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AGUAS NACIONALES EPM S · 2015-02-02 · tendrán derecho a gozar de los beneficios que AGUAS NACIONALES EPM SA ESP tenga establecidos para sus trabajadores en el lugar de trabajo,

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AGUAS NACIONALES EPM S.A. ESP

SOLICITUD PÚBLICA DE OFERTAS MEDIANTE EL SISTEMA DE INFORMACIÓN CORPORATIVO

PLIEGO DE CONDICIONES

OBJETO

PRESTAR EL SERVICIO ESPECIALIZADO DE ADMINISTRACION DE PERSONAL EN MISION POR PARTE DE UNA (1) EMPRESA DE SERVICIOS TEMPORALES -

EST -, PARA APOYAR LA GESTIÓNOPERATIVA Y ADMINISTRATIVA DE LA EMPRESA AGUAS NACIONALES EPM S.A. ESP – PROYECTO AGUAS DEL

ATRATO..

FEBRERO 2015

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Contenido

INTRODUCCIÓN 5 1. OBJETO 5 2. ALCANCE 5 3. NORMATIVIDAD APLICABLE 8 4. DOMICILIO 8 5. VALOR 9 6. PRECIO 9 7. MONEDA 10 8. IMPUESTOS TASAS Y CONTRIBUCIONES 10 9. IDIOMA 10 10. RESPUESTAS ADENDAS O ACLARACIONES 10 11. INTERPRETACIÓN Y ACEPTACIÓN DEL PLIEGO DE CONDICIONES 11 12. PLAZOS DE LA SOLICITUD PÚBLICA DE OFERTA 11 12.1 FECHA DE APERTURA 11 12.2 FECHA Y HORA DE CIERRE 11 13. FORMA DE PAGO 12 14. VALIDEZ DE LA OFERTA 12 15. ESTABILIDAD ECONÓMICA Y CAPACIDAD FINANCIERA 13 16. EVALUACIÓN 14 17. GARANTIAS 17

18. PLAZO 18 19. CONDICIONES GENERALES 18 20. CAUSALES DE RECHAZO 20 21. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS Y CONDICIONES 22 22. DESARROLLO DE LAS ACTIVIDADES 28 23. RENOVACION 30 24. MULTA POR INCUMPLIMIENTO 30 25. LIQUIDACION 32 26. LINEAMIENTO DE TRANSPARENCIA 32

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RECOMENDACIONES PARA LOS PROPONENTES

La empresa Aguas Nacionales EPM SA ESP – Proyecto Aguas recomienda a los oferentes que antes de elaborar y presentar sus propuestas, tengan en cuenta lo siguiente: 1. Lea cuidadosamente el contenido de este documento.

2. Verificar que no se encuentran incursos dentro de las causales de inhabilidad e

incompatibilidad o prohibiciones, constitucional y legalmente establecidas para

contratar con Aguas Nacionales EPM SA ESP.

3. Examinar rigurosamente el contenido del pliego de condiciones de la convocatoria,

de los documentos que hacen parte del mismo y de las normas que regulan esta

contratación.

4. Adelantar oportunamente los trámites tendientes a la obtención de los documentos

que deben allegar con las propuestas y verificar que contienen la información

completa que acredita el cumplimiento de los requisitos exigidos en la ley y en el

presente pliego de condiciones.

5. Examinar que las fechas de expedición de los documentos, se encuentren dentro

de los plazos exigidos en el pliego de condiciones.

6. Cerciórese de que cumple las condiciones y reúne los requisitos aquí señalados.

7. Proceda a reunir la información y documentación exigida, y verifique la vigencia de

aquella que la requiera.

8. Suministrar toda la información requerida a través de este pliego.

9. Analizar en su integridad detenidamente el contenido del pliego de condiciones,

antes de la fecha limite prevista para solicitar aclaraciones frente al mismo.

10. Diligenciar totalmente los anexos en lo que a ello diera lugar.

11. La carta de presentación de la propuesta debe ser firmada por el proponente

persona natural, o por el representante legal de la persona jurídica. Su nombre

será verificado con el que aparece en la cédula de ciudadanía y el certificado de la

Cámara de Comercio. Si usa sigla debe estar autorizada en el certificado de la

Cámara de Comercio.

12. Elaborar los aspectos técnicos y económicos de la propuesta en estricto

acatamiento de lo dispuesto en el presente pliego, verificando la integridad y

coherencia de los ofrecimientos.

13. Presentar sus propuestas con el correspondiente índice y debidamente foliadas.

14. Revise la garantía de seriedad de su propuesta y verifique que:

Sea otorgada a favor de AGUAS NACIONALES EPM SA ESP.

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Como tomador, que figure su razón social completa, incluyendo la sigla, esto

último siempre y cuando, ésta también figure en el correspondiente certificado

de existencia y representación legal.

El valor asegurado corresponda al fijado en este documento.

El objeto y el número de la misma, coincidan con el de la propuesta que

presenta.

Esté suscrito por el TOMADOR-CONTRATISTA AFIANZADO.

Que se encuentre el recibo de pago de la garantía expedido por la compañía

aseguradora.

15. Verifique con antelación el sitio donde se deberá presentar estrictamente la

propuesta, ya que ésta NO PODRA SER RADICADA en ningún lugar diferente al

establecido en el Pliego de Condiciones, inclusive no podrá ser radicada la

propuesta en una oficina diferente a la descrita en el presente documento.

16. En aplicación de los principios de lealtad, economía procesal y buena fe, los proponentes deben advertir a la Empresa de los errores e inconsistencias que adviertan en este documento.

17. Antes de entregar la oferta, verifique que se hayan incluido la totalidad de documentos exigidos. Revise si están debidamente firmados, actualizados, etc. y preséntelos siguiendo el orden señalado en los términos de referencia.

18. Los proponentes tienen la obligación de enterarse en forma suficiente de las condiciones particulares de ejecución, resolver previamente las inquietudes que le surjan de estos términos de referencia.

19. Toda consulta deberá formularse por escrito; no se atenderán consultas personales ni telefónicas. Ningún convenio verbal con personal de la Empresa, antes o después de la firma del contrato, podrá afectar o modificar alguno de los términos y obligaciones estipulados.

20. Con la sola presentación de su propuesta, los proponentes autorizan a Aguas Nacionales EPM S.A. ESP a verificar toda la información que en ella suministren.

21. Se pone en conocimiento y a disposición el Estatuto de contratación y el Código de Ética de AGUAS NACIONALES al cual pueden acceder a través de la página WEB www.aguasnacionalesepm.com, lo anterior permitirá afianzar las relaciones entre las personas y garantizar que el desarrollo del objeto contractual se realice bajo el marco legal establecido por la Empresa.

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INTRODUCCIÓN

Con toda atención, el presente pliego de condiciones tiene por objeto establecer las reglas objetivas y claras, junto con los requerimientos técnicos de la empresa AGUAS NACIONALES EPM S.A. ESP atinentes a la prestación del servicio especializado de administración de personal en misión por parte de una (1) Empresa de Servicios Temporales - EST -, para apoyar la gestión operativa y administrativa del proyecto de la empresa Aguas Nacionales EPM S.A. ESP – Proyecto Aguas del Atrato, de acuerdo a las siguientes especificaciones técnicas y en los términos que a continuación se disponen

1. OBJETO PRESTAR EL SERVICIO ESPECIALIZADO DE ADMINISTRACION DE PERSONAL EN MISION POR PARTE DE UNA (1) EMPRESA DE SERVICIOS TEMPORALES - EST -, PARA APOYAR LA GESTIÓNOPERATIVA Y ADMINISTRATIVA DE LA EMPRESA AGUAS NACIONALES EPM S.A. ESP – PROYECTO AGUAS DEL ATRATO. 2. ALCANCE El servicio que preste la empresa de servicios temporales tendrá el siguiente alcance: Prestación del servicio especializado de administración de personal en misión por parte de una (1) Empresa de Servicios Temporales - EST -, para apoyar la gestión operativa y administrativa del proyecto Quibdó de acuerdo con las necesidades y requerimientos efectuados por la Entidad, las condiciones técnicas solicitadas y los lineamiento establecidos en el Decreto 4369 de 2006 y las demás disposiciones que se emitan en relación con la vinculación de personal temporal. EL CONTRATANTE expresamente manifiesta que puede contratar a EL CONTRATISTA como empresa de servicios temporales al tenor de lo dispuesto por las normas vigentes. Los trabajadores en misión que la EMPRESA DE SERVICIOS TEMPORALES le enviará a LA EMPRESA es para el cumplimiento de tareas o servicios que presten trabajadores de los cargos del nivel operativo, técnico, tecnológico y profesional de LA EMPRESA, para atender las necesidades que demande el Proyecto Aguas del Atrato, cuyo objeto es la gestión, mantenimiento y operación de los sistemas de acueducto, alcantarillado y aseo en la zona urbana del municipio de Quibdó, suscrito con EPQ en Liquidación. La EMPRESA DE SERVICIOS TEMPORALES prestará el servicio en el área geográfica del territorio colombiano donde Aguas Nacionales EPM SA ESP, proyecto Aguas del Atrato presta sus servicios.

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El número de personas naturales contratadas directamente por la EMPRESA DE SERVICIOS TEMPORALES será indeterminado o abierto, dependiendo de las necesidades de Aguas Nacionales EPM SA ESP.

En ningún caso los contratos de trabajo que celebre la EMPRESA DE SERVICIOS TEMPORALES con sus trabajadores en misión, según el artículo 74 de la Ley 50 de 1990, para el desarrollo de este contrato, generarán relación laboral, ni prestaciones sociales con Aguas Nacionales EPM SA ESP y tendrán un término estrictamente indispensable o fijo, más no indeterminado. AGUAS NACIONALES EPM SA ESP, de acuerdo con el artículo 77 de la Ley 50 de 1990 y artículo 13 del Decreto 24 de 1998, sólo podrán recibir trabajadores en misión de la EMPRESA DE SERVICIOS TEMPORALES en los siguientes casos:

Cuando se trate de labores ocasionales, accidentales o transitorias a que se

refiere el artículo 6° del Código Sustantivo del Trabajo.

Cuando se requiere reemplazar personal en vacaciones, en uso de licencia, en

incapacidad por enfermedad o maternidad.

Para atender incrementos en la producción, el transporte, las ventas de productos

o mercancías, los períodos estacionales de cosechas y en la prestación de

servicios, por un término de seis (6) meses prorrogable hasta por seis (6) meses

más.

Si cumplido el plazo de seis (6) meses, más la prórroga referida, la necesidad originaria del servicio específico objeto del contrato subsiste en la empresa usuaria – LA EMPRESA-, ésta no podrá prorrogar el contrato, ni celebrar uno nuevo con la misma o con diferente empresa de servicios temporales para la prestación de dicho servicio. El Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, inspeccionará y sancionará el incumplimiento de esta disposición en los términos señalados en el presente Decreto.

Los trabajadores en misión tendrán derecho:

a) A un salario ordinario equivalente al de los trabajadores de AGUAS NACIONALES EPM SA ESP que desempeñen la misma actividad, Igualmente, tendrán derecho a gozar de los beneficios que AGUAS NACIONALES EPM SA ESP tenga establecidos para sus trabajadores en el lugar de trabajo, en materia de transporte, alimentación y recreación, de acuerdo al artículo 79 de la Ley 50 de 1990.

b) Compensación monetaria por vacaciones y prima de servicios proporcional al

tiempo laborado cualquiera que éste sea; c) En lo pertinente se les aplicará lo dispuesto en el Código Sustantivo del Trabajo,

Reglamento Interno de Trabajo y demás normas del Régimen Laboral.

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Oficina Administrativa: Barrió Niño Jesús, Loma Cabí – Acueducto, Quibdó. Teléfonos (4) 672 53 93- 672 41 46

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d) A la seguridad social integral (salud, pensiones y riesgos profesionales) la que

es responsabilidad de la EMPRESA DE SERVICIOS TEMPORALES, sin perjuicio de las obligaciones que por ley y otras disposiciones legales complementarias le están asignadas a AGUAS NACIONALES EPM SA ESP usuarias en esta misma materia.

La EMPRESA DE SERVICIOS TEMPORALES es responsable de la salud ocupacional de los trabajadores en misión, en los términos de las Leyes que rigen la materia para los trabajadores permanentes, de acuerdo con el artículo 74 de la ley 50 de 1990.

Como algunos de los servicios que presta AGUAS NACIONALES EPM SA ESP son en oficios o actividades particularmente riesgosas, y los trabajadores requieren de un adiestramiento particular en cuanto a prevención de riesgos, es necesario el suministro de elementos de protección personal. No obstante, este acuerdo no libera a la EMPRESA DE SERVICIOS TEMPORALES de la responsabilidad laboral frente al trabajador en misión.

LA EMPRESA DE SERVICIOS TEMPORALES no podrán prestar sus servicios a usuarias con las que tenga vinculación económica en los términos de que trata el Capítulo XI del Libro Segundo del Código de Comercio - Matriz, subordinado y sucursal.

La EMPRESA DE SERVICIOS TEMPORALES se sujetará a lo dispuesto por la Ley para efectos del pago de salarios, prestaciones sociales, horas extras, recargos diurnos y nocturnos, dominicales y festivos.

La EMPRESA DE SERVICIOS TEMPORALES especificará en los documentos que debe entregar en la oferta, la compañía aseguradora, el número de la póliza, vigencia y monto con la cual se garantiza el cumplimiento de las obligaciones laborales de LA EMPRESA de servicios temporales con los trabajadores en misión.

La EMPRESA DE SERVICIOS TEMPORALES determinará en la oferta la forma de atención de las obligaciones que en materia de salud ocupacional se tiene para con los trabajadores en misión, cuando se trate de las circunstancias establecidas en el artículo 78 de la Ley 50 de 1990.

La EMPRESA DE SERVICIOS TEMPORALES debe adjuntar el documento expedido por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social en el que conste que está aprobada la empresa y que está autorizada para su funcionamiento, con lo que la acreditará que ha cumplido con los requisitos exigidos en la Ley.

