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PERIODICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Viernes 16 de Mayo de 2003 PAGINA 1 PERIODICO OFICIAL TOMO CXL Monterrey, Nuevo León, Viernes 16 de Mayo de 2003 NÚM. 63 SUMARIO PODER EJECUTIVO DEL ESTADO DECRETO PARA SOMETER A PROCEDIMIENTO DE DISOLUCIÓN LA COPROPIEDAD RURAL “CONDE DE PENALVA PORCIÓN NO. 40”, DEL MUNICIPIO DE LOS ALDAMAS, NUEVO LEÓN....... 3-6 R. AYUNTAMIENTO DE GUADALUPE, N.L. REGLAMENTO DEL ARCHIVO DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA MUNICIPAL................................ 7-13 AVISOS JUDICIALES Y GENERALES.................................................................................... 14-40 ACUERDO DEL C. TESORERO MUNICIPAL. 1ª. PUBLICACIÓN DE 2 SOLICITADAS.......................... 14 AVISO NOTARIAL DE LA NOTARÍA PÚBLICA NO. 116, MONTERREY, N.L., SUCESIÓN TESTAMENTARIA A BIENES DEL SEÑOR ADOLFO MENDOZA SEPULVEDA. 2ª. PUBLICACIÓN DE 2 SOLICITADAS................................................................................................................................... 15 AVISO NOTARIAL DE LA NOTARÍA PÚBLICA NO. 116, MONTERREY, N.L., SUCESIÓN TESTAMENTARIA ACUMULADA A BIENES DEL SEÑOR OLIVERIO GARCIA SANCHEZ. 2ª. PUBLICACIÓN DE 2 SOLICITADAS......................................................................................................... 16 CONVOCATORIA PÚBLICA ESTATAL.- CON EL NO. DE LICITACIÓN 48077001-006-03 DEL FIDEICOMISO PUENTE INTERNACIONAL SOLIDARIDAD..................................................................... 17 CONVOCATORIA.- MEDIANTE LA CUAL SE CONVOCA A LA ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA A LOS ACCIONISTAS DE LA SOCIEDAD DENOMINADA “SELESTA BUSINES SOLUTIONS”, S.A. DE C.V.............................................................................................................................................................. 18 AVISO NOTARIAL DE LA NOTARÍA PÚBLICA NO. 128, SABINAS HIDALGO, N.L., JUICIO HEREDITARIO ADMINISTRATIVO A BIENES DEL SEÑOR OMAR GUZMÁN FLORES........................ 19 Visite la Página del PERIÓDICO OFICIAL DEL ESTADO: http://general.nl.gob.mx/ListadoPeriodico

063 POE XCONTENIDO 16 DE MAYO DE 2003...JUDICIAL CERRALVO, N.L., EDICTO EXPEDIENTE NO. 112/2003..... 33 JUZGADO MIXTO DE PRIMERA INSTANCIA DEL DÉCIMO SEGUNDO DISTRITO JUDICIAL …

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PERIODICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Viernes 16 de Mayo de 2003 PAGINA 1

PERIODICO OFICIAL

TOMO CXL Monterrey, Nuevo León, Viernes 16 de Mayo de 2003 NÚM. 63

SUMARIO

PODER EJECUTIVO DEL ESTADO DECRETO PARA SOMETER A PROCEDIMIENTO DE DISOLUCIÓN LA COPROPIEDAD RURAL “CONDE DE PENALVA PORCIÓN NO. 40”, DEL MUNICIPIO DE LOS ALDAMAS, NUEVO LEÓN....... 3-6

R. AYUNTAMIENTO DE GUADALUPE, N.L. REGLAMENTO DEL ARCHIVO DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA MUNICIPAL................................ 7-13 AVISOS JUDICIALES Y GENERALES.................................................................................... 14-40 ACUERDO DEL C. TESORERO MUNICIPAL. 1ª. PUBLICACIÓN DE 2 SOLICITADAS.......................... 14 AVISO NOTARIAL DE LA NOTARÍA PÚBLICA NO. 116, MONTERREY, N.L., SUCESIÓN TESTAMENTARIA A BIENES DEL SEÑOR ADOLFO MENDOZA SEPULVEDA. 2ª. PUBLICACIÓN DE 2 SOLICITADAS................................................................................................................................... 15 AVISO NOTARIAL DE LA NOTARÍA PÚBLICA NO. 116, MONTERREY, N.L., SUCESIÓN TESTAMENTARIA ACUMULADA A BIENES DEL SEÑOR OLIVERIO GARCIA SANCHEZ. 2ª. PUBLICACIÓN DE 2 SOLICITADAS......................................................................................................... 16 CONVOCATORIA PÚBLICA ESTATAL.- CON EL NO. DE LICITACIÓN 48077001-006-03 DEL FIDEICOMISO PUENTE INTERNACIONAL SOLIDARIDAD..................................................................... 17 CONVOCATORIA.- MEDIANTE LA CUAL SE CONVOCA A LA ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA A LOS ACCIONISTAS DE LA SOCIEDAD DENOMINADA “SELESTA BUSINES SOLUTIONS”, S.A. DE C.V.............................................................................................................................................................. 18 AVISO NOTARIAL DE LA NOTARÍA PÚBLICA NO. 128, SABINAS HIDALGO, N.L., JUICIO HEREDITARIO ADMINISTRATIVO A BIENES DEL SEÑOR OMAR GUZMÁN FLORES........................ 19 Visite la Página del PERIÓDICO OFICIAL DEL ESTADO: http://general.nl.gob.mx/ListadoPeriodico

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PERIODICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Viernes 16 de Mayo de 2003 PAGINA 2 RESOLUCIÓN POR LA QUE SE REVOCA LA ADSCRIPCIÓN DEL C. LICENCIADO GUSTAVO CARLOS FUENTEVILLA CARVAJAL, COMO NOTARIO PÚBLICO SUPLENTE DEL C. LICENCIADO CRUZ CANTÚ GARZA, TITULAR DE LA NOTARÍA PÚBLICA NÚMERO 64 CON DEMARCACIÓN NOTARIAL EN EL PRIMER DISTRITO REGISTRAL Y CON DOMICILIO EN EL MUNICIPIO DE MONTERREY, NUEVO LEÓN... 20-21 AVISO DE ESCISIÓN DE SIERRA OSO MOTORS, S.A. DE C.V............................................................ 22-24 CONVOCATORIA PÚBLICA NACIONAL.- CON EL NO. DE LICITACIÓN DRA-01/03 DEL GOBIERNO DEL MUNICIPIO DE DR. ARROYO, N.L................................................................................................... 25 AVISO DE FUSIÓN DE LLANTAS AGROINDUSTRIALES DEL NORTE, S.A. DE C.V............................ 26 ESTADO DE POSICIÓN FINANCIERA AL 28 DE FEBRERO DEL 2003 DE LLANTAS AGROINDUSTRIALES DEL NORTE, S.A. DE C.V., ESTADO DE RESULTADOS CONSOLIDADO DEL 01 DE ENERO AL 28 DE FEBRERO DEL 2003 DE LLANTAS AGROINDUSTRIALES DEL NORTE, S.A. DE C.V., ESTADO DE RESULTADOS DEL 01 DE ENERO AL 28 DE FEBRERO DEL 2003 DE ENSAMBLES AGROINDUSTRIALES, S.A. DE C.V. Y ESTADO DE RESULTADOS DEL 01 DE ENERO AL 28 DE FEBRERO DEL 2003 DE LLANTAS AGROINDUSTRIALES DEL NORTE, S.A. DE C.V........................... 27-30 AVISO DEL SISTEMA DE EXTINCIÓN DE PASIVOS DE LA SOCIEDAD ENSAMBLES AGROINDUSTRIALES, S.A. DE C.V......................................................................................................... 31 JUZGADO MIXTO DE PRIMERA INSTANCIA DEL SEXTO DISTRITO JUDICIAL LINARES, N.L., EDICTO EXPEDIENTE NÚMERO 220/2003. JUZGADO MIXTO DE PRIMERA INSTANCIA DEL OCTAVO DISTRITO JUDICIAL CERRALVO, N.L., EDICTO NÚMERO DE EXPEDIENTE 125/2003...... 32 JUZGADO MIXTO DE PRIMERA INSTANCIA DEL OCTAVO DISTRITO JUDICIAL CERRALVO, N.L., EDICTO EXPEDIENTE NO. 116/2003. JUZGADO MIXTO DE PRIMERA INSTANCIA DEL OCTAVO DISTRITO JUDICIAL CERRALVO, N.L., EDICTO EXPEDIENTE NO. 112/2003...................................... 33 JUZGADO MIXTO DE PRIMERA INSTANCIA DEL DÉCIMO SEGUNDO DISTRITO JUDICIAL CHINA, N.L., EDICTO EXPEDIENTE NÚMERO 4/2003. JUZGADO CUARTO MENOR LETRADO MONTERREY, N.L., 1ER. EDICTO NÚMERO DE EXPEDIENTE 2151/2002........................................... 34 JUZGADO DÉCIMO DE LO CIVIL DEL PRIMER DISTRITO JUDICIAL MONTERREY, N.L., 1ER. EDICTO NÚMERO DE EXPEDIENTE 142/2003....................................................................................... 35 JUZGADO CUARTO DE LO CIVIL DEL PRIMER DISTRITO JUDICIAL MONTERREY, N.L., 1ER. EDICTO EXPEDIENTE NÚMERO 389/2002. JUZGADO OCTAVO DE LO CIVIL DEL PRIMER DISTRITO JUDICIAL MONTERREY, N.L., 1ER. EDICTO NÚMERO 872/02............................................ 36 JUZGADO MIXTO DE LO CIVIL Y FAMILIAR DE PRIMERA INSTANCIA DEL QUINTO DISTRITO JUDICIAL CADEREYTA JIMÉNEZ, N.L., 1ER. EDICTO EXPEDIENTE NÚMERO 325/2003. JUZGADO DÉCIMO TERCERO DE LO CIVIL DEL PRIMER DISTRITO JUDICIAL MONTERREY, N.L., 3ER. EDICTO NÚMERO DE EXPEDIENTE 18/2002........................................................................ 37 JUZGADO TERCERO DE LO CIVIL DEL PRIMER DISTRITO JUDICIAL MONTERREY, N.L., 2° EDICTO EXPEDIENTE JUDICIAL NÚMERO 967/2001. JUZGADO OCTAVO DE LO CIVIL DEL PRIMER DISTRITO JUDICIAL MONTERREY, N.L., 2° EDICTO EXPEDIENTE NÚMERO 867/2002..... 38 JUZGADO SÉPTIMO DE LO FAMILIAR DEL PRIMER DISTRITO JUDICIAL MONTERREY, N.L., 2° EDICTO NÚMERO DE EXPEDIENTE JUDICIAL 2540/2002. JUZGADO MIXTO DE PRIMERA INSTANCIA DEL SÉPTIMO DISTRITO JUDICIAL DOCTOR ARROYO, N.L., 2° EDICTO EXPEDIENTE NO. 209/2003................ 39 JUZGADO NOVENO DE LO FAMILIAR MONTERREY, N.L., 3ER. EDICTO NÚMERO DE EXPEDIENTE 582/2003............................................................................................................................. 40

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PERIODICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Viernes 16 de Mayo de 2003 PAGINA 3 FERNANDO ELIZONDO BARRAGÁN, GOBERNADOR SUBSTITUTO DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN, CON FUNDAMENTO EN LOS ARTÍCULOS 85 FRACCIONES X Y XXVIII, 87, 88 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN; 2, 4, 7, 16 FRACCIÓN I, 17 FRACCIONES I, XVIII Y XXXIII, DE LA LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA PARA EL ESTADO DE NUEVO LEÓN; 1, 2 FRACCIÓN I, 3 FRACCIONES I Y II, 4 FRACCIÓN I, Y 15 DE LA LEY DE COPROPIEDADES RURALES, HE TENIDO A BIEN EXPEDIR EL SIGUIENTE:

D E C R E T O PARA SOMETER A PROCEDIMIENTO DE DISOLUCIÓN LA COPROPIEDAD RURAL "CONDE DE PENALVA PORCIÓN No. 40", DEL MUNICIPIO DE LOS ALDAMAS, NUEVO LEÓN.

