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TEMA 2 EL TRABAJO POR CUENTA AJENA
Rubén Lorca Martínez.
Cristhian León.
El derecho del trabajo
Derecho: tiene como finalidad regular la conducta del hombre, para solucionar los conflictos.
Derecho de trabajo: regula la relación laboral entre el empresario y el trabajador. Dicha relación tienen que tener las siguientes características
El derecho del trabajo
Características del derecho de trabajo: Personal: no te pueden sustituir. Voluntario: vas porque quieres. Retribuido: es que te pagan un sueldo. Por cuenta ajena: el empresario te contrata. Dependiente: el empresario te da ordenes.
El derecho del trabajo
Regula la relación laboral entre
Empresario
Trabajador
Características
Personal
Voluntario
Retribuido
Por cuenta ajena
Dependiente
Normativa Laboral
Es el conjunto de normas que regulan las relaciones laborales.
Dentro de esas normas la mas importante es el estatuto de los trabajadores.
Las normas siguen una jerarquía, es decir un orden de preferencia al ser aplicadas.
JERARQUÍA NORMATIVA
La Constitución Española. Las Leyes Ordinarias, Decretos
Legislativos y Decretos leyes. Los Convenios Colectivos. El contrato de trabajo. Los usos y las costumbres.
LA CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA.
Es la norma de mas alto rango. Y regula el deber de trabajar y el derecho al trabajo y regula:
•El deber de trabajar y el derecho al trabajo. •El derecho a la libre elección de profesión y oficio.
•El derecho a una remuneración suficiente para atender las necesidades propias y de la familia.
•El derecho a la negociación colectiva entre los representantes de los empresarios y de los trabajadores.
LAS LEYES.
Las leyes que regulan el trabajo son: El Estatuto de los Trabajadores. La ley de Libertad Sindical. Ley de la Seguridad Social. Ley de Prevención de Riesgos
Laborales.
LOS CONVENIOS COLECTIVOS.
Es un acuerdo sobre las condiciones de trabajo que toman los empleados y los empresarios.
ESQUEMA
Representantes de los empresarios
Representantes de los trabajadores
Negociación
Acuerdo
Convenio colectivo
Obliga a trabajadores y empleados
CONTRATOS DE TRABAJO.
Es un acuerdo entre el empresario y el trabajador en el que se detallan las condiciones en las que un trabajador se compromete a realizar bajo su dirección, a cambio de una retribución o sueldo.
Trabajador
Empresario
Contrato de trabajo
Acuerdo con el que se fijan las condiciones de trabajo
LOS USOS Y COSTUMBRES.
Se refieren a las tradiciones que son memorizadas y pasadas a través de generaciones. Se aplican en ausencia de la ley.
Si aun así hay un conflicto y no se resuelve con las normas los afectados deben ir al Juzgado de lo Social.
Para vigilar que se cumplen las normas existe la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
PARTES DEL CONTRATO DE TRABAJO.
1-Logotipo del ministerio de trabajo y del INEM.
2-Todos los contratos deben indicar el tipo o clase del que se trata.
3- Duración del contrato
PARTES DEL CONTRATO DE TRABAJO.
4. Datos de la empresa.
5. Datos de la cuenta de cotización de la empresa.
6. Datos del centro de trabajo.
PARTES DEL CONTRATO DE TRABAJO
7. Datos del trabajador.
8. En el caso de que el trabajador sea menor de edad debe ser representado padre/madre o representante.
PARTES DEL CONTRATO DE TRABAJO.
9- Declaran: Reúnen los requisitos para firmar el contrato.
10- Cláusulas.
11- Cláusulas adicionales: se añaden algunas condiciones que no están en el contrato.
PARTES DEL CONTRATO DE TRABAJO
12- Lugar y Fecha
13- Firma del trabajador
14- Firma de la empresa
15- Firma del representante
CLÁUSULAS Cláusula primera: se concreta mi
puesto de trabajo.
CLÁUSULAS
Cláusula segunda: se establece el tipo de jornada.Si es ha tiempo parcial se debera señalar Si cuando se trate de trabajos fijos discontinuos o periódicos.
CLÁUSULAS
Cláusula tercera:debera señalarse si existe un pacto para realizar horas extraordinarias.