PROGRAMA DE SALUD OCUPACIONAL QUE LOS PROTEGE. La Empresa usuaria, en este caso Aguas Nacionales EPM SA ESP, deberán incluir los trabajadores en misión dentro de sus Programas de Salud Ocupacional, para lo cual deberán suministrarles:

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Una inducción completa e información permanente para la prevención de los

riesgos a que están expuestos dentro de la empresa usuaria.

Los elementos de protección personal que requieran el puesto de trabajo.

Las condiciones de Seguridad e Higiene Industrial y Medicina del Trabajo que

contiene el Programa de Salud Ocupacional de la empresa usuaria. El

cumplimiento de lo ordenado en este artículo no constituye vínculo laboral

alguno entre la empresa usuaria y el trabajador en misión.

PAGO DE LAS COTIZACIONES. La EMPRESA DE SERVICIOS

TEMPORALES tendrá a su cargo el pago de las cotizaciones para el Sistema

General de Riesgos Profesionales de sus trabajadores a la correspondiente

ARL donde los hayan afiliado.

REPORTE DE ACCIDENTE DE TRABAJO Y ENFERMEDAD PROFESIONAL.

Para los efectos del cómputo del Índice de Lesiones Incapacitantes ILI, y la

Evaluación del Programa de Salud Ocupacional, la empresa usuaria está

obligada a reportar a la ARL a la cual se encuentran afiliadas el número y la

actividad de los trabajadores en misión que sufran Accidentes de Trabajo,

Incidentes o Enfermedad Profesional. De igual forma, la EMPRESA DE

SERVICIOS TEMPORALES deberá reportar a la EMPRESA CONTRATANTE

un informe mensual de los accidentes, incidentes o enfermedades

profesionales presentados en el personal en misión para la empresa.

Los exámenes médicos ocupacionales periódicos, de ingreso y de egreso de

los trabajadores en misión, deberán ser efectuados por la EMPRESA DE

SERVICIOS TEMPORALES.

3. NORMATIVIDAD APLICABLE

Este proceso de contratación estará regido por las leyes colombianas aplicables, tales como las civiles y comerciales, la Ley 142 de 1994 (Régimen de Servicios Públicos Domiciliarios), modificada por la Ley 689 de 2001, las normas de contratación vigentes para LA EMPRESA y las demás de rango legal o reglamentario pertinentes. Además con relación al tema de LA EMPRESA de Servicios Temporales se debe regir por todas las normas que rigen a estas empresas y especialmente la Ley 50 de 1990 y sus reglamentos, Decreto 1530 de 1996, Decreto 24 de 1998, Decreto 503 de 1998, Decreto 3769 de 2004, Decreto 4369 de 2006 del Ministerio de la protección social, entre otros y demás normas concordantes.

4. DOMICILIO Para todos los efectos y consecuencias que se deriven del proceso de contratación, se entiende como domicilio del proceso de contratación y del contrato el Municipio de

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Quibdó - Chocó. Sin embargo el servicio puede ser prestado donde la empresa Aguas Nacionales opere.

5. VALOR

LA EMPRESA, pagará con base en los valores asignados para cada cargo (Salario del cargo) más el porcentaje de administración, indicado en el formulario correspondiente de la propuesta.

Al preparar su oferta, el proponente deberá tener en cuenta todos los impuestos que puedan afectar sus precios y hayan de causarse por la ejecución del contrato, así como las deducciones y retenciones a que haya lugar, de acuerdo con la ley.

Es entendido que el CONTRATISTA estará obligado a reconocerle a los trabajadores que emplee, el salario y las prestaciones sociales cotizadas, o las mínimas legales, cuando aquél o aquéllas fueren inferiores a éstas.

En todo caso Los trabajadores en misión tendrán derecho a un salario ordinario equivalente al de los trabajadores de la empresa usuaria que desempeñen la misma actividad.

Si el proponente incluye en los precios de su oferta valores correspondientes a especificaciones o características no solicitadas, AGUAS NACIONALES EPM SA ESP no suprimirá o modificará la forma del ofrecimiento, ni podrá hacerlo el proponente so pena de considerarse modificada su propuesta. En todo caso, si la oferta resultara aceptada, AGUAS NACIONALES EPM SA ESP exigirá el cumplimiento de lo ofrecido, en los términos y a los precios indicados en la oferta.

Para efectos del porcentaje o costo fijo por administración de la nómina, se debe incluir el salario, las prestaciones, los parafiscales, las dotaciones y cualquier otro concepto, de acuerdo con las normas vigentes.

6. PRECIO

El presupuesto oficial destinado por la empresa AGUAS NACIONALES EPM S.A. ESP se encuentra amparado con los Certificados de Disponibilidad Presupuestal Nos. 192, 193, 194, 195, 196, 197 y del 28 enero de 2015. Los precios deberán ser fijos e invariables desde la fecha de cotización, hasta la fecha de entrega de los elementos y no contemplaran reajustes.

Se debe presentar oferta en pesos colombianos sin centavos, indicando si tiene IVA o no. En caso de no especificarse, se asume como incluido en el precio. Si la persona es del régimen simplificado, el valor del IVA deberá deducirse del valor del presupuesto oficial dispuesto por la empresa, que deberá asumir la empresa por contratar con éste régimen.

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7. MONEDA DE PAGO

Todos los pagos que LA EMPRESA deba efectuar en el territorio nacional se harán en moneda legal colombiana. En caso de haberse estipulado precios en moneda extranjera, previamente se hará la conversión respectiva y el pago se efectuará conforme con la regla indicada.

8. IMPUESTOS TASAS Y CONTRIBUCIONES

Al formular la oferta, el proponente acepta que estarán a su cargo todos los impuestos, gravámenes, tasas, contribuciones, estampillas y similares establecidos por las diferentes autoridades nacionales, departamentales o municipales, y dentro de estos mismos niveles territoriales, los impuestos, tasas, contribuciones, estampillas y/o similares establecidos por las diferentes autoridades ambientales, que afecten el contrato y las actividades que de él se deriven, que sean imputables y comprobables para el objeto y alcance del presente proceso. Por lo tanto, al preparar su oferta el proponente deberá comprender todos los tributos que puedan afectar su propuesta y hayan de causarse tanto en la presentación de la propuesta, así como con la suscripción, legalización y ejecución del contrato, en caso de resultar favorecido con la adjudicación. Igualmente, todos los gastos directos e indirectos, tales como el valor de las primas, la constitución de pólizas y demás emolumentos que impliquen el perfeccionamiento del contrato. Todos los gastos en que incurran los proponentes para presentar propuesta según lo establecido en el presente pliego de condiciones, tales como los de preparación de los documentos necesarios para acreditar el cumplimiento de las condiciones exigidas y sus propuestas económicas, serán de su propia responsabilidad y costo. Igualmente, el valor ofertado deberá incluir todas las sumas que correspondan a impuestos, tasas y contribuciones que deba pagar el contratista.

9. IDIOMA La propuesta deberá presentarse en idioma ESPAÑOL.

10. RESPUESTAS, ADENDAS O ACLARACIONES

En caso que la Empresa requiera hacer modificaciones al pliego de condiciones, lo hará por medio de adendas las cuales serán publicadas en la página web www.grupo-epm.com/aguasnacionales.

En el evento de que un proponente necesite aclaraciones sobre los pliegos de condiciones, deberá radicar su solicitud de aclaración dentro del plazo previsto en el

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cronograma para ello, en la oficina de Aguas Nacionales EPM S.A. ESP-Proyecto Quibdó, ubicada en el barrio Niño Jesús Loma de Cabí en Quibdó; igualmente podrán ser enviadas al correo electrónico [email protected], y se debe dirigir enunciando que se trata de la solicitud pública de oferta del encabezado, describiendo su objeto y aportando sus datos personales. No se tramitará ninguna inquietud en la que no se haya cumplido este requisito. Las respuestas serán suministradas a través de la página web de la empresa, o a través del correo electrónico de los interesados que enviaron las observaciones. Cuando dichas solicitudes impliquen modificaciones al Pliego de Condiciones, éstas se harán mediante adendas numeradas. Igualmente se podrán comunicar a línea de atención al proveedor (094) 6714146 Ext. 105, para efectos de recibir información relacionada con el proceso de contratación.

11. INTERPRETACIÓN Y ACEPTACIÓN DEL PLIEGO DE CONDICIONES Con la presentación de la oferta, el proponente manifiesta que estudio el pliego de condiciones y todos los documentos del proceso de selección, que obtuvo las aclaraciones sobre las estipulaciones que haya considerado inciertas o dudosas, que conoce la naturaleza de los trabajos, sus costos y su tiempo de ejecución, que formuló su oferta de manera libre, seria, precisa y coherente, y que además se acoge a las estipulaciones del Estatuto de Contratación de Aguas Nacionales EPM S.A. ESP, el lineamiento de proveedores publicado en la página Web de Aguas del Atrato, y demás normas aplicables a nuestra contratación.

12. PLAZOS DE LA SOLICITUD PÚBLICA DE OFERTA

El plazo de la Solicitud Pública de Oferta, entendido como el período durante el cual se pueden presentar las ofertas, es el término comprendido entre las fechas de apertura y cierre de la misma, el cual se define a continuación:

12.1 Fecha de apertura Fecha: 2 de Febrero de 2015

Lugar: AGUAS NACIONALES EPM S.A. ESP., Barrio Niño Jesús Loma de Cabí, Quibdó- Chocó. www.aguasnacionalesepm.com

12.2 Fecha y hora de cierre Fecha: 11 de Febrero de 2015 Hora: 4:00 p.m.

Lugar: AGUAS NACIONALES EPM SA ESP, Barrio Niño Jesús Loma de Cabí, Quibdó- Chocó. www.aguasnacionalesepm.com

La propuesta deberá radicarse con carta de presentación, escrita por medio mecanográfico o por computador, paginada, rubricada en su totalidad y con un índice donde se relacione el contenido total de la propuesta, con aceptación total de las

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condiciones del pliego; deberá entregarse en las oficinas de Aguas Nacionales EPM SA ESP, Loma de Cabí, Barrio Niño Jesús, Quibdó, hasta el día y hora fijados para el cierre de la Solicitud Pública de Ofertas.

13. FORMA DE PAGO

AGUAS NACIONALES EPM SA ESP pagará los servicios suministrados en moneda nacional colombiana, previa la presentación de la factura correspondiente, elaborada con el cumplimiento de todos los requisitos legales, tanto de forma como de contenido, a los treinta (30) días calendario, previa prestación del servicio. Quien tenga la obligación de expedir factura de venta deberá cumplir con todos los requisitos exigidos por la DIAN. Los pagos se harán en la forma aceptada por AGUAS NACIONALES EPM SA ESP, a favor de EL CONTRATISTA o a quien él designe como beneficiario, previa presentación por parte de EL CONTRATISTA y aprobación por parte de AGUAS NACIONALES EPM SA ESP de los documentos requeridos para el efecto. Para efecto del pago de los valores mencionados, si EL CONTRATISTA es una entidad sin ánimo de lucro deberá presentar y radicar ante AGUAS NACIONALES EPM SA ESP copia de la respectiva resolución expedida por la entidad que la vigila, para la exención de la retención en la fuente. Nota: No se aceptarán formas de pago alternativas distintas a las establecidas por AGUAS NACIONALES EPM SA ESP. En todo caso, es condición para que AGUAS NACIONALES EPM SA ESP pueda realizar cada pago a EL CONTRATISTA derivado del contrato, que éste acredite que se encuentra al día en el pago de aportes parafiscales relativos al Sistema de Seguridad Social Integral, así como los propios del Sena, ICBF y Cajas de Compensación Familiar, cuando corresponda.

14. VALIDEZ DE LA PROPUESTA La oferta tendrá una validez de noventa (90) días calendario, contados a partir de la fecha de cierre para la presentación de ofertas de este proceso de contratación, término dentro del cual AGUAS NACIONALES EPM SA ESP aceptará la propuesta o declarará desierta la contratación.

El término para aceptar la oferta o declarar desierto el proceso podrá ser ampliado por AGUAS NACIONALES EPM SA ESP, antes de su vencimiento y en cuyo caso todos los proponentes deberán ampliar la validez de sus propuestas y la vigencia de las garantías de seriedad.

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15. ESTABILIDAD ECONÓMICA Y CAPACIDAD FINANCIERA.

La participación en este proceso de contratación estará condicionada por la estabilidad económica y la capacidad financiera de los oferentes con fundamento en la liquidez, medida como el activo corriente sobre el pasivo corriente, en el endeudamiento, medido como el pasivo total sobre el activo total, y en el capital de trabajo, medido como el total de activo corriente menos el total pasivo corriente, según se indica más adelante. Para el efecto, el oferente deberá cumplir con los siguientes requisitos: Presentar los Estados Financieros, Balance General y Estado de Resultados definitivos al 31 de diciembre de 2013, con sus notas respectivas. En el Balance General debe discriminarse el activo, el pasivo corriente y no corriente (o de largo plazo). Los Estados Financieros deberán estar suscritos por el oferente o representante legal, el Contador Público que los prepara y el Revisor Fiscal en los casos establecidos en la ley parágrafo 2° del artículo 13 de la Ley 43 de 1990. Se deberán aportar los certificados vigentes de la inscripción ante la Junta Central de Contadores, del Contador Público y del Revisor Fiscal que suscriben los Estados Financieros. La información financiera deberá ser presentada en moneda legal colombiana. Se medirán los siguientes indicadores financieros: - Indicador de Liquidez IL. La liquidez se medirá según la relación entre activo corriente y pasivo corriente, mediante la siguiente expresión:

IL = Activo Corriente ≥ 1.0 Pasivo Corriente

Propuestas cuya relación IL sea inferior a 1.0 no podrán participar en este proceso de contratación. - Índice de Endeudamiento IE. El porcentaje de endeudamiento se medirá según la relación entre el pasivo total y el activo total, mediante la siguiente expresión:

IE = Pasivo Total x 100% ≤ 70 % Activo Total

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Propuestas cuya relación IE sea mayor del 70% no podrán participar en este proceso de contratación.

