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Globalización y DerechoNéstor Raúl Londoño S.
PIB Mundial desde el siglo XIX
PIB del Mundo desde 1960
Exportación de Mercancías del Mundo
PIB y Comercio de Bienes desde 1929
PIB Colombia desde 1960
Población de Colombia desde 1960
PIB Comparado
Exportaciones de Colombia
Exportaciones Comparadas
Precio del Petróleo
Bretton Woods, (Nueva Hampshire, EEUU) 1944
Creación del FMICreación del Banco MundialDólar como moneda patrón del comercio
mundialSistema de cambio fijo atado al precio del oro
– finalizado en 1971 por el presidente Nixon.
GATT 1947Acuerdo General de Aranceles y Comercio
(General Agreement on Tariffs and Trade)Ronda de Uruguay 1986 a 1994: OMC
Principios1. Nación más favorecida. 2. Trato Nacional.3. Comercio más libre,
gradual y negociaciones. 4. Previsibilidad. 5. Comercio leal. 6. Promoción del desarrollo
y la reforma económica.
TLCVigentes
CANTLC Colombia – Chile.TLC Colombia –
Salvador, Guatemala y Honduras.
TLC Colombia – México y Venezuela (G3): En vigor desde 1995, Venezuela denuncia el tratado, retiro efectivo desde el 20 de noviembre de 2006.
TLC Colombia – EEUU
TLC Colombia – CanadáTLC Colombia – AELC
(EFTA) (Suiza, Noruega, Islandia, Liechtenstein)
TLC CAN – EUSuscritos
PanamáCosta RicaCorea del SurIsrael
Negociaciones en curso:TurquíaIsraelAlianza del pacífico
Principios en el TLC Colombia - EEUU
Trato NacionalPrincipio de la nación más favorecidaEliminación progresiva de los arancelesNo a las restricciones a la importación –
exportaciónAgilidad, Publicidad, contradicción y revisión
jurisdiccional de las decisiones de aduanas.Protección de la vida y la salud (medidas
sanitarias)
El TLC en Gráfico
Fuente: United States Census Bureau
Acuerdos de Protección de las InversionesCIADI (ICSID) es una organización internacional
creada bajo los auspicios del Convenio sobre arreglo de diferencias relativas a inversiones (Convention on the Settlement of Investment Disputes between States and Nationals of Other States o Washington Convention). Este Convenio precisa los objetivos y funciones claves de CIADI.
El Convenio CIADI es un Convenio multilateral elaborado por los directores ejecutivos del Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento. El periodo de firma se inició el 18 de marzo de 1965 y el texto entró en vigor el 14 de octubre de 1966.
Acuerdos VigentesVigentes
MéxicoChileTriangulo del Norte
(Guatemala, El Salvador y Honduras)
AELC: Suiza y Liechtenstein
CanadáEstados UnidosEspaña
SuizaPerú ChinaIndia
SuscritosUnión EuropeaCoreaReino UnidoJapón.
Comercio ExteriorComercio Exterior ≠ Comercio
Internacional.Conjunto de instrumentos de
política comercial orientadas a través de normas jurídicas que marcan la forma como un país se inserta en el intercambio internacional de bienes y servicios.
Dichos instrumentos tienen múltiples configuraciones.
Están delimitado por los principios y normas de la OMC.
Marco Constitucional y LegalSustento jurídico de los instrumentos:
Constitución Política: Art. 334. Dirección de la economía por el Estado. Art. 371/3: Régimen de la Banca Central Art. 81 Prohibición importación armas y desechos nucleares y tóxicos. Art. 150, 19, b): Competencia Legislador Art. 189, 25: Gobierno como regulador y ordenador del comercio exterior. Art. 226: Promoción de la internacionalización Art. 310, 337: Zonas sensibles al comercio exterior.
Legal: Ley Marco Cambiaria: Ley 9 de 1991 Ley Marco de Comercio Exterior: Ley 7 de 1991 Ley Marco de Aduanas: Ley 1609 de 2013
Convencional: Ley 70 de 1994: Tratado de la OMC Ley 267 de 1995: Acuerdo de Washington - CIADI Tratados Internacionales de Comercio: CAN, CAN-Mercosur, G3 (hoy G2),
TLC y otros.
