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onforANTIMANUAL DEL SISTEMA ECONÓMICO COMUNAL APORTES PARA LA GRAN MISIÓN SABER Y TRABAJO VENEZUELA 1

ANTIMANUAL DEL SISTEMA ECONÓMICO COMUNAL

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Page 1: ANTIMANUAL DEL SISTEMA ECONÓMICO COMUNAL

onforANTIMANUAL DEL SISTEMA ECONÓMICO COMUNAL

APORTES PARA LA GRAN MISIÓN SABER Y TRABAJO VENEZUELA

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Page 2: ANTIMANUAL DEL SISTEMA ECONÓMICO COMUNAL

CONTENIDO

1) EL SISTEMA DE ECONOMÍA COMUNAL

1.1 Modelo Productivo Socialista

1.2 El Sistema Económico Comunal

1.3 La Gran Misión Saber y Trabajo Venezuela

1.4 ¿Cómo se desarrollan las fuerzas productivas?

1.5 ¿Cuál es el objetivo de la Gran Misión Saber y Trabajo Venezuela?

2) PRINCIPIOS QUE RIGEN LAS ORGANIZACIONES SOCIOPRODUCTIVAS

EN EL SISTEMA ECONÓMICO COMUNAL

2.1 Los medios y factores de producción y la reinversión social como base material de las organizaciones socioproductivas

2.2 Nueva Cultura del Trabajo

2.3 Superación de la División Social del Trabajo

2.4 Vinculación con la instancia de agregación del Poder Popular

2.5 Planificación social de la producción

3) FORMAS QUE PUEDEN ASUMIR LAS ORGANIZACIONES SOCIO-

PRODUCTIVAS

3.1 Las Empresas de Propiedad Social

3.1.1 Empresa de Propiedad Social Directa Comunal

3.1.2 Empresas de Propiedad Social Indirecta Comunal

3.1.3 Unidad Productiva Familiar

3.1.4 Grupos de Intercambio Solidario

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Page 3: ANTIMANUAL DEL SISTEMA ECONÓMICO COMUNAL

3.2 Unidades Internas de las Organizaciones socioproductivas

3.2.1 Unidad de Administración

3.2.2 Unidad de Gestión Productiva

3.2.3 Unidad de Formación

3.2.4 Unidad de Contraloría

4) FUNCIONAMIENTO DE LAS ORGANIZACIONES SOCIOPRODUCTIVAS

4.1 Planificación Productiva de la Organización

¿Cuáles son los eslabones de la Cadena Productiva?

4.2 Desarrollo del Ciclo Productivo

4.3 Procesos para el desarrollo del ciclo productivo

4.3.1 Gestión productiva

Nuevas relaciones sociales de producción

4.3.2 Gestión administrativa

a) La cuenta

Asientos contables

Teoría del cargo y del abono

El cargo

El abono

El saldo

Libros de contabilidad

Ejemplo de registro en los libros contables

Libro diario

Libro mayor

b) Los estados financieros

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Page 4: ANTIMANUAL DEL SISTEMA ECONÓMICO COMUNAL

Balance general

El estado de resultados

El flujo de efectivo

c) Los fondos en las organizaciones socioproductivas

El uso de los Fondos en las Organizaciones Socioproductivas

Ingresos Brutos (Ingresos Totales)

Estado de resultados

Unidad de Administración

Unidad de Gestión Productiva

Unidad de Contraloría Social

d) Estructura de costos

Costos fijos

Costos variables

e) Guía para la presentación de la memoria y cuenta

5) PROCESO DE CONSTITUCIÓN Y REGISTRO DE LAS ORGANIZACIONES SOCIOPRODUCTIVAS

5.1 ¿Cómo crear nuestra Organización Socioproductiva?

5.2 ¿Cómo registrar nuestra organización socio productiva?

5.3 ¿Qué Requisitos necesitamos para registrar nuestra Organización Socioproductiva?

Pasos para el registro de Organizaciones Socioproductivas en el Sistema Económico Comunal

6) GLOSARIO DE TERMINOS Y DEFINICIONES

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Page 5: ANTIMANUAL DEL SISTEMA ECONÓMICO COMUNAL

1) EL SISTEMA DE ECONOMÍA COMUNAL

1.1 Modelo Productivo Socialista

A partir de la construcción del nuevo modelo productivo socialista avanzamos en

la conformación de la base material que crea las condiciones para la trasformación

de la sociedad actual en una mucho más justa y equitativa. Implica entonces el

desarrollo de un proceso de negación, transición y superación del estado de cosas

actuales, para ello, se necesita del constante esfuerzo productivo de cada

compatriota organizado para la producción, configurando así una fuerza social

creadora que es impulsada por todo nuestro pueblo en su conjunto.

Con el proceso de socialización de la producción que provoca el desarrollo del

Modelo Productivo Socialista se libera el trabajo de las modalidades y límites

impuestos por el régimen del capitalismo, y se transforma en trabajo emancipado,

en fuerza social creadora, que es fuerza productiva en la medida que se organiza

en Brigadas Socialistas de Trabajo y se orienta entonces hacia la satisfacción

de las necesidades colectivas y no hacia la apropiación individual, se distribuyen

socialmente los excedentes y se practica un modelo de gestión socialista que

supera la subordinación esclavizante de los individuos a la división del trabajo, y

con ella, la oposición entre el trabajo intelectual y el trabajo manual, y al mismo

tiempo, la separación entre las y los productores directos y los medios y factores

de producción.

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El Proyecto Nacional Simón Bolívar Primer Plan Socialista de la Nación

2007-2013, también define el Modelo Productivo Socialista en los

siguientes términos: “Con el fin de lograr trabajo con significado, se buscará

la eliminación de la división social, de la estructura jerárquica y de la

disyuntiva entre la satisfacción de las necesidades humanas y la producción

de riqueza subordinada a la reproducción del capital.”

El Proyecto Nacional Simón Bolívar Primer Plan Socialista de la Nación

2007-2013, también define el Modelo Productivo Socialista en los

siguientes términos: “Con el fin de lograr trabajo con significado, se buscará

la eliminación de la división social, de la estructura jerárquica y de la

disyuntiva entre la satisfacción de las necesidades humanas y la producción

de riqueza subordinada a la reproducción del capital.”

El Proyecto Nacional Simón Bolívar Primer Plan Socialista de la

Nación 2007-2013, nos señala que el modelo productivo socialista:

“responderá primordialmente a las necesidades humanas y estará

menos subordinado a la reproducción del capital.”

El Proyecto Nacional Simón Bolívar Primer Plan Socialista de la

Nación 2007-2013, nos señala que el modelo productivo socialista:

“responderá primordialmente a las necesidades humanas y estará

menos subordinado a la reproducción del capital.”

Page 6: ANTIMANUAL DEL SISTEMA ECONÓMICO COMUNAL

Organizados en Empresas de Propiedad Social Comunal, desde cada instancia de

ejercicio del Poder Popular, los productores directos asociados y organizados en

este nuevo tipo de Organizaciones Socioproductivas contribuyen en la

construcción del Socialismo, como creación popular, de las masas, de la nación,

en palabras del gran intelectual orgánico latinoamericano, José Carlos

Mariategui, en sus escritos sobre Ideología y Política:

Al compartir la misma realidad y al tener intereses, motivaciones e inclinaciones

comunes, el pueblo organizado puede ejercer el poder colectivamente. Dejando de

ser una cosa irreal, el control político y económico por parte del pueblo se

desarrolla de acuerdo con un marco legal que lo posibilita, promueve y garantiza

para la

construcción del Socialismo.

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“No queremos, ciertamente, que el socialismo sea en América ni

calco ni copia. Debe ser creación heroica. Tenemos que dar vida, con

nuestra propia realidad, en nuestro propio lenguaje al socialismo

indoamericano.”

“No queremos, ciertamente, que el socialismo sea en América ni

calco ni copia. Debe ser creación heroica. Tenemos que dar vida, con

nuestra propia realidad, en nuestro propio lenguaje al socialismo

indoamericano.”

En su artículo 9 la Ley Orgánica del Poder Popular nos dice: “Las

organizaciones del Poder Popular son las diversas formas del

pueblo organizado, constituidas desde la localidad o de sus

referentes cotidianos por iniciativa popular, que integran a

ciudadanos y ciudadanas con objetivos e intereses comunes, en

función de superar dificultades y promover el bienestar colectivo”.

En su artículo 9 la Ley Orgánica del Poder Popular nos dice: “Las

organizaciones del Poder Popular son las diversas formas del

pueblo organizado, constituidas desde la localidad o de sus

referentes cotidianos por iniciativa popular, que integran a

ciudadanos y ciudadanas con objetivos e intereses comunes, en

función de superar dificultades y promover el bienestar colectivo”.

Page 7: ANTIMANUAL DEL SISTEMA ECONÓMICO COMUNAL

1.2 El Sistema Económico Comunal

La Ley Orgánica del Sistema Económico Comunal (LOSEC) se aprueba en

conjunto con las leyes del Poder Popular, el 14 de diciembre de 2010, dando inicio

formal al proceso de impulso y promoción del nuevo modelo productivo socialista

basado en la participación y el protagonismo popular.

Al hablar de sistema económico comunal no hacemos referencia a la economía de

lo pequeño o de la subsistencia, si bien tiene una base territorial que está

determinada por la relación política y social que se establece con la comunidad y

su respectiva instancia del Poder Popular, sea ésta la del Consejo Comunal, la

Comuna en Construcción, u otra, no se trata exactamente de una economía

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La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en su artículo

70, ya nos abría la posibilidad para el impulso de un modelo económico

alternativo y además construido desde nuestras comunidades cuando nos

plantea: “Son medios de participación y protagonismo del pueblo en

ejercicio de su soberanía, en lo político: la elección de cargos públicos, el

referendo, la consulta popular, la revocación del mandato, la iniciativas

legislativas, constitucional y constituyente, el cabildo abierto y las

asambleas de ciudadanos y ciudadanas cuyas decisiones serán de

carácter vinculante, entre otros; y en lo social y económico: las instancias

de atención ciudadana, la autogestión, la cogestión, las cooperativas en

todas sus formas incluyendo las de carácter financiero, las cajas de ahorro,

la empresa comunitaria y demás formas asociativas guiadas por los

valores de la mutua cooperación y la solidaridad.”

La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en su artículo

70, ya nos abría la posibilidad para el impulso de un modelo económico

alternativo y además construido desde nuestras comunidades cuando nos

plantea: “Son medios de participación y protagonismo del pueblo en

ejercicio de su soberanía, en lo político: la elección de cargos públicos, el

referendo, la consulta popular, la revocación del mandato, la iniciativas

legislativas, constitucional y constituyente, el cabildo abierto y las

asambleas de ciudadanos y ciudadanas cuyas decisiones serán de

carácter vinculante, entre otros; y en lo social y económico: las instancias

de atención ciudadana, la autogestión, la cogestión, las cooperativas en

todas sus formas incluyendo las de carácter financiero, las cajas de ahorro,

la empresa comunitaria y demás formas asociativas guiadas por los

valores de la mutua cooperación y la solidaridad.”

Page 8: ANTIMANUAL DEL SISTEMA ECONÓMICO COMUNAL

limitada a las dimensiones geográficas de la comunidad y mucho menos a una

escala de producción local.

Se trata más bien de la economía política de la comuna, que implica un modelo de

desarrollo que combina la fuerza productiva de nuestro pueblo y el Poder

Popular de nuestras comunidades constituyendo así organizaciones socio-

productivas que practican un modelo de gestión socialista, y que cuando se

articulan estas forman un gran sistema unificado nacional de encadenamiento e

intercambio productivo entre Productores y Productoras organizados en las

unidades básicas de éste nuevo modelo productivo socialista que no son otras

sino las organizaciones socioproductivas.

El poder público a través del Ministerio del Poder Popular para las Comunas y

Protección Social es el responsable como órgano rector y coordinador del Sistema

Económico Comunal de velar porque la conformación y funcionamiento del

Sistema

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En el artículo 2 de la Ley Orgánica del Sistema Económico Comunal

se define el Sistema Económico Comunal como: “Es el conjunto de

relaciones sociales de producción, distribución, intercambio y

consumo de bienes y servicios, así como de saberes y

conocimientos desarrolladas por las instancias del poder popular,

el poder público o por acuerdo entre ambos, a través de

organizaciones socio-productivas bajo formas de Propiedad Social

Comunal.”

En el artículo 2 de la Ley Orgánica del Sistema Económico Comunal

se define el Sistema Económico Comunal como: “Es el conjunto de

relaciones sociales de producción, distribución, intercambio y

consumo de bienes y servicios, así como de saberes y

conocimientos desarrolladas por las instancias del poder popular,

el poder público o por acuerdo entre ambos, a través de

organizaciones socio-productivas bajo formas de Propiedad Social

Comunal.”

El artículo 23 de la Ley Orgánica del Poder Popular dice: “Los

órganos, entes e instancias del Poder Público promoverán,

apoyarán y acompañarán las iniciativas populares para la

constitución, desarrollo y consolidación de las diversas formas

organizativas y de autogobierno del pueblo”.

El artículo 23 de la Ley Orgánica del Poder Popular dice: “Los

órganos, entes e instancias del Poder Público promoverán,

apoyarán y acompañarán las iniciativas populares para la

constitución, desarrollo y consolidación de las diversas formas

organizativas y de autogobierno del pueblo”.

Page 9: ANTIMANUAL DEL SISTEMA ECONÓMICO COMUNAL

Económico Comunal se convierta en la base del nuevo modelo productivo

socialista, por lo que diseñara políticas públicas en función de la promoción,

formación, acompañamiento integral y financiamiento de los proyectos socio-

productivos, originados en el seno de las comunidades, comunas o constituidas

por entes del Poder Público.

En síntesis el Sistema Económico Comunal propone una economía alternativa al

modelo capitalista explotador y excluyente, que supera el rentismo petrolero, lo

que implica en un primer nivel una nueva relación social de producción que

involucra y articula a la fuerza productiva de nuestro pueblo, el Poder Popular, y

el poder público nacional en cada Organización Socioproductiva que se constituya

bajo la forma de Propiedad Social comunal, y en un segundo nivel supone el

encadenamiento productivo entre todas y cada una de las organizaciones socio-

productivas, dando origen así, a un gran sistema unificado nacional donde cada

compatriota contribuye al modelo productivo socialista y, en esa medida y al

mismo tiempo, al desarrollo endógeno comunal y al desarrollo de la nación.

El autogobierno comunal se ejerce a partir del control autónomo de las decisiones

por parte del pueblo de acuerdo con instancias como el Parlamento Comunal.

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Page 10: ANTIMANUAL DEL SISTEMA ECONÓMICO COMUNAL

El

Poder Popular da cuenta del sentido de progresividad de los derechos

contemplados en la Constitución de la República. Se trata del sentido de

corresponsabilidad entre el Poder Público y las diversas instancias del Poder

Popular en el ejercicio de la planificación y ejecución de los proyectos

socioproductivos que se originen por iniciativa popular, así como también, la

descentralización entre las entidades político-territoriales y hacia las

organizaciones de base del Poder Popular. El establecimiento de los lineamientos

de esta descentralización corresponde al Consejo Federal de Gobierno, cuya Ley

Orgánica y respectivo Reglamento forman parte también del conjunto de las Leyes

del Poder Popular.

La

garantía de la concreción de las políticas públicas se hace factible de un modo

más transparente y eficiente toda vez que es el propio pueblo el partícipe de las

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En el artículo 2 de la Ley Orgánica de Contraloría Social encontramos: “La

contraloría social, sobre la base del principio constitucional de la

corresponsabilidad, es una función compartida entre las instancias del Poder

Público y los ciudadanos, ciudadanas y las organizaciones del Poder Popular, para

garantizar que la inversión pública se realice de manera transparente y eficiente

en beneficio de los intereses de la sociedad, y que las actividades del sector

privado no afecten los intereses colectivos o sociales”.

En el artículo 2 de la Ley Orgánica de Contraloría Social encontramos: “La

contraloría social, sobre la base del principio constitucional de la

corresponsabilidad, es una función compartida entre las instancias del Poder

Público y los ciudadanos, ciudadanas y las organizaciones del Poder Popular, para

garantizar que la inversión pública se realice de manera transparente y eficiente

en beneficio de los intereses de la sociedad, y que las actividades del sector

privado no afecten los intereses colectivos o sociales”.

En el artículo 21 de la Ley Orgánica de las Comunas se lee: “El Parlamento

Comunal es la máxima instancia del autogobierno en la Comuna; y sus

decisiones se expresan mediante la aprobación de normativas para la regulación

de la vida social y comunitaria, coadyuvar con el orden público, la convivencia, la

primacía del interés colectivo sobre el interés particular y la defensa de los

derechos humanos, así como en actos de gobierno sobre los aspectos de

planificación, coordinación y ejecución de planes y proyectos en el ámbito de la

Comuna”.

En el artículo 21 de la Ley Orgánica de las Comunas se lee: “El Parlamento

Comunal es la máxima instancia del autogobierno en la Comuna; y sus

decisiones se expresan mediante la aprobación de normativas para la regulación

de la vida social y comunitaria, coadyuvar con el orden público, la convivencia, la

primacía del interés colectivo sobre el interés particular y la defensa de los

derechos humanos, así como en actos de gobierno sobre los aspectos de

planificación, coordinación y ejecución de planes y proyectos en el ámbito de la

Comuna”.

Page 11: ANTIMANUAL DEL SISTEMA ECONÓMICO COMUNAL

distintas fases de dichas políticas. Los beneficiarios son también los garantes de

que las políticas económicas se ejecuten de acuerdo a lo planificado y según la

modalidad acordada en colectivo y de acuerdo con las Leyes.

1.3 La Gran Misión Saber y Trabajo Venezuela

El trabajo es una actividad orientada a un fin, el de la producción de bienes y

servicios, destinados a la satisfacción de las necesidades humanas. Es una

condición general para la supervivencia humana la de proveer los elementos

materiales necesarios para garantizar la existencia de la especie a partir de los

productos del trabajo como por ejemplo: alimentos, vestido, vivienda, transporte,

herramientas, etc.

En el sistema capitalista el trabajo se constituye en una relación de explotación,

porque el uso de la fuerza de trabajo como capacidad de cada trabajador se vende

como mercancía en el llamado mercado de trabajo. Su comprador la consume

como a todas las demás mercancías haciendo trabajar al vendedor, de esta forma

se apropia de los excedentes de la producción, pues es dueño de los medios y

factores de producción y a cambio paga un salario al vendedor de la fuerza de

trabajo, el trabajador, éste lo recibe pero en la mayor de las veces no permite si

quiera garantizar la condiciones mínimas de la existencia.

El socialismo propone liberar el trabajo de la relación de subordinación que le

impone el capitalismo, liberar a las fuerzas productivas de la relación de

dominación mercantil y de explotación que le impone el régimen del capitalismo.

Se trata entonces de un cambio del modo de producción que garantice la

supervivencia de la humanidad en peligro por el desarrollo del capitalismo.

Ahora bien, el socialismo no cae del cielo, se hace necesario entonces el

desarrollo de las fuerzas productivas, de la capacidad creadora de nuestro pueblo,

del trabajo productivo en general para las satisfacción de la necesidades.

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Decía Carlos Marx: “A cada quien según sus

necesidades, de cada quien según sus capacidades”

Decía Carlos Marx: “A cada quien según sus

necesidades, de cada quien según sus capacidades”

Page 12: ANTIMANUAL DEL SISTEMA ECONÓMICO COMUNAL

1.4 ¿Cómo se desarrollan las fuerzas productivas?

A través de la innovación tecnológica, el trabajo productivo, la capacitación

técnico-productiva y político-ideológica necesaria para el pleno desarrollo de los

productores y productoras dentro de las Organizaciones Socioproductivas. Este

proceso se orienta a partir del Sistema Económico Comunal en el marco del Plan

Comunal de Desarrollo y el Plan de Desarrollo Económico y Social de la Nación.

La Gran Misión Saber y Trabajo Venezuela no es un plan de empleo, es decir, no

es una política del Estado para garantizarle la mano de obra que necesitan los

capitalistas para la acumulación de riqueza individual. Tampoco pretende crear

empleos burocráticos en actividades propias del sector público. Al contrario, para

la incorporación de nuestros compañeros desempleados al aparato productivo,

supone creación de nuevas Organizaciones Socioproductivas generadoras de

trabajo productivo a partir de las potencialidades propias de las comunidades

organizadas. En este sentido, el Sistema Económico Comunal es la fuerza que le

da vida social a la Gran Misión Saber y Trabajo Venezuela y a la consolidación del

nuevo modelo productivo socialista.

1.5 ¿Cuál es el objetivo de la Gran Misión Saber y Trabajo Venezuela?

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El Proyecto Nacional Simón Bolívar Primer Plan Socialista de la Nación

2007-2013, en su segunda directriz sobre la Suprema Felicidad Social,

también plantea en otro de sus objetivos: “fortalecer las capacidades

básicas para el trabajo productivo.”

El Proyecto Nacional Simón Bolívar Primer Plan Socialista de la Nación

2007-2013, en su segunda directriz sobre la Suprema Felicidad Social,

también plantea en otro de sus objetivos: “fortalecer las capacidades

básicas para el trabajo productivo.”

Page 13: ANTIMANUAL DEL SISTEMA ECONÓMICO COMUNAL

Generar las bases de desarrollo de un sistema de trabajo productivo para la

transición al socialismo. El sistema debe contrastar la lógica del trabajo a la del

rentismo del capital en el marco del plan de desarrollo, atendiendo los siguientes

temas:

Crear un sistema de registro de necesidades e inserción de las fuerzas

productivas.

Fomentar un nuevo paradigma cultural y organizativo, así como su

correlato legal.

Relacionar con el modelo de formación técnica profesional.

Formular las políticas de estímulo a injertos así como de empleo de las

capacidades instaladas ociosas, y nuevos proyectos del Estado,

comunales, mixtos y de pequeñas y medianas empresas privadas.

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Page 14: ANTIMANUAL DEL SISTEMA ECONÓMICO COMUNAL

ESQUEMA DEL SISTEMA ECONÓMICO COMUNAL

Nueva Relación Social de Producción

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Page 15: ANTIMANUAL DEL SISTEMA ECONÓMICO COMUNAL

2) PRINCIPIOS QUE RIGEN LAS ORGANIZACIONES SOCIOPRODUCTIVAS

EN EL SISTEMA ECONÓMICO COMUNAL

2.1 Los medios y factores de producción y la reinversión social como base

material de las organizaciones socioproductivas

Es la Propiedad Social sobre los medios y factores de producción y la

reinversión social del excedente, que se evidencia cuando en nuestras

comunidades poseemos, gestionamos y administramos medios y factores

necesarios para la actividad productiva, para el desarrollo de la nación, el sustento

de nuestra familia y de nuestra comunidad.

Esta nueva relación social implica que nuestro pueblo en ejercicio del Poder

Popular se organiza en productores y productoras libres asociados en función

de una actividad en la cual se combinan el trabajo humano con los medios y

factores de la producción para su transformación en bienes y servicios

necesarios para la satisfacción de las necesidades colectivas, ejerciendo por tanto

la propiedad sobre la tierra, infraestructura, maquinaria, equipos, tecnología y

recursos financieros. En la sociedad capitalista todos estos elementos son de

propiedad privada, y la única participación de los sectores mayoritarios de la

sociedad es como asalariados, mientras que los capitalistas se apropian

individualmente de los excedentes que deja el proceso de producción.

15

El Proyecto Nacional Simón Bolívar Primer Plan Socialista de la Nación

2007-2013, en su segunda directriz sobre la Suprema Felicidad Social,

plantea como uno de sus objetivos: “Transformar las relaciones

sociales de producción sustituyéndolas por relaciones socialistas

basadas en la propiedad social.”

El Proyecto Nacional Simón Bolívar Primer Plan Socialista de la Nación

2007-2013, en su segunda directriz sobre la Suprema Felicidad Social,

plantea como uno de sus objetivos: “Transformar las relaciones

sociales de producción sustituyéndolas por relaciones socialistas

basadas en la propiedad social.”

Page 16: ANTIMANUAL DEL SISTEMA ECONÓMICO COMUNAL

En Socialismo la propiedad sobre los medios y factores de producción está en

manos de todo el pueblo, expresado en las comunidades quienes comparten una

historia, necesidades, potencialidades productivas y vocación socio-productiva. La

Propiedad Social se administra a través de estructuras democráticas, colectivas y

vinculantes, las cuales son fiel expresión de la voluntad colectiva.

La forma política de la Comuna, como instancia de agregación, abre la posibilidad

de concretar el ejercicio del poder por parte del pueblo al articular de consejos

comunales y organizaciones sociales, las cuales a través de un proceso de

planificación comunal, estarán en capacidad de organizar a los miembros de la

comuna, a fin de dar respuestas oportunas a sus necesidades.

Progresivamente la autonomía política y económica del pueblo se va

constituyendo a partir del autogobierno y la propiedad social posibilitados por

las Leyes del Poder Popular en los que se señala entre los ámbitos del Poder

16

En el artículo 6 de la Ley Orgánica de las Comunas se lee que la

Comuna: “Tiene como propósito fundamental la edificación del

estado comunal, mediante la promoción, impulso y desarrollo de

la participación protagónica y corresponsable de los ciudadanos y

ciudadanas en la gestión de las políticas públicas, en la

conformación y ejercicio del autogobierno por parte de las

comunidades organizadas (…) así como la construcción de un

sistema de producción, distribución, intercambio y consumo de

propiedad social, y la disposición de medios alternativos de

justicia para la convivencia y la paz comunal, como tránsito hacia

la sociedad socialista, democrática, de equidad y justicia social”.

En el artículo 6 de la Ley Orgánica de las Comunas se lee que la

Comuna: “Tiene como propósito fundamental la edificación del

estado comunal, mediante la promoción, impulso y desarrollo de

la participación protagónica y corresponsable de los ciudadanos y

ciudadanas en la gestión de las políticas públicas, en la

conformación y ejercicio del autogobierno por parte de las

comunidades organizadas (…) así como la construcción de un

sistema de producción, distribución, intercambio y consumo de

propiedad social, y la disposición de medios alternativos de

justicia para la convivencia y la paz comunal, como tránsito hacia

la sociedad socialista, democrática, de equidad y justicia social”.

Page 17: ANTIMANUAL DEL SISTEMA ECONÓMICO COMUNAL

Popular: la Planificación de las Políticas Públicas, la Economía Comunal y la

Contraloría Social.

2.2 Nueva Cultura del Trabajo

La Gran Misión saber y trabajo Venezuela nos plantea el reto de crear una nueva

cultura del trabajo cuyo eje fundamental consiste en crear en cada uno de

nosotros la conciencia del deber social y la necesidad del socialismo, la cual no

está reñida con la productividad y eficiencia en el rendimiento del trabajo. La

experiencia de cada trabajador y trabajadora en las nuevas relaciones de

producción originará progresivamente esta conciencia cambiada.

17

En el artículo 4 de la Ley Orgánica de Contraloría Social

encontramos: “Las disposiciones de la presente Ley son aplicables

a todos los niveles e instancias político-territoriales de la

Administración Pública, a las instancias y organizaciones del

Poder Popular y a las organizaciones y personas del sector

privado que realicen actividades con incidencia en los intereses

generales o colectivos”.

En el artículo 4 de la Ley Orgánica de Contraloría Social

encontramos: “Las disposiciones de la presente Ley son aplicables

a todos los niveles e instancias político-territoriales de la

Administración Pública, a las instancias y organizaciones del

Poder Popular y a las organizaciones y personas del sector

privado que realicen actividades con incidencia en los intereses

generales o colectivos”.

Page 18: ANTIMANUAL DEL SISTEMA ECONÓMICO COMUNAL

2.3 Superación de la División Social del Trabajo

La superación de la división social y jerarquización piramidal del trabajo se ve

materializada en el Nuevo Modelo Productivo Socialista al reconocer el carácter

vinculante de todos y cada uno de las y los productores involucrados en la

Organización Socioproductiva. En estas nuevas organizaciones todos los

miembros deben participar en la toma de decisiones, independientemente de la

actividad específica que desempeñen. Por ejemplo, en una Empresa de Propiedad

Social Directa Comunal de producción de Bloques, participan en la toma de

decisiones desde quien administra hasta quien fabrica los bloques. Todos los

oficios se vinculan para la toma de decisiones y la gestión de la Organización

Socioproductiva, democratizando los espacios y permitiendo que la gestión sea

cada vez más transparente y participativa.

Un ejercicio que deben aplicar de forma periódica los Productores y Productoras

de una Organización Socio-productiva es la rotación organizada de las funciones

que cada uno cumple dentro de su puesto de trabajo, así todos conocerán las

diferentes actividades que dan vida y forma a la Organización Socio-productiva.

2.4 Vinculación con la instancia de agregación del Poder Popular

Las Organizaciones Socioproductivas se crean por iniciativa de los productores y

productoras en estrecha vinculación con las Instancias del Poder Popular, ya sea

18

Decía Federico Engels: “El régimen de la división social del

trabajo tiene que desaparecer. La sociedad organizada sobre

bases comunistas dará a sus integrantes ocasión para emplear

todas sus aptitudes desarrolladas”.

Decía Federico Engels: “El régimen de la división social del

trabajo tiene que desaparecer. La sociedad organizada sobre

bases comunistas dará a sus integrantes ocasión para emplear

todas sus aptitudes desarrolladas”.

Page 19: ANTIMANUAL DEL SISTEMA ECONÓMICO COMUNAL

el Consejo Comunal, la Comuna en Construcción u otro. Este vinculo permite la unión

indisoluble entre los productores, las productoras y su comunidad, todo esto con el objeto

de realizar las actividades que resulten en beneficio de las comunidades para alcanzar el

buen vivir, reinvertir socialmente los excedentes derivados de sus actividades productivas

en el desarrollo integral de sus comunidades, además de contribuir al desarrollo social de

nuestro país, impulsando el Sistema Económico Comunal.

2.5 Planificación social de la producción

En el marco del Sistema Económico Comunal las Organizaciones

Socioproductivas están obligadas a diseñar y ejecutar planes, programas y

proyectos socio-productivos en coordinación con los Comités de Economía

Comunal de los Consejos Comunales y los Consejos de Economía Comunal

de las Comunas en construcción, los cuales se constituyen en las instancias

fundamentales de la planificación participativa, que a través de sus propuestas

construyen el Plan de Desarrollo Comunal, y al mismo tiempo nutren el sistema

nacional de planificación en concordancia con lo establecido en el Plan de

Desarrollo Económico y Social de la Nación.

La Planificación Social de la Producción permite que toda la comunidad conozca la

actividad productiva que desarrollan las Organizaciones Socioproductivas, de

acuerdo a esto, se conocen cada una de las etapas del proceso de producción no

solo en su planeamiento sino también en su ejecución. Esto permite que

productores, productoras, y Asamblea de Ciudadanos y Ciudadanas interactúen

en el diseño, formulación, ejecución, evaluación y control de la producción y la

actividad económica en general de la comunidad de tal forma que las decisiones

no son tomadas por una minoría sino por el colectivo.

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Page 20: ANTIMANUAL DEL SISTEMA ECONÓMICO COMUNAL

3) FORMAS QUE PUEDEN ASUMIR LAS ORGANIZACIONES

SOCIOPRODUCTIVAS

3.1 Las Empresas de Propiedad Social

El artículo 20 de la Ley del Sistema Económico Comunal establece los siguientes

derechos de las organizaciones socio-productivas:

Formación y capacitación integral para el trabajo productivo y técnico, en la

formulación, desarrollo y financiamiento de proyectos socio-productivos

sustentables por parte de los órganos y entes del Poder Público con

competencia en la materia.

Acompañamiento integral mediante el otorgamiento de recursos financieros

y no financieros, retornables y no retornables, por parte de los órganos y

entes del Poder Público.

La transferencia de servicios, actividades y recursos en el área de

operaciones, de acuerdo con lo establecido en el artículo 184 y 185 de la

constitución de la República, en concordancia con la decisiones del

Consejo Federal de Gobierno.

20

La Ley Orgánica de Planificación Pública y Popular en su artículo 40 define

al Plan Comunal de Desarrollo como: “…el instrumento de gobierno que

permite a las comunas, establecer proyectos, objetivos, metas, acciones y

recursos dirigidos a darle concreción a los lineamientos plasmados en el

Plan de Desarrollo Económico y Social de la Nación, a través de la

intervención planificada y coordinada de las comunidades y sus

organizaciones, promoviendo el ejercicio directo del poder, de

conformidad con la ley, para la construcción del estado comunal.”

La Ley Orgánica de Planificación Pública y Popular en su artículo 40 define

al Plan Comunal de Desarrollo como: “…el instrumento de gobierno que

permite a las comunas, establecer proyectos, objetivos, metas, acciones y

recursos dirigidos a darle concreción a los lineamientos plasmados en el

Plan de Desarrollo Económico y Social de la Nación, a través de la

intervención planificada y coordinada de las comunidades y sus

organizaciones, promoviendo el ejercicio directo del poder, de

conformidad con la ley, para la construcción del estado comunal.”

Page 21: ANTIMANUAL DEL SISTEMA ECONÓMICO COMUNAL

En el Sistema Económico Comunal se agota el concepto de Empresas de

Producción Social y avanzamos en la construcción de las Empresas de

Propiedad Social, que tienen un carácter más estratégico para la revolución,

pues contribuyen en la construcción del nuevo modelo productivo socialista a

través de la participación y protagonismo de las comunidades organizadas.

Así mismo, por el carácter social de la propiedad se diferencian de otro tipo de

asociaciones para la producción, como las cooperativas, donde la propiedad

21

Claro, la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela dice en el artículo 184 lo siguiente: “La Ley creara mecanismos abiertos y flexibles para que los Estados y Municipios descentralicen y transfieran a las comunidades y grupos vecinales organizados los servicios que éstos gestionen previa demostración de su capacidad para prestarlos…”

Claro, la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela dice en el artículo 184 lo siguiente: “La Ley creara mecanismos abiertos y flexibles para que los Estados y Municipios descentralicen y transfieran a las comunidades y grupos vecinales organizados los servicios que éstos gestionen previa demostración de su capacidad para prestarlos…”

También, la Ley Orgánica del Consejo Federal de Gobierno, en el artículo 7 dice: “La transferencia de competencias es la vía para lograr el fortalecimiento de las organizaciones de base del Poder Popular y el desarrollo armónico de los Distritos Motores de Desarrollo y regiones del país, en el marco del Plan de Desarrollo Económico y Social de la Nación.”

También, la Ley Orgánica del Consejo Federal de Gobierno, en el artículo 7 dice: “La transferencia de competencias es la vía para lograr el fortalecimiento de las organizaciones de base del Poder Popular y el desarrollo armónico de los Distritos Motores de Desarrollo y regiones del país, en el marco del Plan de Desarrollo Económico y Social de la Nación.”

Page 22: ANTIMANUAL DEL SISTEMA ECONÓMICO COMUNAL

sobre medios y factores de producción es colectiva, pero ejercida y por tanto

dirigida al beneficio de un grupo determinado de personas y no de la comunidad y

el colectivo nacional. En el Sistema Económico Comunal, la propiedad tiene un

carácter social, y por tanto está dirigida al beneficio de la comunidad, quien la

ejerce conjuntamente en una relación de articulación entre los Productores y

Productoras con la Asamblea de Ciudadanos y Ciudadanas o el Parlamento

Comunal como expresión de las comunidades organizadas en ejercicio de su

soberanía y el Poder Popular. La propiedad social tiene un ámbito o domicilio,

pero esto no implica en sí mismo una limitación geográfica de sus actividades

económicas. Este ámbito lo determina el territorio de la Instancia del poder

popular a que corresponda, bajo la lógica de la nueva geometría del poder.

Un punto de vital importancia para el desarrollo del Sistema Económico Comunal

es identificar que las Empresas de Propiedad Social son en su concepción

espacios para superar las viejas prácticas propias del modelo capitalista, por tanto,

son incompatibles con la desregulación laboral, la tercerización de la clase

trabajadora, el lucro individual, la jerarquización del trabajo, la división entre

trabajo manual y trabajo intelectual, el afán por acumular riqueza, la especulación

de precios, la usura, el acaparamiento, el burocratismo y la corrupción. Al

contrario, como expresión de la conciencia del deber social y como compromiso

de su servicio en favor del pueblo, los productores y productoras realizan

trabajo comunitario y participan en acciones de trabajo voluntario, contribuyendo al

desarrollo socialista comunal, de manera organizada, coordinada y colectiva. Esta

conciencia nacerá de la relación dialógica con el otro y de la propia convicción

producto de la experiencia del trabajo bajo las nuevas relaciones de producción.

Los productores y productoras reciben formación permanente y capacitación

técnico-productiva y político-ideológica necesaria para su pleno desarrollo dentro

de la organización y del sistema económico comunal.

Las Empresas de Propiedad Social se constituyen a partir de la creación de

proyectos socio-productivos, que son el resultado de procesos de planificación

participativa vinculados al Plan de Desarrollo Comunal y al Plan de Desarrollo

22

Page 23: ANTIMANUAL DEL SISTEMA ECONÓMICO COMUNAL

Económico y Social de la Nación. Los proyectos socio-productivos deben

explicar el ciclo productivo comunal y su relación con otras unidades de

producción a fin de crear redes socio-productivas, así como también, deben

considerar nuevas relaciones sociales para la producción, el intercambio, la

distribución y la comercialización de diversos productos y servicios.

La Asamblea de Productores y Productoras es la máxima instancia de dirección

y organización de las Empresas de Propiedad Social como manifestación de la

democracia directa y protagónica dentro de cada Organización Socioproductiva.

Sin embargo deben trabajar de forma coordinada con la Asamblea de

Ciudadanos y Ciudadanas o Parlamento Comunal.

Las organizaciones socio-productivas se pueden constituir por iniciativa de las

instancias del Poder Popular, el Poder Público, o por acuerdo entre ambos. Por

tanto pueden asumir alguna de las siguientes cuatro formas de organización socio-

productiva:

3.1.1 Empresa de Propiedad Social Directa Comunal

En estas formas de organización socio-productiva la propiedad es ejercida

directamente por la comunidad como expresión del poder y control popular sobre

la producción. En este sentido, la iniciativa para la creación de la organización

socio-productiva corresponde a los Productores y Productoras interesados en

23

La Ley Orgánica del Sistema Económico Comunal en el artículo 10 dice que la EPSDC es una: Unidad socio-productiva constituida por las instancias de Poder Popular en sus respectivos ámbitos geográficos, destinada al beneficio de los productores y productoras que la integran, de la colectividad a las que corresponden y al desarrollo social integral del país, a través de la reinversión social de sus excedentes. La gestión y administración de las empresas de propiedad social comunal directa es ejercida por la instancia del Poder Popular que la constituya.

La Ley Orgánica del Sistema Económico Comunal en el artículo 10 dice que la EPSDC es una: Unidad socio-productiva constituida por las instancias de Poder Popular en sus respectivos ámbitos geográficos, destinada al beneficio de los productores y productoras que la integran, de la colectividad a las que corresponden y al desarrollo social integral del país, a través de la reinversión social de sus excedentes. La gestión y administración de las empresas de propiedad social comunal directa es ejercida por la instancia del Poder Popular que la constituya.

Page 24: ANTIMANUAL DEL SISTEMA ECONÓMICO COMUNAL

adelantar una actividad económica en el marco del Plan de Desarrollo Comunal

y correspondencia con las instancias del Poder Popular quienes deben

decisiones sobre la vida de la empresa, las cuales se inician con las preguntas

básicas sobre qué, cómo y para quienes producir, así como otras más complejas

como la propia creación de la empresa, gestión, operaciones, administración,

entre otras, son decisiones asumidas en colectivo a través de la Asamblea de

Productores y Productoras en estricta coordinación y consulta con la Asamblea

de Ciudadanos y Ciudadanas de la respectiva instancia del Poder Popular.