- Razón de cobertura de intereses: utilidad operacional dividida por los gastos de intereses.≥ 3

RCI = Utilidad operacional ≥ 3 Gastos de intereses

16. EVALUACIÓN

La evaluación consiste en una serie de pasos que se inician con la revisión de los aspectos formales y documentales de la propuesta, tendiente a determinar el cumplimiento de los requisitos de participación y el carácter “completo” de la propuesta y terminan con la aplicación de los factores, criterios y fórmulas de ponderación que permiten hacer comparables las propuestas en términos de puntajes. En consecuencia, de entre las propuestas que cumplan con los requisitos legales, técnicos y económicos, y previa ponderación se seleccionará la propuesta más favorable en su conjunto para AGUAS NACIONALES EPM SA ESP, de acuerdo con el puntaje máximo que le sea asignado a cada uno de ellos. FACTORES DE PONDERACIÓN

FACTOR PUNTAJE

Experiencia 10

Cumplimiento en contratos anteriores 10

Precio 80

16. 1 Experiencia

La Experiencia se calificará en función del personal contratado por la EMPRESA DE SERVICIOS TEMPORALES, en el territorio nacional. La definición del valor de la contratación se demuestra presentando las autoliquidaciones de Salud y de Pensiones pagadas en los últimos dos años a la apertura de este proceso de contratación, las que deben venir legajadas por región, por mes, por EPS y Fondo de Pensiones y acompañadas de la certificación del Revisor Fiscal o de quien haga sus veces, de que los pagos se hicieron efectivos, se evaluará sobre la sumatoria del valor pagado y puntuado bajo este criterio. Aquellas propuestas que no vengan diligenciadas completamente o no aporten el documento respectivo, no serán tenidas en cuenta.

16. 1. 1. Ponderación Experiencia

El puntaje se otorga atendiendo el siguiente procedimiento: La totalidad de puntos al oferente que presente:

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Valor contratado en los últimos dos (2) años. Puntos 50 hasta 100 millones 2

Desde 101 hasta 150 millones 5

Desde 151 a 200 millones 7

Más de 200 millones 10

Nota: se utilizará el redondeo para precisar los valores contratados.

16. 2. Cumplimiento.

Se pondera cinco (5) puntos por sanciones con otras entidades o contratantes y cinco (5) puntos por resultado de evaluación de proveedores con Aguas Nacionales EPM S.A. ESP. Oferente que no haya contratado o sin registro de evaluación en la empresa a la fecha de cierre del proceso, será calificado con 5 puntos.

El proponente deberá relacionar las multas, sanciones u otros incumplimientos que se le hayan impuesto o declarado en contratos anteriores por parte de sus contratantes, dentro de los dos años anteriores contados hasta la fecha de cierre del proceso de contratación.

El oferente que no presente multas, sanciones u otros incumplimientos, deberá certificarlos con firma del representante legal.

16.2.1. Ponderación Cumplimiento

Puntos por sanciones con otras entidades o contratantes (5).

Al proponente que no tenga relacionada ninguna sanción, multa o incumplimiento en el período señalado, se le asignarán diez (10) puntos; a quienes tengan algún evento de los mencionados, se le disminuirán, por cada uno de ellos, dos (2) puntos.

*El demérito o disminución en el puntaje de cumplimiento se aplicará a los casos en los que el proponente haya sido objeto de “multas”.

*Por “multa” deben entenderse tanto los eventos explícitamente calificados como tales como los que, bajo cualquier otra denominación, hayan dado lugar a sanciones al contratista o a su obligación de resarcir perjuicios causados a la entidad contratante.

*En los casos señalados el demérito se aplicará sólo cuando el acto respectivo se encuentre en firme o ejecutoriado, o haya sido efectivamente aplicado por la entidad pública o privada correspondiente dentro de los dos (2) últimos años contados desde la fecha límite para la presentación de las ofertas.

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*En el caso de las multas o incumplimientos en que haya incurrido un contratista durante la ejecución de un contrato con LA EMPRESA o EPM, se entiende por firme o aplicado el acto correspondiente, así: (i) En la fecha de la comunicación mediante la cual LA EMPRESA le informan al CONTRATISTA que se ratifica la declaratoria de la multa o incumplimiento con base en la causal respectiva, cuando el contratista haya hecho uso del derecho que le otorgan las reglas de contratación aplicables en cada caso, de exponer los argumentos con los cuales pretende justificar el incumplimiento, y (ii) Al día hábil siguiente de la fecha de vencimiento del término que se le concede al contratista para que exponga las razones de su incumplimiento, sin que haya hecho uso de dicha facultad.

*En los casos de incumplimiento que den lugar a la terminación de un contrato, no se le reconocerá puntaje alguno al proponente en este factor o aspecto.

*Para la aplicación de los deméritos en puntaje que aquí se establecen, no se requiere que las multas o incumplimientos se encuentren registrados o reportados ante las cámaras de comercio correspondientes o en el Sistema de Información Corporativo de Contrataciones –SICC -, de LA EMPRESA o EPM.

*La aplicación de los factores que modifican el pago o contraprestación al contratista, relacionados con los Acuerdos de Niveles de Servicios – ANS -, no serán tenidos en cuenta para la evaluación y ponderación de este factor, salvo que el pliego de condiciones u otras normas o reglas contractuales expresamente les hayan dado el carácter de multas, incumplimientos o factores sancionatorios del contratista.

*La interpretación y aplicación de las reglas precedentes debe hacerse en forma integral, entendiendo que cada una es complementaria de las otras. Puntos por resultado de evaluación de proveedores con Aguas Nacionales EPM S.A. ESP. (5) Se otorgarán puntos con base en la calificación obtenida por el proponente en la última evaluación de proveedor realizada por Aguas Nacionales EMP S.A. ESP – Proyecto Aguas del Atrato con ocasión de contrato anterior, así:

Oferente con calificación excelente, ó que no hayan contratado ó sin registro de evaluación a la fecha de cierre del proceso

5 puntos

Oferente con calificación bueno 3 puntos

Oferente con calificación regular o inferior 0 puntos

En caso de que coincidan evaluaciones durante el mismo periodo o fecha, el puntaje máximo a asignar por este aspecto siempre serán 5 puntos, no acumulables por evaluación.

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El puntaje final asignado para cada proponente se obtendrá de la sumatoria del resultado del precio, experiencia y calificación como proveedor; así mismo se establecerá el orden de elegibilidad de mayor a menor puntaje. 16.3 Precio Precio: 80 puntos Al menor precio ofertado se le asignarán los 80 puntos y en forma proporcional se le asignarán a los siguientes proponentes de acuerdo con la siguiente fórmula: P (oa) = 80 X P (mpo)

P (pa) Dónde: P (oa)= Puntaje de la oferta que se analiza P (mpo)= Precio de la oferta con menor precio ofertado P (pa)= Precio de la oferta que se analiza

17. GARANTÍAS

El CONTRATISTA constituirá a favor de AGUAS NACIONALES EPM SA ESP una garantía única para particulares de los cinco (5) días siguientes a la suscripción del presente contrato, que ampare el cumplimiento de las obligaciones contractuales deberán ser de procedencia y forma aceptables para AGUAS NACIONALES EPM SA ESP y otorgadas por un banco o compañía de seguros legalmente establecido en Colombia, con su respectiva constancia de pago.

17.1 Garantía Única

Se constituirá esta garantía en la misma moneda del contrato, y deberá cubrir los riesgos que se indican a continuación. El pago de la prima respectiva correrá por cuenta del CONTRATISTA, al igual que el de las ampliaciones a que haya lugar.

La garantía deberá acompañarse del correspondiente recibo de pago, estar firmada por el CONTRATISTA y ser constituida en forma tal que cubra, única y exclusivamente, los riesgos contemplados para la ejecución del contrato; dicha garantía no expirará por falta de pago de la prima o por revocatoria unilateral.

Cuando haya modificación del plazo y/o los precios del contrato, el CONTRATISTA deberá ampliar el valor de las garantías y obtener el desplazamiento del plazo según corresponda, en proporción a los nuevos valores y plazos.

Se deberá dejar sin efecto el parágrafo que corrientemente se incluye en la cláusula segunda de la garantía y que reza: “...En la hipótesis prevista en el numeral primero anterior, la entidad estatal contratante tiene la obligación de prorrogar el plazo para el cumplimiento de las obligaciones de EL CONTRATISTA o modificar las

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estipulaciones contractuales teniendo en cuenta las circunstancias que originaron la causal de exoneración de responsabilidad de EL CONTRATISTA.”

Los riesgos que la garantía deberá cubrir son:

17.1.1 Amparo de cumplimiento.

Para asegurar el total y estricto cumplimiento de las obligaciones del contrato, deberá amparar una suma igual al veinticinco por ciento (25%) del valor inicial del contrato, con la cual se cubren, además, las multas y la cláusula penal pecuniaria. Se hará efectiva al CONTRATISTA, en favor de AGUAS NACIONALES EPM SA ESP, en caso de incumplimiento de cualquiera de las obligaciones que haya adquirido en virtud del contrato. Este amparo deberá estar vigente durante el plazo del contrato y sesenta (60) días calendario más.

17.1.2 Amparo de salarios y prestaciones sociales.

Para garantizar el pago de salarios, prestaciones sociales e indemnizaciones laborales del personal empleado para la ejecución del contrato, este amparo deberá cubrir una suma equivalente al veinte por ciento (20%) del valor total inicial del contrato y deberá estar vigente durante el plazo del contrato y tres (3) años más.

17.1.3 Responsabilidad Civil extracontractual.

Para cubrir los eventos de responsabilidad civil extracontractual frente a AGUAS NACIONALES EPM SA ESP o terceros y con motivo de la ejecución del contrato, la garantía deberá amparar una suma equivalente al veinticinco por ciento (25%) del valor total inicial del contrato. La vigencia de esta garantía deberá ser igual al plazo del contrato y sesenta (60) días más. Este seguro se deberá constituir en póliza independiente, por lo tanto, no podrá ser parte de la garantía única del contrato

18. PLAZO

El plazo de ejecución del contrato – que es el plazo de la prestación de los servicios “objeto” del mismo - se cuenta desde la fecha que se señale en la orden de inicio, hasta la culminación y será de noventa (90) días o hasta agotar presupuesto. En todo caso Aguas Nacionales EPM S.A. E.S.P. podrá, con atención a sus normas de contratación, dar la orden de iniciación de ejecución de actividades con anterioridad a la formalización del contrato.

19. CONDICIONES GENERALES:

No podrá contratar con la empresa AGUAS NACIONALES EPM S.A. ESP, quien se halle incurso en inhabilidades e incompatibilidades establecidas en la Constitución Nacional y en la Ley.

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A la propuesta se deben adjuntar los siguientes documentos:

a) Carta de presentación de la propuesta: (insubsanable). La carta de presentación deberá ser firmada por el proponente o por el representante legal de la Empresa o la persona que tenga facultades para contratar en su nombre y obligarla, en este caso se deberá allegar el respectivo poder. En dicha carta deberá haber manifestación expresa acerca del conocimiento y aceptación de los pliegos de condiciones y de sus adendas si las hubiere. Se incluye el modelo que deben diligenciar en el anexo No. 2 ORIGEN LÍCITO DE RECURSOS. Los activos y recursos que conforman el patrimonio del oferente, y de cada uno de los integrantes de las uniones temporales y consorcios, y que empleará para el desarrollo del contrato, deben provenir de actividades lícitas. En la carta de presentación de la propuesta, el oferente deberá manifestar bajo la gravedad de juramento, esta circunstancia.

b) Certificado de existencia y representación legal con fecha de expedición no superior a 30 días, a la fecha de cierre de la solicitud pública de ofertas, si se trata de persona jurídica o certificado de registro mercantil, si se trata de persona natural. Si el representante legal tiene restricciones para contraer obligaciones en nombre de la sociedad, deberá adjuntar el documento de autorización expresa del órgano social competente, otorgado con anterioridad a la fecha de presentación de la oferta.

Si se trata de un Consorcio o Unión Temporal, deben presentar el acta de Constitución en donde indique que se han asociado para la presentación de la presente invitación y para la celebración, ejecución y liquidación del contrato, en caso de resultar favorecido, el nombre del representante legal , bajo que autorizaciones actúa, hasta que valor están autorizados para comprometer a la persona jurídica a la que pertenecen, manifestación expresa de que la responsabilidad es solidaria para todo el proceso de contratación, entendiéndose como tal, la presente invitación, celebración, ejecución, liquidación del contrato y que hay solidaridad en las posibles reclamaciones e indemnizaciones que se llegaren a presentar en cualquier etapa de dicho proceso; las condiciones aquí definidas serán oponibles a los oferentes independiente del acta de constitución.

c) Copia de la cédula de ciudadanía por ambas caras del proponente o del representante legal o de la persona autorizada para celebrar contratos en su nombre y poder debidamente diligenciado para actuar autenticado ante notaría.

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d) Certificado de afiliación a seguridad social en salud régimen contributivo y pensión vigente del oferente o planilla de Administrador de pago donde se detallen las diferentes entidades donde se realizan los respectivos aportes con comprobante de pago al día, a la fecha de cierre de la solicitud pública de ofertas, y/o Certificación de pago de los aportes parafiscales, según lo establecido en el artículo 50 de la Ley 789 del 2002.

e) La propuesta económica. f) Registro Único Tributario.

g) Registro Único de Proponentes

h) Certificación bancaria con periodo de expedición no mayor a tres (3) meses.

h) Certificado de antecedentes disciplinarios de la Procuraduría General de la

Nación y de responsabilidad fiscal de la Contraloría General de la República, tanto del representante legal como de la empresa, con fecha de expedición no superior a 30 días anteriores al cierre de la solicitud pública de ofertas. Aguas Nacionales EPM S.A. ESP, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 60 de la Ley 610 de 2000, se abstendrá de celebrar el contrato con las personas que se encuentren registradas en el Boletín de Responsables Fiscales de la Contraloría General de la República, para lo cual hará las consultas que en tal sentido le corresponde.

i) Anexar Póliza de seriedad de la oferta, para particulares, a favor de Aguas Nacionales EPM S.A. ESP, y su correspondiente recibo de pago, por una cuantía del diez por ciento (10%) del valor de la propuesta y por un periodo de dos (2) meses, contados a partir de la fecha de cierre de la publicación de oferta, teniendo como base la cantidad de 60 trabajadores a suministrar. (Insubsanable). En todo caso El PROPONENTE deberá ampliar la vigencia de la garantía en caso de presentarse prórrogas en los plazos de la contratación, de la asignación, o de la suscripción del contrato, no cubiertas con la vigencia inicial.

j) Si el oferente pertenece al régimen simplificado, anexar certificado de los ingresos obtenidos en el año anterior.

k) Anexar programa de salud ocupacional con la información contenida en el

formato No. GTH-FOR-23, anexo No. 6, formato que debe ser diligenciado.

