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LA CASACIÓN CIVIL EN
EL MODELO
IBEROAMERICANO
San José, Costa Rica 20 de mayo de
2014
II Congreso Internacional de Derecho
Procesal
Santiago Pereira Campos Prof. Titular de Derecho Procesal – Universidad de Montevideo
Consejero del Centro de Estudios de Justicia de las Américas (CEJA)
Vicepresidente del Instituto Iberoamericano de Derecho Procesal
@SantiagoPCampos
Plan de la presentación
Breve referencia a los procesos de Reforma a
la Justicia Civil en Iberoamérica, como marco
de referencia
El Código Procesal Civil para Iberoamérica y
su necesaria revisión a la luz de nuevas
realidades
El recurso de casación en el Código Modelo
Aplicación del recurso de casación del Modelo
en Uruguay:
Luces y sombras de la aplicación del recurso de
casación
Situación de la Justicia Civil (The World Justice Project 2014)
Ranking América + España y Portugal
País Ranking mundial
1 Canadá 13
2 Uruguay 17
3 Portugal 23
4 España 24
5 Chile 26
6 Estados Unidos 27
7 Argentina 40
8 Brasil 50
9 Colombia 54
10 Rep. Dominicana 60
País Ranking mundial
11 El Salvador 62
12 Jamaica 64
13 Panamá 69
14 Ecuador 77
15 Perú 83
16 México 88
17 Nicaragua 91
18 Guatemala 93
19 Bolivia 96
20 Venezuela 98
Estado de su incorporación en
Iberoamérica
El proceso por audiencias
Relevamiento Iberoamérica
• Introducción del proceso por audiencias en forma bastante generalizada
• Lecciones aprendidas
Brasil, Perú, Uruguay, España
• Introducción de oralidad en materias específicas y en forma más o menos limitada
Algunas provincias argentinas, Bolivia,
Ecuador, Chile, Costa Rica, El Salvador,
Venezuela
• Entrando en vigencia nuevos códigos procesales que regulan proceso por audiencias
Colombia y Bolivia
• Limitadísimo desarrollo del proceso por audiencias Paraguay y Cuba
Incorporación del proceso por
audiencias
en Iberoamérica
País
Incorporaci
ón
excepciona
l o parcial
Incorporación
general o más integral
Argentina (provincias)
X
Bolivia X X
Brasil X
Colombia X X
Costa Rica X
Cuba X
Chile X
Ecuador X
El Salvador X
España X
Paraguay X
Perú X
R. Dominicana X
Uruguay X
Venezuela X
Reforma
sistémica
de la
Justicia
Civil
Sistema Justicia
Civil
ORGANIZA-CIÓN
JUDICIAL RECURSOS
HUMANOS Y
MATERIALES
MODELO PROCES
AL
GESTIÓN Y TICs ASISTENC
IA JURÍDICA
A JUSTICIAL
ES
CAPACITA-CIÓN
CONTROL
MARCs
Justicia eficiente
PUBLICIDAD
INEDEPEN-DENCIA
TRANSPA-RENCIA
Impacto del Código Procesal Civil Modelo
para Iberoamérica en las reformas
La mayoría de los países señala la influencia del
Código Modelo
Algunos países mencionan la LEC/2000 española
Algunos países mencionan la influencia del Código General del Proceso uruguayo
Otras influencias
Los nuevos desafíos
Código Procesal Civil Modelo para Iberoamérica: elaboración 1967-1988 - “Hijo de su tiempo”
1988-2014: 26 años de grandes cambios: Sociales
Políticos
Jurídicos
Tecnológicos
Enfoque de políticas públicas
Enfoque de gestión
Internacionalización y globalización
NU
EV
OS
DE
SA
FIO
S
Y su aplicación en Uruguay
El recurso de Casación
en el Código Procesal Civil Modelo
Sentencias contra las que procede el
recurso
Dictadas en segunda instancia
Por Tribunales de Apelaciones
Definitivas o interlocutorias que pongan
fin al proceso
Que sentencia de segunda instancia no confirme en todo y sin discordia a la de primera
Que monto del asunto supere 4.000 UR (US$ 125.000)
Uruguay
Interpretació
n SCJ:
fracciona
sentencia
Uruguay: tribunales
que actúen en
segunda instancia
Órgano competente
Órgano de Primera Instancia
Órgano de Segunda Instancia
Tribunal Supremo
(Corte Suprema o Corte Superior de Justicia)
Control admisibilidad
Control admisibilidad y
fundabilidad
Recurso
de queja
Sentenci
a
Causales del recurso
Infracción o errónea aplicación de la norma de derecho
• Que determine parte dispositiva de sentencia
• No incluye errores de hecho (?)
En el fondo
En la forma
• Normas de procedimiento:
• esenciales para debido proceso y que nulidad no se haya convalidado
Incluida:
infracción a reglas
legales de
admisibilidad o de
valoración de la
prueba
Interposición y trámite
Se interpone fundadamente
Mencionando normas de derecho infringidas o
erróneamente aplicadas
Expresión de motivos concretos constitutivos del
fundamento de casación
Por escrito
Dentro de 15 días hábiles siguientes a
notificación de sentencia
Traslado por 15 días hábiles
¿Es aplicable el
principio
“iura novit
curiae” en
casación?
Uruguay
reforma 2013:
posible
adhesión al
recurso
Efecto de la interposición del
recurso
No suspensivo: interposición del recurso
no impedirá que sentencia de segunda
instancia se cumpla
Excepciones:
Proceso que refiere a estado civil de las
personas
Al interponer el recurso el recurrente solicita
suspensión de la ejecución prestando
garantía de responder por los daños y
perjuicios
Monto y naturaleza de garantía: fijadas en forma
irrecurrible por Tribunal
La sentencia de casación
• Dicta sentencia que corresponde, sobre material de hecho del fallo recurrido, reemplazando fundamentos erróneos por correctos
CASACIÓN FONDO
• Reenvío: se anula el fallo y se remite el proceso al tribunal que deba subrogar al que se pronunció, a fin de que continúe entendiendo desde nulidad
CASACIÓN FORMA
• Se dicta sentencia sobre fondo con prueba que se juzgare admisible o con valoración probatoria correcta
• Reenvío: sólo si no admisión de prueba afecta resolución sobre mérito
ADMISIBILIDAD O VALORACIÓN
PRUEBA
• Sólo se pronunciará sobre fondo si no se ha cometido infracción formal que invalide procedimiento
CASACIÓN FONDO Y FORMA
Casación y prueba en Uruguay
Código: admite casación por
infracción reglas legales admisibilidad o
valoración prueba
¿Puerta de entrada al
análisis de los hechos en casación?
¿Casación o Tercera
instancia?
Vía indirecta de considerar
“interés casacional” no
previsto en la ley
SCJ Uruguay:
Diversas
interpretaciones
de la norma
Casación y prueba en Uruguay
Diversos criterios de Suprema Corte respecto a valoración de la prueba: Absurdo evidente o arbitrariedad: inducir consecuencias
incompatibles con criterios de racionalidad y sentido común. Existe arbitrariedad en valoración de la prueba o se hacen inferencias
absurdas que contradicen valoración que quiere el legislador
Ej: cuantía de indemnización del daño moral ingresa en ámbito de poderes discrecionales del juez no susceptibles de revisión en casación, salvo supuestos de arbitrariedad o absurdo por lo ínfimo o desmesurado de su determinación
Violación de valoración conforme sana crítica no constituye error de derecho pasible de ser revisado en casación, salvo transgresión de reglas legales que expresamente establecen la eficacia tasada de ciertas pruebas, ejercicio arbitrario de aquella facultad o por arribar a conclusiones notoriamente absurdas
Basta apreciación errónea, equivocada o desajustada de la prueba (aunque no sea grosera)
¿Se cumplen en Uruguay los fines de la
casación?
• Se cumple parcialmente
• Limitaciones del recurso
• Interpretaciones diversas de la ley
Defensa del derecho objetivo
(Nomofilaquia)
• Se cumple muy parcialmente por cambios interpretaciones, integración y limitaciones del recurso (muchos casos no llegan)
Unificación jurisprudencia
• Se cumple parcialmente por limitaciones del recursos: derecho, monto, doble confirmatoria
Enmendar errores del tribunal inferior
• Se cumple sólo cuando asunto llega a la Corte y ésta puede ingresar al análisis
Dikelógica (justicia del caso
concreto)
¿Se cumplen en Uruguay los fines de la
casación?
• Se cumple parcialmente por limitaciones del recurso Control “logicidad”
de resoluciones
• Se cumple parcialmente:
• Publicación del fallo
• Más ficción que realidad Pedagógica
• ¿Puerta para “tercera instancia”?
• Predomina posición restrictiva
Control de admisibilidad y
valoración probatoria
Los ¿dilemas? en juego
Casación sólo por errores de
derecho
Tribunal superior evalúa “interés
casacional”
Recurso supremo amplio
Duración razonabl
e
Jerarquía
Rigor formal
(no formalism
o)
Uruguay:
menos
de un
año
Los ¿dilemas? en juego
Justicia del caso concreto
Uniformización jurisprudencia,
igualdad y seguridad
jurídica Impacto adecuado
¿interés casaciona
l?
¿Límites? razonable
s
Carga trabajo
Desafíos
¿Casación?
Precedentes
Seguridad
Jurídica
Evolución
Justicia
LA GRAN
OPORTUNIDAD DE LA
JUSTICIA CIVIL
El momento es ahora
¿Por qué ahora?
Mayoría países Iberoamericanos: Nunca antes la reforma a la Justicia Civil (en
forma total o en alguna materia) estuvo en la agenda pública como ahora.
Nuestra responsabilidad Trabajar en el diseño de las reformas,
impulsando y acompañando los cambios necesarios.
Porque los cambios son posibles.
Sólo habrá justicia más eficiente y cercana a la gente: Si cada país parte de su realidad y construye
el cambio de paradigma en forma participativa, transparente y multidisciplinaria, considerando diversas aristas de problemas y soluciones.
San José
Costa Rica
Mayo de 2014
spereira@rap.com.uy
@SantiagoPCampos
LA CASACIÓN CIVIL EN
EL MODELO
IBEROAMERICANO
San José, Costa Rica 20 de mayo de
2014
II Congreso Internacional de Derecho
Procesal
Santiago Pereira Campos Prof. Titular de Derecho Procesal – Universidad de Montevideo
Consejero del Centro de Estudios de Justicia de las Américas (CEJA)
Vicepresidente del Instituto Iberoamericano de Derecho Procesal
@SantiagoPCampos
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