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Ajuntament de Benicàssim
Servicios Públicos Exp. 1495/2019
DECRETO DE ALCALDÍA
Resultando que de acuerdo con el procedimiento establecido en el art. 20 de la Ordenanza reguladora de la venta no sedentaria (OVENS) el 21 de enero de 2019 se publicó en la página web municipal (www.benicassim.es) y en el tablón de anuncios municipal la relación de puestos vacantes en el “Mercat del dijous”, a los efectos de que las personas interesadas en solicitar un puesto o los adjudicatarios de un puesto que estuvieran interesados en cambiar de puesto presentaran la solicitud a partir del 22 de enero hasta el 28 de febrero de 2019.
Resultando que el 12 de marzo de 2019 se publicó en los medios anteriormente citados, la relación de solicitantes de un puesto y la documentación a subsanar y en fecha de 31 marzo de 2019 finalizó el plazo de subsanación.
Resultando que por Decreto de Alcaldía n.º 1311 de 23 de abril de 2019 se han autorizado los cambios de puestos para ejercer la venta no sedentaria en el “Mercat del dijous” de Benicàssim a partir del 1 de julio de 2019 y se han declarado vacantes los puestos que han quedado libres tras dicha autorización.
Resultando que se publicó el 30 de abril de 2019 en los medios citados anteriormente, la relación de adjudicatarios de un puesto para que se personaran del 2 al 15 de mayo de 2019 para elegir, por orden de puntuación, el puesto a ocupar.
Resultando que los interesados abajo relacionados no se han personado en el Ayuntamiento, en el plazo indicado, para efectuar la elección del puesto:
GENERAL ALIMENTACIÓN
Enrique Giménez Jiménez Abdeslam Benjeloul
Antonio Gimeno Cascales Juan A. Ruz Albertu
Yolanda Martínez Aranda
Yassine Chairi
Resultando que en el plazo establecido los adjudicatarios que ha continuación se relacionan han presentado la documentación establecida en el artº. 19 de la OVENS o se han comprometido a aportarla y han elegido, por orden de prelación, los siguientes puestos:
ALIMENTACIÓN:
NOMBRE Y APELLIDOS Orden de prelación
Puestos elegidos por orden de preferencia
Francisco Bermudez Campaña 1 25
Juan J. Heredia Pérez 3 25,7,16
Ajuntament de Benicàssim
Dulce y Salado, Coop. V. 5 7,13,16,25
Susana Marquez Madueño 6 16,13, 25, 7
Considerando todo lo expuesto y de conformidad con lo establecido en el Decreto 65/2012, de 20 de abril del Consell, por el que se regula la venta no sedentaria en la Comunitat Valenciana, en la OVENS, en el informe-propuesta favorable del Secretario General y la Concejal Delegada de Salud Pública.
Vistas las atribuciones que me confiere el art. 21.1 de la Ley 7/85, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, por el presente vengo en RESOLVER lo siguiente:
PRIMERO.- Declarar desistidos de su petición en el procedimiento a los siguientes interesados:
GENERAL ALIMENTACIÓN
Enrique Giménez Jiménez Abdeslam Benjeloul
Antonio Gimeno Cascales Juan a. Ruz Albertu
Yolanda Martínez Aranda
Yassine Chairi
SEGUNDO.- No autorizar, hasta que presente en este Ayuntamiento, en el plazo establecido, la documentación que se detalla a continuación y, en todo caso, previa resolución municipal, a los vendedores que a continuación se relacionan, la ocupación del puesto solicitado del “Mercat del dijous” para ejercer la venta no sedentaria en Benicàssim:
Nombre y apellidos
Puesto Nº metros lineales
Documentación a aportar Plazo presentación
documentación
Juan José Heredia Pérez
7A 5 - Certificado alta Impuesto Actividades Económicas
Hasta el 15/06/2019
Dulce y Salado, Coop. V.