La empresa AGUAS NACIONALES EPM S.A. ESP, podrá solicitar las aclaraciones que requiera durante el estudio de la propuesta, sin que ello implique modificación alguna al pliego de condiciones ni a la propuesta.

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20. CAUSALES DE RECHAZO O INADMISIBILIDAD DE PROPUESTAS Las propuestas se eliminarán, sin que haya lugar a su evaluación, en cualquiera de los siguientes casos:

a) El proponente se encuentre incurso en inhabilidad o incompatibilidad, prescritas en las normas legales.

b) Cuando la propuesta se presente extemporáneamente. c) Cuando el valor de la propuesta supere el presupuesto estimado o cuando

efectuada la corrección aritmética de la propuesta económica esta sobrepase el presupuesto, y no existan posibilidades de negociación, conforme el estatuto de contratación.

d) Cuando el plazo ofrecido por el proponente, supere el plazo oficial establecido en los pliegos de condiciones, y no existan posibilidades de negociación, con atención a las normas de contratación

e) Cuando el objeto social del oferente descrito en el certificado de existencia y representación legal se desprenda que le imposibilite ejecutar la gestión y operación que se requiere en esta invitación.

f) Cuando existan varias propuestas presentadas por la misma persona, natural o jurídica, individualmente o formando parte de un consorcio o unión temporal.

g) Cuando la propuesta no se presente en pesos colombianos. h) Cuando la propuesta contenga defectos insubsanables. i) Cuando el proponente no presente los requisitos subsanables en el término

otorgado para ello. j) Cuando el proponente no cumpla con la capacidad jurídica exigida. k) Cuando no se presente la garantía de seriedad. l) Cuando se compruebe que la información suministrada es contradictoria o no

corresponda en algún aspecto a la verdad. m) Cuando se presente la propuesta sometida al cumplimiento de cualquier

condición o modalidad que represente un condicionamiento para la Empresa. n) Cuando se presenten en forma incompleta o no cumplan con las disposiciones

legales y las reglas del presente Pliego de Condiciones, las aclaraciones y/o subsanaciones solicitadas.

o) Cuando el oferente que en el momento de cierre de la solicitud a contratar, se les haya penalizado, multado, sancionado, notificado el incumplimiento en contratos con la empresa Aguas Nacionales EPM S.A. ESP, seis (6) meses antes de la solicitud.

p) Cuando el oferente haya sido retirado de la lista de proveedores de la empresa, por haber obtenido una calificación deficiente por evaluación no confiable, en contrataciones anteriores con la empresa

q) Las demás que establezca este pliego de condiciones.

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21. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS Y CONDICIONES

Esta parte del pliego de condiciones corresponde a las especificaciones y condiciones que se deben cumplir para la contratación de prestación de servicios de una EMPRESA DE SERVICIOS TEMPORALES para AGUAS NACIONALES EPM SA ESP actuando como tercera beneficiaria o usuaria, para colaborar temporalmente en el desarrollo de sus actividades, mediante la labor desarrollada por personas naturales - trabajadores en misión temporal, contratadas directamente por la EMPRESA DE SERVICIOS TEMPORALES, la cual tiene con respecto de éstas el carácter de empleador.

ÍTEM DESCRIPCIÓN PORCENTAJE VALOR

1

SALARIO

Sueldo Base

Subsidio de transporte

TOTAL No. 1

2

PRESTACIONES SOCIALES

Cesantías

Primas

Vacaciones

Intereses a la Cesantías

TOTAL No. 2

3

APORTES PARAFISCALES

Caja de compensación familiar

I.C.B.F.

SENA

Salud

A.R.L.

Pensión

TOTAL No. 3

4

OTROS COSTOS (describir)

Xxx

Xxx

Xxx

Xxx

TOTAL No. 4

5 SUBTOTAL

6 BASE DE CÁLCULO DEL IVA

7 IVA (Porcentaje)

8 VALOR DE LA PROPUESTA (Una persona)

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9 VALOR MENSUAL DE LA PROPUESTA

VALOR TOTAL DE LA PROPUESTA

21.1 PRESTACIÓN DEL SERVICIO

AGUAS NACIONALES EPM SA ESP a través del interventor del contrato enviará los requerimientos de personal indicando: Nombre del Cargo, asignación salarial, Función básica y actividades a desarrollar, Estudios básicos, conocimientos complementarios, experiencia y competencias, fecha en la cual se requiere laborando y periodo de tiempo. Adicionalmente cuando el cargo lo requiera deberá identificar si el desempeño de las funciones requiere trabajo en alturas.

EL CONTRATISTA se encargará del reclutamiento, selección, contratación y administración del trabajador en misión.

La EMPRESA DE SERVICIOS TEMPORALES asignará un coordinador, el cual se encargará de la administración del contrato y atender los requerimientos de la interventoría.

Dentro de los primeros cinco días calendario de cada mes se reunirán el coordinador por parte de la EMPRESA DE SERVICIOS TEMPORALES y el interventor por parte de LAS EMPRESAS, con el fin de liquidar los servicios prestados en el mes anterior.

21.1.1 RESPONSABILIDADES DEL CONTRATISTA EN LA PRESTACIÓN DEL

SERVICIO

21.1.1.1 Selección y Vinculación

LA EMPRESA a través del interventor del contrato enviará los requerimientos de personal indicando: Nombre del Cargo, asignación salarial, Función básica y actividades a desarrollar, Estudios básicos, conocimientos complementarios, experiencia y competencias, fecha en la cual se requiere laborando y periodo de tiempo. Adicionalmente cuando el cargo lo requiera deberá identificar si el desempeño de las funciones requiere trabajo en alturas.

Los requerimientos se enviarán al contratista por lo menos con cinco (5) días hábiles de antelación a la fecha en que se necesita la prestación del servicio.

La selección de personal deberá incluir :

Reclutamiento de hojas de vida

Aplicación de pruebas sicotécnicas

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Oficina Administrativa: Barrió Niño Jesús, Loma Cabí – Acueducto, Quibdó. Teléfonos (4) 672 53 93- 672 41 46

Oficina Comercial: Carrera 3ª No. 29-55, Teléfonos (4) 672 41 47- 672 41 81

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Entrevista sicológica

Verificación de referencias personales y laborales

Visita domiciliaria (cuando así se requiera, por la naturaleza del cargo)

La vinculación deberá garantizar:

Realización de la evaluación médica preocupacional que garantice que el trabajador se encuentra en buenas condiciones físicas y apto para realizar las labores encomendadas

Firma de contrato

Afiliaciones a seguridad social

Afiliación a caja de compensación

El período de prueba será el que autoriza la ley, periodo del cual debe quedar evidencia de su evaluación y decisión de continuar o dar por terminado el contrato.

El CONTRATISTA está obligado a buscar los mecanismos idóneos para asegurar la selección de personal.

21.1.1.2 Inducción y capacitación

EL CONTRATISTA brindará al empleado, una explicación detallada del tipo de contrato, pago de nómina, recibos de pago, licencias, permisos, descuentos de seguridad social, incapacidades: En POS afiliación de su grupo familiar, urgencias, citas médicas, programas de prevención y trámite por incapacidades. En AFP y cesantías procedimientos para retiro de cesantías. En ARL procedimientos ante un accidente de trabajo, uso de utensilios de protección personal, acción, reacción y prevención en oficios que generen alto riesgo.

AGUAS NACIONALES EPM SA ESP coordinará con EL CONTRATISTA, la capacitación de los trabajadores en misión, que lo requieran, sobre el manejo de los sistemas de información requeridos, el diligenciamiento de los formatos respectivos, la información pertinente a LA EMPRESA y la adecuada atención al cliente, de tal forma que se garantice un óptimo servicio.

Estas capacitaciones serán realizadas por AGUAS NACIONALES EPM SA ESP en condiciones que se definirán oportunamente.

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EL CONTRATISTA deberá impartir capacitación referente a normas de Salud Ocupacional, Seguridad Industrial, procedimientos en caso de emergencia y manejo de situaciones difíciles a los trabajadores en misión en coordinación con AGUAS NACIONALES EPM SA ESP, en especial en actividades operativas o técnicas.

21.1.1.3 Dotación, Elementos, equipos y herramientas en general

La dotación que requiera el personal en misión será suministrada por el CONTRATISTA, bajo las condiciones establecidas por AGUAS NACIONALES EPM SA ESP y su costo será reconocido por AGUAS NACIONALES EPM SA ESP sin que esto implique recargo alguno sobre la comisión de suministro y administración de los trabajadores en misión ofertada.

AGUAS NACIONALES EPM SA ESP proporcionará los elementos de trabajo, equipos y herramientas en general a los trabajadores contratados. Estos elementos serán devueltos por éstos a la finalización de la actividad específica o la terminación del contrato con EL CONTRATISTA.

Los elementos de trabajo, equipos y herramientas, que suministre AGUAS NACIONALES EPM SA ESP serán cargados y entregados como elementos devolutivos al trabajador en misión y serán cargados, además, automáticamente a EL CONTRATISTA y éste autorizará que a la terminación de la prestación del servicio de trabajo en misión o a la finalización del contrato, si el trabajador en misión no los devolviere a AGUAS NACIONALES EPM SA ESP, sean descontados de la cuenta de cobro del mes respectivo.

Al momento de la entrega de los elementos de trabajo por parte de AGUAS NACIONALES EPM SA ESP, el Trabajador en misión firmará la respectiva autorización de descuento de salarios, prestaciones y liquidación definitiva, por los elementos que pierda, dañe o no reponga durante la relación contractual en misión.

El uso de los bienes y servicios entregados como son escritorios, computadores, impresoras, escáneres, herramientas de software servicios de voz, servicios de datos, servicios públicos o cualquier otro elemento requerido, serán proporcionados a EL CONTRATISTA sin ningún costo.

21.1.1.4 Personal

Todos los trabajadores en misión, deberán ser reclutados y seleccionados por EL CONTRATISTA de acuerdo y dando cumplimiento al perfil requerido en la descripción del cargo. Durante la vigencia del contrato, AGUAS NACIONALES EPM SA ESP podrá solicitar cambio de cualquier trabajador en misión, sin que sea necesario dar las explicaciones de ello.

El trabajador en misión contratado para cumplir con el objeto del contrato debe tener los siguientes documentos vigentes: libreta militar (personal masculino) Paz y Salvo de Responsabilidad Fiscal y certificado de antecedentes disciplinarios vigente.

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21.1.1.5 Responsabilidad del CONTRATISTA por el personal

Todo el personal que utilice EL CONTRATISTA en la prestación del servicio, será de su libre nombramiento; y para su remoción deberá considerar siempre el reemplazo de éste de modo que no se vea afectada AGUAS NACIONALES EPM SA ESP y por lo tanto, no adquiere vinculación laboral, administrativa, ni de ninguna índole con LA EMPRESA. En tal virtud, será por cuenta del CONTRATISTA el pago oportuno de los salarios, incapacidades, indemnizaciones, bonificaciones y demás prestaciones sociales a que sus empleados tengan derecho, de conformidad con las leyes laborales colombianas. Adicionalmente, AGUAS NACIONALES EPM SA ESP podrá solicitar al CONTRATISTA en cualquier momento la desvinculación y reemplazo de cualquier trabajador, para lo cual bastará el requerimiento de AGUAS NACIONALES EPM SA ESP. EL CONTRATISTA debe reemplazar, las ausencias de su personal por incapacidad, permisos, suspensiones o cualquier otra causa, con personal igualmente capacitado, para garantizar la continuidad en la prestación del servicio, el reemplazo debe hacerse dentro de las veinticuatro (24) horas siguientes. EL CONTRATISTA debe proceder de igual forma cuando AGUAS NACIONALES EPM SA ESP, solicite el reemplazo de algún trabajador. EL CONTRATISTA deberá retirar del servicio prestado a AGUAS NACIONALES EPM SA ESP al trabajador o trabajadores en misión cuya remoción sea solicitada por la empresa contratante, obteniendo por parte de ésta el paz y salvo previo al pago de sus salarios y prestaciones sociales causados hasta ese momento. EL CONTRATISTA se obliga a emplear en la ejecución del contrato personal idóneo previamente seleccionado y calificado de acuerdo al perfil del cargo requerido. La EMPRESA se reserva el derecho de aceptar su vinculación al contrato. La hoja de vida de cada trabajador debe estar acompañada de los siguientes documentos: copia de la Cédula de Ciudadanía, copia de la Libreta Militar actualizada con número de cédula (hombres), Paz y Salvo de Responsabilidad Fiscal (Expedido por la Contraloría General de la República – Vigencia de 3 meses), Certificado de Antecedentes Disciplinarios (Expedido por la Procuraduría General de la Nación – Vigencia de 3 meses), Fotocopia de Tarjeta Profesional (para aquellas profesiones que lo requieren), validación de los títulos exigidos en el perfil del cargo, verificaciones de las referencias laborales, en papel membreteado de la institución que lo expide. EL CONTRATISTA se obliga a mantener un plan de capacitación permanente, fuera de la jornada laboral y de las instalaciones de AGUAS NACIONALES EPM SA ESP, a fin de mejorar los conocimientos del oficio, el desempeño y la seguridad de sus trabajadores.

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Además, EL CONTRATISTA debe cumplir con las siguientes obligaciones de orden laboral que serán verificadas constantemente por la supervisión operativa y técnica del contrato, así: * No debe contratar con menores de edad, ni pactar salarios inferiores a lo exigido por la Ley. * Debe suscribir contrato de trabajo con cada trabajador de forma escrita. * Debe afiliar a sus trabajadores al Sistema de Seguridad Social Integral (Salud, Pensiones y Riesgos), desde el momento de ingreso y hasta la terminación de la relación laboral y pagar estas obligaciones el día que le corresponde según su número de NIT. * Debe pagar los aportes a seguridad social y parafiscales correspondientes sobre el valor mensual de la nómina. Este pago debe hacerlo a más tardar el día que le corresponde según su número de NIT, para evitar sanciones por mora en el pago. En caso de que EL CONTRATISTA se encuentre exento del pago de alguno de estos requisitos, debe anexar la correspondiente disposición legal que acredita esta condición. NOTA: Por ningún motivo se permite el ingreso a las instalaciones de AGUAS NACIONALES EPM SA ESP de personal que no presente la documentación que acredite el cumplimiento de estos requisitos. * Pago de salarios al personal: EL CONTRATISTA debe pagar quincenalmente el salario a cada uno de sus trabajadores. * El valor de la nómina deberá incluir salario básico, horas extras, auxilio de transporte (si devenga menos de dos salarios mínimos legales vigentes), * EL CONTRATISTA deberá liquidar mensualmente, con base en los reportes que reciba de AGUAS NACIONALES EPM SA ESP y de acuerdo con las cuantías establecidas por ésta, según las normas legales vigentes, el valor de los sueldos, pagos por recargos nocturnos, pagos compensatorios por días festivos, tiempo suplementario, comisiones y prestaciones sociales que deberá reconocer al personal vinculado por la prestación del servicio descrito, bajo las condiciones establecidas. * Las horas extras serán notificadas dentro de los 10 días siguientes de cada mes. * Cada año calendario, EL CONTRATISTA debe reconocer a todos sus trabajadores, el mismo porcentaje reajustado por AGUAS NACIONALES EPM SA ESP. Es necesario que EL CONTRATISTA presente mensualmente al interventor una (1) copia nítida de las autoliquidaciones canceladas por pago de la Seguridad Social Integral y Aportes Parafiscales de cada uno de los trabajadores vinculados en el contrato.

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21.1.1.6 Identificación del trabajador en misión

Indistintamente de la identificación interna de EL CONTRATISTA, los trabajadores en misión deberán contar con un Carné que los identifique como contratistas y que los autoriza para ejecutar las labores. Este debe portarse en un lugar visible, siempre que se adelanten actividades materia del contrato.

EL CONTRATISTA se obliga a mantener la identificación de trabajadores en misión, para lo cual emitirá, suministrará y cubrirá el costo de este documento con base en las especificaciones dadas por AGUAS NACIONALES EPM SA ESP. EL CONTRATISTA reportará a AGUAS NACIONALES por medio del Interventor, la entrega y devolución de carnés de cada uno de los ejecutores.

21.1.1.7 Responsable por manejo de información

EL CONTRATISTA y sus trabajadores en misión son responsables por la exactitud en las actividades realizadas y por los informes requeridos con destino a otras áreas de AGUAS NACIONALES EPM SA ESP que sean resultado del desarrollo de sus actividades.

21.1.1.8 Confidencialidad

EL CONTRATISTA y sus trabajadores en misión deben garantizar la custodia, reserva y confidencialidad de la información que se genere o produzca en el desempeño de las actividades contratadas en misión, omitiendo divulgarla a terceras personas o que constituyan competencia para LAS EMPRESAS. En caso de incumplimiento se podrá terminar el contrato anticipadamente y hacer efectivas las pólizas de cumplimiento.

21.1.1.9 Responsable por la atención al cliente

Los trabajadores contratados en misión deben mantener contacto frecuente con los clientes de AGUAS NACIONALES EPM SA ESP, es así como deben prestar cada vez una excelente atención y demostrar excelentes relaciones humanas.

21.1.1.10 Responsable por errores

El Trabajador es responsable por errores y omisiones en los reportes de información que se presenten durante la ejecución del contrato. En caso de presentarse una anomalía que implique detrimento patrimonial para AGUAS NACIONALES EPM SA ESP, deberá ser descontado del salario del mes respectivo, previa autorización del acta que este suscriba para el efecto.

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21.1.1.11 Materiales

Si por causa imputable a los trabajadores contratados en misión, se dañan o extravían elementos suministrados por AGUAS NACIONALES EPM SA ESP, serán cargados al trabajador y éste autorizará que a la terminación de la prestación del servicio de trabajo en misión o a la finalización del contrato, si no los devolviere a AGUAS NACIONALES EPM SA ESP, sean descontados del salario del mes respectivo.

EL CONTRATISTA deberá verificar la calidad y cantidad del material suministrado por LA EMPRESA; una vez recibido, AGUAS NACIONALES EPM SA ESP no aceptará reclamos por parte del CONTRATISTA.

22. DESARROLLO DE ACTIVIDADES

Para realizar la propuesta por el porcentaje de la administración EL CONTRATISTA deberá ceñirse en las condiciones expuestas en este pliego.

EL CONTRATISTA deberá suplir las faltas, incapacidades, vacaciones y licencias de todos los trabajadores contratados en misión y que están a su cargo, garantizando siempre el cumplimiento de las actividades contratadas.

22.1 PAGO DE SALARIOS, PRESTACIONES Y LIQUIDACIONES

EL CONTRATISTA deberá tener disponibilidad y recursos suficientes para que el pago a los trabajadores en misión se realice sin contratiempos y dentro de los lineamientos estipulados por el Código Sustantivo del Trabajo o norma vigente.

No se admitirá como excusa, que AGUAS NACIONALES EPM SA ESP no haya hecho el pago de las respectivas facturas o cuentas de cobro.

22.2 OTRAS OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA

EL CONTRATISTA se responsabilizará plenamente de los trabajos objeto del contrato, así como de las conclusiones y recomendaciones derivadas de los mismos, estando obligado a rehacer el trabajo o servicio en caso de las deficiencias o errores.

La prestación de los servicios contratados se ajustará a las instrucciones que AGUAS NACIONALES EPM SA ESP curse a EL CONTRATISTA y al trabajador en misión, a las normas y prescripciones de las reglamentaciones administrativas que estén en vigencia hasta la terminación del contrato.

EL CONTRATISTA deberá:

• Asumir para todos los efectos legales, la completa responsabilidad de los accidentes a él imputables que puedan producirse durante el desarrollo del contrato, comprendiendo esta responsabilidad todo accidente que pueda sufrir

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cualquier trabajador en misión al servicio de EL CONTRATISTA que tome parte en la ejecución del trabajo.

• Asumir cualquier daño originado en el desarrollo de las actividades y que afecten al cliente.

• Garantizar un buen trato a los clientes y demás trabajadores de AGUAS NACIONALES EPM SA ESP.

• Reportar todo movimiento de los trabajadores en misión, ingresos y retiros, los cuales deben ser previamente informados al Interventor.

• Reportar toda la información necesaria de los trabajadores en misión contratados a la compañía de seguros para la elaboración de las pólizas que lo requieran.

• EL CONTRATISTA prevendrá a los trabajadores en Misión sobre el respeto a los lineamientos descritos en los manuales de convivencia y de comportamiento de AGUAS NACIONALES EPM SA ESP.

• EL CONTRATISTA realizará evaluaciones de desempeño del personal suministrado en misión por periodos mínimos de seis meses y presentará los informes correspondientes a la empresa CONTRATANTE.

23. RENOVACIÓN

Cuando las circunstancias lo ameriten; las partes de común acuerdo con toda atención a las normas de contratación de la Empresa, podrán obligarse nuevamente al desarrollo de las actividades contratactuales inicialmente pactadas y de acuerdo con los términos allí convenidos. En todo caso la renovación se deberá acordar con una antelación mínima de tres (3) meses a la terminación del contrato, de acuerdo a las estipulaciones de nuestro estuto. 24. MULTA POR INCUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES DEL CONTRATO Con la presentación de la oferta el proponente acepta que de incumplir cualquiera de las obligaciones objeto del contrato, la empresa AGUAS NACIONALES EPM S.A ESP podrá aplicar la multa que se describe más adelante, previo el cumplimiento del procedimiento que a continuación se señala. Una vez AGUAS NACIONALES EPM SA ESP, verifique que ha presentado un incumplimiento de las obligaciones contractuales procederá así:

Requerirá al contratista por escrito para que cumpla, teniendo en cuenta que se presenta una situación que podría dar lugar a la aplicación de la multa.

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Si el contratista no cumple en un término razonable señalado por la empresa o no responde a satisfacción de la empresa, previa evaluación, esta comunicara por escrito al contratista sobre la aplicación de la multa y las razones para su aplicación.

El contratista dentro (5) días hábiles siguientes al día en que se les haya comunicado lo previsto en el parágrafo anterior, podrá mediante escrito dirigido a la empresa, manifestar su desacuerdo con la aplicación de la multa, o respecto de su tasación o cuantificación.

Si no hubiere objeción por parte del contratista en el término señalado, o cuando la empresa no encuentre de recibo la justificación que presente el contratista, lo cual le será informado previamente, procederá a solicitarle que la pague voluntariamente y se le enviara la factura de cobro para que consigne el valor en la cuenta que para ese fin se le indica, de no hacerlo en el término indicado, se procederá hacer efectiva la garantía de cumplimiento del contrato, si lo anterior no es posible se cobrara por la vía judicial.

En ningún caso la aplicación de la multa será entendida por el contratista como libratorio o atenuante de cualquiera de las obligaciones adquiridas en virtud del contrato. La multa se causa por el incumplimiento de cualquiera de las obligaciones contractuales y los perjuicios que se ocasionen en la empresa AGUAS NACIONALES EPM S.A ESP. Como la multa se anuncia mediante comunicación escrita, se considera como fecha de la misma el día en el cual el contratista reciba esta comunicación. En el evento de que esté presente una solicitud de reconsideración y la aplicación de la reducción continúe en firme la fecha corresponderá a la de la carta en la cual se le confirmo la deducción. Si durante la ejecución del contrato, el Contratista no cumpliere con cualquiera de las obligaciones del contrato, pagara a la empresa AGUAS NACIONALES EPM SA ESP. Una multa equivalente al (0,1%) diario del valor del contrato hasta que quede solucionada la situación que origino el incumplimiento. La sanción no podrá exceder el veinticinco por ciento (25%) del valor del contrato. Si el retardo en solucionar el problema es superior al límite antes establecido, la empresa AGUAS NACIONALES EPM SA ESP determinará la acción que procederá de conformidad con los principios rectores de la contratación de la entidad, podrá dar por terminado el contrato y podrá hacer efectiva la cláusula penal pecuniaria, sin perjuicio del ejercicio de las demás acciones a que hubiere lugar.

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25. LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO Para la liquidación se exigirá al CONTRATISTA la extensión o ampliación, si es el caso, de la garantía única del contrato y de responsabilidad civil extracontractual, para avalar las obligaciones que deba cumplir con posterioridad a la extinción del contrato.

Una vez terminado el contrato en condiciones normales se procederá a su liquidación, Para el efecto, EL INTERVENTOR deberá proyectar la liquidación dentro de los cuatro (4) meses siguientes a la fecha de terminación, anexando: a) estado de cuenta, b) certificado de cumplimiento y c) informe final. Si vencido este plazo EL CONTRATISTA no se presenta a la liquidación o las partes no llegan a un acuerdo sobre el contenido de la misma, será practicada directa y unilateralmente por la empresa CONTRATANTE.

26. LINEAMIENTO EN EL TEMA DE TRANSPARENCIA.

El contratante, comprometido con los programas que se impulsan desde las políticas Nacionales para combatir la corrupción en las diferentes esferas de la administración y en desarrollo de los principios que rigen su contratación, está interesado en garantizar la absoluta transparencia en los procedimientos que se realicen para la selección objetiva de sus contratistas. Por lo anterior, ante el conocimiento de cualquier indicio o evidencia que vincule o pueda vincular a los servidores en prácticas indebidas para el favorecimiento de quienes aspiren a la aceptación de sus ofertas, solicita, para efectos de las investigaciones correspondientes, se acuda al sistema de información corporativo de Aguas Nacionales EPM S.A. E.S.P., en cualquiera de los siguientes números telefónicos: Línea Aguas Nacionales EPM S.A. E.S.P 380 44 44 Oficina Control Interno Quibdó 6 725393 Oficina Control Interno Medellín 380 44 80 La información obtenida será manejada con la más alta discreción y se reservará la identidad de quien la suministre.

LUIS HERACLIO BERMÚDEZ MONTOYA

Director Proyecto Aguas del Atrato AGUAS NACIONALES EPM S.A. ESP

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ANEXO Nro. 1 CRONOGRAMA

SECUENCIA ACTIVIDAD FECHA

1 Publicación en Web Pliego de condiciones Solicitud Pública de

Ofertas.

Febrero 2 de 2015. www.aguasnacionalesepm.com

2 Presentación de observaciones y solicitudes de aclaración al pliego

de condiciones.

Febrero 6 de 2015, hasta las 5:30 p.m., oficina Loma de Cabí, Barrio

Niño Jesús, Quibdó- Chocó. - atencionaproveedores@aguasdelatr

ato.com

3 Respuesta a las observaciones y/o solicitudes de aclaración al pliego

de condiciones.

Febrero 9 de 2015, www.aguasnacionalesepm.com

4 Cierre del proceso. Febrero 11 de 2015, hasta las 4:00 p.m. Oficina Loma de Cabí, Barrio

Niño Jesús, Quibdó- Chocó.

5 Apertura de Propuestas. Febrero 11 de 2015, a las 4:15 p.m., Oficina Loma de Cabí, Barrio

Niño Jesús, Quibdó- Chocó.

6 Evaluación de las propuestas. Febrero 13 de 2015. oficina Loma de Cabí, Barrio Niño Jesús, Quibdó-

Chocó

7 Informe de evaluación a disposición de los oferentes para

observaciones.

