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Jornada académica organizada por el Instituto Colombiano de Desarrollo Rural, en el marco de Agroexpo 2011. http://www.incoder.gov.co/
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"ABC de la Política de Tierras«
Seminario TallerBogotá, julio 16 de 2011
Orden de presentaciones
• Álvaro F. Uribe Calad Subgerente de Planificación e Información
INCODER• Miguel Vásquez Dirección Técnico de Gestión de Asuntos Étnicos• Alexandra Lozano Subgerente de Tierras Rurales INCODER• Mónica Adarme Directora Oficina Jurídica INCODER
SUBGERENCIA DE PLANIFICACIÓN E INFORMACIÓN
Álvaro F. Uribe Calad
INSTITUTO COLOMBIANO DE DESARROLLO RURAL
EL ABC DE LAS TIERRAS RURALES EN COLOMBIA
AGROEXPO, JULIO 16 DE 2010
5Subgerencia de Planificación e Información
1. El Índice de Concentración de la propiedad de la Tierra en Colombia es uno de los más Altos del Mundo.
2. El proceso de Contrarreforma Agraria que vivió el país desde la mitad de los años 80 profundizó las desigualdades en la distribución de
la propiedad rural. 6
La Concentración de la Propiedad de la Tierra.
Subgerencia de Planificación e Información
3. Entre 1960 y 1970 creció el área rural sometida al régimen de propiedad acompañada de una disminución en el número de predios.
En este período aumentaron tanto el número como el área de los predios mayores de 20 hectáreas y disminuyó el número y área de los predios menores de 10 hectáreas.
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La Concentración de la Propiedad de la Tierra.
Subgerencia de Planificación e Información
Se concluye que entre 1960 y 1970 la reforma agraria no tuvo ningún impacto sobre la distribución de la tierra y que en su momento el INCORA fundamentó su estrategia en la entrega de predios entre 20 y 50 hectáreas provenientes de baldíos y en las compras directas de predios.
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La Concentración de la Propiedad de la Tierra.
Subgerencia de Planificación e Información
4. Entre 1970 y 1984 la tendencia es diferente:
Rápida expansión del número de predios y de la superficie, concentrada en los tamaños inferiores a 200 hectáreas. Especialmente en predios de 0 a 1 hectárea y de 20 a 100 hectáreas.
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La Concentración de la Propiedad de la Tierra.
Subgerencia de Planificación e Información
Lo que ocurrió finalmente entre 1970 y 1984 fue una fragmentación de la gran propiedad en regiones de mayor tradición agropecuaria y la creación de propiedades de gran extensión en zonas de frontera agropecuaria.
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La Concentración de la Propiedad de la Tierra.
Subgerencia de Planificación e Información
5. Entre 1984-1996, la gran propiedad se volvió a expandir, la mediana propiedad disminuyo y la pequeña siguió fragmentándose. 1960: 0,8511970: 0,851984:0,8391995: 0,8592009: 0,863
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La Concentración de la Propiedad de la Tierra.
Subgerencia de Planificación e Información
INDICE GINI 2010
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El Desplazamiento Forzado
Subgerencia de Planificación e Información
1. Las Cifras de Acción Social revelan que más de 3 millones de personas han sido desplazadas. Esto representa cerca de la cuarta parte de la población rural colombiana.
2. El mayor porcentaje de la población afectada por el desplazamiento forzado son habitantes rurales:
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El Desplazamiento Forzado
Subgerencia de Planificación e Información
- 63% de los Grupos Familiares son Desplazados de zonas Rurales.
- 21,4% de los Grupos Familiares son desplazados de Centros Poblados. - 15,% de cabeceras Municipales.
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El Desplazamiento Forzado
Subgerencia de Planificación e Información
- 63% de los Grupos Familiares son Desplazados de zonas Rurales.
- 21,4% de los Grupos Familiares son desplazados de Centros Poblados. - 15,% de cabeceras Municipales.
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El Desplazamiento Forzado
Subgerencia de Planificación e Información
De acuerdo con una consultoría contratada por Acción Social en desarrollo del Proyecto de Protección de Tierras y Patrimonio –PPT-, la estimación de hectáreas abandonadas y/o despojadas a población desplazada ascienden a 6,8 millones de ha., en tanto que la CODHES las estima en 5,3 millones de hectáreas.
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El Desplazamiento Forzado
Subgerencia de Planificación e Información
Resultan relevantes las cifras anteriores en el sentido que las hectáreas abandonadas y/o despojadas superan el total del área agrícola cultivada hoy día en el país en 63,5% si se sigue el estimativo de Acción Social y en 31,8% en el caso del CODHES.
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El Desplazamiento Forzado
Subgerencia de Planificación e Información
El CODHES estimó también el área cultivada abandonada por la población desplazada en 818.000 hectáreas, sin contabilizar las formas de propiedad o tenencia colectiva. Esta cifra resulta superior al total del área que no se sembró en cultivos transitorios en la década de los noventa.
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El Desplazamiento Forzado
Subgerencia de Planificación e Información
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El Desplazamiento Forzado
Subgerencia de Planificación e Información
USO Y CONFLICTO DE DEL SUELO EN COLOMBIA
PARCIAL Y FUERTEMENTE INTERVENIDAS 51% 58,140,000
LIGERAMENTE O NO INTERVENIDAS 49% 55,860,000
SUBUTILIZADAS 29% 16,860,600
SOBREUTILIZADAS 32,7% 19,011,780
ADECUADAMENTE UTILIZADAS 37,7% 21,918,780
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Los Conflictos de Uso del Suelo
Subgerencia de Planificación e Información
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Los Conflictos de Uso del Suelo
Subgerencia de Planificación e Información
COBERTURA Y USO DE LAS TIERRAS EN COLOMBIA, 2001
TIERRAS ENBOSQUES
50.7%
MATORRALES1.9%
VEGETACIÓN DESABANA10.8%
CUERPOS DE AGUAY PANTANOS
2.6% OTRAS COBERTURAS3.8%
TIERRAS ENAGRICULTURA
3.7%
TIERRAS ENPASTOS26.6%
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Los Conflictos de Uso del Suelo
Subgerencia de Planificación e Información
CONFLICTOS DE USO
-ÁREA INTERVENIDA DEL PAÍS-
SUBUTILIZACIÓN29.6%
USO ADECUADO37.7%
SOBREUTILIZACIÓN32.7%
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Los Conflictos de Uso del Suelo
Subgerencia de Planificación e Información
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Los Conflictos de Uso del Suelo
Subgerencia de Planificación e Información
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Los Conflictos de Uso del Suelo
Subgerencia de Planificación e Información
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1. El problema agrario en Colombia ha sido desde el Siglo XIX la fuente de los mayores conflictos de orden social y económico del sector rural. 2. Este problema se constituye en uno de los mayores obstáculos a los procesos de modernización, desarrollo sostenible y competitividad sectorial.
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CONCLUSIONES
Subgerencia de Planificación e Información
3. La excesiva concentración de la propiedad de la tierra y los obstáculos para el acceso a la misma por parte de los campesinos sin tierra constituyen sin duda la base fundamental del problema agrario por sus relaciones con el poder político, las actividades ilícitas y el conflicto social.
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CONCLUSIONES
Subgerencia de Planificación e Información
4. El inadecuado uso de los suelos constituye también un serio obstáculo a los procesos de ordenamiento y modernización productiva por las implicaciones de orden económico, ambiental y social, determinantes de la productividad y competitividad de los territorios.
