View
19
Download
0
Category
Preview:
Citation preview
Página 1 de 161
BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO
AMBIENTAL EXPOST OPERACIÓN,
MANTENIMIENTO, CIERRE Y ABANDONO DE
MEMORIAL NECRÓPOLI
Preparado para:
Secretaría de Ambiente del Distrito Metropolitano de Quito
Elaborado por: MSc. Ing. Gilda Rivera Ll.
Quito-Ecuador
Septiembre, 2017
Página 2 de 161
CONTENIDO
1. FICHA TÉCNICA ...................................................................................................................... 10
2. INTRODUCCIÓN ...................................................................................................................... 11
2.1. ANTEDECENTES ............................................................................................................ 11
2.2. JUSTIFICACIÓN .............................................................................................................. 11
2.3. OBJETIVOS ..................................................................................................................... 12
2.3.1. OBJETIVO GENERAL.............................................................................................. 12
2.3.2. OBJETIVOS ESPECÍFICOS .................................................................................... 12
2.4. ALCANCE ......................................................................................................................... 13
2.5. METODOLOGÍA ............................................................................................................... 13
3. MARCO LEGAL E INSTITUCIONAL ........................................................................................ 13
3.1. NORMATIVA AMBIENTAL NACIONAL ........................................................................... 13
3.2. ORDENANZAS Y REGULACIONES LOCALES .............................................................. 31
4. DESCRIPCIÓN DE LAS ACTIVIDADES.................................................................................. 44
4.1. REQUISITOS OPERACIONALES ................................................................................... 44
4.1.1. RECURSO HUMANO ............................................................................................... 45
4.1.2. ABASTECIMIENTOS Y CONSUMOS ...................................................................... 45
4.2. INFRAESTRUCTURA, EQUIPOS, MATERIA PRIMA E INSUMOS ................................ 46
4.2.1. MATERIA PRIMA E INSUMOS ................................................................................ 46
4.3. INFRAESTRUCTURA, EQUIPOS, MATERIA PRIMA E INSUMOS ................................ 49
4.4. CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS Y DE OPERACIÓN DEL GENERADOR ELÉCTRICO………………………………………………………………………………………………50
4.5. FASE DE OPERACIÓN ................................................................................................... 51
4.6. TANATOESTÉTICA ......................................................................................................... 51
4.6.1. DESTINO FINAL DEL CUERPO .............................................................................. 53
4.7. TANATOPRAXIA .............................................................................................................. 54
4.7.1. ENTREGA RECEPCIÓN DEL AREA ....................................................................... 54
4.7.2. FORMACIÓN DE GRUPOS DE TRABAJO. ............................................................ 55
4.8. FASE DE MANTENIMIENTO ........................................................................................... 58
4.8.1. MANTENIMIENTO RUTINARIO .............................................................................. 58
4.9. FASE DE CIERRE............................................................................................................ 58
4.9.1. RETIRO DE EQUIPOS Y/O PASIVOS AMBIENTALES .......................................... 59
4.10. ASPECTOS AMBIENTALES IDENTIFICADOS ........................................................... 59
5. DIAGNÓSTICO DE LA SITUACIÓN SOCIO AMBIENTAL. ..................................................... 60
5.1. COMPONENTE FÍSICO ................................................................................................... 60
5.1.1. CLIMATOLOGÍA ....................................................................................................... 60
5.1.2. FACTOR SUELO ...................................................................................................... 67
5.1.3. FACTOR AIRE ......................................................................................................... 69
5.1.4. FACTOR AGUA ........................................................................................................ 74
5.2. COMPONENTE BIÓTICO ................................................................................................ 75
5.2.1. HÁBITATS Y ECOSISTEMAS ................................................................................. 76
5.3. COMPONENTE SOCIAL ................................................................................................. 76
5.3.1. SUPERFICIE ............................................................................................................ 77
Página 3 de 161
5.3.2. POBLACIÓN ............................................................................................................. 77
5.3.3. POBLACIÓN ECONÓMICAMENTE ACTIVA (PEA) .......................................... 78
5.3.4. ACTIVIDADES ECONOMICAS ............................................................................ 78
5.3.5. ACCESO A SERVICIOS BÁSICOS ......................................................................... 78
5.3.6. INFRAESTRUCTURA FÍSICA ................................................................................. 79
5.3.7. EMPLEO ................................................................................................................... 81
5.3.8. ALIMENTACIÓN Y NUTRICIÓN .............................................................................. 81
5.3.9. TURISMO ................................................................................................................. 81
5.3.10. EMPRESAS ALEDAÑAS AL PROYECTO .......................................................... 81
5.3.11. RECURSO ARQUEOLÓGICO ................................................................................. 82
5.3.12. REDES VIALES Y DE TRANSPORTE .................................................................... 82
5.4. RESULTADOS DE LA ENCUESTAS DE PERCEPCIÓN ............................................... 82
5.5. MONITOREO AMBIENTAL .............................................................................................. 87
5.5.1. DESCARGAS LÍQUIDAS NO DOMÉSTICAS .......................................................... 87
5.5.2. EMISIONES AL AIRE DE FUENTES FIJAS ............................................................ 88
5.5.3. RUIDO AMBIENTAL ................................................................................................. 93
5.5.4. GENERACIÓN DE DESECHOS .............................................................................. 95
5.6. PASIVOS AMBIENTALES ............................................................................................... 96
6. DETERMINACIÓN DEL ÁREA DE INFLUENCIA DIRECTA E INDIRECTA Y ÁREAS SENSIBLES Y ÁREA SOCIAL. ........................................................................................................ 98
6.1. ÁREA DE INFLUENCIA DIRECTA (AID) ......................................................................... 99
6.2. ÁREA DE INFLUENCIA INDIRECTA (AII) ..................................................................... 100
6.3. ÁREAS SENSIBLES ...................................................................................................... 100
6.4. ÁREA DE INFLUENCIA SOCIAL DIRECTA .................................................................. 101
6.4.1. UNIDADES INDIVIDUALES ................................................................................... 101
6.4.2. ORGANIZACIONES SOCIALES ............................................................................ 101
6.5. ÁREA DE INFLUENCIA SOCIAL INDIRECTA .............................................................. 104
8. DESCRIPCIÓN DE RIESGOS ............................................................................................... 104
8.1. RIESGOS NATURALES ................................................................................................ 104
8.1.1. FACTORES QUE INFLUYEN EN LOS RIESGOS DEL DMQ ............................... 104
8.1.2. RIESGOS SÍSMICOS ............................................................................................. 105
8.2. RIESGOS DEL PROYECTO AL AMBIENTE ................................................................. 106
8.2.1. INCENDIOS ............................................................................................................ 106
8.2.2. EXPLOSIONES ...................................................................................................... 106
8.2.3. FUGAS Y DERRAMES .......................................................................................... 106
8.2.4. RIEGOS BIOLÓGICOS .......................................................................................... 106
9. IDENTIFICACIÓN Y EVALUACIÓN DE LOS IMPACTOS SOCIOAMBIENTALES. ............. 107
9.1. IDENTIFICACIÓN DE ASPECTOS AMBIENTALES Y SU AFECTACIÓN AL AMBIENTE 107
9.2. METODOLOGÍA PARA LA VALORACIÓN DE IMPACTOS AMBIENTALES ............... 109
9.3. METODOLOGÍA PARA LA CATEGORIZACIÓN DE IMPACTOS AMBIENTALES ...... 110
9.4. EVALUACIÓN DE IMPACTOS AMBIENTALES ............................................................ 111
9.5. ANÁLISIS Y CONCLUSIONES DEL IMPACTO ............................................................ 114
9.5.1. IDENTIFICACIÓN DE IMPACTOS ......................................................................... 114
Página 4 de 161
9.5.2. EVALUACIÓN DE LOS IMPACTOS ...................................................................... 114
9.5.3. AFECTACIONES SIGNIFICATIVAS A CADA UNO DE LOS FACTORES AMBIENTALES ...................................................................................................................... 116
9.5.4. CONCLUSIONES ................................................................................................... 117
10. ANÁLISIS DEL CUMPLIMIENTO DE LA NORMATIVA NACIONAL Y LOCAL ................. 118
10.1. ETAPA DE PRE-AUDITORÍA .................................................................................... 118
10.2. AUDITORÍA EN CAMPO ............................................................................................ 118
10.2.1. OBSERVACIÓN DIRECTA .................................................................................... 118
10.2.2. ENTREVISTAS ....................................................................................................... 118
10.2.3. REGISTRO FOTOGRÁFICO: ................................................................................ 118
10.3. POST-AUDITORÍA ..................................................................................................... 118
10.4. HALLAZGOS .............................................................................................................. 118
10.5. EVALUACIÓN DE CUMPLIMIENTO DE NORMATIVA NACIONAL Y LOCAL ......... 119
10.6. SÍNTESIS DE NO CONFORMIDADES ...................................................................... 128
10.7. PLAN DE ACCIÓN ..................................................................................................... 128
11. ESTUDIO DE EVALUACIÓN DE RIESGOS ...................................................................... 129
11.1. METODOLOGÍA ......................................................................................................... 129
11.1.1. CONCLUSIONES DE LOS RESULTADOS DE LA EVALUACIÓN DE RIESGOS 131
12. PLAN DE MANEJO AMBIENTAL ....................................................................................... 131
13. CRONOGRAMA DEL PLAN DE NANEJO AMBIENTAL ANUAL VALORADO Y PRESUPUESTO TOTAL ................................................................................................................ 151
14. BIBLIOGRAFÍA ................................................................................................................... 160
15. ANEXOS ............................................................................................................................. 161
ÍNDICE DE TABLAS
TABLA 1. NORMATIVA AMBIENTAL NACIONAL ........................................................................... 14
TABLA 2. ORDENANZAS Y REGULARIZACIONES LOCALES ..................................................... 31
TABLA 3. ÁREAS DE MEMORIAL NECRÓPOLI ............................................................................ 45
TABLA 4. NÚMERO DE COLUMBARIOS DEL EDIFICIO............................................................... 45
TABLA 5: EQUIPAMIENTO DEL EDIFICIO ..................................................................................... 45
TABLA 6: PERSONAL DE LA EMPRESA ....................................................................................... 45
TABLA 7: ABASTECIMIENTO Y CONSUMO DE AGUA ................................................................ 45
TABLA 8. ABANTECIMIENTO Y CONSUMO DE ENERGÍA .......................................................... 46
TABLA 9: CONSUMO ANUAL DE COMBUSTIBLE ........................................................................ 46
TABLA 10: PRODUCTOS QUÍMICOS USADOS EN TANATOESTÉTICA ..................................... 46
TABLA 11. PRODUCTOS QUÍMICOS CON EL CONSUMO MENSUAL ........................................ 46
TABLA 12: EQUIPOS USADOS EN TANATOESTÉTICA ............................................................... 47
TABLA 13: INSUMOS USADOS EN TANATOESTÉTICA .............................................................. 47
TABLA 14: EQUIPOS DE PROTECCIÓN PERSONAL USADOS EN TANATOESTÉTICA ........... 47
TABLA 15: TEMPERATURAS DEL PROCESO .............................................................................. 50
TABLA 16: CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS Y DE OPERACIÓN DEL GENERADOR ELÉCTRICO
.................................................................................................................................................. 50
TABLA 17: CARACTERÍSTICAS DEL ALMACENAMIENTO DEL COMBUSTIBLE ....................... 50
TABLA 18. UBICACIÓN DE LA ESTACIÓN METEOROLÓGICA IÑAQUITO ................................ 60
TABLA 19. TEMPERATURA MEDIA MENSUAL (°C) ..................................................................... 61
TABLA 20. PRECIPITACIÓN TOTAL MENSUAL (MM) .................................................................. 62
TABLA 21. HUMEDAD RELATIVA MEDIA MENSUAL (%) ............................................................. 63
Página 5 de 161
TABLA 22. EVAPORACIÓN MEDIA MENSUAL (MM) .................................................................... 64
TABLA 23. NUBOSIDAD MEDIA MENSUAL (OCTAS) ................................................................... 65
TABLA 24. VELOCIDAD DEL VIENTO (KM/H) ............................................................................... 66
TABLA 25. NORMAS GENERALES PARA CONCENTRACIONES DE CONTAMINANTES
CRITERIO EN EL AIRE AMBIENTE ............................................................. 70
TABLA 26. RESULTADOS PROMEDIOS DE LOS PARÁMETROS DE CALIDAD DEL AIRE EN
LAS ESTACIÓN BELISARIO A TRAVÉS DE LA RED AUTOMÁTICA DE MONITOREO ....... 71
TABLA 27. RESULTADOS DE LOS PARÁMETROS DE CALIDAD DEL AIRE EN LA ESTACIÓN
JIPIJAPA A TRAVÉS DE LA RED DE MONITOREO PASIVO ................................................ 74
TABLA 28: DISTRIBUCIÓN DE LA POBLACIÓN POR EDAD ........................................................ 77
TABLA 29: ESTRATIFICACIÓN SEGÚN EL CENSO 2010 ............................................................ 77
TABLA 30. SERVICIOS BÁSICOS EN LA PARROQUIA JIPIJAPA ................................................ 78
TABLA 31. SERVICIOS BÁSICOS EN EL BARRIO EL INCA ......................................................... 79
TABLA 32: PRINCIPALES ESPACIOS DEPORTIVOS ................................................................... 79
TABLA 33: PARÁMETROS DE EDUCACIÓN ................................................................................. 80
TABLA 34: PRINCIPALES UNIDADES EDUCATIVAS ............................................................... 80
TABLA 35: VIVIENDA ...................................................................................................................... 80
TABLA 36. LISTADO DE LAS PERSONAS ENCUESTADAS ........................................................ 85
TABLA 37: PARÁMETROS A MONITOREAR EN AGUAS RESIDUALES DE TANATOESTÉTICA
.................................................................................................................................................. 87
TABLA 38: FUENTES FIJAS DE COMBUSTIÓN ............................................................................ 88
TABLA 39: RESULTADOS DE ANÁLISIS DE GASES DEL HORNO ............................................. 88
TABLA 40: RESULTADOS DE METALES DE EMISIONES DE HORNO CREMATORIO ............. 89
TABLA 41: RESULTADOS DE HCL DE EMISIONES DE HORNO CREMATORIO ....................... 91
TABLA 42: PARÁMETROS ANALIZAR EN EMISIONES DEL HORNO CREMATORIO ................ 92
TABLA 43: EQUIPOS QUE PODRÍAN GENERAR RUIDO ............................................................. 93
TABLA 44: NIVELES MÁXIMOS PERMISIBLES PARA RUIDO ..................................................... 94
TABLA 45: UBICACIÓN DE LOS PUNTOS DE MONITOREO DE RUIDO .................................... 94
TABLA 46: RESULTADOS DE MONITOREO DE RUIDO .............................................................. 94
TABLA 47: CARACTERIZACIÓN DE DESECHOS PELIGROSOS SEGÚN LISTADO NACIONAL
.................................................................................................................................................. 96
TABLA 48. CARACTERIZACIÓN DE DESECHOS RECICLABLES ............................................... 96
TABLA 49: IDENTIFICACIÓN DE ACTORES SOCIALES DEL ÁREA DE INFLUENCIA DIRECTA
................................................................................................................................................ 102
TABLA 50: IDENTIFICACIÓN DE ACTORES SOCIALES EN EL ÁREA DE INFLUENCIA
INDIRECTA ............................................................................................................................. 104
TABLA 51: NÚMERO DE INTERACCIONES IDENTIFICADAS .................................................... 107
TABLA 52: IDENTIFICACIÓN DE IMPACTOS: FASES DE OPERACIÓN MANTENIMIENTO Y
CIERRE ................................................................................................................................... 108
TABLA 53: CRITERIO DE MAGNITUD.......................................................................................... 109
TABLA 54: CRITERIO PARA LA VALORACIÓN DE LA INTENSIDAD ........................................ 110
TABLA 55: CRITERIO DE IMPORTANCIA .................................................................................... 110
TABLA 56: NATURALEZA TIPO DE IMPACTO ............................................................................ 110
TABLA 57: CATEGORIZACIÓN ..................................................................................................... 111
TABLA 58: FACTORES DE PONDERACIÓN PARA EL CÁLCULO DE LA INTENSIDAD........... 111
TABLA 59: VALORACIÓN DE IMPACTOS ................................................................................... 112
TABLA 60: CATEGORIZACIÓN DE IMPACTOS AMBIENTALES ................................................ 113
TABLA 61: JERARQUIZACIÓN DE IMPACTOS AMBIENTALES POR FACTORES AMBIENTALES
................................................................................................................................................ 114
TABLA 62: JERARQUIZACIÓN DE IMPACTOS AMBIENTALES POR ACTIVIDADES ............... 115
TABLA 63: SIGNIFICANCIA DE IMPACTOS ................................................................................ 116
TABLA 64: MATRIZ DE EVALUACIÓN DE CUMPLIMIENTO DE LA NORMATIVA NACIONAL Y
LOCAL ..................................................................................................................................... 120
TABLA 65: NO CONFORMIDADES ENCONTRADAS .................................................................. 128
Página 6 de 161
TABLA 66: PLAN DE ACCIÓN PARA LEVANTAMIENTO DE NO CONFORMIDADES .............. 128
TABLA 67: CRITERIOS PARA EL ANÁLISIS DE LA PROBABILIDAD ......................................... 129
TABLA 68: CRITERIOS PARA ANÁLISIS DE LA CONSECUENCIA ............................................ 129
TABLA 69: MATRIZ DE PROBABILIDAD DE OCURRENCIA DE RIESGOS ¡ERROR! MARCADOR
NO DEFINIDO.
TABLA 70: RESULTADOS DE EVALUACIÓN DE RIESGOS ....................................................... 130
ÍNDICE DE GRÁFICAS
GRÁFICA 1. TEMPERATURA ANUAL: PROMEDIO, MÁXIMAS Y MÍNIMAS ................................ 61
GRÁFICA 2. PRECIPITACIÓN ANUAL: PROMEDIO, MÁXIMAS Y MÍNIMAS ............................... 62
GRÁFICA 3. HUMEDAD RELATIVA ANUAL: PROMEDIO, MÁXIMAS Y MÍNIMAS ...................... 63
GRÁFICA 4. EVAPORACIÓN ANUAL: PROMEDIO, MÁXIMAS Y MÍNIMAS ................................ 64
GRÁFICA 5. NUBOSIDAD ANUAL: PROMEDIO, MÁXIMAS Y MÍNIMAS...................................... 65
GRÁFICA 6. VELOCIDAD DEL VIENTO ANUAL: PROMEDIO, MÁXIMAS Y MÍNIMAS ................ 66
GRÁFICA 7. COMPARACIÓN DE VALORES DE PM 2,5 CON LOS LÍMITES PERMISIBLES ..... 71
GRÁFICA 8. COMPARACIÓN DE VALORES DE SO2 CON LOS LÍMITES PERMISIBLES
ELABORADO POR: EQUIPO CONSULTOR (AGOSTO, 2015) .............................................. 72
GRÁFICA 9. COMPARACIÓN DE VALORES DE CO CON LOS LÍMITES PERMISIBLES ........... 72
GRÁFICA 10. COMPARACIÓN DE VALORES DE O3 CON LOS LÍMITES PERMISIBLES.......... 73
GRÁFICA 11. COMPARACIÓN DE VALORES DE NO2 CON LOS LÍMITES PERMISIBLES ....... 73
GRÁFICA 12: PROMEDIOS MULTIANUALES DE LOS RESULTADOS DE MONITOREO DE
EMISIONES DE GASES ........................................................................................................... 89
GRÁFICA 13: PROMEDIOS MULTIANUALES DE LOS RESULTADOS DE MONITOREO DE
METALES.................................................................................................................................. 90
GRÁFICA 14: PROMEDIOS MULTIANUALES DE LOS RESULTADOS DE MONITOREO DE
METALES.................................................................................................................................. 90
GRÁFICA 15: PROMEDIOS MULTIANUALES DE LOS RESULTADOS DE MONITOREO DE
METALES.................................................................................................................................. 91
GRÁFICA 16: PROMEDIOS MULTIANUALES DE LOS RESULTADOS DE MONITOREO DE HCL
.................................................................................................................................................. 91
GRÁFICA 17. : PROMEDIOS MULTIANUALES DE LOS RESULTADOS DE MONITOREO DE
RUIDO .................................................................................................................................................... 95
Página 7 de 161
SIGLAS Y ABREVIATURAS
AI Área de Influencia
AID Área de Influencia Directa
AII Área de Influencia Indirecta
C Cumplimiento
DMQ Distrito Metropolitano de Quito
DPR Diagnóstico Participativo Rápido
EsIA Estudio de Impacto Ambiental
Fm Formación
ICUS Informe de Compatibilidad de Uso de Suelo
INAMHI Instituto Ecuatoriano de Meteorología e Hidrología
INEC Instituto Nacional de Estadísticas y Censos
LMP Límite Máximo Permisible
MAE Ministerio del Ambiente del Ecuador
Máx Máximo
Mb Miembro
Min Mínimo
msnm Metros sobre el nivel del mar
N/A No aplica
NC- No conformidad menor
NC+ No conformidad mayor
NCCA Norma de Calidad de Aire Ecuatoriana
PDOT Plan de Desarrollo y Ordenamiento Territorial
PEA Población Económicamente Activa
PET Población en Edad de Trabajar
PMA Plan de Manejo Ambiental
RAUTO Red Automática de Monitoreo
REMMAQ Red Metropolitana de Monitoreo Atmosférico de Quito
REMPA Red de Monitoreo Pasivo
SIISE Sistema Integrado de Indicadores Sociales de la Secretaría de Territorio, Hábitat y Vivienda
SUIA Sistema Único de Información Ambiental
TdR’s Término de Referencia
TULSMA Texto Unificado de Legislación Secundaria Medio Ambiente
Página 8 de 161
GLOSARIO DE TÉRMINOS
Caracterización de aguas residuales. - proceso destinado al conocimiento integral y estadísticamente confiable de las características del agua residual (doméstica o industrial) e integrado por la toma de muestras, medición de caudal e identificación de componentes físicos, químicos, biológicos y microbiológicos.
Categorización Ambiental Nacional: Es el proceso de selección, depuración, ordenamiento, valoración, estratificación, de los proyectos, obras o actividades existentes en el país, en función de las características particulares de éstos y de los impactos y riesgos ambientales.
Certificado de Intersección. - Es un documento, generado por el SUIA a partir de las coordenadas UTM en el Sistema de Referencia WGS 84 zona 17S en el que se indica con precisión si el proyecto, obra o actividad propuesta, interseca o no, con el Sistema Nacional de Áreas Protegidas, Bosques y Vegetación Protectora, Patrimonio Forestal del Estado.
Contaminación del aire. - Es la presencia de sustancias en la atmosfera, que resultan de actividades humanas o procesos naturales, presentes en concentración tiempo suficientes, bajo circunstancias tales que afectan nocivamente el confort, la salud o el bienestar de los seres humanos o del ambiente.
Cuerpo receptor o cuerpo de agua. - es todo río, lago, laguna, aguas subterráneas, cause, depósito de agua, que sea susceptible de recibir directa o indirectamente la descarga de aguas residuales.
Efluente. - líquido proveniente de un proceso de tratamiento, proceso productivo o una actividad.
Emisión de combustión. - Se refiere a las concentraciones de descarga de sustancias provenientes de la combustión de fuentes fijas y de determinados procesos industriales.
Estudio de Impacto Ambiental. - Es un estudio técnico e interdisciplinario de enfoque eco sistémica, relacionado con actividades, obras o proyectos, nuevos o ya existentes, que pueden potencialmente generar impactos ambientales y que son movidos por entidades públicas o privadas.
Fuente fija de emisión. - Es aquella instalación o conjunto de instalaciones, que tiene como finalidad desarrollar operaciones o procesos industriales, comerciales o de servicios, que emite o puede emitir contaminantes al aire, desde un lugar fijo e inamovible.
Gestión de desechos. - Se refiere a la clasificación, separación, envasado, almacenamiento temporal, recolección, transporte, tratamiento y disposición final de los desechos.
Gestor de residuos. - “Son las personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, calificadas por la DMA, responsables del manejo, gestión, recolección, transporte, transferencia o disposición final de los residuos”.
Impacto Ambiental. - Son todas las alteraciones positivas, negativas, directas, indirectas, acumulativas o no, entre otras características, que una actividad económica, obra o proyecto pública o privada, o alguna de sus acciones, produce sobre el ambiente, sus componentes, interacciones y relaciones.
Laboratorio acreditado. - Persona jurídica, pública o privada que realiza el muestreo, los análisis físicos, químicos o microbiológicos en muestras de agua que se encuentre acreditado por el Servicio de Acreditación Ecuatoriano (SAE) o el que le reemplace.
Limite máxima permisible. - es el límite de carga de un parámetro que puede ser aceptado en la descarga a un cuerpo de agua dulce o alcantarillado.
Parámetro, componente o característica. - variable o propiedad física, química, biológica, combinación de las anteriores, elemento o sustancia que sirve para caracterizar la calidad del recurso agua, suelo, aire o de las descargas.
Pasivo Ambiental. - Son aquellos daños ambientales y/o impactos ambientales negativos no reparados o restaurados respectivamente, o aquellos que han sido intervenidos previamente, pero de forma inadecuada o incompleta y continúan estando presentes en el ambiente constituyendo un
Página 9 de 161
riesgo para cualquiera de sus componentes, generados por una obra, proyecto o actividad productiva o económica en general.
Plan de Manejo Ambiental. - Documento que establece en detalle y en orden cronológico las acciones que se requieren para prevenir, mitigar, controlar, corregir y compensar los posibles impactos ambientales negativos, o acentuar los impactos positivos causados en el desarrollo de una acción propuesta. Por lo general, el plan de manejo ambiental consiste de varios sub - planes, dependiendo de las características de la actividad o proyecto propuesto.
Puntos de muestreo. - Lugar de extracción para toma de muestras de agua y suelo.
Reciclaje.- Es la acción de volver a introducir en el ciclo de producción y consumo productos materiales obtenidos de residuos.
Residuos. - Son las sustancias (sólidas, sema-sólidas, líquidas, o gaseosas), o materiales compuestos resultantes de un proceso de producción, transformación, reciclaje, utilización o consumo, cuya eliminación o disposición final procede conforme a lo dispuesto en la legislación ambiental nacional e internacional aplicable.
Desecho especial. - “Aquellos desechos, que, sin ser peligrosos, por su naturaleza, pueden impactar el entorno ambiental o la salud, debido al volumen de generación y/o difícil degradación y para los cuales se debe implementar un sistema de recuperación, reusó y/o reciclaje con el fin de reducir la cantidad de desechos generados, evitar su inadecuado manejo y disposición, así como la sobresaturación de los rellenos sanitarios municipales. Aquellos cuyo contenido de sustancias que tenga características CRTIB y/o radioactivas, no superen los límites de concentración establecidos en la normativa ambiental que se expida para el efecto y para los cuales es necesario un manejo ambiental adecuado y mantener un control - monitoreo periódico. Aquellos que se encuentran determinados en el listado nacional de desechos especiales.” Esto incluye a los componentes y artefactos electrónicos sin desarmar, llantas, material de construcción en grandes volúmenes.
Desecho infectocontagioso. - es el que contiene bacterias, virus u otros microorganismos con capacidad de causar infección o que contiene o puede contener toxinas producidas por microorganismos que causan efectos nocivos a seres vivos o al ambiente; estos pueden ser: gasas, algodones, agujas, bisturíes que hayan sido utilizados para el tratamiento de seres humanos o animales vivos o muertos.
Desecho no peligroso. - Desecho, en cualquier estado físico que, por sus características no corrosivas, no tóxicas, no reactivas o inflamables, no representa peligro para el equilibrio ambiental y la salud del personal. Entre los residuos no peligrosos se incluyen: metal, madera, plástico y cartón.
Desecho peligroso. - Son residuos que exhiben una de las siguientes características (CRTIB): corrosividad, reactividad, toxicidad, inflamabilidad y bio persistencia, adicionalmente a esto, residuos que son infecciosos, teratogénicos, mutagénicos, carcinogénicos o radioactivos.
Término de Referencia. - Documento que determina el contenido, alcance y establece los
lineamientos e instrucciones para encargar y elaborar el Estudio Ambiental (EsIA) de acuerdo a una
actividad.
Página 10 de 161
1. FICHA TÉCNICA
FICHA TÉCNICA DE LA ACTIVIDAD
NOMBRE DEL PROYECTO
ESTUIDO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST OPERACIÓN, MANTENIMIENTO, CIERRE Y ABANDONO DE MEMORIAL NECROPOLI
UBICACIÓN GEOGRÁFICA
Provincia: Pichincha Cantón: Quito
Parroquia: Jipijapa Administración
zonal: Eugenio Espejo
Sector: El Inca Predio: 209385
Dirección: Av. Río Coca y Av. Eloy Alfaro
Coordenadas:
X Y
781708 9981807
781714 9981807
781718 9981828
781728 9981831
781729 9981846
781719 9981844
781726 9981865
781692 9981875
781696 9981852
781712 9981831
781708 9981807
ACTIVIDAD ECONÓMICA
Actividad según RUC:
Servicios Funerarios de necesidad inmediata y de pre
necesidad salas de velación, tanatoestética, tanatopraxia y
columbarios.
Área de implantación: 4603.22 m2
Categorización SUIA: Construcción y/u operación de cementerios y crematorios
Código SUIA: MAE-RA-2018-356310
Clave catastral: 11508 01 001 000 000 000
Uso principal del suelo:
(E) Equipamiento
Compatibilidad de suelo:
Permitido
DATOS DE PROPONENTE
Razón Social: MEMORIAL INTERNATIONAL OF ECUADOR
Representante legal: Cevallos Sánchez Pablo Rubén
Ruc: 1791297954001
Dirección: Av. Río Coca y Av. Eloy Alfaro
Teléfonos/fax: Oficinas 022435260 Necrópoli 022450014
Personal de contacto: Ing. Pamela Ordóñez
Correo electrónico: pordonez@memorialinternational.com
Nombre y firma del Representante legal Sello de la Institución
Página 11 de 161
DATOS DE LA CONSULTORA AMBIENTAL
Representante legal: Ing. MSc. Gilda Rivera
Nº de registro: MAE: Tipo A No 695 CI
Dirección: Juan Díaz N36-17 y Rodrigo Muriel
Teléfonos: 3310391 / 0987061794
Correo electrónico: grivera@greensafe.com.ec
COMPOSICIÓN DEL EQUIPO CONSULTOR No. REGISTRO
DEL TITULO FIRMA DE
RESPONSABLIDAD
Ing. Gilda Rivera Llivisaca, MSc. Ingeniera Química- Máster en Gestión y Auditorías
Ambientales. Directora del Estudio, Auditoría de Cumplimiento
1005-03-393701 (Cuarto Nivel)
8178R-13-10873 (Tercer Nivel)
Ing. Liliana Chalco Ingeniera Ambiental.
Evaluación de Impactos y riesgos ambientales y elaboración el PMA
1001-15-1362974 (Tercer Nivel)
Ing. Heidy Peña
Ingeniera Industrial
Redacción del Estudio de Impacto Ambiental
1045-2017-
1895635
(Tercer Nivel)
Lcdo. Edwin Rivera Licenciado en Ciencias Sociales.
Componente Social.
1005-09-885255 (Tercer Nivel)
Sr. Diego Nasimba Egresado de Ingeniero Civil.
Cartografía. -
2. INTRODUCCIÓN
2.1. ANTEDECENTES
MEMORIAL NECRÓPOLI es una organización ecuatoriana que ofrece servicios exequiales tanto
en previsión como en necesidad inmediata, con asistencia nacional e internacional. Tiene más de
quince años en el mercado convirtiéndose en la mejor y la más grande organización del sector
funerario del país.
2.2. JUSTIFICACIÓN
El artículo 19 de la Ley de Gestión Ambiental (R. O. 245, Julio 30 de 1999), establece que: “Las
obras públicas privadas o mixtas y los proyectos de inversión públicos o privados que puedan causar
impactos ambientales, serán calificados previamente a su ejecución, por los organismos
descentralizados de control, conforme el Sistema Único de Manejo Ambiental, cuyo principio rector
será el precautelatorio”.
Artículo 20 establece que un proyecto que suponga riesgo ambiental, deberá contar con su
respectiva licencia, otorgada por el ministerio del Ambiente.
Página 12 de 161
En el Texto Unificado de Legislación Secundaria del Ministerio del Ambiente (TULSMA), el cual
incluye el Reglamento a la Ley de Gestión Ambiental Para la Prevención y Control de la
Contaminación Ambiental1. El citado reglamento contiene normas técnicas, definidas como Anexos
al Libro VI De La Calidad Ambiental, donde se establecen límites permisibles de descargas,
emisiones, vertidos, etc., así como requerimientos de carácter ambiental que debe cumplir todo
proyecto a nivel nacional.
Art. 36 y Art. 37, del Acuerdo Ministerial 068, establecen como objetivo general la categorización
ambiental nacional, para unificar el proceso de regularización ambiental de los proyectos, obras o
actividades que se desarrollan en el país. A través del catálogo de categorización ambiental
nacional.
Que, en virtud de la acreditación conferida, el Municipio del Distrito Metropolitano de Quito, en
su calidad de Autoridad Ambiental de Aplicación responsable (AAAr), está facultado para
evaluar y aprobar estudios de impacto ambiental, planes de manejo ambiental, emitir licencias
ambientales y realizar el seguimiento a actividades o proyectos dentro del ámbito de su
competencia y jurisdicción territorial, de conformidad con el Libro VI del Texto Unificado de
Legislación Secundaria del Ministerio del Ambiente.
MEMORIAL NECRÓPOLI presenta el Estudio de Impacto Ambiental Expost que se desarrolla a fin
de evaluar el cumplimiento del marco legal ambiental nacional y local vigente, los potenciales
impactos ambientales negativos y positivos que tiene actualmente sobre su entorno, así como
también, para establecer medidas para mitigar, minimizar o compensar los impactos negativos
identificados, y potenciar los impactos positivos. Cumpliendo así a lo establecido en la normativa
ambiental vigente y obtener su Licencia Ambiental.
2.3. OBJETIVOS
2.3.1. OBJETIVO GENERAL
Identificar y evaluar los potenciales impactos ambientales que podría generar al área de influencia
directa e indirecta en el desarrollo del proyecto “OPERACIÓN, MANTENIMIENTO Y CIERRE Y
ABANDONO DE MEMORIAL NECRÓPOLI, así como la definición de las medidas preventivas, de
compensación y mitigación de impactos a través de la estructuración del Plan de Manejo Ambiental,
tomando en consideración los criterios pertinentes de la población ubicada en el área de influencia
directa, que sean técnico y económicamente viables, que a través de su aplicación, permita cumplir
con la normativa ambiental vigente aplicable a las actividades de la empresa.
2.3.2. OBJETIVOS ESPECÍFICOS
• Identificar criterios y observaciones de la población del área de influencia directa a través de la
aplicación de adecuados mecanismos de participación ciudadana, acorde a la normativa
ambiental vigente, dirigido a los representantes de la población, a organismos gubernamentales,
organizaciones sociales y ciudadanía en general, localizados en el área de influencia directa,
considerados para el desarrollo de las actividades de la empresa.
• Analizar, determinar y proponer medidas de prevención, mitigación y compensación de impactos
ambientales en la forma de un Plan de Manejo Ambiental definidas para cada una de las fases o
etapas de operación del proyecto, tomando en cuenta los criterios recopilados durante la consulta
1 Texto Unificado de Legislación Secundaria del Ministerio del Ambiente (TULSMA), D.
E. 3399, R. O. 725, Diciembre 16, 2002 & D. E. 3516 R. O. Edición Especial N° 2, Marzo 31, 2003 & R.O. 41, Marzo 14, 2007.
Página 13 de 161
ciudadana respecto a la implementación del proyecto, a fin de prevenir, minimizar, mitigar y/o
compensar los impactos adversos o para maximizar aquellos impactos positivos que se podrían
presentar durante la operación y con el abandono o culminación definitiva del proyecto, cuyo
resultado permita cumplir con las disposiciones y normas ambientales vigentes.
• Definir la estructura para la aplicación del Plan de Manejo Ambiental a través de un cronograma,
indicadores de seguimiento, responsables que aseguren el cumplimiento oportuno y adecuado
de cada una de las medidas propuestas.
• Difundir el Estudio de Impacto Ambiental y Plan de Manejo Ambiental a la comunidad, así como
autoridades localizados en el área de influencia directa del proyecto.
2.4. ALCANCE
El Estudio de impacto ambiental Expost ha sido realizado a las instalaciones de MEMORIAL
NECRÓPOLI, ubicado en la ciudad de Quito Av. Eloy Alfaro y Av. Río Coca, se ha identificado y
evaluando los impactos ambientales significativos que la operación, mantenimiento, cierre y
abandono, pudiesen producir en el medio.
El alcance del estudio comprende el empleo de métodos y técnicas dirigidos a la caracterización del
entorno, la identificación y evaluación de impactos ambientales, para las variables relevantes de los
diferentes aspectos ambientales: medio físico, medio biótico y medio sociocultural. Estos aspectos
han sido evaluados principalmente en función de las actividades identificadas, la información
(primaria y secundaria) recabada y disponible sobre el entorno, y la existencia de normas aplicables
a las operaciones.
2.5. METODOLOGÍA
La metodología aplicada incluye actividades como:
- Actividades de gabinete se realiza en dos fases, la primera consiste en la investigación
bibliográfica necesaria para reunir los detalles suficientes que permitan elaborar el
diagnóstico ambiental, describir las actividades de la empresa, identificar los procesos que
generan impactos considerables, jerarquizar los impactos y elaborar el Plan de Manejo
Ambiental. La segunda fase consiste en el análisis de la información recopilada en campo
y gabinete, y se procede a la elaboración del informe final del EsIA Expost.
- Actividades de campo consisten en la recopilación de información útil aplicando las
siguientes técnicas: observación directa: para determinar las características más
sobresalientes de la actividad en estudio respecto de la problemática ambiental, encuestas
comunitarias y de percepción: para obtener información por parte de la población
involucrado directamente con la actividad en estudio y registro fotográfico que evidencie las
acciones de la empresa.
3. MARCO LEGAL E INSTITUCIONAL
3.1. NORMATIVA AMBIENTAL NACIONAL
En la tabla a continuación se presenta un resumen de las leyes ambientales vigentes con respecto
a protección ambiental aplicables para las operaciones de MEMORIAL NECRÓPOLI.
Página 14 de 161
TABLA 1. NORMATIVA AMBIENTAL NACIONAL
MARCO LEGAL CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA DEL ECUADOR
DOCUMENTO Suplemento R.O. No. 449 – Octubre 20, 2008.
ARTÍCULOS DE APLICACIÓN
Art.14.- Reconoce el derecho de la población a vivir en un ambiente sano y ecológicamente equilibrado, que garantice la sostenibilidad y el buen vivir, sumak kawsay. Se declara de interés público la preservación del ambiente, la conservación de los ecosistemas, la biodiversidad y la integridad del patrimonio genético del país, la prevención del daño ambiental y la recuperación de los espacios naturales degradados.
Art. 66 numeral 27.- Determina que se reconoce y garantizará a las personas el derecho a vivir en un ambiente sano, ecológicamente equilibrado, libre de contaminación y en armonía con la naturaleza.
Art. 73 inciso primero. - Determina que el Estado aplicará medidas de precaución y restricción para las actividades que puedan conducir a la extinción de especies, la destrucción de ecosistemas o la alteración permanente de los ciclos naturales.
Art. 83 numeral 6.- Establece que son deberes y responsabilidades de las ecuatorianas y los ecuatorianos, sin perjuicio de otros previstos en la Constitución y la ley, respetar los derechos de la naturaleza, preservar un ambiente sano y utilizar los recursos naturales de modo racional, sustentable y sostenible.
Art. 395 numeral 1.- Reconoce como principio ambiental que el Estado garantizará un modelo sustentable de desarrollo, ambientalmente equilibrado y respetuoso de la diversidad cultural, que conserve la biodiversidad y la capacidad de regeneración natural de los ecosistemas, y asegure la satisfacción de las necesidades de las generaciones presentes y futuras.
Art. 396.-El Estado adoptará las políticas y medidas oportunas que eviten los impactos ambientales negativos, cuando exista certidumbre de daño. En caso de duda sobre el impacto ambiental de alguna acción u omisión, aunque no exista evidencia científica del daño, el Estado adoptará medidas protectoras eficaces y oportunas. La responsabilidad por daños ambientales es objetiva. Todo daño al ambiente, además de las sanciones correspondientes, implicará también la obligación de restaurar integralmente los ecosistemas e indemnizar a las personas y comunidades afectadas. Cada uno de los actores de los procesos de producción, distribución, comercialización y uso de bienes o servicios asumirá la responsabilidad directa de prevenir cualquier impacto ambiental, de mitigar y reparar los daños que ha causado y de mantener un sistema de control ambiental permanente. Las acciones legales para perseguir y sancionar por daños ambientales serán imprescriptibles.
Art. 398.- Toda decisión o autorización estatal que pueda afectar al ambiente deberá ser consultada a la comunidad, a la cual se informará amplia y oportunamente. El sujeto consultante será el Estado. La ley regulará la consulta previa, la participación ciudadana, los plazos, el sujeto consultado y los criterios de valoración y de objeción sobre la actividad sometida a consulta. El Estado valorará la opinión de la comunidad según los criterios establecidos en la ley y los instrumentos internacionales de derechos humanos.
Art 399.- El ejercicio integral de la tutela estatal sobre el ambiente y la corresponsabilidad de la ciudadanía en su preservación, se articulará a través de un sistema nacional descentralizado de gestión ambiental, que tendrá a su cargo la defensoría del ambiente y la naturaleza
MARCO LEGAL LEY ORGÁNICA DE SALUD
DOCUMENTO Registro Oficial Suplemento 423 de 22-dic.-2006 Ultima modificación: 24-ene.-2012
ARTÍCULOS DE APLICACIÓN
Art. 7.- Toda persona, sin discriminación por motivo alguno, tiene en relación a la salud, los siguientes derechos: c) Vivir en un ambiente sano, ecológicamente equilibrado y libre de contaminación.
Art. 95.- La autoridad sanitaria nacional en coordinación con el Ministerio de Ambiente, establecerá las normas básicas para la preservación del ambiente en materias relacionadas con la salud humana, las mismas que serán de cumplimiento obligatorio para todas las personas naturales, entidades públicas, privadas y comunitarias. El Estado a través de los organismos competentes y el sector privado está obligado a proporcionar a la población, información adecuada y veraz respecto del impacto ambiental y sus consecuencias para la salud individual y colectiva.
Art. 102.- Es responsabilidad del Estado, a través de los municipios del país y en coordinación con las respectivas instituciones públicas, dotar a la población de sistemas de alcantarillado sanitario, pluvial y otros de disposición de excretas y aguas servidas que no afecten a la salud individual, colectiva y al ambiente; así como de sistemas de tratamiento de aguas servidas.
Art. 147.- La autoridad sanitaria nacional, en coordinación con los municipios, establecerá programas de educación sanitaria para productores, manipuladores y consumidores de alimentos, fomentando la higiene, la salud individual y colectiva y la protección del medio ambiente.
Art. 149.- El desarrollo, tratamiento, elaboración, producción, aplicación, manipulación, uso, almacenamiento, transporte, distribución, importación, comercialización y expendio de alimentos para consumo humano que sean o contengan productos genéticamente modificados, se realizará cuando se demuestre ante la autoridad competente, mediante estudios técnicos y científicamente avanzados, su inocuidad y seguridad para los consumidores y el medio ambiente
Página 15 de 161
Art. 158.- El desarrollo, la producción, manipulación, uso, almacenamiento, transporte, distribución, importación, comercialización y expendio de productos nutraceúticos, será permitido cuando se demuestre técnica y científicamente ante la autoridad sanitaria nacional, su seguridad para el consumidor y el ambiente. El registro y control sanitarios de estos productos se sujetará a las regulaciones vigentes para medicamentos.
MARCO LEGAL CÓDIGO ORGÁNICO INTEGRAL PENAL
DOCUMENTO Suplemento N° 180 publicado del 12 de febrero de 2014
ARTÍCULOS DE APLICACIÓN
Art. 251.- Delitos contra el agua. - La persona que, contraviniendo la normativa vigente, contamine, deseque o altere los cuerpos de agua, vertientes, fuentes, caudales ecológicos, aguas naturales afloradas o subterráneas de las cuencas hidrográficas y en general los recursos hidrobiológicos o realice descargas en el mar provocando daños graves, será sancionada con una pena privativa de libertad de tres a cinco años. Se impondrá el máximo de la pena si la infracción es perpetrada en un espacio del Sistema Nacional de Áreas Protegidas o si la infracción es perpetrada con ánimo de lucro o con métodos, instrumentos o medios que resulten en daños extensos y permanentes.
Art. 252.- Delitos contra suelo. - La persona que, contraviniendo la normativa vigente, en relación con los planes de ordenamiento territorial y ambiental, cambie el uso del suelo forestal o el suelo destinado al mantenimiento y conservación de ecosistemas nativos y sus funciones ecológicas, afecte o dañe su capa fértil, cause erosión o desertificación, provocando daños graves, será sancionada con pena privativa de libertad de tres a cinco años. Se impondrá el máximo de la pena si la infracción es perpetrada en un espacio del Sistema Nacional de Áreas Protegidas o si la infracción es perpetrada con ánimo de lucro o con métodos, instrumentos o medios que resulten en daños extensos y permanentes.
Art. 253.- Contaminación del aire. - La persona que, contraviniendo la normativa vigente o por no adoptar las medidas exigidas en las normas, contamine el aire, la atmósfera o demás componentes del espacio aéreo en niveles tales que resulten daños graves a los recursos naturales, biodiversidad y salud humana, será sancionada con pena privativa de libertad de uno a tres años
Art. 254.- Gestión prohibida o no autorizada de productos, residuos, desechos o sustancias peligrosas.- La persona que, contraviniendo lo establecido en la normativa vigente, desarrolle, produzca, tenga, disponga, queme, comercialice, introduzca, importe, transporte, almacene, deposite o use, productos, residuos, desechos y sustancias químicas o peligrosas, y con esto produzca daños graves a la biodiversidad y recursos naturales, será sancionada con pena privativa de libertad de uno a tres años
Art. 255.- Falsedad u ocultamiento de información ambiental. - La persona que emita o proporcione información falsa u oculte información que sea de sustento para la emisión y otorgamiento de permisos ambientales, estudios de impactos ambientales, auditorías y diagnósticos ambientales, permisos o licencias de aprovechamiento forestal, que provoquen el cometimiento de un error por parte de la autoridad ambiental, será sancionada con pena privativa de libertad de uno a tres años.
MARCO LEGAL LEY DE DEFENSA CONTRA INCENDIOS
DOCUMENTO Registro Oficial No. 815 del 19 de abril de 1979
ARTÍCULOS DE APLICACIÓN
Ley especial de la materia que se encuentre vigente en todo aquello que no pugna con el ordenamiento jurídico superior o expedido con posterioridad.
MARCO LEGAL LEY DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE LA CONTAMINACIÓN AMBIENTAL
DOCUMENTO Registro Oficial Suplemento 418 de 10-sep-2004
Art. 1.- Prohíbe expeler hacia la atmósfera o descargar en ella, sin sujetarse a las correspondientes normas técnicas y regulaciones, contaminantes que, a juicio de los Ministerios de Salud y del Ambiente, en sus respectivas áreas de competencia, puedan perjudicar la salud y vida humana, la flora, la fauna y los recursos o bienes del estado o de particulares o constituir una molestia;
Art. 6.- Queda prohibido descargar, sin sujetarse a las correspondientes normas técnicas y regulaciones, a las redes de alcantarillado, o en las quebradas, acequias, ríos, lagos naturales o artificiales, o en las aguas marítimas, así como infiltrar en terrenos, las aguas residuales que contengan contaminantes que sean nocivos a la salud humana, a la fauna, a la flora y a las propiedades.
Art. 10.- Queda prohibido descargar, sin sujetarse a las correspondientes normas técnicas y regulaciones, cualquier tipo de contaminantes que puedan alterar la calidad del suelo y afectar a la salud humana, la flora, la fauna, los recursos naturales y otros bienes.
Página 16 de 161
MARCO LEGAL LEY DE GESTIÓN AMBIENTAL
DOCUMENTO Registro Oficial N° 418 DEL 10 de septiembre del 2004
ARTÍCULOS DE APLICACIÓN
Art. 1.- La presente Ley establece los principios y directrices de política ambiental; determina las obligaciones, responsabilidades, niveles de participación de los sectores público y privado en la gestión ambiental y señala los límites permisibles, controles y sanciones en esta materia.
Art. 2.- La gestión ambiental se sujeta a los principios de solidaridad, corresponsabilidad, cooperación, coordinación, reciclaje y reutilización de desechos, utilización de tecnologías alternativas ambientalmente sustentables y respecto a las culturas y prácticas tradicionales
Art. 10 de la Ley de Gestión Ambiental. - señala que las instituciones del Estado con competencia ambiental forman parte del Sistema Nacional Descentralizado de Gestión Ambiental y se someterán obligatoriamente a las directrices establecidas por el Consejo Nacional de Desarrollo Sustentable. Este Sistema constituye el mecanismo de coordinación transectorial, integración y cooperación entre los distintos ámbitos de gestión ambiental y manejo de recursos naturales; subordinado a las disposiciones técnicas de la autoridad ambiental.
La aplicación de la LGA se ve fortalecida con la expedición de la Legislación Secundaria Ambiental: El Texto unificado contempla el siguiente contenido: Título Preliminar: De las políticas básicas Ambientales del Ecuador Libro I: De la Autoridad Ambiental Libro II: De la Gestión Ambiental Libro III: Del Régimen Forestal Libro IV: De la Biodiversidad Libro V: De la Gestión de los Recursos Costeros Libro VII: Del Régimen Especial Galápagos Libro VIII: Del Instituto para el Eco desarrollo Regional Amazónico – ECORAE Libro IX: Del Sistema de Derechos o Tasas por los Servicios que Presta el Ministerio del ambiente y por el Uso y Aprovechamiento de Bienes Nacionales que se Encuentren Bajo su Cargo y Protección.
Art. 19.- Las obras públicas, privadas o mixtas, y los proyectos de inversión públicos o privados que puedan causar impactos ambientales, serán calificados previamente a su ejecución, por los organismos descentralizados de control, conforme el Sistema Único de Manejo Ambiental, cuyo principio rector será el precautelatorio.
Art. 20.- Para el inicio de toda actividad que suponga riesgo ambiental se deberá contar con la licencia respectiva, otorgada por el Ministerio del ramo.
Art. 21.- Los sistemas de manejo ambiental incluirán estudios de línea base; evaluación del impacto ambiental; evaluación de riesgos; planes de manejo; planes de manejo de riesgo; sistemas de monitoreo; planes de contingencia y mitigación; auditorías ambientales y planes de abandono. Una vez cumplidos estos requisitos y de conformidad con la calificación de los mismos, el Ministerio del ramo podrá otorgar o negar la licencia correspondiente.
Art. 22.- Los sistemas de manejo ambiental en los contratos que requieran estudios de impacto ambiental y en las actividades para las que se hubiere otorgado licencia ambiental, podrán ser evaluados en cualquier momento, a solicitud del Ministerio del ramo o de las personas afectadas. La evaluación del cumplimiento de los planes de manejo ambiental aprobados se realizará mediante la auditoría ambiental, practicada por consultores previamente calificados por el Ministerio del ramo, a fin de establecer los correctivos que deban hacerse.
Art. 23.- La evaluación del impacto ambiental comprenderá: a) La estimación de los efectos causados a la población humana, la biodiversidad, el suelo, el aire, el agua, el paisaje y la estructura y función de los ecosistemas presentes en el área previsiblemente afectada; b) Las condiciones de tranquilidad públicas, tales como: ruido, vibraciones, olores, emisiones luminosas, cambios térmicos y cualquier otro perjuicio ambiental derivado de su ejecución; y, c) La incidencia que el proyecto, obra o actividad tendrá en los elementos que componen el patrimonio histórico, escénico y cultural.
Art. 28.- Toda persona natural o jurídica tiene derecho a participar en la gestión ambiental, a través de los mecanismos que para el efecto establezca el Reglamento, entre los cuales se incluirán consultas, audiencias públicas, iniciativas, propuestas o cualquier forma de asociación entre el sector público y el privado. Se concede acción popular para denunciar a quienes violen esta garantía, sin perjuicio de la responsabilidad civil y penal por denuncias o acusaciones temerarias o maliciosas. El incumplimiento del proceso de consulta al que se refiere el artículo 88 de la Constitución Política de la República tornará inejecutable la actividad de que se trate y será causal de nulidad de los contratos respectivos.
Art. 40.- Toda persona natural o jurídica que, en el curso de sus actividades empresariales o industriales estableciere que las mismas pueden producir o están produciendo daños ambientales a los ecosistemas, está obligada a informar sobre ello al Ministerio del ramo o a las instituciones del régimen seccional autónomo. La información se presentará a la brevedad posible y las autoridades competentes deberán adoptar las medidas necesarias para solucionar los problemas detectados. En caso de incumplimiento de la presente disposición, el infractor será sancionado con una multa de veinte a doscientos salarios mínimos vitales generales.
Página 17 de 161
MARCO LEGAL ACUERDO No. 061 REFORMA DEL LIBRO VI DEL TEXTO UNFICADO DE LEGISLACIÓN
SECUNDARIA
DOCUMENTO Edición Especial Nº 316 - Registro Oficial - Lunes 4 de mayo de 2015
ARTÍCULOS DE APLICACIÓN
Art. 4 Rectoría. - El Ministerio del Ambiente, ejerce las potestades de Autoridad Ambiental Nacional y como tal ejerce la rectoría del Sistema Nacional Descentralizado de Gestión Ambiental, Del Sistema Único de Manejo Ambiental y sus Instrumentos, en los términos establecidos en la constitución, la legislación ambiental, las normas contenidas en este Libro y demás normativa secundaria de aplicación
Art. 5 Atribuciones de la Autoridad Ambiental Nacional.- En materia de Calidad Ambiental le corresponden las siguientes atribuciones: a) Ejercer la rectoría del Sistema Nacional Descentralizado de Gestión Ambiental. b) Ejercer la rectoría del Sistema Único de Manejo Ambiental. c) Fomentar procesos de producción limpia y consumo sostenibles considerando el ciclo de vida del producto. d) Desarrollar incentivos para aplicación de principios de prevención, optimización en el uso de recursos y de reducción de la contaminación. e) Ejercer la rectoría en materia de gestión de desechos. f) Ejercer la rectoría en materia de energías alternativas. g) Expedir las políticas públicas de obligatorio cumplimiento. h) Ejercer la potestad de regulación técnica a través de la expedición de normas técnicas y administrativas.
Art. 6 Obligaciones generales. - Toda obra o proyecto nuevo y toda ampliación o modificación de los mismos que pueda causar impacto ambiental, deberá someterse al Sistema único de Manejo Ambiental, de acuerdo con lo que establece la legislación aplicable, este Libro y la normativa administrativa y técnica expedida para el efecto.
Art. 10 De la competencia de las Autoridades Ambientales Competentes. - a) Si el proyecto, obra o actividad es promovido por una o varias juntas parroquiales, la Autoridad Ambiental Competente será el Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal, de estar acreditado; caso contrario le corresponderá al Gobierno Autónomo Descentralizado Provincial acreditado o en su defecto, a la Autoridad Ambiental Nacional.
Art. 15 Del certificado de intersección. - El certificado de intersección es un documento electrónico generado por el SUIA, a partir de coordenadas UTM DATUM: wgs-84, 17s, en el que se indica que el proyecto, obra o actividad propuesto por el promotor interseca o no, con el Sistema Nacional de Áreas Protegidas (SNAP) Bosques y vegetación protectora.
Art. 18. De la modificación del proyecto obra o actividad. - Todo proyecto obra o actividad que cuente con permiso ambiental y que vaya a realizar alguna modificación o ampliación de su actividad, deberá cumplir nuevamente con el proceso de regularización ambiental en los siguientes casos: a) Por sí sola, la modificación constituye un nuevo proyecto, obra o actividad. b) cuando los cambios en su actividad, impliquen impactos y riesgos ambientales que no hayan sido incluidas en la autorización administrativa correspondiente. c) Cuando exista una ampliación que comprometa un área geográfica superior a la que fue aprobada o se ubique en otro sector.
Art. 24 Licencia Ambiental. - Es el permiso ambiental otorgado por la Autoridad Ambiental competente a través del SUIA, siendo de carácter obligatorio.
Art. 19 De la incorporación de actividades complementarias. - En el caso de que el promotor de un proyecto, obra o actividad requieran generar nuevas actividades que no fueron contempladas en los estudios ambientales aprobados dentro de las áreas de estudio que motivó la emisión de la Licencia Ambiental, estas deberán ser incorporadas en la Licencia Ambiental previa la aprobación de los estudios complementarios, siendo esta inclusión emitida mediante el mismo instrumento legal con el que se regularizó la actividad.
CAPITULO IV: DE LOS ESTUDIOS AMBIENTALES
Art. 27 Objetivo.- Los Estudios Ambientales sirven para garantizar una adecuada y fundamentada predicción, identificación e interpretación de los impactos ambientales de los proyectos, obras o actividades existentes y por desarrollarse en el país, así como la idoneidad técnica de las medidas de control para la gestión de sus impactos ambientales y sus riesgos.
Art. 28 De la evaluación de impactos ambientales. - La evaluación de impactos ambientales es un procedimiento que permite predecir, identificar, describir, y evaluar los potenciales impactos ambientales que un proyecto, obra o actividad puede ocasionar al ambiente ; y con éste análisis determinar las medidas más efectivas para prevenir, controlar, mitigar y compensar los impactos ambientales negativos, enmarcados en lo establecido en la Normativa Ambiental aplicable.
Art. 29 Responsables de los estudios ambientales. - Los estudios ambientales de los proyectos, obras o actividades se realizarán bajo responsabilidad del regulado, conforme a las guías y normativa ambiental aplicable, quien será responsable por la veracidad y exactitud de sus contenidos. Los estudios ambientales de las licencias ambientales, deberán ser realizados por consultores calificados por la Autoridad Competente, misma que evaluará periódicamente, junto con otras entidades competentes, las capacidades técnicas y éticas de los consultores para realizar dichos estudios.
Art. 30 De los términos de referencia. - Son documentos preliminares estandarizados o especializados que determinan el contenido, el alcance, la focalización, los métodos, y las técnicas a aplicarse en la elaboración de los estudios ambientales. Los términos de referencia para la realización de un estudio ambiental estarán disponibles en línea a través del SUIA para el promotor del proyecto, obra o actividad; la Autoridad Ambiental Competente focalizará los estudios en base de la actividad en regularización.
Página 18 de 161
Art. 31 De la descripción del proyecto y análisis de alternativas.- Los proyectos o actividades que requieran licencias ambientales, deberán ser descritos a detalle para poder predecir y evaluar los impactos potenciales o reales de los mismos. En la evaluación del proyecto u obra se deberá valorar equitativamente los componentes ambiental, social y económico; dicha información complementará las alternativas viables, para el análisis y selección de la más adecuada. La no ejecución del proyecto, no se considerará como una alternativa dentro del análisis.
Art. 32 Del Plan de Manejo Ambiental. - El Plan de Manejo Ambiental consiste de varios sub-planes, dependiendo de las características de la actividad o proyecto. El Plan de Manejo Ambiental contendrá los siguientes sub planes, con sus respectivos programas, presupuestos, responsables, medios de verificación y cronograma. a) Plan de Prevención y Mitigación de Impactos b) Plan de Contingencias c) Plan de Capacitación d) Plan de Seguridad y Salud ocupacional e) Plan de Manejo de Desechos f) Plan de Relaciones Comunitarias g) Plan de Rehabilitación de Áreas afectadas h) Plan de Abandono y Entrega del Área i) Plan de Monitoreo y Seguimiento En el caso de que los Estudios de Impacto Ambiental, para actividades en funcionamiento (EsIA Ex post) se incluirá adicionalmente a los planes mencionados, el plan de acción que permita corregir las No Conformidades (NC), encontradas durante el proceso.
Art. 33 Del alcance de los estudios ambientales.- Los estudios ambientales deberán cubrir todas las fases del ciclo de vida de un proyecto, obra o actividad, excepto cuando por la naturaleza y características de la actividad y en base de la normativa ambiental se establezcan diferentes fases y dentro de estas, diferentes etapas de ejecución de las mismas.
Art. 34 Estudios Ambientales Ex Ante (EsIA Ex Ante). - Estudio de Impacto Ambiental. - Son estudios técnicos que proporcionan antecedentes para la predicción e identificación de los impactos ambientales. Además describen las medidas para prevenir, controlar, mitigar y compensar las alteraciones ambientales significativas.
Art. 35 Estudios Ambientales Ex Post (EsIA Ex Post).- Son estudios ambientales que guardan el mismo fi n que los estudios ex ante y que permiten regularizar en términos ambientales la ejecución de una obra o actividad en funcionamiento, de conformidad con lo dispuesto en este instrumento jurídico.
Art. 36 De las observaciones a los estudios ambientales. - Durante la revisión y análisis de los estudios ambientales, previo al pronunciamiento favorable, la Autoridad Ambiental Competente podrá solicitar entre otros: a) Modificación del proyecto, obra o actividad propuesta, incluyendo las correspondientes alternativas. b) Incorporación de alternativas no previstas inicialmente en el estudio ambiental, siempre y cuando estas no cambien sustancialmente la naturaleza y/o el dimensionamiento del proyecto, obra o actividad. c) Realización de correcciones a la información presentada en el estudio ambiental. d) Realización de análisis complementarios o nuevos. La Autoridad Ambiental Competente revisará el estudio ambiental, emitirá observaciones por una vez, notificará al proponente para que acoja sus observaciones y sobre estas respuestas, la Autoridad Ambiental Competente podrá requerir al proponente información adicional para su aprobación final. Si estas observaciones no son absueltas en el segundo ciclo de revisión, el proceso será archivado.
