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COLECTIVO VULNERABLE DE MUJER TRABAJADORA EN EDAD FÉRTIL SUSTENTANTES: MIRKA DUVERGE JACQUELINE SORIANO JORGE CASIMIRO REYES

PRESENTACION TRABAJO FINAL DIPLOMADO 4

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COLECTIVO VULNERABLE DE MUJER TRABAJADORA EN EDAD

FÉRTILSUSTENTANTES: MIRKA DUVERGE

JACQUELINE SORIANOJORGE CASIMIRO REYES

¿Porque consideramos a la mujer

trabajadora como colectivo vulnerable?

•POR LAS CONDICIONES DE DESIGUALDAD LABORAL ENTRE HOMBRE Y MUJERES QUE SON CAUSA Y EFECTO DE LA SITUACIÓN DE DISCRIMINACIÓN EN LA QUE TRADICIONALMENTE SE HAN ENCONTRADO,

Factores que justifican la necesidad de una

visión de género en la salud y seguridad en el

trabajoFactores sociales

Factores laborales

Factores Económicos

Factores Biológicos

• FACTORES SOCIALES

Han accedido al mercado laboral, sin que se produzcan cambios en quien y cómo realiza el trabajo doméstico y las necesidades familiares.

Se incrementan los riesgos en el ámbito laboral ligados a la sobrecarga y al estrés. 

FACTORES LABORALES

•Movimientos repetitivos•Posturas inadecuadas •Poca autonomía •Monotonía •Factores psicosociales.

La división sexual del trabajo ha supuesto que mujeres se sitúen en diferentes sectores y diferentes puestos de trabajo de menor salario.

FACTORES ECONÓMICOS

FACTORES BIOLÓGICOS

Períodos de ReproducciónEmbarazo y Lactancia. 

RIESGOSRuido

Iluminación

Temperatura

Radiaciones

Fatiga mentalFatiga Física

PolvosLíquidos

HumosGases

VaporesDisolventes

HongosVirus

ParásitosBacterias

Trabajo de Pie

Postura forzadas

EstrésLargas

JornadasSoledad

Deberes

Recibir información y formación sobre los riesgos

Tres meses de salario cotizable, durante el período de Maternidad

Suspensión del contacto por riesgo de embarazo, por el tiempo que sea necesario

Uso de las estancias infantiles para el cuidado de su bebe mientras ella trabaja.

¿Cuales son mis derechos?

SUBSIDIOS

MATERNIDAD

Registro8 meses de 12No realizar ningún trabajo remuneradoInforme de maternidad

LACTANCIA

Acta de NacimientoRegistro en el SUIRSalario menor o i= a 3 SMN1=25%2=10%3=5%

Art.62Art. 5

Art.420Art. 232Art. 233Art. 234Art. 235Art. 236Art. 237Art.238Art. 240Art. 243

Convenio102183 187

Art.4Art. 9

Art.132Art. 195

Nuestras Recomendaciones

PARA EL TRABAJADOR

Investigar todo lo concerniente a su estado, sus deberes y derechos, Empoderarse de la información y hacer valer sus derechos

Considerar las diferencias de género en sus programas de prevención de salud y riesgos laboral.

Informar a todo el personal los riesgos existentes, enfatizando en aquellos a considerar mas cuando se está en estado de embarazo.

Adaptar del puesto de trabajo, adoptando aquellas medidas preventivas necesarias para que pueda seguir desempeñando su labor profesional.

Para el Empleador

PARA EL CNSS, MINISTERIO DE TRABAJO, SISALRIL

Velar por que los empleadores comuniquen

sus derechos a los trabajadores,

enfatizando en las mujeres vulnerables.

Exigir a los empleadores el empleo de las medidas de

cambio de puestos en mujeres en estado de gestación que se encuentren en situaciones de

riesgo

Establecer que los permiso solicitados en el último mes de embarazo sean remunerados, a fin de que estos no puedan perjudicar el monto del subsidios por lactancia.