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CONCLUSIONES
Subgerencia de Planificación e Información
5. Colombia posee las tierras suficientes para desarrollar un sector agropecuario moderno y progresista fundamentado en sistemas de producción tropical que lo inserte en la esfera internacional como generador de riqueza y bienestar. El Desarrollo Rural territorial El ordenamiento Productivo de los Territorios,
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Los Conflictos de Uso del Suelo
Subgerencia de Planificación e Información
6. El Desarrollo Rural Territorial debe fundamentarse en estrategias que:
a. Promuevan procesos de ordenamiento productivo agropecuario y no agropecuario según la aptitud, vocación y potencialidades de los territorios, fundamentados en la oferta tropical de Colombia.
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Los Conflictos de Uso del Suelo
Subgerencia de Planificación e Información
b. El ordenamiento Social de la propiedad que asegure un acceso progresivo de la tierra, el capital, y la tecnología a pobladores sin tierra o con extensiones inferiores a la Unidad Agrícola Familiar.
C. El fortalecimiento de la institucionalidad departamental, municipal y de las organizaciones de productores para ser protagonistas en la construcción de proyectos de vida progresistas y sostenibles y en la competitividad global de sus territorios.
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Los Conflictos de Uso del Suelo
Subgerencia de Planificación e Información
d. El aseguramiento en la provisión de bienes públicos de calidad en materia de salud, educación, vivienda, infraestructura, energía, comunicaciones, recreación, cultura.
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Los Conflictos de Uso del Suelo
Subgerencia de Planificación e Información
SUBGERENCIA DE PROMOCIÓN, SEGUIMIENTO Y ASUNTOS
ÉTNICOS
Miguel Vásquez Director Técnico de Gestión de Asuntos
Étnicos
SUBGERENCIA DE PROMOCIÓN, SEGUIMIENTO
y ASUNTOS ÉTNICOS
DIRECCIÓN TÉCNICA DE ASUNTOS ÉTNICOS
DECRETO 1745 DE 1995 “PROCEDIMIENTO PARA EL DECRETO 1745 DE 1995 “PROCEDIMIENTO PARA EL RECONOCIMIENTO DEL DERECHO A LA PROPIEDAD RECONOCIMIENTO DEL DERECHO A LA PROPIEDAD
COLECTIVA DE LAS TIERRAS DE COLECTIVA DE LAS TIERRAS DE COMUNIDADES COMUNIDADES NEGRASNEGRAS””
• PRINCIPIOSPRINCIPIOS
• Constitución Política• Ley 70 de 1993• Ley 21 de 1991
• AMBITO DE APLICACIÓNAMBITO DE APLICACIÓN
• Zonas señaladas en la Ley 70 de 1993
• NATURALEZA JURÍDICANATURALEZA JURÍDICA
INSTANCIAS INSTANCIAS
Consejo Comunitario
Asamblea General
Junta del Consejo Comunitario
Representante legal del Consejo Comunitario
COMISIÓN TÉCNICA LEY COMISIÓN TÉCNICA LEY 7070
CONFORMACIÓN
CARÁCTER
SEDE
UNIDADES DE APOYO
COMISIÓN TÉCNICA LEY 70 COMISIÓN TÉCNICA LEY 70 (I)(I)• Funciones:
1.1.Evaluar técnicamente y emitir conceptos Evaluar técnicamente y emitir conceptos sobre: sobre:
• Solicitud colectiva de tierras a comunidades negras;
• Otorgamiento de licencia ambiental, autorización, concesión o permiso para la ejecución de proyectos, obras o actividades que lo requiera cuya competencia tico corresponda a las autoridades ambientales nacionales y/o regionales;
• Celebración de cualquier contrato u otorgamiento de título que tenga por objeto el aprovechamiento de recursos naturales;
• Acceso por cualquier medio legal a recursos genéticos
COMISIÓN TÉCNICA LEY COMISIÓN TÉCNICA LEY 70 (II)70 (II)
2. Determinar los limites del territorio 2. Determinar los limites del territorio que será otorgado como propiedad que será otorgado como propiedad colectiva.colectiva.
3. Verificar que las solicitudes de 3. Verificar que las solicitudes de titulación individual no estén dentro titulación individual no estén dentro de las áreas que sean susceptibles de las áreas que sean susceptibles de titular colectivamentede titular colectivamente
PROCEDIMIENTO DE TITULACIÓN A PROCEDIMIENTO DE TITULACIÓN A COMUNIDADES NEGRASCOMUNIDADES NEGRAS
• Competencia: Ley 160 de 1994; Decreto 2664 de 1994 (Art. 1); Competencia: Ley 160 de 1994; Decreto 2664 de 1994 (Art. 1); Decreto 3759 de 2009.Decreto 3759 de 2009.
• Áreas inadjudicablesÁreas inadjudicables
• Procedimiento: Procedimiento: • Solicitud de titulaciónSolicitud de titulación• Iniciación del trámite y publicidad de la solicitudIniciación del trámite y publicidad de la solicitud• Visita :Visita :
• Delimitar TerritorioDelimitar Territorio• Recopilar información sociocultural, histórica y Recopilar información sociocultural, histórica y
económica.económica.• Realizar censo de la poblaciónRealizar censo de la población• Determinar terceros ocupantesDeterminar terceros ocupantes• Concertación de linderos.Concertación de linderos.
• Informe técnico de la visita.Informe técnico de la visita.• Oposición Oposición • Revisión previa y concepto Comisión TécnicaRevisión previa y concepto Comisión Técnica• Resolución constitutivaResolución constitutiva• Publicación y registroPublicación y registro
PROCEDIMIENTO DE TITULACIÓN A PROCEDIMIENTO DE TITULACIÓN A COMUNIDADES INDIGENAS (I)COMUNIDADES INDIGENAS (I)
• Competencia: Ley 160 de 1994 (capítulo XIV); Decreto 2164 de 1995.
• Definiciones: • Territorio Indígena• Comunidad o Parcialidad Indígena• Reserva Indígena• Autoridad tradicional• Cabildo indígena
• Naturaleza jurídica
• Protección especial a los territorios indígenas
• Estudios socioeconómicos, jurídicos y de tenencia de tierras
PROCEDIMIENTO DE TITULACIÓN A PROCEDIMIENTO DE TITULACIÓN A COMUNIDADES INDIGENAS (II)COMUNIDADES INDIGENAS (II)
• Procedimiento:• Solicitud• Expediente• Programación• Auto ordena visita. A) Se comunica a Procurador Agrario y
a la comunidad interesada. B) Un edicto en la secretaría de la Alcaldía por diez (10) días. C) A Minambiente para certificar el cumplimiento de la función ecológica.
• Visita• Rendición del estudio• Concepto del Mininterior• Resolución• Publicación• Notificación• Registro
• Procedimiento sobre predios y mejoras de propiedad privada
• Adquisición de tierras y/o mejoras • Documentos del expedientes• Entrega material de los predios
SUBGERENCIA DE TIERRAS RURALES
Alexandra Lozano
Subgerencia de Tierras Rurales
MINISTRO DE AGRICULTURA y DESARROLLO RURAL
Dr. Juan Camilo RestrepoGERENTE GENERAL –INCODERDr. Juan Manuel OspinaSUBGERENCIA DE TIERRAS RURALES
Dra. Alexandra Lozano Vergara
Mecanismos para la formalización y restitución de tierras, desde la competencia del INCODER
51Subgerencia de Tierras Rurales
Las expectativas que presenta el país respecto a la formulación y ejecución de las políticas de formalización y restitución de tierras, deben ser valoradas en términos de la necesidad imperiosa de orientar a la población objetivo de las mismas, instituciones, academia y ciudadanía en general, sobre los mecanismos y condiciones establecidas para su realización efectiva.