Cláusula cuarta:Esta cláusula es para contratos indefinidos, indicando la fecha de inicio y la duración del periodo de prueba.
CLÁUSULAS
Cláusula quinta: se utiliza cuando el trabajador sustituye a otro jubilado parcialmente.
CLÁUSULAS
Cláusula sexta: se fija el salario total que va a recibir el trabajador. El salario total no será nunca inferior al salario mínimo(600 euros).Salario total=salario base+ los pluses
Lo que recibe el trabajador es el salario neto.Salario neto=Salario total-(Retenciones del JRPF+
cuota del trabajador a la Seguridad Social).El salario neto se entrega junto con la nómina.
CLÁUSULAS Cláusula séptima: la duración de las vacaciones
no puede ser inferior a 30 días por años.
Cláusula octava: lo no establecido en el contrato se regulara por el Estatuto de los Trabajadores.
Cláusula novena: se indicará la localidad de la oficina de empleo donde registraremos el contrato. Todos los contratos hay que sellarlos en el INEM.
Contrato de trabajo firmado
Nombre del trabajador: Arce Celso
Nombre de la empresa: YACIRETA
Categoría profesional: Jefe de departamento Administrativo
Tipo de jornada: contrato por tiempo determinado. Del 17/10/2007 a 16/04/2008
Salario: 6.000.000 (ciudad donde se firma Asunción.
Observaciones: Avisar con diez días para rescindir el contrato. Tiene paga extra en Navidad.
CLASES DE CONTRATOS
•Según la duración
del contrato
Según la duración
de la jornada
Según el objeto del contrato
Indefinido
Duración
determinada
Jornada completa
Jornada a tiempo parcial
En prácticas
Para la formación
Obra o servicio
Por incremento de la producción
De interinidad
Según la duración del contrato
Indefinido: Es aquél que se concierta sin establecer límites de tiempo en la prestación de los servicios, en cuanto a la duración del contrato.
Obra o servicio: Es el que se concierta para la realización de una obra o prestación de un servicio, con autonomía y sustantividad propia dentro de la actividad de la empresa y cuya ejecución, aunque limitada en el tiempo, sea en principio de duración incierta.
Según la duración del contrato
De interinidad: Este contrato tiene como objetivo sustituir a un trabajador con derecho a reserva de puesto de trabajo, en virtud de norma, convenio colectivo o acuerdo individual, o para cubrir temporalmente un puesto de trabajo durante el proceso de selección o promoción, para su cobertura definitiva, así como para sustituir a trabajadores en formación por trabajadores beneficiarios de prestaciones por desempleo.
Según la duración del contrato
Por incremento de la producción: Se celebra para responder a las exigencias del mercado, acumulación de tareas o exceso de pedidos, que surgen en la empresa, en un momento determinado. Por convenio colectivo se podrán fijar las actividades en las que pueden contratarse trabajadores eventuales y los criterios de adecuación a la plantilla.
Según la duración de la jornada
Jornada completa: se considera como trabajo a tiempo completo aquel que compute cuarenta horas a la semana.
Según la duración de la jornada
Jornada a tiempo parcial: Se celebra cuando se haya acordado la prestación de servicios durante un número de horas al día, a la semana, al mes o al año, inferiores a la jornada a tiempo.
En esta modalidad se puede contratar por tiempo indefinido o por duración determinada. El contrato a tiempo parcial se entenderá celebrado por tiempo indefinido cuando se concierte para realizar trabajos fijos y periódicos dentro del volumen normal de actividad de la empresa.
Según el objeto del contrato
En prácticas: Tiene como finalidad facilitar la obtención de la práctica profesional adecuada al nivel de estudios cursados por los trabajadores con título universitario o de formación profesional de grado medio o superior o títulos reconocidos oficialmente como equivalentes, que habiliten para el ejercicio profesional.
Según el objeto del contrato
Para la formación: Tiene por objeto la adquisición de la formación técnica y práctica necesaria para el desempeño adecuado de un oficio o de un puesto de trabajo que requiera un nivel de cualificación susceptible de acreditación formal, o en su defecto, el nivel de cualificación de base de cada ocupación en el sistema de clasificación de la empresa.
Hoja de ejercicio
6)2. Indefinido3. Por incremento de producción4. En Practicas8)6. Empresario7. Es un empleado8. Empresario9. Es una empleada