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  • 8/16/2019 05.Facult.adm.Trib. Do, Oblig.

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    Libro Segundo

    CÓDIGO TRIBUTARIOFacultades de la Adm. Tributaria

    Docente:Dr. Carlos Grover Huerta

    Alcantara

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    BASE LEGAL: Artículo 55°, 59°, 62°, 80° y 82° del Código Triut!rio

    FACULTADES DE LA ADMINISTRACIÓNTRIBUTARIA

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    FACULTAD DE RECAUDACIÓN

      Acciones necesarias para percibir el pago de  la deuda tributaria.  Brindar facilidades para el cumplimiento de

    pago de la deuda tributaria.  Contratar los servicios de entidades del

    Sistema Bancario y Financiero así como de  otras entidades para recibir el pago de las

      deudas tributarias.(puede incluirse laautorización para recibir y procesardeclaraciones y otras comunicaciones)

      e ser el caso! interponer medidascautelares previas al inicio del"rocedimiento de Cobranza Coactiva.

      ar inicio al "rocedimiento de Cobranza

    Coactiva ante la falta de pago del deudor  tributario.

    BASE LEGAL: Artículo 55° del Código Triut!rio

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    FACULTAD DE RECAUDACIÓN

      "E#$%S #E #ECLA&AC$'( ) *AG% +err!ie-t!. de.!rroll!d!. /or S(AT ! 1i- de 1!cilit!r el cu/liie-to

    de l!. olig!cio-e. triut!ri!. de !-er! e1icie-te y e1ic!

    *#T3*&%G&A"A #E

    #ECLA&AC$'( TELE"4T$CA

    %&"LA&$%S7S$C%S

    *AG% 4C$L

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    FACULTAD DE DETERMINACIÓN

    *ote.t!d !triuíd! ! l! Adi-i.tr!ció- Triut!ri! ! e1ecto. ue /ued!eri1ic!r l! re!li!ció- del eco ge-er!dor de l! olig!ció- triut!ri!!.í coo .e;!l!r l! !.e i/o-ile y l! cu!-tí! del triuto<

    #ETE&"$(AC$'( #E LA %BL$GAC$'( T&$BTA&$A:

    Acto o con#unto de actos destinados a establecer la configuración del $ec$ogravado o $ec$o generador! así como la base imponible y la cuantificación dela obligación! mediante la aplicación de la tasa correspondiente! $aci%ndolae&igible.

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    FORMAS DE DETERMINACIÓN DE LAOBLIGACIÓN TRIBUTARIA

    AT%#ETE&"$(AC$'(

    #ETE&"$(AC$'( *%& LAA#"$($ST&AC$'(

    T&$BTA&$A

    &EAL$=A#A *%&

    EL #E#%&T&$BTA&$%

    > ?E&$$CA &EAL$=AC$'( #EL  +EC+% GE(E&A#%&<2 SE@ALA BASE $"*%($BLE< SE@ALA CA(T7A #EL T&$BT%<

    > &EAL$=A#A A(TE LA ASE(C$A #E LAAT%#ETE&"$(AC$'(<

    2 C%"% %&"A #E ?E&$$CAC$'( #E LA

    &EAL$=A#A *%& EL *&%*$% #E#%&T&$BTA&$%<

    BASE LEGAL: Artículo 59° del Código Triut!rio

    S U N A T

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    FACULTAD DE FISCALIZACIÓN

    'st orientada al control del cumplimiento de las obligaciones tributarias formalesy sustanciales! para ello se le confiere a la Administración ributaria una serie deatribuciones a efectos *ue pueda llevar a cabo esta labor

    +educir la brec$a de inscripción! registro y declaración delos contribuyentes. +educir la brec$a de veracidad a trav%s de acciones defiscalización de enfo*ue selectivo. 

    C'#$G% T&$BTA&$% ESTABLECE E LA FUNCIÓN FISCALIZADORA INCLUYE”: ,nspección! ,nvestigación y Control del Cumplimiento de -bligaciones ributarias

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    FACULTAD DE FISCALIZACIÓN

    INSPECCIÓN

    INVESTIGACIÓN

    CONTROL OBLIGS.