52Subgerencia de Tierras Rurales
ASPECTOS GENERALESLa complejidad de los asuntos relativos a la formalización y restitución de tierras determina como punto de partida la delimitación de competencias; el análisis diferencial de la cobertura y alcance de los programas y la identificación de puntos de encuentro en la política de tierras.
Nos interesa construir escenarios y espacios en los cuales se considere la especificidad de las situaciones y la importancia de valoración diferencial y cualificada de las mismas, con el fin de aportar a la efectividad de la respuesta institucional.
53Subgerencia de Tierras Rurales
LA FORMALIZACION, EN EL PLAN NACIONAL DE DESARROLLOEl Plan Nacional de Desarrollo “Prosperidad para Todos”, reconoce la importancia en el incremento al acceso en calidad y cantidad de la tierra con vocación agropecuaria, para el mejoramiento de la capacidad de generar ingresos por parte de la población rural y la promoción de la equidad en el desarrollo regional rural.
La consecución de estos propósitos se fundamenta en una política integral de tierras que facilite el desempeño eficiente de este mercado, así como la seguridad en los derechos de propiedad.
54
Entre las estrategias de formalización y restitución, se destacan los siguientes propósitos:
Agilizar el proceso de redistribución de tierras resultantes de la extinción de dominio;
Simplificar y agilizar las convocatorias para el otorgamiento del subsidio integral de tierras, dando prioridad a la población más pobre y vulnerable; Adjudicar los baldíos nacionales de clara vocación agropecuaria; y
Fortalecer las Zonas de Reserva Campesina para estabilizar la población cercana a la frontera agropecuaria.
Subgerencia de Tierras Rurales
55
FACULTADES DEL INCODER La extinción de dominio, se adelanta por parte del Incoder, dando aplicación a la Ley 160 de 1994. ( procedimiento administrativo)
Mediante este proceso se revierte al dominio de la Nación, aquellos predios rurales que siendo de propiedad privada no cumplen con su función social por inexplotación total o parcial, por que se explota el predio con comprobada vulneración de las normas sobre conservación, mejoramiento y utilización racional de los recursos naturales renovables o porque se destina a la explotación de cultivos ilícitos.
Actualmente se adelantan 242 procesos de extinción de Dominio
Subgerencia de Tierras Rurales
56
La extinción de dominio prevista en la Ley 793 de 2002, de naturaleza jurisdiccional; procede en aquellos predios que siendo de propiedad privada que sean producto del ejercicio de actividades ilícitas, cuando exista injustificado incremento patrimonial, o cuando en ellos se realicen actividades ilícitas.
No es competencia del INCODER.
Subgerencia de Tierras Rurales
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Las tierras extinguidas, serán objeto de redistribución atendiendo los principios de vocación, aptitud y potencial para el desarrollo rural y agropecuario y serán adjudicadas a campesinos pobres y otros grupos de población vulnerable sujetos de reforma agraria.
En los casos, en que se presenten situaciones de desplazamiento forzado sobre los predios extinguidos por vía jurisdiccional, la redistribución se orientará a la restitución de los derechos de propiedad de la población afectada.
Subgerencia de Tierras Rurales
58
En relación con los procedimientos establecidos para el otorgamiento de subsidios de tierras:
Subgerencia de Tierras Rurales
Desde el año 2010, el INCODER ha establecido e implementado estrategias de promoción, asesoría y acompañamiento en la formulación de los proyectos productivos; con las cuales se ha incrementado y cualificado la presentación de propuestas por parte de los campesinos, desplazados y otros grupos de población vulnerable.
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La adjudicación de baldíos de la Nación:
Se orienta a constituir y formalizar la propiedad en unidades de producción, sobre terrenos baldíos a campesinos que cumplan los requisitos para hacerse propietarios y así puedan acceder a la oferta institucional para mejorar sus ingresos y condiciones de vida.
Esta función es competencia exclusiva del Incoder en su calidad de administrador de las tierras de la Nación.
