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FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y SOCIALES CENTRO DE MEDIACIÓN Y ARBITRAJE EL ARBITRAJE Y EL JUICIO ARBITRAL Relator: Samuel Malamud Herrera.

4.- El Arbitraje y El Juicio Arbitral

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FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y SOCIALESCENTRO DE MEDIACIÓN Y ARBITRAJE

EL ARBITRAJEY EL

JUICIO ARBITRAL

Relator: Samuel Malamud Herrera.

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ARBITRAJE O JUICIO ARBITRAL

Método de solución de conflictos decarácter adversarial, en que las partesconcurren de mutuo acuerdo o pormandato del legislador y que severifica ante tribunales especiales,elegidos por las propios interesados, opor la autoridad judicial en subsidio.

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1.- El arbitraje es una institución, no un simple instrumento.Ya que en él confluyen un conjunto de actividades relacionadasentre sí, por el vínculo de una idea en común y objetiva: lasolución de un conflicto. (1)

2.- Se trata de un ámbito heterocompositivo de solución decontroversias que se justifica en la autonomía de la voluntad. (2)

¿Por qué la autonomía de la voluntad es un aspecto fundamentalde la institución arbitral? Es fundamental en la medida que elsometimiento de un asunto a la resolución de un juez árbitroimplica una renuncia a la justicia estatal, a la justicia ordinaria.Es decir, una disposición de derechos.

(1) Vásquez Palma, María Fernanda. “El arbitraje en Chile. Análisis crítico de su normativa y jurisprudencia.”Ed. Abeledo Perrot, Santiago, 2007. Pág. 13.(2) Vásquez Palma, María Fernanda. Ib.Idem. Pág. 14.

ARBITRAJE CARACTERÍSTICAS:

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ARBITRAJE CARACTERÍSTICAS:

3.- La institución arbitral tiene un carácter complejo: en ella confluyen lasdimensiones sustantivas y adjetivas del derecho. (3) La dimensiónsustantiva está integrada, en este caso, por el convenio arbitral suscritopor las partes, que le da vida a la institución y lo dota de contenidoobligacional. En el ámbito adjetivo encontramos el procedimiento arbitral,el conjunto de actos procesales sucesivos y concatenados, establecidos porla ley o por las partes y que normalmente concluye por la dictación dellaudo arbitral y su ejecución.

4.- En el arbitraje un tercero imparcial, denominado juez árbitro, decidela cuestión planteada, siendo su decisión obligatoria para las partes, através de una sentencia conocida como laudo o fallo arbitral.

(3) Vásquez Palma, María Fernanda. Ib.Idem. Pág. 15.

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El profesor Alejandro Romero S. destaca las siguientesventajas: (4)

1.- La flexibilidad y rapidez del arbitraje, frente al excesivoformalismo y lentitud de la justicia ordinaria.

2.- Favorece la inmediación procesal, es decir permite que elórgano jurisdicente tenga un contacto directo con las partes yterceros que intervienen en el proceso.

3.- Facilita la posibilidad que ciertos asuntos de complejidadjurídica o bien técnica, puedan ser resueltos por personas demayor especialización.

(4) Romero Seguel, Alejandro. “Nociones generales sobre la justicia arbitral”. Revista Chilena de Derecho. Vol.26 Nº 2, 1999, pág 406.

VENTAJAS DEL ARBITRAJE

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Clasificación del Arbitraje1.Según el objeto de la controversia sobre el

cual verse el juicio arbitral puede tratarsede un arbitraje civil, comercial,internacional, entre otros.

2. Según su extensión o ámbito de aplicación:arbitraje interno y arbitraje internacional.

3. Según las fuentes de arbitraje, este puedeser voluntario, obligatorio o forzoso yprohibido.

4. Según las facultades del juez, este puedeser un árbitro de derecho, árbitroarbitrador, amigable componedor o árbitromixto.

