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Buenos Aires,1' de Julio de 2015. Señor Presidente De la Cámara de Diputados de la Nación Ing. Julián Domínguez PRESENTE Tenemos el agrado de dirigirnos a Vd. en relación al expediente 157-P-2014! en trámite por ante la Comisión de Juicio Político de esta Honorable Cámara de Diputados de la Nación por la que se propicia la apertura del proceso investigativo contra el doctor Carlos Santiago Fayt. Reiterando que el procedimiento que la comisión se encuentra desarrollando es nulo de nulidad absoluta de conformidad con lo manifestado en las notas presentadas con fecha 08/05/2015, 19/05/2015, 20/05/2015, 27/05/2015 Y 02/06/2015, Y atento que no hemos recibido respuesta venimos a reiterar nuestra solicitud de vista, con extracción de fotocopias, del expediente 157-P-2014 y de todo anexo al mismo y actuaciones vinculadas incluyendo convocatorias, temarios u órdenes del día, actas de reuniones, fechas de reuniones, lista de asistentes, versiones taquigráficas, copia de citaciones realizadas y copia declaraciones testimoniales efectuadas, entre otra documentación haya sido producida por la sub-comisión que fuera constituída en forma antirreglamentaria con fecha 02/06/2015. Por los fundamentos vertidos en las presentaciones anteriores, considerando que ha circulado públicamente información que indica que la sub-comisión se ha estado reuniendo sin notificar a los miembros de la

Nota al pte. de la hcdn por investigacion al Dr. fayt

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Buenos Aires,1' de Julio de 2015.

Señor PresidenteDe la Cámara de Diputados de la NaciónIng. Julián DomínguezPRESENTE

Tenemos el agrado de dirigirnos a Vd. en relación al

expediente 157-P-2014! en trámite por ante la Comisión de Juicio Político de

esta Honorable Cámara de Diputados de la Nación por la que se propicia la

apertura del proceso investigativo contra el doctor Carlos Santiago Fayt.

Reiterando que el procedimiento que la comisión se

encuentra desarrollando es nulo de nulidad absoluta de conformidad con lo

manifestado en las notas presentadas con fecha 08/05/2015, 19/05/2015,

20/05/2015, 27/05/2015 Y 02/06/2015, Y atento que no hemos recibido

respuesta venimos a reiterar nuestra solicitud de vista, con extracción de

fotocopias, del expediente 157-P-2014 y de todo anexo al mismo y actuaciones

vinculadas incluyendo convocatorias, temarios u órdenes del día, actas de

reuniones, fechas de reuniones, lista de asistentes, versiones taquigráficas,

copia de citaciones realizadas y copia declaraciones testimoniales efectuadas,

entre otra documentación haya sido producida por la sub-comisión que fuera

constituída en forma antirreglamentaria con fecha 02/06/2015.

Por los fundamentos vertidos en las presentaciones

anteriores, considerando que ha circulado públicamente información que indica

que la sub-comisión se ha estado reuniendo sin notificar a los miembros de la

Comisión de Juicio Político y, más aún, sin tener competencia para producir

medidas de prueba tales como declaraciones testimoniales, venimos a impugnar

nuevamente el procedimiento por considerar que la Comisión y la Sub-Comisión

en especial continúan actuando por fuera de lo previsto por su reglamento.

En la reunión de Comisión de fecha 02/06/2015 y a

haberse consultado a la Señora Presidente de la Comisión, afirmó que dicha

facultad se encuentra prevista en el artículo 16, inc B, del Reglamento Interno.

Sin embargo, de la lectura de su texto surge que: "Para el mejar ordenamiento

de su cometido la Comisión se encuentra facultada para: b) Atribuir funciones de

ordenamiento administrativo a miembras de la Comisión, a fin de lograr

celeridad en los procedimientos y tramitaciones a sustanciarse". Resulta claro

que las declaraciones testimoniales no son funciones de ordenamiento

administrativo sino que son cuestiones estrictamente relacionadas con el fondo

de la cuestión y su limitación a tan solo 5 miembros, impidiendo la participación

a todos los miembros de la Comisión de Juicio Político acarrea la nulidad de

todas las declaraciones testimoniales que se realicen o que se hayan realizado.

Por lo expuesto le reiteramos que la Comisión no puede

válidamente constituir una sub-comisión a efectos de tomar declaraciones

testimoniales.

Sin perjuicio que la actuación desarrollada hasta aquí es

nula, venimos a reiterar la solicitud para que las citaciones a las reuniones de la

pretendida sub-comisión sean notificadas a todos los miembros de la comisión.

Cabe reiterar que cualquier incumplimiento de las

disposiciones reglamentarias mencionadas llevaría a la nulidad absoluta e

insanable de lo actuado, con grave perjuicio a las instituciones republicanas y

amplia legitimación para que cualquier ciudadano, por su simple condición de

tal, realice una impugnación judicial (vid CSJN, "Colegio de Abogados de

Tucumán el Honorable Convención Constituyente de Tucumán y otro",

sentencia del 14/04/2015).

Sin otro particular, a la espera de que se hagan observar

los reglamentos aplicables y solicitando que se remita copia de la presente a la

Presidente de la Comisión Dip. Anabel Fernández Sagasti, saludamos al Sr.

Presidente con atenta y distinguida consideración.

Laura AlonsoDiputada Nacional

P-ABLO GABRIEL TONELLIDiputado de la Nación

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