Febrero 16 de 2015. www.aguasnacionalesepm.com

8 Presentación de observaciones al informe de evaluación.

Febrero 18 de 2015, hasta las 5:30 p.m., oficina Loma de Cabí, Barrio

Niño Jesús, Quibdó-Chocó. - atencionaproveedores@aguasdelatr

ato.com

9 Respuesta observaciones. Febrero 20 de 2015. www.aguasnacionalesepm.com

10 Comunicación aceptación de propuesta.

Febrero 23 de 2015. www.aguasnacionalesepm.com

11 Firma de contrato. Febrero 24 de 2015. oficina Loma de Cabí, Barrio Niño Jesús, Quibdó-

Chocó

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ANEXO Nro. 2 CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA OFERTA

Señores AGUAS NACIONALES EPM S.A E.SP. Barrio Niño Jesús Loma de Cabí Quibdó – Chocó REFERENCIA: Solicitud Pública de Ofertas No XXXXX de XXXXX. El (Los) suscrito(s) _____________________________ (nombre del oferente) de acuerdo con el Pliego de Condiciones, hacemos la siguiente oferta para _____________________________________ (objeto de la Solicitud Pública de Oferta) y, en caso que sea aceptada por Aguas Nacionales EPM S.A E.S.P, nos comprometemos a firmar el contrato correspondiente y a constituir las garantías definitivas exigidas. Declaramos asimismo:

1. Que esta oferta y el contrato que llegare a celebrarse sólo comprometen a los firmantes de esta carta.

2. Que ninguna entidad o persona distinta a los firmantes tiene interés comercial en esta oferta ni en el contrato probable que de ella se derive.

3. Que conocemos la información general y demás documentos de las bases de contratación de la presente Solicitud Pública de Oferta y que aceptamos los requisitos en ellos contenidos.

4. Que no estamos incursos en causal alguna de inhabilidad e incompatibilidad señaladas en la Ley y que no nos encontramos en ninguno de los eventos de prohibiciones especiales para contratar.

5. Manifiesto bajo la gravedad de juramento que los activos y recursos que conforman mi patrimonio, (cada uno de los integrantes de las uniones temporales y consorcios), y que empleare para el desarrollo del contrato, provienen de actividades lícitas

6. Que hemos recibido y/o tenido conocimiento de las siguientes adendas a los documentos de la presente Solicitud Pública de Oferta, _______________________________ (indicar el número y la fecha de cada una) y que aceptamos su contenido.

7. Que nuestra propuesta asciende a la suma de ________________ ($_______). (Indicar el valor en letras y en número)

Atentamente, _____________________________________ Nombre del oferente o Representante Legal de persona Jurídica C. C. No. ________________ De ___________ Dirección del proponente: _____________________________ Teléfonos: _____________________ Fax: _______________ Correo electrónico:

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ANEXO No 3

PROPUESTA ECONÓMICA - ESTRUCTURA DE COSTOS

EJEMPLO CON SALARIO MÍNIMO LEGAL VIGENTE

ÍTEM DESCRIPCIÓN PORCENTAJE VALOR

1

SALARIO

Sueldo Base

Subsidio de transporte

TOTAL No. 1

2

PRESTACIONES SOCIALES

Cesantías

Primas

Vacaciones

Intereses a la Cesantías

TOTAL No. 2

3

APORTES PARAFISCALES

Caja de compensación familiar

I.C.B.F.

SENA

Salud

A.R.L.

Pensión

TOTAL No. 3

4

OTROS COSTOS (describir)

xxx

xxx

xxx

xxx

TOTAL No. 4

5 SUBTOTAL

6 BASE DE CÁLCULO DEL IVA

7 IVA (Porcentaje)

8 VALOR DE LA PROPUESTA (Una persona)

9 VALOR MENSUAL DE LA PROPUESTA

VALOR TOTAL DE LA PROPUESTA

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MODELO DE MINUTA DEL CONTRATO

Este es el modelo de Contrato a suscribir para la formalización de relación contractual, sin embargo el texto del mismo puede variar antes de su firma ya sea a instancia de Aguas Nacionales EPM SA ESP o como consecuencia de la revisión del documento por las partes CONTRATO NRO.: XXXXXXX CONTRATANTE: AGUAS NACIONALES EPM S.A E.S.P NIT: 830.112.464 – 6 CONTRATISTA: XXXXXXXXXXXXXXX NIT: XXXXXXXXXXXXX TIPO DE CONTRATO: SERVICIOS OBJETO: PRESTACIÓN DEL SERVICIO ESPECIALIZADO DE ADMINISTRACIÓN DE PERSONAL EN MISIÓN POR PARTE DE UNA (1) EMPRESA DE SERVICIOS TEMPORALES - EST -, PARA APOYAR LA GESTIÓN OPERATIVA Y ADMINISTRATIVA DEL PROYECTO QUIBDÓ DE ACUERDO CON LAS NECESIDADES Y REQUERIMIENTOS EFECTUADOS POR LA ENTIDAD, LAS CONDICIONES TÉCNICAS SOLICITADAS Y LOS LINEAMIENTO ESTABLECIDOS EN EL DECRETO 4369 DE 2006 Y LAS DEMÁS DISPOSICIONES QUE SE EMITAN EN RELACIÓN CON LA VINCULACIÓN DE PERSONAL TEMPORAL VALOR: $ XXXXXXXXXXX PLAZO: NOVENTA (90) DÍAS Entre los suscritos: LUIS HERACLIO BERMÚDEZ MONTOYA identificado con la cédula de ciudadanía No. 11.798.170 de Quibdó, quien actúa en calidad de DIRECTOR PROYECTO QUIBDÓ, delegado para la ordenación del gasto y en nombre y representación de la empresa AGUAS NACIONALES EPM S.A. ESP, con NIT No 830112464-6, quien en adelante y para todos los efectos del presente documento se denominará EL CONTRATANTE; y XXXXXXXXXXXXX identificado con la cédula de ciudadanía No 32.416.970 de Medellín, quien actúa en calidad de Representante Legal de la empresa xxxxxxxxxxxxxx con NIT xxxxxxxxxxxxxxxxx, quien para los efectos del presente contrato se llamará EL CONTRATISTA, quien declara bajo la gravedad del juramento, que se entiende prestado con la firma del presente contrato, que no se halla incurso en ninguna de las causales de inhabilidad e incompatibilidad señaladas en la Constitución Política, en la ley, los artículos, 60 de la ley 610/00, 50 de la Ley 789/02 y demás normas vigentes y concordantes, hemos convenido celebrar el presente CONTRATO DE SERVICIOS el cual se regirá por las

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cláusulas que se estipulan a continuación: CLÁUSULA PRIMERA - OBJETO DEL CONTRATO: prestación del servicio especializado de administración de personal en misión por parte de una (1) Empresa de Servicios Temporales - EST -, para apoyar la gestión operativa y administrativa del proyecto Quibdó de acuerdo con las necesidades y requerimientos efectuados por la Entidad, las condiciones técnicas solicitadas y los lineamiento establecidos en el Decreto 4369 de 2006 y las demás disposiciones que se emitan en relación con la vinculación de personal temporal. EL CONTRATANTE expresamente manifiesta que puede contratar a EL CONTRATISTA como empresa de servicios temporales al tenor de lo dispuesto por las normas vigentes. SEGUNDA:- OBLIGACIONES DE EL CONTRATISTA: Durante el desarrollo y ejecución del presente contrato, EL CONTRATISTA se obliga para con EL CONTRATANTE a las siguientes obligaciones, a saber: a) Sujetarse y dar estricto cumplimiento a lo dispuesto por la ley para efectos de pago de salarios, prestaciones sociales, horas extras, recargos diurnos y nocturnos, dominicales y festivos, dotación de calzado y vestido y demás obligaciones laborales para con los trabajadores en misión. b) Garantizar el cumplimiento de las obligaciones laborales de EL CONTRATISTA frente a los trabajadores en misión por medio de la póliza de garantía de salarios, prestaciones sociales e indemnizaciones laborales número xxxxxxxxxxxx, de la compañía aseguradora xxxxxxxxxxxxxxx, con vigencia de xxxxxxxxxxxxx al xxxxxxxxxxx por un valor asegurado equivalente a $xxxxxxxxxxxx y, en caso de que la relación jurídica derivada de la celebración del presente contrato se extienda más allá del 31 de diciembre de 2014, por medio de una modificación a dicha póliza o una póliza nueva, que cubra, por lo menos, un año adicional y tenga la misma cobertura y un valor asegurado acorde a la exigencia de actualización vigente para las empresas de servicios temporales. c) Retirar del servicio al trabajador o trabajadores en misión cuya remoción sea solicitada por AGUAS NACIONALES EPM S.A. ESP mediante comunicaciones escritas. d) Presentar las facturas de cobro del servicio teniendo en cuenta las novedades que AGUAS NACIONALES EPM S.A. ESP le hubiere informado oportunamente. e) Suministrar oportunamente, de acuerdo a la complejidad del perfil, el personal en misión que AGUAS NACIONALES EPM S.A. ESP le solicite en la cantidad y especialidad requerida y acordada. EL CONTRATISTA mantendrá informado a AGUAS NACIONALES EPM S.A. ESP en caso de presentarse dificultades con el perfil. f) Hacer constar por escrito los contratos de trabajo celebrados con el personal en misión asignado a la prestación del servicio. g) Realizar todo el proceso de reclutamiento, selección, contratación y administración del trabajador en misión. La selección de personal deberá incluir: Reclutamiento de hojas de vida, Aplicación de pruebas sicotécnicas, Entrevista sicológica, Verificación de referencias personales y laborales, Visita domiciliaria (cuando así se requiera, por naturaleza del cargo y será facturada). La vinculación deberá garantizar: Realización de la evaluación médica preocupacional que garantice que el trabajador se encuentra en buenas condiciones físicas y aptas para desempeñar el cargo, realizar las afiliaciones a seguridad social, a la caja de compensación. h) Asignar un coordinador, el cual se encargará de la administración del contrato y de todas las actividades inherentes a la afiliación del personal en sus vinculaciones y estar al tanto para

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responder a las atenciones que se requieren en caso de accidentes laborales o requerimiento por parte de estos y atender los requerimientos de la interventoría. Esta persona estará ubicada en la ciudad de Medellín en las instalaciones de MANPOWER. i) Divulgar y publicar los procesos de selección de personal para cumplir con el objeto de este contrato, empleando medios masivos de comunicación. j) Verificar la entrega al personal en misión de la dotación que se requiera. EL CONTRATANTE reconocerá el costo de la misma sin que esto implique recargo alguno sobre la comisión de suministro y administración de los trabajadores en misión. k) Informar al personal en misión que los elementos de trabajo, equipos y herramientas que suministre EL CONTRATANTE, serán cargados y entregados como elementos devolutivos al trabajador en misión. Si por causa imputable a los trabajadores en misión contratados, se dañan o extravían elementos que le fueron suministrados por AGUAS NACIONALES EPM SA EPS, serán cargados al trabajador y éste autorizará que a la terminación de la prestación del servicio de trabajo en misión o a la finalización del contrato, si no los devolviere a AGUAS NACIONALES EPM SA EPS, serán descontados del salario del mes respectivo, realizando el debido proceso por parte del empleador. m) Mantener un plan de capacitación permanente, fuera de la jornada laboral y de las instalaciones de LA EMPRESA CONTRATANTE, a fin de mejorar los conocimientos del oficio, el desempeño y la seguridad de sus trabajadores. Este plan de formación será de manera virtual. n) En general a cumplir estrictamente las disposiciones laborales vigentes, como verdadero empleador que es del personal dedicado a prestar los servicios a AGUAS NACIONALES EPM S.A. ESP. TERCERA:- SEGURIDAD INDUSTRIAL Y SALUD OCUPACIONAL: Sin perjuicio de la responsabilidad de EL CONTRATISTA como verdadero empleador de sus trabajadores en misión, en relación con las normas en materia de higiene, seguridad industrial y salud ocupacional, AGUAS NACIONALES EPM S.A. ESP en relación con el tema de la salud ocupacional se obliga incondicionalmente, a: a)- Informar por escrito el centro de trabajo real en el cual se encontrará el trabajador en misión y garantizar que la cotización a la ARL sea la correcta de acuerdo al riesgo. b)- Certificar cualquier modificación en el centro de trabajo y por ende el riesgo. c)- Garantizar que los sitios de trabajo cumplan las exigencias de la legislación Colombiana sobre salud ocupacional. d)- Suministrar a los trabajadores en misión los implementos correspondientes y necesarios para el adecuado desarrollo de su labor. e)- Suministrar periódicamente a EL CONTRATISTA la documentación que acredite el cumplimiento de las normas de salud ocupacional de los trabajadores en misión. f)- Dar a los trabajadores en misión, cuando su labor se cumpla en oficios o actividades particularmente riesgosas, la protección y entrenamiento necesarios, a fin de evitar accidentes o enfermedades, así como, a impartirles el adiestramiento particular que cada actividad precise para dicha finalidad. g)- Prestar toda la cooperación que requiere la Administradora de Riesgos Laborales – ARL – de EL CONTRATISTA para poder cumplir a cabalidad con las normas en salud ocupacional y su implementación al trabajador en misión. h) - Informar inmediatamente a EL CONTRATISTA en caso de accidente de trabajo de un trabajador en misión. i).- En general otorgar a éstos la misma protección que en materia de salud ocupacional gocen los trabajadores