5. Arbitraje Institucional y arbitraje ad-hoc.

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Regulación del Arbitraje Interno

Código Orgánico de Tribunales: Título IX, artículos222 y siguientes:

- El árbitro- Tipos de árbitros: arbitraje de derecho, árbitro arbitrador,

arbitro mixto.- Requisitos para ser árbitro, quiénes pueden ser árbitro.- Materias de arbitraje forzoso.- Materias de arbitraje prohibido.- Nombramiento del árbitro y aceptación del cargo.- Recursos que proceden contra una resolución arbitral.- Ciertas obligaciones de los árbitros.

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Código de Procedimiento Civil: Título VIII,del Libro III, arts. 628:

- El procedimiento seguido ante losárbitros de derecho.

- El procedimiento seguido ante losárbitros arbitradores.

REGULACIÓN DEL ARBITRAJE INTERNO

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Naturaleza Jurídica de la InstituciónArbitral

Tal como señala la profesora María Fernanda Vásquez, las teorías másaceptadas, en relación a la naturaleza jurídica de la institución arbitral, son tres:la procesal, la contractual y la mixta (5)

La Tesis procesal o jurisdiccional, considera a la institución arbitral comoperteneciente a la rama procesal del derecho, asignándole al árbitro unafunción jurisdiccional equiparándolo al juez ordinario, igualando su cometido yel laudo por él dictado a una resolución judicial o sentencia declarativa. (6)

Se ha criticado esta tesis ya que el arbitraje es más que un simple proceso, losárbitros tienen su propia existencia en la designación que hacen losparticulares, las partes, de manera que la fuerza del mandato de ellos reside enla autonomía de la voluntad. (7) La potestad jurisdiccional consiste en conocer,juzgar y hacer ejecutar lo juzgado; los árbitros carecen de esta última facultad,lo que pone en entredicho la naturaleza jurisdiccional de esta institución.

(5)Vásquez Palma, María Fernanda. Op.Cit., pág. 106.

(6)Vásquez Palma, María Fernanda. Ibidem, pág. 107.

(7)Vásquez Palma, María Fernanda. Ibidem, pág. 107.

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Diferencias entre la JurisdicciónOrdinaria y la Jurisdicción Arbitral

A pesar de la similitud entre ambas instituciones, el profesor AlejandroRomero destaca las siguientes diferencias: (11)

◦ 1.- Los árbitros no son funcionarios públicos como si lo son los jueces.Su designación como tales no la realiza el Estado.

◦ 2.- La competencia del árbitro, salvo los casos de arbitraje forzoso,proviene de las partes.

◦ 3.- Los tribunales arbitrales actúan como tribunales accidentales, es decir,no son permanentes.

◦ 4.- los árbitros no tienen imperio, no pueden hacer uso directo de lafuerza en la ejecución de sus resoluciones que exijan procedimientos deapremios, tampoco pueden citar compulsivamente a testigos.

(11) Romero Seguel, Alejandro. Ibidem., pág. 412.

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Fuentes del Arbitraje

En cuanto a su origen, el arbitraje puede provenir de:

◦ 1.- La Voluntad de las partes.

◦ 2.- La ley.

◦ 3.- La voluntad del causante o testador.

Adicionalmente la ley establece ciertas materias de arbitraje prohibido.

En cuanto a la designación de la persona del árbitro, el origen del árbitropuede provenir de:

• 1. La voluntad unánime de las partes (convenio arbitral)

• 2.- De la voluntad unilateral del causante (designación testamentaria).

• 3.- De la autoridad judicial en subsidio, si las partes no se ponen deacuerdo (art. 232 COT).

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Nombramiento del Árbitro.

Nuestra legislación autoriza que las partes de común acuerdopuedan nombrar, para la resolución de un litigio, dos o másárbitros.

¿Qué sucede si no hay acuerdo entre las partes para elnombramiento del árbitro?

El nombramiento debe hacerse por la justiciaordinaria, debiendo recaer dicho nombramiento en un soloindividuo y diverso de los dos primeros indicados porlas partes; se procede de acuerdo a la forma establecida en elC.P.C. para el nombramiento de peritos (art. 232 inc. 2)

Para dar curso a la designación se debe iniciar, ante el tribunalcompetente, una gestión de designación de árbitro.

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El Arbitraje Voluntario

La voluntad de las partes, fuera de las materias de arbitraje forzoso uobligatorio, también puede dar nacimiento a la jurisdicción de árbitros paraque resuelvan un asunto (salvo que se trate de materias de arbitrajeprohibido) (13)

Para tales efectos las partes deben celebrar un convenio arbitral. Dosformas de convenio arbitral un compromiso o una cláusulacompromisoria.

El árbitro, a su vez, se verá limitado por lo pactado entre las partes paradictar el laudo arbitral.

El arbitraje voluntario se diferencia del arbitraje forzoso en su fuente uorigen. En el arbitraje forzoso la jurisdicción del tribunal emana de la ley,mientras que en el arbitraje voluntario, la jurisdicción del tribunal emanade las partes, del convenio arbitral. (14)

(13) ROMERO SEGUEL,Alejandro. Op.cit., pág 415.

(14) ROMERO SEGUEL,Alejandro. Ibidem., pág 415.

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Formas de constituir el ArbitrajeVoluntario

1. CompromisoEs una convención por medio de la cual las partes sustraen delconocimiento de los tribunales ordinarios determinadosasuntos litigiosos, presentes o futuros, para someterlos a lacompetencia de uno o más árbitros que en el mismo actodesignan. Es un acto solemne, regulado en el art. 234 COT.

2. Cláusula compromisoriaEs un contrato por el cual las partes acuerdan sustraer de lacompetencia de los tribunales ordinarios determinadosasuntos litigiosos presentes o futuros para someterlos alconocimiento de un juez árbitro que ellas mismas se obligan adesignar en un acto posterior.

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¿Cuál es la diferencia entonces entre el compromiso y la cláusulacompromisoria?

La diferencia fundamental entre el compromiso y la cláusulacompromisoria está en que esta última no contiene la designacióndel árbitro. No hay indicación de la persona del árbitro en lacláusula compromisoria, sino que las partes se obligan conposterioridad a designar la persona del árbitro. De ponerse deacuerdo las partes, tal designación podrá hacerla la justiciaordinaria.

¿Cuál es el efecto principal del compromiso y de la cláusulacompromisoria?

Atribuye competencia, por razón de la materia, al tribunalarbitral, vedando del conocimiento del asunto a los otrostribunales ordinarios o especiales.

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Etapas de constitución del ArbitrajeVoluntario

Repasando, la constitución del tribunal enel arbitraje voluntario debe pasar por tresetapas:

1.- La convención de arbitraje. 2.- El nombramiento del o de los árbitros. 3.-La instalación del tribunal arbitral

(aceptación + juramento)

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El Arbitraje Forzoso

En ciertos casos la ley es fuente del arbitraje. La ley define esta forma de resolución para determinados

conflictos jurídicos que se encarga de detallar (art. 227COT)

Cuando un arbitraje se ajusta a la legalidad, sustituyecompletamente a la jurisdicción ordinaria, que deberáabstenerse de conocer el litigio. Sin embargo, sí que seránecesario acudir a la misma (a través de la acción ejecutiva)cuando sea necesaria la intervención de las autoridades parahacer cumplir el laudo arbitral.

La ley como fuente del arbitraje es criticada, ya que atentacontra el principio básico que inspira tal institución, laautonomía de la libertad.

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El Arbitraje Forzoso Las materias de arbitraje forzoso son taxativas, es

decir: sólo hay arbitraje forzoso a texto expresode la ley.

En el arbitraje forzoso, no existe convenio arbitral,la única intervención de voluntad de las partes estáen la posibilidad de designar a la persona que haráde árbitro. En caso de no haber acuerdo elárbitro es designado por la justicia ordinaria.

Las etapas para constituir el tribunal arbitral sereducen a dos actos:◦ 1) El nombramiento del o de los árbitros.◦ 2) La instalación del tribunal arbitral (aceptación +

juramento) .

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El Arbitraje Forzoso ARTICULO 227º COT. “DEBEN resolverse por los árbitros los asuntos

siguientes:◦ 1º La liquidación de una sociedad conyugal o de una sociedad

colectiva o en comandita civil, y la de las comunidades;

◦ 2º La partición de bienes;

◦ 3º Las cuestiones a que diere lugar la presentación de la cuentadel gerente o del liquidador de las sociedades comerciales y losdemás juicios sobre cuentas;

◦ 4º Las diferencias que ocurrieren entre los socios de una sociedadanónima, o de una sociedad colectiva o en comandita, comercial,o entre los asociados de una participación, en el caso del artículo415 del código de comercio;

◦ 5º Los demás que determinen las leyes. Pueden, sin embargo, losinteresados resolver por sí mismos estos negocios, si todos ellostienen la libre disposición de sus bienes y concurren al acto, sinperjuicio de lo dispuesto en el artículo 645 del Código deProcedimiento Civil. (Art. 1325 C.C.)”

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Las Materias de Arbitraje ProhibidoSe trata de conflictos en los cuales la norma jurídica expresamenteprohíbe su resolución a través de un juicio arbitral.La ley, por motivos de orden público, establece una serie dematerias que no podrán ser conocidas por árbitros:

ARTICULO 229º C.O.T. “NO podrán se sometidas a la resolución deárbitros las cuestiones que versen sobre alimentos o sobre derechode pedir separación de bienes entre marido y mujer.”

ARTICULO 230º C.O.T. “TAMPOCO podrán someterse a la decisiónde árbitro las causas criminales, las de policía local, las que sesusciten entre un representante legal y su representado, y aquellasen que debe ser oído el fiscal judicial. Todo lo cual se entienden sinperjuicio de lo dispuesto en el Artículo 227.”

Causas en que debe intervenir el fiscal judicial: art. 357 COT.

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Jueces Árbitros Son personas que pueden tener o no la calidad de

abogados.

Su función:

En forma accidental y temporal pasan a desempeñarfunciones jurisdiccionales en virtud de nombramientorecaído sobre ellos por acuerdo de las partes, de laJusticia Ordinaria en subsidio o por designación deltestador, quienes le otorgan competencia paraconocer de un litigio determinado.

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Requisitos para ser Árbitro: 1.- Ser mayor de edad. 2.- Tener la libre disposición de los bienes. 3.- Saber leer y escribir.

Adicionalmente, si se trata de árbitros dederecho, se debe tener el título de abogado.

* La calidad de árbitro de derecho, si no sedice otra cosa, se presume (art. 235 COT).

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No podrán ser árbitros:

1.- Los que litigan como partes en unasunto. 2.- Los jueces ordinarios. 3.- Los fiscales judiciales. 4.- Los notarios. 5.- Las personas jurídicas (conforme lo ha

resuelto la jurisprudencia)

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La instalación del tribunal arbitral Con el proceso de designación del juez árbitro (acuerdo, ley o voluntad del

testador) no se encuentran aun operando las condiciones procesales paraque el juez árbitro comience a conocer del asunto.

Después de nombrado el juez árbitro, se deberá proceder a notificarle talnombramiento, para que así este proceda a su “instalación”.

El proceso de “instalación” está compuesto por dos actos sucesivos: laaceptación del cargo y el juramento.

El árbitro deberá aceptar y jurará ante un ministro de fe (notario, receptor),debiendo dejarse constancia de ello en el respectivo expediente.

Una vez instalado, se entiende que el tribunal arbitral se ha constituido y asíel árbitro puede comenzar a conocer del asunto.

