIC. 10.800,00 --

9200 2130022 RMC INSTALAC. JUZGº PAZ 3.350,00 --

9200 2140001 RMC PARQUE MOVIL MUNIC. 62.650,00 --

9200 2150001 RMC VARIOS MOBILIARIO Y ENSERES 1.075,00 --

9200 2190001 RMC VARIOS OTRO INMOVILIZADO MATERIAL 5.325,00 --

9200 2200001MATERIAL VARIO OFIC. E IMPR. SERVICIOS GENERALES

73.425,00 --

9200 2200002 MATERIAL VARIO OFIC. E IMPR. JUZGADO DE PAZ 1.700,00 --

9200 2200102 PUBLICACIONES, AD. GRAL. 4.550,00 --

9200 2200103 PUBLICACIONES, JUZG DE PAZ 125,00 --

9200 2200201 PROGR. Y LIC. VARIOS INFORMATICA 4.175,00 --

9200 2200202 MAT. VARIO INFORMATº NO INVENTARIABLE 3.375,00 --

9200 2210001 SUMºS ELECT. SERV. VARIOS AD. GRAL. 81.125,00 --

9200 2210002OTROS GTOS. POR SUMº E. ELEC. (DCHOS. ACOM, BOLET.)

475,00 --

9200 2210003 SUMºS ELECT. SERV. VARIOS JUZGº PAZ 4.550,00 --

9200 2210302 COMBUST. VEHIC. ADMINISTRACION GENERAL 31.025,00 --

9200 2210401 VESTUARIO PERSONAL VARIO BRIGADAS MUNIC. 6.425,00 --

9200 2211001PRODUC. LIMP. Y ASEO, AYUNTº Y OTROS EDIF MUNICIP

25.975,00 --

9200 2220001 COMUNIC. TELEF. SERV. VARIOS AD. GENERAL 27.950,00 --

9200 2220002 COMUNIC. TELEF. SERV. VARIOS JUZGº PAZ 1.225,00 --

9200 2220101 FRANQUEOS Y OTROS CORREOS 36.850,00 --

9200 2220102 OTROS ENVIOS POSTALES 2.425,00 --

9200 2240001 ASEGURº EDIFICIOS Y LOCALES 23.250,00 --

9200 2240002 ASEGURº VEHICULOS y EMBARCACIONES 37.525,00 --

9200 2240004 ASEGURº RESPONSABILIDAD CIVIL Y OTROS 52.725,00 --

9200 2250001 TRIBUTOS VARIOS 20.200,00 --

9200 2260301 PUBLICACIÓN EN DIARIOS OFICIALES. 9.025,00 --

9200 2260401GASTOS PROCESALES, Y DE REPRESENT. Y DEFENSA AYUNTº

115.325,00 --

9200 2260402 GASTOS NOTARIALES Y REGISTRALES VARIOS 3.625,00 --

9200 2260701 DIETAS ASISTENCIA TRIBUNALES SELEC. PERSONAL 6.150,00 --

9200 2269901INDEMNIZ. A TERCEROS POR FUNCIONAMº SERV MUNIC.

20.450,00 --

9200 2269902 SANCIONES IMPUESTAS AL AYUNTAMIENTO 5.125,00 --

9200 2269903GASTOS FUNCIONAMIENTO ADMINISTRACION GENERAL

51.125,00 --

9200 2269904 GASTOS FUNCIONAMIENTO JUZGº PAZ 225,00 --

9200 2269945 GASTOS FUNCIONAMIENTO SERVICIOS GENERALES 7.475,00 --

9200 2270008 LIMPIEZA CRISTALES EDIFICIOS MUNIC. VARIOS 475,00 --

9200 2270201 VALORACIONES Y PERITAJES VARIOS 3.175,00 --

75

Page 76: ASISTENTES ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA …...Recálculo sobre ingresos a fecha posterior 29000 IMPUESTO SOBRE CONSTRUCCIONES, ... 36000 VENTA DE LIBROS 335,00 265,00 70,00

Pro Econo. Denominación Partida %

9200 2270601 CONSULTs Y ASISTs. TCAS. VARIAS 650,00 --

9200 2270602ASISTENCIA TECª INFORMª SOFTWARE PROGR. VARIOS

49.225,00 --

9200 2270617 SERVICIOS WEBS MUNICIPALES 54.000,00 --

9200 2302001 DIETAS DEL PERSONAL MUNICIPAL 3.175,00 --

9200 2312001 GASTOS LOCOMOCION PERSONAL MUNICIPAL 2.775,00 --

9200 2330002 OTRAS INDEMNIZACIONES AD. GRAL. 2.575,00 --

9200 2330004 DIETAS JURADOS CALIFICº PREMIOS VARIOS 550,00 --

9200 4820001 APORTACIONES A FEMP Y FVMP 8.150,00 --

9200 6290001OTRAS INVERSIONES NUEVAS ASOCIADAS AL FUNCIONAMº OPERATIVO DE LOS SERVICIOS

116.050,00 --

9200 8300001 ANTICIPOS REINTEGRABLES AL PERSONAL 19.025,00 --

9200 -- Administración General . 3.330.200,00 10,88

9201 1200036 BÁSICAS FUNCºs A1 AD. FINANCIERA 73.400,00 --

9201 1200136 BÁSICAS FUNCºs A2 AD. FINANCIERA 12.925,00 --

9201 1200336 BÁSICAS FUNCºs C1 AD. FINANCIERA 29.675,00 --

9201 1200436 BÁSICAS FUNCºs C2 AD. FINANCIERA 58.675,00 --

9201 1210036 COMPL. DEST. FUNCº AD. FINANCIERA 129.125,00 --

9201 1210136 COMPL. ESPEC. FUNCº AD. FINANCIERA 186.450,00 --

9201 1500036 PRODUCT. PERS. FUNCº AD. FINANCIERA 9.025,00 --

9201 1600036 SEG SOCIAL PERS FUNC Y LAB COMERCIO INTERIOR 162.225,00 --

9201 2269927 GASTOS FUNCIONAMIENTO AD. FINANCIERA 475,00 --

9201 2270614ESTUDIOS Y TRABAJOS TÉCNICOS ECONÓMICO-FINANCIEROS

47.200,00 --

9201 -- Administración general financiera y tributaria. 709.175,00 2,32

9220 2269926 GASTOS FUNCIONAMIENTO RELAC. INSTITUCIONALES 10.750,00 --

9220 --Coordinación y organización institucional de las entidades locales.

10.750,00 0,04

9230 1200339BÁSICAS FUNCºs C1 INFORMAC. BASICA Y ESTADÍSTICA

19.775,00 --

9230 1210039COMPL. DEST. FUNCº INFORMAC. BASICA Y ESTADÍSTICA

13.300,00 --

9230 1210139COMPL. ESPEC. FUNCº INFORMAC. BASICA Y ESTADÍSTICA

12.075,00 --

9230 1500039PRODUCT. PERS. FUNCº INFORMAC. BASICA Y ESTADÍSTICA

1.025,00 --

9230 1600039SEG SOCIAL PERS FUNC Y LAB INFORMAC. BASICA Y ESTADISTICA

15.000,00 --

9230 2270607 ESTUDIOS Y TRABAJOS TÉCNICOS ESTADÍSTICOS 2.125,00 --

9230 -- Información básica y estadística. 63.300,00 0,21

9240 2269941GASTOS FUNCIONAMIENTO PARTICIPACION CIUDADANA

3.625,00 --

9240 -- Participación ciudadana 3.625,00 0,01

9250 2269964 GASTOS FUNCIONAMIENTO ATENCIÓN CIUDADANA 3.175,00 --

9250 -- Atención a los ciudadanos. 3.175,00 0,01

9290 2700001 GASTOS IMPREVISTOS (Fondo de contingencia) 61.650,00 --

9290 2700101GASTOS PENDIENTES DE APLICACIÓN A PRESUPUESTO

105.000,00 --

76

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Pro Econo. Denominación Partida %

9290 2700102GASTOS NO AFECTADOS COMPROMETIDOS DE EJERCANTERIORES PDTES. DE RECONOCER (Saldo de disposiciones de gasto del ej ant)

55.000,00 --

9290 -- Imprevistos y funciones no clasificadas. 221.650,00 0,72

9320 2270606 TRABAJOS COLABORACIÓN CATASTRAL 161.600,00 --

9320 2270801 SERVICIO RECAUDACION SUMA 1.004.600,00 --

9320 -- Gestión del sistema tributario. 1.166.200,00 3,81

-- -- TOTAL GASTOS 30.597.200,00 100,00

3.4.2.2.- Id. anterior, resumen

La distribución de gastos por áreas, políticas, grupos y subgrupos de gasto es la siguiente:

Áreagasto

Políticade gasto

Grºprogr

Subgrºprogr

Denominación Tot. %

1 -- -- -- SERVICIOS PÚBLICOS BÁSICOS. 13.189.225,00 43,11

-- 13 -- -- Seguridad y movilidad ciudadana. 3.297.300,00 10,78

-- -- 130 1300 Administración General de la Seguridad y Protección Civil.

53.775,00 0,18

-- -- 132 1320 Seguridad y Orden Público. 3.010.125,00 9,84

-- -- 133 1330 Ordenación del tráfico y del estacionamiento. 16.750,00 0,05

-- -- 134 1340 Protección civil . 26.600,00 0,09

-- -- 135 1350 Servicio de extinción de incendios. 190.050,00 0,62

-- 15 -- -- Vivienda y urbanismo. 2.528.225,00 8,26

-- -- 150 1500 Administración General de Vivienda y urbanismo.

1.008.225,00 3,30

-- -- 151 1510 Urbanismo. 37.225,00 0,12

-- -- 152 1520 Vivienda . 650,00 0,00

-- -- 155 1550 Vías públicas. 1.482.125,00 4,84

-- 16 -- -- Bienestar comunitario . 5.757.000,00 18,82

-- -- 161 1610 Saneamiento, abastecimiento y distribución de aguas.

3.450,00 0,01

-- -- 162 1620 Recogida, eliminación y tratamiento de residuos.

3.834.950,00 12,53

-- -- 163 1630 Limpieza viaria. 1.234.525,00 4,03

-- -- 164 1640 Cementerio y servicios funerarios. 112.000,00 0,37

-- -- 165 1650 Alumbrado público. 572.075,00 1,87

-- 17 -- -- Medio ambiente. 1.606.700,00 5,25

-- -- 170 1700 Administración general del medio ambiente. 291.800,00 0,95

-- -- 171 1710 Parques y jardines. 555.500,00 1,82

-- -- 172 1720 Protección y mejora del medio ambiente. 120.725,00 0,39

-- -- 172 1721 Playas 638.675,00 2,09

2 -- -- -- ACTUACIONES DE PROTECCIÓN Y PROMOCIÓN SOCIAL.

1.481.000,00 4,84

-- 22 -- -- Otras prestaciones económicas a favor de empleados.

27.700,00 0,09

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Áreagasto

Políticade gasto

Grºprogr

Subgrºprogr

Denominación Tot. %

-- -- 221 2210 Otras prestaciones económicas a favor de empleados.

27.700,00 0,09

-- 23 -- -- Servicios Sociales y promoción social. 1.429.125,00 4,67

-- -- 231 2310 Acción social. 549.125,00 1,79

-- -- 232 2320 Promoción social. 174.275,00 0,57

-- -- 232 2321 Promocion de la mujer 4.225,00 0,01

-- -- 232 2323 Promocion y servicios a la juventud 119.575,00 0,39

-- -- 232 2324 Promoción y servicios a la tercera edad 304.525,00 1,00

-- -- 233 2331 Centro ocupacional 277.400,00 0,91

-- 24 -- -- Fomento del Empleo. 24.175,00 0,08

-- -- 241 2410 Fomento del Empleo. 24.175,00 0,08

3 -- -- -- PRODUCCIÓN DE BIENES PÚBLICOS DE CARÁCTER PREFERENTE.

3.995.325,00 13,06

-- 31 -- -- Sanidad. 371.100,00 1,21

-- -- 312 3120 Hospitales, servicios asistenciales y centros de salud.

28.725,00 0,09

-- -- 313 3130 Acciones públicas relativas a la salud. 243.250,00 0,80

-- -- 313 3131 Perrera municipal 99.125,00 0,32

-- 32 -- -- Educación. 1.463.525,00 4,78

-- -- 320 3200 Administración general de educación. 3.500,00 0,01

-- -- 321 3210 Educación preescolar 771.625,00 2,52

-- -- 321 3211 Educación primaria. 382.850,00 1,25

-- -- 322 3220 Enseñanza secundaria. 25.725,00 0,08

-- -- 323 3230 Promoción educativa. 279.825,00 0,91

-- 33 -- -- Cultura. 1.232.250,00 4,03

-- -- 330 3300 Administración General de Cultura. 398.875,00 1,30

-- -- 332 3320 Bibliotecas y Archivos. 160.650,00 0,53

-- -- 333 3330 Museos y Artes Plásticas. 18.225,00 0,06

-- -- 334 3340 Promoción cultural. 397.350,00 1,30

-- -- 336 3360 Arqueología y protección del Patrimonio Histórico-Artístico.

21.525,00 0,07

-- -- 338 3380 Fiestas populares y festejos. 235.625,00 0,77

-- 34 -- -- Deporte. 928.450,00 3,03

-- -- 340 3400 Administración General de Deportes. 334.775,00 1,09

-- -- 341 3410 Promoción y fomento del deporte. 278.500,00 0,91

-- -- 342 3420 Instalaciones deportivas. 315.175,00 1,03

4 -- -- -- ACTUACIONES DE CARÁCTER ECONÓMICO.

1.171.375,00 3,83

-- 41 -- -- Agricultura, Ganadería y Pesca. 3.225,00 0,01

-- -- 415 4150 Protección y desarrollo de los recursos pesqueros.

3.225,00 0,01

-- 43 -- -- Comercio, turismo y pequeñas y medianasempresas.

889.125,00 2,91

-- -- 431 4310 Comercio. 20.550,00 0,07

-- -- 432 4320 Ordenación y promoción turística. 642.350,00 2,10

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Áreagasto

Políticade gasto

Grºprogr

Subgrºprogr

Denominación Tot. %

-- -- 433 4330 Desarrollo empresarial. 226.225,00 0,74

-- 49 -- -- Otras actuaciones de carácter económico. 279.025,00 0,91

-- -- 491 4910 Sociedad de la información. 227.325,00 0,74

-- -- 493 4930 Oficinas de defensa al consumidor. 51.700,00 0,17

9 -- -- -- ACTUACIONES DE CARÁCTER GENERAL. 6.340.300,00 20,72

-- 91 -- -- Órganos de gobierno. 832.225,00 2,72

-- -- 912 9120 Órganos de gobierno. 832.225,00 2,72

-- 92 -- -- Servicios de carácter general. 4.341.875,00 14,19

-- -- 920 9200 Administración General . 3.330.200,00 10,88

-- -- 920 9201 Administración general financiera y tributaria. 709.175,00 2,32

-- -- 922 9220 Coordinación y organización institucional de las entidades locales.

10.750,00 0,04

-- -- 923 9230 Información básica y estadística. 63.300,00 0,21

-- -- 924 9240 Participación ciudadana 3.625,00 0,01

-- -- 925 9250 Atención a los ciudadanos. 3.175,00 0,01

-- -- 929 9290 Imprevistos y funciones no clasificadas. 221.650,00 0,72

-- 93 -- -- Administración financiera y tributaria. 1.166.200,00 3,81

-- -- 932 9320 Gestión del sistema tributario. 1.166.200,00 3,81

0 -- -- -- DEUDA PÚBLICA. 4.419.975,00 14,45

-- 01 -- -- Deuda Pública. 4.419.975,00 14,45

-- -- 011 0110 Deuda Pública. 4.419.975,00 14,45

-- -- -- tot Totales Area de Gasto 30.597.200,00 100,00

-- -- -- -- Totales Política de Gasto 30.597.200,00 100,00

-- -- -- -- Totales Programa de Gasto 30.597.200,00 100,00

-- -- -- -- Totales Subprograma de Gasto 30.597.200,00 100,00

3.4.3.- Remuneración de los miembros de la Corporación

Los miembros de la Corporación con dedicación plena o parcial percibirán lasretribuciones acordadas en cada caso por el Pleno, que siempre tendrán carácter de brutoanual, sin perjuicio del cálculo de las prorratas mensuales correspondientes.

Los miembros de la Corporación que no tengan dedicación exclusiva ni dedicaciónparcial, percibirán asistencias por la concurrencia efectiva a las sesiones del Pleno y susComisiones, así como por asistencia a las Juntas de Gobierno, en la cantidad fijada en elacuerdo del Pleno del Ayuntamiento. Tales asistencias se justificarán mediante relación deasistencias mensuales, realizadas por el Departamento de Personal, a partir de lascertificaciones emitidas por la Secretaría General del Pleno y la Oficina del Gobierno Municipal,que acreditarán la asistencia efectiva a las mismas y el importe a percibir.

En ningún caso se percibirán asistencias por la concurrencia efectiva a sesionesextraordinarias del Pleno, de las Comisiones Informativas o de las Junta de Gobierno.

La previsión de gastos efectuada, de conformidad con los acuerdos adoptados por elPleno, ha sido la siguiente:

RETRIBUCIONES PORDEDICACIÓN

Dedicación Nºconcejales

% Gradodedicación

importe anualmiembro

importe anualtotal

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CONCEJALÍA CON DELEGACIÓN ESPECIAL EQUIPO DE GOBIERNO

exclusiva 4 100 29.160 116.640

CONCEJALÍA SIN DELEGACION ESPECIAL EQUIPO DE GOBIERNO

parcial 0 50 14.580 0

CONCEJALÍA SIN DELEGACION ESPECIAL NO EQUIPO DE GOBIERNO

parcial 0 20 5.832 0

Total 1 4 49.572 116.640

ASISTENCIA A ÓRGANOCOLEGIADO

Nº concejales Nº maxºasistencias

importeasistencia

importe anualmiembro

importe anualtotal

Asistencias a Pleno Concejal / Alcalde

12 12 270 3.240 38.880

Asistencias a Pleno Concejal Portavoz Grupo Municipal

5 12 455 5.460 27.300

Asistencias a Comisión Informativa Concejal / Alcalde

12 12 270 3.240 38.880

Asistencias a Comisión Informativa Concejal Portavoz Grupo Municipal

5 12 455 5.460 27.300

Asistencia a Junta de Gobierno Teniente de Alcalde / Alcalde

8 56 270 15.120 120.960

Total 2 253.320

TOTAL 369.960

3.4.4.- Subvenciones

3.4.4.1- Subvenciones nominativas

Serán objeto de aprobación mediante acuerdo expreso del pleno, hasta los importesmáximos previstos en las aplicaciones de gastos correspondientes.

Tales subvenciones se concederán previa solicitud de los beneficiarios, por acuerdo delórgano competente para la ejecución del gasto.

Las subvenciones se ajustarán al régimen previsto en la normativa general desubvenciones y bases de ejecución del presupuesto.

3.4.5.- Comparativo de gastos 2013/2014

Pro Econo. Denominación PartidaCapº/ Artº /Conº / Subº

ej ant incrº s/ ej ant % incrº

-- 1 CAPITULO I.- GASTOS DE PERSONAL -- 12.902.100,00 12.753.075,00 149.025,00 1,17

-- 10 ALTOS CARGOS -- 167.050,00 167.050,00 0,00 0,00

-- 100RETRIBUCIONES BÁSICAS Y OTRAS

REMUNERACIONES DE LOS MIEMBROSDE LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO.

-- 167.050,00 167.050,00 0,00 0,00

-- 10000RETRIBUCIONES BASICAS Y OTRAS

REMUNERACIONES DE LOS MIEMBROSDE LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO

-- 167.050,00 167.050,00 0,00 0,00

9120 1000001 RETRIBUCIONES BÁSICAS ALCALDIA 50.400,00 -- 50.400,00 0,00 0,00

9120 1000007RETRIB. BÁSICAS CONCEJALÍAS PLENA DEDICACIÓN

116.650,00 -- 116.650,00 0,00 0,00

-- 11 PERSONAL EVENTUAL. -- 196.825,00 196.825,00 0,00 0,00

-- 110RETRIBUCIONES BÁSICAS Y OTRASREMUNERACIONES DE PERSONAL

EVENTUAL.-- 196.825,00 196.825,00 0,00 0,00

-- 11000 RETRIBUCIONES BÁSICAS PERS. EVEN. -- 196.825,00 196.825,00 0,00 0,00

9120 1100001 BÁSICAS EVEN. ORG. GOB. 196.825,00 -- 196.825,00 0,00 0,00

-- 12 PERSONAL FUNCº -- 5.574.375,00 5.536.800,00 37.575,00 0,68

80

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Pro Econo. Denominación PartidaCapº/ Artº /Conº / Subº

ej ant incrº s/ ej ant % incrº

-- 120 RETRIBUCIONES BASICAS FUNC -- 2.503.925,00 2.487.175,00 16.750,00 0,67

-- 12000 RETRIBUCIONES BASICAS FUNCºs A1 -- 337.800,00 337.825,00 -25,00 -0,01

9200 1200002 BÁSICAS FUNCºs A1 AD. GRAL. 58.725,00 -- 88.075,00 -29.350,00 -33,32

4910 1200005BÁSICAS FUNCºs A1 GABINETE INFORMACIÓN

29.375,00 -- 14.700,00 14.675,00 99,83

2310 1200007 BÁSICAS FUNCºs A1 ACCION SOCIAL 29.375,00 -- 14.700,00 14.675,00 99,83

2331 1200010BÁSICAS FUNCºs A1 CENTRO OCUPACIONAL

14.700,00 -- 14.700,00 0,00 0,00

3230 1200011BÁSICAS FUNCºs A1 PROMOC. EDUCATIVA

14.700,00 -- 14.700,00 0,00 0,00

2320 1200013BÁSICAS FUNCºs A1 PROMOC. Y REINS. SOC.

14.700,00 -- 14.700,00 0,00 0,00

1500 1200018BÁSICAS FUNCºs A1 URBANISMO Y ARQUITECTURA

58.725,00 -- 44.050,00 14.675,00 33,31

1700 1200025 BÁSICAS FUNCºs A1 MEDIO AMBIENTE 14.700,00 -- 14.700,00 0,00 0,00

9201 1200036 BÁSICAS FUNCºs A1 AD. FINANCIERA 73.400,00 -- 58.725,00 14.675,00 24,99

4320 1200038 BÁSICAS FUNCºs A1 TURISMO 14.700,00 -- 0,00 14.700,00 ant=0

3300 1200044BÁSICAS FUNCºs A1 ADMIN. GRAL. DE CULTURA

14.700,00 -- 0,00 14.700,00 ant=0

-- 12001 RETRIBUCIONES BASICAS FUNCºs A2 -- 284.150,00 284.125,00 25,00 0,01

9200 1200102 BÁSICAS FUNCºs A2 AD. GRAL. 12.925,00 -- 77.450,00 -64.525,00 -83,31

1320 1200103 BÁSICAS FUNCºs A2 SEGURIDAD 25.825,00 -- 25.825,00 0,00 0,00

2324 1200106 BÁSICAS FUNCºs A2 TERCERA EDAD 12.925,00 -- 12.925,00 0,00 0,00

2310 1200107 BÁSICAS FUNCºs A2 ACCION SOCIAL 25.825,00 -- 51.650,00 -25.825,00 -50,00

2331 1200110BÁSICAS FUNCºs A2 CENTRO OCUPACIONAL

12.925,00 -- 12.925,00 0,00 0,00

2320 1200113BÁSICAS FUNCºs A2 PROMOC. Y REINS. SOC.

25.825,00 -- 0,00 25.825,00 ant=0

3210 1200116 BÁSICAS FUNCºs A2 EDUC. infantil 25.825,00 -- 12.925,00 12.900,00 99,81

1500 1200118BÁSICAS FUNCºs A2 URBANISMO Y ARQUITECTURA

64.550,00 -- 38.725,00 25.825,00 66,69

3400 1200128BÁSICAS FUNCºs A2 AD. GRAL. DE DEPORTES

12.925,00 -- 0,00 12.925,00 ant=0

9201 1200136 BÁSICAS FUNCºs A2 AD. FINANCIERA 12.925,00 -- 0,00 12.925,00 ant=0

4330 1200140BÁSICAS FUNCºs A2 DESARROLLO LOCAL Y PROMOC. ECO.

12.925,00 -- 12.925,00 0,00 0,00

3320 1200143BÁSICAS FUNCºs A2 BIBLIOTECAS Y ARCHIVOS

25.825,00 -- 12.925,00 12.900,00 99,81

3300 1200144BÁSICAS FUNCºs A2 ADMIN. GRAL. DE CULTURA

12.925,00 -- 0,00 12.925,00 ant=0

-- 12003 RETRIBUCIONES BASICAS FUNCºs C1 -- 1.043.100,00 1.034.775,00 8.325,00 0,80

9200 1200302 BÁSICAS FUNCºs C1 AD. GRAL. 59.325,00 -- 79.100,00 -19.775,00 -25,00

1320 1200303 BÁSICAS FUNCºs C1 SEGURIDAD 746.325,00 -- 756.200,00 -9.875,00 -1,31

4910 1200305BÁSICAS FUNCºs C1 GABINETE INFORMACIÓN

9.900,00 -- 0,00 9.900,00 ant=0

2310 1200307 BÁSICAS FUNCºs C1 ACCION SOCIAL 9.900,00 -- 9.900,00 0,00 0,00

2331 1200310BÁSICAS FUNCºs C1 CENTRO OCUPACIONAL

9.900,00 -- 9.900,00 0,00 0,00

2320 1200313BÁSICAS FUNCºs C1 PROMOC. Y REINS. SOC.

9.900,00 -- 0,00 9.900,00 ant=0

1500 1200318BÁSICAS FUNCºs C1 URBANISMO Y ARQUITECTURA

79.100,00 -- 51.075,00 28.025,00 54,87

1650 1200319 BÁSICAS FUNCºs C1 ALUMBRADO 9.900,00 -- 9.900,00 0,00 0,00

1700 1200325 BÁSICAS FUNCºs C1 MEDIO AMBIENTE 9.900,00 -- 9.900,00 0,00 0,00

4930 1200326 BÁSICAS FUNCºs C1 OMIC 9.900,00 -- 9.900,00 0,00 0,00

81

Page 82: ASISTENTES ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA …...Recálculo sobre ingresos a fecha posterior 29000 IMPUESTO SOBRE CONSTRUCCIONES, ... 36000 VENTA DE LIBROS 335,00 265,00 70,00

Pro Econo. Denominación PartidaCapº/ Artº /Conº / Subº

ej ant incrº s/ ej ant % incrº

3380 1200330 BÁSICAS FUNCºs C1 FIESTAS 9.900,00 -- 0,00 9.900,00 ant=0

9201 1200336 BÁSICAS FUNCºs C1 AD. FINANCIERA 29.675,00 -- 39.550,00 -9.875,00 -24,97

4320 1200338 BÁSICAS FUNCºs C1 TURISMO 9.900,00 -- 0,00 9.900,00 ant=0

9230 1200339BÁSICAS FUNCºs C1 INFORMAC. BASICA Y ESTADÍSTICA

19.775,00 -- 19.775,00 0,00 0,00

4330 1200340BÁSICAS FUNCºs C1 DESARROLLO LOCAL Y PROMOC. ECO.

9.900,00 -- 0,00 9.900,00 ant=0

3300 1200344BÁSICAS FUNCºs C1 ADMIN. GRAL. DE CULTURA

9.900,00 -- 9.900,00 0,00 0,00

-- 12004 RETRIBUCIONES BASICAS FUNCºs C2 -- 469.575,00 461.175,00 8.400,00 1,82

9200 1200402 BÁSICAS FUNCºs C2 AD. GRAL. 117.325,00 -- 100.550,00 16.775,00 16,68

1320 1200403 BÁSICAS FUNCºs C2 SEGURIDAD 16.775,00 -- 8.400,00 8.375,00 99,70

4910 1200405BÁSICAS FUNCºs C2 GABINETE INFORMACIÓN

16.775,00 -- 0,00 16.775,00 ant=0

2324 1200406 BÁSICAS FUNCºs C2 TERCERA EDAD 8.400,00 -- 8.400,00 0,00 0,00

2310 1200407 BÁSICAS FUNCºs C2 ACCION SOCIAL 16.775,00 -- 8.400,00 8.375,00 99,70

3130 1200415 BÁSICAS FUNCºs C2 SALUD 8.400,00 -- 8.400,00 0,00 0,00

1500 1200418BÁSICAS FUNCºs C2 URBANISMO Y ARQUITECTURA

58.675,00 -- 41.900,00 16.775,00 40,04

1710 1200420BÁSICAS FUNCºs C2 PARQUES Y JARDINES

8.400,00 -- 8.400,00 0,00 0,00

1640 1200423 BÁSICAS FUNCºs C2 CEMENTERIOS 8.400,00 -- 0,00 8.400,00 ant=0

1700 1200425 BÁSICAS FUNCºs C2 MEDIO AMBIENTE 8.400,00 -- 16.775,00 -8.375,00 -49,93

4930 1200426 BÁSICAS FUNCºs C2 OMIC 8.400,00 -- 0,00 8.400,00 ant=0

3340 1200427BÁSICAS FUNCºs C2 PROMOCIÓN CULTURAL

8.400,00 -- 8.400,00 0,00 0,00

3400 1200428BÁSICAS FUNCºs C2 AD. GRAL. DE DEPORTES

16.775,00 -- 0,00 16.775,00 ant=0

2323 1200432 BÁSICAS FUNCºs C2 JUVENTUD 16.775,00 -- 8.400,00 8.375,00 99,70

1550 1200434 BÁSICAS FUNCºs C2 VIAS PUBLICAS 16.775,00 -- 8.400,00 8.375,00 99,70

9201 1200436 BÁSICAS FUNCºs C2 AD. FINANCIERA 58.675,00 -- 58.675,00 0,00 0,00

4320 1200438 BÁSICAS FUNCºs C2 TURISMO 33.525,00 -- 75.425,00 -41.900,00 -55,55

4330 1200440BÁSICAS FUNCºs C2 DESARROLLO LOCAL Y PROMOC. ECO.

16.775,00 -- 8.400,00 8.375,00 99,70

3320 1200443BÁSICAS FUNCºs C2 BIBLIOTECAS Y ARCHIVOS

25.150,00 -- 8.400,00 16.750,00 199,40

-- 12005 RETRIBUCIONES BASICAS FUNCºs E -- 76.900,00 76.875,00 25,00 0,03

9200 1200502 BÁSICAS FUNCºs E AD. GRAL. 15.375,00 -- 23.050,00 -7.675,00 -33,30

3211 1200517 BÁSICAS FUNCºs E EDUC. PRIMARIA 15.375,00 -- 0,00 15.375,00 ant=0

1640 1200523 BÁSICAS FUNCºs E CEMENTERIOS 7.700,00 -- 7.700,00 0,00 0,00

3340 1200527BÁSICAS FUNCºs E PROMOCIÓN CULTURAL

7.700,00 -- 0,00 7.700,00 ant=0

3400 1200528BÁSICAS FUNCºs E AD. GRAL. DE DEPORTES

23.050,00 -- 30.725,00 -7.675,00 -24,98

2323 1200532 BÁSICAS FUNCºs E JUVENTUD 7.700,00 -- 7.700,00 0,00 0,00

-- 12006 TRIENIOS FUNCºs -- 292.400,00 292.400,00 0,00 0,00

9200 1200699 TRIENIOS FUNCºs 292.400,00 -- 292.400,00 0,00 0,00

-- 121 RETRIB. COMPLEMENTARIAS FUNC -- 3.070.450,00 3.049.625,00 20.825,00 0,68

-- 12100 COMPLEMENTO DE DESTINO FUNCºs -- 1.423.750,00 1.412.325,00 11.425,00 0,81

9200 1210002 COMPL. DEST. FUNCº AD. GRAL. 175.900,00 -- 239.225,00 -63.325,00 -26,47

82

Page 83: ASISTENTES ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA …...Recálculo sobre ingresos a fecha posterior 29000 IMPUESTO SOBRE CONSTRUCCIONES, ... 36000 VENTA DE LIBROS 335,00 265,00 70,00

Pro Econo. Denominación PartidaCapº/ Artº /Conº / Subº

ej ant incrº s/ ej ant % incrº

1320 1210003 COMPL. DEST. FUNCº SEGURIDAD 499.775,00 -- 499.150,00 625,00 0,13

4910 1210005COMPL. DEST. FUNCº GABINETE INFORMACIÓN

34.925,00 -- 8.675,00 26.250,00 302,59

2324 1210006 COMPL. DEST. FUNCº TERCERA EDAD 12.175,00 -- 12.175,00 0,00 0,00

2310 1210007 COMPL. DEST. FUNCº ACCION SOCIAL 48.300,00 -- 47.850,00 450,00 0,94

2331 1210010COMPL. DEST. FUNCº CENTRO OCUPACIONAL

19.425,00 -- 19.425,00 0,00 0,00

3230 1210011COMPL. DEST. FUNCº PROMOC. EDUCATIVA

9.775,00 -- 8.675,00 1.100,00 12,68

2320 1210013COMPL. DEST. FUNCº PROMOC. Y REINS. SOC.

29.075,00 -- 9.775,00 19.300,00 197,44

3130 1210015 COMPL. DEST. FUNCº SALUD 4.900,00 -- 4.900,00 0,00 0,00

3210 1210016 COMPL. DEST. FUNCº EDUC. infantil 12.325,00 -- 6.175,00 6.150,00 99,60

3211 1210017 COMPL. DEST. FUNCº EDUC. PRIMARIA 7.925,00 -- 0,00 7.925,00 ant=0

1500 1210018COMPL. DEST. FUNCº URBANISMO Y ARQUITECTURA

185.100,00 -- 128.125,00 56.975,00 44,47

1650 1210019 COMPL. DEST. FUNCº ALUMBRADO 7.150,00 -- 7.150,00 0,00 0,00

1710 1210020COMPL. DEST. FUNCº PARQUES Y JARDINES

5.550,00 -- 5.550,00 0,00 0,00

1640 1210023 COMPL. DEST. FUNCº CEMENTERIOS 9.175,00 -- 4.275,00 4.900,00 114,62

1700 1210025 COMPL. DEST. FUNCº MEDIO AMBIENTE 22.450,00 -- 27.975,00 -5.525,00 -19,75

4930 1210026 COMPL. DEST. FUNCº OMIC 12.675,00 -- 7.150,00 5.525,00 77,27

3340 1210027COMPL. DEST. FUNCº PROMOCIÓN CULTURAL

9.175,00 -- 15.325,00 -6.150,00 -40,13

3400 1210028COMPL. DEST. FUNCº AD. GRAL. DE DEPORTES

28.775,00 -- 15.200,00 13.575,00 89,31

3380 1210030 COMPL. DEST. FUNCº FIESTAS 7.150,00 -- 3.650,00 3.500,00 95,89

2323 1210032 COMPL. DEST. FUNCº JUVENTUD 14.075,00 -- 8.550,00 5.525,00 64,62

1550 1210034 COMPL. DEST. FUNCº VIAS PUBLICAS 11.075,00 -- 4.900,00 6.175,00 126,02

9201 1210036 COMPL. DEST. FUNCº AD. FINANCIERA 129.125,00 -- 115.725,00 13.400,00 11,58

4320 1210038 COMPL. DEST. FUNCº TURISMO 35.425,00 -- 46.625,00 -11.200,00 -24,02

9230 1210039COMPL. DEST. FUNCº INFORMAC. BASICAY ESTADÍSTICA

13.300,00 -- 19.825,00 -6.525,00 -32,91

4330 1210040COMPL. DEST. FUNCº DESARROLLO LOCAL Y PROMO. ECO.

24.825,00 -- 21.950,00 2.875,00 13,10

3320 1210043COMPL. DEST. FUNCº BIBLIOTECAS Y ARCHIVOS

29.600,00 -- 11.425,00 18.175,00 159,08

3300 1210044COMPL. DEST. FUNCº ADMIN. GRAL. DE CULTURA

24.625,00 -- 50.750,00 -26.125,00 -51,48

-- 12101 COMPLEMENTO ESPECÍFICO FUNCºs -- 1.603.475,00 1.594.075,00 9.400,00 0,59

9200 1210102 COMPL. ESPEC. FUNCº AD. GRAL. 196.800,00 -- 276.600,00 -79.800,00 -28,85

1320 1210103 COMPL. ESPEC. FUNCº SEGURIDAD 674.700,00 -- 674.125,00 575,00 0,09

4910 1210105COMPL. ESPEC. FUNCº GABINETE INFORMACIÓN

25.650,00 -- 3.550,00 22.100,00 622,54

2324 1210106 COMPL. ESPEC. FUNCº TERCERA EDAD 12.300,00 -- 12.300,00 0,00 0,00

2310 1210107 COMPL. ESPEC. FUNCº ACCION SOCIAL 38.050,00 -- 30.400,00 7.650,00 25,16

2331 1210110COMPL. ESPEC. FUNCº CENTRO OCUPACIONAL

7.375,00 -- 7.375,00 0,00 0,00

3230 1210111COMPL. ESPEC. FUNCº PROMOC. EDUCATIVA

12.950,00 -- 3.550,00 9.400,00 264,79

2320 1210113COMPL. ESPEC. FUNCº PROMOC. Y REINS. SOC.

16.600,00 -- 14.350,00 2.250,00 15,68

3130 1210115 COMPL. ESPEC. FUNCº SALUD 1.800,00 -- 1.800,00 0,00 0,00

3210 1210116 COMPL. ESPEC. FUNCº EDUC. infantil 17.500,00 -- 8.750,00 8.750,00 100,00

3211 1210117 COMPL. ESPEC. FUNCº EDUC. PRIMARIA 3.675,00 -- 0,00 3.675,00 ant=0

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Page 84: ASISTENTES ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA …...Recálculo sobre ingresos a fecha posterior 29000 IMPUESTO SOBRE CONSTRUCCIONES, ... 36000 VENTA DE LIBROS 335,00 265,00 70,00

Pro Econo. Denominación PartidaCapº/ Artº /Conº / Subº

ej ant incrº s/ ej ant % incrº

1500 1210118COMPL. ESPEC. FUNCº URBANISMO Y ARQUITECTURA

196.575,00 -- 147.400,00 49.175,00 33,36

1650 1210119 COMPL. ESPEC. FUNCº ALUMBRADO 13.875,00 -- 13.875,00 0,00 0,00

1710 1210120COMPL. ESPEC. FUNCº PARQUES Y JARDINES

15.575,00 -- 15.575,00 0,00 0,00

1640 1210123 COMPL. ESPEC. FUNCº CEMENTERIOS 5.100,00 -- 2.675,00 2.425,00 90,65

1700 1210125 COMPL. ESPEC. FUNCº MEDIO AMBIENTE 23.525,00 -- 24.400,00 -875,00 -3,59

4930 1210126 COMPL. ESPEC. FUNCº OMIC 6.525,00 -- 3.800,00 2.725,00 71,71

3340 1210127COMPL. ESPEC. FUNCº PROMOCIÓN CULTURAL

8.425,00 -- 15.250,00 -6.825,00 -44,75

3400 1210128COMPL. ESPEC. FUNCº AD. GRAL. DE DEPORTES

15.550,00 -- 7.400,00 8.150,00 110,14

3380 1210130 COMPL. ESPEC. FUNCº FIESTAS 6.875,00 -- 1.850,00 5.025,00 271,62

2323 1210132 COMPL. ESPEC. FUNCº JUVENTUD 8.325,00 -- 4.575,00 3.750,00 81,97

1550 1210134 COMPL. ESPEC. FUNCº VIAS PUBLICAS 27.350,00 -- 4.050,00 23.300,00 575,31

9201 1210136 COMPL. ESPEC. FUNCº AD. FINANCIERA 186.450,00 -- 170.525,00 15.925,00 9,34

4320 1210138 COMPL. ESPEC. FUNCº TURISMO 19.950,00 -- 19.650,00 300,00 1,53

9230 1210139COMPL. ESPEC. FUNCº INFORMAC. BASICA Y ESTADÍSTICA

12.075,00 -- 18.975,00 -6.900,00 -36,36

4330 1210140COMPL. ESPEC. FUNCº DESARROLLO LOCAL Y PROMO. ECO.

16.200,00 -- 21.150,00 -4.950,00 -23,40

3320 1210143COMPL. ESPEC. FUNCº BIBLIOTECAS Y ARCHIVOS

16.225,00 -- 8.200,00 8.025,00 97,87

3300 1210144COMPL. ESPEC. FUNCº ADMIN. GRAL. DE CULTURA

17.475,00 -- 29.625,00 -12.150,00 -41,01

-- 12103 OTROS COMPLEMENTOS FUNCºs -- 43.225,00 43.225,00 0,00 0,00

1320 1210303 OTROS COMPL. FUNCº SEGURIDAD 43.225,00 -- 43.225,00 0,00 0,00

-- 13 PERSONAL LABORAL -- 3.022.225,00 2.972.025,00 50.200,00 1,69

-- 130 LABORAL FIJO. -- 3.022.225,00 2.971.925,00 50.300,00 1,69

-- 13000 RETRIBUCIONES BASICAS LAB. FIJO -- 1.750.750,00 1.722.200,00 28.550,00 1,66

9200 1300002 BÁSICAS LAB. FIJO AD. GRAL. 39.625,00 -- 433.875,00 -394.250,00 -90,87

1320 1300003 BÁSICAS LAB. FIJO SEGURIDAD 8.400,00 -- 8.400,00 0,00 0,00

2324 1300006 BÁSICAS LAB. FIJO TERCERA EDAD 49.550,00 -- 52.950,00 -3.400,00 -6,42

2310 1300007 BÁSICAS LAB. FIJO ACCION SOCIAL 96.375,00 -- 112.825,00 -16.450,00 -14,58

3410 1300008BÁSICAS LAB. FIJO PROMOCIÓN Y FOMENTO DEL DEPORTE

16.775,00 -- 16.775,00 0,00 0,00

2331 1300010BÁSICAS LAB. FIJO CENTRO OCUPACIONAL

66.950,00 -- 54.150,00 12.800,00 23,64

3230 1300011BÁSICAS LAB. FIJO PROMOC. EDUCATIVA

51.650,00 -- 0,00 51.650,00 ant=0

2320 1300013BÁSICAS LAB. FIJO PROMOC. Y REINS. SOC.

17.575,00 -- 0,00 17.575,00 ant=0

3131 1300014BÁSICAS LAB. FIJO PERRERA MUNICIPAL

23.750,00 -- 16.075,00 7.675,00 47,74

3210 1300016 BÁSICAS LAB. FIJO EDUC. infantil 168.050,00 -- 169.750,00 -1.700,00 -1,00

3211 1300017 BÁSICAS LAB. FIJO EDUC. PRIMARIA 145.075,00 -- 138.750,00 6.325,00 4,56

1500 1300018BÁSICAS LAB. FIJO URBANISMO Y ARQUITECTURA

33.525,00 -- 7.700,00 25.825,00 335,39

1650 1300019 BÁSICAS LAB. FIJO ALUMBRADO 32.125,00 -- 40.500,00 -8.375,00 -20,68

1710 1300020BÁSICAS LAB. FIJO PARQUES Y JARDINES

134.750,00 -- 150.100,00 -15.350,00 -10,23

1640 1300023 BÁSICAS LAB. FIJO CEMENTERIOS 7.700,00 -- 11.775,00 -4.075,00 -34,61

1721 1300024 BÁSICAS LAB. FIJO PLAYAS 47.475,00 -- 71.225,00 -23.750,00 -33,35

1700 1300025 BÁSICAS LAB. FIJO MEDIO AMBIENTE 39.800,00 -- 55.875,00 -16.075,00 -28,77

84

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Pro Econo. Denominación PartidaCapº/ Artº /Conº / Subº

ej ant incrº s/ ej ant % incrº

3340 1300027BÁSICAS LAB. FIJO PROMOCIÓN CULTURAL

59.250,00 -- 8.400,00 50.850,00 605,36

3400 1300028BÁSICAS LAB. FIJO AD. GRAL. DE DEPORTES

84.475,00 -- 39.100,00 45.375,00 116,05

2323 1300032 BÁSICAS LAB. FIJO JUVENTUD 16.075,00 -- 0,00 16.075,00 ant=0

1550 1300034 BÁSICAS LAB. FIJO VIAS PUBLICAS 340.725,00 -- 20.300,00 320.425,00 1.578,45

4320 1300038 BÁSICAS LAB. FIJO TURISMO 7.700,00 -- 8.400,00 -700,00 -8,33

3320 1300043BÁSICAS LAB. FIJO BIBLIOTECAS Y ARCHIVOS

8.400,00 -- 0,00 8.400,00 ant=0

3300 1300044BÁSICAS LAB. FIJO ADMIN. GRAL. DE CULTURA

117.900,00 -- 99.050,00 18.850,00 19,03

9200 1300099 TRIENIOS LAB. FIJO 137.075,00 -- 137.075,00 0,00 0,00

-- 13002OTRAS RENUNERAC. PERS. LABORAL

FIJO -- 1.271.475,00 1.249.725,00 21.750,00 1,74

9200 1300202 OTRAS REMUN. LAB. FIJO AD. GRAL. 28.625,00 -- 349.250,00 -320.625,00 -91,80

1320 1300203 OTRAS REMUN. LAB. FIJO SEGURIDAD 10.500,00 -- 10.500,00 0,00 0,00

2324 1300206OTRAS REMUN. LAB. FIJO TERCERA EDAD

37.325,00 -- 37.975,00 -650,00 -1,71

2310 1300207OTRAS REMUN. LAB. FIJO ACCION SOCIAL

71.350,00 -- 83.700,00 -12.350,00 -14,76

3410 1300208OTRAS REMUN. LAB. FIJO PROMOCIÓN YFOMENTO DEL DEPORTE

12.150,00 -- 12.150,00 0,00 0,00

2331 1300210OTRAS REMUN. LAB. FIJO CENTRO OCUPACIONAL

44.650,00 -- 35.925,00 8.725,00 24,29

3230 1300211OTRAS REMUN. LAB. FIJO PROMOC. EDUCATIVA

40.675,00 -- 0,00 40.675,00 ant=0

2320 1300213OTRAS REMUN. LAB. FIJO PROMOC. Y REINS. SOC.

13.325,00 -- 0,00 13.325,00 ant=0

3131 1300214OTRAS REMUN. LAB. FIJO PERRERA MUNICIPAL

28.125,00 -- 22.875,00 5.250,00 22,95

3210 1300216 OTRAS REMUN. LAB. FIJO EDUC. infantil 136.750,00 -- 139.700,00 -2.950,00 -2,11

3211 1300217OTRAS REMUN. LAB. FIJO EDUC. PRIMARIA

108.850,00 -- 100.575,00 8.275,00 8,23

1500 1300218OTRAS REMUN. LAB. FIJO URBANISMO Y ARQUITECTURA

36.350,00 -- 5.275,00 31.075,00 589,10

1650 1300219 OTRAS REMUN. LAB. FIJO ALUMBRADO 23.475,00 -- 29.950,00 -6.475,00 -21,62

1710 1300220OTRAS REMUN. LAB. FIJO PARQUES Y JARDINES

98.250,00 -- 108.375,00 -10.125,00 -9,34

1640 1300223 OTRAS REMUN. LAB. FIJO CEMENTERIOS 6.325,00 -- 9.075,00 -2.750,00 -30,30

1721 1300224 OTRAS REMUN. LAB. FIJO PLAYAS 41.500,00 -- 65.525,00 -24.025,00 -36,67

1700 1300225OTRAS REMUN. LAB. FIJO MEDIO AMBIENTE

29.850,00 -- 42.000,00 -12.150,00 -28,93

3340 1300227OTRAS REMUN. LAB. FIJO PROMOCIÓN CULTURAL

43.025,00 -- 8.250,00 34.775,00 421,52

3400 1300228OTRAS REMUN. LAB. FIJO AD. GRAL. DE DEPORTES

59.750,00 -- 36.925,00 22.825,00 61,81

2323 1300232 OTRAS REMUN. LAB. FIJO JUVENTUD 12.225,00 -- 0,00 12.225,00 ant=0

1550 1300234OTRAS REMUN. LAB. FIJO VIAS PUBLICAS

282.500,00 -- 16.225,00 266.275,00 1.641,14

4320 1300238 OTRAS REMUN. LAB. FIJO TURISMO 5.275,00 -- 7.325,00 -2.050,00 -27,99

3320 1300243OTRAS REMUN. LAB. FIJO BIBLIOTECAS Y ARCHIVOS

8.250,00 -- 0,00 8.250,00 ant=0

3300 1300244OTRAS REMUN. LAB. FIJO ADMIN. GRAL. DE CULTURA

92.375,00 -- 76.825,00 15.550,00 20,24

-- 14 OTRO PERSONAL -- 161.475,00 150.075,00 11.400,00 7,60

-- 143 OTRO PERSONAL -- 161.475,00 150.075,00 11.400,00 7,60

-- 14300 OTRO PERSONAL -- 161.475,00 150.075,00 11.400,00 7,60

9200 1430001TRABAJOS DE COLABORACION SOCIAL, COMISIONES SERVICIOS Y OTROS

6.000,00 -- 6.000,00 0,00 0,00

9200 1430002 CONVENIOS ENSEÑANZA 4.000,00 -- 4.000,00 0,00 0,00

9200 1430003 PERSONAL LABORAL NO PERMANENTE 141.475,00 -- 75.850,00 65.625,00 86,52

85

Page 86: ASISTENTES ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA …...Recálculo sobre ingresos a fecha posterior 29000 IMPUESTO SOBRE CONSTRUCCIONES, ... 36000 VENTA DE LIBROS 335,00 265,00 70,00

Pro Econo. Denominación PartidaCapº/ Artº /Conº / Subº

ej ant incrº s/ ej ant % incrº

2410 1430004PERSONAL PROGRAMAS VARIOS DE EMPLEO PÚBLICO

9.000,00 -- 36.000,00 -27.000,00 -75,00

9200 1430005INDEMNIZACIONES RESOLUC CONTºs, SALARIOS TRAMITACIÓN Y OTROS GASTOS PERSONAL

1.000,00 -- 28.225,00 -27.225,00 -96,46

-- 15 INCENTIVOS AL RENDIMIENTO -- 592.600,00 591.975,00 625,00 0,11

-- 150 PRODUCTIVIDAD -- 474.375,00 471.900,00 2.475,00 0,52

-- 15000PRODUCTIVIDAD PERSONAL

FUNCIONARIO-- 383.500,00 377.300,00 6.200,00 1,64

9200 1500002 PRODUCT. PERS. FUNCº AD. GRAL. 13.450,00 -- 112.300,00 -98.850,00 -88,02

1320 1500003 PRODUCT. PERS. FUNCº SEGURIDAD 40.250,00 -- 0,00 40.250,00 ant=0

4910 1500005PRODUCT. PERS. FUNCº GABINETE INFORMACIÓN

2.900,00 -- 0,00 2.900,00 ant=0

2324 1500006 PRODUCT. PERS. FUNCº TERCERA EDAD 1.100,00 -- 0,00 1.100,00 ant=0

2310 1500007 PRODUCT. PERS. FUNCº ACCION SOCIAL 4.250,00 -- 0,00 4.250,00 ant=0

2331 1500010PRODUCT. PERS. FUNCº CENTRO OCUPACIONAL

1.975,00 -- 0,00 1.975,00 ant=0

3230 1500011PRODUCT. PERS. FUNCº PROMOC. EDUCATIVA

800,00 -- 0,00 800,00 ant=0

2320 1500013PRODUCT. PERS. FUNCº PROMOC. Y REINS. SOC.

2.625,00 -- 0,00 2.625,00 ant=0

3130 1500015 PRODUCT. PERS. FUNCº SALUD 425,00 -- 0,00 425,00 ant=0

3210 1500016 PRODUCT. PERS. FUNCº EDUC. infantil 1.350,00 -- 0,00 1.350,00 ant=0

3211 1500017 PRODUCT. PERS. FUNCº EDUC. PRIMARIA 775,00 -- 0,00 775,00 ant=0

1500 1500018PRODUCT. PERS. FUNCº URBANISMO Y ARQUITECTURA

13.450,00 -- 0,00 13.450,00 ant=0

1650 1500019 PRODUCT. PERS. FUNCº ALUMBRADO 525,00 -- 0,00 525,00 ant=0

1710 1500020PRODUCT. PERS. FUNCº PARQUES Y JARDINES

425,00 -- 0,00 425,00 ant=0

1640 1500023 PRODUCT. PERS. FUNCº CEMENTERIOS 825,00 -- 0,00 825,00 ant=0

1700 1500025PRODUCT. PERS. FUNCº MEDIO AMBIENTE

1.700,00 -- 0,00 1.700,00 ant=0

4930 1500026 PRODUCT. PERS. FUNCº OMIC 925,00 -- 0,00 925,00 ant=0

3340 1500027PRODUCT. PERS. FUNCº PROMOCIÓN CULTURAL

825,00 -- 0,00 825,00 ant=0

3400 1500028PRODUCT. PERS. FUNCº AD. GRAL. DE DEPORTES

2.675,00 -- 0,00 2.675,00 ant=0

3380 1500030 PRODUCT. PERS. FUNCº FIESTAS 525,00 -- 0,00 525,00 ant=0

2323 1500032 PRODUCT. PERS. FUNCº JUVENTUD 1.225,00 -- 0,00 1.225,00 ant=0

1550 1500034 PRODUCT. PERS. FUNCº VIAS PUBLICAS 850,00 -- 0,00 850,00 ant=0

9201 1500036 PRODUCT. PERS. FUNCº AD. FINANCIERA 9.025,00 -- 0,00 9.025,00 ant=0

4320 1500038 PRODUCT. PERS. FUNCº TURISMO 2.975,00 -- 0,00 2.975,00 ant=0

9230 1500039PRODUCT. PERS. FUNCº INFORMAC. BASICA Y ESTADÍSTICA

1.025,00 -- 0,00 1.025,00 ant=0

4330 1500040PRODUCT. PERS. FUNCº DESARROLLO LOCAL Y PROMOC. ECO.

2.025,00 -- 0,00 2.025,00 ant=0

3320 1500043PRODUCT. PERS. FUNCº BIBLIOTECAS Y ARCHIVOS

2.625,00 -- 0,00 2.625,00 ant=0

3300 1500044PRODUCT. PERS. FUNCº ADMIN. GRAL. DE CULTURA

1.975,00 -- 0,00 1.975,00 ant=0

9200 1500099PRODUCT. PERS. FUNCº, productividad adicional

270.000,00 -- 265.000,00 5.000,00 1,89

-- 15001 PRODUCTIVIDAD PERSONAL LAB. FIJO -- 89.875,00 94.600,00 -4.725,00 -4,99

9200 1500102 PRODUCT. PERS. LAB. FIJO AD. GRAL. 2.000,00 -- 79.600,00 -77.600,00 -97,49

1320 1500103 PRODUCT. PERS. LAB. FIJO SEGURIDAD 425,00 -- 0,00 425,00 ant=0

2324 1500106PRODUCT. PERS. LAB. FIJO TERCERA EDAD

2.550,00 -- 0,00 2.550,00 ant=0

2310 1500107PRODUCT. PERS. LAB. FIJO ACCION SOCIAL

4.875,00 -- 0,00 4.875,00 ant=0

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Page 87: ASISTENTES ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA …...Recálculo sobre ingresos a fecha posterior 29000 IMPUESTO SOBRE CONSTRUCCIONES, ... 36000 VENTA DE LIBROS 335,00 265,00 70,00

Pro Econo. Denominación PartidaCapº/ Artº /Conº / Subº

ej ant incrº s/ ej ant % incrº

3410 1500108PRODUCT. PERS. LAB. FIJO PROMOCIÓN Y FOMENTO DEL DEPORTE

850,00 -- 0,00 850,00 ant=0

2331 1500110PRODUCT. PERS. LAB. FIJO CENTRO OCUPACIONAL

3.400,00 -- 0,00 3.400,00 ant=0

3230 1500111PRODUCT. PERS. LAB. FIJO PROMOC. EDUCATIVA

2.700,00 -- 0,00 2.700,00 ant=0

2320 1500113PRODUCT. PERS. LAB. FIJO PROMOC. Y REINS. SOC.

900,00 -- 0,00 900,00 ant=0

3131 1500114PRODUCT. PERS. LAB. FIJO PERRERA MUNICIPAL

1.200,00 -- 0,00 1.200,00 ant=0

3210 1500116 PRODUCT. PERS. LAB. FIJO EDUC. infantil 8.475,00 -- 0,00 8.475,00 ant=0

3211 1500117PRODUCT. PERS. LAB. FIJO EDUC. PRIMARIA

7.275,00 -- 0,00 7.275,00 ant=0

1500 1500118PRODUCT. PERS. LAB. FIJO URBANISMO Y ARQUITECTURA

1.700,00 -- 0,00 1.700,00 ant=0

1650 1500119 PRODUCT. PERS. LAB. FIJO ALUMBRADO 1.625,00 -- 0,00 1.625,00 ant=0

1710 1500120PRODUCT. PERS. LAB. FIJO PARQUES Y JARDINES

6.750,00 -- 0,00 6.750,00 ant=0

1640 1500123PRODUCT. PERS. LAB. FIJO CEMENTERIOS

400,00 -- 0,00 400,00 ant=0

1721 1500124 PRODUCT. PERS. LAB. FIJO PLAYAS 2.375,00 -- 0,00 2.375,00 ant=0

1700 1500125PRODUCT. PERS. LAB. FIJO MEDIO AMBIENTE

2.000,00 -- 0,00 2.000,00 ant=0

3340 1500127PRODUCT. PERS. LAB. FIJO PROMOCIÓN CULTURAL

2.975,00 -- 0,00 2.975,00 ant=0

3400 1500128PRODUCT. PERS. LAB. FIJO AD. GRAL. DE DEPORTES

4.225,00 -- 0,00 4.225,00 ant=0

2323 1500132 PRODUCT. PERS. LAB. FIJO JUVENTUD 825,00 -- 0,00 825,00 ant=0

1550 1500134PRODUCT. PERS. LAB. FIJO VIAS PUBLICAS

17.050,00 -- 0,00 17.050,00 ant=0

4320 1500138 PRODUCT. PERS. LAB. FIJO TURISMO 400,00 -- 0,00 400,00 ant=0

3320 1500143PRODUCT. PERS. LAB. FIJO BIBLIOTECAS Y ARCHIVOS

425,00 -- 0,00 425,00 ant=0

3300 1500144PRODUCT. PERS. LAB. FIJO ADMIN. GRAL. DE CULTURA

5.925,00 -- 0,00 5.925,00 ant=0

9200 1500199PRODUCT. PERS. LAB. FIJO, product. adicional

8.550,00 -- 15.000,00 -6.450,00 -43,00

-- 15002 PRODUCTIVIDAD PERSONAL LAB. TEMP. -- 1.000,00 0,00 1.000,00 ant=0

9200 1500299PRODUCT. PERS. LAB. TEMP., product. adicional

1.000,00 -- 0,00 1.000,00 ant=0

-- 151 GRATIFICACIONES -- 118.225,00 120.075,00 -1.850,00 -1,54

-- 15100GRATIFICACIONES PERSONAL

FUNCIONARIO-- 77.300,00 91.975,00 -14.675,00 -15,96

9200 1510002 GRATIF. PERS. FUNCº AD. GRAL. 28.750,00 -- 31.250,00 -2.500,00 -8,00

1320 1510003 GRATIF. PERS. FUNCº SEGURIDAD 36.375,00 -- 36.375,00 0,00 0,00

1350 1510098GRATIFIC. PERS. FUNCº, Serv. Ext. Incendios

12.175,00 -- 12.175,00 0,00 0,00

-- 15101 GRATIFICACIONES PERSONAL LAB. FIJO -- 40.925,00 28.100,00 12.825,00 45,64

9200 1510102 GRATIF. PERS. LAB. FIJO AD. GRAL. 28.750,00 -- 3.750,00 25.000,00 666,67

1350 1510198GRATIFIC. PERS. LAB, Serv. Ext. Incendios

12.175,00 -- 12.175,00 0,00 0,00

-- 16CUOTAS, PRESTAC. Y GTOS. SOC. A

CARGO AYº-- 3.187.550,00 3.138.325,00 49.225,00 1,57

-- 160 CUOTAS SOCIALES -- 3.156.850,00 3.107.625,00 49.225,00 1,58

-- 16000 SEGURIDAD SOCIAL -- 3.156.850,00 3.107.625,00 49.225,00 1,58

9120 1600001SEG SOCIAL PERS FUNC Y LAB ORG. GOB.

63.975,00 -- 0,00 63.975,00 ant=0

9200 1600002SEG SOCIAL PERS FUNC Y LAB AD. GRAL.

516.850,00 -- 3.069.650,00 -2.552.800,00 -83,16

1320 1600003 SEG SOCIAL PERS FUNC Y LAB SEG 657.425,00 -- 0,00 657.425,00 ant=0

4910 1600005SEG SOCIAL PERS FUNC Y LAB GABINETE INFORMACIÓN

38.825,00 -- 0,00 38.825,00 ant=0

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Page 88: ASISTENTES ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA …...Recálculo sobre ingresos a fecha posterior 29000 IMPUESTO SOBRE CONSTRUCCIONES, ... 36000 VENTA DE LIBROS 335,00 265,00 70,00

Pro Econo. Denominación PartidaCapº/ Artº /Conº / Subº

ej ant incrº s/ ej ant % incrº

2324 1600006SEG SOCIAL PERS FUNC Y LAB TERCERA EDAD

44.275,00 -- 0,00 44.275,00 ant=0

2310 1600007SEG SOCIAL PERS FUNC Y LAB ACCION SOCIAL

112.125,00 -- 0,00 112.125,00 ant=0

3410 1600008SEG SOCIAL PERS FUNC Y LAB PROMOCIÓN Y FOMENTO DEL DEPORTE

9.675,00 -- 0,00 9.675,00 ant=0

2331 1600010SEG SOCIAL PERS FUNC Y LAB CENTRO OCUPACIONAL

58.875,00 -- 0,00 58.875,00 ant=0

3230 1600011SEG SOCIAL PERS FUNC Y LAB PROMOC. EDUCATIVA

43.275,00 -- 0,00 43.275,00 ant=0

2320 1600013SEG SOCIAL PERS FUNC Y LAB PROMOC. Y REINS. SOC.

42.400,00 -- 0,00 42.400,00 ant=0

3131 1600014SEG SOCIAL PERS FUNC Y LAB PERRERA MUNICIPAL

17.250,00 -- 0,00 17.250,00 ant=0

3130 1600015 SEG SOCIAL PERS FUNC Y LAB SALUD 5.050,00 -- 0,00 5.050,00 ant=0

3210 1600016SEG SOCIAL PERS FUNC Y LAB EDUC. infantil

120.325,00 -- 0,00 120.325,00 ant=0

3211 1600017SEG SOCIAL PERS FUNC Y LAB EDUC. PRIMARIA

93.900,00 -- 0,00 93.900,00 ant=0

1500 1600018SEG SOCIAL PERS FUNC Y LAB URBANISMO Y ARQUITECTURA

236.475,00 -- 0,00 236.475,00 ant=0

1650 1600019SEG SOCIAL PERS FUNC Y LAB ALUMBRADO

28.800,00 -- 0,00 28.800,00 ant=0

1710 1600020SEG SOCIAL PERS FUNC Y LAB PARQUES Y JARDINES

87.625,00 -- 0,00 87.625,00 ant=0

1640 1600023SEG SOCIAL PERS FUNC Y LAB CEMENTERIOS

14.800,00 -- 0,00 14.800,00 ant=0

1721 1600024 SEG SOCIAL PERS FUNC Y LAB PLAYAS 29.700,00 -- 0,00 29.700,00 ant=0

1700 1600025SEG SOCIAL PERS FUNC Y LAB MEDIO AMBIENTE

49.475,00 -- 0,00 49.475,00 ant=0

4930 1600026 SEG SOCIAL PERS FUNC Y LAB OMIC 12.475,00 -- 0,00 12.475,00 ant=0

3340 1600027SEG SOCIAL PERS FUNC Y LAB CULTURA

45.400,00 -- 0,00 45.400,00 ant=0

3400 1600028SEG SOCIAL PERS FUNC Y LAB AD. GRAL. DE DEPORTES

80.650,00 -- 0,00 80.650,00 ant=0

3380 1600030 SEG SOCIAL PERS FUNC Y LAB FIESTAS 7.925,00 -- 0,00 7.925,00 ant=0

2323 1600032SEG SOCIAL PERS FUNC Y LAB JUVENTUD

25.075,00 -- 0,00 25.075,00 ant=0

1550 1600034SEG SOCIAL PERS FUNC Y LAB VIAS PUBLICAS

226.300,00 -- 0,00 226.300,00 ant=0

9201 1600036SEG SOCIAL PERS FUNC Y LAB COMERCIO INTERIOR

162.225,00 -- 0,00 162.225,00 ant=0

4320 1600038 SEG SOCIAL PERS FUNC Y LAB TURISMO 42.175,00 -- 0,00 42.175,00 ant=0

9230 1600039SEG SOCIAL PERS FUNC Y LAB INFORMAC. BASICA Y ESTADISTICA

15.000,00 -- 0,00 15.000,00 ant=0

4330 1600040SEG SOCIAL PERS FUNC Y LAB DESARROLLO LOCAL Y PROMOC. ECO.

26.850,00 -- 0,00 26.850,00 ant=0

3320 1600043SEG SOCIAL PERS FUNC Y LAB BIBLIOTECAS Y ARCHIVOS

37.850,00 -- 0,00 37.850,00 ant=0

3300 1600044SEG SOCIAL PERS FUNC Y LAB ADMIN. GRAL. DE CULTURA

96.750,00 -- 0,00 96.750,00 ant=0

9200 1600060SEG SOCIAL OTRO PERSONAL AD GENERAL

3.250,00 -- 37.975,00 -34.725,00 -91,44

9200 1600061SEG SOCIAL PERSONAL LABORAL NO PERMANENTE

46.000,00 -- 0,00 46.000,00 ant=0

2410 1600062SEG SOCIAL PERSONAL PROGRAMAS VARIOS DE EMPLEO PÚBLICO

2.925,00 -- 0,00 2.925,00 ant=0

9120 1600070 SEG SOCIAL ORGANOS GOBIERNO 54.300,00 -- 0,00 54.300,00 ant=0

110 1600080RECARGOS, INTERESES Y APREMIOS CUOTAS SEG. SOCIAL

600,00 -- 0,00 600,00 ant=0

-- 162 GASTOS SOCIALES DEL PERSONAL. -- 30.700,00 30.700,00 0,00 0,00

-- 16200FORMACION Y PERFECCIONAMº DEL

PERSONAL-- 3.000,00 3.000,00 0,00 0,00

9200 1620001 CURSOS VARIOS PERSONAL 3.000,00 -- 3.000,00 0,00 0,00

-- 16204 ACCION SOCIAL -- 21.100,00 21.100,00 0,00 0,00

2210 1620401PRESTACIONES VARIAS PERS. FUNCIONARIO EN EJECUCIÓN CONVENIO

1.000,00 -- 1.000,00 0,00 0,00

88

Page 89: ASISTENTES ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA …...Recálculo sobre ingresos a fecha posterior 29000 IMPUESTO SOBRE CONSTRUCCIONES, ... 36000 VENTA DE LIBROS 335,00 265,00 70,00

Pro Econo. Denominación PartidaCapº/ Artº /Conº / Subº

ej ant incrº s/ ej ant % incrº

2210 1620402BOLSA ESTUDIOS PERS. FUNCIONARIO YNO LABORAL

1.000,00 -- 1.000,00 0,00 0,00

2210 1620403AYUDAS POR MINUSVALIAS PERS. FUNCIONARIO Y NO LABORAL

4.000,00 -- 4.000,00 0,00 0,00

2210 1620404PRESTACIONES SOCIALES (AYUDAS NAT-NUPC) PERS. FUNº Y NO LAB

550,00 -- 550,00 0,00 0,00

2210 1620405PRESTACIONES SANITARIAS PERS. FUNCº Y NO LABORAL

4.000,00 -- 1.000,00 3.000,00 300,00

2210 1620407PRESTACIONES VARIAS PERS. LABORALEN EJECUCIÓN CONVENIO

1.000,00 -- 1.000,00 0,00 0,00

2210 1620408 BOLSA ESTUDIOS PERSONAL LABORAL 1.000,00 -- 1.000,00 0,00 0,00

2210 1620409AYUDAS POR MINUSVALIAS PERSONAL LABORAL

4.000,00 -- 4.000,00 0,00 0,00

2210 1620410PREST. SOCIALES (NATALIDAD-NUPCIALIDAD) PERSONAL LABORAL

550,00 -- 550,00 0,00 0,00

2210 1620411PRESTACIONES SANITARIAS PERSONAL LABORAL

4.000,00 -- 1.000,00 3.000,00 300,00

-- 16205 SEGUROS -- 6.600,00 6.600,00 0,00 0,00

2210 1620501SEGUROS A PERSONAL FUNCIONARIO Y NO LABORAL

2.100,00 -- 2.100,00 0,00 0,00

2210 1620502 SEGUROS PERSONAL LABORAL 4.500,00 -- 4.500,00 0,00 0,00

-- 2CAPITULO II.- GASTOS CTES. EN BIENES

Y SERVICIOS-- 11.105.750,00 10.697.800,00 407.950,00 3,81

-- 20 ARRENDAMIENTOS Y CÁNONES. -- 188.500,00 164.525,00 23.975,00 14,57

-- 200ARRENDº TERRENOS Y BIENES

NATURALES.-- 18.450,00 9.250,00 9.200,00 99,46

-- 20000ARRENDº TERRENOS Y BIENES

NATIURALES-- 18.450,00 9.250,00 9.200,00 99,46

1710 2000003ARRENDº SOLAR COFRADÍA PESCADORES EN AVDA. VALL LAGUAR PARA SERV. JARDINERÍA

10.775,00 -- 1.750,00 9.025,00 515,71

1330 2000004ARRENDº SOLARES PARA APARCAMIENTO PÚBLICO

7.675,00 -- 7.500,00 175,00 2,33

-- 202ARRENDº EDIFICIOS Y OTRAS

CONSTRUCCIONES-- 61.050,00 41.250,00 19.800,00 48,00

-- 20200ARRENDº EDIFICIOS Y OTRAS

CONSTRUCCIONES-- 61.050,00 41.250,00 19.800,00 48,00

9200 2020003 ARRENDº LOCAL ALMACEN BRIGADAS 13.600,00 -- 13.275,00 325,00 2,45

2410 2020004ARRENDº LOCAL COFRADÍA PESCADORES PARA PROGRAMAS FORMACIÓN LABORAL

7.225,00 -- 2.700,00 4.525,00 167,59

1300 2020005ARRENDº LOCAL SEDE POLICÍA LOCAL DE BARRIO

31.200,00 -- 6.950,00 24.250,00 348,92

4330 2020010 ARRENDº LOCAL CREAMA / AFIC 8.000,00 -- 0,00 8.000,00 ant=0

9200 2020012 OTROS ARRENDAMIENTOS PUNTUALES 1.025,00 -- 1.000,00 25,00 2,50

-- 203ARRENDº MAQUINª, INSTALACIONES Y

UTILL.-- 30.125,00 6.225,00 23.900,00 383,94

-- 20300ARRENDº MAQUINª, INSTALACIONES Y

UTILL..-- 30.125,00 6.225,00 23.900,00 383,94

9200 2030001ARRENDº VARIOS MAQUINª, INSTALACIONES Y UTILL.

350,00 -- 325,00 25,00 7,69

3420 2030003ARRENDº MAQUINª, INSTALACIONES Y UTILL.. EN INSTAL DEP

19.375,00 -- 0,00 19.375,00 ant=0

1721 2030004 ARRENDº MÁQUINARIA PLAYAS 4.175,00 -- 0,00 4.175,00 ant=0

3120 2030005ARRENDº CONSTRUCCIÓN MODULAR PARA USO SANITARIO

6.225,00 -- 5.900,00 325,00 5,51

-- 204 ARRENDº MATERIAL DE TRANSPORTE -- 24.700,00 51.275,00 -26.575,00 -51,83

-- 20400 ARRENDº MATERIAL DE TRANSPORTE. -- 24.700,00 51.275,00 -26.575,00 -51,83

1320 2040004ARRENDAMIENTO VEHICULOS POL. LOCAL

24.700,00 -- 51.275,00 -26.575,00 -51,83

-- 205 ARRENDº MOBILIARIO Y ENSERES -- 425,00 400,00 25,00 6,25

-- 20500 ARRENDº MOBILIARIO Y ENSERES -- 425,00 400,00 25,00 6,25

9200 2050001 ARRº VARIOS MOBILIARIO Y ENSERES 425,00 -- 400,00 25,00 6,25

-- 206ARRENDº EQUIPOS PARA PROCESOS

INFORMACION-- 16.500,00 53.950,00 -37.450,00 -69,42

89

Page 90: ASISTENTES ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA …...Recálculo sobre ingresos a fecha posterior 29000 IMPUESTO SOBRE CONSTRUCCIONES, ... 36000 VENTA DE LIBROS 335,00 265,00 70,00

Pro Econo. Denominación PartidaCapº/ Artº /Conº / Subº

ej ant incrº s/ ej ant % incrº

-- 20600ARRENDº EQUIPOS PARA PROCESOS

INFORMACION-- 16.500,00 53.950,00 -37.450,00 -69,42

9200 2060002RENTING FOTOCOPIADORAS, IMPRESORAS Y OTROS EQUIPOS OFICINAS

16.500,00 -- 53.950,00 -37.450,00 -69,42

-- 209 CÁNONES. -- 37.250,00 2.175,00 35.075,00 1.612,64

-- 20900 CÁNONES. -- 37.250,00 2.175,00 35.075,00 1.612,64

1721 2090001CANON SERVICIO PROVINCIAL DE COSTAS

35.025,00 -- 0,00 35.025,00 ant=0

1720 2090003CANON Mº MEDIO AMB. VERTIDOS DOMº PUBLº HIDRAULº

2.225,00 -- 2.175,00 50,00 2,30

-- 21REPARACIONES, MANTº Y

CONSERVACION (RMC)-- 633.975,00 639.475,00 -5.500,00 -0,86

-- 210RMC INFRAESTRUCTURA Y BIENES

NATURALES.-- 220.650,00 215.750,00 4.900,00 2,27

-- 21000RMC INFRAESTRUCTURA Y BIENES

NATURALES.-- 220.650,00 215.750,00 4.900,00 2,27

1710 2100001 RMC PARQUES Y JARDINES 73.425,00 -- 71.800,00 1.625,00 2,26

1721 2100003 RMC PLAYAS 65.200,00 -- 63.750,00 1.450,00 2,27

1550 2100004RMC CARRETERAS, CAMINOS Y VIAS PUBLICAS

82.025,00 -- 80.200,00 1.825,00 2,28

-- 212RMC EDIFICIOS Y OTRAS

CONSTRUCCIONES.-- 185.750,00 207.625,00 -21.875,00 -10,54

-- 21200RMC EDIFICIOS Y OTRAS

CONSTRUCCIONES.-- 185.750,00 207.625,00 -21.875,00 -10,54

9200 2120001RMC CASA CONSISTORIAL Y OTRAS DEPENDENCIAS

29.825,00 -- 29.150,00 675,00 2,32

2410 2120003 RMC EDIFICIO MADRID 1.750,00 -- 600,00 1.150,00 191,67

3420 2120004 RMC PISCINA MUNICIPAL 14.875,00 -- 14.525,00 350,00 2,41

4330 2120005 RMC EDIFICIO MIRO 3.150,00 -- 3.075,00 75,00 2,44

2410 2120006 RMC EDIFICIO ATALAYA (INEM) 875,00 -- 850,00 25,00 2,94

9200 2120007 RMC EDIFICIO HERNANDO, LOCAL 8 700,00 -- 675,00 25,00 3,70

3210 2120008 RMC CENTROS ENSEÑANZA 29.800,00 -- 29.125,00 675,00 2,32

1640 2120009 RMC CEMENTERIO 9.225,00 -- 9.000,00 225,00 2,50

3340 2120010 RMC CASA CULTURA 6.125,00 -- 5.975,00 150,00 2,51

3420 2120011 RMC EDIF. E INSTALAC. DEPORTIVAS 75.000,00 -- 100.000,00 -25.000,00 -25,00

2324 2120012 RMC CENTº CIVº TERCERA EDAD 4.775,00 -- 4.650,00 125,00 2,69

2331 2120013 RMC CENTRO OCUPACIONAL 1.425,00 -- 1.375,00 50,00 3,64

3330 2120014 RMC MUSEOS VARIOS 5.150,00 -- 5.025,00 125,00 2,49

1330 2120015 RMC GARAJES PLAZA MAYOR 3.075,00 -- 3.000,00 75,00 2,50

-- 213 RMC MAQUINª, INSTALACIONES Y UTILL.. -- 147.775,00 138.100,00 9.675,00 7,01

-- 21300 RMC MAQUINª, INSTALACIONES Y UTILL.. -- 147.775,00 138.100,00 9.675,00 7,01

9200 2130001 RMC EQUIPOS NO INFORMATº OFICINAS 28.500,00 -- 27.850,00 650,00 2,33

9200 2130002 RMC EQUIPOS NO INFORMATº JUZGº PAZ 250,00 -- 225,00 25,00 11,11

9200 2130003 RMC ENVASES OXIGENO ACETILENO 3.175,00 -- 3.100,00 75,00 2,42

9200 2130005 RMC ASCENSORES MUNICIPALES 15.500,00 -- 15.150,00 350,00 2,31

9200 2130006 RMC EXTINTORES 7.375,00 -- 7.200,00 175,00 2,43

9200 2130007 RMC AIRE ACONDICIONADO 4.175,00 -- 4.075,00 100,00 2,45

9200 2130008 RMC ALARMAS EDIFICIOS MUNIC. 10.800,00 -- 6.175,00 4.625,00 74,90

1320 2130009 RMC RADIOTELEFONO POL. LOCAL 700,00 -- 675,00 25,00 3,70

1650 2130013 RMC ALUMBRADO PUBLICO 33.150,00 -- 32.400,00 750,00 2,31

1550 2130014 RMC SEMAFOROS 1.600,00 -- 1.550,00 50,00 3,23

90

Page 91: ASISTENTES ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA …...Recálculo sobre ingresos a fecha posterior 29000 IMPUESTO SOBRE CONSTRUCCIONES, ... 36000 VENTA DE LIBROS 335,00 265,00 70,00

Pro Econo. Denominación PartidaCapº/ Artº /Conº / Subº

ej ant incrº s/ ej ant % incrº

1710 2130015RMC EQUIPOS VARIOS PARQUES Y JARDINES

1.750,00 -- 1.700,00 50,00 2,94

1721 2130016 RMC EQUIPOS VARIOS PLAYAS 9.850,00 -- 7.825,00 2.025,00 25,88

3340 2130017 RMC INSTALACIONES CASA CULTURA 10.425,00 -- 10.175,00 250,00 2,46

3420 2130019RMC DEPOSITOS GLP INSTALACIONES DEPORTIVAS

1.350,00 -- 1.300,00 50,00 3,85

2324 2130020 RMC INSTALAC. CENTº CIVº 3ª EDAD 10.500,00 -- 10.250,00 250,00 2,44

2331 2130021 RMC INSTALAC. CENTRO OCUPACIONAL 5.075,00 -- 4.950,00 125,00 2,53

9200 2130022 RMC INSTALAC. JUZGº PAZ 3.350,00 -- 3.275,00 75,00 2,29

3330 2130023RMC INSTALAC. MUSEO ETNOLº CASA COCÓ

250,00 -- 225,00 25,00 11,11

-- 214 RMC MATERIAL DE TRANSPORTE. -- 73.400,00 71.750,00 1.650,00 2,30

-- 21400 RMC MATERIAL DE TRANSPORTE. -- 73.400,00 71.750,00 1.650,00 2,30

9200 2140001 RMC PARQUE MOVIL MUNIC. 62.650,00 -- 61.250,00 1.400,00 2,29

1320 2140002 RMC PARQUE MOVIL POL. LOCAL 5.625,00 -- 5.500,00 125,00 2,27

1721 2140003 RMC PARQUE MOVIL PLAYAS 5.125,00 -- 5.000,00 125,00 2,50

-- 215 RMC MOBILIARIO Y ENSERES -- 1.075,00 1.050,00 25,00 2,38

-- 21500 RMC MOBILIARIO Y ENSERES -- 1.075,00 1.050,00 25,00 2,38

9200 2150001 RMC VARIOS MOBILIARIO Y ENSERES 1.075,00 -- 1.050,00 25,00 2,38

-- 219 RMC OTRO INMOVILIZADO MATERIAL -- 5.325,00 5.200,00 125,00 2,40

-- 21900 RMC OTRO INMOVILIZADO MATERIAL -- 5.325,00 5.200,00 125,00 2,40

9200 2190001RMC VARIOS OTRO INMOVILIZADO MATERIAL

5.325,00 -- 5.200,00 125,00 2,40

-- 22 MATERIAL, SUMºS Y OTROS -- 9.776.525,00 9.586.900,00 189.625,00 1,98

-- 220 MATERIAL OFICINA. -- 120.625,00 116.325,00 4.300,00 3,70

-- 22000 ORDINARIO NO INVENTARIABLE. -- 99.625,00 97.725,00 1.900,00 1,94

9200 2200001MATERIAL VARIO OFIC. E IMPR. SERVICIOS GENERALES

73.425,00 -- 71.800,00 1.625,00 2,26

9200 2200002MATERIAL VARIO OFIC. E IMPR. JUZGADO DE PAZ

1.700,00 -- 1.650,00 50,00 3,03

1300 2200003MATERIAL VARIO OFIC. E IMPR. POLICIA LOCAL

1.875,00 -- 1.825,00 50,00 2,74

3340 2200005MATERIAL VARIO OFIC. E IMPR. CASA CULTURA

11.750,00 -- 11.475,00 275,00 2,40

4320 2200006 MATERIAL VARIO OFIC. e IMPR. TURISMO 10.225,00 -- 10.000,00 225,00 2,25

2331 2200007MATERIAL VARIO OFIC. e IMPR. CENTRO OCUPACIONAL

300,00 -- 275,00 25,00 9,09

3320 2200011MATERIAL VARIO OFIC. e IMPR. ARCHIVO MUNICIPAL

350,00 -- 325,00 25,00 7,69

-- 22001PRENSA, REVISTAS, LIBROS Y OTRAS

PUBLIC.-- 13.450,00 11.225,00 2.225,00 19,82

9120 2200101 PUBLICACIONES, ORGANOS GOBIERNO 5.400,00 -- 5.275,00 125,00 2,37

9200 2200102 PUBLICACIONES, AD. GRAL. 4.550,00 -- 2.575,00 1.975,00 76,70

9200 2200103 PUBLICACIONES, JUZG DE PAZ 125,00 -- 100,00 25,00 25,00

3320 2200105 PUBLICACIONES, BIBLIOTECA 1.325,00 -- 1.275,00 50,00 3,92

1500 2200106PUBLICACIONES, URBº Y ARQUITECTURA

2.050,00 -- 2.000,00 50,00 2,50

-- 22002MATERIAL INFORMATICO NO

INVENTARIABLE-- 7.550,00 7.375,00 175,00 2,37

9200 2200201 PROGR. Y LIC. VARIOS INFORMATICA 4.175,00 -- 4.075,00 100,00 2,45

9200 2200202MAT. VARIO INFORMATº NO INVENTARIABLE

3.375,00 -- 3.300,00 75,00 2,27

-- 221 SUMINISTROS -- 1.214.550,00 1.197.450,00 17.100,00 1,43

-- 22100 DE ENERGIA ELECTRICA. -- 901.825,00 957.150,00 -55.325,00 -5,78

91

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Pro Econo. Denominación PartidaCapº/ Artº /Conº / Subº

ej ant incrº s/ ej ant % incrº

9200 2210001 SUMºS ELECT. SERV. VARIOS AD. GRAL. 81.125,00 -- 85.375,00 -4.250,00 -4,98

9200 2210002OTROS GTOS. POR SUMº E. ELEC. (DCHOS. ACOM, BOLET.)

475,00 -- 450,00 25,00 5,56

9200 2210003 SUMºS ELECT. SERV. VARIOS JUZGº PAZ 4.550,00 -- 4.775,00 -225,00 -4,71

1300 2210004 SUMº ELECT. POL. LOCAL 12.200,00 -- 12.825,00 -625,00 -4,87

2324 2210005 SUMº ELECT. SERV. VARIOS 3ª EDAD 16.300,00 -- 17.150,00 -850,00 -4,96

2324 2210006 SUMº ELECT. CENTº CIVº 3ª EDAD 11.625,00 -- 12.225,00 -600,00 -4,91

2310 2210007SUMº ELECT. SERV. VARIOS SERV. SOCIALES

475,00 -- 475,00 0,00 0,00

2331 2210008 SUMº ELECT. CENTRO OCUPACIONAL 6.250,00 -- 6.575,00 -325,00 -4,94

3131 2210009SUMº ELECT. SERV. RECOGIDA ANIMALES

6.200,00 -- 6.525,00 -325,00 -4,98

3210 2210010 SUMº ELECT. SERV. VARIOS ENSEÑANZA 76.725,00 -- 80.750,00 -4.025,00 -4,98

3210 2210011SUMº ELECT. SERV. VARIOS ESCOLA INFANTIL

23.775,00 -- 25.025,00 -1.250,00 -5,00

1650 2210012 SUMº ELECT. ALUMBRADO PUBLICO 416.275,00 -- 438.175,00 -21.900,00 -5,00

1640 2210013 SUMº ELECT.T CEMENTERIO 3.800,00 -- 4.000,00 -200,00 -5,00

1720 2210014SUMº ELECT.T SERV. VARIOS MEDIO AMBIENTE

3.600,00 -- 3.775,00 -175,00 -4,64

3340 2210015 SUMº ELECT.T SERV. VARIOS CULTURA 81.750,00 -- 86.050,00 -4.300,00 -5,00

3420 2210016 SUMº ELECT.T SERV. VARIOS DEPORTES 70.575,00 -- 74.275,00 -3.700,00 -4,98

3360 2210017SUMº ELECT. SERV. VARIOS PROTEC. PATRIMº HCO.

5.925,00 -- 6.225,00 -300,00 -4,82

3380 2210018 SUMº ELECT. SERV. VARIOS FIESTAS 8.450,00 -- 8.875,00 -425,00 -4,79

1550 2210019SUMº ELECT. SERV. VARIOS BRIGADAS MUNIC.

125,00 -- 125,00 0,00 0,00

4310 2210020 SUMº ELECT. SERV. VARIOS COMERCIO 8.650,00 -- 9.100,00 -450,00 -4,95

4320 2210021SUMº ELECT. SERV. VARIOS TURISMO (GRAL.)

3.200,00 -- 3.350,00 -150,00 -4,48

4320 2210022SUMº ELECT. SERV. VARIOS TURISMO (OTROS)

475,00 -- 475,00 0,00 0,00

4320 2210023SUMº ELECT. SERV. VARIOS TURISMO (RESIDENTES)

475,00 -- 475,00 0,00 0,00

1340 2210024 SUMº ELECT. SERV. PROTEC. CIVIL 475,00 -- 475,00 0,00 0,00

1710 2210025 SUMº ELECT. SERV. JARDINES 300,00 -- 300,00 0,00 0,00

1721 2210026 SUMº ELECT. SERV. PLAYAS 400,00 -- 400,00 0,00 0,00

1550 2210028 SUMº ELECT. INSTAL. VÍA PÚBLICA 725,00 -- 750,00 -25,00 -3,33

2323 2210029 SUMº ELECT. SERV. JUVENTUD 1.425,00 -- 1.475,00 -50,00 -3,39

3420 2210030 SUMº ELECT. PISCINA MUNICIPAL 55.500,00 -- 58.400,00 -2.900,00 -4,97

-- 22101 DE AGUA -- 1.450,00 4.500,00 -3.050,00 -67,78

1610 2210101 SUMºS VARIOS AGUA 650,00 -- 625,00 25,00 4,00

1610 2210104SUMº AGUA ENVASADA COLEGIOS PUBLICOS

800,00 -- 775,00 25,00 3,23

-- 22102 GAS. -- 16.950,00 16.575,00 375,00 2,26

3420 2210201SUMº GAS EDUCACION FISICA Y DEPORTES

16.950,00 -- 16.575,00 375,00 2,26

-- 22103 COMBUSTIBLES Y CARBURANTES. -- 219.325,00 153.725,00 65.600,00 42,67

9120 2210301 COMBUST. VEHIC. ORGANOS GOBIERNO 8.300,00 -- 8.100,00 200,00 2,47

9200 2210302COMBUST. VEHIC. ADMINISTRACION GENERAL

31.025,00 -- 30.325,00 700,00 2,31

1320 2210303 COMBUST. VEHIC. POL. LOCAL 30.450,00 -- 29.775,00 675,00 2,27

1340 2210304 COMBUST. VEHIC. PROTEC. CIVIL 4.050,00 -- 3.950,00 100,00 2,53

2310 2210305 COMBUST. VEHIC. SERV. SOCIALES 4.100,00 -- 4.000,00 100,00 2,50

92

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Pro Econo. Denominación PartidaCapº/ Artº /Conº / Subº

ej ant incrº s/ ej ant % incrº

3131 2210306COMBUST. VEHIC. SERV. RECOGIDA ANIMALES

1.500,00 -- 1.450,00 50,00 3,45

1650 2210307 COMBUST. VEHIC. SERV. ALUMBRADO 5.175,00 -- 5.050,00 125,00 2,48

1710 2210308COMBUST. VEHIC. SERV. PARQUES Y JARD.

11.925,00 -- 11.650,00 275,00 2,36

1721 2210309 COMBUST. VEHIC. SERV. PLAYAS 6.600,00 -- 6.450,00 150,00 2,33

1720 2210310COMBUST. VEHIC. SERV. MEDIO AMBIENTE

6.125,00 -- 5.975,00 150,00 2,51

4310 2210311 COMBUST. VEHIC. SERV. COMERCIO 350,00 -- 325,00 25,00 7,69

1550 2210312 COMBUST. VEHIC. BRIGADA MUNIC. 21.175,00 -- 20.700,00 475,00 2,29

3210 2210313 GASOLEO CALEFACCION COLEGIOS 28.550,00 -- 25.975,00 2.575,00 9,91

3420 2210316 GASÓLEO PISCINA MUNICIPAL 60.000,00 -- 0,00 60.000,00 ant=0

-- 22104 VESTUARIO -- 41.425,00 32.700,00 8.725,00 26,68

9200 2210401VESTUARIO PERSONAL VARIO BRIGADAS MUNIC.

6.425,00 -- 6.275,00 150,00 2,39

1320 2210402 VESTUARIO POLICIA LOCAL 35.000,00 -- 26.425,00 8.575,00 32,45

-- 22110 PRODUCTOS DE LIMPIEZA Y ASEO. -- 33.575,00 32.800,00 775,00 2,36

9200 2211001PRODUC. LIMP. Y ASEO, AYUNTº Y OTROSEDIF MUNICIP

25.975,00 -- 25.400,00 575,00 2,26

3340 2211002 PRODUC. LIMP. Y ASEO, CASA CULTURA 6.050,00 -- 5.900,00 150,00 2,54

3420 2211003PRODUC. LIMP. Y ASEO, INSTALACIONES DEPORTIVAS

1.550,00 -- 1.500,00 50,00 3,33

-- 222 COMUNICACIONES. -- 110.125,00 131.850,00 -21.725,00 -16,48

-- 22200 TELEFÓNICAS. -- 70.850,00 93.475,00 -22.625,00 -24,20

9200 2220001COMUNIC. TELEF. SERV. VARIOS AD. GENERAL

27.950,00 -- 34.925,00 -6.975,00 -19,97

9200 2220002COMUNIC. TELEF. SERV. VARIOS JUZGº PAZ

1.225,00 -- 1.525,00 -300,00 -19,67

1300 2220003COMUNIC. TELEF. SERV. VARIOS POL. LOCAL

6.075,00 -- 7.575,00 -1.500,00 -19,80

1340 2220004COMUNIC. TELEF. SERV. VARIOS PROTEC. CIVIL

800,00 -- 975,00 -175,00 -17,95

2324 2220005COMUNIC. TELEF. SERV. VARIOS TERCERA EDAD

1.575,00 -- 1.950,00 -375,00 -19,23

2324 2220006 COMUNIC. TELEF. CENTº CIVº 3ª EDAD 850,00 -- 1.050,00 -200,00 -19,05

2310 2220007 COMUNIC. TELEF. SERV. SOCIALES 2.650,00 -- 3.300,00 -650,00 -19,70

2331 2220008COMUNIC. TELEF. CENTRO OCUPACIONAL

900,00 -- 1.125,00 -225,00 -20,00

3230 2220009COMUNIC. TELEF. SERV. VARIOS PROMOC. EDUCATIVO

1.500,00 -- 1.875,00 -375,00 -20,00

3131 2220010COMUNIC. TELEF. SERV. VARIOS RECOGIDA ANIMALES

800,00 -- 975,00 -175,00 -17,95

3210 2220011COMUNIC. TELEF. SERV. VARIOS ESCOLAINFANTIL

1.350,00 -- 1.675,00 -325,00 -19,40

1640 2220012COMUNIC. TELEF. SERV. VARIOS CEMENTERIO

700,00 -- 850,00 -150,00 -17,65

1720 2220013COMUNIC. TELEF. SERV. VARIOS MEDIO AMBIENTE

2.875,00 -- 3.575,00 -700,00 -19,58

4930 2220014 COMUNIC. TELEF. SERV. VARIOS OMIC 550,00 -- 675,00 -125,00 -18,52

3300 2220015COMUNIC. TELEF. SERV. VARIOS CULTURA

4.325,00 -- 5.400,00 -1.075,00 -19,91

3400 2220016COMUNIC. TELEF. SERV. VARIOS DEPORTES

5.925,00 -- 7.400,00 -1.475,00 -19,93

3360 2220017COMUNIC. TELEF. SERV. VARIOS PROTEC. PATRIMº HCO.

250,00 -- 300,00 -50,00 -16,67

2323 2220018COMUNIC. TELEF. SERV. VARIOS JUVENTUD

775,00 -- 950,00 -175,00 -18,42

4310 2220019COMUNIC. TELEF. SERV. VARIOS COMERCIO

4.375,00 -- 5.450,00 -1.075,00 -19,72

4320 2220020COMUNIC. TELEF. SERV. VARIOS TURISMO

4.600,00 -- 5.725,00 -1.125,00 -19,65

4320 2220021COMUNIC. TELEF. SERV. VARIOS RELAC. RESIDENTES

200,00 -- 225,00 -25,00 -11,11

93

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Pro Econo. Denominación PartidaCapº/ Artº /Conº / Subº

ej ant incrº s/ ej ant % incrº

3131 2220023COMUNIC. TELEF. MOVIL PERRERA MUNIC.

600,00 -- 0,00 600,00 ant=0

-- 22201 POSTALES. -- 39.275,00 38.375,00 900,00 2,35

9200 2220101 FRANQUEOS Y OTROS CORREOS 36.850,00 -- 36.025,00 825,00 2,29

9200 2220102 OTROS ENVIOS POSTALES 2.425,00 -- 2.350,00 75,00 3,19

-- 223 TRANSPORTES -- 20.000,00 0,00 20.000,00 ant=0

-- 22300 TRANSPORTES -- 20.000,00 0,00 20.000,00 ant=0

2324 2230002 TRANSPORTE URBANO TERCERA EDAD 20.000,00 -- 0,00 20.000,00 ant=0

-- 224 PRIMAS DE SEGUROS -- 124.800,00 119.325,00 5.475,00 4,59

-- 22400 PRIMAS DE SEGUROS -- 124.800,00 119.325,00 5.475,00 4,59

9200 2240001 ASEGURº EDIFICIOS Y LOCALES 23.250,00 -- 22.225,00 1.025,00 4,61

9200 2240002ASEGURº VEHICULOS y EMBARCACIONES

37.525,00 -- 35.900,00 1.625,00 4,53

9200 2240004ASEGURº RESPONSABILIDAD CIVIL Y OTROS

52.725,00 -- 50.450,00 2.275,00 4,51

3340 2240005 ASEGURº ACTIVIDADES CULTURALES 275,00 -- 250,00 25,00 10,00

3210 2240006ASEGURº ACCIDENTES ESCOLA INFANTIL

925,00 -- 875,00 50,00 5,71

1340 2240007 ASEGURº ACCIDENTES PROTEC. CIVIL 825,00 -- 775,00 50,00 6,45

2331 2240008ASEGURº ACCIDENTES CENTRO OCUPACIONAL

225,00 -- 200,00 25,00 12,50

9120 2240009ASEGURº ACCIDENTES MIEMBROS CORPORACION

9.050,00 -- 8.650,00 400,00 4,62

-- 225 TRIBUTOS -- 20.200,00 19.750,00 450,00 2,28

-- 22500 TRIBUTOS -- 20.200,00 19.750,00 450,00 2,28

9200 2250001 TRIBUTOS VARIOS 20.200,00 -- 19.750,00 450,00 2,28

-- 226 GASTOS DIVERSOS. -- 913.050,00 1.086.725,00 -173.675,00 -15,98

-- 22601 ATENCIONES PROTOCOL. Y REPRES.. -- 22.050,00 21.550,00 500,00 2,32

9120 2260102GASTOS PROTOCOLO Y REPRESENTACIÓN MUNICIPAL

22.050,00 -- 21.550,00 500,00 2,32

-- 22602 PUBLICIDAD Y PROPAGANDA. -- 121.775,00 127.875,00 -6.100,00 -4,77

4910 2260201PUBLICIDAD INSTITUCIONAL EN MEDIOS COMUNICACIÓN

31.475,00 -- 30.775,00 700,00 2,27

4910 2260202PUBLICIDAD INSTITUCIONAL (BOLETÍN INFORMATIVO MUNICIPAL)

11.250,00 -- 11.000,00 250,00 2,27

4910 2260203 OTRA PUBLICIDAD MUNICIPAL 26.250,00 -- 25.650,00 600,00 2,34

3340 2260205 PUBLICIDAD CULTURAL 6.775,00 -- 6.625,00 150,00 2,26

4320 2260206 PUBLICIDAD TURISTICA 46.025,00 -- 45.000,00 1.025,00 2,28

-- 22603 PUBLICACIÓN EN DIARIOS OFICIALES. -- 9.025,00 0,00 9.025,00 ant=0

9200 2260301 PUBLICACIÓN EN DIARIOS OFICIALES. 9.025,00 -- 8.825,00 200,00 2,27

-- 22604 JURÍDICOS, CONTENCIOSOS. -- 118.950,00 116.300,00 2.650,00 2,28

9200 2260401GASTOS PROCESALES, Y DE REPRESENT. Y DEFENSA AYUNTº

115.325,00 -- 112.775,00 2.550,00 2,26

9200 2260402GASTOS NOTARIALES Y REGISTRALES VARIOS

3.625,00 -- 3.525,00 100,00 2,84

-- 22607 OPOSICIONES Y PRUEBAS SELECTIVAS. -- 6.150,00 6.000,00 150,00 2,50

9200 2260701DIETAS ASISTENCIA TRIBUNALES SELEC. PERSONAL

6.150,00 -- 6.000,00 150,00 2,50

-- 22609ACTIVIDADES CULTURALES Y

DEPORTIVAS.-- 125.750,00 137.600,00 -11.850,00 -8,61

3340 2260901 GASTOS FUNCIONAMIENTO CULTURA 55.700,00 -- 69.125,00 -13.425,00 -19,42

3330 2260902GASTOS FUNCIONAMIENTO MUSEOS LOCALES

12.825,00 -- 12.525,00 300,00 2,40

3410 2260904 GASTOS FUNCIONAMIENTO DEPORTES 40.900,00 -- 40.000,00 900,00 2,25

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Pro Econo. Denominación PartidaCapº/ Artº /Conº / Subº

ej ant incrº s/ ej ant % incrº

3340 2260906 PUBLICACIONES MUNICIPALES 975,00 -- 950,00 25,00 2,63

3360 2260909GASTOS FUNCIONAMIENTO ARQUEOLª Y PROT. PATRº HCOº

15.350,00 -- 15.000,00 350,00 2,33

-- 22699 OTROS GASTOS DIVERSOS -- 509.350,00 677.400,00 -168.050,00 -24,81

9200 2269901INDEMNIZ. A TERCEROS POR FUNCIONAMº SERV MUNIC.

20.450,00 -- 20.000,00 450,00 2,25

9200 2269902SANCIONES IMPUESTAS AL AYUNTAMIENTO

5.125,00 -- 5.000,00 125,00 2,50

9200 2269903GASTOS FUNCIONAMIENTO ADMINISTRACION GENERAL

51.125,00 -- 50.000,00 1.125,00 2,25

9200 2269904 GASTOS FUNCIONAMIENTO JUZGº PAZ 225,00 -- 200,00 25,00 12,50

1320 2269905 GASTOS FUNCIONAMIENTO SEGURIDAD 2.950,00 -- 2.875,00 75,00 2,61

1340 2269906GASTOS FUNCIONAMIENTO VOLUNTARIADO

20.450,00 -- 20.000,00 450,00 2,25

2324 2269907GASTOS FUNCIONAMIENTO TERCERA EDAD

58.300,00 -- 57.300,00 1.000,00 1,75

2310 2269908SERV. SOC., PROGRAMA INFORM. Y ASESORAMIENTO

625,00 -- 600,00 25,00 4,17

2310 2269909SERV. SOC., PROGRAMA COOPERACION SOCIAL

1.025,00 -- 1.000,00 25,00 2,50

2310 2269910SERV. SOC., PROGRAMAS GENERALES YOTROS

2.575,00 -- 2.500,00 75,00 3,00

3230 2269911GASTOS FUNCIONAMIENTO PROMOCIONEDUCATIVA (EPA Y OTROS)

27.500,00 -- 6.000,00 21.500,00 358,33

3230 2269912GASTOS FUNCIONAMIENTO GABINETE PSICOPEDAGÓGICO

200,00 -- 175,00 25,00 14,29

2321 2269913GASTOS FUNCIONAMIENTO MUJER E INFANCIA

4.225,00 -- 4.125,00 100,00 2,42

3131 2269914GASTOS FUNCIONAMIENTO PERRERA MUNIC.

12.850,00 -- 15.850,00 -3.000,00 -18,93

3130 2269915 GASTOS FUNCIONAMIENTO SANIDAD 725,00 -- 700,00 25,00 3,57

3210 2269916GASTOS FUNCIONAMIENTO EDUCACIÓN PREESCOLAR Y PRIMARIA

2.600,00 -- 2.525,00 75,00 2,97

3210 2269917GASTOS FUNCIONAMIENTO ESCOLA INFANTIL

2.575,00 -- 2.500,00 75,00 3,00

1720 2269918GASTOS FUNCIONAMIENTO MEDIO AMBIENTE

40.900,00 -- 40.000,00 900,00 2,25

4930 2269919 GASTOS FUNCIONAMIENTO OMIC 250,00 -- 225,00 25,00 11,11

3220 2269920GASTOS FUNCIONAMIENTO EDUCACIÓN SECUNDARIA

725,00 -- 700,00 25,00 3,57

3380 2269921GASTOS FUNCIONAMIENTO FIESTAS POPULARES

42.950,00 -- 42.000,00 950,00 2,26

3380 2269922 ALUMBRADO CALLES FIESTAS 15.800,00 -- 15.450,00 350,00 2,27

2323 2269925 GASTOS FUNCIONAMIENTO JUVENTUD 14.175,00 -- 13.850,00 325,00 2,35

9220 2269926GASTOS FUNCIONAMIENTO RELAC. INSTITUCIONALES

10.750,00 -- 15.400,00 -4.650,00 -30,19

9201 2269927GASTOS FUNCIONAMIENTO AD. FINANCIERA

475,00 -- 450,00 25,00 5,56

4310 2269928 GASTOS FUNCIONAMIENTO COMERCIO 1.575,00 -- 1.525,00 50,00 3,28

4320 2269929 GASTOS ASISTENCIA FERIAS TURISMO 15.350,00 -- 15.000,00 350,00 2,33

4320 2269930 GASTOS FUNCIONAMIENTO TURISMO 32.675,00 -- 12.675,00 20.000,00 157,79

3120 2269931ACTUACIONES DE SEGURIDAD Y SALUD LABORAL PARA EL PERSONAL MUNICIPAL

22.500,00 -- 6.000,00 16.500,00 275,00

4320 2269933GTOS. VARIOS ATRAC TURIST (FER. ARTª., MERCAT MEDIEV.)

3.175,00 -- 3.100,00 75,00 2,42

9120 2269935 GASTOS FUNCIONAMIENTO ALCALDIA 10.350,00 -- 15.000,00 -4.650,00 -31,00

1640 2269936GASTOS FUNCIONAMIENTO CEMENTERIO

1.550,00 -- 1.500,00 50,00 3,33

4330 2269937GASTOS FUNCIONAMIENTO AGENCIA DESARROLLO LOCAL

4.250,00 -- 4.150,00 100,00 2,41

2331 2269938GASTOS FUNCIONAMIENTO CENTRO OCUPACIONAL

5.600,00 -- 2.100,00 3.500,00 166,67

9240 2269941GASTOS FUNCIONAMIENTO PARTICIPACION CIUDADANA

3.625,00 -- 625,00 3.000,00 480,00

95

Page 96: ASISTENTES ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA …...Recálculo sobre ingresos a fecha posterior 29000 IMPUESTO SOBRE CONSTRUCCIONES, ... 36000 VENTA DE LIBROS 335,00 265,00 70,00

Pro Econo. Denominación PartidaCapº/ Artº /Conº / Subº

ej ant incrº s/ ej ant % incrº

4310 2269943GASTOS FUNCIONAMIENTO AGª. FOMENTO INIC. COMERCIALES (AFIC)

3.250,00 -- 3.175,00 75,00 2,36

4150 2269944 GASTOS FUNCIONAMIENTO PESCA 3.225,00 -- 3.150,00 75,00 2,38

9200 2269945GASTOS FUNCIONAMIENTO SERVICIOS GENERALES

7.475,00 -- 7.300,00 175,00 2,40

2310 2269946GASTOS FUNCIONAMIENTO AC. SOCIAL (emigración)

2.850,00 -- 2.775,00 75,00 2,70

1721 2269951 GASTOS FUNCIONAMIENTO PLAYAS 3.625,00 -- 3.525,00 100,00 2,84

3320 2269952 GASTOS FUNCIONAMIENTO BIBLIOTECA 3.075,00 -- 3.000,00 75,00 2,50

2410 2269955GASTOS PROGRs. VARIOS FORMACION LABORAL

2.400,00 -- 2.325,00 75,00 3,23

1510 2269957 GASTOS FUNCIONAMIENTO AGENDA 21 37.225,00 -- 35.950,00 1.275,00 3,55

3320 2269960GASTOS FUNCIONAMIENTO ARCHIVOS MUNICIPALES

1.550,00 -- 1.500,00 50,00 3,33

1520 2269962GASTOS FUNCIONAMIENTO OFICINA MUNICIPAL DE LA VIVIENDA

650,00 -- 625,00 25,00 4,00

2320 2269963GASTOS FUNCIONAMIENTO PROMOCIÓNDE LA IGUALDAD DE OPORTUNIDADES

650,00 -- 625,00 25,00 4,00

9250 2269964GASTOS FUNCIONAMIENTO ATENCIÓN CIUDADANA

3.175,00 -- 3.100,00 75,00 2,42

-- 227TRABAJOS REALIZADOS POR OTRAS

EMPRESAS.-- 7.253.175,00 6.915.475,00 337.700,00 4,88

-- 22700 LIMPIEZA Y ASEO. -- 5.211.075,00 5.053.150,00 157.925,00 3,13

3130 2270001 DESRATIZ., DESINFE. Y DESINSECTACION 36.950,00 -- 35.750,00 1.200,00 3,36

1620 2270003RECOGIDA BASURAS, CONTRATO CONCESION

2.386.275,00 -- 2.677.275,00 -291.000,00 -10,87

1620 2270004TRATº Y ELIM. RESIDUOS SOLIDOS URBANOS

1.435.500,00 -- 1.012.000,00 423.500,00 41,85

1630 2270006LIMPIEZA VIARIA, CONTRATO CONCESION

1.234.525,00 -- 1.243.775,00 -9.250,00 -0,74

9200 2270008LIMPIEZA CRISTALES EDIFICIOS MUNIC. VARIOS

475,00 -- 450,00 25,00 5,56

1720 2270009 CONVº ECOPARQUE AYUNTº BENISSA 65.000,00 -- 15.000,00 50.000,00 333,33

1721 2270010 SERVICIO DE ECOASEOS EN PLAYAS 50.000,00 -- 66.625,00 -16.625,00 -24,95

4310 2270011SERVICIO DE ECOASEOS EN MERCADILLOS

2.350,00 -- 2.275,00 75,00 3,30

-- 22701 SEGURIDAD -- 324.525,00 379.875,00 -55.350,00 -14,57

1721 2270102SERVICIO DE BALIZAMIENTO ZONAS BAÑO

74.525,00 -- 72.875,00 1.650,00 2,26

1721 2270103SALVAMENTO Y SOCORRISMO EN PLAYAS

250.000,00 -- 307.000,00 -57.000,00 -18,57

-- 22702 VALORACIONES Y PERITAJES. -- 3.175,00 3.100,00 75,00 2,42

9200 2270201 VALORACIONES Y PERITAJES VARIOS 3.175,00 -- 3.100,00 75,00 2,42

-- 22706 ESTUDIOS Y TRABAJOS TECNICOS. -- 402.200,00 376.425,00 25.775,00 6,85

9200 2270601 CONSULTs Y ASISTs. TCAS. VARIAS 650,00 -- 625,00 25,00 4,00

9200 2270602ASISTENCIA TECª INFORMª SOFTWARE PROGR. VARIOS

49.225,00 -- 48.125,00 1.100,00 2,29

1500 2270605REDAC. PROYECTOS URBº Y OBRAS Y OTROS

41.950,00 -- 41.025,00 925,00 2,25

9320 2270606 TRABAJOS COLABORACIÓN CATASTRAL 161.600,00 -- 158.025,00 3.575,00 2,26

9230 2270607ESTUDIOS Y TRABAJOS TÉCNICOS ESTADÍSTICOS

2.125,00 -- 2.075,00 50,00 2,41

1300 2270612ASISTENCIA TECª INFORMª SOFTWARE PROGR. POL. LOCAL

2.425,00 -- 2.350,00 75,00 3,19

1721 2270613ESTUDIOS Y TRABAJOS TÉCNICOS PLAYAS

1.100,00 -- 1.050,00 50,00 4,76

9201 2270614ESTUDIOS Y TRABAJOS TÉCNICOS ECONÓMICO-FINANCIEROS

47.200,00 -- 46.150,00 1.050,00 2,28

9200 2270617 SERVICIOS WEBS MUNICIPALES 54.000,00 -- 36.000,00 18.000,00 50,00

4320 2270618SERVICIOS FUNCIONAMIENTO PORTAL TURÍSTICO CALPE.ES

41.925,00 -- 41.000,00 925,00 2,26

-- 22708SERVICIOS DE RECAUDACION A FAVOR

DE LA ENTIDAD.-- 1.004.600,00 982.475,00 22.125,00 2,25

96

Page 97: ASISTENTES ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA …...Recálculo sobre ingresos a fecha posterior 29000 IMPUESTO SOBRE CONSTRUCCIONES, ... 36000 VENTA DE LIBROS 335,00 265,00 70,00

Pro Econo. Denominación PartidaCapº/ Artº /Conº / Subº

ej ant incrº s/ ej ant % incrº

9320 2270801 SERVICIO RECAUDACION SUMA 1.004.600,00 -- 982.475,00 22.125,00 2,25

-- 22799 OTROS TRABAJOS -- 307.600,00 120.450,00 187.150,00 155,38

1330 2279901ESTAC. LIMITADO (RETIRADA VEHIC. ABANDº Y OTROS)

6.000,00 -- 3.000,00 3.000,00 100,00

3131 2279903SERVICIO VETERINARIO PERRERA MUNIC.

6.475,00 -- 3.475,00 3.000,00 86,33

3210 2279904 SERVICIO COMEDOR ESCOLA INFANTIL 69.725,00 -- 68.175,00 1.550,00 2,27

3340 2279906 SERVICIOS UNION MUSICAL 6.550,00 -- 6.400,00 150,00 2,34

3340 2279907 SONIDO CASA CULTURA 2.550,00 -- 2.475,00 75,00 3,03

3130 2279908SERVICIO DE TRANSPORTE SANITARIO LOCAL

185.000,00 -- 185.000,00 0,00 0,00

3340 2279909 VENTA DE ENTRADAS CASA CULTURA 1.475,00 -- 1.425,00 50,00 3,51

3131 2279910SERVICIO RECOGIDA ANIMALES FALLECIDOS

375,00 -- 350,00 25,00 7,14

2331 2279912SERVICIO COMEDOR CENTRO OCUPACIONAL

17.450,00 -- 17.050,00 400,00 2,35

1721 2279915 MANTº GESTION AMB. PLAYAS 12.000,00 -- 3.100,00 8.900,00 287,10

-- 23INDEMNIZACION POR RAZON DEL

SERVICIO-- 285.100,00 306.900,00 -21.800,00 -7,10

-- 230 DIETAS. -- 266.550,00 288.850,00 -22.300,00 -7,72

-- 23000DE LOS MIEMBROS DE LOS ÓRGANOS

DE GOBIERNO.-- 257.375,00 279.900,00 -22.525,00 -8,05

9120 2300001DIETAS A CONCEJALÍAS POR ASIST. O PARTICIP. EN ORGº GOBIERNO

253.325,00 -- 275.950,00 -22.625,00 -8,20

9120 2300002DIETAS A CONCEJALIAS POR SERVICIOS VARIOS A JUSTIFICAR

4.050,00 -- 3.950,00 100,00 2,53

-- 23020 DIETAS DEL PERSONAL NO DIRECTIVO -- 9.175,00 8.950,00 225,00 2,51

9200 2302001 DIETAS DEL PERSONAL MUNICIPAL 3.175,00 -- 3.100,00 75,00 2,42

4320 2302002DIETAS PERSONAL TURISMO, ASIST. FERIAS Y OTROS

6.000,00 -- 5.850,00 150,00 2,56

-- 231 LOCOMOCION -- 12.850,00 12.525,00 325,00 2,59

-- 23100GASTOS LOCOMOCIÓN DE LOS

MIEMBROS DE LOS ÓRGANOS DEGOBIERNO.

-- 4.075,00 3.975,00 100,00 2,52

9120 2310001 GASTOS LOCOMOCION CONCEJALÍAS 4.075,00 -- 3.975,00 100,00 2,52

-- 23120GASTOS DE LOCOMOCIÓN DEL

PERSONAL NO DIRECTIVO.-- 8.775,00 8.550,00 225,00 2,63

9200 2312001GASTOS LOCOMOCION PERSONAL MUNICIPAL

2.775,00 -- 2.700,00 75,00 2,78

4320 2312002GASTOS LOCOM. PERS. TURº, (ASIST. FERIAS Y OTROS)

6.000,00 -- 5.850,00 150,00 2,56

-- 233 OTRAS INDEMNIZACIONES. -- 5.700,00 5.525,00 175,00 3,17

-- 23300 OTRAS INDEMNIZACIONES. -- 5.700,00 5.525,00 175,00 3,17

9120 2330001OTRAS INDEMNIZACIONES ORGANOS GOBIERNO

2.575,00 -- 2.500,00 75,00 3,00

9200 2330002 OTRAS INDEMNIZACIONES AD. GRAL. 2.575,00 -- 2.500,00 75,00 3,00

9200 2330004DIETAS JURADOS CALIFICº PREMIOS VARIOS

550,00 -- 525,00 25,00 4,76

-- 27GASTOS IMPREVISTOS Y FUNCIONES NO

CLASIFICADAS.-- 221.650,00 0,00 221.650,00 ant=0

-- 270GASTOS IMPREVISTOS Y FUNCIONES NO

CLASIFICADAS.-- 221.650,00 0,00 221.650,00 ant=0

-- 27000 GASTOS IMPREVISTOS -- 61.650,00 0,00 61.650,00 ant=0

9290 2700001GASTOS IMPREVISTOS (Fondo de contingencia)

61.650,00 -- 0,00 61.650,00 ant=0

-- 27001 FUNCIONES NO CLASIFICADAS. -- 160.000,00 0,00 160.000,00 ant=0

9290 2700101GASTOS PENDIENTES DE APLICACIÓN A PRESUPUESTO

105.000,00 -- 159.850,00 -54.850,00 -34,31

97

Page 98: ASISTENTES ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA …...Recálculo sobre ingresos a fecha posterior 29000 IMPUESTO SOBRE CONSTRUCCIONES, ... 36000 VENTA DE LIBROS 335,00 265,00 70,00

Pro Econo. Denominación PartidaCapº/ Artº /Conº / Subº

ej ant incrº s/ ej ant % incrº

9290 2700102

GASTOS NO AFECTADOS COMPROMETIDOS DE EJERC ANTERIORES PDTES. DE RECONOCER (Saldo de disposiciones de gasto del ej ant)

55.000,00 -- 24.625,00 30.375,00 123,35

-- 3 CAPITULO III.- GASTOS FINANCIEROS -- 1.283.150,00 1.443.250,00 -160.100,00 -11,09

-- 31GASTOS FINANCIEROS DE PRÉSTAMOSY OTRAS OP. FINANCIERAS EN EUROS.

-- 1.224.250,00 1.376.575,00 -152.325,00 -11,07

-- 310 INTERESES -- 1.218.250,00 1.370.575,00 -152.325,00 -11,11

-- 31002 INTERESES PRÉSTAMOS CORTO PLAZO -- 90.875,00 90.000,00 875,00 0,97

0110 3100202INTERESES PTMO. OP. TESORERIA ANTICIPOS SUMA

88.875,00 -- 90.000,00 -1.125,00 -1,25

0110 3100204INTERESES OTRAS OPERACIONES DE TESORERIA

2.000,00 -- 0,00 2.000,00 ant=0

-- 31003INTERESES CTES. PRESTAMOS LARGO

PLAZO-- 1.127.375,00 1.280.575,00 -153.200,00 -11,96

0110 3100304 INTERESES PTMO. 40-2000 BANCAJA 1.450,00 -- 2.700,00 -1.250,00 -46,30

0110 3100305 INTERESES PTMO. 42-2001 LA CAIXA 1.775,00 -- 2.025,00 -250,00 -12,35

0110 3100307 INTERESES PTMO. 44-2001 BANCAIXA 1.375,00 -- 2.350,00 -975,00 -41,49

0110 3100309 INTERESES PTMO. 50-2005 BSCH 11.225,00 -- 17.000,00 -5.775,00 -33,97

0110 3100310 INTERESES PTMO. 51-2005 CAM 29.675,00 -- 36.350,00 -6.675,00 -18,36

0110 3100312INTERESES PTMO. 53-2007 LA CAIXA, invers. 2007

22.200,00 -- 23.825,00 -1.625,00 -6,82

0110 3100313INTERESES PTMO. 54-2007 CAM, invers. 2007

20.325,00 -- 21.825,00 -1.500,00 -6,87

0110 3100314 INTERESES PTMO. 55-2007 BCL, refin 80.500,00 -- 83.275,00 -2.775,00 -3,33

0110 3100315INTERESES PTMO. 56-2012 FFPP RD-Ley 4/2012 BBVA

62.325,00 -- 70.925,00 -8.600,00 -12,13

0110 3100316INTERESES PTMO. 57-2012 FFPP RD-Ley 4/2012 BANKIA

61.950,00 -- 70.475,00 -8.525,00 -12,10

0110 3100317INTERESES PTMO. 58-2012 FFPP RD-Ley 4/2012 CAIXABANK (1)

62.150,00 -- 70.725,00 -8.575,00 -12,12

0110 3100318INTERESES PTMO. 59-2012 FFPP RD-Ley 4/2012 POPULAR

55.750,00 -- 63.425,00 -7.675,00 -12,10

0110 3100319INTERESES PTMO. 60-2012 FFPP RD-Ley 4/2012 BANESTO

30.900,00 -- 35.175,00 -4.275,00 -12,15

0110 3100320INTERESES PTMO. 61-2012 FFPP RD-Ley 4/2012 SABADELL

26.175,00 -- 29.775,00 -3.600,00 -12,09

0110 3100321INTERESES PTMO. 62-2012 FFPP RD-Ley 4/2012 CAM

22.750,00 -- 25.900,00 -3.150,00 -12,16

0110 3100322INTERESES PTMO. 63-2012 FFPP RD-Ley 4/2012 SANTANDER

442.350,00 -- 503.325,00 -60.975,00 -12,11

0110 3100323INTERESES PTMO. 64-2012 FFPP RD-Ley 4/2012 CAIXALTEA

25.075,00 -- 28.525,00 -3.450,00 -12,09

0110 3100324INTERESES PTMO. 65-2012 FFPP RD-Ley 4/2012 CAIXAGALICIA

61.700,00 -- 70.200,00 -8.500,00 -12,11

0110 3100325INTERESES PTMO. 66-2012 FFPP RD-Ley 4/2012 BANKINTER

23.925,00 -- 27.200,00 -3.275,00 -12,04

0110 3100326INTERESES PTMO. 67-2012 FFPP RD-Ley 4/2012 CAIXABANK (2)

83.800,00 -- 95.350,00 -11.550,00 -12,11

-- 311GASTOS DE FORMALIZACIÓN,

MODIFICACIÓN Y CANCELACIÓN.-- 6.000,00 6.000,00 0,00 0,00

-- 31100GASTOS DE FORMALIZACIÓN,

MODIFICACIÓN Y CANCELACIÓN.-- 6.000,00 6.000,00 0,00 0,00

0110 3110001GTOS. VARIOS FORMALIZ., MODIF. Y CANCEL. PTMOS. MED. Y LAR .

3.000,00 -- 3.000,00 0,00 0,00

0110 3110002GTOS. VARIOS FORMALIZ., MODIF. Y CANCEL. PTMOS. CORTO PLAZO

3.000,00 -- 3.000,00 0,00 0,00

-- 35INTERESES DE DEMORA Y OTROS

GASTOS FINANCIEROS.-- 58.900,00 66.675,00 -7.775,00 -11,66

-- 352 INTERESES DE DEMORA -- 56.400,00 56.400,00 0,00 0,00

-- 35200 INTERESES DE DEMORA -- 56.400,00 56.400,00 0,00 0,00

0110 3520001 INTERESES DEMORA PRÉSTAMOS 1.425,00 -- 1.425,00 0,00 0,00

0110 3520002INTERESES DEMORA CONTRATOS VARIOS

50.000,00 -- 50.000,00 0,00 0,00

98

Page 99: ASISTENTES ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA …...Recálculo sobre ingresos a fecha posterior 29000 IMPUESTO SOBRE CONSTRUCCIONES, ... 36000 VENTA DE LIBROS 335,00 265,00 70,00

Pro Econo. Denominación PartidaCapº/ Artº /Conº / Subº

ej ant incrº s/ ej ant % incrº

0110 3520003 INTERESES LEGALES Y OTROS 4.975,00 -- 4.975,00 0,00 0,00

-- 359 OTROS GASTOS FINANCIEROS -- 2.500,00 10.275,00 -7.775,00 -75,67

-- 35900 OTROS GASTOS FINANCIEROS -- 2.500,00 10.275,00 -7.775,00 -75,67

0110 3590023OTROS GTOS. FINANCº (COMIS. POR OPER. CORREOS Y OTROS)

2.500,00 -- 6.450,00 -3.950,00 -61,24

-- 4CAPITULO IV.- TRANSFERENCIAS

CORRIENTES-- 1.192.050,00 1.169.800,00 22.250,00 1,90

-- 46 A ENTIDADES LOCALES -- 601.400,00 392.100,00 209.300,00 53,38

-- 463 A MANCOMUNIDADES -- 8.525,00 9.175,00 -650,00 -7,08

-- 46300 A MANCOMUNIDADES -- 8.525,00 9.175,00 -650,00 -7,08

3340 4630001A MANCOMUNIDAD CULTURAL MARINA ALTA (MACMA)

8.525,00 -- 9.175,00 -650,00 -7,08

-- 467 A CONSORCIOS. -- 592.875,00 382.925,00 209.950,00 54,83

-- 46700 A CONSORCIOS. -- 592.875,00 382.925,00 209.950,00 54,83

1350 4670001A CONSORCIO PROV. EXT. INCENDIOS Y SALVAMENTO

165.700,00 -- 158.600,00 7.100,00 4,48

4330 4670003A CONSORCIO RECUPERACION ACT. MARINA ALTA (CREAMA)

101.325,00 -- 99.075,00 2.250,00 2,27

1620 4670004A CONSORCIO RESIDUOS SOLIDOS ZONA XV

13.175,00 -- 12.875,00 300,00 2,33

2310 4670005A CONSORCIO PANGEA ARCO MEDITERRANEO

2.975,00 -- 2.900,00 75,00 2,59

3410 4670006A CONSORCI ESPORTIU DE LA MARINA ALTA (CEMA)

9.700,00 -- 9.475,00 225,00 2,37

4320 4670008 A CONSORCIO “CALPE TOURISM” 300.000,00 -- 100.000,00 200.000,00 200,00

-- 48A FAMILIAS E INSTITUCIONES SIN FINES

DE LUCRO-- 590.650,00 777.700,00 -187.050,00 -24,05

-- 480ATENCIONES BENEFICAS Y

ASISTENCIALES-- 74.650,00 73.000,00 1.650,00 2,26

-- 48000ATENCIONES BENEFICAS Y

ASISTENCIALES.-- 74.650,00 73.000,00 1.650,00 2,26

2310 4800001SERV. SOC., PROGRAMA EMERGENCIA SOCIAL

61.350,00 -- 60.000,00 1.350,00 2,25

2310 4800020SUBVENCIONES PARA ENTIDADES Y ASOCIACIONES DE INTERÉS SOCIAL

13.300,00 -- 13.000,00 300,00 2,31

-- 481PREMIOS, BECAS Y PENSIONES DE

ESTUDIO E INVESTIGACION.-- 146.725,00 27.325,00 119.400,00 436,96

-- 48100PREMIOS, BECAS Y PENSIONES DE

ESTUDIO E INVESTIGACION.-- 146.725,00 27.325,00 119.400,00 436,96

3230 4810001AYUDAS TRANSPORTE FP Y UNIVERSITARIO

20.000,00 -- 4.700,00 15.300,00 325,53

3210 4810002AYUDAS ADQUISICION LIBROS Y MAT. EDUCACIÓN PREESCOLAR Y PRIMARIA

35.000,00 -- 0,00 35.000,00 ant=0

3230 4810003 AYUDAS ENSEÑANZA UNIVERSITARIA 35.000,00 -- 0,00 35.000,00 ant=0

3230 4810004 APORTACION UNED 4.100,00 -- 4.000,00 100,00 2,50

3340 4810007 PREMIOS CONCEJALÍA DE CULTURA 9.875,00 -- 9.875,00 0,00 0,00

3380 4810008 PREMIS CARTELL FESTES 1.050,00 -- 1.050,00 0,00 0,00

3380 4810009 PREMIOS IMAGEN MOROS i CRISTIANS 1.000,00 -- 1.000,00 0,00 0,00

2320 4810010 PREMIOS CONCEJALIA DE IGUALDAD 700,00 -- 700,00 0,00 0,00

3220 4810014AYUDAS ADQUISICION LIBROS Y MAT. ENSEÑANZA SECUNDARIA

25.000,00 -- 6.000,00 19.000,00 316,67

3230 4810015AYUDAS ADQUISICION LIBROS Y MAT. BACHILLERATO/FP 1er GRADO

15.000,00 -- 0,00 15.000,00 ant=0

-- 482APORTACIONES A FEDERACIONES DE

MUNICIPIOS-- 8.150,00 7.950,00 200,00 2,52

-- 48200APORTACIONES A FEDERACIONES DE

MUNICIPIOS-- 8.150,00 7.950,00 200,00 2,52

9200 4820001 APORTACIONES A FEMP Y FVMP 8.150,00 -- 7.950,00 200,00 2,52

-- 489 OTRAS TRANFERENCIAS. -- 361.125,00 669.425,00 -308.300,00 -46,05

-- 48900 OTRAS TRANFERENCIAS. -- 361.125,00 669.425,00 -308.300,00 -46,05

99

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Pro Econo. Denominación PartidaCapº/ Artº /Conº / Subº

ej ant incrº s/ ej ant % incrº

9120 4890001ASIGNACION GRUPOS POLITICOS MUNIC.

30.900,00 -- 30.200,00 700,00 2,32

3380 4890083SUBV. A ENTIDADES Y ASOCIACIONES FESTERAS

134.000,00 -- 124.000,00 10.000,00 8,06

3410 4890084SUBV. A ENTIDADES DEPORTIVAS Y DEPORTISTAS

188.450,00 -- 188.450,00 0,00 0,00

3340 4890085SUBV. A ENTIDADES Y ASOCIACIONES CULTURALES

3.375,00 -- 3.375,00 0,00 0,00

2323 4890087SUBVENCIONES A ENTIDADES Y ASOCIACIONES JUVENILES

900,00 -- 900,00 0,00 0,00

3200 4890088SUBV. A ENTIDADES Y ASOCIACIONES EDUCATIVAS

3.500,00 -- 2.000,00 1.500,00 75,00

-- 6 CAPITULO VI.- INVERSIONES REALES -- 958.900,00 576.725,00 382.175,00 66,27

-- 60INV. NUEVA INFRAEST. - BIENES USO

GENERAL-- 100.000,00 79.275,00 20.725,00 26,14

-- 609OTRAS INVERSIONES NUEVAS EN

INFRAESTRUCTURAS Y BIENESDESTINADOS AL USO GENERAL.

-- 100.000,00 79.275,00 20.725,00 26,14

-- 60900OTRAS INVERSIONES NUEVAS EN

INFRAESTRUCTURAS Y BIENESDESTINADOS AL USO GENERAL.

-- 100.000,00 79.275,00 20.725,00 26,14

1710 6090013INVERSION NUEVA EN PARQUES Y JARDINES PÚBLICOS

100.000,00 -- 0,00 100.000,00 ant=0

-- 61INVERS. REPOS. INFRAEST-BIENES USO

GRAL.-- 465.850,00 338.450,00 127.400,00 37,64

-- 619OTRAS INVERSIONES DE REPOSICIÓN

EN INFRAESTRUCTURAS Y BIENESDESTINADOS AL USO GENERAL.

-- 465.850,00 338.450,00 127.400,00 37,64

-- 61900OTRAS INVERSIONES DE REPOSICIÓN

EN INFRAESTRUCTURAS Y BIENESDESTINADOS AL USO GENERAL.

-- 465.850,00 338.450,00 127.400,00 37,64

1550 6190002ACONDICIONAMIENTOS DE REPOSICIÓN DE VÍAS PÚBLICAS

453.850,00 -- 336.850,00 117.000,00 34,73

3210 6190012ACONDICIONAMIENTOS DE REPOSICION EN CENTROS DE ENSEÑANZA

10.000,00 -- 0,00 10.000,00 ant=0

1610 6190019OBRAS CAPT. Y MEJORA DEL SUMINISTRO AGUA POTABLE

2.000,00 -- 1.600,00 400,00 25,00

-- 62INV. NUEVA FUNC. OPERATIVO

SERVICIOS-- 393.050,00 159.000,00 234.050,00 147,20

-- 622INVERS NUEVA EDIFICIOS Y OTRAS

CONSTRUCCIONES-- 60.500,00 6.000,00 54.500,00 908,33

-- 62201INVERS NUEVA EDIFICIOS Y OTRAS

CONSTRUCCIONES-- 60.500,00 6.000,00 54.500,00 908,33

1320 6220104INVERS NUEVA EN EDIFICIOS POLICÍA LOCAL

24.200,00 -- 0,00 24.200,00 ant=0

1640 6220110INVERS NUEVA EN CEMENTERIO MUNICIPAL

36.300,00 -- 0,00 36.300,00 ant=0

-- 623INVERS NUEVA MAQUINª,INSTALACIONES Y UTILL.

-- 216.500,00 38.000,00 178.500,00 469,74

-- 62300INVERS NUEVA MAQUINª,INSTALACIONES Y UTILL.

-- 216.500,00 38.000,00 178.500,00 469,74

1320 6230002 INSTALACIONES SEGURIDAD 106.500,00 -- 0,00 106.500,00 ant=0

1320 6230003 UTILLAJE SEGURIDAD 20.000,00 -- 20.000,00 0,00 0,00

1700 6230032 MAQU-INST-UT MEDIO AMBIENTE 90.000,00 -- 18.000,00 72.000,00 400,00

-- 629OTRAS INVERSIONES NUEVAS

ASOCIADAS AL FUNCIONAMº OPERATIVODE LOS SERVICIOS

-- 116.050,00 85.000,00 31.050,00 36,53

-- 62900OTRAS INVERSIONES NUEVAS

ASOCIADAS AL FUNCIONAMº OPERATIVODE LOS SERVICIOS

-- 116.050,00 85.000,00 31.050,00 36,53

9200 6290001OTRAS INVERSIONES NUEVAS ASOCIADAS AL FUNCIONAMº OPERATIVODE LOS SERVICIOS

116.050,00 -- 85.000,00 31.050,00 36,53

-- 8 CAPITULO VIII.- ACTIVOS FINANCIEROS -- 19.025,00 18.600,00 425,00 2,28

-- 83CONCESION PRÉSTAMOS FUERA DEL

SECTOR PÚBLº-- 19.025,00 18.600,00 425,00 2,28

-- 830PRÉSTAMOS A CORTO PLAZO.DESARROLLO POR SECTORES.

-- 19.025,00 18.600,00 425,00 2,28

-- 83000PRÉSTAMOS A CORTO PLAZO. A

PERSONAL MUNICIPAL-- 19.025,00 18.600,00 425,00 2,28

9200 8300001ANTICIPOS REINTEGRABLES AL PERSONAL

19.025,00 -- 18.600,00 425,00 2,28

100

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Pro Econo. Denominación PartidaCapº/ Artº /Conº / Subº

ej ant incrº s/ ej ant % incrº

-- 9 CAPITULO IX.- PASIVOS FINANCIEROS -- 3.136.225,00 1.841.600,00 1.294.625,00 70,30

-- 91AMORTIZACIÓN DE PRÉSTAMOS Y DE

OPERACIONES EN EUROS.-- 3.136.225,00 1.841.600,00 1.294.625,00 70,30

-- 911AMORTIZACIÓN DE PRÉSTAMOS A

LARGO PLAZO DE ENTES DEL SECTORPÚBLICO.

-- 1.297.150,00 0,00 1.297.150,00 ant=0

-- 91100AMORTIZACIÓN DE PRÉSTAMOS A

LARGO PLAZO DE ENTES DEL SECTORPÚBLICO.

-- 1.297.150,00 0,00 1.297.150,00 ant=0

0110 9110001AMORTIZ. PTMO. 56-2012 FFPP RD-Ley 4/2012 BBVA

73.400,00 -- 0,00 73.400,00 ant=0

0110 9110002AMORTIZ. PTMO. 57-2012 FFPP RD-Ley 4/2012 BANKIA

72.950,00 -- 0,00 72.950,00 ant=0

0110 9110003AMORTIZ. PTMO. 58-2012 FFPP RD-Ley 4/2012 LA CAIXA

73.175,00 -- 0,00 73.175,00 ant=0

0110 9110004AMORTIZ. PTMO. 59-2012 FFPP RD-Ley 4/2012 POPULAR

65.625,00 -- 0,00 65.625,00 ant=0

0110 9110005AMORTIZ. PTMO. 60-2012 FFPP RD-Ley 4/2012 BANESTO

36.400,00 -- 0,00 36.400,00 ant=0

0110 9110006AMORTIZ. PTMO. 61-2012 FFPP RD-Ley 4/2012 SABADELL

30.825,00 -- 0,00 30.825,00 ant=0

0110 9110007AMORTIZ. PTMO. 62-2012 FFPP RD-Ley 4/2012 CAM

26.800,00 -- 0,00 26.800,00 ant=0

0110 9110008AMORTIZ. PTMO. 63-2012 FFPP RD-Ley 4/2012 SANTANDER

520.825,00 -- 0,00 520.825,00 ant=0

0110 9110009AMORTIZ. PTMO. 64-2012 FFPP RD-Ley 4/2012 CAIXALTEA

29.525,00 -- 0,00 29.525,00 ant=0

0110 9110010AMORTIZ. PTMO. 65-2012 FFPP RD-Ley 4/2012 CAIXAGALICIA

72.650,00 -- 0,00 72.650,00 ant=0

0110 9110011AMORTIZ. PTMO. 66-2012 FFPP RD-Ley 4/2012 BANKINTER

28.150,00 -- 0,00 28.150,00 ant=0

0110 9110012AMORTIZ. PTMO. 67-2012 FFPP RD-Ley 4/2012 LA CAIXA (2)

98.650,00 -- 0,00 98.650,00 ant=0

0110 9110013DEVOLUCIÓN PARTIC INGRESOS ESTADO POR LIQUID DEF 2008

20.700,00 -- 0,00 20.700,00 ant=0

0110 9110014DEVOLUCIÓN PARTIC INGRESOS ESTADO POR LIQUID DEF 2009

147.475,00 -- 0,00 147.475,00 ant=0

-- 913AMORTIZACIÓN DE PRÉSTAMOS A

LARGO PLAZO DE ENTES DE FUERA DELSECTOR PÚBLICO.

-- 1.839.075,00 1.841.600,00 -2.525,00 -0,14

-- 91300AMORTIZACIÓN DE PRÉSTAMOS A

LARGO PLAZO DE ENTES DE FUERA DELSECTOR PÚBLICO.

-- 1.839.075,00 1.841.600,00 -2.525,00 -0,14

0110 9130004 AMORTIZ. PTMO. 40-2000 BANCAJA 104.950,00 -- 104.950,00 0,00 0,00

0110 9130005 AMORTIZ. PTMO. 42-2001 LA CAIXA 33.925,00 -- 33.675,00 250,00 0,74

0110 9130007 AMORTIZ. PTMO. 44-2001 BANCAIXA 46.250,00 -- 46.250,00 0,00 0,00

0110 9130008 AMORTIZ. PTMO. 50-2005 BSCH 312.350,00 -- 312.350,00 0,00 0,00

0110 9130009 AMORTIZ. PTMO. 51-2005 CAM 181.075,00 -- 177.600,00 3.475,00 1,96

0110 9130012AMORTIZ. PTMO. 53-2007 LA CAIXA, invers. 2007

271.075,00 -- 269.450,00 1.625,00 0,60

0110 9130013AMORTIZ. PTMO. 54-2007 CAM, invers. 2007

271.650,00 -- 270.150,00 1.500,00 0,56

0110 9130014 AMORTIZ. PTMO. 55-2007 BCL, refin 617.800,00 -- 615.025,00 2.775,00 0,45

-- -- TOTAL GASTOS 30.597.200,00 30.597.200,00 28.500.850,00 2.096.350,00 7,36

3.4.6.- Suficiencia de los créditos

Los créditos previstos para gastos se estiman suficientes para atender el cumplimiento delas obligaciones exigibles y los gastos de funcionamiento de los servicios y, en consecuencia,conseguir la efectiva nivelación del presupuesto, sin perjuicio de que en aplicación del referidoplan de ajuste, el presupuesto se presente desnivelado con saldo positivo en la diferenciaingresos-gastos.

101

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4.- OPERACIONES DE CRÉDITO

4.1.- Préstamos bancarios, existentes y previstos, y carga financiera resultante

Refª Descripción Capitalnominal

CapitalPendiente

refªinterés

valor dif. int.cuotastrim.

intanual %

INICIO CANCEL.

-- CORTO PLAZO -- -- -- -- -- -- -- --

CNP 20300Anticipos a cuenta recaudación ingresosSUMA

sin considerac. sin considerac. -- -- -- -- -- 01-ene-13 31-dic-13

-- acumulado existentes 0,00 0,00 -- -- -- -- --

-- LARGO PLAZO -- -- -- -- -- --

2003 / 1 /40-00

BANCAIXA, PRESTAMO REFINANCIACION

1.469.274,27 183.659,31 EURIB. 90 0,25 0,96 60,00 1,21 36.705,00 28-jun-15

2003 / 1 /42-01

LA CAIXA, PTMO. PARA FINANCIACION INVERS 2001

601.012,10 285.050,33 EURIB. 90 0,25 0,49 80,00 0,74 18-ene-01 18-ene-21

2003 / 1 /44-01

BANCAIXA, PTMO. FINANCIACION INVERSIONES 2001

601.012,10 115.579,04EURIB.

3602,11 1,00 60,00 3,11 09-mar-01 09-mar-16

2005 / 1 /50-05

BANCO SANTANDER CENTRAL HISPANO, REFINANCIACION PTMO. 2003/1/48-03

4.060.401,58 1.952.115,19EURIB.

3602,11 0,90 60,00 3,01 04-ene-05 04-ene-20

2005 / 1 /51-05

CAJA AHORROS MEDITERRANEO, REFIN. PTMOS. 200/1/36-99 y 2003/1/43-01

3.288.453,20 2.303.180,80EURIB.

3602,11 0,89 60,00 3,00 04-ene-05 04-ene-20

2007 / 1 /53-07

CAJA DE AHORROS Y PENSIONES DE BARCELONA, LA CAIXA, INVERSIONES 2007

5.000.000,00 3.912.200,57 EURIB. 90 0,25 0,35 80,00 0,60 11-abr-07 11-abr-27

2007 / 1 /54-07

CAJA DE AHORROS DEL MEDITERRÁNEO, INVERSIONES 2007

5.000.000,00 3.918.796,13 EURIB. 90 0,25 0,30 80,00 0,55 11-abr-07 11-abr-27

2007 / 1 /55-07

BANCO CREDITO LOCAL, REFIN. PTMOs. 2004/1/49-04 y 2006/1/52-06

0,00 9.369.319,94 EURIB. 90 0,25 0,65 80,00 0,90 11-abr-07 11-abr-27

2012 / 1 /56-12

PTMO FONDO FINANCIACION PAGO PROVEEDORES RDLey 4/2012 BBVA

1.174.115,90 1.174.115,90 EURIB. 90 5,35 0,69 40,00 6,04 22-may-12 22-may-22

2012 / 1 /57-12

PTMO FONDO FINANCIACION PAGO PROVEEDORES BANKIA RDLey 472012

1.166.802,84 1.166.802,84 EURIB. 90 5,35 0,69 40,00 6,04 22-may-12 22-may-22

2012 / 1 /58-12

PTMO FONDO FINANCIACION PAGO PROVEEDORES CAIXABANK (1) RDley 472012

1.170.746,50 1.170.746,50 EURIB. 90 5,35 0,69 40,00 6,04 22-may-12 22-may-22

2012 / 1 /59-12

PTMO FONDO FINANCIACION PAGO PROVEEDORES BANCO POPULAR RDley 4/2012

1.049.880,60 1.049.880,60 EURIB. 90 5,35 0,69 40,00 6,04 22-may-12 22-may-22

2012 / 1 /60-12

PTMO FONDO FINANCIACION PAGO PROVEEDORES BANESTO RDley 4/2012

582.082,79 582.082,79 EURIB. 90 5,35 0,69 40,00 6,04 22-may-12 22-may-22

2012 / 1 /61-12

PTMO FONDO FINANCIACION PAGO PROVEEDORES BANCO SABADELL RDley 4/2012

492.839,46 492.839,46 EURIB. 90 5,35 0,69 40,00 6,04 22-may-12 22-may-22

2012 / 1 /62-12

PTMO FONDO FINANCIACION PAGO PROVEEDORES CAM RDLey 4/2012

428.537,30 428.537,30 EURIB. 90 5,35 0,69 40,00 6,04 22-may-12 22-may-22

2012 / 1 /63-12

PTMO FONDO FINANCIACION PAGO PROVEEDORES BANCO SANTANDERRDLey 4/2012

8.333.149,37 8.333.149,37 EURIB. 90 5,35 0,69 40,00 6,04 22-may-12 22-may-22

2012 / 1 /64-12

PTMO FONDO FINANCIACION PAGO PROVEEDORES CAIXALTEA RDLey 4/2012

472.238,15 472.238,15 EURIB. 90 5,35 0,69 40,00 6,04 22-may-12 22-may-22

2012 / 1 /65-12

PTMO FONDO FINANCIACION PAGO PROVEEDORES CAIXAGALICIA RDLey 4/2012

1.162.169,47 1.162.169,47 EURIB. 90 5,35 0,69 40,00 6,04 22-may-12 22-may-22

2012 / 1 /66-12

PTMO FONDO FINANCIACION PAGO PROVEEDORES BANKINTER RDLey 4/2012

450.330,39 450.330,39 EURIB. 90 5,35 0,69 40,00 6,04 22-may-12 22-may-22

102

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Refª Descripción Capitalnominal

CapitalPendiente

refªinterés

valor dif. int.cuotastrim.

intanual %

INICIO

2012 / 1 /67-12

PTMO FONDO FINANCIACION PAGO PROVEEDORES CAIXABANK (2) RDLey 4/2012

1.578.244,09 1.577.417,88 EURIB. 90 5,35 0,69 40,00 6,04 29-may-12

2012 / 1 /68-12

DEVOLUCIÓN PIE POR LIQUIDACION DEFINITIVA 2008

206.832,42 172.360,34 0,00 0,00 0,00 40,00 0,00 01-ene-12

2012 / 1 /69-12

DEVOLUCIÓN PIE POR LIQUIDACION DEFINITIVA 2009

1.474.698,15 1.278.071,75 0,00 0,00 0,00 40,00 0,00 01-ene-12

-- acumulado existentes 20.020.153,26 41.550.644,05 -- -- -- --

Hipótesis de cálculo:

0,250 MIB. 90

0,250 EURIB. 90

2,110 EURIB. 360

103

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4.2.- Ahorro Bruto / Neto (art. 53 TRLRHL)

-- AHORRO BRUTO / AHORRO NETO (art. 53 TRLRHL) -- --

-- s/ liquid. ppto. 2012, a 31/12 Recaud. Líquida(bruto)

Recaud. Líquidacalcº ahorro

-- -- parciales totales

-- DERECHOS LIQUIDADOS (Recaudación líquida) -- 25.914.357,30

-- Cap. 1.- Impuestos directos 12.680.807,21 --

-- Cap. 2.- Impuestos indirectos 389.116,08 --

-- Cap. 3.- Tasas y otros ingresos 6.192.332,46 --

-- Cap. 4.- Transferencias corrientes 5.472.118,75 --

-- Cap. 5.- Ingresos patrimoniales 1.247.041,99 --

subtotal 25.981.416,49

-- MINORACIONES por ingresos ctes afectados -- --

eco > contribuciones especiales 0,00 --

35000 CONTRIBUCIONES ESPECIALES OBRAS SIN DETERMINAR

0,00 --

35100 CONTRIBUCIONES ESPECIALES SERVICIOS SIN DETERMINAR

0,00 --

eco > otros ingresos corrientes afectados -- --

39600 CANON PLANTA DESALINIZADORA 8.873,61 --

39610 CUOTAS URBANIZACION EN EJECUCION PLANEAMIENTO

0,00 --

39700 CANON POR APROVECHAMIENTOS URBANÍSTICOS. 0,00 --

39701 EXCED. APROVº URBº S. URBANO Y URBANIZ. NO RESIDENCIAL

58.185,58 --

39702 SUSTIT. APROVº URBº S. URBANIZ. RESIDEN., afec VPO

0,00 --

subtotal 67.059,19

cap OBLIG. RECO. para cálcº ahorro neto, cap. 1, 2 y 4, (art. 53.1.pfo. 2 TRLRHL)

-- 23.200.587,24

1 Cap. 1.- Gastos personal 11.583.937,84 --

2 Cap. 2.- Gastos bienes ctes. y serv. 10.737.343,23 --

4 Cap. 4.- Transf. corrientes 879.306,17 --

subtotal 23.200.587,24

MINORACIONES --

"O" financ con remanente líquido de tesorería 0,00

subtotal 0,00

-- CARGA FINª o ANUAL. TCA. AMORTIZ. -- 5.092.521,63

-- AHORRO NETO -- -2.378.751,57

4.3.- Indice de volumen de capital vivo (art. 53.2 TRLRHL)

ÍNDICE VOLUMEN DEL CAPITAL VIVO s/ liq. ppto. 2012

ingresos corrientes liquidados (recaudación líquida) 25.914.357,30

104

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110 % s/ ing. ctes. liquid. (art. 53.2 TRLRHL) 28.505.793,03

SITUACIÓN ANTERIOR A NUEVAS OPERAC DECRÉDITO A CONCERTAR

--

capital vivo corto plazo antes de nuevos préstamos 0,00

capital vivo largo plazo antes de nuevos préstamos 41.550.644,05

total capital vivo 41.550.644,05

índice volumen capital vivo s/ingresos ctes 160,34

SITUACIÓN TRAS NUEVAS OPERAC DE CRÉDITO ACONCERTAR

--

capital vivo corto plazo tras nuevas op crédito 0,00

capital vivo largo plazo tras nuevas op crédito 41.550.644,05

total capital vivo 41.550.644,05

índice volumen capital vivo s/ingresos ctes 160,34

margen endeudamiento final -13.044.851,02

5.- BASES DE EJECUCIÓN DEL PRESUPUESTO

Sección 1ª: DEL PRESUPUESTO GENERAL

1ª.- Presupuesto General del Ayuntamiento de Calp

1.1.- El presupuesto general del Ayuntamiento de Calp constituye la expresióncifrada, conjunta y sistemática de las obligaciones que, como máximo, puede reconocer laentidad, y sus organismos autónomos, y de los derechos que prevean liquidar durante elcorrespondiente ejercicio, así como de las previsiones de ingresos y gastos de lassociedades mercantiles cuyo capital social pertenezca íntegramente a la entidad localcorrespondiente.

1.2.- El Presupuesto General del Ayuntamiento de Calp para el ejercicio 2014* estáintegrado únicamente por el de la Entidad misma.

2ª.- Aprobación, Ejecución, Liquidación y Desarrollo del Presupuesto General.

La aprobación, ejecución y liquidación del Presupuesto General, así como eldesarrollo de la gestión económica general y la fiscalización del mismo, se llevará a cabomediante el cumplimiento de las normas legales, reglamentarias y demás disposiciones decarácter general, que regulan la actividad económica de las Corporaciones Locales, título Xde la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local (en adelanteLRBRL), el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, que aprueba el Texto refundidode la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (en lo sucesivo TRLRHL), el Real Decreto500/1990, de 20 de abril, la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de EstabilidadPresupuestaria y Sostenibilidad Financiera, y la Orden EHA / 4041 / 2004, de 23 denoviembre, por la que se aprueba la Instrucción del Modelo Normal de Contabilidad Local(BOE de 9 de diciembre de 2004), normativa que en todo caso prevalecerá sobre lasprevisiones de las presentes bases que pudieran estar en contradicción con la misma. Seránigualmente de aplicación lo que dispongan otras Leyes específicas de obligadocumplimiento y las adaptaciones previstas en estas Bases de Ejecución. En lo no previsto seaplicará, como norma supletoria, la Ley 47/2003, 26 de noviembre, General Presupuestaria(en lo sucesivo LGP).

3ª.- Vigencia de las Bases de Ejecución del Presupuesto.

3.1.- De conformidad con lo establecido en el artículo 9.1 del Real Decreto 500/1990de 20 de abril, estas Bases sólo estarán en vigor durante la vigencia del Presupuesto

105

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General correspondiente al presente ejercicio y, en su caso, durante la prórroga del mismo.

3.2.- Las mismas contienen la adaptación de las disposiciones generales en materiapresupuestaria a la organización y circunstancias propias de esta Entidad, así comoaquellas otras precisas para la acertada gestión económica del presente ejercicio.

Sección 2ª: DE LOS CREDITOS DEL PRESUPUESTO.

4ª.- Estructura presupuestaria.

4.1. De conformidad con la Orden EHA/3565/2008, de 3 de diciembre, del Ministeriode Economía y Hacienda, por la que se aprueba la estructura de los presupuestos de lasentidades locales, los Estados de Ingresos y Gastos del Presupuesto municipal se ordenan,por programas, y por categorías económicas, cuyos códigos y criterios de clasificación seincorporan como Anexo a estas Bases, aprobándose con ellas.

4.2. La aplicación presupuestaria queda definida por la conjunción de lasclasificaciones de programa y económica, constituyendo la unidad sobre la que se efectuaráel registro contable de los créditos y sus modificaciones, así como las operaciones deejecución del gasto.

El texto que acompaña a los códigos (económico y de programas) no es relevante enel registro contable de los créditos o sus modificaciones y la gestión del gasto.

5ª.- Registro contable.

El registro contable de los créditos, de sus modificaciones y de las operaciones deejecución del gasto, se realizarán sobre la aplicación presupuestaria antes de fin de año.

Ello no obstante, y al objeto de que el grado de ejecución del presente presupuestose refleje lo más fielmente posible en la contabilidad, cabrá contabilizar dentro delpresupuesto del año ya finalizado las facturas correspondientes a gastos debidamentedispuestos dentro de dicho ejercicio que sean presentadas al cobro en el registro de facturasde la Intervención municipal hasta el día 15 de enero del año siguiente.

El control fiscal se realizará al nivel de vinculación establecido en la Basecorrespondiente.

6ª.- Vinculación de los créditos.

6.1.- Los créditos autorizados tienen carácter limitativo y vinculante al nivel que seestablece en los párrafos siguientes, no pudiéndose adquirir compromisos por cuantíasuperior a los mismos, siendo nulos de pleno derecho las resoluciones o acuerdos queinfrinjan esta norma.

6.2.- La vinculación jurídica de los créditos se establece con el alcance siguiente:

económico denominación

NIVELVINCULAC.

ECONOMICA(dígitos)

NIVELVINCULAC.PROGRAMA

(dígitos)

I GASTOS DE PERSONAL 1 1

100 a 133 Conceptos varios 1 1

127CONTRIBUCIONES A PLANES Y FONDOS DE PENSIONES FUNCIONARIOS.

3 1

137CONTRIBUCIONES A PLANES Y FONDOS DE PENSIONES PERS. LABORAL

3 1

143Otro personal (colab. social, fomento empleoy otros)

3 1

106

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150 Productividad 3 1

151 Gratificaciones 3 1

152 OTROS INCENTIVOS AL RENDIMIENTO. 3 1

16000 SEGURIDAD SOCIAL 5 1

162 GASTOS SOCIALES DEL PERSONAL. 3 1

II GASTOS BIENES CTES Y SERV. 7 3

20 ARRENDAMIENTOS Y CÁNONES. 7 4

27GASTOS IMPREVISTOS Y FUNCIONES NO CLASIFICADAS.

7 4

227TRABAJOS REALIZADOS POR OTRAS EMPRESAS.

7 4

27GASTOS IMPREVISTOS Y FUNCIONES NO CLASIFICADAS.

7 4

III GASTOS FINANCIEROS 1 1

IV TRANSF. CORRIENTES 7 4

VI INVERSIONES REALES 7 4

VII TRANSF. DE CAPITAL 7 4

VIII ACTIVOS FINANCIEROS 7 4

IX PASIVOS FINANCIEROS 1 1

Las aplicaciones presupuestarias que se señalan como ampliables en estas bases,se declaran vinculadas en sí mismas.

Cuando se pretenda imputar gastos a una aplicación presupuestaria no abierta encontabilidad por no contar con dotación presupuestaria y siempre que el concepto seencuentre abierto y exista crédito en el nivel de vinculación jurídica al que pertenezca laaplicación presupuestaria a la que se pretende imputar el gasto, no se requerirá tramitarexpediente de modificación de créditos; si bien, en el primer documento contable que setramite con cargo a tal aplicación presupuestaria, se hará constar tal circunstancia, mediantediligencia en lugar visible que indique “ primera operación imputada al concepto…”. (Regla 3de la Circular de la IGAE núm. 2 de 11 de marzo de 1.985).

7ª.- Principio de devengo

Con cargo a los créditos del estado de gastos sólo podrán contraerse obligacionesderivadas de adquisiciones, obras, servicios y demás prestaciones o gastos en general quese realicen en el año natural del propio ejercicio, salvo en los casos que prevé el artículo176.2 TRLRHL, en relación con el artículo 26.2 del R.D. 500/90, de 20 de abril.

8ª.- Clasificación por programas.

Será la siguiente, en aplicación de las previsiones de la Orden EHA / 4041 / 2004, de23 de noviembre, por la que se aprueba la Instrucción del Modelo Normal de ContabilidadLocal:

Áreagasto

Políticade gasto

Grºprograma

Subgrºprograma

Denominación

1 -- -- -- SERVICIOS PÚBLICOS BÁSICOS.

-- 13 -- -- Seguridad y movilidad ciudadana.

-- -- 130 1300 Administración General de la Seguridad y Protección Civil.

-- -- 132 1320 Seguridad y Orden Público.

-- -- 133 1330 Ordenación del tráfico y del estacionamiento.

107

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Áreagasto

Políticade gasto

Grºprograma

Subgrºprograma

Denominación

-- -- 134 1340 Protección civil .

-- -- 135 1350 Servicio de extinción de incendios.

-- 15 -- -- Vivienda y urbanismo.

-- -- 150 1500 Administración General de Vivienda y urbanismo.

-- -- 151 1510 Urbanismo.

-- -- 152 1520 Vivienda .

-- -- 153 1530 Acceso a la vivienda.

-- -- 154 1540 Fomento de la edificación protegida.

-- -- 155 1550 Vías públicas.

-- 16 -- -- Bienestar comunitario .

-- -- 161 1610 Saneamiento, abastecimiento y distribución de aguas.

-- -- 162 1620 Recogida, eliminación y tratamiento de residuos.

-- -- 163 1630 Limpieza viaria.

-- -- 164 1640 Cementerio y servicios funerarios.

-- -- 165 1650 Alumbrado público.

-- -- 169 1690 Otros servicios de bienestar comunitario.

-- 17 -- -- Medio ambiente.

-- -- 170 1700 Administración general del medio ambiente.

-- -- 171 1710 Parques y jardines.

-- -- 172 1720 Protección y mejora del medio ambiente.

-- -- 172 1721 Playas

-- -- 179 1790 Otras actuaciones relacionadas con el medio ambiente .

2 -- -- -- ACTUACIONES DE PROTECCIÓN Y PROMOCIÓN SOCIAL.

-- 21 -- -- Pensiones.

-- -- 211 2110 Pensiones.

-- 22 -- -- Otras prestaciones económicas a favor de empleados.

-- -- 221 2210 Otras prestaciones económicas a favor de empleados.

-- 23 -- -- Servicios Sociales y promoción social.

-- -- 230 2300 Administración General de servicios sociales.

-- -- 231 2310 Acción social.

-- -- 232 2320 Promoción social.

-- -- 232 2321 Promocion de la mujer

-- -- 232 2322 Sin contenido

-- -- 232 2323 Promocion y servicios a la juventud

-- -- 232 2324 Promoción y servicios a la tercera edad

-- -- 233 2330 Asistencia a personas dependientes.

-- -- 233 2331 Centro ocupacional

-- 24 -- -- Fomento del Empleo.

-- -- 241 2410 Fomento del Empleo.

3 -- -- -- PRODUCCIÓN DE BIENES PÚBLICOS DE CARÁCTER PREFERENTE.

-- 31 -- -- Sanidad.

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Áreagasto

Políticade gasto

Grºprograma

Subgrºprograma

Denominación

-- -- 312 3120 Hospitales, servicios asistenciales y centros de salud.

-- -- 313 3130 Acciones públicas relativas a la salud.

-- -- 313 3131 Perrera municipal

-- 32 -- -- Educación.

-- -- 320 3200 Administración general de educación.

-- -- 321 -- Educación preescolar y primaria

-- -- 321 3210 Educación preescolar

-- -- 321 3211 Educación primaria.

-- -- 322 3220 Enseñanza secundaria.

-- -- 323 3230 Promoción educativa.

-- -- 324 3240 Servicios complementarios de educación.

-- -- 324 3241 Escola de Música i Dança / Conservatori

-- 33 -- -- Cultura.

-- -- 330 3300 Administración General de Cultura.

-- -- 332 3320 Bibliotecas y Archivos.

-- -- 333 3330 Museos y Artes Plásticas.

-- -- 334 3340 Promoción cultural.

-- -- 334 3341 Promocion y fomento del valenciano

-- -- 335 3350 Artes escénicas.

-- -- 336 3360 Arqueología y protección del Patrimonio Histórico-Artístico.

-- -- 337 3370 Ocio y tiempo libre

-- -- 338 3380 Fiestas populares y festejos.

-- 34 -- -- Deporte.

-- -- 340 3400 Administración General de Deportes.

-- -- 341 3410 Promoción y fomento del deporte.

-- -- 342 3420 Instalaciones deportivas.

4 -- -- -- ACTUACIONES DE CARÁCTER ECONÓMICO.

-- 41 -- -- Agricultura, Ganadería y Pesca.

-- -- 410 4100 Administración General de Agricultura, Ganadería y Pesca.

-- -- 412 4120 Mejora de las estructuras agropecuarias y de los sistemas productivos.

-- -- 414 4140 Desarrollo rural.

-- -- 415 4150 Protección y desarrollo de los recursos pesqueros.

-- -- 419 4190 Otras actuaciones en agricultura, ganadería y pesca.

-- 42 -- -- Industria y energía.

-- -- 420 4200 Administración General de Industria y energía.

-- -- 422 4220 Industria.

-- -- 423 4230 Minería.

-- -- 425 4250 Energía.

-- 43 -- -- Comercio, turismo y pequeñas y medianas empresas.

109

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Áreagasto

Políticade gasto

Grºprograma

Subgrºprograma

Denominación

-- -- 430 4300 Administración General de Comercio, turismo y pequeñas y medianas empresas.

-- -- 431 4310 Comercio.

-- -- 432 4320 Ordenación y promoción turística.

-- -- 433 4330 Desarrollo empresarial.

-- -- 439 4390 Otras actuaciones sectoriales.

-- 44 -- -- Transporte público.

-- -- 440 4400 Administración general del transporte.

-- -- 441 4410 Promoción, mantenimiento y desarrollo del transporte.

-- -- 442 4420 Infraestructuras del transporte.

-- 45 -- -- Infraestructuras.

-- -- 450 4500 Administración General de Infraestructuras.

-- -- 452 4520 Recursos Hidráulicos.

-- -- 453 4530 Carreteras .

-- -- 454 4540 Caminos vecinales.

-- -- 459 4590 Otras infraestructuras.

-- 46 -- -- Investigación, desarrollo e innovación.

-- -- 462 4620 Investigación y estudios relacionados con los servicios públicos.

-- -- 463 4630 Investigación científica, técnica y aplicada.

-- 49 -- -- Otras actuaciones de carácter económico.

-- -- 491 4910 Sociedad de la información.

-- -- 491 4911 Radio Calp

-- -- 492 4920 Gestión del conocimiento.

-- -- 493 4930 Oficinas de defensa al consumidor.

9 -- -- -- ACTUACIONES DE CARÁCTER GENERAL.

-- 91 -- -- Órganos de gobierno.

-- -- 912 9120 Órganos de gobierno.

-- 92 -- -- Servicios de carácter general.

-- -- 920 9200 Administración General .

-- -- 920 9201 Administración general financiera y tributaria.

-- -- 922 9220 Coordinación y organización institucional de las entidades locales.

-- -- 923 9230 Información básica y estadística.

-- -- 924 9240 Participación ciudadana

-- -- 925 9250 Atención a los ciudadanos.

-- -- 926 9260 Comunicaciones internas.

-- -- 929 9290 Imprevistos y funciones no clasificadas.

-- 93 -- -- Administración financiera y tributaria.

-- -- 931 9310 Política económica y fiscal.

-- -- 932 9320 Gestión del sistema tributario.

-- -- 933 9330 Gestión del patrimonio.

-- -- 934 9340 Gestión de la deuda y de la tesorería.

-- 94 -- -- Transferencias a otras Administraciones Públicas.

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Áreagasto

Políticade gasto

Grºprograma

Subgrºprograma

Denominación

-- -- 941 9410 Transferencias a Comunidades Autónomas.

-- -- 942 9420 Transferencias a Entidades Locales territoriales.

-- -- 943 9430 Transferencias a otras Entidades Locales.

-- -- 944 9440 Transferencias a la Administración General del Estado.

0 -- -- -- DEUDA PÚBLICA.

-- 01 -- -- Deuda Pública.

-- -- 011 0110 Deuda Pública.

Sección 3ª: MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS

9ª.- Crédito extraordinario y suplemento de crédito.

9.1.- Cuando haya de realizarse cualquier gasto que no pueda demorarse hasta elpróximo ejercicio y no exista crédito en el Presupuesto o sea insuficiente y no ampliable elconsignado, el Presidente ordenará la incoación del expediente de concesión de créditoextraordinario, en el primer caso, o de suplemento de crédito en el segundo.

9.2.- El expediente a que se refiere el párrafo anterior se ajustará en su tramitación alo previsto en el artículo 177 TRLRHL, y 35 a 38 del Real Decreto 500/90, de 20 de abril.

9.3.- Los créditos extraordinarios y suplementos de crédito se podrán financiarindistintamente con alguno o algunos de los siguientes recursos:

a) Remanente líquido de Tesorería.

b) Nuevos o mayores ingresos recaudados sobre los totales previstos en algúnconcepto del presupuesto corriente. En este caso, deberán justificarse con informede Intervención que el resto de los ingresos vienen efectuándose con normalidad, porlo que es presumible cumplir las previsiones presupuestarias.

c) Mediante anulaciones o bajas de créditos de otras partidas del presupuesto nocomprometidas, cuyas dotaciones se presuma puedan reducirse sin perturbación delcorrespondiente ejercicio.

d) Excepcionalmente podrá recurrirse a operaciones de crédito para financiar nuevoso mayores gastos por operaciones corrientes, a tenor de lo previsto en el apartado 5ºdel artículo 158 antes citado y de acuerdo con las formalidades que se establecen enel artículo 36.3 del Real Decreto 500/90, de 20 de abril.

10ª.- Transferencias de crédito.

10.1.- De acuerdo con lo que se establece en el artículo 179 del Real DecretoLegislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la LeyReguladora de las Haciendas Locales (TRLRHL), y arts. 40 a 42 del Real Decreto 500/90 de2 de abril, se regula como sigue el régimen de modificaciones presupuestarias cuando serecurre a las transferencias de crédito como medio de financiación de las mismas:

1. Si la transferencia se realiza entre aplicaciones presupuestariaspertenecientes a distintas áreas de gasto, la aprobación de la mismacorresponderá al Pleno, y su tratamiento se acomodará a las formalidadesprevistas para la aprobación del Presupuesto General en los artículos 169 a171 del TRLRHL, en relación con el artículo 40.3 del Real Decreto 500/90 de20 de abril.

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Se excepcionan de dicha regla las transferencias que se realicen desde elárea de gasto 9 (actuaciones de carácter general) a cualquier otra área degasto, y viceversa, dado el carácter residual de dicha área de gasto, así comoaquellos casos puntuales en que el programa de gasto sea equiparable y sejustifique debidamente en el expediente.

2. Cuando la transferencia se produzca entre aplicaciones presupuestariasintegradas en una misma área de gasto será aprobada por el Alcalde siendode inmediato ejecutiva.

3. Si la transferencia que se propone supone únicamente incremento de créditosde personal, aunque pertenezcan a distinta área de gasto los créditos que seminoran, seguirá la misma tramitación y formalidades que las reguladas en elapartado anterior.

10.2.- Las transferencias de crédito de cualquier clase estarán sujetas a laslimitaciones que se determinan en el artículo 41 del Real Decreto 500/90, de 20 de abril.

Ello no obstante, al amparo del art. 41.2 RD 500/1990, cabrá minorar créditos quepreviamente hayan sido incrementados, así como incrementar créditos que hayan sidominorados, cuando se considere que el supuesto corresponde a situaciones calificablescomo programas de imprevistos, previo dictamen favorable de dicha consideración por laComisión Informativa Municipal de Hacienda.

10.3.- En todo expediente de transferencia de crédito deberá figurar el informe delInterventor sobre la procedencia del mismo y formalidades a las que habrá de ajustarse, atenor de lo establecido anteriormente.

11ª.- Ampliación de crédito.

11.1.- De conformidad con el art. 39 del RD 500/90, se considerará Ampliación decrédito la modificación al alza del Presupuesto de Gastos que se traduce en el aumento decrédito presupuestario en alguna de las partidas declaradas ampliables expresa ytaxativamente en esta Base, como consecuencia de haberse producido el compromiso deingreso o el reconocimiento del derecho de un ingreso específico afectado que excede de laconsignación prevista en el correspondiente subconcepto de ingresos.

11.2.- Se considerarán partidas de crédito ampliables todas las del presupuesto degastos, con las particularidades siguientes:

1. Las partidas con posible financiación a través de subvenciones o ayudaseconómicas previstas en el Capítulo IV-TRANSFERENCIAS CORRIENTESdel presupuesto de ingresos solo serán ampliadas cuando los recursosafectados obtenidos superen las previsiones de ingresos en los distintossubconceptos de dicho capítulo.

El importe de la ampliación se fijará sobre la base del exceso de los ingresosreconocidos (ingreso, compromiso de ingreso, reconocimiento de derecho)respecto de los previstos en el Presupuesto.

11.3.- Para proceder a las ampliaciones de los créditos será necesario acreditar elefectivo ingreso, compromiso de ingreso o reconocimiento de mayores derechos sobre losprevistos en los subconceptos del Presupuesto de Ingresos afectados al crédito que sedesea ampliar, en base a la documentación adecuada en cada supuesto.

11.4.- El expediente que regule la ampliación de crédito, deberá especificar el recursoque financiará el mayor gasto y la efectividad del mismo y exigirá informe previo de laIntervención; el expediente se aprueba por el Alcalde, siendo ejecutivo sin más,procediéndose a efectuar las modificaciones previstas, a través del soporte documental

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correspondiente.

11.5.- La obtención de financiación mediante ingresos afectados para la realizaciónde todo o parte de los gastos de inversiones (Cap. 6) o transferencias de capital (Capº 7)previstos en el plan cuatrienal de inversiones, se instrumentará contablemente mediante lainstrucción del correspondiente expediente de ampliación de crédito por importe del valor dela financiación obtenida. Si se trata de gastos financiados con contribuciones especiales ocuotas de urbanización se requerirá la existencia de acuerdo de imposición y ordenación, ode cuenta de liquidación provisional, respectivamente.

12ª.- Generación de crédito.

Se regirá por lo previsto en el art. 43 del RD 500/90.

En ningún caso se generará crédito cuando en el presupuesto de ingresos estéprevista la existencia de ingresos por las operaciones del art. 43.1 RD 500/90, hasta tantono se superen dichas previsiones de ingresos.

Para proceder a la generación de crédito se incoará el correspondiente expedientecon el informe de Intervención, el cual se aprobará por orden de la Alcaldía, siendoinmediatamente ejecutivo.

13ª.- Incorporación de remanentes.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 47 del Real Decreto 500/90, de 20 deabril, podrán ser incorporados a los correspondientes créditos del presente presupuesto losremanentes de crédito no utilizados en el ejercicio anterior, en las condiciones y con lasformalidades previstas en el artículo 182 TRLRHL, y de acuerdo con lo establecido en estaBase:

1. Todos aquellos que al cierre del ejercicio se encuentren en fase D, a no serque la Corporación acuerde lo contrario.

2. Aquellos que, aunque no hayan sido dispuestos, se refieran a inversiones(operaciones de capital, capítulos VI y VII).

Los remanentes incorporados sólo podrán ser utilizados durante el presente ejercicio,de acuerdo con lo que se establece en el apartado 4º del artículo 47 antes citado.

Al final del ejercicio se procederá a la anulación de los remanentes incorporados y noutilizados.

En el caso de incorporación de remanentes de crédito para gastos con financiaciónafectada, se estará a lo establecido en el artículo 48.3 del Real Decreto 500/90, de 20 deabril.

El expediente que se incoe para la incorporación de remanentes, deberá incluir elinforme de Intervención sobre la posibilidad de financiación y demás extremos a que sealuden en párrafos anteriores, siendo de inmediato ejecutivo previo Decreto de Alcaldía.

Sección 4ª: EJECUCION Y LIQUIDACION.

14ª.- Fases de ejecución del presupuesto de gastos.

La gestión de los créditos incluidos en el estado de gastos del Presupuesto Generalse realizará en las siguientes fases:

1.- Autorización del gasto.

2.- Disposición o Compromiso del gasto.

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3.- Reconocimiento y liquidación de la obligación.

4.- Ordenación del pago.

Dichas fases tendrán el carácter y contenido concretado en los artículos 54 y ss. delR.D. 500/90.

15ª.- Fases acumuladas.

No obstante, en los casos en que por la Alcaldía se juzgue oportuno, en orden a laeconomía y agilidad administrativa, que un mismo acto administrativo de gestión delPresupuesto de gastos podrá abarcar más de una fase de ejecución (AD-ADO), produciendoel acto administrativo que se acumule los mismos efectos que si se acordaren en actosseparados.

16ª.- Especialidades en la realización del gasto

16.1.- Gastos de protocolo y representación.

1. Se consideran gastos de protocolo y representación imputables al subconcepto226.01 “Atenciones protocolarias y representativas” aquellos que, redundando en beneficio outilidad del Ayuntamiento, y no suponiendo retribuciones en metálico o en especie, elAlcalde, Tenientes de Alcalde y demás miembros de la Junta de Gobierno, considerenoportuno realizar en el desempeño de sus funciones institucionales.

Tendrán idéntica consideración aquellos gastos correspondientes a pequeñasatenciones y regalos de detalle que se efectúen por el Alcalde, Tenientes de Alcalde y demásmiembros de la Junta de Gobierno, a visitantes foráneos, ciudadanos u organizacioneslocales. En todo caso deberá señalarse la causa individualizada que justifica el gasto.

En los supuestos de celebraciones en restaurantes o similares, el gasto medio porcomensal no podrá superar los 20,00 euros, IVA incluido.

2. Todos los gastos deberán acreditarse con facturas u otros justificantes originales,formando la cuenta justificativa y deberán acompañarse de una Memoria suscrita por elresponsable del gasto, en la que se indique sucintamente el motivo, el número de personasparticipantes, y la expresión de que el gasto se produce como consecuencia de actos deprotocolo o de representación.

16.2.- Gastos de funcionamiento de la Alcaldía

1.- Se considerarán gastos de funcionamiento de la Alcaldía aquellos que por lamisma se considere que resultan necesarios para posibilitar el normal desarrollo de lastareas propias de la misma, que no puedan ser considerados como gastos de protocolo yrepresentación, y que no sean imputables a otros subconceptos específicos de gastos delpresupuesto.

2.- Tendrán igualmente dicha consideración los gastos que individualmenteconsiderados no tengan relevancia cuantitativa, y que resultan acordes con los usossociales, tales como pequeños desplazamientos, comidas informales de trabajo, pequeñasatenciones a visitas o personas por celebraciones sociales, y similares. En todo caso, en lossupuestos de comidas de trabajo, el importe medio por comensal no podrá sobrepasar elimporte de 12,00 euros, IVA incluido, por comensal.

3.- La justificación de tales gastos deberá efectuarse mediante facturas u otrosjustificantes originales, detallando la finalidad del gasto realizado y, en su caso, el número depersonas participantes en la generación del mismo, debiendo constar en todo caso el vistobueno de la Alcaldía.

16.3.- Requisitos de las facturas.

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Las facturas pasadas al cobro, para ser pagadas, además de ser firmadas por elresponsable del servicio, deberán contener como mínimo, los siguientes datos:

1. Identificación de la Entidad ( nombre, NIF).

2. Nombre del proveedor o contratista con su NIF correspondiente.

3. Número y fecha de la factura.

4. Descripción suficiente de la prestación efectuada (obra, servicio o suministro),con especificación de numero de unidades y sus precios correspondientes.

5. En su caso, número de expediente de contratación o número de reserva decrédito en contabilidad.

6. Importe de la factura, separando la base imponible del IVA, el tipo impositivo,importe del IVA y precio total.

17ª.- Competencias en la ejecución del gasto.

La competencia para los gastos que se contemplan en el Presupuesto General la tendrán, según sea la fase de gasto, los órganos siguientes:

17.1.- Propuestas de Gastos:

La facultad de presentar propuestas de gastos corresponden al Alcalde y Concejales con responsabilidades de gobierno.

17.2.- Retención de Crédito:

Todo gasto exigirá, en general, su intervención previa mediante la emisión por parte de la Intervención municipal de la correspondiente retención de crédito.

17.3.- Autorización y Disposición:

Cuando la financiación fijada no reúna las exigencias previstas el art. 173.6 TRLRHL,el crédito presupuestario quedará, en lo que pueda exceder en su caso de la financiaciónprevista no correspondiente a ingresos ordinarios, en situación de no disponibles tras laapertura contable del presupuesto, para lo que por la Intervención municipal se practicará lacorrespondiente Retención de Crédito de No Disponibilidad.

17.3.1.- Competencias en el gasto.

El Pleno, por delegación del Alcalde, será el órgano competente para aquellascontrataciones en los que el importe del gasto a satisfacer por el Ayuntamiento, o el delimporte a ingresar al Ayuntamiento, sobrepase los 75.000 euros.

Se mantendrán en lo demás las previsiones en materia de contratación del vigenteTexto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.

La tramitación del correspondiente expediente administrativo previo, en lostérminos previstos en el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, seráobligatoria para todo gasto superior a 5.500,00 euros, IVA incluido.

Para los gastos de importe inferior al citado, aunque excluidos de intervención críticao previa, deberá solicitarse de los servicios de la intervención municipal la expedición dedocumento RC de retención del crédito correspondiente al gasto efectuado.

Aquéllos gastos de suministros cuyo importe en cómputo anual se prevea superiora dicha cantidad exigirán igualmente la tramitación de dicho expediente administrativo previo

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de contratación, excepción hecha de gastos relativos a servicios de suministros eléctricos,de agua, telefónicos o similares, así como gastos de suministros de materiales de obra ypequeño material de ferretería, pinturas y similares, prensa, farmacia y similares, para losque no se requerirá la tramitación de dicho expediente por razones de mera operatividad.

17.4.- Reconocimiento y liquidación de obligaciones derivadas de los compromisosde gastos:

En los casos de certificaciones de obras mayores, corresponderá al órgano quehubiera llevado a cabo la contratación correspondiente, excepción hecha de contratacionesefectuadas por el Pleno para las cuales, como norma general, queda delegada dichacompetencia en la Junta de Gobierno Local.

En los demás casos y como norma general, corresponderá al Alcalde medianteDecreto en el que deberá constar relación nominal de proveedores, facturas e importescorrespondientes a los gastos reconocidos y liquidados.

17.5.- Ordenación de pagos de las obligaciones previamente reconocidas:

Corresponderá al Alcalde o Concejal Delegado.

Operaciones negativas: Serán competentes los mismos órganos que lo fueron para realizar la operación que se pretende anular.

17.6.- Reconocimiento extrajudicial de créditos.

Podrán ser imputadas al presupuesto de gastos del ejercicio corriente todas aquellasobligaciones que nazcan y se reconozcan en base a la doctrina del enriquecimiento injusto,previa tramitación del correspondiente expediente de reconocimiento extrajudicial decréditos.

En el expediente instruido deberá acreditarse que tales obligaciones, que podrán serde cualquier naturaleza (obras, servicios, suministro u otras), han sido efectivamenterealizadas, sea en el ejercicio corriente o en ejercicios cerrados, y concurren circunstanciasque determinan que las mismas no han sido debidamente adquiridas.

El reconocimiento extrajudicial de créditos corresponderá al Pleno, en todo caso.

Cuando el reconocimiento extrajudicial de un crédito no comporte su pago con cargoal presupuesto en el que dicho reconocimiento se produzca, el presupuesto de la anualidadsiguiente deberá recoger obligatoriamente el crédito necesario para la satisfacción delmismo.

El reconocimiento extrajudicial de obligaciones por importe superior al consideradocomo correspondiente a contrato menor determinará la exigencia de depósito del 5 por 100del importe reconocido, como garantía definitiva aplicable a la contratación de hecho llevadaa cabo.

18ª.- Del personal municipal.

18.1.- Las retribuciones al personal se efectuarán de acuerdo con las previsiones delpresente presupuesto, en aplicación de la normativa vigente y los acuerdos sobrecondiciones económicas del personal funcionario y convenio colectivo para el personallaboral aprobados en su caso por el Pleno.

18.2.- Las retribuciones básicas y complementarias que se devenguen con carácterfijo y periodicidad mensual, se harán efectivas por mensualidades completas y conreferencia a la situación y derecho del funcionario el primer día hábil del mes a quecorrespondan.

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18.3.- El complemento de productividad retribuirá el especial rendimiento, la actividadextraordinaria o el interés e iniciativa con que se presupone que el personal desempeña sutrabajo, salvo justificación en contrario, dentro de los créditos presupuestarios globalesprevistos a tal fin.

El complemento de productividad en ningún caso supondrá adquisición de derechosen cuanto a la periodicidad y cuantía en su devengo, que se regirá en todo caso por lasdisposiciones administrativas de aplicación general sobre el mismo.

La productividad del personal municipal se regirá de manera común para el personalfuncionario y laboral por las disposiciones que al respecto establezca la normativa vigentepara el personal funcionario.

La productividad general se abonará de acuerdo con el Plan de Productividad aelaborar por el Ayuntamiento para el ejercicio, y previo Decreto de la Alcaldía fijandodestinatarios y cuantías.

Como norma general la productividad atribuible por el Plan de Productividad a cadabeneficiario no podrá superar el 15 por 100 del sueldo base anual del mismo en elejercicio, salvo que por la aplicación de este Plan resultase un porcentaje mayor que enningún caso, sumando la productividad general con la adicional que pudiera haber percibido,sea superior al 30% del sueldo base anual.

La productividad adicional se abonará discrecionalmente por la Alcaldía, debiendojustificarse en todo caso en el acuerdo de concesión la causa de su abono.

18.4.- El complemento específico podrá desagregarse por los conceptos señaladosen el art. 4.1 del R.D. 861/4986 de 25 de abril, por el que se establece el régimen de lasretribuciones de los funcionarios de Administración Local, instruido que sea elcorrespondiente expediente cuya aprobación corresponderá al Pleno.

18.5.- En los siguientes casos se liquidarán por días los haberes del personalfuncionario o laboral:

1. En el mes de toma de posesión del primer destino, en el de reingreso alservicio activo y en el de incorporación por conclusión de licencias sinderecho a retribución.

2. En el mes de iniciación de licencias sin derecho a retribución.

3. En el mes en que se cese en el servicio activo, salvo que sea por motivos defallecimiento, jubilación o retiro.

18.6.- Las pagas extraordinarias de los funcionarios se devengarán al día uno de losmeses de junio y diciembre, con referencia a la situación y derecho del funcionario en dichasfechas, salvo los siguientes casos:

1. Cuando el tiempo de servicios prestados hasta el día en que se devengue lapaga extraordinaria no comprenda la totalidad de los seis meses inmediatosanteriores a los meses de junio o diciembre, el importe de la pagaextraordinaria se reducirá proporcionalmente, computando cada mes naturalcompleto y día por un sexto y un ciento ochentavo, respectivamente, delimporte de la paga extraordinaria que en la fecha de su devengo hubieracorrespondido por un período de seis meses, teniendo en cuenta que, si lasuma de los días de los meses incompletos fuera treinta o superior, cadafracción de treinta se considerará como un mes completo.

2. El personal en servicio activo con licencia sin derecho a retribución,devengarán pagas extraordinarias en las fechas indicadas pero su cuantía

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experimentará la correspondiente reducción proporcional.

3. En el caso de cese en el servicio activo, la última paga extraordinaria sedevengará el día del cese y con referencia a la situación y derechos delfuncionario en dicha fecha, pero en cuantía proporcional a tiempo de serviciosefectivamente prestados, salvo que el cese sea por jubilación, fallecimiento oretiro de los funcionarios a que se refiere el apartado c) del número anterior,en cuyo caso los días del mes en que se produce dicho cese se computaráncomo un mes completo.

4. Si el cese en el servicio activo se produce durante el mes de diciembre, laliquidación de la parte proporcional de la paga extraordinaria correspondientea los días transcurridos de dicho mes se realizará de acuerdo con las cuantíasde las retribuciones básicas vigentes en el mismo.

18.7.- Los derechos de los funcionarios por razón de aumentos graduales sedevengarán a contar de la fecha que reglamentariamente proceda.

18.8.- La Alcaldía resolverá de oficio sobre el derecho del personal a percibir trienios,teniendo efectos económicos desde el primer día del mes siguiente a su devengo.

18.9.- La contratación del personal laboral temporal se efectuará de conformidadcon las Bases reglamentariamente aprobadas.

18.10.- Cuando en las Leyes de Presupuestos Generales del Estado o normativaanáloga se limite la contratación de personal temporal, o el nombramiento de personalestatutario temporal, de funcionarios interinos o de nombramientos por mejora del empleo ala circunstancia de estarse ante casos excepcionales y para cubrir necesidades urgentes einaplazables restringidas a los sectores, funciones y categorías profesionales que seconsideren prioritarios o que afecten al funcionamiento de los servicios públicos esenciales,o circunstancias análogas, corresponderá al Alcalde la apreciación de dichas circunstancias,que en todo caso deberán justificarse debidamente en el expediente.

Se entenderá que concurren la circunstancia de estarse ante casos excepcionales enlos supuestos siguientes:

a) Personal laboral temporal señalado en con tal carácter en el presupuesto municipal.

b) Situaciones de baja por incapacidad temporal en cualquiera de las plazas ocupadasde la plantilla municipal.

c) Situaciones de excedencia sobrevenida en cualquiera de las plazas ocupadas de laplantilla municipal.

e) Funcionarios interinos o personal laboral temporal, para cubrir plazas vacantes en laplantilla municipal.

e) Personal laboral temporal, para contratos de relevo en la jubilación parcial delpersonal.

En todos los casos anteriores deberá justificarse en el expediente instruido que se tratade cubrir necesidades urgentes e inaplazables, y para sectores, funciones y categoríasprofesionales que se consideran prioritarios o que afecten al funcionamiento de los serviciospúblicos esenciales.

La contratación o nombramiento, según proceda, de este personal se efectuará previarealización de convocatoria pública en los términos previstos en las Bases de selección depersonal aprobadas por este Ayuntamiento y demás normativa de aplicación, con cargo a lasaplicaciones de gastos a tal efecto previstas en el presupuesto vigente.

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19ª.- Indemnizaciones por razón del servicio.

Las indemnizaciones por razón del servicio se ajustarán a los importes previstos enel Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, la Orden EHA/3770/2005. De 1 de diciembre, y ala Resolución de 2 de diciembre de 2005, de la Secretaría de Estado de Hacienda yPresupuestos, o normativa estatal que la sustituya o desarrolle.

Se considerarán pertenecientes al Grupo I todos los miembros de la Corporación.

Cuando se trate de asistencia a ferias de turismo o a otros eventos a los que acudael Ayuntamiento, tales indemnizaciones se acomodarán, en su caso, a los gastos aprobadospor el mismo con dicha finalidad.

La justificación de indemnizaciones se efectuará de acuerdo con las reglassiguientes:

Locomoción: Se adjuntarán siempre los billetes de avión, autobús, tren, taxi,etc., incluso en el supuesto de que exista una factura de agencia de viajes. Sise realiza en coche particular, se indicará número de matrícula.

Manutención: no es necesario presentar justificantes.

Alojamiento: es necesario adjuntar factura, o bien del hotel, o bien, de laagencia de viajes.

Otros (gastos de inscripción a congresos, cursos, etc, ): deberá adjuntarseuna justificación del gasto, mediante copia del impreso, factura, etc eincluyendo una copia del pago realizado mediante justificante bancario.

En todos los casos, se abonarán los gastos con el límite de los máximosfijados en el Real Decreto 462/2002.

20ª.- Anticipos reintegrables de personal

20.1.- Se podrán concederán anticipos reintegrables a los funcionarios y personallaboral, dentro de los límites de consignación presupuestaria que señale el vigentepresupuesto y en los términos que señale la normativa administrativa de aplicación.

20.2.- Para la concesión de un nuevo anticipo, será necesario que el anterior hayasido totalmente cancelado. La concesión de anticipos exigirá igualmente que haya pasado,como mínimo, un plazo de seis meses desde el último descuento en nómina y la fecha deregistro de la nueva solicitud.

20.3.- La concesión de anticipos se hará por la Alcaldía.

20.4.- En el caso de los funcionarios eventuales e interinos y trabajadores laboraleseventuales, será requisito imprescindible la presentación de un aval bancario para el totaldel anticipo solicitado, para que si dejara de prestar servicios antes de la amortización delmismo la Corporación se resarza de la cantidad pendiente de devolución. Para el percibo deestos anticipos será necesario que el trabajador se encuentre de alta en el momento de suabono, no siendo suficiente que lo estuviere en el momento de solicitarlo.

20.5.- El importe máximo del anticipo será el de dos mensualidades de lasretribuciones básicas brutas del grupo C1. La devolución se realizará a razón de 14mensualidades y sólo se podrá conceder un anticipo por año.

20.6.- El criterio para la concesión de los anticipos será el del orden de presentaciónde las solicitudes en el Registro General.

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21ª.- Concertación de operaciones de tesorería

21.1.- La concertación de todo tipo de operaciones de tesorería se efectuará demanera análoga a la concertación de los créditos para inversiones, esto es, sin aplicación delas previsiones de la Ley de Contratos del Sector Público, en orden a la preparación yadjudicación de los oportunos contratos de crédito.

22ª.- Ayudas y subvenciones públicas.

22.1.- Régimen jurídico de las subvenciones.

Las subvenciones que se otorguen por el Ayuntamiento de Calp se regularán por lodispuesto en las correspondientes ordenanzas aprobadas por el Pleno, en su caso, sinperjuicio de la aplicación directa de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General deSubvenciones (en adelante Ley General de Subvenciones) y del Real Decreto 887/2006, de21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley General de Subvenciones, enadelante Reglamento de la Ley General de Subvenciones, en lo no previsto en aquéllas.

La presente base se aplicará en defecto de dicha regulación específica, al amparo delo establecido en el artículo 17.2 de la citada Ley.

22.2.- Concepto de subvención.

1. Se entenderá por subvención toda disposición dineraria realizada por elAyuntamiento de Calp a favor de personas públicas o privadas, que cumpla los siguientesrequisitos:

a) Que la entrega se realice sin contraprestación directa de los beneficiarios.

b) Que la entrega esté sujeta al cumplimiento de un determinado objetivo, laejecución de un proyecto, la realización de una actividad, la adopción de uncomportamiento singular, ya realizados o por desarrollar, o la concurrencia de unasituación, debiendo el beneficiario cumplir las obligaciones materiales y formales quese hubieran establecido.

c) Que el proyecto, la acción, conducta, o situación financiada tenga por objeto elfomento de una actividad de utilidad pública o interés social o de promoción de unafinalidad pública.

2. No tendrán la consideración de subvención las aportaciones dinerarias enconcepto de cuotas ordinarias o extraordinarias que realice el Ayuntamiento a favor de lasasociaciones en las que se integre para la protección y promoción de sus interesescomunes.

3. Las subvenciones que se concedan no podrán exceder, aislada o en concurrenciacon otras subvenciones, ingresos o recursos, el coste de la actividad subvencionada. Encaso contrario procederá el reintegro del exceso en los términos establecidos en elReglamento de la Ley General de Subvenciones.

22.3.- Principios generales de la gestión y concesión.

La gestión y concesión de subvenciones deberá realizarse de acuerdo con losprincipios de publicidad, transparencia, concurrencia, objetividad, igualdad y nodiscriminación, eficacia y eficiencia en la asignación y utilización de los recursos públicos.

El importe de las subvenciones no podrá superar, como norma general, el 50% delproyecto, la acción,conducta, o situación financiada a desarrollar por el beneficiario. Ello noobstante, podrá superarse dicho importe en los supuestos siguientes:

Supuesto del art. 232 del Reglamento de Organización y Funcionamiento delas Corporaciones Locales.

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Ayudas a las Comisiones de Fiestas locales.

Ayudas sociales, previo informe en tal sentido de los servicios socialesmunicipales.

Supuestos en los que las subvenciones vengan destinadas a finalidades queel Ayuntamiento deba cumplir por sí mismo de conformidad con la normativavigente.

Otros supuestos en que así lo acuerde la Junta de Gobierno Local, previodictamen favorable de la Comisión Informativa, en favor de personas físicas ojurídicas en la realización de actividades o servicios en los que no medieánimo de lucro.

22.4.- Procedimientos de concesión.

1. Con carácter general, la iniciación del expediente de concesión de la subvencióndeberá llevarse a cabo de oficio mediante convocatoria aprobada por el órgano competente,que desarrollará el procedimiento a seguir para la concesión de las subvenciones, deconformidad con el artículo 23 de la Ley General de Subvenciones.

El procedimiento ordinario de concesión será el de concurrencia competitiva,mediante la comparación de solicitudes al objeto de establecer una prelación entre lasmismas de acuerdo con los criterios de valoración previamente fijados en las basesreguladoras, procediendo a la concesión de aquellas que obtuvieran mayor valoración deconformidad con los citados criterios.

2. La concesión directa podrá utilizarse para la concesión de las siguientessubvenciones:

a) subvenciones previstas nominativamente en el presupuesto municipal de laanualidad, sin posible prórroga.

b) aquellas cuyo otorgamiento o cuantía venga impuesto por una norma de rangolegal y que seguirán el procedimiento que resulte de aplicación de acuerdo a sunormativa.

c) excepcionalmente, aquellas subvenciones en las que se acrediten razones deinterés público, social, económico o humanitario u otras que, debidamentejustificadas, dificulten su convocatoria.

22.5.- Requisitos generales de concesión.

1. Todo expediente de concesión de subvenciones deberá determinar:

a) El objeto de la subvención.

b) Los requisitos que deben cumplir los beneficiarios o entidades colaboradoras, queserán los establecidos en el artículo 13 de la Ley General de Subvenciones, conexpresa exigencia de la circunstancia de encontrarse al corriente en el cumplimientode las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social.

Los requisitos de hallarse al corriente de pago de obligaciones por reintegro desubvenciones y de no estar incurso en el resto de prohibiciones a las que hacereferencia el artículo 13 de la Ley General de Subvenciones, se exigirán mediantedeclaración responsable del beneficiario o entidad colaboradora.

Expedidos dichos certificados o las declaraciones responsables, cuando procediera,tendrán una validez de seis meses a contar desde la fecha de su expedición en elprimer caso o desde la emisión de la declaración en el segundo. Si hubiera caducadoantes de la fecha del reconocimiento de la obligación el beneficiario o entidad

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colaboradora, deberá presentar una certificación o declaración actualizada arequerimiento de los servicios gestores del gasto. Este requisito se exigirá, en todocaso, con carácter previo a la concesión de la subvención.

c) El procedimiento de concesión, en régimen de concurrencia competitiva oconcesión directa.

d) Los órganos competentes para la instrucción y resolución del procedimiento.

e) El plazo de resolución y medios de notificación.

f) Los criterios de valoración.

g) Los gastos subvencionables, que serán los que de manera indubitada respondana la naturaleza de la subvención y se realicen en el plazo que se fije en laconvocatoria o convenio. La convocatoria determinará si se subvencionan gastosindirectos, su naturaleza y su importe o porcentaje en su caso.

h) El plazo y forma de justificación por parte del beneficiario para el cumplimiento dela finalidad para la que se concedió la subvención y de la aplicación de los fondosrecibidos.

i) Cuando la justificación deba realizarse con facturas y demás documentos de valorprobatorio equivalente en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa,obligación de hacer figurar en los justificantes originales el estampillado en lostérminos establecidos en las presentes Bases.

j) La obligación del beneficiario o entidad colaboradora de sujetarse a todas lasactuaciones de comprobación correspondientes y a comunicar al órgano gestorconcedente la obtención de otras ayudas o subvenciones, públicas o privadas, paraigual finalidad.

k) El pago de la subvención, que se realizará previa justificación por el beneficiario oentidad colaboradora de la realización de la actividad, proyecto, objetivo o adopcióndel comportamiento para el que se concedió, pudiendo realizarse pagos a cuentaque deberán ajustarse al ritmo de ejecución de las acciones subvencionadas,abonándose por cuantía equivalente a la justificación presentada. Si dicho pagofuese, total o parcialmente, anticipado a la ejecución del proyecto o actividad, podráexigirse la presentación de garantía por el beneficiario o entidad colaboradora.

Las letras a), c), d), e) y f) deberán establecerse en la convocatoria, en el supuestode concurrencia competitiva.

2. No obstante lo establecido en el punto anterior, de acuerdo con la naturaleza de lasubvención, la correspondiente convocatoria o convenio podrá exceptuar la concurrencia dealguno o algunos de los requisitos referidos en el artículo 13.2 de la Ley General deSubvenciones, así como determinar otras formas de garantía o su excepción y otras formasde justificación, de acuerdo con el artículo 17.3.k) y en los apartados 2 y 7 del artículo 30 dela citada Ley.

3. Cuando la convocatoria se aprobara en un ejercicio presupuestario anterior aaquél en que vaya a tener lugar la concesión de las subvenciones, deberá hacerse constarexpresamente en la misma que dicha concesión queda condicionada a la existencia decrédito adecuado y suficiente en el momento de la resolución de la concesión.

22.6.- Otorgamiento y pago de la subvención.

Será requisito previo para el otorgamiento de subvenciones la existencia de créditoadecuado y suficiente.

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Con carácter previo a la convocatoria de la subvención deberá aprobarse el gastopor el órgano competente, tramitándose para ello el correspondiente documento contable deAutorización de gasto (A), por el importe total de los créditos presupuestarios a los que seimputarán las subvenciones concedidas.

La propuesta de concesión al beneficiario concreto y determinado conllevará latramitación y aprobación de la Disposición del gasto (documento contable D), por el importede la subvención que se concede.

El reconocimiento y liquidación de la obligación se tramitará mediante el documentocontable de Reconocimiento de la Obligación (O), previa comprobación de la existencia de:

1.- El acuerdo de concesión o el convenio, en su caso, debidamente suscrito por elórgano competente.

2.- Justificación de que el beneficiario o la entidad colaboradora se halle al corrienteen el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social y no seadeudor por resolución de procedencia de reintegro. A tal efecto deberá aportarse lasiguiente documentación:

a) Cuando la obligación de hallarse al corriente de sus obligaciones tributariasy con la Seguridad Social deba acreditarse mediante los oportunoscertificados expedidos por el Ministerio de Economía y Hacienda y laSeguridad Social, se aportarán los mismos

actualizados salvo que los presentados al momento de la concesión nohubieran caducado.

b) Cuando la obligación de hallarse al corriente de sus obligaciones tributariasy con la Seguridad Social deba acreditarse mediante declaración responsabledel beneficiario o entidad colaboradora, se aportará nueva declaraciónactualizada salvo que la presentada en el momento de la concesión nohubiera caducado. No obstante, cuando hubieran variado las circunstanciasdeclaradas en dicho momento sin que la declaración responsable hubieracaducado, el beneficiario o entidad colaboradora deberá presentar nuevadeclaración responsable. Se presumirá, salvo que de la

documentación incluida en el expediente al momento de la fiscalizaciónpudiera deducirse lo contrario, que las circunstancias declaradas al momentode la concesión no han variado.

c) Diligencia del Órgano gestor acreditativa de encontrarse al corriente en elcumplimiento de las obligaciones fiscales con el Ayuntamiento de Calp.

d) La acreditación de no ser deudor por reintegro de subvenciones serealizará mediante nueva declaración responsable actualizada salvo que lapresentada en el momento de la concesión no hubiera caducado. Noobstante, cuando hubieran variado las circunstancias declaradas en dichomomento sin que la declaración responsable hubiera caducado, elbeneficiario o entidad colaboradora deberá presentar nueva declaraciónresponsable. Se presumirá, salvo que de la documentación incluida en elexpediente al momento de la fiscalización pudiera deducirse lo contrario, quelas circunstancias declaradas al momento de la concesión no han variado.

4.- La justificación parcial o total de la subvención, según se contemple o no laposibilidad de realizar pagos fraccionados, cuando se trate de subvenciones de pagoposterior.

22.7.- Justificación de la subvención.

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La entidad beneficiaria estará obligada a justificar ante el Ayuntamiento la ayuda enel plazo máximo de tres meses desde la finalización del plazo para la realización de laactividad, salvo que las bases reguladoras de la subvención dispusieran otro plazo diferente,el cumplimiento de los requisitos y condiciones así como la realización de la actividad y elcumplimiento de la finalidad que determinaron la concesión de la subvención.

La justificación de la subvención se realizará, dentro de las modalidades recogidas ypara los supuestos contemplados en el Reglamento de la Ley General de Subvenciones, enla forma que se establezca en las bases reguladoras, convocatoria, resolución de concesióno convenio.

Si no se estableciera la modalidad de justificación en las bases reguladoras,convocatoria, resolución de concesión o convenio, dicha justificación se realizará mediantela presentación de la siguiente documentación:

a) Memoria final detallada del proyecto, suscrita por el beneficiario, que describirá losobjetivos y resultados conseguidos.

b) Certificado del perceptor de que ha sido cumplida la finalidad para la cual seotorgó la subvención conforme al presupuesto y proyecto presentado.

c) Relación numerada secuencialmente de los gastos realizados, ordenada poraplicaciones presupuestarias.

d) Declaración de actividades realizadas, con descripción de aquellas que han sidofinanciadas con la subvención y su coste, así como aquellas otras que hayan sidofinanciadas con fondos propios u otras subvenciones.

e) Certificado del perceptor acreditativo del importe, procedencia y aplicación desubvenciones distintas a la municipal, que han financiado actividades objeto delproyecto.

f) Facturas y demás documentos de valor probatorio equivalente con validez en eltráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa, cuyo importe haya sidoabonado con cargo a la subvención concedida, que caso de solicitarse, sefotocopiarán y se dejarán compulsados y conformados por el servicio gestor,devolviendo los originales a los interesados. Los originales de dichas documentos osu copia compulsada quedarán depositados en la entidad beneficiaria durante unperíodo de al menos cuatro años.

g) Informe de conformidad del servicio gestor, previo a la aprobación de lajustificación.

Los tributos se considerarán gastos subvencionables cuando sean abonados por elbeneficiario efectivamente, no incluyéndose, por tanto, cuando los mismos seansusceptibles de recuperación o compensación. A los efectos de acreditación de estacircunstancia, se presentará por el beneficiario una declaración responsable que permitadeterminar que tributos de los que aparecen en los justificantes pueden considerarse gastossubvencionables.

Cuando la justificación deba realizarse con facturas y demás documentos de valorprobatorio equivalente con validez en el tráfico jurídico mercantil o con eficaciaadministrativa, al objeto de proceder al debido control de la concurrencia de subvenciones,deberá procederse al estampillado de todos los justificantes originales presentados por elbeneficiario.

22.8.- Reintegro de subvenciones.

Con carácter general procederá el reintegro de las subvenciones y la exigencia del

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interés de demora correspondiente desde el momento del pago de la subvención hasta lafecha en que se acuerde la procedencia de reintegro cuando se produzca alguna de lascausas contempladas en los artículos 36 y 37 de la Ley General de Subvenciones.

Particularmente, cuando la forma de justificar la subvención sea a través de cuentajustificativa con aportación de justificantes de gasto, procederá el reintegro de la subvenciónabonada y la exigencia del correspondiente interés de demora por incumplimiento de laobligación de justificación o por justificación insuficiente, en los siguientes casos:

a) Cuando las facturas o documentos de valor probatorio equivalente en el tráficomercantil sean ilegibles.

b) Cuando las facturas o documentos de valor probatorio equivalente en el tráficomercantil no guarden relación con la actividad o proyecto subvencionado.

c) Cuando los documentos justificativos de los gastos realizados consistan enautofacturas.

d) Cuando las facturas o documentos de valor probatorio equivalente en el tráficomercantil hayan sido estampillados a nombre de otro cofinanciador y se pretendaimputar a la subvención concedida un porcentaje del gasto que resulte incompatiblecon el reflejado en la estampilla.

e) Cuando en las facturas o documentos de valor probatorio equivalente en el tráficomercantil no quede acreditado el emisor o bien no se hubieran emitido a nombre delbeneficiario.

f) Cuando en las facturas o documentos de valor probatorio equivalente en el tráficomercantil no se indique el concepto del gasto realizado.

g) Cuando las facturas o documentos de valor probatorio equivalente en el tráficomercantil sean copias y las mismas no hubieran sido compulsadas.

h) Cuando no se acredite el pago de las facturas o documentos de valor probatorioequivalente en el tráfico mercantil.

También procederá el reintegro de subvenciones en los siguientes casos:

a) Cuando el importe de la subvención se calcule como un porcentaje del coste finalde la actividad o proyecto y de su ejecución resultara un porcentaje de financiaciónpor parte del Ayuntamiento superior al inicialmente previsto, se procederá al reintegrodel exceso.

b) Cuando el importe de los costes indirectos superen el porcentaje máximoestablecido en las respectivas Bases Reguladoras.

c) Cuando los rendimientos financieros que se generen por los fondos librados a losbeneficiaros no se hayan aplicado a la actividad subvencionada.

d) Aquellos casos que adicionalmente se establezcan en la respectiva convocatoria,acuerdo de concesión o convenio.

El procedimiento de reintegro se regirá por lo dispuesto en la Ley General deSubvenciones y en el Reglamento de la Ley General de Subvenciones.

22.9.- Subvenciones nominativas.

22.8.1.- La subvención se concederá por acuerdo del órgano competente para laejecución del gasto, previa solicitud del beneficiario, en la que deberá especificarseexpresamente:

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1. Programa de actividades a realizar.

2. Coste individualizado subvencionable de cada una de las actividadesprevistas.

22.8.2.- Regirá en lo demás las previsiones establecidas en las presentes bases.

22.10.- Premios

22.10.1.- Régimen jurídico aplicable.

Las convocatorias para el otorgamiento de premios se regirán por lo establecido enel presente artículo y por la Ley General de Subvenciones y el Reglamento de la LeyGeneral de Subvenciones en lo no previsto en el mismo.

Supletoriamente se aplicarán las restantes normas de derecho administrativo y, en sudefecto, las de derecho privado.

22.10.2.- Principios inspiradores.

La concesión de los premios se realizará sobre la base de los principios depublicidad, transparencia, concurrencia, objetividad, igualdad y no discriminación, eficacia yeficiencia en la asignación y utilización de recursos públicos.

22.10.3.- Requisitos y obligaciones de los participantes.

No podrán participar en las respectivas convocatorias las personas físicas, jurídicas oentidades que cumpliendo los requisitos específicos de participación establecidos en cadauna de ellas que estén incursas en alguna de las causas de prohibición para percibirsubvenciones establecidas en el artículo 13 de la Ley General de Subvenciones.

A este respecto las respectivas convocatorias deberán recoger expresamente laobligación de los participantes de presentar una declaración responsable de no encontrarseincurso en ninguna de las prohibiciones previstas en el citado artículo 13 de Ley General deSubvenciones.

Los participantes deberán acreditar que se encuentran al corriente en elcumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social y delcumplimiento de las obligaciones por reintegro de subvenciones en la forma establecidapara las subvenciones en las Bases de Ejecución del Presupuesto.

22.10.4.- Contenido de la convocatoria.

Las convocatorias de premios contendrán como mínimo el siguiente contenido:

a) Indicación de que será de aplicación a la convocatoria lo dispuesto en la presentebase.

b) Objeto y finalidad de la convocatoria.

c) Crédito presupuestario al que se imputarán los premios.

d) Importe de los premios a otorgar.

e) Requisitos que deberán cumplir los participantes, entre los cuales necesariamentedeberán incluirse los establecidos en el apartado 3 anterior, y forma de acreditarlos.

f) Indicación de los órganos competentes para la instrucción y resolución delprocedimiento.

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g) Forma, plazo y lugar para la presentación de la documentación acreditativa de losrequisitos que deben cumplir los participantes y para la presentación de los trabajos,obras, etc.

h) Criterios de valoración para la concesión de los premios.

i) Composición del jurado que efectuará la valoración de los trabajos, obras, etc.objeto de convocatoria conforme a los criterios de valoración que se establezcan enla misma y que emitirá el fallo para su otorgamiento. Las decisiones del juradodeberán constar en acta.

j) Procedimiento para la concesión de los premios indicando los diferentes trámitesrelativos a su instrucción, resolución y entrega de premios.

k) Indicación de que se prescinde del trámite de audiencia en la propuesta deresolución al no figurar en el procedimiento ni ser tenidos en cuenta otros hechos niotras alegaciones y pruebas que las aducidas por los aspirantes.

l) Plazo de resolución y notificación.

m) Indicación de si la resolución pone fin a la vía administrativa, y en caso contrario,órgano ante el que ha de interponerse recurso correspondiente.

n) Medio de notificación o publicación de la concesión de los premios, deconformidad con lo previsto en el artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de

noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y delProcedimiento Administrativo Común.

ñ) Indicación de que la participación en la convocatoria supone la aceptación de latotalidad de las bases de la misma por parte de los aspirantes.

o) Sistema de abono de los premios.

22.10.5.- Para aquellos premios de cuantía inferior a 600 euros podrá establecerseuna tramitación simplificada.

23ª.- Pagos a justificar.

23.1.- Podrán expedirse órdenes de pago "a justificar" con cumplimiento de lassiguientes normas:

a. Tendrán el carácter de "a justificar" las órdenes de pago cuyos documentosjustificativos no puedan acompañarse en el momento de su expedición.

b. Será competente para autorización y disposición de pagos "a justificar" la mismaautoridad que lo sea para pagos en firme, aplicándose a los correspondientescréditos presupuestarios.

c. Los perceptores de estas órdenes de pago, que podrá ser cualquier persona ligada alAyuntamiento de Calpe por una relación funcionarial, laboral o administrativa decualquier orden, quedarán obligados a justificar la aplicación de las cantidadesrecibidas en el plazo máximo de tres meses a partir de la recepción de los fondos, ysiempre dentro del mismo ejercicio en el que se concedieron.

d. No podrá expedirse nuevas órdenes de pago "a justificar" a los perceptores quetuvieran en su poder fondos vencidos pendientes de justificación.

e. Los fondos librados con este carácter se pondrán a disposición del perceptor, siendode su exclusiva responsabilidad la custodia de los mismos.

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f. Sólo podrán expedirse en general órdenes de pago con este carácter para gastosincluidos en el Capítulo II del Presupuesto de Gastos de esta Corporación, y por unimporte no superior al que se establezca en la Base 17.3.1 para gastos excluídosde tramitación del correspondiente expediente administrativo previo, por cada orden.En caso de haberse tramitado el expediente de contratación correspondiente, podráentregarse en dicho concepto el importe total contratado.

g. Se llevará un Registro especial de órdenes de pago a justificar, en donde seespecifique el perceptor, concepto, importe y fecha límite para la justificación.

h. Si no se hubieren justificado las cantidades percibidas, quince días antes de suvencimiento, se pondrá en conocimiento de los perceptores la necesidad de procedera la justificación debida.

i. Transcurrido el plazo previsto se procederá a expedir la correspondiente Certificaciónde Descubierto iniciándose el procedimiento de apremio.

j. Para su registro contable se estará a lo dispuesto en las Reglas 360 y ss. de laI.C.A.L. (Orden 17-7-90).

k. La aprobación de la justificación de los gastos se efectuará mediante Decreto de laAlcaldía o Concejalía Delegada.

23.2.- Excepcionalmente, por acuerdo expreso de la Junta de Gobierno Local,podrán aprobarse gastos a justificar a un perceptor por importe superior al establecido en laBase 17.3.1 en los casos de asistencia a ferias de turismo, viajes de hermanamiento ysimilares, los cuales supongan desplazamientos fuera de la localidad y/o concurrencia dedistintas personas para la realización de la actividad municipal.

El importe correspondiente será en todo caso objeto de ingreso en cuenta bancariade la que sea titular el solicitante.

24ª.- Anticipos de caja fija.

24.1.- De acuerdo con lo previsto en los artículos 73 a 76 del Real Decreto 500/90,de 20 de abril, tendrán la consideración de Anticipos de Caja Fija las previsiones de fondosde carácter no presupuestario y permanente que se realicen a la Tesorería municipal, paraatención inmediata y posterior aplicación al Presupuesto, de los siguientes gastos:

a. Conservación y mantenimiento de edificios e instalaciones.

b. Gastos corrientes de carácter periódico o repetitivo tales como material de oficina noinventariable, suministro de productos perecederos tales como combustibles,alimentación, productos de limpieza, material fungible y cualesquiera otros de similarnaturaleza que sean imputables al Capítulo II del Presupuesto de Gastos.

c. Cursos miembros Corporación y de formación y perfeccionamiento del personal,dietas a cargos electivos y del personal, gastos locomoción de cargos electivos y delpersonal, y otras indemnizaciones por razón del servicio.

La constitución de la Caja Fija se hará en base a Resolución dictada por la Alcaldía,a propuesta de la Tesorería.

24.2.- La cuantía individual de los anticipos de Caja Fija que puedan formalizarse noexcederán en ningún caso del importe establecido en la Base 17.3.1.

24.3.- El perceptor del anticipo de Caja Fija rendirá cuenta de la inversión de losfondos recibidos a la Tesorería municipal, a la que deberá entregar factura o documentaciónacreditativa de los gastos realizados.

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24.4.- La reposición de fondos a la Tesorería municipal se hará tras la contabilizaciónpresupuestaria de las facturas o justificantes de pagos entregadas por la Tesorería a laIntervención municipal. Caso de que no pueda llevarse a cabo la aplicación presupuestariacorrespondiente por inexistencia de crédito presupuestario, quedarán dichas facturas enpoder de la Tesorería hasta tanto no se proceda a realizar las modificacionespresupuestarias necesarias, para locual tomará la debida nota la Intervención.

24.5.- La provisión inicial de fondos, en el momento de su constitución, se aplicará ala partida presupuestaria prevista en el presupuesto para tal fin como "Dotación paraconstitución de anticipos de caja fija" del Estado de Gastos del Presupuesto.

25.- Liquidación del presupuesto.

25.1.- La liquidación de los Presupuestos pondrá de manifiesto lo indicado en elartículo 93 del Real Decreto 500/90, de 20 de abril, y se practicará de conformidad con lasprevisiones de la Orden EHA / 4041 / 2004, de 23 de noviembre, por la que se aprueba laInstrucción del Modelo Normal de Contabilidad Local (BOE de 9 de diciembre de 2004).

25.2.- Corresponderá a la Alcaldía, previo informe de la Intervención, la aprobaciónde la liquidación del Presupuesto del Ayuntamiento.

25.3.- En defecto de otra previsión reglamentaria y a los efectos de dotación de laprovisión para insolvencias prevista en la Regla 60 y concordantes de la Instrucción Normalde Contabilidad Local, tendrán la consideración de derechos de imposible o difícilrecaudación como mínimo el 5 por 100 de los derechos liquidados pendientes de ingresoprocedentes de los presupuestos cerrados de antigüedad no superior a cuatro años, y el 3por 100 de los derechos liquidados pendientes de ingreso procedentes del presupuestocorriente, sin que tal consideración implique su anulación o baja en contabilidad. Cabrá fijarporcentajes superiores a los anteriormente señalados previo informe técnico razonado en elque, atendiendo a las características de antigüedad, procedencia o cualesquiera otrasdebidamente justificadas y ponderadas, se efectúe estimación diferente de créditosincobrables.

25.4.- Sin contenido.

25.5.- A los solos efectos de imputación de reconocimiento de obligacionescorrespondientes a contrataciones efectuadas en el año en curso, se admitirán todasaquellas facturas o certificaciones que hayan tenido entrada en el registro de la Intervenciónmunicipal hasta el día 15 de enero del año posterior al del presupuesto cuya liquidacióndeba efectuarse. Las facturas o certificaciones presentadas en fecha posterior se imputaránal presupuesto del año siguiente, previos los trámites correspondientes establecidos en lasbases de dicho presupuesto.

26ª.-Aplazamientos y fraccionamientos.

La concesión de aplazamientos y fraccionamientos se regirá por lo establecido en la Ordenanza General de Gestión, Recaudación e Inspección de los Tributos y Otros Ingresos de Derecho Público Locales.

Sección 5ª: NORMAS A APLICAR.

27ª.- Normativa de aplicación.

Para lo no previsto en las presentes Bases se estará a lo que dispone la legislaciónvigente para la Administración Local en materia económico-financiera,(Ley 39/88, de 28 dediciembre; Orden Ministerial de 20-9-89; Real Decreto 500/90, de 20 de abril y OrdenMinisterial de 17-7-90), y como legislación supletoria la correspondiente de la Administracióndel Estado.

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28ª.- Información al pleno

La Intervención municipal, en cumplimiento del art. 207 del Texto Refundido de la LeyReguladora de Haciendas Locales, remitirá trimestralmente al Pleno del Ayuntamiento porconducto de la Alcaldía la información correspondiente a cada trimestre natural, dentro delmes siguiente al de la finalización del trimestre natural anterior, con el alcance señalado enla Regla 106 de la Instrucción del modelo Normal de Contabilidad Local aprobada por laOrden EHA/4041/2004, de 23 noviembre del Ministerio de Economía y Hacienda.

Asimismo, por la Tesorería e Intervención municipales se elaborarán los informes aque se hace referencia en los arts. 4 y 5 de la Ley 15/2010, de 5 de julio, de modificación dela Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra lamorosidad en las operaciones comerciales, para conocimiento del Pleno.

29ª.- Plan de disposición de fondos de la tesorería municipal.

En aplicación de los arts. 187 y 165 del Real Decreto Legislativo 2/2004, textorefundido, por el que se aprueba la Ley de Haciendas Locales, y del art. 21.3 de la LeyReguladora de las Bases de Régimen Local, se establece el Plan de Disposición de Fondosde la Tesorería municipal con el contenido siguiente:

Primero. Principios generales

1. El Plan de Disposición de Fondos de la Tesorería del Ayuntamiento de Calp tienepor objeto conseguir una adecuada distribución temporal de los pagos acomodándolos a lasdisponibilidades de efectivo previstas en la Tesorería Municipal que permita una correctaestimación de las necesidades de endeudamiento del Ayuntamiento y la optimización delempleo de los recursos disponibles.

2. La gestión de los fondos integrantes de la Tesorería, salvo disposición legal encontrario, se realizará bajo el principio de unidad de caja con la centralización de todos losfondos y valores generados por operaciones presupuestarias y por operaciones nopresupuestarias.

En aplicación de tal principio, podrán ordenarse pagos haciendo uso de cualesquieraingresos afectados disponibles cuando los fondos por ingresos ordinarios disponibles en laTesorería municipal no permitan atender tales pagos. En todo caso, deberá preverse la nonecesidad de disposición de tales ingresos afectados con anterioridad a su reposición, por loque a tal efecto el acuerdo de disposición de tales fondos deberá señalar la fecha previstade reposición. De dicho acuerdo deberá darse cuenta al Pleno con ocasión de la dación decuentas del estado de ejecución del presupuesto.

Segundo. Ordenación de los pagos

1. Los pagos presupuestarios por ejecución del presupuestos de gastos seordenarán por obligaciones reconocidas con cargo a cada uno de los créditos delpresupuesto de gastos conforme a los siguientes criterios:

a) Los pagos correspondientes a gastos del capítulo 1: gastos de personal, exceptoel concepto 162, gastos sociales y los créditos relativos a los préstamos al personal delcapítulo 8 del presupuesto de gastos; capítulo 3: gastos financieros, y capítulo 9: pasivosfinancieros, se ordenarán atendiendo al reconocimiento de la obligación y en función de lafecha de pago establecida en los correspondientes contratos y normas reguladoras de cadatipo de gasto.

b) Los pagos correspondientes a los gastos del concepto 162 del presupuesto degastos, los gastos del capítulo 2: gastos corrientes en bienes y servicios; los gastos delcapítulo 6: inversiones reales, y los gastos del capítulo 8: activos financieros distintos apréstamos al personal, se ordenarán de manera que el importe de cada trimestre natural no

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exceda de la cuarta parte del crédito inicial más el remanente no dispuesto en los trimestresanteriores.

c) Los pagos correspondientes a los gastos del capítulo 4 y 7, transferenciascorrientes y de capital, se ordenarán atendiendo a los criterios de pago establecidos en lasbases de ejecución del presupuesto.

2. Los pagos no presupuestarios se ordenarán atendiendo al reconocimiento de laobligación y en función de las fechas de pago establecidas en los correspondientescontratos o en los acuerdos que determinen su vencimiento, devolución o pago.

3. La Tesorería podrá fraccionar o atender parcialmente las órdenes de pago cuandoel crédito a pagar asignado exceda las disposiciones autorizadas en este apartado o cuandola situación de Tesorería así lo aconseje.

Tercero. Prelación de los pagos

A) Prelación de pagos

Cuando las disponibilidades de fondos estimados no permitan atender el pago de latotalidad de las obligaciones vencidas y exigibles se estará al siguiente orden de prelación.

1. Gastos de personal.- Pagos de todo tipo de retribuciones fijas y variables eindemnizaciones incluidas en los artículos 10, 11, 12, 13, 14 y 15 del capítulo 1 de laclasificación económica del presupuesto de gastos establecida por la orden EHA/3565/2009,de 3 de diciembre, por la que se aprueba la estructura de los presupuestos de las EntidadesLocales.

2. Pagos no presupuestarios por retenciones practicadas en la nómina.- Impuesto nopresupuestarios por retenciones practicadas en la nómina. Impuesto sobre la renta de laspersonas físicas (IRPF), cotizaciones a la Seguridad Social, retenciones judiciales,embargos y cualquier otra retención legalmente establecida.

3. Cuotas de los seguros sociales a cargo del empleador.- Aportaciones delAyuntamiento de Calp a los regímenes de la Seguridad Social y de previsión (mutualidadesde funcionarios) del personal municipal y otros gastos comprendidos en el concepto 160 dela clasificación económica del presupuesto de gastos.

4. Pagos por obligaciones contraídas en ejercicios anteriores.- La amortización de ladeuda del capítulo 9, operaciones de Tesorería y gastos financieros por intereses derivadosde las mismas. Las demás obligaciones contraídas en ejercicios anteriores, presupuestariaso no, sin incluir los intereses que se pudieran entender devengados a tenor de lo dispuestoen la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra lamorosidad en las operaciones comerciales.

5. Impuesto sobre el valor añadido.- Pagos derivados de las liquidaciones delimpuesto sobre el valor añadido.

6. Otros pagos.- Los derivados de sentencias firmes por las que el Ayuntamiento deCalp fuera condenado al abono de una cantidad cierta. Las devoluciones de ingresosdebidos e indebidos. Las devoluciones de garantías o depósitos constituidos en metálico.

7. Otros pagos tributarios.- Pago de otras obligaciones tributarias distintas a lasenumeradas en apartados anteriores.

8. Pagos declarados urgentes.- Los pagos declarados urgentes por el ordenador depagos hasta un límite máximo del 5 por 100 mensual de los pagos programados del capítulo2 para ese mes.

9. Anticipos de caja fija.- Provisiones de fondos para constitución o reposición de

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anticipos de caja fija y mandamientos a justificar.

10. Primas de seguros.- Pagos de primas de pólizas de seguros.

11. Ayudas sociales.- Transferencias para gastos corrientes relacionados conatenciones benéficas y asistenciales incluidos en el artículo 48 del presupuesto de gastos.

12. Los demás pagos presupuestarios y no presupuestarios no incluidos en losapartados anteriores.- Se realizarán atendiendo a sus respectivos vencimientos.

B) Normas de aplicación

1. Cuando de los presupuestos de Tesorería se desprenda que las disponibilidadesdinerarias del Ayuntamiento de Calp no permitan atender al puntual pago de las obligacionesde personal, cuotas obligatorias de la Seguridad Social, tributos del Estado, de laComunidad Autónoma o del servicio de la deuda, podrán realizarse ajustes en laprogramación de los pagos hasta lograr los recursos dinerarios necesarios que permitanatender aquellas obligaciones.

2. El ordenador de pagos podrá ordenar el pago de obligaciones no preferentescorrespondientes a gastos presupuestarios que se consideren esenciales para el correctofuncionamiento de la actividad municipal o de determinados servicios al ciudadano, ocuando el retraso de un determinado pago pudiera afectar sustancialmente al mantenimientode la capacidad productiva y del nivel de empleo del acreedor respectivo, dejandoconstancia formal de ello en la correspondiente orden de pago.

3. En aplicación del principio de unidad de caja, por la Alcaldía en uso de las facultades a lamisma atribuidas en el art. 187 TRLRHL, se podrán ordenar excepcionalmente pagoshaciendo uso de cualesquiera ingresos afectados disponibles, con sujeción a laslimitaciones y condicionantes siguientes:

El pago se ordenará mediante Decreto expreso en el deberá señalarse el origen delingreso afectado, su importe y la previsión de reposición del mismo a las cuentas deingresos ordinarios municipales.

Periódicamente, con ocasión del informe del estado de ejecución del presupuesto ydel estado de la Tesorería municipal, por la Intervención se dará cuenta al Pleno delos pagos por gastos ordinarios efectuados con ingresos extraordinarios y del estadode su reposición a las cuentas de ingresos ordinarios municipales.

En ningún caso podrán disponerse pagos mediante ingresos afectados por importesuperior a los existentes en cada momento.

4. Cuando se trate de gastos financiados con subvenciones finalistas en los que elcobro de las mismas esté condicionado a la justificación del pago de los citados gastos,podrá alterarse el orden de prelación de los pagos con la exclusiva finalidad de justificaraquellos, respetando, en todo caso, el privilegio de los pagos de personal y cuotasobligatorias de la Seguridad Social. El órgano o servicio gestor del gasto formulará peticiónrazonada dirigida a la Tesorería de la necesidad de la medida y de los gastos afectados porla misma.

5. El presente Plan de Disposición de Fondos no se aplicará a los pagos realizadosen formalización.

Cuarto. Fechas de pagos

1. Las facturas, salvo disposición legal en contrario, se pagarán a los sesenta díascontados desde la fecha de presentación de la misma en el Registro Municipal Especial deFacturas.

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2. Con objeto de ordenar la actividad de la Tesorería y conseguir una mayoreficiencia en su gestión, el pago de las obligaciones reconocidas, y sin perjuicio de loestablecido en normas que regulen negocios jurídicos determinados, se realizará como reglageneral los días 12 y 25 de cada mes, y si estos no fueran hábiles, el inmediato hábilsiguiente.

Se exceptúan de la regla general anterior, el pago de las siguientes obligaciones.

a) La nómina del personal municipal que se pagará en las fechas que se determinenen los pactos incluidos en los convenio colectivo y acuerdo regulador firmados entre elAyuntamiento de Calp y el comité de empresa del Ayuntamiento.

b) Las cuotas de los seguros sociales y de mutualidades de previsión social sepagarán en los vencimientos establecidos en sus normas reguladoras.

c) La reposición de fondos por constitución o reposición de anticipos de caja fija sepagarán en la semana siguiente a la recepción en la Tesorería de las correspondientesórdenes de pago.

d) Los pagos no presupuestarios por retenciones practicadas en nómina, excepto elimpuesto sobre la renta de las personas físicas y las cuotas a la Seguridad Social, sepagarán en la semana siguiente de haberse producido la correspondiente retención.

e) Los pagos por retenciones practicadas en concepto del impuesto sobre la renta delas personas físicas y por repercusión del impuesto sobre el valor añadido o por otrasretenciones exigidas por Ley, se pagarán en los plazos establecidos por la Agencia Estatalde Administración Tributaria u organismo que tenga la competencia para su recaudación.

f) La amortización de la deuda del capítulo 9, operaciones de Tesorería y gastosfinancieros por intereses derivados de las mismas, se pagarán a su respectivo vencimiento.

g) Las transferencias, subvenciones y demás gastos de los capítulos IV y VII delpresupuesto de gastos, se pagarán en el mes siguiente de haberse recibido en la TesoreríaMunicipal las correspondientes órdenes de pago, con excepción de las ayudas sociales, quese pagarán en las fechas establecidas en la regla general.

3. Las órdenes de pago deberán estar en la Tesorería con el tiempo necesario paraque los pagos se realicen a sus beneficiarios en las fechas establecidas en este Plan, previacomprobación de que estos se encuentran al corriente de pago en sus obligacionestributarias municipales y del Estado.

30ª.-Estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera

Para la adecuación del presupuesto a la Ley Orgánica 2/2012 de EstabilidadPresupuestaria y Economía Sostenible, de 27 de abril, y de acuerdo con lo dispuesto en elpunto 1 del artículo 10, se seguirán las siguientes medidas encaminadas al cumplimiento delos principios en ella contenidos:

1. Principio de estabilidad presupuestaria: La elaboración, aprobación yejecución de los Presupuestos y demás actuaciones que afecten a los gastoso ingresos realizará en un marco de estabilidad presupuestaria, coherente conla normativa europea.

2. Principio de sostenibilidad financiera: Las actuaciones de esta entidad estarásujeta a este principio, entendido como la capacidad para financiarcompromisos de gasto presentes y futuros dentro de los límites de déficit ydeuda pública, conforme a lo establecido en esta Ley y en la normativaeuropea.

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3. Regla del Gasto: La variación del gasto no podrá superar la tasa de referenciade crecimiento del Producto Interior Bruto de medio plazo de la economíaespañola.

4. Principio de transparencia: La contabilidad, presupuestos y liquidaciones deesta entidad contendrá la información suficiente y adecuada para verificar susituación financiera, el cumplimiento de los objetivos de estabilidadpresupuestaria y de sostenibilidad financiera.

5. Marco presupuestario a medio plazo: Se elaborará un marco presupuestario amedio plazo en el que se enmarcará la elaboración de los Presupuestosanuales y a través del cual se garantizará una programación presupuestariacoherente con los objetivos de estabilidad presupuestaria y de deuda pública.

6. Límite de gasto no financiero: El límite de gasto no financiero de lacorporación será el que venga determinado por el presupuesto de cadaejercicio de acuerdo con el objetivo de estabilidad presupuestaria y la regladel gasto, atendiendo a la tasa de referencia de crecimiento del ProductoInterior Bruto de medio plazo de la economía española que apruebe elMinisterio de Economía y Competitividad.

7. Procedimiento de Gestión:Se valoraran las repercusiones y efectos de losactos, los contratos y los convenios de colaboración, así como la elaboracióny aprobación de disposiciones reglamentarias de la corporación que afecten alos gastos o ingresos públicos presentes o futuros, y se supeditarán de formaestricta al cumplimiento de las exigencias de los principios de estabilidadpresupuestaria y sostenibilidad financiera.

8. Medidas automáticas de prevención: Se hará un seguimiento del estado deEjecución del presupuesto y se ajustará el gasto público para garantizar queal cierre del ejercicio no se incumple el objetivo de estabilidad presupuestaria.

31ª.- Rectificación de saldos iniciales de obligaciones y derechos de ejercicioscerrados

31.1.- Modificación de obligaciones y derechos de ejercicios cerrados.

Las rectificaciones al alza o a la baja de obligaciones, esté o no ordenado el pago, yla de derechos, en la agrupación contable de ejercicios cerrados, por causa de errores uomisiones que deban ser contabilizadas conforme a la Instrucción de Contabilidad, seaprobarán por la Alcaldía, previo informe-propuesta de la Intervención; del acuerdo adoptadodeberá darse cuenta al Pleno.

31.2.- Anulación de obligaciones y derechos de ejercicios cerrados.

Las anulaciones de obligaciones reconocidas, por prescripción u otras causas, cuyacontabilización deba realizarse conforme a la Instrucción de contabilidad, así como laanulación de derechos, por anulación de liquidaciones, por prescripción o por insolvencias,que deban contabilizarse según dicha Instrucción, se aprobarán previo informe-propuesta dela intervención y exposición pública del expediente, por el Pleno de la Corporación, salvoaquellas de cuantía inferior a 3.000 euros. que serán aprobadas por la Alcaldía, dandocuenta al Pleno posteriormente del acuerdo adoptado.

32ª.- Interpretación de esta Bases.

Cualquier duda o aclaración que se presente en la interpretación de estas Basesserá resuelta por el Pleno, previo informe de la Intervención o de la Secretaría.

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6.- ANEJO DE PERSONAL

6.1.- Retribuciones Básicas y Complemento de Destino.

El importe de las retribuciones básicas y complementos de destino del personalfuncionario serán las que con carácter general se fijen en la Ley de Presupuestosgenerales del Estado para el ejercicio correspondiente al presupuesto, aplicadas a laplantilla aprobada.

Los conceptos retributivos del personal laboral serán los mismos que losestablecidos para el personal funcionario, sin perjuicio de la especificación de grupos, nivelesde complemento de destino y cuantías de complementos específicos que se señalan para cadaplaza en la plantilla municipal.

135

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6.2.- Plantilla municipal, con asignación de Grupo, nivel de Complemento de Destino y Complemento Específico.

nºplaza

denominación plaza denominación puesto nombre clase escª subescª clase categoría situación grº CD pro h./sm sem.CE anual

(prta.)

001-90 SECRETARIOSECRETARIOgrau mitjà valencià

NO OCUPADA FUNC HN Secretaría -- Superior vacante A1 30 9200 37,50 52,00 38.407,32

002-90 INTERVENTORINTERVENTORgrau mitjà valencià

NO OCUPADA FUNC HNIntervención-Tesorería

-- Superior vacante A1 30 9201 37,50 52,00 38.407,32

003-90 TESOREROTESOREROgrau mitjà valencià

NO OCUPADA FUNC HNIntervención-Tesorería

-- Superior vacante A1 28 9201 37,50 52,00 31.726,72

004-97TECNICO ADMINISTRACIÓN GENERAL

JEFE DE DISCIPLINA YGESTIÓN URBANISTICA

IVARS TUR, ANTONIO FUNC AG Técnica -- -- provista A1 28 1500 37,50 52,00 16.125,29

005-97ANALISTA DE SISTEMAS

JEFE DE INFORMÁTICA

TUR CALATAYUD, JENARO MIGUEL FUNC AE Técnica

Técnico Superior

-- provista A1 26 9200 37,50 52,00 12.937,68

006-94OPERADOR DE SISTEMAS

OPERADOR DE SISTEMAS

PASTOR IVARS, JUAN FRANCISCO FUNC AE Técnica

Técnico Auxiliar

-- vacante C1 22 9200 37,50 52,00 8.276,23

007-90 ADMINISTRATIVOADMIN. JEFE DE NEGOCIADO DE CALIDAD

IVARS DONNER, ELISA FUNC AG Administrativo -- -- reservada C1 22 9200 37,50 52,00 8.276,23

008-90 ADMINISTRATIVOADMIN. JEFE DE NEGOCIADO DE SECRETARIA

MAYANS CABRERA, JOSEFA VICENTA FUNC AG Administrativo -- -- provista C1 22 9200 37,50 52,00 12.030,88

009-91 ADMINISTRATIVOADMIN. JEFE DE NEGOCIADO DE RRHH

CARDONA TORRES, RAUL FUNC AG Administrativo -- -- provista C1 22 9200 37,50 52,00 12.030,88

010-99 ADMINISTRATIVOADMIN. JEFE DE NEGOCIADO DE PMH

ROSELLO SOLIVELLES, MARIA LUISA FUNC AG Administrativo -- -- provista C1 22 9230 37,50 52,00 8.276,23

012-90TECNICO ESPECIALISTA MANTENIMIENTO

CAPATAZ GENERAL TORRES CANET, Mª DOLORES FUNC AE

Servicios Especiales

Personal de oficios

Encargado vacante C1 22 1500 37,50 52,00 12.755,76

013-90AUXILIAR ADMINISTRATIVO

AUXILIAR ADMINISTRATIVO DE ATENCIÓN AL CIUDADANO

BARRANCO MULET, VICENTA A. FUNC AG Auxiliar -- -- provista C2 18 9200 37,50 52,00 2.717,35

014-99AUXILIAR ADMINISTRATIVO

AUXILIAR ADMINISTRATIVO DE ATENCIÓN AL CIUDADANO

CASADO RODRIGO, CONCEPCION FUNC AG Auxiliar -- -- provista C2 18 9200 37,50 52,00 2.717,35

136

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nºplaza

denominación plaza denominación puesto nombre clase escª subescª clase categoría situación grº CD pro h./sm sem.CE anual

(prta.)

015-99AUXILIAR ADMINISTRATIVO

AUXILIAR ADMINISTRATIVO DE ATENCIÓN AL CIUDADANO

DIAZ GOSALBEZ, CRISTINA FUNC AG Auxiliar -- -- provista C2 18 9200 37,50 52,00 2.717,35

018-96AUXILIAR ADMINISTRATIVO

AUXILIAR ADMINISTRATIVO DE BIBLIOTECA

PASTOR CABRERA, JOSEFA MARIA FUNC AG Auxiliar -- -- provista C2 18 3320 37,50 52,00 2.722,63

020-90 CONSERJECONSERJE DE COLEGIOS

SOLANO GONZALEZ, JUANJOSE FUNC AG Subalternos -- -- provista E 14 3211 37,50 52,00 1.810,28

022-99INTENDENTE POLICIA LOCAL

INTENDENTE DE POLICIA

EGUILIOR MESTRE, MANUEL FUNC AE Técnica -- Intendente provista A2 26 1320 37,50 52,00 18.932,16

023-90INSPECTOR POLICIA LOCAL

INSPECTOR DE POLICIA

VALLE GOMEZ, JOSE MANUEL FUNC AE Técnica -- Inspector provista A2 24 1320 37,50 52,00 14.110,20

025-90OFICIAL POLICIA LOCAL

OFICIAL POLICIA LOCAL

NO OCUPADA FUNC AEServicios Especiales

Policía Loc yAux

Oficial vacante C1 22 1320 37,50 52,00 12.435,49

026-90OFICIAL POLICIA LOCAL

OFICIAL POLICIA LOCAL

ROMERO CABAÑAS, FRANCISCO FUNC AE

Servicios Especiales

Policía Loc yAux

Oficial provista C1 22 1320 37,50 52,00 12.435,49

027-91OFICIAL POLICIA LOCAL

OFICIAL POLICIA LOCAL

CARRILLO CARCELES, JUAN ANTONIO FUNC AE

Servicios Especiales

Policía Loc yAux

Oficial provista C1 22 1320 37,50 52,00 12.435,49

028-91OFICIAL POLICIA LOCAL

OFICIAL POLICIA LOCAL

MORENO MARIN, JUAN FUNC AEServicios Especiales

Policía Loc yAux

Oficial provista C1 22 1320 37,50 52,00 12.435,49

029-90OFICIAL POLICIA LOCAL

OFICIAL POLICIA LOCAL

DIAZ LOPEZ, MIGUEL ANGEL FUNC AE

Servicios Especiales

Policía Loc yAux

Oficial provista C1 22 1320 37,50 52,00 12.435,49

030-90AGENTE POLICIA LOCAL

AGENTE POLICIA LOCAL

MIRETE SORIANO, ANTONIO FUNC AE

Servicios Especiales

Policía Loc yAux

Agente provista C1 20 1320 37,50 52,00 8.229,99

031-90AGENTE POLICIA LOCAL

AGENTE POLICIA LOCAL

SOTOS GARCIA, PRIMICIO FUNC AEServicios Especiales

Policía Loc yAux

Agente provista C1 20 1320 37,50 52,00 8.229,99

032-90AGENTE POLICIA LOCAL

AGENTE POLICIA LOCAL

OGAYAR BARRERAS, IDELFONSO FUNC AE

Servicios Especiales

Policía Loc yAux

Agente provista C1 20 1320 37,50 52,00 8.229,99

033-90AGENTE POLICIA LOCAL

AGENTE POLICIA LOCAL

GARCIA GUTIERREZ, FRANCISCO FUNC AE

Servicios Especiales

Policía Loc yAux

Agente provista C1 20 1320 37,50 52,00 8.229,99

034-90AGENTE POLICIA LOCAL

AGENTE POLICIA LOCAL

ARGUDO IZQUIERDO, VICENTE FUNC AE

Servicios Especiales

Policía Loc yAux

Agente provista C1 20 1320 37,50 52,00 8.229,99

035-90AGENTE POLICIA LOCAL

AGENTE POLICIA LOCAL

MORENO FERNANDEZ, HIPOLITO FUNC AE

Servicios Especiales

Policía Loc yAux

Agente provista C1 20 1320 37,50 52,00 8.229,99

036-90AGENTE POLICIA LOCAL

AGENTE POLICIA LOCAL

MORALES FERNANDEZ, FRCO JAVIER FUNC AE

Servicios Especiales

Policía Loc yAux

Agente provista C1 20 1320 37,50 52,00 8.229,99

037-90AGENTE POLICIA LOCAL

AGENTE POLICIA LOCAL

GONZALEZ ALVAREZ, JOSE ANTONIO FUNC AE

Servicios Especiales

Policía Loc yAux

Agente provista C1 20 1320 37,50 52,00 8.229,99

137

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nºplaza

denominación plaza denominación puesto nombre clase escª subescª clase categoría situación grº CD pro h./sm sem.CE anual

(prta.)

038-90AGENTE POLICIA LOCAL

AGENTE POLICIA LOCAL

VERDU BOUZAS, MIGUEL ANGEL FUNC AE

Servicios Especiales

Policía Loc yAux

Agente provista C1 20 1320 37,50 52,00 8.229,99

039-90AGENTE POLICIA LOCAL

AGENTE POLICIA LOCAL

MORALES FERNANDEZ, MANUEL FUNC AE

Servicios Especiales

Policía Loc yAux

Agente provista C1 20 1320 37,50 52,00 8.229,99

040-90AGENTE POLICIA LOCAL

AGENTE POLICIA LOCAL

RODRIGUEZ PEREA, MANUEL FUNC AE

Servicios Especiales

Policía Loc yAux

Agente provista C1 20 1320 37,50 52,00 8.229,99

041-90AGENTE POLICIA LOCAL

AGENTE POLICIA LOCAL

EXCEDENCIA (TORRADO IBORRA, VALENTIN) FUNC AE

Servicios Especiales

Policía Loc yAux

Agente reservada C1 20 1320 37,50 52,00 8.229,99

042-90AGENTE POLICIA LOCAL

AGENTE POLICIA LOCAL

TORRENT FERRARI, EMILIO ANTONIO FUNC AE

Servicios Especiales

Policía Loc yAux

Agente provista C1 20 1320 37,50 52,00 8.229,99

043-90AGENTE POLICIA LOCAL

AGENTE POLICIA LOCAL

GONZALEZ ALVAREZ, JUAN CARLOS FUNC AE

Servicios Especiales

Policía Loc yAux

Agente provista C1 20 1320 37,50 52,00 8.229,99

044-90AGENTE POLICIA LOCAL

AGENTE POLICIA LOCAL

SOLER BALLESTA, RAFAEL FUNC AE

Servicios Especiales

Policía Loc yAux

Agente provista C1 20 1320 37,50 52,00 8.229,99

045-90AGENTE POLICIA LOCAL

AGENTE POLICIA LOCAL

SANSANO MUÑOZ, JUAN CARLOS FUNC AE

Servicios Especiales

Policía Loc yAux

Agente provista C1 20 1320 37,50 52,00 8.229,99

046-90AGENTE POLICIA LOCAL

AGENTE POLICIA LOCAL

CAMPOS RODRIGUEZ, CARLOS FUNC AE

Servicios Especiales

Policía Loc yAux

Agente provista C1 20 1320 37,50 52,00 8.229,99

047-90AGENTE POLICIA LOCAL

AGENTE POLICIA LOCAL

ROLDAN MERINO, VICENTE FUNC AE

Servicios Especiales

Policía Loc yAux

Agente provista C1 20 1320 37,50 52,00 8.229,99

048-90AGENTE POLICIA LOCAL

AGENTE POLICIA LOCAL

PEREZ ESCUDERO, ALEJANDRO FUNC AE

Servicios Especiales

Policía Loc yAux

Agente provista C1 20 1320 37,50 52,00 8.229,99

049-90AGENTE POLICIA LOCAL

AGENTE POLICIA LOCAL

BELLIDO TERRONES, JOSE LUIS FUNC AE

Servicios Especiales

Policía Loc yAux

Agente provista C1 20 1320 37,50 52,00 8.229,99

050-90AGENTE POLICIA LOCAL

AGENTE POLICIA LOCAL

REDONDO ESCOBAR, ANTONIO FUNC AE

Servicios Especiales

Policía Loc yAux

Agente provista C1 20 1320 37,50 52,00 8.229,99

051-90AGENTE POLICIA LOCAL

AGENTE POLICIA LOCAL

VERDU MOLL, MIGUEL FUNC AEServicios Especiales

Policía Loc yAux

Agente provista C1 20 1320 37,50 52,00 8.229,99

052-90AGENTE POLICIA LOCAL

AGENTE POLICIA LOCAL

NO OCUPADA FUNC AEServicios Especiales

Policía Loc yAux

Agente vacante C1 20 1320 37,50 52,00 8.229,99

053-90AGENTE POLICIA LOCAL

AGENTE POLICIA LOCAL

DORCE GONZALEZ, MIGUEL JOSE FUNC AE

Servicios Especiales

Policía Loc yAux

Agente provista C1 20 1320 37,50 52,00 8.229,99

054-90AGENTE POLICIA LOCAL

AGENTE POLICIA LOCAL

RUIZ MARTINEZ, CARLOS FUNC AEServicios Especiales

Policía Loc yAux

Agente provista C1 20 1320 37,50 52,00 8.229,99

055-90AGENTE POLICIA LOCAL

AGENTE POLICIA LOCAL

CUENCA PEREZ, Mª PILAR FUNC AEServicios Especiales

Policía Loc yAux

Agente provista C1 20 1320 37,50 52,00 8.229,99

056-90AGENTE POLICIA LOCAL

AGENTE POLICIA LOCAL

SANCHIS RONDA, FRCA. DOLORES FUNC AE

Servicios Especiales

Policía Loc yAux

Agente provista C1 20 1320 37,50 52,00 8.229,99

138

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nºplaza

denominación plaza denominación puesto nombre clase escª subescª clase categoría situación grº CD pro h./sm sem.CE anual

(prta.)

057-90AGENTE POLICIA LOCAL

AGENTE POLICIA LOCAL

VICENTE BONUS, JUAN LUIS FUNC AE

Servicios Especiales

Policía Loc yAux

Agente provista C1 20 1320 37,50 52,00 8.229,99

058-90AGENTE POLICIA LOCAL

AGENTE POLICIA LOCAL

SALINAS RAMOS, ERIC FUNC AEServicios Especiales

Policía Loc yAux

Agente provista C1 20 1320 37,50 52,00 8.229,99

059-90AGENTE POLICIA LOCAL

AGENTE POLICIA LOCAL

MOYA MORENO, PEDRO FUNC AEServicios Especiales

Policía Loc yAux

Agente provista C1 20 1320 37,50 52,00 8.229,99

060-91AGENTE POLICIA LOCAL

AGENTE POLICIA LOCAL

MOLINES BALDO, FRANCISCO FUNC AE

Servicios Especiales

Policía Loc yAux

Agente provista C1 20 1320 37,50 52,00 8.229,99

061-91AGENTE POLICIA LOCAL

AGENTE POLICIA LOCAL

LOPEZ RODRIGUEZ, JOSE JOAQUIN FUNC AE

Servicios Especiales

Policía Loc yAux

Agente provista C1 20 1320 37,50 52,00 8.229,99

062-91AGENTE POLICIA LOCAL

AGENTE POLICIA LOCAL

MORENO AMIL, ANTONIO FUNC AEServicios Especiales

Policía Loc yAux

Agente provista C1 20 1320 37,50 52,00 8.229,99

063-90AGENTE POLICIA LOCAL

AGENTE POLICIA LOCAL

BERTOMEU BUIGUES, SALVADOR FUNC AE

Servicios Especiales

Policía Loc yAux

Agente provista C1 20 1320 37,50 52,00 8.229,99

064-96AGENTE POLICIA LOCAL

AGENTE POLICIA LOCAL

VALLE LLEDOSA, ENRIQUE FUNC AE

Servicios Especiales

Policía Loc yAux

Agente provista C1 20 1320 37,50 52,00 8.229,99

065-99AGENTE POLICIA LOCAL

AGENTE POLICIA LOCAL

NUÑEZ ZARAGOZA, JORDI FUNC AEServicios Especiales

Policía Loc yAux

Agente provista C1 20 1320 37,50 52,00 8.229,99

066-99AGENTE POLICIA LOCAL

AGENTE POLICIA LOCAL

POLICARPO MOLL, JUAN MANUEL FUNC AE

Servicios Especiales

Policía Loc yAux

Agente provista C1 20 1320 37,50 52,00 8.229,99

067-99AGENTE POLICIA LOCAL

AGENTE POLICIA LOCAL

MORENO FERNANDEZ, MARTIN JOSE FUNC AE

Servicios Especiales

Policía Loc yAux

Agente provista C1 20 1320 37,50 52,00 8.229,99

068-99AGENTE POLICIA LOCAL

AGENTE POLICIA LOCAL

MORO MURCIA, ALEX FUNC AEServicios Especiales

Policía Loc yAux

Agente provista C1 20 1320 37,50 52,00 8.229,99

069-00AGENTE POLICIA LOCAL

AGENTE POLICIA LOCAL DE VERANO

NO OCUPADA FUNC AEServicios Especiales

Policía Loc yAux

Agente vacante C1 18 1320 37,50 13,00 629,91

070-00AGENTE POLICIA LOCAL

AGENTE POLICIA LOCAL DE VERANO

NO OCUPADA FUNC AEServicios Especiales

Policía Loc yAux

Agente vacante C1 18 1320 37,50 13,00 629,91

071-00AGENTE POLICIA LOCAL

AGENTE POLICIA LOCAL DE VERANO

NO OCUPADA FUNC AEServicios Especiales

Policía Loc yAux

Agente vacante C1 18 1320 37,50 13,00 629,91

072-00AGENTE POLICIA LOCAL

AGENTE POLICIA LOCAL DE VERANO

NO OCUPADA FUNC AEServicios Especiales

Policía Loc yAux

Agente vacante C1 18 1320 37,50 13,00 629,91

073-00AGENTE POLICIA LOCAL

AGENTE POLICIA LOCAL DE VERANO

NO OCUPADA FUNC AEServicios Especiales

Policía Loc yAux

Agente vacante C1 18 1320 37,50 13,00 629,91

074-00AGENTE POLICIA LOCAL

AGENTE POLICIA LOCAL DE VERANO

NO OCUPADA FUNC AEServicios Especiales

Policía Loc yAux

Agente vacante C1 18 1320 37,50 13,00 629,91

075-00AGENTE POLICIA LOCAL

AGENTE POLICIA LOCAL DE VERANO

NO OCUPADA FUNC AEServicios Especiales

Policía Loc yAux

Agente vacante C1 18 1320 37,50 13,00 629,91

139

Page 140: ASISTENTES ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA …...Recálculo sobre ingresos a fecha posterior 29000 IMPUESTO SOBRE CONSTRUCCIONES, ... 36000 VENTA DE LIBROS 335,00 265,00 70,00

nºplaza

denominación plaza denominación puesto nombre clase escª subescª clase categoría situación grº CD pro h./sm sem.CE anual

(prta.)

076-00AGENTE POLICIA LOCAL

AGENTE POLICIA LOCAL DE VERANO

NO OCUPADA FUNC AEServicios Especiales

Policía Loc yAux

Agente vacante C1 18 1320 37,50 13,00 629,91

077-00AGENTE POLICIA LOCAL

AGENTE POLICIA LOCAL DE VERANO

NO OCUPADA FUNC AEServicios Especiales

Policía Loc yAux

Agente vacante C1 18 1320 37,50 13,00 629,91

078-00AGENTE POLICIA LOCAL

AGENTE POLICIA LOCAL DE VERANO

NO OCUPADA FUNC AEServicios Especiales

Policía Loc yAux

Agente vacante C1 18 1320 37,50 13,00 629,91

090-90TECNICO ADMINISTRACIÓN GENERAL

JEFE DE AREA TERRITORIAL

REVERT CALABUIG, JUAN ANTONIO FUNC AG Técnica -- -- provista A1 30 1500 37,50 52,00 30.988,17

091-90INGENIERO DE CAMINOS CANALES Y PUERTOS

INGENIERO DE CAMINOS CANALES Y PUERTOS

FAUBEL COLLADO, JOSE LUIS FUNC AE Técnica

Técnico Superior

-- provista A1 28 1500 37,50 52,00 16.184,30

092-93 ARQUITECTO ARQUITECTO MENGUAL MUÑOZ, ALBERTO MIGUEL FUNC AE Técnica

Técnico Superior

-- provista A1 28 1500 37,50 52,00 16.184,30

093-99INGENIERO TECNICO OBRAS PUBLICAS

INGENIERO TECNICO OBRAS PUBLICAS

CERVANTES MARTINEZ, JUAN FUNC AE Técnica

Técnico Medio

-- provista A2 26 1500 37,50 52,00 10.211,34

094-90ARQUITECTO TECNICO

ARQUITECTO TECNICO

GONZALEZ GARCIA, JOSE FUNC AE TécnicaTécnico Medio

-- provista A2 26 1500 37,50 52,00 10.211,34

095-90TECNICO ESPECIALISTA DELINEACION

DELINEANTE ANDRES MARTINEZ, JUAN ANTONIO FUNC AE Técnica

Técnico Auxiliar

-- provista C1 22 1700 37,50 52,00 7.855,33

096-91TECNICO ESPECIALISTA DELINEACION

JEFE DEL GIS MARTIN GARCIA, JOSE LUIS FUNC AE Técnica

Técnico Auxiliar

-- provista C1 22 1500 37,50 52,00 7.886,26

097-99TECNICO ESPECIALISTA DELINEACION

DELINEANTE PENELLA GINER, FRCO. JAVIER FUNC AE Técnica

Técnico Auxiliar

-- provista C1 22 1500 37,50 52,00 7.886,26

098-99TECNICO ESPECIALISTA DELINEACION

JEFE DE IMAGEN CORPORATIVA

MALONDA PEREZ, JUAN EDUARDO FUNC AE Técnica

Técnico Auxiliar

-- provista C1 22 4910 37,50 52,00 7.855,33

100-94 ADMINISTRATIVO

ADMIN. JEFE DE NEGOCIADO DE URBANISMO- PROYECTOS

SEVILA GINER, FRANCISCA FUNC AG Administrativo -- -- provista C1 22 1500 37,50 52,00 12.030,95

102-90TECNICO ESPECIALISTA MANTENIMIENTO

COORDINADOR BRIGADAS

(NOMB.PROV) LOPEZ MERLOS, ANTONIO FUNC AE Técnica

Técnico Auxiliar

-- vacante C1 22 1500 37,50 52,00 8.129,54

103-90AUXILIAR ADMINISTRATIVO

AUXILIAR ADMINISTRATIVO DE URBANISMO

AGUILAR FEMENIA, MARCO ANTONIO FUNC AG Auxiliar -- -- provista C2 18 1500 37,50 52,00 2.696,39

140

Page 141: ASISTENTES ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA …...Recálculo sobre ingresos a fecha posterior 29000 IMPUESTO SOBRE CONSTRUCCIONES, ... 36000 VENTA DE LIBROS 335,00 265,00 70,00

nºplaza

denominación plaza denominación puesto nombre clase escª subescª clase categoría situación grº CD pro h./sm sem.CE anual

(prta.)

105-92AUXILIAR ADMINISTRATIVO

AUXILIAR ADMINISTRATIVO DE CASA DE CULTURA

ORTIZ GARCIA, JENIFER FUNC AG Auxiliar -- -- provista C2 18 4910 37,50 52,00 2.701,67

106-92AUXILIAR ADMINISTRATIVO

AUXILIAR ADMINISTRATIVO DE URBANISMO

SANCHEZ PEDRERO, MARIA DOLORES FUNC AG Auxiliar -- -- provista C2 18 1500 37,50 52,00 2.701,67

107-99TECNICO ESPECIALISTA ELECTRICIDAD

CAPATAZ ELECTRICIDAD

FERNANDEZ GALAN, FRANCISCO FUNC AE

Servicios Especiales

Personal de oficios

Encargado provista C1 22 1650 37,50 52,00 13.855,89

111-99 BIOLOGOJEFE DE MEDIO AMBIENTE

MIRO NAVARRO, MANUEL FUNC AE TécnicaTécnico Superior

-- provista A1 26 1700 37,50 52,00 12.937,68

112-99 ADMINISTRATIVOADMIN. JEFE DE NEGOCIADO DE OMIC

CARBONERAS ROGER, NIEVES FUNC AG Administrativo -- -- provista C1 22 4930 37,50 52,00 3.797,44

113-90AUXILIAR ADMINISTRATIVO

AUXILIAR ADMINISTRATIVO

NO OCUPADA FUNC AG Auxiliar -- -- vacante C2 18 9200 37,50 52,00 2.722,63

114-00AUXILIAR ADMINISTRATIVO

AUXILIAR ADMINISTRATIVO DE BIBLIOTECA

PELLUCH PLANELLS, ELENA MARINA FUNC AG Auxiliar -- -- provista C2 18 3320 37,50 52,00 2.717,35

115-00AUXILIAR ADMINISTRATIVO

AUXILIAR ADMINISTRATIVO DE POLITICA SOCIAL

GARCIA SENDRA, Mª JOSEFA FUNC AG Auxiliar -- -- provista C2 18 2310 37,50 52,00 2.717,35

116-00AUXILIAR ADMINISTRATIVO

AUXILIAR ADMINISTRATIVO DE ADL

REDONDO AYUSO, Mª BELEN FUNC AG Auxiliar -- -- provista C2 18 4330 37,50 52,00 2.717,35

117-00AUXILIAR ADMINISTRATIVO

AUXILIAR ADMINISTRATIVO DE RENTAS

TOMAS SOLER, REMEDIOS FUNC AG Auxiliar -- -- provista C2 18 9201 37,50 52,00 2.717,35

118-92TECNICO AUXILIAR SOCIOCULTURAL

ANIMADOR SOCIOCULTURAL

MORATO MAURI, SILVIA CARMEN FUNC AE Técnica

Técnico Auxiliar

-- vacante C2 18 3340 37,50 52,00 6.563,28

119-97AUXILIAR ADMINISTRATIVO

AUXILIAR ADMINISTRATIVO DE RRHH

MORAGUES NAVARRO, Mª INMACULADA FUNC AG Auxiliar -- -- provista C2 18 9200 37,50 52,00 2.737,08

121-90 CONSERJECONSERJE DE DEPORTES

RUBIO TUR, JUAN ANTONIO FUNC AE

Servicios Especiales

Personal de oficios

Operario provista E 14 3400 37,50 52,00 1.810,28

123-90TECNICO ESPECIALISTA ACCION SOCIAL

TECNICO AUXILIAR COMUNICACIÓN

TOMAS MARTINEZ, MICAELA FUNC AE Técnica

Técnico Auxiliar

-- vacante C1 22 4320 37,50 52,00 8.298,41

124-90TECNICO ADMINISTRACIÓN GENERAL

JEFE DE AREA ECONOMICA

SANTACREU BAIDAL, JOSE FUNC AG Técnica -- -- provista A1 30 9201 37,50 52,00 30.988,16

141

Page 142: ASISTENTES ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA …...Recálculo sobre ingresos a fecha posterior 29000 IMPUESTO SOBRE CONSTRUCCIONES, ... 36000 VENTA DE LIBROS 335,00 265,00 70,00

nºplaza

denominación plaza denominación puesto nombre clase escª subescª clase categoría situación grº CD pro h./sm sem.CE anual

(prta.)

125-97TECNICO SUPERIOR ADMON. FINANCIERA

JEFE DE RENTAS PASTOR ABELLAN, MIGUEL FUNC AE Técnica

Técnico Superior

-- provista A1 28 9201 37,50 52,00 16.124,82

126-90 ADMINISTRATIVOADMIN. JEFE DE NEGOCIADO DE TESORERÍA

BUIGUES VIDAL, Mª LUISA FUNC AG Administrativo -- -- provista C1 22 9201 37,50 52,00 16.490,06

127-94 ADMINISTRATIVOADMINISTRATIVO DE COMPRAS

VIVES MAURI, JOSEFA FUNC AG Administrativo -- -- provista C1 22 9201 37,50 52,00 8.276,23

128-99 ADMINISTRATIVOADMINISTRATIVO DE ADL

BARBER MARTINEZ, ANGELES FUNC AG Administrativo -- -- provista C1 22 4330 37,50 52,00 8.276,23

129-90AUXILIAR ADMINISTRATIVO

AUXILIAR ADMINISTRATIVO DE CONTRATACIÓN

MAS PEREZ, JOSEFA FUNC AG Auxiliar -- -- provista C2 18 9201 37,50 52,00 2.722,63

130-96a

AUXILIAR ADMINISTRATIVO

AUXILIAR ADMINISTRATIVO DE COMPRAS

FONT MONSERRAT, NOEL JOSE FUNC AG Auxiliar -- -- provista C2 18 9201 37,50 52,00 2.753,56

131-92AUXILIAR ADMINISTRATIVO

AUXILIAR ADMINISTRATIVO DE MEDIO AMBIENTE

SANCHEZ MUÑOZ, MONICA FUNC AG Auxiliar -- -- provista C2 18 1700 37,50 52,00 2.722,63

133-92AUXILIAR ADMINISTRATIVO

AUXILIAR ADMINISTRATIVO DE SECRETARIA

JORRO GOMEZ, CAROLINA FUNC AG Auxiliar -- -- provista C2 18 9200 37,50 52,00 2.722,63

134-92AUXILIAR ADMINISTRATIVO

AUXILIAR ADMINISTRATIVO DE INTERVENCIÓN

MATANZAS BALSELLS, ROSA Mª FUNC AG Auxiliar -- -- provista C2 18 9201 37,50 52,00 2.722,63

135-92AUXILIAR ADMINISTRATIVO

AUXILIAR ADMINISTRATIVO DE RENTAS

TOMAS ORTOLA, MERCEDES FUNC AG Auxiliar -- -- provista C2 18 9201 37,50 52,00 2.722,63

136-90INGENIERO TECNICO INDUSTRIAL

INGENIERO TECNICO INDUSTRIAL

PASCUAL GRANGED, JUAN JOSE FUNC AE Técnica

Técnico Medio

-- provista A2 26 1500 37,50 52,00 6.010,78

137-99 ADMINISTRATIVO

ADMIN. JEFE DE NEGOCIADO DE URBANISMO-PLANIFICACIÓN

BARRANCO RIVERA, YOLANDA FUNC AG Administrativo -- -- provista C1 22 1500 37,50 52,00 8.276,23

138-99 ADMINISTRATIVO

ADMIN. JEFE DE NEGOCIADO DE ATENCIÓN AL CIUDADANO

SOLER REUS, MILAGROS FUNC AG Administrativo -- -- provista C1 22 9200 37,50 52,00 8.276,23

139-90AUXILIAR ADMINISTRATIVO

AUXILIAR ADMINISTRATIVO DE ATENCIÓN AL CIUDADANO

MORATO BORONAT, Mª LOURDES FUNC AG Auxiliar -- -- provista C2 18 9200 37,50 52,00 2.758,72

142

Page 143: ASISTENTES ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA …...Recálculo sobre ingresos a fecha posterior 29000 IMPUESTO SOBRE CONSTRUCCIONES, ... 36000 VENTA DE LIBROS 335,00 265,00 70,00

nºplaza

denominación plaza denominación puesto nombre clase escª subescª clase categoría situación grº CD pro h./sm sem.CE anual

(prta.)

140-90AUXILIAR ADMINISTRATIVO

AUXILIAR ADMINISTRATIVO DE CALIDAD URBANA

(RES. PTO.) LOPEZ MERLOS, ANTONIO FUNC AG Auxiliar -- -- provista C2 18 1500 37,50 52,00 2.717,35

142-91AUXILIAR ADMINISTRATIVO

AUXILIAR ADMINISTRATIVO DE DEPORTES

PINEDA IVARS, BERNARDA FUNC AG Auxiliar -- -- provista C2 18 3400 37,50 52,00 2.439,09

143-96a

AUXILIAR ADMINISTRATIVO

AUXILIAR ADMINISTRATIVO DE ADL

AVARGUEZ SUIRE, ELENA TERESA FUNC AG Auxiliar -- -- provista C2 18 4330 37,50 52,00 2.439,09

144-91AUXILIAR TECNICO MANTENIMIENTO

CAPATAZ OBRAS Y SERVICIOS

TRO PEREZ, FRANCISCO FUNC AEServicios Especiales

Personal de oficios

Encargado provista C2 18 1550 37,50 52,00 15.551,55

145-91AUXILIAR TECNICO MANTENIMIENTO

CAPATAZ PINTURA ORTIZ MARIN, MIGUEL FUNC AEServicios Especiales

Personal de oficios

Encargado provista C2 18 1550 37,50 52,00 11.783,08

147-91AUXILIAR TECNICO DE SERVICIOS

AUXILIAR ADMINISTRATIVO DE CEMENTERIO

MURCIA MALDINEZ, SILVIA FUNC AEServicios Especiales

Cometidos Especiales

-- provista C2 16 1640 37,50 52,00 2.433,18

149-91AUXILIAR TECNICO MANTENIMIENTO

OFICIAL 1ª SERVICIOS OROZCO FERRER, JUAN CARLOS LFIJ -- -- -- -- vacante C2 16 1700 37,50 52,00 2.007,24

150-91AUXILIAR TECNICO MANTENIMIENTO

OFICIAL 1ª OBRAS NO OCUPADA LFIJ -- -- -- -- vacante C2 16 1550 37,50 52,00 2.470,69

153-97AUXILIAR TECNICO MANTENIMIENTO

OFICIAL 1ª PINTOR YAGUE ALONSO, FABIAN LFIJ -- -- -- -- provista C2 16 1550 37,50 52,00 2.029,29

154-97AUXILIAR TECNICO MANTENIMIENTO

ENCARGADO TALLER MECÁNICA

BARRANCO MULET, JOSE ANTONIO LFIJ -- -- -- -- provista C2 16 1550 37,50 52,00 1.771,09

155-91AUXILIAR TECNICO MANTENIMIENTO

OFICIAL 1ª SERVICIOS RUIZ MARTOS, ESTEBAN LFIJ -- -- -- -- provista C2 16 1550 37,50 52,00 2.046,66

156-96AUXILIAR TECNICO MANTENIMIENTO

OFICIAL 2ª PINTOR TORRES DEVESA, DIEGO LFIJ -- -- -- -- provista C2 15 1550 37,50 52,00 1.874,99

157-91AUXILIAR TECNICO MANTENIMIENTO

OFICIAL 2ª SERVICIOS FERRER BASTIDAS, JUAN LFIJ -- -- -- -- provista C2 15 1550 37,50 52,00 1.874,99

158-91AUXILIAR TECNICO MANTENIMIENTO

CONSERJE DE CASA DE CULTURA

CARRASCO JIMENEZ, PEDRO JOSE LFIJ -- -- -- -- provista C2 15 3300 37,50 52,00 1.874,99

159-91AUXILIAR TECNICO MANTENIMIENTO

OFICIAL 2ª SERVICIOS ESPINOSA CORONAS, MATEO LFIJ -- -- -- -- provista C2 15 1550 37,50 52,00 1.874,99

160-91 OPERARIO PEON CORTES LOZANO, JUAN LFIJ -- -- -- -- provista E 12 1550 37,50 52,00 4.141,06

161-91 OPERARIO PEON PASTOR SEMPERE, GUILLERMO LFIJ -- -- -- -- provista E 12 1550 37,50 52,00 1.622,46

162-91 OPERARIO PEON MONCHO MARTINEZ, VICENTE LFIJ -- -- -- -- vacante E 12 1550 37,50 52,00 1.622,46

143

Page 144: ASISTENTES ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA …...Recálculo sobre ingresos a fecha posterior 29000 IMPUESTO SOBRE CONSTRUCCIONES, ... 36000 VENTA DE LIBROS 335,00 265,00 70,00

nºplaza

denominación plaza denominación puesto nombre clase escª subescª clase categoría situación grº CD pro h./sm sem.CE anual

(prta.)

163-91 OPERARIO PEON MUÑOZ HEREDIA, JOSE LFIJ -- -- -- -- provista E 12 1550 37,50 52,00 1.643,14

164-91 OPERARIO PEON RUIZ LUQUE, HERMINIO LFIJ -- -- -- -- provista E 12 1550 37,50 52,00 1.643,14

165-91 OPERARIOCONSERJE DE DEPORTES

BORONAT ORDINEZ, JUANBAUTISTA LFIJ -- -- -- -- provista E 12 3400 37,50 52,00 1.622,46

166-91PERSONAL DE LIMPIEZA

PERSONAL DE LIMPIEZA

PEREZ TUR, Mª JOSE LFIJ -- -- -- -- provista E 12 3211 20,00 52,00 807,62

167-91 SUBALTERNO REPARTIDOR FERRANDEZ ANDREU, JOAQUIN LFIJ -- -- -- -- provista E 11 3300 37,50 52,00 1.619,40

168-93TECNICO SUPERIOR ACCION SOCIAL

TECNICO ASUNTOS SOCIALES

ORTOLA CRESPO, RAMONA FUNC AE Técnica

Técnico Superior

-- vacante A1 25 2331 37,50 52,00 3.525,80

169-91 TRABAJADOR SOCIAL TRABAJADOR SOCIAL GOMEZ CRESPO, ADELA MARIA FUNC AE Técnica

Técnico Medio

-- provista A2 21 2310 37,50 52,00 3.104,55

170-91 TRABAJADOR SOCIALDIRECTOR DEL CENTRO CIVICO

CRUZ GUINART, Mª MONTSERRAT FUNC AE Técnica

Técnico Medio

-- provista A2 21 2324 37,50 52,00 9.575,99

171-98OPERARIO GESTION SOCIAL

AYUDANTE TRABAJADOR FAMILIAR

CLEMENTE GARCIA, LIDIA LFIJ -- -- -- -- provista E 12 2320 37,50 52,00 1.411,95

174-92TECNICO ASUNTOS SOCIALES

JEFE DEL SEAFI IBAÑEZ IVARS, JOSEP FUNC AE TécnicaTécnico Superior

-- provista A1 25 2320 37,50 52,00 3.525,80

176-00AUXILIAR TECNICO MANTENIMIENTO

ENCARGADO SERVICIO RECOGIDA ANIMALES

TOMAS GINER, JOSE LFIJ -- -- -- -- provista C2 15 3131 37,50 52,00 12.774,48

182-91AUXILIAR TECNICO EDUCACION INFANTIL

ASISTENTE INFANTIL TORRES NAVARRO, Mª BELEN LFIJ -- -- -- -- provista C2 13 3210 37,50 52,00 2.896,30

183-91AUXILIAR TECNICO EDUCACION INFANTIL

ASISTENTE INFANTIL IVARS CABRERA, JOSEFA Mª LFIJ -- -- -- -- provista C2 13 3210 37,50 52,00 2.896,30

185-91AUXILIAR TECNICO EDUCACION INFANTIL

AUXILIAR ADMINISTRATIVO DE POLITICA SOCIAL

GUTIERREZ CARMONA, JOSEFA LFIJ -- -- -- -- provista C2 13 2310 37,50 52,00 1.792,05

187-91AUXILIAR TECNICO EDUCACION INFANTIL

ASISTENTE INFANTIL ORTOLA TUR, CARMEN LFIJ -- -- -- -- vacante C2 13 3210 37,50 52,00 2.896,30

188-91AUXILIAR TECNICO MANTENIMIENTO

OFICIAL 2ª ELECTRICISTA

FLUIXA FERRER, ANTONIO LFIJ -- -- -- -- provista C2 15 1550 37,50 52,00 1.874,99

189-91AUXILIAR TECNICO MANTENIMIENTO

OFICIAL 2ª ELECTRICISTA

MIRALLES FERRER, JAIME LFIJ -- -- -- -- provista C2 15 1650 37,50 52,00 1.874,99

190-91 OPERARIO PEON IVARS PASTOR, JOAQUIN LFIJ -- -- -- -- provista E 12 1650 37,50 52,00 1.645,50

191-00AUXILIAR TECNICO MANTENIMIENTO

CAPATAZ JARDINES CHECA DIAZ, MANUEL FUNC AEServicios Especiales

Personal de oficios

Encargado provista C2 18 1710 37,50 52,00 15.551,55

144

Page 145: ASISTENTES ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA …...Recálculo sobre ingresos a fecha posterior 29000 IMPUESTO SOBRE CONSTRUCCIONES, ... 36000 VENTA DE LIBROS 335,00 265,00 70,00

nºplaza

denominación plaza denominación puesto nombre clase escª subescª clase categoría situación grº CD pro h./sm sem.CE anual

(prta.)

193-99 OPERARIO PEON MARTINEZ MORENO, JORDI LFIJ -- -- -- -- provista E 12 1550 37,50 52,00 1.622,46

194-99 OPERARIO PEON CARMONA HIDALGO, AURELIO LFIJ -- -- -- -- provista E 12 1710 37,50 52,00 1.622,46

195-99 OPERARIO PEON GONZALEZ VALERO, BENIGNO LFIJ -- -- -- -- provista E 12 1710 37,50 52,00 1.622,46

196-99 OPERARIO PEON HUERTAS PRADILLOS, MIGUEL ANGEL LFIJ -- -- -- -- provista E 12 1710 37,50 52,00 1.622,46

197-97 CONSERJECONSERJE DE POLÍTICA SOCIAL

IVARS TOMAS, JAIME LFIJ -- -- -- -- provista E 12 2310 37,50 52,00 1.622,46

198-92 OPERARIO SEPULTURERO VEGA RUIZ, JOSE MARIA FUNC AEServicios Especiales

Cometidos Especiales

-- provista E 14 1640 37,50 52,00 2.653,42

199-91AUXILIAR TECNICO MANTENIMIENTO

OFICIAL 1ª SERVICIOS (EXCEDENCIA) IVORRA IVORRA, JORGE MANUEL LFIJ -- -- -- -- provista C2 16 1550 37,50 52,00 5.373,91

200-91 OPERARIO PEON PINEDA FARRIER, JOSE MANUEL LFIJ -- -- -- -- provista E 12 1550 37,50 52,00 4.867,87

201-97 CONSERJECONSERJE DE DEPORTES

TUR MOLL, JAIME FRANCISC LFIJ -- -- -- -- provista E 12 3400 37,50 52,00 1.622,46

202-00PERSONAL DE LIMPIEZA

AUXILIAR GOBERNANTA LIMPIEZA CASA CULTURA

SELLES FERRER, FRANCISCA LFIJ -- -- -- -- vacante E 14 3300 37,50 52,00 4.192,09

203-91PERSONAL DE LIMPIEZA

PERSONAL DE LIMPIEZA

ZAMORA MORENO, Mª GLORIA LFIJ -- -- -- -- provista E 12 3211 37,50 52,00 1.622,46

204-00 OPERARIOCONSERJE DE CASA DE CULTURA

MORENO SUAREZ, JOSEFINA LFIJ -- -- -- -- provista E 12 3300 37,50 52,00 3.668,32

205-00 OPERARIOCONSERJE DE CASA DE CULTURA

PINTEÑO GINER, ANGELES LFIJ -- -- -- -- provista E 12 3300 37,50 52,00 1.622,46

206-00 CONSERJECONSERJE DE COLEGIOS

LIMIÑANA VICO, NOE LFIJ -- -- -- -- provista E 12 3211 37,50 52,00 1.622,46

208-00AUXILIAR TECNICO AUDIOVISUAL

AUXILIAR TECNICO AUDIOVISUAL

ALARCON CALVO, DAVID LFIJ -- -- -- -- vacante C2 14 3340 37,50 52,00 1.569,06

209-00AUXILIAR TECNICO MANTENIMIENTO

OFICIAL 1ª SERVICIOS VALERO SANCHEZ, PEDRO LFIJ -- -- -- -- provista C2 14 3300 37,50 52,00 1.569,06

210-91 OPERARIO PEON GUERRERO GONZALEZ, FRANCISCO LFIJ -- -- -- -- provista E 12 1550 37,50 52,00 1.622,46

211-91 CONSERJECONSERJE DE DEPORTES

GARCIA MARTINEZ, JESUS LFIJ -- -- -- -- provista E 12 3400 37,50 52,00 1.622,46

212-91 CONSERJECONSERJE DE DEPORTES

PLAZA GARCIA, ANTONIO FRCO. LFIJ -- -- -- -- provista E 12 3400 37,50 52,00 1.622,46

145

Page 146: ASISTENTES ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA …...Recálculo sobre ingresos a fecha posterior 29000 IMPUESTO SOBRE CONSTRUCCIONES, ... 36000 VENTA DE LIBROS 335,00 265,00 70,00

nºplaza

denominación plaza denominación puesto nombre clase escª subescª clase categoría situación grº CD pro h./sm sem.CE anual

(prta.)

214-91AUXILIAR TECNICO MANTENIMIENTO

OFICIAL 1ª SERVICIOS SUCH MOLINES, FRANCISCO LFIJ -- -- -- -- vacante C2 16 1550 37,50 52,00 2.007,24

216-91AUXILIAR TECNICO MANTENIMIENTO

OFICIAL 1ª SERVICIOS PINTEÑO DOMINGUEZ, ANGEL LFIJ -- -- -- -- provista C2 16 1550 37,50 52,00 2.007,24

217-91 OPERARIOCONSERJE DE DEPORTES

GONZALEZ DOMINGUEZ, BLAS LFIJ -- -- -- -- provista E 12 3400 37,50 52,00 2.751,49

218-91 OPERARIOCONSERJE DE CASA DE CULTURA

NO OCUPADA LFIJ -- -- -- -- vacante E 12 3300 37,50 23,83 743,63

221-91PERSONAL DE LIMPIEZA

PERSONAL DE LIMPIEZA

NO OCUPADA LFIJ -- -- -- -- vacante E 12 3400 37,50 52,00 1.622,46

222-91AUXILIAR TECNICO EDUCACION INFANTIL

ASISTENTE INFANTIL CASTILLO LOPEZ, MARIA ANGELES LFIJ -- -- -- -- provista C2 13 3210 37,50 52,00 1.792,05

223-91AUXILIAR TECNICO EDUCACION INFANTIL

ASISTENTE INFANTIL AREVALO MORILLO, FRANCISCA LFIJ -- -- -- -- provista C2 13 3210 37,50 52,00 2.896,30

224-91PERSONAL DE LIMPIEZA

PERSONAL DE LIMPIEZA

GARCIA IVARS, DOLORES MARIA LFIJ -- -- -- -- provista E 12 3340 37,50 52,00 1.622,46

225-91PERSONAL DE LIMPIEZA

PERSONAL DE LIMPIEZA

GARCIA NIETO, ANTONIA LFIJ -- -- -- -- provista E 12 3211 20,00 52,00 807,62

226-91PERSONAL DE LIMPIEZA

PERSONAL DE LIMPIEZA

ROSA CARRETERO, MANUELA LFIJ -- -- -- -- provista E 12 3211 20,00 52,00 807,62

227-96a

PERSONAL DE LIMPIEZA

PERSONAL DE LIMPIEZA

PULIDO JIMENEZ, MARIA SIXTA LFIJ -- -- -- -- provista E 12 9200 20,00 52,00 807,62

229-91AUXILIAR ADMINISTRATIVO

AUXILIAR ADMINISTRATIVO DE OMIC

FONT ROSELLO, VICENTA Mª FUNC AG Auxiliar -- -- provista C2 18 4930 37,50 52,00 2.717,35

231-91PERSONAL DE LIMPIEZA

PERSONAL DE LIMPIEZA

MOLL FERNANDEZ, EMILIA LFIJ -- -- -- -- vacante E 12 3211 20,00 52,00 807,63

232-00PERSONAL DE LIMPIEZA

PERSONAL DE LIMPIEZA CASA DE CULTURA

PEREZ GONZALEZ, Mª ANGELES LFIJ -- -- -- -- provista E 12 3300 25,00 52,00 1.030,13

235-00PERSONAL DE LIMPIEZA

CONSERJE DE CASA DE CULTURA

BECERRA LOMAS, ANTONIA LFIJ -- -- -- -- provista E 12 3300 25,00 52,00 1.030,13

236-00 OPERARIO PEON REQUENI PEDRO, VICENTE LFIJ -- -- -- -- provista E 12 1721 37,50 52,00 1.622,46

237-00 OPERARIOOPERARIO SERVICIO RECOGIDA ANIMALES

TOMAS FEMENIA, TAMARA LFIJ -- -- -- -- vacante E 12 3131 37,50 52,00 1.622,46

238-00 OPERARIO PEON MARQUEZ FRANCO, JOSE ANTONIO LFIJ -- -- -- -- provista E 12 1721 37,50 52,00 1.622,46

146

Page 147: ASISTENTES ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA …...Recálculo sobre ingresos a fecha posterior 29000 IMPUESTO SOBRE CONSTRUCCIONES, ... 36000 VENTA DE LIBROS 335,00 265,00 70,00

nºplaza

denominación plaza denominación puesto nombre clase escª subescª clase categoría situación grº CD pro h./sm sem.CE anual

(prta.)

239-00 OPERARIOCONSERJE DE CENTRO CIVICO

MBENGUE , MASSAMBA LFIJ -- -- -- -- provista E 12 2324 37,50 52,00 1.622,46

240-00 OPERARIO PEON NO OCUPADA LFIJ -- -- -- -- vacante E 12 1721 37,50 52,00 1.622,46

248-91PERSONAL DE LIMPIEZA

CONSERJE DE CASA DE CULTURA

SANCHEZ MUNERA, MANUELA LFIJ -- -- -- -- provista E 12 3300 37,50 52,00 1.622,46

250-91AUXILIAR TECNICO DEPORTES

MONITOR DEPORTIVO RUIZ FREZ, PILAR LFIJ -- -- -- -- provista C2 15 3410 37,50 52,00 1.173,73

254-91PERSONAL DE LIMPIEZA

PERSONAL DE LIMPIEZA

PERALES DEL OLMO, MILAGROS LFIJ -- -- -- -- provista E 12 3211 37,50 52,00 1.622,46

255-91PERSONAL DE LIMPIEZA

PERSONAL DE LIMPIEZA

CONTRERAS BAILEN, MARIA LFIJ -- -- -- -- provista E 12 3211 37,50 52,00 1.622,46

257-91PERSONAL DE LIMPIEZA

PERSONAL DE LIMPIEZA

FEIJOO BLANCO, Mª PILAR LFIJ -- -- -- -- provista E 12 3400 37,50 52,00 1.622,46

259-91PERSONAL DE LIMPIEZA

PERSONAL DE LIMPIEZA

RUIZ SOLIVELLES, Mª DOLORES LFIJ -- -- -- -- vacante E 12 3211 37,50 52,00 1.622,46

263-91PERSONAL DE LIMPIEZA

PERSONAL DE LIMPIEZA

MARTINEZ CONTRERAS, FRANCISCA LFIJ -- -- -- -- provista E 12 2331 20,00 52,00 807,63

265-91PERSONAL DE LIMPIEZA

PERSONAL DE LIMPIEZA

PERLES MARTINEZ, Mª JOSE LFIJ -- -- -- -- vacante E 12 3210 20,00 52,00 807,63

293-01ANALISTA PROGRAMADOR

ANALISTA PROGRAMADOR

PERLES RIBES, JUAN LUIS FUNC AE TécnicaTécnico Medio

-- provista A2 22 9200 37,50 52,00 3.100,42

295-01AGENTE POLICIA LOCAL

AGENTE POLICIA LOCAL

MARIN GUERRERO, RUBEN ANT. FUNC AE

Servicios Especiales

Policía Loc yAux

Agente provista C1 20 1320 37,50 52,00 8.229,99

296-01AGENTE POLICIA LOCAL

AGENTE POLICIA LOCAL

CLIMENT TRIGUERO, RAFAEL FUNC AE

Servicios Especiales

Policía Loc yAux

Agente provista C1 20 1320 37,50 52,00 8.229,99

297-01AGENTE POLICIA LOCAL

AGENTE POLICIA LOCAL

CAZAÑA SERRA, OSCAR JESUS FUNC AE

Servicios Especiales

Policía Loc yAux

Agente provista C1 20 1320 37,50 52,00 8.229,99

298-01AGENTE POLICIA LOCAL

AGENTE POLICIA LOCAL

SANCHIS PEREZ, JOSE JUAN FUNC AE

Servicios Especiales

Policía Loc yAux

Agente provista C1 20 1320 37,50 52,00 8.229,99

299-01TECNICO MEDIO BIBLIOTECA Y ARCHIVOS

DIRECTOR DE LA BIBLIOTECA

PASTOR PINEDA, MARIA FUNC AE TécnicaTécnico Medio

-- provista A2 22 3320 37,50 52,00 5.470,43

300-01TECNICO SUPERIOR COMUNICACIÓN

JEFE DE PROMOCIÓN TURÍSTICA

PASTOR PASTOR, PATRICIA FUNC AE Técnica

Técnico Superior

-- provista A1 25 4320 37,50 52,00 3.525,80

301-01 ADMINISTRATIVOADMIN. JEFE DE NEGOCIADO DE SUBVENCIONES

AGUDO GIMENEZ, MARIA MANUELA FUNC AG Administrativo -- -- provista C1 20 9200 37,50 52,00 3.789,19

147

Page 148: ASISTENTES ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA …...Recálculo sobre ingresos a fecha posterior 29000 IMPUESTO SOBRE CONSTRUCCIONES, ... 36000 VENTA DE LIBROS 335,00 265,00 70,00

nºplaza

denominación plaza denominación puesto nombre clase escª subescª clase categoría situación grº CD pro h./sm sem.CE anual

(prta.)

302-01TECNICO SUPERIOR PROMOCION ECONOMICA

JEFE DE CONTRATACIÓN

PERLES RIBES, JOSE FRANCISCO FUNC AE Técnica

Técnico Superior

-- provista A1 26 9201 37,50 52,00 12.937,68

303-01AUXILIAR TECNICO DE SERVICIOS

TELEFONISTA INTERPRETE

IVARS CRESPO, VANESA LFIJ -- -- -- -- provista C2 16 9200 37,50 52,00 2.421,34

305-01 TRABAJADOR SOCIAL TRABAJADOR SOCIAL GOMEZ FERNANDEZ, ANTONIA Mª FUNC AE Técnica

Técnico Medio

-- vacante A2 21 2310 37,50 52,00 3.081,26

307-01TECNICO MEDIO EDUCACION

DIRECTOR DE LA E.P.A.

SAU BORONAT, FRANCISCA MARIA LFIJ -- -- -- -- provista A2 21 3230 37,50 52,00 6.322,88

308-01TECNICO MEDIO EDUCACION

PROFESOR DE LA E.P.A.

MORATO PERLES, TERESAJESUS LFIJ -- -- -- -- provista A2 21 3230 37,50 52,00 6.322,88

309-01AUXILIAR TECNICO EDUCACION INFANTIL

ASISTENTE INFANTIL CAMAÑEZ CATALA, FRANCISCA LFIJ -- -- -- -- provista C2 13 3210 37,50 52,00 2.896,30

310-01AUXILIAR TECNICO EDUCACION INFANTIL

ASISTENTE INFANTIL RODRIGUEZ BORONAD, Mª JOSE LFIJ -- -- -- -- provista C2 13 3210 37,50 52,00 6.769,68

312-01AUXILIAR TECNICO EDUCACION INFANTIL

ASISTENTE INFANTIL POLICARPO MOLL, NOELIA LFIJ -- -- -- -- provista C2 13 3210 37,50 52,00 2.896,30

313-01AUXILIAR TECNICO MANTENIMIENTO

OFICIAL 2ª ELECTRICISTA

PASTOR TORREGROSA, FERNANDO LFIJ -- -- -- -- provista C2 15 1650 37,50 52,00 1.874,99

314-01AUXILIAR TECNICO MANTENIMIENTO

OFICIAL 1ª JARDINERO

BAYDAL PERPIÑA, JOSE CRISTOBAL LFIJ -- -- -- -- provista C2 15 1710 37,50 52,00 2.004,55

315-01 OPERARIO PEON MARTINEZ MUÑOZ, MODESTO LFIJ -- -- -- -- provista E 12 1710 37,50 52,00 1.622,46

316-01 OPERARIO SEPULTURERO GONZALEZ DOMINGUEZ, ALFONSO LFIJ -- -- -- -- provista E 14 1640 37,50 52,00 2.042,44

317-01PERSONAL DE LIMPIEZA

PERSONAL DE LIMPIEZA

SADOC RIVERA, Mª LUISA LFIJ -- -- -- -- provista E 12 3211 20,00 52,00 807,63

318-01PERSONAL DE LIMPIEZA

PERSONAL DE LIMPIEZA CASA DE CULTURA

FERRER , PAMELA K. LFIJ -- -- -- -- vacante E 12 3300 25,00 52,00 1.030,13

319-02TECNICO ESPECIALISTA ACCION SOCIAL

EDUCADOR CALLE MARTI CRESPO, LAURA LFIJ -- -- -- -- vacante C1 18 2320 37,50 52,00 2.740,22

320-02AUXILIAR TECNICO AUDIOVISUAL

ENCARGADO ESPACIOS ESCENICOS

FLUIXA FERRER, TOMAS LFIJ -- -- -- -- provista C2 18 3340 37,50 52,00 1.882,91

321-02PERSONAL DE LIMPIEZA

PERSONAL DE LIMPIEZA

ROSA CARRETERO, MODESTA LFIJ -- -- -- -- vacante E 12 3210 20,00 52,00 807,62

322-02PERSONAL DE LIMPIEZA

PERSONAL DE LIMPIEZA

RODRIGUEZ BELMONTE, DOLORES LFIJ -- -- -- -- provista E 12 4320 37,50 52,00 1.622,46

148

Page 149: ASISTENTES ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA …...Recálculo sobre ingresos a fecha posterior 29000 IMPUESTO SOBRE CONSTRUCCIONES, ... 36000 VENTA DE LIBROS 335,00 265,00 70,00

nºplaza

denominación plaza denominación puesto nombre clase escª subescª clase categoría situación grº CD pro h./sm sem.CE anual

(prta.)

323-02PERSONAL DE LIMPIEZA

CONSERJE DE MUSEOS

MORENO MOLINA, DOLORES LFIJ -- -- -- -- provista E 12 3340 37,50 52,00 1.622,46

324-02PERSONAL DE LIMPIEZA

PERSONAL DE LIMPIEZA

IVARS IVARS, ANTONIA LFIJ -- -- -- -- provista E 12 3211 37,50 52,00 1.622,46

325-02AUXILIAR TECNICO DELINEACION

AUXILIAR DELINEANTE

SARASA RIERA, JORGE JOSE FUNC AE Técnica

Técnico Auxiliar

-- provista C2 18 1500 37,50 52,00 2.722,63

326-02AUXILIAR TECNICO DE SERVICIOS

AUXILIAR ADMINISTRATIVO DE URBANISMO

JUAN I VIVES, ANTONI LFIJ -- -- -- -- provista C2 18 1500 37,50 52,00 10.108,23

327-03 ADMINISTRATIVOADMINISTRATIVO DE PMH

(nomb. Prov.) ANDRES PINEDA, VICENTE FUNC AG Administrativo -- -- vacante C1 20 9230 37,50 52,00 3.789,19

328-03 OPERARIO NOTIFICADOR DIAZ DIAZ, AGUSTINA FUNC AEServicios Especiales

Cometidos Especiales

-- provista E 14 9200 37,50 52,00 1.810,28

329-03OFICIAL POLICIA LOCAL

OFICIAL POLICIA LOCAL

VIZCAINO FERNANDEZ, VICENTE FUNC AE

Servicios Especiales

Policía Loc yAux

Oficial provista C1 22 1320 37,50 52,00 12.435,49

330-03OFICIAL POLICIA LOCAL

OFICIAL POLICIA LOCAL

VIZCAINO FERNANDEZ, MIGUEL FUNC AE

Servicios Especiales

Policía Loc yAux

Oficial provista C1 22 1320 37,50 52,00 12.435,49

331-03AGENTE POLICIA LOCAL

AGENTE POLICIA LOCAL

BENZAZOUA DOVAL, IKER FUNC AEServicios Especiales

Policía Loc yAux

Agente provista C1 20 1320 37,50 52,00 8.229,99

332-03AGENTE POLICIA LOCAL

AGENTE POLICIA LOCAL

GARCIA ORTIZ, FRCO. JAVIER FUNC AE

Servicios Especiales

Policía Loc yAux

Agente provista C1 20 1320 37,50 52,00 8.229,99

333-03AGENTE POLICIA LOCAL

AGENTE POLICIA LOCAL

DOMINGUEZ CASTRO, JOSE MARIA FUNC AE

Servicios Especiales

Policía Loc yAux

Agente provista C1 20 1320 37,50 52,00 8.229,99

334-03AGENTE POLICIA LOCAL

AGENTE POLICIA LOCAL

GONZALEZ ARRONDO, JOSE JAVIER FUNC AE

Servicios Especiales

Policía Loc yAux

Agente provista C1 20 1320 37,50 52,00 8.229,99

335-03TECNICO MEDIO EDUCACION INFANTIL

DIRECTOR DE LA GUARDERIA

VIVES IVARS, ANA FUNC AE TécnicaTécnico Medio

-- provista A2 20 3210 37,50 52,00 8.741,23

339-03 FISIOTERAPEUTA FISIOTERAPEUTA OROZCO ROSELLO, CONCEPCION LFIJ -- -- -- -- provista A2 20 2324 37,50 52,00 2.426,32

340-03AUXILIAR TECNICO MANTENIMIENTO

ENCARGADO TALLER CERRAJERÍA

LARA ROMERA, SANTIAGO LFIJ -- -- -- -- provista C2 18 1550 37,50 52,00 11.783,07

342-03AUXILIAR ADMINISTRATIVO

AUXILIAR ADMINISTRATIVO DE ARCHIVO

MORATO MULET, MARIA CLARA LFIJ -- -- -- -- vacante C2 18 3320 37,50 52,00 2.722,63

343-03 TRABAJADOR SOCIAL TRABAJADOR SOCIAL MONASOR ORTOLA, SHAILA MARIA LFIJ -- -- -- -- vacante A2 21 2324 37,50 52,00 3.081,26

344-03AUXILIAR TECNICO SOCIOCULTURAL

AUXILIAR ANIMACIÓN SOCIOCULTURAL

PINEDA GUTIERREZ, MARIA LFIJ -- -- -- -- vacante C2 18 2324 37,50 52,00 2.722,62

149

Page 150: ASISTENTES ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA …...Recálculo sobre ingresos a fecha posterior 29000 IMPUESTO SOBRE CONSTRUCCIONES, ... 36000 VENTA DE LIBROS 335,00 265,00 70,00

nºplaza

denominación plaza denominación puesto nombre clase escª subescª clase categoría situación grº CD pro h./sm sem.CE anual

(prta.)

345-03AUXILIAR ADMINISTRATIVO

AUXILIAR ADMINISTRATIVO DE CENTRO CIVICO

PASTOR MOLINES, PEDROJOSE FUNC AG Auxiliar -- -- provista C2 18 2324 37,50 52,00 2.722,63

347-03PERSONAL DE LIMPIEZA

PERSONAL DE LIMPIEZA

CUADRA ROMERO, MARIA LFIJ -- -- -- -- vacante E 12 3211 20,00 52,00 807,63

348-03 CONSERJECONSERJE DE AYUNTAMIENTO

CEAUSU , CONSTANTIN G. LFIJ -- -- -- -- vacante E 12 9200 37,50 52,00 1.622,46

349-03 CONSERJECONSERJE DE CASA DE CULTURA

SANTOS PASTOR, TEODORA LFIJ -- -- -- -- provista E 12 3300 37,50 52,00 1.622,46

350-03 PSICOLOGO PSICOLOGO ROSELLO CALVO, BERNARDINA L. LFIJ -- -- -- -- provista A1 21 2310 37,50 52,00 7.897,15

351-03TECNICO ESPECIALISTA ACCION SOCIAL

MONITOR OCUPACIONAL

ORTIZ NAVARRO, RAMON LFIJ -- -- -- -- vacante C1 15 2331 37,50 52,00 1.906,12

352-03TECNICO ESPECIALISTA ACCION SOCIAL

MONITOR OCUPACIONAL

POLICARPO MOLL, Mª NIEVES LFIJ -- -- -- -- provista C1 15 2331 37,50 52,00 1.906,12

353-03TECNICO ESPECIALISTA ACCION SOCIAL

MONITOR OCUPACIONAL

OGAYAR LEON, Mª ISABEL FUNC AEServicios Especiales

Cometidos Especiales

-- vacante C1 15 2331 37,50 52,00 1.906,12

354-03TECNICO ESPECIALISTA ACCION SOCIAL

MONITOR OCUPACIONAL

NO OCUPADA LFIJ -- -- -- -- vacante C1 15 2331 37,50 52,00 1.906,12

356-03AUXILIAR TECNICO ACCION SOCIAL

AUXILIAR MONITOR OCUPACIONAL

IVARS MUT, JUAN VICENTE LFIJ -- -- -- -- provista C2 13 2331 37,50 52,00 1.883,24

357-03PERSONAL DE LIMPIEZA

CONSERJE DE CENTRO DE DIA

CABRERA PEREZ, Mª CARMEN LFIJ -- -- -- -- provista E 12 2331 25,00 52,00 1.030,13

358-03PERSONAL DE LIMPIEZA

PERSONAL DE LIMPIEZA CASA DE CULTURA

SAN LAZARO LOPEZ, ISABEL LFIJ -- -- -- -- provista E 12 3300 25,00 52,00 1.030,13

359-03 FISIOTERAPEUTA FISIOTERAPEUTA TURRADO TURRADO, NURIA LFIJ -- -- -- -- provista A2 19 2331 20,00 52,00 1.287,39

363-04AGENTE POLICIA LOCAL

AGENTE POLICIA LOCAL

VERA CALLEJAS, MANUEL FUNC AEServicios Especiales

Policía Loc yAux

Agente provista C1 20 1320 37,50 52,00 8.229,99

364-04AGENTE POLICIA LOCAL

AGENTE POLICIA LOCAL

WILKINSON BOWLER, BENNICHOLAS FUNC AE

Servicios Especiales

Policía Loc yAux

Agente provista C1 20 1320 37,50 52,00 8.229,99

365-04AGENTE POLICIA LOCAL

AGENTE POLICIA LOCAL

DIAZ MARTINEZ, JOSE RAMON FUNC AE

Servicios Especiales

Policía Loc yAux

Agente provista C1 20 1320 37,50 52,00 8.229,99

366-04AGENTE POLICIA LOCAL

AGENTE POLICIA LOCAL

LOPEZ DIAZ, SERGIO FUNC AEServicios Especiales

Policía Loc yAux

Agente provista C1 20 1320 37,50 52,00 8.229,99

150

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nºplaza

denominación plaza denominación puesto nombre clase escª subescª clase categoría situación grº CD pro h./sm sem.CE anual

(prta.)

367-04TECNICO SUPERIOR EDUCACION MUSICAL

COORDINADOR DE EDUCACIÓN

PENELLA GINER, Mª ANGELES FUNC AE Técnica

Técnico Superior

-- provista A1 26 3230 37,50 52,00 12.937,68

368-04AUXILIAR ADMINISTRATIVO

AUXILIAR ADMINISTRATIVO DE TESORERÍA

TUR CALATAYUD, EMMA FRCA. FUNC AG Auxiliar -- -- provista C2 18 9201 37,50 52,00 2.406,18

371-04 ADMINISTRATIVO

ADMIN. JEFE DE NEGOCIADO DE URBANISMO-INSPECCIÓN

MUNERA GALVEZ, Mª DOLORES FUNC AG Administrativo -- -- provista C1 20 1500 37,50 52,00 3.789,19

372-04ARQUITECTO TECNICO

ARQUITECTO TECNICO

PARRILLA GREGORIO, RAMON FUNC AE Técnica

Técnico Medio

-- provista A2 24 1500 37,50 52,00 10.193,78

373-04TECNICO ADMINISTRACIÓN GENERAL

JEFE DE AREA REGIMEN INTERIOR

MAS GONZALEZ, Mª MERCEDES FUNC AG Técnica -- -- provista A1 28 9200 37,50 52,00 16.125,29

375-04TECNICO SUPERIOR CULTURA

COORDINADOR DE LA CASA DE CULTURA

GONZALEZ MARTINEZ, Mª AMPARO FUNC AE Técnica

Técnico Superior

-- vacante A1 25 3300 37,50 52,00 5.007,63

376-04AUXILIAR ADMINISTRATIVO

AUXILIAR ADMINISTRATIVO DE ATENCIÓN AL CIUDADANO

PASTOR PINEDA, JUAN MIGUEL FUNC AG Auxiliar -- -- provista C2 18 9200 37,50 52,00 2.406,18

378-04AUXILIAR TECNICO DE SERVICIOS

AUXILIAR ADMINISTRATIVO DE JUVENTUD

FERNANDO MESEGUE, FRANCESC XAVIE FUNC AE Técnica

Técnico Auxiliar

-- provista C2 16 2323 37,50 52,00 4.037,87

379-04AUXILIAR ADMINISTRATIVO

AUXILIAR ADMINISTRATIVO DE RRHH

CABRERA GUERRERO, ANTONIO FUNC AG Auxiliar -- -- provista C2 18 9200 37,50 52,00 2.406,18

380-04 ADMINISTRATIVOADMINISTRATIVO DE CASA DE CULTURA

CARRIO LLOPIS, MARIA CLARA FUNC AG Administrativo -- -- provista C1 20 3300 37,50 52,00 3.789,19

381-04TECNICO MEDIO PROMOCION ECONOMICA

JEFE DE ADL PARREÑO VIDAL, TERESA FUNC AE TécnicaTécnico Medio

-- provista A2 21 4330 37,50 52,00 2.761,45

382-04AUXILIAR ADMINISTRATIVO

AUXILIAR ADMINISTRATIVO DE POLICÍA LOCAL-OFICINAS

PASTOR GARCIA, S. JOAQUIN FUNC AG Auxiliar -- -- provista C2 18 1320 37,50 52,00 2.406,18

383-04 OPERARIO PEON SHEPHERD THORP, ROBERT ANDREW LFIJ -- -- -- -- provista E 12 1550 37,50 52,00 3.851,37

384-04AUXILIAR TECNICO MANTENIMIENTO

OFICIAL 1ª FONTANERO

NO OCUPADA LFIJ -- -- -- -- vacante C2 16 1550 37,50 52,00 2.007,25

385-04AUXILIAR TECNICO MANTENIMIENTO

OFICIAL 1ª OBRAS XAMANI MONSERRAT, FRCO. DAVID LFIJ -- -- -- -- provista C2 16 1550 37,50 52,00 2.007,25

151

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nºplaza

denominación plaza denominación puesto nombre clase escª subescª clase categoría situación grº CD pro h./sm sem.CE anual

(prta.)

387-04AUXILIAR TECNICO MANTENIMIENTO

OFICIAL 1ª SERVICIOS BORONAD SOLIVELLES, JAUME LFIJ -- -- -- -- provista C2 16 1700 37,50 52,00 2.007,25

388-04AUXILIAR TECNICO MANTENIMIENTO

OFICIAL 1ª PINTOR MORENO CORTES, SALVADOR LFIJ -- -- -- -- provista C2 16 1550 37,50 52,00 2.007,25

389-04AUXILIAR TECNICO MANTENIMIENTO

OFICIAL 1ª SERVICIOS GARCIA IVARS, FRANCISCO JUAN LFIJ -- -- -- -- provista C2 16 1550 37,50 52,00 2.007,25

390-04AUXILIAR TECNICO MANTENIMIENTO

OFICIAL 1ª PINTOR ORTIZ MARIN, JOAQUIN LFIJ -- -- -- -- provista C2 16 1550 37,50 52,00 2.007,25

393-04AUXILIAR TECNICO MANTENIMIENTO

GOBERNANTA LIMPIEZA

MARTI MAYANS, SALVADORA LFIJ -- -- -- -- provista C2 18 3211 37,50 52,00 9.669,64

394-04AUXILIAR TECNICO MANTENIMIENTO

CAPATAZ BRIGADA MANTENIMIENTO

NO OCUPADA LFIJ -- -- -- -- vacante C2 16 1550 37,50 52,00 2.036,99

395-04TECNICO ESPECIALISTA DE SERVICIOS

VIGILANTE DEPOSITO VEHICULOS

LOPEZ PALOMERO, ANTONIO FUNC AE Técnica

Técnico Auxiliar

-- provista C1 22 1320 37,50 52,00 8.276,23

396-04 OPERARIO PEON SALA MORATO, ANTONIO JOSE LFIJ -- -- -- -- provista E 12 1650 37,50 52,00 1.622,46

397-04 OPERARIO PEON MUÑOZ HEREDIA, JUAN LFIJ -- -- -- -- provista E 12 1710 37,50 52,00 1.622,46

398-04AUXILIAR TECNICO MANTENIMIENTO

OFICIAL 2ª JARDINERO

PLA CAPO, ABRAHAM LFIJ -- -- -- -- provista C2 15 1710 37,50 52,00 1.875,35

399-04AUXILIAR TECNICO MANTENIMIENTO

OFICIAL 1ª JARDINERO

GARCIA VALENZUELA, JOSE MANUEL LFIJ -- -- -- -- provista C2 16 1710 37,50 52,00 2.007,25

400-04AUXILIAR TECNICO MANTENIMIENTO

OFICIAL 1ª SERVICIOS ANTON DOMENECH, SEBASTIAN LFIJ -- -- -- -- vacante C2 16 1550 37,50 52,00 2.007,25

401-04AUXILIAR TECNICO MANTENIMIENTO

OFICIAL 1ª SERVICIOS BOTELLO LEON, MANUEL LFIJ -- -- -- -- provista C2 16 1721 37,50 52,00 2.007,25

402-04 OPERARIOCONSERJE DE DEPORTES

NO OCUPADA LFIJ -- -- -- -- vacante E 12 3400 37,50 52,00 1.622,46

403-04AUXILIAR TECNICO DE SERVICIOS

VIGILANTE AMBIENTAL

GARCELA BORONAD, JUAN JOSE LFIJ -- -- -- -- provista C2 16 1500 37,50 52,00 2.406,18

407-05AUXILIAR TECNICO MANTENIMIENTO

OFICIAL 2ª MECÁNICA TRO GUTIERREZ, VICENTE LFIJ -- -- -- -- provista C2 15 1550 37,50 52,00 1.797,33

408-05 OPERARIO PEON MUNERA CRESPO, BLAS LFIJ -- -- -- -- provista E 12 1550 37,50 52,00 1.857,59

409-05AUXILIAR TECNICO MANTENIMIENTO

OFICIAL 2ª CARPINTERO

BARRAGAN PERLES, JOSEANTONIO LFIJ -- -- -- -- provista C2 15 1550 37,50 52,00 1.797,33

411-05AUXILIAR TECNICO MANTENIMIENTO

OFICIAL 1ª SERVICIOS VARGAS NAVARRO, PEDRO LFIJ -- -- -- -- provista C2 16 1550 37,50 52,00 1.799,98

152

Page 153: ASISTENTES ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA …...Recálculo sobre ingresos a fecha posterior 29000 IMPUESTO SOBRE CONSTRUCCIONES, ... 36000 VENTA DE LIBROS 335,00 265,00 70,00

nºplaza

denominación plaza denominación puesto nombre clase escª subescª clase categoría situación grº CD pro h./sm sem.CE anual

(prta.)

415-05AUXILIAR TECNICO MANTENIMIENTO

OFICIAL 1ª PINTOR BALSERA ROSAS, JUAN PABLO LFIJ -- -- -- -- provista C2 16 1550 37,50 52,00 1.799,98

416-05AUXILIAR TECNICO MANTENIMIENTO

OFICIAL 1ª SERVICIOS ALBUGER MONDEJAR, MARIANO LFIJ -- -- -- -- provista C2 16 1550 37,50 52,00 1.799,98

417-05AUXILIAR TECNICO MANTENIMIENTO

OFICIAL 1ª OBRAS NO OCUPADA LFIJ -- -- -- -- vacante C2 16 1550 37,50 52,00 1.799,98

420-05 OPERARIO PEON BERTOMEU ASENSIO, CARLOS LFIJ -- -- -- -- provista E 12 1700 37,50 52,00 1.622,46

421-05 OPERARIO PEON AUSINA AVARGUES, MIGUEL LFIJ -- -- -- -- provista E 12 1721 37,50 52,00 1.622,46

422-05 OPERARIO PEON IVARS BORJA, JOSE LFIJ -- -- -- -- provista E 12 1700 37,50 52,00 1.622,46

423-05 OPERARIO PEON CARRION SAEZ, RAMON LFIJ -- -- -- -- provista E 12 1550 37,50 52,00 1.622,46

424-05 OPERARIO PEON HERAS MOLINA, GUSTAVO LFIJ -- -- -- -- provista E 12 1550 37,50 52,00 1.622,46

425-05 OPERARIO PEON CLEMENTE CARD, ALVARO LFIJ -- -- -- -- provista E 12 1550 37,50 52,00 1.622,46

426-05 OPERARIO PEON MARTI SALA, FRANCISCO LFIJ -- -- -- -- provista E 12 1550 37,50 52,00 1.622,46

427-05 OPERARIO PEON AUSINA AVARGUES, FRANCISCO JUAN LFIJ -- -- -- -- provista E 12 1550 37,50 52,00 1.622,46

428-05AUXILIAR TECNICO MANTENIMIENTO

OFICIAL 1ª JARDINERO

MUÑOZ HEREDIA, MANUEL LFIJ -- -- -- -- provista C2 16 1710 37,50 52,00 1.799,98

429-05AUXILIAR TECNICO MANTENIMIENTO

OFICIAL 2ª JARDINERO

MARTINEZ FERRER, PABLO LFIJ -- -- -- -- provista C2 15 1710 37,50 52,00 1.797,33

430-05 OPERARIO PEON MARTINEZ VALENZUELA, RAFAEL LFIJ -- -- -- -- provista E 12 1710 37,50 52,00 1.622,46

431-05 OPERARIO PEON DURO RUIZ, NARCISO LFIJ -- -- -- -- provista E 12 1710 37,50 52,00 1.622,46

433-05 OPERARIO PEON SOBEN GARCIA, VALENTIN LFIJ -- -- -- -- provista E 12 1710 37,50 52,00 1.622,46

434-05 OPERARIO PEON CANTERO MARTINEZ, ROQUE JUAN LFIJ -- -- -- -- provista E 12 1710 37,50 52,00 1.622,46

435-05 OPERARIO PEON GALERA ROMERO, ASENSIO LFIJ -- -- -- -- provista E 12 1710 37,50 52,00 1.622,46

436-05 OPERARIOCONSERJE DE JUVENTUD

GARCIA MARIN, JOSE MANUEL LFIJ -- -- -- -- provista E 12 2323 37,50 52,00 1.622,46

438-05AUXILIAR TECNICO DE SERVICIOS

AUXILIAR ADMINISTRATIVO DE CALIDAD URBANA

FONT MONSERRAT, DANIEL LFIJ -- -- -- -- provista C2 16 1500 37,50 52,00 1.799,98

440-05 OPERARIO PEON MARTINEZ MORENO, SALVADOR LFIJ -- -- -- -- provista E 12 1700 37,50 52,00 1.857,28

441-05AUXILIAR TECNICO DE SERVICIOS

VIGILANTE AMBIENTAL

RODRIGUEZ MUÑOZ, FRCO. JAVIER LFIJ -- -- -- -- provista C2 16 1500 37,50 52,00 1.799,98

153

Page 154: ASISTENTES ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA …...Recálculo sobre ingresos a fecha posterior 29000 IMPUESTO SOBRE CONSTRUCCIONES, ... 36000 VENTA DE LIBROS 335,00 265,00 70,00

nºplaza

denominación plaza denominación puesto nombre clase escª subescª clase categoría situación grº CD pro h./sm sem.CE anual

(prta.)

442-05AUXILIAR ADMINISTRATIVO

AUXILIAR ADMINISTRATIVO DE TESORERÍA

MORALES PASTOR, ANA VANESA FUNC AG Auxiliar -- -- provista C2 18 9201 37,50 52,00 1.799,98

443-05AUXILIAR TECNICO EDUCACION INFANTIL

ASISTENTE INFANTIL MARTINEZ CAMPILLO, MERCEDES LFIJ -- -- -- -- vacante C2 13 3210 37,50 52,00 1.792,05

444-05AUXILIAR TECNICO EDUCACION INFANTIL

ASISTENTE INFANTIL MACAZAGA GUTIERREZ, OLATZ LFIJ -- -- -- -- vacante C2 13 3210 37,50 52,00 1.792,05

445-05AUXILIAR TECNICO EDUCACION INFANTIL

ASISTENTE INFANTIL GUTIERREZ SANTAMARTA,Mª BEGOÑA LFIJ -- -- -- -- vacante C2 13 3210 37,50 52,00 1.792,05

446-05AUXILIAR TECNICO EDUCACION INFANTIL

ASISTENTE INFANTIL IVARS SALA, RAQUEL LFIJ -- -- -- -- provista C2 13 3210 37,50 52,00 1.792,05

447-05 CONSERJECONSERJE DE COLEGIOS

SOLERA GARCIA, Mª PILAR LFIJ -- -- -- -- provista E 12 3211 37,50 52,00 1.857,59

448-05TECNICO MEDIO EDUCACION

PROFESOR DE LA E.P.A.

IVARS ZAMORA, ANDRES M. LFIJ -- -- -- -- vacante A2 18 3230 37,50 52,00 1.855,80

449-05TECNICO MEDIO EDUCACION

PROFESOR DE LA E.P.A.

IBAÑEZ CAPO, Mª JOSE LFIJ -- -- -- -- vacante A2 18 3230 37,50 52,00 1.855,80

451-05 CONSERJECONSERJE DE DEPORTES

MUÑOZ HEREDIA, JOSE LFIJ -- -- -- -- vacante E 12 3400 37,50 52,00 1.857,59

458-05 CONSERJECONSERJE DE MUSEOS

SALAZAR VILCHEZ, JOSE LFIJ -- -- -- -- provista E 12 3340 37,50 52,00 1.857,59

459-05 CONSERJECONSERJE DE MUSEOS

MORENO PLANTON, JOSE LFIJ -- -- -- -- provista E 12 3340 37,50 52,00 1.857,59

460-05 CONSERJECONSERJE DE MUSEOS

SUAREZ RUANO, Mª DEL CARMEN LFIJ -- -- -- -- provista E 12 3340 37,50 52,00 1.857,59

461-05 CONSERJECONSERJE DE COLEGIOS

GUIJON VILLAESCUSA, Mª DOLORES LFIJ -- -- -- -- provista E 12 3211 37,50 52,00 1.857,59

463-05 CONSERJECONSERJE DE DEPORTES

MOLL BERTOMEU, JAIME LFIJ -- -- -- -- provista E 12 3400 37,50 52,00 1.857,59

464-05 CONSERJECONSERJE DE POLÍTICA SOCIAL

PEREZ FERNANDEZ, ENCARNACION LFIJ -- -- -- -- provista E 12 2310 37,50 52,00 1.857,59

465-05 CONSERJECONSERJE DE CENTRO CIVICO

GINER ESTEVE, MERCEDES LFIJ -- -- -- -- provista E 12 2324 37,50 52,00 1.857,59

466-05 CONSERJECONSERJE DE CASA DE CULTURA

RODRIGUEZ VILLEGAS, ROSA MARIA LFIJ -- -- -- -- provista E 12 3300 37,50 52,00 1.857,59

467-05AUXILIAR TECNICO DEPORTES

MONITOR DEPORTIVO MARTINEZ URBANO, MANUEL LFIJ -- -- -- -- provista C2 15 3410 37,50 52,00 1.797,33

154

Page 155: ASISTENTES ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA …...Recálculo sobre ingresos a fecha posterior 29000 IMPUESTO SOBRE CONSTRUCCIONES, ... 36000 VENTA DE LIBROS 335,00 265,00 70,00

nºplaza

denominación plaza denominación puesto nombre clase escª subescª clase categoría situación grº CD pro h./sm sem.CE anual

(prta.)

469-05 CONSERJECONSERJE DE DEPORTES

URBANO CUENCA, VICENTE LFIJ -- -- -- -- vacante E 12 3400 37,50 52,00 1.857,59

472-05AUXILIAR ADMINISTRATIVO

AUXILIAR ADMINISTRATIVO DE ATENCIÓN AL CIUDADANO

GUERRERO MARTINEZ, MªPURIFICACION FUNC AG Auxiliar -- -- provista C2 18 9200 37,50 52,00 2.717,35

473-05AUXILIAR ADMINISTRATIVO

AUXILIAR ADMINISTRATIVO DE ATENCIÓN AL CIUDADANO

GRIMALT SANCHEZ, JOSE SALVADOR FUNC AG Auxiliar -- -- provista C2 16 9200 37,50 52,00 1.799,98

474-05AUXILIAR ADMINISTRATIVO

AUXILIAR ADMINISTRATIVO DE TURISMO

IVARS PASTOR, RUT FUNC AG Auxiliar -- -- vacante C2 16 4320 37,50 52,00 1.799,98

475-05AUXILIAR ADMINISTRATIVO

AUXILIAR ADMINISTRATIVO DE TURISMO

FERRER DOMENECH, SUSANA FUNC AG Auxiliar -- -- provista C2 16 4320 37,50 52,00 1.799,98

476-05AUXILIAR ADMINISTRATIVO

AUXILIAR ADMINISTRATIVO DE TURISMO

DOMINGUEZ BARBER, LAURA FUNC AG Auxiliar -- -- provista C2 16 4320 37,50 52,00 1.799,98

477-05AUXILIAR ADMINISTRATIVO

AUXILIAR ADMINISTRATIVO DE URBANISMO

PARRA MARTINEZ, SALIMA FUNC AG Auxiliar -- -- provista C2 18 1500 37,50 52,00 1.799,98

480-05 OPERARIO PEON TRO PEREZ, VICENTE LFIJ -- -- -- -- provista E 12 1550 37,50 52,00 1.857,59

482-05 ADMINISTRATIVOADMINISTRATIVO DE URBANISMO

ESCRIBANO RUIZ, CARMEN REYES FUNC AG Administrativo -- -- vacante C1 16 1500 37,50 52,00 1.817,57

483-05AUXILIAR ADMINISTRATIVO

AUXILIAR ADMINISTRATIVO DE DEPORTES

TUR CABRERA, PEDRO ANDRES FUNC AG Auxiliar -- -- provista C2 18 3400 37,50 52,00 1.799,98

484-05AUXILIAR ADMINISTRATIVO

AUXILIAR ADMINISTRATIVO DE URBANISMO

TOMAS SOLIVELLES, FRANCISCA Mª FUNC AG Auxiliar -- -- provista C2 18 1500 37,50 52,00 1.799,98

485-05PERSONAL DE LIMPIEZA

CONSERJE DE CASA DE CULTURA-AULA CAM

ARENAS ALVAREZ, CARMEN PILAR LFIJ -- -- -- -- provista E 12 3340 20,00 52,00 807,62

486-05PERSONAL DE LIMPIEZA

PERSONAL DE LIMPIEZA

ROLDAN PEREZ, MANUELA LFIJ -- -- -- -- provista E 12 3211 20,00 52,00 807,62

488-05PERSONAL DE LIMPIEZA

PERSONAL DE LIMPIEZA

FERNANDEZ MARTI, FELISA LFIJ -- -- -- -- provista E 12 3211 20,00 52,00 807,62

489-05PERSONAL DE LIMPIEZA

PERSONAL DE LIMPIEZA

FERNANDEZ IZQUIERDO, Mª PILAR LFIJ -- -- -- -- provista E 12 3211 20,00 52,00 807,62

155

Page 156: ASISTENTES ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA …...Recálculo sobre ingresos a fecha posterior 29000 IMPUESTO SOBRE CONSTRUCCIONES, ... 36000 VENTA DE LIBROS 335,00 265,00 70,00

nºplaza

denominación plaza denominación puesto nombre clase escª subescª clase categoría situación grº CD pro h./sm sem.CE anual

(prta.)

490-05PERSONAL DE LIMPIEZA

PERSONAL DE LIMPIEZA

ORTIZ MARIN, Mª SIERRA LFIJ -- -- -- -- provista E 12 9200 20,00 52,00 807,62

491-05PERSONAL DE LIMPIEZA

PERSONAL DE LIMPIEZA

TENT VIVES, FRANCISCA LFIJ -- -- -- -- vacante E 12 2331 25,00 52,00 1.030,13

494-05PERSONAL DE LIMPIEZA

PERSONAL DE LIMPIEZA CASA DE CULTURA

DE SAN LAZARO LOPEZ, JOSEFA LFIJ -- -- -- -- provista E 12 3300 25,00 52,00 1.030,13

498-05AUXILIAR TECNICO MANTENIMIENTO

OFICIAL 1ª OBRAS BERTOMEU MARTI, PEDRO LFIJ -- -- -- -- provista C2 16 1550 37,50 52,00 1.799,98

500-05AGENTE POLICIA LOCAL

AGENTE POLICIA LOCAL

RODRIGUEZ LOPEZ, ANDRES FUNC AE

Servicios Especiales

Policía Loc yAux

Agente provista C1 20 1320 37,50 52,00 8.229,99

501-05AGENTE POLICIA LOCAL

AGENTE POLICIA LOCAL

(COMISIÓN SERVICIOS ELCHE) PEREZ BARRAQUEL, FRCO. JOSE

FUNC AEServicios Especiales

Policía Loc yAux

Agente provista C1 20 1320 37,50 52,00 8.229,99

502-05AGENTE POLICIA LOCAL

AGENTE POLICIA LOCAL

PALACIOS GOMEZ, OLVIDO FUNC AE

Servicios Especiales

Policía Loc yAux

Agente provista C1 20 1320 37,50 52,00 8.229,99

503-05AGENTE POLICIA LOCAL

AGENTE POLICIA LOCAL

GARIJO CUBERO, DAVID FUNC AEServicios Especiales

Policía Loc yAux

Agente provista C1 20 1320 37,50 52,00 8.229,99

504-05TECNICO ESPECIALISTA EDUCACION INFANTIL

EDUCADOR INFANTIL MORATO MULET, CLARA LFIJ -- -- -- -- provista C1 21 3210 37,50 52,00 1.817,57

505-05TECNICO ESPECIALISTA EDUCACION INFANTIL

TECNICO AUXILIAR DEGESTIÓN CULTURAL

FERRER MARTINEZ, Mª MERCEDES LFIJ -- -- -- -- provista C1 21 3300 37,50 52,00 1.817,57

506-05TECNICO ESPECIALISTA EDUCACION INFANTIL

EDUCADOR INFANTIL MARTINEZ CAMPILLO, JOSEFA Mª LFIJ -- -- -- -- provista C1 21 3210 37,50 52,00 1.817,57

507-05TECNICO ESPECIALISTA EDUCACION INFANTIL

EDUCADOR INFANTIL FEMENIA SASTRE, Mª TERESA LFIJ -- -- -- -- provista C1 21 3210 37,50 52,00 1.817,57

508-05TECNICO ESPECIALISTA EDUCACION INFANTIL

EDUCADOR INFANTIL PERLES VALENCIA, TERESA LFIJ -- -- -- -- provista C1 21 3210 37,50 52,00 1.817,57

509-05TECNICO ESPECIALISTA EDUCACION INFANTIL

EDUCADOR INFANTIL MORATO CATALA, LORENA LFIJ -- -- -- -- provista C1 21 3210 37,50 52,00 1.817,57

510-05TECNICO ESPECIALISTA EDUCACION INFANTIL

EDUCADOR INFANTIL PERLES GARCIA, Mª ANGELES LFIJ -- -- -- -- provista C1 21 3210 37,50 52,00 1.817,57

517-05AUXILIAR TECNICO GESTION SANITARIA

AUXILIAR SOCIAL TUR PERALES, VANESA LFIJ -- -- -- -- vacante C2 14 2310 37,50 52,00 1.569,06

156

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nºplaza

denominación plaza denominación puesto nombre clase escª subescª clase categoría situación grº CD pro h./sm sem.CE anual

(prta.)

518-05AUXILIAR TECNICO GESTION SANITARIA

AUXILIAR SOCIAL SANZ RABOSO, ANA BELEN LFIJ -- -- -- -- vacante C2 14 2310 37,50 52,00 1.569,06

519-05AUXILIAR ADMINISTRATIVO

AUXILIAR ADMINISTRATIVO DE URBANISMO

ZARAGOZI IVARS, JOSEFA TERESA FUNC AG Auxiliar -- -- vacante C2 16 1500 37,50 52,00 1.585,04

521-05AUXILIAR TECNICO SOCIOCULTURAL

AUXILIAR ANIMACIÓN SOCIOCULTURAL

CLEMENTE FERRER, TERESA LFIJ -- -- -- -- provista C2 16 3300 37,50 52,00 5.003,48

523-05TECNICO SUPERIOR ACCION SOCIAL

JEFE DE SAD BERTOMEU IVARS, ANTONI FUNC AE Técnica

Técnico Superior

-- provista A1 25 2310 37,50 52,00 8.293,43

524-05AUXILIAR TECNICO DE SERVICIOS

VIGILANTE DEPOSITO VEHICULOS

LLEDOSA MOLL, ELISA Mª LFIJ -- -- -- -- provista C2 18 1320 37,50 52,00 4.950,46

525-05TECNICO ESPECIALISTA ACCION SOCIAL

EDUCADOR CALLE GONZALEZ SANCHEZ, JORGE FUNC AE Técnica

Técnico Auxiliar

-- vacante C1 22 2320 37,50 52,00 7.855,33

529-05TECNICO MEDIO DE GESTION

JEFE DE INTERVENCIÓN

MOLINES BALDO, JOSE FUNC AG De Gestión -- -- provista A2 26 9201 37,50 52,00 6.010,79

530-05TECNICO MEDIO DE GESTION

TECNICO DE GESTION MARTINEZ SIMON, JESUS PEDRO FUNC AG De Gestión -- -- vacante A2 22 1500 37,50 52,00 1.869,33

533-05AUXILIAR TECNICO DE INFORMÁTICA

AUXILIAR DE INFORMATICA

SANCHEZ PEREZ, SALVADOR FUNC AE Técnica

Técnico Auxiliar

-- provista C2 16 9200 37,50 52,00 1.799,98

534-05AUXILIAR TECNICO DE SANIDAD

AUXILIAR ADMINISTRATIVO DE SANIDAD

FEMENIA SASTRE, ROCIO FUNC AE TécnicaTécnico Auxiliar

-- provista C2 16 3130 37,50 52,00 1.799,98

535-05AUXILIAR TECNICO DE NOTIFICACIONES

AUXILIAR JEFE DE NEGOCIADO DE NOTIFICACIONES

PEREZ VICENTE, EMILIA FUNC AEServicios Especiales

Cometidos Especiales

-- provista C2 14 9200 37,50 52,00 1.794,69

537-06AGENTE POLICIA LOCAL

AGENTE POLICIA LOCAL

RODRIGUEZ GARCIA, RAQUEL FUNC AE

Servicios Especiales

Policía Loc yAux

Agente provista C1 20 1320 37,50 52,00 8.229,99

538-06AGENTE POLICIA LOCAL

AGENTE POLICIA LOCAL

LUQUE JUAREZ, FRANCISCO FUNC AE

Servicios Especiales

Policía Loc yAux

Agente reservada C1 20 1320 37,50 52,00 8.229,99

539-06AGENTE POLICIA LOCAL

AGENTE POLICIA LOCAL

LLINARES ZARAGOZA, ENRIC FUNC AE

Servicios Especiales

Policía Loc yAux

Agente provista C1 20 1320 37,50 52,00 8.229,99

540-06AGENTE POLICIA LOCAL

AGENTE POLICIA LOCAL

PERLES MARTINEZ, FRCO.ANTONIO FUNC AE

Servicios Especiales

Policía Loc yAux

Agente provista C1 20 1320 37,50 52,00 8.229,99

541-06AGENTE POLICIA LOCAL

AGENTE POLICIA LOCAL

BARCELO FERRANDEZ, JAVIER FUNC AE

Servicios Especiales

Policía Loc yAux

Agente provista C1 20 1320 37,50 52,00 8.229,99

543-06TECNICO SUPERIOR COMUNICACIÓN

JEFE DE PRENSA GOMEZ PALAO, Mª NIEVES FUNC AE TécnicaTécnico Superior

-- vacante A1 25 4910 37,50 52,00 3.525,80

157

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nºplaza

denominación plaza denominación puesto nombre clase escª subescª clase categoría situación grº CD pro h./sm sem.CE anual

(prta.)

544-06TECNICO SUPERIOR COMUNICACIÓN

JEFE DE COMUNICACIÓN INSTITUCIONAL

SORIA BONET, Mª AMPARO FUNC AE TécnicaTécnico Superior

-- vacante A1 25 4910 37,50 52,00 3.525,80

547-06PERSONAL DE LIMPIEZA

PERSONAL DE LIMPIEZA

SANTOS MONTES, Mª CARMEN LFIJ -- -- -- -- provista E 12 3211 37,50 52,00 1.622,46

548-06PERSONAL DE LIMPIEZA

PERSONAL DE LIMPIEZA

PEREIRA MANCILLA, MARIA TERESA LFIJ -- -- -- -- provista E 12 3211 37,50 52,00 1.622,46

549-06PERSONAL DE LIMPIEZA

CONSERJE DE AYUNTAMIENTO

SOLIVELLES FONT, JOAQUINA LFIJ -- -- -- -- provista E 12 9200 37,50 52,00 1.622,46

553-06AUXILIAR TECNICO GESTION SANITARIA

AUXILIAR SOCIAL JUAN LLINARES, RAQUEL LFIJ -- -- -- -- vacante C2 14 2310 37,50 52,00 1.579,62

555-06AUXILIAR ADMINISTRATIVO

AUXILIAR ADMINISTRATIVO DE POLICÍA LOCAL-OFICINAS

CRESPO PASTOR, DOMINGO FUNC AG Auxiliar -- -- vacante C2 14 1320 37,50 52,00 2.669,35

556-06AUXILIAR TECNICO SOCIOCULTURAL

AUXILIAR ADMINISTRATIVO DE VOLUNTARIADO

GARCIA GINER, VICTOR LFIJ -- -- -- -- provista C2 14 2323 37,50 52,00 2.669,35

557-06 CONSERJECONSERJE DE JUVENTUD

CERVERA PUIGCERVER, FRCA. ANTONIA FUNC AE

Servicios Especiales

Personal de oficios

Operario vacante E 12 2323 37,50 52,00 1.830,98

559-06TECNICO ASUNTOS SOCIALES

DIRECTOR DEL CENTRO DIA MAITE BORONAT

GONZALEZ JORRO, Mª GEMA FUNC AE Técnica

Técnico Medio

-- vacante A2 20 2331 37,50 52,00 1.928,85

563-06 ASESOR JURÍDICO JEFE DE IGUALDAD SEGOVIA FERNANDEZ, TANIA FUNC AE Técnica

Técnico Superior

-- provista A1 26 2310 37,50 52,00 14.331,66

564-06AUXILIAR ADMINISTRATIVO

AUXILIAR ADMINISTRATIVO DE IGUALDAD

MARTI NASARRE DE LETOSA, Mª PILAR R. FUNC AG Auxiliar -- -- vacante C2 16 2310 37,50 52,00 2.717,35

568-06AUXILIAR ADMINISTRATIVO

AUXILIAR ADMINISTRATIVO DE BIBLIOTECA

DOMINGUEZ DOMINGUEZ,Mª ARACELI FUNC AG Auxiliar -- -- vacante C2 14 3320 37,50 52,00 2.712,07

569-06TECNICO MEDIO EDUCACION INFANTIL

JEFE DE ESTUDIOS ESCUELA INFANTIL

SANDOVAL GOMEZ, ANGELES FUNC AE Técnica

Técnico Medio

-- provista A2 20 3210 37,50 52,00 8.741,23

570-06

TECNICO ESPECIALISTA RELAC. INSTITUCIONALES

TECNICO AUXILIAR RELAC. INSTITUCIONALES

BORONAT IVARS, JOSEFA FUNC AE TécnicaTécnico Auxiliar

-- vacante C1 22 3380 37,50 52,00 6.857,99

572-06AUXILIAR TECNICO AUDIOVISUAL

AUXILIAR TECNICO AUDIOVISUAL

SANTAS PIQUERES, MANUEL FUNC AE Técnica

Técnico Auxiliar

-- vacante C2 16 4910 37,50 52,00 8.017,31

158

Page 159: ASISTENTES ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA …...Recálculo sobre ingresos a fecha posterior 29000 IMPUESTO SOBRE CONSTRUCCIONES, ... 36000 VENTA DE LIBROS 335,00 265,00 70,00

nºplaza

denominación plaza denominación puesto nombre clase escª subescª clase categoría situación grº CD pro h./sm sem.CE anual

(prta.)

576-06TECNICO MEDIO CULTURA

TECNICO DE ANIMACIÓN SOCIOCULTURAL

MONJO DALMAU, FRANCESC JOAN FUNC AE Técnica

Técnico Medio

-- vacante A2 26 3300 37,50 52,00 8.675,70

577-06AUXILIAR ADMINISTRATIVO

AUXILIAR ADMINISTRATIVO DE JUVENTUD

MAYANS FONT, GASPAR FUNC AG Auxiliar -- -- vacante C2 18 2323 37,50 52,00 2.439,09

579-07TECNICO MEDIO BIBLIOTECA Y ARCHIVOS

TECNICO DE ARCHIVOS

LAZARO HERNANDEZ, ROCIO ALBORADA FUNC AE Técnica

Técnico Medio

-- vacante A2 22 3320 37,50 52,00 2.600,15

581-07 CONSERJECONSERJE DE DEPORTES

RODRIGUEZ SANCHEZ, ISRAEL FUNC AE

Servicios Especiales

Personal de oficios

Operario vacante E 12 3400 37,50 52,00 1.622,46

584-07 CONSERJECONSERJE DE COLEGIOS

FEMENIA SASTRE, FRCA. GEMA FUNC AE

Servicios Especiales

Personal de oficios

Operario vacante E 12 3211 37,50 52,00 1.857,59

596-07 OPERARIO PEON JIMENEZ TORRENS, JUAN MIGUEL LFIJ -- -- -- -- vacante E 12 1710 37,50 52,00 1.622,46

609-07AUXILIAR TECNICO MANTENIMIENTO

OFICIAL 1ª JARDINERO

MARTINEZ PEREZ, JOSE DAMIAN LFIJ -- -- -- -- vacante C2 18 1710 37,50 52,00 1.782,54

611-07 CONSERJECONSERJE DE DEPORTES

TUR PEREZ, JOSE MANUEL FUNC AE

Servicios Especiales

Personal de oficios

Operario vacante E 12 3400 37,50 52,00 1.857,59

612-07 CONSERJECONSERJE DE MUSEOS

GARCIA MARCOS, JULIAN FUNC AEServicios Especiales

Personal de oficios

Operario vacante E 12 3340 37,50 52,00 1.857,59

615-07 CONSERJECONSERJE DE AYUNTAMIENTO

GARCIA GARCIA, FRCO. JAVIER FUNC AE

Servicios Especiales

Personal de oficios

Operario vacante E 12 9200 37,50 52,00 1.857,59

616-07PERSONAL DE LIMPIEZA

PERSONAL DE LIMPIEZA

DE HARO GARCIA, Mª DEL CARMEN LFIJ -- -- -- -- provista E 12 3211 37,50 52,00 1.622,46

618-07 TRABAJADOR SOCIAL TRABAJADOR SOCIAL RODRIGUEZ ANDRES, FRCO. JAVIER FUNC AE Técnica

Técnico Medio

-- vacante A2 21 2320 37,50 52,00 2.600,15

619-07 TRABAJADOR SOCIAL TRABAJADOR SOCIAL DOMINGUEZ CASTRO, MARTA FUNC AE Técnica

Técnico Medio

-- vacante A2 21 2320 37,50 52,00 2.600,15

620-07AUXILIAR ADMINISTRATIVO

AUXILIAR ADMINISTRATIVO

BERGSMA CUÑARRO, BEATRICE FUNC AG Auxiliar -- -- vacante C2 16 9200 37,50 52,00 2.717,35

621-07PERSONAL DE LIMPIEZA

PERSONAL DE LIMPIEZA

RODRIGUEZ SALMON, Mª LUISA LFIJ -- -- -- -- provista E 12 3211 37,50 52,00 1.622,46

622-07PERSONAL DE LIMPIEZA

PERSONAL DE LIMPIEZA

CUENCA NIETO, ANGELES LFIJ -- -- -- -- provista E 12 3211 37,50 52,00 1.622,46

623-07PERSONAL DE LIMPIEZA

PERSONAL DE LIMPIEZA

CUBERO PASTOR, MARIA LFIJ -- -- -- -- provista E 12 9200 37,50 52,00 1.622,46

625-07AUXILIAR ADMINISTRATIVO

AUXILIAR ADMINISTRATIVO DE TURISMO

WILKINSON , SARA LOUISE FUNC AE

Servicios Especiales

Cometidos Especiales

-- vacante C2 16 4320 37,50 52,00 2.717,35

159

Page 160: ASISTENTES ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA …...Recálculo sobre ingresos a fecha posterior 29000 IMPUESTO SOBRE CONSTRUCCIONES, ... 36000 VENTA DE LIBROS 335,00 265,00 70,00

nºplaza

denominación plaza denominación puesto nombre clase escª subescª clase categoría situación grº CD pro h./sm sem.CE anual

(prta.)

627-07OPERARIO GESTION SANITARIA

AYUDANTE AUXILIAR SOCIAL

LOPEZ LOPEZ, MONICA LFIJ -- -- -- -- vacante E 12 2310 37,50 52,00 1.622,49

628-07OPERARIO GESTION SANITARIA

AYUDANTE AUXILIAR SOCIAL

TUR IVARS, CLARA LFIJ -- -- -- -- vacante E 12 2331 37,50 52,00 1.622,49

629-07AGENTE POLICIA LOCAL

AGENTE POLICIA LOCAL

MUÑOZ PAREDES, JESSICA FUNC AE

Servicios Especiales

Policía Loc yAux

Agente provista C1 22 1320 37,50 52,00 8.229,99

630-07AGENTE POLICIA LOCAL

AGENTE POLICIA LOCAL

PERALES ESCORTELL, SERGIO FUNC AE

Servicios Especiales

Policía Loc yAux

Agente provista C1 20 1320 37,50 52,00 8.229,99

631-07AGENTE POLICIA LOCAL

AGENTE POLICIA LOCAL

IZAGA GARCIA, JUAN MIGUEL FUNC AE

Servicios Especiales

Policía Loc yAux

Agente provista C1 20 1320 37,50 52,00 8.229,99

632-07AGENTE POLICIA LOCAL

AGENTE POLICIA LOCAL

LLINARES LLOPIS, JOAQUIM LAUREA FUNC AE

Servicios Especiales

Policía Loc yAux

Agente provista C1 20 1320 37,50 52,00 8.229,99

633-07AGENTE POLICIA LOCAL

AGENTE POLICIA LOCAL

LEON IBAÑEZ, ANTONIO FUNC AEServicios Especiales

Policía Loc yAux

Agente provista C1 20 1320 37,50 52,00 8.229,99

634-07ASESOR DE GOBIERNO MUNICIPAL

ASESOR DE GOBIERNO MUNICIPAL

TORRADO IBORRA, VALENTIN EVEN -- -- -- -- provista -- -- 9120 37,50 52,00 0,00

635-07ASESOR DE GOBIERNO MUNICIPAL

ASESOR DE GOBIERNO MUNICIPAL

FERRANDO AGUILAR, Mª ISABEL EVEN -- -- -- -- provista -- -- 9120 37,50 52,00 0,00

636-07ASESOR DE GOBIERNO MUNICIPAL

ASESOR DE GOBIERNO MUNICIPAL

PASTOR TORREGROSA, MANUEL LEONARDO EVEN -- -- -- -- provista -- -- 9120 37,50 52,00 0,00

637-07ASESOR DE GOBIERNO MUNICIPAL

ASESOR DE GOBIERNO MUNICIPAL

RAMOS PEREZ, DOLORES EVEN -- -- -- -- provista -- -- 9120 37,50 52,00 0,00

638-07ASESOR DE GOBIERNO MUNICIPAL

ASESOR DE GOBIERNO MUNICIPAL

BACKAERT APELLIDO-2, HILDE ELISA P. EVEN -- -- -- -- provista -- -- 9120 37,50 52,00 0,00

639-07ASESOR DE GOBIERNO MUNICIPAL

ASESOR DE GOBIERNO MUNICIPAL

PIÑERO VILLALBA, TAMARA EVEN -- -- -- -- provista -- -- 9120 37,50 52,00 0,00

640-07ASESOR DE GOBIERNO MUNICIPAL

ASESOR DE GOBIERNO MUNICIPAL

BOLO LLORET, FRANCISCO JAIME EVEN -- -- -- -- provista -- -- 9120 18,75 52,00 0,00

641-07ASESOR DE GOBIERNO MUNICIPAL

ASESOR DE GOBIERNO MUNICIPAL

JORRO GOMEZ, LAURA EVEN -- -- -- -- provista -- -- 9120 18,75 52,00 0,00

160

Page 161: ASISTENTES ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA …...Recálculo sobre ingresos a fecha posterior 29000 IMPUESTO SOBRE CONSTRUCCIONES, ... 36000 VENTA DE LIBROS 335,00 265,00 70,00

nºplaza

denominación plaza denominación puesto nombre clase escª subescª clase categoría situación grº CD pro h./sm sem.CE anual

(prta.)

642-09ASESOR DE GOBIERNO MUNICIPAL

ASESOR DE GOBIERNO MUNICIPAL

AGULLO PASCUAL, RAUL EVEN -- -- -- -- provista -- -- 9120 18,75 52,00 0,00

645-10 ADMINISTRATIVOADMIN. JEFE DE NEGOCIADO DE POLíTICA SOCIAL

AVARGUEZ SUIRE, DENISETERESA FUNC AG Administrativo -- -- provista C1 20 2310 37,50 52,00 3.789,19

646-10 ADMINISTRATIVOADMIN. JEFE DE NEGOCIADO DE COMPRAS

RIPOLL FUERTES, JOAN GABRIEL FUNC AG Administrativo -- -- provista C1 20 9201 37,50 52,00 7.626,34

656-10AUXILIAR TECNICO MANTENIMIENTO

CAPATAZ PLAYAS (NOMB.PROV) IVORRA IVORRA, JORGE MANUEL LFIJ -- -- -- -- vacante C2 18 1721 37,50 52,00 7.989,94

657-10AUXILIAR TECNICO GESTION SANITARIA

AUXILIAR SOCIAL GALERA MEDINA, FUENSANTA LFIJ -- -- -- -- provista C2 14 2310 37,50 52,00 1.569,07

658-10AUXILIAR TECNICO GESTION SANITARIA

AUXILIAR SOCIAL IVARS NAVE, FRANCISCA LFIJ -- -- -- -- provista C2 14 2310 37,50 52,00 1.569,07

659-10AUXILIAR TECNICO GESTION SANITARIA

AUXILIAR SOCIAL SANCHEZ DELGADO, LINA Mª LFIJ -- -- -- -- provista C2 14 2310 37,50 52,00 1.569,07

660-12 OPERARIOOPERARIO SERVICIO RECOGIDA ANIMALES

ANDRES MAGRAÑAL, CRISTINA LFIJ -- -- -- -- vacante E 12 3131 37,50 52,00 1.857,52

661-13TECNICO ADMINISTRACIÓN ESPECIAL

JEFE DE RRHH NO OCUPADA FUNC AE TécnicaTécnico Superior

-- vacante A1 26 9200 37,50 52,00 16.125,29

662-13TECNICO MEDIO DE GESTION

JEFE DE DEPORTES NO OCUPADA FUNC AE TécnicaTécnico Medio

-- vacante A2 20 3400 37,50 52,00 6.010,79

CLAVES Concepto

FUNC Personal funcionario

LFIJ Personal laboral fijo

LTEM Personal laboral temporal

EVEN Personal eventual o funcionario de empleo

AG Administración General

AE Admnistración Especial

161

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6.3.- Plantilla, resumen clase-grupo-nivel, con unidades por plaza.

grupo/nivel A1 A2 B C1 C2 E total

-- FUNCPERSONAL FUNCIONARIO

grº/nivel A1 A2 B C1 C2 E total

30 4 0 0 0 0 0 4

28 6 0 0 0 0 0 6

26 6 6 0 0 0 0 12

25 7 0 0 0 0 0 7

24 0 2 0 0 0 0 2

22 0 4 0 31 0 0 35

21 0 6 0 0 0 0 6

20 0 4 0 70 0 0 74

18 0 0 0 10 40 0 50

16 0 0 0 1 13 0 14

15 0 0 0 1 0 0 1

14 0 0 0 0 3 4 7

12 0 0 0 0 0 6 6

tot. 23 22 0 113 55 10 224

-- LFIJPERSONAL LABORAL FIJO

grº/nivel A1 A2 B C1 C2 E total

21 1 3 0 7 0 0 11

20 0 1 0 0 0 0 1

19 0 1 0 0 0 0 1

18 0 2 0 1 9 0 12

16 0 0 0 0 29 0 29

15 0 0 0 3 15 0 18

14 0 0 0 0 9 2 11

13 0 0 0 0 14 0 14

12 0 0 0 0 0 107 107

11 0 0 0 0 0 1 1

tot. 1 7 0 11 76 109 205

-- LTEMPERSONAL LAB. TEMPORAL

grº/nivel A1 A2 B C1 C2 E total

tot. 0 0 0 0 0 0 0

-- EVEN PERSONAL EVENTUAL

grº/nivel -- -- -- -- -- -- total

-- 9 -- -- -- -- -- 9

tot. 9 0 0 0 0 0 9

total -- -- -- -- -- -- 438

162

Page 163: ASISTENTES ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA …...Recálculo sobre ingresos a fecha posterior 29000 IMPUESTO SOBRE CONSTRUCCIONES, ... 36000 VENTA DE LIBROS 335,00 265,00 70,00

6.4.- Plantilla, resumen por categorías profesionales

denominación plaza clase Grº C.D. Uds.

ADMINISTRATIVO FUNC C1 16 1

ADMINISTRATIVO FUNC C1 20 6

ADMINISTRATIVO FUNC C1 22 11

AGENTE POLICIA LOCAL FUNC C1 18 10

AGENTE POLICIA LOCAL FUNC C1 20 64

AGENTE POLICIA LOCAL FUNC C1 22 1

ANALISTA DE SISTEMAS FUNC A1 26 1

ANALISTA PROGRAMADOR FUNC A2 22 1

ARQUITECTO TECNICO FUNC A2 24 1

ARQUITECTO TECNICO FUNC A2 26 1

ARQUITECTO FUNC A1 28 1

ASESOR DE GOBIERNO MUNICIPAL EVEN -- -- 9

ASESOR JURÍDICO FUNC A1 26 1

AUXILIAR ADMINISTRATIVO FUNC C2 18 35

AUXILIAR ADMINISTRATIVO LFIJ C2 18 1

AUXILIAR TECNICO ACCION SOCIAL LFIJ C2 13 1

AUXILIAR TECNICO AUDIOVISUAL FUNC C2 16 1

AUXILIAR TECNICO AUDIOVISUAL LFIJ C2 14 1

AUXILIAR TECNICO AUDIOVISUAL LFIJ C2 18 1

AUXILIAR TECNICO DE INFORMÁTICA FUNC C2 16 1

AUXILIAR TECNICO DE NOTIFICACIONES FUNC C2 14 1

AUXILIAR TECNICO DE SANIDAD FUNC C2 16 1

AUXILIAR TECNICO DE SERVICIOS FUNC C2 16 2

AUXILIAR TECNICO DE SERVICIOS LFIJ C2 16 4

AUXILIAR TECNICO DE SERVICIOS LFIJ C2 18 2

AUXILIAR TECNICO DELINEACION FUNC C2 18 1

AUXILIAR TECNICO DEPORTES LFIJ C2 15 2

AUXILIAR TECNICO EDUCACION INFANTIL LFIJ C2 13 13

AUXILIAR TECNICO GESTION SANITARIA LFIJ C2 14 6

AUXILIAR TECNICO MANTENIMIENTO FUNC C2 18 3

AUXILIAR TECNICO MANTENIMIENTO LFIJ C2 14 1

AUXILIAR TECNICO MANTENIMIENTO LFIJ C2 15 13

AUXILIAR TECNICO MANTENIMIENTO LFIJ C2 16 24

AUXILIAR TECNICO MANTENIMIENTO LFIJ C2 18 4

AUXILIAR TECNICO SOCIOCULTURAL LFIJ C2 14 1

AUXILIAR TECNICO SOCIOCULTURAL LFIJ C2 16 1

AUXILIAR TECNICO SOCIOCULTURAL LFIJ C2 18 1

BIOLOGO FUNC A1 26 1

CONSERJE FUNC E 12 6

CONSERJE FUNC E 14 2

CONSERJE LFIJ E 12 18

FISIOTERAPEUTA LFIJ A2 19 1

163

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denominación plaza clase Grº C.D. Uds.

FISIOTERAPEUTA LFIJ A2 20 1

INGENIERO DE CAMINOS CANALES Y PUERTOS FUNC A1 28 1

INGENIERO TECNICO INDUSTRIAL FUNC A2 26 1

INGENIERO TECNICO OBRAS PUBLICAS FUNC A2 26 1

INSPECTOR POLICIA LOCAL FUNC A2 24 1

INTENDENTE POLICIA LOCAL FUNC A2 26 1

INTERVENTOR FUNC A1 30 1

OFICIAL POLICIA LOCAL FUNC C1 22 7

OPERADOR DE SISTEMAS FUNC C1 22 1

OPERARIO GESTION SOCIAL LFIJ E 12 1

OPERARIO FUNC E 14 2

OPERARIO LFIJ E 12 46

OPERARIO LFIJ E 14 1

PERSONAL DE LIMPIEZA LFIJ E 12 40

PERSONAL DE LIMPIEZA LFIJ E 14 1

PSICOLOGO LFIJ A1 21 1

SECRETARIO FUNC A1 30 1

SUBALTERNO LFIJ E 11 1

TECNICO ADMINISTRACIÓN ESPECIAL FUNC A1 26 1

TECNICO ADMINISTRACIÓN GENERAL FUNC A1 28 2

TECNICO ADMINISTRACIÓN GENERAL FUNC A1 30 2

TECNICO ASUNTOS SOCIALES FUNC A1 25 1

TECNICO ASUNTOS SOCIALES FUNC A2 20 1

TECNICO AUXILIAR SOCIOCULTURAL FUNC C2 18 1

TECNICO ESPECIALISTA ACCION SOCIAL FUNC C1 15 1

TECNICO ESPECIALISTA ACCION SOCIAL FUNC C1 22 2

TECNICO ESPECIALISTA ACCION SOCIAL LFIJ C1 15 3

TECNICO ESPECIALISTA ACCION SOCIAL LFIJ C1 18 1

TECNICO ESPECIALISTA DE SERVICIOS FUNC C1 22 1

TECNICO ESPECIALISTA DELINEACION FUNC C1 22 4

TECNICO ESPECIALISTA EDUCACION INFANTIL LFIJ C1 21 7

TECNICO ESPECIALISTA ELECTRICIDAD FUNC C1 22 1

TECNICO ESPECIALISTA MANTENIMIENTO FUNC C1 22 2

TECNICO ESPECIALISTA RELAC. INSTITUCIONALES FUNC C1 22 1

TECNICO MEDIO BIBLIOTECA Y ARCHIVOS FUNC A2 22 2

TECNICO MEDIO CULTURA FUNC A2 26 1

TECNICO MEDIO DE GESTION FUNC A2 20 1

TECNICO MEDIO DE GESTION FUNC A2 22 1

TECNICO MEDIO DE GESTION FUNC A2 26 1

TECNICO MEDIO EDUCACION INFANTIL FUNC A2 20 2

TECNICO MEDIO EDUCACION LFIJ A2 18 2

TECNICO MEDIO EDUCACION LFIJ A2 21 2

TECNICO MEDIO PROMOCION ECONOMICA FUNC A2 21 1

TECNICO SUPERIOR ACCION SOCIAL FUNC A1 25 2

TECNICO SUPERIOR ADMON. FINANCIERA FUNC A1 28 1

164

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denominación plaza clase Grº C.D. Uds.

TECNICO SUPERIOR COMUNICACIÓN FUNC A1 25 3

TECNICO SUPERIOR CULTURA FUNC A1 25 1

TECNICO SUPERIOR EDUCACION MUSICAL FUNC A1 26 1

TECNICO SUPERIOR PROMOCION ECONOMICA FUNC A1 26 1

TESORERO FUNC A1 28 1

TRABAJADOR SOCIAL FUNC A2 21 5

TRABAJADOR SOCIAL LFIJ A2 21 1

Total -- -- -- 438

CLAVES:

FUNC PERSONAL FUNCIONARIO

LFIJ PERSONAL LABORAL FIJO

LTEM PERSONAL LABORAL TEMPORAL

EVEN PERSONAL EVENTUAL

Resumen Clave Nº Plazas

PERSONAL FUNCIONARIO: FUNC 224

PERSONAL LABORAL FIJO LFIJ 205

PERSONAL LAB. TEMPORAL LTEM 0

PERSONAL EVENTUAL EVEN 9

total plazas vivas -- 438

plazas amortizadas ejercicios varios 0 224

total número plazas -- 662

6.5.- Complemento de productividad.

Remisión a Base 18.3 de Ejecución del Presupuesto

6.6.- Componente ocasional del Complemento específico / Otros complementos / Gratificaciones

Quienes desempeñen las tareas señaladas en el cuadro siguiente incrementaran sucomplemento específico con las cuantías determinadas en el mismo, por entender que entales tareas concurre especial dificultad técnica, dedicación, incompatibilidad,responsabilidad, peligrosidad o penosidad.

Cuando el desempeño de tales tares sea de naturaleza ocasional, la cuantíaseñalada en cada caso tendrá carácter provisional, en el sentido de que puede ser atribuidoa plaza distinta o con intensidad diferente, previo acuerdo del Alcalde en cuanto que órganoque desempeña la Jefatura de Personal. Las cuantías indicadas tendrán el carácter deimporte máximo atribuible, que podrá ser modificado por acuerdo de la Alcaldía, sin perjuiciodel cese en el desempeño de la tarea retribuida que opcionalmente podrá ser ejercitado porel perceptor.

Mediante ‘Otros complementos’ se retribuye la nocturnidad de la policía local, quepropiamente integra el complemento específico, si bien al destinarse una cantidad globalanual a realizar por personal de policía local indeterminado, se ha optado por esta fórmulaen espera de desglose de la totalidad del complemento específico en las distintas plazas dela plantilla municipal.

165

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Las gratificaciones retribuyen los servicios extraordinarios realizados fuera de lajornada normal de trabajo.

166

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nº pza. -- -- CONCEPTO uds. pers. TAREAS OCASIONALES 2.014 2.014 2.014 2.014 2.014

asig. prov. classe nombre -- -- -- serv€/semserv

incrº extrºanual

anual mes

013-90 FUNC BARRANCO MULET, VICENTA A. C ESPECº OCAS. 1 Oficina Atención Ciudadana 52 52,11 0,00 2.709,49 225,79

014-99 FUNC CASADO RODRIGO, CONCEPCION C ESPECº OCAS. 1 Oficina Atención Ciudadana 52 52,11 0,00 2.709,49 225,79

015-99 FUNC DIAZ GOSALBEZ, CRISTINA C ESPECº OCAS. 1 Oficina Atención Ciudadana 52 52,11 0,00 2.709,49 225,79

473-05 FUNCGRIMALT SANCHEZ, JOSE SALVADOR

C ESPECº OCAS. 1 Oficina Atención Ciudadana 52 52,11 0,00 2.709,49 225,79

138-99 FUNC SOLER REUS, MILAGROS C ESPECº OCAS. 1 Oficina Atención Ciudadana 52 53,00 0,00 2.756,12 229,68

139-90 FUNC MORATO BORONAT, Mª LOURDES C ESPECº OCAS. 1 Oficina Atención Ciudadana 52 52,11 0,00 2.709,49 225,79

472-05 FUNCGUERRERO MARTINEZ, Mª PURIFICACION

C ESPECº OCAS. 1 Oficina Atención Ciudadana 52 52,11 0,00 2.709,49 225,79

-- -- -- -- total plazas determinadas -- -- 0,00 19.013,07 1.584,42

-- FUNC -- -- total personal funcionario 19.013,07

pro-eco -- --GRAT./OTROS

COMPL.-- PLAZAS NO DETERMINADAS -- -- -- -- --

13201210303 FUNC No determ. OTROS COMPL 0 Servicios nocturnos Pol. Local 168 257,15 0,00 43.201,74 3.600,15

92001510002 FUNC No determ. GRAT. 0 Brigada serv generales 16 233,75 0,00 3.740,00 311,67

92001510102 LFIJ No determ. GRAT. 0 Brigada serv generales 16 233,75 0,00 3.740,00 311,67

13501510098 FUNC No determ. GRAT. 0 Retén/guardia camión bomberos 52 233,75 0,00 12.155,00 1.012,92

13501510198 LFIJ No determ. GRAT. 0 Retén/guardia camión bomberos 52 233,75 0,00 12.155,00 1.012,92

92001510002 FUNC No determ. GRAT. 0 Residual func ad gral 52 233,75 0,00 25.000,00 2.083,33

92001510102 LFIJ No determ. GRAT. 0 Residual lab fijo ad gral 52 233,75 0,00 25.000,00 2.083,33

13201510003 FUNC No determ. GRAT. 0Servicios extraordinarios Pol. Local

200 181,76 0,00 36.351,79 3.029,32

-- -- -- -- -- total -- -- 0,00 161.343,53 13.445,29

167

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6.7.- Plazas de nueva creación

nº plaza denominación plaza denominación puesto clase grupo C Dest

-- Sin contenido Sin contenido

6.7.1.- Variaciones en la denominación de plazas.

nºplaza

denominación plaza denominación plaza ej ant

118-92 TECNICO AUXILIAR SOCIOCULTURAL AUXILIAR TECNICO SOCIOCULTURAL

661-13 TECNICO ADMINISTRACIÓN ESPECIAL TECNICO ADMINISTRACIÓN GENERAL

6.7.2.- Variaciones en la denominación de puestos.

nºplaza

denominación puesto denominación puesto ej ant

007-90 ADMIN. JEFE DE NEGOCIADO DE CALIDAD ADMIN. JEFE DE NEGOCIADO DE LINEA 900

013-90 AUXILIAR ADMINISTRATIVO DE ATENCIÓN AL CIUDADANO

AUXILIAR ADMINISTRATIVO DE OAC

014-99 AUXILIAR ADMINISTRATIVO DE ATENCIÓN AL CIUDADANO

AUXILIAR ADMINISTRATIVO DE OAC

015-99 AUXILIAR ADMINISTRATIVO DE ATENCIÓN AL CIUDADANO

AUXILIAR ADMINISTRATIVO DE OAC

018-96 AUXILIAR ADMINISTRATIVO DE BIBLIOTECA AUXILIAR ADMINISTRATIVO DE OAC

079-00 AMORTIZADA AGENTE POLICIA LOCAL DE VERANO

080-00 AMORTIZADA AGENTE POLICIA LOCAL DE VERANO

081-00 AMORTIZADA AGENTE POLICIA LOCAL DE VERANO

082-00 AMORTIZADA AGENTE POLICIA LOCAL DE VERANO

098-99 JEFE DE IMAGEN CORPORATIVA DELINEANTE

100-94 ADMIN. JEFE DE NEGOCIADO DE URBANISMO- PROYECTOS

ADMIN. JEFE DE NEGOCIADO DE URBANISMO-OBRAS Y PROYECTOS

113-90 AUXILIAR ADMINISTRATIVO AUXILIAR ADMINISTRATIVO DE OMIC

114-00 AUXILIAR ADMINISTRATIVO DE BIBLIOTECA AUXILIAR ADMINISTRATIVO DE MEDIO AMBIENTE

115-00 AUXILIAR ADMINISTRATIVO DE POLITICA SOCIAL

AUXILIAR ADMINISTRATIVO DE SERVICIOS SOCIALES

118-92 ANIMADOR SOCIOCULTURAL AUXILIAR ANIMACIÓN SOCIOCULTURAL

129-90 AUXILIAR ADMINISTRATIVO DE CONTRATACIÓN

AUXILIAR ADMINISTRATIVO DE INTERVENCIÓN

131-92 AUXILIAR ADMINISTRATIVO DE MEDIO AMBIENTE

AUXILIAR ADMINISTRATIVO DE BIBLIOTECA

138-99 ADMIN. JEFE DE NEGOCIADO DE ATENCIÓN AL CIUDADANO

ADMIN. JEFE DE NEGOCIADO DE OAC

139-90 AUXILIAR ADMINISTRATIVO DE ATENCIÓN AL CIUDADANO

AUXILIAR ADMINISTRATIVO DE OAC

140-90 AUXILIAR ADMINISTRATIVO DE CALIDAD URBANA

AUXILIAR ADMINISTRATIVO DE BRIGADAS

168

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nºplaza

denominación puesto denominación puesto ej ant

142-91 AUXILIAR ADMINISTRATIVO DE DEPORTES AUXILIAR ADMINISTRATIVO DE BRIGADAS

147-91 AUXILIAR ADMINISTRATIVO DE CEMENTERIO

AUXILIAR TECNICO DE SERVICIOS DE CEMENTERIO

172-91 AMORTIZADA AYUDANTE AUXILIAR SOCIAL

173-91 AMORTIZADA AYUDANTE AUXILIAR SOCIAL

177-00 AMORTIZADA AUXILIAR SERVICIO REGOGIDA ANIMALES

185-91 AUXILIAR ADMINISTRATIVO DE POLITICA SOCIAL

AUXILIAR ADMINISTRATIVO DE SERVICIOS SOCIALES

197-97 CONSERJE DE POLÍTICA SOCIAL CONSERJE DE SERVICIOS SOCIALES

204-00 CONSERJE DE CASA DE CULTURA RELACIONES PÚBLICAS

205-00 CONSERJE DE CASA DE CULTURA RELACIONES PÚBLICAS

208-00 AUXILIAR TECNICO AUDIOVISUAL AUXILIAR TECNICO DE ESPACIOS ESCENICOS

229-91 AUXILIAR ADMINISTRATIVO DE OMIC AUXILIAR ADMINISTRATIVO DE CONTRATACIÓN

235-00 CONSERJE DE CASA DE CULTURA RELACIONES PÚBLICAS

237-00 OPERARIO SERVICIO RECOGIDA ANIMALES PEON

241-00 AMORTIZADA PEON

242-00 AMORTIZADA PEON

243-00 AMORTIZADA PEON

244-00 AMORTIZADA PEON

258-91 AMORTIZADA PERSONAL DE LIMPIEZA

262-91 AMORTIZADA PERSONAL DE LIMPIEZA

263-91 PERSONAL DE LIMPIEZA CONSERJE DE CENTRO DE DIA

300-01 JEFE DE PROMOCIÓN TURÍSTICA JEFE DE AREA DE SERVICIOS A LA CIUDADANIA

306-01 AMORTIZADA AYUDANTE AUXILIAR SOCIAL

323-02 CONSERJE DE MUSEOS CONSERJE DE JUVENTUD

326-02 AUXILIAR ADMINISTRATIVO DE URBANISMO

AUXILIAR TECNICO DE SERVICIOS DE URBANISMO

342-03 AUXILIAR ADMINISTRATIVO DE ARCHIVO AUXILIAR ADMINISTRATIVO DE BIBLIOTECA

349-03 CONSERJE DE CASA DE CULTURA CONSERJE DE MUSEOS

357-03 CONSERJE DE CENTRO DE DIA CONSERJE DE CASA DE CULTURA

376-04 AUXILIAR ADMINISTRATIVO DE ATENCIÓN AL CIUDADANO

AUXILIAR ADMINISTRATIVO DE VIVIENDA

378-04 AUXILIAR ADMINISTRATIVO DE JUVENTUD AUXILIAR TECNICO DE SERVICIOS DE JUVENTUD

394-04 CAPATAZ BRIGADA MANTENIMIENTO OFICIAL 1ª SERVICIOS

436-05 CONSERJE DE JUVENTUD PEON

438-05 AUXILIAR ADMINISTRATIVO DE CALIDAD URBANA

AUXILIAR TECNICO DE SERVICIOS DE LINEA 900

464-05 CONSERJE DE POLÍTICA SOCIAL CONSERJE DE SERVICIOS SOCIALES

472-05 AUXILIAR ADMINISTRATIVO DE ATENCIÓN AL CIUDADANO

AUXILIAR ADMINISTRATIVO DE OAC

473-05 AUXILIAR ADMINISTRATIVO DE ATENCIÓN AL CIUDADANO

AUXILIAR ADMINISTRATIVO DE TURISMO

481-05 AMORTIZADA OPERARIO SERVICIO RECOGIDA ANIMALES

483-05 AUXILIAR ADMINISTRATIVO DE DEPORTES AUXILIAR JEFE DE CASA DE CULTURA

493-05 AMORTIZADA PERSONAL DE LIMPIEZA CASA DE CULTURA

169

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nºplaza

denominación puesto denominación puesto ej ant

505-05 TECNICO AUXILIAR DE GESTIÓN CULTURAL

EDUCADOR INFANTIL

524-05 VIGILANTE DEPOSITO VEHICULOS VIGILANTE AUXILIAR DEPOSITO VEHICULOS

533-05 AUXILIAR DE INFORMATICA AUXILIAR JEFE DE REDES SOCIALES TURISMO

534-05 AUXILIAR ADMINISTRATIVO DE SANIDAD AUXILIAR TECNICO DE SANIDAD

544-06 JEFE DE COMUNICACIÓN INSTITUCIONAL JEFE DE RADIO CALP

556-06 AUXILIAR ADMINISTRATIVO DE VOLUNTARIADO

AUXILIAR DE VOLUNTARIADO

557-06 CONSERJE DE JUVENTUD CONSERJE DE CASA DE CULTURA

563-06 JEFE DE IGUALDAD JEFE DE POLÍTICA SOCIAL

576-06 TECNICO DE ANIMACIÓN SOCIOCULTURAL COORDINADOR DE MUSEOS

609-07 OFICIAL 1ª JARDINERO ENCARGADO PASEOS MARÍTIMOS

612-07 CONSERJE DE MUSEOS CONSERJE DE DEPORTES

620-07 AUXILIAR ADMINISTRATIVO AUXILIAR ADMINISTRATIVO DE BRIGADAS

645-10 ADMIN. JEFE DE NEGOCIADO DE POLíTICA SOCIAL

ADMIN. JEFE DE NEGOCIADO DE SERVICIOS SOCIALES

6.8.- Adecuaciones retributivas de carácter singular y excepcional

6.8.1.- Variaciones en la jornada.

nº plaza denominación plaza denominación puesto h/semej

h/semej ant

171-98 OPERARIO GESTION SOCIAL AYUDANTE TRABAJADOR FAMILIAR 32,00 37,50

6.8.2.- Variaciones en la duración anual.

nº plaza denominación plaza denominación puesto h/semej

h/semej ant

384-04 AUXILIAR TECNICO MANTENIMIENTO

OFICIAL 1ª FONTANERO Semanas/añoej

Semanas/año

ej ant

394-04 AUXILIAR TECNICO MANTENIMIENTO

CAPATAZ BRIGADA MANTENIMIENTO 7 52

417-05 AUXILIAR TECNICO MANTENIMIENTO

OFICIAL 1ª OBRAS 7 52

448-05 TECNICO MEDIO EDUCACION PROFESOR DE LA E.P.A. 39 52

449-05 TECNICO MEDIO EDUCACION PROFESOR DE LA E.P.A. 46 52

6.8.3.- Variaciones en el complemento de destino

nº plaza denominación plaza denominación puesto C Dest ejºant

C Destej

– Sin contenido Sin contenido -- --

170

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6.8.4.- Variaciones en el complemento específico

nº plaza denominación plaza denominación puesto CE anual(prta.)

ej

CE anual(prta) ej ant

– Sin contenido Sin contenido -- --

6.9.- Personal laboral temporal no permanente

La previsión de personal laboral temporal no permanente es la siguiente:

Cod.Plaza

Gº CD Puesto Actividad y/o programa h/sem. meses Costemedioanual

Coste apresupuestar

1 A1 21 Arqueólogo Trabajos arqueológicos Baños Reina

37,50 3,00 29.977,71 7.494,43

26 C2 13 Monitor Apoyo discapacitados/Educación

37,50 2,00 15.380,83 2.563,47

27 C2 13 Monitor Apoyo discapacitados/Educación

37,50 2,00 15.380,83 2.563,47

28 C2 13 Auxiliar Turismo Ampliación servicio Dpto. Turismo

37,50 3,00 15.380,83 3.845,21

29 C2 13 Auxiliar Turismo Ampliación servicio Dpto. Turismo

37,50 3,00 15.380,83 3.845,21

30 C2 13 Auxiliar Turismo Ampliación servicio Dpto. Turismo

37,50 3,00 15.380,83 3.845,21

31 C2 13 Auxiliar Turismo Ampliación servicio Dpto. Turismo

37,50 3,00 15.380,83 3.845,21

32 C2 13 Auxiliar Turismo Ampliación servicio Dpto. Turismo

37,50 3,00 15.380,83 3.845,21

33 C2 13 Auxiliar Turismo Ampliación servicio Dpto. Turismo

37,50 3,00 15.380,83 3.845,21

40 C2 16 Patrón de Embarcación Apoyo Policía Local 37,50 3,00 16.120,44 4.030,11

41 C2 16 Patrón de Embarcación Apoyo Policía Local 37,50 3,00 16.120,44 4.030,11

72 E 12 Peón Limpieza Playas Refuerzo Serv. Limpieza Playas

37,50 6,00 13.445,72 6.722,86

73 E 12 Peón Limpieza Playas Refuerzo Serv. Limpieza Playas

37,50 6,00 13.445,72 6.722,86

74 E 12 Peón Limpieza Playas Refuerzo Serv. Limpieza Playas

37,50 6,00 13.445,72 6.722,86

75 E 12 Peón Limpieza Playas Refuerzo Serv. Limpieza Playas

37,50 6,00 13.445,72 6.722,86

81 E 12 Peón Limpieza Playas Refuerzo Serv. Limpieza Playas

37,50 4,00 13.445,72 4.481,91

82 E 12 Peón Limpieza Playas Refuerzo Serv. Limpieza Playas

37,50 4,00 13.445,72 4.481,91

83 E 12 Peón Limpieza Playas Refuerzo Serv. Limpieza Playas

37,50 4,00 13.445,72 4.481,91

84 E 12 Peón Limpieza Playas Refuerzo Serv. Limpieza Playas

37,50 4,00 13.445,72 4.481,91

85 E 12 Peón limpieza forestal 37,50 3,00 13.445,72 3.361,43

86 E 12 Peón limpieza forestal 37,50 3,00 13.445,72 3.361,43

87 E 12 Peón limpieza forestal 37,50 3,00 13.445,72 3.361,43

88 E 12 Peón limpieza forestal 37,50 3,00 13.445,72 3.361,43

89 E 12 Peón limpieza forestal 37,50 3,00 13.445,72 3.361,43

90 E 12 Peón limpieza forestal 37,50 3,00 13.445,72 3.361,43

171

Page 172: ASISTENTES ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA …...Recálculo sobre ingresos a fecha posterior 29000 IMPUESTO SOBRE CONSTRUCCIONES, ... 36000 VENTA DE LIBROS 335,00 265,00 70,00

Cod.Plaza

Gº CD Puesto Actividad y/o programa h/sem. meses Costemedioanual

Coste apresupuestar

91 E 12 Peón refuerzo limpieza paseo y playa

37,50 4,00 13.445,72 4.481,91

92 E 12 Peón refuerzo limpieza paseo y playa

37,50 4,00 13.445,72 4.481,91

93 E 12 Peón refuerzo limpieza paseo y playa

37,50 4,00 13.445,72 4.481,91

94 E 12 Peón refuerzo limpieza paseo y playa

37,50 4,00 13.445,72 4.481,91

95 E 12 Peón refuerzo desbrozadora 37,50 3,00 13.445,72 3.361,43

96 E 12 Peón refuerzo desbrozadora 37,50 3,00 13.445,72 3.361,43

97 C2 16 Oficial 1ª refuerzo desbrozadora 37,50 3,00 16.120,44 4.030,11

98 C2 16 Oficial 1ª refuerzo desbrozadora 37,50 3,00 16.120,44 4.030,11

-- -- -- -- -- -- -- Total 141.451,19

No regulándose en el anteproyecto LPGE 2014 el procedimiento para la declaración deconcurrencia de situación de caso excepcional y para cubrir necesidades urgentes einaplazables, el presupuesto formado regula la materia en la Base 18.10 de Ejecución delPresupuesto, atribuyendo al Alcalde la apreciación de dichas circunstancias, que en todo casodeberán justificarse debidamente en el expediente.