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permanentes de AGUAS NACIONALES EPM S.A. ESP. AGUAS NACIONALES EPM S.A. ESP deberá cancelar a EL CONTRATISTA, toda y cualquier suma de dinero – erogación económica – que EL CONTRATISTA tuviese efectivamente que efectuar por el incumplimiento por parte de AGUAS NACIONALES EPM S.A. ESP de lo establecido en esta cláusula. CUARTA:- OBLIGACIONES DE EL CONTRATANTE: AGUAS NACIONALES EPM S.A. ESP: se obliga a: a) Informar oportunamente y por escrito a EL CONTRATISTA el tiempo laborado por los trabajadores asignados a su servicio y demás novedades que se presenten en los formatos adoptados por EL CONTRATISTA. b) Reportar por escrito los salarios y las asignaciones mensuales que legalmente le corresponda a los trabajadores en misión, asumiendo la total responsabilidad derivada de cualquier falta de exactitud. c) Cancelar los valores que se le facturen dentro de los plazos fijados en el desarrollo del presente negocio. d) No ordenar ni permitir que los trabajadores en misión laboren horas extras que excedan los límites señalados en la ley. e) Incluir a los trabajadores en misión dentro de los programas culturales, recreativos, deportivos y de capacitación de que trata el artículo 21 de la ley 50 de 1.990. f) Otorgar a los trabajadores en misión el goce de los beneficios que AGUAS NACIONALES EPM S.A. ESP tenga establecidos para sus trabajadores en el lugar de trabajo, en materia de transporte, alimentación, recreación y capacitación. g) Suministrar a los trabajadores en misión la dotación prevista en la ley, sin que ello signifique la existencia de una relación laboral, en consideración a que EL CONTRATISTA es su verdadero empleador. h) Informar por escrito la finalización del servicio, actividad de la obra o labor a cargo del trabajador en misión, so pena de asumir cualquier costo adicional por el incumplimiento de esta obligación, incluyendo los intereses y sanciones por retiros extemporáneos del Sistema de Seguridad Social; i) Dar cumplimiento a las normas laborales sobre protección reforzada a la maternidad. Por lo tanto no podrá solicitarse el cambio de una empleada por el sólo hecho del embarazo y en caso de que la obra o labor para la cual fue contratada la empleada termine o el plazo por el cual fue contratada expire, tendrá que asignarle una labor o función hasta que termine la gestación y su licencia de maternidad. Debe tenerse en cuenta que la mujer durante el periodo de embarazo y licencia de maternidad, goza de una protección especial reforzada, lo cual implica que su contrato laboral no puede ser terminado si no existe una justa causa para ello y además, si existiera la justa causa para la terminación tiene que existir autorización previa de parte del Ministerio del Trabajo para efectuar la terminación del contrato laboral. En consecuencia, en caso que AGUAS NACIONALES EPM S.A. ESP solicite la terminación del contrato de trabajo de una misionera embarazada existiendo la justa causa, EL CONTRATISTA procederá a solicitar el respectivo permiso según lo expuesto y AGUAS NACIONALES EPM S.A. ESP estará obligado en compañía de EL CONTRATISTA a entregar la protección de ley a la empleada mientras se pronuncia el Ministerio del Trabajo. Sólo hasta el momento en que el Ministerio del Trabajo otorgue el respectivo permiso, podrá EL CONTRATISTA proceder a terminar el contrato laboral. j) Garantizar que no se incurra en ninguna de las conductas previstas en la ley 1010 de 2.006, por parte de un jefe o superior jerárquico inmediato o mediato, un compañero de trabajo o un subalterno, encaminada a infundir miedo,

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intimidación, terror y/o angustia, a causar perjuicio laboral o inducir a la renuncia del mismo. Cualquier costo adicional asociado a lo anterior, incluyendo el eventual sancionatorio de dicha ley y posibles demandas, serán asumidos por AGUAS NACIONALES EPM S.A. ESP. k) En caso que se hubiere autorizado el inicio del proceso de selección de una persona (s) y antes de que la persona (s) fuere (n) ser vinculada (s) a EL CONTRATISTA por cualquier motivo atribuible a AGUAS NACIONALES EPM S.A. ESP no se firmara el contrato laboral con esta persona (s), LA EMPRESA reconocerá a EL CONTRATISTA todos los costos y gastos en los que pudiere haber incurrido como: costos administrativos de selección, valor de los exámenes médicos de ingreso, valor de las pruebas de laboratorio, entre otros. l) Respetar y dar cumplimiento a la ley 361 de 1997 “por la cual se establecen mecanismos de integración social de las personas con limitación y se dictan otras disposiciones”. Parágrafo. Obligación especial: En consideración a los costos y gastos en que incurre EL CONTRATISTA para la adecuada selección del personal que serán los trabajadores en misión de AGUAS NACIONALES EPM S.A. ESP, éste se obliga de manera incondicional a que sin previo permiso por escrito de EL CONTRATISTA no contratará para su propia empresa a los trabajadores en misión que EL CONTRATISTA haya dispuesto para la ejecución del presente contrato. Si decidiere contratar directa o indirectamente a los trabajadores en misión antes de concluir seis (6) meses de sus labores, deberá cancelar a EL CONTRATISTA los costos y gastos en que EL CONTRATISTA incurrió en su selección, de acuerdo a la cotización enviada y que hace parte integral del presente contrato QUINTA:- VALOR: Para todos los efectos legales y fiscales el valor total del contrato se pacta en XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX ($). EL CONTRATANTE pagará a EL CONTRATISTA por la prestación de los servicios o actividades temporales ejecutadas relacionadas con el presente contrato y por las adiciones que pudieren efectuarse al mismo, la suma de dinero mensual resultante de aplicar los siguientes ítems más la tarifa aplicable de EL CONTRATISTA, a saber:

Salarios, auxilio de transporte, prestaciones sociales, y aportes parafiscales.

El valor de las incapacidades por enfermedad general o accidente de trabajo no cubiertas por las EPS o las ARL.

El valor de las licencias de maternidad no cubiertas por la EPS en razón al periodo de cotización mínimo exigido para el reconocimiento económico.

El valor de las licencias de luto. Los incrementos decretados por el gobierno. El valor de los excedentes de vacaciones. La dotación de calzado y vestido, elementos de protección personal, estudios

de seguridad , visitas domiciliarias El valor de los exámenes médicos de ingreso y egreso, y ocupacionales de

seguimiento. El valor de los excedentes de seguridad social cuando el trabajador no labore

la jornada completa. El valor de las prestaciones sociales cuando el empleado esté incapacitado.

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El valor de las incapacidades cuando el trabajador se encuentre fuera del período mínimo de cotización.

El valor que deba asumir EL CONTRATISTA por concepto de salarios, prestaciones sociales y aportes al sistema de seguridad social integral como consecuencia del secuestro de un empleado y la aplicación de las normas vigentes. Esta obligación de AGUAS NACIONALES EPM S.A. ESP subsistirá, es decir, se mantendrá vigente incluso una vez termine el contrato comercial.

El valor correspondiente por concepto de gastos administrativos cuando el período a contratar sea inferior a un (1) mes.

El valor de la utilidad de EL CONTRATISTA por los servicios prestados, y el IVA de ley correspondiente.

El equivalente al valor de las indemnizaciones cuando a ello hubiere lugar, más el valor de los servicios; y,

Cualquier pago que deba realizar EL CONTRATISTA por solicitud expresa de AGUAS NACIONALES EPM S.A. ESP y que sea fuera de nómina, tendrá como cobro adicional el 9.5% de cobro por servicios.

El siguiente cuadro resume los valores que se aplicarán según lo expuesto:

CONCEPTO

%

VALOR $

Salario, de acuerdo al perfil

Auxilio de transporte

Prestaciones sociales, vacaciones, aportes y seguridad social

Riesgo II (ARL) El valor contiene el % asignado para riesgo II, éste podrá variar si el riesgo laboral aumenta o disminuye según la actividad

Porcentaje de Servicios

Gastos administrativos (para servicios inferiores a 30 días al mes o medio tiempo)

Exámenes médicos de ingreso y/o egreso

IVA

* Valor que en el mes de enero de cada año de vigencia del contrato será sujeto de actualización en el mismo porcentaje de aumento del IPC más dos puntos decretado por el DANE para el año inmediatamente anterior. PARÁGRAFO PRIMERO: En razón de lo anterior, EL CONTRATISTA, declara y EL CONTRATANTE reconoce y acepta que el valor de cada uno de los servicios que se

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le facturen variará acorde a la modalidad de cada uno de ellos según sus necesidades y cambios que ordene EL CONTRATANTE, según las tarifas previamente acordadas entre las partes que se consideran parte integral de este contrato. PARÁGRAFO SEGUNDO: En aras de mantener el equilibrio económico contractual y el justo valor del negocio, en caso de incremento de los costos para EL CONTRATISTA por razón de la expedición de leyes, decretos o resoluciones de carácter oficial, Nacional, Departamental, Municipal y/o de cualquier otra jurisdicción, el valor de los servicios y del contrato se reajustará automáticamente en la misma cantidad o proporción, siendo de cargo exclusivo de EL CONTRATANTE el mayor valor. PARÁGRAFO TERCERO: EL CONTRATISTA tan sólo se hace responsable del manejo del personal a partir de la fecha de vinculación del trabajador en misión. Toda reclamación económica anterior será atendida por EL CONTRATANTE en el evento en que el empleado estuviera vinculado con éste en forma directa o a través de otro empleador. PARÁGRAFO CUARTO: EL CONTRATISTA declara que dentro del precio de sus servicios incluidos en el presente contrato no se encuentran contemplados: (i) los costos que implicaría aplicar las normas relativas a la protección reforzada a la maternidad. Por lo tanto, EL CONTRATANTE se obliga no sólo a asumir todos los costos que implique la mujer en estado de gestación mientras el presente contrato se encuentre vigente sino incluso una vez termine por cualquier causa; (ii) La protección reforzada que adquiere cualquier trabajador si desarrolla una discapacidad durante la ejecución del contrato de trabajo conforme a lo regulado en la ley 361 de 1997 y la ley laboral vigente; (iii) El costo de la terminación de cualquier contrato de trabajo cuando no existe causa justificada para la terminación conforme la ley vigente. SEXTA.- FORMA DE PAGO: EL CONTRATANTE pagará el valor estipulado en la cláusula quinta (5ª) anterior en un término máximo de treinta (30) días corrientes, término acordado por Las Partes, el cual comenzará a contar a partir del día 1 y 16 de cada mes, es decir, una vez se venza la respectiva quincena hecho que estará respaldado por el envío de la factura por parte de EL CONTRATISTA, a través de un medio idóneo. Si EL CONTRATANTE efectuara objeciones éstas deberán efectuarse en un término no superior a 3 días hábiles contados a partir de la fecha de recibo de la factura. EL CONTRATISTA procederá a responder a las inquietudes en un plazo no superior a 3 días hábiles y a partir de ese momento EL CONTRATANTE tiene obligación de efectuar pago total de la factura y/o de la parte que no presenta glosas u observaciones dentro del plazo originalmente establecido. Es decir que el plazo para el pago original debe respetarse según lo regulado en esta cláusula. SÉPTIMA:- EXCLUSIVIDAD EN LA LABOR: Los trabajadores en misión no podrán ser destinados en ninguna circunstancia por EL CONTRATANTE, para el desempeño de una labor distinta de aquellas para las que fueron enviados en misión y contratados por EL CONTRATISTA. CLÁUSULA OCTAVA.- SUBORDINACIÓN: Sin perjuicio del carácter de empleador que exclusivamente recae respecto a los trabajadores en misión en EL CONTRATISTA, ésta faculta a EL CONTRATANTE para dar órdenes o impartir instrucciones a los trabajadores en misión y para exigir el cumplimiento de las mismas durante el tiempo que el trabajador en misión desempeñe las labores acordadas, en un todo conforme a la ley. CLÁUSULA NOVENA.- RESPONSABILIDAD DE EL CONTRATISTA Y EL

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CONTRATANTE. EL CONTRATISTA responde por las obligaciones que dependen de ella y que se derivan directamente de la prestación de los servicios contratados, como lo son por ejemplo adelantar un proceso de selección adecuado, cuando éste ha sido requerido; efectuar el pago de salarios, prestaciones sociales, aportes al sistema de seguridad social integral, aportes parafiscales, entre sus obligaciones directas más destacables. En la medida que la conducta de sus empleados, control en las instalaciones de EL CONTRATANTE, manejo y medidas en cada sede productiva depende de políticas que implementa y vigila EL CONTRATANTE, EL CONTRATISTA se exime de responsabilidad en cuanto a los daños, perjuicios y cualquier probable comisión de delito, infracción a la ley o políticas del CONTRATANTE que puedan cometer sus empleados, pues en virtud de este servicio, EL CONTRATISTA ha cedido gran parte de su poder subordinante y controlante a EL CONTRATANTE, como la misma ley que regula la prestación del servicio temporal lo establece, sin dejar de ser empleador. EL CONTRATISTA no asume responsabilidad alguna por el manejo o transporte de dinero y/o valores encomendados a sus trabajadores en misión. Así mismo, se exime de asumir responsabilidad en el evento que sus empleados llegaren a dañar, causar un daño o perjuicio efectuando el manejo de máquinas, herramientas, vehículos o cualquier activo productivo perteneciente a EL CONTRATANTE o a un tercero, que sea necesario para el desempeño de las labores, y así expresamente lo acepta EL CONTRATANTE. EL CONTRATISTA no responde por los casos de fuerza mayor o caso fortuito, ni por los hechos de un tercero. En caso que EL CONTRATANTE lo decida, podrá contratar a su costo, los seguros que amparen cualquiera de los riesgos que en virtud de la naturaleza del presente contrato comercial EL CONTRATISTA se exime de asumir, como por ejemplo asegurar cualquier conducta de los empleados, activo, herramienta, equipo, o valores. La responsabilidad civil contractual o extra contractual, frente a terceros, que se derive del manejo de cualquier tipo de equipo, de la operación del transporte de personas o bienes, o de la manipulación de activos productivos necesarios para el desempeño de la labor, será asumida directa y exclusivamente por EL CONTRATANTE. Ninguna de las partes responde por perjuicios indirectos, ni a terceros, incluyendo sin limitación, los daños por producción perdida, ingresos perdidos, producto perdido, lucro cesante, negocios perdidos o pérdida de oportunidades de negocios. Tampoco responderá EL CONTRATISTA en modo alguno, por las pérdidas, las lesiones, los daños y perjuicios, los costos o los gastos de toda índole si EL CONTRATANTE, sus empleados o agentes hubiere incumplido con las obligaciones contraídas en virtud del presente contrato o hubieren contribuido a tales daños y pérdidas. DECIMA:- AUSENCIA DE RELACIÓN LABORAL: El presente contrato será ejecutado por EL CONTRATISTA y será el verdadero empleador de los trabajadores en misión. no se generará vínculo laboral alguno entre EL CONTRATANTE AGUAS NACIONALES EPM S.A. ESP y EL CONTRATISTA y/o sus dependientes, en consecuencia no existe relación laboral y por ende no se causan derechos prestacionales. EL CONTRATISTA se compromete a dejar Indemne a la empresa CONTRATANTE en las obligaciones que le corresponde como empleador. DECIMA PRIMERA:- PÓLIZAS Y GARANTÍAS: EL