La falta de juramento hace que el árbitro carezca de competencia y seconvierta en comisión especial prohibida por la CPR para juzgar un asunto.(15)

(15) ROMERO SEGUEL, Alejandro. Ibidem., pág 415.

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Trámites posteriores a la Instalación

Después de la instalación, en la práctica los árbitros fijanla fecha del primer comparendo.

Dicho comparendo tiene, principalmente, las siguientesfinalidades:

◦ Fijar las reglas de procedimiento.◦ Establecer el plazo en que debe evacuarse el arbitraje.◦ Determinar los honorarios del árbitro.◦ Designar la persona que hará de actuario y ministro de

fe (normalmente)◦ Acordar la forma de las notificaciones.

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Clases de jueces árbitro:

A) Árbitros de Derecho.

B) Árbitros arbitradores o amigablescomponedores.

C) Árbitros Mixtos.

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A) Árbitros de Derecho- 1) Necesariamente deben ser abogados.

- 2) Fallan con arreglo a la ley (art. 223 COT).- El fallo que emitan los árbitros de derecho se encontrará

delimitado por los principios y normas de derecho establecidos en losrespectivos códigos y demás cuerpos legales.

- 3) Se somete, tanto en la tramitación, como en elpronunciamiento de la sentencia definitiva, a las reglasestablecidas para los jueces ordinarios, según la naturaleza de laacción deducida (art. 223 COT).

- En definitiva, regulan su actuación, procedimientos, sentencia deacuerdo a las reglas establecidas para los jueces ordinarios según lanaturaleza de la acción.

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A) Árbitros de Derecho

- 4) Si las partes nada dicen acerca de la calidad con que es designado elárbitro, se entiende que lo es de derecho (art. 235 COT).

- 5) Como señala María Fernanda Vásquez, uno de los problemas que implicaeste arbitraje es que su elección implica aceptar que tendrá unacompetencia en muchos casos compartida con la jurisdicción ordinaria porcuanto, si las partes no renuncian expresamente a los recursos contra lasresoluciones que emita el árbitro, será posible interponer todos los recursosque podrían interponerse en contra de las resoluciones que dictan losjueces ordinarios; (16) lo que obviamente conspira contra la celeridad buscadaen estos procesos, derivando así el asunto en un proceso “cuasiarbitral”.

- (16)Vásquez Palma, María Fernanda. Op.Cit., pág. 79.

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B) Árbitros Arbitradores o Amigables componedores.

- 1) No es necesario que sean abogados.

-2) Falla de acuerdo a lo que su prudencia o equidad le dicten.La prudente estimación de la equidad hecha por el arbitrador, sibien descansa en su propia convicción y raciocinio, no es producto desu capricho o mero arbitrio, sino que estriba en detectarcuidadosamente lo que en verdad es justo, frente al caso particular.(17)

-3) No está obligado a guardar en sus procedimientos y en su fallo,otras reglas que las que las partes le hayan expresado en el actoconstitutivo del compromiso y subsidiariamente, a las normasbásicas de tramitación contempladas en los artículos 637 y siguientesdel CPC.

(17) Vásquez Palma, María Fernanda. Op.Cit., pág. 82.

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B) Árbitros Arbitradores o Amigables componedores.

- 4) Sólo quienes sean mayores de edad y tenganla libre disposición de sus bienes, podrándesignar árbitros en calidad de arbitradores(art. 224 COT).

- 5) Como estos árbitros fallan de acuerdo a suequidad, no procede en contra de su laudo elrecurso de casación en el fondo. Generalmenteel único remedio que se dispondrá contra unaresolución que vulnere los principios de laequidad, será el recurso de queja.

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C) Árbitros Mixtos.