La Asamblea de Productores y Productoras tiene las siguientes funciones:

Proponer el Acta Constitutiva y Estatutos de la Organización Socioproductiva, así

como el proyecto socio-productivo para su aprobación y consideración

respectivamente en la Asamblea de Ciudadanos y Ciudadanas de la instancia

del Poder Popular a que corresponda, proponer los ingresos de los nuevos

Productores y Productoras, así como solicitar la pérdida de condición de

integrantes de esta organización socio-productiva a la consideración de la

Asamblea de Ciudadanos y Ciudadanas, proponer personas para su

designación como integrantes de las Unidades Internas de la Organización

Socioproductiva a la consideración de la Asamblea de Ciudadanos y

Ciudadanas, así como solicitar su remoción cuando lo estimen conveniente y

oportuno.

3.1.2 Empresas de Propiedad Social Indirecta Comunal

24

Page 25: ANTIMANUAL DEL SISTEMA ECONÓMICO COMUNAL

En esta forma de Organización Socioproductiva la propiedad es ejercida por el

Estado a nombre de la comunidad, es decir, es una forma de propiedad indirecta,

pues el Poder Público transfiere a la comunidad los medios y factores de

producción pero se reserva el dominio y propiedad por su carácter estratégico. En

este sentido, la iniciativa para la creación de la Organización Socioproductiva

corresponde al Poder Público en el ámbito territorial de la instancia del Poder

Popular a que corresponda. Estas Organizaciones Socioproductivas pueden

lograr progresivamente su transformación en Empresas de Propiedad Social

Directa Comunal a través de la demostración de sus capacidades para la

administración y gestión de la actividad económica. Es por esta razón que el

Poder Público al momento de constitución designa a dos de sus representantes

ante la Unidad de Administración.

La constitución de la Empresa de Propiedad Social Indirecta Comunal deviene de la

facultad otorgada al ente u órgano publico, en cualquiera de sus formas o niveles. A los

efectos de su creación, el ente u órgano público deberá:

Vincularse con la Instancia de Agregación del Poder Popular

correspondiente de la comunidad, a los fines de evaluar la factibilidad del

proyecto.

25

La Ley Orgánica del Sistema Económico Comunal en el artículo 10 dice que la Empresa de Propiedad Social Indirecta Comunal es una: Unidad socio-productiva constituida por el Poder Público en el ámbito territorial de una instancia del Poder Popular, destinadas al beneficio de sus productores y productoras, de la colectividad en el ámbito geográfico respectivo y del desarrollo social integral del país, a través de la reinversión social de sus excedentes. La gestión y administración de las empresas de propiedad social indirecta corresponde al ente u órgano del Poder Público que las constituyan; sin que ello obste para que, progresivamente, la gestión y administración de estas empresas sea transferida a las instancias del Poder Popular constituyéndose así en Empresas de Propiedad Social Comunal Directa.

La Ley Orgánica del Sistema Económico Comunal en el artículo 10 dice que la Empresa de Propiedad Social Indirecta Comunal es una: Unidad socio-productiva constituida por el Poder Público en el ámbito territorial de una instancia del Poder Popular, destinadas al beneficio de sus productores y productoras, de la colectividad en el ámbito geográfico respectivo y del desarrollo social integral del país, a través de la reinversión social de sus excedentes. La gestión y administración de las empresas de propiedad social indirecta corresponde al ente u órgano del Poder Público que las constituyan; sin que ello obste para que, progresivamente, la gestión y administración de estas empresas sea transferida a las instancias del Poder Popular constituyéndose así en Empresas de Propiedad Social Comunal Directa.

Page 26: ANTIMANUAL DEL SISTEMA ECONÓMICO COMUNAL

Elaborar un documento constitutivo, de acuerdo a la normativa que rija al

órgano o ente público encargado de su constitución. En este documento se

deberá especificar lo concerniente a los requisitos mínimos que debe

poseer los productores y productoras así como los deberes de la

organización socioproductiva con el ente u órgano público.

El ente u órgano público es el encargado de formalizar el registro de la

Empresa de Propiedad Social Indirecta Comunal ante la Taquilla Única de

Registro del Poder Popular del Ministerio del Poder Popular para las

Comunas y Protección Social, a cuyo efecto deberá acompañar además

del acta constitutiva de la organización y del proyecto, los documentos

correspondiente sobre la creación del ente u órgano así como de la

facultad del representante legal del mismo.

En relación a la administración y como quiera que el ente u órgano que constituye la

Empresa de Propiedad Social Indirecta Comunal tiene una representación en la Unidad

de Administración conforme a los artículos 10 y 26, literal a) de la Ley Orgánica del

Sistema Económico Comunal, la gestión de administración esta supeditada al ente u

órgano que la constituye, de lo cual se derivan las siguientes situaciones:

La designación de dos (2) representantes que ejercerán sus funciones

dentro de la Unidad de Administración, los cuales ejercerán su trabajo en

igualdad de condiciones con los demás integrantes de la organización y

serán removidos en sus funciones por el ente u órgano del poder público

que los designó, cuando se den cualquiera de las causales previstas en el

artículo 34 de la Ley Orgánica del Sistema Económico Comunal, por

solicitud o requerimiento de la Asamblea de Productores o Productoras

o cuando a bien lo considere el ente u órgano del poder público.

El plan anual de actividades debe contar con el visto bueno de ente u

órgano del poder público que la constituye.

Las funciones que tengan implícito compromisos y disposición de recursos

o bienes, deben contar con el aval o aprobación del ente u órgano del

poder público que la constituye.

26

Page 27: ANTIMANUAL DEL SISTEMA ECONÓMICO COMUNAL

La Unidad de Administración deberá rendir informes periódicos, en los

plazos que se establezcan en el Estatuto de la Empresa de Propiedad

Social Indirecta Comunal, o cuando sea requerido por el ente u órgano del

poder público que la constituye.

Los imprevistos que no estén contemplados en el plan anual de

actividades, deben contar con el aval o aprobación del ente u órgano del

poder público que la constituye.

El ente u órgano del poder público debe garantizar el suministro de la

materia prima así como el cumplimiento de cada una de las etapas del

proceso de producción y comercialización de la organización

socioproductiva.

3.1.3 Unidad Productiva Familiar

Históricamente los adversarios del socialismo, a través de repetidas campañas

mediáticas han acusado a los revolucionarios de querer abolir la propiedad

personal, esa que es sustento de la familia, resultado del trabajo honesto, esa que

permite la vida y el desarrollo pleno y libre de las personas y sus familias.

Venezuela Bolivariana no ha sido la excepción, a través de artificios lingüísticos se

ha intentado colocarle apellidos populares a un sistema como el capitalista que

precisamente su razón de ser es la acumulación de la riqueza, la explotación, y

por tanto la expropiación encubierta de esa forma de propiedad resultado del

27

La Ley Orgánica del Sistema Económico Comunal en el artículo 10 dice que

la UPF: “Es una organización cuyos integrantes pertenecen a un núcleo

familiar que desarrolla proyectos socioproductivos dirigidos a satisfacer

sus necesidades y las de la comunidad; y donde sus integrantes, bajo el

principio de justicia social, tienen igualdad de derechos y deberes.”

La Ley Orgánica del Sistema Económico Comunal en el artículo 10 dice que

la UPF: “Es una organización cuyos integrantes pertenecen a un núcleo

familiar que desarrolla proyectos socioproductivos dirigidos a satisfacer

sus necesidades y las de la comunidad; y donde sus integrantes, bajo el

principio de justicia social, tienen igualdad de derechos y deberes.”

Page 28: ANTIMANUAL DEL SISTEMA ECONÓMICO COMUNAL

trabajo personal, del trabajo de la familia. La Ley del Sistema Económico

Comunal en correspondencia con la Constitución de la República Bolivariana de

Venezuela no solo protege la propiedad familiar sino que les ofrece un marco para

su impulso y desarrollo en conjunto con la comunidad, el ámbito geográfico

donde desempeñen su actividad económica, y el colectivo nacional.

28

Dos grandes pensadores e impulsores del movimiento socialista

mundial como lo son Carlos Marx y Federico Engels en el

Manifiesto Comunista de 1848 nos decían: “Se nos ha reprochado

a los comunistas el querer abolir la propiedad personalmente

adquirida, fruto del trabajo propio, esa propiedad que forma la

base de toda libertad, actividad e independencia individual.”

Dos grandes pensadores e impulsores del movimiento socialista

mundial como lo son Carlos Marx y Federico Engels en el

Manifiesto Comunista de 1848 nos decían: “Se nos ha reprochado

a los comunistas el querer abolir la propiedad personalmente

adquirida, fruto del trabajo propio, esa propiedad que forma la

base de toda libertad, actividad e independencia individual.”

Más adelante continúan diciendo: “No queremos de ninguna

manera abolir esta apropiación personal de los productos del

trabajo, indispensables para la mera reproducción de la vida

humana, esa apropiación, que no deja ningún beneficio líquido

para que pueda dar poder sobre el trabajo de otro.”

Más adelante continúan diciendo: “No queremos de ninguna

manera abolir esta apropiación personal de los productos del

trabajo, indispensables para la mera reproducción de la vida

humana, esa apropiación, que no deja ningún beneficio líquido

para que pueda dar poder sobre el trabajo de otro.”

Así mismo, nuestro comandante en el Aló Presidente Teórico N°

1 del 11 de julio de 2009, al referirse a las comunas, a las formas

de propiedad, y al socialismo nos dijo: “…nosotros defendemos

la propiedad, pero no la propiedad burguesa, la propiedad social,

la propiedad del pueblo, la propiedad personal, la propiedad

honesta, la propiedad de tu trabajo, la propiedad de tu vivienda,

la propiedad de ti mismo, la propiedad de tus bienes personales,

la propiedad familiar, la propiedad comunal.”

Así mismo, nuestro comandante en el Aló Presidente Teórico N°

1 del 11 de julio de 2009, al referirse a las comunas, a las formas

de propiedad, y al socialismo nos dijo: “…nosotros defendemos

la propiedad, pero no la propiedad burguesa, la propiedad social,

la propiedad del pueblo, la propiedad personal, la propiedad

honesta, la propiedad de tu trabajo, la propiedad de tu vivienda,

la propiedad de ti mismo, la propiedad de tus bienes personales,

la propiedad familiar, la propiedad comunal.”

Page 29: ANTIMANUAL DEL SISTEMA ECONÓMICO COMUNAL

Las familias que se organizan en el marco del Sistema Económico Comunal

para desarrollar actividades socio-productivas bajo la forma de propiedad familiar

cuentan con el apoyo de las instancias del Poder Popular y del Poder Público

Nacional, para esto deben identificar en el total de los medios y factores de

producción, cuales son de dominio del patrimonio familiar, patrimonio social y

patrimonio del poder público.

Mediante Acta Constitutiva se distinguen los bienes de propiedad familiar cuya

existencia es previa a la constitución y registro de la Unidad Productiva familiar, de

aquellos bienes de propiedad social directa comunal (Reglamento parcial de la Ley

Orgánica del Sistema Económico Comunal, artículo 25). Se entiende por tales a

aquellos bienes adquiridos a través de financiamientos recibidos por la Unidad

Productiva Familiar una vez registrada ante Taquilla Única. En caso de disolución

y liquidación los bienes bajo régimen de propiedad social directa conservarán tal

condición y se pondrán a disposición de la instancia de agregación

correspondiente.

La vinculación entre las Unidades Productivas Familiares y la comunidad o unidad

de agregación correspondiente permite garantizar, por un lado, la satisfacción de

necesidades a través del consumo de bienes y servicios producidos en la propia

comunidad y adquiridos a precios justos sobre la base del encadenamiento

productivo. Por otra parte, la garantía de producción de la Unidad Productiva

Familiar reposa en la posibilidad de colocar su producción en la propia comunidad.

29

Page 30: ANTIMANUAL DEL SISTEMA ECONÓMICO COMUNAL

La máxima instancia de la Unidad Productiva Familiar es la Asamblea de la

Familia, quien debe articular la actividad productiva a los lineamientos las

decisiones emanadas del Comité de Economía Comunal, y el Consejo de

Economía Comunal. Sus principales funciones son: aprobar el Acta Constitutiva y

Estatutos, proponer el Proyecto socio-productivo a la consideración de la

Asamblea de Ciudadanos y Ciudadanas de la instancia del Poder Popular a

que corresponda, proponer el ingreso de nuevos integrantes, y aprobar la pérdida

de condición de integrantes de esta Organización Socioproductiva.

Estos son aspectos de especial relevancia para el ejercicio de la Contraloría

Social. Pero no solo la vinculación con la Unidad de Agregación y sus instancias

de ejercicio del Poder Popular a los efectos de garantizar la coordinación de las

diversas actividades socioproductivas que se desarrollan en el territorio comunal y

consolidar así el Sistema Económico Comunal (Plan de Desarrollo Comunal) o

garantizar el intercambio solidario y a precios justos, sino para consolidar las

nuevas relaciones sociales que garanticen el trabajo productivo y liberador, entre

otras, sobre la base del reconocimiento del trabajo de todos quienes participan en

el proceso productivo en sus distintas fases (producción, distribución, intercambio

y consumo) sean ellos niños, niñas, adolescentes, mujeres, adultos mayores,

personas con discapacidad, personas con enfermedades crónicas, o cualquier

otro.

Por sus propias características la Unidad Productiva Familiar funciona con una (1)

unidad interna que cumple con las funciones de administración y gestión

productiva, la cual está conformada por mínimo dos (2) integrantes que son de

libre designación y remoción por parte de la Asamblea de Ciudadanos y

Ciudadanas de la instancia del Poder Popular a que corresponda, previa

propuesta presentada de forma escrita por la Asamblea Familiar de la

Organización Socioproductiva. Los voceros designados pueden ejercer sus

funciones durante el período de dos (2) años, pudiendo ser nuevamente

designados para ejercer dichas responsabilidades, siendo igualmente rotativos sus

cargos y de mandatos revocables.

30

Page 31: ANTIMANUAL DEL SISTEMA ECONÓMICO COMUNAL

3.1.4 Grupos de Intercambio Solidario

El Grupo de Intercambio Solidario tiene por objeto facilitar el encuentro de las

Prosumidores y Prosumidoras para incentivar el desarrollo endógeno y

sustentable, con vocación hacia el equilibrio entre la producción y el consumo,

procurando un modelo de economía solidaria y equivalente, donde la producción,

los saberes y servicios se orienten primordialmente a la satisfacción endógena y el

excedente productivo se intercambia en función de complementar la satisfacción

de las necesidades y el mejoramiento de las condiciones de vida del Colectivo.

La máxima autoridad del Grupo de Intercambio Solidario, es la Asamblea de

Prosumidores y Prosumidoras, la cual está organizada por comités: Comité de

Formación y nuevos prosumidores, Comité de Valor, Control y Calidad, Comité de

Comunicación, Comité de Administración y Contabilidad y Comité de Logística y

Gestión. La Asamblea de Prosumidores y Prosumidoras erigirá un vocero

principal y un vocero suplente por cada comité. Sin embargo, la Asamblea de

Prosumidores y Prosumidoras podrá proponer al Grupo de Intercambio

Solidario la creación de cualquier otro comité que sea necesario para el desarrollo

armónico del Grupo. Los voceros ejercerán sus vocerías por el tiempo de duración

que establezca la Asamblea de Prosumidores y Prosumidoras. Las funciones

de los Comités de trabajo serán las siguientes:

Comité de Formación y Nuevos Prosumidores: Tendrá como función

capacitar, orientar y acompañar a los Prosumidores y Prosumidoras en el

31

La Ley Orgánica del Sistema Económico Comunal en el artículo 10 dice

que los GIS son un: “Conjunto de prosumidores y prosumidoras

organizados voluntariamente, con la finalidad de participar en alguna de

la modalidades de los sistemas alternativos de intercambio solidario.”

La Ley Orgánica del Sistema Económico Comunal en el artículo 10 dice

que los GIS son un: “Conjunto de prosumidores y prosumidoras

organizados voluntariamente, con la finalidad de participar en alguna de

la modalidades de los sistemas alternativos de intercambio solidario.”

Page 32: ANTIMANUAL DEL SISTEMA ECONÓMICO COMUNAL

proceso de inserción al Grupo de Intercambio Solidario y su formación en

los principios y valores socioproductivos comunitarios.

Comité de Valor, Control y Calidad: Tendrá como función supervisar el

valor de referencia de los bienes y servicios ofrecidos por cada

Prosumidora o Prosumidor, mediante la elaboración y actualización de

tablas de equivalencias, que obedezcan a criterios como tiempo

socialmente invertidos; costo de los insumos, técnica de producción, costos

operativos; también velarán por la calidad de productos y servicios.

Comité de Comunicación: Promocionará y difundirá todos los Merkados y

las diversas actividades que realice el Grupo de Intercambio Solidario.

Comité de Administración y Contabilidad: se encargará de gestionar,

controlar y registrar el adecuado uso de la moneda comunal, así como las

actividades que facilitan el Intercambio Solidario, con sujeción a las

resoluciones que dentro de su competencia emane el Banco Central de

Venezuela. También se encargará de administrar los incentivos,

donaciones, recursos financieros y no financieros que reciba el Grupo de

Intercambio Solidario del órgano coordinador o cualquier otra institución

que promueva el intercambio solidario.

Comité de Logística y Gestión: Se encargará de la Gestión y

consecución de la logística requerida para la realización de los Merkados

de Trueke y la adecuación de los diferentes espacios, centros de acopio,

tiendas comunitarias o proveedurías a los fines de desarrollar el Grupo, así

como recibir en custodia y responder por los bienes que le sean

adjudicados por cualquier vía al Grupo de Intercambio Solidario.

Los comités de trabajo de los Grupo de Intercambio Solidario articularán con la

instancia del Poder Popular correspondiente, para la mejor gestión y satisfacción

de las necesidades propias y de las otras personas de su comunidad o

comunidades.

32

Page 33: ANTIMANUAL DEL SISTEMA ECONÓMICO COMUNAL

3.2 Unidades Internas de las Organizaciones socioproductivas

Las unidades de las organizaciones socioproductivas, son cuerpos colegiados

que se reunirán por lo menos una vez al mes, y sus acuerdos deberán contar con

el consenso de la mayoría simple de los productores y productoras que la

conforman. Las convocatorias para dichas reuniones podrán ser realizadas por

cualquiera de los productores o productoras de la unidad, a través de los

mecanismos de comunicación que estimen pertinentes.

Las Unidades Internas se conforman por tres (3) voceros o voceras de libre

designación y remoción por parte de la Asamblea de Ciudadanos y Ciudadanas

de la instancia del Poder Popular a que corresponda, previa propuesta

presentada de forma escrita por la Asamblea de Productores y Productoras de

la organización socio-productiva. Los voceros o voceras podrán ejercer sus

funciones durante un período de dos (2) años, con la posibilidad de ser

nuevamente designados para ejercer dichas responsabilidades, siendo estas de

carácter rotativo y de mandatos revocables. Los voceros o voceras pueden

pertenecer a más de una Unidad Interna, salvo el caso de las Unidades de

Administración y Contraloría, pues por su naturaleza ambas vocerías son

incompatibles.

