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CURS ESTIU DEAT Asesoria legal a empresas y emprendedores turísticos. Nicolau Fuster Palma, a 13 de Julio de 2016

Curso Verano UIB DEAT emprendedores turísticos

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CURS ESTIU DEATAsesoria legal a empresas y

emprendedores turísticos.

Nicolau FusterPalma, a 13 de Julio de 2016

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1.- Introducción:

CONFLICTO: “Oposición o desacuerdo entre personas”

Aspectos a tener en cuenta:• Podrán ser entre personas físicas o

jurídicas o con la Administración• Las personas físicas podrán o no tener la

consideración de Consumidores• Podrán ser entre nacionales o conflictos

internacionales

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2.- Resolución del Conflicto:Formas de Resolución:1. Acuerdo entre las Partes Renuncia al ejercicio de

futuras acciones.2. Decisión de un tercero (de quien dicta el auto…..)

i. Jueces y Tribunalesi. De dónde?ii. Y si soy consumidor?

ii. Arbitrajesi. Cómo lo elegimos?ii. Aplica derecho o su propio criterio (equidad)

3. Ley o Normas aplicables1. Qué ocurre si aplican las leyes o normas de más de

un país?

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3.- Conflictos de empresas turísticas:3.1 Empresas de intermediación turística:3.1.1 Agencias de Viajes1. Qué tipo de agencia de viajes soy?

1. Mayorista/Minorista2. Receptivo/Emisor

2. Compra de un servicio suelto3. Compra de un paquete o viaje combinado

1. Concepto de Viaje Combinado2. A quien demando? Al hotelero, al transportista, a la agencia, ….?

4. Dónde demando y bajo que ley?1. Si soy persona jurídica?2. Si soy persona física?

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4. Requisitos para ser agencia de viajes?

1. Fianza Responder antes los consumidores o usuarios finales.

2. Póliza de seguros Responsabilidad Civil, directa o subsidiaria y la responsabilidad por daños patrimoniales

5. Legislación Aplicable1. Ley General turística de las Islas Baleares 2. Real Decreto Legislativo 1/2007, modificado por la Ley

3/20143. Directivas comunitarias

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Artículo 151. Definiciones.1. A los efectos de este libro se entenderá por:a) «Viaje combinado»: la combinación previa de, por lo menos, dos de los

elementos señalados en el párrafo siguiente, vendida u ofrecida en venta con arreglo a un precio global, cuando dicha prestación sobrepase las 24 horas o incluya una noche de estancia.

Los elementos a que se refiere el párrafo anterior son los siguientes:i) transporte,ii) alojamiento,iii) otros servicios turísticos no accesorios del transporte o del alojamiento y

que constituyan una parte significativa del viaje combinado.

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Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias

Artículo 151. Definiciones. a) «Viaje combinado»Artículo 159. Resolución del contrato por causa

imputable al organizador o cancelación del viajeArtículo 160. Resolución del contrato por el

consumidor y usuarioArtículo 161. Consecuencias de la no prestación de

serviciosArtículo 162. Responsabilidad de los organizadores

y detallistas.Artículo 164. Prescripción de acciones. 2 años

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3.1.2.- Mediador turístico:“Aquella persona física o jurídica que se dedica a la

prestación de servicios turísticos consistentes en la organización de excursiones, visitas guiadas u otros servicios análogos que no tenga la consideración de viajes combinados.”

Ejemplo???

3.1.3.- Central de Reservas.- “Aquella persona física o jurídica que desarrolla la

actividad de intermediación consistente, principalmente en reservar servicios turísticos de forma individualizada.” No tienen capacidad para organizar Viajes Combinados.

Ejemplo?????

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3.2 Empresas Turísticas de Alojamiento3.2.1. Reclamaciones B2C:Es una de las grandes preocupaciones de las cadenas hoteleras!!!

Descuentos de los TTOO1.- Problemática:i. La internacionalización de las reclamaciones

i. No existen baremos ajustables entre la RC del país donde se producen al que se reclaman.

ii. La defensa y el coste de las mismasi. La defensa es muchas veces en el domicilio del consumidor, donde no existe presencia,

aunque la ley aplicable puede ser la local.ii. A veces no se demanda al hotelero y el TTOO acuerda una indemnización que no es

asumida por la aseguradora.iii. El hotelero no la discute…..por motivos comercialesiv. Las pólizas de seguro,

i. a veces no cubren la defensa en todo el mundoii. Puede existir un límite por total o por siniestro

iii. Las class actions del derecho anglosajónDemandas colectivas Ejemplo : Película de Erin Brocovich , Class Action (acción judicial) A

civil action (acción Civil)https://www.youtube.com/watch?v=YZUa6M-3dBQhttps://www.youtube.com/watch?v=59Z6f9ZE-CI

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iv. El sistema españoli. Responsabilidad civil art. 1902 del código civil ii. Ley 35/2015, de 22 de septiembre, de reforma del sistema para la valoración de los

daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación.

2.- Cómo hacerles frenteCómo prevenir los siniestros

i. Políticas de Prevención de Riesgos (Health and Safety) i. Controles y revisiones periódicosii. Sistemas de seguridad adecuadosiii. No contratación de alojamientos que no reúnan los estándaresiv. Formación interna del personal

ii. Comunicación inmediata a la compañía de seguros (o bróker)

i. Pólizas de seguro adaptadas a la actividadi. Cuantías Por siniestroii. Defensa jurídica en todo el mundo (en función de los clientes del

establecimiento)

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3.2.2. Reclamaciones B2Bi. Entre empresas españolas Se establecen contractualmente

i. Arbitraje Si existe, el designado por las partesii. Jurisdicción La pactada por las partesiii. Ley aplicable La española

ii. Entre empresas internacionales Se establecen contractualmente.

i. Arbitraje Suele ser un país intermedio. Cláusula disuasoria…por los costesii. Jurisdicción Fijación de los tribunalesiii. Ley aplicableiv. IdiomaPrincipales Motivos de reclamaciones entre empresas:1. Por quien asume las responsabilidades de la RC2. Por los fees3. Por el estado del establecimiento hotelero4. No realizar las inversiones pactadas,5. ……

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3.3 Conflictos en turismo colaborativoProblemática: 1. Existe una gran diversidad de opciones con

naturaleza absolutamente dispar2. Falta, en muchos casos, de normativa

especifica o ésta es insuficiente Analogía y, ojo en cuanto al derecho sancionador.

3. Responsabilidad de los intermediarios1. Son responsables de la intermediación?2. Deben tener mayor o menor exigencia que las

agencias de viajes o mediadores turísticos?3. Quién asume la responsabilidad en caso de

siniestro?

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4 Conflictos con la Administración4.1 Introducción.Objetivo de este apartado Breve idea de la

necesidad de cumplir con ciertas obligaciones respecto a:

i. la Administración i. fiscalidad ii. terceros (empleados) Normativa de SSiii. Permisos y licenciasiv. Potestad sancionadora de la administración

i. y el mercado (Propiedad Industrial)i. Patentes ii. marcas

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4.2 Cuestiones Fiscales4.2.1 AutónomoEntre otras obligaciones:i. 036/037 Declaración censal de Altaii. Alta de IAE (exento)iii. IVA pagos trimestrales y declaración anual (modelos 303 y 390 resumen anual)iv. Obligaciones fiscales de retención

i. 111 retenciones practicadas a cuenta de IRPF de terceros (190 Resumen anual)

ii. 115 Arrendamientosv. IRPF Rendimientos de Actividades Económicas (RAE) Ingresos menos gastos

i. Modelo 100ii. Modelo 130 (pagos a cuenta en caso de que salvo que el 70% de sus ingresos procedentes de las

actividades, hubieran tenido  retención o ingreso en cuenta)

vi. Declaraciones informativasi. 347 Operaciones con terceros por importes superiores a 3000 €

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4.2.2 Empresa mercantilEntre otras obligaciones:i. Obtención de un NIFii. 036/037 Declaración censal de Altaiii. Alta de IAEiv. IVA pagos trimestrales y declaración anual (modelos 303 y 390 resumen anual)v. Obligaciones fiscales de retención

i. 111 retenciones practicadas a cuenta de IRPF de terceros (190 Resumen anual)

ii. 115 Arrendamientosvi. Obligatoriedad de llevar Contabilidad vii. Impuesto de Sociedadesviii. Declaraciones informativas

i. 347 Operaciones con terceros por importes superiores a 3000 €

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4.3 Cuestiones laborales4.3.1 autónomo: Entre otras:I. Darse de Alta en SSII. Obligación de cotizar (mínimo 84 € 6 meses y después 162 €)III. Dar de alta a los posibles trabajadoresIV. Abonar las cotizaciones de los mismos4.3.2 Empresa: Entre otras:i. Afiliar e inscribir todos los trabajadores al régimen de la Seguridad Social

que les corresponda.ii. Ingresar la parte correspondiente a la cuota de la cotización.iii. Llevar a cabo las medidas correspondientes en caso de fallecimiento, baja

por enfermedad, maternidad, o cualquier otra circunstancia que impida trabajar a los empleados.

iv. Cumplir con la normativa de Prevención de Riesgos Laborales

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4.4 Administrativas:Idea: Cumplimiento de la Normativa sectorial.

Ojo!! Potestad Sancionadora de la administración

Ya ha sido objeto de estudio en el curso

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4.5 Propiedad Industrial:4.5.1 MarcasI.La marca es el conjunto de signos distintivos de un producto o servicio en el mercado. Ojo!!!! Es diferente al nombre de la sociedadII.Importante: Impedir a un tercero que utilice tu marca en el mercadoIII.Tipos de marcas:

I. DenominativasII. MixtasIII. Gráficas

IV.Clasificación de Niza En función del Producto o servicio. Hay 45http://ceres.oepm.es/clinmar/inicio.action;jsessionid=cSQ6NH9SvyRSLTGkz62TGKNB68pYqhyQcFbpvlfVnY8g9pT27Pmg!659691566

IV.Territorialidad:I. Se conceden por países España la OEPMII. marca europea OAMIIII. marcas internacionales, Permite la extensión con base a una marca

nacional costes ajustadosIV. Convenios Internacionales (wipo)

V.Plazo. Generalmente 5 años renovables

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4.5.2 Patentes: Definición: Una patente es un derecho exclusivo concedido a una invención, es decir, un producto o procedimiento que aporta, en general, una nueva manera de hacer algo o una nueva solución técnica a un problema. Requisitos:i. Actividad Inventivaii.Aplicación industrialiii.Novedad MundialVigencia: 20 añosPara extenderlo Existen acuerdos con diversos países. Tratado PCTModelos de Utilidad En general los modelos de utilidad son mejoras a aparatos o herramientas ya conocidos, es decir, invenciones mecánicas.Plazo 10 años

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4.5.3 Dominios: Definición: un conjunto de caracteres que identifican un sitio de internet accesible al usuario.Tipos:i.dominios territoriales, basados en los dos caracteres de identificación de cada territorio de acuerdo a las abreviaciones del ISO-3166

ii.Dominios de nivel superior genéricos (gTLD), que representan una serie de nombres y multiorganizaciones. Inicialmente, estos dominios fueron: COM, NET, ORG, EDU, GOB y MIL

iii.Tercer nivel o subdominios

4.5.4 Conflictos entre marcas y dominiosi.Causas de conflicto:

i. Prioridadii. Territorialidadiii. Productos y derivaciones: ejemplo modificar una letra

ii.Resolución: la ICANN elaboró la Uniform Dispute Resolution Policy (UDRP), que se puede traducir como la Política Uniforme de Resolución de Controversias. La ICANN lo delega a entidades delegadas como la OMPI.iii.Procedimiento rápido, en torno a 2 meses.

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