En todo caso se respetarán las previsiones que al efecto establezca la Ley dePresupuestos Generales del Estado para 2014.

6.10.- Plazas amortizadas s/ ejercicio anterior

nº plaza denominación actual clase grupo C Dest

Sin contenido

6.11.- Oferta de empleo

Se mantendrá congelada la oferta de empleo público en la anualidad de 2014, en lostérminos previstos en la Ley de Presupuestos Generales del Estado de 2014.

172

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7.- ANEJO DE INVERSIONES

7.1.- Inversiones en el ejercicio y en el cuatrienio, por aplicación, y previsión de financiación

Aplic gastossubcº

ing

invers /

orig finfinanc

refªºinvers

DENOMINACIÓN INVERSIÓN / financiación

invers totalexacta

s/datos exist% s/fin

importecomputado(antes deredondeo)

2.014 2.015 2.016 2.017cuatº

2014-2017

-- -- inversfin

multiple02_13

PAVIMENTACIÓN ASFÁLTICA DE URBANIZACIONES (1ª Fase)

657.205,35 -- -- 393.350,00 0,00 0,00 0,00 393.350,00

1550-6190002 ACONDICIONAMIENTOS DE REPOSICIÓN DE VÍAS PÚBLICAS

76100 DIP SUBV 02_13

PAVIMENTACIÓN ASFÁLTICA DE URBANIZACIONES (1ª Fase)Plan Provincial de Cooperación, anualidad 2013, BOP 29/02/12, S-11614 de 27/09/12

657.205,35 60,00 394.323,21 393.350,00 0,00 0,00 0,00 393.350,00

1550-6190002 ACONDICIONAMIENTOS DE REPOSICIÓN DE VÍAS PÚBLICAS

art.259.2LUV

IRCFPMS

nfa eau02_13

PAVIMENTACIÓN ASFÁLTICA DE URBANIZACIONES (1ª Fase)art. 259.2.b) Ley Urbanística Valenciana

657.205,35 40,00 262.882,14 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00

-- -- invers fin unica 03_13 VÍAS PÚBLICAS 2.424.702,48 -- -- 60.500,00 0,00 0,00 0,00 60.500,00

1550-6190002 ACONDICIONAMIENTOS DE REPOSICIÓN DE VÍAS PÚBLICAS

art.259.2LUV

invers IO 03_13 PARCHES ASTALTADO CALLES VARIAS 60.500,00 100,00 60.500,00 60.500,00 0,00 0,00 0,00 60.500,00

1550-6090002 NUEVA URBANIZACIÓN DE VIAS PÚBLICAS

art.259.2LUV

IRCFPMS

nfa eau03_13

CARRIL BICI, ADECUACIÓN PASEO QUINTAS Y ADECUACION PASEO ECOLOGICO

680.000,00 100,00 680.000,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00

1550-6190002 ACONDICIONAMIENTOS DE REPOSICIÓN DE VÍAS PÚBLICAS

art.259.2LUV

IRCFPMS

nfa eau03_13

EJE COMERCIAL CALLE PINTOR SOROLLA Y OTRAS

605.000,00 100,00 605.000,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00

-- -- invers fin unica 04_13PLAN DE REVITALIZACIÓN ECONÓMICADEL CASCO ANTIGUO

400.000,00 -- -- 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00

1510-6270002 PLAN DE REVITALIZACIÓN ECONÓMICA DEL CASCO ANTIGUO

art.259.2LUV

IRCFPMS

nfa eau04_13

PLAN DE REVITALIZACIÓN ECONÓMICADEL CASCO ANTIGUO

400.000,00 100,00 400.000,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00

-- -- invers fin unica 05_13INVERSIONES EN AGUAS POTABLES Y RESIDUALES

47.000,00 -- -- 2.000,00 2.000,00 2.000,00 2.000,00 8.000,00

1610-6190019 OBRAS CAPT. Y MEJORA DEL SUMINISTRO AGUA POTABLE

-- invers IO 05_13OBRAS CAPT. Y MEJORA DEL SUMINISTRO AGUA POTABLE

10.000,00 100,00 10.000,00 2.000,00 2.000,00 2.000,00 2.000,00 8.000,00

173

Page 174: ASISTENTES ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA …...Recálculo sobre ingresos a fecha posterior 29000 IMPUESTO SOBRE CONSTRUCCIONES, ... 36000 VENTA DE LIBROS 335,00 265,00 70,00

Aplic gastossubcº

ing

invers /

orig finfinanc

refªºinvers

DENOMINACIÓN INVERSIÓN / financiación

invers totalexacta

s/datos exist% s/fin

importecomputado(antes deredondeo)

2.014 2.015 2.016 2.017cuatº

2014-2017

-- -- inversfin

multiple06_13

PLAN DE ACCIÓN DE ENERGÍA SOSTENIBLE (PAES): Calderas biomasa centros enseñanza y otros

180.000,00 -- -- 90.000,00 0,00 0,00 0,00 90.000,00

1700-6230032 MAQU-INST-UT MEDIO AMBIENTE

-- -- IO 06_13

PLAN DE ACCIÓN DE ENERGÍA SOSTENIBLE (PAES): Calderas biomasa centros enseñanza y otrosIngresos ordinarios

180.000,00 20,00 36.000,00 18.000,00 0,00 0,00 0,00 18.000,00

1700-6230032 MAQU-INST-UT MEDIO AMBIENTE

72000 AE SUBV 06_13

PLAN DE ACCIÓN DE ENERGÍA SOSTENIBLE (PAES): Calderas biomasa centros enseñanza y otrosSubvención Administración del Estado en plan

180.000,00 80,00 144.000,00 72.000,00 0,00 0,00 0,00 72.000,00

-- -- invers fin unica 08_13 MEJORA COMUNITARIA 1.368.356,00 -- -- 322.550,00 159.725,00 0,00 0,00 482.275,00

9200-6290001 OTRAS INVERSIONES NUEVAS ASOCIADAS AL FUNCIONAMº OPERATIVO DE LOSSERVICIOS

-- invers IO 08_13INSTALACIÓN DE BUZONES PARA SERVICIO DE CORREOS

121.000,00 100,00 121.000,00 60.500,00 0,00 0,00 0,00 60.500,00

1320-6230002 VARIOS INSTALACIONES SEGURIDAD

-- invers IO 08_13INSTALACIÓN CÁMARAS VIDEOVIGILANCIA EN URBANIZACIONES

266.200,00 100,00 266.200,00 106.500,00 159.725,00 0,00 0,00 266.225,00

1710-6090013 INVERSION NUEVA EN PARQUES Y JARDINES PÚBLICOS

-- invers IO 08_13 PARQUE EL ANCLA 100.000,00 100,00 100.000,00 100.000,00 0,00 0,00 0,00 100.000,00

9200-6290001 OTRAS INVERSIONES NUEVAS ASOCIADAS AL FUNCIONAMº OPERATIVO DE LOSSERVICIOS

-- invers IO 08_13INV VARIAS EN SERVICIOS MUNICIPALES

222.200,00 100,00 222.200,00 55.550,00 0,00 0,00 0,00 55.550,00

-- -- invers fin unica 09_13 SEGURIDAD Y ORDEN ÚBLICO 225.660,00 -- -- 44.200,00 55.000,00 55.000,00 20.000,00 174.200,00

1320-6230003 VARIOS SEGURIDAD (ARMAMº, EQUIPOSY OTROS)

-- invers IO 09_13ARMAMENTO, EQUIPOS DEFENSA Y OTROS

100.000,00 100,00 100.000,00 20.000,00 20.000,00 20.000,00 20.000,00 80.000,00

1320-6240002 VEHICULOS POLICIA LOCAL

-- invers IO 09_13 VEHÍCULOS POLICÍA LOCAL 70.000,00 100,00 70.000,00 0,00 35.000,00 35.000,00 0,00 70.000,00

174

Page 175: ASISTENTES ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA …...Recálculo sobre ingresos a fecha posterior 29000 IMPUESTO SOBRE CONSTRUCCIONES, ... 36000 VENTA DE LIBROS 335,00 265,00 70,00

Aplic gastossubcº

ing

invers /

orig finfinanc

refªºinvers

DENOMINACIÓN INVERSIÓN / financiación

invers totalexacta

s/datos exist% s/fin

importecomputado(antes deredondeo)

2.014 2.015 2.016 2.017cuatº

2014-2017

1320-6220104 INVERS NUEVA EN EDIFICIOS POLICÍA LOCAL

-- invers IO 09_13NUEVA SEDE POL LOCAL DE VERANO EN PLAYA DE LA FOSSA

24.200,00 100,00 24.200,00 24.200,00 0,00 0,00 0,00 24.200,00

-- -- invers fin unica 11_13 CENTROS DE ENSEÑANZA 59.610,00 -- -- 10.000,00 0,00 0,00 0,00 10.000,00

3210-6190012 ACONDICIONAMIENTOS DE REPOSICION EN CENTROS DE ENSEÑANZA

-- invers IO 11_13ACONDICIONAMIENTOS EN CENTROS DE ENSEÑANZA

10.000,00 100,00 10.000,00 10.000,00 0,00 0,00 0,00 10.000,00

-- -- invers fin unica 12_13EDIFICIOS e INSTALACIONES MUNICIPALES

331.000,00 -- -- 36.300,00 39.325,00 0,00 0,00 75.625,00

1640-6220110 INVERS NUEVA EN CEMENTERIO MUNICIPAL

-- invers IO 12_13AMPLIACIÓN NICHOS CEMENTERIO MUNICIPAL

121.000,00 100,00 121.000,00 36.300,00 39.325,00 0,00 0,00 75.625,00

1520-6820001 PLAN LOCAL DE VIVIENDAS DE PROTEC. OFICIAL

art.259.2LUV

IRCFPMS

nfa eau13_13

FINALIZACIÓN 1ª FASE EDIFICIO VPO Calle Puerto de Santamaría

375.000,00 100,00 375.000,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00

invers -- -- totales ejercicio – – ,00 958.900,00 256.050,00 57.000,00 22.000,00 1.293.950,00

7.2.- Resumen de financiación de inversiones

fin aux denominación financiación 2.014 2.015 2.016 2.017 cuatº 2014-2017

IO a ppto INGRESOS ORDINARIOS 493.550,00 256.050,00 57.000,00 22.000,00 828.600,00

SUBV a ppto SUBVENCIONES 465.350,00 0,00 0,00 0,00 465.350,00

FPMS nfa eau

-- Fondo PMS no afecº (subcº 39701) 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00

totales -- -- 958.900,00 256.050,00 57.000,00 22.000,00 1.293.950,00

175

Page 176: ASISTENTES ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA …...Recálculo sobre ingresos a fecha posterior 29000 IMPUESTO SOBRE CONSTRUCCIONES, ... 36000 VENTA DE LIBROS 335,00 265,00 70,00

8.- LIQUIDACIÓN DEL PRESUPUESTO DEL EJERCICIO ANTERIOR (2012)

8.1.- Resultado presupuestario 2012

176

Page 177: ASISTENTES ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA …...Recálculo sobre ingresos a fecha posterior 29000 IMPUESTO SOBRE CONSTRUCCIONES, ... 36000 VENTA DE LIBROS 335,00 265,00 70,00

8.2.- Remanente de Tesorería 2012

177

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9.- AVANCE DE LA LIQUIDACIÓN DEL PRESUPUESTO (2013)

9.1.- Estado de ejecución del presupuesto a 30/09

9.1.1.- Resumen de la clasificación económica.

EjercicioCorriente

Ejercicioscerrados

EstimaciónDerechos

ReconocidosNetos a 31-12-

2013

INGRESOS Previsionesiniciales

EstimaciónPrevisionesdefinitivas al

final deejercicio (1)

DerechosReconocidos

Netos (2)

RecaudaciónLiquida (2)

RecaudaciónLiquida (2)

% estim

1 Impuestos directos 15.887.675,00 15.887.675,00 16.741.991,06 1.836.288,40 976.870,18 16.790.417,98 95,00

2 Impuestos indirectos 347.365,00 347.365,00 346.385,19 332.818,15 138.255,02 372.870,46 95,00

3 Tasas y otros ingresos 6.279.830,00 6.279.830,00 9.287.265,16 3.829.364,51 604.342,22 9.413.016,90 95,00

4 Transferencias corrientes 5.257.000,00 5.893.149,38 6.580.698,39 4.633.760,39 85.761,38 6.580.698,39 95,00

5 Ingresos patrimoniales 1.347.265,00 1.347.265,00 1.392.510,55 907.858,93 12.941,68 1.410.668,01 95,00

6 Enajenación de inversiones reales

227.625,00 227.625,00 0,00 0,00 13.995,54 216.243,75 95,00

7 Transferencias de capital 0,00 0,00 0,00 0,00 2.019.106,84 0,00 95,00

8 Activos financieros 21.820,00 10.332.122,78 18.575,36 18.575,36 0,00 20.729,00 95,00

9 Pasivos financieros 0,00 105.207,60 70.138,40 70.138,40 0,00 78.905,70 95,00

TotalIngresos

29.368.580,00 40.420.239,76 34.437.564,11 11.628.804,14 3.851.272,86 34.883.550,19

178

Page 179: ASISTENTES ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA …...Recálculo sobre ingresos a fecha posterior 29000 IMPUESTO SOBRE CONSTRUCCIONES, ... 36000 VENTA DE LIBROS 335,00 265,00 70,00

EjercicioCorriente

Ejercicioscerrados

EstimaciónObligacionesReconocidasNetas a 31-12-

2013

GASTOS Créditosiniciales

EstimaciónPrevisionesdefinitivas al

final deejercicio (1)

ObligacionesReconocidas

Netos (2)

Pagos Liquidos(2)

Pagos Liquidos(2)

% estim

1 Gastos de personal 12.753.075,00 12.754.405,83 8.577.914,49 8.577.914,49 32.576,69 11.797.825,39 92,50

2 Gastos en bienes corrientes y servicios

10.697.800,00 11.775.525,76 4.695.980,46 4.408.502,91 3.946.533,98 13.564.724,06 92,50

3 Gastos financieros 1.443.250,00 1.443.250,00 1.016.567,65 1.016.567,65 0,00 1.335.006,25 92,50

4 Transferencias corrientes 1.169.800,00 1.197.379,34 563.964,13 469.781,66 266.095,22 1.107.575,89 92,50

5 Fondo de contingencia y Otrosimprevistos

0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 92,50

6 Inversiones reales 576.725,00 10.932.890,75 684.653,53 684.653,53 203.146,65 10.112.923,94 92,50

7 Transferencias de capital 0,00 37.715,36 4.597,52 4.597,52 0,00 34.886,71 92,50

8 Activos financieros 18.600,00 18.600,00 18.600,00 18.600,00 0,00 18.600,00 92,50

9 Pasivos financieros 1.841.600,00 2.052.015,20 1.465.034,16 1.465.034,16 0,00 1.898.114,06 92,50

TotalGastos

28.500.850,00 40.211.782,24 17.027.311,94 16.645.651,92 4.448.352,54 39.869.656,30

179

Page 180: ASISTENTES ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA …...Recálculo sobre ingresos a fecha posterior 29000 IMPUESTO SOBRE CONSTRUCCIONES, ... 36000 VENTA DE LIBROS 335,00 265,00 70,00

10.- PREVISIÓN DE GASTOS e INGRESOS DE LA SOCIEDAD MERCANTIL PÚBLICA MUNICIPAL DE CALP, S.L.

Sociedad mercantil en fase de disolución y liquidación, por acuerdo de su Junta General de 16 de marzo de 2011, que no aporta previsión de gastos e ingresos.

11.- INFORMES DE LA INTERVENCIÓN

11.1.- Informe para aprobación inicial

PRESUPUESTO MUNICIPAL

ANUALIDAD 2014

INFORME DE LA INTERVENCIÓN

1.- Antecedentes

Por la Alcaldía se ha formado, al amparo del art. 168 del Real Decreto Legislativo2/2004 que aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (enadelante TRLRHL), la propuesta de presupuesto municipal para 2014, sobre la cual se emitepor esta Intervención el presente informe, en cumplimiento del art. 168.4 TRLRHL.

2.- Documentación que debe integrar el presupuesto formado

El presupuesto general consolidado del Ayuntamiento está formado por:

2.1.- El presupuesto general del Ayuntamiento, formado por su presidente, y al quehabrá de unirse la siguiente documentación (art. 168.1 TRLRHL):

22. Memoria explicativa de su contenido y de las principales modificaciones que presente en relación con el vigente.

23. Liquidación del presupuesto del ejercicio anterior y avance de la del corriente,referida, al menos, a seis meses del ejercicio corriente.

24. Anexo de personal de la entidad local.

25. Anexo de las inversiones a realizar en el ejercicio.

26. Un informe económico-financiero, en el que se expongan las bases utilizadaspara la evaluación de los ingresos y de las operaciones de crédito previstas,la suficiencia de los créditos para atender el cumplimiento de las obligacionesexigibles y los gastos de funcionamiento de los servicios y, en consecuencia,la efectiva nivelación del presupuesto.

En relación con las operaciones de crédito, se incluirá en el informe suimporte, el detalle de las características técnicas y condiciones financieras detodo orden en que se prevean concertar y la carga financiera antes y despuésde su formalización (art. 18.e) RD 500/1990)

27. Bases de Ejecución del Presupuesto (art. 9 RD 500/1990)

Dicha documentación se presentará con el detalle exigido en el RD 500/1990.

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La estructura del presupuesto se adaptará a lo establecido por la OrdenEHA/3565/2008, de 3 de diciembre, por la que se aprueba la estructura de los presupuestos delas entidades locales.

2.2. El presupuesto de cada uno de los organismos autónomos dependientes delAyuntamiento, propuesto inicialmente por el órgano competente de aquellos, y que debe serremitido al Ayuntamiento, acompañado de la documentación detallada en el apartadoanterior (art. 168.2 TRLRHL y art. 5.b) RD 500/1990).

2.3. Las previsiones de gastos e ingresos, así como los programas anuales deactuación, inversiones y financiación para el ejercicio siguiente, de las sociedadesmercantiles municipales, cuyo capital pertenezca íntegramente al Ayuntamiento (art. 168.3TRLRHL y art. 5.c) RD 500/1990).

2.4. Sobre la base de los presupuestos y estados de previsión a que se refieren losapartados 1 y 2 anteriores, el presidente de la entidad formará el presupuesto general y loremitirá, informado por la Intervención y con los anexos y documentación complementariadetallados en el apartado 1 del artículo 166 y en el presente artículo, al Pleno de lacorporación antes del día 15 de octubre para su aprobación, enmienda o devolución (art.168.4 TRLRHL).

2.5. El acuerdo de aprobación, que será único, habrá de detallar los presupuestosque integran el presupuesto general, no pudiendo aprobarse ninguno de ellosseparadamente (art. 168.5 TRLRHL).

2.6.- El presupuesto formado cumple en líneas generales, a juicio de esta Intervención,las referidas exigencias, bien entendido que en lo tocante a la sociedad mercantil PúblicaMunicipal de Calp, S.L., como se señala en el presupuesto formado, se encuentra en fase deliquidación y no se ha aportado documentación alguna.

3.- Incidencia de la aplicación de la Ley orgánica 2/2012 de EstabilidadPresupuestaria y Sostenibilidad Financiera (LOEPSF).

El cumplimiento de las exigencias de la LOEPSF y su normativa de desarrollo esobjeto de informe expreso de la Intervención municipal, de conformidad con la normativavigente.

4.- Sin contenido.

5.- Evaluacion de los ingresos.-

El apartado 3.3.2 del presupuesto refleja los criterios seguidos para lapresupuestación de los distintos ingresos, criterios que se consideran adecuados por estaintervención, sin perjuicio de su ajuste a efectos del cálculo de la estabilidad presupuestaria,lo que será objeto de informe específico.

6.- Análisis de los créditos para gastos.

6.1.- Suficiencia de los creditos para gastos.-

Los créditos previstos para gastos contemplados en el proyecto de presupuesto puedenestimarse suficientes para atender el cumplimiento de las obligaciones exigibles y los gastos defuncionamiento de los servicios, a la vista de los antecedentes obrantes en la intervenciónmunicipal, salvo error u omisión.

6.2.- La desaparición de la subvención prevista para la Cruz Roja por la prestación delservicio de transporte sanitario, trasladando su importe al cap. 2 como un gasto más delmismo, sin perjuicio de que finalmente la prestación de dicho servicio pueda instrumentarsecomo convenio, en regulación más acorde con la naturaleza de este gasto, resulta más

181

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acertada a criterio del que suscribe que la existente en el presupuesto anterior.

Debe señalarse, no obstante, que la naturaleza de tal prestación y otras análogas quepudieran surgir, es propiamente la de un contrato administrativo, como lo prueba el hecho deque las mismas han sido objeto de contrato sujeto a la normativa contractual conanterioridad. Entre otras, y son numerosas, la STS de 18 de febrero de 2004 (LA LEY943/2004), al tratar la naturaleza de los convenios señala que “La problemática relativa alos convenios de colaboración celebrados por la Administración es ciertamente complicadaa causa, sobre todo, de la ausencia de una definición legal de los mismos, e incluso de unconcepto doctrinal netamente perfilado sobre su naturaleza .... Consecuentemente no ha deser la denominación que las partes intervinientes otorguen al negocio objeto de controversiala que determine el régimen jurídico que ha de regularlo, sino la real naturaleza del mismo laque ha de imponer o permitir prescindir de los principios mencionados. Y así ocurre(Sentencias de 12 de marzo y 13 de octubre de 1999) que la inexistencia decontraprestación pecuniaria, dotando de carácter esencialmente gratuito al conveniocelebrado, o la concurrencia de supuestos excepcionales previstos en la normativa entoncesvigente ( Decreto 1.005/74 [RCL 1974, 847] , hoy derogado) pueden permitir prescindir delas exigencias impuestas por el artículo 11 aun cuando se trate de conciertos decolaboración celebrados con personas particulares, físicas o jurídicas, que tengan por objetoalgunas de las materias recogidas en el artículo 5º de la Ley de Contratos del Estado ( RCL1995, 1445, 1948) ; pero ello no quiere decir que fuera de tales supuestos excepcionalesquepa obviar su cumplimiento mediante la utilización de la fórmula «convenio decolaboración» en lugar de la de contrato administrativo.”

También la doctrina más reciente (MOREO MARROIG, Auditoría Pública nº 50 (2010)considera que determinada la naturaleza del negocio proyectado, y concluido que se tratade un contrato de los regulados en la LCSP, resulta improcedente tramitarlo al margen de lanormativa de contratos.

Debe señalarse, en todo caso, que la práctica del convenio es habitual y a talrespecto ha señalado el Tribunal de Cuentas (Informe de fiscalización de los convenios decolaboración generadores de gastos en los años 2004 y 2005 por los ministerios deFomento y de Sanidad y Consumo con personas físicas o jurídicas sujetas al derechoprivado, BOE de 04/08/2010), que se está ante una figura con manifiesta insuficiencia delmarco legal en que se desenvuelve, y con una fuerte contradicción entre la exigencia legalde aplicar los principios del TRLCAP (publicidad, concurrencia…) y la prácticaadministrativa, que adjudica los convenios siempre directamente, considerando necesarioque se justifique en el expediente la selección directa del sujeto privado suscriptor delconvenio, si hubiera causas para ello, de manera que no se actúe como si el recurso alconvenio implicara, de suyo, la libre elección del sujeto privado.

7.- Depósitos y fianzas

La Orden EHA/3565/2008, de 3 de diciembre, por la que se aprueba la estructura delos presupuestos de las entidades locales señala que los depósitos constituidos y las fianzasingresadas en metálico en la Tesorería municipal pueden ser tratados presupuestariamentecomo un ingreso en los subconceptos 940 y 941, y a su vez como un gasto, en orden a laposible exigencia legal de su devolución, en los mismos subconceptos de gastos.

Ello no obstante, tradicionalmente este Ayuntamiento no viene actuando así, siendotratados tales ingresos y gastos como operaciones extrapresupuestarias, lo que supone ajuicio de esta Intervención una actuación ajustada al principio de prudencia, ya que no sedan en este municipio unos niveles tales que justifiquen plenamente el tratamiento previstoen la citada Orden, más adecuado probablemente para Corporaciones Locales de mayor en-vergadura.

8.- Nivelación del presupuesto.-

El presupuesto municipal para la anualidad del 2014 se presenta desnivelado en cuanto

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a ingresos y gastos, consecuencia de las previsiones contenidas en el anteriormente referidoplan de ajuste, que prevé la desnivelación progresiva y cada vez mayor del presupuesto, parala absorción a lo largo del periodo 2012-2022 de aplicación del plan, del RTGG de-26.257.928,87 euros, obtenido de la liquidación del ejercicio 2011.

Dicho plan, ante la imposibilidad de llevar a cabo en la práctica ninguna de lasposibilidades ofrecidas por el art. 193, apartados 1, 2 y 3 TRLRHL (art. 105 RD 500/1990),que exige la adopción de alguna de las alternativas siguientes:

1. Reducción de gastos en el presupuesto en vigor por cuantía igual al déficit produ-cido, acordada por el Pleno.

2. Realización de una operación de crédito por importe del remanente de tesore-ría negativo, siempre que se den las condiciones señaladas en el art. 177.5 TRLRHL.

3. Aprobación del presupuesto de 2012 con superávit inicial de cuantía no inferior alremanente de tesorería negativo.

optó por la absorción de dicho remanente a lo largo de su periodo de vigencia, en actuaciónalegal pero no combatida desde ámbito alguno de la administración local ni autonómica.

Aprobado que fue el Plan de Ajuste del Real Decreto-ley 4/2012, el presupuesto de2014 desarrolla la segunda anualidad del plan de ajuste 2012-2022.

Debe señalarse que liquidado el presupuesto de 2012 con remanente de tesorería paragastos generales (RTGG) positivo, ello supone una alteración sustancial del punto de partidadel Plan de Ajuste, ya que no existiría, en principio, RTGG negativo que absorber a lo largo delperiodo de vigencia del plan. En cualquier caso, el presupuesto formado presenta un superávitque, aunque inferior al previsto en el plan, supone una actuación del lado de la seguridad, a laespera del resultado de la liquidación del presupuesto de 2013, y de las posiblesconsecuencias en orden a la estabilidad presupuestaria que la misma pueda comportar.

9.- Plantilla de personal

9.1.- Adecuación al proyecto de la ley de presupuestos generales del estado para elaño 2014

El presente presupuesto ha sido formado con anterioridad a la entrada en vigor de laLey General de Presupuestos del Estado para la anualidad de 2014, por lo que lasconsideraciones efectuadas lo serán sobre el proyecto de dicha ley (en adelante PLPGE 2014),el cual prevé lo siguiente:

“CAPÍTULO I

De los gastos del personal al servicio del sector público

Artículo 20. Bases y coordinación de la planificación general de la actividadeconómica en materia de gastos de personal al servicio del sector público.

Uno. A efectos de lo establecido en el presente capítulo, constituyen el sectorpúblico:

…/...

c) Las Corporaciones locales y Organismos de ellas dependientes.

…/...

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Dos. En el año 2014, las retribuciones del personal al servicio del sector público nopodrán experimentar ningún incremento respecto a las vigentes a 31 de diciembre de2013, en términos de homogeneidad para los dos períodos de la comparación, tantopor lo que respecta a efectivos de personal como a la antigüedad del mismo.

Tres. Durante el ejercicio 2014, las Administraciones, entidades y sociedades a quese refiere el apartado Uno de este artículo no podrán realizar aportaciones a planesde pensiones de empleo o contratos de seguro colectivos que incluyan la coberturade la contingencia de jubilación.

No obstante lo dispuesto en el párrafo anterior y siempre que no se produzcaincremento de la masa salarial en los términos que establece la presente Ley, lascitadas Administraciones, entidades y sociedades podrán realizar contratos deseguro colectivo que incluyan la cobertura de contingencias distintas a la dejubilación.

Cuatro. La masa salarial del personal laboral, que no podrá incrementarse en 2014,está integrada por el conjunto de las retribuciones salariales y extrasalariales y losgastos de acción social devengados por dicho personal en 2013, en términos dehomogeneidad para los dos períodos objeto de comparación, teniendo en cuenta lodispuesto en el apartado Dos de este artículo. Se exceptúan, en todo caso:

a) Las prestaciones e indemnizaciones de la Seguridad Social.

b) Las cotizaciones al sistema de la Seguridad Social a cargo del empleador.

c) Las indemnizaciones correspondientes a traslados, suspensiones odespidos.

d) Las indemnizaciones o suplidos por gastos que hubiera realizado eltrabajador.

Cinco. 1. Los funcionarios a los que resulta de aplicación el artículo 76 del EstatutoBásico del Empleado Público e incluidos en el ámbito de aplicación de la Ley30/1984, de 2 de agosto en los términos de la disposición final cuarta del citadoEstatuto Básico o de las Leyes de Función Pública dictadas en desarrollo de aquél,percibirán, en concepto de sueldo y trienios, en las nóminas ordinarias de enero adiciembre de 2014, las cuantías referidas a doce mensualidades que se recogen acontinuación:

…/...

2. Los funcionarios a que se refiere el punto anterior percibirán, en cada una de laspagas extraordinarias de los meses de junio y diciembre en el año 2014, en conceptode sueldo y trienios, los importes que se recogen a continuación:

…/...

Seis. A efectos de lo dispuesto en el apartado anterior, las retribuciones a percibir porlos funcionarios públicos que hasta la Ley de Presupuestos Generales del Estadopara el año 2007 han venido referenciadas a los grupos de titulación previstos en elartículo 25 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de laFunción Pública, están referenciadas a los grupos y subgrupos de clasificaciónprofesional establecidos en el artículo 76 y disposición transitoria tercera de la Ley7/2007, de 12 de abril, por la que se aprueba el Estatuto Básico del EmpleadoPúblico, sin experimentar otras variaciones que las derivadas de esta ley. Lasequivalencias entre ambos sistemas de clasificación son las siguientes:

,,,/,,,

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Siete. Lo dispuesto en los apartados anteriores debe entenderse sin perjuicio de lasadecuaciones retributivas que, con carácter singular y excepcional, resultenimprescindibles por el contenido de los puestos de trabajo, por la variación delnúmero de efectivos asignados a cada programa o por el grado de consecución delos objetivos fijados al mismo.

Ocho. Los acuerdos, convenios o pactos que impliquen crecimientos retributivosdeberán experimentar la oportuna adecuación, deviniendo inaplicables las cláusulasque establezcan cualquier tipo de incremento.

Nueve. Las referencias relativas a retribuciones contenidas en esta Ley se entiendensiempre hechas a retribuciones íntegras.

Diez. Los límites establecidos en este artículo serán de aplicación a las retribucionesde los contratos mercantiles del personal del sector público.

Once. Este artículo tiene carácter básico y se dicta al amparo de los artículos149.1.13.ª y 156.1 de la Constitución. Además, el apartado Tres se dicta enaplicación de lo dispuesto en el artículo 29 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, delEstatuto Básico del Empleado Público.

Artículo 21. Oferta de empleo público u otro instrumento similar de gestión de laprovisión de necesidades de personal.

Uno. 1. A lo largo del ejercicio 2014 no se procederá en el sector público delimitadoen el artículo anterior, a excepción de las sociedades mercantiles públicas que seregirán por lo dispuesto en la disposición adicional décima séptima de esta Ley y delos Órganos Constitucionales del Estado, a la incorporación de nuevo personal, salvola que pueda derivarse de la ejecución de procesos selectivos correspondientes aOfertas de Empleo Público de ejercicios anteriores o de plazas de militares de Tropay Marinería profesional necesarias para alcanzar los efectivos fijados en ladisposición adicional décima tercera.

La limitación contenida en el párrafo anterior alcanza a las plazas incursas en losprocesos de consolidación de empleo previstos en la disposición transitoria cuartadel Estatuto Básico del Empleado Público.

2. Respetando, en todo caso, las disponibilidades presupuestarias del Capítulo I delos correspondientes presupuestos de gastos, la limitación contenida en el apartadoanterior no será de aplicación a los siguientes sectores y administraciones en los quela tasa de reposición se fijará hasta un máximo del 10 por ciento:

A) A las Administraciones Públicas con competencias educativas para el desarrollode la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, en relación con ladeterminación del número de plazas para el acceso a los cuerpos de funcionariosdocentes.

B) A las Administraciones Públicas con competencias sanitarias respecto de lasplazas de hospitales y centros de salud del Sistema Nacional de Salud.

C) A las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, a aquellas ComunidadesAutónomas que cuenten con Cuerpos de Policía Autónoma propios en su territorio, yen el ámbito de la Administración Local a las correspondientes al personal de laPolicía Local, en relación con la cobertura de las correspondientes plazas.

En el supuesto de las plazas correspondientes al personal de la policía local, sepodrá alcanzar el cien por cien de la tasa de reposición de efectivos siempre que setrate de Entidades locales que cumplan o no superen los límites que fije la legislaciónreguladora de las Haciendas locales o, en su caso, las Leyes de Presupuestos

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Generales del Estado, en materia de autorización de operaciones deendeudamiento. Además deberán cumplir el principio de estabilidad al que se refiereel artículo 11.4 de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de EstabilidadPresupuestaria y Sostenibilidad Financiera tanto en la liquidación del presupuestodel ejercicio inmediato anterior como en el presupuesto vigente. En relación con esteúltimo, los respectivos Plenos de las Entidades locales deberán aprobar un planeconómico financiero en el que se incluya la medida a la que se refiere la presentenorma y se ponga de manifiesto que, igualmente, se da cumplimiento al citadoprincipio de estabilidad presupuestaria. Lo indicado en el presente párrafo deberá seracreditado por la correspondiente Entidad local ante el Ministerio de Hacienda yAdministraciones Públicas, previamente a la aprobación de la convocatoria deplazas.

D) A las Fuerzas Armadas en relación con las plazas de militares de carrera ymilitares de complemento de acuerdo con lo previsto en la Ley 39/2007, de 19 denoviembre, de carrera militar.

E) A las Administraciones Públicas respecto del control y lucha contra el fraude fiscal,laboral, de subvenciones públicas y en materia de Seguridad Social, y del control dela asignación eficiente de los recursos públicos.

F) A las Administraciones Públicas respecto del asesoramiento jurídico y la gestiónde los recursos públicos.

G) A la Administración de Justicia y a la Acción Exterior del Estado.

H) A las Administraciones Públicas respecto de la cobertura de las plazascorrespondientes al personal de los servicios de prevención y extinción de incendios.

I) A las Administraciones Públicas en relación con las plazas de personalinvestigador doctor de los Cuerpos y Escalas de los organismos públicos deinvestigación definidos en la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnologíay la Innovación.

Esta previsión será también de aplicación a las plazas de los Cuerpos de personalinvestigador de las Universidades, siempre que por parte de las administracionespúblicas de las que dependan se autoricen las correspondientes convocatorias,previa acreditación de que la oferta de empleo público de las citadas plazas noafecta al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria establecidospara la correspondiente Universidad, ni de los demás límites fijados en la LeyOrgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y SostenibilidadFinanciera.

J) A las Administraciones Públicas respecto de la supervisión e inspección de losmercados de valores y de los que en ellos intervienen.

K) A la Agencia Estatal de Seguridad Aérea respecto del personal que realizaactuaciones de inspección y supervisión de la seguridad aérea y las operaciones devuelo, siempre que se acredite, con carácter previo, que no ha resultado posible lacobertura de las plazas objeto de oferta por empleados públicos con una relaciónpreexistente de carácter fijo e indefinido en el Sector Público Estatal.

3. Para calcular la tasa de reposición de efectivos, el porcentaje máximo a que serefiere el apartado anterior se aplicará sobre la diferencia resultante entre el númerode empleados fijos que, durante el ejercicio presupuestario de 2013, dejaron deprestar servicios en cada uno de los sectores, ámbitos,cuerpos o categorías,previstos en el apartado anterior y el número de empleados fijos que se hubieranincorporado en los mismos en el referido ejercicio, por cualquier causa, excepto losprocedentes de ofertas de empleo público, o reingresado desde situaciones que no

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conlleven la reserva de puestos de trabajo. A estos efectos, se computarán los cesesen la prestación de servicios por jubilación, retiro, pase a la situación de reserva osegunda actividad, fallecimiento, renuncia, declaración en situación de excedenciasin reserva de puesto de trabajo, pérdida de la condición de funcionario de carrera ola extinción del contrato de trabajo o en cualquier otra situación administrativa que nosuponga la reserva de puesto de trabajo o la percepción de retribuciones con cargo ala Administración en la que se cesa.

No computarán dentro del límite máximo de plazas derivado de la tasa de reposiciónde efectivos, aquellas plazas que se convoquen para su provisión mediante procesosde promoción interna.

Dos. Durante el año 2014 no se procederá a la contratación de personal temporal, nial nombramiento de personal estatutario temporal o de funcionarios interinos salvoen casos excepcionales y para cubrir necesidades urgentes e inaplazables que serestringirán a los sectores, funciones y categorías profesionales que se considerenprioritarios o que afecten al funcionamiento de los servicios públicos esenciales.

Tres. La Oferta de Empleo Público de los sectores señalados en el apartado Uno.2de este artículo que corresponda a la Administración General del Estado, susorganismos públicos y demás entes públicos estatales se aprobará por el Gobierno,a iniciativa de los Departamentos u Organismos competentes y a propuesta delMinisterio de Hacienda y Administraciones Públicas pudiendo, al efecto, proponersela acumulación de las plazas resultantes de la aplicación de la tasa de reposicióncorrespondiente a cada sector, en aquellos Cuerpos o Escalas cuya cobertura seconsidere prioritaria o que afecten al funcionamiento de los servicios públicosesenciales. En el caso de las Fuerzas Armadas la aprobación será previo informe delMinisterio de Hacienda y Administraciones Públicas y a propuesta del Ministro deDefensa. En todos los casos será necesaria la previa valoración e informe sobre surepercusión en los costes de personal.

Durante 2014 no se autorizarán convocatorias de puestos o plazas vacantes depersonal laboral de las entidades públicas empresariales y entes del sector públicoestatal salvo en casos excepcionales y para cubrir necesidades urgentes einaplazables que requerirán la previa y expresa autorización del Ministerio deHacienda y Administraciones Públicas a través de las Secretarías de Estado dePresupuestos y Gastos y de Administraciones Públicas. Asimismo, con el objeto deposibilitar la adecuada optimización de los recursos humanos existentes en el sectorpúblico, ambas Secretarías de Estado podrán autorizar a las entidades públicasempresariales y entes públicos a contratar a personal funcionario o laboral fijo condestino en Departamentos u Organismos Públicos del sector público estatal. ElMinisterio de Hacienda y Administraciones Públicas determinará el procedimiento porel cual se garantizará la publicidad y libre concurrencia en este tipo decontrataciones.

Cuatro. La contratación de personal laboral temporal y el nombramiento defuncionarios interinos y de personal estatutario temporal, en las condicionesestablecidas en el apartado Dos de este artículo requerirá la previa autorización delMinisterio de Hacienda y Administraciones Públicas.

Asimismo, la celebración de contratos de puesta a disposición con empresas detrabajo temporal sólo podrá formalizarse en las condiciones del apartado Dos de esteartículo y requerirá la previa autorización del Ministerio de Hacienda yAdministraciones Públicas.

La contratación de personal fijo o temporal en el extranjero con arreglo a lalegislación local o, en su caso, legislación española, requerirá la previa autorizacióndel Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas.

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Cinco. La validez de la autorización contenida en el apartado Uno.2 de este artículoestará condicionada a que las plazas resultantes de la aplicación de la tasa dereposición de efectivos definida en el apartado Uno.3, se incluyan en una Oferta deEmpleo Público que, de conformidad con lo establecido en el apartado 2 del artículo70 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, deberá ser aprobada por los respectivos órganosde Gobierno de las Administraciones Públicas y publicarse en el Boletín oficial de laComunidad Autónoma o, en su caso, del Estado, antes de la finalización del año2014.

La validez de la autorización contenida en el apartado Uno.2 de este artículo estaráigualmente condicionada a que la convocatoria de las plazas se efectúe, mediantepublicación de la misma en el Diario oficial de la Comunidad Autónoma o, en sucaso, del Estado, en el plazo improrrogable de tres años, a contar desde la fecha dela publicación de la Oferta de Empleo Público en la que se incluyan las citadasplazas, con los requisitos establecidos en el párrafo anterior, de conformidad con lodispuesto en el apartado 1 del artículo 70 de la Ley 7/2007, de 12 de abril.

Seis. Los apartados Uno y Dos y Cinco de este artículo tienen carácter básico y sedictan al amparo de los artículos 149.1.13.ª y 156.1 de la Constitución.”

En orden al cumplimiento de las referidas exigencias debe señalarse que en elpresupuesto formado las retribuciones básicas, el complemento de destino y el complementoespecífico se mantienen idénticos en cómputo anual a los del ejercicio 2013 en todas lasplazas de plantilla, sin perjuicio de un mayor importe en la prorrata correspondiente a lasvariaciones de jornada o duración anual introducidas..

Los cálculos correspondientes al incremento de retribuciones del personal son lossiguientes:

ej ant ej INCREMº RETRIB. LPGE ej ej ant % incrº ej ant/ej

eco eco denominación GTOS ecogtos SCWcred inic

-- difer

100 100

RETRIBUCIONES BÁSICAS Y OTRAS REMUNERACIONES DE LOS MIEMBROS DE LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO.

sin computo sin computo sin computo sin computo

10000 10000

RETRIBUCIONES BASICAS Y OTRAS REMUNERACIONES DE LOS MIEMBROS DE LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO

sin computo sin computo sin computo sin computo

10001 10001OTRAS REMUNERACIONES DE LOS MIEMBROS DE LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO

sin computo sin computo sin computo sin computo

101 101RETRIBUCIONES BÁSICAS Y OTRAS REMUNERACIONES DEL PERSONAL DIRECTIVO.

sin computo sin computo sin computo sin computo

10100 10100RETRIBUCIONES BASICAS Y OTRAS REMUNERACIONES DEL PERSONAL DIRECTIVO

sin computo sin computo sin computo sin computo

10101 10101OTRAS REMUNERACIONES DEL PERSONAL DIRECTIVO

sin computo sin computo sin computo sin computo

107 107CONTRIBUCIONES A PLANES Y FONDOS DE PENSIONES.

sin computo sin computo sin computo sin computo

10700 10700

CONTRIBUCIONES A PLANES Y FONDOS DE PENSIONES DE LOSMIEMBROS DE LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO.

sin computo sin computo sin computo sin computo

10701 10701CONTRIBUCIONES A PLANES Y FONDOS DE PENSIONES DEL PERSONAL DIRECTIVO.

sin computo sin computo sin computo sin computo

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ej ant ej INCREMº RETRIB. LPGE ej ej ant % incrº ej ant/ej

110 110RETRIBUCIONES BÁSICAS Y OTRAS REMUNERACIONES DE PERSONAL EVENTUAL.

196.825,00 196.825,00 0,00 0,00

11000 11000RETRIBUCIONES BÁSICAS PERS.EVEN.

196.825,00 196.825,00 0,00 0,00

11001 11001RETRIBUCIONES COMPLEMENTARIAS PERS. EVEN.

0,00 0,00 ant=0 0,00

11002 11002OTRAS REMUNERACIONES PERS. EVEN.

0,00 0,00 ant=0 0,00

120 120 RETRIBUCIONES BASICAS FUNC 2.503.925,00 2.487.175,00 0,67 16.750,00

12000 12000RETRIBUCIONES BASICAS FUNCºs A1

337.800,00 337.825,00 -0,01 -25,00

12001 12001RETRIBUCIONES BASICAS FUNCºs A2

284.150,00 284.125,00 0,01 25,00

12002 12002RETRIBUCIONES BASICAS FUNCºs B

0,00 0,00 ant=0 0,00

12003 12003RETRIBUCIONES BASICAS FUNCºs C1

1.043.100,00 1.034.775,00 0,80 8.325,00

12004 12004RETRIBUCIONES BASICAS FUNCºs C2

469.575,00 461.175,00 1,82 8.400,00

12005 12005RETRIBUCIONES BASICAS FUNCºs E

76.900,00 76.875,00 0,03 25,00

12006 12006 TRIENIOS FUNCºs sin computo sin computo sin computo sin computo

121 121RETRIB. COMPLEMENTARIAS FUNC

3.070.475,00 3.049.625,00 0,68 20.850,00

12100 12100COMPLEMENTO DE DESTINO FUNCºs

1.423.750,00 1.412.325,00 0,81 11.425,00

12101 12101COMPLEMENTO ESPECÍFICO FUNCºs

1.603.500,00 1.594.075,00 0,59 9.425,00

12103 12103 OTROS COMPLEMENTOS FUNCºs 43.225,00 43.225,00 0,00 0,00

127 127CONTRIBUCIONES A PLANES Y FONDOS DE PENSIONES FUNCIONARIOS.

sin computo sin computo sin computo sin computo

130 130 LABORAL FIJO. 3.022.225,00 2.971.925,00 1,69 50.300,00

13000 13000RETRIBUCIONES BASICAS LAB. FIJO

1.750.750,00 1.722.200,00 1,66 28.550,00

13001 13001HORAS EXTRAORDINARIAS LAB. FIJO.

0,00 0,00 ant=0 0,00

13002 13002OTRAS RENUNERAC. PERS. LABORAL FIJO

1.271.475,00 1.249.725,00 1,74 21.750,00

1300099 1300099 TRIENIOS LAB. FIJO sin computo sin computo sin computo sin computo

131 131 LABORALTEMPORAL 0,00 100,00 -100,00 -100,00

13100 13100RETRIBUCIONES BASICAS LAB. TEMP.

0,00 100,00 -100,00 -100,00

13101 13101HORAS EXTRAORDINARIAS LAB. TEMP.

0,00 0,00 ant=0 0,00

13102 13102OTRAS REMUNERACIONES LAB. TEMP.

0,00 0,00 ant=0 0,00

1310099 1310099 TRIENIOS LAB. TEMPORAL sin computo sin computo sin computo sin computo

137 137CONTRIBUCIONES A PLANES Y FONDOS DE PENSIONES PERS. LABORAL

0,00 0,00 ant=0 0,00

143 143 OTRO PERSONAL sin computo sin computo sin computo sin computo

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ej ant ej INCREMº RETRIB. LPGE ej ej ant % incrº ej ant/ej

14300 14300 OTRO PERSONAL sin computo sin computo sin computo sin computo

1430001 1430001TRABAJOS DE COLABORACION SOCIAL

sin computo sin computo sin computo sin computo

1430002 1430002 CONVENIOS ENSEÑANZA sin computo sin computo sin computo sin computo

1430003 1430003PERSONAL LABORAL NO PERMANENTE

sin computo sin computo sin computo sin computo

1430004 1430004PERSONAL PROGRs. VARIOS DE EMPLEO PÚBLICO

sin computo sin computo sin computo sin computo

1430005 1430005

INDEMNIZACIONES RESOLUC CONTºs, SALARIOS TRAMITACIÓN Y OTROS GASTOSPERSONAL

sin computo sin computo sin computo sin computo

1430006 1430006PROFESORADO PROGRs. VARIOS FORMACION LABORAL

sin computo sin computo sin computo sin computo

150 150 PRODUCTIVIDAD 474.375,00 471.900,00 0,52 2.475,00

15000 15000PRODUCTIVIDAD PERSONAL FUNCIONARIO

383.500,00 377.300,00 1,64 6.200,00

15001 15001PRODUCTIVIDAD PERSONAL LAB. FIJO

89.875,00 94.600,00 -4,99 -4.725,00

15002 15002PRODUCTIVIDAD PERSONAL LAB. TEMP.

1.000,00 0,00 ant=0 1.000,00

151 151 GRATIFICACIONES 118.225,00 120.075,00 -1,54 -1.850,00

15100 15100GRATIFICACIONES PERSONAL FUNCIONARIO

77.300,00 91.975,00 -15,96 -14.675,00

15101 15101GRATIFICACIONES PERSONAL LABORAL

40.925,00 28.100,00 45,64 12.825,00

152 152OTROS INCENTIVOS AL RENDIMIENTO.

0,00 0,00 ant=0 0,00

15200 15200OTROS INCENTIVOS AL RENDIMIENTO.

0,00 0,00 ant=0 0,00

153 153COMPLEMENTO DE DEDICACIÓNESPECIAL.

0,00 0,00 ant=0 0,00

15300 15300COMPLEMENTO DE DEDICACIÓNESPECIAL.

0,00 0,00 ant=0 0,00

1530001 1530001COMPL. DEDIC. ESPECIAL PERS. FUNCª.

0,00 0,00 ant=0 0,00

1530002 1530002COMPL. DEDIC. ESPECIAL PERS. LAB.

0,00 0,00 ant=0 0,00

160 160 CUOTAS SOCIALES sin computo sin computo sin computo sin computo

16000 16000 SEGURIDAD SOCIAL sin computo sin computo sin computo sin computo

16008 16008ASIST. MEDICO-FARMACEUTICA FUNCºs

sin computo sin computo sin computo sin computo

161 161 PRESTACIONES SOCIALES 0,00 0,00 ant=0 0,00

16103 16103 PENSIONES EXCEPCIONALES 0,00 0,00 ant=0 0,00

16104 16104INDEMNIZ. JUBILAC. ANTICIPªs PERS. LABORAL

0,00 0,00 ant=0 0,00

16105 16105PENSIONES A CARGO DEL AYUNTAMIENTO

0,00 0,00 ant=0 0,00

16106 16106INDEMNIZ. JUBILAC. ANTICIPªs FUNCIONARIOS

0,00 0,00 ant=0 0,00

16107 16107ASIST. MEDICO-FARMAC. PENSIONISTAS

0,00 0,00 ant=0 0,00

162 162GASTOS SOCIALES DEL PERSONAL.

30.700,00 30.700,00 0,00 0,00

190

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ej ant ej INCREMº RETRIB. LPGE ej ej ant % incrº ej ant/ej

16200 16200FORMACION Y PERFECCIONAMº DEL PERSONAL

sin computo sin computo sin computo sin computo

16204 16204 ACCION SOCIAL 21.100,00 21.100,00 0,00 0,00

16205 16205 SEGUROS 6.600,00 6.600,00 0,00 0,00

164 164COMPLEMº FAMILIAR PERS. EN ACTIVO

0,00 0,00 ant=0 0,00

-- -- Subtotal 1 9.121.350,00 9.032.925,00 0,98 88.425,00

-- --HOMOGENEIZACIÓN para cálculo(global)

(-) s/ ej (-) s/ ej ant -- --

-- --plazas amortizadas en ejº (cálculo s/PLANT deflactado)

-- 0,00 -- --

-- --plazas amortizadas en ejº anterior (modif s/ap inic)

-- 0,00 -- --

-- --plazas con gasto circunstancial en ej ant (valores 'manual')

-- 0,00 -- --

variacion OE 'vore1' (OE ej ant =SI yOE ej =NO)

0,00 --

variacion OE 'vore2' (OE ej ant =NOy OE ej =SI)

0,00

-- -- plazas nuevas 0,00 -- -- --

-- -- Subtotal 2 0,00 0,00 -- --

INCREMº RETRIBUCIONESHOMOGENEIZADO

9.121.350,00 9.032.925,00 0,98

INCREMENTO POR ADECUACIONES RETRIBSINGULARES (ARS) Y OTROS

-- --adec. retrib. singulares (ARS) BÁSICAS (variac jornada)

-- 20.861,78 -- --

-- --adec. retrib. singulares (ARS) BÁSICAS (variac semanas/año)

-- 24.294,53 45.156,31 --

-- --adec. retrib. singulares (ARS) CD (variac jornada)

-- 11.607,53 -- --

-- --adec. retrib. singulares (ARS) CD (variac semanas/año)

-- 15.116,17 26.723,70 --

-- --adec. retrib. singulares (ARS) CE (variac jornada)

-- 4.624,05 -- --

-- --adec. retrib. singulares (ARS) CE (variac semanas/año)

-- 11.354,76 15.978,81 --

-- --adec. retrib. singulares (ARS) CE Ocas

-- 0,00 -- --

-- estimación Productividad (variac jornada) -- sin computo -- --

-- estimación Productividad (variac semanas/año) -- sin computo 0,00 --

-- -- Corrección errores en ppto ej ant -- 0,00 -- --

-- -- Subtotal 3 0,00 87.858,82 -- --

-- -- comprobación 9.121.350,00 9.120.783,82 0,00621 566,18

Es decir, el incremento de retribuciones, antes del cómputo de las adecuacionesretributivas singulares (ARS) es del 0,98 %, y descontadas éstas, del 0,00621 %, incrementoimputable a redondeos en las aplicaciones de gasto, por lo que puede entenderse que se dacumplimiento a las previsiones del anteproyecto de LPGE 2014.

191

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Las aumentos en la duración anual del trabajo y/o en la jornada semanal han sidotratadas en el cálculo como adecuaciones retributivas singulares, si bien no suponen unaumento retributivo en los conceptos retributivos sino un aumento en la prorrata anual. Locierto es que el PLPGE 2014 no establece regulación específica para estos supuestos.

Debe señalarse que se han incluido en el cómputo del incremento de retribucioneshomogéneas los importes correspondientes a las prestaciones sociales, cuestión esta que esdiscutida respecto a si deben ser consideradas retribuciones o no. Una postura doctrinal niegala naturaleza retributiva de las mismas y las considera ayudas sociales, al entender que noretribuyen la prestación de servicios sino el auxilio de los empleados en determinadassituaciones de necesidad. Otra postura defiende que efectivamente tienen carácterretributivo y, por tanto, son conceptos no permitidos por la normativa en materia deretribuciones de los funcionarios públicos; otros las califican de prestaciones del ámbito de laSeguridad Social, para las cuales las Entidades Locales carecen de competencia pararegularlas. En este sentido la Sentencia del TS de 15 enero 2008 STS Sala 3ª de 15 enero2008, interpuesto recurso de casación, confirma la Sala la sentencia que anuló el ConvenioRegulador de las condiciones de trabajo de los funcionarios del Ayuntamiento de Silla, porhaberse vulnerado la normativa estatal que regula la materia controvertida. La Sala confirmaque la percepción personal de una cantidad mensual para los funcionarios con hijosdisminuidos o minusválidos, la contratación de determinados seguros para cobertura deconcretos riesgos, con prima a cargo del Ayuntamiento y la previsión de un fondo social paracompensar económicamente al personal funcionario en los supuestos que determine en elfuturo la mesa general de negociación, son preceptos que introducen conceptos retributivosnuevos al margen de lo establecido en el art. 23 Ley 30/1984.

La inclusión en el cálculo efectuado de dichos conceptos retributivos posibilita en todocaso valorar el alcance real de los incrementos efectuados en el ejercicio.

Se da igualmente cumplimiento a la no aportación municipal al plan de pensiones delpersonal municipal.

ej ant ejCUMPLIMIENTO LIMITE PLANES PENSIONES LPGE

ej ej antretrib / masasalarial (1)

--

1270001 1270001PLAN PENSIONES PERS.FUNCIONARIO Y NO LABORAL

0,00 0,00 0,00 CUMPLE

1370001 1370001PLAN PENSIONES PERSONAL LABORAL

0,00 0,00 0,00 CUMPLE

-- -- total 0,00 0,00 0,00 --

9.2.- Cumplimiento del art. 7 RD 861/86

En orden al cumplimiento del art. 7 del RD 861/86 que regula las retribuciones a losfuncionarios de Administración Local, resulta lo siguiente:

-- --CUMPLIMº ART. 7 RD 861/86 DE RETRIB. FUNCºs ADMON. LOCAL

-- -- -- --

ej ant ejINCREMº RETRIB.FUNCIONARIOS

ej ej ant % incrº --

-- -- denominación GTOS ecogtos SCWcred inic

-- --

-- -- RETRIBUCIONES BÁSICAS -- -- -- --

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-- --CUMPLIMº ART. 7 RD 861/86 DE RETRIB. FUNCºs ADMON. LOCAL

-- -- -- --

120 120RETRIBUCIONES BÁSICAS PERS FUNC

2.503.925,00 2.487.175,00 0,67 --

-- --RETRIBUCIONES COMPLEMENTARIAS

-- -- -- --

121 121RETRIBUCIONES COMPLEMENTARIAS PERS FUNC

3.070.475,00 3.049.625,00 0,68 --

15000 15000PRODUCTIVIDAD PERSONAL FUNCIONARIO

383.500,00 377.300,00 1,64 --

15100 15100 GRATIFICACIONES PERS FUNC 77.300,00 91.975,00 -15,96 --

1520001 1520001APLICACIÓN EN EJº DE VALORACIÓN PUESTOS TRABAJO PERS FUNCº

0,00 0,00 ant=0 --

-- -- Total 6.035.200,00 6.006.075,00 -- --

ej ant ej ej ej ej ej

-- --MASA RETRIB. GLOBAL PERS. FUNC.

totales

AJUSTES(CDest / CEsp

p extras yotros)

totalesponderados

--

120 120 PERS. FUNCº, RETRIB. BASICAS 2.503.925,00 0,00 2.503.925,00 --

12100 12100 COMPLEMENTO DE DESTINO 1.423.750,00 203.345,51 1.220.404,49 --

12101 12101 COMPLEMENTO ESPECÍFICO 1.603.500,00 226.306,76 1.377.193,24 --

12103 12103 OTROS COMPLEMENTOS FUNCºs 43.225,00 43.225,00 0,00 --

15000 15000PRODUCTIVIDAD PERSONAL FUNCIONARIO

383.500,00 0,00 383.500,00 --

15100 15100 GRATIFICACIONES PERS FUNC 77.300,00 0,00 77.300,00 --

1520001 1520001OTROS INCENTIVOS AL RENDIMIENTO PERS FUNC

0,00 0,00 0,00 --

-- -- total 6.035.200,00 472.877,27 5.562.322,73 --

-- --

MASA RETRIBUTIVA PARACALCULO LIMITES C. ESP., C.PROD. Y GRATIF. PERS. FUNCº

(a)

-- --totales

ponderados--

-- -- masa retrib. global (+) -- -- 5.562.322,73 --

-- -- basicas pers. funcº (-) -- -- 2.503.925,00 --

-- -- compl. destino (-) -- -- 1.220.404,49 --

-- -- total (a) -- -- 1.837.993,24 --

-- --MASA PARA. C. ESPEC., C.

PROD. Y GRATIF. FUNC.-- -- -- --

cumplimº % límites retrib. funcºspptdo.

(ponder)límites

s/ponderdiferencias --

CUMPLE 75 Compl. Específico maxº 75 % s/ (a) 1.377.193,24 1.378.494,93 1.301,69 --

CUMPLE 30 Compl. Product. maxº 30 % s/ (a) 383.500,00 551.397,97 167.897,97 --

CUMPLE 10 Gratificaciones maxº 10 % s/(a) 77.300,00 183.799,32 106.499,32 --

Sobre dicha exigencia debe señalarse, con todo, la necesidad de adaptación del RD861/86 a la normativa posterior sobre la materia, que no se ha producido, por lo que en loscálculos efectuados se han introducido ponderaciones a la vista de la evolución de loscomplementos de destino y específicos en las pagas extras de los funcionarios.

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9.3.- Personal laboral no permanente

El presupuesto elaborado prevé crédito para la realización de diversas contratacionesde personal laboral temporal, fuera de las plazas previstas en la plantilla municipal.

El art. 21. Dos del PLPGE 2014 prevé que durante el año 2014 no se procederá a lacontratación de personal temporal, ni al nombramiento de personal estatutario temporal o defuncionarios interinos salvo en casos excepcionales y para cubrir necesidades urgentes einaplazables que se restringirán a los sectores, funciones y categorías profesionales que seconsideren prioritarios o que afecten al funcionamiento de los servicios públicos esenciales.

No regulándose en dicha norma el procedimiento para la declaración de concurrenciade situación de caso excepcional y para cubrir necesidades urgentes e inaplazables, elpresupuesto formado regula la materia en la Base 18.10 de Ejecución del Presupuesto,atribuyendo al Alcalde la apreciación de dichas circunstancias, que en todo caso deberánjustificarse debidamente en el expediente.

9.4.- Oferta de empleo

El presupuesto formado no contempla la creación de nuevas plazas de personal.

10.- Avance de liquidación del presupuesto del ejercicio anterior (2012)

El presupuesto presentado ofrece a fecha 30/09/2012 el estado de ejecución delpresupuesto corriente y los derechos pendientes de cobro y las obligaciones pendientes depago de presupuestos cerrados.

Resulta en la práctica imposible ofrecer un resultado para la liquidación de un ejercicio,previamente al cierre del mismo, sin incurrir en la posibilidad de ofrecer un resultado poco fiablepara los estados del Remanente de Tesorería de Gastos Generales y ResultadoPresupuestario.

Por ello, es práctica habitual de los Ayuntamientos incorporar al presupuestodocumentación análoga a la ofrecida en el presupuesto formado.

11.- Tramitación y entrada en vigor del presupuesto

El Alcalde formará el presupuesto general y lo remitirá, informado por la Intervención ycon los anexos y documentación complementaria detallados en el apartado 1 del artículo 166 yen el presente artículo, al Pleno de la corporación antes del día 15 de octubre para suaprobación, enmienda o devolución (art. 168.4 TRLRHL). El art. 70.2 del Estatut d’Autonomiade la Comunitat Valenciana establece que los Ayuntamientos en la elaboración de suspresupuestos establecerán las medidas necesarias para dar participación a los ciudadanos yciudadanas.

El acuerdo de aprobación, que será único, habrá de detallar los presupuestos queintegran el presupuesto general, no pudiendo aprobarse ninguno de ellos separadamentedevolución (art. 168.5TRLRHL).

Publicidad, aprobación definitiva y entrada en vigor (art. 169 TRLRHL).

1. Aprobado inicialmente el presupuesto general, se expondrá al público, previoanuncio en el boletín oficial de la provincia o, en su caso, de la comunidad autónomauniprovincial, por 15 días, durante los cuales los interesados podrán examinarlos ypresentar reclamaciones ante el Pleno. El presupuesto se considerará definitivamenteaprobado si durante el citado plazo no se hubiesen presentado reclamaciones; en casocontrario, el Pleno dispondrá de un plazo de un mes para resolverlas.

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2. La aprobación definitiva del presupuesto general por el Pleno de lacorporación habrá de realizarse antes del día 31 de diciembre del año anterior al delejercicio en que deba aplicarse.

3. El presupuesto general, definitivamente aprobado, será insertado en el boletínoficial de la corporación, si lo tuviera, y, resumido por capítulos de cada uno de lospresupuestos que lo integran, en el de la provincia.

4. Del presupuesto general definitivamente aprobado se remitirá copia a laAdministración del Estado y a la correspondiente comunidad autónoma. La remisión serealizará simultáneamente al envío al boletín oficial a que se refiere el apartado anterior.

5. El presupuesto entrará en vigor, en el ejercicio correspondiente, una vezpublicado en la forma prevista en el apartado 3 de este artículo.

6. Si al iniciarse el ejercicio económico no hubiese entrado en vigor elpresupuesto correspondiente, se considerará automáticamente prorrogado el delanterior, con sus créditos iniciales, sin perjuicio de las modificaciones que se realicenconforme a lo dispuesto en los artículos 177, 178 y 179 de esta Ley y hasta la entradaen vigor del nuevo presupuesto. La prórroga no afectará a los créditos para servicios oprogramas que deban concluir en el ejercicio anterior o que estén financiados concrédito u otros ingresos específicos o afectados.

7. La copia del presupuesto y de sus modificaciones deberá hallarse adisposición del público, a efectos informativos, desde su aprobación definitiva hasta lafinalización del ejercicio.

Reclamación administrativa: legitimación activa y causas (art. 170 TRLRHL).

1. A los efectos de lo dispuesto en el apartado 1 del artículo anterior, tendrán laconsideración de interesados:

a. Los habitantes en el territorio de la respectiva entidad local.

b. Los que resulten directamente afectados, aunque no habiten en el territorio dela entidad local.

c. Los colegios oficiales, cámaras oficiales, sindicatos, asociaciones y demásentidades legalmente constituidas para velar por intereses profesionales oeconómicos y vecinales, cuando actúen en defensa de los que les son propios.

2. Únicamente podrán entablarse reclamaciones contra el presupuesto:

a. Por no haberse ajustado su elaboración y aprobación a los trámitesestablecidos en esta Ley.

b. Por omitir el crédito necesario para el cumplimiento de obligaciones exigiblesa la entidad local, en virtud de precepto legal o de cualquier otro título legítimo.

c. Por ser de manifiesta insuficiencia los ingresos con relación a los gastospresupuestados o bien de estos respecto a las necesidades para las que estéprevisto.

Recurso contencioso-administrativo (art. 171 TRLRHL).

1. Contra la aprobación definitiva del presupuesto podrá interponersedirectamente recurso contencioso-administrativo, en la forma y plazos que establecenlas normas de dicha jurisdicción.

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2. La Sindicatura de Cuentas deberá informar previamente a la resolución delrecurso cuando la impugnación afecte o se refiera a la nivelación presupuestaria.

3. La interposición de recursos no suspenderá por sí sola la aplicación delpresupuesto definitivamente aprobado por la corporación.

Calp, 04 de noviembre de 2013. EL INTERVENTOR ACCTAL., Fdo.: José Santacreu Baidal.

11.2.- Informe para aprobación definitiva

JOSE SANTACREU BAIDAL, INTERVENTOR ACCTAL. DEL AYUNTAMIENTO DECALP, a la vista de la propuesta de la Alcaldía para la aprobación definitiva del presupuestomunicipal para 2014, emite el siguiente INFORME:

1.- Régimen jurídico de las alegaciones presentadas.

a) De conformidad con el art. 170 TRLRHL, aprobado inicialmente el PresupuestoGeneral los interesados podrán examinarlo y presentar reclamaciones ante el Pleno.

b) Tendrán la consideración de interesados (art. 170.1 TRLRHL)

Los habitantes en el territorio de la respectiva Entidad local.

Los que resulten directamente afectados, aunque no habiten en elterritorio de la Entidad local.

Los Colegios Oficiales, Cámaras Oficiales, Sindicatos, Asociaciones ydemás Entidades legalmente constituidas para velar por interesesprofesionales o económicos y vecinales, cuando actúen en defensa delos que les son propios.

c) Únicamente podrán entablarse reclamaciones contra el Presupuesto (art. 170.2TRLRHL):

Por no haberse ajustado su elaboración y aprobación a los trámitesestablecidos en esta Ley.

Por omitir el crédito necesario para el cumplimiento de obligaciones exigiblesa la Entidad local, en virtud de precepto legal o de cualquier otro títulolegítimo.

Por ser de manifiesta insuficiencia los ingresos con relación a los gastospresupuestados o bien de estos respecto a las necesidades para las queestén previstos.

d) Contra la aprobación definitiva del Presupuesto podrá interponerse directamenterecurso contencioso-administrativo, en la forma y plazos que establecen las normas dedicha jurisdicción (art. 171 TRLRHL).

2.- Análisis de las reclamaciones presentadas.

2.1.- Reclamaciones individuales de personal municipal.

Han sido informadas por la Asesoría jurídica municipal, con resultado de noincremento en las aplicaciones de gastos previstas.

2.2.- Financiación del servicio de recogida, tratamiento y eliminación de residuossólidos urbanos.

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Aún cuando no se ha formulado reclamación sobre este particular, es lo cierto quepor el concejal Sr. Fernández Crespo se hicieron manifestaciones con ocasión del debate enPleno para la aprobación inicial del presupuesto, en el sentido de destacar la existencia deun desfase entre ingresos y gastos en el servicio de recogida, tratamiento y eliminación debasura, que califica de error constitutivo de presunta estafa.

A este respecto se considera oportuno por el que suscribe señalar que de los datosobrantes en el presupuesto elaborado puede efectuarse el siguiente cálculo sobre lasituación en el mismo de la financiación de dicho servicio:

serv / ing/gto

subcing

subcingresos

observaciones%

s/ing-gto

pro / aplicdéf (-)/sup (+)observaciones

ing gtos

servicio -- -- -- --Recogida, Eliminación y Tratamiento de residuos.

-110.655,80 3.954.365,52 4.065.021,32

ing 30200TASAS RECOGIDA BASURAS

DR (dchos reconocidos) minorados a la vista del % Drecaud/DRNetos en liquid 2012

91,44 -- -- 3.954.365,52 --

gto -- -- -- 100,00

1620-2270003-RECOGIDA BASURAS, CONTRATO CONCESION

-- -- 2.386.275,00

gto -- -- -- 100,001620-2270004-TRATº Y ELIM. RESIDUOS SOLIDOS URBANOS

-- -- 1.435.500,00

gto -- -- -- 100,00

1620-4670004-A CONSORCIO RESIDUOS SOLIDOS ZONA XV

-- -- 13.175,00

gto -- -- -- 15,759320-2270801-SERVICIO RECAUDACION SUMA

p/p coste SUMA recaudación voluntaria tasa

-- 158.174,62

gto -- -- -- 0,109200-Administración General .

p/p costes varios -- 3.162,85

gto -- -- -- 0,109201-Administración general financiera y tributaria.

p/p costes varios -- 709,18

gto -- -- -- 0,301500-Administración General de Vivienda y urbanismo.

p/p coste retribuciones director del servicio

-- 3.024,68

gto -- -- -- 100,001720-2270009-CONVº ECOPARQUE AYUNTº BENISSA

-- -- 65.000,00

A la vista de ello puede considerarse deficitario el servicio a nivel del presupuestoelaborado, bien entendido que el anterior cálculo no prejuzga ni condiciona la vigenteordenanza fiscal reguladora de la tasa correspondiente, la cual debe ser objeto deexpediente específico instruido al respecto, en el que deberá existir un informe económico-financiero justificativo de la tasa exigida.

3.- Variaciones en materia de ingresos.

En materia de ingresos, las variaciones introducidas siguen los criterios seguidospara la presupuestación de los distintos ingresos, obtenidos a partir de un estado deejecución del presupuesto de 2013 de fecha posterior, por lo que las mismas se consideranadecuadas por esta intervención, sin perjuicio de su ajuste a efectos del cálculo de laestabilidad presupuestaria, lo que será objeto de informe específico.

4.- Variaciones en materia de gastos.

En materia de gastos, las variaciones introducidas obedecen, en líneas generales, alreajuste del crédito en determinadas aplicaciones, motivado por corrección de erroresmateriales o mejor cuantificación del gasto. Los créditos de las aplicaciones corregidas pueden

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estimarse suficientes para atender el cumplimiento de las obligaciones exigibles y los gastos defuncionamiento de los servicios, a la vista de los antecedentes obrantes en la intervenciónmunicipal, salvo error u omisión.

5.- Variaciones en materia de personal.

Las variaciones afectan a la aplicación 9200-1430003 PERSONAL LABORAL NOPERMANENTE y al coste de Seguridad Social derivado de ella, importes no incluidos en elcómputo efectuado para acreditar tanto el cumplimiento del anteproyecto de Ley dePresupuestos Generales del Estado para 2014, como el cumplimiento del art. 7 RD 861/86 deRetribuciones de los Funcionarios de Administración Local.

Calp, 03 de diciembre de 2014. EL INTERVENTOR ACCTAL.,

11.3.- Informe de estabilidad presupuestaria para aprobación definitiva

PRESUPUESTO MUNICIPAL

ANUALIDAD 2014

INFORME DE ESTABILIDAD PRESUPUESTARIA

para aprobación definitiva

JOSE SANTACREU BAIDAL, TECNICO DE ADMINISTRACION GENERAL eINTERVENTOR ACCIDENTAL DEL AYUNTAMIENTO DE CALP, en relación con elcumplimiento de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria ySostenibilidad Financiera (LOEPSF) en el presupuesto de 2014, para conocimiento del Plenoemite el siguiente INFORME:

1.- Normativa de aplicación.

28. Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria ySostenibilidad Financiera (LOEPSF), de aplicación a la Administración Localde conformidad con su art. 2.1.c).

29. Real Decreto 1463/2007, de 2 de noviembre, por el que se aprueba elreglamento de desarrollo de la Ley 18/2001, de 12 de diciembre, deEstabilidad Presupuestaria, en su aplicación a las entidades locales (RLEP),vigente en lo que no se oponga a LOEPSF

2.- Marco de Estabilidad Presupuestaria.

2.1.- Regulación.

La Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria ySostenibilidad Financiera (LOEPSF), de aplicación a la Administración Local establece losiguiente:

Artículo 3. Principio de estabilidad presupuestaria.

1. La elaboración, aprobación y ejecución de los Presupuestos y demás actuacionesque afecten a los gastos o ingresos de los distintos sujetos comprendidos en elámbito de aplicación de esta Ley se realizará en un marco de estabilidadpresupuestaria, coherente con la normativa europea.

2. Se entenderá por estabilidad presupuestaria de las Administraciones Públicas lasituación de equilibrio o superávit estructural.

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A su vez, el art. 29 establece lo siguiente:

1. Las Administraciones Públicas elaborarán un marco presupuestario a medio plazoen el que se enmarcará la elaboración de sus Presupuestos anuales y a través delcual se garantizará una programación presupuestaria coherente con los objetivos deestabilidad presupuestaria y de deuda pública.

2. Los marcos presupuestarios a medio plazo abarcarán un periodo mínimo de tresaños y contendrán, entre otros parámetros:

a) Los objetivos de estabilidad presupuestaria y de deuda pública de lasrespectivas Administraciones Públicas.

b) Las proyecciones de las principales partidas de ingresos y gastos teniendoen cuenta tanto su evolución tendencial, es decir basada en políticas nosujetas a modificaciones, como el impacto de las medidas previstas para elperiodo considerado.

c) Los principales supuestos en los que se basan dichas proyecciones deingresos y gastos.

3. Los marcos presupuestarios servirán de base para la elaboración del Programa deEstabilidad.

2.2.- Marco presupuestario aprobado.

El resultado de la comparación entre el presupuesto formado, y el marco presupuestarioaprobado por el Pleno de 29 de septiembre de 2013, es el siguiente:

-- -- 2014 2014 2014

-- ESTADO DE INGRESOS prev inicialesmarco

presupuestariodiferencias

CAPº A) OPERACIONES CORRIENTES 30.126.530,00 30.305.595,00 -179.065,00

1 IMPUESTOS DIRECTOS 15.675.110,00 15.765.600,00 -90.490,00

2 IMPUESTOS INDIRECTOS 395.305,00 437.840,00 -42.535,00

3TASAS, PRECIOS PÚBLICOS Y OTROS INGRESOS

6.645.460,00 6.791.765,00 -146.305,00

4 TRANSFERENCIAS CORRIENTES 5.844.795,00 5.791.190,00 53.605,00

5 INGRESOS PATRIMONIALES 1.565.860,00 1.519.200,00 46.660,00

-- B) OPERACIONES DE CAPITAL 655.325,00 479.970,00 175.355,00

6ENAJENACIÓN DE INVERSIONES REALES

0,00 0,00 0,00

7 TRANSFERENCIAS DE CAPITAL 465.350,00 458.150,00 7.200,00

8 ACTIVOS FINANCIEROS 21.820,00 21.820,00 0,00

9 PASIVOS FINANCIEROS 168.155,00 0,00 168.155,00

-- totales 30.781.855,00 30.785.565,00 -3.710,00

-- ESTADO DE GASTOS prev iniciales marco presupuestario

-- A) GASTOS CORRIENTES 26.483.050,00 26.483.675,00 -625,00

1 GASTOS DE PERSONAL 12.902.100,00 12.855.950,00 46.150,00

2 GASTOS EN BIENES CTES. Y SERV. 11.105.750,00 11.092.975,00 12.775,00

3 GASTOS FINANCIEROS 1.283.150,00 1.291.200,00 -8.050,00

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4 TRANSF. CORRIENTES 1.192.050,00 1.243.550,00 -51.500,00

-- B) OPERACIONES DE CAPITAL 4.114.150,00 4.017.300,00 96.850,00

6 INVERSIONES REALES 958.900,00 862.475,00 96.425,00

7 TRANSF. DE CAPITAL 0,00 0,00 0,00

8 ACTIVOS FINANCIEROS 19.025,00 18.600,00 425,00

9 PASIVOS FINANCIEROS 3.136.225,00 3.136.225,00 0,00

-- totales 30.597.200,00 30.500.975,00 96.225,00

-- déf (-) / sup (+) en presup anual 184.655,00 284.590,00 -99.935,00

En la memoria de la Alcaldía del presupuesto formado se señala que “Las diferenciascon el marco presupuestario son el resultado del estudio individualizado de gastos e ingresosrealizado.”

Debe señalarse que, en todo caso, el presupuesto elaborado cumple las exigencias deestabilidad presupuestario, como más adelante se precisará.

3.- Plan de Ajuste 2012

El presupuesto de 2014 desarrolla la tercera anualidad del Plan de Ajuste aprobado porel Pleno en fecha 30/03/2012, y que ha obtenido informe favorable de la Secretaría de Estadode Administraciones Públicas (Secretaría General de Coordinación Autonómica y Local), y quesupuso la concertación de un préstamo con el Fondo de Financiación para Pago aProveedores por importe total de 18.060.310,65 euros, formalizado parcialmente por distintasentidades bancarias en representación del FFPP, y cuya amortización se inicia en el presenteejercicio.

El resultado de la comparación entre el presupuesto formado, y el Plan de Ajusteaprobado por el Pleno de 30 de marzo de 2012, es el siguiente:

-- -- 2.014 2.014 2.014

-- ESTADO DE INGRESOS prev iniciales plan de ajuste diferencias

CAPº A) OPERACIONES CORRIENTES 30.126.530,00 29.043.400,00 1.083.130,00

1 IMPUESTOS DIRECTOS 15.675.110,00 15.487.150,00 187.960,00

2 IMPUESTOS INDIRECTOS 395.305,00 447.750,00 -52.445,00

3TASAS, PRECIOS PÚBLICOS Y OTROS INGRESOS

6.645.460,00 6.457.250,00 188.210,00

4 TRANSFERENCIAS CORRIENTES 5.844.795,00 5.459.800,00 384.995,00

5 INGRESOS PATRIMONIALES 1.565.860,00 1.191.450,00 374.410,00

-- B) OPERACIONES DE CAPITAL 655.325,00 14.100,00 641.225,00

6ENAJENACIÓN DE INVERSIONES REALES

0,00 0,00 0,00

7 TRANSFERENCIAS DE CAPITAL 465.350,00 0,00 465.350,00

8 ACTIVOS FINANCIEROS 21.820,00 14.100,00 7.720,00

9 PASIVOS FINANCIEROS 168.155,00 0,00 168.155,00

-- totales 30.781.855,00 29.057.500,00 1.724.355,00

-- ESTADO DE GASTOS prev iniciales plan de ajuste plan de ajuste

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-- A) GASTOS CORRIENTES 26.483.050,00 25.888.575,00 594.475,00

1 GASTOS DE PERSONAL 12.902.100,00 13.018.000,00 -115.900,00

2 GASTOS EN BIENES CTES. Y SERV. 11.105.750,00 10.238.250,00 867.500,00

3 GASTOS FINANCIEROS 1.283.150,00 1.791.150,00 -508.000,00

4 TRANSF. CORRIENTES 1.192.050,00 841.175,00 350.875,00

-- B) OPERACIONES DE CAPITAL 4.114.150,00 2.904.875,00 1.209.275,00

6 INVERSIONES REALES 958.900,00 232.950,00 725.950,00

7 TRANSF. DE CAPITAL 0,00 0,00 0,00

8 ACTIVOS FINANCIEROS 19.025,00 18.150,00 875,00

9 PASIVOS FINANCIEROS 3.136.225,00 2.653.775,00 482.450,00

-- totales 30.597.200,00 28.793.450,00 1.803.750,00

-- déf (-) / sup (+) en presup anual 184.655,00 264.050,00 -79.395,00

En la memoria de la Alcaldía del presupuesto formado se señala que “Las diferenciasentre las previsiones del Plan de Ajuste 2012 y el presupuesto proyectado derivan de la nuevarealidad que supuso la liquidación del ejercicio de 2012 con un remanente de tesorería paragastos generales (RTGG) positivo.”

Así, frente a un superávit ingresos-gastos previsto en el Plan de Ajuste de 264.050,00euros, en el presupuesto se va a un superávit de 185.455,00 euros, minoración que se justificaen dicha memoria por el resultado del RTGG 2012.

Es lo cierto que el plan de ajuste de 2012 debería revisarse, tanto por no recogerdebidamente el importe final de los préstamos concertados para el pago a proveedores,superior al tomado para el cálculo, como por ser un plan atípico que pretendía absorber elfuerte RTGG 2011 a lo largo de un periodo de 10 años, remanente que resulta modificado cadaaño por el resultado de la liquidación del presupuesto y que en la liquidación de 2012 fuepositivo.

Como quiera que el Ayuntamiento no se ha acogida las fases segunda (RD-Ley 4/2013)y tercera (RD-Ley 8/2013) del plan de pago a proveedores, no ha existido cauce administrativofrente al MINHAP para la revisión de dicho plan.

3.- Límite de gasto no financiero.

3.1.- Regulación.

La Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria ySostenibilidad Financiera (LOEPSF) establece en su art. 30 como una obligación de lasCorporaciones Locales la aprobación de un límite máximo de gasto no financiero, en lostérminos siguientes:

1. El Estado, las Comunidades Autónomas y las Corporaciones Locales aprobarán,en sus respectivos ámbitos, un límite máximo de gasto no financiero, coherentecon el objetivo de estabilidad presupuestaria y la regla de gasto, que marcará eltecho de asignación de recursos de sus Presupuestos.

El límite de gasto no financiero excluirá las transferencias vinculadas a los sistemasde financiación de Comunidades Autónomas y Corporaciones Locales.

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2. Antes del 1 de agosto de cada año el Ministerio de Hacienda y AdministracionesPúblicas informará al Consejo de Política Fiscal y Financiera sobre el límite de gastono financiero del Presupuesto del Estado.

3. Antes del 1 de agosto de cada año las Comunidades Autónomas remitirán alConsejo de Política Fiscal y Financiera información sobre el límite de gasto nofinanciero que cada una de ellas haya aprobado.

3.2.- Estabilidad presupuestaria

3.2.1.- Normativa general

Artículo 3. Principio de estabilidad presupuestaria.

1. La elaboración, aprobación y ejecución de los Presupuestos y demás actuacionesque afecten a los gastos o ingresos de los distintos sujetos comprendidos en elámbito de aplicación de esta Ley se realizará en un marco de estabilidadpresupuestaria, coherente con la normativa europea.

2. Se entenderá por estabilidad presupuestaria de las Administraciones Públicas lasituación de equilibrio o superávit estructural.

…/...

Artículo 10. Disposiciones para la aplicación efectiva de la Ley y mecanismos decoordinación.

1. Los sujetos comprendidos en el ámbito de aplicación de esta Ley vendrán obligadosa establecer en sus normas reguladoras en materia presupuestaria los instrumentos yprocedimientos necesarios para adecuarlas a la aplicación de los principios contenidosen esta Ley.

Artículo 11. Instrumentación del principio de estabilidad presupuestaria.

1. La elaboración, aprobación y ejecución de los Presupuestos y demás actuacionesque afecten a los gastos o ingresos de las Administraciones Públicas y demásentidades que forman parte del sector público se someterá al principio de estabilidadpresupuestaria.

2. Ninguna Administración Pública podrá incurrir en déficit estructural, definido comodéficit ajustado del ciclo, neto de medidas excepcionales y temporales. No obstante, encaso de reformas estructurales con efectos presupuestarios a largo plazo, de acuerdocon la normativa europea, podrá alcanzarse en el conjunto de AdministracionesPúblicas un déficit estructural del 0,4 por ciento del Producto Interior Bruto nacionalexpresado en términos nominales, o el establecido en la normativa europea cuandoeste fuera inferior.

…/..

4. Las Corporaciones Locales deberán mantener una posición de equilibrio o superávitpresupuestario.

…/..

6. Para el cálculo del déficit estructural se aplicará la metodología utilizada por laComisión Europea en el marco de la normativa de estabilidad presupuestaria.

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3.2.2.- Cálculo de la estabilidad presupuestaria sobre las previsiones contenidas en elproyecto de presupuesto para 2014 para aprobación inicial.

Factores de ajuste de ingresos

-- LIQUIDACIÓN 2012 2.012 2.012 2.012 2.012 2.012 2.012 2.012

Capº denominación Prev. Iniciales DRN 2012 DRN 2012ajustes

extraord

Recaud líqu2012

Recaud cdos(2011 y ant)

% recauds/DRN

% recauds/prev

inic

1 IMPUESTOS DIRECTOS

13.817.606,00 15.411.002,68 0,00 12.680.807,21 838.861,37 87,73 97,84

2 IMPUESTOS INDIRECTOS

437.837,00 637.463,78 0,00 389.116,08 207.027,09 93,52 136,16

3 TASAS Y OTROS INGR.

5.986.326,00 16.246.356,50

9.316.809,93

6.192.332,46 355.520,08 94,49 109,38

-- -- INGRESOS 2.014

% ajuste Capº denominación Prev. Iniciales

87,73 1 IMPUESTOS DIRECTOS 15.675.110,00

93,52 2 IMPUESTOS INDIRECTOS 395.305,00

94,49 3 TASAS Y OTROS INGR. 6.645.460,00

-- 4 TRANSF. CORRIENTES 5.844.795,00

-- 5 INGRESOS PATRIMON. 1.565.860,00

-- 6 ENAJ. INVERS. REALES 0,00

-- 7 TRANSF. DE CAPITAL 465.350,00

-- -- cap. 1 a 7 30.591.880,00

-- -- -- --

-- -- GASTOS 2.014

-- Capº denominación Prev. Iniciales

-- 1 GASTOS DE PERSONAL 12.924.600,00

-- 2 GASTOS EN BIENES CORRIENTES Y SERVICIOS 11.083.250,00

-- 3 GASTOS FINANCIEROS 1.283.150,00

-- 4 TRANSFERENCIAS CORRIENTES 1.192.050,00

-- 5 FONDO DE CONTINGENCIA Y OTROS IMPREVISTOS 0,00

-- 6 INVERSIONES REALES 958.900,00

-- 7 TRANSFENCIAS DE CAPITAL 0,00

-- -- cap. 1 a 7 27.441.950,00

-- -- AJUSTES --

-- --

Ajustes para relacionar el saldo resultante de Ingresos yGastos del Presupuesto con la capacidad o necesidad definanciacion calculada conforme a las normas del SistemaEuropeo de Cuentas.

0

-- -- -- 2.014

-- --Concepto (Prevision de ajuste a aplicar a los importes de

ingresos y gastos)Importe Ajuste

-- -- Ajuste por recaudacion ingresos Capitulo 1 -1.923.746,99

-- -- Ajuste por recaudacion ingresos Capitulo 2 -25.623,80

-- -- Ajuste por recaudacion ingresos Capitulo 3 -366.045,94

-- -- (+)Ajuste por liquidacion PTE - 2008 20.683,24

203

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-- -- (+)Ajuste por liquidacion PTE - 2009 147.469,82

-- -- Intereses 0,00

-- -- Diferencias de cambio 0,00

-- -- Inejecucion 0,00

-- -- Inversiones realizadas por Cuenta de la Corporación Local (2) 0,00

-- -- Ingresos por Ventas de Acciones (privatizaciones) 0,00

-- -- Dividendos y Participacion en beneficios 0,00

-- -- Ingresos obtenidos del presupuesto de la Union Europea 0,00

-- -- Operaciones de permuta financiera (SWAPS) 0,00

-- -- Operaciones de reintegro y ejecucion de avales 0,00

-- -- Aportaciones de Capital 0,00

-- -- Asunción y cancelacion de deudas 0,00

-- --Gastos realizados en el ejercicio pendientes de aplicar a presupuesto

105.000,00

-- -- Adquisiciones con pago aplazado 0,00

-- -- Arrendamiento financiero 0,00

-- -- Contratos de asociacion publico privada (APPs) 0,00

-- --Inversiones realizadas por la corporación local por cuenta de otra Administracion Publica (3)

0,00

-- -- Prestamos 0,00

-- -- Otros (1) 0,00

-- -- Total de ajustes a Presupuesto de la Entidad -2.042.263,68

-- -- -- --

-- -- ESTABILIDAD PRESUPUESTARIA 1.107.666,32

-- -- -- CUMPLE EP

3.3.- Regla de gasto.

3.3.1.- Normativa de aplicación

La Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y SostenibilidadFinanciera (LOEPSF) establece lo siguiente:

Artículo 12. Regla de gasto.

1. La variación del gasto computable de la Administración Central, de lasComunidades Autónomas y de las Corporaciones Locales, no podrá superar la tasade referencia de crecimiento del Producto Interior Bruto de medio plazo de laeconomía española.

No obstante, cuando exista un desequilibrio estructural en las cuentas públicas o unadeuda pública superior al objetivo establecido, el crecimiento del gasto públicocomputable se ajustará a la senda establecida en los respectivos planes económico-financieros y de reequilibrio previstos en los artículos 21 y 22 de esta Ley.

2. Se entenderá por gasto computable a los efectos previstos en el apartado anterior,los empleos no financieros definidos en términos del Sistema Europeo de CuentasNacionales y Regionales, excluidos los intereses de la deuda, el gasto nodiscrecional en prestaciones por desempleo, la parte del gasto financiado con fondosfinalistas procedentes de la Unión Europea o de otras Administraciones Públicas ylas transferencias a las Comunidades Autónomas y a las Corporaciones Locales

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vinculadas a los sistemas de financiación.

3. Corresponde al Ministerio de Economía y Competitividad calcular la tasa dereferencia de crecimiento del Producto Interior Bruto de medio plazo de la economíaespañola, de acuerdo con la metodología utilizada por la Comisión Europea enaplicación de su normativa. Esta tasa se publicará en el informe de situación de laeconomía española al que se refiere el artículo 15.5 de esta Ley. Será la referencia atener en cuenta por la Administración Central y cada una de las ComunidadesAutónomas y Corporaciones Locales en la elaboración de sus respectivosPresupuestos.

4. Cuando se aprueben cambios normativos que supongan aumentos permanentesde la recaudación, el nivel de gasto computable resultante de la aplicación de laregla en los años en que se obtengan los aumentos de recaudación podrá aumentaren la cuantía equivalente.

Cuando se aprueben cambios normativos que supongan disminuciones de larecaudación, el nivel de gasto computable resultante de la aplicación de la regla enlos años en que se produzcan las disminuciones de recaudación deberá disminuirseen la cuantía equivalente.

5. Los ingresos que se obtengan por encima de lo previsto se destinaráníntegramente a reducir el nivel de deuda pública.

El acuerdo del Gobierno Acuerdo del Gobierno por el que se fijan los objetivos deestabilidad presupuestaria y de Deuda Pública para el conjunto de AdministracionesPúblicas y de cada uno de sus subsectores para el período 2014-2016 (Boletín Oficial de lasCortes Generales, Senado, de 05/07/2013) fija la tasa de referencia (tasa nominal) decrecimiento de la economía española, para el periodo 2014-2016, en los valores siguientes:

2014 2015 2016 1,5 1,7 1,9

Señalando que no obstante, para aquellas administraciones públicas que tengan unplan económico-financiero en vigor, el crecimiento del gasto público computable se ajustaráa la senda establecida en el correspondiente plan.

3.3.2.- Gasto computable del ejercicio.

-- O' a fecha elab Cred tot -- Cred inic

GRADO SEC DE EJECUCIÓN DEL PRESUPUESTO (Regla Gasto)

2.013 2.013 -- 2.014

cap 1 a 7 (+) 19.397.720,31 37.645.989,03 -- 27.441.950,00

cap 3 (-) -1.176.587,86 -1.443.250,00 -- -1.283.150,00

cap 3, gtos concepto 31100 (+) 0,00 6.000,00 -- 6.000,00

cred tot 18.221.132,45 36.208.739,03 -- 26.164.800,00

% realiz s/cred tot (s/ult ej liquid) 66,36 24.029.388,07 --

ajuste por 'O' en cta 4130 COLSUR SL 2.326.231,46 --

factor de ajuste previsión a 31/12 1,10 28.991.181,48

total empleos no financieros para cálculoprev liquid 2013

-- 31.317.412,94 --

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-- 2.013 2.0132013--2014

2.014

ConceptoLiquidacion

Ejercicioanterior (1)

LiquidacionEjercicio anterior

(1)aux

PresupuestoEjercicio actual

Suma de los capitulos 1 a 7 de gastos (2)

-- 31.317.412,94 26.164.800,00

AJUSTES Calculo empleos no financieros según el SEC

-- -3.248.737,92 -- 787.967,32

(-) Enajenación de terrenos y demás inversiones reales

-- 0,00 -- 0,00

(+/-) Inversiones realizadas por cuenta de la Corporación Local (6)

-- 0,00 -- 0,00

(+/-) Ejecución de Avales -- 0,00 -- 0,00

(+) Aportaciones de capital -- 0,00 -- 0,00

(+/-) Asunción y cancelación de deudas

-- 0,00 -- 0,00

(+/-) Gastos realizados en el ejercicio pendientes de aplicar a presupuesto

-- -3.248.737,92 -- 60.000,00

(+/-) Pagos a socios privados realizados en el marco de las Asociaciones público privadas

-- 0,00 -- 0,00

(+/-) Adquisiciones con pago aplazado

-- 0,00 -- 0,00

(+/-) Arrendamiento financiero -- 0,00 -- 0,00

(+) Préstamos -- 0,00 -- 0,00

(-) Mecanismo extraordinario de pago proveedores 2012

-- 0,00 -- 0,00

(-) Inversiones realizadas por la Corporación local por cuenta de otra Administración Pública (7)

-- 0,00 -- 0,00

(+/-) Ajuste por grado de ejecución del gasto

-- 0,00 % 727.967,32

% ejec gto -- sin comp -6,36 --

% ejec gto -- sin comp 5,60 --

% ejec gto -- sin comp 9,11 --

(+/-) Otros (Especificar) (5) -- 0,00 -- 0,00

Empleos no financieros terminos SEC excepto intereses de la deuda

-- 28.068.675,02 -- 26.952.767,32

(-) Pagos por transferencias (y otras operaciones internas) a otras entidades que integran la CorporacionLocal (3)

-- 0,00 -- 0,00

(-) Gasto financiado con fondos finalistas procedentes de la Unión Europea o de otras Administraciones públicas

-- -1.309.092,74 -- -824.270,00

Unión Europea, gastos corrientes 0,00 0,00 0,00 0,00

Unión Europea, gastos de capital 0,00 -263.954,29 0,00 0,00

Plan Acción Comercial (PAC) 263.954,29 -- -- --

206

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Obligaciones reconocidas 377.077,56 -- -- --

% financiación UE -- -- -- --

Estado, ingresos corrientes -- 0,00 1,00 -5.436.855,00

Estado, participación ingresos del Estado

-- 0,00 -1,00 5.436.855,00

Estado, ingresos de capital -- 0,00 1,00 -72.000,00

Comunidad Autonoma, ingresos corrientes

-- -963.489,98 1,00 -358.920,00

Comunidad Autonoma, ingresos de capital

-- -- 1,00 0,00

Diputaciones, ingresos corrientes -- -62.858,46 1,00 0,00

Diputaciones, ingresos de capital -- -- 1,00 -393.350,00

Otras Administraciones Publicas, ingresos totales

-18.790,01 -- --

Otras Administraciones Publicas, ingresos corrientes totales

-- -- 0,00

Otras Administraciones Publicas, ingresos corrientes totales

-- -- 1,00 0,00

Otras Administraciones Publicas, ingresos corrientes Diputaciones

-- -- -1,00 0,00

Otras Administraciones Publicas, ingresos de capital totales

-- -- 0,00

Otras Administraciones Publicas, ingresos de capital totales

-- -- 1,00 -393.350,00

Otras Administraciones Publicas, ingresos corrientes Diputaciones

-- -- -1,00 393.350,00

(-) Transferencias por fondos de los sistemas de financiacion (4)

-- 0,00 -- 0,00

Total de Gasto computable del ejercicio

-- 26.759.582,28 -- 26.128.497,32

3.3.2.- Cumplimiento de la regla de gasto.

Base ej ant para cálculo gasto 26.759.582,28

% Límite 2013 Tasa implícita de crecimiento del gasto 1,50

Tasa de referencia (Gasto computable ej antes de cambios en normativa fiscal)

27.160.976,01

Valoración de los cambios de normativa fiscal --

- IBI Urbana, Ingresos derivados de modificaciones de políticas -609.429,44

- Otras consideraciones 0,00

Total valoraciones incremento de ingresos -609.429,44

Límite gasto por regla del gasto 26.551.546,57

sobrepasa (-) / no sobrepasa (+) límite RG 423.049,25

Grado de cumplimiento regla gasto CUMPLE RG

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Se da pues cumplimiento a las exigencias del art. 12 LOEPSF

Ello no obstante debe señalarse que los cálculos efectuados lo han sido sobre lahipótesis de unos resultados en la liquidación del presupuesto del ejercicio anterior de 2013pendientes de confirmación. Finalizado que sea el ejercicio de 2013 y efectuada la liquidacióndel mismo, deberán revisarse los cálculos efectuados para, en su caso, corregir el presupuestode gastos aprobado.

3.4.- Límite de Gasto no Financiero

--Gastos cap 1 a

7 previstos(1)

CapacidadFinanciación

(2)

incrementosobre límitepor regla de

gasto(3)

Gasto máximoadmisible

mínimo [(1)+(2);(1)+(3)]

Límite máximo de Gasto no Financiero

27.441.950,001.107.666,3

2423.049,25 27.864.999,25

4.- Conclusiones

Por lo expuesto, es criterio del que suscribe que se da cumplimiento a las previsionesde la Ley Orgánica de Estabilidad Presupuestaria y sostenibilidad Financiera, por lo que noresulta necesaria la aprobación de un Plan Económico Financiero.

Calp, 03 de diciembre de 2013. EL INTERVENTOR ACCTAL.

0o0o0o0o0

Por la Sra. Secretaria se dio lectura al dictamen de la Comisión InformativaGeneral de Asuntos de Competencia Plenaria, emitido por mayoría, en sentidofavorable a la propuesta.

A continuación se entregó a los Sres. Portavoces una copia de una enmiendaal dictamen que se transcribe a continuación:

“FRANCISCO CABRERA GUERRERO, CONCEJAL DELEGADO DE HACIENDADEL AYUNTAMIENTO DE CALP, en relación con la propuesta de la Alcaldía de aprobacióndefinitiva del presupuesto, formula la siguiente

ENMIENDA:

Por la Intervención municipal se ha trasladado a esta Concejalía la existencia de unaerrata para la ubicación del gasto destinado a la seguridad y salud laboral del personalmunicipal, incorrectamente conceptuada como acción social en el cap. 1 de personal,cuando su ubicación debe ser la del cap. 2, como un servicio asistencial de salud al personalmunicipal.

Por ello, las variaciones en los gastos contenidas en la propuesta de la Alcaldía,deben tener el alcance siguiente:

b) Variaciones en materia de gastos.

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Pro Econo. DenominaciónPartida (ap def)

Partida (ap inic)

Diferencias Justificación

9200 1430003PERSONAL LABORALNO PERMANENTE

141.475,00 117.125,00 24.350,00Corrección errores en cálculo

9200 1600061SEG SOCIAL PERSONAL LABORALNO PERMANENTE

46.000,00 38.075,00 7.925,00

Mayor gasto tras corrección errores en personal laboralno permanente

2210 1600801ACTUACIONES DE SALUD LABORAL DEL PERSONAL

sin aplic 22.500,00 -22.500,00Corrección errores en concepto económico

1721 2090001CANON SERVICIO PROVINCIAL DE COSTAS

35.025,00 sin aplic 35.025,00

Nuevo gasto considerado por tramitación debida de expediente.

3120 2269931

ACTUACIONES DE SEGURIDAD Y SALUDLABORAL PARA EL PERSONAL MUNICIPAL

22.500,00 sin aplic 22.500,00Corrección errores en concepto económico

1350 4670001A CONSORCIO PROV. EXT. INCENDIOS Y SALVAMENTO

165.700,00 162.175,00 3.525,00Aumento tras comunicación del Consorcio Prov.

-- -- TOTAL GASTOS 30.597.200,00 30.526.375,00 70.825,00

La corrección de errores supone una minoración del cap. 1 en 22.500,00 euros y unaumento en el cap. 2 por el mismo importe.

Por ello, se propone la modificación de la propuesta de la Alcaldía, cuya partedispositiva primera debe quedar modificada del modo siguiente:

“Por lo expuesto, al Pleno propongo adopte acuerdo con las disposiciones siguientes:

PRIMERA: Aprobar definitivamente el presupuesto municipal para el año 2014, con elcontenido siguiente (documento presupuesto 2014, a transcribir en acta), y cuyo resumen degastos e ingresos por capítulos es el siguiente:

-- -- 2.014

-- ESTADO DE INGRESOS previsionesiniciales

CAPº A) OPERACIONES CORRIENTES 30.126.530,00

1 IMPUESTOS DIRECTOS 15.675.110,00

2 IMPUESTOS INDIRECTOS 395.305,00

3 TASAS, PRECIOS PÚBLICOS Y OTROS INGRESOS 6.645.460,00

4 TRANSFERENCIAS CORRIENTES 5.844.795,00

5 INGRESOS PATRIMONIALES 1.565.860,00

-- B) OPERACIONES DE CAPITAL 655.325,00

6 ENAJENACIÓN DE INVERSIONES REALES 0,00

7 TRANSFERENCIAS DE CAPITAL 465.350,00

8 ACTIVOS FINANCIEROS 21.820,00

9 PASIVOS FINANCIEROS 168.155,00

-- totales 30.781.855,00

-- ESTADO DE GASTOS prev iniciales

-- A) GASTOS CORRIENTES 26.483.050,00

1 GASTOS DE PERSONAL 12.902.100,00

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2 GASTOS EN BIENES CTES. Y SERV. 11.105.750,00

3 GASTOS FINANCIEROS 1.283.150,00

4 TRANSF. CORRIENTES 1.192.050,00

-- B) OPERACIONES DE CAPITAL 4.114.150,00

6 INVERSIONES REALES 958.900,00

7 TRANSF. DE CAPITAL 0,00

8 ACTIVOS FINANCIEROS 19.025,00

9 PASIVOS FINANCIEROS 3.136.225,00

-- totales 30.597.200,00

-- déf (-) / sup (+) en presup anual 184.655,00

.…/…

Calp, a 04 de noviembre de 2013.- EL CONCEJAL DELEGADO DE HACIENDA.”

Intervino el Sr. Alcalde indicando que iba a dar más tiempo para la intervenciónde los portavoces, cinco minutos en la primera intervención y tres en la segunda. Acontinuación manifestó que quería trasladarles que se estaba llevando a cabo unamodificación del ROM para el tratamiento específico del Pleno de aprobación definitivadel presupuesto y el debate de política general.

En cuanto al presupuesto quería resaltar que ese era el presupuesto de laestabilidad en las cuentas municipales, que iba a permitir hacer importantes esfuerzosen aquellas áreas que entendían eran importantes; los incrementos en bienestar social,las nuevas ayudas en materia de educación, el apoyo al material escolar y al transporteuniversitario, la becas para los propios universitarios, la multiplicación por tres deldinero destinado a la promoción turística y a mejorar el municipio en el ámbito de lasinfraestructuras, a través del plan de asfaltado de las urbanizaciones, el Plan Bicicalp yla inversión en mejoras en infraestructuras de la nueva área comercial urbana, callePintor Sorolla y adyacentes. Tenían una importante deuda todavía pero estabaplanificada en el tiempo y controlada. Quería dar las gracias a todo el equipo degobierno por el trabajo que habían hecho de eliminar gastos que no eran necesarios ypriorizar en lo importante.

Se incorporó a la sesión el Sr. Fernández siendo las 11.17 horas.

Preguntó el Sr. Alcalde a los Sres. Portavoces si deseaban intervenir.

Intervino el Sr. Vicens para indicar que no iban a reiterar la crítica realizada en laaprobación inicial, pues la modificación había sido mínima. Iban a votar a favor de lapropuesta y quería explicar las razones; discrepaban con algunas partidas, ahora bien,se trataba de un instrumento de política económica tan importante que no podíanempañar el esfuerzo que se había hecho. Por otra parte había que tener en cuenta quelos gastos fijos del Ayuntamiento comprometían el 96% del presupuesto.

Se incorporó en esos momentos a la sesión la Sra. Perles siendo las 11.19horas.

Intervino el Sr. Fernández manifestando que desde Gent de Calp iban a seguirreiterando lo negativo del presupuesto, pues había partidas que no se correspondíancon la realidad. El equipo de gobierno incrementaba el gasto de la basura, le llamaba laatención que se ingresaba mucho más de lo que costaba. Lo demás, lo veía normal,eran recálculos que podían suceder.

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Intervino el Sr. Serna indicando que en ocasiones se decía que antes elAyuntamiento iba a la deriva y que todo era muy negativo, pero eso no era verdad,todos los alcaldes que habían pasado por el Ayuntamiento habían hecho el esfuerzo dehacer lo mejor que habían sabido o que habían podido según las circunstancias que sehabían encontrado. Además esa herencia de la que hablaban no venía de la anteriorlegislatura, sino de la anterior, a la que también pertenecía el Sr. Alcalde. En elpresupuesto no había ninguna partida para el polígono industrial y tampocoaportaciones externas de otras administraciones para apoyar las inversiones delAyuntamiento. También le sorprendía que el gasto de basura fuera el mismo, cuandoya se había demostrado que había un fraude. Se anunciaba un incremento en el áreasocial pero éste se traducía en 60.000 euros. El plan de asfaltado, el de la bicicleta, elde arbolado, todo eso estaba muy bien, pero la pregunta era si se trataba de loprioritario.

Intervino el Sr. Cabrera Guerrero manifestando que al elaborar el presupuestose comprobaba que en un 3 o en un 4 % del mismo era en lo que se podía decidir. Laapuesta del gobierno había sido el turismo. Había además un aumento importantísimoen gasto social, un 25%. Creían que lo que iba a generar riqueza en el municipio iba aser el turismo. Ése era el que iba a traer empleo y futuro. El Sr. Serna decía que laquiebra económica del Ayuntamiento venía de hacía dos legislaturas y él le decía queel remanente negativo del 2006, que era el último antes de que entrara el Sr. Serna erade 3 millones de euros y cuando se marchó, era de 14 y pico, eso quería decir que segastaba mucho más de lo que se ingresaba y que los ingresos no eran los que estabanreflejados en el presupuesto prorrogado de 2007.

El Sr. Alcalde preguntó a los Sres. Portavoces si deseaban hacer un segundoturno de intervenciones.

Intervino el Sr. Fernández indicando que se hablaba de costes de personal yhabía un decreto en el que se adjudicaba 920 euros por asistir a convocatoriaspúblicas al hermano del portavoz del Partido Popular. Se decía que era un presupuestosocial y era la primera vez que los usuarios del Centro Maite Boronat iban a pagardinero por ir a comer. Por otra parte se había sacado la convocatoria de la plaza 662del presupuesto y éste aún no estaba aprobado.

Indicó la Sra. Secretaría que creía recordar que esa plaza se había aprobado enel presupuesto del año anterior.

Continuó el Sr. Fernández indicando que en cuanto a la basura creía que losciudadanos estaban pagando de más. Cómo se explicaba a los ciudadanos que habíahabido un fraude en la basura y se seguía pagando el mismo recibo o más.

Intervino el Sr. Vicens indicando que desde la oposición se hacía crítica a queen esa corporación había favoritismo sobre personas concretas, sobre familiasvinculadas a personas en el gobierno. Tenían en su mano la forma de atajarlo, pero losmovimientos que habían dado en cuanto al personal desde luego no era la forma.Debían hablar con claridad, solamente de personal tenían casi un 43% del presupuestoanual de ingresos comprometido y los gastos de bienes y servicios corrientes un 36%más; solamente esos dos capítulos ya representaban un 80%. Y además tenían casiun 11% de pasivos financieros. Sumado todo eso quedaba un 10%. Había defendido elvoto a favor de Alternativa Popular, pero creía que no se podía decir que lospresupuestos eran más sociales, tenían que decir que estaban haciendo lo que podían.

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Lo que debían de hacer era intentar que la situación que estaban padeciendofuera mejorando poco a poco para poder hacer inversiones de manera que cuando laeconomía mejorara estuvieran preparados para ello y en eso tenían que apoyar algobierno.

Intervino el Serna y señaló que se había dicho que ellos habían dejado unremanente negativo de 14 millones, ¿podían decir cuantos créditos había pedido elgrupo socialista cuando gobernó en el Ayuntamiento?, los 15 millones de euros loshabía pedido el Partido Popular y ese era el remanente del que se hablaba. La deudano la había creado el Partido Socialista en 15 meses ni tampoco gastaban más de loque ingresaban. Por otra parte, lo que no les permitía apoyar su presupuesto era queno atendían la verdadera necesidad que tenía el municipio que era la necesidad socialdel desempleo. Desde que el Sr. Sánchez era Alcalde el paro seguía aumentando en lalocalidad, por lo tanto, lo que había hecho para generar empleo no había funcionado.Hablaban de un 25% más de gasto social, total 60.000 euros, cuando se gastaban70.000 en telefonía y 120.000 en propaganda y publicidad. Era un presupuesto quepensaba más en las próximas elecciones que en los ciudadanos de la localidad, y portanto no lo podía apoyar.

Intervino la Sra. Avargues indicando que había habido una situación caótica anivel de toda la nación. Las causas habían sido las mismas, se había derrochadomucho dinero de los ciudadanos a todos los niveles y por todos los partidos. Ahorahabía unas leyes que el gobierno había aprobado y que les había atado para no podergastar más de lo que se tenía. En el pueblo de Calp habían hecho bastante bien elajuste, tomando medidas durísimas. Los que más habían sufrido habían sido laspersonas que se quedaron sin empleo y los trabajadores a los que se les habíarecortado los sueldos. Todo era mejorable, estaban en situación de empezar poco apoco a racionalizar el gasto, a tener mucho cuidado con la forma de gastar el dinero delos ciudadanos. Creía que había que invertir no solamente en la partida de turismodirectamente, sino en muchas cosas como que el municipio estuviera limpio, quetuviera una buena atención a los ciudadanos y a los turistas y el asfaltado de calles.

Intervino el Cabrera Guerrero indicándole al Sr. Fernández que en relación aldesequilibrio de la tasa de la basura el informe de la intervención hacía alusión a ello yrealizaba todo un estudio sobre la tasa de la basura. Lo que debía hacer era no decirotra vez lo mismo sin fundamento. El Sr. Serna había dicho en relación a ese tema queestaba claro que había habido un fraude, el equipo de gobierno había llevado el asuntoa los tribunales y ellos dirían si había habido fraude o no. Tenían que esperar a quetodo eso terminara y en ese momento el Ayuntamiento podría repercutir el dinero enlos ciudadanos. La Sra. Avargues había dicho que había una situación en todos losAyuntamientos, que habían padecido mucho y la clave estaba en el momento en queen cada uno de esos Ayuntamientos había entrado alguien con coherencia y quemirara por el interés general, y que que había ajustado la administración a la nuevarealidad. Creía que ese presupuesto era el que iba a reducir la deuda y hacía unaapuesta de futuro importante.

Sometida la enmienda a votación, se pronunciaron a favor los Sres. D.Francisco Cabrera Guerrero, Dª Ana Mª Sala Fernández, D. Matías Torres Lloret, D.Manuel J. Cabrera Fernández-Pujol, D. Bernardo Moll Ivars, Dª Gabriele Schäfer, D.Jan Remi Michel Van Parijs, Dª Mª Elia N. Santos Brañas, D. Miguel Ángel MartínezOrtiz, Dª Antonia Mª Avargues Pastor, Dª Carole Elizabeth Saunders, D. Luis G. SernaGarcía, Dª Mª Jesús Bertomeu Bordes, D. Joan J. Morató Pastor, Dª Mª José FemeníaSantacreu, D. José Carlos Alonso Ruiz, D. Frco. Javier Morató Vives, D. Moisés Vicens

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Moliner, Dª Ana Isabel Perles Ribes y el Sr. Alcalde, total 20 votos. Absteniéndose el Sr.D. Pedro J. Fernández Crespo, total 1 voto.

La Corporación por mayoría acordó aprobar la enmienda.

Sometido a votación el dictamen se pronunciaron a favor los Sres. D. FranciscoCabrera Guerrero, Dª Ana Mª Sala Fernández, D. Matías Torres Lloret, D. Manuel J.Cabrera Fernández-Pujol, D. Bernardo Moll Ivars, Dª Gabriele Schäfer, D. Jan RemiMichel Van Parijs, Dª Mª Elia N. Santos Brañas, D. Miguel Ángel Martínez Ortiz, DªAntonia Mª Avargues Pastor, Dª Carole Elizabeth Saunders, D. Frco. Javier MoratóVives, D. Moisés Vicens Moliner, Dª Ana Isabel Perles Ribes y el Sr. Alcalde, total 15votos. Votando en contra los Sres. D. Luis G. Serna García, Dª Mª Jesús BertomeuBordes, D. Joan J. Morató Pastor, Dª Mª José Femenía Santacreu, D. José CarlosAlonso Ruiz y D. Pedro J. Fernández Crespo, total 6 votos.