Subgerencia de Tierras Rurales
60
Las zonas de reserva campesina:
Constituyen una estrategia para el desarrollo humano sostenible de la población campesina y la articulación de su actividad productiva;
Le corresponde al Incoder la delimitación y el ordenamiento de zonas específicas del territorio para el desarrollo rural, el apoyo a procesos de planificación, participación comunitaria y de inversión rural.
Actualmente se promueve la consolidación de seis zonas y la creación de otras dos.
Subgerencia de Tierras Rurales
61
Las metas definidas para la formalización de la propiedad rural, en el cuatrienio y a cargo del INCODER, corresponden a 1.4 millones de hectáreas que beneficiaran a 60.000 familias, aproximadamente.
Subgerencia de Tierras Rurales
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MECANISMOS DE FORMALIZACIONEl Incoder cuenta con una estructura administrativa dispuesta en 32 departamentos, para responder a las solicitudes que presentan las comunidades rurales y entidades territoriales en los aspectos de: Titulación de baldíos a campesinos y legalización de predios del Fondo Nacional Agrario: Permite contribuir con la redistribución de la propiedad rural, formando propietarios sobre tierras de la Nación. Clarificación de tierras desde el punto de vista de la propiedad: Permite identificar las tierras que pertenecen al Estado, determinar si han salido o no de su dominio y facilitar el saneamiento de la propiedad privada.
Subgerencia de Tierras Rurales
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Deslinde de predios rurales. Tiene como finalidad deslindar y delimitar las tierras pertenecientes a la Nación de la de los particulares, así como aquellas de propiedad de las comunidades indígenas y comunidades negras. Recuperación de baldíos indebidamente ocupados: Son considerados bajo esta categoría las tierras baldías inadjudicables, reservadas o destinadas a un servicio o uso público; las ocupadas que excedan las extensiones máximas adjudicables; los que hayan sido objeto de reversión o de declaratoria de caducidad, por incumplimiento de las obligaciones del adjudicatario. Regulación del uso y manejo de terrenos comunales: Con el fin de facilitar a los campesinos y pescadores pobres de la región el uso y explotación de manera pacífica, ordenada y sostenible las sabanas y playones que han sido deslindadas.
Subgerencia de Tierras Rurales
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REGULACION E INTERVENCION La implementación de los mecanismos para la formalización de la propiedad, responsabilidad del Incoder, se surte a través de actuaciones administrativas procedimentalmente complejas, que grosso modo surten tres fases básicas: Etapa previa: Con el fin de establecer si hay lugar a iniciar o no el proceso.
Etapa probatoria: Iniciado el proceso administrativo se decretan las pruebas que sean pertinentes y conducentes para adoptar una decisión final; es condición practicar en todos los casos, una visita de inspección ocular.
Etapa final: Mediante un Acto Administrativo, debidamente motivado, se decide de fondo la actuación administrativa.
Subgerencia de Tierras Rurales
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COMPROMISOSLos actos administrativos que ponen fin a los procedimientos, deben inscribirse oportunamente en las Oficinas de Registro de Instrumentos Públicos respectivas y cumplir con los mecanismos de publicidad establecidos en la ley. Debemos ser “muy proactivos” para crear e implementar, mecanismos que faciliten el registro de los títulos otorgados a campesinos y demás población vulnerable.
Los avances en las estrategias de formalización de tierras no corresponden en muchos casos a los esfuerzos institucionales desplegados para lograrlos, como quiera que se deben resolver situaciones complejas de índole administrativo que en la mayoría de los casos generan conflictos sociales.
Subgerencia de Tierras Rurales
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Es imperativo mantener el “esfuerzo institucional, el interés regional y el desarrollo de acuerdos”, para alcanzar las metas de formalización propuestas y contribuir a la reducción de los conflictos que genera la informalidad en la propiedad rural y propiciar mejores condiciones para el desarrollo rural y el logro de satisfactores colectivos.