    Control en locales u otros

    de asuntos vinculados atributaci!nCom"robar un asuntotributario

    #eri$car el cum"limiento

    de obli%aciones tributarias

    C'#$G% T&$BTA&$% ESTABLECE E LA FUNCIÓN FISCALIZADORAINCLUYE”: 

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    FACULTAD DE FISCALIZACIÓN

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    FACULTAD DE FISCALIZACIÓN

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    PLAZO DE FISCALIZACION

    8 a9o! desde la fec$a en *ue el contribuyente entregue la totalidad de la

    información solicitada en el primer re*uerimiento.

    'l plazo se puede /rorrog!r cuando la fiscalización resulte comple#a! indiciosde evasión! contribuyente o sea parte de un grupo empresarial o contratoasociativo.

    Al culi-!r  el plazo! S2A no puede re*uerir al contribuyente mayorinformación a la ya solicitada. S2A puede posteriormente emitir valores.

    'l plazo se .u./e-de  durante la tramitación de pericias! interrupción de

    actividades S2A por fuerza mayor! lapso en *ue deudor no presentainformación! plazo de prorrogas solicitadas por contribuyente! durante el plazode cual*uier proceso #udicial vinculado y durante el lapso en el cual otraentidad no proporcione información solicitada por la A.

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    Determinación sore ase cierta !ase "res#nta

    BASE CIERTA: Tomando en cuenta los elementosexistentes ue !e"mitan conoce" en #o"ma di"ecta el $ec$o%ene"ado" de la o&li%aci'n t"i&uta"ia ( la cuant)a de la

    misma.

    BASE PRES*NTA: En me"ito a los $ec$os (ci"cunstancias ue+ !o" "elaci'n no"mal con el $ec$o%ene"ado" de la o&li%aci'n t"i&uta"ia+ !e"mitan esta&lece" laexistencia ( cuant)a de la o&li%aci'n.

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    Determinación sore ase cierta !ase "res#nta

    "ara determinar sobre base presunta debe e&istir unacausal y adems la presunción dee e.t!r di./ue.t! e-una norma legal.

    Articulo 4:6 C se9ala 8; supuestos en los cuales la Apuede utilizar directamente los procedimientos dedeterminación sobre base presunta.

    Articulo 4;6 C establece detalle de las presunciones

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    FISCALIZACION PARCIAL

    ecreto /egislativo 888< incorpora posibilidad de *ue S2A efect=e una

    fiscalización parcial (a*uella en la cual se revise parte! uno o algunos delos elementos de la obligación tributaria).

    -endr un plazo m&imo de 4 meses.

    -Se establece *ue se debe comunicar al contribuyente al inicio de la misma!

    el carcter parcial de la fiscalización y los aspectos específicos *ue sernmateria de revisión.

    -Se aplican reglas previstas en el artículo 456>A (del plazo de la fiscalizacióndefinitiva)! tales como e&cepciones al plazo! la suspensión del mismo! asícomo los efectos del vencimiento del plazo! con e&cepción de la posibilidad

    de prorroga de la misma.

    BASE LEGAL: Artículo 6>° y .. del Código Triut!rio

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    RESOLUCION DE DETERMINACION

    Acto /or el cu!l l! AT /o-e e- co-ociie-to del deudor

    triut!rio el re.ult!do de .u l!or de.ti-!d! ! co-trol!rel cu/liie-to de l!. olig!cio-e. triut!ri!. y e.t!lecel! eHi.te-ci! del crIdito o de l! deud! triut!ri!<A./ecto. rei.!do. e- u-! 1i.c!li!ció- /!rci!l ue origi-!l! ei.ió- de u-! , -o /uede- .er oJeto de u-! -ue!#eteri-!ció- 3.!lo >08°<

     $(%&"AC$'( E #EBE C%(TE(E&:

    8) eudor tributario5) ributo y periodo al *ue corresponda

    >>

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    RESOLUCION DE MULTA

    Acto /or el cu!l l! AT /o-e e- co-ociie-to del deudorTriut!rio l! .!-ció- de ult! i-cul!d! ! l! detecció- deu-! i-1r!cció-<

     $(%&"AC$'( E #EBE C%(TE(E&:

    8) eudor tributario

    5) +eferencia a la infracción>>

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    ORDEN DE PAGO> #ocue-to ! tr!I. del cu!l l! Adi-i.tr!ció- Triut!ri!  eHige l! c!-cel!ció- de l! deud! triut!ri!<

    2 Se eite e- lo. .iguie-te. c!.o.:K triuto. !utoliuid!do. /or el deudor triut!rio<K errore. de red!cció- o de clculo e- l! decl!r!ció-<K eri1ic!ció- y detecció- de triuto. -o /!g!do.<K deudore. triut!rio. ue -o decl!r!ro- -i deteri-!ro-  .u olig!ció- o ue decl!r!ro- /ero -o deteri-!ro-

    .u olig!ció- triut!ri! 3%rde- de *!go *re.u-ti!

     $(%&"AC$'( E #EBE C%(TE(E&:

    8) eudor tributario5) ributo y periodo al *ue corresponda

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    RESER$A TRIBUTARIA

    o divulgar ni utilizar para fines *ue no sean estrictamente tributariosdeterminada informacin *ue es proporcionada por los contribuyentesa trav%s de sus declaraciones.

    MN $(%&"AC$'( EST4 $(CL7#A E( LA &ESE&?AO

     Cuantía y fuente de las rentas @astos Base ,mponible! o Cuales*uiera otros datos relativos a ellos rmites de denuncias por delitos tributarios y aduaneros

    BASE LEGAL: Artículo 85° del Código Triut!rio

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    RESER$A TRIBUTARIA

     A*uellos funcionarios *ue accedan a la información reservada tienen laobligación de no divulgarla.

     A las 'ntidades del Sistema Bancario y Financiero *ue $an celebradoconvenios de recaudación con la Administración ributaria! tambi%n les

    alcanza dic$a obligación.

    BASE LEGAL: Artículo 85° del Código Triut!rio

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    OBLIGACIONES DE LOSADMINISTRADOS

    BASE LEGAL: Artículo 8° del Código Triut!rio

    Otraso%i&aciones

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    DECLARACIÓN TRIBUTARIA

    ?anifestación de $ec$os comunicados por el contribuyente a

    la Administración ributaria! en la forma y lugar establecidospor /ey! +eglamento! +esolución de Superintendencia onorma de rango similar.

     o sólo esta referida a la presentación de declaraciones

    determinativas de impuestos! sino a toda comunicación *ueel contribuyente deba o re*uiera efectuar (declaracionesinformativas). /os deudores tributarios deben consignar de maneracorrecta y sustentada los datos solicitados por laAdministración ributaria.

     Se presume *ue toda declaración es !URADA (no admite  prueba en contrario)

    BASE LEGAL: Artículo 88° del Código Triut!rio

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    RECTIFICACIÓN ' SUSTITUCIÓN DELA DECLARACIÓN TRIBUTARIA

    SST$TC$'( #E LA #ECLA&AC$'(: entro del plazo de presentación de la declaración original.

    &ECT$$CAC$'( #E LA #ECLA&AC$'(:

     encido el plazo de presentación de la declaración original. /a rectificación debe ser presentada dentro del plazo de  prescripción. /a presentación se efectuar en la forma y condiciones *ueestablezca la A.

    Surte efectos con su presentación! cuando determina mayorobligación. e lo contrario! si dentro de :; días $biles! la Ano emite pronunciamiento sobre la veracidad de sus datos.

    BASE LEGAL: Artículo 88° del Código Triut!rio y #ec< Leg< >>>

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    DEREC(OS DE LOS ADMINISTRADOS

    BASE LEGAL: Artículo 92° del Código Triut!rio

    %tro. dereco. de lo.!di-i.tr!do.