13A 5 - Recibo de autónomo- Póliza y recibo pagado del seguro de RC- Foto tamaño carné- Fotografía del puesto
Hasta el 15/06/2019
excepto el alta de autónomo
que podrá presentarla el
05/07/2019
Susana Marquez Madueño
16A 5 - Certificado alta Impuesto Actividades Económicas y de estar al corriente de pago con la Agencia Tributaria- Recibo de autónomo- Póliza y recibo pagado del seguro de RC- Foto tamaño carné
Hasta el 15/06/2019
excepto el alta de autónomo
que podrá presentarla el
05/07/2019
Ajuntament de Benicàssim
- Justificante de formación de manipulación de alimentos.- Fotografía del puesto
De conformidad con el informe del Técnico de Sanidad y Consumo, los puestos que a continuación se relacionan deberán cumplir las siguientes condiciones:
El puesto de Panadería, repostería y pastelería solicitado por Dulce Salado Coop. V:
- Separar los alimentos de diferente naturaleza para evitar contaminación cruzada.
- Utilizar envases individuales, expositores y vitrinas.- En el caso de la presencia de crema, nata etc, deberán mantener la cadena
de frío con expositores frigoríficos de temperatura de 0 a 5ºC- En el caso de fraccionamiento de tartas, deberá de contar con agua de
consumo humano y la disponibilidad de limpieza y desinfección de los instrumentos de corte.
- Solamente se pueden vender productos que provengan de establecimientos inscritos en el registro sanitario correspondiente.
El puesto de miel, aceite y mermeladas solicitado por Susana Márquez Madueño:
- Los productos se venderán envasados y etiquetados.- En el caso de venta de jalea real necesitará expositor frigorífico hasta 4ºC.
TERCERO.- Autorizar, al interesado que a continuación se relaciona, la ocupación del puesto vacante del “Mercat del dijous” para ejercer la venta no sedentaria en Benicàssim a partir del próximo 1 de julio de 2019 del modo que se indica en la siguiente tabla:
Nombre y apellidos Puesto adjudicado
Nº metros lineales
Actividad
Franciscco Bermudez Campaña
25A 5 Fruta y verdura
CUARTO.- Las autorizaciones de los puestos están condicionadas al cumplimiento de “La guía de prácticas correctas de higiene para la venta y preparación de alimentos en mercados no sedentarios publicado por la Conselleria de Sanitat Universal y Salut Pública”.
QUINTO.- Notificar la presente resolución a los interesados.
SEXTO.- Dar traslado de la presente resolución a la Policía Local, a Sanidad y Consumo y a Gestión Tributaria.
SÉPTIMO.- Contra esta resolución que pone fin a la vía administrativa podrá interponer:
a) Recurso de reposición con carácter potestativo. Plazo: UN MES a contar desde el
Ajuntament de Benicàssim
día siguiente a aquel en que reciba esta notificación. Si en el mes de vencimiento no hubiera día equivalente se entenderá que el plazo expira el ultimo día del mes. Órgano ante el que se interpone: ante el mismo que ha dictado el acto administrativo.
b) Recurso Contencioso-Administrativo directamente: Plazo: DOS MESES contados desde el día siguiente a la recepción de esta notificación. Órgano: ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo de Castellón, salvo lo dispuesto en el art. 14.1 de la Ley 29/98 de 13 de Julio de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.
No obstante podrá interponer cualquier otro recurso que considere oportuno.
Benicàssim, en fecha al margen
DOCUMENTO FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE
Ajuntament de Benicàssim
Servicios Públicos Exp. 1495/2019
DECRETO DE ALCALDÍA
Resultando que por Decreto de Alcaldía n.º 1820 de fecha 6 de junio de 2019 se resolvió no autorizar a los interesados que a continuación se relacionan, la ocupación de los puestos solicitados del “Mercat del dijous” para ejercer la venta no sedentaria en Benicàssim, hasta que presentasen en este Ayuntamiento, en el plazo establecido, la documentación que se detalla a continuación y, en todo caso, previa resolución municipal:
Nombre y apellidos
Puesto Nº metros lineales
Documentación a aportar
Juan José Heredia Pérez
7A 5 -Certificado alta Impuesto Actividades Económicas
Dulce y Salado, Coop. V.
