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uso de esposas
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USO CORRECTO DE CANDADOS DE MANO
POR LOS CUERPOS DE SEGURIDAD PUBLICA
DEL DISTRITO FEDERAL
Pol. 2 Salvador Ramrez Gonzlez28 UPC Merced Balbuena crimissp@hotmail.com
Ley que Regula el Uso de la Fuerza para los Cuerpos de Seguridad Publica del Distrito Federal
LRUFCSPDF
Art. 5Aprobacin de la capacitacin para
hacer uso de armas
Art. 6Clasificacin de
armas asignadas a los Cuerpos de
Seguridad Publica del DF
Art. 8Principios que rigen el uso de la fuerza.
10 Distintos niveles del uso de la fuerza.
12 Legitima defensa.
Art. 6. I.
Armas Incapacitantes
no letales.
Bastn PR-24
Candados de mano o esposas.
Sustancias irritantes en
aerosol.
Dispositivos que
generan descargas elctricas.
Art. 6. II
Armas Letales
Armas de
fuego.
Principios que rigen el uso de la fuerza.Art. 8.
Legalidad
Oportunidad
Racional
Congruente
Proporcional
Art. 10. Los distintos niveles del uso de la fuerza.
Uso de armas letales o fuerza letal.
Uso de armas Incapacitantes no
letales.
Reduccin fsica de movimientos.
Persuasin o disuasin verbal.
Antes de emplear la fuerza, elFuncionario encargado dehacer cumplir la ley, deberagotar todos los mediospacficos disponibles parapersuadir al probableresponsable.
Art. 9. El polica puede hacer uso de la fuerza en los casos siguientes:
I. Someter a la persona que se resista a ladetencin ordenada por una autoridadcompetente o luego de haber infringidouna ley o reglamento.
II. Cumplir un deber o las ordenes licitas giradas por una autoridad competente.
III. Prevenir la comisin de conductas ilcitas.
IV. Proteger o defender bienes jurdicostutelados.
V. Por legitima defensa.
Art. 12. Legitima defensa.El Polica obra en legtima defensacuando repele una agresin real,actual o inminente y sin derecho enproteccin de bienes jurdicos propioso ajenos, siempre que existanecesidad en la defensa, racionalidady proporcionalidad en los mediosempleados.
Slo emplear armas de fuegoen defensa propia o de otraspersonas, en caso de peligroinminente de muerte o delesiones graves, o con elpropsito de evitar la comisinde un delito particularmentegrave que entrae una seriaamenaza para la vida o con elobjeto de detener a una personaque represente ese peligro yoponga resistencia o por impedirsu fuga, y slo en el caso queresulten insuficientes medidasmenos extremas para logrardichos objetivos.
La persuasin o disuasin verbalrealizada por el Polica encumplimiento de sus funciones, deconformidad con lo establecido enla Ley y dems disposicionesaplicables, no constituyenprovocacin dolosa.
Candados de mano.
Marca: Smith & wesson
Modelo: M-100Hecho en USA
Grillete flexible.
Definicin: Par de
semicrculos de acero
niquelado unidos por
una cadena.
Nomenclatura candados de mano.
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1. Punta de gancho con
su parte dentada.
2. Fila sencilla parte
mvil.
3. Remache.
4. Fila doble o parte fija.
5. Canaleta.
6. Cajn de mecanismos.
7. Cerrojo, chapa,
cerradura o entrada de
llave.
8. Seguro o mecanismo
de doble cerradura.
9. Eslabn si fin u ojo
giratorio.
10. Eslabn o cadena.
Nomenclatura Llave.
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1. Punta para seguro.2. Punta para abrir el
candado.
Tcnicas de colocacin (esposamiento)
Esposamiento de pie.
Esposamiento rodilla a piso.
Esposamiento en tendido facial.
Segn la situacin definida por el grado de peligrosidad del detenido,el esposamiento se puede practicar de diversos modos.
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funcionales?
Las 3 tcnicas de colocacin, son aplicables siempre que el probable responsable se muestre cooperativo.
1.Esposamiento de pie.
Es el ms sencillo ytambin el que serealiza con mayorfrecuencia. Es unesposamiento demnimo riesgo, serealiza normalmenteante la accin de unafalta administrativa.
2. Esposamiento rodilla a piso.
Se recomiendacuando se tratade dos o mssujetos, si noexiste un sitio deapoyo o cuando elsujeto es demayor estaturaque los policas.
3. Esposamiento en tendido facial.
Por lo regular, este tipode esposamiento selleva a cabo en lugaresdespejados o abiertos,es necesario estar ensuperioridad numrica.
Tcnica para reincorporar al probable responsable
Acuerdo por el que se establecen las reglas a que se sujeta el uso de candados de mano o esposas por los elementos de la Polica del Distrito Federal. (2-Marzo-2004)
Delito violento
Homicidio
Robo con violencia
LesionesSecuestro
Homicidio
(Tentativa)
Alcohol
Estupefacientes
PsicotrpicosInhalantes
Drogas
Delito o infraccin
bajo influjo de:
Un delito o una infraccin y opongan resistencia fsica ala presentacin ante la autoridad competente o intentenevadir su presentacin ante dicha autoridad.
Un delito o una infraccin y durante el trayecto del lugar de la detencin hacia el sitio de la puesta a disposicin, se tornen violentas, agresivas, intenten huir o daarse a s mismas.
Un delito o una infraccin y se encuentren armadas.
Un delito y se conozcan con certeza antecedentes de detenciones anteriores
Un delito en compaa de dos o ms personas
En el uso de los candados de mano, los policas debern:
Utilizarlos solo apegndose a las
normatividad aplicable.
Cuando la persona se encuentre sujetada con
candados de mano, abstenerse de utilizar la fuerza u otro medio
de coercin.
Sujetar a los detenidos solo por el tiempo
estrictamente necesario.
Incluir en todos los partes informativos o documentos de puesta a disposicin, las circunstancias que hicieron necesaria la sujecin o esposamiento del presentado, anotando hora de colocacin y de retiro.
Utilizar exclusivamente los candados de mano o esposas de cargo que les hubieren sido asignadas.
No se utilizaran los candados de mano
como medio de intimidacin.
GRACIAS!
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