1)- Es aquel que tiene facultades dearbitrador en cuanto al procedimiento(art. 223 inc. Final COT)

2)- Pero sus sentencias deben serdictadas conforme a derecho. (art.223 inc. Final COT)

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Aspectos Procedimentales de los Juicios Arbitrales

Los juicios seguidos ante árbitros se encuentranregulados en el Título VIII del Libro III del C.P.C.Allí se encuentran las normas de procedimientopara los árbitros de derecho y mixtos: arts. 628 a635 y las normas establecidas para los árbitrosarbitradores arts. 636 a 643.

Así la tramitación de los juicios seguidos ante unárbitro cambia según la calidad del mismo.

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Normas de Procedimiento

Los árbitros de derecho, se en la tramitación delasunto a las reglas que la ley establece para losjueces ordinarios, según la naturaleza de la accióndeducida.

Los árbitros arbitradores y mixtos, están obligadosa guardar en sus procedimientos las reglas que laspartes hayan expresado en el acto constitutivodel compromiso, y si estas nada hubierenexpresado, a las que se establecen en el CPC. Asía falta de acuerdo de las partes en cuanto alprocedimiento, rigen las reglas mínimas que indica elart. 636 y sgtes. CPC. Supletoriamente se aplican lasreglas comunes a todo procedimiento y las del juicioordinario.

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Notificaciones Al no disponerse de estado diario, es

fundamental acordar una forma ordinariade notificación, debiendo las parteshacerlo en el primer comparendo,pudiendo utilizarse para tales efectos elcorreo electrónico, las cartas certificadas,etc.

A falta de acuerdo rige el art. 629 delC.P.C.

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Existencia de Actuario o Ministro de Fe.

Es obligatoria la existencia de actuario oministro de fe en los procedimientosseguidos ante un árbitro de derecho.

Ante el árbitro arbitrador es facultativo.

Se acostumbra designar como tal a lossecretarios judiciales, receptores onotarios.

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Prueba Testimonial

La particularidad que se presenta en estos casos es que losárbitros carecen de imperio (todos), de manera que no puedenadoptar medidas compulsivas para forzar a comparecer a lostestigos. De ser necesaria la adopción de tales medidas se debeacudir a la justicia ordinaria (art. 633 CPC)

El árbitro sólo podrá tomar las declaraciones a las personas quevoluntariamente se presten a darlas.

“Cuando algún testigo se niegue a declarar, se pedirá porconducto del árbitro, al tribunal ordinario correspondiente quepractique la diligencia, debiendo de acompañar losantecedentes necesarios para ello.”

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Pluralidad de Árbitros de Derecho

Actuación en cualquier acto del juicio

Todos los árbitros deberán de concurrir alpronunciamiento de la sentencia y a cualquier acto desubstanciación del juicio, a menos que las partesacuerden otra cosa.

Cuando hay dos árbitros y no haya acuerdo, debeconcurrir un tercer árbitro y la mayoría dictará laresolución en la materia en cuestión, conforme a lasnormas relativas a acuerdos de las Cortes deApelaciones.

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Efectos de la falta de acuerdo

En resoluciones no apelables:- Queda sin efecto el compromiso si esvoluntario.- Se procede a nombrar nuevos árbitros sies forzoso.

En resoluciones apelables:Se elevarán los antecedentes al tribunal dealzada para que resuelva la cuestión quemotiva el desacuerdo, conforme a derechoo a equidad, según corresponda.

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Formas de término del Arbitraje

Puede terminar por distintas razones:

a)Sentencia o laudo arbitralb)Equivalentes jurisdiccionales

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Requisitos del laudo arbitral:

Árbitro de Derecho y Mixto: art. 170C.P.C.

Árbitro Arbitrador: art. 640 C.P.C.

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Régimen de Recursos Respecto del laudo de los árbitros de derecho y mixtos,

se pueden interponer Recursos de Apelación y deCasación (en la forma y en el fondo) de forma ordinaria,ante el tribunal que habría conocido la materia en juicioordinario, tal como si fueran jueces de letras. A menosque las partes hubiesen renunciado a dichos recursos,sea en el instrumento de compromiso del arbitraje o enuno posterior. También las partes pueden establecer untribunal arbitral de segunda instancia que conozca detales recursos.

El Recurso de Casación en el fondo no procederá encontra de las sentencias de los arbitradores.

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Régimen de Recursos

Siempre procede el recurso de Queja, sin importarla renuncia que hayan efectuado las partes en el actodel compromiso.

Respecto de las resoluciones de los árbitrosarbitradores, el recurso de apelación solo procederácuando en el instrumento de compromiso, laspartes expresen que se reservan su uso ydesignaren a las personas que podrán ser árbitrosen ello.

Siempre procederá el recurso de aclaración,rectificación o enmienda.

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Honorarios del Árbitro

Se deben fijar los honorarios de comúnacuerdo con las partes, no existiendonorma que señale un plazo para talgestión.

Al único árbitro que se le permite fijarsus honorarios en su sentencia es al“partidor”, los demás árbitros no puedenfijar por si mismos sus honorarios, sinoque acordarlos con las partes

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Ejecución de las Resoluciones

- A. Sentencia definitiva. Se puede pedir al árbitro quela dictó, siempre que su nombramiento aún seencuentre vigente.O se puede pedir al tribunal ordinario correspondiente.

- B. Otras Resoluciones. Corresponde al árbitro ordenarsu ejecución.

- C. Apremios. Debe de recurrirse a la justicia ordinariapara la ejecución de estas medidas.

- Ya que los árbitros carecen de imperio.

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Activididad:

Leer los siguientes convenios arbitrales eidentificar:◦ 1.- ¿De qué tipo de convenio se trata?◦ 2.- ¿Qué tipo de árbitro se designa?◦ 3.- Posibles errores.◦ 4.- Procedimiento aplicable◦ 5.- Régimen de recursos.

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Formulario Compromiso Arbitral 1Con motivo de la interpretación, aplicación práctica cumplimiento

del presente contrato, incumplimiento, validez o resolución del

mismo, o por cualquier otra causa relacionada con dicho contrato,

deberá ser resuelta por un árbitro arbitrador, en única instancia,

quien resolverá breve y sumariamente y sin forma de juicio, y cuyo

fallo será inapelable y sin ulterior recurso, renunciando -las partes-

incluso, a los recursos de casación y de queja. Las partes designan,

como árbitro, a don ....................................., y a falta de éste, o en

caso de que éste no pueda o no quiera desempeñar el cargo, a don

................................., quien se desempeñará con iguales facultades".

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Formulario Compromiso Arbitral 2

En caso de producirse algún reclamo o dificultad acerca delcumplimiento, incumplimiento, validez, interpretación, extensión,terminación, consecuencia o efectos del presente contrato, tantodurante su vigencia como después de su terminación, serán conocidosy resueltos por la abogada doña _____________________,

El árbitro queda especialmente facultado para resolver todo asuntorelacionado con su competencia y/o jurisdicción. Si el árbitro antesindividualizado no quisiere o no pudiere desempeñar el cargo o faltarepor cualquier motivo, asumirá en su lugar con iguales facultades yprocedimiento don _______________. Si éste faltare o no quisiere ono pudiere desempeñar el cargo, el árbitro será designado por laJusticia como árbitro de Derecho.

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“Cualquiera dificultad que se suscite, entre loscontratantes, con motivo de la interpretación,aplicación práctica o cumplimiento del presentecontrato, incumplimiento, validez o resolución delmismo, o por cualquier otra causa relacionada condicho contrato, deberá ser resuelta por un árbitro dederecho al cual se le concederán facultades dearbitrador en cuanto al procedimiento, en únicainstancia, quien resolverá breve y sumariamente y sinforma de juicio.Las partes designan, como árbitro, a don....................................., y a falta de éste, o en caso de queéste no pueda o no quiera desempeñar el cargo, a don................................., quien se desempeñará con igualesfacultades"

Formulario Compromiso Arbitral 3