La Corporación, por mayoría, acordó aprobar el dictamen incluida la enmienda.

Abandonó la sesión la Sra. Sala siendo las 12.17 horas.

3.- DAR CUENTA DE LOS DECRETOS DE LA ALCALDÍA Nº 2711 Y 2856DE FECHA 19 DE NOVIEMBRE Y 2 DE DICIEMBRE DE 2013, REVOCANDO YOTORGANDO DELEGACIONES.- En el expediente constan los Decretos de laAlcaldía nº 2711, de fecha 19 de noviembre de 2013, por el que se revocan yotorgan delegaciones y el nº 2856, de 2 de diciembre de 2013, en el que se otorgadelegación.

La Corporación quedó enterada.

Se ausenta el Sr. Fco. Javier Morató Vives, siendo las 12:18 horas.

4.- APROBACIÓN DE LA ADHESIÓN DE ESTE AYUNTAMIENTO A LA REDDE CIUDADES POR LA BICICLETA.- En el expediente consta una propuesta de laConcejal Delegada de Ordenación y Protección del Territorio, de fecha 12 denoviembre de 2013, del siguiente tenor literal:

“Dña. Ana Mª Sala Fernández, Concejal – Delegada de Protección y Ordenación delTerritorio del M.I. Ayuntamiento de Calp

Tiene a bien formular la siguiente propuesta:

ANTECEDENTES

En sesión de fecha 12 de marzo de 2010, por el Ayuntamiento Pleno, se acordó laadhesión al Pacto de Alcaldes por una Energía Local Sostenible.

Posteriormente, en sesión de 13 de julio de 2012, por el Ayuntamiento – Pleno, fueaprobado el Plan de Acción de Energía Sostenible (PAES) a desarrollar hasta el año 2020.

El PAES, última etapa de la primera fase del procedimiento, es la herramienta parala consecución del fin último del Pacto: la reducción del 20 % de emisiones de gases deefecto invernadero, la reducción en un 20% del consumo energético y la producción,mediante energías renovables, de un mínimo del 20% del consumo, todo ello fijado para elhorizonte del año 2020.

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Para ello el PAES se compone de una serie de medidas, revisables durante suvigencia, cuya meta final es asegurar los objetivos indicados en el párrafo anterior.

En este sentido, el Inventario de Emisiones de referencia del PAES para el municipiode Calp cifra en unas 34.234 TnCO2/año las emisiones debidas al tráfico rodado-considerando desplazamientos medios de 9,6 km.-. El objetivo de reducción de emisionesen este apartado, en el horizonte del 2020, fijado en el PAES aprobado en Sesión ordinariadel Ayuntamiento Pleno del día 13 de julio de 2012, prevé, en cuanto al tráfico, ladisminución en 16.026,05 TnCO2 para el año 2020.

Estimando un desplazamiento medio diario en bicicleta de esos 9,6 km., por cadauno que sea realizado en bicicleta en lugar de en automóvil se estima una reducción en laemisión de 1,87 kg de CO2.

Es evidente, por tanto, que los desplazamientos ciclistas urbanos diarios juegan unpapel relevante -sumados con otras acciones- en la consecución de los objetivosestablecidos en el PAES.

También es notorio que la orografía de Calp obliga a aplicar soluciones imaginativasdada las fuertes pendientes que pueden encontrarse en ciertos recorridos.

En todo caso, una decidida apuesta por la implantación de la bicicleta como unmedio de transporte urbano más debe apoyarse en cuantas herramientas y medios seaposible. En este sentido, la existencia de la Red de Ciudades por la Bicicleta supone unrespaldo para todo ayuntamiento que emprenda el camino de la movilidad sostenible. Deacuerdo a los artículos 4 y 5 de sus estatutos, esta asociación tiene como fines, entre otros,promocionar el uso de la bicicleta, desarrollar estrategias para una eficiente implantación dela bicicleta como vehículo urbano, coordinar políticas favorables al uso de la bicicleta, etc.

La incorporación del Ayuntamiento de Calp a esta red como socio numerario nosupondrá, durante el primer año, la obligación de satisfacer ninguna cuota, siendo la cuotaanual a partir del segundo año de 600 €, según información facilitada por la propia Red ensu sitio web: http://www.ciudadesporlabicicleta.org.

En virtud de todo lo anterior tengo a bien trasladar al Pleno de este Ayuntamiento lasiguiente,

PROPUESTA:

I.- Aprobar la adhesión a la Red de Ciudades por la Bicicleta como herramienta para lapromoción la bicicleta como medio de transporte urbano, en relación con la consecuciónde una mejor calidad ambiental y los objetivos establecidos en el Plan de Acción deEnergía Sostenible.

II.- Facultar al Sr. Alcalde para cuantos actos se deriven de la ejecución de este acuerdo.

Calp, a 12 de noviembre de 2013.- La Concejal Delegada de Ordenación y Protección delTerritorio.- Fdo. Ana Mª Sala Fernández”.

Por la Sra. Secretaria se dio lectura al dictamen de la Comisión InformativaGeneral de Asuntos de Competencia Plenaria, emitido por mayoría, en sentidofavorable a la propuesta.

Por el Sr. Alcalde se preguntó a los portavoces si deseaban intervenir.

Intervino el Sr. Cabrera Guerrero indicando que todo venia enmarcado en el

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pacto de Alcalde en Bruselas por un plan de acción de energía sostenible donde sehablaba de reducir un 20% los gases de efecto invernadero, un 20% el consumoenergético y conseguir un 20% más de energía renovable. Esa era la apuesta queentendía que debía hacerse con proyectos como el Bicicalp con el que Calp iba ahorrarunas 16.000 toneladas de CO2 al año y conseguir una promoción de la bicicleta queera un medio de transporte sostenible y saludable.

Intervino el Sr. Alcalde y preguntó a los Sres. portavoces si querían haceralguna intervención.

Intervino el Sr. Fernández para manifestar que creía que Calpe no era unmunicipio muy propicio para la bicicleta. A lo mejor por la Avda. Europa estaría bienpero no por la Avda. Casanova. Se iba a abstener porque creía que iba a ser unfracaso.

Intervino el Sr. Vicens e indicó que lo que se llevaba al pleno era la adhesión auna red de ciudades por la bicicleta y lo que se apoyaba o no, era eso.

Se ausentó en esos momentos de la sesión el Sr. Martínez siendo las 12.22horas.

Continuó el Sr. Vicens señalando que dudaba de la eficacia de ese medio en lavida de cualquier calpino. No obstante lo iban a apoyar.

Intervino el Sr. Serna señalando que ya adelantaba el voto a favor de lapropuesta. Cuando su grupo estuvo gobernando ya habían puesto en marcha una ideaparecida que era crear el carril bici alrededor de las Salinas, pues entendían que lapotenciación de ese medio de transporte era muy importante para la salud y parareducir la emisión de CO2 de los vehículos. Además creía que era una iniciativa defuturo pues el hecho de que Calp apareciera en guías turísticas, en el sentido de quedisponían de un circuito de bicicletas, podía estimular el turismo.

Se incorporó en esos momentos a la sesión el Sr. Martínez siendo las 12.26horas.

Intervino el Sr. Cabrera Guerrero indicando que había municipios en que esohabía funcionado muy bien. No querían dejar de lado al casco antiguo y en ese sentidohabía una propuesta de los técnicos muy buena. En cuanto al convenio, el fundamentoera habilitar al Alcalde para que pudiera firmarlo. Consideraba que era una apuesta defuturo.

Sometido a votación el dictamen se pronunciaron a favor los Sres. D. FranciscoCabrera Guerrero, D. Matías Torres Lloret, D. Manuel J. Cabrera Fernández-Pujol, D.Bernardo Moll Ivars, Dª Gabriele Schäfer, D. Jan Remi Michel Van Parijs, Dª Mª Elia N.Santos Brañas, D. Miguel Ángel Martínez Ortiz, Dª Antonia Mª Avargues Pastor, DªCarole Elizabeth Saunders, D. Moisés Vicens Moliner, Dª Ana Isabel Perles Ribes D.Luis G. Serna García, Dª Mª Jesús Bertomeu Bordes, D. Joan J. Morató Pastor, Dª MªJosé Femenía Santacreu, D. José Carlos Alonso Ruiz y el Sr. Alcalde, total 18 votos.Absteniéndose el Sr. D. Pedro J. Fernández Crespo, total 1 voto.

La Corporación por mayoría acordó, aprobar el dictamen de la ComisiónInformativa.

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5.- APROBACIÓN DEL CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE ELAYUNTAMIENTO DE CALP Y LA FUNDACIÓN ECOPILAS PARA LA RECOGIDASELECTIVA DE RESIDUOS DE PILAS Y ACUMULADORES.- En el expedienteconsta una propuesta de la Concejal Delegada de Ordenación y Protección delTerritorio, de fecha 2 de diciembre de 2013, que a continuación se transcribe:

“Dña. Ana Mª Sala Fernández, Concejal – Delegada de Protección yOrdenación del Territorio del M.I. Ayuntamiento de Calp,

Tiene a bien formular la siguiente propuesta:

1. El Ayuntamiento de Calp está adherido al Convenio Marco suscrito entre laGeneralitat Valenciana y la entidad Ecoembalajes España S.A. mediante el que secompensa la recogida selectiva de papel – cartón, haciéndose cargo elAyuntamiento, a través de la empresa concesionaria de limpieza viaria, de la gestióny recogida de esta fracción de residuo.

2. Del mismo modo, se ha venido acogiendo al convenio marco entre la GeneralitatValenciana y la entidad Ecovidrio, S.A., asumiendo esta última la gestión de larecogida viaria de este tipo de residuo.

3. Por la Generalitat Valencina, a través de la Conselleria de Infraestructuras,Territorio y Medio Ambiente, se ha obtenido autorización para la implantación de unsistema Integrado de residuos de pilas y acumuladores, proponiéndose a losayuntamientos su integración en el mismo mediante una de las dos modalidadesdescritas en los puntos anteriores: cesión de la gestión al Sistema Integrado deGestión -del mismo modo que se viene realizando la recogida de vidrio en estemunicipio- o gestión de la primera parte del proceso, recogida capilar, y entrega agestor autorizado, a cambio de una compensación económica a razón, actualmente,de 490 €/Tn – de forma similar a como se están gestionando las fracciones de papel– cartón y envases multimaterial-.

4. En la actualidad el Ayuntamiento de Calp no dispone de medios para la recogidainicial -también llamada capilar- de este tipo de residuos, proponiéndose, por tanto,la adhesión a este Convenio Marco a través de la denominada modalidad A,cediendo la gestión de esta fracción de residuos, en todas sus fases, al SistemaIntegrado de Gestión ECOPILAS.

En virtud de todo lo anterior tengo a bien trasladar al Pleno de esteAyuntamiento la siguiente,

PROPUESTA:

Primero.- Aprobación de la celebración de un Convenio de colaboración entre laFundación Ecopilas y el Ayuntamiento de Calp en relación con la puesta en marcha desistemas de recogida selectiva de residuos de pilas y acumuladores, en los siguientestérminos:

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“CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA FUNDACIÓN ECOPILAS Y EL AYUNTAMIENTODE CALP, EN RELACIÓN CON LA PUESTA EN MARCHA DE SISTEMAS DE RECOGIDA

SELECTIVA DE RESIDUOS DE PILAS Y ACUMULADORES

En Madrid, a *** de XXXXXXXXXX de 2013

REUNIDOS

De una parte, D. JOSÉ PÉREZ GARCÍA, con DNI 5.212.829-V, quien actúa en nombre yrepresentación de LA FUNDACIÓN PARA LA GESTIÓN MEDIOAMBIENTAL DE PILAS(ECOPILAS), domiciliada en Calle Orense, número 62, 28020 de Madrid, con C.I.F G-82795691, e inscrita en el Registro General de Fundaciones de competencia estatal, delMinisterio de Medio Ambiente, con el número 280008. Actúa en este acto por su condiciónde Presidente. En adelante, LA FUNDACIÓN ECOPILAS.

De otra parte, D CÉSAR SÁNCHEZ PÉREZ, con DNI **** Alcalde - Presidente, quien actúaen nombre y representación del AYUNTAMIENTO DE CALP, con CIF P-304700-H ydomiciliado en Avda. Ifach, 12 CP 03710, de Calp y está facultado para la celebración deeste acto. En adelante El AYUNTAMIENTO.

Ambas partes intervienen en la respectiva representación que ostentan y se reconocen lacapacidad legal necesaria para formalizar el presente Convenio y, en consecuencia,

EXPONEN

1.- Que el Real Decreto 106/2008, de 1 de febrero, 106/2008, ha incorporado alOrdenamiento interno la normativa comunitaria sobre pilas y acumuladores y la gestiónambiental de sus residuos.

2.- Que en el referido Real Decreto se establecen una serie de medidas de diverso alcanceentre las que figura la responsabilidad de los fabricantes o productores de pilas yacumuladores para garantizar la recogida y adecuada gestión de los residuos generadostras su utilización o consumo. Estas obligaciones podrán asumirse de forma individual o biende forma colectiva, a través de sistemas integrados de gestión de pilas y acumuladores (enadelante SIG), de acuerdo con lo previsto en el artículo 8 del citado Real Decreto.

3 .- Que LA FUNDACIÓN ECOPILAS es la entidad gestora de un SIG de pilas yacumuladores, y según resolución de fecha 27 de enero de 2012 de la Dirección General deCalidad Ambiental de la Conselleria de Infraestructuras, Territorio y Medio Ambiente, haobtenido autorización administrativa para implantar y gestionar, en el ámbito de laComunidad Valenciana, un Sistema Integrado de Gestión de residuos de pilas yacumuladores conforme a lo establecido en el Real Decreto 106/2008, de 1 de febrero,sobre pilas y acumuladores y la gestión ambiental de sus residuos.

4.- Que en EL AYUNTAMIENTO no existe actualmente una red de recogida selectiva deresiduos de pilas y acumuladores a disposición de los ciudadanos, en la que éstos puedanentregar gratuitamente las pilas y acumuladores portátiles usados.

5.- Que ambas partes manifiestan su voluntad de establecer cauces de colaboración quepermitan disponer de las mejores condiciones para la efectuar la recogida selectiva de losresiduos de pilas y acumuladores portátiles, de acuerdo con lo previsto en el Real Decreto106/2008.

En virtud de lo expuesto, ambas partes suscriben el presente Convenio, de acuerdo a lassiguientes

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CLÁUSULAS

Primera.- Objeto y ámbito del Convenio.

1.1. Este Convenio tiene por objeto plasmar los mecanismos de colaboración mutua que sedesarrollarán entre EL AYUNTAMIENTO y LA FUNDACIÓN ECOPILAS en relación con laimplantación de un sistema de recogida selectiva de residuos de pilas y acumuladoresportátiles, que permita su adecuada gestión ambiental posterior.

1.2. Los residuos de pilas y acumuladores incluidos en el ámbito material del presenteConvenio se corresponderán con las pilas y acumuladores portátiles incluidos en el ámbitodel Real Decreto 106/2008 y que hayan sido puestos en el mercado nacional por empresasproductoras adheridas al SIG gestionado por LA FUNDACIÓN ECOPILAS, así como, en sucaso, a otros SIG con cuyas entidades gestoras tenga suscritos contratos con LAFUNDACIÓN ECOPILAS para la puesta en marcha de sistemas conjuntos de recogidaselectiva de residuos de pilas y acumuladores.

1.3. El ámbito territorial del presente Convenio se extiende al municipio de Calp.

Consecuentemente, EL AYUNTAMIENTO no podrá exigir a la FUNDACIÓN ECOPILAScantidad alguna como compensación por los costes en que hubieran podido incurrir relativosa la gestión de los residuos de pilas y acumuladores.

1.4. El contenido del presente Convenio se adecuará, en su caso, al Convenio que sesuscriba entre la FUNDACIÓN ECOPILAS y Comunidad Valenciana, de acuerdo con loestablecido en el artículo 8.3 del Real Decreto 106/2008.

1.5. La firma del presente Convenio no supone compromiso de exclusividad alguno paraECOPILAS respecto de la red de recogida selectiva de pilas y acumuladores usadosimplantada en XXXX. Dicha red coexistirá con la red de recogida selectiva que puedadesplegarse en los centros de distribución ubicados en XXXX, en cumplimiento de loprevisto en el artículo 10.2 del Real Decreto 106/2008 y, en su caso, con el resto de posiblespuntos de recogida selectiva previstos en el artículo 3.v de la citada norma. Enconsecuencia, ECOPILAS podrá suscribir acuerdos de colaboración con los titulares de loscentros de distribución, al objeto de implantar puntos de recogida selectiva de pilas yacumuladores usados en los establecimientos de los distribuidores, los cuales se sumarán alos propios de la red implantada en XXXXX, de acuerdo con los citados preceptos del RealDecreto 106/2008.

A este respecto, EL AYUNTAMIENTO autoriza a la FUNDACIÓN ECOPILAS a desarrollar enel municipio las actuaciones inherentes a la recogida selectiva y correcta gestión de losresiduos de pilas y acumuladores procedentes de ambas redes de recogida selectiva.

Segunda.- Compromisos del AYUNTAMIENTO.

El AYUNTAMIENTO asume los siguientes compromisos:

a) Colaborar con LA FUNDACIÓN ECOPILAS en la implantación del sistema que mejorgarantice la adecuada recogida de los residuos de pilas y acumuladores objeto de esteConvenio, desde el punto de vista de la eficacia, eficiencia y sostenibilidad ambiental.

b) Difundir al máximo posible el contenido del presente Convenio y el sistema de recogida aimplantar, al objeto de conseguir los mayores porcentajes de recogida.

c) Colaborar en las iniciativas de concienciación social que, en su caso, realice LAFUNDACIÓN ECOPILAS para fomentar el grado de eficacia y eficiencia de los sistemas de

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recogida selectiva.

d) Situar los CONTENEDORES ECOPILAS en lugares visibles y accesibles para losusuarios. Los CONTENEDORES ECOPILAS deberán estar debidamente vigilado, de formaque no pueda sufrir robos o desperfectos en el propio contenedor o los residuos quecontenga.

e) Respecto a la solicitud del servicio de recogida de residuos de pilas y acumuladores ycondiciones de servicio, EL AYUNTAMIENTO se compromete a solicitar a la FUNDACIÓNECOPILAS el servicio de retirada de los residuos objetos de este Convenio mediante laPlataforma informática de Gestión puesta a disposición por la FUNDACIÓN ECOPILAS.

Tercera.- Compromisos de LA FUNDACIÓN ECOPILAS.

LA FUNDACIÓN ECOPILAS asume los siguientes compromisos:

a) Gestionar en su integridad la logística necesaria para la implantación en elAYUNTAMIENTO de un sistema de recogida selectiva de las pilas y acumuladores usados, através del establecimiento de una serie de puntos de recogida selectiva que permitanalcanzar una adecuada cobertura territorial y ser fácilmente accesibles para el usuario final.

b) Dotar a los puntos de recogida selectiva de contenedores específicos necesarios para larecogida de este tipo de residuos. Los CONTENEDORES ECOPILAS son propiedad de laFundación ECOPILAS y son cedidos al AYUNTAMIENTO exclusivamente para el correctoalmacenamiento de residuos de pilas y acumuladores.

c) Proceder a la recogida de los residuos depositados en los contenedores una vez cubiertasu capacidad y efectuar su posterior transporte hasta un Centro de AlmacenamientoTemporal, en el que se almacenarán antes de proceder a su envío a las plantas de gestiónfinal, o bien transportar los residuos directamente a las referidas plantas.

ECOPILAS efectuará las anteriores actividades por sí misma o a través de terceros con losque contrate al afecto. En cualquier caso, los encargados del transporte y almacenamientotemporal de los residuos contarán con las autorizaciones y permisos necesarios paraefectuar dicha labor.

d) Promover comportamientos medioambientalmente favorables entre los ciudadanos,haciéndoles llegar la necesidad de efectuar la recogida selectiva y correcta gestiónambiental de los residuos de pilas y acumuladores.

e) Estar a disposición del AYUNTAMIENTO, para atender cuantas dudas, consultas oproblemas pudieran plantearse durante el periodo de ejecución del presente Convenio. Aestos efectos, LA FUNDACIÓN ECOPILAS designará una persona responsable, que actuarácomo interlocutor con el AYUNTAMIENTO.

f) Establecer los mecanismos para garantizar la correcta gestión, preferentemente mediantereciclado u otras formas de valorización, de los residuos de las pilas y acumuladoresrecogidos en el AYUNTAMIENTO, de acuerdo con lo previsto en el Real Decreto 106/2008.

g) Asumir los costes inherentes a las actuaciones descritas en la presente cláusula.

Cuarta.- Compromisos conjuntos.

Ambas partes asumen el compromiso de difundir el contenido del presente Conveniomediante la puesta en marcha de iniciativas conjuntas en las que se informe a la población,y muy especialmente a los potenciales poseedores de residuos pilas y acumuladoresincluidos en el ámbito de este Convenio, de los mecanismos de recogida implantados para

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la entrega de los citados residuos.

Quinta.- Comisión de Seguimiento.

Para el seguimiento del presente Convenio se crea una Comisión de Seguimiento quecelebrará, al menos, una reunión al año y que estará integrada por un representante decada una de las partes, quienes podrán asistir a las reuniones acompañados de los técnicoso asesores que consideren pertinentes.

Serán funciones de esta Comisión las siguientes:

1º El seguimiento y control de las actuaciones que se deriven de la aplicación de esteConvenio, así como su interpretación.

2º Proponer la modificación, si procede, de las condiciones del presente Convenio, lascuales serán revisadas al término de su vigencia y, en su caso, del de cada una de susprórrogas, al objeto de analizar la eficacia del sistema de colaboración establecido y, enparticular, la eficiencia del sistema de recogida de los residuos de pilas y acumuladores.

Sexta.- Cláusula de efectividad.

Al objeto de mantener la eficiencia del sistema de recogida selectiva implantado, laFUNDACIÓN ECOPILAS podrá dar de baja en el sistema a aquellos puntos de recogida queresulten ineficientes, procediendo a la retirada del contenedor facilitado al AYUNTAMIENTO.A este respecto, se entenderá que un punto de recogida es ineficiente cuando en el plazo deun año no se haya producido ninguna solicitud de retirada del contenedor completo al 80%de su capacidad.

Séptima.- Plazo de vigencia y entrada en vigor.

7.1. El presente Convenio entrará en vigor el día de su firma y tendrá una duración de unaño, si bien se entenderá prorrogado automáticamente por idénticos periodos de tiempo,salvo denuncia expresa de alguna de las partes notificada por escrito a la otra parte con unaantelación mínima de dos meses.

No obstante, la vigencia máxima del presente Convenio queda directamente vinculada a laduración de las autorizaciones necesarias para el efectivo funcionamiento del sistemaintegrado de gestión de pilas gestionado por la FUNDACIÓN ECOPILAS.

7.2. Con anterioridad a la fecha de terminación del plazo inicialmente pactado o decualquiera de sus prórrogas, ambas partes podrán acordar modificaciones sobre elcontenido de cualquiera de las cláusulas del presente Convenio, que se incorporarán comoAdenda y pasarán a formar parte del mismo. Asimismo, si una disposición legal o decisiónjudicial pudiera dar lugar a una modificación en la ejecución del presente Convenio, laspartes se comprometen, en el plazo máximo de 30 días hábiles desde la publicación de ladisposición o decisión judicial, a informar a la otra parte y a tomar todas las medidasnecesarias para asegurar la continuidad de la ejecución del Convenio.

Octava.- Resolución del Convenio.

El presente Convenio se resolverá por alguna de las siguientes causas:

1º Por transcurso del plazo fijado para su duración, siempre que no se haya producido suprórroga, de acuerdo con lo establecido en la cláusula sexta.

2º Por mutuo acuerdo de las partes.

4º Por incumplimiento grave de las obligaciones asumidas y derivadas de él por alguna de

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las partes.

5º Por imposibilidad de conseguir su objeto o finalidad.

6º Por la expiración de las autorizaciones precisos para la ejecución de la actividad del SIGgestionado por la FUNDACIÓN ECOPILAS, siempre que no fuesen o pudiesen serrenovadas y que ello produjera la imposibilidad de que continúe desarrollando lasactividades objeto del presente Convenio.

7º Por cualquiera otra causa prevista en el marco normativo vigente.

Novena.- Jurisdicción competente.

El orden jurisdiccional contencioso-administrativo será el competente para conocer yresolver cuantas dudas y controversias surjan en la interpretación y cumplimiento de loestablecido en el presente Convenio.

Décima.- Notificaciones.

10.1. Cualquier notificación entre las partes relacionada con la modificación, interpretación oejecución del presente Convenio, con excepción de aquellas que tengan que realizase porvía telemática, deberá realizarse por escrito y por correo certificado con acuse de recibo oburofax, o por cualquier otro método que garantice su fehaciencia, incluido el correoelectrónico, dirigido a las personas que a continuación se designan y en el domicilio queasimismo se señala, que podrán ser modificados previa notificación por el mismo medio:

a) Si van dirigidas a la FUNDACIÓN ECOPILAS: C/ Orense nº 62, 28020, de Madrid.Figurará como destinatario D. JOSÉ PÉREZ GARCÍA o la persona en la que el mismodelegue, cuya identidad será previamente comunicado al AYUNTAMIENTO.

b) Si van dirigidas al AYUNTAMIENTO: Avda. Ifach, 12, 03710 de Calp (Alicante). Figurarácomo destinatario D. CÉSAR SÁNCHEZ PÉREZ o la persona en la que el mismo delegue,cuya identidad será previamente comunicada a LA FUNDACIÓN ECOPILAS.

10.2. Cualquier cambio en las personas designadas por ambas partes deberá ser notificadode forma fehaciente para conocimiento de la otra parte.

Undécima.- Protección de datos.

A efectos de lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección deDatos de Carácter Personal, la FUNDACIÓN ECOPILAS informa a NOMBRE ENTIDAD deque los datos de carácter personal recogidos en el presente Convenio así como los de supersonal que ésta pueda facilitarle, serán incluidos en un fichero titularidad de laFUNDACIÓN PARA LA GESTIÓN MEDIOAMBIENTAL DE PILAS (ECOPILAS), siendotratados únicamente para facilitar el desarrollo del presente convenio y el correctofuncionamiento del SIG gestionado por la FUNDACIÓN ECOPILAS.

Asimismo sus datos podrán ser utilizados para enviarle información, por cualquier medio(electrónico o no), de las actividades de las Fundaciones ECOFIMÁTICA, ECOASIMELEC,TRAGAMOVIL y ECOPILAS (FUNDACIÓN PARA LA GESTIÓN MEDIOAMBIENTAL DEEQUIPOS OFIMÁTICOS, FUNDACIÓN PARA LA GESTIÓN MEDIOAMBIENTAL DEAPARATOS ELÉCTRICOS Y ELECTRÓNICOS, FUNDACIÓN PARA LA GESTIÓNMEDIOAMBIENTAL DE APARATOS DE TELEFONÍA MÓVIL y FUNDACIÓN PARA LAGESTIÓN MEDIOAMBIENTAL DE PILAS).

Podrán ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, dirigiéndosepor escrito al Departamento de Asuntos Legales en calle Orense, 62 – 28020 Madrid.

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El Ayuntamiento de Calp se compromete a comunicar a los titulares de dichos datos, antesde facilitárselos a la FUNDACIÓN ECOPILAS, lo establecido en esta cláusula, informándolede todos los aspectos recogidos en el mismo (de la existencia del fichero, las finalidades deltratamiento y la posibilidad de ejercicio de derechos frente a ECOPILAS en la direcciónarriba indicada).

Si no desea recibir información, marque la casilla Si no desea recibir información por medios electrónicos, marque la casilla

Y, en prueba de su conformidad, firman el presente Convenio, por duplicado, en Madrid, aXXX de XXXX de 2013.Por el AYUNTAMIENTO Por LA FUNDACIÓN ECOPILASFdo: D. César Sánchez Pérez Fdo: D. José Pérez Presidente de la Fundación Ecopilas”

Segundo.- Comunicar la adhesión a la Conselleria de Medio Ambiente.

Tercero.- Facultar al Sr. Alcalde para cuantos actos se deriven de la ejecución del presente acuerdo.

Calp, a 2 de diciembre de 2013.- La Concejal Delegada de Ordenación y Protección delTerritorio.- Fdo. Ana Mª Sala Fernández”.

Por la Sra. Secretaria se dio lectura al dictamen de la Comisión InformativaGeneral de Asuntos de Competencia Plenaria, emitido por mayoría, en sentidofavorable a la propuesta.

Por el Sr. Alcalde se preguntó a los portavoces si deseaban intervenir.

Intervino el Sr. Cabrera Guerrero exponiendo que creía que era una buenasolución adherirse a Ecopilas y que se consiguiera el máximo reciclaje de las mismas.

Intervino el Sr. Alcalde y preguntó a los Sres. portavoces si querían haceralguna intervención.

Intervino el Sr. Fernández indicando que iba a apoyar la propuesta. El tema delas pilas era muy delicado pues eran muy contaminantes.

Intervino el Sr. Vicens señalando que la Comisión Informativa había hecho unacrítica no en cuanto a la necesidad de conveniar ese tipo de recogida selectiva demateriales peligrosos, sino en cuanto a cuestiones formales del propio convenio,puesto que dejaba abierta la posibilidad de su modificación en función a lo que pactasela Generalitat Valenciana con una fundación de carácter privado. No obstante elconvenio no iba a modificar la posibilidad de otro tipo de empresas de recogida demateriales a título privado, si bien iba a facilitar que el ciudadano tuviera la posibilidadde depositarlas en determinados puntos. Iban a votarlo a favor.

Intervino el Sr. Serna indicando que estaban completamente de acuerdo en queera necesario un tratamiento de los residuos de pilas. La propuesta nombraba dosmodalidades a las que el Ayuntamiento podía adherirse para solucionar ese tema, unoera ceder la gestión directa a un sistema integrado de gestión y el otro era recoger elAyuntamiento las pilas y después entregarlas a una empresa de gestión. ElAyuntamiento en la propuesta decía que no tenia disponibilidad de medios para

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recoger las baterías y por lo tanto optaba por la primera opción. Entendían que quizásno era tan complicado para el Ayuntamiento disponer de contenedores. Por ello yporque desconocían los datos de la fundación no podían apoyar la propuesta.

Intervino el Sr. Cabrera Guerrero manifestando que el debate acerca de lamodalidad se había producido en la Comisión informativa y la cuestión estaba en queal Ayuntamiento le iba a costar más de 400.000 euros recoger las pilas.

Sometido a votación el dictamen se pronunciaron a favor los Sres. D. FranciscoCabrera Guerrero, D. Matías Torres Lloret, D. Manuel J. Cabrera Fernández-Pujol, D.Bernardo Moll Ivars, Dª Gabriele Schäfer, D. Jan Remi Michel Van Parijs, Dª Mª Elia N.Santos Brañas, D. Miguel Ángel Martínez Ortiz, Dª Antonia Mª Avargues Pastor, DªCarole Elizabeth Saunders, D. Moisés Vicens Moliner, Dª Ana Isabel Perles Ribes Sr.D. Pedro J. Fernández Crespo y el Sr. Alcalde, total 14 votos. Absteniéndose los Sres.D. Luis G. Serna García, Dª Mª Jesús Bertomeu Bordes, D. Joan J. Morató Pastor, DªMª José Femenía Santacreu, D. José Carlos Alonso Ruiz total 5 votos.

La Corporación por mayoría acordó, aprobar el dictamen de la ComisiónInformativa.

Se ausentó de la sesión la Sra. Antonia Avargues Pastor, siendo las 12:41horas.

6.- EXPOSICIÓN PÚBLICA DE LA MODIFICACIÓN PARCIAL D-1,RELATIVA A LAS CONDICIONES PARTICULARES DE OCUPACIÓN PARA LASPARCELAS CON USO EXCLUSIVO TERCIARIO REDACTADA POR ELARQUITECTO MUNICIPAL DE FECHA 2 DE DICIEMBRE DE 2013.- En elexpediente consta una propuesta de la Concejala Delegada de Protección yOrdenación del Territorio, que a continuación se transcribe:

“PROPUESTA

Dña. Ana Sala Fernández, Concejal Delegada de Protección y Ordenación delTerritorio, al Ayuntamiento Pleno formula la siguiente propuesta:

Las Normas Urbanísticas del Plan General prevén el Uso Terciario en todas lascalificaciones de Suelos Urbanos. En la mayoría de los casos se trata de un uso compatibleen sectores predominantemente residenciales y se refieren a los usos concretos Hostelero,Cultural, Recreativo, Oficinas, Sanitario y Comercial.

Si bien los usos terciarios vienen asentándose de forma natural en el casco urbano yzonas de alta densidad con edificación en bloque abierto, tradicionalmente apenas ha tenidodemanda en las zonas comúnmente denominadas “chaleteras” y las escasas implantacionescon que cuenta el municipio se deben más a transformaciones en el uso de viviendasexistentes que a nuevas construcciones diseñadas ex profeso con dicha finalidad.

La creciente demanda de flexibilidad e interacción de usos también incide en estetipo de suelos, resultando necesario adaptar la normativa urbanística entendiendo comopositivo facilitar la implantación de usos terciarios y más concretamente el comercial decercanía en zonas carentes de todo tipo de servicios como son las zonas residenciales deviviendas unifamiliares y agrupadas.

De otra parte tal y como ya se ha señalado en otros documentos elaborados por elactual Ayuntamiento, la situación económica en la que se encuentra inmersa la sociedad engeneral, y en particular el municipio de Calp, obliga a todos los responsables políticos a

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adoptar cuantas medidas estén a su alcance para favorecer desde cualquier óptica eldesarrollo económico y el empleo. Es por ello por lo que resulta imperativo que desde elMunicipio se den cuantas respuestas posibles sean imaginables para facilitar la dinámicaeconómica.

El Planeamiento General del que trae causa la actual Homologación GlobalModificativa del año 1.998, es el Plan General de Ordenación Urbana del año 1.989.

El día 2 de diciembre de 2013 los Servicios Jurídicos Municipales emitieron informerelativo a procedimiento a seguir y órgano competente para la adopción del correspondienteacuerdo.

El día 2 de diciembre de 2013 el Arquitecto Municipal ha elaborado la modificaciónparcial número D 1 “relativa a las condiciones particulares de ocupación para las parcelascon uso exclusivo terciario” .

En virtud de todo lo cual por medio del presente tengo a bien proponer alAyuntamiento Pleno la adopción del siguiente acuerdo:

1º.- Someter a información pública por un periodo de un mes la modificación parcialnúmero D 1 del PGOU-98 relativa a las condiciones particulares de ocupación para lasparcelas con uso exclusivo terciario redactada por el Arquitecto Municipal.

2º.- Anunciar la exposición pública, en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento, en lahoja WEB del Ayuntamiento, en el Diario Oficial de la Generalidad Valenciana y en un diariono oficial de amplia difusión en la localidad, durante dicho periodo el proyecto debidamentediligenciado se encontrará depositado, para su consulta pública en los Servicios Técnicosdel Ayuntamiento a fin de que se presenten cuantas alegaciones se considereconvenientes”.

Por la Sra. Secretaria se dio lectura al dictamen de la Comisión InformativaGeneral de Asuntos de Competencia Plenaria, emitido por mayoría, en sentidofavorable a la propuesta.

Intervino el Sr. Alcalde y preguntó a los Sres. portavoces si querían haceralguna intervención.

Intervino el Sr. Vicens para indicar que iban a votar a favor, pues se podía aliviarel paro con el establecimiento de pequeños negocios.

Intervino el Sr. Serna señalando que más que hacer parches creía que habíaque hacer una revisión del Plan General. Tenía dudas acerca de los beneficios que ibaa aportar la propuesta.

Sometido a votación el dictamen se pronunciaron a favor los Sres. D. FranciscoCabrera Guerrero, D. Matías Torres Lloret, D. Manuel J. Cabrera Fernández-Pujol, D.Bernardo Moll Ivars, Dª Gabriele Schäfer, D. Jan Remi Michel Van Parijs, Dª Mª Elia N.Santos Brañas, D. Miguel Ángel Martínez Ortiz, Dª Carole Elizabeth Saunders, D.Moisés Vicens Moliner, Dª Ana Isabel Perles Ribes y el Sr. Alcalde, total 12 votos.Absteniéndose los Sres. D. Luis G. Serna García, Dª Mª Jesús Bertomeu Bordes, D.Joan J. Morató Pastor, Dª Mª José Femenía Santacreu, D. José Carlos Alonso Ruiz ySr. D. Pedro J. Fernández Crespo, total 6 votos.

La Corporación por mayoría acordó, aprobar el dictamen de la ComisiónInformativa.

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Se incorporó a la sesión la Sra. Avargues siendo las 12.47 horas.

7.- APROBACIÓN DEL CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LOSAYUNTAMIENTOS DE CALP Y DE TEULADA, PARA LA UTILIZACIÓN DE LAGALERÍA DE TIRO PARA LA REALIZACIÓN DE PRÁCTICAS DE LOSMIEMBROS DE LA POLICÍA LOCAL.- En el expediente consta una propuesta delSr. Alcalde, de fecha 30 de agosto de 2013, del siguiente tenor literal:

“El abajo firmante, D. César Sánchez Pérez, Alcalde-Presidente del Ilmo. Ayuntamientode Calp, al Ayuntamiento- Pleno EXPONE:

ANTECEDENTES

Primero.- Que es voluntad de esta Alcaldía junto con la Alcaldía de Teulada, celebrarun convenio de colaboración entre el municipio de Calp y el Ayuntamiento de Teulada parautilización de la galería de tiro para la realización de las prácticas de los miembros de laPolicía Local de Teulada.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

La cobertura legal de dicho acuerdo viene recogida en el Art. 88.1 de la Ley 30/1992,de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y ProcedimientoAdministrativo Común, a tenor del cual las Administraciones Publicas podrán celebrarpactos, convenios o contratos con personas tanto de derecho público como privado, siempreque no sean contrarios al ordenamiento jurídico ni versen sobre materias no susceptibles detransacción y tengan por objeto satisfacer el interés público que tienen encomendado.

En virtud de lo anterior, vistos los citados textos legales y demás normativa concordantede general aplicación, al Pleno se propone la adopción del siguiente acuerdo:

PRIMERO.- Aprobar el convenio entre el Ayuntamiento de Calp y el Ayuntamiento deTeulada, cuyo tenor literal es el siguiente:

“CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LOS AYUNTAMIENTOS DE CALP YDE TEULADA, MATERIA DE UTILIZACIÓN DE LA GALERÍA DE TIRO PARA LAREALIZACIÓN DE LAS PRÁCTICAS DE LOS MIEMBROS DE LA POLICÍA LOCAL.

En Calp, a 00 de 000000 del 2013, REUNIDOS:

Por un lado, el Alcalde de calp, D. CÉSAR SÁNCHEZ PÉREZ, con número deDNI------------------, en nombre y representación del Ayuntamiento de Calp y en uso de lasfunciones y facultades de su cargo, expresamente autorizados por acuerdo plenario defecha 00 de 00000 de 2013, y de otra parte, el Alcalde de Teulada, D. ANTONI JOANBERNABEU VALLÉS, con número de DNI 00,000,000 en nombre y representación delAyuntamiento de Teulada y en uso de las funciones y facultades de su cargo, expresamenteautorizados por acuerdo plenario de fecha 00 de 00000 de 2013.

Ambas partes, se les reconoce la capacidad legal necesaria para suscribir elpresente convenio y obligarse de común acuerdo y por tanto y en la representación queostentan EXPONEN:

El objeto del presente convenio, consiste en regular de forma consensuada y en elmarco de colaboración recíproca, el uso por parte de los agentes de la Policía Local deTeulada, de la Galería de tiro que posee el Ayuntamiento de Calp, de conformidad con el RD137/93, de 29 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Armas, así como por elDecreto 18/95, de 24 de enero, del Gobierno Valenciano, regulador de los criterios deutilización del equipo de autodefensa y el armamento por las policías locales de la

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Comunidad Valenciana.

En razón de cuanto antecede, las partes suscriben el presente Convenio deColaboración de conformidad con las siguientes:

CLAUSULAS

Primero: El Ayuntamiento de Calp, autoriza el uso de la galería de tiro a losmiembros de la Policía Local de Teulada, a fin de que estos, puedan efectuar los ejerciciosde tiro, con las armas propiedad municipal de conformidad con el Articulo 14 del Decreto18/95, en los días y horas que se establezcan por parte de la Jefatura de Calp.

Segundo: La celebración de dichos ejercicios, estará dirigida por un agente de laPolicía Local de Teulada, con conocimiento en el uso y manejo de armas de fuego. En casode producirse algún accidente en la galería de tiro, sería responsabilidad única yexclusivamente del agente que haya cometido la negligencia. En todo caso, el Ayuntamientode Teulada, responderá subsidiariamente a todos los efectos, de las lesiones a perso0nas odaños a las cosas que se pueden derivar del ejercicio de tiro.

Tercero: El presente convenio se renovará automáticamente cada año, salvodenuncia expresa por una de las partes, que será comunicado con una antelación de 3meses , a la fecha de vencimiento del plazo.

Cuarto: El presente convenio entrará en vigor una vez publicado en el B.O.P.Alicante, su texto integro.

Y para que así conste y en prueba de conformidad, ambas partes firman el presenteconvenio por duplicado, en el lugar y fechas expresadas.

EL ALCALDE DE CALP EL ALCALDE DE TEULADA

Fdo:-------------------------- Fdo:--------------------------------”

SEGUNDO.- Facultar al Alcalde para la firma del citado convenio.

TERCERO.- Notificar el presente acuerdo al Ayuntamiento de Teulada.

Calp, a 30 de agosto de 2013.- El Alcalde.- Fdo. D. César Sánchez Pérez”

Por la Sra. Secretaria se dio lectura al dictamen de la Comisión InformativaGeneral de Asuntos de Competencia Plenaria, emitido por mayoría, en sentidofavorable a la propuesta.

Intervino el Sr. Alcalde y preguntó a los Sres. portavoces si querían hacer algunaintervención.

Intervino el Sr. Fernández para indicar que agradecía la incorporación delinforme de los Servicios técnicos pero no le parecía bien la propuesta.

Intervino el Sr. Vicens señalando que las criticas realizadas por la oposición ymás directamente por el Sr. Fernández habían servido para que se dijera en un informeque esas instalaciones eran correctas y para imputar como gasto el tema de la luz. Encuanto a la colaboración entre municipios estaba de acuerdo, si bien podía servinculante para otros supuestos.

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Intervino el Sr. Serna indicando que aún estando a favor de la colaboración, sehabía puesto en duda la seguridad y el coste de la galería. Se había incorporado uninforme, muy escueto, y no clarificaba la cuestión fundamental que era la seguridad.Tenían dudas y por ello se iban a abstener.

Intervino el Sr. Cabrera Guerrero manifestando que el informe decía “analizandoel contenido normativo y antecedentes y tras la visita e inspección realizadas considerasalvo vicios ocultos de la galería de tiro de la policía cumple el reglamento de armas”.Consideraba que el Sr. Serna generaba dudas innecesarias.

Se incorporó el Sr. Morató Vives siendo las 12.54 horas.

Sometido a votación el dictamen se pronunciaron a favor los Sres. D. FranciscoCabrera Guerrero, D. Matías Torres Lloret, D. Manuel J. Cabrera Fernández-Pujol, D.Bernardo Moll Ivars, Dª Gabriele Schäfer, D. Jan Remi Michel Van Parijs, Dª Mª EliaN. Santos Brañas, D. Miguel Ángel Martínez Ortiz, Dª. Antonia Avargues Pastor, DªCarole Elizabeth Saunders, D. Fco. Javier Morató Vives, D. Moisés Vicens Moliner, DªAna Isabel Perles Ribes y el Sr. Alcalde, total 14 votos. Absteniéndose los Sres. D.Luis G. Serna García, Dª Mª Jesús Bertomeu Bordes, D. Joan J. Morató Pastor, Dª MªJosé Femenía Santacreu, D. José Carlos Alonso Ruiz y Sr. D. Pedro J. FernándezCrespo, total 6 votos.

La Corporación por mayoría acordó, aprobar el dictamen de la ComisiónInformativa.

Se ausentó de la sesión el Sr. Alcalde, siendo las 12:56 horas, asumiendo laPresidencia el Sr. Cabrera Fernández-Pujol.

8.- DESESTIMACIÓN DEL RECURSO FORMULADO POR D. FRANCISCOJOSÉ FERNÁNDEZ FERRER (INTERBUZÓN), EXPTE. SUM 18/13.- En elexpediente consta una propuesta del Concejal Delegado de Hacienda, de fecha 27de noviembre de 2013, que a continuación se transcribe:

“FRANCISCO CABRERA GUERRERO, Concejal de Hacienda del Ayuntamiento deCalp, al Ayuntamiento Pleno

E X P O N E

I.-Por el Ayuntamiento Pleno se aprobó en sesión celebrada en fecha 31 de mayo de 2013 elexpediente de contratación por procedimiento abierto de suministro BUZONESCONCENTRADOS PLURIDOMICILIARIOS (SUM 18/2013), de conformidad con el Pliego dePrescripciones Técnicas elaborado por los Servicios Técnicos Municipales y el Pliego deCláusulas Económico-Administrativas elaborado por la Concejalía de Hacienda delAyuntamiento de Calp.

II.-Finalizado el plazo de presentación de ofertas y los trámites establecidos en los Pliegos,por Acuerdo-Pleno de fecha 11 de octubre de 2013 se adjudicó el contrato a la mercantilPATOLOGÍAS Y OBRAS CIVILES, S.L por importe de 62.801,66 Euros más su IVAcorrespondiente.

III.-Previo a la notificación del Acuerdo de adjudicación, por D. Francisco José FernándezFerrer (INTERBUZÓN) se hace saber al Ayuntamiento que va a recurrir en reposición lamencionada adjudicación. Por tanto, a fin de evitar la realización de actos administrativos

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que generen derechos irrevocables, por el Ayuntamiento de Calpe se paralizatemporalmente la formalización del contrato, indicando al adjudicatario que la misma seefectuará tras la resolución del recurso anunciado, si el mismo se concreta.

IV.-En fecha 06 de noviembre de 2013 presenta al Ayuntamiento el recurso anunciado, delque se da traslado por e-mail al adjudicatario en fecha 07 de noviembre de 2013 y porcorreo certificado en virtud de lo establecido en el art.112 de la Ley 30/1992 de RégimenJurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común enfecha 12 de noviembre de 2013 estableciéndose un plazo de 10 días para que manifieste loque a su derecho conveniere.

V.-Finalizado el trámite de audiencia, por el adjudicatario no se efectúa alegación u objeciónalguna al recurso, indicando mediante e-mail recibido en fecha 21 de noviembre de 2013que en principio no se iba a hacer alegaciones y que sólo cuando resuelva el Ayuntamientoharán llegar las alegaciones oportunas.

VI.-Por el Responsable del Área de Contratación en funciones, Sr. Perles-Ribes se haefectuado Informe de fecha 22 de noviembre de 2013, del que se extrae:

“II).-MOTIVACIÓN DEL RECURSO.

6.-El recurso, que debe entenderse por íntegramente reproducido en este punto, sefundamenta en esencia en que (apartado Primero punto 4) en el Informe emitido por elTécnico Municipal que valoró las mejoras ofertadas (criterios subjetivos del Pliego) en fecha14 de agosto del año en curso se otorgó a ambas propuestas la máxima puntuación, noestando el recurrente de acuerdo con dicha puntuación porque a su juicio (apartadosegundo punto 2.1) “la proposición efectuada por esta parte se ajusta con exactitud al Pliegode Prescripciones Técnicas (…) cuando en realidad la propuesta de “Patologías y ObrasCiviles S.L no se ajusta a los requisitos exigidos en la “Definición del trabajo a realizar” delas Prescripciones Técnicas Particulares que ha de regir el contrato.” Se adjunta para ello amodo de recordatorio una simple imagen del buzón propuesto (la negrita es nuestra).

7.-Se indica, además (apartado segundo, punto 2.2), que “la propuesta efectuada por elrecurrente contempla absolutamente todas las especificaciones técnicas, lo que no espredicable de la otra proposición efectuada, y que a la postre ha resultado la adjudicataria” yque “es por ello que esta parte entiende que nuestra proposición es sin duda merecedora dela máxima valoración frente a la adjudicataria, cuyo ofrecimiento de entrada no debió seradmitido al no cumplir con las prescripciones técnicas particulares como primeraconsideración, debiendo haber sido excluida por no alcanzar los umbrales mínimos exigidosen lo que a las características de los buzones se refiere (...)”.

8.-Para finalizar se señala que “la valoración efectuada tras la apertura del sobre nº2igualando ambas propuestas, hecho del todo injusto y desproporcionado como venimosdiciendo, deja en evidente indefensión a esta parte.” Se menciona la Ordenanza reguladoradel Servicio de Utilización de Buzones y Fiscalidad del Ayuntamiento de Calpe publicada enel BOP nº 132, de 15 de julio y se solicita que “se revoque el acto impugnado pordisconforme a Derecho, infracción de los preceptos invocados y normas de aplicación en laadjudicación del contrato, dictando otra resolución más ajustada por la que se estime elrecurso y conforme a Derecho con revocación de la adjudicación ya efectuada, se acuerdeen favor del recurrente con los demás pronunciamientos procedentes en Derecho”.Asimismo se solicita se acuerde la suspensión de la formalización del contrato.

III).-CONSIDERACIONES JURÍDICAS.

Primera.-La cláusula 2.1 del Pliego de Cláusulas Económico-administrativas particularesque rige la licitación establece que el contrato a que se refiere el presente pliego es denaturaleza administrativa y se regirá por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 denoviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector

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Público (en adelante TRLCSP), el Real Decreto 817/2009, de 8 de mayo, por el que sedesarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de Contratos del Sector Público, el Real Decreto1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento general de la Ley deContratos de las Administraciones Públicas (en adelante RGLCAP), ; con carácter supletoriose aplicarán las restantes normas de derecho administrativo y, en su defecto, las normas dederecho privado.

Dicha cláusula establece asimismo que el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares,el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares y demás documentos anexos, revestiráncarácter contractual. Los contratos se ajustarán al contenido del presente pliego, cuyascláusulas se considerarán parte integrante de los respectivos contratos.

Tercera.- El Pliego de Prescripciones Técnicas elaborado por los Servicios TécnicosMunicipales establece las siguientes características que han de cumplir los buzones, y queestán basadas en descripciones de buzones similares ya instalados en el término municipal:

“Definición del trabajo a realizar

a.-Características de los BCP's

Los diferentes bloques estarán compuestos por agrupaciones de 6 unidades cada uno,apilables, habrán de cumplir la norma europea UNE 13724, estarán fabricados en chapa deacero galvanizado de 2 mm de espesor, con puerta de apertura general dotada concerradura triangular.

Cada una de las agrupaciones deberá contar con una puerta de apertura frontal para elreparto de la correspondencia por parte de cualquier operador postal, puerta queúnicamente deberá dejar al descubierto la ranura de cada buzón, evitando así que eloperador postal tenga acceso a la correspondencia del interior de cada casillero,garantizando de este modo la total confidencialidad del correo y las posibles manipulacionesilícitas del mismo.

Cada uno de los buzones, deberán incorporar una placa grabada identificativa con elcorrespondiente número y letra, que será colocada con adhesivo de contacto o similar en elespacio especialmente destinado a ello en cada puerta por el contratista.

Los buzones no debe tener ventana para visión al interior, siendo resistentes a lapenetración de agua y a la corrosión.

Asimismo los buzones contaran con las siguientes medidas mínimas de seguridad:. La boca del buzón debe incorporar un plano inclinado, de al menos 15 mm defondo, que dificulta la entrada de la mano por la boca.. Resistencia a tirones externos: la puerta del buzón debe poder soportar un tirón deuna fuerza de 220 N para alcanzar el Grado 2 de seguridad.. La cerradura debe tener al menos 200 combinaciones reales distintas.

b. Características de la base sobre la que emplazar los puntos de reparto

Ver Anexo.

Una vez adjudicado el suministro e instalación de los mismos, el emplazamiento podráexperimentar ligeras variaciones por circunstancias técnicas concretas, requiriéndose endicho caso el informe favorable de los servicios técnicos municipales.

c) Características de la agrupación.

En cada agrupación de BCPs, además de las baterías necesarias de buzones, se

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instalará una vitrina informativa integrada en el conjunto, fabricada en aluminio de 58 mm.de espesor con puerta de acristalamiento vidrio de seguridad de 4 mm. de espesor, junta deestanqueidad de elastómero y orificios anticondensación y fondo de chapa electrocincadade color blanco de 1050 mm. X 750mm.; la puerta estará dotada con cerradura,que permitala colocación de planos e información por parte del personal del consistorio.”

Cuarta-El art. 117 del TRLCSP Reglas para el establecimiento de prescripciones técnicasestablece lo siguiente:

1. Las prescripciones técnicas se definirán, en la medida de lo posible, teniendo en cuentacriterios de accesibilidad universal y de diseño para todos, tal como son definidos estostérminos en la Ley 51/2003, de 2 de diciembre, de Igualdad de Oportunidades, noDiscriminación y Accesibilidad Universal de las Personas con Discapacidad, y, siempre queel objeto del contrato afecte o pueda afectar al medio ambiente, aplicando criterios desostenibilidad y protección ambiental, de acuerdo con las definiciones y principios reguladosen los artículos 3 y 4, respectivamente, de la Ley 16/2002, de 1 de julio, de Prevención yControl Integrados de la Contaminación.

De no ser posible definir las prescripciones técnicas teniendo en cuenta criterios deaccesibilidad universal y de diseño para todos, deberá motivarse suficientemente estacircunstancia.

2. Las prescripciones técnicas deberán permitir el acceso en condiciones de igualdad de loslicitadores, sin que puedan tener por efecto la creación de obstáculos injustificados a laapertura de los contratos públicos a la competencia.

3. Sin perjuicio de las instrucciones y reglamentos técnicos nacionales que seanobligatorios, siempre y cuando sean compatibles con el derecho comunitario, lasprescripciones técnicas podrán definirse de alguna de las siguientes formas:

a) Haciendo referencia, de acuerdo con el siguiente orden de prelación, aespecificaciones técnicas contenidas en normas nacionales que incorporen normaseuropeas, a documentos de idoneidad técnica europeos, a especificaciones técnicascomunes, a normas internacionales, a otros sistemas de referencias técnicas elaborados porlos organismos europeos de normalización o, en su defecto, a normas nacionales, adocumentos de idoneidad técnica nacionales o a especificaciones técnicas nacionales enmateria de proyecto, cálculo y realización de obras y de puesta en funcionamiento deproductos, acompañando cada referencia de la mención «o equivalente». b) En términos de rendimiento o de exigencias funcionales, incorporando a estas últimas,cuando el objeto del contrato afecte o pueda afectar al medio ambiente, la contemplación decaracterísticas medioambientales. Los parámetros empleados deben ser suficientementeprecisos como para permitir la determinación del objeto del contrato por los licitadores y laadjudicación del mismo a los órganos de contratación. c) En términos de rendimiento o de exigencias funcionales, conforme a lo indicado en laletra b), haciendo referencia, como medio de presunción de conformidad con los mismos, alas especificaciones citadas en la letra a). d) Haciendo referencia a las especificaciones técnicas mencionadas en la letra a), paraciertas características, y al rendimiento o a las exigencias funcionales mencionados en laletra b), para otras.

4. Cuando las prescripciones técnicas se definan en la forma prevista en la letra a) delapartado anterior, el órgano de contratación no podrá rechazar una oferta basándoseen que los productos y servicios ofrecidos no se ajustan a las especificaciones a lasque se ha hecho referencia, siempre que en su oferta el licitador pruebe, por cualquiermedio adecuado, que las soluciones que propone cumplen de forma equivalente losrequisitos definidos en las correspondiente prescripciones técnicas. A estos efectos,un informe técnico del fabricante o un informe de ensayos elaborado por un organismo

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técnico oficialmente reconocido podrán constituir un medio de prueba adecuado.

5. Cuando las prescripciones se establezcan en términos de rendimiento o de exigenciasfuncionales, no podrá rechazarse una oferta de obras, productos o servicios que se ajustena una norma nacional que incorpore una norma europea, a un documento de idoneidadtécnica europeo, a una especificación técnica común, a una norma internacional o alsistema de referencias técnicas elaborado por un organismo europeo de normalización,siempre que estos documentos técnicos tengan por objeto los rendimientos o las exigenciasfuncionales exigidos por las prescripciones.

En estos casos, el licitador debe probar en su oferta, que las obras, productos o serviciosconformes a la norma o documento técnico cumplen las prescripciones técnicasestablecidas por el órgano de contratación. A estos efectos, un informe técnico delfabricante o un informe de ensayos elaborado por un organismo técnico oficialmentereconocido podrán constituir un medio adecuado de prueba.

6. Cuando se prescriban características medioambientales en términos de rendimientos o deexigencias funcionales, podrán utilizarse prescripciones detalladas o, en su caso, partes deéstas, tal como se definen en las etiquetas ecológicas europeas, nacionales oplurinacionales, o en cualquier otra etiqueta ecológica, siempre que éstas sean apropiadaspara definir las características de los suministros o de las prestaciones que sean objeto delcontrato, sus exigencias se basen en información científica, en el procedimiento para suadopción hayan podido participar todas las partes concernidas tales como organismosgubernamentales, consumidores, fabricantes, distribuidores y organizacionesmedioambientales, y que sean accesibles a todas las partes interesadas.

Los órganos de contratación podrán indicar que los productos o servicios provistos de laetiqueta ecológica se consideran acordes con las especificaciones técnicas definidas en elpliego de prescripciones técnicas, y deberán aceptar cualquier otro medio de pruebaadecuado, como un informe técnico del fabricante o un informe de ensayos elaborado porun organismo técnico oficialmente reconocido.

7. A efectos del presente artículo, se entenderá por «organismos técnicos oficialmentereconocidos» aquellos laboratorios de ensayos, entidades de calibración, y organismos deinspección y certificación que, siendo conformes con las normas aplicables, hayan sidooficialmente reconocidos por las Administraciones Públicas en el ámbito de sus respectivascompetencias.

Los órganos de contratación deberán aceptar los certificados expedidos por organismosreconocidos en otros Estados miembros.

8. Salvo que lo justifique el objeto del contrato, las especificaciones técnicas no podránmencionar una fabricación o una procedencia determinada o un procedimiento concreto, nihacer referencia a una marca, a una patente o a un tipo, a un origen o a una produccióndeterminados con la finalidad de favorecer o descartar ciertas empresas o ciertos productos.Tal mención o referencia se autorizará, con carácter excepcional, en el caso en que no seaposible hacer una descripción lo bastante precisa e inteligible del objeto del contrato enaplicación de los apartados 3 y 4 de este artículo y deberá ir acompañada de la mención «oequivalente».”

Quinta-El Pliego de Prescripciones Técnicas elaborado por los Servicios TécnicosMunicipales establece como premisa básica a cumplir por los buzones la normaeuropea UNE 13724. De hecho, aunque como efectivamente señala el recurrente, existenotras características adicionales señaladas para los buzones, de entre todas lascaracterísticas señaladas en el Pliego Técnico, esta es la que aparece en primer lugar,por lo que a juicio del técnico que suscribe se está ante el caso previsto en el art.117.3.a) y el art. 117.4 bajo el cual dicha norma es la primera en orden de prelación y elórgano de contratación no podrá rechazar una oferta basándose en que los productos

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y servicios ofrecidos no se ajustan a las especificaciones a las que se ha hechoreferencia, siempre que en su oferta el licitador pruebe, por cualquier medioadecuado, que las soluciones que propone cumplen de forma equivalente losrequisitos definidos en las correspondiente prescripciones técnicas.

Sexta.-Con relación al Informe elaborado por el técnico que valoraba los criterios subjetivosdebe decirse que en el expediente de contratación obra toda la documentación presentadapor los licitadores en la oferta. En concreto, con relación al sobre 2 (criterios subjetivos),consta para la documentación que se enumera a continuación:

Licitador Documentación

Patologías y Obras Civiles -Propuesta de mejoras en la que se señala elsuministro y montaje de acero galvanizado pararesguardo de lluvia, del mismo color que laagrupación de buzones totalmente instalado.

-Características técnicas de los buzones ainstalar (determinadas páginas de unos buzonesmarca “Arregui”.

-Certificado de calidad de materiales en el que elrepresentante de la mercantil declara que lafabricación de los buzones cumple con la NormaEuropea EN-13724

-Propuesta de garantía de los materiales de 2años.

-Determinados certificados de calidad (ISO:9001,ISO:1400, y OHSAS 18001) de la empresa.

Francisco José Fernández Ferrer(INTERBUZÓN)

-Propuesta de mejoras consistente en pintura lisapara facilitar la limpieza y incorporación de unbuzón de devolución de correspondencia

Tal y como consta en el acta que recoge el acto de apertura del sobre 2, celebrada el día 24de julio de 2013, y al que asistió el recurrente, ante la inexistencia de una descripción delas características de los buzones en la documentación presentada en dicho sobre,por el Secretario de la Mesa se pregunta al licitador que cuales son las características de losbuzones ofertados, indicando el mismo que “su propuesta debe entenderse ajustada a losmínimos establecidos en el Pliego de Prescripciones Técnicas”.

Del mismo modo, quedando las propuestas a disposición de los asistentes, en el acta noconsta que el recurrente señalara objeción alguna a la propuesta formalizada por Patologíasy Obras Civiles. En este sentido, la valoración efectuada por el técnico pudo limitarsemas bien en las mejoras propuestas (que considera equivalentes y les otorga lamáxima puntuación) que en las características propias de los buzones que si bienestaban disponibles para la propuesta de PATOLOGÍAS Y OBRAS CIVILES queacredita el cumplimiento de la norma, no lo estaban de ningún modo para el caso delrecurrente al que se emplaza a creer a modo de acto de fe y que de conformidad conlo establecido en la norma y los pliegos, hubiera sido susceptible de exclusión porindeterminación sustancial de la oferta.

En este sentido, a juicio de quien suscribe, no puede admitirse que ahora el recurrenteadjunte al recurso a modo de recordatorio una fotografía de los buzones, cuando la ofertapresentada carecía de toda propuesta o detalle técnico de los buzones.

Séptima.-Respecto a la referencia que se efectúa en el recurso a la Ordenanza reguladoradel Servicio de Utilización de Buzones y Fiscalidad del Ayuntamiento de Calpe publicada en

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el BOP nº 132, de 15 de julio, parece evidente que bajo el pretexto preservar una estéticaacorde con el entorno paisajístico y por el hecho de que ya existen buzones instalados decaracterísticas similares a los presuntamente propuestos por el recurrente, no puedepretenderse que dicha justificación sirva para adjudicar todos los buzones del municipio a unmismo licitador, lo que vulneraría de forma flagrante los principios establecidos en lanormativa de contratación del sector público.

IV).-CONCLUSIONES.

A la vista de los antecedentes de hecho y las consideraciones jurídicas formuladas, por eltécnico que suscribe se entiende que la adjudicación del contrato efectuada por elAyuntamiento en virtud del acuerdo Plenario de fecha 11 de octubre de 2013, es acorde alos principios de no discriminación, no limitación de la competencia y adjudicación a la ofertamás ventajosa establecidos en el Texto Refundido de la Ley de Contratos del SectorPúblico, procediendo la desestimación del recurso formulado por el recurrente en todos susextremos y procediendo a la formalización del contrato con el adjudicatario propuesto endicho acuerdo.”

Vistos los textos legales citados y demás normativa concordante de generalaplicación, al Pleno del Ayuntamiento propone:

PRIMERO: Desestimar en todos sus extremos el recurso formulado por D. Francisco JoséFernández Ferrer (INTERBUZÓN) en base a las consideraciones jurídicas establecidas en elInforme elaborado por el Reponsable de Contratación al que se ha adherido la SecretaríaMunicipal.

SEGUNDO.-Requerir a PATOLOGÍAS Y OBRAS CIVILES S.L para que formalice el contratodentro del plazo de diez días hábiles, a contar desde el siguiente al de la notificación de laadjudicación definitiva, previa acreditación de haber abonado el importe total de los anunciosde licitación que y cumplimiento de las demás exigencias señaladas en la cláusula 11 del pliegoque rige la licitación, significándole que si no se hubiese formalizado el contrato dentro delplazo indicado por causa imputable al mismo, el Ayuntamiento podrá acordar la resolución delcontrato, de acuerdo a lo dispuesto en el TRLCSP. Dicha formalización deberá ser igualmentepublicada en los términos establecidos por la normativa vigente en materia de contratación.

TERCERO.-Facultar al Alcalde-Presidente para la realización de los actos de trámite ydesarrollo del presente acuerdo.

CUARTO: Notificar a todos los interesados para su conocimiento y efectos.

En Calp a 27 de noviembre de 2013.- Francisco Cabrera Guerrero.- Concejal Delegado deHacienda”.

Por la Sra. Secretaria se dio lectura al dictamen de la Comisión InformativaGeneral de Asuntos de Competencia Plenaria, emitido por mayoría, en sentidofavorable a la propuesta.

Intervino el Sr. Presidente y preguntó a los Sres. portavoces si querían haceralguna intervención.

Intervino el Sr. Vicens señalando que, a la vista de los informes que obraban enel expediente, iban a apoyar la propuesta.

Intervino el Sr. Serna e indicó que iban a apoyar la propuesta porque era untema que habían defendido desde hacía tiempo y la reclamación realizada por una delas empresas quedaba perfectamente resuelta con el informe de los técnicos.

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Sometido a votación el dictamen, la Corporación por unanimidad de lospresentes, acordó aprobar el mismo.

9.- ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO DE SUMINISTRO DE COMBUSTIBLEA COLEGIOS A REPSOL DIRECTO, S.A. (EXPTE. SUM 05/2013).- En el expedienteconsta una propuesta del Concejal Delegado de Hacienda, de fecha 28 de noviembrede 2013, que a continuación se transcribe:

“FRANCISCO CABRERA GUERRERO, Concejal de Hacienda del Ayuntamiento deCalp, al Ayuntamiento Pleno

E X P O N E

I.-El Ayuntamiento Pleno aprobó en sesión celebrada en fecha 12 de julio de 2013 elexpediente de contratación por procedimiento abierto de DE COMBUSTIBLE PARACOLEGIOS DE CALP (EXPTE SUM 05/2013.

II.-Reunida la Mesa de Contratación el día 13 de noviembre de 2013, integrada por elresponsable de la Central de Compras D. Gabriel Ripoll Fuertes, el funcionario delDepartamento de Educación D. Xavi Fernando Messegué, el técnico de Intervención D. JoséMolines Baldó, el Jefe del Área de Urbanismo D. Juan Antonio Revert Calabuig, y comoSecretario de la Mesa, D. José Francisco Perles Ribes, al objeto de proceder a la apertura delsobre "3" (DOCUMENTACIÓN RELATIVA A CRITERIOS VALORABLES DIRECTAMENTEMEDIANTE FÓRMULAS) de las plicas presentadas para la adjudicación de dicho suministro,se estableció lo siguiente:

“Asisten igualmente D. José Guzmán Martí Estornell provisto con DNI 20017618M enrepresentación de la empresa Repsol Directo SA.

Para iniciar el acto se dio conocimiento del Informe con fecha 8 de noviembre de 2013emitido por el responsable de la Central de Compras D. Gabriel Ripoll Fuertes, del que seextrae:

“JUAN GABRIEL RIPOLL FUERTES, funcionario de carrera del Ayuntamiento de Calp,con relación al expediente de contratación SUMINISTRO E COMBUSTRIBLE PARACOLEGIOS (SUM 05/2013), criterios valorables mediante juicios de valor

I N F O R M A:

1.-ANTECEDENTES DE HECHO.

En fecha 16 de septiembre de 2013 se procedió a la apertura del sobre 2(DOCUMENTACIÓN RELATIVA A CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN VALORABLESMEDIANTE JUICIOS DE VALOR) del procedimiento arriba indicado.

Al proceso de licitación concurren dos empresas, a saber:

ZARCAR S.LREPSOL DIRECTO S.L

Ambas empresas cumplen los criterios de solvencia técnicos y económicos establecidos enel Pliego, habida cuenta la resolución favorable de la Mesa de Contratación con relación a ladocumentación presentada en el sobre 1.

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2.-CONSIDERACIONES JURÍDICAS

El Pliego de cláusulas administrativas que rige la licitación establece, con relación a lascaracterísticas del servicio que

“ANEXO I.2.- PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS

Detalle del objeto del contrato:

El objeto del presente contrato es el suministro de gasóleo C para calefacción, de acuerdopor las peticiones formuladas por la Central de Compras del Ayuntamiento de Calp para lassiguientes instalaciones y consumos estimados:

b) Colegio Público Nou Paternina c) Colegio Público Gabriel Miród) Colegio Público Azoríne) Total Colegios: 19.000 Litros anualesf) Total consumo estimado: 149.000 Litros anuales

El suministro implica el llenado de los depósitos que alimentan las calderas de calefacción,Agua Caliente Sanitaria, debiendo observarse en las operaciones de llenado un especialcuidado para evitar derramamientos o cualquier riesgo o menoscabo en los bienes.

Los productos objeto de la licitación deberán cumplir las especificaciones técnicas paraproductos petrolíferos, de acuerdo con lo establecido en el Anexo III del real Decreto1700/2003, de 15 de diciembre, que fija las especificaciones de gasóleos en concordanciacon los de la Unión Europea o del que en su momento esté en vigor.

En caso de existencia en el mercado de varias calidades del mismo artículo, el licitadordeberá especificar en su oferta la calidad a la que va referida la oferta formulada,entendiéndose en otro caso que ha ofertado la calidad más alta.

Los principios que rigen este Pliego de prescripciones técnicas son:

-Conseguir el máximo ahorro económico para el Ajuntament en el precio de compra por litrode carburante suministrado.

Forma de facturación del combustible.

Los suministros se facturarán mensualmente y las facturas se presentarán en elAyuntamiento junto con los albaranes correspondientes, y en las que se detallará el nombredel centro peticionario y su dirección. Fecha del suministro, denominación del carburante,cantidad en litros, precio unitario e importe total, con el descuento ofertado, aplicando altotal resultante los impuestos correspondientes sobre hidrocarburos, ventas minoristas yvalor añadido y/o aquellos que se implanten durante la vigencia del contrato.

En las facturas presentadas se acompañará una fotocopia del Boletín del Petróleo de laUnión Europea que se toma como referencia para determinar el precio del suministro, quecorresponderá a la semana inmediatamente anterior a la fecha del suministro.

Responsabilidad

La Empresa adjudicataria responderá frente al Ayuntamiento de todos aquellos daños operjuicios que se pudieran producir, por efecto directo de la falta de calidad del productosuministrado imputable a la Empresa Adjudicataria, o a sus empleados, en ejecución delpresente contrato.”

Asimismo, con relación a los criterios de adjudicación valorables mediante juicios de valor

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establece que:

“ ANEXO IV-BSOBRE 2 – PROPOSICIÓN TÉCNICA

ELEMENTOS CONSIDERADOS SUSCEPTIBLES DE MEJORAS

Expediente : SUM 05/2013 Localidad : CalpTítulo : SUMINISTRO COMBUSTIBLE COLEGIOS

ELEMENTO : AMPLITUD DEL HORARIO DESERVICIO Y OTRAS MEJORAS

Puntuación Máxima: 40 PUNTOS

Valorar la amplitud del servicio ofertado, los programas de fidelización y el proceso deprestación de servicio.“

3.-EXAMEN DE LAS PROPUESTAS PRESENTADAS.

Por ZARCAR S.L se incluye en el sobre dossier explicativo sobre las estaciones de serviciodisponibles, los servicios prestados (en el que se incluye la tarjeta de cliente ZARCAR), lasespecificaciones de distribución de gasóleos a domicilio y la política de calidad basado en lanorma ISO 9001. Asimismo se incluye una copia del Registro de Distribuidores al por menormediante suministros directos a instalaciones fijas de carburantes y combustibles petrolíferoy el código de actividad y estableciento CAE que autoriza a realizar la actividad. En dicho documento se indica que los pedidos se podrán realizar con 24 horas deantelación al teléfono de llamada gratuita 900 105 106 por mail a [email protected],poniendo a disposición del Ayuntamiento un teléfono de emergencias 24 horas, el 609 12 9963.

Por REPSOL DIRECTO S.A se presenta únicamente una copia del modelo previsto en elPliego de Cláusulas que rige la licitación en el que se indican como mejoras, las siguientes:

-Análisis de combustión de gases.-Análisis bacteriológico y de agua-Se otorga un servicio de suministro de lunes a sábado inclusive.-Los pedidos se servirán en un máximo de 48 horas.

4.-PUNTUACIÓN PROPUESTA.

Examinadas ambas propuestas y puestas en relación con lo establecido en el Pliego deCondiciones respecto a los criterios mínimos a prestar en el servicio, la puntuación que sepropone para ambos licitadores es la siguiente:

Licitador Puntos

Zarcar S.L 40Mitad del plazo desuministro y teléfono deemergencia

Repsol Directo S.A 20Doble de plazo desuministro y no

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especifica teléfono deemergencia

A continuación se procedió, en virtud de lo anunciado en el Perfil del Contratante, a laapertura del sobre 3 (DOCUMENTACION RELATIVA A CRITERIOS DE ADJUDICACIÓNVALORABLES MEDIANTE LA APLICACIÓN DE FÓRMULAS), con el resultado siguiente:

Nº LICITADOR PROPUESTA ECONÓMICA EN EUROSANUAL / IVA EXCLUIDO

1 Zarcar SL

(B03787710)

Propuesta formalizada sin ajustarse almodelo establecido en el Pliego de

Cláusulas Económico-Administrativas.Oferta indefinida, se acuerda su exclusión.

2 Repsol Directo SA

(A30082945)

10% de recargo sobre el precioestablecido para España en el Boletín

Petrolífero Semanal de la Unión Europea

Y no siendo otro el objeto de este acto, se levantó la reunión siendo las nueve horas ycinco minutos del día de la fecha, de lo que yo, el Secretario, doy fe.”

Por REPSOL DIRECTO S.A se ha formalizado garantía definitiva en fecha 27 de septiembrede 2013 (número de operación 320130004415) y se ha presentado la documentaciónacreditativa de hallarse al corriente de las obligaciones frente a la Hacienda Pública y laSeguridad Social, obrando toda la documentación en el expediente administrativo que sirvede base a esta propuesta.

Vistos los textos legales citados y demás normativa concordante de generalaplicación, al Pleno del Ayuntamiento propone:

PRIMERO: Adjudicar el contrato por procedimiento negociado con publicidad SUMINISTROCOMBUSTIBLE COLEGIOS (EXPTE SUM 05/2013) a la mercantil REPSOL DIRECTO S.Aque aplicará un recargo del 10% sobre el precio de referencia establecido en el Pliego deCláusulas que rige la licitación.

SEGUNDO: Notificar a todos los interesados para su conocimiento y efectos y publicar en elBoletín Oficial de la Provincia y el Perfil del Contratante la adjudicación efectuada.

TERCERO.-Nombrar responsable del contrato a D. Juan Gabriel Ripoll Fuertes, de la Centralde Compras Municipal a quien le corresponderá supervisar la ejecución del contrato en lostérminos previstos en el Pliego de Cláusulas Económico-administrativas que rige la licitación.

CUARTO.- Requerir al adjudicatario para que formalice el contrato dentro del plazo de diez díashábiles, a contar desde el siguiente al de la notificación de la adjudicación definitiva, previaacreditación de haber abonado el importe total de los anuncios de licitación que y cumplimientode las demás exigencias señaladas en la cláusula 11 del pliego que rige la licitación,significándole que si no se hubiese formalizado el contrato dentro del plazo indicado por causaimputable al mismo, el Ayuntamiento podrá acordar la resolución del contrato, de acuerdo a lodispuesto en el TRLCSP. Dicha formalización deberá ser igualmente publicada en los términosestablecidos por la normativa vigente en materia de contratación.

QUINTO.-Facultar al Alcalde-Presidente para la realización de los actos de trámite y desarrollodel presente acuerdo.

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En Calp a 28 de noviembre de 2013.- Francisco Cabrera Guerrero.- Concejal Delegado deHacienda”.

Por la Sra. Secretaria se dio lectura al dictamen de la Comisión InformativaGeneral de Asuntos de Competencia Plenaria, emitido por mayoría, en sentidofavorable a la propuesta.

Intervino el Sr. Presidente y preguntó a los Sres. portavoces si querían haceralguna intervención.

Intervino el Sr. Serna para anunciar que iban a votar a favor ya que una de lasempresas que optaba a la licitación no se ajustaba al modelo establecido en el pliegode cláusulas económico administrativas y por tanto había sido excluida. Entendían queel procedimiento había sido el correcto.

Sometido a votación el dictamen, la Corporación por unanimidad de lospresentes, acordó aprobar el mismo.

10.- APROBACIÓN DEL PLIEGO DE CLÁUSULAS QUE HA DE REGIR ELPROCESO DE ENAJENACIÓN DE PLAZAS DE APARCAMIENTO EN LA PLAZAMAYOR.- En el expediente consta una propuesta del Concejal Delegado de Hacienda,de fecha 13 de noviembre de 2013, que a continuación se transcribe:

“Francisco Cabrera Guerrero, Concejal de Delegado de Hacienda, alAyuntamiento Pleno

E X P O N E :

RESULTANDO que el Presupuesto Municipal para el ejercicio 2013 aprobado por Acuerdo-Pleno de 28 de diciembre de 2012 contempla la enajenación de las plazas de garajes de ti-tularidad municipal ubicadas en el aparcamiento denominado Plaza Mayor de Calp.

RESULTANDO que por la Secretaría Municipal se ha emitido con fecha 29 de julio de 2013informe en los siguientes términos:

“INFORME DE LOS SERVICIOS JURIDICOS MUNICIPALES

En relación a la enajenación de plazas de aparcamiento propiedad del Ayuntamiento deCalp, tengo a bien emitir el siguiente informe:

ANTECEDENTES

Primero.- Que por orden de la Concejalía delegada de Contratación ha de procedersea la enajenación de las plazas de garaje señaladas con los números 14, 15,17, 18, 19, 26, 27,42, 57, 63, 80, 90, 91, 93, 105, 112 (minusválidos), 117, 128, 134 y 146, sitas en la plantaprimera de sótano.

Constan en el expediente las notas simples del registro de la propiedad en las queconstan las plazas de garaje arriba citadas a nombre del Ayuntamiento.

Segundo.- Cada plaza de aparcamiento constituye un bien inmueble único conexistencia propia e independiente en el tráfico jurídico, y así consta en la escritura dedeclaración de obra nueva y división de la propiedad.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

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Primero.- De la calificación del bien.

El Art. 6 del Reglamento de bienes de las entidades locales (en adelante RBEL),establece que son bienes patrimoniales o de propios los que siendo propiedad de la EntidadLocal, no estén destinados a uso público ni afectados a algún servicio público y puedanconstituir fuentes de ingresos para el erario de la Entidad. Los bienes patrimoniales se rigenpor su legislación específica y, en su defecto, por las normas de Derecho Privado.

Los bienes patrimoniales, a diferencia de los bienes de dominio público, pueden serenajenados, para lo cual, el Art. 5 de la Ley de Bases de Régimen Local reconoce a los enteslocales plena capacidad jurídica.

El Art. 113 del RBEL indica que antes de iniciarse los trámites conducentes a laenajenación del inmueble se procederá a depurar la situación física y jurídica del mismo,practicándose su deslinde si fuese necesario, e inscribiéndose en el Registro de la Propiedad.

Tercero.- De la competencia.

La Disposición adicional segunda del Texto Refundido de la Ley de contratos del sectorpúblico establece que corresponden a los Alcaldes y Presidentes de las Entidades Locales lascompetencias como órgano de contratación respecto de los contratos de obras, de suministro,de servicios, de gestión de servicios públicos, los contratos especiales y los contratos privadoscuando su importe no supere el 10 por 100 de los recursos ordinarios ni, en cualquier caso, lacuantía de seis millones de euros.

El Ayuntamiento Pleno, en sesión ordinaria celebrada el día 10 de mayo de 2013adoptó el acuerdo de que el Pleno por delegación del Alcalde, será el órgano competente paraaquellas contrataciones en las que el importe del gasto a satisfacer por el Ayuntamiento, o delimporte a ingresar al Ayuntamiento, sobrepase los 75.000 euros.

Por otra parte, debe tenerse en cuenta lo previsto en el Art. 47.2 m que indica que serequiere el voto favorable de la mayoría absoluta del número legal de miembros de lascorporaciones para la adopción de acuerdos en las siguientes materias: enajenación de bienescuando su cuantía exceda del 20 por 100 de los recursos ordinarios de su presupuesto. Escierto que el Art. 114 del RBEL indica que las enajenación de bienes cuando su cuantía excedadel 10 por 100 de los recursos ordinarios del presupuesto deberán ser acordadas con el votofavorable de la mayoría absoluta del número legal de miembros de la Corporación.

Debe aplicarse lo señalado en la Ley de Bases de Régimen Local, teniendo en cuentael criterio de jerarquía normativa.

A la vista de lo anterior, cabe concluir que a juicio de quien suscribe salvo mejor criteriofundado en derecho, el pliego cumple las condiciones previstas en la normativa en vigor. ”

Visto el Informe suscrito por la Intervención municipal en fecha 11 de noviembre de2013, del siguiente tenor literal:

“ JOSE SANTACREU BAIDAL, TÉCº. DE AD. GENERAL E INTERVENTOR ACCTAL.DEL AYUNTAMIENTO DE CALPE, en relación con la ENAJENACIÓN DE PLAZAS DEAPARCAMIENTO DE PLAZA MAYOR (Expdte. PRIV 03/2013), emite el siguienteINFORME:

1.- Por el Negociado de Contratación se ha preparado propuesta de pliego decláusulas administrativas particulares, para la ENAJENACIÓN DE PLAZAS DEAPARCAMIENTO DE PLAZA MAYOR (Expdte. PRIV 03/2013), el cual contempla entre otroslos aspectos siguientes:

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ANEXO I.-CUADRO RESUMEN DEL CONTRATO

Objeto y características del contratoExpediente: PRIV 03 /2013Título: ENAJENACIÓN PLAZAS

APARCAMIENTO PLAZA MAYOR.Código CPV:Perfil del contratante: www.ajcalp.esPresupuestoPresupuesto de licitación (por cada plaza, euros IVAexcluido)

11.381,13

IVA Euros 2.390,04Total Euros 13.771,17Valor estimado del contrato: coincide con el importe total 227.622,60

Revisión de precios S/N: NFinanciación con Fondos Europeos S/N NForma pago 50% a la firma del contrato

50% a la elevación de escrituraPlazo total de ejecución en meses: Sujeto a regulación armonizada S/N NProcedimiento de adjudicación (Abierto/Restringido) AbiertoTramitación del Expediente (Ordinaria/Urgente) OrdinariaPublicidad Boletín Oficial de la Provincia.

Perfil del contratante Posibilidad de variantes o mejoras S/N NConstitución de la Mesa de contratación S/N SPlazo máximo para efectuar la adjudicación provisional: 2 mesesGarantíasProvisional (Euros): No se requiereDefinitiva: 5% del valor estimado del contratoComplementaria % del valor estimado del contratoPlazo de garantía (años)Único criterio de adjudicación: Oferta más elevadaEvaluación de las ofertas Servicios Técnicos MunicipalesSubcontratación obligatoria S/N NAnuncios de licitación Por cuenta del adjudicatarioCompensación a los licitadores en caso dedesestimiento

No se contempla

2.- Anotaciones contables.

Adjudicado que sea definitivamente cada adjudicación de plaza de aparcamiento, sepracticará la anotación contable de reconocimiento del derecho correspondiente.

3.- Otros aspectos del expediente instruido (art. 109 TRLCSP).

Con carácter general se ha comprobado:

Materia Objeto del contrato

Prev expte.Enajenación de plazas de aparcamiento en Plaza Mayor (cláusula I.1 PCAP)

Fiscalización

NormaArtículo 86. 1 TRLCSP. El objeto de los contratos del sector público deberá serdeterminado.

Observ. --

Resultado FAVORABLE

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Materia Clase de contrato

Prev expte.Contrato privado(cláusula 7.1 PCAP)

Fiscalización

Norma

Art. 4 TRLCSP 'Negocios y contratos excluidos'4.1. Están excluidos del ámbito de la presente Ley los siguientes negocios yrelaciones jurídicas:.../... p. Los contratos de compraventa, donación, permuta,arrendamiento y demás negocios jurídicos análogos sobre bienes inmuebles …que tendrán siempre el carácter de contratos privados y se regirán por lalegislación patrimonial.Artículo 20. Contratos privados.…/...2. Los contratos privados se regirán, en cuanto a su preparación y adjudicación,en defecto de normas específicas, por la presente Ley y sus disposiciones dedesarrollo, aplicándose supletoriamente las restantes normas de derechoadministrativo o, en su caso, las normas de derecho privado, según correspondapor razón del sujeto o entidad contratante. En cuanto a sus efectos y extinción,estos contratos se regirán por el derecho privado.No obstante, serán de aplicación a estos contratos las normas contenidas en elTítulo V del Libro I, sobre modificación de los contratos.

Observ. --

Resultado FAVORABLE

Materia Regulación armonizada

Prev expte. No sujeción a regulación armonizada

Fiscalización

Norma Art. 13.1 TRLCSP

Observ. Contrato privado no incluido entre los sujetos a regulación armonizada.

Resultado FAVORABLE

Materia Órgano de contratación.

Prev expte. No se señala en PCAP.

Fiscalización

NormaDisp. Adicional segunda 1. TRLCSP, competencia del Alcalde en los supuestos de enajenación de bienes patrimoniales cuyo presupuesto sea inferior a 10 % recursosordinarios del presupuesto y 3M. Euros

Observ.

Competencia del Pleno por delegación del Alcalde, para contratos de importesuperior a 75.000 euros (acuerdo Pleno de 10/05/2013)

En cuanto al quórum exigible en el acuerdo plenario, aunque el art. 114 RBEL exigemayoría absoluta del número legal de miembros de la Corporación, el art. 47.2.m)LRBRL señala que se requiere el voto favorable de la mayoría absoluta del númerolegal de miembros de las corporaciones para la adopción de acuerdos en lassiguientes materias: “Enajenación de bienes, cuando su cuantía exceda del 20 por100 de los recursos ordinarios de su presupuesto”. La contradicción entre ambasnormas, a juicio de quien suscribe, debe resolverse a favor de las previsiones de laLRBRL, en aplicación de la mayor jerarquía normativa de la ley.

Necesidad de autorización de la Generalitat Valenciana

La enajenación de bienes patrimoniales exige autorización de la GeneralitatValenciana cuando su valor exceda del 25 por 100 de los recursos ordinarios delpresupuesto anual. No obstante se dará cuenta a la misma de toda enajenación debienes inmuebles que se produzca (art. 109.1 Reglamento de Bienes de lasEntidades Locales).

Por la Dirección General de AdmInistración Territorial de la Conselleria de Justicia yAdministraciones Públicas de la Generalitat Valenciana, dada cuenta por elAyuntamiento del expediente instruido para la enajenación de plazas deaparcamiento en la Plaza Mayor en cumplimiento del art. 109.1 del Reglamento deBienes de las Entidades Locales, y aportada la documentación exigida por dichoorganismo, el mismo en oficio de salida nº 79086 de 19 de diciembre de 2002manifestó quedar enterada y proceder al archivo del expediente.

Resultado FAVORABLE

241

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Materia Motivación de la necesidad del contrato

Prev expte.Enajenación prevista en el presupuesto municipal de 2013, subconcepto 61903 VENTA PLAZASAPARCAMIENTO PLAZA MAYOR

Fiscalización

NormaArt. 109.1 TRLCSP Expediente de contratación: iniciación y contenido.Art. 22 TRLCSP Necesidad e idoneidad del contrato y eficiencia en la contratación.

Observ. --

Resultado FAVORABLE

Materia Pliego de cláusulas administrativas particulares (PCAP)

Prev expte. Aportado al expediente

Fiscalización

Norma Art. 109.3 TRLCSP

Observ. --

Resultado FAVORABLE

Materia Pliego de prescripciones técnicas (PPT)

Prev expte. No aportado al expediente

Fiscalización

Norma Art. 133 TRLCSP

Observ. No resulta necesario a la vista del carácter privado de la contratación.

Resultado FAVORABLE

Materia Procedimiento de adjudicación

Prev expte.Subasta en procedimiento abierto, que se efectuará de manera separada para cada una de lasplazas de aparcamiento (cláusula 3.1 PCAP)

Fiscalización

Norma

Ley 8/2010 de la Generalitat, de Régimen Local de la Comunitat Valenciana.Artículo 188. Enajenación de bienes patrimoniales a título oneroso.1. Las enajenaciones de bienes patrimoniales habrán de realizarse, como reglageneral, por subasta pública, salvo que se trate de una permuta. No obstante,podrá utilizarse el concurso siempre que el precio no sea el único criteriodeterminante para la enajenación.

Observ. --

Resultado FAVORABLE

Materia Caracter afectado de los ingresos procedentes de la enajenación

Prev expte. No se señala en el expediente

Fiscalización

Norma

Ley 8/2010 de la Generalitat, de Régimen Local de la Comunitat Valenciana.Artículo 188. Enajenación de bienes patrimoniales a título oneroso.…/...5. Los ingresos obtenidos por la enajenación de bienes no podrán destinarse afinanciar gastos corrientes, salvo que se trate de parcelas sobrantes de víaspúblicas no edificables o de efectos no utilizables en servicios municipales oprovinciales.

Observ.Puede entenderse cumplida dicha exigencia cuando en la ejecución delpresupuesto de la anualidad los gastos de inversión del cap. 6 financiados coningresos ordinarios, sean iguales o mayores a los ingresos producto de la venta.

Resultado FAVORABLE

242

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Materia Publicidad

Prev expte.Boletín Oficial de la Provincia.Perfil del contratante

Fiscalización

Norma

Art. 142 TRLCSPArt.142.1.- Publicación en BOP, a excepción de los negociados que se sigan encasos distintos de los contemplados en los apartados 1 y 2 del artículo 177Art. 142.4.- Los anuncios de licitación se publicarán, asimismo, en el perfil decontratante del órgano de contratación. En los procedimientos negociados seguidosen los casos previstos en el artículo 177.2, esta publicidad podrá sustituir a la quedebe efectuarse en el Boletín Oficial del Estado o en los diarios oficialesautonómicos o provinciales.Art.177.2 TRLCSPEn los contratos no sujetos a regulación armonizada que puedan adjudicarse porprocedimiento negociado por ser su cuantía inferior a la indicada en los artículos171, letra d), 172, letra b), 173, letra f), 174, letra e) y 175, deberán publicarseanuncios conforme a lo previsto en el artículo 142 cuando su valor estimado seasuperior a 200.000 euros, si se trata de contratos de obras, o a 60.000 euros,cuando se trate de otros contratos.Artículo 178. Negociación de los términos del contrato.Art. 178.1.- En el procedimiento negociado será necesario solicitar ofertas, almenos, a tres empresas capacitadas para la realización del objeto del contrato,siempre que ello sea posible.

Observ. --

Resultado FAVORABLE

Materia Criterios de valoración de las ofertas.

Prev expte.Aportado informe técnico sobre estudio de mercado del economista municipal Sr. Pastor Abellán,de 15/07/2013.Dictada Providencia de 05/11/2013, que recoge los criterios de dicho informe.

Fiscalización

Norma

RBELArtículo 118. Será requisito previo a toda venta o permuta de bienes patrimoniales la valoracióntécnica de los mismos que acredite de modo fehaciente su justiprecio.

Observ. --

Resultado FAVORABLE

Materia Fraccionamiento del objeto del contrato

Prev expte. El objeto del presente contrato es la enajenación de plazas de aparcamiento individualizadas.

Fiscalización

NormaArtículo 86. 2 TRLCSP No podrá fraccionarse un contrato con la finalidad dedisminuir la cuantía del mismo y eludir así los requisitos de publicidad o losrelativos al procedimiento de adjudicación que correspondan.

Observ. No se observa concurrencia de la circunstancia,

Resultado FAVORABLE

Materia Clasificación del contratista

Prev expte. Sin exigencia de clasificación

Fiscalización

Norma

TRLCSP Artículo 65.1 Exigencia de clasificaciónPara contratar con las Administraciones Públicas la ejecución de contratos de obrascuyo valor estimado sea igual o superior a 350.000 euros, o de contratos deservicios cuyo valor estimado sea igual o superior a 120.000 euros, será requisitoindispensable que el empresario se encuentre debidamente clasificado.

Observ. Contrato no sujeto a exigencia de clasificación

Resultado FAVORABLE

Materia Informe de la Secretaría

Prev expte. Aportado al expediente informe de la Secretaría municipal de 29/07/2013

243

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Materia Informe de la Secretaría

Fiscalización

Norma Disp. Adic. Segª.7 LCSP; Art. 113 RD Leg 781/86

Observ. --

Resultado FAVORABLE.

6.- Resultado de la fiscalización.

FAVORABLE”

Por lo expuesto, al Ayuntamiento Pleno propongo adopte acuerdo con lasdisposiciones siguientes: PRIMERA: Aprobar el Pliego de Cláusulas económico-administrativas que ha de regir elproceso de enajenación de las plazas de aparcamiento ubicadas en la Plaza Mayor delsiguiente tenor literal:

“PLIEGO DE CLAUSULAS ECONOMICO-ADMINISTRATIVAS VENTA DE PLAZAS DEAPARCAMIENTO EN SOTANOS PLAZA MAYOR PRIV 03/2013

I.- ELEMENTOS DEL CONTRATO.

1.- OBJETO DE LA ENAJENACIÓN

1.1.- El objeto de la enajenación son determinadas plazas de aparcamiento en elcomplejo inmobiliario de Plaza Mayor, construidas por el Ayuntamiento según proyecto (mo-dificación 2ª) de Plaza Mayor y Parking redactado por D. Manuel J. Cabrera Fernández-Pujoly D. Roberto Pérez Guerras.

1.2.- Tales plazas de aparcamiento son las señaladas con los números 14, 15, 17,

18, 19, 26, 27, 42, 57, 63, 80, 90, 91, 93, 105, 112 (minusválidos), 117, 128, 134 y 146, todasellas en la planta primera de sótano, según plano de emplazamiento que se incorpora al pre-sente pliego como Anexo 1 al mismo.

1.3.- Cada plaza de aparcamiento constituye un bien inmueble único con existenciapropia e independiente en el tráfico jurídico, y así consta en la escritura de declaración deobra nueva y división de la propiedad, que se acompaña al presente pliego como Anexo II almismo

1.4.- Cada una de las tres plantas de aparcamientos que forman el conjunto inmobi-liario se constituirá en comunidad de propietarios con sus propios estatutos. Las tres comu-nidades de propietarios, a su vez, constituirán una comunidad de comunidades de propieta-rios. Todas ellas se regirán por sus propios estatutos y por el reglamento de régimen interiordel conjunto inmobiliario.

Se acompaña a este pliego como Anexo II los referidos estatutos y reglamento de ré-gimen interior.

1.5.- Las plazas vendidas no serán susceptibles de cerramiento provisional ni definiti-vo.

2.- PRECIO DEL CONTRATO

2.1.- El tipo de la licitación de cada plaza de aparcamiento, igual para todas ellas, seráde 11.381,13 euros (once mil trescientos ochenta y un euros con trece céntimos), IVA ex-cluido, el cual será del 21 por 100.

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2.2.- Los licitadores podrán efectuar oferta de adquisición de plaza de aparcamiento porprecio superior al tipo de la licitación, cuando así lo consideren conveniente y al objeto de au-mentar sus posibilidades de elección de plaza de aparcamiento.

En ningún caso se aceptarán ofertas por precio inferior al tipo de la licitación.

El precio de la compraventa será la cantidad en que finalmente se adjudique cada plazaen la subasta a efectuar por el Ayuntamiento en las condiciones establecidas en este mismopliego.

2.3.- El precio del contrato será satisfecho por cada comprador en la forma siguiente:

El cincuenta por cien a la firma del contrato privado de compraventa de laplaza de aparcamiento, descontando a este efecto el importe depositadocomo garantía para participar en la subasta.

El cincuenta por cien a la elevación a escritura pública de dicho contrato.

2.4.- El licitador que requerido por el Ayuntamiento para la firma del contrato privadode compraventa o para la elevación a escritura pública del mismo desista de continuar conla adjudicación de la plaza de aparcamiento, perderá el importe de la garantía depositadapara participar en el concurso para la adjudicación y venta de plazas de aparcamiento.

2.5.- Todos los gastos notariales y registrales o de otro orden, y los impuestos de todaclase que por la realización de la presente compraventa pudieran devengarse correrán a cargodel comprador.

En particular se señala que las operaciones de compraventa que la ejecución de la pre-sente licitación conlleva están sometidas al Impuesto sobre el Valor Añadido.

3.- PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN

3.1.- La forma de adjudicación del bien será la de subasta en procedimiento abierto,que se efectuará de manera separada para cada una de las plazas de aparcamiento re-feridas. La adjudicación de cada plaza se hará en favor de la oferta más elevada.

3.2.- La subasta se regirá por lo previsto en el presente pliego, y en su defecto, por loestablecido para el supuesto análogo en el Texto Refundido la Ley de Contratos del SectorPúblico, y en el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públi-cas, en lo que sea de aplicación a las particularidades del contrato.

3.3.- Examen del expediente.

Podrá efectuarse en el Negociado de Contratación, de 9:00 a 13:00 horas, de lunes aviernes, durante todo el plazo de presentación de ofertas.

3.4.- La Mesa de contratación estará integrada por:

CONDICIÓNDEL MIEM-

BROCARGO TITULAR CARGO SUPLENTE

Presidente Alcalde Concejal en quien delegue

VocalConcejal Delegado de Contrata-ción

Primer Teniente de Alcalde

Vocal Concejal Delegado del servicio alque se destine el objeto del con-

Segundo Teniente de Alcalde

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trato.

VocalFuncionario de los Servicios Téc-nicos municipales vinculado al ob-jeto del contrato

Funcionario de los Servicios Técnicosmunicipales vinculado al objeto delcontrato

Vocal Secretario del Ayuntamiento.Técnico de Administración General delárea de Secretaría

Vocal Interventor del Ayuntamiento.Técnico Superior de AdministraciónGeneral o Especial del área de Inter-vención.

SecretarioJefe del Negociado de Contrata-ción

Empleado municipal en quien delegue

Sin perjuicio de lo anteriormente establecido, se procederá por el órgano de contratación a ladesignación nominativa, con carácter previo a la constitución de la Mesa.

3.5.- Se fija como garantía provisional para ser admitido en la subasta la cantidad de0,00 euros.

El importe de dicha garantía se reservará en depósito como garantía del cumplimiento de la obligación del licitador de formalizar la compraventa, y será considerada en todo momento como parte del precio de la venta a pagar.

La garantía deberá depositarse en metálico o mediante cheque bancario conformado.

4.- PRESENTACIÓN DE LAS SOLICITUDES

4.1.- Presentación de solicitudes

El órgano de contratación anunciará la subasta en el Boletín Oficial de la Provincia, asícomo en su perfil de contratante.

Cada licitador no podrá presentar más de una proposición, sin perjuicio de que en la mismaformule oferta por todas o alguna de las plazas de aparcamiento objeto de la licitación.

La presentación de la oferta supone la aceptación incondicionada por el licitador del conteni-do de la totalidad de las cláusulas o condiciones de este pliego, sin salvedad o reserva algu-na.

4.2.- Lugar y plazo de presentación de las proposiciones.

Las proposiciones, junto con la documentación preceptiva, se presentarán, dentro del plazoseñalado en el anuncio, en el Negociado de Contratación de la Secretaría municipal.

Cuando las proposiciones se envíen por correo, el licitador deberá justificar la fecha de im-posición del envío en las Oficinas de Correos y anunciará la remisión de su oferta al órganode contratación, en el mismo día, mediante télex, fax o telegrama remitido al numero del re-gistro general que se indique en el anuncio de licitación. En caso de que así se indique en elanuncio de licitación, podrá enviarse por correo electrónico a la dirección señalada. Sin laconcurrencia de ambos requisitos no será admitida la proposición si es recibida por el ór-gano de contratación con posterioridad a la fecha y hora de la terminación del plazo señala-do en el anuncio.

Transcurridos, no obstante, tres días naturales siguientes a la indicada fecha sin haberse re-cibido la proposición, ésta en ningún caso será admitida.

4.3.- Forma de presentación de las proposiciones.

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Los licitadores deberán presentar dos sobres, firmados y cerrados, de forma que se garanti-ce el secreto de su contenido, señalados con los números 1 y 2.

En cada uno de los sobres figurará externamente el nombre del licitador y, en su caso, delrepresentante, domicilio social, teléfono, correo electrónico y fax a efectos de comunicacio-nes, e incluirá la documentación que a continuación se indica:

Sobre nº1. Titulo: Documentación acreditativa de los requisitos previos.

Los documentos que se relacionan a continuación podrán aportarse en original o mediantecopias que tengan carácter de auténticas conforme a la legislación vigente, a excepción deaquellos documentos que acrediten la constitución de la garantía provisional, que deberánser en todo caso originales.

a) Documento justificativo, en su caso, de haber constituido la garantía provisional afavor del órgano de contratación.

La garantía podrá constituirse en cualquiera de las formas previstas en el artículo 96.1 de laTRLCSP.

b) Documentos acreditativos de la personalidad y capacidad del licitador.

1. La capacidad de obrar de los licitadores que fueren personas jurídicas seacreditará mediante la escritura o documento de constitución, los estatutos o el actofundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debi-damente inscritos, en su caso, en el Registro Público que corresponda, según el tipode persona jurídica de que se trate.

2. Los licitadores individuales presentarán copia compulsada, notarial o ad-ministrativamente, del Documento Nacional de Identidad o, en su caso, el documentoque haga sus veces.

c) Documentos acreditativos de la representación.

Los que comparezcan o firmen proposiciones en nombre de otro presentarán poder de re-presentación, bastanteo del poder efectuado por los servicios jurídicos del Ayuntamiento deCalpe.

Si el licitador fuera persona jurídica, el poder general deberá figurar inscrito, en su caso, enel Registro Mercantil. Si se trata de un poder especial para un acto concreto no será neces-ario el requisito de su previa inscripción en el Registro Mercantil.

Igualmente, la persona con poder bastante a efectos de representación deberá acompañarcopia compulsada, notarial o administrativamente, de su Documento Nacional de Identidado, en su caso, el documento que haga sus veces.

Sobre nº 2. Título: Oferta económica.

La proposición económica deberá ajustarse al siguiente modelo oficial, y deberá ir debida-mente firmada y fechada.

D.______________, con domicilio a efectos de notificaciones en________________, en nombre propio / en representación de ________________,enterado de la licitación convocada para la ADJUDICACION DE DETERMINADASPLAZAS DE APARCAMIENTO EN LOS SOTANOS DE LA PLAZA MAYOR, expone:

Que desea participar en la licitación, aceptando íntegramente el proyecto y

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pliego de cláusulas económico-administrativas que ha de regir la contratación.

Que está facultado para contratar con la Administración por no hallarse incur-so en ninguna de las prohibiciones de contratar señaladas en la Ley de Contratos delSector Público y normativa concordante.

Que declara responsablemente no estar incurso en las prohibiciones de con-tratar previstas en el artículo 60 de la TRLCSP.

Que declara responsablemente hallarse al corriente en el cumplimiento de lasobligaciones tributarias frente al Estado y la Comunidad Autónoma Valenciana, y conla Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes.

Que formula proposición para participar en la licitación convocada, para locual oferta los precios siguientes para cada una de las plazas referidas:

Plaza a laque se opta

Oferta indivi-dualizada (cifra)

(1)

IVA (21 %)(2)

Oferta TOTAL (le-tra)

(1) + (2)1415171819262742576380909193105

112 (minus-válidos)

117128134146

NOTAS: g) Podrá optarse a todas o algunas de las plazas de aparca-miento existentes.h) El precio ofertado deberá ser igual o superior al tipo de la li-citación fijado.

Calpe, a …. de ..... de 2013

En la oferta económica deberá indicarse, como partida independiente, el importe del Im-puesto sobre el Valor Añadido que deba ser repercutido.

En la oferta económica se entenderán incluidos a todos los efectos los demás tributos, tasasy cánones de cualquier índole que sean de aplicación, así como todos los gastos que se ori-ginen para el adjudicatario, como consecuencia del cumplimiento de las obligaciones con-templadas en el presente pliego.

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En caso de discordancia entre la cantidad consignada en cifras y la consignada en letra, pre-valecerá ésta última.

No se aceptarán aquellas proposiciones que tengan omisiones, errores o tachaduras queimpidan conocer claramente todo aquello que la Administración estime fundamental para laoferta.

5. SELECCIÓN DEL CONTRATISTA Y ADJUDICACIÓN.

5.1. Recepción de documentación.

Terminado el plazo de recepción de proposiciones, el funcionario responsable del RegistroGeneral expedirá una certificación donde se relacionen las proposiciones recibidas, las pre-sentadas por correo pero aún no recibidas o, en su caso, sobre la ausencia de licitadores,que, junto con los sobres, remitirá a la secretaría de la Mesa de contratación designada por elórgano de contratación, cuya composición se publicará en su perfil de contratante con una an-telación mínima de siete días con respecto a la reunión que celebrará la Mesa para la apertu-ra del sobre nº1.

5.2. Comisión Técnica.

En su caso, podrá ser designada una Comisión Técnica de apoyo a la Mesa de contratación,encargada de elaborar los correspondientes informes técnicos en relación con la documenta-ción contenida en el sobre nº2, en el procedimiento abierto y en el sobre nº 1 (Documentacióntécnica para la selección de candidatos) y nº 2, en el procedimiento restringido.

5.3. Certificación y calificación de documentos.

Una vez recibidos los sobres por la secretaría de la Mesa de contratación junto con el certifi-cado de la persona encargada del registro, se reunirá la misma para calificar previamente losdocumentos presentados en tiempo y forma.

A tal efecto, por la presidencia se ordenará la apertura del sobre nº 1.

Si la Mesa observase defectos u omisiones subsanables en la documentación presentada, locomunicará verbalmente o por medios electrónicos, informáticos o telemáticos a los interesa-dos y lo hará público a través del perfil de contratante del órgano de contratación, concedién-dose un plazo no superior a tres días hábiles para que los licitadores los corrijan o subsanenante la propia Mesa de contratación, bajo apercibimiento de exclusión definitiva del licitador sien el plazo concedido no procede a la subsanación de la documentación.

Posteriormente se reunirá la Mesa de contratación para adoptar el oportuno acuerdo sobre laadmisión definitiva de los licitadores.

5.4. Sin Contenido.

5.5. Apertura de proposiciones.

Por la presidencia de la Mesa de contratación, en el día y hora señalado en el anuncio de li-citación y en el perfil de contratante del órgano de contratación se procederá en acto públicoa la apertura del sobre número 2 (Oferta Económica)

5.6. Clasificación de ofertas.

El órgano de contratación clasificará por orden decreciente las proposiciones presentadas yque no hayan sido declaradas desproporcionadas o anormales, atendiendo a los criterios de

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adjudicación señalados en el presente pliego.

En el anexo I podrán incluirse los parámetros objetivos en función de los cuales se apreciará,en su caso, que la proposición no puede ser cumplida como consecuencia de la inclusión devalores anormales o desproporcionados. En tal caso se deberá dar audiencia al licitador paraque justifique la valoración de su oferta y solicitar el asesoramiento técnico del servicio corres-pondiente. Si el órgano de contratación, considerando la justificación efectuada por el licitadory los informes técnicos, estimase que la oferta no puede ser cumplida como consecuencia dela inclusión de valores anormales o desproporcionados, la excluirá de la clasificación previstaen el párrafo anterior.

En el caso de que dos o más proposiciones se encuentren igualadas, como las más ventajo-sas desde el punto de vista de los criterios que sirven de base para la adjudicación, tendránpreferencia, siempre que hayan presentado la documentación acreditativa, cualesquiera delas siguientes personas:

Empresas/Personas con discapacidad.

Si aún así persistiera la igualdad entre las proposiciones, o si ninguna de las empresas/perso-nas tiene preferencia conforme al párrafo anterior, se considerará como la oferta económica-mente más ventajosa aquélla que obtenga una mayor puntuación en el criterio de adjudica-ción que tenga mayor peso en la ponderación de los mismos, prevaleciendo, en caso de em-pate en la ponderación, los criterios evaluables de forma automática sobre los que dependende un juicio de valor. Y en el caso de que continuara la igualdad, se procederá a la realizaciónde un sorteo.

5.7. Documentación previa a la adjudicación.

El órgano de contratación requerirá al licitador que haya presentado la oferta económicamentemás ventajosa para que, dentro del plazo de diez días hábiles, a contar desde el siguiente aaquél en que hubiera recibido el requerimiento, presente la documentación que se detalla acontinuación, que podrá ser expedida, si así se indica en el anexo I, por medios electrónicos,informáticos o telemáticos.

a) Obligaciones tributarias.

- Certificación positiva, expedida por la Agencia Estatal de Administración Tributaria, de hallar-se al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias o declaración responsable deno estar obligado a presentarlas. Esta certificación podrá obtenerse en la forma establecida enel Real Decreto 1671/2009, de 6 de noviembre, por el que se desarrolla parcialmente la Ley11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos.

- Certificación positiva, expedida por la Administración Tributaria de la Generalitat Valenciana,justificativa de la inexistencia con la Administración Autonómica de deudas de naturaleza tribu-taria en período ejecutivo o, en el caso de contribuyentes contra los que no proceda la utiliza-ción de la vía de apremio, deudas no atendidas en período voluntario.

No estará obligado a aportar las certificaciones positivas indicadas anteriormente en el casode que hubiera autorizado la cesión de información tributaria que se indica en la cláusula9.2.1.1.f).

b) Obligaciones con la Seguridad Social.

Certificación positiva, expedida por la Tesorería Territorial de la Seguridad Social, de hallarse alcorriente en el cumplimiento de sus obligaciones con la Seguridad Social, o declaración res-ponsable de no estar obligado a presentarlas.

c) Impuesto sobre Actividades Económicas.

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Justificante de estar dado de alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas y al corrienteen el pago del mismo, aportando al efecto copia de la carta de pago del último ejercicio, a laque se acompañará una declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrículadel citado Impuesto.

En caso de estar exento de este impuesto presentarán declaración justificativa al respecto.

Las circunstancias establecidas en las letras a), b) y c) anteriores podrán también acreditarsemediante la aportación del certificado expedido por el Registro de Licitadores que acredite losanteriores extremos.

d) Garantía definitiva.

Resguardo acreditativo de la constitución de una garantía de un 5% del importe de adjudica-ción, excluido el Impuesto sobre el Valor Añadido, a disposición del órgano de contratación.

El adjudicatario podrá aplicar, en los casos en que se haya exigido, el importe de la garantíaprovisional a la definitiva o proceder a una nueva constitución de ésta última, en cuyo caso lagarantía provisional se cancelará simultáneamente a la constitución de la definitiva.

No obstante, el órgano de contratación podrá eximir al adjudicatario de la obligación de consti-tuir garantía, justificándolo adecuadamente en el anexo I, en el caso de suministros de bienesconsumibles cuya entrega y recepción deba efectuarse antes del pago del precio. Además, cuando así se indique en el anexo I y de conformidad con el artículo 95.2 del TRL-CSP, se podrá exigir una garantía complementaria de hasta un 5% del importe de adjudicacióndel contrato, pudiendo alcanzar la garantía total un 10% del precio del contrato.

Cuando como consecuencia de una modificación del contrato, experimente variación el preciodel mismo, deberá reajustarse la garantía, para que guarde la debida proporción con el nuevoprecio modificado, en el plazo de quince días contados desde la fecha en que se notifique alempresario el acuerdo de modificación.

La devolución o cancelación de la garantía definitiva se realizará, una vez producido el venci-miento del plazo de garantía señalado en el anexo I y cumplido satisfactoriamente el contrato,o resuelto éste sin culpa del contratista.

e) Otra Documentación.

Cualesquiera otros documentos acreditativos de su aptitud para contratar o de la efectiva dis-posición de los medios que se hubiesen comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución delcontrato, conforme al artículo 64.2 del TRLCSP, que le reclame el órgano de contratación.

De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderáque el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la misma documen-tación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas.

5.8. Adjudicación del contrato.

Una vez recibida la documentación requerida al licitador que presentó la oferta económica-mente más ventajosa, el órgano de contratación le adjudicará el contrato dentro de los cincodías hábiles siguientes.

La resolución de adjudicación deberá ser motivada y será notificada directamente al adjudi-catario y a los restantes licitadores y, simultáneamente, se publicará en el perfil de contratan-te del órgano de contratación

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La notificación deberá contener, en todo caso, la información necesaria que permita al licita-dor excluido o candidato descartado interponer, conforme al artículo 40 del TRLCSP, recursosuficientemente fundado contra la decisión de adjudicación.

En todo caso, en dicha notificación y en el perfil de contratante se indicará el plazo en quedebe procederse a la formalización del contrato.

La notificación podrá efectuarse por correo electrónico a la dirección que los licitadores ocandidatos hubiesen designado al presentar sus proposiciones, en los términos establecidosen el artículo 28 de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanosa los Servicios Públicos. Sin embargo, el plazo para considerar rechazada la notificación,con los efectos previstos en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, será decinco días.

Cuando el órgano de contratación no adjudique el contrato de acuerdo con la propuesta for-mulada por la Mesa de contratación deberá motivar su decisión.

No podrá declararse desierta una licitación cuando exista alguna oferta o proposición quesea admisible de acuerdo con los criterios que figuren en el pliego.

Cuando el único criterio a considerar para seleccionar al adjudicatario del contrato sea el delprecio más bajo, la adjudicación deberá recaer en el plazo máximo de quince días a contardesde el siguiente al de apertura de las proposiciones.

Cuando para la adjudicación del contrato deban tenerse en cuenta una pluralidad de crite-rios el plazo máximo para efectuar la adjudicación será de dos meses a contar desde laapertura de las proposiciones, salvo que se indique otro en el anexo I.

El órgano de contratación podrá, siempre antes de proceder a la adjudicación, renunciar a laejecución del contrato por razones de interés público debidamente justificadas en el expe-diente, o desistir del procedimiento de adjudicación en caso de haberse producido una in-fracción no subsanable de las normas de preparación del contrato o de las reguladoras delprocedimiento de adjudicación. En ambos casos, se compensará a los candidatos o licitado-res en la cantidad que, en su caso, se indique en el anexo I.

Adjudicado el contrato y transcurridos dos meses desde la notificación de la resolución deadjudicación sin que se haya interpuesto recurso, la documentación que acompaña a lasproposiciones quedará a disposición de los interesados. Si éstos no retiran su documenta-ción dentro del mes siguiente a la finalización del citado plazo, el órgano de contratación noestará obligado a seguirla custodiando, a excepción de los documentos justificativos de lagarantía provisional, que se conservarán para su entrega a los interesados.

6. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO.

Antes de la formalización del contrato el adjudicatario deberá acreditar ante el órgano gestor,en el supuesto de procedimiento negociado con publicidad, haber abonado el importe totalde los anuncios de licitación y, en su caso, el de la publicación en otros medios de difusión,dentro de los límites máximos de posible repercusión establecidos en el anexo I. Asimismo,en el caso de que el adjudicatario sea una unión temporal de empresarios, deberá aportar laescritura pública de formalización de la misma, cuya duración será coincidente con la delcontrato hasta su extinción.

El contrato se perfecciona con su formalización y salvo que se indique otra cosa en su clau-sulado se entenderá celebrado en el lugar donde se encuentre la sede del órgano de contra-tación.

El contrato se formalizará en documento administrativo que se ajuste con exactitud a las

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condiciones de la licitación no más tarde de los quince días hábiles siguientes a aquél enque se reciba la notificación de la adjudicación a los licitadores o candidatos, constituyendodicho documento título suficiente para acceder a cualquier registro público. El contratista po-drá solicitar que el contrato se eleve a escritura pública, corriendo de su cargo los correspon-dientes gastos. En ningún caso se podrán incluir en el documento en que se formalice elcontrato cláusulas que impliquen alteración de los términos de la adjudicación.

No obstante, en caso de que el contrato sea susceptible de recurso especial en materia decontratación, la formalización no podrá efectuarse antes de que transcurran los quince díashábiles desde que se remita la notificación de la adjudicación a los licitadores o candidatos.Transcurrido este plazo, el órgano de contratación requerirá al adjudicatario para que forma-lice el contrato en plazo no superior a cinco días, contados desde el siguiente a aquel enque hubiera recibido el requerimiento, una vez transcurrido el citado plazo de quince días sinque se hubiera interpuesto recurso que lleve aparejada la suspensión de la formalización delcontrato o desde que se dicte resolución con el levantamiento de la suspensión del acto deadjudicación.

La formalización del contrato se publicará en el perfil de contratante del órgano de contrata-ción.

Cuando por causas imputables al adjudicatario no se hubiese formalizado el contrato dentrodel plazo indicado, la Administración podrá acordar la incautación sobre la garantía definitivadel importe de la garantía provisional que, en su caso, hubiese exigido.

Simultáneamente con la firma del contrato, deberá ser firmado por el adjudicatario el Pliegode Cláusulas Administrativas Particulares, el Pliego de Prescripciones Técnicas Particularesy demás documentos integrantes del contrato.

7. TOMA DE POSESIÓN Y ACTUACIONES POSTERIORES

7.1.- Celebrado que sea el contrato privado de compraventa de la plaza de aparcamien-to adjudicada, se entenderá que el comprador ha tomado posesión de la misma.

7.2.- El Ayuntamiento gozará del derecho de tanteo y retracto a que hace referenciael art. 1.507 del Código Civil dentro de los diez años siguientes a la escrituración de la com-praventa celebrada al amparo de las presentes bases.

A tal efecto, el propietario de una plaza de aparcamiento vendrá obligado a comunicar alAyuntamiento la compraventa proyectada de dicha plaza, asistiéndole al Ayuntamiento el de-recho a recobrar la propiedad de la misma al precio de venta habido en la compraventaefectuada al amparo del presente pliego, incrementado con el índice de precios al consumo.

8. MODELO DE CONTRATO PRIVADO

El contrato a suscribir por el adjudicatario de plaza de aparcamiento tendrá el siguiente con-tenido:

CONTRATO PRIVADO DE COMPRAVENTA DE

PLAZA DE APARCAMIENTO Nº ........ EN SOTANO Nº ..... DE PLAZA MAYOR

En la Villa de Calpe, a ….. de ……. de dos mil ........

REUNIDOS

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De una parte,

D. ………………….., Alcalde del Ayuntamiento de Calpe, cuyas circunstanciaspersonales no se reseñan en virtud de la notoriedad de su cargo, que públicamenteconsta que ejerce en la actualidad.

Y de otra parte,

D. .................... , mayor de edad, con D.N.I. nº .............. , con domicilio a efec-tos de notificaciones en ......................., actuando en nombre propio / en representaciónde .........., según acredita mediante escritura de apoderamiento otorgada anteD. ............., Notario del Ilustre Colegio de ..........., con el núm. .......... de su protocolo.

En base a los siguientes:

ANTECEDENTES ADMINISTRATIVOS.

Aprobación del pliego de clausulas económico-administrativas que ha regidola licitación para la adjudicación de plazas: Pleno de ………..

Anuncio de licitación: Boletín Oficial de la Provincia nº ...... de fecha ...... Adjudicación provisional de plazas: Pleno de ........... Adjudicación definitiva: Pleno de ………….

Otorgan el presente contrato privado de compraventa con el contenido que se expre-sa en las siguientes:

CLAUSULAS

PRIMERA: Condiciones generales de la contratación.

La contratación que se celebra se ajustará íntegramente al pliego de cláusulaseconómico-administrativas tomado como base de la licitación y que se incorpora al pre-sente contrato.

SEGUNDA: Objeto del contrato

Es objeto del presente contrato la compraventa de la plaza de aparcamientonº ........, sita en el sótano nº ......., de la Plaza Mayor de Calpe

TERCERA: Precio del contrato.

El precio de dicha plaza de aparcamiento se fija en ............... euros, IVA exclui-do, de los cuales el Ayuntamiento declara haber recibido …… (…….. euros), importeque supone el 50 por 100 del importe final, IVA incluido, mediante ingreso efectuado enla Tesorería municipal en fecha .........., nº de operación contable .........

El cincuenta por cien pendiente del precio por importe de ............ euros se abo-nará al Ayuntamiento a la elevación a escritura pública de la presente compraventa.

Todos los gastos notariales y registrales o de otro orden, y los impuestos de todaclase que por la realización de la presente compraventa pudieran devengarse correrána cargo del comprador.

Lo ratifican y firman ambas partes, ante mí, el Secretario General del Ayunta-miento de Calpe, quedando desde este momento ambas partes obligadas a su cumpli-miento.

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EL ALCALDE, EL CONTRATISTA,

Fdo.: ........................ . Fdo.: .......................

Ante mí, EL SECRETARIO.,

Fdo.: ...................

9. NORMATIVA REGULADORA DEL CONTRATO.

La enajenación de plazas de aparcamiento regulada en el presente pliego tendrá naturaleza decontrato privado y se regulará por el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales, y la Le-gislación Patrimonial de las Administraciones Públicas, y en lo contemplado en dicha normati-va, regirán las disposiciones del Código Civil y normativa de derecho privado concordante.

10. JURISDICCIÓN COMPETENTE.

Para las cuestiones litigiosas que afecten al contrato, las partes se someten expresamente ala competencia de los Juzgados y Tribunales civiles con jurisdicción en Calpe, renunciandoal fuero propio o a cualquier otro que pudiera corresponderle.

ANEXO I

ANEXO I-CUADRO RESUMEN DEL CONTRATO

Objeto y características del contratoExpediente: PRIV 03 /2013Título: ENAJENACIÓN PLAZAS

APARCAMIENTO PLAZAMAYOR.

Código CPV:Perfil del contratante: www.ajcalp.esPresupuestoPresupuesto de licitación (por cada plaza, euros IVAexcluido)

11.381,13

IVA Euros 2.390,04Total Euros 13.771,17Valor estimado del contrato: coincide con el importetotal

227.622,60

Revisión de precios S/N: NFinanciación con Fondos Europeos S/N NForma pago 50% a la firma del contrato

50% a la elevación deescritura

Plazo total de ejecución en meses: Sujeto a regulación armonizada S/N NProcedimiento de adjudicación(Abierto/Restringido)

Abierto

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Tramitación del Expediente (Ordinaria/Urgente) OrdinariaPublicidad Boletín Oficial de la Provincia.

Perfil del contratante Posibilidad de variantes o mejoras S/N NConstitución de la Mesa de contratación S/N SPlazo máximo para efectuar la adjudicaciónprovisional:

2 meses

GarantíasProvisional (Euros): No se requiereDefinitiva: 5% del valor estimado del

contratoComplementaria % del valor estimado del

contratoPlazo de garantía (años)Único criterio de adjudicación: Oferta más elevadaEvaluación de las ofertas Servicios Técnicos MunicipalesSubcontratación obligatoria S/N NAnuncios de licitación Por cuenta del adjudicatarioCompensación a los licitadores en caso dedesestimiento

No se contempla

PARÁMETROS OBJETIVOS PARA CONSIDERAR UNA OFERTA ANORMAL O DESPROPORCIONADA.

Sin contenido.

ANEXO II

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Verdocumentoadjunto deEscriturade

Declaración de Obra Nueva y División de la Propiedad y Estatutos de la Comunidad dePropietarios y Reglamento de Régimen Interior.”

SEGUNDO: Iniciar el proceso de licitación en los términos indicados en el Pliego elaboradoal efecto.

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TERCERO: Facultar al Alcalde-Presidente para la realización de actos de trámite ydesarrollo del presente acuerdo.

En Calp, a 13 de noviembre de 2013

Francisco Cabrera Guerrero.- Concejal Delegado de Hacienda”.

Por la Sra. Secretaria se dio lectura al dictamen de la Comisión InformativaGeneral de Asuntos de Competencia Plenaria, emitido por mayoría, en sentidofavorable a la propuesta.

Intervino el Sr. Alcalde y preguntó a los Sres. portavoces si querían hacer algunaintervención.

Intervino el Sr. Vicens señalando que, dada la situación, la venta de plazas degaraje era más que obligatoria. Quizás el precio era un poco elevado, pero había queintentarlo.

Intervino el Sr. Serna indicando que la venta de plazas podía venir muy bien alas arcas municipales. El precio era el mismo que se había hecho en otras ocasiones.

Sometido a votación el dictamen, la Corporación por unanimidad de lospresentes, acordó aprobar el mismo.

Se ausentó de la sesión el Sr. Joan Morató Pastor, siendo las 13:03 horas.

11.- APROBACIÓN DE LOS PLIEGOS DE CLÁUSULASADMINISTRATIVAS Y DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARA LACONTRATACIÓN POR PROCEDIMIENTO ABIERTO DEL SUMINISTRO DECÉSPED ARTIFICIAL PARA EL CAMPO DE FÚTBOL MIGUEL A. BENÍTEZ(EXPTE. SUM 21/2013).- En el expediente consta una propuesta del ConcejalDelegado de Hacienda, de fecha 18 de noviembre de 2013, que a continuación setranscribe:

“FRANCISCO CABRERA GUERRERO, Concejal de Hacienda del Ayuntamiento deCalp, al Ayuntamiento Pleno

E X P O N E

I.-Por la Concejalía de Deportes se ha elaborado informe de necesidades y Pliego dePrescripciones Técnicas para la contratación del SUMINISTRO DE CESPED ARTIFICIALPARA EL CAMPO DE FUTBOL 7 MIGUEL A. BENÍTEZ (SUM 21/2013), del siguiente tenorliteral:

“PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS QUE HA DE REGIR LA CONTRATACIÓNPOR PROCEDIMIENTO ABIERTO DEL CONTRATO DE SUMINISTRO E INSTALACIÓNDE CÉSPED ARTIFICIAL PARA EL CAMPO DE FÚTBOL 7 MIGUEL ÁNGEL BENÍTEZ.

1.- Objeto del contrato

El objeto principal del contrato es el suministro mediante arrendamiento (renting) de pavi-mento de césped artificial y equipamiento de instalaciones técnicas de riego.

Subsidiariamente en cuanto a su finalidad e importe comprende así mismo la realización de

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las obras auxiliares necesarias para la colocación e instalación del equipamiento anterior-mente mencionado y la prestación de servicios de mantenimiento del equipamiento arrenda-do.

Los equipamientos a suministrar, instalar y mantener, objeto del presente Pliego de Prescrip-ciones Técnicas, se destinarán al Campo Municipal de Fútbol situado en las pistas “MiguelÁngel Benítez”.

El césped a instalar y las operaciones a efectuar permitirán, en cualquier caso, el trasladodel terreno de juego cuando sea necesario o se considere pertinente por el Responasble delcontrato a fin de celebrar cualquier evento deportivo en otro lugar distinto habilitado a talefecto.

2.-CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS DEL OBJETO DEL CONTRATO.

2.1.- Características de Composición de los Materiales.

El césped artificial deberá cumplir como mínimo las siguientes características:

TIPO DE FIBRA Polietileno y aditivos específicos, con altaresistencia mecánica y tratamiento anti-ra-yos UV, así como alta resistencia a las tem-peraturas y variaciones climatológicas ex-tremas.

COMPOSICIÓN E IDENTIFICACIÓN PORCALORIMETRÍA (DCS)

100% polietileno (PE) o prolipopileno

ESTRUCTURA Hilo recto monofilamento con nervio central

ESPESOR DEL HILO 300/130 micras

PESO DEL HILO 12.000 DTEX+-15%

COLOR DEL HILO Verde Bitono

GALGA 5/8

ALTURA DEL HILO 50 mm +-5%

NÚMERO DE PUNTADAS POR DECÍME-TRO LINEAL

14

NÚMERO DE PUNTADAS POR METROCUADRARO

8.750

SOPORTE BASE Doble capa de polipropileno

PESO BASE222 gr/m

2+-5%

PESO RECUBRIMIENTO500 gr/m

2 +-20%

COMPOSICIÓN RECUBRIMIENTO Poliuretano (PU)

PESO TOTAL DEL CÉSPED MANUFAC-TURADO 1924 gr/m

2 +-20%

ANCHURA DE ROLLOS 4m

LONGITUD DE ROLLOS Según necesidad

PERMEABILIDAD >4.400 mm/h

RELLENOS:

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ARENA

Las características orientativas del lastrado de arena serán las siguientes:

FORMA Cantos redondeados, lavados y secos

DOTACIÓNEntre 14 y 18 Kg/m

2

GRANULOMETRÍA Entre 0,3 mm y 1,2 mm

Según el documento de norma UNE 41958 IN, los requisitos a aplicar cuando exista materialde relleno de arena será:

- Forma: cantos redondeados.- Composición en porcentaje de peso:

-SICO2: Mayor o igual del 96%

-CaO: Menor o igual del 3%

GRANULADO DE CAUCHO.

DOTACIÓNEntre 8y 15 Kg/m

2

GRANULOMETRÍA Entre 0,5 mm y 2,5 mm

El granulado de caucho utilizado como relleno será adecuado para la práctica deportiva conel fin de controlar y verificar siempre la constancia de su composición, granulometría y pres-taciones del mismo. Con las siguientes características orientativas:

- Porcentaje de los finos (<0.5 mm) será inferior al 5.- El peso de partículas de metal < 0,01%.- El peso de restos textiles <1%.

CINTA DE UNIÓN ADHESIVO DE PEGADO.

Para la realización de las uniones se utilizará fibra geotextil impermeable de una anchuraaproximada de 30 cm.La resistencia a juntas deberá ser mayor o igual a 25N/mm o romperse durante el ensayopor una zona diferente a la junta, según norma EN 13744 y EN 12228.

BANDAS DE MARCAJE.

Tendrán las mismas características que el césped del campo, serán en color blanco para elmarcaje del campo de fútbol y su anchura será de 10 a 12 cm.Cuando se proceda a la instalación del campo, la dirección facultativa deberá retirar al me-nos 1x1 m de moqueta de césped, 1 kg de arena y 1 kg de material de relleno con el fin deposteriormente proceder a su análisis en caso de ser necesario.

Los licitadores podrán ofertar su producto específico, de características similares a las quese describen en este pliego, siendo posibles mejoras técnicas e innovaciones, certificándosemediante la aportación de la documentación correspondiente.La empresa deberá aportar ficha técnica y/o informes de laboratorio del material que se va ainstalar.

2.2.- Número de unidades a Suministrar.

El volumen de unidades a suministrar será el necesario para cubrir la superficie de 2.400,00

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m2

.

2.3.- EQUIPAMIENTO DE INSTALACIONES TÉCNICAS DE RIEGO DEPORTIVO.

Las instalaciones de riego necesarias son:- Modificación del a bomba de riego por una de mayor alcance.- Eliminación de los aspersores existentes y sustitución por otros de mayor alcance.

Las ofertas deberán presentar:- Primeras marcas.- El plazo mínimo de garantía será de 5 años a contabilizar desde la fecha de recep-

ción (sin perjuicio de los plazos de garantía fijados por la normativa vigente), que cubrirátodo defecto originado por una mala ejecución de los trabajos de colocación, por la mermaen la calidad de los materiales o por vicios ocultos.

2.4.- ACTUACIONES COMPLEMENTARIAS.

El equipamiento a suministrar precisa para su funcionamiento operativo diversas actuacio-nes complementarias previas que se precisarán por cada licitador en su propuesta.

2.4.1.- MEMORIA Y ANEJOS

A. Memoria y Anejos.Descripción completa y detallada de las partidas complementarias a realizar, justifi-

cando el cumplimiento de la normativa vigente aplicable en su caso.Ficha de mediciones técnica resumen de las instalaciones e intervenciones propues-

tas.Presupuestos.Cálculos hidráulicos, mecánicos, eléctricos y cuantos otros sean necesarios para la

correcta definición técnica de las acciones a realizar.Plan de Suministro, en el que se definirán temporalmente las distintas etapas de la

ejecución de las obras propuestas.Servicios afectados.Conexiones a sistemas generales.Estudio de Seguridad y Salud Laboral, ajustado al presupuesto presentado en la

oferta.Programa de control de calidad.

2.5.- MANTENIMIENTO Y ASISTENCIA TÉCNICA DEL SUMINISTRO.

Las actuaciones planteadas son de realización obligatoria, pudiendo mejorarse en la ofertapor parte de los licitadores mediante documentación y manifestación expresa.

El contratista suministrador proveerá y efectuará el mantenimiento de los bienes durante laduración del contrato siendo de su responsabilidad todas las obligaciones que como adjudi-catario se le atribuyen en los pliegos y en el contrato, y expresamente las del suministro y alos servicios de mantenimiento. El adjudicatario se compromete a mantener los seguros obli-gatorios sobre el bien objeto de suministro y de forma opcional un seguro de responsabili-dad civil que cubra cualquier deficiencia o contingencia derivada de la instalación o manteni-miento del césped objeto del contrato. La póliza de seguro o propuesta de la misma se pre-sentará en el sobre 1 (DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA) de la licitación.

La Administración contratante se compromete a utilizar los bienes objeto del contrato con ladiligencia y cuidado que su destino exija, siendo a su cargo los gastos necesarios de repara-ción y mantenimiento que dicho material exija, que no se hayan incluido expresamente enlos pliegos y en el contrato como obligatorios para el contratante.

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Del mismo modo, el adjudicatario deberá facilitar a los servicios técnicos municipales, undocumento en el que se refleje el modo de utilización del campo con el fin de realizar unbuen uso del mismo.

3.- Cumplimiento de las garantías.

El adjudicatario será el responsable del mantenimiento atendiendo a las exigencias del apar-tado 2.5 del presente pliego. En cualquier caso la Administración se reserva cualquier po-testad de inspección, pudiéndose concretar en las siguientes actuaciones:

- De tipo periódico, comprobando aquellas partes y características de los equiposefectivamente suministrados. De estas inspecciones se levantará la correspondiente actaanual, que se comunicará oficialmente al Contratista para que proceda a subsanar las ano-malías existentes, en su caso.- A la demanda por anomalías graves detectadas por los usuarios de las instalaciones, queseguirán el mismo tratamiento documental que las anteriores.”

II.-El negociado de contratación, bajo las indicaciones de la Concejalía de Deportes, haelaborado propuesta de pliego de cláusulas económico-administrativas que ha de regir dichacontratación en los siguientes términos:

“PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES DELAJUNTAMENT DE CALP PARA LA CONTRATACIÓN DE SUMINISTRO MEDIANTE

PROCEDIMIENTO ABIERTO

Expediente SUM 21/2013

Titulo SUMINISTRO MEDIANTE (RENTING) DEL CÉSPED ARTIFICIALDEL CAMPO DE FÚTBOL M.ÁNGEL BENÍTEZ

Código CPV 08 39293400-6 Césped Artificial

PROCEDIMIENTO ABIERTO

I.- ELEMENTOS DEL CONTRATO.

1.- OBJETO DEL CONTRATO

1.1.- Generalidades.

El contrato a que se refiere el presente pliego tiene por objeto la realización de suministro aque se refiere el anexo I.

En el pliego de prescripciones técnicas se detallan las unidades y características del presen-te suministro.

Las especificaciones técnicas del presente suministro quedan descritas de forma expresa enel Pliego de Prescripciones Técnicas.

El suministro incluye la distribución, montaje, instalación y puesta en marcha, en caso de sernecesario, de los bienes objeto de esta contratación, de conformidad con los destinos quese especifican en el correspondiente Pliego de Prescripciones Técnicas.

1.2.- Pliego de prescripciones técnicas

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El anexo I.2 determinará las condiciones técnicas de la presente contratación.

2.- RÉGIMEN JURÍDICO DEL CONTRATO

2.1.- Régimen jurídico del contrato.

El contrato a que se refiere el presente pliego es de naturaleza administrativa y se regirá porel Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el textorefundido de la Ley de Contratos del Sector Público (en adelante TRLCSP), el Real Decreto817/2009, de 8 de mayo, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de Contratosdel Sector Público, el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba elReglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (en adelanteRGLCAP), ; con carácter supletorio se aplicarán las restantes normas de derechoadministrativo y, en su defecto, las normas de derecho privado.El Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, el Pliego de Prescripciones TécnicasParticulares y demás documentos anexos, revestirán carácter contractual. Los contratos seajustarán al contenido del presente pliego, cuyas cláusulas se considerarán parte integrantede los respectivos contratos. Queda prohibida toda negociación de los términos del contrato con los licitadores.En caso de discordancia entre el presente pliego y cualquiera del resto de los documentoscontractuales, prevalecerá el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, en el que secontienen los derechos y obligaciones que asumirán las partes del contrato. El desconocimiento, del presente pliego, del contrato, de sus documentos anexos, o de lasinstrucciones, o normas de toda índole aprobadas por la Administración, que puedan ser deaplicación en la ejecución de lo pactado, no eximirá al contratista de la obligación de sucumplimiento.2.2.- No procede

2.3.- Tribunales

Para la resolución de los litigios judiciales que surjan o deriven de la presente contratación laspartes se someten expresamente a la competencia de los Juzgados y Tribunales conjurisdicción en Calp, renunciando al fuero propio o a cualquier otro que pudiera corresponderle.

3. PRECIO MÁXIMO Y VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO

3.1.- Presupuesto de licitación

El presupuesto de licitación que figura en el anexo I se establece con el carácter de precioanual máximo del contrato.

3.2.- Precio del contrato

El precio del contrato anual del contrato será el que resulte de la aplicación de los preciosunitarios ofertados para la adjudicación del mismo a los suministros realizados, e incluirácomo partida independiente el Impuesto sobre el Valor Añadido.

En el precio del contrato se considerarán incluidos los demás tributos, tasas y cánones decualquier índole, que sean de aplicación, así como todos los gastos que se originen para eladjudicatario como consecuencia del cumplimiento de las obligaciones contempladas en elpresente pliego.

3.3.- Valor estimado del contrato

En caso de que el valor estimado del contrato conforme a las previsiones del artículo 88 del

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TRLCSP no coincida con el presupuesto de licitación, se hará constar tal circunstancia en elanexo I, motivándolo adecuadamente, donde igualmente se indicará si el contrato está o nosujeto a regulación armonizada.

4.- EXISTENCIA DE CREDITOS.

Existe el crédito preciso para atender las obligaciones económicas que se deriven para laAdministración del contrato a que se refiere el presente pliego.

En el supuesto de que el presupuesto se financie con Fondos Europeos, constará en elanexo I el tipo de Fondo y el porcentaje de cofinanciación.

5.- PLAZO DE EJECUCIÓN

El plazo de ejecución del contrato, así como los plazos parciales para las sucesivasentregas que en su caso pudieran establecerse, serán los fijados en el anexo I, ycomenzará a contar a partir de la fecha que se establezca a este efecto en el contrato.

En dicho anexo se indicará igualmente la posibilidad o no de prórroga del contrato.

6.- CAPACIDAD Y SOLVENCIA DEL EMPRESARIO PARA CONTRATAR.

6.1. Aptitud y capacidad.

Están facultadas para contratar las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras,que tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en alguna de las prohibiciones decontratar que señala el artículo 60 del TRLCSP, y acrediten su solvencia económica yfinanciera y técnica, conforme a lo establecido en los artículos 74, 75 y 77 del TRLCSP.

Asimismo, los empresarios deberán contar con la habilitación empresarial o profesional que,en su caso, sea exigible para la realización de la actividad o prestación que constituya elobjeto del contrato.

Las personas jurídicas sólo podrán ser adjudicatarias de contratos cuyas prestaciones esténcomprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, a tenor de sus estatutoso reglas fundacionales, les sean propios.

Para las empresas no comunitarias, comunitarias y uniones de empresarios, se estará a lodispuesto en los artículos 55, 58 Y 59 del TRLCSP, respectivamente.

Los empresarios que concurran agrupados en uniones temporales quedarán obligadossolidariamente y deberán nombrar un representante o apoderado único de la unión conpoderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato sederiven hasta la extinción del mismo, sin perjuicio de la existencia de poderesmancomunados que puedan otorgar para cobros y pagos de cuantía significativa.

A efectos de la licitación, los empresarios que deseen concurrir integrados en una unióntemporal deberán indicar los nombres y circunstancias de los que la constituyan y laparticipación de cada uno, así como que asumen el compromiso de constituirse formalmenteen unión temporal en caso de ser adjudicatarios del contrato.

No podrán concurrir a las licitaciones empresas que hubieran participado en la elaboraciónde las especificaciones técnicas o de los documentos preparatorios del contrato, por sí omediante unión temporal de empresarios, siempre que dicha participación pueda provocarrestricciones a la libre concurrencia o suponer un trato privilegiado con respecto al resto delas empresas licitadoras.

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A estos efectos, no podrán concurrir a la licitación, puesto que su participación puedesuponer un trato privilegiado con respecto al resto de los licitadores, las empresasadjudicatarias de los contratos que tengan alguno de los siguientes objetos: redacción delproyecto, dirección facultativa, vigilancia, supervisión y/o control de las obras que son objetode la licitación. Tampoco podrán concurrir las empresas a éstas vinculadas en el sentido enque son definidas en el artículo 42 del Código de Comercio, ni las empresas colaboradorasde los adjudicatarios de estos contratos.

6.2 Solvencia.

a) Para celebrar contratos, los empresarios deberán acreditar estar en posesión de lascondiciones mínimas de solvencia económica y financiera y técnica que se especifican enlas cláusulas 9.2.1.1.d) y e), y 9.2.1.2.a), en las que, asimismo, se indicará ladocumentación requerida para acreditar las mismas.

Cuando no sea exigible la clasificación, para acreditar la solvencia necesaria el empresariopodrá basarse en la solvencia y medios de otras entidades, independientemente de lanaturaleza jurídica de los vínculos que tenga con ellas, siempre que demuestre que, para laejecución del contrato, dispone efectivamente de esos medios, debiendo a tal fin aportarcertificado emitido por el órgano de dirección de la empresa que preste la citada solvencia,acreditativo de tal circunstancia, en el que se contenga además la aceptación expresa de losefectos señalados en el artículo 1257 del Código Civil por la empresa que preste susolvencia. En caso de que el referido certificado sea aceptado por el órgano de contratación, laAdministración podrá exigir en vía administrativa el cumplimiento por la empresa prestatariade la solvencia de aquello a lo que se comprometió con la empresa contratista.

b) En el anexo III-A podrá exigirse a las personas jurídicas que especifiquen, en la oferta o enla solicitud de participación, los nombres y la cualificación profesional del personalresponsable de ejecutar la prestación.

Asimismo, en el anexo III-A se indicará si los candidatos o licitadores, además de acreditar susolvencia deben comprometerse a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los mediospersonales o materiales suficientes para ello. A estos efectos, se indicará si estoscompromisos, que se integrarán en el contrato, tienen el carácter de obligaciones esencialesa los efectos previstos en el artículo 223 f) del TRLCSP o si se establecen penalidades,conforme a lo señalado en el artículo 212.1 del TRLCSP, para el caso de que se incumplanpara el adjudicatario.

c) Requisitos de solvencia técnica complementaria.

En los contratos sujetos a regulación armonizada, el órgano de contratación podrá exigir lapresentación de certificados expedidos por organismos independientes que acrediten que elempresario cumple determinadas normas de garantía de la calidad, o de gestiónmedioambiental, conforme a lo dispuesto en los artículos 80 y 81 del TRLCSP.

La Mesa o el órgano de contratación podrá recabar del empresario aclaraciones sobre loscertificados y documentos presentados, o requerirle para la presentación de otroscomplementarios.

7. PERFIL DE CONTRATANTE.

En el perfil de contratante del órgano de contratación se publicará la composición de laMesa de contratación, en los casos en que se constituya, la adjudicación, la formalizacióndel contrato y el plazo en que debe procederse a la misma, así como cualquier otro dato e

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información referente a su actividad contractual, de acuerdo con lo establecido en el artículo53 del TRLCSP

El acceso público al perfil de contratante se efectuará a través del Portal del Ayuntamientode Calp www.calp.es.

II- ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO.

8. PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN.

8.1.- Generalidades

El contrato de suministro se adjudicará por el procedimiento abierto o restringido, segúndisponga el anexo I, en el que también se establecerá la posibilidad de incluir variantes omejoras.

En el anexo I se indicará la forma de tramitación del expediente.

Los órganos de contratación y el contratista se someterán a la obligación deconfidencialidad de la información a que se refiere el artículo 140 del TRLCSP.

8.2.- Órgano de contratación

El órgano de contratación del presente contrato será el Pleno del Ayuntamiento de Calp, pordelegación de la Alcaldía (importe de gasto superior a 75.000,00 Euros).

La Mesa de Contratación, que se constituirá para la adjudicación de cada obra a los efectosde asistencia al órgano de contratación, estará integrada por:

CONDICIÓNDEL MIEM-

BROCARGO TITULAR CARGO SUPLENTE

PresidenteTécnico de Administración Gene-ral vinculado al objeto del contra-to

Técnico de Administración General enquien delegue

VocalFuncionario de los Servicios téc-nicos municipales vinculado alobjeto del contrato

Funcionario de los Servicios técnicosmunicipales vinculado al objeto delcontrato

Vocal Secretario del AyuntamientoTécnico de Administración General delárea de Secretaría

Vocal Interventor del AyuntamientoTécnico Superior de AdministraciónGeneral o Especial del área de Inter-vención.

SecretarioJefe del Negociado de Contrata-ción

Empleado municipal en quien delegue

Sin perjuicio de lo anteriormente establecido, se procederá por el órgano de contratación a ladesignación nominativa, con carácter previo a la constitución de la Mesa.

9. PRESENTACIÓN DE LAS PROPOSICIONES O SOLICITUDES.

El órgano de contratación anunciará la licitación del contrato en los correspondientesboletines oficiales de acuerdo con el TRLCSP, así como en su perfil de contratante.

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Cada licitador no podrá presentar más de una proposición, ni suscribir ninguna propuesta enunión temporal con otros si lo ha hecho individualmente o figurar en más de una unióntemporal. La infracción de estas normas dará lugar a la no admisión de todas las propuestaspor él suscritas.

La presentación de la proposición supone la aceptación incondicionada por el empresariodel contenido de la totalidad de las cláusulas o condiciones de este pliego, sin salvedad oreserva alguna.

9.1. Lugar y plazo de presentación de las proposiciones.

Las proposiciones, junto con la documentación preceptiva, se presentarán, dentro del plazoseñalado en el anuncio, en el Registro General de Contratación indicado en el mismo.

Cuando las proposiciones se envíen por correo, el empresario deberá justificar la fecha deimposición del envío en las Oficinas de Correos y anunciará la remisión de su oferta alórgano de contratación, en el mismo día, mediante télex, fax o telegrama remitido al númerodel registro general que se indique en el anuncio de licitación. En caso de que así se indiqueen el anuncio de licitación, podrá enviarse por correo electrónico a la dirección señalada. Sinla concurrencia de ambos requisitos no será admitida la proposición si es recibida por elórgano de contratación con posterioridad a la fecha y hora de la terminación del plazoseñalado en el anuncio.

Transcurridos, no obstante, tres días naturales siguientes a la indicada fecha sin haberserecibido la proposición, ésta en ningún caso será admitida.

9.2. Forma de presentación de las proposiciones

a) En aquellos casos en que el contrato de suministro se adjudique mediante procedimientoabierto, los licitadores deberán presentar tres sobres, firmados y cerrados, de forma que segarantice el secreto de su contenido, señalados con los números 1, 2 y 3.

b) En aquellos casos en que el contrato de suministro se adjudique mediante procedimientorestringido, los candidatos presentarán, dentro del plazo señalado en el anuncio, el sobrenúmero 1, firmado y cerrado, de forma que se garantice el secreto de su contenido, conexcepción de la garantía provisional que, en su caso, se hubiese exigido.

Posteriormente, el órgano de contratación o la Mesa de contratación, de conformidad con loestablecido en la cláusula 10.3 resolverá sobre la admisión de los candidatos e invitará porescrito a los admitidos, los cuales deberán presentar, en el plazo que se señale en la propiainvitación, los sobres señalados con los nº 2 y 3, firmados y cerrados, de forma que segarantice el secreto de su contenido.

c) Para ambos supuestos, cuando se indique en el anexo I que solo se utilizará como criteriode adjudicación el del precio más bajo, únicamente se presentarán los sobres nº 1 y nº 3.

d) Asimismo, para ambos supuestos, cuando en el anexo VII-A solo se utilicen comocriterios de adjudicación criterios evaluables de forma automática, únicamente sepresentarán los sobres nº 1 y nº 3.

En cada uno de los sobres figurará externamente el nombre del licitador y, en su caso, delrepresentante, domicilio social, teléfono, correo electrónico y fax a efectos decomunicaciones, así como el número del expediente y la denominación del contrato al quelicitan.

Los bienes que integran esta contratación podrán ser ofertados en su totalidad o, cuandoasí esté previsto en el pliego, por lotes, debiendo especificarse claramente, en este caso,

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por los licitadores en el exterior de cada sobre, los lotes a los que concurren, efectuándosela adjudicación en atención a los lotes ofertados. En todo caso, cuando la contratación estéprevista por lotes, las ofertas contendrán el precio ofertado por cada lote.

Toda la documentación de las proposiciones presentadas deberá venir en castellano ovalenciano. La documentación redactada en otra lengua deberá acompañarse de lacorrespondiente traducción oficial al castellano o valenciano.

En el interior de cada sobre se hará constar en hoja independiente su contenido siguiendo lanumeración que se especifica en las cláusulas 9.2.1, 9.2.2. y 9.2.3.

9.2.1. Sobre nº1: Documentación acreditativa de los requisitos previos.

Los documentos que se relacionan a continuación podrán aportarse en original o mediantecopias que tengan carácter de auténticas conforme a la legislación vigente, a excepción deaquellos documentos que acrediten la constitución de la garantía provisional, que deberánser en todo caso originales.

En las uniones temporales de empresarios, tanto de personas físicas como jurídicas, cadauno de los componentes acreditará su capacidad, personalidad, representación y solvenciaen los términos previstos en el artículo 59 del TRLCSP, debiendo indicar en documentoaparte los nombres y circunstancias de los que la suscriben, el porcentaje de participaciónde cada uno de ellos así como que asumen el compromiso de constituirse y designar lapersona que durante la vigencia del contrato ha de ostentar la plena representación detodos ante la Administración.

La aportación del certificado expedido por el Registro de Licitadores acompañada de unadeclaración expresa responsable, emitida por el licitador o sus representantes con facultadesque figuren en el Registro, relativo a la no alteración de los datos que constan en el mismo,podrá sustituir a la documentación contenida en las cláusulas 9.2.1.1. letras b), c), d) y g)apartados 1, 2, y 4, en la cláusula 9.2.1.2. letra a) apartado 1, para el caso de que estuvieraclasificada, y cláusula 10.7 apartados a), b), y c), de acuerdo con lo previsto en el Decreto79/2000, de 30 de mayo, del Gobierno Valenciano por el que se crea la Junta Superior deContratación Administrativa de la Generalitat Valenciana y se regulan los registros oficiales deContratos y Contratistas y Empresas Clasificadas de la Comunidad Valenciana y lasgarantías globales (DOGV núm 3767, de 08/06/2000).

El referido certificado podrá ser expedido electrónicamente. Si así se establece en el anexoI, la incorporación del certificado al procedimiento podrá efectuarse de oficio por el órganode contratación o por aquél al que corresponda la calificación de la documentaciónacreditativa de requisitos previos, solicitándolo directamente al Registro Oficial deLicitadores, sin perjuicio de que los licitadores deban presentar en todo caso, la declaraciónresponsable indicada.

Los documentos a incorporar en este sobre se aportarán separados en dos carpetas,ordenados tal como se indica a continuación:

9.2.1.1. Carpeta 1: Documentación General

En esta carpeta se incorporarán los siguientes documentos:

a) Documento justificativo, en su caso, de haber constituido la garantía provisional afavor del órgano de contratación.

En atención a la importancia económica del presente contrato y a la complejidad en sutramitación, se exigirá la constitución de una garantía provisional que responda delmantenimiento de las ofertas hasta la adjudicación del mismo. Para el licitador que resulteadjudicatario, la garantía provisional responderá también del cumplimiento de las

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obligaciones que le impone el segundo párrafo del artículo 151.2 TRLCSP.

El importe de la garantía provisional no podrá ser superior a un 3 % del presupuesto delcontrato, excluidas prórrogas, excluido el Impuesto sobre el Valor Añadido, y se procederá asu devolución adjudicado que sea definitivamente el contrato, sin necesidad de peticiónexpresa.

3. Cuando se exijan garantías provisionales éstas se depositarán, en las condicionesque las normas de desarrollo de esta Ley establezcan, en la siguiente forma:

Esta documentación sólo se aportará en los casos y por la cuantía en que así se indiqueexpresamente en el anexo I.

La garantía podrá constituirse en cualquiera de las formas previstas en el artículo 96.1 delTRLCSP.

1.- Si se constituye la garantía mediante aval, prestado por alguno de los bancos, cajas deahorros, cooperativas de crédito, establecimientos financieros de crédito y sociedades degarantía recíproca autorizados para operar en España, deberá aportarse el documentooriginal.

2.- Si se constituyera la garantía mediante seguro de caución, celebrado con una entidadaseguradora autorizada para operar en el ramo, deberá aportarse el original del certificadodel contrato.

3.- Si se constituye en valores de Deuda Pública, deberán aportarse los certificados deinmovilización de los valores anotados.

4.- En caso de constituirse en efectivo, deberá depositarse en las Cajas Provinciales deDepósitos, establecidas en las Delegaciones Provinciales de la Consejería competente enmateria de Economía y Hacienda.

Los licitadores que tuvieran constituida una garantía global conforme a lo establecido en elartículo 98 del TRLCSP, deberán aportar certificación expedida por la Caja de Depósitoscomprensiva de la existencia de la garantía global y de la suficiencia de la misma.

Cuando así se prevea en el anexo I, la acreditación de la constitución de la garantía podráhacerse mediante medios electrónicos, informáticos o telemáticos.

En el caso de las uniones temporales de empresarios, las garantías provisionales podránconstituirse por una o varias de las empresas que concurran agrupadas, siempre que enconjunto se alcance la cuantía requerida y garantice solidariamente a todos los integrantes dela unión temporal.

La garantía provisional responderá del mantenimiento de las ofertas de los licitadores hasta laadjudicación del contrato. Para el licitador que resulte adjudicatario provisional, la garantíaresponderá también del cumplimiento de las obligaciones establecidas en la cláusula 10.7.

La garantía provisional se extinguirá automáticamente y será devuelta a los licitadoresinmediatamente después de la adjudicación del contrato. En todo caso, la garantía seráretenida al adjudicatario hasta que proceda a la constitución de la garantía definitiva.

Si algún licitador retira su proposición injustificadamente antes de la adjudicación, o si ellicitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa no constituye lagarantía definitiva, se procederá a la ejecución de la garantía provisional. Así mismo,cuando por causas imputables al adjudicatario no se hubiese formalizado el contrato dentrodel plazo indicado en el artículo 156.3 del TRLCSP, la Administración podrá acordar laincautación sobre la garantía definitiva del importe de la garantía provisional que, en sucaso, hubiese exigido.

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En el caso de ofertas consideradas desproporcionadas o anormales, la falta de contestacióna la solicitud de información a que se refiere el artículo 152.3 del TRLCSP o elreconocimiento por parte del licitador de que su proposición adolece de error oinconsistencia que la hagan inviable, tendrán la consideración de retirada injustificada de laproposición.

b) Documentos acreditativos de la personalidad y capacidad del licitador.

1. La capacidad de obrar de los empresarios que fueren personas jurídicas se acreditarámediante la escritura o documento de constitución, los estatutos o el acto fundacional, en losque consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en sucaso, en el Registro Público que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que setrate.

2. Los licitadores individuales presentarán copia compulsada, notarial o administrativamente,del Documento Nacional de Identidad o, en su caso, el documento que haga sus veces.

3. Cuando sea exigible para la realización de la actividad o prestación que constituya elobjeto del contrato una determinada habilitación empresarial, se acompañará copiacompulsada del certificado que acredita las condiciones de aptitud profesional.

4. En cuanto a las empresas no españolas de estados miembros de la Unión Europea,tendrán capacidad para contratar aquéllas que, con arreglo a la legislación del Estado en queestén establecidas, se encuentren habilitadas para realizar la prestación de que se trate.Cuando la legislación del Estado en que se encuentren establecidas exija una autorizaciónespecial o la pertenencia a una determinada organización para poder prestar en él el serviciode que se trate, deberán acreditar que cumplen este requisito.

La capacidad de las mismas se acreditará por su inscripción en el registro procedente deacuerdo con la legislación del Estado donde están establecidos, o mediante la presentaciónde una declaración jurada o un certificado, de acuerdo con lo establecido en el anexo I delReglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.

5. Los demás empresarios extranjeros deberán justificar mediante informe, en la formarecogida en el artículo 55 del TRLCSP, que el Estado de procedencia de la empresaextranjera admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con laAdministración, y con los entes, organismos o entidades del sector público asimilables a losenumerados en el artículo 3 del TRLCSP, en forma sustancialmente análoga.

En los contratos sujetos a regulación armonizada se prescindirá del informe sobrereciprocidad en relación con las empresas de Estados signatarios del Acuerdo sobreContratación Pública de la Organización Mundial de Comercio.

Además será necesario que las empresas extranjeras de Estados no pertenecientes a laUnión Europea tengan abierta sucursal en España, con designación de apoderados orepresentantes para sus operaciones, y que estén inscritas en el Registro Mercantil.

La acreditación de su capacidad de obrar se instrumentará a través de informe de la MisiónDiplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular encuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa.

c) Documentos acreditativos de la representación.

Los que comparezcan o firmen proposiciones en nombre de otro presentarán poder derepresentación, bastanteado por los servicios jurídicos del Ajuntament de Calp.

Si el licitador fuera persona jurídica, el poder general deberá figurar inscrito, en su caso, en elRegistro Mercantil. Si se trata de un poder especial para un acto concreto no será necesario

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el requisito de su previa inscripción en el Registro Mercantil.

Igualmente, la persona con poder bastante a efectos de representación deberá acompañarcopia compulsada, notarial o administrativamente, de su Documento Nacional de Identidad o,en su caso, el documento que haga sus veces.

Cuando se aporten fotocopias de los documentos identificativos oficiales en sobres cerradospara que deban ser comprobadas o cotejadas en actos formales o públicos de apertura dedichos sobres, se requerirá la aportación de las fotocopias hasta que se habiliten los mediosque permitan su comprobación o verificación en el desarrollo de tales actos, indicándose talcircunstancia en el anexo I.

d) Documentos que acreditan la solvencia económica y financiera.

La justificación de la solvencia económica y financiera se acreditará por los medios previstosen el artículo 75 del TRLCSP.

Tanto los medios para justificar la solvencia como los criterios de selección se especificaránen el anexo II-1.

e) Empresas extranjeras.

Las empresas extranjeras, en los casos en que el contrato vaya a ejecutarse en España,aportarán declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españolesde cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieransurgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudieracorresponder al licitador. f) Declaraciones responsables y cesión de información tributaria. Los licitadores deberán presentar los siguientes documentos:1.Declaración responsable de tener plena capacidad de obrar y no estar incurso en lasprohibiciones de contratar previstas en el artículo 60 del TRLCSP.

2. Declaración responsable de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligacionestributarias frente al Estado y la Comunidad Autónoma Valenciana y con la Seguridad Socialimpuestas por las disposiciones vigentes.

2. Declaración responsable de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligacionestributarias frente al Estado y la Comunidad Autónoma Valenciana, el Ajuntament de Calp ycon la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes.

3. Declaración responsable en los términos previstos en el párrafo 1º del artículo 56 delTRLCSP, de no haber sido adjudicataria o haber participado en la elaboración de lasespecificaciones técnicas o de los documentos preparatorios del contrato, por sí o medianteUnión Temporal de Empresarios.

Las referidas declaraciones se acreditarán conforme al modelo establecido en el anexo II-2 yII-3.

Trabajadores con discapacidad y promoción de la igualdad entre hombres y mujeres.

Los licitadores que tengan un número de 50 o más trabajadores en su plantilla estaránobligados a contar con un dos por ciento de trabajadores con discapacidad o a adoptar lasmedidas alternativas previstas en el Real Decreto 364/2005, de 8 de abril, por el que seregula el cumplimiento alternativo con carácter excepcional de la cuota de reserva en favor delos trabajadores con discapacidad. A tal efecto, deberán aportar, en todo caso, un certificado

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de la empresa en que conste tanto el número global de trabajadores de plantilla como elnúmero particular de trabajadores con discapacidad en la misma o, en el caso de haberseoptado por el cumplimiento de las medidas alternativas legalmente previstas, una copia de ladeclaración de excepcionalidad y una declaración con las concretas medidas aplicadas.

Los licitadores que tengan menos de 50 trabajadores en su plantilla, podrán aportar, en sucaso, un certificado en el que conste el número de trabajadores con discapacidad que tienenen la misma, a efectos de lo establecido para los supuestos de empate en la cláusula relativaa la clasificación de las ofertas.

Asimismo y a los mismos efectos previstos en el párrafo anterior, los licitadores podránpresentar documentación acreditativa de tener la marca de excelencia e igualdad odesarrollar medidas destinadas a lograr la igualdad de oportunidades, siempre que lasmedidas de igualdad aplicadas permanezcan en el tiempo y mantengan la efectividad.

h) Relación de empresas pertenecientes al mismo grupo.

A los efectos de la aplicación de la regla prevista en el artículo 86.1 del RGLCAP, en relacióncon el párrafo segundo del artículo 145.4 del TRLCSP, los licitadores deberán presentardeclaración concerniente a las empresas pertenecientes al mismo grupo o encontrarse enalguno de los supuestos previstos en el artículo 42 del Código de Comercio, con indicación delos que se presentan a licitación.

En caso de no pertenecer a ningún grupo, deberá aportar declaración en tal sentido.

i) Acreditación del cumplimiento de las normas de garantía de la calidad y de gestiónmedioambiental.

En los casos en que así se señale en el anexo I, los licitadores presentarán los certificados aque se refieren los artículos 80 y 81 del TRLCSP, relativos al cumplimiento por el empresariode las normas de garantía de la calidad, así como de las normas de gestión medioambiental.

j) Documento de compromiso conforme a la cláusula 6.2.

En caso de que en el anexo III-A se exija el compromiso de dedicación o adscripción de losmedios personales o materiales suficientes para la ejecución del contrato, conforme a lacláusula 6.2, deberá aportarse documento acreditativo del compromiso por el licitador de talcircunstancia.

K) Dirección de correo electrónico.

Cuando así se establezca en el anexo I, el licitador podrá aportar una dirección de correoelectrónico en la que la Administración le efectuará las notificaciones.

9.2.1.2. Carpeta 2: Documentación técnica.

En esta carpeta se incorporarán los siguientes documentos:

a)Documentos que acreditan la solvencia técnica.

La justificación de la solvencia técnica se acreditará por uno o varios de los medios previstosen el artículo 77 del TRLCSP.

Tanto los medios para justificar la solvencia como los criterios de selección se especificaránen el anexo III-A.

En caso de que el empresario se base en la solvencia y medios de otras entidades conforme

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a la cláusula 6.2 de este pliego, además de la documentación exigida en los apartadosanteriores firmada por la empresa que presta la solvencia o los medios, deberá presentarcertificado, emitido por el órgano de dirección de la citada empresa, acreditativo de talcircunstancia. En todo caso, sólo podrá prestar su solvencia a un solo licitador.

b) Subcontratación.

En caso de que así se exija en el anexo I, los licitadores deberán indicar en la oferta laparte del contrato que tengan previsto subcontratar, señalando su importe, y el nombre operfil empresarial definido por referencia a las condiciones de solvencia profesional otécnica, de los subcontratistas a los que se vaya a encomendar su realización.

9.2.2. Sobre nº 2: Documentación relativa a los criterios de adjudicación valoradosmediante un juicio de valor.

En este sobre se incluirá la documentación que se indica en el anexo V. En el caso de que se presenten mejoras, en el anexo IV-B se establecerá sobre quéelementos y en qué condiciones queda autorizada la presentación de las mismas y sipodrán tener o no repercusión económica.

Estas mejoras, en el supuesto de ser aceptadas por el órgano de contratación, formaránparte del contrato y se recogerán expresamente en el mismo.

9.2.3. Sobre nº 3: Documentación relativa a los criterios de adjudicación valoradosmediante la aplicación de fórmulas.

En este sobre se incluirá la documentación que se indica en el anexo V, que en todo casodeberá incluir la proposición económica, debidamente firmada y fechada, que deberáajustarse al modelo que figura en el mismo.

En la proposición económica deberá indicarse, como partida independiente, el importe delImpuesto sobre el Valor Añadido que deba ser repercutido.

En la proposición económica se entenderán incluidos a todos los efectos los demás tributos,tasas y cánones de cualquier índole que sean de aplicación, así como todos los gastos quese originen para el adjudicatario, como consecuencia del cumplimiento de las obligacionescontempladas en el presente pliego.

Cada licitador solamente podrá presentar una proposición económica, no siendo admitidasaquéllas cuyo importe sea superior al presupuesto de licitación.

Cuando el pago del precio total de los bienes a suministrar, consista parte en dinero y parteen la entrega de otros bienes de la misma clase, la valoración de éstos deberá consignarseexpresamente por los empresarios en sus ofertas.

En caso de discordancia entre la cantidad consignada en cifras y la consignada en letras,prevalecerá la consignada en letras.

No se aceptarán aquellas proposiciones que tengan omisiones, errores o tachaduras queimpidan conocer claramente todo aquello que la Administración estime fundamental para laoferta.

En el caso de que el órgano de contratación autorice la presentación de mejoras, enrelación con la documentación contenida en este sobre, en el anexo VIII-B se establecerásobre qué elementos y en qué condiciones queda autorizada la presentación de las mismasy si podrán tener o no repercusión económica.

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En el supuesto de adjudicación mediante procedimiento restringido, junto con la ofertaeconómica, los empresarios seleccionados deberán incluir, en su caso, el documentoacreditativo de la constitución de la garantía provisional, conforme a lo establecido en lacláusula 9.2.1.1.a).

10. SELECCIÓN DEL CONTRATISTA Y ADJUDICACIÓN.

10.1. Recepción de documentación.

Terminado el plazo de recepción de proposiciones, el funcionario responsable del RegistroGeneral expedirá una certificación donde se relacionen las proposiciones recibidas, laspresentadas por correo con los requisitos de la cláusula 9.1 pero aún no recibidas o, en sucaso, sobre la ausencia de licitadores, que, junto con los sobres, remitirá a la secretaría de laMesa de contratación designada por el órgano de contratación, cuya composición sepublicará en su perfil de contratante con una antelación mínima de siete días con respecto ala reunión que celebrará la Mesa para la apertura del sobre nº1.

10.2. Comisión Técnica.

En su caso, podrá ser designada una Comisión Técnica de apoyo a la Mesa de contratación,encargada de elaborar los correspondientes informes técnicos en relación con ladocumentación contenida en el sobre nº2, en el procedimiento abierto y en el sobre nº 1(Documentación técnica para la selección de candidatos) y nº 2, en el procedimientorestringido.

10.3. Certificación y calificación de documentos.

Una vez recibidos los sobres por la secretaría de la Mesa de contratación junto con elcertificado de la persona encargada del registro, se reunirá la misma para calificarpreviamente los documentos presentados en tiempo y forma.

A tal efecto, por la presidencia se ordenará la apertura del sobre nº 1.

Si la Mesa observase defectos u omisiones subsanables en la documentación presentada, locomunicará verbalmente o por medios electrónicos, informáticos o telemáticos a losinteresados y lo hará público a través del perfil de contratante del órgano de contratación,concediéndose un plazo no superior a tres días hábiles para que los licitadores los corrijan osubsanen ante la propia Mesa de contratación, bajo apercibimiento de exclusión definitiva dellicitador si en el plazo concedido no procede a la subsanación de la documentación.

Posteriormente se reunirá la Mesa de contratación para adoptar el oportuno acuerdo sobre laadmisión definitiva de los licitadores.

En los supuestos de adjudicación mediante procedimiento restringido, una vez comprobadala personalidad y solvencia de los solicitantes, el órgano de contratación o la Mesa decontratación por delegación de aquél, si así se establece en el anexo I, seleccionará a loscandidatos que, de acuerdo con los criterios establecidos en dicho anexo, deban pasar a lasiguiente fase, a los que invitará, simultáneamente y por escrito, a presentar los sobresseñalados con los números 2 y 3, en el plazo que se les indique.

10.4. Informe técnico de valoración del criterio de adjudicación cuya ponderacióndependa de un juicio de valor.

Una vez adoptado el acuerdo sobre admisión definitiva de los licitadores se reunirá la Mesa

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de contratación y se procederá en acto público a manifestar el resultado de la calificación delos documentos presentados, con expresión de las proposiciones admitidas, de lasrechazadas y causa o causas de inadmisión de estas últimas procediendo, en su caso, a laapertura, en acto público, del sobre nº 2 de los licitadores admitidos, en un plazo que en elprocedimiento abierto no será superior a siete días a contar desde la apertura del sobre nº 1.El día señalado para la celebración de dicho acto público se publicará en el perfil decontratante del órgano de contratación y/o en el anuncio de licitación.

Posteriormente la Mesa de contratación remitirá a la Comisión Técnica, en caso de quehubiese sido designada, la documentación del citado sobre, a fin de que por ésta se realice lavaloración del criterio de adjudicación cuya ponderación dependa de un juicio de valor,establecido en el anexo VI-(criterio subjº), donde también se expresará, en su caso, el umbralmínimo de puntuación exigido al licitador para continuar en el proceso selectivo.

La valoración del criterio cuya cuantificación dependa de un juicio de valor corresponderá, enlos casos en que proceda por tener atribuida una ponderación mayor que la correspondientea los criterios evaluables de forma automática, bien a un comité formado por expertos bien aun organismo técnico especializado. Cuando la evaluación deba efectuarse por un comité formado por expertos, éstos deberánser como mínimo tres. Siempre que sea posible, los miembros del citado comité habrán deser personal al servicio del Ayuntamiento u Organismo contratante. En ningún caso podránestar integrados en el órgano que proponga la celebración del contrato. Todos los miembrosdel comité contarán con la cualificación profesional adecuada en razón de la materia sobre laque verse la valoración.

Los miembros del comité de expertos o del organismo técnico especializado se identificaránen el anexo I y su designación se publicará en el perfil de contratante con carácter previo a laapertura del sobre nº1.

El orden de prioridad de los criterios de adjudicación y su ponderación se fijarán por ordendecreciente en el anexo VI. En este anexo se expresará, en su caso, el umbral mínimo depuntuación exigido al licitador para continuar en el proceso selectivo.

10.5. Apertura de proposiciones.

Por la presidencia de la Mesa de contratación, en el día y hora señalado en el anuncio delicitación y en el perfil de contratante del órgano de contratación se procederá en actopúblico a manifestar el resultado de la ponderación asignada al criterio dependiente de unjuicio de valor.

Cuando un licitador no alcance los umbrales mínimos de puntuación que se hayan exigido,en su caso, no podrá continuar en el procedimiento de contratación.

A continuación se realizará la apertura del sobre nº 3 de aquellas empresas que continúenen el procedimiento.

La Mesa de contratación, una vez valorados los criterios de adjudicación evaluablesmediante la aplicación de fórmulas de conformidad con el anexo VI y visto, en su caso, elinforme técnico de valoración de los criterios de adjudicación cuya ponderación dependa deun juicio de valor, procederá a formular la correspondiente propuesta de adjudicación alórgano de contratación.

10.6. Clasificación de ofertas.

El órgano de contratación clasificará por orden decreciente las proposiciones presentadas y

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que no hayan sido declaradas desproporcionadas o anormales, atendiendo a los criterios deadjudicación señalados en el presente pliego.

En el anexo VII-2 podrán incluirse los parámetros objetivos en función de los cuales seapreciará, en su caso, que la proposición no puede ser cumplida como consecuencia de lainclusión de valores anormales o desproporcionados. En tal caso se deberá dar audiencia allicitador para que justifique la valoración de su oferta y solicitar el asesoramiento técnico delservicio correspondiente. Si el órgano de contratación, considerando la justificación efectuadapor el licitador y los informes técnicos, estimase que la oferta no puede ser cumplida comoconsecuencia de la inclusión de valores anormales o desproporcionados, la excluirá de laclasificación prevista en el párrafo anterior.

En el caso de que dos o más proposiciones se encuentren igualadas, como las másventajosas desde el punto de vista de los criterios que sirven de base para la adjudicación,tendrán preferencia, siempre que hayan presentado la documentación acreditativa,cualesquiera de las siguientes empresas:

Empresas con trabajadores con discapacidad conforme a lo señalado en la cláusula9.2.1.1.h).

Si aún así persistiera la igualdad entre las proposiciones, o si ninguna de las empresas tienepreferencia conforme al párrafo anterior, se considerará como la oferta económicamente másventajosa aquélla que obtenga una mayor puntuación en el criterio de adjudicación que tengamayor peso en la ponderación de los mismos, prevaleciendo, en caso de empate en laponderación, los criterios evaluables de forma automática sobre los que dependen de unjuicio de valor. Y en el caso de que continuara la igualdad, se procederá a la realización de unsorteo.

10.7. Documentación previa a la adjudicación.

El órgano de contratación requerirá al licitador que haya presentado la oferta económicamentemás ventajosa para que, dentro del plazo de diez días hábiles, a contar desde el siguiente aaquél en que hubiera recibido el requerimiento, presente la documentación que se detalla acontinuación, que podrá ser expedida, si así se indica en el anexo I, por medios electrónicos,informáticos o telemáticos.

a) Obligaciones tributarias.

- Certificación positiva, expedida por la Agencia Estatal de Administración Tributaria, dehallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias o declaraciónresponsable de no estar obligado a presentarlas. Esta certificación podrá obtenerse en laforma establecida en el Real Decreto 1671/2009, de 6 de noviembre, por el que se desarrollaparcialmente la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a losservicios públicos.

- Certificación positiva, expedida por la Administración Tributaria de la Generalitat Valenciana,justificativa de la inexistencia con la Administración Autonómica de deudas de naturalezatributaria en período ejecutivo o, en el caso de contribuyentes contra los que no proceda lautilización de la vía de apremio, deudas no atendidas en período voluntario.

No estará obligado a aportar las certificaciones positivas indicadas anteriormente en el casode que hubiera autorizado la cesión de información tributaria que se indica en la cláusula9.2.1.1.f).

b) Obligaciones con la Seguridad Social.

Certificación positiva, expedida por la Tesorería Territorial de la Seguridad Social, de hallarse

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al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con la Seguridad Social, o declaraciónresponsable de no estar obligado a presentarlas.

c) Impuesto sobre Actividades Económicas.

Justificante de estar dado de alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas y al corrienteen el pago del mismo, aportando al efecto copia de la carta de pago del último ejercicio, a laque se acompañará una declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrículadel citado Impuesto.

En caso de estar exento de este impuesto presentarán declaración justificativa al respecto.

Las circunstancias establecidas en las letras a), b) y c) anteriores podrán también acreditarsemediante la aportación del certificado expedido por el Registro de Licitadores que acredite losanteriores extremos, tal como se indica en la cláusula 9.2.1.

d) Garantía definitiva.

Resguardo acreditativo de la constitución de una garantía de un 5% del importe deadjudicación, excluido el Impuesto sobre el Valor Añadido, a disposición del órgano decontratación.

El adjudicatario podrá aplicar, en los casos en que se haya exigido, el importe de la garantíaprovisional a la definitiva o proceder a una nueva constitución de ésta última, en cuyo caso lagarantía provisional se cancelará simultáneamente a la constitución de la definitiva.

No obstante, el órgano de contratación podrá eximir al adjudicatario de la obligación deconstituir garantía, justificándolo adecuadamente en el anexo I, en el caso de suministros debienes consumibles cuya entrega y recepción deba efectuarse antes del pago del precio. Además, cuando así se indique en el anexo I y de conformidad con el artículo 95.2 delTRLCSP, se podrá exigir una garantía complementaria de hasta un 5% del importe deadjudicación del contrato, pudiendo alcanzar la garantía total un 10% del precio del contrato.

Cuando como consecuencia de una modificación del contrato, experimente variación el preciodel mismo, deberá reajustarse la garantía, para que guarde la debida proporción con el nuevoprecio modificado, en el plazo de quince días contados desde la fecha en que se notifique alempresario el acuerdo de modificación.

La devolución o cancelación de la garantía definitiva se realizará, una vez producido elvencimiento del plazo de garantía señalado en el anexo I y cumplido satisfactoriamente elcontrato, o resuelto éste sin culpa del contratista. La garantía definitiva responderá de la inexistencia de vicios o defectos de los bienessuministrados durante el plazo de garantía que se haya previsto en el contrato.

e) Otra Documentación.

Cualesquiera otros documentos acreditativos de su aptitud para contratar o de la efectivadisposición de los medios que se hubiesen comprometido a dedicar o adscribir a la ejecucióndel contrato, conforme al artículo 64.2 del TRLCSP, que le reclame el órgano de contratación.

De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderáque el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la mismadocumentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas lasofertas.

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10.8. Adjudicación del contrato.

Una vez recibida la documentación requerida al licitador que presentó la ofertaeconómicamente más ventajosa, el órgano de contratación le adjudicará el contrato dentrode los cinco días hábiles siguientes.

La resolución de adjudicación deberá ser motivada y será notificada directamente aladjudicatario y a los restantes licitadores y, simultáneamente, se publicará en el perfil decontratante del órgano de contratación

La notificación deberá contener, en todo caso, la información necesaria que permita allicitador excluido o candidato descartado interponer, conforme al artículo 40 del TRLCSP,recurso suficientemente fundado contra la decisión de adjudicación.

En todo caso, en dicha notificación y en el perfil de contratante se indicará el plazo en quedebe procederse a la formalización del contrato.

La notificación podrá efectuarse por correo electrónico a la dirección que los licitadores ocandidatos hubiesen designado al presentar sus proposiciones, en los términos establecidosen el artículo 28 de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanosa los Servicios Públicos. Sin embargo, el plazo para considerar rechazada la notificación,con los efectos previstos en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, será decinco días.

Cuando el órgano de contratación no adjudique el contrato de acuerdo con la propuestaformulada por la Mesa de contratación deberá motivar su decisión.

No podrá declararse desierta una licitación cuando exista alguna oferta o proposición quesea admisible de acuerdo con los criterios que figuren en el pliego.

Cuando el único criterio a considerar para seleccionar al adjudicatario del contrato sea el delprecio más bajo, la adjudicación deberá recaer en el plazo máximo de quince días a contardesde el siguiente al de apertura de las proposiciones.

Cuando para la adjudicación del contrato deban tenerse en cuenta una pluralidad decriterios el plazo máximo para efectuar la adjudicación será de dos meses a contar desde laapertura de las proposiciones, salvo que se indique otro en el anexo I.

El órgano de contratación podrá, siempre antes de proceder a la adjudicación, renunciar a laejecución del contrato por razones de interés público debidamente justificadas en elexpediente, o desistir del procedimiento de adjudicación en caso de haberse producido unainfracción no subsanable de las normas de preparación del contrato o de las reguladoras delprocedimiento de adjudicación. En ambos casos, se compensará a los candidatos olicitadores en la cantidad que, en su caso, se indique en el anexo I.

Adjudicado el contrato y transcurridos dos meses desde la notificación de la resolución deadjudicación sin que se haya interpuesto recurso, la documentación que acompaña a lasproposiciones quedará a disposición de los interesados. Si éstos no retiran sudocumentación dentro del mes siguiente a la finalización del citado plazo, el órgano decontratación no estará obligado a seguirla custodiando, a excepción de los documentosjustificativos de la garantía provisional, que se conservarán para su entrega a losinteresados.

11. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO.

Antes de la formalización del contrato el adjudicatario deberá acreditar ante el órgano gestorhaber abonado el importe total de los anuncios de licitación y, en su caso, el de la

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publicación en otros medios de difusión, dentro de los límites máximos de posiblerepercusión establecidos en el anexo I. Asimismo, en el caso de que el adjudicatario seauna unión temporal de empresarios, deberá aportar la escritura pública de formalización dela misma, cuya duración será coincidente con la del contrato hasta su extinción.

El contrato se perfecciona con su formalización y salvo que se indique otra cosa en suclausulado se entenderá celebrado en el lugar donde se encuentre la sede del órgano decontratación.

El contrato se formalizará en documento administrativo que se ajuste con exactitud a lascondiciones de la licitación no más tarde de los quince días hábiles siguientes a aquél enque se reciba la notificación de la adjudicación a los licitadores o candidatos, constituyendodicho documento título suficiente para acceder a cualquier registro público. El contratistapodrá solicitar que el contrato se eleve a escritura pública, corriendo de su cargo loscorrespondientes gastos. En ningún caso se podrán incluir en el documento en que seformalice el contrato cláusulas que impliquen alteración de los términos de la adjudicación.

No obstante, en caso de que el contrato sea susceptible de recurso especial en materia decontratación, la formalización no podrá efectuarse antes de que transcurran los quince díashábiles desde que se remita la notificación de la adjudicación a los licitadores o candidatos.Transcurrido este plazo, el órgano de contratación requerirá al adjudicatario para queformalice el contrato en plazo no superior a cinco días, contados desde el siguiente a aquelen que hubiera recibido el requerimiento, una vez transcurrido el citado plazo de quince díassin que se hubiera interpuesto recurso que lleve aparejada la suspensión de la formalizacióndel contrato o desde que se dicte resolución con el levantamiento de la suspensión del actode adjudicación.

La formalización del contrato se publicará en el perfil de contratante del órgano decontratación.

Cuando por causas imputables al adjudicatario no se hubiese formalizado el contrato dentrodel plazo indicado, la Administración podrá acordar la incautación sobre la garantía definitivadel importe de la garantía provisional que, en su caso, hubiese exigido.

Simultáneamente con la firma del contrato, deberá ser firmado por el adjudicatario el Pliegode Cláusulas Administrativas Particulares, el Pliego de Prescripciones Técnicas Particularesy demás documentos integrantes del contrato.

III. EJECUCIÓN DEL CONTRATO.

12. RESPONSABLE DEL CONTRATO.

El órgano de contratación designará un responsable del contrato al que corresponderásupervisar su ejecución y adoptar las decisiones y dictar las instrucciones necesarias con el finde asegurar la correcta realización de la prestación pactada. El responsable del contrato podráser una persona física o jurídica, vinculada al ente, organismo o entidad contratante o ajena aél.

El nombramiento del responsable será comunicado por escrito al contratista en el plazo dequince días desde la fecha de formalización del contrato y, en su caso, su sustitución enidéntico plazo, desde la fecha en que se hubiera producido.

El responsable y sus colaboradores, acompañados por el delegado del contratista, tendránlibre acceso a los lugares donde se realice el suministro.

El contratista, sin coste adicional alguno, facilitará a la Administración asistencia profesional en

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las reuniones explicativas o de información, que ésta estime necesarias para elaprovechamiento de la prestación contratada.

13. EJECUCIÓN DEL CONTRATO.

La ejecución del contrato se realizará a riesgo y ventura del contratista.

La Administración tiene la facultad de inspeccionar y de ser informada del proceso de fabri-cación o elaboración del producto que haya de ser entregado como consecuencia del con-trato, pudiendo ordenar o realizar por sí misma análisis, ensayos y pruebas de los materia-les que se vayan a emplear, establecer sistemas de control de calidad y dictar cuantas dis-posiciones estime oportunas para el estricto cumplimiento de lo convenido.

El contratista está obligado a guardar sigilo respecto de los datos y antecedentes que, nosiendo públicos o notorios, estén relacionados con el objeto del contrato, de los que tengaconocimiento con ocasión del mismo.

14. ENTREGA DE BIENES.

El contratista estará obligado a entregar los bienes objeto de suministro en el tiempo y lugarfijados en el contrato y de conformidad con las prescripciones técnicas y cláusulas adminis-trativas.

El adjudicatario no tendrá derecho a indemnización por causa de pérdidas, averías o perjui-cios ocasionados en los bienes antes de su entrega a la Administración, salvo que ésta hu-biere incurrido en mora al recibirlos.

Cuando el acto formal de la recepción de los bienes, de acuerdo con las condiciones delpliego, sea posterior a su entrega, la Administración será responsable de la custodia de losmismos durante el tiempo que medie entre una y otra.

Los bienes quedarán en el punto de destino listos para su utilización conforme a lo estable-cido en este pliego y en el de prescripciones técnicas del suministro, debiendo, igualmente,proceder el contratista, en su caso, a la retirada de los bienes entregados como pago departe del precio.

Los gastos de la entrega y transporte de los bienes objeto del suministro al lugar convenido,serán de cuenta del contratista salvo pacto en contrario.

15. SEGUROS.

El contratista deberá tener suscritos los seguros obligatorios, así como un seguro que cubralas responsabilidades que se deriven de la ejecución del contrato, en los términos que, ensu caso, se indique en el Pliego de Prescripciones Técnicas.

16. SIN CONTENIDO.

17. OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA.

17.1. Obligaciones laborales, sociales y económicas del contratista.

El personal adscrito al suministro dependerá exclusivamente del contratista, el cual tendrátodos los derechos y deberes inherentes a su calidad de empresario respecto del mismo.

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El contratista responderá de cuantas obligaciones le vienen impuestas en su carácter deempleador, así como del cumplimiento de cuantas normas regulan y desarrollan la relaciónlaboral o de otro tipo, existente entre aquél, o entre sus subcontratistas, y los trabajadoresde uno y otro, sin que pueda repercutir contra el Ayuntamiento ninguna multa, sanción ocualquier tipo de responsabilidad que por incumplimiento de alguna de ellas, pudieran impo-nerle los Organismos competentes.

En cualquier caso, el contratista indemnizará a la Administración de toda cantidad que seviese obligada a pagar por incumplimiento de las obligaciones aquí consignadas, aunqueello le venga impuesto por resolución judicial o administrativa.

Corresponderá y será de cargo del contratista:

a) La obtención de las autorizaciones y licencias, documentos o cualquier información, tantooficiales como particulares, que se requieran para la realización del suministro.

b) Los gastos de comprobación de materiales, vigilancia del proceso de fabricación, si pro-cede, y los de materiales, personal, transporte, entrega y retirada de los bienes hasta el lu-gar y destino convenido, montaje, puesta en funcionamiento o uso y posterior asistencia téc-nica de los bienes que en su caso se suministren durante el respectivo plazo de garantía,así como cualesquiera otros gastos a que hubiera lugar para la realización del objeto delcontrato, incluidos los fiscales. Sin embargo, en ningún caso el coste del montaje y puestaen funcionamiento incluirá la ejecución de obras de cualquier naturaleza en el lugar dondehaya de realizarse.

c) Las pruebas, ensayos o informes necesarios para verificar la correcta ejecución del sumi-nistro contratado, con el límite del 1% del precio total del contrato.

d) La indemnización de los daños que se causen tanto a el Ayuntamiento como a terceros,como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del suministro, salvo cuan-do tales perjuicios hayan sido ocasionados por una orden inmediata y directa de la Adminis-tración.

e) Toda reclamación relativa a la propiedad industrial, intelectual o comercial de los materia-les, procedimientos y equipos utilizados en la fabricación del suministro, debiendo indemni-zar a el Ayuntamiento todos los daños y perjuicios que para ésta pudieran derivarse de la in-terposición de reclamaciones, incluidos los gastos derivados de los que eventualmente pu-dieran dirigirse contra la misma.

18. PENALIDADES.

1.- Se impondrán penalidades al contratista cuando incurra en alguna de las causasprevistas a continuación:

a) Por incumplimiento de las condiciones especiales de ejecución.

El incumplimiento de cualquiera de las condiciones de ejecución establecidas en este pliegodará lugar a la imposición al contratista de las siguientes penalidades:

1. Como regla general, su cuantía será un 1% del importe de adjudicación delcontrato, salvo que, motivadamente, el órgano de contratación estime que elincumplimiento es grave o muy grave, en cuyo caso podrán alcanzar hasta un5% o hasta el máximo legal del 10%, respectivamente. La reiteración en elincumplimiento podrá tenerse en cuenta para valorar la gravedad.

2. Se harán efectivas mediante deducción de las cantidades que, en conceptode pago total o parcial, deban abonarse al contratista, o sobre la garantía,

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conforme al artículo 196.8 de la Ley de Contratos del Sector Público.

El cumplimiento por el adjudicatario de las condiciones especiales de ejecución podráverificarse por el órgano de contratación en cualquier momento durante la ejecución delcontrato y, en todo caso, se comprobará al tiempo de la recepción de las obras.

Cuando el incumplimiento se refiera a la contratación de personal en los términos indicadosen la cláusula anterior, será considerada como infracción muy grave a los efectos previstosen el artículo 102.2 de la Ley de Contratos del Sector Público siempre que el incumplimientosuponga una contratación de nueva mano de obra que no se encontrase en situación deparo superior al 50 % del total de la contratada como nueva.

b) Por cumplimiento defectuoso.

Se impondrán penalidades por cumplimiento defectuoso en los siguientes términos: i) Si, al tiempo de la recepción, las obras no se encuentran en estado de serrecibidas por causas imputables al contratista.

j) Como regla general, su cuantía será un 1% del presupuesto del contrato,salvo que, motivadamente, el órgano de contratación estime que el incumplimiento es graveo muy grave, en cuyo caso podrán alcanzar hasta un 5% o hasta el máximo legal del 10%,respectivamente. La reiteración en el incumplimiento podrá tenerse en cuenta para valorar lagravedad. k) En todo caso, la imposición de las penalidades no eximirá al contratista de laobligación que legalmente le incumbe en cuanto a la reparación de los defectos.

c) Por incumplir criterios valorados para la adjudicación del contrato.

Se impondrán al contratista penalidades por incumplir los criterios de adjudicación en lossiguientes términos:

l) Se estimará que concurre causa de incumplimiento si, durante la ejecucióndel contrato o al tiempo de su recepción, se aprecia que, por causas imputables alcontratista, se ha incumplido alguno o algunos de los compromisos asumidos en su oferta,en especial los relativos al volumen de mano de obra desempleada o subcontratación autilizar en la ejecución del contrato.

m) Para considerar que el incumplimiento afecta a un criterio de adjudicaciónserá preciso que al descontarse el tanto por 100 previsto para la obtención de la puntuaciónobtenida por el contratista en el criterio de adjudicación incumplido, resultara que su ofertano habría sido la mejor valorada.

n) Como regla general, su cuantía será un 1% del presupuesto del contrato,salvo que, motivadamente, el órgano de contratación estime que el incumplimiento es graveo muy grave, en cuyo caso podrán alcanzar hasta un 5% o hasta el máximo legal del 10%,respectivamente. La reiteración en el incumplimiento podrá tenerse en cuenta para valorar lagravedad.

d) Por demora.

Cuando el contratista, por causas que le fueran imputables, hubiera incurrido en demora,tanto en relación con el plazo total como con los plazos parciales establecidos, se estará alo dispuesto en el artículo 196 de la Ley de Contratos del Sector Público en cuanto a laimposición de estas penalidades.

La constitución en mora por el contratista no precisará intimación previa por parte del

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Ayuntamiento. La imposición de penalidades consecuentes con dicho retraso se aplicaráautomáticamente por el órgano de contratación.

Si llegado al término de cualquiera de los plazos parciales o del final, el contratista hubieraincurrido en mora por causas imputables al mismo, el Ayuntamiento podrá optarindistintamente, en la forma y condiciones establecidas en el artículo 196 de la LCSP, por laresolución del contrato con pérdida de garantía definitiva o por la imposición de laspenalidades establecidas en el citado artículo.

En el caso de que el contrato incluyera cláusula de revisión de precios y el incumplimientodel plazo fuera imputable al contratista, se procederá en la forma y en los términos previstosen el artículo 81 de la LCSP.

El importe de las penalidades no excluye la indemnización a que pudiese tener derecho elAyuntamiento, por daños y perjuicios originados por la demora del contratista.

Si el retraso fuera por motivos no imputables al contratista se estará a lo dispuesto en elartículo197.2 de la LCSP.

2.- Para la imposición de las penalidades establecidas se sustanciará un procedimiento enel que necesariamente tendrá lugar trámite de alegaciones al contratista.

19. RÉGIMEN DE PAGOS.

El adjudicatario tendrá derecho al abono del precio de los suministros efectivamente entre-gados y formalmente recibidos por la Administración con arreglo a las condiciones estableci-das en el contrato.

El pago del precio se realizará, según se indique en el anexo I, de una sola vez a la entregade los bienes o mediante pagos parciales.

El pago del precio se efectuará previa presentación de factura, debiendo ser repercutidocomo partida independiente el Impuesto sobre el Valor Añadido en el documento que se pre-sente para el cobro, sin que el importe global contratado experimente incremento alguno. Cuando se hubieren entregado bienes como pago de parte del precio se estará a lo estable-cido en la cláusula 3 de este pliego. 20. ABONOS DE INTERESES DE DEMORA Y COSTES DE COBRO.

1. Si como consecuencia de retrasos en el pago del precio por parte de la Administraciónprocediera el abono de intereses de demora, los mismos se calcularán considerando lafecha del acta de recepción de conformidad, correspondiente a los suministrosefectivamente entregados, y el cumplimiento del plazo para su devengo establecido en elartículo 216 del TRLCSP.

2. A estos efectos el abono de interés al contratista se efectuará de conformidad con lossiguientes criterios:

a) El interés de demora se calculará sobre el importe de la obligación pecuniaria principal,excluidos el IVA y los demás tributos que graven la operación.

Asimismo en las actas de recepción que se extiendan excediendo del importe de lasanualidades que rijan en el contrato no se contará el plazo previsto en el artículo 216.4 delTRLCSP desde la fecha de las actas, sino desde aquella otra posterior en la que con arregloa las condiciones convenidas deberían producirse.

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b) No procederá el devengo de interés alguno en caso de retraso en el pago de los abonosa cuenta para la financiación de operaciones preparatorias de la ejecución del contratorealizadas por lo que las cantidades abonadas por estos conceptos se descontarán de lasque por la ejecución de contrato deban abonarse, a los efectos de la determinación delimporte respecto del que se hayan de calcular, en su caso, los intereses de demora.

c) Cuando se trate de pagos a cuenta anteriores a la ejecución total del contrato por elcontratista, se utilizará como tipo de interés el aplicado por el Banco Central Europeo a sumás reciente operación principal de financiación efectuada antes del primer día del semestrenatural de que se trate.

d) En los demás casos se aplicará la siguiente escala:

- Pagos hasta 6.000 € Tipo de referencia más 7 puntos.- Pagos entre 6.000,01 € y 18.000 € Tipo de referencia más 6 puntos.- Pagos entre 18.000,01 € y 36.000 € Tipo de referencia más 5 puntos.- Pagos entre 36.000,01 € y 60.000 € Tipo de referencia más 4 puntos.- Pagos entre 60.000,01 € y 100.000 € Tipo de referencia más 3 puntos.- Pagos entre 100.000,01 € y 500.000 € Tipo de referencia más 2 puntos.- Pagos entre 500.000,01 € y 1.000.000 € Tipo de referencia más 1 punto.- Pagos de más de 1.000.000 € Tipo de referencia.

A estos efectos se entenderá como Tipo de referencia el indicado en el apartado c) anterior.

Para la aplicación de la escala anterior no podrán acumularse cantidades devengadas enplazos diferentes.

3. También procederá, en su caso, la indemnización por costes de cobro en los términos ycondiciones establecidas en el artículo 8 de la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que seestablecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales.

4. Será requisito para que el acreedor pueda exigir el reconocimiento del derecho al cobrode intereses de demora y de la indemnización por costes de cobro el cumplimiento por suparte de las obligaciones contractuales y legales.

A tal efecto, en el expediente que se tramite para dicho reconocimiento deberá acreditar:

a) Haber cumplido los plazos pactados con los subcontratistas y suministradores delcontrato de que se trate, dentro de los límites legales, para el pago de las prestacionespecuniarias a que esté obligado, acompañando a tal fin la justificación documentalacreditativa de dicho cumplimiento. b) Haber cumplido todas las obligaciones derivadas del contrato, incluidas en su caso lascontenidas en su oferta, y especialmente las referentes al plazo total o a los plazos parcialesde ejecución establecidos en el contrato. El responsable del contrato expedirá certificaciónsobre tales extremos.

21. MODIFICACIÓN DEL CONTRATO.

El contrato solo podrá ser modificado por razones de interés público.

En el anexo I se indicará, en su caso, la posibilidad de modificación del contrato, detallán-dose, de forma clara, precisa e inequívoca las condiciones en que podrá hacerse uso de lamisma, así como el alcance y límites de dichas modificaciones, con expresa indicación delporcentaje del precio del contrato al que como máximo pueda afectar, de conformidad con loestablecido en el artículo 106 del TRLCSP.

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Asimismo y de acuerdo con lo establecido en dicho artículo, el procedimiento a seguir paraefectuar la modificación del contrato en los supuestos contemplados en el citado anexo seráel siguiente:

1. Resolución de inicio de expediente de modificación del contrato por el órgano de contrata-ción. 2. Audiencia al contratista por un plazo de 5 días hábiles.3. Informe de la Asesoría Jurídica en un plazo de 5 días hábiles.4. Propuesta de resolución de modificación por el órgano de contratación.5. Informe de la Mesa de Contratación cuando la cuantía de la modificación, aislada o con-juntamente, sea superior a un 10% del precio primitivo del contrato, cuando éste sea igual osuperior a 6.000.000 de euros o exceda del 20% del precio del contrato, independientemen-te de su importe.6. Fiscalización, en su caso, del gasto correspondiente.7. Resolución motivada del órgano de contratación.8. Notificación al contratista.

Todas aquellas modificaciones no previstas en el anexo I solo podrán efectuarse cuando sejustifique suficientemente la concurrencia de alguna de las circunstancias previstas en el ar-tículo 107 del TRLCSP.

Las modificaciones acordadas por el órgano de contratación serán obligatorias para el con-tratista y deberán formalizarse conforme a lo dispuesto en el artículo 156 del TRLCSP.

22. RECEPCIÓN.

La recepción se efectuará en los términos y con las formalidades establecidas en los artícu-los 222 y 292 del TRLCSP.

Si los bienes no se hayan en estado de ser recibidos se hará constar así en el acta de re-cepción y se darán las instrucciones precisas al contratista para que subsane los defectosobservados o proceda a un nuevo suministro de conformidad con lo pactado.

El plazo de garantía del presente contrato será el fijado en el anexo I, y comenzará a contardesde la fecha de recepción o conformidad. Si durante dicho plazo se acreditase la existen-cia de vicios o defectos en los bienes suministrados, tendrá derecho la Administración a re-clamar del contratista la reposición de los que resulten inadecuados o la reparación de losmismos si fuese suficiente.

Si el órgano de contratación estimase, durante el plazo de garantía, que los bienes suminis-trados no son aptos para el fin pretendido, como consecuencia de los vicios o defectos ob-servados en ellos e imputables al contratista, se estará a lo dispuesto en los artículos 100.dy 298 del TRLCSP.

Transcurrido el plazo de garantía, si no resultaren responsabilidades, se devolverá o cance-lará la garantía constituida de conformidad con lo establecido en el artículo 102 del TRLCSP.

23. SIN CONTENIDO.

24. SIN CONTENIDO.

25. SIN CONTENIDO.

26. SIN CONTENIDO.

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27. RESOLUCIÓN DEL CONTRATO.

Son causas de resolución del contrato las previstas en los artículos 223 y 299 del TRLCSP,así como el incumplimiento de las obligaciones establecidas en los párrafos 3º y 4º de lacláusula 12 del presente pliego.

Asimismo, se resolverá el contrato, considerándose a todos los efectos como supuestos deresolución por culpa del contratista:

a) El incumplimiento de la obligación de guardar sigilo establecida en la cláusula 13 de estepliego.

b) La incursión del contratista, durante la vigencia del contrato, en alguna de lasprohibiciones de contratar señaladas en la normativa vigente o en incompatibilidad, sin laobtención inmediata de la correspondiente compatibilidad.

c) Si no pudiese producirse la subrogación del contrato en los términos establecidos en elartículo 85 del TRLCSP, por no reunir la entidad a la que se atribuya el contrato lascondiciones de solvencia necesarias.

El acaecimiento de cualquiera de estas causas, en los términos establecidos, conllevará laresolución del contrato, debiendo indemnizar el contratista a la Administración los daños yperjuicios ocasionados, con los demás efectos que procedan conforme a la normativaaplicable. El importe de la garantía responderá de todo ello, en cuanto alcance, y sinperjuicio de la subsistencia de la responsabilidad del contratista en lo que se refiere alimporte que exceda del de la garantía incautada, en su caso.

En el supuesto de que fuese necesario que la prestación se ejecutase en forma distinta a lapactada inicialmente, deberá procederse a la resolución del contrato en vigor y a lacelebración de otro, de acuerdo con lo previsto en el TRLCSP.

En caso de que se inicie expediente de resolución del contrato por imposibilidad de ejecutarla prestación en los términos inicialmente pactados, o por la posibilidad cierta de producciónde una lesión grave al interés público, de continuarse ejecutando la prestación en esostérminos, podrá iniciarse el procedimiento para la adjudicación del nuevo contrato, si bien laadjudicación de éste quedará condicionada a la terminación del expediente de resolución.Hasta que se formalice el nuevo contrato, el contratista quedará obligado, en la forma y conel alcance que determine el órgano de contratación, a adoptar las medidas necesarias porrazones de seguridad, o indispensables para evitar un grave trastorno al servicio público, deconformidad con lo establecido en el apartado 6 del artículo 225 del TRLCSP.

28. SIN CONTENIDO

29. SIN CONTENIDO.

IV- PRERROGATIVAS DEL AYUNTAMIENTO, JURISDICCIÓN Y RECURSOS.

30. PRERROGATIVAS DEL AYUNTAMIENTO.

El órgano de contratación ostenta la prerrogativa de interpretar los contratos administrativosy resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento. Igualmente podrá modificar los contratoscelebrados y acordar su resolución, dentro de los límites y con sujeción a los requisitos yefectos señalados en el TRLCSP y demás normativa de aplicación.

Los acuerdos que dicte el órgano de contratación, previo informe jurídico de los órganoscompetentes en el ejercicio de sus prerrogativas de interpretación, modificación y

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resolución, serán inmediatamente ejecutivos.

31. JURISDICCIÓN COMPETENTE.

Las cuestiones litigiosas surgidas sobre la interpretación, modificación, resolución y efectosdel contrato dimanante de la licitación desarrollada según el presente pliego serán resueltaspor el órgano de contratación competente, cuyos acuerdos pondrán fin a la víaadministrativa, y contra los mismos se podrá interponer potestativamente recurso dereposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano o recurso contencioso administrativoen el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de su notificación opublicación.

Para la resolución de los litigios judiciales que surjan o deriven de la presente contratación laspartes se someten expresamente a la competencia de los Juzgados y Tribunales conjurisdicción en Calp, renunciando al fuero propio o a cualquier otro que pudiera corresponderle.

32. RECURSO ESPECIAL EN MATERIA DE CONTRATACIÓN.

Serán susceptibles de recurso especial en materia de contratación previo a la interposicióndel contencioso-administrativo, siempre que se trate de un contrato de suministro sujeto aregulación armonizada, los anuncios de licitación, los pliegos y los documentoscontractuales que establezcan las condiciones que deban regir la licitación, los actos detrámite adoptados en el procedimiento de adjudicación, siempre que éstos decidan directa oindirectamente sobre la adjudicación, determinen la imposibilidad de continuar elprocedimiento o produzcan indefensión o perjuicio irreparable a derechos o intereseslegítimos, así como los acuerdos de adjudicación adoptados por el órgano de contratación.

No serán susceptibles de recurso especial en materia de contratación los actos de losórganos de contratación dictados en relación con las modificaciones contractuales noprevistas en el pliego que, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 105 a 107 delTRLCSP sea preciso realizar una vez adjudicados los contratos tanto si acuerdan como sino la resolución y la celebración de nueva licitación.

La tramitación del citado recurso se ajustará a lo dispuesto en los artículos 40 a 49 delTRLCSP.

Contra la resolución del recurso solo cabrá la interposición de recurso contencioso-administrativo conforme a lo dispuesto en el artículo 10, letras k) y l) del apartado 1 y en elartículo 11, letra f) de su apartado 1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de laJurisdicción Contencioso-Administrativa.

ANEXO I

OBJETO Y CARACTERÍSTICAS DEL CONTRATO.

ANEXO I.1.-CUADRO RESUMEN DEL CONTRATO

Objeto y características del contratoExpediente: SUM 21/2013Título: SUMINISTRO MEDIANTE

RENTING DEL CÉSPEDARTIFICIAL CAMPO DEFÚTBOL M.ÁNGEL BENÍTEZ

Código CPV: 39293400-6 Césped ArtificialPerfil del contratante: www.ajcalp.esPresupuesto

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Presupuesto de licitación (anual, euros IVA excluido) 16.000,00 EurosIVA Euros 3.360,00 EurosTotal Euros 19.360,00 EurosValor estimado del contrato: coincide con el importe total N 80.000,00 EurosRevisión de precios S/N: NFinanciación con Fondos Europeos S/N NForma pago Tras presentación factura. Plazo total de ejecución en meses: 60 mesesFinalizado el período de arrendamiento el arrendador podrá optar por ceder gratuitamente elbien al Ayuntamiento de Calp o, en su caso, proceder a su retirada. Sujeto a regulación armonizada S/N NProcedimiento de adjudicación (Abierto/Restringido) AbiertoTramitación del Expediente (Ordinaria/Urgente) OrdinariaPublicidad Boletín Oficial de la Provincia.

Perfil del contratante Posibilidad de variantes o mejoras S/N SConstitución de la Mesa de contratación S/N SPlazo máximo para efectuar la adjudicación provisional: 2 mesesGarantíasProvisional (Euros): No se requiereDefinitiva: 5% del valor estimado del

contratoComplementaria % del valor estimado del

contratoPlazo de garantía (años)Único criterio de adjudicación: precio más bajo S/N NEvaluación de las ofertas Servicios Técnicos MunicipalesSubcontratación obligatoria S/N N

ANEXO I.2 PRESCRIPCIONES TÉCNICAS

Ver Pliego de Prescripciones Técnicas

ANEXO II

DOCUMENTACIÓN GENERAL.

ANEXO II.1.-

SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA

La solvencia económica y financiera del empresario podrá ser acreditada por uno o variosde los medios señalados en el art. 75 TRLCSP, y preferentemente por:

2. Cuando se exija clasificación administrativa, la solvencia económico financiera seacreditará mediante la presentación de la misma.

3. Cuando no se exija clasificación administrativa, la citada solvencia podrá acreditarsepor alguno de los siguientes medios:

Mediante la presentación de un certificado de clasificación administrativa envigor en cualquiera de los grupos o subgrupos contemplados en el Reglamen-to General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.

Mediante la aportación de la siguiente documentación:

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Declaraciones apropiadas de entidades financieras. Declaración relativa a la cifra global de negocios, mediante la presen-

tación de la declaración anual de operaciones con terceros.

ANEXO II.2.-

SOBRE 1 - CARPETA 1: DOCUMENTACION GENERAL

DECLARACIÓN RESPONSABLE DE TENER CAPACIDAD PARA CONTRATAR

D. ______________________________, con residencia en ________, provincia de_____________, calle __________________ nº ___, con Documento Nacional de Identidadnº __________, en nombre, propio o de la empresa que representa, declara bajo supersonal responsabilidad y ante el Ayuntamiento de Calp:

Tener plena capacidad de obrar, hallarse al corriente del cumplimiento de lasobligaciones tributarias (recibos de alta y estar al corriente del pago, o exento del mismo, delImpuesto sobre Actividades Económicas, certificaciones positivas que acrediten la no exis-tencia de deudas con el Ayuntamiento del Estado, Generalitat Valenciana y Ayuntamiento deCalp) y con la Seguridad Social, impuestas por las disposiciones vigentes.

No encontrarse incurso en las prohibiciones para contratar previstas en el artí-culo 60 Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.

(Lugar, fecha y firma del proponente)

ANEXO II.3.-

SOBRE 1 - CARPETA 1: DOCUMENTACION GENERAL

AUTORIZACIÓN PARA LA CESIÓN DE INFORMACIÓN RELATIVA A OBLIGACIONES TRIBUTARIAS

D. ___________________________________, con residencia en _____________,provincia de _______________, calle ___________________ nº ___, con DocumentoNacional de Identidad nº ______________, en nombre propio o de la empresa a la querepresenta en el procedimiento de adjudicación del contrato de ______________ :

Autoriza al Ayuntamiento de Calp a solicitar la cesión de la información por mediosinformáticos o telemáticos, sobre la circunstancia de estar o no al corriente de susobligaciones tributarias con el Estado así como con la Generalitat Valenciana a efectos delprocedimiento de contratación del expediente anteriormente indicado, de acuerdo con loestablecido en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos deCarácter Personal, disposición adicional cuarta de la Ley 40/1998, de 9 de diciembre, delImpuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y otras Normas Tributarias, y demásdisposiciones de aplicación.

(Lugar, fecha y firma del proponente)

ANEXO III

PROPOSICIÓN TÉCNICA.

289

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ANEXO III-A

SOBRE 1 – CARPETA 2: DOCUMENTACION TÉCNICA

la solvencia técnica podrá acreditarse por alguno de los siguientes medios:

1. Relación de los principales suministros efectuados durante los tres últimos años, indicandosu importe, fechas y destinatario público o privado de los mismos. Los suministros efectuadosse acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando eldestinatario sea una entidad del sector público o cuando el destinatario sea un compradorprivado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante unadeclaración del empresario.

2. Certificados expedidos por los institutos o servicios oficiales encargados del control decalidad, de competencia reconocida, que acrediten la conformidad de productosperfectamente detallada mediante referencias a determinadas especificaciones o normas.

3. En el caso de empresas extranjeras no pertenecientes a los Estados miembros de la UniónEuropea, la solvencia técnica quedará acreditada aportando la documentación exigida en elpunto 1, acompañando cada una de los suministros relacionadas de un certificado, expedidopor el la administración contratante, justificativo de haber realizado las mismas a plenasatisfacción.

1. Otros Requisitos:

2. - Nombres y cualificación profesional del personalresponsable de ejecutar la prestación:

3. - Compromiso de dedicación de los medios personales omateriales suficientes para la ejecución:

(En caso afirmativo señalar si:- Obligación esencial a efectos del 223 TRLCSP : S/N- Penalidades en caso de incumplimiento: S/N

ANEXO IV

ANEXO IV-ASOBRE 2.-DOCUMENTACIÓN RELATIVA AL CRITERIO DE ADJUDICACIÓN VALORADOMEDIANTE UN JUICIO DE VALOR.

SOBRE 2-PROPOSICIÓN TÉCNICA.

PROPUESTA DE MEJORASD.con residencia enprovincia decalle nºsegún Documento Nacional de Identidad nºen nombre, propio o de la empresaque representa, de conformidad con lo establecido en la letra a), de la cláusula 9.2.2. del presentepliego, presenta las siguientes alternativas de mejoras sin o con repercusión económica:

ALTERNATIVA 1ª

Descripción de la mejora:

Con repercusión económica Indicar importe

290

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Sin repercusión económica

ANEXO IV-BSOBRE 2 – PROPOSICIÓN TÉCNICA

ELEMENTOS CONSIDERADOS SUSCEPTIBLES DE MEJORAS

Expediente : SUM 18/2013 Localidad : CALP

Título : CÉSPED ARTIFICIAL

ELEMENTO : Puntuación Máxima: 20 Puntos

Límites y Condiciones Técnicas:Se tendrá en cuenta a la hora de valorar este apartado la calidad de los procedimientos del suministrodescritos en la memoria a presentar, su adaptación a cada instalación deportiva concreta, la tipología demaquinaria a emplear y su especificidad para los trabajos del suministro que se va a realizar.

ELEMENTO : Puntuación Máxima: 29 Puntos

Límites y Condiciones Técnicas:Se valorará en este apartado la mejora de las características y propiedades del césped artificial definidasen el pliego de prescripciones técnicas. Estas mejoras deberán de ser posteriormente comprobadas enlos ensayos a realizar al finalizar el suministro césped artificial previamente al certificado de conformidadque se emitirá.

ANEXO V

ANEXO V-A

SOBRE 3 – DOCUMENTACIÓN RELATIVA A LOS CRITERIOS DE ADJUDICACIÓNVALORADOS MEDIANTE LA APLICACIÓN DE FÓRMULAS.

SOBRE 3 – PROPOSICIÓN ECONÓMICA

El Sobre C contendrá la Proposición Económica, redactada de acuerdo con el siguientemodelo propuesto

291

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D. ___________________________________, con Documento Nacional de Identidadnº ______________ y domicilio en calle _____________, del municipio de

___________, provincia de _______________, calle ___________________ nº___, enterado de la licitación convocada para la adjudicación del contrato de

suministro de CÉSPED ARTIFICIAL CAMPO DE FÚTBOL M.ÁNGEL BENÍTEZ,expone:

Que formula oferta económica en los términos siguientes:Que formula oferta económica en los términos siguientes:

OFERTAIMPORTE

(cifra)IVA

(cifra)IMPORTE

TOTAL(cifra)IMPORTE

TOTAL(letra)Cuota mensual derenting

total

Que dicho importe total incluye además todos los tributos, tasas y cánones decualquier índole que sean de aplicación.

(Lugar, fecha y firma del proponente)

ANEXO VI

VALORACIÓN DE LAS OFERTAS

ANEXO VI.1.-

CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN

En cumplimiento del art. 50 TRLCSP, se establecen los siguientes criterios que se tendrán en consideración para adjudicar el contrato.

CRITERIO 11 objº Importe de la oferta económica

Finalidad: Valorar el menor coste ofertado sobre el tipo de la licitación, sin perjuicio de la calidad de la obra.

Base de evaluación: Se concederán A puntos por cada B por 100 de baja sobre el tipo de la licitación, según la fórmula: puntos iniciales = (% de baja de la oferta * A) / B

siendo A = 1,00; B = 1,00

En caso de que se supere para algún licitador el límite de valoración fijado para el concepto, se concederá dicho límite devaloración a la mejor oferta económica, reduciéndose en idéntica proporción la puntuación de las restantes ofertas, según lafórmula:

puntos finales = (puntos iniciales * límite valoración) / % mayor baja

CRITERIO 2subjº

Mejoras sobre las características del césped

Finalidad: Preferencia de la oferta a la vista de sus características técnicas, computada con aplicación de los criterios de loselementos de valoración, en informe emitido en este sentido por los Servicios Técnicos Municipales.

Metodología: Se valorará hasta el máximo de puntos señalado en el criterio, previo informe razonado de los serviciosmunicipales evaluativo del criterio de adjudicación

Base de evaluación: Revisión de la oferta en cuanto a características técnicas, especificaciones del césped y definiciónpormenorizada de las mejoras, tomando como base las características mínimas establecidas en el Anexo I

292

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LÍMITES EN LA APLICACIÓN DE CRITERIOS:

--Criterios de

AdjudicaciónOferta

económica

Mejoras sobre lascaracterísticas básicas

del céspedtotal

Expte.Refª criteriosadjudicación

1 2 --

SUM21/2013 CÉSPED ARTIFICIAL 51 49 100

ANEXO VI.2.-

PARÁMETROS OBJETIVOS PARA CONSIDERAR UNA OFERTA ANORMAL O DESPROPORCIONADA.

Para determinar ofertas con valores anormales o desproporcionados se considerará, para latotalidad de las ofertas admitidas a licitación:

BMA: BE+BADonde:BE=Importe de la Baja Económica, calculada por la diferencia entre el presupuesto base delicitación y la oferta económica del licitador.BA=Importe de la oferta para la mejora del ámbito de actuación.BMM: Media aritmética de los importes BMA, calculada de acuerdo con la fórmula:

DBM: Desviación típica de BMA, calculada de acuerdo con la fórmula

Se entenderán ofertas incursas en presunción de anormalidad por su elevado importe aque-llas cuyo BMA correspondiente supere el siguiente valor:

BMA>BMM+2*DBM.

Si, conforme al criterio expuesto, alguna oferta presentara valores anormales o despropor-cionados se estará a lo dispuesto en el art. 152 TRLCSP en cuanto a las justificaciones exi-gibles y a la adjudicación del contrato.

0o0o0o0”

III.-Por el jefe del negociado de contratación, al que se ha adherido la Secretaría Municipalse ha emitido con fecha 26 de junio de 2013 informe en los siguientes términos:

“B) CONSIDERACIONES JURÍDICAS.

293

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1.- Naturaleza del suministro.

La adquisición que se plantea entra dentro de los contratos de suministro a los quese refiere el art. 9 del TRLCSP.

El Número de Referencia CPV, que corresponde al Vocabulario Común de ContratosPúblicos, por el que se establece un sistema único de clasificación aplicable a lacontratación pública con el fin de normalizar las referencias utilizadas por los órganos decontratación y las entidades adjudicadoras para describir el objeto de sus contratos es:3293400-6 Césped artificial

2.- Naturaleza y régimen jurídico del contrato.

La contratación que se pretende está incluida en el ámbito del Real Decreto Legislativo3/2011, de 14 de noviembre por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratosdel Sector Público, en tanto en cuanto que es de aplicación a las entidades que integran laAdministración Local (art. 3.1.a. TRLCSP).

Es un contrato de carácter administrativo, de conformidad con el art. 19.1.a.TRLCSP, que se regirá en cuanto a su preparación, adjudicación, efectos y extinción, poresta Ley y sus disposiciones de desarrollo (art. 19.2 TRLCSP).

3.- Características del suministro.

Deberá ser aportado por los licitadores, siguiendo las especificaciones mínimasmarcadas y el procedimiento establecido al efecto por el pliego de cláusulas económico-administrativas y técnicas aprobado por el Ayuntamiento.

En este caso concreto y a los efectos previstos en el art. 9 del TRLCSP para laaplicación del régimen de arrendamiento financiero con opción de compra a los contratos desuministro a efectuar por la Administración, señalar que el Pliego no contempla la opción decompra para dicho suministro.

4.- Pliegos4.1.- Pliego de cláusulas administrativas particulares.

La aprobación del pliego de cláusulas administrativas particulares deberá hacersepreviamente a la autorización del gasto y siempre antes de la licitación del contrato (art.115.1 TRLCSP), y su aprobación corresponderá al órgano de contratación competente (art.115.4 TRLCSP).

De acuerdo con las normas reguladoras del régimen jurídico del servicio, los pliegosde cláusulas administrativas particulares y de prescripciones técnicas fijarán las condicionesde prestación del servicio y, en su caso, fijarán las tarifas que hubieren de abonar losusuarios, los procedimientos para su revisión, y el canon o participación que hubiera desatisfacerse a la Administración (art. 133.1 TRLCSP).

El órgano de contratación podrá incluir en el pliego, en función de la naturaleza ycomplejidad de éste, un plazo para que los licitadores puedan solicitar las aclaraciones queestimen pertinentes sobre su contenido. Las respuestas tendrán carácter vinculante ydeberán hacerse públicas en términos que garanticen la igualdad y concurrencia en elproceso de licitación (art. 133.3 TRLCSP).

La aprobación del pliego de cláusulas administrativas particulares irá precedida delos informes del Secretario o, en su caso, del titular del órgano que tenga atribuida la funciónde asesoramiento jurídico de la Corporación, y del Interventor (disp. Adic. segunda, 7.pfo. 2TRLCSP).

294

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4.2.- Pliegos de prescripciones técnicas.

El órgano de contratación aprobará con anterioridad a la autorización del gasto oconjuntamente con ella, y siempre antes de la licitación del contrato, los pliegos ydocumentos que contengan las prescripciones técnicas particulares que hayan de regir larealización de la prestación y definan sus calidades, de conformidad con los requisitos quepara cada contrato establece la presente Ley. (art. 116.1 TRLCSP)

Las reglas para el establecimiento de prescripciones técnicas se sujetarán a lasprevisiones del art. 117 TRLCSP.

5.- Forma de adjudicación del contrato.

5.1.- La adjudicación del contrato se realizará, ordinariamente, utilizando elprocedimiento abierto o el procedimiento restringido (art. 138.2 TRLCSP). Cabrá el contrarioel procedimiento negociado por motivo de presupuesto del contrato en aquellos lotes cuyovalor estimado individual de cada contrato sea inferior a 100.000 euros (art. 174.e.TRLCSP).

En todo caso, se ha de procurar la concurrencia real de ofertas en condiciones deigualdad, y dar efectivo cumplimiento a los principios de igualdad y transparencia previstosen el art. 139 TRLCSP, en virtud del cual los órganos de contratación darán a los licitadoresy candidatos un tratamiento igualitario y no discriminatorio y ajustarán su actuación alprincipio de transparencia.

En el Pliego propuesto por la Concejalía se propone la adjudicación medianteprocedimiento abierto.

6.- Publicidad

6.1.- Publicidad de la licitación

Los procedimientos para la adjudicación de contratos de las AdministracionesPúblicas, a excepción de los negociados que se sigan en casos distintos de loscontemplados en los apartados 1 y 2 del artículo 177, deberán anunciarse en el BoletínOficial del Estado. No obstante, cuando se trate de contratos de las ComunidadesAutónomas, entidades locales u organismos o entidades de derecho público dependientesde las mismas, se podrá sustituir la publicidad en el Boletín Oficial del Estado por la que serealice en los diarios o boletines oficiales autonómicos o provinciales (art. 142.1 TRLCSP).

Los anuncios de licitación se publicarán, asimismo, en el perfil de contratante delórgano de contratación. En los procedimientos negociados seguidos en los casos previstosen el artículo 177.2, esta publicidad podrá sustituir a la que debe efectuarse en el BoletínOficial del Estado o en los diarios oficiales autonómicos o provinciales (art. 142.4 TRLCSP).

En caso de procedimiento negociado sin publicidad, deberán publicarse anunciosconforme a lo previsto en el artículo 142 LCSP cuando su valor estimado sea superior a200.000 euros, si se trata de contratos de obras, o a 60.000 euros, cuando se trate de otroscontratos (art. 177.3 TRLCSP). Será necesario solicitar ofertas, al menos, a tres empresascapacitadas para la realización del objeto del contrato, siempre que ello sea posible (art.178.1 TRLCSP).

7.- Adjudicación

7.1.- Plazos

Son los fijados en el art. 161 TRLCSP

7.2.- Publicidad.

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La adjudicación deberá ser motivada, se notificará a los candidatos o licitadores y,simultáneamente se publicará en el perfil del contratante (art. 151.4 TRLCSP)

La formalización de los contratos cuya cuantía sea igual o superior a las cantidadesindicadas en el art. 138.3 se publicará en el perfil de contratante del órgano de contratacionindicando, como mínimo, los mismos datos mencionados en el anuncio de la adjudicación. (art.154.1TRLCSP)

8.3.- Revisión de precios

Se regula por las previsiones del art. 89 TRLCSP y concordantes.

La revisión de precios en los contratos de las Administraciones Públicas tendrá lugar,en los términos establecidos en este Capítulo y salvo que la improcedencia de la revisión sehubiese previsto expresamente en los pliegos o pactado en el contrato, cuando éste sehubiese ejecutado, al menos, en el 20 % de su importe y hubiese transcurrido un año desdesu adjudicación. En consecuencia, el primer 20 % ejecutado y el primer año de ejecuciónquedarán excluidos de la revisión (art. 89.1.pfo 1 TRLCSP).

Cuando el índice de referencia que se adopte sea el Índice de Precios al Consumoelaborado por el Instituto Nacional de Estadística o cualquiera de los índices de los grupos,subgrupos, clases o subclases que en él se integran, la revisión no podrá superar el 85 %de variación experimentada por el índice adoptado (art. 90.3 TRLCSP).

9.- Otros

Debe incorporarse al expediente informe de la Secretaría e Intervención municipales(art. 113 del RD Leg 781/86). Los informes que la Ley asigna a los servicios jurídicos seevacuarán por el Secretario o por el órgano que tenga atribuida la función de asesoramientojurídico de la Corporación. Los actos de fiscalización se ejercen por el Interventor de laEntidad local (Disp. Adic. segunda, 8 TRLCSP).

Cabe la exigencia de garantía provisional considerando las circunstanciasconcurrentes en cada contrato, fijando en los pliegos de cláusulas administrativas el importede la misma, que no podrá ser superior a un 3 % del presupuesto del contrato, a prestar encualquiera de las formas previstas en el artículo 96 (art. 103.2 TRLCSP).

§ Se exigirá garantía a quien resulte adjudicatario del contrato por un 5 % del importede adjudicación, excluido el Impuesto sobre el Valor Añadido. (art. 95 TRLCSP).

10.- Exigencia de clasificación al contratista.

Para contratar con las Administraciones Públicas la ejecución de contratos de obrasde importe igual o superior a 350.000 euros, o de contratos de servicios por presupuestoigual o superior a 120.000 euros, será requisito indispensable que el empresario seencuentre debidamente clasificado. Sin embargo, no será necesaria clasificación paracelebrar contratos de servicios comprendidos en las categorías 6, 8, 21, 26 y 27 del Anexo II(art.65.1 TRLCSP).

11.-Tramitación urgente

Podrán ser objeto de tramitación urgente los expedientes correspondientes a loscontratos cuya celebración responda a una necesidad inaplazable o cuya adjudicación seapreciso acelerar por razones de interés público. A tales efectos el expediente deberá

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contener la declaración de urgencia hecha por el órgano de contratación, debidamentemotivada (art. 112.1 TRLCSP).

Los expedientes calificados de urgentes se tramitarán siguiendo el mismoprocedimiento que los ordinarios, con las especialidades señaladas en el art. 112.2TRLCSP.

12.- Órgano competente.

Es órgano competente para la contratación el Pleno, por Delegación de la Alcaldía(proyectos cuyo gasto supere los 75.000,00 Euros).

Corresponde al órgano de contratación la aprobación del expediente y la apertura delprocedimiento de adjudicación en los términos que se regulan en el artículo 110 TRLCSP(Disp. Adic. segunda, 7, pfo 1º TRLCSP).

13.- Conclusiones.

A juicio del técnico que suscribe, el pliego propuesto cumple formalmente lasexigencias previstas por la Ley de Contratos del Sector Público.”

V.-Por la Intervención municipal en fecha 27 de junio de 2013, se ha emitido Informe delsiguiente tenor literal:

“JOSE SANTACREU BAIDAL, TÉCº. DE AD. GENERAL E INTERVENTOR ACCTAL. DELAYUNTAMIENTO DE CALP, en relación con la contratación del suministro SUM 21/2013SUMINISTRO DE CÉSPED ARTIFICIAL PARA CAMPO DE FUTBOL 7, emite el siguienteINFORME:

A) Antecedentes de hecho

1.- Por el Negociado de Contratación se ha instruido expediente SUM 21/2013 parala contratación del SUMINISTRO Y MANTENIMIENTO DE CESPED ARTIFICIAL PARA ELCAMPO DE FUTBOL 7.

2.- Cálculos

Año -- observ. lote Concepto Importe/mes

PBL

Gtos.Grales.

Benef.Indust.

Total IVAexclº

IVA Total IVAinclº

-- periodos año

periodostotales

-- Presupuesto base de licitación (PBL)

-- incluido incluido -- 21,00 --

2013 12,00 60 Loteúnico

RENTING CESPED ARTIFICIAL CAMPO DE FUTBOL 7

1.333,33 0,00 0,00 16.000,00 3.360,00 19.360,00

2013 periodos año

%prorrata

-- Presup del gasto / Prev de ingreso, en el ejercicio

-- -- -- -- -- Total IVAinclº

(prorrata)

2013 3 25,00 Loteúnico

RENTING CESPED ARTIFICIAL CAMPO DE FUTBOL 7

-- -- -- 4.000,00 -- 4.840,00

Año periodos año

%prorrata

-- Presup del gasto / Prev de ingreso, en ejercicios futuros

importecálculo

% incrº Incrº Total IVAexclº

(prorr)

IVA(prorr)

Total IVAinclº

(prorrata)

-- -- -- Loteúnico

RENTING CESPED ARTIFICIAL CAMPO DE FUTBOL 7

-- -- -- -- -- --

2014 12 100,00 Loteúnico

Anualidad 16.000,00 0,00 0,00 16.000,00 3.360,00 19.360,00

297

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2015 12 100,00 Loteúnico

Anualidad 16.000,00 0,00 0,00 16.000,00 3.360,00 19.360,00

2016 12 100,00 Loteúnico

Anualidad 16.000,00 0,00 0,00 16.000,00 3.360,00 19.360,00

2017 12 100,00 Loteúnico

Anualidad 16.000,00 0,00 0,00 16.000,00 3.360,00 19.360,00

2018 9 75,00 Loteúnico

Anualidad 16.000,00 0,00 0,00 12.000,00 2.520,00 14.520,00

-- periodos

-- -- Valor máximo estimado del contrato

-- -- -- Total IVAexclº

-- Totalgasto

-- 60,00 -- Loteúnico

RENTING CESPED ARTIFICIAL CAMPO DE FUTBOL 7

-- -- -- 80.000,00 -- 96.800,00

3.- Carácter plurianual del gasto.

A la vista de las previsiones del pliego de cláusulas de la contratación antedichas, seestá ante un gasto plurianual al que le es de aplicación el art. 174 de la Ley Reguladora delas Haciendas Locales y 79 y ss. RD 500/90.

Concurren en el presente supuesto las circunstancias siguientes que posibilitan laadquisición del correspondiente compromiso de gasto, subordinado al crédito que para cadaejercicio autoricen los respectivos presupuestos:

b) Su ejecución se inicia en el propio ejercicio presupuestario en que se acuerda elgasto.

c) El tipo de gasto debe ser alguno de los contemplados en el art. 174.2 TRLRHL,pudiendo ser considerado el gasto presente como de “suministro" del art.174.2.b) TRLRHL, lo que supone:

limitación inicial en cuanto al número de anualidades a cuatro (art. 174.3 TRLRHL y81 RD 500/90), limitación que cabe sobrepasar al amparo del art. 174.5 TRLRHL sise considera como caso excepcional y media acuerdo de Pleno.

Sin limitación en el importe de cada anualidad, por no estarse ante gastos del art.174.2.a) TRLRHL (inversiones y transferencias de capital) ni del art. 174.2.e)TRLRHL (transferencias corrientes que se deriven de convenios suscritos por lascorporaciones locales con otras entidades públicas o privadas sin ánimo de lucro),(art. 174.3 LRHL y 81 RD 500/90)

4.- Financiación.

La financiación prevista del contrato es la siguiente:

ORGANISMO % financ.

AYUNTAMIENTO 100,00

OTROS 0,00

totales 100,00

5.- Anotaciones contables.

Anualidad corriente

Nº Operación Fase Proyecto Aplicación Importe Texto Libre

220130011428 RC --2013 3420

20300034.840,00

SUM 21/2013 RENTING CESPED ARTIFICIAL CAMPO DE FUTBOL 7

298

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Ejercicios futuros

Nº Operación FaseAnualida

d Aplicación Importe Texto Libre

220139000017 RC 91.960

220139000017 RC 20142013

3420 2030003 19.360SUM 21/2013 RENTING CESPED ARTIFICIAL CAMPO DE FUTBOL 7

220139000017 RC 20152013

3420 2030003 19.360SUM 21/2013 RENTING CESPED ARTIFICIAL CAMPO DE FUTBOL 7

220139000017 RC 20162013

3420 2030003 19.360SUM 21/2013 RENTING CESPED ARTIFICIAL CAMPO DE FUTBOL 7

220139000017 RC 20172013

3420 2030003 19.360SUM 21/2013 RENTING CESPED ARTIFICIAL CAMPO DE FUTBOL 7

220139000017 RC 20182013

3420 2030003 14.520SUM 21/2013 RENTING CESPED ARTIFICIAL CAMPO DE FUTBOL 7

Aprobado que sea el pliego que rige la licitación, se practicará la anotación contable deautorización del gasto.

Adjudicado que sea definitivamente el contrato, se practicará la anotación contable dedisposición del gasto.

El contrato que se celebre reflejará la existencia de las referidas anotacionescontables.

6.- Otros aspectos del expediente instruido (art. 109 TRLCSP).

Con carácter general se ha comprobado:

Materia Objeto del contrato

Prev expte.Suministro mediante renting del césped artificial del campo de futbol 7(cláusula 1.1, anexo I.1 pliego)

Fiscalización

NormaArtículo 86. 1 TRLCSP. El objeto de los contratos del sector público deberá serdeterminado.

Observ. --

Resultado FAVORABLE

Materia Clase de contrato

Prev expte.Contrato de suministro, clase arrendamiento sin opción de compra (Renting).(cláusula 1.1, anexo I.1 pliego)

Fiscalización

Norma Arts. 5 y 9.1 TRLCSP

Observ.

El contrato de renting es un contrato de arrendamiento de bienes muebles en elque el arrendador tiene que asumir durante su plazo de vigencia la obligación delmantenimiento objeto del contrato. Generalmente no incorpora la opción decompra. Puede incluir servicios de financiación con carácter complementario, perono se trata de un contrato financiero (Informe 5/2012 de la JCCA de Cataluña).El renting es una forma de contrato de arrendamiento de un bien en el cual no seincluye una opción de compra pero sí otro tipo de prestaciones (Informe 18/03 dela JCCA del Estado)La existencia de una opción de compra va unida a la modalidad de leasing y no ala modalidad de renting (Informe 4/12 JCCA del Estado)

Resultado FAVORABLE

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Materia Regulación armonizada

Prev expte. No sujeción a regulación armonizada

Fiscalización

Norma Art. 16.1.b TRLCSP

Observ. Valor estimado igual o inferior a 193.000 euros

Resultado FAVORABLE

Materia Órgano de contratación.

Prev expte. Pleno, cláusula 8.2 Pliego.

Fiscalización

Norma

Disp. Adicional segunda 1. TRLCSP, competencia del Alcalde en los supuestos de:d) a) Presupuesto inferior a 10 % recursos ordinarios del presupuesto y

6M. euros e) b) Gasto plurianual de duración no superior a cuatro años, o de

cuantía acumulada que no supere las limitaciones anteriores

Observ.Competencia del Pleno por delegación del Alcalde, para contratos de presupuestosuperior a 75.000 euros (acuerdo Pleno de 10/05/2013)

Resultado FAVORABLE

Materia Motivación de la necesidad del contrato

Prev expte.Aportado informe de la necesidad del contrato de 25/06/2013 del técnico de deportes Sr. TurCabrera

Fiscalización

Norma Art. 109.1 TRLCSP

Observ. --

Resultado FAVORABLE

Materia Duración del contrato

Prev expte.5 años(cláusula 1.1, anexo I.1 pliego)

Fiscalización

Norma

TRLCSP Artículo 23. Plazo de duración de los contratos.1. Sin perjuicio de las normas especiales aplicables a determinados contratos, laduración de los contratos del sector público deberá establecerse teniendo encuenta la naturaleza de las prestaciones, las características de su financiación y lanecesidad de someter periódicamente a concurrencia la realización de las mismas.2. El contrato podrá prever una o varias prórrogas siempre que sus característicaspermanezcan inalterables durante el período de duración de éstas y que laconcurrencia para su adjudicación haya sido realizada teniendo en cuenta laduración máxima del contrato, incluidos los períodos de prórroga.La prórroga se acordará por el órgano de contratación y será obligatoria para elempresario, salvo que el contrato expresamente prevea lo contrario, sin que puedaproducirse por el consentimiento tácito de las partes.3. Los contratos menores definidos en el artículo 138.3 no podrán tener unaduración superior a un año ni ser objeto de prórroga.

Observ. --

Resultado FAVORABLE

Materia Pliego de cláusulas administrativas particulares

Prev expte. Aportado al expediente.

Fiscalización

Norma Art. 109.3 TRLCSP

Observ. --

Resultado FAVORABLE

Materia Pliego de prescripciones técnicas

Prev expte. Aportado al expediente, suscrito por el técnico de deportes Sr. Tur Cabrera.

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Materia Pliego de prescripciones técnicas

Fiscalización

Norma Art. 133 TRLCSP

Observ. --

Resultado FAVORABLE

Materia Procedimiento de adjudicación

Prev expte.Abierto(Anexo I.1 del pliego)

Fiscalización

Norma

TRLCSPArtículo 109. Expediente de contratación: iniciación y contenido.4. En el expediente se justificará adecuadamente la elección del procedimiento y lade los criterios que se tendrán en consideración para adjudicar el contrato.

Artículo 157. Delimitación.En el procedimiento abierto todo empresario interesado podrá presentar una proposición, quedando excluida toda negociación de los términos del contrato con los licitadores.

Artículo 138.2 Procedimiento de adjudicación.2. La adjudicación se realizará, ordinariamente, utilizando el procedimiento abierto o el procedimiento restringido. En los supuestos enumerados en los artículos 170 a175, ambos inclusive, podrá seguirse el procedimiento negociado, y en los casos previstos en el artículo 180 podrá recurrirse al diálogo competitivo.

Observ. Valor estimado inferior a 100.000 euros.

Resultado FAVORABLE.

Materia Publicidad

Prev expte.Boletín Oficial de la Provincia.Perfil del contratante (Anexo I.1 del pliego)

Fiscalización

Norma

Art. 142 TRLCSPArt.142.1.- Publicación en BOP, a excepción de los negociados que se sigan en casos distintos de los contemplados en los apartados 1 y 2 del artículo 177Art. 142.4.- Los anuncios de licitación se publicarán, asimismo, en el perfil de contratante del órgano de contratación.

Observ. --

Resultado FAVORABLE

Materia Criterios de valoración de las ofertas.

Prev expte.

ANEXO VI.1.- ASPECTOS DE NEGOCIACION

Criterio Objº(%) Subjº (%)

Oferta económica 51,00

Mejoras sobre las características básicas del césped 49,00

totales 51,00 49,00

Fiscalización

Norma Art. 150 TRLCSP Criterios de valoración de las ofertas.

Observ. --

Resultado FAVORABLE

Materia Fraccionamiento del objeto del contrato

Prev expte. Sin previsión

Fiscalización Norma Artículo 86. 2 TRLCSP No podrá fraccionarse un contrato con la finalidad dedisminuir la cuantía del mismo y eludir así los requisitos de publicidad o los relativosal procedimiento de adjudicación que correspondan.

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Materia Fraccionamiento del objeto del contrato

Observ. No se observa la concurrencia de fraccionamiento del objeto del contrato.

Resultado FAVORABLE

Materia Solvencia económica y financiera.

Prev expte. Anexo II.1 PCAP

Fiscalización

Norma Art. 75 TRLCSP

Observ. --

Resultado FAVORABLE

Materia Solvencia técnica

Prev expte. Sin exigencia de clasificación del contratista

Fiscalización

Norma

TRLCSP Artículo 65.1 Exigencia de clasificaciónPara contratar con las Administraciones Públicas la ejecución de contratos de obras cuyo valor estimado sea igual o superior a 350.000 euros, o de contratos de servicios cuyo valor estimado sea igual o superior a 120.000 euros, será requisito indispensable que el empresario se encuentre debidamente clasificado.

Observ. Contrato de suministro, no sujeto a exigencia de clasificación

Resultado FAVORABLE

Materia Informe de la Secretaría

Prev expte. Aportado al expediente informe de 26/06/2013

Fiscalización

Norma Disp. Adic. Segª.7 LCSP; Art. 113 RD Leg 781/86

Observ. --

Resultado FAVORABLE

7.- Resultado de la fiscalización.

A juicio del técnico que suscribe, el resultado de la fiscalización es FAVORABLE.”

Vistos los textos legales citados y demás normativa concordante de generalaplicación, al Pleno del Ayuntamiento propone:

PRIMERA: Aprobar los pliegos de cláusulas administrativas particulares y de prescripcionestécnicas, en los términos señalados que ha de de regir la contratación por procedimientoabierto del SUMINISTRO DE CESPED ARTIFICIAL PARA EL CAMPO DE FUTBOL 7MIGUEL A. BENÍTEZ (SUM 21/2013).

SEGUNDA: Dar inicio al proceso de licitación en los términos previstos en los pliegosindicados.

TERCERA: Facultar al Alcalde-Presidente para la realización de los actos de trámite ydesarrollo del presente acuerdo, sin perjuicio de la adjudicación del contrato que, en todocaso, corresponderá al Ayuntamiento Pleno.

En Calp a 18 de noviembre de 2013.- Francisco Cabrera Guerrero.- Concejal Delegado deHacienda”

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Por la Sra. Secretaria se dio lectura al dictamen de la Comisión InformativaGeneral de Asuntos de Competencia Plenaria, emitido por mayoría, en sentidofavorable a la propuesta.

Se ausentó en esos momentos el Sr. Morató Pastor siendo las 13.04 horas.

El Sr. Alcalde preguntó a los Sres. Portavoces si deseaban intervenir.

Intervino el Sr. Fernández para indicar que iba a votar a favor. Si no entendíamal la propuesta, si pasaban cinco años el césped no se lo llevaban.

Intervino el Sr. Vicens señalando que iban a apoyar la propuesta.

Intervino el Sr. Serna e indicó que entendían que era necesaria la intervención.Se decía que se optaría por ceder gratuitamente el bien al ayuntamiento o en su casoproceder a su retirada. Lo iban a apoyar.

Sometido el dictamen a votación, la Corporación por unanimidad de lospresentes, acordó aprobar el mismo.

12.- APROBACIÓN DEFINITIVA DE LA ORDENANZA REGULADORA DELA POLICÍA, BUEN GOBIERNO Y FISCALIDAD DE LA VENTA NO SEDENTARIAEN EL TÉRMINO MUNICIPAL DE CALP.- En el expediente consta una propuestade la Concejal de Economía, Empresa y Empleo, de fecha 27 de noviembre de2013, que a continuación se transcribe:

“La abajo firmante, Dª. Antonia María Avargues Pastor, Concejal Delegada deEconomía, Empresa y Empleo del Ilmo. Ayuntamiento de Calp, al Ayuntamiento-PlenoEXPONE:

ANTECEDENTES

PRIMERO.- Con fecha 2 de agosto de 2013 el Ayuntamiento Pleno aprobóinicialmente la citada Ordenanza reguladora de la policía, buen gobierno y fiscalidad de laventa no sedentaria en el término municipal de Calp, exponiéndose al público por un periodode 30 días hábiles, publicándose edicto en el BOP de la provincia de Alicante el 9 deseptiembre de 2013.

SEGUNDO.- Se han presentado alegaciones a la aprobación inicial de la citadaOrdenanza.

Se ha emitido de los Servicios Jurídicos Municipales que trascrito literalmente diceasí:

“INFORME DE LOS SERVICIOS JURÍDICOS MUNICIPALES

En relación a las alegaciones presentadas a la aprobación inicial de la ordenanzaREGULADORA DE LA POLICIA, BUEN GOBIERNO Y FISCALIDAD DE LA VENTA NOSEDENTARIA EN EL TÉRMINO MUNICIPAL DE CALP tengo a bien emitir el siguienteinforme:

ANTECEDENTES

Primero.- Con fecha 2 de agosto de 2013 el Ayuntamiento Pleno aprobó inicialmente

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la citada Ordenanza reguladora de la policía, buen gobierno y fiscalidad de la venta nosedentaria en el término municipal de Calp, exponiéndose al público por un periodo de 30días hábiles, publicándose edicto en el BOP de la provincia de Alicante el 9 de septiembrede 2013.

Segundo.- Se han presentado las siguientes alegaciones a la aprobación inicial de lacitada Ordenanza.

1) Escrito de alegaciones de fecha 31 de agosto de 2013 y número de registro deentrada 12.571, presentado por D. Cristian Velez Abused, en nombre y representación dela Asociación Artesanos Playa de la Fosa.

Debe señalarse que en el citado escrito no acredita la representación tal y comoexige el Art. 32 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de lasAdministraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo común, habiéndoselerequerido para su acreditación.

En fecha 28 de septiembre de 2013 se presenta escrito por D. Cristian Velez Abuseden el que solicita se mantengan las alegaciones presentadas a modo particular.

En el escrito de alegaciones indica lo siguiente:

1.- Que el período durante el cual pueda desarrollarse el mercado de la Plaza delMediterráneo sea del 1 de junio al 30 de septiembre.

En relación a esta alegación cabe señalar que se trata de una cuestión a decidir porel órgano competente, nada tiene que objetarse al respecto.

2.- Que se exija como requisito para el otorgamiento de los puestos en la Plaza del Mediterráneo, que los asociados a la Asociación de Artesanos hayan satisfecho gastos comunes propios de la asociación.

De conformidad a lo establecido en la Ordenanza en su Art. 2.3.5 Número máximo deautorizaciones: “El número de autorizaciones otorgadas durante cada año para el ejerciciode la venta no sedentaria en sus diferentes modalidades, no podrá superar el número depuestos ofertados anualmente a cubrir por el Ayuntamiento.

En el caso del mercado estival de la Plaza del Mediterráneo se autorizarán 15puestos para vendedores y 2 para pintores y caricaturistas.”

Por otra parte el Art. 11 de la Ordenanza indica lo siguiente:

“11.1. El ejercicio de cualquiera de las modalidades de venta reguladas en la presente Ordenanza estará sujeto a la obtención previa de la preceptiva autorización

municipal.

12.2. El otorgamiento de la autorización municipal para el ejercicio de la venta nosedentaria se efectuará mediante Resolución de la Alcaldía u órgano delegado, siguiendo elprocedimiento establecido en el capítulo IV.

11.3. Para cada emplazamiento concreto, y por cada una de las modalidades deventa no sedentaria que el comerciante se proponga ejercer, deberá solicitarse unaautorización.

Las personas físicas y las jurídicas podrán disponer de un solo puesto en un mismomercado y para el mismo periodo, siendo éste el número máximo de autorizaciones quepodrán solicitar.

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11.4. Queda prohibido el ejercicio de la venta no sedentaria en cualquiera de susmodalidades careciendo de la oportuna autorización municipal.

11.5. La autorización municipal será personal pudiendo, no obstante, hacer uso deella, cuando el titular sea una persona física, siempre que le asistan en el ejercicio de suactividad y estén dados de alta y al corriente de pago en el régimen de la Seguridad Socialque corresponda, el cónyuge, pareja de hecho acreditada documentalmente, hijos,hermanos y empleados con contrato de trabajo.

11.6. Si el titular de la autorización es una persona jurídica sólo podrán hacer uso dela misma la persona o personas físicas que ésta haya expresamente indicado como titular ysuplente en la autorización, siempre que tengan una relación laboral, contractual o societariacon aquella.

(...)”

A la vista de lo anterior, cabe concluir que el Ayuntamiento otorga autorizacionesindividuales mediante resolución motivada bien a personas físicas o personas jurídicas, enéste último caso podrá hacer uso de la autorización la persona física que se haya indicadopor aquélla. No es competencia del Ayuntamiento entrar en las relaciones privadas entre losasociados de la citada Asociación Artesanos de las Playa de la Fossa.

Es por ello que se informa desfavorablemente la alegación.

3.- Que se proceda a la demarcación física del área del Mercado.

Esta petición no constituye propiamente una alegación a la Ordenanza. En su caso,que se adopten por el órgano competente las medidas que considere oportunas.

4.- Que para el alta de nuevos titulares se considere dar mayor puntuación a los queofrezcan productos que difieran de los existentes.

En este punto cabe señalar que el Art. 22 relativo al Baremo de méritos, letra f,) de lacitada Ordenanza señala lo siguiente:

“1. Para el desarrollo del procedimiento para el otorgamiento de las autorizaciones,en régimen de concurrencia competitiva, y dado el número limitado de autorizaciones deventa no sedentaria que se instaura, a efectos de establecer el orden de prelación entre lassolicitudes admitidas a trámite, se tendrán en cuenta, entre otros, los siguientes aspectos:

f) La innovación, adecuación o complementariedad de la oferta de venta que sepretende ejercer en relación con el diseño comercial establecido por el Ayuntamiento, en sucaso: 5 puntos”.

Se entiende que la alegación ya viene recogida en la Ordenanza.

5.- Que se promocione el mercado de artesanía en las diferentes campañas querealice el Ayuntamiento y auspiciar las promociones que realice la Asociación de Artesanosdel Mercado.

Esta petición no constituye propiamente una alegación a la Ordenanza.

2) Escritos de alegaciones de fecha 4 de octubre de 2013 y números de registro deentrada 14.150 y 14.152, presentado respectivamente por D. Anibal Martínez Battes, ennombre y representación de la Asociació D`Artesans Profesionals Reunits y D. GuillermoSendra Guardiola, en nombre y representación de la Asociación por un ComercioAmbulante Digno, ambas de contenido idéntico.

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Debe señalarse que en el escrito de D. Guillermo Sendra Guardiola no se acredita larepresentación tal y como exige el Art. 32 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre deRégimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativocomún, habiéndosele requerido para su acreditación. No habiendo acreditado a la fecha delpresente informe la representación.

En el escrito de alegaciones indica lo siguiente:

1 y 2 .- Disconformidad con la ubicación y que la actual ubicación supone un riesgoevidente para las personas y los bienes. En este punto cabe señalar que la alegación hacereferencia a existencia de riesgo en caso de incendio, de dificultad de evacuar a enfermos...etc. cuestiones que deben ser informadas por el Técnico redactor del Plan de emergencia.

Así mismo se indica que la tendencia actual es extraer del casco urbano losmercadillos o que situarlo en el extrarradio supondría un aumento del interés turístico delmunicipio, cuestiones éstas cuya decisión no corresponde al Técnico que suscribe elpresente informe.

3.- Prioridad de vendedores con domicilio en Calpe.

La Directiva 2006/123/CE de 1 de diciembre de 2006 del Parlamento Europeo y delConsejo, relativa a los servicios en el mercado interior establece una serie de principios deaplicación general para la normativa reguladora del acceso a las actividades de servicios ysu ejercicio dentro de la Unión Europea e impone a los Estados la obligación de eliminar lastrabas jurídicas y barreras administrativas injustificadas a la libertad de establecimiento y deprestación de servicios.

Su transposición al ordenamiento estatal tiene lugar con la Ley 17/2009 de 23 denoviembre sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio.

La misma, regula en el capítulo III la “Libre prestación de servicios para prestadoresde otro Estado miembro” suprimiendo los obstáculos que se oponen a la libre circulación delos servicios por parte de los prestadores sin establecimiento en territorio español.

El Real Decreto 199/2010, de 26 de febrero, por el que se regula el ejercicio de laventa ambulante o no sedentaria (que desarrolla la Ley 7/1996, de 15 de enero deOrdenación del Comercio Minorista) que se dicta al amparo de la competencia exclusiva delEstado sobre las bases y coordinación de la planificación general de la actividad económicaseñala en su Art. 5 que “En ningún caso el procedimiento podrá exigir el deber de residenciaen el municipio respectivo como requisito de participación”.

En el ámbito de la Comunitat Valenciana, la Ley 3/2011, de 23 de marzo, de comerciode la Comunitat Valenciana, en su Art. 45.4 señala que “El procedimiento para la selecciónentre los posibles candidatos habrá de garantizar la transparencia y la imparcialidad...”.

Así mismo el Decreto 65/2012, de 20 de abril, del Consell, por el que se regula laventa no sedentaria en la Comunitat Valenciana en su Preámbulo ya indica que el RealDecreto 199/2010 (arriba citado) contiene unas disposiciones de obligada observancia y queen cumplimiento de esa normativa básica se dictó la Ley 3/2011. Y a través del Decreto65/2012, y según el propio Preámbulo, se establece un marco normativo común, adisposición de los Ayuntamientos que facilite el adecuado ejercicio de la potestad municipalen esa materia.

Es por ello que, a juicio de quien suscribe, no pueden obviarse las prescripcioneslegales, no pudiendo accederse a lo solicitado en la alegación, emitiéndose informedesfavorable a la misma.

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4.- La situación del mercado de segunda mano o rastro de los miércoles no se ajustaa la legalidad.

La alegación hace referencia en primer lugar, al control efectivo que debe hacersedel cumplimiento de la Ordenanza. La afirmación de que el rastro no se ajusta a la legalidadno constituye propiamente una alegación a la Ordenanza.

En segundo lugar indica la alegación que se debe garantizar que los titulares de lospuestos de venta no sean profesionales. No se indica norma legal alguna que ampare talpetición.

El Art. 3.1 del Decreto 65/2012 arriba citado recoge que la venta no sedentaria podráejercerse por persona física o persona jurídica, incluyendo a las cooperativas, que sededique profesionalmente a la actividad del comercio al por menor. El apartado 5 del mismoprecepto señala que los Ayuntamientos podrán autorizar a particulares la venta nosedentaria en suelo público de artículos usados, siempre que los artículos a la ventaprovengan de su propio ajuar y no hayan sido adquiridos expresamente par su reventa.

Del tenor literal del precepto se deduce que el Ayuntamiento podrá autorizar a losparticulares, en ningún modo se establece que únicamente deban ser estos los autorizados.

Es por ello que se emite informe desfavorable a la alegación.

5.- No regulación de la figura de placero.

No es objeto de la ordenanza regular el personal que va a destinarse al control de lospuestos de venta. Se trata de una potestad de autoorganización que corresponde al órganocompetente que en cada momento adopta la resolución que considera oportuna.

6.- Innecesariedad de presentación de documentación que ya dispone laAdministración.

De conformidad a lo previsto en el Art. 35 f) de la Ley 30/1992, de 26 de noviembrede Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativocomún, los interesados tienen derecho a no presentar documentos que ya se encuentren enpoder de la Administración actuante, práctica ésta que viene siendo habitual en esteAyuntamiento.

Cuestión distinta es la de aquellos documentos que no se encuentran en elAyuntamiento y que deben aportarse por los interesados, sin perjuicio de que se arbitrenmecanismos por el órgano competente al objeto de obtener la colaboración con otrasAdministraciones públicas.

Tercero.- En cuanto al procedimiento aplicable a la aprobación definitiva de laOrdenanza cabe señalar lo siguiente:

- En cuanto a la potestad reglamentaria de las Entidades locales, el Art. 4.1 a) de laLey 7/1985, de 2 de abril, de Bases de Régimen Local reconoce a los municipios laspotestades reglamentarias y de autoorganización.

En idéntico sentido se pronuncia el Art. 4.1. a) del Real Decreto 2568/1986, de 28 denoviembre por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento yRégimen Jurídico de las Entidades Locales.

- En cuanto al órgano competente para la aprobación de la Ordenanza, dentro de laorganización municipal, el Art. 22.2 d) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases de RégimenLocal establece que es competencia del Pleno la aprobación del Reglamento orgánico y delas ordenanzas.

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- El Art. 47.1 de la Ley 7/1985, Reguladora de las Bases del Régimen Localestablece que: “Los acuerdos de las Corporaciones Locales se adoptan, como regla general,por mayoría simple de los miembros presentes. Existe mayoría simple cuando los votosafirmativos son más que los negativos.”, requiriéndose únicamente la mayoría absoluta endeterminadas materias señaladas por la Ley.

- En cuanto al procedimiento, la Ley 7/1985 unifica el procedimiento para laaprobación de las manifestaciones de la potestad reglamentaria de las Entidades Localescon la excepción hecha del quórum y por tanto del informe preceptivo del Secretario encuanto al Reglamento Orgánico.

El Art. 56 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que seaprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de RégimenLocal establece que: “La aprobación de las Ordenanzas locales se ajustará al procedimientoestablecido en el artículo 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril. Para la modificación de lasOrdenanzas y Reglamentos deberán observarse los mismos trámites que para suaprobación.”

El Art. 49 de la Ley 7/1985, Reguladora de las Bases del Régimen Local estableceque: “La aprobación de las Ordenanzas locales se ajustará al siguiente procedimiento:

a) Aprobación inicial por el Pleno.

b) Información pública y audiencia a los interesados por el plazo mínimo de treintadías para la presentación de reclamaciones y sugerencias.

c) Resolución de todas las reclamaciones y sugerencias presentadas dentro delplazo y aprobación definitiva por el Pleno.

En el caso de que no se hubiera presentado ninguna reclamación o sugerencia, seentenderá definitivamente adoptado el acuerdo hasta entonces provisional.”

En relación con ello el Art. 70.2 del mismo texto legal establece que:

“Los acuerdos que adopten las Corporaciones Locales se publican o notifican en laforma prevista por la Ley. Las ordenanzas, incluidos el articulado de las normas de losplanes urbanísticos, así como los acuerdos correspondientes a éstos cuya aprobacióndefinitiva sea competencia de los entes locales, se publicarán en el Boletín Oficial de laProvincia y no entrarán en vigor hasta que se haya publicado completamente su texto yhaya trascurrido el plazo previsto en el artículo 65.2, salvo los presupuestos y lasordenanzas fiscales que se publican y entran en vigor en los términos establecidos en la Ley39/1988, de 28 de diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales…”

Es cuanto tengo a bien informar, salvo mejor criterio fundado en derecho.”

Se ha emitido informe del Ingeniero Técnico Industrial que trascrito literalmente diceasí:

“PETICIONARIO: Dª Antonia AvarguesASUNTO: contestación a las alegaciones reflejadas en instancia 14150 de 4/10/2013.ANTECEDENTES: instancia 14150 de 4/10/2013 incluido en exp 2013/DISCIP/00151INFORME: Visto la instancia indicar:

1) El Plan de evacuación y emergencia del “mercadillo” de los sábados, presentaidentificación del técnico redactor como queda de manifiesto en el documento colgado en laweb “el portal del comerciante”, y comprobable con la copia firmada digitalmente existenteen el departamento de bomberos al que estamos adscritos, policía local y dependencias del

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ayuntamiento responsables del citado mercadillo. Infórmese al interesado que es el mismocuya copia se le adjunto en su día.

2) El citado plan de evacuación y emergencia se redactó cumpliendo los preceptoslegales existentes y teniendo en consideración las recomendaciones de Policía Local yBomberos.

2) Visto la instancia, en la que se manifiesta que se está incumpliendo el Plan deevacuación y emergencia con pleno conocimiento del hecho por parte de los interesados ycon grave riesgo para las personas y los bienes, se proceda a informar de los hechos a losservicios jurídicos y de inspección oportunos para proceder a las acciones jurídicas yeconómicas procedentes que pudieran derivarse.

En el caso de cumplirse el plan se puede desestimar las argumentaciones indicadasal respecto.

Lo que pongo en su conocimiento a los efectos oportunos”

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA POLICIA, BUEN GOBIERNO Y

FISCALIDAD DE LA VENTA NO SEDENTARIA EN EL TÉRMINO MUNICIPAL DE CALP

ÍNDICE

TÍTULO EXPOSITIVO

CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES Págs.

CAPITULO II MODALIDADES DE VENTA NO SEDENTARIA Págs.

CAPITULO III EJERCICIO DE LA VENTA NO SEDENTARIA Págs.

CAPITULO IV PROCEDIMIENTO DE AUTORIZACIÓN Págs.

CAPITULO V REGISTRO DE VENDEDORES NO SEDENTARIOS Págs.

CAPITULO VI PUESTOS DE VENTA Págs.

CAPITULO VII RÉGIMEN DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

DE LOS MERCADOS DE VENTA NO SEDENTARIA

Págs.

CAPITULOVIII DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS VENDEDORES Págs.

CAPITULO IX LA VENTA NO SEDENTARIA SOBRE SUELO PRIVADO Págs.

CAPITULO X GESTIÓN EXTERNA DE MERCADOS DE VENTA NO

SEDENTARIA EN SUELO PÚBLICO

Págs.

CAPITULO XI RÉGIMEN DE INFRACCIONES Y SANCIONES Págs.

CAPITULO XII FISCALIDAD Págs.

DISPOSICIONES TRANSITORIAS Págs.

DISPOSICIÓN DEROGATORIA Págs.

DISPOSICIÓN FINAL Págs.

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TÍTULO EXPOSITIVO

La Directiva 2006/123/CE, de 12 de diciembre de 2006, del Parlamento Europeo ydel Consejo, relativa a los servicios en el mercado interior, y su transposición alordenamiento estatal con la Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el Libre Acceso a lasActividades de Servicios y su Ejercicio, y la Ley 1/2010, de 1 de marzo, que modificó la Ley7/1996, de 15 de enero, de Ordenación del Comercio Minorista, en esta materia, hanestablecido un nuevo marco normativo de obligada observancia para la ordenación de laactividad comercial que, en cuanto a la venta no sedentaria se refiere ha tenido su desarrolloreglamentario en el Real Decreto 199/2010, de 26 de febrero, por el que se regula elejercicio de la venta ambulante o no sedentaria.

El Real Decreto 199/2010, de 26 de febrero, contiene unas disposiciones de obligadaobservancia, al amparo del artículo 149.1.13ª de la Constitución por el que se establece lacompetencia exclusiva del Estado sobre las bases y la coordinación de la planificacióngeneral de la actividad económica.

En observancia de la citada normativa básica, la Ley 3/2011, de 23 de marzo, de laGeneralitat Valenciana, de Comercio de la Comunitat Valenciana, recoge, en el capítulo I desu título IV, el concepto y principios básicos por los que se ha de regir esta modalidad deventa en la Comunitat Valenciana.

El ejercicio de las competencias municipales sobre la autorización, ordenación ycontrol de la venta no sedentaria deberá ajustarse tanto a la regulación específica sectorialcomo a la legislación sobre régimen local y patrimonio, y en concreto a la Ley 8/2010, de 23de junio, de la Generalitat, de Régimen Local de la Comunitat Valenciana y al Decreto65/2012, de 20 de abril, del Consell, por el que se regula la venta no sedentaria en laComunitat Valenciana.

La venta no sedentaria constituye una modalidad de venta tradicional con fuertearraigo en el municipio, que ha ido evolucionando a lo largo del tiempo de formaacompasada con los cambios sociales y económicos.

Por lo tanto, resulta conveniente establecer un marco normativo que facilite eladecuado ejercicio de la potestad municipal en esta materia, teniendo en cuenta que elnuevo marco normativo aplicable a la venta no sedentaria, derivado de la aplicación de laDirectiva de Servicios, constituye una oportunidad para conseguir la profesionalización ydignificación de una modalidad de comercio que, con independencia de su aparienciaancestral, debe desarrollarse bajo los mismos principios de competencia, competitividad yeficiencia que inspiran el desempeño del sector comercial en su conjunto. A este finresponde la regulación contenida en esta nueva Ordenanza municipal.

CAPÍTULO I

DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 1: Ámbito de aplicación.

1. La presente Ordenanza tiene por objetivo regular el ejercicio de la venta nosedentaria, en el término municipal de Calp.

2. Se considera venta no sedentaria aquella realizada por comerciantes fuera de unestablecimiento comercial permanente, cualquiera que sea su periodicidad, en losperímetros o lugares debidamente autorizados, en instalaciones comerciales desmontableso transportables.

Se considera venta ambulante la modalidad de venta no sedentaria practicada enubicación móvil, de manera y con medios que permitan al vendedor ofertar su mercancía deforma itinerante, deteniéndose en distintos lugares sucesivamente y por el tiempo necesario

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para efectuar la venta.

3. Las actividades de venta no sedentaria no pierden su condición por el hecho dedesarrollarse sobre suelo de propiedad o titularidad privada.

4. En el término municipal sólo se permitirá la práctica de las modalidades de venta nosedentaria recogidas en la presente Ordenanza, de la forma, y en las fechas y condicionesdeterminadas por la misma, quedando prohibida cualquier otro tipo de venta no sedentaria.

5. La venta realizada mediante puestos desmontables en el interior de inmueblestambién quedará sujeta a la normativa aplicable a un establecimiento comercial.

Artículo 2: Sujetos

1. La venta no sedentaria podrá ejercerse por toda persona física o persona jurídica,incluyendo a las cooperativas, que se dedique profesionalmente a la actividad del comercioal por menor, reúna los requisitos exigidos en la correspondiente Ordenanza municipal yotros que según la normativa les fueran de aplicación, y cuente con la autorización emitidapor el Ayuntamiento que sea preceptiva en cada caso.

2. Podrán colaborar junto al titular en el ejercicio de la actividad comercial de venta nosedentaria o en nombre del titular de la autorización, siempre que estén dados de alta y alcorriente de pago en el régimen de la Seguridad Social que corresponda, el cónyuge, parejade hecho acreditada documentalmente, hijos, hermanos y empleados con contrato detrabajo, además de aquellos familiares a los que habilite la Ordenanza municipal.

3. Cuando la autorización para el ejercicio de la venta no sedentaria corresponda auna persona jurídica, deberá acreditarse la existencia de una relación laboral, contractual osocietaria entre el titular y la persona que desarrolle, en nombre de aquella, la actividadcomercial.

La persona o personas físicas que ejerzan la actividad por cuenta de una personajurídica deberá estar expresamente indicada en la autorización que se deberá extender anombre de la persona jurídica.

4. Los particulares podrán proceder a la venta no sedentaria en suelo público deartículos usados, siempre que los artículos a la venta procedan de su propio ajuar y nohayan sido adquiridos expresamente para su reventa. Asimismo, el Ayuntamiento podráautorizar, con carácter ocasional, la venta no sedentaria con fines benéficos promovida porentidades o instituciones sin ánimo de lucro.

Artículo 3: Régimen Económico

El Ayuntamiento fijará las tasas correspondientes por la autorización y el ejercicio delas distintas modalidades de venta, mediante las correspondientes ordenanzas fiscales,actualizando su cuantía en la forma y plazos que se estimen convenientes.

CAPÍTULO II

MODALIDADES DE VENTA NO SEDENTARIA

Artículo 4: Modalidades de venta no sedentaria autorizadas

En el término municipal de Calp se autorizan las siguientes modalidades de venta nosedentaria:

Mercados periódicos

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Mercados ocasionales

Venta no sedentaria en puestos aislados

En el término municipal sólo se permitirá la práctica de modalidades de venta nosedentaria en las condiciones recogidas en la presente ordenanza, quedando prohibidacualquier otro tipo de venta ambulante.

Artículo 5: Mercados periódicos

La denominación ‘mercados periódicos’ o, coloquialmente ‘mercadillos’, se aplica a laventa agrupada de puestos de venta no sedentaria que se celebra, por lo generalperiódicamente, en un lugar fijo, situado tanto sobre suelo privado como sobre suelo público.

1. Los mercados periódicos se celebrarán los días y en el emplazamiento que lapresente ordenanza fija y la venta alcanzará los productos que igualmente se especifican enla presente reglamentación.

2. Los mercados periódicos a celebrar en el término municipal son los siguientes:

2.1.- MERCADILLO DE LOS SÁBADOS

2.1.1 Denominación

Se considera mercadillo de los sábados al mercado extraordinario fijo de venta nosedentaria que se realiza los sábados de cada semana.

2.1.2 Lugar de celebración

Su emplazamiento será desde la calle Málaga hasta el final de la Avda. del Norte, incluyendotoda la Avda. Puerto Santamaría. Además se incluirá la Avda. Masnou que abarcará el tramoalimenticio.

2.1.3 Periodicidad, días de celebración y horario

El mercado se celebrará todos los sábados de cada semana. Si tal día tuviese elcarácter de festivo quedará como día de venta el inmediatamente anterior no festivo,excepto en las fiestas patronales del mes de octubre, en cuya semana será viernes o díaanterior no festivo.

No obstante lo anterior, el Ayuntamiento, por razones de interés público, ordenacióndel tráfico u otras circunstancias que así lo aconsejen, mediante decreto motivado, podráacordar la supresión del mercadillo en sábados concretos, no trasladándolos a ningún otrodía, en cuyo caso se procederá a descontar la cantidad correspondiente a los titulares de lospuestos.

Los mercados extraordinarios fijos funcionarán en horario comprendido entre las 8,00horas y las 14,00 horas, debiendo efectuarse las labores de carga y descarga de génerosfuera del citado horario. Durante el horario de venta queda prohibida la circulación devehículos en el interior del mercado. Los puestos deberán estar totalmente retirados a las15,00 horas.

2.1.4 Tipo de productos autorizados.

Podrá autorizarse la venta no sedentaria de los siguientes productos seriados:

a) productos textiles

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b) calzado

c) limpieza y droguería

d) loza y porcelana

e) plantas y flores

f) baratijas

g) artesanía

h) ornato de pequeño volumen y otros análogos

i) frutas y verduras

j) charcutería y conservas

k) pastelería y bollería

2.1.5 Número máximo de autorizaciones

2.1.5.1 El número de autorizaciones otorgadas durante cada año para el ejercicio de laventa no sedentaria en sus diferentes modalidades, no podrá superar el número de puestosofertados anualmente a cubrir por el Ayuntamiento, el cual asciende a 250 puestos.

2.1.5.2 El Ayuntamiento reservará un máximo de 3 puestos para la realización de la ventano sedentaria con carácter ocasional a entidades o instituciones sin ánimo de lucro y confines benéficos. Dicha autorización tendrá un periodo de vigencia máximo de doce semanasal año por entidad.

2.1.6 Condiciones de los puestos de venta y de los productos que se comercializan.

2.1.6.1 Las dimensiones físicas de las paradas en el mercado extraordinario fijo, nuncapodrán exceder de 8 metros de anchura por 3 de fondo y de 3 metros de altura. No obstante,en este mercado se autorizarán dimensiones superiores, sólo cuando en la temporadaanterior el mismo titular disfrutara de más metros.

2.1.6.2 Los titulares de las autorizaciones deberán sujetar sus instalaciones a lascondiciones señaladas teniendo en cuenta que en todo caso habrá de tratarse deinstalaciones desmontables y de fácil transporte, adecuadas para este tipo de actividad,quedando terminantemente prohibido, y por razones de seguridad, los enlaces intermediosentre los toldos de puestos situados unos enfrente de otros; salvo que dichos enlaces seencuentren a una altura mínima de 4 metros y medio.

2.1.6.3 Del mercado extraordinario fijo, el Ayuntamiento tendrá un plano a escala donde sereflejarán los puestos y dimensiones, facultándose a la Alcaldía u órgano delegado, para laaprobación y modificación de los mismos.

2.1.6.4 El Ayuntamiento tendrá un plano de evacuación y emergencia donde se reflejarán lospuestos y dimensiones, facultándose a la Alcaldía u órgano delegado, para la aprobación ymodificación de los mismos.

2.1.6.5 Dado el carácter excepcional de la venta no sedentaria de productos alimenticios,además de las condiciones generales que en la presente Ordenanza se establecen paratodos los puestos de venta, aquellos en los que se expendan este tipo de productos,deberán reunir las siguientes condiciones:

a) Para la venta de frutas y verduras se exigirá el cumplimiento de los siguientes requisitos:

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1.- Sólo se ejercerá en los lugares que el Ayuntamiento señale.

2.- Se realizará sobre bancadas móviles de forma que en todo caso se evite su contactocon el suelo.

3.- Aquellas otras que para su venta exijan las normas de general cumplimiento o lasautoridades sanitarias locales.

b) El resto de productos alimenticios sólo podrá realizarse mediante camiones remolquestienda, que reúnan las siguientes características:

1.- Aislamiento térmico en paredes y techos.

2.-Elementos exteriores e interiores de material impermeable y de fácil limpieza, evitandoángulos y rincones en los que pueda acumularse suciedad.

3.- Mostradores dotados de vitrinas y, en su caso, frigoríficos.

4.- Disponibilidad de agua potable en cantidad suficiente.

5.- Disponibilidad de depósito de aguas residuales o, al menos de las debidascanalizaciones para su conducción a los desagües públicos.

6.- Aquellas otras que para cada uno de los productos exijan las Reglamentaciones Técnico-Sanitarias correspondientes.

2.1.7.6 Los vehículos de los vendedores sólo podrán encontrarse en el interior del mercadojunto al puesto de venta siempre y cuando las dimensiones de la calle así lo permitan. Enaquellos casos en los que, por la amplitud de la calle, el vehículo no pueda encontrarse en elinterior del recinto, deberán estacionar en los sitios habilitados. Se excepcionan de estaprohibición los camiones-tienda.

Para las operaciones de carga y descarga de mercaderías los vehículos podrán estacionaren el interior del mercado por el tiempo imprescindible para verificarlas. A fin de posibilitaresta excepción se tendrán en cuenta lo previsto en el artículo 2.1.3 de esta ordenanza.

2.2.- RASTRO

2.2.1 Denominación

Se considera rastro al mercado de carácter extraordinario fijo de venta no sedentariacuya situación, periodicidad o número de puestos viene fijado en la presente Ordenanza ycuyo objetivo es la venta por profesionales y particulares de artículos usados principalmente.El Ayuntamiento reservará un máximo del 10% de los puestos a la venta no sedentaria aparticulares siempre que los artículos procedan de su propio ajuar y no hayan sidoadquiridos expresamente para su reventa.

2.2.2 Lugar de celebración

Su emplazamiento será en la Avenida del País Valencià y el parking del PabellónMunicipal de Deportes de Calp, para el rastro que se celebra los miércoles y el CascoAntiguo para el rastro que se celebrará los domingos.

2.2.3 Periodicidad, días de celebración y horario

El rastro se celebrará todos los miércoles de cada semana y todos los domingosdependiendo en cada caso de la ubicación del mismo. Si tal día tuviese el carácter de festivo

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quedará como día de venta el inmediatamente anterior no festivo.

No obstante lo anterior, el Ayuntamiento, por razones de interés público, ordenacióndel tráfico u otras circunstancias que así lo aconsejen, mediante decreto motivado, podrárealizar la supresión del rastro en miércoles o domingos concretos, no trasladándolos aningún otro día, en cuyo caso se procederá a descontar la cantidad correspondiente a lostitulares de los puestos.

El rastro funcionará en horario comprendido entre las 8,00 horas y las 14,00 horas,debiendo efectuarse las labores de carga y descarga de géneros fuera del citado horario.Durante el horario de venta queda prohibida la circulación de vehículos en el interior delmismo. Los puestos deberán estar totalmente retirados a las 15,00 horas.

2.2.4 Tipo de productos autorizados.

Podrá autorizarse la venta no sedentaria de:

antigüedades y objetos usados

objetos con fallo o rotura leve siendo productos de segunda categoría

artículos nuevos que en el mercado estuvieren descatalogados o tuvierenexclusivamente carácter de colección, entendiéndose en tal caso comoproducto nuevo el que conserve su envoltura original o precinto

artículos varios: herramientas, muebles, electrodomésticos, maquinaria depequeña entidad, juguetes, cristal, fotografía, etc, debiendo ser todo objetosantiguos, donde los titulares se responsabilizarán de la procedencia lícita delos productos objeto de venta.

Artículos propios del ajuar

ropa de segunda mano adquirida para su venta

Queda expresamente prohibida la venta de los siguientes artículos:

o) ropa y calzado seriado

p) productos alimenticios.

q) fósiles y restos arqueológicos

r) cualquier tipo de arma, así como productos de origen militar

s) material explosivo de cualquier clase

t) productos que puedan comportar riesgo para la salud,

u) productos farmacéuticos y ortopédicos

v) animales vivos.

2.2.5 Número máximo de autorizaciones

2.2.5.1 El número de autorizaciones otorgadas durante cada año para el ejercicio de la ventano sedentaria en sus diferentes modalidades, no podrá superar el número de puestosofertados anualmente a cubrir por el Ayuntamiento, que para el caso del rastro de losmiércoles es de 100 puestos y para el caso del rastro de los domingos es de 50.

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2.2.5.2 El Ayuntamiento reservará un puesto para la realización de la venta no sedentariacon carácter ocasional a entidades o instituciones sin ánimo de lucro y con fines benéficosen cada uno de los rastros. Dicha autorización tendrá un periodo de vigencia máximo dedoce semanas al año por entidad.

2.2.6 Condiciones de los puestos de venta y de los productos que se comercializan.

2.2.6.1 Las dimensiones físicas de las paradas en el rastro, nunca podrán exceder de 6metros de anchura por 3 de fondo y 3 de altura.

2.2.6.2 Los titulares de las autorizaciones deberán sujetar sus instalaciones a lascondiciones señaladas teniendo en cuenta que en todo caso habrá de tratarse deinstalaciones desmontables y de fácil transporte, adecuadas para este tipo de actividad,quedando terminantemente prohibido, y por razones de seguridad, los enlaces intermediosentre los toldos de puestos situados unos enfrente de otros; salvo que dichos enlaces seencuentren a una altura mínima de 4 metros y medio.

2.2.6.3 Del rastro, el Ayuntamiento tendrá un plano a escala donde se reflejarán los puestosy dimensiones, facultándose a la Alcaldía u órgano delegado, para la aprobación ymodificación de los mismos.

2.2.6.4 Los vehículos de los vendedores sólo podrán encontrarse en el interior del rastrojunto al puesto de venta siempre y cuando las dimensiones de la calle así lo permitan. Enaquellos casos en los que, por la amplitud de la calle, el vehículo no pueda encontrarse en elinterior del recinto, deberán estacionar en los sitios habilitados.

Para las operaciones de carga y descarga de mercaderías los vehículos podrán estacionaren el interior del mercado por el tiempo imprescindible para verificarlas. A fin de posibilitaresta excepción se tendrán en cuenta lo previsto en el artículo 2.2.3 de esta ordenanza.

2.3.- MERCADOS DE ARTESANÍA ESTIVALES

2.3.1 Denominación

Se consideran mercados de carácter extraordinario cuya situación, periodicidad o número depuestos es determinado por la presente ordenanza y que se crean al amparo de un actividadespecífica y común para todos los titulares, el carácter artesanal de los puestos.

2.3.2 Lugar de celebración

Se distinguen tres tipos de mercados artesanales estivales:

a) Mercado de artesanía Infanta Elena: localizado en la plaza anexa a la Calle Alemania yque limita con el paseo marítimo Infanta Elena.

b) Mercado de artesanía Plaza del Mediterráneo: ubicado en la Plaza del Mediterráneo ylimitando con el paseo marítimo Infanta Cristina.

c) Mercado de artesanía del Casco Antiguo: ubicado en la calle Libertad y Justicia.

2.3.3 Periodicidad, días de celebración y horario

Los mercados de artesanía se celebrarán desde el día 1 de junio hasta el 30 deseptiembre, si bien se establece un periodo obligatorio comprendido entre el 1 de julio y el31 de agosto del año en curso.

El mercado del Casco Antiguo permitirá ejercer la venta desde las 20,00 horas hastalas 01,00 horas del día siguiente, de lunes a domingo, quedando prohibida la circulación de

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vehículos en el interior del mercado, debiendo efectuarse las labores de carga y descargade géneros fuera del citado horario. Se deberá tener montado el puesto a la hora de iniciodel mercado y desmontarlo totalmente una vez finalizado dicho horario. En los días decelebración de las fiestas patronales, u otros eventos que se realicen, se ajustará el horariodel mercadillo a los actos que se celebren. Por la concejalía delegada se comunicará conantelación el horario de celebración del mercadillo, así como si algún día no se pudieracelebrar.

Los mercados de la Plaza del Mediterráneo y de la Infanta Elena, permitirán ejercerla venta desde las 12,00 horas hasta las 01,00 horas del día siguiente, de lunes a domingo,quedando prohibida la circulación de vehículos en el interior del mercado, debiendoefectuarse las labores de carga y descarga de géneros fuera del citado horario.

2.3.4 Tipo de productos autorizados.

Podrá autorizarse la venta no sedentaria de artículos artesanales de ornamento personal(collares, broches, pulseras, pendientes, sortijas), llaveros, colgantes, pegatinas, chapas,parches, artículos de cuero (cinturones, bolsos, monederos), zapatillas babuchas morunas,sombreros, gorras, artículos textiles (siempre que procedan de fabricación propia noseriada), artículos artesanales de decoración de pequeño volumen (cerámica, velas,cuadros, marcos, muñecas, juguetes, figuras, pósters, pinturas), y en general todos aquellosproductos que se encuentren dentro del directorio de oficios artesanos de la ComunidadValenciana a excepción del sector alimenticio, cuya venta queda prohibida en este tipo demercados.

2.3.5 Número máximo de autorizaciones

El número de autorizaciones otorgadas durante cada año para el ejercicio de la venta nosedentaria en sus diferentes modalidades, no podrá superar el número de puestos ofertadosanualmente a cubrir por el Ayuntamiento.

En el caso del mercado estival Infanta Elena, se autorizará 21 puestos para vendedores ytres puestos para pintores y caricaturistas, pudiendo ser sustituido algún puesto de pintor porel de vendedor en el caso de que no se cubra el mismo.

En el caso del mercado estival de la Plaza del Mediterráneo se autorizarán 15 puestos paravendedores y 2 para pintores y caricaturistas.

En el caso del mercado del Casco Antiguo, se autorizarán 30 puestos para vendedores y 5para caricaturistas y pintores.

2.3.6 Condiciones de los puestos de venta y de los productos que se comercializan.

2.3.6.1 Para el caso del mercado Infanta Elena, los vendedores deberán alquilar casetas de3 x 3 m (todas iguales), a excepción de los pintores que podrán alquilarlas con dimensionesde 2 x 2 metros cuadrados, sin tener estos últimos la obligatoriedad.

2.3.6.2 Para el caso del mercado de la Plaza Mediterráneo, los vendedores deberán alquilarcasetas de 3 x 2 m (todas iguales), a excepción de los pintores no tendrán la obligatoriedadde alquilarlas.

2.3.6.3 En el caso del mercado del Casco Antiguo, los titulares de las autorizacionesdeberán sujetar sus instalaciones teniendo en cuenta que en todo caso habrá de tratarse deinstalaciones desmontables y de fácil transporte, adecuadas para este tipo de actividad.

2.3.6.4 De los mercados, el Ayuntamiento tendrá un plano a escala donde se reflejarán lospuestos y dimensiones, facultándose a la Alcaldía u órgano delegado, para la aprobación ymodificación de los mismos.

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2.3.6.5 Los vehículos de los vendedores no podrán encontrarse en el interior del mercadojunto al puesto de venta.

Para las operaciones de carga y descarga de mercaderías los vehículos podrán estacionaren el interior del mercado por el tiempo imprescindible para verificarlas una hora antes de laapertura del mercado.

Artículo 6: Mercados ocasionales.

Son aquellos mercados (mercadillos) que no tienen una periodicidad determinada yse celebran ocasionalmente o con motivo de fiestas o acontecimientos populares decarácter local u otros eventos festivos estatales o autonómicos; así como los establecidos enperíodo estival o con ocasión de eventos deportivos, culturales o lúdicos.

También tendrán esta consideración las ventas que se realicen con ocasión deacontecimientos deportivos, musicales o análogos de productos directamente relacionadoscon el mismo así como de comestibles y bebidas exclusivamente en el tiempo de sucelebración.

6.1.- A efectos de su autorización, la Alcaldía u órgano delegado, fijará el emplazamiento yalcance de los mismos, así como el período en que se autorice su establecimiento,requisitos y condiciones de celebración.

6.2.- Cuando la celebración no sea promovida por el Ayuntamiento, los interesados deberánpresentar dos meses antes del inicio del mercado, una memoria en la que se concreten lasrazones para su celebración, el emplazamiento, las fechas y horas de actividad, relación devendedores y entidades participantes, productos y características de los puestos.

La Memoria definirá para cada uno de ellos:

Denominación

Lugar de celebración

Días de celebración y horario

Número máximo de autorizaciones

Condiciones de los vendedores y de los puestos

Productos que pueden ser ofertados

Seguro de responsabilidad civil

Artículo 7: Implantación, modificación, traslado, supresión o suspensión de mercadosde venta no sedentaria

7.1. La creación, modificación, supresión o traslado de mercados de venta nosedentaria deberá ser adoptada por la Junta de Gobierno local, oídas las asociaciones decomerciantes y de consumidores del municipio, y los representantes de intereses quepudieran verse afectados.

7.2. La decisión municipal se adoptará ponderando fundamentalmente criterios deordenación territorial y planificación urbanística, de sostenibilidad medioambiental ypaisajística y de protección del medio urbano y del patrimonio histórico-artístico. Encualquier caso, deberán quedar garantizadas la protección de los consumidores, el mejorservicio a los mismos y la preservación del orden público, la salud y la seguridad pública.

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7.3. Deberá establecerse un plan de evacuación y emergencia así como un planode los puestos.

7.4. El Ayuntamiento podrá suprimir, modificar, trasladar o suspender temporalmente laactividad de los mercados de venta no sedentaria establecidos en la presente ordenanza eincluso su supresión total, sin que en ningún caso se genere derecho a indemnización pordaños y perjuicios a los titulares de los puestos afectados, de acuerdo a las siguientescircunstancias:

Coincidencia con alguna festividad.

Por razón de obras en la vía pública o en los servicios, o tráfico.

Por causas de interés público debidamente motivadas.

En caso de suspensión temporal, ésta podrá afectar a la totalidad de lasautorizaciones de un mercado o a parte de ellas, en función de las necesidades y del interésgeneral.

En todo caso, en el proceso de toma de decisión municipal al respecto se daráaudiencia previa a los vendedores afectados.

Artículo 8: Venta ambulante.

1. Se prohíbe expresamente la venta ambulante en el término municipal de Calp, entendiendocomo tal la venta no sedentaria practicada en ubicación móvil, de manera y con medios quepermitan al vendedor ofrecer su mercancía de forma itinerante, deteniéndose en distintoslugares sucesivamente y por el tiempo necesario para efectuar la venta.

2. No tendrá la consideración de venta ambulante el reparto a domicilio de artículos quepreviamente hayan sido encargados o adquiridos por el consumidor, ni el suministrohabitual de mercancías en virtud de contrato previo.

3. Está prohibida la venta ambulante en el espacio público de cualquier tipo de alimentos,bebidas y otros productos, salvo las autorizaciones específicas. En todo caso, la licencia oautorización deberá ser perfectamente visible.

4. Queda prohibido colabora en el espacio público con los vendedores ambulantes noautorizados, con acciones como facilitar el género o vigilar y alertar sobre la presencia delos agentes de la autoridad.

5. Se prohíbe la compra o la adquisición en el espacio público de alimento, bebidas y otrosproductos procedentes de la venta ambulante no autorizada.

6. Los organizadores de actos públicos de naturaleza cultural, festiva, lúdica o deportiva o decualquier otra índole velarán para que no se produzcan,durante la celebración, lasconductas descritas en los apartados anteriores. Si con motivo de cualquiera de estos actosse realizan dichas conductas, sus organizadores lo comunicarán inmediatamente a losagentes de la autoridad.

Artículo 9: La venta no sedentaria con fines benéficos.

1. Las entidades e instituciones que pretendan organizar un mercado con fines benéficosdeberán presentar una solicitud ante el Ayuntamiento, con una antelación mínima de 2meses antes de la celebración del evento, acompañada, como mínimo, de los siguientesdatos:

a) Datos identificativos de la asociación o entidad, como los relativos a su denominación,

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escritura de constitución, domicilio social, representantes apoderados y N.I.F.

b) Memoria justificativa del evento en que se detalle la finalidad de dicha actividad, fechasde celebración, número de puestos, entidades participantes y productos a la venta, medios autilizar y justificación de la ubicación elegida.

c) Memoria de actividades de publicidad, animación y similares, que se realicen al amparode su desarrollo.

d) Plano de ubicación con señalamiento gráfico detallado del perímetro ocupado por laactividad y sus distancias al mobiliario urbano (señales, semáforos, farolas, etc.) a fin de noafectar a la circulación peatonal, seguridad del tráfico, zonas ajardinadas y tomas de registroy demás servicios públicos ubicados en el entorno urbano.

e) Declaración responsable de la asunción de responsabilidades civiles y, particularmente,de las derivadas de la venta y de la reparación, reposición, conservación y limpieza delespacio público utilizado y del mobiliario urbano.

f) Compromiso explícito de retirada de todo aquel material utilizado en el mismo día definalización de la actividad.

Artículo 10: Modalidades de ventas que no procede regular en la Ordenanza de ventano sedentaria.

10.1 Están excluidas porque en ningún caso tienen la condición de venta no sedentaria deacuerdo con el artículo 1.4 del Decreto 65/2012:

a) La venta domiciliaria.

b) La venta mediante aparatos automáticos de distribución.

c) La venta de loterías u otras participaciones en juegos de azar autorizados.

d) La venta realizada por comerciante sedentario a la puerta de su establecimiento.

e) La venta realizada por la Administración o sus agentes, o como consecuencia demandatos de aquella.

10.2 Tampoco procede regular en la presente Ordenanza los puestos autorizados en la víapública de carácter fijo y estable (quioscos y similares) que se regirán por su normativaespecífica.

CAPÍTULO III

EJERCICIO DE LA VENTA NO SEDENTARIA

Artículo 11: Naturaleza de la autorización

11.1. El ejercicio de cualquiera de las modalidades de venta reguladas en la presenteordenanza estará sujeto a la obtención previa de la preceptiva autorización municipal.

11.2. El otorgamiento de la autorización municipal para el ejercicio de la venta no sedentariase efectuará mediante Resolución de la Alcaldía u órgano delegado, siguiendo elprocedimiento establecido en el capítulo IV.

11.3. Para cada emplazamiento concreto, y por cada una de las modalidades de venta nosedentaria que el comerciante se proponga ejercer, deberá solicitarse una autorización.

Las personas físicas y las jurídicas podrán disponer de un solo puesto en un mismo

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mercado y para el mismo periodo, siendo éste el número máximo de autorizaciones quepodrán solicitar.

11.4. Queda prohibido el ejercicio de la venta no sedentaria en cualquiera de susmodalidades careciendo de la oportuna autorización municipal.

11.5. La autorización municipal será personal pudiendo, no obstante, hacer uso de ella,cuando el titular sea una persona física, siempre que le asistan en el ejercicio de suactividad y estén dados de alta y al corriente de pago en el régimen de la Seguridad Socialque corresponda, el cónyuge, pareja de hecho acreditada documentalmente, hijos,hermanos y empleados con contrato de trabajo.

11.6. Si el titular de la autorización es una persona jurídica sólo podrán hacer uso de lamisma la persona o personas físicas que ésta haya expresamente indicado como titular ysuplente en la autorización, siempre que tengan una relación laboral, contractual o societariacon aquella.

11.7. Las autorizaciones podrán ser revocadas por el Ayuntamiento en los supuestosprevistos en la presente ordenanza y en la normativa de aplicación, de acuerdo con elprocedimiento administrativo que sea de aplicación.

Artículo 12: Duración de la autorización

12.1. Las autorizaciones municipales para el desarrollo de la actividad comercial en losmercados de venta no sedentaria periódicos se concederán por un plazo de quince años.

12.2. Para el resto de modalidades de venta no sedentaria, los plazos de vigencia de cadaautorización, en función de las circunstancias de dimensión poblacional y de organizacióndel municipio, serán los siguientes:

12.2.1. En el caso del rastro, dado que se contempla la posibilidad de reservar el 10% de lospuestos de venta a particulares, esta autorización tendrá una duración máxima de cuatrosemanas consecutivas, pudiendo el particular solicitar una disminución del plazo.

12.2.2. En el caso de los mercados extraordinarios no periódicos, la vigencia será hasta elperiodo dictaminado por la Junta de Gobierno Local.

12.2.3 En el caso de las entidades o instituciones sin ánimo de lucro, la autorización tendráuna duración máxima de doce semanas, pudiendo solicitar un plazo inferior a éste.

12.3. Los titulares de las autorizaciones se ajustarán al cumplimiento de los requisitosderivados de la presente ordenanza y demás normativa de aplicación, durante su periodo devigencia y deberán de acreditar el cumplimiento de los mismos cuando así lo requiera elAyuntamiento.

Artículo 13: Identificación del comerciante

1. Durante el desarrollo de la actividad, quienes realicen la venta no sedentaria, deberántener expuesto en forma visible para el público la autorización municipal o documentoentregado por el Ayuntamiento acreditativo de haber obtenido la misma.

2. El documento acreditativo de la autorización que se exhiba en el puesto de venta, contendrá,al menos, los siguientes datos: nombre y apellidos y N.I.F. del titular y de las personasdesignadas por éste para colaborar en el ejercicio de la venta y fotos recientes de los mismos,lugar de venta o mercado de venta no sedentaria para el que esta autorizado, productos paralos que está facultado vender, plazo de validez de la autorización y fotos recientes de lapersona autorizada. Junto a la autorización, o bien en el documento equivalente, deberá figuraruna dirección física para la recepción de las posibles reclamaciones derivadas del ejercicio de

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la actividad, sin perjuicio de que se pueda incorporar, además, una dirección de correoelectrónico.

3. En el caso de autorizaciones otorgadas a personas jurídicas además de la identificación deésta, deberá figurar la de las personas designadas para el ejercicio de la venta y fotos recientesde las mismas.

4. En caso de que por muerte, jubilación, enfermedad, despido o baja en la entidad, o porcualquier otra causa justificada deba procederse a la sustitución de alguno de ellos, la entidadtitular de la autorización deberá comunicarla al Ayuntamiento, indicando el nombre, domicilio yD.N.I del sustituto, acreditando su vinculación con la persona jurídica e indicando la causa de lasustitución.

Artículo 14: Transmisión de la autorización

1. Dentro de su periodo de vigencia, la autorización en mercados extraordinarios fijos, podráser transmitida previa comunicación al Ayuntamiento, de acuerdo con el siguienteprocedimiento:

a) El titular cedente de la autorización deberá presentar una comunicación, dirigida a laAlcaldía - Presidencia del Ayuntamiento comunicando la transmisión e indicando los datospersonales tanto del antiguo titular como del nuevo con indicación de los motivos y la fechaen que será efectiva la transmisión.

b) A la comunicación se acompañará una declaración responsable del adquirente queampare el cumplimiento de los requisitos a que se refiere el artículo que determina ladocumentación necesaria para solicitar un puesto de venta no sedentaria en suelo público,ubicada en el artículo 19 de esta ordenanza.

c) El Ayuntamiento podrá oponerse a dicha transmisión en el caso de que compruebeque quien se propone como nuevo titular no cumple con los requisitos establecidos en lapresente norma para el ejercicio de la venta no sedentaria.

d) El Ayuntamiento emitirá una nueva autorización, y cartel, en los que figure comotitular el adquirente y en los que se expresarán los extremos que figuran en el artículo 14,entre ellos, el referido al plazo de vigencia que no podrá superar al que reste de laautorización transmitida.

2. Salvo causa justificada, entendiéndose como tal casos de jubilación o muerte del titular,no se podrá proceder a la transmisión antes de que transcurran 24 meses desde que seotorgó la autorización.

3. Para poder perfeccionar la transmisión será necesario que el adquirente acredite cumplirtodos los requisitos exigibles para el desarrollo de la actividad que fije la Ordenanzamunicipal.

4. La transmisión únicamente podrá facultar para la venta de la misma clase de artículos quevenía comercializándose por el titular cedente, y su vigencia se limitará al periodo restanteen la autorización que se transmite.

5. En el caso de fallecimiento o de imposibilidad sobrevenida de desarrollar la actividad porparte del titular, tendrán un derecho preferente a la transmisión de la autorización el cónyugeo pareja de hecho, los hijos, los empleados y otros familiares que vinieran colaborando conel titular en la actividad.

En los casos de disolución y cese en la actividad de una persona jurídica tendránderecho preferente a la transmisión de las autorizaciones de que fuera titular, quienesvinieran ejerciendo la venta por cuenta y en nombre de ésta.

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6. En caso de renuncia a una autorización sin que exista voluntad de transmisión de la misma,el Ayuntamiento aplicará el procedimiento previsto para la provisión de vacantes en laordenanza municipal.

Artículo 15: Renovación

1. La autorización que se otorgue no dará lugar a un procedimiento de renovaciónautomática.

2. No obstante lo anterior, cuando haya expirado el plazo de autorización, podrán serrenovadas una vez por un periodo idéntico al de su duración inicial, sin que en este caso,puedan ser objeto de un nuevo procedimiento de concurrencia competitiva.

3. Dicha renovación deberá solicitarse por el titular al Ayuntamiento al menos con unaantelación de tres meses a la finalización del plazo de su autorización.

4. La concesión de la renovación mediante resolución del órgano competente delAyuntamiento estará sujeta a la previa verificación del cumplimiento de los siguientesrequisitos por parte del titular:

a) Ajustarse a las condiciones que para la venta establezca la Ordenanza que regulaesta modalidad de venta vigente en el momento de solicitar la renovación.

b) No haber recibido y resulto en vía administrativa aceptando la pretensión delconsumidor más de 3 reclamaciones de consumidores, cumplimentadas en lascorrespondientes hojas de reclamación, en un mismo año durante al menos dos de los añosen que estuvo vigente la autorización.

c) Haber incorporado, por propia iniciativa, mejoras en las instalaciones que nofueran preceptivas.

5. Hasta que se resuelva el procedimiento sobre la renovación, quien venía siendotitular de la autorización podrá continuar con el ejercicio de la actividad, lo que nodeterminará necesariamente la renovación de la misma, debiendo cesar en la actividad encaso de no obtenerla.

6. Si, en atención a lo dispuesto en el apartado anterior, la autorización no fuerarenovada, quien era titular de la misma, podrá presentar una solicitud para obtener unanueva autorización cuando el Ayuntamiento convoque la oferta de puestos, en concurrenciacompetitiva en igualdad de condiciones con el resto de solicitantes.

7. Lo anterior sin perjuicio de lo dispuesto en la Disposición Transitoria Primera delDecreto 65/2012 con respecto a las autorizaciones que estaban vigentes cuando entró envigor dicho Decreto.

Artículo 16: Capacidad de comprobación de la administración

El Ayuntamiento podrá comprobar e inspeccionar, en todo momento, los hechos,actividades, transmisiones y demás circunstancias de la autorización concedida, notificando,en su caso, a los órganos autonómicos de defensa de la competencia de la ComunitatValenciana, los hechos de los que tengan conocimiento en el ejercicio de sus funciones quepuedan constituir infracción a la legislación de defensa de la competencia.

Artículo 17: Extinción

1. Las autorizaciones municipales para el ejercicio de las ventas no sedentarias seextinguirán, sin que causen derecho a indemnización alguna, por las siguientes causas:

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a) Término del plazo para que se otorgó, salvo cuando se solicite y se conceda larenovación de la autorización.

b) Renuncia expresa del titular.

c) No presentar ante el órgano municipal competente, en el plazo de 15 días hábileslos documentos acreditativos de los datos aportados con la solicitud de la autorización o enla declaración responsable.

d) Por revocación cuando desaparezcan las circunstancias que dieron lugar a suotorgamiento, en los supuestos y con los procedimientos previstos en esta ordenanza, sinque ello origine derecho a indemnización o compensación de ningún tipo.

e) Por fallecimiento o disolución de la persona jurídica titular, sin perjuicio de suposibilidad de transmisión.

f) Por impago de la tasa o precio público a la que esté obligado en los términos queestablezca el Ayuntamiento durante dos trimestres en el año en curso.

g) Como consecuencia de la imposición de sanción que conlleve la extinción de laautorización.

h) No asistir el titular durante cuatro semanas consecutivas sin previo conocimientojustificado ante el Ayuntamiento, al mercado para el que se tenga concedida la autorización.

2. Las autorizaciones que se extingan por algunas de las causas señaladas podrán seramortizadas o pasar a ser consideradas vacantes, en este último caso podrán ser cubiertaspor el procedimiento establecido previsto en el capítulo IV de esta Ordenanza.

CAPÍTULO IV

PROCEDIMIENTO DE AUTORIZACIÓN

Artículo 18: Solicitud

El ejercicio de la venta no sedentaria, en cualquiera de las modalidades recogidas enla presente ordenanza, estará sujeta a autorización municipal, por tratarse de un usoespecial del dominio público. Dicha autorización quedará condicionada al cumplimiento delos requisitos establecidos en la presente ordenanza.

Podrán solicitar la autorización municipal para la venta no sedentaria, las personasfísicas o jurídicas, así como los socios de cooperativas de trabajo asociado dedicadas a laventa no sedentaria, que se dediquen profesionalmente al ejercicio de la actividad delcomercio al por menor.

1. La solicitud de autorización para el ejercicio de la venta no sedentaria en suelopúblico se realizará a través de cualquiera de los medios válidos en derecho, dirigida alAlcalde/sa Presidente/a.

2. En la solicitud se hará constar el nombre y apellidos del solicitante, si es personafísica, o la denominación social y los datos del representante debidamente apoderado, si espersona jurídica, el N.I.F., los productos a comercializar y la modalidad de venta para la quese solicita la autorización, debiendo acompañar la siguiente documentación:

A) Declaración responsable firmada por el interesado que manifieste, al menoslos siguientes extremos:

a) El cumplimiento de los requisitos establecidos para el ejercicio de la venta nosedentaria y de las condiciones para la comercialización de los productos que se pretendan

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ofertar, en los términos establecidos en el artículo 7 del Decreto 65/2012, de 20 de abril delConsell, por el que se regula la venta no sedentaria en la Comunitat Valenciana y en laOrdenanza municipal.

b) Estar en posesión de la siguiente documentación que así lo acredite a partir delinicio de la actividad:

Los prestadores extranjeros, nacionales de países que no sean miembros de la UniónEuropea, deberán acreditar el cumplimiento de las obligaciones establecidas en lalegislación vigente en materia de autorizaciones de residencia y trabajo por cuenta propia,debiendo acreditar la vigencia de los permisos preceptivos para el inicio de la actividaddurante el periodo que comprenda la autorización. En caso de caducidad durante el periodode autorización, el solicitante deberá aportar también un compromiso de renovación dedichos permisos.

Disponer de instalaciones que se ajusten a las condiciones señaladas en la Ordenanzamunicipal y en la demás normativa que resulte de aplicación, especialmente la relativa a lahigiene, seguridad y solidez de las instalaciones.

En el caso de personas físicas:- NIF- Estar dado de alta en el censo de obligados tributarios mediante la declaración censalcorrespondiente y para la actividad que solicita la venta,- En caso de que no estén exentos del Impuesto de Actividades Económicas, certificado deestar al corriente en el pago de la tarifa.- Estar dado de alta en el régimen de autónomos de la Seguridad Social- Certificado de estar al corriente en el pago de las cotizaciones de la Seguridad Social- No tener deuda pendiente alguna con el Ayuntamiento de Calp.

En el caso de personas jurídicas:- CIF- Escritura de Constitución de la Sociedad y en su caso, modificaciones de la misma - Nombramiento de Administrador o apoderado de la Sociedad y NIF de este.- Estar dada de alta en el censo de obligados tributarios- En caso de que no estén exentos del Impuesto de Actividades Económicas, certificado deestar al corriente en el pago de la tarifa.- Estar dado de alta en el régimen correspondiente- Certificado de estar al corriente en el pago de las cotizaciones de la Seguridad Social- Persona o personas autorizadas por la Persona Jurídica y contrato de trabajo en vigor.

- No tener deuda pendiente alguna con el Ayuntamiento de Calp.

En el caso de socios trabajadores, de las cooperativas de trabajo asociado,dedicadas a la venta no sedentaria- NIF Socio Trabajador- Escritura de Constitución de las Cooperativas de Trabajo Asociado- Documento acreditativo de la vinculación de la Cooperativa de trabajo asociado con elSocio Trabajador.- Alta de la cooperativa de trabajo Asociado en el censo de obligados tributarios mediantemediante la declaración censal correspondiente y para la actividad que solicita la venta.- En caso de que no estén exentos del Impuesto de Actividades Económicas, certificado deestar al corriente en el pago de la tarifa.- Estar dado de alta de la Seguridad Social en el régimen correspondiente- Certificado de estar al corriente en el pago de las cotizaciones de la Seguridad Social- No tener deuda pendiente alguna con el Ayuntamiento de Calp.

c) Mantener su cumplimiento durante el plazo de vigencia de la autorización.

En su caso, quienes vendan productos de temporada de carácter agrícola decosecha o producción propia, deberán declarar su condición de tales indicando que se

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encuentran en posesión de la documentación oficial probatoria de su condición de agricultoro ganadero, los productos que cultiva y los municipios en que se ubican sus explotaciones.

Los particulares autorizados para la venta de artículos usados deberánpresentar:

1.- Nombre y apellidos, DNI/NIE y domicilio

2.- documentación acreditativa de estar al corriente de las obligaciones tributarias locales yen especial de no mantener deuda alguna con la Hacienda Municipal.

3.- Declaración responsable de que los artículos pertenecen a su ajuar y que no han sidoadquiridos expresamente para su reventa, debiendo estar en disposición de acreditar dichoextremo.

B) Datos relativos a la identidad del solicitante, a las personas vinculadas al mismoque colaborarán en la venta, a la actividad y a los méritos que en su caso sean objeto deevaluación, de acuerdo con lo que establezca la Ordenanza municipal.

C) Dos fotografías tamaño carnet tanto del titular como de las personas quecolaboren en la venta.

D) Documento de Calificación Artesana en vigor para el caso de mercadosartesanales.

E) Memoria explicativa y fotográfica relativa al acondicionamiento y presentación delos productos e instalaciones que pretendan utilizarse para la venta y su adecuación a lasreglamentaciones técnico-sanitarias y demás normas aplicables dependiendo del producto.

F) Documentación acreditativa, en su caso, de la suscripción de seguro deresponsabilidad civil que cubra cualquier clase de riesgo derivado del ejercicio de laactividad comercial.

G) Carnet de manipulador de alimentos en los casos necesarios.

Artículo 19: Procedimiento de selección

1. Las autorizaciones municipales para el ejercicio de la venta no sedentaria seotorgarán mediante concurrencia competitiva de acuerdo con la aplicación del baremocontemplado en la presente ordenanza, atendiendo a la documentación presentada y a losméritos debidamente acreditados por los solicitantes, en tiempo y forma.

2. El otorgamiento de autorizaciones para la práctica de venta no sedentaria se haráde acuerdo con el siguiente procedimiento:

a) Para cada una de las modalidades y formatos de venta autorizadas en el términomunicipal, el Ayuntamiento hará pública, en su tablón de anuncios y/o en su sedeelectrónica, la oferta de autorizaciones o puestos de venta no sedentaria, para el periodo aque se refieran las autorizaciones a otorgar. La oferta deberá señalar el plazo para lapresentación de solicitudes de autorización que no podrá ser inferior a quince ni superior atreinta días.

En ningún caso la oferta podrá contener un número de puestos de venta superior alos permitidos por la presente ordenanza para cada una de las modalidades contempladas.

b) Dentro del plazo señalado en la oferta, los interesados deberán presentar sussolicitudes de autorización, junto con la documentación correspondiente.

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c) Dentro de los quince días siguientes a la terminación del plazo, el Ayuntamientohará pública en el Tablón de Anuncios y/o en su sede electrónica la relación de solicitantes,especificando aquellos a los que, por defecto de la solicitud o falta de datos o documentosque sean exigibles, no se les puede admitir a trámite la solicitud, concediéndose un plazo dediez días hábiles para subsanar los defectos indicados. Una vez transcurrido éste plazo, elAyuntamiento hará pública, de la misma forma, la lista definitiva de solicitudes admitidas.

d) En el caso de que el número de solicitudes fuera superior al número de puestosincluidos en la oferta del Ayuntamiento, se procederá a establecer un orden de prelaciónconforme a la puntuación que resulte de aplicación del baremo al que se refiere el artículosiguiente en función de los méritos que el solicitante haya acreditado adecuadamente.

e) En ningún caso se podrá conceder más de una autorización por persona física,jurídica, o socios de cooperativas de trabajo asociado, dedicadas a la venta no sedentaria;para un mismo mercado y para el mismo periodo.

f) El cómputo del baremo se hará, a propuesta de una Comisión de Valoración, quepara cada convocatoria designará el Ayuntamiento de Calp, por la Alcaldía o Concejalresponsable o Delegado del Área. Dicha comisión elaborará una lista provisional depersonas autorizadas para ejercer la venta no sedentaria, lista provisional que se publicaráen el tablón de anuncios y en la página web del Ayuntamiento de Calp, concediéndose unplazo de diez días para formular alegaciones. Una vez transcurrido el citado plazo, y previoinforme de las reclamaciones presentadas, Ayuntamiento de Calp, por la Alcaldía o Concejalresponsable o Delegado del Área aprobará la relación definitiva de personas seleccionadaspara el ejercicio de la venta no sedentaria.

g) El Ayuntamiento deberá resolver sobre las autorizaciones, debiendo notificarse alos interesados la concesión o denegación de la autorización en el plazo de los diez díassiguientes a su resolución. En cualquier caso, el plazo para resolver y notificar no podrásuperar los tres meses desde que se abrió el plazo para la presentación de las solicitudes.

h) Contra las resoluciones que adjudiquen las autorizaciones de venta no sedentariase podrán interponer los recursos previstos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, deRégimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento AdministrativoComún.

i) Una vez adjudicadas las autorizaciones, los titulares podrán ser requeridos por elAyuntamiento para que justifiquen la veracidad de los datos y documentos aportados en elproceso.

3. El otorgamiento de autorizaciones para la venta no sedentaria se hará público parageneral conocimiento mediante edicto que se expondrá en el Tablón de Anuncios delAyuntamiento y/o en su caso, la publicación en la sede electrónica municipal por período noinferior a 10 días desde que se emita la autorización, sin perjuicio de su notificación a losinteresados.

4. En ningún caso se podrá exigir el deber de residencia en el municipio comorequisito de participación, ni podrá considerarse esta circunstancia como un mérito queotorgue ventajas al solicitante en el procedimiento de selección.

Artículo 20: Organización y distribución de puestos

Teniendo en cuenta la preexistencia de los mercados periódicos de venta no sedentaria, y aque su organización y distribución de puestos es la adecuada, existiendo distintas zonasdefinidas por el tipo de producto a la venta, una vez otorgadas las autorizacionescorrespondientes, los vendedores ya instalados que obtengan la correspondienteautorización mantendrán su lugar en el mercado.

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Si algún vendedor obtiene la correspondiente autorización y se va a instalar porprimera vez en el mercado, lo hará en los puestos que queden libres dentro de la zona deventa de su producto, estableciéndose un orden entre los seleccionados por orden depuntuación obtenida en el baremo que establece la presente Ordenanza municipal.

Artículo 21: Contenido de las autorizaciones

La autorización deberá especificará en todo caso:

a) Nombre y apellidos, domicilio y D.N.I del titular y de las personas autorizadas parala venta o de las personas que pueden hacer uso de la autorización si el titular es unapersona jurídica, así como fotos recientes de los mismos.

b) La modalidad de comercio no sedentario autorizado.

c) Identificación del lugar donde puede ejercer la venta y en su caso, identificacióndel puesto asignado.

d) La relación de productos que puedan ser objeto de venta.

e) Las fechas y horarios autorizados.

f) Superficie de ocupación autorizada (superficie total o metros lineales) y, en sucaso, características de la instalación.

g) En su caso, marca modelo y matricula del vehículo autorizado, debiendocomunicar al Ayuntamiento cualquier cambio en este apartado con el fin de proceder a suactualización en la autorización.

h) Periodo de validez de la autorización.

Artículo 22: Baremo de méritos

1. Para el desarrollo del procedimiento para el otorgamiento de las autorizaciones, enrégimen de concurrencia competitiva, y dado el número limitado de autorizaciones de ventano sedentaria que se instaura, a efectos de establecer el orden de prelación entre lassolicitudes admitidas a trámite, se tendrán en cuenta, entre otros, los siguientes aspectos:

a) Que el solicitante tenga la nacionalidad de un Estado miembro de la UniónEuropea: 1 punto

b) La experiencia demostrada en el ejercicio de la profesión que asegure la correctaprestación de la actividad comercial, que podrá acreditarse, entre otros modos, mediantecertificados emitidos por otros Ayuntamientos donde se haya ejercido la venta: 2 puntos

c) La pertenencia del solicitante a asociaciones de comerciantes:1 punto

d)El proyecto de instalaciones desmontables adecuadas, funcional y estéticamente,al ejercicio de la venta: 1 punto

e) En mercados artesanales, la condición artesanal del artículo de venta: 1 punto.Para su valoración, se deberá aportar, como mínimo, una relación detallada de los objetosde venta, fotografía del conjunto de la parada y/o objetos de venta, memoria detallada de suprocedimiento de elaboración en el supuesto de tratarse de productos de fabricaciónartesanal y en su caso, características singulares de los objetos de venta y procedencia delos mismos.

f) La innovación, adecuación o complementariedad de la oferta de venta que se

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pretende ejercer en relación con el diseño comercial establecido por el Ayuntamiento, en sucaso: 5 puntos

g) Ostentar la condición de artesano o artista, lo que podrá acreditarse mediante laaportación de documentos que supongan la evaluación o certificación de sus actividades porparte de organismos independientes: 2 puntos.

h) Acreditación de formación específica mediante la asistencia a cursos o jornadasrelativos al desarrollo de la actividad comercial o a la defensa y protección de los derechosde los consumidores en los que hayan participado administraciones públicas, universidades,cámaras de comercio u otros organismos oficiales, o bien estén avalados por los mismos:0,25 puntos por curso o jornada. Máximo 3 puntos

i) La incorporación a códigos de conducta o sistemas de calidad aplicables alejercicio de la venta: 1 punto

j) La adopción de compromisos de responsabilidad social y de defensa de losconsumidores, como la adhesión a la Junta Arbitral de Consumo de la Generalitat: 1 punto

k) La garantía en la información del origen y la trazabilidad de los artículos a la venta:1punto

l) El haber sido objeto de expediente sancionador en el ejercicio inmediatamenteanterior, dará lugar al descuento de los siguientes puntos sobre el total: falta leve:1 punto,falta grave:2 puntos, falta muy grave: 3 puntos.

2. Los méritos deberán acreditarse mediante la presentación de los documentosoriginales o debidamente compulsados.

3. Se creará un listado de suplentes, por orden de puntuación, no inferior al 10% delos puestos a cubrir con el fin de que, en caso de renuncia o vacantes, se ofrezca a losmismos la posibilidad de obtener la autorización para la venta.

4. En caso de las personas jurídicas se valorarán los méritos del titular designadopara ejercer la venta.

5. En el caso de la venta por particulares de artículos procedentes de su propio ajuar,el criterio a la hora de establecer las autorizaciones, será el del número de registro deentrada en las oficinas de atención al ciudadano, una vez que se abra el plazo deinscripción.

6. El resultado provisional de la baremación se publicará en el tablón de anuncios y/oen la sede electrónica del Ayuntamiento, estableciéndose un plazo para la formulación deposibles reclamaciones. Resueltas las reclamaciones y finalizado el procedimiento senotificará a los interesados que hayan resultado adjudicatarios para que se personen en elAyuntamiento a retirar la autorización y el documento acreditativo que deberán exhibir en elpuesto.

Artículo 23: Adjudicación de vacantes.

1. Dentro del periodo de vigencia no podrán concederse más autorizaciones para elejercicio de la venta no sedentaria que las anunciadas previamente con arreglo a lodispuesto en el artículo 5.

2. Si durante el periodo de vigencia se produjera alguna vacante por revocación, porfallecimiento o renuncia de su titular o como consecuencia de la aplicación del régimen deinfracciones y sanciones previsto en la presente Ordenanza, se procederá ofertar la vacantede la siguiente manera.

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En primer lugar se atenderán las solicitudes de ampliación de puestos cercanos a lavacante. En el caso de que las ampliaciones de puestos no se lleven a cabo porque loscomerciantes ya cuenten con el límite máximo de ocupación o no les interese, se atenderá,en segundo lugar, a los titulares que oferten productos similares en el mismo mercado y quesoliciten ocupar dicho puesto. Entre estos últimos, se realizará un sorteo público en el que lasecretaría municipal de este Ayuntamiento actuará como fedataria pública y cuyo resultadoserá inapelable.

En tercer lugar, si ninguno de los titulares está interesado en cambiar de ubicación o ampliarsu puesto, dicha ocupación, será ocupada por orden de prelación del listado de suplentessiempre que continúen cumpliendo con los requisitos en su día declarados.

3. Los puestos de venta vacantes serán cubiertos por el puesto de venta que oferte unproducto similar y que tenga mayor puntuación en el baremo de méritos de entre lossuplentes.

Artículo 24: Cambio y mejora de puesto.

1. En los casos en que se produzcan vacantes, el Ayuntamiento podrá ofrecer a lostitulares, con autorización en vigor en el mismo mercado y periodo, la posibilidad demodificar su emplazamiento renunciando al actual que pasará a tener la condición devacante y será cubierto por el procedimiento previsto en el artículo 25 de la presenteOrdenanza.

2. Quienes resulten, como consecuencia de este procedimiento, adjudicatarios denuevo puesto, se entenderá que renuncian a los puestos que con anterioridad tenían, nopudiendo reiterar la petición de cambio de situación en el mismo período.

3. Las autorizaciones por este procedimiento logradas se otorgarán por el plazo quereste hasta el nuevo proceso general de adjudicación.

Artículo 25: Colectivos especiales

El Ayuntamiento podrá reservar hasta un 10 % de las plazas disponibles para seradjudicadas a colectivos determinados a los que se aplicarán baremos diferenciados, con elobjetivo de asegurar el acceso de nuevos emprendedores a la actividad o conseguir metasde integración social de colectivos desfavorecidos. En todo caso, estos adjudicatariosdeberán cumplir los requisitos para el ejercicio de la venta no sedentaria que figuran en lapresente ordenanza.

CAPITULO V

REGISTRO DE VENDEDORES NO SEDENTARIOS

Artículo 26: Registro Municipal

1. El Ayuntamiento creará y mantendrá un Registro municipal de comerciantes de ventano sedentaria autorizados para las distintas modalidades de venta no sedentaria que secelebren en su término municipal, en el que efectuará la inscripción de oficio de los vendedoresen el momento del otorgamiento de la autorización o de su transmisión, partiendo de los datoscontenidos en la declaración responsable y en la instancia de solicitud.

En dicho Registro deberán constar, como mínimo, los siguientes datos:

a) NIF y nombre y apellidos o razón social de la persona física o jurídica titular de laautorización

b) Domicilio a efecto de notificaciones

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c) Denominación del mercado de venta no sedentaria para el que se está autorizado olugar de emplazamiento del puesto.

d) Identificación del puesto (número, código, descripción) para el que se está autorizado

e) Productos para los que ha obtenido la autorización de venta

f) Fecha de inicio y final de la autorización

2. Este Registro será público.

CAPITULO VI

PUESTOS DE VENTA

Artículo 27: Productos de venta en mercados de venta no sedentaria.

1. Se autoriza en los mercados la venta no sedentaria de los productos relacionadosen los artículos correspondientes de la presente ordenanza, siempre que se respete lapropiedad industrial o propiedad intelectual.

2. En los mercados ocasionales no incluidos en la presente ordenanza, la resoluciónque los autorice fijará los productos cuya venta se permite.

3. Queda prohibida la venta no sedentaria de aquellos productos cuya normativaespecífica así lo establezca, y de los que no aparezcan como permitidos expresamente en lapresente ordenanza.

Como norma general queda prohibida la venta no sedentaria de productos alimenticiosa excepción de los supuestos permitidos en la presente Ordenanza.

4, El titular de una autorización para la venta no sedentaria de productos dealimentación y/o herbodietética deberá adicionalmente cumplir los requisitos impuestos porla normativa sanitaria que resulte de aplicación.

Artículo 28: Condiciones de los puestos de venta en mercados de venta no sedentaria

1. Las dimensiones físicas de las paradas nunca podrán exceder de 8 metros deanchura por 3 de fondo y 2 de altura. No obstante, se autorizarán dimensiones superiores,sólo cuando en la temporada anterior el mismo titular disfrutara de más metros.

2. Las medidas de mayor o menor amplitud de los puestos estarán condicionadas alas características de la vía pública en la que se instalen las paradas a fin de dar a aquéllosuniformidad y orden.

3. Los titulares de las autorizaciones deberán garantizar la seguridad y solidez de susinstalaciones teniendo en cuenta que en todo caso habrá de tratarse de instalacionesdesmontables y de fácil transporte.

4. En su caso, el órgano municipal competente podrá determinar y exigir, en lacorrespondiente autorización, condiciones de homogeneidad y estética comunes a todos lospuestos de un determinado emplazamiento.

5. De cada modalidad de venta no sedentaria agrupada, tendrá el Ayuntamiento unplano a escala donde se reflejarán los puestos y dimensiones, sin perjuicio de sumodificación, en caso necesario, por el órgano municipal competente.

6. Los artículos de venta no deberán depositarse directamente en el suelo, salvoaquellos que se determinen expresamente o aquellas mercancías que por sus

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características no se pueda alterar su composición, higiene o aspecto. Tendrán estaconsideración los artículos de cerámica, barro, madera, metal, etc.

Artículo 29: Condiciones de los puestos de venta de productos alimenticios.

1 Dado el carácter excepcional de la venta no sedentaria de productos alimenticios,además de las condiciones generales que en la presente Ordenanza se establecen paratodos los puestos de venta, aquellos en los que se expendan productos alimenticios,deberán reunir las siguientes condiciones:

a) Sólo se ejercerá en los lugares que el Ayuntamiento señale.

b) Se realizará sobre bancadas móviles de forma que en todo caso se evite sucontacto con el suelo.

c). Se cumplirán aquellos otros requisitos que para su venta exigían las normas degeneral cumplimiento o las autoridades sanitarias locales.

2. Cuando la venta de productos alimenticios se realice mediante camiones oremolques tienda, éstos deberán reunir las siguientes características:

a) Aislamiento térmico en paredes y techos.

b) Elementos exteriores e interiores de material impermeable y de fácil limpieza,evitando ángulos y rincones en los que pueda acumularse suciedad.

c) Mostradores dotados de vitrinas y, en su caso, frigoríficos.

d) Disponibilidad de agua potable en cantidad suficiente.

e) Disponibilidad de depósitos de aguas residuales o, al menos de las debidascanalizaciones para su conducción a los desagües públicos.

f) Aquellas otras que para cada uno de los productos exigían las ReglamentacionesTécnico-Sanitarias correspondientes.

CAPÍTULO VII

RÉGIMEN DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LOS MERCADOS DE VENTANO SEDENTARIA

Artículo 30: Régimen de organización y funcionamiento de los mercados

1. El horario de funcionamiento de cada mercado será el establecido por la presenteordenanza o por la resolución específica de autorización.

2. Como norma general las labores de carga y descarga se desarrollarán fuera delcitado horario y no podrán extenderse más allá de una hora y media, anterior y posterior, alhorario del mercado.

3. Durante el horario de venta queda prohibida la circulación de vehículos en el interiordel mercado.

4. Salvo disposición en contrario, o en los casos que sí lo disponga la presenteordenanza, los vehículos de los vendedores no podrán encontrarse en el interior delmercado ni junto al puesto de venta, debiendo estacionar en los sitios habilitados para ello.Se excepcionan de esta prohibición los llamados camiones-tienda.

5. Durante las operaciones de carga y descarga de mercancías los vehículos podrán

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estacionar en el interior del mercado por el tiempo imprescindible para realizarlas.

6. Los titulares de los puestos del mercadillo y de los rastros que a las 9 horas del díade celebración no hayan comparecido en el mercado, perderán el derecho a instalarse en elmismo durante dicho día.

7. Los titulares de las autorizaciones respetarán los perímetros y lugares para elejercicio de la venta, que en ningún caso podrán situarse en los accesos de edificios,plantas bajas, establecimientos comerciales o industriales u hosteleros. El Ayuntamientoestablecerá un perímetro máximo de 3 metros lineales para el paso a actividadescomerciales y hosteleras, así como un máximo de 2 metros para el acceso a edificiosafectados por la presencia del mercado.

Tampoco podrán instalarse en lugares que dificulten el acceso y la circulación, salvo enel caso de los mercados que se realizan en vías públicas cortadas al tráfico.

8. No se podrán expender mercaderías fuera del puesto asignado, ni obstaculizar lalibre circulación de los pasillos entre paradas.

9. Los desperdicios, envases, envoltorios y demás residuos ocasionados comoconsecuencia del ejercicio de la actividad comercial, serán depositados en los contenedoressituados en las inmediaciones de donde se celebran los mercados. La situación de estoscontenedores no podrá ser alterada como consecuencia de la actividad de venta nosedentaria.

10. Los titulares de las autorizaciones deberán mantener en buen estado deconservación las instalaciones del puesto. No se podrán alterar las condiciones del espaciodonde desarrollan su actividad.

11. Los titulares de los puestos deberán reparar los desperfectos que puedanocasionar en pavimento, arbolado, o mobiliario urbano de cualquier tipo.

12. No se permite la utilización de aparatos acústicos para vocear la oferta demercaderías.

13. Los titulares de las correspondientes autorizaciones municipales quedan obligadosa cumplir las órdenes que en aplicación de la presente Ordenanza y legislación vigente en lamateria, les den las autoridades o funcionarios municipales para el correcto funcionamientode los mercados en que se autoriza la venta no sedentaria.

CAPITULO VIII:

DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS VENDEDORES

Artículo 31: Derechos

Los titulares de las autorizaciones municipales para el ejercicio de la venta nosedentaria en el Municipio de Calp gozarán de los siguientes derechos:

a) Ocupar los puestos de venta no sedentaria para los que estén autorizados.

b) Ejercer pública y pacíficamente en el horario y condiciones marcadas en laautorización la actividad de la venta no sedentaria autorizada por el Ayuntamiento.

c) Recabar la debida protección de las autoridades locales para poder realizar suactividad.

d) Presentar las reclamaciones y sugerencias para el mejor funcionamiento de los

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mercados periódicos u ocasionales en los que se autoriza el ejercicio de la actividad.

e) Disfrutar de un periodo vacacional por año no superior a 4 semanas, el cual deberáser comunicado al órgano municipal competente con un mes de antelación.

f) En el caso de supresión del mercado para el que se haya otorgado la autorización, elAyuntamiento deberá indicar el día y hora en el que se desarrollará el mercado que lesustituya. No obstante lo anterior, el Ayuntamiento, por razones de interés público,ordenación del tráfico y otras circunstancias que así lo aconsejen, mediante Decretomotivado podrá suprimir un mercado de venta no sedentaria sin realizar traslado del mismoa otro día o lugar, en cuyo caso los titulares de la autorización tendrán derecho a ladevolución de la tasa abonada por la autorización.

g) A la reserva de puesto, durante las situaciones que reconoce las prestaciones pormaternidad y las situaciones legales de incapacidad temporal, derivada tanto decontingencias comunes, como de accidentes de trabajo o enfermedad que superen los 30días.

h) Aquellos otros que le confiera la legislación vigente.

Artículo 32: Obligaciones

Los titulares de las autorizaciones municipales para el ejercicio de la venta nosedentaria en el Municipio de Calp tendrán las siguientes obligaciones:

a) Presentar anualmente antes del 31 de enero, documentación justificativa de quedurante todo el año natural anterior o desde el momento de su adjudicación si esta hubieratenido lugar durante el año anterior, ha mantenido los requisitos que generaron el derecho asu otorgamiento, así como el justificante de pago de la tasa anual mediante liquidación enmodelo que facilitará el Ayuntamiento de Calp.

b) Cumplir, durante todo el tiempo de vigencia de la autorización, los requisitos quegeneraron el derecho a su otorgamiento.

c) Realizar la venta no sedentaria en puestos o instalaciones desmontables ovehículos que reúnan las condiciones marcadas en esta ordenanza, adecuadas al tipo deproductos que se expendan.

d) Exponer en un lugar visible del puesto de venta, la autorización municipal, durante eltiempo en que desarrollen la actividad, en la forma y con los medios establecidos al efecto.El incumplimiento de esta obligación dará lugar al levantamiento cautelar del puesto sinperjuicio de iniciar el expediente sancionador a que haya lugar.

e) Estar al corriente del pago de las tasas que sean de aplicación de conformidad conla correspondiente ordenanza fiscal.

f) Observar lo dispuesto por la normativa vigente en cada momento sobre el ejerciciodel comercio, defensa de los consumidores y usuarios y normativa higiénico-sanitaria.

g) Disponer de las facturas y documentos que acrediten la procedencia de losproductos objeto del comercio, y aportarlos en el plazo en que sean requeridos para ello, asícomo cumplir las normas de etiquetado de los mismos.

h) Disponer de carteles en los que se exponga de forma visible y legible los precios deventa de los productos ofertados.

i) Disponer en el lugar de venta de las preceptivas hojas de reclamaciones oficiales,anunciándolo de forma visible y legible.

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j) Expedir tiques de compra o, en su caso, facturas a los clientes que lo soliciten deacuerdo con lo previsto al efecto por la normativa aplicable.

k) Los titulares de los puestos, y en su defecto los autorizados como suplentes,permanecerán en los mismos durante las horas de funcionamiento del mercado, exceptodurante las situaciones que reconoce las prestaciones por maternidad y las situacioneslegales de incapacidad temporal, derivada tanto de contingencias comunes como deaccidentes de trabajo o enfermedad. En ningún otro caso podrán ser sustituidos, so pena decaducidad de la autorización.

l) Facilitar, a requerimiento de la autoridad competente, sus funcionarios o agentes, ladocumentación que les sea solicitada.

m) Cumplir el horario de funcionamiento autorizado y las condiciones establecidas parala carga y descarga de mercancías y el aparcamiento de los vehículos auxiliares.

n) Respetar los perímetros y lugares autorizados para el ejercicio de la venta.

o) A mantener diariamente el recinto donde se ubique en perfectas condiciones delimpieza debiendo dejar el mismo expedito y limpio al finalizar el día.

p) Depositar los desperdicios, envases, envoltorios y demás residuos ocasionadoscomo consecuencia del ejercicio de la actividad comercial, en los contenedores situados enlas inmediaciones de donde se celebren los mercados.

q) Reparar los desperfectos que puedan ocasionar en pavimento, arbolado, yalumbrado público.

r) Queda prohibida la utilización de aparatos acústicos para vocear la oferta demercancías.

s) Los productos objeto de la venta deberán reunir las condiciones exigidas por sunormativa reguladora. En caso de productos alimenticios será necesario cumplir losrequisitos higiénico–sanitarios y de protección de los consumidores que establezcan lasreglamentaciones específicas relativas a las condiciones de los productos, instalaciones yvehículos de transporte y venta, extremos que deberán poder acreditarse mediante informede la autoridad sanitaria competente.

CAPITULO IX:

LA VENTA NO SEDENTARIA SOBRE SUELO PRIVADO

Artículo 33: Los promotores de un mercado privado

1. La creación de un mercado de venta no sedentaria sobre suelo privado se ajustará,sin perjuicio de lo dispuesto en el presente artículo, a lo que establezcan las ordenanzasmunicipales y demás normativa de aplicación para el desarrollo de una actividad económicaen un establecimiento comercial y en especial a lo previsto en el planeamiento urbanísticosobre los usos permitidos en el mismo y las condiciones para su desarrollo.

2. Los mercados de venta no sedentaria sobre suelo privado cuya superficie comercialsea igual o superior a 2.500 m2 están sujetos a la obtención previa de la autorizaciónautonómica de la consellería competente en materia de comercio, siéndoles de aplicación loprevisto en el artículo 33 y siguientes de la Ley 3/2011, de 23 de marzo, de la Generalitat, deComercio de la Comunitat Valenciana.

A los efectos del presente apartado, se entiende por ‘superficie comercial’ la superficieque ocupan los puestos de venta y servicios complementarios, los pasillos y otros espacios

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por los que puedan transitar los clientes. Quedan excluidas las zonas de aparcamiento,aseos, oficinas y almacenes.

3. El promotor deberá ostentar la titularidad o disponibilidad del suelo en que sedesarrollará la actividad.

4. Para iniciar la actividad, con al menos un mes de antelación al inicio de la misma, elpromotor de un mercado de venta no sedentaria sobre suelo privado deberá presentar alAyuntamiento una declaración responsable comprensiva de los siguientes datos ydocumentación:

a) Identidad del promotor, domicilio y N.I.F., y en su caso los de su representante.

b) Localización, días y horas de celebración, número de puestos y productos que secomercializarán.

c) Superficie que ocupará la actividad, número, dimensiones y características de lospuestos, servicios, planos de distribución en planta del recinto y de zonas afectas al mismocomo aparcamiento y otras dependencias.

d) Información sobre las características y solidez de las instalaciones y dispositivosprevistos de seguridad, sanitario, plan de emergencia, medidas en materia de contaminaciónacústica y contra incendios.

e) El cumplimiento de los requisitos establecidos en el presente artículo y en el restode normativa que sea de aplicación.

f) Estar en posesión de la documentación que así lo acredite a partir del inicio de laactividad.

5. Una semana antes del inicio de la actividad, el promotor deberá presentar ademásla siguiente documentación :

a) Relación de comerciantes de venta no sedentaria que van a desarrollar su actividad,acompañada de una declaración responsable de cada uno de ellos de que cumplen con losrequisitos para el ejercicio de esta modalidad de venta.

b) Evaluación de impacto ambiental o justificación de que ésta no es necesariamediante documento emitido por el órgano competente en materia ambiental.

c) Acreditación del cumplimiento de lo exigido por la legislación aplicable en materia deaccesibilidad y de condiciones higiénico-sanitarias.

d) Reglamento que ha de regir el funcionamiento del mercado y el procedimiento paraselección y adjudicación de los puestos de venta a los comerciantes que lo soliciten. DichoReglamento contemplará la pérdida del derecho a ejercer la venta en caso deincumplimiento de los requisitos que sean preceptivos para su desarrollo.

e) Autorización de la consellería competente en materia de comercio en el caso demercados de venta no sedentaria cuya superficie comercial sea igual o superior a 2.500 m2,y de aquellas otras autorizaciones previas que sean exigibles por la normativa sectorial quesea de aplicación.

6. En el plazo máximo de los tres meses siguientes a la presentación de la declaraciónresponsable por parte del promotor y demás documentación que sea preceptiva, en lostérminos recogidos en el presente artículo, el Ayuntamiento verificará que la misma se ajustaa la normativa aplicable.

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7. El incumplimiento de los requisitos expresados anteriormente o la inexactitud ofalsedad de los datos, declaraciones responsables o documentos incorporados a la misma,cuando estos extremos sean constatados por el Ayuntamiento, determinará la imposibilidadde iniciar o continuar el ejercicio de la actividad.

8. Con independencia de las tasas aplicables al procedimiento de autorización, elAyuntamiento podrá repercutir sobre el promotor del mercado de venta no sedentaria sobresuelo privado, los gastos públicos causados por las actuaciones que deba desarrollar, entreotros extremos, para el mantenimiento de la seguridad, limpieza y accesibilidad.

Artículo 34: Comerciantes de venta no sedentaria en suelo privado

1. Las personas físicas o jurídicas que vayan a desarrollar la actividad comercial ensuelo privado deberán cumplir con los requisitos establecidos en la presente Ordenanzamunicipal y demás normativa reguladora de la venta no sedentaria, estando en situación dejustificarlo a requerimiento del Ayuntamiento.

2. El procedimiento de selección, adjudicación y transmisión de los puestos de ventase sujetará al que haya sido establecido por el promotor en el Reglamento defuncionamiento, que deberá ser aprobado por el Ayuntamiento.

3. Las relaciones entre el promotor y los vendedores del mismo se regirán por el Códigode Comercio y demás normas de derecho mercantil en todo lo no contemplado en laOrdenanza municipal.

CAPÍTULO X.

GESTIÓN EXTERNA DE MERCADOS DE VENTA NO SEDENTARIA EN SUELO

PÚBLICO

Artículo 35: Gestión Externa de los mercados de venta no sedentaria en suelo público

El Ayuntamiento de Calp podrá contratar la gestión de uno o varios mercadosocasionales de venta no sedentaria en suelo público a otra persona o entidad.No será aplicable a los supuestos en que la gestión del servicio público se efectúe mediantela creación de entidades de derecho público, ni cuando se atribuya a una sociedad dederecho privado cuyo capital sea, en su totalidad, de titularidad pública.

Las personas jurídicas sólo podrán ser adjudicatarias de este contrato si dentro delos fines, objeto o ámbito de actividad que, a tenor de sus estatutos o reglas fundacionales,les sean propios; se encuentra la gestión de mercados de venta no sedentaria.

Artículo 36: Actuaciones preparatorias

Antes de proceder a la contratación, deberá haberse establecido su régimen jurídico,que declare expresamente que la actividad de que se trata corresponde al Ayuntamiento deCalp y que justifique la necesidad de contratar la gestión del servicio, determine el alcancede las prestaciones en favor de los administrados, y regule los aspectos de carácter jurídico,económico y administrativo relativos a la prestación del servicio.

De acuerdo con las normas reguladoras del régimen jurídico del servicio, los pliegosde cláusulas administrativas fijarán las condiciones de prestación del servicio y, en su casofijarán las tarifas que hubieren de abonar los usuarios, los procedimientos para su revisión, yel canon o participación que hubiera de satisfacerse al Ayuntamiento.

Artículo 37: Duración del contrato y ejecución

El contrato no podrá ser perpetuo o indefinido. En el pliego de cláusulas

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administrativas debe fijarse su duración y sus posibles prórrogas. El plazo total, incluidas lasprórrogas, no podrá exceder de cuatro años.El contratista está obligado a organizar y prestar el servicio con estricta sujeción a lascaracterísticas establecidas en el contrato y dentro de los plazos señalados en el mismo.

Artículo 38: Obligaciones del contratista

a) Prestar el servicio con la continuidad convenida y garantizar a los particulares elderecho a utilizarlo en las condiciones que hayan sido establecidas y mediante el abono, ensu caso, de la contraprestación económica comprendida en las tarifas aprobadas.

b) Cuidar del buen orden del servicio, pudiendo dictar las oportunas instrucciones, sin

perjuicio de los poderes de policía a los que se refiere el artículo anterior.

c) Indemnizar los daños que se causen a terceros como consecuencia de lasoperaciones que requiera el desarrollo del servicio, excepto cuando el daño sea producidopor causas imputables al Ayuntamiento de Calp.

Artículo 39: Finalización

Cuando finalice el plazo contractual el servicio revertirá al Ayuntamiento de Calp, debiendoel contratista entregar las obras e instalaciones a que pudiera estar obligado con arreglo alcontrato y en el estado de conservación y funcionamiento adecuados.

Artículo 40: Causas de resolución

Son causas de resolución del contrato de gestión de los mercados de venta no sedentariaen suelo público , además de las señaladas en el artículo 223 de la Texto Refundido de laLey de Contratos del Sector Público, con la excepción de las contempladas en sus letras d)y e), las siguientes:

a) La demora superior a seis meses por parte de la Administración en la entrega alcontratista de la contraprestación o de los medios auxiliares a que se obligó según elcontrato.

b) El rescate del servicio por la Administración.c) La supresión del servicio por razones de interés público.d) La imposibilidad de la explotación del servicio como consecuencia de acuerdos

adoptados por la Administración con posterioridad al contrato.

Artículo 41: Autorizaciones de venta

Corresponderá al Ayuntamiento de Calp otorgar las autorizaciones para el ejercicio de laventa no sedentaria en los mercados de venta no sedentaria ubicados en suelo público quese hayan encomendado su gestión, de acuerdo con esta Ordenanza y las normascontenidas en la legislación vigente. Así como el número de autorizaciones disponibles y laduración de las mismas que no podrá ser por tiempo indefinido.

El procedimiento para la selección de vendedores o para cubrir vacantes se realizará por elAyuntamiento de Calp en régimen de concurrencia competitiva, según el baremo fijado en lapresente ordenanza, garantizándose la transparencia y la imparcialidad y, en concreto, lapublicidad adecuada del inicio, desarrollo y fin del proceso.

En el procedimiento de selección no podrá participar directa ni indirectamente ningúncompetidor o aspirante a obtener autorización o personas o entidades vinculadas a lasmismas así como ninguna asociación de comerciantes ni entidad de la que éstos formenparte.

Artículo 42: Identificación

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Quienes realicen venta no sedentaria deberán tener expuesto en forma fácilmente visiblepara el público sus datos personales y el documento en el que conste la correspondienteautorización municipal, así como una dirección para la recepción de las posiblesreclamaciones.

Artículo 43: Potestad sancionadora

Sin perjuicio de las competencias de otras Administraciones, sólo el Ayuntamiento deCalp podrá ejercer la potestad sancionadora y revocar las autorizaciones.

CAPITULO XI

RÉGIMEN DE INFRACCIONES Y SANCIONES

Artículo 44: Medidas cautelares.

1. El Ayuntamiento vigilará y garantizará que la venta no sedentaria se realice deconformidad con la normativa vigente al respecto. Los agentes de la autoridad retirarán eintervendrán de forma cautelar el género o los elementos objeto de las prohibiciones y losmateriales o los medios empleados. Si se trata de alimentos o bienes fungibles, sedestruirán o se les dará el destino que sea adecuado. Así mismo acordarán el cese de laactividad cuando se produzcan alguna de la siguientes circunstancias:

* carezcan de autorización municipal

* no comporten las condiciones esenciales de imagen comercial o calidad del producto

* puedan ocasionar riesgo para la seguridad de los consumidores

* no pueda acreditarse correctamente su procedencia

* suponga fraude en la calidad o cantidad

* resistencia a los agentes de la autoridad en caso de alteración del orden público, uobstaculización del tráfico viario y de la libre circulación de vehículos y peatones.

2. Cuando las conductas puedan ser constitutivas de ilícito penal, los agentes de laautoridad lo pondrán en conocimiento de la autoridad judicial competente, sin perjuicio de lacontinuación del expediente sancionador. El procedimiento sancionador se sustanciará deacuerdo con lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico delas Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y Real Decreto1398/1993, de 4 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento del Procedimiento para elEjercicio de la Potestad Sancionadora, de defecto de procedimientos específicos previstosen las correspondientes normas.

En el supuesto de realizar la venta en las zonas de ubicación de los mercadosdescritos en esta Ordenanza y careciendo de autorización municipal para ello, la PolicíaLocal, además de imponer la sanción correspondiente, procederá al decomiso de lamercancía y traslado de la misma al almacén municipal, siendo por cuenta del infractor losgastos ocasionados, cuya cuantía se establece en la presente ordenanza. No obstanteacordará el cese de la ocupación y el abandono inmediato del lugar.

En los supuestos de venta ambulante fuera de la zona del mercado, la Policía Localactuará de igual forma.

3. La devolución de la mercancía no perecedera decomisada se realizará tras acreditar lapersona interesada su legítima procedencia y abonar los gastos correspondientes al traslado

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y depósito de mercancía disponiendo de un plazo máximo para ello de 48 horas desde eldecomiso, entendiéndose como renuncia a la misma la no comparecencia en el plazo.

4. En el caso de que los productos sean perecederos y no se haya hecho efectiva larecuperación del género en atención a lo establecido anteriormente, éste se destinará aentidades benéficas y al Banco de Alimentos.

Artículo 45: Infracciones.

Constituyen infracciones en materia de venta no sedentaria, las actuaciones uomisiones tipificadas en la presente ordenanza, sin perjuicio de las responsabilidadesciviles, penales o de otro orden que pudieran derivar de las mismas. Serán responsables delas infracciones administrativas previstas en esta Ordenanza y a las condiciones de ventaque autorice el propio Ayuntamiento, las personas físicas que incurran en las acciones uomisiones tipificadas en la misma. Los titulares de la autorización municipal seránresponsables solidarios de las infracciones cometidas por quienes se encuentren en supuesto, sean o no personas autorizadas, cuando incumplan el deber de prevenir lainfracción. Cuando exista una pluralidad de responsables a título individual y no fueraposible determinar el grado de participación de cada uno en la realización de la infracción,responderán todos ellos de forma solidaria. Las infracciones se clasifican en leves, graves ymuy graves.

1. Infracciones leves. Se considerarán infracciones leves:

a) El desarrollo del ejercicio de la venta incumpliendo la obligación de identificación.

b) No disponer de hojas de reclamaciones en el modelo oficial a disposición de losconsumidores y usuarios o no anunciar la disposición de las mismas.

c) No disponer en el lugar de venta de las facturas y documentos del género puesto ala venta que acrediten la lícita procedencia de los productos.

)d La falta de aseo de las personas y puestos que no supongan infracción a lasnormas sanitarias.

e) La no observancia de las órdenes dadas por las autoridades o funcionariosmunicipales.

f) El incumplimiento de los horarios señalados en la presente Ordenanza oestablecidos en la resolución en que se autorice y ordene el mercado extraordinario noperiódico o mercado artesanal.

g) En general, el incumplimiento de cualquiera de los requisitos que facultan para elejercicio de la venta no sedentaria recogidos en la presente Ordenanza que no tengan laconsideración de infracción grave o muy grave.

2. Infracciones graves. Se considerarán infracciones graves:

a) La reincidencia en cualquier infracción leve durante tres veces.

b) Ejercer la actividad no ajustándose a los términos de la autorización, y en particularlos siguientes supuestos:

- Ejercer la actividad fuera de los días u horarios autorizados.

- La venta de mercaderías distintas a las señaladas en la autorización municipal.

- La venta practicada fuera de los perímetros o lugares autorizados.

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- Permanecer en el puesto de venta persona distinta al titular de autorización.

- La circulación o estacionamiento de vehículos dentro de los mercados fuera delhorario permitido.

c) La negativa o resistencia manifiesta a suministrar datos o facilitar la informaciónrequerida por las autoridades competentes o sus agentes, con el objeto de cumplir lasfunciones de información, vigilancia, investigación, inspección y tramitación.

d) Venta de productos defectuosos o deteriorados sin informar claramente de ello.

e) La información o publicidad en el puesto que induzca a engaño o confusión, cuandoello tenga trascendencia económica.

f) Cualquier fraude en la cantidad o calidad del producto de venta que no seaconstitutiva de delito.

g) No disponer de seguro de responsabilidad civil que cubra los riesgos de la actividadcomercial.

3. Infracciones muy graves.

Se consideran infracciones muy graves:

a) La comisión de dos faltas graves

b) Ejercer cualquier modalidad de venta no sedentaria sin autorización municipal o conuna autorización caducada.

c) No acreditar los datos declarados para obtener la autorización cuando sea requeridopara ello.

d) El incumplimiento, inexactitud o falsedad de los datos, manifestaciones ydocumentos facilitados para obtener autorización o para el desarrollo de la actividad en unmercado sobre suelo privado ya sea por el promotor o por el vendedor individual.

e) Los daños causados dolosamente en puestos o instalaciones de la vía pública.

f) La ausencia injustificada durante cuatro semanas consecutivas al puesto de ventaautorizado o 6 semanas a lo largo del año.

g) Cualquier agresión física entre vendedores, al público y a las autoridades yfuncionarios municipales.

h) Las ofensas de palabra u obra al público y/o a los funcionarios y autoridadespúblicas.

Sin perjuicio de lo anterior, de las infracciones a preceptos contenidos en lasnormativas reguladoras del comercio interior no recogidas en la presente Ordenanza, de losderechos y protección de consumidores y usuarios y de las condiciones técnico-sanitariasde los productos a la venta, se dará traslado al órgano competente de la Generalitat en lamateria.

Igualmente, en caso de que las irregularidades constatadas sean susceptibles deser calificadas como falta o delito, se dará cuenta a las autoridades competentes.

Bajo ninguna modalidad de venta no sedentaria podrá llevarse a cabo ventas apérdida, salvo en los supuestos de venta de artículos usados y en aquellos supuestos

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excepcionales contemplados en la legislación vigente.

Artículo 46: Sanciones

1. Las sanciones que se aplicarán a las infracciones de esta Ordenanza, serán lassiguientes:

a) Por faltas leves: apercibimiento, multa de hasta 750,00 € y/o suspensión de laactividad hasta un mes.

b) Por faltas graves: multa de entre 751,00 € y 1.500,00 € y/o suspensión de laactividad de hasta tres meses.

c) Por faltas muy graves: multa de entre 1.500,00 € y 3.000,00 €, y/o suspensión de laactividad de hasta seis meses, y/o revocación definitiva de la autorización, e imposibilidadde obtenerla en el término municipal y cese de la actividad.

2. Las sanciones se graduarán atendiendo a criterios tales como:

a) La intensidad en la perturbación u obstrucción causada al normal funcionamiento deun servicio público.

b) La premeditación o grado de intencionalidad en la comisión de la infracción.

c) El tipo de perjuicios, incomodidad y daños causados a la Administración o a losciudadanos.

d) La continuidad en la comisión de la misma infracción.

e) La repercusión en la convivencia, tranquilidad o ejercicio de derechos legítimos deotras personas, o a la salubridad u ornato públicos.

f) El impedimento del uso de un servicio público por otra u otras personas con derechoa su utilización.

g) La relevancia de los daños causados en espacios públicos, así como enequipamientos, infraestructuras, instalaciones o elementos de un servicio público.

h) El beneficio económico obtenido con la comisión de la infracción.

3, En los casos de venta sin autorización o con la autorización caducada, sin perjuiciode la imposición de sanciones, se ordenará el cese inmediato de la actividad.

Artículo 47: Vigilancia e inspección de la venta no sedentaria.

El Ayuntamiento vigilará y garantizará el debido cumplimiento, por los titulares de lasautorizaciones de venta no sedentaria, de las obligaciones establecidas en la presenteordenanza y demás normativa aplicable, sin perjuicio del ejercicio de sus competencias porparte de los órganos correspondientes de la Administración Central o Autonómica.

Artículo 48: Procedimiento sancionador.

1. Sin perjuicio de la competencia sancionadora de los órganos de la Generalitat enmaterias de su competencia, las infracciones a lo dispuesto en la presente Ordenanza seránsancionadas por el Ayuntamiento de acuerdo con las competencias que le son propias, envirtud de lo previsto en los artículos 4 f) y 141 de la Ley Reguladora de las Bases deRégimen Local, Ley 7/1985 de 2 de abril.

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2. Será órgano competente para incoar y resolver dentro de las facultades que lalegislación vigente atribuye al Ayuntamiento, la Alcaldía u órgano delegado.

3. El procedimiento se iniciará de oficio por la Administración municipal, bien porpropia iniciativa en virtud de la función inspectora, como consecuencia de orden superior,petición razonada o denuncia.

4. Para la imposición de sanciones será necesario seguir el correspondienteprocedimiento sancionador conforme a lo previsto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento AdministrativoComún y en el Reglamento del procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadoraaprobado por el Real Decreto 1398/1993, de 4 de agosto

Artículo 49: Responsabilidad de la infracción.

1. Los titulares de las autorizaciones municipales para la venta no sedentaria seránresponsables de las infracciones que se cometan por ellos mismos, sus familiares, oasalariados que presten sus servicios en el puesto de venta en contra a lo dispuesto en lapresente Ordenanza y en especial a lo establecido respecto a las condiciones de venta. Enel caso de personas jurídicas serán éstas las responsables de las infracciones.

2. La exigencia de la correspondiente responsabilidad por vía administrativa seráindependiente de la que, en su caso proceda exigir a través de la vía jurisdiccional ordinaria.

CAPITULO XII:

FISCALIDAD

Artículo 50: Tasa.

La ocupación de la vía pública para el ejercicio de la venta no sedentaria origina la exigenciamunicipal de la tasa correspondiente que se fija en la presente ordenanza.

Artículo 51: Hecho imponible.

Será la ocupación de la vía pública para el ejercicio de la venta no sedentaria,independientemente de que tal ocupación sea con carácter permanente o temporal, y ya setrate de instalaciones fijas, desmontables, con ruedas o con elementos sueltos.

Artículo 52: Devengo.

1.- La obligación de contribuir nace desde el momento en que se autorice elaprovechamiento, o desde que este se produjese sin que se otorgara la correspondientelicencia municipal.

2.- El Ayuntamiento podrá exigir el depósito previo de la tasa en el momento de presentarsela solicitud de autorización. En caso de que la ocupación se denegase, los sujetos pasivostendrán derecho a la devolución del mismo.

Artículo 53: Sujetos pasivos.

1. Serán sujetos pasivos de la tasa, en concepto de contribuyentes, las personas físicas ojurídicas así como las entidades a que se refiere el artículo 33 de la Ley General Tributaria, acuyo favor se otorguen las licencias, o quienes se beneficien del aprovechamiento, sinmediar la oportuna autorización. 2. Responderán solidariamente de las obligaciones tributarias del sujeto pasivo las personasfísicas y jurídicas a que se refieren los artículos 38º apartado 1º y 39º de la Ley GeneralTributaria.

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3. Serán responsables subsidiarios los Administradores de la sociedades y los síndicos,interventores o liquidadores de quiebras, concursos, sociedades y entidades en general, enlos supuestos y con el alcance que señala el artículo 40 de la Ley General Tributaria.

Artículo 54: Tarifas.

TARIFA CONCEPTO IMPORTE 1 Puesto de mercadillo con ocupación de carácter no

permanente, por metro y día 4,21 €

2 Puesto de mercadillo de carácter artesanal en calledeterminada, por TEMPORADA : VERANO de 01-06 a30-09

1.435 €

3 Puesto en mercado no periódico con ocupación decarácter no permanente, por metro y día

6,41 €

4 Puesto en Casco Antiguo TEMPORADA: VERANO de01-06 a 30-09

20 €

5.1 Puesto en mercados de segunda mano o rastros, pormódulo (puesto) de hasta 5 metros y día

7,11 €

5.2 Puesto en mercados de segunda mano o rastros, pormetro y día de exceso

1,18 €

6 Por retirada y traslado de mercancía al depósitomunicipal

250 €

Artículo 55.- Normas de gestión

A) En el caso de la ocupación de carácter no permanente en los puestos de lastarifas nº 1, 5.1 y 5.2:

1.- La gestión de la tasa se realizará a partir del censo trimestral carácter periódico,comprensivo de los datos identificativos de los obligados al pago, denominación delmercado y número de puesto. El censo de cada período se cerrará el último día hábil deltrimestre anterior e incorporará las altas, variaciones y bajas producidas en el períodocitado.

2.- A partir del censo de mercados, se liquidarán tasas trimestrales, de acuerdo con lastarifas vigentes en ese momento. Las liquidaciones obtenidas serán aprobadas por elórgano competente, mediante el documento denominado lista cobratoria.

3.- El instrumento para el cobro de las liquidaciones periódicas será el recibo-tríptico que seliquidará trimestralmente, el cual podrá ser recogido en las Oficinas de Atención alCiudadano en el caso de no estar domiciliado el pago.

4.- El pago de los recibos trimestrales se realizará desde el día 16 del primer mes deltrimestre hasta el día 20 del segundo mes de dicho trimestre.

5.-Cuando finalizado el plazo de ingreso voluntario no se haya producido el pago de lastasas, serán exigidas por el procedimiento administrativo de apremio, con los recargos eintereses legales.

B) En el caso de la ocupación de carácter no permanente en los puestos de lastarifas nº 2:

1.- A partir del censo de mercados, se liquidarán las tasas, de acuerdo con las tarifasvigentes en ese momento. Las liquidaciones obtenidas serán aprobadas por el órganocompetente, mediante el documento denominado lista cobratoria.

2.- El instrumento para el cobro de las liquidaciones será el recibo-tríptico, el cual podrá ser

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recogido en las Oficinas de Atención al Ciudadano en el caso de no estar domiciliado elpago.

3.- El pago de los recibos se realizará abonando del 1 al 5 de julio la mitad de la tasa y del 1al 5 de agosto el resto de la misma.

4.-Cuando finalizado el plazo de ingreso voluntario no se haya producido el pago de lastasas, serán exigidas por el procedimiento administrativo de apremio, con los recargos eintereses legales.

C) En el caso de la ocupación de carácter no permanente en los puestos de lastarifas nº 3 y 4:

1.- La cuota será única devengándose en el momento de iniciar el aprovechamiento,exigiéndose por el sistema de ingreso previo a dicha autorización.

Artículo 56: Ocupación en paseo marítimos.

Se prohíbe terminantemente la ocupación de los Paseos Marítimos con cualquiera de losobjetos establecidos en esta Ordenanza.

Disposiciones Transitorias.

Primera. Autorizaciones vigentes

Todas las autorizaciones vigentes para el ejercicio de la venta no sedentaria enmercados periódicos quedan prorrogadas automáticamente y tendrán un plazo de duraciónde quince años desde su concesión, al igual que aquellas que estaban en trámite deconcesión en el momento en que entró en vigor el Decreto 65/2012, de 20 de abril, delConsell, por el que se regula la venta no sedentaria en la Comunitat Valenciana.

A petición de sus titulares, todas estas autorizaciones serán prorrogadas y podrán sertransmitidas por idéntico periodo, previa comprobación por el Ayuntamiento de que éstoscontinúan cumpliendo con los requisitos que sirvieron para su concesión, sin que quepasometerles a un nuevo procedimiento de concurrencia competitiva.

Sin perjuicio de lo anterior, los titulares de dichas autorizaciones municipales, durantesu vigencia, se ajustarán al cumplimiento de los requisitos derivados del citado decreto y delos que establezca la presente Ordenanza municipales, lo que deberá ser acreditado cuandolo inste el Ayuntamiento.

Segunda. Autorizaciones transmitidas

Todas las autorizaciones para el ejercicio de la venta no sedentaria en mercadosperiódicos para las que se haya iniciado el trámite para su transmisión, en el momento enque entre en vigor el Decreto 65/2012, tendrán una vigencia de quince años desde elmomento en que se produzca dicha transmisión.

Disposición Derogatoria.

A partir de la entrada en vigor de la presente Ordenanza quedan derogadas cuantasdisposiciones de igual o inferior jerarquía se opongan, contradigan o resulten incompatiblescon el texto que ahora se aprueba.

Disposición Final.

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La presente Ordenanza entrará en vigor conforme a lo dispuesto en el artículo 70.2de la ley 7/1985, de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local. Será de aplicaciónel día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante”.

Vistos los textos legales citados y demás normativa concordante de generalaplicación, al Pleno del Ayuntamiento propone:

Primero.- Aprobar definitivamente la Ordenanza reguladora de la policía, buen gobiernoy fiscalidad de la venta no sedentaria en el término municipal de Calp.

Segundo.- Publicar el texto íntegro del la citada Ordenanza en el Boletín Oficial de laProvincia.

Calp, a 27 de noviembre de 2013.- La Concejal de Economía, Empresa y Empleo.- Fdo. Dª.Antonia Mª Avargues Pastor”.

Por la Sra. Secretaria se dio lectura al dictamen de la Comisión InformativaGeneral de Asuntos de Competencia Plenaria, emitido por mayoría, en sentidofavorable a la propuesta.

Por el Sr. Alcalde se preguntó a los portavoces si deseaban intervenir.

Intervino el Sr. Fernández manifestando que iba a apoyar el punto.

Intervino el Sr. Vicens señalando que iban a votar a favor.

Intervino el Sr. Serna indicando que la ordenanza recogía una alegación encuanto al tiempo de instalación de los mercadillos y creía que era algo positivo. Iban aapoyar la propuesta.

Sometido a votación el dictamen, la Corporación por unanimidad de losasistentes, acordó aprobar el mismo.

13.- RATIFICACIÓN DEL DECRETO Nº 201302726 DE ADJUDICACIÓN DECONTRATO POR PROCEDIMIENTO ABIERTO DEL SERVICIO DEMANTENIMIENTO, PODA Y RECOGIDA DE FRUTOS DE PALMERAS ENLUGARES PÚBLICOS DEL TÉRMINO MUNICIPAL DE CALP (EXPTE. SER31/2013).- En el expediente consta el Decreto nº 201302726, que a continuación setranscribe:

“DECRETOEn la Villa de Calp,

RESULTANDO que el Ayuntamiento aprobó en sesión celebrada en fecha 27 de agosto de2013 el expediente de contratación por procedimiento abierto de SERVICIO DEMANTENIMIENTO PODA Y RECOGIDA DE FRUTOS DE PALMERAS EN LUGARESPÚBLICOS DEL TÉRMINO MUNICIPAL DE CALP (EXPTE SER 31/2013). indicando en lacláusula dispositiva tercera que la adjudicación del contrato, en todo caso, corresponderá alAyuntamiento-Pleno.

RESULTANDO que de conformidad con la cláusula 10,8 'adjudicación del contrato' del Pliegoque rige la licitación. “Una vez recibida la documentación requerida al licitador que presentó la

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oferta económicamente más ventajosa, el órgano de contratación le adjudicará el contratodentro de los cinco días hábiles siguientes.

La resolución de adjudicación deberá ser motivada y será notificada directamente aladjudicatario y a los restantes licitadores y, simultáneamente, se publicará en el perfil decontratante del órgano de contratación

La notificación deberá contener, en todo caso, la información necesaria que permita allicitador excluido o candidato descartado interponer, conforme al artículo 40 del TRLCSP,recurso suficientemente fundado contra la decisión de adjudicación.

En todo caso, en dicha notificación y en el perfil de contratante se indicará el plazo en quedebe procederse a la formalización del contrato.

La notificación podrá efectuarse por correo electrónico a la dirección que los licitadores ocandidatos hubiesen designado al presentar sus proposiciones, en los términos establecidosen el artículo 28 de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanosa los Servicios Públicos. Sin embargo, el plazo para considerar rechazada la notificación,con los efectos previstos en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, será decinco días.

Cuando el órgano de contratación no adjudique el contrato de acuerdo con la propuestaformulada por la Mesa de contratación deberá motivar su decisión.

No podrá declararse desierta una licitación cuando exista alguna oferta o proposición quesea admisible de acuerdo con los criterios que figuren en el pliego.

Cuando el único criterio a considerar para seleccionar al adjudicatario del contrato sea el delprecio más bajo, la adjudicación deberá recaer en el plazo máximo de quince días a contardesde el siguiente al de apertura de las proposiciones.

Cuando para la adjudicación del contrato deban tenerse en cuenta una pluralidad decriterios el plazo máximo para efectuar la adjudicación será de dos meses a contar desde laapertura de las proposiciones, salvo que se indique otro en el anexo I.

El órgano de contratación podrá, siempre antes de proceder a la adjudicación, renunciar a laejecución del contrato por razones de interés público debidamente justificadas en elexpediente, o desistir del procedimiento de adjudicación en caso de haberse producido unainfracción no subsanable de las normas de preparación del contrato o de las reguladoras delprocedimiento de adjudicación. En ambos casos, se compensará a los candidatos olicitadores en la cantidad que, en su caso, se indique en el anexo I.

Adjudicado el contrato y transcurridos dos meses desde la notificación de la resolución deadjudicación sin que se haya interpuesto recurso, la documentación que acompaña a lasproposiciones quedará a disposición de los interesados. Si éstos no retiran sudocumentación dentro del mes siguiente a la finalización del citado plazo, el órgano decontratación no estará obligado a seguirla custodiando, a excepción de los documentosjustificativos de la garantía provisional, que se conservarán para su entrega a losinteresados.”

RESULTANDO que por la Mesa de Contratación, reunida el día 4 de noviembre de 2.013 eintegrada por el Ingeniero Técnico de Obras Públicas Municipal D. Juan Cervantes Martínez, laSecretaria Accidental Dª. Mercedes Mas González, el Interventor Accidental D. José SantacreuBaidal, la Capataz del Departamento de Territorio y Grandes Proyectos María Dolores TorresCanet y como Secretario de la Mesa, D. José Francisco Perles Ribes, al objeto de proceder ala adjudicación de dicho servicio, se estableció lo siguiente:

“1.-CONSIDERACIONES JURÍDICAS.

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La cláusula 10.6 del Pliego que rige la contratación establece que “el órgano de contrataciónclasificará por orden decreciente las proposiciones presentadas que no hayan sidodeclaradas desproporcionadas o anormales, atendiendo a los criterios de adjudicaciónseñalados en el presente pliego.(...)”

2.-CONOCIMIENTO DE LOS INFORMES APORTADOS.

Para iniciar el acto se volvió a dar conocimiento Informe emitido en fecha 25 de octubre de2013 por el Biólogo Municipal D. Manuel Miró Navarro, del que se extrae:

““En relación con la valoración de proposición técnica para la adjudicación de la poday tratamiento contra el picudo de las palmeras ubicadas en lugares públicos del Término Municipal de Calp, de acuerdo al expediente SER 31/2013, el funcionario que suscribe emiteel siguiente,

INFORME:

1. Antecedentes.

Con fecha 9 de septiembre de 2013 fue publicado en el BOP de Alicante edictohaciendo pública la resolución del Ayuntamiento de Calp por la que se anunciaba lalicitación de la contratación de la poda y tratamiento contra el picudo de las palmerasubicadas en lugares públicos del Término Municipal de Calp.

La valoración de las proposiciones técnicas presentadas viene regulada en el AnexoIV-B del pliego que rige el procedimiento de contratación, detallándose como elementos avalorar los medios de acceso a las palmeras, los productos fitosanitarios a utilizar, la ediciónde trípticos y jornadas técnicas, y la oferta de trampas contra picudo rojo.

Todo ello se valorará con un máximo de 30 puntos, según la ponderación establecidaen el citado anexo.

Del mismo modo, el pliego de prescripciones técnicas establece una serie decondiciones mínimas a cumplir por el adjudicatario cuya ausencia en la oferta presentadadeterminará que no se proponga su contratación.

Las propuestas presentadas – 8 - se identificarán en atención al orden de entradaestablecido por el Departamento de Contratación.

2. Cuestiones previas.

Según el pliego de prescripciones técnicas incluido en el procedimiento, es objeto delcontrato la realización de “la realización de los trabajos que se detallan a continuación sobretodas las especies de palmáceas de propiedad municipal:

a) Mantenimiento fitosanitario:Tratamientos preventivos, paliativos y curativosdestinados al mantenimiento de las plantas en un apropiado estado de saludpara su supervivencia. Comprenderán todas las enfermedades y plagas quepudieran padecer las palmeras. Se prestará una especial atención a lostratamientos sobre la plaga del denominado Picudo rojo (Rhynchophorusferrugineus).

b) Poda: La poda podrá ser periódica o extraordinaria en atención al estado ycaracterísticas de la planta. Comprenderá tanto las hojas como los racimosde frutos de las plantas. La poda periódica será realizada con anterioridad ala maduración de los frutos evitándose, de este modo, su caída a la víapública. La poda extraordinaria vendrá indicada por las condiciones de la

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planta en relación a su estado y viabilidad como a la seguridad sobre laspersonas y bienes.

c) Tala y retirada: En aquellos casos excepcionales en que no puedadarse la supervivencia de la planta el concesionario vendrá obligado a su talay retirada.”

El segundo párrafo del apartado 6.1 del Pliego de Cláusulas administrativasestablece que los empresarios deberán contar con la habilitación empresarial o profesionalque, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad o prestación que constituyael objeto del contrato.

En ese sentido, el artículo 42 del Real Decreto 1311/2012, de 14 de septiembre, porel que se establece el marco de actuación para conseguir un uso sostenible de losproductos fitosanitarios, establece la obligación de la inscripción en el registro autonómicode productores y operadores de medios de defensa fitosanitarios a, entre otros, aquellosque, con carácter comercial, industrial o corporativo, realicen tareas de prestación deservicios y manipulación y utilización de productos fitosanitarios de uso profesional.

Del mismo modo, el artículo 7 de la Orden de 22 de diciembre de 2009, de laConselleria de Agricultura, Pesca y alimentación, por la que se establecen medidasfitosanitarias obligatorias para el control y erradicación de la plaga Rhynchophorusferrugineus (Olivier, 1790), y se califica de utilidad pública la lucha contra el géneroRhynchophorus spp., establece que todas aquellas empresas que deseen desarrollartrabajos de limpieza, poda o tratamiento de ejemplares afectados por dicha plaga deberánser autorizadas previamente por la Conselleria competente en materia de Agricultura,Pesca y Alimentación.

La justificación de ambos requisitos ha sido demostrada documentalmente por loslicitadores referenciados con los números 3 y 8. El licitador nº 5 indica estar en posesión deambos documentos, aunque no se aporta prueba de ello.

Se considera, por tanto, que únicamente las empresas citadas -a falta decomprobación documental de la obtención de ambos requisitos por el licitador nº 5- podríandesarrollar los trabajos objeto de la licitación. No obstante se procede, a continuación, avalorar todas las propuestas presentadas con objeto de profundizar en la calidad de lasmismas y poder ser considerada su idoneidad en caso de subsanación de dicha deficiencia.

3. Valoración.

3.1 Medios de acceso.

ELEMENTO :Medios de acceso Puntuación Máxima: 10 Puntos

Límites y Condiciones Técnicas:

Se valorarán con una mejor puntuación aquellos medios que resulten inocuos para la planta,puestos en relación con su eficacia para facilitar la evolución del operario por la planta.

Todos los licitadores han especificado, al menos, un método de acceso a las palmeras,diferenciándose entre especies, alturas o estado de la planta. Se valorará, en ese sentido,con la máxima puntuación aquellas propuestas que contemplen más de dos tipos deacceso, con 8 puntos aquellas que indiquen dos y con 5 las que únicamente especifiquenuno.

Licitador Puntuación

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1 10

2 8

3 10

4 8

5 10

6 0

7 5

8 10

3.2 Productos fitosanitarios.

ELEMENTO : Productos fitosanitarios Puntuación Máxima: 10 Puntos

Límites y Condiciones Técnicas:

Se valorará la diversidad dentro de los productos a utilizar -cumpliéndose en todo momento loindicado en el Pliego- así como la utilización de medios biológicos.

Dada la pequeña cantidad de principios activos autorizados para el tratamiento contra laplaga de R. ferrugineus existe una gran coincidencia en los productos propuestos por loslicitadores. Así, ha sido comprobado que, a día del presente informe, la Dirección Generalde Producción Agraria y Ganadería únicamente autoriza, para su uso en parques y jardinescon el método de la irrigación, clorpirifos 48% e imidacloprid 20% como materias activas. Seproponen, únicamente para tratamientos por inyección al tronco, tiametoxam 25% yabamectina 1,8%.

La valoración indicada en el pliego de prescripciones técnicas se establecía tanto a partir dela diversidad de productos como de la utilización de medios biológicos.

Considerando que en el pliego de prescripciones técnicas únicamente se aceptaba laendoterapia en casos puntuales y bajo la autorización de este Ayuntamiento se estimaráuna puntuación de 4 puntos para las ofertas que contemplen las dos primeras materiasactivas. La presencia de medios biológicos merecerá una puntuación de 5 puntos.Finalmente, se reservará un punto para aquellas empresas que contemplen la utilización delos dos últimos principios activos citados para los tratamientos puntuales de endoterapia.

Licitador Puntuación

1 10

2 10

3 10

4 5

5 5*

6 0

7 0

8 10

* Se indica en la oferta una repercusión económica de la mejora de 4.200 € más IVA.

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3.3 Edición de trípticos y jornadas técnicas.

ELEMENTO : Edición de trípticos y jornadas técnicas. Puntuación Máxima: 10 Puntos

Límites y Condiciones Técnicas:

Se valorará la propuesta y participación en charlas técnicas dirigidas al público en general a celebrar enel municipio, así como la edición de trípticos sobre el mantenimiento de palmeras y la lucha contra susplagas.

Este elemento presenta dos vertientes en forma de celebración de charlas y ediciónde material divulgativo. Se valorará, por tanto, ambos aspectos reservando la máximapuntuación para aquellas empresas que detallen la celebración de, al menos una charlatécnica anual y la edición de 1.000 ejemplares impresos de material divulgativo. En caso decumplirse únicamente uno de los dos criterios se valorará la propuesta con 2,5 puntos. Si,en el caso de las charlas técnicas, no se detalla su contenido, se puntuará con 1,5 puntos.

Licitador Puntuación

1 1,5

2 2,5

3 5

4 1,5

5 2,5*

6 0

7 2,5

8 5

* Se indica en la oferta una repercusión económica de la mejora de 1.500 € más IVA.

3.4 Trampeo contra Rhynchophorus ferrugineus.

ELEMENTO : Trampeo contra Rhynchophorus ferrugineus. Puntuación Máxima: 5 Puntos

Límites y Condiciones Técnicas:

Se concederá 0,5 punto por cada 10 trampas ofertadas, con un máximo de 10 puntos.

Licitador Nº de trampas Puntuación

1 100 5

2 100 5

3 100 5

4 30 1,5

5 100 5*

6 0 0

351

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7 10 0,5

8 100 5

* Se indica en la oferta una repercusión económica de la mejora de 1.591,5 € más IVA.

3.5 Valoración total.

De las valoraciones de los criterios expuestos en los puntos anteriores se obtienen lossiguientes totales:

Licitador Puntuación

Criterio 1 Criterio 2 Criterio 3 Criterio 4 Total

1 10 10 1,5 5 26,5

2 8 10 2,5 5 25,5

3 10 10 5 5 30

4 8 5 1,5 1,5 16

5 10 5* 2,5* 5* 22,5*

6 0 0 0 0 0

7 5 0 2,5 0,5 8

8 10 10 5 5 30

* Las mejoras señaladas tienen, según se indica en la oferta, repercusión económica, por untotal de 7.291,5 €.

4. Conclusiones.

Tal y como se ha indicado en el epígrafe dos del presente informe, únicamente tresempresas, referenciadas con los números 3, 5 y 8 indican estar en posesión de lasautorizaciones y registros necesarios para desarrollar los trabajos que son objeto delicitación -demostrados documentalmente por los licitadores 3 y 8, no así por el 5, si bien, eneste caso, ha sido comprobado en el sitio web de la Conselleria de Presidencia yAgricultura, Pesca, Alimentación y Agua, la inclusión de esta empresa en el registro de -. Elresto de empresas, por tanto, incumplirían estos requisitos legales.

Por otra parte, la citada empresa identificada con el número 5 oferta mejoras conrepercusión económica, por un total de lo que 7.291,5 €, lo que deberá ser puesto enrelación con su oferta económica o bien dejar sin valoración las mejoras presentadas quesupongan la mencionada carga económica.

Por todo ello, se estima que las empresas que cumplen todos los requisitos paraabordar los trabajos licitados son:

Licitador Puntuación

Criterio 1 Criterio 2 Criterio 3 Criterio 4 Total

3 10 10 5 5 30

8 10 10 5 5 30

5 10 5* 2,5* 5* 22,5*

* Con la citada repercusión económica de 7.291,5 €. Debería esta empresa, además,acreditar documentalmente estar en posesión de la autorización de la Conselleria de

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Agricultura para desarrollar trabajos de limpieza, poda o tratamiento de ejemplaresafectados por dicha plaga, así como estar inscrita en el registro autonómico de productoresy operadores de medios de defensa fitosanitarios. En ese sentido, cualquier empresa quedemostrara estar en posesión de ambos documentos podría ser incorporada a esta últimalista.”

A continuación se dio cuenta del Informe emitido en fecha 31 de octubre de 2013 por elResponsable del Área de Contratación D. José F. Perles Ribes, del que se extrae:

“I N F O R M A:

En fecha 30 de octubre de 2013 se procedió a la apertura del sobre 3 (criterios subjetivos)de la licitación arriba mencionada con el resultado siguiente:

El PliegodeCláusulasque rigelalicitaciónestablece

para la valoración de las ofertas económicas el siguiente criterio:

CRITERIO 11 objº Importe de la oferta económica

Finalidad: Valorar el menor coste ofertado.

Base de evaluación: Se concederán A puntos por cada B por 100 de baja sobre el tipo de la licitación, según la fórmula: puntos iniciales = (% de baja de la oferta * A) / B

siendo A = 1,00; B = 1,00

En caso de que se supere para algún licitador el límite de valoración fijado para el concepto, se concederá dicho límite devaloración a la mejor oferta económica, reduciéndose en idéntica proporción la puntuación de las restantes ofertas, según lafórmula:

puntos finales = (puntos iniciales * límite valoración) / % mayor baja

Estableciendo un límite de 70 puntos.

Fijado el tipo de licitación anual en 54.250,00 Euros, la aplicación de dicho criterio a las ofer-tas recibidas arroja el siguiente resultado:

Es cuanto tengo que informar, en Calp a 31 de octubre de 2013.”

3.-APLICACIÓN DE LOS CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN.

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Por la Mesa de Contratación se procede a la aplicación de los criterios de adjudicaciónrelativos a la oferta económica de acuerdo con lo establecido en el anexo VI.1 del Pliego deCláusulas que rige la licitación, arrojando el siguiente resultado:

La Mesa, a la vista del resultado obtenido, procede a clasificar las ofertas del contrato deSERVICIO DE PODA Y TRATAMIENTO CONTRA EL PICUDO DE LAS PALMERASUBICADAS EN LUGARES PÚBLICOS DEL TÉRMINO MUNICIPAL DE CALP (SER31/2013) de conformidad con lo expresado en la siguiente tabla:

LICITADOR CLASIFICACIÓNGRUPO GENERALA 1

COMPAÑÍA DE TRATAMIENTOS LEVANTE 2PODADORES PALMEREROS DE ELCHE 3

THALER 4MARTIN Y PACO CARBONELL 5

JERONIMO DIAZ GALINDO 6TODOARBOL S.L.U 7

SERVICIOS DE JARDINERIA PAELX 8

Y no siendo otro el objeto de este acto, se levantó la reunión siendo las catorce horasquince minutos del día de la fecha, de lo que yo, el Secretario, doy fe.”

RESULTANDO que por GRUPO GENERALA DE SERVICIOS INTEGRALES, PROYECTOSMEDIOAMBIENTALES, CONSTRUCCIONES Y OBRAS S.L se ha formalizado garantíadefinitiva en fecha 13 de noviembre de 2013 y se ha presentado la documentación acreditativade hallarse al corriente de las obligaciones frente a la Hacienda Pública y la Seguridad Social,obrando toda la documentación en el expediente administrativo que sirve de base a estapropuesta.

RESULTANDO urgente iniciar los trabajos por cuestiones técnicas y económico-administrativas al existir consignación presupuestaria para la realización de parte delos trabajos que por obligación deben efectuarse en el ejercicio 2013, lo que aconsejala presente resolución de la que se dará cuenta en el próximo Pleno que se celebre.

EN USO de las atribuciones a mí conferidas por la Disposición Adicional 2º 1 LSCP, por este miDecreto vengo en adoptar acuerdo con las siguientes disposiciones:

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PRIMERA: Adjudicar el contrato por procedimiento abierto de SERVICIO DEMANTENIMIENTO PODA Y RECOGIDA DE FRUTOS DE PALMERAS EN LUGARESPÚBLICOS DEL TÉRMINO MUNICIPAL DE CALP (EXPTE SER 31/2013) a la mercantilGRUPO GENERALA DE SERVICIOS INTEGRALES, PROYECTOS MEDIOAMBIENTALES,CONSTRUCCIONES Y OBRAS S.L por importe de 39.504,85 Euros más su IVAcorrespondiente.

SEGUNDO.- Notificar a todos los interesados para su conocimiento y efectos y publicar en elBoletín Oficial de la Provincia y el Perfil del Contratante la adjudicación efectuada.

TERCERO.-Nombrar responsable del contrato a D. Manuel Miró Navarro a quien lecorresponderá supervisar la ejecución del contrato en los términos previstos en el Pliego deCláusulas Económico-administrativas que rige la licitación.

CUARTO.- Requerir al adjudicatario para que formalice el contrato dentro del plazo de diez díashábiles, a contar desde el siguiente al de la notificación de la adjudicación definitiva, previaacreditación de haber abonado el importe total de los anuncios de licitación que y cumplimientode las demás exigencias señaladas en la cláusula 11 del pliego que rige la licitación,significándole que si no se hubiese formalizado el contrato dentro del plazo indicado por causaimputable al mismo, el Ayuntamiento podrá acordar la resolución del contrato, de acuerdo a lodispuesto en el TRLCSP.

QUINTO.-Facultar al Alcalde-Presidente para la realización de los actos de trámite y desarrollodel presente acuerdo.

SEXTO.-Ratificar la presente adjudicación en la próxima sesión del Ayuntamiento-Pleno que seproduzca, en virtud de lo acordado por el Ayuntamiento Pleno en sesión celebrada en fecha 27de agosto de 2013.

Lo manda y firma el Sr. Concejal Delegado de Hacienda, D. Francisco CabreraGuerrero, por delegación del Sr. Alcalde D. César Sánchez Pérez en virtud de Decreto nº201101269 de fecha 17 de junio de 2011, en el lugar y fecha del encabezamiento, de lo que yola Secretaria Acctal., doy fe”.

Por la Sra. Secretaria se dio lectura al dictamen de la Comisión InformativaGeneral de Asuntos de Competencia Plenaria, emitido por mayoría, en sentidofavorable a la propuesta.

Se incorporó a la sesión el Sr. Morató Pastor siendo las 13.10 horas.

Intervino el Sr. Cabrera Guerrero exponiendo que por la época en que se debíahacer y por la premura de que la empresa pudiera empezar se había resuelto mediantedecreto la contratación y ahora se llevaba la ratificación de esa decisión.

Intervino el Sr. Alcalde y preguntó a los Sres. portavoces si querían haceralguna intervención.

Intervino el Sr. Fernández indicando que esos trabajos los podían hacer lasbrigadas municipales; 40.000 euros era mucho dinero. No lo iba a apoyar.

Se incorporó en esos momentos a la sesión el Sr. Alcalde y se ausentó el Sr.Cabrera Fernández, siendo las 13.08 horas.

Intervino el Sr. Vicens señalando que entendía que no eran trabajos nada fácilespara que se hicieran por las brigadas municipales. Iban a apoyar la propuesta.

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Intervino el Sr. Serna indicando que en la casa había personas que habíanhecho ese curso y que podían hacer esa labor. Se iban a abstener.

Intervino el Sr. Cabrera Guerrero manifestando que nunca las brigadas habíanhecho la limpieza y mantenimiento de las palmeras. Además se necesitabanherramientas específicas.

Sometido a votación el dictamen se pronunciaron a favor los Sres. D. FranciscoCabrera Guerrero, D. Matías Torres Lloret, D. Bernardo Moll Ivars, Dª GabrieleSchäfer, D. Jan Remi Michel Van Parijs, Dª Mª Elia N. Santos Brañas, D. Miguel ÁngelMartínez Ortiz, Dª. Antonia Avargues Pastor, Dª Carole Elizabeth Saunders, D. Fco.Javier Morató Vives, D. Moisés Vicens Moliner, Dª Ana Isabel Perles Ribes y el Sr.Alcalde, total 13 votos. Absteniéndose los Sres. D. Luis G. Serna García, Dª Mª JesúsBertomeu Bordes, D. Joan J. Morató Pastor, Dª Mª José Femenía Santacreu y D. JoséCarlos Alonso Ruiz, total 5 votos. Votando en contra Sr. D. Pedro J. Fernández Crespo,total 1 voto.

La Corporación por mayoría acordó, aprobar el dictamen de la ComisiónInformativa.

14.- ADHESIÓN AL CONVENIO CELEBRADO ENTRE LA FEDERACIÓNVALENCIANA DE MUNICIPIOS Y PROVINCIAS Y LA SOCIEDAD GENERAL DEAUTORES Y EDITORES (SGAE).- En el expediente consta una propuesta delConcejal Delegado de Cultura, de fecha 27 de noviembre de 2013, que a continuaciónse transcribe:

“MIGUEL ANGEL MARTÍNEZ ORTIZ, CONCEJAL DELEGADO DE CULTURA DELAYUNTAMIENTO DE CALP, al Pleno del mismo expone:

Por la Federación Valenciana de Municipios y Provincias y la Sociedad General deAutores y Editores se celebró convenio con fecha 10 de abril de 2000, que se ha incorporadoal expediente, por el que se establecen programas coordinados de actuación que optimicen lautilicen de los recursos disponibles, toda vez que los ayuntamientos integrados en FVMPpromueven, organizan y patrocinan diversas actividades culturales, que se nutrenesencialmente de las obras del repertorio administrado por la SGAE, a la queconsecuentemente le van siendo debidos derechos de autor.

Por lo expuesto, al Pleno propongo adopte acuerdo con las siguientes disposiciones:

PRIMERA: Adherirse al convenio suscrito entre la Federación Valenciana deMunicipios y Provincias (FVMP) y la Sociedad General de Autores y Editores (SGAE), el día10 de abril de 2000.

SEGUNDA: Facultar al Alcalde para la firma del documento de adhesión, así comode cuantos otros sea necesario ratificar para que esta Corporación se beneficie de losregímenes previstos para los Ayuntamientos adheridos al Convenio SGAE / FVMP queresulten de interés para el Municipio, aceptando las obligaciones y beneficios derivados delmismo, con sujeción a las siguientes

CLÁUSULAS

P RIMERA .- La autorización concedida mediante el presente documento para lacomunicación pública de las obras del repertorio de pequeño derecho administradaspor SGAE quedará condicionada a la firma del correspondiente contrato según lamodalidad de uso afectada, cuyos modelos figuran como Anexo II del Convenio,formando parte integrante del mismo.

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S EGUNDA .- En los espectáculos organizados por el Ayuntamiento, que se celebrencon precio de entrada, se observarán todas las obligaciones previstas en el epígrafe1 de las TARIFAS, que se encuentran contenidas en el Anexo III del Convenio, y queforman parte del mismo.

T ERCERA .- Para la aplicación de las bonificaciones previstas en el Acuerdo Quinto delConvenio, practicables sobre las tarifas correspondientes a los actos organizadospor el Ayuntamiento a los que el público pueda acceder gratuitamente, serácondición indispensable la presentación de la certificación acreditativa delpresupuesto de gastos destinado a la celebración de cada acto o espectáculosusceptible de bonificación.

C UARTA .- La presente adhesión al Convenio SGAE / FVMP comenzará a regir desdeel día de la fecha, y su duración será indefinida.

En Calp, a xxx, de xxx, de 20xx

TERCERA: Facultar al Alcalde para el desarrollo y ejecución del presente acuerdo.

Calp, a 27 de noviembre de 2013.- EL CONCEJAL DELEGADO DE CULTURA.- Fdo.: MiguelAngel Martínez Ortiz”.

Por la Sra. Secretaria se dio lectura al dictamen de la Comisión InformativaGeneral de Asuntos de Competencia Plenaria, emitido por mayoría, en sentidofavorable a la propuesta.

Se incorpora a la sesión el Sr. Manuel Cabrera Fernández-Pujol.

Por el Sr. Alcalde se preguntó a los portavoces si deseaban intervenir.

Intervino el Sr. Vicens para manifestar que los tribunales estaban siendo muyreceptivos a los derechos consagrados legalmente a favor de la Sgae. Por ello creíaque mientras estuvieran unidas todas las corporaciones en la gestión de esosderechos que se estaban exigiendo por la Sgae, saldrían ganando. Estaban a favor defirmar el convenio.

Intervino el Sr. Serna e indicó que en principio a su grupo el convenio también lepodía parecer interesante. Si bien, el convenio estaba firmado por la FederaciónValenciana de Municipios y Provincias en el año 2.000 y se limitaba a las pequeñasactividades. Era un convenio antiguo que no cubría todo el ámbito de los derechos deautor y por ello no lo iban a apoyar.

Se incorporó el Sr. Cabrera Fernández- Pujol siendo ls 13.21 horas.

Intervino el Sr. Cabrera Guerrero manifestando que el convenio sólo atañía auna parte, pero creía que era en la que el ayuntamiento era usuario, como losconciertos de música popular, pequeñas actuaciones. El acuerdo hablaba de unacomunicación más fluida con la Sgae y de unas bonificaciones. En cuanto a losgrandes eventos, el equipo de gobierno siempre había tenido como norma que era laempresa que hacía el evento la que respondía de los derechos de autor.

Sometido a votación el dictamen se pronunciaron a favor los Sres. D. FranciscoCabrera Guerrero, D. Manuel J. Cabrera Fernández-Pujol, D. Matías Torres Lloret, D.Bernardo Moll Ivars, Dª Gabriele Schäfer, D. Jan Remi Michel Van Parijs, Dª Mª Elia N.Santos Brañas, D. Miguel Ángel Martínez Ortiz, Dª. Antonia Avargues Pastor, DªCarole Elizabeth Saunders, D. Fco. Javier Morató Vives, D. Moisés Vicens Moliner, Dª

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Ana Isabel Perles Ribes Sr. D. Pedro J. Fernández Crespo y el Sr. Alcalde, total 15votos. Absteniéndose los Sres. D. Luis G. Serna García, Dª Mª Jesús BertomeuBordes, D. Joan J. Morató Pastor, Dª Mª José Femenía Santacreu y D. José CarlosAlonso Ruiz, total 5 votos.

La Corporación por mayoría acordó, aprobar el dictamen de la ComisiónInformativa.

15.- APROBACIÓN DEL CONVENIO CON EL CLUB NATACIÓ CALP PARALA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE PISCINA MUNICIPAL.- En el expedienteconsta una propuesta del Concejal Delegado de Contratación, de fecha 3 dediciembre de 2013, que a continuación se transcribe:

“FRANCISCO CABRERA GUERRERO, CONCEJAL DELEGADO DECONTRATACIÓN DEL AYUNTAMIENTO DE CALP, al Pleno del mismo expone:

Por el Ayuntamiento se ha venido prestando el servicio de piscina pública cubiertamunicipal en las instalaciones municipales destinadas a tal efecto, mediante contratación conempresarios particulares.

A tal efecto y tras la licitación correspondiente se celebró contrato en 2007 con lamercantil Gaia Gestión Deportiva S.L., llegándose finalmente en 2009 a la resolución delcontrato por mutuo acuerdo tras haberse producido la suspensión del servicio.

Tras un tiempo de prestación directa del servicio por el Ayuntamiento, en 2012 seadjudicó nuevamente tras licitación dicho servicio a la mercantil GESTKAL XXI, S.L., la cualhaciendo uso de las cláusulas contractuales dio unilaterlmente por finalizado el contrato enagosto de 2013.

A la vista de las dificultades observadas para la prestación del servicio mediante gestiónindirecta en alguna de las formas previstas en la normativa contractual vigente, por estaConcejalía de Deportes se han mantenido conversaciones con el Club Natació Calp, el cualhabía manifestado su interés en la continuidad en la prestación del servicio, habiéndose llegadoa consensuar las bases de un posible convenio que posibilite la prestación del serviciomediante la cesión del uso de las instalaciones existentes al efecto. No se tiene constancia poresta Concejalía de la existencia de otro club local interesado en la prestación del servicio en lasinstalaciones muncipales.

Por la secretaría e Intervención municipales se ha emitido informe con lasconsideraciones siguientes:

“1.- A la vista de la propuesta de convenio efectuada debe señalarse que la naturalezade tal prestación es propiamente la de un contrato administrativo, como lo prueba el hechode que la misma ha sido objeto de contrato sujeto a la normativa contractual conanterioridad.

Entre otras, y son numerosas, la STS de 18 de febrero de 2004 (LA LEY 943/2004),al tratar la naturaleza de los convenios señala que “La problemática relativa a los conveniosde colaboración celebrados por la Administración es ciertamente complicada a causa, sobretodo, de la ausencia de una definición legal de los mismos, e incluso de un conceptodoctrinal netamente perfilado sobre su naturaleza .... Consecuentemente no ha de ser ladenominación que las partes intervinientes otorguen al negocio objeto de controversia laque determine el régimen jurídico que ha de regularlo, sino la real naturaleza del mismo laque ha de imponer o permitir prescindir de los principios mencionados. Y así ocurre(Sentencias de 12 de marzo y 13 de octubre de 1999) que la inexistencia decontraprestación pecuniaria, dotando de carácter esencialmente gratuito al conveniocelebrado, o la concurrencia de supuestos excepcionales previstos en la normativa entoncesvigente ( Decreto 1.005/74 [RCL 1974, 847] , hoy derogado) pueden permitir prescindir de

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las exigencias impuestas por el artículo 11 aun cuando se trate de conciertos decolaboración celebrados con personas particulares, físicas o jurídicas, que tengan por objetoalgunas de las materias recogidas en el artículo 5º de la Ley de Contratos del Estado ( RCL1995, 1445, 1948) ; pero ello no quiere decir que fuera de tales supuestos excepcionalesquepa obviar su cumplimiento mediante la utilización de la fórmula «convenio decolaboración» en lugar de la de contrato administrativo.”

También la doctrina más reciente (MOREO MARROIG, Auditoría Pública nº 50 (2010)considera que determinada la naturaleza del negocio proyectado, y concluido que se tratade un contrato de los regulados en la LCSP, resulta improcedente tramitarlo al margen de lanormativa de contratos.

2.- Debe señalarse, en todo caso, que la práctica del convenio es habitual y a talrespecto ha señalado el Tribunal de Cuentas (Informe de fiscalización de los convenios decolaboración generadores de gastos en los años 2004 y 2005 por los ministerios de Fomento yde Sanidad y Consumo con personas físicas o jurídicas sujetas al derecho privado, BOE de04/08/2010), que se está ante una figura con manifiesta insuficiencia del marco legal en que sedesenvuelve, y con una fuerte contradicción entre la exigencia legal de aplicar los principios delTRLCAP (publicidad, concurrencia…) y la práctica administrativa, que adjudica los conveniossiempre directamente, considerando necesario que se justifique en el expediente la seleccióndirecta del sujeto privado suscriptor del convenio, si hubiera causas para ello, de manera queno se actúe como si el recurso al convenio implicara, de suyo, la libre elección del sujetoprivado.

3.- Corresponderá al órgano de contratación dar por justificada en el expediente laselección del sujeto privado conveniante en los términos antedichos.”

Por lo expuesto, al Pleno propongo adopte acuerdo con las siguientes disposiciones:

PRIMERA: Aprobar el Convenio entre el Ayuntamiento de Calp y el Club NatacióCalp para la prestación del Servicio de Piscina Municipal Cubierta, entendiendo que quedajustificada la selección directa de dicho Club a la vista de lo expuesto, con el contenidosiguiente:

“CONVENIO ENTRE EL AYUNTAMIENTO DE CALP Y EL CLUB NATACIÓCALPPARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE PISCINA MUNICIPAL CUBIERTA

En Calp, a xxx.

REUNIDOS

De una parte, D. CÉSAR SÁNCHEZ PÉREZ, Alcalde del Ayuntamiento de Calp,cuyas demás circunstancias personales no se señalan en virtud de la notoriedad con la queostenta su cargo.

Y de otra parte, D. xxx, con D.N.I. nº xxx, en calidad de Presidente del CLUBNATACIÓ CALP, con domicilio social en Calle xxx, nº xxx (03710 Calp), y C.I.F.: xxx.

Ambas partes se reconocen mutuamente capacidad legal para obligarse en larepresentación que ostentan y

MANIFIESTAN

- Que el Ayuntamiento de Calp (en adelante el Ayuntamiento), tiene entre sus fines:

30. La promoción, fomento, coordinación y organización de actividades y serviciosfísico-deportivos para contribuir al desarrollo de la cultura física y mejora de la

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calidad de vida de la población del municipio de Calp.

31. Facilitar la utilización de las instalaciones deportivas municipales al máximonúmero posible de ciudadanos de la localidad.

32. Establecer convenios de colaboración con federaciones, clubes y asociacionespara potenciar el asociacionismo deportivo y en aras de conseguir una mayorparticipación ciudadana en el sistema deportivo local.

- Que el Club Natació Calp (en adelante el Club), tiene como finalidad la promocióny la práctica del deporte de la natación y de la actividad física y deportiva, está afiliado a lacorrespondiente Federación Deportiva, dispone para ello de organización y estructurasuficientes y cuenta con escuelas deportivas de cara a promocionar la práctica de dichodeporte.

- Que dada la común finalidad de ambas entidades y con objeto de coordinar lasofertas deportivas de sus respectivos ámbitos, se suscribe el presente convenio con arregloa las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Alcance del convenio

Es objeto del presente convenio la cesión de las instalaciones deportivas municipalesque se señalan en la cláusula séptima, con la finalidad de que las mismas sirvan tanto parala prestación del servicio público de piscina municipal, así como para su uso particular por elClub para las finalidades estatutarias propias del mismo, todo ello con el alcance y en lostérminos recogidos en el presente convenio.

La duración de la presente cesión de uso será de un año a partir de la fecha de lafirma del convenio, prorrogándose automáticamente cada año, de no producirse ningunaalegación por alguna de las partes.

El Ayuntamiento de Calp tiene las prerrogativas de interpretar y resolver las dudasque ofrezca el cumplimiento del presente convenio.

Segunda. Estipulaciones del uso

2.1.- Las instalaciones se destinarán a la organización de las actividades físicas,relacionadas con la práctica de la natación, tanto las que son propias del Club Natación Calpcomo las que resulten de aplicar el programa deportivo aprobado por la Dirección Generaldel Deporte y que contempla como mínimo:

a) Programas para discapacitados, tercera edad y grupos de natación terapéuticaespecífica.

b) Programas de natación de adultos, tanto de aprendizaje y perfeccionamientocomo en su faceta de mantenimiento.

c) Programas de cursos para escolares.

d) Programas de cursos de iniciación.

e) Programas de natación recreativa y baño libre.

f) Programas de los entrenamientos de Clubes y competiciones federativas.

2.2.- Las instalaciones no podrán ser modificadas en su estructura ni sufriralteraciones de ningún tipo sin la autorización previa del Ayuntamiento de Calp, estando

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obligado el Club Natación Calp a mantenerlas en buen estado y aptas para la práctica de lanatación, de acuerdo con las normas higiénico-sanitarias vigentes.

2.3.- El club Natació Calp podrá introducir mejoras siempre que las mismas noafecten a lo dispuesto en el párrafo anterior. Para ello deberá presentar un programamotivado de mejora que deberá ser aprobado por el Ayuntamiento de Calp. Los gastosocasionados por las mejoras serán por cuenta del Club Natació Calp.

Las mejoras que puedan introducirse quedarán a beneficio de la Piscina Municipalsiendo por tanto propiedad del Ayuntamiento de Calp y sin que el Club Natació Calp tengaderecho a indemnización alguna en caso de finalización de la cesión.

2.4.- El Club deberá mantener durante el periodo de cesión del uso de lasinstalaciones una póliza de seguro multirriesgo, que cubra en cada momento el valor totalreal de mercado del edificio y de sus instalaciones. Se deberá prevenir con lacorrespondiente entidad aseguradora que en aquellos supuestos en que se produzca unsiniestro que implique desaparición total o parcial de la instalación, de tal forma queobjetivamente impida la práctica deportiva, el beneficiario de la misma será el Ayuntamientode Calp.

Igualmente, deberá el Club mantener una póliza de seguro de responsabilidad civilpor los daños a terceros derivados del estado y ocupación del inmueble y delfuncionamiento de las instalaciones.

Por su parte, el Club Natació Calp asumirá el costo correspondiente a la póliza deseguro de responsabilidad civil por daños a terceros derivados del desarrollo de la actividad.Una vez suscrita, deberá presentarse en el Ayuntamiento de Calp una copia del original dela póliza referida.

2.5.- Distribución de los gastos:

2.5.1.- El Club Natació Calp sufragará:

a) El consumo de combustible necesario para la climatización del agua yambiente de la piscina.

El consumo correspondiente al uso de las instalaciones en los seis primerosmeses de vigencia del convenio será facturado al Ayuntamiento, el cualatenderá su pago. Ello no obstante, a la vista de los resultados económicosen la gestión del servicio, por el Ayuntamiento podrá exigirse conposterioridad su reembolso al Club.

b) La conservación y mantenimiento ordinario del conjunto de lasinstalaciones y de mantenimiento.

c) Los gastos de carácter tributario que puedan producirse por la actividaddesarrollada o con ocasión de ésta.

d) Los que origine la contratación del personal necesario para la correctagestión de la instalación y de los servicios deportivos que se acuerden.

e) Los gastos de limpieza y mantenimiento de los vestuarios en los periodosde funcionamiento de la piscina. Durante los horarios en que la piscina esteabierta al público, deberá haber al menos una persona que atienda a losusuarios tanto de la piscina como de las pistas.

e) Otros gastos derivados de la explotación de la instalación.

2.5.1.- El Ayuntamiento correrá con los gastos siguientes:

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a) Los gastos del consumo eléctrico, de teléfono, y agua y calentamiento delagua sanitaria.

b) La conservación y mantenimiento ordinario del conjunto de lasinstalaciones y de mantenimiento.

2.5.2.- Otras obligaciones del Club.

a) Presentar al Ayuntamiento de Calp en el plazo de quince días, lasiguiente documentación:

Plantilla del personal necesario para la gestión de la instalación, así comopara el correcto funcionamiento de los servicios acordados.

Presupuesto de ingresos y gastos.

Plan de utilización deportiva anual.

Propuesta de precios.

b) Informar al Ayuntamiento de Calp de la gestión deportiva y económica de lainstalación. A tal efecto, deberán presentar, periódicamente y en los términosque se establezcan, la siguiente documentación:

Cuentas de explotación

Memoria deportiva

c) Elaborar, en colaboración con el Ayuntamiento de Calp, el Plan deSeguridad y Emergencia de la instalación.

d) Cumplir la legislación vigente en cuanto a la seguridad e higiene de losedificios de utilización pública y en cualquier materia que les sea deaplicación.

e) Cumplir la legislación laboral vigente en las relaciones contractualesentre el Club Natació Calp y el personal a su servicio para gestionar lainstalación deportiva.

Se señala a estos efectos que el personal dependerá exclusivamente deEl Club Natació Calp y no tendrá relación administrativa laboral ni decualquier otra clase con el Ayuntamiento de Calp.

f) Cumplir con todas las obligaciones fiscales a que estuviese obligada elClub Natació Calp.

g) Aplicar los precios aprobados por la Ayuntamiento de Calp.

h) Poner a disposición del Ayuntamiento de Calp las instalaciones conocasión de la realización de cualquier actividad deportiva que organice,siempre que se comunique con un mínimo de dos meses de antelación alClub Natación Calp y no coincida con otras programadas anteriormente.

Tercera. Relaciones de carácter privado del Club Natació Calp

Cualquier relación jurídica de naturaleza laboral, civil, tributaria o de otro tipo queadopte el Club Natació Calp, con motivo de gestionar la instalación deportiva, será por sucuenta y riesgo, sin que implique en ningún caso relación directa o subsidiaria con elAyuntamiento de Calp.

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Cuarta. Acceso a la instalación

La instalación será de libre acceso para el conjunto de los ciudadanos, sin máslimitación que el abono de los precios por su utilización y la propia capacidad de lainstalación y las normas que se contemplen en el Reglamento Interno.

Se establece obligatoriamente un precio por la utilización ocasional o puntual de lainstalación, sin que pueda ser exigible la adquisición de la condición de socio de la entidad ocondición similar para acceder a la instalación.

Quinta. Obligaciones derivadas del uso de la instalación

El club Natació Calp queda obligado a:

8. No utilizar la imagen interna o externa de la instalación con motivospublicitarios o cualquier otro de su interés exclusivo sin que lo autoricepreviamente y de forma expresa el Ayuntamiento de Calp.

9. En cualquier difusión de las actividades de la instalación que realice el ClubNatación Calp, habrá de constar la titularidad pública de la misma, así comolos logotipos de ambas entidades.

10. La colocación de vallas, carteles o cualquier elemento publicitario interior oexterior, ya sea fijo o móvil requerirá el acuerdo del Ayuntamiento de Calp.

11. El Ayuntamiento de Calp y el Club Natación Calp, divulgarán los servicios queofrece la instalación, los precios y las condiciones de acceso a los mismos.

Sexta. Régimen económico de la gestión

6.1.- Los precios al público deberán basarse en los costes reales existente, tomandoen consideración los costes permanentes, los de amortización y los de reposición.

6.2.- La propuesta anual de precios deberá ser aprobada por el Ayuntamiento de Calpcon carácter previo a su aplicación efectiva.

Se fijan provisionalmente como precios para el inicio de la gestión del servicio lossiguientes:

Baño libre en piscina

1 Sesión 4 €

10 Sesiones 35 €(bono caduc. 90 días)

20 Sesiones 55 €(bono caduc. 180 días)

30 Sesiones 75 €(bono caduc. 270 días)

mensual trimestre

Abono 35,00 € 90 €

Abono 2º Fam. 32,00 € no ofertado

Abono 3er Fam. 30,00 € no ofertado

Abono 4º Fam. 28,00 € no ofertado

Abono 5º Fam. 18,00 € no ofertado

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Abono matinal de 09´00h a 13´00h 30,00 € 75 €

NOTAS:*Menores 10 años 50% para el baño libre*Menores 12 años acompañados x adulto*Bonos personales e instranferibles

*Pendiente ampliar nueva ofertas/actividades y precios.

Precio Calle/Hora 25 €

*máx. x calle 8 adultos

*máx. x calle 10 niños

Clases Individuales, 1 hora 15 €

Tarjeta de acceso a piscina 3 €

Cursos Trimestrales 2 días por semana 45´

mensual trimestre

1er Trimestre (OCT-NOV-DIC) 43,00 € 114,00 €

2º Trimestre (ENE-FEB-MAR) 43,00 € 114,00 €

3er Trimestre(ABR-MAY-JUN) 43,00 € 114,00 €

Cursos Especiales

mensual trimestre

*Aquagym (Aquafitness) 45,00 € 120,00 €

*Matronatación (Natación Pre-parto) 45,00 € 120,00 €

*Bebés (Estimulación Acuática) 45,00 € 120,00 €

*Especiales por determinar (Natación terapeutica, Natación 3ª Edad, Actividad combinada)

45,00 € 120,00 €

*3ª Edad (carnet pensionista de Calpe o volante empadronamiento)

20 €

NOTAS:*Mañanas 2 días semana de 09´00 horas a 13´00 horas

6.3.- El Ayuntamiento de Calp podrá en todo momento, conocer la situación de lascuentas y, al efecto, solicitar la información que estime pertinente.

6.4.- En el supuesto de que exista superávit en la explotación económica del servicio,este revertirá en la instalación y en las actividades del Club Natació Calp, en virtud de lodispuesto en el artículo 28.2 del Real Decreto 177/1981 de 16 de enero, sobre clubes yfederaciones deportivas.

Séptima. Inventario

7.1.- Previamente al inicio de las actividades en las instalaciones cedidas, seelaborará conjuntamente por el Club y el Ayuntamiento inventario de todos los bienesmuebles e inmuebles objeto de cesión, con expresión de sus características, marca ymodelo, así como su valoración económica y estado actual.

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7.2.- El Club Natación Calp está obligado a llevar un libro inventario de bienesmuebles existentes en la instalación, con expresión de sus características, marca y modelo,así como su valoración económica y estado actual.

7.3.- Como Anexo II a la presente resolución figura el listado de material adscritoactualmente a la instalación.

Octava. Comisión de seguimiento

8.1.- A los efectos de una mejor gestión se creará una Comisión de seguimiento conlas siguientes competencias:

Se reunirá cuantas veces sea requerida por cualquiera de las dos partes o biencon la periodicidad que acuerden.

Velará por el cumplimiento de la presente Resolución.

Canalizará y resolverá las sugerencias y reclamaciones de los usuarios.

En general resolverá cuantas diferencias surjan entre el Ayuntamiento de Calpy el Club Natación Calp sobre el funcionamiento, gestión y uso de lainstalación.

8.2.- La Comisión de seguimiento estará compuesta por tres representantes delAyuntamiento de Calp y tres del Club Natación Calp.”

SEGUNDA: Notificar el presente acuerdo a los interesados, y comunicarlo a laIntervención municipal, para su conocimiento y efectos.

Calp, a 03 de diciembre de 2014.- EL CONCEJAL DELEGADO DE CONTRATACIÓN”.

Por la Sra. Secretaria se dio lectura al dictamen de la Comisión InformativaGeneral de Asuntos de Competencia Plenaria, emitido por mayoría, en sentidofavorable a la propuesta.

Intervino el Sr. Cabrera Guerrero manifestando que el Club de natación habíahecho la propuesta de intentar gestionar esa infraestructura. Las condiciones delconvenio eran prácticamente las mismas que tenía la última empresa; el ayuntamientoseguía sufragando los costes de la luz y atendería los costes del gasoil durante los seisprimeros meses teniendo en cuenta que ya se había iniciado la temporada y lospotenciales usuarios ya se habrían apuntado a otros deportes

Intervino el Sr. Alcalde y preguntó a los Sres. portavoces si querían hacer algunaintervención.

Intervino el Sr. Fernández para manifestar que por fin reconocían un fracaso desu gestión. Se alegraba de que el Club Natació de Calp se hiciera cargo de la gestión.

Intervino el Sr. Vicens e indicó que tenían las instalaciones y si se podía pactarcon el Club, bienvenido debía ser el acuerdo. Esperaban que la gestión fuera la quetodos deseaban.

Se ausentó de la sesión el Sr. Fernández siendo las 13.30 horas.

Intervino el Sr. Morató Pastor señalando que el grupo socialista queríaimplicarse favorablemente en ese acuerdo pues era una vergüenza que una instalación

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que le había costado al Ayuntamiento 4,5 millones estuviera cerrada. Por ese motivoles gustaría que esa fuera la solución definitiva para los calpinos.

Sometido a votación el dictamen, la Corporación, por unanimidad de losasistentes, acordó aprobar el mismo.

Se ausentó de la sesión el Sr. Fco. Javier Morató Vives, siendo las 13:40 horas.

16.- APROBACIÓN DEL EXPEDIENTE ORECO 09/2013 DERECONOCIMIENTO EXTRAJUDICIAL DE CRÉDITOS.- En el expediente consta unapropuesta del Concejal Delegado de Hacienda, de fecha 3 de diciembre de 2013, quea continuación se transcribe:

“FRANCISCO CABRERA GUERRERO, CONCEJAL DELEGADO DE HACIENDA DELAYUNTAMIENTO DE CALP, al Pleno del mismo expone:

Al Ayuntamiento le han sido pasadas al cobro facturaciones diversas, a las cuales laintervención municipal ha formulado en FIRMADOC nota de reparo del art. 215 del TextoRefundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, que establece que si en el ejerciciode la función interventora el órgano interventor se manifestara en desacuerdo con el fondo ocon la forma de los actos, documentos o expedientes examinados, deberá formular sus reparospor escrito antes de la adopción del acuerdo o resolución.

Por la Intervención municipal se ha emitido informe con las consideraciones siguientes:

“1.- Todas las facturaciones incluidas en el expediente de reconocimiento extrajudicialde créditos ORECO 09/2013 (Anexo I del presente informe) son el resultado de unacontratación administrativa, expresa o tácita, que debió realizarse tanto con cumplimiento de laLey 30/2007, de Contratos del Sector Público, o normativa anterior de contratación aplicable,como con cumplimiento de las Bases de Ejecución del Presupuesto municipal.

En Anexo I se relacionan los gastos incluidos en el Expediente ORECO 09/2013.

2.- El reparo de la intervención trae causa, en líneas generales, de alguna de lassituaciones siguientes:

A) Gastos realizados sin expediente de contratación previo exigible, por ser deimporte superior al fijado en la Base 17.3.1 'Competencias en el gasto' de Ejecucióndel Presupuesto, importe que fue de 3.250 € para el presupuesto de 2007 ysiguientes en situación de prórroga (2008, 2009 y 2010) y de 4.000,00 €, IVA noincluido para los presupuestos de 2011 y 2.012.

B) Gastos que traen causa de contratación efectuada en forma, pero que excedendel alcance de lo contratado, (ejemplo: gastos correspondientes a modificacionesde proyectos de obras contratadas, sin aprobación de la modificación de proyecto).

C) Presumible fraccionamiento del objeto del contrato, por corresponder a unmismo o análogo concepto repetidamente facturado, con acumulado superior alfijado en la Base 17.3.1 'Competencias en el gasto' de Ejecución del Presupuesto,sin existencia de expediente de contratación.

D) Gastos que contravienen el principio de anualidad presupuestaria del art.176.1 “Temporalidad de los créditos” del TRLRHL y art. 26.1 RD 500/1990, queestablecen que “Con cargo a los créditos del estado de gastos de cada presupuestosólo podrán contraerse obligaciones derivadas de adquisiciones, obras, servicios ydemás prestaciones o gastos en general que se realicen en el año natural del propioejercicio presupuestario.”

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Las excepciones que se contemplan para este principio son las del art. 26.2 del RD500/90, y que no alcanzan a la facturación presentada, pueden ser:

a) Las que resulten de la liquidación de atrasos a favor del personal queperciba sus retribuciones con cargo a los presupuestos generales de laentidad local [art. 157.2.a) LRHL].

b) Las derivadas de compromisos de gastos debidamente adquiridos enejercicios anteriores. En el supuesto establecido en el artículo 47.5 serequerirá la previa incorporación de los créditos correspondientes. (creditosfinanciados con ingresos afectados)

c) Las obligaciones procedentes de ejercicios anteriores a que se refiere elartículo 60.2 del presente Real decreto (reconocimiento extrajudicial decréditos)

Corresponden en general a gastos efectuados sin existencia de créditopresupuestario suficiente en la anualidad o momento de su ejecución, y que aúnsiendo posibles a la vista de su importe sin necesidad de expediente de contrataciónprevio, o por la existencia de un expediente de contratación tramitado en forma, nopudieron ser aplicados en la anualidad de ejecución por insuficiencia de crédito.

3.- En ninguna de las facturas relacionadas se ha ordenado por la Alcaldía oConcejalía Delegada su pago.

4.- El reconocimiento extrajudicial de crédito de un tercero frente al Ayuntamiento esfigura jurídica expresamente contemplada en el ordenamiento local vigente, en el art. 23.e) delTexto Refundido de Régimen Local, en el art. 50.12 del Reglamento de Organización,Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales (R.D. 2568/86) y en el art.60.2 RD 500/90. A ello debe añadirse que en la cuenta general de cada ejercicio, se da cuentaa la Sindicatura de Comptes del número de expedientes de reconocimiento extrajudicial decréditos aprobados y del volumen económico que los mismos suponen.

Ahora bien, como declara la Audiencia de Cuentas de Canarias en el informe defiscalización del expediente de reconocimiento extrajudical de crédito nº 1/2009, delAyuntamiento de Mogán (Gran Canaria), “Si bien, de la interpretación de los artículos. 26.2.c)y 60.2 del Real Decreto 500/1990 puede desprenderse que, previo reconocimiento por partedel Pleno, pueden aplicarse al Presupuesto vigente gastos realizados en ejerciciosanteriores, debe entenderse que esta excepción se contempla para convalidar situacionespuntuales irregulares y no como una posibilidad regulada para realizarsistemáticamente gastos sin la suficiente consignación presupuestaria, debido a queesta práctica vulnera el principio general presupuestario respecto al carácter limitativo de loscréditos para gastos.”

5.- La necesidad de proceder al reconocimiento de tales créditos proviene, por otraparte, de la doctrina del Tribunal Supremo reiterada y constante de que actuándose en lapráctica como si mediara contrato, esto es, satisfaciéndose por una de las partesdeterminadas prestaciones, con conocimiento expreso de la otra parte (Ayuntamiento) de laexistencia de las mismas, la parte receptora de tales prestaciones debe a la otra el preciocorrespondiente, ya que si así no fuera se produciría un enriquecimiento injusto por unade las partes (el Ayuntamiento), que en el presente caso recibiría sin dar a cambio. Cabecitar al respecto por todas la STS de 11 de mayo de 1989 (Ar. 4488).

Y ello aún cuando el art. 173.5 TRLRHL establezca que no podrán adquirirsecompromisos de gastos por cuantía superior al importe de los créditos autorizados en losestados de gastos, siendo nulos de pleno derecho los acuerdos, resoluciones y actosadministrativos que infrinjan la expresada norma, sin perjuicio de las responsabilidades aque haya lugar, ya que la Jurisprudencia del Tribunal Supremo tienen reiteradamentedeclarado que son de obligado cumplimiento los compromisos de gastos adquiridos con

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infracción del precepto. Igualmente el Tribunal Supremo en sus sentencias de 15 de julio de1985, 21 de marzo de 1991 y 24 de julio de 1992, entre otras, reconoce la obligación deindemnizar a cargo de la Administración con fundamento en el enriquecimiento injusto.

En el mismo sentido, la Audiencia de Cuentas de Canarias dice:

En este sentido, existe desde antiguo una amplia línea jurisprudencial que ha venidoa declarar que los contratos administrativos, precisan de forma escrita para sucelebración, por lo que un convenio celebrado sin formalidad alguna, por gestióndirecta verbal entre el Ayuntamiento y una Sociedad Anónima no es un verdaderocontrato administrativo, sino un pacto nulo a tenor del artículo cuarto del Código Civile inoperante, por lo tanto, para servir de base a reclamaciones administrativasfundadas en él (sentencia del Tribunal Supremo, 4 de julio de 1950). En el mismosentido la sentencia del Tribunal Supremo de 21 de abril de 1976; expresa que, ante:“Un contrato concertado por una Corporación Local con ausencia de trámites, nopuede hablarse de efectos de él dimanantes directamente, y de haberse producidocualquier tipo de prestaciones entre las partes, nunca sería permisible sujetarlas enla regulación de sus efectos a la Ley de Contratos, sino al juego de los principiosgenerales del ordenamiento jurídico, en su caso, al del enriquecimiento injusto”.

En la misma línea, la sentencia del Tribunal Supremo de 13 de julio de 1989, alconfigurar la contratación administrativa como eminentemente formal, entiende quela verbal ostenta el carácter de pacto radicalmente nulo, y no produce, enconsecuencia, efectos derivados de su inexistencia jurídica; conclusión jurídica, queno puede desconocer la real existencia de prestaciones, cuyas consecuencias, sibien no pueden ampararse ni justificarse legalmente en ninguna figura contractual, síencuentra apoyo lógico y jurídico en la aplicación de los principios generales delDerecho, y básicamente en el sistema de “enriquecimiento injusto”, “enriquecimientotorticero” o “condictio sine causa”, debiendo de restituirse, en tales casos, al tercero,el valor de la prestación efectivamente realizada, en la cuantía en que coincide elprovecho o enriquecimiento obtenido por la Administración y el correlativoempobrecimiento para aquél a cuya costa se realizó la prestación, criterio aplicadopor la Jurisprudencia del Tribunal Supremo en sentencias de 22 de enero de 1975,21 de Abril de 1976, 3 de noviembre de 1980, 9 de noviembre de 1999, 27 dediciembre de 1999 y 25 de octubre de 2005. Todas ellas parten de la existencia ental caso de irregularidades en el trato precontractual.

Sin embargo, esta nulidad de pleno derecho predicada de cualquier relación negocialentre la Administración y terceros interesados, tiene consecuencias jurídicas paraambas partes, ya que, existe una obra o suministro real, cuya propiedad correspondea la Administración, por lo que, de no ser pagada, se producirá un enriquecimientoinjusto del Ayuntamiento.

6.- En orden a la posibilidad de aplicar a los estados de gastos del presente ejerciciogastos materiales de esta naturaleza procedentes de ejercicios anteriores, si así fuera el caso,resulta posible al amparo de las ya citadas previsiones de los art. 26.c) y 60.2 RD 500\1990,que vienen a excepcionar el principio de anualidad presupuestaria del art. 176.1 TRLRHL. Eneste sentido se pronuncia rotundamente la doctrina (MANUAL DE PRESUPUESTOS YCONTABILIDAD, Publicaciones Abella, El Consultor, Salvador Arnal Suría y Jesús MaríaGonzález Pueyo, Edición 1991, pags. 32 a 36), que entiende como ya se ha dicho que el art.60.2 RD 500/90 viene a mantener como excepción al principio de anualidad en la ejecución delpresupuesto la posibilidad de imputar al mismo las obligaciones reconocidas extrajudicialmentepor gastos procedentes de ejercicios anteriores.

En el mismo sentido, declara la Audiencia de Canarias que “si bien la obligaciónvoluntaria adquirida con contravención del artículo 173.5 del TRLRHL no puede entendersedebidamente adquirida, la obligación ex lege en que se transforma a instancias del acreedor sípuede considerarse debidamente adquirida y, en consecuencia, las nacidas en ejercicios

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anteriores pueden imputarse al corriente.

7.- Será órgano competente para el reconocimiento extrajudicial de créditos el Pleno,por así establecerlo los arts. 50.12 ROF, art. 23.1.e) del Texto Refundido de Régimen Local, yart. 60.2 RD 500/90, con posible delegación vía bases de ejecución del presupuesto, alamparo del art. 60.3 RD 500/90, actualmente no efectuada.

8.- Debe señalarse que el reconocimiento extrajudicial de una obligación no impideque quepa también exigencia de responsabilidades a quienes hubieran ocasionado laaparición del gasto, al amparo del art. 21 de la Ley General Presupuestaria según el cual“Las autoridades y funcionarios en general que con sus actos u omisiones y mediante dolo,culpa o negligencia perjudiquen a la Hacienda Pública, incurrirán en las responsabilidadescivil, penal o disciplinaria que en cada caso proceda.””

9.- Tal exigencia de responsabilidades viene regulada por el Real Decreto 429/1993, de26 de Marzo, por el que se aprueba el Reglamento de los Procedimientos de lasAdministraciones Públicas en materia de responsabilidad patrimonial. Dicha exigencia deresponsabilidad puede ser previa, simultánea o posterior a la resolución administrativaadoptada de reconocimiento extrajudicial de obligaciones.”

Por lo expuesto, al Pleno propongo adopte acuerdo con las disposiciones siguientes:

PRIMERA: Aprobar el expediente de reconocimiento extrajudicial de créditos nºORECO 09/2013, por importe total de 561.938,19 euros, correspondiente a los gastos eimportes siguientes:

Clave Núm Fecha Nombre Texto Explicativo RC Importe Aplicación

D 785 10-abr

COMUNIDAD DE PROPIETARIOS GARAJES PLAZA MAYOR 1ª PLANTA

GASTOS COMUNIDAD GARAJES PLAZA MAYOR CALPE 1ª PLANTA 2012

22013002294 4.284,021330-2120015 RMC GARAJES PLAZA MAYOR

C 1366 07-junELECTRICIDAD Y FONTANERIA PACO S.L.

RADIO CD JVC – EDUCACION

22013003462 69,90

3230-2269911 GASTOS FUNCIONAMIENTO PROMOCION EDUCATIVA(EPA Y OTROS)

C 1379 10-junALYMAN MAQUINAS TABACO SL

5 CAMISETAS CON LOGO - deportes

22013002644 39,933410-2260904 GASTOS FUNCIONAMIENTO DEPORTES

C 1534 25-junAUTOBUSES IFACH, S.L.

AUTOBUS VIAJE A ELCHE EL 19 DE MAYO -AGENDA 21

22013002173 330,001510-2269957 GASTOS FUNCIONAMIENTO AGENDA 21

C 1552 27-jun TROFEOS NADAL SL TROFEOS TORNEO COLOMBICULTURA - DEPORTES

22013003099 678,813410-2260904 GASTOS FUNCIONAMIENTO DEPORTES

C 1566 01-julAUTOBUSES CHARLY SL

SERVICIO DE AUTOBUSCALPE-BENIDOLEIG EL 07/06/2013 - DEPORTES

2201300332322013003440

550,00 Multiaplicación

C 1588 02-julGOMEZ OSA LINO - LOGISTICATROFEO

TROFEOS CAMPEONATO DE FUTBOL - DEPORTES

22013002874 319,94 Multiaplicación

C 1591 02-julGOMEZ OSA LINO - LOGISTICATROFEO

TROFEOS OPEN TENIS MARYVILLA

22013003308 162,413410-2260904 GASTOS FUNCIONAMIENTO DEPORTES

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Clave Núm Fecha Nombre Texto Explicativo RC Importe Aplicación

C 1592 02-julGOMEZ OSA LINO - LOGISTICATROFEO

1500 MEDALLAS ACTOSCLAUSURA ESCUELAS DEPORTIVAS

22013002687 1.485,003410-2260904 GASTOS FUNCIONAMIENTO DEPORTES

C 1651 08-julAUTOBUSES IFACH, S.L.

AUTOBUS VIAJE GRANADA - festers 2013

22013001399 660,003380-2269921 GASTOS FUNCIONAMIENTO FIESTAS POPULARES

C 1654 08-julAUTOBUSES IFACH, S.L.

AUTOBUS A AIELO DE MALFERIT EL 11/06/2013- 3ª EDAD

22013002354 363,002324-2269907 GASTOS VARIOS TERCERA EDAD

C 1958 07-ago FRAYFER S L REPUESTOS AUTOS 22013004371 22013004488

514,30 Multiaplicación

C 2020 13-agoSANEAMIENTOS LOGA,S.L.

1 WC COMPLETO PARQUE DELS GARROFERS Y 2 WC COMPLETOS PARQUE LA VALLESA

22013004375 22013004453

347,28 Multiaplicación

C 2026 14-ago AMG FLORES SL CORONA FUNERAL AURELIO RODRIGUEZ

22013004892 250,00

9120-2260102 GASTOS PROTOCOLO Y REPRESENTACION MUNICIPAL

C 2038 16-agoADO CERRAMIENTOS METÁLICOS SA

16 PAPELERAS HIERRO PARA PASEOS DE LAS QUINTAS Y C/LA NIÑA

2201300453122013005096

700,59 Multiaplicación

C 2070 19-agoTELEFONICA DE ESPAÑA S.A.U.

CUOTA TELF. 092 – POLICIA LOCAL

22013007064 50,771300-2220003 COMUNIC. TELEF. SERV. VARIOS POL LOCAL

C 2073 19-agoTUR CALATAYUD JOSE ANTONIO

14.5 h. TRABAJO CON MAQUINA CARGANDO ESCOMBRO ACOPIO ARQUEOLOGOS EN BANYS DE LA REINA

22013005075 614,07

3360-2260909 GASTOS FUNCIONAMIENTO ARQUEOLª Y PROT. PATRº HCOº

D 2133 27-agoASSOCIACIO DE GRUPS MUSICALS CALP MUSIC

CONCIERTO CALIBRE EL 16 DICIEMBRE/2012 (DIA DE LAS QUINTAS 2012 )

22013005109 250,002323-2269925 GASTOS VARIOS JUVENTUD

C 2189 03-sepELECTRONICA GUIREX, S.L.

CUOTA MANTENIMIENTO ALARMA CASA CULTURA DEL 01/08/2013 AL 01/09/2013

22013007382 65,793340-2130017 RMC INSTALACIONES CASA CULTURA

C 2230 06-sep SBIE, S.L. REPARACION PUERTA AUTOMATICA CP NOU PATERNINA

22013004980 471,903210-2120008 RMC CENTROS ENSEÑANZA

C 2237 09-sep STH LEVANTE S.A. 2 CASETAS SANITARIASPLAYA FOSSA Y ARENAL AGOSTO/2013

2201300220 653,401721-2270010 SERVICIO DE ECOASESOS EN PLAYAS

C 2264 11-sepDETER SERVICIOS DE LIMPIEZA S.L.

2 VACIADOS FOSA SEPTICA - SERV. PROTECCION ANIMALES

22013005526 264,003131-2269914 GASTOS FUNCIONAMIENTO PERRERA MUNICIPAL

C 2266 11-sepDETER SERVICIOS DE LIMPIEZA S.L.

VACIADO DE FOSA SEPTICA - SERV. PROTECCION ANIMALES

22013005527 132,003131-2269914 GASTOS FUNCIONAMIENTO PERRERA MUNICIPAL

C 2278 11-sepSANEAMIENTOS LOGA,S.L.

TAPON Y TERMINAL POR ROTURA EN AULA NATURALEZA

22013004991 14,299200-2120001 RMC CASA CONSISTORIAL Y OTRAS DEPENDENCIAS

370

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Clave Núm Fecha Nombre Texto Explicativo RC Importe Aplicación

C 2279 11-sepSANEAMIENTOS LOGA,S.L.

GRIFOS JARDIN - PARQUES Y JARDINES

22013004862 85,551710-2100001 RMC PARQUES Y JARDINES

C 2280 11-sepSANEAMIENTOS LOGA,S.L.

MATERIAL FONTANERIAC.E.E. GARGASINDI

22013005071 29,963210-2120008 RMC CENTROS ENSEÑANZA

C 2281 11-sepSANEAMIENTOS LOGA,S.L.

M. ALIMENTACION LATERAL - ASEOS PABELLON DOMINGO CRESPO

22013005085 29,213420-2120011 RMC EDIF. E INSTALAC. DEPORTIVAS

C 2282 11-sepSANEAMIENTOS LOGA,S.L.

MATERIAL FONTANERIA( DESCARGAS, BOLSA, CISTERNA Y TERMOSTATO ) - C.P. OLTÁ

22013005309 43,87 Multiaplicación

C 2283 11-sepSANEAMIENTOS LOGA,S.L.

2 JUNTAS MANGUITO WC - OMIC

22013004864 8,71 Multiaplicación

D 2314 16-sepCOMUNIDAD DE PROPIETARIOS EDIFICIO MADRID

GTOS. COMUNIDAD PROPIETARIOS EDF. MADRID 2010/2011 ( descontado 1.000,00€ abono agua comunidad 2012 )

22103007354 935,222410-2120003 RMC EDIFICIO MADRID

C 2317 16-sepHIERROS VILLAJOYOSA, S.A.

20 BARRAS 80X40X2 GALVANIZADA PARA POSTES SEÑALES TRAFICO

22013005016 605,001550-2100004 RMC CARRETERAS, CAMINOSY VIAS PUBLICAS

C 2319 16-sepGOMEZ OSA LINO - LOGISTICATROFEO

TROFEOS TORNEO DE TENIS

22013004847 185,503410-2260904 GASTOS FUNCIONAMIENTO DEPORTES

C 2321 16-sepGOMEZ OSA LINO - LOGISTICATROFEO

TROFEOS IV TORNEO SOLIDARIO - ACTOS 50 ANIVERSARIO BASKET A CALP ( JGL 02/07/2013)

22013003775 69,073410-2260904 GASTOS FUNCIONAMIENTO DEPORTES

C 2343 17-sepTUR CALATAYUD JOSE ANTONIO

3H. MAQUINA LIMPIEZA SUBIDA A LA ERMITA

22013005636 127,051710-2100001 RMC PARQUES Y JARDINES

C 2358 19-sepTELEFONICA DE ESPAÑA S.A.U.

CUOTA TELF. 092 – POLICIA LOCAL

22013007065 50,771300-2220003 COMUNIC. TELEF. SERV. VARIOS POL LOCAL

C 2362 19-sepTELEFONICA DE ESPAÑA S.A.U.

CUOTA TELF. 965839000- POLICIA LOCAL

22013007066 216,381300-2220003 COMUNIC. TELEF. SERV. VARIOS POL LOCAL

C 2365 19-sepTELEFONICA DE ESPAÑA S.A.U.

CUOTA TELF. 965874823- JUZGADO DE PAZ

22013007067 22,089200-2220002 COMUNIC. TELEF. SERV. VARIOS JUZGº PAZ

C 2368 19-sepTELEFONICA DE ESPAÑA S.A.U.

CUOTA TELF. 965972225- OLTAMAR 8H- MEDIO AMBIENTE

22013007068 21,021720-2220013 COMUNIC. TELEF. SERV. VARIOS MEDIO AMBIENTE

C 2369 19-sepTELEFONICA DE ESPAÑA S.A.U.

CUOTA TELF. 965874714- 3ª EDAD

22013007069 44,342324-2220005 COMUNIC. TELEF. SERV. VARIOS TERCERA EDAD

C 2374 19-sepTELEFONICA DE ESPAÑA S.A.U.

CUOTA TELF. 965837713- JUZGADO DE PAZ

22013007070 85,669200-2220002 COMUNIC. TELEF. SERV. VARIOS JUZGº PAZ

C 2375 19-sepTELEFONICA DE ESPAÑA S.A.U.

CUOTA TELF. 965838198- PROTECCION CIVIL

22013007071 17,401340-2220004 COMUNIC. TELEF. SERV. VARIOS PROTEC. CIVIL

C 2378 19-sepTELEFONICA DE ESPAÑA S.A.U.

CUOTA TELF. 965874563- VIVERO DE EMPRESAS

22013007072 101,694310-2220019 COMUNIC. TELEF. SERV. VARIOS COMERCIO

371

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Clave Núm Fecha Nombre Texto Explicativo RC Importe Aplicación

C 2380 19-sepTELEFONICA DE ESPAÑA S.A.U.

CUOTA TELF. 965874796- PROTECCION CIVIL

22013007073 64,441340-2220004 COMUNIC. TELEF. SERV. VARIOS PROTEC. CIVIL

C 2381 19-sepTELEFONICA DE ESPAÑA S.A.U.

CUOTA TELF. 965839800- CENTRO CIVICO

22013007074 70,51

2324-2220006 COMUNIC. TELEF. SERV. VARIOS CENTRO CIVICO TERCERA EDAD

C 2384 19-sepTELEFONICA DE ESPAÑA S.A.U.

CUOTA TELF. 965830812- POLICIA LOCAL

22013007075 47,411300-2220003 COMUNIC. TELEF. SERV. VARIOS POL LOCAL

C 2385 20-sepEDITORIAL PRENSA VALENCIANA SA

PUBLICACION EDICTO CORRECCION DE ERROR DE LA SUPERFICIE DE LA PARCELA DE LA AVDA. RUMANIA 34

22013005382 263,78

4910-2260201 PUBLICIDAD INSTITUCIONAL EN MEDIOS COMUNICACION

C 2386 20-sepEDITORIAL PRENSA VALENCIANA SA

PUBLICACION ANUNCIOCONVOCATORIA 13/19 PROVISION TEMPORAL PUESTO OFICIAL 2º

22013005711 263,78

4910-2260201 PUBLICIDAD INSTITUCIONAL EN MEDIOS COMUNICACION

C 2395 20-sep FRAYFER S L REPUESTOS TALLER AUTOS

2201300548822013005492

399,97 Multiaplicación

C 2396 20-sep FRAYFER S L

AGUA LIMPIAPARABRISAS Y CARRACA DIENTES 100MM. - TALLER MECANICO

22013004842 82,289200-2140001 RMC PARQUE MOVIL MUNICIPAL

C 2399 23-sep COMERCIAL CALPE SL 3 MANDOS Y UNA PILA RECINTO VEHICULOS

22013005630 96,071320-2269905 GASTOS FUNCIONAMIENTO SEGURIDAD

C 2401 23-sep COMERCIAL CALPE SL ESPUMA POLIETILENO Y CERRADURA GUARDERIA SILENE

22013005517 47,073210-2120008 RMC CENTROS ENSEÑANZA

C 2404 23-sep COMERCIAL CALPE SL

CERRADURA ( centro civico), LLAVE ACERO ( guarderia ) Y AZADA BELLOTA Y MANGO AZADA ( almacen )

2201300537922013005481

105,28 Multiaplicación

C 2418 24-sepMOLINES SANZ ANTONIO

REPUESTOS VEHICULOS PARQUE MOVIL POLICIA LOCAL YTALLER MECANICO

2201300360022013003692

675,18 Multiaplicación

C 2420 24-sep AGRICOLA IVARS SL LATIGUILLO Y BOMBA ENGRASE - JARDINES

22013005553 49,679200-2140001 RMC PARQUE MOVIL MUNICIPAL

C 2421 24-sep AGRICOLA IVARS SL RODAMIENTO, PORTES Y EMBALAJE MAQUINA PLAYA KASBORER

22013005364 264,399200-2140001 RMC PARQUE MOVIL MUNICIPAL

C 2465 30-sep BRICO AITANA S.L.

CLORO PISCINA, MANGUITOS GOTEO (jardines), TUBOS Y TAPA REGISTRO ( pabellon ), CAJA HERRAMIENTAS ( almacen)

22013005718 22013005716

843,14 Multiaplicación

C 2483 01-octDETER SERVICIOS DE LIMPIEZA S.L.

2 VACIADOS DE FOSA SEPTICA EN SERV. PROTECCION ANIMALES

22013006136 264,003131-2269914 GASTOS FUNCIONAMIENTO PERRERA MUNICIPAL

372

Page 373: ASISTENTES ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA …...Recálculo sobre ingresos a fecha posterior 29000 IMPUESTO SOBRE CONSTRUCCIONES, ... 36000 VENTA DE LIBROS 335,00 265,00 70,00

Clave Núm Fecha Nombre Texto Explicativo RC Importe Aplicación

C 2485 01-octDETER SERVICIOS DE LIMPIEZA S.L.

1 VACIADO DE FOSA SEPTICA EL 23/09/2013 -SERV. PROTECCION ANIMALES

22013006139 132,003131-2269914 GASTOS FUNCIONAMIENTO PERRERA MUNICIPAL

C 2488 01-octESCODA IVARS FRANCISCO

ACTUACIONES MUSICALES SEPTIEMBRE/2013 - CENTRO CIVICO

22013006142 1.721,222324-2269907 GASTOS VARIOS TERCERA EDAD

C 2498 02-octVAZQUEZ BORONAD JOAQUIN

PRENSA SEPTIEMBRE/2013 - CENTRO CIVICO

22013006163 118,002324-2269907 GASTOS VARIOS TERCERA EDAD

C 2510 02-oct LYRECO ESPAÑA SA 2 PARES BOTAS – VESTUARIO BRIGADAS

22013005691 52,64

9200-2210401 VESTUARIO PERSONAL VARIO BRIGADAS MUNICIPALES

C 2514 02-oct LYRECO ESPAÑA SA MATERIAL DIVERSO OFICINA PCPI AUX. PELUQUERIA

22013005708 48,572410-2269955 GASTOS PROGRs. VARIOS FORMACION LABORAL

C 2517 02-oct LYRECO ESPAÑA SA

GUANTES PROTECCIÓN PERSONAL MEDIO AMBIENTE

22013005452 36,15

9200-2210401 VESTUARIO PERSONAL VARIO BRIGADAS MUNICIPALES

C 2525 03-oct IVARS BERTOMEU SL

PORTES CAMION Y 3,5h. MINI PALA PARA PLATAFORMA JUEGOS C.E.E. GARGSINDI

22013005732 208,733210-2120008 RMC CENTROS ENSEÑANZA

C 2526 03-oct IVARS BERTOMEU SL

6 HORAS DE CAMION PLUMA RETIRANDO CASETAS CRUZ ROJA YPLATAFORMAS

22013005992 363,001721-2100003 RMC PLAYAS

A 2531 03-octSUMINISTROS HOSTELEROS BENISSA S.L.

REFORMA COCINA CEIPOLTA

22013005614 4.801,283210-6190012 ACOND. Y REPARACION CENTROS ENSEÑANZA

C 2543 04-octMATERIALES DE CONSTRUCCION MARINA BAIXA S L

CEMENTO, DISCO BOSCH, PLACA POLIESTER, GANCHOS Y ARANDELAS - ALMACEN

22013005373 22013005793

440,51 Multiaplicación

C 2544 04-octMATERIALES DE CONSTRUCCION MARINA BAIXA S L

PUERTA GALVANIZADA, YESO Y LADRILLOS PARA COLEGIO OLTA

22013005363 324,283210-2120008 RMC CENTROS ENSEÑANZA

C 2545 04-octMATERIALES DE CONSTRUCCION MARINA BAIXA S L

CEMENTO Y RASILLAS PABELLON DOMINGO CRESPO

22013005572 24,653420-2120011 RMC EDIF. E INSTALAC. DEPORTIVAS

C 2546 04-octMATERIALES DE CONSTRUCCION MARINA BAIXA S L

CEMENTO ( acera entrada sur Calp ) Y PLACA POLIESTER Y ARANDELAS ( Almacen )

22013006194 22013006039

370,01 Multiaplicación

C 2547 04-octSEÑALIZACIONES TRILLO S.L.

REHABILITACION CARTELES, AIMPE REFLEJANTE, ESPEJOSY SEÑALES "PROHIBIDO PERROS " - VIAS PUBLICAS

22013004235 1.047,861550-2100004 RMC CARRETERAS, CAMINOSY VIAS PUBLICAS

C 2548 04-octSEÑALIZACIONES TRILLO S.L.

SEÑALES TRAFICO ESTACIONAMIENTO PROHIBIDO Y CALLE CORTADA

22013004804 327,911550-2100004 RMC CARRETERAS, CAMINOSY VIAS PUBLICAS

373

Page 374: ASISTENTES ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA …...Recálculo sobre ingresos a fecha posterior 29000 IMPUESTO SOBRE CONSTRUCCIONES, ... 36000 VENTA DE LIBROS 335,00 265,00 70,00

Clave Núm Fecha Nombre Texto Explicativo RC Importe Aplicación

C 2552 04-oct VIVEROS TUR CB 4 ADELFAS PARA COLEGIOS

22013005032 53,763210-2120008 RMC CENTROS ENSEÑANZA

C 2555 04-oct COMERCIAL CALPE SL

100 ANCLAJES REFORZADOS ( Vias publicas ) Y RAEDERA Y MANGO BELLOTA ( Almacen )

22013005020 22013005080

102,83 Multiaplicación

C 2558 04-oct COMERCIAL CALPE SL TALADRO PERCUTOR DEWALT 925 - MEDIO AMBIENTE

22013005760 504,611700-6230032 MAQU-INST-UT MEDIO AMBIENTE

C 2561 04-oct COMERCIAL CALPE SL

LLAVES ACERO ( pabellón ), MASILLA POLIURETAO ( fuentes ) TORNILLOS, BROCAS, TABLERO Y CANTOS (Almacen )

22013005603 22013005725

177,25 Multiaplicación

C 2562 04-oct COMERCIAL CALPE SL BOMBILLAS Y PORTALAMPARAS - CENTRO CIVICO

22013005512 183,412324-2120012 RMC CENTº CIVº TERCERA EDAD

C 2574 07-oct SBIE, S.L.

40 mts.CANALETA LEGRAND Y 50 CONECTORES - COLEGIOS

22013006148 532,403210-2120008 RMC CENTROS ENSEÑANZA

C 2581 07-oct AGRICOLA IVARS SL REPARACION CRUCETATRACTOR PLAYAS

22013004524 927,471721-2130016 RMC EQUIPOS VARIOS PLAYAS

C 2582 07-oct AGRICOLA IVARS SL

CABLE ACELERADOR SIMETRICO PARA CORTACESPED JOHN DEERE

22013006125 22,771710-2130015 RMC EQUIPOS VARIOS PARQUES Y JARDINES

C 2583 07-oct AGRICOLA IVARS SL REPUESTOS MOTOAZADA HONDA F360 - JARDINES

22013006074 21,611710-2130015 RMC EQUIPOS VARIOS PARQUES Y JARDINES

C 2584 07-oct AGRICOLA IVARS SL

CARBURADOR, TAPON GASOLINA, TAPON DEPOSITO Y PORTES PARA TRACTOR JOHN DEERE

22013005358 253,229200-2140001 RMC PARQUE MOVIL MUNICIPAL

A 2617 11-octVAZQUEZ BORONAD JOAQUIN

ADQUISION LIBROS AYUDA A NIÑOS DE PRIMARIA E INSTITUTO

22013006286 4.915,582310-2269910 SERV. SOC., OTROS GASTOS SIN DETERMINAR

C 2619 11-oct SBIE, S.L.

40 DISCOS LED 20W 2200 LUMENES ( 30 discos para colegios y 10 para edf. municipales )

22013006036 22013006037

1.452,00 Multiaplicación

A 2626 14-octTUR CALATAYUD JOSE ANTONIO

LIMPIEZA CAMINOS MEDIANTE TRITURADORA

22013005089 4.719,001720-2269918 GASTOS VARIOS MEDIO AMBIENTE

C 2634 14-octSANEAMIENTOS LOGA,S.L.

MATERIAL FONTANERIAPARA BULEVAR LAS AMERICAS Y JARDINES

22013005513 22013005617

221,90 Multiaplicación

C 2635 14-octSANEAMIENTOS LOGA,S.L.

2 SIFONES, 2 VALVULASLAVABOS Y 10 BOYAS - C.P. AZORIN

2201300536922013005400

85,91 Multiaplicación

C 2636 14-octSANEAMIENTOS LOGA,S.L.

MATERIAL FONTANERIAPARA REPARACION AIRE ACONDICIONADO CASA CULTURA

22013006010 6,233340-2120010 RMC CASA CULTURA

C 2646 15-oct IVARS BERTOMEU SL

SERVICIO DE CAMION GRUA - DESCARGA CARRETILLA DE CAMION

22013006221 121,009200-2140001 RMC PARQUE MOVIL MUNICIPAL

C 2658 16-octAZCARATE MENGUAL JUAN JOSE

SERVICIOS VETERINARIO SEPTIEMBRE/2013 ( serv- proteccion animales )

22013006368 363,003131-2279903 SERVICIO VETERINARIO PERRERA MUNIC.

374

Page 375: ASISTENTES ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA …...Recálculo sobre ingresos a fecha posterior 29000 IMPUESTO SOBRE CONSTRUCCIONES, ... 36000 VENTA DE LIBROS 335,00 265,00 70,00

Clave Núm Fecha Nombre Texto Explicativo RC Importe Aplicación

C 2667 16-octELECTRONICA GUIREX, S.L.

MANTENIMIENTO SISTEMA DE SEGURIDAD DEL 01/09/2013 AL 30/09/2013- CASA CULTURA

22013006380 65,793340-2130017 RMC INSTALACIONES CASA CULTURA

C 2669 16-octELECTRONICA GUIREX, S.L.

MANTENIMIENTO SISTEMA DE SEGURIDAD DEL 01/09/2013 AL 30/09/2013. MUSEO ARQUEOLOGICO

22013006383 31,333330-2120014 RMC MUSEOS VARIOS

C 2670 16-octELECTRONICA GUIREX, S.L.

MANTENIMIENTO DEL SISTEMA DE SEGURIDAD DEL 01/09/2013 AL 30/09/2013- MUSEO COCO

22013006384 65,063330-2120014 RMC MUSEOS VARIOS

C 2671 16-octELECTRONICA GUIREX, S.L.

MANTENIMIENTO SEGURIDAD DEL 02/04/2013 AL 30/09/2013- CENTRO CIVICO

22013006385 299,489200-2130008 RMC ALARMAS EDIFICIOS MUNICIPALES.

C 2672 16-octCOMERCIAL ROLDAN SL

FREGONAS Y CELEA YMBO LAMINADO - TALLER OCUPACIONAL

22013006182 33,78

2331-2269938 GASTOS VARIOS FUNCIONAMIENTO OCUPACIONAL

C 2674 17-oct SBIE, S.L. 2 AUTOMATICOS Y UNA CAJA SUPERFICIE - CEMENTERIO

22013006305 223,851640-2120009 RMC CEMENTERIO

C 2683 18-octGRAFICAS TUR CALPE S.L.

50 CATALOGOS - COLABORACION EXPOSICION TB

22013003709 300,00

9120-2260102 GASTOS PROTOCOLO Y REPRESENTACION MUNICIPAL

C 2690 21-octTELEFONICA DE ESPAÑA S.A.U.

CUOTA TELF. 965838198- PROTECCION CIVIL

22013007076 17,401340-2220004 COMUNIC. TELEF. SERV. VARIOS PROTEC. CIVIL

C 2691 21-octTELEFONICA DE ESPAÑA S.A.U.

CUOTA TELF. 965839373– CASA CONSISTORIAL ( recursos humanos )

22013006689 22,209200-2220001 COMUNIC. TELEF. SERV. VARIOS AD. GRAL.

C 2692 21-octTELEFONICA DE ESPAÑA S.A.U.

CUOTA TELF. 965839604– CASA CULTURA

22013006688 40,803300-2220015 COMUNIC. TELEF. SERV. VARIOS CULTURA

C 2693 21-octTELEFONICA DE ESPAÑA S.A.U.

CUOTA TELF. 965874563- VIVERO DE EMPRESAS

22013007077 101,694310-2220019 COMUNIC. TELEF. SERV. VARIOS COMERCIO

C 2694 21-octTELEFONICA DE ESPAÑA S.A.U.

CUOTA TELF. 965874796- PROTECCION CIVIL

22013007078 64,441340-2220004 COMUNIC. TELEF. SERV. VARIOS PROTEC. CIVIL

C 2695 21-octTELEFONICA DE ESPAÑA S.A.U.

CUOTA TELF. 965833304- CASA CONSISTORIAL

22013007079 32,799200-2220001 COMUNIC. TELEF. SERV. VARIOS AD. GRAL.

C 2696 21-octTELEFONICA DE ESPAÑA S.A.U.

CUOTA TELF. 965839800– 3ª EDAD

22013007080 70,51

2324-2220006 COMUNIC. TELEF. SERV. VARIOS CENTRO CIVICO TERCERA EDAD

C 2697 21-octTELEFONICA DE ESPAÑA S.A.U.

CUOTA TELF. 965874714-3ª EDAD

22013006686 44,082324-2220005 COMUNIC. TELEF. SERV. VARIOS TERCERA EDAD

C 2698 21-octTELEFONICA DE ESPAÑA S.A.U.

CUOTA TELF. 965874823- JUZGADO DE PAZ

22013006685 22,209200-2220002 COMUNIC. TELEF. SERV. VARIOS JUZGº PAZ

375

Page 376: ASISTENTES ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA …...Recálculo sobre ingresos a fecha posterior 29000 IMPUESTO SOBRE CONSTRUCCIONES, ... 36000 VENTA DE LIBROS 335,00 265,00 70,00

Clave Núm Fecha Nombre Texto Explicativo RC Importe Aplicación

C 2699 21-octTELEFONICA DE ESPAÑA S.A.U.

CUOTA TELF. 965835458– CASA CULTURA ( alarma )

22013007081 35,103300-2220015 COMUNIC. TELEF. SERV. VARIOS CULTURA

C 2700 21-octTELEFONICA DE ESPAÑA S.A.U.

CUOTA TELF. 965838531- TURISMO

22013006703 17,404320-2220020 COMUNIC. TELEF. SERV. VARIOS TURISMO

C 2702 21-octTELEFONICA DE ESPAÑA S.A.U.

CUOTA TELF. 965836950– INST. DEPORTIVAS ( C.B. CALP )

22013006702 19,813400-2220016 COMUNIC. TELEF. SERV. VARIOS DEPORTES

C 2703 21-octTELEFONICA DE ESPAÑA S.A.U.

CUOTA TELF. 965837091- ALMACEN

22013006701 17,409200-2220001 COMUNIC. TELEF. SERV. VARIOS AD. GRAL.

C 2704 21-octTELEFONICA DE ESPAÑA S.A.U.

CUOTA TELF. 965837713- JUZGADO DE PAZ

22013006700 89,299200-2220002 COMUNIC. TELEF. SERV. VARIOS JUZGº PAZ

C 2705 21-octTELEFONICA DE ESPAÑA S.A.U.

CUOTA TELF. 965832761– CASA CONSISTORIAL ( alarma )

22013007083 42,919200-2220001 COMUNIC. TELEF. SERV. VARIOS AD. GRAL.

C 2706 21-octTELEFONICA DE ESPAÑA S.A.U.

CUOTA TELF. 965831250- TURISMO

22013007084 69,034320-2220020 COMUNIC. TELEF. SERV. VARIOS TURISMO

C 2707 21-octTELEFONICA DE ESPAÑA S.A.U.

CUOTA TELF. 965830812- POLICIA LOCAL

22013006699 32,741300-2220003 COMUNIC. TELEF. SERV. VARIOS POL LOCAL

C 2708 21-octTELEFONICA DE ESPAÑA S.A.U.

CUOTA TELF. LINEA 900 22013006698 57,799200-2220001 COMUNIC. TELEF. SERV. VARIOS AD. GRAL.

C 2709 21-octTELEFONICA DE ESPAÑA S.A.U.

CUOTA TELF. 965834290- OFICINA EN C/LLIBERTAT

22013006697 22,659200-2220001 COMUNIC. TELEF. SERV. VARIOS AD. GRAL.

C 2710 21-octTELEFONICA DE ESPAÑA S.A.U.

CUOTA TELF. 965836656– INST. DEPORTIVAS

22013006706 19,813400-2220016 COMUNIC. TELEF. SERV. VARIOS DEPORTES

C 2711 21-octTELEFONICA DE ESPAÑA S.A.U.

CUOTA TELF. 965833416– CASA COCO

22013007085 17,403360-2220017 COMUNIC. TELEF. SERV. VARIOS PROTEC. PATRIMº HCO.

C 2712 21-octTELEFONICA DE ESPAÑA S.A.U.

CUOTA LINEA ADSL NET- LAN

22013007086 48,409200-2220001 COMUNIC. TELEF. SERV. VARIOS AD. GRAL.

C 2713 21-octTELEFONICA DE ESPAÑA S.A.U.

CUOTA TELF. 092 – POLICIA LOCAL

22013007087 50,771300-2220003 COMUNIC. TELEF. SERV. VARIOS POL LOCAL

C 2714 21-octTELEFONICA DE ESPAÑA S.A.U.

CUOTA TELF. 965839000- POLICIA LOCAL

22013006704 231,441300-2220003 COMUNIC. TELEF. SERV. VARIOS POL LOCAL

C 2715 21-octTELEFONICA DE ESPAÑA S.A.U.

CUOTA TELF. 965834068- COMUNICACIONES

22013007087 41,364911-2220024 COMUNIC. TELEF. RADIO CALP

C 2716 21-octTELEFONICA DE ESPAÑA S.A.U.

CUOTA TELF. 965832170- URBANISMO

22013006704 19,669200-2220001 COMUNIC. TELEF. SERV. VARIOS AD. GRAL.

376

Page 377: ASISTENTES ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA …...Recálculo sobre ingresos a fecha posterior 29000 IMPUESTO SOBRE CONSTRUCCIONES, ... 36000 VENTA DE LIBROS 335,00 265,00 70,00

Clave Núm Fecha Nombre Texto Explicativo RC Importe Aplicación

A 2717 21-oct URBEZ COLLS JORDI 2ª Y 3ª FASE PINTURA MURAL ASOCIACION MOROS Y CRISTIANOS

22013007353 6.249,909200-2120001 RMC CASA CONSISTORIAL Y OTRAS DEPENDENCIAS

C 2718 21-octSERVICOLOR. SERVICIO Y COLOR ONDARA

MATERIAL VARIO PINTURA, PABELLON, CEMENTERIO, ALMACEN Y VIAS PUBLICAS

22013005713 22013005704

715,93 Multiaplicación

C 2737 25-oct COMERCIAL CALPE SL

LLAVES ACERO, LLAVIN SEGURIDAD ( ermita SanFrancesc ) Y LLAVES ACERO ( guarderia )

22013006167 22013006184

30,60 Multiaplicación

C 2738 25-oct COMERCIAL CALPE SL

MATERIAL VARIO FERRETERIA, ALMACEN, GUARDERIA,PABELLON, FIESTAS Y VESTUARIO BRIGADAS

22013005747 22013006316

267,77 Multiaplicación

C 2739 25-oct COMERCIAL CALPE SL

LLAVIN SEGURIDAD ( omic ) Y CLAVOS Y TABLERO AGLOMERADO ( fiestas )

22013006274 22013006263

88,18 Multiaplicación

C 2740 25-oct COMERCIAL CALPE SL

20 ANCLAJES REFORZADOS PABELLON DOMINGO CRESPO

22013005804 13,323420-2120011 RMC EDIF. E INSTALAC. DEPORTIVAS

C 2742 25-oct COMERCIAL CALPE SL MATERIAL FERRETERIACASA CULTURA

22013006201 22013006177

39,45 Multiaplicación

C 2746 25-octGOMEZ OSA LINO - LOGISTICATROFEO

15 TROFEOS TIRO CON ARCO VILLA DE CALP - DEPORTES

22013006075 88,943410-2260904 GASTOS FUNCIONAMIENTO DEPORTES

C 2753 25-octSEÑALIZACIONES TRILLO S.L.

2 BOBINAS FLEJE METALICO Y 100 TAPONES GOMA PARA SEÑALES - VIAS PUBLICAS

22013006346 332,751550-2100004 RMC CARRETERAS, CAMINOSY VIAS PUBLICAS

C 2754 25-octSEÑALIZACIONES TRILLO S.L.

4 SEÑALES ESTRECHAMIENTO CALZADA - VIAS PUBLICAS

22013006420 140,361550-2100004 RMC CARRETERAS, CAMINOSY VIAS PUBLICAS

C 2755 25-octSEÑALIZACIONES TRILLO S.L.

48 ROLLOS CINTA PVC -SEÑALIZACION SEGURIDAD

22013006323 201,10 Multiaplicación

C 2756 25-oct IVARS BERTOMEU SL

LIMPIEZA ZONAS VERDES MANZANERA YPLA ROIG - MEDIO AMBIENTE

22013005299 907,501720-2269918 GASTOS VARIOS MEDIO AMBIENTE

C 2757 25-oct SBIE, S.L. 1 AUTOMATICO MAGNETOTERMICO - CEMENTERIO

22013006306 54,451640-2120009 RMC CEMENTERIO

C 2758 25-oct SBIE, S.L. 2000 m FIBRA OPTICA INTERIOR/EXTERIOR

22013006325 2.286,909200-2200202 MATERIAL VARIO INFORMATICO NO INVENTARIABLE

C 2780 29-oct AGRICOLA IVARS SL

REPARACION TRACTORJOHN DEERE PLAYAS ( cambiar crucetas delanteras )

22013006227 300,301721-2130016 RMC EQUIPOS VARIOS PLAYAS

C 2791 31-oct BRICO AITANA S.L.

1 CAJA GRAPAS (pabellon) , 5 GARRAFASCLORO LIQUIDO ( piscina ) Y 5 AUTOMATICOS MAGNETOTERMICO ( cementerio )

22013006207 22013006265

178,48 Multiaplicación

377

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Clave Núm Fecha Nombre Texto Explicativo RC Importe Aplicación

C 2792 31-oct BRICO AITANA S.L.

TORNILLOS, TACOS, SIERRA Y TACOS NYLON - GUARDERIA VIRGEN DE LAS NIEVES

22013006153 43,023210-2120008 RMC CENTROS ENSEÑANZA

C 2804 04-nov SBIE, S.L.

LAMPARAS Y EUIPOS V.S. - RENOVACION ALUMBRADO CEMENTERIO

22013006476 1.013,981640-2120009 RMC CEMENTERIO

C 2805 04-nov SBIE, S.L. 10 TAPAS LEGRAND - CEMENTERIO

22013006461 36,301640-2120009 RMC CEMENTERIO

C 2831 06-nov SBIE, S.L.

REPARACION PLATAFORMA ELEVADORA ESCALERATEATRO CASA CULTURA

22013006757 60,503340-2130017 RMC INSTALACIONES CASA CULTURA

C 2838 06-novSERVICOLOR. SERVICIO Y COLOR ONDARA

MATERIAL VARIO PINTURA PARA CEMENTERIO Y CASTILLO FIESTAS MOROS Y CRISTIANOS

22013006401 22013006211

72,03 Multiaplicación

C 2856 08-nov LYRECO ESPAÑA SA 1 DESTRUCTORA REXEL - IGUALDAD

22013006717 301,29

9200-6230001 VARIOS MAQUINARIA, INSTAL. Y UTILLAJE SERV. GRALES.

C 2861 08-nov LYRECO ESPAÑA SA

ZAPATOS SEGURIDAD ( brigadas ) Y VIDEOPROYECTOR ( casa cultura )

22013006390 22013006388

448,61 Multiaplicación

C 2880 08-nov COMERCIAL CALPE SL

LLAVIN SEGURIDAD Y 6 LLAVES ACERO - PABELLON DOMINGO CRESPO

22013006354 22013006492

13,02 Multiaplicación

C 2884 08-nov COMERCIAL CALPE SL

3 CANDADOS PEQUEÑOS - PABELLON DOMINGO CRESPO

22013006353 29,103420-2120011 RMC EDIF. E INSTALAC. DEPORTIVAS

C 2925 15-novGOMEZ OSA LINO - LOGISTICATROFEO

TROFEOS II CURSA POPULAR SAN SILVESTRE VILLA DE CALP EL 29/12/2013

22013006349 476,343410-2260904 GASTOS FUNCIONAMIENTO DEPORTES

C 2848 07-nov IFACGRAFICS S.L.

700 CAMISETAS ESTAMPADAS - II SAN SILVESTRE VILLA DE CALP EL 29/12/2013

22013006349 2.761,223410-2260904 GASTOS FUNCIONAMIENTO DEPORTES

-- 63.587,31 - TOTAL

RESUMEN reparos IMPORTE

A) Gastos realizados sin expediente de contratación previo exigible

4 20.685,76

B) Gastos que exceden del alcance de lo contratado 0 0,00

C) Presumible fraccionamiento del objeto del contrato

143 37.432,31

D) Gastos que contravienen el principio de anualidadpresupuestaria

3 5.469,24

total 150 63.587,31

ejercicio importe

Gastos del ejercicio 2013 58.118,07

Gastos de ejercicios anteriores ant 2013 5.469,24

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total -- 63.587,31

SEGUNDA: Notificar el presente acuerdo a los interesados y dar cuenta a laIntervención municipal, para su conocimiento y efectos.

Calp, a 03 de diciembre de 2013.- EL CONCEJAL DELEGADO DE HACIENDA.- Fdo.: Fco.Cabrera Guerrero”.

Por la Sra. Secretaria se dio lectura al dictamen de la Comisión InformativaGeneral de Asuntos de Competencia Plenaria, emitido por mayoría, en sentidofavorable a la propuesta.

Se ausentó en esos momentos de la sesión el Sr. Morató Vives, siendo las13.40 horas.

Intervino el Sr. Cabrera Guerrero indicando que había un error en el dictamen.La Sra. Secretaría ya lo había leído correctamente.

Intervino el Sr. Alcalde y preguntó a los Sres. portavoces si querían haceralguna intervención.

Intervino el Sr. Vicens señalando que reiteraba lo manifestado anteriormente enotros reconocimientos extrajudiciales de crédito.

Intervino el Sr. Serna indicando que la mayoría de las facturas le parecían bien,otras no, como la de pintura, que era de una empresa de fuera de Calp. Había facturasde limpieza de caminos y quería saber porqué unos se limpiaban otros no.

Intervino el Sr. Alcalde manifestando que se iban haciendo limpiezas puntualesen los caminos que peor estaban y según las solicitudes de los ciudadanos.

Sometido a votación el dictamen se pronunciaron a favor los Sres. D. FranciscoCabrera Guerrero, D. Manuel J. Cabrera Fernández-Pujol, D. Matías Torres Lloret, D.Bernardo Moll Ivars, Dª Gabriele Schäfer, D. Jan Remi Michel Van Parijs, Dª Mª Elia N.Santos Brañas, D. Miguel Ángel Martínez Ortiz, Dª. Antonia Avargues Pastor, DªCarole Elizabeth Saunders y el Sr. Alcalde, total 11 votos. Absteniéndose los Sres. D.Moisés Vicens Moliner, Dª Ana Isabel Perles Ribes Sr. D. Pedro J. Fernández Crespo,total 3 votos. Votando en contra los Sres. D. Luis G. Serna García, Dª Mª JesúsBertomeu Bordes, D. Joan J. Morató Pastor, Dª Mª José Femenía Santacreu y D. JoséCarlos Alonso Ruiz, total 5 votos.

La Corporación por mayoría acordó, aprobar el dictamen de la ComisiónInformativa.

17.- DENOMINACIÓN DE LA CALLE QUE TRANSCURRE ENTRE LAEXPLANADA DEL PUERTO Y LA AVDA. DEL PORT COMO “CALLE VICENTEBELLIURE”.- En el expediente consta una propuesta del Sr. Alcalde, de fecha 4 dediciembre de 2013, que a continuación se transcribe:

“El abajo firmante, CESAR SANCHEZ PEREZ, Alcalde-Presidente del Ilmo.

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Ayuntamiento de Calpe, al Ayuntamiento- Pleno

EXPONE:

Que debe procederse al reconocimiento de la labor llevada a cabo en esta localidadpor D. Vicente Belliure, tanto en su aspecto empresarial, que sin duda alguna contribuyó aldesarrollo económico de nuestra población, como al reconocimiento no menos importantede la talla humana de dicha persona.

En atención a ello tengo a bien proponer al Ayuntamiento Pleno que adopte acuerdodenominando calle Vicente Belliure la que transcurre entre Explanada del Puerto y Av. DelPort y grafiada en plano adjunto.

Calp, a 4 de diciembre de 2013.- El Alcalde.- Fdo. D. César Sánchez Pérez”.

Se incorpora el Sr. Fco. Javier Morató Vives, siendo las 13:45 horas.

Por la Sra. Secretaria se dio lectura al dictamen de la Comisión InformativaGeneral de Asuntos de Competencia Plenaria, emitido por mayoría, en sentidofavorable a la propuesta.

Intervino el Sr. Cabrera Guerrero manifestando que ese año se habíacelebrado el cincuenta aniversario de la labor de los astilleros Belliure y creía que setrataba de un acto más de conmemoración del reconocimiento de la labor llevada acabo por esas personas en el municipio. En especial con Vicente Belliure que habíasido el primero en venir a Calpe.

Preguntó el Sr. Alcalde a los Sres. Portavoces si deseaban intervenir.

Intervino el Sr. Fernández para indicar que iba a votar a favor por elreconocimiento de esa persona, que había llevado el nombre de Calp por todo elmundo.

Intervino el Sr. Vicens señalando que se sumaban a la felicitación no solo aVicente Belliure sino a toda la familia.

Se incorporó en esos momentos a la sesión el Sr. Morató Vives siendo las 13.45horas.

Intervino el Sr. Serna indicando que el grupo socialista felicitaba a la familia y aVicente Belliure, por lo que había significado para el municipio.

Sometido el dictamen a votación, la Corporación por unanimidad de lospresentes, acuerda aprobar el mismo.

19.- DESIGNACIÓN DE VOCALES EN LA MANCOMUNIDAD CALPE,MURLA Y VALL DE LAGUAR.- En el expediente consta una propuesta del Sr.Alcalde, de fecha 28 de noviembre de 2013, que a continuación se transcribe:

“César Sánchez Pérez, Alcalde-presidente del Ayuntamiento de Calp, al Pleno delmismo expone:

Que en la sesión extraordinaria de la Asamblea constituyente de la Mancomunidaddel Pozo Lucifer celebrada el día 14 de noviembre de 2008 se aprobaron por unanimidad los

380

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Estatutos de la Mancomunidad de Calpe, Murla y Vall de Laguart-Pozo Lucifer.

Que por el Ayuntamiento Pleno en sesión ordinaria celebrada el día 14 de abril de2009, se aprobaron definitivamente los Estatutos de la Mancomunidad de Calpe, Murla y Vallde Laguar-Pozo Lucifer, por el Ayuntamiento de Murla el 24 de junio de 2013 y porAyuntamiento de Vall de Laguar el 26 de junio de 2013.

Que de conformidad a lo previsto en el art. 6 de los citados estatutos los respectivosplenos por mayoría absoluta de entre los componentes de la Corporación nombrarán a losvocales que les correspondan, siendo uno de ellos obligatoriamente el alcalde del municipio.Al Ayuntamiento de Calp le corresponden 6 vocales.

En virtud de lo anterior al Ayuntamiento Pleno, propongo la adopción del siguienteacuerdo:

1º.- Designar como vocales y sus suplentes a los siguientes miembros de laCorporación:

Titulares:D. César Sánchez Pérez, suplente D. Bernardo Moll Ivars.D. Manuel J. Cabrera Fernández-Pujol, suplente D. Matías Torres Lloret.Dª Ana María Sala Fernández, suplente Dª Gabriele Karin Schäfer.Dª Antonia María Avargues Pastor, suplente Dª Carole Saunders.D. Francisco Cabrera Guerrero, suplente Dª Mª Elia N. Santos Brañas. D. Jan Michel Remi Van Parijs, suplente D. Miguel A. Martínez Ortíz.

El mandato de los vocales coincide con el de sus respectivas corporaciones.

Los vocales del pleno de la Mancomunidad perderán dicha condición cuando pierdanla condición de concejal o así lo acuerde el pleno del Ayuntamiento representado.

2º.- Notificar el presente acuerdo a los interesados y a los Ayuntamientos de Murla yVall de Laguart.

Calp, a 28 de noviembre de 2013”.

Por la Sra. Secretaria se dio lectura al dictamen de la Comisión InformativaGeneral de Asuntos de Competencia Plenaria, emitido por mayoría, en sentidofavorable a la propuesta.

Intervino el Sr. Cabrera Guerrero manifestando que se trataba de una propuestaque estaba preparada desde hacía mucho tiempo. La mancomunidad había estadoparalizada durante cinco años y ahora había que nombrar a los representantes. En laComisión Informativa los grupos de la oposición habían indicado que debían estartodos representados y por parte del equipo de gobierno se dijo que de los 6 titulares 2serían miembros de la oposición así como sus suplentes y se les brindó para quetrajeran una propuesta.

Preguntó el Sr. Alcalde a los Sres. Portavoces si deseaban intervenir.

Intervino el Sr. Serna para indicar que su propuesta era la del titular el Sr.Morató Pastor y suplente el Sr. Alonso.

Intervino el Sr. Cabrera Guerrero señalando que debía ponerse de acuerdo laoposición.

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Intervino el Sr. Fernández señalando que creía debía hacerse un sorteo.

Intervino el Sr. Vicens indicando que le parecía absurda la idea del sorteo, creíaque debía decidirse por toda la corporación.

Intervino el Sr. Serna y señaló que la propuesta se había debatido en la Juntade Portavoces, a la que no había asistido ni APPC ni GCALP. Creía que en virtud de laproporcionalidad podían tener un titular y un suplente y que APPC tuviera un titular yGC un suplente.

Intervino el Sr. Alcalde proponiendo una enmienda al dictamen de la manerasiguiente:

D. César Sánchez Pérez, suplente D. Bernardo Moll Ivars.D. Manuel J. Cabrera Fernández-Pujol, suplente D. Matías Torres Lloret.Dª Ana María Sala Fernández, suplente D. Francisco Cabrera Guerrero.Dª Antonia María Avargues Pastor, suplente Dª Carole Saunders.D. Francisco Javier Morato Vives, suplente D. Pedro J. Fernández Crespo. D. Luis Serna García, suplente D. Jose C. Alonso Ruiz.

Intervino el Sr. Fernández manifestando que renunciaba a formar parte de lamancomunidad.

Propuso el Sr. Alcalde la enmienda de nuevo, del siguiente modo:

D. César Sánchez Pérez, suplente D. Bernardo Moll Ivars.D. Manuel J. Cabrera Fernández-Pujol, suplente D. Matías Torres Lloret.Dª Ana María Sala Fernández, suplente D. Francisco Cabrera Guerrero.Dª Antonia María Avargues Pastor, suplente Dª Carole Saunders.D. Francisco Javier Morato Vives, suplente D. Moises Vicens Moliner. D. Luis Serna García, suplente D. Jose C. Alonso Ruiz.

Indicó el Sr. Alcalde que si la oposción llegaba a otro acuerdo, el equipo de gobierno cambiaría la propuesta.

Sometida la enmienda a votación, la Corporación por unanimidad de lospresentes, acordó aprobar la misma.

Sometido a votación el dictamen incluida la enmienda, la Corporación, porunanimidad de los presentes, acordó aprobar el mismo.

20.- ACEPTACIÓN EXPRESA DE LAS CONDICIONES FIJADAS POR LACONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL JÚCAR PARA OBTENER LACONCESIÓN DE LOS 4 POZOS SITUADOS EN EL BARRANCO SALADO.- En elexpediente consta una propuesta de la Concejala Delegada de Protección yOrdenación del Territorio, de fecha de 2 de diciembre de 2013, del siguiente tenorliteral:

“PROPUESTA

Dª. Ana Sala Fernandez, Concejala Delegada de Protección y Ordenación delTerritorio, ante este Ayuntamiento Pleno formula la siguiente propuesta:

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ANTECEDENTES

1º.- En relación con la legalización de concesión del aprovechamiento de aguassubterráneas formado por 4 pozos situados en Pda. Barranco Salado de éste términomunicipal, el día 14 de noviembre de 2012 se reciben en este Ayuntamiento escrito de laConfederación Hidrográfica del Júcar, número registro de entrada 16.667 relativos arequerimiento de:

. Acuerdo plenario aprobando la solicitud de concesión de unaprovechamiento de aguas subterráneas formado por cuatro pozos situados en laPartida “Barranco Salado” con destino a abastecimiento de la población de Calp.

. Certificación de Inscripción en el Registro de la Propiedad o Título fehacientede propiedad de los terrenos donde se ubican las captaciones.

2º.- El mismo día 14 de noviembre de 2012 se recibe otro escrito de ConfederaciónHidrográfica del Júcar, número registro de entrada 16.668 relativo a notificación de vista decondiciones del expediente de concesión de un aprovechamiento subterráneo formado porcuatro pozos situados en la Partida “Barranco Salado” con destino a abastecimiento de lapoblación de Calp, para que en el plazo de quince días hábiles manifieste la conformidad ohaga las observaciones que estime pertinentes.

3º.- Por el Ayuntamiento Pleno, en sesión de fecha 8 de febrero de 2013, se adoptóacuerdo en el siguiente sentido:

“1.º- Solicitar a la Confederación Hidrográfica del Jucar el otorgamientode la concesión del aprovechamiento de aguas subterráneas formado porcuatro pozos aguas subterráneas formado por cuatro pozos situados en lapartida “Barranco Salado” en termino Municipal de Calp, con destino aabastecimiento de la población (Exp. 834/2003 (2003S0004))

2º.- Manifestar la conformidad con el volumen máximo anual de aguapotabilizada de 3.252.150 m3/año, con un caudal máximo instantáneo de 185l/s.

3º.- Señalar que se está procediendo a finalizar el proceso deadquisición de los suelos de los pozos nº 1 y nº 4 referidos en el Informe delSr. Ingeniero Municipal, por lo que nada más sea resuelto los mismos se darátraslado a la Confederación.

4º.- Remitir certificación del acuerdo adoptado a la ConfederaciónHidrográfica del Júcar a los efectos oportunos.”

4º.- Por la Confederación Hidrográfica del Júcar se ha remitido escrito a esteAyuntamiento en el que se comunica que debe realizarse aceptación del pleno de todas lascondiciones establecidas en el documento notificación de vistas de condiciones.

En virtud de ello, y en cumplimiento del escrito remitido por la ConfederaciónHidrográfica del Júcar, se propone al Ayuntamiento Pleno la adopción del siguienteACUERDO:

1º.- Como complemento al acuerdo adoptado con fecha 8 de febrero del 2013,aceptar expresamente todas las condiciones fijadas en el escrito de notificación de vista decondiciones de fecha 14 de noviembre de 2012, nº de registro de entrada 16668.

2º.- Dar traslado del presente acuerdo a la Confederación Hidrográfica del Júcar a losefectos oportunos.

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Calp, a 2 de diciembre de 2013.- La Concejala Delegada de Protección y Ordenación delTerritorio.- Fdo. Dª Ana Sala Fernandez”.

Por la Sra. Secretaria se dio lectura al dictamen de la Comisión InformativaGeneral de Asuntos de Competencia Plenaria, emitido por mayoría, en sentidofavorable a la propuesta.

Intervino el Sr. Alcalde y preguntó a los Sres. portavoces si querían haceralguna intervención.

Intervinieron los Sres. Fernandez, Vicens y Serna manifestando que iban a votara favor.

Sometido el dictamen a votación, la Corporación por unanimidad de lospresentes, acordó aprobar el mismo.

21.- AUTORIZACIÓN DE LA EJECUCIÓN DE OBRAS A LA EMPRESAMIXTA DE ABASTECIMIENTO Y SERVICIOS DE CALPE, S.A. CON CARGO AL“FONDO DE RENOVACIÓN DE INFRAESTRUCTURAS”.- El Sr. Alcalde, en virtudde lo preceptuado en el art. 92.1) del Reglamento de Organización, Funcionamientoy Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto2568/1986, de 28 de noviembre, propuso que el asunto se quede sobre la mesapara su estudio.

Sometido a votación que el asunto se quede sobre la mesa pronunciaron a favorlos Sres. D. Francisco Cabrera Guerrero, D. Matías Torres Lloret, D. Manuel J.Cabrera Fernández-Pujol, D. Bernardo Moll Ivars, Dª Gabriele Schäfer, D. Jan RemiMichel Van Parijs, Dª Mª Elia N. Santos Brañas, D. Miguel Ángel Martínez Ortiz, Dª.Antonia Avargues Pastor, Dª Carole Elizabeth Saunders, D. Fco. Javier Morató Vives,D. Moisés Vicens Moliner, Dª Ana Isabel Perles Ribes,. D. Pedro J. Fernández Crespoy el Sr. Alcalde, total 15 votos. Absteniéndose los Sres. D. Luis G. Serna García, Dª MªJesús Bertomeu Bordes, D. Joan J. Morató Pastor, Dª Mª José Femenía Santacreu, D.José Carlos Alonso Ruiz y, total 5 votos.

La Corporación por mayoría acordó, dejar el asunto sobre la mesa.

II.- PARTE INFORMATIVA

II. 1.- DACIÓN DE CUENTAS DE LAS RESOLUCIONES DICTADAS POR LAALCALDÍA Y CONCEJALÍAS DELEGADAS DESDE LA CELEBRACIÓN DE LAÚLTIMA SESIÓN ORDINARIA.- Se dio cuenta de las resoluciones dictadas por laAlcaldía y Concejalías Delegadas desde el día 15 de noviembre de 2013.

La Corporación quedó enterada del contenido de dichos documentos.

II. 2.- DAR CUENTA DE LAS SUBVENCIONES CONCEDIDAS A ESTEAYUNTAMIENTO.-

1.- Se dio cuenta de la subvención concedida por la Conselleria de Economía,Industria, Turismo y Empleo en la que se concede al Ayuntamiento una ayuda de14.491,67 euros para financiar la prorroga de la subvención de María Teresa Parreño

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Vidal como Agente de Empleo y Desarrollo Local.

2.- Se dio cuenta de la subvención concedida por la Excma. DiputaciónProvincial de Alicante en la que se concede a este Ayuntamiento una ayuda parafinanciar el alquiler de carpa, animación infantil y publicidad para la V Feria de Stock,por importe de 3.361,38 euros.

3.- Se dio cuenta de la Resolución de la Conselleria de Gobernación y Justiciapor la que se adjunta una subvención a este Ayuntamiento para la financiación de losseguros de riesgos de personal perteneciente a las agrupaciones locales devoluntarios de protección civil para el ejercicio de 2013, por importe de 216 euros.

4.- Se dio cuenta de la subvención concedida por la Conselleria de Economía,Industria, Turismo y Empleo para la contratación de 9 personas desempleadas en larealización de una obra o servicio de interés general y social, por importe de9.599,76 euros.

La Corporación quedó enterada de las subvenciones concedidas.

III.- PARTE DE CONTROL Y FISCALIZACIÓN DEL PLENO (ART. 46.2.E) DE LALRBRL.

III. 1.- MOCIONES.-

Intervino el Sr. Alcalde dando lectura a la moción, que se trascribe acontinuación:

“D. FRANCISCO CABRERA GUERRERO, PORTAVOZ MUNICIPAL DEL PP,D. LUIS G. SERNA GARCIA, PORTAVOZ MUNICIPAL DEL PSOE, D. MOISESVICENS MOLINER, PORTAVOZ MUNICIPAL DE ALTERNATIVA POPULAR, Dª.ANTONIA Mª AVARGUES PASTOR, PORTAVOZ MUNICIPAL DE CI-LV Y D.PEDRO JAIME FERNÁNDEZ CRESPO, PORTAVOZ MUNICIPAL DE GENT DECALP, al amparo de lo dispuesto en el art. 91.4 del Reglamento de Organización,Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por RealDecreto 2568/1986, de 28 de noviembre, al Pleno del Ayuntamiento formula lasiguiente MOCIÓN:

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Ante la importancia que la Música tiene en nuestros pueblos dada la tradición tanarraigada existente en nuestra comunidad, así como la formación que promuevennuestras agrupaciones musicales para el desarrollo de la personalidad de los futurosmúsicos, y además de que esta educación contribuye al desarrollo de los alumnos yante la situación económica de estos últimos años que por las importantesreducciones presupuestarias esta afectando directamente a las escuelas de música,proponemos al Pleno esta moción, para la aprobación del siguiente:

ACUERDO:

1. Instamos al Consell a que, en la medida de lo posible, tenga en cuenta estearraigo de la música en nuestra comunidad a la hora de elaborar los presupuestos,

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de forma que se garantice el mantenimiento de las infraestructuras educativasmusicales, que aseguren el futuro de esta tradición.

En Calp a 13 de diciembre de 2013

D. FRANCISCO CABRERA GUERRERO D. LUIS G. SERNA GARCÍA Portavoz municipal del PP, Portavoz municipal del PSOE

D. MOISES VICENS MOLINER Dª. ANTONIA Mª AVARGUES PASTOR Portavoz Municipal de Alternativa Popular, Portavoz municipal de CI-LV

D. PEDRO JAIME FERNÁNDEZ CRESPO, Portavoz municipal de Gent de Calp”

Sometida la urgencia a votación de la moción, la Corporación por unanimidadacordó aprobar la misma.

Sometida a votación la moción, la Corporación por unanimidad de los asistentesacordó aprobar la misma.

Intervino el Sr. Alcalde dando lectura a la moción, que se trascribe acontinuación:

“D. FRANCISCO CABRERA GUERRERO, PORTAVOZ MUNICIPAL DEL PP,D. LUIS G. SERNA GARCIA, PORTAVOZ MUNICIPAL DEL PSOE, D. MOISESVICENS MOLINER, PORTAVOZ MUNICIPAL DE ALTERNATIVA POPULAR, Dª.ANTONIA Mª . AVARGUES PASTOR, PORTAVOZ MUNICIPAL DE CI-LV Y D.PEDRO JAIME FERNÁNEZ CRESPO, PORTAVOZ MUNICIPAL DE GENT DE CALP,al amparo de lo dispuesto en el art. 91.4 del Reglamento de Organización,Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por RealDecreto 2568/1986, de 28 de noviembre, al Pleno del Ayuntamiento formula lasiguiente MOCION:

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

La subida del IVA cultural y educativo del 8 al 21 % compromete la igualdadde oportunidades en un ámbito esencial, para el desarrollo del crecimientodemocrático de la ciudadanía, como es la cultura y la educación.

Por todo ello, proponemos al Pleno esta moción, para la aprobación del siguiente:

ACUERDO:

Instar al Gobierno de España para que:

1. Reconsidere la subida del IVA para bienes y servicios culturales y educativos.

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2. Proponga y defienda en el seno de las instituciones de la Unión europea, elestablecimiento de un IVA para la cultura y la educación armonizado con un tipomáximo por debajo del 10%.

En Calp a 13 de diciembre de 2013

D. FRANCISCO CABRERA GUERRERO D. LUIS G. SERNA GARCÍA Portavoz municipal del PP, Portavoz municipal del PSOE

D. MOISES VICENS MOLINER Dª. ANTONIA Mª AVARGUES PASTOR Portavoz Municipal de Alternativa Popular, Portavoz municipal de CI-LV

D. PEDRO JAIME FERNÁNDEZ CRESPO, Portavoz municipal de Gent de Calp”

Sometida la urgencia a votación de la moción, la Corporación por unanimidadacordó aprobar la misma.

Sometida a votación la moción, la Corporación por unanimidad de los asistentesacordó aprobar la misma.

III. 2.- RUEGOS Y PREGUNTAS.

Intervino el Sr. Fernández y realizó los siguientes ruegos y preguntas:

- Le gustaría que se hiciera un mercado tradicional en el casco antiguo, paraanimarlo un poco.

- Se había contratado la redacción del proyecto de ejecución de conexión delclub social La Manzanera se había contratado a Novación Urbana S.L. y le gustaríasaber de qué se trataba.

- Había un decreto de una contratación de una persona que se habíapresentado a un examen temporal y le habían hecho ese examen fijo directamente,con la recomendación de la intervención o de la secretaría de que no se extendieranesas cosas. ¿Se iba a quedar esa persona o se iba a sacar la plaza otra vez?

Abandonó la sesión el Sr. Morato Pastor a las 14.13 horas.

Intervino el Sr. Vicens y realizó los siguientes ruegos:

- Era una prioridad la señalítica horizontal de los pasos de cebra de los vialesprincipales, por motivos de seguridad.

-Rogó que las papeleras tuvieran un mecanismo para apagar las colillas.

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Intervino el Sr. Morató Pastor y realizó los siguientes ruegos.

- En la Avda. Ejércitos españoles el goteo estaba roto y el agua sedesperdiciaba de manera indiscriminada. Contradictoriamente había muchas fuentesen el pueblo que no estaban en funcionamiento.

- Había salido una sentencia que indicaba que las Juntas de Gobierno en lasque se ejercieran competencias delegadas del pleno, debían ser públicas. Rogaba setuviera en cuenta.

Intervino el Sr. Serna y realizó los siguientes ruegos y preguntas:

- Rogaba se estudiara la viabilidad de montar un rastro en el casco antiguo.

- Le habían advertido de que en los alrededores de las Salinas habíaescombros, rogaba se revisara.

- ¿Por qué no se habían llevado al pleno las tarifas del Centro Maite Boronat?

Intervino el Sr. Alcalde indicando que todos los asuntos de competencia plenariadelegados en Junta de Gobierno pasaban por Comisión Informativa. Pedía no obstanteque se estudiara por los Servicios Jurídicos. Era el caso de las tasas del Maite Boronat.

En cuanto a los vertidos en las Salinas, se estaban trabajando con lacolaboración ciudadana para que estuviera lo más limpio posible.

En cuanto al rastro, le pedía a la concejal de comercio que estudiara esaposibilidad.

En cuanto al asunto de la Avda. Ejércitos Españoles, ya estaba solucionado. Sino era así, le pedía al Sr. Moll tomara nota.

Al Sr. Vicens le indicó que el Sr. Van Parijs había empezado con una campañade seguridad vial que se iniciaría a principios de año. Tomaba nota de los ceniceros.

Al Sr. Fernández le indicó que en cuanto al tema de la Manzanera, habíanacordado con Costas, que seguramente lo habría iniciado ya, sacar la concesión declub social. Era su voluntad salvarlo pues era un punto único y simbólico. Ese era elmotivo del proyecto. En materia de personal se estaba cumpliendo con la legislación.

Finalizó el Sr. Alcalde su intervención deseando a todos una feliz navidad.Mostró además sus condolencias a la familia de Burgoa, por su fallecimiento. Tambiénen nombre de toda la corporación condolencias a la familia del Sr. Morató Pastor.

Y no habiendo más asuntos a tratar, la Presidencia da por concluida la sesióna las catorce horas y veinticinco minutos, de lo que como Secretaria accidentalcertifico, extendiendo esta acta en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 50 delReal Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el TextoRefundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, quefirma el Sr. Presidente junto a mí, como prueba de conformidad. Ello sin perjuicio deel Diario de Sesiones que recoge de forma íntegra todas las intervenciones. Doy fe.

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