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MELISSA GIL 2009-5033 LETICIA ALVAREZ 2009-5258 EL FIDEICOMISO SUCESORIO EN LA LEY189- 11

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MELISSA GIL 2009-5033

LETICIA ALVAREZ 2009-5258

EL FIDEICOMISO SUCESORIO EN LA LEY189-11

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“Proviene de los vocablos latinos fides que significa fe o confianza y comissus que significa comisión. El fideicomiso es un acto jurídico, de confianza, en virtud del cual una persona, fideicomitente (cliente) transmite a otra llamada fiduciaria la titularidad de uno o más bienes o derechos: dimer en efectivo, bonos, certificados de depósito a plazo, acciones bienes raíces; o sea, toda clase de bienes o derechos que legalmente estén enmarcados dentro del comercio con el fin de administrarlos como si fueran propios en beneficio de un tercero llamado fideicomisario”.

-Escoto Leiba, Roxana

*Concepto

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*Partes.

Patrimonio fideicomisado

Fideicomitente

FideicomisarioFiduciario

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* Base Legal

Ley No. 189-11 PARA EL DESARROLLO DEL

MERCADO HIPOTECARIO Y EL

FIDEICOMISO EN LA REPUBLICA

DOMINICANA

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*Importancia del Fideicomiso

Reside en la confianza y seguridad jurídica que ofrece en las operaciones involucradas

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Real

Consensual

FormalTípico

Tracto sucesivo

*Características del Fideicomiso

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* El Fideicomiso en Latinoamérica

El fideicomiso es un instrumento financiero ampliamente utilizado en América Latina con características propias y diferenciadas del trust angloamericano.

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*Fideicomiso sucesorio

*Instrumentado con posterioridad a la constitución de un fideicomiso. Se reputará una modificación al acto constitutivo del fideicomiso.

*Contiene instrucciones sobre los actos de administración y disposición, y la distribución de los beneficios derivados de los bienes fideicomitidos en beneficio de los sucesores o causahabientes del fideicomitente tras su fallecimiento.

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*Prohibiciones

No podrán afectar la reserva legal hereditaria establecida en los artículos 913 y siguientes del Código Civil de la República Dominicana.

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*Conclusión

*El exceso de regulación respecto de los fideicomisos podría en algunos casos desincentivar su uso, como por ejemplo las obligaciones formales impuestas al fideicomiso y las limitaciones respecto de las personas que pueden fungir como fiduciarios.

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