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Definición
Goldman: “Reglas transnacionales que los participantes en los intercambios económicos internacionales se dan progresivamente a si mismos, notablemente en el marco de sus organismos profesionales y que los árbitros constatarán y precisarán, teniendo en cuenta la intención de su elaboración. La lex mercatoria es un conjunto de principios generales, de instituciones y de reglas, adicionada a todas las fuentes que han progresivamente alimentado y continúan alimentando las estructuras y el funcionamiento jurídico propios de la colectividad de operadores del comercio internacional”.
La fuerza jurídica de la Lex Mercatoria proviene de su formulación con base en la realidad mercantil y los principios sino además de la seriedad del órgano emisor y su reconocimiento. Ej. CCI, UNIDROIT.
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Controversia y Situación ActualControversia
Antoine Kassis: Afirma que es simplemente un uso convencional, puesto en funcionamiento como un instrumento de prueba, presumiendo una voluntad que no está suficientemente expresada.
Justificación de la subjetividad de los árbitros incapaces de formar verdaderas reglas de derecho.
Situación actual. Auge actual: debido al arbitraje Precedente juega un papel fundamental Naturaleza jurídica, es ppios generales + sus propos ppios específicos Hard Law – Soft Law Exequátur como mecanismo para conciliar la Lex Mercatoria con los
derechos internos La Lex Mercatoria será eficaz en la medida en que sea la apertura de
los derechos internos a aceptarla Acogerse a la Lex Mercatoria hace irrelevante la regla de conflicto
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Composición IPrincipios:
Doble función: reglas generales a las que se acogen las partes, y como mecanismos para la solución de problemas o vacios contractuales.
Enunciación de principios de organismos internacionales: Ejemplos: UNIDROIT www.unidroit.org, Trans- Lex www.trans-lex.org (Centro para el Derecho Transaccional de la Universidad de Colonia, Alemania), PECL (Principios de derecho europeo de los contractos, de la Comisión de derecho contractual europeo del Parlamento Europeo dirigida por el Prof. Ole Lando de la Escuela de Negocios de Copenhague - Dinamarca).
Costumbre Las prácticas habituales realizadas en virtud de la autonomía de la
voluntad, por un determinado grupo o sector de empresarios. INCOTERMS
Contratos tipo En la medida que son fruto de la depuración de prácticas y
costumbres. Contratos modelos de la CCI
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Composición IIRegulaciones profesionales
Códigos de Conducta, Códigos de Buen Gobierno, Gobierno Corporativo. Multinacionales.
Reglamentos producidos por gremios internacionales. Tratados internacionales no ratificados
CoCo: ARTICULO 7o. <APLICACION DE TRATADOS, CONVENCIONES Y COSTUMBRE INTERNACIONALES>. Los tratados o convenciones internacionales de comercio no ratificados por Colombia, la costumbre mercantil internacional que reúna las condiciones del artículo 3o., así como los principios generales del derecho comercial, podrán aplicarse a las cuestiones mercantiles que no puedan resolverse conforme a las reglas precedentes.
Carácter supletorio de la Lex Mercatoria. Fallos arbitrales como antecedentes
Pabalk Ticaret (Turquia) v. Norsolor (Francia), 1983, a falta de convención expresa en el contrato el panel arbitral resuelve con base en la Lex Mercatoria. Aplicó el principio los contratos deben cumplirse de buena fe.
Caso Watkins Johnson Co. & Watkins - Johnson Ltd Vs Irán, se planteó un conflicto entre la ley americana vs ley iraní, se aplicó el artículo 88 de CISG
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Alcance
La doctrina de la Lex Mercatoria padece un enorme reto. Tilda de mitoEl positivismo desconoce la existencia de un derecho sin ley
(sentido estricto) que la regule. Se deniega entonces su capacidad para servir como ley
aplicable a un contrato sin que tenga una ley nacionalLa doctrina internacional debate de donde emana su fuerza
obligatoria. Si la tiene. La tendrá en la medida en que sea aceptada por una ley nacional.
La costumbre y el arbitraje las han ido aceptando. Arbitraje tiene la capacidad de integrar un sistema
fragmentado por la presencia de reglas de conflictoLas cortes internacionales tienen la tendencia a aplicar la Lex
Mercatoria pero identificando la fuente (positivización) por lo general se acude a la convención de Viena (CISG)