El artículo 25 de la Ley Orgánica del Sistema Económico Comunal, establece la

estructura organizativa de las Organizaciones Socioproductivas. Para su

funcionamiento, deben crear las siguientes Unidades Internas:

3.2.1 Unidad de Administración:

Es la Unidad responsable de realizar todas las actividades administrativas de las

Organizaciones Socioproductivas. Es por esto que administra de forma oportuna,

transparente y eficiente, los recursos financieros y no financieros, medios y

factores de producción, bienes y servicios, así como los recursos retornables y no

retornables. Tiene principalmente las siguientes funciones:

33

Page 34: ANTIMANUAL DEL SISTEMA ECONÓMICO COMUNAL

Ejercer la representación legal de la Organización Socioproductiva. En

ejercicio de esta función, los miembros integrantes de esta Instancia podrán

suscribir contratos, convenios, actuar ante las autoridades administrativas,

judiciales, publicas o privadas, aperturar, movilizar, cerrar cuentas

bancarias, otorgar poderes, contratar personal para asesoría contable-

legal, comprar, vender, gravar y enajenar bienes muebles e inmuebles, es

decir, posen la facultad para actuar en nombre de la Organización

Socioproductiva. Para el ejercicio de tal atribución, los miembros de la

Instancia deberán contar con el aval previo de la Asamblea de Productores

y Productoras de la Organización Socioproductiva.

Presentar semestralmente a la Asamblea de Ciudadanos y Ciudadanas

o Parlamento Comunal el informe sobre las actividades desarrolladas

por la empresa al cierre del ejercicio fiscal. El balance general, el estado

de ganancias y pérdidas, el flujo de caja y el plan de actividades para el

ejercicio fiscal siguiente, además debe presentar ante la Unidad de

Contraloría Social informes trimestrales sobre la administración de los

Fondos Internos de esta organización socio-productiva.

Dos acciones se desprenden de esta función que si bien esta prevista para la

Unidad de Administración es aplicable a todas las Unidades Internas:

Presentación semestral, para la cual los miembros de la unidad deberán hacer

un reporte sobre la marcha de la organización socioproductiva, en la cual

deberán especificar las actividades que hayan ejecutados y los avances para

el cumplimiento de las metas, tomando en consideración, imprevistos que

hayan acontecido, obstáculos, contingencias, así como las acciones realizadas

para solventarlas y los resultados obtenido. En esta presentación semestral

deberá acompañarse con los balances de comprobación, estados de las

cuentas bancarias, conciliación bancaria y el flujo de caja.

Presentación anual, que es el cierre del ejercicio fiscal. En este caso la unidad

deberá presentar el balance general de la organización socio productivo así

34

Page 35: ANTIMANUAL DEL SISTEMA ECONÓMICO COMUNAL

como el estado de ganancias y pérdidas, el flujo de caja y el plan de

actividades del ejercicio fiscal siguiente para su aprobación. Dada la

connotación que implica el cierre del ejercicio fiscal no sólo interesa lo que son

las cuentas sino el como y el cuando fueron utilizados los recursos de la

organización, lo cual hace necesario la presentación de la memoria y cuenta de

cada una de las unidades que integran la organización, mediante un

documento sencillo que contenga una exposición razonada de las políticas,

estrategias, resultados e impacto de las acciones ejecutadas.

La organización socioproductiva debe llevar los libros sociales en los

cuales se asienten las reuniones realizadas por las Unidades Internas, así

como de las asambleas que realice la organización socioproductiva.

También debe llevarse la Contabilidad a través de los libros Mayor, Diario,

Inventario y Auxiliares necesarios para reflejar ingresos, egresos de los

haberes, fondos, disponibilidad patrimonial, tanto activos fijos como

líquidos.

Llevar los Libros Contables y Sociales Obligatorios. Dichos libros deben

cumplir con la formalidad previa para su uso como son la de estar

debidamente autorizados por la Taquilla Única, foliados y sellados,

asimismo deben sujetarse los libros contables para su uso a los principios

contables contenidos en la Guía Técnica diseñada para tal fin, lo que

denotará fidelidad, confiabilidad y transparencia en la información que

portan.

Administrar los recursos, productos, bienes y servicios bajo régimen

de propiedad social. En lo que respecta al desarrollo de la actividad

gerencial de la organización productiva, la unidad de administración debe

velar por la buena marcha de la organización, ello comporta el buen uso y

cuidado de los bienes y recursos con que cuenta ésta. Esta política de

administración lleva consigo no sólo el máximo aprovechamiento de los

recursos materiales y de servicio para el desarrollo de la actividad

35

Page 36: ANTIMANUAL DEL SISTEMA ECONÓMICO COMUNAL

productiva sino también, la conservación de los mismos para alargar su

vida útil, lo que se traduce mayores excedentes con poca inversión.

Aprobar, suscribir contratos y convenios de diferente índole. Todos

vinculados a la consecución de los fines de la organización socioproductiva,

de conformidad con lo dispuesto en la presente Ley Orgánica del Sistema

Económico Comunal y su Reglamento, así como en los Estatutos de la

organización socioproductiva, previa autorización de la instancia de

agregación comunal o el órgano o ente del Poder Público al que

corresponda.

Supervisar la gestión de los integrantes de la organización

socioproductiva. En su carácter de Unidad de Administración, debe

proponer y someter a aprobación de la Asamblea de Productores y

Productoras los lineamientos para que la actividad productiva se realice con

base en los principios y valores de la organización socioproductiva. Debe

igualmente ejercer el control y supervisión sobre las actividades ejecutadas

por productores y productoras y por la organización socioproductiva así

como formular propuestas de correctivos.

Convocar y presidir las asambleas ordinarias y extraordinarias de la

Organización Socioproductiva. La Unidad de Administración tiene la

facultad para llamar a la participación de sus integrantes a los fines de

debatir los asuntos de interés de la organización, bien sea en asambleas

ordinarias, en el entendido de que son aquellas en la cuales se debaten

aspectos relacionados con el cierre del ejercicio fiscal o bien extraordinarias

para tratar asuntos que por el interés o urgencia requiere del conocimiento

y aprobación de los integrantes. Estas convocatorias deberán contener:

Lugar, fecha y hora de celebración.

La agenda a tratar y aspectos a considerar por cada uno de los

asuntos que serán objeto de discusión y aprobación de la

Organización Socioproductiva, sin que pueda establecerse en ella

36

Page 37: ANTIMANUAL DEL SISTEMA ECONÓMICO COMUNAL

expresiones como “asuntos generales” “puntos varios” u otra

indicación similar.

Unidad convocante.

Designar y revocar apoderados o apoderadas judiciales y

extrajudiciales. Dado que las organizaciones socioproductivas adquieren

titularidad de derechos y deberes, existen ciertas gestiones que requieren

ser realizadas por personas con capacidad para actuar en la esfera judicial

o extrajudicial, según sea el caso, siendo entonces la designación de estas

personas en representación de la Organización, una potestad de la Unidad

de Administración, siempre que se consulte con todos los productores y

productoras, dado el alcance que pueda tener las acciones comisionadas a

esos apoderados o apoderadas judiciales. Del mismo modo, la revocatoria

de los poderes otorgados también es facultad de esta Unidad Interna,

según determine que las acciones han sido satisfechas o hayan razones

suficientes que conduzcan a la referida revocatoria.

Abrir, movilizar y cerrar cuentas bancarias. Las cuentas bancarias

constituyen un medio de control interno, que permiten salvaguardar los

activos, comprobar la exactitud y confiabilidad de los datos contables,

promueven la eficiencia operativa y fomentan la adhesión de políticas

administrativas. En tal sentido la Unidad de Administración como política de

control del efectivo, debe tomar en cuenta:

Que todos los ingresos sean depositados íntegros y oportunamente,

mas tardar al día siguiente.

Que todos los egresos se cancelen con cheques.

Que exista un formulario preenumerado para ingresos y egresos.

Que exista un sistema de autorización de egresos.

37

Page 38: ANTIMANUAL DEL SISTEMA ECONÓMICO COMUNAL

No llevar un adecuado control sobre el efectivo, puede presentar las siguientes

situaciones:

Cancelar gastos ficticios.

Contabilizar y pagar facturas falsas

Contabilizar y pagar duplicados de documentos.

Postergar depósitos.

Adulterar documentos, corrigiendo cifras.

Adulterar depósitos y alterar posteriormente las conciliaciones

bancarias.

Comprar, vender, gravar y enajenar los bienes muebles e inmuebles

de la organización socioproductiva. Ello podrá hacerlo la Unidad de

Administración previo informe favorable de la Unidad de Contraloría Social

y aprobación de la instancia de agregación comunal o el órgano o ente del

Poder Público al que corresponda, excepto en los casos de los bienes que

constituyan medios de producción bajo régimen de propiedad social directa

cuya decisión corresponde a la Asamblea de Productores y Productoras o

bajo régimen de propiedad social indirecta cuya decisión es atribución del

Ejecutivo Nacional, Estadal o Municipal, según corresponda.

La facultad de adquirir bienes muebles e inmuebles debe estar encaminada

a facilitar la optimización de los medios de producción, en pro de mejorar la

realización de las actividades productivas, debiendo existir conformidad

entre el bien que será adquirido y su uso y destino, para lo cual se requiere

el visto bueno tanto de la Unidad de Contraloría Social, como de la

aprobación de la instancia de agregación comunal o ente público al cual

corresponda. Se ejerce con ello, un control y fiscalización en el manejo, uso

y disposición de los recursos de la organización.

Velar porque las actividades de la organización socioproductiva se

desarrollen con estricto cumplimiento de las disposiciones de esta

38

Page 39: ANTIMANUAL DEL SISTEMA ECONÓMICO COMUNAL

Ley, su Reglamento, los estatutos de la organización socioproductiva,

el respectivo plan de gestión, en correspondencia con el Plan de

Desarrollo Comunal. Se busca que las Organizaciones Socioproductivas

obedezcan los lineamientos legales y reglamentarios que tienden a

desarrollar el sistema económico comunal, impulsado por las Instancias del

Poder Público en conjunto con el Poder Popular, siempre en la búsqueda

del fortalecimiento de este último, por ello, los miembros de la unidad de

administración deben velar que los productores y productoras que

conforman las Organizaciones Socioproductivas tengan conocimiento de

las Leyes que regulan su organización y funcionamiento, así como sus

Estatutos y Reglamentos, y además deben fomentarlas a la comunidad a

que pertenecen.

Garantizar que los recursos excedentarios generados por la actividad

productiva se distribuyan en los tres Fondos establecidos en la Ley

Orgánica del Sistema Económico Comunal. Así mismo, es la

responsable de administrar los recursos productos de los excedentes

destinados al Fondo de Mantenimiento Productivo los cuales son la

garantía para la continuidad de las operaciones y por tanto la auto-

sustentabilidad de la Organización Socioproductiva.

Otras funciones que debe cumplir la Unidad de Administración son:

Velar por la constitución y manejo de los Fondos Obligatorios.

Llevar los libros sociales y contables de la organización.

Tramitar y contestar toda la correspondencia relacionada a la organización.

Presentar para su aprobación de la asamblea de productores y productoras,

los reglamentos internos para el manejo de los fondos, relaciones de

trabajo y distribución de tareas.

Supervisar y guardar bajo su custodia toda la documentación relacionada

con los ingresos, egresos, efectivo y uso de los fondos.

39

Page 40: ANTIMANUAL DEL SISTEMA ECONÓMICO COMUNAL

Cancelar la remuneración de los productores y productoras de la

organización.

Realizar las erogaciones para las cuales sean o estén autorizados y están

estipuladas en la programación de gastos anuales de la organización.

3.2.2 Unidad de Gestión Productiva

Es la Unidad responsable de garantizar que la actividad productiva esté orientada

a la satisfacción de las necesidades de la comunidad a través de la producción,

distribución, intercambio y consumo de los bienes, servicios, saberes y

conocimientos que la comunidad identifique como socialmente necesarios. Es

decir debe garantizar el ciclo productivo comunal.

Para cumplir con estas funciones es fundamental el trabajo coordinado con los

Comités de Economía Comunal o el Consejo de Economía Comunal según

corresponda. Esta relación entre la Unidad de Gestión Productiva y la instancia

del Poder Popular correspondiente garantizará que la actividad productiva que

desarrolla la Organización Socio-Productiva esté en consonancia con los planes

de desarrollo locales. En este sentido, tiene las siguientes funciones:

Garantizar la planificación productiva de la organización, de todas las

fases del ciclo productivo, de acuerdo al plan de gestión. La producción

obedece a metas precisas, planificadas por los productores y productoras,

quienes tienen que realizar sus objetivos con base a las necesidades

principales de la comunidad a la que pertenecen y proyectar el

cumplimiento de estos objetivos conforme a los recursos y medios de

producción disponible. La gestión productiva debe garantizar estándares de

calidad del producto.

Ejecutar el desarrollo del ciclo productivo bajo los principios

socialistas de equilibrio ecológico. La relación entre los individuos y su

medio ambiente determinan la existencia de un equilibrio ecológico

40

Page 41: ANTIMANUAL DEL SISTEMA ECONÓMICO COMUNAL

indispensable para la vida de todas las especies; en ese sentido, el modelo

productivo socialista busca crear las condiciones ambientales necesarias

para la existencia de este equilibrio. De tal manera que se debe

perfeccionar y proyectar la actividad de la organización en función del

crecimiento productivo a la vez que se respetan los condicionantes y

especificaciones de calidad, a la par de velar porque ese desarrollo tienda

al equilibrio ecológico, en el entendido que permita el fortalecimiento y

coexistencia de la actividad productiva y en medio ambiente donde se

desarrolla.

Decidir los precios finales de los productos elaborados por la

Organización Socio-productiva. Es necesario conocer la estructura de

Costos inherente a los productos que elaboramos, porque de esta manera

podemos establecer el precio de cada producto. De esta forma evitamos la

especulación de precios propia del capitalismo y garantizamos el acceso

de la comunidad a los bienes y/o servicios que produzca la Organización

Socio-productiva.

Promover formas de organización que desarrollen una nueva cultura del

trabajo. La Unidad de Gestión Productiva tiene la tarea de promover

nuevas formas de organización del trabajo, ello implica superar la División

Social del Trabajo impuesta por el capitalismo. La Unidad de Gestión

Productiva desarrollará formas de organización del trabajo que permitan a

los

41

¿cómo determinamos el costo de los bienes y servicios que

producimos?, ¿cuánto nos cuesta producir un bien, para determinar

cuál es su precio final?, ¿si aumentamos los precios de forma

desproporcionada con la estructura de costos, contribuimos con

nuestra comunidad y con la construcción del socialismo o

continuamos reproduciendo el sistema capitalista?

¿cómo determinamos el costo de los bienes y servicios que

producimos?, ¿cuánto nos cuesta producir un bien, para determinar

cuál es su precio final?, ¿si aumentamos los precios de forma

desproporcionada con la estructura de costos, contribuimos con

nuestra comunidad y con la construcción del socialismo o

continuamos reproduciendo el sistema capitalista?

en nuestra organización socioproductiva todos conocemos las distintas

etapas de lo que producimos, en ese sentido todos somos capaces de

asumir cualquier espacio y conocer el trabajo de nuestros compañeros.

en nuestra organización socioproductiva todos conocemos las distintas

etapas de lo que producimos, en ese sentido todos somos capaces de

asumir cualquier espacio y conocer el trabajo de nuestros compañeros.

Page 42: ANTIMANUAL DEL SISTEMA ECONÓMICO COMUNAL

productores y productoras conocer y decidir sobre las distintas etapas del

proceso productivo de su Organización Socio-Productiva.

Complementariamente, la Unidad de Gestión Productiva, debe ejecutar las

siguientes funciones:

Responsabilidad sobre el funcionamiento del área productiva de la

organización y sobre el cumplimiento de los objetivos y políticas

establecidas.

Optimizar y planificar los recursos productivos de organización para

obtener un crecimiento progresivo de la productividad a la vez que se

respetan los condicionantes y especificaciones de calidad.

Organización y seguimiento de la ejecución de todos los trabajos dentro del

ciclo de producción garantizando que, individualmente, cumplen con las

especificaciones establecidas en el sistema de calidad.

Promover el sistema de calidad en toda el área de la que es responsable,

ayudando a completar aspectos que pueden contribuir a su mejora

continuada.

Tratar con la Unidad de Administración sobre los planes a corto, medio y

largo plazo para hacer progresar el área productiva de la organización con

respecto a las tendencias del mercado y de la tecnología.

42

Page 43: ANTIMANUAL DEL SISTEMA ECONÓMICO COMUNAL

Crear una labor de equipo con los productores y productoras traduciendo

las políticas y estrategias de la organización en acciones concretas que

puedan ser interpretadas claramente por los mismos.

Seguimiento de la evolución tecnológica analizando la aplicabilidad en la

propia organización, estudiando la posible rentabiidad de su utilización.

Preparación y presentación a la Unidad de Administración de la evolución

de los índices de productividad, de las acciones realizadas en el período y

del conjunto de recomendaciones deseables para la mejora del período

siguiente.

Seguimiento del rendimiento y efectividad de los productores y

productoras, proponiendo planes formativos para su crecimiento a nivel

tecnológico.

Seguimiento especial de la planificación de los trabajos y del cumplimiento

de los plazos de entrega, procurando información periódica, puntual y

fiable a la Unidad de Adminsitración.

Recibir, filtrar y distribuir los procedimientos y mejoras del sistema de

calidad.

Liderar y seguir los avances en las acciones correctoras y preventivas en

áreas de productividad, calidad y medio ambiente.

Revisar los resultados económicos individuales de cada trabajo cuando

excedan de un nivel determinado de beneficio o de pérdida.

Asignar las funciones y responsabilidades a cada una de las productores y

productoras.

Supervisar y controlar las actividades de almacenaje, tanto de materias

primas como de productos terminados, así como también su distribución.

3.2.3 Unidad de Formación:

43

Page 44: ANTIMANUAL DEL SISTEMA ECONÓMICO COMUNAL

La Unidad de Formación es la responsable de elaborar planes de formación

basándose en el diagnóstico de las necesidades del colectivo que conforman la

Fuerza Productiva de la Organización Socioproductiva.

Debe ser el ente articulador con instituciones con competencia en la

formación política, técnica y productiva. Tiene la tarea de garantizar que los

y las integrantes de la Organización Socioproductiva y de la comunidad o

las comunidades puedan desarrollar toda sus capacidades para lograr los

niveles de consciencia que le permitan consolidar el Sistema Económico

Comunal; así como para la acreditación de saberes y conocimientos, y

suministrar las herramientas necesarias que permitan la construcción del

modelo socialista.

Intercambiar tecnología, conocimientos y saberes. Para obtener mayor

eficacia, eficiencia y efectividad en la producción e intercambio de bienes y

la prestación de servicios, además de cumplir con el principio de

complementariedad deberá vincularse con otras Organizaciones

Socioproductivas e instituciones del Estado para lograr la constante

actualización en materia de conocimientos y tecnología; así mismo tiene el

deber de brindar a otras Organizaciones Socioproductivas y a la

comunidad en general la información que permita el desarrollo de

tecnologías.

44

somos responsables de la formación política, técnica y productiva de los miembros

de nuestra organización socioproductiva y de nuestra comunidad, por lo tanto

desarrollamos programas formativos que garanticen elevar nuestro nivel de

consciencia.

somos responsables de la formación política, técnica y productiva de los miembros

de nuestra organización socioproductiva y de nuestra comunidad, por lo tanto

desarrollamos programas formativos que garanticen elevar nuestro nivel de

consciencia.

consideramos que el conocimiento es un bien colectivo, por lo tanto

compartimos con los demás nuestros conocimientos en materia

política, tecnológica y productiva para que otros también puedan

desarrollar sus fuerzas productivas; de igual modo recibimos de otros

sus conocimientos para continuar con el desarrollo de nuestra

actividad.

consideramos que el conocimiento es un bien colectivo, por lo tanto

compartimos con los demás nuestros conocimientos en materia

política, tecnológica y productiva para que otros también puedan

desarrollar sus fuerzas productivas; de igual modo recibimos de otros

sus conocimientos para continuar con el desarrollo de nuestra

actividad.

Page 45: ANTIMANUAL DEL SISTEMA ECONÓMICO COMUNAL

Esta Unidad Interna debe concentrarse en el fortalecimiento ideológico, político,

técnico y tecnológico de los productores. En este orden de ideas, son tareas

constantes realizar cronograma mensual de actividades formativas integrales,

coordinar el desarrollo de las actividades de formación (definir contenidos,

espacios, horarios, etc.).