13A 5 - Recibo de autónomo- Póliza y recibo pagado del seguro de RC- Foto tamaño carné- Fotografía del puesto
Susana Marquez Madueño
16A 5 -Certificado alta Impuesto Actividades Económicas y de estar al corriente de pago con la Agencia Tributaria- Recibo de autónomo- Póliza y recibo pagado del seguro de RC- Foto tamaño carné- Justificante de formación de manipulación de alimentos.- Fotografía del puesto
Resultando que en el plazo establecido, los adjudicatarios arriba relacionados, han presentado la documentación relacionada en el párrafo anterior.
De conformidad con el informe favorable del Técnico de Sanidad y Consumo en relación a los condiciones sanitarias de fecha 27 de junio de 2019.
Considerando todo lo expuesto y de conformidad con lo establecido en el Decreto 65/2012, de 20 de abril del Consell, por el que se regula la venta no sedentaria en la Comunitat Valenciana, en la OVENS, en el informe favorable del Técnico de Sanidad y Consumo y en el informe-propuesta favorable del Secretario y de la Alcaldía.
Vistas las atribuciones que me confiere el art. 21.1 de la Ley 7/85, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, por el presente vengo en RESOLVER lo siguiente:
PRIMERO.- Autorizar, a los interesados que a continuación se relacionan, la ocupación de los puestos solicitados del “Mercat del dijous” para ejercer la venta no
Ajuntament de Benicàssim
sedentaria en Benicàssim a partir del 1 de julio de 2019:
Nombre y apellidos Puesto Nº metros lineales
Actividad
Juan José Heredia Pérez 7A 5 Fruta y verdura
Dulce y Salado, Coop. V. 13A 5 Panadería, repostería y pastelería
Susana Marquez Madueño 16A 5 Miel, aceite y mermeladas
De conformidad con el informe del Técnico de Sanidad y Consumo, los puestos que a continuación se relacionan deberán cumplir las siguientes condiciones:
El puesto de panadería, repostería y pastelería solicitado por Dulce Salado Coop. V:
- Separar los alimentos de diferente naturaleza para evitar contaminación cruzada.
- Utilizar envases individuales, expositores y vitrinas.- En el caso de la presencia de crema, nata etc, deberán mantener la cadena
de frío con expositores frigoríficos de temperatura de 0 a 5ºC- En el caso de fraccionamiento de tartas, deberá de contar con agua de
consumo humano y la disponibilidad de limpieza y desinfección de los instrumentos de corte.
- Solamente se pueden vender productos que provengan de establecimientos inscritos en el registro sanitario correspondiente.
El puesto de miel, aceite y mermeladas solicitado por Susana Márquez Madueño:
- Los productos se venderán envasados y etiquetados.- En el caso de venta de jalea real necesitará expositor frigorífico hasta 4ºC.
SEGUNDO.- Las autorizaciones de los puestos están condicionadas al cumplimiento de “La guía de prácticas correctas de higiene para la venta y preparación de alimentos en mercados no sedentarios publicado por la Conselleria de Sanitat Universal y Salut Pública”.
TERCERO.- Declarar vacantes los siguientes puestos:
Nº puesto
metros lineales
Nº puesto
metros lineales
25 5 59 6,5
61 6 62 5
63 6 64 7
66 8 67 8
Ajuntament de Benicàssim
68 7 69 5,5
70 5 71 7
72 7
CUARTO.-Notificar la presente resolución a los interesados.
QUINTO.- Dar traslado de la presente resolución a la Policía Local, a Sanidad y Consumo y a Gestión Tributaria.
SEXTO.- Contra esta resolución que pone fin a la vía administrativa podrá interponer:
a) Recurso de reposición con carácter potestativo. Plazo: UN MES a contar desde el día siguiente a aquel en que reciba esta notificación. Si en el mes de vencimiento no hubiera día equivalente se entenderá que el plazo expira el ultimo día del mes. Órgano ante el que se interpone: ante el mismo que ha dictado el acto administrativo.
b) Recurso Contencioso-Administrativo directamente: Plazo: DOS MESES contados desde el día siguiente a la recepción de esta notificación. Órgano: ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo de Castellón, salvo lo dispuesto en el art. 14.1 de la Ley 29/98 de 13 de Julio de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.
No obstante podrá interponer cualquier otro recurso que considere oportuno.
Benicàssim, en fecha al margen
DOCUMENTO FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE