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Taller de Ética y sus implicaciones en la farmacia Por: Nildivette Soto, Emily Márquez y José López Prof. Esther Rubio ETEL 604

Taller de Ética y sus implicaciones en la farmacia

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Page 1: Taller de Ética y sus implicaciones en la farmacia

Taller de Ética y sus implicaciones en la

farmacia

Por: Nildivette Soto, Emily Márquez y José López Prof. Esther Rubio

ETEL 604

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¿Qué es ética? Según el DRAE (2014), define ética

como parte de la filosofía que trata de la moral y de las obligaciones del hombre.

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Código de Ética profesional del Colegio de Farmacéuticos de PR

Deberes generales:

• Contribuir al logro de una mejor salud para la comunidad.

• Ejercer sus funciones considerando la salud y seguridad de sus pacientes.

• Mantener una reputación digna y honrada por medio de su conducta.

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Código de Ética profesional del Colegio de Farmacéuticos de PR

Deberes con su profesión:

• No aceptar terminos y condiciones que interfieran con su juicio y capacidad profesional.

• Participará solamente en promociones y publicidad que sea verídica y no engañosa, que no menoscabe la dignidad de la profesión.

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Código de Ética profesional del Colegio de Farmacéuticos de PR

Deberes con los pacientes:

• Brindar servicios sin hacer distinción fundada en edad, sexo, raza, nacionalidad, credo o condición económica.

• Dispensará medicamentos que cumplan con los criterios de calidad y verdadero valor terapéutico.

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Código de Ética profesional del Colegio de Farmacéuticos de PR

Derecho a objetar por conciencia

Podrá llevar a cabo o dejar de llevar a cabo, cualquier acto relacionado con el

ejercicio de la profesión por convicciones de valores éticos, religiosos o morales.

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Ley de FarmaciaArtículo 5.03- Intercambio de medicamentos bioequivalentes

Al prescribirse un medicamento bajo un nombre commercial o marca de fábrica, se interpretará que se he prescrito cualquier medicamento bioequivalente a este, a menos que el prescribiente indique, de su puño y letra, la frase “No intercambie” o haga constar en la receta generada y transmitida electrónicamente que no autoriza el intercambio. El farmacéutico indicará al paciente o su representante la posibilidad de intercambiar el medicamento prescrito. Disponiéndose que en todas los casos, el paciente o su representante debe ser mayor de dieciocho (18) años de edad. Si el paciente o su representante esta de acuerdo con el intercambio, el farmacéutico seleccionará aquel bioequivalente que cumpla con todas y cada una de las condiciones.

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Consecuencias legales de acciones antiéticas.

Según lo dispone la ley de Farmacia en el artículo 6.06 conductas constitutivas de delito, las faltas éticas cometidas por el farmacéutico o dueño de la farmacia, constituye un delito menos grave y se expone a una pena no mayor de seis meses de cárcel o una multa de hasta cinco mil dólares o ambas penas según

lo determine el tribunal.

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Conductas constitutivas de delito. Conductas antiéticas como por ejemplo:• Se establezca una relación contractual que

permita que un médico, grupo de médicos, aseguradora o corporación de servicios de salud lo beneficie a usted financieramente.

• Venda, entregue, cambie o regale medicamentos de receta sin que medie la respectiva receta expedida por un médico, autorizado a ejercer en Puerto Rico.

• Al intercambiar un medicamento se apartare de lo dispuesto en esta ley.

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Referencias Colegio de Farmacéuticos de Puerto Rico. (1994). Código de Ética

Profesional del Colegio de Farmacéuticos de Puerto Rico. Recuperado

febrero 07, 2014, del Colegio de Farmacéuticos de Puerto Rico

http://www.cfpr.org/index.php/component/rsfiles/download?path=Leyes

%20y%20Reglamentos/Codigo%20de%20Etica%20Profesional%20del

%20Colegio%20de%20Farmaceuticos%20de%20Puerto

%20Rico.pdf&Itemid=166

Lexjuris.com (2004). Ley de Farmacia de Puerto Rico. Recuperado de

http://www.lexjuris.com/lexlex/leyes2004/lexl2004247.htm

Real Academia Española. (2001). Disquisición. En Diccionario de la lengua

española (22.a ed.). Recuperado de http://lema.rae.es/drae/?val=etica