Para ello es necesario coordinar con el Núcleo de Formación Permanente de la

Comunidad, a fin de organizar los grupos de productores de las rganizaciones

Socioproductivas. Igualmente necesario es diagnósticar las necesidades

formativas de los productores y productoras en relación a las actividades

socioproductivas que desarrollan. La Unidad de Formación deberá implementar

mecanismos dirigidos a intercambiar tecnología, conocimientos y saberes.

Entre otras, podrá articular con el INCES, Ministerio de Educación,

universidades, sectores productivos y comunidades con la finalidad de compartir

las experiencias innovadoras relativas nuevas técnicas y modelos de gestión en el

ámbito Socioproductivo, y establecer alianzas estratégicas con los

INFOCENTROS de la comunidad y de esta forma participar en los programas de

formación y actualización tecnológica a distancia (herramientas TIC).

Debe articular redes socioproductiva como sistema de integración. Para la

identificación de las vocerías de los Frentes Productivos y promover la integración

de las actividades productivas a la luz de la sinergia y complementariedad de las

áreas productivas y servicios en cuestión.

3.2.4 Unidad de Contraloría

Es la responsable de realizar la acción permanente de supervisión, control,

seguimiento, vigilancia, y fiscalización de la ejecución de los planes y proyectos de

toda Organización Socioproductiva, así como de sus fondos internos, incluyendo

45

Page 46: ANTIMANUAL DEL SISTEMA ECONÓMICO COMUNAL

la solicitud de los estados de las cuentas bancarias. Puede inspeccionar y tener

acceso a los libros de contabilidad, archivos, documentos y oficinas de la Unidad

de Administración y Unidad de Gestión Productiva, previa autorización de la

Asamblea de Ciudadanos y Ciudadanas.

La Unidad de Contraloría debe conocer todos los procesos que se desarrollan

dentro de la Organización Socioproductiva, sólo así podrá mantener el control en

la buena marcha de la Organización Socioproductiva.

También tiene la tarea de dar a conocer a toda la comunidad la información acerca

de los procesos, el cierre de cada ejercicio fiscal y demás elementos propios de la

actividad de la Organización Socioproductiva; garantizando así la transparencia

con la que el Sistema Económico Comunal debe funcionar.

Funciones:

Ejercer la supervisión, control, seguimiento, vigilancia y fiscalización

de la ejecución de los planes y proyectos de la organización

socioproductiva, así como de sus fondos internos. Los planes y

proyectos de las Organizaciones Socioproductivas deben pasar por un

análisis detallado realizado por la Unidad de Contraloría Social, que debe

determinar las ventajas y desventajas del plan o proyecto, así como su

impacto comunitario, los beneficios que de ellos se deriven, las metas que

han de cumplirse, el lapso para ello, la disponibilidad de los medios de

producción y recursos con que se cuenta para lograrlos. Una vez aprobado

46

conocemos los que producimos, cómo lo producimos, cuanto

producimos y cuanto cuesta producirlo; por eso podemos saber

cómo funciona nuestra organización socioproductiva y vigilar

para que nuestra organización socioproductiva continúe su

buena marcha.

conocemos los que producimos, cómo lo producimos, cuanto

producimos y cuanto cuesta producirlo; por eso podemos saber

cómo funciona nuestra organización socioproductiva y vigilar

para que nuestra organización socioproductiva continúe su

buena marcha.

Page 47: ANTIMANUAL DEL SISTEMA ECONÓMICO COMUNAL

estos planes y proyectos debe realizar el seguimiento a la ejecución del

mismo, realizando el respectivo control previo. Materializado el Plan o

Proyecto, debe esta Unidad coordinar con la Unidad de Gestión Productiva

el debate sobre los conocimientos adquiridos, para aplicar las experiencias,

y brindar el apoyo a la Organización para el planteamiento de los nuevos

proyectos y realizar el control posterior de los recursos utilizados.

Generar reportes sobre las actividades emprendidas. A fin de informar

al Ministerio del Poder Popular para las Comunas y Protección Social,

entes crediticios, instancia del Poder Popular y Contraloría General de la

República, según sea el caso.

Rendir cuenta públicamente. Mediante la presentación de este informe al

cierre de cada ejercicio fiscal, ante la asamblea de ciudadanos y

ciudadanas o el Parlamento Comunal, según corresponda, o en cualquier

momento que la instancia del Poder Popular lo requiera.

Convocar las asambleas extraordinarias de la organización

socioproductiva, cuando lo estime pertinente para el mejor

cumplimiento de sus funciones. En el marco de las funciones de

vigilancia y control que cumple la Unidad de Contraloría Social puede

convocar a Asamblea de Productores y Productoras cuando lo considere

necesario para la discusión de asuntos inherentes a la actividad productiva.

Para ello, debe cumplirse con los lapsos previos a su convocatoria que

haya establecido la Organización Socioproductiva en sus Estatutos y

Reglamentos.

47

Page 48: ANTIMANUAL DEL SISTEMA ECONÓMICO COMUNAL

4) FUNCIONAMIENTO DE LAS ORGANIZACIONES SOCIOPRODUCTIVAS

En el marco del Sistema Económico Comunal las Organizaciones

Socioproductivas están obligadas a diseñar y ejecutar planes, programas y

proyectos socio-productivos a través del “Ciclo Comunal aplicado a lo

Productivo”, con la finalidad de reflejar la planificación de los consejos comunales

y/o Comunas, sustentado en las fases del “Ciclo Comunal” como estrategia de

planificación popular que responde a las necesidades del colectivo y contribuye al

desarrollo de las potencialidades productivas de la comunidad, con la finalidad de

transformar las relaciones sociales de producción.

4.1 Planificación Productiva de la Organización

Esta planificación se lleva a cabo en articulación con los Comités de Economía

Comunal de los Consejos Comunales y los Consejos de Economía Comunal

de las Comunas en construcción, los cuales constituyen las instancias

fundamentales de la planificación participativa, que a través de sus propuestas

construyen el Plan de Desarrollo Comunal, y al mismo tiempo nutren el sistema

nacional de planificación en concordancia con lo establecido en el Plan de

Desarrollo Económico y Social de la Nación.

Sobre la base del Plan Comunal: Diagnóstico, plan, presupuesto,

ejecución, contraloría.

48

¿Cómo elaboramos el presupuesto comunal de nuestra actividad productiva?¿Cómo elaboramos el presupuesto comunal de nuestra actividad productiva?

Page 49: ANTIMANUAL DEL SISTEMA ECONÓMICO COMUNAL

Y también sobre la base del Plan Productivo u operativo: Producción,

Transformación, Distribución, Intercambio, Consumo y Generación de

Desechos.

El Ciclo Productivo permite conocer la procedencia de los insumos que se

requieren para producir, así como el destino de la producción, es decir, nos

permite responder las preguntas sobre qué, cómo y para quién producir. A través

de esta metodología la Organización Socio-Productiva puede determinar si la

actividad productiva que realiza contribuye con el cierre del ciclo productivo en su

comunidad, si aporta para el desarrollo de la nación. El Ciclo Productivo incorpora

4 fases fundamentales:

¿Cuáles son los eslabones de la Cadena Productiva?

PRODUCCIÓN: ¿Qué producimos?, ¿Dónde compramos los insumos?,

¿cómo identificamos donde la obtenemos?, ¿quién los produce?, ¿cuánto

cuesta?, ¿está cerca de mi comunidad?, ¿tienen capacidad para

proveernos las cantidades necesarias en el tiempo previsto?, ¿cuánto

cuesta traerla hasta mi comunidad?

TRANSFORMACIÓN: ¿Cómo producimos?, ¿Cuál es la tecnología usada?,

¿en qué productos vamos a transformar la materia prima que tenemos?,

¿qué cantidad de productos estamos en capacidad de producir en un año?

DISTRIBUCIÓN E INTERCAMBIO: ¿Para quién producimos?, ¿A quién va

dirigida nuestra producción?, ¿dónde y cuánto vamos a almacenar?, ¿cómo

la vamos a transportar?

CONSUMO: ¿Satisfacemos las necesidades de nuestra población?, ¿los

precios de nuestros productos son accesibles y justos?

4.2 Desarrollo del Ciclo Productivo:

En este momento las organizaciones socioproductivas desarrollan el ciclo

productivo basado en la planificación social de producción a través de los

49

Page 50: ANTIMANUAL DEL SISTEMA ECONÓMICO COMUNAL

procesos que desarrollan las unidades internas y cuyo trabajo integrado

garantizará la eficiencia productiva y administrativa de la organización

socioproductiva. Productores y productoras así como la comunidad organizada se

convierten en garantes no sólo de la eficiencia productiva sino de la

correspondencia entre la planificación productiva y el Plan de Desarrollo Comunal.

Para la garantía de la eficiencia en la producción y administración de las

organizaciones socioproductivas, la contraloría social juega un papel de suma

importancia en los espacios de participación popular, ya que es un instrumento

que permite evaluar las actividades que se realizan, y en consecuencia llevar un

control de la producción y administración de las organizaciones socioproductivas.

La Ley Orgánica del Sistema Económico Comunal establece que las

organizaciones socioproductivas ejercerán la contraloría social a lo interno y

externo de las mismas, esta consiste en la acción permanente de seguimiento,

prevención y evaluación que permitan detectar comportamientos, actitudes y

acciones que sean contrarios a los intereses sociales y a la ética en el desarrollo

de las actividades de producción, distribución, intercambio, suministro de bienes y

servicios necesarios para la población, garantizando que las actividades

socioproductivas se desarrollen de acuerdo con principios de eficiencia, eficacia,

racionalidad de la inversión, severidad del gasto, uniformidad, simplicidad,

transparencia, democracia participativa y protagónica, y la rendición pública de

cuentas.

La unidad de Contraloría de las Organizaciones Socioproductivas será la

encargada de implementar correctivos y ejecutar mecanismos de control en las

demás unidades (administración, gestión productiva y formación) a través de sus

fases: planificación, capacitación, observación y registro e informes.

50

Page 51: ANTIMANUAL DEL SISTEMA ECONÓMICO COMUNAL

4.3 Procesos para el desarrollo del ciclo productivo

4.3.1 Gestión productiva

Consiste en el desarrollo de un nuevo modelo de gestión basado en la

participación y el protagonismo popular cuyo objeto es transformar las relaciones

sociales de producción y cuyo fin último es profundizar la construcción del

socialismo. Este modelo está basado en la cooperación y en la toma de decisiones

por el colectivo e implica como hemos desarrollado anteriormente la articulación

directa entre la Asamblea de Productores y Productoras y la instancia de

agregación correspondiente.

La gestión productiva de la Empresas de Propiedad Social Directa e Indirecta

Comunal y las Unidades Productivas Familiares del Sistema Económico

Comunal debe responder a las necesidades locales y nacionales a través de la

producción, distribución, intercambio y consumo de los bienes y servicios

socialmente necesarios en el marco del cumplimiento del Plan de Desarrollo

Económico y Social de la Nación, las políticas y lineamientos del Ministerio del

Poder Popular para las Comunas y Protección Social y del Plan de Desarrollo de

la comunidad o comuna correspondiente. Es decir debe garantizar el ciclo

productivo comunal.

Para cumplir con este objetivo las Empresas de Propiedad Social Directa e

Indirecta Comunal y las Unidades Productivas Familiares deben llevar,

debidamente certificados por el Registro del Sistema Económico Comunal, los

libros sociales.

De acuerdo a la Ley Orgánica del Sistema Económico Comunal (Artículos 27 al

30), las Organizaciones Socio Productivas deberán registrar todas sus actividades,

a los fines de reflejar las actuaciones que lleve a cabo la Organización y así hacer

más práctica la rendición de cuentas; para lo que deberán llevar los siguientes

libros:

51

Page 52: ANTIMANUAL DEL SISTEMA ECONÓMICO COMUNAL

Libro de la Unidad de Administración.

Libro de la Unidad de Gestión Socio Productiva.

Libro de la Unidad de Formación.

Libros de la Unidad de Contraloría Social.

Libro de Asambleas de Productores y Productoras.

Libro de Asistencias a las Asambleas.

Nuevas relaciones sociales de producción

El trabajo productivo contemplado en la Ley Orgánica del Sistema Económico

Comunal y como parte de los principios de la Gran Misión Saber Trabajo

Venezuela establece el derecho no sólo de individuos sino de comunidades a

asociarse para desarrollar actividades productivas. En esta medida reconoce en la

Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y los principios que sirven

de base al Sistema Económico Comunal: El derecho a la salud asociado al

desarrollo de un sistema público de salud, el derecho a la seguridad social como

servicio público, así como el derecho al trabajo en tanto actividad productiva

garantía de una vida digna o Buen Vivir.

En su artículo 118 (Derecho de Individuos y Comunidades a Actividades

Productivas) no solo reconoce el derecho de los trabajadores, trabajadoras y

comunidades para desarrollar asociaciones de carácter social y participativo para

impulsar iniciativas económicas, sino que establece la obligatoriedad de la Ley de

reconocer las especificidades de estas organizaciones, en especial, las relativas al

acto cooperativo, al trabajo asociado y su carácter generador de beneficios

colectivos.

La nueva relación social de producción se caracteriza por la organización de las

fuerzas productivas (brigadas socialistas de trabajo u otras formas de organización

52

Page 53: ANTIMANUAL DEL SISTEMA ECONÓMICO COMUNAL

para el trabajo) para desarrollar un modelo de gestión orientado a la satisfacción

de necesidades a partir de nuevas formas de generación, apropiación y

distribución de las riquezas (reinversión social).

Los procesos de toma de decisiones en materia de planificación de la producción,

gestión productiva, administración de los recursos, formación de productores y

productoras y contraloría social son la garantía o expresión de las nuevas

relaciones sociales de producción.

Por ello, la Ley Orgánica del Sistema Económico Comunal y su Reglamento

establecen mecanismos para someter a consulta las iniciativas que en cualquiera

de tales materias tengan los distintos actores económicos que participan del

proceso productivo: productores y productoras, el Estado venezolano a través del

ente público que constituya Empresas de Propiedad Social Indirectas Comunal y

las comunidades organizadas.

Los mecanismos en cuestión no son otros que someter a consideración de la

Asamblea de Productores y Productoras y la instancia de agregación

correspondiente las decisiones que afecten la gestión productiva, siendo una de

las más importantes, las condiciones de trabajo de productores y productoras.

El artículo 299 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela

establece que el régimen socioeconómico se fundamenta, entre otros, en el

principio de justicia social a los fines de asegurar el desarrollo humano integral y

una existencia digna y provechosa para la colectividad.

En este sentido, el régimen de trabajo de las organizaciones socioproductivas está

orientado a garantizar el Buenvivir de productores y productoras. Por ello, conjuga

la remuneración de cada productor o productora con las garantías de derechos

contenidas en la Constitución Nacional.

La remuneración por el trabajo realizado debe garantizar la atención de las

necesidades de los productores y productoras así como de sus grupos familiares.

Por ello, la remuneración será establecida atendiendo las necesidades particulares

de los grupos familiares (especialmente las necesidades asociadas al cuidado de

niñas, niños, adolescentes, adultos mayores y personas con discapacidad o

53

Page 54: ANTIMANUAL DEL SISTEMA ECONÓMICO COMUNAL

enfermedades crónicas), incluso en aquellos casos en los cuales la jornada de

trabajo sea menor a ocho (8) horas diarias.

La planificación y gestión productiva deben garantizar la remuneración mensual y

permanente de los productores y productoras. En ningún caso podrá justificarse

excepciones a la remuneración mensual o semanal permanente (según haya sido

acordado en Asamblea de Productores y Productoras y de Ciudadanas y

Ciudadanos). Aún cuando la remuneración consiste en la retribución por el aporte

social de cada productor y productora, en ningún caso debe ser fijada en base a

los resultados de la producción individual y ello debido a que la fuerza de trabajo

es desigual en cada productor o productora: las capacidades, aptitudes,

formación, etc. no son equivalentes y, por lo tanto, en una misma jornada dos

trabajadores pueden dar un aporte completamente distinto. Además, en tanto que

la ruptura con la división social del trabajo supera la reproducción de la

especialización, no habrá productores o productoras que tengan más

responsabilidad o asuman más riesgos en sus funciones que otros pues todos los

trabajadores tienen el deber y el derecho de ocupar la totalidad de las funciones

rotándose en las mismas en el desarrollo de sus actividades.

La planificación y gestión productiva debe garantizar que ni las contingencias, ni la

necesidad de capitalización urgente de las organizaciones socioproductivas, ni el

cumplimiento de obligaciones específicas pongan en riesgo la producción de las

organizaciones socioproductivas y con ello la remuneración regular de productores

y productoras. Es por ello que las remuneraciones deben estar calculadas dentro

de la estructura de costo de la organización socioproductiva.

La organización para el trabajo productivo (con un máximo de ocho horas de

trabajo), horarios de trabajo, así como de los períodos de descanso será iniciativa

de la Asamblea de Productores y Productoras y debe ser avalada en Asamblea de

Ciudadanas y Ciudadanos. El trabajo se organizará de acuerdo con la capacidad

productiva de la organización, así como del número de productores y productoras,

y se hará considerando la necesidad y función social de productores y productoras

(jóvenes estudiantes, adultos mayores, personas con discapacidad o

54

Page 55: ANTIMANUAL DEL SISTEMA ECONÓMICO COMUNAL

enfermedades crónicas, cuidado de terceras personas, entre otras). Se sugiere

que el periodo de descanso garantice la seguridad y dignidad de productores y

productoras siendo no menor de 1 día a la semana y 15 días anuales.

Se sugiere considerar de manera referencial el siguiente esquema:

Organización

del trabajo

Horas diarias Horas semanales

DIURNA 8 44

NOCTURNA 7 40

MIXTA 7 ½ 42

Para el establecimiento de los periodos de descanso la organización

socioproductiva debe tomar las previsiones para cubrir las vacantes temporales,

sin afectar negativamente el Buenvivir de productores y productoras. Por ello, la

organización socioproductiva debe establecer mecanismos de rotación de

productores y productoras en las distintas áreas de trabajo, lo cual permita

planificar los cronogramas de descanso, sin afectar la operatividad de la

organización y el normal desenvolvimiento de las actividades.

Asimismo, se podrá crear un Fondo Público Administrado de Salud, de carácter

nacional, al cual contribuyan las Organizaciones Socioproductivas vinculados a la

Red Pública de Salud y a los cuales para realizar jornadas médicas preventivas y

periódicas, todo ello en plena correspondencia con las políticas implementadas del

Ejecutivo Nacional, en materia de salud y seguridad social. Igualmente, las

decisiones en materia de protección de la salud ocupacional, higiene y seguridad

industrial, prevención de accidentes en el trabajo, así como protección del medio

ambiente serán iniciativa de la Asamblea de Productores y Productoras y deben

ser avalada en Asamblea de Ciudadanas y Ciudadanos siempre respetando el

principio de garantizar las condiciones de trabajo dignas para todos y todas.

55

Page 56: ANTIMANUAL DEL SISTEMA ECONÓMICO COMUNAL

En materia de protección social, las organizaciones socioproductivas asumirán el

principio de servicio público de carácter no lucrativo, que garantice la salud y

asegure protección en contingencias diversas. Si bien la Ley Orgánica del Sistema

Económico Comunal prevé la obligatoriedad de la constitución del Fondo de

Atención a los Productores, Productoras, Prosumidores y Prosumidoras para

cubrir las necesidades imprevistas de productores y productoras, resulta necesario

la vinculación de las Organizaciones Socioproductivas al Sistema Integral de

Seguridad Social del Estado, mediante la afiliación a éste.

4.3.2 Gestión administrativa

Las Organizaciones Socioproductivas deben ser sustentables en el tiempo, para

ello deben hacer seguimiento de forma constante y disciplinada de su manejo

financiero y contable para garantizar que una vez se cubran los costos fijos y

variables, los excedentes se puedan repartir en los fondos dispuestos en la Ley

del Sistema Económico Comunal.