A N T E C E D E N T E S 1. De acuerdo con la copia certificada el 31 de marzo de 2003, por el Lic. Héctor

Hernández Silva, Titular de la Dirección de Asuntos Agrarios dependiente de la Secretaría General de Gobierno, en el Expediente No. D-1/024(X-35)/978 del archivo de dicha Dirección, como se precisa en el presente punto y del 2 al 5 de este capítulo, obra solicitud de julio de 1881, de Jesús María Vela Rodríguez, apoderado general de la comunidad de cesionarios del terreno de Penalva, para que se ejecutara la resolución emitida por el Ejecutivo el 19 de agosto de 1825, de acuerdo al Decreto de Concesión del Congreso del 30 de julio de 1825, conforme a la cual y sin precisar fecha, la comunidad tuvo su origen en dos mercedes de 138 sitios de ganado mayor y algunas caballerías, otorgadas por el Emperador Iturbide a Don Bernardino Meneses, Conde de Penalva, sobre los que el Congreso del Estado expidió el Decreto señalado por el cual se fundó la Villa de “Santa María de Los Aldamas”, determinándose la forma, condiciones y calidades para la fundación y concesión de tierras a pobladores, sin que se llevara a cabo la medición para la distribución entre ellos, quienes acordaron ante el Ayuntamiento el reparto mediante “asignaciones” por determinación de parajes; se refiere en la solicitud que hasta el 19 de septiembre de 1863, a petición de parte interesada el Gobernador nombró como Juez de Medidas al Juez 2º Local de la Villa de San Francisco de Apodaca, quien a su vez designó como perito agrimensor para que llevara a cabo la medida de los terrenos, a Don Francisco Garza Valdés, conforme a la cual resultó una superficie de 64 sitios de ganado mayor, medida de la cual se rindió cuenta al Ejecutivo hasta el año de 1868, sin que se concluyera con el reparto.

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PERIODICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Viernes 16 de Mayo de 2003 PAGINA 4 2. A la anterior solicitud recayó la resolución del Gobernador del Estado Don Lázaro

Garza Ayala de fecha 4 de febrero de 1888, reconociendo el derecho de 44 personas, cada una por un sitio de ganado mayor con su tierra de labor, haciendo la designación de agrimensor a Don Francisco L. Mier y nombrando comisionados a los C.C. Nazario Alanís y Felipe Hinojosa, para que lo auxiliaran con los datos necesarios, autorizando al Alcalde 1º para sustanciar y protocolizar las diligencias sobre la distribución de las tierras. Las diligencias de apeo y reconocimiento de derechos, se iniciaron el 27 de agosto de 1888, siendo con fecha 22 de abril de 1895 que el perito agrimensor rindió el informe relativo al plano de distribución del terreno llamado de Penalva, con sujeción a los planos y la medida ejecutada previamente por Don Francisco Garza Valdés, presidido por el Alcalde 1º y por los comisionados nombrados, bajo cuya dirección se llevó a cabo la mayor parte de la distribución, aplicando a cada adjudicatario un sitio de ganado mayor y una labor, quedando dividida la comunidad en 42 porciones.

3. La medida de la Porción 40 se llevó a cabo el 2 de julio de 1895, por el agrimensor

Don Francisco L. Mier, de la cual resultó una superficie de 12,480 cordeles cuadrados es decir: uno y un quinto de sitio de ganado mayor, así como una y una quinta de labor, a nombre de los sucesores de Don Juan Francisco García representados por Don Fabián García, y de Don Enrique Salinas.

4. Por resolución de Don Bernardo Reyes, Gobernador del Estado, de fecha 6 de abril de

1897, se aprobaron las diligencias de apeo y adjudicación de la comunidad Conde de Penalva, que se practicaran en 1888 y 1895, con las modificaciones de los convenios de 22 de enero y 16 de marzo de 1897, entre los representantes de las comunidades de Hinojosa y Conde de Penalva; y se ordenó al Alcalde 1º de Los Aldamas notificar a los adjudicatarios y ponerlos en posesión de sus respectivas porciones, así como expedir a cada uno de ellos copia del acuerdo y del acta de posesión, lo que les serviría de título.

5. El 3 de agosto de 1897 se levantó el acta de posesión por el Alcalde 1º de la Villa de Los Aldamas, ante los testigos instrumentales, mediante la cual se dio posesión pública y pacíficamente, de la porción No. 40 de las tierras de Penalva, a los sucesores de Don Juan Francisco García a través de su representante Don Fabián García, y a Don Enrique Salinas, en cumplimiento al decreto final del Superior Gobierno del Estado de fecha 6 de abril de 1897, en una extensión superficial de (12,480) doce mil, cuatrocientos ochenta cordeles cuadrados, equivalentes a (21'910,013.00) veintiún millones, novecientos diez mil, trece metros cuadrados.

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PERIODICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Viernes 16 de Mayo de 2003 PAGINA 5 6. Por otra parte, mediante escritos presentados el 21 de enero y 28 de febrero del

presente año, los C.C. Lic. Homero Zárate García, C. P. Artemio Peña García, Dionisia García Cantú y otras diez personas más, quienes manifestando tener derecho en la copropiedad rural “Conde de Penalva Porción No. 40", del Municipio de Los Aldamas, N.L., solicitaron ante este Ejecutivo Estatal la disolución de la misma.

C O N S I D E R A N D O

I. Que la Constitución Política del Estado de Nuevo León en su artículo 85 fracción X, establece como facultad del Ejecutivo la de cumplir y hacer cumplir las leyes y demás disposiciones del Congreso del Estado, ordenar y reglamentar en lo administrativo lo necesario para su ejecución, señalando en su fracción XXVIII, que al Ejecutivo corresponde ejercer las demás atribuciones que le confieran la propia Constitución y las leyes.

II. Que en la materia, una de las leyes a que se refiere el precepto constitucional invocado en el considerando anterior es la Ley de Copropiedades Rurales, y en especial sus artículos 1, 2 fracción I, 3 fracciones I y II, 4 fracción I, y 15, al efecto señala que la ley tiene entre sus objetivos regular la disolución de las copropiedades rurales existentes en el Estado; se declaran de utilidad pública los procesos de disolución de las copropiedades rurales en el Estado, mismos que comprenderán las diligencias de apeo y deslinde, de reconocimiento de derechos, de planificación, división y otorgamiento de los títulos de propiedad; se señalan como autoridades competentes encargadas de su aplicación al Titular del Ejecutivo del Estado y al Titular de la Dirección de Asuntos Agrarios; se define como copropiedad rural la extensión territorial que permanezca en estado de indivisión, cualquiera que sea el título o derecho en que se origine o la denominación que se le dé, en la que el número de copropietarios sea mayor de diez y el disfrute o uso se haga en forma copartícipe; y faculta al Titular del Ejecutivo del Estado, para determinar por medio del Decreto respectivo, la copropiedad sujeta al procedimiento de disolución.

III. Que como se infiere del capítulo de antecedentes, son de aplicarse las

disposiciones legales invocadas en el considerando anterior, toda vez que se trata de una extensión territorial que permanece en estado de indivisión, cuyo origen se establece en los antecedentes de referencia, y conforme a ellos el número de copropietarios es mayor de diez, su disfrute y uso se hace en forma copartícipe; por lo cual es procedente someter a procedimiento de disolución la copropiedad rural “Conde de Penalva Porción No. 40”, del Municipio de Los Aldamas, N.L.

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PERIODICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Viernes 16 de Mayo de 2003 PAGINA 6

Expuesto y fundado lo anterior, el Ejecutivo del Estado en ejercicio de sus facultades resuelve:

PRIMERO: De conformidad con lo dispuesto por los artículos 85 fracciones X y

XXVIII, de la Constitución Política del Estado de Nuevo León; y 15 de la Ley de Copropiedades Rurales, el Ejecutivo a mi cargo decreta sujetar a procedimiento de disolución la copropiedad rural “Conde de Penalva Porción 40”, del Municipio de Los Aldamas, N.L., procedimiento que se seguirá según lo dispone la propia Ley.

SEGUNDO: Para el cumplimiento de lo anterior, se faculta al Titular de la Dirección de Asuntos Agrarios, para que en los términos de los artículos 3 fracción II, 16, 21, 22 y demás aplicables de la Ley de Copropiedades Rurales, dirija las operaciones relativas al procedimiento de disolución de la copropiedad rural señalada en el resolutivo anterior.

T R A N S I T O R I O S

ARTÍCULO ÚNICO: El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente de su

publicación en el Periódico Oficial del Estado.

Dado en el Despacho del Poder Ejecutivo del Estado de Nuevo León, en Monterrey su capital, a los 2-dos días del mes de mayo del año 2003-dos mil tres.

EL C. GOBERNADOR SUBSTITUTO DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN

LIC. FERNANDO ELIZONDO BARRAGÁN RÚBRICA

EL SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO

C. P. JOSÉ MARIO GARZA BENAVIDES RÚBRICA

DECRETO PARA SOMETER A PROCEDIMIENTO DE DISOLUCIÓN LA COPROPIEDAD RURAL “CONDE DE PENALVA PORCIÓN No. 40”, DEL MUNICIPIO DE LOS ALDAMAS, NUEVO LEÓN.

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EL C. ING. PEDRO GARZA TREVIÑO, PRESIDENTE MUNICIPAL DE CIUDAD GUADALUPE, NUEVO LEON, A SUS HABITANTES HACE SABER: Que el R. Ayuntamiento de Ciudad Guadalupe, N.L., en sesión ordinaria de fecha 11-once de Marzo del año 2003-Dos Mil Tres, con fundamento en lo señalado por los artículos 10, 26, inciso a), fracción VII, inciso b), fracción XI, inciso c), fracción VI, 27, fracción IV, 29, fracción IV, 30, fracción VI, 32, 76, fracción VIII, 77, fracción III, 160, 161, 162, 163, 164, 165, 166 y 167 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Municipal del Estado de Nuevo León, aprobó el siguiente:

REGLAMENTO DEL ARCHIVO DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA MUNICIPAL DE CIUDAD GUADALUPE N.L.

CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES

ARTICULO 1.- El presente Reglamento se expide con fundamento en los Artículos 115 Fracción III de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 131 de la Constitución Política del Estado de Nuevo León y 160, 161, 162, 166 y demás relativos de la Ley Orgánica de la Administración Pública Municipal del Estado de Nuevo León .y tiene por objeto regular la organización y funcionamiento del archivo municipal de la administración publica municipal de Guadalupe, N.L. ARTICULO 2.- El Archivo Municipal del Gobierno de Ciudad Guadalupe, Nuevo León, es una unidad administrativa adscrita a la Secretaría del Ayuntamiento y tiene a su cargo el despacho de los asuntos que se le atribuyen en este Reglamento, mas los del Reglamento Orgánico. ARTICULO 3.- El Archivo Municipal realizará sus actividades con base a políticas y lineamientos que se establezcan para el logro de la conservación, control de documentos, recepción, custodia, siendo sus archivos históricos de carácter público por lo que los interesados en consultarlos se sujetarán a las normas previstas en este Reglamento. ARTICULO 4.- En las instalaciones del Archivo Municipal se recibirán, custodiarán, conservarán, administrarán, controlarán y dispondrán de todos los documentos y expedientes de la administración Pública de Guadalupe, Nuevo León, las consultas se sujetarán al horario establecido y cumpliendo las normas que se señalan en el Capítulo II del presente Reglamento; dividiendo el funcionamiento del Archivo en tres secciones o apartados: 1.- ARCHIVO HISTORICO: Integrándose principalmente en trabajos, investigaciones y actas, o de las Dependencias del Ayuntamiento, la Presidencia Municipal, Gacetas Municipales, Libros, Ediciones, Mapas, Publicaciones, Planos, Folletos, Informes Municipales, y cualquier otro documento que por su naturaleza histórica deba permanecer en custodia especial o caja fuerte. Dándose sus modalidades de Videoteca, Fototeca, Mapoteca. 2.- ARCHIVO DE DOCUMENTACION ORDINARIA CORRESPONDIENTE AL ARCHIVO DE TRAMITE Y CONCENTRACION: Integrándose principalmente por papelería de dependencias municipales, proyectos, nóminas, fichas de recaudación, facturas, copias de licitaciones, contratos, convenios, pagos y archivos de oficios de trabajo diario considerado por los titulares de las dependencias como necesario archivar, así como aquella que la legislación aplicable señale.

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PERIODICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Viernes 16 de Mayo de 2003 PAGINA 8 3.- ARCHIVO DE VIDEOTECA: Integrándose principalmente por la versión en video y magnetofónica del desarrollo de cada uno de los informes municipales y de cada sesión del Ayuntamiento, así como la publicidad insertada en los periódicos de la localidad, y eventos cubiertos por la oficina del Presidente Municipal, y departamentos de comunicación y prensa. ARTICULO 5.- Para el despacho de los asuntos de su competencia, el Archivo Municipal contará con un Coordinador y demás personal que le designe el manual de organización y el presupuesto respectivo. ARTICULO 6.- El Archivo Municipal tendrá las siguientes atribuciones y responsabilidades:

I.- Funciones relacionadas con la recepción y control de documentación:

a).- Recibir, registrar y controlar los documentos que ingresen y egresen de las Dependencias de la Administración Publica Municipal de Guadalupe, N.L.

b).- Clasificar y catalogar los documentos que integran sus acervos.

c).- Promover el enriquecimiento de sus acervos incorporando Archivos, documentos o colecciones de importancia para la Administración Pública Municipal de Guadalupe, N.L. d).- Compilar leyes, decretos, reglamentos y demás instrumentos legales;

e).- Difundir el acervo del Archivo que se considere de interés para el público en general.

f).- Facilitar copias simples o certificadas que lo sean por el Secretario del Ayuntamiento de los

documentos del archivo, previo pago de los derechos correspondientes.

g.- )Promover, organizar y coordinar programas de capacitación sobre archivonomía. II- Informar por escrito al Secretario de Ayuntamiento de la situación en que se encuentren: a).- Dependencias municipales cuya documentación no ha sido entregada al archivo según los periodos máximos estipulados en este Reglamento. b).- La documentación solicitada y no regresada en el plazo establecido. c).- Documentación catalogada como depurable o fuera de vigencia jurídica-fiscal para su envío al Archivo General del Estado o alternativas para la optimización de espacio a nueva documentación, en los términos de la Ley General de Acceso a la Información Pública y demás disposiciones legales aplicables. III- Recibir información de las dependencias municipales por periodos completos de cada seis meses excepto del último año de la administración en turno, la cual deberá estar disponible en las instalaciones de las dependencias y las nuevas autoridades deberán enviar dicha información al Archivo Municipal después de haber estudiado la continuidad de operaciones y proyectos. IV.- Actualizar los catálogos generales anualmente, a fin de dar un mejor servicio. V.- Investigar Tecnología Fílmica, computacional y/o de Archivo Digitalizado, proponerla y adquirirla, para conservar permanentemente la documentación en custodia, bajo estos sistemas.

CAPITULO II

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FUNCIONES RELACIONADAS CON LA RECEPCION Y CONTROL DE DOCUMENTACION ARTICULO 7.- Las funciones generales de recepción y control de documentación asignadas al Archivo Municipal son las siguientes: I.- Definir el horario y condiciones para recibir la documentación. La cual deberá ser entregada por las dependencias y unidades administrativas, en cajas metálicas con medidas de 39 centímetros por 61 centímetros por 25 centímetros, en las cuales se acomodarán los expedientes en orden alfabético y numérico, acompañados de un listado de los mismos; cada caja deberá presentar etiquetas de identificación con los siguientes datos: Dependencia, contenido y fecha que corresponda, en la parte lateral de la caja e interior de la tapa, y deberán entregarse en el horario que establezca el Archivo Municipal y una vez revisado debidamente el contenido de cada caja según los listados, se colocará el sello de recibido en el oficio de resguardo que deberá acompañarse siempre y adjunto a él, el listado de los expedientes que se envían para su archivo. II.- Recibir, registrar, controlar y facilitar previa autorización del Coordinador del Archivo Municipal, los documentos que ingresen y egresen del Archivo Municipal, recibiendo las solicitudes de préstamo de documentación en un horario que se establezca. III.- Clasificar y catalogar los documentos que integran el Acervo General Municipal. IV.- Integrar progresivamente la colección de Gacetas Municipales. V.- Integrar progresivamente la colección de síntesis de prensa. VI.- Promover el enriquecimiento de su Acervo incorporando Archivos, Documentos o Colecciones de importancia para el Municipio localizables en el Archivo General del Estado o del H. Congreso del Estado. VII.- Compilar los reglamentos, circulares, acuerdos y demás instrumentos legales promovidos y aprobados por el R. Ayuntamiento de Ciudad Guadalupe, Nuevo León. VIII.- Conservar y clasificar la versión en vídeo del desarrollo de cada uno de los Informes anuales municipales, de cada Sesión del Ayuntamiento, así como de los eventos cubiertos por la oficina del Presidente Municipal.

CAPITULO III FUNCIONES RELACIONADAS CON LA DEPURACIÓN DE DOCUMENTOS

ARTICULO 8.- Las funciones generales de depuración y optimización de espacio son las siguientes: I.- Definir y coordinar las acciones adecuadas para señalar la depuración de documentación. II.- Establecer un control sistemático de todos los documentos que se mantienen en custodia para definir la vida útil de los mismos. III.- Se entenderá por documento susceptible de depuración aquel que haya estado bajo resguardo por más de 10 años, siempre que no contravenga las disposiciones jurídicas, administrativas, fiscales y demás disposiciones legales aplicables. ARTICULO 9.- El Secretario del Ayuntamiento convocará al Director Político, al Coordinador del Archivo Municipal, al titular de la dependencia cuya papelería sea objeto de análisis y al Cronista de la ciudad, anualmente, para conjuntamente instalarse como comisión, con la finalidad de depurar Archivo.

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PERIODICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Viernes 16 de Mayo de 2003 PAGINA 10 La selección de documentos que serán dados de baja y aquellos que serán traspasados al Archivo Histórico, escuchando la opinión del responsable del Archivo General del Estado y de la Comisión de Acceso a la información Pública, se capturan mediante la tecnología previamente aprobada y procediendo a su incineración y/o traslado, por medio de Acta Administrativa que suscribirá la Dirección Jurídica Municipal en presencia de un representante de la Secretaria de Contraloría y Desarrollo Administrativo.

CAPITULO IV

FUNCIONES RELACIONADAS CON EL CUIDADO Y LA CONSERVACION FÍSICA DE LOS DOCUMENTOS.

ARTICULO 10.- Las funciones generales para la conservación física documental son las siguientes: I.- Custodiar y conservar óptimamente los documentos que integran el acervo del Archivo Histórico. II.- Cuidar que se restauren o se reproduzcan los documentos que por su antigüedad así lo requieran utilizando para ello los métodos apropiados y tecnología digital. ARTICULO 11.- Cada seis meses deberá hacerse una revisión física por parte de la Dirección de Protección Civil Municipal y del Estado de todas las instalaciones del Archivo Municipal para prevenir siniestros.

CAPITULO V FUNCIONES RELACIONADAS CON EL PRÉSTAMO O CONSULTA DE INFORMACIÓN

ARTICULO 12.- Las funciones generales para la autorización de préstamo o consulta de información son las siguientes: I.- Solicitar que en la totalidad de vales progresivos para el préstamo de documentación histórica, ordinaria o videoteca esté la autorización escrita del Secretario del Ayuntamiento. II.- Queda estrictamente prohibido prestar documentos originales de documentación histórica. III.- Llevar el registro oportuno y detallado de los préstamos de documentación ordinaria dando seguimiento a su devolución en un plazo máximo de 7 días naturales. IV.- Difundir y exhibir en vitrinas en los diferentes Centros de Cultura del Municipio de Guadalupe, Nuevo León el acervo histórico en fotocopia de los que se considere de interés para el público en general. V.- Recopilar una síntesis especial histórica de Guadalupe N.L. para editar y distribuir en las Bibliotecas del Municipio como estimulo a la lectura primordial de las raíces del Municipio. VI.- Entregar copias simples o certificadas expedidas por el C. Secretario del Ayuntamiento de los documentos de carácter histórico, siempre que lo soliciten con fines de investigación o académico. VII.- La reproducción en periódicos, revistas o libros de las copias de documentos obtenidos en el Archivo Municipal, será permitido siempre que se otorguen los créditos de procedencia a la unidad de administrativa archivo municipal.

CAPITULO VI DE LAS OBLIGACIONES DEL COORDINADOR

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PERIODICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Viernes 16 de Mayo de 2003 PAGINA 11 ARTICULO 13.- El Coordinador del Archivo Municipal tendrá las siguientes facultades y obligaciones: I.- Organizar, controlar, y dirigir las funciones correspondientes al Archivo Municipal, así como señalar las políticas generales de operación, funcionamiento y seguridad de acuerdo a las instrucciones del Secretario del Ayuntamiento. II.- Diseñar y proponer sistemas de inventario, clasificación y catalogación de los documentos en custodia. III.- Apoyar y asesorar a los usuarios del Archivo Municipal. IV.- Entregar al Secretario del Ayuntamiento un informe mensual de los servicios prestados a usuarios internos o externos. V.- Valorizar la segunda autorización de proporcionar a usuarios copias solicitadas de documentación histórica, así como prevenir el buen uso de la misma. VI.- Implantar sistemas de control y baja de documentos e intervenir físicamente en la depuración del archivo. VII.- Revisar los lugares adecuados para establecer el Archivo Histórico y definir la zona de “prohibido el contacto físico con los documentos”. VIII.- Recopilar los títulos de la documentación para integrar una base de datos y ofrecer al usuario un sistema de consulta y rápida localización utilizando equipos y sistemas auxiliares de informática. IX.- Coordinar a través del historiador o cronista oficial del Municipio la localización de documentos originales o reproducciones que se consideren de interés para enriquecer el Acervo Municipal. X.- Estimular la coordinación entre los titulares de los Archivos de los demás Municipios y el Titular del Archivo General del Estado, del H. Congreso del Estado y del Archivo General de la Nación, a fin de promover una adecuada imagen e intercambio documental entre historiadores, maestros, bibliotecarios, cronistas y demás interesados. XI.- Apoyar las actividades extraordinarias y especiales que sugiera El Presidente Municipal o el Secretario del Ayuntamiento en visitas programadas, atención a visitantes y las demás que en el ámbito de su competencia le sean encomendadas. XII.- Informar con periodicidad al Secretario del Ayuntamiento acerca del estado general que guarde el Archivo Municipal.

CAPITULO VII DE LAS POLÍTICAS GENERALES PARA LOS SERVIDORES PÚBLICOS Y LOS USUARIOS EXTERNOS

ARTICULO 14.- A fin de que cualquier persona pueda consultar el acervo documental del área histórica se deberán sujetar a las siguientes normas: I.- Presentar solicitud de información que deberá presentarse ante la autoridad, en términos respetuosos y por escrito, sin mayor formalidad que la de proporcionar los datos generales del peticionario, señalar domicilio para recibir notificaciones y los elementos necesarios para identificar la información que se solicita. II.- Los usuarios permanecerán en un salón destinado para este efecto, quedando restringido el acceso a otras áreas del Archivo.

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PERIODICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Viernes 16 de Mayo de 2003 PAGINA 12 III.- No se permitirá el ingreso a la sala de consulta, objetos que no sean indispensables para realizar investigación, prohibiendo los alimentos y/o bebidas. IV.- Solo se permitirá la consulta del contenido de un volumen o caja al mismo tiempo. V.- Los documentos serán consultados con todo cuidado, debiendo ser devueltos sin alteraciones de ninguna índole, así como tampoco deberán escribir sobre los mismos.

CAPITULO VIII DEL CONTROL, VIGILANCIA Y SANCIONES

ARTICULO 15.- Son autoridades competentes para vigilancia y aplicación de este reglamento dentro de su jerarquía administrativa, las siguientes: I.- El R. Ayuntamiento. II.- El C. Presidente Municipal III.- El Secretario del Ayuntamiento IV.- El C. Director Político. ARTICULO 16.- El incumplimiento de las disposiciones contenidas en el presente Reglamento será sancionado en los términos de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios de Nuevo León vigente y demás ordenamientos aplicables en la materia. ARTICULO 17.- En la medida en que se modifiquen las condiciones socioeconómicas del Municipio y en virtud del desarrollo y modernización administrativa, el R. Ayuntamiento considerará la modificación y actualización del presente Reglamento sujetándose a lo dispuesto en la Ley Orgánica de la Administración Pública Municipal del Estado de Nuevo León. ARTICULO 18.- Las personas que no observen las disposiciones de este Reglamento, perderán todo derecho adquirido si hay causa que lo amerite, serán puestas a disposición de la autoridad competente por las condiciones derivadas de la inobservancia de este ordenamiento.

CAPITULO IX DEL RECURSO DE INCONFORMIDAD

Artículo 19.- Los particulares podrán interponer el Recurso de Inconformidad a que se refiere el Reglamento de Procedimiento Administrativo para el Municipio de Guadalupe, Nuevo León. La presentación, substanciación y resolución del recurso de inconformidad se sujetarán a las disposiciones del Reglamento antes mencionado.

ARTÍCULOS TRANSITORIOS ARTICULO PRIMERO.- El presente Reglamento entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado. ARTICULO SEGUNDO.- Se abrogan todas las disposiciones reglamentarias, circulares, acuerdos y normativas que contravengan el contenido del presente reglamento.

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PERIODICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Viernes 16 de Mayo de 2003 PAGINA 13 ARTICULO TERCERO.- Envíese al C. Secretario General de Gobierno, para que por su conducto se publique en el Periódico Oficial del Estado. ARTICULO CUARTO.- Cúmplase. Por lo tanto, mando se imprima, publique, circule y se le de el debido cumplimiento. Dado en la Presidencia Municipal de Ciudad Guadalupe, Nuevo León, a los 11-once días del mes de Marzo del 2003-Dos Mil Tres.

EL C. PRESIDENTE MUNICIPAL ING. PEDRO GARZA TREVIÑO

RÚBRICA

EL C. SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO SR. ALBERTO RODRÍGUEZ GARCÍA

RÚBRICA

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PERIODICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Viernes 16 de Mayo de 2003 PAGINA 14

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PERIODICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Viernes 16 de Mayo de 2003 PAGINA 15

E D I C T O Con esta fecha se radicó en esta Notaría Pública Número (116) ciento dieciséis, a mi cargo la SUCESIÓN TESTAMENTARIA a bienes del señor ADOLFO MENDOZA SEPULVEDA, por comparecencia de la señora MARIA VIRTUDES LOZANO GUERRA VIUDA DE MENDOZA, en su carácter de Única y Universal Heredera y Albacea de la sucesión, expresando la señora MARIA VIRTUDES LOZANO GUERRA VIUDA DE MENDOZA que acepta el cargo que se le confiere y protesta su fiel y legal desempeño, así como que oportunamente formulará las Operaciones de inventario y avalúo respectivas. Acompañó a su escrito de denuncia, Acta de Defunción, Actas de Matrimonio y Primer Testimonio de Testamento Público Abierto del Autor de la Sucesión. Con fundamento en el Artículo (882) ochocientos ochenta y dos del Código de Procedimientos Civiles en vigor, se hace del conocimiento de los interesados, mediante este Escrito que se publicará en el diario “EL PORVENIR” y en el Periódico Oficial. Por dos veces de diez en diez.

Monterrey, Nuevo León a 01 de Abril de 2003.

LIC. RAMIRO A. GARZA PONCE TITULAR DE LA NOTARIA

PUBLICA NUMERO 116

Orden No. 648.-2-16

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PERIODICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Viernes 16 de Mayo de 2003 PAGINA 16

E D I C T O Con esta fecha se radicó en esta Notaría Pública Número (116) ciento dieciséis, a mi cargo la SUCESION TESTAMENTARIA ACUMULADA a bienes del señor OLIVERIO GARCIA SANCHEZ por comparecencia de los señores DOROTEO GARCIA SÁNCHEZ, MARIO, LUIS CARLOS Y NORMA GUILLERMINA de apellidos GARZA GARCIA, en su carácter de Únicos y Universales Herederos y el señor DOROTEO GARCIA SÁNCHEZ en su carácter de Albacea de la sucesión; expresando el señor DOROTEO GARCIA SÁNCHEZ que acepta el cargo que se le confiere y protesta su fiel y legal desempeño, así como que oportunamente formulará las Operaciones de inventario y avalúo respectivas. Acompañó a su escrito de denuncia, Actas de Defunción, Actas de Nacimiento y Primer Testimonio de el Testamento Público Abierto del Autor de la Sucesión. Con fundamento en el Artículo (882) ochocientos ochenta y dos del Código de Procedimientos Civiles en vigor, se hace del conocimiento de los interesados, mediante este Escrito que se publicará en el diario “EL PORVENIR” y en el Periódico Oficial del Estado por dos veces, de diez en diez días.

Monterrey, Nuevo León a 26 de Marzo de 2003.

LIC. RAMIRO A. GARZA PONCE TITULAR DE LA NOTARIA

PUBLICA NUMERO 116

Orden No. 649.-2-16

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PERIODICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Viernes 16 de Mayo de 2003 PAGINA 17

GOBIERNO DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN

FIDEICOMISO PUENTE INTERNACIONAL SOLIDARIDAD OBRA FINANCIADA CON RECURSOS PROPIOS

CONVOCATORIA PÚBLICA ESTATAL El Gobierno del Estado de Nuevo León, a través de Fideicomiso Puente Internacional Solidaridad, en cumplimiento con lo dispuesto por la Ley de Obras Públicas para el Estado y Municipios de Nuevo León, convoca a las personas físicas y/o morales que deseen participar en la licitación para la adjudicación de la obra que a continuación se indica:

Licitación N°

OBRA

Descripción y Ubicación

Fecha limit

venta de bas

Lugar y fecha de visita de obra

Fechas

Apertura de proposiciones

Fecha estimada

de inicio y terminación

Capital

Contable mínimo

requerido 48077001 006 03

Señalamiento horizontal en la avenida Solidaridad del Centro de Facilidades para el Comercio Internacional en Colombia, Anáhuac, N.L.

29 de mayo

2003 a las10:00 horas

Agualeguas N° 110, entre Cerro de la Silla y Colombia en el Centro de Facilidades para el Comercio Internacional, Colombia, Anáhuac, N.L., el 29 de mayo de 2003 a las 13:00 horas.

Técnica 4 de junio de

2003. 10:00 horas Económica

5 de junio de 2003. 10:00 horas

Del 16 de junio de 2003 al 30 de junio de 2003.

$200,000.00

La obra se realizará por contrato con base a precios unitarios y tiempo determinado, con Recursos Propios de este Fideicomiso. En el contrato de obra derivado de la licitación antes mencionada se pactarán dos anticipos, uno para el inicio de los trabajos por el diez por ciento (10%), y el otro anticipo por el veinte por ciento (20%), para la compra de equipo y materiales de instalación permanente en la obra. LOS CONCURSANTES DEBERÁN CUMPLIR CON LOS SIGUIENTES REQUISITOS 1.- Presentar solicitud de inscripción a la cual anexará los documentos que se indican. 2.- Documentos que acreditan su capacidad financiera (capital contable mínimo requerido) que se comprobará con base en el último estado financiero auditado por Contador Público independiente o declaración fiscal anual del ejercicio inmediato anterior. 3.- Testimonio de Acta Constitutiva y sus modificaciones en caso de personas morales; alta ante la Secretaria de Hacienda en caso de ser persona física. En ambos casos se deberá acompañar una copia de la Cédula del Registro Federal de Contribuyentes. 4.- Instrumento jurídico que acredite los poderes necesarios a favor de quien firmará las propuestas y , en su caso, el contrato que se derive. 5.- Registro actualizado en la Cámara que le corresponda. 6.- Curriculum de la empresa, que compruebe su capacidad técnica y experiencia en señalamiento horizontal a base de pintura termoplástica aplicada en spray. 7.- Declaración escrita y bajo protesta de decir verdad de no encontrarse en alguno de los supuestos del artículo 44 de la Ley de Obras Publicas para el Estado y Municipios de Nuevo León. 8.- Curriculum y cédula profesional de la persona que será designada como responsable técnico de los trabajos y con experiencia en obras similares. 9.- Presentar relación de obras en proceso que tenga celebrada con la Administración Pública o con Particulares. B) CONSULTA Y VENTA DE BASES Los interesados podrán acudir a consultar y adquirir las bases para la licitación, así como entregar la documentación solicitada, en la Coordinación de Construcción del Fideicomiso Puente Internacional Solidaridad ubicada en calle Loma Redonda No. 2715; Col. Lomas de San Francisco, Monterrey, N.L., a partir de la fecha de la presente convocatoria, de lunes a viernes de 9.00 a 14.00 y de 16.00 a 18.00 horas, hasta la fecha límite de venta de bases. A quienes satisfagan cuantitativa y cualitativamente los requisitos de la presente convocatoria, se les proporcionará las bases de la licitación, previo pago de la cantidad de $1,500.00 (UN MIL QUINIENTOS PESOS 00/100 Moneda Nacional), mediante cheque girado con cargo a una institución bancaria, expedido a nombre de: Fideicomiso Puente Internacional Solidaridad. A través de CompraNET el costo es de $1,400.00 (UN MIL CUATROCIENTOS PESOS 00/100 M.N.) en: http//www.compranet.gob.mx. 1.- Los actos de presentación y apertura de las ofertas se celebrarán el día y hora indicados en esta convocatoria, en la sala de juntas de Fideicomiso Puente Internacional Solidaridad ubicada en la calle Loma Redonda No. 2715; Col. Lomas de San Francisco, Monterrey, N.L. Se llevará a cabo en dos etapas: en la primera los licitantes entregarán sus propuestas mediante dos sobres cerrados que contendrán por separado la Propuesta Técnica y la Propuesta Económica; se procederá a la apertura de las propuestas técnicas exclusivamente. La apertura económica se realizará en la fecha indicada. 2.- El idioma en que se presentará la proposición será en español. 3.- La subcontratación de los trabajos a ejecutar no esta permitida. 4.- Los planos no están disponibles a través de CompraNET por lo que se tendrá que acudir al domicilio de la Convocante para su obtención C) CRITERIOS GENERALES DE ADJUDICACIÓN La Dependencia convocante, con base en el análisis comparativo de las proposiciones admitidas y en su propio presupuesto de la obra, emitirá un dictamen que servirá como fundamento para el fallo. En junta pública o por notificación escrita se dará a conocer el fallo mediante el cual se adjudicará el contrato a la persona que de entre los proponentes: a).- Reúna las condiciones legales, técnicas y económicas requeridas. b).- Garantice satisfactoriamente el cumplimiento del contrato, y c).- Cuente con la experiencia requerida para la ejecución de los trabajos. Si una vez considerados los criterios anteriores resultare que dos o más propuestas son solventes y satisfacen la totalidad de los requerimientos de la Entidad, el contrato se adjudicará a quien presente la proposición cuyo precio sea el mas bajo. Monterrey, N. L. 16 de mayo de 2003

ARQ. ANTONIO FUENTES FLORES LIC. MARIO A. GARZA ELIZONDO Director General Director Administrativo y de Operaciones

RÚBRICA RÚBRICA Orden No. 724.-16

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PERIODICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Viernes 16 de Mayo de 2003 PAGINA 18

seLesTa SELESTA BUSINES SOLUTIONS, S.A. DE C.V.

CONVOCATORIA

ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA DE

“SELESTA BUSINES SOLUTIONS”, S.A. DE C.V.

En términos de lo dispuesto en los artículos 186 y 187 de la Ley General de Sociedades Mercantiles, en nuestro carácter de Administrador Único y Comisario de la sociedad denominada “SELESTA BUSINES SOLUTIONS”, S.A. DE C.V, se convoca a los accionistas de esta sociedad a la Asamblea General Ordinaria que se celebrará el 2 de junio de 2003, a las 9:00 (nueve horas), en el domicilio social ubicado en el Municipio de San Pedro Garza García, N. L., por lo que tendrá verificativo en el Salón Guadalajara del “Novotel Accor” sito en avenida Lázaro Cárdenas número 3000 poniente, esquina Dr. Atl., colonia Valle Oriente, San Pedro Garza García, Nuevo León, a efecto de desahogar el siguiente:

ORDEN DEL DÍA

I.- Designación de escrutadores y lectura del Orden del Día.

II.- Informe Financiero del Administrador Único.

III.- Dictamen del Comisario.

IV.- Discusión, Aprobación o Modificación del Informe y Estados Financieros del Ejercicio de 2002.

V.- Aumento del Capital Social en la parte Variable.

VI.- Cambio de Domicilio social de la empresa VII.- Designación o ratificación en su caso, del Administrador único y Comisario de la Sociedad.

VIII.- Designación de Delegado Especial.

Procediendo en términos del artículo 186 de la Ley General de Sociedades Mercantiles y del artículo 13º de los Estatutos Sociales a la publicación de la presente convocatoria en el Periódico Oficial del Estado.

Monterrey, Nuevo León, a 9 de mayo de 2003.

A T E N T A M E N T E

ING. FRANCISCO RAÚL TORRE CORTES C.P. JORGE GALVÁN RAMÍREZ Administrador Único Comisario de la sociedad

RÚBRICAS Orden No. 719.-16

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PERIODICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Viernes 16 de Mayo de 2003 PAGINA 19

AVISO NOTARIAL

Se ha denunciado con esta fecha (14 de mayo de 2003) en la Notaría Pública a mi cargo, mediante Acta Fuera de Protocolo Número 8864 (ocho mil ochocientos sesenta y cuatro) el JUICIO HEREDITARIO ADMINISTRATIVO a bienes del señor OMAR gUZMÁN FLORES se convoca a toda persona que se considere con derecho a la herencia para que comparezca a deducirlo dentro de los treinta días contados a partir de la publicación de este Aviso Notarial. Se publica este aviso en cumplimiento a lo preceptuado por el Artículo 783 del Código de Procedimientos Civiles vigente en el Estado.

Sabinas Hidalgo, Nuevo León a 14 de mayo de 2003.

LIC. RODOLFO MIRELES GARZA NOTARIO PUBLICO NUMERO 128

MIGR-500829-739. rúbrica

Se publicará este Aviso por una sola vez en el Periódico Oficial y otro Periódico de amplia difusión.

Orden No. 727.-16

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PERIODICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Viernes 16 de Mayo de 2003 PAGINA 20

En la Ciudad De Monterrey, Capital del Estado de Nuevo León, a los 11 días del mes de noviembre del año 2002.

V I S T A, la solicitud del C. Licenciado CRUZ CANTU GARZA, Notario Público Titular Número 64, con demarcación notarial en el

Primer Distrito Registral y con domicilio en el Municipio de Monterrey, Nuevo León, para que le sea revocada la designación de adscripción expedida a favor del C. Licenciado GUSTAVO CARLOS FUENTEVILLA CARVAJAL, como Notario Público Suplente de esa Notaría Número 64, de fecha 14 de Septiembre de 1999, con fundamento en el articulo 46 de la Ley del Notariado del Estado de Nuevo León y como se pide en la misma, en uso de las Facultades que al Ejecutivo corresponden en la materia, SE REVOCA la adscripción del C. Licenciado GUSTAVO CARLOS FUENTEVILLA CARVAJAL, como Notario Público Suplente del C. Licenciado CRUZ CANTU GARZA, Titular de la Notaría Pública Número 64 con demarcación notarial en el Primer Distrito Registral y con domicilio en en Municipio de Monterrey, Nuevo León y se ordena de acuerdo a lo dispuesto por el Articulo 49 de la citada Ley, la cancelación de los registros a que se refieren los Artículos 30 fracción III, 31, 32, y 45 del mencionado ordenamiento legal. Notifíquese la presente Resolución a los interesados y publíquese por una sola vez en el Periódico Oficial del Estado y en uno de los diarios de mayor circulación que se editen en la Entidad.

Así lo resuelve y firma el C. Licenciado FERNANDO DE JESUS CANALES CLARIOND, Gobernador Constitucional del Estado de Nuevo León, ante el C. contador Publico JOSE MARIO GARZA BENAVIDEZ, Secretario General de Gobierno.-DAMOS FE.-

RUBRICA

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PERIODICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Viernes 16 de Mayo de 2003 PAGINA 21 CON ESTA FECHA A FOJA 98 DEL LIBRO II DE REGISTRO DE NOTARIOS, QUEDO REGISTRADA LA REVOCACION DE LA ADSCRIPCION DEL LIC. GUSTAVO CARLOS FUENTEVILLA CARVAJAL, COMO NOTARIO PUBLICO SUPLENTE, ASI COMO EL SELLO Y FIRMA , EN LOS TERMINOS DE LOS ARTICULOS 62 FRACCION III Y 63 DE LA LEY DEL NOTARIADO EN VIGOR.

Monterrey, N. L., a 5 de diciembre del 2002. EL C. SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO

RUBRICA

C.P. JOSE MARIO GARZA BENAVIDEZ

CON ESTA FECHA A FOLIO 68 VUELTA DEL TOMO I RESPECTIVO, QUEDO REGISTRADA LA REVOCACION DE LA PATENTE, EXPEDIDA A FAVOR DEL C. LICENCIADO GUSTAVO CARLOS FUENTEVILLA CARVAJAL, SUPLENTE DE LA NOTARIA PUBLICA NUM. 64, CON FUNDAMENTO A LO DISPUESTO POR EL ARTICULO 62 Y DEMAS RELATIVOS, DE LA LEY DEL NOTARIADO EN VIGOR.

Monterrey, N. L., a 20 de Enero de 2003 EL C. DIRECTOR DEL REGISTRO PUBLICO DE LA PROPIEDAD

Y DEL COMERCIO.

RUBRICA LIC. JOSE ANDRES GARZA TAMEZ

CON ESTA FECHA A FOLIO 167 VUELTA , DEL TOMO I RESPECTIVO, QUEDO REGISTRADA LA REVOCACION DE LA PATENTE ANTERIOR, EXPEDIDA A FAVOR DE EL C. LICENCIADO GUSTAVO CARLOS FUENTEVILLA CARVAJAL, SUPLENTE DE LA NOTARIA PUBLICA NUM. 64, CON FUNDAMENTO A LO DISPUESTO POR EL ARTICULO 62 Y DEMAS RELATIVOS, DE LA LEY DEL NOTARIADO EN VIGOR.

Monterrey, N. L., a 20 de Enero de 2003 EL PRIMER REGISTRADOR PUBLICO DE LA PROPIEDAD

Y DEL COMERCIO

RUBRICA LIC. IGNACIO ALANIS BRIONES

Orden No. 728.-16

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PERIODICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Viernes 16 de Mayo de 2003 PAGINA 22

AVISO DE ESCISION

En Asamblea Extraordinaria de Accionistas de la sociedad denominada SIERRA OSO MOTORS, S.A. DE C.V. celebrada el día 19 de Marzo de 2003 dos mil tres se tomó la resolución de escindir SIERRA OSO MOTORS, S.A. DE C.V. de conformidad con lo siguiente: - Se aprueba la escisión de SIERRA OSO MOTORS, S.A. DE C.V. a a partir de la fecha de la publicación en el periódico oficial del domicilio de la sociedad del acuerdo de escisión y de los balances correspondientes, respecto de los activos correspondientes a la explotación del giro de agencia automotriz incluyendo los derechos litigiosos derivados de la solicitud de la devolución del impuesto sobre automóviles nuevos correspondiente a los ejercicios fiscales 1992, 1993 y 1994 que actualmente se encuentra en litigio ante el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, mismos que pasarán a ser patrimonio de la sociedad mercantil de la cual ya se cuenta con el permiso de la Secretaría de Relaciones Exteriores y cuya denominación autorizada es PROMOTORA SIERRA OSO, S.A. DE C.V., actuando SIERRA OSO MOTORS, S.A. DE C.V. como escindente y PROMOTORA SIERRA OSO, S.A. DE C.V. como escindida. - PROMOTORA SIERRA OSO, S.A. DE C.V. asume todas las obligaciones correspondientes al activo escindido y se obliga a responder ante terceros de cualquier reclamo que pudiera surgir con motivo de esta escisión respecto de los activos escindidos. Por su parte SIERRA OSO MOTORS, S.A. DE C.V. se compromete a responder solidariamente ante cualquier reclamo de terceros que pudiera surgir con motivo de esta escisión. - La presente escisión surte efectos plenos a partir de la fecha de la publicación en el periódico oficial del domicilio de la sociedad del acuerdo de escisión y de los balances correspondientes, en virtud de que a esta fecha ya se liquidó el pasivo de SIERRA OSO MOTORS, S.A. de C.V. con BANCO SANTANDER MEXICANO S.A. y se encuentra en trámite de pago los pasivos con GENERAL MOTORS DE MÉXICO, S. DE R.L. DE C.V. y con GMAC MEXICANA, S.A. DE C.V. -En virtud de los acuerdos asumidos por los accionistas de SIERRA OSO MOTORS, S.A. DE C.V. , los activos, pasivos, capital social y contable que no se escinden a PROMOTORA SIERRA OSO, S.A. DE C.V. quedan bajo la titularidad de SIERRA OSO MOTORS, S.A. DE C.V. El texto completo de la resolución de escisión se encuentra a disposición de socios y acreedores en el domicilio social de SIERRA OSO MOTORS, S.A. DE C.V. durante un plazo de 45 cuarenta y cinco días naturales Santa Catarina, Nuevo León, a 19 de Marzo de 2003.

__________________________Rubrica_________________________ EL DELEGADO DE LA ASAMBLEA DE ACCIONISTAS

DE SIERRA OSO MOTORS S.A. DE C.V.

SR. JESÚS GUSTAVO MARTINEZ CHAVEZ

Orden No. 731.-16 Orden No. 732.-16

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PERIODICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Viernes 16 de Mayo de 2003 PAGINA 23

PROMOTORA SIERRA OSO, S.A. DE C.V. BALANCE GENERAL AL 15 DE MARZO DE 2003

ACTIVO PASIVO CIRCULANTE CIRCULANTE Caja y Bancos 2,438,407 Cuentas por pagar 58,788,902 Cuentas por Cobrar 35,975,473 _________ Inventarios 38,355,979 Total pasivo circulante 58,788,902 _________ _________ Total Activo Circulante 76,769,859 Total del pasivo diferido 14,329,722 _________ ________ TOTAL PASIVO 73,118,624 Total Activo Fijo Neto 7,089,864 CAPITAL CONTABLE _______ Total Otros Activos 491,420 TOTAL CAPITAL CONTABLE 11,232,519 ________ TOTAL ACTIVO 84,351,143 TOTAL PASIVO MAS 84,351,143 CAPITAL CONTABLE

___________Rúbrica____________ Jesús Gustavo Martínez Chávez

Delegado de la Asamblea

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PERIODICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Viernes 16 de Mayo de 2003 PAGINA 24

SIERRA OSO MOTORS, S.A. DE C.V. BALANCE GENERAL AL 15 DE MARZO DE 2003

ACTIVO PASIVO CIRCULANTE CIRCULANTE Inventarios 100,000 Capital Social 100,000 TOTAL ACTIVO 100,000 TOTAL CAPITAL CONTABLE 100,000

___________Rúbrica____________ Jesús Gustavo Martínez Chávez

Delegado de la Asamblea

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PERIODICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Viernes 16 de Mayo de 2003 PAGINA 25

GOBIERNO DEL MUNICIPIO DE DR. ARROYO, N.L. DIRECCION DE OBRAS PUBLICAS

CONVOCATORIA PUBLICA NACIONAL El gobierno del Municipio de Dr.. Arroyo, N.L. , a través de la Dirección de Obras Públicas, en cumplimiento con lo dispuesto en la ley de Obras Públicas para el Estado y Municipios de Nuevo León, convoca a las personas Físicas y Morales que tengan interés en participar en la licitación de Obra Pública con base a contrato, a precio unitario y tiempo determinado que será ejecutada con recursos de la partida “Proyectos de Obra por Conducto de Municipios”, la obra que a continuación se describe:

Obra No. de Licitación

Costo de las Bases

Visita a Lugar de la

Obra

Junta Aclaraciones

Presentación de

Proposiciones y A. Técnica

Acto de Apertura

Económica Inicio y Término

Capital ContablDra-01/03

Construcción de camino

San Ignacio de Texas-San José del Sitio

$1,500.00 Oficinas de la Dirección de

Obras Públicas

5 Junio 2003 11:00 horas Lugar de la Obra

6 Junio 2003 11:00

horas Oficinas de la Dirección

de Obras Públicas

19 Junio 2003 12:00 horas Sala

de Juntas de la

Presidencia Municipal

23 Junio 2003 12:00 horas Sala

de Juntas de la

Presidencia Municipal

30 Junio 2003 1 Agosto 2003

$500,000

La fecha límite para la adquisición de las bases e inscripción en la licitación serán el día 31 de mayo 2003 14:00 Horas. La forma de pago de las bases serán con cheque certificado a nombre de la Tesorería Municipal de Dr..Arroyo, N.L La descripción detallada de los trabajos a ejecutar para la obra y especificaciones se señalan dentro de las bases de la licitación.

I. REQUSISTOS QUE DEBERAN CUMPLIR LOS INTERESADOS Los interesados deberán presentar la siguiente documentación y otorgarán en su caso, las facilidades necesarias a la convocante paracomprobar su veracidad. A) Solicitud escrita, firmada por el concursante o su representante legal, manifestando su interés en participar. B) El capital contable mínimo requerido se acreditará con el último Estado Financiero Auditado por un Contador Público Independiente,debiendo anexar copia de la cédula profesional del auditor y registro en la SHCP presentándose en papel membretado del auditor odeclaración fiscal del 2002 C) Testimonio del acta constitutiva y modificaciones en caso de personas Morales, o identificación con fotografía en caso de ser personaFísica; en ambos casos se deberá acompañar con una copia de la Cédula del Registro Federal de Contribuyentes. D) Declaración escrita bajo protesta de decir la verdad, de encontrarse en los supuestos señalados en el Artículo 44 y 111 de la Ley de ObrasPúblicas para el Estado y Municipios de N.L. E) La experiencia técnica se acreditará con curriculum de la Empresa o los técnicos responsables de la obra que demuestren la experiencia enObras similares a la Convocatoria Y que dispone del equipo mínimo indispensable para le ejecución de la Obra. F) En su caso, registro actualizado en la Cámara que le corresponda. G) En el caso de asociación en participación, los requisitos deberán ser presentados por cada uno de los asociados y asociantes, así como elcontrato simple de asociación.

II. VENTA Y ENTREGA DE DOCUMENTOS 2.1 La convocante, a quienes cumplen con todos los requisitos de la presente convocatoria, previa aceptación, les proporcionará basesde licitación, presentando su comprobante de pago en la Dirección de Obras Públicas ubicada en Garza Ayala S/N, Dr.. Arroyo, N.L , apartir de la fecha de convocatoria, de lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas. Hasta la fecha límite de venta de Bases. 2.2 La adjudicación se ajustará a los criterios que establece la Ley de Obras Públicas para el Estado y Municipios de Nuevo León. 2.3 El idioma en que se deberá presentar la proposición será el español. 2.4 Condiciones de pago por estimaciones que abarcan periodos no mayores de treinta días naturales, por los trabajos ejecutados en loscuales serán pagados dentro de un plazo no mayor a 20 días hábiles a partir del ingreso en Tesorería. III. ANTICIPO Se otorgará un anticipo del 30% (Treinta por ciento) del valor total del contrato (10% para inicio de la Obra y 20% para la compra yproducción de materiales de construcción, adquisición de equipos de instalación permanente y de más insumos necesarios, del valor delcontrato). IV. APERTURA DE PROPOSICIONES La presentación y apertura de proposiciones del concurso se efectuará en la fecha y hora indicada en la sala de Juntas de la PresidenciaMunicipal y será de acuerdo a la Ley de Obras Públicas para el Estado y Municipios de Nuevo León. El Gobierno del Municipio de Dr.. Arroyo, N.L., a través de la Dirección de Obras Públicas, se reserva el derecho de rechazar lasproposiciones que no reúnan las condiciones Técnicas o Económicas establecidas en los Paquetes de la documentación. V. CRITERIOS GENERALES DE ADJUDICACION El Gobierno del Municipio de Dr.. Arroyo, N.L., a través de la Dirección de Obras Públicas, con base en el Análisis Comparativo de lasproposiciones admitidas y en su propio presupuesto de la Obra, elaborará un dictamen que servirá como fundamento para emitir el fallopara adjudicar el contrato a la persona o Empresa que, de entre los proponentes A) Reúnan las condiciones legales, técnicas y económicasrequeridas por la convocante y garantice el cumplimiento del contrato. B) Que haya presentado la oferta más acorde y conveniente para elMunicipio.

DR. ARROYO, N. L., A 15 DE MAYO DE 2003 GOBIERNO DEL MUNICIPIO DE DR. ARROYO

C. PRESIDENTE MUNICIPAL LIC. JUAN FRANCISCO ESPINOZA EGUIA

Orden No. 733.-16

DIRECTOR DE OBRAS PUBLICAS ARQ. MIGUEL ANGEL ALVARADO DEGOLLADO

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AVISO DE FUSION CON FUNDAMENTO EN LO QUE DISPONE EL ARTICULO 223 DE LA LEY GENERAL DE SOCIEDADES MERCANTILES, SE COMUNICA A LOS INTERESADOS Y AL PUBLICO EN GENERAL LA FUSION DE LLANTAS AGROINDUSTRIALES DEL NORTE SA DE CV, COMO SOCIEDAD FUSIONANTE Y ENSAMBLES AGROINDUSTRIALES S.A. DE C.V. COMO SOCIEDAD FUSIONADA, CON EFECTOS A PARTIR DEL DIA 31 DE MARZO DEL 2003. EL DOMICILIO DE LA SOCIEDAD FUSIONANTE, ES LA CIUDAD DE APODACA, NUEVO LEON Y DE LA SOCIEDAD FUSIONADA EN LA CIUDAD DE APODACA, NUEVO LEON.

APODACA, N.L. A 11 DE ABRIL DEL 2003

RUBRICA POR “ LA SOCIEDAD FUSIONANTE”

LLANTAS AGROINDUSTRIALES DEL NORTE, S.A. DE C.V. REPRESENTADA POR ALFONSO LOPEZ VALENCIA

RUBRICA

POR “ LA SOCIEDAD FUSIONADA”

ENSAMBLES AGROINDUSTRIALES, S.A. DE C.V. REPRESENTADA POR ALFONSO ORTIZ MOLINA

LLANTAS AGROINDUSTRIALES DEL NORTE SA DE CV CARR MIGUEL ALEMAN KM 15.1, APODACA, N.L., 66600 TEL (8) 321-21-90 FAX (8) 321-14-40

Orden No. 734.-16

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LLANTAS AGROINDUSTRIALES DEL NORTE, S. A. DE C. V.

ESTADO DE POSICION FINANCIERA AL 28 DE FEBRERO DEL 2003

A C T I V O P A S I V O

D I S P O N I B L E A CORTO PLAZO Efectivo en caja y bancos $ 597,511.94 Proveedores nacionales $ 5,916,096.49 Proveedores extranjeros 7,181,227.42 Acreedores diversos 340,280.38 Impuestos por pagar 515,831.55 Iva trasladado 2,637,944.94 CUENTAS Y DOCUMENTOS POR $ 16,591,380.78 COBRAR Clientes $ 9,615,248.24 Deudores Diversos 367,215.32 Funcionarios y Empleados 144,168.71 Anticipo a proveedores 57,000.00 Iva acreditable 64,320.83 Anticipo de Impuestos 87,071.50 $ 10,335,024.60

INVERSIONES DE LOS ACCIONISTAS

Capital social $ 150,000.00 INVENTARIOS $ 2,801,309.70 PROPIEDADES Y EQUIPO Mobiliario y equipo de oficina $ 55,524.32 Dep. Acum. Mobiliario y eq. Oficina Equipo de computo 31,816.00 RESULTADOS POR APLICAR

Dep. Acum. Equipo de computo Utilidades Acumuladas de ejercic. Anter. $ -2,676,922.31

Maquinaria y equipo 8,692.91 Utilidad del ejercicio 44,867.09 Dep. Acum. Maquinaria y equipo Herramienta y equipo Dep. Acum. Herramienta y equipo $ 96,033.23 $ (2,632,055.22) DIFERIDO

Depositos en garantia $ 130,000.00 SUMA INVERSION DE ACCIONISTAS $ (2,632,055.22)

Gastos de Instalacion 149,446.09 Amortizaciones $ 279,446.09

SUMA EL PASIVO MAS LA INVERSION

SUMA EL ACTIVO $ 14,109,325.56 DE LOS ACCIONISTAS $ 14,109,325.56

Orden No. 735.-16

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LLANTAS AGROINDUSTRIALES DEL NORTE, S. A. DEC. V.

ESTADO DE RESULTADOS CONSOLIDADO DEL 01 DE ENERO AL 28 DE FEBRERODEL 2003

LLANTAS ENSAMBLES AGROINDUSTRIALES AGROINDUSTRIALES DEL NORTE

S. A. DE C. V. S. A. DE C. V. CONSOLIDADO Ventas $ 174,979.92 $ 5,321,548.48 $ 5,496,528.40 Devoluciones y descuentos sobre ventas 5,153.05 165,101.17 VENTAS NETAS $ 169,826.87 $ 5,156,447.31 $ 5,326,274.18 Costo de ventas 104,534.83 4,204,015.28 4,308,550.11 UTILIDAD BRUTA $ 65,292.04 $ 952,432.03 $ 1,017,724.07 Gastos de operación 721,916.63 721,916.63 Gastos de importacion 103,938.11 UTILIDAD DE OPERACIÓN $ 65,292.04 $ 126,577.29 $ 295,807.44 Productos financieros 126159.36 Gastos financieros 207869.56 UTILIDAD NETA $ 65,292.04 $ 44,867.09 $ 295,807.44

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ENSAMBLES AAGROINDUSTRIALES, S. A. DEC. V.

ESTADO DE RESULTADOS DEL 01 DE ENERO AL 28 DE FEBRERODEL 2003

Ventas $ 174,979.92Devoluciones y descuentos sobre ventas 5,153.05 VENTAS NETAS $ 169,826.87 Costo de ventas 104,534.83 UTILIDAD BRUTA $ 65,292.04 Gastos de operación Gastos de importacion UTILIDAD DE OPERACIÓN $ 65,292.04 Productos financieros Gastos financieros UTILIDAD NETA $ 65,292.04

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PERIODICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Viernes 16 de Mayo de 2003 PAGINA 30

LLANTAS AGROINDUSTRIALES DEL NORTE, S. A. DEC. V.

ESTADO DE RESULTADOS DEL 01 DE ENERO AL 28 DE FEBRERODEL 2003

Ventas $ 5,321,548.48

Devoluciones y descuentos sobre ventas 165,101.17

VENTAS NETAS $ 5,156,447.31

Costo de ventas 4,204,015.28

UTILIDAD BRUTA $ 952,432.03

Gastos de operación 721,916.63

Gastos de importacion 103,938.11

UTILIDAD DE OPERACIÓN $ 126,577.29

Productos financieros 126159.36

Gastos financieros 207869.56

UTILIDAD NETA $ 44,867.09

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AVISO DEL SISTEMA DE EXTINCIÓN DE PASIVOS DE SOCIEDAD FUSIONADA ENSAMBLES AGROINDUSTRIALES, S.A. DE C.V., COMO SOCIEDAD FUSIONADA CON LLANTAS AGROINDUSTRIALES DEL NORTE, S.A. DE C.V. COMUNICA A SUS ACREEDORES QUE SUS PASIVOS, HASTA DONDE ALCANCEN SUS ACTIVOS SERAN CUBIERTOS POR LA SOCIEDAD FUSIONANTE, CON DOMICILIO EN CARRETERA MIGUEL ALEMAN KM. 15.1 DE LA CIUDAD DE APODACA ESTADO DE NUEVO LEON

RUBRICA ENSAMBLES AGROINDUSTRIALES, S.A. DE C.V. REPRESENTADA POR ALFONSO ORTIZ MOLINA

LLANTAS AGROINDUSTRIALES DEL NORTE SA DE CV CARR MIGUEL ALEMAN KM 15.1, APODACA, N.L., 66600 TEL (8) 321-21-90 FAX (8) 321-14-40

Orden No. 736.-16

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EDICTO

Al margen un sello que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Juzgado Mixto de Primera Instancia del Sexto Distrito Judicial en el Estado.- Linares, N.L.- Orden No. 729.-16

EDICTO

Al margen un sello que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Juzgado Mixto de Primera Instancia del Octavo Distrito Judicial en el Estado.- Cerralvo, N.L.-

Con fecha de 7 – siete de Mayo de 2003 – dos mil tres, seradico en este Juzgado Mixto de Primera Instancia delOctavó Distrito Judicial en el Estado, bajo el número deexpediente 125/2003 JUICIO SUCESORIO DE INTESTADOA BIENES DE IRENE HERNANDEZ AGUIRRE, promovidopor PEDRO GONZALEZ GONZALEZ .Habiéndose ordenadopor auto de esa misma fecha la publicación de un edicto enel Periódico Oficial del Estado y el Periódico Porvenir que seeditan en la Ciudad de Monterrey, Nuevo León , convocandoa las personas que se crean con derecho a la herencia a finde que lo deduzcan en un plazo de 30-treinta días, contadosal siguiente de la ultima publicación.- DAMOS FE.- Orden No. 725.-16

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PERIODICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Viernes 16 de Mayo de 2003 PAGINA 33

EDICTO

Al margen un sello que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Juzgado Mixto de Primera Instancia del Octavo Distrito Judicial en el Estado.- Cerralvo, N.L.- Con fecha 23 veintitrés de Abril del 2003 dos mil tres, seradicó en este Juzgado Mixto de Primera Instancia delOctavo Distrito Judicial en el Estado, bajo el expediente No.116/2003 JUICIO SUCERIO DE INTESTADO A BIENES DEMAURO FLORES POMPA promovido por MARIA DEJESUS LOPEZ CAMPOS Y OTROS, Habiéndose ordenadopor autos de esa misma fecha la publicación de un edicto enel Periódico Oficial del Estado y el Porvenir de la ciudad deMonterrey N.l.; convocando a las personas que se crean conderecho a la herencia a fin que lo deduzcan en un plazo de30 treinta días, contados al siguiente de la publicación.Damos fe……

CERRALVO N.L. A 24 DE ABRIL DEL 2003 EL C. JUEZ MIXTO DE PRIMERA INSTANCIA

DEL OCTAVO DISTRITO JUDICIAL EN EL ESTADO

LIC. LUIS ESTRADA NUÑEZ Orden No. 721.-16

EDICTO

Al margen un sello que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Juzgado Mixto de Primera Instancia del Octavo Distrito Judicial en el Estado.- Cerralvo, N.L.-

Con fecha 8 ocho de Abril del 2003 dos mil tres, se radicó eneste Juzgado Mixto de Primera Instancia del Octavo DistritoJudicial en el Estado, bajo el expediente No. 112/2003JUICIO SUCESORIO DE INTESTADO ACUMULADO ABIENES DE S'IMON MARTINEZ MARTINEZ Y ABELINARODRIGUEZ MENDEZ promovido por DAMIAN, SIMONA,ADELINA Y EVANGELINA MARTINEZ BENAVIDEZ.Habiéndose ordenado por auto de esa misma fecha lapublicación de un edicto en el Periódico Oficial Del Estado yEl Porvenir de la Ciudad de Monterrey N. L- convocando alas personas que se crean con derecho a la herencia a finque lo deduzcan en un plazo de 30 treinta días, contados alsiguientes d a publicación. Damos fe ------------------- ---------------------------------------------------

CERRALVO N.L. A 24 DE ABRIL DEL 2003 EL C. JUEZ MIXTO DE PRIMERA INSTANCIA

DEL OCTAVO DISTRITO JUDICIAL EN EL ESTADO

LIC. LUIS ESTRADA NUÑEZ Orden No. 722.-16

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PERIODICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Viernes 16 de Mayo de 2003 PAGINA 34 Orden No. 719.-16

EDICTO

Al margen un sello que dice: ILEGIBLE Con fecha 22 – veintidós de enero del año en curso, seradicó en este Juzgado, bajo el expediente número 4/2003,el JUICIO DE INTESTADO A BIENES DE GUADALUPEGARZA TIJERINA VIUDA DE GARCÍA, denunciado porNARCISO GARCÍA GARZA; ordenándose publicar un edictopor una sola vez en el Periódico Oficial del Estado, en elPorvenir, de Monterrey, Nuevo León, así como en el BoletínJudicial del Estado, conforme al diverso 819, del Código deProcedimientos Civiles en vigor, convocando para que losque se crean con derecho a la herencia, ocurran a esteJuzgado a deducirlo en el término de 30 – treinta díascontados desde la fecha de la publicación del edicto.

“SUFRAGIO EFECTIVO NO REELECCIÓN” CHINA, NUEVO LEÓN, MARZO 14 DE 2003.

EL C. SECRETARIO DEL JUZGADO MIXTO DE PRIMERA INSTANCIA DEL DÉCIMO SEGUNDO DISTRITO JUDICIAL

DEL ESTADO

RUBRICA

LIC. JULIO ALBERTO NOLASCO TORRES Orden No. 726.-16

Orden No. 720.-16-19-21

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PERIODICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Viernes 16 de Mayo de 2003 PAGINA 35 Orden No. 718.-16-19-21

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PERIODICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Viernes 16 de Mayo de 2003 PAGINA 36

PRIMER EDICTO

Al margen un sello que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Juzgado Cuarto de lo Civil del Primer Distrito Judicial en el Estado.- Monterrey, N.L.- AL C. JOSÉ HILARIO MORA LLAMAS .- DOMICILIO IGNORADO En fecha 11 de Junio del 2002-dos mil dos, se radico en elJuzgado Cuarto de lo Civil del Primer Distrito Judicial en elEstado, el expediente número 389/2002 relativo al JUICIOORDINARIO CIVIL que promueve LEONARDO REYNAMARTÍNEZ en contra de JOSÉ HILARIO MORA LLAMAS ypor auto de fecha 18 de Septiembre del año dos mil dos, seordeno emplazar a la parte demandada JOSÉ HILARIOMORA LLAMAS por medio de Edictos que deberánpublicarse por tres veces consecutivas en el Periódico Oficialdel Estado, en el Periódico el Norte que se edita en estaciudad, publicación que igualmente se hará en el BoletínJudicial a fin de que dentro del término de 9-nueve díasproduzca su contestación. En la inteligencia de que elemplazamiento hecho de esta manera surtirá sus efectosdiez días después contados desde el siguiente de la últimapublicación. Finalmente prevéngasele a la parte demandadaa fin de que señale domicilio en esta ciudad para los efectosde oír y recibir notificaciones, con el apercibimiento de queen caso de no hacerlo así, las subsecuentes notificaciones,las pendientes y aún las de carácter personal se lepracticarán por medio de Instructivo que para tal efecto secoloque en la Tabla de Avisos de éste Juzgado, confundamento en el artículo 68 del Código de ProcedimientosCiviles en vigor. DOY FE.- SECRETARIO DEL JUZGADO CUARTO DE LO CIVIL DEL

PRIMER DISTRITO JUDICIAL EN EL ESTADO. LIC. SONIA MARICELA ALCANTAR HERRERA.

RUBRICA. Orden No. 723.-16-19-21

PRIMER EDICTO

Al margen un sello que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Juzgado Octavo de lo Civil del Primer Distrito Judicial en el Estado.- Monterrey, N.L.-

A LA C. A LA C. LETICIA GONZALEZ RAMOS CON DOMICILIO DESCONOCIDO. EN FECHA 21-VEINTIUNO DE NOVIEMBRE DEL 2002-DOS CIVIL DEL PRIMER DISTRITO JUDICIAL EN EL ESTADO, BAJO EL NUMERO 872/02 EL JUICIO ORDINARIO CIVIL PROMOVIDO ARMANDO BANDA REYES Y NORA ALICIA CONTRERAS ELIAS EN CONTRA DE LETICIA GONZALEZ RAMOS Y MEDIANTE AUTO DE FECHA 27-VEINTISIETE DE FEBRERO DEL 2003-DOS MIL TRES SE ORDENO EMPLAZAR A LA PARTE DEMANDADA LETICIA GONZALEZ RAMOS MEDIANTE EDICTOS QUE DEBERAN PUBLICARSE POR TRES VECES CONSECUTIVAS EN EL PERIODICO OFICIAL DEL ESTADO, EN EL BOLETIN JUDICIAL Y EN PERIODICO EL PORVENIR, A FIN DE QUE OCURRA AL LOCAL DE ESTE JUZGADO A PRODUCIR SU CONTESTACION DENTRO DEL TERMINO DE NUEVE DIAS SI PARA ELLO TUVIERE EXCEPCIONES LEGALES QUE HACER VALER. EN LA INTELIGENCIA DE QUE LAS NOTIFICACIONES HECHAS DE ESTA MANERA SURTIRAN SUS EFECTOS A LOS DIEZ DIAS CONTADOS A PARTIR DE SU ULTIMA PUBLICACION. APERCIBIENDOLA PARA QUE SEÑALE EL DOMICILIO PARA EFECTO DE OIR Y RECIBIR NOTIFICACIONES EN ESTA CIUDAD Y EN CASO DE NO HACERLO ASI LAS POSTERIORES NOTIFICACIONES DE CARACTER PERSONAL SE LE HARAN EN LA FORMA PREVISTA POR EL ARTICULO 68 DE CODIGO PROCESAL CIVIL. EN LA INTELIGENCIA DE QUE LAS COPIAS DE TRASLADO SE ENCUENTRAN A SU DISPOSICION EN ESTE JUZGADO DOY FE. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

C. SECRETARIO

LIC. BEATRIZ MAGALY VILLAREAL ARAMBULA RUBRICA

Orden No. 730.-16-19-21

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PERIODICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Viernes 16 de Mayo de 2003 PAGINA 37 Orden No. 719.-16

PRIMER EDICTO

Al margen un sello que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Juzgado Mixto de lo Civil Familiar de Primera Instancia del Quinto Distrito Judicial en el Estado.- Cadereyta Jiménez , N.L.-

En la Ciudad de Cadereyta Jiménez, Nuevo León, dentro delos autos del expediente número 325/2003, relativo alJUICIO ORDINARIO CIVIL SOBRE DIVORCIONECESARIO, promovido por CESAR ALAN VILLASANAPEÑA en contra de GRACIELA MARCELA PENABOMGIOANNI, se dicto un proveído en fecha 9- nueve deAbril del año 2003-dos mil tres, en el cual se ordeno lapublicación de un edicto por tres veces consecutivas en elperiódico oficial, en el Porvenir y en el Boletín Judicial en lainteligencia de que dicha notificación surtirá sus efectos alos diez días contados desde el día de la ultima publicaciónde los edictos ordenados quedando a disposición de lademanda GRACIELA MARCELA PENA BOMGIOANNI, lascopias de la demanda y documentos anexados a fin de quedentro del termino de 9-nueve días ocurra a producir sucontestación y oponer las defensas y excepciones de suintención si las tuviere.