Art. 37 Del pronunciamiento favorable de los estudios ambientales.- Si la Autoridad Ambiental Competente considera que el estudio ambiental presentado satisface las exigencias y cumple con los requerimientos previstos en la normativa ambiental aplicable y en las normas técnicas pertinentes, emitirá mediante oficio pronunciamiento favorable.
Art. 39 De la emisión de los permisos ambientales. - Los proyectos, obras o actividades que requieran de permisos ambientales, además del pronunciamiento favorable deberán realizar los pagos que por servicios administrativos correspondan, conforme a los requerimientos previstos para cada caso. Los proyectos, obras o actividades que requieran de la licencia ambiental deberán entregar las garantías y pólizas establecidas en la normativa ambiental aplicable; una vez que la Autoridad Ambiental Competente verifique esta información, procederá a la emisión de la correspondiente licencia ambiental.
Art. 38 Del establecimiento de la póliza o garantía de fiel cumplimiento del Plan de Manejo Ambiental.- La regularización ambiental para los proyectos, obras o actividades que requieran de licencias ambientales comprenderá, entre otras condiciones, el establecimiento de una póliza o garantía de fi el cumplimiento del Plan de Manejo Ambiental, equivalente al cien por ciento (100%) del costo del mismo, para enfrentar posibles incumplimientos al mismo, relacionadas con la ejecución de la actividad o proyecto licenciado, cuyo endoso deberá ser a favor de la Autoridad Ambiental Competente. No se exigirá esta garantía o póliza cuando los ejecutores del proyecto, obra o actividad sean entidades del sector público o empresas cuyo capital suscrito pertenezca, por lo menos a las dos terceras partes, a entidades de derecho público o de derecho privado con finalidad social o pública. Sin embargo, la entidad ejecutora responderá administrativa y civilmente por el cabal y oportuno cumplimiento del Plan de Manejo Ambiental del proyecto, obra o actividad licenciada y de las contingencias que puedan producir daños ambientales o afectaciones a terceros, de acuerdo a lo establecido en la normativa aplicable.
Art. 40 De la Resolución.- La Autoridad Ambiental Competente notificará a los sujetos de control de los proyectos, obras o actividades con la emisión de la Resolución de la licencia ambiental, en la que se detallará con claridad las condiciones a las que se someterá el proyecto, obra o actividad, durante todas las fases del mismo, así como las facultades legales y reglamentarias para la operación del proyecto, obra o actividad: la misma que contendrá: a) Las consideraciones legales que sirvieron de base para el pronunciamiento y aprobación del estudio ambiental. b) Las consideraciones técnicas en que se fundamenta la Resolución. c) Las consideraciones sobre el Proceso de Participación Social, conforme la normativa ambiental aplicable. d) La aprobación de los Estudios Ambientales correspondientes, el otorgamiento de la licencia ambiental y el condicionante referente a la suspensión y/o revocatoria de la licencia ambiental en caso de incumplimientos. e) Las obligaciones que se deberán cumplir durante todas las fases del ciclo de vida del proyecto, obra o actividad.
Página 19 de 161
Art. 41 Permisos ambientales de actividades y proyectos en funcionamiento (estudios ex post).- Los proyectos, obras o actividades en funcionamiento que deban obtener un permiso ambiental de conformidad con lo dispuesto en este Libro, deberán iniciar el proceso de regularización a partir de la fecha de la publicación del presente Reglamento en el Registro Oficial.
Art. 42 Del Registro de los permisos ambientales.- La Autoridad Ambiental Nacional llevará un registro de los permisos ambientales otorgados a nivel nacional a través del SUIA.
Art. 43 Del cierre de operaciones y abandono del área o proyecto.- Los Sujetos de Control que por cualquier motivo requieran el cierre de las operaciones y/o abandono del área, deberán ejecutar el plan de cierre y abandono conforme lo aprobado en el Plan de Manejo Ambiental respectivo; adicionalmente, deberán presentar Informes Ambientales, Auditorías Ambientales u otros los documentos conforme los lineamientos establecidos por la Autoridad Ambiental Competente.
CAPÍTULO V: DE LA PARTICIPACIÓN SOCIAL
Art. 44 De la participación social.- Se rige por los principios de legitimidad y representatividad y se define como un esfuerzo de las Instituciones del Estado, la ciudadanía y el sujeto de control interesado en realizar un proyecto, obra o actividad. La Autoridad Ambiental Competente informará a la población sobre la posible realización de actividades y/o proyectos, así como sobre los posibles impactos socios ambientales esperados y la pertinencia de las acciones a tomar. Con la finalidad de recoger sus opiniones y observaciones, e incorporar en los Estudios Ambientales, aquellas que sean técnica y económicamente viables. El proceso de participación social es de cumplimiento obligatorio como parte de obtención de la licencia ambiental.
Art. 45 De los mecanismos de participación. - Son los procedimientos que la Autoridad Ambiental Competente aplica para hacer efectiva la Participación Social. Para la aplicación de estos mecanismos y sistematización de sus resultados, se actuará conforme a lo dispuesto en los Instructivos o Instrumentos que emita la Autoridad Ambiental Nacional para el efecto. Los mecanismos de participación social se definirán considerando: el nivel de impacto que genera el proyecto y el nivel de conflictividad identificado; y de ser el caso generaran mayores espacios de participación.
Art. 46 Momentos de la participación- La Participación Social se realizará durante la revisión del estudio ambiental, conforme al procedimiento establecido en la normativa que se expida para el efecto y deberá ser realizada de manera obligatoria por la Autoridad Ambiental Competente en coordinación con el promotor de la actividad o proyecto, atendiendo a las particularidades de cada caso.
CAPITULO VI: GESTIÓN INTEGRAL DE RESIDUOS SOLIDOS NO PELIGROSOS, Y DESECHOS PELIGROSOS Y/O ESPECIALES
Art. 49 Políticas generales de la gestión integral de los residuos sólidos no peligrosos, desechos peligrosos y/o especiales. - Se establecen como políticas generales para la gestión integral de estos residuos y/o desechos y son de obligatorio cumplimiento tanto para las instituciones del Estado, en sus distintos niveles de gobierno, como para las personas naturales o jurídicas públicas o privadas, comunitarias o mixtas, nacionales o extranjeras.
Art. 50 Responsabilidad extendida. - Los productores o importadores, según sea el caso, individual y colectivamente, tienen la responsabilidad de la gestión del producto a través de todo el ciclo de vida del mismo, incluyendo los impactos inherentes a la selección de los materiales, del proceso de producción de los mismos, así como los relativos al uso y disposición final de estos luego de su vida útil. La Autoridad Ambiental Nacional, a través de la normativa técnica correspondiente, establecerá los lineamientos en cuanto al modelo de gestión que se establecerá para el efecto.
SECCIÓN I: GESTIÓN INTEGRAL DE RESIDUOS Y/O DESECHOS SOLIDOS NO PELIGROSOS
Art. 55 De la gestión integral de residuos y/o desechos sólidos no peligrosos.- La gestión integral constituye el conjunto de acciones y disposiciones regulatorias, operativas, económicas, financieras, administrativas, educativas, de planificación, monitoreo y evaluación, que tienen la finalidad de dar a los residuos sólidos no peligrosos el destino más adecuado desde el punto de vista técnico, ambiental y socio-económico, de acuerdo con sus características, volumen, procedencia, costos de tratamiento, posibilidades de recuperación y aprovechamiento, comercialización o finalmente su disposición final. Está dirigida a la implementación de las fases de manejo de los residuos sólidos que son la minimización de su generación, separación en la fuente, almacenamiento, recolección, transporte, acopio y/o transferencia, tratamiento, aprovechamiento y disposición final.
SECCIÓN II: GESTIÓN INTEGRAL DE DESECHOS PELIGROSOS Y/O ESPECIALES
Art. 78 Ámbito.- El presente Capítulo regula las fases de gestión y los mecanismos de prevención y control de la contaminación por desechos peligrosos y/o especiales en el territorio nacional, al tenor de los procedimientos y normas técnicas previstos en la normativa aplicable y en los Convenios Internacionales relacionados con esta materia, suscritos y ratificados por el Estado ecuatoriano.
Art. 88.- Al ser el generador el titular y responsable del manejo de los desechos peligrosos y/o especiales hasta su disposición final, es de su responsabilidad: a) Responder individual, conjunta y solidariamente con las personas naturales o jurídicas que efectúen para él la gestión de los desechos de su titularidad, en cuanto al cumplimiento de la normativa ambiental aplicable antes de la entrega de los mismos y en caso de incidentes que involucren manejo inadecuado, contaminación y/o daño ambiental. La responsabilidad es solidaria e irrenunciable.
b) Obtener obligatoriamente el registro de generador de desechos peligrosos y/o especiales ante la Autoridad Ambiental Nacional o las Autoridades Ambientales de Aplicación responsable, para lo cual la Autoridad Ambiental Nacional establecerá los procedimientos aprobatorios respectivos mediante Acuerdo Ministerial y en conformidad a las disposiciones en este Capítulo. El registro será emitido por punto de generación de desechos peligrosos y/o especiales. Se emitirá un sólo registro para el caso exclusivo de una actividad productiva que abarque varios puntos donde la generación de desechos peligrosos y/o especiales es mínima, de acuerdo al procedimiento establecido en la norma legal respectiva.
Página 20 de 161
c) Tomar medidas con el fin de reducir o minimizar la generación de desechos peligrosos y/o especiales, para lo cual presentarán ante la Autoridad Ambiental Competente, el Plan de Minimización de Desechos Peligrosos, en el plazo de 90 días, una vez emitido el respectivo registro.
d) Almacenar los desechos peligrosos y/o especiales en condiciones técnicas de seguridad y en áreas que reúnan los requisitos previstos en el presente reglamento, normas INEN y/o normas nacionales e internacionales aplicables; evitando su contacto con los recursos agua y suelo y verificando la compatibilidad de los mismos.
e) Disponer de instalaciones adecuadas y técnicamente construidas para realizar el almacenamiento de los desechos peligrosos y/o especiales, con accesibilidad a los vehículos que vayan a realizar el traslado de los mismos.
f) Identificar y/o caracterizar los desechos peligrosos y/o especiales generados, de acuerdo a la norma técnica aplicable.
g) Realizar la entrega de los desechos peligrosos y/o especiales para su adecuado manejo, únicamente a personas naturales o jurídicas que cuenten con el permiso ambiental correspondiente emitido por la Autoridad Ambiental Nacional o por la Autoridad Ambiental de Aplicación responsable.
h) Demostrar ante la Autoridad Ambiental Competente que no es posible someter los desechos peligrosos y/o especiales a algún sistema de eliminación y/o disposición final dentro de sus instalaciones, bajo los lineamientos técnicos establecidos en la normativa ambiental emitida por la Autoridad Ambiental Nacional.
i) Completar, formalizar y custodiar el manifiesto único de movimiento de los desechos peligrosos y/o especiales previo a la transferencia; este documento crea la cadena de custodia desde la generación hasta la disposición final; el formulario de dicho documento será entregado por la Autoridad Ambiental Competente una vez obtenido el registro de generador de desechos peligrosos y/o especiales.
j) Regularizar su actividad conforme lo establece la normativa ambiental ante la Autoridad Ambiental Competente.
k) Declarar anualmente ante la Autoridad Ambiental Competente para su aprobación, la generación y manejo de desechos peligrosos y/o especiales realizada durante el año calendario. El generador debe presentar la declaración por cada registro otorgado y esto lo debe realizar dentro de los primeros diez días del mes de enero del año siguiente al año de reporte. La información consignada en este documento estará sujeta a comprobación por parte de la autoridad competente, quien podrá solicitar informes específicos cuando lo requiera. La periodicidad de la presentación de dicha declaración, podrá variar para casos específicos que lo determine y establezca la Autoridad Ambiental Nacional a través de Acuerdo Ministerial. El incumplimiento de esta disposición conllevará a la anulación del registro de generador, sin perjuicio de las sanciones administrativas, civiles y penales a que hubiere lugar.
l) Mantener un registro de los movimientos de entrada y salida de desechos peligrosos y/o especiales en su área de almacenamiento, en donde se hará constar la fecha de los movimientos que incluya entradas y salidas, nombre del desecho, su origen, cantidad transferida y almacenada, destino, responsables y firmas de responsabilidad.
m) Proceder a la actualización del registro de generador otorgado en caso de modificaciones en la información que sean requeridos
n) Los generadores que ya cuenten con el permiso ambiental de su actividad y que estén en capacidad de gestionar sus propios desechos peligrosos y/o especiales, deberán actualizar su Plan de Manejo Ambiental, a fin de reportar dicha gestión a la Autoridad Ambiental Competente. Las operaciones de transporte de desechos peligrosos, eliminación o disposición final de desechos peligrosos y/o especiales que realicen, deberán cumplir con los aspectos técnicos y legales establecidos en la normativa ambiental aplicable; en caso de ser necesario, se complementará con las normas internacionales aplicables.
Art. 91.- Los desechos peligrosos y/o especiales deben permanecer envasados, almacenados y etiquetados, aplicando para el efecto las normas técnicas pertinentes establecidas por la Autoridad Ambiental Nacional y la Autoridad Nacional de Normalización, o en su defecto normas técnicas aceptadas a nivel internacional aplicables en el país. Los envases empleados en el almacenamiento deben ser utilizados únicamente para este fin, tomando en cuenta las características de peligrosidad y de incompatibilidad de los desechos peligrosos y/o especiales con ciertos materiales. Para el caso de desechos peligrosos con contenidos de material radioactivo sea de origen natural o artificial, el envasado, almacenamiento y etiquetado deberá, además, cumplir con la normativa específica emitida por autoridad reguladora del Ministerio de Electricidad y Energía Renovable o aquella que la reemplace. Las personas naturales o jurídicas públicas o privadas nacionales o extranjeras que prestan el servicio de almacenamiento de desechos peligrosos y/o especiales, estarán sujetos al proceso de regularización ambiental establecido en este Libro, pudiendo prestar servicio únicamente a los generadores registrados.
Art. 92.- El almacenamiento de desechos peligrosos y/o especiales en las instalaciones, no podrá superar los doce (12) meses contados a partir de la fecha del correspondiente permiso ambiental. En casos justificados, mediante informe técnico, se podrá solicitar a la Autoridad Ambiental una extensión de dicho periodo que no excederá de 6 meses.
Art. 93.- Los lugares para almacenamiento deberán cumplir con las siguientes condiciones mínimas. a) Ser lo suficientemente amplios para almacenar y manipular en forma segura los desechos peligrosos, así como contar con pasillos lo suficientemente amplios, que permitan el tránsito de montacargas mecánicos, electrónicos o manuales, así como el movimiento de los grupos de seguridad y bomberos en casos de emergencia.
b) Estar separados de las áreas de producción, servicios, oficinas y de almacenamiento de materias primas o productos terminados.
c) No almacenar desechos peligrosos con sustancias químicas peligrosas.
Página 21 de 161
d) El acceso a estos locales debe ser restringido, únicamente se admitirá el ingreso a personal autorizado provisto de todos los implementos determinados en las normas de seguridad industrial y que cuente con la identificación correspondiente para su ingreso
e) En los casos en que se almacenen desechos peligrosos de varios generadores cuya procedencia indique el posible contacto o presencia de material radioactivo, la instalación deberá contar con un detector de radiaciones adecuadamente calibrado. En caso de hallazgos al respecto, se debe informar inmediatamente al Ministerio de Electricidad y Energía Renovable o aquella que la reemplace.
f) Contar con un equipo de emergencia y personal capacitado en la aplicación de planes de contingencia.
g) Las instalaciones deben contar con pisos cuyas superficies sean de acabado liso, continuo e impermeable o se hayan impermeabilizado, resistentes química y estructuralmente a los desechos peligrosos que se almacenen, así como contar con una cubierta (cobertores o techados) a fin de estar protegidos de condiciones ambientales como humedad, temperatura, radiación y evitar la contaminación por escorrentía.
h) Para el caso de almacenamiento de desechos líquidos, el sitio debe contar con cubetos para contención de derrames o fosas de retención de derrames cuya capacidad sea del 110% del contenedor de mayor capacidad, además deben contar con trincheras o canaletas para conducir derrames a las fosas de retención con capacidad para contener una quinta parte de lo almacenado.
i) Contar con señalización apropiada con letreros alusivos a la peligrosidad de los mismos, en lugares y formas visibles.
j) Contar con sistemas de extinción contra incendios. En el caso de hidrantes, estos deberán mantener una presión mínima de 6kg/cm2 durante 15 minutos.
Art. 95.- Todo envase durante el almacenamiento temporal de desechos peligrosos y/o especiales, debe llevar la identificación correspondiente de acuerdo a las normas técnicas emitidas por la Autoridad Ambiental Nacional o la Autoridad Nacional de Normalización y las normas internacionales aplicables al país, principalmente si el destino posterior es la exportación. La identificación será con etiquetas de un material resistente a la intemperie o marcas de tipo indeleble, legible, ubicadas en sitios visibles
Art. 96.- Los desechos peligrosos y/o especiales serán almacenados considerando los criterios de compatibilidad, de acuerdo a lo establecido en las normas técnicas emitidas por la Autoridad Ambiental Nacional o la Autoridad Nacional de Normalización y las normas internacionales aplicables al país; no podrán ser almacenados en forma conjunta en un mismo recipiente y serán entregados únicamente a personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, nacionales o extranjeras, que cuenten con la regularización ambiental emitida por la Autoridad Ambiental Competente.
Art. 97.- El generador que transfiera desechos peligrosos y/o especiales a un gestor autorizado para el almacenamiento de los mismos, debe llevar la cadena de custodia de estos desechos a través de la consignación de la información correspondiente de cada movimiento en el manifiesto único. El prestador de servicio está en la obligación de formalizar con su firma y/o sello de responsabilidad el documento de manifiesto provisto por el generador en el caso, de conformidad con la información indicada en el mismo.
CAPÍTULO VII: GESTIÓN DE SUSTANCIAS QUÍMICAS PELIGROSAS
Art. 148 Del ámbito de aplicación.- El presente capítulo regula las fases de gestión y los mecanismos de prevención y Control de la contaminación por sustancias químicas peligrosas, en el territorio nacional y al tenor de los Procedimientos y normas técnicas previstos en las Leyes de Gestión Ambiental y de Prevención y Control de la Contaminación Ambiental vigentes o las que las reemplacen, en sus respectivos reglamentos y en los Convenios Internacionales relacionados con esta materia, suscritos y ratificados por el Estado.
Art. 156 Del Registro. - Es obligación de todas las personas naturales o jurídicas que participen en las fases de gestión de sustancias químicas, obtener el Registro de Sustancias Químicas Peligrosas, cuyo procedimiento será establecido por la Autoridad Ambiental Nacional mediante el respectivo Acuerdo Ministerial. La vigencia del Registro de Sustancias Químicas Peligrosas está sujeta al cumplimiento de las disposiciones previstas en el presente capítulo y en el acuerdo ministerial correspondiente.
Art. 157 De la transferencia. - La transferencia que incluye la entrega y recepción de sustancias químicas peligrosas, entre las fases del sistema de gestión establecido, queda condicionada a la verificación de la vigencia del registro de sustancias químicas peligrosas. La Autoridad Ambiental Nacional establecerá los mecanismos y herramientas necesarias para el efecto. Las personas que realicen la entrega-recepción sin la verificación respectiva, responderán solidariamente ante el incumplimiento de las obligaciones de naturaleza ambiental.
Art. 158 De los cupos para la importación, transferencia y consumo.- La Autoridad Ambiental Nacional establecerá cupos para la importación, transferencia y consumo de sustancias químicas peligrosas de considerarlo necesario, de acuerdo a las características de peligrosidad, riesgo y demás estudios que amparen esta necesidad, en coordinación con las entidades correspondientes.
Página 22 de 161
Art. 159 De la Declaración. - Es obligación de todas las personas naturales o jurídicas registradas, realizar una declaración de la gestión de las sustancias químicas peligrosas, para lo cual la Autoridad Ambiental Nacional establecerá los mecanismos y herramientas necesarias. La presentación de la declaración se realizará dentro de los primeros diez (10) días del mes siguiente. La información consignada en este documento estará sujeta a verificación por parte de la autoridad competente, quien podrá solicitar informes adicionales cuando lo requiera. La periodicidad de la presentación de la mencionada declaración, podrá variar para casos específicos que lo determine y establezca la Autoridad Ambiental Nacional a través de Acuerdo Ministerial. El incumplimiento de esta disposición conllevará a las sanciones administrativas, civiles y penales a que hubiere lugar; Las actividades de prestación de servicio de almacenamiento y/o transporte de sustancias químicas peligrosas que estén inmersas en la comercialización y distribución, deberán presentar una declaración sobre la gestión de las mismas, pudiendo prestar servicio únicamente a las personas naturales o jurídicas públicas o privadas, nacionales o extranjeras que cuentan con el Registro de Sustancias Químicas Peligrosas. El incumplimiento de esta disposición conllevará a la aplicación de sanciones, conforme la normativa ambiental aplicable. El procedimiento para dar cumplimiento a esta disposición será emitido mediante Acuerdo Ministerial.
Art. 170 De las obligaciones. - Dentro de esta etapa las sustancias químicas peligrosas deben permanecer envasadas, almacenadas y etiquetadas, aplicando para el efecto, las normas técnicas pertinentes establecidas por la Autoridad Ambiental Nacional y/o la Autoridad Nacional de Normalización o en su defecto, por las normas técnicas aceptadas a nivel internacional aplicables en el país. Los envases empleados en el almacenamiento deben ser utilizados únicamente para este fin, tomando en cuenta las características de peligrosidad y de incompatibilidad de las sustancias químicas peligrosas con ciertos materiales.
Art. 171 De los lugares para el almacenamiento de sustancias químicas peligrosas.- Los lugares para almacenamiento deberán cumplir con lo siguiente:
a) Ser lo suficientemente amplios para almacenar y manipular en forma segura las sustancias químicas peligrosas, así como contar con pasillos lo suficientemente amplios, que permitan el tránsito de montacargas mecánicos, electrónicos o manuales, según aplique, así como el movimiento de los grupos de seguridad y bomberos en casos de emergencia.
b) Estar separados de las áreas de producción que no utilicen sustancias químicas peligrosas como insumo, servicios, oficinas, almacenamiento de residuos y/o desechos y otras infraestructuras que se considere pertinente.
c) No almacenar sustancias químicas peligrosas con productos de consumo humano y/o animal.
d) El acceso a los locales de almacenamiento debe ser restringido, únicamente se admitirá el ingreso a personal autorizado provisto de todos los implementos determinados en las normas de seguridad industrial y que cuente con la identificación correspondiente para su ingreso.
e) El almacenamiento de sustancias químicas con propiedades radioactivas se regirá a las normas técnicas establecidas por la Autoridad Nacional de Electricidad y Energía Renovable o aquella que la reemplace, sin perjuicio de la obtención de la regularización ambiental respectiva, conforme lo establecido en este Libro.
f) Contar con un equipo de emergencia y personal capacitado en la aplicación de planes de contingencia.
g) Las instalaciones deben contar con pisos cuyas superficies sean de acabado liso, continuo e impermeable o se hayan impermeabilizado, que sean resistentes química y estructuralmente a las sustancias químicas peligrosas que se almacenen, así como contar con una cubierta a fin de estar protegidos de condiciones ambientales tales como humedad, temperatura, radiación y que eviten la contaminación por escorrentía.
h) Para el caso de almacenamiento de sustancias químicas peligrosas líquidas, el sitio debe contar con cubetos para contención de derrames o fosas de retención de derrames cuya capacidad sea del ciento diez por ciento (110%) del contenedor de mayor capacidad, además deben contar con trincheras o canaletas para conducir derrames a las fosas de retención con capacidad para contener una quinta (1/5) parte del total almacenado.
i) Contar con señalización apropiada con letreros alusivos a la peligrosidad de los mismos, en lugares y formas visibles.
j) Contar con sistemas de extinción contra incendios. En el caso de hidrantes, estos deberán mantener una presión mínima de 6kg/cm2 durante 15 minutos.
k) Contar con un cerco perimetral que impida el libre acceso de personas y/o animales.
l) Las demás que se determinen para el efecto.
Art. 172 Del incumplimiento. - El incumplimiento de las disposiciones establecidas en este parágrafo dará lugar a la aplicación de las sanciones previstas en la Legislación ambiental aplicable, sin perjuicio de las acciones civiles y penales que puedan ser emprendidas.
CAPÍTULO VIII: CALIDAD DE LOS COMPONENTES BIÓTICOS Y ABIÓTICOS
SECCIÓN I DISPOSICIONES GENERALES
Art. 192 Obligación. - Todas las personas naturales o jurídicas públicas o privadas, comunitarias o mixtas, nacionales o extranjeras están en la obligación de someterse a las normas contenidas en este Libro, previo al desarrollo de una obra o actividad o proyecto que pueda alterar negativamente los componentes bióticos y abióticos con la finalidad de prevenir y minimizar los impactos tanto si dicha obra, actividad o proyecto está a su cargo, como cuando es ejecutada por un tercero.
Página 23 de 161
SECCIÓN II CALIDAD DE COMPONENTES BIÓTICOS
Art. 202 Componentes bióticos. - Entiéndase como la flora, fauna y demás organismos vivientes en sus distintos niveles de organización. De acuerdo al área y características de la actividad regulada, la calidad ambiental se la evaluará y controlará adicionalmente, por medio de estudios bióticos a través de las herramientas establecidas en los mecanismos de regulación y control ambiental existentes, el alcance y enfoque de los estudios del componente biótico se los determinará en los Términos de Referencia correspondientes.
CAPÍTULO X: CONTROL Y SEGUIMIENTO AMBIENTAL
Art. 247 Del ámbito de aplicación. - La Autoridad Ambiental Competente ejecutará el seguimiento y control sobre todas las actividades de los Sujetos de Control, sean estas personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, nacionales o extranjeras, que generen o puedan generar impactos y riesgos ambientales y sea que tengan el correspondiente permiso ambiental o no. El seguimiento ambiental se efectuará a las actividades no regularizadas o regularizadas por medio de mecanismos de control y seguimiento a las actividades ejecutadas y al cumplimiento de la Normativa Ambiental aplicable. El control y seguimiento ambiental a las actividades no regularizadas da inicio al procedimiento sancionatorio, sin perjuicio de las obligaciones de regularización por parte de los Sujetos de Control y de las acciones legales a las que hubiera lugar.
Art. 260 Del Plan Emergente.- Es un conjunto de acciones programadas para mitigar y reducir los impactos ambientales producidos por una emergencia no contemplada, que no se encuentren contemplados en el correspondiente Plan de Manejo Ambiental aprobado, o para actividades no regularizadas, el cual deberá ser presentado por el Sujeto de Control dentro de las cuarenta y ocho (48) horas de producido el o los eventos o cuando la Autoridad Ambiental Competente así lo requiera. El Plan Emergente deberá contener: a. Información detallada del evento ocurrido o de los incumplimientos registrados. b. Informe de las acciones emergentes ya implementadas. c. Programación de las demás acciones correctivas a implementarse. d. Levantamiento preliminar o inventario de los daños ocurridos a partir del evento. La implementación del Plan Emergente estará sujeta a seguimiento por medio de un informe final de cumplimiento que debe ser remitido por el Sujeto de Control en el término de diez (10 días) desde la presentación del Plan, así como por otros mecanismos de control señalados en este Libro. Si las acciones derivadas de la contingencia requieren para su ejecución, mayor tiempo del señalado, adicionalmente el Sujeto de Control deberá presentar adicionalmente o de manera complementaría un Plan de Acción.
Art. 261 Del Plan de Acción. - Es un conjunto de acciones a ser implementadas por el Sujeto de Control para corregir los Incumplimientos al Plan de Manejo Ambiental y/o Normativa ambiental vigente. La Autoridad Ambiental Competente podrá disponer la ejecución de planes de acción en cualquier momento sobre la base de los hallazgos encontrados por los distintos mecanismos de control y seguimiento. El Plan de Acción deberá ser presentado por el Sujeto de Control para la debida aprobación correspondiente. Los planes de acción deben contener: a) Hallazgos b) Medidas correctivas c) Cronograma de las medidas correctivas a implementarse con responsables y costos. d) Indicadores y medios de verificación. De identificarse pasivos o daños ambientales el plan de acción deberá incorporar acciones de reparación, restauración y/o remediación, en el que se incluya el levantamiento y cuantificación de los daños ocurridos. Dicho Plan estará sujeto al control y seguimiento por parte de Autoridad Ambiental Competente por medio de informes de cumplimiento de acuerdo al cronograma respectivo, y demás mecanismos de control establecidos en este Libro.
DE LAS AUDITORÍAS AMBIENTALES Art. 264 Auditoría Ambiental. - Es una herramienta de gestión que abarca conjuntos de métodos y procedimientos de carácter fiscalizador, que son usados por la Autoridad Ambiental Competente para evaluar el desempeño ambiental de un proyecto, obra o actividad. Las Auditorías Ambientales serán elaboradas por un consultor calificado y en base a los respectivos términos de referencia correspondientes al tipo de auditoría. Las auditorías no podrán ser ejecutadas por las mismas empresas consultoras que realizaron los estudios ambientales para la regularización de la actividad auditada.
Art. 269 Periodicidad de la auditoría ambiental de cumplimiento.- Sin perjuicio de que la Autoridad Ambiental Competente pueda disponer que se realice una auditoría ambiental de cumplimiento en cualquier momento, una vez cumplido el año de otorgado el permiso ambiental a las actividades, se deberá presentar el primer informe de auditoría ambiental de cumplimento; en lo posterior, el Sujeto de Control, deberá presentar los informes de las auditorías ambientales de cumplimiento cada dos (2) años. En el caso de actividades reguladas por cuerpos normativos sectoriales, el regulado presentará la auditoría ambiental en los plazos establecidos en dichas normas.
Art. 270 Planes de acción de auditorías ambientales. - De identificarse durante las auditorías ambientales incumplimientos al Plan de Manejo Ambiental y/o a la normativa ambiental aplicable, presencia de fuentes de contaminación, daños o pasivos ambientales, el Sujeto de Control responsable deberá tomar las medidas pertinentes para su corrección y reparación ambiental integral (ambiental), mediante un plan de acción, sin perjuicio de las acciones legales a las que hubiera lugar. El plan de acción detallará las actividades a ser ejecutadas por el Sujeto de Control con los respectivos cronogramas, responsables, presupuestos y medios de verificación, para corregir los incumplimientos identificados; de ser el caso, se incorporarán las actividades de reparación, restauración y/o remediación ambiental que correspondan.
HALLAZGOS Art. 274 De los hallazgos.- Los hallazgos pueden ser observaciones, Conformidades y No Conformidades, mismas que son determinadas por los mecanismos de control y seguimiento.
DE LAS NO CONFORMIDADES Art. 275 Clases de no conformidades.- Las No Conformidades pueden calificarse según el incumplimiento: No conformidad menor (NC-).- Se considera No Conformidad Menor, cuando por primera vez se determine las siguientes condiciones: (:..)
Página 24 de 161
No conformidad mayor (NC+). - Los criterios de calificación son los siguientes: 1. La reiteración durante el periodo evaluado de una No Conformidad Menor por un mismo incumplimiento determinado por los mecanismos de control y seguimiento establecidos en este Libro 2. Determinación de los siguientes hallazgos identificados y notificados por la Autoridad Ambiental Competente: (...)
Art. 276 Reiteración.- Para efectos del presente capítulo se considerará como reiteración cuando se cometa una misma No Conformidad por más de una ocasión durante un período evaluado.
Art. 277 De los Descargos. - Para los efectos de la aplicación de la disposición contenida en las No Conformidades, entiéndase por descargo cuando el Sujeto de Control haya cumplido con todas las acciones siguientes, de ser aplicables: a) Pago de multas impuestas b) Ejecución inmediata de correctivos a la No Conformidad c) No reiteración de la No Conformidad en el período evaluado
Art. 279 Del incumplimiento de normas técnicas ambientales.- Cuando la Autoridad Ambiental Competente, mediante los mecanismos de control y seguimiento, constate que el sujeto de control no cumple con las normas ambientales o con su plan de manejo ambiental y esto tiene repercusiones en la correcta evaluación y control de la calidad ambiental o produce una afectación ambiental, adoptará las siguientes acciones: a) Imposición de una multa entre las veinte (20) y doscientos (200) remuneraciones básicas unificadas, la misma que se valorará en función del nivel y el tiempo de incumplimiento de las normas, sin perjuicio de la suspensión de la actividad específica o el permiso ambiental otorgado hasta el pago de la multa o la reparación ambiental correspondiente. b) Si debido al incumplimiento de las normas ambientales o al Plan de Manejo Ambiental se afecta a terceros, o se determina daño ambiental, se procederá a la respectiva indemnización y/o compensación de manera adicional a la multa correspondiente.
Art. 280 De la Suspensión de la actividad.- En el caso de existir No Conformidades Menores (NC-) identificadas por el incumplimiento al Plan de Manejo Ambiental y/o de la normativa ambiental vigente, comprobadas mediante los mecanismos de control y seguimiento, la Autoridad Ambiental Competente sin perjuicio del inicio del proceso administrativo correspondiente, podrá suspender específicas que generaron el incumplimiento, hasta que los hechos que causaron la suspensión sean subsanados por el Sujeto de Control. En el caso de existir No Conformidades Mayores (NC+) identificadas por el incumplimiento al Plan de Manejo Ambiental y/o de la normativa ambiental vigente, comprobadas mediante los mecanismos de control y seguimiento, la Autoridad Ambiental Competente sin perjuicio del inicio del proceso administrativo correspondiente, deberá suspender motivadamente la actividad o conjunto de actividades específicas que generaron el incumplimiento, hasta que los hechos que causaron la suspensión sean subsanados por el Sujeto de Control. En caso de repetición o reiteración de la o las No Conformidades Menores, sin haber aplicado los correctivos pertinentes, estas serán catalogadas como No Conformidades Mayores y se procederá conforme lo establecido en el inciso anterior.
Art. 281 De la suspensión de la Licencia Ambiental.- En el caso de que los mecanismo de control y seguimiento determinen que existen No Conformidades Mayores (NC+) que impliquen el incumplimiento al Plan de Manejo Ambiental y/o de la normativa ambiental vigente, que han sido identificadas en más de dos ocasiones por la Autoridad Ambiental Competente, y no hubieren sido mitigadas ni subsanadas por el Sujeto de Control; comprobadas mediante los mecanismos de control y seguimiento, la Autoridad Ambiental Competente suspenderá mediante Resolución motivada, la licencia ambiental hasta que los hechos que causaron la suspensión sean subsanados en los plazos establecidos por la Autoridad Ambiental Competente. La suspensión de la licencia ambiental interrumpirá la ejecución del proyecto, obra o actividad, bajo responsabilidad del Sujeto de Control . Para el levantamiento de la suspensión el Sujeto de Control deberá remitir a la Autoridad Ambiental Competente un informe de las actividades ejecutadas con las evidencias que demuestren que se han subsanado las No Conformidades, mismo que será sujeto de análisis y aprobación.
Art. 282 De la revocatoria de la Licencia Ambiental. - Mediante resolución motivada, la Autoridad Ambiental Competente podrá revocar la licencia ambiental cuando no se tomen los correctivos en los plazos dispuestos por la Autoridad Ambiental Competente al momento de suspender la licencia ambiental. Adicionalmente, se ordenará la ejecución de la garantía de fi el cumplimiento al Plan de Manejo Ambiental, entregada a fin de garantizar el plan de cierre y abandono, sin perjuicio de la responsabilidad de reparación ambiental y social por daños que se puedan haber generado.
CAPÍTULO XV: DE LAS NORMAS TÉCNICAS AMBIENTALES CONSIDERACIONES GENERALES DE LAS NORMAS TÉCNICAS DE CALIDAD AMBIENTAL, EMISIÓN, DESCARGA Y VERTIDOS
Art. 329 Del monitoreo ambiental. - El cumplimiento de la norma de calidad ambiental deberá verificarse mediante el monitoreo ambiental respectivo por parte de la Autoridad Ambiental Competente.
MARCO LEGAL ACUERDO MINISTERIAL 097-A REFORMA TEXTO UNIFICADO LEGISLACION SECUNDARIA
DOCUMENTO Registro Oficial Edición Especial 387 de 04-nov-2015
ARTÍCULOS DE APLICACIÓN
ANEXO 1 DEL LIBRO VI DEL TEXTO UNIFICADO DE LEGISLACION SECUNDARIA DEL MINISTERIO DEL AMBIENTE: NORMA DE CALIDAD AMBIENTAL Y DE DESCARGA DE EFLUENTES AL RECURSO AGUA
INTRODUCCION: La presente norma técnica ambiental revisada y actualizada es dictada bajo el amparo de la Ley de Gestión Ambiental y del Reglamento a la Ley de Gestión Ambiental para la Prevención y Control de la Contaminación Ambiental y se somete a las disposiciones de éstos, es de aplicación obligatoria y rige en todo el territorio nacional.
Página 25 de 161
5.2.1.- Principios básicos para descarga de efluentes: 5.2.1.1 Los laboratorios que realicen los análisis de muestras agua de efluentes o cuerpos receptores deberán estar acreditados por el SAE. 5.2.1.2 De acuerdo con su caracterización toda descarga puntual al sistema de alcantarillado y toda descarga puntual o no puntual a un cuerpo receptor, deberá cumplir con las disposiciones de esta Norma. 5.2.1.5 Se prohíbe la utilización de cualquier tipo de agua, con el propósito de diluir los efluentes líquidos no tratados. 5.2.1.6 Se prohíbe toda descarga de residuos líquidos a las vías públicas, canales de riego y drenaje o sistemas de recolección de aguas lluvias y aguas subterráneas. 5.2.1.7 Se prohíbe la infiltración al suelo, de efluentes industriales tratados y no tratados, sin permiso de la Entidad Ambiental de Control. 5.2.1.8 Se prohíbe todo tipo de descarga en las cabeceras de las fuentes de agua. 5.2.1.9 Se prohíbe verter desechos sólidos, tales como: basuras, animales muertos, mobiliario, entre otros, y líquidos contaminados hacia cualquier cuerpo de agua y cauce de aguas estacionales secas o no. 5.2.1.10 Se prohíbe el lavado de vehículos en los cuerpos de agua, así como dentro de una franja de cien (100) metros medidos desde las orillas de todo cuerpo de agua, de vehículos de transporte terrestre y aeronaves de fumigación, así como el de aplicadores manuales y aéreos de agroquímicos y otras sustancias tóxicas y sus envases, recipientes o empaques. Las descargas que se produzcan fuera de esta franja deberán cumplir con las normas correspondientes
5.2.3 Normas generales para descarga de efluentes al sistema de alcantarillado: 5.2.3.1 Se prohíbe la descarga de residuos líquidos sin tratar hacia el sistema de alcantarillado, provenientes del lavado y/o mantenimiento de vehículos aéreos y terrestres, así como el de aplicadores manuales y aéreos, recipientes, empaques y envases que contengan o hayan contenido agroquímicos u otras sustancias tóxicas. Las descargas tratadas deben cumplir con los valores establecidos en la Tabla 8. 5.2.3.5 Las descargas al sistema de alcantarillado provenientes de actividades sujetas a regularización, deben cumplir, al menos con los valores establecidos en la tabla 8, en la cual las concentraciones corresponden a valores medios diarios.
ANEXO 3 DEL LIBRO VI DEL TEXTO UNIFICADO DE LEGISLACIÓN SECUNDARIA DEL MINISTERIO DEL AMBIENTE NORMA DE EMISIONES AL AIRE DESDE FUENTES FIJAS
INTRODUCCION: La presente norma se establece bajo el amparo de la Ley de Gestión Ambiental y del Reglamento a la Ley de Gestión Ambiental para la Prevención y Control de la Contaminación Ambiental y se somete a las disposiciones de éstos, es de aplicación obligatoria y rige en todo el territorio nacional.
OBJETIVO: La presente norma tiene como objeto principal la preservación de la salud pública, la calidad del aire ambiente, las condiciones de los ecosistemas y del ambiente en general. Para cumplir con este objetivo, esta norma establece los límites permisibles de la concentración de emisiones de contaminantes al aire, producidas por las actividades de combustión en fuentes fijas tales como, calderas, turbinas a gas, motores de combustión interna, y por determinados procesos industriales donde existan emisiones al aire; así como los métodos y procedimientos para la determinación de las concentraciones emitidas por la combustión en fuentes fijas.
4.1.1.2.- Se consideran fuentes fijas significativas a todas aquellas que utilizan combustibles fósiles sólidos, líquidos, gaseosos, cualquiera de sus combinaciones, biomasa; y cuya potencia calorífica (heat imput) sea igual o mayor a 3 MW o diez millones de unidades térmicas británicas por hora (10 x 10 □ D BTU/h).
4.1.1.4 Se consideran fuentes fijas no significativas a todas aquellas que utilizan combustibles fósiles sólidos, líquidos, gaseosos, o cualquiera de sus combinaciones, y cuya potencia calorífica (heat imput) sea menor a 3 MW o diez millones de unidades térmicas británicas por hora (10 x 10 6 BTU/h).
4.1.2 Valores máximos permisibles de concentraciones de emisión 4.1.2.1 Los gases de combustión de todas las fuentes, incluidas las fuentes de combustión abierta, deben ser evacuados por una chimenea correctamente dimensionada, que debe cumplir con los requisitos indicados en esta norma para el monitoreo de emisiones. 4.1.2.3 Los valores máximos de concentraciones de emisión permitidos para calderas se establecen en la Tabla 2
ANEXO 5 NIVELES MÁXIMOS DE EMISIÓN DE RUIDO Y METODOLOGÍA DE MEDICIÓN PAR FUENTES FIJAS Y FUENTES MÓVILES
La presente norma tiene por objeto el preservar la salud y bienestar de las personas y del medio ambiente en general, mediante el establecimiento de niveles máximos de emisión de ruido para FFR y FMR.
4.1.1 El nivel de presión sonora continua equivalente corregido Lkeq en decibles, obtenido de la evaluación de ruido emitido por una FFR, no podrá exceder los niveles que se fijan en la Tabla 1, de acuerdo al uso de duelo en el que se encuentre.
MARCO LEGAL REGLAMENTO DE APLICACIÓN DE LOS MECANISMOS DE PARTICIPACIÓN SOCIAL
ESTABLECIDOS EN LA LEY DE GESTIÓN AMBIENTAL
DOCUMENTO Decreto Ejecutivo No. 1040, del 22 de abril de 2008
ARTÍCULOS DE APLICACIÓN
Art. 6.- DE LA PARTICIPACION SOCIAL: La participación social tiene por objeto el conocimiento, la integración y la iniciativa de la ciudadanía para fortalecer la aplicación de un proceso de evaluación de impacto ambiental y disminuir sus márgenes de riesgo e impacto ambiental.
Página 26 de 161
Art. 7.- AMBITO: La participación social se desarrolla en el marco del procedimiento “De la Evaluación de Impacto Ambiental y del Control Ambiental”, del Capítulo II, Título III de la Ley de Gestión Ambiental.
Art. 8.- MECANISMOS: Sin perjuicio de otros mecanismos establecidos en la Constitución Política y en la ley, se reconocen como mecanismos de participación social en la gestión ambiental, los siguientes: a) Audiencias, presentaciones públicas, reuniones informativas, asambleas, mesas ampliadas y foros públicos de diálogo b) Talleres de información, capacitación y socialización ambiental c) Campañas de difusión y sensibilización ambiental a través de los medios de comunicación d) Comisiones ciudadanas asesoras y de veedurías de la gestión ambiental e) Participación a través de las entidades sociales y territoriales reconocidas por la Ley Especial de Descentralización y Participación Social, y en especial mediante los mecanismos previstos en la Ley Orgánica de las Juntas Parroquiales f) Todos los medios que permitan el acceso de la comunidad a la información disponible sobre actividades, obras, proyectos que puedan afectar al ambiente g) Mecanismos de información pública h) Reparto de documentación informativa sobre el proyecto i) Página web j) Centro de información pública k) Los demás mecanismos que se establezcan para el efecto
Art. 9.- ALCANCE DE LA PARTICIPACION SOCIAL: La participación social es un elemento transversal y trascendental de la gestión ambiental. En consecuencia, se integrará principalmente durante las fases de toda actividad o proyecto propuesto, especialmente las relacionadas con la revisión y evaluación de impacto ambiental. La participación social en la gestión ambiental tiene como finalidad considerar e incorporar los criterios y las observaciones de la ciudadanía, especialmente la población directamente afectada de una obra o proyecto, sobre las variables ambientales relevantes de los estudios de impacto ambiental y planes de manejo ambiental, siempre y cuando sea técnica y económicamente viable, para que las actividades o proyectos que puedan causar impactos ambientales se desarrollen de manera adecuada, minimizando y/o compensando estos impactos a fin de mejorar la condiciones ambientales para la realización de la actividad o proyecto propuesto en todas sus fases. La participación social en la gestión ambiental se rige por los principios de legitimidad y representatividad y se define como un esfuerzo tripartito entre los siguientes actores: a) Las instituciones del Estado b) La ciudadanía c) El promotor interesado en realizar una actividad o proyecto La información a proporcionarse a la comunidad del área de influencia en función de las características socio-culturales deberá responder a criterios tales como: lenguaje sencillo y didáctico, información completa y veraz, en lengua nativa, de ser el caso; y procurará un alto nivel de participación.
Art. 10.- MOMENTO DE LA PARTICIPACION SOCIAL: La participación social se efectuará de manera obligatoria para la autoridad ambiental de aplicación responsable, en coordinación con el promotor de la actividad o proyecto, de manera previa a la aprobación del estudio de impacto ambiental.
Art. 11.- Sin perjuicio de las disposiciones previstas en este reglamento, las instituciones del Estado del Sistema Nacional Descentralizado de Gestión Ambiental, dentro del ámbito de sus competencias, pueden incorporar particularidades a los mecanismos de participación social para la gestión ambiental, con el objeto de permitir su aplicabilidad.
Art. 12.- AUTORIDAD COMPETENTE: Las instituciones y empresas del Estado, en el área de sus respectivas competencias, son las autoridades competentes para la organización, desarrollo y aplicación de los mecanismos de participación social, a través de la dependencia técnica correspondiente. En el caso de actividades o proyectos que afecten al conjunto o parte del Sistema Nacional de Áreas Protegidas, Bosques y Vegetación Protectores y Patrimonio Forestal del Estado, la autoridad competente será el Ministerio del Ambiente.
Art. 13.- DEL FINANCIAMIENTO: El costo del desarrollo de los mecanismos de participación social será cubierto por la autoridad ambiental de aplicación responsable que deba aprobar el Estudio de Impacto Ambiental de un proyecto o actividad que pueda generar impactos ambientales. Dichos costos serán retribuidos por el promotor del proyecto o actividad a la autoridad ambiental de aplicación, en la forma prevista en la Ley de Modernización.
Art. 14.- Son funciones de la autoridad competente en la participación social, las siguientes: a) Abrir y manejar el expediente administrativo que sustente la realización de la participación social; b) Verificar el proceso de coordinación de la actividad con las demás autoridades nacionales, sectoriales y seccionales, en el ámbito de sus competencias; y, c) Verificar que se hayan identificado los conflictos socio-ambientales que se generarían por la implementación de una actividad o proyecto que genere impacto ambiental, en caso de haberlos.
Art. 15.- SUJETOS DE LA PARTICIPACION SOCIAL: Sin perjuicio del derecho colectivo que garantiza a todo habitante la intervención en cualquier procedimiento de participación social, esta se dirigirá prioritariamente a la comunidad dentro del área de influencia directa donde se llevará a cabo la actividad o proyecto que cause impacto ambiental, la misma que será delimitada previamente por la autoridad competente. En dicha área, aplicando los principios de legitimidad y representatividad, se considerará la participación de: a) Las autoridades de los gobiernos seccionales, de ser el caso. b) Las autoridades de las juntas parroquiales existentes; c) Las organizaciones indígenas, afro ecuatorianas o comunitarias legalmente existentes y debidamente representadas; y, d) Las personas que habiten en el área de influencia directa, donde se llevará a cabo la actividad o proyecto que implique impacto ambiental.
Página 27 de 161
Art. 16.- DE LOS MECANISMOS DE PARTICIPACION SOCIAL: Los mecanismos de participación social contemplados en este reglamento deberán cumplir con los siguientes requisitos: 1.- Difusión de información de la actividad o proyecto que genere impacto ambiental. 2.- Recepción de criterios. 3.- Sistematización de la información obtenida.
Art. 17.- INFORMACION NECESARIA Y PROCEDENCIA DE LA PARTICIPACION SOCIAL: No puede iniciarse el procedimiento de participación social sin que la autoridad competente cuente con la información necesaria para ponerla a disposición de la comunidad y permitir que esta emita sus criterios. Dicha información contendrá al menos los términos de referencia del proyecto debidamente aprobados, de existir dicho requisito, el borrador del Estudio de Impacto Ambiental y el resumen ejecutivo del borrador del estudio, sin perjuicio de la información adicional que establezca la autoridad ambiental competente.
Art. 18.- DE LAS CONVOCATORIAS: Las convocatorias a los mecanismos de participación social señalados en el artículo 8, se realizarán por uno o varios medios de amplia difusión pública que garanticen el acceso a la información, principalmente, e incluirá el extracto que resuma las características de la actividad o proyecto que genere impacto ambiental, así como el lugar, fecha, hora y metodología a seguir en el mecanismo de participación social seleccionado previamente. Se realizará en forma simultánea, por lo menos a través de uno de los siguientes medios: a) Una publicación de la convocatoria en uno de los diarios de mayor circulación a nivel local; b) Publicación a través de una página web oficial; c) Publicación del extracto en las carteleras de los gobiernos seccionales autónomos y dependientes del área de influencia; y, d) Envío de comunicaciones escritas a los sujetos de participación social señalados en el artículo 15 de este reglamento, adjuntando el resumen ejecutivo del Estudio de Impacto Ambiental. La autoridad ambiental competente vigilará que el proponente utilice a más de los medios de convocatoria referidos, todos aquellos que permitan una adecuada difusión de la convocatoria acorde a los usos, costumbres e idiosincrasia de los sujetos de participación social.
Art. 19.- RECEPCION DE CRITERIOS Y SISTEMATIZACION: Estos requisitos tienen como objeto conocer los diferentes criterios de los sujetos de participación social y comprender el sustento de los mismos, a fin de sistematizarlos adecuadamente en el respectivo informe. Los criterios podrán recopilarse a través de los siguientes medios: a) Actas de asambleas públicas; b) Memorias de reuniones específicas; c) Recepción de criterios por correo tradicional; d) Recepción de criterios por correo electrónico; e) Los demás medios que se consideren convenientes, dependiendo de la zona y las características socio culturales de la comunidad. El informe de sistematización de criterios deberá especificar: a) Las actividades más relevantes del proceso de participación social; b) Las alternativas identificadas y la recomendación concreta para acoger una o más de ellas, o para mantener la versión original del Estudio de Impacto Ambiental, con los correspondientes sustentos técnicos, económicos, jurídicos y sociales, debidamente desarrollados; c) El análisis de posibles conflictos socio-ambientales evidenciados y las respectivas soluciones a los mismos, en caso de haberlos. El informe de sistematización de criterios se incluirá al Estudio de Impacto Ambiental que se presentará a la autoridad ambiental competente para su aprobación. En el evento de que los sujetos de participación social no ejerzan su derecho a participar en la gestión ambiental habiendo sido debidamente convocados o se opongan a su realización, este hecho no constituirá causal de nulidad del proceso de participación social y no suspenderá la continuación del mismo, debiendo el promotor presentar el informe de sistematización de criterios de manera obligatoria.
Art. 20.- PLAZO DE APLICACION DE MECANISMOS DE PARTICIPACION SOCIAL: Los mecanismos de participación social se realizarán en un plazo máximo de treinta (30) días, contados desde la fecha de la publicación de la convocatoria señalada en el artículo 18 y cumpliendo los requisitos previstos en el artículo 16 de este reglamento.
Art. 21.- Las resoluciones o consensos que pudieren provenir del proceso de participación social al que hace referencia este reglamento podrán incluir mecanismos de compensación socio-ambientales, los mismos que deberán referirse prioritariamente a las áreas de educación y salud, que deberán coordinarse con los planes de desarrollo local y ser ejecutados a través de las propias comunidades, pueblos o nacionalidades o, de ser del caso, conjuntamente con los planes y programas que las instituciones del Estado diseñen y ejecuten en las áreas referidas.
Art. 22.- Si una vez realizada la participación social prevista en este reglamento, los sujetos de la participación social se opusieren a la actividad o proyecto que genere impacto ambiental, esta no podrá llevarse a cabo, a menos que la autoridad competente insista en su realización, lo cual será resuelto por la instancia superior.
MARCO LEGAL INSTRUCTIVO AL REGLAMENTO DE MECANISMOS DE PARTICIPACION SOCIAL
DOCUMENTO Acuerdo Ministerial 103, Registro Oficial Suplemento 607 de 14-oct.-2015
ARTÍCULOS DE APLICACIÓN
Art. 2.- El Proceso de Participación Social (PPS) se realizará de manera obligatoria en todos los proyectos, obras o actividades que para su regularización requieran de un Estudio Ambiental. La Autoridad Ambiental Nacional a través del Sistema Único de Información Ambiental determinará el procedimiento de Participación Social a aplicar, el mismo que podrá desarrollarse con facilitador o sin Facilitador Socio ambiental de acuerdo al nivel de impacto del proyecto, obra o actividad.
Página 28 de 161
Art. 27.- El proceso de participación social sin facilitador Socio ambiental se realizará mediante la publicación del Estudio Ambiental en la Página Web del Sistema Único de Información Ambiental; de contar con un portal Web, también deberá estar publicado en línea en la página del proponente. Las observaciones, comentarios y recomendaciones de la ciudadanía serán recogidos en la página del SUIA, los cuales se incorporarán en los Estudios Ambientales cuando sean técnica y económicamente viables. El proponente subirá en la página del SUIA el Estudio Ambiental del proyecto, obra o actividad con todos sus anexos, y el resumen ejecutivo del mismo, el cual describirá en lenguaje comprensible y sencillo las principales características del proyecto, obra o actividad, sus impactos y Plan de Manejo Ambiental propuesto.
Art. 28.- Una vez publicado el Estudio Ambiental, sus anexos, y el resumen ejecutivo en línea, el proponente del proyecto, obra o actividad informará a la población sobre la socialización del mismo a través de los siguientes medios: 1) Publicación en un medio de difusión masiva con cobertura en las áreas de influencia del proyecto, obra o actividad (prensa, radio, o televisión). 2) Carteles informativos ubicados en el lugar de implantación del proyecto, obra o actividad en las carteleras de los gobiernos seccionales y en los lugares de mayor afluencia pública de las comunidades involucradas. 3) Comunicaciones escritas dirigidas a los sujetos de participación social señalados en el Reglamento de Aplicación de los mecanismos de participación Social establecidos en la Ley de Gestión Ambiental, a las que se adjuntará el resumen ejecutivo del Estudio Ambiental, aplicando los principios de legitimidad y representatividad. Para la emisión de dichas comunicaciones. se considerará a: a) Autoridades del gobierno central y de los gobiernos seccionales relacionados con el proyecto, obra o actividad; b) Los miembros de organizaciones comunitarias, indígenas, afro ecuatorianas, de género legalmente existentes y debidamente representadas; y, c) Las personas que habiten en el área de influencia directa, donde se llevará a cabo el proyecto, obra o actividad que implique impacto ambiental. La comunicación incluirá un extracto del proyecto, obra o actividad y la dirección de la Página Web donde se encontrará publicado el Estudio Ambiental y el resumen ejecutivo. En caso de proyectos, obras o actividades que se desarrollen en zonas con presencia de comunidades de los pueblos y nacionalidades indígenas, la comunicación del Proceso de Participación Social deberá hacerse en castellano y en las lenguas propias de dichas comunidades que residen en el área de Influencia Directa del proyecto, obra o actividad. De la misma manera, a las comunicaciones escritas se deberá adjuntar un extracto del proyecto, obra o actividad traducido al idioma de las nacionalidades. Los medios de verificación de la convocatoria realizada serán entregados por el proponente para la revisión de la Autoridad Ambiental competente, quien verificará que la misma se haya efectuado de acuerdo a lo establecido en el presente Instructivo. La publicación del Estudio Ambiental será de 7 días contados a partir de la fecha de la comunicación a los actores sociales del proyecto, obra o actividad, periodo durante el cual se receptarán en línea las observaciones, comentarios y recomendaciones de la ciudadanía.
Art. 29.- La Autoridad Ambiental competente, considerando el nivel de impacto del proyecto, obra o actividad, podrá disponer adicionalmente al proponente a través del SUIA la ejecución de una Reunión Informativa en el área de influencia del proyecto, la misma que se realizará bajo la supervisión de la Autoridad Ambiental Competente. A la reunión deberán ser convocados los actores sociales que tienen relación con el proyecto, obra o actividad de acuerdo a lo establecido en el Art. 29 del presente instrumento. La información del lugar y fecha de la Reunión Informativa se incluirá en los medios de convocatoria establecidos en el mencionado artículo. El promotor del proyecto, obra o actividad deberá presentar a la Autoridad Ambiental competente el informe de la Reunión Informativa realizada, incluyendo el foro de preguntas y la sistematización de las observaciones, comentarios y sugerencias de la comunidad, así como toda la documentación de respaldo que permita verificar el cumplimiento de este mecanismo de participación social: acta de reunión, registro de asistentes, registro fotográfico, al menos.
Art. 30.- La Autoridad Ambiental competente, durante la revisión del Estudio Ambiental, verificará que los criterios, observaciones y recomendaciones receptados, que sean técnica y económicamente viables, sean considerados por el promotor del proyecto, obra o actividad e incluidos en el Estudio Ambiental con su correspondiente sustento técnico.
MARCO LEGAL PROCEDIMIENTOS PARA: REGISTRO DE GENERADORES DE DESECHOS PELIGROSOS,
GESTIÓN DE DESECHOS PELIGROSOS PREVIO AL LICENCIAMIENTO AMBIENTAL, Y PARA EL TRANSPORTE DE MATERIALES PELIGROSOS
DOCUMENTO Acuerdo Ministerial 026, Registro Oficial 334, del 12 de mayo de 2008
ARTÍCULOS DE APLICACIÓN
Este procedimiento describe la forma en que se deberá llevar a cabo la gestión al interior del MAE o en las instituciones integrantes del Sistema Nacional Descentralizado de Gestión Ambiental para el registro de generadores de desechos peligrosos. Incluye los requisitos para evaluar las solicitudes de registro, los criterios para el registro como generador de desechos peligrosos.
MARCO LEGAL ACUERDO MINISTERIAL 142, REGISTRO OFICIAL Nº 856 -VIERNES 21 DE
DICIEMBRE DEL 2012 – 3
DOCUMENTO Listado Nacional de Sustancias Químicas peligrosas, desechos peligrosos y especiales
ARTÍCULOS DE APLICACIÓN
Página 29 de 161
Acuerda: EXPEDIR LOS LISTADOS NACIONALES DE SUSTANCIAS QUÍMICAS PELIGROSAS, DESECHOS PELIGROSOS Y ESPECIALES Art 1.- Serán consideradas sustancias químicas peligrosas, las establecidas en el Anexo A del presente acuerdo. Art 2.- Serán considerados desechos peligrosos, los establecidos en el Anexo B del presente acuerdo. Art 3.- Serán considerados desechos especiales los establecidos en los Anexo C del presente acuerdo.
MARCO LEGAL REGLAMENTO SUSTITUTIVO DEL REGLAMENTO AMBIENTAL PARA LAS OPERACIONES
HIDROCARBURÍFERAS EN EL ECUADOR
DOCUMENTO Registro Oficial No. 265, 13.02.2001.
ARTÍCULOS DE APLICACIÓN
Art. 1.- Ámbito: El presente Reglamento Ambiental y sus Normas Técnicas Ambientales incorporadas se aplicará a todas las operaciones hidrocarburíferas y afines que se llevan a efecto en el país. El presente Reglamento tiene por objeto regular las actividades hidrocarburíferas de exploración, desarrollo y producción, almacenamiento, transporte, industrialización y comercialización de petróleo crudo, derivados del petróleo, gas natural y afines, susceptibles de producir impactos ambientales en el área de influencia directa, definida en cada caso por el Estudio Ambiental respectivo.
Art. 25.- Manejo y almacenamiento de crudo y/o combustibles: b) Deberán mantenerse herméticamente cerrados, a nivel de suelo y estar aislados mediante un material impermeable para evitar infiltraciones y contaminación del ambiente, y rodeados de un cubeto técnicamente diseñado para el efecto, con un volumen igual o mayor al 110% del tanque mayor.
d) Todos los equipos mecánicos tales como tanques de almacenamiento, tuberías de productos, motores eléctricos y de combustión interna estacionarios, así como compresores, bombas y demás conexiones eléctricas, deben ser conectados a tierra.
Art. 27.- Operación y mantenimiento de equipos e instalaciones: Se deberá disponer de equipos y materiales para control de derrames, así como equipos contra incendio y contar con programas de mantenimiento tanto preventivo como correctivo, especificados en el Plan de Manejo Ambiental.
MARCO LEGAL REGLAMENTO DE SEGURIDAD Y SALUD DE LOS TRABAJADORES Y MEJORAMIENTO DEL
MEDIO AMBIENTE DE TRABAJO
DOCUMENTO Código del trabajo, Decreto Ejecutivo 2393, publicado en el R. O. 565 del 17 de
noviembre de 1986.
ARTÍCULOS DE APLICACIÓN
Se establecen las disposiciones aplicables a toda actividad laboral en todo centro de trabajo, teniendo como objetivo la prevención, disminución o eliminación de los riesgos del trabajo y el mejoramiento del medio ambiente del trabajo.
MARCO LEGAL REGLAMENTO INTERMINISTERIAL PARA LA GESTIÓN INTEGRAL DE DESECHOS
SANITARIOS
DOCUMENTO Registro Oficial No. 379, 20 de Noviembre de 2014
ARTÍCULOS DE APLICACIÓN
Art.1.- El presente Reglamento tiene por objeto normar la gestión integral de los desechos sanitarios desde su generación, almacenamiento, recolección, transporte, hasta su tratamiento y disposición final, para prevenir, mitigar y reducir los riesgos de la salud de toda la población y el ambiente
DOCUMENTO TRANSPORTE, ALMACENAMIENTO Y MANEJO DE MATERIALES PELIGROSOS.
REQUISITOS
NORMA INEN NTE INEN 2266:2013
ARTÍCULOS DE APLICACIÓN
1. OBJETO 1.1 Esta norma establece los requisitos que se deben cumplir para el transporte, almacenamiento y manejo de materiales peligrosos. 2. ALCANCE 2.2 Esta norma se aplica a las actividades de producción, comercialización, transporte, almacenamiento y manejo de materiales peligrosos.
3.1.40.- Producto químico peligroso. Todo producto químico que por sus características físico-químicas presenta o puede presentar riesgo de afectación a la salud, al ambiente o destrucción de bienes, lo cual obliga a controlar su uso y limitar la exposición al producto.
4. CLASIFICACIÓN. - Los productos químicos de uso peligroso se clasifican en las siguientes clases: CLASE 1. EXPLOSIVOS CLASE 2. GASES CLASE 3. LÍQUIDOS INFLAMABLES CLASE 4. SÓLIDOS INFLAMABLES. CLASE 5. SUSTANCIAS COMBURENTES Y PERÓXIDOS ORGÁNICOS CLASE 6. SUSTANCIAS TÓXICAS Y SUSTANCIAS INFECCIOSAS CLASE 7. MATERIAL RADIOACTIVO CLASE 8. MATERIAL CORROSIVO CLASE 9. SUSTANCIAS Y OBJETOS PELIGROSOS VARIOS
Página 30 de 161
6.1.1.2.- Todas las personas naturales o jurídicas que almacenen, manejen y transporten materiales peligrosos deben garantizar que cuando se necesite cargar o descargar la totalidad o parte de su contenido, el transportista y el usuario deben instalar señalización o vallas reflectivas de alta intensidad o grado diamante con la identificación del material peligroso, que aíslen la operación, con todas las medidas de seguridad necesarias.
6.1.1.3.- Toda empresa que maneje materiales peligrosos debe contar con procedimientos e instrucciones operativas formales que le permitan manejar en forma segura dichos materiales a lo largo del proceso.
6.1.7.12.- Prevención y planes de emergencias a) Planes de prevención a.1) La empresa debe diseñar e implementar planes y programas de prevención que elimine o reduzca el riesgo asociado a una actividad donde exista la posibilidad de producirse una emergencia. Los planes y programas serán diseñados en función del análisis de riesgos y pueden incluir actividades de: capacitación, entrenamiento, inspecciones planeadas y no planeadas, auditorías, simulacros y eventos de concienciación.
6.1.7.10.- Almacenamiento a) Identificación del material. Es responsabilidad del fabricante y del comercializador de materiales peligrosos su identificación y etiquetado de conformidad con la presente norma. b) Compatibilidad. Durante el almacenamiento y manejo general de materiales peligrosos no se debe mezclar los siguientes materiales: b.1) Materiales tóxicos con alimentos o semillas o cultivos agrícolas comestibles. b.2) Combustibles con comburentes. b.3) Explosivos con fulminantes o detonadores. b.4) Líquidos inflamables con comburentes. b.5) Material radioactivo con otro cualquiera. b.6) Sustancias infecciosas con ninguna otra. b.7) Ácidos con bases. b.8) Oxidantes (comburentes) con reductores. b.9) Otros (ver tabla de incompatibilidad química en el Anexo K). b.10) Toda persona natural o jurídica que almacene y maneje materiales peligrosos debe contar con los medios de prevención para evitar que se produzcan accidentes y daños que pudieran ocurrir como resultado de la negligencia en el manejo o mezcla de productos incompatibles.
h) Colocación y apilamiento h.1) Los materiales peligrosos deben ser almacenados de acuerdo al grado de incompatibilidad con otros materiales (ver Anexo K). h.2) Los envases no deben estar colocados directamente en el suelo sino sobre plataformas o paletas. h.3) Los envases que contienen materiales líquidos deben almacenarse con los cierres hacia arriba. h.4) Los envases deben apilarse de tal forma que no se dañen unos con otros. h.5) Los envases deben apilarse en las paletas de acuerdo a una sola clasificación. h.6) Los bloques para almacenar materiales peligrosos deben tener un ancho de dos paletas y un largo que no excederá de ocho paletas. h.7) La distancia libre entre el bloque y la pared, así como entre bloques, debe ser 1 metro. h.9) La altura de apilado debe aplicarse de acuerdo al tipo de peligro, tipo de embalaje, volumen y peso del material, dependiendo de si se usa paletas o estanterías metálicas. h.10) Las filas (cada paleta) del bloque deben estar debidamente identificadas y señaladas (marcadas en el piso de la bodega). h.11) Los anaqueles para almacenar deben estar claramente identificados y la distancia libre entre bloques de anaqueles, así como de anaqueles a las paredes debe ser de 1 metro.
DOCUMENTO PRODUCTOS QUÍMICOS INDUSTRIALES PELIGROSOS, ETIQUETADO DE PRECAUCIÓN.
REQUISITOS
NORMA INEN NTE INEN 2 288:2000
ARTÍCULOS DE APLICACIÓN
1.1.- Esta norma se aplica a la preparación de etiquetas de precaución de productos químicos peligrosos, como se definen en ella, usados bajo condiciones ocupacionales de la industria. Recomienda solamente el lenguaje de advertencia, más no cuando o donde deben ser adheridas a un recipiente.
3.1.- La etiqueta de precaución para cualquier producto químico peligroso debe estar basada sobre los riesgos que éste implica. 3.2.- La siguiente materia tema debe ser considerada para inclusión de las etiquetas de precaución: 1. Identidad del producto o componente (s) peligroso (s) 2. palabra clave 3. declaración de riesgos 4. medidas de precaución 5. instrucciones en caso de contacto o exposición 6. antídotos 7. notas para médicos 8. instrucciones en caso de incendio, derrame o goteo 9. instrucciones para manejo y almacenamiento de recipientes
Página 31 de 161
DOCUMENTO COLORES DE IDENTIFICACIÓN DE TUBERÍAS
NORMA INEN NTE INEN 440
ARTÍCULOS DE APLICACIÓN
Esta norma define los colores, su significado y aplicación, que deben usarse para identificar tuberías que transportan fluidos, en instalaciones en tierra (…) Esta norma se aplica según la importancia de las tuberías que se marcará y la naturaleza del fluido de acuerdo a las siguientes modalidades. Solamente por colores de identificación Mediante color de identificación y nombre del fluido Mediante color de identificación, nombre del fluido, indicaciones de código.
MARCO LEGAL COLORES SEÑALES Y SÍMBOLOS DE SEGURIDAD
DOCUMENTO NTE INEN 439
ARTÍCULOS DE APLICACIÓN
Esta norma establece los colores, señales y símbolos de seguridad, con el propósito de prevenir accidentes y peligros para la integridad física y la salud, así como para hacer frente a ciertas emergencias.
3.2. ORDENANZAS Y REGULACIONES LOCALES
El Municipio del Distrito Metropolitano de Quito, cuenta con ordenanzas específicas para la gestión ambiental,
en la tabla 2 se citan las ordenanzas vigentes
TABLA 2. ORDENANZAS Y REGULARIZACIONES LOCALES
MARCO LEGAL Ley de Régimen para El Distrito Metropolitano De Quito
ARTÍCULOS DE APLICACIÓN
Art. 2, literales 3 y 4.- que declaran como finalidades del Municipio del Distrito Metropolitano de Quito: Prevenir y controlar cualquier tipo de contaminación ambiental y propiciar la integración y participación ciudadana dentro de su gestión.
Art. 8, numeral 2.- mediante el cual se establece al Concejo Metropolitano, competencia exclusiva y privativa dentro del Distrito, para establecer, mediante Ordenanzas, normas generales para la prevención y el control de la contaminación ambiental.
MARCO LEGAL Ordenanza Metropolitana N° 0404, SANCIONADA EL 04 DE JUNIO DE 2013
DOCUMENTO Ordenanza Metropolitana reformatoria de la Ordenanza Metropolitana No. 213,
Sustitutiva del Título V, " Del Medio Ambiente del Libro Segundo del Código Municipal.
ARTÍCULOS DE APLICACIÓN
Artículo 1. - Sustituye los Capítulos IV, " De la evaluación de impacto ambiental”; V " Del sistema de auditorías ambientales y guías de prácticas ambientales. Art. II.380.1.- El subsistema de Evaluación de Impactos Ambientales y control Ambiental del Distrito Metropolitano de Quito se ajusta a s ambientales emitidas por el MAE. El subsistema se fundamenta en la identificación y evaluación de impactos y riesgos ambientales, así como el cumplimiento de la normativa ambiental vigente, como requerimiento para determinar la viabilidad ambiental de obras, infraestructura, proyectos y actividades de cualquier naturaleza; y en general, de cualquier acción que suponga genere impactos y riesgos ambientales.
Art. II.380.10. – Categorización Ambiental. - Para efectos de la aplicación del proceso de evaluación de impactos ambientales y de las demás disposiciones previstas en el Subsistema, todas las obras, proyectos, actividades y en general toda acción regulada en esta ordenanza, que se desarrolle en el territorio del Distrito Metropolitano de Quito y que supongan o generen impactos o riesgos ambientales, en virtud de In magnitud y significancia de los mismos, determinada como tal a través del proceso de evaluación de impactos, serán clasificadas dentro de las siguientes categorizaciones ambientales. 1. Actividades que generan impactos o riesgos ambientales significativos altos 2. Actividades que generan impactos o riegos ambientales significativos bajos 3. Actividades que generan impactos o riesgos ambientales no significativos
Art. II.380.14.- Definición. - Los Términos de Referencia es un documento técnico que determina el alcance, la localización, los métodos y técnicas a aplicarse en la elaboración de un Estudio de Impacto Ambiental, en cuanto a la profundidad y nivel de detalle de las variables ambientales relevantes de los diferentes componentes ambientales: medio físico, medio biótico, medio socio-cultural y de salud pública. Los Términos de Referencia serán elaborados por consultores ambientales debidamente calificados por la Autoridad Ambiental Nacional.
Página 32 de 161
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL (EsIA) Art. II.380.28. · Definición del Estudio de Impacto Ambiental Expost Los Estudios de Impacto Ambiental Expost son estudios técnicos similares a los Estudios de Impacto Ambiental, aplicables excepcionalmente a las actividades o acciones en funcionamiento y que se encuentren dentro de la categoría de impacto y riesgo ambiental significativo alto. Este documento aplica también a actividades o acciones de impacto y riesgo ambiental significativo alto, implementadas por emergencia debidamente reconocida por la Autoridad Ambiental Distrital. El Estudio de Impacto Ambiental Expost deberá presentarse una vez concluida la emergencia. El Estudio de Impacto Ambiental Expost y su Plan de Manejo Ambiental aprobado facultarán al sujeto de control la obtención o actualización de la Licencia Ambiental.
Art. 11.380.15.- Contenido mínimo de los Términos de Referencia. - Los Términos de Referencia deberán contener, al menos, lo siguiente: • Introducción. • Objetivos. • Descripción esquemática del proyecto. • Criterios para el análisis de alternativas. • Metodología para la determinación del área de influencia directa e indirecta del proyecto. • Metodología para la determinación de la línea base o diagnóstico ambiental. • Metodologías para identificación y evaluación de impacto, para análisis del riesgo ambiental y para la Evaluación de riesgos naturales que afecten la viabilidad del proyecto. • Metodología para la elaboración del inventario de recursos forestales. • Propuesta del contenido del Plan de Manejo Ambiental. • Criterios para definir la información de carácter reservado. • Perfil del equipo consultor mínimo que intervendré en la elaboración del Estudio de Impacto Ambiental. • Cronograma para la ejecución del Estudio de Impacto Ambiental
Art. 11.380.16.- Documentos a presentar con los Términos de Referencia. - Se deberá adjuntar a los Términos de Referencia la siguiente documentación: 1. Certificado de intersección con el Patrimonio de Áreas Naturales del Estado, Bosques Protectores y Patrimonio Forestal del Estado, emitido por la Autoridad Ambiental Nacional. 2. Coordenadas UTM-WGS84 y croquis de ubicación donde se implantará el proyecto.
Art. II.380.29.- Elaboración y contenidos del Estudio de Impacto Ambiental Expost. · La elaboración y el contenido del Estudio de Impacto Ambiental Expost deberán sujetarse a similares exigidas y requerimientos establecidos para el Estudio de Impacto Ambiental. Sin embargo, considerará las siguientes particularidades: En el Estudio de Impacto Ambiental Expost se remplazará el levantamiento de la línea base por un diagnóstico de la situación socio ambiental de los componentes del entorno. Se pondrá especial énfasis en la identificación, análisis y evaluación de pasivos ambientales. • Se incluirá un análisis del cumplimiento de la normativa ambiental nacional y local. En el Plan de Manejo Ambiental se considerarán todas las acciones necesarias para mitigar y/o remediar los hallazgos identificados. • El Plan de Salud Ocupacional y Segundad Industrial del Plan de Manejo Ambiental será remplazado por el Reglamento Interno de Salud Ocupacional y Seguridad industrial, debidamente aprobado por el Ministerio del Ramo. • No se requiere informe del Instituto Nacional de Patrimonio Cultural. • En el Plan de Manejo Ambiental se considerarán todas las acciones necesarias para mitigar y/o remediar los hallazgos identificados. • El Plan de Salud Ocupacional y Segundad Industrial del Plan de Manejo Ambiental será remplazado por el Reglamento Interno de Salud Ocupacional v Seguridad industrial, debidamente aprobado por el Ministerio del Ramo. • No se requiere informe del Instituto Nacional de Patrimonio Cultural.
Art. 11.380.30.· Proceso de participación ciudadana- Todos los Estudios de Impacto Ambiental Expost deberán someterse al correspondiente proceso de participación ciudadana previsto en el Anexo 1 de la presente ordenanza.
Art. 11.380.31.- Definición y objeto. - la Licencia Ambiental constituye la herramienta de gestión administrativa por la cual el Municipio del Distrito Metropolitano de Quito, en tutela del medio ambiente y de los derechos de los ciudadanos y la naturaleza, autoriza las actuaciones de los administrados cuyas actividades, obras o proyectos conlleven impactos o riesgos ambientales significativos altos. Bajo este precepto, la Licencia Ambiental es el acto administrativo bajo el cual se otorga expresamente a una persona natural o jurídica la autorización para la ejecución de un proyecto, obra o actividad nueva, o lo faculta para que pueda seguir operando. El otorgamiento de la Licencia Ambiental no faculta al regulado a contaminar, incumplir con la normativa ambiental vigente o realizar actividades adicionales a las indicadas durante el proceso de licenciamiento.
Art. ll.380.32.- Vigencia.- la Licencia Ambiental tendrá vigencia por el tiempo de duración o vida útil de la actividad, obra o proyecto, No obstante la Licencia Ambiental podrá ser suspendida o revocada, según proceda, en virtud de las causales previstas en la presente ordenanza.
Art. 11.380.33.- Prohibición. Queda expresamente prohibido el inicio o ejecución de cualquier actividad, obra, infraestructura, proyecto o acción que conlleve impactos o riesgos ambientales significativos altos, sin contar con la Licencia Ambiental Metropolitana o sin que ésta se encuentre vigente.
Página 33 de 161
Art. 11.380.34.- Enmienda a la Licencia Ambiental.- Cuando se presenten modificaciones sustanciales de las condiciones bajo las cuales se aprobó el Plan de Manejo Ambiental, de tal manera que produzcan variaciones en la información suministrada para la obtención de la Licencia Ambiental, el regulado deberá informar por escrito a la Autoridad Ambiental Responsable, quien decidirá la acción que el regulado deberá efectuar, la que deberá estar acorde con los cambios ocurrido . Entre las acciones que el regulado debe efectuar se citan las siguientes
a) a) Modificación del Plan de Monitoreo y seguimiento de los aspectos ambientales significativos de la organización, b) Actualización del Plan de Manejo Ambiental: o, c) Ejecución inmediata de la Auditoría Ambiental de Cumplimiento. La Autoridad Ambiental Distrital realizará la enmienda a la Licencia Ambiental, de forma que incluyan las nuevas actividades.
Art. Il.380.62.- Obligatoriedad de someterse al proceso de evaluación de impactos ambientales.- En virtud de lo establecido, toda obra, proyecto, actividad y en general toda acción que se desarrolle dentro del territorio del Distrito Metropolitano de Quito v que haya sido categorizada como de impacto o riesgo ambiental significativo alto, está obligada a la obtención de la Licencia Ambiental a través de la aprobación de los Términos de Referencia y Estudio de Impacto Ambiental.
PROCEDIMIENTO ANTE SITUACIONES DE EMERGENCIA Art. 11.380.66.- Definición.- Se consideran situaciones de emergencia de los sistemas de almacenamiento, producción, tratamiento, depuración, transporte o disposición (mal de residuos, que signifique la descarga hacia el ambiente de materias primas, productos, aguas residuales, residuos sólidos, lodos o emisiones potencialmente contaminantes, y que puedan perjudicar la salud y el bienestar de la población, o afectar la infraestructura básica y la calidad ambiental de los recursos naturales (…).
Art. II. 380.67.- Obligaciones de los sujetos de control ante situaciones de emergencia: El regulado responsable de la: situación de emergencia está obligado a: a) Informar a la Autoridad Ambiental Distrital de la situación de emergencia, en un tiempo no mayor a veinticuatro horas a partir del momento de producido el evento. b) Poner en marcha, de manera inmediata, los planes diseñados para el efecto. e) Presentar, en un tiempo no mayor a setenta y dos horas, un informe detallado sobre las causas de la emergencia, las medidas tomadas para mitigar el impacto sobre el ambiente y el plan de trabajo para remediar. El regulado deberá asumir todos los costos en los que se incurra para cubrir los daños y perjuicios causados en el entorno, previa la determinación por las instancias judiciales pertinentes. d) Realizar las acciones pertinentes para remediar y compensar a los afectados por los daños que tales situaciones hayan ocasionado y evaluar el funcionamiento del plan de contingencias aprobado, sin perjuicio de las sanciones administrativas o las acciones civiles y penales a que haya lugar.
CONTROL DEL CUMPLIMIENTO DE LÍMITES PERMISIBLES Art. 11.380.84.- Control del cumplimiento de límites permisibles mediante auto monitoreo. - El control de cumplimiento de los límites permisibles incluidos en normas técnicas a través del auto monitoreo se realizará de manera semestral. Para el efecto, los regulados que generen descargas, emisiones y/o residuos, que estén obligados al auto monitoreo, deberán presentar a la entidad de seguimiento los reportes técnicos respectivos de las mediciones de sus emisiones Liquidas, sólidas, gaseosas y ruido, sujetándose a los lineamientos o disposiciones emitidas por la Autoridad Ambiental Distrital. El auto monitoreo será realizado a costo del regulado, para lo cual deberá contratar los servicios de laboratorios o entidades externas acreditadas por el Organismo de Acreditación Ecuatoriana, para la toma de muestras y análisis debidamente registrados ante la Autoridad Ambiental Distrital.
Art. II.380.85.- Obligación de implementar medidas y acciones correctivas: Si como resultado del auto monitoreo y/o control público se evidencia que la actividad no se encuentra cumpliendo las normas técnicas ambientales, el sujeto de control responsable de dicha actividad deberá implementar correctivos inmediatos para levantar los incumplimientos.
Art. 11.380.86.- Monitoreo por parte de la Autoridad Ambiental Distrital. - Para la verificación del cumplimiento de los límites permisibles, la Autoridad Ambiental Distrital realizará la toma de mue tras y los análisis de laboratorio correspondientes. Para la toma de muestras, el regulado deberá disponer de sitios adecuados para muestreo y aforo de los mismos, y proporcionará todas las facilidades y datos necesarios para que el personal técnico pueda efectuar su trabajo. Los costos que demanden estas actividades de monitoreo serán cubiertos por el sujeto de control.
Art. 11.380.87.· Presencia del regulado en el control público: Durante la toma de muestras por parte de la Autoridad Ambiental Distrital, será suficiente la presencia de cualquier persona que forme parte del sujeto de control.
Art. 11.380.88. · Información de resultados del control público: La Autoridad Ambiental Distrital procederá a informar al regulado para que, si fuera el caso, tome las acciones correctivas necesarias. Cuando proceda, la Autoridad Ambiental Distrital notificará a la Agencia Metropolitana de Control para que se proceda con las sanciones respectivas.
Art. Jl.380.96.- Reanudación de actividades. La revocatoria de la Licencia Ambiental implica que el sujeto de control no podrá obtener una nueva Licencia Ambiental por esta actividad hasta que las sanciones e indemnizaciones por los daños causados sean cubiertos, los incumplimientos sean subsanados y/o haya ejecutado la remediación, de ser el caso. En el caso de reincidencia en la revocatoria de la Licencia Ambiental. No se volverá otorgar una nueva Licencia Ambiental por esa actividad.
Página 34 de 161
Art. II.380.89. · Proceso de seguimiento mediante auditoría ambiental- Además de los mecanismos de control y seguimiento establecidos, los regulados cuyas actividades han sido categorizadas romo generadoras de impactos y riesgos ambientales significativos altos y cuenten con Licencia Ambiental, estarán sujetos a la presentación de la auditoría ambiental, con el siguiente procedimiento: 1. Los regulados deberán presentar la Auditoría ambiental correspondiente a la Autoridad Ambiental Distrital. 2. En el plazo de tres días hábiles, la Autoridad Ambiental Distrital asignará el documento a una entidad de seguimiento para la revisión, análisis y calificación de la auditoría ambiental, incluyendo, de ser el caso, una verificación in situ; y, esta remitirá el respectivo informe a la Autoridad Ambiental Distrital. 3. La entidad de seguimiento dispondrá de máximo quince (15) días hábiles, a partir de la fecha de entrega de la auditoría ambiental, para presentar el respectivo informe técnico a la Autoridad Ambiental Distrital. Este informe deberá especificar claramente la sugerencia de aprobación o negación de la auditoría ambiental, con el debido sustento y motivación. 4. Una vez recibido el informe de la entidad de seguimiento, la Autoridad Ambiental Distrital procederá a aprobar o negar la auditoría ambiental, según sea el caso. Este particular será notificado por la Autoridad Ambiental Distrital al sujeto de control en un plazo de tres (3) días hábiles, contados a partir de la recepción del informe técnico de la entidad de seguimiento. 5. De existir observaciones por parte de la entidad de seguimiento, la Autoridad Ambiental Distrital podrá solicitar al sujeto de control dar respuesta a las observaciones realizadas, en un plazo no mayor a quince {15) días hábiles. 6. El proceso de evaluación y aprobación de una auditoría ambiental será declarado en abandono si el sujeto de control, a partir de la fecha en que la Autoridad Ambiental Distrital puso en su conocimiento las ampliaciones u observaciones que debe absolver, tardare más de 30 días hábiles en remitir la ampliación o aclaración requerida.
Art. II.380.94.- Suspensión de la Licencia Ambiental. - La Autoridad Ambiental Distrital podrá suspender la Licencia Ambiental, mediante resolución motivada, cuando se trate de: a) En el caso de la reincidencia de tres o más no conformidades menare (Anexo II). b) En el caso de existencia de no conformidades mayores, en una proporción mayor al 25'lb del total de actividades analizadas. La Autoridad Ambiental Distrital otorgará un tiempo no menor de quince (15) días hábiles para que el sujeto de control subsane el o los incumplimientos. Agotado el tiempo otorgado, la Autoridad Ambiental Distrital resolverá sobre la suspensión de la Licencia Ambiental, mediante resolución motivada. La suspensión de la Licencia Ambiental implicará que el sujeto de control no podrá continuar con la ejecución de la actividad o acción hasta que las no conformidades sean corregidas. La suspensión de la Licencia Ambiental para actividades en operación, implicará la sanción pecuniaria que será ejecutada por la Agencia Metropolitana de Control.
Art. 11.380.95.- Revocatoria de la Licencia Ambiental. - La Autoridad Ambiental Distrital podrá revocar, mediante resolución motivada, una Licencia Ambiental cuando se trate de: a) Reincidencia en 5 o más no conformidades mayores. b) En el caso de proyectos que, habiendo tenido la suspensión de la Licencia Ambiental, el sujeto de control continuó realizando la obra o la actividad. e) Contaminación ambiental deliberada y/o riesgo inminente a la salud pública. d) A partir de la tercera suspensión de la Licencia Ambiental. La Autoridad Ambiental Distrital luego de que resuelva sobre la revocatoria de la Licencia Ambiental y exista la presunción de un delito ambiental, informará a la instancia municipal respectiva para que se inicien las acciones judiciales correspondientes. De igual manera ordenará la ejecución de la garantía de fiel cumplimiento al Plan de Manejo Ambiental otorgada por el sujeto de control, o en su defecto, si ésta fuere insuficiente o no existiere, estará en la obligación de iniciar las acciones civiles tendientes a conseguir que se restaure integralmente los ecosistemas e indemnizar a las personas y/o comunidades afectadas.
Art. II.380. II.- Infracciones y sanciones durante el proceso de categorización y regulación ambiental: Se consideran infracciones a las disposiciones del presente capitulo, sin perjuicio de que puedan constituir delito. las siguientes: a) La falta de información a la Autoridad Ambiental Distrital con anterioridad al inicio de la acción aprobada mediante el Licenciamiento Ambiental, to cual se sancionará con una multa equivalente a una remuneración básica unificada. e) La ejecución de una obra, proyecto o actividad categorizada como de impacto ambiental significativo alto, sin contar con Licencia Ambiental, lo cual se sancionará con la suspensión de la actividad y una multa equivalente a 50 remuneraciones básicas unificadas d) La declaración o presentación de información falsa, con el fin de obtener la aprobación de la autoridad o de algún documento ambiental, lo cual se sancionará con una multa equivalente a 100 remuneraciones básicas unificadas y la anulación del trámite para la obtención de Ya aprobación de un documento ambiental Si una vez obtenida la aprobación del documento ambiental se llegare a determinar la falsedad de la información proporcionada, se revocara el acto de aprobación del documento ambiental y todas las autorizaciones, permisos y licencias que se hayan emitido, se dispondrá la suspensión de la ejecución del proyecto, obra o actividad y se impondrá la multa detallada en el inciso anterior.
ANEXO I PROCEDIMIENTO DE PARTICIPACIÓN SOCIAL O PARTICIPACIÓN CIUDADANA PARA PROYECTOS NUEVOS Y ACTIVIDADES EN FUNCIONAMIENTO QUE REQUIEREN LICENCIA AMBIENTAL
Art. 2.- El Proceso de Participación Social en la Gestión Ambiental tiene como finalidad considerar e incorporar los criterios y las observaciones de la ciudadanía, especialmente la población directamente afectada de un proyecto, obra o actividad, sobre las variables ambientales relevantes de los estudios de impacto ambiental y planes de manejo ambiental, siempre y cuando sea técnica y económicamente viable, para que las actividades o proyectos que puedan causar impactos ambientales se desarrollen de manera adecuada, minimizando y/o compensando estos impactos a fin de mejorar la condiciones ambientales para la realización de la actividad o proyecto propuesto en todas sus fases.
Página 35 de 161
Art. 4.- Obligación de la participación social: El Proceso de Participación Social (PPS) se realizará de manera obligatoria en todos los proyectos nuevos o actividades en funcionamiento, que requieran licencia ambiental III y IV, previo a la aprobación del Estudio de Impacto Ambiental o Estudio de Impacto Ambiental Expost, respectivamente.
Art. 5.- Mecanismos de participación social: Los mecanismos para la realización de los procesos de participación social, procurarán un alto nivel de posibilidades de participación, por lo que puede resultar necesario en ocasiones aplicar varios mecanismos complementarios en función de las características socio - culturales de la población en el área de influencia del proyecto, obra o actividad. Los mecanismos de participación pueden comprender: 1. Asambleas o Audiencias de Presentación Pública: acto central del Proceso de Participación Social en el que se presenta de manera didáctica y ajustada a las condiciones socioculturales de la población del área de influencia directa, el borrador del Estudio de Impacto y el Plan de Manejo Ambiental del proyecto o actividad, para luego receptar observaciones y criterios de la comunidad.
Art. 7.- Definiciones: Para la aplicación del Proceso de Participación Social para proyectos nuevos y actividades en funcionamiento que requieren Licencia Ambiental, tómese en cuenta las siguientes definiciones: a) Área de Influencia Directa (AID): Espacio geográfico o unidad espacial de análisis en la que se relacionan de forma integral la dinámica de los componentes ambientales frente a los elementos de presión que generarían impactos, daños y pasivos por el desarrollo de una obra, proyecto o una actividad económica o productiva en general. b) Área de Influencia Indirecta: Espacio geográfico en el que se manifiestan los impactos ambientales indirectos o inducidos es decir aquellos que ocurren en un sitio diferente a donde se produjo la acción generadora del impacto ambiental, y en un tiempo diferido con relación al momento en que ocurrió la acción provocadora del impacto ambiental. c) Área de Influencia Directa (AISD): espacio social resultado de las interacciones directas, de uno o varios elementos del proyecto, obra o actividad, con uno o varios elementos del contexto social donde se implantará el proyecto. La relación social directa proyecto-entorno social se da en por lo menos dos niveles de integración social: unidades individuales (fincas, viviendas y sus correspondientes propietarios) y organizaciones sociales de primer y segundo orden (Comunidades, recintos, barrios y asociaciones de organizaciones). La identificación de los elementos individuales del AISD se realiza en función de orientar las acciones de indemnización, mientras que la identificación de las comunidades, barrios y organizaciones de primer y segundo orden que conforman el AISD se realiza en función de establecer acciones de compensación. d) Área de Influencia Social Indirecta: espacio socio institucional que resulta de la relación del proyecto con las unidades político-territoriales donde se desarrolla el proyecto: parroquia, cantón y/o provincia. El motivo de la relación es el papel del proyecto y/o actividad en el ordenamiento del territorio local. Si bien se fundamenta en la ubicación político-administrativa del proyecto, pueden existir otras unidades territoriales que resultan relevantes para la gestión socio-ambiental del proyecto como las Circunscripciones Territoriales Indígenas, o Áreas Protegidas, Mancomunidades Municipales.
MARCO LEGAL PLAN METROPOLITANO DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL
DOCUMENTO Ordenanza Metropolitana 447 del 21 de octubre de 2013
ARTÍCULOS DE APLICACIÓN
De conformidad con la sección primera del capítulo II del título II del Libro enumerado “Del Régimen del suelo para el DMQ” del Código Municipal, se establecen a continuación los instrumentos de planificación en materia de los usos de suelo general que reconoce el ordenamiento jurídico metropolitano.
Clasificación del Uso Múltiple: Las edificaciones en áreas de uso múltiple respetaran las regulaciones y condiciones correspondientes al uso o usos que se implantan. El uso residencial en áreas de uso múltiple no tiene restricciones de proporcionalidad con respecto a otros usos.
MARCO LEGAL GESTIÓN INTEGRAL DE RESIDUOS SÓLIDOS DEL DMQ
DOCUMENTO Ordenanza Metropolitana 332, sancionada en el 2010
ARTÍCULOS DE APLICACIÓN
Art. 1 OBJETO: Establece y regula el funcionamiento del Sistema de Gestión Integral de los Residuos sólidos del DMQ, fija las normas, principios y procedimientos por los que se rige el sistema. Establece los derechos, deberes, obligaciones y responsabilidades de los ciudadanos y empresas.
Art 12.- Clasificación de residuos sólidos- Los residuos sólidos para efectos de su separación son: orgánicos o comportables, e inorgánicos, que pueden ser reciclables y no aprovechables.
Art 17.- Obligación de diferenciar en la fuente. - El generador de residuos sólidos tiene la obligación de diferenciar en la fuente los residuos. El generador de residuos sólidos deberá almacenar separadamente los residuos sólidos orgánicos, y los residuos inorgánicos reciclables y no aprovechables. Cuando los residuos sólidos posean características de residuos peligrosos, deberán ser almacenados respetando las directrices emitidas por el Ministerio de Ambiente. No obsta que sean generados en muy pocas cantidades. En caso de utilizar contenedores para almacenar residuos, deberán ser identificados con el código de colores definido.
Art 31.- Diferenciación en la fuente.- El generador de residuos, deberá establecer un manejo diferenciado entre los residuos peligrosos y los que no lo son.
Art 32.- Almacenamiento.- Todo sitio destinado al almacenamiento de residuos peligrosos deberá cumplir las reglas técnicas emitidas por la Municipalidad y otras entidades competentes y contar con la correspondiente autorización del Ministerio del Ambiente o de la Autoridad Municipal competente.
Página 36 de 161
Art. 98 literal 5. Depositar los residuos sólidos en fundas, en recipientes impermeables debidamente cerrados, tachos o tarros, según lo determine la Secretaria de Ambiente, respetando los colores que servirán únicamente para los siguientes residuos: a. Para papel, cartón, y plástico, vidrio, color azul b. Para residuos no aprovechables, color negro c. Para residuos peligrosos u hospitalarios, color rojo d. Para residuos orgánicos, color verde
MARCO LEGAL RÉGIMEN ADMINISTRATIVO DEL SUELO EN EL DMQ
DOCUMENTO Ordenanza Metropolitana 0172, Registro Oficial 328, del 11 de Sep. de
2012
ARTÍCULOS DE APLICACIÓN
Art. 1.- Objeto. - Las disposiciones de este libro tienen por objeto establecer el Régimen Urbanístico del Distrito Metropolitano de Quito, es decir, regular dentro de los límites de su circunscripción, con competencia privativa, exclusiva y prevalente, la ordenación, ocupación, habilitación, transformación y control del uso de suelo, edificaciones, subsuelo y el espacio aéreo urbano hasta la altura máxima permitida por la zonificación.
MARCO LEGAL REGLAS TÉCNICAS EN MATERIA DE PREVENCIÓN DE INCENDIOS EN
EL ORDENAMIENTO METROPOLITANO
DOCUMENTO Ordenanza Metropolitana 0470
ARTÍCULOS DE APLICACIÓN
Art. 1. - Reglas técnicas. - Las reglas técnicas en materia de prevención de incendios que regirán las actuaciones de los administradores y de la administración del Distrito Metropolitano de Quito, en el ejercicio de sus competencias, serán aquellas contenidas en los anexos 1, 2, 3, 4, 5, 6 y 7 de la presente ordenanza, ajustando su empleo a las normas de aplicación que en razón del tiempo se determinan en los artículos siguientes.
MARCO LEGAL RÉGIMEN ADMINISTRATIVO DE LAS LICENCIAS METROPOLITANAS
DOCUMENTO Ordenanza Metropolitana 308, Registro Oficial No. 48, de 30 de junio del
2010
ARTÍCULOS DE APLICACIÓN
1.- OBJETO: Establece el Régimen Administrativo de las Licencias Metropolitanas y, en particular, de la Licencia Metropolitana única para el ejercicio de las actividades económicas en el Distrito Metropolitano de Quito y sus anexos, 16.04.2010.
MARCO LEGAL RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA NO. 001-2014
DOCUMENTO Procedimiento de transición para la aplicación de la Ordenanza
Metropolitana No. 404
ARTÍCULOS DE APLICACIÓN
La aplicación del presente procedimiento abarca a todos los trámites de regulación ambiental iniciados, en proceso y culminados en el marco de la Ordenanza Metropolitana No. 213, que comprenden: * Licencias Ambientales a partir de Estudios de Impacto Ambiental. * Certificados Ambientales de las actividades, obras y proyectos cuya regulación partió de la aprobación de: Auditorías Ambientales iniciales, Estudios de Impacto Ambiental y Declaraciones Ambientales.
5.1 Niveles de Ruido de Emisión para Fuentes Fijas: El Nivel Sonoro Corregido (Nos) obtenido en la evaluación de ruido de fuentes fijas según el apartado 7.12, no podrá exceder los niveles máximos permisibles de emisión expresados en dB(A), que se fijan en la Tabla No.1.
MARCO LEGAL RESOLUCIÓN 002-SA-2014
DOCUMENTO Normas Técnicas para la aplicación de las Ordenanzas Metropolitanas
sustitutiva del Título V, "Del Medio Ambiente" Del libro segundo del código municipal
ARTÍCULOS DE APLICACIÓN
6.3.- Los resultados de laboratorio se deberán obtener del análisis de muestras compuestas. En todos los casos los valores de las concentraciones de los parámetros corresponden a valores medios diarios.
3.1.- Se prohíbe expresamente la dilución de las emisiones al aire desde una fuente fija con el fin de alcanzar cumplimiento con la normativa aquí descrita.
RESOLUCIÓN: 3.2.- Se prohíbe el uso de aceites lubricantes usados como combustible en calderas, hornos u otros equipos de combustión.
RESOLUCIÓN: 3.4.- Los responsables de las fuentes fijas deberán comunicar a la Autoridad Ambiental Distrital cualquier situación anómala, no típica, que se presente en la operación normal de la fuente, y en la que se verificaren emisiones de contaminantes superiores a los valores máximos establecidos en la presente Norma Técnica.
3.5.- Los responsables de las fuentes fijas deberán llevar una bitácora de operación y mantenimiento de los equipos de combustión ya sea en formato impreso o electrónico. Debe tener como mínimo: Nombre, marca y capacidad, tiempo de operación de la fuente, consumo y tipo de combustible y cualquier otro dato que se considere necesario. Los registros deben ser llevados de manera mensual.
Página 37 de 161
3.8.- Todos los regulados que dispongan de fuentes fijas significativas deberán realizar programas propios de control interno de emisiones al aire de fuentes fijas de combustión. Los resultados serán reportados a la Autoridad Ambiental Distrital o su delegado, con toda la información requerida en los formatos establecidos por la Autoridad Ambiental Distrital. La frecuencia de los auto- monitoreos será semestral, teniendo que reportarse los resultados a la AAD de acuerdo al Instructivo de Aplicación de la Ordenanza 404.
3.9.- El control de las horas de operación de los grupos electrógenos de uso emergente se realizará mediante horómetros que cumplan con un plan de mantenimiento y verificación periódicos. El responsable llevará un registro de las lecturas del horómetro con el cual se obtendrá el tiempo de funcionamiento del equipo, este registro permitirá dar seguimiento al plan anteriormente mencionado. Los registros deberán ser mantenidos en sus archivos por un período de dos años y estarán a disposición de la Autoridad Ambiental Distrital cuando así se requiera.
3.10.- Todos los regulados que dispongan de fuentes fijas significativas están obligados a presentar los resultados de las caracterizaciones físico - químicas semestrales de las emisiones a la atmósfera, ante la Autoridad Ambiental Distrital o su delegado. Para esto, emplearán los formularios establecidos por la Autoridad Ambiental Distrital de acuerdo al Instructivo de Aplicación de la Ordenanza 404.
3.11.- El monitoreo y caracterización físico - química de las emisiones de fuentes fijas de combustión será realizado única y exclusivamente por los Laboratorios Ambientales que se encuentren acreditados por el OAE y registrados por la Autoridad Ambiental Distrital.
5. REQUISITOS a. Las fuentes fijas de combustión deberán cumplir con los requisitos técnicos mínimos que permitan Ja ejecución de las mediciones, según el Anexo 1: Condiciones de Seguridad para la Realización de Mediciones en Chimeneas.
b. Toda fuente fija que funcione dentro del Distrito Metropolitano de Quito no podrá emitir al aire cantidades superiores a las indicadas en la Tabla No.1 Emisiones fuentes fijas de combustión, combustible .
RESOLUCIÓN 3.4 El regulado mantendrá una bitácora con el registros de los efluentes generados ( en formato físico o digital), de manera mensual para el control interno y control público, que contengan como mínimo la siguiente información: el proceso del que provienen, frecuencia de descargas del efluente, tratamiento aplicado a los efluentes, el caudal de los efluentes y su relación con datos de producción, consumo de agua, dispositivos de medida y su control (frecuencia/tipo).
Normas Técnicas para la aplicación de las Ordenanzas Metropolitanas sustitutiva del Título V, "Del Medio Ambiente" Del libro segundo del código municipal. Art. 5 norma Técnica para emisiones a la atmósfera de fuentes fijas. Art. 6 Norma Técnica para el control de descargas líquidas. Art. 7 Norma Técnica para el control de la contaminación por ruido. Art. 9 Norma Técnica de suelo. Art. 10 Norma Técnica residuos sólidos peligrosos.
MARCO LEGAL RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA NO. 024-2013
DOCUMENTO Instructivo de Aplicación de la Ordenanza Metropolitana No. 404
ARTÍCULOS DE APLICACIÓN
El Instructivo de Aplicación de la Ordenanza Metropolitana No. 404, es el instrumento administrativo que establecerá las disposiciones explicativas de aplicación de la antes referida Ordenanza, y será emitido bajo Resolución Administrativa por parte de la Secretaría de Ambiente del Municipio del Distrito Metropolitano de Quito. El Instructivo de Aplicación de la Ordenanza Metropolitana No. 404 está dirigido a todos los Sujetos de control, Regulados, Entidades de Seguimiento, Laboratorios Ambientales, Gestores Ambientales de residuos, y personal del Municipio del Distrito Metropolitano de Quito y de la Autoridad Ambiental Nacional, que participan directa o indirectamente en el marco del Subsistema de Manejo Ambiental del Distrito Metropolitano de Quito.
INSTRUCTIVO: Numeral 5.6.3 literal c) Capacitar al personal encargado el empaque, almacenamiento y embalaje del residuo peligroso dentro de sus instalaciones y además debe brindar el equipo para el manejo adecuado de estos y la protección personal necesaria para ello (numeral 7 del Artículo 33 de las reglas técnicas de la OM 332).
INSTRUCTIVO: Numeral 5.6.3 literal p) Verificar el alcance de la autorización, delegación o acreditación del gestor al que entrega sus desechos peligrosos y/o especiales.
Numeral 5.6.1 b) Diferenciar y clasificar los residuos (Artículo 17 de la OM 332) y depositarlos en recipientes individuales impermeables cerrados que cuenten con identificación o señalética (numeral 5 del Artículo 8 de las reglas técnicas de la OM 332). El regulado debe contar con el número de recipientes respectivos y los recipientes deben contar las dimensiones adecuadas, para depositar todos los residuos sin desbordar (numeral 9 del Artículo 10 de las reglas técnicas de la OM 332).
Numeral 5.6.1 c) Identificar con el código de colores definido los recipientes y/o contenedores utilizados para depositar residuos (Artículo 17 de la OM 332 y Artículo 7 de las reglas técnicas de la OM 332), acorde a lo referido en el numeral 5 del literal a del Artículo 98 de la OM 332:o Para papel, cartón, y plástico, vidrio, color azul o Para residuos no aprovechables, color negro o Para residuos peligrosos u hospitalarios, color rojo o Para residuos orgánicos, color verde.
Numeral 6.6 Obtención de Autorizaciones Administrativas Ambientales: Las autorizaciones/permisos ambientales de los proyectos, obras y actividades dependen del tipo de categorización ambiental.
Página 38 de 161
Numeral 6.3.3) De la obtención del Certificado de Intersección si la Categoría es II, III, IV en el SUIA El Certificado de Intersección se obtendrá conjuntamente con la categorización ambiental, a través del SUIA. El sujeto de control deberá completar adicionalmente en los formularios en línea del SUIA, las coordenadas del establecimiento o proyecto en UTM datum: WGS-84. En los proyectos nuevos o actividades en funcionamiento mineras, se presentarán adicionalmente las coordenadas en UTM datum: PSAD-56. El sujeto de control podrá visualizar el certificado de intersección provisional, una vez ingresada en forma correcta las coordenadas. Si el sujeto de control verifica mediante el certificado de intersección provisional que el proyecto nuevo o actividad en funcionamiento interseca con el Sistema Nacional de Áreas Protegidas, Bosques y Vegetación Protectores y Patrimonio Forestal del Estado, Zonas Socio Bosque; Zona Intangible y su Zona de Amortiguamiento, y otras que se creen, debe continuar la regularización en el Ministerio del Ambiente, caso contrario proseguirá la regularización según lo establecido en la Ordenanza Metropolitana No. 404 y en el presente instructivo El sujeto de control deberá imprimir el certificado de intersección definitivo cuando el Ministerio del Ambiente a través del SUIA lo autorice
Numeral 6.3.3) Para actividades en funcionamiento:
Los sujetos de control deberán iniciar el trámite de obtención de Licencia Metropolitana Única para el Ejercicio de Actividades Económicas en el Distrito Metropolitano de Quito LUAE, en las Entidades Municipales designadas.
Los formularios de registro de los sujetos de control serán generados automáticamente con la información ingresada para trámite LUAE, por consiguiente, los sujetos de control no requerirán llenarlos.
La Secretaría de Ambiente podrá solicitar información adicional que no ha sido completada por el sujeto de control. Para actividades en funcionamiento, los sujetos de control deberán incluir la(s) última(s) LUAE obtenida(s) o número(s) de trámite(s) LUAE para la actividad que se encuentra en trámite de regularización ambiental.
Numeral 6.6.1 Obtención de Autorización Administrativa Ambiental: Resolución y Licencia Ambiental por EsIA o por EsIA Expost 6.6.1.1 De los requisitos a) Categorización Ambiental del SUIA (captura pantalla), Certificado de Intersección Definitivo (NO INTERSECA) y Registro en la Secretaría de Ambiente, acorde a lo previsto en los numerales 6.3.1, 6.3.3 y 6.4, respectivamente, del presente capítulo. b) Presentación de TdRs y EsIA con el respectivo PMA y proceso de participación social, en formato físico y digital. c) Pago de tasa por “Revisión de TdR de EsIA (Expost), Revisión de EsIA (Expost) y Emisión de Licencia Ambiental para EsIA (Expost)”. d) Pago del costo de servicios de facilitación socio-ambiental en el Ministerio del Ambiente en el caso de proyectos nuevos que requieran obtener Licencia Tipo IV. e) Los documentos ambientales deben ser elaborados por un consultor o empresa consultora, calificada en el Ministerio del Ambiente.
Numeral 6.6.1.2 De la presentación de Términos de Referencia TdRs
a.- El sujeto de control deberá presentar a la Secretaría de Ambiente los TdRs que comprendan el contenido mínimo
establecido en el Art.II.380.15 del Parágrafo I, Sección IV de la Ordenanza Metropolitana No. 404, como se refiere a
continuación:
a) Introducción, b) Objetivos, c) Descripción esquemática del proyecto, d) Criterios para el análisis de alternativas (en cuanto a ubicación del proyecto, el proceso constructivo y los procesos industriales), e) Metodología para la determinación del área de influencia directa e indirecta del proyecto, f) Metodología para la determinación de la línea base o diagnóstico ambiental g) Metodologías para identificación y evaluación de impactos, para análisis del riesgo ambiental y para la evaluación de riesgos naturales que afecten la viabilidad del proyecto h) Metodología para la elaboración del inventario de recursos forestales i) Propuesta del contenido del Plan de Manejo Ambiental j) Criterios para definir la información de carácter reservado k) Nombre del equipo consultor o empresa consultora, incluyendo composición y perfil de equipo técnico y número de registro en el Ministerio del Ambiente l) Cronograma para la ejecución del Estudio de Impacto Ambiental. Numeral 6.6.1.2 De la presentación de Términos de Referencia TdRs: En el caso de sujetos de control que realicen o realizarán actividades de explotación y comercialización de materiales áridos y pétreos que se encuentran en lechos de los ríos y canteras cumplirán con lo establecido en el Acuerdo Ministerial No. 011 del Ministerio del Ambiente expedido el 01 de febrero de 2010 que refiere sobre: las normas técnicas que determinan los contenidos, características y condiciones mínimas de los Términos de Referencia para las actividades mineras. El documento orientativo aplicable del Acuerdo Ministerial es el siguiente: a) Términos de Referencia para la elaboración de Estudios de Impacto Ambiental para la explotación de materiales de construcción en macizo rocoso (Ver Anexo A). Cada uno de los temas establecidos en el contenido deberá guardar interrelación y concordancia entre ellos, y abarcarán información clara, objetiva, consolidada, sustentada y justificada, redactada de forma concisa y sintetizada.
Página 39 de 161
Numeral 6.6.1.2 De la presentación de Términos de Referencia TdRs b) En conjunto con los TdRs el sujeto de control remitirá los documentos establecidos en el Art.II.380.16 de la OM 404: a) Coordenadas UTM-WGS84 y croquis de ubicación donde se implantará el proyecto. b) Certificado de Intersección. El sujeto de control no incluirá Certificado de Intersección Definitivo, en caso de haberlo presentado. Adicionalmente, el regulado debe remitir en conjunto con los TdRs el comprobante de pago de las tasas por concepto de: “Revisión de TdR de EsIA, Revisión de EsIA y Emisión de Licencia Ambiental para EsIA” (para proyectos nuevos), “Revisión de TdR de EsIA Expost, Revisión de EsIA Expost y Emisión de Licencia Ambiental para EsIA Expost”(actividades en funcionamiento, establecidas en el Art.II.380.112 de la OM 404, como: 1 x 1000 del costo de proyecto (mínimo USD $500,00) o 1 x 1000 del costo de operación del último año (mínimo USD $500,0), respectivamente. Para la definición del valor de la tasa, el sujeto de control deberá presentar a la SA. En caso de proyectos nuevos: copia notariada del contrato de construcción o una declaración juramentada del valor a invertir en el proyecto13. En caso de actividades en funcionamiento: una de las dos siguientes opciones: a.- Copia notariada de la última declaración presentada a través del formulario 101 del Servicio de Rentas Internas SRI, ítem 799 Costos y Gastos de la Actividad correspondiente al último año del ejercicio económico14. b.- Copia del informe contable original debidamente suscrito por el contador de la actividad en proceso de regulación ambiental, en el que se indique el costo de operación de la actividad en proceso de regulación en el año inmediatamente anterior. El sujeto de control incluirá el acta de nominación del contador15.
Numeral 6.6.1.3 De la revisión y aprobación de Términos de Referencia TdRs
a.- La Secretaría de Ambiente o delegado (Entidad de Seguimiento) evaluará y analizará los TdRs a través de un formato de calificación y revisión de TdRs, adicionalmente realizará de ser el caso una verificación in situ. El resultado de la evaluación constará en el respectivo informe técnico, con base en el cual la Secretaría de Ambiente emitirá un pronunciamiento dirigido al sujeto de control. El pronunciamiento puede ser: i) aprobación de los TdRs, o ii) solicitud de un alcance que solvente las observaciones identificadas en la revisión. Adicionalmente en caso que la Secretaría de Ambiente verifique que la actividad en funcionamiento o proyecto nuevo del sujeto de control, se encuentra en uso de suelo con informe de compatibilidad prohibido por la Secretaría de Territorio, Hábitat y Vivienda del MDMQ, la Secretaría de Ambiente, emitirá el pronunciamiento respectivo .b. - La aprobación de TdRs se basará en la verificación del cumplimiento del 100% de todos los requisitos técnicos y legales de los contenidos establecidos en el Art.II.380.15 del Parágrafo I, Sección IV de la Ordenanza Metropolitana No. 404. c.- En caso de que la Secretaría de Ambiente haya solicitado un alcance, el sujeto de control, dispondrá de 15 días hábiles para remitir el documento que solvente las observaciones identificadas. El sujeto podrá solicitar a la Secretaría de Ambiente por escrito la ampliación del plazo refiriendo las justificaciones respectivas. Si el sujeto de control no presenta el alcance solicitado en el término de 90 días hábiles (periodo que abarca el plazo máximo de 15 días hábiles y tiempo de ampliación aprobado (en caso de corresponder)), el proponente deberá iniciar el proceso de presentación de TdRs (nuevo documento y pago de tasa). d.- La Secretaría de Ambiente aceptará únicamente dos alcances al documento de TdRs. En caso de segundo alcance, previo a la presentación del mismo ante la Secretaría de Ambiente, se requerirá reunión con el sujeto de control, en presencia o no del consultor. Si el sujeto de control no está presente, no se efectuará la reunión. he. - La aprobación de TdRs tendrá vigencia de un año a partir de la notificación, periodo en el cual el sujeto de control podrá presentar el EsIA o EsIA Expost a la Secretaría de Ambiente, según lo establecido en el Art.II.380.17 de la OM 404. Si los TdRs pierden su vigencia el sujeto de control no podrá entregar el EsIA y deberá iniciar nuevamente el proceso de presentación de TdRs. La aprobación de TdRs no otorga al sujeto de control la facultad para iniciar o ejecutar el proyecto.
Numeral 6.6.1.4 De la presentación del Estudio de Impacto Ambiental EsIA o EsIA Expost
a.- El sujeto de control presentará a la Secretaría de Ambiente, el EsIA o EsIA Expost en el periodo máximo de vigencia de
TdRs referido (1 año), y comprenderá el contenido mínimo establecido en los Arts.II.380.24 y II.380.29 de la OM 404:
Ficha técnica en la que conste:
- Nombre del proyecto
- Proponente, Representante legal
- Dirección o domicilio, teléfono, fax, correo electrónico
- Nombres y firmas del equipo consultor o empresa consultora, incluyendo composición y perfil de equipo técnico y
número de registro en el Ministerio del Ambiente
- Introducción - Marco legal e institucional que deberá respetar el proyecto, obra o actividad en todas sus fases. El marco legal
debe referir en forma correcta los nombres de las leyes y normativas, y estará descrito en orden jerárquico. - Línea base, con énfasis en las variables y componentes ambientales priorizadas en los respectivos términos de
referencia. - Determinación del área o zona de influencia: En esta sección se deberá definir la zona en la cual se va a
desarrollar la obra, proyecto o actividad, la misma que deberá relacionar de forma integral la dinámica de los componentes ambientales frente a los elementos de presión que podrían generar impactos, daños y pasivos ambientales. (Ver Anexo B: Criterios para la definición de la zona de influencia según el Ministerio del Ambiente).
- Descripción de la obra, proyecto o actividad y análisis de alternativas: se describirá objetivos, justificación, ubicación, ciclo de vida, costos, requisitos operacionales (entre otros: insumos, equipos, recursos), procesos, actividades, responsabilidades operativas y sustentabilidad del proyecto, obra o actividad. En caso de proyectos el sujeto de control deberá presentar al menos tres alternativas en cuanto a la ubicación de proyecto.
- Descripción de riesgos: Descripción de los riesgos naturales y otros riesgos potenciales derivados de las actividades mismas del establecimiento, dentro del área de influencia.
Página 40 de 161
- Identificación y evaluación de impactos socio ambientales: Deberá describirse y justificarse la metodología empleada, siendo esta congruente con la naturaleza y magnitud del impacto. Los impactos serán evaluados tanto a nivel cualitativo como cuantitativo.
Se reconocerán las acciones de la obra, proyecto, actividad económica o productiva que van a generar impactos sobre los diferentes elementos ambientales, socioeconómicos y culturales, de acuerdo a la fase respectiva del mismo y determinando la calidad del impacto (directo- indirecto, positivo - negativo, potencial a futuro, etc.), el momento en que se produce, su duración, su localización y área de influencia, sus magnitudes etc.
- Inventario de Recursos Forestales y la valoración del inventario forestal en concordancia con el Acuerdo Ministerial No. 134 y el Acuerdo Ministerial No.076.
Plan de Manejo Ambiental, cuyo contenido es el siguiente: - Plan de Prevención y Mitigación de Impactos: Comprende acciones tendientes a minimizar y mitigar los impactos
negativos identificados sobre el ambiente, en las diferentes etapas de las operaciones del proyecto, obra o actividad.
- Plan de Contingencias y Emergencias: Comprende el detalle de acciones, así como listados y cantidades de equipos, materiales y personal para enfrentar los eventuales accidentes y emergencias en la infraestructura o manejo de insumos, en las diferentes etapas de las operaciones del proyecto, obra o actividad basado en un análisis de riesgos. Se incluirá la definición y asignación de responsabilidades para el caso de ejecución de diferentes etapas (flujograma y organigrama), las estrategias de cooperación operacional, así como un programa anual de entrenamientos y simulacros. En caso de que la contingencia no logre contener el evento, se deberá automáticamente establecer un plan de restauración integral que abarque la remediación del sitio afectado, compensación e indemnización.
- Plan de Capacitación: Programa de capacitación sobre las actividades a ser desarrolladas, así como también sobre la aplicación del plan de manejo.
- - Plan de Salud Ocupacional y Seguridad Industrial: Comprende las normas establecidas por la empresa para preservar la salud y seguridad de los empleados inclusive las estrategias de su difusión, se incluirán todas las acciones que se determinan en la legislación ambiental aplicable.
- Plan de Manejo de Desechos: Comprende las medidas y estrategias para prevenir, tratar, reciclar, re-usar, reutilizar y realizar la disposición final de los diferentes residuos peligrosos y no peligrosos (sólidos, líquidos y gaseosos).
- Programa de manejo de desechos peligrosos: Incluirá las acciones a tomar en base al Acuerdo Ministerial No. 161 “Reglamento para la prevención y control de la contaminación por sustancias químicas peligrosas desechos peligrosos y especiales”, Acuerdo Ministerial No. 026 “Procedimientos para el registro de generadores de desechos peligrosos y para el transporte de materiales peligrosos” y Acuerdo Ministerial No. 142 “Listados nacionales de sustancias químicas peligrosas, desechos peligrosos y especiales”, en los casos que de acuerdo a la actividad se identifique la necesidad de considerarlos.
- Plan de Relaciones Comunitarias: Programa de actividades a ser desarrollado con la(s) comunidad(es) directamente involucrada(s), la autoridad y el promotor del proyecto, obra o actividad. Se incluirán medidas de difusión del Estudio de Impacto Ambiental, las principales estrategias de información y comunicación, eventuales planes de indemnización, proyectos de compensación y mitigación de impactos socio-ambientales, así como un programa de educación ambiental participativa a la comunidad, resolución de conflictos, entre otros.
- Estos acuerdos deben permitir la disminución de efectos negativos y la optimización de las acciones positivas. - Plan de Rehabilitación de Áreas Afectadas: Comprende medidas y estrategias a aplicarse para rehabilitar áreas
afectadas. - - Plan de Cierre y Abandono: Comprende el diseño de actividades a cumplirse una vez concluida la operación, la
manera de proceder al abandono y entrega del área del proyecto, obra o actividad. - Plan de Monitoreo: Se establecerán los sistemas de seguimiento, evaluación y monitoreo ambiental y
de las relaciones comunitarias, principalmente durante la etapa de implantación (fase constructiva y fase de puesta en operación) de una actividad o proyecto. Se establecerán los parámetros, metodologías y frecuencias que permitan caracterizar las emisiones, vertidos y descargas, de acuerdo a la norma técnica vigente.
- Plan de Seguimiento: Tiene por objeto asegurar que las variables ambientales relevantes y el cumplimiento del Plan de Manejo Ambiental contenido en el estudio de impacto ambiental, se implementen según lo establecido en la documentación que forma parte de dicho estudio, garantizando su mejoramiento continuo.
En caso de identificación de pasivos ambientales y cuando las actividades conlleven un deterioro en las condiciones ambientales iniciales en el sitio, incluir un Plan de Remediación, enfocado a subsanar eventos de contaminación ambiental de manera obligatoria. El sujeto de control deberá establecer con claridad en el Plan de Manejo Ambiental y respectivo cronograma, las medidas propuestas e indicadores de cumplimiento de la normativa ambiental vigente, previstas a alcanzar con su aplicación. Las medidas deben ser posibles de cuantificar, valorar y reportar en las respectivas Auditorías Ambientales de Cumplimiento. Las actividades de los Planes de Manejo Ambiental deben ser específicas y particularizadas tendientes a controlar debidamente los principales problemas ambientales generados por la actividad. El formato del Plan de Manejo Ambiental y Cronograma de Plan de Manejo Ambiental y ejemplos de competición de ítems de medidas propuestas y plazos se encuentra en el Anexo C. El formato de Cronograma valorado del Plan de Manejo Ambiental está referido en el Anexo C.
- Estudio de evaluación de riesgos naturales, antrópicos, de responsabilidad civil y de contaminación súbita y accidental.
- Firma de responsabilidad: Se incluirá la firma de responsabilidad del representante legal de la compañía promotora del proyecto, obra o actividad responsable del Estudio de Impacto Ambiental.
Página 41 de 161
Anexos:
- Informe de sistematización del Proceso de participación social, acorde al Anexo I de la Ordenanza Metropolitana
No. 404 y numeral 6.7 del presente instructivo.
- Información cartográfica básica y temática en coordenadas UTM-WGS84. Toda información geográfica deberá ser sustentada, indicando la(s) fuente(s) de información y su fecha.
- Informe del Instituto Nacional de Patrimonio Cultural (INPC) (Visto Bueno). - Información de soporte que demuestre la validez de la Línea Base (Informes de laboratorio, listas taxonómicas,
encuestas, otros). - Bibliografía y fuentes consultadas - Listado completo de técnicos que realizaron el Estudio de Impacto Ambiental, con firmas de responsabilidad
Certificado de calificación del consultor o compañía consultora en el Ministerio de Ambiente. - La información declarada como confidencial.
El Art.II.380.29 de la OM 404 establece para actividades en funcionamiento (EsIA Expost) que: i) el Plan de Manejo Ambiental considerará todas las acciones necesarias para mitigar y/o remediar los hallazgos identificados, ii) el Plan de Salud Ocupacional y Seguridad Industrial del Plan de Manejo Ambiental será remplazado por el Reglamento Interno de Salud Ocupacional y Seguridad Industrial, debidamente aprobado por el Ministerio del Ramo, y iii) No se requerirá informe del Instituto Nacional de Patrimonio Cultural. Cada uno de los temas establecidos en el contenido deberá guardar interrelación y concordancia entre ellos, y abarcarán información clara, objetiva, consolidada, sustentada y justificada, redactada de forma concisa y sintetizada. El Proceso de Participación Social PPS será efectuado considerando lo referido en el Anexo I de la Ordenanza Metropolitana No. 404 y en el numeral 6.7 del presente capítulo, cuyo contenido se encuentra alineado con: i) El Reglamento de Aplicación de los mecanismos de Participación Social establecidos en la Ley de Gestión Ambiental (Decreto Ejecutivo 1040, publicado en el Registro Oficial No. 332 del 08 de mayo del 2008), ii) El Instructivo al Reglamento referido en el anterior literal (Acuerdo Ministerial No. 066 publicado en el Registro Oficial No. 036 del 15 de julio de 2013) y iii) el Acuerdo Ministerial No. 068 publicado en la Edición Especial No. 33 del Registro Oficial del 31 de julio de 2013 que refiere sobre la reforma al Texto Unificado de Legislación Secundaria del Ministerio del Ambiente del Libro VI, Título I del Sistema Único de Manejo Ambiental (SUMA). El informe de sistematización del PPS formará parte de los anexos del EsIA o EsIA Expost.
6.6.1.5 De la revisión y aprobación del Estudio de Impacto Ambiental EsIA o Expost a.- La Secretaría de Ambiente o delegado (Entidad de Seguimiento) evaluará y analizará el EsIA o EsIA Expost considerando los aspectos referidos en el literal ii) contenido en el literal b) del Art.II.380.63 de la OM 404:
- Términos de Referencia previamente aprobados - Contenido del Estudio de Impacto Ambiental acorde a la naturaleza y magnitud del proyecto. - Metodología o metodologías utilizadas en la identificación y valoración de impactos. - Calidad de la información de apoyo. - Viabilidad, aplicabilidad y pertinencia del Plan de Manejo Ambiental. - Comentarios, observaciones y/o recomendaciones realizadas por la comunidad que consten dentro del Informe
del Proceso de Participación Social. La Secretaría de Ambiente o Entidad de Seguimiento utilizará un formato de calificación y revisión de EsIA o EsIA Expost.
b.- La aprobación de EsIA se basará en la verificación del cumplimiento del 100% de todos los requisitos técnicos y legales de los contenidos establecidos en el Art.II.380.24 de la OM 404. c.- En caso de no cumplir con el 100% de todos los requisitos técnicos y legales, la Secretaría de Ambiente podrá solicitar al sujeto de control, mediante oficio un alcance al EsIA o EsIA Expost, acorde a lo establecido en el literal ii) del literal b) del Art.II.380.63 de la OM 404 y al Art. 53 del Acuerdo Ministerial No. 068, los cuales refieren que la Secretaría de Ambiente del MDMQ podrá solicitar:
- Modificación del proyecto, obra o actividad, propuesto incluyendo las correspondientes alternativas. - Incorporación de alternativas no previstas inicialmente en el EsIA o EsIA Expost, siempre y cuando estas no
cambien sustancialmente la naturaleza y/o el dimensionamiento del proyecto. - Realización de correcciones a la información presentada en el EsIA o EsIA Expost. - Realización de análisis complementarios o nuevos.
d.- En caso de que la Secretaría de Ambiente haya solicitado un alcance, el sujeto de control, dispondrá de un periodo establecido por la Secretaría de Ambiente (término máximo, 30 días hábiles a partir de la notificación) para remitir el documento que solvente las observaciones identificadas o la explicación por qué no se requieren modificaciones en el EsIA o EsIA Expost, a pesar de comentarios u observaciones específicas. En caso de aplicar segundo alcance por solicitud de la Secretaría de Ambiente, este debe ser presentado por el sujeto de control en el plazo de 10 días hábiles.
El sujeto de control podrá solicitar ampliación del plazo de la presentación de alcance, mediante comunicación escrita, que incluya los justificativos respectivos.
Si el sujeto de control no presenta el alcance solicitado en el término de 90 días hábiles más el tiempo de ampliación por alcances (periodo que abarca el plazo máximo de 30 días hábiles o plazo de 10 días hábiles (en caso de segundo alcance) y ampliación de plazo (en caso de corresponder)) el proponente deberá iniciar el proceso de presentación de EsIA o EsIA Expost (nuevo documento de EsIA o EsIA Expost y pago de tasa) 16.
he. - La Secretaría de Ambiente aceptará únicamente dos alcances al documento de EsIA o EsIA Expost. En caso de segundo alcance, previo a la presentación del mismo ante la Secretaría de Ambiente, se requerirá reunión con el sujeto de control, en presencia o no del consultor. Si el sujeto de control no está presente, no se efectuará la reunión.
Página 42 de 161
f.- La Secretaría de Ambiente en el término de 15 días hábiles a partir del último alcance presentado por el sujeto de control, podrá emitir mediante resolución:
- Aprobación del Estudio de Impacto Ambiental presentado. Negación de la aprobación del Estudio de Impacto Ambiental, por cuanto la obra, actividad o proyecto propuesto, generaría impactos ambientales de tal magnitud que conllevarían riesgos ambientales imposibles de eliminar o manejar durante la fase de implementación y/o fase de operación. g.- El EsIA o EsIA Expost a partir de la fecha de su aprobación mediante oficio, tendrá una vigencia de 18 meses, según lo referido en el Art.II.380.26 de la OM 404. La aprobación de EsIA o EsIA Expost no faculta al sujeto de control iniciar o ejecutar el proyecto.
6.6.1.6 De la emisión de la Autorización Administrativa Ambiental: Resolución y Licencia Ambiental a.- La Secretaría de Ambiente procederá a la emisión de la resolución ambiental y correspondiente licencia, una vez que el sujeto de control presente dentro del periodo de 18 meses de vigencia de aprobación del EsIA, los siguientes requisitos:
- Garantía de Fiel cumplimiento del Plan Manejo Ambiental, bajo los siguientes requisitos mínimos: i. Por un valor equivalente al 100% del monto de inversión contemplado en el cronograma valorado del Plan de Manejo Ambiental aprobado por la SA. ii. válida por el lapso de 365 días calendario, en coincidencia con las fechas de inicio y fin de la vigencia del CPMA valorado, que ha sido aprobado por la SA. iii. otorgada por una institución que se encuentre legalmente acreditada en la Superintendencia de Bancos y Seguros, a favor del Municipio del Distrito Metropolitano de Quito. iv. de cobro inmediato, irrevocable e incondicional y por concepto de cumplimiento al Plan de Manejo Ambiental. v. suscrita por el representante legal. La Garantía de Fiel cumplimiento no será exigida cuando los ejecutores del proyecto, obra o actividad sean entidades del sector público o de derecho privado con finalidad social o pública (Art. 52 del Acuerdo Ministerial No. 068 publicado en la Edición Especial No. 33 del Registro Oficial, el 31 de julio de 2013). b.- En caso que el sujeto de control, en el plazo de los 18 meses de vigencia de aprobación del EsIA o EsIA Expost, no haya podido presentar los requisitos para la obtención de la resolución ambiental y correspondiente licencia, por diversas razones a él imputables, deberá iniciar el proceso de presentación de EsIA o EsIA Expost (nuevo documento y pago de tasa). La licencia puede ser III o IV, acorde a lo referido en la Resolución No. 014-2013 del 30 de septiembre de 2013.
La diferencia en la Licencia III o IV radica en el procedimiento del Proceso de Participación Social en caso de proyectos nuevos.
6.6.1.7 Del Tipo de Licencia: La licencia puede ser III o IV, acorde a lo referido en la Resolución No. 014-2013 del 30 de septiembre de 2013. La diferencia en la Licencia III o IV radica en el procedimiento del Proceso de Participación Social en caso de proyectos nuevos.
6.6.1.8 Del contenido de la Resolución Ambiental La resolución ambiental contendrá lo establecido en el Art. 56 del Acuerdo Ministerial No. 068 del Ministerio del Ambiente: a) La identificación de los todos los elementos que se tuvieron a la vista y que fueron considerados para resolver. b) Las consideraciones legales y reglamentarias que sirvieron de base para el pronunciamiento y aprobación
del estudio. c) Las consideraciones técnicas u otras en que se fundamenta la resolución. d) La opinión fundada de la Secretaría de Ambiente, y los informes emitidos durante el proceso de otros organismos con
competencia ambiental. e) Las consideraciones sobre el proceso de participación social, conforme la normativa ambiental aplicable. f) Las condiciones en las que se aprueba el estudio ambiental y las obligaciones que se deberán cumplir durante todas
las fases del ciclo de vida del proyecto.
6.6.1.9 Del contenido de la Licencia Ambiental: La licencia ambiental contendrá lo establecido en el Art. 58 del Acuerdo Ministerial No. 068 del Ministerio del Ambiente: a) Título b) Indicación de la Secretaría de Ambiente c) Aspectos preliminares (facultades legales y jurídicas). d) Nombre del proyecto, obra o actividad regularizada e) Indicación de que la actividad ha sido regularizada y número de registro. f) Las características generales del proyecto. g) Obligaciones ambientales adquiridas para licencia ambiental h) L u g a r y fecha de emisión.
i) Firma de la autoridad ambiental. En caso que el sujeto de control o regulado realice actividades adicionales, en la misma actividad, obra o proyecto, que constituyan la denominación de gestión ambiental de residuos, se incluirá sobre este hecho de manera individual en los numerales f) y g). En el literal f) se indicará el tipo de gestor ambiental que aplica el sujeto de control (Gestor Ambiental calificado de Gran o Mediana Escala). En el literal g) se incorporará las obligaciones de gestión ambiental de residuos referidas en la OM 332 y en la normativa ambiental nacional.
6.6.1.10 De la vigencia de la Licencia Ambiental La Licencia Ambiental, acorde a lo establecido en el Art.II.380.32 de la OM 404, tendrá vigencia por el tiempo de duración o vida útil de la actividad, obra o proyecto. No obstante, la Licencia Ambiental podrá ser suspendida o revocada en caso de incumplimientos.
Página 43 de 161
Capítulo 11: Del Control y Seguimiento Ambiental
11.1 De l a o b l i g a c i ó n d e l o s r e g u l a d o s d e p r e s e n t a r Auditorías e Informes Ambientales 11.1.1 Presentación de Auditorías Ambientales (Regulados por Licencia Ambiental) Los regulados deberán presentar Auditorías Ambientales a la Secretaría de Ambiente. Los tipos de Auditorías Ambientales son las siguientes:
- Auditoría Ambiental de Cumplimiento - Auditoría Ambiental General - Auditoría Ambiental de Cierre y Abandono - Auditoría de Renuncia Parcial o Total de una Concesión Minera
En caso que el regulado no presente a la Secretaría de Ambiente la Auditoría Ambiental según corresponda, la Secretaría de Ambiente enviará informe de incumplimiento a la Agencia Metropolitana de Control para que actúe conforme a derecho, refiriendo la infracción establecida en el literal k) del Art.II.380.107 de la OM 404.
11.1.1.1.1 Auditoría Ambiental de Cumplimiento
La Auditoría Ambiental de Cumplimiento será realizada:
En caso de actividades en funcionamiento:
Cada dos años contados a partir de la emisión de la Licencia Ambiental. El regulado deberá efectuar la Auditoría Ambiental de Cumplimiento con al menos tres meses de antelación al cumplimiento del periodo de dos años establecido en el anterior párrafo. 11.1.1.1.2 Auditoría Ambiental General La Auditoría Ambiental de Cumplimiento será ejecutada bajo orden de la Autoridad Ambiental Distrital a través de la Secretaría de Ambiente, cuando ésta lo crea pertinente, de conformidad con una o más de las siguientes causales:
- Denuncia formal de terceros que se sientan afectados, y analizada por la Autoridad Ambiental Distrital. - Solicitud de otra Autoridad Ambiental debidamente acreditada. - Contaminación ambiental flagrante o con ocasión de procedimientos y operativos de control. - Situaciones de emergencia. - Declaración del regulado de suspensión de actividades por más de un año. - Previo al reinicio de actividades que han sido suspendidas por más de un año.
11.1.1.1.3 Auditoría Ambiental de Cierre y Abandono Es una Auditoría Ambiental realizada una vez que el regulado haya ejecutado su Plan de Cierre y Abandono. Este documento ambiental deberá contener la verificación del cumplimiento del Plan de Cierre y Abandono.
PPS PARA ACTIVIDADES EN FUNCIONAMIENTO QUE DEBEN OBTENER LICENCIA AMBIENTAL III O IV
6.7.3.1 De los requisitos a) Obtener la aprobación de los TdRs del EsIA Expost acorde a lo señalado en el numeral 6.6.1.3. b) Presentar a la Secretaría de Ambiente el borrador del EsIA Expost y PMA, en formato digital.
6.7.3.2 De la revisión y aprobación del Área de Influencia Directa socio ambiental a) La SA evaluará y analizará el Área de Influencia Directa socio-ambiental del borrador del EsIA Expost y PMA presentado por el sujeto de control. b) En caso de que la Secretaría de Ambiente haya solicitado un alcance al Área de Influencia Directa socio-ambiental del borrador del EsIA Expost y PMA, el sujeto de control dispondrá de 15 días hábiles para remitir el documento que solvente las observaciones identificadas. El sujeto podrá solicitar a la Secretaría de Ambiente por escrito la ampliación del plazo refiriendo las justificaciones respectivas. c) La Secretaría de Ambiente aceptará únicamente dos alcances al Área de Influencia Directa socio-ambiental del borrador del EsIA Expost y PMA. En caso de no haberse subsanado las observaciones establecidas por la Secretaría de Ambiente, en el segundo alcance, el trámite será rechazado y debe iniciar el proceso de presentación de documento. d) La Secretaría de Ambiente emitirá al sujeto de control el pronunciamiento de la aprobación del Área de Influencia Directa socio-ambiental del borrador del EsIA Expost y PMA.
6.7.3.3 De la propuesta del proceso de participación social a) El sujeto de control con antelación de por lo menos 15 días hábiles a la realización del mecanismo de participación social presentará a la Secretaría de Ambiente: - Propuesta de desarrollo de proceso de participación social (realizada a partir del AID socio-ambiental aprobada). La propuesta incluirá mecanismos de participación social, medios de convocatoria difusión, adicionalmente incorporará las justificaciones y metodología respectivas. - Identificación y lista de actores sociales institucionales y de la sociedad civil que tengan relación con el proyecto. - Croquis del área de influencia que incluya ubicación del proyecto y de los actores sociales del área de influencia y los actores más relevantes identificados en el área conforme el ítem anterior. - Modelo de convocatorias e invitaciones a utilizar para convocar a la reunión informática, que debe contener: i) lugar, fecha y hora de la aplicación del mecanismo de PPS; ii) cronograma del PPS, iii) medios y fechas para recepción de comentarios, observaciones y sugerencias del proyecto, actividad. - Lugar, fecha y hora para la aplicación de los mecanismos de participación social. - Resumen ejecutivo del EsIA y PMA del proyecto.
Página 44 de 161
6.7.3.4 De la convocatoria a) El sujeto de control entregará a la Secretaría de Ambiente la invitación al mecanismo de participación social adjuntando Resumen ejecutivo del borrador del Estudio de Impacto Ambiental y Plan de Manejo Ambiental. b) El sujeto de control publicará las convocatorias, entregará las invitaciones, instalará los mecanismos de información y difusión social del borrador del Estudio de Impacto Ambiental y Plan de Manejo Ambiental. El sujeto de control entregará las comunicaciones escritas o invitaciones personales a los sujetos de participación social adjuntando el resumen ejecutivo del borrador del Estudio de Impacto Ambiental y Plan de Manejo Ambiental.
6.7.3.5 De la difusión y recolección de criterios y observaciones a) La difusión del borrador del EsIA Expost y PMA se realizará acorde a los lineamientos establecidos y deberán asistir el sujeto de control y el consultor al mecanismo de participación social a la hora señalada. b) La recolección de criterios y observaciones durante la Audiencia Pública o el mecanismo equivalente, será realizado acorde a lo referido en el Art. 19 en el Decreto Ejecutivo 1040, publicado en el Registro Oficial No. 332 del 08 de mayo del 200824. Los formatos de registro de asistencia a la Audiencia de presentación pública o mecanismo equivalente y el Acta de la Audiencia de presentación pública o mecanismo equivalente, a ser utilizadas, se encuentran en los Anexos G y H del presente instructivo.
6.7.3.6 De la verificación a) La Secretaría de Ambiente no realizará la verificación del PPS de las actividades en funcionamiento que se encontraban regularizadas por Auditoría Ambiental en el marco de la OM 213. b) En los casos de sujetos de control con actividades en funcionamiento que no se regularizaron ambientalmente en el marco de la OM 213 por Auditoría Ambiental, la Secretaría de Ambiente en función del análisis del AID socio ambiental de la actividad, información ingresada por el regulado (literal a del numeral 6.7.3.3 del presente capítulo) y de la reunión de coordinación, definirá los sujetos de control a los cuales realizará la constatación de la aplicación de los mecanismos de participación social, a través de inspección y asistencia a los mismos. c) En los casos previstos en el anterior literal, la SA realizará un informe que incluya la información constatada durante la realización de mecanismos de participación social.
6.7.3.7 De la sistematización a) El informe de sistematización del proceso de participación social será realizado por el sujeto de control y lo presentará a la Secretaría de Ambiente como parte del Estudio de Impacto Ambiental Expost y Plan de Manejo Ambiental definitivo. b) Las observaciones realizadas por actores sociales deben ser consideradas e incorporadas, sobres las variables ambientales relevantes del EsIA Expost y PMA, de tal forma que la actividad se desarrolle de manera adecuada minimizando y/o compensando los impactos o riesgos de la actividad c) Para la sistematización el sujeto de control procederá acorde a lo establecido en el Art. 22 del Anexo I de la OM 404 y Art. 16 del Acuerdo Ministerial No. 066 publicado en el Registro Oficial No. 36 del 15 de julio de 2013.
1. DESCRIPCIÓN DE LAS ACTIVIDADES
La descripción de la línea base se efectúa con la finalidad de determinar la situación actual de los
componentes ambientales del área de influencia directa e indirecta, referente al sector donde se
lleva a cabo las actividades de la imprenta, en sus fases de operación, mantenimiento, cierre y
abandono. El proyecto se encuentra en una zona urbana intervenida del Distrito Metropolitano de
Quito.
a. REQUISITOS OPERACIONALES
Hacia el lado norte y este Memorial Necrópoli, colinda con la Fundación Max Uhle y el Cementerio
el Batán, hacia el lado Oeste se encuentra el terminal terrestre interparroquial Río Coca, las canchas
deportivas La Bombonerita, hacia el lado sur junto al edificio se encuentra el concesionario Automall
y Proauto, atravesando la calle hacia el sur se encuentran las salas de velación Los Lirios y hacia
atrás los conjuntos habitacionales El Batán e Isla Marchena. Las vías aledañas al predio son: la Av.
Río Coca y la calle de los Laureles.
MEMORIAL NECRÓPOLI, según las escrituras cuenta con un predio propio de 25963.00 m2, las
áreas de la empresa son los siguientes:
Página 45 de 161
TABLA 3. ÁREAS DE MEMORIAL NECRÓPOLI
ÁREAS m2 CAPACIDAD
Sala de Velación Venecia 8vo. Piso 221,4 250 Personas
Sala de Velación Florencia 3er. Piso 113,216 150 Personas
Administración 199,545 8 Personas
Parqueadero - 49 Vehículos
Fuente: Memorial Necrópoli (Enero, 2015)
TABLA 4. NÚMERO DE COLUMBARIOS DEL EDIFICIO
PISOS COLUMBARIOS
SIMPLES DOBLES
Piso 0 60 1835
Piso 1 6 506
Piso 2 163 2029
Piso 3 0 426
Piso 4 61 1195
Piso 5 72 1188
Piso 6 63 1185
Piso 7 150 1104
Piso 3 Terraza 1008 426
TOTAL TODO EL EDIFICIO
11047
Fuente: Memorial Necrópoli (Enero, 2015)
TABLA 5: EQUIPAMIENTO DEL EDIFICIO
EQUIPAMIENTO DEL EDIFICIO CAPACIDAD DESCRIPCION
ASCENSOR 10 Personas De acero inoxidable panorámico
ASCENSOR 15 Personas De acero inoxidable panorámico
MONTACARGA 500 Kg Transportador de emergencia para sala de
tanatoestética
Fuente: Memorial Necrópoli (Enero, 2015)
i. RECURSO HUMANO
TABLA 6: PERSONAL DE LA EMPRESA
CANTIDAD PERSONAL
3 Administrativo
5 Operativo
Fuente: Memorial Necrópoli (Enero, 2015)
ii. ABASTECIMIENTOS Y CONSUMOS
TABLA 7: ABASTECIMIENTO Y CONSUMO DE AGUA
ABASTECIMIENTO DE AGUA CANTIDAD ANUAL (m3/año)
Agua de red pública 2040
Fuente: Memorial Necrópoli (Enero, 2015)
Página 46 de 161
TABLA 8. ABANTECIMIENTO Y CONSUMO DE ENERGÍA
ABASTECIMIENTO DE ENERGÍA
CANTIDAD ANUAL (Kw/h)
Red Pública 11.21
Fuente: Memorial Necrópoli (Enero, 2015)
TABLA 9: CONSUMO ANUAL DE COMBUSTIBLE
COMBUSTIBLE CONSUMO MENSUAL
UNIDADES FINALIDAD DE USO
GLP 13200 Kg Horno crematorio
Diesel 24 Gal. Generador.
Fuente: Memorial Necrópoli (Enero, 2015)
b. INFRAESTRUCTURA, EQUIPOS, MATERIA PRIMA E INSUMOS
i. MATERIA PRIMA E INSUMOS
Principales materias primas, insumos, productos químicos, auxiliares, etc. que se utilizan.
TABLA 10: PRODUCTOS QUÍMICOS USADOS EN TANATOESTÉTICA
SOLUCIONES COMPOSICIÓN
Germicida y antiséptica
Formol al 37%
Metano al 85%
Glicerina
Rojo de cochinilla Secante Yeso
Aserrín
Alcanfor
DESINFECTANTES
Amonio cuaternario
Hipoclorito de sodio
Jabón yodado
Nota: La sala de tanatoestética no está en funcionamiento todavía.
Fuente: Memorial Necrópoli (Enero, 2015)
TABLA 11: PRODUCTOS QUÍMICOS CON EL CONSUMO MENSUAL
PRODUCTO QUÍMICO
CANTIDAD/ MES USO
Desinfectante 4 l/mes Desinfectante de piso
Alcohol en gel desinfectante
2 l / mes Para manos en baños
Cloro 4 l/mes Limpieza de baños
Formol 4 l/mes Este producto traería el profesional cada vez que
utilizaría y se consume 1lit por cadáver.
Fuente: Memorial (2016)
Página 47 de 161
TABLA 12: EQUIPOS USADOS EN TANATOESTÉTICA
ITEM EQUIPOS
1 Inyectora
2 Hidroaspirador
3 Válvula de inyección por gravedad
4 Extractor de aire
5 Grúa
6 Autoclave
Fuente: Memorial (2016)
TABLA 13: INSUMOS USADOS EN TANATOESTÉTICA
ITEM INSUMOS
1 Agujas
2 Bisturí
3 Hojas de afeitar
4 Máquina de afeitar
5 Pinzas
6 Hilo
Fuente: Memorial (2016)
TABLA 14: EQUIPOS DE PROTECCIÓN PERSONAL USADOS EN TANAESTÈTICA
ITEM EPP
1 Guantes de látex
2 Guantes de caucho 3 Tapabocas
4 Visor
5 Delantal
6 Botas
Fuente: Memorial (2016)
TABLA 15: EQUIPOS USADOS EN TANATOPRAXIA
ITEM EQUIPOS
1 Mesa de tanatopraxia
2 Máquina de inyección
3 Sistema de aspiración, Hidro-aspirador
4 Separador de aneurisma
5 Sonda acanalada
6 Tijera de disección recta y curva
7 Mango de bisturí
8 Hoja de bisturí
9 Pinza anatómica
10 Pinza quirúrgica
11 Pinza hemostática recta y curva
12 Pinza de fijación
13 Cánulas arteriales de diferente calibre
14 Tubos de drenaje venoso
15 TRÓCARES de aspiración e inyección
16 Inyector de cavidades
17 Sonda De aspiración
Página 48 de 161
18 Porta agujas
19 Agujas Curvas, mixtas y en S
20 Hilo
21 Apoyacabezas
22 Deshidratador de tejidos
23 Material fungible.
24 Recipientes para eliminación de
desechos de que cumplan la normativa legal vigente.
25 Esterilizador.
26 Cámara de refrigeración
27 Féretro
TABLA 16: INSUMOS USADOS EN TANATOPRAXIA
ITEM INSUMOS
1 Bisturí
2 Mango de bisturí
3 Pinzas de disección
4 Pinzas aprieta-tubos
5 Cánulas arteriales
6 Tubo de drenaje venoso
7 Tijeras curvas y rectas
8 Separador de tejidos
9 Agujas rectas y curvas
10 Gancho
11 Agujas rectas y curvas, trocar de
aspiración toraco – abdominal y yugular
12 Porta agujas
13 Pinza bayoneta
TABLA 17: EQUIPOS DE PROTECCIÓN PERSONAL USADOS EN TANATOPRAXIA
ITEM EPP
1 Batas descartables
2 Mascarillas
3 Monogafas
4 Guantes de manejo
5 Guantes quirúrgicos 6 Guantes de nitrilo
7 Guantes de caucho manga larga
8 Zapatones
9 Botas
10 Cofia
Página 49 de 161
c. INFRAESTRUCTURA, EQUIPOS, MATERIA PRIMA E INSUMOS
MODELO: (INCOL) HIPER JET PAK
AÑO DE COSTRUCCION: 2010
CAPACIDAD CALORIFICA: 480.000 Kcal
REVESTIMIENTO INTERNO: Refractario de primera calidad y alto contenido de alúmina (Al2 O3)
con aislamiento de materiales con baja conductividad térmica.
SISTEMA DE CARGA DE CUERPO: Mediante camilla compuesta rodillos en la parte superior que
asegura el accionamiento suave.
PUERTA FRONTAL DE CARGA: Puerta accionada por motor eléctrico de pulsadores manuales.
DESCENIZADO: Cuenta con una caja metálica que permanecerá bajo la tolva de recolección de
cenizas, el proceso se lo realizará de forma manual con herramienta destinada para dicho proceso.
COMBUSTION. Integrado por 4 quemadores de alto rendimiento para gas natural o gas licuado de
petróleo (GLP) totalmente automáticos, de los cuales 2 de ellos se encuentran ubicados en cámara
de combustión y los dos restantes ubicados en cámara de post-combustión.
CHIMENEA: Compuesta de cemento refractario fundido revestido de chapa de láminas de hacer,
con una extensión de 8,20 metros con un diámetro de 0,60 cm, cuenta también con una plataforma
de acceso para él toma de muestras con orificio de ¾” pulgada uno adicional de 2” pulgadas para el
mismo propósito.
IMÁGEN 1: DIAGRAMA DEL HORNO CREMATORIO
Describir el ingreso de los cadáveres al horno: El retiro de marcapasos y prótesis removibles se
lo realiza previo el ingreso del cadáver al horno, estos dispositivos son entregados a los familiares.
Cabe indicar que estos dispositivos no se ingresan a la cremación ya que contienen pilas de litio y
al momento de superar los 200 °C explotan y pueden romper el material refractario del interior del
horno. El cuerpo se ingresa con la vestimenta de velación.
Página 50 de 161
TABLA 18: TEMPERATURAS DEL PROCESO
Tiempo de cremación
00:00 a 00:30
00:30 a 01:00
01:00 a 01:30
01:30 a 0 2:00 02:00 a 03:00
Temperatura del horno
0 a 100 °C 400 °C 700 a 750 °C
100 °C 20°C
Elaborado por: Equipo consultor (Octubre, 2016)
El tiempo promedio de residencia en el horno crematorio de un cadáver de 80 Kg es de 2 horas. El
Gas Licuado del Petróleo o también conocido como GLP, es un tipo de combustible eficiente, limpio,
disponible y seguro, la eficiencia de combustión del GLP con un 30% de adición de oxígeno y con
dos cámaras una de combustión y otra de combustión alcanza una eficiencia entre el 98 al 100 %.
SISTEMA DE SEGURIDAD DE EQUIPO:
El equipo da las siguientes alertas dentro del proceso de cremación:
- Falta de llama.
- Falla por baja presión de combustible.
- Falta de aire de combustión
- Doble válvula de apertura y cierre de alimentación de gas.
- Ruptura de termocupla.
- Sobre elevación de temperatura.
La medida para la prevención de la contaminación está dada por los sistemas de combustión, ya
que el sistema está integrado por 4 quemadores de alto rendimiento para gas natural o gas licuado
de petróleo (GLP) totalmente automáticos, de los cuales 2 de ellos se encuentran ubicados en
cámara de combustión y los dos restantes ubicados en cámara de post-combustión.
d. CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS Y DE OPERACIÓN DEL GENERADOR
ELÉCTRICO
TABLA 19: CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS Y DE OPERACIÓN DEL GENERADOR
ELÉCTRICO
MARCA POTENCIA MODELO NO DE SERIE
COMBUSTIBLE NO DE HORAS
AÑO DE FABRICACIÓN
AÑO DE OPERACIÓN
Stanford 153 hp 175 Kw
218,5 Kwa
6CIA83-G2
87763731 Diésel 173.7 2008 2009
Elaborado por: Equipo consultor (Octubre, 2016)
TABLA 20: CARACTERÍSTICAS DEL ALMACENAMIENTO DEL COMBUSTIBLE
ANTIDAD DE TANQUES
TIPO DE COMBUSTIBLE
CAPACIDAD DEL TANQUE
(m3) CUBETO (m3)
FINALIDAD DE USO
1 GLP 4 4,41 Combustible para
horno
1 Diésel 0,22 0,78 Combustible para
generador
Elaborado por: Equipo consultor (Octubre, 2016)
Página 51 de 161
4.5. FASE DE OPERACIÓN
El edificio se encuentra construido en un área de 300 m2 de construcción cuenta con ocho pisos
altos de los cuales el primero al segundo y del cuarto al séptimo será utilizado para depósito de
cenizas y tercero y octavo para salas de velación. En el subsuelo se encuentra la sala de
tanatoestética que funcionará con equipo de alta tecnología y cuyo procedimiento será la
tanatoestética junta ésta se tiene el horno crematorio, el proceso de tanatoestética se describe a
continuación.
4.6. TANATOESTÉTICA
La Tanatoestética, es el proceso utilizado para la conservación y preservación del cuerpo para su
velación o traslado, este proceso inicia en el momento de retiro del cuerpo de Hospitales, Centros
de Salud, Domicilios, Morgues, etc. Una vez que el cuerpo es llevado a nuestro laboratorio se sigue
el siguiente proceso:
Se le retira la ropa, mantas u otro objeto que este cubriendo el cuerpo del fallecido y es desinfectado,
bañándolo con jabón antibacterial.
En caso de cuerpos demasiado hinchados y que se encuentren secretando fluidos corporales, éstos
serán aspirados mediante un hidroaspirador, el fluido luego será recolectado y almacenado hasta
su cremación en el horno crematorio, bajo ningún concepto se descargará éstos fluidos al sistema
de alcantarillado.
Durante el proceso de bañado del cuerpo se realiza la limpieza de la cara dándole un pequeño
masaje en círculo, con el fin de suavizar los músculos faciales, generando una apariencia de
relajamiento. Si es necesario se afeita (depende de la familia), este proceso se debe realizar antes
de formalizarlo para evitar cortaduras o levantamiento de la piel ya que el formol genera rigidez.
Luego se entra a desinfectar los ojos y retirar las impurezas existentes.
Dándole continuidad al proceso, el siguiente paso es la desinfección de la nariz, utilizando algodón
y desinfectante, introduciendo una pinza curva especial en los orificios nasales dando pequeños
giros hasta que no exista rastro de residuos para evitar la emisión de malos olores y fluidos durante
la velación, así evitamos cualquier tipo de contaminación y mala presencia del fallecido.
Inmediatamente se realiza la desinfección de la boca la cual es muy importante, para esto se utiliza
el mismo líquido desinfectante limpiando primero: la encía superior luego costados y lengua y
terminamos con la encía inferior, introducimos de igual manera algodón en la boca hasta lograr
taponar y dar la forma de una dentadura, este proceso es el más fácil ya que tenemos la alternativa
de moldear, inclusive después de cerrar con pegamento, denominado brujita, hay que tener mucho
cuidado el momento de colocar el pegamento, debe ser exacto no debe haber residuos. De tener
placa dental se realiza la desinfección de la misma antes de ingresarla a la boca.
De igual manera se debe desinfectar y taponar muy bien los oídos, ya que hay casos en que fluye
líquido o sangre, es importante tomar en cuenta que tanto en nariz y oídos no debe quedar rastro
de algodón.
Al finalizar el proceso de limpieza se realiza la colocación de persevantes de la siguiente manera:
formol al 40%, alcohol y glicerina, los mismos que son suministrados al cuerpo, por medio de
Inyección vía arterial, el taponamiento de orificios, corrección de posiciones.
Notas:
• Hay ocasiones que llegan cuerpos deshidratados por una larga enfermedad, otros casos
por ser haber donado sus corneas, el párpado se encuentra caído, para evitar esto
utilizamos ojos de plástico, su colocación es muy sencilla, untamos con crema antiadherente
se introduce primero la parte superior y luego se desliza hacia la parte inferior del ojo, dando
así la forma normal del ojo, y mejoramos totalmente la apariencia del fallecido, de igual
Página 52 de 161
manera se puede realizar este proceso con algodón, si quedara un poco abierto el ojo se
procede a cerrar con pegamento transparente.
• Hay casos que el fallecido llega al laboratorio con la mandíbula caída, se procede a coser,
utilizamos hilo de sutura de seda y aguja en curva, la misma que se introduce primero por
el músculo que se encuentra entre la encía inferior y el mentón, posteriormente pasamos la
aguja al músculo de la encía superior que se encuentra bajo la nariz y de inmediato
ingresamos por el orificio nasal izquierdo pasando automáticamente por el cartílago que los
separa, introducimos nuevamente la aguja con el hilo para que salga al músculo del maxilar
superior para finalizar halamos los dos extremos y realizamos un nudo cortamos e
introducimos el exceso de hilo dentro de la boca.
1. Una vez preparado al cuerpo, se comienza el proceso de maquillaje en el fallecido, se realiza
un trabajo general en el cuerpo, efectuando una limpieza corporal de pies a cabeza; esto nos
permite ubicar los tonos de maquillaje que deberíamos usar y sus cantidades.
2. Cuando se inicia el proceso de maquillaje sencillo luego de haber preparado el cuerpo, es
importante retirar vendas, algodones y gasas, limpiar las impurezas de la cara y desinfectar,
comúnmente se utiliza alcohol y gasa, no algodón por lo residuos que dejaría en la cara, esto
impide la colocación de la base, de igual manera se realiza la desinfección de fosas nasales y
boca.
3. El siguiente paso es la colocación de la base para esto, se observa el tono de piel y pigmentos,
las bases se encuentra en tres tonos, blanca, beige y morena; se coloca por lo general dos
tipos de bases la blanca con la beige y se mezcla en la palma de la mano, se coloca con esponja
en pequeños toques en la piel, esparciendo los excesos que existan y quede uniforme, sin
olvidarse del cuello y orejas, de inmediato colocamos polvo traslucido el cual evita el exceso
de grasa en la cara y lo deja más natural, hay que recordar y es muy importante que si
maquillamos la cara también se debe maquillar las manos para lograr el mismo tono de piel y
no se note que está maquillada, con esto estamos evitando la evidencia que queda después
de un suero o escaras producidas por la enfermedad.
4. No se nos puede escapar ningún detalle es por esto que se procede a la limpieza de las uñas
y a su vez la colocación de esmalte de preferencia colores claros de acuerdo a la edad de la
persona fallecida, por lo menos se coloca dos capas, se deja reposar y luego proceder a cruzar
las manos, dando una apariencia de descanso.
5. Cuando el maquillaje en la cara se encuentra seco, se procede a la colocación del rímel
transparente en pestañas y cejas, así retiramos residuos como base y polvo que fueron
colocados anteriormente, se rizan las pestañas el objetivo es tener un maquillaje muy natural,
este para el caso de personas con edad avanzada no siendo el mismo caso en jóvenes que se
coloca rímel negro para resaltar el maquillaje colocado.
6. Los labios es la parte más importante y se debe tomar todo el tiempo necesario en la colocación
de la labial, se inicia con un delineado tenue, se escoge el tono de acuerdo a la edad y
vestimenta, se utiliza pincel fino para que la pintura de los labios sea exacta, colocando por lo
menos tres capas de labial y se finaliza limpiando los excesos de la labial. Se pueden presentar
casos que por enfermedades respiratorias el fallecido permaneció mucho tiempo con el tubo
traqueal, el mismo que al momento de ser retirado causa daño a los labios, formando burbujas
o en casos extremos tenemos labios con la piel levantada, si es te caso se debe retirar de
inmediato con mucho cuidado de dañar más, levantando uno por uno la piel y reventar las
burbujas, posteriormente desinfectar y limpiar sin dejar rastro del daño y se sigue con el paso
anteriormente mencionado.
7. Se finaliza el maquillaje de cara y manos, se debe tener muy en cuenta su peinado, se cepilla
y se coloca laca para que el cabello se fije y dar una apariencia como en vida.
8. Luego de colocar al fallecido en el féretro se debe tomar en cuenta los detalles, la apariencia
final, como quedan sus manos, si se debe colocar algún recuerdo entregado por la familia como
Página 53 de 161
rosario, denario, crucifijo, bien cepillado el cabello, que la vestimenta quede intacta, que el
féretro se encuentre completamente limpio.
9. Es ahí cuando se ha realizado un buen trabajo y la familia lo puede mirar recordándole como
siempre fue su ser querido.
IMÁGEN 2. DIAGRAMA DE FLUJO DEL PROCESO
4.6.1. DESTINO FINAL DEL CUERPO
Una vez que el cuerpo es depositado en el ataúd, pasa a la sala de velación, la misma que puede
ser dentro de Memorial Necrópoli o fuera de sus instalaciones, es decir es posible que solo se brinde
el servicio de tanatoestética a clientes externos.
En el caso de que el cliente requiera servicio de cremación, el cuerpo pasará de la sala de velación
al horno crematorio una vez terminado la cremación del cuerpo se procede a triturar los fragmentos
gruesos de ceniza, para pasarlos luego a los columbarios.
Si no se requiere servicio de cremación, se realiza la inhumación del cuerpo al cementerio donde
disponga el cliente. Memorial Necrópoli en la actualidad ya no ofrece éste servicio ya que el objetivo
del Edificio Necrópoli es la cremación y colocación de cenizas en los columbarios.
RECEPCIÓN DEL CUERPO
Retiro de vestiduras
Preservación del cuerpo
Bañado delcuerpo
Taponamiento de orificios
Retiro de vendas, gasas.
Maquillaje y vestimenta
Desinfección de nariz, boca y
oidos.
Residuossólidos
Agua
Jabón
Descargas líquidas
Desinfectante
PreservanteResiduossólidos
Colocación en ataud
Residuossólidos
Página 54 de 161
IMÁGEN 3: DIAGRAMA DE DESTINO FINAL DEL CUERPO
4.7. TANATOPRAXIA
Tanatopraxia es un área especializada donde se realizan procedimientos de preservación,
presentación y cremación de cadáveres humanos.
El área está distribuida en las siguientes sub-áreas de acuerdo a la funcionalidad de las mismas.
• Tanatorio
• Crematorio
• Cámara de Frio
• 1 Oficina
• Área de almacenamiento de cofres
4.7.1. ENTREGA RECEPCIÓN DEL AREA. -
Por la naturaleza de las actividades realizadas en el área de tanatopraxia, la misma es considerada
un espacio de riesgo biológico elevado, por tanto, se debe mantener la limpieza y desinfección
adecuadas a fin de minimizar el riesgo existente, para lo cual se debe verificar diariamente su estado
de acuerdo al siguiente procedimiento
Responsables: Choferes y personal de apoyo entrantes y salientes, a falta de los mismos un
delegado nombrado por el chofer.
La entrega recepción se realizará inspeccionando físicamente el área de tanatopraxia diariamente
a las 07H00, chequeando lo que se describe a continuación:
• Limpieza del tanatorio, crematorio, cámara de frio, oficinas y área de almacenamiento de
cofres
• Cestos de basura limpios y cubiertos con fundas de color adecuado de acuerdo a la
clasificación de desechos
• Chequeo de nivel de desinfectante, jabón y alcohol antiséptico en las diferentes áreas
• Chequeo de papel toalla y papel higiénico
• Limpieza de baños
• Chequeo de esterilización de instrumental
Cuerpo en
ataúd
Sala de velación
Horno
crematorio
Cementerio
Trituración de
cenizas
Colocación en
columbarios
columbarios
Página 55 de 161
4.7.2. FORMACIÓN DE GRUPOS DE TRABAJO. -
Para la prestación de servicios de Formolización Tanatopraxia y cremación Memorial International
ha establecido el siguiente grupo de trabajo:
Para Formolización, Tanatopraxia
4.7.2.1. COORDINACIÓN PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS. -
La coordinación para la prestación de estos servicios estará a cargo exclusivo del personal de
operaciones de acuerdo al siguiente esquema
a) Los formolizadores acudirán por llamada a la realización de los diferentes procedimientos, es
decir no se encontrará de forma permanente en las instalaciones de las Salas de Velación, ni
cumplirá un horario establecido.
b) Al realizarse éstos procedimientos en modalidad de llamada, al recibir una notificación de un
servicio funerario es necesario coordinar la asistencia del tanatopracta con al menos una hora
antes o al momento en que la carroza sale al retiro del fallecido.
c) Al presentarse un servicio funerario cuya velación se prevé iniciará pasadas las 22H00, el
personal de retiro, sugerirá a los familiares el inicio de la velación al siguiente día,
considerando que la política de seguridad de la empresa indica que el ingreso de personas
será hasta las 22H00, de ser aceptada la sugerencia el chofer comunicará al tanatopracta de
los servicios pendientes y el inicio de hora de velación para coordinar su asistencia de forma
oportuna.
d) Es responsabilidad del personal de operaciones, el coordinar y verificar el cumplimiento de
las actividades en el tanatorio de acuerdo a las normas establecidas para el efecto (ver
normativa de recepción del cadáver)
4.7.2.2. RECEPCIÓN DEL CADAVER. -
Al ingresar el cadáver al área de tanatopraxia, el personal de operaciones designado como
responsable para la atención de ese servicio funerario, deberá acompañarlo de manera que luego
de verificar la condición del mismo por parte del tanatopracta se verifiquen necesidades de ropa
adicional, información de documentación, detalles adicionales (referentes a tanatoestética o
peticiones adicionales como sellar el cofre, conocer el tiempo aproximado para que el trabajo de
preservación y tanatoestética se encuentre listo a fin de comunicar a los familiares sobre el
particular).
Los servicios retirados en la noche serán ubicados en el tanatorio e identificados con el nombre del
fallecido, tipo de servicio requerido (formolización y/o tanatopraxia), hora de inicio de velación y
algún requerimiento específico de los deudos (cortar el cabello, maquillaje natural, no cortar el
bigote, etc.
Si hubiese más de dos servicios en espera se identificará además la ropa del fallecido a fin de evitar
confusiones o reportar en la hoja de novedades que se utilizará la misma ropa con la que vino.
4.7.2.3. TRANSPORTE DE CADAVERES
Previo al manejo de cadáveres para su traslado el personal ocupacionalmente expuesto deberá
estar dotado del siguiente material de bioseguridad:
• Cofia (gorra)
• Mascarilla descartable
• Bata descartable
• Guantes de manejo
• Zapatones
Página 56 de 161
Para el ingreso del o los cadáveres en el vehículo destinado para el transporte de cadáveres, se
debe realizar la constatación de la documentación que se encuentre en regla y completa (INEC
debidamente consignado con todos sus datos, original cedula fallecido y familiar), posterior será
ubicado en la funda para el traslado de cadáveres, la cual deberá ser debidamente sellada, para lo
cual debe considerarse lo siguiente:
• Evitar la exposición de los cadáveres al medio ambiente y al contacto con animales y
vectores.
• Los cuerpos deben ser embalados en fundas de 120 micrómetros (0.12mm) de espesor, la
misma que debe mantenerse totalmente seca.
• Debe evitarse totalmente el escurrimiento de los fluidos corporales.
• Sellar herméticamente con los sierres.
• Una vez retirado el cadáver bajo ningún concepto o petición se detendrá en su trayecto y
los familiares del mismo no tendrán acceso al cadáver hasta su entrega una vez tratado por
el tanatopraxista.
• El cadáver debe ser tratado en todo momento respetando su dignidad humana.
• Utilizar siempre la ayuda mecánica (coche plegable y grúa).
4.7.2.4. ENTREGA DE LOS CADÁVERES EN EL ÁREA DE TANATOPRAXIA:
El encargado del traslado deberá bajar el cadáver del vehículo en la camilla de cadáveres y ubicar
en la mesa de tanatopraxia, lugar en el cual será entregado al tanatopraxista, tomando en cuenta
las siguientes consideraciones:
• No lo dejara caer bajo ningún concepto el cadáver al piso
• El cadáver no deberá ser entregado en la camilla siempre será ubicado por el personal de
transporte de cadáveres en la mesa de tanatopraxia.
• Cuando existan más de dos cadáveres deberán ser ubicados en coches plegables, féretros
o camillas, bajo ningún concepto en el piso.
• Portar en todo momento la bioseguridad idónea para el manejo de cadáveres.
• El cadáver debe ser tratado en todo momento respetando su dignidad humana.
• Registro en el libro de control de ingreso de cadáveres, en el cual se consignará los
siguientes datos: fecha, apellidos y nombres, tipo de servicio (inhumación, cremación), firma
del tanatopraxista.
• Se entregará el cadáver con las prendas y accesorios facilitados por sus familiares.
• Informar al Tanatopraxista que los documentos se encuentran en regla, caso contrario no
se realizara el tratamiento del cadáver.
• Se informará al tanatopraxista, sobre la presentación (tanatoestética) del cadáver a sus
familiares.
4.7.2.5. RECEPCIÓN DE LOS CADÁVERES EN EL ÁREA DE TANATOPRAXIA:
Bioseguridad del personal encargado del tratamiento de los cadáveres:
Previo al tratamiento de los cadáveres el personal ocupacionalmente expuesto (POE) deberá estar
dotado del siguiente material de bioseguridad:
• Cofia (gorra)
• Mascarilla de media cara anti putrefacción con doble filtro
• Bata quirúrgica con empuñadura elástica
• Guantes de nitrilo
• Zapatones o Botas de caucho.
Página 57 de 161
El tanatopraxista recibirá el cadáver con la verificación del registro en el libro de control de ingreso
de cadáveres y en la mesa de tanatopraxia, lugar en el cual realizará el siguiente procedimiento
técnico:
• 30minutos antes del ingreso al área de tanatopraxia el extractor de olores debe estar
encendido.
• Verificación de los líquidos para preservación del cadáver
• Verificación del funcionamiento idóneo de la mesa de morgani, ingreso y salida de agua
• Verificación del funcionamiento del hidro-aspirador y troquer
• Esterilización del instrumental de disección
• Constatación de los implementos de tanato-estética.
• Preparación del material para el tratamiento estético
• Chequeo de nivel de desinfectante, jabón y alcohol antiséptico en los dispensadores
• Chequeo de papel toalla y papel higiénico en los dispensadores
4.7.2.6. PREPARACIÓN DEL CADÁVER:
El tanatopraxista aplicará las técnicas de tanatopraxia y tanatoestetica con el fin de realizar una
adecuada preservación del cadáver y presentación del mismo a sus familiares, previo a su
tratamiento deberá tomar en cuenta las siguientes consideraciones:
• El cadáver en todo momento debe ser considerado como un agente infectocontagioso y
contaminante.
• El tanatopraxista deberá estar revestido antes, durante y después de una adecuada
bioseguridad
• En el caso de ruptura de cualquier implemento de bioseguridad este debe ser reemplazado
inmediatamente.
• En el caso de un accidente laboral debe asistir al médico de manera inmediata
• Debe mantener en todo momento la cordura y sus sentidos deben estar enfocados en su
trabajo, ya que esto evitará accidentes de carácter laboral y permitirá la excelencia de su
trabajo.
• El Tanatopraxista deberá poseer el certificado de vacunas exigidas por el Ministerio de
Salud para realizar el manejo de cadáveres.
• Luego de su trabajo deberá mantener una asepsia adecuada (baño en abundante agua y
desinfección mediante alcohol antiséptico)
• Evitar la sobre exposición del (POE) a los líquidos utilizados para la preservación del
cadáver.
• Los implementos de bioseguridad deben ser conservados hasta su utilización en lugares
estériles y libres de contaminación.
• El instrumental utilizado en la preparación de cadáveres debe ser lavado y esterilizado y los
desechos clasificados y eliminados de acuerdo a la normativa vigente de modo que se
prevengan accidentes y la transmisión de enfermedades.
• El cadáver debe ser expuesto a sus familiares de manera que su presentación este
direccionada a generar en sus familiares paz, armonía y tranquilidad (impacto psicológico).
4.7.2.7. TANATOPRAXIA:
El tanatopraxista verificara antes de desechar las prendas con las que ingreso el cadáver si existen
objetos o accesorios (celulares, aretes, anillos, etc), los cuales serán entregados al coordinador de
servicios o a su vez bajo petición del familiar reubicados en el cadáver, luego de la verificación este
procederá a desvestir el cadáver de arriba hacia abajo y de afuera hacia adentro, posterior realizara
el desecho de las prendas en la funda (roja) destinada para la ubicación de agentes contaminantes.
Página 58 de 161
Seguidamente realizara la asepsia y desinfección del cadáver, y posterior se canalizará la arteria de
acuerdo al caso, lo que permitirá la inyección de los líquidos destinados a la preservación del
cadáver, al mismo tiempo realizara el drenaje venoso, ya que este procedimiento sustituirá la sangre
por líquidos de preservación de cadáveres.
Una vez que se ha terminado con el proceso de inyección se realizara la hidro-aspiración de los
líquidos de putrefacción del cadáver, seguido de la succión torácica abdominal, tracto respiratorio y
digestivo superior, lo que garantizara que no exista eliminación de fluidos por boca o nariz, posterior
se taponara boca y nariz, cuidando en todo momento la apariencia estética del fallecido, orientado
a la presentación del cadáver.
En el caso de evisceraciones y embalsamamiento se realizará el tratamiento de las vísceras y
ubicación de las mismas en el lugar del cual fueron retiradas.
Seguidamente de los procesos de preservación de los cadáveres antes mencionados se realizará
por segunda ocasión la asepsia, desinfección y secado del cadáver.
4.8. FASE DE MANTENIMIENTO
MEMORIAL NECRÓPOLI, mantiene un plan de mantenimiento, este plan está orientado a la
prevención de fallas no deseadas en sistema de distribución de combustible, sistema eléctrico,
ascensores, horno crematorio y generador.
4.8.1. MANTENIMIENTO RUTINARIO
El mantenimiento rutinario comprende tareas regulares o de carácter diario que se realizan en la
empresa entre estas acciones se encuentran:
• Limpieza de salas de velación.
• Mantenimiento de jardines.
• Limpieza de oficinas
• Recolección y clasificación de desechos.
• Inspecciones rutinarias eléctricas, neumáticas y mecánicas
Durante el mantenimiento todos los desechos peligrosos son clasificados y almacenados en el área
correspondiente hasta su disposición final.
4.9. FASE DE CIERRE
Cuando se defina el momento del cierre y abandono de las instalaciones, se procederá de la siguiente manera:
• Análisis del uso potencial de las instalaciones considerando en primer término las perspectivas que tenga la empresa y tomando en consideración el menor impacto al ambiente y a la comunidad adyacente a la zona.
• Retiro de los equipos y/o pasivos ambientales.
• Acondicionamiento y rehabilitación de áreas Las opciones de uso de las instalaciones, así como el destino de los equipos podrán verse modificados de acuerdo a las necesidades y tendencias al momento del cierre y abandono, por lo que no se presenta un análisis detallado del mismo.
Página 59 de 161
MEMORIAL NECRÓPOLI, desarrollará un Plan de cierre y abandono acorde con las exigencias ambientales vigentes y con el compromiso de ejecutar las acciones necesarias para cerrar las operaciones de la empresa reduciendo, previniendo y mitigando los posibles impactos que se puedan generar. El objetivo del Plan de Cierre y Abandono, es lograr culminar la vida útil de la empresa, logrando que éste signifique:
• Un riesgo mínimo a la salud y seguridad humana.
• Un mínimo impacto al ambiente.
• Cumplir con todas las leyes y reglamentos aplicables.
4.9.1. RETIRO DE EQUIPOS Y/O PASIVOS AMBIENTALES
En el caso del cierre de operaciones total o parcial de las instalaciones, los directivos de la empresa
determinarán el destino de la zona ocupada y las medidas que se tomarán para ejecutar el abandono
final del área.
Para ello se efectuará una evaluación preliminar, a fin de determinar si una parte o la totalidad de la
Infraestructura, deberá ser desmantelada.
Para el cierre técnico definitivo de la empresa, cuando sea el caso, se han considerado las siguientes
etapas:
• Demolición de edificaciones.
• Retiro y disposición de todo tipo de residuos y materiales inertes.
Una vez finalizados los trabajos de desmantelamiento de las instalaciones se deberá verificar que
éstos se hayan realizado convenientemente, de forma que proporcione una protección ambiental
del área intervenida a largo plazo, de acuerdo con los requisitos o acuerdos adoptados con la
autoridad competente, en particular en la rehabilitación de las superficies dedicadas al
almacenamiento de combustibles y productos químicos.
Durante el desarrollo de los trabajos se verificará que los restos producidos sean trasladados al
relleno sanitario y/o a la escombrera autorizada, y que la limpieza de la zona sea absoluta,
procurando evitar la creación de pasivos ambientales, como áreas contaminadas por derrames de
combustibles, acumulación de residuos, etc.
4.10. ASPECTOS AMBIENTALES IDENTIFICADOS
Los aspectos ambientales de interés que se han identificado en el área de estudio del proyecto son:
a. Emisiones al aire
Emisiones de automotores, emisiones al aire del horno crematorio y generador de emergencia.
b. Generación de desechos sólidos
La generación de residuos sólidos se producirá durante los procesos de tanatoestética y
mantenimiento, una vez que se tenga en operación la sala de tanatoestética se generará: Ropa
contaminada, Desechos biológicos infecciosos, corto punzantes, envases de productos
químicos, residuos peligrosos EPP, material proveniente de la limpieza de derrames, residuos
de químicos y fluidos corporales.
Página 60 de 161
En el proceso de mantenimiento de áreas: Lámparas fluorescentes, aceite usado, Wypes
contaminados producto del mantenimiento de ascensores y envases de productos de limpieza.
c. Descargas líquidas
Para el proyecto se ha previsto la generación de descargas líquidas proveniente del baño del
fallecido, para lo cual se utiliza solamente agua y jabón antibacterial sin embargo,
eventualmente el cuerpo, puede secretar fluidos corporales a pesar de estar formolizado, otro
aporte, son los efluentes generados en el proceso de limpieza y desinfección de áreas de
tanatoestética, sin embargo este será mínimo, ya que se lo hace mediante la utilización de
productos desinfectantes, utilizando una mínima cantidad de agua, si bien estos efluentes serán
conducidos al sistema de alcantarillado público, deben previo a su descarga cumplir con los
parámetros de calidad establecidos en la Resolución No. 002-SA-2014. El punto de monitoreo
será en la trampa ubicada en la sala de tanatoestética, antes de entrada al sistema de
alcantarillado.
5. DIAGNÓSTICO DE LA SITUACIÓN SOCIO AMBIENTAL.
Esta sección se presenta una descripción del entorno ambiental y social donde se desarrollan las
actividades de la empresa. El levantamiento del diagnóstico ambiental determinará la calidad
ambiental existente.
5.1. COMPONENTE FÍSICO
5.1.1. CLIMATOLOGÍA
El clima de la zona a ser intervenida está determinado por los valores estadísticos de las variables
del tiempo atmosférico, durante un periodo dado, esto es temperatura, humedad, presión, viento y
precipitaciones. Con este propósito se ha tomado la información de la Estación Meteorológica
Iñaquito del INAMHI, Instituto Nacional de Meteorología e Hidrología, que corresponde a la fuente
de información meteorológica más cercana al sitio de implantación de la empresa (ver tabla 18).
TABLA 21. UBICACIÓN DE LA ESTACIÓN METEOROLÓGICA IÑAQUITO
ESTACIÓN LATITUD LONGITUD ELEVACIÓN
(msnm)
IÑAQUITO 0° 10’ 0’’ S 78° 29’ 0’’ W 2812
Fuente: Anuario meteorológico del INAMHI (2013)
Los datos fueron tomados de los Anuarios Meteorológicos del INAMHI, desde el 2004 al 2014, y se
analizaron las variables de temperatura, precipitación, humedad, nubosidad y vientos.
Página 61 de 161
5.1.1.1. TEMPERATURA
En la tabla 22 y gráfica 1, se presenta el promedio anual de temperaturas entre los años 2004 a
2014 es de 15,2°C, con un máximo de 17°C y un mínimo de 13,6°C.
TABLA 22. TEMPERATURA MEDIA MENSUAL (°C)
AÑO 2004 2005 2006 2007 2008 2009 2010 2011 2012 2013 2014 Prom Máx Mín
ENE 15,1 15,2 14,6 16,0 14,6 14,5 16,5 14,6 14,1 16,4 15,3 15,2 16,5 14,1
FEB 15,0 15,5 15,1 15,4 13,6 14,5 17,0 14,3 14,1 14,8 15,4 15,0 17,0 13,6
MAR 15,9 15,0 14,5 15,0 13,7 14,8 16,8 13,9 15,5 15,8 14,8 15,1 16,8 13,7
ABR 15,0 15,8 14,7 14,8 14,3 15,2 15,7 13,9 14,2 15,7 16,0 15,0 16,0 13,9
MAY 15,5 15,7 15,5 15,3 14,2 15,3 15,0 15,5 15,3 14,9 15,1 15,2 15,7 14,2
JUN 15,9 16,0 15,1 15,3 14,9 15,5 14,6 15,3 15,9 16,1 15,8 15,5 16,1 14,6
JUL 15,1 16,2 16,1 15,6 14,8 16,0 15,0 14,9 16,6 15,8 16,6 15,7 16,6 14,8
AGO 16,2 16,1 16,2 15,2 14,6 16,3 15,1 15,4 16,2 15,8 15,9 15,7 16,3 14,6
SEP 15,5 16,4 16,0 16,1 15,5 17,0 15,2 15,5 16,6 16,3 15,6 16,0 17,0 15,2
OCT 14,9 14,6 15,3 14,5 14,5 16,0 13,6 14,4 15,2 15,2 15,3 14,9 16,0 13,6
NOV 15,0 14,7 14,5 14,9 14,3 15,9 14,0 14,6 14,8 14,8 15,2 14,8 15,9 14,0
DIC 14,8 13,9 14,9 14,0 14,4 15,9 14,6 15,1 15,3 15,3 14,8 15,9 13,9
ANUAL
Prom 15,3 15,4 15,2 15,2 14,5 15,6 15,3 14,7 15,3 15,6 15,5 15,2 15,6 14,5
Máx 16,2 16,4 16,2 16,1 15,5 17,0 17,0 15,5 16,6 16,4 16,6 16,3 17,0 15,5
Mín 14,8 13,9 14,5 14,0 13,6 14,5 13,6 13,9 14,1 14,8 14,8 14,2 14,8 13,6
Fuente: Anuarios meteorológicos del INAMHI (2004 al 2014)
GRÁFICA 1. TEMPERATURA ANUAL: PROMEDIO, MÁXIMAS Y MÍNIMAS
Elaborado por: Equipo consultor (Agosto, 2015)
12
13
14
15
16
17
18
2004 2005 2006 2007 2008 2009 2010 2011 2012 2013 2014
TE
MP
ER
AT
UR
A (
°C)
TEMPERATURA ANUAL
Prom
Máx
Mín
Página 62 de 161
5.1.1.2. PRECIPITACIÓN
En la tabla 23 y gráfica 2, se presenta el promedio anual de precipitaciones entre los años 2004 a
2014 es de 90,9 mm, con un máximo de 372,9 mm y un mínimo de 0,1 mm. Puede observarse que
durante el año se tiene una época de lluvia y una seca. La época seca, se presenta entre los meses
de junio a septiembre, mientras que la lluviosa es de marzo a mayo.