La administración y contabilidad de las Empresas de Propiedad Social Directa e

Indirecta Comunal y las Unidades Productivas Familiares se rige por los principios

de eficiencia, eficacia, racionalidad de la inversión, severidad del gasto,

uniformidad, simplicidad, transparencia, democracia participativa y protagónica,

rendición publica de cuentas y contraloría social. A tal efecto, adoptarán el modelo

único de administración y contabilidad establecido por el Ministerio del Poder

Popular para las Comunas y Protección Social.

Al cierre del ejercicio fiscal deben presentar ante el Registro del Sistema

Económico Comunal: balance general, estado de resultados, el flujo de caja, y el

plan de actividades para el ejercicio fiscal siguiente.

A partir de la información que suministra los libros contables podemos determinar

la información general sobre la estructura y contabilidad de costos de las

Organizaciones Socioproductivas. Llegados a este nivel vale la pena aclarar que

para efectos de la contabilidad del Sistema Económico Comunal no se consideran

56

Page 57: ANTIMANUAL DEL SISTEMA ECONÓMICO COMUNAL

las ganancias, pues es un concepto más asociado a la acumulación y apropiación

que hacen los capitalistas del trabajo ajeno y por tanto son contrarias al nuevo

modelo productivo socialista. En su lugar usaremos el concepto de excedentes de

la producción. En este sentido, los excedentes se reparten en tres fondos: de

Atención a Productores y Productoras, de Mantenimiento Productivo y de

Reinversión Social de los Excedentes.

Una de las líneas estratégicas del Proyecto Nacional Simón Bolívar, es el logro de

la SUPREMA FELICIDAD SOCIAL, en el lineamiento 8 se aspira “fomentar la

participación organizada del pueblo en la planificación de la producción y la

socialización equitativa de los excedentes” a través del incremento de la

participación de los Consejos Comunales en la planificación y control de la

Economía, el establecimiento de mecanismos administrativos y control social de

los excedentes, y el apoyo del equipo entre productores, Poder Popular y el

Estado en la planificación, gestión económica y distribución de excedentes.

A tal fin, se hace necesario hacer uso de la contabilidad en tanto establece las

normas y procedimientos para ordenar, analizar y registrar las operaciones

comerciales de una Organización; necesita del conocimiento de sus métodos y

procedimientos.

Dentro de lo que son los sistemas de información, la contabilidad se constituye

como uno de los sistemas más importantes y eficaz para clasificar los hechos

económicos que ocurren en una organización. Este se convierte en el eje central

en la obtención de datos contables y estadísticos por el cual se podrán orientar

los procedimientos necesarios que conduzcan al máximo rendimiento económico

La contabilidad es un sistema de información que sirve para:

Analizar la información contable para saber cual es la situación económica.

Tomar decisiones y justificarlas.

Rendir cuentas.

57

Page 58: ANTIMANUAL DEL SISTEMA ECONÓMICO COMUNAL

Utilizar los recursos de forma eficiente.

Corregir errores a riesgo.

No gastar más de lo debido.

Mantener la confianza de toda la organización.

Al tener una contabilidad se puede contar con información razonada acerca del

estado financiero de la empresa. Dicha información contable es el resultado de

registrar diariamente todas las operaciones de dinero que se han realizado.

a) La cuenta

Todos los recursos y movimientos de una empresa se encuentran agrupados en

cuentas; entendiéndose por cuenta, aquella con la cual se registran todas las

transacciones de un determinado concepto; la misma esta compuesta por el

Nombre de la cuenta y los Cargos y los Abonos.

En la contabilidad de una Organización Socio Productiva pueden existir una

cantidad sin limites de cuentas contables, que van a permitir el control de todas las

transacciones que se puedan generar.

Las cuentas reales reflejan los activos, pasivos y el patrimonio de las

organizaciones socioproductivas, muestran todos los bienes, el efectivo y su

equivalente, de los cuales se dispone para realizar operaciones, así como también

las obligaciones que se generan en esas operaciones y que se deben cumplir. Se

presentan en el Balance General.

Mientras que, las cuentas nominales son todas las cuentas que permiten

determinar el Resultado de las Operaciones arrojadas por las organizaciones

socioproductivas, por ejemplo los ingresos y gastos que se generen. Las cuentas

nominales son las que se reflejan en el estado de resultados.

58

Page 59: ANTIMANUAL DEL SISTEMA ECONÓMICO COMUNAL

Asientos contables

Registro de las operaciones realizadas por el ente y estos registros tienen que

estar reflejado mínimo en 2 cuentas contables, es decir, un cargo y un abono.

Teoría del cargo y del abono

Se trata de aquella teoría que indica a cuales cuentas se les carga y a cuales se

les abona.

Una carga a una cuenta, implica hacer el registro contable por el DEBE (A donde

va el recurso), mientras que cuando se abona, es hacer el registro contable por el

HABER (De donde viene el recurso), independientemente de la naturaleza de la

cuenta.

Una cuenta se carga, debita o adeuda en el Debe; mientras que se acredita,

abona o descarga por el Haber.

La suma de los cargos y los abonos debe ser igual, porque todo lo que se acreditó

en una parte, se debitó en otra.

En ese mismo

momento

Carga o debita en una cuenta

Acredita o Abona

en otra cuenta

59

Page 60: ANTIMANUAL DEL SISTEMA ECONÓMICO COMUNAL

El Cargo

Las cuentas REALES de ACTIVO aumentan cuando se cargan

Las cuentas REALES de PASIVO y PATRIMONIO disminuyen cuando

se cargan

Las cuentas NOMINALES de EGRESOS (Gastos) aumentan cuando

se cargan.

Las cuentas NOMINALES de INGRESOS (Gastos) disminuyen cuando

se cargan.

El Abono

Las cuentas  REALES de ACTIVO disminuyen cuando se  abonan

Las cuentas REALES de PASIVO y PATRIMONIO aumentan cuando

se abonan

Las cuentas NOMINALES de INGRESOS aumentan cuando se abonan

Las cuentas NOMINALES de EGRESOS disminuyen cuando se abonan.

El Saldo

Cuando se carga o se abona a una cuenta esta va aumentando o disminuyendo y

a la final tienen un saldo, que de acuerdo a la naturaleza de la cuenta este saldo

60

Page 61: ANTIMANUAL DEL SISTEMA ECONÓMICO COMUNAL

es DEUDOR o ACREEDOR. Sin embargo la cuenta puede tener un saldo CERO

(0)

Saldo deudor

Las cuentas REALES de  ACTIVO

Las cuentas NOMINALES de EGRESOS

Saldo acreedor

Las cuentas REALES de PASIVO

Las cuentas NOMINALES de INGRESOS

Saldo Cero

Cuando el monto registrado por el DEBE es igual al monto del HABER

Libros de contabilidad

Todos los registros de los movimientos de una empresa se deben anotar en los

libros de contabilidad.

En materia contable, las Organizaciones Socio Productivas deberán llevar tres

(03) libros principales, de forma ordenada y ajustados a los principios de

contabilidad generalmente aceptados, denominados: Diario, Mayor e Inventarios.

Por otra parte, podrán llevar los libros auxiliares que consideren importantes, por

ejemplo, los de banco; a los fines de garantizar el control de sus movimientos,

entendiéndose que existirán varias cuentas para el manejo de los fondos.

El Libro Diario, es aquel donde se anota cada transacción mediante cuentas

(caja, banco, materiales y suministros, fletes, compra, venta, entre otras),

diariamente, en orden cronológico, los hechos económicos que efectué una

Organización; es decir, en él se registran todas las operaciones realizadas por

ella.

61

Page 62: ANTIMANUAL DEL SISTEMA ECONÓMICO COMUNAL

El Libro Mayor, este libro cada hoja esta dedicada a una cuenta contable; ahí se

anotarán todos los movimientos que afectan a esa cuenta en concreto; se le llama

Mayor porque toma el movimiento total de las subcuentas. Ejemplo: en el libro

diario existen varios asientos que involucran la cuenta Banco, en el libro mayor se

anotará en la hoja seleccionada para Banco en el mismo orden cada una de las

apariciones de esta cuenda y deberá arrojar al final un saldo.

El Libro de Inventarios, es aquel en el que se insertan los inventarios que forma la

Organización, tanto el ordinario como el extraordinario; este debe cerrarse con el

balance y la cuenta de resultados, dado que debe demostrar con evidencias y

verdad los beneficios obtenidos y las pérdidas sufridas.

Los Libros Auxiliares, son aquellos empleados para cuentas en las cuales se

debe ejercer un mayor control de sus movimientos, tales como: caja, bancos,

ventas, entre otros.

En síntesis, toda Organización Socio Productiva debe llevar los siguientes libros:

Libro diario

Libro mayor

Libro de inventario

Libro de banco y sus auxiliares

Todo esto con la finalidad de llevar un mayor control y seguimiento en la ejecución

financiera.

Ejemplo del registro en los libros contables

Se registra una donación por Bs. 28.000,00, por un ente público, la cual está

compuesta por Bs. 8.000,00 mediante cheque Nº 548795 del Banco, Terreno

con un valor de Bs. 10.000,00 y Maquinarias y equipos por Bs. 10.000, 00.

Para registrar gastos de electricidad por Bs. 400,00, cancelados mediante

cheque Nº 65872

Para registrar ingresos por ventas por un monto de 15.000,00

62

Page 63: ANTIMANUAL DEL SISTEMA ECONÓMICO COMUNAL

Quedando registrado el asiento en libro diario de la siguiente manera:

Libro Diario

FECHA 2011

CUENTAS Y EXPLICACION REF DEDE HABER

-1- Mayo 02 Banco 1 8.000,00

Terreno 2 10.000,00 Maquinarias y Equipo 3 10.000,00 Donación 4 28.000,00 -2-

Mayo 10 Servicio de Electricidad 5 400,00 Banco

1 400,00

-3- Mayo 15 Banco 1 15.000,00

Ventas 6 15.000,00

Se registran dos operaciones que afectaron a la cuenta banco en el libro diario:

 1. Ingreso a Banco por medio de una donación de ente público según cheque Nº

548795.

2. Pago de servicio según factura de electricidad.

63

Page 64: ANTIMANUAL DEL SISTEMA ECONÓMICO COMUNAL

Libro Mayor

1. Terreno recibido por una donación gubernamental.

1. Maquinaria y equipo recibido por una donación gubernamental.

FECHA 2011

EXPLICACIÓN REF. DEBE HABER SALDO

Mayo 2 Donación del ente público 1/1 8.000,00 8.000,00 10 Pago factura de

electricidad 1/1 400,00 7.600,00

15 Ingreso por venta 1/1 15.000,00 22.600,00

1.1.1.2.01 Banco Folio 01

1.3.1.1.01 Terreno Folio 02

FECHA 2011

EXPLICACIÓN REF. DEBE HABER SALDO

Mayo 2 Terreno 2/1 10.000,00 10.000,00

1.3.2.104 Maquinaria y Equipo Folio 03FECHA

2011 EXPLICACIÓN REF. DEBE HABER SALDO

Mayo 2 Maquinarias y Equipo Donados para la formación del patrimonio

3/1 10.000,00 10.000,00

64

Page 65: ANTIMANUAL DEL SISTEMA ECONÓMICO COMUNAL

El total de las Donaciones recibidas por las organizaciones socioproductivas

1. El pago de servicio de electricidad de la sede de la organización

socioproductiva

1. Para registrar todas las ventas realizadas.

3.3.1.101 Donaciones Folio 04

FECHA 2011

EXPLICACIÓN REF. DEBE HABER SALDO

Mayo 2 Donaciones para obtenida para el patrimonio de la EPS

4/1 28.000,00 28.000,00

2.1.1.101 Servicio de electricidad Folio 05FECHA

2011 EXPLICACIÓN REF. DEBE HABER SALDO

Mayo 10 Pago factura 5/1 400,00 400,00

2.8.1.107 Venta Folio 06

FECHA 2011

EXPLICACIÓN REF. DEBE HABER SALDO

Mayo 15 Ventas realizada 6/1 15.000,00 15.000,00

65

Page 66: ANTIMANUAL DEL SISTEMA ECONÓMICO COMUNAL

b) Los estados financieros

Los estados financieros, también denominados estados contables, son informes

que se emplean para reflejar la situación económica y financiera de una

organización, a una fecha o periodo determinado, que facilitan la toma de

decisiones; dentro de los mismos se encuentran: Balance General, Estado de

Resultados, Flujo de Efectivo y Movimiento del Patrimonio.

En este sentido, en el caso de las Organizaciones Socio Productivas, se

emplearían, el Balance General, el Estado de Resultados y el Flujo de efectivo.

El balance general

Es un informe financiero, que refleja la situación del Patrimonio de una

Organización en un momento determinado; se estructura a través de tres

conceptos patrimoniales, el Activo, el Pasivo y el Patrimonio.

El estado de resultados

Es aquel que muestra ordenada y detalladamente la forma de como se obtuvo el

resultado del ejercicio durante un periodo determinado; este estado financiero es

dinámico, ya que abarca un período durante el cual deben identificarse

perfectamente los costos y gastos que dieron origen al ingreso del mismo.

Por lo tanto debe aplicarse perfectamente al principio del periodo contable para

que la información que presenta sea útil y confiable para la toma de decisiones.

El flujo de efectivo

Es aquel que informa sobre los movimientos de efectivo y sus equivalentes,

distribuidas en tres categorías: actividades operativas, de inversión y de

financiamiento

La información acerca de los flujos de efectivo es útil porque suministra a los

usuarios de los estados financieros las bases para evaluar la capacidad que tiene

66

Page 67: ANTIMANUAL DEL SISTEMA ECONÓMICO COMUNAL

la empresa para generar efectivo y equivalentes al efectivo, así como sus

necesidades de efectivo.

67

EPS Modelo, R.L.

Balance General al 31/12/2011

Expresado a Valores Históricos o Nominales

ACTIVO

ACTIVO CIRCULANTE

ACTIVO CIRCULANTE DISPONIBLE

BANESCO (CUENTA CORRIENTE) 22.600,00

TOTAL ACTIVO CIRCULANTE DISPONIBLE 22.600,00

ACTIVO FIJO

TERRENO 10.000,00

MAQUINARIA Y EQUIPO 10.000,00

DEPRECIACION ACUMULADA MAQUINARIA Y EQUIPO -1.000,00

TOTAL ACTIVO FIJO 19.000,00

TOTAL ACTIVO 41.600,00

PASIVO Y PATRIMONIO

PASIVO

PASIVO CIRCULANTE

TOTAL PASIVO CIRCULANTE 0,00

TOTAL PASIVOS 0,00

PATRIMONIO

CERTIFICADOS

DONACIONES 28.000,00

TOTAL DONACIONES 28.000,00

FONDOS DE MANTENIMIENTO PRODUCTIVO 9520

FONDO DE ATENCIÓN A LOS PRODUCTORES Y PRODUCTORAS 2720

FONDO COMUNITARIO PARA LA REINVERSION SOCIAL 1360

TOTAL FONDOS 41.600,00

TOTAL PASIVO Y PATRIMONIO 41.600,00

EPS Modelo, R.L.

Balance General al 31/12/2011

Expresado a Valores Históricos o Nominales

ACTIVO

ACTIVO CIRCULANTE

ACTIVO CIRCULANTE DISPONIBLE

BANESCO (CUENTA CORRIENTE) 22.600,00

TOTAL ACTIVO CIRCULANTE DISPONIBLE 22.600,00

ACTIVO FIJO

TERRENO 10.000,00

MAQUINARIA Y EQUIPO 10.000,00

DEPRECIACION ACUMULADA MAQUINARIA Y EQUIPO -1.000,00

TOTAL ACTIVO FIJO 19.000,00

TOTAL ACTIVO 41.600,00

PASIVO Y PATRIMONIO

PASIVO

PASIVO CIRCULANTE

TOTAL PASIVO CIRCULANTE 0,00

TOTAL PASIVOS 0,00

PATRIMONIO

CERTIFICADOS

DONACIONES 28.000,00

TOTAL DONACIONES 28.000,00

FONDOS DE MANTENIMIENTO PRODUCTIVO 9520

FONDO DE ATENCIÓN A LOS PRODUCTORES Y PRODUCTORAS 2720

FONDO COMUNITARIO PARA LA REINVERSION SOCIAL 1360

TOTAL FONDOS 41.600,00

TOTAL PASIVO Y PATRIMONIO 41.600,00

Page 68: ANTIMANUAL DEL SISTEMA ECONÓMICO COMUNAL

68

EPS Modelo

Estado de Resultados del 01/15/2011 al 31/12/2011

Expresado a Valores Históricos o Nominales

INGRESOS BRUTOS

INGRESOS POR VENTAS 15.000,00

MENOS: DEVOLUCIONES EN VENTAS 0,00

DESCUENTOS EN VENTAS 0,00

TOTAL INGRESOS 15.000,00CREACION FONDOS DE MANTENIMIENTO PRODUCTIVO 630,00CREACION FONDO DE ATENCIÓN A LOS PRODUCTORES Y PRODUCTORAS 180,00CREACION FONDO COMUNITARIO PARA LA REINVERSION SOCIAL 90,00TOTAL CREACION DE FONDOS 900,00TOTAL INGRESOS LUEGO DE LA CREACION DE LOS FONDOS

14.100,00

COSTOS DE VENTAS

COSTO DE VENTAS

TOTAL COSTOS DE SERVICIOS 0,00

GASTOS OPERACIONALES

SERVICIO DE ELECTRICIDAD 400,00

DEPRECIACION MAQUINARIA Y EQUIPOS 1.000,00

TOTAL GASTOS OPERACIONALES 1.400,00

EXCEDENTE (DEFECIT) DEL EJERCICIO 12.700,00FONDOS DE MANTENIMIENTO PRODUCTIVO 8.890,00FONDO DE ATENCIÓN A LOS PRODUCTORES Y PRODUCTORAS

2.540,00FONDO COMUNITARIO PARA LA REINVERSION SOCIAL 1.270,00

0,00

EPS Modelo

Estado de Resultados del 01/15/2011 al 31/12/2011

Expresado a Valores Históricos o Nominales

INGRESOS BRUTOS

INGRESOS POR VENTAS 15.000,00

MENOS: DEVOLUCIONES EN VENTAS 0,00

DESCUENTOS EN VENTAS 0,00

TOTAL INGRESOS 15.000,00CREACION FONDOS DE MANTENIMIENTO PRODUCTIVO 630,00CREACION FONDO DE ATENCIÓN A LOS PRODUCTORES Y PRODUCTORAS 180,00CREACION FONDO COMUNITARIO PARA LA REINVERSION SOCIAL 90,00TOTAL CREACION DE FONDOS 900,00TOTAL INGRESOS LUEGO DE LA CREACION DE LOS FONDOS

14.100,00

COSTOS DE VENTAS

COSTO DE VENTAS

TOTAL COSTOS DE SERVICIOS 0,00

GASTOS OPERACIONALES

SERVICIO DE ELECTRICIDAD 400,00

DEPRECIACION MAQUINARIA Y EQUIPOS 1.000,00

TOTAL GASTOS OPERACIONALES 1.400,00

EXCEDENTE (DEFECIT) DEL EJERCICIO 12.700,00FONDOS DE MANTENIMIENTO PRODUCTIVO 8.890,00FONDO DE ATENCIÓN A LOS PRODUCTORES Y PRODUCTORAS

2.540,00FONDO COMUNITARIO PARA LA REINVERSION SOCIAL 1.270,00

0,00

Page 69: ANTIMANUAL DEL SISTEMA ECONÓMICO COMUNAL

c) Los fondos en las organizaciones socioproductivas

En la Ley Orgánica del Sistema Económico Comunal, en sus artículos 63, 64 y 65,

se contempla la constitución de tres fondos para facilitar el desarrollo de las

funciones y actividades de la Organización Socio Productiva: Fondo de

Mantenimiento Productivo, el Fondo de Atención a los Productores,

productoras, Prosumidores y Prosumidoras y el Fondo de Reinversión

Social.

En los casos de organizaciones socioproductivas que por sus características no

generen excedentes inicialmente, se propone que en los primeros tres (03) años,

se realice la creación de los fondos tomando como base el 6% de los Ingresos

totales, siendo éstos producto de la venta o prestación de un servicio por parte de

la organización sumado a otros ingresos extraordinarios como los intereses

bancarios, por ejemplo.

De ese 6% apartado para los fondos se distribuirá a su vez en 70% para el Fondo

de Mantenimiento Productivo, 20% para el Fondo de Atención a los

Productores, productoras, Prosumidores y Prosumidoras y un 10% para el

Fondo de Reinversión Social. En los casos de organizaciones socioproductivas

cuya generación de los excedentes es más rápida, se distribuirá en 70%, 20% y

10% respectivamente, tanto para la creación como para el mantenimiento de los

fondos. Los fondos se acumularán con periodicidad mensual.

69

Page 70: ANTIMANUAL DEL SISTEMA ECONÓMICO COMUNAL

Ejemplo:

Ingreso por Venta o Prestacion de servicio999.900,00

Ingreso Extraordinario (Intereses Bancarios) 100,00TOTAL INGRESOS 1.000.000,00Creacion Fondo de Mantenimiento Productivo 42.000,00Creacion Fondo de Atención a los Productores, productoras, Prosumidores y Prosumidoras 12.000,00Creacion Fondo de Reinversión Social 6.000,00TOTAL CREACION DE FONDOS 60.000,00TOTAL INGRESOS LUEGO DE LA CREACION DE LOS FONDOS 940.000,00

Si la organización desde su comienzo refleja excedentes el cálculo de los fondos

se realizará directamente del excedente del ejercicio (entendiéndose como

excedente el resultado de la resta entre los ingresos totales con los costos y

70

Page 71: ANTIMANUAL DEL SISTEMA ECONÓMICO COMUNAL

gastos del año), del monto total del excedente se distribuirá en 70%, 20% y 10%

respectivamente para cada fondo.

Después del tercer año, el porcentaje del fondo de reinversión social crecerá

proporcionalmente al aumento de los ingresos obtenidos. Dado el nivel de

importancia de cada uno de ellos, se estima el siguiente porcentaje para su

deducción:

A) Fondo de Mantenimiento Productivo: En atención a que la función de este

fondo es garantizar el ciclo productivo y brindar una respuesta eficaz a la

contingencia surgida de la organización, se estima deducir del 6% de los Ingresos

Brutos, el 70% se destina para la creación del fondo y para su mantenimiento será

el 70% del excedente.

B) Fondo de Atención a los Productores, Productoras, Prosumidores y

Prosumidoras: La función de este fondo es cubrir las necesidades en situaciones

de contingencia de los integrantes de la organización. El cálculo será de la

siguiente manera, deduciendo el 6% de los Ingresos Brutos, el 20% se destina

para la creación del fondo y para su mantenimiento será el 20% del excedente

neto.

71

Page 72: ANTIMANUAL DEL SISTEMA ECONÓMICO COMUNAL

C) Fondo Comunitario de Reinversión social: Este fondo esta destinado al

desarrollo social comunitario, comunal y nacional. Su cálculo es el siguiente

deducido el 6% de los Ingresos Brutos, el 10% se destina para la creación del

fondo y para su mantenimiento será el 10% del excedente neto.

Una vez entendido el objetivo de cada uno de estos fondos, se sugiere que

sus porcentajes se mantengan iguales tanto para las Organizaciones Socio

Productivas Indirectas como las Directas, independientemente que una se

constituya por el Poder Popular y la otra por el Poder Publico, debido a que

para ambos casos siempre se calculará sobre sus excedentes y el uso de

este apartado será para un mismo fin.

El uso de los Fondos en las Organizaciones Socioproductivas

Los fondos deberán depositarse en cuentas corrientes distintas, a los fines de que

se garantice el control de los mismos y así facilitar el seguimiento de su uso.

A) Fondo de Mantenimiento Productivo: Este fondo esta destinado a dar

respuesta a las contingencias.

Se denominarán “CONTINGENCIAS” aquellas situaciones o eventos catastróficos

no contemplados y que atenten contra el normal funcionamiento de las actividades

productivas desarrolladas. Un ejemplo especifico en el caso de una Organización

Socioproductiva dedicada a la “Confección de Uniformes Escolares”, donde

debe existir el área administrativa, unidad de suma importancia para el

funcionamiento continuo de la organización socioproductiva ya que allí se

72

FONDO CREACIÓN MANTEMIENTO

Fondo de Mantenimiento productivo

Fondo de Atención a los Productores, Productoras, Prosumidores y Prosumidoras

Fondo Comunitario de Reinversión social

Creación 6% de los Ingresos Totales, dividido en 70%,

20% y 10%, respectivamente.

70%, 20% y 10% del Excedente Neto

Page 73: ANTIMANUAL DEL SISTEMA ECONÓMICO COMUNAL

procesan los pagos, pedidos de materia prima e insumos, las ventas y los

expedientes de distribución, todo esto almacenado en archivos físicos y digitales.

Si ocurre un incendio (Contingencia) significaría un cierre temporal de la

organización, generándose así:

Pérdidas de información (recuperación de los datos administrativos,

imposibilidad de facturar y de admitir pedidos)

Sanciones por accidentes en el trabajo

Necesidad de reconstrucción manual de los pedidos y ventas

Suspensión de los pagos

Reinversión en mobiliario y equipos

La rehabilitación del local

Todas estas consecuencias pueden valorarse en términos monetarios, las cuales

pueden ser asumidas por el fondo en caso de materializarse el evento.

Así mismo puede cubrir ampliación de la escala de producción, compra de

maquinarias y equipos, activos fijos, etc., siempre y cuando estén asociadas al

cumplimiento del ciclo productivo comunal y a la satisfacción de las necesidades

de los productores en conjunto con la comunidad.

B) Fondo de Atención a los Productores, Productoras, Prosumidores y

Prosumidoras: Este es un fondo social, que esta destinado a las contingencias e

imprevistos de los integrantes de la Organización, se puede emplear para

emergencias presentadas por ellos en el ciclo productivo, así como también para

la capacitación y formación de los mismos. Su administración la hará la Unidad de

Administración. Entiéndase por contingencia todo aquel accidente comprobado

dentro del área productiva.

Por ejemplo, si el Fondo de Atención a los Productores, Productoras,

Prosumidores y Prosumidoras en un determinado año es insuficiente para cubrir

73

Page 74: ANTIMANUAL DEL SISTEMA ECONÓMICO COMUNAL

las responsabilidades de dicho fondo, podrá recurrir a una porción del Fondo

Mantenimiento Productivo para cubrir la necesidad de ese año y viceversa.

Además de lo establecido en la definición anterior el fondo de atención a los

productores puede contemplar lo siguiente:

Capacitación técnica de los productores y productoras.

Educación para los hijos e hijas de los productores y productoras

(Becas y Ayudas para la adquisición de uniformes y útiles escolares)

Salud: Apoyo en la compra de medicamentos no subsidiados por el

estado.

Reparaciones y Rehabilitaciones de Viviendas en caso de

productores en situación de vulnerabilidad.

Recreación: construcción y mantenimiento de espacios destinados a

la recreación y disfrute de los productores, productoras, familiares y

comunidad en general, así como también actividades de esa índole.

C) Fondo Comunitario de Reinversión social: Este fondo es en pro de

satisfacer las necesidades colectivas de la comunidad o la comuna, para contribuir

al Desarrollo Social e Integral del país. Su administración se hará a través de la

Unidad de Administración.

Se sugiere que el fondo de reinversión social no sea reasignado a los demás

fondos, ya que este es de uso social, sin embargo, este fondo si podrá ser

alimentado por los otros dos fondos; con la garantía de satisfacer las necesidades

de la comunidad.

La reinversión social debe ser planificada, una visión en conjunto que vislumbre el

corto, mediano y largo plazo que sea viable y que refleje de la mejor manera el

uso del fondo, no solamente prestar servicios sino cubrir necesidades comunes

que conlleven al buen vivir.

74

Page 75: ANTIMANUAL DEL SISTEMA ECONÓMICO COMUNAL

Ingresos Brutos (Ingresos Totales)

Menos:

Apartado del 6% del ingreso Total para la creación de los Fondos repartidos de la

siguiente manera:

70% Mantenimiento Productivo

20% Atención a los Productores y Productoras

10% Reinversión Social

=Excedente (déficit) Después del 6%

Menos

Costos

Gastos Operacionales

Gastos Administrativos

Egresos Extraordinarios

=Excedente (Déficit) Neto del Ejercicio para Fondos repartidos de la

siguiente manera

Menos:

70% Fondo de Mantenimiento Productivo

20% Fondo de Atención a los Productores y Productoras

10% Fondo de Reinversión Social

75

Page 76: ANTIMANUAL DEL SISTEMA ECONÓMICO COMUNAL

Estado de resultados

d) Estructura de costos

Definimos los costos como el gasto económico de recursos en los que deben

incurrir las Organizaciones Socioproductivas con el objetivo de llevar adelante su

proceso productivo. Los podemos clasificar fundamentalmente según su grado de

variabilidad en dos grandes renglones a saber: costos fijos y costos variables.

76

Page 77: ANTIMANUAL DEL SISTEMA ECONÓMICO COMUNAL

Costos fijos: Son aquellos cuya magnitud permanece constante

independientemente del nivel de actividad de la Organización

Socioproductiva, de forma tal, que se lleve a cabo o no la actividad

productiva, se realice o no la producción, se venda o no el bien o servicio,

dichos costos igual deben ser cubiertos por la Organización

Socioproductiva. Dentro de los costos fijos podemos identificar: Alquileres,

Amortizaciones o depreciaciones, Servicios (luz, teléfono, agua, gas, etc.),

Seguros, y Gastos de Publicidad, entre otros.

Costos Variables: Son aquellos que varían de forma proporcional, de

acuerdo al nivel de producción o actividad de la Organización

Socioproductiva. Es decir, son los costos en que se incurre por producir o

ventas. Dentro de los costos variables podemos identificar: Remuneración

al trabajo, Materias primas, Transporte, Materiales, equipos e insumos

directos, Mantenimiento y reparación, Herramientas de trabajo y envases y

embalajes, entre otros.

Si sumamos los costos fijos más los costos variables obtendremos los costos

totales en los que incurre la Organización Socioproductiva como resultado de su

proceso productivo:

COSTO TOTAL (CT) = TOTAL COSTO FIJO (CF) + TOTAL COSTO VARIABLE (CV)

Así mismo, si hacemos una operación sencilla al dividir el costo total entre el

número de unidades de bienes o servicios producidos, obtendremos el costo

medio, costo por unidad o en otras palabras podemos determinar cuánto le cuesta

producir cada unidad de bien o servicio a la Organización Socioproductiva.

COSTO TOTAL (CT)

COSTO MEDIO (CMED) = __________________________________

N° DE UNIDADES PRODUCIDAS

77

Page 78: ANTIMANUAL DEL SISTEMA ECONÓMICO COMUNAL

Ahora bien, cuando las Organizaciones Socioproductivas a partir de sus ventas o

prestación del bien o servicio obtienen sus ingresos totales, debe restarle los

ingresos totales para alcanzar el monto correspondiente a los excedentes de la

producción.

INGRESO TOTAL (IT) - COSTO TOTAL (CT) = EXCEDENTE

Luego de obtener el monto correspondiente al excedente, la Unidad Interna de

Administración debe garantizar que los recursos excedentarios generados por la

actividad productiva se distribuyan en los tres Fondos establecidos en la Ley

Orgánica del Sistema Económico Comunal, así mismo, debe administrar los

recursos producto de los excedentes destinados al Fondo de Mantenimiento

Productivo.

e) Guía para la presentación de la memoria y cuenta

Exposición Resumida del Plan de Desarrollo Comunal:

Políticas

Objetivos

Estrategias

Metas deseadas

Proyecto: 

Nombre del proyecto de la organización socioproductiva

Objetivo del proyecto

Plan anual operativo

Acciones tomadas para su ejecución

Actividades desarrolladas

Recursos

Estructura organizativa

78

Page 79: ANTIMANUAL DEL SISTEMA ECONÓMICO COMUNAL

Unidad de Administración: 

Funciones de la unidad de administración

Acciones ejecutadas para el logro de los objetivos planteados

en el plan anual de la organización socioproductiva

Presentación de balance general

Presentación de estado de ganancias y pérdidas

Presentación del flujo de caja

Presentación del plan de actividades para el ejercicio fiscal

siguiente

Uso de los Fondos

Unidad de Gestión Productiva:

Funciones de la unidad de gestión productiva

Plan productivo

Objetivos del plan

Ciclo comunal productivo

Acciones ejecutadas

Metas propuestas y logros alcanzados

Obstáculos encontrados

Desarrollo de la actividad productiva

Unidad de Contraloría Social

Funciones de la unidad de contraloría social.

Inconsistencias encontradas en las unidades de

administración, gestión productiva y formación

Correctivos implementados

Mecanismos de control ejecutados

79

Page 80: ANTIMANUAL DEL SISTEMA ECONÓMICO COMUNAL

5) PROCESO DE CONSTITUCIÓN Y REGISTRO DE LAS ORGANIZACIONES

SOCIOPRODUCTIVAS

Las Organizaciones Socioproductivas se crean por iniciativa de los productores y

productoras en estrecha vinculación con las Instancias del Poder Popular, ya sea

el Consejo Comunal o la Comuna en Construcción. Este vinculo permite la unión

indisoluble entre los productores, las productoras y su comunidad, todo esto con el

objeto de realizar las actividades que resulten en beneficio de las comunidades

para alcanzar el buen vivir, reinvertir socialmente y equitativamente los excedentes

derivados de sus actividades productivas en el desarrollo integral de sus

comunidades, además de contribuir al desarrollo social de nuestro país,

impulsando el Sistema Económico Comunal. La metodología de trabajo que

permite la creación de las Organizaciones Socioproductivas es la siguiente:

5.1 ¿Cómo crear nuestra Organización Socioproductiva?

La creación de nuevas Organizaciones Socioproductivas corresponde a las

comunidades organizadas a partir de la iniciativa de cmación de un grupo de

Productores y Productoras, los cuales deben elaborar el proyecto socio-

productivo y presentarlo ante la instancia del Poder Popular a que corresponda.

La Asamblea de Ciudadanos y Ciudadanas debatirá el proyecto socio-

productivo a la luz del Plan de Desarrollo Comunal y del Plan de Desarrollo

Económico y Social de la Nación. En el caso de los Grupos de Intercambio

Solidario, los proyectos serán considerados por la Asamblea de Prosumidores y

Prosumidoras. A continuación resumimos los pasos para crear Organizaciones

Socioproductivas:

1er PASO: Los Comités de Economía Comunal de los Consejos

Comunales o el Consejo de Economía Comunal de la Comuna en

Construcción identifican la vocación socioproductiva de la comunidad y

80

Page 81: ANTIMANUAL DEL SISTEMA ECONÓMICO COMUNAL

elaboran el Plan de Desarrollo Comunal en función de satisfacer las

necesidades de la comunidad.

2do PASO: Los productores y productoras elaboran el Proyecto socio-

productivo enmarcado dentro del Plan de Desarrollo Comunal.

3er PASO: Los productores y productoras se reúnen en Asamblea y

elaboran el Acta Constitutiva de la Organización Socioproductiva, la cual,

en conjunto con el proyecto socio- productivo, deben ser sometidos a la

consideración de la Asamblea de Ciudadanos y Ciudadanas de la

Instancia del Poder Popular a que corresponda

4to PASO: La Asamblea de Ciudadanos y Ciudadanas de la Instancia

del Poder Popular a que corresponda, teniendo como criterios la vocación

socioproductiva, el ciclo productivo socialista y las estrategias establecidas

en el Plan de Desarrollo Comunal, aprobará el inicio de actividades de la

Organización Socioproductiva en su ámbito territorial.

5to PASO: Los productores y productoras deben acudir al Registro Público

de la Economía comunal y consignar los recaudos necesarios para la

creación formal de la Organización Socioproductiva.

5.2 ¿Cómo registrar nuestra organización socio productiva?

Una vez recopilados todos los requisitos, los productores y productoras deben

acudir al Registro Público del Sistema Económico Comunal, ubicado en las

oficinas del Ministerio del Poder Popular para las Comunas y la Protección Social

y sus distintos entes adscritos a nivel nacional, donde se le ofrecerá asesoría

técnica, información necesaria para adelantar el modelo de gestión económica

comunal, y se le otorgará personalidad jurídica a las Organizaciones

Socioproductivas.

81

Page 82: ANTIMANUAL DEL SISTEMA ECONÓMICO COMUNAL

5.3 ¿Qué requisitos necesitamos para registrar nuestra Organización

Socioproductiva?

Los requisitos para el registro de las organizaciones socio-productivas son los

siguientes:

1. Actas de Asambleas de Ciudadanos y Ciudadanas de la instancia del Poder

Popular a que corresponda, donde se aprueba la constitución de la

Organización Socioproductiva.

2. Proyecto socio-productivo.

3. Acta Constitutiva y Estatutos resultado de la primera Asamblea de Productores

y Productoras.

4. Actas de Asamblea de Productores/as.

5. Copia fotostática de las cédulas de identidad de los integrantes de la

Organización Socioproductiva.

6. Copia del Registro de Información Fiscal (RIF), de cada uno de los y las

integrantes de la Organización Socioproductiva. En el caso de los grupos de

intercambio solidario podrán presentar el Registro de Información Fiscal (RIF)

los voceros y voceras principales y suplentes de los comités de trabajo.

7. Constancia de residencia de los miembros de las Organizaciones socio-

productivas, emitida por el Consejo Comunal al que pertenecen.

8. Planilla de reserva de denominación.

9. Aval de registro por parte del Gabinete Económico Estadal

10.Los grupos de intercambio solidario deberán presentar el acta de asamblea de

prosumidores y prosumidoras donde se aprueben los integrantes.

11.Cualquier otro que se determine mediante Resolución emanada por el

Ministerio del Poder Popular para las Comunas y la Protección Social en su

carácter de órgano coordinador.

82

Page 83: ANTIMANUAL DEL SISTEMA ECONÓMICO COMUNAL

Pasos para el registro de Organizaciones Socioproductivas en el Sistema

Económico Comunal

83

Servidor Público de Taquilla Única recibe

la planilla de Reserva de

Denominación, presentada por un

(1) vocero (a)

Servidor Público de Taquilla Única recibe

la planilla de Reserva de

Denominación, presentada por un

(1) vocero (a)

VERIFICA

Solicitud de Registro de la Organización Socioproductiva

y el ProyectoEl Servidor Público Recibe

Verificación de datos y

documentos:

Verificación de datos y

documentos:

SI

Dentro del lapso de los quince (15) días, contemplado en el artículo 16, numeral 2 de la Ley Orgánica del Sistema Económico Comunal, la Taquilla Única de Registro del Poder Popular entregará comunicación a las Organizaciones Socioproductivas, para realizar la solicitud del RIF y la correspondiente apertura de la cuenta

bancaria, por parte de los voceros cuentadantes.

NO Se le informa al solicitante que

tiene 30 días para subsanar alguna deficiencia u omisión, de no

hacerlo en ese lapso la Taquilla Única de Registro del Poder

Popular, se abstendrá de registrar dicha organización (Art. 16

Numeral 3 - 4 y Art. 18) de la Ley Orgánica de l Sistema Económico

Comunal.

La Taquilla Única de Registro del Poder Popular, emitirá la Reserva de Denominación, la cual tendrá una fecha de vigencia máxima

de noventa (90) días continuos

Se le informa al solicitante que en el transcurso de los noventa (90) días,

la Organización Socioproductiva Comunitaria deberá elaborar el Acta Constitutiva Estatutaria y el Proyecto

Socioproductivo. Actas de Asambleas de Ciudadanos y Ciudadanas de la instancia del Poder Popular a que corresponda, donde se aprueba la constitución de la Organización Socioproductiva. Proyecto socio-productivo. Acta Constitutiva y Estatutos resultado de la primera Asamblea de Productores y Productoras. Actas de Asamblea de Productores/as. Copia de las cédulas de identidad de los integrantes de la Organización Socioproductiva. Copia del Registro de Información Fiscal (RIF), de cada uno de los y las integrantes de la Organización Socioproductiva. En el caso de los grupos de intercambio solidario podrán presentar el Registro de Información Fiscal (RIF) los voceros y voceras principales y suplentes de los comités de trabajo. Constancia de residencia de los miembros de las Organizaciones socio-productivas, emitida por el Consejo Comunal al que pertenecen. Planilla de reserva de denominación. Aval de registro por parte del Gabinete Económico Estadal Los grupos de intercambio solidario deberán presentar el acta de asamblea de prosumidores y prosumidoras donde se aprueben los integrantes.

Nombre de la Organización Socioproductiva Domicilio Sector Económico de la Actividad Socioproductiva a desarrollar Nombres y Apellidos, Cédulas de Identidad y Teléfonos de los voceros integrantes de la Organización Socio Productiva

Page 84: ANTIMANUAL DEL SISTEMA ECONÓMICO COMUNAL

84

ENTREGA DE CERTIFICADO DE REGISTRO A LA ORGANIZACIÓN

SOCIOPRODUCTIVA

ENTREGA DE CERTIFICADO DE ENTREGA DE CERTIFICADO DE REGISTRO A LA ORGANIZACIREGISTRO A LA ORGANIZACIÓÓN N

SOCIOPRODUCTIVASOCIOPRODUCTIVA

La Taquilla Única de Registro del Poder Popular, realizará la respectiva carga de los datos del RIF y

cuenta bancaria de la Organización Socioproductiva Comunal, en el Sistema de Registro Tecnológico

Fin del Proceso Fin del Proceso Fin del Proceso

Las Organizaciones Socioproductivas Comunales, llevará a la Taquilla Única de Registro del Poder

Popular, Los Libros Contables (Diario, Inventario, Mayor) para su sellado, acompañados por la copia

del RIF de la Organización y la constancia de la apertura de Cuenta Bancaria del Banco

Bicentenario, a los fines de que la Taquilla Única emita el respectivo Certificado de Registro.

Page 85: ANTIMANUAL DEL SISTEMA ECONÓMICO COMUNAL

6) GLOSARIO DE TÉRMINOS Y DEFINICIONES

Autogestión: Conjunto de acciones mediante las cuales las comunidades

organizadas asumen directamente la gestión de proyectos, ejecución de obras y

prestación de servicios necesarios para mejorar la calidad de vida en su ámbito

geográfico. (Fuente: Ley Orgánica del Poder Popular, Art. 8).

Asamblea de ciudadanos y ciudadanas: Máxima instancia de participación y

decisión de la comunidad organizada, conformada por la integración de personas

con cualidad jurídica, según la ley que regule la forma de participación, para el

ejercicio directo del poder y protagonismo popular, cuyas decisiones son de

carácter vinculante para la comunidad, las distintas formas de organización, el

gobierno comunal y las instancias del Poder Público, de acuerdo a lo que

establezcan la leyes que desarrollen la constitución, organización y

funcionamiento de los autogobiernos comunitarios, comunales y los sistemas de

agregación que de éstos surjan. (Fuente: Ley Orgánica del Poder Popular, Art. 8).

Asamblea de Productores y Productoras: Máxima instancia de decisión y

control de la gestión de las Organizaciones Socioproductivas.

Banco de la Comuna: Organización económico financiera de carácter social que

gestiona, administra, transfiere, financia, facilita, capta y controla, de acuerdo con

los lineamientos establecidos en el Plan de Desarrollo Comunal, los recursos

financieros y no financieros de ámbito comunal, retornables y no retornables,

impulsando las políticas económicas de participación democrática y protagónica

del pueblo, bajo un enfoque social, político, económico y cultural para la

construcción del modelo productivo socialista. (Fuente: Ley Orgánica del Sistema

Económico Comunal, Art. 6 y Ley Orgánica de las Comunas, Art. 4).

Brigada Socialista de Trabajo (BST): Es un conjunto organizado de personas

que llevan a cabo un trabajo o una actividad. Constituye la unidad básica del

Ejército Productivo, está conformada por la fuerza productiva de la comunidad a la

cual pertenece, su organización se orienta a la producción de bienes y/o servicios.

85

Page 86: ANTIMANUAL DEL SISTEMA ECONÓMICO COMUNAL

Por su carácter socialista, establece prácticas de cooperación y solidaridad,

convirtiéndose en la génesis para erradicar las actuales relaciones sociales de

producción capitalistas, fundamentadas en la explotación del hombre por el

hombre.

Carlos Marx (1818-1883): Intelectual y militante comunista alemán de origen

judío. En su vasta e influente obra incursionó en los campos de la filosofía, la

historia, la política y la economía. Fue miembro fundador de la Liga de los

Comunistas (1847-1850) y de la Primera Internacional (1864-1872).

Ciclo Productivo Comunal: Es el sistema de producción, transformación,

distribución, intercambio y consumo socialmente justo de saberes, bienes y

servicios de las distintas formas organizativas socio-productivas surgidas en el

seno de la comunidad como consecuencia de las necesidades humanas. (Fuente:

Terminología del Poder Popular, Ediciones de la Comisión Permanente de

Participación Ciudadana – Asamblea Nacional).

Cogestión: Proceso mediante el cual las comunidades organizadas coordinan con

el Poder Público, en cualquiera de sus niveles e instancias, la gestión conjunta

para la ejecución de obras y prestación de servicios necesarios para mejorar la

calidad de vida en su ámbito geográfico. (Fuente: Ley Orgánica del Poder Popular,

Art. 8).

Comité de Economía Comunal: Es la instancia encargada de la participación y

coordinación de la actividad económica del consejo comunal. Se constituye a

través de la vinculación y articulación entre las organizaciones socio-productivas y

la comunidad, para los planes y proyectos socio-productivos. (Fuente: Ley

Orgánica del Sistema Económico Comunal, Art. 6).

Comuna: Es un espacio socialista que, como entidad local, es definida por la

integración de comunidades vecinas con una memoria histórica compartida,

rasgos culturales, usos y costumbres, que se reconocen en el territorio que

ocupan y en las actividades que le sirven de sustento, y sobre el cual ejercen los

86

Page 87: ANTIMANUAL DEL SISTEMA ECONÓMICO COMUNAL

principios de soberanía y participación protagónica como expresión del Poder

Popular, en concordancia con un régimen de producción social y el modelo de

desarrollo endógeno y sustentable, contemplado en el Plan de Desarrollo

Económico y Social de la Nación. (Fuente: Ley Orgánica de las Comunas, Art. 5).

Comunidad: Núcleo espacial básico e indivisible constituido por personas y

familias que habitan en un ámbito geográfico determinado, vinculadas por

características e intereses comunes; comparten una historia, necesidades y

potencialidades culturales, económicas, sociales, territoriales y de otra índole.

(Fuente: Ley Orgánica del Poder Popular; Art. 8 y Ley Orgánica de los Consejos

Comunales, Art. 4).

Consejo Comunal: Los consejos comunales, en el marco constitucional de la

democracia participativa y protagónica, son instancias de participación,

articulación e integración entre los ciudadanos, ciudadanas y las diversas

organizaciones comunitarias, movimientos sociales y populares, que permiten al

pueblo organizado ejercer el gobierno comunitario y la gestión directa de las

políticas públicas y proyectos orientados a responder a las necesidades,

potencialidades y aspiraciones de las comunidades, en la construcción del nuevo

modelo de sociedad socialista de igualdad, equidad y justicia social. (Fuente: Ley

Orgánica de los Consejos Comunales, Art. 2).

Consejo de Economía Comunal: Es la instancia encargada de la planificación y

coordinación de la actividad económica de la Comuna. Se constituye para la

articulación de los comités de economía comunal y las organizaciones socio-

productivas con el Parlamento Comunal y el Consejo de Planificación Comunal.

(Fuente: Ley Orgánica de las Comunas, Art. 4).

Consejo de Planificación Comunal: Órgano destinado a la planificación integral

dentro del área geográfica y ´poblacional que comprende a una comuna, teniendo

como tarea fundamental la elaboración del Plan de Desarrollo Comunal y de

impulsar la coordinación así como la participación ciudadana y protagónica en la

87

Page 88: ANTIMANUAL DEL SISTEMA ECONÓMICO COMUNAL

formulación, ejecución, seguimiento, evaluación y control de dicho plan. (Fuente:

Ley Orgánica de Planificación Pública y Popular, Art. 5).

Cooperativas: Son asociaciones abiertas y flexibles, de hecho y derecho

cooperativo, de la Economía Social y Participativa, autónomas, de personas que

se unen mediante un proceso y acuerdo voluntario, para hacer frente a sus

necesidades y aspiraciones económicas, sociales y culturales comunes, para

generar bienestar integral, colectivo y personal, por medio de procesos y

empresas de propiedad colectiva, gestionadas y controladas democráticamente.

(Fuente: Ley Especial de Asociaciones Cooperativas, Art. 2).

Costos: Representan el gasto económico de recursos en los que deben incurrir

las Organizaciones Socioproductivas con el objetivo de llevar adelante su proceso

productivo. Por ejemplo: Una Empresa de Propiedad Social Directa necesita

gastar materiales e insumos para la producción, tales como: materia prima,

energía eléctrica, combustible, remuneraciones, equipos y herramientas, entre

otros. Esta serie de gastos sumados y organizados por los métodos contables

representan los costos de las Organizaciones Socioproductivas.

Ejército Productivo: Se define como la organización que aglutina la fuerza

productiva estructurada en Brigadas Socialistas de Trabajo, que a su vez, se

agrupan en distintos Frentes de Producción de acuerdo a los diferentes ámbitos;

manufactura, agrícola, industrial, construcción y servicios.

Estado Comunal: Forma de Organización político – social, fundada en el Estado

democrático y social de derecho y de justicia establecido en la Constitución de la

República, en la cual el poder es ejercido directamente por el pueblo, a través de

los autogobiernos comunales, con un modelo económico de propiedad social y de

desarrollo endógeno y sustentable, que permita alcanzar la suprema felicidad

social de los venezolanos y venezolanas en la sociedad socialista. La célula

fundamental de conformación del Estado Comunal es la Comuna. (Fuente: Ley

Orgánica del Poder Popular; Art. 8 y Ley Orgánica de las Comunas, Art. 4).

88

Page 89: ANTIMANUAL DEL SISTEMA ECONÓMICO COMUNAL

Excedentes: Constituyen los resultados del proceso productivo, una vez restados

los costos totales de los ingresos totales. Una vez obtenidos estos resultados

deben ser destinados a los Fondos de mantenimiento productivo, atención a

productores (as), prosumidores (as), y comunitario para la reinversión social.

Federico Engels (1820-1895): Filósofo y revolucionario alemán. Amigo y

colaborador de Carlos Marx, fue coautor con él de obras fundamentales para el

nacimiento de los movimientos socialistas, comunistas y sindicales. Fue dirigente

político de la Primera y Segunda Internacional.

Geometría del Poder: Es la geografía radical, aquella que se configura a partir de

las relaciones políticas, económicas y sociales que se establecen en el propio

seno de la comunidad.

Gestión Económica Comunal: Son el conjunto de acciones que se planifican,

organizan y dirigen de manera participativa y protagónica por el pueblo

organizado, en función de coadyuvar en la generación de nuevas relaciones

sociales de producción que satisfagan las necesidades colectivas de las

comunidades. (Fuente: Terminología del Poder Popular, Ediciones de la Comisión

Permanente de Participación Ciudadana – Asamblea Nacional).

Fuerza productiva: Con el desarrollo del Modelo Productivo Socialista se libera el

trabajo de los límites impuestos por el régimen del capitalismo y se transforma en

trabajo emancipado en fuerza social creadora, en fuerza productiva.

Instancias del Poder Popular: Constituidas por los diferentes sistemas de

agregación comunal y sus articulaciones, para ampliar y fortalecer la acción del

autogobierno comunal: consejos comunales, comunas, ciudades comunales,

federaciones comunales y las que, de conformidad con la Constitución de la

República, la ley que regule la materia y su reglamento, surjan de la iniciativa

popular. (Fuente: Ley Orgánica del Poder Popular, Art. 8 y Ley Orgánica de las

Comunas, Art. 4).

89

Page 90: ANTIMANUAL DEL SISTEMA ECONÓMICO COMUNAL

José Carlos Mariátegui (1894-1930): Periodista e intelectual peruano, es

considerado el pionero de los estudios marxistas aplicados a la realidad de

América Latina. Fue el fundador del Partido Socialista Peruano (que pasaría

denominarse Partido Comunista Peruano en 1930, a instancias de la Tercera

Internacional), y de la Confederación General de Trabajadores del Perú en 1929.

Medios y factores de producción: Son los elementos tales como la fuerza

productiva, tierra, infraestructura, maquinaria, equipos, tecnología y recursos

financieros, que se transforman en el proceso de producción para la generación de

bienes y servicios necesarios para la satisfacción de necesidades.

Modelo productivo socialista: Modelo de producción basado en la propiedad

social, orientado hacia la eliminación de la división social de trabajo propio del

modelo capitalista. El modelo de producción socialista está dirigido a la

satisfacción de necesidades crecientes de la población, a través de nuevas formas

de generación y apropiación así como la reinversión social del excedente. (Fuente:

Ley Orgánica Sistema Económico Comunal, Art. 6)

Plan Comunal de Desarrollo: El Plan Comunal de Desarrollo es el instrumento

de gobierno que permite a las comunas, establecer proyectos, objetivos, metas,

acciones y recursos dirigidos a darle concreción a los lineamientos plasmados en

el Plan de Desarrollo Económico y Social de la Nación, a través de la intervención

planificada y coordinada de las comunidades y sus organizaciones, promoviendo

el ejercicio directo del poder, de conformidad con la ley, para la construcción del

estado comunal. (Fuente Ley Orgánica de Planificación Pública y Popular, Art. 40).

Planificación: Proceso de formulación de planes y proyectos con vista a su

ejecución racional y sistemática, en el marco de un sistema orgánico nacional, que

permita la coordinación, cooperación, seguimiento y evaluación de las acciones

planificadas, de conformidad con el proyecto nacional plasmado en la Constitución

de la República y en el Plan de Desarrollo Económico y Social de la Nación.

(Fuente: Ley Orgánica de Planificación Pública y Popular, Art. 5).

90

Page 91: ANTIMANUAL DEL SISTEMA ECONÓMICO COMUNAL

Planificación participativa: Forma de participación de los ciudadanos y

ciudadanas en el diseño, formulación, ejecución, evaluación y control de las

políticas públicas. (Fuente: Ley Orgánica del Poder Popular, Art. 8).

Poder Popular: Es el ejercicio pleno de la soberanía por parte del pueblo en lo

político, económico, social, cultural, ambiental, internacional, y en todo ámbito del

desenvolvimiento y desarrollo de la sociedad, a través de sus diversas y disímiles

formas de organización, que edifican el Estado Comunal. (Fuente: Ley Orgánica

del Poder Popular, Art. 2).

Producción: Conjunto de fuerzas productivas y relaciones que los productores y

productoras establecen entre sí para producir los bienes necesarios para su

desarrollo. (Fuente: Ley Orgánica del Sistema Económico Comunal, Art. 6).

Productores y Productoras: Integrantes de las organizaciones socio-productivas

que conforman el sistema económico comunal, que ejercen el control social de la

producción, de manera directa o en conjunto con los representación del Poder

Público según la organización, se de propiedad directa comunal o de propiedad

indirecta comunal y cuyas relaciones de trabajo de basan en la igualdad de

derechos y deberes, sin ningún tipo de discriminación ni de posición jerárquica.

(Fuente: Ley Orgánica del Sistema Económico Comunal, Art. 6).

Propiedad Social: El derecho que tiene la sociedad de poseer medios y factores

de producción y distribución o entidades con posibilidades de convertirse en tales,

esenciales para el desarrollo de una vida plena o la producción de obras, bienes o

servicios, que por condición y naturaleza propia son del dominio del Estado; bien

sea por su condición estratégica para la soberanía y el desarrollo humano integral

nacional, o porque su aprovechamiento garantiza el bienestar general, la

satisfacción de las necesidades humanas, el desarrollo humano integral y el logro

de la suprema felicidad social. (Fuente: Ley Orgánica del Sistema Económico

Comunal, Art. 6).

91

Page 92: ANTIMANUAL DEL SISTEMA ECONÓMICO COMUNAL

Proyecto socio-productivo: Conjunto de actividades concretas, orientadas a

lograr uno o varios objetivos para dar respuesta a las necesidades, aspiraciones y

potencialidades de la comunidad o la comuna, formulado con base a los principios

del sistema económico comunal en correspondencia con el Plan de Desarrollo

Económico y Social de la Nación, y el Plan de Desarrollo Comunal. (Fuente: Ley

Orgánica del Sistema Económico Comunal, Art. 6).

Redes socio-productivas: Articulación e integración de los procesos productivos

de las organizaciones socio-productivas por áreas de producción y servicios,

fundada en los principios de cooperación, solidaridad y complementariedad.

(Fuente: Ley Orgánica del Sistema Económico Comunal, Art. 6).

Reinversión social del excedente: Es el uso de los recursos remanentes

provenientes de las actividades económicas de las organizaciones socio

productivas, en pro de satisfacer las necesidades colectivas de la comunidad o la

comuna, y contribuir al desarrollo social integral del país. (Fuente: Ley Orgánica

del Sistema Económico Comunal, Art. 6).

Rentismo Petrolero: Característica especifica del desarrollo del modo de

producción capitalista en Venezuela, el cual esta determinado por los efectos que

desde la economía tiene la explotación de los hidrocarburos hacia la sociedad en

su conjunto. Creando además de barreras a los procesos de industrialización una

cultura de consumista.

Sistema Económico Comunal: Conjunto de relaciones sociales de producción,

distribución, intercambio y consumo de bienes y servicios, así como de saberes y

conocimientos desarrolladas por las instancias del poder popular, el poder público

o por acuerdo entre ambos, a través de organizaciones socio-productivas bajo

formas de propiedad social comunal. (Fuente: Ley Orgánica del Poder Popular,

Art. 8; Ley Orgánica de las Comunas, Art. 4 y Ley Orgánica del Sistema

Económico Comunal, Art. 2).

92

Page 93: ANTIMANUAL DEL SISTEMA ECONÓMICO COMUNAL

Socialismo: Es un modo de relaciones sociales de producción centrado en

convivencia solidaria y la satisfacción de las necesidades materiales e intangibles

de toda la sociedad, que tiene como base fundamental la recuperación del valor

del trabajo como productor de bienes y servicios para satisfacer las necesidades

humanas y lograr la suprema felicidad social y el desarrollo humano integral. Para

ello es necesario el desarrollo de la propiedad social sobre los factores y medios

de producción básicos y estratégicos que permita que todas las familias,

ciudadanos venezolanos y ciudadanas venezolanas posean, usen y disfruten de

su patrimonio, propiedad individual o familiar, y ejerzan el pleno goce de sus

derechos económicos, sociales, políticos y culturales. (Fuente: Ley Orgánica del

Poder Popular, Art. 8 y Ley Orgánica de las Comunas, Art. 4).

Vladimir Lenin (1870-1923): Revolucionario ruso, líder bolchevique, político

comunista, principal dirigente de la Revolución de Octubre y primer dirigente de la

Unión Soviética. Basándose en la situación política, económica y social de Rusia

de principios del siglo XX, fue autor de un conjunto teórico y práctico conocido

como leninismo y posteriormente denominado marxismo-leninismo.

93