Cadereyta Jiménez, Nuevo León, a 10 de Abril del 2003. EL C. SECRETARIO DEL JUZGADO MIXTO DE LO CIVIL Y

FAMILIAR DEL QUINTO DISTRITO JUDICIAL EN EL ESTADO.

LIC. JORGE SAUL GOMEZ ALARCÓN. Rubrica

Orden No. 716.-16-19-21

TERCER EDICTO

Al margen un sello que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Juzgado Décimo Tercero de lo Civil del Primer Distrito Judicial en el Estado.- Monterrey, N.L.- A LOS C.C. EDUARDO REYES GARZA Y MARIA EMMA CORONADO SALINAS.- DOMICILIO IGNORADO.-

Orden No. 697.-12-14-16

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PERIODICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Viernes 16 de Mayo de 2003 PAGINA 38 Orden No. 707.-14

SEGUNDO EDICTO

Al margen un sello que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Juzgado Tercero de lo Civil del Primer Distrito Judicial en el Estado.- Monterrey, N.L.- AL C. EDUARDO CARLOS TIJERINA MORALES, CON DOMICILIO IGNORADO En el Juzgado Tercero de lo Civil del Primer Distrito Judicial en el Estado, se radicó en el expediente Judicial número 967/2001 relativo al JUICIO ORDINARIO MERCANTIL promovido por JOSE LUIS RODRIGUEZ LARA, en contra de Usted, y mediante proveído de fecha 12-doce de Marzo del año dos mil tres, se ordenó emplazar al referido demandado por medio de edictos, ordenándose emplazar para que dentro del término de 9-nueve días conteste lo que a su derecho hecer valer; quedando en la Secretaría de este Juzgado las copias simples de traslado para su debida instrucción, previniéndosele para que señale domicilio convencional para los efectos de oír y recibir notificaciones en cualquiera de los municipios señalados en el artículo 68 del Código de Procedimientos iviles vigente en el Estado, aplicado supletoriamente a la materia mercantil, con el apercibimiento de que en caso de no hacerlo así, las posteriores notificaciones de carácter personal le surtirán sus efectos por medio del Boletín Judicial. En la inteligencia de que los edictos ordenados se deberán publicar por tres veces consecutivas en el Periodico Oficial del Estado, en la inteligencia que dicha notificación surtirá sus efectos a los diez días contados desde el siguiente al de la última publicación de conformidad con el artículo 1070 del Código de Comercio en el País. Monterrey, Nuevo León a 24 de Abril de 2003-dos mil tres.

C. SECRETARIO DEL JUZGADO TERCERO DE LO CIVIL. LIC.

MARCOS VILLALOBOS HUERTA.. RUBRICA.-

Orden No. 702.-14-16-19

SEGUNDO EDICTO

Al margen un sello que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Juzgado Octavo de lo Civil del Primer Distrito Judicial en el Estado.- Monterrey, N.L.- AL C. Representante Legal de FRACCIONAMIENTOS URBANOS DE MONTERREY, S.A. DOMICILIO: IGNORADO Por auto de fecha 15-quince de Noviembre del año 2002-dos mil dos, se radico el expediente numero 867/2002 relativo al JUICIO ORDINARIO CIVIL promovido por MINERVA GARZA HUERTA en contra de FRACCIONAMIENTOS URBANOS DE MONTERREY, S. A. Y EL DIRECTOR DEL REGISTRO PUBLICO DE LA PROPIEDAD Y COMERCIO ordenándose posteriormente por auto de fechas 18-dieciocho de Marzo del 2003-dos mil tres, emplazar al codemandado FRACCIONAMIENTOS URBANOS DE MONTERREY, S. A., por conducto de su representante legal, por medio de edictos que deberán publicarse por tres veces consecutivas en el Periódico Oficial del Estado, en el Boletín Judicial y en el Periódico El Porvenir, a fin de que dentro del termino de 09-nueve días produzca su contestación, si para ello tuviere excepciones o defensas legales que hacer valer, en la inteligencia de que el emplazamiento hecho de esta manera, surtirá sus efectos diez días contados desde el siguiente al de la ultima publicación, quedando en la Secretaria de este Juzgado las copias del traslado del presente juicio a disposición de la parte demandada. Así mismo se le previene a la demandada para que señale domicilio en esta Ciudad, bajo el apercibimiento que de no hacerlo así, las subsecuentes notificaciones de carácter personal, se le harán conforme a las reglas establecidas en el articulo 68 del Código de Procedimientos Civiles.- Doy Fe.

C. SECRETARIO LIC. MARTHA ELENA VAZQUEZ RAMOS.

RUBRICA..

Orden No. 709.-14-16-19

Page 39: 063 POE XCONTENIDO 16 DE MAYO DE 2003...JUDICIAL CERRALVO, N.L., EDICTO EXPEDIENTE NO. 112/2003..... 33 JUZGADO MIXTO DE PRIMERA INSTANCIA DEL DÉCIMO SEGUNDO DISTRITO JUDICIAL …

PERIODICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Viernes 16 de Mayo de 2003 PAGINA 39

SEGUNDO EDICTO

Al margen un sello que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Juzgado Séptimo de lo Familiar del Primer Distrito Judicial en el Estado.- Monterrey, N.L.- AL C. GUILLERMO QUIROZ CABRERA DOMICILIO IGNORADO

En fecha veintidós de Octubre del año dos mil tres, se admitieron atrámite por este Juzgado, con el número de expediente judicial2540/2002 , las DILIGENCIAS DE JURISDICCIÓN VOLUNTARIASOBRE ADOPCIÓN PLENA promovidas ante este juzgado porROGELIO RAMÍREZ RAMÍREZ Y JOSEFINA FONSECAGOMEZ, ordenándose en fecha posterior la publicación de unedicto por una tres veces consecutivas en el Periódico Oficial,Boletín Judicial y periódico El Porvenir que se editan en la Entidad,a fin de que dentro de lo improrrogable término de tres días,contados a partir del siguiente al de la última publicación del edictoque se ordena, comparezca ante esta Autoridad a expresar siotorga su consentimiento para que tenga lugar la adopciónpretendida por los promoventes respecto de su menor hijaANDREA QUÍROZ RAMÍREZ. En la inteligencia de que talnotificación surtirá sus efectos a los diez días contados a partir dela última publicación del edicto ordenado.- DOY FE.-

Monterrey, Nuevo León, a 08 de Mayo del año 2003 LA C. SECRETARIO DEL JUZGADO SÉPTIMO FAMILIAR

DEL PRIMER DISTRITO JUDICIAL EN EL ESTADO

LICENCIADA BERTA ALICIA PADRÓN FLORES RUBRICA

Orden No. 698.-14-16-19

SEGUNDO EDICTO

Al margen un sello que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Juzgado Mixto de Primera Instancia del Séptimo Distrito Judicial en el Estado.- Doctor Arroyo, N.L.- AL C. RAFAEL SEGURA MASCORRO .- DOMICILIO IGNORADO. Con fecha 27-veintisiete de Marzo del año 2003-dos mil tres, seradicó en este Juzgado el Expediente N° 209/2003, formado conmotivo de JUICIO ORDINARIO CIVIL SOBRE DIVORCIONECESARIO promovido por MARIA DEL ROSARIO ROBLESDELGADO en contra de Usted; habiéndose ordenado lapublicación de un Edicto por tres veces consecutivas en elPeriódico Oficial del Estado y en el Diario “EL Porvenir” que seedita en la ciudad de Monterrey, N.L., lo anterior de conformidadcon lo dispuesto por el Artículo 73 del Código de ProcedimientosCiviles vigente en el Estado en virtud de que se ignora su domicilioa fin de que dentro del término legal de 9 días contados a partir dela última publicación, ocurra al local de este Juzgado a contestar lademanda instaurada en su contra, en la inteligencia de que lascopias de traslado quedan a su disposición en este Juzgado.-DOY FE.----------------------------

Dr. Arroyo, N.L., a 09 de Mayo del 2003 EL C. SECRETARIO DEL JUZGADO MIXTO DE PRIMERA INSTANCIA DEL SEPTIMO DISTRITO

JUDICIAL EN EL ESTADO.

LIC. MARCO ANTONIO REYNA EGUIA. Orden No. 699.-14-16-19

Page 40: 063 POE XCONTENIDO 16 DE MAYO DE 2003...JUDICIAL CERRALVO, N.L., EDICTO EXPEDIENTE NO. 112/2003..... 33 JUZGADO MIXTO DE PRIMERA INSTANCIA DEL DÉCIMO SEGUNDO DISTRITO JUDICIAL …

PERIODICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Viernes 16 de Mayo de 2003 PAGINA 40

TERCER EDICTO Al margen un sello que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Juzgado Noveno de lo Familiar .- Monterrey, N.L.- A LOS C. C. ALEJANDRO CARDONA CARDONA Y JUANA GONZALEZ SANTILLAN.- DOMICILIO IGNORADO.-

Por auto de fecha 11 once de Abril del año de 2003 dos mil tres, se admitió a tramite en el Juzgado Novenode lo Familiar del Primer Distrito Judicial del Estado, el JUICIO ESPECIAL SOBRE PERDIDA DE LAPATRIA POTESTAD respecto de la menor DANIELA MICHELLE CARDONA GONZALEZ bajo el número deexpediente 582/03, promovido por el Ciudadano Licenciado CESAR AUGUSTO VIGIL GARCIA, en sucarácter de Agente del Ministerio Público de la Procuraduría General de Justicia del Estado de Nuevo Leónen contra de MARIA ELIZABETH CARDONA GONZALEZ, ALEJANDRO CARDONA CARDONA Y JUANAGONZALEZ SANTILLAN, ordenándose emplazar a los señores ALEJANDRO CARDONA CARDONA yJUANA GONZALEZ SANTILLAN por medio de edictos que se publicaran por 3-tres veces consecutivas enel Periódico Oficial, Boletín Judicial, así como en el Periódico el Porvenir que se editan en la Entidad,emplazándolos para que dentro del término de 5 cinco días acudan ante ésta presencia judicial a producir sucontestación y opongan las excepciones o defensas legales de su intención, quedando para ello a sudisposición en la secretaria de este Juzgado, las copia simples de la demanda y documentos acompañadosen la misma, debidamente sellados y requisitados que lo sean por la secretaria de este Juzgado, para elefecto de que se instruyan del presente juicio, previniéndoseles para que señalen domicilio para oír y recibirnotificaciones en cualquiera de los municipios de Apodaca, General Escobedo, Guadalupe, Monterrey, SanNicolás de los Garza, San Pedro Garza García y Santa Catarina, Nuevo León; apercibidos de que de nohacerlo en el plazo señalado, las subsecuentes notificaciones personales se efectuarán a través instructivoque se fije en la tabla de avisos que para tal efecto se lleva en este H. Juzgado; en la inteligencia de que lanotificación hecha de esta forma surtirá sus efectos a los tres días siguientes al de la última notificación,atento lo previsto por el citado numeral 732 Bis II del Código Procesal Civil en consulta.- Doy Fe.-

Monterrey, Nuevo León a 25 de Abril del 2003 EL C. SECRETARIO DELJUZGADO NOVENO DE LO FAMILIAR.

LIC. TOMAS KING FRANCO SALAS. RÚBRICA

T.- 871/2003