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CONTRATISTA para cubrir los riesgos propios del servicio que provee, se compromete a constituir a favor y a satisfacción de EL CONTRATANTE las siguientes pólizas de seguros para particulares de conformidad con los términos señalados en la Ley y en este Contrato, las cuales serán entregadas a EL CONTRATISTA dentro de los cinco (5) días siguientes a la suscripción del presente Contrato: a. Póliza de cumplimiento contractual por una suma igual al veinticinco por ciento (25%) del valor inicial del contrato, por una vigencia igual a la duración del contrato y sesenta (60) días calendario más. B) Póliza de pago de Salarios y Prestaciones Sociales e indemnizaciones laborales del personal empleado para la ejecución del contrato, equivalente al veinte por ciento (20%) del valor total inicial del contrato y deberá estar vigente por la duración del contrato y tres (3) años más. C) Póliza de responsabilidad civil extracontractual cuya cobertura es igual al veinticinco por ciento (25%) del valor total inicial del contrato. La vigencia de esta garantía deberá ser igual a la duración del contrato y sesenta (60) días más. DECIMA SEGUNDA:- SALARIOS: El trabajador en misión tendrá derecho a un salario ordinario equivalente al de los trabajadores de EL CONTRATANTE que desempeñen la misma actividad, aplicando las escalas de antigüedad vigentes en la empresa usuaria, el cual será reportado por EL CONTRATANTE por escrito bajo su responsabilidad. DECIMA TERCERA:- LUGAR DE EJECUCIÓN Y PLAZO: El CONTRATISTA adquiere el compromiso de prestar el servicio contratado de los trabajadores en misión, en el Municipio de Quibdó, Departamento del Chocó. El plazo estipulado para la ejecución de la labor requerida es el de noventa (90) dias y/o hasta agotar presupuesto, en todo caso lo que primero suceda, contado a partir de la fecha de firma del acta de iniciación del contrato, previo perfeccionamiento y legalización del contrato. DECIMA CUARTA:- TERMINACIÓN Y LIQUIDACIÓN: El presente contrato se dará por terminado en los siguientes eventos: 1) Por extinción del plazo pactado para la ejecución; 2) Por agotamiento presupuestal. 3) A solicitud debidamente sustentada interpuesta por una de las Partes, previa anticipación; 4) Por acuerdo bilateral; 5) Por caso fortuito o fuerza mayor debidamente comprobados. En los eventos numerados con 3, 4 y 5 se deberán suscribir acta donde conste tal hecho. 6) Por cualquiera de las causales enlistadas como de terminación anticipada. PARÁGRAFO. Terminación anticipada del contrato: Este contrato termina en forma anticipada: 1) Por terminación y/o agotamiento presupuestal y financiero del PROYECTO QUIBDÓ de la empresa AGUAS NACIONALES EPM S.A. ESP erigido en virtud del Convenio interadministrativo de colaboración de fecha 31 de marzo de 2008, suscrito entre EMPRESAS PUBLICAS DE QUIBDÓ ESP EN LIQUIDACIÓN Y EMPRESAS PUBLICAS DE MEDELLÍN ESP PARA LA GESTIÓN DE INVERSIONES Y SU INTERVENTORÍA, MANTENIMIENTO Y OPERACIÓN DE LOS SISTEMAS DE ACUEDUCTO, ALCANTARILLADO Y ASEO EN LA ZONA URBANA DEL MUNICIPIO DE QUIBDÓ, lo cual no origina el reconocimiento o pago de indemnización alguna al CONTRATISTA Y SUS OTROSIES. 2) Por mutuo acuerdo, el cual debe constar por escrito. 3) Por fuerza mayor o caso fortuito debidamente comprobados que imposibiliten la ejecución de su objeto. 4) En forma unilateral por incumplimiento de las obligaciones contenidas en este contrato. 5) Por decisión autónoma (Sin

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Oficina Comercial: Carrera 3ª No. 29-55, Teléfonos (4) 672 41 47- 672 41 81

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necesidad de motivación o explicación alguna) de la empresa Contratante AGUAS NACIONALES EPM S.A. ESP-Proyecto Quibdó, en cualquier tiempo y sin necesidad de aviso alguno o requerimiento judicial previo. La terminación anticipada del contrato con base en las causales enlistadas no origina el reconocimiento o pago de indemnización alguna al CONTRATISTA, pero si la terminación anticipada se presenta en virtud de la causal 4) del acápite de terminación anticipada del contrato, la parte incumplida deberá pagar a la parte que cumplió la cláusula penal prevista en la cláusula vigésima segunda que se imputará a título de perjuicios. La terminación anticipada del presente contrato conllevara la suscripción de un acta de liquidación dentro de los sesenta (60) días siguientes a la fecha terminación del contrato. Una vez terminado el contrato en condiciones normales se procederá a su liquidación, Para el efecto, EL INTERVENTOR deberá proyectar la liquidación dentro de los cuatro (4) meses siguientes a la fecha de terminación, anexando: a) estado de cuenta, b) certificado de cumplimiento c) informe final. Si vencido este plazo EL CONTRATISTA no se presenta a la liquidación o las partes no llegan a un acuerdo sobre el contenido de la misma, será practicada directa y unilateralmente por la empresa CONTRATANTE. DÉCIMA QUINTA. - LEY APLICABLE Y JURISDICCIÓN: La validez, cumplimiento y todos los asuntos concernientes a la interpretación y efecto de este contrato, así como cualquier enmienda de la misma estará regida por las leyes de Colombia. Las partes acuerdan que en el evento de que surjan diferencias entre ellas, por razón o con ocasión del presente contrato, las mismas buscarán mecanismos de arreglo directo, tales como la negociación directa y la amigable composición. En tal caso las partes dispondrán de un término de treinta (30) días hábiles contados a partir de la fecha en que cualquiera de ellas haga la solicitud en tal sentido, término que podrá ser prorrogado por mutuo acuerdo .El presente contrato regula de manera general todos los acuerdos a los que han llegado las Partes, cualquier modificación a las condiciones aquí pactadas, será implementada a través de una modificación al contrato la cual será firmada por los representantes legales. No obstante lo anterior, hacen parte integral del presente contrato: 1) la solicitud pública de ofertas, la propuesta presentada por el contratista con todos sus anexos; 2) constitución de pólizas exigidas, 3) certificado de compromiso presupuestal. 4) las cotizaciones de servicios u ofertas comerciales que hubiere presentado EL CONTRATISTA a EL CONTRATANTE con anterioridad a la firma del contrato y las respuestas que haya entregado EL CONTRATANTE, en cuanto lo complementen o ayuden a interpretarlo. 5). Los demás documentos que se soliciten y produzcan durante el desarrollo, ejecución y liquidación del presente contrato y que sean requeridos por EL CONTRATANTE. En caso de contradicción y/o incompatibilidad entre los términos y condiciones del presente contrato y de sus documentos y/o anexos, prevalecerá en primer lugar los términos y condiciones del contrato. DECIMA SEXTA:- DEBER DE CONFIDENCIALIDAD : EL CONTRATISTA se obliga a que sus directivos, funcionarios, asociados, trabajadores en misión y en general, todo el personal a su cargo o bajo su dirección, en ningún momento y de ninguna manera, directa o indirectamente, divulgarán o comunicarán a ninguna persona natural o jurídica información alguna relacionada con los negocios de EL CONTRATANTE,

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incluyendo, sin que esto implique limitación, la información relacionada con los nombres de contratistas o lista de clientes o cualquier otra información relacionada con los negocios de ésta, sus planes, su forma de conducirlos, procesos o cualquier otro dato de cualquier otra clase. Para los efectos de la obligación de confidencialidad se entiende por información confidencial, la totalidad de la información comercial, financiera, tecnológica, de publicidad y mercadeo, científica, farmacéutica, de propiedad intelectual, secretos comerciales, fórmulas y cualquier otra información perteneciente a EL CONTRATANTE o vinculada a la actividad comercial de éste o de empresas relacionadas a su industria o clientela, y que no se halle a disposición del público. Esta información fue preparada exclusivamente para EL CONTRATANTE por lo cual les solicitamos que sea considerada "información confidencial". Con la firma del presente documento, EL CONTRATANTE se compromete a proteger toda la información suministrada por EL CONTRATISTA relacionada con nuestros empleados, con el propósito de evitar su alteración, pérdida, mal uso, deterioro, suministro a otras personas, entidades o bases de datos, o acceso no autorizado por parte de terceros que lo puedan utilizar para finalidades distintas de las que han sido acordadas con EL CONTRATISTA, a no divulgar Información alguna a terceros sin la autorización escrita de EL CONTRATISTA, a no comunicar cambios internos o nuevas disposiciones que afecten la protección de dicha información, cuando se presenten estos cambios, serán divulgados a EL CONTRATISTA con suficiente anticipación a la fecha de su implementación. EL CONTRATISTA reconoce la importancia de mantener la privacidad de la información personal y sensible de nuestros empleados, candidatos, clientes, proveedores y partners. DECIMA SÉPTIMA:- REQUISITOS DE PERFECCIONAMIENTO Y EJECUCIÓN: El presente contrato se entiende perfeccionado con la firma de las partes y se ejecuta con la constitución de la garantía, la aprobación de la misma y la suscripción de acta de inicio. DECIMA OCTAVA:- GASTOS DE FORMALIZACIÓN, DEDUCCIONES Y GASTOS. Los gastos que impliquen la celebración y ejecución de este contrato, corresponde sufragarlos única y exclusivamente a EL CONTRATISTA, quien deberá asumir y pagar por su cuenta todos los gastos legales, tributos, impuestos, tasas, derechos y contribuciones en que incurra por concepto de la celebración del presente contrato , en cumplimiento de las normas aplicables que existan sobre el particular y que hayan sido decretados por las autoridades, incluidos los tributos y gravámenes de otros países. DECIMA NOVENA:- APROPIACIÓN PRESUPUESTAL: Los pagos a que se refieren las cláusulas Quinta y Sexta de este contrato se subordinan a las apropiaciones presupuéstales que efectúa la empresa AGUAS NACIONALES EPM S.A. ESP, Según Certificados de Disponibilidad Presupuestal Nos 192, 193, 194, 195, 196 y 197 del 28 de enero de 2015, y el certificado de compromiso presupuestal adjunto. En caso de no tener disponibilidad presupuestal es una causal de terminación del presente contrato. VIGESIMA:- DOMICILIO CONTRACTUAL: Para todos los efectos legales del presente contrato se tendrá como domicilio contractual la ciudad de Quibdó. PARÁGRAFO: Para efectos de notificación, AGUAS NACIONALES EPM S.A. ESP-Proyecto Quibdó, Tiene su domicilio en el barrio Niño Jesús, Loma Cabí y EL CONTRATISTA XXXXXXXXXXX. VIGÉSIMA PRIMERA:-

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RENOVACIÓN: Cuando las circunstancias lo ameriten; las partes de común acuerdo con toda atención a las normas de contratación de la Empresa y las de ley, podrán obligarse nuevamente al desarrollo de las actividades contratactuales inicialmente pactadas y de acuerdo con los términos allí convenidos. En todo caso la renovación se deberá acordar con una antelación mínima de tres (3) meses a la terminación del contrato, de acuerdo a las estipulaciones de nuestro estuto. VIGÉSIMA SEGUNDA:- SANCIONES POR INCUMPLIMIENTO: 1) SANCIONES POR INCUMPLIMIENTO: 1) MULTAS: En caso de incumplimiento de alguna(s) de las obligaciones derivadas del objeto del presente contrato, EL CONTRATISTA pagará al CONTRATANTE multas diarias y sucesivas hasta del cero punto uno por ciento (0.1%) del valor total del contrato, sin que la sumatoria de las multas supere el veinticinco por ciento (25%) de dicho valor, so pena de la aplicación de la cláusula penal conforme lo siguiente. 2) CLAUSULA PENAL PECUNIARIA: EL CONTRATISTA se obliga a pagar una suma equivalente al veinticinco por ciento (25%) del valor total del contrato, a título de indemnización, por los perjuicios que se ocasionen en caso de Incumplimiento de sus obligaciones contractuales. El procedimiento será similar al definido para imponer multas. PARÁGRAFO: El valor de las multas y de la cláusula Penal pecuniaria a que se refieren los numerales anteriores, ingresarán al tesoro de AGUAS NACIONALES EPM S.A. E.S.P., EL CONTRATISTA autoriza con la firma del presente contrato a la empresa CONTRATANTE para que dicho valor sea descontado directamente del saldo a su favor. De no existir saldo a favor de EL CONTRATISTA, se hará efectiva la garantía única constituida y si esto no fuere posible, se cobrará por la jurisdicción competente. VIGESIMA TERCERA: MANIFESTACIÓN: Las partes manifiestan libremente que han procedido a la lectura total y cuidadosa del presente documento, por lo que en consecuencia, se obligan a todo lo ordenado y manifestado y a lo que por ley emana de su esencia.

Para constancia y en señal de asentimiento se firma en Quibdó a los XXXXXX () días del mes de XXX de 2015. LUIS HERACLIO BERMÚDEZ MONTOYA XXXXXXXXXXXXXXX Director Proyecto Quibdó Representante Legal AGUAS NACIONALES EPM S.A. ESP XXXXXXXXXXXXXXXXXX

EL CONTRATANTE EL CONTRATISTA

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ANEXO 5

AUTORIZACIÓN DEL MINISTERIO DE PROTECCIÓN SOCIAL

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ANEXO NO. 6

FORMATO NO. GTH-FOR-23