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Indecopi aplicó der echos antidumping a cinco tipos de prendas de China Entidad ordenó que se apliquen cargos adicionales a la importación de 34 partidas arancelarias de las 276 de ropa china que ingresan al país La Comisión de Dumping y Subsidios (CFD) del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual  (Indecopi) decidió aplicar medidas antidumping a cinco tipos de prendas de vestir procedentes de Cina! luego de reali"ar una investigación para descartar estas pr#cticas desleales de competencia en la importación de $% tipos de prendas de ese pa&s' De acuerdo con la entidad! la medida antidumping se aplicó a de las *+, partidas de prendas provenientes de Cina por-ue la investigación -ue inició en .unio del */$* determinó -ue son los de mayor incidencia en el desempe0o económico negativo de la industria de confecciones local' Los cinco tipos de prendas a los -ue se aplicar#n estas sanciones son polos! camisas! pantalones y sorts! ropa interior y medias y similares' Indecopi aseguró -ue las pr#cticas de dumping causaron un severo da0o a los productores nacionales de dico producto! mayormente micro y pe-ue0as empresas -ue generan de manera directa e indirecta alrededor de *$% mil puestos de traba.o' 1ste efecto 2fue comprobado luego de una profunda y e3austiva investigación en la -ue todas las partes involucradas tuvieron oportunidades de e3presar sus puntos de vista y presentar las pruebas correspondientes4! reportó' Como se recuerda! esta investigación causó controversia entre gremios como la Sociedad Nacional de Industrias (SNI)! -ue apoya la medida! y Cóme3 Per5! -ue considera -ue las pr#cticas antidumping no promueven la competitividad de la industria local' NORMATIVA INTERNACIONAL De acuerdo a la normas de la 6rgani"ación 7undial de Comercio (67C)! el dumping es considerado una pr#ctica desleal -ue implica e3portar un producto a un precio inferior al valor normal -ue registra en su mercado de origen' Para aplicar derecos antidumping! un pa&s debe probar -ue las empresas de un pa&s e3portan sus productos con precios dumping y -ue! a causa de ello! los productores nacionales sufren un da0o importante' Seg5n Indecopi! durante la investigación se comprobó -ue los productores nacionales de prendas y complementos de vestir sufrieron un da0o importante! seg5n lo establecido en el  8cuerdo 8ntidumping de la 67C' Por e.emplo! entre *//9 y */$$! la :PN e3perimentó una contracción de $;'+< en su participación de mercado y sus inventarios crecieron en *'*<'

Arch Ivo

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Indecopi aplic derechos antidumping a cinco tipos de prendas de China

Entidadorden que se apliquen cargos adicionales a la importacin de 34 partidas arancelarias de las 276 de ropa china que ingresan al pas

La Comisin de Dumping y Subsidios (CFD) delInstituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Proteccin de la Propiedad Intelectual(Indecopi) decidi aplicar medidas antidumping a cinco tipos de prendas de vestir procedentes de China, luego de realizar una investigacin para descartar estas prcticas desleales de competencia en la importacin de 15 tipos de prendas de ese pas.

De acuerdo con la entidad, la medida antidumping se aplic a 34 de las 276 partidas de prendas provenientes de China porque la investigacin que inici en junio del 2012 determin que son los de mayor incidencia en el desempeo econmico negativo de laindustria de confecciones local. Los cinco tipos de prendas a los que se aplicarn estas sanciones son polos, camisas, pantalones y shorts, ropa interior y medias y similares.

Indecopi asegur que las prcticas dedumpingcausaron un severo dao a los productores nacionales de dicho producto, mayormente micro y pequeas empresas que generan de manera directa e indirecta alrededor de 215 mil puestos de trabajo.

Este efecto fue comprobado luego de una profunda y exhaustiva investigacin en la que todas las partes involucradas tuvieron oportunidades de expresar sus puntos de vista y presentar las pruebas correspondientes, report.

Como se recuerda, esta investigacin caus controversia entre gremios como laSociedad Nacional de Industrias(SNI), que apoya la medida, yCmex Per, que considera que las prcticas antidumping no promueven la competitividad de la industria local.

NORMATIVAINTERNACIONALDe acuerdo a la normas de la Organizacin Mundial de Comercio (OMC), el dumping es considerado una prctica desleal que implica exportar un producto a un precio inferior al valor normal que registra en su mercado de origen.

Para aplicar derechos antidumping, un pas debe probar que las empresas de un pas exportan sus productos con precios dumping y que, a causa de ello, los productores nacionales sufren un dao importante.

Segn Indecopi, durante la investigacin se comprob que los productores nacionales de prendas y complementos de vestir sufrieron un dao importante, segn lo establecido en el Acuerdo Antidumping de laOMC. Por ejemplo, entre 2009 y 2011, laRPNexperiment una contraccin de 18.7% en su participacin de mercado y sus inventarios crecieron en 32.2%.

Las inversiones se redujeron en 32% entre 2009 y 2011. Finalmente, si bien los salarios registraron un incremento acumulado de S/. 107 por trabajador entre 2009 y 2011, en ese mismo periodo la remuneracin mnima vital aument S/. 125, al pasar de S/.550 a S/.675.

Por otro lado, se observ que entre 2009 y 2011, las importaciones del producto chino crecieron de manera importante, pasando de 119 millones a 187 millones de prendas, con lo cual cubrieron el 80% del incremento de la demanda. Es decir, tales importaciones pasaron de representar el 66% del mercado interno en 2009 a 71%, en 2011.

En ese periodo, las importaciones de prendas y complementos de vestir de China ingresaron al mercado peruano a precios que se ubicaron entre 37% y 38% por debajo del precio de la rama productiva nacional.

EVITARANALZAConsiderando que las prendas y complementos de vestir son productos de consumo masivo en el pas, la Comisin fij los derechos antidumping en el nivel ms bajo posible para no afectar los flujos comerciales, pero que a la vez resulte suficiente para neutralizar el dao generado por las prcticas de dumping, coment Indecopi,

As, los derechos impuestos sobre las importaciones de polos, camisas, ropa interior y medias y similares fluctan en niveles de US$ 0.14 y US$. 1.00 por prenda; mientras que los derechos impuestos sobre las importaciones de pantalones y shorts equivalen a US$ 3.73 por prenda.

De la misma manera, los derechos han sido establecidos de forma tal que solamente queden afectas las prendas de vestir chinas que sean importadas a precios menores o iguales a US$ 6.73 (en el caso de las camisas), US$ 1.24 (medias y similares), US$ 15.98 (pantalones y shorts), US$ 4.33 (polos) y US$ 1.59 (ropa interior).

Considerando estos criterios, se garantiza que las medidas impuestas tendrn unimpacto mnimoen los precios finales a los consumidores, finaliz.