Subgerencia de Tierras Rurales
OFICINA JURÍDICA
Mónica Adarme
Papel del INCODER en la restitución de Tierras
Papel del INCODER en la restitución de tierras
Aspectos Principales
I) Ley 1448 de 11 de julio de 2011 : medidas de atención, asistencia y reparación integral a las víctimas del conflicto armado interno
II) Concepto de Restitución
III) Papel del INCODER en la restitución de tierras
a)Previo a la expedición de la ley de víctimasb)A partir de ley de víctimas
Restitución
¿Qué es? -
RAE: -volver algo a quien lo tenía antes-Restablecer o poner algo en el estado que antes tenía-Dicho de una persona: volver al lugar de donde había venido
Ley de víctimas – componente de reparación integral--Restitución formal -Restitución material
* No procede para tenedores ni ocupantes de áreas inadjudicables.
Papel del INCODER frente a la restitución de Tierras
a) Antes de la expedición de la ley de víctimas
PLAN CHOQUE (8 componentes)
Proyecto de restablecimiento de Derechos a Población víctima de desplazamiento forzado
- 19 casos priorizados- 682 familias aprox.- 387 parcelas aprox.- 18.119 hectáreas aprox.
Proyecto de restablecimiento de derechos a población víctima de
desplazamiento forzado.
¿Qué busca? -
• Construir un plan de trabajo interinstitucional para la recolección y entrega de información a las autoridades competentes (acciones administrativas y gestión)
•Construir una metodología de trabajo para casos similares.
•Emitir un concepto jurídico que soporte las acciones a adelantar (Terceros – Riesgos)
Proyecto de restablecimiento de derechos a población víctima de
desplazamiento forzado.¿En qué casos opera?
• Privación de propiedad, posesión u ocupación mediando actuación administrativa del INCORA o INCODER que desconoció la situación de desplazamiento o violencia generalizada de la víctima.
• Acción del Instituto permite restablecer derechos jurídicos de una víctima privada de su propiedad, posesión u ocupación por causa de la violencia.
Proyecto de restablecimiento de derechos a población víctima de desplazamiento forzado.
METODOLOGÍA METODOLOGÍA
Objetivo
Restablecer jurídicamente los derechos constituidos por el extinto INCORA o INCODER a los sujetos de reforma agraria que por causa del desplazamiento forzado abandonaron sus parcelas y, en consecuencia de ello, fueron despojados de SUS DERECHOS
Objetivo
Restablecer jurídicamente los derechos constituidos por el extinto INCORA o INCODER a los sujetos de reforma agraria que por causa del desplazamiento forzado abandonaron sus parcelas y, en consecuencia de ello, fueron despojados de SUS DERECHOS
Dentro de las competencias del Instituto.
No genera expectativas falsas ya que se socializa con comunidad y entidades MADR, FJYP, Acción Social, SNR)
a) Identificación zona y fundo
b) ) Recolección información
c) Informe
Tramite o gestión no siempre culmina en restablecimiento jurídico de derechosInstituto NO tiene competencia para desalojos de 3° y entrega material de predios
d) Determinación de la actuación
e) Trámite o Gestión Administrativa
El proyecto se encarga de la proyección de los actos administrativos, oficios o memorandos. La firma y decisión de los mismos depende de la Jefe de la OAJ, la Directora de Plan Choque y el Gerente General.
Proyecto de restablecimiento de derechos a población víctima de desplazamiento
forzado.Casos Priorizados
•Magdalena
•Bolívar
•Tolima
•Norte de Santander
•Chocó
•Antioquia
Papel del INCODER frente a la restitución de Tierras
b) Luego de la expedición de la ley de víctimas
-Asiento en Consejo Directivo de la UAEGRTD
-Pérdida de competencia para trámites administrativos.
-Entrega de proyecto productivo a familias restituidas (art. 63 PND)
"ABC de la Política de Tierras«
Seminario TallerBogotá, julio 16 de 2011
www.incoder.gov.co