TABLA 23. PRECIPITACIÓN TOTAL MENSUAL (MM)
AÑO 2004 2005 2006 2007 2008 2009 2010 2011 2012 2013 2014 Prom Máx Mín
ENE 56,0 37,9 52,3 66,2 156,5 165,8 4,6 82,4 158,9 43,0 138,0 87,4 165,8 4,6
FEB 34,4 150,6 105,2 67,5 217,9 141,5 46,0 182,5 125,3 196,4 60,6 120,7 217,9 34,4
MAR 75,2 134,3 202,5 177,2 188,8 173,8 26,5 145,8 143,8 83,1 213,6 142,2 213,6 26,5
ABR 156,3 84,2 209,5 188,1 203,8 161,3 220,4 372,9 203,4 111,0 46,2 177,9 372,9 46,2
MAY 113,8 37,7 113,6 101,0 171,3 62,7 55,2 40,2 115,4 219,2 100,0 171,3 37,7
JUN 11,0 31,8 50,2 22,2 56,5 35,0 34,5 28,5 21,4 0,3 10,9 27,5 56,5 0,3
JUL 6,7 53,4 3,1 12,5 12,3 2,6 93,6 117,2 1,8 0,1 0,1 27,6 117,2 0,1
AGO 0,6 26,8 3,5 33,4 37,0 1,0 59,4 48,9 2,6 18,2 1,7 21,2 59,4 0,6
SEP 97,6 35,6 35,6 3,0 58,7 7,4 87,8 73,3 12,5 31,8 85,3 48,1 97,6 3,0
OCT 98,8 116,0 109,5 160,1 235,3 69,4 51,8 54,8 133,8 141,7 144,6 119,6 235,3 51,8
NOV 125,5 58,4 182,4 194,7 72,4 71,3 167,6 65,7 177,0 48,0 79,2 112,9 194,7 48,0
DIC 94,8 115,1 183,0 121,2 120,0 181,7 107,0 60,8 46,6 22,7 105,3 183,0 22,7
ANUAL
Prom 72,6 73,5 104,2 93,3 127,6 84,3 88,5 111,2 90,1 69,6 85,2 90,9 127,6 69,6
Máx 156,3 150,6 209,5 194,7 235,3 173,8 220,4 372,9 203,4 196,4 219,2 212,0 372,9 150,6
Min 0,6 26,8 3,1 3,0 12,3 1,0 4,6 28,5 1,8 0,1 0,1 7,4 28,5 0,1
Fuente: Anuarios meteorológicos del INAMHI (2004 al 2014)
GRÁFICA 2. PRECIPITACIÓN ANUAL: PROMEDIO, MÁXIMAS Y MÍNIMAS
Elaborado por: Equipo consultor (Agosto, 2015)
Este tipo de clima es el clima característico de la zona interandina, con temperaturas que oscilan
entre 12 y 20˚C; las temperaturas mínimas pueden caer ocasionalmente hasta menos de 0˚C,
mientras que las máximas pueden superar los 30˚C. La precipitación fluctúa entre 1000 y 2000 mm
que se reparten en 2 periodos lluviosos: el primero, entre los meses de febrero a mayo y el segundo,
de octubre a noviembre.
0
50
100
150
200
250
300
350
400
2004 2005 2006 2007 2008 2009 2010 2011 2012 2013 2014
PR
EC
IPIT
AC
IÓN
(m
m)
PRECIPITACIÓN ANUAL
Prom
Máx
Mín
Página 63 de 161
La primera estación seca (junio-septiembre) es bien marcada, mientras que la segunda se presenta,
por lo general, en diciembre. Analizando el mapa de Tipos de Clima, se ha determinado que el 21%
de la superficie del Distrito tiene clima Ecuatorial Mesotérmico Húmedo.
5.1.1.3. HUMEDAD RELATIVA
En la tabla 24 y gráfica 3, se presenta el promedio anual de humedades relativas entre los años
2004 a 2014 es de 71%, con un máximo de 86% y un mínimo de 51%.
TABLA 24. HUMEDAD RELATIVA MEDIA MENSUAL (%)
AÑO 2004 2005 2006 2007 2008 2009 2010 2011 2012 2013 2014 Prom Máx Mín
ENE 69,0 70,0 74,0 70,0 76,0 75,0 63,0 78,0 81,0 73,0 78,0 73,4 81,0 63,0
FEB 67,0 74,0 75,0 67,0 78,0 74,0 66,0 83,0 79,0 78,0 83,0 74,9 83,0 66,0
MAR 68,0 77,0 76,0 76,0 76,0 76,0 66,0 82,0 78,0 74,0 80,0 75,4 82,0 66,0
ABR 73,0 72,0 76,0 80,0 75,0 72,0 77,0 84,0 86,0 72,0 73,0 76,4 86,0 72,0
MAY 71,0 68,0 70,0 77,0 76,0 69,0 77,0 79,0 78,0 78,0 71,8 77,0 68,0
JUN 57,0 66,0 68,0 69,0 69,0 67,0 72,0 72,0 72,0 65,0 66,0 67,5 72,0 57,0
JUL 61,0 58,0 57,0 64,0 64,0 59,0 74,0 71,0 68,0 62,0 56,0 63,1 74,0 56,0
AGO 51,0 59,0 57,0 65,0 66,0 61,0 68,0 66,0 63,0 66,0 58,0 61,8 68,0 51,0
SEP 61,0 59,0 60,0 59,0 64,0 54,0 70,0 67,0 62,0 65,0 65,0 62,4 70,0 54,0
OCT 73,0 73,0 69,0 77,0 70,0 67,0 73,0 74,0 73,0 75,0 73,0 72,5 77,0 67,0
NOV 74,0 71,0 78,0 74,0 74,0 68,0 83,0 72,0 79,0 77,0 77,0 75,2 83,0 68,0
DIC 73,0 77,0 75,0 77,0 76,0 72,0 82,0 77,0 76,0 76,0 75,0 76,0 82,0 72,0
ANUAL
Prom 66,5 68,7 69,6 71,3 72,0 67,8 72,2 75,3 74,7 71,8 71,8 71,0 75,3 66,5
Máx 74,0 77,0 78,0 80,0 78,0 76,0 83,0 84,0 86,0 78,0 83,0 79,7 86,0 74,0
Mín 51,0 58,0 57,0 59,0 64,0 54,0 63,0 66,0 62,0 62,0 56,0 59,3 66,0 51,0
Fuente: Anuarios meteorológicos del INAMHI (2004 al 2014)
GRÁFICA 3. HUMEDAD RELATIVA ANUAL: PROMEDIO, MÁXIMAS Y MÍNIMAS
Elaborado por: Equipo consultor (Agosto, 2015)
50
55
60
65
70
75
80
85
90
2004 2005 2006 2007 2008 2009 2010 2011 2012 2013 2014
HU
ME
DA
D R
EL
AT
IVA
(%
)
HUMEDAD RELATIVA ANUAL
Prom
Máx
Mín
Página 64 de 161
5.1.1.4. EVAPORACIÓN
En la tabla 25 y gráfica 4, se presenta el promedio anual de evaporaciones entre los años 2004 a
2014 es de 107,8 mm, con un máximo de 172,7 mm y un mínimo de 59,6 mm.
TABLA 25. EVAPORACIÓN MEDIA MENSUAL (MM)
AÑO 2004 2005 2006 2007 2008 2009 2010 2011 2012 2013 2014 Prom Máx Mín
ENE 131,2 125,7 91,5 119,6 101,6 81,8 140,0 108,7 92,5 120,0 95,6 109,8 140,0 81,8
FEB 103,2 101,1 91,7 120,6 72,1 82,5 114,7 83,0 71,5 66,6 95,2 91,1 120,6 66,6
MAR 107,9 88,4 59,6 99,8 78,5 109,2 99,8 83,3 98,6 93,2 76,4 90,4 109,2 59,6
ABR 100,9 91,2 93,1 86,1 92,0 102,1 80,2 68,5 75,0 84,9 105,1 89,0 105,1 68,5
MAY 103,0 116,2 113,1 113,3 80,8 104,8 111,2 100,2 82,4 103,4 105,2 116,2 80,8
JUN 138,6 104,2 110,9 104,6 98,0 102,4 84,0 104,8 118,4 140,4 110,4 110,6 140,4 84,0
JUL 123,5 139,6 148,5 138,6 110,2 124,2 87,5 109,5 145,7 141,1 130,2 127,1 148,5 87,5
AGO 172,7 151,6 156,0 130,8 91,3 145,2 105,6 135,1 143,9 132,9 148,7 137,6 172,7 91,3
SEP 130,1 145,3 134,3 128,0 109,7 165,9 109,1 125,3 152,2 118,9 114,6 130,3 165,9 109,1
OCT 109,2 105,1 125,8 125,1 90,0 127,8 113,7 107,7 107,3 103,4 103,8 110,8 127,8 90,0
NOV 95,9 96,4 86,4 112,5 82,9 116,6 67,6 109,0 98,3 92,6 89,2 95,2 116,6 67,6
DIC 110,9 71,3 89,7 90,9 120,9 88,1 95,4 101,6 101,6 97,7 96,8 120,9 71,3
ANUAL
Prom 118,9 111,3 108,4 116,3 91,5 115,3 99,1 103,5 108,8 106,5 105,9 107,8 118,9 91,5
Máx 172,7 151,6 156,0 138,6 110,2 165,9 140,0 135,1 152,2 141,1 148,7 146,6 172,7 110,2
Mín 95,9 71,3 59,6 86,1 72,1 81,8 67,6 68,5 71,5 66,6 76,4 74,3 95,9 59,6
Fuente: Anuarios meteorológicos del INAMHI (2004 al 2014)
GRÁFICA 4. EVAPORACIÓN ANUAL: PROMEDIO, MÁXIMAS Y MÍNIMAS
Elaborado por: Equipo consultor (Agosto, 2015)
50
70
90
110
130
150
170
190
2004 2005 2006 2007 2008 2009 2010 2011 2012 2013 2014
EV
AP
OR
AC
IÓN
(m
m)
EVAPORACIÓN ANUAL
Prom
Máx
Mín
Página 65 de 161
5.1.1.5. NUBOSIDAD
En la tabla 26 y gráfica 5, se presenta el promedio anual de nubosidades entre los años 2004 a 2014
es de 5,7 octas, con un máximo de 8,0 octas y un mínimo de 3 octas. Esta variable es bastante
estable durante el año, sin embargo, los meses con nubosidad más baja son julio, agosto y
septiembre coinciden con los meses menos lluviosos.
TABLA 26. NUBOSIDAD MEDIA MENSUAL (OCTAS)
AÑO 2004
2005
2006
2007
2008
2009
2010
2011
2012
2013
2014
Prom
Máx Mín
ENE 5 6 7 5 7 7 7 5 6 6,1 7 5
FEB 5 6 7 5 7 7 7 7 7 6,4 7 5
MAR 5 7 7 7 8 7 6 6 7 6,7 8 5
ABR 6 6 7 7 7 6 7 6 6 6,4 7 6
MAY 5 5 6 6 6 5 6 6 6 5,7 6 5
JUN 4 5 5 6 6 6 5 5 5 5,2 6 4
JUL 5 4 4 4 6 5 5 4 4 4,6 6 4
AGO 3 4 5 5 6 5 5 5 5 4,8 6 3
SEP 6 4 5 5 6 4 4 5 5 4,9 6 4
OCT 6 6 5 7 7 6 6 6 6 6,1 7 5
NOV 6 5 6 6 7 5 6 6 6 5,9 7 5
DIC 6 6 6 6 6 6 5 5 5,8 6 5
ANUAL
Prom 5,2 5,3 5,8 5,7 6,6 5,8 5,8 5,5 5,7 5,7 6,6 5,2
Máx 6 7 7 7 8 7 7 7 7 7 8 6
Mín 3 4 4 4 6 4 4 4 4 4 6 3
Fuente: Anuarios meteorológicos del INAMHI (2004 al 2014)
GRÁFICA 5. NUBOSIDAD ANUAL: PROMEDIO, MÁXIMAS Y MÍNIMAS
Elaborado por: Equipo consultor (Agosto, 2015)
3
4
5
6
7
8
9
2004 2005 2006 2007 2008 2009 2010 2011 2012 2013 2014
NU
BO
SID
AD
(o
cto
s)
NUBOSIDAD ANUAL
Máx
Mín
Prom
Página 66 de 161
5.1.1.6. VIENTOS
En la tabla 27 y gráfica 6, se presenta el promedio anual de velocidades del viento entre los años
2004 a 2014 es de 3 Km/h con un máximo de 5,8 Km/h y un mínimo de 1,6 Km/h.
TABLA 27. VELOCIDAD DEL VIENTO (KM/H)
AÑO 2004 2005 2006 2007 2008 2009 2010 2011 2012 2013 2014 Prom Máx Mín
ENE 3,2 3,2 2,3 1,8 2,3 2,2 3,2 4,1 2,4 2,8 3,5 2,8 4,1 1,8
FEB 2,7 2,1 2,8 2,8 2,4 1,9 3,8 2,2 2,7 2,2 4,8 2,8 4,8 1,9
MAR 2,7 2,9 2,8 2,2 1,8 2,2 3,0 2,0 2,9 2,3 3,8 2,6 3,8 1,8
ABR 2,8 3,1 2,7 2,4 1,7 1,8 2,8 1,7 2,6 2,8 4,0 2,6 4,0 1,7
MAY 2,9 2,3 2,5 1,9 2,1 2,2 3,5 2,3 3,5 3,3 3,1 2,7 2,9 1,9
JUN 3,4 3,5 2,5 2,2 2,0 3,0 2,8 2,6 3,4 4,5 3,2 3,0 4,5 2,0
JUL 2,8 4,2 2,8 2,5 2,2 3,9 2,5 2,4 3,5 5,3 5,8 3,4 5,8 2,2
AGO 4,4 4,4 3,5 2,8 1,6 4,5 4,8 3,1 3,4 5,4 5,3 3,9 5,4 1,6
SEP 3,4 3,7 1,8 5,3 2,1 4,7 3,3 3,0 5,3 3,9 3,9 3,7 5,3 1,8
OCT 2,5 2,7 2,3 2,3 2,1 2,9 3,4 2,3 2,5 4,3 4,0 2,8 4,3 2,1
NOV 2,2 4,0 2,7 2,8 2,2 2,6 3,7 2,2 2,1 4,2 3,6 2,9 4,2 2,1
DIC 3,0 2,8 2,3 2,0 3,2 3,3 2,1 2,4 3,5 3,3 2,8 3,5 2,0
ANUAL
Prom 3,0 3,2 2,6 2,6 2,0 2,9 3,3 2,5 3,1 3,7 4,0 3,0 4,0 2,0
Máx 4,4 4,4 3,5 5,3 2,4 4,7 4,8 4,1 5,3 5,4 5,8 4,6 5,8 2,4
Mín 2,2 2,1 1,8 1,8 1,6 1,8 2,5 1,7 2,1 2,2 3,1 2,1 3,1 1,6
Fuente: Anuarios meteorológicos del INAMHI (2004 al 2014)
GRÁFICA 6. VELOCIDAD DEL VIENTO ANUAL: PROMEDIO, MÁXIMAS Y MÍNIMAS
Elaborado por: Equipo consultor (Agosto, 2015)
1
2
3
4
5
6
7
2004 2005 2006 2007 2008 2009 2010 2011 2012 2013 2014
VE
LO
CID
AD
(k
m/h
)
VELOCIDAD DEL VIENTO ANUAL
Prom
Máx
Mín
Página 67 de 161
5.1.2. FACTOR SUELO
La metodología aplicada para la descripción geomorfológica y de suelos de este estudio se basó en
la recolección de información secundaria y la revisión del Mapa de Suelos de Quito, Mapa de Uso
del Suelo y formaciones vegetales de Quito, así como de la información descrita en el Atlas
Ambiental del Distrito Metropolitano de Quito 2008.
“Su relieve es notablemente heterogéneo: está formado por una amplia gama de variaciones que
van desde planicies y terrenos con ondulaciones leves hasta vertientes con pendientes
pronunciadas; los relieves glaciáricos también son comunes en las partes más altas del DMQ”2.
La ciudad de Quito se encuentra a una altura entre los 2400 y 3200 msnm, en el piedemonte y
vertiente oriental de los volcanes Pichincha y Atacazo, que forman parte de la cordillera Occidental
de los Andes. La estructura territorial de la ciudad de Quito, está fuertemente condicionada por sus
condiciones geomorfológicas y geológicas, que han incidido históricamente en la formación de la
ciudad y de sus barrios.
La geomorfología de la ciudad de Quito conjuga factores tectónicos, volcánicos y erosivos así, el
primer conjunto, la parte alta, que se extiende en un ancho de 10Km, va desde los 3000 a 4800
msnm, comprende una parte de la cordillera Occidental y está constituida de rocas volcánicas
cuaternarias, presenta pendientes muy fuertes y numerosas quebradas, que forman redes de
drenaje rectangulares, sub paralelas y dendríticas, la mayoría de estas tienen una capacidad de
carga importante y forman marcados cañones.
La acción erosiva es intensa, principalmente, en estaciones de fuertes precipitaciones, provocando
deslizamientos del terreno, erosiones de forma lineal y regresiva, también rupturas de taludes, que
modelan los fondos de los valles en forma de V.
El segundo conjunto está constituido de una meseta que se extiende de Tambillo, al Sur, al valle de
río Guayllabamba, al Norte, y limitado al Este por la línea de los horsts orientales y Oeste por las
estribaciones de la Cordillera Occidental, transversales a esta cordillera existen dos campos de
fallas secundarias, que forman dos sistemas, el primero crea un horst de dirección Noreste que
rompe la continuidad del graben entre el Panecillo y la Avenida Oriental; este horst es responsable
del desvío del río Machángara hacia el Noreste y la causa de una abertura de la planicie de Quito
hacia el río San Pedro. El segundo sistema se debe a una falla transversal, en donde se separa
Quito de Jipijapa.
Este conjunto se divide en tres subconjuntos: la zona de piedemonte, corresponde a las
estribaciones Orientales de la Cordillera Occidental y ocupa una franja situada entre los 2800 y 3000
m de altitud, se caracteriza por depósitos coluviales, pequeños conos y taludes de derrubio, así
como por conos de deyección; la zona baja es en donde se asienta la mayor parte de la ciudad de
Quito, formada por depósitos aluviales y lacustres, relieves bajos con pendientes de hasta 12 %,
salvo en el Panecillo y el Itchimbía en donde alcanzan al 60 %. La zona Oriental, representada por
un escarpe de falla, que presenta una alineación de facetas trapezoides (cadenas de colinas), con
una altura de 300 a 400 m.
En general, el relieve es homogéneo y con pendientes fuertes, su parte central está constituida, por
las lomas de Miravalle, Lumbisí y Puengasí, en la parte Sur las colinas alcanzan los 3100 m con
pendientes de hasta 70%, redondeadas en su cima con 21 vertientes rectilíneas y convexas. El
tercer conjunto es la zona correspondiente al valle central, limitada al occidente, por un escarpe de
fallas y al Este por la cordillera Oriental, ocupando una franja de 18 a 20 Km. de ancho, con una
altitud promedio de 2500 m, su relieve es homogéneo, con pendientes entre 0 y 15 %.
2 Atlas Ambiental, Distrito Metropolitano de Quito, 2008.
Página 68 de 161
De la superficie total del Distrito, apenas el 6% corresponde a las áreas urbanas consolidadas y en
proceso de urbanización, afloramientos rocosos, eriales, islotes y cuerpos de agua.”3 Las
actividades de la empresa en operación objeto del presente estudio se ubica en la parte centro-norte
de la ciudad en la parroquia Jipijapa, zona urbana perteneciente a la Administración Zonal Eugenio
Espejo.
5.1.2.1. GEOLOGÍA
La litología (tipo de rocas) presente en el área está representada por las siguientes formaciones:
• Fm. Machángara
Llamados así por la Dirección General de Geología y Minas, DGGM (1977b), a las rocas que afloran
a lo largo del Río Machángara, al este de Quito. Tradicionalmente fue considerada equivalente, en
edad, a la Fm. Guayllabamba (DGGM 1982a), equivalente a la Fm. Pisque (Ego & Sebrier, 1996) o
equivalentes a las Fms. Pisque y Chiche (Alvarado 1996, Alvarado & Jiménez, 2001). La evidencia
de campo indica que ésta se subdivide en dos unidades: Unidad Volcánicos Basales y Unidad Fluvial
“Quito”.
• Mb. Volcánicos Basales
Está limitada solamente a la subcuenta de Quito. Uno de los mejores afloramientos se observa en
la Q. El Batán. Son volcánicos primarios, que incluyen depósitos de avalanchas, flujos piro clásticos,
lavas ande siticas, caídas de ceniza y pómez, caracterizándose porque hacia el techo de este
miembro predominan flujos piro clásticos y las caídas de pómez y ceniza. Los fragmentos líticos de
los flujos piro clásticos varían de 3-15% y corresponden en su mayoría a andesitas.
Su contacto superior con el Mb. Unidad Fluvial “Quito”, es con discordancias progresivas. La fuente
estaría limitada al Complejo Volcánico Pichincha, especialmente a la actividad del Ruco Pichincha
(cuya edad entre 1.32 y 0.8 Ma), así como también al Volcán Atacazo cuyas edades más jóvenes
están entre 0.41 y 0.32 Ma (INECEL, 1980 en Alvarado, 1996). Su edad es Pleistoceno Superior.
• Mb. Unidad Fluvial “Quito”
Está limitada solamente a la subcuenta de Quito. Los mejores afloramientos se observan en la Vía
Interoceánica y en la bajada a Zámbiza. El contacto inferior con el Mb. Volcánicos Basales es con
discordancias progresivas y el contacto superior con la Fm. Cangahua es transicional, pero de hecho
deben consistir sus depósitos en parte en material tipo cangahua retrabajada. El drenaje que
predominó en la depositación de este Miembro fue muy inmaduro, producto de la cercanía de la
fuente. Su edad es del Pleistoceno Superior.
• Fm. Cangahua
Consiste en tobas alteradas, típicamente de colores amarillentos a marrones, generalmente
intercalada con caídas de cenizas, pómez, paleosuelos y, algunas veces, flujos de lodos y canales
aluviales. Generalmente, la cangahua tiene una textura imoarenosa. Se observan, a veces, finos
niveles de costras calcáreas y limonita entre planos de estratificación o rellenando grietas de
desecación. Es de ambiente seco tipo estepa durante su depositación, que contrastó con la época
húmeda que le antecedió (Mb. Quito y Fm. Mojanda), y con la época húmeda. Su edad es del
Pleistoceno Superior a Holoceno.
3 Idem1
Página 69 de 161
5.1.2.2. USO DE SUELO
El área de influencia está totalmente intervenida, la mayor parte del suelo se encuentra ocupado por
el uso residencial, existiendo también uso comercial. Además, es pertinente mencionar que en la
zona no existen sitios de pendiente o zonas de deslaves que impliquen algún tipo de riesgo. Así
mismo se descarta en la zona lugares de interés arqueológico.
5.1.2.3. COMPATIBILIDAD DE USO DE SUELO
De acuerdo al Informe de Compatibilidad de Uso de Suelo, emitido por el Municipio del Distrito
metropolitano de Quito, el Uso principal del Suelo para la zona corresponde a una zona de e
Equipamiento por lo tanto es compatible con la actividad de la empresa. ver anexo 2.
5.1.3. FACTOR AIRE
5.1.3.1. CALIDAD DEL AIRE
Para establecer la calidad del aire del área de influencia de la empresa, se ha utilizado la información
secundaria de los datos proporcionados por la Secretaría de Movilidad4 a través de la Red de
Metropolitana de Monitoreo Atmosférico de Quito, REMMAQ.
“La REMMAQ por medio de sus estaciones remotas ubicadas en el área urbana de la ciudad de
Quito y los valles aledaños, está en capacidad de medir de manera continua la concentración en el
aire ambiente de cinco de los denominados contaminantes comunes: material particulado fino (PM
2,5), óxidos de nitrógeno expresados como dióxido de nitrógeno (NO2), dióxido de azufre (SO2),
monóxido de carbono (CO) y oxidantes fotoquímicos expresados como ozono (O3)”5
Para el presente estudio se seleccionó la estación más cercana a la zona de intervención de la
empresa, en este caso, corresponde a la Estación Belisario, localizada en el Colegio San Gabriel.
La estación Belisario forma parte de la Red automática de monitoreo (RAUTO), y cuenta con
analizadores automáticos de gases y de partículas, cuyos datos son enviados hacia un centro de
control, donde el organismo competente gestiona la información que es publicada en la página web
de la Secretaría de Ambiente. Los analizadores de contaminantes disponibles en esta red son: CO,
NO2, O3, y PM2.5. Se efectuará una comparación de la calidad del aire de la Estación Centro con
la Norma de la Calidad Aire Ambiente establecida en el Texto Unificado de la Legislación Ambiental
Acuerdo No. 50.
Para complementar la información respecto a la calidad del aire, se tomaron los datos registrados
por la Red de Monitoreo Pasivo (REMPA), de la estación más cercana al predio de la empresa, esto
es la Estación Jipijapa.
Los datos de las dos redes permiten tener una visión general de la calidad del aire que se maneja
en la zona, estos valores se comparan con la Norma de Calidad de Aire ecuatoriana, NCCA,
publicada como parte constituyente del Texto Unificado de la Legislación Ambiental Secundaria,
Libro VI De la Calidad Ambiental.
6 Corporación para el Mejoramiento del Aire de Quito.
7 http://remmaq.corpaire.org/paginas/articulos/iqca.pdf
Página 70 de 161
La NCAA es una norma técnica de aplicación obligatoria en el Ecuador para evaluar el estado de la
contaminación atmosférica. Su objetivo principal es preservar la salud de las personas, la calidad
del aire ambiente, el bienestar de los ecosistemas y del ambiente en general, para lo cual ha
determinado límites máximos permisibles de contaminantes en el aire ambiente a nivel del suelo6
(ver tabla 28).
TABLA 28. NORMAS GENERALES PARA CONCENTRACIONES DE CONTAMINANTES CRITERIO
EN EL AIRE AMBIENTE
CONTAMINANTE VALOR UNIDAD PERIODO DE
MEDICIÓN
EXCEDENCIA
PERMITIDA EFECTOS SOBRE LA SALUD
Partículas
sedimentables 1
mg/cm2
durante 30
días
Acumulado en 30
días No se permite
PM10
50 µg/m3
Promedio aritmético
de todas las
muestras en 1 año
No se permite
Produce irritación de las vías respiratorias
agrava el asma y favorece las enfermedades
cardiovasculares. Se relaciona con la silicosis y
asbestosis. Causa deterioro de la función
respiratoria (corto plazo). Asociado con el
desarrollo de enfermedades crónicas, el cáncer
o la muerte prematura (largo plazo).
100 µg/m3
Concentración
máxima en 24 horas
de todas las
muestras colectadas
No se permite
PM2,5
15 µg/m3
Promedio aritmético
de todas las
muestras en 1 año
No se permite
Tiene la capacidad de ingresar al espacio
alveolar o al torrente sanguíneo incrementando
el riesgo de padecer enfermedades crónicas
cardiovasculares y muerte prematura. 50 µg/m3
Concentración
máxima en 24 horas
de todas las
muestras colectadas
No se permite
SO2
60 µg/m3
Promedio aritmético
de todas las
muestras en 1 año
No se permite
Altas concentraciones ocasionan dificultad para
respirar, conjuntivitis, irritación severa en vías
respiratorias y en pulmones. Causante de bronco
constricción, bronquitis traqueítis y bronco
espasmos, agravamiento de enfermedades
respiratorias y cardiovasculares existentes y la
muerte.
125 µg/m3
Concentración
máxima en 24 horas
de todas las
muestras colectadas
No se permite
500 µg/m3
Concentración
máxima para un
periodo de 10
minutos
No se permite
CO
10 000 µg/m3 Concentración en 8
horas consecutivas 1 vez por año
La hipoxia puede afectar al corazón, cerebro,
plaquetas y endotelio de los vasos sanguíneos.
Asociado a disminución de la percepción visual,
capacidad de trabajo, destreza manual y
habilidad de aprendizaje.
30 000 µg/m3 Concentración
máxima en 1 hora 1 vez por año
O3 100 µg/m3 Concentración en 8
horas consecutivas 1 vez por año
Concentraciones altas produce irritación ocular,
de la nariz y garganta, tos, dificultad y dolor
durante la respiración profunda, opresión en el
pecho, malestar general, debilidad, náusea y
dolor de cabeza.
NO2
40 µg/m3
Promedio aritmético
de todas las
muestras en 1 año
No se permite
Causa irritación pulmonar, bronquitis, pulmonía,
reducción significativa de la resistencia
respiratoria a las infecciones. Exposición
continua a altas concentraciones incrementa la
incidencia en enfermedades respiratorias en los
niños, agravamiento de afecciones en individuos
asmáticos y enfermedades respiratorias
crónicas.
200 µg/m3 Concentración
máxima en 1 hora No se permite
Fuente: Acuerdo No. 50 Norma de Calidad del Aire Ambiente o nivel de inmisión Libro VI Anexo 4.
Elaborado por: Equipo consultor (Enero, 2015)
8 Informe Anual 2010, La Calidad del Aire en Quito, Secretaría de Ambiente del Distrito Metropolitano de Quito, 2011.
Página 71 de 161
Los resultados del monitoreo a través de las redes de monitoreo automático para la estación
Belisario durante los años 2014 y 2015 se presentan en la siguiente tabla 22:
TABLA 29. RESULTADOS PROMEDIOS DE LOS PARÁMETROS DE CALIDAD DEL AIRE EN
LAS ESTACIÓN BELISARIO A TRAVÉS DE LA RED AUTOMÁTICA DE MONITOREO
AÑO MES SO2 CO NO2 O3
PM 2,5
RAUTO
2014
ENERO 4,82 0,73 25,34 15,55 16,67
FEBRERO 5,38 0,73 27,9 19,37 19,43
MARZO 5,24 0,75 29,92 16,76 16,45
ABRIL 4,30 0,69 22,58 17,92 15,11
MAYO 3,52 0,78 25,20 12,87 15,66
JUNIO 3,41 0,69 22,41 16,62 12,56
JULIO 3,13 0,60 20,68 25,63 8,52
AGOSTO 3,63 0,60 24,33 32,30 11,65
SEPTIEMBRE 3,65 0,68 32,76 32,73 15,24
OCTUBRE 3,69 0,69 33,46 26,3 15,27
NOVIEMBRE 5,80 0,66 33,78 18,09 17,92
DICIEMBRE 5,70 0,72 31,53 18,17 16,51
2015
ENERO 4,74 0,65 25,87 17,91 15,07
FEBRERO 4,16 0,64 25,43 18,65 14,87
ABRIL 4,04 0,69 28,46 17,35 16,3
MAYO 3,97 0,69 24,67 15,88 15,52
JUNIO 2,70 0,53 19,58 21,64 9,45
JULIO 3,31 0,56 23,36 20,35 11,61
Fuente: Secretaría de Ambiente del Distrito Metropolitano de Quito
Elaborado por: Equipo consultor (Agosto, 2015)
Al comparar los valores medidos en la Red Automática de Monitores de monitoreo próximas a la
zona de la empresa con los valores permisibles definidos en la Norma de Calidad de aire, se observa
lo siguiente: En la gráfica 7, se puede observar que el MP2,5 durante el período monitoreado el
comportamiento es prácticamente dentro de la norma.
GRÁFICA 7. COMPARACIÓN DE VALORES DE PM 2,5 CON LOS LÍMITES PERMISIBLES
Elaborado por: Equipo consultor (Agosto, 2015)
0
10
20
30
40
50
60
ene-
14
feb
-14
mar
-14
abr-
14
may
-14
jun
-14
jul-
14
ago
-14
sep
-14
oct
-14
no
v-1
4
dic
-14
ene-
15
feb
-15
mar
-15
abr-
15
may
-15
jun
-15
jul-
15
Concentración Valor Permitido
Página 72 de 161
En la gráfica 8, se puede observar que el dióxido de azufre tiene cumplimiento con una holgura
importante.
GRÁFICA 8. COMPARACIÓN DE VALORES DE SO2 CON LOS LÍMITES PERMISIBLES
Elaborado por: equipo consultor (Agosto, 2015)
En la gráfica 9, se puede observar que el monóxido de carbono tiene valores registrados que
cumplen con holgura en comparación con los mínimos valores permitidos.
GRÁFICA 9. COMPARACIÓN DE VALORES DE CO CON LOS LÍMITES PERMISIBLES
Elaborado por: Equipo consultor (Agosto, 2015)
0
10
20
30
40
50
60
70
ene-
14
feb
-14
mar
-14
abr-
14
may
-14
jun
-14
jul-
14
ago
-14
sep
-14
oct
-14
no
v-1
4
dic
-14
ene-
15
feb
-15
mar
-15
abr-
15
may
-15
jun
-15
jul-
15
Concentración Valor Permitido
0
5
10
15
20
25
30
35
40
ene-
14
feb
-14
mar
-14
abr-
14
may
-14
jun
-14
jul-
14
ago
-14
sep
-14
oct
-14
no
v-1
4
dic
-14
ene-
15
feb
-15
mar
-15
abr-
15
may
-15
jun
-15
jul-
15
Concentración Valor Permitido
Página 73 de 161
En la gráfica 10, se puede observar que el ozono tiene valores registrados que están por debajo del
límite permitido.
GRÁFICA 10. COMPARACIÓN DE VALORES DE O3 CON LOS LÍMITES PERMISIBLES
Elaborado por: Equipo consultor (Agosto, 2015)
En la gráfica 11, se puede observar que el dióxido de nitrógeno que los registros realizados están
por debajo de la concentración máxima permitida.
GRÁFICA 11. COMPARACIÓN DE VALORES DE NO2 CON LOS LÍMITES PERMISIBLES
Elaborado por: Equipo consultor (Agosto, 2015)
0
10
20
30
40
50
60
70
80
90
100
110
ene-
14
feb
-14
mar
-14
abr-
14
may
-14
jun
-14
jul-
14
ago
-14
sep
-14
oct
-14
no
v-1
4
dic
-14
ene-
15
feb
-15
mar
-15
abr-
15
may
-15
jun
-15
jul-
15
Concentración Valor Permitido
0
20
40
60
80
100
120
140
160
180
200
220
ene-
14
feb
-14
mar
-14
abr-
14
may
-14
jun
-14
jul-
14
ago
-14
sep
-14
oct
-14
no
v-1
4
dic
-14
ene-
15
feb
-15
mar
-15
abr-
15
may
-15
jun
-15
jul-
15
Concentración Valor Permitido
Página 74 de 161
En la tabla 27, se confirma el cumplimiento de los valores registrados con la norma en concordancia
así mismo con los datos obtenidos a través del monitoreo automático, a pesar de existir una
separación geográfica importante entre las dos ubicaciones de las estaciones de monitoreo.
TABLA 30. RESULTADOS DE LOS PARÁMETROS DE CALIDAD DEL AIRE EN LA ESTACIÓN
JIPIJAPA A TRAVÉS DE LA RED DE MONITOREO PASIVO
AÑO MES NO2 O3 SO2 BENCENO TOLUENO ETILBENCENO
REMPA (μg/m3)
2011
ENERO 25,98 23,40 3,53 1,80 8,42
FEBRERO 15,12 18,66 1,58 1,39 3,13 0,11
MARZO 28,69 25,32 8,12 10,71 18,85 0,87
ABRIL 15,76 11,49 0,14
MAYO 32,52 18,29 33,52
JUNIO 18,79 15,20 7,72 1,48 2,62
JULIO 34,69 17,14 2,79 1,70 4,14 0,20
AGOSTO 20,39 17,14 5,13 1,81 0,28
SEPTIEMBRE 51,80 35,16 5,73 2,27 9,24 0,19
OCTUBRE 15,00 19,93 5,79 0,85 4,76 0,22
NOVIEMBRE 6,08 27,22 6,08 1,61 12,93 0,48
DICIEMBRE 21,14 16,35 1,78
2012
ENERO 21,72 12,61 1,5 6,91 0
FEBRERO 17,13 3,46 13,38 3,21 19,16 1,35
MARZO 25,08 19,32 0,38 0 0 0
ABRIL 38,14 18,82 2,22 3,62 35,9 0,62
MAYO 45,08 13,39 5,3 3,16 32,97 1,01
JUNIO 46,83 17,69 8,83 3,67 14,06 1,25
JULIO 52,77 6,19 8,71 3,17 7,59 1,44
AGOSTO 62,61 0,24 4,13 0
SEPTIEMBRE 60,32 11,67 0,94 16,79 1,18
OCTUBRE 45,88 6,43 1,03 17 1,28
NOVIEMBRE 54,95 12,14 5,38 33,34 0
DICIEMBRE 32,21 1,78 7,49 58,55 0
2013
ENERO 1,58 1,72 0,44
FEBRERO 1,58 1,72 0,85
MARZO 3,44 21,4 1,55
ABRIL 1,58 8,83 1,2
MAYO 2,74 12,52 1,72
JUNIO 2,03 37,67 0,7
JULIO 2,08 1,72 1,3
AGOSTO 5,91 12,24 1,63
SEPTIEMBRE 4,18 10,71 2,77
OCTUBRE 2,77 20,15 0,71
NOVIEMBRE 5,86 31,55 1,75
DICIEMBRE 1,58 18,12 6,32
Fuente: Secretaría de Ambiente del Distrito Metropolitano de Quito
Elaborado por: Equipo consultor (Agosto, 2015)
5.1.4. FACTOR AGUA
5.1.4.1. HIDROLOGÍA
El área de Quito Metropolitano está localizada en la subcuenta hidrológica del Guayllabamba, una
extensa red interandina de drenaje limitada por las cordilleras paralelas de los Andes al Este y Oeste,
y por cadenas volcánicas transversales al Norte y Sur. Dentro de esta cuenca, y específicamente
dentro del Distrito Metropolitano de Quito, fluyen algunos importantes ríos: Guayllabamba,
Machángara, Monjas, Pita y San Pedro.
Página 75 de 161
La ciudad de Quito, se encuentra ubicada en una estrecha grada lateral del callejón interandino
entre las cotas 2.750 y 2.900 m.s.n.m. Un 25% de abastecimiento total de agua potable a la ciudad
(800 l/s) procede de las aguas subterráneas explotadas en los acuíferos ubicados en el área urbana.
En el acuífero de Quito, se diferencian dos sistemas de recarga:
1. En la parte Norte, donde la circulación es de tipo hipodérmico a través del flanco oriental del
Pichincha y la recarga natural hacia el acuífero se efectúa por infiltración directa de las
precipitaciones y de la escorrentía proveniente del volcán Pichincha;
2. En la parte Sur en donde la infiltración es más efectiva en las partes altas y la circulación, más
profunda, es de tipo regional. El acuífero Sur, está constituido por la parte superior de la cuenca
hidrográfica del río Machángara, que abandona la cuenca por un valle estrecho y profundo. A lo
largo de éste, no se observa ninguna zona de rezumamiento o de emergencia, lo que confirma la
impermeabilidad de la zona oriental al nivel Panecillo-Loma-Puengasí. Hay que recalcar que los
abundantes manantiales observados en el valle del Machángara (más de 100 l/s en El Sena y en
Guápulo) provienen de coladas ande siticas muy fracturadas que desempeñan el papel de drenajes
privilegiados.
Acuífero Centro Norte:
En el subsuelo de Quito se encuentra un acuífero con 2 yacimientos (Sur y Centro Norte). Desde
1991, cuando comenzó el Proyecto Papallacta, se detuvo la explotación del segundo yacimiento, lo
que generó mayor almacenamiento de aguas subterráneas. Así, se volvió imprescindible utilizar esta
agua para bajar el nivel freático e impedir que éste cause daños en las estructuras soterradas de
las edificaciones.
La recarga se produce en las laderas del Pichincha y el área tiene un caudal de recarga de 460 l/s.
La hidrogeología describe a este acuífero como multicapa, el cual consta de 2 niveles relacionados
entre sí, con una profundidad media del nivel piezométrico que varía entre 5 a 17 m entre los parques
El Ejido y La Carolina y hasta 43 m en el sector del Aeropuerto Mariscal Antonio José de Sucre.
Las reservas de explotación acumuladas desde 1991, sumadas a los aportes que llegan a la zona
de almacenamiento, se estiman en 765 l/s, los mismos que pueden ser explotados a lo largo de 25
años. En lo referente a la calidad de las aguas subterráneas, el agua presenta mineralización inferior
a 0,5 g/l. Se trata, principalmente, de aguas bicarbonatadas-magnésicas, aguas blandas y potables
luego de someterse a cierto tratamiento.
Los riesgos de contaminación se presentan en los estratos superiores, a poca profundidad, en un
rango de 20 a 30 m; sin embargo, la zona de alimentación del acuífero, es decir, las laderas del
Pichincha (2.800 – 3.800 msnm) tiene gran vulnerabilidad ante los vertidos de cualquier sustancia
contaminante, ya que las áreas más profundas podrían llegar a contaminarse por infiltración.
Asimismo, la urbanización de este sector representa una amenaza para el mantenimiento del
acuífero que, debido a este proceso, reducirá sus reservas y caudales.
5.2. COMPONENTE BIÓTICO
Para la caracterización del medio biótico se ha determinado el grado de intervención antrópico al
que ha sido sometido el área de influencia del proyecto, de tal manera que este parámetro determina
si es o no necesario realizar estudio del ambiente biótico.
En función de esto, se realizó el análisis del Informe de Compatibilidad de Uso del Suelo (Anexo 2
Documentos habilitantes y otros.) y del Certificado de Intersección.
Página 76 de 161
De acuerdo al Informe de Compatibilidad de Uso del Suelo, la empresa se asienta en una zona uso
de suelo múltiple y adicionalmente no interseca con el Sistema Nacional de Áreas Protegidas,
Bosques Protectores y Patrimonio Forestal del Estado, de acuerdo con el informe respectivo, que
se adjunta. Anexo 2.
Dentro del ámbito de estudio, no destaca ninguna especie de flora y fauna por su interés ecológico.
Cabe destacar que la mayoría de especies presentes son de ámbito son características de entornos
urbanos o muy urbanizados.
5.2.1. HÁBITATS Y ECOSISTEMAS
Las actividades de la empresa se realizan en su totalidad en el ámbito urbano de la ciudad de Quito,
altamente intervenido y que experimenta una fuerte presión urbanística por el crecimiento y
expansión de la población causando detrimento de la flora y fauna del sector.
5.3. COMPONENTE SOCIAL
Metodología y técnica de levantamiento de información primaria y secundaria para el
componente social
El objetivo del componente social en el Estudio de Impacto Ambiental es conocer cuáles son las
condiciones de las personas y comunidades previo a cualquier tipo de intervención en el área y
cómo afectaría la actividad de operación del proyecto a la calidad de vida de la población.
Revisión de documentación de fuentes oficiales como: el INEC (censo, 2010), Sistema Integrado de
Indicadores Sociales del Ecuador (SIISE), Mapa de Servicios Sociales Integrados del DMQ-
parroquia Jipijapa y datos de la Secretaría de Territorio, Hábitat y Vivienda.
El levantamiento de la línea base, que permitió la caracterización económica, social y cultural de la
población del área de influencia del proyecto, consideró dos procedimientos metodológicos:
investigación bibliográfica e investigación de campo.
Para la investigación bibliográfica se consideró una serie de documentos que posean información
sobre el área de influencia, para lo cual se recurrió a fuentes como:
- Páginas de internet como: http://sthv.quito.gob.ec/; http://www.siise.gob.ec/;
http://www.institutodelaciudad.com.ec/
- libros, revistas, publicaciones como: Mapa de Servicios Sociales Integrados del DMQ
parroquia Jipijapa, Atlas Ambiental, Directorio Servicios Públicos de Salud DMQ.
- Software (SIISE versión 4.5)
- Información oficial del INEC (censo, 2010)
De esta manera se recopilo información provincial, cantonal, parroquial, barrial, referente al área en
estudio.
La investigación de campo se efectuó utilizando la metodología denominada Diagnóstico
Participativo Rápido (DPR), la misma que consiste en la aplicación de tres técnicas investigativas
básicas: Cuestionarios comunitarios a hogares, Entrevistas a informantes claves y Observación
directa. Con los resultados obtenidos de los cuestionarios se determinó los niveles de percepción
de la comunidad al proyecto.
Página 77 de 161
5.3.1. SUPERFICIE
La ciudad de Quito se encuentra divida en 8 administraciones zonales con el fin de administrar más
eficientemente su desarrollo. MEMORIAL NECROPOLI está ubicado en la parroquia Jipijapa, en el
barrio El Inca, el mismo tiene un área de terreno 25963.00 m2, área de construcción de 4603.22 m2
y frente de 222,02 m.
La parroquia Jipijapa tiene una superficie total de 622,4 ha. de las cuales 503,8 ha. se encuentran
en el área urbana, siendo la tercera parroquia más pequeña de la Administración
Zonal Eugenio Espejo. Según el ICUS MEMORIAL NECROPOLI se ubica en el barrio El Inca tiene
una superficie total de 33,52 ha.
5.3.2. POBLACIÓN
Según INEC (2010) la parroquia Jipijapa tiene 35.475 habitantes, la composición de género
está distribuida por 16.484 hombres lo que corresponde al 46,5% de la población y 18.991
mujeres que corresponde al 53,5% de la población. En el período del 2001 al año 2010 la tasa
de crecimiento demográfico ha crecido en un 0,1% y una densidad poblacional global de 57
hab./ha.
Según el INEC (2010) el barrio El Inca tiene 5.470 habitantes, la composición de genero está
distribuida por 2.394 hombres lo que corresponde al 43,8% de la población y 3.076 mujeres
que corresponde al 56,3% de la población. En el período del 2001 al año 2010 la tasa de
crecimiento demográfico ha crecido en un 0,1% y una densidad poblacional de 163,2 hab./ha.
A continuación, se presentan los datos de la distribución de la población por edad en la parroquia
Jipijapa y el barrio El Inca de acuerdo con los datos proporcionados por el INEC (2010).
TABLA 31: DISTRIBUCIÓN DE LA POBLACIÓN POR EDAD
GRUPOS POR EDAD
PARROQUIA/ BARRIO
< 5 años Niños (5 -11) Adolescentes
(12-18) Jóvenes (19-35)
Adultos (36-64)
Tercera Edad (>65)
Hombre Mujer Hombre Mujer Hombre Mujer Hombre Mujer Hombre Mujer Hombre Mujer
Jipijapa 1,198 1,109 1.599 1.573 1.687 1.733 5.437 6.104 5.166 6.450 1.397 2.022
El Inca 170 158 212 221 201 224 938 1.150 724 1.032 149 291
Fuente: Secretaría de Territorio, Hábitat y Vivienda Quito
TABLA 32: ESTRATIFICACIÓN SEGÚN EL CENSO 2010
CLASE SOCIAL HABITANTES
QUITO JIPIJAPA INCA
Indigencia 9852 156 24
Pobreza 178016 2820 435
Clase Media Baja 789763 12512 1929
Clase Media Típica 853356 13520 2085
Clase Media Alta 365884 5797 894
Clase Alta 42321 670 103
TOTAL 2 239.191 35.475 5.470
Fuente: INEC: “Encuesta de Estratificación del Nivel Socioeconómico”
Página 78 de 161
Según el INEC (2010) la parroquia Jipijapa tiene una PEA de 24.209 personas distribuidas
por 12.350 hombres lo que corresponde al 51% de la población y 11.859 mujeres que
corresponde al 49% de la población. La tasa de desempleo del sector es del 3,5%, el
porcentaje de empleados públicos es del 15,2%, el porcentaje de empleados privados es del
54,6%, existe un 2,9% de empleados domésticos y un 12,1% de trabajadores independientes.
Según el INEC (2010) el barrio El Inca tiene una PEA de 3.800 personas, la composición de
género está distribuida por 1.780 hombres lo que corresponde al 46,8% de la población y
2.020 mujeres que corresponde al 53,2% de la población. La tasa de desempleo del barrio es
del 4,2%, el porcentaje de empleados públicos es del 18,6%, el porcentaje de empleados
privados es del 57,4%, existe un 0,8% de empleados domésticos y un 9% de trabajadores
independientes.
Según el INEC (2010) La distribución laboral de las personas por sectores económicos en la
parroquia Jipijapa está distribuida en 505 personas dedicadas al sector primario (agricultura)
que corresponde al 2,8%, 2.738 personas al sector secundario (Industrial) que corresponde
al 15% y 14.969 personas al sector terciario (Comercio y Servicios) que corresponde al 82,2%.
Según el INEC (2010) la distribución laboral de las personas por sectores económicos en el barrio
El Inca está distribuida en 62 personas dedicadas al sector primario (agricultura) que corresponde
al 2,2%, 276 personas al sector secundario (Industrial) que corresponde al 9,7% y 2.509 personas
al sector terciario (Comercio y Servicios) que corresponde al 88,1%.
Sobre la Av. Río Coca, al lado sur este del área del proyecto, se localizan varios comercios de venta de flores y hacia la Eloy Alfaro Banco Pichincha, Supermaxi, Edificio administrativo Pronaca.
5.3.5. ACCESO A SERVICIOS BÁSICOS
En las tablas 33 y 34, se presenta los servicios básicos disponibles en la parroquia Jipijapa y en el
barrio El Inca.
TABLA 33. SERVICIOS BÁSICOS EN LA PARROQUIA JIPIJAPA
SERVICIO %
Agua potable-Red publica 99,3
Alcantarillado-Red publica 99,2
Eliminación de basura-carro recolector 99,6
Disponibilidad de energía eléctrica 99,9
Disponibilidad de Servicio Telefónico 79,9
Vía adoquinada, pavimentada o de concreto 95,4
Fuente Secretaría de Territorio Hábitat y Vivienda Quito
Elaborado por: Equipo consultor (Agosto, 2015)
7 Secretaria de Territorio, Hábitat y Vivienda.
Página 79 de 161
TABLA 34. SERVICIOS BÁSICOS EN EL BARRIO EL INCA
SERVICIO %
Agua potable-Red publica 99,7
Alcantarillado-Red publica 99,7
Eliminación de basura-carro recolector 99,2
Disponibilidad de energía eléctrica 100
Disponibilidad de Servicio Telefónico 93,3
Vía adoquinada, pavimentada o de concreto 95,7
Fuente Secretaría de Territorio Hábitat y Vivienda Quito
Elaborado por: Equipo consultor (agosto, 2015)
5.3.6. INFRAESTRUCTURA FÍSICA
- EQUIPAMIENTO
Dentro del área de implantación a nivel de inclusión social se encuentran en funcionamiento
un centro infantil del Buen Vivir. A nivel deportivo, la parroquia cuenta con diez espacios
deportivos. 8
TABLA 35: PRINCIPALES ESPACIOS DEPORTIVOS
ESPACIO DEPORTIVO DIRECCIÓN
LIGA DEPORTIVA JIPIJAPA Pablo Claudel y Alfonso de la
Martine
PARQUE PEDRO JORGE VERA Isla Isabela e Isla San Cristóbal
CANCHAS DE JIPIJAPA Louvre e Isla Pinzón
UNIÓN DEPORTIVA Y CULTURAL ELOY ALFARO
Eloy Alfaro y Palmeras
CDP CESAR ALFONSO POLI Río Coca e isla Santa Fe
PARQUE POLICÍA NACIONAL Guapi e Isla San Cristóbal
Fuente: Mapa de Servicios Sociales Integrados del DMQ-Parroquia Jipijapa
Elaborado por: Equipo consultor (Octubre, 2016)
- SALUD
A nivel de salud se ubican en el barrio las siguientes unidades médicas: Dispensario El Batán,
Fundación Hermano Miguel, Fundación Nueva Vida.9
- EDUCACIÓN
En lo que se refiere a índices educativos la parroquia cuenta con una tasa de analfabetismo
del 1% que corresponde a las personas que no sabe leer ni escribir mayor a 15 años.10 En
cuanto a la atención educativa en el sector se encuentran 33 unidades educativas.
8 Mapa de Servicios Sociales Integrados del DMQ-parroquia Jipijapa 9 Directorio Servicios Públicos de Salud Distrito Metropolitano de Quito. 10 Instituto de la Cuidad de Quito
Página 80 de 161
TABLA 36: PARÁMETROS DE EDUCACIÓN
Fuente Instituto de la Cuidad de Quito
Elaborado por: Equipo consultor (Octubre, 2016)
TABLA 37: PRINCIPALES UNIDADES EDUCATIVAS
UNIDAD EDUCATIVA DIRECCIÓN
El Huero Joel Polanco y Av. Eloy Alfaro
ECUATORIOANO ESPAÑOL AMERICA LATINA
Delos Rosales y De los Tulipanes
EL ATENEO Isla Seymour y Av. Río Coca
Henri BECQUEREL Delos Tulipanes y De los Rosales
NUSETAR SEÑORA DEL ROSARIO
Los Laureles y Gardenias
ABRAHAN LINCOLN De los Viñedos y Miguel Gaviria
JOSÓN MILLER Las Gardenias y los Rosales
Fuente: Mapa de Servicios Sociales Integrados del DMQ-parroquia Jipijapa
Elaborado por: Equipo consultor (mayo, 2016)
- VIVIENDA A continuación, se presentan los datos de vivienda en la parroquia Jipijapa y el barrio El Inca de
acuerdo a los datos proporcionados por el INEC (2010).
TABLA 38: VIVIENDA
PARROQUIA/ BARRIO
TOTAL, VIVIENDAS
OCUPADAS CON PERSONAS PRESENTES
CON PERSONAS AUSENTES
DESOCUPADAS
EN CONSTRUCCI
ON VIVIENDA OCUPANTES
Jipijapa 14.828 11.890 35.527 1.606 1.122 203
El Inca 2.763 2.120 5.470 483 155 5
Fuente: Secretaría de Territorio, Hábitat y Vivienda (2016)
PARÁMETRO PORCENTAJE (%)
Tasa de Analfabetismo (10+) 0,9
Tasa de Analfabetismo (15+) 1
Tasa Neta de Asistencia Escolar (5 -14 años)
98,31
Tasa Neta de Asistencia Escolar (15 -17 años)
90,65
Tasa Neta de Asistencia a la Educación Superior (18 -30 años)
45,56
Cobertura del Sistema de Educación Pública
27,25
Cobertura del Sistema de Educación Privada
72,75
Educación Superior con Titulo 35,60
Tasa de Analfabetismo Digital 8,49
Página 81 de 161
TABLA 39: TIPOS DE VIVIENDA
TENDENCIA DE VIVIENDA POCENTAJE (%)
Casa/Villa 41,74%
Departamento en casa o edificio
47,41%
Cuarto(s) en casa de inquilinato
8,21%
Mediagua 2,03%
Rancho 0,01%
Covacha 0,08%
Choza 0,02%
Otra vivienda particular 0,49%
Fuente Instituto de la Cuidad de Quito
5.3.7. EMPLEO
Puede verse beneficiado por la creación de puestos de trabajo en el sector de la construcción durante la fase de obras y en la fase de funcionamiento al crear puestos de trabajo (conducción, seguridad, mantenimiento, etc.).
5.3.8. ALIMENTACIÓN Y NUTRICIÓN
“La alimentación y nutrición se caracterizan por un suministro de energía alimentaria que satisface
los requerimientos de la población. Los principales productos de alimentación son el maíz, las papas,
el frejol, la calabaza, las habichuelas.”11
5.3.9. TURISMO
Es un lugar de clase media, sus vías principales son Av. El Inca, Av. Eloy Alfaro, Av. de las Palmeras
y la Avenida 6 de Diciembre. Aquí se encuentra la estación de la Ecovía Río Coca, el Centro
Comercial Eloy Alfaro, el canal de televisión Gama TV, el cementerio del Batán, Plaza de Toros
Quito, Parque Metropolitano Guanguiltagua entre otros lugares. Su principal ocupación comercial
son los restaurantes especializados, tanto de comida nacional como internacional (especialmente
latinoamericana) a costos moderados y en locales de buen ambiente. También existen comercios
minoristas, peluquería y farmacias; aunque podría decirse que la parroquia es mayoritariamente
residencial de clases media y media-alta.
Es importante nombrar los principales establecimientos que se encuentran alrededor de la empresa
ya que ello ayudará a definir las actividades en general, de la zona de influencia directa. A
continuación, se indica una lista de algunos establecimientos que fueron objeto de observación en
la visita de campo:
- Sala de Velaciones Renacer
- Autos GD
- Auto Mall
- Restaurante Otavaleño
- Sociedad Funeraria Nacional El Batán
- Gallardo Tire Center
- Estación Microregional Rio Coca
11 Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura
Página 82 de 161
5.3.11. RECURSO ARQUEOLÓGICO
El documento revisado en el Instituto Nacional de Patrimonio Cultural que nos permitieron asegurar que el área en la cual se encuentra implantada la empresa la empresa no cuenta con Recursos Arqueológicos es el siguiente: Informe del “Diagnóstico Arqueológico Metro de Quito”, cantón Quito provincia de Pichincha, elaborado por la Dra. María Aguilera para el Instituto Nacional de Patrimonio Cultural (Resolución N° 024-2011)” 12
No se presenta el Informe del INPC, debido a que según el Art. II380.29.- Elaboración y contenidos
del Estudio de Impacto Ambiental Expost. - En el párrafo 5 se menciona que no se requerirá informe
del Instituto Nacional de Patrimonio Cultural.
5.3.12. REDES VIALES Y DE TRANSPORTE
El sector está servido por la Av. Eloy Alfaro con alto grado de transporte liviano y en menor número
de transporte pesado y tiene conexión directa con la vía Panamericana. El alto volumen vehicular
diario que circula por esta vía requiere de nuevas vías alternas. Esta vía además sirve de conexión
con las parroquias vecinas de Carcelén, Comité del Pueblo y otras zonas. Esta vía se encuentra en
buenas condiciones, su capa de rodadura es asfaltada. El sector cuenta con un sistema de
transporte público que es: Ecovía.12
5.4. RESULTADOS DE LA ENCUESTAS DE PERCEPCIÓN 13
ASPECTOS GENERALES
¿Existe en el barrio comités pro mejoras, de seguridad u otras organizaciones sociales?
Respuesta Cantidad %
100% de los encuestados desconoce la existencia de comités pro mejoras, de seguridad u otras organizaciones
sociales
NO 13 100
TOTAL 13 100
Nota: La UPC Río Coca nos proporciona el nombre del presidente de comité de pro mejoras del
sector El Inca.
PERCEPCIÓN SOCIAL
¿Sabe usted que Memorial Necrópoli, desempeña actividades en el sector?
Respuesta Cantidad % 85% de los encuestados sabe que Memorial
Necrópoli desempeña actividades en el sector. El 15% restante no sabe que
Memorial Necrópoli desempeña actividades en el sector.
SI 11 84,6 NO 2 15,4
TOTAL 13 100
12 Informe de Investigación Arqueológico Metro de Quito 13 Visita de campo
Página 83 de 161
RESULTADOS DE ENCUESTA DE PERCEPCIÓN SOCIAL
Elaborado por: Equipo consultor (Marzo, 2016)
¿Conoce usted las actividades que realiza Memorial Necrópoli?
Respuesta Cantidad % 85% de los encuestados sabe que actividades desempeña Memorial Necrópoli.
El 15% restante no sabe qué actividades desempeña Memorial Necrópoli.
SI 11 84,6 NO 2 15,4
TOTAL 13 100
RESULTADOS DE ENCUESTA DE PERCEPCIÓN SOCIAL
Elaborado por: Equipo consultor (Marzo, 2016)
¿Cómo es su relación con Memorial Necrópoli?
Respuesta Cantidad % 100% de los encuestados tienen una relación indiferente con
Memorial Necrópoli. INDIFERENTE 13 100
TOTAL 13 100
85%
15%
SI NO
85%
15%
SI NO
Página 84 de 161
RESULTADOS DE ENCUESTA DE PERCEPCIÓN SOCIAL
Elaborado por: Equipo consultor (Marzo, 2016)
ASPECTOS AMBIENTALES
¿Cree usted que las actividades de Memorial Necrópoli han generado alguna molestia en el
sector?
Respuesta Cantidad % 85% de los encuestados han
identificado molestia causadas por las actividades de Memoria Necrópoli. El
15% restante no han identificado molestia causadas por las actividades
de Memoria Necrópoli.
SI 11 84,6
NO 2 15,4
TOTAL 13 100
RESULTADOS DE ENCUESTA DE ASPECTO AMBIENTAL
Elaborado por: Equipo consultor (Marzo, 2016)
Molestias N° Respuesta
Presencia de malos olores 11
Caída de Ceniza 2
100%
INDIFERENTE
85%
15%
SI NO
Página 85 de 161
¿La presencia de Memorial Necrópoli ha generado algún tipo de beneficio en la zona?
Respuesta Cantidad % 23% de los encuestados han
identificado beneficios debido a la presencia de Memorial Necrópoli. El
77% restante no han identificado beneficios debido a la presencia de
Memorial Necrópoli.
SI 3 23,1 NO 10 76,9
TOTAL 13 100
RESULTADOS DE ENCUESTA DE ASPECTO AMBIENTAL
Elaborado por: Equipo consultor (Marzo, 2016)
¿De ser positiva su respuesta, podría usted definir qué tipo de beneficio?
Beneficio N° Respuesta
Comercio 3
Las informantes claves son: presidente del Comité Promejoras El Inca y Presidenta de la Asociación
de Flores Rio Coca.
TABLA 40. LISTADO DE LAS PERSONAS ENCUESTADAS
No. FECHA NOMBRE DIRECCIÓN CARGO BARRIO
1 05/09/2015 Sr. Cesar Carrera
Av. Eloy Alfaro N41-23 y Av. Rio Coca
Presidente del Comité Promejoras
El Inca
2 05/09/2015 Sra. Rosa de la
Cruz Av. Rio Coca y Av. Eloy
Alfaro, Local 1
Presidenta de la Asociación de Flores Rio
Coca El Inca
3 05/09/2015 Sra. Roció
Cóndor Av. Rio Coca y Av. Eloy
Alfaro, Local 2 Moradora El Inca
4 05/09/2015 Sr. Francisco
Almeida Av. Rio Coca y Av. Eloy
Alfaro Morador El Inca
5 05/09/2015 Sra. Verónica
Achig Av. Rio Coca y Av. Eloy
Alfaro, Local 3 Moradora El Inca
6 05/09/2015 Sr. David Garzón
Calle Joel Polanco E14-193 y Av. Eloy Alfaro
Morador El Inca
7 05/09/2015 Sr. Roberto
Tipán Av. Rio Coca E14-10 y Av.
Eloy Alfaro Morador El Inca
8 05/09/2015 Sr. Santiago
Espinosa Av. Rio Coca y Av. Eloy
Alfaro Morador El Inca
9 05/09/2015 Sr. Adrián Loor Av. Rio Coca y Calle Los
Laureles Morador El Inca
23%
77%
SI NO
Página 86 de 161
10 05/09/2015 Sr. Silvio Moreno
Av. Rio Coca y Calle Los Laureles
Morador El Inca
11 05/09/2015 Sr. Juan
Peñaherrera Av. Rio Coca y Calle Los
Laureles
Fiscalizador del patios de Retención Vehicular
Rio Coca El Inca
12 05/09/2015 Sr. Santiago
Carrera Av. Rio Coca y Av. Eloy
Alfaro Morador El Inca
13 05/09/2015 Sra. Maribel
Jiménez Av. Rio Coca N14-90 y Av.
Eloy Alfaro Morador El Inca
Elaborado por: Equipo consultor (Octubre, 2016)
REGISTRO FOTOFRAFICO DE LAS PERSONAS ENCUESTADAS
FOTO 1: PRESIDENTA DE LA ASOCIACIÓN DE FLORES RIO COCA
FOTO 2: ASESOR DE ADQUISICIONES DE AUTO MALL
FOTO 3: ASESOR DE VENTAS DE AUTOS GD FOTO 4: GUARDIA DEL PATIOS DE RETENCION
VEHICULAR RIO COCA
Elaborado por: Equipo consultor (Octubre, 2016)
Página 87 de 161
5.5. MONITOREO AMBIENTAL
La empresa ha establecido programas de monitoreo ambiental trimestral de acuerdo a las
exigencias estipuladas en la Ordenanza 213 para emisiones al aire de horno crematorio y emisiones
de ruido, mediante la contratación de laboratorios ambientales acreditados ante el Organismo de
Acreditación Ecuatoriano.
A continuación, se muestra los resultados de monitoreo realizados en los últimos dos años y el
análisis de su cumplimiento con los límites máximos permisibles de las normas técnicas vigentes
para gases y ruido.
5.5.1. DESCARGAS LÍQUIDAS NO DOMÉSTICAS
La empresa generará descargas líquidas no domésticas provenientes del baño y desinfección de
los cadáveres, lavado de equipos y desinfección de áreas, todas estas serán conducidas al sistema
de alcantarillado previo a una desinfección con hipoclorito de sodio y determinado su cumplimiento
con los límites máximos permisibles de la resolución 002-SA-2014, los parámetros que deberían ser
monitoreados considerando que solamente se usa para la limpieza y desinfección jabón yodado,
amonio cuaternario e hipoclorito de sodio son enunciados en la tabla a continuación:
TABLA 41: PARÁMETROS A MONITOREAR EN AGUAS RESIDUALES DE
TANATOESTÉTICA
Para el monitoreo Memorial Necrópoli deberá contratar los servicios de un laboratorio acreditado en
parámetros de análisis de aguas residuales. En caso de determinar que exista incumplimiento de
los Límites Máximos Permisibles la empresa debe tomar medidas correctivas.
Las facilidades que se instalarán para el monitoreo de las descargas liquidas residuales en el caso
de implementar la sala de tanatoestética serán: 6.2. Para el monitoreo de efluentes líquidos
industriales se requiere que se suministren las facilidades técnicas para la toma de muestra y la
medición del caudal, dependiendo del tipo de descarga.
Para descargas discontinuas, se deberá recolectar en un tanque de almacenamiento y
reportar el valor de volumen alcanzado y la frecuencia de vaciado, dicha información deberá ser
recogida en la bitácora.
Para descargas continuas, el regulado obligatoriamente deberá implementar algún mecanismo de
medición del caudal, sean estos metrológicos o a su vez la utilización de vertederos.
El regulado elegirá el tipo de vertedero conveniente para su instalación en función de las
características del flujo descargado.
Página 88 de 161
5.5.2. EMISIONES AL AIRE DE FUENTES FIJAS
La empresa posee un horno crematorio que funciona a GLP y un generador de emergencia a diésel
de las siguientes características:
TABLA 42: FUENTES FIJAS DE COMBUSTIÓN
CÓDIGO FUENTE MARCA POTENCIA COMBUSTIBLE
01 Horno Hyper Jet Pak 748.61 HP GLP
02 Generador Stanford 153 BHP Diésel
Fuente: Memorial (2015)
Se presenta a continuación los resultados promedio de automonitoreo realizado al horno crematorio,
los resultados han sido comparados con la Tabla 02 Límites máximos Permisibles de emisiones al
aire de fuentes fijas de combustión de norma técnica de emisiones a la atmósfera de fuentes fijas
de la Resolución 0002-SA-2014.
TABLA 43: RESULTADOS DE ANÁLISIS DE GASES DEL HORNO
Fuente: Memorial
PROMEDIO AÑO
2014
PROMEDIO AÑO
2015
HORNO
CREMATORIO
(Hyper Jet Pak)
HORNO
CREMATORIO
(Hyper Jet Pak)
Coordenadas Coordenadas
X: 781696 X: 781696
Y:9981869 Y:9981869
Monóxido de carbono 87 mg/Nm3 69,0 79,0
Óxidos de nitrógeno 610 mg/Nm3 162,0 130,0
Material particulado 50 mg/Nm3 37,0 40,0
PROMEDIO AÑO
2016
PROMEDIO AÑO
2017HORNO
CREMATORIO
HORNO
CREMATORIO
Coordenadas Coordenadas
X: 781696 X: 781696
Y:9981869 Y:9981869
Monóxido de carbono 87 mg/Nm3
101 52
Óxidos de nitrógeno 610 mg/Nm3
191 319
Material Particulado 55 mg/Nm3
45 46
Dioxido de azufre 109 mg/Nm4
72 43
LMP
Resolución
NO.SA-DGCA-
NT001-2016
OM138 Tabla 6
DEMAPA
NORMATIVA PARAMETRO LMP UNIDAD LABORATORIO
LABIOTEC
OM 404
LMP Resolución
N° 0002-SA-2014
NORMATIVA PARAMETRO LMP UNIDAD LABORATORIO
Página 89 de 161
GRÁFICA 12: PROMEDIOS MULTIANUALES DE LOS RESULTADOS DE MONITOREO DE
EMISIONES DE GASES
Elaborado por: Equipo consultor (Octubre, 2016)
De acuerdo a los resultados presentados en las tablas 27 hasta la 12, los mismos que han sido
extraídos de los informes de resultados realizados por un laboratorio acreditado se observa que el
gas cumple con los Límites Máximos Permisibles de las Norma Técnicas para emisiones de gases
de fuentes fijas de la Resolución 0002-SA-2014. En caso de no cumplir con los LMP la empresa
deberá tomar medidas correctivas con el objetivo de cumplir con la normativa. La empresa debe
mantener automonitoreo semestrales de su horno crematorio para verificar que la fuente se
encuentra trabajando en óptimas condiciones. Los informes de análisis se encuentran en los medios
de verificación del Anexo 4.
Además de la caracterización de gases de combustión Memorial ha realizado caracterizaciones de
metales, HCL y material particulado a pesar de no ser un incinerador de desechos peligrosos ya que
el poder calórico se obtiene del GLP y no de los cuerpos cremados, la comparación de los resultados
se la realiza con los Límites Máximos Permisibles estipulados en la tabla 02 Límites Máximos
Permisibles para emisiones gaseosas de incineradores, esto se realiza en caso eventual que exista
cuerpos que ingresen al horno sin el retiro de prótesis, sin embargo cabe señalar que Memorial
realiza un control minucioso de éstas antes del ingreso a la fuente fija ya al incinerar el cuerpo con
éstos objetos dañaría el ladrillo refractario del horno, ocasionando altos costos de reparación.
TABLA 44: RESULTADOS DE METALES DE EMISIONES DE HORNO CREMATORIO
PARÁMETRO
VALORES PROMEDIO AÑO 2014
(mg/m3)
VALORES PROMEDIO AÑO 2015
(mg/m3)
LÍMITE MÁXIMO PERMISIBLE
Resolución No. 0002-SA-2014
Tabla 2
CUMPLIMIENTO
Arsénico <0,0500 <0,0500
2 Cumple Selenio <0,100 <0,100
Cobalto <2 <2
Níquel <2 <2
Cadmio <0,1 <0,1 0,1 Cumple
Plomo <3 <3
3 Cumple
Antimonio <3 <3
Cromo <3 <3
Cobre <1 <1
Vanadio <0,2000 <0,2000
Cinc <1 <1
Estaño <0,0500 <0,0500
Manganeso <3 <3
Fuente: Memorial (2015)
0
100
200
300
400
500
600
700
Monóxido decarbono (mg/Nm3)
Óxidos de nitrógeno(mg/Nm3)
Material Particulado(mg/Nm3)
PROMEDIO 2014
PROMEDIO 2015
LMP Resolucion N° 002-SA-2014
PROMEDIO 2016
Página 90 de 161
GRÁFICA 13: PROMEDIOS MULTIANUALES DE LOS RESULTADOS DE MONITOREO DE
METALES
Elaborado por: Equipo consultor (Octubre, 2016)
GRÁFICA 14: PROMEDIOS MULTIANUALES DE LOS RESULTADOS DE MONITOREO DE
METALES
Elaborado por: Equipo consultor (Octubre, 2016)
0,0
0,5
1,0
1,5
2,0
2,5
Arsenico (mg/m3) Selenio (mg/m3) Cobalto (mg/m3) Níquel (mg/m3)
PROMEDIO 2014
PROMEDIO 2015
LMP ResolucionN° 002-SA-2014
0,0
0,5
1,0
1,5
2,0
2,5
3,0
3,5
Cadmio (mg/m3) Plomo (mg/m3) Antimonio(mg/m3)
Cromo (mg/m3)
PROMEDIO 2014
PROMEDIO 2015
LMP Resolucion N°002-SA-2014
Página 91 de 161
GRÁFICA 15: PROMEDIOS MULTIANUALES DE LOS RESULTADOS DE MONITOREO DE
METALES
Elaborado por: Equipo consultor (Octubre, 2016)
TABLA 45: RESULTADOS DE HCL DE EMISIONES DE HORNO CREMATORIO
PARÁMETRO
UNIDADES
VALORES PROMEDI
O AÑO 2014
VALORES PROMEDI
O AÑO 2015
LMP Resolución
0002-SA-2014 Tabla 2
CUMPLIMIENTO
HCl (1) mg/Nm3 <10 <10 55 Cumple
(1) Expresado como acidez de la muestra, obtenido del burbujeo del gas a en agua.
Fuente: Memorial (2015)
GRÁFICA 16: PROMEDIOS MULTIANUALES DE LOS RESULTADOS DE MONITOREO DE
HCL
Elaborado por: Equipo consultor (Octubre, 2016)
Para el análisis posterior de emisiones al aire y considerando que se usa GLP como combustible,
los parámetros a analizar y los Límites Máximos Permisibles con los que se compararán con los
parámetros de la tabla 46. Cuando exista laboratorios acreditados deberá analizarse, además:
Benzopireno y Dibenzo antraceno.
0,0
0,5
1,0
1,5
2,0
2,5
3,0
3,5
Cobre (mg/m3) Vanadio(mg/m3)
Cinc (mg/m3) Estaño (mg/m3) Manganeso(mg/m3)
PROMEDIO 2014
PROMEDIO 2015
LMP ResolucionN° 002-SA-2014
0
10
20
30
40
50
60
HCl(mg/Nm3)
PROMEDIO 2014
PROMEDIO 2015
LMP Resolucion N°002-SA-2014
Página 92 de 161
TABLA 46: PARÁMETROS ANALIZAR EN EMISIONES DEL HORNO CREMATORIO
RESIQUITOS ESTABLECIDOS EN AL NORMATIVA
DE LOS ACCESOS Cumple No
Cumple
Deben encontrarse libres de obstáculos para permitir el ingreso y evacuación en cualquier momento. x
DE LAS PLATAFORMAS
Ser de acero, hierro forjado, fundición maleable u otro material equivalente. x
Las plataformas no deben tener planchas sobrepuestas. x
Tener superficies antideslizantes. x
Ser una estructura definitiva, ya que las mediciones se realizan periódicamente y todas las fuentes están sujetas a controles públicos, sin previo aviso.
x
Debe estar dotada de anclajes para amarrar el mosquetón del arnés de seguridad. x
Debe tener un sistema de drenaje que impida la acumulación de aceite, agua, etc. x
DE LAS ESCALERAS
Estar fabricadas de acero, hierro forjado, fundición maleable u otro material equivalente. x
Estar pintadas o haber sido tratadas para resistir la corrosión cuando su ubicación así lo requiera. x
Las estructuras de soporte deben brindar una sujeción sólida y permanente, estar en buen estado, sin presentar partes oxidadas o corroídas, libres de grasa, barro o algún elemento resbaladizo
x
Los dos escalones inferiores deberán estar pintados de franjas de color negro y amarillo. x
Deberán tener una señal de atención que indique "Prohibida su utilización por personal no autorizado". Además, se podrá complementar esta indicación con cualquier otra que se considere necesaria para que la
escalera se utilice con las máximas medidas de seguridad (por ejemplo "Utilización de arnés obligatorio, utilización de casco obligatorio, etc.").
x
La distancia entre el frente de los escalones y la pared opuesta al lado de descenso será de al menos 75 centímetros.
x
Distancia máxima vertical entre escalones: 30 cm. Esta distancia debe ser uniforme a través de toda la escalera x
Diámetro aproximado de los escalones: 2,5 centímetros. x
Ancho mínimo del escalón: 50 centímetros x
Las escaleras deben permanecer libres de obstáculos. x
BARANDAS
Deben circundar la totalidad de la plataforma, excepto el lugar del acceso, y éste contará con una cadena o barra de seguridad de cierre.
x
CONTAMINANTE UNIDADES Resolución
0002-SA-2014 Tabla 2
LMP Resolución
NO.SA-DGCA-NT001-2016 OM138 Tabla 6
Monóxido de carbono
mg/Nm3 87 87
Material Particulado
mg/Nm3 610 610
Óxidos de nitrógeno
mg/Nm3 50 55
Dioxido de azufre mg/Nm3 - 109
Página 93 de 161
Fabricada de acero, hierro forjado, fundición maleable u otro material equivalente. x
Tener una altura mínima de 0,9 metros, desde la base. x
CHIMENEA
Las condiciones y características de la chimenea deben ser óptimas (resistentes, libres de óxido, etc.)
x
En las fuentes de combustión generadoras de material particulado, la chimenea debe disponer de un riel metálico para el soporte del tren de muestreo,
x
Dos puertos para aquellas chimeneas o conductos de diámetro menor 3m.
x
Se deberá ubicar el puerto de muestreo al menos a una distancia de 0.5 diámetros (0.5 D) de chimenea corriente arriba de perturbación de flujo y a dos diámetros (2 D) de chimenea corriente abajo de perturbación de
flujo. x
5.5.3. RUIDO AMBIENTAL
Se han identificado algunas fuentes de emisión de ruido que son presentadas en la tabla 32 la
empresa mantiene historial de automonitoreos de emisiones de ruido los puntos en los cuales se
realiza la medición se pueden observar en la Imagen 4:
TABLA 47: EQUIPOS QUE PODRÍAN GENERAR RUIDO
Fuente: Memorial (2015)
IMÁGEN 4: UBICACIÓN DE PUNTOS DE MONITOREO DE RUIDO
Elaborado por: Equipo consultor (Octubre, 2016)
El uso de suelo del sector es E Equipamiento, por lo cual los resultados de monitoreo son
comparados con los valores de la siguiente tabla:
MAQUINARIAS HORARIO DE MAYOR OCURRENCIA DE
RUIDO
Generadores de emergencia Solo en caso de cortes de energía eléctrica
Horno Cada que se requiere aprox. 2 por día.
Página 94 de 161
TABLA 48: NIVELES MÁXIMOS PERMISIBLES PARA RUIDO14
TIPO DE ZONA SEGÚN EL USO DE SUELO
NIVEL SONORO CORREGIDO (NPSf) EN dB(A)
De 07h00 a 22h00 De 22h00 a 07h00
Equipamiento (hasta 2015) 45 35
Equipamiento de Servicios Sociales (EQ1)
55 45
Fuente: Memorial (2015)
TABLA 49: UBICACIÓN DE LOS PUNTOS DE MONITOREO DE RUIDO
NÚMERO DE PUNTO
DESCRIPCIÓN DEL PUNTO DE MEDICIÓN COORDENADAS UTM
PUNTO 1 Punto exterior, parte suroeste junto a la entrada principal.
17N 781709E 9981820S
PUNTO 2 Iglesia, punto exterior parte suroeste de horno junto a entrada principal
17N 781780E 9981857S
PUNTO 3 Punto exterior frente a oficina. 17N 781752E 9981898S
PUNTO 4 Punto exterior, frente a edificio y cremador. 17N 781717E 9981851S
Fuente: Memorial (2015)
TABLA 50: RESULTADOS DE MONITOREO DE RUIDO
Fuente: Memorial (2015)
14 Según Resolución No. 002-SA-2014, del Distrito Metropolitano de Quito
X Y
PUNTO 117N
781709E 9981820S Diurno 41,61
DEMAPA
CIA. LTDA.43,00 43,20
PUNTO 217N
781780E 9981857S Diurno 40,91
DEMAPA
CIA. LTDA.42,20 41,70
PUNTO 317N
781752E 9981898S Diurno 42,89
DEMAPA
CIA. LTDA.42,40 41,90
PUNTO 417N
781717E 9981851S Diurno 42,91
DEMAPA
CIA. LTDA.43,60 42,50
X Y
PUNTO 117N
781709E 9981820S Diurno 51,77
DEMAPA
CIA. LTDA.Med. Nula 57,55
PUNTO 217N
781780E 9981857S Diurno 45,23
DEMAPA
CIA. LTDA.46,20 53,20
PUNTO 317N
781752E 9981898S Diurno 46,17
DEMAPA
CIA. LTDA.46,85 56,00
PUNTO 417N
781717E 9981851S Diurno 46,37
DEMAPA
CIA. LTDA.47,35 52,20
Punto exterior, parte suroeste junto a la entrada principal.
55 dB(A)
Iglesia, punto exterior parte suroeste de horno junto a entrada
principal
Punto exterior, frente a oficinia y frente a cementerio.
Punto exterior, frente a edificio y cremador.
Ruido de
fondo dB
Nombre de
LaboratorioLímite (dB)
PROMEDIO
AÑO 2016
PROMEDIO
AÑO 2017
Codigo de
la muestra
Ubicación de puntos de
muestreo - CoordenadasDiurno/
NocturnoDescripción sitio de muestreo
Tipo de Zona
según uso de
suelo
Codigo de
la muestra
Ubicación de puntos de
muestreo - CoordenadasDiurno/
NocturnoDescripción sitio de muestreo
Tipo de Zona
según uso de
suelo
Ruido de
fondo dB
Nombre de
LaboratorioLímite (dB)
PROMEDIO
AÑO 2014
PROMEDIO
AÑO 2015
Punto exterior, parte suroeste junto a la entrada principal.
Iglesia, punto exterior parte suroeste de horno junto a entrada
principal
Punto exterior, frenta a oficinia y frente a cementerio.
Punto exterior, frente a edificio y cremador.
45 dB(A)
Página 95 de 161
GRÁFICA 17. : PROMEDIOS MULTIANUALES DE LOS RESULTADOS DE MONITOREO DE
RUIDO
Elaborado por: Equipo consultor (Octubre, 2016)
De acuerdo con los resultados presentados en la tabla 37 y gráfica 17, los mismos que han sido
extraídos de los informes de resultados realizados por un laboratorio acreditado, se observa que se
tiene valores bajos de emisiones de ruido, adicionalmente no se han identificado fuentes de
emisiones de ruido al exterior del proyecto, por lo cual no es necesario que se continúe con el
automonitoreo de ruido.
5.5.4. GENERACIÓN DE DESECHOS
Durante todas las etapas de operación y mantenimiento se producen residuos sólidos los mismos
que han sido caracterizados, los resultados se pueden observar en la siguiente tabla:
Durante todas las etapas de operación y mantenimiento se producen desechos peligrosos y
reciclables los mismos que han sido caracterizados en las tablas 51 y 52.
Los valores que se presentan en las tablas, han sido generados en base a promedios de años
anteriores, son valores aproximados determinados para establecer una línea base en la generación
de desechos, estos valores pueden variar en función de la demanda de cremación.
0,00
10,00
20,00
30,00
40,00
50,00
60,00
70,00
PROMEDIO2014
PROMEDIO2015
Límite (dB) PROMEDIO2016
PROMEDIO2017
Límite (dB)
MONITOREO DE RUIDO
PUNTO 1 PUNTO 2 PUNTO 3 PUNTO 4
Página 96 de 161
TABLA 51: CARACTERIZACIÓN DE DESECHOS PELIGROSOS SEGÚN LISTADO
NACIONAL15
NOMBRE DE DESECHO CLAVE
DEL DESECHO
GENERACIÓN ANUAL PUNTO DE GENERACIÓN CANTIDAD UNIDAD
Aceites minerales usados o gastados NE-03 16 Kg Mantenimiento
Filtros usados de aceite mineral. NE-32 4 Kg Mantenimiento
Luminarias, focos, fluorescentes que contienen mercurio.
NE-40 9 Kg Mantenimiento
Material adsorbente contaminado con hidrocarburos: waipes, paños, trapos, aserrín,
barreras adsorbentes y otros materiales sólidos adsorbentes.
NE-42 1 Kg Mantenimiento
Cartuchos de impresión de tinta o toners usados.
NE-53 4 Kg Administración
Envases contaminados con materiales peligrosos
NE-27 50 Kg Tanatoestética*
Fluidos corporales Q.86.04 4 Kg Tanatoestética*
Desechos biopeligrosos activos resultantes de la atención médica (vendas, algodones, gasas y
vestimenta usada). NE-10 25 Kg Tanatoestética*
Equipo de protección personal contaminado con materiales peligrosos.
NE-30 20 Kg Tanatoestética*
* Valores proyectados ya que la sala de tanatopraxia se encuentra sin operación.
Fuente: Memorial (2016)
TABLA 52. CARACTERIZACIÓN DE DESECHOS RECICLABLES
NOMBRE DE DESECHO GENERACIÓN MENSUAL PUNTO DE
GENERACIÓN CANTIDAD UNIDAD
Plástico 2 kg Sala de Velación
Cartón y papel 2 kg Oficinas
Fuente: Memorial (2015)
5.6. PASIVOS AMBIENTALES
El presente capítulo tiene como objetivo la identificación y evaluación de los pasivos ambientales
que afectan directa o indirectamente al Área de la actividad, también la identificación de las medidas
de mitigación de los impactos negativos a la salud de la población, a la propiedad y al ecosistema
donde se ubica el proyecto.
Los pasivos ambientales se encuentran constituidos por los problemas ambientales producidos por
operaciones mismas del proyecto y/u otras actividades ajenas al proyecto, que constituyen un riesgo
permanente y potencial para el ambiente. Un pasivo ambiental es una obligación, una deuda
derivada de la restauración, mitigación o compensación por un daño o impacto ambiental no
mitigado. Este pasivo es considerado cuando afecta de manera perceptible y cuantificable los
elementos ambientales naturales (físicos y bióticos) y humanos, es decir, la salud y calidad de vida
de las personas, e incluso bienes públicos como diversas infraestructuras.
Para realizar la identificación y evaluación de los pasivos ambientales existentes en la zona del
proyecto, se ha utilizado el diseño de fichas de caracterización. Esta metodología emplea hojas de
15 Acuerdo ministerial N0. 142
Página 97 de 161
trabajo de campo que tienen como finalidad agilizar el proceso de recopilación de los detalles de
cada pasivo ambiental presente en el proyecto
La ficha incluye la matriz de evaluación del pasivo ambiental, el esquema de solución planteada con
su respectivo presupuesto y la fotografía del lugar donde se ha identificado el pasivo ambiental.
Una vez definido el personal y los recursos necesarios para la identificación y evaluación de pasivos
ambientales se llevaron a cabo lo siguiente:
- INSPECCIÓN DE ÁREAS Y ANÁLISIS DE INFORMACIÓN RECOPILADA
Se revisó los procesos que se llevan a cabo en la empresa que podrían generar impactos
ambientales, la información recopilada para el diagnóstico ambiental y el cumplimiento de la
legislación ambiental vigente. Así como una inspección de las instalaciones.
La inspección fue realizada el 04 de marzo de 2015, priorizando aquellas en las cuales podrían
existir la presencia pasivos ambientales y se realizó un registro fotográfico que se presenta a
continuación:
a. Almacenamiento de combustibles:
Se revisó del área de almacenamiento de diésel, en lo que se refiere al tanque de almacenamiento
y cubetos para identificar posibles derrames.
FOTO 1: TANQUE DE DIÉSEL PARA EL GENERADOR ELÉCTRICO PISO ENCEMENTADO IMPERMEABLE
Se observa que se mantiene los pisos en perfecto estado, no se han identificado derrames.
FOTO 2: TANQUE DE GLP PARA EL HORNO CREMATORIO
Página 98 de 161
De igual manera se realizó la revisión del área de almacenamiento de GLP, y se identificó que la
estructura está en perfecto funcionamiento sin ningún tipo de fuga y dispone de un adecuado
mantenimiento.
b. Áreas de almacenamiento de desechos
FOTO 1: ALMACENAMIENTO TEMPORAL DE DESECHOS SÓLIDOS PELIGROSOS
FOTO 2: ALMACENAMIENTO TEMPORAL DE DESECHOS LÍQUIDOS PELIGROSOS
FOTO 3: ALMACENAMIENTO EN LA FUENTE DE DESECHOS RECICLABLES
Se observa que se mantiene los pisos en perfecto estado, no se han identificado derrames.
Una vez terminada la inspección y revisión de la información, se realizó una reunión del equipo
consultor en la cual se evidenció que la empresa no tiene presencia de pasivos ambientales, por
lo cual no fue necesario redactar las fichas de identificación y evaluación de pasivos ambientales
establecidas en los TDR´s aprobados.
6. DETERMINACIÓN DEL ÁREA DE INFLUENCIA DIRECTA E INDIRECTA Y ÁREAS
SENSIBLES Y ÁREA SOCIAL.
La determinación del área de influencia se establece en base a aspectos biofísicos y
socioeconómicos que puedan ser afectados por las actividades desarrolladas en la operación
mantenimiento y cierre de MEMORIAL NECRÓPOLI
Página 99 de 161
Para determinar el área de influencia (AI) se consideraron los siguientes aspectos:
- Límite del proyecto. - Se determina por el tiempo y el espacio que comprende el desarrollo
de las actividades a ejecutar. Para esta definición, se limita la escala espacial al espacio
físico o entorno natural del área en estudio.
- Límites espaciales y administrativos. - Está relacionado con los límites Jurídico
Administrativos donde se ubica MEMORIAL NECRÓPOLI. En este caso el área se ubica,
política y administrativamente en la provincia Pichincha cantón Quito y parroquia Jipijapa.
- Límites ecológicos. - Están determinados por las escalas temporales y espaciales, sin
limitarse al área construida donde los impactos pueden evidenciarse de modo inmediato,
sino que se extiende más allá en función de potenciales impactos que puede generar la
actividad.
De igual manera, el área de influencia en términos socio-económicos no se restringe al criterio
espacial de ubicación de la zona específica de intervención de la actividad; en otras palabras, el
área de influencia social no se limita al sitio exacto del desarrollo MEMORIAL NECRÓPOLI. El área
de influencia tiene que ver, principalmente, con la dinámica de intervención sobre la estructura social
de los grupos que ejercen derechos de uso sobre el territorio en el que se va a intervenir o que se
encuentren muy cercanos a las áreas de intervención.
6.1. ÁREA DE INFLUENCIA DIRECTA (AID)
El área de influencia directa corresponde “al ámbito geográfico donde se presentan de manera
evidente los impactos ambientales y socioculturales”, donde los impactos generados por la
actividad son de mayor intensidad. En el presente estudio, el área se encuentra en la Provincia de
Pichincha, en el Cantón Quito, Parroquia Jipijapa, específicamente en la Río Coca y Avenida Eloy
Alfaro. La superficie general ocupada por la construcción es de: 4603.22 m2
El área de influencia directa se ha determinado tomando en cuenta que la construcción es local, en
un terreno privado y en función de la población mayormente influenciada por la presencia de las
actividades de la empresa en todas sus etapas, y por otras actividades la cual corresponde a
viviendas, cementerios y salas de velación que se ubican al contorno del área.
Partiendo del criterio antes enunciado y al componente socio económico y cultural de la población
que es afectada por las actividades normales que se realizan en MEMORIAL NECRÓPOLI, y en
base al análisis de la Matriz de Impactos, se puede determinar que el mayor impacto ambiental que
podría generar la empresa durante su operación sería por efectos de un incendio o explosión.
El alcance de los efectos de un incendio o explosión se limitaría al área de influencia directa dentro
de un radio no mayor a 100 m. a la redonda, que es el lindero de la manzana donde se halla ubicado
la empresa; en tanto que los derrames de productos químicos, podrían ocasionar impacto al suelo
dentro de la propia empresa.
El área de tanques de almacenamiento de GLP dispone de sistemas de extinción de incendio, sin
embargo, se debe considerar que cualquier derrame de importancia que podría producirse durante
la descarga de combustibles o por su almacenamiento estaría asociado a un accidente, sabotaje, o
a hechos fortuitos o descuidos operacionales. En estos casos es difícil establecer el alcance del
impacto y sus consecuencias. Para el caso de derrames por accidentes o fallas operativas durante
el trasvase de GLP hacia el tanque de almacenamiento durante la descarga del auto tanque que se
considera insuficiente como para alterar la calidad del aire.
Los efectos ambientales provocados por el ruido ocasionado por la operación de MEMORIAL
NECRÓPOLI, cuyo rango está alrededor de los 40 dB, son atenuados por el alto tráfico vehicular.
Las emisiones de gases del horno crematorio se encuentran controladas y cumplen ampliamente
con los límites máximos permisibles de la normativa.
Página 100 de 161
Por las consideraciones expuestas, el área de influencia directa se circunscribe a un radio no mayor
a 100 m. tomando como eje el perímetro o cerramiento perimetral de la empresa.
Los vecinos lejanos al área de la empresa se verían menos influenciados por la presencia del mismo,
especialmente en lo que respecta a sus impactos negativos por la llegada y salida de vehículos.
Considerando además que la influencia sobre los medios físicos y bióticos no es significante ya que
no existen factores ambientales sensibles alrededor del mismo.
6.2. ÁREA DE INFLUENCIA INDIRECTA (AII)
El área de influencia indirecta comprende 300 metros a la redonda, considerando que la empresa
se encuentra ubicada en una zona E Equipamiento y que para su funcionamiento utilizará en su
momento vías de acceso y servicios en general.
IMÁGEN 5: ÁREAS DE INFLUENCIA DE INSTALACIONES DE MEMORIAL NECROPOLI
6.3. ÁREAS SENSIBLES
La empresa se halla situada dentro de una zona de expansión urbana de la parroquia Jipijapa; zona
previamente impactada por actividades distintas a la empresa. La flora y faunas nativas han
desaparecido completamente del área de estudio. Los factores físicos ambientales, tales como
clima, hidrografía, geología, geomorfología se ven escasamente afectadas por las acciones de la
actividad ya que se encuentran afectadas por actividades antrópicas del sector y mayormente por
el tráfico vehicular, no así el componente socio económico y cultural de la población, que sí está
influenciada por las actividades de la empresa.
Página 101 de 161
Otros elementos que tendrán alta sensibilidad por las actividades del proyecto son los siguientes:
❖ Suelo: Podría sufrir alteraciones ante la ocurrencia de derrames que lo contaminen. Sin
embargo, las medidas de protección, contenidas en el Plan de Manejo Ambiental, minimizarán las probabilidades de que este componente sufra mayores variaciones.
❖ Agua: Como se mencionó anteriormente solo se tendrán descargas de agua residual de baño de cadáveres
❖ Aire circundante: Por emisiones de gases de fuentes fijas, sin embargo, cabe destacar que MEMORIAL NECRÓPOLI solo posee generadores de emergencia que se cumple con los límites máximos permisibles establecidos en la normativa.
❖ Aspecto socioeconómico: Impacto positivo, por la generación de empleo.
6.4. ÁREA DE INFLUENCIA SOCIAL DIRECTA
El área de influencia social directa es el resultado de las interacciones directas, de uno o varios
elementos del proyecto o actividad, con uno o varios elementos del contexto social donde se
implementará el proyecto. La relación social directa proyecto-entorno social se da en por lo menos
dos niveles de integración social: Unidades individuales (fincas, viviendas y sus correspondientes
propietarios y organizaciones sociales de primer y segundo orden (Comunidades, recintos, barrios
y asociaciones de organizaciones)16
6.4.1. UNIDADES INDIVIDUALES
De acuerdo a la determinación de las áreas de influencia de la empresa se ha determinado las
siguientes unidades individuales a un radio de 100 metros del cierre perimetral de la empresa.
1. Lado oeste: Estación de buses Interparroquiales.
2. Lado este: Oficinas administrativas de Pronaca, Banco Pichicha.
3. Lado norte: Cementerio Alemán Max Uhle, Cementerio Padre Mariano Rodríguez y Salas
de Velación El Batán.
4. Lado sur: Salas de velaciones Renacer.
6.4.2. ORGANIZACIONES SOCIALES
• Comité Promejoras
• Asociación de flores Río Coca.
El listado completo de actores sociales y su ubicación se puede observar en la gráfica y la tabla
presentada a continuación:
16 Acuerdo Ministerial 066
TABLA 53: IDENTIFICACIÓN DE ACTORES SOCIALES DEL ÁREA DE INFLUENCIA DIRECTA
ÁR
EA
D
E I
NF
LU
EN
CIA
SO
CIA
L D
IRE
CT
A
Pts. COORDENADAS
NOMBRE INSTITUCIÓN/ REFERENCIA CARGO DIRECCIÓN TELÉFONO X Y
1 781185 9981948 Capitán César Yánez UPC Rio Coca Policía Av. Rio Coca y Calle Las Hiedras, Al pie de la
Ecovia Norte 2450648
2 782580 9982820 P. Elías Ontaneda Iglesia Santa Catalina de Siena Párroco Calle Las Golondrinas y Calle Las Alondras 2281800
3 781785 9981660 Sr. César Carrera Comité de Promejoras Presidente Av. Eloy Alfaro N41-23 Y Av. Rio Coca
4 781452 9982204 Sra. Katalina Roldan Colegio Ecuatoriano Español América
Latina Rectora Calle Los Rosales y Calle Los Tulipanes 2247453
5 781310 9981427 Dr. Carlos Larreátegui Universidad de las Américas Rector Av. de los Granados E12-41 y Calle Colimes 3981000 ext.
189
6 781815 9981792 Sra. Rosa de la Cruz Asociación de Flores Rio Coca Presidenta Av. Rio Coca y Av. Eloy Alfaro, Local 1 0987343039
7 781808 9981791 Sra. Rocío Cóndor Puesto de Flores Propietaria Av. Rio Coca y Av. Eloy Alfaro, Local 2 0985524757
8 781801 9981793 Sra. Verónica Achig Nova Flor Propietaria Av. Rio Coca y Av. Eloy Alfaro, Local 3
9 781793 9981795 Sra. Fabiola Chávez Florería Los Mejores Arreglos Propietaria Av. Rio Coca y Av. Eloy Alfaro, Local 6
10 781795 9981744 Economista Byron Gómez Sala de Velaciones Renacer Gerente General Av. Eloy Alfaro N43-21 y Av. Río Coca 2272803
11 781750 9981811 Ing. Cesar Haro Autos GD Ventas Av. Rio Coca y Eloy Alfaro, junto al Memorial 6000266
12 781699 9981762 Lic. María Jaramillo Jardín Primaria Femenina Bilingüe
El Huerto Directora Calle Joel Polanco E14-193 y Av. Eloy Alfaro 2460231
13 781643 9981772 Sr. Luis Manzano Casa de un piso blanca Propietario Calle Joel Polanco E12-45 y Av. Eloy Alfaro
14 781689 9981822 Sr. Santiago Carrera Auto Mall Adquisiciones Av. Rio Coca y Av. Eloy Alfaro 6044361
15 781646 9981794 Sra. Maribel Jiménez Florería Flor de Azulea Trabajadora Av. Rio Coca N14-90 y Av. Eloy Alfaro 0992207961
16 781629 9981793 Sr. Víctor Lincango Tienda de abarrotes Propietario Av. Rio Coca E14-80 y Av. Eloy Alfaro
17 781631 9981775 Sr. Roberto Tipán Cerrajería Propietario Av. Rio Coca E14-10 y Av. Eloy Alfaro 0991703261
18 781628 9981754 Sr. Luis Landazuri Pinturas Automotriz Propietario Av. Rio Coca E14-10 y Av. Eloy Alfaro
19 781642 9981753 Sr. Gustavo Calahorrano Taller de Muebles Propietario Av. Rio Coca E14-10 y Av. Eloy Alfaro 22465763
20 781613 9981796 Sr. José Puga Casa de un piso blanca Propietario Av. Rio Coca N14-90 y Av. Eloy Alfaro
Página 103 de 161
21 781594 9981798 No se identifico Restaurante Otavaleño Propietario Av. Rio Coca E14-04 y Av. Eloy Alfaro
22 781562 9981789 Sra. Jessica Zapata Gallardo Tire Center Asesora de
Servicios Av. Rio Coca E13-138 y Los Laureles 2444025
23 781631 9981832 Sr. Juan Peñeherrera Patios de Retención Vehicular Rio
Coca Fiscalizador Av. Rio Coca y Calle Los Laureles 3342417
24 781507 9981868 Ing. Guido Arteaga Estación Microregional Rio Coca Administrador Av. Rio Coca y Calle Los Rosales
25 781797 9981704 Sra. María Vedon Casa de dos pisos blanca Propietaria Av. Eloy Alfaro N 41-59 y Av. Rio Coca
26 781833 9981926 Dr. Marco Valenzuela Sociedad Funeraria Nacional El Batán Gerente General Av. Eloy Alfaro N 44-143 y Av. Rio Coca 2240023
27 781898 9981905 Sr. Jaime Sánchez Supermaxi Administrador Av. Eloy Alfaro N44-110 y Río Coca 2265896
28 781846 9981734 Sr. Jorge Armijos Banco del Pichincha Gerente de
Agencia Av. Eloy Alfaro N43-20 y Av. Rio Coca
29 781864 9981788 Sra. María José Oliva Pronaca Administradora Los Naranjos N44-15 y Av. Los Granados 3976400
30 781918 9981931 Ing. Fernando Proaño Gama TV Administrador Av. Eloy Alfaro 5400 y Av. Rio Coca 2262222
31 781902 9981931 Sr. Jorge Shwarte Grupo TV Cable Administrador Eloy Alfaro N44 -406 y Calle Las Higueras 6002400
32 781633 9981872 Sra. Francia Ridder Fundación Max Uhle - Cementerio
Alemán Presidenta Av. Eloy Alfaro y Av. Rio Coca 3340318
6.5. ÁREA DE INFLUENCIA SOCIAL INDIRECTA
Espacio socio-interinstitucional que resulta de la relación del proyecto con las unidades político-
territoriales donde se desarrolla el proyecto: parroquia, cantón y/o provincia
- Provincia: Pichincha
- Cantón: Quito
- Parroquia: Jipijapa
- Administración zonal: Eugenio Espejo
En esta área se tomará en cuenta los siguientes actores sociales:
• Director Provincial de Ambiente de Pichincha
• Secretaría de Ambiente del DMQ
• Administrador zonal Eugenio Espejo
TABLA 54: IDENTIFICACIÓN DE ACTORES SOCIALES EN EL ÁREA DE INFLUENCIA
INDIRECTA
8. DESCRIPCIÓN DE RIESGOS
8.1. RIESGOS NATURALES
La ciudad de Quito está situada en un valle entre las cordilleras occidental y oriental de los Andes,
asentada sobre la falla tectónica de piedemonte de la Cordillera Occidental, rodeada de volcanes. En
los últimos 500 años ha sido afectada por sismos, erupciones volcánicas, movimientos de masa,
inundaciones e incendios forestales, que han dejado pérdidas incalculables en las edificaciones del
Centro Histórico, en la infraestructura y en los bosques aledaños de la ciudad.
8.1.1. FACTORES QUE INFLUYEN EN LOS RIESGOS DEL DMQ
Conforme se contempla en el Atlas de Amenazas Naturales del DMQ que fue generado por el
Municipio de Quito, los factores que influyen en los riesgos del DMQ se definen de la siguiente
manera:
8.1.1.1. CLIMA
El clima de la Serranía Ecuatoriana es variable debido a su orografía, topografía y a la presencia de
muchos microclimas que existen en la ciudad; las circulaciones de los vientos fluyen por los valles y
llanuras y es muy susceptible a la influencia de las corrientes marinas, como la cálida de El Niño y la
fría de Humboldt, así como de los vientos provenientes de la Región Amazónica, cuya presencia
determina en gran medida la variabilidad climática. Por estar ubicado el DMQ en la serranía
ecuatoriana, cuenta con un clima de tipo ecuatorial. Tiene dos estaciones: la lluviosa y la seca (existen
fases crítica s de estiaje), que se caracterizan en función al régimen pluviométrico. Cabe mencionar
que en la actualidad estos períodos temporales han variado en intensidad, duración y también en
frecuencia, debido a efectos del cambio climático global y local.
Página 105 de 161
8.1.1.2. PRECIPITACIÓN
El factor meteorológico más relevante del clima en el DMQ son las precipitaciones (lluvia), cuyas
fluctuaciones están condicionadas al comportamiento de los patrones meteorológicos que inciden en
el Ecuador y especialmente en el DMQ. Para la definición de las épocas del año (lluviosa y seca),
debido a su relieve (altura), las precipitaciones máximas se dan al sur y van decreciendo hacia el
norte, siendo su gradiente norte – sur, aproximadamente de 21 mm/km, las intensidades máximas
están alrededor de 43 mm/h en 30 minutos, y llueve un promedio de 172 días al año. El régimen de
las lluvias tiene las características de clima ecuatorial, pero con una forma de distribución e intensidad
diferentes, geográficamente y en el tiempo. Se distinguen tres zonas:
8.1.1.3. TEMPERATURA
La temperatura media en el territorio del DMQ es de 14,5ºC; sin embargo, las fluctuaciones son
diarias, la media mínima es de 9,6ºC y la media máxima es de 21 ºC. La humedad relativa es de 73%
anual. La heliofanía es de 4 a 5 horas por día. El viento al norte de la ciudad tiene una velocidad
media de 3,0 m/s y decrece hacia el centro hasta 0,7 m/s. En las vertientes oriental y occidental del
Callejón Interandino se registran temperaturas medias inferiores a los 10ºC; por esta razón, la
agricultura se interrumpe a 3.200 msnm en el primer caso y a 3.400 msnm en el segundo.
8.1.2. RIESGOS SÍSMICOS
Debido a que fenómenos como los terremotos obedecen a causas que son activas desde hace
millones de años, su ocurrencia puede considerarse como una variable esta estacionaria en el tiempo;
es decir, donde han ocurrido grandes terremotos es probable que en el futuro ocurran otros de
magnitud similar.
Quito se encuentra atravesado por un sistema de fallas, que se inicia a la altura de la población de
Tambillo al sur y avanza hacia el norte hasta San Antonio de Pichincha, definiendo un trazado de 47
a 50 km de longitud.
Morfológicamente está representado por las colinas de Puengasí, Lumbisí, el Batán – La Bota y
Bellavista –Catequilla. Estas colinas son el resultado superficial de fallamiento de tipo inverso, que no
alcanza la superficie pero que pliegan las capas formando estas colinas. Para la falla de Quito, el
bloque sobre el que se asienta la ciudad se levanta aproximadamente a 400 m con respecto al valle
interandino. Este es un caso típico de fallas ocultas, pero que muestran actividad sísmica constante
en el tiempo17 teniendo la ciudad de Quito la mayor complicación, por hallarse construida sobre su
propia falla geológica, expuesta a altas vibraciones y, a ser afectada por sismos superficiales.
Históricamente, la ciudad de Quito ha sido afectada por sismos de gran magnitud, los de 1541, 1587,
1755, 1797, 1859 y 1868, causaron víctimas y daños. En 1868, un sismo de 8,8 grados Richter
destruyó la ciudad costera de Esmeraldas y causó muertes y destrucción de viviendas, iglesias y
conventos en la capital del país, cuando existía menos población y estaba menos desarrollada que
en la actualidad.
El sismo de 1987, con epicentro en la región amazónica y una magnitud de 5,6 grados Richter en
Quito, causó fisuras en cúpulas y torres de las iglesias La Merced, San Agustín y El Belén, afectó a
150.000 personas y se calcularon daños por USD 700 millones.
17 Breves Fundamentos sobre los terremotos en el Ecuador. Francisco Ribadeneira, Mónica Segovia, Alexandra Alvarado, José Egred, Liliana
Troncoso, Sandro Vaca, Hugo Yépez. IG – EPN
Página 106 de 161
8.2. RIESGOS DEL PROYECTO AL AMBIENTE
8.2.1. INCENDIOS
Se considera que existe riego de incendio en los sitios de almacenamiento de combustibles y
productos químicos. A pesar de que MEMORIAL NECRÓPOLI cuenta con un plan de contingencia
aprobado por el cuerpo de bomberos, ningún lugar está exento del peligro de ocurrencia de un
incendio. Por lo tanto, este riesgo está considerado como catastrófico pero que se estima que es poco
probable que suceda.
8.2.2. EXPLOSIONES
Debido al grado de inflamabilidad del GLP se considera que existe riesgo de explosión en el sitio de
almacenamiento tanto en el instante de recarga como por potenciales fugas. Al igual que en riesgos
de incendios si bien se tiene el plan de contingencia este riesgo es considerado poco probable que
suceda, pero que está debidamente considerado.
8.2.3. FUGAS Y DERRAMES
En el área de almacenamiento de combustibles, productos químicos y cisterna de aguas residuales
pueden ocurrir fugas y derrames Las fugas y derrames pueden ocurrir al momento de la carga y
descarga del producto, en el transporte y almacenamiento.
Las áreas de almacenamiento cuentan con cubetos de contención de derrames evitando la salida. De
esta manera, también se previene la contaminación por fugas y derrames al suelo y cuerpos de agua,
fuera de las áreas de trabajo. Debido a que se pueden dar fugas y derrames en más de una fase del
proyecto, se considera un riesgo moderado.
8.2.4. RIEGOS BIOLÓGICOS
Los servicios funerarios incluyen un conjunto de actividades que pueden presentar distintos riesgos
específicos. Entre estos riesgos, y derivado de la manipulación de cadáveres o de fluidos biológicos,
se puede destacar la exposición a agentes biológicos. La causa de la defunción se divide en: Causa
inmediata (enfermedad o condición que causó finalmente la muerte). Causa antecedente: Intermedia
(enfermedad o condición si hay alguna, que haya contribuido a la causa inmediata). Inicial o
fundamental (enfermedad o lesión que inició los hechos que condujeron a la muerte. Otros procesos:
(embarazo, parto, diabetes, etc.), que contribuyeron a la muerte, pero no relacionados ni
desencadenantes de la causa inicial o fundamental.
En ese sentido, sería conveniente que en el certificado de defunción constara, además de la causa
básica o inmediata, las causas antecedentes (enfermedades que hayan contribuido a la causa básica
que condujo a la muerte).
Vigilancia de la salud de los trabajadores. Es recomendable la vacunación de BCG (tuberculosis),
DTP (difteria, tos ferina y tétanos) y hepatitis B.
Medidas de carácter general
Información y formación. Asegurarse que los trabajadores conocen, mediante una información y
formación adecuada y suficiente, los riesgos potenciales para su salud, las vías de entrada de los
Página 107 de 161
agentes, las precauciones que se deben adoptar para prevenir la exposición, las disposiciones en
materia de higiene, y la utilización de ropa de trabajo y EPI.
Protección individual
La elección de los equipos de protección individual (EPI) a emplear en cada operación depende de la
naturaleza del riesgo. En general, si existe riesgo de salpicaduras de sangre o de fluidos biológicos a
membranas mucosas como nariz, boca u ojos, se recomienda emplear:
• pantallas faciales
• gafas
• mascarillas resistentes a salpicaduras
• guantes resistentes a los microorganismos y, cuando sea necesario, resistentes también a los
cortes.
En las operaciones de tanatoestética utilizar cuando sea preciso delantal de plástico. Es
recomendable cambiarse de ropa antes de entrar en la zona de embalsamamiento. Además, como
mínimo, se dispondrá de guantes, protección respiratoria, ropa de uso exclusivo y medios para la
desinfección de los mismos. En el caso de exhumaciones, éstas deberán realizarse siguiendo las
normas higiénicas y sanitarias adecuadas en cada caso. Los trabajadores encargados de realizar
estas operaciones usarán calzado de seguridad, guantes de seguridad resistentes a agresiones
mecánicas y protección respiratoria adecuada.
Además, también debe utilizarse un equipo de protección respiratoria adecuado en las operaciones
de apertura de sepulturas de decesos recientes, y en los casos en que existe la evidencia o sospecha
que la persona fallecida padecía una enfermedad respiratoria (por ejemplo, tuberculosis).
9. IDENTIFICACIÓN Y EVALUACIÓN DE LOS IMPACTOS SOCIOAMBIENTALES.
Como parte de la ejecución de las actividades contempladas en el funcionamiento y operación del
proyecto, se han identificado impactos ambientales tanto positivos como negativos en todas las
etapas básicas del proceso de operación, mantenimiento y retiro.
9.1. IDENTIFICACIÓN DE ASPECTOS AMBIENTALES Y SU AFECTACIÓN AL AMBIENTE
Para la identificación de los impactos, se desarrolló una Matriz causa-efecto, en la que se describe todas las actividades llevadas a cabo en la empresa, y se indican los factores ambientes que pueden ser afectados por estas acciones.
La identificación de impactos se realizó mediante una lista de chequeo a través de la matriz causa-efecto. Se identificó la interacción (actividad-factor ambiental) que se ve afectada, con una cruz, para lo cual se ha ubicado los factores ambientales a ser susceptibles de afectación en las columnas, mientras que las diferentes actividades que se desarrollan en la empresa se han distribuido en las filas de la matriz. Para la distribución de las actividades se han considerado todas las fases de operación, mantenimiento, hasta el cierre.
De esta manera se ha construido una matriz de 6 columnas por 21 filas); luego del análisis de las distintas interacciones, se logró identificar un total de 32 interacciones (tablas 55 y 56)
TABLA 55: NÚMERO DE INTERACCIONES IDENTIFICADAS
INTERACCIONES
No. Total 32
No. Positivos 7
No. Negativos 25
TABLA 56: IDENTIFICACIÓN DE IMPACTOS: FASES DE OPERACIÓN MANTENIMIENTO Y CIERRE
ACCIONES ACTIVIDADES ASPECTOS AMBIENTALES RIESGOSCalidad de
aire
Calidad de
agua
Calidad de
suelo
Infraestruc
tura vial
Salud y
seguridad
Generació
n de
empleoEmisiones a la atmósfera X
Tráfico vehicular X
Residuos sólidos (material de embalaje, envases, metal, etc) X X
Ruido X X
Derrames y/o
fugasX
2.1 Retiro de ropa Generación de residuos sólidos. (Ropa contaminada) X
2.2 Limpieza del cuerpo.Efluentes provenientes de desinfección, limpieza y mantenimiento de
áreas del laboratorio de tanatoproxia.X X
X X X
Derrames y/o
fugasx
Emisiones a la atmósfera X
Tráfico vehicular X
Ruido X
Emisiones a la atmósfera del horno X
Accidente:
IncendioX X
4.2 Inhumación de cadáveres o
colocación en columbarios.Generación de restos de flores y adornos de tumbas y columbarios. X
Residuos sólidos peligrosos (wypes contaminados con hidrocarburos,
aceite usado, lámparas fluorescentes, envases de productos de
limpieza).
X X
Efluentes provenientes de desinfección, limpieza y mantenimiento de áreas del
laboratorio de tanatoproxia.X
1.1 Circulación de vehículos y
maquinariasEmisiones a la atmósfera X
Residuos sólidos y/o pasivos ambientales X X
Derrames y/o
fugasX X
2.
ACONDICIONAMIENTO2.1 Rehabilitación de áreas Limpieza y mejoramiento de áreas desalojadas X X X
8 3 9 2 5 5
2. PROCESO DE
TANATOPRAXIA2.3 Desinfección, preservación
(formolización) del cuerpo y
maquillaje.
FASE
DE
OPE
RACI
ÓN
4.1 Cremación de restos
(incluye restos exhumados) y
trituración de cenizas 4. DESTINO FINAL
DEL CUERPO.
Generación de residuos sólidos peligrosos (Desecho biológico infecciosos,
cortopunzantes, EPP contaminado, envases de productos químicos)
MA
NTE
NIM
IEN
TO
1. MANTENIMIENTO
PREVENTIVO Y
CORRECTIVO
1.1 Mantenimiento y limpieza
de equipos y áreas.
32
CIER
RE Y
ABA
ND
ON
O 1. RETIRO Y/O
PASIVOS
AMBIENTALES1.2 Desmontaje de
infraestructura
TOTAL DE INTERACCIONES
FACTORES
1.1 Circulación de vehículos.
1. RECEPCIÓN DEL
CUERPO, MATERIA
PRIMA, INSUMOS Y
COMBUSTIBLES1.2 Almacenamiento y/o
transporte de materias primas,
insumos.
3. VELACIÓN DE
RESTOS3.1 Circulación de vehículos
9.2. METODOLOGÍA PARA LA VALORACIÓN DE IMPACTOS AMBIENTALES
En primer término, se analizaron los posibles problemas ambientales y el impacto que algunas
acciones puedan tener sobre los Factores Ambientales establecidos en este estudio (Aire, Agua,
factor social, etc.) para lo cual se establece la matriz de identificación causa-efecto (Tabla 38.); una
vez realizada la identificación, se procede a su valoración.
La valoración de los Impactos Ambientales se realizó aplicando el Método de la Matriz de Leopold
(Adaptada del método simplificado de Leopold, del texto Evaluación de Impacto Ambiental, Juan
Carlos Páez Zamora, Comisión Asesora de la Presidencia de la República del Ecuador, CAAM,
diciembre 1996), en el cual se califica al impacto, en función de la INTENSIDAD DE LA ACCIÓN y de
la MAGNITUD DEL FACTOR AMBIENTAL, este último valor determinado en función del proyecto.
Para cada interacción entre las acciones del proyecto y los componentes ambientales, se identificará
la naturaleza del impacto y su valoración resultará del producto de las magnitudes que correspondan
a cada elemento tipificado.
Este sistema metodológico es de gran utilidad para determinar la incidencia ambiental de las
diferentes alternativas de un proyecto.
Así los impactos ambientales identificados se pueden calificar considerando los parámetros
mencionados:
Magnitud: Es el grado con el que un impacto altera a un determinado elemento del ambiente, por lo
tanto, está en relación con la fragilidad o sensibilidad de dicho elemento.
TABLA 57: CRITERIO DE MAGNITUD
CALIFICACIÓN VALORACIÓN DESCRIPCIÓN
BAJO 1 El impacto sobre el ambiente casi no
tendrá afectación o será mínima
MEDIO 2 El impacto sobre el ambiente afectará
medianamente
ALTO 3 El impacto sobre el ambiente afectará
considerablemente
Intensidad o Importancia: Se refiere básicamente a la calidad del impacto y grado de incidencia hacia
el elemento del ambiente que puede ser afectado. Se relaciona con el riesgo y recuperabilidad.
Para el grado de importancia, se consideran los siguientes criterios:
• Extensión (E): es decir el área de afectación o área de influencia del impacto ambiental en relación
con el entorno del proyecto.
• Duración (D): ésta puede ser temporal, media o permanente
• Reversibilidad (R): representa la posibilidad de reconstruir las condiciones iniciales una vez
producido el impacto ambiental.
Página 110 de 161
TABLA 58: CRITERIO PARA LA VALORACIÓN DE LA INTENSIDAD
El valor de la importancia de cada impacto se calcula mediante la siguiente ecuación:
I = PE x E + PD x D + PR x R
PE, PD, PR representan unos factores de ponderación que se asigna a cada criterio utilizado para la
determinación de la Importancia. Estos valores son asignados en función del tipo de proyecto.
Una vez determinada la importancia, se cuenta con los siguientes criterios para su análisis.
TABLA 59: CRITERIO DE IMPORTANCIA
CALIFICACIÓN VALORACIÓN DESCRIPCIÓN
BAJO 1 El impacto no afecta mayormente al factor
ambiental.
MEDIO 2 El impacto afecta en forma moderada al
factor ambiental.
ALTO 3 El impacto tiene un efecto grande sobre el
factor ambiental.
Tipo de impacto (benéfico o detrimente), se le asigna de un valor (+) cuando el impacto de la acción
es benéfico y un signo (-) cuando el impacto de la acción es detrimente.
TABLA 60: NATURALEZA TIPO DE IMPACTO
CALIFICACIÓN VALORACIÓN DESCRIPCIÓN
BENÉFICO + Si el impacto es benéfico sobre el factor ambiental.
DETRIMENTE - Si el impacto es negativo sobre el factor ambiental.
9.2. METODOLOGÍA PARA LA CATEGORIZACIÓN DE IMPACTOS AMBIENTALES
La categorización de los impactos ambientales identificados y evaluados se lo hace sobre la base del
valor del impacto, determinado en el proceso de predicción; se han estructurado las siguientes
categorías:
VALOR EXTENSIÓN DURACIÓN REVERSIBILIDAD
1 Puntual Esporádica Reversible
2 Local Temporal Medianamente reversible
3 Regional Permanente Irreversible
Página 111 de 161
TABLA 61: CATEGORIZACIÓN
VALOR DEL IMPACTO (S) CATEGORIZACIÓN
S <- 6 Muy significativo,
-6 ≤S≤ -3 Significativo
-3 <S≤-0 Poco significativo
S > 0 Positivo
9.3. EVALUACIÓN DE IMPACTOS AMBIENTALES
Una vez que se cuenta con una identificación cualitativa, se procede a realizar la valoración de los impactos para lo cual se calcula la importancia o intensidad aplicando los criterios para su valoración y aplicando los siguientes factores de ponderación:
TABLA 62: FACTORES DE PONDERACIÓN PARA EL CÁLCULO DE LA INTENSIDAD
FACTOR VALOR DE PONDERACIÓN
PE Peso del criterio de Extensión 0.30
PD Peso del criterio de Duración 0.35
PR Peso del criterio de Reversibilidad 0.35
Con los valores calculados para la importancia y aplicando los criterios para el cálculo de la magnitud,
finalmente se tiene la valoración del impacto (S), que corresponde al producto entre la magnitud y la
intensidad, el resultado respectivo se puede ver en la Tabla 63
Definida la valoración del impacto se realiza la categorización de impactos en función de su
significancia, ver Tabla 64.
TABLA 63: VALORACIÓN DE IMPACTOS
M = Magnitud I = Importancia S = Valor del impacto (Significancia)
FACTORESGeneración de
empleoASPECTOS AMBIENTALES RIESGOS
Salud y
seguridadCalidad de aire Calidad de agua
ACCIONES ACTIVIDADES
Calidad de
suelo
Infraestructura
vial
AFECTACIÓN
Positiva
Negativa
Agr
egac
ión
de
impa
ctos
FASE
DE
OPE
RACI
ÓN
M I S M I S M I S M I S M I S M I S
Emisiones a la atmósfera -1,0 1,4 -1,4 0,0 -1,4 -1,4
Tráfico vehicular -1,0 1,0 -1,0 0,0 -1,0 -1,0
Residuos sólidos (material de embalaje, envases, metal,
etc)-1,0 1,7 -1,7 1,0 1,0 1,0 1,0 -1,7 -0,7
Ruido -1,0 1,4 -1,4 -1,0 1,0 -1,0 0,0 -2,4 -2,4
Derrames y/o
fugas-1,0 2,0 -2,0 0,0 -2,0 -2,0
2.1 Retiro de ropa Generación de residuos sólidos. (Ropa contaminada) -1,0 1,7 -1,7 -1,0 1,0 -1,0 0,0 -2,7 -2,7
2.2 Limpieza del cuerpo.Efluentes provenientes de desinfección, limpieza y
mantenimiento de áreas del laboratorio de tanatoproxia.-1,0 2,0 -2,0 0,0 -2,0 -2,0
-2,0 2,0 -4,0 -1,0 1,7 -1,7 1,0 1,0 1,0 1,0 -5,7 -4,7
Derrames y/o
fugas-1,0 2,0 -2,0 0,0 -2,0 -2,0
Emisiones a la atmósfera -1,0 1,4 -1,4 0,0 -1,4 -1,4
Tráfico vehicular -1,0 1,0 -1,0 0,0 -1,0 -1,0
Ruido -1,0 1,4 -1,4 0,0 -1,4 -1,4
Emisiones a la atmósfera del horno -2,0 1,7 -3,4 0,0 -3,4 -3,4
Accidente:
Incendio-3,0 2,3 -6,9 -2,0 1,7 -3,3 0,0 -10,2 -10,2
4.2 Inhumación de
cadáveres o colocación
en columbarios.
Generación de restos de f lores y adornos de tumbas y
columbarios.-1,0 1,0 -1,0 0,0 -1,0 -1,0
Residuos sólidos peligrosos (w ypes contaminados con
hidrocarburos, aceite usado, lámparas f luorescentes,
envases de productos de limpieza).
-1,0 1,7 -1,7 1,0 1,0 1,0 1,0 -1,7 -0,7
Efluentes provenientes de desinfección, limpieza y
mantenimiento de áreas del laboratorio de tanatoproxia.-1,0 1,4 -1,4 0,0 -1,4 -1,4
1.1 Circulación de
vehículos y maquinariasEmisiones a la atmósfera -1,0 1,4 -1,4 0,0 -1,4 -1,4
1.2 Desmontaje de
infraestructuraResiduos sólidos y/o pasivos ambientales -2,0 1,7 -3,4 1,0 1,0 1,0 1,0 -3,4 -2,4
Derrames y/o
fugas-2,0 2,0 -4,0 -2,0 1,4 -2,7 0,0 -6,7 -6,7
2.
ACONDICIONAMIENTO
2.1 Rehabilitación de
áreasLimpieza y mejoramiento de áreas desalojadas 2,0 1,7 3,4 1,0 1,0 1,0 1,0 1,0 1,0 5,4 0,0 5,4
-2,0 -7,0-21,1TOTAL INTERACCIONES
1. RETIRO Y/O
PASIVOS
AMBIENTALES
4. DESTINO FINAL DEL
CUERPO.
1
1. RECEPCIÓN DEL
CUERPO, MATERIA
PRIMA, INSUMOS Y
COMBUSTIBLES
1.1 Circulación de
vehículos.
1.2 Almacenamiento y/o
transporte de materias
primas, insumos.
1.1 Mantenimiento y
limpieza de equipos y
áreas.
4
3.1 Circulación de
vehículos
3. VELACIÓN DE
RESTOS
1. MANTENIMIENTO
PREVENTIVO Y
CORRECTIVO
-13,8
0NEGATIVAS
POSITIVAS
8 3 8 2
0 0 51
Generación de
empleoASPECTOS AMBIENTALES RIESGOS
0
5,0-5,4
CIER
RE Y
ABAN
DON
O
Salud y
seguridadCalidad de aire Calidad de agua
ACCIONES ACTIVIDADES
Calidad de
suelo
Infraestructura
vial
4.1 Cremación de restos
(incluye restos
exhumados) y trituración
de cenizas
MAN
TEN
IMIE
NTO
Positiva
Negativa
Agr
egac
ión
de
impa
ctos
FASE
DE
OPE
RACI
ÓN
2. PROCESO DE
TANATOPRAXIA 2.3 Desinfección,
preservación
(formolización) del
cuerpo y maquillaje.
Generación de residuos sólidos peligrosos (Desecho
biológico infecciosos, cortopunzantes, EPP contaminado,
envases de productos químicos)
Página 113 de 161
TABLA 64: CATEGORIZACIÓN DE IMPACTOS AMBIENTALES
Muy
significativoSignificativo
Poco
significativoPositivo
Emisiones a la atmósfera -1,35 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 -1,35
Tráfico vehicular 0,00 0,00 0,00 -1,00 0,00 0,00 -1,00
Residuos sólidos (material de embalaje, envases, metal,
etc)0,00 0,00 -1,70 0,00 0,00 1,00 -0,70
Ruido -1,35 0,00 0,00 0,00 -1,00 0,00 -2,35
Derrames y/o fugas 0,00 0,00 -2,00 0,00 0,00 0,00 -2,00
2.1 Retiro de ropa Generación de residuos sólidos. (Ropa contaminada) 0,00 0,00 -1,70 0,00 -1,00 0,00 -2,70
2.2 Limpieza del cuerpo.Efluentes provenientes de desinfección, limpieza y
mantenimiento de áreas del laboratorio de tanatoproxia.0,00 -2,00 0,00 0,00 0,00 0,00 -2,00
-4,00 0,00 -1,70 0,00 0,00 1,00 -4,70
Derrames y/o fugas -2,00 -2,00
Emisiones a la atmósfera -1,35 -1,35
Tráfico vehicular -1,00 -1,00
Ruido -1,35 -1,35
Emisiones a la atmósfera del horno -3,40 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 -3,40
Accidente: Incendio -6,90 0,00 0,00 0,00 -3,30 0,00 -10,20
Generación de restos de f lores y adornos de tumbas y
columbarios.-1,00 -1,00
Residuos sólidos peligrosos (w ypes contaminados con
hidrocarburos, aceite usado, lámparas f luorescentes,
envases de productos de limpieza).
0,00 0,00 -1,70 0,00 0,00 1,00 -0,70
Efluentes provenientes de desinfección, limpieza y
mantenimiento de áreas del laboratorio de tanatoproxia.0,00 -1,35 0,00 0,00 0,00 0,00 -1,35
1.1 Circulación de vehículos y
maquinariasEmisiones a la atmósfera -1,35 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 -1,35
1.2 Desmontaje de infraestructura Residuos sólidos y/o pasivos ambientales 0,00 0,00 -3,40 0,00 0,00 1,00 -2,40
Derrames y/o fugas 0,00 0,00 -4,00 0,00 -2,70 0,00 -6,70
2. ACONDICIONAMIENTO 2.1 Rehabilitación de áreas Limpieza y mejoramiento de áreas desalojadas 0,00 0,00 3,40 0,00 1,00 1,00 5,40
-21,1 -5,4 -13,8 -2,0 -7,0 5,0
4. DESTINO FINAL DEL
CUERPO.
FASE
DE
OPE
RACI
ÓN
1. MANTENIMIENTO
PREVENTIVO Y
CORRECTIVO
1.1 Mantenimiento y limpieza de
equipos y áreas.
ACCIONES ACTIVIDADES ASPECTOS AMBIENTALES
1. RECEPCIÓN DEL
CUERPO, MATERIA
PRIMA, INSUMOS Y
COMBUSTIBLES
4.1 Cremación de restos (incluye
restos exhumados) y trituración de
cenizas
3. VELACIÓN DE
RESTOS
CIER
RE Y
ABAN
DON
O
Generación
de empleoRIESGOS
TOTAL
1. RETIRO Y/O PASIVOS
AMBIENTALES
1.1 Circulación de vehículos.
1.2 Almacenamiento y/o transporte
de materias primas, insumos.
2. PROCESO DE
TANATOPRAXIA
MAN
TENI
MIE
NTO
3.1 Circulación de vehículos
TOTAL
FACTORES
Calidad de
aire
Calidad de
agua
Calidad de
suelo
Infraestructura
vial
Salud y
seguridad
2.3 Desinfección, preservación
(formolización) del cuerpo y
maquillaje.
Generación de residuos sólidos peligrosos (Desecho
biológico infecciosos, cortopunzantes, EPP contaminado,
envases de productos químicos)
9.4. ANÁLISIS Y CONCLUSIONES DEL IMPACTO
Una vez que se ha identificado, valorado y categorizado los impactos generados por las
actividades de la empresa se realiza el análisis de acuerdo a los siguientes criterios.
9.4.1. IDENTIFICACIÓN DE IMPACTOS
La identificación de impactos es la fase inicial del proceso de evaluación de impactos ambientales
en la que es posible predecir la existencia de impactos positivos y negativos generados durante
las fases de operación y mantenimiento y finalmente durante el cierre y abandono del proyecto.
En el presente Estudio se establecieron 32 interacciones, de las cuales 7 son de carácter positivo
y 25 son de carácter negativo.
9.4.2. EVALUACIÓN DE LOS IMPACTOS
La evaluación de impactos permite jerarquizar los impactos, para el presente estudio se han
realizado una división por etapas del proceso por cuanto las medidas o acciones preventivas
deben priorizar las afectaciones ambientales en función de cada etapa. Los resultados se
muestran en las siguientes tablas:
TABLA 65: JERARQUIZACIÓN DE IMPACTOS AMBIENTALES POR FACTORES
AMBIENTALES
De acuerdo a la tabla de jerarquización de impactos ambientales, la calidad del aire es la más
afectada durante la operación de Memorial Necrópoli debido a la generación de gases de
combustión del horno crematorio y ruido de vehículos, pero principalmente en caso de incendios.
A continuación, se tiene la afectación del debido a la generación de residuos sólidos peligrosos
en todas las etapas.
El factor agua se ve afectada en primer lugar por la descarga de aguas residuales del proceso
de tanatoestética y en caso de derrames accidentales de productos químicos.
En caso de derrames e incendios se tendría además la afectación a la seguridad y salud de los
trabajadores y vecinos de la empresa.
Como impactos positivos se tiene la mejora de vida de la población por la generación de empleo.
FASE DE OPERACIÓN,
MANTENIMIENTO Y
CIERRE
TOTAL
Calidad de aire -21,1
Calidad de agua -5,4
Calidad de suelo -13,8
Infraestructura vial -2,0
Salud y seguridad -7,0
Generación de empleo 5,0
NEGATIVOS
POSITIVOS
Página 115 de 161
TABLA 66: JERARQUIZACIÓN DE IMPACTOS AMBIENTALES POR ACTIVIDADES
El proceso que mayor impacto negativo produce es la cremación de cadáveres por las emisiones
al aire de gases de combustión, ruido y por la recepción de materias primas, combustibles y
productos químicos y por los riegos de derrame e incendio.
En segundo lugar, se tiene los procesos de tanatoestética por la generación de residuos sólidos
peligrosos.
A continuación, se ubica los impactos ambientales generados en los procesos de mantenimiento
por la generación de residuos sólidos peligrosos y riesgo de incendio y derrames accidentales.
Finalmente, se presenta una tabla en que se resume la categorización de impactos en función de su significancia:
ACCIONES TOTAL
-2,35
-5,05
-2,70
-2,00
-6,70
3. VELACIÓN DE RESTOS -3,70
4. DESTINO FINAL DEL
CUERPO.-14,60
-1,35
-9,10
CIERRE Y ABANDONO 2. ACONDICIONAMIENTO 5,40
1. MANTENIMIENTO
PREVENTIVO Y CORRECTIVO
1.1 Mantenimiento y limpieza de
equipos y áreas.-2,05
1.2 Desmontaje de
infraestructura
2.1 Rehabilitación de áreas
1. RETIRO Y/O PASIVOS
AMBIENTALES
PRINCIPALES OPERACIONES
2.1 Retiro de ropa
2.3 Desinfección, preservación
(formolización) del cuerpo y
maquillaje.
CIERRE Y ABANDONO
2. PROCESO DE
TANATOPRAXIA
4.1 Cremación de restos (incluye
restos exhumados) y trituración
de cenizas
FASE DE OPERACIÓN
MANTENIMIENTO
POSITIVOS
NEGATIVOS
1.2 Almacenamiento y/o
transporte de materias primas,
insumos.
1.1 Circulación de vehículos.1. RECEPCIÓN DEL CUERPO,
MATERIA PRIMA, INSUMOS
Y COMBUSTIBLES
2.2 Limpieza del cuerpo.
1.1 Circulación de vehículos y
maquinarias
3.1 Circulación de vehículos
Página 116 de 161
TABLA 67: SIGNIFICANCIA DE IMPACTOS
9.4.3. AFECTACIONES SIGNIFICATIVAS A CADA UNO DE LOS FACTORES
AMBIENTALES
A continuación, se presenta un análisis de las afectaciones a cada uno de los factores
ambientales.
9.4.3.1. FASE OPERATIVA Y DE MANTENIMIENTO
Calidad de aire y generación de ruido
Se han identificado un porcentaje muy bajo de impactos ambientales muy significativos los cuales
se producirían solo en caso de incendios. Como impactos significativos se ha identificado a las
emisiones vehiculares provenientes de su circulación y las emisiones del horno crematorio.
En lo que se refiere a la afectación por ruido se ha identificado como un impacto poco significativo
generado principalmente por entrada y salida de vehículos, el ruido generado por el ventilador
de tanatoestética y horno crematorio son imperceptibles al exterior.
Calidad de suelo
El suelo es el factor ambiental que se ve afectado por la generación de desechos sólidos
peligrosos como son: cortopunzantes y biológico infecciosos, waipes contaminados, envases
contaminados con productos químicos, filtros de aceites y combustibles, aceite lubricante,
luminarias con mercurio, wypes contaminados con productos químicos y baterías.
Eventualmente, en el caso de derrames de productos químicos el suelo podría verse afectado.
El impacto generado al factor suelo se han categorizado como significativos.
Calidad del agua
La afectación a la calidad del agua por las descargas provenientes de tanatoestética, se
considera un impacto ambiental significativo sin embargo si éstas son previamente desinfectadas
y cumplen con los límites máximos permisibles de la normativa vigente el impacto sería poco
significativo.
El factor agua eventualmente podría ser afectado en caso de derrames de productos químicos,
aguas residuales sin tratar y productos químicos en ese caso se tendría un impacto ambiental
significativo.
IMPACTOCANTIDAD DE
IMPACTOSPORCENTAJE %
Muy significativo 1 3,13
Significativo 5 15,63
Poco significativo 19 59,38
Positivo 7 21,88
Total 32 100,00
Página 117 de 161
Infraestructura vial
La afluencia de vehículos ya sea por el ingreso de familiares y amigos del fallecido, ingreso de
materia prima, combustibles e insumos incrementan el tráfico vehicular en las calles aledañas al
establecimiento, debido tanto a la circulación como el estacionamiento de los mismos.
El uso recurrente del espacio público, puede llegar a deteriorar el estado de las calles aledañas,
así como obstaculizar la normal circulación por esas vías.
Afectaciones a la salud y seguridad
El riesgo de incendios y derrames, es un tema que afectaría a la salud y seguridad del personal
que permanecen en el establecimiento y a la comunidad aledaña en caso de no ser controlada
adecuadamente.
Generación de empleo
Se ha considerado como un impacto positivo por cuanto en la fase de operación, mantenimiento,
cierre y abandono, se abrirían fuentes de empleo para la población, por la recolección de
desechos sólidos reciclables, peligrosos y especiales.
9.4.3.2. FASE DE CIERRE
Durante la etapa de cierre y abandono básicamente se tiene la generación de residuos sólidos
provenientes del desmantelamiento de equipos y desmantelamiento de la infraestructura, así
como emisiones vehiculares de los equipos y maquinarias que se ubique en el área para realizar
su trabajo. En menor escala se tendría afectaciones por emisiones gaseosas provenientes de
las fuentes móviles (vehículos pesados) o material particulado que se podría generar durante
esta etapa.
9.4.4. CONCLUSIONES
De la evaluación realizada a los diferentes componentes ambientales con las actividades de
operación, mantenimiento, abandono y cierre, se puede concluir lo siguiente:
• La circulación de vehículos, en todas las fases, afectará a la calidad del aire por las
emisiones gaseosas y ruido.
• Durante la fase de operación, se identifican dos aspectos importantes, esto es la
generación de residuos sólidos y la generación de efluentes líquidos de tanatoestética.
• Se debe continuar con una adecuada gestión de residuos sólidos, tanto peligrosos
como no peligrosos, que incluya el adecuado manejo desde la generación en la fuente hasta su
correcta disposición final, de acuerdo a la normativa ambiental vigente.
• EL impacto ambiental que se produciría en caso de incendio y derrames es muy
significativo por lo cual se debe mantener planes de contingencia y personal capacitado para su
adecuada aplicación.
• Se identificaron impactos positivos por la generación de empleo durante las fases de
operación, cierre y abandono.
Página 118 de 161
10. ANÁLISIS DEL CUMPLIMIENTO DE LA NORMATIVA NACIONAL Y LOCAL
Para el análisis del cumplimiento de la normativa nacional y local se ha tomado en consideración
las siguientes fases:
10.1. ETAPA DE PRE-AUDITORÍA
En esta etapa, se preparó la auditoría ambiental inicial, realizando una investigación bibliográfica-
descriptiva, chequeo de la información con los responsables de la empresa, análisis de
actividades, procesos y cumplimiento de protocolos, con el fin de reunir detalles suficientes tanto
del marco legal influyente como para la elaboración del diagnóstico ambiental, descripción de
actividades del proyecto y elaboración del Plan de Manejo Ambiental.
10.2. AUDITORÍA EN CAMPO
En esta fase se llevó a cabo las actividades in-situ comprobando y verificando el grado de
cumplimiento con la normativa. En esta fase se reconoció visualmente el área donde se
encuentra operando la empresa, utilizando las siguientes técnicas:
10.2.1. OBSERVACIÓN DIRECTA
Inspección mediante la observación no participante, de las características más sobresalientes de
la empresa respecto de la problemática ambiental.
10.2.2. ENTREVISTAS
Obtención de información testimonial por parte del personal involucrado directamente en todas
las actividades respecto a las prácticas ambientales; de igual manera con los directivos de la
empresa respecto a las políticas ambientales que se están implementando; además de las
entrevistas realizadas por el área social a la comunidad para el diagnóstico social.
10.2.3. REGISTRO FOTOGRÁFICO:
Generación de un registro fotográfico que evidencie el levantamiento de la información de la línea
base In Situ y de la participación ciudadana de la población en el proyecto.
10.3. POST-AUDITORÍA
Una vez recolectada la información bibliográfica y de campo se analizaron los resultados
obtenidos en la fase de campo, valorándolos y realizando un diseño de las medidas correctoras
de los impactos detectados.
10.4. HALLAZGOS
Con la información de la auditoría, se identificarán las no conformidades mayores o menores de
acuerdo a los siguientes criterios:
La No Conformidad menor se establece frente a una falta leve a la normativa ambiental y se
encuentra evaluada frente a los siguientes criterios:
- Fácil corrección
- Rápida corrección o remediación
- Bajo costo en corrección
- Evento de magnitud pequeña
Página 119 de 161
- Extensión puntual
- Poco riesgo
La No Conformidad Mayor implica una falta grave frente alguna normativa, y puede ser una
repetición de no conformidades menores:
- De difícil corrección o remediación
- Requiere para su mitigación de mayor tiempo y recursos
- El evento es de mayor magnitud
- Los riesgos potenciales pueden ser fatales
10.5. EVALUACIÓN DE CUMPLIMIENTO DE NORMATIVA NACIONAL Y LOCAL
En la matriz presentada en la tabla 68, se ha definido los artículos de la normativa ambiental
nacional y local a cumplirse de acuerdo a la actividad de la empresa, se ha marcado con un (x)
la columna que corresponde luego de la evaluación (no conformidad mayor, menor o
cumplimiento) se presenta una descripción de los hallazgos de la auditoría, las medidas o
correctivos en caso de incumplimiento y los medios de verificación en caso de cumplimiento.
Cabe señalar que la auditoría aplica solo para las actividades en funcionamiento que son
Cremación, velación y entierro de cadáveres, la sala de tanatoestética se encuentra aún sin
operación.
TABLA 68: MATRIZ DE EVALUACIÓN DE CUMPLIMIENTO DE LA NORMATIVA NACIONAL Y
LOCAL
DESCRIPCIÓN DE CRITERIO Y O MEDIDA
VERIFICACIÓN DE CUMPLIMIENTO
HALLAZGOS DEL
MEDIDAS O CORRECTIVOS
MEDIO DE VERIFICACIÓN
N/A C NC- NC+ EsIA Expost
ACUERDO MINISTERIAL 061 REFORMA DEL LIBRO VI DEL TEXTO UNIFICADO DE LEGISLACIÓN SECUNDARIA Edición Especial Nº 316 - Registro Oficial - Lunes 4 de mayo de 2015
CAPÍTULO VI GESTIÓN INTEGRAL DE RESIDUOS SOLIDOS NO PELIGROSOS Y DESECHOS PELIGROSOS Y/O ESPECIALES
Art. 54 Prohibiciones c) Quemar a cielo abierto residuos y/o
desechos sólidos no peligrosos, desechos peligrosos y/o
especiales.
X
Durante la inspección no se ha evidenciado que se lleve
a cabo esta práctica, el Regulado declara no
realizarla.
SECCIÓN I GESTIÓN INTEGRAL DE RESIDUOS Y/O DESECHOS SOLIDOS NO PELIGROSOS
Art. 60 a) tener responsabilidad de su manejo hasta el momento de entrega ser depositados en
sitios autorizados que determine la autoridad competente.
X
El Regulado declara estar consciente de su
responsabilidad e indica que a la fecha no se han
presentado incidente en manejo de desechos
peligrosos
Art. 60 c) Realizar separación y clasificación en la fuente
conforme lo establecido en las normas específicas.
X
No se dispone de un procedimiento para la
minimización, reutilización y reciclaje
de desechos no peligrosos y peligrosos
Implementar política y procedimiento para
la minimización, reutilización y reciclaje de
desechos no peligrosos y
peligrosos, con indicadores que
evidencien la minimización de
desechos.
Art. 60 f) Los grandes generadores tales como industria, comercio y de servicios, deberán llevar un registro mensual del tipo y cantidad o peso de los residuos
generados.
X
No se lleva un resgistro mensual del tipo y
cantidad o peso de los residuos generados
Llevar registro mensual de los
residuos generados.
Art. 60 g) Los grandes generadores tales como industria, comercio y de servicios deberán entregar los residuos sólidos no
peligrosos ya clasificados a gestores ambientales autorizados
por la Autoridad Ambiental Nacional o de Aplicación
Responsable acreditada para su aprobación, para garantizar su aprovechamiento y /o correcta disposición final, según sea el
caso.
X
No se evidencio la entrega de los residuos sólidos no peligrosos ya clasificados a gestores
ambientales autorizados
Entregar los residuos sólidos no
peligrosos ya clasificados a
gestores ambientales
autorizados por la Autoridad Ambiental
Nacional o de Aplicación
Responsable acreditada para su
aprobación
Art. 63 a) Los residuos sólidos no peligrosos se deberán disponer temporalmente en recipientes o
contenedores cerrados (con tapa), identificados, clasificados,
en orden y de ser posible con una funda plástica en su interior.
X
No se evidencia que los residuos sólidos no
peligrosos se deberán disponer temporalmente
en recipientes o contenedores cerrados
(con tapa), identificados, clasificados, en orden y de ser posible con una
funda plástica en su interior
Disponer de contenedores
cerrados (con tapa), identificados,
clasificados, en orden y de ser
posible con una funda plástica en su interior para residuos
sólidos no peligrosos.
MV-01 Área de almacenamiento de
desechos no peligrosos
Página 121 de 161
Art. 64 a) Las instalaciones para almacenamiento, deberán contar
con acabados físicos que permitan su fácil limpieza e impidan la proliferación de
vectores o el ingreso de animales domésticos (paredes, pisos y
techo de materiales no porosos e impermeables). b) Deberán ser lo
suficientemente amplios para almacenar y manipular en forma
segura los residuos no peligrosos. c) Deberán estar
separados de áreas de producción, servicios, oficinas.
X
No se evidencia que las instalaciones para almacenamiento,
cuenten con acabados físicos que permitan su fácil limpieza e impidan
la proliferación de vectores o el ingreso de
animales domésticos
Disponer de instalaciones para almacenamiento,
cuenten con acabados físicos que
permitan su fácil limpieza e impidan la
proliferación de vectores o el ingreso
de animales domésticos
MV-01 Área de almacenamiento de
desechos no peligrosos
g) El acceso deberá ser restringido, únicamente se
admitirá el ingreso de personal autorizado y capacitado.
h) Deberán contar con un cierre perimetral que impida el libre
acceso de personas o animales.
SECCIÓN II: GESTIÓN INTEGRAL DE DESECHOS PELIGROSOS Y/O ESPECIALES
Art. 88.- a) Responder individual conjunta y solidariamente con las
personas naturales o jurídicas que efectúen para él la gestión de los desechos de su titularidad, en
cuanto al cumplimiento de la normativa ambiental aplicable
antes de la entrega de los mismos y en caso de incidentes
que involucren manejo inadecuado, contaminación y/o
daño ambiental. La responsabilidad es solidaria e
irrenunciable.
X
El Regulado declara estar consciente de su
responsabilidad e indica que a la fecha no se han
presentado incidente en manejo de desechos
peligrosos.
Art. 88.- b). Obtener obligatoriamente el registro de
generador de desechos peligrosos y/o especiales ante la Autoridad Ambiental Nacional o las Autoridades Ambientales de Aplicación Responsable, para lo
cual el Autoridad Ambiental Nacional establecerá los
procedimientos aprobatorios respectivos mediante acuerdo
ministerial.
X
No se evidencia la obtención del registro
generador de desechos peligrosos y/o especiales
Obtener registro de generador de
desechos peligrosos y/o especiales
Art. 88 f). Identificar y/o caracterizar los desechos peligrosos y/o especiales
generados, de acuerdo a la norma técnica ;
X
MV-02 Área de almacenamiento de
desechos peligrosos y/o especiales.
Art. 88 g). Realizar la entrega de los desechos peligrosos y/o
especiales para su adecuado manejo, únicamente a personas naturales o jurídicas que cuenten con la regularización ambiental correspondiente emitida por el Autoridad Ambiental Nacional o por la Autoridad Ambiental de
Aplicación Responsable;
X
No se evidencio la entrega de desechos
peligrosos y/o especiales para su adecuado
manejo, únicamente a personas naturales o jurídicas que cuenten con la regularización
ambiental
Entregar los desechos peligrosos y/o especiales para
su adecuado manejo, únicamente a personas naturales
o jurídicas que cuenten con la regularización
ambiental
Página 122 de 161
Art. 88 h). Demostrar ante la Autoridad Ambiental competente que no es posible someterlo los
desechos peligrosos y/o especiales a algún sistema de
eliminación y/o disposición final dentro de sus instalaciones, bajo
los lineamientos técnicos establecidos en la normativa
ambiental emitida por el Autoridad Ambiental Nacional.
X
En la inspección realizada se verificó que la Empresa no posee sistemas adicionales
para disposición y/o eliminación de desechos peligrosos dentro de sus
instalaciones.
Art. 88 j) Regularizar su actividad conforme lo establece la
normativa ambiental ante el Autoridad Ambiental Competente
X El Regulado se encuentra en proceso de obtención de su
Licencia
Art. 88 l). Mantener un registro de los movimientos de entrada y
salida de desechos peligrosos y/o especiales en su área de
almacenamiento, en donde se hará constar la fecha de los
movimientos que incluya entradas y salidas, nombre del desecho, su
origen, cantidad transferida y almacenada, destino,
responsables y firmas de responsabilidad.
X
No se evidencia registro de los movimientos de
entrada y salida de desechos peligrosos y/o especiales en su área de
almacenamiento.
Llevar un registro de los movimientos de entrada y salida de
desechos peligrosos y/o especiales en su
área de almacenamiento,
Art. 89 Del reporte. - El generador reportará a la
Autoridad Ambiental Competente, en caso de producirse accidentes durante la generación y manejo de los desechos peligrosos y/o
especiales, en un máximo de 24 horas del suceso. El ocultamiento
de esta información recibirá la sanción prevista en la legislación ambiental aplicable y sin perjuicio
de las acciones judiciales a las que hubiese lugar.
X
El Regulado indica que a la fecha no se han presentado
incidente en manejo de desechos peligrosos.
Art. 92.- Del período del almacenamiento. - El
almacenamiento de desechos peligrosos y/o especiales en las instalaciones, no podrá superar los doce (12) meses contados a
partir de la fecha del correspondiente permiso
ambiental. En casos justificados, mediante informe técnico, se podrá solicitar a la Autoridad
Ambiental una extensión de dicho periodo que no excederá de 6
meses.
X Se ha mantenido los
desechos almacenados por más de 12 meses
Enviar desechos a gestores calificados
con frecuencia mínimo de 12
meses.
Art. 93.- Los lugares para el almacenamiento de desechos peligrosos y especiales: a) Ser lo suficientemente amplios para almacenar y manipular en forma segura los desechos peligrosos, así como contar con pasillos lo suficientemente amplios, que
permitan el tránsito de montacargas mecánicos,
electrónicos o manuales, así como el movimiento de los
grupos de seguridad y bomberos en casos de emergencia.
X
MV-02 Àrea de almacenamiento de
desechos peligrosos y/o especiales. El área para el
almacenamiento de desechos peligrosos es lo
suficientemente amplio para almacenar y manipular en
forma segura los desechos.
Página 123 de 161
Art. 93 b) Estar separados de las áreas de producción, servicios,
oficinas y de almacenamiento de materias primas o productos
terminados.
X
MV-02 Àrea de almacenamiento de
desechos peligrosos y/o especiales. El área de desechos se encuentra ubicada al en la parte exterior del edificio.
Art. 93 c) No almacenar desechos peligrosos o especiales
con sustancias químicas peligrosas.
X
MV-02 Àrea de almacenamiento de
desechos peligrosos y/o especiales. El área de
desechos peligrosos, solo está destinada para ese fin.
Art. 93 d). El acceso a estos locales debe ser restringido,
únicamente se admitirá el ingreso a personal autorizado provisto de
todos los implementos determinados en las normas de
seguridad industrial y que cuente con la identificación
correspondiente para su ingreso.
X
MV-02 Àrea de almacenamiento de
desechos peligrosos y/o especiales. Los desechos se almacenan en un área que
impide el acceso de personal no autorizado y animales.
Art. 93 f) Contar con un equipo de emergencia y personal
capacitado en la aplicación de planes de contingencia.
X
No se evidencia un equipo de emergencia y personal capacitado en la aplicación de planes
de contingencia.
Implementar un equipo de
emergencia y personal capacitado en la aplicación de
planes de contingencia.
Art. 93 g) Las instalaciones deben contar con pisos cuyas
superficies sean de acabado liso, continuo e impermeable o se
hayan impermeabilizado, resistentes química y
estructuralmente a los desechos peligrosos que se almacenen, así
como contar con una cubierta (cobertores o techados) a fin de estar protegidos de condiciones
ambientales tales como humedad, temperatura, radiación
y evitar la contaminación por escorrentía.
X
MV-02 Àrea de almacenamiento de
desechos peligrosos y/o especiales. El área cuenta
un piso cuyas superficies es liso, continuo e impermeable
Art 93 h) Para el caso de almacenamiento de desechos
líquidos, el sitio debe contar con cubetos para contención de
derrames o fosas de retención de derrames cuya capacidad sea del 110% del contenedor de mayor
capacidad, además deben contar con trincheras o canaletas para
conducir derrames a las fosas de retención con capacidad para
contener una quinta parte de lo almacenado.
X
MV-02 Àrea de almacenamiento de
desechos peligrosos y/o especiales. El
almacenamiento de aceite mineral usado se encuentra
en cubeto con capacidad suficiente.
Art. 93 i). Contar con señalización apropiada con
letreros alusivos a la peligrosidad de los mismos, en lugares y
formas visibles.
X
MV-02 Àrea de almacenamiento de
desechos peligrosos y/o especiales. El área de desechos cuenta con
señalización apropiada con letreros alusivos a la
peligrosidad
Página 124 de 161
Art. 93 j). Contar con sistemas de extinción contra incendios. En el caso de hidrantes, estos deberán mantener una presión mínima de
6kg/cm2 durante 15 minutos.
X
MV-02 Àrea de almacenamiento de
desechos peligrosos y/o especiales. Se mantiene extintor contra incendios
cercana a áreas de desechos peligrosos y
almacenamiento de aceites usados.
Art. 93 k). Contar con un cierre perimetral que impida el libre
acceso de personas y animales. X
No se genera desechos especiales
Art. 95.- Del etiquetado. Todo envase durante el
almacenamiento temporal de desechos peligrosos y/o especiales debe llevar la
identificación correspondiente de acuerdo a las normas técnicas
emitidas por el Autoridad Ambiental Nacional o la Autoridad Nacional de normalización y las
normas internacionales aplicables al país. La identificación será con
etiquetas de un material resistente a la intemperie o
marcas de tipo indeleble, legible, ubicadas en sitios visibles.
x .
Una vez llenos los envases con
desechos peligrosos y especiales sellar, pesar y colocar la
etiqueta de identificación según la norma INEN 2266.
MV-02 Àrea de almacenamiento de
desechos peligrosos y/o especiales.
Art. 96 De la compatibilidad.- Los desechos peligrosos y
especiales serán almacenados considerando los criterios de
compatibilidad, de acuerdo a lo establecido en las normas
técnicas emitidas por el Autoridad Ambiental Nacional o la Autoridad Nacional de Normalización y las
normas internacionales aplicables al país, no podrán ser
almacenados en forma conjunta en un mismo recipiente y serán
entregados únicamente a personas naturales o jurídicas que cuenten con la regulación
ambiental emitida por el Autoridad Ambiental Nacional o por las Autoridades Ambientales
de Aplicación Responsable.
X
MV-02 Àrea de almacenamiento de
desechos peligrosos y/o especiales. Los desechos
peligrosos son almacenados considerando los criterios de
compatibilidad.
Art. 126.- Queda prohibida la mezcla de desechos especiales
con desechos peligrosos, ya que, si esto llega a ocurrir, la mezcla completa debe manejarse como
desecho peligroso.
X No se genera desechos
especiales
ACUERDO MINISTERIAL 097-A, Edición Especial Nº 387 - Registro Oficial -Lunes 4 de mayo de 2015
NORMAS TÉCNICAS
ANEXO 1 DEL LIBRO VI DEL TEXTO UNIFICADO DE LEGISLACION SECUNDARIA DEL MINISTERIO DEL AMBIENTE: NORMA DE CALIDAD AMBIENTAL Y DE DESCARGA DE EFLUENTES AL RECURSO AGUA
5.2.1. Principios básicos para descarga de efluentes: 5.2.1. 1. Los laboratorios que realicen los análisis de muestras de agua de efluentes o cuerpos receptores
deberán estar acreditados por la SAE. Norma técnica para
control de descargas líquidas (NT002). Numeral 3.23
X No se realiza automonitoreo
de descargas liquidas
Página 125 de 161
5.2.1.5 Se prohíbe la utilización de cualquier tipo de agua, con el propósito de diluir los efluentes
líquidos no tratados. Norma técnica para control de
descargas líquidas (NT002). Numeral 3.5
X
Durante la inspección no se evidenció esta práctica, el
regulado declara no realizarla.
5.2.1.10 Se prohíbe el lavado de vehículos en los cuerpos de
agua, así como dentro de una franja de cien (100) metros
medidos desde las orillas de todo cuerpo de agua, de vehículos de transporte terrestre y aeronaves de fumigación, así como el de
aplicadores manuales y aéreos de agroquímicos y otras
sustancias tóxicas y sus envases, recipientes o empaques. Norma
técnica para control de descargas líquidas (NT002).
Numeral 3.11
X
El regulado declara no realizar mantenimientos de vehículos en el interior del
establecimiento.
5.2.2.2 c) El regulado deberá disponer de sitios adecuados para muestreo y aforo de sus
efluentes y proporcionará todas las facilidades para que el
personal técnico encargado del control pueda efectuar su trabajo
de la mejor manera posible. Norma técnica para control de
descargas líquidas (NT002). Numeral 3.16
X El regulado declara no se
realizan monitoreos de descargas líquidas
ANEXO 3 DEL LIBRO VI DEL TEXTO UNIFICADO DE LEGISLACION SECUNDARIA DEL MINISTERIO DEL AMBIENTE NORMA DE EMISIONES AL AIRE DESDE FUENTES FIJAS
4.1.2.3 Los valores máximos de concentraciones de emisión permitidos para calderas se
establecen en la Tabla 2. Norma técnica para emisiones a la atmosfera de fuentes fijas
(NT001) Numeral 5.2
X
MV-04: Informes de Resultados de los automonitoreos de
emisiones de gases. Se mantiene historiales de
auto monitoreo de emisiones de gases en el que se puede evidenciar el cumplimiento
de los LMP.
4.1.2.7 El control de las horas de operación se deberá efectuar
mediante horómetros debidamente calibrados. El
regulado deberá llevar un registro de las lecturas del horómetro, a
fin de obtener el tiempo de funcionamiento. Norma técnica para emisiones a la atmosfera
de fuentes fijas (NT001) Numeral 3.15
X
.No se evidencia el control de las horas de operación se deberá efectuar mediante
horómetros debidamente calibrados
Evidenciar el control de las horas de
operación se deberá efectuar mediante
horómetros debidamente calibrados
MV-07 Certificado de mantenimiento generador
eléctrico.
4.5.5 Los responsables de la operación de las fuentes fijas
deben comunicar a la Autoridad Ambiental de Control, sobre cualquier situación anómala, emergente, no típica, que se
presente durante el funcionamiento de la fuente, y en la que se verificaren emisiones de
contaminantes superiores a los valores máximos establecidos en esta norma. Norma técnica para
emisiones a la atmosfera de fuentes fijas (NT001) Numeral
3.5
x El regulado declara no haber tenido situaciones anómalas.
Página 126 de 161
4.5.11 Los monitoreos externos de las emisiones de fuentes fijas
serán realizados única y exclusivamente por los
laboratorios ambientales con acreditación vigente del Servicio
de Acreditación Ecuatoriano (SAE) o el que lo reemplace o acreditados con la ISO 17025.
Norma técnica para emisiones a la atmosfera de fuentes fijas
(NT001) Numeral 3.17
x
MV-04: Informes de Resultados de los automonitoreos de
emisiones de gases.
4.5.13 Se prohíbe el uso de aceites lubricantes usados como combustible en calderas, hornos u otros equipos de combustión, con excepción de que la fuente fija de combustión demuestre, mediante el respectivo estudio
técnico, que cuenta con equipos y procesos de control de emisiones producidas por esta combustión,
a fin de no comprometer la calidad del aire al exterior de la
fuente. Norma técnica para emisiones a la atmosfera de
fuentes fijas (NT001) Numeral 3.2.
x Durante la visita se observó que las fuentes fijas utilizan como combustible diésel.
4.6.1.1. Para demostrar el cumplimiento de la norma de
emisiones al aire de fuentes fijas de combustión, los equipos,
métodos y procedimientos de medición deberán cumplir los requisitos técnicos mínimos establecidos en la presente
Norma. Además, la fuente fija deberá disponer de las todas las facilidades técnicas que permitan la ejecución de las mediciones.
Norma técnica para emisiones a la atmosfera de fuentes fijas
(NT001) Numeral 5.1
x
No se evidencia cumplimiento de todos
los requisitos establecidos en
normativa.
Cumplir con todos los requisitos
establecidos en normativa.
NORMA TÉCNICA PARA EMISIONES A LA ATMOSFERA DE FUENTES FIJAS (NT001)
Ordenanza Metropolitana de Quito N° 138
3.1 Se prohíbe expresamente la dilución de las emisiones al aire
desde una fuente fija de combustión o de emisión de
proceso con el fin de alcanzar cumplimiento con la normativa
aquí descrita.
X Algunos parámetros no
cumplen con los LMP de las Normas Técnicas
Tomar acciones correctivas en caso de exceder los LMP
MV-03 Informes de Resultados de los automonitoreos de emisiones de ruido ambiental. MV-04 Resultados de los
automonitoreos de gases
3.7 La bitácora debe tener como mínimo la siguiente información
de aplicar: Nombre, marca y capacidad nominal de los equipos tiempo de operación de la fuente,
fechas y tiempo de mantenimiento, consumo de
combustible, tipo de combustible, caracterización del combustible proporcionado por el proveedor, propósito del equipo y cualquier
otro dato que el operador considere necesario en un
apartado de observaciones, así como los respaldos que
justifiquen los datos presentados. Los registros se llevarán de
manera mensual.
X No se evidencia registro mensual de fuentes fijas
Llevar registro mensual de fuentes
fijas.
Página 127 de 161
NORMA TECNICA PARA CONTROL DE LA CONTAMINACIÓN POR RUIDO (NT003) Ordenanza Metropolitana de Quito N° 138
3.3. Es deber fundamental del administrado monitorear sus emisiones de ruido con una
periodicidad establecida en el Instructivo de Aplicación de la
Ordenanza Metropolitana correspondiente, cuyo reporte se
presentará en el formulario establecido para el efecto. La
presentación de este formulario ante la Autoridad Ambiental
Distrital se realizará cuando esta lo disponga.
X
MV-03: Informes de Resultados de los automonitoreos de emisiones de ruido
ambiental. Se observa incumplimiento de los
Límites Máximos Permisibles en el año 2017.
3.1. Los Laboratorios que realicen evaluaciones de ruido deben estar acreditados ante el
Servicio de Acreditación Ecuatoriana y desarrollar estas
actividades con personal competente.
X
MV-03: Informes de Resultados de los automonitoreos de emisiones de ruido
ambiental. El automonitoreo de emisiones de ruido es
realizado por un laboratorio acreditado ante el SAE.
REGLAMENTO SUSTITUTIVO DEL RAOHE Registro Oficial No. 265 publicado el 13/0272001
Art. 25 Manejo y almacenamiento de crudo y/o
combustibles. b) Deberán mantenerse herméticamente
cerrados, a nivel de suelo y estar aislados mediante un material
impermeable para evitar infiltraciones y contaminación del
ambiente, y rodeados de un cubeto técnicamente diseñado para el efecto, con un volumen
igual o mayor al 110% del tanque mayor.
X
MV-02 Àrea de almacenamiento de
desechos peligrosos y/o especiales. El crudo y/o
combustibles se mantienen herméticamente cerrados, a
nivel de suelo y están aislados mediante un material impermeable
ORDENANZA METROPOLITANA 0470
Mantener vigente el Certificado de Bomberos.
X No se dispone de
certificado de bomberos
Disponer de certificado de
bomberos vigente.
ORDENANZA METROPOLITANA 308
Art. 28. Administradores obligados a obtener LUAE 1.
Están obligados a obtener LUAE todas las personas naturales o
jurídicas, nacionales o extranjeras, de derecho privado o público, o las comunidades, que ejerzan actividades económicas, con o sin finalidad de lucro, en
establecimientos ubicados en el DMQ.
X MV-05 LUAE
CÓDIGO DEL TRABAJO, Decreto Ejecutivo 2393
Art. 434. En todo medio colectivo y permanente de trabajo que
cuente con más de 10 trabajadores, los empleadores están obligados a elaborar y someter a la aprobación del
Ministerio de trabajo un Reglamento de higiene y
seguridad el mismo que será renovado cada dos años.
X
MV-06 Aprobación del Ministerio de trabajo un
Reglamento de higiene y seguridad
2 30 3 13
Página 128 de 161
10.6. SÍNTESIS DE NO CONFORMIDADES
La empresa mantiene un 60,42% de cumplimiento de la normativa ambiental por lo cual es necesario
implementar un plan de acción para levantamiento de las no conformidades mayores y menores,
además las medidas que deben tomarse en cuenta en la realización del Plan de Manejo Ambiental para
su respectivo cumplimiento.
En la tabla 65, se puede observar el cumplimiento de la normativa ambiental vigente en un 60,42%, no
conformidades mayores en un 27,08%, no conformidades menores en un 8,33%. Son 6 hallazgos a ser
tomadas en cuenta para cumplir en un 100% con los requerimientos de la normativa nacional y local.
TABLA 69: NO CONFORMIDADES ENCONTRADAS
VERIFICACIÓN TOTAL %
Cumplimiento 30 60,42
No conformidad menor 4 8,33
No conformidad mayor 13 27,08
TOTAL 46 100
10.7. PLAN DE ACCIÓN
En la tabla 57, se plantean las medidas consideradas como las más adecuadas para llegar a un total
cumplimiento legal, éstas deben ser ejecutadas por el proponente una vez que la Autoridad Ambiental
otorgue la Licencia Ambiental.
TABLA 70: PLAN DE ACCIÓN PARA LEVANTAMIENTO DE NO CONFORMIDADES
N° ACTIVIDAD RESPONSABLE INDICADOR MEDIO DE
VERIFICACIÓN PLAZO
1 Enviar desechos a gestores calificados con frecuencia mínimo de 12 meses.
Administrador Cumple = 1
No cumple = 0
Certificados y/o manifiestos de envió al gestor
calificado. Verificación in situ
2 meses
2
Una vez llenos los envases con desechos peligrosos y especiales sellar, pesar y colocar la etiqueta de identificación según la norma INEN 2266.
Administrador Cumple = 1
No cumple = 0 Fotos/Verificación
in situ 2 meses
3
Implementar política y procedimiento para la minimización, reutilización y reciclaje de desechos no peligrosos y peligrosos, con indicadores que evidencien la minimización de desechos.
Administrador Cumple = 1
No cumple = 0 Verificación in situ 3 meses
4 Implementar recipientes para almacenamiento de desechos de acuerdo al código de colores establecidos en la norma INEN 2841
Administrador Cumple = 1
No cumple = 0 Fotos/Verificación
in situ 3 meses
5
Implementar las facilidades técnicas para la toma de muestra y la medición de caudal para la descargas liquida proveniente de la sala de tanatoestética.
Administrador Cumple = 1
No cumple = 0 Fotos/Verificación
in situ 3 meses
6
Implementar todos los requisitos técnicos mínimos que permitan la ejecución de las mediciones de las emisiones de gases del horno crematorio y generador eléctrico, según el Anexo 1: Condiciones de Seguridad para la Realización de Mediciones en Chimeneas establecido en la Resolución 0002-SA-2014
Administrador Cumple = 1
No cumple = 0 Fotos/Verificación
in situ 3 meses
Página 129 de 161
11. ESTUDIO DE EVALUACIÓN DE RIESGOS
11.1. METODOLOGÍA18
Para la evaluación de los riesgos industriales (derrames, explosión, entre otros) y naturales se utilizó la
matriz de vulnerabilidad a fin de determinar el tipo de riesgo en función de la probabilidad y la
consecuencia. La probabilidad es el análisis de que un accidente ocurra dentro de cierto periodo de
tiempo. La consecuencia evalúa el efecto sobre la población, las propiedades y el medio ambiente.
Para poder establecer el riesgo se construye una matriz de Identificación del riesgo, en la que se
establecen las siguientes variables:
• Objeto: corresponde al objeto riesgoso, es decir el objeto que puede ser una o más fuentes de
riesgo.
• Operación: parte del proceso en el que se identifica el objeto.
• Peligro: corresponde a la identificación de la fuente de riesgo, por ejemplo, cantidad de combustible
almacenado, de productos químicos, etc.
• Tipo de Riesgo: son los tipos de accidentes que cada peligro pudiera provocar.
• Objeto amenazado: puede ser la vida, el ambiente, propiedades tomando en cuenta la velocidad de
propagación, sus interacciones definen la gravedad.
• Consecuencias
• Probabilidad
• Consecuencia (prioridad)
• Los criterios cuantitativos a utilizarse para la probabilidad y consecuencia son:
TABLA 71: CRITERIOS PARA EL ANÁLISIS DE LA PROBABILIDAD
PROBABILIDAD
NIVEL CALIFICACIÓN CRITERIO
A Frecuente Posibilidad de accidentes repetidos: 1 o más al mes
B Moderado Posibilidad de accidentes aislados: 1 al año
C Ocasional
remoto Posibilidad de que alguna vez ocurra un incidente: 1 cada 10 años
D Improbable Posibilidad muy baja, podría ocurrir un incidente cada 100 años.
E Imposible Muy difícil que ocurra, probabilidad cercana a cero.
TABLA 72: CRITERIOS PARA ANÁLISIS DE LA CONSECUENCIA
CONSECUENCIA
NIVEL CALIFICACIÓ
N DAÑO A LAS PERSONAS
IMPACTO, SOCIAL,
AFECTACIÓN A LA FALTA DE
SERVICIO.
IMPACTO AL AMBIENTE
DAÑOS A LA PROPIEDAD
1 Catastrófico Múltiples muertos (dos o
más) País
Mayor/ larga duración / respuesta a gran
escala
Impacto serio (mayor a 10000)
USD
2 Crítico Un muerto Ciudad / provincia Necesidad de recursos
importantes
Impacto limitado (entre 5000 a 10000) USD
3 Moderado Lesión seria personas
(atención médica) Barrio
Moderado/corta duración/respuesta
limitada
Impacto menor (1000 a 5000) USD
4 Insignificante Primeros auxilios
(atención brigadistas) Mínimo a ninguno
Menor necesidad de respuesta pequeña
Ningún impacto (menor a 1000)
USD
18 PNUMA, Universidad de Guadalajara “Identificación y evaluación de riesgos en una comunidad local”, 1era. Edición, 1992
TABLA 73: RESULTADOS DE EVALUACIÓN DE RIESGOS
OBJETO OPERACIÓNTIPO DE
RIESGOOBJETO AMENAZADO CONSECUENCIAS PROBAB. CONSEC. CATEG. ACCIONES
Almacenamiento
de combustible
Tanque de GLP
para operación
de horno
crematorio.
Incendio
Vida: Trabajadores, pobladores que
viven cerca de la empresa
Ambiente: aire, suelo
Propiedad: , vehículos, casas,
equipos, fábricas aledañas
Vida: intoxicaciones por gases,
quemaduras, muertes
Contaminación del aire y suelo
Daño de bienes, derrumbe de
infraestructuras
C 2 Medio
Incendio
Vida: Trabajadores y pobladores que
viven cerca de la empresa
Ambiente: aire, suelo
Propiedad: , vehículos, casas,
equipos, fábricas aledañas
Vida: intoxicaciones por gases,
quemaduras, muertes
Ambiente:
Contaminación del aire y suelo
Daño de bienes, derrumbe de
infraestructuras
C 3 Medio
Derrame Vida: personal Ambiente: Suelo, agua
Vida:
Intoxicaciones
Ambiente:
Contaminación del suelo y agua
B 4 Bajo
Almacenamiento
de desechos
sanitario
Almacenamiento
desechos
biológico
infecciosos
Biológico Vida: personal, población Vida: enfermedad, muerte. C 3 Medio
Infraestructura Lluvias fuertes Inundación Personas, equipos Heridos, daños materiales C 4 Bajo
Incendio
Vida: Personal, pobladores que viven
cerca de la empresa
Ambiente: Aire, suelo
Propiedad: Infraestructura ,
vehículos,
casas, equipos, fábricas aledañas
Vida: intoxicaciones por gases,
quemaduras, muertes
Contaminación del aire y suelo
Daño de bienes, derrumbe de
infraestructuras
C 3 Medio
Derrame Vida: personal Ambiente: Suelo, aguaVida: Intoxicaciones
Contaminación del suelo y aguaC 3 Medio
EVALUACIÓN
Área de
almacenamiento
de desechos
peligrosos
Medidas
preventivas, de
control y
planeación de
emergencias
Infraestructura Terremotos
Almacenamiento
desechos
aceites usados,
w aipes
contaminados y
envases vacíos
11.1.1. CONCLUSIONES DE LOS RESULTADOS DE LA EVALUACIÓN DE RIESGOS
• Área de almacenamiento de combustibles:
Por la cantidad de combustibles almacenados, el riego de incendio y explosión se ha calificado con
una probabilidad de ocasionalmente remoto y con una consecuencia crítica, en el caso de derrames
se ha definido tanto la probabilidad como la consecuencia como moderada, para ambos casos, lo
cual la categoría pertenece a riesgo medio.
• Área de almacenamiento de desechos peligrosos:
Por el tipo de actividad la generación de desechos peligrosos es baja, se ha calificado la probabilidad
de producirse un incendio como ocasionalmente remota y la consecuencia como moderada, siendo
así la categoría como riesgo medio y para derrames como riesgo bajo.
• Área de almacenamiento de desechos sanitarios:
La empresa mantiene un adecuado manejo de desechos sanitarios en cumplimiento con la
normativa ambiental vigente por lo cual la probabilidad de producirse un riesgo biológico en esta
área es ocasionalmente remota con una consecuencia moderada, siendo así un riesgo de categoría
media.
• Infraestructura:
Al ser disponer de una infraestructura nueva y buenas condiciones se ha categorizado el riesgo en
caso de incendios e inundaciones por terremotos o lluvias fuertes como medio.
12. PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
El Plan de Manejo Ambiental (PMA) es una herramienta para la gestión ambiental de la empresa,
en el plan se contemplan medidas para la prevención, mitigación y control de los impactos
ambientales identificados en la etapa de evaluación, de acuerdo con su categorización o
significancia.
El Plan de Manejo Ambiental establece criterios que el personal y las actividades de la empresa
deben cumplir de manera que permitan asegurar:
• El menor impacto ambiental posible.
• Control de riesgos a la seguridad industrial, a la salud del personal propio subcontratado.
• Cumplimiento de la legislación ambiental aplicable
• Una adecuada gestión de la empresa orientada al cuidado ambiental y al mejoramiento continuo.
La aplicación de las medidas de prevención y el control ambiental establecidas en el plan son
prácticas que permitirán minimizar al máximo la ocurrencia de los impactos, riesgos y contingencias
durante las actividades que se realizan en la empresa durante su operación, mantenimiento, cierre
y abandono, por lo tanto, deben ser satisfactoriamente implementadas en los plazos previstos.
PLAN DE MANEJO AMBIENTAL Y CRONOGRAMA
PLAN DE PREVENCIÓN Y MITIGACIÓN DE IMPACTOS PROGRAMA DE PREVENCIÓN Y REDUCCIÓN DE LA CONTAMINACIÓN PRODUCIDA POR EMISIONES AL AIRE DE FUENTES FIJAS
OBJETIVOS: 1. Reducir a sus niveles mínimos las emisiones provenientes de fuentes fijas. 2. Cumplir con los LMP de la normativa ambiental vigente. 3. Proteger la salud y seguridad de los trabajadores y población aledaña a la empresa. LUGAR DE APLICACIÓN: Cuarto de máquinas. RESPONSABLE: Administrador
PPM-01
ASPECTO AMBIENTAL
IMPACTO IDENTIFICADO
MEDIDAS PROPUESTAS INDICADORES MEDIOS DE
VERIFICACIÓN
PLAZOS
Inicio Periodicidad Finalización
Emisiones al aire de
calderos
Contaminación del aire
Realizar mantenimientos preventivos del horno crematorio y generador
#mantenimiento dados/ total mantenimientos
programados.
Registros de mantenimiento
En el mes de obtención de
la AAA Anual
Finalización de la vida útil del
proyecto
Emisiones al aire de fuentes
fijas
Contaminación del aire
Mantener bitácoras de operación y mantenimiento del horno crematorio y del generador de emergencia que contenga la siguiente información: nombre, marca, capacidad nominal, tiempo de operación de la fuente, consumo de combustible, tipo de combustible, coordenadas del punto de muestreo y observaciones
(fechas de monitoreo y para generadores registro del horómetro).
Cumple = 1 Parcialmente = 0,5
No cumple = 0 Bitácora de operación.
En el mes de obtención de
la AAA Mensual
Finalización de la vida útil del
proyecto
Emisiones al aire de fuentes
fijas
Contaminación del aire
Mantener registro de mantenimiento o verificación del tanque de GLP del horno
# mantenimiento o verificaciones dado /
total de mttos. O verificaciones programadas
Registro de Mantenimiento o verificación
En el mes de la obtención de la AAA
Anual Finalización de la
vida útil del proyecto
Emisiones al
aire de fuentes fijas
Contaminación del aire
Llevar un registro de lecturas del horómetro del generador de emergencia.
# Horas registradas / # Horas de
funcionamiento. Registro
En el mes de obtención de
la AAA
Cada que opere el
generador.
Finalización de la vida útil del
proyecto
Página 133 de 161
Emisiones al aire de
generadores.
Contaminación del aire
Mantenimiento preventivo y de verificación periódica de los horómetros
de generadores activos
#mantenimiento dados/ total mantenimientos
programados. Registro de mantenimiento
En el mes de obtención de
la AAA Anual
Finalización de la vida útil del
proyecto
Emisiones al aire de calderos
Contaminación del aire
Tomar acciones correctivas en caso de exceder los límites máximos permisibles
de emisiones al aire en base a los resultados del monitoreo, en un plazo no mayor de 90 días a partir de la recepción del Informe de resultados del monitoreo.
Límites máximos permisibles de la norma
técnica.
Informe de acciones correctivas que incluyan el análisis y justificación de
las medidas tomadas.
A partir de la recepción del
reporte de monitoreo
Cada vez que exceda LMP
Hasta tres meses después de obtenida la
licencia ambiental.
Emisiones al aire
Contaminación del aire
Implementar alternativas para mitigación de impacto por emisión de olores del
horno crematorio.
Cumple = 1 No cumple = 0
Informe de alternativas de mitigación de impactos por
emisión de olores.
En el mes de obtención de
la AAA Única vez
Hasta un año después de obtenida la
Licencia Ambiental
PLAN DE PREVENCIÓN Y MITIGACIÓN DE IMPACTOS PROGRAMA DE PREVENCIÓN Y REDUCCIÓN DE LA CONTAMINACIÓN PRODUCIDA POR DESCARGAS LÍQUIDAS
OBJETIVOS: 1. Reducir el nivel de contaminantes presentes en el agua residual no doméstica proveniente de cada uno de los procesos. 2. Cumplir con los LMP de la normativa ambiental vigente previo a su descarga. LUGAR DE APLICACIÓN: Descarga final de agua residual. RESPONSABLE: Administrador
PPM-02
ASPECTO AMBIENTAL
IMPACTO IDENTIFICADO
MEDIDAS PROPUESTAS INDICADORES MEDIOS DE
VERIFICACIÓN
PLAZOS
Inicio Periodicidad Finalización
Descargas líquidas no domésticas
Contaminación del agua
Dar mantenimiento a la trampa de grasa de la sala de tanatopraxia.
#mantenimiento dados/ total mantenimientos
programados.
Registros de mantenimiento
En el mes de obtención de
la AAA Mensual
Finalización de la vida útil del
proyecto
Descarga de aguas
residuales
Contaminación del agua
Mantener bitácoras de efluentes que contenga la siguiente información:
proceso del que provienen, frecuencia de descargas, tratamiento aplicado, caudal,
coordenadas del punto de muestreo y observaciones (fechas de monitoreo y
mantenimiento).
Cumple = 1 Parcialmente = 0,5
No cumple = 0 Bitácora de operación
En el mes de obtención de
la AAA Permanente
Finalización de la vida útil del
proyecto
Descarga de aguas
residuales
Contaminación del agua
Tomar acciones correctivas en caso de exceder los límites máximos permisibles
de descargas líquidas en base a los resultados del monitoreo, en un plazo no mayor de 90 días a partir de la recepción del Informe de resultados del monitoreo.
Límites máximos permisibles de la norma
técnica
Informe de acciones corregidas tomadas que
incluya el análisis y justificación de las medidas tomadas
A partir de la recepción del
reporte de monitoreo
Cada vez que exceda LMP
Depende de las acciones
correctivas aplicadas
Página 134 de 161
PLAN DE PREVENCIÓN Y MITIGACIÓN DE IMPACTOS PROGRAMA DE PREVENCIÓN Y REDUCCIÓN DE LA CONTAMINACIÓN PRODUCIDA POR EMISIONES DE RUIDO
OBJETIVOS: 1. Reducir a sus niveles mínimos las emisiones de ruido provenientes de equipos y maquinaria. 2. Cumplir con los LMP de la normativa ambiental vigente. 3. Proteger la salud y seguridad de los trabajadores y población aledaña a la empresa. LUGAR DE APLICACIÓN: Cuarto de máquinas. RESPONSABLE: Administrador
PPM-03
ASPECTO AMBIENTAL
IMPACTO IDENTIFICADO
MEDIDAS PROPUESTAS INDICADORES MEDIOS DE
VERIFICACIÓN
PLAZOS
Inicio Periodicidad Finalización
Emisiones de ruido
Contaminación del aire
Tomar acciones correctivas en caso de exceder los límites máximos permisibles de emisiones de ruido ambiental en base
a los resultados del monitoreo, en un plazo no mayor de 90 días a partir de la recepción del Informe de resultados del
monitoreo.
Límites máximos permisibles de la norma
técnica.
Informe de acciones correctivas que incluyan el análisis y justificación de
las medidas tomadas.
A partir de la recepción del
reporte de monitoreo
Cada vez que exceda LMP
Depende de las acciones
correctivas aplicadas
PLAN DE CONTINGENCIA Y EMERGENCIAS PROGRAMA DE PREVENCIÓN, CONTROL Y CORRECCIÓN DE CONTINGENCIAS Y EMERGENCIAS AMBIENTALES
OBJETIVOS: 1. Prevenir y/o minimizar los efectos de un determinado incidente asegurando una respuesta inmediata y eficaz, producto de una planificación y capacitación previa. LUGAR DE APLICACIÓN: En lugar de ocurrencia de la emergencia. RESPONSABLE: Administrador
PDC-01
ASPECTO AMBIENTAL
IMPACTO IDENTIFICADO
MEDIDAS PROPUESTAS INDICADORES MEDIOS DE
VERIFICACIÓN
PLAZOS
Inicio Periodicidad Finalización
Emisiones al aire por
incendios.
Contaminación del aire.
Realizar simulacros en caso de incendios.
#simulacros realizados/total
planificados
Fotografías fechadas e informe de evaluación.
En el mes de obtención de
la AAA Anual
Finalización de la vida útil del
proyecto
Derrames de combustibles,
productos químicos y lubricantes.
Contaminación de agua y suelo.
Mantener un kit para limpieza en caso de derrames junto a las áreas de
combustibles, almacenamiento de productos químicos y desechos
peligrosos líquidos.
Cumple = 1 Parcialmente = 0,5
No cumple = 0
Fotografías fechadas /Verificación in situ
En el mes de obtención de
la AAA Permanente
Finalización de la vida útil del
proyecto
Emisiones al aire por
incendios.
Contaminación del aire.
Revisar todos los extintores para mantenerlos operativos.
# Extintores instalados/total
extintores instalados.
Registro; Verificación in situ
En el mes de obtención de
la AAA Mensual
Finalización de la vida útil del
proyecto
Página 135 de 161
PLAN DE CONTINGENCIA Y EMERGENCIAS PROGRAMA DE PREVENCIÓN, CONTROL Y CORRECCIÓN DE CONTINGENCIAS Y EMERGENCIAS AMBIENTALES
Emisiones al aire, derrames
al suelo y descargas
líquidas
Contaminación del aire, agua y suelo.
Señalización de rutas de escape y punto de encuentro
Cumple = 1 Parcialmente = 0,5
No cumple = 0
Fotografías fechadas, verificación in situ.
En el mes de obtención de
la AAA Permanente
Finalización de la vida útil del
proyecto
Emisiones al aire, derrames
al suelo y descargas
líquidas
Contaminación del agua
Mantener señalética preventiva, prohibitiva e informativa de riesgos en
áreas de almacenamiento de combustibles y productos químicos.
Cumple = 1 Parcialmente = 0,5
No cumple = 0
Fotografías fechadas, verificación in situ.
En el mes de obtención de
la AAA Permanente
Finalización de la vida útil del
proyecto
Derrame de combustible y
desechos líquidos
Contaminación del agua y suelo
Mantener sistemas de contención de derrames en las áreas de
almacenamiento de combustibles y desechos líquidos peligrosos.
Cumple = 1 No cumple = 0
Fotografías/ verificación in situ.
En el mes de obtención de
la AAA Permanente
Finalización de la vida útil del
proyecto
Ocurrencia de eventos
emergentes
Afectación a la salud del trabajador
Mantener un listado de números de teléfono de primera respuesta ante
emergencia, el listado deberá incluir los números de Bomberos, Policías, Cruz
Roja, etc.
Cumple = 1 Parcialmente = 0,5
No cumple = 0
Listado de entidades de primera respuesta ante
emergencias
En el mes de obtención de
la AAA Permanente
Finalización de la vida útil del
proyecto
Emisiones al aire, derrames
al suelo y descargas líquidas no domésticas
Contaminación del aire, agua y suelo.
Mantener actualizado la brigada de emergencia.
Registro de actualización / 1
Registro de conformación de la brigada
En el mes de obtención de
la AAA Permanente
Finalización de la vida útil del
proyecto
Emisiones al aire, derrames
al suelo y descargas líquidas no domésticas
Contaminación del aire, agua y suelo.
En caso de que se presente alguna situación de emergencia ambiental se realizará el estudio correspondiente y
procederá a la remediación y compensación ambiental que tuviere
lugar.
Cumple = 1 No cumple = 0
Informe del estudio, remediación y compensación.
En el mes de obtención de
la AAA
Cada vez que exista un evento.
Finalización de la vida útil del
proyecto
Página 136 de 161
PLAN DE CONTINGENCIA Y EMERGENCIAS PROGRAMA DE COMUNICACIÓN EN CASO DE EMERGENCIAS AMBIENTALES
OBJETIVOS: 1. Establecer la organización de respuesta, interna y externa ante una emergencia ambiental. LUGAR DE APLICACIÓN: Todo la planta RESPONSABLE: Administrador
PDC-02
ASPECTO AMBIENTAL
IMPACTO IDENTIFICADO
MEDIDAS PROPUESTAS INDICADORES MEDIOS DE
VERIFICACIÓN
PLAZOS
Inicio Periodicidad Finalización
Emisiones al aire, derrames
al suelo y descargas
líquidas
Contaminación del aire, agua y suelo.
Poner en marcha, de manera inmediata, los planes diseñados para el efecto de
acuerdo al plan de contingencia aprobado por el cuerpo de bomberos.
Informes / año
Informe con análisis de la contingencia/ emergencia y aplicación de medidas
correctivas
Cuando ocurra la
contingencia (evento fortuito)
Cada vez que exista una
contingencia (evento fortuito)
Cuando ocurra la contingencia
(evento fortuito)
Emisiones al aire, derrames
al suelo y descargas
líquidas
Contaminación del aire, agua y suelo.
Informar a la Autoridad Ambiental Distrital, de la situación de emergencia,
en un tiempo no mayor a veinticuatro horas a partir del momento de producido
el evento.
# Eventos reportados/total de eventos sucedidos.
Informe con análisis de la contingencia/ emergencia y aplicación de medidas
correctivas
Cuando ocurra la
contingencia (evento fortuito)
Cada vez que exista una
contingencia (evento fortuito)
Cuando ocurra la contingencia
(evento fortuito)
Emisiones al aire, derrames
al suelo y descargas
líquidas
Contaminación del aire, agua y suelo.
Presentar, en un tiempo no mayor a setenta y dos horas, un informe detallado
sobre las causas de la emergencia un informe detallado sobre las causas de la emergencia, las medidas tomadas para mitigar el impacto sobre el ambiente y el
plan de trabajo para remediar.
Eventos sucedidos /Eventos informados.
Informe con análisis de la contingencia/ emergencia y aplicación de medidas
correctivas
Cuando ocurra la
contingencia (evento fortuito)
Cada vez que exista una
contingencia (evento fortuito)
Cuando ocurra la contingencia
(evento fortuito)
Página 137 de 161
PLAN DE COMUNICACIÓN, CAPACITACIÓN Y EDUCACIÓN AMBIENTAL PROGRAMA DE CAPACITACIÓN DE ACTIVIDADES DESARROLLADA ASÍ COMO PMA
OBJETIVOS: 1. Concientizar al personal de la empresa sobre la importancia de mantener una gestión ambiental adecuada. LUGAR DE APLICACIÓN: Todo el edificio RESPONSABLE: Administrador
PCC-01
ASPECTO AMBIENTAL
IMPACTO IDENTIFICADO
MEDIDAS PROPUESTAS INDICADORES MEDIOS DE
VERIFICACIÓN
PLAZOS
Inicio Periodicidad Finalización
Generación de desechos
sólidos
Contaminación del suelo.
Capacitación anual en manejo de desechos peligrosos y no peligrosos de
acuerdo a normativa nacional y local vigente.
# capacitaciones realizadas
/ capacitaciones planificadas
# personas capacitadas / # total de personal
Registro de capacitación; fotografías fechadas
En el mes de obtención de
la AAA Anual
Finalización de la vida útil del
proyecto
Emisiones de gases y ruido, descarga de
aguas residuales, incendios.
Contaminación del suelo, aire y agua.
Capacitación al personal en planes de emergencia y contingencia.
# capacitaciones realizadas
/ capacitaciones planificadas
# personas capacitadas / # total de personal
Registro de capacitación; fotografías fechadas
En el mes de obtención de
la AAA Anual
Finalización de la vida útil del
proyecto
Emisiones de gases y ruido, descarga de
aguas residuales, derrames, incendios.
Contaminación del suelo, aire y agua.
Capacitación en normativa ambiental vigente y PMA
# capacitaciones realizadas
/ capacitaciones planificadas
# personas capacitadas / # total de personal
Registro de capacitación; fotografías fechadas
En el mes de obtención de
la AAA Anual
Finalización de la vida útil del
proyecto
Derrames e incendios
Contaminación del suelo, aire y agua
Capacitación en manejo de productos químicos y combustible.
# capacitaciones realizadas
/ capacitaciones planificadas
# personas capacitadas / # total de personal
Registro de capacitación; fotografías fechadas
En el mes de obtención de
la AAA Anual
Finalización de la vida útil del
proyecto
Página 138 de 161
PLAN DE SALUD OCUPACIONAL Y SEGURIDAD INDUSTRIAL PROGRAMA DE SALUD OCUPACIONAL Y SEGURIDAD INDUSTRIAL
OBJETIVOS: 1. El Plan de seguridad industrial y salud ocupacional comprende las normas para preservar la salud y seguridad de los empleados. LUGAR DE APLICACIÓN: Todas las áreas. RESPONSABLE: Supervisor de seguridad
PSS-01
ASPECTO AMBIENTAL
IMPACTO IDENTIFICADO
MEDIDAS PROPUESTAS INDICADORES MEDIOS DE
VERIFICACIÓN
PLAZOS
Inicio Periodicidad Finalización
Riesgos del trabajo.
Daño a la salud de los trabajadores
Elaborar y hacer aprobar por el Ministerio del Ramo el Reglamento Interno de
Salud Ocupacional y Seguridad industrial
Cumple = 1 En proceso = 0,5 No cumple = 0
Reglamento aprobado En el mes de obtención de
la AAA Bianual
Finalización de la vida útil del
proyecto
Accidentes e incidentes laborales
Daño a la salud de los trabajadores
Dotación de equipo de protección Personal, según el riesgo al que se encuentre expuesto el trabajador.
Cumple = 1 No cumple = 0
Registro de entrega de EPP y verificación in situ.
En el mes de obtención de
la AAA Anual
Finalización de la vida útil del
proyecto
Accidentes e incidentes laborales
Daño a la salud de los trabajadores
Difusión del Reglamento de Seguridad y Salud Ocupacional a todo el personal
Cumple = 1 No cumple = 0
Informe de difusión, fotografías
En el mes de obtención de
la AAA Anual
Finalización de la vida útil del
proyecto
PLAN DE MANEJO DE DESECHOS SÓLIDOS NO DOMÉSTICOS PROGRAMA PARA RECOLECTAR., TRANSPORTAR, ETIQUETAR Y ALMACENAR DESECHOS
OBJETIVOS: 1. Implementar un programa integral de manejo de desechos sólidos no domésticos con el fin de prevenir, mitigar y controlar los efectos adversos que pudieran presentarse sobre el ambiente. LUGAR DE APLICACIÓN: Todas las áreas RESPONSABLE: Administrador
PMD-01
ASPECTO AMBIENTAL
IMPACTO IDENTIFICADO
MEDIDAS PROPUESTAS INDICADORES MEDIOS DE
VERIFICACIÓN
PLAZOS
Inicio Periodicidad Finalización
Generación de desechos sólidos no peligrosos.
Contaminación del suelo
Clasificar y almacenar los desechos reciclables (papel, cartón y plástico) en
áreas cubiertas sobre piso impermeabilizado.
# de sitios que cumplen/ # de sitios de
almacenamiento
Fotografías fechadas, verificación in situ.
En el mes de obtención de
la AAA Permanente
Finalización de la vida útil del
proyecto
Página 139 de 161
PLAN DE MANEJO DE DESECHOS SÓLIDOS NO DOMÉSTICOS PROGRAMA PARA RECOLECTAR., TRANSPORTAR, ETIQUETAR Y ALMACENAR DESECHOS
Generación de desechos
sólidos peligrosos y especiales.
Contaminación del suelo
Clasificar y almacenar los desechos peligrosos y especiales (waipes
contaminados, tubos o focos con mercurio, envases de productos
químicos, filtros de aceite y combustibles, aceite minerales usados, pilas y baterías, biológico infecciosos y cortopunzantes)
en áreas cubiertas, bajo techo, piso impermeabilizado, con perímetro de
mínimo 1,80 y con señalética de identificación, prohibición y de riesgo.
# de sitios que cumplen/ # de sitios de
almacenamiento
Fotografías fechadas, verificación in situ.
En el mes de obtención de
la AAA Permanente
Finalización de la vida útil del
proyecto
Generación de desechos líquidos
peligrosos.
Contaminación del suelo
Los desechos líquidos peligrosos (aceite mineral usado) deberán ser almacenados
en un cubeto cuya capacidad sea del 110%
# de sitios que cumplen/ # de sitios de
almacenamiento
Fotografías fechadas, verificación in situ.
En el mes de obtención de
la AAA Permanente
Finalización de la vida útil del
proyecto
Generación de desechos líquidos
peligrosos.
Contaminación del suelo
Una vez llenos los envases con desechos peligrosos, sellar, pesar y colocar la etiqueta de identificación
según la norma INEN 2266.
# de sitios que cumplen/ # de sitios de
almacenamiento
Fotografías fechadas, verificación in situ.
En el mes de obtención de
la AAA Permanente
Finalización de la vida útil del
proyecto
Generación de desechos
sólidos
Contaminación del suelo
Mantener recipientes individuales por cada tipo de desechos, en cada una de las secciones del establecimiento donde
sean requeridos. Los recipientes deberán: contar con señalética de identificación y color acorde a lo
establecido en la NTE INEN 2841, ser impermeables, poseer las dimensiones
adecuados para contener todas los desechos sin desbordar, contener una
funda plástica y tapa.
Cumple = 1 Parcialmente = 0,5
No cumple = 0
Fotografías fechadas, verificación in situ.
En el mes de obtención de
la AAA Permanente
Finalización de la vida útil del
proyecto
Generación de desechos sólidos
Contaminación del suelo
Limpieza y mantenimiento del área de almacenamiento de desechos.
# de sitios que cumplen/ # de sitios de
almacenamiento
Registro de limpieza y mantenimiento,
verificación in situ
En el mes de obtención de
la AAA Permanente
Finalización de la vida útil del
proyecto
Página 140 de 161
PLAN DE MANEJO DE DESECHOS SÓLIDOS NO DOMÉSTICOS PROGRAMA PARA ESTABLECER FRECUENCIAS, EQUIPOS, RUTAS, SEÑALIZACIONES QUE DEBEN EMPLEARSE EN EL MANEJO DE DESECHOS
OBJETIVOS: 1. Definir las frecuencias, equipos, rutas, señalizaciones que deben emplearse para la gestión y disposición final de los desechos generados durante la operación del proyecto. LUGAR DE APLICACIÓN: Todas las áreas RESPONSABLE: Administrador
PMD-02
ASPECTO AMBIENTAL
IMPACTO IDENTIFICADO
MEDIDAS PROPUESTAS INDICADORES MEDIOS DE
VERIFICACIÓN
PLAZOS
Inicio Periodicidad Finalización
Generación de desechos
sólidos peligrosos.
Contaminación del suelo
Llevar registro de la generación de desechos peligrosos, donde se incluirá el nombre del desecho, entradas, salidas, volumen, procedencia y disposición final
del mismo
Cumple = 1 Parcialmente = 0,5
No cumple = 0
Bitácora de mensual de generación.
En el mes de obtención de
la AAA
Cada que ingresen los
desechos a la bodega de
almacenamiento.
Finalización de la vida útil del
proyecto
Generación de desechos
sólidos
Contaminación del suelo
En las áreas de almacenamiento de desechos peligrosos, contar con
sistemas para la prevención y respuesta a incendios, así como material para
control de derrames.
Cumple = 1 Parcialmente = 0,5
No cumple = 0
Fotografías fechadas, verificación in situ.
En el mes de obtención de
la AAA Permanente
Finalización de la vida útil del
proyecto
Generación de desechos
sólidos
Contaminación del suelo
Mantener hojas seguridad o tarjetas de emergencia para manejo de desechos
peligrosos en el lugar de almacenamiento de los mismos.
Hojas de seguridad/tipo de desechos.
Hojas de seguridad publicadas
En el mes de obtención de
la AAA Permanente
Finalización de la vida útil del
proyecto
PLAN DE MANEJO DE DESECHOS SÓLIDOS NO DOMÉSTICOS PROGRAMA DE GESTIÓN DE DESECHOS
OBJETIVOS: 1. Definir un programa de gestión de los desechos generados durante las etapas de construcción y operación del proyecto. LUGAR DE APLICACIÓN: Área de almacenamiento de desechos. RESPONSABLE: Administrador
PMD-03
ASPECTO AMBIENTAL
IMPACTO IDENTIFICADO
MEDIDAS PROPUESTAS INDICADORES MEDIOS DE
VERIFICACIÓN
PLAZOS
Inicio Periodicidad Finalización
Generación de desechos reciclables
Contaminación del suelo
Entregar los desechos reciclables a gestores calificados en el MAE, con
frecuencia mínimo de 12 meses.
Cantidad entregada/cantidad
generada Registros de entrega
En el mes de obtención de
la AAA Semestral
Finalización de la vida útil del
proyecto
Página 141 de 161
PLAN DE MANEJO DE DESECHOS SÓLIDOS NO DOMÉSTICOS PROGRAMA DE GESTIÓN DE DESECHOS
Generación de desechos peligrosos
Contaminación del suelo
Entregar los desechos peligrosos a gestores calificados en el MAE, con
frecuencia mínimo de 12 meses.
Cantidad entregada/cantidad
generada
Certificados de destrucción de desechos
peligrosos
En el mes de obtención de
la AAA Anual
Finalización de la vida útil del
proyecto
Generación de desechos peligrosos
Contaminación del suelo
Entregar el manifiesto de desechos peligrosos cada vez que se realice la
entrega de desechos peligrosos al gestor tecnificado.
Manifiestos entregados/desechos
entregados Manifiestos de entrega
En el mes de obtención de
la AAA Anual
Finalización de la vida útil del
proyecto
Generación de desechos
Contaminación del suelo
Implementar y mantener una política y procedimiento para la minimización,
reutilización y reciclaje de desechos no peligrosos y peligrosos, con indicadores
que evidencien la minimización de desechos.
Cumple = 1 Parcialmente = 0,5
No cumple = 0
Política y procedimiento, verificación in situ
En el mes de obtención de
la AAA Permanente
Finalización de la vida útil del
proyecto
PLAN DE RELACIONES COMUNITARIAS PROGRAMA DE COMUNICACIÓN Y COMPENSACIÓN
OBJETIVOS: 1. Establecer buenas relaciones con la comunidad del área de influencia del proyecto. LUGAR DE APLICACIÓN: Área de influencia. RESPONSABLE: Administrador
PRC-01
ASPECTO AMBIENTAL
IMPACTO IDENTIFICADO
MEDIDAS PROPUESTAS INDICADORES MEDIOS DE
VERIFICACIÓN
PLAZOS
Inicio Periodicidad Finalización
Emisiones de gases y ruido, descarga de
aguas residuales, derrames, incendios.
Molestias a la comunidad
Colocar un buzón de sugerencias y/o comentarios en la puerta de ingreso a la empresa, revisar mensualmente y hacer un informe de observaciones y/o quejas
de ser el caso.
N° sugerencias y/comentarios
implementados / N° sugerencias y/o
comentarios recibidos
Informe de análisis de Sugerencias y/o
comentarios recibidos
En el mes de obtención de
la AAA Permanente
Finalización de la vida útil del
proyecto
Página 142 de 161
PLAN DE RELACIONES COMUNITARIAS PROGRAMA DE COMUNICACIÓN Y COMPENSACIÓN
Emisiones de gases y ruido, descarga de
aguas residuales, derrames, incendios.
Molestias a la comunidad
Difusión del PMA a vecinos en caso de quejas.
Cumple = 1 No cumple = 0
Informe de difusión, fotos. Acta de asistencia.
Cuando ocurra el evento.
Cada vez que exista un evento.
Cuando ocurra el evento.
Emisiones de gases y ruido, descarga de
aguas residuales, derrames, incendios.
Contaminación del suelo, aire y agua
Ejecución de charlas periódicas en temas socio ambientales con la
participación de los actores sociales, para la socialización de la
forma de comunicación y la ejecución de actividades
específicas acordadas mutuamente propuestas por la empresa. Las
charlas serán programadas por la empresa y cuando la comunidad lo
requiera.
# charlas realizadas/# charlas programadas
Oficio de invitación. Registro y fotografías de
asistencia a la charla, siempre y cuando asistan
En el mes de obtención de la Licencia Ambiental
Dos veces al año.
Finalización de la vida útil del proyecto.
Emisiones de gases y ruido, descarga de
aguas residuales, derrames, incendios.
Contaminación del suelo, aire y agua.
Compensación, indemnización y mitigación en caso de impactos
socio ambientales negativos comprobados.
- # compensaciones realizadas / # de
unidades colectivas comprobadas de
afectación - # de indemnizaciones ejecutadas / #unidades
individuales comprobadas de
afectación. - # de eventos comprobados
Informe de compensación, indemnización y mitigación
realizadas.
Cuando ocurra el evento
Cada vez que exista un evento
Cuando ocurra el evento.
Página 143 de 161
PLAN DE MONITOREO PROGRAMA DE MONITOREO DE EMISIONES AL AIRE
OBJETIVOS: 1.Establecer un mecanismo de monitoreo para determinar el nivel de contaminantes emitidos por las fuentes fijas de combustión y de procesos, con el fin de reducirlas en caso de incumplimiento de los Límites Máximos permisibles de la normativa vigente. LUGAR DE APLICACIÓN: Horno crematorio RESPONSABLE: Administrador
PMS-01
ASPECTO AMBIENTAL
IMPACTO IDENTIFICADO
MEDIDAS PROPUESTAS INDICADORES MEDIOS DE
VERIFICACIÓN
PLAZOS
Inicio Periodicidad Finalización
Emisiones al aire de fuentes
fijas
Contaminación del aire
Realizar automonitoreos de emisiones de gases del horno crematorio mediante la
contratación de un laboratorio acreditado por el SAE. Los parámetros a ser analizados están establecidos en la tabla 2 del Art. 5
Norma Técnica para emisiones a la atmosfera de fuentes fijas de la Resolución 0002-SA-2014 y en la tabla 1 del numeral 5 de la Modalidad de Incineración del AM 026. En cuanto existan laboratorios acreditados
monitorear: Benzopireno y Dibenzo antraceno.
# monitoreos realizados / # monitoreos programados
Informes de caracterizaciones
En el mes de obtención de
la AAA Trimestral
Finalización de la vida útil del
proyecto
Emisiones al aire de fuentes
fijas
Contaminación del aire
Los resultados de los automonitoreos de emisiones de gases del horno crematorio
serán comparados con los límites máximos permisibles establecidos en la tabla 2 del Art. 5 Norma Técnica para emisiones a la
atmosfera de fuentes fijas de la Resolución 0002-SA-2014.
Límites máximos permisibles de la Norma
Técnica para emisiones a la atmosfera de fuentes fijas de la Resolución 0002-SA-
2014.
Informes de caracterizaciones
En el mes de obtención de
la AAA Trimestral
Finalización de la vida útil del
proyecto
Emisiones de gases de las
fuentes fijas de combustión
Contaminación del aire
Realizar automonitoreos de emisiones de gases del generador eléctrico mediante la
contratación de un laboratorio acreditado por el SAE, Los parámetros a ser analizados están establecidos en la tabla 3 del Art. 5
Norma Técnica para emisiones a la atmosfera de fuentes fijas de la Resolución
0002-SA-2014. En caso de pasar 150 horas de uso semestral.
# monitoreos realizados / # monitoreos programados
Informes de caracterizaciones
En el mes de obtención de
la AAA Trimestral
Finalización de la vida útil del
proyecto
Página 144 de 161
Emisiones al aire de fuentes
fijas
Contaminación del aire
Los reportes de monitoreos realizados durante el año deberán ser presentados a la
AAD, junto a los documentos de seguimiento ambiental o durante los
seguimientos a realizarse por la AAD, en concordancia con el AM 061.
# informes presentados / # informes programados
Oficio de entrega En el mes de obtención de
la AAA Trimestral
Finalización de la vida útil del
proyecto
Emisiones al aire de fuentes
fijas
Contaminación del aire
Implementar y mantener todos los requisitos técnicos mínimos que permitan la ejecución
de las mediciones de las emisiones de gases del horno crematorio y generador
eléctrico, según el Anexo 1: Condiciones de Seguridad para la Realización de
Mediciones en Chimeneas establecido en la Resolución 0002-SA-2014
# requisitos técnicos implantados/ # requisitos
técnicos requeridos
Verificación in situ, fotografías
En el mes de obtención de
la AAA Permanente
Finalización de la vida útil del
proyecto
PLAN DE MONITOREO PROGRAMA DE MONITOREO DE DESCARGAS LÍQUIDAS
OBJETIVOS: Establecer un mecanismo de monitoreo para determinar el nivel de contaminantes en efluentes, con el fin de reducirlas en caso de incumplimiento de los Límites Máximos permisibles de la normativa vigente. LUGAR DE APLICACIÓN: Descarga de tanatopraxia RESPONSABLE: Administrador
PMS-02
ASPECTO AMBIENTAL
IMPACTO IDENTIFICADO
MEDIDAS PROPUESTAS INDICADORES MEDIOS DE
VERIFICACIÓN
PLAZOS
Inicio Periodicidad Finalización
Descarga de aguas residuales
Contaminación del agua
Realizar automonitoreos de descargas líquidas a la salida de la sala tanatopraxia mediante la
contratación de un laboratorio acreditado en el SAE, los parámetros analizar serán: Caudal,
sólidos suspendidos, DBO, DQO, AyG, compuestos fenólicos, pH, T°C y Tensoactivos.
# monitoreos realizados / # monitoreos
programados
Informes de caracterizaciones
Apertura de la sala de
tanatoestética Trimestral
Finalización de la vida útil del
proyecto
Descarga de aguas residuales
Contaminación del agua
Los reportes de monitoreos realizados durante el año deberán ser presentados a la AAD, junto a
los documentos de seguimiento ambiental o durante los seguimientos a realizarse por la
AAD, en concordancia con el AM 061.
# informes presentados / #
informes programados
Oficio con sello de recepción de
formularios en la AAD
Apertura de la sal de
tanatoestética Trimestral
Finalización de la vida útil del
proyecto
Descarga de aguas residuales
Contaminación del agua
Implementar y mantener las facilidades técnicas para la toma de muestra y la medición del
caudal, establecido en la Resolución 0002-SA-2014
# requisitos técnicos implantados/ #
requisitos técnicos requeridos
Verificación in situ, fotografías
En el mes de obtención de
la AAA Permanente
Finalización de la vida útil del
proyecto
Página 145 de 161
PLAN DE MONITOREO PROGRAMA DE MONITOREO DE RUIDO
OBJETIVOS: 1.- Establecer un mecanismo de monitoreo para determinar el nivel de ruido emitidos por las fuentes fijas de combustión y de procesos, con el fin de reducirlas en caso de incumplimiento de los Límites Máximos permisibles de la normativa vigente. LUGAR DE APLICACIÓN: Toda la planta. RESPONSABLE: Administrador
PMS-03
ASPECTO AMBIENTAL
IMPACTO IDENTIFICADO
MEDIDAS PROPUESTAS INDICADORES MEDIOS DE
VERIFICACIÓN
PLAZOS
Inicio Periodicidad Finalización
Emisiones de ruido y equipos
Contaminación del aire
Realizar automonitoreos de emisiones de ruido en los 4 puntos establecidos en el Estudio de Impacto Ambiental Expost.
# monitoreos realizados / # monitoreos programados
Informes de caracterizaciones
En el mes de obtención de
la AAA Trimestral
Finalización de la vida útil del
proyecto
Emisiones de ruido y equipos
Contaminación del suelo
Los reportes de monitoreos realizados durante el año deberán ser presentados
a la AAD, junto a los documentos de seguimiento ambiental o durante los
seguimientos a realizarse por la AAD, en concordancia con el AM 061.
# informes presentados / # informes
programados
Oficio con sello de recepción de formularios
en la AAD
En el mes de obtención de
la AAA Trimestral
Finalización de la vida útil del
proyecto
PLAN DE MONITOREO PROGRAMA DE MONITOREO DE DESECHOS SÓLIDOS NO DOMÉSTICOS
OBJETIVOS: 1.- Establecer un mecanismo de monitoreo para determinar la gestión dada a los desechos sólidos no domésticos LUGAR DE APLICACIÓN: Lugares de generación de desechos RESPONSABLE: Administrador
PMS-04
ASPECTO AMBIENTAL
IMPACTO IDENTIFICADO
MEDIDAS PROPUESTAS INDICADORES MEDIOS DE
VERIFICACIÓN
PLAZOS
Inicio Periodicidad Finalización
Generación de desechos
sólidos
Contaminación del suelo
Declarar anualmente ante el Ministerio del Ambiente o Autoridad Ambiental de
Aplicación Responsable acreditada para su aprobación, la generación y manejo de desechos peligrosos y/o especiales.
# Informes presentados /# informes
programados
Registro de declaración y entrega a la Autoridad ambiental competente
En el mes de obtención de
la AAA Anual
Finalización de la vida útil del
proyecto
Generación de desechos
sólidos
Contaminación del suelo
Presentar a la AAD la caracterización de desechos peligrosos, junto a los
documentos de seguimiento ambiental, o durante los seguimientos a realizarse por
la AAD.
# informes presentados / # informes
programados
Registro de declaración y entrega a la Autoridad ambiental competente
En el mes de obtención de
la AAA Anual
Finalización de la vida útil del
proyecto
Página 146 de 161
PLAN DE SEGUIMIENTO ACTIVIDADES DE SEGUIMIENTO SEGÚN CRONOGRAMA
OBJETIVOS: 1.- Velar de manera constante por el cumplimiento de las actividades establecidas en Plan de Manejo Ambiental, LUGAR DE APLICACIÓN: Todo el edificio RESPONSABLE: Administrador
PMS-05
ASPECTO AMBIENTAL
IMPACTO IDENTIFICADO
MEDIDAS PROPUESTAS INDICADORES MEDIOS DE
VERIFICACIÓN
PLAZOS
Inicio Periodicidad Finalización
Emisiones de gases y ruido, descarga de
aguas residuales, derrames, incendios
Contaminación del suelo y agua.
Realización de auditorías ambientales internas evaluando el cumplimiento del
Plan de manejo Ambiental con los indicadores ambientales establecidos.
Informe de auditoría/1 Informe de la auditoría
realizada
En el mes de obtención de
la AAA Anual
Finalización de la vida útil del
proyecto
Emisiones de gases y ruido, descarga de
aguas residuales, derrames, incendios
Contaminación del suelo y agua.
Obtener y renovar anualmente la garantía de fiel cumplimiento del Plan de
Manejo Ambiental. Informe de auditoría/1
Informe de la auditoría realizada
En el mes de obtención de
la AAA Anual
Finalización de la vida útil del
proyecto
Emisiones de gases y ruido, descarga de
aguas residuales, derrames, incendios
Contaminación del aire, suelo y
agua.
Presentar Auditoría Ambiental de Cumplimiento realizada por un consultor
ambiental calificado
Cumple = 1 No cumple = 0
Oficio de entrega
Tres meses antes de
cumplir un año de
emisión de la Licencia
Ambiental
Cada dos años a partir de la emisión de la
Licencia Ambiental
Finalización de la vida útil del
proyecto
Emisiones de gases y ruido, descarga de
aguas residuales, derrames, incendios
Contaminación del aire, suelo y
agua.
Notificar a la Secretaria de Ambiente cuando se programe ejecutar cambios en las actividades y/o se planifique realizar
modificaciones sustanciales en la infraestructura del establecimiento.
Cumple = 1 No cumple = 0
Oficio con sello de recepción de auditoría en
la AAD
En el mes de obtención de
la AAA
Cada vez que exista un
cambio en el empresa
Finalización de la vida útil del
proyecto
Emisiones de gases y ruido, descarga de
aguas residuales, derrames, incendios
Contaminación del aire, suelo y
agua.
Tomar acciones correctivas en caso de incumplimiento del PMA.
Informe de auditoría/1
Informe de acciones correctivas que incluyan el análisis y justificación de
las medidas tomadas.
En el mes de identificar el
incumplimiento del PMA
Cada vez que exista
incumplimiento
Depende de las acciones
correctivas aplicadas
Página 147 de 161
PLAN DE REHABILITACIÓN DE ÁREAS AFECTADAS PROGRAMA DE GESTIÓN DE REHABILITACIÓN DE ÁREAS AFECTADAS
OBJETIVOS: 1.- Mitigar los impactos generados por situaciones de emergencia. LUGAR DE APLICACIÓN: Lugar afectado. RESPONSABLE: Administrador
PRA-01
ASPECTO AMBIENTAL
IMPACTO IDENTIFICADO
MEDIDAS PROPUESTAS INDICADORES MEDIOS DE
VERIFICACIÓN
PLAZOS
Inicio Periodicidad Finalización
Emisiones al aire, derrames al suelo,
descargas líquidas e incendios.
Contaminación del aire, agua y suelo.
Evaluar el funcionamiento del plan de contingencia aprobado, en caso
de presentarse una situación de emergencia
Informe de acción correctiva / Total situaciones que causaron daños.
Informe de evaluación y revisiones realizadas
Cuando ocurra la
contingencia (evento fortuito)
Cada vez que exista una
contingencia (evento fortuito)
Cuando ocurra la contingencia
(evento fortuito)
Emisiones al aire, derrames al suelo,
descargas líquidas e incendios.
Contaminación del aire, agua y suelo.
Realizar las acciones pertinentes para compensar a los afectados por
los daños que tales situaciones hayan ocasionado.
Informe de acción correctiva / Total situaciones que causaron daños.
Informe de las acciones de compensación
Cuando ocurra la
contingencia (evento fortuito)
Cada vez que exista una
contingencia (evento fortuito)
Cuando ocurra la contingencia
(evento fortuito)
Emisiones de gases y ruido, descarga de
aguas residuales, derrames, incendios.
Contaminación del suelo y agua.
Evaluación de situaciones de emergencias con impactos y/o
riesgos ambientales.
Cumple = 1 Parcialmente = 0,5
No cumple = 0
Informe de evaluación y revisiones realizadas
Cuando amerite.
Única Hasta remediar todas las áreas
Emisiones de gases y ruido, descarga de
aguas residuales, derrames, incendios.
Contaminación del aire, suelo y agua.
Realizar las acciones pertinentes para reparar y/o rehabilitar las
zonas afectadas por situaciones de emergencia en caso de que
amerite.
Cumple = 1 Parcialmente = 0,5
No cumple = 0
Informe de las acciones de reparación y/o rehabilitación.
Cuando amerite
Única Hasta remediar todas las áreas
Emisiones de gases y ruido, descarga de
aguas residuales, derrames, incendios.
Contaminación del aire, suelo y agua.
Realizar actividades de rehabilitación ambiental como resultados de la identificación, evaluación y monitoreo de las
posibles fuentes de contaminación en caso de que amerite.
Informe de acción correctiva / Total situaciones que causaron daños
Informe de las acciones de rehabilitación
Cuando amerite
Única Hasta remediar todas las áreas
Página 148 de 161
PLAN DE CIERRE Y ABANDONO PROGRAMA DE GESTIÓN ÁREAS AFECTADAS
OBJETIVOS: 1.- Mitigar los impactos generados por la implantación del proyecto. LUGAR DE APLICACIÓN: Todo el edificio RESPONSABLE: Administrador
PCA-01
ASPECTO AMBIENTAL
IMPACTO IDENTIFICADO
MEDIDAS PROPUESTAS INDICADORES MEDIOS DE
VERIFICACIÓN
PLAZOS
Inicio Periodicidad Finalización
Emisiones de gases y ruido, generación de
efluentes y desechos
Contaminación del suelo y agua.
Notificar a la Secretaria de Ambiente la decisión de cierre, abandono y entrega
del área, adjuntando un cronograma con fechas específicas de ejecución de
actividades.
Cumple = 1 No cumple = 0
Oficio con sello de recepción de auditoría en
la AAD
Tres meses antes de iniciar el
abandono.
Única Hasta un mes antes de inicio del abandono.
Emisiones de gases y ruido.
Contaminación del aire
Mantener los vehículos con motores apagados mientras se realiza la carga
de productos, insumos, materiales, equipos, desechos, escombros entre
otros, además deben ser realizadas al interior del establecimiento.
Cumple = 1 No cumple = 0
Registros de camiones. Una vez
iniciado el abandono
Cada vez que ingrese un vehículo
Hasta terminar toda la
evacuación.
Generación de desechos sólidos
Contaminación de suelo
En caso de desmantelamiento de edificaciones, almacenar los
escombros lejos de desagües y entregarlos en escombreras
autorizadas.
Cumple = 1 No cumple = 0
Fotografías fechadas; registro de entrega a
escombreras.
Una vez iniciado el
desmantelamiento.
Cada vez que se genere escombros
Hasta terminar toda el
desmantelamiento.
Generación de desechos sólidos
Contaminación de suelo.
Realizar una limpieza de todas las áreas clasificando todos los desechos generados para luego ser enviados a los respectivos gestores calificados
según el caso.
desechos generados/desechos
entregados
Registro de generación de desechos; registros de
entrega a gestores
Una vez iniciada la limpieza
Cada vez que se genere desechos
sólidos
Hasta terminar con la limpieza. Clasificación y
envío de desechos.
Derrames de combustibles,
aceites, productos químicos y
descarga de aguas residuales
Contaminación del suelo
Realizar una inspección visual de todas la áreas para verificar que no exista
contaminación de suelo por derrames de combustibles, aceite y/o productos
químicos
Cumple = 1 No cumple = 0
Fotografías; videos e informe de inspección.
Una vez terminada la
limpieza Única
Hasta revisar todas las áreas
Página 149 de 161
PLAN DE CIERRE Y ABANDONO PROGRAMA DE GESTIÓN ÁREAS AFECTADAS
Derrames de combustibles,
aceites, productos químicos y
descarga de aguas residuales
Contaminación del suelo
En caso de detectar contaminación de suelo, remediar completamente el área
(s)
Áreas contaminadas/Áreas
remediadas.
Informes de las acciones de remediación.
Una vez identificadas
las áreas contaminadas
Única Hasta remediar todas las áreas
Generación de desechos sólidos
contaminados
Contaminación del suelo
Los desechos de limpiezas de tanques de combustibles y tanques de aguas residuales (en caso de generarse)
deben ser almacenados de manera adecuado y enviados a gestores
calificados con calificación en el MAE.
desechos generados/desechos
entregados
Registros de generación de desechos; certificados de gestión de desechos
Una vez iniciada la limpieza
Única
Hasta terminar con limpieza y
envío de desechos
Emisiones de gases y ruido, generación de
efluentes y desechos sólidos.
Molestias a la comunidad
Colocar carteles en los exteriores de la planta informando a la comunidad la
decisión del cierre.
Cumple = 1 No cumple = 1
Fotografías fechadas Una vez
iniciado el abandono
Permanente Hasta el cierre
Emisiones de gases y ruido, generación de
efluentes y desechos
Contaminación del suelo y agua.
Realizar un Inventario de instalaciones, equipos y materiales.
Cumple = 1 No cumple = 1
Inventario, verificación in situ
Tres meses antes de iniciar el
abandono.
Única
Hasta un mes antes de inicio
del cierre y abandono
Generación de desechos
contaminados
Contaminación del suelo
Gestionar los tanques de almacenamiento de combustible,
considerando lo establecido en la NTE INEN 2333.
desechos generados/desechos
entregados
Registros de generación de desechos; certificados de gestión de desechos
Una vez iniciada la limpieza
Única Hasta el cierre y
abandono
Derrames de combustibles,
aceites, productos químicos y
descarga de aguas residuales
Contaminación del suelo
Presentación de criterios de valoración de la calidad del suelo y su respectivo
Plan de Remediación, conforme lo establecido en el numeral 3.4. del Art. 9
Norma Técnica de suelo de la Resolución 002-SA-2014.
Cumple = 1 No cumple = 1
Informe de la valoración de la calidad del suelo y su
respectiva remediación
Una vez iniciado el abandono
Única Hasta el cierre
Página 150 de 161
Emisiones de gases y ruido, generación de
efluentes y desechos sólidos.
Molestias a la comunidad
Indemnización y compensación ambiental, en caso de corresponder.
Cumple = 1 No cumple = 0
Informe de medidas de indemnización y
compensación ambiental que incluya el análisis y
justificación de las medidas tomadas.
Una vez iniciado el abandono
Única Hasta remediar todas las áreas
Emisiones de gases y ruido, generación de
efluentes y desechos sólidos.
Molestias a la comunidad
Socialización a la comunidad y personal, sobre el cierre y abandono,
considerando el área de influencia directa e indirecta.
Cumple = 1 No cumple = 0
Informe de difusión, fotografías
Antes de iniciar con el
cierre y abandono
Única Hasta el cierre y
abandono
Nombre , Firma del Representante legal y sello del Establecimiento
Nombre, firma y sello de la Consultora Ambiental Calificada
Nombre, firma del técnico Responsable y sello de la entidad encargada de la revisión, control y
seguimiento del PMA
Fecha de preparación de entrega (dd/mm/aaaa): Fecha de preparación de entrega (dd/mm/aaaa): Fecha de preparación de entrega (dd/mm/aaaa):
Página 151 de 161
13. CRONOGRAMA DEL PLAN DE NANEJO AMBIENTAL ANUAL VALORADO Y PRESUPUESTO TOTAL
CRONOGRAMA VALORADO DE PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
ACTIVIDADES Mes
1 Mes
2 Mes
3 Mes
4 Mes
5 Mes
6 Mes
7 Mes
8 Mes
9 Mes 10
Mes 11
Mes 12
PRESUPUESTO
PLAN DE PREVENCIÓN Y MITIGACIÓN DE IMPACTOS PROGRAMA DE PREVENCIÓN Y REDUCCIÓN DE LA CONTAMINACIÓN PRODUCIDA POR EMISIONES AL AIRE DE FUENTES FIJAS
Realizar mantenimientos preventivos del horno crematorio y generador x x 3000,00
Mantener bitácoras de operación y mantenimiento del horno crematorio y del generador de emergencia que contenga la siguiente información: nombre, marca, capacidad nominal, tiempo de operación de la fuente, consumo de combustible, tipo de combustible, coordenadas del punto de muestreo y observaciones (fechas de monitoreo y para generadores registro del horómetro).
x x x x x x x x x x x x 50,00
Llevar un registro de lecturas del horómetro del generador de emergencia. x x x x x x x x x x x x 50,00
Mantenimiento preventivo y de verificación periódica de los horómetros de generadores activos
x x 100,00
Tomar acciones correctivas inmediatas en caso de exceder los límites máximos permisibles de emisiones al aire en base a los resultados del monitoreo, en un plazo no mayor de 90 días a partir de la recepción del Informe de resultados del monitoreo.
Cuando aplique -
Buscar alternativas para mitigación de impacto por emisión de olores del horno crematorio.
x 100,00
PLAN DE PREVENCIÓN Y MITIGACIÓN DE IMPACTOS PROGRAMA DE PREVENCIÓN Y REDUCCIÓN DE LA CONTAMINACIÓN PRODUCIDA POR DESCARGAS LÍQUIDAS
Dar mantenimiento a la trampa de grasa de la sala de tanatopraxia. x x x x x x x x x x x x 100,00
Mantener bitácoras de efluentes que contenga la siguiente información: proceso del que provienen, frecuencia de descargas, tratamiento aplicado, caudal, coordenadas del punto de muestreo y observaciones (fechas de monitoreo y mantenimiento).
x x x x x x x x x x x x 50,00
Tomar acciones correctivas en caso de exceder los límites máximos permisibles de descargas líquidas en base a los resultados del monitoreo, en un plazo no mayor de 90 días a partir de la recepción del Informe de resultados del monitoreo.
Cuando aplique -
Página 152 de 161
PLAN DE PREVENCIÓN Y MITIGACIÓN DE IMPACTOS PROGRAMA DE PREVENCIÓN Y REDUCCIÓN DE LA CONTAMINACIÓN PRODUCIDA POR EMISIONES DE RUIDO
Tomar acciones correctivas en caso de exceder los límites máximos permisibles de emisiones de ruido ambiental en base a los resultados del monitoreo, en un plazo no mayor de 90 días a partir de la recepción del Informe de resultados del monitoreo.
Cuando aplique -
PLAN DE CONTINGENCIA Y EMERGENCIAS PROGRAMA DE PREVENCIÓN, CONTROL Y CORRECCIÓN DE CONTINGENCIAS Y EMERGENCIAS AMBIENTALES
Realizar simulacros en caso de incendios. x 200,00
Mantener un kit para limpieza en caso de derrames junto a las áreas de combustibles, almacenamiento de productos químicos y desechos peligrosos líquidos.
x x x x x x x x x x x x 50,00
Revisar todos los extintores para mantenerlos operativos. x x x x x x x x x x x x 200,00
Señalización de rutas de escape y punto de encuentro x x x x x x x x x x x x 100,00
Mantener señalética preventiva, prohibitiva e informativa de riesgos en áreas de almacenamiento de combustibles y productos químicos.
x x x x x x x x x x x x 100,00
Mantener sistemas de contención de derrames en las áreas de almacenamiento de combustibles y desechos líquidos peligrosos.
x x x x x x x x x x x x 50,00
Mantener un listado de números de teléfono de primera respuesta ante emergencia, el listado deberá incluir los números de Bomberos, Policías, Cruz Roja, etc.
x x x x x x x x x x x x 50,00
Mantener actualizado la brigada de emergencia. x x x x x x x x x x x x 50,00
En caso de que se presente alguna situación de emergencia ambiental se realizará el estudio correspondiente y procederá a la remediación y compensación ambiental que tuviere lugar.
Cuando aplique -
PLAN DE CONTINGENCIA Y EMERGENCIAS PROGRAMA DE COMUNICACIÓN EN CASO DE EMERGENCIAS AMBIENTALES
Poner en marcha, de manera inmediata, los planes diseñados para el efecto de acuerdo al plan de contingencia aprobado por el cuerpo de bomberos.
Cuando aplique -
Página 153 de 161
Informar a la Autoridad Ambiental Distrital, de la situación de emergencia, en un tiempo no mayor a veinticuatro horas a partir del momento de producido el evento.
Cuando aplique -
Presentar, en un tiempo no mayor a setenta y dos horas, un informe detallado sobre las causas de la emergencia un informe detallado sobre las causas de la emergencia, las medidas tomadas para mitigar el impacto sobre el ambiente y el plan de trabajo para remediar.
Cuando aplique -
PLAN DE COMUNICACIÓN, CAPACITACIÓN Y EDUCACIÓN AMBIENTAL PROGRAMA DE CAPACITACIÓN DE ACTIVIDADES DESARROLLADA ASÍ COMO PMA
Capacitación anual en manejo de desechos peligrosos y no peligrosos de acuerdo a normativa nacional y local vigente.
x 100,00
Capacitación al personal en planes de emergencia y contingencia. x 100,00
Capacitación en normativa ambiental vigente y PMA x 100,00
Capacitación en manejo de productos químicos y combustible. x 100,00
PLAN DE SALUD OCUPACIONAL Y SEGURIDAD INDUSTRIAL PROGRAMA DE SALUD OCUPACIONAL Y SEGURIDAD INDUSTRIAL
Elaborar y hacer aprobar por el Ministerio del Ramo el Reglamento Interno de Salud Ocupacional y Seguridad industrial
x 100,00
Dotación de equipo de protección Personal, según el riesgo al que se encuentre expuesto el trabajador.
x 100,00
Difusión del Reglamento de Seguridad y Salud Ocupacional a todo el personal
x 100,00
PLAN DE MANEJO DE DESECHOS SÓLIDOS NO DOMÉSTICOS PROGRAMA PARA RECOLECTAR., TRANSPORTAR, ETIQUETAR Y ALMACENAR DESECHOS
Clasificar y almacenar los desechos reciclables (papel, cartón y plástico) en áreas cubiertas sobre piso impermeabilizado.
x x x x x x x x x x x x 50,00
Página 154 de 161
Clasificar y almacenar los desechos peligrosos y especiales (waipes contaminados, tubos o focos con mercurio, envases de productos químicos, filtros de aceite y combustibles, aceite minerales usados, pilas y baterías, biológico infecciosos y cortopunzantes) en áreas cubiertas, bajo techo, piso impermeabilizado, con perímetro de mínimo 1,80 y con señalética de identificación, prohibición y de riesgo.
x x x x x x x x x x x x 100,00
Los desechos líquidos peligrosos (aceite mineral usado) deberán ser almacenados en un cubeto cuya capacidad sea del 110%
x x x x x x x x x x x x 50,00
Una vez llenos los envases con desechos peligrosos, sellar, pesar y colocar la etiqueta de identificación según la norma INEN 2266.
x x x x x x x x x x x x 100,00
Mantener recipientes individuales por cada tipo de desechos, en cada una de las secciones del establecimiento donde sean requeridos. Los recipientes deberán: contar con señalética de identificación y color acorde a lo establecido en la NTE INEN 2841, ser impermeables, poseer las dimensiones adecuados para contener todas los desechos sin desbordar, contener una funda plástica y tapa.
x x x x x x x x x x x x 100,00
Limpieza y mantenimiento del área de almacenamiento de desechos. x x x x x x x x x x x x 50,00
PLAN DE MANEJO DE DESECHOS SÓLIDOS NO DOMÉSTICOS PROGRAMA PARA ESTABLECER FRECUENCIAS, EQUIPOS, RUTAS, SEÑALIZACIONES QUE DEBEN EMPLEARSE EN EL MANEJO DE DESECHOS
Llevar registro de la generación de desechos peligrosos, donde se incluirá el nombre del desecho, entradas, salidas, volumen, procedencia y disposición final del mismo
x x x x x x x x x x x x 50,00
En las áreas de almacenamiento de desechos peligrosos, contar con sistemas para la prevención y respuesta a incendios, así como material para control de derrames.
x x x x x x x x x x x x 50,00
Mantener hojas seguridad o tarjetas de emergencia para manejo de desechos peligrosos en el lugar de almacenamiento de los mismos.
x x x x x x x x x x x x 50,00
PLAN DE MANEJO DE DESECHOS SÓLIDOS NO DOMÉSTICOS PROGRAMA DE GESTIÓN DE DESECHOS
Entregar los desechos reciclables a gestores calificados en el MAE, con frecuencia mínimo de 12 meses.
x x x x x x x x x x x x 0,00
Entregar los desechos peligrosos a gestores calificados en el MAE, con frecuencia mínimo de 12 meses.
x x x x x x x x x x x x 50,00
Página 155 de 161
Entregar el manifiesto de desechos peligrosos cada vez que se realice la entrega de desechos peligrosos al gestor tecnificado.
x x x x x x x x x x x x 50,00
Implementar y mantener una política y procedimiento para la minimización, reutilización y reciclaje de desechos no peligrosos y peligrosos, con indicadores que evidencien la minimización de desechos.
x x x x x x x x x x x x 50,00
PLAN DE RELACIONES COMUNITARIAS PROGRAMA DE COMUNICACIÓN Y COMPENSACIÓN
Colocar un buzón de sugerencias y/o comentarios en la puerta de ingreso a la empresa, revisar mensualmente y hacer un informe de observaciones y/o quejas de ser el caso.
x x x x x x x x x x x x 50,00
Difusión del PMA a vecinos en caso de quejas. Cuando aplique -
Si la comunidad del área de influencia directa lo requiere se realizará charlas informativas en temas socio ambientales.
Cuando aplique
Compensación y mitigación en caso de impactos socio-ambientales negativos comprobados.
Cuando aplique
PLAN DE MONITOREO PROGRAMA DE MONITOREO DE EMISIONES AL AIRE
Realizar automonitoreos de emisiones de gases del horno crematorio mediante la contratación de un laboratorio acreditado por el SAE. Los parámetros a ser analizados están establecidos en la tabla 2 del Art. 5 Norma Técnica para emisiones a la atmosfera de fuentes fijas de la Resolución 0002-SA-2014 y en la tabla 1 del numeral 5 de la Modalidad de Incineración del AM 026. En cuanto existan laboratorios acreditados monitorear: Benzopireno y Dibenzo antraceno.
x x x x 600,00
Los resultados de los automonitoreos de emisiones de gases del horno crematorio serán comparados con los límites máximos permisibles establecidos en la tabla 2 del Art. 5 Norma Técnica para emisiones a la atmosfera de fuentes fijas de la Resolución 0002-SA-2014.
x x x x -
Realizar automonitoreos de emisiones de gases del generador eléctrico mediante la contratación de un laboratorio acreditado por el SAE, Los parámetros a ser analizados están establecidos en la tabla 3 del Art. 5 Norma Técnica para emisiones a la atmosfera de fuentes fijas de la Resolución 0002-SA-2014. En caso de pasar 150 horas de uso semestral.
x x x x 350,00
Página 156 de 161
Los reportes de monitoreos realizados durante el año deberán ser presentados a la AAD, junto a los documentos de seguimiento ambiental o durante los seguimientos a realizarse por la AAD, en concordancia con el AM 061.
x x x x 20,00
Implementar y mantener todos los requisitos técnicos mínimos que permitan la ejecución de las mediciones de las emisiones de gases del horno crematorio y generador eléctrico, según el Anexo 1: Condiciones de Seguridad para la Realización de Mediciones en Chimeneas establecido en la Resolución 0002-SA-2014
x x x x x x x x x x x x
PLAN DE MONITOREO PROGRAMA DE MONITOREO DE DESCARGAS LÍQUIDAS
Realizar automonitoreos de descargas líquidas a la salida de la sala tanatopraxia mediante la contratación de un laboratorio acreditado en el SAE, los parámetros analizar serán: Caudal, sólidos suspendidos, DBO, DQO, AyG, compuestos fenólicos, pH, T°C y Tensoactivos.
x x x x 1200,00
Los reportes de monitoreos realizados durante el año deberán ser presentados a la AAD, junto a los documentos de seguimiento ambiental o durante los seguimientos a realizarse por la AAD, en concordancia con el AM 061.
x x x x 20,00
Implementar y mantener las facilidades técnicas para la toma de muestra y la medición del caudal, establecido en la Resolución 0002-SA-2014
x x x x x x x x x x x x
PLAN DE MONITOREO PROGRAMA DE MONITOREO DE RUIDO
Realizar automonitoreos de emisiones de ruido en los 4 puntos establecidos en el Estudio de Impacto Ambiental Expost.
x x x x 400,00
Los reportes de monitoreos realizados durante el año deberán ser presentados a la AAD, junto a los documentos de seguimiento ambiental o durante los seguimientos a realizarse por la AAD, en concordancia con el AM 061.
x x x x 20,00
PLAN DE MONITOREO PROGRAMA DE MONITOREO DE DESECHOS SÓLIDOS NO DOMÉSTICOS
Declarar anualmente ante el Ministerio del Ambiente o Autoridad Ambiental de Aplicación Responsable acreditada para su aprobación, la generación y manejo de desechos peligrosos y/o especiales.
x 50,00
Página 157 de 161
Presentar a la AAD la caracterización de desechos peligrosos, junto a los documentos de seguimiento ambiental, o durante los seguimientos a realizarse por la AAD.
x 20,00
PLAN DE SEGUIMIENTO ACTIVIDADES DE SEGUIMIENTO SEGÚN CRONOGRAMA
Realización de auditorías ambientales internas evaluando el cumplimiento del Plan de manejo Ambiental con los indicadores ambientales establecidos.
x x 200,00
Obtener y renovar anualmente la garantía de fiel cumplimiento del Plan de Manejo Ambiental.
x -
Presentar Auditoría Ambiental de Cumplimiento realizada por un consultor ambiental calificado
x 1000,00
Notificar a la Secretaria de Ambiente cuando se programe ejecutar cambios en las actividades y/o se planifique realizar modificaciones sustanciales en la infraestructura del establecimiento.
Cuando aplique -
Tomar acciones correctivas en caso de incumplimiento del PMA. Cuando aplique -
PLAN DE REHABILITACIÓN DE ÁREAS AFECTADAS PROGRAMA DE GESTIÓN DE REHABILITACIÓN DE ÁREAS AFECTADAS
Evaluar el funcionamiento del plan de contingencia aprobado, en caso de presentarse una situación de emergencia
Cuando aplique -
Realizar las acciones pertinentes para compensar a los afectados por los daños que tales situaciones hayan ocasionado.
Cuando aplique -
Evaluación de situaciones de emergencias con impactos y/o riesgos ambientales.
Cuando aplique -
Realizar las acciones pertinentes para reparar y/o rehabilitar las zonas afectadas por situaciones de emergencia en caso de que amerite.
Cuando aplique -
Realizar actividades de rehabilitación ambiental como resultados de la identificación, evaluación y monitoreo de las posibles fuentes de contaminación en caso de que amerite.
Cuando aplique -
Página 158 de 161
PLAN DE CIERRE Y ABANDONO PROGRAMA DE GESTIÓN ÁREAS AFECTADAS
Notificar a la Secretaria de Ambiente la decisión de cierre, abandono y entrega del área, adjuntando un cronograma con fechas específicas de ejecución de actividades.
Cuando aplique -
Mantener los vehículos con motores apagados mientras se realiza la carga de productos, insumos, materiales, equipos, desechos, escombros entre otros, además deben ser realizadas al interior del establecimiento.
Cuando aplique -
En caso de desmantelamiento de edificaciones, almacenar los escombros lejos de desagües y entregarlos en escombreras autorizadas.
Cuando aplique -
Realizar una limpieza de todas las áreas clasificando todos los desechos generados para luego ser enviados a los respectivos gestores calificados según el caso.
Cuando aplique -
Realizar una inspección visual de todas la áreas para verificar que no exista contaminación de suelo por derrames de combustibles, aceite y/o productos químicos
Cuando aplique -
En caso de detectar contaminación de suelo, remediar completamente el área (s)
Cuando aplique -
Los desechos de limpiezas de tanques de combustibles y tanques de aguas residuales (en caso de generarse) deben ser almacenados de manera adecuado y enviados a gestores calificados con calificación en el MAE.
Cuando aplique -
Colocar carteles en los exteriores de la planta informando a la comunidad la decisión del cierre.
Cuando aplique -
Realizar un Inventario de instalaciones, equipos y materiales. Cuando aplique -
Gestionar los tanques de almacenamiento de combustible, considerando lo establecido en la NTE INEN 2333.
Cuando aplique -
Presentación de criterios de valoración de la calidad del suelo y su respectivo Plan de Remediación, conforme lo establecido en el numeral 3.4. del Art. 9 Norma Técnica de suelo de la Resolución 002-SA-2014.
Cuando aplique -
Página 159 de 161
Indemnización y compensación ambiental, en caso de corresponder. Cuando aplique -
Socialización a la comunidad y personal, sobre el cierre y abandono, considerando el área de influencia directa e indirecta.
Cuando aplique -
TOTAL EN LETRAS: NUEVE MIL SEISCIENTOS TREINTA $
USD 9630,00
Nombre , Firma del Representante legal y sello del Establecimiento
Nombre, firma y sello de la Consultora Ambiental Calificada
Nombre, firma del técnico Responsable y sello de la entidad encargada de la revisión, control y
seguimiento del PMA
Fecha de preparación de entrega (dd/mm/aaaa): Fecha de preparación de entrega (dd/mm/aaaa): Fecha de preparación de entrega (dd/mm/aaaa):
14. BIBLIOGRAFÍA
• Centro Panamericano de Estudios e Investigaciones Geográficas, “Las Nuevas Centralidades
Urbanas del Distrito Metropolitano de Quito”, Quito,
http://www.cepeige.org/Revista/CENTRALIDADES%20URBANAS%20DMQ.pdf
• La Vulnerabilidad del Distrito Metropolitano de Quito, Dirección Metropolitana de Territorio y
Vivienda, Institut de Recherche puor le Developpement, Municipio del Distrito Metropolitano de
Quito, 2004.
• Instituto Nacional de Metereologia e Hidrología, www.inamhi.gov.ec,
• Informe Anual de la Calidad del Aire 2010, Secretaria de Ambiente del Distrito Metropolitano de
Quito, Corpaire, www.corpaire.org
• Atlas Ambiental, Dirección Metropolitana Ambiental, Distrito Metropolitano de Quito, 2008.
• Evaluación de Impactos Ambientales, Carlos Páez Pérez, folleto de estudio, Octubre 2000, Quito-
Ecuador.
• Guía de Participación Ciudadana en los Estudios de Impacto Ambiental, Distrito Metropolitano de
Quito, Dirección Metropolitana de Medio Ambiente, Quito, junio 2006.
• Identificación y evaluación de riesgos en una Comunidad, Local, Programa de las Naciones Unidas
para el Medio Ambiente, Universidad de Guadalajara, 1era. Edición, 1992.
• Metodología para el análisis de vulnerabilidad y riesgo ante inundaciones y sismos, de las
edificaciones en centros urbanos, Olga Lozano Cortijo, PREDES, Perú, 1era. Edición, noviembre
2008.
• Instrumentos de apoyo para el Análisis y la Gestión de Riesgos Naturales, Guía para el
especialista, www.snet.gob.sv/Riesgo/GuiaMetodologica.pdf.
• Silvicultura Urbana y Periurbana en Quito, Ecuador: Estudio de Caso, Organización de las
Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación, Sharon Murray, Roma, 1998,
http://www.fao.org/docrep/w7445s/w7445s00.htm#Contents
• Occupational Safety & Health Administration, Parte 1910 Toxic and Hazardous Substances,
• Estudio de Impacto Ambiental de la primera línea del Metro de Quito
• Secretaria de Territorio, Hábitat y Vivienda, www.quito.gob.ec
• Sistema de indicadores sociales del Ecuador, http://www.siise.gob.ec/
• Mapa de servicios integrados del DMQ-parroquia Jipijapa
• Directorio Servicios Públicos de Salud Distrito Metropolitano del DMQ (2008)
• Estadísticas del Registro Electoral para las Elecciones 2014 (CNE).
• Sistema de clasificación de los Ecosistemas del Ecuador Continental (2012)
• Instituto de la Cuidad de Quito:
http://institutodelaciudad.com.ec/index.php?option=com_content&view=article&id=49
Página 161 de 161
15. ANEXOS
ANEXO 1: Plano de implantación
ANEXO 2: Documentos habilitantes
ANEXO 3: Mapas Temáticos
ANEXO 4: Informes de laboratorio, medios de verificación de cumplimiento de la normativa
ANEXO 5: Copia de la calificación del consultor
ANEXO 6: Informe de sistematización del proceso de participación social
ANEXO 7: Informe Técnico de Modelos de Dispersión de Contaminantes (NOx, CO y MP), ruido y
explosiones, por el funcionamiento del horno crematorio de Memorial Necrópoli.
ANEXO 8: Descripción de los puntos de monitoreo definidos en el Plan de Monitoreo
Recommended